19128 Miércoles 21 junio 1989 BOE núm. 147 Tercere.-Las expuestas instrucciones serán exigíbles por las Aduanas desde el día siguiente de la publicación de la presente disposición en el «Boletín Oficial del Estado». Lo que se comunica para su conocimiento y debidos efectos. Madrid, 13 de junio de 1989.-EI Director general, Humberto Ríos Rodríguez. Urnos. Sres Delegados de Hacienda Especiales, Delegado de Hacienda. Sres. Jefes de Dependencia Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales e InsPf:Ctores Administradores de Aduanas e Impuestos Especiales. debe decir. «Los Centros en los que en este curso comienza o se prosigue la experimentación de proyectos de Orientación Educativa-realizarán las funciones establecidas en las correspondientes Ordenes de convocatoria (4 de junio de 1987, "Boletín Oficial del Estado" del 6; 2S de fehrero de 1988 "Boletín Oficial del Estado" del 3 de marzo, y 28 de marzo de 1989, ...». MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA MINISTERIO DE EDUCACION y CIENCIA 14134 ORDEN de 6 de junio de 1989 por la que se desarrolla y complementa el Real Decreto 7/1988, de 8 de enero, relativo a las Exi¡:encias de Se¡ruridad del Material Eléc- trico, destinado ,a ser utilizado en determinados [Imites de tensión. '-" . 14133 CORRECCION de errores de la Orden de 9 de junio de 1989 por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y elfuncionamiento de los Centros docentes de Educación Preescolar. General Básica. Bachi· l/e.'at,o y Formacit?n Profesional sostenidos con fondos públicos y depend,entes del Ministerio de Educación y Ciencia. ' Padecidos errores en el texto de Iá citada Orden. publicada en el «Boletín Oficial del E.stado» número 140, de fecha 13 de junio de 1989, se transcnben a contInuaClón las oportunas rectificaciones: En la página 18005, en el' punto 1 del apartado 1, donde dice: «1a "programación anual ..... lt. decir. «1a "Programación General Anual"». En la página 18006"ene1 segundo párrafo del punto 2.1 (<<Horario lectivo persoual») del l!J>artado 11, donde dice: .Veintícuatro horas», debe decir. «VeinticincO horas». En la página 18008, en el punto 4 del apartado VI (<<Educación Compensatoria»), donde dice: «dearrone», debe decir: .desarrone». . En la página 18010, en el punto 1.2 del apartado 11, donde dice: «Horas de dedicción al Programa ...... debe decir: «Horas de dedicación al Programa ...». En la página lSOII, en el ú1tímo párrafo del apartado Ill, donde dice: «... lo dispuesto en el Orden ministerial o ••», debe decir: «... lo dispuesto en la Orden ministerial ..0». . En la página 18012, en el punto 4.1 del apartado IV, donde dice: «El Jete del Departamento de Práetícas tendrá, en relación con el de Formación en Alternancia..las siguinentes funciones», debe dear: «El Jete del Departamento de Prácticas tendrá, en relación con el Programa de Fonn8C1ón en Alternancia. siguientes funciones». En el punto 5.4 del misnio'apartado, donde dice: «-,.en el Centro se nombrará un tutor en práct:ic:as de Empresas ...», debe decir. 4L.. en el Centro se nombrani un tutor de práct:ic:as de Empresas ...», En el mismo punto donde dice: «Tendrán como funciones:», debe decir: «Tendrá como funciollCS"'». En la página 18013, en el primer párrafo del punto 6, donde dice: «Los Centros en los que en este curso comienza o se prosigue la experimentación de proyectos de Orientación Educativa realizarán las funciones establecidas en las Ordenes de convocatoria (4 de junio de 1987, "Boletín Oficial del Estado" del 6; 2S de tebrero de 1988, "Boletín Oficial del Estado" del 3, y 28 de marzo de 1989, ".JO, El Real Decreto 7/1988, de 8 de enero, relativo a las Exigencias de Seguridad del Material Eléctrico, destinado a ser utilizado en determina- dos límites de tensión, establece en sus articulos6.o, 7.° y 8.° la obligación por parte del Ministerio de Industria y Energía de publicar determinada información complementaria, necesaria para la correcta aplicación del mismo. Por otra parte, la disposición"final segunda del Real Decreto 7/1988, de 8 de enero, autoriza al Ministerio de Industria y Energía para dietar las normas de desarrollo. Todo ello,_ así como la necesidad de facilitar la aplicación en España de la Directiva 73¡23fCEE del Consejo, de 19 de febrero de 1973, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el material -eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites _ de tensión,_conllevan la publicación de la presente disposición, En su Virtud, este MiÍlisterio ha dispuesto: . c. -e-_'_' _,1. Primero.-A efectOs d'e" lo dispuesto en el artículo 6 a) del Real Decreto 7/1988, de 8 de enero, se consideran que cumplen las exigencias del artículo 2 del mismo, el material eléctrico que satisfaga los requerimientos en -materia de seguridad de las -normas españolas relacionadas en el anexo 1. Segundo.-Los Organismos españoles notificados por el Reino de España a la Comisión y a los otros Estados miembros de la Comunidad Económica Europea, son los que se relacionan en el anexo n, con referencia a los artículos de la Directiva· 73/23/CEE, en que dicha notificación se previene. También se relacionan en el mismo anexo las marcas concedi9is por los organismos certificados. el anexo III se incluyen los organismos comunicados por los demás Estados miembros en aplicación del artículo 11 de la Directiva 73f23fCEE, del Consejo, de 19 de febrero de 1973 y recogidos en la Comunicación de la Comisión de las Comunidades Europeas, pUblicada en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas», de fecha 27 de junio de 1988. Cuarto.-Se autoriza a la Dirección General de Política Tecnológica para que por Resolución, actualice periódicamente los listados conteni- dos en los anexos de esta disposición. Lo que comunico a V. 1. para su conocimiento y efectos. Madrid, 6 de junio de 1989. ARANZADI MARTINEZ lIma. Sra. Directora general de Política Tecnológica.
18
Embed
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA MINISTERIO DE … · rriente alterna. Arrancadores estrella-triángulo. HD 421 Arrancadores de motores de baja tensión en corriente alterna. Arrancadores
This document is posted to help you gain knowledge. Please leave a comment to let me know what you think about it! Share it to your friends and learn new things together.
Transcript
19128 Miércoles 21 junio 1989 BOE núm. 147
Tercere.-Las expuestas instrucciones serán exigíbles por las Aduanasdesde el día siguiente de la publicación de la presente disposición en el«Boletín Oficial del Estado».
Lo que se comunica para su conocimiento y debidos efectos.Madrid, 13 de junio de 1989.-EI Director general, Humberto Ríos
Rodríguez.
Urnos. Sres Delegados de Hacienda Especiales, Delegado de Hacienda.Sres. Jefes de Dependencia Regionales de Aduanas e ImpuestosEspeciales e InsPf:Ctores Administradores de Aduanas e ImpuestosEspeciales.
debe decir. «Los Centros en los que en este curso comienza o se prosiguela experimentación de proyectos de Orientación Educativa-realizarán lasfunciones establecidas en las correspondientes Ordenes de convocatoria(4 de junio de 1987, "Boletín Oficial del Estado" del 6; 2S de fehrerode 1988 "Boletín Oficial del Estado" del 3 de marzo, y 28 de marzo de1989, ...».
MINISTERIODE INDUSTRIA Y ENERGIA
MINISTERIODE EDUCACION y CIENCIA
14134 ORDEN de 6 de junio de 1989 por la que se desarrolla ycomplementa el Real Decreto 7/1988, de 8 de enero,relativo a las Exi¡:encias de Se¡ruridad del Material Eléctrico, destinado ,a ser utilizado en determinados [Imites detensión.
'-" .
14133 CORRECCION de errores de la Orden de 9 de juniode 1989 por la que se aprueban las instrucciones queregulan la organización y elfuncionamiento de los Centrosdocentes de Educación Preescolar. General Básica. Bachi·l/e.'at,o y Formacit?n Profesional sostenidos con fondospúblicos y depend,entes del Ministerio de Educación yCiencia. '
Padecidos errores en el texto de Iá citada Orden. publicada en el«Boletín Oficial del E.stado» número 140, de fecha 13 de junio de 1989,se transcnben a contInuaClón las oportunas rectificaciones:
En la página 18005, en el' punto 1 del apartado 1, donde dice: «1a"programación anual .....lt. de~ decir. «1a "Programación GeneralAnual"».
En la página 18006"ene1 segundo párrafo del punto 2.1 (<<Horariolectivo persoual») del l!J>artado 11, donde dice: .Veintícuatro horas»,debe decir. «VeinticincO horas».
En la página 18008, en el punto 4 del apartado VI (<<EducaciónCompensatoria»), donde dice: «dearrone», debe decir: .desarrone». .
En la página 18010, en el punto 1.2 del apartado 11, donde dice:«Horas de dedicción al Programa ...... debe decir: «Horas de dedicaciónal Programa ...».
En la página lSOII, en el ú1tímo párrafo del apartado Ill, donde dice:«... lo dispuesto en el Orden ministerial o ••», debe decir: «... lo dispuestoen la Orden ministerial ..0». .
En la página 18012, en el punto 4.1 del apartado IV, donde dice: «ElJete del Departamento de Práetícas tendrá, en relación con el~de Formación en Alternancia..las siguinentes funciones», debe dear: «ElJete del Departamento de Prácticas tendrá, en relación con el Programade Fonn8C1ón en Alternancia. ~ siguientes funciones».
En el punto 5.4 del misnio' apartado, donde dice: «-,.en el Centro senombrará un tutor en práct:ic:as de Empresas ...», debe decir. 4L.. en elCentro se nombrani un tutor de práct:ic:as de Empresas ...»,
En el mismo punto donde dice: «Tendrán como funciones:», debedecir: «Tendrá como funciollCS"'».
En la página 18013, en el primer párrafo del punto 6, donde dice:«Los Centros en los que en este curso comienza o se prosigue laexperimentación de proyectos de Orientación Educativa realizarán lasfunciones establecidas en las co~ndientes Ordenes de convocatoria(4 de junio de 1987, "Boletín Oficial del Estado" del 6; 2S de tebrerode 1988, "Boletín Oficial del Estado" del 3, y 28 de marzo de 1989, ".JO,
El Real Decreto 7/1988, de 8 de enero, relativo a las Exigencias deSeguridad del Material Eléctrico, destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión, establece en sus articulos6.o, 7.° y 8.° laobligación por parte del Ministerio de Industria y Energía de publicardeterminada información complementaria, necesaria para la correctaaplicación del mismo.
Por otra parte, la disposición"final segunda del Real Decreto 7/1988,de 8 de enero, autoriza al Ministerio de Industria y Energía para dietarlas normas de desarrollo.
Todo ello,_ así como la necesidad de facilitar la aplicación en Españade la Directiva 73¡23fCEE del Consejo, de 19 de febrero de 1973,relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembrossobre el material -eléctrico destinado a utilizarse con determinadoslímites_de tensión, _conllevan la publicación de la presente disposición,
En su Virtud, este MiÍlisterio ha dispuesto: .c. -e-_'_' _,1. ~,'
Primero.-A efectOs d'e" lo dispuesto en el artículo 6 a) del RealDecreto 7/1988, de 8 de enero, se consideran que cumplen las exigenciasdel artículo 2 del mismo, el material eléctrico que satisfaga losrequerimientos en -materia de seguridad de las -normas españolasrelacionadas en el anexo 1.
Segundo.-Los Organismos españoles notificados por el Reino deEspaña a la Comisión y a los otros Estados miembros de la ComunidadEconómica Europea, son los que se relacionan en el anexo n, conreferencia a los artículos de la Directiva· 73/23/CEE, en que dichanotificación se previene. También se relacionan en el mismo anexo lasmarcas concedi9is por los organismos certificados.
Tercero.~En el anexo III se incluyen los organismos comunicadospor los demás Estados miembros en aplicación del artículo 11 de laDirectiva 73f23fCEE, del Consejo, de 19 de febrero de 1973 y recogidosen la Comunicación de la Comisión de las Comunidades Europeas,pUblicada en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas», de fecha27 de junio de 1988.
Cuarto.-Se autoriza a la Dirección General de Política Tecnológicapara que por Resolución, actualice periódicamente los listados contenidos en los anexos de esta disposición.
Lo que comunico a V. 1. para su conocimiento y efectos.Madrid, 6 de junio de 1989.
ARANZADI MARTINEZ
lIma. Sra. Directora general de Política Tecnológica.
BOE núm. 147 Miércoles 21 junio 1989
ANEXO 1
LIS'!'A DE IIORIlAll PARA EL CUMPLIMIEN'l'O DE LA DIRBC'l'IVA DE BAJA 'l'BIISIOH
19129
ARMONIZADA oTITULO CQOlGO
CORRESPONDIENTE
Condensadores de potenciá para corriente alterna. UNE 20 010-75 CEI 10
Transformadores de seguridad para juquetes. Condiciones particulares. UNE 20 018-73 CEE 15
Condensadores para mo~ore. de corriente alterna. UNE 20 031-79 CEI 252
Transformadores de seguridad para timbres. Condiciones particulares. UNE 20 049-74 CEE 15
Máquinas de lavar la ropa. Condiciones de seguridad eléctrica. UNE 20 052-81 CE' '0 J
Escurridoras centrIfuga•• Condicione. de seguridad eléctrica. UNE 20 053-81 CEE 10 _IX K
Lámparas de fila_nto de wolfraalo para iluminación qeneral. UNE 20 056-18
Lámparas de filamento de wolframio para iluminación ~neral UN' 20 056-81 le CEI 64
Lámparas de filamento de wolframio para iluminación general. Tipos especiales UN' 20 056/2-81
Casquillos y portallmparaa para lámpara. de iluminación general. Designaciones. UN' 20 057/1·72
Casquillos de un pit6n FA", FA6, FA8, porta lámparas y calibres, para lámparas UN' 20 051/2.77tubulares de fluorescencIa.
Casquillos y portalá.paras do bayoneta B15 y B22 Y calibres de verificación. UN' 20 051/3-75
Casquillos y portaU.mpar.s de rosca E-14 y calibres de verificaci6n. UNE 20 057/4-16
Casquillos y portal5.mparas de rosca E-21 y calibres de verificaci6n. UN' 20 051/5-18
Casquillos y portal_paras de rosca E-40 y calibres de verificación. UN' 20 051/6-76
Casquillos de dos pitones GS, G13, G19, G20, porta lámparas y calibres, para UN' 20 051/1.18lámparas tubulares de fluor.scencia.
Casquillo de dos pitones. GS,3. UN' 20 057/8-78 CEI 61
Casquillo de cuatro -pitones y portaláJRparas para lámpara. circulares de fluores- UN' 20 057/9-18cencia G 10Q.
Casquillo de doa piton••• GY16. UN' 2. 057/10-80
casquillo do doa pitones G22. UNE 20 057/11-78
Casquillos de ~ contactos protegidos para lámparas tubulares de fluorescencta UNE 20 057/12-78Y calibre de verificaci6n R 17D.
COmbinación d~ do. portaliapara. R 7 S Y calibres de verificación. UN' 20 057/13-78
Casquillos de dos piton•• , portalépera. y calibre•• G9,5, GX9,5 y GY9,5. UN' 20 057/14-79
:casquillos de ro.ea El0 y calibre. de verificación. UNE 20 057/15-85
Herramientas manuales port¡tile. accionadas por motor eléctrico. COndiciones gene- PNE 20 060/1 HD 400.1rale. de seguridad.
HerraMientas aanual.. port'til.s accionada. por motor eléctrico. Condiciones parti- PN, 20 060/2 HD 400.2cular.. de seguridad. Taladrador.s. Destornillador.. y llaves por impulsos. Esme-riladora., pulidoras y lij.ador••· de di.co. Lijadoras. Si~rr.s circulares ycuchrllas circulares. Martillos. Pistolas pulverizarloras.
19130 Miércoles 21 junio 1989 BOE núm. 147
TITULOARMONIZADA o
COOlGOCORRESPONDIENTE
Herramientas manuales accionadas por motor eléctrico. Condiciones particulares de PNE 20 060/3 HD 400.3
seguridad. Sierras para metales y contorneadoras. Condiciones de seguridad. MÁqui-
nas de roscas. Sierras saltadoras. Vibradores para hormigón. Sierras de cadena.
Cepilladora:s. Cizallas y cortadoras de césped.
Lámparas tubulares de fluorescencia. Lista de los tipos de lámparas incluIdas en UNE 20 064-80 111 CEl 81 111
las normas de caracterIsticas técniCAS.
Porta lámparas para lámparas fluorescentes tubulares y portalámparas para arran- PNE 20 065 EN 60400
cadores.
Conjuntos de aparamenta de baja tensión montados en fábrica (CAMF) • UNE 20 098-75 CEI 439
Conjuntos de aparamenta de baja te~sión montados en fábrica (CAMF) • Especifi- UNE 20 098/2-81
caciones particulares para las canalizaciones prefabricadas.
Interruptores automÁticos de baja tensión para circuitos de distribución. PNE 20 103 RD 418.1
Aparamenta de maniobra de baja tensión. Contactores. PNE 20 10. RD 419.1
Máquinas eléctricas rotativas. Grado de prot~cción proporcionado por las envol- PNE 20 111/5 EN 60034/5
ventes.
Arrancadores de baja tensión en corriente alterna. Arrancadores directos a plena PNE 20 115/1
tensión.
Arrancadores de motores de baja tensión. Arrancadores a tensión reducida en co- PNE 20 115/2
rriente alterna. Arrancadores estrella-triángulo. HD 421
Arrancadores de motores de baja tensión en corriente alterna. Arrancadores rotóri- PNE 20 115/3
cos de resistencia••
Arrancadores de motores de baja tensión. Arrancadores a tensión reducida en co- PRE 20 115/4
rriente alterna. Arrancadores por autotransformador en dos etapas.
Auxiliares de mando de baja tensión. Caracterlsticas qenerales. PNE 20 119/1
Auxiliares de ..000 de baja tensión. Pulsadores y auxiliares de mando anÁlogos. PNE 20 119/2
Auxiliares de _ndo de baja tensión. Cdutadores rotativos de mando. PNE 20 119/3 HD 420
Auxiliares de Mando de baja tensibn. Contactares auxiliares. Auxiliares autOMáticos PNE 20 119/4
de ..ndo. ~
.Auxiliares de mando de baja tensión. Indicadores luminosos. Aqujeros PNE 20 119/5
de fijación para el IllOf1taje individual de pulsadores e indicadores lwninosos.
Interruptores de baja tensión en aire, seccionadores de baja tensibn en aire, PffE 20 12. m .22
interruptores seccionador•• de baja tensión en aire y combinados con cortacircui-tos fusibles de bajatensi6n.
Balastos para lá.paras fluorescentes. UNE 20 152-81 CEI 82
(1) Utilizar la parte general junto con la particular de aplicación.
BüE núm. 147 Miércoles 21 junio 1989 19131
TITULOARMONIZADA o
COOICOCORRESPONDIENTE
Método de ensayo para la determinación del índice de temperatura de los hilos es- UNE 20 181-86 RD 41 .2maltados de sección circular para bobinas electromagnéticas.
Termostatos eléctricos destinados a aparatos para usos domésticos o análogos UNE 20 305-67
Reglas generales.
Calentadores de agua eléctricos fijos no lnstántaneos. COndiciones de UNE 20 306-77 CEE l' E
seguridad eléctrica.
Termostatos sumergidos para termos eléctricos de acumulaCión. Reglas UNE 20 307-67
particulares.
Dispositivos eléctricos de seguridad para termos eléctricos. UNE 20 308-67
Termostatos eléctricos para armarios frigoríficos destinados a usos domésticos. UNE 20 310-67
Reglas particularés.
Máquinas eléctricas de afeitar, cortar el pelo y análogas. Condiciones de aeguri- UNE 20 313-74
dad.
Máquinas eléctricas de afeitar, cortar el pelo y análogas. Condiciones de seguri- UNE 20 313-78 1C CEE '0 IrN
dad eléctrica.
Máquinas eléctricas de afeitar, cortar el pelo y análogas. Condiciones de seguri- UNE 20 313-792e
dad.
Aparatos electrónicos de destello ("flash'" para usos fot~ráficos. Reglas gene_ UNE 20 316-82 Hb 321 si
rales de seguridad.
Interruptores automáticos magnetotérmicos. para control de potencia, de 1,5a63A. UWE 20 317-88
.
Clasificación de los grados de protección proporcionados por las envolventes. PNE 20 32< He 365 s3
Diámetros y roscas de conductos y sus accesorios para instalaciones eléctricas. UNE 20 333-87
Conductos para instalaciones eléctricas. Condiciones generales. UNE 20 334/1-87
"
Transformadores de seguridad. Condiciones generales. UNE 20 339-72 CEE 15
Calentamiento de un casquillo de lámpara método de medida. UNE 20 340-76 CE' 360
.
Aparatos eléctricos de cocción y calefacción para usos domésticos y análogos. UNE 20 342-75 CEE 11 ,Condiciones generales de seguridad.
~paratos eléctricos de cocción y calefacción para usos domésticos y análogos. UNE 20 342-81 lCCondiciones generales de seguridad.
19132 Miércoles 21 junio 1989 BOE núm. 147
TITULOARftONIZADA o
COOlGOCORRESPONDIENTE
Aparatos eléctricos con motor para usos domésticos y análogos. Reglas generales UNE 20 343-74 CEE 10 r.de seguridad.
Aparatos eléctricos con motor para usos domésticos y anál09os. Condiciones gene- UNE 20 343-81 lC
rales de seguridad.
Transformadores para lámparas manuales de seguridad. Condiciones particulares. UNE 20 344-73 CEE lS
Aparatos para calefacción de locales y aparatos análogos. UNE 20 345-17 CEE 11 F
Aparatos para calefacción de locales y aparatos análogos. UNE 20 345-79 lC
Pequeños interruptores automáticos para usos domésticos y usos generales análogos. UNE 20 347-81 CEE 19
Aparatos eléctricos de planchar para uso domésticos y análogos. Condicones de UNE 20 348-73 CEE 11 II G
seguridad.
Aparatos eléctricos de planchar para uso domésticos y análogos. Condicones de UNE 20 348-82 lC
seguridad eléctrica.
Lámparas de filamento de tungsteno para uso doméstico e iluminación general ani- ONE 20 351-75 CEI '32loga. Condiciones genrales de ensayo.
Tomas de corriente para usos industriales. UNE 20 352-77 CEE H
Interruptores y conmutadores manuales para aparatos de uso doméstico y análogos. UNE 20 353-73
Reglas generales de seguridad.
Interruptores y conmutadores manuales para aparatos de uso doméstico y análogos. UNE 20 353-79 lC
Condicones generales de seguridad. CEE 24
Interruptores y conmutadores manuales par. aparatos de usos domésticos y análogps. UNE 20 353-82 2e
Condiciones generales de seguridad.
Lámparas de 'descarga de vapor de mercurio a alta presión. Prescripciones para PNE 20 ". EN 60188
los ensayos.
Interruptores automáticos con relés de tensión de defecto a tierra para usos UNE 20 355-1'- CEE 18
domésticos y análogos.
Conectores para usos domésticos y usos generales análogos. UNE 20 356/1-89 EN 60320/1
Calentadores de inmersión portátiles. Condiciones de seguridad. UNE 20 357-14 CEE 11 C
Calentadores de inmersión portátiles. Condiciones de seguridad. UNE 20 357-79 lC
Interruptores y conmutadores lIlanuales para cables flexibles para aparatos UNE 20 360-14 CEE 2.- rI A
de uso doméstico y análogos. Condiciones particulares.
Interruptores y conmutadores manuales para cables flexibles para aparatos UNE 20 360-82 lC
de uso doméstico y análogos. Condiciones de seguridad eléctrica.
BOE núm. 147 Miércoles 21 junio 1989 19133
ARl'tONl1ADA oTITULO CóOIGO .
CORRESPONDIENTE
Interruptores de pequeña abertura de contactos para usos domésticos y análogos. UNE 20 361-7-4
Condiciones particulares. .Interruptores de pequefill abertura de contactos para usos domésticos y análogos. UNE 20 361-79 lC
Condiciones de seguridad., CEE 24
Interruptores de pequeña abertura de contactos para usos domésticos y análogos. UNE 20 361-82 2CCondiciones de seguridad eléctrica.
Interruptores y conmutadores manuales para tensión de servicio de 500 V, con UNE 20 362-74
indicación adicional de 600 V, par. aparatos de uso doméstico y análogos. condi-
ciones particulares.
Aspiradores de polvo y aspiradores lavadores. Condiciones de seguridad. UNE 20 363-74 CEE lO IIA
Aspiradores de polvo y aspiradores lavadores. Condiciones de seguridad eléctrica. UNE 20 363-80 lC
Lámparas de vapor de sodio a baja presión. Prescripciones y condiciones de ensayo. UNE 20 372/1-77
Lámparas de vapor de sodio a baja presión. Lámpara de 3S •• UNE 20 372/2-77
Lámparas de vapor de sodio a baja presión. Lámpara de 55 •• UNE 20 372/3-77
Lámparas de vapor de sodio a baja presión. Lámpara de 90 •• UNE 20 372/4-78 CEl '.2Lámparas de vapor de sodio a baja presión. Lámpara de 135 w. UNE 20 372/5-78
Lámparas de vapor de sodio a baja presión. Lámpara de 180 w. UNE 20 372/6-77
Lámparas de vapor de sodio a baja presión. Lámpara de 200 W lI. 207 mml. UNE 20 372/7-78
Interruptores para instalaciones eléctricas fijas, domésticas y análogas. UNE 20 378/1-86 CEl 669-1
Condiciones generales de segurfdad.
Interruptores automáticos diferenciales, por intensidad de defecto a tierra para UNE 20 383-75 CEE 27
usos domésticos y usos generales análogos.
Aparatos para el secado de ropa. Condiciones de seguridad. UNE 20 391-75 CEE " N
Cebadores para lámparas de fluorescencia. UNE 20 393/1-80 CEl 15S
Cebadores para luminarias de lámparas tubulares de fluorescencia de clase 11. UNE 20 393/2-79
Porta lámparas y portacebadores para lámparas tubulares de fluorescencia. UNE 20 394-81 CEE 126
Balastos para lámparas de vapor de mercurio él alta presión. UNE 20 395-76 CEl 262
Balastos para lámparas de vapor de mercurio él alta presión. UNE 20 395-80 lC
Balastos para lámparas de vapor de sodio a baja presión. UNE 20 396-76 CE! .459
Balastos para lámparas de vapor de sodio a baja presión. UNE 20 396- 79 le
Porta lámparas con rosca Edison. PNE 20 397 EN 60238
seguridad de los equipos de tratamiento de ,. información, incluídas PNE 20 400 EN 60950
las máquinas eléctricas de oficina..
19134 Miércoles 21 junio 1989 BOE núm. 147
TITULOARf'tONIZAOA o
COOJGOCORRESPONDIENTE
Máquinas de coser eléctricas. Reglas particulares de seguridad. UNE 20 401-71 CEE 1011 C
Máquinas de coser eléctricas. Reglas particulares de seguridad. UNE 20 401-80 lC
Aparatos de cocina. Condiciones de seguridad eléctrica. UNE 20 405-78 CEE 10 II G'.Aparatos de cocina. Condiciones de seguridad eléctrica. UNE 20 405-81 lC
Aparatos para el tratamie!'lto de la piel o de los cAbellos_ Condiciones de seguri- UNE 20 413-79 CEE 11 IIJ
dad eléctrica..
Aparatos para el tratamiento de la piel o de los cabellos. Condiciones de seguri- UNE 20 413-82 lC
dad eléctrica.
Balastos transistor izados para lámparas fluorescentes. UNE 20 414-80 CEI 45.
Equipo eléctrico de las máquinas industriales. Parte " Reglas generales. PNE 20 416/1 EN 6020<1/1 --
Luminarias para lámparas incandescentes para usos domésticos y análogos. Condi- UNE 20 417-81 CEE 25
ciones generales de seguridad.
•Aparatos eléctricos de calefacción de locales del tipo de acumulación. UNE 20 430-82 CEE 11 P
Condiciones de seguridad eléctrica.
Ensayos de los cables eléctricos sometidos al fuego. Ensayo de un conductor UNE 20 432/1-82 HD 405.1 SI
aislado o de un cable expuesto a la llama.
Sistemas de alimentación eléctrica por carril par. luminarias. Condiciones UNE 20 437-83 CE! 570
generales de seguridad.
Luminarias. Reljlas generales y generlllidades sobre los ensayos. UNE 20 -447/1-86 CEI 59.
Luminarias. Segunda parte: Reglas particulares. Sección tres: Luminarias de UNE 20 447/2-3-86
alumbrado público.
Luminarias. Segunda parte: Reglas particulares. Sección cuatro: Luminarias UNE 20 -447/2-4-86
portátÚes de uso ljeneral.
Luminarias. Segunda parte: Reglas particulares. Sección cinco: Proyectores. UNE 20 447/2-5-86
Luminarias. Segunda parte: Reglas particulares. Sección seis: Luminarias con UNE 20 447/2-6-86transformador inteljrado para lámparas de filamento de tungsteno.
Luminarias. Segunda parte: Reglas particulares. Sección siete: Luminarias portá- UNE 20 447/2-7-86
tiles para empleo en los jardines.
Luminarias. Seljunda parte: Reglas particulares. Sección ocho: Luminarias portátile UNE 20 447/2-8-86 CEI 59.
de taller..
BüE núm. 147 Miércoles 21 junio 1989 19135
TITULOARMONIZADA o
COOlGOCORRESPONOIENTf;
Luminarias. Segunda parte: Reglas particulares. Sécclón diecinueve: Luminarias UNE 20 4-47/2-19-8'
con circulación de aire {reglas de seguridadl.
Luminarias. Segunda parte: Reglas particulares. Sección veinte: Guirnaldas UNE 20 447/2-20-8
luminosas.
Lámparas de descarga de vapor de sodio a alta presión. "HE 20 449 EN 60662
Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Condiciones generales. UNE 20 450/1-84 RO 251 S3
Aspiradores eléctricos para usos domésticos y análogos. Condiciones de seguridad. UNE 20 450/2-2-86 RO 252 53
Planchas eléctricas para usos domésticos y análogos. Condiciones de seguridad. UNE 20450/2-3-88 HD 253 83
Escurridoras centr{fugas para usos domésticos y análogos. Condiciones de PNE 20 450/2-4 RD 267 S1
seguridad.
Lavavajillas eléctricos. Condiciones de seguridad eléctrica. PNE 20 450/2-5 HD 257 S2
Máquinas de lavar la ropa para usos domésticos y análogos. Condiciones PHE 20 450/2-7 HD 256 52
de seguridad.
Tostadores de pan, asadores, barquilleros. marmitas y aparatos similares eléctri- UNE 20 450/2-9-881 HD 265 S2
cos para usos domésticos y análogos. Condiciones de seguridad.
Aparatos eléctricos para el tratamiento de suelo para usos domésticos PNE 20 450/2-10 lID 281 SI
Y análogos. Condiciones de seguridad
Secadores de ropa del tipo de tambor para usos domésticos y análogoa. PNE 20 450/2-11 UD 268 82
Condiciones de seguridad.
Sartenes y freidoras eléctricas para usos domésticos y anál09os. Condiciones de UNE 20 4S0/2-13-8C RD 279 S1
sequridad. ,
Aparatos eléctricos para calentar l!quidos para usos domésticos y análogos. Condi- UHE 20 450/2-15-88 KD 264 S2
ciones de seguridad.
FrigorIficos y congeladores para usos domésticos y análogos. PNE 20 450/2-24 RO 26. S2 +
Condiciones de seguridad. AA 1 • HD 26. S2
Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2~ Reglas particula- PNE 20 <150/2-25 KD 270 51
res para lns aparatos de cocción por microondas.
.,'
19136 Miércoles 21 junio 1989 BOE núm. J47
TITULO CODJeohRMONIZADA o
CORRESPONDIENTE
Relojes eléctricos para usos domésticos y análogos. PNE 20 450/2-26 HD 255 S2
Condiciones de seguridad.
Seguridad de los aparatos electrodomésticos y anál09os. Parte 2' Reglas partieula- PNE 20 450/2-21 HD 272 S3
<es para los aparatos de tratamiento de la piel por radiaciones ultravioleta e
infrarrojo para uso doméstico.
Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. PNE 20 450/2-28 HD 273 S2
Reglas particulares para las máquinas de coser.
Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos. Parte 2' Reglas particula- PNE 20 450/2-)1 RD 27. •res para las campanas de cocina. .... 1 RD 27 •
Aparatos de masaje domésticos y análogos..
450/2-32para usos PNE 20 HD 258 52
Condiciones de seguJ:idad.
Molinillos eléctricos de café~de cuchillas y molinillos eléctricos de café de UNE 20 450/2-33-8f RO 260 S2
muelas para usos domésticos. Condiciones de seguridad.
Motocompresorespara frigor1ficos y congeladores para usos domésticos y análogos. UNE 20 450/2-34-86< CEl 335-2-H
Condiciones de seguridad eléctrica.
Ventiladores eléctricos para usos domésticos y análogos y reguladores de velocidad UNE 20 450/2-90-88 ND 280 Sl
asociados. Condiciones de seguridad.
Reglas particulares para las cajas de empotrar para montaje de interruptores UNE 20 451-86 CEl .70
empotrados para instalaciones eléctricas fijas domésticas y análogas.
Prescripciones para ls conexión de las máquinas de lavar la ropa y PNE 20 453 RO 274 Sl •los lavavajillas a la red de alimentación de agua. Am.l RD 274 Sl
Reglas de segur idad para los aparatos electrónicos y aparatos con ellos relacio- PNE 20 514 ND 195 SS
nados de uso doméstico o uso general análogo conectados a una red de energia.
Fusibles miniatura. Generalidades y ensayos. UNE 20 520/1-76 CEl 127
Fusibles miniatura. Especificaciones detalladas. UNE 20 520/2-82
Reglas de seguridad para aparatos de medida electrónicos. UNE 20 553-82 RO 401 Sl
Conjunto portadores para fusibles de cortacircuitos miniatura. UNE 20 5511-75 RD "0 Sl
Reglas de seguridad para equipos de emisión radioeléctrica. UNE 20 650,.81 RD 220 52.Ensayos relativos a los riesgos de incendio. Parte 2 , Métodos de ensayo. Ensayo UNE 20 672/2-1-83 RD 444.2.1
del hilo incandescente.
BOE núm. 147 Miércoles 21 junio 1989 19137
TITULOARftONIZAOA o
COOlGOCORRESPONDIENTE
Ensayos relativos a los riesgos de incendios. Parte 2: Métodos de ensayo. Ensayo UNE 20 672/2-2-83 HD 444.2.2
d. l. llama de aguja.
Ensayos relativos a los riesgos de incendio. Parte 2: Métodos de ensayo. Ensayo UNE 20 612/2-3-86 HD 444.2.3
de mal contacto mediante hilos de caldeo.
Reglas de gegurid~d relativas • la construcción de equipos de soldadura PNE 20 814 HD 362
eléctrica por arco y procesos afines.
Reglas de seguridad correspondientes al equipo eléctrico de las máquinas PNE 20 815 HD 389
de soldadura por resistencia y técnicas conexas.
Reglas de seguridad relativas al equipo electrónico de máquinas para soldadura PNE 20 815 '" HD 389.2
por resistencia y técnicas conexas.
Reqlas de sequridad correspondientes a ,. utilización de los equipos de soldadura PNE 20 816 RO 407
eléctrica por arco y técnicas conexas.
Reglas especificas de seguridad correspondientes • ,. instalación de equipos de PNE: 20 817 RO-427
soldadura eléctrica al areq y técnicas conexas.
Reglas de seguridad para el material de soldadura eléctrica por arco. PNE 20 818 RO 433
Dispositivos de conexión para cables d. soldadura.
Tensiones en yacio de los equipos de soldadura por arco. PNE 20 821 RO 24
Cables aislados con goma de tensiones nominales Uolu inferiores o iguales a JNE 21 027/1-83 RO 22.1 52
450/750 V. Prescripciones generales.
,Cables aislados con goma de tensiones nominales UO/U inferiores o iguales a UNE 21 027/2-83 RD 22.2 52
450/750 V. Métodos de ensayo.
Cables aislados con goma de tensiones nominales Uo/U inferiores o iguales a UNE 21 027/3-83 RD 22.3 52
450/750 v. Cables aislados con silicana resistentes al calor.
Cables aisl~dos con goma de tensiones nominales Uo/U inferiores o iguales a UNE 21 027/4-83 RO 22.4 52450/750 V. Cables. flexibles.
Cables aislados con policlorura de vinilo de tensiones nominales Uolu inferiores UNE 21 031/1-83 RO 21.1 52o iguales a 450/150 v. Prescripciones generales.
Cables aislados con policloruro de vinilo d. tensiones nominales Uo/u inferiores UNE 21 031/2-83 RD 21.2 52
o iguales a 450/750 v. Métodos de ensayo.
-
19138 Miércoles 21 junio 1989 BOE núm. 147
TITULOARttONIZAOA o
COOteoCORRESPONDIENTE
Cables atslados con pol1cloruro de vinilo de tensiones nominales Vo/u inferiores UNE 21 031/3-83 RO 21.) 52
o iguales a 450/750 v. Cables sin cubierta para instalaciones fijas.
Cables atslados con policloruro de vinilo de tensiones nominales uolu inferiores PNE 21 0)1/J ,. RO 21.3 52 A1II.1
o iguales a 450/750 v. Cables sin cubierta para instalaciones fijas.
Cables aislados con policloruro de vinilo de tensiones nominales 00/0 inferiores UNE 21 031/4-83 HD 21.4 52
o iguales a 450/750 v. Cables con cubierta para instalaciones fijas.
Cables alslados con pollcloruro de vinilo de tensiones nominales Uo/u inferiores UNE 21 031/5-83 RD 21.5 52
o iguales a 450/750 v. Cables flexibles.
Cables aislado. con policloruro de vinl10 de tensiones nominales inferiores o PNE 21 031/5 ,. KD 21.5 S2 ..... 1
iguales a 450/750 v. Cables flexibles.
Cortacircuitos fusibles de baja tensión. Condiciones generales. UNE 21 1())/1-80
Cortacircuitos fusibles de baja tensión. Condiciones complementarias para los UNE 21 103/2-80
cortacircuitos destinados a usos industriales. :E 269
Cortacircuitos fusibles de baja tensión. Condiciones complementarias para los UNE 21 103/1-81
cortacircuitos destinados a usos domésticos y análogos.
Cortacircuitos fusibles de baja tensión. Cortacircuitos fusibles para usos UNE 21 103/3-81 1
domésticos y análogos. Caractertsticas dimensionales.
Apara~os de medidas eléctricas indicadores de acción di"recta y sus accesorios. UNE 21 31f1-78 RO 233 S1
Reqlas de seguridad para los aparatos de medidas eléctricas indicadores y regis- UNE 21 349-76 CEI ."tradores y de sus accesorios.
Aparatos de medida eléctricos de acción indirecta. UNE 21 363-78 HD 301 51
Conductores eléctricos aislados y desnudos. Identificación por colores. UNE 21 401-89 RO 324
ANEXO II
lista de Organismos notificados a la Comisión y a los Estados miembrospor el Reino de España
a) Organismos notificados por el Reino de España, para lossiguientes artículos de la Directiva 73/23/CEE.
Articulo 5.
A~ia~ón. Española de Normalización y Certificación (AENOR).ComItes Tecmcos 20/21 de electrotécnica. Calle Fernández de la Hoz,númro 52, E-2801O Madrid.
Artículos 8 y 9.
Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR).Calle F~~ndez de la H~z. número 52) E-2801O Madrid.
ASOCIaCIón ElectrOtécnIca y Electrómca Española (AEE) (1). Avenidade Brasil, número 7, E-28020 Madrid.
Artículo 10.
1. Marcas y certificados de conformidad.
Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR).Calle Fernández de la Hoz, número 52, E-28010 Madrid.
Asociación Electrotécnica y Electrónica Española (AEE) (1). Avenidade Brasil, número 7, E-28020 Madrid.
2. Declaración de conformidad.
Laboratorio Central Oficial de Electrotécnica de la Escuela TécnicaSuperior. de Ingenieros Industriales de Madrid. Calle José GutiérrezAbascal, número 2, E-28006 Madrid.
Laboratorio General de Ensayo y de la Investigación de la Generalidad de Cataluña. Calle Conde de VISel, número 187, E-08036 Barcelona.
Laboratorio de la Asociación de Investigación Industrial EléctPca(ASINEL). Oficinas: Calle Francisco Gervas, número 3, E-28020Madrid.
Laboratorio: Carretera Villaviciosa a Móstoles, kilómetro 1,7,E-Móstoles (Madrid).
Laboratorio del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «EstebanTerradas» (INTA). Carretera de Ajalvir, kilómetro 4, Torrejón de Ardoz,E·28850 Madrid.
«Laboratorio de erc Servicios Electromecánicos, Sociedad Anónima». Oficinas: Calle Pique, número 7, 2.°, izquierda, E-28033 Madrid.
,.;aTta AEE nonnas'es?añolas u(1 ) otras nor~as Inter·
nacionales de se9uri~
dad.
Condúctores y ca~les
flexioles. Paradeter¡ninados tip¡)s 'de
oUNE o (1 )Ka1'ta UiJE cond~:tores y ca~les
flexioles aislajos.la mare. podrá aÚi.bu i ,"se cooj unta.;¡en:ea la marca HAR•
• • COnformidad con las
~- prescripciones de lasf4aTCa UNOR normas UNE (seguridad
uf COI'ID aptitud parala función) •
.
AtNOR
"Conformidad con las
""". AEUOR prescl"ipc:iones de lasde seguTüia:l "or.nas UUE (seguridad
Segl.:ncl. el
:i I..~ "
(1) Los citados Organismos y marcas dejarán de ser n:wnocidos por el Ministerio de Industria y Energiaa panír del 1 de enero de 1993, a los efectOS de la presente Orden, en función de la unificación en cuno de lasOJ¡aniuciones de nonnalízación y certificación.
ANEXO III
Lista de Organismos notifICados a la Comisión por Jos demás Estadosmiembros
(Comunicación de la Comisión publicada en el «Diario Oficial de laComunidad Europea» de 27 de junio de 1988)
Administration de l'Energie. Administratie der Energie Laboratoired'Essais pour la sécurité du matérie1 é1ectrique. Proeflaboratorium voorde veiligheid van e1ektrisch materieet. Rue De Mol 30. De Motstral 30 B-104O Bruxelles. Brusse!.
Comité Electrotechnique Beige. Belgisch EJektrotechnisch Comité.Service de la Marque CEBEC. Dienst van het Merk CEBEC. B-164O
Rhode-Saint-Qenese. Sint-Genesius·Rode.
Artículo 5.Dansk EJektroteknisk Komité. Strandgade 36, sto DK-1401 Koben-
havn K.
Articulos 8 y 9.EJeidricitetsrádet. Gothersgade 160. DK-1123 Kobenhavn K.
Articulo 10.
Danmarks e1ektriske materie1kontrol. Lyskaer 8. DK-2730 Herlev.
República Federal de Alemania·
Reino de Dinamarca
Articulo 5.
Deutsche E1ektrotechnische Kornmission iro DIN und VDE. (DK.E).Stresemannallee 15 D-6oo0 Frankfurt am Main 70 o Burggrafenstrabe4-10 0.1000 Berlín 30.
Articulos 8 y 9.
Verband Deutscher Elektrotechniker (VDE) e. V. VDE-Prüfstelle.Merianstrabe 28 0-6050 Offenbach am Main.
1. LISTA DE ORGANISMOS NOTIFICADOS A LA COMISIÓN y A LOSEsTAOOS MIEMBROS CONfORME AL PROCEDIMIENTO PREVISTO POR EL
ARTicuLO 11
Reino de Bélgica
Artículos 8 Y 9.
Ministere des Affaires Economiques. Ministerie van Economischezaken.
Adrninistration de l'Energie. Administratie der Energie.Laboratoire d'Essais pour la sécurité du matérie1 é1ectrique. Proefla-
boratorium voor de veiligheid van eIelctrisch materieeLRue De Mot 40. De Motstraat 40 B-I040 Bruxelles. Brussel.Comité Electrotechnique BeIge. BeIgisch E1ektrotechnisch Comite.Laboratoire Central d'EIectricité. Centraallaboratorium voor e1ektri-
.Orlanilmell com U'mprttn~1 MI Wmlot do artillO 1:'Inllitvlo EJeClfoltcn;co POrllllvtl (iEP)0'111'1i11ll0 de ((n'l.ca,1o atnid.l.~o~lo IPQRIl. d. M.lcmic:!.ch, 61p••:::: fonoTtlu 2352S INElPO P- Ttt n u~. - 'l.' llo
3. <>raUlí1mo que: c:zpide: p cmifiudo de: cotlfMlllid.ld,au IItsriauU que el f.britltlte utnldi6 un.~I'c:ión de c06forrnidad que puede comprobane .e4iuU'c:oatroln por toDcSco.
ComiUto ElttUot'tCltico luliano - al (Mildo)
b,itU10 Elmrolecnico Nuion.le G.lileo fetr.ril llNGEF (Torlno)htitulo (ltmOleenico Sperímenule Itali.no CiadntoMona - CESI (Milano)hlituto Italiano delMarchio di Qualitá -IMQ (Mil.no)
CiIlAN DUCADO DE LUXEMlUJ.CO
l. O'1ianismo que expide la marea de eonfonnid.d
AniaJo J
lospKtion Iméralc du ·u....ail1. rue 6a Gitondiftl'L.LUJliembolUJ
htituto Itali.no del Marchio di Quaht' - IMQ(MIlano)
1. Or¡an¡.mos que: pue:dm npc:dít el ttnifiudo de('Oorormid.d para JOI produClol controladol r reconocidos comormel COII aormlS aactcoaJel o itllcmaciODa·k.
11'""\10 mid.d con In norm.. J'Ortu·JUeu. iq'Un loco lia«mu .s delISO,
'"Om~"'.p.......,
BOE núm. 147
.....10
Miércoles 21 junio 1989
MI," -aaoddo conlor· TodO'l b product'C& (Canfor·.. ~ atdad con lu DOr1I:l.IiI J spcci
licaaona -.w. k-1illaDa, 2,.) ,.lkIlS0¡
19145
J.EINO UNIDO DE eRAN D.ITJJ':A E DUANDA Da NOJ.TE
BA5EC
amlniJo
BA5EC <lHARt>
bClro-roto-amatillo
~L:::::l
...... AST.
51mbolo lASte
MaralASEC
IASEe
Marca aASEC HAll
JASt.c HJJl
-Conformidad CIDft la. ditposiciona de la, aotma lrimh§Uncia,. en el ámbito CONi·
""'do
Conformidad con 1., dilpt»•.c:~ M _ ..ormal BnmhSundardJ pua los condllClOre~
yableJ
Confonald&d con 1.. dtlJ>OS'.ciona dr la. IIOrm.I BntilhStandatch pan loscondua~1
yahln
Hilo distintivo para conductC>"",yabln
Conformidad con Lu d'IPOlíc:iortn dt lu normu europeal..........""Hilo diKinnyo pan condu¡:w.._, cables
SSI Mara •~ e-Eormidad con la. lliJposi.ciofta.lIit: lal aonau dr tqllri·dad clr Britilf¡ Scandard¡Sr .plica • kM lIqUiPOUKCU¡'ca. ftI el ámbUo COftIidcrado
14135
MINISTERIOPARA LAS ADMINISTRACIONES
PUBLICAS
REAL DECRETO 69411989. de 16 de junio, por el que semodifica la estructura orgdníca del Consejo de AdminiStración del Patrimonio Nacional.
La expenencia adquirida desde la nueva ordenación del Consejo deAdministración del Patrimonio Nacional a raíz de la Ley 23/1982, de 16de junio y su Reglamento aprobado por Real Decreto 496/1987, de 18de marzo, aconseja modificar determinados artículos de éste con la
finalidad de conseguir una mejor distribución de funciones entre losdistintos órganos integrantes de los Servicios Centrales de la Entidad.
En su virtud, a iniciativa del Ministro de Relaciones con las Cortesy de la Secretaria del Gobierno, a propuesta del Ministro para lasAdministraciones Públicas, de acuerdo con el Consejo de Estado yprevía deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16de junio de 1989,
DISPONGO,
Artículo ünico.-se modifican los artículos 81, 83 Y 85 del Reglamento de la Ley del Patrimonio Nacional, aprobado por Real Decreto496/1987, de 18 de marzo, que quedan redactados en los siguientesténninos:
«Art. 81.-1. Las del~iones de los Reales Sitios y los ServiciosCentrales dependen orgánicamente del Gerente, estructurándose estosúltimos en las siguientes unidades, todas ellas con nivel de SubdirecciónGeneral: