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Negocio Jurídico 12-03-14 Libro: teoría general del acto jurídico Hechos: todo acontecimiento es un hecho, existen hechos del hombre y de la naturaleza, los hechos pueden ser de la naturaleza del hombre. Si la ley reconoce el hecho es un hecho jurídico y si no es un hecho no jurídico. Supuesto jurídico: Son aquellos hechos que la norma legal prevé y a los cuales atribuye la producción de efectos jurídicos. Cada vez que hagamos un daño al tercero debe haber una indemnización. Hechos jurídicos de la naturaleza y voluntarios: a) Naturaleza (involuntarios) : son aquellos hechos de la naturaleza que producen efectos jurídicos. Dentro de los cuales encontramos -Nacimiento, -Muerte, -Demencia -Mayoría de edad b) voluntarios: son aquellos hechos del hombre que producen un efecto jurídico ej.: contratos, testamentos, etc. Hechos jurídicos positivos y negativos: a) positivos: Son los efectos jurídicos que pueden producirse por el evento que acontezca un hecho o por el evento que acontezca dicho hecho. b) Negativos: Se reconoce y se sanciona, tiene un efecto, no es indiferente al derecho. Por ej. El no pago de una obligación. Hechos jurídicos constitutivos, extintivos e impeditivos: 1) Constitutivos: Si los hechos traen como consecuencia jurídica el nacimiento de un derecho se les llama (contratos). 2) Extintivos: Si los hechos jurídicos conllevan la extinción de una obligación o derecho. (Pago)
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Mar 13, 2023

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12-03-14Libro: teoría general del acto jurídico Hechos: todo acontecimiento es un hecho, existen hechos del hombre y de la naturaleza, los hechos pueden ser de la naturaleza del hombre. Si la ley reconoce el hecho es un hecho jurídico y si no es un hecho no jurídico.Supuesto jurídico: Son aquellos hechos que la norma legal prevé y a los cuales atribuye la producción de efectos jurídicos. Cada vez que hagamos un daño al tercero debe haber una indemnización.

Hechos jurídicos de la naturaleza y voluntarios: a) Naturaleza (involuntarios) : son aquellos hechos de la naturaleza que producen efectos jurídicos. Dentro de los cuales encontramos -Nacimiento, -Muerte, -Demencia -Mayoría de edadb) voluntarios: son aquellos hechos del hombre que producen un efecto jurídico ej.: contratos, testamentos, etc.Hechos jurídicos positivos y negativos: a) positivos: Son los efectos jurídicos que pueden producirsepor el evento que acontezca un hecho o por el evento que acontezca dicho hecho. b) Negativos: Se reconoce y se sanciona, tiene un efecto, noes indiferente al derecho. Por ej. El no pago de una obligación.

Hechos jurídicos constitutivos, extintivos e impeditivos: 1) Constitutivos: Si los hechos traen como consecuencia jurídica el nacimiento de un derecho se les llama (contratos). 2) Extintivos: Si los hechos jurídicos conllevan la extinciónde una obligación o derecho. (Pago)

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3) impeditivos: conllevan a que otro hecho o acto no produzcaefecto por ejemplo la minoría de edad o la demencia.

Un hecho jurídico produce sus efectos desde el momento en quese cumplen todos los requisitos contemplados en los supuestosjurídicos. Mientras no se cumplen todos los actos (en los hechos jurídicos complejos) se produce un estado de dependencia.

Las consecuencias o efectos jurídicos que producen los actos pueden consistir en 1) La adquisición de un derecho. Por ej. Los herederos adquieren el dominio de los bienes que pertenecían al causante.2) La modificación de un derecho. Por ej. La destrucción de la especie de la especie debida por el deudor.3) La extinción de un derecho.

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Acto y negocio jurídico no son lo mismo, El negocio jurídico se caracteriza por producir los efectos jurídicos queridos por las partes, aquel que es una causa inmediata de la voluntad de las partes. En cambio el acto jurídico se caracteriza por lo contrario, es decir sus efectos no van necesariamente adheridos a la voluntad de las partes, por ejemplo la construcción de un edificio en un terreno ajeno.

Acto jurídico: Es una manifestación de voluntad que se realiza con la intención de modificar, crear o extinguir derechos, y la ley reconoce como modificar crear o extinguir un derecho.Para que nazca un acto jurídico se necesita una manifestaciónde voluntad 1- Voluntad interna, es decir externalización de su fuero interno. 2- Un fin específico, crear modificar o extinguir un derecho.

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3- la ley lo reconozca. Si la ley no lo reconoce carece de supuesto jurídico y no es reconocido.

Estructura del acto jurídico articulo 1444Se distingue de cada contrato las cosas que son de su esencia, las cosas que son de su naturaleza y las cosas que son puramente accidentales.

Esencia: aquellos que cumplen con las cualidades de ser necesarios y suficientes. Necesarios porque basta con que ellos concurran para que el acto jurídico tenga existencia. Son suficientes porque solo ellos son necesarios o indispensables para que el acto jurídico produzca sus efectos, es decir su concurrencia mínima bastara para que dichos efectos se produzcan.

De la naturaleza: son aquellos que se entienden incorporados al acto o contrato sin la necesidad de alguna clausula especial, no siendo esenciales van incorporados al acto o contrato. Por ejemplo en la compraventa hay una obligación del vendedor de sanear la cosa como vender una ropa en mal estado se puede pedir devolución. La obligación del vendedor de sanear va si o si.

Accidentales: son aquellos que no le pertenecen ni esencial ni naturalmente a un acto jurídico pero sin perjuicio de ellos las partes pueden incorporarlos por medio de cláusulas especiales. (Condición, plazo, modo) siempre que no sea contrario a la ley, orden público y la costumbre.

4 Cosas de la esencia a todos los actos y contratos

1. la voluntad: 2. Objeto3. Causa.

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4) Solemnidad

Requisitos de los actos jurídicos:

1. Requisitos de existencia: Son aquellos necesarios para que el acto jurídico nazca a la vida del derecho. Se tienen que cumplir los siguientes puntos: voluntad, objeto, causa y solemnidades requeridas para la existencia del acto jurídico.

2. Requisitos de validez: Los requisitos de validez son aquellos necesarios para que el acto jurídico produzca efectos válidos. se expone a ser invalidado, a ser dejado sin efecto. Los requisitos de validez son:

a) La voluntad: no viciosa b) El objeto: debe ser licitoc) La causa: debe ser licita d) Solemnidades: para la existencia del acto y para la validez

Clasificación de los actos jurídicos

1) Partes:Unilaterales: Exista la manifestación de voluntad de unaparte (un individuo o grupo de individuos). Por ej. Testamento. Bilaterales (convención): manifestación de voluntades dedos partes que se oponen pero llegan a un acuerdo de voluntades. Por ej. Contratos

2) Actos jurídicos entre vivos o por causa de muerte Entre vivos: El hecho de comprar una cosa entre vivos Por causa de muerte: el hecho es la muerte, pero existe una excepción, es el mandato ya que este se entrega después de la muerte como una herencia.

3) UtilidadGratuito: Produce utilidad a una de las parte y le produce una perdida a las otras, por ejemplo la donación

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Oneroso: Se celebran teniendo en consideración el beneficio para ambas partes. Por ej. Comprar una casa, se paga en dinero y se recibe la casa

4) Según los efectos Inmediata: Actos puros y simples. Son aquellos que producen sus efectos inmediatos y sin limitaciones.diferida: son los que están sujetos a modalidad (Plazosy condiciones)

5) Según su contenido Patrimoniales: tiene como finalidad la adquisición, modificación o extinción de un derecho pecuniario. Por ej. Pago de una deuda.Familiares: Son relaciones del individuo dentro de la familia. Es decir crear vínculos de familia.

6) Principales : Subsisten por si solas (compra- venta) Accesorios: Se mantiene la obligación y al momento quese extingue el principal se extingue el accesorio (hipoteca)

7) Consensuales: Se perfecciona por el acto de la voluntad.Solemnes: La manifestación de voluntad es realizada de manera predeterminada.

8) Si es regulado por la ley.Innominados: No están regulados por la ley específicamente pero pueden adquirir existencia jurídica.Nominados : Se encuentran regulados por la ley

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VOLUNTAD

Voluntad: es el querer de una persona, es decir la intención que tenga. La voluntad de una persona puede mantenerse en su fuero interno, y es completamente diferente al derecho. La voluntad produce un cambio cuando se externaliza, es decir

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sale del fuero interno y se hace conocida. La declaración devoluntad se hace de diversas formas, voz, señas.

Requisitos de la voluntad

1) Debe manifestarse o declararse 2) Debe ser seria

A) La declaración de voluntad puede ser: 1) Esta declaración de voluntad expresa Es la exteriorizaciónde la voluntad a través de medios inequívocos destinados a darla a conocer a un destinatario determinado.2) Se puede declarar la voluntad de forma tasita: Se exterioriza la voluntad a través de un comportamiento no dirigido a un destinatario. Por ej. Aceptar la herencia realizando cualquier acto que denote la aceptación de la herencia.-El código civil acepta la voluntad expresa y tacita y con igual valor y efectos.Hay excepciones en ciertos actos en que la voluntad debe ser expresa por ejemplo al momento de testar, también la solidaridad.

Cuando no hay una declaración de voluntad, es decir el silencio. El silencio: no es interpretado, por lo tanto no es declaración de voluntad. Pero existen excepciones porque la ley lo establece, por que las partes lo establecen o porque el juez lo establece(silencio circunstanciado). Ej. Cuando hay silencio en la herencia, la ley le da valor entendiendo que se rechaza la herencia.

B)Manifestación de la voluntad debe ser Seria: implica que quien hace la manifestación de la voluntad tenga la

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INTENCION de producir efectos jurídicos.

La autonomía de la voluntad es la capacidad que tienen los hombres para vincularse con otros o no, pero si deciden hacerlo lo harán por su propia voluntad. Articulo 1545, este reconoce la libertad para contratar y esta facultad se traduce en la posibilidad de que los particulares puedan regular sus propios intereses actuando según su propio juicioy responsabilizándose de las consecuencias de sus actos.

Limitaciones a la autonomía privada (flume)

1) Numerus clausus2) Prohibiciones generales o especies 3) Requerimiento de autorizaciones administrativas 4) Buenas costumbres.

Voluntad expresada:

a) Acto jurídico bilateral: se llama consentimiento. Para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad es necesario que, que 2 que consienten dicho acto o declaración de voluntad y su consentimiento no adolezca de vicio (1445C.C)

b) Acto jurídico unilateral: se manifiesta la voluntad de una parte.

Formación de consentimiento: Es un requisito esencial. El código de comercio en los artículos 97 a 108 indica las reglas aplicables a todo ordenamiento jurídico. Se expresan 2actos una oferta (te vendo mi bicicleta) y una aceptación (te la compro)

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1) Oferta: Acto jurídico unilateral mediante el cual una parte le propone a otra la celebración de un acto jurídico bilateral.

Características

a) Manifestación seria y Completa: Significa que contenga todos los actos esenciales de tal manera que sea pura y simple

b) Oferta incompleta. c) Contra oferta.

Clasificación de la oferta:

a) Expresa: consta de una declaración que mediante términos explícitos, contiene la intención de celebrar un acto jurídico. Y puede ser - Verbal: palabras o gestos- Escritab) Tacita: la intención de celebrar un acto jurídico se desprende inequívocamente de actitudes.

Puede ser a

a) Persona determinada : va dirigida a una persona determinada con la cual se quiere celebrar un acto jurídico en particular.

b) Persona indeterminada: dirigida a público en general. Ej. Oferta de venta en el diario.- Las ofertas indeterminadas en catálogos, circulares...o en cualquier otra especie, no son obligatorias para quien las hace. Ej. Vender mi auto, pero después me arrepiento.

Autor de la oferta es el oferente, y puede ser cualquiera de las partes del acto jurídico.

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2) Aceptación: Es un acto jurídico unilateral, mediante la cual el receptor de una oferta consiente en la celebracióndel acto jurídico ofrecido en los términos de la oferta

Aceptación puede ser a) Expresa: El consentimiento se expresa a través de una manifestación efectuada mediante términos explícitos, verbales o escritos.b) Tacita: La aquiescencia se desprende inequívocamente de actos del receptor de la ofertac) Pura y simple: Corresponde a la sola aquiescencia a la celebración del acto jurídico en los mismos términos establecidos en la oferta.d) Aceptación condicionada: Aceptación de la oferta pero en términos diferentes a los de la oferta. Corresponde una contra oferta.f) Aceptación Parcial: (oferta divisible/indivisible) Ej. Venta de garaje (Divisible). Ej. Comprar un comedor con todo y sillas. (Indivisible)

Requisitos de la aceptación

1) Tiene que ser pura y simple: para que la aceptación implica que un acuerdo de voluntades es necesario que la oferta….

2) Aceptación en tiempo oportuno: Es manifestada dentro de un plazo que el oferente o la ley haya dado para dicha manifestación. - Art 97. Oferta verbal , Aceptación en el acto de ser conocida por la persona a quien se dirige- Art. 98 Oferta Escrita, la oferta debe ser aceptada o despachada dentro las 24 horas siguientes a la recepciónsi oferente y receptor residen en el mismo lugar o de locontrario a vuelta de correo

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-Aceptación extemporánea, Art 98. Vencidos los plazos lapropuesta se tendrá por no hecha, aun cuando haya sido aceptada.

3) Mientras se encuentre vigente: Hay ciertos hechos que provocan que las ofertas pierdan su vigencia. Por- Muerte-Incapacidad legal sobreviniente- Retracción: Es el acto de desistimiento de proponer su oferta. Art 99 C.Com. El proponente puede arrepentirse en el tiempo medio entre el envió de la propuesta y la aceptación, salvo que al hacerla hubiera comprometido a esperar contestación o no disponer del objeto.-Retractación tempestiva: Efectuada en el tiempo que media entre el envío de la oferta y la aceptación. Art. 99 C.com. el oferente que se retracta tempestivamente debe indemnizar los perjuicios que haya sufrido el destinatario. Ej. Comprar un caballo, e ir a revisarlo con un veterinario, luego el vendedor se arrepiente de venderlo, por lo cual el vendedor está obligado a pagarlos gastos. Art. 101 C.Com. No habrá obligación de indemnizar se allana a cumplir con la oferta.

Momento de formación del consentimiento. Es importante de determinar por:

a) Las partes deben ser capaces al momento de contratar b) El objeto del contrato debe ser licito al momento de

contratarc) Al contrato se le aplicaran las leyes vigentes al

momento de su nacimiento. (Art. 22 L. efecto retroactivode las leyes)

d) El contrato comienza a producir sus efectos desde su nacimiento.

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e) Acepta una oferta (formando el consentimiento) no procede retracción

Teorías del momento en que se forma el consentimiento

a) Teoría de la declaración de voluntad : señala que se forma el consentimiento desde que el destinatario aceptala oferta. Ej. Aceptar vender el caballo en venta.

b) Teoría de la expedición : Se forma el consentimiento desde el momento en que el destinatario de la oferta envía la correspondencia que contiene la aceptación, es decir no basta solo con la manifestación de la aceptación, sino que esta debe ser dirigida al oferente.

c) Teoría de la recepción : El consentimiento se forma en elmomento en que la aceptación llega al domicilio del oferente.

d) Teoría del conocimiento : El consentimiento se forma en el momento en que el oferente toma conocimiento de la aceptación.

Determinar el lugar de la formación del consentimiento Si el oferente y el aceptante reciben en un mismo lugar no hay problema, el problema sucede cuando reciben en lugares diversos, en ese caso se entiende que el consentimiento se forma en el lugar de residencia del aceptante.

Los vicios de la voluntad

La voluntad es un requisito del acto jurídico. Y Puede existir la manifestación de esta voluntad, pero esta puede estar viciada, si bien el acto nace y produce todos sus efectos, es posible invalidarlo y destruir el acto. Ya que el Art. 1445 del CC. Hace referencia a que dicho consentimiento no debe adolecer de vicios. Y a su vez el Art. 1451 CC. Establece los vicios que puede adolecer la

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voluntad, estos son: El error, La fuerza y El dolo.

1) ERROR: Es la falsa representación de la realidad, determinada por la ignorancia (Es decir no sé cómo son las cosas) o por la equivocación (Es decir porque yo creo que sondiferentes). Distinto del error y de la equivocación es la duda, ya que en la duda el sujeto tiene conciencia de que surealidad pueda ser falsa, sin que ello lo inhiba a actuar. El error consiste en hechos pasados, presentes o futuros y error de previsión. ( ejmeplo pensar que la vaca dará más crías y solo da una)

El error puede ser de distintas formas:

a) Error de derecho (norma): los romanos lo llamaban error iuris. Se entiende como la falsa representación o ignorancia de una ley, de la aplicación de la ley, del alcance de dicha ley o de su vigor. El art. 1452 del código civil nos dice queel error sobre un punto de derecho no vicia el consentimiento. El art. 8 nos dice que nadie podrá alegar ignorancia de la ley después de ser promulgada. El art. 6 inciso 2 dice que si se alega de error de derecho, uno actúa de mala fe. Hay 2 casos en que el error del derecho si afecta el consentimiento:

-Art 2297: Se podrá repetir a un lo que se ha pagado por error de derecho cuando el pago no tenía por fundamento ninguna obligación puramente natural. Es decir quien paga cree que está cumpliendo una obligación, que en realidad no existe.-Art 2299: si pague por error de derecho, tampoco se podrá decidir que lo done. Si hay intención de donar, tendrá que ser dejada de manera expresa.

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b) Error de hechos: los romanos le llamaban error facti. Es la ignorancia o concepto equivocado que se tiene de una persona, de una cosa, de un acto o de una circunstancia material cualquier. Está regulado en el art 1453.Admite 4 sub clasificaciones:

1) Error esencial u obstáculo: Se denomina obstáculo porque impide, obsta al acuerdo de voluntades. Y el art. 1453, 1454,1455 del CC lo señala. Vicia el consentimiento, En 2 casos nos encontramos con este error esencialA) Es cuando el error recae sobre la especie del acto o contrato. (María le dice a pedro te vendo mi casa, pedro le dice ok te la arriendo).B) Es cuando el error recae sobre la identidad de la cosa específica, sobre la que versa el acto o contrato. (Pedrito cree que está comprando el iPhone pero en verdad le están vendiendo el código).

Efectos que produce, existen 3 teorías

1) La Sanción de nulidad relativa: Esta presenta Controversia porque hay quienes señalan que nunca hubo acuerdo de voluntades.Esta dice que Cuando estamos en presencia de un error esencial independiente de la hipótesis, el acto es inexistente.

2) Nulidad absoluta: dice que aquí no hay inexistencia, sino que aquí hay nulidad absoluta, yesto porque es la máxima sanción que establece el CC.3) Nulidad Relativa: Señala que no es inexistencia ni nulidad absoluta, sino que es nulidad relativa. El primer argumento señala que la relativa es la

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correcta, porque la absoluta lo que busca es resguardar el orden público, los intereses del ordenamiento jurídico. La función de la relativa essalvaguardar, resguardar los intereses de los privados. El segundo argumento, es que dice que el Art. 1454 comienza diciendo ´´así mismo vicia el consentimiento´´, ósea esto quiere decir que el Art. anterior, el 1453 también vicia el consentimiento.

b) Error sustancial: Versa sobre 2 hipótesis A)-La primera es sobre a la sustancia: de lo que se compone el objeto, de lo que se constituye la cosa, por ejemplo un aro de oro su sustancia es que es de oro, la sustancia es un concepto objetivo. B)-La segunda es respecto a las calidades esencial del objeto, tiene carácter subjetivo, atiende a la intención de las partes y a los motivos que las partes tuvieron al contratar, a las cosas que todos consideramos fundamentales. Como en el contrato no se estipula cual es la calidad esencial del objeto, el juez será el encargado si una cualidad posee el carácter de esencial. Por ejemplo, la paternidad en las obras de arte es una cualidad esencial, no es lo mismo un cuadro de Picasso. Otra cualidad es respecto ala composición del objeto, como comprar querer comprar un mueble de roble pero comprar uno de pino. Otro ejemplo son las cualidades jurídicas de una cosa.La sanción del error sustancial: de acuerdo al artículo 1682inciso final del CC, la sanción para los contratos que tenganerror sustancial será la nulidad relativa.

c) Error accidental: Está contenido en el inciso segundo del Art. 1454. La regla general es que este error no vicia el

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consentimiento. Sin perjuicio de esto, si viciara el consentimiento cuando reúne los siguientes requisitos:

La calidad accidental es el principal motivo por elque se contrata.

Dicho motivo debe haber sido conocido por la otra parte

Este error recae sobre la calidad accidental de lascosas, Todas aquellas cualidades que no sean esenciales son accidentales. Habrá que estar a la prudencia del juez y a la circunstancia que rodean el caso para determinar que una cualidad es accidental o no. Por ejemplo comprar un pc blanco porque mis cosas son blancas.

Cuando el error accidental cumple con los requisitos mencionados también vicia el consentimiento y trae como Sanción del error accidental de acuerdo al inciso final del Art. 1682trae la nulidad relativa como sanción.

d)--Error en la persona: Contenido en el Art. 1455 del CC. Laregla general es que este error no vicia el consentimiento, salvo cuando la consideración a esa persona fue el motivo principal por el cual se contrató. Hay determinados actos quese denominan actos intuito-persona. Estos actos son aquellos que se celebran considerando como factor esencial a una o máspersonas determinadas. En estos actos es cuando el error en la persona si viciara el consentimiento. Y la regla general es que todos los actos de familia son intuito-persona como elmatrimonio, adopción. En cambio en materia patrimonial la regla general es que los actos no son intuito persona, excepto en una donación. El error en la persona puede ser de 2 tipos:

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El error recae en la identidad de la persona. El error recae en la cualidad esencial de la

persona: respecto a esto se trata en la ley de matrimonio civil 19.947 o nueva ley de matrimonio civil. En el Art. 8 de esta ley se exige como requisito para la validez del matrimonio que el consentimiento de los contrayentes haya sido prestado de manera libre y espontánea. Este art. Señala cuando el consentimiento no es libre ni espontaneo, por ejemplo la religión de los contrayentes, siempre y cuando afecten las libertades de los cónyuges, o por impotencia.

La sanción para dichos actos de acuerdo al Art. 1682 inciso final del CC. Es la nulidad relativa.

2) FUERZA: Se define como aquellos apremios físicos o morales que se ejercen sobre una persona con el propósito de que esta preste su voluntad en la celebración de un acto o contrato. La fuerza puede ser

Física: es todo aquel procedimiento o acto violentoo brutal que se emplea sobre una persona para que esta manifiesta su conformidad en la celebración del acto o contrato. aquí no hay voluntad. Hay una apariencia de voluntad. No vicia la voluntad, lo que hace es excluirla, no deja que nazca la voluntad, la suprime. Entonces el acto es inexistente.

Moral: llamada fuerza psíquica, es aquella donde existe una manifestación de voluntad, pero esta manifestación no ha sido libre, si no que fue impuesta por una amenaza actual de un mal futuro. La amenaza puede estar relacionada con la vida, honor, familia o patrimonio. Solo a esta nos referiremos para hablar de vicios del consentimiento.

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La fuerza debe cumplir una serie de requisitos:

Debe ser injusta: La amenaza que se le efectúa al sujeto Debe ser contraria al derecho, ilegitima. O buscar una consecuencia que es desproporcionada al hecho.

Debe ser grave: Art. 1456 inciso primero. La fuerzava a viciar el consentimiento cuando es capaz de producir una impresión fuerte, en una persona de sano juicio tomando en cuenta su edad, sexo y condición.

Debe ser determinante: El consentimiento debe ser la consecuencia directa e inmediata de la fuerza. Art 1457 del CC. (ejemplo vender mi auto o sino me mata)

De acuerdo al Art. 1457 del CC. La Fuerza no es necesario que la ejerza aquel que es beneficiado por ella. Basta que se haya empleado por cualquier persona con el fin de obtener el consentimiento. Es indiferente de quien provenga la fuerza, lo relevante es que se emplee para que una persona preste su consentimiento en el contrato. Y porque se diferencia esto con el dolo? Es porque es mucho más difícil defenderse de la fuerza porque precisamente la victima de la violencia no puede sustraerse de ella, en cambio la víctima del dolo con astucia podría descubrir el engaño. El segundo argumentoes porque el legislador estima que lo normal es que el que quiere presionar a otro se valga de un tercero para llevar a cabo su amenaza.

La fuerza debe probarla quien alega haber ido víctima deella y además a la víctima le corresponderá probar la gravedad de la fuerza. Esta prueba se puede realizar a

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través de todos los medios que la ley franquea para dichos efectos. La acción para solicitar que el contratosea dejado sin efecto porque adolece de fuerza sea dejado sin efecto es de 4 años desde el momento en que cesa la fuerza. La sanción a la fuerza es la nulidad relativa por el Art. 1682 inciso final CC.

El estado de necesidad puede provenir de un hecho del hombre o de la naturaleza y no está encaminada a obteneruna manifestación de la voluntad específica.

Respecto a la fuerza el CC trata el temor reverencial. Esto consiste en el miedo de desagradar a personas a losque se les debe sumisión y respeto. Art. 1456 del CC señala que el temor de desagradar a una persona superiorno vicia el consentimiento.

3) Dolo: Art 44. Inciso final. Consiste en la intención positiva de inferir injuria a la persona o propiedad de otro.El dolo es transversal, se estudia de 3 formas.

Como vicio del consentimiento art.1458 intención deperjudicar conscientemente al otro. El dolo no vicia el consentimiento sino cuando es obra de una de las partes, y cuando además aparece claramente que sin él no se hubiera contratado. ( la importante a nuestra materia)

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Como agravante del incumplimiento de una obligación (art.1558) : Cuando existe un contrato de por medioel dolo va a ser una agravante. Cuando se actúa condolo se va responder de los perjuicios que sean previstos y además de los imprevistos.

Consiste en ser un elemento del delito civil (2284): El delito civil es la acción u omisión de un hecho realizado con la intención de dañar a otrapersona. Si no hay dolo, no hay delito civil. ( ejemplo acelerar el auto para matar a alguien)

El dolo como vicio del consentimiento: es la maquinaciónfraudulenta que se realiza sobre una persona para que esta preste su consentimiento en la celebración de un acto o contrato. Cuando vicia el dolo el consentimiento?Para responder hay que distinguir entre:

Actos jurídicos unilaterales: El dolo solo debe serdeterminante.

Actos jurídicos bilaterales: El dolo vicia el consentimiento siempre que cumpla con 2 requisitosA) Cuando es obra de una de las partes.B) Cuando es determinante, cuando afecta de manera

directa la celebración del acto o contrato. El dolo determinante es el que vicia el consentimiento.

Hay un punto importante dentro del dolo que es la prueba. Art. 1459 El dolo no se presume, y en todos los casos debe probarse. Hay casos excepcionales donde el dolo si se va presumir. Por ejemplo en materia de testamentos, cuando se oculta un testamento, se entiende que al ocultarse se está demala fe. Art. 968 del CC.

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Otro punto importante del dolo es el perdón del dolo, El dolono puede renunciarse anticipadamente. Art.1465 del CC.

El Dolo tiene una serie de clasificaciones.

Dolo bueno/ Dolo malo: a) El dolo bueno: no tiene fin deshonesto, consisteen halagos, exageraciones que una de las partes utiliza para celebrar contratos con otra. b) El dolo malo: es la intención de causarle daño al otro. Constituye un vicio del consentimiento

Dolo positivo/ Dolo negativo: a) El dolo positivo: Consiste en el engaño que se realiza a través de actos que buscan representar como verdaderas circunstancias falsas o alterar lascircunstancias verdaderas. b) En dolo negativo consiste en ocultar sagazmente los hechos verdaderos. Dentro del dolo negativo hayuna institución que se llama la reticencia. La reticencia es más exigente, consiste en callar circunstancias que se tiene la obligación de hacer saber a otros. Un ejemplo de esta reticencia está en el código de comercio Art. 557, dice que el asegurado que pretende contratar un seguro de vida deberá informar de alguna enfermedad mortal que sufra. Otro ejemplo es respecto a la compraventa, Art. 1861 del CC, el vendedor tiene la obligación de declarar si la cosa tiene vicios. La reticencia es cuando las personas tienen la obligación de presentar la verdad y no lo hacen.

Dolo principal/ Dolo accidental: a) El Dolo principal: Es aquel que lleva a una a persona a celebrar un determinado acto jurídico, o sea, de no existir este dolo no se hubiese celebrado el acto o contrato.

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b) El Dolo incidental o accidental: Es aquel que nodetermina a una persona a celebrar el acto jurídicopero si a concluirlo en condiciones diferentes o menos onerosas de si no hubiese procedido el Dolo.

Autor del dolo

a) Acto jurídico Unilateral: El dolo, provendrá necesariamente de una de las partes.

b) Acto jurídico bilateral: Para que vicie el consentimiento el dolo debe provenir de una de las partes, si el dolo provienen de un tercero no vivía el consentimiento pero se produce efectos. El autor del daño debe indemnizar los perjuicios que se haya beneficiado por el acto también puede ser demandado por los perjuicios pero solo hasta el beneficio obtenido.

c) Acto jurídico plurilateral: Solo el engañado puede solicitar declaración de nulidad.

Condonación del dolo: Art. 1465 CC. El pacto no pedir más enrazón de una cuenta aprobada no vale en cuanto al dolo contenido en ella, sino solo se ha condonado expresamente. Lacondonación del dolo futuro no vale.

La sanción del dolo: cuando el dolo cumple con los requisitos, o sea cuando el dolo vicia el consentimiento, la sanción de acuerdo al Art. 1682 inciso final, será la nulidadrelativa. Pero respecto al dolo hay una situación particular.En el dolo incidental o accidental también tiene una sanción,esta consiste en la obligación de indemnizar los perjuicios provocados. Pero para saber el monto que hay que indemnizar se debe distinguir:

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La persona que lleva el dolo a cabo o fragua, tendrá queresponder por el total de los perjuicios.

Las personas que solo se hubiesen aprovechando del dolo pero no lo han fraguado, deberán responder hasta el monto de su beneficio. Art. 1458 del CC.

La acción del dolo corresponde a la víctima del engaño. Y la a víctima de esta dolo tiene 4 años para solicitar la nulidadrelativa y se cuentan desde la celebración del contrato. Art.1691 del CC.

Hay una 4ta institución fuera de los vicios del consentimiento y ES LA LESION, consiste en la desproporción oen el perjuicio que experimenta una persona en las prestaciones de un acto o contrato. En otras palabras se configura cuando existe una desigualdad entre la ventaja obtenida y el sacrificio hecho para la celebración del contrato. No ha sido clasificada como un vicio del consentimiento. El Art. 1451 Que señala los vicios, no nombrala lesión. La lesión solo procederá en los casos expresamenteseñalados por la ley. Consideraremos la lesión como una sanción a esta desproporción en las prestaciones. Y para el estudio de esto, tendremos un carácter objetivo, no atenderemos a la intención de las partes o al caso particularque llevo a celebrar el acto o contrato, si no que estaremos única y exclusivamente a lo que dice la ley. En chile la lesión no es una causal genérica para a nulidad de los actos o contratos, si no que esta solo procederá en los casos expresamente señalados por la ley. La lesión es taxativa, sonsolos los casos que señala la ley y no hay más. Esta lesión procederá en contratos o actos onerosos y además conmutativos(uno se graba en favor del otro), la utilidad es recíproca.

Prestación: los que las partes deben dar, hacer o no hacer.

Casos que señala la ley de lesión:

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1. Compraventa de bienes inmuebles: Art. 1888 al 1896: debe tratarse de compraventa de bienes inmuebles. Debe tratarse de compraventas voluntarias, compraventas forzosas como el remate no clasifica en este caso. Hay que distinguir si se trata del comprador o vendedor. El vendedor sufre lesión cuando elprecio que recibe es inferior a la mitad del justo precio de la cosa que vende. El comprador sufre lesión cuando el justo precio de la cosa que compra es inferior a la mitad del precio que paga por ello.Efecto que produce lesión en bienes inmuebles: cuandoel comprador o vendedor logra acreditar que ha recibido menos de la mitad del justo precio podrá solicitar la nulidad relativa del contrato de compraventa.La ley otorga una salida para el que incurre en esta lesión: Para que no ocurra la nulidad relativa la leyadmite la posibilidad de completar el justo precio deacuerdo a las reglas que señala el CC.

2. Contrato de permuta de bienes inmuebles: debe tratarse de permuta voluntaria y el Art. 1900 dice que se aplicaran las mismas reglas referentes a la compra venta.

3. La lesión en la cláusula penal enorme: la cláusula penal corresponde a una avaluación anticipada que hacen las partes de los perjuicios que deriven del cumplimiento de una obligación de acuerdo al Art. 1535 del CC. (si no me pagas el arriendo cada mes, a fin de año me pagaras un millón). Hay lesión enorme en las clausulas penales cuando estas son excesivas odesmesuradas y por lo tanto se pierde el carácter de indemnizatorio de las mismas, cuando nos encontremos frente a una clausula penal enorme (la pena que se establezca sea excesiva) se aplicaran las reglas del Art 1544 del CC , nulidad relativa.

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4. Lesión en la Aceptación de una herencia: Art. 1234. Se pone en el caso de que un heredero acepta una herencia, y la herencia era de 100, luego de aceptar la herencia con valor 100 el heredero descubre que existen disposiciones testamentarias que disminuyen en más de la mitad el valor de la herencia. En este caso se podrá solicitar la recisión de la aceptación de la herencia, me podre retractar de haberla aceptado para dejarla sin efecto.

5. Lesión en la partición de bienes: Art. 1348 señala que hay lesión en la partición de bienes cuando se haperjudicado en más de la mitad de su cuota al adjudicatario de dicha partición. En una repartición me tocaba 50 pero recibo 10. Se puede pedir la recisión, que se anule.

6. Lesión en el mutuo con intereses: habrá lesión cuandolos intereses que se pacten en el contrato de mutuo sean excesivos. Se determinara si son excesivos puesto que el legislador establece un máximo de intereses para este tipo de contratos y se denomina el interés máximo convencional, o sea, lo que el legislador permite es el interés corriente aumentado en 50%. En este caso la sanción será que se bajaran los intereses al interés corriente.

7. Lesión en la anticresis: es un contrato por el que seentrega un bien inmueble al acreedor para que este sepague con los frutos que produce el bien inmueble. (debo un millón a pedrito pero no tengo como pagarle pero tengo un bien inmueble, entonces le pasare el bien inmueble para que arriende y tenga un millón y mi deuda quede saldada). Hay lesión en la anticresis en el supuesto del Art. 2443 del CC. En este caso cuando los intereses que se pacten en este contrato sean excesivos.

Desacuerdo entre voluntad real y declaración

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Las partes declaran su voluntad real. El querer o sentir interno del sujeto, constituye la voluntad real, lo que normalmente impulsa a exteriorizar dicho querer y a manifestar su voluntad. Sin embargo, puede ocurrir que la manifestación no refleje la voluntad.

Teorías sobre el rol de la voluntad en los actos jurídicos:

a) Teoría de la voluntad (Savigny): Considera que la esencia del acto jurídico es la voluntad real, es decir hay supremacía de la voluntad real frente a la declarada, ya que esta última es solo un medio por el cual se revela la voluntad interna.

b) Teoría de la culpa incontrahendo: Se basa en la teoríade Savigry pero añade que si una persona es culpable o dolosamente formula una declaración que no se sujeta a la voluntad real, contraerá una responsabilidad frente ala persona a quien la declaración se dirige, es decir tendrá que indemnizar los perjuicios.

c) Teoría de la declaración : Consiste en que la declaraciónproviene de una persona capaz de producir plenos efectosjurídicos aunque no corresponda a la voluntad real del declarante.

d) Pensamiento de Hartmann: no hay que cerrarse con una teoría, el juez debe buscar la intención de las partes ytener en cuenta en buena o mala fe, buscar lo que le parezca, en cada caso lo más justo.

e) Solución del código civil: El código civil se dictó en el apogeo de la teoría de savigny y por lo tanto prima la voluntad real. Y se sustenta en el Art. 1560 CC. Conocida claramente la intención de los contratantes debe estarse a ella más que a lo literal de las palabras

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Criticas:-Teoría volitiva: porque obliga a averiguar la intención psicológica, mantenido en el fuero interno del individuo, conlo que la albor del juez deja de ser jurídica y seria psicológica-Teoría de la declaración: Atribuye a las meras palabras o declaración los efectos jurídicos del acto con absoluta prescindencia de la intención o querer real del autor o de las partes.

Simular y Disimular: Simular es hacer aparente lo queno es, es decir es mostrar una cosa que no existe. Disimular es ocultar al conocimiento de los demás una situación existente. Un Acto jurídico simulado es el que tiene apariencia contraria a la realidad ya sea porque el acto no existe o porque es distinto a lo que parece. (Me embargaran mis bienes por deudas y yo simulo una compraventa, para eludir las responsabilidades).

Hay 3 requisitos:

Una disconformidad consciente entre la voluntad real y la declarada.

Lo anterior sea acordado por las partes. La simulación tenga por finalidad engañar a 3ros.

Clasificación de la simulación

1) Simulación Lícita o ilícita: Es simulación lícita en donde las partes no persiguen el perjuicio de terceros. Es simulación ilícita cuando se persigue el perjuicio deterceros o la violación de la ley.

2) Simulación Absoluta: Se produce cuando se celebra un acto jurídico que no tiene nada de real y que es

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ficticio en su totalidad. (un contrato de compra venta cuando en realidad no han celebrado contrato alguno)

3) Simulación Relativa: Se produce cuando se ha querido realizar un acto diferente al manifestado, sea en su totalidad (se disfraza de compraventa una donación, o también puede ser solo parcialmente (cuando en un contrato se inserta una clausula diferente a la convenida)

Formas de simular

a) Existencia del acto jurídico: las partes dan apariencia de realidad a un acto que no existe.

b) Naturaleza del acto jurídico: las partes celebran un acto que sirve para esconder otro que realmente es queridos por ellas

c) Referidas a las personas: las partes celebran un acto real. Sim embargo atribuyen la calidad de partes a personas que realmente no la tienen.

Simulación y reserva mental: Consiste en no aceptar en el fuero interno lo que manifiesta como la voluntad real. Esto lo produce solo una de las partes y con la intención de engañar a la contraparte, no atenta contra la validez de losactos jurídicos.

Simulación y fraude a la ley: Con el acto de fraude a la ley se pretende eludir al precepto legal, mientras que con la simulación se pretende ocultar la violación de un precepto legal. El negocio simulado quiere producir una apariencia, en cambio el negocio fraudulento una realidad

Simulación relativa: existe un acto simulado y otro disimulado. (Simulado: acto aparente-Disimulado: acto real.) En la medida que el acto disimulado no afecte a terceros ni

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sea contrario a la ley, es lícito. La simulación no se sanciona en sí, sino por el perjuicio a terceros es ilicitud.La simulación para ser sancionable debe ser ilícita.

Consecuencias de la simulación

Si la simulación es Absoluta, el acto simulado se desvanece y se considera inexistente

Si la simulación es relativa, el acto simulado se desvanece y queda inexistente

Acto disimulado, puede tener causa licita o ilícita, se sancionara según los vicios que en él se adviertan.

Las solemnidades requeridas para la existencia del acto jurídico o las requeridas para la validez del acto jurídicoEstas son un tipo de formalidades. Son ciertos requisitos quedicen relación con la forma o con el aspecto del acto jurídico, ya sean exigidas por la ley para su existencia, para su validez, para su prueba o algún otro efecto.

Tipos de formalidades: según el fin pueden ser

Las solemnidades o formalidades propiamente tal: podemosdistinguir entre

Las solemnidades requeridas para la existencia del acto jurídico: son los requisitos externos que la ley exige para la celebración de determinados actosjurídicos, siendo dicha solemnidad el único medio por el cual el autor o las partes pueden manifestarsu voluntad. constituyen un requisito esencial para

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ciertos actos jurídicos. Son el único medio para hacer nacer ciertos actos jurídicos. Por ejemplo elmatrimonio, porque esta solemnidad consistirá en lacelebración del acto ante un oficial del registro civil, o bien la ratificación ante el mismo. Otro ejemplo es la compraventa de bienes inmuebles, estadebe ser realizada por escritura pública. Hay que hacer otra precisión, las solemnidades que la ley establece son de derecho estricto, por lo tanto no se puede renunciar a ellas, no se pueden aplicar por analogía (no se podrán aplicar a otro acto por parecido que sea, solo en el caso que la ley señale). La sanción a la ausencia o incumplimiento de la solemnidad es la inexistencia, porque las solemnidades de existencia son el único medio que la ley establece para que las partes puedan manifestar su voluntad, si falta esto, no hay voluntad.

Las solemnidades requeridas para la validez del acto o contrato: hay ciertos casos en que las solemnidades estarán exigidas por la ley para que el acto jurídico produzca todos sus efectos, para que viva de forma plena. Tal es el caso del testamento, este para que sea válido debe ser otorgado ante un cierto número de testigos, o sea que si faltan estos testigos el testamento existe pero es susceptible de ser anulado.La sanción a la falta de este tipo de solemnidades será la nulidad absoluta, porque ellas miran la naturaleza del acto o contrato.

Las formalidades habilitantes: son los requisitos que laley prescribe para resguardar los intereses de los incapaces, de tal manera las formalidades habilitantes

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permiten completar o suplir la voluntad del incapaz. Estas pueden ser de 3 tipos

Autorización : es el permiso que debe dar el representante legal de un incapaz o la autoridad judicial en subsidio para que este celebre un acto jurídico. Por ejemplo, el permiso que da el padre en el caso del menor adulto que quiera vender un bien. Art 253 y siguientes del CC.

Homologación : es la aprobación judicial de los actos realizados por otros sujetos previo control de su legitimidad. Por ejemplo, en la partición (acto en el que se divide la propiedad de una masa de bienes). Lo que se exige para la partición es que las personas que tengan derechos en esa comunidad de bienes este presente, pero si alguien no está presente la ley señala que podrá una persona representar sus derechos, entonces el acto realizado se pasa a autoridad judicial para comprobar que estos derechos han sido resguardados.

Asistencia: es la concurrencia del representante legal al acto que el incapaz celebra. En la asistencia el representante aparte de autorizar al incapaz, además lo acompañara, jurídicamente estaráal lado de él.

Las formalidades de prueba: son las formas que sirven para demostrar la realización de ciertos actos jurídicoso del contenido de los mismos. Por ejemplo el art 1709 señala que los actos o contratos que tengan por objeto ciertas cosas de determinado valor no se podrán probar por testigos. O el contrato de arriendo, inscribirlo en los bienes raíces.

Las medidas de publicidad: tienen por objeto proteger a los 3ros que pueden verse afectados por la celebración

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de un acto o contrato. y estas medidas pueden ser de 2 tipos

De simple noticia: tiene por objeto poner en conocimiento de los terceros en general de la celebración de un acto o contrato. no tiene sanción.

Sustanciales : no solo tienen por objeto poner en conocimiento a los 3ros, sino que además buscan resguardar a los que la ley denomina terceros interesados, estos son aquellos que están o estaránen relaciones con las partes. Por ejemplo, la notificación. La sanción es la inoponibilidad.

EFECTOS DE LOS ACTOS JURIDICOS

Efectos de los actos jurídico: Constituye la forma a través de la cual la ley “traduce” a términos jurídicos lo que las partes de un acto jurídico quieren logar a través o por intermedio de él, señala en suma la conversión del fin practico en un fin jurídico.

Clasificación de los efectos de los actos jurídicos

Efectos esenciales: Son aquellos que determinan la ley, y que se producen como obligada consecuencia de su celebración, de tal modo que las partes no pueden descartarlos ni sustraerse de ellos. Ejemplo la compra-venta, es esencial que el vendedor debe dar la cosa y el comprador pagar el precio.

Efectos no esenciales o naturales: Son aquellos que están establecidos por la ley pueden ser eliminados, siendo por ende, posible sustraerse a su aplicación, sinque su omisión afecte a la existencia o validez del actojurídico. Ejemplo en la compra-venta el efecto natural

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es la obligación que contrae el vendedor de sanear la evicción y los vicios redhibitorios.

Efectos accidentales: Son aquellos que las partes pueden, en virtud de la autonomía privada incorporar a los actos jurídicos. Si las partes incorporan al acto jurídico, se encuentran obligadas a su cumplimiento. Ejemplo, las partes pueden estipular una condición o un plazo

Otras clasificaciones de los actos jurídicos

Efectos directos: Son aquellos que surgen como consecuencia inmediata y directa de la celebración de unacto jurídico. Ejemplo la obligación del comprador de pagar el precio

Efectos indirectos: Resultan de ciertas relaciones o situaciones jurídicas que son producto, a su vez, de un acto jurídico. Ejemplo la relación la relación de alimentos entre los cónyuges.

Efectos de los actos jurídicos respecto de tercerosExcepcionalmente el acto jurídico puede producir efectos de terceros, es decir de personas que no intervinieron, ni personalmente ni representadas, en su celebración.

Actos jurídicos unilaterales : Cuando el acto jurídicoestá destinado a crear, modificar o extinguir una relación jurídica, sus efectos no pueden, por lo general, radicarse exclusivamente en la persona del autor, siendo por lo contrario, necesario que alcancea terceros.

Actos jurídicos Bilaterales: Son casos en que una convención produce efectos respecto de terceros que no son parte de ella. Puede ser: - En la estipulación con favor de otro: No tiene

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calidad de parte el tercero beneficiario, pero solo este el tercero podrá demandar lo estipulado, (Art. 1449 CC.) Ejemplo A que no es mandatario de B ni lorepresenta, compra para este una casa a C.- En la promesa de hecho ajeno: (Art. 1450 CC.)Son partes el prometiente del hecho ajeno y el beneficiario sin que tenga calidad de tal el tercero que puede ser obligado. Ejemplo A celebra un contratocon B en virtud del cual el primero se obliga a que Cde, haga, o no haga algo en beneficio del segundo.

Terceros a quienes puedan afectar los actos jurídicos.

Terceros Absolutos: Son aquellos para quienes los actosjurídicos que celebran las partes es indiferente, en elsentido de que no los afecta en ningún respecto. Ejemploel vecino no tiene nada que ver si contrato a un pintor.

Terceros Relativos: El acto jurídico que celebran las partes presentan un indudable interés o relevancia por el beneficio o gravamen que pudiera ocasionar para ellosdicho acto jurídico. Ejemplo ceder el contrato a un tercero.

Calificación de terceros relativos

Los herederos, sucesores o causahabientes a titulo universal: Son terceros en relación con los actos jurídicos que hubiere realizado el causante, como consecuencia los herederos pueden obtener o no un beneficio. Dicho beneficio o perjuicio se hace validouna vez producida la sucesión. Ejemplo A le presta a B $300 pesos, si muere B, sus sucesores contraerán la obligación de pagarle al acreedor (A).En Nuestra legislación a los herederos se impide considerarlos como terceros, ya que el CC. Menciona

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que los herederos representa al causante y son los continuadores de su personalidad.

Los sucesores o causahabientes a titulo singular: Dichas personas se verán afectados por actos o contratos realizados por su antecesor y que tengan por objeto la cosa o relación jurídica antedicha. Ejemplo A hipoteca su casa para garantizar el cumplimiento de la obligación con B, posteriormente Avende su casa a C, el cual tiene posición de tercero respecto al contrato de A y B no obstante se vera afectado por dicho contrato de hipoteca.

Los acreedores de las partes

6/5/2014

La ineficaciaComo sanción en el derecho civil se puede estudiar en 2 sentidos amplio y restringido. En términos generales corresponde a la reacción del ordenamiento jurídico en cuya virtud se priva de efectos a aquel acto o contrato que no cumple con los requisitos de existencia o de validez del actojurídico, o bien, que por un hecho posterior dichos efectos se eliminan, reducen o se perturban, de un acto jurídico válidamente formado.

1) Sentido amplio: Inexistencia. Nulidad relativa. Nulidad absoluta. (Son a los que les faltan los requisitos deexistencia o validez)

Un acto jurídico es ineficiente en sentido amplio cuando no genera los efectos que le son propios o deja de producirlos, por cualquier causa, ya sea que dicha causa consista en un hecho extrínseco (fuera del acto) o intrínseco (del mismo

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acto). Porque la causa que priva a los efectos del acto jurídico proviene del mismo acto, hay nulidad. Por otra parte, si la ineficacia se produce por la omisión de un requisito esencial para la existencia del acto habrá inexistencia.

Inexistencia: Es la sanción jurídica a aquellos actos que han sido celebrados con la omisión de uno omás requisitos para que los mismos nazcan a la vida del derecho. la inexistencia como sanción supone la existencia material del acto pero la inaplicabilidad en el mundo del derecho.-Origen de la teoría de la inexistencia: Del siglo XX, Por un jurisconsulto alemán llamado Zacharie, y nace a propósito del matrimonio. ¿Nuestro código reconoce la teoría?: no hay consenso.Algunos niegan que la inexistencia sea sanción por noestar regulada en el código, y afirman por tanto que las únicas sanciones de ineficacia en sentido amplio son la nulidad absoluta y relativa. El primer argumento es que Dicen esto porque el Art 1682 señalaque la nulidad absoluta es la sanción producida por la falta de los requisitos que las leyes prescriben para el valor de ciertos actos o contratos de acuerdoa la naturaleza del mismo acto. El segundo argumento es que el legislador señala que los dementes, los impúberes y los sordos o sordomudos que no se pueden dar a entender claramente serán sancionados con nulidad absoluta, art 1447 inciso primero del CC. Pero lo que los une es que los actos en que ellos se involucren no hay voluntad y aun así la ley los sanciona con nulidad absoluta. Tercer argumento está en el art 1682, porque a pesar que este articulo soloseñala que hay nulidad absoluta frente al objeto ilícito y no frente a la falta de objeto, la sanción

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en ambos casos seria nulidad absoluta, porque el art 1461 señala que el hecho imposible ya sea moral o físico está sancionado con nulidad absoluta. Cuarto argumento el CPC enumera de forma taxativa las excepciones que pueden hacerse valer en un juicio ejecutivo, y precisamente nombra a la nulidad 464 pero no la inexistencia. Según estos argumentos la inexistencia no existe porque no hay disposición que la considere como sanción.Pero hay otros que señalan que la inexistencia si está consagrada. Primer argumento es el art 1444, quedice no produce efecto alguno. Esto se señala que si no produce efecto alguno es que hay inexistencia. Segundo argumento, Respecto al argumento de los incapaces absolutos, estos lo refutan señalando que no es que falte la voluntad, sino que lo que falta o lo que carecen es de discernimiento, o sea la imposibilidad de manifestar una voluntad consiente, entonces así es lógico que se sancionen con nulidad absoluta. Tercer argumento es que el art 1682 no sanciona expresamente la falta de objeto, de causa o de voluntad, entonces a esta falta se debería aplicarinexistencia. Cuarto argumento es que el hecho de quela inexistencia no está regulada en el código no quiere decir que no se pueda aplicar porque precisamente uno de los efectos de la inexistencia esque el acto no produce efecto alguno, por lo tanto, ¿porque el código se encargara de regular los actos que no producen efecto alguno? No tiene sentido regular un acto que no tiene efecto.

Diferencias entre inexistencia y nulidad:

La primera gran diferencia ese refiere a los requisitos para que proceda la una y la otra. Para

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estar frente la inexistencia deben faltar los requisitos de existencia del acto jurídico. En cambiopara que exista nulidad deben faltar los requisitos de validez.

Segunda diferencia: la inexistencia como sanción opera de pleno derecho, o sea que no necesita de una sentencia judicial para producir sus efectos, sin perjuicio de que efectivamente el tribunal pueda constatar la inexistencia. En cambio, la nulidad paraproducir sus efectos debe necesariamente ser declarada por sentencia judicial.

Tercera diferencia: EL ACTO QUE ES INexIsTENTE NO PRODUCE EFECTO ALGUNO, EN CMBIO EL ACTO NULO PRODUCIRA TODOS SUS EFECTOS HASTA QUE EL VICIO DEL QUE ADOLECE NO SEA DECLARADO POR SENTENCIA JUDICIAL.

Cuarta diferencia: el acto inexistente no puede ratificarse por las partes. En otros términos, mediante la confirmación el acto inexistente no puededevenir en existente. La nada confirmada continua siendo nada. En cambio la nulidad relativa si puede sanearse por ratificación.

Quinta diferencia: la inexistencia no puede sanearse por el transcurso del tiempo. En cambio la nulidad si, en el caso de la nulidad absoluta se saneara en 10 años y en caso de la relativa se saneara en 4.

Sexta diferencia: dice relación con las personas que pueden alegarla. La nulidad relativa solo podrá ser alegada por aquellas personas en cuyo beneficio la ley ha establecido la nulidad relativa. La nulidad absoluto podrá solicitarse por todo aquel que tenga interés en ella, salvo, el que celebro el acto o contrato sabiendo del vicio que lo invalidaba. Por otra parte la inexistencia puede ser solicitada por todo el mundo.

Séptima diferencia: la inexistencia produce efectos respecto de todos, o sea es oponible a todos. En

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cambio la nulidad por regla general solo afecta a laspartes que han celebrado al acto o contrato.

La nulidad: nuestro CC regula nulidad de los artículos 1681 al 1697 del CC. En términos amplios se define en la sanción legal establecida por la omisión de los requisitos y formalidades que se prescriben para el valor de un acto ya sea según su especie o la calidad y estado de las partes que intervienen en ella. Art 1681 inciso primero. Lo primero que deja establecida esta definición es que existen 2 tipos de nulidad, la nulidad absoluto y la relativa.

La nulidad absoluta es la sanción legal impuesta a los actos o contratos celebrados con prescindencia de algún requisito exigido en consideración a la naturaleza o especie del mismo acto.

La nulidad relativa es la sanción legal impuesta a los actos o contratos celebrados con prescindencia de algún requisito exigido en atención a la calidad o estado de las partes.

La recisión: hay cierta parte de la doctrina que hace sinónimos nulidad relativa y recisión. La recisión y la nulidad relativa no son lo mismo, porque

Primer argumento: rescindir significa dejar sin efecto un acto o contrato. por lo tanto la recisión es precisamente o corresponde al efecto de la nulidad relativa, y este efecto es común en ambos tipos de nulidad, ya sea en la absoluta y en la relativa. La relación es que en la nulidad relativa es la acción que me entrega la ley para pedir la recisión, para poder dejar sin efecto el acto contrato.

Dentro de estos 2 tipos de nulidad hay una regla general, art1682 del CC. Al señalar cualquier otra especie de vicio produce nulidad relativa. De esto se concluirá que cuando el

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código quiere sancionar un acto o contrato con nulidad absoluta lo dice expresamente, en cambio para la nulidad relativa hay una causal genérica(cualquier otra especie de vicio será sancionado con nulidad relativa, 1682 inciso final)

Diferencias entre nulidad absoluta y relativa:

Primera diferencia: Dice relación con la declaración de oficio por el juez. La nulidad absoluto puede y debe serdeclarada de oficio por el juez cuando aparece de manifiesto (que de la sola lectura del instrumento se desprenda el vicio) en el acto o contrato. En cambio la nulidad relativa SOLO puede ser solicitada por la parte interesada, jamás por el juez de oficio.

Segunda diferencia: en relación con el saneamiento de lanulidad. La nulidad absoluta puede sanearse por el transcurso de 10 años contados desde la celebración del acto o contrato, en cambio la relativa se sanea transcurridos 4 años que se cuentan en el caso del errory del dolo desde la celebración o contrato, o en el casode la fuerza y las incapacidades legales desde que cesa dicha fuerza o termina la incapacidad.

Tercera diferencia: en la ratificación o confirmación dela nulidad. La nulidad absoluta no puede ratificarse o confirmarse. En cambio la nulidad relativa podrá sanearse a través de la ratificación que realiza la persona en cuyo beneficio la ley establécela nulidad. Para que la ratificación sea válida debe emanar de quienderecho para solicitar la nulidad relativa.

También tienen puntos en común:

Dice relación con que ambas nulidades son de derecho estricto, solo existen las causales de nulidad que señala la ley. No pueden aplicarse ni interpretarse por analogía.

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Ambas nulidades no podrán renunciarse anticipadamente, por que con esta sanción lo que hacela ley es resguardar los intereses superiores de la colectividad.

La ausencia de los requisitos que dan lugar a un vicio sancionado con nulidad deben existir al momentode la celebración del acto o contrato.

La nulidad ya sea absoluta o relativa puede hacerse valer en un juicio ya sea como acción o como excepción.

Toda nulidad ya sea absoluta o relativa solo producirá sus efectos en virtud de una sentencia judicial firme y ejecutoriada.

Mientras la nulidad no sea declarada por sentencia judicial el acto producirá todos sus efectos. Independiente de que este viciado.

El vicio de nulidad podrá afectar al acto jurídico en su conjunto a una parte de él

-Nulidad total: será total cuando el vicio afecta a todo el acto jurídico ya sea en sus partes, a las cláusulas que acceden a él, etc.

-Nulidad parcial: será parcial cuando el vicio solo afecta a alguna cláusula del acto jurídico, o bien a alguna parte o elemento de dicha cláusula.

Existirán disposiciones del acto jurídico o de las cláusulas del acto cuya nulidad no comprometerá la validez del resto del acto o contrato. Es decir, el acto podrá subsistir y ser válido en la parte no afectada por dicho vicio.

Nulidad absoluta: art 1681, se puede desprender que es aquella sanción a todo acto o contrato al que falte algún requisito que la ley prescribe para el valor del acto o

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contrato de acuerdo a su especie. Art 1682, las causales que generan nulidad absoluta son:

Objeto ilícito Causa ilícita Incapacidad absoluta Falta de algún requisito o formalidad que la ley

prescriba para el valor de ciertos actos o contratos en consideración a la naturaleza de los mismos.

Para aquellos que no reconocen la teoría de la inexistencia, a las causales que acabamos de mencionar, seagregan las siguientes

Falta de objeto Falta de causa Falta de voluntad Error esencial (para algunos) La falta de solemnidades requeridas para la existencia

en consideración a su naturaleza.

Lo distintivo de la nulidad absoluta es que está establecida en el interés de la moral y de la ley, por lo tanto su finalidad no es proteger el interés de los privados, si no que resguardar un interés colectivo, un interés público.

¿Quién puede solicitarla? Art 1683 se encarga de señalar de manera taxativa quienes pueden solicitar que se declarela nulidad absoluta

La nulidad absoluta puede y DEBE ser declarada por eljuez de oficio cuando aparezca de manifiesto en el acto o contrato. o sea tiene la obligación. Por de manifiesto se entiende que tiene que emanar de la sola lectura del acto o contrato. Antes de todo, tiene que existir un juicio

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La nulidad absoluta puede alegarse por todo aquel quetenga interés en ello, con excepción del que ha ejecutado el acto o contrato sabiendo o debiendo saber el vicio que lo invalidaba. Respecto a esto hayque hacer precisiones

La ley no solo faculta a las partes a solicitar la nulidad, sino también a terceros. Y los terceros cuando tengan interés en la declaraciónde la nulidad absoluta. Respecto a este interés se debe hacer precisiones

o Tendrá que probarlo el que lo invoca, deberá acreditarlo antes los tribunales.

o Se ha llegado a la conclusión de que este interés debe tener el carácter de pecuniario, no basta el interés moral.

o Este interés debe ser actual. Con actual serefiere a que exista al momento de la presentación de la demanda.

Respecto a la expresión Con sabiendo o debiendo saber

o Sabiendo es un conocimiento personal, real y efectivo del vicio de nulidad absoluta.

o Debiendo saber es aquel conocimiento que sedebiese tener respecto del acto o contrato atendiendo a las circunstancias en el que este se desarrolló. Es decir circunstanciasque no permiten considerar como lógica o razonable la ignorancia del vicio.

A través del ministerio público, siempre y cuando se haga bajo el interés de la moral o de la ley. Art 305 del COT el ministerio público es un organismo auxiliar de la administración de justicia que se encuentra compuesto por el fiscal de la corte suprema y por los fiscales de la corte de apelaciones.

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Otro punto importante respecto a la nulidad absoluta es la imposibilidad de sanear dicha nulidad por la ratificación de las partes. Art 1683 inciso final del CC. Porque la ratificación implica dar por valido un acto que no lo es, o sea renunciar a la posibilidad de solicitar la declaración denulidad. Esta prohibición de ratificar la nulidad absoluta está dada por lo que busca resguardar esta nulidad, el interés público. Y es por esto que no pude quedar supeditada a la voluntad de los particulares. Lo que si puede pasar es que la nulidad absoluta se sanee por el transcurso del tiempo, y de acuerdo al art 1683 la nulidad absoluta se saneara en 10 años.

Esta nulidad no se produce de pleno derecho, por lo tanto para que surjan efectos debe existir una sentencia judicial firme y ejecutoriada que así la declare. Por lo tanto el actonulo absolutamente producirá todos sus efectos hasta que no sea invalidado por una sentencia judicial.

Nulidad relativa es la sanción legal impuesta a todos losactos o contratos celebrados con la prescindencia de un requisito exigido en atención a la calidad o estado de las partes. Por lo tanto la nulidad relativa no protege los intereses de la colectividad, si no que resguarda a determinadas personas en cuyo beneficio la ley la ha establecido.

Causales de nulidad relativa

Los actos de los incapaces relativos Error sustancial Error accidental Error en la persona Fuerza cuando cumple con los requisitos Dolo En algunos casos respecto a la lesión

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La omisión de algunos de los requisitos exigidos en consideración al estado o la calidad de las partes que ejecutan o celebran el acto.

Error esencial (para algunos)

Características de la nulidad relativa

Solo están legitimados para alegar la nulidad relativa aquellos en cuyo beneficio la ley la ha establecido.

La nulidad relativa si puede sanearse por la ratificación de las partes.

La nulidad relativa podrá sanearse por el transcurso deltiempo.

¿Quiénes pueden solicitar la declaración de nulidad relativa?

Regla general: la nulidad relativa podrá alegarse por todo aquel en cuyo beneficio la han establecido las leyes o por sus herederos o cesionarios. Art 1684 CC. Sedesprende de esto que solo podrán alegar la nulidad relativa en el caso del dolo, error y fuerza la parte que sufrió dicho vicio. Establecida para la víctima. Pero la ley señala que los herederos de la persona que teniendo derecho a pedirla falleció sin haberlo hecho. Los herederos son los continuadores legales, les sucedenen todos sus derechos y obligaciones. También los cesionarios de la persona que tenía derecho a demandarla. Por cesionario se entiende que son aquellos a los cuales se les transfiere por acto entre vivos los derechos y obligaciones que emanan del acto o contrato nulo, porque en dicha cesión se incluye el derecho a demandar la nulidad relativa. Transmisión cuando es por causa de muerte. Transferencia entre vivos.

Excepción: es la que se genera en virtud del incapaz, y de acuerdo al art 1685 del CC el incapaz relativo no podrá solicitar la nulidad relativa alegando su incapacidad para obligarse. Sin perjuicio de esta situación, el código hace precisiones, porque si el

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incapaz relativo solo efectúa alguna afirmación o algunaaseveración de mayoría de edad, en este caso si podrá solicitar la nulidad relativa. Es decir a pesar de su engaño la ley lo habilita a solicitar la declaración de la nulidad. ¿Por qué la ley hace esto? Porque estima queel otro contratante ha sido negligente a la hora de contratar.

Distinta es la situación del incapaz relativo que actúa con dolo, para inducir a la celebración del acto o contrato, en este caso la ley lo castiga y le niega la posibilidad de solicitar la recisión del acto, art 1685.

La nulidad relativa puede sanearse de 2 formas

o Por el transcurso del tiempo: art 1684 lo dice expresamente, el plazo para pedir la recisión dura 4 años, después de esto el vicio que originaba la nulidad relativa queda sin efecto. La regla generales que se cuenten desde la celebración del acto o contrato. sin perjuicio de esto hay situaciones especiales, como la fuerza y las incapacidades relativas, en las cuales el plazo comienza en 4 años a contar desde que la incapacidad ha cesado. Este tiempo jamás podrá exceder los 10 años, porqueen nuestro derecho en el plazo de 10 años se consolidan los derechos. ¿Quién podrá solicitar esta recisión? La persona legitimada por la ley para hacerlo.

o Por la ratificación o confirmación de las partes: esta ratificación importa una renuncia a la recisión que se habría podido solicitar. La ratificación es un acto jurídico unilateral que solo podrá realizar la persona que por ley podía o tenía derecho a solicitar la nulidad relativa. De

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acuerdo al art 1693 la ratificación del acto nulo puede ser expresa o tácita. Es expresa cuando la parte que tiene derecho a pedir la recisión formula una declaración en términos explícitos y directos, tendrá que decir que renuncia al derecho de solicitar la nulidad relativa, en otros términos, validara el acto haciendo desaparecer el vicio que lo afectaba. Será tacita según el art 1695, cuando consiste en la ejecución voluntaria de la obligación contraída.En cuanto a esta ejecución voluntaria de la obligación contraída se hacen discusiones doctrinarias,¿Será ratificación tacita un hecho diferente a la ejecución voluntaria de la obligación contraída? Ladoctrina dice que no, que es una excepción, por lo tanto no se puede aplicar por analogía a otra situación diversa. También otra discusión, ¿Qué significa la ejecuciónvoluntaria de la obligación? La doctrina ha entendido que lo anterior debe suponer un conocimiento del motivo que hacia anulable al acto o contrato.Características

Es un acto jurídico unilateral Acto jurídico accesorio. Es irrevocable (una vez que renuncie a mi

derecho. no podre pedir que la nulidad sea declarada)

Opera con efecto retroactivo, porque una vez que se confirma el acto por una ficción legal se supone que el acto siempre ha sido valido.

Requisitos

Solo opera respecto a la nulidad relativa.

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Debe emanar de la parte o las partes con derecho a solicitar la declaración de nulidad relativa.

Debe realizarse por una persona capaz de contratar. Se debe hacer en tiempo oportuno. (antes de la

declaración de nulidad y luego de que la causal de invalidez haya cesado).

Efectos de la nulidad: la nulidad no tiene distinción, son iguales los efectos para relativa o absoluta. Art 1687 y 1689.

Habrá que distinguir

Efectos que la nulidad produce entre las partes: art 1690. Señala que la nulidad declarada en favor de una delas partes, solo afectara a estas. O sea, que la regla general es que la nulidad solo produzca efectos entre las partes.¿Y cuáles son sus efectos sobre las partes? Restituirlas al mismo estado en el que se encontraban antes de la celebración del acto o contrato. o sea una vez que la nulidad ha sido judicialmente declarada las partes podrán volver al estado anterior de la celebración del acto o contrato. La nulidad produce efectos desde que existe una sentencia judicial firme y ejecutoriada.La nulidad opera con efectos retroactivos, el acto nulo luego dela sentencia judicial nunca habrá existido para el mundo del derecho. Por eso las partes vuelven al estado anterior, y para volver al estado anterior se deberán realizar determinadas prestaciones entre estas partes, estas se llama prestaciones mutuas.Para lo anterior, Hay que distinguir otra cosa

Si la obligación se ha cumplido : Se deberán realizar las prestaciones mutuas. Estas buscan que

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las partes vuelvan al estado anterior en que estaban antes de la celebración del acto o contrato. 904 al 915 están reguladas las prestaciones mutuas. Tendrán que ser restituidas a dicho estado. Sin perjuicio de esto, el art 1687 establece excepciones

Respecto al poseedor de buena fe: Porque este no será obligado a restituir los frutos que haya percibido mientras estuvo de buena fe. Estará de buena fe hasta cuando recibe la notificación de la demanda.Cuando sea adquirido la cosa por prescripción:Porque ya se hizo dueño.Art 1468: se prohíbe repetir lo que se haya dado o pagado por objeto o causa ilícita a sabiendas.Respecto al incapaz: en el caso que se declarenulo un acto o contrato celebrado con una persona incapaz sin los requisitos que la ley exige. el que contrato con el incapaz no podrápedir la restitución o el reembolso que gasto o pago en virtud del acto o contrato, salvo cuando pruebe que este incapaz se ha hecho másrico. Art 1688.se entiende que se ha hecho másrico cuando

o Las cosas pagas u adquiridas les hubiesensido necesarias

o Aunque las cosas no hayan sido necesariassubsista y se quiera retener.

En el caso de que e incapaz actué con dolo la situación es distinta, en este caso el incapaz será obligado a volver a la regla del art 1687, o sea volver al estado anterior de la celebración del acto.

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Si la obligación no se ha cumplido: no hay nada quehacer, no hay hacer prestación. De acuerdo a la ley, opera un modo de extinguir las obligaciones, art 1567 numero 8 CC.

Efectos que de la nulidad respecto de 3ros: una vez que la sentencia judicial declara la nulidad, da acción reivindicatoria en contra de los 3ros poseedores en conformidad al art 1689 del CC. ¿Qué es la acción reivindicatoria? art 889 y siguientes. Es la que tiene el dueño de una cosa singular de que no está en posesiónpara que el poseedor que no es dueño sea obligado a restituírsela. Debe tratarse de un bien individualizado.Este efecto en contra de 3ros será necesario cuando el 3ro deriva su derecho de una persona que adquirió a través del contrato que ha sido declarado nulo. (Ejemplode que A le vende auto a B y B se lo vende a C y se descubre un vicio en el primer contrato). La excepción aLa acción reivindicatoria es cuando el 3ro al cabo de 10años lo adquiere por prescripción adquisitiva. El tercero podrá pedirle indemnización a B. La segunda excepción es por lesión art 1895, porque señala que cuando se genera recisión el código expresamente señala que no caducaran las hipotecas constituidas sobre la cosa, por lo tanto será obligacióndel comprador purificar la cosa. Entonces si el comprador debe purificar la cosa aun enajenada no se podrá rescindir por lesión enorme. La tercera excepción lo constituye el heredero indigno que enajena bienes de la herencia, art 974 CC.Una diferencia sustancial de la acción reivindicatoria que emana de la nulidad es que esta acción no distingue entre poseedores de buena o de mala fe, y tal diferenciaes precisamente sustancial en materia de derecho civil, puesto que cuando la acción reivindicatoria emana de la

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resolución de un acto o contrato solo procede contra 3ros de mala fe.

Acciones a las que da origen la nulidad: la doctrina de manera uniforme señala que la nulidad da origen a 2 acciones

Acción personal que persigue la anulación del contrato yque se dirige hacia los contratantes, en contra de la persona. Recibe nombre de accion de nulidad.

Acción real que debe hacerse valer en contra del actual poseedor de la cosa, es decir el que tenga un derecho emanado del que adquirió un contrato nulo. Perseguiré lacosa en contra de quien la tenga o de un 3ro. Recibe el nombre de accion reivindicatoria.

Por lo tanto la demanda que realice la persona que pide la nulidad contendrá lo siguiente

Una primera petición para que se declare la nulidad del contrato

Una segunda para que el poseedor de la cosa sea obligadoa restituirla.

Acción de nulidad o personal: tiene por objeto obtener la anulación de un acto o contrato que ha sido celebrado con algún vicio o defecto para obtener que ese acto quede inexistente en la vida jurídica. Si la acción de nulidad se entabla por uno de los contratantes se debe dirigir en contradel otro contratante. Y si la acción de nulidad se entabla por un 3ro deberá dirigirla en contra de todos los contratantes. Nos debemos remitir a su prescripción en cuantoprescribe esta accion que yo tengo para solicitar la nulidad del acto o contrato

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Si la nulidad es absoluta tengo 10 años contados desde la celebración del acto o contrato.

Nulidad relativa tengo 4 años para el caso de la fuerzao incapacidad legal desde que ha cesado, y 4 años desdela celebración de lacto o contrato en general.

Esta accion se extinguirá por el transcurso del tiempo.

Respecto a la prescripción hay algunas instituciones, una de estas es la suspensión, hace que este cómputo de 4 años se paralice. Opera solo en las prescripciones de largo tiempo. No debería operar en la relativa porque es corto tiempo, peroesto es una excepción porque a pesar de ser una prescripción de corto tiempo va a operar la suspensión. Y el caso en el que suspende el cómputo de precepción está en el art 1692, que señala que la suspensión de nulidad relativa se suspenderá cuando fallece la persona que tenía derecho a solicitar esta acción.

Entonces para saber si se extingue o prescribe habrá que distinguir:

Si los herederos de la persona que tenía derecho a solicitar la nulidad relativa y no lo hacen son mayores de edad la prescripción no se suspende. Hay que distinguir Si el cómputo de 4 años ha comenzado a correrantes de la muerte, y si no ha comenzado a correr.

La segunda situación es que si los herederos de la persona que tenía derecho a solicitar la declaración de nulidad relativa son menores de edad, en este caso se suspenderá el cómputo de la prescripción. El cómputo comenzara a correr desde que los herederos alcancen la mayoria de edad, plazo que no podrá exceder los 10 años.También hay que distinguir si el plazo no ha comenzado acorrer, empezara cuando cumpla los 18 años. Si ha comenzado a correr volverá a correr cuando cumplan la

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mayoria de edad. Entre el tiempo que suspendí y el que me queda no podrán exceder 10 años.

Accion real: La acción reivindicatoria es la accion real que emana de la nulidad. Se dirige en contra del poseedor de la cosa, ya sea que la cosa permanezca en manos de quien celebroel acto o contrato o se encuentre en manos de un 3ro. Como enla nulidad judicialmente declarada opera con efecto retroactivo, el tradente, o sea el que transfiere la cosa a un 3ro no ha dejado de ser dueño.

La conversión: se dice que hay conversión cuando el acto jurídico que es inválido se utiliza para suscribir y producirlos efectos de otro acto jurídico cuyos requisitos esencialessi reúne. Por ejemplo la letra de cambio que no llena todos los requisitos señalados por este acto y por lo tanto no es válida como letra de cambio si podrá subsistir como un reconocimiento convencional de una deuda.

2) Sentido restringido. Suspensión. Resolución. Revocación caducidad. (Producen el efecto luego de que ha nacido a la vida del derecho)