Interpretación de Planos I _ Semestre Primavera 2014 CLASE XIV_ Normativa en Planos de Arquitectura UNIVERSIDAD DE CHILE FACULTAD DE ARQUITECTURA Y URBANISMO CURSOS DE EXTENSIÓN ESCUELA NOCTURNA OBREROS DE LA CONSTRUCCIÓN E.N.O.C
Interpretación de Planos I _ Semestre Primavera 2014
CLASE XIV_ Normativa en Planos de Arquitectura
UNIVERSIDAD DE CHILEFACULTAD DE ARQUITECTURA Y URBANISMOCURSOS DE EXTENSIÓNESCUELA NOCTURNA OBREROS DE LA CONSTRUCCIÓN E.N.O.C
Interpretación de Planos I _ Resumen
1. Ejercicios de Trazado a. Plantab. Corte
Clase XII y XIII _ Resumen
Interpretación de Planos I _ Resumen
Normativa_ Definición
La Planificación Urbana o Territorial es el proceso que se efectúa para orientar yregular el desarrollo de los centros urbanos en función de una política nacional,regional y comunal de desarrollo socio-económico.
Además de las diferentes normas para el Dibujo de Planos, los planos que conforman elLegajo de Planos de Arquitectura deben incluir los aspectos aplicables de la normativaatingente a la Ley General de Urbanismo y Construcciones (L.G.U. y C.), la OrdenanzaGeneral de Urbanismo y Construcciones (O.G.U. y C.) y los distintos instrumentos dePlanificación Territorial existentes en el contexto, sea este un barrio, comuna, ciudad,provincia o región.
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Normativa_ Definición
Ley General de Urbanismo y Construcciones: es el cuerpo legal que contienelos principios, atribuciones, potestades, facultades responsabilidades, derechos,sanciones y demás normas que rigen a los organismos, funcionarios, profesionales yparticulares en las acciones de planificación urbana, urbanización y las construcciones,que se desarrollen en todo el territorio de la nación (Artículo 1° y 2° L.G.U. y C.).
Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones: es el reglamento de laLey General de Urbanismo y Construcciones y contiene las disposicionesreglamentarias de la ley, regula las procedimientos administrativos, el proceso de laplanificación urbana, la urbanización de los terrenos, la construcción y los estándarestécnicos de diseño y construcción exigibles en la urbanización y la construcción (artículo2° L.G.U. y C.).
Las disposiciones de la L.G.U. y C. y O.G.U. y C. sirven para que todas las acciones enmaterias de planificación urbana, urbanización y construcciones que se desarrollen enel territorio nacional se enmarquen dentro de las condiciones mínimas que en susdiversos artículos se establecen.
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Normativa_ Definición
De acuerdo al Título 1: Disposiciones Generales de la O.G.U. y C., existen 5 tipos deInstrumentos de Planificación Territorial, que son:
1.Plan Regional de Desarrollo Urbano Orienta2. Plan Regulador Intercomunal o Metropolitano3. Plan Regulador Comunal4. Plan Seccional, y Regula5. Límite Urbano
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Normativa_ Definición
1.Plan Regional de Desarrollo Urbano (PRDU):Este instrumento de planificación tiene como propósitoorientar el desarrollo físico de una región y lograr un buenaprovechamiento del territorio urbano.
En general, el plan regional es un instrumento deplanificación eficiente de carácter indicativo, queproporciona un marco de acción global que define eldesarrollo físico de la región y su ordenamientoterritorial. Además, apoya y orienta la toma de decisionestanto en regulación como en futuras inversiones.
Plan Regional de Desarrollo Urbano, Región de Valparaíso
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Normativa_ Definición
2. Plan Regulador Intercomunal o Metropolitano (PRM): es un instrumentode planificación que orienta, fomenta y regula el desarrollo urbanístico del territorio,en especial de sus centros poblados y sus sistemas de espacios públicos.
Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso
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Normativa_ Definición
3. Plan Regulador Comunal (PRC): es un instrumento de planificaciónterritorial que contiene un conjunto de disposiciones sobre adecuadas condiciones deedificación, y espacios urbanos y de comodidad en la relación funcional entre las zonashabitacionales, de trabajo, equipamiento y esparcimiento (Artículo 41 L.G.U. y C.).
Plan Regulador Comunal de Valparaíso
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Normativa_ Definición
4. Plan Seccional: este instrumento tiene por objetivo precisar o detallar lasnormas del Plan Regulador Comunal referidas a una “sección” o zona especifica de lacomuna.Define una zona dentro de una comuna o delárea urbana, que cuente o no con PlanRegulador comunal, en que se fija conexactitud ciertas disposiciones y criteriosespecíficos.
Valparaíso: dentro de la zona urbana, se establece el área de protección patrimonial o Zona Típica, a la que se le
aplica una normativa especial.
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Normativa_ Definición
5. Límite Urbano: corresponde a la línea imaginaria que delimita las áreasurbanas y de extensión urbanas que conforman los centros poblados, diferenciándolosdel resto del área comunal. (D.F.L. N° 458, Artículo 52).
Las localidades que no tengan ningún instrumento o herramienta que le permita laplanificación de su territorio, podrán adoptar las "Normas Mínimas SobreOrdenamiento Urbano” expuestos en la Ley y Ordenanza General de Urbanismo yConstrucciones.
Límite urbano Valparaíso
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Normativa_ Aplicación en los Planos de Arquitectura
De los Instrumentos de Planificación Territorial existentes, son el Plan ReguladorComunal y Plan seccional los que nos guían a la hora de diseñar y desarrollar unproyecto. En términos generales, todos nos otorgan lineamientos necesarios paranuestro proyecto, pero estos son aplicables de forma directa y concisa en el diseño, yaque indican las disposiciones para una comuna o área específica.
Esta información es proporcionada por las Municipalidades para uso público, tanto en laDirección de Obras de cada municipio como en su página web.
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Normativa_ Aplicación en los Planos de Arquitectura
Entre las disposiciones aplicables al diseño, encontramos:
Línea oficial: la indicada en el plano del instrumento de planificación territorial, como deslindeentre propiedades particulares y bienes de uso público o entre bienes de uso público.
Línea de edificación: la señalada en el instrumento de planificación territorial, a partir de la cual sepodrá levantar la edificación en un predio.
Antejardín: área entre la línea oficial y la línea de edificación, regulada en el instrumento deplanificación territorial.
Distanciamiento: distancia mínima horizontal entre el deslinde del predio y el punto más cercanode la edificación, sin contar los elementos de techumbre en volado, aleros, vigas, jardineras omarquesinas.
Muro medianero: el que pertenece en común a los dueños de dos predios colindantes.
Rasante: recta imaginaria que, mediante un determinado ángulo de inclinación, define laenvolvente teórica dentro de la cual puede desarrollarse un proyecto de edificación.
Nota: estas definiciones se encuentran en la O.G.U. y C.
Plano de Ubicación
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Normativa_ Aplicación en los Planos de Arquitectura
Ejemplo: vivienda de 134 m², ubicada en la comuna de San Bernardo
¿Que es una planta de ubicación?Plano que muestra la situación general de unedificio respecto a su contexto.
Escala: 1/1000 en adelante. Debe indicar laubicación general del predio, así como lospredios vecinos, su tamaño general y laorientación con respecto al norte.
¿Que es una planta de emplazamiento?Plano que muestra la situación y las dimensionesde la silueta del edificio que se vaya a erigir, asícomo las dimensiones, los deslindes y otrascaracterísticas significativas del predio, conedificios o predios colindantes, accesos, etc.
Escala: 1/200 a 1/2.000. Debe remarcarse elpredio, y además, indicar nombre y número deledificio, vías de acceso, referencias topográficas(distancias a lindes, caminos, carreteras, líneaseléctricas, servicios generales, otrasconstrucciones, etc).
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Normativa_ Aplicación en los Planos de ArquitecturaEJE MEDIANERO NORTE
EJE
MED
IAN
ERO
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NTE
EJE
MED
IAN
ERO
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DIN
Planta de Emplazamiento
Planta de Techos
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Normativa_ Aplicación en los Planos de Arquitectura
¿Que es una planta de techos?Plano en donde se proyecta la vista en planta decómo se verán las cubiertas una vez terminadas.
Escala: 1:50 a 1/500, generalmente lleva la mismaescala que las plantas. Debe indicarse las aguas, sudirección, % de pendiente, las bajadas de aguaslluvias, limatesas, limahoyas, entre otros aspectos.
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Normativa_ Aplicación en los Planos de Arquitectura
En la planta de arquitectura,se puede indicar losdiferentes aspectos de lanormativa, como % de áreasverdes, distanciamientosrespecto al o los prediosvecinos, entre otras.
Planta general Arquitectura, nivel 1
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Normativa_ Aplicación en los Planos de Arquitectura
Planta general Arquitectura, nivel 2
En la planta de arquitectura delsegundo nivel, es necesarioexpresar las distancias de losvanos respecto al prediovecino, ya que tanto en laO.G.U. y C. y en el PRC seestablecen distancias mínimas.
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Normativa_ Aplicación en los Planos de Arquitectura
Plano de superficies, nivel 1
¿Que es un plano desuperficies?Plano en donde se indica elárea que cubre cada recinto.
Escala: 1:50 a 1/500. Se indicanombre del recinto, así comose acota el polígono de formade poder sacar el área de cadaespacio.
Este plano se acompaña de unCuadro resumen que indica lasuma y la operatoria paraobtener las distintassuperficies.
Plano de superficies, nivel 2
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Normativa_ Aplicación en los Planos de Arquitectura
Cuadro resumen de superficies
Nivel 1
Nivel 2
Total
Superficies generales
Superficies y aplicación de normativas referentes a ocupación de suelo y constructibilidad
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Normativa_ Aplicación en los Planos de Arquitectura
Elevación Sur
En las elevaciones oalzados se debe indicar lasalturas de los antepechos,los tamaños de los vanos,las rasantes a 45 y a 70º(según PRC) y las alturas delos diferentes niveles depiso.
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Normativa_ Aplicación en los Planos de Arquitectura
Elevación Oriente
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Normativa_ Aplicación en los Planos de Arquitectura
Corte S1
En los cortes, además delas alturas de losantepechos, los tamañosde los vanos, las rasantes a45 y a 70º (según PRC) y lasalturas de los diferentesniveles de piso, se debeindicar alturas de suelo acielo y la altura de suelo avigas si es que están a lavista.
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Corte SA