1 UNIÓN EUROPEA Fondo Social Europeo El Fondo Social invierte en tu futuro ORDEN 2524/2016, DE 01 DE AGOSTO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE AYUDANTES DE INVESTIGACIÓN Y TÉCNICOS DE LABORATORIO COFINANCIADAS EN UN 91,89 % POR FONDO SOCIAL EUROPEO A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO JUVENIL Y LA INICIATIVA DE EMPLEO JUVENIL (YEI). Mediante la Orden 1921/2016, de 15 de junio, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, se aprobaron las bases reguladoras para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio cofinanciadas por Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI) que tienen por objeto la contratación por los centros de investigación de jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 años que no tengan ninguna ocupación laboral ni se encuentren estudiando o realizando algún ciclo formativo. Las presentes ayudas se encuadran en el marco de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, y en el Programa Operativo de Empleo Juvenil. La citada Ley 18/2014 regula en su título IV el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y el procedimiento de atención a los beneficiarios del mismo, que son fundamentalmente los jóvenes de 16 a 30 años que no estén trabajando ni tampoco estén recibiendo formación. La Ley prevé una serie de medidas que podrán adoptarse por las distintas Administraciones, así como por las entidades privadas, con el fin de favorecer la empleabilidad de estos jóvenes. De conformidad con las atribuciones que me confiere el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 1 del Decreto 198/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, DISPONGO Artículo 1. Objeto y finalidad de la convocatoria. En cumplimiento del artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se procede a hacer pública la convocatoria de 120 ayudas para la realización de contratos para ayudantes de investigación y de 120 ayudas para la realización de contratos para técnicos de laboratorio, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación puedan recibir una oferta de empleo y así fortalecer los equipos de investigación que desarrollan su trabajo en las áreas de interés estratégico para la Comunidad de Madrid, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, según lo establecido en las bases reguladoras recogidas en la Orden 1921/2016, de 15 de junio, publicadas en el BOCM nº 153, página 46, el 29 de junio de 2016. Los objetivos que se pretenden con estas ayudas son los siguientes: a) Que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación, mayores de 16 años y menores de 30 años, puedan recibir una oferta de empleo tras acabar la educación formal o quedar desempleadas. b) Fortalecer los equipos de investigación con la contratación de ayudantes de La autenticidad de este documento se puede comprobar en www.madrid.org/csv mediante el siguiente código seguro de verificación: 0907365327715279980399 Ref: 09/813820.9/16
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ORDEN Nº DE DE, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE … · El Fondo Social invierte en tu futuro ORDEN 2524/2016, DE 01 DE AGOSTO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE,
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UNIÓN EUROPEA
Fondo Social Europeo El Fondo Social invierte en tu futuro
ORDEN 2524/2016, DE 01 DE AGOSTO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,
JUVENTUD Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PARA LA
CONTRATACIÓN DE AYUDANTES DE INVESTIGACIÓN Y TÉCNICOS DE
LABORATORIO COFINANCIADAS EN UN 91,89 % POR FONDO SOCIAL
EUROPEO A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO JUVENIL Y
LA INICIATIVA DE EMPLEO JUVENIL (YEI).
Mediante la Orden 1921/2016, de 15 de junio, del Consejero de Educación, Juventud y
Deporte, se aprobaron las bases reguladoras para la contratación de ayudantes de
investigación y técnicos de laboratorio cofinanciadas por Fondo Social Europeo a través del
Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI) que tienen
por objeto la contratación por los centros de investigación de jóvenes mayores de 16 años y
menores de 30 años que no tengan ninguna ocupación laboral ni se encuentren estudiando o
realizando algún ciclo formativo.
Las presentes ayudas se encuadran en el marco de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, y en el
Programa Operativo de Empleo Juvenil. La citada Ley 18/2014 regula en su título IV el
Sistema Nacional de Garantía Juvenil y el procedimiento de atención a los beneficiarios del
mismo, que son fundamentalmente los jóvenes de 16 a 30 años que no estén trabajando ni
tampoco estén recibiendo formación. La Ley prevé una serie de medidas que podrán
adoptarse por las distintas Administraciones, así como por las entidades privadas, con el fin
de favorecer la empleabilidad de estos jóvenes.
De conformidad con las atribuciones que me confiere el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con el
artículo 1 del Decreto 198/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,
DISPONGO
Artículo 1. Objeto y finalidad de la convocatoria.
En cumplimiento del artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se procede a hacer pública la convocatoria de 120 ayudas para la realización de
contratos para ayudantes de investigación y de 120 ayudas para la realización de contratos
para técnicos de laboratorio, con el fin de que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas
en los sistemas de educación o formación puedan recibir una oferta de empleo y así fortalecer
los equipos de investigación que desarrollan su trabajo en las áreas de interés estratégico para
la Comunidad de Madrid, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva,
según lo establecido en las bases reguladoras recogidas en la Orden 1921/2016, de 15 de
junio, publicadas en el BOCM nº 153, página 46, el 29 de junio de 2016.
Los objetivos que se pretenden con estas ayudas son los siguientes:
a) Que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o
formación, mayores de 16 años y menores de 30 años, puedan recibir una oferta de empleo
tras acabar la educación formal o quedar desempleadas.
b) Fortalecer los equipos de investigación con la contratación de ayudantes de
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investigación y técnicos de laboratorio que colaboren en las áreas de interés estratégico para
la Comunidad de Madrid.
c) Promover la sinergia con el resto de las acciones que hayan recibido financiación de
la Dirección General competente en materia de investigación y por lo tanto aumentar la
competitividad de los grupos de investigación de la región.
Artículo 2. Beneficiarios de las ayudas.
Los beneficiarios de estas ayudas serán las universidades, hospitales públicos de la red
hospitalaria de Madrid, organismos públicos de investigación y fundaciones dedicadas a la
investigación con sede en la Comunidad de Madrid, que deseen contratar ayudantes de
investigación y técnicos de laboratorio que apoyen y fortalezcan a los grupos de investigación
en los que se incorporen.
Artículo 3. Tutor responsable de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio.
3.1. El organismo solicitante propondrá un tutor responsable del trabajo a realizar por
cada puesto de trabajo ofertado, que será un investigador con grado de doctor que tenga una
situación laboral permanente en la institución.
3.2. Cada tutor podrá ser propuesto para dirigir a un único puesto de trabajo, bien para
ayudante de investigación o para técnico de laboratorio.
3.3. Los ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio formarán parte del
personal de apoyo de los departamentos en los que se integren y que serán los mismos en el
que estén integrados sus tutores.
3.4. El tutor del contratado será el responsable de supervisar su trabajo así como de
emitir los informes anuales o finales del contrato, o sobre cualquier posible incidencia que
surja durante el periodo de duración del contrato.
Artículo 4. Requisitos de los jóvenes a contratar en la convocatoria.
Los contratados a los que se refiere esta orden deberán cumplir los siguientes
requisitos:
a) Estar inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en la fecha de
la firma del contrato y estar en situación de beneficiarios en dicho fichero en esa fecha. El
proceso de inscripción se podrá solicitar, de acuerdo a lo establecido en el artículo 98 de la
Ley 18/2014, de 15 de octubre, bien de forma telemática a través de la sede del Ministerio de
Empleo y Seguridad Social, bien de forma no telemática para las excepciones contempladas
en el citado artículo. La información así como el procedimiento para darse de alta en el
fichero, en el caso de que no estuvieran ya inscritos, se puede encontrar en el siguiente enlace:
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b) Fotocopias compulsadas de los contratos de los ayudantes de investigación y
técnicos de laboratorio, y de los justificantes de pago de las nóminas de éstos. Los
documentos de los seguros sociales TC1 y TC2, así como su justificante bancario.
Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, en todo caso,
la obtención concurrente de subvenciones o la aplicación de otros fondos para el mismo
objeto y finalidad, deberá ser comunicada por el beneficiario, quien deberá aportar en la
justificación una declaración responsable en la que se indique la aplicación de tales fondos,
las cantidades y entidad concedente, de acuerdo con lo establecido en el art. 30.4 de la Ley
38/2003, General de Subvenciones y artículo 65, del Reglamento (UE) 1303/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
Los plazos para aportar dichos justificantes serán:
- La justificación de la primera anualidad deberán aportarla durante el mes siguiente a
la fecha de finalización del primer año de contrato.
- La justificación final deberán aportarla durante el mes siguiente a la fecha de
finalización del segundo año de contrato.
17.3. El incumplimiento de las normas reguladas en esta orden, la ocultación de datos,
su falseamiento o inexactitud, podrá dar lugar a la modificación de la ayuda concedida, al
reintegro de su importe más los intereses de demora, así como a la iniciación del
procedimiento administrativo que proceda de acuerdo con el régimen de infracciones y
sanciones previsto en los artículos 14 y 15 de la Ley 2/1995, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid, y en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Artículo 18. Financiación de las ayudas.
La financiación de las ayudas se distribuirá durante dos años como se indica en el
siguiente párrafo:
El gasto para cada año del contrato es de 2.700.000 € para la contratación de
ayudantes de investigación y de 2.280.000 € para la contratación de técnicos de laboratorio.
El gasto total de la convocatoria queda distribuido de la siguiente forma:
Año 2016 4.980.000 €
Año 2017 4.980.000 €
Total 9.960.000 €
La financiación de esta convocatoria se realizará con cargo al subconcepto 78200 del
programa 466A del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.
Artículo 19. Recursos contra la convocatoria.
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un
mes desde el día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala
correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno
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deducir.
Disposición final primera.
La Dirección General de Universidades e Investigación podrá interpretar y resolver
cuantas cuestiones surjan de la aplicación de la presente orden, procediendo, si es preciso, a
dictar y publicar las instrucciones necesarias para su aplicación.
Disposición final segunda.
La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
P.D.F. EL SECRETARIO GENERAL TÉCNICO
(Orden 2379/2016, de 21 de julio)
Fdo.: Alfonso González Hermoso de Mendoza
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Modelo: 509F1
Impreso de solicitud
1.- Datos del organismo solicitante de las ayudas:
NIF Universidad/Organismo/Fundación/Empresa
Dirección Tipo vía
Nombre vía Nº
Piso Puerta CP Localidad
Teléfono Fijo
Teléfono Móvil
2.- Datos del Representante Legal del organismo solicitante:
NIF/NIE Apellido 1 Apellido 2
Nombre Cargo en el Organismo
Correo electrónico Teléfono Fijo Teléfono Móvil
3.1.- Datos de los puestos de ayudantes de investigación propuestos por el organismo solicitante de las ayudas:
NIF del tutor del ayudante de investigación
Nombre y apellidos del tutor del ayudante de investigación
Departamento o Grupo
Convocatoria de ayudas para la realización de contratos de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio financiadas por el Fondo Social Europeo,
a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil
Etiqueta del Registro
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NIF del tutor del ayudante de investigación
Nombre y apellidos del tutor del ayudante de investigación
Departamento o Grupo
(* Si es necesario, se pueden añadir las filas que se precisen para incluir los datos de todos los puestos de ayudantes de investigación propuestos)
3.2.- Datos de los puestos de técnicos de laboratorio propuestos por el organismo solicitante de las ayudas:
NIF del tutor del técnico de laboratorio
Nombre y apellidos del tutor del técnico de laboratorio Departamento o Grupo
(* Si es necesario, se pueden añadir las filas que se precisen para incluir los datos de todos los puestos de técnicos de laboratorio propuestos)
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4.- Medio de notificación al organismo solicitante:
Deseo ser notificado/a de forma telemática (solo para usuarios dados de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid)
Deseo ser notificado/a por correo certificado
Tipo de vía Nombre vía Nº
Piso Puerta CP Localidad Provincia
5.- Documentación requerida en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable
TIPO DE DOCUMENTO Se aportará Autorizo
Consulta (*)
Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social
(*) Autorizo a la Comunidad de Madrid a recabar los datos relativos a los documentos seleccionados, eximiéndome de la necesidad de aportarlos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.2.b) de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
El certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda de la Comunidad de Madrid se solicitará de oficio por el órgano gestor, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
6.- Declaraciones responsables:
El organismo solicitante declara que son ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud, que conoce las estipulaciones recogidas en las bases reguladoras así como en la orden de convocatoria, que cumple con los requisitos señalados en la orden que regula estas ayudas y que se compromete a destinar el importe de la ayuda al objeto establecido.
Asimismo, la entidad abajo firmante declara no estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La entidad abajo firmante se compromete a acreditar el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones en el caso de que se produzcan renuncias a los contratos, así como cualquier otra documentación requerida por parte del organismo convocante de las ayudas.
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Información Institucional Marque el recuadro en el caso de no estar interesado en recibir Información Institucional de la Comunidad de Madrid. No deseo recibir Información Institucional de la Comunidad de Madrid Si usted no ha marcado este recuadro, sus datos se integrarán en el fichero “Información Institucional” cuya finalidad es ofrecerle aquellas informaciones relacionadas con actuaciones y servicios de la Comunidad de Madrid, recordándole que usted podrá revocar el consentimiento otorgado en el momento que lo estime oportuno. El responsable del fichero es la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano, ante este órgano podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
En ………………………………………..…., a……..... de……..…………..… de 2016
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DE ORGANISMO
Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero “MADRIMASD”, con nº de inscripción 1981900001 en el Registro General de Protección de Datos de la Agencia Española de Protección de Datos, cuya finalidad es la planificación y ejecución de la política de investigación y desarrollo de la Comunidad de Madrid y podrán ser cedidos a organismos públicos y entidades cuyos fines estén relacionados con el objeto de esta solicitud, además de otras cesiones previstas en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Las ayudas que son objeto de la presente solicitud están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el periodo de programación 2014-2020.
DESTINATARIO Consejería de Educación, Juventud y Deporte Dirección General de Universidades e Investigación Área de Promoción de Personal Investigador
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ANEXO I
Puesto solicitado
Ayudante de investigación Técnico de Laboratorio
Tutor
NIF Nombre y apellidos Cargo Departamento Teléfono e-mail
(Se adjuntará una memoria por cada puesto de ayudante de investigación o de técnico de laboratorio que proponga el organismo solicitante, con el contenido establecido en el artículo 8.1.c) de las bases reguladoras de la convocatoria)
Fecha de cumplimentación:
IMPORTANTE: A efectos del proceso de evaluación, sólo se tendrá en cuenta la información contenida en esta memoria de actividades a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes. No será posible la actualización posterior de la información contenida en este documento.
Memoria de actividades del puesto solicitado (Deberá rellenarse por el tutor responsable del puesto solicitado)
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Memoria de actividades del puesto solicitado (máximo 1.500 palabras)
Actividades de formación y capacitación propuestas. Contenido del plan de actividades. Capacidades y competencias que se prevé que adquiera el contratado. Descripción del plan de formación. (300 palabras máximo).
Calidad de la propuesta de trabajo. Propuesta, descripción y objetivo de actividades a realizar por el contratado dentro del departamento. (300 palabras máximo).
Interés del puesto propuesto. Necesidad del puesto e impacto en la entidad solicitante. Existencia o no de puestos equivalentes en el departamento/laboratorio. (300 palabras máximo).
Medios disponibles. Contenido, medios y recursos del departamento o entidad, que sean accesibles al departamento. (300 palabras máximo).
Evaluación. Mecanismos de evaluación y monitorización del progreso del personal. Repercusión de la actividad en la empleabilidad futura del contratado. (300 palabras máximo).