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Revista sobre derecho

Jan 24, 2018

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Page 1: Revista sobre derecho

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INTRODUCCIÓN 4

COLABORADORES 5

CONFERENCIAS MAGISTRALES: 6

NORMAS JURIDICAS 6

JUICIOS & TIPOS DE JUICIOS 10

JUICIOS ORALES EN SONORA 12

MESAS DE TRABAJO.- OPINIONES DE: 14

LAS FUENTES FORMALES DEL ORDEN JURIDICO: ‘LEGISLACION’ ‘COSTUTMBRE’ ‘JURISPRUDENCIA’ 14

DEBATE SOBRE ‘’LA EFECTIVIDAD DE LA APLICACIÓN DE LOS JUICIOS ORALES’’ 16

DEBATE SOBRE ‘‘JUSTICÍA EN MÉXICO EN COMPARACIÓN CON OTROS PAISES’’ 18

ENTREVISTA A: 20

ENTREVISTA A: 22

ENTREVISTA A: 24

DERECHO & ESTADO 26

REFLEXION DE CADA INTEGRANTE 30

Page 4: Revista sobre derecho

4

INTRODUCCIÓN Está dirigida al entorno académico y está diseñada para el público especializado; aun con esto, se aspira también a que despierte interés en un lector no técnicamente for-mado en estas disciplinas, pero interesado por las cuestiones sobre el aérea de derecho y normas que inevitablemente le atañen.

Es propósito fundante de este proyecto, pues, ser escenario difusor, divergente y con-vergente a la vez, de la actividad investigadora en el área del pensamiento acerca de la introducción al estudio del derecho . Pretendemos generar una polo de discusión que vincule a los especialistas e interesados a esta carrera.

La revista presentará escritos de extensión razonable en los que puedan desarrollarse adecuadamente los diferentes temas que abarcan la introducción al estudio del derecho.

En ella se encuentran artículos científicos, reseñas informativas y críticas, entrevistas a licenciados en derecho y breves textos clásicos relevantes, en forma de originales y traducciones inéditas que promuevan discusiones fecundas y serias. Así dejando en tus manos la revista que abarcara ciertos aspectos del ámbito del derecho.

La apuesta por la calidad, el rigor y la relevancia implica la aceptación por nuestra parte de trabajos fundados para recabar tus conocimientos a lo largo de estas paginas.

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5

COLABORADORES

Page 6: Revista sobre derecho

6

Son reglas que forman parte del derecho objetivo, esta norma ordena la conducta humana, describiendo deter-minados comportamientos. Entonces la norma jurídica es: ‘‘Una regla imperativa de conducta, cuya violación aca-rrea la posibilidad de la imposición de una sanción por parte del órgano competente’’

¿QUÉ ES UNA NORMA JURÍDICA?

CARACTERISTICAS DE LA NORMA JURIDICA:

•La norma jurídica presenta diversos caracteres propios que la hacen diferente de las demás normas de conducta. BILATERALIDAD: La norma jurídica crea deberes y derechos, no solo impone en una per-sona el deber de actuar en una cierta forma, sino que al propio tiempo, autoriza a otra per-sona para que pueda exigir del obligado el incumplimiento del deber. COERCIBILIDAD: Las normas jurídicas prevén para el caso de que su incumplimiento, la posibilidad de que un órgano del Estado imponga la sanción establecida para la violación, esta posibilidad de la sanción. GENERALIDAD: la norma jurídica procede a regular la conducta no indicando de manera directa como debe ser el comportamiento de una persona en particular, sino a través de la fijación de categorías de sujetos abstractamente determinados. EXTERIORIDAD: A las normas jurídicas no le interesan los aspectos internos del hombre, sus intenciones , lo que le interesa es el resultado exterior de la conducta. HETERONOMIA: Las normas que emanan de la voluntad de un tercero(legislador) distin-to a sus destinatarios, se les impone sin necesidad de obtener su consentimiento y aún con-tra la voluntad de ellos.

LA ESTRUCTURA LOGICA DE LA NORMA JURIDICA: La estructura lógica de la norma jurídica consiste en enlazar determinados “Supuestos de Hecho o Hipótesis”, con determinadas “Consecuencias Jurídicas”.

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“El que con intención o por negligencia o por imprudencia ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo”.

La estructura lógica de la norma jurídica es la forma como está constituida la norma jurídica, son los elementos que la integran. Estos elementos son: 1º. SUPUESTO DE HECHO O HIPOTESIS: Es el conjunto de condiciones establecidas en la norma de las cuales se hace depender la realización de efectos jurídicos. 2º. CONSECUENCIA JURIDICA: Es el resultado o efecto que produce la realización de las con-diciones establecidas en la norma.

FINALIDAD O VALORES DE LAS NORMAS JURÍDICAS

ORDEN. Consiste en que los individuos y las instituciones ocupen el lugar y desempeñen las funciones que les corresponden de acuerdo con los preceptos que rigen la organización y convivencia social. PAZ. Es el estado de pública armonía y tranquilidad tanto en la esfera interna de una na-ción, como en el plano de las relaciones exteriores entre los estados. JUSTICIA.- En relación directa con las ideas de igualdad, proporcionalidad o armonía. Sin embargo la idea lo que se entiende como justo puede variar con el tiempo, y de una cultura a otra. SEGURIDAD JURÍDICA.-Es la seguridad de quién conoce o puede conocer lo previsto como mandato, prohibido o permitido por el poder público.

Page 8: Revista sobre derecho

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Consiste en la acción de las normas jurídicas por su legitimidad hacia los actos o hechos de los sujetos y se divide en : Validez: Calidad de la norma jurídica que le da fuerza y

facultad al contener todo los requisitos esenciales para su conformación

Eficacia: Es el resultado o la efectividad que deberá con-tener la norma en el momento que cumpla con su función o finalidad

Por su Cualidad : Positivas o Permisivas: Permiten cierta conducta ( acción

u omisión). Negativas o Prohibitivas: Prohíben determinado compor-

tamiento

PREDICADOS DE LAS NORMAS JURÍDICAS

Normas Imperativas

Normas que ordenan:

Ejemplo: La obligación de todo ciudadano de pagar sus impuestos, el pago

de las pensiones alimenticias.

Normas que prohíben

Ejemplo: “robar”, “matar” Son conductas a las cuales la sociedad aplica una

sanción.

Normas Instrumentales

Son las que autorizan a hacer algo, conceden facultades y derechos a los sujetos.

CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS

Page 9: Revista sobre derecho

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POR SU JERARQUÍA

1)Normas Constitucionales.- Son aquellas contempladas en la Constitución.

2) Normas Ordinarias.- Son aquellas encargadas de regular la organización y el comporta-

miento de las personas. Se divide en de organización la cual organiza los poderes públicos

de acuerdo a las normas constitucionales y de comportamiento la cual regula la conducta de

los particulares. Las Mixtas rige ambos aspectos.

3) Normas Reglamentarias.-Son aquellas normas jurídicas de carácter general dictadas y

expedidas por el Poder Ejecutivo para el cumplimiento de los fines atribuidos a la Adminis-

tración Pública.

4) Normas Individualizadas.-Son aquellas normas jurídicas dirigidas a un determinado tipo

de conducta o actos enfocados hacia un grupo o sujetos.

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JUICIOS & TIPOS DE JUICIOS

¿QUÉ ES JUICIO?

�Juicio, en sentido propio, es la acción y efecto de juzgar, operación sustancial de la juris-

dicción, consistente en decir el Derecho en el caso concreto. Proceso legal por el que se

resuelve un delito ante un juez o tribunal.

En sentido amplio e incluso legalmente, el término juicio es sinónimo de proceso.

TIPOS DE JUICIOS

Cambiario

Contencioso

Alimentos

Ordinario

Sumario

Universal

Plenario

Moral

TIPOS DE JUICIOS

Juicio Cambiario: Sólo procederá el juicio cambiario si, al iniciarlo, se presenta letra de cambio, cheque o pagaré que reúnan los requisitos previstos en la Ley cambiaria y del cheque..

Juicio Contencioso: .Aquel en el que varias partes contrarias litigan entre sí, a diferencia de las actuaciones de jurisdicción voluntaria en las que no existe contienda entre partes.

Juicios de Alimentos: La que se recibe de los familiares obli-gados por Ley y la que se considera indispensable para la subsistencia como habitación, vestidos y asistencia médica.

Juicios ordinarios: Se trata de un proceso de conocimiento, común y plenario, en cuanto a la forma y funciones asignada por la ley es un juicio común.

Page 11: Revista sobre derecho

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Juicio Sumario: es un proceso de conocimiento pleno, un verdadero y propio juicio ple-

nario.

A diferencia del ordinario no es común, vale decir, no se aplica ordinariamente a todo

tipo de controversias. Por el contrario, está destinado a sustanciar cuestiones especial-

mente previstas en la ley, las que han sido enumeradas taxativamente.

Juicio Universal: Los que conocen de la totalidad del patrimonio de una persona, su fina-

lidad es la de conceder, repartir, o asignar los bienes que constituyen tal patrimonio, los

cuales son susceptibles de enajenarse en justicia de quienes de acuerdo a la ley tengan

derecho a éstos.

Juicio Plenario: Son los procesos en los cuales el conocimiento del órgano enjuiciador es

completo y la sentencia conlleva la imposibilidad de agregar otro juicio sobre el mismo

asunto, ya que se ha producido cosa juzgada.

Juicios Orales: Es aquel en el que, el acusado es juzgado en una audiencia pública, con

la presencia del juez que ha de dictar su sentencia en el mismo momento que se esté

desarrollando la audiencia y a la vista de todo público presente

Page 12: Revista sobre derecho

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JUICIOS ORALES EN SONORA

El 15 de diciembre se puso en marcha el nuevo Sistema de Justicia Penal en

Sonora en Hermosillo, con el cual se busca eficientar los procesos jurídicos

como lo son la implementación de los juicios orales,.

Y el pasado mes de junio del año presente, se implemento en todo el Esta-

do este sistema.

Desde el día de su implementación a tres días el nuevo Sistema de Justicia

Penal en esta capital, se realizó la primera audiencia ante un Juez de Con-

trol donde se determinó sentenciar al enjuiciado por el delito de robo de

vehículo.

Desde entonces han sido dos juicios orales los que ha celebrado el Nuevo

Sistema de Justicia Penal en lo que va de su implementación el pasado di-

ciembre del 2015, ambos por el delito de robo simple en los que el juez

emitió sentencia condenatoria,.

El presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado indicó que hace

aproximadamente un mes se llevó a cabo esta audiencia de juicio oral, sin

embargo, dijo que no se dio a conocer mediáticamente porque el imputado

era una persona que padecía de sus facultades mentales.

"Como se trataba de un incapaz el juez decidió enviar a esta persona a su

casa con el apoyo de los familiares y está bajo custodia vigilada, hubo la

participación de médicos especialistas, pero no lo divulgamos por la condi-

ción de la persona, este sería el segundo juicio oral que se ha celebrado has-

ta el momento aparte del primero que ese si fue público también por delito

de robo".

¿CUÁNDO SE IMPLEMENTARÓN EN SONORA?

¿DE QUÉ MANERA SE AH IMPLEMENTADO?

Page 13: Revista sobre derecho

13

Gutiérrez Rodríguez mencionó que no tienen todavía fecha para el siguiente

juicio oral, pero hasta ahora comentó que se han realizado 800 audiencias

para presentación de pruebas, enjuiciamientos únicamente dos y mil 500

asuntos que no se han judicializado.

El primer juicio oral en Sonora se llevó a cabo en mayo, en el cual se sen-

tenció al imputado a una pena de 3 años seis meses por el delito de robo.

Page 14: Revista sobre derecho

14

La interpretación de las fuentes formales del orden jurídico es un proceso intelectual,

que se mueve en el ámbito de un ordenamiento jurídico y en la práctica de la vida so-

cial para aprehenderlo en su significado global, en donde ambos aspectos de la inter-

pretación jurídica se complementan e integran mutuamente

Legislación: es el conjunto de leyes creadas por supremos para .que ajustes y confie-

ran la moral, ética y buenas costumbres dentro de la sociedad.

La costumbre: Es el conjunto de normas que surgen de la sociedad que se llevan a

cabo desde que se concibe el ser humano hasta sus últimos días., consideradas como

coercibles.

La jurisprudencia: es considerada como fuente de interpretación y creación de dere-

cho, si bien la regulación positiva que de ellas se hace.

(Mayra Vianey López Enriquez)

MESAS DE TRABAJO.- OPINIONES DE:

Page 15: Revista sobre derecho

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El orden jurídico es el conjunto de normas coactivas que rigen la vida de

una sociedad, regulando la conducta de los individuos y grupos que la con-

forman y resolviendo los conflictos que entre ellos se producen.

Legislación: es el conjunto de leyes dispuestas por los organismos compe-

tentes que fundamentan la moral, ética y buenas costumbres dentro de una

sociedad determinada.

Costumbre: es el derecho nacido consuetudinariamente. : La costumbre es

un uso implantado en una colectividad y considerado por esta como jurídi-

camente obligatorio

Jurisprudencia: la jurisprudencia es el conjunto de las sentencias de los tri-

bunales

(Jesús López Cabrero)

Las fuentes formales son el lugar donde surge el derecho, es decir son todos esos

elementos donde se basa el legislador para crear las normas jurídicas

La legislación es la creación de las normas jurídicas, ya sea los derechos y san-

ciones todo para regular la conducta humana en sociedad, todo para un bien co-

mún.

La costumbre es como una norma pero echo por la misma sociedad donde se im-

plementan desde recién nacidos y se llevan a cabo con el trascurso de los años

La jurisprudencia es la capacidad y facultad de interpretar las normas jurídicas

adaptándolas algún caso concreto, la jurisprudencia por lo general siempre se

aplica a partir de los fallos de los tribunales

(Luis Leonardo Campa)

LAS FUENTES FORMALES DEL ORDEN JURIDICO:

‘LEGISLACION’ ‘COSTUTMBRE’ ‘JURISPRUDENCIA’´.

Page 16: Revista sobre derecho

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Con el nuevo modelo procesal que se esta implicando en el servicio de justicia de

mayor calidad, con mejor capacidad de investigación. Los recursos, capacidad y

desempeño de los defensores públicos representan una de las áreas donde mayores

mejoras se pudieron apreciar. También los juzgadores presiden todas las audien-

cias y se muestra una muy buena capacidad de conducción y respeto a los dere-

chos fundamentales de víctimas, ofendidos e imputados.

Otro indicador que muestra que los estados con esta nueva reforma están reorien-

tando su política criminológica acorde con un sistema de justicia penal más equili-

brado y con un uso proporcionado y selectivo de los instrumentos penales.

Los juicios orales son una esperanza para construir la siguiente generación con

un mejor sistema de justicia penal. Muchos mexicanos están luchando todos los

días por consolidarlo en los estados con reforma y construirlo en los estados que

planean y preparan su instrumentación.

Se está demostrando que se tiene el talento y la capacidad en México para satisfa-

cer los estándares internacionales y para generar buenas prácticas y casos exitosos

que pueden ser replicados en otras ampliaciones.

(Mayra Vianey López Enriquez)

DEBATE SOBRE ‘’LA EFECTIVIDAD DE LA

APLICACIÓN DE LOS JUICIOS ORALES’’

Page 17: Revista sobre derecho

17

Estoy a favor de los juicios orales, además de que son mas rápidos, se ahorra

mucho papeleo y tiempo, aquí en estos juicios el juez ya conoce a las personas

involucradas en dicho delito, tanto la víctima como el agresor por así llamarlo,

además de que se presentan los testigos, abogados y audiencia, y se encaran

ambos lados con sus declaraciones y se pueden presentar más hechos.

Además, que son mejores estos tipos de juicios ya que el juez ya puede ver con

MAS CLARIDAD acerca del tema, y se produce por así llamarlo algún víncu-

lo de empatía con el caso y ahora si se mete de lleno al juicio y puede determi-

nar mejor la sentencia. (Luis Leonardo Campa Tarazón)

Al iniciar con los juicios orales se mejoró mucho el sistema de justicia penal,

el sistema penal anterior era ineficiente ya que el juez estaba ausente en las au-

diencias y también se violaban ciertos derechos humanos de la víctima o el

acusado ahora con el juicio oral el juez está presente en todo momento de la

audiencia y ya no se violan ciertos derechos de las personas involucradas en el

juicio también es mucho más rápido y eficiente el método de juicio oral que el

escrito se dice que con este nuevo tipo de juicio se redujo la prisión preventiva

por delitos menores .(Jesús López Cabrero)

Page 18: Revista sobre derecho

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DEBATE SOBRE ‘‘JUSTICÍA EN MÉXICO EN

COMPARACIÓN CON OTROS PAISES’’

México, lugar 75.7 de 102 países en el Índice de Estado de Derecho y justicia.

DIEZ PAISES CON MAYOR IMPUGNIDAD

FILIPINAS 80

MÉXICO 75.7

COLOMBIA 75.6

TURQUÍA 68.7

FEDERACIÓN RUSA 67.3

NICARAGUA 65.9

HONDURAS 64.1

EL SALVADOR 64.1

REPUBLICA DE COREA 63.3

GEORGÍA 60.3

Page 19: Revista sobre derecho

19

A pesar de que México contiene muchos sistemas y reformas que rigen la se-

guridad y justicia nacional al hacer una comparación de los distintos sistemas

jurídicos que existen mayormente en el mundo, nos queda la impresión d que

estamos lejos de llevar la justicia digna, haciendo especial mención de las fa-

llas presentes en el sistema inquisitivo que hasta ahora había dirigido la justi-

cia en México, las consecuencias dañinas que ha traído a la sociedad mexica-

na, el descontento de la comunidad, la impunidad, y la falta de protección de

los derechos del procesado. Por otro lado, a la hora de describir al sistema

acusatorio, se intenta hacer hincapié en los beneficios que trae a las partes que

integran algún juicio, y no solo a las partes que intervienen, sino a la comuni-

dad en general, la aceptación de sus procedimientos en la sociedad y la salva-

guarda de las garantías del imputado, se espera que con las nuevas reformas

de justicia penales se desarrolle de manera mas promedia para tener un buen

sistema de justicia.

(Mayra Vianey López Enriquez)

Pienso yo que tiene un excelente sistema de normas y reglamentos, hasta es el

país que más leyes tiene; pero simplemente no las saben ejecutar correctamen-

te, aunque muchas de ellas se pueden llegar a contradecir, sin embargo, la im-

partición de la justicia aquí en México en lo personal pienso que es decadente

y corrupta en comparación con otros países, hace falta mejor capacitación de

profesionista, que realmente la sepan impartir como se debe. Y no que la im-

partan a su propio beneficio.

(Luis Leonardo Campa Tarazón).

A mi punto de vista a México aún le falta mucho en su sistema de justicia ya que hay

mucha corrupción en dicho sistema

(Jesus Lopez Cabrero)

Page 20: Revista sobre derecho

20

¿Cuál fue la razón por la que estudio derecho?

Porque es una carrera en la cual tiene un alto

alcance laboral.

¿Qué es el derecho para usted?

Es una normatividad que nos resulta cierta

conductas.

¿Cree que es importante?

Si.

¿Por qué?

En eso se basa la paz y la justicia de los soborna-

dos.

¿Cuáles son las ramas del derecho que usted considera importantes?

Derecho penal y civil.

¿Por qué?

Porque son las mas utilizadas diariamente.

¿Cree usted que la materia de introducción al estudio del derecho es impor-

tante?

Si

¿Por qué?

Con ella se empiezan a conocer en si los derechos.

¿Qué es para usted la justicia?

Estados solidos que nos corresponde por naturaleza.

LIC. STEVE ANTONIO

SANDOVAL M.

Page 21: Revista sobre derecho

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¿Cree que se esta dando una correcta administración de justicia en

nuestro país?

Si

¿Por qué?

Se lleva a cabo la aplicación de las leyes, normas bajo el contexto

establecido.

¿Qué le parecen los juicios orales aquí en sonora?

A decir verdad tenemos que decir que los mismos son prácticos

pero con muchas garantías al imputado.

¿Cómo le a ayudado la materia de introducción al derecho a ejer-

cer su profesión?

En virtud de suelo aplico día con día

¿Qué cree usted que le falta a México? (Respecto a la justicia, de-

rechos, leyes entre otros)

Infraestructura y economía

Tiene alguna recomendación a dar a los jóvenes que se inclinan

por esta carrera?

Le diría a todos aquellos jóvenes que estudien lo que verdadera-

mente les agrade dicha profesión que no se les hará pesado al mo-

mento de ejercerla

Page 22: Revista sobre derecho

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Pie de imagen

¿Cuál fue la razón por la que estudio derecho?

Porque me pareció una carrera muy interesante

y amplia

¿Qué es el derecho para usted?

Son las normas que regulan las conductas de

la sociedad.

¿Cree que es importante?

Si

¿Por qué?

Porque con ella se aplica la ley conforme al de-

recho correspondiente.

¿Cuáles son las ramas del derecho que usted considera importantes?

Derecho penal y civil.

¿Por qué?

Son las que diariamente interactuamos

¿Cree usted que la materia de introducción al estudio del derecho es importan-

te?

Si

¿Por qué?

Con ella logro aplicar y obtener mas sabiduría.

¿Qué es para usted la justicia?

Nada ni nadie por encima de la ley.

LIC. CARMEN GPE.

ENRIQUEZ LARES

Page 23: Revista sobre derecho

23

¿Cree que se esta dando una correcta administración de justicia en

nuestro país?

Si

¿Por qué?

Se aplica la ley.

¿Qué le parecen los juicios orales aquí en sonora?

Muy interesantes, son mas rápidos los procedimientos

¿Cómo le a ayudado la materia de introducción al derecho a ejer-

cer su profesión?

A entender la problemática de la sociedad.

¿Qué cree usted que le falta a México? (Respecto a la justicia, de-

rechos, leyes entre otros)

Infraestructura.

Tiene alguna recomendación a dar a los jóvenes que se inclinan

por esta carrera?

Ques es una carrera muy bonita e interesante además es un logro

muy importante para uno como joven estudiar y llegar a terminarla

y ejercerla.

Page 24: Revista sobre derecho

24

¿Cuál fue la razón por la que estudio derecho?

Carrera importante, ya que aporta frutos y lo-

gros.

¿Qué es el derecho para usted?

Es el conjunto de normas jurídica que regulan la

conducta a la sociedad.

¿Cree que es importante?

Si

¿Por qué?

Es una carrera muy amplia que se puede aplicar

en ámbitos laborales

¿Cuáles son las ramas del derecho que usted considera importantes?

Penal

¿Por qué?

Porque vela por los intereses de la sociedad.

¿Cree usted que la materia de introducción al estudio del derecho es importan-

te?

Si

¿Por qué?

Porque te da las bases para la aplicación legal.

¿Qué es para usted la justicia?

Aplica la ley , nada ni nadie por encima de la misma.

LIC. FRANCISCO

ISRAEL HARO

MONTAÑO

Page 25: Revista sobre derecho

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¿Cree que se esta dando una correcta administración de justi-

cia en nuestro país?

Si

¿Por qué?

Todo es conforme al derecho.

¿Qué le parecen los juicios orales aquí en sonora?

Muy Bien

¿Cómo le a ayudado la materia de introducción al derecho a

ejercer su profesión?

A aplicar y desarrollar la materia penal

¿Qué cree usted que le falta a México? (Respecto a la justicia,

derechos, leyes entre otros)

Mas reforma

Tiene alguna recomendación a dar a los jóvenes que se incli-

nan por esta carrera?

Que es una carrera muy disciplinaria y estricta.

Page 26: Revista sobre derecho

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DERECHO & ESTADO

¿QUÉ ES DERECHO?

Conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa del hombre en la sociedad.

Suele definirse como la organización jurídica de una sociedad bajo un poder de domina-

ción que se ejerce en determinado territorio.

ELEMENTOS DEL ESTADO:

Territorio: Suele definirse como la porción del espacio en que el Estado ejercita su poder.

Siendo este de naturaleza jurídica solo puede ejercitarse de acuerdo con normas, creadas

¿QUÉ ES ESTADO?

Page 27: Revista sobre derecho

27

o reconocidas por el propio Estado. El ámbito universal de validez de las

normas será solamente en el territorio.

.-Espacio Terrestre: Que incluye el suelo, ríos y lagos interiores. La frontera

en este caso puede ser de carácter natural o artificial.

Espacio marítimo: En todo caso, podemos distinguir entre el Mar territorial,

que es la zona contigua al territorio del Estado.

Espacio Aéreo: Se considera perteneciente al Estado lo que no se conceptúa

como espacio ultraterrestre.

Población: Son las personas que pertenecen a un Estado componen la pobla-

ción de éste.

Gobierno/Poder: En términos generales, es la capacidad de decisión y de in-

fluencia. Es la capacidad de alguien, persona o grupo para imponer su volun-

tad y decisiones en el ámbito de una determinada comunidad.

Soberanía: Es un tributo esencial del poder político. Dicho concepto puede

ser caracterizado como positivo o negativo. En su primer aspecto implica la

negación de cualquier poder superior al del Estado, es decir la ausencia de

limitaciones impuestas al mismo por un poder extraño.

Y así con cada uno de estos elementos se denotara la creación de un Estado.

Page 28: Revista sobre derecho

28

DERECHO & ESTADO

ESTADO DE DERECHO

Se llama “Estado de Derecho” a la forma política modalmente determinada

por el imperio de la ley. Lo caracterizan la vigencia real o formal de las nor-

mas jurídicas y la creencia en la santidad del ordenamiento jurídico

Según el régimen en que se basa:

1)Estado liberal de Derecho

2)Estado social de Derecho

Según el grado de vigencia de la norma:

1)Estado de Derecho Formal

2)Estado de Derecho Material, real

Según el valor que defienda:

1)De legalidad ordinaria: la seguridad

2)De legalidad constitucional: la libertad y la justicia

Condiciones formales de un Estado de Derecho:

1)Una Constitución

2)Declaración de Derechos

CONDICIONES SUSTANCIALES Y FORMALES

Page 29: Revista sobre derecho

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3)División de Poderes

4)Actividad Estatal fundada en leyes y reglamentos

Condiciones sustanciales de un Estado de Derecho:

1)Imperio de la ley o juridicidad

2)Democracia

Page 30: Revista sobre derecho

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REFLEXION DE CADA INTEGRANTE

En esta revista hablamos acerca de diferentes temas tales como las normas

Jurídicas, juicios y sobre los juicios orales en sonora y debatimos sobre los

juicios orales en sonora y sobre la justicia en México en comparación con

otros países

En las normas jurídicas establecimos que se dividen en: validez, eficacia,

positivas y negativas. y tienen su clasificación en imperativas y instrumenta-

les, en las imperativas hay normas que ordenan y prohíben acciones.

Juicio “es la acción y efecto de juzgar” este se divide en “tipos” de juicios:

Cambiarios, contencioso, alimenticios, ordinarios, sumarios, universal, ple-

nario, moral y oral. Estos son muy importantes ya que nos sirven para clasi-

ficar los juicios.

En la justicia en México en comparación con otros países, México ocupa lu-

gares bajos, a mi punto de vista debería ocupar otros puestos mas altos por-

que tiene un buen sistema y economía, pero desgraciadamente hay mucha

corrupción

(Jesús López Cabrero)

En ella comentamos sobre los temas que abarcaron la introducción al estudio

del derecho como las normas Jurídicas, los juicios y sus tipos, lo mas intere-

sante e informativo sobre los juicios orales en sonora , presentando en si un

pequeño debate sobre los mismos entre otros muchos mas temas que forma-

ron parte de nuestra investigación .

En cada unos de los temas se describió como se desarrollo y como es que se

utiliza al diario cada uno de ellos , muestra como la sociedad a evoluciona-

do para dar un gran paso al mundo del derecho. A pesar de que la teoría sea

Page 31: Revista sobre derecho

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muy diferente a la practica se busca que en un futuro se restaure todo

lo anterior para un mejor sistema judicial y de mayor equidad.

(Mayra Vianey López Enriquez)

No hay mejor forma de ejercitar la imaginación que estudiar la ley.

Jean Giradoux (1841-1929)

Como resultado de haber realizado esta revista jurídica puedo con-

cluir que tal y como lo dice la frase: es verdad, y vaya manera de ha-

cerlo que con una revista ya que pudimos aprender acerca de las nor-

mas jurídicas, los diversos tipos de juicios, fuentes formales. también

se pudo apreciar nuestros puntos de vista y a su vez opiniones de ex-

pertos en el tema, De una manera más dinámica, distinta y sencilla.

(Luis Leonardo Campa Tarazón)

Page 32: Revista sobre derecho

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