ESTRATEGIAS PROCESALES TECNICAS DE LITIGACIÓN ORAL
CONCEPTO
Es el punto de vista , la perspectiva fáctica– legal de cada sujeto procesal, respecto a lo que ha acontecido y a los medios de prueba existentes, es la óptica que sobre el caso ofrecemos al juzgador, y que pretendemos que éste haga suya, a fin de que llegue a nuestras mismas conclusiones. En buena cuenta es nuestra posición respecto a lo que sucedió
La teoría del caso se la va construyendo desde que tenemos conocimiento de la noticia criminal y se va formando a través de las etapas del proceso previas al juicio. Se empieza con hipótesis de trabajo que se van decantando en el transcurso de las 2 primeras etapas, y debe transformarse en teoría antes del juicio
LA TEORIA DEL CASO
ITER DE LA TEORIA DEL CASO
NOTICIA CRIMINAL Hipótesis
INV. PREPARATORIA ConstrucciónINTERMEDIA
JUICIO Formulación
TEORIA DEL CASO
Teoría del caso del Fiscal
Defensa positiva
Teoría del casoDe la defensa
Defensa positiva
(EVIDENCIAS)
Defensa negativa
(SIN EVIDENCIAS)Defensa mixta
LA TEORIA DEL CASO
ELEMENTOS1. Elemento Fáctico: Información de los
hechos referidos a la noticia criminal y selección de los datos relevantes.
2. Elemento Normativo: proceso de subsunción de los hechos acontecidos en la o las normas pertinentes.(tipicidad, antijuricidad, culpabilidad o punibilidad)
3. Elemento Probatorio: que acrediten la relación fáctica – normativa precedente
LA TEORIA DEL CASO
CARACTERÍSTICAS
1. ÚNICA: Excepciones:a). Acusación complementaria. Art.
374.2b) Retiro de acusación. Art. 387.4c) Alegación de pedidos que favorezcan
al procesado. Art. 390.2
LA TEORIA DEL CASO
2. Autosuficiencia: Debe ser una versión completa que explique cada arista de lo sucedido y que tenga correlato con el respectivo medio probatorio. Es decir debe ser convincente, lógico y sustentado. Que por si misma explique todo, no deje cabos sueltos
LA TEORIA DEL CASO
3. Verosimilitud: El contenido debe ser razonable, creíble, sustentado en máximas de experiencia o conocimientos cotidianos, o científicos
PROPOSICIONES FACTICAS
1. Sirven para expresar las posiciones o teorías jurídicas a través de lenguaje coloquial, Reflejar lo abstracto en un relato de hechos.
2. Los medios de prueban recaen respecto a las proposiciones fácticas
3. Respecto al mismo elemento jurídico pueden existir múltiples proposiciones jurídicas.
PROPOSICIONES FACTICAS
1. Calidad: Test de la Superposición. Una PF es mas débil cuando la contra parte está en condiciones de superponer otra PF igualmente razonable y creíble
2. La calidad de las PF se mide en relación a todas las demás PF incluidas las de la contraparte
3. Una PF fuerte no implica un medio de prueba fuerte (test de credibilidad)
CALIDAD DE LAS PROPOSICIONES FÁCTICAS
Test de la credibilidad
Test de la Superposición
PROPOSICIONES FACTICAS
VENTAJAS DE CONTAR CON UNA TEORIA DEL CASO
1. Permite ponderar fortalezas y debilidades de nuestro caso a fin de preparar un alegato de inicio persuasivo y creíble
2. Constituye una guía para poder enfocar los interrogatorios y contrainterrogatorios.
VENTAJAS DE CONTAR CON UNA TEORIA DEL CASO
3. Permite tener presente los elementos centrales al momento de disertar el alegato de clausura, claro adecuándolo a los medios probatorios actuados
LA TEORIA DEL CASO
Versión de los hechos
Teoría jurídica
Proposiciones fácticas
Medios de prueba
clasificación Orden de presentación
Debilidades
LAS PARTES Y LA TEORÍA DEL CASO
Teoría del caso del Fiscal
Defensa positiva
PROPOSICION FACTICA 1PROPOSICION FACTICA 2PROPOSICIÓN FACTICA 3
Teoría del casoDe la defensa
Teoría del casoDe la defensa
Defensa positiva
(EVIDENCIAS)PROPOS. FACT. 1PROPOS,. FACT. 2PROPOS. FACT. 3
Defensa positiva
(EVIDENCIAS)PROPOS. FACT. 1PROPOS,. FACT. 2PROPOS. FACT. 3
Defensa negativa
(SIN EVIDENCIAS)BASTA NEGAR
UNA PF DEL FISCAL
Defensa negativa
(SIN EVIDENCIAS)BASTA NEGAR
UNA PF DEL FISCAL
Defensa mixtaDefensa mixta
PREPARANDO EL JUICIO
PREPARANDOEL JUICIO
ALEGATO DE ENTRADA
DISPONIBILIDADDE TESTIGOS
DISPONIBILIDADDE RECURSOS
PLAN ESCRITO
ESCENA DELOS HECHOS
PREPARANDO EL JUICIO1. Preparar alegato de entrada a partir de la teoría del
caso, buscando convencer al Juez de ella así como de la suficiencia y confiabilidad de la prueba que los sustenta.
2. Plan escrito (Base del cuadro)- Asuntos legales. Proposiciones Fácticas- aspectos a ser probados- listado de medios probatorios- orden de actuación- Debilidades- Frases importantes
PREPARANDO EL JUICIO
3. Verificar disponibilidad de testigos y peritos, y en general de los medios de prueba
4. Verificar disponibilidad de recursos técnicos
5. Visita a la escena de los hechos
PREPARANDO AL TESTIGO
PREPARANDOAL
TESTIGO
DECIR LA VERDAD
Y SER CONVINCENTE
ESTABLECEROBJETIVO
PARTES CUESTIONADAS
PUNTOSA
DECLARARSIMULACIONES FAMILIARIZAR
PREPARANDO AL TESTIGO
- Decir la verdad y que parezca que la está diciendo
- Explicarle cuál es el objetivo de su testimonio
- Hacerle ver las partes de su testimonio que van ha ser materia de cuestionamiento
PREPARANDO AL TESTIGO
- Enfatizar que puntos no puede dejar de mencionar
- Realizar simulaciones de interrogatorios y contra interrogatorios
- Familiarizarlo con el proceso acusatorio
EL ALEGATO DE ENTRADA
Es la exposición inicial de la teoría del caso (Art. 371.2)
A partir de los alegatos de entrada el Juez de Juzgamiento toma conocimiento de la materia controvertida
EL ALEGATO DE ENTRADA
Busca persuadir y convencer al Juez de la teoría del caso
Es un resumen de la teoría del caso. Debe precisar debilidades del
discurso de la contra parte
EL ALEGATO DE ENTRADA
Debe tener un inicio y un final climático. “Frase del caso”
Ser breve y emplear lenguaje comprensible (no técnico – jurídico ni finalista)
Ser claro , orden cronológico o temático
EL ALEGATO DE ENTRADA
Anticipar debilidades, contrarrestar con virtudes o temas emotivos
Ser rítmico, pero observando comportamiento del Juez
Oferta probatoria Dejar conclusiones para el alegato de
cierre
EL ALEGATO DE CIERRE
Es la última oportunidad que se tiene para dirigirse al Juez y por tanto para persuadirlo. Borrador de sentencia
Es un ejercicio argumentativo , que parte por reordenar la prueba actuada de acuerdo a nuestra teoría del caso y que busca trasmitir convincentemente que la misma acredita nuestras proposiciones fácticas
EL ALEGATO DE CIERRE
Un posible orden sería:- Hacer referencia a la imputación- Resumir teoría del caso - Analizar medios probatorios actuados
idóneos que acrediten nuestras proposiciones fácticas y rebatan la posición contraria
- Evaluación normativa- Petición sentido de la sentencia
EVIDENCIAS
INDICIARIAINDICIARIA
DIRECTADIRECTA
PERSUASIVOEMOTIVA
PERSUASIVOEMOTIVA
DECREDIBILIDAD
DECREDIBILIDAD
DEREFUTACIÓN
DEREFUTACIÓN
EXPLICATIVAEXPLICATIVA
AFIRMATIVAAFIRMATIVA
EVIDENCIASEVIDENCIAS
EVIDENCIAS EVIDENCIA AFIRMATIVA permite acreditar una PF EVIDENCIA DE REFUTACIÓN permite destruir PF de la
otra parte. EVIDENCIA EXPLICATIVA permiten dotar de
antecedentes al juez que permitan entender los hechos.
EVIDENCIA DE CREDIBILIDAD. Permite dar sustento a otra evidencia
EVIDENCIA PERSUASIVO – EMOTIVA permite generar sensaciones en el juzgador
EVIDENCIA DIRECTA permite acreditar una PF pro si misma
EVIDENCIA INDICIARIA inferencia con otras evidencias
INTERROGATORIO DIRECTO
FINALIDADES
Probar nuestras alegaciones a
través del testigo
Que su declaración sea creíble para el Juez
FINALIDADES
INTERROGATORIO DIRECTO
CONCEPTO YCARACTERÍSTICAS
No preguntascapciosas, repetitivas,
sugestivas o impertinentes.PREGUNTASABIERTAS
PREGUNTARSOLO LO
PREPARADO
Interrogatorio alTestigo que uno
A propuesto
CONTRA INTERROGATORIO
FINALIDADESFINALIDADES
Tachar la credibilidad del testigo
Tachar la credibilidad del testigo
Lograr que el testigo reconozca aspectos positivos de nuestra
posición
Lograr que el testigo reconozca aspectos positivos de nuestra
posición
Lograr que el testigoreconozca aspectos
negativos de la posición de la
otra parte
Lograr que el testigoreconozca aspectos
negativos de la posición de la
otra parte
CONTRA INTERROGATORIO
CARACTERISTICAS
se hace al testigo propuesto por la
otra parte
No se pueden repetir las
preguntas deldirecto
No PreguntasCuya respuestadesconozcamos
No confrontar Al testigo
Preguntascerradas
OBJECIONES
FUNCIONES
INGRESO DE INFORMACIÓN DE
CALIDAD A TRAVESDEL TESTIGO Y NO DEL
INTERROGADOR
EVITA INTRODUC.DE PRUEBAS
ILEGALES, INCONDUC.
SUPERFLUAS O REPETITIV.
MINIMIZA EFECTODEMOSTRATIVO
DE LASPRUEBAS
OBJECIONES
FUNDAMENTACIÓNFUNDAMENTACIÓN
CONTRA LASRESPUESTAS
CONTRA LASRESPUESTAS
INMEDIATEZINMEDIATEZ
CONTRA LASPREGUNTAS
CONTRA LASPREGUNTAS
OBJECIONESOBJECIONES
OBJECIONES
RESPONDEALGO NO
PREGUNTADO
RESPONDEALGO NO
PREGUNTADO
INFORM.DE
REFERENCIA
INFORM.DE
REFERENCIA
CONTRARESPUESTAS
CONTRARESPUESTAS
OBJECIONESCONTRA
PREGUNTASC
CAPCIOSAS IMPERTINENTES SUGESTIVAS CONCLUSIVASQUE SOLICITAN
OPINIÓN AL TESTIGO
CONFUSAS, AMBIGUAS
VAGASINITELIGIBLES
ESPECULATIVAS
ARGUMENTATIVAS COMPUESTAS
REPETIDAS
TENDENCIOSAS
PROHIBIDAS
VULNERAN EXCEP. DEDECLARAR
DE REFERENCIA
QUE TERGIVERSANLA PRUEBA
PERENTORIAS
AMENAZANTES OFENSIVAS
MEDIOS PROBATORIOS
INDIRECTOS: Indicios, Requieren inferencia
DIRECTOS. AcreditanPor si mismos
MEDIOSPROBATORIOS
MEDIOS PROBATORIOS
PERTINENCIA
VINCULADOCON EL OBJETO
DE CONTROVERSIA
DIRIGIDO ACUESTIONAR LA
CREDIBILIDAD DE LAFUENTE DE PRUEBA
MEDIOS PROBATORIOS
EXCLUSIÓN DELA PERTINENCIA
PRUEBAS PROHIBIDAS
PRUEBAS INSIGNIFICANTES,
DILATORIASO REPETITIVAS
PRUEBA DE CARACTER
- Son las que están referidas al carácter de la persona.
- No son admisibles porque una persona será condenada no por su carácter sino por las pruebas actuadas
- Se admite una excepción y es cuando el procesado es la que las presenta, si ello se admite, se le abre la posibilidad al fiscal para que también actúe dichas pruebas.
PRUEBA DE HABITO
Si son admisibles por su confiabilidad, ya que si bien el carácter varía, el hábito no.
El hábito implica patrones o formas regulares de comportamiento
PRUEBAS DE ACTOS ESPECÍFICOS
No resulta admisible cuando su propósito es probar el carácter del procesado.
Si es admisible cuando su propósito es:
- Acreditar el motivo (celos, venganza, etc)
- Acreditar actos preparatorios.- Para refutar alegación de error.
PRUEBA TESTIMONIAL
Presunción de que toda persona es hábil para prestar testimonio (Art. 162 NCPP)
La alegación de incapacidad debe ser indagada y acreditada: La incapacidad pude presentarse en los siguientes supuestos:
PRUEBA TESTIMONIAL
- Falta de discernimiento para darse cuenta de su obligación de decir la verdad (no basta que sea enajenado mental o menor de edad o que haya estado ebrio o drogado)
- Falta de capacidad para expresarse en el juicio (intérprete)
PRUEBA TESTIMONIAL
Los testigos declaran sobre hechos de los que tengan conocimiento, en general no se les está permitido opinar , salvo que ésta opinión esté vinculada a la percepción o experiencia del testigo (P. Ejm: conducía a alta velocidad, parecía ebrio, etc.)
Las declaraciones de los testigos no requieren ser corroboradas para acreditar un hecho, basta que cause convicción en el Juez.
Las únicas testimoniales que requieren corroboración son las brindadas por los testigos de referencia, por los arrepentidos o colaboradores. (Art. 158.2 NCPP)
PRUEBA PERICIAL
El perito es un testigo excepcional que puede declarar y opinar aún sobre hechos sobre los cuales no tiene conocimiento personal
El informe pericial no puede contener juicios respecto a la responsabilidad o no del procesado en relación con el hecho delictuoso materia del proceso
PRUEBA PERICIAL
El perito si puede reforzar de manera indirecta la credibilidad de otros testigos, al destacar los síntomas o características propias de estos (síndrome del niño abusado, o de la mujer maltratada)
En el contrainterrogatorio la finalidad es desacreditarlo (por su formación, por el contenido de su opinión)
PRUEBA FÍSICA, ILUSTRATIVA Y CIENTÍFICA
Se puede incorporar al proceso todo documento que puede servir como medio de prueba (Art. 184 NCPP)
Todos los objetos incorporados al proceso con anterioridad al juicio deberán ser exhibidos y podrán ser examinados por las partes (Art. 382.2)
Tales objetos serán exhibidos y reconocidos por los testigos
Cadena de custodia. Aplicable a bienes fungibles en general.