LOGO DE LA EMPRESA
NDICE
3INTRODUCCIN
4CAPTULO I
4RESUMEN EJECUTIVO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA
4CAPITULO II
4OBJETIVOS Y ALCANCES
4A. Objetivos
4B. Alcances
5C. Finalidad
6CAPITULO III
6LIDERAZGO, COMPROMISO Y LA POLTICA DE SEGURIDAD Y SALUD
6A. Liderazgo y compromiso
6B. Poltica de Seguridad y Salud
8CAPITULO IV
8ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES
8A. Funciones y responsabilidades
8De la empresa:
9De los Trabajadores
De los Supervisores9
10B. Infracciones y Sanciones
10Infracciones:
11Sanciones y Reclamos:
12C. Organizacin interna de seguridad y salud en el trabajo
12Funciones y Responsabilidades del Comit de Seguridad y Salud
en el Trabajo
15Programa Anual
15Mapa de Riesgos
15D. Implementacin de registros y documentacin del Sistema de
Gestin
16E. Funciones y Responsabilidades de las Empresas que brindan
servicios
17CAPITULO V
17ESTNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES O
PROCESOS
Disposiciones Generales de los Procesos
Administrativos17Aspectos ergonomicos..18 Iluminacin.19
Ventilacin y Aire Acondicionado19
Orden y Limpieza...19
Trabajos elctricos....20 Almacenamiento de materiales...21
Equipos de Proteccin Personal....22
23CAPITULO VI
23ESTNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES
CONEXAS
Condiciones especficas de instalacin.2323Mantenimiento de
Equipos y Herramientas
24CAPITULO VII
24ESTNDARES DE CONTROL DE PELIGROS EXISTENTES Y RIESGOS
EVALUADOS
24Conservacin de los locales de trabajo
24Comedor
24Condiciones de seguridad en las instalaciones civiles.
24Requisitos mnimos de seguridad contra accidentes elctricos
25Factores tcnicos y humanos en las causas de los accidentes
25Estadsticas de accidente de trabajo
26Notificacin de los accidentes
26Investigacin de accidentes
26Registro de accidentes de trabajo
27Enfermedades ocupacionales:
27CAPITULO VIII
27PREPARACIN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIAS
27A. Prevencin y proteccin contra incendios
27A.1. Prevencin de incendios
27B. Proteccin contra incendios
27B.1. Condiciones generales
B.2. Extintores Porttiles.....2828C. Primeros auxilios
28C.1. Generalidades
28C.2. Reglas generales
29C.3. Tratamientos
291. Desmayo o prdida de conocimiento
292. Heridas con hemorragias
293. Fracturas
294. Quemaduras
295. Respiracin boca a boca
30G.4 Botiqun de primeros auxilios
30CAPITULO IX
30MODIFICACIONES Y VIGENCIA
30Vigencia
31TELFONOS PARA CASOS DE EMERGENCIA
INTRODUCCIN
La prevencin de riesgos profesionales puede cumplirse si todos
los integrantes de nuestra empresa toman conciencia que Produccin y
Calidad ya no pueden estar separados de la Seguridad.
Por lo tanto, un Sistema de Prevencin dota a la empresa de una
mayor ventaja competitiva en el mercado y mejora su imagen frente
al consumidor, adems, su productividad se incrementa gracias al
mejor aprovechamiento del potencial humano y de sus recursos
materiales.
SAEG CONTROLS SAC. es conciente de su responsabilidad con sus
trabajadores, clientes internos y clientes externos, habiendo
establecido como meta principal proporcionar y mantener
instalaciones en condiciones que ofrezcan un ambiente de trabajo
seguro y saludable, que permita una eficiente y continua labor en
armona con los ecosistemas en que desarrollan sus operaciones. Por
lo tanto, considerar los accidentes de trabajo como una
consecuencia del incumplimiento de las normas establecidas en el
presente Reglamento. La utilizacin diversificada de mquinas
modernas, se convierten en razones fundamentales para respetar las
normas de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Por este motivo, el presente Reglamento de Seguridad y Salud en
el Trabajo ha sido elaborado para la lectura y comprensin de
nuestros trabajadores internos y externos con el fin de dar
estricto cumplimiento a las normas descritas en el mismo, lo que
nos garantizar el desarrollo de actividades en la empresa en forma
segura.
CAPTULO I
RESUMEN EJECUTIVO DE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA
SAEG CONTROLS SAC., inicia sus operaciones en el ao 2000, es una
empresa dedicada a brindar soluciones integrales de Automatizacin
Industrial, Edificios Inteligentes, Manejos de Fluidos y sistemas
de Proteccin Contra Incendios, suministros y servicio de post-
venta.En la actualidad contamos con dos sedes: oficina principal
ubicada en la Av. 6 de Agosto N 1137 en el distrito de Jess Mara y
almacn en la Av. Mariscal Eloy Ureta No.334 Urb. El Pino, en el
distrito de San Luis, ambos en la provincia de Lima, departamento
de Lima.
Las labores normales de atencin al pblico (en oficinas)
comienzan a las 08:30 horas y terminan a las 18:00 horas.
Los servicios que ofrecemos: soluciones integrales de
automatizacin industrial, edificios inteligentes, manejo de fluidos
y sistemas de proteccin contra incendios, suministros y un servicio
de post-venta.
CAPITULO II
OBJETIVOS Y ALCANCES
A. Objetivos
Artculo 1. El presente reglamento tiene como objetivos: Dictar
las normas y disposiciones para su debida aplicacin y prevencin de
los accidentes derivados de la actividad que realiza la
empresa.
Garantizar las condiciones de seguridad de los trabajadores y
terceros en general que desarrollen su actividad laboral dentro de
la empresa.
Salvaguardar la vida, salud e integridad fsica de los
trabajadores y de terceros, mediante la prevencin y la eliminacin
de las causas que ocasionan los accidentes de trabajo.
B. Alcances
Artculo 2. Lo establecido en el presente Reglamento se encuentra
de acuerdo con las Leyes y Normas, su cumplimiento ser obligatorio
desde el momento en que entra en vigencia, para las siguientes
personas y actividades:
Gerentes.
Supervisores.
Trabajadores en general.
Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Todas las actividades administrativas y operativas realizadas
por la empresa SAEG CONTROL S.A.C.
Empresas prestadoras de servicios - Contratistas.C.
Finalidad
Artculo 3. El presente est hecho basado en lo dispuesto en el
Artculo No. 74 del DS N 005-2012-TR, Reglamento de Seguridad y
Salud en el Trabajo del 24 de Abril del 2012.
Artculo 4. Base Legal
Ley N 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo
D.S. 005-2012-TR, Reglamento de la Ley N29783 Ley de Seguridad y
Salud en el Trabajo.DS N 42-F (Reglamento de Seguridad
Industrial).
D.S. N 003-98-SA Normas Tcnicas del Seguro Complementario de
Trabajo de Riesgo.RM N 148-2007-TR (Reglamento de los Constitucin y
Funcionamiento de los Comits y del Supervisor de Seguridad y Salud
en el Trabajo).
DS N 029-65-DGS (Reglamento para la apertura y Control Sanitario
de Plantas Industriales).
DS N 011-2006-Vivienda (66 Normas Tcnicas del Reglamento
nacional de edificaciones).LEY N 28806 (Reglamento de la Ley
General de Inspeccin del Trabajo y Defensa del Colaborador).
DS N 003-97-TR TUO del Decreto Legislativo N 728 Ley de
Productividad y Competitividad Laboral.
NTP 350-043 Norma Tcnica sobre uso de extintores porttiles.NTP
399.010-1 Seales de Seguridad
R.M. N 312-2011 Protocolos de Exmenes Mdicos Ocupacionales y
Guas de Diagnstico de los Exmenes Mdicos Obligatorios por
actividadNTP 370.055 Seguridad ElctricaArtculo 5. Definiciones
Empleador: La persona natural o jurdica que utiliza los
servicios intelectuales o materiales de una o ms personas.
Empresa prestadora de servicios: Persona o empresa que presta
servicios remunerados a un empleador, con especificaciones, plazos
y condiciones convenidos.
Trabajador: Toda persona natural que preste servicios
personales, intelectuales, incluidos practicantes.Ejecutivo: La
persona que est a cargo o en representacin de la empresa, de
dirigir, coordinar y controlar las actividades de Gerencia.
Riesgo Profesional: Los riesgos a que est expuesto el
colaborador y que pueden provocarle un accidente o enfermedad
profesional a causa o con ocasin del trabajo que realiza.
Accidente de Trabajo: Todo suceso repentino que sobrevenga por
causa o con ocasin del trabajo y que produzca en el colaborador una
lesin orgnica, una perturbacin funcional, una invalidez o la
muerte. Condicin Subestandar: Toda condicin en el entorno del
trabajo que pueda causar un accidente.
Accin Subestandar: Toda accin o prctica incorrecta ejecutada por
el colaborador que pueda causar un accidente.
Incidente: Suceso acaecido en el transcurso del trabajo o en
relacin con el trabajo, en el que la persona afectada no sufre
lesiones corporales o en el que estas solo requieren cuidados de
primeros auxilios.
Enfermedad Profesional: Es el dao orgnico o funcional como
resultado de la exposicin a factores de riesgos fsicos, qumicos,
biolgicos y ergonmicos, inherentes a la actividad laboral.
Capacitacin: Actividad que consiste en transmitir conocimientos
tericos y prcticos para el desarrollo de competencias, capacidades
y destrezas acerca del proceso de trabajo, la prevencin de los
riesgos, la seguridad y salud.
Induccin u orientacin: Capacitacin inicial dirigida a otorgar
conocimientos o instrucciones al colaborador para que ejecute su
labor en forma segura, eficiente y correcta.
Equipos de Proteccin Personal: Los elementos o conjuntos de
elementos que protegen la vida, salud e integridad fsica del
colaborador durante el desempeo de sus labores.
Programa Anual de Seguridad y Salud: Conjunto de actividades de
prevencin en Seguridad y Salud, que establece la organizacin, para
ejecutar a lo largo de un ao.
Normas de Seguridad: El conjunto de reglas obligatorias emanadas
en este Reglamento, del Comit de Seguridad y Salud en el
trabajo.
Emergencia: Evento o suceso grave, que surge debido a factores
naturales o como consecuencia de riesgos o procesos peligrosos en
el trabajo, que no fueron considerados en la gestin de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
Ergonoma: Llamada tambin Ingeniera Humana, es la ciencia que
busca optimizar la interaccin entre el colaborador, maquina y
ambiente de trabajo, con el fin de adecuar los puestos, ambiente y
la organizacin de trabajo a las capacidades y caractersticas de los
trabajadores, a fin de minimizar efectos negativos y con ello
mejorar el rendimiento y la seguridad del colaborador.
CAPITULO III
LIDERAZGO, COMPROMISO Y LA POLTICA DE SEGURIDAD Y SALUD
A. Liderazgo y compromiso
Artculo 6. SAEG CONTROLS SAC. se compromete a:
Liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las
actividades en la organizacin y para la implementacin del sistema
de gestin de Seguridad y Salud a fin de lograr su xito, en la
prevencin de accidentes y enfermedades ocupacionales.
Establecer programas de Seguridad y Salud en el trabajo y medir
el desempeo en la Seguridad y Salud, llevando a cabo las mejoras
que justifiquen.
Operar en concordancia con las prcticas aceptables de la
industria, y con pleno cumplimiento de las leyes y reglamentos de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Investigar las causas de accidentes de trabajo, enfermedades
profesionales e incidentes y desarrollar acciones preventivas en
forma efectiva.
Fomentar una cultura de prevencin de los riesgos laborales para
lo cual se inducir, entrenar, capacitar y formar a sus trabajadores
en el desempeo seguro y productivo de sus trabajos.
Exigir que los proveedores y contratistas cumplan con todas las
normas aplicables de Seguridad y Salud en el Trabajo.
B. Poltica de Seguridad y Salud
Artculo 7. SAEG CONTROLS SAC. entiende que el respeto a la
seguridad y salud ocupacional son factores fundamentales en el
bienestar de sus trabajadores, sean de SAEG CONTROLS SAC. o de
empresas prestadoras de servicios. Por tanto, la seguridad y salud
ocupacional estn integradas a su estrategia de negocio.
Artculo 8. Todo postulante seleccionado para un cargo en SAEG
CONTROLS SAC. recibir Induccin en Seguridad y Salud Laboral, al
iniciar sus labores.Artculo 9. Todo trabajador, al iniciar sus
labores en SAEG CONTROLS SAC., recibir el Reglamento Interno de
Seguridad y Salud en el trabajo teniendo la obligacin de
conocerlo.
Artculo 10. SAEG CONTROLS SAC., a travs de su Gerencia est
consciente de la responsabilidad que tiene que brindar las mejores
condiciones de seguridad posibles para sus trabajadores, e informar
a todos, en especial a los recin contratados, sobre los riesgos
existentes en las actividades que ellos debern desarrollar y que
puedan ocasionar accidentes que dan por resultado lesiones
personales, daos a la propiedad y a los equipos y que constituyen
una prdida innecesaria, evitable y de alto costo.
Artculo 11. Los Gerentes y Supervisores de cualquier nivel son
responsables de cumplir la Poltica General y los Programas de
Seguridad que se establezcan en sus reas correspondientes.
CAPITULO IV
ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES
A. Funciones y responsabilidades
De la empresa:
Artculo 12. SAEG CONTROLS SAC. garantizar:
La seguridad y la salud de los trabajadores en el desempeo de
todos los aspectos relacionados con su labor en el centro de
trabajo. Desarrollar acciones permanentes con el fin de mejorar los
niveles de proteccin existentes.
Garantizar que las capacitaciones en materia de seguridad y
salud se realicen dentro de las jornadas de trabajo. Asimismo ningn
caso el costo de la formacin recae sobre los trabajadores, ya que
debern ser asumidas ntegramente por el empleador.Artculo 13. SAEG
CONTROLS SAC. aplicar las siguientes medidas de prevencin de los
riesgos laborales:
Gestionar los riesgos, sin excepcin, eliminndolos en su origen y
aplicando sistemas de control a aquellos que no se puedan
eliminar.
El diseo de los puestos de trabajo, ambientes de trabajo, la
seleccin de equipos y mtodos de trabajo deben estar orientados a
garantizar la salud y seguridad del .colaborador.
Capacitar y entrenar anticipada y debidamente a los
trabajadores. Identificar las modificaciones que puedan darse en
las condiciones de trabajo y disponer lo necesario para la adopcin
de medidas de prevencin de los riesgos laborales. Establecer las
medidas necesarias para que, en caso de un peligro inminente que
constituya un riesgo importante o intolerable para la seguridad y
salud de los trabajadores, estos puedan interrumpir sus
actividades, e incluso si fuera necesario, abandonar de inmediato
el lugar fsico donde se desarrollan las actividades. Asegurar
tambin que no se reanude las labores mientras el riesgo no se haya
reducido o controlado el riesgo.Artculo 14. SAEG CONTROLS SAC.
tomar en consideracin las competencias personales y profesionales
de los trabajadores, en materia de seguridad y salud en el trabajo,
al momento de asignarles las labores.
Artculo 15. SAEG CONTROLS SAC. transmitir a los trabajadores, de
manera adecuada y efectiva, la informacin y los conocimientos
necesarios en relacin con los riesgos en el centro de trabajo y en
el puesto o funcin especfica; as como las medidas de proteccin y
prevencin aplicables a tales riesgos.
Artculo 16. SAEG CONTROLS SAC. controlar y registrar que slo los
trabajadores, suficientemente capacitados y protegidos, accedan a
los ambientes o zonas de riesgo grave y especfico.
Artculo 17. SAEG CONTROLS SAC. modificar las medidas de
prevencin de riesgos laborales cuando resulten inadecuadas e
insuficientes para garantizar la seguridad y salud de los
trabajadores.
Artculo 18. SAEG CONTROLS SAC. proporcionar a sus trabajadores
equipos de proteccin personal adecuados, segn el tipo de trabajo y
riesgos especficos presentes en el desempeo de sus funciones,
cuando no se puedan eliminar en su origen los riesgos laborales o
sus efectos perjudiciales para la salud; verificando el uso
efectivo de los mismos.
Artculo 19. SAEG CONTROLS SAC. garantizar la proteccin de los
trabajadores que por su situacin de discapacidad sean especialmente
sensibles a los riesgos derivados del trabajo.
De los TrabajadoresArtculo 20. Es obligacin en todos los niveles
de trabajo, participar en forma activa y permanente en los
programas que establezca el Comit de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
Artculo 21. Todos los trabajadores estn obligados a conocer y
cumplir el presente Reglamento Interno.
Artculo 22. Todo trabajador, cual fuere su modalidad de
contratacin, que mantengan vnculo laboral con SAEG CONTROLS SAC. o
con contratistas, subcontratistas, empresas especiales de servicios
que hayan celebrado contrato con SAEG CONTROLS SAC., tienen derecho
a travs de sus empleadores respectivos al mismo nivel de proteccin
en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Artculo 23. Las atribuciones de los Supervisores son las
siguientes:
a) Investigar situaciones que un trabajador o un miembro del
Comit de Seguridad y Salud Ocupacional considere que son
peligrosos.
b) Actuar inmediatamente sobre cualquier peligro que detecte o
le sea informado en el lugar del trabajo.
c) Capacitar al personal en la utilizacin (prctica/ejecucin)
adecuada de los estndares, procedimientos y prcticas de trabajo
seguro.
d) Hacer cumplir las disposiciones establecidas en el presente
reglamento en las labores de trabajo designadas.
e) Levantar todas las observaciones encontradas en las
inspecciones realizadas en las diferentes reas de trabajo, dentro
de los plazos establecidos.
Artculo 24. En materia de prevencin de riesgos laborales, los
trabajadores tienen las siguientes obligaciones:
Realizar toda accin que conduzca a prevenir o evitar cualquier
incidente o accidente e informar dichos hechos en el acto al Comit
de Seguridad y Salud en el Trabajo.
No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u otros
elementos para los cuales no hayan sido autorizados y, en caso de
ser necesario solicitar capacitacin.
Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de y trabajo,
as como los equipos de proteccin personal y colectiva.
Cooperar y participar en el proceso de investigacin de los
accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales cuando SAEG
CONTROLS SAC. lo requiera o cuando a su parecer los datos que
conocen ayuden al esclarecimiento de las causas que los
originaron.
Asistir a los exmenes mdicos a que estn obligados por norma
expresa de SAEG CONTROLS SAC.
Participar en los programas de capacitacin y otras actividades,
destinadas a prevenir los riesgos laborales, que organice SAEG
CONTROLS SAC. Reportar al Jefe de inmediato, de forma inmediata, la
ocurrencia de cualquier incidente o accidente de trabajo Comunicar
al Jefe inmediato todo evento o situacin que ponga o pueda poner en
riesgo su seguridad y salud en las instalaciones fsicas. Asistir
obligatoriamente a la capacitacin y entrenamiento sobre seguridad y
salud en el Trabajo.
Cooperar con SAEG CONTROLS SAC. en el cumplimiento de los
dispositivos contenidos en el presente Reglamento y en las normas
complementarias que puedan dictarse para su mejor aplicacin.
B. Infracciones y Sanciones
Infracciones:
Artculo 25. Se considera infracciones al Reglamento Interno de
Seguridad y Salud en el Trabajo a los incumplimientos de las
normas, dispositivos o estndares definidos en el presente
reglamento.
Artculo 26. Todas las infracciones son objeto de sancin y se
clasificar en Leves, Graves y Muy Graves, segn el tipo de
incumplimiento y cantidad de trabajadores afectados.
Artculo 27. Se considera como infraccin LEVE lo siguiente:
La falta de orden y limpieza del ambiente de trabajo siempre y
cuando no se derive en riesgo para la integridad fsica o la salud
de los trabajadores.
No reportar oportunamente los incidentes.
No dotar oportunamente a los trabajadores de los equipos de
proteccin personal. Asignar trabajadores a una tarea, sin
calificacin adecuada.
Artculo 28. Se considera como infraccin GRAVE lo siguiente:
La reiteracin de faltas leves.
Trabajar bajo el efecto de las drogas y/o alcohol.
No reportar oportunamente los accidentes e incidentes de trabajo
calificados como graves o fatales.
No tener un programa de inspecciones para las reas o
sectores.
No someterse a los exmenes peridicos de salud. No mantener
confidencialidad de los resultados mdicos.
No registrar y archivar los datos obtenidos en las evaluaciones,
controles, o reconocimientos mdicos y las investigaciones o
informes de los accidentes o incidentes graves.
No participar de las capacitaciones de Seguridad y Salud,
impartidas por su empleador. Fumar en lugares no establecidos.
Dormir en su puesto de trabajo. Reir o discutir dentro del recinto
de la Empresa, cualquiera sea la hora.
Jugar o chacotear, distraer o interferir de alguna manera el
trabajo que estn realizando otros trabajadores.
Trabajar sin el debido equipo de seguridad o sin los elementos
que la empresa le proporciona.
Lanzar objetos de cualquier naturaleza que sean dentro del
recinto, aunque no sean dirigidos a persona alguna.
Artculo 29. Se considera como infraccin MUY GRAVE lo
siguiente:
Obstaculizar o impedir el desarrollo y aplicacin del programa de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Cualquier acto de imprudencia o negligencia que cause la muerte
o lesin muy grave de un colaborador.
Proporcionar informacin inexacta de forma deliberada durante el
proceso de anlisis o investigacin de accidentes.
No adoptar medidas correctivas oportunas a las condiciones
subestandares que han sido previamente identificadas.
Alterar, cambiar o accionar instalaciones, equipos, sistemas
elctricos o mquinas sin haber sido expresamente autorizados para
ello.
Desentenderse de las normas e instrucciones de seguridad y salud
impartidas para un trabajo dado, especialmente en el uso
obligatorio de sus elementos de proteccin personal.
Portar armas de fuego o punzo cortantes que puedan poner en
peligro las instalaciones o la vida del personal. Limpiar, reparar
o lubricar equipos en movimiento.
Apropiarse o usar sin consentimiento elementos de proteccin
personal a cargo de otro colaborador.
Romper, rayar, retirar o destruir avisos, carteles, afiches,
instrucciones y reglamentos acerca de la Seguridad Industrial o
cualquier otro. Sanciones y Reclamos:
Artculo 30. El trabajador que contravenga las normas contenidas
en este Reglamento o las instrucciones o acuerdos del Comit de
Seguridad y Salud en el Trabajo, ser sancionado con suspensin de
acuerdo a las normas de Trabajo. Artculo 31. Corresponder a SAEG
CONTROLS SAC., fijar los das de sancin dentro del lmite sealado,
para lo cual se tendr en cuenta la gravedad de la infraccin.
Artculo 32. Al imponer una medida disciplinaria, SAEG CONTROLS
SAC. tendr en cuenta las circunstancias y los antecedentes del
colaborador, y aplicar adems, los siguientes criterios:TIPO DE
INFRACCIONSANCION
LEVES Amonestacin verbal
Asistencia a Induccin de Seguridad y Salud
Amonestacin escrita con copia al file personal
Reinduccin de Seguridad y Salud
GRAVES Suspensin
Asistencia al Comit de SST Inhabilitacin de continuar ejerciendo
la actividad por tiempo definido
Evaluar el cambio de actividad
MUY GRAVES Despido
C. Organizacin interna de seguridad y salud en el trabajo
Funciones y Responsabilidades del Comit de Seguridad y Salud en
el Trabajo
Artculo 33. SAEG CONTROLS SAC. ha constituido un comit de
Seguridad y Salud en el Trabajo, este comit tiene carcter
bsicamente consultivo, de recomendacin, control y orientacin a los
trabajadores en las actividades relacionadas a la prevencin de
riesgos laborales.
Artculo 34. El comit de Seguridad y Salud en el Trabajo es
paritario y estar integrado por igual nmero de miembros en
representacin de la empresa y de los trabajadores.
Artculo 35. Corresponde a la Gerencia General designar a los
representantes de la empresa ante el comit de Seguridad y Salud en
el Trabajo.Artculo 36. Todo trabajador puede ser elegido como
miembro del Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo, siendo la
eleccin entre todos los trabajadores. Artculo 37. Sus funciones
principales son:
Hacer cumplir el presente Reglamento y las normativas
sectoriales de Seguridad y Salud.
Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud de la
empresa.
Aprobar el plan anual de capacitacin de los trabajadores sobre
seguridad y salud en el trabajo.
Realizar inspecciones peridicas a las instalaciones de la
empresa.
Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud.
Se reunir mensualmente, en forma ordinaria para analizar y
evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa
anual, y en forma extraordinaria para analizar los accidentes
graves o cuando las circunstancias lo exijan.
Analizar las causas y las estadsticas de los incidentes,
accidentes y de las enfermedades ocupacionales emitiendo las
recomendaciones respectivas.
Conocer y aprobar la Programacin Anual de Seguridad y Salud en
el Trabajo.
Reportar a la mxima autoridad del empleador los accidentes
mortales e incidentes peligrosos, la investigacin de cada accidente
mortal y medidas correctivas adoptadas dentro de los 10 das de
ocurrido, as como las estadsticas trimestrales.
Participar en la elaboracin del mapa de riesgos.
Artculo 38. Los representantes del Comit de Seguridad y salud en
el Trabajo sern capacitados en temas relacionados a las funciones
que van a desempear antes de asumir el cargo y durante el ejercicio
del mismo.
Artculo 39. Las personas que integran el comit de Seguridad y
Salud en el Trabajo pueden solicitar a la autoridad competente la
informacin y asesora tcnica que crea necesaria para cumplir con sus
fines.Artculo 40. Para mejorar el conocimiento sobre la seguridad y
salud en el trabajo, el Comit de Seguridad y Salud en el trabajo se
encargar de:
Facilitar a todo trabajador una copia del Reglamento Interno de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
Fomentar la Capacitacin del trabajador.
Artculo 41. Los cargos asignados en el comit de Seguridad y
Salud en el Trabajo son honorficos y obligatorios. En las
actividades del comit debe haber continuidad.
Artculo 42. El cargo de miembro en el Comit de Seguridad y Salud
en el Trabajo queda vacante por alguna de las siguientes
causales:a. En caso de muerte.
b. En caso de renuncia como trabajador de la empresa.
c. En caso de renuncia como integrante del comit, debidamente
justificada.
d. Inasistencia injustificada a tres sesiones consecutivas del
comit o cuatro alternadas, en el lapso de su vigencia.
e. Por cualquier otra causa que extinga el vnculo laboral.
Los cargos que pudieran quedar vacantes en el comit de Seguridad
y Salud en el Trabajo, deben ser cubiertos de inmediato por el
suplente o los suplentes que hubieren, hasta que se complete el
perodo.
Artculo 43. El organigrama es la representacin grfica de la
estructura orgnica del Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo de
la empresa, as como para prever e implementar los posibles cambios.
SAEG CONTROLS SAC. adopta el siguiente organigrama funcional para
el comit.Organigrama del Comit de Seguridad y Salud en el
Trabajo
Artculo 44. El Presidente
Ser el encargado de presidir y dirigir las reuniones del Comit y
facilitar la aplicacin y vigencia de los acuerdos de ste,
canalizando el apoyo de la Direccin de SAEG CONTROLS SAC.
Tambin:
Dispone el lugar de la reunin.
Programa las reuniones.
Prepara en coordinacin con el secretario y delegados, los temas
a tratar en la reunin.
Artculo 45. El Secretario
Estar encargado de las labores administrativas en el Comit, como
tener al da el Libro de Actas y distribuir las copias
correspondientes cuando no se encuentre el Comit de Seguridad e
Higiene Industrial sesionando, ser el nexo entre el Presidente de
ste y los miembros, aparte de sus funciones.
Verificar la asistencia.
Elaborar el Acta de reunin y la somete a aprobacin del
Comit.
Llevar el archivo de las actividades desarrolladas por el Comit
y suministra la informacin que se requiera.
Artculo 46. Los Delegados (Miembros)Los delegados, aportarn
iniciativas propias y/o del personal de planta para ser tratadas en
las reuniones y sern los encargados de fomentar y hacer cumplir las
disposiciones y/o acuerdos tomados por el Comit sobre Seguridad y
Salud en el trabajo.
Artculo 47. Las sesiones se llevan a cabo bajo agenda
previamente elaborada. Las reuniones versarn sobre temas de
Seguridad y Salud en el Trabajo y no de otros asuntos. El comit
procura que los acuerdos sean adoptados por consenso y no por el
sistema de votacin. En el caso de no conseguirse consenso, se
requiere mayora simple. En caso de empate el Presidente tiene el
voto dirimente. Al trmino de cada sesin del comit se levanta la
respectiva acta que ser asentada en el correspondiente Libro de
Actas. Programa Anual
Artculo 48. El Comit de Seguridad y Salud en el trabajo,
elaborar y aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en el
Trabajo. Mapa de Riesgos
Artculo 49. El Mapa de Riesgos consiste en una representacin
grfica a travs de smbolos de uso general o adoptados, indicando el
nivel de exposicin ya sea bajo, mediano o alto, de acuerdo a la
informacin recopilada en archivos y los resultados de las
mediciones de los factores de riesgos presentes, con el cual se
facilita el control y seguimiento de los mismos, mediante la
implantacin de programas de prevencin. El mapa de riesgos ser
colocado en un lugar visible, para que todos los trabajadores de la
empresa tengan conocimiento de los tipos y niveles de riesgos
presentes en las diversas reas o secciones de la empresa.
La periodicidad de la formulacin del Mapa de Riesgos en funcin
de los siguientes factores: Tiempo estimado para el cumplimiento en
las propuestas de mejoras, situaciones crticas, documentacin
insuficiente, modificaciones en los procesos, nuevas tecnologas,
entre otros.
D. Implementacin de registros y documentacin del Sistema de
Gestin
Artculo 50. Para la evaluacin del Sistema de Gestin, SAEG
CONTROLS SAC. deber tener los siguientes registros:
Registro de accidentes e Incidentes de Trabajo, en el cual deber
constar la investigacin y las medidas correctivas.
Registro de Exmenes Mdicos.
Estadsticas de seguridad y salud.
Registro de Equipos de Seguridad o Emergencia.
Registro de Induccin, Capacitacin, Entrenamiento y Simulacros de
Emergencia.Artculo 51. El registro de accidentes e incidentes de
trabajo contendr:
a) Datos del trabajador.
b) Datos del empleador.
c) Datos de la empresa usuaria.
d) Datos del Incidente de trabajo: fecha, hora, turno, lugar,
labor que realizaba, descripcin del incidente, testigos.
e) Datos de la investigacin.
f) Las medidas correctivas adoptadas para evitar su
repeticin.
Artculo 52. El registro de exmenes mdicos contendr:
a) Nombre del Trabajador.b) Fecha del examen mdico.
c) Nombre del centro de salud.d) Tipo de exmenes.
e) Nombre del mdico.
f) Resultados.
Artculo 53. El registro de inspecciones internas de Seguridad y
salud contendrn, las observaciones efectuadas a las diferentes reas
de la empresa y las recomendaciones para su mejora.
Artculo 54. Las estadsticas de Seguridad y Salud en el Trabajo
contendrn; los ndices de frecuencia y de gravedad mensuales
(accidentes y das perdidos durante el mes) y acumulativas (suma de
accidentes ocurridos y das no trabajados durante el ao
transcurrido).
Artculo 55. El registro de induccin, capacitacin, entrenamiento
contendr;
a) Todas las charlas dadas y la relacin de los participantes con
sus firmas.
b) Mecanismos realizados para comprobar si los trabajadores han
comprendido el contenido de la charla.
E. Funciones y Responsabilidades de las Empresas que brindan
servicios
Artculo 56. Todo trabajador de empresa contratista deber asistir
al curso de induccin de Normas y Procedimientos de Seguridad y
Salud en el Trabajo para Contratistas, antes de iniciar cualquier
tipo de trabajo dentro de las instalaciones.
Artculo 57. No se permite dentro de nuestras instalaciones a
trabajadores contratistas menores de edad por ningn motivo.
Artculo 58. Toda empresa contratista deber suministrar a sus
trabajadores dentro de nuestras instalaciones:
Uniforme que haga distincin a la empresa a que pertenecen.
Artculo 59. Las actividades y trabajos que realice la empresa
contratista, podrn ser supervisadas en cualquier momento, sin
previo aviso.
Artculo 60. El contratista, deber proporcionar nmeros de
telfonos donde se le pueda localizar en casos de emergencia.
Artculo 61. La empresa contratista tendr en cuenta lo
siguiente:
Dar cumplimiento a todas las normas establecidas en el presente
reglamento.
Todo trabajador de la empresa contratista que realice trabajos a
ms de 1.80 metros de altura, deber usar siempre un arns contra
cadas e impactos y su lnea de vida.
Todo trabajo que implique uso de equipo de soldadura, chispa o
fuego, el contratista deber de traer su extintor y colocarlo cerca
del rea de trabajo.
Toda rea de trabajo deber ser delimitada con cinta amarilla y
letreros de precaucin, por parte de la empresa contratista.
Informar de todo incidente o accidente antes de la primera hora
de ocurrida al Jefe de rea o al Coordinador de SSO
Comunicar a la empresa cualquier condicin o situacin peligrosa
que haya identificado.
Difundir y capacitar a su personal sobre el presente
reglamento.
Contar con Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo de sus
trabajadores para coberturas por accidente de trabajo, enfermedades
ocupacionales y de pensiones, as como de las plizas de accidentes,
de acuerdo con la legislacin laboral vigente. Proveer a sus
trabajadores de los implementos, equipos de proteccin personal y
ropa de trabajo de acuerdo al trabajo a realizar, siendo de su
responsabilidad el uso que hagan sus trabajadores de dichos
implementos. Adoptar las medidas necesarias para que sus
trabajadores reciban la informacin y las instrucciones adecuadas,
con relacin a los riesgos existentes en las diferentes actividades,
as como las medidas de proteccin y prevencin
correspondientes.CAPITULO V
ESTNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OPERACIONES O PROCESOS
Disposiciones Generales de los Procesos AdministrativosArtculo
62. Los empleados de oficina debern conocer y aplicar las
siguientes reglas para la seguridad en oficinas:
Es prohibido fumar en los ambientes de oficinas, hay que
considerar que stos activan los sensores de humo y alarmas contra
incendio.
No se deber sobrecargar los tomacorrientes con ms de 3 enchufes
a la vez.
Todo cable elctrico deber encontrarse dentro de ductos.
Las extensiones elctricas temporales no debern cruzar pasadizos
o zonas de circulacin.
Los estantes no debern sobrecargarse.
Mantener buen orden y limpieza.
Los productos de limpieza siempre debern contar con rotulacin
que indique su contenido. Adems se deber contar las MSDS de los
productos que tenga alguna de las siguientes caractersticas:
Explosivo, inflamable, infeccioso, radioactivo, corrosivo,
irritante, combustible o txico.
Es prohibido usar envases como botellas de bebidas gaseosas y
similares para el almacenamiento de productos qumicos.
Todo equipo (computadoras, aire acondicionado) deber contar
enchufes que incluyan puesta a tierra.
Se deber contar con luces de emergencia que alumbren las puertas
que se usen como salidas en caso de alguna emergencia, as como las
rutas o senderos de evacuacin.
Nunca se pare frente a puertas cerradas, ya que podran abrirse
de repente y ser golpeados.
No leer correspondencia u otros materiales mientras camina.
No empujar o amontonar en entradas, salidas, o en las
escaleras.
Nunca suba sobre una silla giratoria. No apoyarse bruscamente
hacia atrs sin probar su peso gradualmente.
Acomodar cables telefnicos y de equipos de oficina, basureros, y
otros de manera que no se conviertan en obstculos.
Mantener cerrada las gavetas o puertas de los escritorios,
archivadores, y armarios cuando no estn en uso. Abrir slo una
gaveta a la vez.
No ajustar o limpiar mquinas de oficina elctricas mientras estn
en operacin.
Nunca deje conectados los equipos elctricos de la oficina cuando
sta va a permanecer cerrada por un periodo largo de tiempo.
En ningn local de trabajo (oficina) se acumular maquinaria ni
materiales en los pisos, de tal modo que resulte peligroso para los
trabajadores, debiendo existir los espacios necesarios desplazarse
en el local. Los lugares de trnsito estarn libres de desperfectos u
obstrucciones con los que pueda correrse el riesgo de tropezar. En
las condiciones normales, los pisos, escaleras y descansillos no
sern resbaladizos, ni construidos con materiales que, debido al
uso, lleguen a serlo. En las escaleras, rampas y lugares
semejantes, donde los resbalones pueden ser especialmente
peligrosos, se colocarn superficies antirresbaladizas.
Respetar la sealizacin en la instalacin. Cuando se haya sealado
un espacio para el estacionamiento de los automviles del personal,
se reglamentar el uso de las vas de entrada y salida, lmite de
velocidad, asignacin de espacio, mtodos de estacionamiento,
etc.
Aspectos ErgonmicosArtculo 63. Aplicar las medidas de prevencin
ante riesgos ergonmicos durante el trabajo en oficina tomando en
cuenta las siguientes: Coloque su monitor frente a Ud., sin que su
cabeza tenga que dar giros laterales. La parte superior de los
monitores deben estar a la altura de la vista de los usuarios
Coloque los artculos de trabajo de su escritorio, que utiliza
con mayor frecuencia, al alcance de sus manos (en un radio igual al
largo de su brazo).
Utilice superficies de trabajo de aspecto mate de manera que se
eviten los reflejos.
No coloque vidrios sobre la superficie de trabajo que incremente
el brillo los reflejos.
La parte baja de escritorios o mesas de trabajo deben estar
libres. Nunca ubique cajas, papelera u otro tipo de elementos
debajo de ellas.
Nunca coloque materiales encima de armarios, archivadores o
muebles a una altura superior a la de Ud. Utilice escaleras si va
necesitar colocarlas a mayor altura.
Si su monitor cuenta con protector de pantalla conecte el cable
antiesttica a un punto a tierra.
El borde superior de la pantalla debe quedar a nivel de los
ojos, no superior ni inferior. En caso de que la superficie sea
baja se puede utilizar una base para elevarla.
Evite doblar las muecas cada vez que oprima las teclas.
Ubique el teclado frente al monitor y frente a usted, buscando
que quede al mismo nivel de los codos conservando una postura
sentado adecuada.
Evite apoyar la mueca en el momento que se encuentra digitando,
ya que esta compresin incrementa las posibilidades de afecciones.
Mantenga sus brazos pegados al cuerpo, con ello se consigue reducir
la tensin en los brazos y espalda.
Sintese correctamente, apoyndose en el respaldo de la silla y
manteniendo la espalda recta y el estmago sumido.
Mantenga los codos cercanos a su cuerpo cuando est
digitando.
Mantenga su cuello recto y sin tensin, ubique la pantalla de su
computadora a una distancia entre 50 cm. y 60 cm. con respecto a su
cara y el borde superior de la misma a nivel de los ojos.
Alterne las posturas frecuentemente. Es recomendable pararse
cada dos horas por 5 minutos.
Utilice una silla de altura ajustable. Mantenga una altura de
modo que sus rodillas queden ligeramente ms altas que sus caderas y
sus codos flexionados aproximadamente en ngulo recto
Solicite mantenimiento preventivo y correctivo de su silla, con
el fin de evitar posturas incomodas por dificultades en la
utilizacin de ella.
Adopte una correcta posicin cuando requiera levantar objetos:
ubquese frente al objeto que desea levantar, con los pies
ligeramente separados, incline levemente la cabeza, flexionando las
rodillas y manteniendo la espalda recta. Agarre firmemente el
objeto utilizando ambas manos, luego acrquela al cuerpo y levante
efectuando la mayor fuerza con las piernas. Nunca encorve la
espalda y no levante objetos desde el piso estando sentado.
Solicite ayuda cuando requiera levantar pesos mayores a 15 Kg en
el caso de las mujeres y 25 Kg de hombres.
Cuando transporte objetos pesados, observe el estado de los
pisos (resbaladizos, desnivelados, con huecos) y si detecta alguna
condicin peligrosa comunquelo al Jefe del rea.Iluminacin.Artculo
64. Utilice al mximo la luz natural, que ingresa a travs de
ventanales, los cuales deben permanecer limpios y libres de
obstculos. Regule el ingreso excesivo de luz mediante persianas o
cortinas.
Ubique el monitor, el mobiliario y dems elementos de oficina, de
acuerdo a la distribucin de las luminarias y la entrada de las
fuentes de luz natural (puertas, ventanas) evitando la formacin de
reflejos en las pantallas y superficies de trabajo.
Combine la luz natural con la luz artificial para mejorar las
condiciones de iluminacin en el puesto de trabajo.
No utilice materiales o pinturas cuyos acabados causen reflejos
o brillos (pared blanca brillante, metal, plstico o cristal), a fin
de prevenir el deslumbramiento molesto.
Ventilacin y Aire AcondicionadoArtculo 65. Utilice, en lo
posible, la ventilacin natural para ello es necesario que existan
entradas o ventanas en los extremos del rea que permitan la
circulacin del aire. Cuando se requiera mejorar el ambiente trmico
interior utilice sistemas de tipo mecnico como ventiladores o aires
acondicionados.
El rea de mantenimiento deber programar el mantenimiento
preventivo y/o correctivo del sistema de ventilacin y/o aire
acondicionado utilizado, para asegurar una buena calidad del aire
en el lugar de trabajo y ambiente trmico favorable para el
desarrollo de las actividades.
Orden y Limpieza
Artculo 66. Mantenga aseado y ordenado su sitio de trabajo
tomando en cuenta las siguientes consideraciones: Re-use todo el
material posible que se genere en su rea y coloque los residuos
re-usables como papel y cartn en sus respectivos tachos
(verde).
Realice peridicamente una revisin de su rea con el fin de
evaluar la existencia de materiales inservibles o en desuso y
proceder a su eliminacin.
Cuando realice la limpieza y mantenimiento de las computadoras
debe tener el equipo apagado y desconectado.
Limpie la pantalla de su computador con un pao hmedo (la
pantalla tiende a acumular polvo debido a su carga electrosttica,
por ello la frecuencia de limpieza debe ser diaria)
Limpie el teclado mensualmente con el fin de evitar
sobreesfuerzos en la digitacin, proceda a invertir el teclado y
sacudirlo suavemente o limpiarlo con un cepillo seco.
Al menos una vez al ao se debe solicitar el mantenimiento de los
equipos.
No beba cerca o junto equipos o sistemas elctricos, lo cual
incluye computadores.
Trabajos ElctricosArtculo 67. El personal que ejecute trabajos
elctricos deber tener las calificaciones del caso y contar con
autorizacin del rea asimismo deber tener en cuenta las siguientes
indicaciones:.
Los electricistas deben utilizar cascos de seguridad de material
aislante. Nunca deben usar cascos metlicos.
Las normas de seguridad de SAEG CONTROLS SAC prohbe trabajar en
lneas ENERGIZADAS.
El personal autorizado del Subcontratista, antes de conectar o
desconectar lneas elctricas de baja o media tensin, deber coordinar
con el jefe del rea. Antes de comenzar a trabajar en un circuito de
baja o media tensin, se debe asegurar que la tierra est conectada y
probar con un voltmetro que la lnea NO ESTA ENERGIZADA.
La empresa en los lugares crticos colocara letreros como ALTO
VOLTAJE, PELIGRO, PROHIBIDO EL INGRESO y otros referidos a la
electricidad, que debern ser acatados por los trabajadores.
Para realizar trabajos de mantenimiento u otros en los que se
tenga que intervenir en el sistema elctrico, se desconectar el
mismo y se proceder a bloquear por la persona o personas que
realicen la labor.
Todo problema elctrico deber ser informado al rea de
Mantenimiento, quien dispondr la revisin del especialista con las
herramientas adecuadas, aplicando los procedimientos
respectivos.
Cada persona debe informar inmediatamente al Jefe de Produccin o
Supervisor de rea responsable sobre situaciones o condiciones
elctricamente peligrosas y cualquier sospecha de condicin insegura
en equipos elctricos para tomar a la brevedad las medidas
necesarias para su eliminacin.
Todos los motores e instalaciones elctricas deben tener una
conexin a tierra para eliminar la posibilidad de descargas
elctricas. Est prohibido el uso de equipos que no cuenten con
enchufes industriales apropiados.
Los materiales elctricos como extensiones debern tener cables
vulcanizados (biplastoflex); no se permitirn el ingreso de
extensiones con cables mellizos.
Para prevenir accidentes producidos por el uso de la
electricidad, se deben seguir las siguientes reglas:
a. Instalar equipos y conductores elctricos, de tal manera que
las partes vivas, se encuentren resguardadas o aisladas, empleando
buenos materiales. Toda instalacin debe realizarse de acuerdo al
Reglamento Nacional de Edificaciones.
b. Asegurarse de que todos los equipos (maquinarias,
herramientas, etc.) estn o queden conectados a tierra
c. Instalar interruptores en los equipos de tal manera de no
crear un riesgo al operador y un switch de parada de
emergencia.
d. Los tableros elctricos debern estar dotados de interruptores
diferenciales.
e. Instruir y adiestrar a los trabajadores en los riesgos de la
corriente elctrica y la forma de efectuar cada trabajo.
f. Emplear personal competente en los trabajos de revisin y
mantenimiento elctrico.
g. Mantener a dos personas trabajando juntas, cuando se realizan
trabajos de riesgo o cerca de conductores vivos.
h. Desconectar la corriente siempre que se vaya a examinar o a
hacer reparaciones en circuitos elctricos. Considerar todo circuito
elctrico como vivo y potencialmente peligroso, hasta que no se
demuestre lo contrario.
i. Utilizar equipos de proteccin personal aprobados tales como
(guantes, manguitos, cascos, calzado, etc.), aislante de la
corriente elctrica.
j. Tomar precauciones adicionales cuando se debe trabajar en
superficies hmedas, usando un aislante adicional si fuera
necesario.
k. Revisar completamente el circuito antes de conectar la
corriente.
l. Inspeccionar peridicamente todos los dispositivos de
seguridad, equipos y conductores.
m. Mantener al da los planos de los circuitos, incorporar a
ellos toda modificacin realizada por pequea o insignificante que
parezca.
n. Colocar sealizaciones, letreros, barreras, etc., cuando se
requiera.
o. Cuando el personal labore cerca a lneas de alta tensin
energizadas, el Supervisor deber tomar acciones preventivas
necesarias, especialmente sobre las distancias seguras de trabajo,
para la toma de decisin se apoyar en el Cdigo Nacional de
Electricidad.Almacenamiento de Materiales
Artculo 68. Los materiales no sern apilados contra tabiques a
una altura tal que puedan causar la inestabilidad de la pila.
Los materiales se almacenarn en lo posible en casilleros donde
el manipuleo no pueda causar lesin al personal, evitndose que
dichos materiales se proyecten hacia los pasillos.
Cerca de los almacenes se contar con extintores de incendio
apropiados y en nmero suficiente.
Los pedidos de materiales se harn al almacn en forma exacta y
correcta.
Los trabajadores que manipulen objetos con bordes afilados,
rebabas, briendas, astillas o partes proyectantes peligrosas,
dispondrn de ropa y equipo adecuado, conforme a los requisitos
necesarios.
Cuando se almacene material pesado, se arrumar debidamente
esparcidas y acuadas para evitar su desprendimiento y facilitar su
manipuleo.
Los cilindros o bidones que contengan sustancias qumicas debern
permanecer bien cerrados y debidamente identificados o
rotulados.
La empresa contar con anaqueles, los cuales estarn debidamente
distribuidos para el almacenamiento.
Los materiales sern apilados de tal manera que no interfieran
con:
a. La adecuada distribucin de la luz natural o artificial.
b. El funcionamiento apropiado de las mquinas y otros
equipos.
c. El paso libre en pasadizos y pasajes de trnsito.
Se recordar a los encargados de levantar cargas a mano que
observen los siguientes principios bsicos:
a. Agacharse junto a la carga.
b. Mantener la espalda recta.
c. Doblarse de rodillas.
d. Poner en juego los msculos de piernas y brazos (nunca la
espalda)
Equipos de Proteccin Personal
Artculo 69. Todos los trabajadores debern usar obligatoriamente
y cuidar en forma correcta los equipos de proteccin personal que
tengan a su cargo.
Artculo 70. La empresa tiene la obligacin de entregar todos los
equipos de proteccin personal que requieran los trabajadores.
Artculo 71. Ningn equipo de proteccin personal podr ser sacado
fuera del recinto de la empresa.
Artculo 72. Cuando un equipo de proteccin est en malas
condiciones por uso normal (desgaste), el trabajador deber informar
a su jefe inmediato para que solicite su recambio.
Casco de seguridadArtculo 73. Los trabajadores debern usar
cascos de seguridad en los lugares o zonas donde exista el peligro
de cada de materiales u objetos o donde estn expuestos a sufrir
golpes en la cabeza.
Arneses de seguridadArtculo 74. Ser obligatorio, en trabajos
de:
Altura (trabajos a ms de 1.80 de altura y en todo trabajo en
altura que revista riesgo o peligro de cadas).
Proteccin de la Vista
Artculo 75. Todos los trabajadores que ejecuten cualquier
operacin que pueda poner en peligro sus ojos, dispondrn de
proteccin apropiada para estos rganos.
Artculo 76. Las gafas protectoras, los capuchones y las
pantallas protectoras para los trabajadores ocupados en soldadura
por arco, soldadura oxiacetilnica, trabajos en hornos o en
cualquier otra operacin donde sus ojos puedan estar expuestos a
deslumbramiento, debern tener lentes o ventanas filtros, conforme a
las normas de absorcin sealadas en el Reglamento de Higiene
Industrial.
Protectores Auditivos
Artculo 77. Las personas que trabajen en lugares de ruido
intenso y prolongado debern usar tapones de odo.
Proteccin para Manos y BrazosArtculo 78. Cuando se seleccionen
guantes, se debern tomar en consideracin los riesgos a los cuales
el usuario pueda estar expuesto y a la necesidad del movimiento
libre de los dedos.
Artculo 79. Al seleccionar equipos protectores del sistema
respiratorio, se debern tomar en cuenta las siguientes
consideraciones:
a)El procedimiento y condiciones que originan la exposicin.
b)Las propiedades qumicas, fsicas, txicas u otras propiedades
peligrosas de las sustancias de las cuales se requiere proteccin.
CAPITULO VI
ESTNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES
CONEXAS
Condiciones Especficas de las Instalaciones Elctricas
Artculo 80. Los cordones y conexiones elctricas sern
frecuentemente inspeccionados, verificando que se cumpla la
normalidad tcnica y que se encuentren en buen estado, incluyendo
aislamiento, enchufes, toma corrientes, tableros, etc.
Las herramientas manuales y otros elementos de manipulacin
elctrica debern estar protegidas con materiales resistentes a todo
roce y a tensiones no forzadas. Los mangos estn aislados o estarn
construidos de material aislante.
Los equipos elctricos que por sus caractersticas requieren ser
examinados y regulados peridicamente durante su funcionamiento
debern estar aislados de tal manera que se permita un acceso fcil y
seguro a sus partes.
Los equipos y herramientas elctricas estarn marcadas por placas,
etiquetas u otros medios adecuados de sealizacin, con el objetivo
de evitar errores de alimentacin y operacin.
Mantenimiento de Equipos y Herramientas
Artculo 81. El Supervisor deber preocuparse del mantenimiento de
equipos y herramientas de trabajo. Estos debern mantenerse en buen
estado de uso, lo que probar por medio de Inspecciones
Peridicas.Los alicates, desentornilladores, sacafusibles y dems
herramientas manuales similares, utilizadas en trabajos elctricos,
sern convenientemente aisladas.
CAPITULO VII
ESTNDARES DE CONTROL DE PELIGROS EXISTENTES Y RIESGOS
EVALUADOS
Conservacin de los locales de trabajo
Artculo 82. Los trabajadores antes de finalizar la jornada de
trabajo, dejarn limpios y ordenados sus puestos de trabajo.
Comedor
Artculo 83. SAEG CONTROLS SAC. dotar de un ambiente adecuado,
ventilado e iluminado, provisto de mobiliario, para ser utilizado
como comedor por los trabajadores.
Condiciones de seguridad en las instalaciones civiles.
Requisitos mnimos de seguridad contra accidentes elctricos
Artculo 84. Cuando lleven a cabo reparaciones elctricas se
adoptarn las medidas necesarias para su proteccin (seccionar la
parte elctrica donde se est trabajando).
Las herramientas, mquinas y equipos deben ser utilizados
nicamente por personal calificado y autorizado.
Toda herramienta, maquina y/o equipo slo podr ser limpiada
cuando se encuentre totalmente apagada o fuera de operacin.
Inspeccione las herramientas, mquinas y equipos antes de ser
usados. Notifique de inmediato a su supervisor y encargado de
seguridad cualquier anomala observada.
Es obligacin de los que tengan asignados equipos y herramientas
guardarlos cada da con la debida seguridad para evitar que se
pierdan o sean sustrados, la empresa no asumir ninguna
responsabilidad, los encargados sern responsables en lo personal
por negligencia con el material a su cargo.
El personal tiene la obligacin de revisar constantemente el
estado en el que se encuentran las herramientas que va a utilizar.
Las herramientas manuales y porttiles se emplearn solo para los
fines que fueron construidas y se mantendrn en buen estado.
Los mangos de las herramientas se mantendrn firmes y
asegurados.
Con el fin de evitar lesiones en general al personal se tendrn
especial cuidado en el trabajo y almacenaje de las herramientas con
filo y punta aguda.
Al operar herramientas manuales y las accionadas por fuerza
motriz, que por accin del trabajo puedan desprender partculas
extraas, los trabajadores se protegern con anteojos de impacto.
No se usarn tubos, barras ni otros elementos con el fin de
extender el brazo de palanca de las herramientas manuales a no ser
que estn diseados o preparados para tales fines.
Los operarios sern instruidos y adiestrados en el empelo seguro
de las herramientas manuales.
Todas las herramientas de uso sern almacenadas en sus
respectivos gabinetes porta herramientas, no se dejarn tiradas ni
abandonadas.
La cabeza de las herramientas de concusin se mantendr sin
defectos ni agrietamientos.
Los mangos de las herramientas elctricas porttiles debern ser
aislados o construidos de materiales aislantes, protegidas de
acuerdo con los requisitos de instalacin elctrica fija.
Cuando las herramientas elctricas porttiles se encuentren
suspendidas, sern soportadas por medio de cables o cadenas con
resortes o contrapeso.
Artculo 85. Slo podr obtenerse energa elctrica de toma
corrientes, emplendose para tal fin enchufes adecuados, slidos y
aislados; quedando prohibido efectuar conexiones directamente de
los tableros de distribucin, llaves generales y/o emplear alambres
sueltos para dichas conexiones.
Factores tcnicos y humanos en las causas de los accidentes
Artculo 86. Dentro de los factores tcnicos sern tomados en
cuenta:
La parte del agente que produce el accidente; y
Las condiciones fsicas y mecnicas que contribuyeron a que
ocurriera el accidente.
Artculo 87. Los factores humanos son las omisiones o faltas a un
mtodo de trabajo establecido, por parte del colaborador ya sea por
negligencia o por una caracterstica mental o fsica del individuo,
dentro de estos casos considerarn lo siguiente:
Operar sin permiso.
Trabajar en mquinas a velocidades inseguras.
Usar equipos inseguros, usar las manos en lugar del equipo o
herramienta.
Realizar labores de mantenimiento con equipos funcionando.
Distraer a un compaero de trabajo.
Estadsticas de accidente de trabajo
Artculo 88. Las estadsticas de los accidentes de trabajo que
ocurran en la empresa servirn para evaluar la efectividad de los
programas de seguridad trazados, as como para planificar las
futuras actividades.
Artculo 89. Definimos como ndice de frecuencia al nmero de
lesiones ocurridas en el trabajo, por un milln de horas de
exposicin u horas de trabajo.
IF= Nmero Accidentes incapacitantes x 200,000 horas Horas de
trabajo
Artculo 90. Definimos como ndice de gravedad al total de tiempo
perdido por doscientos mil horas trabajadas.
IG= Nmero de das perdidos x 200, 000 horas Horas de trabajo
Artculo 91. Definimos como ndice de Accidentabilidad IA = FxG
200
Notificacin de los accidentes
Artculo 92. El informe de investigacin deber ser confeccionado
por el Supervisor directo, por ser el que tiene mayor vivencia y
contacto con el colaborador, materiales, equipos e instalaciones.
En el caso de ser el accidentado de un contratista, lo har el
supervisor que coordina los trabajos en el rea, anexando a su vez
el informe del supervisor de la contrata.
Investigacin de accidentes
Artculo 93. La investigacin de un accidente o de alguna
ocurrencia, tendr como fin determinar responsabilidades y descubrir
las prcticas y condiciones peligrosas existentes, a fin de que
otros accidentes que puedan llegar a pasar por causas similares
sean prevenidos.
Artculo 94. Deber investigar con el lesionado y/o con los
testigos:
Cmo ocurri el accidente.
Por qu ocurri el accidente.
Qu caus el accidente.
Registro de accidentes de trabajo
Artculo 95. SAEG CONTROLS SAC. contar con un registro de
accidentes e incidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas a
sus trabajadores.
Artculo 96. En los procedimientos de inspeccin ordenados por la
autoridad competente, SAEG CONTROLS SAC. exhibir el registro que se
menciona en el artculo anterior, debiendo consignarse los eventos
ocurridos a los doce (12) ltimos meses y mantener archivado los
mismos por espacio de cinco (5) aos posteriores al suceso.
Artculo 97. Cuando un mismo suceso cause lesiones a ms de un
trabajador, debe consignarse un registro de accidente de trabajo
por cada trabajador.
Enfermedades ocupacionales:
Artculo 98. No es considerada enfermedad profesional, aquellas
de carcter endmico que prevalecen de acuerdo a la temporada o
estacin por ejemplo: gripe, clera, pulmona, etc., y es adquirida en
el lugar donde realizan el trabajo.
CAPITULO VIII
PREPARACIN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIAS
A. Prevencin y proteccin contra incendios
A.1. Prevencin de incendios
Artculo 99. Todos los locales tendrn la cantidad suficiente de
equipos para la extincin de incendios. Las personas entrenadas en
el uso correcto de este equipo estarn presentes durante todos los
perodos normales de trabajo.
Artculo 100. Las salidas estarn instaladas en nmero suficiente y
dispuestas de tal manera que las personas ocupadas en los lugares
de trabajo puedan abandonarlas inmediatamente, con toda seguridad,
en caso de emergencia. El ancho mnimo de las salidas ser de 1.20
metros.
Artculo 101. Las puertas y pasadizos de salida, sern claramente
marcados con seales que indique la va de salida y estarn dispuestas
de tal manera que sean ubicadas fcilmente.
B. Proteccin contra incendios
B.1. Condiciones generales
Artculo 102. El fuego es una oxidacin rpida de un material
combustible, que produce desprendimiento de luz y calor, pudiendo
iniciarse por la interaccin de tres elementos: Oxgeno, combustible
y calor.
La ausencia de uno de los elementos mencionados evitar el inicio
del fuego.
Los incendios son clasificados de acuerdo al tipo de material
combustible que arde en:
INCENDIO CLASE A: son fuegos producidos en materiales
combustibles slidos, tales como: madera, papel, cartn, tela,
etc.
INCENDIO CLASE B: son fuegos producidos por lquidos inflamables
tales como: gasolina, aceite, pintura, solvente, etc.
INCENDIO CLASE C: Son fuegos producidos en equipos elctricos
como motores, interruptores, restatos, etc.
INCENDIO CLASE D: Son producidos por metales combustibles como
Aluminio, Titanio, Magnesio, Circonio y sus aleaciones; Sodio,
Litio, Potasio Metlicos y otros.
INCENDIO CLASE K: Son los producidos en aparatos de cocina que
involucren un medio combustible para cocinar (aceites y grasas de
origen animal y vegetal).
Artculo 103. Cualquier colaborador de SAEG CONTROLS SAC. que
detecte un incendio, proceder de la forma siguiente:
Dar la alarma interna y externa.
Comunicar a los integrantes de la brigada contra incendios.
Seguir las indicaciones de las brigadas correspondientes.
Evacuar el rea de manera ordenada con direccin a la puerta de
salida ms cercana.
Artculo 104. Consideraciones generales importantes:
La mejor forma de combatir incendios es evitando que stos se
produzcan.
Mantengan su rea de trabajo limpio, ordenado y en lo posible
libre de materiales combustibles y lquidos inflamables.
No obstruya las puertas, vas de acceso o pasadizos, con
materiales que puedan dificultar la libre circulacin de las
personas.
Informe a su superior sobre cualquier equipo elctrico
defectuoso.
Familiarcese con la ubicacin y forma de uso de los extintores y
grifos contra incendios. La operacin de emplear un extintor dura
muy poco tiempo; Por consiguiente, utilcelo bien, acrquese lo ms
que pueda, dirija el chorro a la base de las llamas, no desperdicie
su contenido.
B.2. Extintores porttiles
Artculo 109. SAEG CONTROLS SAC. dotar de extintores de incendios
adecuados al tipo de incendio que pueda ocurrir, considerando la
naturaleza de los procesos y operaciones. Tener en cuenta los
siguientes aspectos:
Los aparatos porttiles contra incendios, sern inspeccionados por
lo menos una vez por mes y sern recargados cuando concluya su
tiempo de vigencia o sea usado, parte de la carga.
Todos los extintores debern colocarse en lugares visibles, de
fcil acceso; los que pesen menos de 18 Kg., sern ubicados a una
altura mxima de 1.50 metros medidos del suelo a la parte superior
del extintor.
Cuando ocurran incendios que implican equipos elctricos, los
extintores para combatirlos sern de polvo qumico seco; en caso de
que el incendio sea en el centro de cmputo, laboratorios o implique
equipos sofisticados, utilizarn los extintores de gas carbnico
(CO2), para su extincin.
Artculo 1100. En casos de evacuacin, el personal deber seguir la
sealizacin indicada como SALIDA.
Artculo 111. Para combatir los incendios que puedan ocurrir, la
empresa formar la Brigada Contra Incendios.
C. Primeros auxilios
C.1. Generalidades
Artculo 112. El principal objetivo de los primeros auxilios, es
la de evitar, por todos los medios posibles, la muerte, la
invalidez de la persona accidentada. Otro de los objetivos
principales es que mediante los mismos sean brindados un auxilio a
la persona accidentada mientras esperan la llegada del mdico o le
trasladan a un hospital.
C.2. Reglas generales
Artculo 113. Cuando est presente la necesidad de un tratamiento
de emergencia, siga las reglas bsicas:
Evite el nerviosismo y el pnico.
Si requiere accin inmediata para salvar una vida (respiracin
artificial, control de hemorragias, etc.), haga el tratamiento
adecuado sin demora.
Haga un examen cuidadoso de la vctima.
Nunca mueva a la persona lesionada a menos que sea absolutamente
necesario para retirarla del peligro.
C.3. Tratamientos
1. Desmayo o prdida de conocimientoArtculo 114. Cuando ocurra un
shock siga las reglas bsicas:
Acostar al paciente con la cabeza hacia abajo, esto podra
conseguir levantando los pies de la camilla o banca, donde est
acostado el paciente, 6 pulgadas ms alto que la cabeza.
Constatar que la boca est libre de cuerpos extraos y que la
lengua est hacia adelante.
Suministrarle abundante cantidad de aire fresco u oxgeno si
existe disponible.
Evitar al paciente el enfriamiento, se le debe abrigar con una
frazada y llevarlo al mdico.
2. Heridas con hemorragias
Artculo 115. Seguir el siguiente tratamiento:
Puede parar o retardar la hemorragia, colocando una venda o
pauelo limpio sobre la herida, presionando moderadamente.
Acueste al paciente y trate de mantenerlo abrigado.
Conduzca al herido a un hospital.
3. Fracturas
Artculo 116. Seguir el siguiente tratamiento:
No doble ni jale el miembro fracturado.
Mantenga al paciente descansando y abrigado.
Por fracturas de espalda, cuello, brazo o de la pierna, no mueva
al paciente y llame al mdico.
Si hay duda acerca de si un hueso est o no fracturado, trtese
como fractura.
4. Quemaduras
Artculo 117. Son lesiones producidas a causa del calor seco o
del calor hmedo y clasificadas de acuerdo al grado de lesin que
causa en los tejidos del cuerpo en de 1er, 2do y 3er grado.
Seguir el siguiente tratamiento:
Para quemaduras leves o de 1er grado puede aplicar ungento y
puede ser cubierta por una gasa esterilizada.
Para quemaduras de 2do y 3er grado quite la ropa suelta y
aplique una gasa esterilizada grande para cubrir la quemadura y la
zona circundante y lo suficientemente larga para evitar el contacto
del aire con la quemadura para evitar infecciones.5. Respiracin
boca a boca
Artculo 118. Es un mtodo efectivo mediante el cual se revive a
una persona que no puede respirar por si misma, su aplicacin nunca
daa a la vctima, aunque la falta de sta puede resultar fatal ya que
cualquier demora puede producir consecuencias graves o fatales.
Seguir el siguiente tratamiento:
Acueste de espaldas y en su posicin horizontal al lesionado y
colquese al lado de la cabeza.
Levante la mandbula inferior para asegurar el paso del aire.
Respire profundamente y coloque su boca sobre la de la vctima y
sople en forma suave y regular.
Retire su boca para permitir que la vctima exhale, vuelva a
soplar (repita 12 veces por minuto como mnimo). Algunas veces la
vctima cierra la boca muy fuerte, que resulta difcil abrirla, en
estos casos sople el aire por la nariz, selle los labios con el
ndice de la mano que contiene la barbilla.
C.4 Botiqun de primeros auxilios
Artculo 119. SAEG CONTROLS SAC. abastecer de manera que haya
siempre un stock permanente de los siguientes medicamentos y
materiales en el botiqun:
Instrumentos: tijeras, pinzas, navaja u hoja de afeitar,
termmetro bucal, etc.
Vendas: Gasa esterilizada, rollo de tela adhesiva o esparadrapo,
caja de curitas, paquetes de algodn absorbente, etc.
Drogas: Agua oxigenada, alcohol, yodo, mercurio cromo, etc.
CAPITULO IX
MODIFICACIONES Y VIGENCIAArtculo 120. El Reglamento o sus
modificaciones posteriores requerirn la aprobacin previa del Comit
de Seguridad y Salud en el Trabajo, pudiendo los trabajadores
revisar su texto e introducir innovaciones, cuando lo estimen
conveniente. Artculo 121. Para actividades o procesos no
contemplados en el presente Reglamento, se debern de realizar de
acuerdo a los Procedimientos Estndar de Trabajo (PET) y para el
desarrollo de las actividades de Gestin de acuerdo a los
Procedimientos de Gestin (POG). Vigencia
Artculo 122. El presente Reglamento tendr la vigencia de un ao,
pero se entender prorrogado automticamente, por perodos iguales
sino se realiz observaciones por parte de SAEG CONTROLS SAC., el
Comit de Seguridad y Salud en el Trabajo o de los trabajadores.
TELFONOS PARA CASOS DE EMERGENCIA
ENTIDADES DE SERVICIOS PUBLICOS
Comisaria de Jess Mara 431-9786
Comisaria PNP San Luis (+511) 324-8355Comisara Vitarte
351-8499
EMERGENCIA DEFENSA CIVIL
115
Instituto Nacional de Defensa Civil
225-9898
Bomberos (Estacin de bomberos Lima N4 (Lince)) 471 -6442 / 266
-0893Bomberos Santa Anita
478-1099
EMERGENCIA HOSPITALES
117
Hospital Dos de Mayo 328 - 0028
Arzobispo Loayza 445 - 5096
Morgue Central
328-8590Presidente del Comit de
Seguridad y Salud en el Trabajo
Vo. Bo.
Gerencia GeneralSGSST/RISST02
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