www.garciagibson-consultores.com Reporte de operaciones Dr. Ramón García Gibson Dir. Gral. García Gibson Consultores, S.C. Junio 2012
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Reporte de operaciones
Dr. Ramón García Gibson
Dir. Gral. García Gibson Consultores, S.C.
Junio 2012
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Implica recabar datos y documentos de
identificación, para integrarlos al expediente del cliente, para poder
determinar su ubicación e identidad (en
el caso de personas morales su legal
existencia).
•Personas Físicas
•Personas Físicas con actividad empresarial
•Personas Morales
IDENTIFICACIÓN DEL CLIENTE
CONOCIMIENTO DEL CLIENTE
Se recaba de información
a través de un formato
Con la finalidad de verificar la
documentación de identificación del
cliente, es importante que se lleve a
cabo la visita domiciliaria..
Se refiere a obtener información complementaria del cliente que nos permita
tener y conocer de su comportamiento
transaccional esperado, así como su nivel de
seguimiento.
PERFIL TRANSACCIONAL DEL CLIENTE
Actividad preponderante,
Fuente de ingresos,
Destino de los recursos del crédito,
Monto de los pagos y frecuencia de los mismos.
Origen de los recursos
Actúa por cuenta propia o de un
tercero,
Propietario / beneficiario real de los recursos.
Estará basado en la información que
proporcione el cliente respecto de:
CLASIFICACIÓN DEL RIESGO
Consiste en clasificar a los clientes por su grado de
Riesgo y se deberá establecer como mínimo,
dos clasificaciones:
Riesgo Alto
Riesgo Bajo
Se podrán establecer niveles intermedios.
Riesgo Alto
Riesgo Medio-Alto
Riesgo Medio
Riesgo medio bajo
Riesgo Bajo
Parámetros a considerar para los grados de Riesgo:
Por la actividad del Cliente
Por el País o Región
Por decisión del CCC
Personas Políticamente Expuestas
Es aquel individuo que desempeña o ha desempeñado
funciones publicas en un país extranjero o en territorio nacional.
NACIONALES
INTERNACIONALES
Personas
Vinculadas
Familiares
en 2o
grado
Negocios
P.M.
Comité de Comunicación y Control
Se integra , de las áreas designadas por el Consejo de Administración o Directivo.
Habrá un de entre sus miembros.
Comité de Comunicación y Control
Actividades: •Asegurarse de que los sistemas automatizados contengan las listas oficialmente reconocidas que emitan las autoridades mexicanas e internacionales; •Aprobar los programas de capacitación y evaluación para el personal de la Entidad •Conocer de la celebración de contratos de alto riesgo; •y Resolver los demás asuntos que se sometan a su consideración.
Oficial de Cumplimiento
Atribuciones: Este funcionario tiene entre sus múltiples responsabilidades, el verificar la aplicación de la ley en materia de prevención del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, formular y ejecutar procedimientos y diseñar controles adecuados, efectivos y de calidad, con el propósito de prevenir la utilización de la entidad o "sujeto obligado" en algún delito de lavado de dinero y servir como contacto de la entidad con las autoridades reguladoras.
Oficial de Cumplimiento
Atribuciones: Elaborar y someter a la consideración del comité de comunicación y control, tanto las políticas de identificación y conocimiento del cliente, así como los criterios, medidas y procedimientos que se requieran;
Verificar la correcta ejecución de las medidas adoptadas por el comité de comunicación y control;
Informar al comité de comunicación y control, respecto de conductas, actividades o comportamientos realizados por los directivos, funcionarios, empleados o apoderados del intermediario financiero que provoquen que ésta incurra en infracción de las Disposiciones; Hacer del conocimiento del comité de comunicación y control, la celebración de contratos, cuyas características pudieran generar un alto riesgo para el intermediario financiero; etc
Oficial de Cumplimiento
Atribuciones:
Debe estar clasificado en el nivel de alta gerencia.
Algunas regulaciones exigen que el cargo de "oficial
de cumplimiento" sea ejercido por una persona cuya única función sea la del "oficial e cumplimiento".
Coordinar tanto las actividades de seguimiento de
Operaciones e investigaciones que deban llevarse a
cabo a nivel institucional, con la finalidad de que el
CCC cuente con los elementos necesarios para
dictaminarlas como Operaciones Sospechosas;
Enviar a la Autoridad Correspondiente los reportes
regulatorios y de Operaciones Inusuales;
Oficial de Cumplimiento
Atribuciones: Definir las características, contenido y alcance de los programas de
capacitación en la materia.
Recibir y verificar que la Entidad dé respuesta, a los requerimientos
de información y documentación, así como a las órdenes de
aseguramiento o desbloqueo de cuentas que formulen las
autoridades competentes en la materia.
Fungir como enlace entre la Institución y la Autoridad para los
asuntos referentes a la aplicación de las norma de PLD.
Cerciorarse que el área a su cargo reciba directamente y
dé seguimiento a los avisos emitidos por los empleados y
funcionarios de la Entidad, sobre hechos y actos que
puedan ser susceptibles de considerarse como
Operaciones Inusuales.
Procurar la formulación de las estrategias de la entidad
para establecer los controles necesarios, con base en el
grado de exposición al riesgo de LD y FT.
Realizar, directamente o por interpuesta persona
programas de sensibilización dirigido a funcionarios
nuevos y programas de capacitación continua sobre PLD
y FT para los demás funcionarios.
Presentar informes periódicos al CCC sobre lo
adecuado, efectivo y la calidad de los procedimientos
específicos para la PLD.
Sugerir acciones de mejoramiento.
Oficial de Cumplimiento
Atribuciones:
Características del "oficial de cumplimiento" .
La empresa o Entidad que requiera de los servicios profesionales
de este ejecutivo, debe buscar aspirantes que cubran el siguiente perfil:
Critico Ético
Libre de pensamiento
Responsable
Dinámico y creativo
Trascendente
Idoneidad
profesional
Social
Mente abierta Dedicación al trabajo
Responsabilidad
Honradez
Sistemas Automatizados
43ª.- Cada Entidad deberá contar con sistemas automatizados que desarrollen, entre otras, las siguientes funciones: II. Generar, codificar, encriptar y transmitir de forma segura a la Secretaría, por conducto del Supervisor, la información relativa a los reportes de Operaciones Relevantes, Operaciones Inusuales y Operaciones Internas Preocupantes ……….
Operaciones Relevantes
Instrumento Monetario
Billetes y monedas metálicas de curso legal en los Estados Unidos Mexicanos o en cualquier otro país, los cheques de viajero y monedas acuñadas en platino, oro y plata.
Monto Igual o superior al equivalente en moneda nacional a diez mil dólares de los Estados Unidos de América.
Tipo de cambio
Para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, el día hábil bancario inmediato anterior a la fecha en que se realice la Operación
Periodo de reporte Dentro de los diez primeros días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año
Cuenta Concentradora El mismo plazo mencionado, a partir de que el Sujeto Obligado ponga a su disposición el estado de cuenta correspondiente.
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Periodo de reportes: Del 18 y el 31 de diciembre de 2011 Primer trimestre 2012 Segundo trimestre 2012
Operaciones Relevantes
Reportar dentro de los últimos diez días hábiles del mes de julio de 2012
Cuando no se hayan realizado operaciones relevantes durante el periodo que corresponda, se deberá enviar un reporte únicamente con la información de las columnas 1 “Tipo de Reporte”, 2 “Periodo del Reporte”, 4 “Organo Supervisor, y 5 “Clave del Sujeto Obligado”
Operación Inusual
Remitir los reportes dentro de un periodo que no exceda los sesenta días naturales contados a partir de que se genere la alerta por medio de su sistema, modelo, proceso o por el empleado de la Entidad, lo que ocurra primero.
Operación Inusual – Reporte 24 Horas
Cuando se tenga información basada en indicios o hechos concretos de que, al pretenderse realizar una Operación, los recursos pudieren provenir de actividades ilícitas, se deberá remitir a la Secretaría dentro de las 24 horas contadas a partir de que conozca dicha información, un reporte de Operación Inusual, en el que, en la columna de descripción de la Operación, se deberá insertar la leyenda "Reporte de 24 horas".
Operación Interna Preocupante
Remitir los reportes dentro de un periodo que no exceda los sesenta días naturales contados a partir de que se genere la alerta por medio de su sistema, modelo, proceso o por el empleado de la Entidad, lo que ocurra primero.
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Periodo de los reportes: Del 18-dic-2011 al 30-jun-2012
Operaciones Inusuales e Internas Preocupantes
Reportar dentro de los últimos quince días hábiles del mes de septiembre de 2012
Las operaciones inusuales e internas preocupantes que se detecten a partir del 1 de julio de 2012, deberán reportarlas en los términos y plazos previstos en las Disposiciones.
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Las SOFOM ENR presentarán los reportes mediante su transmisión vía electrónica a la CNBV, debiendo enviarse sola una vez y se recibirá asumiendo que reúne todas las características requeridas, en virtud de lo cual no podrá ser modificada, generando el sistema de transmisión un acuse de recibo electrónico….
LAYOUT OFICIAL
DOF del 31 de mayo de 2012
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Columna 1 Columna 2 Columna 3 Columna 4 Columna 5 Columna 6 Columna 7 Columna 8
TIPO DE REPORTE
PERIODO DEL
REPORTE
FOLIO
ORGANO
SUPERVISOR
CLAVE DEL
SUJETO
OBLIGADO
LOCALIDAD
CODIGO
POSTAL DE LA
SUCURSAL
TIPO DE
OPERACION
Columna 9 Columna 10 Columna 11 Columna 12 Columna 13 Columna 14 Columna 15 Columna 16
INSTRUMENTO
MONETARIO
NUMERO DE
CUENTA,
CONTRATO U
OPERACION
MONTO
MONEDA
FECHA DE LA
OPERACION
FECHA DE
DETECCION DE
LA
OPERACION*
NACIONALIDAD
TIPO DE
PERSONA
Columna 17 Columna 18 Columna 19 Columna 20 Columna 21 Columna 22 Columna 23 Columna 24
RAZON SOCIAL O
DENOMINACION
NOMBRE
APELLIDO PATERNO
APELLIDO
MATERNO
RFC
CURP
FECHA DE
NACIMIENTO O
CONSTITUCION
DOMICILIO
Columna 25 Columna 26 Columna 27 Columna 28 Columna 29 Columna 30 Columna 31 Columna 32
COLONIA
CIUDAD O
POBLACION
TELEFONO
OFICINA/PARTICULAR
ACTIVIDAD
ECONOMICA
CONSECUTIVO
DE CUENTASY/O
PERSONAS
RELACIONADAS*
NUMERO DE
CUENTA,
CONTRATO,
OPERACION,
POLIZA O
NUMERO DE
SEGURIDAD
SOCIAL*
CLAVE DEL
SUJETO
OBLIGADO*
NOMBRE DEL
TITULAR DE LA
CUENTA O DE
LA PERSONA
RELACIONADA
*
Columna 33 Columna 34 Columna 35 Columna 36
APELLIDO
PATERNO*
APELLIDO
MATERNO*
DESCRIPCION DE LA
OPERACION*
RAZONES POR
LAS QUE EL
ACTO U
OPERACION SE
CONSIDERA
INUSUAL O
INTERNA
PREOCUPANTE*
LAYOUT OFICIAL
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CATALOGOS PARA EL LAYOUT OFICIAL
DOF del 31 de mayo de 2012
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MUCHAS
GRACIAS !