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Resumen Completo Derecho Civil

Jul 06, 2018

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Juan Hasbun
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  • 8/17/2019 Resumen Completo Derecho Civil

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    SÍNTESIS COMPLETA PARA ESTUDIO DE

    EXAMEN DE GRADO DE DERECHO UC

    CÉDULA DERECHO CIVIL

    -

    EUGENIO ANDRÉS LLANOS CLAVIJO

     – 2015  – 

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    Estimado Lector:

    La presente síntesis la escribí para preparar mi examen de grado, consecuentemente hay

    materias que personalmente se me hicieron más fáciles, a las cuáles les dediqué menor

    atención, y otras que me costó entender, a las cuáles les dediqué mayor número de tiempo

    y palabras. Desde mi humilde perspectiva de alumno, contiene un mínimo aceptable de

    información, de acuerdo a lo exigido en el temario del examen de grado al segundo

    semestre de 2015, fecha en que terminé de compilar este apunte.

    Fue elaborado sobre la base estructural de los apuntes del profesor Cristián Boetsch Gillet,

    con inclusiones pertinentes, en diversas materias, de apuntes de clase de los profesores

    Mario Correa, José María Eyzaguirre, Cristóbal Eyzaguirre, Ramón Cifuentes y otros

    profesores y alumnos, tanto de la Pontificia Universidad Católica de Chile, como de otras

    universidades en cuyos textos de clase contrasté y obtuve parte de la información que

    expongo en este trabajo.

    El presente no pretende ser, ni de lejos, un apunte oficial, simplemente es la síntesis que

    elaboré para mi propio repaso del examen de grado (que de corazón espero aprobar) y que

    comparto para quién le pueda resultar útil.

    Como no estoy seguro de si algún día volveré a escribir un libro, apunte o compendio que

    tenga 400 páginas, aprovecharé de dedicarlo a mis padres, por su constante apoyo y cariño

    a lo largo de mi vida.

     Al final del apunte de cada curso incluí un pequeño relato para distender el estudio1.

    Finalmente, espero de corazón que sirva a muchos estudiantes de Derecho en sus largas

    horas de estudio y café, ojalá el día de mañana contribuyan en el noble ejercicio de la

    profesión.

    Eugenio A. Llanos Clavijo 

    Con amor, a mis padres:

    Eugenio Llanos Ponce

    Myriam Clavijo Caldera

    1 Son relatos populares, por lo que espero no se espante por el lenguaje coloquial, incluso vulgar enalgunos conceptos de uso cotidianocomo improperios o modismos. 

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    ÍNDICE TEMÁTICO

    -  TEORÍA DEL ACTO JURÍDICO Y DE LA LEY 1

    -  DERECHO DE LOS BIENES 38

    -  DERECHO DE LAS OBLIGACIONES 80

    -  FUENTES DE LAS OBLIGACIONES 152

    -  DERECHO DE PERSONAS 250

    -  DERECHO DE FAMILIA 268

    -  DERECHO SUCESORIO 321

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    TEORÍA DEL ACTO JURIDICO Y DE LA LEY

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    TEORÍA DEL ACTO JURÍDICO

    (Temario Cap.II 1.1)

    - Código Chileno no contempla la teoría general de los Actos Jurídicos (Códigos de Argentina,Alemania, Brasil, Derecho Canónico, Portugal y el de Perú de 1984 si lo tienen)

    - En nuestro Código tienen especial importancia:

      Actos y declaraciones de voluntad (arts.1445 – 1469)  Nulidad y rescisión de los actos y contratos (arts.1681 – 1697)

    Hay consenso en la doctrina y jurisprudencia, que todos los actos jurídicos se rigen por las

    normas aquí mencionadas.

    Hecho: todo suceso o acontecimiento generado por la naturaleza (hechos naturales) o por la acción

    del hombre (hechos humanos). Pueden o no tener efectos jurídicos.

      Si tienen efectos jurídicos: hechos jurídicoso  HJ de la Naturaleza: surgimiento de frutos en las plantas, un terremoto que por

    fuerza mayor libera de culpa y responsabilidad al deudor por el atraso en el

    cumplimiento de una obligación causado directamente por el hecho fortuito,

    cambio de curso de un río (puede traer accesión de terrenos para los propietarios),

    el nacimiento (respecto del surgimiento de derechos hereditarios) y la muerte.

    o  HJ del Hombre: hechos realizados por el hombre, que surgen generalmente deforma voluntaria a los cuales el ordenamiento jurídico les reconoce o atribuye

    efectos jurídicos.

      Lícitos: admitidos y protegidos por el ordenamiento jurídico (estos son losActos Jurídicos)

    Doctrina Alemana e Italiana distingue (ajena a nuestra legislación y la

    mayoría de la doctrina actual, pero es interesante conocerla)

      Negocios Jurídicos: efectos del acto son los queridos por el autor,surgen como consecuencia directa e inmediata de la voluntad del

    actor (Ej.: compraventa) 

      Simples Actos Jurídicos: efectos producidos no van de la mano dela voluntad del actor, muchas veces son independiente de ella (Ej.:

    construcción de un edificio en terreno ajeno sin saberlo. La

    consecuencia jurídica es que el dueño del terreno se hace dueñodel edificio. Esto no es querido por el autor del acto jurídico) 

      Ilícitos: en sentido estricto, hechos prohibidos por el ordenamiento jurídicoo que lesionan injustamente un interés ajeno (delitos y cuasidelitos)

      Si no tienen efectos jurídicos: hechos materiales, o jurídicamente irrelevantes

    ACTO JURÍDICO:

    “ Declaración de voluntad o un conjunto de declaraciones de voluntad dirigidas a la producción de

    determinados efectos jurídicos, que el derecho objetivo reconoce y garantiza”

    “Manifestación de voluntad ejecutada con arreglo a la ley y destinada a producir un efecto jurídico

    que puede consistir en la adquisición, conservación, modificación, transmisión, transferencia o

    extinción de un derecho”  

    V Vial “manifestaci ón de voluntad hecha con el propósito de crear, modificar o extinguir derechos, y

    que produce los efectos queridos por su autor o las partes porque el derecho sanciona dicha

    manifestación de voluntad”  

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    APUNTE DERECHO CIVIL  – EUGENIO LLANOS CLAVIJO

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    Elementos:

    - Manifestación de voluntad: real y seria. No basta el pensamiento, o la mera declaración.

    - Voluntad destinada a un propósito determinado

    - Manifestación de voluntad produce los efectos queridos por el autor o las partes, porque el

    derecho lo sanciona: la causa eficiente de los efectos del AJ provienen inmediatamente de la

    voluntad y mediatamente de la ley.

    Teoría del AJ descansa sobre dos principios fundamentales: Libertad y Voluntad. “El hombre es libre

    para vincularse con otros o no, y si decide obligarse lo hace por propia voluntad” 

    Art.1545: “T odo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser

    invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales” .   Voluntad subordina su

    eficacia al (1) respecto a las leyes, (2) buenas costumbres y al (3) orden público.

    Autonomía de la Voluntad (Cap.II 3)

      Consecuencias de la Autonomía de la Voluntado  Hombre es libre de obligarse o noo  Hombre es libre para renunciar por su sola voluntad de un hecho establecido en su

    beneficio, con tal que mire el interés del renunciante y la ley no prohíba su renuncia

    (art.12)

    o  El hombre es libre de determinar el contenido o fondo de los AJ que celebre,siempre que éste respete leyes, orden público y buenas costumbres.

    o  El hombre es libre para determinar la forma (oral, escrito, solemne, etc) a menosque la ley prescriba una forma específica (cada vez menos formalidades)

    o  La primera regla para interpretar un AJ es atender a la voluntad de los contratantes

      Limitaciones a la Autonomía de la Voluntado  Autonomía privada faculta a los particulares para disponer de sus propios intereses,

    no de los ajenos 

    o  Para que el acto o contrato produzca efectos debe ajustarse a los requisitosestablecidos por la ley 

    o  Hay ciertas materias respecto de las cuales los particulares solo pueden crear los AJque correspondan exactamente al tipo establecido por el legislador, como en el

    derecho de familia

    o  La autonomía privada está limitada por el Orden Público  (“la organizaciónconsiderada como necesaria para el buen funcionamiento dela sociedad” )

    o  La autonomía privada está limitada por las Buenas Costumbres  (moral sexual  – buenas costumbres stricto sensu   –  ideas morales admitidas en una época

    determinada)

    Estructura y Elementos Constitutivos del AJ (Temario Cap.II 1.2)

      Elementos Esenciales: Son los únicos elementos constitutivos del AJ. Los demás, hablangeneralmente sobre los efectos.

    Art.1444 son todos aquellos sin los cuales no produce efecto alguno o degenera en otro acto

    diferente.o  Estos son a la vez: 

      Necesarios: falta de uno de ellos excluye la existencia del AJ   Suficientes: ellos se bastan para darle existencia al AJ 

    o  Distinción   Generales o Comunes: no pueden faltar en ningún AJ, si se omiten el AJ

    deja de existir. Art.1445 enumera los requisitos, doctrina define Generales: 

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      Voluntad  Objeto  Causa

      Especiales o Específicos: propios del AJ específico, si no están derivan enotro AJ, Ej.: el precio es esencial en la CV, si se estipula que se pagará con

    otro objeto, eso no es CV, deriva en una Permuta. 

      Elementos Naturales: no siendo esenciales a él, se entiende pertenecerles sin necesidadde declaración o cláusula especial. La ley dispone que estarán, pero la voluntad de las partes

    puede modificarlas o excluirlas. Más que “elementos” se trata de “efectos”. Ej.: el

    saneamiento de la evicción y de los vicios redhibitorios en la CV (se entienden incorporados,

    pero al no ser esenciales, pueden ser eliminados). 

      Elementos Accidentales: ni esencial ni naturalmente le pertenecen, se logran por medio dedeclaraciones o cláusulas especiales. Expresión de la Autonomía Privada. 

    o  Respecto de la existencia: Ej.: la CV de un mueble no existirá hasta que se haga porescritura pública 

    o  Respecto de la eficacia: estipulación de   Condición  Plazo  Modo

    Requisitos o Condiciones de los AJ (Temario Cap.II 1.3)

      Requisitos de Existencia: necesarias para que el AJ nazca a la vida del derecho, si faltan elAJ es inexistente: 

    o  Voluntad: libre querer interno de hacer o no hacer alguna cosa.o  Objetoo  Causao  Solemnidades exigidas por la ley  (algunos estiman que esta categoría está

    comprendida dentro de la voluntad, pues en los actos solemnes, la voluntad se

    manifiesta por medio de la solemnidad requerida, sino no se manifiesta) 

      Requisitos de Validez:  pueden faltar en el acto sin atentar contra su existencia, sonnecesarias para la vida sana del acto y que produzca efectos en forma estable. Si no es

    saneado puede pedirse la nulidad.

    o  Voluntad: Sin vicioso  Objeto: Lícitoo  Causa: Lícitao  Capacidad

    Clasificación de los AJ (Temario Cap.II 1.4)

      Según el número de partes cuya voluntad es necesaria para que el AJ se forme (OJO:número de partes, no de personas. Parte: persona o personas que constituyen un solo

    centro de interés. Ej.: 4 personas son dueñas de un fundo, y en conjunto se lo venden a un

    tercero. Concurren 5 personas, pero sólo 2 partes) 

    o  Unilaterales:  voluntad de una sola parte para dar vida al AJ, no para que seproduzcan sus efectos. Ej.: testamento, oferta, aceptación, renuncia de un derecho,

    concesión/revocación de un poder, etc.

      Simple: una sola persona  Complejo: varias personas con una voluntad común que forman 1 interés 

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    o  Bilaterales: voluntad de dos partes para dar vida al AJ. De acuerdo a la doctrinanacional, todo AJ jurídico bilateral es una convención. Se clasificará según su fin: 

      Crear obligaciones: contrato (todo contrato es convención, no al revés). Ej.:

    compraventa   Modifica o Extingue: solo convenciones. Ej.: tradición y pago de precio. 

    NOTA: el CC hace sinónimos contrato y convención en los Arts.1437 – 1438, lo

    cual para la doctrina es un error por la explicación anterior.

    NOTA2:  cuidado al distinguir entre AJ unilateral/bilateral y Contrato

    unilateral/bilateral (el contrato siempre es AJ bilateral)

    o  Plurilaterales: para nacer a la vida requiere de la manifestación de voluntad de másde dos partes. Ej.: novación por cambio de acreedor (voluntad del deudor, del

    tercero que acepta la nueva obligación contraída en su favor y del acreedor que

    consiente en liberar al deudor de la obligación primitiva) 

      Según su CONTENIDO

    o  Patrimoniales:  tendientes a crear, modificar o extinguir relaciones de carácterpecuniario. Ej.: compraventa 

    o  De Familia: tendientes a regular los intereses y relaciones de familia. La voluntaden ellos se encuentra limitada por la ley. Ej.: en el matrimonio las partes solo

    declaran si aceptan o no, no pueden modificar los términos legales. 

      Según la UTILIDAD o BENEFICIO que reporta el AJ para quienes ejecutan

    o  Gratuito: o lucrativo (art.1962 N°1) una parte procura a otra o a un tercero unaventaja sin recibir de la otra parte ninguna equivalente. Ej.: donación, testamento,

    préstamo sin interés, comodato, etc. 

    o  Oneroso:  cada parte recibe de la otra una ventaja en cambio de la que haprocurado. Ej.: compraventa, arrendamiento, etc. 

      Actos de Administración y Actos de disposición

    o  Administración: tienden a la conservación del patrimonio 

    o  Disposición: importan una pérdida o disminución efectiva del patrimonio 

    NOTA:  es común que nuestro ordenamiento disponga normas distintas para

    administrar que para disponer, sobre todo cuando se trata de la disposición de bienes

    de otros. Ej.: tutor o curador puede y debe administrar los bienes de su pupilo (Art.391)

    pero no puede, sin previo decreto judicial, enajenar sus bienes raíces, ni gravarlos con

    hipoteca, censo o servidumbre, ni enajenar o empeñar los bienes muebles preciosos o

    que tengan valor de afección (Art.393).

      Según si para producir sus efectos el AJ requiere o no la muerte de una parte:

    o  Actos entre Vivos: para producir efectos propios no requiere de la muerte. 

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    o  Por causa de muerte: mortis causae, aquel que para producir la plenitud de susefectos, requiere de la muerte del autor o de una de sus partes. Ej.: testamento,

    mandato destinado a ejecutarse después de la muerte del causante, etc. 

    o   Según si la ley exige o no formalidades para la celebración

    o  Actos Solemnes o Formales: para cuyo perfeccionamiento la ley o la voluntad delas partes exige que la declaración de voluntad se haga de una determinada forma.

    Ej.: compraventa de bienes raíces por escritura pública.

      Solemnidad exigida por ley: si falta es nulo absolutamente  Solemnidad exigida por las partes: si falta es nulo relativamente

    o  No solemnes: la ley no exige ninguna forma determinada.

      Según la FORMA en que se perfecciona el AJ

    o  Consensuales: para su perfeccionamiento basta la manifestación de voluntad o elconsentimiento de las partes. Ej.: compraventa de cosa mueble, arrendamiento,

    mandato, etc. 

    o  Reales: para perfeccionarse, junto con la declaración de voluntad requieren de laentrega real de la cosa. Ej.: contrato de comodato, mutuo, depósito, prenda

    ordinaria, etc. 

      Según si producen o no de inmediato sus efectos

    o  Puros y Simples: en cuanto se perfecciona da nacimiento a un derecho, cuyoejercicio puede ser exigido inmediatamente no sujeto a modalidades 

    o  Sujetos a Modalidad: cuyos efectos dependen o están subordinados de cláusulasrestrictivas o de ciertas circunstancias 

      Actos Causales y Actos Abstractoso  Causaleso  Abstractos

      Según si el acto SUBSISTE o no por sí mismo

    o  Principales: subsiste por sí mismo sin necesidad de otro 

    o  Accesorios: para subsistir necesita de un acto principal que le sirva de sustento   De Garantía o Cauciones: tienen por objeto asegurar el cumplimiento de

    una obligación principal. Ej.: fianza, hipoteca, prenda, etc. 

      Independientes:  para existir o producir efectos están subordinados a laexistencia de otros, pero no para asegurar el cumplimiento de estos

    últimos. Ej.: convenciones matrimoniales, se celebran antes que éste, novalen si el matrimonio no se efectúa. 

      Según el OBJETO del acto

    o  Constitutivos: crean un derecho o una situación jurídica nueva. Ej.: el matrimonio,contratos que crean obligaciones y hacen nacer las calidades de acreedor y deudor. 

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    o  Declarativos: no hacen nacer un derecho o una situación jurídica nueva, sino quese limitan a reconocer el derecho o situación anterior, preexistente. Ej.: la partición,

    que pone fin a la comunidad. Las partes  indivisas, siempre pertenecieron a loscomuneros, pero ahora se dividen formalmente y se les reconoce su valor

    determinado se entiende que la Retroactividad es una consecuencia natural de

    los actos Declarativos, pues estos producen efectos desde el momento en que se

    originó la relación jurídica, y no desde que se constató. 

    o  Traslaticios: transfieren a un nuevo titular un derecho ya existente. Ej.: cesión deun crédito, tradición de un derecho real, etc. 

      Según la PERMANENCIA EN EL TIEMPO de los AJ

    o  De Ejecución Instantánea: producen sus efectos inmediatamente celebrados, losque se ejecutan de inmediato y de una sola vez. Realizada la prestación debida,

    desaparece el vínculo contractual. 

    o  De Ejecución Diferida: cuyos efectos se van cumpliendo progresivamente, en elplazo estipulado por las partes. 

    o  De Tracto Sucesivo: cuyas obligaciones van naciendo y extinguiéndose sucesiva yperiódicamente. Ej.: arrendamiento. 

      Según si están previstos por la ley o no

    o  Típicos/nominados:  están configurados por la ley, estructurados por ésta concarácter peculiar. Ej.: matrimonio, adopción, testamento, compraventa,

    arrendamiento, mandato, hipoteca, etc. 

    o  Atípicos/Innominados: no están configurados por la ley, surgen como creación delos particulares en la medida de las necesidades de sus negocios. Ej.: talaje, contrato

    profesional de futbolista, etc. El Leasing habitacional es un ejemplo de un contrato

    innominado que fue recogido por nuestro ordenamiento jurídico y pasó a ser

    nominado.

    La Voluntad Jurídica (Cap.II 2)

    La Voluntad, debe Ser: 

      Seria: desear producir efectos jurídicos   Manifestarse (Cap.II 2.1): mientras está en su fuero interno es indiferente al Derecho.

    Diversas formas de expresarse 

    o  Expresa:  se emplea consciente y deliberadamente un modo dirigido a hacerconocer la propia voluntad. Contenida ésta en palabras (dichas o escritas), señas,

    gestos u otras indicaciones. o  Tácita: es cuando la voluntad se infiere del comportamiento del sujeto, por medio

    de un “hecho positivo concluyente e inequívoco”. 

    Código Civil Chileno: manifestación expresa y tácita tienen el mismo valor (art.1241 de

    aceptación de herencia y art.2124 de aceptación de mandato). 

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    o  Silencio (Cap.II 2.2):  no solo de habla, sino de gestos e indicaciones. RG: noconstituye por sí mismo y por sí solo una manifestación de voluntad. En el Derecho

    quien calla, nada dice. Excepciones: 

    o  Ley puede atribuir al silencio manifestación de voluntad:   Art.2125personas que por su profesión u oficio se le encargan negocios ajenos, estánobligados a declarar lo más pronto posible si aceptan o no el encargo que

    una persona ausente les hace. Transcurrido un término razonable su

    silencio se mirará como aceptación. 

    o  Partes pueden atribuir al silencio manifestación de voluntad: Ej.: contratosde arrendamiento, de trabajo o de sociedad, las partes estipulen que de no

    manifestarse en contrario, estos contratos se entenderán prorrogados por

    nuevos períodos. 

    o  Juez puede atribuir al silencio manifestación de voluntad:   juez puedeevaluar que el silencio circunstanciado (envuelto de otras circunstancias)

    puede manifestar voluntad. 

    La VOLUNTAD en las diversas clases de AJ

    o  AJ Unilaterales:  solo requieren la manifestación de voluntad de su autor. Noobstante, podemos distinguir si para su perfección se requiere que sean conocidos

    o no por el destinatario de la voluntad del autor. 

      No recepticios:  se perfeccionan con la declaración de voluntad. Ej.:testamento 

      Recepticios: se perfeccionan cuando llegan a conocimiento de la persona ala cual están dirigidos. Ej.: desahucio del arrendamiento de una cosa sinplazo fijo 

    o  La Voluntad en los AJ Bilaterales (Cap.II 4)

      Consentimiento (Cap.II 4.1):  la voluntad en los AJ bilaterales recibe elnombre de “Consentimiento”. Se haya fundado por dos actos copulativos y

    sucesivos   la Oferta  y la Aceptación. Hay consentimiento cuando las

    declaraciones de la oferta y la aceptación se funden. 

      Normas Legales que Rigen la Formación del Consentimiento (Cap.II 4.2): CC rige los caracteres que deben cumplirse para que exista y sea válido. No

    obstante, el CCom en sus arts. 97-108 nombra dicho proceso, alcanza al

    derecho civil, pues su naturaleza es general, independiente de su ubicación

    geográfica en la ley. 

      Oferta: policitación o propuesta por la cual una parte propone aotra celebrar una convención determinada (oferente, proponente

    o policitante) 

    o  Requisitos   Seria: intención de obligarse 

      Completa:  basta la simple aprobación de lapersona a quién se oferta para que la convenciónpropuesta se perfeccione. Cuando falta un

    elemento, se entiende que es una “oferta

    incompleta”, y el oferente pretende entablar un

    diálogo previo antes de realizar la oferta previa. Ej.:

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    te vengo este objeto a precio módico  

    Contraoferta: respuesta del destinatario 

    o  Clases de oferta  Expresa: revela directa y expresamente la voluntad

    de contratar 

      Tácita:  desprenden de su comportamiento laintención de contratar. Ej.: transporte público al

    circular, vitrinas con precios, etc. 

      A persona determinada:  sujeto debidamenteindividualizado. Art.105 CCom lleva siempre la

    condición implícita de que al tiempo de la

    demanda: 

      No hayan sido enajenados   No hayan sufrido alteración en su precio   Existan en el domicilio del oferente 

      A persona indeterminada:  hechas al público engeneral. Ej.: avisos publicitarios.

    NOTA:  si bien el art.105CCom establece que estas

    ofertas no son obligatorias para los oferentes, esta

    norma estaría derogada por la ley 19.496 de Protección

    de los Derechos del Consumidor, art.12 establece que

    todo proveedor de bienes y servicios está obligado a

    respetar los términos, condiciones y modalidades

    conforme a las cuales ofrece sus productos y servicios.

      Aceptación: AJ unilateral por el cual el destinatario de la ofertamanifiesta su total conformidad con ésta, pasando a ser

    “aceptante” 

    o  Clases de aceptación  Expresa  Tácita  Pura y Simple: cuando implica adhesión a la oferta

    en los mismos términos que ésta ha sido formulada 

      Condicionada: contiene reservas o modificacionesque alteran los términos de la oferta. Importa una

    contraoferta.

      Parcial cuando la oferta comprende varias cosas: hay que distinguir si la intención del oferente era: 

      Oferta divisible: consentimiento respectode la parcialidad aceptada 

      Oferta indivisible: no habría formación deconsentimiento, sino una contraoferta 

    o  Requisitos  Pura y simple:  a menos que antes de darse la

    respuesta ocurra la retractación, muerte oincapacidad legal del proponente (la aceptación

    condicional es considerada por nuestro

    ordenamiento como una contrapropuesta,

    art.102CCom) 

      Darse en tiempo oportuno:  dentro de plazopropuesto, o bien plazo legal (art.97 y 98 CCom) 

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      Art.97 Oferta Verbal: respuesta en el actode ser conocida la oferta (comprendida) 

      Art.98 Oferta por escrito: 

    o  Aceptante reside en mismo lugarque el oferente: 24hrs.

    o  Aceptante reside en lugar distintoal del oferente: “a vuelta de

    correo” 

      Mientras esté vigente: mientras el oferente no sehaya retractado, muerto o declarado incapaz. 

      Retractación: puede hacerlo en el tiempomedio entre envío y aceptación, excepto: 

    o  Al hacer la oferta se comprometióa esperar contestación

    o  Se hubiese comprometido aesperar el transcurso de un plazo

    determinado

    Tipos

    o  Tempestiva: antes de que la ofertasea aceptada (queda obligado a

    indemnizar los gastos hechos por

    el destinatario, además de los

    daños y perjuicios ocasionados.

    Puede exonerarse de estaindemnización si deja sin efecto su

    retractación) 

    o  Intempestiva:  después deaceptada la oferta   no produce

    efecto alguno. 

    NOTA: la aceptación no se presume, quién busca prevalecerse de ella debe

    probarla, no obstante, una vez probada se entiende que fue hecha dentro

    de plazo, conviene probar a quién la alega probar su extemporaneidad

    o  Momento en que se forma el Consentimiento  Importancia

      Establecer capacidad de las partes   Determinar normas aplicables en caso de

    modificación de leyes (art.22 Ley sobre

    Efecto Retroactivo de las Leyes) 

      Objeto debe ser lícito “al momento decontratar” 

      Efectos del contrato se producen por RGdesde que se perfecciona 

      Teorías para determinar en qué momento se

    perfecciona el consentimiento  Declaración:  nuestro ordenamiento opta

    por ésta (tanto en la aceptación como en la

    retractación, el CCom menciona “la

    contestación”) 

    o  Excepción:  donación entre vivos.Se perfecciona cuando se pone en

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    “conocimiento” al donante de la

    aceptación del donatario.

      Expedición

      Recepción  Conocimiento

    o  Lugar en que se forma el consentimiento: residiendo endistintos lugares, se entenderá aceptado en el domicilio del

    aceptante (art.104 CCom)   fija competencia tribunal y

    para determinar en qué país se ha celebrado el contrato

    (lex locus regim actum y lex loci rei sitae). 

    o  Consentimiento en los contratos de adhesión: solo una delas partes prestablece cláusulas, el otro puede aceptarlas o

    no celebrar el contrato. 

    o  Consentimiento en la autocontratación:  especialrelevancia en mandatos.

      Mandatario no podrá comprar para sí las cosas queel mandante le haya ordenado vender, salvo

    autorización expresa

      Mandatario encargado de tomar dinero prestado,puede prestarlo el mismo al interés designado por

    el mandante, pero no podrá tomarlo prestado para

    sí, sin autorización expresa.

    o  Consentimiento en los contratos electrónicos:  requiereconocimiento claro e inequívoco de las condiciones en que

    se compra (eCommerce), con posibilidad de almacenarlos

    o imprimirlos. Una vez perfeccionado el contrato el

    proveedor estará obligado a enviar confirmación escrita del

    mismo (copia clara, íntegra y legible del contrato). 

    Los Vicios de la Voluntad (Cap.II 5)

    El acto en que no hay voluntad es inexistente, mientras que el acto en que existe voluntad viciada,

    es existente pero expuesto a ser invalidado. El CC habla de “vicios del consentimiento”, no obstante,

    todo lo dicho respecto de estos debe ser entendido también para los vicios de los AJ unilaterales.

    El Error (Cap.II 5.1): la falsa representación de la realidad. Consiste en creer verdadero lo falso, o

    bien falso lo verdadero, varios autores dicen que es más bien “un vicio del conocimiento”. El

    legislador equipara al que yerra con el ignorante (siendo ésta parte del error). Cosa distinta ocurre

    con la duda, pues quien emite declaración a sabiendas de que no conoce con exactitud su contenido

    y efectos, no puede invocar luego su propio error.

      Tipos:

    o  De Derecho (Cap.II 5.1.1):  ignorancia o concepto equívoco que se tiene de unanorma jurídica, en cuanto a su existencia, alcance, inteligencia o permanencia. En

    nuestro ordenamiento este error NO vicia el consentimiento (Art.8 Nadie puede

    alegar ignorancia de la ley después de que ésta haya entrado en vigencia. Art.704,

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    inc.4° el error en materia de derecho constituye una presunción de mala fe, que no

    admite prueba en contrario). Excepciones: 

      Art.2297 se podrá repetir aun lo que se ha pagado por un error de derecho

    cuando el pago no tenía por fundamento ni aun una obligación puramentenatural 

      Art.2299 del que da lo que no debe no se presume que lo dona, a menosde probarse que tuvo perfecto conocimiento de lo que hacía, tanto en el

    hecho como en el derecho. 

    o  De Hecho (Cap.II 5.1.2): ignorancia o concepto equivocado que se tiene de unapersona, de una cosa, de un acto o, en general, de una circunstancia material 

      Clases  Esencial u Obstáculo (Cap.II 5.1.2.1): cuando es de tal magnitud,

    que la parte no habría concluido el AJ de haber conocido el

    verdadero estado de las cosas.

    o  Supuestos, art.1453   Falsa representación del acto o contrato. Ej.: uno

    entiende préstamo y el otro donación

      Error que recae sobre la identidad específica de lacosa. Ej.: vendo una vaca, me compran un caballo.

    o  Sanción (doctrina dividida en 3 posturas)   No hay consentimiento Acto inexistente   No hay consentimiento Nulidad absoluta   Vicia el consentimiento Nulidad relativa 

      Sustancial (Cap.II 5.1.2.2): Art.1454 sustancia o calidad esencial delobjeto sobre que versa el contrato es diversa de lo que se cree. Ej.:

    se cree que se compra una barra de plata, pero es de otro material

    similar. Ejemplos de “calidad esencial” 

    o  Composición de un objeto:  compro mesa de pinopensando que era roble 

    o  Paternidad de obras de arte: compró cuadro de Matta, queresultó ser una réplica 

    o  Particularidades jurídicas de una cosa: compró un fundosin saber que estaba en proceso de expropiación 

    o  Caracteres más apreciados de una cosa: blandura del pan 

    NOTA: hay discusión respecto de si la calidad de “dueño” de la

    cosa, está dentro de la categoría de error sustancial, dado que

    el art.1815 permite la venta de cosa ajena

    Sanción: nulidad relativa

      Sobre cualidades accidentales (Cap.II 5.1.2.3):  no vicia elconsentimiento, salvo que esta cualidad accidenta haya sido

    fundamental para una de las partes, y ésta haya sido conocida por

    la otra, pues así sería elevada a la categoría de esencial. En este

    único caso la sanción es nulidad relativa

      En la persona (Cap.II 5.1.2.4): no vicia el consentimiento, a menosque esa consideración sea la causa principal del contrato. 

    o  Actos patrimoniales:  generalmente no son intuitopersonae, por tanto es irrelevante la calidad personal,

    salvo: 

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      Donación  Depósito  Comodato

      Contratos onerosos que importan una “confianza”en una persona específica (mandato, sociedad civily arrendamiento de servicios) Nulidad relativa

    o  Actos familiares:  intuito personae. Vician elconsentimiento Nulidad relativa. 

    NOTA GENERAL: en los AJ bilaterales, basta que una de las partes esté

    en error que vicia el consentimiento, para que no se configure éste.

    Excepcionalmente, se exige que el error sea “compartido” cuando se

    trata de un error accidental elevado a categoría de esencial.

      Común (Cap.II 5.1.2.5): compartido por todos los habitantes de unalocalidad o por la inmensa mayoría de ellos. Cuando la voluntad de

    las partes se encuentra determinada por este error generalizado,

    se admite que los actos no quedan viciados (AJ válido y no nulo).

    Ej.: clásico. Actos autorizados por un funcionario público nombrado

    con infracción de algún requisito legal, o después de haber cesado

    en sus funciones o mientras se hallaba suspendido. Requisitos: 

    o  Compartido por todos o la inmensa mayoría de loshabitantes de una localidad

    o  Error causado por justo motivo y fundamento lógicoo  Debe existir buena fe de quienes invocan el error

    Concurriendo los 3 requisitos el error se reputa “invencible” 

    El Dolo (Cap.II 5.3): intención positiva de inferir injuria a la persona o propiedad de otro. Envuelve

    siempre la voluntad deliberada de perjudicar a otro. 3 ámbitos de actuación:

    1-  Celebración de actos y contratos: maquinaciones, mentiras u otros artificios dirigidos haciaotra persona con el fin de inducirla a otorgar un acto o celebrar un contrato que sin aquellas

    maniobras, ella no se habría efectuada.  falsa representación de la realidad, al igual que

    en el error, pero en este caso es voluntario

    2-  Cumplimiento de los contratos: procedimientos ilícitos por parte del deudor, para burlar alacreedor en el cumplimiento de las obligaciones. En este caso responderá de los perjuicios

    previstos e imprevistos.

    3-  Elemento del delito civil: comisión u omisión de un hecho realizado con la intención dedañar a la persona o bienes ajenos.

    Tipos:

    -  Por el fin que busca i.  Dolo Bueno: no tiene fin deshonesto. Busca halagos, lisonjas y exageraciones

    ii.  Dolo Malo: definido y considerado por el Código Civil  intención positiva de inferirinjuria a la persona o propiedad de otro

    -  Por la acción que se hace o no hace i.  Dolo Positivo: acción. Actos o razonamientos tendientes a representar como verdadera

    situaciones falsas

    ii.  Dolo Negativo: omisión. Ocultar sagazmente hechos verdaderos

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    1.  Reticencia: callar circunstancias que se tiene obligación de hacer saber a otro -  De la influencia que ejerció sobre la persona

    i.  Principal determinante o inductivo: determina a una persona a celebrar un acto

    ii.  Accesorio:  no determina la celebración, pero si ciertas condiciones que no habríaincluido

    El dolo como vicio del consentimiento:

    -  Actos bilaterales: es obra de una de las dos partes + principal art.1458-  Actos unilaterales:  principal (Ej.: testamento, renuncia a los gananciales,

    aceptación/repudiación de herencia, etc.) 

    Prueba del Dolo: el dolo, por RG, debe probarse, pues el Código Civil art.707 presume la buena fe

    (aun cuando está dentro de las normas de la “Posesión” se entiende extensivo a todo el Código),

    salvo cuando le ley lo presume, ej.: adquisición por terceros de un bien familiar, error de derecho

    en materia posesoria, indignidad de quien oculta dolosamente un testamento, prescripciónadquisitiva pretendida por un mero tenedor.

    *Art.1465: Condonación del dolo futuro no vale. Solo puede perdonarse el dolo una vez cometido y

    conocido por la otra parte.

    Sanción al Dolo como vicio del consentimiento (principal): nulidad relativa. Cuando el dolo no es

    principal, no vicia el consentimiento, por tanto no hay nulidad, pero si da lugar a indemnización de

    perjuicios. Contra las personas que lo fraguaron (valor total de los perjuicios), o bien que se

    beneficiaron (hasta la concurrencia de lo ganado). Si fue fraguado por dos o más personas, son

    solidariamente responsables de reparar.

    Acción/Excepción de Dolo: solo conviene alegarla a quien ha sido víctima   nadie puedeaprovecharse de su propio dolo.

    Plazo Prescripción: 4 años desde celebrado el contrato o realizado el acto jurídico (ej.: partición,

    aceptación de herencia, etc.)

    La Fuerza (Cap.II 5.2)

    Apremios físicos o morales que se ejercen sobre una persona destinados a que preste su

    consentimiento para la celebración de un acto jurídico Se opone a la libertad (coarta). Tipos:

    -  Física:  fuerza o violencia física, material o absoluta. No es un vicio en sí misma, porque

    suprime la voluntad, actúa por otro

     Acto es inexistente

    -  Moral: psíquica o compulsiva. Existe una manifestación de voluntad, pero ésta no ha sidolibre, sino que fue impuesta por amenaza actual de un mal futuro, relacionado con su vida,

    integridad física, honor o patrimonio. 

    La fuerza como vicio del consentimiento: debe ser:

    -  Injusta: mal inferido es ilegítimo, contrario a derecho. La doctrina moderna dice que aunsiendo legítimo el mal amenazado (cobro de una deuda y solicitud de quiebra), si busca

    aprovecharse desproporcionadamente de este mal, será injusto.

    -  Grave: Art.1456, inc.1°, “la fuerza es grave cuando es capaz de producir una impresión fuerte

    en una persona de sano juicio, tomando en cuenta su edad, sexo y condición” de aquí sedesprende que la amenaza debe ser verosímil. Respecto de él, o de sus familiares o cercanos. 

    i.  Supone Actualidad.-  Determinante:  art.1457, consentimiento obtenido con la amenaza debe ser inmediato y

    directo de ella. A diferencia del dolo y el error, da igual quien ejerce la fuerza. 

    Prueba de la Fuerza: la prueba de la fuerza incumbe a quien la alega.

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    Sanción a la Fuerza como vicio del consentimiento: si es injusta + grave + determinante = nulidad

    relativa (como vimos, en la fuerza física no hay voluntad, por lo que el acto es inexistente).

    Plazo Prescripción: 4 años desde el día en que la violencia hubiese cesado

    Temor Reverencial:  esto es el simple temor a desagradar a las personas a las que se les debe

    sumisión y respeto no basta para viciar el consentimiento.

    Excepción: indignidad para suceder de quien, a sabiendas de la incapacidad de una persona,

    haya prometido al difunto hacer pasar bienes a éste. Esta causa de indignidad no podrá alegarse

    contra ninguna persona de las que por temor reverencial hubieran podido ser inducidas a hacer la

    promesa del difunto, a menos que hayan procedido a la ejecución de la promesa. Art.972

    La Lesión (Cap.II 5.4)

    “Perjuicio que experimenta una persona cuando ejecuta ciertos actos jurídicos, y que resulta de la

    desigualdad existente entre la ventaja obtenida y el sacrificio hecho para obtenerla” 

    NOTA: algunas legislaciones (CC Alemán y Suizo) no solo basta el perjuicio material para que el

    desfavorecido pueda demandar los remedios, sino que además es necesario que la lesión haya sido

    determinada por la explotación de la penuria, de su ligereza o su inexperiencia (exigen un vicio

    objetivo y uno subjetivo).

    Nuestro CC no define a la lesión como un vicio del consentimiento, sin embargo, hay una

    numeración taxativa de casos en que si se considera como un vicio objetivo:

    -  Compraventa de Bienes Raíces: compraventas voluntarias (no judiciales)

     Art.1890 LesiónEnorme cuando recibe menos de la ½ del justo precio de la cosa que se vende, o bien cuando

    se paga más del doble del valor justo (al tiempo del contrato)

    i.  Comprador: podrá consentir en ella y completar el justo precio, descontado 1/10ii.  Vendedor: podrá consentir y restituir el exceso aumentado 1/10

    -  Permuta de Bienes Raíces: conforme al art.1900 se aplican las mismas reglas que para lacompraventa de bienes raíces

    -  Aceptación de una asignación hereditaria: art.1234 aquella que ha sido aceptada, sin tenerconocimiento de que en realidad el valor de la asignación disminuye en más de la mitad,

    puede ser rescindido.

    -  Partición de bienes: se rescinde la partición cuando se ha perjudicado a un comunero en másde la mitad de su cuota

    -  Mutuo: no puede exceder a una mitad al que se probaré era el interés corriente al tiempo dela convenció (podrá ser reducido por el juez)

    -  Anticresis:  se entrega al acreedor un bien raíz para que se pague con sus frutos. Mismadisposición que con el mutuo respecto de los intereses.

    -  Cláusula Penal: Art.1544, podrá pedirse que se reduzca todo lo que exceda al doble de laobligación primera.

    Sanción de la Lesión: nulidad relativa, o reducción de la desproporción en las prestaciones

    La Simulación (Cap.II 6)

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    Declaración de voluntad constitutiva de un acto jurídico se dirige por la persona que la hace a otra,

    con la cual se está de acuerdo en no querer darle eficacia real. Con el fin de engañar a terceros.

    Detrás de esta declaración, existe una contradeclaración, que esconde la verdadera voluntad de las

    partes. Aquel que tiene apariencia contraria a la realidad, o porque no existe en absoluto o porque es distinto

    al que parece.

    Nuestro CC no establece reglas de simulación, éstas han sido tratadas por la doctrina y la

     jurisprudencia basándose en el Art.1707, respecto al efecto de las escrituras privadas hechas por

    contratantes con el fin de alterar el contenido de una escritura pública (no produce efecto contra

    terceros). No obstante, el Código Penal, sanciona: “el que otorgare en perjuicio de otro un contrato

    simulado” art.471, n°2, art.466 inc.2° Código Penal 

    Tipos:

    -  Absoluta: ningún acto jurídico quiere celebrarse. Ej.: deudor que finge vender bienes a suamigo, para no ser objeto de la acción ejecutiva de los acreedores  Acto Inexistente

    -  Relativa: se celebra un acto jurídico, pero en realidad se quiere celebrar otro (dos actos: elsimulado y el disimulado), tipos

    i.  Naturaleza del acto: donación disimulada por medio de una compraventa simuladaii.  Objeto del acto: venta en $1.000.000 cuando realmente se pagaron $2.000.000, o

    bien, contratación de “persona para hacer el aseo” cuando en realidad es “prostituta” 

    iii.  Sujetos del acto (interposición ficticia): A vende a B (interpuesto), pero en realidadvende disimuladamente a C (interponente, hombre de paja, testaferro, palo blanco,

    prestanombres, etc.)  acto simulado es inexistente, acto disimulado es válido.

    Sanción de la Simulación:

    -  Entre las partes: prima voluntad real sobre la declarada (art.1707, la escritura privada quemodifica escritura pública no es oponible a terceros, pero si a las partes que la celebraron)

    -  Respecto de terceros: de buena fe, no les es oponible el acto simulado.-  Conflicto de los terceros entre sí: estando de buena fe, pueden unos alegar la simulación y

    otros no, y se tratará de forma separada para cada quien

    Medios judiciales para hacer valer la simulación:

    -  Vía Penal: castigo de los que han celebrado el acto en perjuicio de un tercero-  Vía Civil: si es absoluto declarar inexistencia, si es relativo, sanear o rescindir.

    Plazo de prescripción: contado desde que una de las partes pretende desconocer el acto oculto e

    investir de seriedad al simulado o público  Prescripción adquisitiva

    REQUISITOS DE ACTOS JURÍDICOS

    Capacidad: aptitud para adquirir derechos y ejercitarlos (de goce o capacidad jurídica y de ejercicio

    u obrar)

    Tipos:

    -  De Goce: adquisitiva, nuestro Código la llama “Capacidad Jurídica”, es la idoneidad o aptitud

    para adquirir, gozar y ser titular de un derecho (contraposición: incapaz de goce). Todas laspersonas sin distinción tienen capacidad de goce, salvo excepciones específicas: incapacidad

    para suceder o adquirir derechos hereditarios  quienes no tienen capacidad de goce +

    ejercicio se llaman “Incapaces”

    -  De Ejercicio: o capacidad de obrar, en nuestro Código se llama “Capacidad Legal”, poder deuna persona de obligarse a sí misma sin el ministerio o autorización de otra (en contraposición

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     Incapaces de Ejercicio). RG todos son capaces, salvo los que expresamente la ley declara

    legalmente incapaces. Tipos:

    i.  Absoluta: aquella que no permite celebrar ningún acto jurídico.

    1.  Personas Absolutamente Incapaces art.1447 a.  Dementes: aunque no estén interdictosb.  Impúberes (varón

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    Doctrina Moderna, estima que el Objeto: materia, utilidades o relaciones que caen bajo la voluntad

    de las partes (para nuestro CC “la prestación”). Distinguir si recae sobre una cosa o sobre un hecho

    Requisitos del Objeto (Cap.II 7.1.1)

    -  Requisitos que debe reunir el objeto que recae sobre una cosa i.  Real: existe actualmente o se espera que exista. Si la cosa no existe, debemos distinguir

    si (1) se espera que exista y es un contrato condicional, o bien si (2) se compra “la suerte”

    de que exista, en cuyo caso es “puro y simple” y se trata de un contrato aleatorio 

    ii.  Comerciable:  aquella que es susceptible de propiedad o posesión privada. Porexcepción:

    1.  Cosas excluidas del comercio humano por su propia naturaleza (cosas comunes atodos los hombres: altamar, el aire, la capa de ozono, etc.)

    2.  Cosas que por su destinación (mientras la conserven) no son susceptibles dedominio (bienes nacionales de uso público: calles, plazas, puentes, caminos, etc.)

    iii.  Determinado: al menos en cuanto a su género.1.  Especie: individuo determinado, dentro de un género específico. Ej.: El Caballo X2.  Género: individuo indeterminado, dentro de un género específico. Ej.: Un caballo.

    Art.1509 dispone que el deudor deberá cumplir con un individuo al menos de

    calidad mediana.

    -  Requisitos que debe reunir el objeto que recae sobre un hecho: positivo (hacer) o negativo(no hacer)

    i.  Determinado ii.  Físicamente posible: es imposible lo contrario a la naturaleza (irrealizable por todos). Si

    es imposible para la persona en particular, el contrato es válido y de no hacerlo deberáindemnizar los perjuicios

    iii.  Moralmente posible: es moralmente imposible lo prohibido por las leyes, o contrario alas buenas costumbres o al orden público (art.1461 final)

    Para la existencia del AJ se requiere que haya un objeto, pero para su validez se requiere además

    que este Objeto sea Lícito, por tanto si el acto es de objeto ilícito: existe pero nace con un vicio que

    lo hace susceptible de ser invalidado (por ser absolutamente nulo). Si bien se ha discutido bastante

    al respecto, la doctrina estima que es aquel que versa sobre hechos (no cosas) no prohibidas por las

    leyes o contrarios a las buenas costumbres o al orden público. Si bien el CC no define el “objeto

    lícito” si nombra casos de objeto ilícito:

    Casos del Objeto Ilícito (Cap.II 7.1.2)

    -  Actos que contravienen el derecho público chileno: art.1462, promesa de someterse en Chilea una jurisdicción no reconocida por las leyes chilenas (en Chile estas cláusulas actualmente

    son válidas para los tratados ratificados por Chile y las jurisdicciones reconocidas en DIPri)

    -  Pactos sobre sucesiones futuras: art.1463, el derecho a suceder a una persona no puede serobjeto de ningún AJ. La prohibición se extiende a actos unilaterales y bilaterales (aun cuando

    el artículo habla de “contratos”, la interpretación que se ha dado es extensiva a actos

    unilaterales también, como por ejemplo, aceptación o repudiación de herencia por

    testamento, solo puede hacerse una vez abierta la sucesión). Excepción: pacto de no disponer

    de la cuarta de mejoras (se discute si las donaciones hechas a un futuro legitimario serían otra

    excepción a la norma expresa, por constituir, por ejemplo el “primer acervo imaginario”) 

    -  Enajenación de las cosas enumeradas en el art.1464

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    i.  Cosas que no están en el comercio: por su naturaleza (alta mar, aire, etc.) o bien por sudestino (calles, plazas, mar territorial, etc.)2 

    ii.  Derechos o privilegios que no pueden transferirse a otra persona: personalísimos

    (derechos reales de uso y habitación, o derecho a pedir alimentos)3

     iii.  Cosas embargadas por decreto judicial (a menos que el juez o el acreedor consienta en

    ello) Embargo: aprehensión compulsiva, hecha por mandamiento del juez que conoce

    de la ejecución, de uno o más bienes determinados del deudor y la entrega de ellos a un

    depositario, que debe mantenerlos a disposición del tribunal, todo con el fin de asegurar

    el pago de la deuda (juicio ejecutivo). No obstante, la doctrina está de acuerdo en que el

    CC habla de un embargo en sentido “amplio”, refiriéndose con esto a todas las

    instituciones que persiguen como fin asegurar el resultado de un juicio

    1.  ¿Desde qué momento opera? desde que se notifica judicialmente al deudor.Respecto de terceros hay que distinguir:

    a.  Bienes muebles: desde que toman conocimiento del embargo

    b.  Bienes inmuebles: desde la fecha de inscripción al margen del registrorespectivo

    2.  No hay objeto ilícito en las prohibiciones voluntarias de enajenar3.  Es ilícito enajenar bienes que tienen prohibición legal de ser enajenados

    iv.  Especies de cuya propiedad se litiga (sin permiso del juez que conoce en el litigio): paraque sea efectivo el juez debe decretarlo. En el caso de los bienes inmuebles, debe

    inscribirlo al margen del registro respectivo. Siendo bienes muebles solo regirá para el

    comprador desde que éste tuvo conocimiento, para el demandado, no obstante, será

    una venta fraudulenta si estaba notificado. 4 

    Enajenación:

    i.  Sentido estricto: transferencia del derecho real de dominioii.  Sentido amplio: transferencia del dominio o la constitución de cualquier otro derecho

    real

    La mayoría de la doctrina considera que el CC habla se refiere al sentido amplio.

    NOTA: la adjudicación (singularización de un derecho que se tiene en común con otra

    persona sobre una cosa), no constituye enajenación

    En nuestro ordenamiento existe la dualidad “título – modo” lo que significa que para adquirir un

    derecho real se requiere de un acto o contrato que sirva de antecedente jurídico (ej.: compraventa)

    y un modo de adquirid (ej.: tradición). Luego, la compraventa de las cosas contenidas en el art.1464,es perfectamente válida, atendido a que la compraventa no constituye enajenación. Sin embargo,

    el art.1810  establece que “pueden venderse todas las cosas corporales o incorporales cuya

    enajenación no esté prohibida por ley”, por tanto, prohibiendo el art.1464 ciertas enajenaciones,

    estaría prohibida la compraventa de esas cosas también (esta prohibición legal habla de las cosas

    que “por ningún motivo” pueden enajenarse, por tanto, se refiere al n°1 y 2 del art.1464).

    -  Actos contrarios a la ley, la moral y las buenas costumbresi.  Condonación del dolo futuro: art.1465. El dolo solo puede perdonarse o condonarse

    por la persona que fue víctima de él, una vez que lo ha conocido, por declaración

    explícita.

    2 Parte importante de la doctrina considera esta redundancia como un error del Código, al decir que hay objetoilícito en comerciar cosas que no están en el comercio humano, no obstante, estas cosas harían que faltaraobjeto, pues en virtud del art.1461, el objeto debe ser comerciable, y el acto sería inexistente, y no nulo3 No ocurre, en este caso, la situación anterior, pues estos objetos si son susceptibles de comercio humano,pero son “inalienables”, esto quiere decir que no son susceptibles de ser transferidos a otras personas 4 El art.1464 n°4 está demás, toda vez que la voz “prohibición de enajenar” e inscripción respectiva, ya estácontenida en el art.1464 n°3, de las cosas embargadas.

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    ii.  Deudas contraídas en juegos de azar: primera parte del art.1466. Son lícitos los juegosen que predomina la fuerza o destreza corporal (obligaciones civiles perfectas) y

    aquellos juegos en que predomina la destreza o habilidad mental (obligaciones

    naturales). En ambos casos siempre que no se contravengan reglamentos de policía.Por RG son ilícitos los juegos de azar (dependen de la suerte), los actos que versan sobre

    tales juegos son anulables por ilicitud de objeto. Excepcionalmente, la ley puede

    permitir juegos de azar, como son la Polla Chilena de Beneficencia, la Lotería de

    Concepción y la ley N°19.995 que permite la creación de Casinos de Juegos de Azar.

    iii.  Venta de libros prohibidos o de objetos considerados inmorales: segunda parte delart.1466, objeto ilícito en venta de libros, láminas, pinturas y demás que su circulación

    esté prohibida por autoridad competente.

    iv.  Actos prohibidos por la ley: art.1466 final, RG: objeto ilícito en todo contrato prohibido

    por las leyes, por tanto nulo, a menos que la misma ley establezca una sanción distintaque la nulidad.

    La Causa (Cap.II 7.2)

    Definiciones (Cap.II 7.2.1)

    -  Causa Eficiente: antecedente que da vida a lo que antes no existía. Las fuentes de lasobligaciones, son sus causas eficientes. Ej.: causa eficiente de la obligación del vendedor de

    entregar la cosa al comprador, es el contrato de compraventa

    -  Causa Final: fin directo e inmediato (e invariable agrega Claro Solar) de un acto. Idéntico enlos actos y contratos de la misma especie. Ej.: fin de todo comprador es incorporar en su

    patrimonio una cosa, y la causa o fin del vendedor en toda compraventa es procurarse dinero,

    a cambio de la entrega de una cosa.

    -  Causa Ocasional: motivos individuales que han llevado a realizar el acto. Ej.: para elcomprador puede ser causa ocasional la necesidad de hacer un regalo a su esposa.

    Evolución Histórica del concepto de causa:

    Derecho Romano: no lo desarrolló, sin embargo exigía para todo enriquecimiento causa justa

    Derecho Canónico Medieval: faculta al juez para indagar en los móviles que determinan a las partes

    a contratar. Cautela que la declaración de voluntad no persiga un fin reprochable.

    Jean Domat (francés s.XVII): “Teoría clásica de la causa”, se concentra en la causa de la obligación,

    descartando así los móviles o motivos del acto o contrato.

    Pothier (s.XVIII): considerado el padre espiritual del Código Civil Francés. Si bien no definió la “causa”

    en los escritos que pasaron al Código Civil Francés, inspiró la mayoría de los artículos de éste. Que

    luego pasaron al Código Chileno, donde sí se definió.

    Doctrinas elaboradas en relación con la causa (Cap.II 7.2.2)

    Causalistas: (Capitant, Josserand y Ripert, Francia  – Ferrara, Santoro Passarelli y Betti, Italia) para

    que el AJ exista, requiere causa lícita.Anticausalistas: (Planiol, Giorgi, Laurent y Dabin) la causa es indiferente, artificial y prescindible. Para

    Planiol la causa es lo mismo que el objeto, para Dabin queda absorbida por el consentimiento.

    No obstante* la mayoría de los CC actuales señalan expresamente la necesidad de una causa.

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    Corrientes Doctrinales:

    -  Doctrina Tradicional: Domat y seguidores. Centro el estudio de “la causa de las obligaciones”que emanan de los contratos  criterio objetivo.

    i.  Bilaterales: obligación correlativa es la causaii.  Reales: causa de restituir se encuentra (devolución) de la cosa que se ha recibido

    iii.  Gratuitos: Para Domat, la causa está en el motivo racional y justo en que se funda laobligación; Pothier dice que la causa es la intención liberal (propósito de hacer una

    liberalidad)

    -  Doctrina Italiana: si bien considera la causa como un “criterio objetivo”, se centra en labúsqueda de la “causa del acto o contrato”. Así, la causa del acto o contrato, sería la función

    económico-social perseguida por él. Ej.: causa de la compraventa producir un intercambio de

    cosa por precio.

    -  Doctrina del móvil o motivo determinante: de causa ocasional o impulsiva, difiere de las

    anteriores, pues estructura el concepto de causa en torno a un “criterio subjetivo”, así lacausa es el móvil que lleva a la persona a celebrar un AJ.

    -  Doctrina Anticausalista: Planiol se revela contra la doctrina clásica causalista, a la cual tildade “falsa e inútil a la vez”, porque: 

    i.  Bilaterales: las obligaciones correlativas nacen al mismo tiempo, mal podrían ser causauna de la otra, si se considera que la causa debe preceder al acto.

    ii.  Reales: entrega de la cosa no sería causa de la obligación, sino requisito para que elcontrato se perfeccione

    iii.  Gratuitos: confunde la causa con los motivos. Además inútil, pues la falta de intenciónliberal vendría a constituir falta de consentimiento.

    Teoría de la Causa en el Código Civil Chileno (Cap.II 7.2.3)El art.1445 dispone que para que una persona se obligue con otra, debe haber “causa lícita” 

    El art. 1467 agrega que “no puede haber obligación sin causa real y lícita”, a su vez el inc.2° del

    mismo artículo define la causa diciendo que “se entiende por causa el motivo que induc e al acto o

    contrato” . Al respecto surgen preguntas interpretativas:

    -  ¿Qué es lo que debe tener causa: el acto o la obligación? Dos argumentos: i.  Causa de la Obligación: art.1467 “no puede haber obligación sin causa”, mientras que el

    art.1445 dispone que “la causa es requisito para que una persona se obligue a otra”,

    además el CC se dictó en pleno auge de la doctrina clásicaii.

     Causa del Acto: art.1445 está requiriendo causa para que una persona se obligue “porun acto o contrato” con otra. La definición legal de causa del art.1467 dispone que éstainduce al acto o contrato.

    -  ¿Cuál es el criterio que adopta en materia de causa: objetivo o subjetivo? Dos argumentos:i.  Criterio Objetivo: es el criterio de la doctrina clásica sobre la cual se habría inspirado

    Bello. El art.1467 exige que esta una “causa real”, admitiendo que es posible que lasobligaciones no tengan causa real, cuestión que no admite el criterio subjetivo.

    ii.  Criterio Subjetivo: a diferencia del CC Francés, el CC lo definió como el “motivo”. Al existircausa real y lícita se está facultando al juez para indagar por el motivo que realmentedeterminó la celebración del acto o contrato.

    -  Doctrina ecléctica:  en opinión de Vial, es necesario distinguir entre “causa del acto ocontrato” y “causa de la obligación” 

    i.  Causa del acto o contrato: es el “motivo”, en su sentido natural designa móvilespsicológicos, individuales y subjetivos (criterio subjetivo)

    ii.  Causa de la obligación: legislador define la causa como un abstracto e idéntico (objetivo)

    Requisitos de la causa (Cap.II 7.2.4)

    Causa Real (Cap.II 7.2.4.1): lo normal es que los actos tengan por causa la que ordinariamente se

    tiene en ellos. Por tanto, quien alega la ausencia de causa, deberá probarla. Dos ejemplos:

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    -  Falta de causa en los contratos simulados: no hay motivo real para contratar, solo el engaño-  Falta de causa en los actos que tienen como único motivo la creencia errada de que existe

    una obligación: promesa de dar algo en pago de una deuda que no existe (carece de causa)

    Faltando la CAUSA el acto o contrato es inexistente.

    Causa Lícita (Cap.II 7.2.4.2): art.1467 inc.1°, causa ilícita es la prohibida por ley, o contraria a las

    buenas costumbres o al orden público. Ej.: la promesa de dar algo en recompensa a un crimen o de

    un hecho inmoral, tiene causa ilícita art.1467, inc.2° y 3°)  Sanción: Nulidad Absoluta (art.1682)

    Actos Causales y Abstractos: dependiendo si la causa se toma en cuenta o no al constituirse los

    actos jurídicos, éstos se clasifican en causales y abstractos. La mayoría de los actos son causales, no

    obstante, el legislador ha creado “actos abstractos” para evitar que el deudor, pretendiendo falta o

    ilicitud de la causa, trunque la adquisición o circulación de un título de pago, como ocurre, por

    ejemplo con la letra de cambio (cuya causa es irrelevante para su constitución).

    Solo la ley puede establecer actos abstractos, dado que nuestra legislación dispone que la causa eselemento esencial del acto o declaración de voluntad. Por tanto, solo la ley puede excepcionarla.

    Actos Abstractos en la Legislación Chilena:

    -  Delegación-  Estipulación en favor de tercero-  La fianza-  Demás contratos de garantía por deuda ajena-  Ciertos títulos de crédito: como la letra de cambio

    Las Formalidades (Cap.II 7.3)

    Concepto (Cap.II. 7.3.1): Son ciertos requisitos que dicen relación con la forma o aspecto externo

    que deben revestir ciertos actos jurídicos, exigidas por la ley para la existencia de ellos, su validez,

    su prueba u otro efecto determinado.

    Tipos de Formalidades:

    -  Solemnidades (formalidades propiamente tales) (Cap.II 7.3.2)i.  Requeridas para la existencia de un AJ: requisitos externos que la ley exige para la

    celebración de ciertos actos. Son un requisito esencial para la existencia del AJ, al igual

    que la voluntad, el objeto y la causa, no obstante, algunos argumentan que no constituyeun requisito de existencia en sí mismo, pues al ser exigido por la ley, es la forma en que

    se debe manifestar la voluntad. Antiguamente el derecho era muy formalista, hoy ha ido

    derivando en “consensual” (como un elemento de “la autonomía de la voluntad”),

    primando la voluntad por sobre las formalidades. Las partes podrán fijar formalidades,

    por ejemplo “escritura pública en compraventa de bien mueble”, no obstante, las partes

    podrán retractarse antes de que se otorgue la escritura, o bien, que se principie la

    entrega de la cosa vendida (art.1802), por tanto se prefiere el carácter consensual al

    formalismo elegido por las partes. Ej.:

    1.  Escritura pública en compraventa de bien inmueble2.  Escrituración de contrato de promesa

    Sanción: inexistencia del AJ art.1701 “la falta de instrumento público no puede suplirse

    por otra prueba en los actos y contratos en que la ley requiere esa solemnidad, y se mirarán

    como no ejecutados o celebrados, aun cuando en ellos se prometa reducirlos a escritura

    pública dentro de cierto plazo, bajo cláusula penal: esta cláusula no tendrá efecto alguno”. 

    ii.  Requeridas para la validez de un AJ: la ley exige formalidades para que el acto, yaexistente, sea válido. Ej.: testamento solemne, requiere de un cierto número de testigos

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    para su otorgamiento, si no se cumple con el requisito el testamento existe, pero es

    susceptible de ser anulado. Ej.2: insinuación de las donaciones (trámite judicial).

    Sanción a la ausencia de estas formalidades  Nulidad absoluta.

    -  Formalidades habilitantes (Cap.II 7.3.3): requisitos que la ley impone, velando por losintereses de los incapaces. 3 especies de formalidades habilitantes:i.  Autorización: permiso que debe dar el representante legal de un incapaz o la autoridad

     judicial para que éste celebre un AJ. A veces la formalidad habilitante de autorización la

    requiere el representante legal, por ejemplo, cuando el tutor (padre) quiere enajenar

    uno de los bienes raíces del hijo, requiere de autorización judicial.

    ii.  Asistencia: concurrencia del representante legal al acto que el incapaz celebra,colocándose jurídicamente al lado de éste. A diferencia de la “autorización”, en la

    asistencia es un asentimiento coetáneo (en el acto mismo, no previo).

    iii.  Homologación: aprobación judicial de actos celebrados por otros sujetos, previo controlde legitimidad. Ej.: partición con personas ausentes. Terminada la partición, ésta queda

    sujeta a aprobación judicial. Revisando especialmente si se han respetado los derechosdel ausente, si la respuesta es afirmativa, aprueba el laudo, de lo contrario la modifica

    en lo que estime pertinente.

    Sanción por falta de formalidad habilitante: nulidad relativa, pues se omite una formalidad

    establecida en consideración del estado o calidad de las personas, art.1682

    -  Formalidades de prueba (Cap.II 7.3.4): sirven como prueba de la realización de AJ y sucontenido. La forma aquí no desempeña la función de elemento de existencia o validez, sino

    que sirve para la prueba del mismo. Ej.: contrato que contiene la entrega o promesa de una

    cosa de más de 2UTM debe constar por escrito (excepto los del art.1711, pagaré de más de

    2UTM como pago por una cosa que ha de recibir el deudor, admite prueba por testigos. Encaso de que haya sido imposible prueba por escrito y demás excepciones que contenga el CC). 

    Sanción: priva algún determinado medio de prueba, pero el acto es existente y válido.

    -  Medidas de publicidad (Cap.II 7.3.5):  por objeto proteger a terceros que puedan versealcanzados por los efectos del AJ. 

    i.  Simple Noticia: llevar a conocimiento de los terceros las relaciones jurídicas quepuedan tener interés en conocer. Notificación a terceros posiblemente interesados (Ej.:

    notificación por diario de circulación comunal con 3 avisos en casos de interdicción por

    demencia)

    Sanción: persona que debía informar, se hace responsable del perjuicio. Es un“cuasidelito” 

    ii.  Sustanciales: tiene por objeto precaver a los terceros interesados (aquellos que estáno estarán en relaciones jurídicas con las partes). Ej.: notificación que debe hacerse al

    deudor de la cesión de un crédito.

    Sanción: ineficacia del acto respecto de terceros inoponibilidad frente a terceros.

    EFECTOS DE LOS ACTOS JURÍDICOS

    Efectos: derechos y obligaciones que de ellos emanan

    Art.1444, distinción:

    -  Esenciales:  determinados por ley, se producen obligatoriamente como consecuencia de lacelebración. Ej.: en la compraventa, obligación de entregar la cosa y por la otra pagar el precio

    -  Naturales: aquellos que estando establecidos por ley, pueden ser eliminados por una cláusulaespecial. Ej.: en la compraventa, la obligación de sanear la evicción (puede ser renunciada)

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    -  Accidentales: aquellos que las partes, en virtud de la autonomía de la voluntad pueden agregara su arbitrio. Ej.: en la compraventa, las partes pueden acordar un pacto comisorio

    Personas respecto de las cuales se producen los efectos jurídicos: principio de relatividad, o efecto

    relativo de los contratos. Obliga “a las partes”, excluyendo a los “terceros” 

    - Parte: aquellos que personalmente, o representados, concurren a la formación del acto. Cada parte

    representa un “centro de interés”   voluntad, elemento central (en muchos actos, testigos y

    notarios están presentes en la celebración de los actos, pero no son parte).

    - Tercer: toda persona que no ha participado ni ha sido válidamente representada en la generación

    del acto. Distinción:

    -  Absolutos: persona ajenas a la celebración y que no están ni estarán relacionadas con las partes.El acto para ellos no produce ningún efecto.

    -  Relativos: terceros que están o estarán relacionados jurídicamente con las partes, sea por supropia voluntad o por la ley:

    i.  Herederos, sucesores, causahabientes a título universal: aquellos a quienes se transmitentodos los derechos y obligaciones transmisibles del autor o de una parte o cuota de tales

    derechos y obligaciones  una parte dice que no son “terceros” pues asumen el papel de

    parte

    ii.  Sucesores o causahabientes a título singular: aquellos a quienes se transfieren derechosdeterminados, sea por causa de muerte (legatarios) o por acto entre vivos (tradición).

    Pueden verse afectados por efectos de ciertos actos que digan relación con el bien o

    derecho transferido.

    iii.  Acreedores de las partes: pueden verse afectados cuando las relaciones del deudor con otra

    parte en un AJ, involucra un detrimento en su capacidad de pago, ej.: venta de un bienimportante, en un deudor con poca capacidad de pago.

    Excepciones al Efecto Relativo de los AJ

    Tienen lugar cuando un “tercero absoluto” resulta obligado o favorecido en un contrato ajeno. 

    -  Estipulación en favor de otro: art.1449 partes: estipulante y promitente. El beneficiario no esparte, pero es el único que puede solicitar el cumplimiento, pero no la resolución. Otra parte de

    la doctrina sostiene que no es “un tercero”, pues al aceptar el beneficio pasa a ser parte. 

    -  Promesa de hecho ajeno: no es una excepción propiamente tal, porque para producir efectosrequiere de la aceptación del “tercero”, con lo que éste pasa a ser parte. 

    -  Novación: art.1645, entre acreedor y un deudor solidario, dicha novación libera a los codeudoressolidarios o subsidiarios que no formaron parte de la novación

    El Efecto Absoluto, indirecto, erga omnes: no genera obligaciones para el resto, pero se convierte

    en un hecho social que debe ser reconocido por terceros. Por tanto es falso que un contrato no sea

    oponible a terceros, en realidad es oponible, pero como un hecho social, no como una fuente que

    genera obligaciones y crea derechos para él. Ej.: en las quiebras, cuando se verifica un crédito, los

    demás acreedores no pueden desconocerlo aduciendo que emana de un contrato que no les

    empece. Ej.2: contratos celebrados entre deudor y un tercero, para burlar la posibilidad de cobro del

    acreedor, puede ser revocado por acción Pauliana

    NOTA: Teoría de Interferencia en contratos Ajenos: reconocida por la Ley de Competencia Desleal,

    sanciona en su art.4, f) “Toda conducta que persiga inducir a proveedores, clientes u otros

    contratantes a infringir los deberes contractuales contraídos con su competidor”. 

    INEFICACIA DE LOS AJ (Cap.II 8)

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    Posición de Arturo Alessandri para sostener que …(Cap.II 8.3.3)

    Quienes sostienen que la “inexistencia” no está sancionada en el CC, argumentos: 

    -  Art.1682: es nulidad absoluta la producida por la omisión de algún requisito o formalidad que lasleyes prescriben para el valor de ciertos actos o contratos en consideración a la naturaleza de ellos

    y no al estado o calidad de las personas que los ejecutan o acuerdan (CC engloba todos los

    requisitos exigidos, tanto para la validez como para la existencia) 

    -  Art.1447, inc.1°:  legislador declara que son absolutamente nulos los actos celebrados pordementes, impúberes y por sordos mudos que no se puedan dar a entender claramente, no

    obstante, el requisito de voluntad no existe en los actos que ellos celebran o ejecutan, por tanto,

    queda manifiesto que la sanción para los "actos inexistentes” es en realidad la nulidad absoluta. 

    -  Si bien el CC no señala como causa de nulidad absoluta la “falta de objeto”, menciona al “objetoilícito”, así, el CC equipara al “hecho imposible” (física y absolutamente imposible) con el “hecho

    ilícito” (moralmente imposible, o contrario a las leyes, buenas costumbres y orden público).

    Considerando que el hecho imposible no solo “no existe” sino que “no puede existir”, constituye

    la falta de objeto más radical, y sin embargo para la ley es lo mismo que objeto o hecho ilícito,

    sancionándolo con la nulidad absoluta.

    -  CPC art.464 n°14: enumera taxativamente las excepciones que pueden oponerse en los juiciosejecutivos, menciona la “nulidad de la obligación”, no señala “la inexistencia de la misma”, por

    tanto, se entiende que la nulidad comprende dentro de sí a la inexistencia.

    Principales diferencias entre la inexistencia y la nulidad (Cap.II 8.3.4)

    -  Nulidad debe ser declarada por un tribunal inexistencia no (ambos requieren una manifestación judicial, pero la primera declara, la segunda constata)

    -  El acto nulo produce efectos hasta que su vicio se declare judicialmente, el acto inexistente noproduce efectos

    -  El acto nulo puede sanearse por transcurso del tiempo (Absoluto: 10 años, Relativo: 4 años), elinexistente no puede sanearse pues no existe

    -  La nulidad relativa puede ratificarse (absoluta no), el acto inexistente no puede ser ratificado-  Desde el punto de vista de las personas que pueden alegarlas:

    i.  Nulidad relativa pueden alegarla quienes en cuyo beneficio la han establecido las leyesii.  Nulidad absoluta solo puede ser alegada por quienes tengan interés en ello (salvo el que ha

    celebrado debiendo conocer el vicio, art.1683)

    iii.  La inexistencia puede ser alegada por cualquier persona-  Nulidad una vez declarada produce efectos solo respecto de las partes, la inexistencia puede ser

    aprovechada por cualquier persona

    Cuadro Resumen (Javiera Albarrán Hola)

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    La Ineficacia por Nulidad (Cap.II 8.4…): título XX, libro IV, art.1681  – 1697. Se extiende a todo el

    ordenamiento de Derecho Privado, más no al Derecho Público (tiene sus propias reglas)

    Concepto: Art.1681, inc.1° “sanción legal establecida por la omisión de los requisitos y formalidades

    que se prescriben para el valor de un acto según su especie (absoluta) y la calidad o estado de las

     partes (relativa)” . Art.1681, inc.2° “La nulidad puede ser absoluta o relativa” 

    Nulidad Absoluta: sanción legal impuesta a los actos celebrados con omisión de un requisito exigido

    en consideración a su naturaleza o especie

    Nulidad Relativa: sanción legal impuesta a los actos celebrados con prescindencia de un requisito

    exigido en atención a la calidad o estado de las partes (el acto no tiene ningún defecto en sí, sino en

    ciertas consideraciones en atención a la persona que lo celebra, su alcance es limitado, relativo).

    NOTA: en general en doctrina al hablar de “nulidad” se refiere a la nulidad absoluta, y al hablar de

    “anulabilidad o rescisión” se refiere a la nulidad relativa. Por eso el título del CC es “Nulidad y

    Rescisión”. 

    Art.1682 final: “cualquier otra especia de vicio produce nulidad relativa”, por tanto la RG es la

    nulidad relativa.

    Diferencias entre Nulidad Absoluta y Relativa (cuadro resumen Bozzo e Ibarra), contenido en este

    cuadro resumen Cap.II 8.4

    (Ver cuadro en página siguiente)

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    Principios aplicables a ambas clases de nulidad

    -  Las nulidades son de derecho estricto. No pueden aplicarse o interpretarse por analogía-  La nulidad no puede renunciarse anticipadamente

    -  La ausencia del requisito o el vicio de éste que produce la nulidad debe existir al momento de lacelebración, y no posteriormente

    -  Cuando dos o más personas han contratado con un tercero, la nulidad declarada a favor de una deellas no aprovecha a las otras

    -  La nulidad debe hacerse valer en juicio como acción o excepción-  Toda nulidad, solo produce efectos en virtud de una sentencia judicial basada en autoridad de cosa

     juzgada (una vez declarada opera retroactivamente).

    Nulidad Total y Nulidad Parcial del AJ: el vicio de nulidad puede afectar al AJ en todo o en una parte.

    Para determinar los efectos habrá que evaluar si la cláusula nula es esencial o necesaria para la

    validez, o si bien es accidental al contrato.

    Ineficacia por Nulidad Absoluta (Cap.II 8.4): 

    Concepto (Cap.II 8.4.1): sanción legal impuesta a los actos celebrados con omisión de un requisito

    exigido en consideración a su naturaleza o especie. Tendiente a cuidar la moral y la ley, se dice que

    protege la primera y obtiene la observancia de la segunda.

    -  Causales (Cap.II 8.4.2) i.  Objeto Ilícitoii.  Causa Ilícita

    iii.  Incapacidad absolutaiv.  Omisión de ciertos requisitos o formalidades que las leyes prescriben para el valor de

    ciertos actos, en consideración a la naturaleza de ellos

    Para quienes no aceptan la “Teoría de la Inexistencia” en nuestro CC, hay que agregar:

    v.  Falta de Voluntadvi.  Falta de Objeto

    vii.  Falta de Causaviii.  Omisión de ciertos requisitos o formalidades que las leyes prescriben para la existencia 

    de ciertos actos, en consideración a la naturaleza de ellos

    -  Declaracióni.  Art.1683, Puede y debe ser declarada por el juez, aun de oficio, cuando aparece de

    manifiesto en el acto o contrato

    ii.  Demás información contenida en cuadro resumen página 25. 

    Ineficacia por Nulidad Relativa (Cap.II 8.5):

    Concepto (Cap.II 8.5.1): sanción legal impuesta a los actos celebrados con prescindencia de un

    requisito exigido en atención a la calidad o estado de las partes (el acto no tiene ningún defecto en

    sí, sino en ciertas consideraciones en atención a la persona que lo celebra, su alcance es limitado,

    relativo).

    -  Causales (Cap.II 8.5.2) i.  Actos de los relativamente incapacesii.  Error sustancial

    iii.  Error en calidad de accidental, cuando dicha calidad haya sido el fundamento principalpara contratar y éste fue conocido por la ora

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    iv.  Error en la persona, en los casos en que fue determinantev.  Fuerza grave, injusta y determinante

    vi.  Dolo determinante (que en los actos bilaterales, debe ser además obra de una de las

    partes)vii.  Omisión de formalidades exigidas en consideración al estado o calidad de las personas que

    celebran o ejecutan el acto

    viii.  La lesión, en los casos previstos por la ley

    En el cuadro resumen de la página 25, hay que considerar: 

    NOTA: la siguiente excepción: un incapaz puede hacerse pasar por capaz (diciendo que es mayor de

    edad, o bien que no está interdicto), en cuyo caso podrá alegar luego la nulidad del contrato, no

    obstante, si para sostener esta mentira, hubo elementos dolosos, por ejemplo falsificación de un

    certificado de nacimiento o certificado médico, en este caso no hay ninguna negligencia por parte

    de la otra parte, por tanto no podrá alegar la nulidad, pues no se le podría pedir al otro contratante

    que presumiera la mala fe del “oculto incapaz”. 

    NOTA2: agregar a la ratificación, lo siguiente:

    Clases de Ratificación

    -  Expresa: se produce cuando la parte que tiene derecho a pedir la rescisión de un AJ formulauna declaración en la cual, en términos explícitos y directos, manifiesta su voluntad de validar

    dicho acto (hace desaparecer el vicio)

    -  Tácita: la “ejecución voluntaria de la obligación contraída”, aquella que se realiza en forma librey espontánea (otros agregan: conociendo la posibilidad de anulabilidad del AJ). Para la mayoría

    de la doctrina, basta que “comiencen a ejecutarse”, podrían quedar obligaciones pendientes y

    se entendería ratificado tácitamente.

    Características:

    -  AJ Unilateral-  AJ Accesorio-  AJ Irrevocable-  Opera con efecto retroactivo, se supone que siempre fue válido

    Requisitos:

    -  Solo opera para la nulidad relativa

    -  Siempre debe emanar de la parte que tiene derecho para alegar la nulidad-  La persona que ratifica debe ser capaz de contratar-  Debe realizarse en tiempo oportuno (antes de la declaración de nulidad)-  Debe efectuarse después de haber cesado la causa de invalidez (no debe encontrarse activo el

    vicio que dio origen a la nulidad relativa, y además éste debe ser conocido)

    -  Tratándose de ratificación expresa, deberá hacerse con las formalidades que la ley expresa (lasmismas que el acto que se quiere ratificar)

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    Efectos de la Nulidad (Cap.II 8.5.9) en Cuadro Resumen páginas 28 y 29, Bozzo e Ibarra

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    LA CONVERSIÓN (Cap.II 8.5.10): se dice que hay conversión cuando un AJ inválido se utiliza para

    producir los efectos de otro AJ cuyos requisitos esenciales reúne. Cuando hay conversión, en lugar

    de acto nulo, se entiende celebrado el otro, si hay razones para suponer que las partes, de haber

    sabido que celebraban un acto nulo, habrían encaminado su voluntad a éste. Ej.: Letra de cambio

    que no llena todos los requisitos exigidos por la ley   puede surtir los efectos propios de un

    reconocimiento abstracto de deuda.

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    INEFICACIA EN SENTIDO ESTRICTO

    Hay ineficacia en sentido estricto cuando el acto que por sí sería idóneo para producir los efectos

    que le son propios no los genera o deja de producirlos, por un hecho extrínseco. El acto existe y es

    válido, no obstante, llegar a ser improductivo de efectos por una circunstancia sobreviniente yextraña a su estructura (llamados “requisitos de eficacia”). 

    La simple ineficacia puede darse en relación con las partes o con los terceros, y puede ser originaria

    o sucesiva.

    I-  La Suspensión: cuando los efectos del AJ quedan subordinados a la ocurrencia de unhecho, y ésta todavía no se ha verificado. Puede ser: condición suspensiva, o legal (Ej.:

    muerte del testador es condición legal necesaria para que el testamento produzca

    efectos. El matrimonio es condición en las capitulaciones matrimoniales). Si bien se

    denomina suspensión, ésta es transitoria, hasta que se verifique la condición. La

    suspensión puede transformarse en definitiva si se verifica que la condición no podrállegar a darse (Ej.: capitulaciones matrimoniales y antes del matrimonio uno de los

    novios muere). 

    II-  La Resolubilidad: situación de un AJ cuyos efectos pueden cesar y eliminarse la eficaciade los ya producidos si sobreviene un hecho determinado o el acto de un sujeto cuya

    declaración de voluntad es capaz de provocar esas consecuencias.

    a.  Condición Resolutoria Ordinaria: hecho futuro e incierto a cuyo cumplimiento laspartes subordinan la extinción de un derecho (Ej.: un padre da en comodato a su

    hijo una casa hasta que éste se traslade a Europa). 

    b.  Condición Resolutoria Tácita:  ley faculta a la parte diligente en un contratobilateral, para pedir a su arbitrio o la resolución del contrato o el cumplimiento del

    mismo, con indemnización de perjuicios en cualquiera de las dos hipótesis, art.1489

    III-  La Revocabilidad: declaración de voluntad unilateral, que consiste en la retractación deun precedente AJ, incluso bilateral, consentida por la ley al autor de dicha retractación.

    Hay actos que por su propia naturaleza son revocables, como por ejemplo los

    testamentos (unilateral), u otros bilaterales: mandato, al que puede poner término la

    revocación hecha por el mandante, art.2163.

    No obstante, otros contratos por sus características son irrevocables, ejemplo por

    antonomasia, la compraventa.NOTA: también se habla de “revocabilidad” en el CC, para referirse a la disposición del

    deudor en fraude de los acreedores, esos actos pueden dejarse sin efecto frente a los

    acreedores, que hayan ejercitado la acción revocatoria o Pauliana, y en la medida que

    perjudiquen sus créditos.

    IV-  El Desistimiento Unilateral: término de la relación contractual decidido por una de l