República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Defensa Universidad Nacional Experimental Politécnica de las Fuerzas Armadas Núcleo: Caracas Sede: Chuao Carrera: Licenciatura en Administración de Desastres Cátedra: Administración de Finanzas Publicas y Presupuesto Semestre: IV Sección: LAD-01 Piso: 04 Aula: 406 La Tributación como Recurso del Estado Venezolano para su Actividad Financiera Profesor(a): Estudiantes: Arelys Peña Barich Mateo Hernández Bárbara Gutiérrez Fabiola Peralta Gerismar Quintero Keiberth Caracas, Octubre de 2016
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Defensa
Universidad Nacional Experimental Politécnica de las Fuerzas Armadas
Núcleo: Caracas Sede: Chuao
Carrera: Licenciatura en Administración de Desastres
Cátedra: Administración de Finanzas Publicas y Presupuesto
Semestre: IV Sección: LAD-01 Piso: 04 Aula: 406
La Tributación como Recurso del Estado
Venezolano para su Actividad Financiera
Profesor(a): Estudiantes:
Arelys Peña Barich Mateo
Hernández Bárbara
Gutiérrez Fabiola
Peralta Gerismar
Quintero Keiberth
Caracas, Octubre de 2016
M. Barich, B. Hernández, F. Gutiérrez, G. Peralta, K. Quintero.
Para Villegas (2002) «es la facultad que tiene el Estado de crear,
modificar o suprimir unilateralmente tributos. La creación obliga al pago por las
personas sometidas a su competencia»
Lo que Implica, por tanto, la facultad de generar normas mediante las
cuales el Estado puede compeler a las personas para que le entreguen una
porción de sus rentas o patrimonios para atender las necesidades públicas.
¿QUE ES TRIBUTACIÓN?
Consiste en realizar las aportaciones que exige el estado para la
financiación de las necesidades colectivas de orden público.
Torres (2005), «la define como la facultad de derecho que tiene el
sujeto activo de ejecutar los mandatos legales y compeler al contribuyente a
pagar y realizar todos los actos instrumentales tendientes al cobro»
Es decir, el derecho que tiene el estado para ejecutar los mandatos
legales y obligar al contribuyente al pago de los tributos.
M. Barich, B. Hernández, F. Gutiérrez, G. Peralta, K. Quintero.
Estudia las normas jurídicas a través de las cuales el estado ejerce su
poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que
sirvan para sufragar el gasto público en áreas a la consecución del bien común.
M. Barich, B. Hernández, F. Gutiérrez, G. Peralta, K. Quintero.
Principio de
Generalidad del Tributo
Principio de
Progresividad y
Capacidad Contributiva
Principio de Legalidad y
No Confiscatoriedad
M. Barich, B. Hernández, F. Gutiérrez, G. Peralta, K. Quintero.
Código Orgánico Tributario Venezolano.
1. Las disposiciones constitucionales.
2. Los tratados, convenios o acuerdos
internacionales celebrados por la República.
M. Barich, B. Hernández, F. Gutiérrez, G. Peralta, K. Quintero.
3. Las leyes y los actos con fuerza de ley.
4. Los contratos relativos a la estabilidad jurídica de
regímenes de tributos nacionales,
estadales y municipales.
5. Las reglamentaciones y demás disposiciones de
carácter general establecidas por los órganos
administrativos facultados al efecto.
M. Barich, B. Hernández, F. Gutiérrez, G. Peralta, K. Quintero.
SON
Ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias
exigidas por la Administración publica como consecuencia de la
realización de un supuesto de hecho al que la ley vincula la
obligación de contribuir.
TIPOS
Impuestos Tasas Contribuciones
Especiales
M. Barich, B. Hernández, F. Gutiérrez, G. Peralta, K. Quintero.
ES
Un tributo obligatorio regido por derecho público, que
las personas naturales y jurídicas deben pagar al Estado para
contribuir con sus ingresos.
SU
Fundamentos están expresados en:
La Constitución de La Republica Bolivariana de Venezuela.
Código Orgánico Tributario.
M. Barich, B. Hernández, F. Gutiérrez, G. Peralta, K. Quintero.
Se clasifican en:
Nacionales.
• ISLR
• Impuesto sobre sucesiones ,
donaciones y demás ramos
conexos.
• Impuesto a las actividades de
juegos de envite y azar.
• Impuesto sobre alcohol y
especies alcohólicas.
• Impuesto sobre cigarrillos y
manufactura del tabaco.
Estadales.
• La Hacienda Pública Estadal
• Venta de especies fiscales.
M. Barich, B. Hernández, F. Gutiérrez, G. Peralta, K. Quintero.
M. Barich, B. Hernández, F. Gutiérrez, G. Peralta, K. Quintero.
El sistema tributario es la organización
legal, administrativa y técnica que crea
el Estado con el fin de ejercer de forma
eficaz y objetiva el poder tributario.
La Constitución aprobada el año 1999 establece un sistema
tributario basado en principios como el de legalidad, por tal se ha ideado un
sistema tributario que permita disponer de una suma de medios capaces
para lograr la esencia de un Estado sin importar su forma o sistema de
gobierno, pues hasta los mas dictatoriales o autoritarios disponen de
alguno; mas bien, en estos es donde mas se profundiza en su
implementación, ya que puede ser usado como herramienta represiva hacia
aquellos que le adversan.
M. Barich, B. Hernández, F. Gutiérrez, G. Peralta, K. Quintero.
M. Barich, B. Hernández, F. Gutiérrez, G. Peralta, K. Quintero.
• Blogger, Eduardo Lara Salazar, Octubre 2016 [Blog en línea]