1 INFORME DE AUDITORÍA (SIN SALVEDADES) SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL PROYECTO PNUD N° ARG/07/008 “GESTIÓN AMBIENTAL MINERA PARA UNA PRODUCCIÓN SUSTENTABLE” (Ejercicio N° 3 finalizado el 31 de diciembre de 2011) Al Señor Director Nacional del Proyecto PNUD ARG/07/008 La Auditoría General de la Nación, en su carácter de auditor externo independiente, ha examinado los Estados Financieros detallados en el apartado I. siguiente, por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre 2011, correspondientes al Proyecto PNUD ARG/07/008 “Gestión Ambiental Minera para una Producción Sustentable”, ejecutado por la Secretaría de Minería dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, de acuerdo al documento suscripto el 11 de marzo de 2008 entre el Gobierno Argentino y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y posteriores revisiones, a efectos que este último brinde asistencia al Proyecto en las gestiones necesarias para su ejecución. Este Proyecto es parcialmente financiado con recursos provenientes del Convenio de Préstamo N° 1865/OC-AR “Programa de Gestión Ambiental para una Producción Sustentable en el Sector Productivo-Subprograma II: Gestión Ambiental Minera”, suscripto el 06/11/2007 entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
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INFORME DE AUDITORÍA (SIN SALVEDADES)
SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS
DEL PROYECTO PNUD N° ARG/07/008
“GESTIÓN AMBIENTAL MINERA PARA UNA PRODUCCIÓN SUSTENTABLE”
(Ejercicio N° 3 finalizado el 31 de diciembre de 2011)
Al Señor Director Nacional
del Proyecto PNUD ARG/07/008
La Auditoría General de la Nación, en su carácter de auditor externo independiente, ha
examinado los Estados Financieros detallados en el apartado I. siguiente, por el ejercicio
finalizado el 31 de diciembre 2011, correspondientes al Proyecto PNUD ARG/07/008 “Gestión
Ambiental Minera para una Producción Sustentable”, ejecutado por la Secretaría de Minería
dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación,
de acuerdo al documento suscripto el 11 de marzo de 2008 entre el Gobierno Argentino y el
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y posteriores revisiones, a efectos
que este último brinde asistencia al Proyecto en las gestiones necesarias para su ejecución.
Este Proyecto es parcialmente financiado con recursos provenientes del Convenio de Préstamo
N° 1865/OC-AR “Programa de Gestión Ambiental para una Producción Sustentable en el Sector
Productivo-Subprograma II: Gestión Ambiental Minera”, suscripto el 06/11/2007 entre la
República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
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I. ESTADOS AUDITADOS
1. Estado de Origen y Aplicación de Fondos por el ejercicio finalizado el 31 de
diciembre de 2011, expresado en pesos argentinos y en dólares estadounidenses.
2. Informe Combinado de Gastos por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2011,
emitido en dólares estadounidenses por la Sede del PNUD y certificado por la Unidad
de Ejecución del Subprograma.
3. Estado de Posición Financiera por el ejercicio finalizado el 31de diciembre de 2011,
emitido en dólares estadounidenses por la Sede del PNUD y certificado por la Unidad
de Ejecución del Subprograma.
4. Información Financiera Complementaria que incluye:
a) Conciliación del CDR elaborada por el Proyecto, expresada en dólares
estadounidenses.
b) Notas a los Estados Financieros 1 a 4.
La información en pesos argentinos se encuentra expresada al tipo de cambio operacional
fijado durante el ejercicio por el PNUD. Fue confeccionada por la Unidad Ejecutora del
Subprograma II, resultando de su exclusiva responsabilidad.
Los Estados Financieros expresados en I. fueron presentados a esta auditoría el 20/04/12,
Estos se adjuntan inicialados por nosotros a efectos de su identificación con este dictamen.
Nuestra tarea estuvo orientada a expresar una opinión basada en el examen de auditoría
realizado, habiéndose efectuado el trabajo de campo durante el período comprendido entre
el 14/11/11 y el 30/12/11, y entre el 01/02/12 y el 20/04/12.
II. ALCANCE DEL TRABAJO DE AUDITORÍA
El examen fue practicado de conformidad con las Normas de Auditoría Externa emitidas
por la Auditoría General de la Nación, las cuales son compatibles con las de Aceptación
General en la República Argentina para la Profesión Contable, con las recomendadas por la
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Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) y con las
establecidas en el apartado 2.-b, del Capítulo VI del “Manual de Gestión de Proyectos de
Cooperación Técnica Ejecutados por el Gobierno” del PNUD, respecto al diagnóstico del
sistema del control interno del proyecto, a la descripción de deficiencias específicas de los
controles y a la puesta en práctica de las recomendaciones de ejercicios anteriores,
incluyendo pruebas de los registros contable-financieros, verificación del cumplimiento de
las principales disposiciones estipuladas en el Documento del Proyecto y demás
procedimientos que se consideraron necesarios, tal como se detalla en nuestra Declaración
de Procedimientos adjunta, excepto por lo que a continuación se indica:
El dictamen de la auditoría se limitó a los fondos recibidos y gastos realizados por el ente
gubernamental de ejecución del proyecto y no abarcó los gastos efectuados por el
organismo de las Naciones Unidas.
III. DICTAMEN
En opinión de esta Auditoría General de la Nación, los Estados Financieros e Información
Financiera Complementaria detallados en I. precedente, exponen razonablemente la
situación financiera del Proyecto PNUD ARG/07/008 “Gestión Ambiental Minera para una
Producción Sustentable”, por el ejercicio comprendido entre el 01/01/11 y el 31/12/11, así
como las transacciones realizadas durante el período finalizado en esa fecha, de
conformidad con prácticas contable-financieras usuales y con los requisitos establecidos en
el Documento de Proyecto de fecha 11/03/08 y posteriores revisiones.
Con relación a lo estipulado en el apartado 2.-b. del Capítulo VI del “Manual de Gestión de
Proyectos de Cooperación Técnica Ejecutados por el Gobierno” del PNUD, mencionado en
el Apartado II. Alcance del Trabajo de Auditoría, nos remitimos a las observaciones y
recomendaciones señaladas en el Memorando a la Dirección del Proyecto que acompaña al
presente Informe.
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Información Especial requerida por el PNUD - Capítulo VI del “Manual de Gestión
de Proyectos de Cooperación Técnica Ejecutados por el Gobierno -servicios de
auditoría requeridos-”.
A efectos de dar cumplimiento a lo demandado por el PNUD, informamos:
Al 31/12/11 el saldo de Caja/Bancos en poder del Proyecto asciende a USD 6.795,52
($ 29.016,89).
No existen al 31/12/2011 Bienes y/o Equipos en posesión del Proyecto.
BUENOS AIRES, 24 de abril de 2012
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MEMORANDO A LA DIRECCIÓN DEL
PROYECTO PNUD ARG/07/008
“GESTIÓN AMBIENTAL MINERA PARA UNA PRODUCCIÓN SUSTENTABLE”
(Ejercicio N° 3 finalizado el 31 de diciembre de 2011)
En cumplimiento de lo establecido en el apartado 2.- b, del Capítulo VI del “Manual de
Gestión de Proyectos de Cooperación Técnica ejecutados por el Gobierno” del PNUD, respecto
al diagnóstico del sistema del control interno del Proyecto y a la descripción de deficiencias
específicas de los controles, como resultado de la revisión practicada sobre los Estados
Financieros al 31 de diciembre de 2011, correspondientes al Proyecto PNUD ARG/07/008
“Gestión Ambiental Minera para una Producción Sustentable”, surgieron observaciones que se
categorizaron en función de su riesgo, y se clasificaron según sus posibles causas. Asimismo,
se formularon las consecuentes recomendaciones sobre aspectos relativos a procedimientos
administrativo-contables y del sistema de control interno existentes en la Unidad Ejecutora del
Subprograma (UES), que hemos considerado necesario informar para su conocimiento y acción
futura.
Cabe destacar que el requerimiento de auditoría efectuado por la prestataria no tuvo como
objetivo principal el análisis de sus controles administrativos, o la detección de hallazgos
referidos a desfalcos u otras irregularidades similares, lo que hubiera conducido a un grado
mayor de detalle en las observaciones que seguidamente se mencionan, ya que el examen se
practicó sobre la base de muestras selectivas determinadas por esta auditoría.
Entendemos que la adopción de las recomendaciones referidas a las observaciones detectadas
al momento de nuestro trabajo en campo, contribuirá al mejoramiento de los sistemas de
información y control existentes, de acuerdo con adecuadas prácticas en la materia.
Por otra parte y al solo efecto de guiar la lectura de este informe, listamos a continuación
aquellas observaciones que consideramos tienen mayor impacto y relevancia:
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Índice Título A y B. IV Consultores
B. I Ejecución del Programa B. II. Firmas Consultoras - Licitación Pública Internacional Nº 1/08 B. III Concurso de Precios N° 03/2010
A. OBSERVACIONES DEL EJERCICIO ANTERIOR NO SUBSANADAS AL 31/12/11:
CONSULTORES:
1. CONTROL DE LEGAJOS:
Observación: No se tuvieron a la vista los actos administrativos de designación de los
consultores objeto de la muestra tomada por AGN.
Categoría de hallazgos: Bajo
Causas: Cumplimiento
Comentarios de la UES: Esta cuestión es un problema que atañe a toda la
Administración Pública Nacional. La tramitación de un acto administrativo
aprobatorio de un contrato de consultoría individual tiene un circuito, también
administrativo, complejo, que insume un tiempo que en el 100% de los casos supera el
estimado para la convalidación final del referido contrato. Los contratos del Proyecto
son firmados por ambas partes (el Estado Contratante y el Consultor) previo al inicio
del período de vigencia de cada uno de ellos, e informados a Cancillería para su
verificación, con lo que claramente hay un debido control de cada caso. La UES
informó con fecha 30/03/2012 que los expedientes que tramitan los actos
administrativos aprobatorios de los contratos correspondientes a los consultores de la
muestra (ejercicio 2011) se encuentran transitando el circuito administrativo del caso
(Dirección General de Administración, desde el 31/01/2012).
Acciones correctivas del Proyecto: La UE del GEAMIN se compromete a realizar las
acciones necesarias para dar inicio o efectuar las correcciones pertinentes durante el
ejercicio 2012.
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Recomendación: Prever la posibilidad de enviar con mayor antelación la
documentación a ser sujeta de control y posterior aprobación, a efectos de acercar la
información del acto administrativo a las fechas de inició de los respectivos contratos.
2. CONTROL DE CONTRATOS:
Observaciones:
a) Los Contratos de Locación de Servicios objeto de la muestra, no contemplan en
sus aspectos pertinentes la aplicación del Decreto N° 2345/08 (Artículo 5,
además de los Artículos 11, 12 y 13 del Anexo I) y su modificatorio Decreto Nº
1318/11.
b) No se tuvieron a la vista los Términos de Referencia (TDR) suscriptos por 6
consultores contratados por el Programa. Los Contratos de Locación de
Servicios objeto de la presente muestra se encuentran integrados por: (i)
Solicitud de Contratación, (ii) Declaración Jurada, (iii) Calendario de Pagos, y
(iv) Formulario de TDR suscripto por el Coordinador General, con una Nota al
Pie que expresa: “Este formulario no debe ser firmado por el profesional a
contratar”.
Categoría de hallazgos: Bajo
Causas: Cumplimiento - Supervisión.
Comentarios de la UES:
a) Tal como se señalara en oportunidad de la auditoria a los estados financieros del
Subprograma, al 31/12/2010 (Nota UES-GEAMIN N° 108/2011 en respuesta a
Nota DCEOFI N° 422511 004-2011), la normativa que rige estos contratos es el
Convenio de Préstamo Nº 1865/OC-AR y el Convenio suscripto con el PNUD
para la ejecución del Proyecto ARG/07/008. Dicha normativa está por encima
del Decreto Nº 2345/08. La grilla de honorarios aplicable para los Proyectos
PNUD fue la de la Circular UNDP-REP-2009-0193, hasta el 31 de Agosto de
2011. Desde esa fecha hasta hoy, la Circular vigente referida a la cuestión de
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marras es la UNDP-REP-2011-0068. Dicha grilla coincide con la tipificada en el
Decreto Nº 1318/11 (modificatorio del Decreto N° 2345/08). De hecho la
tramitación de contratos por fuera de dicha grilla de honorarios es rechazada por
los órganos de debido control. Dice la Oficina Nacional de Empleo Público en
su Dictamen Nº 540 del 7 de Marzo de 2010 que “de conformidad a lo
establecido por el cuarto párrafo del artículo 5° del Decreto Nº 2345/08, sólo
resulta de aplicación a las contrataciones celebradas en el marco de convenios
para proyectos o programas de cooperación técnica con financiamiento externo,
bilateral o multilateral y a los administrados por organismos internacionales, la
escala de honorarios obrante en el Anexo 2 y lo establecido en los artículos 11,
12 y 13 del ANEXO I del citado Decreto 2345/08”. Por lo tanto, la relación
contractual propiamente dicha no se rige por la normativa tipificada en el
Decreto mencionado, sino por la del Convenio de Préstamo Nº 1865/OC-AR y el
Convenio suscripto con el PNUD para la ejecución del Proyecto ARG/07/008.
Por lo mencionado, se entiende que los modelos de contrato aplicables son los
que se enmarcan en la normativa correspondiente. Dichos contratos surgen del
Sistema Gauchito (Sistema PNUD).
b) Estos modelos son los previstos por la normativa del PNUD para la contratación
de consultores individuales. No obstante ello, se elevará dicha inquietud al
PNUD y a Cancillería. De todos modos y ante la reiterada observación, en los
contratos de consultoría individual del ejercicio 2012, los ejemplares de los
términos de referencia fueron suscriptos tanto por el Coordinador General como
por cada uno de los consultores del Subprograma.
Acciones correctivas del Proyecto: La UE del GEAMIN se compromete a realizar las
acciones necesarias para dar inicio o efectuar las correcciones pertinentes durante el
ejercicio 2012.
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Recomendaciones:
a) Los contratos celebrados entre los consultores y el Programa deben contener la
totalidad de la normativa aplicable. En el caso particular del Decreto N° 2345/08
y de su modificatorio parcial Nº 1318/11, se deberán señalar los artículos
aplicables al proceso de contratación; esto es, el artículo 5 del primero de los
instrumentos enunciados y los números 11, 12 y 13 de su Anexo I.
b) Los TDR deben necesariamente ser suscriptos por los consultores, a efectos de
que quede debida constancia de haber tomado conocimiento de las actividades a
desarrollar bajo su responsabilidad, con motivo de la relación contractual
existente entre las partes.
3. CONTROL DE PAGOS DE HONORARIOS:
Observaciones:
a) No se tuvieron a la vista las constancias de los pagos del Monotributo efectuados
por los consultores objeto de la muestra.
b) Respecto de los casos detallados en el siguiente cuadro, se verificaron
categorizaciones erróneas del Monotributo durante el ejercicio 2011, conforme
los datos expuestos:
Categoría de Monotributo según
Normativa Vigente AFIP Casos Documentación obrante en el
legajo (Ej. 2011) Categorización al 31/12/2010
Categorización al 30/04/2011
Categorización al 31/08/2011
Categorización al 31/12/2011
1 C E E E E 2 C D E E E 3 B C D D E 4 B - - C E 5 D - - E F 6 C E F G H
Categoría de hallazgos: Bajo
Causas: Cumplimiento - Supervisión.
Comentarios de la UES: Dice la Cláusula 13-Obligación Fiscal del modelo de
contrato aplicable: “El contratado no estará exento de ningún impuesto en virtud de
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este convenio y será de su exclusiva responsabilidad el pago de los impuestos con que
se graven las sumas recibidas en virtud del presente contrato…”. Asimismo, en la
Cláusula 5-Aportes Jubilatorios y Prestaciones Médicas: “…declara que su
desempeño profesional es independiente y autónomo, comprendido en las
disposiciones de la Ley Nº 24.241, cuyo puntual y estricto cumplimiento correrá por
su cuenta exclusiva, como así también toda otra obligación derivada de la legislación
impositiva, previsional, de seguridad y asistencia aplicables en la República
Argentina”.
Acciones correctivas del Proyecto: Esta UES se compromete a verificar en la página
de la AFIP, al momento de cada liquidación mensual, si el consultor registra o no
impuestos activos.
Recomendaciones: Como medida de control interno, se deberá propender a contar
con toda la documentación de respaldo atinente a la situación fiscal de los consultores,
esto es, entre otras, constancias de inscripción en la AFIP y comprobantes de pago, a
efectos de verificar que las facturas y/o documentos equivalentes emitidos por ellos se
correspondan a los mismos. Así también, se deberá instruir a los consultores para que
cumplan con las normas dictadas por la AFIP en materia de monotributo, su
categorización y recategorización.
B. OBSERVACIONES DEL EJERCICIO:
I. DETERMINACIÓN DEL GRADO DE EJECUCIÓN DEL PROGRAMA AL
31/12/2011:
Observación: Se verificó una baja ejecución del Subprograma para el ejercicio 2011
comparado con lo planificado para ese ejercicio según surge de la Revisión C vigente
del 20/04/2011 de acuerdo al siguiente detalle:
Cifras expresadas en dólares estadounidenses
Total Ejecutado según CDR 1.435.054,29Total Planificado de ejecución Año 2011 según Revisión C 5.735.034,00Ejecución 2011 respecto a Revisión C 25,02%
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Categoría de hallazgos: Medio
Causas: Cumplimiento - Supervisión
Comentario de la UES: La UES destaca que en los últimos dos años se ha avanzado
en la reversión de una situación de subejecución que venía de arrastre de los dos
primeros años de ejecución del préstamo. En este lapso se han realizado avances
significativos en la gestión, que obviamente no se traducen todavía en la ejecución
financiera (licitaciones, talleres con la comunidad, articulación con las provincias,
adquisiciones y hasta adelanto de obras), que aseguran una mejora significativa de este
índice para 2012 y en particular para 2013; plazo en el cual estarán concretadas las
obras correspondientes a la remediación de los tres pasivos ambientales por un monto
que significa un porcentaje superior al 50% del total del préstamo. Es de destacar
además, el hecho inobjetable de que muchas de las actividades del Programa,
particularmente aquellas que implican gastos importantes, están fuertemente influidas
por la situación política imperante y por la percepción social, todas las cuales en el
marco de un año electoral a nivel nacional, provincial y municipal han impuesto
algunos retrasos en la ejecución de las actividades.
Acciones correctivas del Proyecto: La UE del GEAMIN se compromete a realizar las
acciones necesarias para dar inicio o efectuar las correcciones pertinentes durante el
ejercicio 2012.
Recomendación: Para futuros emprendimientos de este tipo, adecuar los presupuestos
operativos y financieros anuales a tiempos reales de ejecución conforme las
características y naturaleza de los mismos.
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II. FIRMAS CONSULTORAS: LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL (LPI)
Nº 1/08-EVALUACIÓN DETALLADA Y DISEÑO DEL PLAN DE
REMEDIACIÓN DE LAS ÁREAS IMPACTADAS POR LA ACTIVIDAD DE
LA EX FUNDICIÓN METAL HUASI EN ABRA PAMPA, PROVINCIA DE
JUJUY”.
Se auditaron los pagos efectuados durante el ejercicio 2011 relacionados a la
contratación de servicios de consultoría para realizar las tareas del título. Los
antecedentes y actuaciones atinentes a la presente LPI fueron verificados en
oportunidad de nuestros controles de estados financieros del ejercicio inmediato
anterior. Se exponen a continuación y a manera de introducción sus datos relevantes:
Objetivo General: Contratación de servicios de consultoría para realizar la
evaluación detallada del pasivo ambiental de la ex fundición de plomo METAL
HUASI en la localidad de ABRA PAMPA, con la identificación y evaluación
precisa de sus impactos sobre el ambiente y la evaluación del riesgo sobre la salud
humana, y elaborar un Plan de Remediación Integral.
Objetivos Específicos: (i) Realización de la evaluación detallada del área
impactada por la actividad de la ex fundición METAL HUASI y por los depósitos
de sus escorias en la localidad de ABRA PAMPA, con una caracterización rigurosa
del pasivo ambiental, sus impactos, riesgo y peligrosidad, (ii) Diseñar un plan de
remediación ambiental para dichas áreas, que proponga y evalúe distintas
alternativas para la rehabilitación de las áreas impactadas y el tratamiento y
disposición de los residuos de todo tipo relacionados con dicho pasivo y, (iii)
elaborar los términos de referencia (TDR) para la construcción de las obras de
remediación, así como también el cronograma y costo de las tareas de inspección de
dichas obras.
Firma del contrato de servicios de consultoría: Se llevó a cabo el 08/01/10. El
modelo de contrato fue aprobado por el BID mediante Notas CSC/CAR N° 6662/09
(04/12/09) y CSC/CAR N° 7099/09 (30/12/09).
Fecha de entrada en vigencia del contrato: 09/01/10.
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Plazo de vigencia original del contrato: 13 meses calendarios (09/01/10 al
09/02/11).
Tiempo de ejecución original de los trabajos del consultor: 11 meses efectivos.
Fecha de inicio de la prestación de los servicios: 29/01/10. En cumplimiento de
Cláusula 2.2. CEC, CESEL SA, por Nota de fecha 05/02/10, comunicó el inicio de
los servicios.
Fuente de Financiamiento: 22 (BID).
ADDENDA N° 1 al contrato de servicios de consultoría. Suscripta el 20/08/10:
Cláusula Segunda. Entrega adelantada de productos-Fecha prevista: 30/09/10:
Informe de Ingeniería de detalle de obras de remediación: TDR para el
encapsulamiento de escorias Barrio 12 de octubre Abra Pampa.
Informe de Ingeniería de detalle de obras de remediación: TDR para remoción y
transporte de escorias Barrio 12 de octubre Abra Pampa.
El precio convenido fue del 10% de la suma global del contrato, a ser abonado a la
aprobación de los productos detallados precedentemente.
Elaboración de un Plan de Salud en apoyo al proceso de remediación de las áreas
impactadas por la actividad de la ex Fundición Metal Huasi en Abra Pampa, Jujuy
(USD 2.000,00).
TDR para el cierre y revegetación de la celda que contiene las escorias de la Ex
Fundición Metal Huasi (USD 8.000,00).
Se estableció pagar ambos montos a la aprobación de los correspondientes Informes.
Durante el ejercicio 2011 se firmaron dos Addendas al Contrato bajo análisis,
vinculadas al plazo de vigencia del mismo, a saber:
ADDENDA N° 2 al contrato de servicios de consultoría. Suscripta el 02/02/11:
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El Proyecto, por Nota N° 76/11 UES-GEAMIN (05/04/11), solicitó al BID la no
objeción a la ADDENDA N° 2. La misma fue otorgada por Nota CSC/CAR N°
1976/2011 (15/04/11).
Articulo II: “El plazo de vigencia del Contrato es de 19 meses calendario. El tiempo
de ejecución de los trabajos del Consultor es de 17 meses efectivos.”
Articulo III. “La fecha a partir de la cual rige la prórroga de los términos
consignados en el artículo II es 09/02/2011”.
ADDENDA N° 3 al contrato de servicios de consultoría. Suscripta el 05/08/11:
El Proyecto, por Nota N° 17/12 UES-GEAMIN (24/01/12), solicitó al BID la no
objeción a la ADENDA N° 3. La misma fue otorgada por Nota CSC/CAR N°
542/2012 (09/02/12).
Articulo II: “El plazo de vigencia del Contrato es de 28 meses y 23 días calendarios,
ampliándose hasta el 31 de Mayo de 2012. El tiempo de ejecución de los trabajos del
Consultor es de 26 meses y 23 días efectivos y finalizará el 31 de Marzo de 2012.”
Articulo III. “La fecha a partir de la cual rige la prórroga de los términos
consignados en el artículo II es 09/08/2011”.
Justificación de las Addendas Nros. 2 y 3, Notas UES GEAMIN Nº17/12
(23/01/12) y Nº 92/12 (15/03/12): En oportunidad de la realización del Primer Taller
de Comunicación a la Comunidad en Febrero/2010, la población de Abra Pampa
solicitó priorizar y adelantar el traslado de las escorias del Barrio 12 de octubre al sitio
de disposición final en la Mina El Aguilar; en virtud de lo cual, se acordó con la
Consultora CESEL SA la reestructuración del cronograma de ejecución, la elaboración
de los expedientes técnicos necesarios para la remoción y traslado de las escorias y
para la construcción de la celda de disposición final, a los que también debieron
sumarse los tiempos inherentes a la sustanciación de las comparaciones de precios
Nros. 04 y 05/2010, a efectuarse durante el año 2011. Asimismo, el calendario
electoral nacional, provincial y municipal alteró de manera sensible los plazos
previstos para la ejecución de las tareas en el marco del referido contrato.
Consecuentemente, la extensión del plazo de vigencia del contrato tuvo por objeto
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contemplar los tiempos físicos reales y necesarios para incluir las tareas pendientes
objeto del convenio; por tanto, incluir el resultado del Tercer Taller de Información y
Comunicación en el informe del Plan de Remediación con las tres alternativas
seleccionadas; proceder a la realización del proyecto de remediación (ingeniería de
detalle y Términos de Referencia de la alternativa seleccionada) e incluir también el
tiempo para la realización del último Taller de Información a la Comunidad.
Pagos y Productos Entregables según Contrato y Addenda Nº 1:
Contrato de Consultoría del 08/01/10-Cláusula 6.4. CEC Cifras en USD
Productos Abonado en el año
% Costo por renglón
Pagos a realizar
Informe de Avance de la Evaluación Detallada 2010 20 107.576,00 96.818,40Informe Final de la Evaluación Detallada 2010 20 107.576,00 96.818,40Plan de Remediación conteniendo alternativas 2011 20 107.576,00 96.818,40Manual de Proced. para Evaluación Detallada de pasivos ambientales mineros 2011 10 53.788,00 48.409,20Inf. de Ingen. de Detalle de las Obras de Remediación y P. De Insp. de Obras Pendiente 20 107.576,00 96.818,40
Subtotales: 90 484.092,00 435.682,80Adelanto 10% Monto total Contrato 2010 - 0,00 53.788,00 Adenda N° 1 (20/08/10)-Cláusula Segunda 2011 10 53.788,00 48.409,20
Totales Generales: 547.880,00 547.880,00Los porcentajes de la tercera columna, refieren al monto total del contrato (USD 537.880,00).
Pagos efectuados durante el Ejercicio 2011
Datos de las Facturas
Solicitud de Pago Directo al PNUD-Datos de la Nota UES
Concepto del pago por la Evaluación Detallada
N° Fecha USD N° Fecha Adenda Nº1-Cláusula 3ra. Punto 2 1-0008738 06/05/11 8.000,00 128 10/05/11 Manual de Procedimientos 1-0008752 11/05/11 48.409,20 151 24/05/11 Adenda Nº1-Cláusula 3ra. Punto 1 1-0008753 11/05/11 2.000,00 150 24/05/11 Adenda Nº1-Cláusula 2ra. Puntos 1 y 2 1-0008751 11/05/11 48.409,20 187 08/06/11 Plan de Remediación 1-0008910 11/07/11 96.818,40 266 13/07/11
Total: 203.636,80 - -
Datos de la AP Concepto del Pago
N° Fecha Importe $ Monto según
contrato en USD Add.Nº1-Cláusula 3ra. Punto 2 201100078 18/05/2011 31.680,00 8.000,00Manual de Procedimientos 201100104 01/06/2011 197.025,44 48.409,20Add.Nº1-Cláusula 3ra. Punto 1 201100105 01/06/2011 8.140.00 2.000,00Add.Nº1-Cláusula 2ra. Punto1 y 2 201100111 08/06/2011 197.025,44 48.409,20
201100139 15/07/2011 54.968,66 201100140 15/07/2011 340.756,22 Plan de Remediación 201100200 15/07/2011 1.658,55
96.818,40
Totales: 823.114,31 203.636,80
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Pagos Acumulados al 31/12/2011:
Efectuados en el ejercicio Cifras de los pagos en USD 2010 451.061,602011 203.636,80Total de pagos realizados el 31/12/2011 451.061,60Menos: Total según contrato 547.880,00
Monto pendiente de pago al 31/12/2011: 96.818,40
Observaciones:
1. Se verificó que las aprobaciones de los informes presentados durante el ejercicio
2011 no fueron efectuadas en el plazo estipulado en las CEC - Punto 6.4 - Nota.
Al respecto, la citada normativa establece que “para informes de avance, el
plazo de aprobación es de 5 días hábiles a contar desde el día posterior a la
entrega. Para informes o productos finales, el plazo de aprobación es de 10 días
hábiles a contar desde el día posterior a la entrega”. Se realiza detalle de lo
observado en el siguiente cuadro:
Fechas de
Tipo de Informe Recepción UES
Aprobación S/Planilla de
Evaluación de I. Técnicos
TDR p/cierre y Revegetación de la Celda con las Escorias de la Ex Fundición Metal Huasi - Abra Pampa. 18/11/10 06/05/11
Manual de Procedimientos para Evaluación detallada de Pasivos Ambientales Mineros.
Rev. A.:07/02/11 2da. Rev.: 06/04/11
18/05/11
Plan de Salud en Apoyo al Proceso de Remediación de las Áreas Impactadas por la Actividad de la Ex Fundición Metal Huasi - Abra Pampa. Rev. A.: 07/02/11 17/05/11
Informe de Ingeniería de Detalle de Obras de Remediación: TDR para el Encapsulamiento de Escorias - B° 12 de Octubre - Abra Pampa. Rev. A.: 07/10 Rev. A. 06/10/10
Informe de Ingeniería de Detalle de Obras de Remediación: TDR para la Remoción y Transporte de Escorias - B° 12 de Octubre - Abra Pampa. Rev. B.: 21/09/10 Rev. B. 22/10/10
Informe Plan de Remediación con Tres Alternativas. Rev. A.: 23/07/10 Rev. A. 06/10/10
2. La Licitación se encuentra archivada en tres biblioratos, cuya foliatura no guarda
un orden cronológico de fechas. Durante el ejercicio 2011 se procedió a su
refoliado, borrando en algunos casos la foliatura anterior e intercalando nueva
documentación. Teniendo en cuenta que los antecedentes de la licitación de
marras fueron verificados como parte de nuestras tareas de auditoría a los
estados financieros del ejercicio 2010, la situación descripta dificultó la revisión
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de la documentación agregada por el Programa luego de dichos controles y
durante 2011, así como el seguimiento de situaciones observadas de las
actuaciones en dicho año.
Categoría de hallazgos: Bajo
Causas: Supervisión - Error Humano
Comentarios de la UES:
1. Efectivamente, la evaluación técnica de los informes citados en el requerimiento y
la elaboración de las observaciones que se juzgaron necesarias, demandaron más de
5 días hábiles para su aprobación, superándose de este modo el plazo establecido en
las Condiciones Especiales del Contrato para el acto aprobatorio. El tiempo
empleado por la UES para la evaluación de los informes ha sido consensuado
informalmente con la empresa CESEL SA, de modo que ello no tuviese ningún
impacto financiero sobre el contrato. Dada entonces la imposibilidad física de
evaluar los informes técnicos de tan elevada complejidad y especificidad en un
lapso tan escueto como el establecido en las CEC, la UES ha previsto un mayor
plazo de tiempo para la aprobación de los productos e informes enmarcados en los
contratos y adendas, suscriptos en el marco de los procesos de adquisiciones
llevados adelante durante el ejercicio 2011.
2. Finalizadas las tareas de Auditoria realizadas por la AGN a los Estados Financieros
del Programa al 31/12/10, una de las recomendaciones del órgano auditor describía;
entre otros dichos; textualmente, “…debe verificar que la totalidad de los
antecedentes que componen las distintas etapas del procedimiento de licitación, se
encuentren archivados en la actuación por orden cronológico”. En virtud de la
mencionada sugerencia, esta UES incorporó al expediente toda la documentación
observada como “faltante” en aquella oportunidad. Dicho accionar ameritó la
necesidad de refoliar el expediente. La UES entendió que el procedimiento seguido
fue el pertinente y más adecuado para dar respuesta a lo recomendado por AGN. En
este sentido, si el órgano auditor interpreta la necesidad de introducir alguna
18
modificación al procedimiento utilizado, esta UES no tiene inconvenientes en
adoptar las recomendaciones que se juzguen pertinentes.
Acciones correctivas del Proyecto:
La UE del GEAMIN se compromete a realizar las acciones necesarias para dar inicio o
efectuar las correcciones pertinentes durante el ejercicio 2012.
Recomendaciones:
1. Los plazos estipulados para la aprobación de los documentos por parte de la
UES deben ser acordes a la complejidad y magnitud de los temas involucrados,
de modo tal que permitan su evaluación dentro de los términos previstos
contractualmente y no generen posibilidad alguna de ulteriores reclamos.
2. Las actuaciones deberán conformarse en un expediente foliado por orden
cronológico de incorporación. Toda otra documentación que forme parte y que
se agregue posteriormente, deberá ser incorporada a través de notas aclaratorias.
En caso de proceder a su refoliatura, no deberá borrarse la anterior, sino anular
la numeración original y refoliar e inicialar las fojas, a efectos de legitimar su
procedencia.
III. CONCURSO DE PRECIOS N° 03/2010 - “ADQUISICIÓN DE UN
ESPECTRÓMETRO DE ABSORCIÓN ATÓMICA CON SISTEMA DE
LLAMA Y HORNO DE GRAFITO INCORPORADO, GENERADOR DE
HIDRUROS Y MUESTREADOR AUTOMÁTICO”.
Se exponen a continuación y a manera de introducción los datos relevantes del
Concurso de Precios del título verificado por AGN:
Justificación de la Compra: Surge en respuesta a una solicitud realizada
expresamente por los representantes de la Comunidad de la Localidad de Abra
Pampa (Jujuy), en el marco de la “Primera Reunión Informativa para la Comunidad
sobre el inicio de la Evaluación Detallada y Diseño del Plan de Remediación de las
áreas impactadas por la actividad de la ex fundición de plomo Metal Huasi”
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realizada el 18/02/10. El Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy no contaba
con un equipamiento adecuado para la determinación sistemática de constituyentes
inorgánicos en sangre, en particular, a los niveles de concentración de interés
toxicológico. En virtud de ello y, a través de Nota UES N° 274/10 (29/11/10), el
organismo ejecutor solicitó al BID la no objeción para la adquisición de un
espectrómetro destinado al mencionado Ministerio. Mediante Nota CSC/CAR N°
6229/2010 (03/12/10) el BID otorgó la no objeción a la citada adquisición.
Procedimiento de Compra: Comparación de Precios de acuerdo con las Normas
BID-GN 2349-7 y Cláusula 4.01 Estipulaciones Especiales del Contrato de
Préstamo. El Banco otorgó la no objeción a los documentos que conformaron la
Solicitud de Propuestas (SDP) por Nota CSC/CAR N° 6420/2010 (16/12/10).
Fuente de Financiamiento: 22 (BID) - Componente III del Contrato de Préstamo.
Presupuesto estimado: USD 99.900,00.
Plan Operativo Anual: La adquisición no se encontraba prevista originalmente,
por lo tanto la misma fue incorporada al sistema SEPA 2011. La No objeción del
BID se realizó a través de Nota CSC/CAR N° 1082/2011 del 01/03/11.
Carta de Invitación: Se cursaron invitaciones a 10 empresas en fecha 22/12/10.
Acta de Apertura de ofertas: 26/01/11. Se presentaron las siguientes 4 empresas:
JENCK SA. INSTRUMENTAL, WASSERBERG SA, PERKIN-ELMER
ARGENTINA SRL e INSTRUMENTALIA SA.
Comité de Evaluación: Por Decisión N° 02/2011 (08/02/11) se creó el Comité de
Evaluación Multidisciplinario para el análisis y valoración de las propuestas de
precios presentadas en la Comparación de Precios.
Informe y Dictamen del Comité de Evaluación: Se expidió el 29/03/11.El
Informe del Comité de Evaluación, elaborado sobre la base del cumplimiento de los
términos y condiciones establecidos en los documentos de la SDP (Anexos I a V),
estableció:
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Orden de Mérito Firma Oferente Oferta sin IVA incluido (USD)
1 JENCK SA (*) 88.0052 INSTRUMENTALIA SA 137.452- PERKINELMER ARGENTINA SRL 84.400- WASSERBERG SA 90.500
(*) Adjudicado.
Las ofertas de las dos últimas firmas del cuadro que antecede quedaron fuera del
orden de mérito debido a que no cumplieron la condición excluyente de
“Elegibilidad” exigida por los documentos del BID, puesto que una parte de los
bienes ofertados tenían como país de origen a Singapur. El BID, a través de Nota
CSC/CAR N° 1822/11 (08/04/11) otorgó la No Objeción a la propuesta de
adjudicación.
Orden de Compra: Con fecha 18/04/11 fue suscripta la OC N° 01/2011 por la
suma de USD 88.005,00 (sin IVA).
Entrega del Equipamiento: Según detalle reflejado en el siguiente cuadro:
Remitos Acta de Entrega y
Recepción Concepto N° Fecha N° Fecha
Elementos de Pre-Instalación 0001-00020328 16/06/11 1/11 22/06/11 Espectrómetro 0001-00020477 12/07/11 2/11 21/07/11
Pagos efectuados durante el Ejercicio objeto de auditoría: Según Acta Acuerdo
del 02/08/11 suscripta entre JENCK SA y la UES-GEAMIN y teniendo en cuenta
que las obras de preinstalación del equipo llevadas a cabo en dependencias del
Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy se encontraban aun en curso y se
preveía su finalización en 30 días más, se convino que el primer pago (inicial), esto
es, el 90% del monto total de la OC N° 01/11, se realizara contra la entrega
satisfactoria de los bienes de preinstalación y la correcta presentación de la factura.
En tanto, el segundo pago (final), consistente en el 10% restante, se efectuara contra
la instalación y puesta en funcionamiento del Espectrómetro,
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FACTURA B (pesos) Espectrómetro y Elementos de preinstalacion Nº Fecha Importe Total IVA contenido