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DÓCESIS TILARÁN – LIBERIA
ÁREA PASTORAL CULTURAL Y EDUCACIÓN
PROYECTO DIOCESANO DE EDUCACIÓN CATÓLICA
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PRIVADA
DIÓCESIS DE TILARÁN-LIBERIA
CENTRO EDUCATIVO CATÓLICO EULOGIO LÓPEZ OBANDO
NORMATIVA INTERNA 2021
““La verdadera enseñanza que transmitimos es lo que
vivimos; y somos buenos predicadores cuando ponemos
en práctica lo que decimos”
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DISPOSICIONES GENERALES
La presente normativa tiene como objetivo establecer la regulación necesaria
del proceso educativo de la Educación General Básica y Educación Diversificada,
para los Centros Educativos pertenecientes al Proyecto Diocesano de Educación
Católica (PRODIECA), a saber: Centro Educativo Católico San Ambrosio,
Centro Educativo Católico Monseñor Vittorino Giraldi Stellin,
Centro Educativo Católico Eulogio López Obando y Centro Educativo Católico
San Daniel Comboni.
El puntual cumplimiento del documento, en su totalidad, es de carácter
obligatorio para todos los miembros de la Comunidad Educativa.
Para la confección de esta Normativa Interna se tomó en cuenta los
principios fundamentales establecidos en La Constitución Política de Costa Rica,
La Ley Fundamental de Educación y el Reglamento de Evaluación de los
Aprendizajes del Ministerio de Educación Pública, el Código de la Niñez y la
Adolescencia, los Protocolos establecidos por el Ministerio de Educación Pública,
así como las necesidades propias de la institución y demás leyes atinentes a la
educación pública y educación privada.
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NORMATIVA INTERNA DEL PRODIECA
REFERENTE A LA VIDA DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
INTRODUCCIÓN
Los Centros Educativos del PRODIECA, son entidades Educativas Católicas
de carácter privado, y su oferta se extiende desde Preescolar, I, II, III y IV Ciclo de
la Educación costarricense.
El proceso educativo que adquieren los niños y jóvenes en estos Centros
Educativos, está sustentado en el Evangelio Cristiano Católico, el Magisterio de la
Iglesia y la Espiritualidad Diocesana, complementado con valores, amor, cuidado
de la casa común, habilidades blandas y educación de calidad, haciéndolos
protagonistas de su propia formación, de manera tal que al culminar el proceso
formativo en nuestras instituciones la sociedad gana individuos integrales capaces
de afrontar con rectas conciencias y libertad responsable los desafíos de la sociedad
actual.
A la luz del Documento de Aparecida nuestra comunidad educativa logra
hacer suya la esencia de la identidad de la educación cristiana; donde Jesucristo
con su poder transformador de vida logra habitar permanentemente en el corazón
de cada uno de los individuos y es aquí donde se constata la misión del PRODIECA,
“Evangelizar educando, educar evangelizando”.
En resumen, la propuesta educativa de PRODIECA pretende iluminar y
transformar con la fuerza del Evangelio, para dejar una huella imborrable en el
corazón de la persona estudiante, su familia, sus docentes y todos aquellos que
interrelacionan en la comunidad educativa, lo que permitirá un accionar fraterno,
misericordioso y esperanzador en sus vidas.
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CAPÍTULO I
COMPONENTES DEL PROYECTO DIOCESANO DE EDUCACIÓN CATÓLICA
Con esta propuesta se pretende ofrecer un instrumento que le permita a la
Educación Católica Diocesana responder de la manera más eficaz y contundente,
al ¿para qué? y al ¿hacia dónde? de su misión educativa, de tal manera que pueda
resultar claro y convincente el aspecto alternativo y de inclusión por el que ha
optado la Educación Católica Diocesana.
Artículo 1. Fundamentos Doctrinales.
Se trata de las bases, fundamentos o principios doctrinales que orientan el
Proyecto Educativo Católico en general y en particular la reflexión y la acción
“educativo-pastoral” de la Educación Católica Diocesana (ECADI).
1. Dios Padre que educa a su Pueblo.
Pedagogía divina (proceso gradual, camino del amor, acción educativa
planificada).
Educa en las situaciones concretas y a partir de ellas.
Educa para la vida y la libertad responsable.
2. Jesucristo el Maestro (la cristología).
Se presenta como Maestro para culminar la obra de Dios.
La Escuela y la Pedagogía de Jesús.
El discipulado y la misión.
3. Iglesia “Madre y Maestra” que educa y se educa (la eclesiología).
Es Discípula y Maestra que evangeliza y se evangeliza y por ende educa y se
educa.
María: rostro materno del Padre y Madre de Jesús el Maestro.
El Magisterio Eclesial.
Comunidades Educativas.
4. El ser humano: educando y educador (la antropología).
Antropología cristiana.
El hombre y la mujer como agentes y destinatarios de la Educación.
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La Familia cristiana.
Fin –primero y último- de todo hecho educativo.
Primacía de su dignidad, de sus derechos y deberes.
Artículo: 2. Teología del Hecho Educativo.
Disciplina de la teología que recoge los esfuerzos de reflexión teológica que
se generan desde la fe sobre el hecho educativo como fenómeno social que se da en
una cultura y en una situación político-social y económica concretas.
1. Realidad y situación del hecho educativo.
2. Dios educa a su pueblo.
3. La Educación y, la Iglesia, la Familia, el Estado y los Medios de
Comunicación Social.
Artículo: 3. Proceso de Evangelización.
Tarea misionera para presentar y realizar la Buena Noticia del Evangelio de
Cristo a través de un proceso que se construye de forma verbal, práctica y
testimonial; dirigido a todos los actores de la Educación Católica, en tres momentos
intrínsecamente unidos:
1er. Momento: Etapa Kerigmática o de primer anuncio.
2do. Momento: Etapa de Catequesis.
3er. Momento: Etapa de Compromiso.
Artículo: 4. Dimensión Celebrativa.
Aspecto fundamental en el estilo de vida cristiana que hace presente “la
fiesta” como momento de encuentro con el Señor de la Vida y de la Historia; de
reconocimiento de su presencia educadora, por lo tanto, liberadora y salvífica; y de
sentirse llamado a dar continuidad hasta su plenitud al proyecto de la Vida como
parte del Plan salvífico de Dios.
1. Foros y encuentros de reflexión.
2. Convivencias y retiros.
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3. Debates, Mesas Redondas.
4. Celebraciones sacramentales.
Artículo: 5. Espiritualidad.
Una experiencia de Dios en la cotidianidad del quehacer educativo que da
fuerza y sentido al compromiso sereno y sencillo; transparente, radical y coherente
de la acción educativa, con el desarrollo humano integral de todo el Ser Humano y
de todos los Seres Humanos.
1. Rasgos de la espiritualidad:
Teocéntrica.
Eclesial.
Cristo céntrica.
Mariana.
2. Actitudes pedagógicas visibles y concretas de la espiritualidad.
El hombre nuevo.
La presencia; el Dios con nosotros.
La esperanza.
La utopía.
La encarnación.
La resurrección.
La inclusión y solidaridad.
Artículo: 6. Agentes de Pastoral.
Educadores Cristianos por opción fundamental; llamados a ser testigos y
profetas de Cristo; llamados a ser “Hombres y Mujeres del mundo en el corazón de
la Iglesia y Hombres y Mujeres de Iglesia en el corazón del mundo”, responsables
del diálogo de la Fe con la Razón, la Ciencia y la Cultura en el ámbito propiamente
educativo.
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Obispo y presbíteros, primeros responsables.
Educadores: laicos, religiosas, religiosos.
Madres y padres de familia y encargados legales.
Centros Educativos Católicos; Administradores.
Estudiantes.
Personal administrativo y técnico.
Autoridades Educativas de la ECADI.
Párrocos.
Capellanes de los centros educativos.
Comunidades educativas.
Artículo: 7. Ámbito.
Espacio físico, temporal y organizativo donde se desarrolla la Educación
Católica como un hecho social inserto en una cultura y una situación
político-social y económica concreta.
1. Educación formal.
2. Educación no formal.
3. Educación a distancia.
4. Educación híbrida (educación virtual sincrónica y presencial).
5. Educación universitaria.
6. Educación permanente.
Artículo: 8. Objetivo General de la Educación Católica Diocesana.
Orientar los procesos académicos, formativos y evangelizadores de la comunidad
educativa de cada una de las instituciones que forman el Proyecto Diocesano de
Educación Católica, hacia una visión integral, con clara identidad católica y por
medio de un impulso misionero valiente y audaz que fortalezca la fe, la esperanza,
la caridad, y que motive a la conversión permanente de la persona y a la
transformación de las comunidades.
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Artículo: 9. Metas.
1. Desarrollar una educación de calidad desde una visión integral, donde la fe
cristiana, sea el eje transversal de todas las instituciones educativas.
2. Brindar continuamente formación doctrinal, teológica, pastoral y profesional al
personal que labora para el Proyecto Diocesano de Educación Católica.
3. Involucrar activamente a los padres de familia o encargados legales de la
persona estudiante, en los procesos evangelizadores de la Educación Católica
Diocesana, de manera que puedan transformar su realidad familiar y por ende
a la comunidad a la que pertenecen.
Artículo: 10. Misión de la Educación Católica Diocesana.
Favorecer un proceso de formación integral y permanente sobre las bases de
una antropología cristiana, que conduzca al encuentro con Jesucristo vivo, Hijo del
Padre, Hermano, Amigo, Maestro y Pastor misericordioso; que eleve y ennoblezca a
la persona humana, con deberes y derechos, en la construcción de una sociedad
justa, fraterna y solidaria desde la propuesta del Evangelio.
Artículo: 11. Visión de la Educación Católica Diocesana.
Ser centros educativos de vanguardia, competentes, comprometidos,
creativos e innovadores que respondan a las dificultades de establecer relaciones
educativas más justas, con rectas conciencias, transmitiendo principios y valores
vitales, que ayuden a cada persona a crecer, madurar y concurrir en la
construcción del bien común, la cultura, los valores antropológicos y éticos
necesarios para edificar una sociedad más solidaria, fraterna y justa, llena de paz
y profundamente humana.
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CAPÍTULO II
DE LA PERSONA ESTUDIANTE
Se asignan como responsabilidades propias de cada estudiante y sin
detrimento de las que le establece el ordenamiento jurídico costarricense, que se
compromete consciente y libremente con los centros educativos de PRODIECA a
construir un ambiente armónico y de sana convivencia, al desarrollo responsable
de las actividades académicas que contribuye a la formación integral de la
personalidad y al bienestar del entorno. Por consiguiente, se cumplirán los
siguientes compromisos:
Artículo 12: Requisitos de Admisión y Permanencia de la Persona Estudiante.
Persona estudiante de primer ingreso:
a. Realizar el proceso de matrícula.
b. El trámite de matrícula deberá ser realizada por el encargado o
representante legal.
c. Para formalizar la matrícula deberá presentar los siguientes documentos:
Recibo de pre matrícula y recibo de matrícula.
Constancia de nacimiento extendida por el Registro Civil (original), para
los menores de 12 años.
Fotocopia de la cédula de identidad de menores, para la persona
estudiante de 12 años en adelante.
Fotocopia de las cédulas de identidad de padres o encargados.
Constancia de notas del año anterior.
Fotocopia del título de transición (persona estudiante de primer grado).
Fotocopia del título de sexto grado (persona estudiante de sétimo).
Fotocopia del título del Servicio Comunal.
Una fotografía reciente tamaño pasaporte.
Fotocopia de la póliza estudiantil del INS.
Certificación de conducta.
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Certificación si posee adecuación curricular (no significativa, acceso y
significativa).
d. La persona estudiante extranjera y/o nacional que residieron fuera del
país, deben presentar documentos autenticados por el Consejo Superior
de Educación y determinación del MEP del nivel educativo por cursar.
1. Persona Estudiante Activo.
La matrícula de la persona estudiante regular de la institución, deberá ser
realizada por el encargado o representante legal.
Deberá presentar los siguientes documentos:
Recibo de Pre matrícula y recibo de matrícula.
Contrato de servicios educativos.
Póliza de seguro estudiantil vigente.
1 foto tamaño pasaporte reciente.
Estar al día con las obligaciones económicas (mensualidades, uniformes,
cuotas del grupo, libros y otros).
Cualquier incumplimiento de los puntos anteriores invalidan el derecho de
matrícula para el año siguiente.
2. Compromisos adquiridos al momento de la matrícula:
a. Con la firma del Contrato de Servicios Educativos la persona estudiante,
sus padres o encargados, dejan constancia por escrito de la aceptación de
la Normativa Interna del Centro Educativo y de las disposiciones que tome
la Dirección, para las acciones de Pastoral Educativa a lo largo de todo el
curso lectivo.
b. La persona estudiante, sus padres o encargados, asumen a las
instituciones de PRODIECA como Centro Educativo Católico, con
características y exigencias propias de la misión Diocesana.
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Artículo 13: En cuanto al uso del uniforme y la presentación personal, la
persona estudiante deberá cumplir con las siguientes disposiciones:
1- Presentarse a clase con el uniforme completo, limpio y ordenado, de acuerdo
con las disposiciones emanadas por la Dirección Académica y
Administrativa.
2- Utilizar la camisa o blusa por dentro o por fuera de la falda o pantalón, será
optativo según se sienta mejor la persona estudiante.
a. El uniforme para varones de preescolar y primer grado: Camiseta roja
manga corta con orilla de manga y cuello color beige, escudo a la izquierda,
pantalones cortos o pantalón largo beige, faja color café de uso optativo,
zapato de cuero tipo escolar de cordón, mocasín, o zapatos estilo vans o
zapatos autorizados por un médico (tipo ortopédico) de color café oscuro (ver
imagen), medias color beige (no calcetas). En caso de los centros educativos
donde el tiempo atmosférico sea lluvioso o frío, se permitirá el uso de abrigo
lisos de color neutro (gris, blanco, negro, beige, azul, rojo).
b. El uniforme para mujeres de preescolar y primer grado: Camiseta roja
manga corta con orilla de manga y cuello color beige, escudo a la izquierda,
enagua pantalón de color beige a la rodilla (ver imagen), pueden usar
pantalones corte recto (ver imagen). faja color café de uso optativo, zapato
de cuero tipo escolar de cordón, mocasín, o zapatos estilo vans o zapatos
autorizados por un médico (tipo ortopédico) de color café oscuro (ver imagen),
medias color beige (no calcetas). En caso de los centros educativos donde el
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tiempo atmosférico sea lluvioso o frío, se permitirá el uso de abrigo lisos de
color neutro (gris, blanco, negro, beige, azul, rojo).
c. El uniforme para varones de primaria y secundaria: Camiseta roja manga
corta con orilla de manga y cuello color beige, escudo a la izquierda, pantalón
beige un ancho de ruedo igual al ancho de la rodilla en corte recto (ver
imagen), faja color café de uso optativo, zapato de cuero tipo escolar de
cordón, mocasín, o zapatos estilo vans o zapatos autorizados por un médico
(tipo ortopédico) de color café oscuro (ver imagen), medias color beige (no
calcetas). medias color beige (no calcetas). En el caso de los centros
educativos donde el tiempo atmosférico sea lluvioso o frío, se permitirá el uso
de abrigo lisos de color neutro (gris, blanco, negro, beige, azul, rojo).
d. El uniforme para mujeres: Camiseta roja manga corta con orilla de manga
y cuello color beige, escudo a la izquierda, enagua beige tapando la rodilla,
con tres paletones desde la cintura sobrecosidos hasta la cadera, pueden
usar pantalones corte recto con la medida de la rodilla igual en el ruedo
(ver imagen). faja color café de uso optativo, zapato de cuero tipo escolar de
cordón, mocasín, o zapatos estilo vans o zapatos autorizados por un médico
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(tipo ortopédico) de color café oscuro (ver imagen), medias color beige (no
calcetas). En el caso de los centros educativos donde el tiempo atmosférico
sea lluvioso o frío, se permitirá el uso de abrigo lisos de color neutro (gris,
blanco, negro, beige, azul, rojo).
e. Para Educación Física, emplear tenis deportivos, y el uniforme según la
elección de la institución.
f. Para agricultura y en Gestión ambiental, emplear mezclilla (no rotos ni
rasgados), la camiseta de Educación Física u otra que represente la
institución y zapatos aptos para la actividad.
Monseñor Victorino Girarli Stellin SAN DANIEL COMBONI CECELO
SAN AMBROSIO
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g. Los padres de familia o encargados legales, deberán justificar a través de la
PLATAFORMA CLOUD CAMPUS, toda situación extraordinaria con relación
al uniforme diario o de educación física de sus hijos.
h. Ser ordenado en su presentación personal, ser responsable con el uso del
uniforme, portando un reloj, un rosario, las mujeres, utilizar aretes pequeños
con el objetivo de evitar accidentes, uñas limpias, cortas con manicure tipo
french, los caballeros que usen el cabello largo deberán usarlo recogido y
bien peinados, en caso de dejarse la barba, deben usarla tipo sombra. Las
mujeres con los cabellos bien peinados, sin maquillaje en el rostro. Queda
restringido el uso de piercings, expansiones y tintes en el cabello; en caso de
que la persona estudiante al indicar el curso lectivo tenga su cabello
tinturado deberá tomar las medidas necesarias para poder retomar su color
natural de manera gradual. Para los varones el corte de cabello puede ser
según lo estipula la circular del MEP DM 0030-07-2020.
i. Cuando la persona estudiante se presente en la institución con ropa
particular, deberá hacerlo con el respeto propio de la ocasión, está prohibido
el ingreso, con pantalones cortos, rotos o rasgados, sandalias de playa,
camisetas o blusas de tirantes (aún debajo de charramas, abrigos o suéter),
blusas escotadas, minisetas, croptops, blusas transparentes, de hombro o
espalda descubierta, licras o leggins, minifalda, falda o vestido corto (deben
ser holgados y a la rodilla). La persona estudiante que falte al cumplimiento
de esta disposición no podrá ingresar a la institución hasta corregir o
modificar su vestimenta.
Artículo 14: De los Deberes y Obligaciones de la Persona Estudiante.
Al ser una institución de enseñanza que se rige por un Marco Doctrinal
inspirado en el Evangelio de Cristo el Magisterio de la Iglesia Católica y la
Espiritualidad Diocesana, la Religión Católica es la Doctrina Religiosa que se
imparte, por lo tanto, la persona estudiante deberá:
a. Participar en forma activa, alegre, serena y respetuosa durante la
celebración del sacramento de la Santa Eucaristía, así como de todas las
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demás actividades que nuestra doctrina católica implique,
independientemente del credo religioso que profese.
b. Desarrollar y fortalecer su fe católica en el aprovechamiento de la clase
de Educación Religiosa como parte del currículum de estudios, dándole
toda la importancia y el valor que merece, además, de que es un requisito
indispensable para su promoción educativa.
c. Iniciar y concluir la jornada de estudio y de trabajo con una oración en
común, expresión de sentido eclesial, siendo puntual, manteniendo una
actitud de escucha y respeto.
d. Participar en las jornadas de reflexión, espiritualidad y todas las
actividades de formación religiosa programadas por la institución.
e. Cultivar la devoción a María Santísima y al Santo Patrono de su
institución, como nota distintiva de su pertenencia a la familia
Diocesana, imitándoles en sus virtudes, en su actitud de servicio y
solidaridad con los hermanos.
f. Ingresar a la Capilla con una actitud de recogimiento, respeto y oración,
manteniendo el dialogo silencioso con Jesús Eucaristía, signo tangible
de nuestra salvación.
g. En el caso de que la persona estudiante no profese la religión católica,
deberá respetar de hecho y de palabra nuestra filosofía y práctica
religiosa, asistiendo y cumpliendo con todos los deberes de la clase de
educación religiosa y demás actividades afines.
h. El rechazo manifiesto y reiterado a los valores educativos cristianos y
actividades religiosas, es contrario a la finalidad del Sistema Educativo.
Ello será indicio seguro de haberse equivocado en la selección del Centro
Educativo, se hará preciso y urgente una rectificación o traslado.
1. Aspecto Académico.
Como sujeto activo de su propia formación, la persona estudiante deberá:
a. Atender con compromiso, responsabilidad, seriedad y esfuerzo su proceso
de aprendizaje.
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b. La persona estudiante acatará las disposiciones del Comité de Evaluación
fundamentadas en la Normativa Interna de la Institución, concernientes a
la administración de pruebas, eximidos y evaluación académica en general.
c. Los padres de familia o encargados deberán justificar toda ausencia o
llegada tardía mediante la Plataforma CLOUD CAMPUS en un plazo de tres
días hábiles siguientes a su incorporación al Centro Educativo. Transcurrido
ese plazo será considerada como ausencia injustificada y la persona
estudiante perderá todo derecho de justificación.
d. Realizar y entregar sus trabajos en el tiempo y forma de acuerdo con lo que
establezca la persona docente de la asignatura y la Normativa Interna.
e. En caso de ausencia o llegada tardía a exámenes escritos, orales o de
ejecución presencial o virtual, faltas con entrega de asignaciones
académicas y fichas de trabajo se aceptará únicamente el dictamen médico
extendido por la C.C.S.S., el INS y una entidad de salud privada.
Se entiende por justificación válida:
• Enfermedad o accidente.
• Enfermedad grave de sus padres o hermanos.
• Muerte de algún familiar, hasta segundo grado de consanguinidad.
En caso de cita médica en el sector privado se aceptará la justificación, siempre
y cuando dicha justificación no sea extendida por algún familiar en primer o
segundo grado de consanguinidad. En caso de conocer que se ha faltado a la
verdad, o tener serios cuestionamientos a la justificación, se podría denunciar el
hecho ante la autoridad competente donde se guiará el debido proceso de revisión
de tal situación. Ante actividades familiares (paseos, reuniones u otros) no se
reprogramarán exámenes ni otros instrumentos de evaluación tales como:
asignaciones académicas y fichas de trabajo, observaciones de trabajo cotidiano u
otros, salvo que se cuente con una justificación previamente conocida y autorizada
por el docente con visto bueno de la dirección académica o administrativa
institucional.
f. Dar importancia a todas las asignaturas establecidas cumpliendo con el
horario escolar, debido a que la parte intelectual se complementa con otras
actividades que refuerzan la educación integral.
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g. Favorecer un ambiente de estudio, respeto y amistad cuando se desarrollen
las clases, de manera tal, que los momentos de participación, se realicen de
forma ordenada.
h. Portar la cédula de identidad de menores o el carné estudiantil.
i. Participar activamente en las actividades que se organizan dentro de la
Comunidad Estudiantil del Centro Educativo, cumpliendo con sus derechos
y deberes estudiantiles según le confiera la Normativa Interna en cada caso
particular.
2. Asistencia y puntualidad.
En cuanto a la asistencia es deber de las personas estudiantes:
a. Asistir regularmente a clases presenciales o virtuales y a todas las
actividades curriculares y extracurriculares (actos cívicos, convivios,
deportivas, religiosas y otras) programadas por la Institución durante el año
escolar.
b. Cumplir estricta y puntualmente con el calendario, los horarios y las
instrucciones que rigen para el desarrollo de las actividades institucionales.
c. Salir de clase únicamente con la autorización del docente.
d. Salir de la Institución únicamente con la autorización establecida en el
formulario para tal fin, el cual se encuentra en la plataforma CLOUD
CAMPUS previa notificación telefónica a la secretaría.
En cuanto a la puntualidad es deber de la persona estudiante:
a. Ser puntual en su ingreso al Centro Educativo, estar antes del toque de
entrada a las 7:00 a.m. Pasada esta hora y hasta las 7:10 minutos se le
consignara la llegada como tardía y después de estos 10 minutos
automáticamente se le tomara como una ausencia a esta primera lección.
b. Ingresar con puntualidad al cambio de clase y al toque del timbre al finalizar
los recreos.
c. En caso de presentar algún problema de conectividad al momento de accesar
a las clases virtuales se deberá notificar de inmediato a la oficina de
secretaría para que se pueda tomar las medidas pertinentes con su
respectivo docente.
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d. Será considerada como una ausencia injustificada, la llegada tardía al salón
de clase o al Centro Educativo habiendo transcurrido diez minutos o más
después de las 7:00 am o del cambio de clase y de cada recreo.
3. Comportamiento.
El derecho y el deber de la persona estudiante del PRODIECA, supone un
comportamiento correcto, adecuado a situaciones, lugares, momentos concretos
dentro y fuera de la Institución. Mostrando positivismo, dedicación al estudio, una
buena disposición que le permita desarrollar las cualidades y dones que Dios le ha
dado para prepararse a cumplir dignamente su misión en la sociedad.
Es deber de toda persona estudiante:
a. Conocer, asumir y comprometerse con el Proyecto de Educación Católica
Diocesana instituido en cada uno de los centros educativos pertenecientes
al mismo.
b. Mostrar una conducta y comportamiento que lo dignifiquen como persona y
que enaltezcan el buen nombre tanto de la institución educativa a la que
pertenece, como de la comunidad en general.
c. Contribuir, con su conducta y su participación responsable, en la creación,
el mantenimiento y el fortalecimiento de un ambiente adecuado para el
aprendizaje.
d. Rescatar y cultivar las normas de cortesía con todas las personas dentro y
fuera de la institución.
e. Respetar la integridad física, emocional y moral de sus compañeros,
docentes y en general de toda la comunidad educativa.
f. Colaborar con su atención y su trabajo al buen desarrollo de la clase
manteniendo así la disciplina y aprovechamiento de los contenidos.
g. Cuidar responsablemente el mobiliario, equipo y las instalaciones en
general.
h. Respetar los bienes ajenos y propios de la institución.
i. Mantener limpio los espacios en los cuales se desenvuelva; colaborando con
el mantenimiento de la limpieza en general y depositando la basura en los
recipientes respectivos.
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j. Demostrar una actitud adecuada durante los periodos de alimentación,
esperando de forma respetuosa y ordenada su turno de atención y el
momento de calentar sus alimentos.
k. Expresarse con un vocabulario adecuado y respetuoso que revele una buena
educación recibida en el hogar y en la Institución.
l. Demostrar respeto y amor a la Patria participando activamente en los actos
cívicos y desfiles dentro y fuera de la institución, con el uniforme
correspondiente.
m. Mantener la compostura, escuchando atentamente, participando según se
le indique o bien manteniendo el silencio cuando la actividad así lo requiera.
n. El niño, joven o en su defecto sus padres, tutores, encargados, se harán
responsables por el daño que la persona estudiante ocasione ya sea en el
edificio, el mobiliario, equipo o material escolar, pagando los daños,
restituyendo el objeto dañado y/o colaborar con el trabajo en que se
incurriera para su reparación.
o. Para ausentarse de la institución, el niño o joven el padre de familia o
encargado legal deberá hacer la solicitud con anticipación al docente guía a
través de la plataforma CLOUD CAMPUS.
p. Se permitirá el uso de la computadora portátil, Tablet y teléfono celular para
uso excluso del proceso académico, teniendo claro que deberá ser cuidadoso
de sus pertenencias y las de los demás, ya que cualquier daño o extravío es
responsabilidad única y exclusiva del dueño de este equipo tecnológico.
q. Evitar las escenas amorosas, obscenas o inmorales tanto dentro como fuera
de la institución (en actividades extracurriculares).
r. Los días asignados para el disfrute de jeans o ropa particular, la persona
estudiante no podrá presentarse con ropa rasgada, licras o leggins, shorts
(pantalón corto o pantaloneta).
4.Uso de la Plataforma Cloud Campus.
a. Será responsabilidad tanto de la persona estudiante como del padre de
familia o su encargado legal, revisar periódicamente la plataforma Cloud
Campus ya que este el Medio Oficial de Comunicación de las instituciones
del PRODIECA.
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b. Al ser la plataforma CLOUD CAMPUS el espacio que los centros educativos
del PRODIECA utilizan en el entorno virtual, se debe al igual que en las
instalaciones físicas cumplir con normas de conducta adecuadas, para una
sana interacción de la comunidad virtual, de ahí que constantemente los
encargados de la seguridad en sistemas ejecutan monitoreos en cada una
de las sesiones utilizadas por la comunidad educativa.
c. Los usuarios de la Plataforma Cloud Campus, deberán respetar la propia
integridad y la de cada uno de los miembros de la comunidad virtual,
cumpliendo con las normas que se le indiquen durante el desarrollo de sus
sesiones virtuales.
d. Debido a que el modelo educativo hibrido resulta de una combinación de
clases presenciales y clases online bajo un esquema de trabajo donde la
persona estudiante adquiere teoría y conocimiento por medio de la
plataforma institucional, la cual es respaldada con la experiencia del
profesional en educación de manera presencial en determinados momentos,
se vuelve imprescindible, el uso de la cámara activa durante el desarrollo de
las sesiones online; por lo tanto, todos y cada uno de los miembros de la
comunidad virtual deberán entender que el uso de este recurso (cámara) es
obligatorio para este desarrollo académico durante las sesiones virtuales
bajo ninguna circunstancia serán utilizadas en actos que vayan en
detrimento de la persona estudiante.
e. Se entenderá por derechos de imagen, la voz, así como todas aquellas
características propias de la persona, que la distinguen como individuo, de
conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Código Civil. Los padres
de familia o encargados de los estudiantes aceptan el uso de imágenes,
grabaciones, y/o afines, donde aparezcan los estudiantes con los emblemas
de la institución en actividades educativas, recreativas, cívicas, de las que
forme parte o promueva la institución; entienden que esto no implica un
descuento o exención en el pago de la matrícula y derechos de educación
que deben cancelar a la institución; de igual forma, renuncian a cualquier
derecho presente y/o futuro, sobre el uso de dichas imágenes y/o
grabaciones, pudiendo la institución utilizarlos con los fines promocionales
que estime convenientes y sin aviso previo, mediante cualquier medio físico
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o electrónico que considere afín a sus intereses. Si los padres o encargados
no solicitan, por escrito, la no utilización de la imagen de su hijo para los
fines antes explicados, se entiende que autoriza el uso de estas por parte de
la institución.
f. Al ser la plataforma CLOUD CAMPUS el medio oficial de comunicación y al
tener todos los miembros de la comunidad educativa un usuario que les
permite el acceso a dicha plataforma, todas las circulares, notificaciones,
justificaciones, permisos, anuncios, entre otros se harán por este medio.
g. Mediante la Plataforma Cloud Campus obligatoriamente se deberá:
-Citar a los padres de familia o encargados para que se presenten a la
institución a tratar asuntos concernientes a la persona estudiante
(actitudes, conductas y acciones en general).
h. Está terminantemente prohibido compartir links de sesiones virtuales con
personas ajenas a la institución, o a su salón de clase; realizar memes,
stickers u otra creatividad donde el discente utilice imágenes, fotografías o
dibujos referentes al personal docente, administrativo, limpieza, padres de
familia, compañeros o estudiantes en general, esto con el fin de proteger la
imagen de cada uno de las personas antes mencionadas. Durante las
sesiones virtuales se debe mantener una postura adecuada, NO estar
acostados, usar una vestimenta apropiada (no estar en pantaloneta, bóxer,
blusas de tirantes, escotes pronunciados, entre otros); que atente contra las
normas morales estipuladas en el reglamento de la institución.
Artículo 15: De los Derechos de la Persona Estudiante.
Se consideran derechos de la persona estudiante los siguientes:
1. Recibir de la persona docente, funcionarios y compañeros un trato basado en el
respeto a su integridad física, emocional y moral, así como a su intimidad y a sus
bienes.
2. Conocer la Normativa Interna vigente de la institución.
3. Ser sujeto partícipe del proceso de evaluación.
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4. Recibir sus clases de manera congruente con los objetivos y la planeación
propuesta con anterioridad, según el plan de estudios que se desarrollara durante
el curso lectivo.
5. Según el debido proceso realizar de manera escrita cualquier objeción que
considere pertinente con relación al proceso de enseñanza y aprendizaje, en
primera instancia ante la persona docente que estuviera vinculada en un plazo no
mayor a los tres días hábiles.
6. Ser informado por parte de la persona docente al inicio del curso lectivo o bien
al inicio de cada período, sobre cuáles serán los valores porcentuales de los
componentes de la evaluación, así como los criterios de la misma y los
procedimientos que normarán en materia de evaluación de los aprendizajes.
7. Recibir por escrito, las habilidades que serán evaluados en las pruebas, con ocho
días hábiles antes de su aplicación.
8. Que se le aplique las adecuaciones curriculares que en materia de evaluación
requiera las cuales deberán constar en el expediente acumulativo de la persona
estudiante.
9. Ante cualquier indicio de abuso o maltrato contra las personas estudiantes el
centro educativo activara el protocolo correspondiente.
10. La persona estudiante en estado de embarazo será acogida en el centro educativo
de manera tal que se le brinden todas las facilidades para que pueda culminar
con éxito su proceso educativo.
Artículo 16: De los Deberes del Padre de familia o Encargado Legal.
Se entienden los siguientes:
Aspecto económico
a. Los padres de familia o encargados legales, deberán estar al día con todas sus
obligaciones económicas (matriculas, mensualidades, pago de libros de texto, uso
de la plataforma institucional y cualquier otra que la institución establezca).
b. Los padres de familia o encargados están en la obligación de cancelar
puntualmente las mensuales establecidas durante los primeros quince días
naturales de cada mes, transcurridos estos quince días automáticamente el
sistema le cargara el interés moratorio del 15%.
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c. En caso de morosidad en el pago de los servicios educativos, se decretará la
suspensión de los mismos haciendo coincidir dicha suspensión con la conclusión
del período más próximo, para lo cual se dará preaviso al padre de familia,
representante legal o a la persona estudiante con una antelación no inferior a
quince días hábiles poniendo a su disposición las certificaciones necesarias para
un eventual traslado hacia otro centro educativo.
d. Está prohibido el “comercio” de cualquier tipo, dentro de las instalaciones y las
áreas de ingreso al Centro Educativo, excepto aquellas actividades debidamente
autorizadas por la Dirección Administrativa a efectos de beneficio institucional.
e. El centro educativo se reserva el derecho de admisión si las familias solicitantes
presentan deudas pendientes (matrícula, mensualidad, libros, paquetes
educativos, de actividades programadas, cuotas de grupos u otros) con esta o
cualquier otra institución educativa de PRODIECA.
Al firmar el contrato de servicios educativos de nuestra Institución, el padre de
familia o encargado legal se compromete libremente a:
1. Presentar los documentos que oficialmente establece la institución, completos y
debidamente firmados.
2. Conocer la normativa vigente de la institución, disponible en la plataforma Cloud
Campus.
3. Aceptar libremente la presente Normativa Institucional y comprometerse a
ayudar a que la persona estudiante la cumpla.
4. Procurar que la persona estudiante asista puntualmente a sus clases
presenciales y virtuales, portando el uniforme de manera correcta y con todos y
cada uno de los materiales y útiles escolares necesarios para el buen desempeño
de su trabajo cotidiano en el aula.
5. Velar por todo lo concerniente a la sana alimentación de la persona estudiante
(desayuno, meriendas, almuerzo).
6. Asistir puntualmente a las citaciones o convocatorias que le formule la persona
docente o las autoridades del centro educativo.
7. Colaborar activamente con las actividades destinadas a recaudar fondos en
beneficio del Centro Educativo.
8. Vigilar por el cabal cumplimiento de los deberes escolares de la persona
estudiante, en especial por aquellos que deban ejecutarse en el hogar.
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9. Cumplir con las indicaciones que expresamente le formulen las personas
docentes y administrativos, en aras de un mejor y mayor desarrollo de las
potencialidades de la persona estudiante o para superar las deficiencias y
limitaciones que se destaquen.
10. Seguir el debido proceso en caso de objeciones que estipule pertinentes a las
calificaciones otorgadas a sus hijos en un plazo de 3 días hábiles después de
entregada dicha calificación.
11. Dar seguimiento a los avances académicos de la persona estudiante, los cuales
se encuentran desglosados en la plataforma CLOUD CAMPUS.
12. Responder las notificaciones que automáticamente se le envían a través de la
plataforma CLOUD CAMPUS por concepto de ausencias o llegadas tardías de sus
hijos dentro de los tres días hábiles siguientes a la reincorporación de la persona
estudiante, luego de la ausencia o impuntualidad. Es responsabilidad del padre,
madre o encargado asegurarse por los medios necesarios que la persona estudiante
se actualice en los contenidos desarrollados durante su ausencia a lecciones, así
como la obtención de objetivos y contenidos para las pruebas de ser requerido.
13. Mantener una estrecha comunicación con el centro educativo.
14. Guardar las normas de vestimenta permitida al ingresar a la institución.
15. Entregar al guarda el material, meriendas o almuerzos que sus hijos hayan
dejado olvidados en casa, excepto dinero.
16. La reiterada trasgresión tácita o expresa de la presente Normativa Interna por
parte de los padres o encargados de la persona estudiante, podrá ser empleada como
evidencia por la Dirección para negarse a renovar el Contrato de Servicios
Educativos al año siguiente, o en caso gravísimo de ruptura inmediata del mismo.
17. Promover los valores en sus hijos para contribuir con el sentido de pertenencia
y sana convivencia en la institución.
18. Cualquier otro deber propio de su condición de padre de familia o encargado.
19. Para retirar a su hijo de la institución debe presentarse en la oficina de la
secretaría para firmar el libro de permiso de salida. En caso de no ser el
representante legal debe presentarse una autorización firmada y adjuntar
fotocopia del documento de identidad. Debe justificar las ausencias a partir
de la hora de retiro de clases. La persona estudiante que se retire sin
autorización se le aplicará una falta que se considerará como fuga de clases.
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20. En caso de que su hijo necesite ingerir medicamentos deberá presentar un
documento firmado especificando claramente cuál es el procedimiento para
seguir para la administración del fármaco, el cual permanecerá en custodia
en la dirección, esta terminantemente prohibido que las personas
estudiantes porten medicaciones.
CAPÍTULO III
DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES
Los Centros Educativos de PRODIECA no se acogen a lo indicado en la
circular No 38155-MEP, referente a la evaluación de los aprendizajes del I, II, III
ciclo de educación general básica y Educación Diversificada ya que cuentan con su
propia evaluación aprobada por el órgano superior que los rige, en este caso la
Dirección de Educación Privada.
Artículo 17: Acerca del Concepto de Evaluación de los Aprendizajes.
La evaluación de los aprendizajes entendida dentro del ámbito educativo, es
considerada como un proceso continuo de recopilación de información cualitativa
y cuantitativa, que fundamenta la emisión de juicios de valor y la toma de
decisiones por parte de la persona docente y el estudiantado, con el fin de mejorar
progresivamente los procesos de enseñanza y aprendizaje, abordados tanto en
entornos virtuales como en entornos presenciales.
Artículo 18: Funciones de la evaluación de los aprendizajes.
Desde la teoría de la evaluación, las funciones de la evaluación de los
aprendizajes en el proceso educativo corresponden a:
a) Diagnóstica: permite conocer el estado inicial de la persona estudiante en
las áreas del desarrollo: cognoscitiva, socio afectiva y psicomotriz, con el fin
de facilitar, con base en la información que de ella se deriva, la aplicación
de las estrategias correspondientes.
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b) Formativa: brinda información necesaria y oportuna durante los procesos
de enseñanza y aprendizaje, con la finalidad de reorientar o realimentar las
áreas que así lo requieran.
c) Sumativa: constata los logros alcanzados al término de un proceso de
aprendizaje y fundamenta la calificación, la promoción y la certificación.
Artículo 19: Responsabilidad directa del abordaje del proceso de evaluación
de los aprendizajes.
El abordaje del proceso de evaluación de los aprendizajes tanto en entornos
virtuales como presenciales, es responsabilidad profesional y esencial de la persona
docente que está directamente vinculada con el respectivo estudiantado en sus
procesos de aprendizaje.
Artículo 20: Participantes en el proceso de evaluación de los aprendizajes.
El proceso de evaluación de los aprendizajes implica la participación activa
y colaboración de:
a) De la persona estudiante.
b) El personal docente.
c) La directora académica del centro educativo.
d) El Comité de Evaluación de los Aprendizajes.
e) La profesional de orientación del centro educativo.
f) La persona encargada legal de la persona estudiante.
Artículo 21: Integración del Comité de Evaluación de los Aprendizajes.
La conformación de este comité es responsabilidad directa de la Dirección
Académica del centro educativo y será integrado por cinco miembros con
representación del área de primaria, secundaria e inglés.
La directora académica formará parte de este comité y tendrá voz, pero NO
voto, hasta que el proceso lo requiera.
Para efectos de la definición de estrategias de promoción, para las personas
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estudiantes de III Ciclo de la Educación General Básica y la Educación
Diversificada, se conformará un comité de evaluación ampliado, con el propósito
de analizar cada caso en particular y, de acuerdo con la valoración realizada,
determinar la estrategia de promoción a implementar para definir la condición final
en la asignatura reprobada, según consta en esta normativa.
Artículo 22: Funciones del Comité de Evaluación de los Aprendizajes.
El comité de Evaluación de los Aprendizajes tendrá las siguientes funciones:
1. Elaborar en las primeras sesiones de trabajo, el plan de acción respectivo.
2. Dar seguimiento al cumplimiento de los lineamientos técnicos y
administrativos vigentes en la evaluación de los aprendizajes y la evaluación
de la conducta de la persona estudiante, estipulada en la presente
Normativa Interna.
3. Velar por la buena marcha del rendimiento académico.
4. Brindar al personal docente y administrativo del Centro Educativo el
asesoramiento requerido en materia de evaluación de los aprendizajes.
5. Promover la capacitación de las personas docentes en los campos de la
medición y evaluación educativa.
6. Coordinar propuestas y lineamientos que se deriven de la forma propia de
evaluar de la institución.
7. Cooperar y ayudar con las personas docentes en la valoración del
desenvolvimiento pedagógico y las posibles respuestas brindadas a las
personas estudiantes, en materia de evaluación de los aprendizajes.
8. Adoptar las medidas pertinentes, de oficio o ante recurso interpuesto por las
personas estudiantes o padres y madres de familia o encargados legales.
9. Dar seguimiento a la aplicación de las estrategias evaluativas recomendadas
para las personas estudiantes con necesidades educativas especiales.
10. Mantener al día y en la institución el libro de actas con los asuntos tratados
y acuerdos tomados en cada sesión de trabajo.
11. Realizar la calendarización de las pruebas escritas durante todo el año, así
como revisar las pruebas de las personas docentes y realizar las
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reprogramaciones de las pruebas que no han hecho las personas
estudiantes.
12. Analizar el rendimiento académico por períodos y darlo a conocer al
personal docente y buscar soluciones con la persona docente responsable.
Artículo 23. Las sesiones del Comité de Evaluación.
Las sesione del comité de evaluación se rigen de acuerdo con los siguientes
criterios:
a. El desempeño del cargo de miembro del Comité de Evaluación es intrínseco
a las funciones del educador y debe realizarse fuera de su horario presencial
regular en el aula. El Comité sesionará semanalmente el tiempo equivalente
a cuatro lecciones.
b. El quórum para las sesiones debe ser de mayoría simple.
c. Sus acuerdos son válidos cuando sean aprobados por mayoría simple.
d. De cada sesión se levanta un acta, que debe leerse y ser aprobada en la
siguiente sesión ordinaria.
e. El Comité Técnico Asesor toma acuerdos firmes cuando lo considere
necesario y ellos no pueden cambiarse, salvo que el mismo Comité así lo
determine posteriormente.
Artículo 24: Deberes de la persona docente con relación a la evaluación de los
aprendizajes.
El personal docente responsable y vinculado directamente con el estudiantado
en sus procesos de aprendizaje, tiene en materia la evaluación de los aprendizajes
y la evaluación de la conducta, los siguientes deberes:
a. Desarrollar el proceso de evaluación de los aprendizajes de acuerdo con lo
establecido en esta Normativa Interna.
b. Divulgar entre el estudiantado y las personas encargadas legales, la
presente Normativa.
c. Comunicar por escrito a las personas estudiantes a su cargo, al inicio y
durante el proceso de enseñanza y aprendizaje, los procedimientos que se
seguirán en materia de evaluación de los aprendizajes de los componentes
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de la calificación.
d. Entregar al estudiantado por escrito y en forma detallada, con al menos
ocho días hábiles antes de la aplicación de las pruebas, los aprendizajes
esperados e indicadores del planeamiento didáctico seleccionados para la
medición, en concordancia con el programa de estudio.
e. Elaborar los instrumentos para la evaluación de los aprendizajes que
aplicará al grupo o grupos que tiene a su cargo, de acuerdo con la
naturaleza de la asignatura y los lineamientos técnicos establecidos en
materia de evaluación de los aprendizajes.
f. Brindar y dar seguimiento a los apoyos educativos, que en materia de
evaluación de los aprendizajes requiera el estudiantado, estos deben estar
justificados y consignados en el expediente e informarse por escrito a la
persona encargada legal, a partir de su implementación.
g. Calificar las pruebas, asignaciones académicas y fichas de trabajo que
realice el estudiantado y devolverlas en un tiempo máximo de ocho días
hábiles, posteriores a su aplicación. De no cumplir con el tiempo
reglamentario, el docente recibirá una amonestación por escrito.
h. Entregar a la Dirección Académica con carácter OBLIGATORIO, a más
tardar ocho días hábiles después de realizada la prueba, un análisis de los
resultados de las pruebas con calificaciones menores a la nota mínima, con
sus respectivas estrategias de intervención.
i. Aplicar las adecuaciones curriculares que en materia de evaluación
requieran los estudiantes con necesidades educativas especiales y que
deberán estar consignadas en el expediente acumulativo del proceso
educativo de la persona estudiante. Asimismo, informar por escrito a los
encargados legales al inicio del curso lectivo o a partir del momento en que
se implementen las adecuaciones curriculares, las estrategias que utilizará
en cada asignatura de acuerdo con la adecuación curricular aplicada.
j. Solicitar asesoría técnica al Comité de Evaluación de los Aprendizajes, en
temas relacionados con la evaluación de los aprendizajes.
k. Informar por escrito al estudiantado, los aprendizajes esperados y los
respectivos indicadores, que se utilizarán para calificar las asignaciones
académicas y establecer la fecha de entrega de las mismas, en un plazo
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máximo de ocho días hábiles, a partir de su asignación.
l. Analizar con el estudiantado las respuestas a las preguntas y ejercicios de
las pruebas y asignaciones académicas, según correspondan en esta
Normativa Interna, en el acto de entrega de estos, como parte de la
realimentación del proceso de enseñanza y aprendizaje.
m. Resolver y comunicar por escrito las resoluciones a las objeciones que le
formule el estudiantado o la persona encargada legal, con respecto a los
componentes de la calificación, las pruebas de ampliación y la estrategia de
promoción, en un plazo no mayor a tres días hábiles posteriores a su recibo.
n. Informar al estudiantado o la persona encargada legal, durante el desarrollo
de cada periodo lectivo, los detalles del progreso y asistencia a través de la
plataforma CLOUD CAMPUS.
o. Postear en la plataforma CLOUD CAMPUS el avance del proceso evaluativo
de cada uno de los componentes de manera tal que, una vez finalizado el
periodo, la persona encargada legal, tenga acceso inmediato a la nota final
de cada materia y al promedio ponderado anual.
p. Informar y explicar al estudiantado y a la persona encargada legal, al inicio
del periodo cuáles serán los instrumentos utilizados para evaluar el proceso
y una vez finalizado el periodo informar y explicar el desglose de las
calificaciones de dicha evaluación.
q. Registrar la puntualidad y la asistencia diaria y acumulativa de la persona
estudiante e informar mediante la plataforma CLOUD CAMPUS, según
corresponda, al estudiantado y a la persona encargada legal, la inasistencia
e impuntualidad, durante el desarrollo del período lectivo.
r. Utilizar durante las lecciones los instrumentos técnicamente elaborados
para el registro de información con relación al proceso evaluativo.
s. Realizar acciones educativas que realimenten el aprendizaje con base en los
resultados obtenidos por el estudiantado durante el proceso evaluativo.
t. Elaborar, administrar y calificar las pruebas de ampliación, de la persona
estudiante a su cargo, las que una vez analizadas con estos, serán
entregadas a la dirección del centro educativo para su custodia.
u. Aplicar durante los quince días hábiles posteriores a la última prueba de
ampliación, la estrategia de promoción definida por el Comité de
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Evaluación.
v. Calificar la estrategia de promoción y definir la condición de la persona
estudiante, consignando el resultado en el acta respectiva.
w. Entregar a la dirección del centro educativo, la segunda prueba de
ampliación con el respectivo solucionario y tabla de especificaciones, para
aquellas que por su naturaleza así la requieran, esta prueba, así como la
primera prueba de ampliación debe ser entregada una semana antes de
finalizar el curso lectivo.
x. Entregar al Comité de Evaluación de los aprendizajes:
x.1 Una copia de la prueba con su respectiva tabla de especificaciones en un plazo
mínimo de ocho días hábiles anteriores a su aplicación. En el caso de las pruebas
de ejecución y la oral para medir la producción oral en lenguas extranjeras solo se
entrega la prueba.
x.2 Una copia de los instrumentos utilizados para calificar el trabajo cotidiano, las
asignaciones académicas y las fichas de trabajo, cuando así lo solicite.
x.3 Las estrategias evaluativas que se aplicarán para el estudiantado que requiere
apoyos educativos, en el momento que se implementen.
x.4 Las pruebas a realizar, ocho días hábiles antes de su aplicación para su
respectiva revisión. La entrega de las mismas debe ser en el recreo o en las horas
libres del miembro del comité y NO en las horas lectivas y en horario de 7 a.m. a
12 m.d., así mismo, se tendrá un plazo de dos días para devolver la prueba al
docente.
x.5 Presentar la prueba a revisión en la dirección administrativa en horario de 7
a.m. a 12 m.d., luego dirigirse con su respectiva boleta de revisión a la
fotocopiadora tres días hábiles antes de su aplicación. Una vez fotocopiada la
prueba es obligación del docente revisar la misma antes de su aplicación,
corroborando así que la misma se encuentre legible y sin errores.
x.6 Inmediatamente después de aplicada la prueba deberá informar por escrito al
comité de evaluación el nombre de aquellas personas estudiantes que no realizaron
la prueba en la fecha establecida en el calendario respectivo.
x.7 Llevar a cabo la “SEMANA DE REPASO”, antes de la realización de las pruebas.
x.8 Otras, inherentes a su cargo, que expresamente le encomiende el director
académico o que le señale esta Normativa.
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Artículo 25: Con relación a la calificación de los componentes de la nota de
la persona estudiante.
a) Se utilizará la escala numérica de uno a cien.
b) La calificación de cada rubro se trasformará al porcentaje correspondiente.
c) No obstante para efectos del informe escolar, la calificación mínima por
período correspondiente será de 50, en todos los ciclos.
d) La nota mínima en conducta será de ochenta (80), para todos los niveles.
e) La valoración del progreso escolar de la persona estudiante se realizará
tomando en cuenta los siguientes componentes en los tres ciclos: Trabajo
Cotidiano, Asignaciones académicas, Proyectos, Pruebas, Fichas de trabajo,
según sea el caso.
f) Cada componente anterior se define de la siguiente forma:
Trabajo cotidiano: Consiste en las actividades educativas que realiza el
estudiantado con la guía y orientación de la persona docente según el
planeamiento didáctico y el programa de estudios. Para su calificación se
deben utilizar instrumentos técnicamente elaborados, en los que se
registre información relacionada con el desempeño de la persona
estudiante. La misma se recopila en el transcurso del período y durante
el desarrollo de las lecciones, como parte del proceso de enseñanza y
aprendizaje y no como producto, debe reflejar el avance gradual de la
persona estudiante en sus aprendizajes.
Asignaciones académicas: Consisten en trabajos cortos que se asignan
al estudiantado con el propósito de reforzar aprendizajes esperados, de
acuerdo con la información recopilada durante el trabajo cotidiano. Para
su calificación debe utilizarse el instrumento previamente elaborado.
Mediante las asignaciones académicas, el estudiantado puede repasar o
reforzar los aprendizajes esperados. Por ello es indispensable que sean
ejecutadas por el estudiantado exclusivamente para que así puedan
fortalecer su propio aprendizaje. Las asignaciones académicas no deben
asignarse para ser desarrolladas en horario lectivo y en períodos de
vacaciones, entiéndase Semana Santa y medio año, o período de pruebas
calendarizadas en el centro educativo.
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Prueba: Es un instrumento de medición cuyo propósito es que el
estudiantado demuestre la adquisición de habilidades cognitivas,
psicomotoras o lingüísticas. Puede ser escrita, de ejecución u oral. Para
su construcción se seleccionan los aprendizajes esperados e indicadores,
de acuerdo con el programa de estudio vigente, del nivel correspondiente.
La prueba escrita debe ser resuelta de acuerdo con la estrategia que la
persona docente responsable indique. La prueba oral y de ejecución debe
aplicarse ante la persona docente a cargo de la asignatura.
Proyecto. Es un proceso de construcción de aprendizajes, guiado y
orientado por la persona docente; parte de la identificación de contextos
del interés de la persona estudiante. Está relacionado con contenidos
curriculares o resultados de aprendizajes obtenidos, valores, actitudes y
prácticas propuestas en cada unidad temática del programa de estudio o
subáreas de las asignaturas que lo requieran. Tiene como propósito, que
el estudiantado aplique lo aprendido en la realización reflexiva de un
conjunto sistemático de acciones de interés en un contexto determinado
del entorno sociocultural. Para su evaluación se debe entregar al
estudiantado, los indicadores y criterios, según las etapas definidas para
el mismo, además, considerar tanto el proceso como el producto y
evidenciarse la autoevaluación y coevaluación.
Fichas de trabajo: se refiere a la toma de apuntes, elaboración de
esquemas, mapas semánticos, cuadros sinópticos, diagramas, desarrollo
de guías autónomas de trabajo, cuestionarios, resúmenes, grabaciones
(audios y videos) entre otros, que ilustran la temática desarrollada
durante los procesos de enseñanza y aprendizaje, y que el estudiantado
comparte con la persona docente como evidencia de su aporte a dicha
temática.
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Artículo 26: Con relación al valor porcentual de los componentes de calificación
de la persona estudiante.
a) En el primer año del I Ciclo de la Educación General Básica, en las asignaturas
de: Matemática, Estudios Sociales, Francés, Ciencias y Español, el valor porcentual
es el siguiente:
I GRADO
Asignaciones académicas 10%
Fichas de trabajo 20%
Prueba 15%
Trabajo Cotidiano 55%
b) En el Segundo y Tercer grado del I Ciclo de la Educación General Básica en
las asignaturas de: Matemática, Estudios Sociales, Francés, Ciencias y
Español:
II GRADO III GRADO
Asignaciones académicas 20% 20%
Fichas de trabajo 15% 15%
Prueba 20% 20%
Trabajo Cotidiano 45% 45%
d) En el II Ciclo (cuarto, quinto y sexto grado) de la Educación General Básica,
en las asignaturas de: Matemática, Estudios Sociales, Francés, Ciencias y Español:
IV GRADO V GRADO VI GRADO
Asignaciones académicas 20% 20% 20%
Fichas de trabajo 15% 15% 15%
Prueba 25% 25% 25%
Trabajo Cotidiano 40% 40% 40%
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g) En sétimo, Octavo y Noveno año de la Educación General Básica, para las
asignaturas de Matemática, Español, Estudios Sociales, Francés, Física, Biología y
Química
Asignaciones académicas 20%
Fichas de trabajo 10%
Prueba 30%
Trabajo Cotidiano 40%
k) En la Educación Diversificada (décimo y undécimo) para las asignaturas de
Matemática, Español, Estudios Sociales, Física, Biología y Química la evaluación
será la siguiente:
Asignaciones académicas 15%
Fichas de trabajo 10%
Prueba 35%
Trabajo Cotidiano 40%
m) En la educación diversificada (décimo y undécimo), en la asignatura de
Precálculo.
Asignaciones académicas 25%
Fichas de trabajo 15%
Prueba 10%
Trabajo Cotidiano 50%
l) Para I, II, III y Educación Diversificada (décimo y undécimo), en las asignaturas
de Educación Musical, Educación Física, Educación Religiosa, Artes Plásticas,
Psicología, Filosofía y Ofimática:
Proyecto 45%
Trabajo Cotidiano 55%
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n) Para el III ciclo y la Educación Diversificada, en la asignatura de Educación
Cívica se evaluará de la siguiente manera:
Asignaciones académicas 15%
Fichas de trabajo 10%
Proyecto 25%
Trabajo Cotidiano 50%
m) En la educación diversificada (décimo y undécimo), en la asignatura de
Métodos y Técnicas de Investigación se evaluará de la siguiente manera:
I y II
PERÍODO
III
PERÍODO
Avances de investigación 50% 80%
Trabajo cotidiano 50% 20%
I y II
PERÍODO
III
PERÍODO
Avances de investigación 25% 90%
Trabajo cotidiano 75% 10%
NOTAS IMPORTANTES:
1. En cada uno de los ciclos y asignaturas que requieran la aplicación
de pruebas, solo se asignará una única prueba con el porcentaje
respectivo.
2. Los estudiantes de undécimo para ganar el curso de métodos y
técnicas de investigación deberán de presentar una tesis, la cual
defenderán ante la presencia de un jurado, de lo contrario perderán
el curso.
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Artículo 27: Con relación a los instrumentos elaborados para la valoración de los
componentes Trabajo cotidiano, asignaciones académicas y fichas de trabajo.
Para la respectiva valoración de los componentes Trabajo cotidiano, asignaciones
académicas y fichas de trabajo, se utilizarán los siguientes instrumentos:
RÚBRICA PARA VALORAR EL TRABAJO COTIDIANO DE LA
PERSONA ESTUDIANTE
Criterios a considerar
Siempre 3
Algunas veces 2
Nunca 1
Se presenta de
manera puntual en cada una de
las sesiones de
trabajo programadas por
la persona docente.
En todas las
sesiones de trabajo se
presenta de
manera puntual.
Solo en algunas
sesiones de trabajo se
presenta de
manera puntual.
Nunca se
presenta de manera puntual
en las sesiones
de trabajo.
Participa en
forma activa y pertinente de las
sesiones de
trabajo programadas.
En todas las
sesiones de trabajo participa
de forma activa
y pertinente.
Solo en algunas
sesiones de trabajo participa
de forma activa
y pertinente.
Nunca participa
de forma activa y pertinente en
las sesiones de
trabajo.
Tiene los
materiales necesarios para
realizar los trabajos
propuestos por la
persona docente.
En cada sesión
cuenta con los materiales
necesarios para realizar los
trabajos
propuestos
Solo en algunas
sesiones cuenta con los
materiales necesarios para
realizar los
trabajos propuestos
En ninguna
sesión cuenta con los
materiales necesarios para
realizar los
trabajos propuestos.
Elabora los
trabajos
propuestos en el
tiempo
establecido por la
persona docente.
Todos los
trabajos los
realiza en el
tiempo
establecido.
Solo algunos
trabajos los
elabora en el
tiempo
establecido.
Nunca elabora
los trabajos en el
tiempo
establecido.
Elabora los
trabajos
Todos los
trabajos son
Solo en algunas
ocasiones
elabora en
Ningún trabajo
es elaborado en
forma completa.
38
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PROYECTO DIOCESANO DE EDUCACIÓN CATÓLICA
propuestos en
forma completa.
elaborados en
forma completa.
forma completa
los trabajos.
Elabora los
trabajos con
procedimientos
adecuados para
obtener
respuestas
válidas.
Todos los
trabajos son
realizados con
respuestas
válidas.
Solo algunos
trabajos los
realiza con
respuestas
válidas.
Ningún trabajo
es elaborado con
respuestas
válidas.
Sigue
instrucciones
de la persona
docente.
En todo
momento acata
las
instrucciones
dadas por la
persona
docente.
Solo en algunas
ocasiones sigue
las
instrucciones
dadas por la
persona
docente.
Nunca sigue las
instrucciones
dadas por la
persona
docente.
RÚBRICA PARA VALORAR LAS ASIGNACIONES ACADÉMICAS DE LA
PERSONA ESTUDIANTE
Criterios a
considerar
Excelente
3
Bueno
2
Necesita mejorar
1
Presenta el
trabajo asignado en forma
completa, con orden y aseo
Demuestra
excelencia al realizar su
trabajo, presentándolo
completo, en orden y aseo.
Muestra evidencia
de que procura la realización de su
trabajo completo, en orden y aseo.
Debe completar el
trabajo asignado y trabajar con
más orden y aseo.
Los trabajos
propuestos los
presenta en la fecha establecida
por la persona docente.
Sus trabajos los
presenta en la
fecha establecida.
Necesita que el
docente le reciba
los trabajos en forma tardía, con
una justificación de peso.
Los trabajos no
los presenta o los
presenta fuera de tiempo sin que
medie justificación
alguna.
39
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Muestra dominio de la temática
desarrollada en el trabajo.
Presenta trabajos mostrando
excelencia en el manejo y dominio
de lo que hace.
Muestra evidencia de comprender la
mayor parte del contenido.
Tiene poco conocimiento del
contenido.
RÚBRICA PARA VALORAR LAS FICHAS DE TRABAJO DE LA PERSONA
ESTUDIANTE
Criterios a
considerar
Excelente 3
Bueno 2
Necesita mejorar
1
Presenta las fichas de trabajo
en forma completa, con
orden y aseo
Demuestra excelencia al
realizar sus fichas de trabajo,
completando toda la temática
establecida y en
orden y aseo.
Muestra interés de presentar las
fichas de trabajo en forma
completa y en orden y aseo.
Debe completar las fichas de
trabajo y realizarlas con
más orden y aseo.
Las fichas o evidencias de
trabajo las presenta en la
fecha establecida por
la persona
docente.
Sus fichas de trabajo las
presenta en la fecha
establecida.
Necesita que el docente le reciba
las fichas de trabajo en forma
tardía, con una justificación de
peso.
No presenta las fichas de trabajo
o lo hace fuera de tiempo
establecido sin que medie
justificación
alguna.
Presenta todas las fichas de
trabajo solicitadas
Hace entrega de todas las fichas
de trabajo solicitadas
Solo hace entrega de
algunas fichas de trabajo
solicitadas.
No presenta ninguna ficha de
trabajo solicitada.
Es importante tener presente que, los lineamientos técnicos antes descritos,
valoran la capacidad de desempeño de la persona estudiante en cada una de las
actividades propuestas por la persona docente en las diferentes asignaturas.
Reflejan la función diagnóstica y formativa de los procesos evaluativos de acuerdo
con la teoría de la evaluación de los aprendizajes.
40
DÓCESIS TILARÁN – LIBERIA
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PROYECTO DIOCESANO DE EDUCACIÓN CATÓLICA
Artículo 28: Con relación a la promoción de la persona estudiante.
La persona estudiante del área de primer, segundo y tercer ciclo que
alcanzare un promedio ponderado anual igual o superior a setenta tendrá la
condición de aprobado en la respectiva asignatura.
El estudiantado de Educación Diversificada, que alcanzare un promedio
ponderado anual igual o superior a setenta y cinco tendrá la condición de aprobado
en la respectiva asignatura.
La persona estudiante que no alcanzare el promedio ponderado anual
señalado en los párrafos anteriores, obtendrá la condición de aplazado en la
respectiva asignatura.
Para obtener la nota promedio anual de una asignatura, tanto en la
Educación General Básica, como en la Educación Diversificada, se tomarán las
notas correspondientes a los tres períodos del año, que se ponderarán de la
siguiente forma:
• Primer período: 30%
• Segundo período: 30%
• Tercer período: 40%
Artículo 29: Con relación a la mediación y rectificación de errores.
a. A las divergencias o conflictos que se suscitaren entre cualesquiera de los
miembros de la comunidad educativa, dentro del proceso de evaluación o con
motivo de la aplicación de la presente normativa, se procurará encontrarles
solución en consonancia con los principios y fines de la educación, con la
materia aquí regulada y con la rectitud y buena fe con que deben actuar las
partes involucradas en ese proceso.
b. La persona docente tiene la facultad y el deber de rectificar en forma inmediata
y de oficio, los errores de hecho y de derecho en que incurrieren dentro del
proceso de evaluación, tanto cuando se percaten de su existencia o bien por la
oportuna y respetuosa observación de la persona estudiante o la persona
encargada legal.
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DÓCESIS TILARÁN – LIBERIA
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c. A falta de un arreglo directo, el estudiantado o la persona encargada legal,
tendrán derecho a ejercer por escrito y debidamente justificados, los recursos
de Revocatoria y Apelación contra los actos emitidos por el centro educativo en
materia de evaluación de los aprendizajes y calificación de la conducta, sin
perjuicio de otras disposiciones específicas señaladas en esta normativa. El
procedimiento por seguir para la interposición de los recursos de cita es:
c.1 Una vez entregados los resultados de los componentes de la calificación, del
informe de notas y las acciones correctivas según corresponda, el estudiantado
o su encargado legal, podrá interponer dentro del término de tres días hábiles
los respectivos recursos de Revocatoria y Apelación. El Recurso de Revocatoria
deberá ser planteado ante la persona docente que haya emitido de forma directa
el acto y el Recurso de Apelación ante la Dirección Académica del centro
educativo. El estudiantado o su encargado legal puede utilizar ambos recursos
o uno solo de ellos, pero será inadmisible el que se interponga pasados los
términos fijados en el párrafo anterior. Si se interponen ambos recursos a la
vez, se tramitará la apelación una vez declarada sin lugar la revocatoria por
parte de la persona docente. En este caso corresponde a ésta remitir de forma
inmediata a la dirección académica del centro educativo, el correspondiente
recurso de apelación en subsidio a través de la plataforma CLOUD CAMPUS.
c.2 El recurso de revocatoria debe ser resuelto por la persona docente, en el
plazo de tres días hábiles posteriores a la presentación del recurso.
c.3 El recurso de apelación debe ser resuelto por la Directora Académica del
centro educativo en concurso con el Comité de Evaluación de los Aprendizajes
en el plazo de ocho días hábiles posteriores a la recepción del recurso, o la
remisión de este por parte de la persona docente que conoció en primera
instancia.
c.4 La directora académica, antes de resolver, podrá solicitar un informe a la
persona docente respectiva y los informes técnicos que estime necesarios al
Comité de Evaluación de los Aprendizajes o a cualquier órgano del Ministerio
de Educación competente. La directora académica resolverá, en definitiva.
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Artículo 30: Del proceso para Reposición de Pruebas.
Para los efectos pertinentes, la reposición de una prueba se regirá por las siguientes
disposiciones:
1. La reposición de una prueba solo se autorizará por alguna de las siguientes
razones:
1.1 Enfermedad, accidente u otra causa de caso fortuito o fuerza mayor.
1.2 Enfermedad grave de las personas encargadas legales o hermanos.
1.3 Muerte de algún familiar hasta el segundo grado de consanguinidad y hasta
por una semana.
2. La persona estudiante que falte con la realización de la prueba, tendrá tres
días hábiles después de su incorporación al proceso educativo, para
justificar su ausencia a la prueba vía CLOUD CAMPUS, con un correo
dirigida al Coordinador del Comité de Evaluación. En el mismo debe indicar
el nombre completo de la persona estudiante, el nivel en el que se encuentra,
la fecha en que se realizó la prueba y la o las pruebas que necesite le sean
reprogramadas. Así mismo, debe explicar el motivo por el cual faltó dicho
día, deberá adjuntar las constancias respectivas, según sea el caso, para
reprogramar la prueba, si no lo hace perderá el derecho de realizar la prueba,
obteniendo como nota mínima un 1.
3. La persona estudiante antes de realizar la prueba deberá depositar en la
cuenta bancaria que la institución le indique un monto de ¢5000 por cada
prueba que tenga que reponer. Queda exento de este pago la persona
estudiante que respalde su inasistencia con el justificante requerido para
cada una de las situaciones descritas en el artículo 26 inciso 1.
Artículo 31: Con relación a las pruebas de ampliación.
El estudiantado de I, II, III Ciclo de la Educación General Básica o de
Educación Diversificada que haya aplazado una o más asignaturas, tendrá derecho
de presentar pruebas de ampliación en las asignaturas reprobadas.
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Se considera aprobada la persona estudiante, si en cada una de las pruebas
de ampliación, obtiene una nota igual o superior a la establecida como mínima de
acuerdo con el nivel en que se encuentre. No obstante, para efectos de consignar
la calificación final, ésta será la nota mínima respectiva.
El estudiantado que no logre la calificación mínima señalada, así como aquel
que no concurriere a las convocatorias sin causa justificada, se tendrá por
reprobado.
Si la persona estudiante, luego de presentar las pruebas de ampliación,
queda reprobada en una única asignatura, tendrá derecho a realizar una estrategia
de promoción determinada por el Comité de Evaluación Ampliado, con el fin de
definir su condición final.
La estrategia de promoción puede consistir en la resolución de casos,
resolución de problemas, exposiciones, resolución de ejercicios o prácticas
experimentales, acordes con la naturaleza de la asignatura.
Tendrán derecho a realizar la estrategia de promoción, las personas
estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Haber cumplido con la presentación de todos los trabajos escolares durante
el curso lectivo.
b) Haber asistido durante todo el curso lectivo al 80% de las sesiones
programadas, tanto en entornos virtuales como presenciales de la respectiva
asignatura, salvo circunstancias debidamente justificadas.
c) Haber cumplido con la presentación de todos los proyectos durante el año
(en el caso de las asignaturas que tienen como componente de la calificación
el proyecto).
d) Haber presentado las pruebas de ampliación en ambas convocatorias.
Una vez cumplidos los requisitos anteriores, el Comité de Evaluación Ampliado,
determinará la estrategia de promoción de cada persona estudiante considerando
los aprendizajes esperados e indicadores, según el programa de estudio, así como,
los desempeños y logros demostrados por la persona estudiante durante el curso
lectivo.
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La persona docente deberá comunicar a la persona estudiante, en los tres días
hábiles posteriores a la firmeza de los resultados de la segunda prueba de
ampliación, la asignación de la estrategia de promoción.
Una vez informado de la estrategia de promoción, la persona estudiante contará
con un plazo de dos semanas como máximo para su presentación ante la persona
docente que impartió la asignatura o en su defecto, ante la persona docente que la
directora académica designe para tal fin.
En un plazo no mayor a tres días hábiles posteriores a la aplicación del
instrumento, la persona docente responsable debe comunicar a la persona
estudiante el resultado obtenido, el cual podrá ser apelado por la persona
estudiante o su representante legal, a través de los medios establecidos en la
presente normativa.
Para la calificación de la Estrategia de Promoción, se debe utilizar un
instrumento técnicamente elaborado. El resultado debe ser consignado en el acta
que se entrega a la administración.
Se tendrá por aprobado en la respectiva estrategia de promoción, el
estudiantado que alcance al menos, la calificación mínima establecida, según el
nivel respectivo.
Al estudiantado que apruebe la Estrategia de Promoción se le consigna en la
nota final, la nota mínima de aprobación según corresponda.
Artículo 32: Condiciones de Aprobación del Año Escolar.
1. La persona estudiante de primaria o de secundaria que apruebe todas las
asignaturas, tendrá derecho a matricularse en el año escolar inmediato
superior respectivo, o bien tendrá derecho a ostentar la condición de
egresado del respectivo nivel, según corresponda.
2. Los estudiantes de décimo nivel de la Educación Diversificada deberán
cumplir con las 30 horas de Servicio Comunal Estudiantil, de acuerdo al
reglamento que lo rige, con los siguientes objetivos:
a. Fortalecer los valores cívicos de la persona estudiante.
b. Desarrollar los sentimientos de solidaridad y comprensión humana.
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c. Establecer sentimientos de compromiso y desarrollar actitudes de
cooperación para con la comunidad.
d. Proyectar la institución en su entorno social y económico.
2.1. Es requisito para optar por el Título de Bachiller en Enseñanza Media, es
concluir el Servicio Comunal Estudiantil.
2.2. La persona estudiante de nuevo ingreso y que hayan concluido el SCE,
deberán traer certificación del centro educativo de donde proviene, al matricular.
Artículo 33: Condiciones que Implican la Reprobación de la Persona
Estudiante.
a. El (la) de primaria y de secundaria que fuere aplazado (a) en más de 4
asignaturas, tendrá la condición de reprobado, debiendo repetir el respectivo
año escolar, no se permite el adelantamiento de asignaturas.
b. Para estos efectos, la conducta no se considera como una asignatura sino una
disciplina.
Artículo 34: Objetivos y Contenidos de las Pruebas de Ampliación.
Los objetivos y contenidos de la prueba de ampliación serán seleccionados y
definidos por la respectiva el (la) docente, entre aquellos establecidos en el
programa de estudio vigente y tratados durante el curso lectivo. El (la) docente
deberá comunicar por escrito estos objetivos y contenidos con al menos siete días
naturales de antelación a la aplicación de la prueba, al estudiante aplazado.
Artículo 35: Condiciones para Aprobar en las Convocatorias de Aplazados
a. Se tendrá por aprobado al estudiante de I Ciclo, II Ciclo y III Ciclo de la
Educación General Básica, que obtenga en la prueba de la o las asignaturas
aplazadas, al menos la calificación mínima de setenta (70). La persona
estudiante que no alcanzaren la calificación mínima señalada anteriormente en
cada una de las asignaturas, así como aquellos, que no asistan a las
convocatorias sin causa justificada, se tendrán por reprobado(a).
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b. Se tendrá por aprobado al estudiante de Educación Diversificada que en la
prueba de la o las asignaturas aplazadas, al menos haya obtenido la calificación
mínima de setenta y cinco (75). La persona estudiante que no alcanzaren la
calificación mínima señalada anteriormente, así como aquellos que no asistan
a las convocatorias sin causa justificada, se tendrán por reprobado(a).
c. Al estudiante que aprueben en las convocatorias de aplazados, según lo
dispuesto en el párrafo anterior, se les consignará en el acta correspondiente y
en el “informe escolar” una calificación de setenta (70), según corresponda a I
Ciclo, II Ciclo, III Ciclo de la Educación General Básica y setenta y cinco (75) a
la Educación Diversificada.
d. Para I, II, III ciclo y décimo año, la primera convocatoria se realizará entre la
última semana de noviembre y la primera semana de diciembre. La segunda
convocatoria se realizará entre la tercera y cuarta semana de enero. Para
undécimo año la primera convocatoria se realizará en el mes de noviembre.
Artículo 36: Entrega de los resultados de los exámenes de las convocatorias
de aplazados:
a. Después de aplicada la prueba de convocatoria el docente a cargo tendrá tres
días hábiles para hacer entrega de las pruebas respectivas debidamente
calificadas y con el señalamiento de los errores cometidos por el estudiante.
b. El estudiante, su madre, padre de familia o encargados tienen derecho,
cuando así lo soliciten, a revisar la prueba calificada en presencia del director
(a) o del docente que este designe. Igualmente tendrán derecho a tomar nota
de las preguntas, respuestas y de existir los medios en la Institución, podrán
obtener fotocopia del documento.
Artículo 37: Evaluación de la Conducta, Valoración de las faltas en la Nota
de Conducta.
La conducta como ejercicio del respeto mutuo, tolerancia entre los miembros
del grupo escolar, respeto a las normas y reglamentos, es materia de aprendizaje
tanto como cualquier otra disciplina y, en consecuencia, debe ser evaluada y
calificada dentro de la totalidad del proceso educativo.
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a. De las normas de conducta
Se entiende por norma de conducta, la clarificación de los límites que regulen
al conjunto de relaciones interpersonales y el ejercicio responsable de los derechos
y responsabilidades del educando en la comunidad educativa, así como el
cumplimiento de las normas y los reglamentos institucionales y los deberes
inherentes a su condición de estudiante.
b. De la calificación de la conducta
La calificación de la conducta del estudiante en todos los niveles, ramas y
modalidades del sistema educativo formal, será sumativa, utilizará la escala
numérica de 1 a 100, será responsabilidad del docente guía, un representante de
la dirección y otro docente del grupo.
Las faltas en que incurran el estudiante del PRODIECA, tendrán consecuencias
en el proceso de definición de la nota de conducta en cada período, de la siguiente
forma:
b.1 Cada falta muy leve implicará un rebajo de 1 a 5 puntos del total.
b.2 Cada falta leve implicará un rebajo de 6 a 10 puntos del total.
b.3 Cada falta grave implicará un rebajo de 11 a 19 puntos al total.
b.4 Cada falta muy grave implicará un rebajo de 20 a 32 puntos del total.
b.5 Cada falta gravísima implicará un rebajo de 33 a 45 puntos del total.
Artículo 38: Faltas muy Leves (de 1 a 5 pts.)
Se consideran los siguientes incumplimientos a sus deberes:
a. Uso indebido del uniforme de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 inciso
2H (“En un cuanto al uso del uniforme y la presentación personal la persona
estudiante deberá cumplir con las siguientes disposiciones”).
b. Inasistencia a las actividades curriculares y extracurriculares.
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Artículo 39: Faltas Leves. (6 a 10 pts.)
Se consideran los siguientes incumplimientos a sus deberes:
a. Fugarse de las actividades curriculares y extracurriculares convocadas por
la Institución.
b. Salir del aula sin autorización de la persona docente o de las instalaciones
de la institución sin autorización previa de la dirección.
c. Ejecutar, emplear gestos o vocabulario vulgar, morboso o irrespetuoso
dentro y fuera de la Institución.
d. Comer confites, ingerir alimentos o refrescos, mascar chicle, dentro del aula.
En cuanto a alimentos los autorizados para la hora de almuerzo o en
actividades programadas por la institución y con la debida autorización.
e. Realizar cualquier tipo de “comercio” dentro de la institución, o sus lugares
de ingreso, sin importar la procedencia. Excepto aquellos autorizados por la
institución.
f. Incumplimiento del código de conducta del Entorno Virtual normado en el
artículo 13 inciso 4 H.
g. Actitudes y acciones que puedan entorpecer el desarrollo de actividades
programadas por la institución tanto dentro como fuera de ella y en
actividades extra curriculares y de protocolo oficial de la institución.
h. Ausencia injustificada a actividades debidamente convocadas por la
institución.
i. Irrespetar el trabajo propio y de los otros (fichas de trabajo, asignaciones
académicas proyectos y presentaciones orales).
j. Mal uso de los desechos y conductas inadecuadas contrarios al cuidado y
ornato de las diferentes áreas dentro y fuera de la institución.
k. No cumplimiento de los deberes de la persona estudiante, establecidos en
esta normativa.
l. Juegos inadecuados que atenten a la integridad física de la persona
estudiante.
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Artículo 40: Faltas Graves. (de 11 a 20 pts.)
Se consideran los siguientes incumplimientos a sus deberes:
a. Toda acción o intento de acción fraudulenta relativa a las distintas pruebas
programadas por el Comité de Evaluación, así como pruebas cortas no
programadas, trabajos escritos, asignaciones académicas y fichas de
trabajo. Es fraude portar “forros”, escribir información en los pupitres,
paredes y pizarras, utensilios escolares varios, manos, brazos, piernas, o
cualquier otro objeto o lugar que pretenda el dolo en la elaboración,
ejecución, desarrollo o resolución de una prueba. Así mismo, califica como
tal el intento de ver documentos, fichas, resúmenes o cualquier otro material
mientras esté realizando la prueba. El dejarse copiar, transmitir información
de cualquier forma, inferir respuestas, hacer señas y cualquier otra
modalidad que indique anomalías y ponga en duda la transparencia,
honradez, honestidad y veracidad en la ejecución de una prueba, clasifican
como fraude.
b. El plagio o copia textual comprobada de internet u otros documentos
procedentes de diferentes fuentes, así como trabajos de uno o varias
personas estudiantes, en cuanto a los trabajos es considerado fraude.
c. Acciones u actos que pongan en riesgo la integridad física y psicológica de
otras personas (golpes, zancadillas, empujones, otros).
d. Frases, acciones y actitudes graves de indisciplina contra el director (a), las
personas docentes, las personas estudiantes, demás personal del centro
educativo, padres y otros miembros de la comunidad.
e. Daño contra el ornato, equipo, mobiliario, infraestructura de la institución
o vehículos particulares, de la persona docente o usado para el transporte
de personas estudiantes.
f. La utilización de las paredes, mesas, sillas, documentos oficiales, otros
bienes y objetos de la institución y demás miembros de la comunidad
educativa, para colocar letreros, dibujos o gráficos no autorizados.
g. Ingresar a la institución en condiciones de evidente ingesta de bebidas
alcohólicas o bajo el efecto de otra droga ilícita.
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h. Comportamiento inadecuado en actividades programadas tanto dentro como
fuera de la institución (no cantar el himno, estar conversando, entre otros).
i. Portación de artículos no autorizados durante el horario lectivo, tales como:
juegos de mesa, teléfono celular, cámaras fotográficas, video juegos, IPod,
computadoras, así como otros aparatos tecnológicos ajenos al proceso de
aprendizaje.
j. No uso o uso inadecuado de la mascarilla una vez ingresado las
instalaciones educativas o en el bus.
k. La contumacia en las faltas leves (dos actas disciplinarias o boletas). En el
mismo periodo.
Artículo 41: Faltas muy Graves. (de 21 a 30 pts.)
Se consideran los siguientes incumplimientos a sus deberes:
a. Fumar o ingerir bebidas alcohólicas en las siguientes situaciones: I) dentro
de la institución, II) fuera de la institución en horario lectivo, III) fuera de la
institución si portare el uniforme, y IV) en actividades extracurriculares
convocadas por la institución.
b. El intento o la destrucción deliberada de bienes pertenecientes a la
institución educativa, al personal o los demás miembros de la comunidad
educativa, ya sea que esta acción se realice en forma individual o grupal.
c. La escenificación pública de conductas contrarias a lo estipulado en la
Normativa Interna de la institución, la moral pública o las buenas
costumbres.
d. Impedir que otros miembros de la comunidad educativa participen en el
normal desarrollo de las actividades regulares de la institución, así como
incitar a otros a que actúen con idénticos propósitos.
e. Consumir, distribuir o portar drogas ilícitas o lícitas dentro de la institución,
en actividades convocadas oficialmente o en cualquier otra de las
circunstancias descritas en este reglamento, incluyendo vaporizadores.
f. Incitación a los compañeros a que participen en acciones contrarias a lo
estipulado en el presente Reglamento Interno. Además de que éstas
perjudiquen la salud física y emocional, seguridad individual o colectiva.
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g. Portar armas o explosivos, incluyendo todos aquellos artefactos que emitan
una descarga eléctrica, armas blancas, así como otros objetos
potencialmente peligrosos para las personas, salvo aquellos expresamente
autorizados por la institución con fines didácticos.
h. Cualquier tipo de acción discriminatoria por razones de raza, credo, género,
discapacidad o cualquier otra contraria a la dignidad humana.
i. Escenas amorosas en la institución o fuera de ella portando el uniforme de
la institución.
j. La contumacia en las faltas graves (dos boletas disciplinarias graves) en el
mismo periodo.
Artículo 42: Faltas Gravísimas (de 31 a 40 pts.)
Se consideran los siguientes incumplimientos a sus deberes:
a. Sustraer, reproducir, distribuir o divulgar instrumentos de evaluación antes
de su aplicación.
b. Agresividad continúa de hecho y palabra, contra cualquier persona que
conforme la comunidad educativa.
c. Mostrar inadaptación e impermeabilidad al Sistema Educativo de la
institución:
c.1 Rechazo abierto o explícito de las actividades propuestas por las personas
docentes.
c.2 Rechazo de actos cívicos, litúrgicos católicos o ecuménicos independientemente
de la diferencia de credos.
c.3 Irrespeto a los momentos formativos.
c.4 Los diversos momentos de espiritualidad realizados durante el año lectivo
dentro y fuera de la Capilla.
c.5 Rebeldía, inconformidad y descontento con los valores propios del Sistema
Educativo de la Institución.
d. Manifestar una continua actitud de crítica malsana, rechazo o burla de las
intervenciones educativas y correcciones realizadas por dirección, a la
persona docente, personal administrativo y de servicio.
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e. Manejo de conductas o frases irreverentes ante lo sagrado: la Eucaristía, la
Capilla, Imágenes, cuadros y fotografías de Santos, entre otros.
f. Manifestar comportamientos deshonestos o relaciones inmorales dentro y
fuera de la Institución. Se entiende por comportamiento deshonesto lo
siguiente:
f.1 Robo, hurto y apropiación ilícita de bienes.
f.2 Fraude.
f.3 Falsificación y alteración de documentos.
f.4 Ocultar información, cosas u objetos que puedan dañar la salud o la
integridad física y moral de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
f.5 Portación pública u oculta de armas de fuego o punzo cortantes.
f.6 El uso inadecuado de objetos que atente contra la integridad del otro.
f.7 Mentira y tergiversación de la información ante cualquier miembro de la
Comunidad Educativa.
f.8 Agresión de palabra o de hecho contra cualquier miembro de la Comunidad
Educativa dentro de la Institución. Asimismo, contra miembros de la
Comunidad Educativa o terceros, fuera de la Institución portando o no el
uniforme o cualquier distintivo oficial de la institución.
g. Se entiende por relaciones inmorales lo siguiente:
g.1 Prostitución.
g.2 Depósito, portación, distribución, venta y/o consumo de cualquier tipo de
droga lícita o ilícita. En caso de tener que consumir una droga lícita lo será
siempre con recomendación médica, con previa información a la Dirección
de la Institución.
g.3 Apoyar, colaborar, contribuir a que cualquier miembro de la Comunidad
Educativa atente contra su vida o la de terceros.
g.4 Realizar publicaciones en redes sociales que atenten contra la dignidad de
la persona.
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g.5 Comportamiento obsceno e indecoroso en las actividades en donde se vea
afectado el buen nombre de la Institución, sean estas curriculares o
extracurriculares (bailes, festivales deportivos, conciertos, campamentos,
convivios, actos cívicos, entre otros).
g.6 Depósito, portación, distribución y venta de revistas pornográficas,
imágenes, CD, contrarios a la moral, mensajes de texto, publicación en redes
sociales, entre otros.
g.7 Distribución y divulgación de contenido pornográfico que atente contra la
imagen de las personas tanto dentro como fuera de la institución.
Artículo 43: Acciones Correctivas.
a. De la naturaleza de las acciones correctivas
Para efectos de la aplicación de la presente normativa, las acciones correctivas
en todos los niveles, ramas y modalidades del sistema educativo, tendrán en lo
esencial, propósitos educativos formativos. Y serán acordes a la falta cometida.
La decisión de aplicar acciones correctivas deberá efectuarse dando garantías
claras de comunicación al padre, madre o encargado y de defensa a la persona
estudiante.
Artículo 44: Acciones Correctivas por Comisión de Faltas Graves.
Los estudiantes que asumieren actitudes o conductas tipificadas como faltas
graves serán objeto de cualquiera de las siguientes acciones correctivas, según la
magnitud de la falta. Además de las contempladas en el artículo 44 de la Normativa
Interna de la institución.
a. Reparación y/o reposición del material que hubiera dañado.
b. Reparación del irrespeto o la ofensa verbal o moral a las personas, grupos,
internos o externos a la institución, mediante la oportuna retractación
pública y las disculpas o satisfacciones que correspondan.
c. Pérdida temporal de la autorización para representar a la institución en
cualesquiera delegaciones oficiales de ésta.
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d. Pérdida temporal de credenciales en el Gobierno Estudiantil, la Asamblea de
Representantes, la Directiva de sección y cualquier otro comité institucional.
e. Inasistencia al Centro Educativo hasta por 15 días naturales en cada
período, sin justificación.
f. Acciones correctivas que la institución considere convenientes y en relación
con el tipo de falta cometida, (talleres, exposiciones, charlas, horas de
servicio en trabajos comunales, entre otras) y donde el padre de familia
deberá involucrarse hasta cumplir con la sanción.
g. Realización de acciones de carácter formativo y educativo de interés comunal
o institucional que sean verificables, guardando proporcionalidad y
pertinencia en relación con la falta cometida.
Artículo 45: Acciones correctivas por la comisión de faltas muy graves.
Los estudiantes que asumieren actitudes tipificadas como faltas muy graves,
serán objeto de cualquiera de las siguientes acciones correctivas, según la
magnitud de la falta.
a. Inasistencia al Centro Educativo hasta por 20 días naturales en cada
período, sin justificación.
b. Obligación de reparar, de manera verificable, el daño material, moral o
personal, causado a personas, grupos o institución.
c. Realización de acciones de carácter formativo y educativo de interés comunal
o institucional que sean verificables, guardando proporcionalidad y
pertinencia en relación con la falta cometida
d. Acciones correctivas que la institución considere convenientes y en relación
con el tipo de falta cometida, (talleres, exposiciones, charlas, horas de
servicio en trabajos comunales, entre otras) y donde el padre de familia
deberá involucrarse hasta cumplir con la sanción.
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Artículo 46: Acciones Correctivas por la Comisión de Faltas Gravísimas.
Los estudiantes que asumieren actitudes o conductas tipificadas como faltas
gravísimas, serán objeto de alguna de las siguientes acciones correctivas, según la
magnitud de la falta.
a. Inasistencia al Centro Educativo por un periodo de 30 días naturales.
b. Obligación de reparar, de manera verificable, el daño material, moral o
personal, causado a personas, grupos o institución.
c. Realización de acciones de carácter formativo y educativo de interés comunal
o institucional que sean verificables, guardando proporcionalidad y
pertinencia en relación con la falta cometida.
d. Retiro inmediato y perdida de cupo, por contumacia en las faltas anteriores
y que por lo tanto afectan el comportamiento y filosofía del colegio, una vez
agotado el recurso de la conducta regular y del debido proceso.
e. Acciones correctivas que la institución considere convenientes y en relación
con el tipo de falta cometida, (talleres, exposiciones, charlas, horas de
servicio en trabajos comunales, entre otras) y donde el padre de familia
deberá involucrarse hasta cumplir con la sanción.
Artículo 47: Aplicación de la Inasistencia Inmediata.
El centro educativo como medida precautoria, en casos excepcionales en los
que la presencia del estudiante en el centro educativo altere el orden en forma muy
grave o ponga en peligro la integridad física de algún miembro de la comunidad
educativa, el director o la directora del centro educativo podrá, como medida
precautoria, ordenar la inasistencia inmediata de la persona estudiante al centro
educativo hasta por diez días naturales, en tanto se realiza la investigación y se
concede el derecho de defensa al estudiante.
Artículo 48: Retiro y Perdida de Cupo.
a. La reincidencia en alguno de los artículos señalados (31,32,33,34), y que por
lo tanto afectan el comportamiento y la filosofía del colegio, una vez agotado
el recurso de la conducta regular y del debido proceso. La Institución puede
entonces considerar el caso como retiro inmediato o pérdida de cupo.
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b. El estudiante que obtenga una nota de conducta inferior a 80, al finalizar el
curso lectivo en el promedio anual, ingresará al centro educativo para el
siguiente curso lectivo con matrícula condicionada y se expone a la perdida
de cupo.
Artículo 49: Valoración de las Faltas.
a. Antes de emplear cualquier acción disciplinaria, ésta debe de ir precedida
por el diálogo, informar a los padres de familia, dos llamadas de atención en
forma escritas al discente, observación y por último la boleta disciplinaria.
El rebajo será de acuerdo a la gravedad de la falta que indica esta normativa
y de acuerdo a la decisión de los miembros del Comité de Disciplina o en su
defecto el Orientador con el docente Guía, después de haberse llevado a cabo
la debida investigación.
b. En caso de que el comité no considere la falta como meritoria de una Boleta
Disciplinaria, el Comité de Disciplina en su defecto el Orientador con el
docente Guía tendrá la potestad de calificarlo como una observación de 5
puntos, por lo tanto, no es necesario la presencia de los padres de familia.
c. El Comité de Disciplina en su defecto el Orientador con el docente Guía
tiene la facultad de aplicar una “Acción Correctiva supervisada” como
medida disciplinaria a convenir por el mismo y notificarla al padre de familia.
d. Toda observación realizada a los estudiantes por cualquier funcionario tiene
un REBAJO DE 5 PTS en la nota de conducta de dicho período. La misma
se efectuará en el talonario de observaciones.
Artículo 50: Del Debido Proceso.
Se llevará el debido proceso de las acciones correctivas de la siguiente
manera ante faltas, leves, graves, muy graves y gravísimas.
a. El funcionario docente o administrativo observa la falta.
b. El funcionario notifica al docente guía.
b.1 El docente guía comunica al orientador (a).
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b.2 El docente guía y orientador realizan la investigación en 10 días hábiles.
c. Se levanta acta en la que se describe la falta cometida.
d. Se levanta acta en la que se describe la falta cometida.
e. Ambos analizan si amerita la apertura del expediente disciplinario.
f. Informan al padre o encargado, citándole a reunión junto con el estudiante
involucrado, en un plazo no mayor de tres días hábiles.
f.1 Levantar acta de lo declarado por el estudiante donde firmarán todos los
presentes.
f.2 En esta reunión debe estar el padre de familia, el estudiante, el
orientador, y el docente guía.
g. Si amerita, se continúa con la investigación y se entrevistan a otros
estudiantes en presencia de sus responsables.
h. El orientador y docente guía definen las acciones correctivas estipuladas en
los artículos anteriores en un plazo no mayor a 3 días hábiles.
i. El docente guía comunica al encargado las faltas y las posibles acciones
correctivas. Asimismo, el derecho de acceder al expediente disciplinario y la
posibilidad de contar con la asesoría de un profesional.
j. El encargado y el estudiante disponen de tres días hábiles para presentar
los descargos o argumentos de defensa.
k. Si transcurren los tres días correspondientes, y no se presentan pruebas de
descargo: El docente guía y el orientador ratifica las acciones correctivas, en
un plazo no mayor a cinco días contados a partir del día de vencimiento del
término para presentar el descargo.
l. Si se presentan pruebas de descargo
l.1 A juicio del guía y el orientador, se determina si está o no está
debidamente fundamentada. Siendo que procede a través del docente
guía, a evacuar las pruebas de descargo.
l.2 Una vez evacuada la prueba, se procede a desestimar, modificar o
ratificar la acción correctiva. Si se desestima la causa se envía al
archivo expediente del estudiante.
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l.3 Si se modifica o ratifica la acción correctiva el guía y el orientador emite
y notifica la resolución final.
m. Recursos. Una vez notificada la resolución final, el padre o encargado tendrá
derecho a utilizar los recursos de ley amparado a la Constitución Política,
según se detalla:
m.1 El padre de familia tendrá 3 días para presentar el Recurso de
Revocatoria ante la Dirección, para apelar la resolución hecha por el Comité
de Disciplina en su defecto el Orientador con el docente Guía, de continuar
con inconformidad con la resolución debe recurrir a la una entidad superior
(Dirección académica) según el debido proceso.
n. La resolución emitida por la Dirección agota la vía administrativa.
Artículo 51: Del Incumplimiento de las Acciones Correctivas.
En caso de incumplimiento de la acción correctiva impuesta, la persona
estudiante obtendrá la condición de aplazado en conducta, independientemente de
la calificación obtenida en el periodo o promedio anual. En ese caso se deberá
incluir una observación en el Reporte de Calificaciones indicando la situación de
la persona estudiante. Además, es causal de solicitud de traslado del o la persona
estudiante de la institución educativa.
Artículo 52: Nota de Conducta Mínima para la Promoción.
La nota de conducta mínima para la promoción de la persona estudiantes
será de ochenta (80) en I Ciclo, II Ciclo, III Ciclo y Educación Diversificada.
Artículo 53: Respecto de la Condición del Estudiante, Aplazado en
Conducta.
La persona estudiante que en el promedio anual obtuviere una calificación
de conducta inferior al mínimo establecido en el artículo anterior, tendrá en
consecuencia, la condición de aplazado en conducta. Tendrá que realizar una
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acción correctiva establecida por el Comité de Disciplina en su defecto el Orientador
con el docente Guía.
Artículo 54: Requisitos de Aprobación para un Estudiante Aplazado en
Conducta.
Si un estudiante aplazado estuviese en conducta, podrá aprobar en
conducta sólo si realiza un programa de acciones de interés institucional o
comunal, de carácter educativo definido y supervisado por el Comité de Disciplina
en su defecto el Orientador con el docente Guía y su promoción final estará sujeta
a un cabal y verificable cumplimiento de este programa.
Artículo 55: Se Promulgan las Siguientes Disposiciones Adicionales.
La interrupción del proceso educativo como acción correctiva:
a. Durante el período de ejecución de la interrupción del proceso educativo, los
exámenes serán reprogramados por el Comité de Evaluación y por la
persona docente de la asignatura correspondiente.
b. Las ausencias durante el período de interrupción del proceso de aprendizaje,
no serán tomadas en cuenta en el rubro de trabajo cotidiano de cada una
de las asignaturas.
c. Se le asignará al estudiante, módulos de estudio o cualquier otra modalidad
de trabajo para realizar en la casa, durante el período de interrupción del
proceso educativo.
d. El estudiante será remitido al Comité de Disciplina en su defecto el
Orientador con el docente Guía, para su seguimiento y atención en lo relativo
a la modificación de la conducta presentada.
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CAPÍTULO IV
DE LA PARTICIPACION DE OTROS ÓRGANOS EN EL PROCESO
DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES
Artículo 56: Deberes del Departamento de Orientación en Materia de
Evaluación
En materia de evaluación, al Departamento de Orientación del Centro
Educativo le corresponden las siguientes funciones y atribuciones:
a. Participar juntamente con la persona docente guía, personas docentes de
asignaturas y Comité de Evaluación en el asesoramiento a los padres,
madres de familia y persona estudiantes con respecto a las
responsabilidades que les corresponden a ambos, en relación con sus
obligaciones y deberes escolares, como medida preventiva para el logro del
cumplimiento de las disposiciones internas de la Institución.
b. Coayudar con el Comité de Evaluación, el director y el docente respectivo
para lograr el cabal cumplimiento de los deberes y funciones que
corresponden a éstos, en el proceso de evaluación del aprendizaje.
c. Coordinar con la directora o director y docentes para que, en la evaluación
del aprendizaje, se sigan las disposiciones que dicte el Comité de Apoyo
Educativo; conjuntamente con el Departamento de Evaluación, en materia
de adecuaciones curriculares, para persona estudiantes con necesidades
educativas especiales.
d. Participar conjuntamente con el (la) docente Guía, maestra o maestro a
cargo y con el (la) docente denunciante, en el análisis y verificación de la
falta denunciada.
e. Coordinar, con el director y docentes, para que en la evaluación del
aprendizaje se sigan las disposiciones que dicte el Comité de Apoyo
Educativo (CAE), juntamente con el CTA, en materia de adecuaciones
curriculares, para estudiantes con necesidades educativas especiales.
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f. Realizar las evaluaciones psico diagnósticas para estudiantes con
necesidades educativas especiales.
g. Programar y desarrollar atenciones individuales y colectivas para
estudiantes, docentes y personas encargadas.
CAPÍTULO V
EVALUACIÓN DE INGLÉS
Fundamento Filosófico
El aprendizaje del idioma inglés como lengua extranjera que ofrecen
nuestros centros educativos se fundamenta bajo la teoría del eclecticismo, (enfoque
conceptual que no se sostiene rígidamente a un paradigma o un conjunto de
supuestos, sino que se basa en múltiples teorías, estilos, ideas para obtener
información complementaria en un tema, o aplica diferentes teorías en casos
particulares.
También pretende conciliar las diversas teorías y corrientes existentes,
tomando de cada una de ellas lo más importante, permitiendo romper las
contradicciones existentes.) por lo que buscamos sumar todos los elementos para
que respondan a un: ¿Por qué?, creemos en la construcción de aprendizaje integral
de la lengua inglesa, que desarrolle las cuatro habilidades: hablar, leer, escribir y
escuchar, nuestra intención es que el aprendizaje de este idioma tenga como punto
de partida el desarrollo de todas las capacidades de aprendizaje de los
aprendientes, por lo que este centro educativo, específicamente el departamento de
inglés entiende que somos seres emocionales, únicos, con nuestra propia historia
y cultura.
Las estrategias pedagógicas, por lo tanto, son transdisciplinarias (todas las
ciencias son importantes) de tal modo que nuestra enseñanza tenga siempre de
premisa: "aprendizaje como centro del proceso educativo" buscando que nuestra
estructura pedagógica sea moderna y no tradicional, participativa y aprendiente,
que involucre la cultura tecnológica y las corrientes pedagógicas, que den
respuesta a nuestras necesidades, por lo que estas siempre deberán buscar
fortalecer el aprendizaje del idioma inglés, tales como: “communicative approach”,
“Social Construction” (el conocimiento no existe, se crea, no hay sujetos pasivos en
62
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el aprendizaje, deben ser activos, participativos, colaboradores, portadores, todos
conformamos y creamos nuestro conocimiento), “authentic and significant
learning” (Ausubel), entre otros que tengan el idioma inglés como propósito
específico de aprendizaje y enseñanza.
Nuestros niveles (preescolar, I,II,III Ciclo, y Diversificada) de dominio del
idioma inglés, persiguen las ideas de Chomsky y Vigostky: N+1 (N=conocimiento /
+1= lo que aprenden) es decir, que con cada nivel se incremente el conocimiento y
dominio del idioma inglés. Lo que ellos definen como +1, que sería entendido
como el paso hacia delante o “Zone of Próxima”.
Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas y su aplicación en los
centros educativos.
Los Centros Educativos Católicos del Proyecto Diocesano asumen el Marco
Común Europeo de Referencia para las Lenguas: aprendizaje, enseñanza,
evaluación (MCER, o CEFR en inglés) como referencia para el proceso del
aprendizaje del idioma inglés. El MCER sirve para medir el nivel de comprensión,
expresión oral y escrita en una determinada lengua.
Entre los conceptos teóricos “clave” utilizados en el MCER, se encuentran
el conocimiento declarativo, el conocimiento procedimental y la
competencia, entendida como el conocimiento mínimo suficiente que se requiere
para ejecutar tareas específicas. Estos conceptos se complementan con la
competencia existencial (habilidades sociales), la habilidad para aprender y la
competencia lingüístico-comunicativa.
El MCER divide a las competencias lingüístico-comunicativas en tres tipos:
la competencia lingüística, la competencia sociolingüística y la competencia
pragmática. El Marco común europeo de referencia establece una escala de seis
niveles comunes de referencia para la organización del aprendizaje de lenguas. La
división se agrupa en tres bloques: nivel básico, intermedio y avanzado.
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Nivel Subnivel Descripción
A (Usuario
básico)
A1
(Acceso)
Es capaz de comprender y utilizar expresiones cotidianas de uso muy frecuente, así como
frases sencillas destinadas a satisfacer necesidades de tipo inmediato. Puede
presentarse a sí mismo y a otros, pedir y dar
información personal básica sobre su domicilio, sus pertenencias y las personas
que conoce. Puede relacionarse de forma elemental siempre que su interlocutor hable
despacio y con claridad y esté dispuesto a cooperar.
A2 (Plataforma)
Es capaz de comprender frases y expresiones
de uso frecuente relacionadas con áreas de
experiencia que le son especialmente relevantes (información básica sobre sí mismo
y su familia, compras, lugares de interés, ocupaciones, etc). Sabe comunicarse a la hora
de llevar a cabo tareas simples y cotidianas que no requieran más que intercambios sencillos y
directos de información sobre 42 cuestiones
que le son conocidas o habituales. Sabe describir en términos sencillos aspectos de su
pasado y su entorno, así como cuestiones relacionadas con sus necesidades inmediatas.
B (Usuario
independiente)
B1
(Intermedio)
Es capaz de comprender los puntos principales
de textos claros y en lengua estándar, si tratan sobre cuestiones que le son conocidas, ya sea
en situaciones de trabajo, de estudio o de ocio.
Sabe desenvolverse en la mayor parte de las situaciones que pueden surgir durante un
viaje por zonas donde se utiliza la lengua. Es capaz de producir textos sencillos y coherentes
sobre temas que le son familiares o en los que tiene un interés personal. Puede describir
experiencias, acontecimientos, deseos y aspiraciones, así como justificar, brevemente,
sus opiniones o explicar sus planes
B2
(Intermedio alto)
Es capaz de entender las ideas principales de
textos complejos que traten de temas tanto concretos como abstractos, incluso si son de
carácter técnico siempre que estén dentro de su campo de especialización. Puede
relacionarse con hablantes nativos con un grado suficiente de fluidez y naturalidad, de
modo que la comunicación se realice sin
esfuerzo por parte de ninguno de los interlocutores. Puede producir textos claros y
detallados sobre temas diversos, así como defender un punto de vista sobre temas
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PROYECTO DIOCESANO DE EDUCACIÓN CATÓLICA
generales indicando los pros y los contras de las distintas opciones.
C
(Usuario competente)
C1
(Dominio operativo
eficaz)
Es capaz de comprender una amplia variedad
de textos extensos y con cierto nivel de exigencia, así como reconocer en ellos sentidos
implícitos. Sabe expresarse de forma fluida y
espontánea sin muestras muy evidentes de esfuerzo para encontrar la expresión
adecuada. Puede hacer un uso flexible y efectivo del idioma para fines sociales,
académicos y profesionales. Puede producir textos claros, bien estructurados y detallados
sobre temas de cierta complejidad, mostrando
un uso correcto de los mecanismos de organización, articulación y cohesión del texto.
El Marco común europeo, de referencia para las lenguas, delimita las capacidades
que el alumno debe controlar en cada uno de los niveles para las categorías:
Comprender: integra las destrezas comprensión auditiva y comprensión
de lectura.
Hablar: integra las de interacción oral y expresión oral.
Escribir: comprende la destreza expresión escrita.
Nivel
Comprender Hablar Escribir
Comprensión
Auditiva
Comprensión de
lectura
Interacción Oral Expresión Oral Expresión
Escrita
A1
Reconozco palabras y
expresiones muy básicas
que se usan
habitualmente, relativas a mí
mismo, a mi familia y a mi
entorno inmediato
cuando se habla despacio
y con claridad.
Comprendo palabras y
nombres conocidos y
frases muy
sencillas, por ejemplo las que
hay en letreros, carteles y
catálogos.
Puedo participar en una
conversación de forma sencilla
siempre que la
otra persona esté dispuesta a repetir
lo que ha dicho o a decirlo con otras
palabras y a una velocidad más
lenta y me ayude a formular lo que
intento decir.
Planteo y contesto preguntas
sencillas sobre temas de
Utilizo expresiones y
frases sencillas para describir
el lugar donde
vivo y las personas que
conozco.
Soy capaz de escribir
postales cortas y
sencillas,
por ejemplo, para
enviar felicitaciones.
Sé rellenar
formularios con
datos
personales, por ejemplo:
mi nombre, mi
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DÓCESIS TILARÁN – LIBERIA
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necesidad inmediata o
asuntos muy habituales.
nacionalidad y mi
dirección en el formulario del
registro de un
hotel.
A2
Comprendo frases y el
vocabulario más habitual
sobre temas de interés
personal
(información personal y
familiar muy básico,
compras, lugar de residencia,
empleo). Soy capaz de
captar la idea
principal de avisos y
mensajes breves, claros
y sencillos.
Soy capaz de leer textos muy
breves y sencillos. Sé
encontrar información
específica y
predecible en escritos sencillos
y cotidianos, como anuncios
publicitarios, prospectos,
menús y horarios y comprendo
cartas personales
breves y sencillas.
Puedo comunicarme en
tareas sencillas y habituales que
requieren un intercambio
simple y directo
de información sobre actividades
y asuntos cotidianos. Soy
capaz de realizar intercambios
sociales muy breves, aunque,
por lo general, no
puedo comprender lo suficiente como
para mantener la conversación por
mí mismo.
Utilizo una serie de
expresiones y frases para
describir con términos
sencillos a mi
familia y otras personas, mis
condiciones de vida, mi origen
educativo y mi trabajo actual o
el último que tuve.
Soy capaz de escribir notas
y mensajes
breves y sencillos
relativos
a mis necesidades
inmediatas. Puedo
escribir cartas personales
muy sencillas, por
ejemplo
agradeciendo algo
a alguien.
B1
Comprendo las
ideas
principales cuando el
discurso es claro y normal
y se tratan asuntos
cotidianos que tienen lugar en
el trabajo, en
la escuela,
durante el tiempo de ocio,
etc. Comprendo la
idea principal
de muchos programas de
radio o televisión que
Comprendo
textos redactados
en una lengua de uso habitual y
cotidiano o relacionada con
el trabajo. Comprendo la
descripción de acontecimientos,
sentimientos y
deseos en cartas personales.
Sé desenvolverme
en casi todas las
situaciones que se me presentan
cuando viajo donde se habla esa
lengua. Puedo participar
espontáneamente en una
conversación que
trate temas cotidianos de
interés personal o que sean
pertinentes para la vida diaria (por
ejemplo familia,
aficiones, trabajo, viajes y
acontecimientos actuales).
Sé enlazar
frases de forma
sencilla con el fin de describir
experiencias y hechos, mis
sueños, esperanzas y
ambiciones. Puedo explicar
y justificar
brevemente mis opiniones y
proyectos. Sé narrar una
historia o relato, la trama
de un libro o
película y puedo describir
mis reacciones.
Soy capaz de
escribir textos
sencillos y bien enlazados
sobre temas que me
son conocidos o de
interés personal.
Puedo escribir
cartas personales
que describen experiencias e
impresiones.
66
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PROYECTO DIOCESANO DE EDUCACIÓN CATÓLICA
tratan temas actuales o
asuntos de interés
personal o
profesional, cuando la
articulación es relativamente
lenta y clara.
B2
Comprendo discursos y
conferencias
extensas e incluso sigo
líneas argumentales
complejas siempre que el
tema sea relativamente
conocido.
Comprendo casi todas las
noticias de la televisión y los
programas sobre temas
actuales.
Comprendo la mayoría de las
películas en las
que se habla en
un nivel de lengua
estándar.
Soy capaz de leer artículos e
informes
relativos a problemas
contemporáneos en los que los
autores adoptan posturas o puntos
de vista concretos.
Comprendo la
prosa literaria contemporánea.
Puedo participar en una
conversación con
cierta fluidez y espontaneidad, lo
que posibilita la comunicación
normal con hablantes nativos.
Puedo tomar parte activa en debates
desarrollados en
situaciones cotidianas
explicando y defendiendo mis
puntos de vista.
Presento descripciones
claras y
detalladas de una amplia
serie de temas relacionados
con mi especialidad.
Sé explicar un punto de vista
sobre un tema
exponiendo las ventajas y los
inconvenientes de varias
opciones.
Soy capaz de escribir textos
claros y
detallados sobre una
amplia serie de temas
relacionados con
mis intereses. Puedo escribir
redacciones o
informes transmitiendo
información o proponiendo
motivos que apoyen o
refuten
un punto de vista
concreto. Sé escribir cartas
que destacan la
importancia que le
doy a
determinados hechos y
experiencias.
Comprendo discursos
extensos incluso
cuando no
están estructurados
con claridad y cuando las
Comprendo textos largos y complejos
de carácter literario o basados en
hechos, apreciando
distinciones de estilo.
Comprendo artículos
Me expreso con fluidez y
espontaneidad sin tener que buscar
de forma muy
evidente las expresiones
adecuadas. Utilizo el lenguaje con
Presento descripciones
claras y detalladas
sobre temas
complejos que incluyen otros
temas, desarrollando
Soy capaz de expresarme en
textos claros y bien
estructurados
exponiendo puntos de
vista con cierta extensión.
67
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C1
relaciones están sólo
implícitas y no se señalan
explícitamente.
Comprendo sin mucho
esfuerzo los programas de
televisión y las películas.
especializados e instrucciones
técnicas largas, aunque no se
relacionen con mi
especialidad.
flexibilidad y eficacia para fines
sociales y profesionales.
Formulo ideas y
opiniones con precisión y
relaciono mis intervenciones
hábilmente con las de otros hablantes.
ideas concretas y terminando
con una conclusión
apropiada.
Puedo escribir sobre temas
complejos en cartas,
redacciones o
informes resaltando lo
que consideró que son
aspectos importantes.
Seleccionó el estilo
apropiado para
los lectores a los que van
dirigidos mis escritos.
Incluso puedo estar en la
capacidad de
pedir un empleo.
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE INGLÉS 2021
Artículo 57: Evaluación de Inglés
Inciso a. Los Centros Educativos Católicos del Proyecto Diocesano asumen el
Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: aprendizaje, enseñanza,
evaluación (MCER, o CEFR en inglés) como referencia para el proceso del
aprendizaje del idioma inglés en nuestro centro educativo. El MCER sirve para
medir el nivel de comprensión, expresión oral y escrita en una determinada lengua.
Inciso b. A partir del presente curso lectivo, se impartirán en preescolar 8 lecciones
semanales. En primaria se impartirán 10 lecciones semanales. En el caso de 7°,
8°, y 9° se impartirán tres lecciones de lectura, tres lecciones de escritura, tres
lecciones de escucha, y cinco lecciones de comunicación oral y fonética
semanalmente. En 10° y 11° se impartirán 9 lecciones semanales.
Inciso c. En caso de que el recurso didáctico (libros de inglés), no se complete en
todas sus unidades (siempre y cuando sea el mismo libro), se continuará al inicio
del siguiente curso lectivo.
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PROYECTO DIOCESANO DE EDUCACIÓN CATÓLICA
Inciso d. Preescolar.
Materno: Para el nivel de materno, el aprendizaje del idioma inglés se desarrolla
en la habilidad oral y de escucha. La valoración del aprendizaje es formativa y
busca determinar los logros del estudiante, basado en la adquisición del idioma
inglés.
Al finalizar cada periodo se realizan valoraciones mediante actividades orales
con el uso de rúbricas y pequeñas pruebas cortas, para determinar la adquisición
de las competencias lingüísticas que las unidades determinan.
Transición: Para el nivel de transición, en el primero y segundo trimestre, el
aprendizaje del idioma inglés se desarrollarán la habilidad oral y de escucha.
Al finalizar cada trimestre se realizan valoraciones formativas, mediante
actividades orales con el uso de rúbricas y pequeñas pruebas cortas, para
determinar la adquisición de las competencias lingüísticas que las unidades
determinan.
Al finalizar el tercer trimestre, se realizará una prueba diagnóstica,
compuestas por tres partes, escucha, lectura y escritura, para determinar la
adquisición de las competencias lingüísticas que las unidades determinan.
Para los niveles de Materno Infantil y Transición la evaluación de la
asignatura del idioma inglés se realiza por nivel de logros de aprendizaje y
conducta. Se utiliza una escala gráfica de: excelente, muy bueno, bueno, necesita
mejorar.
EXCELENTE MUY BUENO BUENO NECESITA MEJORAR
1. Comprensión de los
contenidos.
2. Desarrollo del vocabulario.
3. Facilidad de comunicación oral.
4.Participa en clases.
5. Sigue instrucciones.
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PROYECTO DIOCESANO DE EDUCACIÓN CATÓLICA
EXCELENTE: Entiende la situación y la tarea asignada.
MUY BUENO: Tiene un repertorio amplio de palabras relacionadas con los
contenidos.
BUENO: Tiene un repertorio básico de palabras relacionadas con los contenidos.
NECESITA MEJORAR: Tiene una carencia en el dominio de los contenidos.
Inciso e: PRIMARIA Y SECUNDARIA.
Para primaria, el aprendizaje del idioma inglés se desarrolla en las cuatro
destrezas a saber (comunicación oral, escrita, lectura y de escucha). La valoración
del aprendizaje es sumativa, tomando en cuenta el siguiente cuadro de
evaluación.
Para secundaria, en los grados de 7°,8° y 9°, el aprendizaje del idioma inglés
se divide en las siguientes destrezas (escucha y habla-fonética) y (lectura y
escritura). La valoración del aprendizaje es sumativa, tomando en cuenta los
siguientes cuadros de evaluación:
Criterios 1°-2°- 3° 4° - 5° - 6°
Asignaciones Académicas 10% 15%
Fichas de Trabajo 10% 15%
Prueba Integrada 15% 20%
Prueba Oral 10% 10%
Trabajo Cotidiano 55% 40%
Total 100% 100%
Criterios Listening -
Speaking-Phonetics
7°-8°-9°
Asignaciones
Académicas
10%
Fichas de
Trabajo
15%
Prueba 30%
Trabajo
Cotidiano
45%
Total 100%
Criterios Reading- Writing
7°-8°-9°
Asignaciones
Académicas
10%
Fichas de
Trabajo
15%
Prueba 30%
Trabajo
Cotidiano
45%
Total 100%
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En el caso de 10° y 11°, al igual que primaria, el aprendizaje del idioma
inglés se desarrolla en las cuatro destrezas a saber (comunicación oral, escrita,
lectura y de escucha). La valoración del aprendizaje es sumativa, tomando en
cuenta el siguiente cuadro de evaluación:
Criterios 10° - 11°
Asignaciones Académicas 10%
Fichas de Trabajo 10%
Prueba Integrada 25%
Prueba Oral 10%
Trabajo Cotidiano 45%
Total 100%
a. La Prueba integrada.
Está compuesta por diferentes ítems como: respuesta corta, apareamiento,
escogencia múltiple, identificación, composición, entre otros, a evaluar en escucha,
lectura y gramática con un puntaje en cada una de las destrezas de acuerdo a I, II
ciclo y educación diversificada (VER EL CUADRO).
En el caso de III ciclo, cada prueba se desarrolla según la naturaleza de las
diferentes destrezas (escucha y habla-fonética) o (lectura y escritura).
La distribución de las fechas para la aplicación de las pruebas por período
estará a cargo del comité de evaluación de la institución.
Para los (as) estudiantes de primer grado, en el primer periodo del proceso
académico no se incluirán ejercicios de lectura y escritura. El o la docente
encargada (o) valorará el momento oportuno en que se encuentren preparados los
dicentes para iniciar la evaluación de lectoescritura (notificando previamente al
padre de familia o encargado).
Para los (as) estudiantes de primer grado el puntaje de la prueba integrada
correspondiente al primer período será de 40 puntos mínimo.
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DISTRIBUCIÓN DE LOS PUNTOS MINÍMOS EN LA PRUEBA INTEGRADA DE INGLÉS
Escucha Lectura Gramática
I CICLO 10 10 20
II CICLO 15 15 20
DIVERSIFICADA 23 22 15
b. La Prueba Oral.
Esta prueba consiste en permitir a los (as) estudiantes poner en práctica
sus destrezas orales a través de diferentes estrategias pedagógicas al desarrollar
temas referentes a las unidades en estudio (se utilizará una rúbrica que se adapte
a la actividad ejecutada). NO es una prueba de lectura. En todos los ciclos la
evaluación para la prueba oral en cada uno de los periodos del curso lectivo se
realizará de acuerdo al temario en estudio. Será una actividad propuesta por el
docente, la cual se planea, ejecuta y evalúa en horas lectivas. Las actividades
mencionadas entre muchas podrán ser: entrevistas, diálogos espontáneos, escucha
de diferentes temas y narraciones de los mismos, mesas redondas, cualquier otra
actividad oral que le permita al estudiante aplicar conocimientos adquiridos en esta
área. Cada prueba oral debe ser calificada por los docentes de inglés con las
rúbricas adecuadas para tal actividad y entregarlo 8 días hábiles después de su
aplicación.
c. Trabajo Cotidiano.
Se entiende por trabajo cotidiano todas las actividades educativas que
realiza el educando con la guía del docente. Este trabajo se observa en forma
continua, durante el desarrollo de las lecciones, como parte del proceso de
aprendizaje y no como producto. Para su calificación se debe utilizar la información
recopilada con las escalas de calificación y otros instrumentos técnicamente
elaborados.
Para calificar el trabajo cotidiano se utilizarán los siguientes criterios.
Muestra dominio de los objetivos en estudio, reconoce estructuras
gramaticales, expresiones, palabras y otros.
Termina los trabajos en el tiempo establecido.
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Participa en clase utilizando el idioma inglés, expresándose eficientemente
y respondiendo preguntas.
Aporta los materiales necesarios para la realización de la clase.
Permite el adecuado desarrollo de las actividades en clase.
SIEMPRE CASI
SIEMPRE
A VECES POCAS
VECES
NUNCA
5PTS 4PTS 3PTS 2PTS 1PT
d. Asignaciones académicas.
En el desarrollo de la clase de inglés el docente podrá solicitar algún
material con previo aviso y entregar la nota 8 días hábiles después de su aplicación,
con la respectiva rúbrica. El docente deberá informar de la asignación académica
con al menos 3 días de antelación para desarrollarlo y debe ejecutarse en clase. El
docente puede realizar varios trabajos en el periodo llamados asignaciones
académicas.
e. Fichas de trabajo.
Se refiere a la toma de apuntes, elaboración de esquemas, desarrollo de
guías autónomas de trabajo, cuestionarios, resúmenes, grabaciones (audios y
videos), realización de hojas de trabajo “worksheets”, entre otros, que ilustran la
temática desarrollada durante los procesos de enseñanza y aprendizaje, y que el
estudiantado comparte con la persona docente como evidencia de su aporte a dicha
temática.
Inciso f. Prueba de aplazados en inglés.
La prueba de aplazados se constituye únicamente dos destrezas a evaluar
(lectura –escritura), con un puntaje mínimo de 50 puntos, tanto para la primera
como para la segunda convocatoria.
En el caso de 7°,8°, y 9°, se evaluarán las destrezas que así lo ameriten
(escucha y habla-fonética) o (lectura y escritura).
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Inciso g. Condición de eximidos para PRUEBA INTEGRADA.
Para adquirir la condición de eximidos en el III Trimestre en segundo y tercer
grado, el alumno deberá de haber obtenido una nota de 95 o superior en el I y II
período.
Para II ciclo de primaria y III ciclo de secundaria, el alumno deberá de haber
obtenido una nota de 95 o superior en el I y II período.
Para diversificada el alumno deberá de haber obtenido una nota de 90 o superior
en el I y II período.
NOTA: NO habrá condición de eximidos para prueba oral.
Inciso h. Inglés técnico para décimo y undécimo.
Descripción.
Este curso está dirigido a estudiantes de Décimo y Undécimo año. Busca que el
estudiante
ponga en práctica los conocimientos técnicos en inglés relacionados con los
contenidos
según el sílabo de cada nivel. Los contenidos se desarrollan por trimestre con el fin
de
generar en los estudiantes las competencias de comunicación oral del idioma
inglés.
Objetivo general.
Implementar competencias de comunicación oral y lectura del idioma inglés
en los
estudiantes de décimo y undécimo que necesitan reforzar sus destrezas en
estas áreas del idioma.
Objetivos específicos:
Desarrollar el idioma inglés como técnica de comunicación oral, por medio
de pruebas orales, presentaciones orales y de lectura, debates y otras
estrategias.
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Reconocer las estructuras gramaticales básicas, por medio de diversas
actividades, para que el estudiante logre un mayor entendimiento de los
contenidos.
Evaluación.
Asignaciones
Académicas
20% 20%
Prueba 30% 30%
Trabajo Cotidiano 50% 50%
Total 100% 100%
Contenidos Temáticos.
Temario para Faro según MEP
REFERENCIA.
Centro Educativo Eulogio López Obando. (2017). Reglamento Interno de
Evaluación. CECELO.
Marco Común Europeo de Referencia para la lengua.
Ministerio de Educación Pública de Costa Rica. (2003). Programa de Inglés para la
conversación Área Comercial y Servicio de Turismo X. XI, XII. Ministerio de
Educación Pública.
Universidad Técnica Nacional. (2017). Programa de inglés técnico de la carrera de
gestión y administración empresarial.
CAPÍTULO VI
COMITÉ DE APOYO EDUCATIVO
Artículo 59. El Comité de Apoyo Educativo (CAE) será nombrado por el director,
al inicio de cada período lectivo. En la designación de este comité, se procurará
incluir a docentes, profesores de Educación Especial, orientadores y psicólogos.
Artículo 60. Son funciones del Comité de Apoyo Educativo del Colegio las
siguientes:
a. Determinar los apoyos que requieran los estudiantes matriculados en la
institución, con fundamento en sus necesidades educativas especiales.
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b. Revisar y actualizar, anualmente, los expedientes de los estudiantes activos
que requieren apoyos educativos.
c. Recomendar a la Dirección del Colegio y al personal docente, administrativo
y de apoyo las adecuaciones de acceso y curriculares que requiera cada
estudiante.
d. Asesorar a la administración del Colegio y al personal docente,
administrativo y de apoyo sobre las adecuaciones de acceso al currículo y
los servicios de apoyo para cada estudiante con necesidades educativas
especiales.
e. Supervisar la educación que se brinde a cada estudiante con necesidades
educativas especiales y dar seguimiento a la aplicación de las adecuaciones
curriculares significativas.
f. Facilitar la participación de los estudiantes con necesidades educativas
especiales y de sus padres o encargados en el proceso educativo.
g. Elaborar, junto con el docente, la síntesis de apoyos educativos que requiere
cada estudiante activo o de nuevo ingreso.
h. Revisar, aprobar y firmar las pruebas específicas que se apliquen a aquellos
estudiantes con necesidades educativas especiales que las requieran.
i. Recibir en audiencia al estudiante, al padre, madre o encargado; así como
al docente respectivo, interesados en la definición y satisfacción de sus
necesidades educativas.
j. Informar y orientar al estudiante, padre, madre de familia o encargado,
sobre el proceso de matrícula en los diferentes servicios educativos para los
estudiantes con necesidades educativas especiales que ofrezca la
institución.
k. Recopilar todos los documentos de cada estudiante, de acuerdo con lo
requerido por el Ministerio de Educación Pública para enviarlos a esa
entidad, con el fin de solicitar los apoyos educativos que corresponden en
las Pruebas Nacionales.
l. Otras inherentes a sus responsabilidades o aquellas que se le señalan en
este Reglamento.
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CAPÍTULO VII
ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES
Artículo 60. Los con necesidades educativas especiales, recibirán apoyos
educativos, en el sistema de evaluación utilizado para determinar el nivel de logro
en su aprendizaje, según los objetivos de los programas y el presente reglamento.
Asimismo, se realizarán las adecuaciones metodológicas, de contenidos, de
objetivos y de acceso al currículo y se les proporcionarán los servicios de apoyo
requeridos para que su derecho a la educación sea efectivo.
Artículo 61. El apoyo educativo que requiera un estudiante estará fundamentado,
en primer lugar, en las referencias y observaciones de los profesores de la
institución. En el análisis de las necesidades de cada estudiante, se tendrán en
cuenta los diagnósticos de especialistas en el campo, que la institución o los padres
o encargados ofrezcan, lo que no implica que se realicen todas las recomendaciones
estipuladas en el diagnóstico. Dichos diagnósticos no deben tener más de dos años
de emitidos, al momento en que se solicite el apoyo educativo.
Artículo 62. Toda solicitud para la aplicación de apoyos educativos, por parte del
padre de familia o encargado, debe hacerse por escrito al Comité de Apoyo
Educativo (CAE), el cual tendrá diez días hábiles para responder la solicitud,
después de consultar con el/los docentes que correspondan y recolectar
información del estudiante. La solicitud de apoyo educativo, por parte de un
docente, debe hacerse por escrito, con el fin de incluir el documento en el
expediente que corresponde. La respuesta del CAE tendrá que presentarse en diez
días hábiles, al funcionario que solicita el apoyo.
Artículo 63. El proceso de apoyo educativo será administrado por los
siguientes órganos.
a. El Comité de Apoyo Educativo (CAE).
b. Los docentes.
c. El Comité de Evaluación.
d. El padre de familia o encargado del estudiante.
e. Equipo Interdisciplinario.
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Artículo 64. Son funciones de los docentes, en relación con los estudiantes con
necesidades educativas especiales, las siguientes:
a. Aplicar los apoyos educativos que requieren los estudiantes con necesidades
educativas especiales, recomendados por el Comité de Apoyo Educativo
(CAE ) y Comité Interdisciplinario.
b. Entregar al Comité de Apoyo Educativo (CAE) y Comité Interdisciplinario,
cuando así se requiera, una copia de toda prueba específica, con al menos
tres días hábiles previo a la aplicación de la prueba
c. Referir al Comité de Apoyo Educativo (CAE) y Comité Interdisciplinario a
aquellos estudiantes que presenten dificultades de aprendizaje en sus
asignaturas, utilizando los medios establecidos por el comité para ese efecto.
d. Acatar las recomendaciones que establezca el Comité de Apoyo Educativo
(CAE) y el Comité Interdisciplinario.
Artículo 65. Los padres con hijos que tengan necesidades educativas
especiales cumplirán, adicionalmente, los siguientes deberes.
a. Vigilar el cumplimiento de deberes y derechos escolares de sus hijos, en
especial aquellos que deban ejecutarse en el hogar.
b. Cumplir con las indicaciones que expresamente le formule el Comité de
Apoyo Educativo (CAE), en aras de desarrollar las potencialidades de sus
hijos o superar las deficiencias o limitaciones que se detectaron.
c. Colaborar con el Comité de Apoyo Educativo (CAE), al entregar los
documentos solicitados por este (referentes a reportes psicológicos, de
médicos, de instituciones que atiendan al estudiante u otros, en los cuales
se haga referencia a las dificultades y necesidades que presentan sus hijos).
d. Asistir a todas las reuniones convocadas por la Dirección, Comité de Apoyo
Educativo (CAE) o funcionarios de la institución para tratar asuntos
relacionados con los apoyos educativos aplicados al estudiante.
e. Respetar las políticas y procedimientos establecidos por la institución, en
cuanto a apoyos educativos.
f. Revisar toda comunicación enviada al hogar, así como exámenes, trabajos,
proyectos y fichas de trabajo y asignaciones académicas realizadas por el
estudiante.
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g. Verificar el cumplimiento del horario de estudio de sus hijos.
Artículo 66. La institución, por medio del Comité de Apoyo Educativo (CAE),
enviará, al Ministerio de Educación Pública, los expedientes de los estudiantes
con necesidades educativas especiales, para ser valorados y aprobados por la
comisión especializada de esa dependencia, con el objetivo de implementar los
apoyos educativos en las Pruebas Nacionales y adecuaciones significativas al
currículo.
CAPÍTULO VIII
DEL PERSONAL PERSONA DOCENTE
Artículo 67: Contexto del Servicio Educativo de Mediación Pedagógica que
Ofrece los Centros Educativos de PRODIECA, se Toman los Siguientes
Preceptos básicos para la Persona Docente.
a. Diagnostica y Contextualiza: Tiene en cuenta todos los aspectos de la
realidad, los relaciona y pondera para elaborar un diagnóstico que le permita
comprender la situación de las personas. Sigue la Pedagogía del “Maestro”:
Se acerca con delicadeza y respeto para escuchar la realidad existencial de
las personas, dándole importancia a las causas de su estado de ánimo y a
sus inquietudes. Ofrece una iluminación acerca del proceso que implica una
respuesta esperanzadora, de quien, al sintonizar y comprender al otro a
partir de sus propias experiencias, lo anima a discernir el sentido de vida
que había perdido.
b. Evidencia la pedagogía vocacional: La persona docente se presenta como
misionero e invita a descubrir la vocación específica de cada educando. La
pedagogía de Jesús, en este sentido, colabora en el discernimiento y
elaboración del proyecto de vida de las personas en el que se explicita la
voluntad del Padre en el llamado y envío de cada persona.
c. Asume la pedagogía del amor y ejerce con humildad y paciencia: La
persona docente camina al ritmo del educando y con respetuosa paciencia,
se adapta a los procesos personales sin presionar ni manipular, con sencillez
y humildad, le ayuda a descubrir la verdad que lo hace libre.
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d. Estimula la pedagogía de la pregunta: La persona docente utiliza la
pedagogía del cuestionamiento más que la de la respuesta. Interpela,
provoca, estimula y desafía, con preguntas de sentido para que los
aprendientes crezcan en su “ser” y descubran su proyecto de vida.
e. Promueve la pedagogía de Jesús que educa para la libertad: La persona
docente brinda al educando una exigente y radical propuesta en total
libertad y claridad, pero invitándolo con transparencia y verdad, a un reto
que, si bien es difícil, planifica y conduce a la verdadera felicidad. Este
proceso pedagógico es educador en su misma ejecución, ya que cultiva y
educa el ejercicio de la libertad responsable, que se expresa en el
compromiso.
f. Suscita una pedagogía centrada en la persona: La pedagogía del maestro
tiene que ver directamente con la persona en su ser, sin mediaciones, que
se da en un encuentro personal con los discípulos, para que ellos sean
actores y protagonistas de su propio proceso formativo, siguiendo el
testimonio de congruencia de vida de su maestro.
g. Articula la pedagogía al encuentro con la comunidad: La pedagogía de la
persona docente motiva en el aprendiente, el gozo de descubrir los talentos
y carismas personales para desarrollarlos a través de la formación y ponerlos
al servicio de la comunidad, especialmente de los más necesitados, como
discípulos misioneros.
h. Al elegir nuestra Institución, los docentes, personal administrativo y otros
profesionales, se comprometen libremente a:
h.1 Aceptar y respetar la religión católica.
h.2 Inspirar su actividad educativa, en una visión cristiana del ser humano,
capaz de apoyar la verdad, la justicia y la libertad auténtica, manteniendo
apertura de mente y una habitual actitud de servicio.
h.3 Mostrar honradez y lealtad expresando su capacidad para recibir y hacer
crítica constructiva y de autoformación permanentes.
h.4 Respetar y asumir la organización, los horarios y las disposiciones de
orden, puntualidad, disciplina y formación, establecidas por el Centro
Educativo.
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i. Participar en las actividades cívicas, religiosas, sociales, deportivas,
ambientales y artísticas que el Centro Educativo organice y les convoque,
según calendario institucional o convocatoria oficial.
j. Solicitar autorización a la Dirección para traer a la Institución, personas,
materiales o realizar actividades extracurriculares.
k. Abstenerse de utilizar el tiempo de sus horas lectivas o de descanso para
actividades económicas, políticas y otras que no tengan relación con la
educación dentro de la institución.
l. Presentar con el decoro y de forma puntualmente los documentos solicitados
por la Dirección.
m. Abstenerse de realizar o recibir llamadas y mensajes mediante el teléfono
celular, en las aulas, durante las lecciones o cuido de exámenes.
n. Informar, cuando le sea solicitado por la Dirección, Orientadora, persona
docente guía o padres de familia o encargado, los detalles del progreso de la
persona estudiante en relación con los diferentes aspectos que constituyen
la calificación.
o. Colaborar en la construcción de un ambiente de familia, evitando actitudes
de rigidez, maltrato, burla, venganza abierta o solapada, desatención,
desvalorización o descalificación de las alumnas o persona estudiantes u
otras personas, agresión verbal, física, psicológica o moral, evitar
comentarios negativos sobre asuntos de la institución en redes sociales.
p. Estar profesionalmente bien preparado, o acreditado por el título de su
especialidad, así como de su preparación en las asignaturas pedagógicas e
incorporado al colegio profesional correspondiente.
q. Realizar su labor en forma coordinada y en constante comunicación con la
Dirección y demás profesionales que laboren en el Centro Educativo.
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Artículo 68. Presentación Personal de la Persona Docente y otros
Profesionales.
Los colaboradores de PRODIECA deben cumplir con lo siguiente:
1. Presentarse al Centro Educativo en traje casual o semiformal (no se permite
el uso de pantalón o enagua de mezclilla, excepto cuando sea autorizado)
2. Utilizar de forma sobria las alhajas, maquillaje y vestuarios propios de la
persona docente, con el fin de invitar a los jóvenes a la sencillez, modestia y
elegancia.
3. Ser culto en su vocabulario y en el trato, procurando solucionar sus
discrepancias en forma directa con las personas interesadas, mediante el
diálogo amable y razonable.
Artículo 69. Asistencia y Puntualidad de la Persona Docente y otros
Profesionales.
En relación con aspectos de puntualidad, deben:
1. Asistir regularmente a sus lecciones y a todas las actividades convocadas.
2. Presentarse a la institución 10 minutos antes de la hora de entrada.
3. Solicitar autorización para salir de la Institución durante el período laboral
en caso de necesidad justificada, excepto en caso de emergencia, lo que
justificará dentro de los dos días siguientes.
4. Solicitar con al menos dos días de anticipación, si se va a ausentar,
comprometiéndose a enviar sustituto o material de trabajo para la persona
estudiante, siempre y cuando el motivo de la ausencia sea justificable. La
sanción o rebajo de la ausencia quedará bajo discrecionalidad del director
de la institución.
5. En tiempo y forma, de manera ordenada, mantener actualizada. diariamente
la información académica en la plataforma Cloud Campus.
6. Presentar en tiempo y forma cuando el director académico lo determine la
planificación del curso lectivo respectivo, sus planes específicos o
dosificaciones, planes por departamento, diagnóstico y plan de
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reforzamiento respectivo. Toda esta documentación se entregará según lo
solicite la dirección.
7. En las visitas de la Dirección Académica a las aulas es obligación de la
docente presentar todos los planes correspondientes e instrumentos de
evaluación que se le soliciten.
8. Entregar al Comité de Evaluación una copia los exámenes parciales con su
respectiva tabla de especificaciones, 3 días antes de su aplicación y en el
plazo de 10 días hábiles posterior a su aplicación el resultado de los mismos.
9. Participar puntualmente en el Consejo de Docentes o Comité de Evaluación
cuando fuere convocado.
10. Los docentes y el Comité de Apoyo Educativo y el Comité interdisciplinario
trabajarán en conjunto con la finalidad de ayudar a los estudiantes con
dificultades familiares, emocionales, de aprendizaje y otros. El docente
sugerirá en su carácter de profesional las adecuaciones pertinentes y
asumirá con responsabilidad el seguimiento del estudiante.
Artículo 70. Evaluación del Personal de PRODIECA.
1. El funcionario será evaluado periódicamente por la Dirección
correspondiente, en su labor cotidiana e intervenciones educativas,
mediante visitas al aula, revisión de planes, asimismo considerando el
desempeño y responsabilidad en las actividades confiadas.
2. Al finalizar el año lectivo se hará una evaluación escrita de cada funcionario
por parte de la Dirección, que considerará las responsabilidades asignadas
y el cumplimiento de reglamentos y otras disposiciones. Para tal efecto se
utilizará un instrumento de evaluación acorde a los criterios que la
administración determine.
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