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CENTRO SUPERIOR DE ESTUDIOS DE LA DEFENSA NACIONAL ° °U ‘“ CUADERNOS de ESTRATEGIA 1 34 INSTITUTO ESPAÑOL DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS Estudios de investigación realizados por el Seminario de: «Recursos parala Defensa» LAENERGÍA Y EL MEDIO AMBIENTE e MINISTERIO DE DEFENSA
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LA ENERGÍA Y EL MEDIO AMBIENTE - IEEE · ÍNDICE Página PRESENTACIÓN11 Por Eduardo Díaz Ríos Capítulo 1 ENERGÍA Y MEDIOAMBIENTE EN LA CEE15 Por Josó Ignacio Gafo Fernández

Jun 08, 2020

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CENTRO SUPERIOR DE ESTUDIOS DE LA DEFENSA NACIONAL

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CUADERNOSde

ESTRATEGIA

1

34INSTITUTO ESPAÑOL DE ESTUDIOS ESTRATÉGICOS

Estudios de investigación realizados porel Seminario de: «Recursos para la Defensa»

LA ENERGÍAY EL MEDIO AMBIENTE

eMINISTERIO DE DEFENSA

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CENTRO SUPERIOR DE ESTUDIOS DE LA DEFENSA NACIONAL

• CUADERNOSESTRATEGIA

34

INSTITUTO ESPAÑOL DE ESTUDIOS ESTRATGIQOS

Éstudios de investigación realizados porel Seminario de: «Recursos para la Defensa’>

LA ENERGÍAY EL MEDIO AMBIENTE

Septiembre, 1991

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CATALOGACION DEL CENTRO DE DOCUMENTACIONDEL MINISTERIO DE DEFENSA

La ENERGIA y el medio ambiente / Instituto Español de EstudiosEstratégicos, estudios de investigación realizados por el Seminariode «Recursos para la Defensa».. — [Madrid] Ministerio deDefensa, Secretaría General Técnica, 1991. — 178 p. ; 24 cm. —

(Cuadernos de Estrategia 34)Precede al tít.: Centro Superior de Estudios de la DefensaNacional. — Bibliografía.NIPO 076-91-054-3. — DL. M-1508-1992. — ISBN 84-7823-157-91. Instituto Español de Estudios Estratégicos. Seminario de Recursospara la Defensa. II. Centro Superior de Estudios de la DefensaNacional (Madrid). III. España. Ministerio de Defensa. SecretaríaGeneral Técnica, ed. IV. Serie

Edila: MINISTERIO DE DEFENSA

Secretaría General Técnica

NIPO: 076-91-054-3

ISBN: 84-7823-157-9

Depósito Legal: M-1 508-1992

IMPRIME: Imprenta Ministerio de Defensa

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C E S E D E N Instituto Español de EstudiosEstratégicos

SEMINARIO NÚM. 08: <(RECURSOS PARA LA DEFENSA»Grupo de Trabajo «0». «Fuentes de Energía;>

LA ENERGÍA Y EL MEDIO AMBIENTE

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ÍNDICE

Página

PRESENTACIÓN11Por Eduardo Díaz Ríos

Capítulo 1

ENERGÍA Y MEDIOAMBIENTE EN LA CEE15Por Josó Ignacio Gafo Fernández

Introducción1 7Energíay medio ambientç en los Tratados Comunitarios17Filosofía de la Política Medioambiental de la CEE19Principios20Parámetros de actuación20Ámbito de actuación20Procedimientos de decisión20Tipología de actos legislativos de la CEE23Recomendaciones23Decisión23Directiva23Reglamento23Programas comunitarios en materia de medio ambiente23Principios generales24Control de la contaminación24

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Página

Contaminación atmosférica24Contaminación acuática24Productos químicos25Biotecnología25Ruido25Seguridad nuclear26Gestión de los recursos naturales26.Actuaciones internacionales26Sinopsis de la legislación comunitaria en materia de medio ambiente 26Programas de investigación de la CEE en relación con el medio

ambiente27Instrumentos económicos y fiscales para la protección del medio

ambiente28Futuro de la energía y el medio ambiente en la Comunidad31Anexo34

Capítulo II

COMBUSTIBLE NUCLEAR Y MEDIO AMBIENTE75Por José Manuel Jiménez Arana

Introducción77Energía y vida78Medio ambiente y sociedad moderna84Producción de energía eléctrica90Energía nuclear y su ciclo combustible93Protección radiológica102ENUSA y el medio ambiente106Autorizaciones106Minería y práducción de uranio106Fábriáa de combustibles nucleares111Programas de vigilancia111Proyectos medioambientales111Respuesta socioambiental11 7Bibliografía y legislación119

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Página

Capítulo III

RETENCIÓN DE CONTAMINANTES. PREVENCIÓN DE SUPERACIÓN DE Li MITES123

Por Juan Ternboury Vilarejo

Introducción125Características de los carbones en relación con la formación de

efluentes1 26Combustión y productos de combustión de los carbones129Sistemas de combustión129Productos de la combustión del carbón130Efluentes y emisiones en una central térmica de carbón132Límites de émisión y criterios de calidad ambiental138Sistemas para la prevención de superación de límites141Control de la contaminación atmosférica142Tratamiento de los vertidos líquidos y de los efluentes energéticos 171Bibliografía174

COMPOSICIÓN DE SEMINARIO177

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PRESENTACIÓN

Por EDUARDO DÍAZ Ríos

La energía es un bien universal que debe ser utilizada por el hombre para subienestar, pero teniendo en cuenta que debemos conseguir para lasgeneraciones venideras, que nuestro Planeta no sufra una degradación queperjudique el desarrollo futuro, entendido en el sentido más amplio debienestar, disfrute de la Naturaleza, convivencia, etc.

La invención de la máquina de vapor inició una nueva civilización técnica,económica y social. La producción de bienes no siempre se realizó, sindeterioros del medio ambiente que de hecho han causado y siguencausando daños a la Naturaleza en algunos casos irreparables.

El importante desarrollo económico y tecnológico, ha sido acompañado deun desarrollo científico, político y humanístico que ha permitido plantear lanecesidad de convivencia enfre la mejora de la calidad de vida y laconservación de la Naturaleza.

La industria, los sectores de transformación y de consumo generan grandescantidades de residuos que es necesario considerar tanto desde el punto devista de su origen como de su conversión, destrucción o confinamiento.

• La Comunidad Económica Europea (CEE) ya abordó el problema de losresiduos en el Tratado de la Comunidad Europea de la Energíé Atómica(EURATOM) de 1957 que hace referencia a la industria nuclear.

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Las mejoras económicas de la Comunidad, la transparencia política einformática, la toma de conciencia de la población sobre este problema, hallevado al Parlamento Europeo a tomar en consideración la necesidad dereglamentar el problema de los residuos, aprobando leyes y desarrollandoreglamentos y directivas de obligado cumplimiento para los citadosmiembros, con las consecuencias derivadas de ello para la industria engeneral y para la industria de producción de energía eléctrica en particular.

La limitación de emisiones de gases, las condiciones de vertido de aguasresiduales, el tratamiento de los residuos, etc., llevarán a un re planteamientoa corto y medio plazo por parte de los países miembros de la CEE, de losmedios de producción de energía eléctrica y como consecuencia de lautilización de los combustibles.

La Conferencia Mundial de la Energía del año 1989 en Montreal, Canadá,incidió mucho sobre el tema medioambiental y de la densidad de desarrollary utilizar las medidas correctas para mejorar la calidad de vida.

Se planteaba en la Conferencia la necesidad de una mayor capacidad de.información al público, a los estamentos culturales, económicos y políticos,para darles a conocer las posibilidades de las distintas energías, en elabastecimiento de las necesidades de la población.

En los tres trabajos que se incluyen, hacen referencia. a este problema cadauno en un tema diferente.

Energía y medio ambiente en la CEE, de José Ignacio Gafo Fernández,recoge las ideas básicas de la CEE, para «conservar, proteger y mejorar lacalidad del medio ambiente», «contribuir a la protección de la salud de laspersonas», «garantizar una utilización prudente. y racional de los recursosnaturales».

Los Organismos de la CEE están desarrollando una normativa amplia quesirve de base a una intención que hace posible el desarrollo comunitariodentro de unas estrictas condiciones de protección al medio ambiente.

Combustible nuclear y medio ambiente de José Manuel Jiménez Arana,hace referencia a la industria de la primera parte del ciclo de combustiblenuclear, desde la extracción del mineral de uranio a la fabricación de loselementos, puntualizando los temas relacionados con la protección radiológicay el medio ambiente.

Retención de contaminantes. Prevención de superación de límites, de JuanTemboury Villarejo, contempla la problemática dé la utilización del carbón en

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la producción de energía eléctrica, con una amplia descripción de lastecnologías más avanzadas y una consideráción sobre los diferentes tiposde residuos producidos, los límites permitidos y los medios puestos enpráctica para conseguir una eficaz utilización del carbón dentro de lanormativa medioambienta!.

EL PRESIDENTE DEL GRUPO DE TRABAJO

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CAPÍrULO PRIMERO

ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE EN LA CEE

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ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE EN LA CEE

Por JosE IGNACIO GAFO FERNÁNDEZ

Introducción

No obstante el título, Energía y medio ambiente en la CEE, la mayor parte dela exposición versará sobre el desarrollo de la Política Medioambiental de laCEE y sólo al final se analizarán las implicaciones para el futuro del sectorenergético.

Energía y medio ambiente en los Tratados Comunitarios

La columna vertebral de las Comunidades Europeas la constituyen los tresTratados Fundacionales, concretamente el Tratado Comunidad Europea delCarbón y del Acero (CECA), firmado en París en 1951, y los TratadosComunidad Económica Europea (CEE) y Comunidad Europea de la EnergíaAtómica (EURATOM), firmados estos dos últimos en Roma en 1957.

En cuanto a la energía, a pesar de que dos de los tres Tratados (CECA yEURATOM) se referían a dos fuentes energéticas —carbón y energíanuclear—, faltaba una referencia al balance energético global de las propiasmisiones de la Política Energética comunitaria o el propio juego entre ladimensión comunitaria y los planes energéticos de los diversos Estadosmiembros. Esta falta de concreción legal ha dificultado enormemente eldesarrollo de esta Política a nivel comunitario.

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Si bien en los dos primeros Tratados los temas medioambientales estabanausentes en los mismos, no así en el Tratado EURATOM, donde en elcapítulo III —Protección Sanitaria— y capítulo VII —Control de Seguridad—se abordan, aunque bien es cierto de forma parcial, algunos aspectosrelacionados con los temas medioambientales.

Sin embargo, a partir de esta fecha los temas medioambientales vanadquiriendo un enorme dinamismo, y las Comunidades Europeas, comoprotagonistas de la voluntad y la sensibilidad social, van desarrollando deforma progresiva el esqueleto de lo que va a constituir una verdadera políticamedioambiental comunitaria.Este esqueleto, basado en elementos jurídicos prestados, adquiere lo quepodríamos denominar el respaldo constitucional cuando el 28 de febrero delaño 1986 se firma en Luxemburgo la más profunda revisión de los TratadosFundacionales, en lo que se ha llamado el Acta Única Europea.En dicha Acta Única Europea se establece añadir al Tratado CEE un nuevotítulo VII que textualmente establece:«TÍTULO Vll.—-MEDIO AMBIENTE:Artículo 130 R.1. La acción de la Comunidad, por lo que respecta al medio ambiente,

tendrá por objeto:— Conservar, proteger y mejorar la calidad del medio ambiente.— Contribuir a la protección de la salud de las personas.— Garantizar una utilización prudente y racional de los recursos

naturales.2. La acción de la Comunidad, en lo que respecta al medio ambiente, se

basará en los principios de acción preventiva, de corrección, preferentemente en la fuente misma, de los ataques al medio ambiente y dequien contamina paga. Las exigencias de la protección del medioambiente serán un componente de las demás políticas de la Comunidad.

3. En la elaboración de su acción en relación con el medio ambiente, laComunidad tendrá en cuenta:— Los datos científicos y técnicos disponibles.— Las condiciones del medio ambiente en las diversas regiones de la

Comunidad.— Las ventajas y las cargas que puedan resultar de la acción o de la

falta de acción.— El desarrollo económico y social de la Comunidad en su conjunto y

el desarrollo equilibrado de sus regiones.

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4. La Comunidad actuará, en los asuntos de medio ambiente, en la medidaen que los objetivos contemplados en el apartado 1 puedan conseguirseen mejores condiciones en el plano comunitario que en el de los Estadosmiembros considerados aisladamente. Sin perjucio de determinadasmedidas de carácter comunitario, los Estados miembros asumirán lafinanciación y la ejecución de las demás medidas.

5. En el marco de sus respectivas competencias, la Comunidad y losEstados miembros cooperarán con los terceros países y las organizaciones internacionales competentes. Las modalidades de la cooperaciónde la Comunidad podrán ser objeto de acuerdos entre ésta y las terceraspartes interesadas, que serán negociados y concluidos con arreglo alartículo 228.El párrafo precedente se entenderá sin perjucio de la competencia delos Estados miembros para negociar en las instituciones internacionalesy para concluir acuerdos internacionales.

Artículo 1 30 S.El Consejo, por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa consulta alParlamento Europeo y al Comité Económico y Social, decidirá la acción quela Comunidad deba emprender. El Consejo determinar& en las condicionesprevistas en el párrafo precedente, las cuestiones que deben regirse pordecisiones que habrá que tomar por mayoría cualificada.

Artículo 1 30 T.Las medidas de protección adoptadas conjuntamente en virtud del artículo130 5 no serán obstáculo para el mantenimiento y adopción, por parte decada Estado miembro, de medidas de mayor protección compatibles con elpresente Tratado».

Es decir, que la Política Medioambiental Comunitaria recibe el espaldarazojurídico para convertirse en uno de los elementos claves de la construccióncomunitaria. Ello no es así para el caso de la Política Energética Comunitariaque continúa al margen de dicho soporte jurídico y se ve por tantosubordinada al avance en otras políticás, con la propia de medio ambienteo la construcción dél Gran Mercado Interior en la CEE.

Filosofía de la Política Medioambiental de la CEE

De la lectura del apartado anterior se infiere la filosofía de esta Política queconsta de los siguientes elementos:

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Principios

— Acción preventiva.— Corrección en la fuente.— Quien contaminé paga.

Parámetros de actuación

— Posibilismo: datos científicos y técnicos disponibles.— Acción descentralizada: condiciones del medio ambiente en las diversas

regiones de la Comunidad.— Prudencia: ventajas e inconvenientes que pudieran derivarse de la

acción o gastos de acción.— Cohesión: desarrollo económico y social de la CEE en su conjunto y

desarrollo equilibrado de sus regiones.

Ámbito de actuación

La Comunidad actuará cuando la polución o distorsión ambiental desbordeel territorio de un Estado miembro o cuando la actuación comunitaria seamás eficaz que las acciones individuales de los Estados. No obstante, enestos casos la mayor parte del impacto económico y ejecutivo de estasmedidas adoptadas a nivel comunitario deberán ser sufragadas por losEstados miembros.

Asimismo, la Comunidad puede establecer acuerdos de cooperación conterceros países o diversas Organizaciones para buscar soluciones aaquellos problemas que desbordan el marco comunitario.

Procedimientos de decisión

Un elemento fundamental, aunque controvertido, de esta Política es elrelativo al procedimiento de decisión por parte de los Estados miembros.

Como es bien sabido, la Comisión Europea, como órgano ejecutivo de lasComunidades Europeas, es la única encargada de proponer la adopción demedidas de orden normativo (véase capítulo 4). Esta propuesta recibe dosdictámenes. Uno meramente indicativo del Comité Económico y Social yotro de carácter parcialmente vinculante, por parte del Parlamento Europeo.En efecto, éste emite un dictamen que inaugura un complejo procedimientode cooperación entre la Comisión, el Consejp y el Parlamento Europeo,establecido en el Acta Única Europea (figura 1 y figura 2, p.22).

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00

13 jueces 6 abogados generales

Comité Económico y Social

Tribunal de justicia

Consejo de Ministros

Comité Consullivo

Tribunal de cuentas

(

Figura 1.—Las instituciones de la Comunidad Europea.

Comisión Europea

Parlamento Europeo

Para os asuntos delcarbón y del acero

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Una vez establecida la posición común corresponde al Consejo de MedioAmbiente formado por los ministros en la materia de cada uno de losEstados miembros adoptar o rechazar dicha posición común. Pues bien,según el nuevo artículo 1 30 S, del Acta Única Europea, elConsejo deberáaprobar por unanimidad de todos sus miembros —los Gobiernos nacionales—cualquier propuesta salvo aquellos qué el mismo Consejo decida porunanimidad que deberán ser aprobados por mayoría cualificada.

Ello se complica, porq’ue el artículo 130 T, establece que los Estadosmiembros podrán fijar normas de protección del medio ambiente másseveras que las establecidas para la Comunidad en su conjunto.

Cualquier medida de protección medioambiental tiene una doble vertiente.Por una parte tiene la finalidad real de proteger al medio ambiente, pero porotra tiene una componente de distorsión de la concurrencia, en el sentido deque cualquier medida de este tipo in.duce a unos costes en las empresasque caso de no ser compartidos por todos los Estados miembros ocasionauna pérdida de competitividad de aquellos en que la protección sea máselevada.

Ello enlaza con las previsiones del artículo 100 A del Acta Única Europea.que establece únicamente la mayoría cualificada para la adopción demedidas tendentes a armonizar las condiciones’ del Mercado Interior delaCEE.

Por tantó, la estrategia de los países más adelantados de a CEE en materiamedíoambiental es evidente. Primero establecen unas medidas de protecciónmedioambiental más elevadas que el conjunto comunitario, conforme a susituación específica o sus necesidades y, posteriormente, a través del

Figura 2.—Como se tom una decisión en la Comunidad Europea.

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recurso del artículo 1 00 A, tratan de imponer dicha medida en su conjuntoobviando el derecho al veto nacional que implica la unanimidad.

Esta larga y compleja disquisiclón acerca del proceso de decisión sirve paracentrar la siguiente conclusión: el avance de la política medioambientalcomunitaria es inexorable y especialménte la velocidad de adopción de lamisma va a ser posiblemente superior a la que convendría a un país comoEspaña, con una menor densidad de polución (menos población y menorconcentración industrial) y un menor grado de desarrollo económico.

Tipología de actos legislativos de la CEE

Recomendaciones

Sus características son:— Alcance general.— No vinculantes.

Decisión

— Alcance particular (se destina a un Estado,’empresa o colectivo deEstados o empresas).Cumplimiento obligatorio.

Directiva

— Alcance general.— Obliga a todo Estado miembro en cuanto al resultado a alcanzar, dejando

en libertad de fijación de forma y medios de alcanzar dicho fin. Debe sertranspuesta dentro de un plazo determinado a la legislación nacioral.

Reglamento

— Alcance general.Obligatorio en todos sus elementos.

— Directamente aplicable sin necesidad de transposición a la legislaciónnacional.

Programas comunitarios en materia de medio ambiente

La acción comunitaria en materia de medio ambiente se articula a través deProgramas de actuación de los cuales el primero se iniciaen 1973. En la

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actualidad está vigente el 1V Programa para los años 1987-1992. Loselementos fundamentales de dicho programa son:

Principios generales

— Las propuestas de la Comisión en materia de medio ambiente sebasarán en un nivel elevado de protección.

— La cohesión en el desarrollo de esta política implica una colaboraciónestrecha entre las Políticas comunitarias las de medio ambiente y lasregionales.

— Hay que reforzar la vigilancia de la Comisión acerca de la efectivaaplicación de la legislación comunitaria en el plano nacional.

— La Política de medio ambiente tendrá en general efectos positivos sobrela creación de empleo.

— Hay que mejorar el acceso del público a la información de caráctermedioambiental.

Control de la contaminación

— Control sectorial: evitar que un enfoque demasiado sectorial (ejemplo:aire) implique indirectamente un aumento de la contaminación de otrossectores (ejemplo: aguas).

— Control basado en las substancias: es necesario realizar un enfoqueintegrado de lós productos químicos y las substancias, tendente a laevaluaóión integrada del riesgo y a la elección más eficaz. Ello llevará ala definición de una lista de substancias prioritarias a estos efectos.

Contaminación atmosférica

Desarrollo de una estrategia global a largo plazo para reducir la contaminaciónatmosférica dentro de la CEE y también fuera de sus fronteras.

Como elementos prioritarios de esta Política estarán la directiva sobrelimitación de emisiones de S02 y NOx de las grandes instalaciones de.combustión así como la eliminación de las substancias perjudiciales para lacapa de ozono. Asimismo, deberá desarrollarse un inventario sobre lástecnologías disponibles y más perfeccionadas para el control de estacontaminación dentro de los límites económicos admib!es. .

Contaminación acuática

En este ámbito las áreas de actuación son tres:— Reducir la contaminación terrestre.— Reducir la contaminación marina, ya sea de tipo costero o de alta mar.

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— Mejorar la calidad de las aguas superficiales con potencial destino alconsumo humano.

En el primer área, las actuaciones prioritarias serán las de eliminar el vertidode las substancias peligrosas y limitar el uso de fertilizantes y pesticidas.

En cuanto al área marina, junto a la eliminación o depuración de vertidoscosteros está la puesta en aplicación de Convenios internacionales como elde Barcelona (protección del Mediterráneo) Bonn (mar del Norte) oMARPOL (vertidos de hidrocarburos).

Productos químicos

Las áreas prioritarias serán las de un nuevo sistema de notificación deproductos químicos que haga una evaluación sistemática del riesgo de losnuevos productos y una directiva relativa al etiquetado de productos nuevosy existentes. (.

Este área, que enlaza cón el contrc! de la contaminación por substancias,podrá llevar a la actuación de la prohibición de empleo de determinadassubstancias (como los PBC y amianto) o el control de la exportación deresiduos peligrosos hacia terceros países.

Asimismo, dentro del ámbito de seguridad, la experiencia de la aplicación decontrol de riesgos basados en la llamada «Directiva Seveso» podráextenderse a la energía nuclear.

Biotecnología

Si bien a biotecnología puede ser un instrumento importante en laprotección y mejora del medio ambiente, no es menos cierta la crecienteinquietud política en temas como los de ingeniería genética y lo riesgosderivados de ella.

Por ello se establecerán medidas previas del riesgo derivado de talesactuaciones, medidas preventivas que deberán establecerse a nivelcomunitario.

Ruido

Los avances en este campo deberán venir en una definición más precisa delos objetivos de calidad en este área. Atención especial se prestará a lostemas de ruido industrial, de vehículos automóviles y de aviones durante lasoperaciones de despegue y aterrizaje.

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Seguridad nuclear

Las actuaciones prioritarias en este campo serán las de unificación decriterios de seguridad, el transporte de materiales peligrosos y la gestión delos derechos radioactivos.

Gestión de los recursos naturales

Es necesario disponer de un instrumento comunitario para la protección nosólo de las aves y sus medios, sino en general, de todas las especies defauna y flora, así como de los distintos medios de la vida salvaje. Este marcoglobal garantizaría en el conjunto de la Comunidad la adopción de medidaspositivas para proteger todas las formas de vida silvestre y sus medios.Asimismo, dentro de este conjunto habrá que iniciar acciones relativas a laprotección del sueldo, la gestión de sus derechos a través de su recicladoy reutilización y por último actuáciones en áreas especiales (urbanas,costeras y montañosas).

Actuaciones internacionales

La solución satisfactoria de estos problemas a nivel comunitario es cada vezmás importante al aumentar el alcance, el ámbito y la importancia de laspropias Políticas comunitarias de actuación a nivel internacional. Pero estamayor importancia de la actuación a nivel internacional tiene otra implantación.Es evidente que tanto la Comunidad como sus Estados miembros debenintensificar su participación efectiva —y también, en su caso, su contribuciónfinanciera— en el trabajo de las organizaciones internacionales y laaplicación eficaz de los convenios y protocolos internacionales para laprotección del medio ambiente.

Asimismo la dimensión mundial del tema medioambiental exige unacreciente cooperación con el Tercer Mundo. Esta cooperación debearticularse a través de la Convención de Lomé y los diversos Acuerdos deCooperación firmados entre la Comunidad y esos países.

Sinopsis de la legislación comunitaria en materia de medio ambiente

Escapa del ámbito de este trabajo hacer una sinopsis aunque fueraresumida de la legislación comunitaria en la materia. Al primero de enero de1990, la lista ascendió a más de 200 actos de este tipo, tal y como se recogeen el cuadro 1.

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Cuadro 1.—Marco legislativo en materia de medio ambiente.

TemaResolu-clones

.Decisiones.Directivas Regla-men tos

Acuerdosinternacio

nales

Aspectos generales 110 4 1 2 2Seguridad nuclear

y desechos radioactivos 6 7 3 — 1Protección y gestión aguas 3 3 11 — 14Contaminación atmosférica 3 2 11 1 6Ruido — — 12 — —

Sustancias químicas 3 5 8 1 —

Industria 1 — 1 — —

Conservación fauna y flora 3 — 3 10 10Gestión de desechos 1 1 8 — 1Protección consumidor 4 2 1 — —

Protección salud y seguridad 120 6 11 4 —

.Protección intereseseconómicos 4 — 15 1 —

Protección animales

TOTAL

2 3 — 3 —

260 33 85 22 34

•Por ello, en el anexo pp. 34-73 se recoge la enumeración de la legislacióncomunitaria en vigor en los momentos actuales. Del análisis de la mismapuede observarse que gran parte de las provisiones hechas en el IVPrograma de Medio Ambiente 1987-1992 han sido ya llevadas a la práctica.

Programas de investigación de la CEE en relación con el medio ambiente

Son numerosas las actuaciones comunitarias en relación con el medioambiente, de las actualmente en vigor merecen destacarse las siguientes:a) Programa STEP

Tema: Tecnología medio ambiente. Dotación: 75 millones ecus. Duración:1989-1992.

b) Pwgrama EPOCHTema: Clima y medio ambiente. Dotación: 40 millones ecus. Duración:1989-1992.

c) Programa BRITE EURAMTema: Nuevos materiales y procesos. Dotación: 440 millones ecus.Duración: 1988-1992.

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d) Programa BAPTema: Biotecnología e industria. Dotación: 75 millones ecus. Duración:1988-1993.

e) Programa JOULETema: Utilización racional y energías renovables, (investigación básica).Dotación: 122 millones ecus. Duración: 1989-1991.

f) Programa MEDSPATema: Protección Mediterráneo. Duración: 1989-1993.

g) Programa Materias PrimasTema: Materias primas y recicladas. Dotación: 45 millones ecus.Duración: 1990-1993.

h) Programa THERMIETema: Investigación aplicada en utilización racional y energías renovables.Dotación: 700 millones ecus. Duración: 1990-1994.

A ello habría que afadir el amplio capítulo específico de Programas entemas de energía nuclear como son os de seguridad de reactores yradioprotección.

Instrumentos económicos y fiscales para la proteccióndel medio ambiente

Como complemento de las actuaciones normativas que hemos venidoanalizando anteriormente, la Comisión de la CE está estudiando laimplantación de estos instrumentos, que actuarán de manera complementariaa la reguláción directa. Así la regulación normativa se entenderá como elnivel mínimo de protección o la prohibición de una actuación determinada,mientras que estos nuevos instrumentos se entenderán como vías depenalización —o incentivación— para intensificar el camino de la protecciónmedioambiental.La lista de instrumentos económicos y fiscales es muy extensa y va desdelos cánones por emisiones atmosféricas o vertidos, a permisos comercialesde emisión, bonificaciones fiscales o elementos tan puntuales comodepósitos previos para envases de vidrio o cargas por la venta de las bolsasde plástico no biodegradables.

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Sin duda, el más trascendente de todos estos instrumentos va a ser laposible «Tasa sobre las emisiones de 002» (conocida como «Carbón Tax»)que será analizada en el punto siguiente.

El espaldarazo definitivo a estos instrumentos para su definición a nivelcomunitario, va a venir definido el próximo día 21 de diciembre, cuando muyposiblemente el Consejo de Ministros del Medio Ambiente. dé la CEEapruebe el documento marco que regula la filosofía de su implantación. Ellopuede provocar una aceleración de la construcción de la Política Com unitariadel Medio Ambiente.

Petróleo62%

Renovables1%

Gas natural12%

Compuestos sólidos23%

1973 CEE-lo

‘‘, ,.,‘,/Gas naturalCompuestos sólidos.J_j,_ 18 %

21 <1<Nuclear15%

Renovables1%

Gas natural17%

NjjJ/Compuestos sólidos Nuclear

22% 4%

1979 CEE-lO

Renovablesj 1%‘I Gas natural

Compuestos. •... :-.. . / 18%sólidos KJT1 __/

Nuclear15%

1982 CEE-lO

Figura 3.—Evolución fuentes de energía primaria.

1989 CEE-12

29

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— 30 —

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Futuro de la energía y el medio ambiente en la Comunidad

Si bien es cierto que desde el año 1 973, la situación energética en laComunidad en materia de reducción de la dependencia exterior ydiversificación del balance energético ha mejorado sustancialmente (figura3, p. 29 y figura 4), no es menos cierto que aún subsisten dos problemasimportantes.

30

10

— Nuclear

Figura 5.—Carbón vs nuclear.

Carbón

% Participaoón

60

50

40

20

oCEE

Paises

31 —

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El primero es la ralentización del esfuerzo desde 1 985, como consecuenciade los bajos precios del petróleo y de la energía en general.

El segundo es la diferente situación por. países (figura 5 p. 31 y figura 6). Enellas puede apreciarse que las estructuras energéticas entre los diversosEstados miembros varían enormemente como se comprueba agregandoentre sí las energías complementarias (carbón y nuclear, petróleo y gasnatural).

% Participación

CEE AL BE DK ES FR GR IR IT HO LU PO RU

Países

Gas natural Petróleo

Figura 6—Gas natural vs. pet.ó/eo.

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En este punto interviene la recientísima (29 octubre, 1 990) Resoluciónconjunta de los Miembros de Energía y Medio Ambiente de la CEE,declarando la congelación de las emisiones de C02 en el año 2000 (yposterior reducción en el año 2010) a los niveles alcanzados en 1990.Aunque todavía no se conocen detalles de como va a distribuirse esteesfuerzo (los países menos desarrollados, entre ellos España, podríanaumentar todavía sus emisiones), el compromiso político es de prirnerísimamagnitud.

Como instrumento para alcanzar este objetivo se ha comenzado a hablarcon fuerza de la introducción de la llamada «Carbón Tax» que gravaría lasemisiones de C02 de las energías fósiles (carbón, petróleo y gas natural) enfunción de su contenido específico de carbono.

Pera este no es el único —aunque vaya a ser quizás el más importante—condicionante de la Política Energética. Junto al importantísimo coste quesupondrá la implantación de la Directiva sobre reducción de emisiones deC02 y NOx en las grandes instalaciones de combustión (con coste estimadopara España de 30 a 40.000 millones de pesetas/año), las implicacionesvan a ser enormes. Así por sectores:Carbón: vertidos acuáticos y mayor seguridad en el trabajo.Petróleo: reducción drástica del azufre y plomo en combustibles y

carburantes. Recuperación de vapores de hidrocarburos. Transporte depetróleo.

Gas natural y electricidad: impacto ambiental de las actividades deregasificación, transformación y transporte.

Energía nuclear: inténsificación —si aún cabe— de la seguridad en losreactores. Almacenamiento y transporte de residuos radiactivos.

Como resumen cabe por tanto afirmar que los «condicionantes medioambientales van aser el elemento directo de la nueva estrategia energética quese desarrolle durante los próximo 20 años».

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Anexo

PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, DEL CONSUMIDORY DE LA SALUD

15.10 Protección del medio ambiente

15.10.10 GENERALIDADES Y PROGRAMAS

375 R 1365Reglamento (CEE) núm. 1365/75 del Consejo, de 26 de mayo de 1975,relativo a la creación de una Fundación Europea para la mejora de lascondiciones de vida y trabajo.DO L 139 30.05.75 p.l. (EE 15 VI p81.)M por 179H.M por 1851.

375 X 006575/65/CEE: Recomendación de la Comisión, de 20 de diciembre de 1974,a los Estados miembros relativa a la protección del patrimonio arquitectónicoy natural.DO L 021 28.01 .75 p.22. (EE 15 VI p.6l.)

375X 043675/436/Euratom, CECA, CEE: Recomendación del Consejo, de 3 de marzode 1974, relativa a la imputación de costes y a la intervención de los poderespúblicos en materia de medid ambiente.DO L 194 25.07.75 p.1. (EE 15 VI p.94.)

375Y 0725(02)Resolución del Consejo, de 3 de marzo de 1975, sobre la energía y el medioambiente.DO C 168 25.07.75 p.2. (EE 15 VI p.86)

375 Y 0725(03)Resolución del Consejo, de 24 de junio de 1975, relativa a una lista revisadade contaminantes de la segunda categoría que se estudiará en el marco delprograma de acción de las Comunidades Europeas en materia de medioambiente.DO C 168 25.07.75. p4. (EE 15 VI p.88.)

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375 Y 0725(04)Resolución del Consejo, de 15 de julio de 1975, relativa a la adaptación alprogreso técnico de las directivas u otras normativas comunitarias referentesa la protección y mejora del medio ambiente.DO C 168 25.07.75. p.5. (EE 15 VI p90.)M por 1794.

376 D 01 6176/161 ¡CEE: Decisión del Consejo, de 8 de diciembre de 1975, por la quese establece un procedimiento común para la constitución y la actualizaciónde un inventario de fuentes de información en materia de medio ambiente enla Comunidad.DO L 031 05.02.76 p.8 (EE 15 VI p140.)

384-Y 0428(02)Resolución del Comité consultivo de la CECA sobre política comunitaria enmateria de protección del medio ambiente.DO C 114 28.04.84 p.2.

385 D 033885/338/CEE: Decisión del Consejo, de 27 de junio de 1985,. relativa a laadopción de un programa de trabajo de la Comisión referente a un proyectoexperimental para la recogida, coordinación y coherencia de la informaciónsobre la situación del medio ambiente y. los recursos naturales en laComunidad.DO L 176 06.07.85 p.14. (EE 15 V6 p.18.)M por 390D01 50 (DO L 081 28.03.90 p.38.)385 L 033785/337/CEE: Directiva del Consejo, de 27 de junio de 1985, relativa a laevaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos yprivados sobre el medio ambiente.DO L 175 05.07.85 p.40. (EE 15V p.9.)

386 D 023486/234/CEE: Decisión del Consejo, de 10 de junio de 1986, por la que seadoptan programas plurianuales de investigación y desarrollo en el ámbitodel medio ambiente (1 986-1 990). .

DO L 159 14.06.86 p.31.

386 D 047986/479/CEE: Decisión de la Comisión, de 18 de septiembre de 1986;relativa a la creación de un Comité consultivo para la protección del medio

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ambiente en las zonas especialmente amenazadas (caso de la cuencamediterránea).DO L 282 03.10.86 p.23.

387 R 2242Reglamento (CEE) núm. 2242/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987,relativo a acciones comunitarias para el medio ambiente.DO L 207 29,07.87 p.8.

387 Y 0107(02)Resolución del Consejo, de 16 de diciembre de 1986, relativa al fortalecimientode la acción comunitaria en favor del medio ambiente.DO C 003 07.01.87 p.3.

388 Y 051 8(01)Resolución del Consejo, de 3 de mayo de 1988, relativa a la terminación delAño Europeo del Medio Ambiente.DOC 129 18.05.88 pl.

389 D0625.19/625/CEE: Decisión del Consejo, de 20 de noviembre de 1989, relativa ados programas específicos de investigación y desarrollo tecnológico enmateria de medio ambiente: STEP y EPOCH (1989-1992)DO L 359 08.12.89 p.9.390 A 1210

Reglamento (CEE) número 1210/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990, porel que se crea la Agencia Europea de Medio Ambiente y la red europea deinformación y de observación sobre el medio ambiente.DO L 120 11.05.90 pl.

473 a 0315(01)Acuerdo, de 5 de marzo de 1973, de los representantes de los Gobiernos delos Estados miembros reunidos en el seno del Consejo relativo a lainformación de la Comisión y de los Estados miembros para una eventualarmonización, en el conjunto de las Comunidades de las medidas deurgencia relativas a la protección del medio ambiente.DO C 009 15.03.73 p.1. (EE 15 Vi p.3)O por 474 a 0720(01) (DO C 086 20.07.74 p.2) (EE 15 Vi p.60.)

484 y 1012(01)Resolución del Consejo y de los representantes de los gobiernos de los’Estados miembros de las Comunidades Europeas, reunidos en el seno del

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Consejo de 3 de octubre de 1984, relativa a la relación entre el medioambiente y el desarrollo.DO 0272 12.10.84 p.1.

487 y 1207(01)Resolución del Consejo de las Comunidades Europeas y de los representantesde los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejode 19 de octubre de 1987 relativa a la continuación y aplicación de unapolítica y de un programa de acción de las Comunidades Europeas enmateria de medio ambiente (1 987-1 992).DO 0328 07.12.87 pl. -

15.1020 CONTAMINACIÓN Y RUIDO

15.10.20.10. SEGURIDAD NUCLEAR Y DESECHOS RADIACTIVOS

359 L 0221

59/221 /CEE: Directivas que establece las normas básicas relativas a laprotección sanitaria de la población y los trabajadores contra los peligrosque resultan de las radiaciones ionizantes.DO L 011 20.02.59 p.22.M por 362L1 633 (DO L 057 09.07.62 p.l 633.)

375 D 040675/406/Euratom: Decisión del Consejo, de 26 de junio de 1 975, por la quese adopta un programa relativo a la gestión y almacenamiento de losdesechos radiactivos.DO L 178 09.07.75 p.28.

375 y 0709(06)Resolución del Consejo, de 26 de junio de 1 975, por la que se amplían lascompetencias del Comité consultivo en materia de gestión del programa«Tratamiento y almacenamiento de los desechos radiactivos>’ (accióndirecta) al programa xGestión y almacenamiento de los desechos radiactivos»(acción indirecta).DOC 153 09.07.75 p10.

376L057976/579/Euratom: Directiva del Consejo, de 1 de junio de 1976, por la que se

- establecen las normas básicas relativas a la protección sanitaria de la

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población y los trabajadores contra los peligros que resultan de lasradiaciones ionizantes.DO L 187 12.07.76 pl.M por 379L0343 (DO L 083 03.04.79 p.1 8.)D por 380L0836 (DO L 246 17.09.80 p.1) (EE 12 V3 p214.)

380 D 023780/237/Euratom: Decisión del Consejo, de 18 de febrero de 1980, relativa ala creación de un Comité consultivo ad hoc en materia de reelaboración decombustibles nucleares irradiados.DO L 052 26.02.80 p.9 (EE 12 V3 p. 204.)

380 L 083680/836/Euratom: Directiva del Consejo, de 15 de julio de 1980, por la que semodifican las Directivas que establecen las normas básicas relativas, a laprotección sanitaria de la población y los trabajadores contra los peligrosque resultan de las radiaciones ionizantes.DO L 246 17.09.80 p.1 (EE 12 V3 p.214.)M por 384L0467 (DO L 265 05.10.84 p.4) (EE 12 V4 p125.)

380 Y 0229(01)Resolución del Consejo, de 18 de febrero de 1980, relativa a la realización deun plan de acción comunitaria en materia de desechos radiactivos.DO C 051 29.02.80 p.1 (EE 12 V3 p206.)

380 Y 0229(02)Resolución del Consejo, de 18 de febrero de 1980, relativa al Comitéconsultivo en materia de gestión del programa de investigación «Gestión yalmacenamiento de desechos radiactivos’>.DO C 051 29.02.80 p.4 (EE 12 V3 p209.)

380 Y 0229(03)Resolución del Consejo, de 18 de febrero de 1980, en materia dereelaboración de los combustibles nucleares irradiados.DO C 051 29.02.80 p.4. (EE 12 V3 p.210.)

382 X 007482/74/Euratom: Recomendación de la Comisión, de 3 de febrero de 1982,en el ámbito del almacenamiento y de la reelaboración de los combustiblesnucleares irradiados.DO L 037 10.02.82 p.36. (EE 12 V4 p48.)

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382 X 018182/181/Euratom: Recomendación dela Comisión, de 3de febrero, de 1980,relativa a la aplicación del artículo 37 del Tratado Euratom.DO L 983 29.03.82 p.1 5. (EE 12 V4 p.50.)

387 D 060087/600/ Euratom: Decisión del Consejo de 14 de diciembre de 1987 sobrearreglos comunitarios para el rápido intercambio de información en caso deemergencia radiológica.DO L 371 30.12.87 p.76.387 X 017087/170/Euratom: Dictamen de la Comisión de 26 de febrero de 1987relativo a la Central Nuclear Heysham 2 (Reino Unido).DO L068 12.03.87 p.33.387 X 035087/350/Euratom: Dictamen de la Comisión de 12 de junio dé 1987 relativoa la central nuclear de Tornes (Reinó Unido).DO L 189 09.07.87 p.42.387 X 042787/427/Euratom: Dictamen de la Comisión de 20 de julio de 1987 relativo ala central nuclear de Belleville (Francia).DO L 228 15.08.87 p.47.

387 X 043487/434/Euratom: Dictamen de la Comisión de 28 de julio de 1987 relativo ala central nuclear de Nogent-sur-Seine (Francia).DO L 238 21 .08.87 p30.389 D 066489/664/Euratom: Decisión del Consejo, de 15 de diciembre de 1989, por laque se adopta un programa específico de investigación y de desarrollotecnológico para la Comunidad Europea de la Energía Atómica en el ámbitode la gestión y del almacenamiento de los residuos radiactivos (1990-1994).DO L 395 30.12.89 p.28.389 L 061889/618/Euratom: Directiva del Consejo, de 27 de noviembre de 1989,relativa a la información de la población sobre las medidas de protecciónsanitaria aplicables y sobre el comportamiento a seguir en caso deemergencia radiológica.DO L 357 07.12.89 p.31.

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389 X 047589/475/Euratom: Dictamen de la Comisión, de 20 de julio de 1989, relativoa las plantas de reprocesamiento de combustibles irradiados UP3 y UP2800de la central de La Hague (Francia).DO L 233 10.08.89 p.36.

15.1 0.20.20 PROTECCIÓN Y GEST/ÓN DE LAS AGUAS

375 L 044075/440/CEE: Directiva del Consejo, de 16 de junio de 1975, relativa a lacalidad requerida para las aguas superficiales destinadas a la producción deagua potable en los Estados miembros.DO L 194 25.07.75 p.26. (EE 15 Vi p.1 23.)M por 379L0869 (DO L 271 29.10.79 p.44) (EE 15 V2 p146.)

376 L 016076/160/CEE: Directiva del Consejo, de 8 de diciembre de 1975, relativa a lacalidad de las aguas de baño.DO L 03.1 05.02.76 p.1 (EE 15 Vi p.133.)M por 179H.M por 1851.

376 L 046476/464/CEE: Directiva del Consejo, de 4 de mayo de 1976, relativa a lacontaminación causada por determinadas substancias peligrosas vertidasen el medio acuático de la Comunidad.DO L 129 18.05.76 p.23. (EE 15 Vi p.1 65.)

377 D 079577/795/CEE: Decisión del Consejo, de 12 de diciembre de 1977 por la quese establece un procedimiento común de intercambio de informacionesrelativo a la calidad de las aguas continentales superficiales en laComunidad.DO L 334 24.12.77 p29 (EE 15 V2 p.84.)M por 17911.M por 1851.C por 381 D0856 (DO L 319 07.11 .81 p.i 7.) (EE 15 V3 p.76.)M por 384D0422 (DO L 237 05.09.84 p.i 5.) (EE 15 V5 p.52.)M por 386D0574 (DO L 335 28.11 .86 p.44.)M por 390D0002 (DO L 001 04.01 .90 p.20.)

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378 y 0708(01)Resolución del Consejo, de 26 de junio de 1978, por la que se adopta unPrograma de acción de las Comunidades Europeas en materia de control yreducción de la contaminación causada por el vertido de hidrocarburos enel mar.DO 0 162 08.07.78 p.l. (EE 15 V2 p.l 05).

379 L 086979/869/CEE: Directiva del Consejo, de 9 de octubre de 1979, relativa a losmétodos de medición y a la frecuencia de los muestreos y del análisis de lasaguas superficiales destinadas a la producción de agua potable en losEstados miembros.DO L 271 29.10.79 p.44. (EE 15 V2 pl 46.)M por 1851.M por 381 L0855 (DO L 319 07.11 .81 p.1 6.) (EE 15 V3 p75.)

379 L 092379/923/CEE: Directiva del Consejo, de 30 de octubre de 1979, relativa a lacalidad exigida a las aguas para cría de moluscos.DO L 281 10.11.79 p47. (EE 15 V2 p156.).

380 D 068680/686/CEE: Decisión de la Comisión, de 25 de junio de 1980, relativa a lacreación de un Comité consultivo en materia de control y de reducción de lacontaminación causada por el vertido de hidrocarburos en el mar.DO L 188 22.07.80 p.1 1. (EE 15 V2 p.l 71.)M por 385D0208 (DO L 089 29.03.85 p.64.) (EE 15 V5 p140.)M por 387D01 44 (DO L 057 27.02.87 p.57.)

380 L 006880/68/CEE: Directiva del Consejo, de 17 de diciembre de 1979, relativa a laprotección de las aguas subterráneas contra la contaminación causada pordeterminadas substancias peligrosas.DO L 020 26.01 .80 p.43. (EE 15 V2 p.l 62.)

380L077880/778/CEE: Directiva del Consejo, de 15 de julio de 1980, relativa a lacalidad de las aguas destinadas al consumo humano.DO L 229 30.08.80 p.1 1. (EE 1 5 V2 p.1 74.)M por 1851.M por 381 L0858 (DO L 319 07.11.81 p.1 9.) (EE 15 V3 p.78.)

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382 L 01 7682/176/CEE: Directiva del Consejo, de 22 de marzo de 1982, relativa a losvalores límite y a los objetivos de calidad para los vertidos de mercurio delsector de la electrólisis de los cloruros alcalinos.DO L081 27.03.82 p.29. (EE 15 V3 p142.)

383 L 051383/513/CEE: Directiva del Consejo, de 26 de septiembre de 1983, relativaa los valores límite y a los objetivos de calidad para los vertidos de cadmio.DO L 291 24.10.83 p.1. CEE 15 V4 p131.)

383 Y 0217 (02)Resolución del Consejo, de 7 de febrero de 1983, relativa a la lucha contrala contaminación de las aguas.DOC 046 17.02.83 p.17. (EE 15 V4 p.99.)

384 L 049184/491 /CEE: Directiva del Consejo, de 9 de octubre de 1 984, relativa a losvalores límite y a los objetivos de calidad para los vertidos de hexaclorociclohexano.DO L 274 17.10.84 p11. (EE 15 V5 p.59.)

- 386D008586/85/CEE: Decisión del Consejo de 6 de marzo de 1986 por la que seestablece un sistema comunitario de información para el control y ladisminución de la contaminación causada por el vertido de hidrocarburos yde otras substancias peligrosas en el mar.DO L 077 22.03.86 p33.M por 388D0346 (DO L 158 25.06.88 p.32.)

368 L 028086/280/CEE: Directiva del Consejo de 12 de junio de 1986 relativa a losvalores límite y los objetivos de calidad para los residuos de determinadassubstancias peligrosas comprendidas en la lista 1 del Anexo de la Directiva76/464/CEE.DO L 181 04.07.86 p16.M por 388L0347 (DO L 158 25.06.88 p.35.)

484 Y 1012 (02)Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de losEstados miembros de las Comunidades Europeas, reunidos en el seno del

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Consejo de 3 de octubre de 1984, relativa a las nuevas formas decooperación en el sector del agua.DO C 272 1210.84 p.2.

15.10.20.30 CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA

370 L 022070/220/CEE: Directiva del Consejo, de 20 de marzo de 1970, relativa a laaproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia demedidas que deben adoptarse contra la contaminación del aire causada porlos gases procedentes de los motores de explosión con los que estánequipados los vehículos a motor.DO L 076 06.04,70 pl. (EE 13 Vi p.1 95.)E por 172B.M por 374L0290 (DO L 159 15.06.74 p61.) (EE 13 V3 p221.)E por 377L0102 (DO L 032 03.02.77 p32.) (EE 13 V7 p15.)M por 378L0665 (DO L 223 14.08.78 p.4.8.) (EE 13 V9 p.2l.)M por 383L0351 (DO L 197 20.07.83p.1.)(EE 13 V14 p.76.)M por 388L0076 (DO L 036 09.02.88’p.1.)M por 388L0436 (DO L 214 06.08.88 p.i.)M por 389L0458 (DO L 226 03.08.89 pl.)M por 389L0491 (DO L 238 15.08.89 p.43.)

372 L 030672/306/CEE: Directiva del Consejo, de 2 de agosto de 1972, relativa a laaproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre lasmedidas que deben adoptarse contra las emisiones de contaminantesprocedentes de los motores diesel destinados a la propulsión de vehículos.DO L 190 20.08.72 p.1. (EE 13 V2 p.l 54.)M por 389L0491 (DO L 238 15.08.89 p.43.)

375 L 071675/71 6/CEE: Directiva del Consejo, de 24 de noviembre de 1 975, relativa ala aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia decontenido de azufre de determinados combustibles líquidos.

• DO L 307 27.11.75 p22. (EE. 13 V4 p.1 71.)4 por 387L021 9 (DO L 091 03.04.87 p.1 9.)377 L 0537

• 77/537/CEE: Directiva del Consejo, de 28 de junio de 1977, relativa a laaproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre lasmedidas que deben adoptarse contra las emisiones de contaminantes

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procedentes de los motores diésel destinados a la propulsión de lostractores agrícolas o forestales de ruedas.DO L 220 29.08.77 p.38. (EE 13 V7 p190.)M por 382L0890 (DO L 378 31 .1 2.82 p.45.) (EE 13 V14 p20.)

379 D 087279/872/CEE: Decisión de la Comisión, de 10 de octubre de 1979, relativa ala notificación del Gobierno luxemburgués de una excepción a la Directiva75/716/CEE en virtud del apartado 3 de su artículo 2.DO L 269 26.10.79 p.28.

380 L 077980/779/CCE: Directiva del Consejo, de 15 de julio de 1980, relativa a losvalores límite y a los valores guía de calidad atmosférica para el anhídridosulfuroso y las partículas en suspensión.DO L 229 30.08.80 p30. (EE 15 V2 p.1 93.)Mporl85l.M por 381 L0857 (DO L 319 07.11.81 p.1 8.) (EE 15 V3 p77.)M por 389L0427 (DO L 201 14.07.89 p.53.)

380Y 0830 (01)Resolución del Consejo, de 15 de julio de 1980, relativa a la contaminaciónatmosférica transfronteriza debida al anhídrido sulfuroso y a las partículas ensuspensión.DOC 222 30.08.80 p.1. (EE 15 V2 p.173.)

382 D 045982/459/CEE: Decisión del Consejo, de 24 de junió de 1982, por la que seestablece un intercambio recíproco de informaciones y de datos procedentesde las redes y de las estaciones aisladas que miden la contaminaciónatmosférica en los Estados miembros.DO L 210 19.07.82 p.1, (EE 15 V3 p206.)

382 L 088482/884/CEE: Directiva del Consejo, de 3de diciembre de 1982, relativa alvalor límite para el plomo contenido en la atmósfera.DO L 378 31.12.82 p.l5. (EE 15 V4 p17.)

384 L 036084/360/CEE: Directiva del Consejo, de 28 de junio de 1984, relativa a lalucha contra la contaminación atmosférica procedente de las instalacionesindustriales.DO L 188 16.07.84 p.20. (EE 15 V5 p.43.)

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385 L 020385/203/CEE: Directiva del Consejo de 7 de marzo de 1985, relativa a las

•normas de calidad del aire para el dióxido de nitrógeno.DO L 087 27.03.85 pl. (EE 15 V5 p.l 33.)M por 385L0580 (DO L 372 31 .12.85 p36) (EE 15 V6 p.l 34.)385 L021085/210/CEE: Directiva del Consejo, de 20 de marzo de 1985, relativa a laaproximación de las legislaciones de los Estados miembros referentes alcontenido en plomo de la gasolina.DO L 096 03.04.85 p25. (EE 13 V18 p247.)M por 385L0581 (DO L 372 31 .12.85 p.37.) (EE 13 Vi 9 p.52.)M por 387 L041 6 (DO L 225 13.08.87 p33.)

387 L 021787/217/CEE: Directiva del Consejo de 19 de marzo de 1987 sobre laprevención y la reducción de la contaminación del medio ambienteproducida por el amianto.DO L 085 28.03.87 p40.

388 L 007788/77/CEE: Directiva del Consejo relativa a la aproximación de laslegislaciones de los Estados miembros sobre las medidas que debenadoptarse contra la emisión de gases contaminantes procedentes demotores diésel destinados a la propulsión de vehículos.DO L 036 09.02.88 p33.

388 L 060988/609/CEE: Directiva del Consejo de 24 de noviembré de 1988 sobrelimitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión.DO L 336 07.12.88 pi.

388 R 3322Reglamento (CEE) núm. 3322/88 del Consejo de 14 de octubre de 1988sobre determinados clorofluorocarbonOS y halones que agotan la capa deozono.DO L 297 31.10.88 pl.

388Y 1109(01)Resolución del Consejo, de 14 de octubre de 1988, relativa a la limitación dela utilización de clorofluorocarboflOS y de halones.DO C 285 09.11 .88 p.l.

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389 D 041989/519/CEE: Decisión de la Comisión, de 30 de junio de 1989, por la que seasignan los contingentes de importación de clorofluorocarbonos para elperíodo comprendido entre el 1 de julio de 1989 y el 30 de junio de 1990.DO L 192 07.07.89 p.37.

389 L 036989/369/CEE: Directiva del Consejo, de 8 de junio de 1989, relativa a laprevención de la contaminación atmosférica procedente de nuevas instalaciones de incineración de residuos municipales.DO L 163 14.06.89 p.32.

389 L 042989/429/CEE: Directiva del Consejo, de 21 de junio de 1989, relativa a lareducción de la contaminación atmosférica procedente de instalacionesexistentes de incineración de residuos municipales.DO L 203 15.07.89 p.50.

389 X 0349

89/349/CEE: Recomendación de la Comisión de 13 de abril de 1989 sobre- la reducción de los clorofluorocarbonos utilizados por la industria de

aerosoles.DO L 144 27.05.89 p.56.

15.10.20.40 PREVENCIÓN DE LAS PERTURBACIONES ACÚSTICAS

370 L 01 5770/157/CEE: Directiva del Consejo, de 6 de febrero de 1970, relativa a laaproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el nivelsonoro admisible y el dispositivo de escape de los vehículos a motor.DO L 042 23.02.70 p.16 (EE 13V1 p.189.)M por 172B.M por 1851.M por 373L0350 (DO L 321 22.11 .73 p.33.) ([E 13 V3 p39.)M por 377L0212 (DO L 066 12.03.77 p.33.) (33 13 V7 p.23.)M por 381 L0334 (DO L 13118.05.81 p6.) (EE 13 VII p.1 79.)M por 384L0372 (DO L 196 26.07.84 p.47.) (EE 13 Vi 6 p.32.)M por 384L0424 (DO L 238 06.09.84 p.31.) (EE 13 V16 p.42.)M por 389L0491 (DO L 238 15.08.89 p.43.)

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378 L 101578/1015/CEE: Directiva del Consejo, de 23 de noviembre de 1978, relativaa la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre elnivel sonoro admisible y el dispositivo de escape de las motocicletas.DO L 349 13.12.78 p21 (EE 13 V9 p124.)M por 1 79H.C por 1851.M por 387L0056 (DO L 024 27.01 .87 p42.)M por 389L0235 (DO L 098 11 .04.89 pl.)

379 L 011379/113/CEE: Directiva del Consejo, de 19 de diciembre de 1 978, referentea la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas ala determinación de la emisión sonora de las máquinas y materialesutilizados en las obras de construcción.DO L 033 08.02.79 p.l5. (EE 13 V9 p. 176.)M por 179H.M por 1851.M por 381 [1051 (DO L 376 30.12.81 p49.) (EE 13 V12 p81.)M por 385L0405 (DO L 233 30.08.85 p.9.) (EE 13 V19 p13.)

380 L 005180/51 /CEE: Directiva del Consejo, de 20 de diciembre de 1 979, relativa a lalimitación de las emisiones sonoras de las aeronaves subsónicas.DO L 018 24.01 .80 p.26 (EF 07 V2 p206.)M por 383L0206 (DO L 117 04.05.83 p15.) (EE 07 V3 p162.)

384 L 053384/533/CEE: Directiva del Consejo, de 1 7 de septiembre de 1 984, referentea la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas alnivel de potencia acústica admisible de los motocomprensores.DO L 300 19.11.84 p123. (EF 15 V5 p.66.)M por 385L0406 (DO L 233 30.08.85 p.1 1.) (EF 15 V6 p.73.)

384 L 053484/534/CEE: Directiva del Consejo, de 17 de septiembre de 1984, referentea la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas alnivel de potencia acústica admisible de las grúas de torre.DO [300 19.11.84 p130. (EE 15 vs p.73.)M por 387L0405 (DO L 220 08.08.87 p60.)

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384 L 053584/535/CEE: Directiva del Consejo, de 1 7 de septiembre de 1984, referentea la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas alnivel de potencia acústica admisible de los grupos electrógenos desoldadura.DO L 300 19.11.84 p142. (EE 15 V5 p.85.)M por 385L0407 (DO L 233 30.08.85 p.1 6.) (EE 1 5 V6 p.78.)

384 L 053684/536/CEE: Directiva del Consejo, de 1 7 de septiembre de 1984, referentea la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas alnivel de potencia acústica admisible de los grupos electrógenos depotencia.DO L 300 19.11 .84 p.l 49. (EE 15 V5 p.92.)M por 385L0408 (DO L 233 30.08.85 p18.) (EE 15 V6 p80.)

384 L 053784/537/CEE: Directiva del Consejo, de 1 7 de septiembre de 1984, referentea la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas alnivel de potencia acústica admisible de los trituradores de hormigónmartillos picadores de mano.DO L 300 19.11.84 p.156. (EE 15 V5 p.99.)M por 385L0409 (DO L 233 30.08.85 p20.) (EE 15 V6 p.82.)

384 L 053884/538/CEE: Directiva del Consejo, de 17 de septiembre de 1984, referentea la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas alnivel de potencia acústica admisible de las cortadoras de césped.DO L 300 19.11 .84 p.l 71. (EE 15 V5 p.l 14.)M por 387L0252 (DO L 11 7 05.05.87 p.22.)M por 388L0180 (DO L 081 26.03.88 p.69.)M por 388L0181 (DO [081 26.03.88 p71.)

386 L 059486/594/CEE: Directiva del Consejo, de 1 de diciembre de 1986, relativa alruido aéreo ernittdo por los aparatos domésticos.DO L 34406.12.86 p24.

386 L 066286/662/CEE: Directiva del Consejo, de 22 de diciembre de 1986, relativa ala limitación de as emisiones sonoras de las palas hidráulicas, de las palas

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de cables, de las topadoras frontales, de las cargadoras y de las palascargadoras.DO L 384 31.12.86 pl.M por 389L0514 (DO L 253 30.08.89 p.35.)

389 L 062989/629/CEE: Directiva del Consejo, de 4 de diciembre de 1989, relativa a lalimitación de emisiones sonoras de los aviones de reacción subsónicosciviles.DO L 363 13.12.89 p.27.

15.10.20.50. SUBSTANCIAS QUÍMICAS, RIESGOS INDUSTRIALESY BIOTECNOLOGÍA

367 L 0548

67/548/CEE: Directiva del Consejo, de 27 de junio de 1967, relativa a laaproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativasen materia de clasificación, embalaje y etiquetado de las substanciaspeligrosas.DO 196 16.08.67. pl. (EE 13 Vi p50.)E por 1 72B.M por 179H.M por 1851.M por 369L0081 (DO L 068 19.03.69 pl.) (EE 13 Vi p.1 53.)M por 370L0189 (DO L 059 14.03.70 p.33.) (EE 13 Vi p.194.)M por 371 L0144 (DO L 074 29.03.71 p15.) (EE 13 V2 p.3.)M por 373L0146 (DO L 167 25.06.73 pl.) (EE 13 V2 p.208.)M por 375L0409 (DO L 183 14.07.75 p.22.) (EE 13 V4 p127.)M por 376L0907 (DO L 360 30.12.76 p.1.) (EE 13 V6 p.3.)M por 379L0370 (DO L 088 07.04.79 p.l.) (EE 13 Vi O p.3.)M por 379L0831 (DO L 259 15.10.79 p.l 0.) (EE 13 Vi O p228.)M por 380L1189 (DO L 366 31 .12.80 p.1.)(EE 13 Vii p.92.)M por 381 L0957 (DO L 351 07.12.81 p.5.) ([E 13 V12 p40.)M por 382L0232 (DO L 106 21 .04.82 p.l 8.) (EE 13 Vi 2 p.l 16.)M por 383L0467 (DO L 257 16.09.83 pl.) (EE 13 Vi 4 p.1 68.)M por 384L0449 (DO L 251 19.09.84 pl.) (EE 13 Vi 5 p3.)M por 386L043i (DO L 247 01 .09.86 pl.)M por 387L0302 (DO L 133 30.05.88 pi.)M por 387L0432 (DO L 239 21.08.87 pi.)M por 388L0490 (DO L 259 19.09.88 pl.)

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373 L 040473/404/CEE: Directiva del Consejo, de 22 de noviembre de 1 973, referentea la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materiade detergentes.DO L 347 17.12.73 p51. (EE 13 V3 p.106.)C por 382L0242 (DO L 109 22.04.82 p.i.) (EE 13 Vi 2 p.1 18.)M por 386L0094 (DO L 080 25.03.86 p51 .)

373 L 040573/405/CEE: Directiva del Consejo, de 22 de noviembre de 1973, referentea la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas alos métódos de control de la biodegradabilidad de los tensoactivosaniónicos.DO L 347 17.12.73 p53. (EE 13 V3 p.108.)M por 382L0243 (DO L 109 22.04.82 p.1 8.) (EE 13 Vi 2 p.1 35.)

376 L 076976/769/CEE: Directiva del Consejo, de 27 de julio de 1 976, relativa a laaproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativasde los Estados miembros que limitan la comercialización y el uso dedeterminadas substancias y preparados peligrosos.DO L 262 27.09.76 p201. (EE 13 V5 p208.)M por 379L0663 (DO L 197 03.08.79 p.37.) (‘EE 13 ViO p.1 38.)C por 382L0806 (DO L 339 01 .12.82 p.55.) (EE 13 Vi 2 p.285.)C por 382L0828 (DO L 350 10.12.82 p.34.) (EE 13 Vi 2 p.28T)M por 383L0264 (DO L 147 06.06.83 p.9.) (EE 13 Vi4 p.63.)M por 383L0478 (DO L 263 24.09.83 p.33.) (EE 13 Vi 4 p.201.)M por 385L0467 (DO L 269 11.10.85 p.56.) (EE 13 Vi 9 p.l 7.)M por 385L06i O (DO L 375 31 .12.85 pl.) (EE 13 Vi 9 p57.)M por 389L0677 (DO L 398 30.12.89 p.i 9.)M por 389L0678(DO L 398 30.1 2.89 p.24.)

378 D 061878/618/CEE: Decisión de la Comisión, de 28 de junio de 1978, relativa a lacreación de un Comité científico consultivo para el estudio de la toxicidad yde la ecotoxicidad de los compuestos químicos.DO L 198 22.07.78 p17. (EE 15 V2 p. 109.)M por 179H.M por 1851.M por 380Di084 (DO L 316 21 .11.80 p21.) (EE 15 V2 p.2l2.)M por 380D0241 (DO L 105 26.04.88 p29.)

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378 Y 0607(01)Resolución del Consejo, de 30 de mayo de 1 978, relativa a los fluoruros decarbono en el medio ambiente.DOC 133 07.06.78 pl. (EE 15 V2 p.l04.)

379 X 000379/3/CEE: Recomendación del Consejo, de 19 de diciembre de 1978,dirigida a los Estados miembros relativa a los métodos de evaluación delcoste de la lucha contra la contaminación en la industria.DO L 005 09.01 .79 p28. (EE 1 5 V2 p.l 21.)

380 D 037280/372/CEE: Decisión del Consejo, de 26 de marzo de 1 980, relativa a losclorofluorocarbonos en el medio ambiente.DO L090 03.04.80 p45. (EE 15 V2 p167.)

381 D043781/437/CEE: Decisión de la Comisión, de 11 de mayo de 1 981, por la quese definen los criterios según los cuales los Estados miembros suministrarána la Comisión las informaciones relativas al inventario de substanciasquímicas.DO L 167 24.06.81 p31. (EE 15 V3 p31.)

382 D 079582/795/CEE: Decisión del Consejo, de 1 5 de noviembre de 1 982, relativa ala consolidación de las medidas de precaución referentes a los clorofluorocarbonos en el medio ambiente.DO L 329 25.11.82 p29. (EF 15V3 p245.)

382 L 050182/501 /CEE: Directiva del Consejo, de 24 de junio de 1982, relativa a losriesgos de accidentes graves en determinadas actividades industriales.DO L 230 05.08.82 pl. (FE 1 5 V3 p228.)M por 1851.M por 387L021 6 (DO L 085 28.03.87 p36.)M por 388L061 O (DO L 336 07.1 2.88 p.l 4.)

382 L 088382/883/CEE: Directiva del Consejo, de 3 de diciembre de 1 982, relativa alas modalidades de supervisión y de control de los medios afectados por losresiduos procedentes de la industria del dióxido de titanio.DO L 378 31 .12.82 pl. (EF 15 V3 p.3.)M por 1851.

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384 L 015684/156/CEE: Directiva del Consejo, de 8 de marzo de 1984, relativa a losvalores límites y a los objetivos de calidad para los vertidos de mercurio delos sectores distintos de la electrólisis de los cloruros alcalinos.DO L 074 17.03.84 p.49. (EE 15 V5 p20.)

385 D 007185/71 /CEE: Decisión de la Comisión, de 21 de diciembre de 1984, referentea la lista de substancias notificadas en cumplimiento de la Directiva 67/548/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las disposicioneslegales, reglamentarias y administrativas en materia de clasificación,envasado y etiquetado de substancias peligrosas.DO L 030 02.02.85 p.33. (EE 13 V18 p196.)

387 L 001887/18/CEE: Directiva del Consejo, de 18 de diciembrede 1986, sobre laaproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativasrelativas a la aplicación de los principios de prácticas correctas delaboratorio y al control de su aplicación para las pruebas sobre lassubstancias químicas.DO L 015 1 7.01.87 p.29.

388 L 032088/320/CEE: Directiva del Consejo, de 9 de junio de 1988, relativa a lainspección y verificación de las buenas prácticas de laboratorio (BPL).DO L 145 11 .06.88 p.35.M por 390L001 8 (DO L 0111 3.01 .90 p.37.)

388 R 1734Reglamento (CEE) núm. 1734/88 del Consejo, de 16 de junio de 1988.relativo a la exportación e importación en la Comunidad de determinadosproductos químicos peligrosos.DO L 155 22.06.88 p.2.

388 Y 0204(03)Resolución del Consejo, de 25 de enero de 1 988, relativa a un programa deacción para combatir la contaminación ambiental por cadmio.DO C 030 04.02.88 pl.

389 D 056989/569/CEE: Decisión del Consejo, de 28 de julio de 1989, relativa a laaceptación por la Comunidad Económica Europea de una Decisión

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Recomendación de la OCDE sobre el cumplimiento de los principios debuenas prácticas de laboratorio.DO L 315 28.10.89 pi.

389 L 042889/428/CEE: Directiva del Consejo, de 21 de junio de 1989, por la que sefijan las modalidades de armonización de los programas de reducción convistas a la supresión de la contaminación producida por los residuosindustriales procedentes del dióxido de titanio.DO L 201 14.07.89 p.56.

389 R 0428 -

Reglamento (CEE) núm. 428/89 del Consejo, de 20 de febrero de 1989,sobre las exportaciones de determinados productos químicos.DO L050 22.02.89 pl.390 L021990/21 9/CEE: Directiva del Consejo, de 23 de abril de 1990, relativa a lautilización confinada de microorganisrros modificados genéticamente.DO L 117 08.05.90 pl.390 L 022090/220/CEE: Directiva del Consejo, de 23 de abril de 1990, sobre laliberación intencional en el medio ambiente de organismos modificadosgenéticamente.DO L 117 08.05.90 p.1 5.

15.10.30 ESPACIO, MEDIO Y RECURSOS NATURALES15.10.30.20 CONSERVACIÓN DE LA FAUNA Y DE LA FLORA

375 X 006675/66/CEE: Recomendación de la Comisión, de 20 de diciembre de 1974,a los Estados miembros relativa a la protección de las aves y de susespacios vitales.DO L 021 28.01 .75 p.24. (EE 15 VI p.63.)378 L 065978/659/CEE: Directiva del Consejo, de 18 de julio de 1978, relativa a lacalidad de las aguas continentales que requieren protección o mejora paraser aptas para la vida de los peces.DO L 222 14.08.78 p.1 (EE 15 V2 p111.)M por 179H.M por 1851.

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379 L 040979/409/CEE: Directiva del Consejo, de 2 de abril de 1 979, relativa a laconservación de las aves silvestres.DO.L 103 25.04.79 pl. CEE 15 V2 p125.)M por 179H.M por 1851.M por 381 L0854 (DO L 319 07.11.81 p.3.) (EE 15 V3 p.62.)M por 385L041 1 (DO L 233 30.08.85 p.33.) (EE 1 5 V6 p.84.)o por 386L01 22 (DO L 1 00 16.04.86 p22.)

379 Y 0425(01)Resolución del Consejo, de 2 de abril de 1 979, referente a la Directiva 79/409/CEE relativa a la conservación de las aves silvestres.DOC 103 25.04.79 p.6 (EE 15 V2 p124.)

381 R 0348Reglamento (CEE) núm. 348/81 del Consejo, de 20 de enero de 1981,relativo a un régimen común aplicable a las importaciones de productosderivados de los cetáceos.DO L 039 12.02.81 pl. (EE 15 V3 p3.)M por 1851.

382 R 3626Reglamento (CEE) núm. 3626/82 del Consejo, de 3 de diciembre de 1982,relativo a la aplicación en la Comunidad del Convenio sobre el comerciointernacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres.DO L 384 31 .12.82 pl. CEE 15 V4 p21.)M por 1851.M por 383R3645 (DO L 367 28.12.83 pl.) (FE 15 V4 p208.)M por 385R2384 (DO L 231 29.08.85 pl.) (EF 1 5 V6 p28.)M por 386R2295 (DO L 201 24.07.86 pl.)M por 387R1 422 (DO L 136 26.05.87 p6.)M por 387R1 540 (DO L 147 06.06.87 pl.)M por 388R0869 (DO L 087 31 .03.88 p.67.)M por 389R0610 (DO L 066 10.03.89 p24.)M por 390R0197 (DO L 029 31 .01 .90 pl.)

383 L 012983/129/CEE: Directiva del Consejo, de 28 de marzo de 1983, relativa a laimportación en los Estados miembros de pieles de determinadas crías defoca y productos derivados.DO [091 09.04.83 p30. (EE 15 V4 p122.)

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383 R 3418Reglamento (CEE) núm. 3418/83 de la Comisión, de 28 de noviembre de1983, sobre las disposiciones relativas a la exposición y a la utilizaciónuniforme de los documentos requeridos para la aplicación en la Comunidaddel Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas defauna y de flora silvestres.DO L 344 07.12.83 p.1 (EE,15 V4 p.181)

386 R 3528Reglamento (CEE) núm. 3528/86 deI Consejo de 1 7 de noviembre de 1 986relativo a la protección de los bosques en la Comunidad contra lacontaminación atmosférica.DO L 326 21 .11.86 p.2.M por 389R1 613 (DO L 165 1 5.06.89 p.8.)

15.10.40 COOPERACIÓN INTERNACIONAL

282 A 0302(01)Convenio para la conservación del salmón en el Atlántico norte.DO L 378 31 .12.82 p25. (EE 04 V2 p.45.)O por 382D0886 (DO L 378 31 .1 2.82 p.24) (EE 04 V2 pÁ4.)

283 A 031 2(01)Protocolo sobre la protección del mar Mediterráneo contra la contaminaciónde origen terrestre.DO L 067 12.03.83 p.3 (EE 15 V4 p.l 1 5.)O por 383D0101. (DO L 067 12.03.83 pl.) (EE15 V4 p.lO0)

283 A 0826(02)Convenio sobre la Pesca y Conservación de los Recursos Vivos en el marBáltico y las Belts.DO L 237 26.08.83 p.5 (EE 04 V2 p.l 30.)M por 283A0826 (03) (DO L 237 26.08.83 p.9.) (EE 04 V2 p134.)O por 383D0414 (DO L 237 26.08.83 p4) (EE 04 V2 p129.)

283 A 0826(03)Protocolo de la Conferencia de los representantes de los Estados partes delConvenio sobre la Pesca y Conservación de los Recursos Vivos en el marBáltico y en las BeIs (Varsovia deI 9 al 11 de noviembre de 1 982).DO L 237 26.08.83 p.9. (EE 04 V2 p134.)O por 38300414 (DO L 237 26.08.83 p4.) (EE 04 V2 p129.)

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283 A 091 6(02)Canje de notas entre la Comisión y el Programa de las Naciones Unidaspara el Medio Ambiente relativo al fortalecimiento de la cooperación entreambas instituciones.DO C 248 16.09.83 p.2 (EE 11 Vi 8 p.285.)

284 A 0716(02)Acuerdo sobre la cooperación en materia de lucha contra la contaminacióndel mar del Norte por hidrocarburos y otras sustancias peligrosas.DO L 188 16.07.84 p.9 (EE 15 V5 p.35.)O por 384D0358 (DO L 188 16.07.84 p.7.) (EE 15 V4 p.34.)

285 A 0705(01)Proposición de la Comisión internacional para la protección del Rin contra lacontaminación que completa el Anexo IV del Convenio relativo a laprotección del Rin contra la contaminación química.DO L 175 05.07.85 p.37.

286 A 0618(01)Convenio internacional para la conservación del atún del Atlántico.DO L 162 18.06.86 p.34.O por 386D0238 (DO L 162 18.06.86 p.33.)

286 A 0618(02)Acta final de la Conferencia de Plenipotenciarios de los Estados-Partes en elConvenio internacional para la conservación del atún del Atlántico.DO L 162 18.06.86 p.39.O por 386D0238 (DO L162 18.06.86 p.33.)

286 A 061 8(03)Protocolo adjunto al Acta final de la Conferencia de Plenipotenciarios deEstados-Partes en el Convenio internacional para la conservación del atúndel Atlántico.DO L 162 18.06.86 p.41.O por 386D0238 (DO L 162 18.06.86 p.33.)

287A0127(Oi)Prótocole d’amendemént de la conventión pour la prévention de la pollutionmarine d’origine tellurique —Protocol amending the Convention for theprevention of marine pollution from land-based sources.DO L 024 27.01.87 p.47.Opor 387D0057 (DOe 024 27.01 .87 p.46.)

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288 A 1007(03)Acuerdo de Cooperación entre la Comunidad Económica Europea y el Reinode Suecia relativo a la investigación en el sector del reciclado yaprovechamiento de desechos.DO L 276 07.10.88 p12.O por 388D051 1 (DO L 276 07.10.88 p.i 1.)

288 A 1031 (01)Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono.DO L 297 31 .1 0.88 p.10.O por 388D0540 (DO L 297 31 .10.88 p.8.)

288 A 1031(02)Protocolo de Montreal relativo a las substancias que agotan la capa deozono.DO L 297 31.10.88 p21.O por 388D0540 (DO L 297 31 .10.88 p.88.)

288 a 121 3(01)Acuerdo de concertación Comunidad-COST sobre siete proyectos deacción concertada en materia de medio ambiente.DO L 344 13.12.88 p13.

375 0 043875/438/CEE: Decisión del Consejo, de 3 de marzo de 1975, relativa a laparticipación de la Comunidad en la Comisión provisional creada conarreglo a la Resolución III del Convenio para la prevención de lacontaminación marina de origen terrestre.DO L 194 25.07.75 p.22. (EE 15 Vi p.l22.)

375 y 0725(01)Resolución del Consejo, de 3 de marzo de 1975, relativa al Convenio para laprevención de la contaminación marina de origen terrestre.DOC 168 25.07.75 pi. (EE 15 Vi p.85.)

.376 X 005176/51 /CEE: Recomendación de la Comisión a los Estados miembrosinvitados a la reunión intergubernamental de Barcelona.DO L 009 16.01 .76 p.35. (EE 15 Vi p.l 32.)

377 D 058677/586/CEE: Decisión del Consejo, de 25 de julio de 1977, por la que secelebra el Convenio sobre la protección del Rin contra la contaminación

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química y el Acuerdo adicional del Acuerdo firmado en Berna, el 29 de abrilde 1963, sobre la Comisión internacional para la protección del Rin contra lacontaminación.DO L 240 19.09.77 p.35. (EE 15 V2 p.46.)

380 D 056580/565/CEE: Decisión del Consejo, de 9 de junio de 1980, por la que seaprueba la celebración por la Comisión del Convenio internacional sobre laprotección física de los materiales nucleares.DO L 149 17.06.80 p.41. (EE 12 V3 p.21 3.)

381 D 046281/462/CEE: Decisión del Consejo, de 11 de junio de 1981, relativa a lacelebración del Convenio sobre la contaminación atmosférica transfronterizaa gran distancia.DO L 171 27.06.81 p.1 1. (EF 15 V3 p.39.)382 D 046082/460/CEE: Decisión del Consejo, de 24 de junio de 1982, relativa a unsuplemento del Anexo IV del Convenio sobre la protección del Rin contra lacontaminación química.DO L 210 19.07.82 p.8. (FE 15 V3 p.213.)385 D 061385/613/CEE: Decisión del Consejo de 20 de diciembre de 1985 relativa a laadopción, en nombre de la Comunidad, de programas y medidas referentesa los desechos de mercurio y de cadmio en el marco del convenio para laprevención de la contaminación marina de origen telúrico.DO L. 375 31.12.85 p.20. (EE 15 V6 p.1 35.)386 D 0277

• 86/277/CEE: Decisión del Consejo de 12 de junio de 1986 relativa a lacelebración del protocolo del convenio de 1979 sobre la contaminaciónafmosférica transfronteriza a gran distincia, relativo a la financiación a largo

• plazo del Programa de cooperación para la vigilancia continua y laevaluación del transporte a gran distancia de contaminantes atmosféricosen Europa (EMEP).DO L 181 04.07.86 p.1.388 D 038188/381 /CEE: Decisión del Consejo de 24 de junio de 1988 relativa a unsuplemento del Anexo IV del Convenio sobre la protección del Rin contra lacontaminación química producida por el tetracloruro de carbono.DO L 183 14.07.88 p.27.

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388 D0540• 88/540/CEE: Decisión del Consejo de 14 de octubre de 1988 relativa a la

celebración delConvenio de Viena para la protección de la capa de ozonoy del Protocolo de Montreal relativo a las substancias que agotan la capa deozono.

• DO L 297 31 .10.88 p.8.

388 D061588/61 5/CEE: Decisión del Consejo de 8 de diciembre de 1988 relativa a lacelebración de un Acuerdo de concertación Comunidad-COST sobre sieteproyectos de acción concertada en materia de medio ambiente.DO L 344 13.12.88 p12.

389 D 055789/557/CEE: Decisión del Consejo, de 10 de octubre de 1989, relativa a lacelebración del Acuerdo de cooperación entre la Comunidad EconómicaEuropea y el Reino de Noruega sobre investigación y desarrollo en el campode la protección del medio ambiente.DO L 304 20.10.89 pl.

389 D 055889/558/CEE: Decisión del Consejo, de 10 de octubre de 1989, relativa a lacelebración del Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Europea y laRepública de Finlandia sobre investigación y desarrollo en el campo de laprotección del medio ambiente.DO L 304 20.10.89 p.8.

390 D 01 6090/160/CEE: Decisión del Consejo, de 22 de marzo de 1990, sobre laconclusión del Convenio entre la República Federal de Alemania ylaComunidad Económica Europea, por una parte, y la República de Austria,por otra, relativo a la cooperación hidroeconómica en la cuenca delDanubio.DO L 090 05.04.90 p.l 8.

15.20 Protección del consumidor

15.20.10 GENERALIDADES

387 y 0107(01)Resolución del Consejo de 15 de diciembre de 1986 sobre la integración dela política de consumo en las demás políticas comunes.DO C 003 07.01 .87 pl.

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389 Y 1122(01)Resolución del Consejo, de 9 de noviembre de 1989, sobre futurasprioridades para el relanzamiento de la política de protección del consumidor.DOC 294 22.11.89 p.1.

15.20.20 INFORMACIÓN, EDUCACIÓN Y REPRESENTACIÓNDE LOS CONSUMIDORES

371 L 030771/307/CEE: Directiva del Consejo, de 26 de julio de 1971, relativa a laaproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre lasdenominaciones textiles.DO L 185 16.08.71 p.16. (EE 13 V2 p.6.)Mporl72BMporl79HC por 1851C por 375L0036 (DO L 014 20.01 .75 p.l 5.) (EE 13 V4 p.53.)M por 383L0623 (DO L 353 15.12.83 p.8.) (EE 13 V14 p.243.)M por 387L0140 (DO L 056 26.02.87 p.24.)

375 Y 0425(01)Resolución del Consejo, de 14 de abril de 1975, relativa a un programapreliminar de la Comunidad Económica Europea para una política deprotección e información de los consumidores.DO C 092 25.04.75 p.1. (EE 15 Vi p.65.)

381 D 042881/428/CEE: Decisión de la Comisión, de 20 de mayo de 1 981, relativa a lacreación de un Comité de comercio y distribución.DO L 165 23.06.81 p.24. (EE 13 Vii p.201.)M por 1851.

388 X 004188/41 /CEE: Recomendación de la Comisión de 10 de diciembre de 1987sobre el aumento de la participación del consumidor en a normalización.DO L 023 28.01 .88 p.26.

388Y1117(01)Resolución del Consejo de 4 de noviembre de 1 988 relativa a la mejora dela participación de los consumidores en la normalización.DO 0 293 17.11.88 p.1.

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389 D004589/45/CEE: Decisión del Consejo de 21 de diciembre de 1988 relativa a unsistema comunitario de intercambio rápido de informaciones sobre lospeligros derivados de la utilización de productos de consumo.DO L017 21 .01 .89 p51.

389L0108 -

89/108/CEE: Directiva del Consejo de 21 de diciembre de 1988 relativa a laaproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre losalimentos ultracongelados destinados a la alimentación humana.DO L 040 11 .02.89 p.34.

390 D 005590/55/CEE: Decisión de la Comisión, de 17 de diciembre de 1989, por laque se crea un Consejo consultivo de los consumidores.DO L 038 10.02.90 p40.

486 Y 0723(07)Resolución del Consejo y de los Ministros de Educación, reunidos en el senodel Consejo, de 9 de junio de 1 986, relativa a la educación del consumidoren la enseñanza primaria y secundaria.DO C 184 23.07.86 p21.

15.20.30 PROTECCIÓN DE LA SALUD Y DE LA SEGURIDAD

374 D 023474/234/CEE: Decisión de la Comisión, de 16 de abril de 1974, relativa a lacreación de un Comité científico de la alimentación humana.DO L 136 20.05.74 pl. (EE 13 V3 p219.)M por 386D0241 (DO [163 19.06.86 p40.)

378 X 035878/358/CEE: Recemendación de la Comisión, de 29 de marzo de 1978, alos Estados miembros sobre la utilización de la sacarina como ingredientealimenticio y su venta en forma de comprimidos al consumidor final.DO L 103 15.04.78 p.32 (EE 13 V8 p174.)

385 L 0355885/358/CEE: Directiva del Consejo, de 16 de julio de 1985, por la que secomplementa la Directiva 81/602/CEE referente a la prohibición de

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determinadas substancias de efecto hormonal y de substancias de efectotireostático.DO L 191 23.07.85 p.46. (EE 03V 36 p104.)M por 385R3768 (DO L 362 31 .1 2.85 p.8.) (EE 03V 39 p.224.)M por 388L0146 (DO L 070 16.03.88 p16.)O por 389D0358 (DO L 151 03.06.89 p.39.)

386 D 013886/138/CEE: Decisión del Consejo de 22 de abril de 1986 relativa a unproyecto de demostración con vistas a la creación de un sistemacomunitario de información sobre los accidentes en los que esténimplicados productos de consumo.DO L 109 26.04.86 p.23.

386 X 015686/156/CEE: Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 1986dirigida a los Estados miembros, referente a la coordinación de las medidasnacionales adoptadas respecto a los productos agrícolas como consecuenciade las lluvias radiactivas procedentes de la Unión Soviética.DO L 118 07.05.86 p.28.

386 X 066686/666/CEE: Recomendación del Consejo de 22 de diciembre de 1986relativa a la seguridad de los hoteles existentes contra los riesgos deincendio.DO L 384 31 .1 2.86 p.60.

387 D 041087/410/CEE: Decisión de la Comisión de 14 de julio de 1987 por la que seestablecen los métodos que deberán utilizarse para la detección de residuosde substancias de efecto hormonal y de substancias de efecto tireoestático.DO L 223 11 .0&87 p.l 8.

387 L 035787/357/CEE: Directiva del Consejo de 25 de junio de 1987 relativa a laaproximación de las legislaciones de los. Estados miembros sobre losproductos de apariencia engañosa que ponen en peligro la salud o laseguridad de los consumidores.DO L 192 11 .07.87 p49.

387 R 3954Reglamento (Euratom) núm. 3954/87 del Consejo de 22 de diciembre de1987 por el que se establecen tolerancias máximas de contaminación

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radiactiva de los productos alimenticios y los piensos tras un accidentenuclear o cualquier otro caso de emergencia radiológica.DO L 371 30.12.87 p11.M por 389R221 8 (DO L 211.22.07.89 Pl.)

387 Y 0704(03)Resolución del Consejo de 25 de junio de 1987 relativa a la seguridad de losconsumidores.DO C 176 04.07.87 p.3.

387 Y 0707(01)Conclusiones del Consejo de 1 5 de mayo de 1 987 relativas a la mejora dela utilización de las especialidades farmacéuticas por los consumidores.DO C 1 78 07.07.87 p.2.

388 L 029988/299/CEE: Directiva del Consejo de 17 de mayo de 1988 relativa alintercambio de animales tratados con determinadas sustancias de efectohormonal y su carne, comtemplados en el artículo 7 de la Directiva88/146/CEE.DO L 128 21 .05.88 p.36.

388 L 037888/378/CEE: directiva del Consejo de 3 de mayo de 1988 relativa a laaproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre laseguridad de los juguetes.DO L 187 16.07.88 pl.

388 L 037988/379/CEE: Directiva del Consejo de 7 de junio de 1 988 sobre aproximaciónde las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas de losEstados miembros relativas a la clasificación, envasado y etiquetado depreparados peligrosos. .

DO L 187 16.07.88 p14. .

M por 389L0178 (DO L 064 08.03.89 p18.)

388 R 0983Reglamento (CEE) núm. 983/88 de la Comisión de 14 de abril de 1988 porel que se establecen disposiciones especiales relativas a la comercializacióndel aceite de oliva que contenga substancias indeseables.DO L 098 15.04.88 p.36.M por 388R1 152 (DO L 108 29.04.88 p.53.)M por 388R1 860 (DO L 166 01 .07.88 p.l 6.)

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389 L 062289/622/CEE: Directiva del Consejo, de 1 3 de noviembre de 1 989, relativa ala aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativasde los Estados miembros en materia de etiquetado de los productos deltabaco.DO L 359 08.12.89 pl.

389 R 0944Reglamento (Euratom) núm. 844/89 de la Comisión de 12 de abril de 1 989,por el que se establecen tolerancias máximas de contaminación radiactivade los productos alimenticios secundarios tras un accidente nuclear ocualquier otro caso de emergencia radiológica.DO L 101 13.04.89 p17.

389 R 2219Reglamento: (CEE) núm. 2219/89 del Consejo, de 18 de julio de 1989,relativo a las condiciones particulares de exportación de productosalimenticios y piensos después de un accidente nuclear o en cualquier otrasituación de emergencia radiológica.DO L 211 22.07.89 p4.

390 L 003590/35/CEE: Directiva de la Comisión, de 19 de diciembre de 1989, por laque se definen, de conformidad con el artículo 6 de la Directiva 88/379/CEEdel Consejo, las categorías de preparados cuyos envases deben ir provistosde un cierre de seguridad para niños y/o de una indicación de peligro quesea detectable al tacto.DO [01924.01.90 p14.

390 L 023990/239/CEE: Directiva del Consejo, de 17 de mayo de 1990, relativa a laaproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativasde los Estados miembros respecto al contenido máximo de alquitrán de loscigarrillos.DO L 1 37 30.05.90 p.36

390 R 0737Reglamento (CEE) núm. 737/90 del Consejo, de 22 de marzo de 1990,relativo a las condiciones de importación de productos agricolas originariosde países terceros como consecuencia del accidente ocurrido en la centralnuclear de Chernobil.DO L 082 29.03.90 pl.

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15.20.40 PROTECCIÓN DE LOS INTERESES ECONÓMICOS

375 L 01 0675/1 06/CEE: Directiva del Consejo, de 19 de diciembre de 1974, relativa ala aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre elpreacondicionamiento en volumen de ciertos líquidos en envases previos.DO L 042 15.02.75 p.1 (EE 13 V4 p.54.)M pór 378L0891 (DO L 311 04.11.78 p.2l,) (EE 13 V9 p.74.)M por 379L1 005 (DO L 308 04.12.79 p.25.) (EE 13 ViO p.247.)M por 385L0010 (DO L 004 05.01 .85 p20.) (EE 13 V18 p158.)M por 388L0316 (DD L 143 10.06.88 p.26.)M por 389L0676 (DO L 398 30.12.89 p.1 8.)375L 0107

75/107/CEE: Directiva del Consejo, de 19 de diciembre de 1974, relativa ala aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre lasbotellas utilizadas como recipientes de medida.DO L 042 15.02.75 p.1 4. (EE 13 V4 p.67.)376 L 021176/211 ¡CEE: Directiva del Consejo, de 20 de enero de 1 976, relativa a laaproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre elpreacondicionamiento en masa o en volumen de ciertos productos enenvases previamente preparados.DO L 046 21 .02.76 p.1 (EE 13 V4 p.244.)M por 378L0891 (DO L 311 04.11 .78 p21.) (EE 13 vg p74.)379 L 011279/112/CEE: Directiva del Consejo, de 18 de diciembre de 1978, relativa ala aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia deetiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios destinadosal consumidor final.DO L 033 08.02.79 p.1. (EE 13 V9 p.1 62.)M por 179H.M por 1851.M por 185L0007 (DO L 002 03.01.85 p.22.) (EE 13 V18 p156.)M por 386L0197 (DO L 144 29.05.86 p.38.)M por 389L0395 (DO L 186 30.06.89 p.1 7.)379 L 053079/530/CEE: Directiva del Consejo, de 14 de mayo de 1979, relativa a lainformación, mediante el etiquetado, sobre el consumo de energía de losaparatos domésticos.DO L 145 13.06.79 p.l. (EE 12 V3 p143.)

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379 L 053179/531 ¡CEE: Directiva del Consejo, de 14 de mayo de 1 979, por la que seaplica a los hornos eléctricos la Directiva 79/530/CEE relativa a lainfórmación, mediante el etiquetado, sobre el consumo de energía de osaparatos domésticos.DO L 145 13.06.79 p.7 (EE 12 V3 p.l49.)M por 1851.

379 L 058179/581/CEE: Directiva del Consejo, de 19 de junio de 1979, relativa a laprotección de los consumidores en materia de indicación de los precios delos productos alimenticios.DO L 158 26.06.79 p19 (EE 15 V2 p142.)M por 388L0315 (DO L 142 09.06.88 p.23.)

379 Y 0630(01)Resolución del Consejo, de 19 de junio de 1 979, relativa a la indicación delos precios de los productos alimentarios y productos no alimentarios deconsumo corriente preenvasados en cantidades preestablecidas.DO C 1 63 30.06.79 pl.

380 L 023280/232/CEE: Directivá del Consejo, de 15 de enero de 1980, relativa a laaproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre las gamasde cantidades nominales y de capacidades nominales admitidas paraciertos productos en envases previos.DO L 051 25.02.80 p.l (EE 13 Vil p3.)M por 386L0096 (DO L 080 25.03.86 p55.)M por 387L0356 (DO L 1 92 11 .07.87 p.48.)

383 L 046383/463/CEE: Directiva de la Comisión, de 22 de julio de 1 983, por la que seintroducen medidas transitorias para la indicación de determinados ingredientes en el etiquetado de los productos alimenticios destinados alconsumo final.DO L 255 15.09.83 pl. (EE 13 Vi 4 p.l 62.)

384 L 045084/450/CEE: Directiva del Consejo, de 10 de septiembre de 1984, relativaa la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de publicidad engañosa.DO L 250 19.09.84 p17 (EE 15 V5 p.55.)

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385 L 037485/374/CEE: Directiva del Consejo, de 25 de julio de 1985, relativa a laaproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativasde los Estados miembros en materia de responsabilidad por los dañoscausados por productos defectuosos.DO L 210 07.08.85 p.29. (EE 1 3 Vi 9 p8.)385 L 057785/577/CEE: Directiva del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, referentea la protección de los consumidores en el caso de contratos negociadosfuera de los establecimientos comerciales.DO L 372 31.12.85 p31. (EE 15 V6 p.l 31.)

386 X 066586/665/CEE: Recomendación del Consejo de 22 de diciembre de 1986,relativa a la información normalizada en los hoteles existentes.DO L 384 31 .12.86 p54.387 L 01 0287/102/CEE: Directiva del Consejo, de 22 de diciembre de 1986, relativa ala aproximación de las disposiciones legales reglamentarias y administrativasde los Estados miembros en materia de crédito al consumo.DO L 042 12.02.87 p.48.M por 390L0088 (DO L 061 10.03.90 p.i 4.)387 L 025087/250/CEE: Directiva de la Comisión, de 15 de abril de 1987, relativa a laindicación del grado alcohólico volumétrico en las etiquetas de las bebidasalcohólicas destinadas al consumidor final.DO L 113 30.04.87 p57.387 R 1898Reglamento (CEE) núm. 1898/87, del Consejo de 2 de julio de 1987, relativoa la protección de la denominación de la leche y de los productos lácteos enel momento de su comercialización.DO L 182 03.07:87 p.36.M por 388R0222 (DO L 028 01 .02.88 pi.)387 X 059887/598/CEE: Recomendación de la Comisión de 8 de diciembre de 1 987,sobre un Código europeo de buena conducta en tratamiento de pagoelectrónico (Relaciones entre organismos financieros comerciantesprestadores de servicios y consumidores).DO L 365 24.12.87 p.72.

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387 Y 0704(02)Resolución del Consejo, de 25 de junio de 1 987, sobre el acceso de lasconsumidores a la justicia.DO 0 1 76 04.07.87 p.2

388 L031488/314/CEE: Directiva del Consejo de 7 de junio de 1988, relativa a laprotección de los consumidores en materia de indicación de los preçios delos productos no alimenticios.DO L 142 09.06.88 p.1 9.

388 Y 0611(01)Resolución del Consejo, de 7 de junio de 1988, relativa a la protección de losconsumidores en materia de indicación de los precios de los productosalimenticios y de los productos no alimenticios.DOC 153 11.06.88 p.l.

389 L 039689/396/CEE: Directiva del Consejo, de 14 de junio de 1989, relativa a lasmenciones o marcas que permitan indentificar el lote al que pertenece unproducto alimenticio.DO L 186 30.06.89 p.21.

15.30 Protección de la salud

377 L 031277/312/CEE: Directiva del Consejo, de 29 de marzo de 1977, sobre lavigilancia biológica de la población contra el peligro del saturnismo.DO L 105 28.04.77 p.1 0. (EE 05 V2 p.1 25.)

384 L 046684/466/Euratom: Directiva del Consejo, de 3 de septiembre de 1984, por laque se establecen las medidas fundamentales relativas a la protecciónradiológica de las personas sometidas a exámenes y tratamientos médicos.DO L 265 05.10.84 p.l. (EE 12 V4 p.1 22.)

• 387 Y 0704(01)Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de losEstados miembros reunidos en el seno del Consejo, de 25 de junio de 1987,relativa al establecimiento de una cooperación comunitaria en materia deprotección civil.DO L 176 04.07.87 pl.

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388 L 032088/320/CEE: Directiva del Consejo, de 9 de junio de 1988, relativa a lainspección y verificación de las buenas prácticas’de laboratorio (BPL).DO L 145 11 .06.88 p.35.M por 390L001 8 (DO L 0111 3.01 .90 p.37.)

389 D 056989/569/CEE: Decisión del Consejo, de 28 de julio de 1989, relativa a laaceptación por la Comunidad Económica Europea de• una Decisión-Recomendación de la OCDE sobre el cumplimiento de los principios debuenas prácticas de laboratorio.DO L 315 28.10.89 pl.

389 L 01 0589/105/CEE: Directiva del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa ala transparencia de las medidas que regulan la fijación de precios de losmedicamentos para uso humano y su inclusión en el ámbito de los sistemasnacionales del seguro de enfermedad.DO L 040 11 .02.89 p.8.

389 L 061889/618/Euratom: Directiva del Consejo, de 27 de noviembre de 1989,relativa a la información de la población sobre las medidas de protecciónsanitaria aplicables y sobre el comportamiento a seguir en caso deemergencia radiológica.DO L 357 07.12.89 p.3l.

390 R 0770Reglamento (Euratom) núm. 770/90, de la Comisión, de 29 de marzo de1 990, por el que se establecen las tolerancias máximas de contaminaciónradiactiva de los’Diensos tras un accidente nuclear o cualquier otro caso deemergencia radiológica.DO L 083 30.03.90 p78.

486 Y 0723(01)Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de losEstados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 29 de mayo de 1 986,sobre un programa de acción de la Comunidad en el sector de la toxicologíaa efectos de la protección sanitaria.DO 0 184 23.07.86 p.l.

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486 Y 0723(02)Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de losEstados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 29 de mayo de 1986,relativa al abuso de alcohol.DO C 184 23.07.86 p.3.

486 Y 0723(03)Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de losEstados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 29 de mayo de 1986,sobre la adopción de una cartilla sanitaria europea de urgencia.DO 0 184 23.07.86 p.4.

486 Y 0723(04)Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de losEstados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 16 de junio de 1 986,relativa a la protección de los pacientes sometidos a diálisis, mediante unareducción máxima de la exposición al aluminio.DO C 184 23.07.86 p.16.

486 Y 0723(05)Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de losEstados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 7 de julio de 1 986,referente a un programa de acción de las Comunidades Europeas contra elcáncer.DO 0 184 23.07.86 p.19.486 Y 0723(06)Resolución de los representantes de los Gobiernos de los Estadosmiembros, reunidos en el seno del Consejo de las Comunidades Europeas,de 29 de mayo de 1986, relativa al SIDA.DO C 184 23.07.86 p21.

487 Y 0707(01)Conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de losEstados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 15 de mayo de 1987,relativo al SIDA.DO C 178 07.07.87 pl.

• 487 Y 0707(03)Conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de losEstados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 31 de mayo de 1 988,relativas al SIDA.DO 0 197 27.07.88 p.8.

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489 Y 0203(01)Conclusiones del Consejo y de los ministros de Sanidad de los Estadosmiembros, reunidos en el seno del Consejo, de 1 5 de diciembre de 1988,relativas al SIDA.DO 0 028 03.02.89 p.l.

489 Y 0203(02)Conclusiones del Consejo y de los ministros de Sanidad de los Estadosmiembros, reunidos en el seno del Consejo, de 1 5 de diciembre de 1988,relativas al SIDA y al lugar de trabajo.DO C 028 03.02.89 p.2.

490 D 023890/238/Euratom, CECA, CEE: Decisión del Consejo y de los representantesde los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo,de 17 de mayo de 1990, por la que se adopta un plan de acción 1 990-1 994,en el marco del programa «Europa contra el cáncer».DO L 137 30.05.90 p31.

490 Y 0116(01)Resolución del Consejo y de los ministros de Sanidad de los Estadosmiembros, reunidos en el seno del Consejo, de 22 de diciembre de 1 989,relativa a la lucha contra el SIDA.DO C 010 16.01 .90 p.3.

15.40 Protección de animales

288 A 0602(04)European Convention for the Protection of Animals for Slaugter — Conventioneuropéenne sur la protection des animaux d’abattage.DO L 137 02.06.88 p.27.O por 388D0306 (DO L 137 02.06.88 p.25.).

378 D 092378/923/CEE: Decisión del Consejo, de 19 de junio de 1978, relativa a lacelebración del Convenio europeo sobre protección de los animales en lasganaderías.DO L 323 17.11.78 p.l 2. (EE 03 Vi 5 p47.)

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386 L 060986/609/CEE: Directiva del Consejo, de 24 de noviembre de 1 986, relativa ala aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas

-. de los Estados miembros respecto a la protección de los animales utilizadospara experimentación y otros fines científicos.DO L358 18.12.86 pl.

386 Y 1223(01)Resolución del Consejo, de 24 de noviembre de 1986, relativa ala firma porparte de los Estados miembros del Convenio europeo sobre la protección delos animales vertebrados utilizados para experimentación y otros finescientíficos.DOC 331 23.12.86 p.1.

388 D 030688/306/CEE: Decisión del Consejo, de 16 de mayo de 1988, relativa a laaprobación del Convenio europeo sobre la protección de los animales desacrificio.DO L 137 02.06.88 p25.

388 L 01 6688/166/CEE: Directiva del Consejo, de 7 de marzo de 1988, relativa a laejecución de la sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto 1 31/86(anulación de la Directiva 86/113/CEE del Consejo, de 25 de marzo de1986, por la que se establecen las normas mínimas relativas a la protecciónde las gallinas ponedoras en batería).DO L 074 19.03.88 p.83.

388 L 032088/320/CEE: Directiva del Consejo, de 9 de junio de 1988, relativa a lainspección y verificación de las buenas prácticas de laboratorio (BPL).DO L 145 11 .06.88 p.35.M por 390L001 8 (DO L 01113.01 .90 p.37.)

389 D 045589/455/CEE: Decisión del Consejo, de 24 de julio de 1989, por la que secrea una acción comunitaria para el establecimiento de proyectos pilotodestinados a luchar contra la rabia con vistas a su erradicación o suprevención.DO L 223 02.08.89 p.l 9,

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389 D 056989/569/CEE: Decisión del Consejo, de 28 de julio de 1989, relativa a laaceptación por la Comunidad Económica Europea de una Decisión-Recomendación de la OCDE sobre el cumplimiento de los principios debuenas prácticas de laboratorio.DO L 315 28.10.89 pl.

390 D 006790/67/CEE: Decisión de la Comisión, de 9 de febrero de 1 990, por la que seestablece un Comité consultivo sobre la protección de los animalesutilizados para la experimentación y otros fines científicos.DO L 044 20.02.90 p30.

486 Y 1223(02)Resolución de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembrosde las Comunidades europeas, reunidos en el seno del Consejo, de 24 denoviembre de 1 986, relativa a la protección de los animales utilizados paraexperimentación y otros fines científicos.DO C 331 23.12.86 p.2.

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CAPÍTULO SEGUNDO

COMBUSTIBLE NUCLEARY MEDIO AMBIENTE

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COMBUSTIBLE NUCLEAR Y MEDIO AMBIENTE

Por JosE MANUEL JIMENEZ ARANA

Introducción

Esta documentación se refiere a la primera parte del ciclo del combustiblenuclear, su relación con el medio ambiente y la protección radiológica; todoello dentro de una importante fuente de energía, que en España representacasi el 40 por 1 00 de la producción de energía eléctrica.

En su desarrollo se tratará de elaborar el marco dentro del cual nosdesenvolvemos y en el cual la energía nuclear y su ciclo del combustible esuna pequeña parte. Por éllo, se tratará someramente la relación entre laenergía y la vida, la evolución de la sociedad hasta su nivel de exigencia yconfort actual, con la incidencia que ello tiene sobre el ambiente; la energíaeléctrica y su producción, tanto como una exigencia por el confort o calidadde vida, o como factor multiplicador o participante en la producción.

Esto nos lleva a la energía nuclear como una opción de producción deelectricidad, las exigencias y servidumbres que ello implica, y en especiallas actividades para obtener los elementos que forman la parte delcombustible nuclear o primera parte del ciclo. No entraremos aquí en lasegunda parte del ciclo, que en España es abierto, y cuya responsabilidadestá confiada a la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, S. A.,(ENRESA). De esta manera, finalmente, pasamos a lo que queremosconstituya el núcleo de la documentación que se podría expresar en el

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«cómo la Empresa Nacional del Uranio, S. A. (ENUSA) realiza la primeraparte del ciclo del combustible nuclear y cómo trata de minimizar o suprimirsu incidencia o impacto sobre el ambiente».

Energía y vida

En los textos clásicos contemporáneos la energía se define simplementecomo «la capacidad para efectuar trabajo’>. Esto no sería más que unaampliación de los términos newtonianos según los cuales era la «propiedadde mover masas» El concepto de energía es básico en termodinámica,química y electromagnetismo. Con Einstein los conceptos de materia yenergía pasan a relacionarse por la ecuación de conversión: E = rnc dondeEes la energía, m la masa y c la velocidad de la luz, expresadas en unidadescoherentes.

A esto habría que agregar la teoría cuántica en la que, según la acuación dePlanck, la energía cedida por radiación viene expresada por: E = hv,dondeE, energía emitida por la radiación ergios; y, frecuencia de la radiación(= 1 /X); h, constante de Planck (6.6255 X 1 0—27 ergios/sg).

La energía se presenta bajo muchas formas: potencial, cinética, mecánica,térmica, química, nuclear, eléctrica, electromagnética, etc. Unas se puedenconvertir en otras a través de un sistema de conversión, aunque siempre sepierde algo de ella, cuadro 1. Hay que tener en cuenta que todo sistemaevoluciona a su forma más estable, es decir, a la que tiene menos contenidoenergético.

La Tierra y los seres vivos están formados de substancias, que a su vezestán constituidas de moléculas y éstas a su vez de átomos. El átomo es lapartícula más pequeña que tiene características químicas propias, laasociación de unos a otros, con los intercambios energéticos consiguientes—calor de reacción, etc.—, lleva a las moléculas, y éstas a los seres vivos,desde los más sencillos, unicelulares, a los más complejos, por ejemplo, elhombre.

Los seres vivos se mantienen como tal y pueden crecer, desarrollarse yactuar como tales porque tienen una aportación energética. Los mamíferos,mediante la oxidación de los azúcares y grasas; los microorganismos, porejemplo el unicelular Thiobacilius ferrooxidans, que se usa en la recuperacióndel uranio en Saelices-Ciudad Rodrigo (Salamanca), porque oxida el hierroferroso a férrico; las plantas, porque mediante la función clorofílica captan la

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Alternador (grande)

Motor eléctrico (grande)Batería

Central hidroeléctrica

Caldera de vapor (grande)Calefacción doméstica (gas)Batería secundaria (ácido-plomo)

Calefacción doméstica (fuel-oil)

Motor eléctrico (pequeño)Célula de combustible (H2 - 02)

c-)

O0)

o E‘ .Ç2 o E

E - E OO c, .0 G) O a) co .E o 1— E i

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0- - —

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— - II i1- - - -

Cuadro 1.—Rendimientos típicos de conversión de energía.

Sistema de conversión (equipo)

Formas de energía

¡

occi,EOci)

100 -

9Ó —

80 —

70 —

60 —

50 —

40 —

30 —

20 —

10 —

O

Cohete de combustible líquidoTurbina de vapor

Central termoeléctrica

Motor dieselTribuna industrial (gas)Central nuclear (LWIR)

Motor automóvilConvertidor termoiónicoLámpara fluorescente

Célula solar (si)

Locomotora de vaporConvertidor termoeléctrico•Lámpara incandescente

— 79•—

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energía solar, etc. En definitiva, hay que concluir que la energía esfundamental para la vida. El Sol, que es un inmenso reactor nuclear, esnuestra fuente original de energía. Su energía, que sería insoportable,alcanza la Tierra al nivel convenientemente atenuada hasta un niveladecuado para sus habitantes. Sin embargo, todos los seres tienen un rangoóptimo energético, y la aportación de energía, bien sea mecánica, química oelectromagnética, en cantidades superiores, será perjudicial para ellos.

De especial interés es el concepto de radiactividad. Ya hemos dicho que elátomo es la partícula más pequeña con características químicas propias,pero se vio que no era un ente simple, sino que a su vez está formado departículas más elementales: protones —de masa casi unidad y cargapositiva— y electrones —de masa casi despreciable y carga negativa—.Todos los átomos tienen un número equivalente de protones y electrones.Hay átomos además que tienen en su núcleo, junto al protón, partículasneutras de masa igual que el protón. Simplificando, se podría decir que conla asociación de esas tres partículas se forma toda la tabla del «sistemaperiódico de elementos».

Además hay que señalar que un mismo elemento químico puede tenernúcleos de masa diferente, es decir, tiene el mismo número de protones quees lo que los caracteriza como elemento pero distirto número de neutrones,que le dan la masa adicional, tenemos así diferentes nucleidos de un mismoelemento.

Se conocen 340 nucleidos naturales, la mayóría de ellos son estables, esdecir, se encuentran en un mínimo energético. Sin embargo, hay una parte,alrededor de 70 isotopos, que tienen núcleos inestables, están en un nivelenergético elevado y tienden a perder energía emitiendo partículas a, /3, obien una radiación electromagnética intensa y; es lo que constituye laradioactividad natural, que se presenta en tres modalidades:

a) Radiactividad alfa (a), en la cual se emiten agregados de dos protonesy dos neutrones, es decir, núcleos de helio:

238 234 TkL492 9O’’’ 2

b) Radiactividad beta (/3), en la que lo que se emiten son electrones opositrones. Dado que en principio el núcleo no tiene electrones, seinterpreta que un neutrón se convierte en un protón más un electrón yun neutrino.

1n—11H1 +°1e.+ y

c) Radiactividad gamma (y), de naturalezas electromagnética, de muybaja longitud de onda y más penetrante que los rayos X.

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En toda transmutación radiactiva hay un desprendimiento grande deenergía, tanto en forma de energía cinética, de las partículas que salen agran velocidad, como en la radiación gamma acompañante o subsiguiente.El orden de magnitud es el de los MeV, por átomo, pero además hay quetener en cuenta el número de Avogadro (N = 6.023 X 1023 de átomos quehay por mol. Claro está que no todos los nucleidos radiactivos sedesintegran instantáneamente, sino que lo hacen con una cierta velocidad,N (figura 1 p.82), que depende del número que existiese inicialmente, No, yde una constante radioactiva X de desintegración, es decir: N = No e_Át.Donde: X = 1/<t>;.<(> = tiempo de vida media;; <t>=t 1/21lfl 2;t 1/2 = período de semidesintegración.

El tiempo en que la concentración de átomos activos tarda en reducirse a lamitad se llama período de semidesintegración, y es característico de cadaradionucleido.

Los nucleidos radiactivos, o radioisótopos, se clasifican en tres categorías:— Los nucleidos primarios son aquellos cuya vida es tan grande que

permite su existencia actual en cantidades detectables a pesar deltiempo transcurrido (5.000 X 1 06a) desde que acabó la nucleosíntesis,los más importantes son: U-235, U-238, Th-232, K-40, Lu-1 76 y La-1 38.

— Los nucleidos secundarios, son los que tienen una vida media tan cortaen relación con la edad del Universo que su existencia sólo se explicapor formarse continuamente a partir de los radionucleidos primariosTh-232, U-238 y U-235, que son cabeza cada uno de una serieradiactiva, y sobre las que insiste luego.

— Nucleidos inducidos, son los que se están produciendo continuamentepor interacción de la radiación cósmica con ciertos componentes de laatmósfera o de la corteza terrestre (Be-lo; C-14; S-35 y Cl-36), o porreacciones nucleares con el campo neutrónico terrestre (reacciones a, ncon Be, Bi, Si, fisiones espontáneas del U-238 o inducidos en el U-235).

Las series radiactivas naturales con series de elementos (figura 2, p.83), queempiezan en un elemento radiactivo que decae en otro y éste en otro hastallegar a un elemento estable. Existen tres de estas series:

Th-232--... Ra-224—... Rn-220--... Pb-208(Th D)U -235—... Ra-223—... Rn-219--... Pb-207 (Ac D)U -238--... Ra-226--... Rn-222--... Pb-206 (Ra G)

Es interesante señalar que en ellas está el radón (Rn) que es un gas noble,no reactivo imposible de fijar y que es uno de los contribuyentes

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1

Figura 1.—Ley de desintegración radiactiva.

1/2

1/41

1u

*uuu

o 1 2 3 4 51/11/2

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1 u u. 1

238

236

1 1 1 1 1 1

234

232

230

228

226

224

Eo 222ci,Ez 220

218

216

L 1 1 .l82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92

1 u

Número atómico

1

Figura 2.—Serie radiactiva del U-238. (Se han omitido las armas secundarias).

83 —

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fundamentales a la radiactividad natural y que nos lo encontraremos en laprimera parte del ciclo del combustible.Los nucleidos estables se pueden hacer inestables por bombardeo nucleary convertirlos en radiactivos. Ya hemos hablado antes de los nucleidosinducidos por la radiación cósmica; pero esto lo hace también el hombre. Uncaso especialmente interesante es el de los núcleos pesados, U-235 porejemplo, que al ser bombardeado origina un núcleo inestable que noevoluciona lentamente según la pauta de radiación a o ¡3 sino que se fisiona,es decir, se parte en otros dos nucleidos de masas más bajas y liberandoneutrones adicionales:

235v + n_92Kr + 141Ba + 3nLos neutrones liberados, y convenientemente moderados, podrían bombardearmás uranio y continuar la reacción en cadena.Si se hace el balance de masas a los dos térmicos de la ecuación resultaque al partirse el U-235 se han perdido 0,215 unidades de masa atómica(uma) o sea, 3.57 X 10 -28 kg que se han convertido en energía según:

E = mc2 = (3.57 X 10 28 kg) X 9 X 1016 m2/s2.= 3.2 X 10 -11 J

Esta es la energía liberada en una sola «fisión». Si en un período corto sefisionasen sólo el 1 por 100 de los 2.5 X 1024 átomos de 1 kg de U-235 laenergía liberada sería:

E total = (0.01)(2.5 X 1024) (3.2 X 1011 J)= 8 X 1011 JFrente a esto se puede recordar que el equiválente energético de unatonelada de carbón es de 3 X 1024 J, o sea la energía que darían 37 g de235 U. Esta es la base de la generación de energía eléctrica en los reactoresnucleares.

Medio ambiente y sociedad modernaLa Comisión europea definió el medio ambiente como: «la combinación deelementos cuyas complejas interrelaciones establecen el marco y lascondiciones de vida —tal como son y se las percibe— de los individuos y lasociedad».Esta definición abarca tanto el medio ambiente natural (el campo con suflora y fauna, los ríos, lagos y mares, la atmósfera, los animales salvajes ysus hábitats, etc.), como el medio ambiente creado por el hombre (áreasurbanas, patrimonio arquitectónico).Otra definición más sencilla podría ser: «medio ambiente es el hábitat físicoy biótico que nos rodea; es decir, que podemos ver, oír, tocar, oler y gustar».

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.1

Los aspectos medioambientales están relacionados con los sistemas delterreno, del agua y del aire y con los seres que en ellos viven. Perodesgraciadamente la mayoría de los «problemas» medioambientales no selimitan a uno sólo de los sistemas sino que más bien implican interaccionesentre los sistemas (figura 3). Por ejemplo, los óxidos de azufre que seproducen en las plantas de combustión de carbón, o en los coches, pasana la atmósfera y se dispersan, pero la lluvia los lava originando la<(precipitación)> ácida, perjudicial para la vida acuática, los bosques y laagricultura. Además muchas veces su alcance no es sólo local, sino quepuede ser continental e incluso mundial.

Relacionado con el concepto de medio ambiente hay que introducir otroaspecto que es el de «contaminación», que se podría definir como todo

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Figurá 3.—Interaciones aire-agua-tierra.

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cambio no deseado en las características físicas, químicas o biológicas delaire, del agua o del terreno y que pueda perjudicar la salud, la supervivenciao las actividades humanas ode otros organismos vivos. Algunos de estoscambios son fenómenos naturales —terremotos, volcanes, inundaciones,incendios, etc.—, pero hay otros que se deducen de la actividad humana(minería, transporte, agricultura, etc.).

Nuestro Planeta es un sistema energético muy sensible. Está dentro delsistema solar y ha recibido y recibe su energía del Sol que es un inmensoreactor termonuclear, pero que por la distancia y medios interpuestos(atmósfera, etc.), envía la energía adecuada para los seres vivos de la Tierra,aunque tal vez se podría decir que los seres vivos de la Tierra surgieron o seadaptaron a esa energía que reciben. Sin embargo, el espectro o rangoenergético adecuado —mecánica, químico, eléctrico, etc.— es relativamenteestrecho para cada ser vivo y cuando se encuentra fuera de dicho marcosufre las consecuencias. Las consideraciones biológicas se podríanextender a aspectos psicológicos para los humanos que entienden una«cultura» y que les violenta les saquen de ella. Por lo que respecta a losseres inanimados también hay un marco conveniente, cuya rotura suele serperjudiçial, por ejemplo degradación de terrenos, desertización, etc.

Un aspecto de la actividad humana que incide sobre el medio ambiente esla generación de <(residuos)>, materiales o energéticos, que aportados almedio puede ser una contaminación. Esta contaminación se podría pensarque estuviere relacionada, tanto cuantitativa como cualitativamente, con lapoblación mundial. Al principio la población era pequeña, al comienzo de laEra Cristiana se estimaba en unos 300 millones de habitantes, que fuecreciendo lentamente hasta 500 millones alrededor del año 1650. Era unasociedad fundamentalmente agraria cuyo ciclo de producción de reiduos(figura 4), era sencillo y absorbible por el sistema terráqueo. Los agentesproductores de residuos eran el hombre y los animales; los residuosproducidos eran residuos humanos y de animales, productos de combustióny residuos de las cosechas. Hay que señalar, sin embargo, que ya en laantigüedad tanto los chinos como los griegos tenían leyes para proteger elsuelo, mientras quelos romanos tuvieron sistemas de alimentación de aguay cloacas para la eliminación de los residuos. También en Inglaterra, ya enel siglo XIII, se tomaban medidas para controlar la contaminación atmosférica.

A partir del año 1.650, en que se considera el comienzo de la Era Moderna,desde el punto de vista científico y tecnológico, el crecimiento de lapoblación es explosivo, y en el año 1 983 se alcanzaron unos 4.700 millones

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de habitantes. El crecimiento de la población mundial fue consecuencia delos avances en la salud y en la mejora de las condiciones de la vida, ademásgran parte de esta población se fijó en las ciudades. Los desarrolloscientíficos permitieron aumentar la esperanza de vida y superar lasexigencias de esa mayor población, que cada vez demandaba mejoresniveles de calidad de vida. Sin embargo, todos estos logros no fueron«conquistas» completamente limpias, sino que también originaron contami

Ambiente físico.

L1 Generador de residuos.

A Tratamiento.

Generador de residuos.Humanos.Animales.

Residuos.Residuos humanos y animales.combustión de madera.Residuos de cosechas.

Figura 4.—Ciclo de residuos en una sociedad agraria.

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nación y residuos. El ciçlo de residuos de esta sociedad industrializada esmucho más completo (figura 5) que el de la sociedad agrícola.

Los agentes productores de residuos ya no son sólo la población humana yanimal, sino que se le suma la industria, la minería, los transportes y laenergía. Los residuos producidos afectan intensamente a los tres sistemas:agua, aire y tierra. Muchas regiones de la Tierra empiezan a deteriorarsemanifiestamente y el público se inquieta pidiendo algún tipo de acción. En elaño 1962, Ráquel Carson publica su libro La primavera silenciosa sobre elimpacto de los insecticidas en California y se puede decir que en ella seconcreta e inicia la exigencia social sobre el medio ambiente. Luego hanaparecido muchos ensayos y además, ya a finales de los años 60 y durantelos años 70, los Gobiernos del mundo occidental empiezan a introducirlegislación y controles sobre muchos aspectos de la contaminación. EnEstados Unidos se crea en el año 1 970, la Agencia de Protección Ambiental(EPA).

Las Naciones Unidas organizaron en Estocolmo (1972), la Conferenciasobre el Medio Ambiente Humano, luego en años posteriores se hanrealizado reuniones sobre aspectos parciales. Es de resaltar la celebrada enMadrid en el año 1987, en la que que se presentó el Informe Nuestró FuturoComún, en el que se trata de coordinar y posibilitar las tres E, es decir,energía, economía y ecología, estableciendo el principio del «desarrollosostenible» compatible con el medio ambiente.

La CE inició el Primer Programa medioambiental en el año 1972. En el año1 977 pasó al segundo en que fija límites para emisión e inmisión, además delprincipio de «quien contamina paga». En el año 1 981 avanza un poco máscon el Tercer Programa en el que se parte de que «más vale prevenir quecurar». Por último está la Directiva del 27 de junio del año 1985 (85/337/CEE), relativa a la evaluación que algunos tipos de proyectos pueden tenersobre el medio ambiente.

En España había alguna reglamentación antigua como la Ley de Agua(1 879), la Ley Nuclear (1 964), el Reglamento de Actividades Nocivas yPeligrosas, la Ley de Residuos Tóxicos y Peligrosos, etc. Pero es sobre todoa partir del año 1 982 cuando se lleva a cabo una modificación importante enla reglamentación española con vistas sobre todo a la incorporación a laComuniiad Europea. Se podría señalar:

La nueva Ley de Aguas (2/8/1 985).— El Reglamento de Dominio Público Hidráulico (30/4/1 986) que desarrolla

la Ley.

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[ Generador de residuos. Generador de residuosPoblación humana y animal.A Industria.Tratamiento. Transportes y energía.

Tipos de residuos.Líquidos: Residuos humanos y animaIe.

Residuos industriales y del comercio.Gases: Combustión doméstica e industrial;

Combustión al aire libre.Emisión de gases inOustriales y partículas.Residuos del transporte.

Sólidos: Residuos domésticos e industriales.Eliminación de barros.Residuos peligrosos.

Figura 5.—Ciclo de residuos en una sociedad industrializada.

—89—

Ambiente físico.

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•1

— Las modificaciones de 1985 y 1987 al Decreto deI 6/2/1975 sobreContaminación Atmosférica, que a su vez desarrollaba la Ley deProtección del Ambiente Atmosférico de 22/12/1972.

— El Reglamento de Protección Sanitaria contra las Radiaciones Ionizantes(octubre, 1982), y modificado en enero de 1988 que sustituye alReglamento de 1959.

— El Reglamento de Evaluación del Impacto Ambiental (30/9/1 988) para laejecución del Real Decreto Legislativo de 1986.

— También hay que recordar la Ley 15/1980 de 22/4/1 980 de creacióndel Consejo de Seguridad Nuclear.

Por último hay que señalar la creación de la Secretaría General del MedioAmbiente en el MOPU (1 6/2/1 990) para la ordenación, defensa y mejoradel medio ambiente.

Aunque las evaluaciones de impacto ambiental ya eran preocupación en la.década de los años 70, es el Real Decreto Legislativo 1 .302/1986, de 28 dejunio, el que fija su alcance (cuadro 2) y los preceptos que tienen quecumplir y que de forma esquemática son:

a) Descripción general del proyecto y exigencias respecto al medio yemisiones.

b) Evaluación de los efectos previsibles, directo e indirectos sobre el medioen sus diversos aspectos.

c) Medidas para eliminar o compensar esos efectos y posibles alternativasal proyecto.

d) Resumen del estudio y conclusiones en términos fácilmente comprensibles.

e) Programa de vigilancia ambiental.

Veremos luego como incide y como se aplica esto en la actividad de ENUSAde la primera parte del Ciclo del Combustible Nuclear.

Producción de energía eléctrica

Desde la antigüedad la energía (solar y el fuego), han sido elementos deconfort para el hombre, así como para la navegación (viento) o transporteacuático (ríos) o el transporte terrestre (vapor), etc. Hay unas formasprimarias de energía y otras secundarias o de uso. Como fuentes de energíaprimaria cabría citar: la madera o biomasa, el carbón, el petróleo, el gasnatural, la energía geotérmica, la nuclear, la hidráulica, la solar, la eólica y lamaremotriz, etc. Desde el punto de vista de aplicación o uso hay que

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ACTIVIDADES SOMETIDAS A EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

Según el Real Decreto Legislativo 1 .302/1 986, de 28 de junio, se someterán aevaluación de impacto ambiental los proyectos, públicos o privados, derealización de obras, actividades e instalaciones siguientes:

— Refinerías de petróleo bruto (con la exclusión de las Empresas queproduzcan únicamente lubricantes a partir de petróleo bruto), así como lasinstalaciones de gasificación y de licuefacción de al menos 500 toneladasde carbón de esquistos bituminosos al día.

— Centrales térmicas y otras instalaciones de combustión con potenciatérmica de al menos 300 Mw, así como centrales nucleares y otrosreactores nucleares (con exclusión de las instalaciones de investigaciónpara la producción y transformación de materias fisionables y fértiles en lasque la potencia máxima no pase de un Kw de duración permanentetérmica).

— Instalaciones destinadas exclusivamente, al almacenamiento permanente,o a eliminar definitivamente residuos radiactivos.

— Plantas siderúrgicas integrales.— Instalaciones destinadas a la extración de amianto, así como el tratamiento

y transformación del amianto y de los productos que contienen amianto:para los productos de amintocemento, una producción anual de más de20.000 toneladas de productos terminados; para las guarniciones defricción, una producción anual de 50 toneladas de productos terminados, ypara otras utilizaciones de amianto, una utilización de más de 200 toneladasaño.

— Instalaciones químicas integradas.

— Construcción de autopistas, autovías, líneas de ferrocarril de largorecorrido, aeropuertos con pistas de despegue y aterrizaje de una longitudmayor o igual a 2.100 metros y aeropuertos de uso particular.

— Puertos comerciales; vías navegables y puertos de navegación interior, quepermitan el acceso a barcos superiores a 1.350 toneladas, y puertosdeportivos.

— Instalaciones de eliminación de residuos tóxicos y peligrosos por incineración,tratamiento químico o almacenamiento de tierra.

— Grandes presas.— Primeras répoblaciones cuando entrañen riesgos de graves transformaciones

ecológicas negativas.— Extracción a cielo abierto de hulla, lignito u otros minerales.

Cuadro 2.—Esqueina del Real Decreto Legislativo 1.302/1986.

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destacar los hidrocarburos en el transporte y la electricidad en la industria,servicios y uso doméstico. El consumo de energía crece con el desarrollo—o a la inversa—, así el de energía primaria, ha aumentado cuatro vecesdesde los años de 1950 a 1 988, pero es sobre todo la demanda eléctrica laque crece mucho más rápida, pues en el mismo período fue de diez veces.La electricidad se produce en centrales hidráulicas que transforman laenergía potencial del agua en eléctrica, en centrales térmicas que quemancombustibles fósiles para transformar su energía térmica en eléctrica y enlas centrales nucleares que transforma la energía nuclear en eléctrica,aparte algunas otras formas menores en desarrollo. Los rendimientos de latransformación no son del 100 por 100 como se ve en el cuadro 1, p. 79; laenergía no aprovechada o perdida pasa al ambiente y constituye la primeracontaminación notable que es de tipo térmico. Sin embargo, no es ésta laúnica y en el cuadro 3, pp. 94-95, se recogen los tipos de impacto, el agenteactivo, el medio sobre el que actúa (aire, agua o suelo) y su ámbito local,regional o global, así como el costo de su control. La realidad es que lasociedad es cada vez más sensible al impacté que la producción de energíatiene sobre el ambiente.

En lbs países desarrollados la producción de electricidad se hace mediantecombustibles fósiles (carbón, fundamentalmente), por vía nuclear y por víahidráulica. En España, el año pasado —1989—, la contribución de cada unofue del 43 por 100, 41 por 100 y 13 por 100, respectivamente. Por ello se vana señalar brevemente los aspectos medioambientales relacionados con elcarbón y la energía nuclear:

a) Centrales de carbón, aparte de los aspectos mineros y térmicos, susprincipales incidencias serían, la emisión de sólidos a la atmósfera, laemisión de gases sulfurosos y nitrosos relacionados con la lluvia áciday la emisión de anhídrido carbónico resultante de la combustión y sucontribución al efecto invernadero. Además en muchos casos hay queconsiderar el impacto radiológico, pues por ejemplo en España essuperior en un factor de 35 a 65 veces el de una central nuclear depotencia equivalente.

b) En las centrales nucleares, el principal impacto es el radiológico delciclo de fabricación y el riesgo de los residuos radiactivos peligrosospero confinables. Aparentemente su impacto sobre el ambiente esmínimo, sin embargo, su aceptación por el público es muy bajo y es elprincipal freno a su implantación y explotación.

En la actitud anterior hay mucho de miedo a lo no conocido, a lo novedosoy al uso bélico terrible de la energía nuclear en la bomba atómica. Estudios

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serios del riesgo muestran que hay muchas actividades habituales, con lasque convivimos que son más peligrosas que la energía nuclear pero que setienen asumidas. -

Energía nuclear y su ciclo combustible

Ya hemos indicado antes, al hablar de la radiactividad artificial, cómo esposible bombardear nuclearmente un nucleido, con neutrones, para lograrun núcleo inestable que se parte para dar dos nucleidos de masa intermedia:

235U+n—..9Kr+i4lBa+3n

y como en esta transformación hay un déficit de masas, de forma que lafisión del 1 por 1 00 de 27 g de U-235 libera una energía equivalente a unatonelada de carbón. La consecuencia inmediatá sería la de aprovechar esa

energía. Sin embargo, hubo que superar varias condiciones que de formaesquemática fueron:a) No todos los nucleidos son fácilmente fisionables. Hay que señalar el

U-235 y otros nucleidos de tono, como materiales fisibles. A esteelemento se le llama «combustible» aunque no tiene que ver nada conuna combustión.

b) Pero el U-235 sólo está en la proporción del 0,7 por 1 00 en el uranionatural, lo que es muy bajo desde el punto de vista de blanco para losproyectiles de neutrones, y de generar nuevos neutrones para continuarla reacción en cadena. Había que enriquecerlo al 3 por 1 00 o más, ousar una masa muy grande (masa crítiba).

c) El proyectil, neutrón, tenía que llegar al átomo de U-235 y no a otrocaptador de neutrones que lo eliminase del medio, lo que exigía unapurificación nuclear. Esos materiales sin embargo tienen su uso en elgobierno de la reacción nuclear.

d) El proyectil, neutrón, tenía que llegar al U-235 con una energía máximalimitada para que se fijase en él y no pasase de largo. Esto se lograbapor choque con un moderador (grafito, agua, agua pesada, etc.).

e) El calor generado había que evacuarlo y transformarlo en electricidaden una turbina y alternador. El refrigerante es agua, C02 o metaleslíquidos.

f) El sistema tenía que estar confinado para lograr una protecciónradiológica de los operadores respecto a la radiación gamma. Ademáslos productos de fisión muy inestables (es decir, muy radiactivos), teníanque permanecer aislados, así como también otros nucleidos inducidosque se producen en los circuitos y que se retienen evitando su paso almedio.

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.4)x xxxj x x x xxx

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g) Los elementos (combustible) gastados, había que retirarlos. En definitivaresultó un sistema complejo en que casi más que en su eficacia orendimiento de operación, el énfasis se centró en su seguridad. Lostipos de reactores según los diferentes componentes son los que seindican a continuación, aunque los más extendidos (73 por’l 00) son losde uranio enriquecido y agua ligera PWR y BWR (cuadro 4). Los tipos dereactores, en explotación o desarrollo, según diversos criterios son:

Criterio Reactor

Moderador Rápidos.Térmicos (o lentos, en explotación).

Combustible U natural.U enriquecido (figura 6).Oxidos mixtos (U-Pu).

Refrigerante Agua ligera.Agua pesada.Gas.Metales líquidos.

Un elemento clave en los reactores es el combustible», el uranio que seríael equivalente al carbón en una central térmica. Las etapas por las que pasael «combustible» uranio desde que se extrae de la tierra hasta los residuos(cenizas en el símil del carbón) constituye el ciclo del combustible (figura 7,p. 98) en el que se. distinguen dos partes bien definidas:— La cabeza o primera parte.— La cola o segunda parte.

Estando precisamente el reactor nuclear, o central, en el intermedio entre lasdos. En España la primera parte se refiere a uranio natural y enriquecido yes competencia en buena parte de ENUSA, mientras que la segunda partea gestiona ENRESA.

Cuadio 4.—Centrales nucleares en funcionamiento en el mundo (1986),

Tipo Número Potencia (MW)

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ESQUEMA DE CENTRAL NUCLEAH CON REACTOR DE URANIO ENRIQUECIDO Y AGUA A PRESION

Circuito primario.Circuito secundario.Circuito de retrigeració(T

1 Núcleo del rec1or.2. Barra de control.3. Cambiador de calor

(generador de vapor).4. Presionador.5. Vasija.6. Turbina.Alternador.8. Bomba.9. Condensador.

10. Agua de refrigeración11. Transformador,12: Recinto de contención

de hormigón armado.

ESQUEMA DE CENTRAL NUCLEAR CON REACTOR DE URANIO ENRIQUECIDOYAGUA EN EBULLICION

Figura 6.—Reactores de agua ligera.

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456789

101112

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Núcleo del reaclorBarra de control.Cambiador de calor(generador de vapor)Presionador.VasijaTurbina.AlternadorBomba.Condensador.Agua de refrigeraciónTransformador.Recinto de contenciónde hormigón armado.Contención primariade acero

Circuito agua vaporCircuito agua

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Las actividades de la primera parte del ciclo del combustible se indican enla figura 8, y como detalles más sobresalientes se pueden señalar:a) Exploración. El uranio es un elemento geológicamente bastante móvil,

que sin embargo se ha fijado en medios reductores formandoenriquecemientos que constituyen los yacimientos. La mayoría son deleyes bajas 1 kg/t, o menos, aunque Australia y Canadá tienen algunasreservas muy ricas. En ocasiones el uranio se presenta acompañandootros materiales valiosos: oro, vanadio, molibdeno, níquel, cobalto,hierro, fosfatos, carbón, etc. La exploración del uranio viene facilitadapor su radiactividad aunque también hay que usar criterios geológicos yotras técnicas especialmente si se trata de yacimientos ocultos.

b) Minería. El mineral de uranio hay que extraerlo de sus yacimientossiguiendo técnicas de minería convencional, bien subterráneas o a cielo

Minas y plantasConvesion a UF6

Fabricacióndel

combustible

Almacenamientode residuos

Figura 7.—Ciclo del combustible nuclear.

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abierto. Aquí también la radiactividad es un instrumento útil pues permiteseguir la ubicación de la mena uranífera, e incluso eliminarmaterialestéril, de muy baja ley, mediante arcos radiométricos, por los que pasael camión cargado. La ventilación forzada en las minas subterráneas, afin de eliminar el radón, es un aspecto muy importante.

c) Producción de concentrados de uranio. La mena típica de uranio tieneuna ley del orden de 1 kg U308/t (el resto de material no sirve), mientrasque el producto comercial usual tiene leyes del orden del 75 al 95 por100 en U308, es decir de 750 a 950 kg U308/t de producción. Estaconcentración y separación, para cumplir además ciertas especificaciones sobre los componentes no uraníferos, se realiza por vía química-húmeda (hidrometalurgia), en la que el uranio del mineral se disuelve enácidos, o líquidos alcalinos de carbonatos, se separa del material noatacado, se concentra, purifica y finalmente se precipita como «tortaamarilla». En la industria uranífera no han tenido éxito los procedimientosde concentración física que se usan para otras menas, por ejemplo, desulfuros de cobre.

d) Conversión-purificación nuclear. El concentradó comercial de uranio esun producto sólido muy rico, pero entre los pocos elementos queacompañan al usuario los hay de aquellos capaces de captar neutronesy parar o reducir el rendimiento de la reacción en cadena del reactor.Para ello se eliminan bien mediante vía húmeda en una etapaindependiente o por vía seca de destilación fraccionada al mismotiempo que el uranio se convierte en un producto gaseoso, el exafluoruro,UF6, que es el que se empleará en el proceso de enriquecimientoisotópico. El procedimiento implica varias etapas de reducción deluranio exavalente del concentrado, a uranio tetravalente y obtención dela sal verde, tetrafluoruro de uranio, mediante ataque con ácidofluorhídrico, seguida del ataque con flúor para pasar a exafloruro. Losreactivos son muy agresivos y exigen materiales especiales, por lo quedesde el punto de vista de economía de escala el umbral estaría enunas 3.000 t U308/a. En general, y comercialmente, se trata de hacer enconexión con la etapa de enriquecimiento isotópico que viene luego.

e) Enriquecimiento isotópico. Ya hemos indicado que en el uranio naturalsólo hay un 0,7 por 100 de material fisible U-235. Por ello, si se quierehacer un. reactor con uranio sin enriquecer, se necesita una masagrande de material y un moderador poco absorbente de neutrones paraconseguir la masa crítica, con lo que resultan reactores caros. Por ellose recurre a enriquecer el material, lo que permite tener instalacionesmás pequeñas. El nivel de enriquecimiento suele ser del orden del 3 por

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100 y quedan unas colas de uranio empobrecido con el 0,20-0,30 por1 00 de U-235.

La operación es muy difícil pues únicamente se dispone, como criteriodiferenciadorpara la separación, de ladiferencia de masas entre elU-235 y el U-238, de forma que en la difusión el isótopo más ligero semueve algo más rápido. En la actualidad esto se realiza medianté•difusión a través de membranas porosas o por centrifugación, en unacascada de muchas etapas. La magnitud que se maneja en estaoperación es la Unidad de Trabajo de Separación (UTS) que relacionael trabajo realizado por la cascada y la masa haciendo referencia a lasleyes de la alimentación, de las colas, y del producto enriquecido.ENUSA tiene participación en la planta de enriquecimiento isotópico deEURODIF situada en el valle del Ródano en Francia.

f) Reconversión a U02. El exafluoruro de uranio enriquecido se convierteen un sólido negro, U02, mediante reducción e hidrólisis, que se puedehacer por vía seca o húmeda. El producto resultante debe tener unacomposición lo más próxima posible a la estequiométrica y, además,unas características físicas que permitan luego llegar a un materialsinterizado de elevada densidad. Por ello se analiza respecto a susuperficie específica, densidad volumétrica y tamaño de,grano, asícomo a la relación O/U, humedad, riqueza isotópica de uranio eimpurezas químicas.

g) Fabricación del combustible. Un combustible nuclear es una estructuraparalelepípeda rellena de tubos de zircaloy que, a su vez, están rellenosde pastillas de óxido de uranio. Partiendo del polvo de U03 de f) sesigue, en primer lugar, un proceso cerámico cuyo objetivo es tener unoscilindros de U02 casi estequiométrico, de alta densidad, resistentes y dedimensiones homogéneas; para ello el polvo se mezca, se prensa y sesintetiza, acabando con una mecanización —todo ello con un control decalidad exhaustivo—.

Con estas pastillas se rellenan los tubos, tubos de zircaloy, se pone unmuelle y un gas ad hoc y se cierran con soldadura. Luego los tubos sedisponen en unas rejillas y junto con loscabezales y otra parte de laestructura se forma el elemento combustible. La fiabilidad de laoperación del reactor dependerá de la calidad mantenida en toda lafabricación, y que no sólo hay que conseguirla, sino también documentarIa. Así el combustible está listO para introducirlo en la central nuclear,también ello, según los cálculos que realiza la ingeniería del núcleo queforma parte de los servicios de ENUSA.

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Desde el punto de vista de costes de ciclo de combustibles en suprimera parte, se puede decir que un 40 por 1 00 corresponde a minería,producción de concentrados y conversión, otro 40 por 1 00 al enriquecimiento isotópico y reconversión y el 20 por 1 00 restante, a la fabricaciónde los elementos combustibles y a la ingeniería.

Protección radiológica

Ya se ha indicado que en la desintegración radiactiva se emiten proyectiles(partículas a y fi, a gran velocidad), y además radiación electromagnética y,de muy baja longitud de onda y por consiguiente muy energética. Los nivelesenergéticos intercambiados en las reacciones nucleares son del orden deMeV, mientras que los referidos a los átomos en la escala de KeV, y los delas moléculas y radicales en los de decenas de eV.

Las partículas radiactivas ceden su energía al medio (molecular) excitándoloy expulsando electrones creando un par iónico que requiere unos 30 eV. Siconsideramos una partícula alfa de 3 MeV, ella producirá 1 0 pares iónicosantes de que se pare, sin embargo hay que señalar que es poco penetrante,se detiene con una hoja de papel. Una partícula beta es más penetrante, porejemplo, atraviesa la piel. La radiación gamma es la más penetrante detodas, pues atraviesa muros de hormigón, y si tiene energías de 1 a 5 MeVpuede alcanzar hasta 300 m en el aire. Cuanto más denso y de númeroatómico más elevado es un material, mayor poder de blindaje tiene frente alas radiaciones.

Si el material alcanzado por la radiactividad es materia viva puede resultarmuy afectado, pues no resiste al aporte energético adicional y excesivo.Esquemáticamente se podrían considerar las etapas de:— Absorción energética: transformación química; amplificación biológica y

amplificación fisiológica para acabar en la radiolesión.

En el ciclo de combustible nuclear se trabaja con productos naturales. Losradionucleidos que nos encontramos serán los de las tres series radiactivasde Th-232, U-235 y sobre todo U-238 (figura 2, p.83) y sus productosdescendientes. En estas series abundan las desintegraciones alfa muyenergéticas, y como ya hemos señalado, uno de los nucleidos (Rn) esgaseoso, por lo que se encuentra en el aire, y junto con otros emisores beta,en partículas de polvo, etc., puede ingerirse o puede inhalarse y actuar sobrelos pulmones (figura 9). En la minería y tratamiento de los minerales deuranio estos gases, que estaban aprisionado en las rocas, se liberan y pasan

—102—

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En cáso de inhaiación o ingestión de uranio, se recibe dosis por los tres tipos

de radiaciones.

Poder de penetración de la radiación debida a fuentes de uranio en diferentes partesdel organismo.

Figura 9.—Exposición al uranio

b)

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a la atmósfera, por ello es frente a este nucleido, así como a su padre elradio, con los que hay que tener la mayor consideración. En la fabricación delos elementos combustibles, en que se destruyó el equilibrio de la serieradiactiva, esto pierde importancia.

En los trabajos con materiales radiactivos hay que respetar tres principiosbásicos, es decir:1) No hay que adoptar ninguna práctica si no lleva consigo un beneficio

neto.2) Los niveles de exposición deben ser tan bajos como sea prácticamente

posible principio ALARA (As Low As Reasonable Achievable).3) Las dosis equivalentes para los individuos no deberán exceder los

límites establecidos por la Comisión Internacional de ProtecciónRadiológica (CIPR).

Los radionucleidos «liberados» en la minería y en la industria del uranio, nosólo están en los lugares de trabajo sino que pasan al ambiente: aire, agua,tierras y se difunden para incrementar el nivel radiactivo natural existente enel medio. Por ello, en las operaciones de ciclo del combustible, es este unaspecto muy importante a tener en cuenta y que controlan las autoridades.Hemos hablado de intensidad de radiactividad, energía absorbida por cesiónde la misma, efecto que produce, etc, pero ¿cómo se miden? Las unidadesque se manejan son:

a) Para la radiactividad, el curio (Ci) es decir 3.7 X 1010 desintegracionespor segundo que es la actividad de un gramo de radio, también seusaban el mCi = 10 Ci y el pCi = 1012 Ci. Actualmente en elSistema Internacional (SI) se ha sustituido por el becquerelic (Bq) quees una desintegración por segundo, o sea que:

1 Bq = 2.7027 X 1011 CiEs interesante el concepto de actividad específica, o actividad porunidad de masa expresada en Bq/kg, en Ci/kg, o en Ci/g.

b) Para la exposición, se usa el roengten (R) que es la cantidad deradiación gamma necesaria para producir en el aire pares iónicos queen total supongan una carga estándard de:

1 R = 2.58 X 10 culombios/kg de aire.Relacionado con esto están los límites de dosis establecidos para losvalores resultantes de la exposición de las personas profesionalmenteexpuestas (sin tener en cuenta la dosis resultante del fondo natural, nocomo consecuencia de exámenes o tratamientos médicos). La dosissuma tanto la resultante externa como la interna debido a la incorporación

—104—

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de radionucleidos. Los valores para el público en general son más bajos,según un factor 1 0.

c) Dosis de radiación absorbida o energía cedida por a radiación a unmaterial:

1 rad = 100 erg/g (10-2J/kg)

En el SI la unidad es el Gray:Gy = 1 J/kg (100 rad)

d) Dosis equivalente de radiación, Rem (Rongtgen equivalent man), es ladosis de radiación que tiene el mismo afecto biológico sobre ún hombrenormal que la que tendría 1 R de radiación -y. En el Sl la unidad es elsievert (Sv):

1 Sv = 1J/kg (= 100 Rem)

Hay que señalar que no todos los tejidos tienen la misma sensibilidad(pulmón, gónadas, cerebro, piel, etc.), por lo que a veces se introduce unfactor, (O de eficacia biológica relativa, de calidad o de transformancialineal de la energía. Entohces:

1 Rem = 1 rad X f

Para los rayos X, radia’ción y y /3, el valor f = 1. Para protones yneutrones f = 1 0 y para partículas a y fragmentos de fisión f = 20.

e) WL ( Working Leve!), mide la concentración de descendientes del radónen el aire. 1 WL es una combinación de descendientes de radón en 1 1de aire, que emite 1,3 X 1 0 MeV de energía alfa en su decaimiento aPb-21 0. Referido a un mes de trabajo, de 1 70 h, tenemos un WLM(Working Leve! Month).

Todos estos conceptos se manejan en la vigilancia radiactiva. A valoresaltos se producen efectos graves, así, para valores de 500 Rem o mayores,la mitad de las personas expuestas mueren en el plazo de semanas; paraniveles de 250 Rem se producen daños severos en la mayoría de losindividuos. También se producen daños crónico por la acumulación dedosis menores a consecuencia de efectos acumulativos. No se conoce elumbral por debajo del cual los efectos de las dosis dejan de ser aditivos ypor ello se mantiene la hipótesis de la linealidad de los efectos de laradiación, aunque sea muy pequeña. En Estados Unidos la dosis mediaanual la radiación que recibe la población es de unos 200 mRem/a,distribuida (por 1 00) segün: la radiación de fondo natural, 67,6; tratamientosmédicos, 30,7 por 100; exposición profesional a causa de instalacionesnucleares, 0,6 por 1 00, y debido a fuentes diversas, el 1,1 por 1 00.

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En esta exposición que acabamos de hacer nos hemos extendido en suconsideración, porque son los conceptos usados por la Administración enrelación con los «explotadores» de as instalaciones nucleares y radiactivas,y en concreto con ENUSA.

ENUSA y el medio ambiente

En el ciclo del combustible ENUSA realiza en España actividades relacionadascon:— La explotación de uranio.— La minería.— La producción de concentrados.— La fabricación del combustible e ingeniería nuclear.

Que necesitan las correspondientes autorizaciones y planes de vigilancia,tanto del ambiente como de los trabajadores.

AutorizacionesComo instalaciones nucleares y radiactivas necesita: autorización previa ode emplazamiento, de construcción y de puesta en marcha. En el cuadro 5,se indican los objetivos de cada una y los documentos y estudios exigidos.

Desde el punto de vista convencional requiere las autorizaciones de:licencia de captación de agua y vertidos, licencia de obras, de apertura, plande restauración del espacio natural y declaración del impacto ambiental(cuadro 6).

Minería y producción del uranioSe realiza en Saelices-Ciudad Rodrigo, en una mina a cielo abierto y en erasde lixiviación estáticas, seguida de una planta de recuperación del uranio(figura 10, p. 108). La capacidad actual se ampliará cuatro veces con unnuevo proyecto (figura 11, p. 1 09). Además se tiene una planta (figura 1 2,p. 11 0) para el tratamiento y descontaminación de las aguas de lluvia que serecogen en la mina. Los aspectos ambientales principales se indican en elcuadro 7, p. 112, y figura 13, p. 113. Se lleva un control riguroso de las aguassuperficiales y subterráneas, así como de los vertidos al río (figura 14, p. 114,y cuadro 8, p. 11 2). Además de los aspectos relacionados con las aguas, hayque tener en cuenta problemas: del polvo, de la deposición de estériles de lamina y planta, y de restauración de terrenos. En los cuadros 9 y 10,p. 11 5, se indican los programas de vigilancia radiológica ambiental y deprotección de los trabajadores.

— 106 —

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Fábrica de combustibles nucleares

Se realiza en Juzbado según el diagrama de flujo que se indica en la figura1 5, p. 11 6, y con los aspectos medioambientales que se indican en el cuadro11 p. 11 7, más precauciones de diseño para evitar problemas de criticidad.Las particularidades principales se refieren a emisiones de polvo yaerosoles de líquidos con trazas de uranio que, en realidad, no salen alexterior, pues es un diagrama con vertido cero. Los efluentes evacuados alo largo de la vida de la fábrica se indican en el cuadro 1 2, p.1 1 8, mientrasque en cuadro 1 3, p. 11 8, se indican los datos referentes a la protección delpersonal.

Programas de vigilancia

Las instalaciones anteriores están sometidas a programas de vigilanciaambiental (cuadro 14, p. 119), a fin de asegurarse que su explotación essegura y que se cumplen ampliamente las exigencias de la Administración.Los resultados obtenidos se informan periódicamente ante las autoridadescompetentes a quiénes se envían los informes y quiénes realizan auditoríaspara verificar el cumplimiento de los límites y condiciones propias de cadainstalación.

Proyectos medioambientales

Paralelamente a las actividades productivas, se llevan a cabo una serie deprogramas, proyectos y estudios sobre temas de interés en relación con laprotección del medio ambiente. Estos trabajos son:— Fondo natural de zonas mineralizadas.— Materiales alterables y lixiviables.— Gestión de estériles de minería.— Tratamiento y evacuación de efluentes líquidos.— Gestión de residuos de tratamiento de minerales.— Calidad del aire en la minería y tratamiento de minerales.— Restauración de terrenos. Revegetación e integración paisajística.— Sanidad y protección humana. Condiciones de trabajo.— Laboratorio de medidas de radiactividad ambiental.— Laboratorio de control dosimétrico personal y ambiental.— Aplicación de la floculación al tratamiento de los efluentes radioactivos

líquidos de la fábrica de combustibles.

— 111 —

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ACTIVIDAD VERTIDA AL RÍO ÁGUEDA

017 GBq/a104%

Figura 14.—Control de los efluentes líquidos. Resultados de Ra-226 (1989).

114

Límite. 165 GBqIa

INCREMENTO CONCENTRACION EN EL RÍO Át3UEDA

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Límite 375 BqIm3

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Cuadro 11.—Aspectos ambientales de las actividades de ENUSA.

Actividades causas Efectos ambientales Medidas y acciones correctoras

Fábrica de combustibles

Horno de sinterizado yárea cerámica.

Emisiones de polvo deUO y gases.

Sistemas de ventilación y fil-trado.

Agua sanitaria de zonacontrolada.

Efluentes líquidos con-taminados con óxido deuranio.

Sistema de tratamiento, filtradoy control de vertido.

Residuos (materiales con-taminados y desecha-bies).

Emisiones de polvo.‘

Almacenamiento en contenedores metálicos y expedicióna ENRESA.

Respuesta socioambiental

Uno de los objetivos principales dentro del plan de actuaciones es laimplantación de una política medioambiental, que permita cumplimentar losrequisitos exigidos en la legislación vigente y desarrollar las basesnecesarias para incorporar a los proyectos y atividades los mediosadecuados para evitar el deterioro del medio ambiente. Esta política, en elcaso de EN USA, se refleja en los siguientes aspectos:— Dotación de las divisiones, que tiene encomendadas tareas productivas,

de organizaciones específicas para desarrollar las actividades relacionadascon la seguridad nuclear, protección radiológica y del medio ambiente.

— Disponibilidad en los Centros de Producción de Laboratorio de MedioAmbiente, donde se realizan las determinaciones analíticas requeridasen los distintos y complejos programas de vigilancia ambiental.

— Contratación con empresas de ingeniería y consultores acreditados, delos proyectos y estudios requeridos para una mejor gestión de losrecursos naturales y de la operación de las instalaciones.

— Colaboración, con organismos públicos (de la Administrción del Estado yAutonómicas) y Universidades, en proyectos de Investigación y Desarrollo(l+D) de temas relacionados con el medio ambiente.

— Realización de los proyectos de desarrollo medio ambiental que se hancitado en el apartado anterior «Proyectos medioambientales», p. 111..

— Participación en foros nacionales e internacionales, para definir eintercambiar las experiencias y objetivos de la gestión medioambientalcon vistas a una optimización de la misma.

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Cuadro 12.—Protección radiológica de los trabajadores de la fábrica de Juzbado.

Riesgo de exposición Secciones Medidas de protección

a) Irradiación externa Zona cerámica Automatización de procesos3, gamma Zona mecánica con presencia de material nu

clear.Acotado de zonas, utilizaciónde blindajes. Qontrol de lostiempos de permanencia.

b) Contaminación interna Zona cerámica Automatización de procesos.polvo de óxido de Ventilaciónuranio Sistemas de extracción

Equipos respiratorios personalesVigilancia de concentraciónambiental.

c) Contaminación Zona cerámica Sistema de confinamiento.superficial Limpieza, prendas y equipos

respitatorios.

Límites de protección radiológica (RPSFRI ) Dosis total (externa ± interna):. 50 mSv/año• (5.000 mrem/año)

Cuadro 13.—Actividad de los efluentes radiactivos en MBq-año fábrica de Juzbado

Tipo efluenteLíquido Sólido

Límite autorizado 12.000 193

— Año 1985Actividad 37,90 0,0051Tanto por ciento 0,32 0,002

— Año 1986Actividad 75,32 0,1 421Tanto por ciento 0,63 0,073

— Año 1987Actividad 110,19 0,1223Tanto por ciento 0,92 0,063

— Año 1988Actividad 136,67 0,0832Tanto por ciento 1,14 0,043

— Año 1989Actividad 108,79 0,0385Tanto por ciento 1,0 0,02

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Cuadro 14.—Programas de vigilancia ambiental.

Evaluación de los términos fuente o focos de contaminación— Emisiones de contaminantes atmosféricos.— Efluentes.— Residuos sólidos.Vías de transferencia o camino de exposición— Aire. Parámetros de difusión atmosférica.— Agua. Factores de dilución.— Cadenas tróficas.Medios receptores— Aire.— Aguas superficiales.— Aguas subterráneas.— Suelos.— Flora.— Fauna.Análisis de contaminantes— Radiactivos (uranio y descendientes).— No radiactivos (metales, sales, etc.).

Objetivos— Estimaciones de riesgo para prevenir posibles efectos sobre la salud de las

personas, los recursos naturales y el medio ambiente.— Análisis del cumplimiento de la reglamentación y normativa vigentes.

En la experiencia de 1 5 años de explotación minera en ENUSA no ha habidoningún accidente radiológico y la dosis media recibida por los trabajadoreses inferior al 10 por 100 de los límites establecidos en la legislación vigente.Asimismo, en relación con el impacto derivado de efluentes gaseosos ylíquidos, los valores registrados suponen el 10 por 100 y 20 por 100,respectivamente, de los límites fijados por el Consejo de Seguridad Nuclearpara estas instalaciones.

Por último en la fábrica de combustible nuclear de Juzbado, las dosisrecibidas por los trabajadores, representa el 26 por 1 00 de los límites fijadosen la legislación vigente, siendo las descargas de efluentes gaseosos ylíquidos, el 0,02 por 100 y 1 por 100, respectivamente, de los límitesoperacionales de la fábrica.

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Bibliografía y legislación

BIBLIOGRAFÍA

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LEGALIZACIÓN Y NORMATIVA ESPAÑOLA RELACIONADA CON MEDIO AMBIENTE

Nuclear

— Ley 25/1 964, de 29 de abril, sobre Energía Nuclear (BOE núm. 107, de 4 de mayode 1964).

— Decreto 2.869/1972 deJ Ministerio de Industria, de 21 de julio, por el que seaprueba el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas (BOE núm.100, de 25 de abril de 1980).

— Real Decreto 2.51 9/1982, de 12 de agosto, por el que aprueba el Reglamentosobre Protección Sanitaria contra Radiaciones Ionizantes (BOE núm. 241,de 8 deoctubre de 1 982) y Real Decreto 1753/1987, de 25 de noviembre, por el que semodifica parcialmente el mismo (BOE núm. 13, de 1 5 de enero de 1988).

Aire

— Ley 38/1972, de 22 de diciembre, de Protección del Ambiente Atmosférico.— Decreto 833/1975, de 6 de febrero, sobre Contaminación Atmosférica (BOE

núm. 96, de 22 de abril de 1 975).— Real Decreto 1 .613/1985, de 1 de agosto, sobre Contaminación Atmosférica. Por

dióxido de azufre y partículas en suspensión: normas de calidad del aire (BOEnúm. 219, de 12 de septiembre de 1985).

— Real Decreto 717/1987, de 27 de mayo, sobre Contaminación Atmosférica. Pordióxido de nitrógeno y plomo: normas de calidad del ambiente (BOE núm. 135, de6 de junio de 1987).

Aguas

— Real Decreto 1.423/1982, de 18 de junio, por el que se aprueba la ReglamentaciónTécnico-Sanitaria para el abastecimiento y control de calidad de las aguaspotables de consumo público (BOE núm. 154, de 29 de junio de 1982).

— Ley 29/1 985, de 2 de agosto de 1985, de Aguas. Regulación (ROE núm. 189, de8 de agosto de 1 985).

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— Real Decreto 849/1 986, de 11 de abril, sobre el Reglamento de Dominio PúblicoHidráulico (BOE núm. 103, de 30 de abril de 1986).

Medio ambiente

— Real Decreto 2.994/1982, de 15 de octubre, sobre Restauración del EspacioNatural afectado por actividades mineras (BOE núm. 274, de 15 de noviembre de 1982).

— Real Decreto Legislativo 1 .302/1 986, de 28 de junio, de Evaluación de ImpactoAmbiental (BOE núm. 155, de 30 de junio de 1986).

— Real Decreto 1.131/1988, de 30 de septiembre, sobre el Reglamento deEvaluación de Impacto Ambiental (BOE núm. 239, de 5 de octubre de 1988).

— Real Decreto 199/1990, de 16 de febrero, por el que se crea la SecretaríaGeneral de Medio Ambiente en el MOPU (BOE núm. 42, de 17 de febrerode 1990).

Residuos industriales

— Ley 20/1986, de 14 de mayo, de Residuos Tóxicos (BOE núm. 120, de 20 demayo de 1986).

— Real Decreto 937/1989, de 21 de julio, Plan Nacional de Residuos (BOE núm.179, de 28 de julio de 1989).

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CAPÍTULO TERCERO

RETENCIÓN DE CONTAMINANTES.PREVENCIÓN DE SUPERACIÓN

DE LÍMITES

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RETENCIÓN DE CONTAMINANTES.

PREVENCIÓN DE SUPERACIÓN DE LÍMITES

Por JUAN TEMBOURY VILLAREJO

Introducción

Salvo en casos limitados de utilización de fuentes complementariasenergéticas (solar, eólica, geotérmica, etc.) —de escasa participación yprevisible crecimiento reducido en un futuro próximo— la producción deenergía eléctrica tiene lugar mediante centrales hidráulicas, plantas térmicasalimentadas con combustibles fósiles o centrales nucleares. En todas ellas,a través de fases de distinta complejidad, se produce la transformación dela energía contenida en la materia prima en energía eléctrica.

Aunque la electricidad es una forma esencialmente limpia de la ene’rgía,todos los sistemas generadores ejercen un cierto efecto, más o menosacusado, sobre el medio ambiente.

Una parte importante de las plantas productoras la constituyen las centralestermoeléctricas alimentadas con combustibles fósiles: gas natural, derivadoslíquidos del. petróleo y carbones. Un número reducido de instalacionesemplean combustibles particulares: gases industriales, residuos urbanos,madera, etc., generalmente muy ligados a la fuente de suministro y conproblemas ambientales muy específicos.

En todas estas instalaciones, mediante el proceso de combustión en unacaldera, se extrae la energía interna del combustibles en forma de calor, estaenergía transferida al vapor de agua se convierte en la turbina de energíamecánica que, finalmente, se transforma en eléctrica en e! alternador.

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En general, debido a la variedad y diferencias de calidad de las materiasprimas, las centrales alimentadas con combustibles fósiles son las quepresentan una mayor gama de efectos potenciales sobre el medio ambiente.Todas estas instalaciones presentadan una serie de efectos comunes, sibien otros dependen específicamente del tipo de combustible. En estesentido, la problemática más compleja se encuentra en las centrales decarbón.

De hecho, la fracción más importante de la producción mundial de carbonesse destina a la generación eléctrica. Aunque en todas las fases del ciclo deempleo de los carbones —extracción, preparación, transporte, almacenamiento, conversión y utilización— se producen impactos ambientales dediversa magnitud, éstos son más acusados en los sistemas de combustióntanto por la naturaleza de la materia prima como por las importantescantidades de residuos, materiales y energéticos, producidos.

La magnitud de las interacciones potenciales entre carbón y medioambiente depende de las características físicas y químicas del combustible,el tipo de proceso utilizado, la operación de los sistemas depuradores y lanaturaleza del medio receptor en que, con mayor o menor carga contaminante,terminan dispersándose los efluentes.

Existen una gran variedad de soluciones tecnológicas para limitar ominimizar los efectos negativos derivados del uso del carbón aunque elgrado de depuración o anulación deseables llevan unidos a su viabilidadtécnica un inseparable condicionante económico que puede limitar suaplicación. Por ello, la selección de una determinada tecnología requiereuna cuidadosa valoración de la relación coste-beneficio.

A continuación se estudiará la formación de efluentes en los procesosgeneradores de energía eléctrica a partir de carbones —como caso máscomplejo del empleo de combustibles fósiles— así como los sistemasactualmente aplicados a la limitación de las emisiones contaminantes y a lareducción de sus efectos sobre el medio natural que rodea a lasinstalaciones productoras.

Características de los carbones en relacióncon la formación de efluentes

La causa principal de la producción de contaminantes en la combustión delos carbones se encuentra en la naturaleza físico-química de éstos, queconstituyen una de las materias primas naturales más complejas.

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Desde el punto de vista de su utilización industrial, se identifican por sucorrespondiente rango (antracita, carbón bituminoso, subituminoso, lignito,turba), clasificándose de acuerdo con su análisis inmediato (humedad,cenizas, materias volátiles, carbono fijo), su potencia calorífica y algunasotras propiedades como su carácter aglomerante o coquizante, petrografía,etcétera.

Cuadro 1.—Principales minerales identificados en los carbones.

Mineral Composición química

Minerales de las arcillas

— Montmorillonita Si4Olo(OH)2A12 x H20— hita (Si3OioAh) AI2K (OH)2— Caohinita Si4OloAl4 (OH)8— Haloisita Si4OloAh4 (OH)8— Clorita (Si3OloAI) H o Mg5AI (OH)8

Sulfuros— Pirita S2Fe— Marcasita S2Fe

Sulfatos— Yeso S040a.2H20— Anhidríta S040a— Melanterita SO4Fe.7H20

Haluros— Silvinita 01K—. Hahita CINa

Oxidos— Sílice Si02— Hematites Fe203— Rutilo Ti02— Limonita FeO.OH.nH2O

Carbonatos— Calcita CO3Ca— Dolomita 003 (Ca, Mg)— Siderita 003 Fe

Fosfatos— Apatito (Fluorapatito) (P04)30a5 (F, CI, OH)

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Sin embargo, para evaluar su comportamiento en la combustión. y supotencial contaminante se requiere un conocimiento más detallado de suconstitución.

Fundamentalmente, pueden distinguirse en el carbón dos fraccionesprincipales: la materia orgánica y los componentes inorgánicos. La fraccióninorgánica, enérgicamente estéril, incluye el agua (humedad, agua deconstitución o hidratación) y una amplia variedad de minerales (cuadro 1,p. 1 27). Estos últimos corresponden aproximadamente al contenido encenizas obtenido en el análisis inmediato. Proceden tanto de los componentesinorgánicos existentes en los vegetales que dieron lugar al carbón —materiamineral singenética o inherente— como de los productos de acarreo alyacimiento a lo largo de su evolución —minerales epigenéticos o adventici os—.

Dentro de la materia mineral deben destacarse, desde el punto de vistaambiental, los compuestos inorgánicos del azufre: sulfato (habitualmente encantidad muy reducida) y los polisulf uros de hierro, S2Fe (azufre pirítico), porla general en forma de los minerales pirita o marcasita y que constituyen unade las fuentes de los óxidos de azufre producidos en la combustión.

La «fracción orgánica» del carbón es una mezcla muy compleja demacromoléculas aromáticas e hidroaromáticas, con numerosos gruposfuncionales, unidas por puentes hidrocarbonados (figura 1, p. 1 28). En ellareside el contenido energético de los carbones. Está constituida por cincoelementos químicos: carbono, hidrógeno, oxígeno, nit,rógeno y azufre.También aquí es de máxima importancia el azufre orgánico présenteformando parte de diversos grupos funcionales.

El nitrógeno se encuentra en los carbones formando únicamente combinaciones orgánicas e interviene parcialmente en la formación de óxidos denitrógeno durante la combustión.

Los restantes elementos de la materia orgánica (C, H, O, S) se encuentranasimismo formando parte de combinaciones inorgánicas en la materia.

Combustión y productos de combustión de los carbones

Sistemas de combustión

En el hogar de una caldera se produce el proceso de combustión del carbón,entendiéndose como tal la rápida reacción química de los componentescombustibles con el oxígeno del aire. Con objeto de conseguir una

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reaccción lo más completa posible, se utiliza siempre un cierto exceso deaire sobre el estoquiométricamente necesario.

En la industria, la combustión se lleva a cabo en calderas de carbónpulverizado, de parrillas o con hogares de tipo ciclán. Sin embargo, en lasgrandes centrales termoeléctricas actuales predominan las calderas delprimer tipo.

Tanto en el aspecto de la combustión como en el de formación de efluentes,se comportan de modo similar al carbón las mezclas carbón-fuel oil (COM)o carbón-agua, de momento, en fase de experimentación, y que, orientadasen muchos casos a la sustitución de productos petrolíferos en calderasmodificadas, suelen hacer uso de carbones de alta calidad.

La combustión en lecho fluidizado requiere una consideración algodiferentes. La incorporación de aditivos fijadores de azufre (caliza, dolomita)y una menor temperatura de combustión (850-900 °C) disminuyen notablemente la magnitud de las emisiones gaseosas de dióxido de azufre y óxidode nitrógeno. En contrapartida, se produce una mayor cantidad de residuossólidos y, en ocasiones, se generan contaminantes adicionales (por ejemplohidrocarburos).

Productos de la combustión del carbón

Efluentes gaseosos. En la combustión de un producto constituido únicamentepor carbono e hidrógeno, quemado con un exceso de aire adecuado y sinreacciones secundarias, se producirían dióxido de carbono (C02) y vapor deagua (H20) a los que habrían de añadirse el nitrógeno y el exceso deoxígeno procedentes del aire de combustión. Ninguno de estos productostiene la consideración de contaminante atmosférico (Sin embargo, elcreciente aumento de las emisiones de C02 es causa de cierta preocupaciónante una eventual modificación del clima mundial debida al controvertidoefectp invernadero).

La situación se complica en la combustión de los carbones y otroscombustibles fósiles. Así, durante el proceso, tanto el azufre orgánico comoel pirítico del carbón se oxidan a dióxido de azufre (S02), con una pequeñaformación simultánea de trióxido de azufre (S03) normalmente inferior al 2por 1 00 del total.Debe señalarse, no obstante, que no todo el azufre del carbón se emite enforma de óxido de azufre gaseosos. Una fracción variable queda retenida enlos residuos sólidos, combinada con los componentes alcalinos de lascenizas. La extensión de esta retención depende de las características del

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carbón y de las condiciones de la combustión. Algunos procesos dereducción de emisiones (por ejemplo, la combustión en lecho fluidizado o lainyección de aditivos en el hogar) persiguen precisamente el incremento deesta retención «natural» del azufre.

A diferencia del caso del azufre, la formación de óxidos de nitrógeno (NOx)depende tanto del contenido en nitrógeno del combustible como de lascondiciones de la combustión (temperatura, exceso de aire, tipo dequemadores, etc.). Así, se distingue entre óxidos de nitrógeno térmicos,producidos por oxidación del nitrógeno del aire de combustión, y óxidos denitrógeno del combustible que proceden de los compuestos nitrogenadosdel carbón. El producto principal formado en la combustión es el óxido nítrico(NO): en pequeña proporción se produce dióxido de nitrógeno (N02).

En menores proporciones pueden formarse monóxido de carbono (CO),resultado de una combustión incompleta, trazas de compuestos halogenados,hidrocarburos y algunos elementos inorgánicos vaporizados en el proceso.

Residuos sólidos. Durante la combustión, la materia mineral del carbónexperimenta una serie de transformaciones físico químicas separándose enforma de dos tipos de productos claramente diferenciados: escorias delhogar y cenizas volantes. Las primeras, que en ocasiones se producenfundidas, suelen ser densas, gruesas y frecuentemente forman agregadosvoluminosos. Las cenizas volantes, de granulometría muy fina y bajadensidad aparente, son arrastradas por los gases de combustión recogiéndose, en su mayor parte, en los sistemas de depuración de polvo—electrofiltros, ciclones, etc.—

La proporción en que se forman estos dos tipos de materiales depende tantode la finura del carbón como del tipo de instalación de combustible,cuadro 2.

Cuadro 2.—Distribución de las cenizas volantes y las escorias.

Escorias CenizasTipo de hogar del hogar volantes

(Tanto por ciento) (Tanto por ciento)

Carbónpulverizado 1 0-30 70-90Hogar ciclónico 70-90 10-30Calderade parrillas 40-70 30-60

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Las cenizas volantes no retenidas en los sistemas de depuración se emitena la atmósfera juntamente con los gases de combustión. Las de mayortamaño se depositan poco después de su emisión (materias sedimentables)mientras que las más finas pueden permanecer largo tiempo en la atmósferatransportándose a mayores distancias (partículas en suspensión).

La granulometría de las partículas emitidas es objeto cada vez de mayoratención; las inferiores a 10 m se consideran peligrosas para la salud.También se estudia más detalladamente su contenido en elementos trazaque, en algunos casos, se volatilizan en la combustión y experimentan unenriquecimiento en las cenizas volantes (As, Cd, Cu, Ga, Pb, Sb, Se, Zn).

Ef/yentes energéticos. En el proceso de producción de energía eléctrica sólose hace uso de una reducida fracción (35-37 por 1 00) de la energía químicadel combustible. Ello significa que una importante cantidad de calor residualha de verterse al medio ambiente. Con objeto de evitar determinados efectosambientales, la eliminación de este calor implica la aplicación de sistemasespecíficos de intercambio térmico.

Cantidad de efluentes producidos en la combustión. La determinación de lacantidad de efluentes originados en los procesos de combustión constituyeun dato básico para el diseño de los sistemas de depuración. En granmedida es posible determinar con razonable exactitud la producción deefluentes mediante balances de materia y energía. Sin embargo, en algunasemisiones, la práctica de la explotación será la que determine su exactamagnitud.

Para valorar, de forma aproximada, la cantidad de efluentes contaminantespuede hacerse uso de los «factores de emisión», obtenidos estadísticamentey que permiten estimar la cantidad de estos productos que previsiblementeexistirán en los gases de combustión antes, de su paso por cualquer sistemade depuración. El cuadro 3, resume los recopilados por la EnvironmentalProtection Agency de los Estados Unidos, adoptados en parte por elMinisterio de Industria y Energía español.

Efluentes y emisiones en una central térmica de carbón

En una planta de este tipo son los circuitos fundamentales:— Sistema de combustiÓn del carbón (figura 2, p. 134): Sistemas de manejo,

almacenamiento y preparación del carbón; aire de combustión; calderade vapor; circuito de gases de combustión (conductos, recuperadores decalor, depuración de gases y chimenea) y sistema de eliminación deresiduos sólidos.

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Cuadro 3.—Factores de emisión en grandes centrales térmicas, kg/t de carbónquemado.

Tipo de carbón e instalación Partículas SO2 NO, SO Hidrocarburos

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A = Tanto por ciento de cenizas S = Tanto por clento de azufre

(a) Dado el contenido en alcalinos y alcalinotérreos en los lignitos de los Estados Unidos, losfactores de emisión de SO2 oscilan entre 8,5.S y 17,5.S.

— Circuito agua-vapor: plantas de preparación de aguas, sistemas decalentamiento y producción de vapor, turbina, refrigeración del condensad,or y plantas de tratamiento de aguas residuales: . —

— Sistema de generación eléctrica: generador (alternador), transformadores,líneas de salida, etc.

La operación del sistema de combustión afecta fundamentalmente a laatmósfera y los terrenos; el sistema agua-vapor es responsable de losprincipales vertidos térmicos y de la formación de efluentes líquidoscontaminantes.

En la figura 2, p. 1 34, se han señalado los principales efluentes y emisionesdel sistema de combustión. En las figuras 3 y 4, pp. 136-1 37, se indicanesquemáticamente los principales vertidos líquidos en dos casos típicos yrepresentativos: una central con circuito cerrado de refrigeración y torre deenfriamiento de tipo húmedo (figura 3) y una planta térmica con circuitoabierto refrigerada con agua de mar (figura 4).

Una central térmica necesita para su operación importantes cantidades deagua. En unos casos de modo continuo (alimentación al generador de vapor,refrigeración, etc.) y en otros intermitentemente (operaciones de limpieza,preparación de agua de alimentación, riegos y sistema de incendios, etc).

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Pero de todas las operaciones la que requiere, con gran diferencia, la mayorcantidad es la refrigeración del condensador.

En la operación de la central han de eliminarse continuamente grandescantidades de calor. Una cierta fracción 1.0 .hace con los gases decombustión por la chimenea pero la eliminación de la parte más importantetiene lugar en el sistema de refrigeración del condensador. Para evitar ladenominada «contaminación térmica’>, este calor ha de disiparse en elmedio ambiente sin provocar élevaciones importantes de la temperatura.

Los dos sistemas de aplicación más generalizada son el circuito abierto y elcerrado con torres de refrigeración. En el primero el efluente caliente sedispersa en la masa de agua que sirve de alimentación a la central —en laactualidad se usa fundamentalmente en la refrigeración por agua de mar—.En el sistema de circuito cerrado con torres de refrigeración de tipo«húmedo’>, el enfriamiento del agua se produce por evaporación y porintercambio de calor sensible con el aire que circula por la torre.

En este último sistema, la evaporación de una cantidad bastante importantedel agua de refrigeración da lugar a la formación de un penacho visible devapor. Al hecho indudable de su impacto visual, se ha pretendido añadir laproducción de ciertos efectos sobre el microclima de la zona próxima a adescarga, que normalmente, no son detectables.

Por otra parte, la evaporación de agua producida en la torre conduce a unaconcentración de las sales existentes en el circuito. Para evitar unaacumulación excesiva, con los consiguientes riesgos de formación dedepósitos e incrustaciones, es necesario proceder a una purga del agua encirculación y a una reposición con agua de aporte.

En las cantidades comparativas mucho más reduidas y dé producciónlocalizada se generan una serie de vertidos líquidos que, en algunos casosse presentan fuertemente contaminados: purga de la caldera, efluentes delimpieza químicas, lavadp de precalentadores aguas de arrastre de cenizas,residuos de las plantas de preparación y tratamiento de aguas, etc.

Finalmente, como forma de contaminación ambiental puede señalarse elruido, cuyas fuentes productoras se encuentran muy dispersas y que, enocasiones puede llegar a trascender de los límites de la planta. Los puntosmás comunes productores de ruido son los equipos en movimiento, válvulasde seguridad, vibraciones, operaciones se soplado, maquinaria, torres derefrigeración, etc.

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Como resumen de lo indicado, la figura 5, señala los principales focospotenciales de contaminación en una central de carbón con eliminación decenizas por vía húmeda (almacenamiento en balsa).

Límites de emisión y criterios de calidad ambiental

La acción de un contaminante sobre el medio ambiente depende de laconcentración alcanzada en el punto considerado y de la duración de su•actuación, es decir, en función de su dosis. Por tanto, la primeraconsideración a tener en cuenta en el diseño de cualquier actividadindustrial y de sus sistemas de depuración es el mantenimiento en suentorno de concentraciones lo suficientemente bajas para no causar dañossobre los seres vivos o las propiedades. Estas concentraciones, recogidasen las reglamentaciones ambientales, son los criterios de calidad del aire oniveles de inmisión.

Sin embargo, puesto que sobre las inmisiones actúan un gran número defactores ajenos a la instalación industrial y normalmente fuera de su control—presencia de otros emisores fijos o móviles, naturaleza de la zona,condiciones meteorológicas, etc.—, la eficacia de una planta depuradora hade especificarse tomando como base unos determinados niveles de emisióncompatibles con el mantenimiento de la calidad ambiental en el área deinfluencia de la planta. Estos niveles de emisión se encuentran, asimismo,establecidos legalmente en numerosas reglamentaciones.

En el caso de España la reglamentación relativa a la contaminaciónatmosférica se encuentra razonablemente detallada; no ocurre lo mismo, sinembargo, para las aguas y, en cierto grado, para los residuos industriales.

En lo que se refiere a los criterios de calidad del aire ambiente, el Decreto833/1975, de 6 de febrero, que desarrolla la Ley 38/1972, de Protección delAmbiente Atmosférico, incluye los niveles de inmisión admisibles paradistintos contaminantes. Más recientemente, el Real Decreto 1.613/1985,de 1 de agosto, ha modificado parcialmente el Decreto anterior estableciendohuevas normas de calidad en los referente a la contaminación por dióxido deazufre y partículas. La nueva normativa implanta en España la reglamentaciónvigente en le CEE para estos dos productos.

Los criterios de calidad del aire son de aplicación general en todo el territorioespañol.

El citado Decreto 833/1 975, especifica también los límites de emisión parael dióxido de azufre y las partículas sólidas en las centrales térmicas

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alimentadas con combustibles fósiles. No existe reglamentación específicarelativa a las emisiones de óxidos de nitrógeno en estas instalaciones.

Por su parte, el Decreto 2.204/1975, de 23 de agosto, tipifica lascaracterísticas, calidades y condiciones de empleo de combustibles ycarburantes. Incluye las calidades requeridas en los carbonos de usoindustrial y los utilizables en centrales térmicas.

Tanto en el Decreto anterior, como en el 833/1975 y en otras disposiciones,la legislación española contempla la necesidad de utilizar carbonesnacionales de baja calidad. En tales circunstancias, los límites de emisiónserán fijados por el Ministerio de Industria para cada caso particular. Dehecho, un gran número de centrales españolas tienen autorizadas concentraciones de emisión de contaminantes superiores a las legisladas concarácter general.

No existe todavía un cuerpo de legislación similar para la contaminación deaguas. En el Real Decreto 849/1 986, de 11 de abril, que desarrolla algunostítulos de la Ley de Aguas 29/1985, de 2 de agosto, se señalan losparámetros característicos a considerar, como mínimo, en el tratamiento delos vertidos líquidos y establece el canon de vertido de efluentescontaminantes.

Con anterioridad, las resoluciones de autorización administrativa para laconstrucción de nuevas centrales térmicas solían incluir algunos condicionantes relativos a las características de los distintos vertidos líquidos.

En cuanto a los criterios de calidad de aguas, una Circular de la DirecciónGeneral de Obras Hidráulicas (MOP), de 21 de junio de 1960, sobreinstrucciones y valoración de las diversas características de las aguas delos cauces públicos, según su clasificación establecida por la OrdenMinisterial de 4 de septiembre de 1 959, incluye —sin carácter vinculante—las normas de calidad para los cursos protegidos, vigilados y normales, concifras ocasionalmente muy poco realistas.

El Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas(Decreto 2.414/1961 ,de 30 de noviembre) incluye algunas concentracionesmáximas permisibles en el vertido de aguas residuales industriales, con uncarácter sumamente restrictivo.

En la Orden Ministerial de 23 de abril de 1 977 (MOP) que regula los vertidosal mar de aguas residuales, a través de emisarios submarinos, se incluyenalgunas consideraciones acerca de sus características.

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No existe una legislación específica sobre residuos sólidos industriales y,por último, puede indicarse que la normativa sobre control del ruido seencuentra incluida en el Reglamento de actividades molestas, insalubres,nocivas y peligrosas y en la Ordenanza general de seguridad e higiene en eltrabajo.

Sistemas para la prevención de superación de límites

Para controlar las emisiones de una actividad ndustrial y la calidadambiental en su entorno existen diversas estrategias generales que puedenaplicarse por separado o combinadas. Entre ellas pueden citarse:— Cambio del tipo de proceso o de las materias primas.— Eliminación de los residuos indeseables con sistemas de control.— Mantenimiento de los residuos dentro de los límites de la planta en

condiciones deseguridad.— Disminución de la cantidad de residuos por reciclado o reutilización.— Vertido controlado al exterior manteniendo la calidad ambiental.

Aún aplicando sistemas de depuración adecuados, raramente es posibleeliminar por completo todos los contaminantes y, manteniendo los niveles deemisión prescritos, los efluentes pueden contener desde trazas a cantidadessignificativas. Por ello, para mantener lo criterios de calidad ambiental suelerecurrirse como acción final a la capacidad dispersante del medio receptoren un proceso genéricamente denominado «control por dilución».

En el caso de contaminantes gaseosos confinados en un proceso, comoocurre en. la combustión, a utilización de chimeneas de altura adecuada esuna práctica de aplicación universal.

La dilución en cursos de agua, embalses o en el mar es también usual en elvertido de efluentes líquidos en que la capacidad autodepuradora delsistema receptor contribuye a la eliminación de los contaminantes.

Como se ha visto en lo que antecede, en una central térmica de carbón losproblemas más acusados son los relacionados con los residuos gaseosos ysólidos de la combustión. Los restantes efectos requieren acciones máslimitadas por su carácter restringido y son semejantes a los de otras plantastérmicas.

Evidentemente, aunque lo deseable sería adoptar acciones correctoras enlas etapas previas o las iniciales del proceso, la viabilidad técnica yeconómica de cada solución y los condicionantes específicos de cada casoserán los que definan el sistema a adoptar.

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A continuación se examinarán brevemente diversas alternativas de actuación.

Control de la contaminación atmosférica

TECNOLOGÍAS PRECOMBUSTIÓN

Su objetivo es la obtención de un combustible con la menor carga posible deaquellos compuestos que en la combustión dan lugar a emisionescontaminantes.

Mezclas de carbón con combustibles limpios. Con una selección adecuadadel combustible puede conseguirse perfectamente el mantenimiento de loslímites de emisión. La mezcla con carbones de alta calidad, mediantesistemas de homogeneización, constituye una práctica industrial habitual.

Cuando se dispone de gas natural o de derivados petrolíferos bajos enazufre, la instalación de quemadores adecuados permitirá la regulación delas emisiones. La utilización de mezclas carbón fuel-oil constituye tambiénuna solución alternativa.

Mejora de la calidad de los carbones. El lavado de determinadas calidadesde carbones es un sistema habitual para reducir su contenido en estériles ymejorar su potencia calorífica. En los procesos físicos de lavado, utilizadosindustrialmente, se produce simultáneamente la eliminación de una fraccióndel azufre pirítico del carbón. El grado de eliminación del azufre puedeoscilar entre un 1 0 y un 50 por 1 00 del azufre total, estando fuertementeasociado al tipo de carbón y a la forma física de los compuestos de azufreexistentes en el mismo.

La.depuración química del carbón, que lleva a la eliminación adicional delazufre combinado orgánicamente, es una tecnología cara que todavía no haalcanzado la etapa de explotación comercial.

Conversión del carbón en otro combustible limpio. La gasificación o lalicuefacción de los carbones, incluyendo las necesarias fases de depuración,dan lugar a combustibles de alta pureza. Aunque los procesos, particularmenteen el caso de la gasificación, se practican a escala industrial no soneconómicamente aplicables a la generación de energía eléctrica porcombustión directa.

El desarrollo de ciclos combinados, con rendimiento energético máselevado, quizá permita una aplicación comercial en un futuro medio a lejano.

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PROCESOS DE COMBUSTIÓN DE BAJAS EMISIONES

— Calderas convencionales

Modificaciones en la combustión. Existe una serie de tecnologías deaplicación comercial en las que, por modificación en los diseños de losquemadores o en las condiciones de la combustión del carbón, se consigueuna reducción en la formación de óxidos de nitrógeno, fundamentalmente enlos de origen térmico.

En este sentido pueden mencionarse la combustión con bajo exceso de aire(en la que reduciendo el exceso de aire suministrado a los quemadores esposible conseguir una reducción de hasta un 20 por 1 00 en las emisiones deNOx), la combustión escalonada y la adición de aire sobre quemadores(reducciones de NOx entre el 1 0 y el 40 por 1 00), la operación de baja cargao la recirculación de gases de combustión fríos.

El empleo de quemadores denominados «de bajos óxidos de nitrógeno», quereducen la formación de los NOx retrasando la mezcla del combustible conel aire, limitando, por tanto, la disponibilidad de oxígeno libre, ha alcanzadoya amplia difusión. Con diseños avanzados, todavía no comercializados, sehan conseguido reducciones de NO superiores al 50 por 1 00.

En la figura 1 5, p. 1 62, puede apreciarse la instalacióñ de estas medidasprimarias de reducción de emisiones de NO en una calde’ra japonesaalimentada con carbón de alta calidad.

Inyección de aditivos en el hogar. La fijación de azufre por los compuestosalcalinos de las cenizas del carbón —a que se hizo referencia en el punto«Influentes gaseosos», p. 130—, puede incrementarse notablemente porinyección de aditivos fijadores de azufre, tales como la caliza, el hidróxidocálcico o la dolomita, en el hogar de la caldera.

El proceso depende, en buena medida, de las características del hogar y delas condiciones de la combustión y, aunque las reducciones en la emisiónde S02 pueden oscilar entre un 10 y un 40 por 100, sus costes sonmoderados y su aplicación es factible a calderas existentes.

Cuando la inyección se realiza mediante quemadores de diseño adecuadose consigue simúltáneamente una reducción en la formación de dióxido deazufre y de óxidos de nitrógeno (figura 6, p. 1 44).

En la actualidad se estudia activamente la inyección de aditivos alcalinos enotros puntos del circuito de temperatura más favorable para la fijación delazufre (conductos, sistemas de separación de polvo, etc.).

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Lá inyección de aditivos aumenta, indudablemente, el contenido en sólidosd,e tos gases de combustión lo que puede exigir la ampliación de los equiposdepuradores.

— Sistemas de combustión avanzados

Cómbustión en lecho fluidizado con aditivos. La combustión del carbón enlecho fluidizado, con utilización de aditivos fijadores de azufre (caliza,dolomita) es una tecnología desarrollada industrialmente. Presenta laventaja de reducir simultáneamente las emisiones de dióxido de azufre y deóxidos de nitrógeno. Está ganando plena aceptación comercial hasta elpunto de que, en un futuro próximo, puede constituir la alternativa máspráctica para la utilización energética de carbones de baja calidad.

Básicamente el proceso consiste en la combustión del carbón en un lechode caliza —en ocasiones, dolomita—, que se mantiene fluidizado medianteel aire de combustión. La caliza reacciona con el dióxido de azufre formadoen la combustión produciéndose sulfato cálcico que se elimina juntamentecon las cenizas del carbón. La capacidad de eliminación de azufre puedealcanzar cifras superiores al 90 por 100.Por otra parte, dada la baja temperatura de combustión (típicamente en elintervalo de 850 a 900 OC) prácticamente se elimina la formación de óxidosde nitrógeno «térmicos>). Con ello, los niveles de emisión de NOx resultanclaramente inferiores a los de las calderas de carbón pulverizado.

Los costes de estos sistemas resultan similares a los de una calderaconvencional provista de sistemas de desulfuración de gases. Sin embargo,esta tecnología está limitada generalmente a su utilización en unidadesnuevas; su adaptación a calderas existentes no es fácil.

Comercialmente existen en la actualidad dos variantes de calderas de lechofluidizado: lecho estacionario —también conocido como burbujeante— ylecho circulante (figura 7, p. 146).

Una tercera generación, actualmente en fase de planta piloto pero coninmediata construcción de varias unidades industriales de demostración(entre ellas, la central térmica de Escatrón que quemará carbonessubituminosos aragoneses), son las calderas de lecho fluidizado presurizadas.Las calderas de lecho estacionario se caracterizan por una velocidadrelativamente baja de los gases que atraviesan el lecho de material inerte(1,3 mIs). La extracción de calor se realiza mediante tubos de caldera y delsobrecalentador inmersos en el lecho.

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Los hogares de lecho circulante se caracterizan por mayores velocidadesde los gases y menor tamaño de los materiales del lecho. este se divide endos zonas: la primaria, en la que se introducen el combustible, la caliza,material de reciclo y el aire primario (normalmente un 50 por 100 del total),y la zona secundaria, en la que se inyecta el resto del aire necesario. Elafecto de este escalonamiento en la adición de aire es una reducciónadicional en la formación de NOx. Por otra parte, con estos diseños sealcanza una más eficiente sulfatación de la caliza y, por tanto, un menorconsumo.

En las calderas de lecho fluidizado presurizado, como su nombre indica, elproceso opera bajo presiones relativamente elevadas en el lado gas (7 a 20atmósferas). Con ello se consigue una elevación en los coeficientes detransferencia térmica global y una reducción en la superficie de tubos de lacaldera. Estas calderas funcionan integradas en un sistema de ciclocombinado: el de vapor que acciona un sistema convencional turbinagenerador y el de los gases a alta presión que mueven una turbina de gas.Orientados fundamentalmente a la generación de energía eléctrica, conestos sistemas es posible obtener rendimientos energéticos próximos al 40por 1 00, claramente superiores a los de las calderas convencionales.

En contrapartida a las ventajas indicadas, los sistemas de lecho fluidizadodan lugar a una mayor cantidad de residuos sólidos debidos a la adición decaliza o dolomita, con •un mayor contenido en elementos traza, lo queincrementa los problemas de eliminación.

TECNOLOGÍAS POSCOMBUSTIÓN

— Depuración de los gases de combustión

Eliminación de las partículas sólidas. Constituye una práctica habitual desdehace muchos años, disponiéndose de tecnologías bien establecidas y dealta eficacia. Las limitaciones legales, tanto en la cantidad como en lagranulometría de las partículas emitidas, han provocado un natural desplazamiento desde los primitivos separadores mecánicos hasta los equipos degran rendimiento como son los precipitadores elestrostáticos o los filtros demangas.

— Colectores mecánicos de polvo

El sistema más utilizado es el ciclón (figura 8, p. 148), normalmente enbaterías de numerosos equipos individuales, largos y de pequeño diámetro,constituyendo los multiciclones.

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Figura 8.—Colector mecánico depolvo ciclón.

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Su eficiencia se encuentra entre el 80 y el 90 por 100 (hasta un 95 por 100enjos multicicloñes), pero son poco efectivos en la captación de partículasinferiores a los 1 0 m. Actúan por vía seca, su diseño es sencillo, fácil sumantenimiento y son de bajo coste. Requieren poco espacio y puedentrabajar a elevada temperatura, lo que favorece su empleo en ciertos casosespeciales (por ejemplo, en calderas de lecho fluidizado a presión).

Normalmente se usan como sistemas previos de separación.

Precipitadores electrostáticos

Se utilizan desde hace más de 70 años y, hasta el momento, constituyen lossistemas más empleados en las centrales térmicas de carbón.

La fuerza utilizada para la separación de las partículas contenidas en losgases procede de la carga eléctrica generada sobre cada partícula y suinteracción con un campo eléctrico. Los gases circulan horizontalmenteentre un gran número de placas colectoras paralelas, conectadas a tierra, yde electrodos verticales a alta tensión (figura 9, p. 150). Las partículas cargadaseléctricamente, se depositan sobre las placas de las que se desprendenmediante un sistema de golpeo de actuación periódica. Las cenizas serecogen en tolvas inferiores desde donde se énvían al área destinada a su almacenamiento y eliminación.

Con los electrofiltros se alcanzan normalmente eficiencias del 99,5 por 1 00y, en ocasiones, hasta el 99,9 por 100, incluso para partículas finas. Puedentratar grandes volúmenes de gases y es posible su-operación a temperaturaselevadas (hasta 70 OC), con baja pérdida de carga. Requieren unmantenimiento relativamente reducido y sus costes de operación sonrazonables.

Son equipos de elevado coste de instalación. Su operación se ve afectadapor las fluctuaciones en las condiciones de los gases, estando favorecidapor la humedad y un alto contenido en azufre de los humos.

Con carbones bajos en azufre y cenizas de alta resistividad eléctrica suelenpresentarse problemas de operación. En tales casos se han recurrido alacondicionamiento de los gases de combustión (adición de SO3, amoniaco,aminas) o la operación en márgenes de alta temperatura —electrofiltro«caliente»—, instalándolo antés del precalentador.

— Filtros de mangasEn estos equipos la separación se consigue haciendo pasar los gasescargados de polvo a través de un sistema filtrante con estructura de tejido o

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de fieltro (figura 1 0). La retención se produce por impacto inercial, difusión,interacción directa y acción de tamizado, que predomina al cabo de pocotiempo después de iniciado el proceso.

Según la zona de la manga en que se produce la retención del polvo, suoperación se. designa como interna o externa. El desprendimiento de lascenizas depositadas puede realizarse por corriente de aire contraria, chorropulsante o sacudida mecánica.

Los filtros de mangas se caracterizan por una alta efectividad (superior al99,9 por 1 00), aún para partículas submicrónicas. Los productos se separan

Sistema degolpeo

de placas

Figura 9.—Precipitador electrostático.

Tolvas de recogidade polvo

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Figura 10.—Filtros de mangas.

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en forma seca. No influyen en su operación ni el contenido en S02 de losgases ni las fluctuaciones en el caudal o en la concentración de polvo, Encambio, la temperatura puede constituir una limitación en su uso.

Tienen altos elevados costes de instalación y de explotación, la pérdida decarga es apreciable y requieren mucho mantenimiento y relativameqtefrecuente sustitución de las mangas.

— Lavadores húmedos

En estos sistemas se emplea agua para la separación de las partículas,produciéndose un impacto mutuo entre las cenizas y las gotículas líquidasque terminan englobándolas, El agua cargada de sólidos pasa a una cámarade separación; una parte se recircula y otra se purga hasta un sistema detratamiento en donde se separa la ceniza captada.

Aunque pueden alcanzar rendimientos de un 99 por 100 para partículassuperiores a 2 ¿.im, requieren altos consumos energéticos y de agua,presentan problemas de corrosión, sus costes de mantenimiento son altos,los materiales se separan húmedos, es precisa una planta de tratamiento deaguas y los gases salen fríos y saturados con vapor de agua. Por ello, suutilización está poco extendida en la industria eléctrica.

Sin embargo, se utilizan en algunas plantas de desulfuración de gasescuando la alcalinidad de las cenizas volantes permite su utilización en elproceso.

Desulfuración de los gases de combustión (DCG). Su utilización comienza aser habitual en los Estados Unidos, Japón y algunos países europeos,particularmente en la República Federal de Alemania, de modo especial enel caso de carbones de alto contenido en azufre.Se han descrito y ensayado cerca de un centenar de procesos, pero sóloalrededor de una decena ha alcanzado la fase de explotación comercial. Suconsideración puede abordarse desde varios puntos de vista:— Proceso físico-químico: absorción física, reacción química, adsorción,

catálisis.— Estado.físico de la fase principal del proceso: vía húmeda, vía seca,

sistemas mixtos (absorción por atomización-secado).— Tratamiento de los reactivos usados: regenerativo o no regenerativo.— Destino del producto final: no recuperable o comerciable.Por lo general, suelen estudiarse según la fase del proceso y, dentro de cadagrupo, distinguiendo la utilización comercial o no del producto residualobtenido a partir del S02.

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— Procesos por vía húmeda

Son los que han alcanzado mayor difusión hasta el momento. La tecnologíase basa en la reacción del S02 existente en los gases de combustión con unabsorbente químico en fase líquida (disolución o suspensión acuosa de unproducto con propiedades alcalinas) en un proceso denominado genéricamente «lavado».

Los reactivos más utilizados, tanto por su abundancia como por razoneseconómicas, son la caliza (CO3Ca) y el óxido cálcico (CaO), aunque algunossistemas emplean carbonato sádico, sulfito sádico, óxido de magnesio,amoniaco, cenizas volantes alcalinas, etc, En algunos procesos se mejora laeficacia de la desulfuracián incorporando determinados aditivos específicos(normalmente, ácidos orgánicos).

En general, el proceso de desulfuración húmeda consta de tres seccionesbien diferenciadas: preparación de lo reactivos (y, en su caso, regeneraciónde éstos), módulo de absorción y sistema de eliminación de residuos o derecuperación de subproductos. La figura 11, p. 1 54, representa un diagramade flujos típico de un sistema de lavado con suspensión caliza.

La torre de absorción, en la que se fuerza el contacto de los gases con elabsorbente, es el componente principal, común a todos estos procesos.Existen numerosos diseños —torre de relleno, venturi, contacto turbulento,torre de platos, etc.—, pero el más utilizado es la torre de rociado conoperación contracorriente.Normalmente, los gases son lavados después de la eliminación •de lascenizas volantes —precipitador electrostático, filtros de mangas—, sometiéndolos a un rápido enfriamiento, antes de su entrada en la torre deabsorción.

A la salidad del lavador, los gases desulfurados se encuentran fríos,saturados con vapor de agua y arrastrando gotas de reactivo. Para emitirlosa la atmósfera en condiciones adecuadas, todos los sistemas incorporandos componentes causa de frecuentes problemas: los separadores de gotasy el recalentador de gases.

El recalentamiento de los gases fríos es necesario para evitar la formaciónde condensados y corrosiones, favorecer la flotabilidad del penacho ydisminuir la visibilidad de la pluma. La operación implica uno de los mayoresconsumos energéticos del proceso de desulfuracián. En tanto que lapráctica industrial norteameriana’suele recurrir a un calentamiento concambiadores de vapor o a quemadores directos de gasóleo, las instalaciones

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europeas y japonesas recurren al uso de calentadores regenerativos gas-gas, utilizando los gases calientes de salida de los electrofiltros. La figuraanexa esquematiza esta última solución.

El tratamiento y eliminación de los residuos de la desulfuración presentaproblemas tanto técnicos como ambientales. Los sistemas dan lugar agrandes tonelajes de subproductos, muchas veces en forma de lodos dedifícil manejo, que requieren extensas áreas de terreno para su eliminacióny presentan, a su vez, un elevado potencial contaminante de suelos y aguassubterráneas.

Por ello, en las instalaciones japonesas y europeas se tiende siempre a laobtención de. un producto final estable, de seguro y fácil manejo y,deseablemente, con utilización industrial. Y así, en los procesos basados enla absorción con suspensiones de caliza o lechada de cal, se procede a unaoxidación forzada del producto de reacción transformándolo en yeso(SO4Ca2H2O), que puede comercializarse (figura 12, p. 1 56).

Otros procesos buscan especialmente la obtención de un subproducto deaplicación industrial: ácido sulfúrico, azufre, sulfato amónico. Debe señalarse,sin embargo, que en ellos más que un beneficio económico se procura laeliminación de los derivados del proceso, estando lejos de alcanzar unadifusión general.

Los principales procesos por vía húmeda que han alcanzado la fase deexplotación comercial son:a) Lavado con suspensión de caliza (figura 11). La absorción se produce

con una suspensión acuosa de caliza finamente pulverizada. Elproducto de reacción, sulfito cálcico, suele oxidarse con aire, en elmismo proceso, para transformarlo en yeso (sulfato cálcico). Puedenalcanzarse rendimientos de desulfuración de hasta un 90 por 100. Lainclusión de aditivos orgánicos en el proceso mejora la capacidad deabsorción.

b) Lavado con lechada de cal (figura 12). La química del proceso essemejante a ¡a del anterior. Se usa como reactivo una lechada de cal(hidróxido cálcico), de mayor reactividad que la suspensión de caliza. Lacantidad de lodos residuales es menor y también se reduce el consumode agua. Sin embargo, los costes del reactivo son muy superiores. Losprocesos basados en caliza o cal son los sistemas de desulfuraciónmás extendidos. En el año 1983, el 82 por 100 de las instalacionesamericanas hacían uso de estos procedimientos —53 por 100 concaliza y 29 por 100 con cal—. También se usan casi exclusivamente en

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las centrales japonesas y europeas dotadas de sistemas de desulfuración.

c) Lavado con disolución de carbonato sódico. De aplicación muy limitada,depende de la existencia de un suministro económico y abundante delreactivo. Usado sin regeneración, presenta serios problemas la eliminaciónde la disolución residual de sulfito sádico.

d) Proceso de los dos álcalis (o del doble álcali). El S02 se obsorte en unadisolución de sulfito sódico —preparada a partir de carbonato sádico—,obteniéndose una disolución de sulfito-bisulfito sádicos. El tratamientode ésta con óxido o hidróxido cálcico produce unos lodos residuales desulfito cálcico y regenera el reactivo.

e) Proceso Wellman-Lord (con recuperación). La primera fase es similar ala del doble álcali, pero la disolución de bisulfito sádica obtenida sedescompone térmicamente, en un evaporador-cristalizador de dobleefecto, regenerándose el absorbente y produciéndose dióxido de azufre.Este puede transformarse en ácido sulfúrico o en azufre elemental.

f) Proceso del óxido de magnsio (con recuperación). Los gases limpiosse lavan con una lechada de óxido magnésico formándose sulfitomagnésico. La suspensión resultante se espesa y centrífuga y lossólidos separados se descomponen térmicamente (a 850 OC) regenerándose el óxido magnésico y produciéndose S02 que se convierte enácido sulfúrico.

g) Proceso Walther (con recuperación). El tratamiento de los gases decombustión con una disolución de amoniaco da lugar a una disoluciónrica en sulfito amónico. Por oxidación con aire, evaporación y granuladodel producto final de obtiene sulfato amónico de calidad fertilizante. Elsistema no produce residuos sólidos ni líquidos que exijan eliminación,pero depende de la existencia de un mercado seguro para el abononitrogenado obténido. Actualmente existe una sola planta de esteproceso.

— Procesos de absorción por atomización-secado

Se encuentran en una posición intermedia entre los de vía húmeda y los devía seca ya que, aunque el reactivo se ¡nyecta en la cámara de reacción enforma de disolución o suspensión acuosa, el producto final se separa secoya que el calor de los gases de combustión produce la evaporación del aguaintroducida con el reactivo. El sólido pulverulento resultante de la fijación delS02 se separa en precipitadores electrostáticos o en filtros de mangas(figura 13, p. 158).

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Como reactivo se utiliza fundamentalmente óxido cálcico en forma delechada de cal. El reciclaje de parte del subproducto permite. un mejoraprovechamiento de la materia prima.

Básicamente la química del proceso es la misma que en la absorción conlechada de cal, pero el contacto del gas con el reactivo se produce sin quese alcance la saturación en vapor de agua —los gases desulfurados seobtienen a una temperatura de 10 a 20 °C por encima de la de saturaciónadiabática—. Su rendimiento es algo inferior al proceso similar por víahúmeda —80 a 85 por 100—. El consumo de agua es más bajo y no produceefluentes líquidos. Asimismo, se invoca que no es necesario el recalentamientode los gases desulfurados.

Los productos finales están formados por sulfito cálcico, una pequeñafracción de sulfato, reactivo sin utilizar y cenizas volantes. A causa de sunaturaleza presenta ciertas dificultades de eliminación, lo que hace que elproceso tenga ciertas dificultades de utilización en algunos países.

Aunque falten experiencias prolongadas de su aplicabilidad al caso decarbones altos en azufre, constituye una alternativa muy interesante a losprocesos de vía húmeda.

— Procesos por vía secaEn su mayor parte se encuentran en fase de experimentación y no hacenuso del agua. Uno de los sistemas consiste en la inyección directa de unabsorbente seco y finamente pulverizado antes de un filtro de mangas.

Como reactivo más común se usa bicarbonato sódico (preferentemente deorigen natural, nahcolita) y en algún otro caso, hidróxido cálcico activado.Sin embargo, su rendimiento es reducido y escasas sus perspectivas deaplicación para gases con altos contenidos de S02.

También de aplicación limitada parece la absorción sobre carbón activo delS02 en un lecho móvil, seguida por su desorción y reducción a azufreelemental. Hasta el momento no ha pasado de la fase de planta piloto.

Eliminación de los óxidos de nitrógeno. Al tratar de los procesos decombustión de bajas emisiones (punto «Procesos de combustión de bajasemisiones» p. 142), se indicaron las medidas primarias con las que seconsigue la reducción en la formación de óxidos de nitrógeno. Sin embargo,las reglamentaciones ambientales de algunos países exigen emisiones deNOx inferiores a las alcanzadas con estos procedimientos. En tales casos hade recurrirse a la desnitrificación de los gases.

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Estos procesos han alcanzado estado comercial en Japón; en otros paísessu aplicación no ha sobrepasado la fase de planta piloto. El sistema másutilizado es la reducción catalítica selectiva (figura 1 4, p. 1 60).

Por inyección de amoníaco gaseoso en los gases de combustión a unos350-400 °‘C, después del economizador de la caldera, en presencia de uncatalizador específico —pentóxido de vanadio depositado sobre dióxido detitanio—, se produce la reducción de los óxidos de nitrógeno, formándóseagua y nitrógeno molecular. En el proceso se consiguen rendimientos dealrededor del 80 por 100.

El sistema requiere una alta cantidad de amoniaco; como consecuenciapueden formarse obstrucciones por sales amónicas en los precalentadores.Las emisiones a la atmósfera de amoniaco son del orden de 5 ppm. La vida.del cátalizador en las condiciones de operación de gases muy cargados depolvo y dióxido de azufte es objeto de dilatadas investigaciones.

Para obviar-la necesidad de catalizadores, se encuentra en ensayo lareducción selectiva no catalítica. La reacción del amoniaco con los óxidosnitrógeno ha de tener lugar a unos 1 .ooo O, lo que sólo se consigue en lazona convectiva de la caldera. El proceso requiere una alta relaciónNH3NOx (3:1) lo que puede dar lugar a problemas secundarios. Surendimiento de eliminación se encuentra alrededor del 70 por 100.

como resumen de la implantación de sistemas de depuración de gases delas medidas primarias para reducir la formación de NOx, la figura 15, p. 162,esquematiza su ‘localización en una caldera alimentada con carbón. Alexaminar las cifras relativas a las concentraciones de contaminantes en losdistintos puntos del circuito ha de tenerse en cuenta que se trata de unainstalación japonesá qué quema hullas importadas de alta calidad.

Eliminación de los residuos de los procesos de depuración. En los procesosde combustión del carbón y en muchos sistemas de depuración de humosse generan cantidades muy importantes de residuos sólidos, tanto máselevados cuanto peor es la calidad de los combustibles.

La utilización comercial de los subproductos, practicada en algunos casoscomo las cenizas volantes y algunas formas de residuos de la desulfuración,no ha alcanzado, lamentablemente, una extensión suficiente para anular losproblemas que presenta la eliminación final ‘de estos materiales.

Existen diversas opciones para el vertido y almacenamiento, siendo losreceptores finales la tierra o el mar.

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El vertido en escombreras es una práctica habitual para las escorias ycenizas de la combustión y, en casos, los lodos deshidratados de ladesulfuración. En ocasiones, el mantenimiento de estos materiales enbalsas húmedas o su eliminación juntamente con los estériles de explotaciones mineras a cielo abierto son soluciones factibles. Menos frecuente es eluso de minas subterráneas agotadas y, por razones ecológicas, encuentraposición el vertido en el océano.

En cualquier caso, el sistema ha de seleccionarse cuidadosamente paraevitar problemas ambientales secundarios con los que meramente setransferiría la contaminación de la atmósfera a las aguas o a los terrenos.

CONTROL DE LA CALIDAD DEL AIRE POR DILUCIÓN

Chimeneas. En contraste con los métodos de control directo de lasemisiones, en que se procede a la retención de los contaminantes medianteprocesos y equipos específicos, el control por dilución conduce a unareducción general de todo tipo de productos a nivel del terreno haciendo usode la capacidad dispersante de la atmósfera.

El sistema utilizado, cón carácter general, son las chimeneas de alturaadecuada. Aunque históricamente la función básica de la chimenea era elsuministro del tiro natural preciso para la combustión, actualmente en sudiseño se tiene en cuenta, asimismo, el aspecto de la protección ambiental.

El empleo de chimeneas elevadas es un medio plenamente efectivo parareducir las inmisiones, a niveles muy inferiores a los de los criterios decalidad ambiental, aunque por sí mismas no dan lugar a ninguna reducciónde la cantidad de contaminantes vertidos a la atmósfera. En esto residen lasprincipales críticas que cuestionan su empleo en la defénsa del medioambienté.Los fenómenos de transporte a largas distancias y las disposicioneshúmeda y seca de contaminantes han hecho qú algunos países yorganismos pretendan limitar la altura de las chimeneas a dimensionescorrespondientes a la «buena práctica industrial». Sin embargo, dada sueficacia,constituyen en muchos casos la forma más práctica y económica—y a veces la única— para enfrentarse a problemas de contaminación.

Reglas prácticas en el diseño de chimeneas. La experiencia acumuladadurante muchos años en el diseño y construcción de chimeneas se. hatraducido en una serie de reglas prácticas «aproximadas» de utilidad alconsiderar el empleo de estos sistemas. A continuación se citan algunas:

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— Minimizar el número de chimeneas en un emplazamiento; preferiblementeutilizar una sola.

— La chimenea debe ser al menos 2,5 veces más alta que cualquierconstrucción u obstáculo próximo situado dentro de un radio no inferiora dos veces su altura.

— Deben evitarse en lo posible las situaciones de valle. Las chimeneas selocalizarán de forma que los penachos no resulten arrastrados por losvientos catabáticos que descienden por las colinas cuando las temperaturas disminuyen durante la noche.

— En chimeneas grandes, la velocidad de salida de los gases debe sersuperior a 20 m/s para evitar su arrastre por la estela de la propiachimenea. Es buena práctica tener velocidades de salida de hasta30 m/s. Idealmente, la velocidad de salida debería ser, al menos, 1,5veces la del viento en la boca de la chimenea.

— Los gases precedentes de chimeneas de menos de 1,5 m de diámetro yde altura inferior a 60 m incidirán frecuentemente sobre el terreno,alcanzándose inmisiones excesivas. En estos casos, resulta imprescindibleel comportamiento del penacho.

— Cuando los gases se ven sometidos a la difusión atmosférica y laturbulencia de edificios próximos no es un problema, pueden alcanzarseconcentraciones a nivel del suelo del orden del 0,001 por 100 al 1 por100 de la concentración en la chimenea, si ésta se diseña adecuadamente.

— Las concentraciones máximas a nivel del terreno suelen producirse adistancias entre 5 y 15 veces la altura «efectiva» de la chimenea.

— Pueden reducirse las inmisiones utilizando chimeneas más elevadas.Las concentraciones varían en razón inversa al cuadrado de la altura«efectiva de la chimenea».

— Las concentraciones medias de contaminante, en dirección del viento,son directamente proporcionales al caudal emitido. Un aumento en ladescarga incrementa las concentraciones a nivel del terreno en el mismofactor.

— En general, la dilución de los gases por adición de un exceso de aire enla chimenea no afecta apreciablementea las concentraciones a nivel delterreno. La dilución práctica obtenida es, normalmente, insignificantecomparada con la alcanzada en la difusión atmosférica de la pluma. Sinembargo, la dilución con aire puede incrementar la altura efectiva delpenacho al aumentar su velocidad de salida, aunque si se produce unenfriamiento de los gases el efecto resulta opuesto.

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— Deben evitárse las pérdidas térmicas en la chimenea a través de lasparedes de los conductos. Estas han de aislarse y recubrirse, en su caso,con materiales resistentes al ataque por los gases de combustión.

Cálculo de la altura de la chimenea. La relación cuantitativa entre emisor yrecéptor se establece a través de los modelos de difusión atmosférica. Enellos, el proceso de propagación de un penacho se formula como modelomatemático en el que, combinando la emisión de la fuente, la evoluciónquímica y física de los productos emitidos ylas condiciones topográficas ymeteorológicas de la zona, la solución de la ecuación obtenida permitedescribir las concentraciones del contaminante en cualquier punto del áreacubierta.Por tanto, para evaluar la aceptabilidad de una chimenea como sistema deeliminación de gases de combustión han de tenerse en cuenta, entre otros,los siguientes factores:— Las concentraciones admisibles a nivel del terreno.

• — Las características físico-químicas de los gases de combustión.— Las características de la chimenea.— La meteorología, en superficie y en altura, de la zona.— La topografía del área de influencia.En tanto que las características de la’emisión y los factores de operación dela planta son conocidos y pueden modificarse, los factores ambientales(topográficos y meteorológicos) son prácticamente incontrolables, exceptodurante la selección del emplazamiento. Por tanto, una vez está la central enoperación, la calidad ambiental podrá controlarse actuando sobre losprimeros en función de las condiciones de los segundos.No es objeto de este trabajo el ánálisis delos modelos de difusión nisuaplicabilidad. Sin embargo, se expondrá brevemente un caso sencillo deesta interr&ación emisión-inmisión que permitirá, posteriormente, aclarar elalcance de los sistemas de control suplementario.El Manual de cálculo de altura de chimeneas industriales, del Ministerio deIndustria y Energía, utiliza un modelo de difusión gaussiano (figura 16, p.166), en el cual el perfil de concentraciones de un contaminante sigue unadistribución normal o curva de Gauss.De acuerdo con el modelo, la concentración de un contaminante dado, x anivel del terreno —supuesto una superficie plana— a una distancia x(metros) del foco emisor y en la dirección del viento es:

o i(H�

X & u e 2 z ) (J.Lg/m3N)

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en donde:

o = Caudal de emisión del contaminante (jig/s).H = Altura efectiva de la chimenea (m).u = Velocidad del viento en la boca de la chimenea (mis).

= Coeficiente de difusión (desviación típica) transversal del penachorespecto a su línea central (m).Coeficiente de difusión vertical del penacho (m).

y y 5 son parámetros que dependen tanto de la distancia del punto a lafuente emisora como de la clase de estabilidad atmosférica, es decir, sonfunción de las condiciones meteorológicas.

La altura efectiva de la chimenea, H, es la suma de su altura geométrica, h,y de la sobreelevación del penacho, ¿ h, y representa la altura a la que seeleva un penacho en la atmósfera después de ser emitido. Esta sobreelevaciónse debe, tanto a su cantidad de movimiento a la salida de la chimenea comoa su flotabilidad, que a su vez es función de la temperatura.

2

(xyz,)

(x,y.O)

Figura 16.—Sistema de coordenadas de un penacho con distribuciones gaussianashorizontal y vertical.

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La elevación de los penachos ha sido estudiada por numerosos autores,existiendo, por tanto, diversas ecuaciones empíricas que describen susresultados. La Guía del Ministerio de Industria y Energía utiliza las fórmulasdesarrolladas por G. A. Briggs que han alcanzado amplia difusión. Lasobreelevación del penacho es función de la categoría de estabilidadatmosférica —estructura vertical de la atmósfera— la velocidad del viento,las características de los gases emitidos —velocidad, temperatura, flotabilidad— y del diámetro de la chimenea.

El efecto de la topografía de la zona introduce una complicación adicional yaque afecta a la altura efectiva de la chimenea. La evaluación real de suincidencia es difícil, en una aproximación relativamente sencilla, el Manualde cálculo sustituye la altura «efectiva» de la chimenea por la denominadaaltura equivalente, H (figura 17), que la modifica introduciendo lossumandos: la cota del punto considerado sobre la base de la chimenea, z, yla pendiente media del perfil topográfico en cada una de las direcciones delviento estudiadas, tg.

En función de las condiciones meteorológicas del área estudiada, susfrecuencias y persistencias será posible determinar las inmisiones esperadasen función de diversas alturas de vertido. Fijando un límite en la probabilidadde superación de los criterios de calidad de referencia —teniendo en cuentala contaminación de fondo existente en la zona—, podrá seleccionarse,después de determinada la altura efectiva, la altura geométrica precisa parala chimenea.

En algunos casos, para una estimación aproximada de la altura de lachimenea puede recurrirse a la valoración de las concentraciones máximasprevisibles a nivel del terreno. De acuerdo con Turner, se estima que enunas condiciones de estabilidad determinadas, la concentración máxima,xmax, se produce a la distancia xm en que se cumple:

= H/J2 (figura 17, p. 168).siendo el valor de esa concentración:

20X max

e7ruH2

Mediante estas relaciones es posibledeterminar aproximadamente —supuestoun terreno llano.— la altura que debería tener una chimenea para nosobrepasar, a nivel del terreno, una concentración máxima predeterminada.

Inversamente, conocidas las condiciones atmosféricas y las de explotaciónde una planta industrial, la aplicación de modelos similares al indicado

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xx = e 2 ( ,) (g/m3N) H = h + h

- 7T4Y&U

• 20 & HXn = eiruH2

H=h+h+xtga-z

• = ax 6= a b p q = f (estabilidad)

h

Figura 17.—Sustitución de la altura «efectiva» por la altura «equivalente».

permitirá estimar las posibles inmisiones y su localización en los alrededoresde la instalación. Aunque el caso dista de ser sencillo y de aplicacióngeneral, cuando se consigue su adaptación a una planta y unas condicionesambientales bien conocidas es posible llegar a una predicción de laevolución de la contaminación y a la adopción de medidas que eviten suelevación anormal. Estees uno de los fundamentos de los sistemas decontrol suplementario.

Sistemas de control suplementario. Bajo la denominación de Sistemas deControl Suplementario (SCS) se incluyen una serie de procedimientos de

x

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actuación mediante los cuales se limita la emisión de contaminantesdurante períodos en los que las condiciones meteorológicas reinantes sontales que es de esperar que se produzcan superaciones, a corto plazo, delos criterios de calidad del aire.

En general, estas limitaciones intermitentes de las emisiones se realizan porcambio a un combustible limpio, reducción de la potencia de las unidades enoperación e, incluso, parada de alguna de ellas.

Estos sistemas han recibido también los nombres de sistemas de reducciónintermitente, sistemas de circuito cerrado, sistemas de control variable,sistemas de control dinámico o sistemas de limitación de emisiones de S02.

Su aplicación está sometida a algunos condicionantes básicos:— Debido a la dificultad de aislar las fuentes productoras suele ser de

aplicación casi exclusivamente en el control del S02.— El emisor debe estar lo suficientemente aislado para aceptar su

responsabilidad en la elevación de las inmisiones. En caso de fuentesmúltiples se requiere una coordinación especial.

— Disponibilidad de tecnología de control de emisiones.— Alto grado de fiabilidad en los equipos.— Capacidad de predicción y rapidez de actuación.

En la figura 1 8, p. 1 70 se esquematizan los circuitos básicos de informacióny actuación de uno de estos sistemas.

El grado de sofisticación del sistema y sus componentes son muy variables.De acuerdo con los datos disponibles, pueden darse casos de tener accesoa datos de calidad ambiental y meteorológicos, sin disponer de un modelode predicción en tiempo real, hasta el más completo que engloba los datoscitados juntamente con el modelo en tiempo real. En general, un sistemaoperativo incluye los siguientes componentes:

— Monitorización continua del S02.— Medida continua de parámetros meteorológicos en torres elevadas.— Teletransmisión de datos a un centro de control.— Tratamiento informático, predicción de la evolución meteorológica y

evaluación del sistema.— Modelo de predicción de la calidad del aire en la zona.— Modelo de toma de decisiones y actuación.— Disponibilidad de personal altamente cualificado para predicción, mante

nimiento y operación.— Capacidad de autoevaluación del sistema.

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La figura 19, p172 indica los elementos del sistema SDEL, utilizado enEstados Unidos por la TVA.

La efectividad de estos sistemas se ha puesto de manifiesto en numerosasinstalaciones. Aunque su coste es elevado y requiere un alto grado dededicación, las medidas efectuadas en las redes de vigilancia de las plantascorrespondientes indican que sus resultados son tan buenos como losconseguidos reduciendo las emisiones mediante un proceso de desulfuración,de coste muy superior y con problemas de operación.

En la central térmica Teruel se encuentra en aplicación un programa decontrol suplementario actualmente basado en el análisis de la tendencia,creciente o decreciente, de las inmisiones de S02 monitorizadas en continuoe integradas en períodos deslizantes de tiempo. Cuando la elevación deniveles sobrepasa ciertos indicadores de alarma, entran en acción medidasencaminadas a reducir los niveles de emisión, incluyendo el empleo de uncombustible limpio (por ejemplo gas natural) y la reducción de carga. Elsistema, que ha dado satisfactorios resultados, como lo demuestra la red devigilancia de la central, se encuentra en fase de mejora a fin de incorporarleun modelo de predicción en tiempo real. El trabajo adjunto de J. AbadíaPredicción en tiempo real de períodos de contaminación y su controlmediante cambio de combustiblé en la central térmica Teruel detalla laoperación del sistema y su evolución futura.

Tratamiento de los vertidos líquidos y de los efluentes energéticos

Como se ha indicado en «Efluentes y emisiones en una central térmica decarbón», p. 132, la operación de una central térmica genera una granvariedad de efluentes líquidos alguno de los cuales aporta, asímismo, unaimportante carga energética.

Los vertidos térmicos más importantes van asociados al circuito de agua derefrigeración del condensador. Los efluentes líquidos proceden de diversaspartes del proceso y, con la excepción del agua de refrigeración o suspurgas, representan caudales relativamente modestos aunque de composiciónmuy variada lo que obliga a diferentes tratamientos específicos añtes de suvertido final.

La simple relación de estos efluentes en una central térmica de carbónindica las distintas calidades esperadas. En tanto que algunos se producende modo continuo, otros lo hacen en forma intermitente u ocasional.

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a) Continuos1) Refrigeración del condensador:

— Circuito abierto.— Circuito cerrado (recirculación).

2) Caldera:— Purga continua.

3) Plantas de tratamiento y preparación de agua:— Clarificación.— Ablandamiento.— Cambio iónico.— Evaporadores.— Filtración.— Osmosis inversa y otros procesos.

4) Manejo de cenizas:— Extracción de escorias.— Transporte de cenizas volantes.

5) Plantas de depuración de gases:— Efluentes de distintos orígenes.

6) Aguas residuales diversas:— Efluentes sanitarios.— Laboratorios y sistemas de muestreo.— Circuitos de refrigeración auxiliar.

b) Intermitentes7) Limpiezas operacionales:

Lavados de caldera.— Limpieza del lado fuego del hogar.— Lavado de precalentadores.— Otras operaciones de limpieza.

8) Drenajes y escorrentías:— Pilas de carbón.— Escombreras de cenizas y residuos sólidos.— Aguas pluviales y de limpieza.

Al igual que en el caso de los vertidos a la atmósfera, los efluentes líquidoshan de someterse a una depuración previa antes de su descarga en elmedio receptor —cauces fluviales, embalses, mar—, a fin de que las‘concentraciones de sus componentes sean compatibles con la vida en elcorrespondiente medio acuático.

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La disipación de la energía térmica del agua de refrigeración se realiza pordifusión en el receptor en el caso de circuitos abiertos. Dada la elevadacantidad de agua utilizada en estos sistemas, son mínimos los tratamientosprevios —salvo, en determinados casos, la cloración— por lo que noimplican modificaciones químicas en la calidad del agua original.

En la refrigeración en circuito cerrado, con torre de tipo húmedo, el aire esel destinatario final del calor retirado en el condensador. Una parteimportante del agua se evapora, saliendo a la atmósfera. La formación depenachos visibles en las torres de refrigeración ha sido objeto de numerososestudios para evaluar su posible impacto ambiental —modificación delmicroclima local: aumento de heladas y precipitaciones, visibilidad, reducciónde la insolación, etc.—, aunque en la práctica sus efectos no suelen serapreciables.

En estos sistemas constituye un vertido de cierta importancia y, a veces dedifícil tratamiento, la purga de las torres de refrigeración ya que debido a laconcentración de las sales del agua original su calidad puede resultarincompatible con la del cauce receptor o cuestionable para utilizaciónagrícola. Por ello, se recurre en ocasiones a la reutilización de estosefluentes, en circuito cerrado, para operaciones tales como arrastre de lascenizas.

Los restantes caudales de efluentes líquidos se someten a tratamientosdepuradores antes de su vertido final haciendo uso de diversas técnicastales como neutralización, clarificación (coagulación, desaceitado, decantacióno tratamiento en hidrociclones), filtración (filtros de gravedad o de presión,deshidratación y compactación de fangos), oxidación biológica, etc.

Dada la escasez de agua, se tiende, como objetivo ideal y final, de la gestiónde este producto a la eliminación total de las descargas de la planta térmica.Para ello se recurre a diseños especiales que incluyen el reciclado y lareutilización máxima del agua disponible hasta llegar al concepto de «vertidocero» a través de diversos tratamientos finales.

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COMPOSICIÓN DEL SEMINARIO

Presidente: D. GUILLERMO VELARDE PINACHOGeneral de Brigada. Ingeniero Aeronáutico.

Secretario: D. AMADOR CALAFAT TERRASACoronel de Artillería (DEM).

Giupo de Trabajo «O» «Fuentes de Energía»

Presidente: D. EDUARDO DÍAZ RÍOSIngeniero de Caminos, Canales y Puertos.

Vocales: D AGUSTÍN ALONSO SANTOSDoctor en Ciencias Físicas.

D. JOSE L. ANTOLÍN MAZARIEGOSCoronel de Ingenieros (DEM).

D. IGNACIO ARTIEDA BUSQUETDoctor Ingeniero de Minas.

D. ANTONIO BARTOLOMÉ FERNÁNDEZ DE GOROSTIZAGeneral de Brigada Honorífico.

D. FERNANDO BUENO SEVILLACoronel de Ingenieros.

D. MAXIMILIANO ELEGIDO ALONSO-GETADoctor Ingeniero de Montes.

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D. JOSÉ IGNACIO GAFO FERNÁNDEZLicenciado en Económicas. -

D. ÁNGEL HERNÁNDEZ RODRÍGUEZLicenciado en Químicas.

D. MANUEL ISLA SÁNCHEZDoctor Ingeniero Industrial.

O. JOSÉ MANUEL JIMÉNEZ ARANADoctor Ingeniero lñdustrial.

D. JUAN JOSÉ PRIETO VIÑUELASDiplomado en Ingeniería Nuclear e Investigación Operativa.

D. JUAN TEMBOURY VILLÁREJODoctor Ingeniero Industrial.

D. ÁNGEL VALCÁRCEL IZQUIERDOCoronel de Artillería (DEM).

Las ideas contenidas en este trabajo son de responsabilidad de sus autores, sin quereflejen necesariamente el pensamiento del IEEE, que patrocina su publicación.

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N ÓTAS

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NOTAS

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NOTAS

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