RESUMEN DE LIB RESUMEN DE LIBROS GERENCIALES OS
GERENCIALESviernes, 10 de febrero de 2012Bolsa de Valores- Autor:
Trabajo de Investigacion
LA BOLSA Y EL MERCADO DE VALORES
La bolsa, es esencialmente el lugar fsico donde se llevan a cabo
transacciones en valores financieros, tales como papeles
comerciales, bonos de empresas, bonos estatales y acciones de
capital, entre otras. De hecho, la existencia de una bolsa de
valores, es decir, del lugar fsico, presupone la existencia de un
mercado de valores, o sea de una demanda y una oferta de valores,
con todas entidades y actores que de una manera u otra hacen
posible que exista esa demanda y esa oferta, y que estas se
convierta en transacciones financieras
MODALIDADES DE MERCADO
Mercado de Renta Fija
Los instrumentos de renta fija son ttulos representativos de
obligaciones de corto, mediano y largo plazo que contrae el emisor
con el poseedor del instrumento, son de emisin seriada, reajustable
en tasa inters, y en general, son nominativos y o al portador o
endosables.Los emisores de dichos instrumentos corresponden a
instituciones del Sector Privado, del Estado, Bancarias y
Financieras.
Desde el punto de vista del inversionista, estos instrumentos
son una alternativa de ahorro, cuya rentabilidad es conocida y su
nivel de riesgo es relativamente bajo, ya que depende de la
capacidad de pago de la obligacin por parte del emisor.
El mercado de renta fija contina experimentando un mercado
incrementado en los ltimos aos. Esto se enmarca dentro del proceso
de desintermediacin financiera en el cual las empresas han ido
cambiando su fuente de financiamiento tradicional por la emisin de
instrumentos de deuda pblica.
Mercado Accionario
En esta categora se considera a las acciones y los derechos
preferentes de suscripcin de acciones originados por aumentos de
capital mediante emisin de acciones de pago, permitindonos que los
agentes de bolsa puedan negociar los mismos en la bolsa.
Los emisores de las acciones de transacciones burstil son compaa
por acciones, que debern estar inscritas en el Registro de Valores
de la Superintendencia de Valores.
MERCADO DE CAPITALES
Un mercado de capitales, es como cualquier mercado donde
compradores y vendedores se encuentran para intercambiar productos
y servicios. Los compradores (inversionistas), son individuos e
instituciones que poseen el dinero (capital) para invertir. Los
vendedores son las compaas, gobiernos y otros inversionistas. Los
productos que ellos venden son ttulos valores, incluyendo acciones,
bonos y otros productos financieros que son intercambiados por
dinero.
TITULOS VALORES
son productos financieros o instrumentos emitidos por compaas y
gobiernos para obtener capital. Ellos generalmente estn
clasificados en dos clases:
Ttulos de Renta Variable:los cuales representan propiedad en una
compaa, con derechos especficos, incluyendo el de poder compartir
en las ganancias de la compaa. Los dueos de ttulos de renta
variable podrn recibir ingresos peridicos derivados de los
beneficios de la empresa. Estos son llamadosdividendos.
Ttulos de Renta Fija:Mayormente compuestos por bonos. Un Bono es
un prstamo que el inversionista realiza a la empresa emisora o al
gobierno. Los deudores (emisores), obtienen el efectivo que ellos
necesitan, mientras los prestatarios (inversionistas), ganan una
tasa de inters designada sobre la cantidad prestada (principal). En
un tiempo especfico en el futuro, el emisor debe repagar el
capital.
Las acciones les dan a sus tenedores parte de la propiedad en
una compaa.Los accionistas son dueos, y los tenedores de bonos son
prestatarios.
Los accionistas tienen voz en las operaciones de la empresa; los
tenedores de bonos no tienen este privilegio.
Los accionistas obtienen beneficios basados en las ganancias de
la empresa, y el nmero de acciones que ellos poseen. Los tenedores
de bonos obtienen pago de intereses en das especficos, hasta que el
monto original prestado sea repagado.
Un dividendo es un ingreso peridico realizado a los accionistas,
derivado de las ganancias de la compaa.Los dividendos no son fijos,
ni estn garantizados.
Las acciones pueden aumentar de valor. Esto es conocido como
apreciacin de capital (ganancias).Los dueos de acciones pueden
recibir dividendos.Los dueos de acciones pueden contribuir al
desarrollo econmico del pas.
Siempre existe un elemento de riesgo en toda inversin. A pesar
de que histricamente las acciones incrementan de valor, siempre
existe el riesgo de que su valor pueda decrecer. Esto depender de
la operatividad de la empresa, de las condiciones econmicas y como
los inversionistas perciben a la compaa. En general, mientras las
acciones puedan fluctuar en su valor en el tiempo, ellas tienden a
comportarse positivamente con relacin a otros productos
financieros.
Un inversionista que compra Bonos Corporativos Estatales, recibe
pago de intereses peridicamente, como tambin el repago del capital
prestado (el principal), a una fecha definida en el futuro. Aunque
la compaa se desempee pobremente en sus operaciones, la misma
contina obligada a pagar los intereses a los tenedores de los
bonos.
BOLSA DE VALORES DE LA REPUBLICA DOMINICANA
La Bolsa de la Repblica Dominicana es la primera y nica bolsa de
valores existente en la Repblica Dominicana. Esta fue inaugurada el
12 de diciembre de 1991 como una entidad sin fines de lucro
adscrita a la Cmara de Comercio del Distrito Nacional, y
posteriormente se instituy como una compaa por acciones en
Diciembre del 2000. La misma se encuentra inscrita en la
Superintendencia de Valores, y aprobada por el Consejo Nacional de
Valores de la Repblica Dominicana.
La BVRD est diseada para facilitar la compra y venta de
productos financieros, incluyendo acciones corporativas, bonos, y
ttulos del gobierno.
La Bolsa de Valores de la Republica Dominicana provee a los
inversionistas una nueva va de hacer dinero sobre su inversin y a
la vez participar en la expansin de las firmas locales al mismo
tiempo. Esta ofrece la oportunidad para invertir y beneficiarse del
crecimiento y desarrollo de nuestra economa.
TITULOS VALORES TRANSADOS EN LA B.V.R.D.
La B.V.R.D. provee de un mercado primario y secundario para
transar ttulos valores. En el mercado primario, una compaa pblica,
o gobierno (emisor) vende sus ttulos valores por primera vez a los
inversionistas para generar capital que soporte sus operaciones.
Los fondos generados de esta venta de valores van destinados
alemisor. En el mercado secundario, los inversionistas compran y
venden ttulos valores entre ellos. Los fondos generados de esta
actividad comercial, van destinados a los inversionistas, no al
emisor original.
Ttulos valores corporativos (Bonos y Acciones, Papel Comercial),
como tambin Ttulos del Gobierno central, son los principales
productos transados en la B.V.R.D.
REQUISITOS PARA REGISTRAR UNA EMPRESA EN LA BVRD.
Solicitar por escrito y entregarla personalmente a la Gerencia
de B.V.R.D., la cual debe estar acompaada de los siguientes
documentos.
. Los dos ltimos estados financieros auditados por un contador
pblico independiente, registrado en el ICPARD y aprobado por la
BVRD, y el estado ms reciente no auditado.. Estudio de factibilidad
econmico financiero del proyecto de emisin.. Copia de los estatutos
constitutivos de la empresa solicitante.
La documentacin que se deposita a la BVRD no la compromete a
aceptar la incripcin sino ms bien; es tener un primer contacto y
determinar la factibilidad del proyecto, la cual si tiene alguna
recomendacin favorable del estudio preliminar de la documentacin
recibida, la BVRD entregar al solicitante los siguientes
documentos.
. Solicitud de inscripcin de ttulos valores (FE-17). Formulario
de las caractersticas de la emisin a ser inscrita (FI-19).
Formulario con los datos operacionales ms importantes. (FI-20).
Resumen de las informaciones legales ms importantes. (FE-21).
REQUISITOS DE UNA EMISION REGISTRADA
El puesto de Bolsa deber producir una carta solicitud con
membrete a la BVRD, la cual debe contener el monto solicitado,
plazo, tasa de inters, garanta y nombre del emisor, esta carta
deber estar firmada por un ejecutivo cuya firma est registrada en
la BVRD.
Informacin sobre la entidad emisora:
Nombre y domicilio de la empresa emisora, telfonos, fax y correo
electrnico. Actividades de la empresa, empresas relacionadas.
Otras Informaciones:
Informacin bsica sobre la emisin:
Clase de ttulo a emitir. Monto de la emisin, plazo, Tasa de
inters.Recompra anticipada y penalidad. Nombre del emisor. Destino
de los fondos.Forma de pago del capital e intereses. Garanta de
existir. Puesto de bolsa intermediario. Margen de Intermediacin.
Naturaleza de la emisin (tipo de mercado). Riesgo de la emisin.
Informacin Financiera Bsica:
Dos ltimos estados auditados. Ultimo estado de comprobacin. Dos
ltimos estados de ganancias y prdidas.
Informacin Legal bsica:
Fecha de constitucin de la compaa. Listados de accionistas.
Nombre de los miembros del consejo de Directores. Constancia de
aceptacin de miembros del Consejos de Directores. Constancia de
aceptacin de Endeudamiento por parte del Consejo de Directores de
la empresa solicitante.
NEGOCIACION: COMO TRANSAR
Toda persona que desee comprar, acciones, bonos, certificados de
participacin, opciones u otros instrumentos a travs de la Bolsa,
debe llamar o concurrir a un Puesto de Bolsa, donde deber extender
una orden especificando los instrumentos que desea comprar o
vender.
Los instrumentos se negocian en alguno de los tres sistemas de
negociacin que existen en la Bolsa de Valores de la R.D.
Pregn o Mercado a Viva Voz:
En este sistema el agente de bolsa ofrece comprar o vender los
ttulos a viva voz, y una vez que encuentra una contraparte que haga
lo contrario, bajo las mismas condiciones, se procede a calzar la
operacin.
Bolsa Electrnica
Sistema de transaccin electrnica para los mercados de renta fija
e intermediacin financiera. En ella, se ingresan ofertas de venta
en un periodo especialmente condicionado y el remate se realiza en
otro perodo en el que se efectan posturas de compra sobre ofertas
existentes. Al trmino del remate, el sistema adjunto el instrumento
a quien realice la mejor postura.
Rueda Especial
La cual est destinada para la negociacin de los Valores No
Registrados (VNR) en la bolsa.
HonorariosLa bolsa de Valores de la R.D. funciona los das hbiles
(de lunes a Viernes) de 10:00 a.m. a 12:00 p.m.
10:00 am a 11:00 am Valores Registrados11:00 am a 12:00 am
Valores No Registrados
Comisiones
Toda operacin de compra o venta de ttulos valores est sujeta a
los siguientes costos de transaccin burstil:
Comisin del Puesto de Bolsa:Es libre. Cada puesto de Bolsa
define su propia poltica de comisiones.
Comisin de la Bolsa:
Se aplican sobre el monte transado y son de cargo del puesto de
Bolsa. Las comisiones son fijadas por la Bolsa y varan segn los
montos transados.
HISTORICO DE EMISIONES REGISTRADAS
AONUMERO DE APROBACIONESMONTO APROBADO RD$VIGENCIA MEDIAMEDIA DE
INTERESEMISORESPUESTOS PARTICIPANTES
199115,000,000.001.5 meses27.00%11
1992338,000,000.005.6 meses23.83%33
199317129,915,000.004.7 meses20.91%174
19941686,800,000.005 meses20.98%165
199512218,000,000.004.5 meses20.73%124
19961271,000,000.004.5 meses18.73%125
1997676,000,000.005.9 meses16.96%62
1998442,000,000.003.5 meses20.37%23
1999455,000,000.004 meses19.50%42
2000360,000,000.005.6 meses20.50%33
2001233,546,000,000.004.5meses14.50%216
Actualizado al 31 de marzo de 2002
LEY DE MERCADO DE VALORES DE LA REPUBLICA DOMINICANA
TITULO IIIDE LOS PARTICIPANTES EN EL MERCADO DE VALORESCAPITULO
IDE LAS BOLSAS DE VALORESArt. 43.-Las bolsas de valores son
instituciones autorreguladoras que tienen por objeto prestar a los
puestos de bolsa inscritos en las mismas todos los servicios
necesarios para que stos puedan realizar eficazmente las
transacciones con valores de manera continua y ordenada, as como
efectuar las dems actividades de intermediacin de valores, de
acuerdo con la presente ley. Estas entidades debern contar con la
previa aprobacin de la Superintendencia de Valores para operar en
el mercado de valores.Art. 44.-Las bolsas de valores debern
realizar las actividades siguientes: a) Establecer locales, equipos
y mecanismos que faciliten la interaccin de la oferta y la demanda
de valores;b) Requerir informacin a los emisores respecto de los
valores cotizados en las mismas; c) Proporcionar y mantener a
disposicin del pblico las informaciones sobre los valores cotizados
en las mismas, sus emisores, sus intermediarios de valores y las
operaciones burstiles realizadas, incluyendo las cotizaciones y los
montos negociados;d) Certificar las cotizaciones y las
transacciones de bolsa realizadas en las mismas, a solicitud del
interesado;e) Velar porque sus miembros den estricto cumplimiento a
todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, y al
Cdigo de Etica que para estos fines elaborarn las bolsas y aprobar
la Superintendencia de Valores;f) Instalar un sistema de informacin
automatizado para realizar operaciones aprovechando las ventajas de
las telecomunicaciones y la informtica.
Art. 45.-Sern atribuciones de las bolsas de valores:a) Conocer
las solicitudes elevadas por personas jurdicas para constituirse en
puestos de bolsa;b) Autorizar a los representantes de los puestos
de bolsa a actuar como corredores en las negociaciones que se
realicen en la bolsa;c) Autorizar la inscripcin de las emisiones de
valores previamente aprobadas y registradas por la Superintendencia
de Valores, para su cotizacin;d) Suspender transacciones de valores
de oferta pblica, por un perodo de hasta cinco (5) das, cuando
entienda que es conveniente para el mercado;e) Solicitar garantas a
los puestos de bolsas;f) Invertir en actividades complementarias,
tales como depsitos centralizados de valores y/o cmaras de
compensacin;g) Celebrar convenios con otras bolsas de valores y
organismos similares dentro y fuera del pas, previa aprobacin de la
Superintendencia de Valores;h) Realizar cualesquiera otras
actividades que contribuyan al desarrollo del mercado de valores,
previa aprobacin de la Superintendencia de Valores;i) Realizar
conexiones automatizadas con los mercados de valores
internacionales.Art. 46.-Las bolsas de valores debern constituirse
en compaas por acciones, con arreglo a las normas del Cdigo de
Comercio vigente en la Repblica Dominicana, con un capital suscrito
y pagado mnimo de quince millones de pesos dominicanos
(RD$15,000,000.00), ms un veinte por ciento (20%) de reserva legal.
Dicho capital deber ser en numerario, dividido en acciones
nominativas, negociables, propiedad de sus miembros, los cuales
debern tener igual nmero de acciones de igual valor en el capital
suscrito y pagado mnimo requerido, al momento de ser
constituido.PARRAFO I.-Sern miembros de una bolsa de valores los
puestos de bolsa admitidos por sta, luego de cumplir los requisitos
previstos en los estatutos y reglamentos de la misma, y estar
debidamente autorizados por la Superintendencia de Valores.PARRAFO
II.-Los aumentos de capital de las bolsas de valores sern
distribuidos, un ochenta por ciento (80%) para los puestos de bolsa
existentes y un veinte por ciento (20%) para los nuevos puestos de
bolsa. De no existir demanda por parte de los puestos de bolsa
existente y/o los nuevos puestos, dichos aumentos de capital sern
negociados a travs de la propia bolsa, para lo cual deber cumplir
con los requisitos establecidos en la presente ley y su reglamento.
El Consejo Nacional de Valores establecer un lmite porcentual mximo
de participacin en el capital de la bolsa, tanto para los puestos
de bolsa miembros de la misma, como para las entidades particulares
adquirientes de acciones de la bolsa, para evitar la concentracin
accionaria.PARRAFO III.-Las bolsas de valores tendrn la facultad de
solicitar a la Superintendencia de Valores la cancelacin de un
puesto de bolsa, cuando no cumpla con los requisitos establecidos
en esta ley y su reglamento, y en los estatutos y reglamentos de
las propias bolsas de valores, cuya disolucin deber estar de
acuerdo con las disposiciones del Cdigo de Comercio vigente en la
Repblica Dominicana.Art. 47.-El capital suscrito y pagado de una
bolsa de valores, slo podr ser invertido en cualesquiera de los
activos siguientes:a) Dinero efectivo en caja o depsito en los
bancos autorizados por ley para recibir depsitos;b) En el edificio
y dems locales de uso propio de la bolsa;c) En los muebles y
equipos necesarios para su buen funcionamiento;d) En los gastos de
instalacin, organizacin y funcionamiento;e) En valores de
reconocida liquidez cotizados en bolsa, sin que la inversin exceda
el treinta por ciento (30%) del capital suscrito y pagado de la
bolsa, ni el diez por ciento (10%) del capital suscrito y pagado de
la entidad emisora;f) En otras actividades conexas o
complementarias.Art. 48.-Las bolsas de valores podrn cobrar tarifas
a sus miembros para sufragar sus gastos y costos de mantenimiento,
expansin y mejoramiento de sus actividades, segn lo establezcan sus
estatutos y reglamentos.Art. 49.-Los estatutos, reglamentos,
normas, manuales y sistemas operativos de las bolsas de valores, as
como sus eventuales modificaciones, requerirn la aprobacin previa
de la Superintendencia de Valores, la cual deber pronunciarse al
respecto dentro de los cuarenta y cinco (45) das contados desde la
fecha de recepcin de la solicitud correspondiente.Art. 50.-Las
acciones inscritas en el registro del mercado de valores y
registradas en una bolsa, slo podrn ser intermediadas por los
puestos de bolsas, en las bolsas donde sean miembros.Art. 51.-Las
bolsas de valores podrn realizar ruedas especiales de valores no
inscritos en las mismas, en la forma en que lo determine el
reglamento de la bolsa respectiva.Art. 52.-No podrn ser miembros
del consejo o directorio, presidente, director ejecutivo o gerente
general de las bolsas de valores:a) Los menores de veinticinco (25)
aos de edad;b) Los que no sean profesionales en reas relacionadas
con el mercado de valores;c) Los que por cualquier razn sean
legalmente incapaces;d) Los que sean funcionarios y empleados del
Banco Central, Superintendencias de Bancos, de Seguros y de
Valores;e) Los miembros del consejo, directores y funcionarios de
entidades del sistema financiero, que estando en el ejercicio de
sus cargos o durante los tres (3) aos previos, dichas entidades
hayan sido objeto de una intervencin especial u operacin de
salvamento por parte de las autoridades reguladoras y/o
fiscalizadoras del sistema financiero;f) Los que hayan sido
declarados en estado de quiebra o bancarrota, as como los miembros
del consejo, directores o funcionarios de compaas en igual estado,
o que estuvieron pendientes o se les hubiere iniciado el
procedimiento de quiebra o bancarrota, o de intervencin con fines
de liquidacin por la Superintendencia de Bancos o por la
Superintendencia de Seguros. Asimismo, se incluyen a los que hayan
cado en estado de insolvencia o de cesacin de pagos, an cuando
posteriormente hayan sido rehabilitados;g) Los que directa o
indirectamente hubieren cometido una falta o negligencia en contra
de las disposiciones de la Superintendencia de Valores, del Banco
Central de la Repblica Dominicana, de la Superintendencia de Bancos
y de la Superintendencia de Seguros, causando un perjuicio
pecuniario a terceros;h) Las personas que estuvieron subjdice o
cumpliendo condena por cualquier hecho de carcter criminal o por
delito contra la propiedad, la fe pblica o el fisco, o que hubieren
sido condenados por esas causas.PARRAFO:Estas limitaciones tambin
aplican a los principales funcionarios de las bolsas de valores,
excepto la disposicin previa en el literal a) de este artculo.Art.
53.-Se reserva el uso de la expresin "bolsa" para aquellas personas
jurdicas autorizadas por la Superintendencia de Valores a prestar a
sus miembros todos los servicios necesarios para que stos puedan
realizar transacciones de valores, de manera continua y
ordenada.Art. 54.-Las decisiones de las bolsas podrn ser apeladas
por los afectados por ante la Superintendencia de Valores, las
cuales debern interponerse dentro de los diez (10) das siguientes a
la notificacin de la decisin de la bolsa al afectado, debiendo la
Superintendencia de Valores responder en un plazo no mayor de
treinta (30) das, contado desde el momento de ser interpuesta dicha
apelacin.