ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL ESTADO COLOMBIANO RÉGIMEN MUNICIPAL
I. TEORIA DEL ESTADO
Relaciones de Poder Sociales y Económicas
Agricultura
“El estado de naturaleza era una situación de barbarie insostenible”
• I – Clanes
-Sustento
-Comercializar (Trueque)
Tenencia de Tierras Instrumento de Estructuración Social
El concepto de Estado surge como una NECESIDAD DE CENTRALIZAR EL PODER.
• II - Feudalismo
-Sistema de jerarquización social,económica y política Siglo XII , XIII y XIV
- - - - - - - - - - - - - - - - - -
• III. Soberanía
-Sistema para concentración de poder
en una sola persona (REY -MONARCA)
-Absolutismo Siglo XVI -XVII
“(...)El desarrollo de éste [el Estadomoderno] se inicia por doquiera apartir del momento en que se empiezaa expropiar por parte del príncipe aaquellos portadores de poderadministrativo que figuran a su lado:aquellos poseedores en propiedad demedios de administración, de guerra,de finanzas y de bienes políticamenteutilizables de toda clase. ”
Max Weber (1864-1920)
Debe controlarse el ejercicio de toda clase de “PODER”.
Revolución Francesa-Igualdad, Libertad y Fraternidad-Primer Estado de Derecho-La Soberanía proviene del Pueblo-Concepto de Progreso (ilustración)
FACTOR DE ESTADO DE CONSENSO (Acuerdo de Voluntades)
• Revolución Francesa
• Norteamérica: Constituciones de Virginia –Igualdad
• Estado Ingles: Creación del parlamento (Monarquía Parlamentaria)
ELEMENTOS DEL ESTADO
1.EL TERRITORIO
2.LA POBLACIÓN
3.EL PODERTomado de: Leo mimundo -PowToon
Aunque ha habido excepciones históricas, loclásico es la exigencia de estos tres elementossimultáneos, en su defecto, se afirma NO HAYESTADO o debe transformarse.
ELEMENTOS DEL TERRITORIO
ARTÍCULO 101 C.P.
• Suelo
• Subsuelo
• Espacio Aéreo
• Mar Territorial
• Plataforma Submarina
PRINCIPIOS PARA DETERMINAR EL TERRITORIO
Utti possidettis de facto (Invasión-uso de lafuerza)
Utti possidettis de jure (Tratados o laudosinternacionales)¹
¹En la Constitución Colombiana solo se acepta este principio (Artículo 101C.P.)
TRATADOS SOBRE LÍMITES DE COLOMBIA
BRASIL: 24 de abril de 1907 y 15 de Noviembre de 1928
ECUADOR: 15 de Julio de 1916
NICARAGUA: 24 de Marzo de 1928
PANAMÁ: 20 de Agosto de 1924
PERÚ: 24 de Marzo de 1922
VENEZUELA: Laudo Arbitral del Rey de España del 16 de
Marzo de 1891 y Tratado del 5 de Abril de 1941
JAMAICA: 12 de Noviembre de 1993 (Delimitación Marítima)
LA SOBERANÍA
o Es un poder de“Derecho” originario ysupremo que se predicade las naciones y comoun atributo esencial de lapersonalidad estatal.
o El titular de la soberanía es el
“Pueblo” o la “Nación”.
CONSECUENCIAS DE LA TIPOLOGÍA CONSTITUCIONAL
PUEBLO(Soberanía Popular)
• Incluye sólo a los “vivos.
•Es una categoría más propia de la
ciencia política.
• Voto programático. Se elige un
programa.
•Hay mandato al gobernante.
•Hay revocatoria del mandato.
•En Colombia se aplica para las
elecciones de Gobernador y Alcalde.
NACIÓN(Soberanía Nacional)
• Incluye a los muertos y a los que
están por nacer.
•Es una categoría más propia de la
sociología.
•Voto simple. Se elige una persona.
•No hay mandato.
•No hay revocatoria de mandato.
•En Colombia se aplica en la
elección de los “poderes
nacionales” (Presidente y
Congreso).
EL PODER PÚBLICO Es el tercer elemento del Estado y la manifestación
natural y directa de la soberanía.
El poder es “uno” e indivisible pero se ha
distribuido para su organización en “RAMAS DEL
PODER” en atención al principio de la
Democracia Liberal Burguesa de “separación de
poderes”.
Consecuencia del principio de separación, lapretensión de un Estado de Derecho es el sistemade pesos y contrapesos entre las diferentes ramaspara asegurar que no hay “Poder” sin“CONTROL”.
FINES ESENCIALES DEL ESTADO
1. Servir a la comunidad;
2. Promover la prosperidad general, generar el
desarrollo económico y social
3. Garantizar la efectividad de los principios, derechos y
deberes establecidos en la Constitución.
4. Facilitar la participación en todos los aspectos de la
vida nacional, democracia plena,
5. Defender la independencia nacional y la integridad
territorial..
6. Asegurar la convivencia. Para eso surgió el Estado.
7. Asegurar la vigencia de un orden justo.
8 Asegurar la protección de la vida, honra y bienes de
todos los que residan en Colombia.
RAMALEGISLATIVA
Congreso de la República
Cámara AltaSenado de la República
Cámara BajaCámara de Representantes
RAMA LEGISLATIVA
• Poderes de delimitación
• Poderes de Control Político
• Poder de Impulsión
• Poder de provisión de ciertos cargos
• Poder constituyente
CONGRESO
LA REPUBLICA
SENADO
DE LA REPUBLICA
CAMARA
DE REPRESENTANTES
COMISIONES
CONSTITUCIONALES
PERMANENTES
COMISIONES
LEGALES
COMISIONES
ACCIDENTALES
OTRAS
COMISIONES
Constitucional De Cuentas De Cuentas
Internacional
Hacienda
Presupuesto
Ambiental
Servicios Públicos
Social
Investigaciones
y Acusaciones
De Derechos
Humanos y Audiencias
De Ética
De Acreditación
Crédito Público
De Seguimiento
COMPOSICIÓN DEL CONGRESO DE LAREPÚBLICA
SENADO :
– 100 Senadores y dos (2) más por circunscripción nacional especial por comunidades indígenas.
CAMARA DE REPRESENTANTES :
– Dos (2) representantes por circunscripción territorial.
– Uno (1) más por 250.000 habitantes o fracción mayor de
125.000
– Cinco (5) más de circunscripción especial (2 por comunidades negras, 1 por comunidades indígenas, 1 para minorías políticas y 1 para colombianos en el exterior)
REQUISITOS PARA SER CONGRESISTA
• SENADOR:
• Ser colombiano de nacimiento.
• Ciudadano en ejercicio.
• Ser mayor de 30 años.
• REPRESENTANTE:
• Ciudadano en ejercicio..
• Tener más de 25 años a la fecha de la
elección.
RAMAEJECUTIVA
PresidenteVicepresidente
Ministerios Departamentos Administrativos
Territorial
Región
Departamento
Provincia
Distrito
Municipio
E.T.I.
Por Servicios
Superintendencias
Establecimientos Públicos
Empresas Industriales y ComercialesDel Estado
Sociedades Económicas Mixtas
Unidades Administrativas Especiales
Otras
Nación
Departamental
Municipal
Presidente
Alcalde
CorregimientosComunas
Concejo Municipal
Gobernadores
Asamblea Departamental
JAL JAL
djhdjdsjmklckdfklklfkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkk
djhdjdsjmklckdfklklfkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkk
djhdjdsjmklckdfklklfkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkkk
Los ciudadanos eligen en forma directa Presidente y Vicepresidente de la República, Senadores, Representantes, Gobernadores, Diputados, Alcaldes, Concejales municipales y distritales, miembros de las juntas administradoras locales, y en su oportunidad, los miembros de la Asamblea Constituyente y las demás autoridades o funcionarios que la Constitución señale (ARTICULO 260)
Institución que reúne los gobiernos locales
- Federación Nacional de Departamentos y la Federación Colombiana de Municipios.
- Federación Nacional de Concejos
Decreto No. 621 de 2004 (DANE)
RAMA EJECUTIVA
LA FUNCION ADMINISTRATIVA LA CUMPLE
EL PODER EJECUTIVO A TRAVÉS DEL GOBIERNO.
Consiste fundamentalmente en realizar los
actos necesarios para el cumplimiento de las
leyes, así como los objetivos del bien común
dentro del Estado.
FUNCIONES DEL EJECUTIVO
• Hacer cumplir las leyes.
• Administrar los bienes del Estado.
• Ejercer la alta dirección política del Estado.
• Dirigir las relaciones exteriores.
• Planificar la economía.
• Preservar el orden público.
• Suministrar los servicios públicos esenciales.
COMPETENCIAS POR NIVEL DE GOBIERNO
NACIÓN
Formulación de políticas, defensa y seguridad, justicia, relaciones
internacionales, dirección general de la economía y de las facultades amplias
de intervención, estabilidad macro-económica, regulación de prestación de
servicios, seguimiento y evaluación, distribución de transferencias
DEPARTAMENTOS:
Articulador del Estado, Asistencia técnica y administrativa a municipios,
autonomía para la administración de los asuntos seccionales, la planificación
y promoción de desarrollo económico y social (Artículo 298)
MUNICIPIOS:
Ejecutor de servicios públicos y sociales básicos, planeación del desarrollo,
construir las obras que demande el progreso local, promoción de
participación de la sociedad civil y el mejoramiento social y cultural de sus
habitantes (Artículo 311)
RAMA JURISDICCIONAL
JURISDICCIONES
Ordinaria
Contencioso Administrativo
Especiales
Disciplinaria
Constitucional
ÓRGANOS AUTÓNOMOS E INDEPENDIENTES
Banco de la República
Universidades Estatales(Entes Universitarios Autónomos)
Comisión Nacional de Televisión
Órganos de Control
Contraloría General dela República
Ministerio Público
Defensoría del Pueblo
Procuraduría General de la Nación
Organización Electoral
Consejo Nacional Electoral
Registraduría Nacional delEstado Civil
Corporaciones Autónomas Regionales
III. RÉGIMEN MUNICIPAL
• ART - 286, INC. 1° - Sonentidades territoriales losdepartamentos, los distritos,los municipios y los territoriosindígenas.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
• ART - 287. - Las entidades territoriales gozan deautonomía para la gestión desde de sus intereses, ydentro de los límites de la Constitución y la Ley. Ental virtud tendrán los siguientes derechos :
1) Gobernarse por autoridades propias.
2) Ejercer las competencias que les correspondan.
3) Administrar los recursos y establecer los tributosnecesarios para el cumplimiento de sus funciones.
4) Participar en las rentas nacionales.
• ART - 288.- La ley orgánica de ordenamientoterritorial establecerá la distribución decompetencias entre la nación y las entidadesterritoriales.
Las competencias atribuidas a los distintosniveles territoriales serán ejercidas conformea los principios de coordinación, concurrenciay subsidiariedad en los términos queestablezca la ley.
Principios Rectores del Ejercicio de la COMPETENCIA de los E.T.
• Coordinación,
• Concurrencia,
• Subsidiariedad,
• Complementariedad,• Eficiencia,• Responsabilidad, • Transparencia,• Participación
• ART - 311.- Al municipio como entidad fundamentalde la división político administrativa del estado lecorresponde prestar los servicios públicos quedetermine la ley, construir las obras que demande elprogreso local, ordenar el desarrollo de su territorio,promover la participación comunitaria, elmejoramiento social y cultural de sus habitantes ycumplir las demás funciones que le asignen laConstitución y las leyes.
EL MUNICIPIO
o LEY 136 de 1994
• ART- 1.- Definición. El municipio es la entidadterritorial fundamental de la división político-administrativa del Estado, con autonomía política,fiscal y administrativa, dentro de los límites que leseñalen la Constitución y la ley y cuya finalidad es elbienestar general y el mejoramiento de la calidad devida de la población en su respectivo territorio.
• Los municipios deColombia corresponden al segundo nivelde división administrativa en Colombia,que mediante agrupación conformanlos departamentos. Colombia posee1.122 municipios registrados enel DANE, conteo que incluye los 5 distritosespeciales que se cuentan también comomunicipios. En Colombia los recursospasan de la Nación al departamento y deeste al municipio; como distrito capital,Bogotá es el único municipio que recibedirectamente de la Nación.
EL MUNICIPIO
CATEGORIA POBLACION I. C. DE L. D.
ESPECIAL Igual o superior a 500.000 Superiores a
400.000 S.M.L.M
PRIMERA Entre 100.001 y 500.000 Superiores a 100.000 S.M.L.M y
hasta
400.000
SEGUNDA Entre 50.001 y 100.000 Superiores a 50.000 S.M.L.M y
hasta 100.000
TERCERA Entre 30.001 y 50.000 Superiores a 30.000 S.M.L.M y
hasta 50.000
CUARTA Entre 20.001 y 30.000 Superiores a 25.000 S.M.L.M y
hasta 30.000
QUINTA Entre 10.001 y 20.000 Superiores a 15.000 S.M.L.M y
25.000
SEXTA Igual o inferior a 10.000 No superiores a 15.000 S.M.L.M
EL MUNICIPIO
• EL CONCEJO MUNICIPAL.
• Es un órgano de elección popular, de carácter deliberante, con funciones de fijación de prioridades y directrices del desarrollo municipal.
• Es una corporación eminentemente administrativa, encargada de disponer lo Conveniente para la administración del Municipio y de ejercer el control político sobre la Administración.
• Cada Municipio constituye una circunscripción electoral.
• • Integrada por Concejales elegidos para un período de cuatro (4) años, similar al del Alcalde.
• El numero de Concejales depende de la población y va de 7 hasta 21 miembros, siempre impar.
EL MUNICIPIO
• CONCEJO MUNICIPAL
• Periodo de sesiones. Los Concejos de los Municipios de categoría 3 a 6 sesionarán
ordinariamente 4 veces al año en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre,
máximo una vez por día. Cada período podrá ser prorrogado por 10 días. Se permite
a los Concejales participar de las sesiones de manera no presencial.
• Comisiones: Deben tener Comisiones permanentes según reglamento
• Actas: Se levanta una por cada sesión plenaria y de comisión.
• Gaceta del Concejo
• Mesas Directivas: Integradas por un Presidente y dos vicepresidentes para
períodos de un año.
• Secretario: Elegido por la Corporación para períodos de un año y puede se
reelegido.
• Atribuciones (32) y Prohibiciones (41)
CONCEJO MUNICIPAL
• MOCION DE OBSERVACIONES.
Los Concejos podrán citar a sus sesiones a cualquiera de los Secretarios del despacho con anticipación menor de 5 días y cuestionario escrito. En caso de no asistencia sin excusa aceptada, cualquier Concejal podrá proponer moción de observación que debe ser aprobada por las 2/3 partes y no implica retiro del funcionario
• MOCION DE CENSURA.
Se podrá proponer en relación con los Secretarios del Despacho por asuntos relacionados con sus funciones o desatención a requerimientos y citaciones del Concejo. Debe ser propuesta por la ½ + 1 de los Concejales y aprobada por el voto de las 2/3 partes, entre el tercero y el décimo día después del debate.
EL MUNICIPIO
• CONCEJALES.
• CALIDADES: Ciudadanos en ejercicio; haber nacido o ser residente
en el Municipio durante los 6 meses anteriores a la fecha de
inscripción o durante 3 años consecutivos en cualquier época
EL MUNICIPIO
• CONCEJALES.
INHABILIDADES:
1. Quien haya sido condenado por sentencia judicial, a pena privativa de la
libertad, excepto por delitos políticos o culposos; o haya perdido la
investidura de congresista o, a partir de la vigencia de la presente ley, la
de diputado o concejal; o excluido del ejercicio de una profesión; o se
encuentre en interdicción para el ejercicio de funciones públicas.
2. Quien dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección
haya ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad política,
civil, administrativa o militar, en el respectivo municipio o distrito, o quien
como empleado público del orden nacional, departamental o municipal,
haya intervenido como ordenador de gasto en la ejecución de recursos
de inversión o celebración de contratos, que deban ejecutarse o
cumplirse en el respectivo municipio o distrito.
EL MUNICIPIO
CONCEJALES
• Quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o distrital o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito. Así mismo, quien dentro del año anterior haya sido representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito.
4. Quien tenga vínculo por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco en segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con funcionarios que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo municipio o distrito; o con quienes dentro del mismo lapso hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito. Así mismo, quien esté vinculado entre sí por matrimonio o unión permanente o parentesco dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, y se inscriba por el mismo partido o movimiento político para elección de cargos o de corporaciones públicas que deban realizarse en el mismo municipio o distrito en la misma fecha".
EL MUNICIPIO
• CONCEJALES.
INCOMPATIBILIDADES. 45
PROHIBICIONES. 48
CUSACIÓN DE HONORARIOS: Hasta 100% del salario diario del Alcalde y
hasta 70 sesiones ordinarias y 12 extraordinarias al año. (Mpios de
categoria 3 a 6)
RECONOCIMIENTO DE TRANSPORTES:
Para los que residan en el área rural.
SEGUROS DE VIDA Y SALUD.
ACUERDOS
INICIATIVA
Los proyectos de ACUERDO pueden ser presentados por:
• Los CONCEJALES
• El ALCALDE
• El PERSONERO
• EL CONTRALOR
• LAS JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES
• POR INICIATIVA POPULAR
ACUERDOS
• INICIATIVA EXCLUSIVA ALCALDE
• Los planes y programas de desarrollo económico y social y obras públicas (Art. 313.2, 315.5 C.P., Art.. 71 y 91 Ley 136/94).
• Autorización contractual Art.313.3 C.P. y 71 la ley 136/94.
• La estructura de administración Municipal y las funciones de sus dependencias (Art.313.6 C.P. y 71 Ley 136/94).
• Creación establecimientos públicas y empresas industriales o comerciales o autorizar la constitución de sociedades de economía mixta (Art.313.6 C.P. y Art. 71 Ley 136/94.
• El presupuesto anual de rentas y gastos (Art.315.6 C.P. y Art. 91 ley 136/94.
EL ALCALDE
• Alcalde Popular.
• • Elegido por voto popular para un período de cuatro (4) años, sin reelección.
• • Jefe de la administración pública municipal y ejecutor de los Acuerdos del Concejo.
• • Le corresponde dirigir la administración, nombrando y Separando libremente sus agentes.
• • Calidades:
• – Ser ciudadano colombiano en ejercicio,
• – Haber nacido o ser residente en el respectivo municipio o la correspondiente área metropolitana durante el año anterior a la inscripción como candidato, o durante un período consecutivo de tres (3) años en cualquier tiempo.
EL PERSONERO
• También habrá un PERSONERO quien será el agente del ministerio publico en el municipio, elegido por el concejo municipal, le corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta de quienes desempeñan funciones públicas en el municipio (Art. 169 ley 136/94).
• Ejercerá las facultades prevista en el art. 181 de la ley 136 de 1994 y las funciones específicas previstas en el art. 178 de la misma ley.
• También ejercerá las funciones de veedor del tesoro previstas en el artículo 24 de la ley 617 de 2000
LEY 1551 DE 2012
Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios.
Municipios
Concejos municipales
Concejales
ObjetivoLey 1551 de 2012
Modernizar la normativa relacionada con elRÉGIMEN MUNICIPAL, dentro de laautonomía que reconoce a los municipiosla Constitución y la ley, como instrumentode gestión para cumplir sus competencias yfunciones
Principios Rectores de la Administración Pública en los E.T.
Sostenibilidad
Asociatividad
Economía
Buen Gobierno
Beneficios de la Ley 1551 de 2012
a) Incluir el principio del buengobierno;
b) Asignar funciones adicionalespara promover la integraciónregional y para estimular el turismo;
c) Establecer nuevos factores parafijar competencias diferenciadas alos municipios;
d) Fijar requisitos más exigentespara la creación de municipios;
Beneficios de la Ley 1551 de 2012
e) Actualizar la moción de censura;
f) Asignar facultades a los alcaldespara contratar con mayor agilidaden casos de emergencia y desastres;
g) Ajustar el capítulo sobreasociaciones territoriales;
h) Asignar funciones al personeromunicipal en materia de protecciónde derechos a la población víctimadel desplazamiento.