Top Banner

of 67

Modulo 5

Feb 29, 2016

Download

Documents

Roxana Alvarez

derecho
Welcome message from author
This document is posted to help you gain knowledge. Please leave a comment to let me know what you think about it! Share it to your friends and learn new things together.
Transcript
  • Mdulo V: Trfico ilcito de migrantes

  • Gestin Fronteriza inteGral en la subreGin andina

    Mdulo de capacitacin para una gestin fronteriza integral que garantice los derechos humanos de las personas en movilidad y combata la trata de personas y el trfico ilcito de migrantes

    Mdulo VtrFiCo ilCito de MiGrantes

    OIM Organizacin Internacional para las Migraciones

  • Mdulo V: Trfico ilcito de migrantesGestin fronteriza integral en la subregin andina

    Organizacin Internacional para las Migraciones (OIM)Calle Miguel Seminario 320, Piso 14, Lima 27 - PerTelfono: (511) 221 7209 Fax: (511) 440 9106www.oimperu.org

    Hecho el Depsito Legal en la Biblioteca Nacional del Per N 2012-04023ISBN:

    Primera edicin1000 ejemplaresLima, marzo de 2012

    Impreso en WR ImpresoresJr. Jos Glvez No. 1670 Lince

    Redaccin: Mariana MendiolaCoordinacin: Dolores Corts (OIM) y Luis Enrique Aguilar (Comisin Andina de Juristas)Edicin: Luis NatersDiseo y diagramacin: Gisella Scheuch

  • Esta publicacin ha sido posible gracias al

    financiamiento del Programa de Desarrollo de

    Capacidades contra el Crimen (ACCBP, por sus

    siglas en ingls) del Gobierno de Canad.

  • trFiCo ilCito de MiGrantes ........................................................................11IntroduccIn general ......................................................................................................11el mdulo trfIco IlcIto de mIgrantes .........................................................................13cmo utIlIzar este mdulo? ............................................................................................14

    unidad 1el delito internaCional de trFiCo ilCito de MiGrantes .......................................................................................................17

    1.1. aspectos conceptuales bsIcos ..............................................................................171.1.1. Qu es el delito de trfico ilcito de migrantes? ..................................................17

    1.1.2. Por qu era necesario un protocolo que definiera lo que es el trfico ilcito de migrantes? .......................................................................181.1.3. Qu tipos de trfico se pueden identificar? .............................................181.1.4. Cules son los elementos de este delito? ................................................191.1.5. Existe trfico ilcito de migrantes si no existe intencin de lucro? ...........19

    1.2. mbIto espacIal: el carcter transnacIonal del delIto ..........................................201.2.1. Cul es el mbito espacial del trfico?......................................................201.2.2. Qu se entiende por entrada ilegal a un Estado? .................................201.2.3. Cundo un delito es considerado de carcter transnacional? ..................211.2.4. Al ser un delito de carcter internacional, a qu jurisdiccin deber someterse? ....................................................................................211.2.5. Bajo qu criterios se puede establecer jurisdiccin sobre este delito? ......................................................................................221.2.6. Qu caractersticas de las fronteras de los pases andinos las hacen particularmente vulnerables al trfico ilcito de migrantes? ............22

    1.3. trfIco IlcIto de mIgrantes y mIgracIn Irregular .................................................241.3.1. Es lo mismo trfico ilcito de migrantes que migracin irregular? ..................................................................................................241.3.2. En qu casos se puede afirmar que existe migracin irregular? ..............251.3.3. Qu diferencias se pueden identificar entre el trfico ilcito de migrantes y la migracin irregular? .......................................................26

    1.4. los actores del trfIco IlcIto de mIgrantes ..........................................................261.4.1. Quines son los actores del trfico ilcito de migrantes y cules son sus roles? ...............................................................................261.4.2. El trfico siempre es facilitado por grupos delictivos organizados? .........28

    Contenido

  • 1.4.3. Cmo se organizan las personas u organizaciones delictivas para desarrollar esta actividad ilcita? ........................................................291.4.4. Qu tipo de servicio ofrecen las redes de trfico?...................................301.4.5. Sobre la base de qu criterios las redes de traficantes fijan sus tarifas? .................................................................................................30

    1.5. las personas objeto del trfIco IlcIto de mIgrantes ..............................................311.5.1. Quin es la persona objeto del trfico? ...................................................311.5.2. Si el delito es trfico ilcito de migrantes, quiere decir que solo los migrantes pueden ser objeto de este delito? ...............................311.5.3. La persona que es objeto de trfico ilcito de migrantes es una vctima? ..........................................................................................311.5.4. La persona objeto de trfico tiene alguna responsabilidad penal? ...........321.5.5. Por qu existe diferencia entre la responsabilidad penal del traficante y del migrante que acepta el trfico? .........................................331.5.6. Qu riesgos corre el migrante que contrata una red de traficantes? ................................................................................................341.5.7. Qu circunstancias agravantes prev el Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes? ...................................................................35

    unidad 2el trFiCo ilCito de MiGrantes: un delito autnoMo ...................................................................................37

    2.1. aspectos IntroductorIos ......................................................................................372.1.1. El trfico ilcito de migrantes constituye un tipo penal autnomo?..........372.1.2. Es lo mismo trfico ilcito de migrantes que contrabando? ...............37

    2.2. delItos conexos al trfIco de mIgrantes ...............................................................382.2.1. Qu delitos conexos al trfico ilcito de migrantes existen? ....................382.2.2. Existen relaciones o diferencias entre el trfico ilcito de migrantes y los delitos vinculados con la falsificacin y uso de documentos adulterados? ....................................................................40

    2.3. el trfIco IlcIto de mIgrantes y la trata de personas ............................................402.3.1. Es lo mismo trfico ilcito de migrantes que trata de personas? .......402.3.2. Cules son los principales elementos que diferencian el trfico ilcito de migrantes de la trata de personas? .............................................412.3.3. Por qu se confunden las figuras de trata de personas y trfico ilcito de migrantes? ...................................................................................422.3.4. Todas las situaciones de trfico ilcito de migrantes son tambin casos de trata de personas? ......................................................................432.3.5. Por qu es importante reconocer las diferencias entre la trata de personas y el trfico ilcito de migrantes? .............................................442.3.6. Qu debemos tener en cuenta cuando tratamos de determinar si un caso se relaciona con la trata de personas o con el trfico ilcito de migrantes? ...................................................................................45

  • unidad 3PROTOCOLO CONTRA EL TRFICO ILCITO DE MIGRANTES:OBLIGACIONES Y ESTRATEGIAS DE COOPERACININTERNACIONAL EN MATERIA DE LUCHA CONTRA EL TRFICO ILCITO DE MIGRANTES ...........................................................49

    3.1. aspectos IntroductorIos al protocolo ................................................................493.1.1. Todos los pases de la regin andina son parte del Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes? ........................................................493.1.2. Cules son los objetivos del Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes? ............................................................................................503.1.3. Qu obligaciones establece el Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes? ............................................................................................50

    3.2. oblIgacIn de penalIzacIn y tIpIfIcacIn ..............................................................513.2.1. El protocolo establece alguna indicacin sobre el tipo de sancin y su pena? ..................................................................................................513.2.2. De acuerdo con el Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes, qu conductas deben tipificarse en las legislaciones nacionales? .............523.2.3. Est tipificado este delito en todas las legislaciones nacionales de la regin andina? ...................................................................................52

    3.3. oblIgacIn de prevencIn .....................................................................................563.3.1. Qu medidas de prevencin establece este protocolo? ..........................56

    3.4. oblIgacIn de cooperacIn InternacIonal ............................................................573.4.1. En qu mbitos el Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes prev medidas de cooperacin y asistencia internacional? .......................573.4.2. Por qu son importantes las estrategias de cooperacin y asistencia internacional?..........................................................................61

    3.5. oblIgacIn de proteccIn y asIstencIa a vctImas ...................................................623.5.1. Qu estrategias desarrolla el protocolo para la proteccin y asistencia a las personas objeto de trfico? ............................................623.5.2. En qu acciones concretas se pueden traducir las estrategias del Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes? .................................62

    3.6. medIdas fronterIzas ..............................................................................................633.6.1. Qu medidas deben implementarse especficamente en fronteras para luchar contra el trfico ilcito de migrantes? ......................................63

    biblioGraFa .............................................................................................................67

  • 11

    Al finalizar, las personas usuarias IDENTIFICAN los elementos del de-lito de trfico ilcito de migrantes y lo DISTINGUEN como un delito autnomo; as mismo, RECONOCEN y vALORAN la implementacin de las obligaciones que se desprenden del Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes.

    trFiCo ilCito de MiGrantes

    logro general del mdulo

    INTRODUCCIN GENERAL

    Las fronteras andinas se caracterizan por la alta movilidad humana. Ya sea por turismo, trabajo, comercio, o por vnculos familiares o culturales, las personas cruzan lmites y jurisdicciones estatales. Esta movilidad se reali-za a travs de fronteras territoriales, fluviales y lacustres entre mltiples unidades territoriales.

    Las Zonas de Integracin Fronteriza (ZIF), creadas para integrar las fron-teras de los Estados miembros de la Comunidad Andina (CAN), involu-cran 809 unidades administrativas territoriales y, en ellas, se encuentra el 10% de la poblacin de los pases miembros de la CAN.

    Los estrechos lazos histricos y culturales, y las diferentes dinmicas so-ciales y comerciales de las poblaciones fronterizas en la regin andina son factores que influyen de manera particular en los procesos de movilidad humana en las fronteras andinas. Estos espacios geogrficos requieren de la presencia de los Estados para convertirse en focos de desarrollo e integracin, pues, de lo contrario, se constituiran en contextos propicios para la criminalidad organizada transnacional.

  • 12

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s Los pases andinos, pese a todas las limitaciones de recursos humanos o de capital, estn desarrollando una serie de iniciativas con el objetivo de convertir sus fronteras en lugares adecuados y seguros para la vida de su poblacin y los procesos de movilidad humana. Sin embargo, estos es-fuerzos an son insuficientes; por ello, se necesita que continen siendo promovidos de manera conjunta y coordinada.

    En el caso del Per, su lnea de frontera con los otros pases andinos se extiende 4.082 km e involucra 18 unidades territoriales.1 En territorio peruano ubicado en zonas de fronteras, habitan 10392.774 personas. Si bien estas zonas son potenciales ncleos de desarrollo e integracin, el porcentaje de poblacin en situacin de pobreza es alto en varios distri-tos fronterizos: el 80% en la frontera con Ecuador, el 70% en la fron-tera con Colombia y el 60% en la frontera con Bolivia. Segn datos de la Direccin de Migraciones y Naturalizacin (DIGEMN) del Gobierno peruano, durante el 2008, se registraron 1192.160 entradas y salidas de personas por puestos fronterizos ubicados en estas fronteras. Tan solo en el Puesto de Control Fronterizo de Desaguadero, en la frontera con Bolivia, se registraron 532.885 entradas y salidas.

    La Organizacin Internacional para la Migraciones (OIM) ha implemen-tado el proyecto Mejora de la gestin de frontera a travs del fortaleci-miento de las capacidades de los oficiales encargados de la implementa-cin de la ley en Bolivia, Colombia, Ecuador y Per con el fin de combatir la trata de personas, el trfico de migrantes y las amenazas a la seguridad transnacional, con el financiamiento del Programa de Desarrollo de Capacidades contra el Crimen del Gobierno de Canad (ACCBP, por sus siglas en ingls).

    Este proyecto, adems de desarrollar actividades de investigacin e in-cidencia pblica, ha buscado desarrollar un proceso pedaggico. Dicho proceso se ha cristalizado en la realizacin de tres talleres en zonas de frontera y en la elaboracin de seis mdulos de capacitacin en temas vin-culados con la proteccin de las personas en movilidad. Estos mdulos,

    1 El trmino unidad territorial hace referencia a un rea geogrfica que cuenta con una autoridad administrativa establecida y con competencia jurdica predeterminada. En ese sentido, hace referencia a distritos, municipios o parroquias, pero tambin a provin-cias, departamentos o regiones, segn la denominacin de cada Estado. Per (Tumbes, Piura, Cajamarca, Amazonas, Loreto, Madre de Dios y Puno). Ecuador (El Oro, Loja, Zamora Chinchipe, Morona Santiago, Pataza, Orellana y Sumbios). Colombia (Amazonas y Putumayo). Bolivia (Pando y La Paz).

  • 13

    ges

    ti

    n f

    ron

    teri

    za

    inte

    gra

    l en

    la

    subr

    egi

    n a

    nd

    inaelaborados en alianza estratgica con la Comisin Andina de Juristas, son

    el resultado de un doble proceso: una planificacin pedaggica, que impli-c ms de noventa entrevistas para determinar necesidades educativas, y la articulacin de los resultados de esa planificacin con los aportes brin-dados por las personas que participaron en los talleres realizados en las fronteras Ecuador-Per, Bolivia-Per y Colombia-Per, entre noviembre y diciembre de 2010.

    A nivel pedaggico, los mdulos han sido conceptualizados para ayudar a quienes los empleen en el aprendizaje de los principales conceptos vincu-lados con la gestin de fronteras, la movilidad humana y la persecucin de delitos transnacionales. De este modo, se desea que estos documentos sean una herramienta de trabajo y fortalecimiento de capacidades que contribuya al desarrollo y aplicacin de nuevas y mejores estrategias de gestin fronteriza con el fin de asegurar el combate contra la criminali-dad, sin afectar la libre circulacin de personas.

    EL MDULO TRFICO ILCITO DE MIGRANTES

    El quinto mdulo tiene como objetivo facilitar la identificacin del delito de trfico ilcito de migrantes como un delito autnomo, ya que las auto-ridades y la sociedad cuentan con escaso conocimiento sobre sus alcan-ces. Los estudios de investigacin, las acciones desde la sociedad civil y las estrategias de accin de los Estados son insuficientes. Por ello, el trfico ilcito de migrantes ha pasado casi desapercibido en la agenda pblica y ha sido errneamente considerado un problema de poco impacto.

    Este mdulo, a travs de cuarenta y seis preguntas, busca brindar herra-mientas bsicas para una mejor comprensin de este delito. Para ello, se subraya la necesidad de evidenciar su carcter de problema regional latente, lo cual debe originar mayor atencin del Estado en el marco de la lucha contra la delincuencia transnacional. Se espera que quienes lean este manual identifiquen los elementos y distingan al trfico ilcito de mi-grantes como delito autnomo, y reconozcan y valoren positivamente las obligaciones que se desprenden del Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes: Obligaciones y Estrategias de Cooperacin Internacional en Materia de Lucha Contra el Trfico Ilcito de Migrantes.

    Para lograrlo, la primera unidad establece la definicin, los tipos y los elementos constitutivos del delito. Asimismo, analiza su carcter trans-nacional para el ejercicio de la jurisdiccin estatal y sus consecuencias en

  • 14

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s trminos de responsabilidad internacional, su relacin y diferencias con la migracin irregular, las caractersticas y responsabilidades de los actores del acto ilcito, y el complejo trato de la persona objeto de trfico y sus derechos.

    La segunda unidad facilita la identificacin del trfico ilcito de migrantes como delito autnomo y, especialmente, lo diferencia de la trata de per-sonas. Brinda orientaciones para una correcta identificacin de los delitos o faltas administrativas conexas, como la falsificacin y uso de documen-tos adulterados.

    Finalmente, la tercera unidad identifica las obligaciones aceptadas por los Estados que ratificaron el Protocolo de Palermo contra el Trfico Ilcito de Migrantes: su penalizacin y tipificacin, su prevencin, la cooperacin y, especialmente, la proteccin y asistencia a las vctimas.2 Concluye con algunas recomendaciones para implementar el protocolo en fronteras.

    CMO UTILIzAR ESTE MDULO?

    Los mdulos han sido estructurados y diseados para facilitar el aprendi-zaje de los elementos centrales de los temas planteados. Si bien cada m-dulo es autnomo por lo tanto, es posible revisarlos en el orden que se desee, se ha cuidado la articulacin de los contenidos entre ellos. En ese sentido, se recomienda seguir el orden numrico establecido.

    Cada mdulo de capacitacin est dividido en tres unidades y cubre un mbito del conocimiento especfico: conceptual (qu?), diferencial (cul? o quin?) y aplicativo (cmo?). As, se establece un logro especfico que el usuario debera obtener al finalizar su revisin.

    En ese sentido, la estructura general de cada mdulo se presenta a con-tinuacin:

    2 La Convencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional cuenta con dos protocolos adicionales:Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente

    Mujeres y Nios, que complementa la Convencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (tambin conocido como Protocolo de Palermo sobre Trata de Personas).

    ProtocolocontraelTrficoIlcitodeMigrantesporTierra,MaryAire,quecomplementala Convencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (conocido como Protocolo de Palermo contra el Trfico Ilcito de Migrantes).

  • 15

    ges

    ti

    n f

    ron

    teri

    za

    inte

    gra

    l en

    la

    subr

    egi

    n a

    nd

    ina

    Asimismo, dependiendo de las necesidades de cada una de las unidades, se procurar desarrollar las siguientes secciones:

    ndicePresenta mediante un esquema lgico una serie de trminos para repre-sentar los conceptos que se podrn encontrar en todo el mdulo.

    Introduccin Explica la finalidad y la utilidad de los contenidos temticos del mdulo.

    Logro general Enuncia las habilidades, conocimientos y actitudes que se espera lograr en el transcurso del desarrollo de todo el mdulo.

    Logros especficos Enuncia las habilidades, conocimientos y actitudes que se espera lograr en el transcurso del desarrollo de una unidad especfica.

    Desarrollo del tema Cada unidad se inicia con una motivacin sobre el tema y una reflexin. Luego de ello, hay un desarrollo terico de los contenidos. Es importante indicar que cada punto se desarrollar mediante la metodologa de pre-guntas y respuestas amigables para quienes empleen los mdulos.

    Casos prcticos y ejercicios de aplicacin Cada unidad contar con un cuestionario, una dinmica de trabajo en grupo y/o con el planteamiento de un caso prctico que facilite a quienes utilicen los mdulos tener una referencia sobre su desempeo, verificar la adquisicin de nuevos conocimientos y replicar lo aprendido.

    Mdulo

    INTRODUCCIN

    LOGRO GENERAL

    PALABRAS CLAVES

    Cuestionario, casos prcticos y/o ejercicios de aplicacin

    unidad i

    UNIDAD

    CONCEPTUAL

    Logro especfico 1

    Desarrollo del tema

    unidad 2

    UNIDAD

    DIFERENCIAL

    Logro especfico 2

    Desarrollo del tema

    unidad 3

    UNIDAD

    APLICATIVA

    Logro especfico 3

    Desarrollo del tema

  • 16

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s

    Ejemplos prcticos En esta seccin, se presentan consejos y ejem-plos prcticos factibles de ser implementados. Asimismo, se describen ejemplos sobre expe-riencias y buenas prcticas aplicadas en la ma-teria.

    Caja de herramientas En esta seccin, se hace un listado de diferen-tes fuentes (libros, artculos, manuales, leyes, jurisprudencia, etctera) que resulten perti-nentes para complementar o profundizar los conocimientos adquiridos.

    Debe tenerse en cuenta que estos mdulos, al ser introductorios, no pueden evaluar cada aspecto de los temas planteados. Por ello, se reco-mienda que las personas complementen su aprendizaje con informacin adicional segn sus necesidades.

    Conceptos bsicos En esta seccin, se presenta la definicin de trminos relevantes para una mejor compren-sin del tema que se est desarrollando o de trminos que podran causar alguna dificultad.

    Para reflexionar En esta seccin, se presentan elementos con-troversiales que desatan debates relevantes y que deben tenerse en cuenta en relacin con los temas desarrollados.

    Mensajes claves En esta seccin, se resaltan los aspectos o ideas fuerza que conducen la reflexin de cada parte.

    Del mismo modo, de acuerdo con los temas tratados en cada unidad, se desarrollarn las siguientes secciones, identificadas por un smbolo:

  • 17

    Al final de la primera unidad, las personas usuarias del mdulo IDEN-TIFICAN los principales elementos que configuran el delito de trfico ilcito de migrantes.

    unidad 1el delito internaCional de trFiCo ilCito de MiGrantes

    logro especfico de la unidad

    1.1. ASPECTOS CONCEPTUALES BSICOS

    1.1.1. Qu es el delito de trfico ilcito de migrantes?

    El trfico ilcito de migrantes (en adelante, trfico) constituye un delito contra la legislacin migratoria de un Estado. Es una forma de facilitacin de la migracin irregular en la que terceras personas ayudan a otra u otras a ingresar a un Estado del cual no se es nacional burlando o evadiendo los controles migratorios. Esta actividad puede realizarse a travs de las fronteras fsicas de un Estado, puertos o aeropuertos. La persona que asiste recibe una retribucin que puede ser econmica u otra de orden material.

    De acuerdo con el artculo 3.a del Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (en adelante, Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes), este delito se configura mediante la facilitacin de la entrada ilegal de una persona en un Estado parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material.

  • 18

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s Dada la naturaleza transnacional de este delito, las fronteras de los pases son su principal escenario. Por ello, en franjas y zonas de frontera, suele desplegarse el mayor nmero de iniciativas de lucha contra este delito.

    1.1.2. Por qu era necesario un protocolo que definiera lo que es el trfico ilcito de migrantes?

    Hasta el 2000, ao en que fue aprobado el Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes, la lucha contra este delito tena como principal debi-lidad la ausencia de un acuerdo internacional que estableciera una defini-cin comn sobre su concepto y contenido. Esta situacin dificultaba que los Estados pudieran armonizar sus legislaciones penales en la materia y luchar de manera coordinada contra este delito. En efecto, la variedad de definiciones y de tipificaciones penales, la aplicacin subsidiaria de otras figuras para reprimir este delito, y los diferentes tratamientos que reciba por parte de algunas legislaciones nacionales facilitaban la comisin de este delito a manos de redes criminales.

    1.1.3. Qu tipos de trfico se pueden identificar?

    En general, existen diferentes tipologas de este delito. Una de las ms importantes es la que diferencia entre dos modalidades de trfico sobre la base del momento en que se contrata el servicio de los traficantes. Estas modalidades son las siguientes:

    Trfico ad hoc de servicios. Las personas que desean cruzar una frontera y no tienen el permiso, organizan su propio viaje y, ocasio-nalmente, usan los servicios de los traficantes locales. As, el proceso de trfico no es preorganizado. Es el caso de una persona no nacional de un Estado quien llega a la lnea de frontera que desea cruzar, pero no posee la documentacin requerida; entonces, solicita la asistencia de los traficantes para facilitar su entrada irregular.

    El trfico preorganizado. En este caso, el trfico es preorganizado por los autores del delito. La persona contrata, desde su ciudad de origen o partida, la totalidad de servicios ofrecidos por los trafican-tes. Por ejemplo, un migrante que desea ingresar al territorio de un Estado, pero no tiene el permiso de ingreso, contrata una red de traficantes que lo asista en la ruta y lo ayude a ingresar a cada pas ne-cesario hasta llegar a su destino, para lo cual le proveen documentos falsos.

  • un

    idad

    1: e

    l d

    elit

    o in

    tern

    acio

    nal

    de

    trf

    ico

    ilc

    ito

    de

    Mig

    ran

    tes

    19

    1.1.4. Cules son los elementos de este delito?

    De la definicin dada por el Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes, se pueden identificar los siguientes elementos:

    1.1.5. existe trfico ilcito de migrantes si no existe intencin de lucro?

    El Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes establece, especfica-mente, que el delito debe tener como fin obtener, directa o indirecta-mente, un beneficio econmico u otro beneficio de orden material.

    La referencia a la intencin de lucro es expresa en el Protocolo, al pa-recer, porque sus redactores queran excluir de responsabilidad penal a todas las personas que facilitan apoyo a las personas que quieren ingresar irregularmente a un Estado del cual no son nacionales por razones huma-nitarias o de vnculos familiares estrechos.

    descripcin

    Consiste en la facilitacin de la entrada irregular a un Estado a travs del uso de documentos falsos o del uso de rutas de ingreso clandestinas.

    Es la persona que acta como traficante o intermediario, y que facilita el traspaso de fronteras. Puede ser un solo trafi-cante o actuar en red.

    Es el Estado receptor.

    Es la persona no nacional que desea ingresar de manera clandestina a un territorio del cual no es nacional, para lo que contrata los servicios de un traficante o de una red de trfico de personas.

    Es la soberana del Estado receptor.

    Consiste en obtener un beneficio financiero u otro de orden material.

    elementos

    la accin

    El sujeto activo

    El sujeto pasivo

    El objeto del delito

    El bien jurdico protegido

    la finalidad

  • 20

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s 1.2. MBITO ESPACIAL: EL CARCTER TRANSNACIONAL DEL DELITO

    1.2.1. Cul es el mbito espacial del trfico?

    El trfico ilcito de migrantes siempre tiene carcter internacional o trans-nacional, porque necesariamente requiere el cruce de fronteras entre dos Estados.

    1.2.2. Qu se entiende por entrada ilegal a un estado?

    De acuerdo con el artculo 3.b del Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes, la entrada irregular es entendida como el paso de fronteras sin haber cumplido los requisitos necesarios para entrar legalmente en el Estado receptor. Esta definicin incluye dos supuestos:

    Elcrucede fronterasporpasosnoautorizadosen losqueseevi-tan los controles de la autoridad competente, que es ejercida en los puestos de control establecidos

    Elcrucedefronterasatravsdeloscontrolesdelaautoridadcom-petente, pero con documentacin falsa, robada o adulterada.

    Qu se entiende por pasos de fronteras y por puesto de control de fronteras?

    Un paso de frontera es el espacio territorial que las autoridades competentes habilitan para el ingreso y sa-lida al territorio, por va terrestre y fluvial, de personas, vehculos, embarcaciones, animales y mercancas.

    Los puestos de control fronterizo son las instalacio-nes ubicadas en el paso de frontera donde se cumplen

    las inspecciones, trmites o diligencias indispensables para la salida de un pas y el ingreso al otro, en los lugares en donde no se haya creado un cen-tro de atencin en frontera, nacional o binacional.

  • un

    idad

    1: e

    l d

    elit

    o in

    tern

    acio

    nal

    de

    trf

    ico

    ilc

    ito

    de

    Mig

    ran

    tes

    21

    1.2.3. Cundo un delito es considerado de carcter transnacional?

    Para que un delito sea considerado de carcter transnacional, debe darse al menos uno de los siguientes supuestos:

    EldelitodebecometerseenmsdeunEstado.

    EldelitosecometeenunsoloEstado,perounapartesustancialdesu preparacin, planificacin, direccin o control se ha realizado en otro.

    EldelitosecometedentrodeunsoloEstado,peroentraalapar-ticipacin de un grupo delictivo organizado que realiza actividades delictivas en ms de un Estado.

    EldelitosecometeenunsoloEstado,perotieneefectossustancialesen otro Estado.

    El trfico ilcito de migrantes puede vincularse con uno o ms supuestos. Sin embargo, no debe confundirse lo esencial: el trfico implica la facilita-cin para el cruce de fronteras con nimo lucrativo.

    1.2.4. al ser un delito de carcter internacional, a qu jurisdiccin deber someterse?

    El delito de trfico ilcito de migrantes es un delito de trnsito; es decir, se entiende que se comete en todos los lugares en los que se haya realizado cualquiera de los elementos tpicos de la accin (pas de origen, de trn-sito y destino).

    Esto puede llevar a confusiones. Por eso, es importante atender a lo sea-lado por la Convencin contra la Delincuencia Organizada Transnacional (tambin llamada Convencin de Palermo): los Estados deben adoptar medidas para establecer su jurisdiccin. Ello debe darse sin perjuicio del ejercicio de las competencias penales establecidas por los Estados parte de conformidad con su derecho interno. En general, se recomienda que los Estados asuman acciones conjuntas de asistencia y cooperacin inter-nacional en materia de persecucin y procesamiento penal.

  • 22

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s 1.2.5. Bajo qu criterios se puede establecer jurisdiccin sobre este delito?

    Segn la Convencin de Palermo, un Estado puede fijar su jurisdiccin cuando el delito se realice o se cometa en los siguientes contextos:

    Ensuterritorio

    Abordodeunbuquequeenarbolesupabellnodeunaaeronaveregistrada conforme a sus leyes en el momento de la comisin del delito

    Contraunodesusnacionales

    Porunodesusnacionales

    Por una persona aptrida que tenga residencia habitual en suterritorio

    Fueradesuterritorio,peroconlafinalidaddefacilitarundelitogravedentro de su territorio.

    1.2.6. Qu caractersticas de las fronteras de los pases andinos las hacen particularmente vulnerables al trfico ilcito de migrantes?

    El mbito espacial del trfico ilcito de migrantes implica el cruce de una frontera; por ello, es importante asegurar controles efectivos para desin-centivar la actividad ilcita de las personas traficantes. Estos controles de-ben asegurar la prevencin y persecucin del delito, pero las medidas deben ser razonables y adecuadas para la finalidad.

    Los controles frecuentemente involucrados son los controles migrato-rios y el control policial en frontera. En ambos casos, se trata de labores esenciales para la lucha contra el trfico ilcito de migrantes. Sin embargo, no pueden ser medidas nicas, pues tambin es necesario enfrentar las causas de esa migracin irregular, que obliga a las personas a buscar o aceptar recibir una asistencia ilcita.

    Para mayor informacin sobre criminalidad organizada transnacional, y asistencia y cooperacin internacional, recomendamos leer el Mdulo VI de esta serie: Proteccin de personas ante el crimen organizado transnacional.

  • un

    idad

    1: e

    l d

    elit

    o in

    tern

    acio

    nal

    de

    trf

    ico

    ilc

    ito

    de

    Mig

    ran

    tes

    23

    Un problema importante para contar con controles migratorios y policia-les efectivos en la regin andina es la diversidad geogrfica de las lneas de frontera, que son aprovechadas por las organizaciones de traficantes. Las condiciones socioeconmicas de las personas que viven en franjas de frontera tambin son un factor de riesgo. Muchas veces, las poblacio-nes toleran, facilitan o intervienen en este delito para lograr beneficios econmicos que les permitan enfrentar la precariedad en la que viven, aunque, tambin, para evitar represalias.

    Las fronteras de los pases de la regin andina presentan caractersticas particulares que agudizan su vulnerabilidad frente a la lucha contra el trfico ilcito de migrantes. Se pueden mencionar, especficamente, las siguientes:

    En lamayoradecasos, las franjasozonasde fronteraspresentanun mayor ndice de pobreza extrema y carencia de servicios sociales bsicos como luz, desage, agua potable, etctera. Esta precariedad resulta propicia para fomentar la contratacin de redes de trfico y, tambin, para garantizar a los criminales condiciones ideales para la ejecucin del delito (por ejemplo, la falta de luz elctrica).

    Laspersonas conmenos recursosbuscanoportunidadesparaob-tener mejores ingresos, aunque sea atravesando las fronteras de su Estado de origen de manera irregular.

    La extensin quepresentan los lmites andinos dificulta el controlestatal de toda la lnea de frontera. As, los traficantes identifican con facilidad pasos de frontera informales donde no existe control estatal.

    Las redes de trfico aprovechan la gran afluencia de turistas quecirculan entre los Estados, los flujos de circulacin por parentesco familiar y el intercambio comercial, para mimetizarse y ocultar su actividad delictiva.

    La mayora de casos de trfico ilcito de migrantes de nuestros pases son de emisin y de trnsito de migrantes hacia otro pas. En el primer caso, nos referimos a los flujos de ciudadanos que salen de un pas andino hacia otros pases como Espaa o Italia. En el segundo, se trata de ciudadanos de otros pases (generalmente africanos o asiticos) que utilizan a uno o ms pases andinos como parada previa a su destino final (por ejemplo, Estados Unidos).

  • 24

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s En las fronteras, se han establecido diferentes regmenes de circulacin de personas con el objetivo de afianzar la integracin y el desarrollo fron-terizo. Estos regmenes regulan zonas de libre trnsito para personas de los pases que adoptan el acuerdo; en dichas zonas, no se realizan controles documentarios; por lo tanto, las personas pueden permanecer el tiempo que indique el acuerdo.

    En algunas franjas de frontera andinas, tambin se han previsto acuerdos de trnsito bifronterizo, que flexibiliza los controles para aquellas personas que viven en los distritos, provincias o regiones mencionadas en el acuer-do. En algunas fronteras, estos regmenes coexisten con los anteriores, lo que produce una superposicin de regmenes de trnsito que genera confusin, pero, especialmente, puede originar el incremento de los ca-sos de trfico ilcito de migrantes, debido a la facilidad en el traslado. Por ello, estas medidas deben estar acompaadas por el fortalecimiento de mecanismos de cooperacin, y asistencia policial y judicial (para ms in-formacin acerca de este tema, vase la Unidad III de este mdulo).

    1.3. TRFICO ILCITO DE MIGRANTES Y MIGRACIN IRREGULAR

    1.3.1. es lo mismo trfico ilcito de migrantes que migracin irregular?

    La migracin irregular es entendida como todo movimiento internacional que tiene lugar fuera del marco regulatorio migratorio de los pases de envo (o salida), de recepcin (el destino final) y/o de trnsito. Esta puede desarrollarse de las siguientes maneras:

    Individual, sancionada como falta administrativa Facilitada por terceros, lo que constituye un caso de trfico ilcito de

    migrantes, sancionado como delito penal Adquirida, luego de un ingreso regular a un Estado, pero con una

    permanencia ms all de lo permitido.

    Por lo tanto, aunque no son lo mismo, es posible sostener que estamos ante dos conceptos relacionados, pues el delito de trfico ilcito de migran-tes supone siempre la existencia de un ingreso irregular a un Estado.

  • un

    idad

    1: e

    l d

    elit

    o in

    tern

    acio

    nal

    de

    trf

    ico

    ilc

    ito

    de

    Mig

    ran

    tes

    25

    1.3.2. en qu casos se puede afirmar que existe migracin irregular?

    Son muchas las circunstancias que colocan a la persona en una condicin de irregularidad migratoria. En general, la irregularidad puede estar de-terminada por causas imputables o atribuibles a la persona en situacin de movilidad o por causas que no le son imputables. Los casos ms fre-cuentes de migracin irregular imputable a la persona en situacin de movilidad son los que se mencionan a continuacin:

    El ingresoaunpas, sinelvisadoo ladocumentacinexigida,porpasos de frontera irregulares

    Elingresoporpasosfronterizosautorizados,perocondocumenta-cin falsa o adulterada

    Elingresoporpasosfronterizosautorizados,peroevadiendoelcon-trol migratorio

    Elingresocondocumentosvlidos,peroenelquelapersonapierdecon el paso del tiempo el derecho a permanecer en el pas re-ceptor, pues expira el visado, permiso de entrada o de estancia

    Elingresoporconductoregularycondocumentosdeingresovli-dos, pero en el que se carece de permiso de trabajo, de modo que se generara una situacin de irregularidad si la persona desarrolla alguna actividad laboral pese a no tener permiso

    Elingresodesolicitantesdeasilocuyasolicitudhasidodenegadayque no abandonaron el pas.

    La migracin irregular tambin puede producirse por situaciones no imputables al migrante. Por ejemplo, la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT) menciona que un trabajador migrante no podra ser res-ponsable en, al menos, dos situaciones:

    a) El despido de un trabajador extranjero antes del trmino estable-cido en su contrato (la cancelacin del contrato de trabajo, gene-ralmente, implica la prdida automtica de la visa de trabajo o de la residencia)

    b) El incumplimiento por parte del empleador de las formalidades ne-cesarias para contratar a un trabajador o trabajadora extranjera.

  • 26

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s 1.3.3. Qu diferencias se pueden identificar entre el trfico ilcito de migrantes y la migracin irregular?

    Entre las principales diferencias que podemos identificar, encontramos las siguientes:

    1.4. LOS ACTORES DEL TRFICO ILCITO DE MIGRANTES

    1.4.1. Quines son los actores del trfico ilcito de migrantes y cules son sus roles?

    De acuerdo con la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), existen varios actores que pueden estar involucrados en el trfico ilcito de migrantes, conocidos con diferentes nombres en diferen-tes regiones (coyotes, polleros, etctera). Algunas de las funciones que podran realizar, se resumen a continuacin:3

    elemento

    Contratacin de servicios o facilitacin

    la sancin

    regularidad al momento del ingreso al estado receptor

    Momento en el que se adquiere la situacin de irregular

    trfico ilcito de migrantes

    Siempre requiere de la contra-tacin de una persona o red que facilite el ingreso irregular.

    Siempre es de carcter penal y est dirigida a sancionar a la perso-na que facilita el ingreso.

    El ingreso siempre se desarrolla por conductos irregulares, sean pasos de frontera informales, o con documentacin falsa o frau-dulenta.

    Desde el momento del ingreso, la persona ya se encuentra en situa-cin de irregularidad.

    Migracin irregular

    No requiere de la contratacin de ninguna red o persona que facilite el ingreso; se puede desarrollar de manera personal y espontnea.

    Tambin puede ser facilitada por terceros que no persigan fines de lucro.

    Es de carcter administrativo (una sancin pecuniaria o una deporta-cin), aunque en algunos casos, de-pendiendo de la legislacin interna, puede tener tambin sancin penal. Est dirigida a sancionar a la persona que ingresa irregularmente.

    El ingreso se puede desarrollar por conductos regulares o irregulares. La situacin de irregularidad se pue-de adquirir incluso luego de haber ingresado al Estado receptor de ma-nera regular.

    3 Esta es una traduccin nuestra del punto 4 del siguiente documento: Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito 2010: 14-15.

  • un

    idad

    1: e

    l d

    elit

    o in

    tern

    acio

    nal

    de

    trf

    ico

    ilc

    ito

    de

    Mig

    ran

    tes

    27

    El coordinador u organizador. Es la persona con responsabilidad global en la operacin de trfico. Puede trabajar de manera directa, o emplear o subcontratar a otras personas para que participen en una operacin. Supervisa todo el proceso dentro de su rea de respon-sabilidad y hace arreglos para un cambio de personal, rutas, modos de transporte y alojamiento. Es muy difcil reunir pruebas suficientes contra los organizadores, pues no participan activamente en los ac-tos delictivos.

    Los reclutadores. Son los responsables de publicitar los servicios y establecer contactos entre los contrabandistas y migrantes. A menu-do, no estn asociados a un contrabandista en particular. Viven en el pas de origen o de trnsito, y tienen un buen conocimiento de len-guas extranjeras; adems, son esenciales por su experiencia en iden-tificar a las personas vulnerables y explotar su condicin. Manipulan y desinforman a las personas, y cobran cuotas por el transporte y asistencia.

    Los transportistas o guas. Los transportistas o guas desarrollan la parte operativa del trfico, mediante la orientacin y acompaa-miento de las personas en trnsito a travs de uno o ms pases. Normalmente, son varios (para cada etapa del viaje) y son oriundos de las regiones donde se transita. Su rol es facilitar el cruce de la frontera. Estn en una posicin que les permite explotar o maltratar a las personas que estn guiando, con gran impacto en la reputacin de los autores.

    Observadores y mensajeros. Proporcionan informacin acerca de los controles desarrollados por la polica, los guardias fronterizos y el ejrcito. Viajan a cierta distancia del grupo de personas traficadas y advierten sobre posibles imprevistos.

    Ejecutores. Protegen el negocio del trfico ilcito de migrantes. Para tal fin, emplean amenazas o violencia contra las personas objeto de trfico. Mantienen el control durante una operacin (que podra im-plicar numerosas personas) y cobran los honorarios del trfico.

    Los proveedores de servicios e insumos. Reciben parte de los beneficios por su participacin en el proceso de contrabando. Sus servicios pueden ser contratados espordica o permanentemente. Por ejemplo, son propietarios o estn a cargo de embarcaciones uti-lizadas como vehculos para el trfico ilcito de migrantes.

  • 28

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s Aunque no estn claramente vinculados con el delito, tambin pueden participar los funcionarios corruptos que aceptan un soborno. Algunos ca-sos posibles son el o la polica de fronteras, el soldado, el funcionario o funcionaria de migracin, el personal de embajadas y consulados, el o la polica portuaria, entre otros actores estatales.

    A lo largo del proceso de trfico, hay personas que albergan a migrantes y traficantes. Son propietarios de hoteles, casas o apartamentos (o resi-dentes) responsables de proporcionar alojamiento a las personas y a los criminales en el camino.

    Otros proveedores de servicios que tambin hacen posible el delito son los siguientes:

    Falsificadores de pasaportes, visas y otros documentos de viaje einmigracin

    Transportistas

    Conductores

    Personaldeaerolneas

    Propietariosdebarcosotitularesdeotrosvehculos

    Personasresponsablesdelmantenimientodevehculos (porejem-plo, botes de goma) y el suministro de combustible, entre otros.

    La participacin como cmplice en la comisin de este delito est reco-nocida por el Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes y las respec-tivas leyes de los pases andinos que penan el delito.

    1.4.2. el trfico siempre es facilitado por grupos delictivos organizados?

    Con mucha frecuencia, se asume errneamente que el trfico ilcito de migrantes es un delito que solo puede existir con la participacin de gru-pos delictivos internacionales jerrquicamente organizados. Eso no es cierto. Existe un gran nmero de pequeos grupos delictivos, e incluso personas individuales, que interactan, pero eso no los convierte en un grupo organizado o mafia.

  • un

    idad

    1: e

    l d

    elit

    o in

    tern

    acio

    nal

    de

    trf

    ico

    ilc

    ito

    de

    Mig

    ran

    tes

    29

    1.4.3. Cmo se organizan las personas u organizaciones delictivas para desarrollar esta actividad ilcita?

    El trfico ilcito de migrantes puede adoptar distintos grados de organi-zacin. En el mayor nivel, se presenta como un sistema intermediario en la industria de la migracin, a travs de empresas comerciales supuesta-mente legales (agencias de viaje, compaas de danza y teatro, empresas de moda, entre otras), pero que son creadas para facilitar, de forma ilci-ta, el movimiento de personas.

    En ese marco, segn la OIM, los traficantes pueden clasificarse en tres grupos:

    Fuente: OIM citado por Geronimi 2002: 14.

    descripcin

    Son individuos que proveen un servicio especfico a las perso-nas en situacin de movilidad (por ejemplo, el transporte para el cruce de la frontera). Son pequeos operadores, residentes en zonas fronterizas, que, a menudo, utilizan sus propios botes, taxis o camionetas para el transporte de una persona o de pequeos grupos. No obstante su carcter amateur, pueden llegar a pres-tar servicios para organizaciones internacionales, aunque, por lo general, se trata de actos espontneos o que responden a una solicitud especial.

    Son pequeos grupos organizados de traficantes que se especia-lizan en el trfico de un determinado pas a otro con itinerarios invariablemente fijos y con una logstica ms importante que la de los traficantes ocasionales. Actan de manera ms o menos per-manente, pero su organizacin es menos profesional y compleja que las redes internacionales de trfico.

    Son grandes redes delictivas que realizan todo el proceso del trfico: transporte; suministro de documentacin falsa o robada, permisos de trabajo, o cartas de invitacin para el pas de destino; alojamiento en trnsito y destino; introduccin clandestina; y, en los casos de trata, la ulterior explotacin laboral o sexual. Estas organizaciones poseen bases logsticas en los pases de origen, trnsito y destino, y equipos altamente sofisticados.Su actividad ilcita puede incluir otros delitos internacionales, como el trfico de armas, de vehculos, de estupefacientes o de material nuclear, los cuales, a veces, se realiza simultneamente con el trfico de migrantes.Es posible que exista pluralidad de sujetos activos (la participacin de ms de un grupo delictivo organizado), porque los traficantes subcontratan a otros grupos o personas que se encuentra bajo la influencia de otro grupo delictivo.

    Clasificacin

    traficantes ocasionales

    Pequeos grupos criminales

    organizaciones delictivas transnacio-nales

  • 30

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s 1.4.4. Qu tipo de servicio ofrecen las redes de trfico?

    Los servicios que una persona puede contratar suelen ser muy variados. Los supuestos ms generales son los siguientes:

    Pagarsoloparaquelaayudenacruzarunafronteraosertransportadaasu destino por tierra, mar o aire. Esto puede incluir la gua a travs del territorio de un Estado para evadir la vigilancia de las autoridades.

    Pagarparaconseguirlaguayladocumentacin. Esta puede ser tanto falsificada como legal (por ejemplo, a travs de sobornos a funciona-rios pblicos).

    Pagarporunserviciocompleto, que incluya transporte y gua desde el lugar de origen, muchas veces, a travs de diversos pases, documentacin e, incluso, contactos para conseguir un empleo en el lugar de destino.

    1.4.5. sobre la base de qu criterios las redes de traficantes fijan sus tarifas?

    La tarifa depende del servicio contratado, de la distancia entre los pases de origen y de destino, del nivel de garanta incluido, de la hora, el ao y las condiciones meteorolgicas. Tambin suelen ser criterios de los trafi-cantes, como la nacionalidad, el alojamiento antes o despus del cruce, y otras necesidades durante el desplazamiento o durante el ulterior trans-porte a una ciudad determinada.

    Entre los criterios comprendidos en la tarifa, encontramos los que se mencionan a continuacin:

    Elbeneficioens(gananciadeltraficante)

    Costodedocumentosdeviaje

    Costosdetransporte(internacionalylocal)

    Pagosaconductoresdecamionesocoches

    Costosdealojamiento

    Costosderivadosdelacorrupcin(pagoafuncionarios)

    Elniveldegarantasincluido.

  • un

    idad

    1: e

    l d

    elit

    o in

    tern

    acio

    nal

    de

    trf

    ico

    ilc

    ito

    de

    Mig

    ran

    tes

    31

    1.5. LAS PERSONAS OBjETO DEL TRFICO ILCITO DE MIGRANTES

    1.5.1. Quin es la persona objeto del trfico?

    La persona objeto de trfico es la persona no nacional de un Estado que, a pesar de no tener la autorizacin respectiva, desea ingresar a un pas diferente a su pas de origen o residencia, y, con este objetivo, contrata a una persona o a una red de trfico de migrantes. Estas personas se caracterizan por:

    nosernacionalesoresidentespermanentesdelpasalquepreten-den ingresar y

    tenerlaintencinderecurriralosserviciosdeltraficante.

    1.5.2. si el delito es trfico ilcito de migrantes, quiere decir que solo los migrantes pueden ser objeto de este delito?

    No. Cualquier persona en situacin de movilidad (refugiado, solicitante de asilo, trabajador migrante, trabajador fronterizo, etctera) puede ser objeto del trfico.

    Para mayor informacin sobre los tipos de movilidad humana y sus marcos de regulacin, recomendamos revisar el Mdulo II de esta serie: Movilidad humana.

    1.5.3. La persona que es objeto de trfico ilcito de migrantes es una vctima?

    En trminos generales, la persona objeto de trfico no es considerada una vctima de este delito, en tanto que el bien jurdico protegido es el or-den interno de un Estado o su soberana ejercida a travs del control de trnsito hacia su territorio. Sin embargo, en algunas circunstancias muy concretas, estas personas obtienen la calidad de vctimas. Los motivos principales son los siguientes:

  • 32

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s Porlascondicionesdeltraslado(enlasqueexponensusvidas),sinalimentacin, y bajo maltratos y ataques a su integridad. Puede que la persona haya tenido conocimiento de que el trayecto se iba a rea-lizar en esas condiciones. Sin embargo, eso no exime que sea un caso de vulneracin a los derechos humanos, pues la integridad fsica o mental es un bien sobre el que nadie puede disponer.

    Porque,enel trayecto, lapersonaobjetodetrficoessometidaavejmenes u obligada a delinquir como medio de pago del servicio de trfico.

    Porque,eneltrayecto,lapersonaobjetodetrficocaeenmanosdeuna red de trata de personas.

    1.5.4. La persona objeto de trfico tiene alguna responsabilidad penal?

    No. Segn el artculo 5 del Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes, los migrantes no estarn sujetos a enjuiciamiento penal, cuando hayan sido objeto de las siguientes acciones:

    Eltrficoilcitodemigrantes

    Lacreacindeundocumentodeviajeodeidentidadfalsoconelfinde posibilitar su trfico

    Lafacilitacin,suministrooposesindetaldocumentoconelfindede posibilitar su trfico

    Lahabilitacindesupermanenciaenelpascondocumentosdevia-je o de identidad falsos, o con cualquier otro medio ilegal sin haber cumplido los requisitos.

    El hecho de que la persona objeto de trfico haya prestado su consentimiento es jurdicamente irrelevante conforme al protocolo y no lo convierte en copartcipe.

  • un

    idad

    1: e

    l d

    elit

    o in

    tern

    acio

    nal

    de

    trf

    ico

    ilc

    ito

    de

    Mig

    ran

    tes

    33

    1.5.5. Por qu existe diferencia entre la responsabilidad penal del traficante y del migrante que acepta el trfico?

    Se consider importante diferenciar el hecho delictivo (producido por el traficante) de la contravencin administrativa (realizada por la persona objeto de trfico), principalmente, por las siguientes razones:

    El propsito del Protocolo de Palermo contra el Trfico Ilcito deMigrantes es penalizar la elaboracin de medios que faciliten a otro el ingreso irregular, no la utilizacin personal de documentacin frau-dulenta para el cruce de fronteras.

    Laaccinsancionadaporeltipopenaleslafacilitacin de la entrada irregular de una persona a otro Estado, no el ingreso.

    Seempleanmejorlosmediosdisponiblesparalapersecucindeestedelito en aquellos aspectos que son ms reprochables: las redes y la delincuencia organizada.

    Migracin irregular y trfico ilcito de migrantes: necesidad de armonizar la normativa interna

    De acuerdo con el Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes, el o la migrante irregular no resultar enjuiciable por las conductas analizadas en los casos en que fuera objeto de trfico. Ahora bien, no todas las personas migrantes irregulares son objeto de trfico por definicin, sino que pueden verificarse otras dos hiptesis:

    El sujeto activo de la introduccin clandestina es una persona o grupo de personas no considerados como grupo delictivo organizado con arreglo a la Convencin y, en consecuencia, el delito no queda com-prendido en el mbito de aplicacin del Protocolo.

    El migrante ingres al pas por su propia cuenta sin recurrir al trfico.

    En ambos casos, la conducta de estos migrantes irregulares, en ocasin del ingreso clandestino o la utilizacin de documentacin falsa, no quedara bajo el alcance del protocolo y, por lo tanto, su conducta sera punible bajo el ordenamiento jurdico nacional, si procediera.

    As, una legislacin cuyo ordenamiento jurdico penalice el ingreso clan-destino de personas cuando no exista trfico, a pesar de haber ratificado la Convencin de Palermo y su protocolo, llevara a que una misma situacin tenga dos resultados distintos. Se afirma esto, pues una persona que hace

  • 34

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s

    1.5.6. Qu riesgos corre el migrante que contrata una red de traficantes?

    En muchos casos, los y las migrantes que acuden a estas redes se some-ten a situaciones de peligro extremo durante el trnsito. Pueden ser esta-fados, obligados a pagar ms dinero (o bienes materiales), abandonados, asaltados y engaados, o forzados a soportar situaciones de explotacin con el objetivo de pagarle a la persona que los hizo ingresar al pas de des-tino; as, se convierten en vctimas de la trata de personas. En ocasiones, incluso pierden la vida.

    uso de los servicios de un grupo delictivo organizado no estara sujeta a enjuiciamiento penal, en tanto que quien se sirve de un grupo que no se encuadre en la definicin de la convencin (pasadores ocasionales) o que, simplemente, ingresa irregularmente por su propia cuenta al pas, s podra estar sujeta a dicho enjuiciamiento.

    Esta contradiccin redundara en el logro del efecto contrario que se pro-ponen los instrumentos de Palermo, es decir, que los individuos prefieran hacer recurso al delito organizado como garanta de que estarn exentos de responsabilidad penal. En ese sentido, se insta a la adecuada armoniza-cin de la legislacin interna con lo establecido en el Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes.

    Fuente: Geronimi 2002: 20.

    Es una obligacin del derecho internacional que las personas que llegan a una frontera y solicitan proteccin y asilo no sean RECHAZADAS NI SANCIONADAS por su ingreso irregular o por la obtencin de documentacin fraudulenta.

    El hecho de que la persona contrate voluntariamente los servicios de un traficante no implica que sus derechos humanos puedan ser afectados. Muchas veces, las personas objeto del trfico durante el viaje deben someterse a condiciones que afectan su integridad y seguridad personal, e, incluso, pierden la vida en el trayecto, lo que constituye un agravante del delito.

  • un

    idad

    1: e

    l d

    elit

    o in

    tern

    acio

    nal

    de

    trf

    ico

    ilc

    ito

    de

    Mig

    ran

    tes

    35

    1.5.7. Qu circunstancias agravantes prev el Protocolo contra el trfico ilcito de Migrantes?

    De acuerdo con el artculo 6 del Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes, los Estados deben adoptar las medidas legislativas necesarias para considerar como agravante de los delitos tipificados: toda circuns-tancia que:

    1) ponga en peligro o pueda poner en peligro la vida o la seguridad de los migrantes afectados, o

    2) d lugar a un trato inhumano o degradante de los migrantes, en par-ticular con el propsito de explotacin.

    En caso concurran las circunstancias agravantes del artculo 6 del Protocolo, el o la migrante ser, junto con el Estado, el sujeto pasivo de los delitos que se cometan contra su persona.

    trfico ilcito de migrantes, y situaciones de desplazamiento y refugio

    En la actualidad, los solicitantes de asilo se enfrentan a un creciente nmero de obstculos para llegar a un lugar seguro. En ocasiones, se ven obligados a recurrir a redes de traficantes. En ese sentido, ACNUR ha ma-nifestado su preocupacin por el hecho de que este protocolo contenga algunas disposiciones que pueden

    afectar a los solicitantes de asilo y que son objeto de trfico. Por ejemplo, entre estas disposiciones, se encuentra la autorizacin para interceptar embarcaciones en aguas internacionales, la obligacin de reforzar los con-troles en frontera y de adoptar sanciones aplicables a los transportistas, o el compromiso para aceptar el retorno de emigrantes que han llegado a travs de una red de trfico.

    Es importante indicar que el Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes contiene una ClusuladeSalvedad, diseada para salvaguardar los derechos de los solicitantes de asilo y refugiados, en particular, con relacin al prin-cipiodenodevolucin. Asimismo, establece la obligacin de los Estados de adoptar medidas de proteccin y asistencia con el fin de preservar y pro-teger los derechos de las personas que hayan sido objeto de este delito, teniendo en cuenta las necesidades especiales de las mujeres y los nios.

    Fuente: Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados 2000.

  • 36

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s

    Ejercicio: Anlisis de caso

    Cuatro intentos, un viaje por ao. El deseo de cruzar fronteras y llegar a Estados Unidos el pas donde s se consigue trabajo con buena paga martill tantas veces la cabeza de Byron Gmez, de 23 aos. Aunque le cost dejar a su madre, Lourdes Samaniego, en su natal Chordeleg, Azuay, en Ecuador, no le asust enfrentar los riesgos del viaje. Prob varias rutas con diversos coyotes; la odisea casi le cuesta la vida.

    El primer intento lo hizo en el 2006. Un coyote de Guayaquil lo llev por la ruta de Lima hasta Mxico, de donde lo deportaron. El viaje se pact por 12 mil dlares, de los cuales pag 6.500 dlares, pedidos a prestamistas. Un ao despus, con otro traficante de personas, prob suerte por la ruta Guayaquil-Cuba-Bahamas, donde fue detenido. Aqu, el coyote, a quien le entreg 7.500 dlares como parte del pago, lo abandon y rob todas sus pertenencias.

    Un nuevo traficante le facilit el viaje a Mxico desde Lima. Cruz la fron-tera con EE.UU. tras caminar por el desierto, pero, al llegar al Estado de Arizona, fue detenido. Retorn deportado con otra deuda de 6.500 dla-res.

    Un accidente del camin en el que viajaba con otros cien migrantes en la ruta hacia la frontera con EE.UU. y que lo dej inconsciente sell su cuarto intento por migrar. Un coyote del cantn azuayo Gualaceo lo llev por la ruta Quito-Honduras, va area, y por tierra a Guatemala y Mxico, oculto en camiones o trileres repletos de migrantes en viajes de ms de 15 horas. Tras caminar durante cinco das en el desierto, con poca agua y comida, fue detenido y deportado; el coyote se qued con unos 8.500 dlares.

    Considera usted que el presente relato es un caso de trfico ilcito de migrantes?

    De ser afirmativa su respuesta, qu elementos del delito identifica? Qu actores del trfico puede identificar? Identifica alguno de los delitos conexos vinculados con el trfico? Si es

    as, indique cul o cules. Puede identificar alguna o algunas circunstancias agravantes del

    delito?

    Fuente: El sueo americano persiste pese a los riesgos. ElUniverso[Guayaquil]. Setiembre de 2010. Disponible en: .

  • 37

    2.1. ASPECTOS INTRODUCTORIOS

    2.1.1. el trfico ilcito de migrantes constituye un tipo penal autnomo?

    Aunque el trfico se encuentra en conexin criminolgica con otros deli-tos que afectan la movilidad humana y con figuras administrativas que tie-nen una sancin de la misma ndole es decir, administrativa, el delito, en anlisis, representa una variante tpica independiente (con su propio sujeto activo, sujeto pasivo, sancin, bien jurdico tutelado, etctera) y separada de cualquier otro delito o figura administrativa sancionadora.

    En general, el trfico suele confundirse con el contrabando, la trata de personas, el uso de documentacin fraudulenta, y otros delitos o infrac-ciones migratorias que los Estados pueden haber tipificado en su legisla-cin interna.

    2.1.2. es lo mismo trfico ilcito de migrantes que contrabando?

    No. Lamentablemente, por una errada traduccin textual del trmino en ingls smuggling, algunas personas consideran que el contrabando y el trfico ilcito de migrantes son figuras penales similares, pero no es as.

    Al final de la segunda unidad, las personas usuarias del mdulo DIS-TINGUEN el delito de trfico ilcito de migrantes de otros delitos vin-culados con la movilidad humana.

    unidad 2el trFiCo ilCito de MiGrantes: un delito autnoMo

    logro especfico de la unidad

  • 38

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s El contrabando prctica muy comn en las fronteras de la regin es un delito que se realiza sobre bienes, no sobre seres humanos (que es el caso de trfico de migrantes). Este delito tiene como bien jurdico afectado la administracin pblica, especficamente, en lo vinculado con el normal funcionamiento del control aduanero (recordemos que, en el caso del trfico, el bien jurdico protegido es la soberana de los Estados y el orden migratorio).

    El contrabando se realiza bajo las siguientes modalidades:

    Atravsde laentrada,salidayventaclandestinademercancaspro-hibidas por el ordenamiento aduanero nacional. Dichas mercancas ingresan sin ser presentadas o declaradas ante las autoridades. Esto sucede tanto en pasos establecidos para ello (aeropuertos, puertos, etctera) como en pasos irregulares (cualquier punto de la frontera, trochas, entre otros). Su objetivo es no pagar impuestos.

    Atravsdelaentrada,salidayventaclandestinademercancasacep-tadas por el ordenamiento aduanero nacional, pero que ingresan sin ser declaradas ante las autoridades por pasos establecidos para ello o pasos irregulares. Al igual que en el caso anterior, su objetivo es evadir el pago de los impuestos.

    Atravsdel ingresoosalidademercancasaceptadas por el ordena-miento aduanero nacional, con presentacin ante las autoridades co-rrespondientes en los puntos establecidos para ello, pero que, por una serie de maniobras fraudulentas, tiene la informacin que se le presenta a la autoridad aduanera adulterada, con el objetivo de pagar menos impuestos por la mercadera que se ingresa.

    Es importante tener presentes estas diferencias, pues considerar simila-res ambos delitos es olvidar que quien est siendo objeto de este delito es un ser humano, no un bien con el cual comerciar. Ello resta la gravedad real del delito de trfico ilcito de migrantes.

    2.2. DELITOS CONExOS AL TRFICO DE MIGRANTES

    2.2.1. Qu delitos conexos al trfico ilcito de migrantes existen?

    El artculo 6 del protocolo prev los siguientes delitos conexos al trfico:

  • un

    idad

    2: e

    l tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s: u

    n d

    elit

    o a

    ut

    no

    Mo

    39

    Lacreacindeundocumentodeviajeodeidentidadfalsoconelfinde posibilitar el trfico ilcito de migrantes

    Lafacilitacin,elsuministroolaposesindetaldocumentoconelfinde posibilitar el trfico ilcito de migrantes

    Lahabilitacin(esdecir,elbrindarloselementosparaqueunaper-sona pueda tener una calidad determinada) de una persona que no sea nacional o residente permanente para permanecer en el Estado interesado sin haber cumplido los requisitos para tal situacin, a tra-vs de documentos de viaje o de identidad falsos o a cualquier otro medio ilegal.

    Este tipo de delitos son muy comunes en las fronteras de los pases de la regin andina donde existen mafias que, incluso, falsifican las Tarjetas Andinas de Migracin.

    Los documentos de viaje y el trfico ilcito de migrantes

    En el trfico, generalmente, se usan documentos fal-sos o adulterados. Al respecto, es preciso sealar lo siguiente:

    Documento de identidad o de viaje falso. Se en-tender como tal a cualquier documento de viaje o de identidad que tenga las caractersticas que se de-tallan a continuacin:

    Ha sido elaborado o expedido de forma espuria, o ha sido alterado materialmente por cualquiera que no sea la persona o entidad legal-mente autorizada para producir o expedir el documento de viaje o de identidad en nombre de un Estado.

    Ha sido expedido u obtenido indebidamente mediante declaracin falsa, corrupcin o coaccin, o de cualquier otra forma ilegal.

    Ha sido utilizado por una persona que no es su titular legtimo.

    Elaborado o expedido de forma espuria, o alterado se refiere no solo a la creacin de documentos falsos, sino tambin a la alteracin de documen-tos legtimos y a la prctica de llenar los espacios en blanco de documentos robados. Incluyen tanto a los documentos falsificados como a los autnticos si son utilizados por una persona que no sea su titular o legtimo tenedor.

  • 40

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s

    2.2.2. existen relaciones o diferencias entre el trfico ilcito de migrantes y los delitos vinculados con la falsificacin y uso de documentos adulterados?

    Como se indic en la primera unidad, dos de los principales delitos co-nexos al trfico estn vinculados con la elaboracin, suministro y posesin de documentos de identidad o viaje adulterados o falsificados. El trfico ilcito de migrantes no es lo mismo que los delitos vinculados con la falsi-ficacin y uso de documentos adulterados. Estos ltimos pueden pero no necesariamente es as, pues hay casos donde el trfico de migrantes se realiza proveyendo documentos originales facilitar la comisin del delito de trfico.

    Lo que se sanciona es la facilitacin de la movilidad, no la movilidad huma-na en s. Por ello, no se castiga al migrante que los usa, sino a quien lucra con el uso que el o la migrante da a esos documentos.

    2.3. EL TRFICO ILCITO DE MIGRANTES Y LA TRATA DE PERSONAS

    2.3.1. es lo mismo trfico ilcito de migrantes que trata de personas?

    Tanto el trfico ilcito de migrantes como la trata de personas entraan el desplazamiento de seres humanos para obtener algn beneficio; adems,

    La posesin de un documento falso se considera delito solamente si hubiera estado al servicio del trfico de migrantes con el objetivo de obtener un lucro de ello.Esta disposicin no se aplica a la persona en situacin de movilidad que poseyera un documento falso para su propio paso por la frontera.

    Para mayor informacin sobre documentacin y documentacin fraudulenta, recomendamos leer el Mdulo III de esta serie: Control migratorio.

  • un

    idad

    2: e

    l tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s: u

    n d

    elit

    o a

    ut

    no

    Mo

    41

    son operaciones comerciales con seres humanos. Sin embargo, son figu-rasdelictivasdistintas.

    La trata de personas es un delito que afecta la dignidad de las personas y que tiene como fin la explotacin del ser humano en muchas varian-tes. Segn el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Nios, se entiende por trata de per-sonas a la captacin, el transporte, el traslado, la acogida o la recepcin de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras for-mas de coaccin, al engao o a otros medios, con fines de explotacin.

    En este caso, rpidamente, se puede identificar que se sanciona la trata de personas por los perjuicios realizados a una persona, mientras que el trfico implica el traslado consentido.

    2.3.2. Cules son los principales elementos que diferencian el trfico ilcito de migrantes de la trata de personas?

    Los principales elementos son los que se presentan en el cuadro:

    elemento

    transnacio-nalidad

    Consentimiento

    trfico de personas

    La trata de personas no siempre incluye el paso de fronteras entre Estados. Podemos encontrar tam-bin casos de trata interna, es de-cir, aquellos que implican el despla-zamiento de una persona sin salir de las fronteras territoriales de un mismo Estado.

    En el caso de las vctimas de la tra-ta, no existe consentimiento o este est viciado por la coaccin, el en-gao o el abuso de los tratantes.

    trfico de migrantes

    Implica siempre el desplazamiento entre Estados.

    En el caso de trfico ilcito, los y las migrantes contratan voluntariamen-te a los traficantes, de modo que consienten el desarrollo de dicha ac-tividad. Sin embargo, esta voluntad no los convierte en cmplices del delito de trfico ilcito de migrantes.

    Para mayor informacin sobre el delito de trata de personas vase el Mdulo IV de esta serie: Trata de personas.

  • 42

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s

    elemento

    la explotacin

    Bien jurdico afectado

    Sujeto pasivo

    Momento de laconsumacin

    Cmputo delplazo deprescripcin

    Fuente del beneficio

    trfico de personas

    La trata implica la explotacin persistente de las vctimas como mecanismo para la obtencin de beneficios econmicos.

    Es un delito que atenta contra la libertad, la dignidad y los derechos humanos de una persona.

    La persona

    El resultado se alcanza al haber-se llevado a cabo todos los actos necesarios para facilitar la explo-tacin. Sin embargo, al verificarse la ex-plotacin, el estadio consumativo se prolonga en el tiempo en tanto dure la situacin de ofensa del bien jurdico.

    Es un delito permanente: una vez consumada, la trata subsiste mien-tras persista el elemento de explo-tacin.

    El tratante de personas obtiene beneficios del migrante o de otras personas mediante la explotacin continua de la vctima.

    trfico de migrantes

    En el trfico, no se evidencia explo-tacin, y concluye con la llegada de los y las migrantes a su destino.

    Es un delito que atenta contra el or-den migratorio de un Estado.

    El Estado receptor

    La consumacin se alcanza en cuanto el acto da lugar al resultado previsto; es decir, el o la migrante ingresa irre-gularmente a otro Estado.

    Es un delito instantneo: se produce en el momento en el que se consu-ma el trfico.

    Los traficantes generan sus ingresos a travs de los derechos cobrados al mismo migrante por transportarlo.

    2.3.3. Por qu se confunden las figuras de trata de personas y trfico ilcito de migrantes?

    Las causas que originan la confusin entre los delitos de trata de personas y trfico ilcito de migrantes son variadas. Una de las principales es su no-menclatura, especficamente por los nombres de estos delitos en ingls (lengua original de los Protocolos de Palermo): denominaron trafficking a la trata y smuggling al trfico ilcito de personas.

    Muchas veces, algunas traducciones errneas del trmino trafficking confunden a la trata de personas con el trfico ilcito de migrantes. Incluso, en el Diccionario de la Real Academia Espaola (DRAE), el trmino tra-ta es definido como el trfico (hacer negocio no lcito) que consiste en vender seres humanos como esclavos, lo cual perjudica la real compren-sin de estos delitos. En ese sentido, hay que tener mucho cuidado con

  • un

    idad

    2: e

    l tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s: u

    n d

    elit

    o a

    ut

    no

    Mo

    43

    los trminos y tener en cuenta que existen diferencias sustanciales entre estas dos figuras.

    Por otro lado, diferenciar si los hechos corresponden a un caso de trata de personas o trfico ilcito de migrantes puede ser muy difcil por las siguientes razones:

    Enamboscasos,eldesplazamientodelapersonapuedeserirregulara travs de las fronteras. Por lo tanto, la irregularidad del movimien-to no permite distinguir el delito.

    Lasvctimasdetratapuedenempezarsuviajeaceptandoqueselesintroduzca irregularmente a un pas (como en el trfico ilcito de mi-grantes), pero luego descubren que se les ha engaado, coaccionado o forzado con la finalidad de explotarlas (por ejemplo, se les obli-ga a trabajar por un salario extraordinariamente bajo para pagar el transporte).

    Lostratantespuedenbrindaralasposiblesvctimasunaoportuni-dad de desplazarse a otro pas, lo cual parecera ser un caso de tr-fico ilcito de migrantes; inclusive, les pueden pedir que paguen una comisin como a las personas objeto de trfico ilcito de migrantes. Sin embargo, la intencin del delincuente puede haber sido, desde el principio, la explotacin de la persona. La comisin forma parte del fraude y el engao, y es una manera de obtener algo ms de dine-ro. En este caso, lo que pareca ser un caso de trfico, es, en realidad, un caso de trata de personas.

    Losdelincuentespuedendedicarsetantoaltrficoilcitocomoalatrata de personas empleando las mismas rutas.

    Lascondicionesaqueestsometidaunapersonaobjetodetrficoilcito durante el viaje pueden ser tan malas que resulta difcil creer que una persona pudiera haberlo consentido.

    2.3.4. todas las situaciones de trfico ilcito de migrantes son tambin casos de trata de personas?

    No. Algunos casos de trata de personas han incluido el trfico ilcito de migrantes como medio para procurar la entrada de una persona al te-rritorio de un Estado. Muchas veces, las vctimas de trata ingresan de manera regular con todos los permisos necesarios, sin saber que estos las conducen a un escenario de explotacin.

  • 44

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s Asimismo, no todos los casos de trfico terminan en situaciones de ex-plotacin luego del ingreso clandestino. Muchos casos acaban cuando la persona ingresa al territorio del cual no es nacional y cancela el dinero por el servicio obtenido.

    2.3.5. Por qu es importante reconocer las diferencias entre la trata de personas y el trfico ilcito de migrantes?

    Cuando las personas encontradas o detenidas por las autoridades son extranjeros o personas indocumentadas, los y las funcionarias suponen, frecuentemente, que son migrantes irregulares que han contratado una red de traficantes, en vez de suponer que son posibles vctimas de trata de personas. Esta percepcin errnea es utilizada por los tratantes para que un caso de trata sea considerado como un caso de trfico ilcito de migrantes.

    Como resultado de esos supuestos, se generan las siguientes situacio-nes:

    Noserealizaningunainvestigacinsobretratadepersonas.

    Los perjudicados no reciben la ayuda pertinente en su calidad devctimas.

    Noseenjuiciaalosdelincuentesenlaformadebida

    Lasvctimaspuedenpensarquesonobjetodetrficodemigrantesyno denuncien el caso.

    Lasvctimaspuedenestaramenazadasotenermiedodequealde-nunciar el caso sufran una deportacin y, por ello, optan por guardar silencio.

    Sepierdelaoportunidaddeinterceptarunintentodetratadeper-sonas mientras la vctima se encuentre an ilesa y no ha sido todava explotada.

    Muchasveces,lasredesdetrficosontambinredesdetrata.Poreso, una falsa percepcin afecta la posibilidad de tener testigos de primera mano, pues las vctimas del trfico de migrantes tambin pueden proporcionar informacin valiosa acerca de los casos de tra-ta de personas que hayan observado durante su viaje.

  • un

    idad

    2: e

    l tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s: u

    n d

    elit

    o a

    ut

    no

    Mo

    45

    2.3.6. Qu debemos tener en cuenta cuando tratamos de determinar si un caso se relaciona con la trata de personas o con el trfico ilcito de migrantes?

    Al tratar de determinar si un caso se relaciona con la trata de personas o con el trfico ilcito de migrantes, es importante tomar las siguientes medidas:

    Nosuponerqueunapersonaesunmigranteirregular

    Buscarsiempreindicadoresdelatratadepersonas,inclusosisesos-pecha que una persona es un migrante irregular

    Informaralosinvestigadoresdelaspropiassospechas

    Informara lasautoridadesdeinmigracindeesassospechas,dadoque se podra deportar a un testigo importante antes del inicio de una investigacin

    Informaraautoridadesencargadasdebrindarauxiliosiniciales.

    La adopcin de una decisin acerca de si un caso se relaciona con la trata de personas o con el trfico ilcito de migrantes no debera impedir la adopcin de medidas de proteccin y asistencia inmediata para la persona en situacin de movilidad.

  • 46

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s Cuadro comparativo de definiciones de la trata de personas y el trfico de migrantes

    (de acuerdo con el Derecho Internacional)

    trata de Personas

    Elaboracin y fuente: Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito 2010b: 9.

    Qu es?

    Es la captacin, el transporte, el trasla-do, la acogida o la re-cepcin de personas.

    CMo?

    Los delincuentes recurren a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coaccin, al rapto, al frau-de, al engao, al abuso de poder o de una situacin de vulnerabilidad o a la conce-sin o recepcin de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una per-sona que tenga autoridad sobre otra.

    Por Qu?

    Tiene fines de explo-tacin, lo que incluir la explotacin de la prostitucin ajena u otras formas de ex-plotacin sexual, los trabajos forzados, la esclavitud o las prcti-cas anlogas a la escla-vitud, y la extraccin de rganos.

    Qu es?

    Es la facilitacin de la entrada ilegal de una persona en un pas.

    CMo?

    Se pasan fronteras en-tre Estados de mane-ra irregular.

    Qu es?

    Es la facilitacin de la entrada ilegal de una persona en un pas.

    trFiCo ilCito de MiGrantes

  • un

    idad

    2: e

    l tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s: u

    n d

    elit

    o a

    ut

    no

    Mo

    47

    Ejercicio: Anlisis de caso

    Caso 1 En Machala, capital de la provincia ecuatoriana de El Oro, ubicada a 90 km de la frontera con el Per, el menor, a quien llamaremos Agustn, vende palta, limn y mango en el Mercado del Sur, uno de los tres principales cen-tros de abastos de esta zona. Agustn tiene 14 aos y dice que obtiene 140 dlares diarios, pero que todas sus ganancias se las entrega a La Abuela.

    La Abuela es Regina Chumacero Ramos, quien no tiene afinidad sangu-nea con el menor. Chumacero admiti en este diario que viajaba todos los das a Ecuador, porque la economa en Tumbes es mala. Adems, no tuvo vergenza en confesar que llevaba ocho nios cada da al pas vecino. Pero no soy la nica que lleva menores, revel la mujer, quien dice que los nios ya son conocidos en la ruta y nadie los interviene.

    Fuente: Diario El Comercio. Versin electrnica disponible en: .

    Caso 2El hallazgo de la menor boliviana de iniciales E.N. (15), secuestrada, con la apariencia fsica cambiada y con documento de identidad falso para probar una supuesta mayora de edad en Puerto Maldonado, y el continuo trasla-do de mujeres peruanas y bolivianas para ser explotadas sexualmente en Ananea, La Rinconada y otros campamentos mineros son solo una muestra de la evidente expansin de este delito en la regin de Puno, frontera con Bolivia.

    Fuente: Diario Correo. Versin electrnica disponible en: .

    Caso 3Marco Zumba, de 17 aos, fue deportado hace dos meses. Es nativo de la parroquia Jadn, del cantn Gualaceo, Ecuador. El joven cuenta que, cuando su madre, emigrada hace cinco aos, consigui los diez mil dlares que le cobraban, sali va terrestre hasta Lima, pas los controles del ae-ropuerto Jorge Chvez con una partida de nacimiento falsa y lleg por va area hasta Honduras y, luego, por tierra, a Guatemala y Mxico, donde fue detenido.

    Fuente: Radio Lavozdelaselva. Versin electrnica disponible en: .

  • 48

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s Luego de haber ledo y analizado los casos anteriores, conteste las siguien-tes preguntas:

    Ante qu delito o delitos nos encontramos? Qu elementos del trfico ilcito de migrantes identifica? Cules de

    la trata de personas? Qu delitos conexos se cometieron?

  • 49

    3.1. ASPECTOS INTRODUCTORIOS AL PROTOCOLO

    3.1.1. todos los pases de la regin andina son parte del Protocolo contra el trfico ilcito de Migrantes?

    Ecuador y Per ratificaron el protocolo en el 2002. Bolivia lo firm en el 2000, pero an est pendiente su ratificacin. Colombia todava no ha firmado el protocolo.

    Al finalizar, las personas usuarias RECONOCEN las obligaciones que se desprenden del Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes y vALORAN su implementacin, sobre todo, las estrategias de coopera-cin internacional en materia de trfico ilcito de migrantes.

    unidad 3ProtoColo Contra el trFiCo ilCito de MiGrantes: obliGaCiones Y estrateGias de CooPeraCin internaCional en Materia de luCHa Contra el trFiCo ilCito de MiGrantes

    logro especfico de la unidad

    Fuente: Coleccin de Tratados de Naciones Unidas.

    estado de ratificacinPas

    bolivia

    Colombia

    ecuador

    Per

    Firmado el 12 de diciembre de 2000. Pendiente de ratificacin.

    No ha firmado este instrumento.

    Ratificado el 17 de setiembre de 2002.

    Ratificado el 23 de enero de 2002.

  • 50

    M

    du

    lo V

    : tr

    fic

    o il

    cit

    o d

    e M

    igra

    nte

    s 3.1.2. Cules son los objetivos del Protocolo contra el Trfico ilcito de Migrantes?

    El Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes tiene los siguientes ob-jetivos:

    Prevenirycombatireltrficoilcitodemigrantes,sobretodo,atra-vs de su tipificacin

    Protegerlosderechosdelosmigrantesobjetodetrfico

    PromoverlacooperacinentrelosEstadosenmateriadepreven-cin, investigacin y procesamiento legal por la comisin de este delito.

    Este instrumento tiene una importancia especial: propone combatir el delito en fronteras, pues establece algunos mnimos comunes que favo-recen el trabajo conjunto y articulado de autoridades de ambos lados. Asimismo, facilita el establecimiento de procedimientos comunes, inclu-so, busca lograr la armonizacin de los marcos legales, de modo que es-tas diferencias no sean motivo de inaccin frente al crimen organizado.

    3.1.3. Qu obligaciones establece el Protocolo contra el trfico ilcito de Migrantes?

    El Protocolo establece cuatro tipos de obligaciones:

    Latipificacinypenalizacindeltrficoilcitodemigrantes

    Laprevencin

    Requisitosenmateriadecooperacinyasistenciainternacional

    Otorgamientodeasistenciayproteccinapersonasquesonobjetode trfico de migrantes y que, en el trayecto, se han convertido en vctimas.

    De las obligaciones enumeradas, las tres ltimas deberan recibir espe-cial atencin en los mecanismos de coordinacin binacionales y bifron-terizos que se estn implementando. Por ejemplo, los mecanismos de coordinacin y consulta poltica (denominados 2+2), que renen a los Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa de dos pases, deberan ser los espacios ideales para el impulso de convenios sobre cooperacin

  • un

    idad

    3: P

    roto

    co

    lo c

    on

    tra

    el t

    rfi

    co

    ilc

    ito

    de

    Mig

    ran

    tes

    51

    policial fronteriza. El Per sostiene esta prctica con Bolivia, Colombia y Ecuador.

    Otros mecanismos a travs de los cuales se podran impulsar medidas preventivas, y de cooperacin y asistencia en el caso regional son los siguientes:

    La Comisin Binacional Peruano-Ecuatoriana sobre Medidas deConfianza Mutua y de Seguridad

    ElComitTcnicoBinacionaldeRgimenFronterizoyDerechosdelas Personas y los Comits de Frontera establecidos en el marco de la Comisin de V