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ORDENANZA MUNICIPAL N 017-2014-MPS
Chimbote, 30 de Abril de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Santa,
en Sesin Ordinaria de
Concejo de fecha 30 de abril del 2014, acord aprobar el proyecto
de Ordenanza Municipal del
Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados para
el Ao Fiscal 2015 y su
Reglamento y;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonoma poltica, econmica y
administrativa en
los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto en
el Artculo II del Ttulo
Preliminar de la Ley Orgnica de Municipalidades, Ley N 27972,
concordante con el Artculo
194 de la Constitucin Poltica del Estado, modificado por la Ley
N 28607, Ley de Reforma
Constitucional;
Que, el artculo 20, numeral 20.1 de la Ley 27783 Ley de Bases de
la Descentralizacin,
establece que los gobiernos locales se sustentan y rigen por
Presupuestos Participativos
anuales como instrumentos de administracin y gestin, los mismos
que se formulan y
ejecutan conforme al marco legal pertinente;
Que, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N
28411; y en
cumplimiento con la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley
N 28056 y en concordancia
con el Decreto Supremo N 142 - 2009 - EF, que aprueba el
Reglamento de la Ley N 28056 ,
Ley Marco del Presupuesto Participativo y el Instructivo N 001 -
2010 -EF/76.01, "Instructivo
para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados",
aprobado con Resolucin Directoral
N 007-2010-EF/76.01;
Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley N 28056,
define al proceso del
Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignacin
equitativa, racional, eficiente,
eficaz y transparente de los recursos pblicos, que fortalece las
relaciones con el Estado-
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Sociedad Civil, el cual se desarrolla en armona con los planes
de desarrollo concertados de los
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, as como la
fiscalizacin de la gestin.
Que, con Resolucin Directoral N 002 - 2014 - EF/50.01, se
aprueba la Directiva N
0001-2014-EF/50.01Directiva para los Programas Presupuestales en
el marco de
Programacin y Formulacin del Presupuesto del Sector Pblico para
el ao Fiscal 2015;
Que, la Ley N 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre
mujeres y hombres,
establece en su artculo 6 inc. a) que los gobiernos regionales y
locales adoptan polticas,
planes y programas en forma transversal que promuevan y
garanticen la participacin plena y
efectiva de mujeres y hombres en la consolidacin del sistema
democrtico
Que, la Municipalidad, debe determinar sus respectivos espacios
de concertacin y
regular mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobacin de su
presupuesto participativo,
de acuerdo a lo establecido en la Dcima Sexta Disposicin
Complementaria de la Ley Orgnica
de Municipalidades, Ley N 27972;
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe
N 200-2014-
GPyP-MPS, ha alcanzado el proyecto de Reglamento del Proceso del
Presupuesto
Participativo basado en Resultados del Distrito de Chimbote y de
la Provincia del Santa para el
Ao Fiscal 2015, que como anexo forma parte de la presente
ordenanza;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas
por el numeral 8)
Artculo 9 de la Ley Orgnica de Municipalidades, Ley 27972, el
Concejo Municipal Provincial,
aprob la siguiente norma municipal;
ORDENANZA MUNICIPAL N 017-2014-MPS
ORDENANZA MUNICIPAL PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO DEL AO FISCAL 2015 BASADO EN RESULTADOS
Artculo 1.- APROBAR el Reglamento que regula el proceso del
Presupuesto Participativo
2015, basado en Resultados del Distrito de Chimbote y de la
Provincia del Santa, norma que
consta de 04 Ttulos, 14 Captulos, 43 Artculos, 08 Disposiciones
Complementarias y Finales y
02 Anexos; el cual forma parte de la presente Ordenanza.
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Artculo 2.- ESTABLECER que los aspectos no previstos en el
Reglamento Marco del
Proceso de Formulacin del Presupuesto Participativo 2015, sern
resueltos por el Equipo
Tcnico Municipal en concertacin con los representantes de la
Sociedad Civil.
Artculo 3.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto,
Gerencia de Administracin y Finanzas, Gerencia de Obras Pblicas
y Participacin Vecinal, el
cumplimiento de la presente Ordenanza, as como velar por el
estricto cumplimiento de los
fines de la misma.
Artculo 4.- DISPONER a Secretara General la publicacin de la
presente Ordenanza
Municipal de acuerdo a lo establecido por el Artculo 44 de la
Ley N 27972.
Artculo 5.- Disponer la vigencia de la presente Ordenanza
Municipal al da siguiente de su
publicacin.
REGSTRESE, COMUNQUESE, PUBLQUESE Y CMPLASE
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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA-CHIMBOTE
(ANEXO 1)
REGLAMENTO DEL PROCESO DE FORMULACIN DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO AO 2015, BASADO EN RESULTADOS
TTULO I
PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES GENERALES
CAPTULO I
NATURALEZA Y PRINCIPIOS RECTORES
Artculo 1.- El Presupuesto Participativo Basado en Resultados se
enmarca dentro del nuevo enfoque de la Gestin Pblica, en el cual
los recursos pblicos se asignan, ejecutan y evalan en funcin a
cambios especficos que se deben alcanzar para mejorar el bienestar
de la poblacin. Lograr estos cambios supone producir resultados que
mejoren notoriamente las condiciones de vida de las personas. El
resultado est vinculado a la solucin de un problema prioritario de
la poblacin. Para lograr una mayor efectividad en la gestin se
deben relacionar los resultados con los productos, as como las
acciones y los medios necesarios para su ejecucin. De esta manera
los proyectos que se prioricen en el marco del proceso
participativo, al estar conectados a los productos, garantizarn
mejoras en la calidad de vida de la poblacin sobre todo aquella ms
necesitada. El Proceso del Presupuesto Participativo es un
mecanismo de asignacin equitativa, racional, eficiente, eficaz, y
transparente de los recursos pblicos, que fortalece las relaciones
Estado y Sociedad Civil. As mismo, el Gobierno Municipal y las
organizaciones de la Sociedad Civil debidamente representadas,
definen en conjunto qu se quiere lograr, y como se orientan los
recursos, teniendo en cuenta los objetivos del Plan de Desarrollo
Concertado Provincia Del Santa al 2021.
Artculo 2.- PRINCIPIOS RECTORES
a. Participacin. La Municipalidad Provincial del Santa promueve
la participacin de la Sociedad Civil en la Programacin del
Presupuesto en el mbito de su jurisdiccin.
La Participacin Ciudadana como Derecho.- El derecho al
desarrollo humano es inalienable en virtud del cual, todo el ser
humano y todos los pueblos estn facultados para participar en un
desarrollo econmico, social, cultural y poltico, en el que puedan
realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades
fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar de
l.
b. Transparencia. Toda la informacin referida al Presupuesto
Provincial, debe ser difundida para conocimiento de toda la
poblacin.
c. Igualdad de Oportunidades. La Sociedad Organizada participa
sin ningn tipo de discriminacin.
d. Tolerancia. Absoluto respeto a la diversidad de opiniones,
visiones y posturas, elemento esencial para la construccin de
consensos.
e. Eficacia y eficiencia. La Municipalidad Provincial del Santa,
optimiza el recurso presupuestario orientado al logro de metas y
objetivos de su respectivo Plan de
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Desarrollo Concertado y la medicin de sus logros se basa en
indicadores de impacto, de resultados y de productos.
f. Equidad. Igual acceso a las oportunidades e inclusin a grupos
y sectores sociales que requiere ser atendido de manera
especial.
g. Competitividad. La Municipalidad Provincial del Santa
promueve la inversin privada y orientada las acciones pblicas hacia
la promocin del desarrollo, buscando la competitividad.
h. Corresponsabilidad. Entre la Municipalidad Provincial y la
Sociedad Civil, en la identificacin de oportunidades y solucin de
los problemas.
i. Solidaridad. Todo agente participante asume los problemas de
otros como propios, sin inters particulares.
j. Respeto a los Acuerdos. Compromiso de todos los actores de
llevar adelante las decisiones concertadas.
k. Subsidiaridad. El Gobierno Local ms cercano a la poblacin es
el ms idneo para ejercer la competencia o funcin; por consiguiente
el Gobierno Nacional no debe asumir competencias que pueden ser
cumplidas ms eficientes por los Gobiernos Locales Provinciales, y
estos a su vez, no deben hacer aquello que puede ser ejecutado por
los Gobiernos Locales Distritales.
Artculo 3.-MBITO Y ALCANCE
El presente reglamento para el desarrollo del Proceso del
Presupuesto Participativo Ao 2015, tiene aplicacin en la
jurisdiccin de la Provincia del Santa, que corresponde al Distrito
Capital (Chimbote) y a los 08 distritos (Cceres del Per, Coishco,
Macate, Moro, Nepea, Nuevo Chimbote, Samanco y Santa), con sus
respectivos Centros Poblados (Cambio Puente, Cascajal, Santa Ana y
Santa Rosa de Paquirca).
CAPTULO II
OBJETO, FINALIDAD Y BASE LEGAL
Artculo 4.- OBJETO
El presente Reglamento tiene por objeto normar y orientar las
acciones y/o procedimientos que aseguren el desarrollo del Proceso
del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, para el Ao
Fiscal 2015.
Artculo 5.- FINALIDAD
Establecer los lineamientos generales para la activa
participacin de la Sociedad Civil debidamente representada, as como
de las Instituciones Pblicas en el ordenamiento legal y metodolgico
del Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados
reconocidos como Agentes Participantes para el Proceso del
Presupuesto Participativo, convocado por la Municipalidad
Provincial del Santa para el Ao Fiscal 2015.
Artculo 6.- BASE LEGAL
La base legal que ampara el desarrollo de este proceso, est
definida en las siguientes normas de carcter nacional
Constitucin Poltica del Per.
Ley N 27783- Ley de Bases de la Descentralizacin.
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Ley N 27792- Ley Orgnica de Municipalidades.
Ley N 28411- Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto.
Ley N 30114- Ley del Presupuesto del Sector Pblico para el ao
fiscal 2014.
Ley N 28056- Ley Marco del Presupuesto Participativo.
Ley N29298- Ley que modifica la ley 28056 Ley Marco del
Presupuesto Participativo.
Decreto Supremo N 142-2009-EF, Reglamento de la Ley N 28056.
Ley N 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica,
disposiciones complementarias y modificatorias
Resolucin Directoral N 007-2010 EF/76.01 que aprueba el
instructivo N 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo
basado en un enfoque por resultados.
Resolucin Directoral N 002-2014-EF/50.01, que aprueba la
Directiva N
0001-2014-EF/50.01Directiva para los Programas Presupuestales en
el marco
de Programacin y Formulacin del Presupuesto del Sector Pblico
para el ao
Fiscal 2015;
Artculo 7.- CUMPLIMIENTO
Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son de
cumplimiento obligatorio de quienes participan de este proceso:
Concejo Municipal, Alcaldes, Consejo de Coordinacin Local
Provincial, Agentes participantes, Equipo Tcnico, Comits de
Vigilancia.
TTULO II
INSTANCIAS DE ORGANIZACIONES Y PARTICIPACIN
CAPTULO III
OBJETIVOS
Artculo 8.- OBJETIVOS DEL PROCESO
Mejorar la eficiencia en la asignacin y ejecucin de los recursos
pblicos, de acuerdo a las prioridades consideradas en los objetivos
del Plan de Desarrollo Concertado Provincia Del Santa al 2021 y en
los Programas Estratgicos del Presupuesto por Resultados.
Reforzar la relacin entre el Estado y la Sociedad Civil,
introduciendo formalmente, en el mbito de la Gestin Pblica,
mecanismo que permiten mejorar la focalizacin de la inversin pblica
hacia aquellos grupos de la poblacin con mayores carencias en
servicios bsicos.
Comprometer a la Sociedad Civil en las acciones a desarrollar
para el cumplimiento de los objetivos estratgicos del Plan de
Desarrollo Concertado,
creando conciencia respecto de los derechos y obligaciones que
los
ciudadanos tienen como contribuyentes y como actores en la
implementacin
de las acciones del Estado y la sociedad en su conjunto.
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Reforzar el seguimiento, control, vigilancia y rendicin de
cuentas de la ejecucin del presupuesto, orientado a mejorar la
efectividad de la accin del estado hacia el logro de
resultados.
CAPTULO IV
INSTANCIAS
Artculo 9.- Constituyen instancias de participacin en el proceso
de programacin participativa del presupuesto participativo, en
coordinacin con las disposiciones legales vigentes.
Concejo Municipal Provincial
Consejo de Coordinacin Local Provincial.
Asamblea de Agentes Participantes.
Comits de Vigilancia
TTULO III
AGENTES PARTICIPANTES Y PROCESOS DE IDENTIFICACIN
CAPTULO V
DEFINICIN, NATURALEZA Y ACREDITACIN DE LOS AGENTES
PARTICIPANTES
Artculo 10.- Agentes Participantes son todas aquellas personas
que han sido acreditadas para participar en el proceso de
Presupuesto Participativo del ao fiscal 2015 y se agrupan en dos
niveles:
A. Agentes Participantes con voz y voto:
Los integrantes del Concejo Municipal Provincial
Los integrantes del Consejo de Coordinacin Local Provincial.
El Alcalde o un regidor acreditado de cada municipalidad
distrital ubicada dentro la jurisdiccin de la Provincia, previo
acuerdo del Concejo Municipal.
Un representante de cada Consejo de Coordinacin Local Provincial
y Distrital acreditado por el Alcalde Provincial y Distrital
correspondiente, previo proceso eleccionario con la participacin
activa de los delegados respectivos.
El representante de cada Organizacin de Sociedad Civil de mbito
Provincial que solicite su inscripcin y haya sido acreditado para
participar en el proceso de formulacin del Presupuesto
Participativo del ao fiscal 2015.
Un representante de cada entidad del Gobierno Nacional, Regional
que desarrolla acciones en la jurisdiccin de la Provincia del
Santa, se encuentre o no en proceso de transferencia de
funciones.
B. Agentes Participantes con voz pero sin voto:
Los integrantes del Equipo Tcnico, designados en la forma que se
establece en el presente reglamento.
Los Profesionales y tcnicos de la sociedad civil.
Un representante de los espacios de concertacin Provincial (Mesa
de
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Concertacin para la Lucha Contra la Pobreza)
Los Gerentes y Jefes de Oficinas de la Municipalidad Provincial
del Santa.
Artculo 11.- Entre los representantes de la Sociedad Civil estn
comprendidas las organizaciones sociales de mbito Provincial,
aquellas que ejecutan actividades, programas o proyectos cuya rea
de influencia abarca a ms de una provincia.
TTULO IV
DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
CAPTULO VI
FASES DEL PROCESO
Artculo 12.- LAS FASES DEL PROCESO
Las fases del proceso del Presupuesto Participativo considerado
de carcter Provincial, son los siguientes:
FASE DE PREPARACIN.
FASE DE CONCERTACIN.
FASE DE COORDINACIN.
FASE DE FORMULACIN.
CAPTULO VII
PREPARACIN Y DIFUSIN DEL PROCESO
Artculo 13.- PREPARACIN
Esta Fase comprende las acciones de comunicaciones,
Sensibilizacin, Convocatoria, Identificacin y Capacitacin de
Agentes Participantes. El Alcalde en coordinacin con representantes
del Consejo de Coordinacin Local Provincial, desarrolla reuniones
de coordinacin del proceso del Presupuesto Participativo Ao 2015
Basados en Resultados. El Concejo Municipal Provincial a travs de
una ordenanza aprueba el Reglamento y Cronograma de Ejecucin de
Actividades (Anexo 01), del Proceso del Presupuesto Participativo
ao 2015 basado en resultados.
Artculo 14. DIFUSIN DEL PROCESO. El Alcalde en coordinacin con
la Unidad de Imagen Institucional de la Municipalidad Provincial
del Santa, se encarga del desarrollo de las actividades de difusin
y sensibilizacin sobre la importancia de la participacin ciudadana
as como de las normas que sealan su cumplimiento.
CAPTULO VIII
CONVOCATORIA, INSCRIPCIN, ACREDITACIN, CAPACITACIN Y DESARROLLO
DE TALLERES
Artculo 15. CONVOCATORIA: El Alcalde, en condicin de Presidente
del Consejo de Coordinacin Local Provincial y Titular del Pliego,
es responsable de la convocatoria. Durante todo el proceso de
difusin de la convocatoria para el Presupuesto
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Participativo ao 2015, la Municipalidad Provincial tendr en
cuenta los siguientes criterios que permitan garantizar una amplia
participacin y representatividad local.
La publicidad y difusin se realizar a travs de diferentes medios
de comunicacin local, provincial y regional (diarios, radios, tv.)
y con la ayuda de material informativo (trpticos, afiches,
volantes, banderolas, gigantografas). Esta tarea estar a cargo de
la Unidad de Imagen Institucional en estrecha coordinacin con la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.
Asegurar que la difusin tenga cobertura local y alcance
provincial.
Promover la participacin de organizaciones de alcance
Provincial, en preferencia los ms vulnerables, conformadas por
mujeres, jvenes, personas con discapacidad, personas adultas
mayores, comunidades campesinas, etc.
Artculo 16.- INSCRIPCIN
La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad
Provincial del Santa en coordinacin con la oficina de Participacin
Vecinal, se encargarn de la identificacin, inscripcin o
reinscripcin y acreditacin de los Agentes Participantes. Cada
organizacin que solicite su registro, puede acreditar a dos
miembros titulares y dos miembros suplentes; un hombre y una mujer,
salvo que su organizacin promueva derechos o intereses de uno de
los gneros. (Anexo 02)
Los Agentes Participantes cumplirn con los siguientes requisitos
para su inscripcin:
1. Las organizaciones acreditadas en Proceso Participativos de
aos anteriores, debern confirmar su participacin por escrito a
travs de una solicitud u oficio, donde a su vez seale al
representante (titular y/o suplente) que participar en todas las
etapas del proceso (adjuntar copias DNI y Resolucin actual).
2. Para las organizaciones nuevas que se integran a los Procesos
de Presupuesto Participativo ao 2015 basado en resultados,
presentarn una solicitud dirigido al Jefe de la oficina de
Participacin Vecinal de la Municipalidad Provincial del Santa,
adjuntando:
Copia simple del documento de identidad (DNI) del titular y/o
suplente designado.
Copia del Acta de Constitucin, Inscripcin de los Registros
pblicos u otros que garanticen la vida Institucional del Organismo,
con vigencia mnimo de 03 aos.
Copia de reconocimiento de la Organizacin Social ante alguna
Instancia del Estado (Resolucin de Reconocimiento).
Copia simple del Acta que contenga el acuerdo de participar en
el proceso, y la designacin de sus representantes.
3. Excepcionalmente con el fin de lograr la mayor participacin
de la poblacin vulnerable no organizada ni representada
adecuadamente en el proceso participativo, se acredita su
participacin con la presentacin del libro de Actas de vida orgnica
activa.
Artculo 17.- Se apertura un libro de registro para la inscripcin
o reinscripcin de los representantes de las diversas organizaciones
e instituciones que participan como Agentes en el proceso de
formulacin y ejecucin del proceso del Presupuesto Participativo Ao
2015. Al momento de la Inscripcin de los Agentes Participantes se
deber especificar si su participacin es a nivel multidistrital o
Provincial.
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CAPTULO IX
DEL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIN Y ACREDITACIN
Artculo 18.- Los documentos y requisitos sealados en el artculo
16 del presente Reglamento, son de carcter obligatorio y debern ser
dirigidos a la oficina de Participacin Vecinal, para su evaluacin e
inscripcin correspondiente.
Artculo 19.- Las Organizaciones que tuvieran alguna observacin
en su solicitud de inscripcin, tendrn un plazo de cinco (5) das
hbiles, contados a partir de la fecha de notificada para subsanar
la observacin.
Artculo 20.- Vencido el plazo de inscripcin de Agentes
Participantes, el Alcalde dispondr la publicacin de la lista de
organizaciones e instituciones de la Sociedad Civil inscritas para
el proceso de formulacin del Presupuesto Participativo Ao 2015
basado en resultados, la misma que ser de conocimiento pblico en el
panel de anuncios del local institucional y en el portal Web de la
Municipalidad Provincial. ( www.munisanta.gob.pe).
Artculo 21.- El plazo para presentar observaciones y tachas
sobre algn integrante de la relacin de Agente Participantes o de la
Organizacin a la que representa es de dos (02) das hbiles contados
a partir del da siguiente de la publicacin de la lista a que se
refiere el artculo precedente. La Unidad de Participacin Vecinal en
un plazo mximo de dos (02) das hbiles comunicar las observaciones o
tachas a los interesados, quienes tendrn un plazo de cuatro (04)
das hbiles para absolverlas.
Artculo 22.- Vencidos los plazos sealados en el presente
Reglamento, el Alcalde de la Municipalidad Provincial del Santa
emitir una Resolucin de alcalda de reconocimiento a todos los
Agentes Participantes de la Sociedad Civil y del Estado inscritos
en el Proceso del Presupuesto Participativo Ao 2015 basado en
resultados. La Resolucin ser difundida a travs de los paneles de
anuncios del local institucional y en el portal Web de la
Municipalidad Provincial. ( www.munisanta.gob.pe)
Artculo 23.- ACREDITACIN
A cada Agente Participante, se le otorgar un credencial que
certifique su participacin sealando los siguientes datos:
Nombre del Agente Participante.
Organizacin al que representa.
Nivel del Proceso en el cual participa (Multidistrital
Provincial).
CAPTULO X
SUS ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS AGENTES
PARTICIPANTES
Artculo 24.- Los Agentes Participantes debern asistir de manera
obligatoria a las reuniones de capacitacin y talleres de trabajo
para la elaboracin del Presupuesto Participativo Ao 2015, basado en
resultados. Para este, fin los Agentes Participantes debern tener
en cuenta lo siguiente:
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1. Respetar las pautas metodolgicas establecidas en el presente
reglamento. 2. Asistir a la capacitacin y a los talleres de trabajo
que convocar la
municipalidad, 3. Proponer los proyectos de inversin que
contribuyan a solucionar los
problemas de la provincia y respondan a los objetivos del Plan
de
Desarrollo Concertado,
4. Priorizar las propuestas de proyectos de inversin de acuerdo
a los ejes estratgicos considerados en el Plan de Desarrollo
Concertado,
5. En el caso, de las Municipalidades distritales las propuestas
a presentar
debern ser proyectos priorizados en sus procesos del
presupuesto
participativo correspondiente. 6. Suscribir el acta de
formalizacin de los acuerdos y compromisos.
Artculo 25.- Antes de asistir a las reuniones de capacitacin y a
los Talleres de trabajo y durante el desarrollo del proceso, los
Agentes Participantes debern reunirse con las personas a las que
representan para:
1. Informarles acerca del proceso.
2. Proponer aportes y modificaciones que consideren necesarios
para la mejora del proceso.
3. Establecer las prioridades del sector o territorio al que
representan de acuerdo al Plan de Desarrollo Concertado Provincia
Del Santa al 2021.
CAPTULO XI
ESTMULOS, FALTAS Y SANCIONES
Artculo 26.- Se consideran faltas a las normas de convivencia
democrtica de los Agentes Participantes en el Proceso de elaboracin
del Presupuesto Participativo ao 2015 basado en resultados, las
siguientes:
a) Inasistencias injustificadas a las reuniones de capacitacin y
a los Talleres de trabajo convocados.
b) Agresin fsica o verbal a un Agente Participante.
c) Asistencia a las reuniones de capacitacin y a los Talleres de
trabajo en estado etlico o de alteracin por consumo de drogas.
d) Alterar de manera violenta el normal desarrollo de reuniones
de capacitacin y Talleres de trabajo.
Artculo 27.- Las sanciones que se aplicaran segn la gravedad o
reiteracin de las faltas sern las siguientes:
a) Por primera vez: Llamada de atencin en las reuniones de
capacitacin y Talleres de trabajo.
b) Por segunda vez: Comunicacin expresa de llamada de atencin
suscrita por la Gerente de Planeamiento y Presupuesto, dirigida al
Agente respectivo, haciendo de conocimiento de la organizacin de la
sociedad civil o institucin pblica a la que representa.
c) Por tercera vez: denuncia pblica de la falta, y de ser el
caso el envo de una
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solicitud a la Organizacin de la Sociedad Civil o Institucin
Pblica que representa para la sustitucin del representante.
d) Por cuarta vez: Retiro total como Agente Participante del
proceso del Presupuesto Participativo ao 2015 basado en
resultados.
Artculo 28.- CONFORMACIN DEL EQUIPO TCNICO
Para la formulacin y conduccin del Proceso de Presupuesto
Participativo Ao 2015 basado en resultados, se conformar un Equipo
Tcnico teniendo en cuenta el principio de igualdad de oportunidades
y equidad de Gnero. Ser reconocida como tal, a travs de Decreto de
Alcalda, y estar conformada por:
Gerencia Municipal
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto-Coordinador
Gerencia de Administracin y Finanzas.
Gerencia de Desarrollo Social y Humano
Gerencia de Gestin Ambiental y Salud Pblica
Gerencia de Desarrollo Econmico Local
Gerencia de Desarrollo Urbano
Instituto Vial Provincial(IVP-Santa)
Gerencia de Obras Pblicas
Sub Gerencia de Programacin e Inversiones
Sub Gerencia de Proyectos y Estudios Tcnicos
Participacin Vecinal
Presidente de la Comisin de Planificacin, Presupuesto y
Administracin
Artculo 29.- El Equipo Tcnico reconocido bajo Decreto de
Alcalda, tiene a su cargo las siguientes responsabilidades.
Preparar la informacin actualizada y materiales de trabajo, para
el desarrollo de las reuniones de capacitacin y los talleres de
trabajo.
Revisar y actualizar la matriz de consistencia de calificacin y
priorizacin de proyectos.
Capacitar a los Agentes sobre las distintas fases del
proceso.
Evaluar, calificar y constatar los proyectos propuesto para su
discusin y validacin por los Agentes Participantes.
Apoyo en la Organizacin, Ejecucin de las reuniones de
capacitacin, talleres de Trabajo y sistematizacin de la
Informacin.
Elaboracin del documento final del proceso del Presupuesto
Participativo para el ao 2015, a ser presentado a la Direccin
Nacional del Presupuesto Pblico del Ministerio de Economa y
Finanzas.
Artculo 30.- CAPACITACIN
La Municipalidad Provincial del Santa con los Alcaldes
Distritales, instituciones de la Sociedad Civil, Mesa de
Concertacin para la Lucha Contra la Pobreza u otra Organizacin,
implementar mecanismos de capacitacin para los Agentes
Participantes en zonas descentralizadas de los Distritos de la
Provincia, orientados a fortalecer el Proceso del Presupuesto
Participativo ajustndose a las necesidades y
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caractersticas de la poblacin de su jurisdiccin y pueden ser
realizadas a travs de modalidades como: talleres o reuniones en las
que las autoridades y la poblacin se informen acerca de las tareas
que involucra dicho proceso. La etapa de capacitacin estar a cargo
de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en coordinacin con el
Equipo Tcnico. Las acciones de capacitacin estarn referidas
bsicamente a los siguientes temas:
- Revisin, e Implementacin del Plan de Desarrollo Concertado
Provincia Del Santa al 2021.
- Proceso de Presupuesto Participativo con enfoque de resultados
ao 2015.
- Presupuesto Participativo de nias, nios y adolescentes del
distrito
- MEF, Municipalidad, Sistema Nacional de Inversin Pblica,
elaboracin de perfiles, Medio Ambiente, Participacin y Seguridad
Ciudadana.
- Igualdad de oportunidades y equidad de gnero.
- Otros temas.
CAPTULO XII
FASE DE CONCERTACIN.
Artculo 31.- Comprende las actividades de identificacin de los
problemas, evaluacin tcnica de las posibles soluciones y finalmente
la priorizacin de proyectos propuestos, as como la formulacin de
acuerdos y compromisos respectos a su financiamiento. Para tal
efecto, se desarrollarn talleres de trabajo coordinados y dirigidos
por el equipo tcnico y profesionales invitados, los cuales tendrn
la responsabilidad de conducir en los plazos establecidos, dentro
de los lineamientos desarrollados en la Ordenanza Municipal.
Artculo 32.- DESARROLLO DE TALLERES
Para el mecanismo de discusin en el desarrollo de talleres de
trabajo del proceso participativo. Se tomarn en cuenta los
siguientes mecanismos:
a. Se contar con un Moderador y Facilitadores, quienes conducirn
el desarrollo de los talleres.
b. Las intervenciones se efectuarn a mano alzada previa
identificacin de los Agentes Participantes.
c. La Participacin se realizar sobre la agenda establecida, por
espacio de 2 a 3 minutos.
d. Se elaborar un rol de preguntas o intervenciones.
e. La decisin final se aprobar por mayora o por consenso de los
Agentes Participantes.
Artculo 33.- TALLER DE IDENTIFICACIN Y PRIORIZACIN DE
PROBLEMAS.
Sobre la base del diagnstico que se utilizar en el desarrollo
del proceso participativo, los Agentes Participantes proceden a
identificar y priorizar los principales problemas que afectan a la
poblacin. En esta etapa se presenta la visin y objetivos
estratgicos contenidos en el Plan de Desarrollo Concertado
Provincia Del Santa al 2021, su avance de ejecucin y logro de
resultados.
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Artculo 34.- PRESENTACIN Y EVALUACIN TCNICA DE PROYECTOS
En ese taller se brindara capacitacin a los Agentes
Participantes sobre la normatividad y la forma de presentacin de
los proyectos, pudiendo presentar en este sus proyectos los Agentes
Participantes, as como aprobar las matrices de priorizacin. El
equipo tcnico seleccionar de la cartera de proyectos vinculados a
los resultados priorizados, aquellos que guarden correspondencia
con los problemas priorizados, tomando en cuenta los criterios de
alcance, cobertura y montos de inversin de impacto Regional,
Provincial y de impacto Distrital. Proyectos de Impacto Regional:
deben tener en cuenta que el monto total del proyecto no sea menor
a S/. 3000, 000,00 y que su alcance sea pluri provincial, debiendo
beneficiar a un mnimo de tres (03) distritos que se encuentren
ubicados en dos (02) provincias como mnimo. Adicionalmente podrn
considerar que su cobertura en la poblacin objetivo no sea menor al
5%, respecto a la poblacin total de la Regin. Proyectos de Impacto
Provincial: Deben tener en cuenta que el monto del proyecto de
impacto provincial no sea menor a S/. 1200, 000,00 y que su alcance
sea pluri distrital, debiendo beneficiar a un mnimo de dos (02)
distritos del mbito jurisdiccional. Adicionalmente podrn considerar
su cobertura en la poblacin objetivo no sea menor al 5%, respecto a
la poblacin total de la Provincia.
Proyectos de Impacto Distrital: Los Proyectos de Impacto
Distrital, no tienen restriccin en el monto de la inversin,
debiendo tener en cuenta que su alcance contenga acciones cuyos
resultados permitan en el mbito distrital, solucionar un problema
relevante de la comunidad, (la priorizacin de los agentes
participantes). Adicionalmente podrn considerar que su cobertura en
la poblacin objetivo no debe ser menor al 5% de la poblacin total
del Distrito.
Artculo 35.- Requisitos complementarios para poder elaborar un
perfil. Todos los Agentes Participantes que presenten ideas de
perfiles de proyectos, la Municipalidad Provincial del Santa, se
compromete dar facilidades en la formulacin, evaluacin y
viabilidad; as mismo, los que presentan perfil sern evaluados segn
normatividad del Sistema Nacional de Inversin Pblica- SNIP, y la
prioridad dada por el Ministerio de Economa y Finanzas MEF; luego
pasarn a la etapa de concurso del Presupuesto Participativo ao
2015.
Los Agentes Participantes cumplirn con los siguientes requisitos
complementarios para poder elaborar un perfil.
1. Reconocimiento de la zona ante las autoridades competentes,
debe estar reconocido como: Centro Poblado, Casero, Pueblo Joven,
Asentamiento Humano, Sectores; segn sea el caso.
2. Resolucin de reconocimiento de los integrantes de la
Directiva vigente de la institucin / Organizacin.
3. Padrn de posibles beneficiarios.
4. La propiedad debe contener saneamiento fsico legal; debiendo
existir en los registros pblicos, tener ttulo de propiedad o
certificado de posicin por la entidad competente.
5. Identificacin del problema para el respectivo proyecto;
posibles soluciones al problema planteado.
6. Breve resea histrica de la zona a intervenir desde su
problemtica hasta su situacin actual, presencia de los servicios
bsicos primordiales.
7. Cantidad de poblacin, actividades e ingresos econmicos, y
otras actividades.
8. Planos de ubicacin referencial de la zona a intervenir, en
fsico o en digital.
-
9. Carta de permiso de autorizacin para intervenir en otra
localidad segn sea el caso.
10. Carta de compromiso de operacin y mantenimiento de la
institucin competente y/o de los comprometidos.
En lo que respecta a Salud: Postas mdicas, Puestos de salud:
1. Aprobacin y priorizacin de la necesidad por parte del
Ministerio de Salud.
2. Viabilidad del Ministerio de Salud.
3. Carta de compromiso de cofinanciamiento segn sea el caso.
4. Carta de compromiso de operacin y mantenimiento.
5. Recomendaciones necesarias para un puesto de salud.
6. Especificaciones tcnicas para la construccin del puesto de
salud.
Saneamiento:
1. Padrn de posibles beneficiarios.
2. Visto bueno de factibilidad de la Empresa Prestadora de
Servicios de Saneamiento de Chimbote (SEDACHIMBOTE), en caso sea
urbano.
3. Carta de compromiso de operacin y mantenimiento a quien
corresponda, Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento del
Santa (SEDACHIMBOTE), Juntas Administradoras de Agua Potable y
Saneamiento (IRCHIM).
Electrificacin:
1. Padrn de posibles beneficiarios.
2. Verificacin de la instalacin por el encargado del rea de
electrificacin.
3. Factibilidad del Ministerio de Energa y Minas.
4. Carta de compromiso de operacin y mantenimiento a cargo de la
Entidad Prestadora de Servicio (HIDRANDINA)
Educacin:
1. Priorizacin de la necesidad, por parte del Ministerio de
Educacin, Unidades de Gestin Educativa Local (UGEL), Gerencia
Regional de Educacin (GRD), segn sea el caso.
2. Resolucin Ministerial de Funcionamiento.
3. Ttulo de propiedad.
4. Plano de la Institucin Educativa correspondiente de registros
pblicos.
5. Nminas de alumnos de los cinco (5) ltimos aos.
6. Cuadro de presupuesto de personal.
7. Cuadro para Asignacin de Personal CAP.
7. Carta de compromiso de cofinanciamiento.
8. Carta de compromiso de operacin y mantenimiento.
Pistas:
1. Permiso de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento
de Chimbote (SEDACHIMBOTE), si corresponde.
2. Verificacin de las conexiones de agua y desage.
3. Verificacin de las conexiones domiciliarias.
-
Trochas Carrozables:
1. Aprobacin del Instituto Vial Provincial.
2. Documento de cofinanciamiento de la Institucin Vial
Provincial. Canales de Riego, Puentes.
Drenes:
1. Permiso y autorizacin de la Autoridad Local del Agua y/o
Autoridad competente.
2. Viabilidad del Proyecto de Inversin Pblica (PIP), por la
Junta de Usuarios.
3. Carta de compromiso de cofinanciamiento si lo hubiera.
4. Carta de compromiso de operacin y mantenimiento.
Artculo 36.- TALLER DE PRIORIZACIN DE PROYECTOS DE INVERSIN
En base a los proyectos presentados por el equipo tcnico, los
Agentes Participantes proceden a la aprobacin de los proyectos de
acuerdo a los problemas identificados conforme a los resultados del
taller sealado en el Artculo N 33, los proyectos aprobados son
incluidos en el acta de acuerdo y compromisos del proceso.
CAPTULO XIII
COORDINACIN ENTRE NIVELES DE GOBIERNO
Artculo 37.- FASE DE COORDINACIN ENTRE NIVELES DE GOBIERNO
La Municipalidad Provincial del Santa a travs del Alcalde,
efecta las coordinaciones que sean necesarias para definir acciones
de intervencin en el mbito de sus competencias, a fin de armonizar
polticas en base a inters de desarrollo de la poblacin de su
respectiva jurisdiccin.
CAPTULO XIV
FORMALIZACIN DE ACUERDOS, RENDICIN DE CUENTAS Y PUBLICACIN
Artculo 38.- Comprende la inclusin de proyectos de Inversin
priorizados y con financiamiento previsto en el Presupuesto
Institucional de Apertura del ejercicio correspondiente, as como la
Rendicin de Cuentas respecto del cumplimiento de los acuerdos y
compromisos asumidos el ao anterior.
Artculo 39.- INCLUSIN DE PROYECTOS EN EL PRESUPUESTO
INSTITUCIONAL DE APERTURA (PIA).
Los proyectos de Inversin pblica priorizados en el proceso y que
constituyen parte del acta de acuerdos y compromisos, debern ser
incluidos en el Presupuesto Institucional de Apertura del Gobierno
local. Copia del Acta de Acuerdo y Compromiso, as como el Documento
del Proceso participativo, es adjuntado al Presupuesto
Institucional de Apertura que se remite a la Contralora General de
la Repblica, a la Comisin del Presupuesto y Cuenta General de la
Repblica del Congreso de la Repblica, y a la Direccin Nacional del
Presupuesto Pblico del Ministerio de Economa y Finanzas.
Artculo 40.- RENDICIN DE CUENTAS.
-
La Rendicin de Cuentas constituye un mecanismo de transparencia
en el cual el Alcalde y el Comit de Vigilancia debern informar a
los Agentes Participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y
compromisos asumidos en el ao por la Municipalidad Provincial del
Santa-Chimbote.
Artculo 41.- COMIT DE VIGILANCIA
El Comit de Vigilancia realiza acciones de vigilancia ciudadana
del proceso participativo. Est conformado por cuatro (04) miembros
elegidos entre los agentes participantes. Los miembros son elegidos
a propuesta directa y votacin a mano alzada. La eleccin es por
mayora simple entre los Agentes Participantes debidamente
identificados, inscritos y registrados. El tiempo de mandato para
los integrantes del Comit es 01 ao a partir de su eleccin y
finaliza su labor en diciembre del ao siguiente.
Artculo 42.- REQUISITOS PARA SER ELEGIDOS MIEMBROS COMIT DE
VIGILANCIA
1. Ser Agente Participante, representante de una organizacin
social de base o de institucin privada, que forman parte del mbito
jurisdiccional.
2. Radicar en la jurisdiccin donde se desarrolla el proceso
participativo.
3. No haber sido condenado por delitos o faltas.
La conformacin del Comit de Vigilancia debe procurar la
participacin de mujeres y representantes de grupos vulnerables, a
fin de cumplir con los principios de igualdad de oportunidades y
equidad de Gnero.
Artculo 43.- FUNCIONES DEL COMIT DE VIGILANCIA
1. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Proceso del
Presupuesto Participativo.
2. Vigilar que la Municipalidad Provincial del Santa que cuente
con un cronograma aprobado de ejecucin de obras, de los proyectos
de inversin aprobados en el proceso participativo.
3. Vigilar que los recursos de la Municipalidad Provincial del
Santa, destinados al Presupuesto Participativo del ao fiscal 2015
sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos
asumidos.
4. Vigilar que los proyectos aprobados y ejecutados se vinculen
efectivamente con la mejor provisin de servicios o productos a la
poblacin, en el marco de los resultados identificados, incluyendo
los niveles de cobertura alcanzados.
5. Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos
asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos de inversin,
incluidos en el proceso participativo.
6. Informar semestralmente a los Consejos de Coordinacin Local
Provincial sobre los resultados de la vigilancia.
7. Solicitar formalmente al alcalde, segn sea el caso, del
acuerdo a las normas de transparencia, la informacin que requiera
para desarrollar las tareas de vigilancia.
-
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES
PRIMERA.- El Equipo Tcnico de la Municipalidad Provincial del
Santa, sostendr reuniones de capacitacin con responsables de las
diversas reas tcnicas de la Municipalidad, as mismo con
representantes de las organizaciones de la sociedad civil.
SEGUNDA.- Los gastos que irrogue la realizacin del Proceso del
Presupuesto Participativo 2015, sern asumidos de acuerdo a ley, por
la Municipalidad Provincial del Santa, bajo responsabilidad
compartida de los funcionarios competentes.
TERCERA.- Todo proyecto que se presente viable como unidad
ejecutora distinta a la Municipalidad Provincial del Santa, deber
consignar una carta de compromiso de cambio de unidad
ejecutora.
CUARTA.- Si algunos de los proyectos priorizados en el
Presupuesto Participativo, no puede ser ejecutado, el Alcalde
Provincial dispondr el reemplazo de dicho proyecto con otro, segn
la escala de prioridades establecidas participativamente, hecho que
deber hacerse de conocimiento al Consejo de Coordinacin Local y al
Comit de Vigilancia y Control
QUINTA.- Los proyectos que no fueron ejecutados del Presupuesto
Participativo ao 2014, podrn ser considerados en el Presupuesto
Participativo ao 2015 previo conocimiento en primera reunin de los
agentes participantes
SEXTA.- El desarrollo el Proceso de Presupuesto Participativo ao
2015, se regir al cronograma; el mismo que forma parte del Presente
Reglamento.
SPTIMA.- Las disposiciones no complementadas en el presente
Reglamento, sern resueltas por el Consejo de Coordinacin Local
Provincial y aprobadas mediante Resolucin de Alcalda.
OCTAVA.- El presente Reglamento entrar en vigencia al da
siguiente de su publicacin.
Chimbote, Abril de 2014
-
ANEXO N 02
NOMBRE Y APELLIDOS PROFESION DNI UNIDAD ORGNICA/CARGO
AL QUE PERTENECE e-mail
Pamela Bermdez Rodrguez Ingeniera 32950807 GERENTE MUNICIPAL
[email protected]
Lariza N. Salinas Benites C.P.C. 40019603 GERENTE DE
PLANEAMIENTO Y
PRESUPUESTO [email protected]
Jos A. Chavarra Revilla Magister en
Economa 32982602
COORDINADOR-GERENCIA DE
PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO [email protected]
Julio Santilln Ruiz - 32970429 GERENCIA DE ADMINISTRACION Y
FINANZAS [email protected]
Marleny de la Cruz Garca Abogada 18006115 GERENTE DE DESARROLLO
SOCIAL [email protected]
Fanny Alvarado Chvez - 32964055 JEFE DE PARTICIPACION VECINAL
[email protected]
Rafu Aguirre Escobar Ingeniero 40591043 GERENCIA DE OBRAS
PUBLICAS [email protected]
Jhonny Desposorio Salas Arquitecto 32927621 GERENCIA DE
DESARROLLO URBANO [email protected]
Bertha Sandoval Rojas Abogada 20093797 GERENCIA DE GESTION
AMBIENTAL Y
SALUD PUBLICA [email protected]
ngel Salgado Arroyo - 32908409 GERENCIA DE DESARROLLO
ECONOMICO LOCAL [email protected]
Jos Milla Prieto Ingeniero 32739177 UNIDAD FORMULADORA DE
PROYECTOS [email protected]
Alex Neil Pea Lpez Lic. en
Administrac. 22511173 INSTITUTO VIAL PROVINCIAL (IVP)
[email protected]
Reg. Oswaldo Vctor valos Angulo CPC. 32819416
PRESIDENTE DE LA COMISION DE
PLANIFICACION, PRESUPUESTO Y
ADMINISTRACION
[email protected]
-
DECRETO ALCALDIA N 006-2014-MPS
Chimbote, 30 de abril de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA
Visto el Informe N 208-2014-GPyP-MPS de la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artculo 194 de la Constitucin Poltica del Per prescribe
que las municipalidades provinciales distritales son los rganos de
gobierno local. Tiene autonoma poltica, econmica y administrativa
en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N 017 de
fecha 30 de Abril de 2014, se aprob el Reglamento del Presupuesto
Participativo 2015 en la Provincia Del Santa, el cual contiene los
mecanismos de identicacin y acreditacin de los agentes
participantes, las responsabilidades de los mismos, y las fases
para el desarrollo de las acciones del proceso del Presupuesto
Participativo;
Que, en los Artculos 13 y 14 del mencionado reglamento se seala
que el Alcalde se encarga en coordinacin con la Unidad de Imagen
Institucional del desarrollo de las actividades de difusin y
sensibilizacin sobre la importancia de la participacin ciudadana as
como de las normas que sealan su cumplimiento; Que, en el artculo 4
de las Instancias del Presupuesto Participativo de la Ley N 29298
que modica los artculos 4, 5, 6 y 7 de la Ley N 28056, enuncia que
constituyen instancia de participacin en el proceso de programacin
participativa del presupuesto, en concordancia con las
disposiciones legales vigentes: El Consejo de Coordinacin Regional,
El Consejo de Coordinacin Local Provincial y el Consejo de
Coordinacin Local Distrital. Para el desarrollo del proceso, los
consejos de coordinacin regional y local se constituyen, conforma
su directiva, elaboran y aprueban sus estatutos y sus planes de
trabajo, dentro del marco de sus respectivas leyes y las normas que
para regular este proceso se expidan. Cada instancia formula su
presupuesto participativo respetando el marco de competencia
establecido en la Constitucin Poltica del Per y en las
correspondientes leyes orgnicas; para tal efecto se considera
criterios de alcance, cobertura de poblacin as como montos de
ejecucin o envergadura. Los presupuestos participativos locales
distritales incluyen programas y proyectos de impacto para su
mbito, los presupuestos participativos locales provinciales son
multidistritales o impacto provincial en su alcance y los
presupuestos participativos; Que, el Artculo 1 de la Ley N 28056
Ley Marco del Presupuesto Participativo, enuncia el proceso del
Presupuesto Participativo es un mecanismo de asignacin equitativa,
racional, eciente, ecaz y transparente de los recursos pblicos, que
fortalece las relaciones Estado Sociedad Civil. Para ello los
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales promueven el desarrollo de
mecanismos y estrategias de participacin en la programacin de sus
presupuestos, as como en la vigilancia y scalizacin de la gestin de
los recursos pblicos; Que, el Artculo 53 de la Ley N 27972 Ley
Orgnica de Municipalidades, establece que las Municipalidades se
rigen por Presupuestos Participativos anuales, como instrumentos de
administracin y gestin, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan
conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes
de desarrollo concertados de su jurisdiccin. El Presupuesto
Participativo forma parte del sistema de planicacin.
-
La Municipalidades conforme a las atribuciones que les conere el
Artculo 197 de la Constitucin, regulan la participacin vecinal en
la formulacin de los presupuestos participativos. El Presupuesto
Municipal debe sustentar en el equilibrio real de sus ingresos y
egresos y estar aprobado por el concejo municipal dentro del plazo
que establece la normatividad sobre la materia. Para efectos de su
administracin presupuestaria y nanciera, las municipalidades
provinciales y distritales constituyen pliegos presupuestarios cuyo
titular es el alcalde respectivo; Que, el Articulo 42 de la Ley N
27972 Ley Orgnica de Municipalidades, enuncia que los Decretos de
Alcalda establecen normas reglamentarias y de aplicacin de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la
correcta y eciente administracin municipal y resuelven o regulan
asuntos de orden general y de inters para el vecindario que no sean
competencias del Concejo Municipal; Que, es necesario convocar a la
poblacin debidamente organizada y no organizada, a las
organizaciones pblicas y privadas que ejecutan acciones en la
Provincia del Santa, a la cooperacin tcnica, a las autoridades,
entre otros para el proceso del Presupuesto Participativo 2015 en
el Marco de la Actualizacin del Plan Desarrollo Concertado del
distrito de Chimbote y de la Provincia Del Santa; Que, es necesario
para el proceso del Presupuesto Participativo 2015 en el Marco del
Plan Desarrollo Concertado en la Provincia del Santa 2012-2021; sea
segmentado para una mejor distribucin de los recursos pblicos y
para mejorar la coordinacin y concertacin con la poblacin; Que, el
Proceso del Presupuesto Participativo de la Provincia Del Santa es
una entidad competitiva dentro del mbito del desarrollo local en
construccin del desarrollo a travs de la participacin, concertacin
y desarrollo planicado para el logro de los objetivos comunes de la
poblacin de la Provincia Del Santa; a partir de la identicacin de
los principales problemas del distrito, los cuales servirn de base
para la propuesta y priorizacin de acciones orientadas a dar
soluciones integrales a dichos problemas; Que, estando a lo antes
expuesto y en virtud a lo dispuesto en el numeral 6 del Artculo 20
de la Ley N 27972 Ley Orgnica de Municipalidades;
DECRETA:
Artculo Primero.- CONVOCAR a la poblacin debidamente organizada
y no organizada, a las organizaciones pblicas y privadas,
organizaciones de la sociedad civil, entre otros, al proceso del
Presupuesto Participativo del Ao Fiscal 2015 en el Marco del Plan
Desarrollo Concertado de la Provincia Del Santa-Chimbote 2012-2021.
Artculo Segundo.- APROBAR el Cronograma y Propuesta Metodolgica que
regula el proceso del Presupuesto Participativo del Ao Fiscal 2015,
en el Marco del Plan Desarrollo Concertado de la Provincia Del
Santa 2012-2021, conforme a lo detallado en el Anexo N 01 que se
adjunta y que forma parte integrante del presente Decreto de
Alcalda. Artculo Tercero.- CONFORMAR el Equipo Tcnico encargado de
la asesora y apoyo permanente al proceso, de planificar, preparar y
suministrar informacin, y de la Evaluacin Tcnica de los Proyectos
priorizados en el Presupuesto Participativo del ao fiscal 2015
basado en resultados del distrito de Chimbote con alcance
provincial; conforme a lo detallado en el Anexo N 02 que se adjunta
y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcalda.
-
Artculo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto
de Alcalda a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto y Gerencia de Desarrollo Urbano y Equipo Tcnico del
Presupuesto Participativo.
REGSTRESE, COMUNQUESE, PUBLQUESE Y CMPLASE
-
CONVOCATORIA AL PROCESO DEL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN
RESULTADOS 2015
(Ordenanza Municipal N 017-2014-MPS y Decreto de Alcalda N
006-2014-MPS)
LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA y el Consejo de
Coordinacin Local Provincial CONVOCA a
la Sociedad Civil organizada, las instituciones pblicas y
privadas que ejecutan acciones en la Provincia de la
Santa al PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN
RESULTADOS 2015, el
cual se desarrollar de acuerdo al siguiente cronograma:
ACCIONES DIA, LUGAR Y HORA ACTIVIDAD/TEMA
INSCRIPCIONES
Del 02 al 13 de mayo 2014
Oficina de Participacin Vecinal Registro e inscripcin de
participantes
8:00 a 16:00 Hrs.
ACREDITACION
14 y 15 de mayo 2014
Oficina de Participacin Vecinal Entrega de Credenciales a
Agentes Participantes
8:00 a 16:00 Hrs.
INAUGURACION + PRIMER TALLER
16 de mayo de 2014 1. Ceremonia de inauguracin
Auditorio de la MPS 2. Temas de Talleres de Capacitacin:
09:00 a 13:00 Hrs. a. Liderazgo para el proceso de Presupuesto
Participativo
( Consultor Nstor Roque)
b. Gestin del Presupuesto Pblico bajo el enfoque por
Resultados
(Mag. Mario Verano Conde)
c. Dimensiones de Desarrollo, articulacin de planes y proceso
de
implementacin del Plan de Desarrollo Concertado 2012-2021
(Ing. Rolando Yauri)
d. Estimadores de Riesgos (CENEPRED-DEFENSA CIVIL)
(Ing. Pablo Flores Ponce)
e. Informe de cumplimiento de acuerdos y compromisos del
Presupuesto Participativo 2014 (OBRAS)
SEGUNDO TALLER 21 de mayo de 2014 1. Presupuesto Participativo
de Nias, Nios y Adolescentes
Auditorio de la MPS a. Liderazgo y Desarrollo Local para alumnos
de las
Instituciones educativas de la Prov. Del Santa (Cons. Nstor
Roque)
9:00 a 13:00 Hrs. b. Alineamiento del PPBR a los instrumentos de
gestin municipal
CEPLAN, PDC, PEI con miras al Bicentenario 20121(Mag. Mario
Verano)
c. Taller de Problemas y Alternativas por Ejes Estratgicos del
PDC 2021 (Facilitador Nstor Roque)
-
Receso - Almuerzo
2. Identificacin y Priorizacin de Problemas y Resultados
Auditorio de la MPS a. Identificacin y priorizacin de problemas
y resultados
15:00 a 19:00 Hrs. b. Enfoque y priorizacin de Resultados -
Orden de prelacin
de Resultados
c. Criterios de priorizacin de alternativas de solucin
- Matriz de calificacin de proyectos
d. Ficha Tcnica de propuestas de Proyectos (UF)
e. Presentacin de la Cartera de Proyectos de la
Municipalidad Provincial del Santa (OBRAS+OPI) *
f. Anuncio del Techo Presupuestal (GPyP)
PRESENTACION DE PROYECTOS
22 al 30 de mayo del 2014 Agentes Participantes -
(IVP-SANTA+UF)
* 8:00 a 13:00 Hrs.
EVALUACION 02 al 09 de junio 2014 Equipo Tcnico - (OPI+UF -
MPS)
TERCER TALLER 14 de junio de 2014 a. Informe de Comit de
Vigilancia y Control PPBR 2014
Auditorio de MPS b. Resultados de la Evaluacin de proyectos
(OPI)
9:00 a 13:00 Hrs. c. Eleccin Comit de Vigilancia PPBR 2015
d. Priorizacin de proyectos y asignacin presupuestal
e. Formalizacin de Acuerdos y Compromisos: Firma del Acta
FORMALIZACION
Hasta el 21 de junio del 2014 a. Informe final del PPBR 2015
b. Ingreso de datos y actualizacin del aplicativo informtico
de la DNPP del MEF
c. Remisin de documentos del PPBR 2015 al MEF
INSCRIPCIONES
Las organizaciones de la Sociedad Civil e instituciones pblicas,
debern presentar los documentos para su inscripcin en la Oficina de
Participacin Vecinal de la Municipalidad Provincial del Santa,
ubicado en el Jr. Enrique Palacios N 341 - Chimbote, 2 piso, en
horario de oficina.
REQUISITOS
1) Organizaciones de la Sociedad Civil Ficha de Inscripcin
(Anexo N 01 del Reglamento) Copia simple de la Resolucin del
Registro nico de Organizaciones Sociales (RUOS) emitido por la
Municipalidad Provincial del Santa o Constancia de Inscripcin en
Registros Pblicos de reconocimiento de la organizacin. Copia de
Acta donde la organizacin elige al Titular y Alterno, que
participara en el Proceso del Presupuesto Participativo 2015 de la
Municipalidad Provincial del Santa. Copia simple del Documento
Nacional de Identidad de los representantes. 2) Municipalidades e
Instituciones Pblicas Ficha de Inscripcin (Anexo N 02 del
Reglamento) Oficio suscrito por la mxima autoridad de la
institucin, donde autoriza a representantes (Titular y Alterno)
para la
participacin Copia simple del Documento Nacional de Identidad de
los representantes
INFORMES
.Municipalidad Provincial Del Santa:
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (3er piso)
Oficina de Participacin Vecinal (2do piso)
Pgina web: www.munisanta.gob.pe