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Reasignaciones y Permuta Unidad de Personal
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Presentación reasignacion profesores ley n° 29944

Jun 29, 2015

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Reinaldo Alvaro

REASIGNACIONES CON LA LEY 29944
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Page 1: Presentación reasignacion profesores ley n° 29944

Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Page 2: Presentación reasignacion profesores ley n° 29944

Estructura del Sistema EducativoHasta 2004 – Ley 23384

Estructura del Sistema EducativoEstructura del Sistema Educativo

Educación PrimariaEducación PrimariaEducación Inicial Educación Inicial

MenoresMenores AdultosAdultos EspecialEspecial

Educación Secundaria Educación Secundaria Educación SuperiorEducación Superior NIVELES

MenoresMenores AdultosAdultos OcupacionalOcupacionalEspecialEspecial MODALIDADES

Educación FormalEducación Formal Educación no FormalEducación no Formal

• Auto aprendizaje• Familia, Comunidad* Centro de Trabajo• Agrupaciones: - Políticas - Religiosas - Culturales* Medios de Comunicación

Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

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2005 – Ley 28044

Estructura del Sistema EducativoEstructura del Sistema Educativo

E. B. Regular E. B. Regular

InicialInicial

Educ. Técnica ProductivaEduc. Técnica Productiva MODALIDADFORMA

NIVELCICLO

Educ. BásicaEduc. Básica Educ. SuperiorEduc. Superior ETAPAS

E. B. EspecialE. B. EspecialE. B. Alternativa E. B. Alternativa

PrimariaPrimaria

Secund.Secund.

InicialInicial

IntermedioIntermedio

EBREBR

EBAEBA

ETPETP

BásicoBásico

MedioMedio

UniversidadUniversidad

Sup. Pedag.Sup. Pedag.

Sup. Tecn.Sup. Tecn.

Esc. Super.Esc. Super.AvanzadoAvanzado

Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

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Inciso h, establece la reasignación como un derecho del profesor.

Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

REASIGNACIÓN DEL PROFESOR

Art. 41 LRM

Art. 67 LRMLa Reasignación se realiza en base a los criterios y condiciones que establece el Reglamento de la LRM.

El MINEDU establecerá los lineamientos y procedimientos del proceso de reasignación.

Normas de Procedimientos para Reasignaciones y Permutas.

Art. 154 RLRM

R. M. Nº 0582-2013-ED

Ley de Reforma Magisterial – Ley Nº 29944

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Resolución Ministerial Nº 0582-2013-EDCOMPETENCIA

Ministerio de Educación

Direcciones Regionales

de Educación

Unidades de Gestión

Educativa Local

Instituciones Educativas Públicas de Educación

Básica y Técnico

Productiva

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

ALCANCE

Gestión

Pedagógic

a

• Profesores, profesor Coordinador PRONOEI, Profesor Coordinador de ODEC/ONDEC, personal Jerárquico de I.E.P.

Gestión

Institucion

al

• Especialistas en Educación, Directores y Subdirectores de I.E.P.

Formación Docente

Innovación

e Investigaci

ón

A los docentes de las Áreas de Desempeño Laboral

1

2

3

4

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

DEFINICIÓN

Reasignación

Desplazamiento del profesorde carrera de la plaza de la cuales titular a otra plaza orgánica

vacante y presupuestada del mismo cargo y

área de desempeño laboral.

Es un desplazamiento permanente y de carácter definitivo, sin interrupcióndel vínculo laboral y manteniendo la jornada de trabajo y escala magisterialalcanzada por el profesor.

Resolución Ministerial Nº 0582-2013-ED

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CAUSALES DE REASIGNACION:

a)

b)

c)

d) Por racionalización

e)

Reasignaciones y Permuta

Por Unidad Familiar

Por interés Personal

Por razones de salud

Por situaciones de emergencia

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TIPOS DE REASIGNACION:

a) Tipo 1: Dentro de la jurisdicción de la instancia de gestión educativa Descentralizada (DRE/ UGEL

b) Tipo 2: Entre instancias de gestión educativa descentralizada (DRE/ UGEL) de la misma región.

c) Tipo 3: Entre instancias de gestión Educativa Descentralizada (DRE/UGEL) de distintas regiones.

Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

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Procedimiento:

Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Los profesores presentaran su expediente ante la Dre/Ugel de destino

indicando el Tipo a la que desea postular, adjuntando documentos indispensable.

•Pase semestral emitido por Escalafón de la entidad de origen, con excepción para los casos de Tipo 1.•Constancia de la Ugel de origen que acredite zona rural o de frontera de la I.E. donde labora el docente.•Para reasignación por Unidad Familiar, presentar documento que acredite el vínculo.

La publicación de plazas vacantes

para el Tipo 1, es el último día del mes

de septiembre.

•La publicación de plazas desiertas del Tipo 1 y vacantes generadas al día viernes de la tercera semana del mes de noviembre para el Tipo 2, es el día viernes de la cuarta semana del mes de noviembre.•La publicación de plazas desiertas del Tipo 2 y vacantes generadas al día viernes de la primera semana del mes de diciembre para el Tipo 3, será el día viernes de la segunda semana del mes de diciembre.

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Proceso se desarrolla del mes de octubre al mes de diciembre

Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Presentación de expediente para los tres Tipos •Entre la primera y segunda semana del mes de octubre.

Evaluación de Expedientes de los tres Tipos •Entre la tercera y cuarta semana del mes de octubre.

Publicación de los Cuadros de Méritos •El día viernes de la tercera semana del mes de octubre.

Reclamos por Escrito •El día miércoles de la cuarta semana del mes de octubre.

Absolución de reclamos por escrito

•El día viernes de la cuarta semana del mes de octubre.

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Adjudicación, informe a la DRE o UGEL y emisión de resolución:

Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Tipo 1 Entre la primera y segunda semana del mes de noviembre

Adjudicación: entre el día lunes al miércoles de la primera semana del mes de noviembre

Remisión de Informe del Comité de Evaluación a la DRE o UGEL al día viernes de la primera

semana del mes de noviembre

Emisión de resolución al día viernes de la segunda semana del mes de noviembre

Adjudicación: entre los tres primeros días laborables de la tercera semana del mes de diciembre

Remisión de Informe del Comité de Evaluación a la DRE o UGEL al día hábil siguiente de culminadas las adjudicaciones.

Emisión de resolución al último día hábil de la cuarta semana del mes de diciembre

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Comité de ReasignaciónPor Unidad Familiar e Interés Personal

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Por Racionalización

Comité de Reasignación

Comité de Reasignación

Por reasignación por salud, por situaciones de emergencia y las permutas

Este proceso se encuentra a cargo del Comité de Racionalización.

Este proceso se encuentra a cargo del área o equipo de Personal.

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Por Interés Personal y Unidad Familiar.

Requisitos:

a. Acreditar 3 años de nombrado b. Acreditar 2 años de permanencia en la

última plaza de la cual es titular nombrado.

c. Adjuntar pase semestral actualizado para reasignación.

d. No procede para estas causales de reasignación dentro del mismo distrito.

(como mínimo)

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Criterios de Evaluación

Evaluación de Desempeño Laboral

Escala Magisterial alcanzada por el profesor

Labor efectiva en zona rural o de frontera

Tiempo de Servicios oficiales en la carrera

40 puntos

20 puntos

20 puntos

20 puntos

Por Interés Personal y Unidad Familiar.

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Consideraciones: Por Interés Personal y Unidad Familiar.

El docente que no acredite evaluación de desempeño favorable no puede reasignarse.

Zona Rural y de Frontera, se califica

siempre que se acredite estar

laborando el estas zonas.

Por zona Rural y por zona de frontera, por cada año 2.5

puntos

Por Tiempo de servicios, 1 punto por

cada año lectivo de servicios.

(máximo 20 puntos)

Por Unidad Familiar:Profesor acreditará la

relación de parentesco mediante acta de

nacimiento y/o de matrimonio o

resolución judicial.

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Reasignaciones y Permuta

a. Acreditar 1 año de permanencia como mínimo en la última plaza de la cual es titular nombrado.

b. Pase semestral actualizado expedido por la DRE/UGEL de origen.c. Informe Médico emitido por Essalud, indicando el diagnostico de estado de

salud y tratamiento, pruebas auxiliares que acrediten el padecimiento de la enfermedad.

d. No procede reasignación por motivos de salud dentro del mismo distrito o dentro de una misma ciudad capital de provincia o de departamento.

Unidad de Personal

Requisitos: Por razones de Salud.

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Procedimiento: Por razones de Salud.

• a) Profesor presenta en la Ugel destino solicitud de reasignación

• El médico de la entidad emite informe, sobre el diagnostico de la enfermedad.

• Solo se puede adjudicar las plazas vacantes de profesor.

• Se debe evitar una mal mayor del profesor.

El jefe de Personal evalúa el expediente y el Informe médico,

si cuenta con los requisitos procederá con la reasignación.

En caso de no acreditar los

requisitos o el diagnostico no

amerite una reasignación, emitirá

R.D. notificará al solicitante.

Adoptar los mecanismos

para confirmar el diagnostico.

En caso de no existir disponibilidad de plazas vacantes,

cuando exista plaza vacante se debe dar

atención por el estado de salud.

Se realiza del mes de marzo a setiembre

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Requisitos: Por situaciones de emergencia.

a. Acreditar 1 años de permanencia en la última plaza de la cual es titular nombrado.

b. Informe documentado que acredite las amenazas, emitido por la autoridad superior política, militar o policial.

c. No procede por esta causal dentro de la misma Ugel.

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Reasignaciones y Permutas

Unidad de Personal

Procedimiento: Por situaciones de emergencia.

Profesor presenta en la UGEL de destino su solicitud, adjunta documentación sustentatoria.

Evalúa expediente DRE/UGEL de destino, verifica norma legal del Poder Ejecutivo que declara la emergencia del lugar de origen.

Si no acredita los requisitos se emitirá la R.D. dando respuesta a la petición.

El jefe de Personal deberá de adoptar las medidas a fin de verificar la información adjunta.

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Por razones de saludEntre Marzo a Setiembre

Por Interés PersonalEntre Octubre a Diciembre

Por Unidad FamiliarEntre Octubre a Diciembre

Periodos de Ejecución:

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Plazas Vacantes:

* •La plaza que genere el docente reasignado en el Tipo 1 se publicará para el Tipo 2

* •La plaza que genere el docente reasignado en el Tipo 2 se publicará para el Tipo 3

* •En la publicación de plazas para el Tipo 2 y 3 se incluye las plazas desiertas por cada Tipo y las vacantes que se genere por cese o fallecimiento.

N

o se

re

aliza

n

casc

ad

a:

Page 24: Presentación reasignacion profesores ley n° 29944

Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Por razones de saludVigente a partir del primer día útil del mes siguiente de la fecha de acuse de

recepción de la resolución.

Por Interés PersonalA partir del inicio del

siguiente año lectivo escolar

Por Unidad FamiliarA partir del inicio del

siguiente año lectivo escolar

Vigencia de la Resolución:

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

PERMUTA:

Acción administrativa de personal mediante el cual dos profesores de la misma escala magisterial y que desempeñan el mismo cargo intercambian plaza por mutuo acuerdo.

Desplazamiento permanente y de carácter definitivo, sin interrupción del vínculo laboral que se ejecuta una sola vez al año.

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Prohibiciones:

No podrán participar en los procesos de reasignación, en cualquiera de sus causales, o permuta, los profesores que se encuentren comprendidos en las siguientes situaciones:

a. Encontrarse inmerso en un proceso administrativo disciplinario instaurado.

b. Estar en uso de licencia sin goce de remuneraciones.

c. Estar cumpliendo sanción administrativa disciplinaria.

d. Estar cumpliendo condena condicional por delito doloso o estar inhabilitado por resolución judicial.

e. Encontrarse inmerso en las medidas preventivas establecidas en el artículo 44 de la Ley de R.M.

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Unidad de Personal

Disposiciones Complementarias:

a. Sólo se admite las causales de reasignación prevista en la normatividad.

b. No se incluye el tiempo de licencias sin goce de remuneraciones, ni el período de sanción disciplinaria, para el período de tiempo mínimo de servicios.

c. No procede reasignación por cambio de nivel y modalidad educativa, en este caso corresponde el proceso de racionalización.

d. La zona rural y de frontera será acreditada por el MINEDU en coordinación con el INEI.

e. Las amenazas contra la integridad física de un docente por razones de índole personal con terceras personas no es causal de reasignación por emergencia.

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Reasignaciones y Permuta

Unidad de Personal

Disposiciones Complementarias:

f. Los especialistas en Educación, Director o Jefe de Gestión Pedagógica y Director de UGEL, no podrán participar en los procesos de reasignación y permuta.

g. El Proceso se realiza a través de evaluación de expediente, siendo cancelatorio.

h. Carece de validez legal, cualquier directiva o norma administrativa que emita Gobierno Regional DRE/UGEL.

i. El Informe de Evaluación del Desempeño Laboral, queda en suspenso en tanto no se generalicen dichas evaluaciones por el MINEDU.

j. Docente que desee ser reasignado y/o permutado a una I.E. Intercultural Bilingüe debe acreditar el dominio de la lengua materna de los educandos –Constancia emite la UGEL.

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Disposiciones Complementarias:

k. Los Directores de la DRE y UGEL, Jefes de Área o Equipo de Personal y los miembros del Comité de Reasignaciones son responsables en forma personal como colectivamente por el incumplimiento de las normas de procedimientos establecidas en el reglamento.

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UPER - MINEDU

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Gracias…!!!

Abog. Jane Vilma Atuncar Quispe Especialista Área de Normas

TELEFONO CENTRAL : 615-5800ANEXOS : 21076 - 26237