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® LICENCIATURA EN ADMINISTRACION FUNCION ADMINISTRATIVA MANUAL DE ORGANIZACIÓN MCDONALD´S DR. ALFONSO SALAZAR LOPEZ ALUMNA: ROSA MARIANA LIZETH MEDA ZUÑIGA
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LICENCIATURA EN ADMINISTRACIONFUNCION ADMINISTRATIVAMANUAL DE ORGANIZACINMCDONALDSDR. ALFONSO SALAZAR LOPEZALUMNA: ROSA MARIANA LIZETH MEDA ZUIGA

INDICE

1. Generalidades de la empresa32. Breve historia de la empresa73. Clasificaciones de la empresa94. Justificacin legal115. Filosofa156. Misin167. Propsito178. Objetivos Generales18a) Econmico19b) Socialc) De produccin o servicios9. Metas Generales10. Polticas Generales11. Organigrama General12. Organigramas Departamentales13. Objetivos Departamentales14. Metas Departamentales15. Politicas Departamentales16.

GENERALIDADES DE LA EMPRESALder en el segmento de restaurantes de servicio rpido, McDonald's se caracteriza por la alta calidad y seguridad alimentaria de sus productos y servicios.

McDonald's es la mayor y ms conocida empresa de restaurantes de servicio rpido del mundo. Presente en 120 pases, la red posee ms de 31 mil restaurantes, en donde trabajan 1,6 millones de empleados que alimentan diariamente ms de 50 millones de clientes.

En Mxico, la red es operada desde 2007 por Arcos Dorados, franquicia maestra de la marca McDonald's en toda Amrica Latina. La compaa opera en el pas desde 1985, conquistando nuevos clientes da a daMcDonald's Mxico recibe a ms de 200 millones de consumidores que pasan cada ao por los restaurantes de la red en todo el pas. Gracias a eso, Mxico es uno de los mayores mercados de la corporacin en Latinoamrica.

Actualmente, posee ms de 500 puntos de venta, entre restaurantes, centros de postres y McCaf en ms de 87 ciudades de los 31 Estados de la Repblica y el D.F. La empresa emplea a ms de 11,500 personas. Esto los ha llevado a ser reconocidos en muchas ocasiones y por distintas instituciones como una de las mejores empresas para trabajar en Mxico. Con ms del 90% de nuestros insumos proviniendo de proveedores mexicanos, las hamburguesas, acompaamientos y bebidas que componen la lnea de productos de McDonald's son reconocidos internacionalmente por el caracterstico patrn de calidad de la marca.

FUNCIONARIOS PRINCIPALES

HISTORIA DE LA EMPRESALa historia de McDonald's se inici en 1948, cuando los hermanos Richard y Maurice McDonald abrieron en San Bernardino (California) su primer restaurante. En esencia, se trataba del tpico establecimiento en el que se hacan los pedidos desde el coche -"drive-in"- que ellos mismos haban desarrollado antes con xito, pero algunos detalles lo hacan muy diferente al resto. La principal diferencia era su gran ventanal, que encantaba a los nios y que daba al restaurante un ambiente muy familiar.Este restaurante llamaba la atencin por su forma octogonal y por las ventanas que permitan al pblico observar la cocina y comprobar la calidad de las instalaciones y la elaboracin del producto.En 1955, Ray Kroc, un fabricante y vendedor de mquinas de malteadas, decidi visitar aquel restaurante. Al llegar qued fascinado por la limpieza y la rapidez del servicio. Entonces decidi unirse a esta empresa y les propuso abrir ms lugares como ese. Ray Kroc abri su primer restaurante Mc Donalds en ese mismo ao en el cual se ofreca una variedad dealimentosde altacalidady a unpreciomoderado.Ray utilizo el sistema de CSL Y V (calidad, servicio, limpieza yvalor) que fue todo unxito, gracias a estosprincipiosla cadena de comida rpida se extendi por muchas partes del mundo as es como en 1983 contaba con ms de 6000 restaurantes en losEstados Unidosy en 1995 llego a tener 18000 en 89 pases de los seis continentes, tan solo en ese ao Mc Donalds construyo ms de 2400 restaurantes y para el 2001 ya tena ms de 29000 restaurantes en 121 pases.Su crecimiento y expansin eran slidos: por un lado todos los aspectos relacionados con la calidad, el servicio, la limpieza, la rapidez, la rentabilidad para los franquiciatarios, la creacin de empleos, la solidez financiera y el prestigio internacional estaban consolidados tanto interna como externamente. Por el otro, la empresa se haba convertido en una importantsima generadora de empleos y, por lo mismo, de oportunidades. Asimismo, la incursin en Mxico pareca el paso lgico y natural. Despus de todo, la vecindad con Mxico tena que representar una ventaja.As, se analiz el mercado y la entrada fue un hecho. A raz de meses de planeacin y trabajo arduo se estableci la fecha de entrada, as como el anuncio de la llegada de McDonald's al pas. Un hecho imprevisible, inusitado y trgico modific los planes: el terremoto del 19 de septiembre de 1985. Este terrible suceso afect la vida entera del Distrito Federal en particular y del pas en general. Por ello, el inicio oficial de operaciones fue retrasado. Sin embargo, esta circunstancia le dio una oportunidad a la empresa: participar de lleno en la ayuda de formar parte. Desde entonces y teniendo como fecha oficial de puesta en marcha el 29 de octubre de 1985,El primer McDonald's de Mxico fue inaugurado el 29 de octubre de 1985 en la zona de Pedregal, en la ciudad de Mxico. Actualmente existen ms de 400 restaurantes en Mxico, que generan ms de 11,500 empleos en 86 ciudades de los 32 Estados de la Repblica Mexicana en donde se localizan. Hoy McDonald's Mxico cuenta con ms de 500 puntos de venta que incluyen los diversos segmentos como: McCaf y Centros de Postres. A partir de 2009, los Centros de Postres se expandieron a diferentes estaciones del Metro del Distrito Federal y centros comerciales.

CLASIFICACION DE LA EMPRESA1. Segn el nmero de personas con relacin al objetivo Colectiva: ya que cuenta con una gran cantidad de empleados que tienen como objetivo ofrecer productos de comida rpida con la mejor calidad

2. Segn su fin primordial Lucrativa: se considera de este tipo ya que el fin de la empresa es obtener ganancias y utilidades de los alimentos que se venden

3. Segn su tamao Grande empresa: Segn la NAFIN, es considerada una empresa grande ya que cuenta con aproximadamente 1,6 millones de empleados, el monto de sus ventas por da son de ms de $17 millones de dlares y alimentan diariamente ms de 50 millones de clientes.

4. Segn el sector econmico Sector terciario: Esto es debido a que se apoya en productos primarios y secundarios para ofrecer nicamente servicio de comida rpida

5. Segn el origen del capital Privada: Su capital es integrado por aportaciones de particulares, es decir, aportaciones de personas morales que no son parte del gobierno

6. Segn la nacionalidad del capital Extranjera: El presidente de la marca de McDonalds es de nacionalidad estadounidense aunque esta empresa cuente con distintos dueos de cada una de las franquicias

7. Segn su mbito de operacin Mundial: Es considerada as ya que McDonalds se ubica en ms de 120 pases, a lo largo de los cinco continentes

8. Segn su giro Comercial: La principal funcin de McDonalds es ofrecer servicio de comida rpida a travs de la preparacin de sus productos para obtener un lucro de esta actividad

9. Segn su rgimen legal Persona Moral: Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable (S DE RL DE CV): Su rgimen es de este tipo ya que es una sociedad mercantil con denominacin o razn social de capitales divididos en aportaciones y su capital puede ser modificado con aumentos o disminuciones cumpliendo con las formalidades establecidas por la ley. Franquicia: McDonalds est conformado por varias franquicias las cuales se establecen por contratos en el que se involucra un modo probado de negocio que se renta a socios interesados en invertir.10.

JUSTIFICACION LEGAL(El siguiente documento es un ejemplo de acta constitutiva)---------------------------------------------- E S T A T U T O --------------------------------------------------------------------- DENOMINACION, DURACION, DOMICILIO, OBJETO Y NACIONALIDAD---------------------------------------------ARTICULO PRIMERO.- La sociedad se denominar 1*, denominacin que ira seguida de las palabrasSOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE", o sus abreviaturas" S. DE R.L. DE C.V."-----------------------------------------ARTICULO SEGUNDO.- La duracin de la sociedad ser de /NOVENTA Y NUEVE AOS, contados a partir de la fecha de firma de la escritura constitutiva.---------------------------------------------------------------------------------------------------ARTICULO TERCERO.- El domicilio de la SOCIEDAD ser en /LA CIUDAD DE MEXICO, sin perjuicio de establecer sucursales, agencias, oficinas o representaciones en cualesquiera otro lugar de la Repblica Mexicana o del extranjero.---------------------------ARTICULO CUARTO.- EL OBJETO de la sociedad ser: ------------------------------------------------------------------- a).- /Importar, exportar, adquirir, comprar, vender, arrendar, manufacturar, producir, distribuir y en general, comercializar con toda clase de bienes muebles y servicios, y de cualquier otra forma celebrar todos los actos de comercio o de industria civil o mercantil que no estn expresamente prohibidos por las Leyes.------------------------------------------------------------------------ b).- Arrendar, subarrendar, tomar y dar en comodato, usar, poseer, adquirir, comprar, vender, construir, reparar, enajenar y operar por cualquier ttulo legal toda clase de bienes inmuebles y derechos reales que se consideren indispensables y que las leyes permitan.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------- c).- Representar en calidad de agente, intermediario o mediador, comisionista, factor consignatario, representante legal o mandatario de toda clase de empresas o personas nacionales o extranjeras;------------------------------------------------------- d).- Promover, constituir, establecer, organizar, explotar y administrar todo gnero de sociedades mercantiles o civiles y asociaciones de otra ndole, incluyendo adquirir o suscribir acciones y partes sociales de dichas Sociedades, emitir bonos, obligaciones y en general, ttulos de crdito.-------------------------------------------------------------------------------------------- e).- Contraer o conceder prstamos, otorgando o recibiendo las garantas propias o de terceros, emitir obligaciones con o sin garanta especfica, aceptar, girar, endosar y avalar toda clase de ttulos de crdito y otorgar fianzas o garantas de cualquier clase respecto de las obligaciones contradas o de los ttulos emitidos o aceptados por la sociedad o por terceros.---------------------------- f).- Producir y usar obras susceptibles de proteccin por el derecho de autor, los derechos conexos y derechos de propiedad industrial, as como adquirir o transmitir la titularidad de derechos sobre las mismas y realizar todo acto jurdico al respecto.----- g).- Ejecutar todos los actos y celebrar los convenios o contratos de cualquier naturaleza, que se relacionen con los fines anteriores.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------ARTICULO QUINTO.- La Sociedad es de nacionalidad mexicana: Los socios extranjeros actuales o futuros de esta sociedad, se obligan formalmente con el Gobierno Federal a travs de la Secretara de Relaciones Exteriores en considerarse como nacionales respecto a las partes sociales o derechos de esta sociedad que adquieran o que sean titulares, as como de los bienes, derechos, concesiones, participaciones o intereses de que sea titular esta Sociedad o bien de los derechos y obligaciones que deriven de los contratos en que sea parte la propia Sociedad, con autoridades mexicanas y a no invocar, por lo mismo, la proteccin de sus Gobiernos bajo pena en caso contrario, de perder en beneficio de la Nacin Mexicana las partes sociales o derechos que hubieren adquirido.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- DEL CAPITAL SOCIAL-----------------------------------------------ARTCULO SEXTO.- El capital social es variable. El capital mnimo fijo es la cantidad de / PESOS MONEDA NACIONAL. El capital variable es ilimitado.----------------------------------------------------------------------------------------------------- Las partes sociales en que se divide el capital social podrn ser de valor desigual pero en todo caso sern de UN PESO MONEDA NACIONAL, o de un mltiplo de esa cantidad.-------------------------------------------------------------------------------- ARTCULO SPTIMO.-Todas las partes sociales confieren a sus tenedores, los mismos derechos corporativos, patrimoniales o pecuniarios, incluyendo la participacin en las utilidades y el derecho preferente para suscribir los aumentos de capital dentro de la misma serie en la proporcin que les corresponda, y les imponen las mismas obligaciones, excepto lo dispuesto en los presentes estatutos.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Las partes sociales son indivisibles, sin embargo, cualquier socio tendr derecho de solicitar su divisin, y su cesin parcial dentro de la misma serie, en los trminos previstos en estos estatutos sociales.---------------------------------------------------- Ningn socio podr ser dueo de ms de una parte social. La parte social de cada socio estar integrada por las aportaciones del socio correspondientes a la parte fija del capital social y, en su caso, a las aportaciones correspondientes a la parte variable del capital social.----------------------------------------------------------------------------------------------------------- ARTCULO OCTAVO.-Para la cesin total o parcial de partes sociales, as como para la admisin de nuevos socios, ser necesario el consentimiento de los socios que representen la mayora del capital social.--------------------------------------------- La Sociedad no tendr ms de cincuenta socios, la Asamblea de Socios podr autorizar la divisin de las partes sociales, as como la transmisin parcial de las mismas de conformidad con lo previsto en el prrafo anterior. Cuando en virtud de la transmisin, enajenacin o cesin de las partes sociales aprobada de conformidad con lo dispuesto en estos estatutos, sea necesario dividir dichas partes sociales, esto se podr efectuar siempre y cuando con motivo de la divisin no resulten ms de cincuenta socios. ----------- ARTCULO NOVENO.-La sociedad llevar un libro especial de los socios, en el cual se inscribir el nombre y el domicilio de cada uno, con indicacin de sus aportaciones, y la transmisin de las partes sociales. Esta no surtir efectos respecto de terceros sino despus de la inscripcin.------------------------------------------------------------------------------------------------- Todo aumento o disminucin del capital social deber inscribirse en un libro de registro de variaciones de capital que al efecto llevar la Sociedad.------------------------------------------------------------------------------------------------------ Los asientos que se hagan, tanto en el libro especial de los socios como en el libro de registro de variaciones de capital, debern ser autorizados por el rgano de administracin de la Sociedad. El rgano de administracin no podr negarse a autorizar un asiento solicitado por un socio, salvo que dicha solicitud contravenga los estatutos sociales.--------------------------------------- ARTCULO DCIMO.-Los aumentos del capital social, ya sea que correspondan al capital mnimo fijo o al capital variable, slo podrn ser decretados por acuerdo de la Asamblea de Socios en los trminos del Artculo Dcimo Cuarto de estos estatutos.----- No se autorizar ningn aumento, a menos que el incremento de capital inmediato anterior haya sido totalmente suscrito y pagado.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Los socios tendrn, en proporcin a sus partes sociales, preferencia para suscribir las nuevamente emitidas. Una vez aprobado un aumento, se publicar un aviso a fin de que los socios suscriban el aumento aprobado, en un plazo de quince das naturales, salvo que la asamblea de socios que apruebe el aumento apruebe un plazo mayor. No ser necesaria la publicacin si en la asamblea de socios que apruebe el aumento la totalidad de los socios hubieren ejercido su derecho de preferencia o renunciado al mismo. En caso de que uno o varios socios no hubieren ejercido su derecho de preferencia, la parte social no suscrita se cancelar o podr ser ofrecida a terceros, conforme lo determine la asamblea de socios al momento de aprobar el aumento o en fecha posterior.------------- Al tomar la resolucin correspondiente, la Asamblea de Socios que autorice el aumento determinar los trminos y las condiciones para llevarlo a cabo, sujetndose en todo caso a los estatutos sociales.------------------------------------------------ Las resoluciones relativas al aumento del capital social se protocolizarn ante notario pblico.------------------ La Asamblea de Socios que apruebe un aumento de la parte variable del capital social podr autorizar a uno o varios gerentes o a un delegado especial para que ofrezcan las partes sociales para su suscripcin y pago.---------------------------------------- ARTCULO DCIMO PRIMERO.-Las reducciones del capital social debern ser aprobadas por la Asamblea de Socios en los trminos del Artculo Dcimo Cuarto de estos Estatutos. Toda reduccin se har por mltiplos de UN PESO MONEDA NACIONAL. Las disminuciones del capital social y la amortizacin de partes sociales podrn efectuarse para absorber prdidas, hacer reembolsos a los socios o liberarlos de exhibiciones no realizadas. Las partes sociales podrn ser amortizadas con utilidades de la sociedad.----- Las disminuciones del capital para absorber prdidas se aplicarn en forma proporcional sobre todas las partes sociales, representativas tanto del capital mnimo fijo como de la parte variable. Los socios podrn retirar parcial o totalmente sus aportaciones en la porcin variable del capital, debiendo notificar a la sociedad de manera fehaciente. Dicho retiro no surtir efectos sino hasta el fin del ejercicio anual en curso, si la notificacin se hace antes del ltimo trimestre de dicho ejercicio, y hasta el fin del ejercicio siguiente si se hiciere despus. La reduccin del capital social como consecuencia de que un socio ejercite su derecho de retiro a que se ha hecho referencia, se efectuar reembolsando las partes sociales a su valor nominal.------------------------------------------- Las resoluciones relativas a la reduccin del capital social se protocolizarn ante notario pblico.------------------------------------------------------------- ASAMBLEAS DE SOCIOS --------------------------------------------- ARTCULO DCIMO SEGUNDO.-La asamblea de socios es el rgano supremo de la sociedad y sus resoluciones sern obligatorias para todos los socios, an para los ausentes o disidentes, quienes debern, en todo caso, disfrutar de los derechos que les confiere el artculo ochenta y seis y otros correlativos de la Ley General de Sociedades Mercantiles.-------------------------------- ARTCULO DCIMO TERCERO.-Los asuntos que a continuacin se mencionan sern facultad exclusiva de la asamblea de socios: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- a).- Discutir, aprobar o modificar los estados financieros anuales de la sociedad, y tomar las medidas que juzgue oportunas, en relacin a los mismos; --------------------------------------------------------------------------------------------------- b).- Resolver sobre el reparto de utilidades; ---------------------------------------------------------------------------- c).- Designar y remover al gerente nico o a los miembros del consejo de gerentes; ----------------------------------- g).- Resolver sobre la divisin y amortizacin de las partes sociales; ------------------------------------------------------ h).- Exigir, en su caso, las aportaciones suplementarias y las prestaciones necesarias, conforme a la ley; ------ f).- Interponer acciones legales en contra de los rganos sociales y de los socios, para exigirles el pago de daos y perjuicios, de conformidad con lo dispuesto en los artculos setenta y ocho, setenta y seis y dems relativos de la Ley General de Sociedades Mercantiles; ------------------------------------------------------------------------------------------------------------ g).- Modificar el contrato social; ------------------------------------------------------------------------------------- h).- Aprobar la cesin de partes sociales y la admisin de nuevos socios; ------------------------------------------------ i).- Adoptar resoluciones con respecto a aumentos o reducciones del capital social de la Sociedad; ------------- j).- Decidir sobre la disolucin de la sociedad, y ------------------------------------------------------------------------ k).- Cualquier otro asunto que, de conformidad con la Ley General de Sociedades Mercantiles o a estos estatutos, est reservado para la asamblea de socios.---------------------------------------------------------------------------------------------- ARTCULO DCIMO CUARTO.-Las asambleas de socios y, en general, la adopcin de resoluciones por parte de los socios, debern sujetarse a las siguientes disposiciones: ----------------------------------------------------------------------------- a).- Salvo disposicin en contrario establecida en estos estatutos, las asambleas de socios podrn celebrarse a peticin de (i) cualquier gerente de la Sociedad o (ii) cualquier socio o socios que sean propietarios de partes sociales cuyo valor represente por lo menos el treinta y tres por ciento del capital suscrito y pagado de la sociedad.----------------------------------------------------- b).- Las asambleas de socios debern celebrarse cuando menos una vez al ao, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre de cada ejercicio social, y en lo sucesivo a peticin de cualquiera de las personas y en la manera en que se describe en la seccin a) anterior.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------- c).- Todas las asambleas de socios se celebrarn en el domicilio de la sociedad, salvo caso fortuito o de fuerza mayor.----- d).- Excepto en los casos aqu establecidos, las asambleas de socios sern convocadas mediante aviso por escrito, el cual deber ser enviado a cada persona que la sociedad reconozca como socio en la fecha en que se emita la convocatoria con por lo menos quince das de anticipacin a la fecha de cualquier asamblea, entregado personalmente a la ltima direccin que dicho socio haya registrado por escrito con el secretario de la sociedad. Lo anterior en el entendido, sin embargo, de que los socios que residan en el extranjero podrn registrar una segunda direccin dentro de los Estados Unidos Mexicanos, a donde ser enviada una copia adicional de la convocatoria.----------------------------------------------------------------------------------------------- e).- La convocatoria de la asamblea de socios deber contener al menos lugar, fecha, hora y el orden del da de dicha asamblea, y deber estar firmada por quien elabor dicha convocatoria.------------------------------------------------------------------- f).- Cualquier asamblea de socios podr celebrarse sin necesidad de previa convocatoria, si los socios que representan la totalidad de las partes sociales con derecho a voto se encuentran presentes o representados en el momento de la votacin.----- g).- Todo socio podr ser representado en cualquier asamblea de socios por cualquier persona que designe por escrito como su apoderado mediante carta poder, incluyendo los miembros del consejo de gerentes.--------------------------------------- h).- Salvo en el caso de orden judicial en contrario, para que concurran a cualquier asamblea de socios la sociedad nicamente reconocer como socios a aquellas personas fsicas o morales cuyos nombres se encuentren inscritos en el libro de registro de socios, y dicha inscripcin en el expresado libro ser suficiente para permitir la entrada de dicha persona a la asamblea.----- i).- Las asambleas de socios sern presididas por el Gerente nico o por el Presidente del Consejo de Gerentes, el secretario de la Sociedad y a falta de ste, el Secretario suplente de la sociedad actuar como secretario de la asamblea, y a falta de uno u otro o de ambos, actuarn en su lugar como presidente y secretario, segn sea el caso, quienes sean designados por la asamblea por simple mayora de votos.------------------------------------------------------------------------------------------------------- j).- Antes de instalarse la asamblea, la persona que la presida designar uno o ms escrutadores que hagan el recuento de las personas presentes en la asamblea, las partes sociales que representen, y el nmero de votos que cada uno de ellos tenga derecho a emitir.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- k).- Excepto en los casos en que la Ley General de Sociedades Mercantiles exija unanimidad o un porcentaje superior a la mayora del capital social, para considerar legalmente instalada cualquier asamblea de socios, celebrada en primera convocatoria debern estar presentes o representados los propietarios de partes sociales que representen por lo menos el cincuenta y uno por ciento del capital social de la sociedad. Las asambleas de socios que se renan en segunda convocatoria se considerarn legalmente instaladas cualquier que sea el nmero de socios que asista a la misma.---------------------------------------------------------- l).- Cada socio tendr derecho a emitir un voto en cualquier asamblea de socios, por cada UN PESO MONEDA NACIONAL, que represente su parte social en el total del capital de la sociedad, con excepcin de las partes sociales con derechos especiales y/o limitados que se emitan por resolucin de los socios.-------------------------------------------------------------------------- m).- Una vez comprobada la existencia de qurum para la asamblea, la persona que la presida la declarar legalmente instalada y someter a su consideracin los puntos del orden del da.-------------------------------------------------------------------- n).- Todas las votaciones sern econmicas, a menos que los asistentes que poseen o representen la mayora de los votos acuerden que el voto sea secreto y por escrito.------------------------------------------------------------------------------- o).- Excepto en los casos en que la Ley General de Sociedades Mercantiles exija unanimidad o un porcentaje superior a la mayora del capital social, para la validez de las resoluciones adoptadas en cualquier asamblea de socios, celebrada en primera, se requerir el voto afirmativo de las partes sociales que representen por lo menos el cincuenta y uno por ciento del capital social de la sociedad. En las asambleas de socios reunidas en segunda convocatoria se requerir el voto de los socios que representen la mayora de las partes sociales presentes para que las decisiones sean vlidas.------------------------------------------------------------ p).- El secretario levantar un acta de cada asamblea de socios, que se asentar en el correspondiente libro de actas y que ser firmada, cuando menos, por el presidente y el secretario de la asamblea.------------------------------------------------------ Asimismo, el secretario de la asamblea deber preparar un expediente que contendr, por lo menos: ---------- i).- Una copia de la convocatoria enviada a cada socio; ------------------------------------------------------------------- ii).- Las cartas poder que se hubieren presentado o un extracto de las mismas certificadas por el escrutador o escrutadores;----- iii).- Los informes, dictmenes y dems documentos que se hubieren presentado en la asamblea, y ------------ iv).- Una copia del acta de la asamblea.-------------------------------------------------------------------------------- q).- Si por cualquier motivo no se instala una asamblea convocada legalmente, este hecho y sus causas se harn constar en el libro de actas, y se formar un expediente de acuerdo con el inciso p) que antecede.------------------------------------------------ r).- De conformidad con lo establecido en el artculo ochenta y dos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, los socios podrn adoptar cualquier resolucin fuera de asamblea, siempre y cuando emitan su voto por escrito. Para tales efectos, el secretario de la sociedad enviar el texto de las resoluciones correspondientes a los socios a la ltima direccin que cada socio haya registrado con el secretario de la sociedad. Cada uno de los socios deber confirmar por escrito al secretario de la sociedad su aprobacin de las resoluciones circuladas. Para la validez de las resoluciones adoptadas por escrito por los socios fuera de asamblea se requerir el voto favorable de la totalidad del capital social de la Sociedad con derecho a voto. El secretario recopilar los documentos que acrediten el voto de los socios con derecho a voto y realizar las anotaciones correspondientes en el libro de actas haciendo constar que dichas resoluciones fueron adoptadas de conformidad con estos estatutos.------------------------------------------------------------------------------------------------ ADMINISTRACIN DE LA SOCIEDAD --------------------------------------------- ARTCULO DCIMO QUINTO.-La administracin de la sociedad estar a cargo de un gerente nico o de un consejo de gerentes integrado por dos o ms gerentes y sus respectivos suplentes segn lo determine la asamblea de socios, en el entendido sin embargo, de que el consejo de gerentes no podr exceder de cinco miembros. El gerente nico o los miembros del consejo de gerentes y sus suplentes podrn ser o no socios.------------------------------------------------------------------------------------------ ARTCULO DCIMO SEXTO.-El gerente nico, los miembros del consejo de gerentes y sus suplentes sern designados en todo momento, por la asamblea de socios. La Sociedad podr revocar en cualquier tiempo el nombramiento de sus gerentes.----- En caso de que no se haga designacin de gerentes o habindose designado todos faltaren por muerte, remocin, impedimento permanente o por incapacidad, todos los socios concurrirn en la administracin.------------------------------------------ ARTCULO DCIMO SPTIMO.-El consejo de gerentes podr reunirse en cualquier lugar de los Estados Unidos Mexicanos o del extranjero a donde sea legalmente citado, en la inteligencia de que los gastos de viaje y hospedaje de los miembros propietarios del consejo de gerentes y suplentes que se renan fuera del domicilio social sern por cuenta de la sociedad. El consejo de gerentes podr reunirse cuantas veces lo juzgue necesario o conveniente su presidente, el secretario o una mayora de los miembros propietarios o suplentes en funciones. Las convocatorias para las sesiones del consejo de gerentes debern ser enviadas por escrito a cada uno de los miembros propietarios y suplentes, con por lo menos diez das de anticipacin a la fecha de la sesin, por servicio de mensajera de entrega inmediata con acuse de recibo, a la ltima direccin que dichos destinatarios hayan registrado con el secretario de la sociedad. La convocatoria contendr lugar, fecha, hora y orden del da de la sesin. Cualquier sesin del consejo de gerentes podr celebrarse vlidamente an sin previa convocatoria, cuando estn presentes en ella todas las personas con derecho a recibir la convocatoria de la misma.------------------------------------------------------------------------------------------------ ARTCULO DCIMO OCTAVO.-En cualquier sesin del consejo de gerentes habr qurum y se considerar legalmente instalada solamente si estn presentes la mayora de sus miembros propietarios o sus respectivos suplentes.-------------------- Las resoluciones del consejo de gerentes sern vlidas nicamente cuando sean aprobadas por el voto afirmativo de la mayora de los miembros del consejo o sus suplentes presentes en dicha sesin. El Presidente del Consejo no tendr derecho a emitir un voto de calidad.------------------------------------------------------------------------------------------------------------- No obstante lo anterior, cualquier resolucin del consejo de gerentes, podr adaptarse sin necesidad de celebrar una junta, mediante el consentimiento por escrito de la totalidad de los miembros del consejo de gerentes. El secretario de la sociedad recopilar los documentos respectivos y los adjuntar en el libro de actas de la Sociedad.---------------------------------------------------- ARTCULO DCIMO NOVENO.-El gerente nico o el consejo de gerentes tendr las ms amplias facultades reconocidas por la ley a un mandatario general para celebrar todo tipo de contratos y para realizar toda clase de actos y operaciones que por ley o por disposicin de estos estatutos no estn reservados a una asamblea de socios, as como para administrar y dirigir los negocios de la sociedad, para realizar todos y cada uno de los objetos sociales de la misma y representar a sta ante toda clase de autoridades judiciales, civiles, administrativas, mercantiles, penales o laborales, ya sean federales, estatales o municipales, con el ms amplio poder para pleitos y cobranzas, actos de administracin y actos de dominio, en los trminos de los tres primeros prrafos del artculo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Cdigo Civil para el Distrito Federal y de sus correlativos del Cdigo Civil Federal y de los Cdigos Civiles para los estados de la Repblica Mexicana, gozando an de aquellas que requieren clusula especial y a las cuales se refiere el artculo dos mil quinientos ochenta y siete del Cdigo Civil para el Distrito Federal y los artculos correspondientes del Cdigo Civil Federal y de los Cdigos Civiles para los estados de la Repblica Mexicana y aquellas facultades a que se refieren los artculos dos mil quinientos setenta y cuatro, dos mil quinientos ochenta y dos y dos mil quinientos noventa y tres del Cdigo Civil para el Distrito Federal y los artculos correlativos del Cdigo Civil Federal y de los Cdigos Civiles para los estados de la Repblica Mexicana, y poder para suscribir en cualquier carcter ttulos de crdito, en los trminos del artculo noveno de la Ley General de Ttulos y Operaciones de Crdito. Dichas facultades incluirn en forma enunciativa, pero de ninguna manera limitativa, lo siguiente: ------- a).- Promover quejas y querellas y desistirse de ellas, presentar acusaciones, constituirse en coadyuvante del Ministerio Pblico y otorgar perdones; ----------------------------------------------------------------------------------------------------- b).- Iniciar juicios de amparo y desistirse de ellos; ---------------------------------------------------------------------- c).- Desistirse; ---------------------------------------------------------------------------------------------------- d).- Transigir; ----------------------------------------------------------------------------------------------------- e).- Comprometer en rbitros; --------------------------------------------------------------------------------------- f).- Absolver y articular posiciones; ----------------------------------------------------------------------------------- g).- Hacer cesin de bienes; ----------------------------------------------------------------------------------------- h).- Recusar; ----------------------------------------------------------------------------------------------------- i).- Recibir pagos; ------------------------------------------------------------------------------------------------- j).- Otorgar, sin limitaciones, o con las que el consejo juzguen pertinentes, toda clase de poderes generales o especiales, incluyendo poderes para actos de administracin, pleitos y cobranzas y ttulos y operaciones de crdito, y revocar dichos poderes;----- k).- Delegar cualquiera de sus facultades en la persona o personas, gerentes, funcionarios, apoderados o comits que el consejo de gerentes juzgue conveniente.------------------------------------------------------------------------------------ Ningn miembro del consejo de gerentes podr, individualmente ejercitar los poderes arriba mencionados salvo autorizacin expresa del consejo de gerentes o de la asamblea de socios.-------------------------------------------------------------------- ARTCULO VIGSIMO.-La asamblea de socios o el consejo de gerentes podr elegir uno o ms funcionarios de la sociedad, quienes gozarn de todas las facultades que expresamente se les confieran en su nombramiento. La asamblea de socios, a su entera discrecin, podr remover a cualquier persona designada conforme a esta clusula, y el Consejo de Gerentes podr remover nicamente a las personas que dicho consejo haya nombrado de conformidad con esta clusula.------------------------------------- Los funcionarios estarn en todo momento sujetos al control y direccin de la asamblea de socios y del consejo de gerentes.----- ARTICULO VIGSIMO PRIMERO.-Los administradores y dems funcionarios de la sociedad no estarn obligados a garantizar el fiel cumplimiento de sus obligaciones, a menos que la asamblea de socios los requiera especficamente para ello, en cuyo caso, la asamblea deber especificar los trminos y condiciones de dicha garanta.---------------------------------------------------------------------------------------------VIGILANCIA-------------------------------------------------------------ARTICULO VIGESIMO SEGUNDO.- La vigilancia estar a cargo de un Comit de Vigilancia formado por el nmero de miembros que determine la asamblea de Socios.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- EJERCICIO SOCIAL, PRDIDAS Y GANANCIAS ------------------------------------------- ARTICULO VIGSIMO TERCERO.-Los ejercicios sociales de la Sociedad corrern del primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada ao, excepto el primer ejercicio social que se colmar a partir de la fecha de firma de la escritura constitutiva al treinta y uno de diciembre del mismo ao.----------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO VIGSIMO CUARTO.-En el reparto de las ganancias o prdidas se observarn las siguientes reglas:----- Uno.- La distribucin de las ganancias o prdidas entre los socios se har proporcionalmente a sus aportaciones.----- Dos.- Si hubiere prdida del capital social, ste deber ser reintegrado o reducido antes de hacerse reparticin o asignacin de utilidades.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Tres.- La distribucin de utilidades solo podr hacerse despus de que hayan sido debidamente aprobados por la asamblea de socios los estados financieros que las arrojen.-------------------------------------------------------------------------------- Cuatro.- No podr hacerse distribucin de utilidades mientras no hayan sido restituidas o absorbidas mediante aplicacin de otras partidas del patrimonio, las prdidas sufridas en uno o varios ejercicios anteriores, o haya sido reducido el capital social.----- Cinco.- De las utilidades netas, deber separarse anualmente el cinco por ciento como mnimo, para formar el fondo de reserva hasta que importe la quinta parte del capital social. El fondo de reserva deber ser reconstituido de la misma manera cuando disminuya por cualquier motivo.------------------------------------------------------------------------------------------- Seis.- Las utilidades repartibles sern aplicadas conforme lo disponga la asamblea de socios.------------------------------------------------- DISOLUCIN Y LIQUIDACIN DE LA SOCIEDAD ------------------------------------------ ARTICULO VIGSIMO QUINTO.-La sociedad se disolver en cualquiera de los supuestos establecidos en el artculo doscientos veintinueve de la Ley General de Sociedades Mercantiles.----------------------------------------------------------------------- ARTCULO VIGSIMO SEXTO.-Disuelta la sociedad, se pondr en liquidacin. La liquidacin estar a cargo de uno o ms liquidadores, quienes sern designados y removidos en los trminos de los artculos doscientos treinta y seis y doscientos treinta y ocho de la Ley General de Sociedades Mercantiles.---------------------------------------------------------------------------- La liquidacin se practicar con arreglo a las resoluciones que tomen los socios al acordarse o reconocerse la disolucin de la sociedad. A falta de dichas resoluciones, la liquidacin se practicar de conformidad con las disposiciones del Captulo Dcimo Noveno de la Ley General de Sociedades Mercantiles.--------------------------------------------------------------------------------- ARTCULO VIGSIMO SPTIMO.Todo lo que no est expresamente previsto en este estatuto, se regir por lo que establece la Ley General de Sociedades Mercantiles y la Ley de Inversin Extranjera.------------------------------------------------------

FILOSOFIADebido a que en California se estaba usando el nuevo servicio de drive-in, los hermanos Dick y Mac McDonalds, decidieron poner un restaurante con este peculiar servicio, el cual se fue dando a conocer por su forma octagonal y por tener una vista al publico de la cocina mediante ventanales oblicuos. En este restaurante ofrecian batidos y sandwiches a un precio mas econmico que en otros restaurantes.Mas tarde los hermanos McDonalds definieron un nuevo concepto de servicio de comida, inventando los primeros implementos de la industria de comida rpida y refinando sus procesos de produccin para que sus empleados se convirtieran en especialistas y pudieran obtener mejores ganancias por medio de un servicio mas rpido. Aos despus Ray Kroc logra obtener ser dueo de McDonalds y hacer rpidamente de este restaurante un negocio internacional a travs de franquicias las cuales se basan en cuatro aspectos bsicos: Calidad, Servicio, Limpieza y Valores.

MISIONEn McDonalds nuestra misin es satisfacer a nuestros clientes, ya que debido al trabajo, la escuela u otras ocupaciones las personas no pueden tener la alimentacin que necesitan, en el momento que lo deseen. Es por eso que McDonalds es un servicio de comida rpida, ya que ofrece una gran variedad de productos para cualquier tipo de persona, adems de ofrecer un servicio rpido y de calidad para que el cliente se vaya satisfecho.

PROPOSITO

McDonalds busca expandirse mundialmente logrando cautivar a la gente de cualquier lugar para ofrecerles productos de la mejor calidad por medio de un servicio rpido, eficaz y eficiente. Aunque el enfoque de McDonalds puede variar segn cada pas, nuestros propositos siguen siendo los mismos: ampliar las opciones de men, ofrecer informacin nutricional fcil de comprender y fomentar la actividad fsica para ayudar a cada consumidor a alcanzar sus objetivos de estilo de vida equilibrado.

OBJETIVO GENERALESMcDonald se compromete a proporcionar el alimento de mayor calidad y un servicio superior, a un buen precio, en un ambiente limpio y acogedor.Es por eso que trabajamos con nuestros empleados, franquiciados y proveedores para servir a una gama equilibrada de opciones de alimentos y proporcionar la informacin nutricional necesaria para los clientes a tomar decisiones acertadas.A nivel restaurante, McDonald se centra en la conservacin de energa, los envases sostenibles, y la gestin de residuos.Estamos dedicados a la innovacin y la mejora de nuestras operaciones con el fin de construir un negocio ms sostenible, ecolgico y rentable.Logrando reoptimizar nuestro men, modernizar la experiencia del cliente, y ampliar la accesibilidad a nuestra marca, por lo que los consumidores siempre podrn disfrutar de la mxima experiencia de McDonald.

OBJETIVO ECONOMICOpodrnOBJETIVO SOCIALpodrnOBJETIVO DE PRODUCCION O SERVICIOSpodrnMETAS GENERALES podrn

POLITICAS GENERALES

ORGANIGRAMA GENERAL

ORGANIGRAMAS DEPARTAMENTALES

OBJETIVOS DEPARTAMENTALES

METAS DEPARTAMENTALES

POLITICAS DEPARTAMENTALES

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