CORTE SUPER IOR DE JUSTI CI A DE LIMA DECI MO JUZGADO ESPECIALI ZADO EN L O CONTENCI OSO ADMINISTRATIVO Lima, 27 de marzo de 2015 OFICIO N" 04242.2014. 43-18 01.JR.C A.10 Señor. PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Presente.- Tengo el agra do de dirigirme a usted, en la causa seguida por las empresas CONSTRUCTORA MEGA SUR S.R.L. y MVA CONTRAT ISTAS GENERALES S. A.C . con tr a el ORGANISMO SUPERVI SOR DE LAS CONT RAT ACIONES DEL ESTADO. so br e Me di da Ca ut el ar en el Exp ediente W 04242-2014-43. a fin que se si rv a dar cumpli miento a lo dispuesto mediante Resolución núme ro Tres, de fecha veintisiete de m ar zo de dos mil quince. En consecuencia, deje en suspenso los efectos de de la Resol ució n N' 99 8- 20 14 -T C- S2 de fech a 09 de m ay o de l 20 14 . en el extr em o de los numerales Segundo y T ercero de su pa rte r es olutiva , que de clara infun dado el r ec ur so de r ec on si der ac ión i nt e rpu es to c on tr a la Resoluc ión N° 658- 2014-TC- S2 de fecha 09 de abr il de 2014, mie nt ras dure la tr amitaci ón del pr oceso en el Expediente Principal W 04242-2014.0-1801- JR- CA-lO. Asimismo. se habilita dia y hora a la Especialista Legal a fin que proceda al cumplimiento de la Medida Cautelar, adjuntándose copia certifica da de la Reso lución Número Dos (a f oj asO s ) . Ap ro vec ho la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi consideración y estima personal. Dios guarde a ust J . - . .
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMADÉCIMO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
z
EXPEDIENTEMATERIAESPECIALISTADEMANDADODEMANDANTE
: 04242-2014-43-1801-JR-CA-10: NULIDAD DE RESOLUCiÓN O ACTO ADMINISTRATIVO: LEYVA SAAVEDRA, SHIRLEY PAMELA: OSCE: CONSTRUCTORA MEGA SUR S.R.L.
MVA CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.
RESOLUCiÓN NÚMERO TRES.-Lima, veintisiete de marzo de
Dos mil quince.-
Puestos los aulas en despacho en la fecha; AUTOS Y VISTOS:
• D N O CUENTA: Al escrito de fecha catorce diecinueve de marzo de
do I uince: Téngase por subsanadas las omisiones advertidas en la
~I ió~Número Uno, de fecha cinco ce marzo de dos mil quince: por lo:3'- ~~
.. ~6 procede a la calificación de la solicitud cautelar peticionada; Y
.) :""';:) C \Ij o ~ANDO: PRIMERO: Que, para dictar medida cautelar en el proceso
~ \ e h r e .i 'a s o administrativo, la petición cautelar debe reunir los requisitosg~en el articulo 390 del TUO de la Ley 27854, Ley que Regula el
• o"'"e ~Contencioso Administrativo, siendo de aplicación supletoria las~
d$ic¡5mes contenidas en el Título IV, Sección Quinta del Código Procesal
CI il. SEGUNDO: Que, conforme al Articulo 6120 del Código Procesal Civil:
"Toda medida cautelar importa un prejuzgamiento y es provisoria, instrumental
y variable"; por lo que, según la doctrinal: "i) La medida cautelar importa unprejuzgamiento porque anticipa opinión, pero no obliga a resolver a juez en la
decisión final en atención a la medida dictada con antelación. ii) Otra de las
características de la medida cautelar es ser provisoria, decimos ello porque
tiene una duración limitada con el tiempo a diferencia del proceso y porque esta
relacionada con el fallo definitivo. Lo provisorio de la medida justifica que ésta
desaparezca sea por sentencia o sin ella. iii) El caracter instrumental de la