Top Banner
:
10

Revista de derecho

Jul 18, 2015

Download

Education

florcamposvara
Welcome message from author
This document is posted to help you gain knowledge. Please leave a comment to let me know what you think about it! Share it to your friends and learn new things together.
Transcript
Page 1: Revista de derecho

:

Page 2: Revista de derecho

DEFINICIÓN del derecho El derecho es el conjunto de elementos o de fuentes del mismo, sin embargo, para muchos es confundido con la legislación o normas legales o derecho positivo, es decir, es resulta difícil definir el derecho, por lo cual si no se conoce cuáles son las fuentes del derecho es claro que no se puede entender al derecho. Es decir, muchos en forma errónea definen el derecho como un conjunto de normas.

Podemos decir que la historia del derecho es una disciplina cuyo objeto consiste en el conocimiento de los sistemas jurídicos. Al referirse a los derechos de épocas pretéritas, el historiador solo podrá, si quiere hacer historia considerar a estos en su unicidad e individualidad características, es decir, como productos culturales que han existido una vez y no habrán de repetirse nunca. Se denomina derecho a todo el sistema normativo que regula la conducta humana dentro de la sociedad y tiene como base los principios de justicia, y en un plano más complejo, el de igualdad.

En este sentido, a partir del derecho se pueden resolver conflictos entre individuos que se produzcan en el ámbito de la convivencia social. Existen dos tipos de derecho, el derecho natural y el derecho positivo, y veremos entonces la diferencia entre ambos.

Page 3: Revista de derecho

ETIMOLOGIA DEL DERECHO

Etimológicamente la palabra Derecho proviene de los vocablos latinos Dirigere, Regere, que significan dirigir, gobernar. En sentido metafórico o figurado, deriva de la voz latina Directum, o sea lo que está de acuerdo o conforme a la regla, la cual a su vez proviene del adjetivo Directus, que significa Dirigir, Conducir, lo derecho, lo recto, lo rígido, ello da una idea de Dirección, Rectitud, Disciplina, Conducción.

Así pues, desde el punto de vista etimológico, la palabra derecho proviene del latín directum, la cual deriva de dirigere (enderezar, dirigir, encaminar), a su vez, de regere, rexi, rectum (conducir, guiar, conducir rectamente, bien). Por extraño que parezca, ‘derecho no desciende de una palabra latina y de morfología semejante e igual significado. La palabra latina que corresponde a derecho (o a sus equivalentes en las lenguas modernas) es iusde antigua raíz indoiránica, agregando que primeramente, los romanos usaron ius que significa así el lugar o acto de administrar justicia y de hecho, esta raíz ha que en el lenguaje moderno, en la palabra jurisprudencia.

Page 4: Revista de derecho

FUENTES DEL DERECHO

Page 5: Revista de derecho

CARACTERISTICAS DEL DERECHO

Bilateralidad: regula las relaciones sociales ya por que en toda relación intervienen dos grupos o seres humanos.

Generalidad: regula situaciones genéricas. Va dirigido a una masa de sujetos u objetos.

Obligatoriedad: es de obligado cumplimiento. Solo queda acatarlo y cumplirlo.

Coactividad: lo que implica que se creen mecanismos que van a ser utilizados en caso de incumplimiento de la Obligatoriedad.

Page 6: Revista de derecho

Conceptos relacionados con las

características del derecho

Características del derecho

Características del derecho absoluto

Características del derecho civil

Características del derecho constitucional

Características del derecho herencia

Características del derecho primitivo

Características del derecho privado Derecho

Características de transacción comercial

Características de derecho privado

Características de patrimonio cultural

Características de las normas de cortesía

Características de la resolución administrativa

Page 7: Revista de derecho

Derecho es el orden normativo2 e institucional de la conducta humana en

sociedad inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica,3 cuya base son

las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un

lugar y momento dado. En otras palabras, es un sistema de normas que regulan

la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos. Esta

definición da cuenta del Derecho positivo, pero no su fundamento. Es por ello

que juristas, filósofos y teóricos del Derecho han propuesto a lo largo de la

historia diversas definiciones alternativas y distintas teorías jurídicas sin que

exista, hasta la actualidad, consenso sobre su validez. El concepto del Derecho

es estudiado por la Filosofía del Derecho, y la validez de los conceptos jurídicos

y metas jurídicas son estudiadas por la Teoría del Derecho.

Desde el punto de vista objetivo, dícese del conjunto de leyes, reglamentos y

demás resoluciones, de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado

para la conservación del orden social. Esto es, teniendo en cuenta la validez, es

decir, si se ha llevado a cabo el procedimiento adecuado para su creación,

independientemente de su eficacia (si es acatada o no) y de su ideal axiológico

(si busca concretar un valor como la justicia, la paz, el orden, etc.).

Page 8: Revista de derecho

CLASIFICACION DEL DERECHO

Se dividen en dos grandes ramas:

Derecho público y el derecho privado.

Los dos derechos son conjuntos normativos.

El derecho público sus normas se refieren a la organización del estado y a la

actividad que desarrolla para cumplir con las atribuciones que al estado le

corresponde. En el derecho privado las normas rigen las relaciones entre los

particulares, normas que les son aplicables al estado cuando cuando no ejerce

funciones de poder político.

objetivo

conjunto de

normas y leyes que establece

una sociedad

subjetivo:

la potestad del

individuo para exigir

sus derechos y

cumplir sus

obligaciones

sustantivo

son todas aquellas normas

que imponen

derechos y obligacion

es

Page 9: Revista de derecho

DERECHO PUBLICO

INTERNO EXTERNO

DER. CONSTITUCIONAL DER. INTERNACIONAL PUBLICO

DER. ADMINISTRATIVO DER. INTERNACIONAL PRIVADO

DER. PROCESAL DER. PRIVADO : CIVIL Y MERCANTIL

DER. PENAL

DER. AGRARIO

Page 10: Revista de derecho

DERECHO EXTRAMATRINOMIAL: es el

derecho que no es susceptible a

apreciarse por medio del valor

monetario

DERECHO PENAL: es el que reglamenta

la estructura de la administración y sus

relaciones con los particulares

DERECHO REAL: es el derecho que

otorga a su titular o a quien lo posee.

DERECHO MEDIO AMBIENTAL: son

llamados humanos porque son del

hombre, de la persona humana.

DERECHO PERSONAL: es el derecho que

se exige sobre un objeto inmaterial.

DERECHO ECONOMICO: es el que

regula y crea reglamentaciones sobre

las acciones