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Sara Campos Torres MARTES 7 DE MAYO DE 2013 Conversatorio Creación de la SUNAFIL
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Sara Campos TorresMARTES 7 DE MAYO DE 2013Conversatorio Creacin de la SUNAFIL

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIN LABORAL (SUNAFIL)2

2SUNAFILLa SUNAFIL ser la responsable de:El cumplimiento del ordenamiento jurdico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo

3PRINCIPALES FUNCIONES4

4Principales funciones de la SUNAFIL

5Principales Operativos de Fiscalizacin Laboral

6ESTRUCTURA DE LA SUNAFIL7

7Estructura de la SUNAFIL

De acuerdo a la ley del Poder Ejecutivo hay dos categoras de organismos: - Organismos Pblicos Ejecutores. Para ejercer funciones en un sector (volumen) o prestar servicios especificos - Organismos Pblicos Especializados: Independencia y facultad normativa- Reguladores- Organismos Tecnicos Especializados

Necesidad de acuerdo al Convenio 81

8PRINCIPALES MODIFICACIONES CON LA NUEVA LEY DE LA SUNAFIL9

9Principales Modificaciones con la nueva ley de la SUNAFIL

TemaLey N 28806Modificatoria Ley N 29981AplicanCompetencia de la InspeccinMTPE: Todas las empresas de Lima

Regiones: Todas las empresas de su mbito territorialSUNAFIL: Empresas del pas que no sean mypes

Regiones: Mypes de su mbito territorial

MTPE: Mypes de Lima (hasta transferencia a Municipalidad de Lima)Competencia en sistemas previsionales y saludVerificar afiliacinVerificar cumplimiento de todas las obligaciones sobre los trabajadoresSUNAFIL y Gobiernos RegionalesEjecucin CoactivaMTPE : Lima

Regiones : Su mbitoSUNAFIL: Todo el pas de acuerdo a competencia

Regiones: Su mbito territorialSUNAFIL y Gobiernos Regionales10Principales Modificaciones con la nueva ley de la SUNAFIL

TemaLey N 28806Modificatoria Ley N 29981AplicanInstanciasPrimera: Sub Director Inspeccin

Segunda y ltima: Director InspeccinPrimera: Sub Director Inspeccin

Segunda y ltima (cuando corresponda): Director Inspeccin

Revisin (cuando corresponda): Tribunal de Fiscalizacin LaboralSUNAFIL y Gobiernos RegionalesDependencia de Autoridad CentralMTPE: Lima : Administrativa, funcional y tcnicamente

Regiones: TcnicamenteSUNAFIL: Administrativa, funcional y tcnicamente

Regiones: Funcional y Tcnicamente

MTPE: Lima : Funcional y TcnicamenteSUNAFIL y Gobiernos Regionales11NUEVO RGIMEN DE SANCIONES PROPUESTO12

12Nuevo Rgimen de Infracciones y Sanciones con SUNAFILNueva escala de multas mximasTipo de infraccinMulta mxima anteriorNueva multa mxima (*)Muy grave20 UIT200 UITGrave10 UIT100 UITLeve5 UIT50 UIT(*) La multa impuesta a las micro o pequea empresa se reducen al 50%13

13NUEVOS PROCEDIMIENTOS DE INSPECCIN14

14Procedimiento Inspectivo15

Inicio de oficio con Orden de inspeccinInicio de actuacionesActuaciones: Comprobacin datos, visita, comparecencia Plazo mximo de 30 Das (prorrogables), salvo SSTRequerimientoActa o InformeSeala empresa a inspeccionar, domicilio, materias a inspeccionar, inspector (es) asignado(s), plazo de la investigacin. 1516

Procedimiento SancionadorInicio de oficio con acta de InfraccinNotificacin al sujeto responsableDescargos15 DasResolucinPuede realizar actuaciones o diligencias15 DasTercer da de notificadai) Fundamentada: precisndose el motivo de la sancin, la norma legal o convencional incumplida y los trabajadores afectados; ii) Contendr el mandato de la AAT, dirigido al responsable, para que cumplan con subsanar las infracciones por las que fueron sancionados. Merecen fe, sin perjuicio de las pruebas que puedan aportar los sujetos responsables, en defensa de sus respectivos derechos e interesesMedidas de carcter provisional30 das para resolverApelacinTribunal de Fiscalizacin Laboral17

El Tribunal de Fiscalizacin Laboral constituido como ltima instancia administrativa, es un rgano resolutivo con independencia tcnica que acta en los casos de su competencia mediante la interposicin del recurso de revisin. Asimismo, expedir resoluciones que constituirn precedentes de observancia obligatoria.Medios de impugnacin

Los medios de impugnacin previstos en el procedimiento sancionador son los siguientes:

Recurso de apelacin: se interpone contra la resolucin que pone fin al procedimiento administrativo dentro del tercer da hbil posterior a su notificacin.

Recurso de revisin: es de carcter excepcional, se interpone dentro del quinto da hbil de resuelto el procedimiento en segunda instancia, y solo se sustenta en las causales establecidas en el reglamento.17PRINCIPALES OPERATIVOS DE FISCALIZACIN LABORAL18

18COMPENSACIN PORTIEMPO DE SERVICIOS Pagar puntualmente la CTS (15 de mayo y 15 de noviembre)

Entregar la hoja de liquidacin de la CTS al trabajador. Informar a tiempo sobre las seis remuneraciones bruta al depositario de la CTS.Pago de CTSPrincipales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Obligaciones Laborales

19GRATIFICACIONESOTORGADOS POR EL EMPLEADOR AL TRABAJADOR EN FESTIVIDADES O ACONTECIMIENTOS ESPECIALES NavidadFiestas PatriasPago de Gratificaciones LegalesPrincipales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Obligaciones Laborales

20PARTICIPACINEN LASUTILIDADESEMPRESAS QUE REALICEN ACTIVIDADES GENERADORASDE RENTAS DE 3 CATEGORIA,CON PROMEDIO ANUAL DE 20 O MS TRABAJADORESPago de UtilidadesPrincipales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Obligaciones Laborales

21DespidoPrincipales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Obligaciones Laborales

22Despido ArbitrarioPrincipales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Obligaciones Laborales

23Despido NuloPrincipales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Obligaciones Laborales

2425

Modificaciones recientes al TUO de la LPCLArtculo 23.- Son causas justas de despido relacionadas con la capacidad del trabajador:

a) Las deficiencias fsicas, intelectuales, mentales o sensoriales sobrevenidas cuando, realizados los ajustes razonables correspondientes, impiden al desempeo de sus tareas, siempre que no exista un puesto vacante al que el trabajador pueda ser transferido y que no implique riesgos para su seguridad y salud o la de terceros.Principales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Obligaciones Laborales2526

Artculo 29.- Es nulo el despido que tenga por motivo:()d) La discriminacin por razn de sexo, raza, religin, opinin, idioma,discapacidad o de cualquier otra ndole.

Artculo 30.- Son actos de hostilidad equiparables al despido los siguientes:()f) Los actos de discriminacin por razn de sexo, raza, religin, opinin, idioma, discapacidad o de cualquier otra ndole:()h) La negativa injustificada de realizar ajustes razonables en el lugar de trabajo para los trabajadores con discapacidad.().Principales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Obligaciones LaboralesModificaciones recientes al TUO de la LPCL26Despido IndirectoPrincipales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Obligaciones Laborales

27Principales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Obligaciones Laborales

28Recomendaciones para evitar reclamos por despido

Principales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Obligaciones Laborales

2930

Obligaciones en materia de Seguridad y SaludPrincipales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo3031

Principales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Seguridad y Salud en el TrabajoObligaciones en materia de Seguridad y Salud3132

Implementacin de registros de Seguridad y Salud Principales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo3233

Principales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Seguridad y Salud en el TrabajoImplementacin de registros de Seguridad y Salud 3334

Principales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Seguridad y Salud en el TrabajoTrabajadores con discapacidad3435

Principales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Seguridad y Salud en el TrabajoTrabajadores con discapacidad3536

Cuota de empleo en materia de discapacidadPrincipales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo3637

Ajustes razonables para trabajadores con discapacidadLos empleadores pblicos y privados generadores de rentas de tercera categora tienen una deduccin adicional en el pago del impuesto a la renta sobre los gastos por ajustes razonables para personas con discapacidad, en un porcentaje que es fijado por decreto supremo del Ministerio de Economa y FinanzasPrincipales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo3738

Principales Operativos de Fiscalizacin Laboral: Seguridad y Salud en el Trabajo38

Octavio Chvez Toro LiraSocio

[email protected] Campos Torres, Abogada por la Pontificia Universidad Catlica del Per, con Maestra concluida en Relaciones Laborales por la Pontificia Universidad Catlica del Per, Especializacin en Relaciones Laborales por la Universidad Castilla La Mancha (Toledo Espaa), Asesora y Consultora de reconocidas empresas del medio. Con Especialidad en Derecho Laboral, Seguridad Social y Procesal Laboral.Sara Campos TorresGerente Responsable del rea Laboral

[email protected] Munayco Roggero rea Laboral

[email protected]