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Personas Inhábiles Para Ejercer La Actividad Minera

Jul 06, 2018

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  • 8/17/2019 Personas Inhábiles Para Ejercer La Actividad Minera

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    PERSONAS INHÁBILES PARA EJERCERLA ACTIVIDAD MINERA No podrán ejercer actividades de la industria minera durante el ejercicio de susfunciones o empleos, el Presidente de la República, los Miembros del Poder Legislativo

    y del Poder Judicial, los Ministros de Estado y los funcionarios ue tengan este rango, el!ontralor "eneral los Procuradores "enerales de la República y los funcionarios yempleados del #ector Energ$a y Minas nombrados o asignados a la %lta &irecci'n, al!onsejo de Miner$a, a la &irecci'n "eneral de Miner$a, a las &irecciones de!oncesiones, de (iscali)aci'n Minera y de Promoci'n, a las Jefaturas Regionales deMiner$a y al Registro Público de Miner$a* +ampoco podrá ejercer actividades de laindustria minera, el personal de los rganismos o &ependencias del #ector PúblicoNacional y rganismos Públicos &escentrali)ados ue realicen actividad minera, as$ como los funcionarios y empleados del -anco Minero del Perú*./0 En el territorio de su jurisdicci'n no podrán ejercer actividades de la industria minera, las autoridadespol$ticas y los miembros de las (uer)as %rmadas y (uer)as Policiales*.10 No podránejercer actividades de la industria minera, el c'nyuge y los parientes ue dependanecon'micamente de las personas indicadas en los art$culos anteriores*.20 3%4+R5

     J#6 M%R7% P%!R8 !%R89

    ./0 Véase el Art. 60 del TUO de la Ley General de Minería - Perú

    .10 Véase el Art. 61 del TUO de la Ley General de Minería - Perú

    ¿CUÁLES SON LAS ACTIVIDADESMINERAS?En la legislaci'n peruana se indica actividades mineras, las cuales tambi:n sondenominadas5 derec;os mineros, operaciones mineras./0 y fases de la actividadminera* Las operaciones mineras son todas y cada una de las actividades ue tenganpor objeto el desarrollo de la miner$a*.10 Estas actividades mineras son5

    1.- CATEOEl cateo es la acci'n conducente a poner en evidencia indicios de minerali)aci'n pormedio de labores mineras elementales*.20

    2.- LA PROSPECCIÓNLa prospecci'n es la investigaci'n conducente a determinar áreas de posibleminerali)aci'n, por medio de indicaciones u$micas y f$sicas, medidas con instrumentosy t:cnicas de precisi'n*.

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    El -ene?cio consiste en los trabajos para preparaci'n, tratamiento, fundici'n deprimera mano y re?naci'n de productos minerales, en cualuiera de sus fases, con elprop'sito de recuperar u obtener minerales o sustancias, al igual ue de elevar laconcentraci'n y pure)a de sus contenidos*

    6.- LABOR GENERALLabor general es toda actividad minera ue presta servicios au=iliares, tales comoventilaci'n, desagAe, i)aje o e=tracci'n a dos o más concesiones de distintosconcesionarios*.B0

    7.- TRANSPORTE MINEROEs el acarreo de un mineral a trav:s de una instalaci'n de transporte minero*.C0

    8.- COMERCIALIZACIÓNLa !omerciali)aci'n ue consiste en la compraventa de minerales o la celebraci'n deotros contratos ue tengan por objeto la negociaci'n de cualuier producto resultantede la actividad minera* .D0

    9.- CIERRE DE MINAS

    !onsiste en el t:rmino de las actividades mineras y el consiguiente desmantelamientode las instalaciones utili)adas en cualuiera de las fases referidas previamente, si nofueren de inter:s público, incluyendo la reparaci'n ambiental de acuerdo al plan decierre debidamente aprobado por la autoridad ambiental competente* ./0 3%4+R5 J#6 M%R7% P%!R8 !%R89

    ./0 La Legislación de Pana! esta"lece c## O$eraci#nes Mineras las sig%ientes& in'estigación ge#lógica$reliinar( e)$l#ración( #$eración $re e)tracti'a( e)tracción( trans$#rte y "ene*ici#. +Véase Art. ,, del ódig#de /ec%rs#s Minerales Pana!.10 Véase el Art. 6 de la Ley de Minería - G%ateala.20 Véase el Art. 1 del TUO de la Ley General de Minería - Perú.0 Véase el Art. 2 del TUO de la Ley General de Minería - Perú.@0 Véase el Art. 6 de la Ley de Minería - G%ateala.B0 Véase el Art. 13 del TUO de la Ley General de Minería - Perú.C0 Véase Art. ,, del ódig# de /ec%rs#s Minerales - Pana!.D0 Véase el art. 4 de la Ley de Minería - 5c%ad#r ./0 Véase el art. 4 de la Ley de Minería - 5c%ad#r P%"licad# $#r O78 MA/9A PAO/: A/:  en 3&;2 $. . 

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    incluyendo la reparaci'n ambiental de acuerdo al plan de cierre debidamente aprobadopor la autoridad ambiental competente* ./03%4+R5 J#6 M%R7% P%!R8 !%R89

    ./0 Véase el art. 4 de la Ley de Minería - 5c%ad#r P%"licad# $#r O78 MA/9A PAO/: A/:  en 3&,1 $. . 

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    ./0 Véase Art. ,, del ódig# de /ec%rs#s Minerales - Pana!

    .10 Véase el Art. del TUO de la Ley General de Minería - PerúP%"licad# $#r O78 MA/9A PAO/: A/:  en 3&,0 $. . 

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    dentro de la actividad minera de bene?cio* Lo anterior se e=plicar$a con lo indicado enla legislaci'n peruana ue indica ue la actividad minera de bene?cio comprende lassiguientes etapas.B05

    .- P!"#!$%&' M"$('%$* Proceso por el cual se reduce de tamaHo, se clasi?ca yGolava un mineral*

    ).- M"*+,!%* !onjunto de procesos f$sicos, u$micos yGo f$sicoIu$mico ue sereali)an para concentrar yGo e=traer las sustancias valiosas de los minerales*$.- R"'$%&'* Proceso para puri?car los metales de los productos obtenidos de losprocedimientos metalúrgicos anteriores* 3%4+R5 J#6 M%R7% P%!R8 !%R89

    ./0 Véase Art. , Ley Minera - Mé)ic#

    .10 Véase el art. 4 de la Ley de Minería - 5c%ad#r 

    .20 Véase Art. ,, del ódig# de /ec%rs#s Minerales - Pana!

    .0 Véase el art. 4 de la Ley de Minería - 5c%ad#r 

    .@0 Véase el art. 4 de la Ley de Minería - 5c%ad#r 

    .B0 Véase el Art. 14 del TUO de la Ley General de Minería - PerúP%"licad# $#r O78 MA/9A PAO/: A/:  en 3&2 $. . 

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    0 +ambi:n sedenomina operaci'n de e=tracci'n ue consiste en la separaci'n de un mineral de suyacimiento* .@03%4+R5 J#6 M%R7% P%!R8 !%R89

    ./0 Antes de la acti'idad de e)$l#tación se $%ede dar %na #$eración inera den#inada CO$eración Pree)tracti'aD %e es c%al%ier $er*#ración taladr#( dragad# % #tra acti'idad s%"terr!nea %e se realice c#n el$r#$ósit# de desc%"rir( deliitar # e)traer %n ineral( y la c%al se disting%e de la deterinación dec#ndici#nes ge#lógicas *a'#ra"les a la $resencia de %n ineral. +Véase Art. ,, del ódig# de /ec%rs#sMinerales - Pana!. #nsidera#s %e esta #$eración $re e)tracti'a n# $%ede ser asiilada a la acti'idadde e)$l#ración( ni ta$#c# %e necesariaente sea %na acti'idad inera..10 Véase el Art. 2 del TUO de la Ley General de Minería - Perú.20 Véase el Art. 6 de la Ley de Minería - G%ateala.0 Véase Art. , Ley Minera - Mé)ic#

    https://plus.google.com/105320502359395616657https://plus.google.com/105320502359395616657http://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/que-es-el-beneficio-en-la-mineria.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/que-es-el-beneficio-en-la-mineria.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/que-es-el-beneficio-en-la-mineria.html#comment-formhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/que-es-el-beneficio-en-la-mineria.html#comment-formhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=4303749064175912811&target=emailhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=4303749064175912811&target=bloghttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=4303749064175912811&target=twitterhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=4303749064175912811&target=facebookhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=4303749064175912811&target=pinteresthttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=4303749064175912811&target=pinteresthttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/search/label/ACTIVIDADES%20MINERAShttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/que-es-la-explotacion-minera.htmlhttps://plus.google.com/105320502359395616657http://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/que-es-el-beneficio-en-la-mineria.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/que-es-el-beneficio-en-la-mineria.html#comment-formhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=4303749064175912811&target=emailhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=4303749064175912811&target=bloghttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=4303749064175912811&target=twitterhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=4303749064175912811&target=facebookhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=4303749064175912811&target=pinteresthttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=4303749064175912811&target=pinteresthttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/search/label/ACTIVIDADES%20MINERAShttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/que-es-la-explotacion-minera.html

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    .@0 Véase Art. ,, del ódig# de /ec%rs#s Minerales - Pana!P%"licad# $#r O78 MA/9A PAO/: A/:  en 3&2 $. . 

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    geou$micos y la investigaci'n super?cial, en áreas no sujetas a derec;os e=clusivos*.20 3%4+R5 J#6 M%R7% P%!R8 !%R89

    ./0 Véase el Art. 1 del TUO de la Ley General de Minería - Perú.10 Véase el Art. 10 del ódig# de Minería - Ur%g%ay

    .20 Véase el Art. ;0 del ódig# de Minas - #l#"iaP%"licad# $#r O78 MA/9A PAO/: A/:  en 3&6 $. . 

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    En la legislaci'n peruana son actividades de la industria minera, las siguientes5 cateo,prospecci'n, e=ploraci'n, e=plotaci'n, labor general, bene?cio, comerciali)aci'n ytransporte minero* La cali?caci'n de las actividades mineras corresponde al Estado*.>0 El ejercicio de las actividades mineras, e=cepto el cateo, la prospecci'n y lacomerciali)aci'n, se reali)a e=clusivamente bajo el sistema de concesiones, al ue seaccede bajo procedimientos ue son de orden público* Las concesiones se otorgan

    tanto para la acci'n empresarial del Estado, cuanto de los particulares, sin distinci'n niprivilegio alguno*.@0 Las actividades de e=ploraci'n, e=plotaci'n, bene?cio, laborgeneral y transporte minero son ejecutadas por personas naturales y jur$dicasnacionales o e=tranjeras, a trav:s del sistema de concesiones*.B0 3%4+R5 J#6 M%R7%P%!R8 !%R89

    ./0 La Legislación de Pana! esta"lece c## O$eraci#nes Mineras las sig%ientes& in'estigación ge#lógica$reliinar( e)$l#ración( #$eración $re e)tracti'a( e)tracción( trans$#rte y "ene*ici#. +Véase Art. ,, del ódig#de /ec%rs#s Minerales Pana!.10 Véase el Art. 6 de la Ley de Minería - G%ateala.20 Véase el art. ; de la L5F 1444 ódig# de Minería #li'ia.0 Véase el Art. V: del TUO de la Ley General de Minería - Perú.@0 Véase el Art. V:: del TUO de la Ley General de Minería - Perú.B0 Véase el Art. 4 del TUO de la Ley General de Minería - Perú

    EXPROPIACIÓN EN EL DERECHOMINERO#e considera de utilidad pública e inter:s social la industria minera en todas sus ramasy fases* Por tanto podrán decretarse a su favor, a solicitud de parte interesada lase=propiaciones de la propiedad de los bienes inmuebles y demás derec;os constituidossobre los mismos, ue sean necesarios para su ejercicio y e?ciente desarrollo*./0 Por

    ser la miner$a una actividad de utilidad pública e inter:s social, podrá solicitarse lae=propiaci'n de bienes inmuebles por naturale)a o ad;esi'n permanente y de losdemás derec;os constituidos sobre los mismos, ue sean indispensables para lasedi?caciones e instalaciones propias de la infraestructura y montajes del proyectominero, para la reali)aci'n de la e=tracci'n o captaci'n de los minerales en el per$odode e=plotaci'n y para el ejercicio de las servidumbres correspondientes*E=cepcionalmente tambi:n procederá la e=propiaci'n en bene?cio de los trabajose=ploratorios*.10 Los bienes inmuebles y de los derec;os constituidos sobre losmismos, objeto de la e=propiaci'n deberán ser imprescindibles para el funcionamientoe?ciente de las obras e instalaciones del minero y la e=plotaci'n de los minerales, suacopio, bene?cio, transporte y embarue*.20 3%4+R5 J#6 M%R7% P%!R8 !%R89

    ./0 Véase el Art. 1, del ódig# de Minas - #l#"ia

    .10 Véase el Art. 126 del ódig# de Minas - #l#"ia

    .20 Véase el Art. 124 del ódig# de Minas - #l#"iaP%"licad# $#r O78 MA/9A PAO/: A/:  en 3&, $. . 

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    http://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/expropiacion-en-el-derecho-minero.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/expropiacion-en-el-derecho-minero.htmlhttps://plus.google.com/105320502359395616657https://plus.google.com/105320502359395616657http://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/expropiacion-en-el-derecho-minero.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/expropiacion-en-el-derecho-minero.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/expropiacion-en-el-derecho-minero.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/expropiacion-en-el-derecho-minero.htmlhttps://plus.google.com/105320502359395616657http://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/expropiacion-en-el-derecho-minero.html

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    regirá por las modalidades y precios del mercado internacional* .>0 3%4+R5 J#6 M%R7% P%!R8 !%R89

    ./0 Véase el Art. ; del TUO de la Ley General de Minería - Perú

    .10 Véase el Art. 6 del TUO de la Ley General de Minería - Perú.20 Véase el Art. 4 del TUO de la Ley General de Minería - Perú

    .0 Véase el Art. ,0 del TUO de la Ley General de Minería - PerúP%"licad# $#r O78 MA/9A PAO/: A/:  en 3&1 $. . 

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    ./0 Véase el Art. 6 de la Ley de Minería - G%atealaP%"licad# $#r O78 MA/9A PAO/: A/:  en 3&;6 $. . 

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    &e las minas y yacimientos obtenemos los PROD>CTOS MINEROS ue son las rocaso minerales e=tra$dos de un yacimiento o los productos ue son resultado de laseparaci'n de los mismos* ./0 &e las nociones anteriores pasamos a lo ue sedenomina MINER?A ue es toda actividad de reconocimiento, e=ploraci'n ye=plotaci'n de productos mineros* .10 3%4+R5 J#6 M%R7% P%!R8 !%R89

    ./0 Véase el Art. 6 de la Ley de Minería - G%ateala

    .10 Véase el Art. 6 de la Ley de Minería - G%atealaP%"licad# $#r O78 MA/9A PAO/: A/:  en 3&14 $. . 

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    Los MINERALES son las substancias formadas por procesos naturales, con integraci'nde elementos esencialmente provenientes de la corte)a terrestre, ue e=isten en elterritorio de un Estado* ./0 #e entiende por MINERAL  la sustancia cristalina, por logeneral inorgánica, con caracter$sticas f$sicas y u$micas propias debido a unagrupamiento at'mico espec$?co*.10 Los minerales se encuentran en yacimientos ominas* 3%4+R5 J#6 M%R7% P%!R8 !%R89

    ./0 Véase el Art. 6 de la Ley de Minería - G%ateala

    .10 Véase el Art. 10 del ódig# de Minas - #l#"ia

    PERSONAS INHÁBILES PARA EJERCERLA ACTIVIDAD MINERA No podrán ejercer actividades de la industria minera durante el ejercicio de susfunciones o empleos, el Presidente de la República, los Miembros del Poder Legislativo

    y del Poder Judicial, los Ministros de Estado y los funcionarios ue tengan este rango, el!ontralor "eneral los Procuradores "enerales de la República y los funcionarios yempleados del #ector Energ$a y Minas nombrados o asignados a la %lta &irecci'n, al!onsejo de Miner$a, a la &irecci'n "eneral de Miner$a, a las &irecciones de!oncesiones, de (iscali)aci'n Minera y de Promoci'n, a las Jefaturas Regionales deMiner$a y al Registro Público de Miner$a* +ampoco podrá ejercer actividades de laindustria minera, el personal de los rganismos o &ependencias del #ector PúblicoNacional y rganismos Públicos &escentrali)ados ue realicen actividad minera, as$ como los funcionarios y empleados del -anco Minero del Perú*./0 En el territorio de su jurisdicci'n no podrán ejercer actividades de la industria minera, las autoridadespol$ticas y los miembros de las (uer)as %rmadas y (uer)as Policiales*.10 No podránejercer actividades de la industria minera, el c'nyuge y los parientes ue dependanecon'micamente de las personas indicadas en los art$culos anteriores*.20 3%4+R5

     J#6 M%R7% P%!R8 !%R89

    ./0 Véase el Art. 60 del TUO de la Ley General de Minería - Perú

    .10 Véase el Art. 61 del TUO de la Ley General de Minería - Perú

    .20 Véase el Art. 6 del TUO de la Ley General de Minería - PerúP%"licad# $#r O78 MA/9A PAO/: A/:  en 3&;; $. . 

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    ./0  Los productos de las minas particulares de cada uno de los c'nyuges, pertenecena la sociedad*.10 +odos los minerales arrancados y e=tra$dos despu:s de la disoluci'nde la sociedad conyugal, pertenecen e=clusivamente al dueHo de la mina*.20 Lasdeudas de cualuiera de los c'nyuges, contra$das antes del matrimonio, se pagarándurante :l, con los productos de sus respectivas minas*.itter#$artir c#n ?ace"##@#$artir enPinterest5ti%etas& 7U5TO7

    SUJETOS DEL DERECHO MINERO#on sujetos de derec;o minero las personas naturales legalmente capaces y las jur$dicas, nacionales y e=tranjeras, públicas, mi=tas o privadas, comunitarias y deautogesti'n, cuyo objeto social y funcionamiento se ajusten a las disposiciones legalesvigentes en el pa$s*./0 #e denomina +itular de &erec;o Minero a toda persona ueobtiene una resoluci'n favorable de la autoridad competente, para reali)ar operacionesmineras conforme a esta ley* .103%4+R5 J#6 M%R7% P%!R8 !%R89

    ./0 Véase el art. 12 de la Ley de Minería - 5c%ad#r 

    .10 Véase el Art. 6 de la Ley de Minería - G%atealaP%"licad# $#r O78 MA/9A PAO/: A/:  en 3&;, $.

    CLASES DE SERVIDUMBRES MINERAS.- S"!%,)!" +,'*!%

    Los +itulares de las !oncesiones mineras podrán convenir con los propietarios oposeedores de los terrenos ue le sean necesarios para reali)ar sus actividadesmineras, las servidumbres voluntarias ue consideren convenientes*./0

    ).- S"!%,)!" L"+"%demás de las #ervidumbres oluntarias, los +itulares go)arán de las #ervidumbresLegales de cupaci'n, +ránsito o Paso, &esagAe, entilaci'n, +ransmisi'n de Energ$aEl:ctrica o de cualuier otra ue bene?cie directamente o reuiera la actividad minera*Las servidumbres mineras se regirán por las disposiciones de la legislaci'n minera y en

    https://plus.google.com/105320502359395616657https://plus.google.com/105320502359395616657http://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/sociedad-conyugal-en-el-derecho-minero.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/sociedad-conyugal-en-el-derecho-minero.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/sociedad-conyugal-en-el-derecho-minero.html#comment-formhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/sociedad-conyugal-en-el-derecho-minero.html#comment-formhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=8719261488194099422&target=emailhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=8719261488194099422&target=bloghttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=8719261488194099422&target=twitterhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=8719261488194099422&target=facebookhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=8719261488194099422&target=pinteresthttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=8719261488194099422&target=pinteresthttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/search/label/SUJETOShttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/sujetos-del-derecho-minero.htmlhttps://plus.google.com/105320502359395616657https://plus.google.com/105320502359395616657http://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/sujetos-del-derecho-minero.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/sujetos-del-derecho-minero.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/clases-de-servidumbres-mineras.htmlhttps://plus.google.com/105320502359395616657http://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/sociedad-conyugal-en-el-derecho-minero.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/sociedad-conyugal-en-el-derecho-minero.html#comment-formhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=8719261488194099422&target=emailhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=8719261488194099422&target=bloghttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=8719261488194099422&target=twitterhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=8719261488194099422&target=facebookhttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=8719261488194099422&target=pinteresthttps://www.blogger.com/share-post.g?blogID=6687339699681143631&postID=8719261488194099422&target=pinteresthttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/search/label/SUJETOShttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/sujetos-del-derecho-minero.htmlhttps://plus.google.com/105320502359395616657http://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/sujetos-del-derecho-minero.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/clases-de-servidumbres-mineras.html

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    lo no previsto, por las disposiciones del !'digo !ivil*.10 #e tendrán como servidumbreslegales, todas auellas ue sea necesario constituir, teniendo como ?n operacionesmineras y en especial, las actividades de reconocimiento, e=ploraci'n ye=plotaci'n* .20

    ).1.- S"!%,)!" " O$,#$%&'

    La servidumbre de ocupaci'n faculta al concesionario para ocupar las )onas de terrenoue sean estrictamente necesarias para sus construcciones, instalaci'n de euipos ydemás labores* Esta servidumbre comprende tambi:n, la facultad de abrir y mantenercanales, tongas, socavones, accesos, galer$as y demás obras de miner$a en susdiversas modalidades y sistemas de e=tracci'nF as$ como establecer cercas,seHalamientos y protecci'n de las )onas ocupadas*.

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    fuera del área objeto del t$tulo minero*./0 Las servidumbres mineras se constituyen,modi?can y e=tinguen por acuerdo de partes o por disposici'n de la ley* Losconcesionarios mineros, para el desarrollo de sus actividades, pueden constituir encualuier tiempo toda clase de servidumbres en cualuier área super?cial de dominioprivado y en concesiones mineras colindantes o vecinas*.10 Las servidumbres see=tinguen juntamente con las concesiones mineras dominantes* +ambi:n se e=tinguen

    o se reducen parcialmente cuando cambia la necesidad de su establecimiento o sutitular las destina a uso distinto para el ue fueron constituidas*.203%4+R5 J#6 M%R7%P%!R8 !%R89

    ./0 Véase el Art. 166 del ódig# de Minas - #l#"ia

    .10 Véase el art. E6 de la L5F 1444 ódig# de Minería #li'ia

    .20 Véase el art. E2 de la L5F 1444 ódig# de Minería #li'iaP%"licad# $#r O78 MA/9A PAO/: A/:  en 3&,3 $. . 

    https://plus.google.com/105320502359395616657https://plus.google.com/105320502359395616657http://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/las-servidumbres-mineras.htmlhttp://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/las-servidumbres-mineras.htmlhttps://plus.google.com/105320502359395616657http://derechomineroperuano.blogspot.pe/2014/02/las-servidumbres-mineras.html

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     +7+4L !4%R+ PER#N%# 8NO-8LE# P%R% EJER!ER %!+88&%& M8NER%%rt$culo 2/*I No podrán ejercer actividades de la industria minera durante elejercicio de sus funciones o empleos, el Presidente de la República, losMiembros del Poder Legislativo y del Poder Judicial, los Ministros de Estado y los(uncionarios ue tengan este rango, el !ontador "eneral, los Procuradores"enerales de la República y los funcionarios y empleados del #ector Energ$a yMinas nombrados o asignados a la %lta &irecci'n, al !onsejo de Miner$a, a la&irecci'n "eneral de Miner$a, &irecci'n de (iscali)aci'n Minera, a los rganosRegionales y al Registro Público de Miner$a* +ampoco podrán ejerceractividades de la industria minera el personal de los organismos odependencias del #ector Público Nacional y rganismos Públicos&escentrali)ados ue ejer)an funci'n jurisdiccional o ue realicen actividadminera* 3%rt* @, &ec* Leg* N /D9* !N!R&%N!8%#5 !onst* 5

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    de la #ociedad Minera de Responsabilidad Limitada, alcan)a a toda la sociedady no solamente al peticionario individual, de acuerdo con el art$culo @> del&*L* N /CC S %rt* @> del &ec* Leg* N /D* Resol* N CIC1I !MGEM de 11 deabril de /DC1* El Peruano5 >, modi?cada por Ley N 1@>B y los reglamentosaprobados por &ecreto #upremo N /BID@I%", publicado el /D*/*/DD@ y&ecreto #upremo NU //IDBI %", publicado el /2*@*/CCB modi?cado por&ecreto #upremo NU />I1>I%", publicado el 11*>*12* 1* % solicitar a laautoridad minera el derec;o de uso minero gratuito para el mismo ?n, sobreterrenos eria)os ubicados fuera de la concesi'n* Nota5 Por Ley N 1@@C/,publicada el /*///DD@, se estableci' ue el Estado procederá a la venta oconcesi'n de las tierras eria)as de su dominio en subasta pública* 2* % solicitara la autoridad minera, autori)aci'n para establecer servidumbres en terrenosde terceros ue sean necesarios para la racional utili)aci'n de la concesi'n* Laservidumbre se establecerá previa indemni)aci'n justipreciada si fuere el caso*&e o?cio o a petici'n del propietario afectado, la autoridad minera dispondrá lae=propiaci'n si la servidumbre enerva el derec;o de propiedad* Nota5 /9 ernota en el numeral / ue antecede* 19 Ley N 1@>>, %rt* B sustituido por LeyN 1@>B, publicada el *12 y (e de Erratas publicada el 11*>*12* &ecreto #upremo N //IDBI%", publicado el /2*@*/DDB, modi?cado por &ecreto #upremo N 22IDDII%", publicado el 11*D*/DDD* Ley N 1B//B I Ley "eneral de E=propiaciones*

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    convenio de las partes* @* % ejecutar en terreno franco las labores ue tenganlos mismos objetos seHalados en el inciso anterior, con autori)aci'n de la&irecci'n "eneral de Miner$a* B* % solicitar la e=propiaci'n, previaindemni)aci'n justipreciada, de los inmuebles destinados !ompendio deLegislaci'n Minera &r* ernán Qopo dar 8nstituto de 8ngenieros de Minas delPerú 1 a otro ?n econ'mico, si el área fuera necesaria, a juicio de la autoridadminera, para la racional utili)aci'n de la concesi'n y se acreditase la mayorimportancia de la industria minera sobre la actividad afectada* En estos casosen ue la e=propiaci'n comprenda inmuebles ubicados en )onas urbanas o dee=pansi'n urbana, se solicitará opini'n del Ministerio de +ransportes,!omunicaciones, ivienda y !onstrucci'n o del rganismo Regionalcorrespondiente* Nota5 &erogado, ver %rt$culo BU de la constituci'n de /DD2,por causa de seguridad nacional o necesidad publica I Ley NU 1B//B, publicadael 1*>*/DDD, Ley "eneral de E=propiaciones* C* % usar las aguas ue seannecesarias para el servicio domestico del personal de trabajadores y para lasoperaciones de la concesi'n, de conformidad con las disposiciones legalessobre la materia* D* % aprovec;ar las sustancias minerales contenidas en lasaguas ue alumbren con sus labores* /* % inspeccionar las labores deconcesiones mineras vecinas o colindantes, cuando sospec;e internaci'n ocuando tema inundaci'n, derrumbe o incendio, por el mal estado de las laboresde los vecinos o colindantes, por el desarrollo de los trabajos ue se efectúenen :stos* //* % contratar la ejecuci'n de los trabajos de e=ploraci'n, desarrollo,e=plotaci'n y bene?cio, con empresas especiali)adas inscritas en la &irecci'n"eneral de Miner$a* 38nciso agregado por &ecreto Legislativo NU C@C publicadoel /*//*/DD@9* 3%rt* BD &ec* Leg* NU /D9 Nota5 er &*# NU >,B, //@, /1B, /2 y ss*, /2@ 3terrenos eria)os9, /2B 3terrenos francos9, /B 5 Ley de 8nversiones Privadas en el desarrollode las actividades econ'micas en las tierras del territorio nacional* &*#* NU 2/ID>IEM 5 El Peruano5 /*/*/DD>* Precisa alcance servidumbres de embalses deagua* Ley NU 1B/> 5 El Peruano5 /D*/1*/DDC* %rt* */*1 S Modi?ca

    1 &*!* de la Ley NU 1B//B* Ley NU 1B>@ 5 El Peruano5 1* &*#* NU CI11IEM 5 El Peruano5 1/*1*11 S Reglamento dela Ley NU 1B/> modi?cada por Ley NU 1B>@* &*#* NU /BID@I%", modi?cadopor &*#* NU />I12I%", Reglamento del art$culo BU de la Ley NU 1@>> 3Nota5El número del &*#* />I1I%" fue corregido mediante (e de Erratas311*>*129* !ompendio de Legislaci'n Minera &r* ernán Qopo dar 8nstitutode 8ngenieros de Minas del Perú 1/ J4R8#PR4&EN!8%5 /* Nuestra legislaci'nminera, no considera el establecimiento de servidumbres de galer$as

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    subterráneas, autori)ando a titulares de derec;os mineros a construir esasgaler$as en concesiones ajenas a su costo y bajo determinadas circunstancias,no acepta ue los titulares implanten servidumbres sobre galer$as construidaspor otros titulares, sus antecesores* La Jefatura de Miner$a al e=pedir laresoluci'n correspondiente estableci' una servidumbre de paso construida portitulares de otras concesiones, sin ;aberse seguido procedimiento alguno ymenos ?jada la indemni)aci'n correspondiente, incurri:ndose en causal denulidad* Resol* N /

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    ;ectárea solicitada u otorgadaY* 3Este párrafo esta de acuerdo a ley NU 1B@>/,publicada el 1*/DDB, publicada el/@*>*/DDB, aprueba &irectiva NU /IDBIEMG&"M, sobre el pago del derec;o devigencia de las concesiones de bene?cio* &ecreto Legislativo NU D/25 ElPeruano5 D*B ue seincorporan en el lugar correspondiente* %rticulo 1U Por el aHo 1/, el derec;ode vigencia será de 4#X

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    producci'n m$nima anual* En el caso de los peueHos productores mineros, lapenalidad será 4#X /* o su euivalente en moneda nacional por aHo y por;ectárea, ;asta el aHo en ue cumpla con la producci'n m$nima anual* En elcaso de los productores mineros artesanales, la penalidad será de 4#X *> osu euivalente en moneda nacional por aHo y por ;ectárea, ;asta el aHo enue cumpla con la producci'n m$nima anual* #i continuase el incumplimiento apartir del duod:cimo aHo, la penalidad será de 4#X 1* o su euivalente enmoneda nacional por aHo y por ;ectárea* Para el peueHo productor minero lapenalidad, a partir del duod:cimo aHo, será de 4#X >* o su euivalente enmoneda nacional por aHo y por ;ectárea* Para el productor minero artesanal lapenalidad, a partir del duod:cimo aHo, será de 4#X 2* o su euivalente enmoneda nacional por aHo y por ;ectárea* La penalidad correspondiente deberápagarse junto con el derec;o de vigencia y acreditarse en la mismaoportunidad de su pago* 3+e=to de acuerdo con la Ley N 1B@>/, publicada el1

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