Ley de Defensa de la Dolarización El 22 de abril de 2021, la Asamblea Nacional aprobó con 86 votos a favor la “Ley de Defensa de la Dolarización”, de iniciativa del Ejecutivo. Es parte del acuerdo con el Fondo Monetario Internacional que busca reformar el Código Monetario y Financiero 1 . 22 ABRIL Los puntos más importantes de la reforma son: 1) Independencia del Banco Central del Ecuador (BCE) a. Eliminación de créditos al sector público En el Art. 47 y 48 se prohíbe al BCE el financiamiento monetario y las operaciones cuasifiscales. Estas prohibiciones incluyen: El BCE sí podrá realizar operaciones para actividades de comercio exterior del sector público. 2 1 3 La concesión por parte del BCE de cualquier préstamo o anticipo a instituciones del sector público. La emisión de garantías por BCE para transacciones financieras realizadas por el sector público. Que el BCE haga compras de acciones o participaciones en empresas de propiedad privada y pública, así como la compra de valores emitidos por dichas empresas. 4 Cualquier transacción financiera por parte del BCE con cualquier tercero que constituya una condición previa para las operaciones de préstamo realizadas por el sector público. b. Sistema de balance La ley plantea regresar al sistema de cobertura de cuatro balances del BCE, que tuvieron vigencia desde el 2000 al 2014. La meta de este es acumular gradualmente recursos en la Reserva Internacional de Libre Disponibilidad (RILD), para que respalden la totalidad de los pasivos del BCE. Cada sistema es una parte del balance general del BCE y la principal diferencia entre ellos es que, al ir subiendo de sistema, los pasivos son menos líquidos. El activo más líquido que tiene el BCE es la RILD que se compone por los billetes dólares en poder del BCE. Los 4 sistemas del balance general del BCE son: 2 1 3 4 Contiene el respaldo de las monedas acuñadas por el BCE que se encuentren en circulación, el encaje del sector financiero (porcentaje de los depósitos) y los títulos del BCE (bonos) y cualquier otra obligación con el público. Están los recursos de las entidades financieras que incluyen la Corporación Financiera Nacional (CFN), el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS), otras entidades financieras del sector público. Se encuentran los recursos del Sector Público No Financiero. Aquí están las empresas públicas y los Gobiernos Autónomos Descentralizados. Se registran los depósitos de personas jurídicas particulares y las transferencias a través del Sistema de Pagos pendientes de liquidación, así como el endeudamiento externo propio del BCE. Según la ley, los pasivos deben ser cubiertos en el 100%. Los pasivos de un sistema de menor prelación no podrán honrarse con los activos de los precedentes.