Fallo de la Corte de La Haya sobre la delimitacin martima entre
Chile y PerFallo de la Corte de La Haya sobre la delimitacin
martima entre Per y Chile
Mapa esquemtico de los lmites martimos segn el
fallo.Simbologa[mostrar]
TribunalCorte Internacional de Justicia
CasoPerv.Chile
Nombre completoCaso concerniente a la delimitacin martima entre
la Repblica del Per y la Repblica de Chile
Sentencia27 de enerode2014
JuecesTomka(presidente),Seplveda
A.(vicepresidente),Owada,Abraham,Keith,Bennouna,Skotnikov,Canado,Yusuf,Xue,Donoghue,Gaja,Sebutinde,Bhandari,Guillaume(ad-hoc),Orrego(ad-hoc).
Palabras clave
Lmite martimo,tratado internacional,mar territorial.
Elfallo de la Corte de La Haya sobre la delimitacin martima
entre Per y Chilees unasentenciadictada por laCorte Internacional
de Justiciael27 de enerode2014,12mediante la cual se resolvi elcaso
concerniente a la delimitacin martima entre la Repblica del Per y
la Repblica de Chile,3iniciado por la primera el16 de
enerode2008,4y que involucraba un rea martima y su correspondiente
espacio areo de aproximadamente 67139,4km, de los cuales unos
38000km eran considerados comomar chilenoy 28471,86km comoalta
mar.Por la sentencia se decidi que el punto de inicio
dellmitemartimo entre el Per y Chile es
lainterseccindelparalelogeogrfico que cruza el Hito n. 1 con la
lnea debajamar, y que la frontera martima sigue el paralelo que
pasa sobre el Hito n. 1 hasta un punto situado 80millas marinasde
distancia, luego contina en direccin sudoeste sobre una
lneaequidistantedesde lascostasde ambos pases hasta su interseccin
con el lmite de las 200 millas marinas medidas desde laslneas de
basede Chile y, posteriormente, contina hacia el sur hasta el punto
de interseccin con el lmite de las 200 millas marinas medidas desde
las lneas de base de ambos pases. La Corte defini el trazado de la
frontera martima sin determinar lascoordenadas geogrficasprecisas,
disponiendo que sean las propias partes las que procedan a
determinar tales coordenadas de conformidad con el fallo, lo cual
ocurri el 25 de marzo de 2014.En consecuencia, adjudic al Per unrea
martimatotal de algo ms de 50000kmequivalente a la superficie
terrestre deCosta RicaoEslovaquia, que pas formar parte de laszonas
martimas peruanas, y que hasta entonces se distribua en dos
sectores de condicin jurdica distinta: el primer sector, con una
superficie aproximada de 22000km56equivalente a la superficie
terrestre deEl Salvador, era considerado por Chile como parte desu
zona econmica exclusiva, y por tanto, explotado comomar
patrimonial; en cambio, el segundo sector, de
28471,86km5equivalente a la superficie terrestre deGuinea
Ecuatorial, era considerado como parte de laalta mar, es decir, un
rea ocenica abierta a todos los pases. Como contraparte, el fallo
ratific la soberana y los derechos soberanos de Chile sobre 16352km
de mar que ya posea y explotaba desde haca dcadas, siendo sta
mayormente el rea situada a menor distancia a la costa y que, por
tanto, corresponde a la ms rica en recursospesquerosdel total de
aguas en controversia.5Conforme alDerecho internacional, el fallo
es obligatorio para las partes,78las cuales estn comprometidas a
cumplirlo,9habiendo quedado sometidas a la jurisdiccin de la Corte
Internacional de Justicia en virtud delPacto de
Bogot.ndice[ocultar] 1Antecedentes 2La Corte 3La sentencia
3.1Comunicacin 3.2Decisin 3.2.1Detalles del fallo 3.2.2Anexos
4Reacciones al fallo 4.1Declaraciones de los agentes ante la Corte
4.2Declaraciones oficiales y otras reacciones 4.2.1En Chile 4.2.2En
el Per 4.3Repercusiones en la prensa 5Efectos del fallo
5.1Adjudicacin de reas y derechos sobre las mismas 5.2Impacto
econmico 6Diferencias de interpretacin del fallo 7Ejecucin e
implementacin del fallo 7.1Exploracin por el Per de las reas
adjudicadas 7.2Reunin de coordinacin entre ministros del Per y
Chile 7.3Retiro de boya DART de aguas adjudicadas al Per
7.4Determinacin de las coordenadas de la frontera martima
7.5Adecuacin de normativa interna 8Vase tambin 9Referencias
10Enlaces externosAntecedentes[editar]Artculo
principal:Controversia de delimitacin martima entre Chile y el
Per
Posiciones de ambos pases ante la Corte Internacional de
Justicia: la lnea roja es la del Per y la lnea azul es la de
Chile.El 16 de enero de2008,4el gobierno de la Repblica del Per
bajo la presidencia deAlan Garca inici el contencioso,
interponiendo una demanda contra la Repblica de Chile bajo la
presidencia deMichelle Bachelet ante laCorte Internacional de
Justiciacon sede enLa Haya,Pases Bajos, principal organismo
judicial de laOrganizacin de las Naciones Unidas(ONU).En dicha
demanda, el Per solicit a la Corte que determinara el trazado de la
frontera entre las zonas martimas de los dos Estados, de
conformidad con elDerecho internacional, reclamando de esa forma
que se le reconociera derechos soberanos sobre un rea martima que
estaba siendo explotada econmicamente por Chile pues estimaba que
la frontera martima an no haba sido definida, y que los tratados
que Chile invocaba como acuerdos limtrofes eran slo como acuerdos
pesqueros, y que concluyera y declarase que el Per posea derechos
soberanos exclusivos en el rea martima situada dentro del lmite de
200 millas nuticas desde su costa, pero fuera de lazona econmica
exclusivade Chile o de laplataforma continentalque Chile
consideraba comoalta mar, por estar a mayor latitud que el paralelo
que sealaba como frontera martima entre ambos pases.4Per
consideraba que lo adecuado era trazar el lmite martimo mediante
una lnea equidistante, forma de delimitar las fronteras ocenicas
segn las directrices contenidas en el Manual Sobre los Aspectos
Tcnicos de la Convencin de las Naciones Unidas sobre el Derecho del
Mar, publicado en1982; all se indica que el trmino entre dos pases
sera una lnea cuyos puntosequidistan, es decir, se sitan a igual
distancia tanto del punto ms prximo de un pas como del punto ms
prximo del otro. Estos puntos de cada pas no necesariamente son
puntos costeros, sino que se trata de puntos sobre laslneas de
baserectas, a partir de las cuales se mide la anchura de cadamar
territorial. Estas lneas de base, en el borde costero de tipo
adyacente del norte de Chile y sur del Per, se encuentran muy
prximas a la ribera del mar.Mediante su memoria y rplica,1011la
Repblica del Per pidi a la Corte que concluyera y declarase que:1.
La delimitacin entre las respectivas zonas martimas entre la
Repblica del Per y la Repblica de Chile, es una lnea que comienza
en el "Punto Concordia" (definido como la interseccin con la lnea
de baja marea de un arco de 10 kilmetros de radio, que tiene como
centro el primer puente sobre el ro Lluta del ferrocarril Arica-La
Paz) y equidistante de las lneas de base rectas de ambas partes,
hasta un punto situado a una distancia de 200 millas marinas a
partir de dichas lneas de base, y2. Ms all del punto donde termina
la frontera martima comn, el Per posee ttulo para ejercer derechos
soberanos exclusivos sobre el rea martima que se encuentra a una
distancia de 200 millas marinas desde sus lneas de base
rectas.TraduccinEn el Per, el rea indicada en su segunda peticin se
denomin tringulo exterior o tringulo externo.Por su parte, mediante
su contramemoria y dplica,1213la Repblica de Chile pidi a la Corte
que desestimara las peticiones del Per en su totalidad, y que
concluyera y declarase que:1. Los derechos sobre las respectivas
zonas martimas entre Chile y Per han sido ntegramente delimitadas
por acuerdo;2. Tales derechos sobre las zonas martimas estn
delimitados por una frontera que sigue el paralelo de latitud que
pasa sobre el hito de la frontera terrestre entre Chile y Per ms
prximo al mar, conocido como Hito N1, que tiene una latitud de
1821'00"S referida a Datum WGS84;3. Per carece de todo derecho
sobre zona martima alguna que se extienda al sur de dicho
paralelo.TraduccinLa Corte[editar
Palacio de la Paz, sede de laCorte Internacional de Justicia.La
sentencia fue dictada por laCorte Internacional de Justicia,
principal organismo judicial de lasNaciones Unidas, la cual posee
jurisdiccin universal, comenz sus actividades en1946y que tiene
sede en elPalacio de la Paz, en la ciudad deLa Haya(Pases
Bajos).Para conocer el caso y pronunciar esta sentencia, la Corte
estuvo integrada por 14 jueces titulares y 2 jueces ad hoc. Los
jueces responsables del fallo fueron los siguientes:Presidente
Peter Tomka(deEslovaquia).Vicepresidente Bernardo Seplveda
Amor(deMxico).Jueces Hisashi Owada(deJapn); Ronny
Abraham(deEgipto); Kenneth Keith(deNueva Zelanda); Mohamed
Bennouna(deMarruecos); Leonid Skotnikov(deRusia); Antnio A. Canado
Trindade(deBrasil); Abdulqawi Ahmed Yusuf(deSomalia); Xue
Hanqin(deChina). Joan Donoghue(deEstados Unidos); Giorgio
Gaja(deItalia); Julia Sebutinde(deUganda); Dalveer
Bhandari(deIndia);Jueces ad hoc Gilbert Guillaume(deFrancia,
designado porPer); Francisco Orrego Vicua(deChile).Secretario
Philippe Couvreur.
[[Archivo:|250px|El diplomticoeslovacoPeter Tomka, presidente de
la Corte desde 2012.]]El diplomticoeslovacoPeter Tomka, presidente
de la Corte desde 2012.
El excancillermexicanoBernardo Seplveda Amor, vicepresidente de
la Corte desde febrero de 2012.
El diplomticojaponsHisashi Owada, que entre 2009 y 2012 ocup la
presidencia de Corte.
Antnio A. Canado Trindade,brasileo, jurista de Derecho
internacional y profesor de laUniversidad de Utrecht, juez de la
Corte desde febrero de 2009.La
sentencia[editar]Comunicacin[editar]El da lunes27 de enerode2014, a
partir de las 14:00 UTC, el presidente de la Corte,Peter Tomka, dio
lectura a un resumen de la sentencia,2en una exposicin realizada en
el Gran Saln de la Justicia del Palacio de la Paz, frente a las
delegaciones de ambos pases litigantes, y que tom cerca de dos
horas.La lectura del resumen se hizo eningls, uno de los dos
idiomas oficiales de la Corte, y adems se ofreci una traduccin
simultnea del mismo, no oficial, enespaol, en consideracin al
idioma utilizado en los pases litigantes.Al finalizar la lectura
del resumen, se hizo entrega a los agentes de ambos pases de una
copia ntegra y oficial de la sentencia. La sentencia, redactada en
francs e ingls, y cuyo texto oficial es aqul en ingls, indica que
fue dictada en el Palacio de Justicia, La Haya, a 27 de enero de
2014.1Decisin[editar]
Mapa esquemtico del resultado del fallo.Simbologa[mostrar].
Detalle del Hito 1, la lnea de baja marea y el Punto Concordia.
La Corte indic que la frontera martima inicia en la interseccin
entre el paralelo geogrfico que pasa por el Hito N 1 con la lnea de
baja marea. La Corte seal que no estaba llamada a tomar una posicin
en cuanto a la ubicacin del Punto Concordia, donde empieza la
frontera terrestre entre ambos pases; Per lo ubica a 10 Km del
puente del ro Lluta, Chile no ha expresado donde se ubica este
punto.La Corte decidi:11. Por 15 votos a 1 (Gaja), que el punto de
inicio de la frontera martima es la interseccin del paralelo de
latitud que cruza el Hito N 1 con la lnea de bajamar.2. Por 15
votos a 1 (Sebutinde), que el segmento inicial de la frontera
martima sigue el paralelo de latitud que pasa sobre el Hito N 1.3.
Por 10 votos a 6 (Tomka, Xue, Gaja, Sebutinde, Bhandari, Orrego
Vicua), que ese segmento inicial corre sobre hasta un punto (Punto
A) situado a la distancia de 80millas marinas, desde el punto de
inicio de la frontera martima.4. Por 10 votos a 6 (Tomka, Xue,
Gaja, Sebutinde, Bhandari, Orrego Vicua), que desde el Punto A la
frontera martima contina en direccin sudoeste sobre una lnea
equidistante desde las costas de Per y Chile hasta su interseccin
(Punto B) con el lmite de las 200 millas marinas medidas desde las
lneas de base de Chile. Luego, desde el Punto B, la frontera
martima contina hacia el sur hasta el punto de interseccin (Punto
C) con el lmite de las 200 millas marinas medidas desde las lneas
de base de ambos pases.5. Por 15 votos a 1 (Orrego), que por las
razones contenidas en el fallo (prrafo 189) no es necesario
resolver la parte final de la segunda peticin del Per (la del
tringulo exterior).La Corte no especific las coordenadas del punto
indicado en la decisin 4, pero le asign el nombre de "Punto A".
Dicho punto se encuentra a 80 millas marinas de la costa chilena ms
prxima en el puerto deArica, y a 45 millas marinas de la costa
peruana ms cercana, esto es, el puerto deIlo, en elDepartamento de
Moquegua. Tampoco especific las coordenadas de los puntos B y C.La
definicin de los llamados puntos A, B y C hizo innecesario que la
Corte se pronunciara sobre la segunda solicitud peruana, por falta
de objeto (punto decisorio 5), ya dicha rea le fue otorgada
conforme a los puntos anteriores de la decisin (puntos decisorios 3
y 4).La Corte seal (prrafo 175) que no est llamada a tomar una
posicin en cuanto a la ubicacin del Punto Concordia, donde empieza
la frontera terrestre entre ambos pases, e hizo presente que podra
ser posible que el punto antes mencionado no coincida con el punto
de partida de la frontera martima, que ella misma defini, sin
embargo, observ que tal situacin sera consecuencia de los acuerdos
alcanzados entre las partes.Detalles del fallo[editar]Algunos
detalles de la lectura del fallo efectuada por el presidente de la
Corte, Tomka, fueron: Que las pronunciaciones unilaterales del ao
1947 no establecen el lmite martimo lateral entre ambos pases. Que
la Declaracin de Santiago de 1952 es un tratado internacional, pero
no defini una frontera martima lateral entre stos. Que el Convenio
sobre zona especial fronteriza martima de 1954 reconoce en un
acuerdo internacional vinculante que ya existe una frontera
martima, siguiendo el paralelo, pero no indica cundo y de qu manera
esa frontera fue acordada, de lo cual se deduce que slo refleja un
acuerdo tcito al que haban llegado con anterioridad. Que la misma
tampoco da ninguna indicacin de la naturaleza de la frontera
martima ni su extensin. Que era una frontera martima para todo
propsito y que se extiende necesariamente, siguiendo el paralelo,
por lo menos, a la distancia hasta la cual la actividad de pequeas
embarcaciones pesqueras era realizada entonces, en consideracin al
objetivo especfico del Convenio de 1954.Anexos[editar]Algunos de
los jueces incluyeron, conforme al procedimiento ante la Corte,
opiniones separadas y disidentes, en donde se expresaban de manera
particular y ms detalladamente su parecer sobre el fallo de la
Corte y sus posiciones respecto a las cuestiones debatidas, las
cuales se incluyeron en anexos. El presidente Tomka aadi una
declaracin sobre el fallo de la Corte:14en sta manifiesta su
acuerdo con la decisin de la Corte, segn la cual, la frontera
martima entre el Per y Chile inicia en la interseccin entre el
paralelo de latitud que pasa por el Hito N 1 y la lnea de bajamar,
y con que la frontera martima sigue el paralelo de latitud; sin
embargo, difiere de sus diez colegas en cuanto se decidi que la
frontera acordada termina a una distancia de 80 millas contadas
desde su punto de inicio, manifestando su imposibilidad de apoyar
el trazado de la frontera martima efectuadode novodesde ese punto
hacia adelante.2 El vicepresidente Seplveda-Amor agreg una
declaracin sobre el fallo de la Corte:15en sta expresa serias
reservas en relacin con el razonamiento de la Corte que sustenta la
existencia de un acuerdo tctico sobre la delimitacin martima.2 El
juez Owada aadi una opinin separada al fallo de la Corte:16en sta
seala que, aceptado las conclusiones contenidas en los prrafos
operativos del falo, no le es posible asociarse completamente con
el razonamiento que precede las conclusiones de la Corte en relacin
con la delimitacin concreta de la frontera martima entre el Per y
Chile.2 El juez Skotnikov agreg una declaracin sobre el fallo de la
Corte:17en sta expresa que ha votado a favor de las conclusiones de
la Corte en la clusula operativa del fallo; sin embargo, no est
acuerdo con el tratamiento que la Corte hizo del asunto relativo a
la extensin de la frontera martima entre el Per y Chile; no est
convencido con el argumento de la Corte, segn el cual, el estado de
aceptacin internacional general en relacin con los derechos
martimos de los Estados durante los aos 1950 indica que era poco
probable que las Partes hubieran establecido sus fronteras martimas
hasta una distancia de 200 millas nuticas; tampoco est convencido
con el tratamiento que le otorg la Corte a varias prcticas, entre
ellas, actividades pesqueras y de ejecucin, como determinativas de
la extensin de la frontera martima acordada; y concluye que dado
que el tratamiento otorgado por las Partes a la extensin de la
frontera martima acordada carece de la claridad que hubiera sido
esperada, ha sido posible para l sumarse al voto favorable
mayoritario al tercer prrafo operativo.2 Los jueces Xue, Gaja,
Bhandari y el juez ad hoc Orrego Vicua aadieron una opinin
disidente conjunta al fallo de la Corte:18en sta consideran que,
del texto del prrafo IV de la Declaracin de 1952 sobre Zona Martima
(la Declaracin de Santiago) implica que el paralelo que paso sobre
el punto en que llega al mar la frontera terrestre representa la
frontera lateral entre las Partes como consecuencia de las zonas
martimas generadas por sus costas continentales; sobre la base de
las reclamaciones martimas de las Partes segn fueron consagradas en
la Declaracin de Santiago, esta frontera se extiende hasta 200
millas nuticas; algunos acuerdos subsiguientes entre las Partes
confirman esta interpretacin de la Declaracin de Santiago, en
particular, el Convenio de 1954 relativo a la Zona Especial
Fronteriza Martima (el Convenio de 1954), el Protocolo de Santiago
de Adhesin a la Declaracin sobre Zona Martima (el Protocolo de
1955) y el acta de 1968 sobre la instalacin de faros entre el Per y
Chile (el acta de 1968).2 La juez Donoghue agreg una declaracin
sobre el fallo de la Corte:19en sta destaca que los argumentos de
ninguna de las Partes resultaron convincentes para la Corte;
observa que las Partes no abordaron la existencia o los trminos de
un acuerdo tcito, y no presentaron evidencia enfocada
especficamente en la extensin de esa frontera; que ninguna de las
Partes abord la posibilidad de que el segmento inicial de la
frontera martima hubiera sido establecida mediante acuerdo de las
Partes, dejando que la parte restante del lmite fuera determinado
sobre la base del Derecho internacional consuetudinario; por ende,
la Corte abord estas cuestiones sin el beneficio de los puntos de
vista de las Partes.2 El juez Gaja aadi una declaracin sobre el
fallo de la Corte:20en sta indica que, tal como fue explicado en la
opinin disidente conjunta, la delimitacin martima entre Chile y el
Per de conformidad con la Declaracin de Santiago sigue el paralelo
del punto en que llega al mar la frontera terrestre; aunque por
razones prcticas las Partes posteriormente han utilizado un hito
ubicado cerca de ese punto para los propsitos de identificar su
frontera martima, no existe evidencia de que ellos alguna vez
alcanzaran un acuerdo para adoptar como punto de partida un punto
diferente al referido en la Declaracin de Santiago.2 La juez
Sebutinde agreg una opinin disidente al fallo de la Corte:21en sta
expresa su desacuerdo con las conclusiones de la Corte en relacin
con los mritos de la disputa segn fueron expuestos en los puntos 2,
3 y 4 del prrafo operativo del fallo; en particular, est manifiesta
su desacuerdo con la conclusin de la Corte, segn la cual, sobre la
base del acuerdo tcito entre las Partes, es posible colegir que una
frontera martima general ya existe entre las Partes a lo largo del
paralelo de latitud que pasa sobre el Hito N 1; y considera que la
Corte debi haber determinado la totalidad de la frontera martima
entre las Partesde novo, aplicando al efecto su bien establecido
mtodo de delimitacin de tres pasos, con el propsito de alcanzar un
resultado equitativo.2 El juez ad hoc Guillaume aadi una declaracin
sobre el fallo de la Corte:22en sta seala que est de acuerdo con la
decisin de la Corte y comparte el enfoque que ella ha adoptado y,
adicionalmente, explica que tambin ha aceptado la solucin adoptada
por la Corte en relacin con el punto de inicio de la frontera
martima; aade, sin embargo, que esto de ninguna forma prejuzga la
ubicacin del punto inicial de la frontera terrestre y cuya
determinacin no corresponde a la Corte; las Partes difieren en la
ubicacin de este punto y l tiende a creer que no est ubicado en el
Hito N 1, el cual est localizado tierra adentro, sino en el punto
de interseccin entre el Ocano Pacfico y un arco con un radio de 10
km que tiene su centro en el puente sobre el ro Lluta.2 El juez ad
hoc Orrego Vicua emiti una opinin separada sobre el fallo de la
Corte, en parte concurrente y en parte disidente:23en sta explica
aquellos aspectos del fallo con los cuales concurre y aquellas
materias con las que disiente. Entre las primeras se encuentra, en
primer lugar, el punto de inicio de la delimitacin martima,
establecida en el punto en que el paralelo que pasa sobre el Hito N
1 se interseca con la lnea de bajamar; igual importancia le agrega
al reconocimiento del paralelo como un criterio para efectuar la
delimitacin martima hasta una cierta extensin; la de reconocer la
existencia de una frontera martima nica, y que el Dominio Martimo
sea aplicado de forma concordante con la Convencin sobre el Derecho
del Mar. La disidencia se refiera al establecimiento del punto
final del paralelo utilizado para efectuar la delimitacin martima a
una distancia de 80 millas nuticas, una decisin que no encuentra
soporte en el Derecho aplicable bajo las Declaraciones
presidenciales de 1947, la Declaracin de Santiago de 1952 y el
Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Martima de 1954, o en la
prctica abundante tanto de Per como de Chile; adems, el efecto
combinado de la lnea equidistante que el fall sigui desde el punto
final del paralelo y el rea del "tringulo exterior", cuando se
aaden a los derechos martimos del Per, generan como resultado una
asignacin desproporcional de reas martimas a cada Parte.2Reacciones
al fallo[editar]Declaraciones de los agentes ante la
Corte[editar]
El lder del equipo jurdico presentado por Chile,Alberto van
Klaveren, fue uno de los primeros chilenos en comentar el resultado
del fallo.El agente peruano ante la Corte,Allan Wagner, fue el
primero realizar una declaracin tras conocerse el fallo:Deseo
agradecer al presidente de la Corte de Justicia, a los magistrados,
y a todo el personal de esta prestigiosa institucin por la
dedicacin que han puesto durante estos seis aos para solucionar el
conflicto martimo entre Chile y Per [...]La apreciacin oficial ser
dada a conocer por el presidente de la Repblica y la canciller en
las prximas horas.24El agente de Chile ante la Corte,Alberto van
Klaveren, luego de que la sentencia fuere comunicada, seal
que:[...] La Corte ha reafirmado la vigencia del paralelo limtrofe
que pasa del Hito nmero 1, como la frontera martima de Arica para
todo efecto. Eso es suelo, subsuelo y columna de agua [...]La Corte
Internacional de Justicia tambin ha efectuado una modificacin del
lmite de 200 millas, reduciendo la extensin del paralelo.
Lamentamos profundamente esta resolucin que, en nuestra opinin,
carece de fundamento.25Declaraciones oficiales y otras
reacciones[editar]En Chile[editar]
Sebastin Pierafue el presidente de Chile que estaba en ejercicio
al conocerse el fallo.El presidente en ejercicio,Sebastin Piera,
manifest que:la Corte Internacional de Justicia de La Haya ha
confirmado en lo sustancial los argumentos de la posicin chilena.
En efecto, la Corte, por 15 votos a 1, ha reconocido la existencia
de un acuerdo de lmite martimo y que ese lmite martimo es, en
parte, un paralelo geogrfico. Y, adicionalmente, tambin por 15
votos a 1, ha confirmado que ese paralelo pasa por el Hito 1 y no
por el punto 266, y que ese Hito 1 constituye el punto inicial del
lmite martimo entre Chile y Per... En consecuencia, la confirmacin
por parte de la Corte de La Haya que la frontera martima comienza
en el paralelo del Hito 1, ratifica nuestro dominio sobre el
tringulo terrestre respectivo.26Asegur que el gobierno de Chile
acatar el fallo de la Corte de La Haya, y que su implementacin se
har en coordinacin con la presidenta electaMichelle
Bachelet.6ElMinistro de Relaciones Exteriores,Alfredo Moreno
Charme, seal que "lo que estamos transfiriendo no es territorio, lo
que vamos a entregar son slo los derechos econmicos sobre eso, hoy
da pesca, que significa el 0,1% de la pesca que hay en esa
zona".27En el Per[editar]
Ollanta Humalafue el presidente del Per que estaba en ejercicio
al conocerse el fallo.Inmediatamente de darse a conocer el
resultado del contencioso de lmites, el expresidente peruanoAlan
Garcacelebr el fallo de la Corte de La Haya y pidi a mantener una
relacin binacional armnica.28Adems, escribi untuiten donde exclam:
Justicia! En este da de emocin, demos gracias a Dios con un Padre
Nuestro por nuestra Patria. Viva el Per!29El presidente en
ejercicio,Ollanta Humala, asegur que:[...] El tringulo exterior es
nuestro. Hoy es una fecha histrica, en vsperas de celebrar el
bicentenario de la independencia del Per. Qu mejor que una
instancia internacional reconocida, como La Haya, que ha reconocido
nuestros derechos soberanos, que ha reconocido la justicia de
nuestra causa y que hoy da nos permite modificar para bien el mapa
de Per!30Asimismo seal que la sentencia de la Corte otorg al Per
alrededor del 70% de lo que pretenda con la demanda.30A su vez, uno
de los abogados extranjeros que integraron el equipo del Per, el
jurista italiano Tullio Treves, consider que el fallo result muy
favorable para ese pas, el cual segn l gan al menos el 80% del
proceso.31Si bien entre los peruanos las voces mayoritarias
marcaban optimismo frente al resultado del fallo, tambin hubo voces
crticas, las que hicieron hincapi en que la Corte concedi la zona
prxima a la costa de Tacna (la ms rica en recursos pesqueros) a la
soberana chilena32, siendo el rea adjudicada al Per frente
aTacnaslo rica en recursos pesqueros de altura como el tiburn,
perico, pez espada, pota, jurel y caballa.33Los pescadores
artesanales deTacna. El presidente de su sindicato, David Patio,
seal que:Los pescadores (artesanales) no pueden costear el traslado
hasta la zona que han considerado en el fallo. Supongo que eso
beneficiar a la pesca industrial que tiene las embarcaciones y el
equipo necesario. Solo les digo que el pescador artesanal no ha
ganado nada.34El Primer MinistroCsar Villanuevaseal al da siguiente
del Fallo que "se tiene previsto enviar buques de investigacin a la
zona y realizar lo antes posible acciones operativas junto
alMinisterio de la Producciny alInstituto del Mar del Per(Imarpe).
Indic que: Podemos tomar posesin desde ahora mismo. Tenemos que
trabajar en la investigacin, conocer mucho ms esa zona y que los
empresarios y pescadores puedan explotar (los recursos
hidrobiolgicos).35Esto, un da despus que el Presidente chileno
Sebastin Piera planteara la necesidad de acuerdos entre las partes
para materializar la resolucin del tribunal
internacional.36Repercusiones en la prensa[editar]La noticia
monopoliz la atencin de los medios periodsticos de ambos pases en
sus ediciones del 27 de enero de 2014 y del siguiente. El fallo
ocup las portadas de la mayora de las revistas y los diarios.Las
portadas de los peridicos de las ediciones del 28 de enero de 2014
trataron el hecho de la siguiente manera:En Chile El Mercurio:
Corte de La Haya reconoci parcialmente los derechos de Chile.37 La
Tercera: Corte ratifica lmites de Chile, pero reduce su Zona
Econmica Exclusiva.38 La Cuarta: No fue bacn, pero salvamos!.
Cchese completito el fallo de La Haya.39 Las ltimas Noticias: Las
mejores tallas del fallo de La Haya.40 Estrategia: Validan paralelo
desde el Hito I como frontera martima y Chile conserva riqueza
pesquera.41 HoyxHoy: Fallo fij el lmite desde el Hito 1 hasta la
milla 80.42 La Estrella de Arica: Chile y Per se comprometen a
acatar fallo de los jueces.43 La Estrella de Iquique: Piera: Fallo
cautela el mar territorial.44 El Longino: Iquiqueos opinan del
fallo de La Haya.45 El Mercurio de Antofagasta: Corte de La Haya
acepta lmite y crea nueva lnea equidistante.46 El Mercurio de
Calama: El Tribunal de La Haya reconoce lmite martimo y crea lnea
equidistante.47 La Estrella de Antofagasta: Un fallo salomnico.48
El Diario de Atacama: La Haya valida lmite en el mar y fija lnea
equidistante en zona econmica.49 El Da: La Haya zanja conflicto de
lmites entre Chile y Per.50 El Mercurio de Valparaso: Fallo
reconoci Hito N 1 y la frontera marina hasta 80 millas.51 El
Tipgrafo: Fallo de La Haya: las diversas reacciones que gener en el
mundo poltico y social.52 La Prensa: La Haya reconoci lmite martimo
entre Chile y Per.53 El Centro: La Haya reconoci zona pesquera
chilena.54 El Sur: Corte de La Haya reconoce lmite martimo y crea
lnea equidistante.55 Crnica Chilln: La Haya reconoce frontera
martima y fija una nueva lnea equidistante.56 El Austral: Fallo
valida Hito I como lmite y disminuye zona econmica.57 El Diario
Austral de Los Ros: Fallo dictado por Corte de La Haya reconoce
Hito I y fija lnea equidistante.58 El Austral: La Haya reconoce
frontera marina y crea lnea equidistante.59 El Llanquihue: Fallo de
La Haya confirma Hito 1, pero cede porcin de mar a Per.60 El
Divisadero: Tribunal de La Haya define nuevo lmite martimo entre
Chile y Per.61 La Prensa Austral: Piera lamenta prdida de ms de 20
mil km cuadrados tras fallo de La Haya.62En el Per El Comercio: La
Haya delimit la frontera martima y le dio al Per 50 mil km.63
Per.21: Triunfo por la paz. Corte de La Haya otorg al Per 70% de
zona martima en disputa con Chile.64 Expreso: Es un fallo
salomnico. Solucin intermedia nos devuelve soberana sobre 50 mil
kilmetros cuadrados de mar territorial.65 La Repblica: Recuperamos
50 mil km del mar de Grau.66 Gestin: Per obtiene 50 mil km ms de
mar, pero Chile mantiene rea rica en la pesca de anchoveta.67 El
Peruano: Fallo histrico. Presidente Humala: la decisin es un
triunfo de la paz.5 Trome: Ganamos a Chile!.68 Del Pas: Gan el Per.
Ya tenemos lmites martimos con Chile.69 Diario 16: Victoria de
todos! Recuperamos 50000 km de mar soberano.70 Ojo: Triunfo y
bronca. Per recupera parte del mar de Grau, pero tacneos
protestan.71 La Primera: Ganamos 50 mil km. La Haya fij nueva
frontera martima con Chile.72 La Razn: Ganamos 50 mil km de mar de
Grau!.73 El Chino: Ganamos! Chilenos aceptaron su derrota.74 El
Diario de Hoy: Para siempre.75 El Men: Ganamos! El Per recupera su
soberana y dignidad.76 Correo de Lima: Un fallo justo.77 El Diario
del Cusco: Esta es la nueva frontera martima sur.78 Correo de
Cusco: Cusqueos hablan sobre fallo.79 Correo de Pasco: Per triunfa
sobre Chile ganando mar y peces.80 Correo de Ica: 50 mil km de
mar.81 Correo de Tumbes: Chilenos con caras largas.82 Correo de
Piura: Mar de Grau gana 50 mil km.83 Correo de Lambayeque: Piera se
lamenta.84 Correo de Moquegua: Triunfo a medias.85 Correo de La
Libertad: Desazn en Chile.86 Correo de Arequipa: Arequipa con 200
millas.87 Correo de Puno: El mar es peruano.88 Correo de Ayacucho:
Per gana 50 mil km de mar.89 Correo de Chimbote: Ganamos mar, pero
no anchoveta.90 Correo de Huancavelica: Per gana 50 mil km de
mar.91 Correo de Huancayo: Una sentencia con justicia.92 Correo de
Tacna: Tacna seguir sin mar.93En Ecuador Hoy: Lo Chile-Per: La Haya
dio ayer un fallo salomnico. En Lima celebran y en Santiago de
Chile hay descontento.94 El Universo: Per gana zona martima a Chile
tras fallo judicial.95 Diario Expreso: El fallo del litigio martimo
satisface a Per y a Chile.96 El Mercurio: El fallo da parte de razn
a Chile pero beneficia a Per.97En Bolivia El Diario: Fallo favorece
a Per.98 La Razn: Bolivia espera que La Haya acte con "la misma
equidad" sobre su demanda con Chile.99 El Da: La Haya cede a Per
una parte del mar chileno.100En la Argentina La Nacin: Salomnico
fallo sobre la frontera de Chile y Per.101 Diario Popular: Fallo
histrico: Per tendr parte del Pacfico que controlaba Chile. Lo
dispuso Corte de La Haya.102 Diario Los Andes: La Haya: Per festeja
y Chile se lamenta.103Efectos del fallo[editar]Adjudicacin de reas
y derechos sobre las mismas[editar]De acuerdo al punto 4 de la
conclusiones de la sentencia de la Corte, una superficie martima de
21928km,5que era considerado por Chile como parte desu zona
econmica exclusivay por tanto explotado comomar patrimonial, pas a
formar parte de lazona econmica exclusivadel Per dentro del
denominadoMar de Grau, al estar situada a menos de 200millas
nuticas de sus costas. Dicha zona representa el 57,3% del rea
martima chilena que era objeto de disputa y que es conocida como
tringulo interno por el Per. Respecto al restante 42,7%,
equivalente a 16352km, la Corte ratific, respectivamente, la
soberana comomar territorial y los derechos soberanos como zona
econmica exclusiva de Chile sobre dicha rea.5Asimismo, un rea de
una superficie martima de 28356km,5situada a menos de 200millas
nuticas de las costas del Per y fuera de las 200 millas nuticas de
Chile, la misma que era considerada por este pas comoalta mary
denominada como tringulo externo por el Per, ahora forma parte del
mar peruano, como zona econmica exclusiva, de modo tal que este pas
podr explotar en forma exclusiva sus recursos, adems de cobrar
regalas a terceros que deseen operar en dichas aguas. Dicha zona,
adems, formaba parte del llamadomar presencial de Chile104.De ese
modo, tras la expedicin del fallo, el ejercicio de los derechos de
soberana de ambos estados en la zona en disputa se ha modificado en
parte, como consecuencia del nuevo lmite establecido por la Corte,
en tanto se confirm la soberana y derechos soberanos de Chile en la
zona ms prxima a su costa hasta las 80 millas nuticas desde sus
lneas de base, y se reconoci al Per derechos soberanos a partir de
dicho punto y hasta las 200 millas nuticas desde sus lneas de base,
siguiendo una bisectriz.Impacto econmico[editar]
La anchoveta (Engraulis ringens) es el producto pesquero ms
importante de los que habitan las aguas objeto de este fallo
jurdico.El Presidente chileno Sebastin Piera asegur que:Es
importante destacar que la casi totalidad de la pesca existente en
la zona norte de nuestro pas se produce al este de la milla 60. En
consecuencia, se produce ntegramente dentro de la Zona Econmica
Exclusiva de nuestro pas, reconocida por la Corte. En consecuencia,
el fallo confirma que Chile conserva la casi totalidad de sus
derechos de pesca y muy especialmente sus derechos de pesca de
nuestros pescadores artesanales105No obstante, agreg que:Esta
decisin de la Corte significa que Chile debe ceder derechos
econmicos en una zona de aproximadamente 20 a 22 mil kilmetros
cuadrados... Si bien en esta zona Chile mantiene en plenitud sus
libertades de navegacin martima y navegacin area, sin duda, esta
cesin constituye una lamentable prdida para nuestro pas.106Segn
expertos pesqueros chilenos, las 80 millas nuticas que Chile
conserva son esenciales para la captura de la anchoveta (Engraulis
ringens).107ElMinistro de Economa de Chile,Flix de Vicente, asegur
que "Prcticamente la totalidad de la pesca de laregin de Arica y
Parinacotase produce al este de la milla 60, es decir ntegramente
dentro de los lmites que mantiene Chile. La pesca en altura, que
corresponde a las especiespalometa,jurel,tiburn,albacoraybacalao,
que se podra ver parcialmente afectada, representa cerca de un 0,1%
de la pesca de la regin".108Sin sealar cifras, la Presidenta de
laSociedad Nacional de Pesqueradel Per (SNP),Elena Conterno,
manifest que el fallo no incrementar la captura de anchoveta en el
Per, ya que este recurso se concentra en las primeras millas
marinas y que el mar otorgado beneficiar a la pesca de altura. En
dicho mar, seal, las especies que s se pueden encontrar son
eltiburn,perico,pez espadaypota, as
comojurelycaballa.109Diferencias de interpretacin del
fallo[editar]Tringulo terrestreVase tambin:Controversia entre Chile
y Per sobre el tringulo terrestre
Decisin de la CorteChilePer
La Corte seal en el prrafo 175 que no est llamada a tomar una
posicin en cuanto a la ubicacin del Punto Concordia, donde empieza
la frontera terrestre entre ambos pases, e hizo presente que podra
ser posible que el punto antes mencionado no coincida con el punto
de partida de la frontera martima, tal como ella mismo lo
estableci. Sin embargo, observ que tal situacin sera la
consecuencia de los acuerdos alcanzados entre las partes.1El
presidente Sebastin Piera asegur que lo resuelto por el tribunal
confirma en lo sustancial la posicin chilena. La confirmacin del
Hito 1 ratifica nuestro dominio sobre el tringulo terrestre
respectivo,110y agreg que esta decisin reviste una importancia
adicional, ya que si bien ambos pases discrepaban respecto a dnde
comenzaba la frontera martima, Hito 1, segn Chile, punto 266, segn
Per, ambos pases siempre coincidieron en que la frontera martima
comienza en el ltimo punto de la frontera terrestre.111
Por su parte, el futuro Canciller chileno,Heraldo Muozmanifest
que el denominado Punto Concordia pertenece a Chile y yo creo que
eso queda muy claramente establecido. Lo ha dicho el propio
Presidente (Sebastin Piera).112La CancillerEda Rivasestim que
existir una costa seca en Tacna, pero que el fallo de La Haya solo
se refiere al lmite martimo.113
El agente peruano ante la Corte, Allan Wagner, seal que Este es
un caso de delimitacin martima, que nada tiene que ver con
cuestiones territoriales. De tal manera, no hay ninguna relacin con
el llamado tringulo terrestre y aadi que la frontera terrestre qued
fijada con el Tratado de 1929 y las comisiones demarcadoras de 1929
y 1930, los cuales fijan como lmite el punto Concordia.
Implementacin del fallo
Decisin de la CorteChilePer
La Corte seal en el prrafo 197 que en vista de las
circunstancias del presente caso, defini el trazado de la frontera
martima entre las partes sin determinar las coordenadas geogrficas
precisas. Por otra parte, indic que las partes no pidieron que lo
hiciera en peticiones finales. La Corte espera que las partes
procedan a determinar tales coordenadas de conformidad con la
presente sentencia, en espritu de buena vecindad.1El Presidente
Sebastin Piera seal que dada la naturaleza y contenido de este
fallo, su implementacin deber ser gradual y requerir acuerdos entre
ambas partes, y la adaptacin de las normas internas de cada pas al
contenido del fallo de la Corte y al derecho internacional del
mar.114
El agente chileno ante la Corte, Alberto van Klaveren, manifest
que aqu vamos por parte, obviamente hay un proceso de implementacin
que est por delante. La propia Corte as lo ha sealado, donde ha
planteado la necesidad de establecer coordenadas de los espacios
martimos de Chile y Per, y no cabe duda que esto requiere de un
proceso de implementacin y que los dos pases acuerden esa
implementacin y esa ser la prxima etapa.115El jefe del Gabinete
ministerial, Csar Villanueva, inform que el Per empez a ejecutar la
sentencia al da siguiente del fallo, destacando que la Marina de
Guerra del Per haba iniciado los respectivos trabajos de
cartografa, tras conocerse la delimitacin de la frontera martima
con Chile decidida por la Corte, y agreg que ser necesario hacer
algunas coordinaciones con la parte chilena. Hay que hacer cotejos
y coordinaciones con ellos, pero no negociaciones, ni formacin de
comisiones. Ya la implementacin (del fallo) empez por parte de
nosotros y vamos a seguir, aadiendo, que se mantendrn niveles de
coordinacin y de acercamiento permanentes con Chile, y que la
legislacin interna en el Per, acorde con el fallo de La Haya, ser
solo de adecuacin, sin que sea necesario emitir normas
especiales.116Finalmente Villanueva indic que Podemos tomar posesin
desde ahora mismo. Tenemos que trabajar en la investigacin, conocer
mucho ms esa zona y que los empresarios y pescadores puedan
explotar (los recursos hidrobiolgicos).117
Ejecucin e implementacin del fallo[editar]Exploracin por el Per
de las reas adjudicadas[editar]Al da siguiente de la comunicacin
del fallo, el28 de enerode 2014, dos naves de laMarina de Guerra
del Peringresaron a la zona conocida como tringulo externo, la
patrullera guardiamarina "San Martn" y el buque de investigacin
cientfica "Melo", para realizar tareas de exploracin,118119y pocos
das despus, el8 de febrerode 2014, otras dos naves peruanas, el
buque "Jos Olaya Balandra" y una patrullera, realizaron una
expedicin en un sector de la zona denominada como tringulo interno,
con el objeto de determinar el potencial de pesca del rea,120ambas
reas reconocidas por la Corte como parte de lazona econmica
exclusivadel Per, actos mediante los cuales laRepblica del
Percomenz a ejercer sus derechos de soberana y jurisdiccin en la
zona, de acuerdo al Derecho Internacional como se encuentra
reflejado en el artculo 56 de laConvencin de las Naciones Unidas
sobre el Derecho del Mar.Reunin de coordinacin entre ministros del
Per y Chile[editar]El6 de febrerode 2014 se realiz enSantiago de
Chileuna reunin del Comit Permanente de Consulta y Coordinacin
Poltica entre el Per y Chile denominada reunin 2+2, encabezada por
los ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa de ambos
pases,Eda RivasyPedro Caterianodel Per yAlfredo MorenoyRodrigo
Hinzpeterde Chile, para tratar los aspectos vinculados a la
ejecucin del fallo de la Corte, la cual se extendi por casi 14
horas.121Al trmino de la reunin se dio lectura a una declaracin
conjunta de nueve puntos.122En la referida declaracin se expres,
entre otras cosas, que:1222.Los Ministros toman nota del mandato
contenido en el prrafo 197 del Fallo, que encomend a los pases la
tarea de determinar las coordenadas geogrficas precisas de la lnea
de la frontera martima, "en conformidad con el Fallo y con espritu
de buena vecindad". De acuerdo a ello, los Ministros encomiendan a
los organismos competentes de ambos pases llevar a cabo las tareas
identificadas en el Anexo adjunto, de acuerdo al cronograma all
sealado.3.Conforme a lo dispuesto por la Corte Internacional de
Justicia en el prrafo 178 del Fallo, el Per ejercer sus derechos y
obligaciones en toda su zona martima, en forma consistente con el
Derecho Internacional como se encuentra reflejado en la Convencin
de 1982, tanto respecto de Chile como frente a terceros Estados.
Chile declara, a su vez, que continuar ejerciendo sus derechos y
obligaciones en toda su zona martima conforme a la Convencin de
1982.4.Cada pas asume el compromiso de efectuar la identificacin de
su normativa interna que pudiere ser inconsistente con el Fallo; 2
teniendo en cuenta lo antes expresado, y proceder a adecuar dicha
normativa de conformidad con dicho Fallo. Sin perjuicio de lo
anterior, Chile y el Per coinciden en que el Fallo prevalece sobre
su normativa interna.Se fij una una nueva reunin 2+2, para el 24 y
25 de marzo, con el fin de concluir con las tareas vinculadas a la
ejecucin del fallo, que se llevar a cabo enLima, Per.121Retiro de
boya DART de aguas adjudicadas al Per[editar]Como parte del proceso
de implementacin y cumplimiento del fallo, fijado en el cronograma
elaborado tras la reunin 2+2, el09 de marzode 2014 el gobierno de
Chile retir y traslad una boya de profundidad DART (Deep-ocean
Assessment and Reporting of Tsunamis), destinada a la evaluacin
yreporte de tsunamis, que se encontraba en aguas que estuvieron
bajo su dominio, pero que fueron adjudicadas al Per por la Corte.
Dicha labor fue realizada por el Buque de Investigacin Cientfica
"Cabo de Hornos AGS-61", de laArmada de Chile, en presencia de la
embarcacin de laMarina de Guerra del Per"Guardiamarina San Martn
PO-201", que se encontraba realizando actividades de patrullaje en
el rea.123124Determinacin de las coordenadas de la frontera
martima[editar]
Representacin cartogrfica de la frontera martima entre Chile y
Per con indicacin de las coordenadas.Las coordenadas exactas de la
frontera martima entre el Per y Chile no fueron establecidas en el
fallo de la Corte, por lo cual ambos pases convinieron en fijarlas
durante el mes de marzo de 2014, conforme al acuerdo de la reunin
2+2 celebrada el 6 de febrero del mismo ao,121en la cual se aprob
un cronograma de trabajo.125Como consecuencia de dicho acuerdo,
el17y18 de febrerode 2014, se reuni una comisin de autoridades,
expertos y asesores chilenos y peruanos, en las oficinas
delServicio Hidrogrfico y Oceanogrfico de la Armada de Chile,
enValparaso, en la cual se precis la metodologa y detalles tcnicos
a seguirse para los trabajos de campo, los cuales se iniciaron en
Chile el 24 de febrero del mismo ao con la finalidad de determinar
en la costa de dicho pas los puntos de base contribuyentes para la
fijacin de las coordenadas.126Una vez concluidos los trabajos en la
costa chilena, el12 de marzode 2014 tuvo lugar una nueva reunin, en
la ciudad deArica, en la cual se analizaron y aprobaron los
resultados obtenidos.127Posteriormente, entre los das 17 y 19 de
marzo de 2014, el grupo de trabajo se traslad a las ciudades
peruanas deIloyMollendopara determinar los puntos de base
contribuyentes en la costa de este pas para la fijacin de las
coordenadas.128Finalmente, entre el24y25 de marzode 2014, las
delegaciones tcnicas de ambos pases se reunieron en la sede de la
Direccin de Hidrografa y Navegacin de laMarina de Guerra del Per,
enCallao, donde se determinaron las coordenadas precisas del punto
de inicio de la frontera martima (PIFM) y de los puntos A, B y C,
del trazado de la frontera martima establecido por la Corte en su
fallo, en base a las mediciones realizadas previamente en las
costas de los dos pases. Dichas coordenadas, y su representacin
cartogrfica, se hicieron constar en un acta final, elaborada por
dichas delegaciones, las cual fue suscrita por representantes de
ambos pases Nicols Roncagliolo, de la Direccin General de Soberana,
Lmites y Asuntos Antrticos del Per, yMara Teresa Infante, de
laDireccin Nacional de Fronteras y Lmites del Estado de Chile el 25
de marzo de 2014, en la sede delMinisterio de Relaciones Exteriores
del Per, enLima. Con la suscripcin de tal documento, qued fijada de
manera definitiva la frontera martima entre ambos
Estados.129130Adecuacin de normativa interna[editar]El 25 de marzo
de 2014 se inform que el Per adecu tres normas de
sulegislacininterna a fin de dar cumplimiento al fallo de la Corte.
La modificacin de dosdecretossupremos para asegurar lalibertad de
navegacincomo lo establece el Derecho Internacional como se
encuentra reflejado en la Convencin sobre el Derecho del Mar,
eliminando la obligacin que tenan las naves extranjeras de reportar
su posicin y, adems, reform algunas disposiciones de la Ley de
Aeronutica Civil del Per.130
Controversia entre Chile y Per sobre el tringulo terrestreEste
artculo se refiere o est relacionado con un evento reciente
oactualmenteen curso.La informacin de este artculo puede cambiar
frecuentemente. Por favor, no agreguesdatos especulativosy recuerda
colocarreferenciasafuentes fiablespara dar ms detalles.
Mapa del tringulo terrestre objeto de la controversia, limitada
por:(a) el paralelo que pasa por el "Hito 1"(b) la lnea de baja
marea en el Ocano Pacfico(c) el arco desde el punto "Concordia" al
"Hito 1"Lacontroversia sobre el tringulo terrestre entre Chile y
Peres la denominacin de un diferendo planteado entre laRepblica de
Chiley laRepblica del Persobre lasoberanade un rea terrestre de una
superficie de 37610m3,7ha1nota 1que ha sido llamada tringulo
terrestre, situada en el sector en donde sus soberanas respectivas
contactan con la ribera delocano Pacfico. Ambos pases afirman que
lafrontera terrestre ya est definida, pero difieren en su trazado
en ese sector, ya que tanto Chile como Per entienden que les fue
atribuido.3Chile sostiene que el lmite debe ser el paralelo que une
el Hito n.1 con la lnea de baja marea situada 323metros hacia el
oeste,4punto sobre el cual se encuentra el comienzo de la frontera
martima binacional, pues segn elfallo de la Corte de La Haya sobre
la delimitacin martima entre Chile y Perdel 27 de enero de 2014 el
punto ms oriental del lmite ocenico se encuentra en donde el
paralelo que cruza el citado Hito transpone la lnea de baja marea.
Es decir, al haber definido la Corte que el lmite martimo se inicia
en el cruce del paralelo del Hito n.1 con la lnea de baja marea,
implicara que dicho paralelo debe ser tambin el lmite binacional
terrestre en la zona costera,56Per sostiene, en cambio, que
ellmiteterrestre entre ambos pases comienza cuando lalnea de la
Concordiaintercepta elborde costeroen baja marea, en el denominado
Punto Concordia (o 266 segn la ley peruana de lneas de base),
182,3metroshacia el sur del lmite que considera Chile, es decir,
siguiendo el arco que demarca la frontera curvilnea 264 metros ms
all del hito.4nota 2Siempre segn el Per, el inicio de la frontera
terrestre en el denominado Punto Concordia se encuentra localizado
en las coordenadas:182108S702239O,89en el punto de la baja marea,
justo en el lmite entre las franjas litorales de resaca y borde de
oleaje (oswash zoneysurf zone, situadas hacia el continente) y la
franja litoral de olas rompientes (oshore breaker zone, hacia mar
adentro).10Es decir, al haber la Corte slo tratado los lmites
martimos y no sobre la ubicacin del punto "Concordia", el lmite
terrestre est determinado por elTratado de Lima de 1929que expresa
que el lmite inicia en un punto que se denomina "Concordia",
distante diez kilmetros al norte del puente del ro Lluta.La
discusin pblica sobre este tema se reactiv en enero de2014, como
consecuencia del la sentencia de laCorte Internacional de
Justiciaque resolvi lacontroversia de delimitacin martima entre
Chile y el Per, que defini la frontera martima y el punto de inicio
de sta, y las lecturas que las autoridades de ambos pases hicieron
sobre la misma, en cuanto influye en el diferendo terrestre.
Portada PolticaCorte de La Haya defini frontera martima entre Per y
ChileLunes, 27 de Enero 2014|11:40 pm
Crditos: RPPEn su sentencia sobre la controversia martima entre
Per y Chile, la Corte de La Haya aclar que ha definido el curso de
la frontera martima entre ambos pases sin determinar las
coordenadas geogrficas. 116 531 572Temas relacionados: diferendo
maritimo la haya peru chile Poltica
Conclusiones del fallo de La Haya sobre controversia Per -
Chile| RPP
Wagner: Me siento orgulloso y honrado de haber presidido este
equipo| RPPEn su sentencia sobre la controversia martima entre Per
y Chile,la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya aclar
que ha definido el curso de la frontera martima entre ambos pases
sin determinar las coordenadas geogrficas."La corte espera que las
partes determinarn estas coordenadas de acuerdo con el fallo
actual, en espritu de buena vecindad",subray el presidente del
tribunal internacional, Peter Tomka, al dar lectura del fallo.Luego
de ms de dos horas de lectura, se dio a conocer elveredicto
inapelable y de cumplimiento obligatoriosobre la controversia por
los lmites martimos entre Per y Chile."La corte establece que la
frontera sigue una lnea paralela (...) hasta las ochenta millas y a
partir de ah adquiere una direccin sur hasta un punto B,bajando (en
lnea recta y a la altura de las 200 millas) hasta un punto C", dijo
el magistrado Tomka.
Frontera Martima Per Chile
Controversia en delimitacin martima entre Chile y el Per
Las Repblicas del Per y Chile han sostenido un diferendo
diplomtico sobre la soberana de una zona martima de miles de kms2
en el Ocano Pacfico.Para Chile no existan temas limtrofes
pendientes con el Per, ya que los lmites martimos fueron definidos
en 1952 y 1954 cuando ambos pases suscribieron Convenios de pesca
donde se especficaban claramente las fronteras martimas.Para el
Per, el lmite martimo con su vecino del sur no estaba definido ya
que nunca se ha firmado un Tratado que establezca dicho lmite.
Para Chile, la frontera martima con el Per era la lnea del
paralelo (lnea azul), lo que deja sin mar a las provincias peruanas
del sur.
El Per, consideraba que le correspondera seguir una prolongacin
de sus costas (lnea verde), pero que eso no sera justo para Chile.
Lo justo y equitativo para ambos pases era trazar una lnea media
(lnea roja) para definir la frontera entre ambos pases.HISTORIA DE
LA CONTROVERSIAEste conflicto tuvo sus inicios en el siglo XIX
cuando el mapa de Sudamrica era diferente y Chile era un pequeo
pero prspero pas, que explotaba recursos minerales en suelo
boliviano con el apoyo de capitales ingleses. En 1879 el gobierno
de Bolivia decidi elevar en 10 centavos los impuestos a cada
quintal de salitre extrados de su territorio y exportados por una
empresa chileno-britnica. En represalia, Chile invadi Bolivia y le
declar la guerra.Per trat de mediar en el conflicto, pero Chile
tambin le declar la guerra al Per, debido a que el Per tena una
alianza militar con Bolivia.La guerra tom por sorpresa a Bolivia y
Per, quienes se encontraban en clara desventaja militar frente a
Chile. Bolivia no tena armada ni Ejrcito y tras un ao de
enfrentamientos se retir de la guerra, dejando al Per solo contra
Chile.Luego de cuatro aos de guerra, Chile venci al Per y extendi
sus fronteras hasta sus actuales lmites, apropindose de las
provincia boliviana de Antofagasta y las provincias peruanas de
Tarapac y Arica. Tambin ocup la ciudad de Lima por cuatro aos y la
provincia de Tacna por 50 aos. Bolivia perdi su acceso al mar.Ya
que el Per se negaba a rendirse, Chile apres al presidente peruano
y lo retuvo en territorio chileno hasta que se firm el Tratado de
Ancn, que puso fin a la guerra en 1883 y por el cual Chile
increment su territorio, avanzando del paralelo 24 hasta el
paralelo 18. En ese Tratado, as como en el complementario Tratado
de Lima de 1929 se determinan las nuevas fronteras terrestres, pero
no existen referencias sobre las fronteras martimas entre Chile y
Per.En 1947, tanto Chile como Per proclaman unilateralmente, que
sus respectivos Estados poseen sobera sobre los mares adyacentes a
las costas de sus territorios.
PRINCIPALES ARGUMENTOS CHILENOSChile sostena que desde 1952, el
Per reconoca que la frontera martima con Chile era la lnea del
paralelo, y lo ha hecho a travs de diversos documentos. Adems,
desde la Guerra del Pacfico, en el siglo XIX, Chile ejerca soberana
y control en toda el rea que el Per estaba reclamando.En 1952
Chile, Ecuador y Per suscriben la "Declaracin de Zona Martima" en
Santiago de Chile, por la que establecen el reconocimiento de las
200 millas nuticas de cada pas, cuya definicin corresponde a un
minuto de arco sobre el paralelo de la lnea del Ecuador.En 1954,
Chile, Ecuador y Per deciden firmar un nuevo documento, llamado
"Convenio sobre Zona Especial Martima", debido a que "se producen
con frecuencia de modo inocente y accidental, violaciones de la
frontera martima entre los Estados vecinos", situaciones que se
intentan regular y para lo cual "establcese una zona especial, a
partir de las 12 millas marinas de la costa, de 10 millas marinas
de ancho a cada lado del paralelo que constituye el lmite martimo
entre los dos pases".En 1955, el gobierno del Per, en la resolucin
N 23, afirma que la zona martima peruana est "limitada en el mar
por una lnea paralela a la costa peruana y a una distancia
constante de sta, de 200 millas nuticas" (punto 1) y que, de
conformidad "con el inciso IV de la Declaracin de Santiago, dicha
lnea no podr sobrepasar a la del paralelo correspondiente al punto
en que llega al mar la frontera del Per" (punto 2).En 1955, el
Congreso del Per ratifica los acuerdos de 1952 y 1954 (y otros
acuerdos y convenios relacionados).Segn la posicin chilena, los
acuerdos de 1952 y 1954 tienen la naturaleza de un Tratado
Internacional, se basan para ello en la Convencin de Viena de 1980,
que si bien no tiene efectos retroactivos, estn reconociendo un
derecho internacional consuetudinario.La Convencin de Derecho del
Mar indica que los acuerdos previos vigentes entre los Estados y,
adems, la existencia de derechos histricos, priman por sobre el
establecimiento de la lnea media contemplada por la misma convencin
y desde hace ms de 50 aos, en la prctica, Chile ha ejercido
soberana en el espacio martimo reclamado por Per, deteniendo a los
buques pesqueros peruanos que han cruzado el paralelo.
PRINCIPALES ARGUMENTOS PERUANOSEl Per no reconoca los acuerdos
pesqueros de 1952 y 1954 como tratados de lmites martimos.En 1982,
las Naciones Unidas aprueban la Convencin sobre el Derecho del Mar
(Convemar) llamada, la Constitucin de los Ocanos. La Convencin del
Mar establece que en ausencia de tratados formales, el mtodo para
establecer los lmites martimos es el trazo de una lnea media y la
aplicacin del principio de la equidad. Segn la posicin peruana,
Chile y Per, nunca han firmado un Tratado especfico de lmites
martimos y Chile pretende imponer un lmite martimo tremendamente
inequitativo.
La Declaracin de Zona Martima de 1952, firmada por delegados de
Chile, Ecuador y Per, define como zona martima de cada uno de los
pases las 200 millas medidas desde la costa. Per sostiene que
debido a las caractersticas de la costa del Pacfico, las 200 millas
de Chile se sobreponen a las 200 millas del Per. Si como Chile
exige, se considerara al paralelo como lmite, la ciudad peruana de
Caman solo tendra 100 millas de mar territorial, Mollendo slo
tendra 80 millas, Ilo 40 millas, Sama 20 millas y Tacna no tendra
mar, pues tendra 0 millas en el punto de la Concordia.Para el Per,
el acuerdo de 1954, firmado por delegados de Chile, Per y Ecuador,
denominado "Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Martima", sera
slo un convenio de pesca y no un tratado de limites. Slo por error
los negociadores habran mencionado lmites martimos, que no se
encontraran definidos por tratado alguno.La Convencin de Viena
sobre el Derecho de los Tratados, seala que no puede tomarse un
acuerdo internacional, usndolo en otro sentido: "Un tratado deber
interpretarse de buena fe conforme al sentido corriente que haya de
atribuirse a los trminos del tratado en el contexto de estos y
teniendo en cuenta su objeto y fin".
Situacin de facto hasta 2014En la prctica Chile sigui ejerciendo
soberana en el espacio martimo reclamado por Per, por lo cual la
Armada chilena, en los casos que buques pesqueros peruanos cruzasen
el paralelo, proceda en la forma habitual (detencin, traslado hasta
el puerto de Arica, confiscacin de los productos obtenidos,
imposicin de una sancin pecuniaria y la deportacin al Per).El 23 de
mayo de 1986, el Per solicit a Chile establecer el lmite martimo
entre ambos pases, bajo la premisa que an no se ha celebrado un
Tratado especifico de delimitacin martima. Para el Per, todos los
acuerdos anteriores, eran apenas convenios de pesca, ante lo cual
Chile respondi que los acuerdos de 1952 y 1954 constituan tratados
de lmites martimos entre ambos pases.Per solicit llegar a un
entendimiento pacfico usando los mecanismos bilaterales, como la
Comisin Mixta Permanente de Lmites, Chile respondido que la
frontera martima ya est definida.Finalmente el Per decidi presentar
el diferendo ante la Corte Internacional de La Haya, en virtud a
que Chile y Per suscribieron el Tratado Americano de Soluciones
Pacficas (Pacto de Bogot) de 1948, que establece que si no existe
voluntad de las partes, y no habindose convenido un procedimiento
arbitral, cualquiera de los Estados parte tienen derecho a recurrir
a la Corte Internacional de Justicia, existiendo competencia
obligatoria de sta, tratndose controversias de orden jurdico que
verse, entre otras, sobre la interpretacin de un tratado y
cualquier cuestin de Derecho internacional (artculo XXXI y XXXII
del Pacto de Bogot de 1948, en concordancia con el artculo 36 del
Estatuto de la Corte Internacional de Justicia).
Texto de la demanda presentada por Per ante la Corte de La
HayaFRONTERA MARTIMA PER - CHILEEl 27 de Enero de 2014, la Corte
Internacional de Justicia de La Haya fall la nueva frontera del Per
y Chile. Se estableci que la frontera sigue el paralelo geogrfico
por 80 millas y luego se transforma en equidistante hasta las 200
millas. La Corte dio un veredicto salomnico, que reconoca
argumentos peruanos y chilenos.Para el fallo, la Corte concluy que
no exista un Tratado de lmites martimos entre ambos pases, pero que
el Per haba reconocido de facto, la frontera tradicional entre Per
y Chile, que se estableci en 80 millas desde la frontera terrestre.
Luego de las 80 millas, la lnea de frontera se vuelve equidistante
hasta las 200 millas.Si bien, parte de la costa peruana permanece
sin mar (lo que es llamado seca), el Per ampla su dominio martimo
en unos 50.000 kilmetros cuadrados sobre los que no ejerca
soberana, lo significa ms del 70% del total de la demanda peruana
sobre el mar del Ocano Pacfico sur.
Fallo completo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya
sobre la disputa martima Per vs. Chile(en ingls)Corte de La Haya:
todo lo que debes saber sobre la sentenciaLunes, 27 de enero de
2014 | 7:24 am
Palacio de la Paz, sede de la Corte Internacional de Justicia.
Foto: EFE12En su fallo de este lunes, la Corte deber pronunciarse
sobre los dos pedidos que el Per realizo en la demanda presentada
en enero del 2008.Rider Bendez
@RiderBendezuLuego de una serie de pedidos para llegar a un
acuerdo de delimitacin martima y la negativa chilena, elPerpresent
la demanda con dos solicitudes que laCorte de La Hayadetermin en su
sentencia final a conocer.LA CORTECompuesta por quince magistrados,
es el rgano de justicia internacional de las Naciones Unidas.
Aunque su nombre esCorte Internacional de Justiciase le conoce como
La Haya, por su ubicacin en la ciudad holandesa.El tribunal
internacional, presidido por el juez eslovaco Peter Tomka, solo
resuelve procedimientos contenciosos entre dos pases o estados. Por
ningn motivo, una persona o una empresa pueden recurrir a esta
instancia.ANTES DE LA DEMANDAEn reiteradas ocasiones, Per intent
lograr un acuerdo con Chile para establecer el lmite martimo. Sin
embargo, el pas sureo respondi que la delimitacin haba sido
declarada en losacuerdos pesqueros de 1952 y 1954.El deseo del Per,
en todo momento, fue que este lmite martimo se resuelva en un
acuerdo entre los dos pases. Finalmente, en el 2004, el
Gobiernoperuanocomunic a Chile que se ha agotadola posibilidadde la
bsqueda de una solucin a travs de negociaciones directa.LA
DEMANDAEn julio del 2007, el entonces presidente Alan Garca
comunica a Palacio de La Moneda que recurrir al plano jurdico
internacional para solucionar esta controversia martima, al no
encontrar predisposicin chilena.Tras designar a Allan Wagner como
agente del Estado en La Haya, el 16 de enero del 2008, el Per
present la demanda de Delimitacin Martima con la Repblica de Chle
ante la Corte Internacional de Justicia.LOS PEDIDOSPERUANOSEn la
demanda presentada por el Per, se pidi a la Corte determinar
ladelimitacin martimaen el rea en controversia con Chile, basndose
en el principio equidistante, y establecer que el Per posee, como
derechos soberanos, el triangulo externo del rea en
controversia.Per indic, en su demanda, que la lnea de proyeccin
debe ser trazada desde el Punto de la Concordia, en la misma
orilla. Sin embargo, Chile considera que la lnea paralela se traza
desde el primero de los hitos que fueron instalados.EL PUNTO DE LA
CONCORDIAEn su defensa, Chile argument que el punto en que inicia
el lmite martimo se ubica en el Hito N 1, mientras el Per seal que
el lmite se establece en la orilla, 264 metros al suroeste del
primer hito instalado.Este triangulo que se formara alcanza un rea
de poco ms de 37 mil m2. Para ambos pases el rea territorial no est
en cuestionamientos, le pertenece a Per. Sin embargo, Chile seala
que el mar s le pertenece.
TRINGULO EXTERNOConforme a la ley de lneas de base, Per alcanza
sus 200 millas martimas hastaespacio martimo que va ms all de las
200 millas de Chiley que no est en discusin. Sin embargo, el pas
sureo, basndose en la tesis del mar presencial ha utilizado esta
rea.El pedido peruano es que se le reconozca como derechos
soberanos exclusivos este triangulo externo que alcanza un rea
martima de 28,356 km2. Para Chile, este espacio ya es alta mar y no
tendra derechos sobre sus aguas.
REA EN CONTROVERSIAChile defiende su posicin argumentando que la
delimitacin martima fue establecida en los tratados pesqueros de
1952 y 1954, trazando una lnea paralela base a partir del Hito N 1
hacia el mar.En tanto, el Per indica que la proyeccin de la lnea
base se inicia en elPunto de la Concordiay traz una lnea
equidistante entre la lnea del paralelo de Chile y la proteccin
conforme a la ley de lneas de base.De tal modo, el espacio martimo
en controversia alcanza un rea total de 38,324 km2.
LA SENTENCIALuego de la fase escrita y oral del proceso,
desarrollado desde marzo del 2009 y diciembre del 2012, los
magistrados de la Corte de La Haya sesionaron para evaluar el caso
y emitir su sentencia final que es inapelable.El prximo 27 de
enero, el presidente del tribunal, Peter Tomka, dar lectura al
fallo en respuesta a la demanda peruana. Es decir, se pronunciar
sobre los dos pedidos que el Per formul determinar.Mapas:
Cancillera del Per.
07:45 PM ETCorte de La Haya establece un nuevo lmite martimo
entre Chile y Per(CNN Espaol) La Corte Internacional de Justicia
(CIJ) de La Haya estableci este lunes que la frontera martima entre
el Per y Chile inicia en el hito nmero 1 y se proyecta en paralelo
hasta las 80 millas marinas. En este punto, el tribunal defini una
lnea equidistante.De esta manera, la CIJ fija un nuevo lmite
martimo entre chilenos y peruanos, aunque no ajust las coordenadas
precisas ni concedi los reclamos iniciales de la demanda peruana.
"La Corte establece que la frontera sigue una lnea paralela (...)
hasta las ochenta millas y a partir de ah adquiere una direccin sur
hasta un punto B, bajando (en lnea recta y a la altura de las 200
millas) hasta un punto C", dijo el presidente de la CIJ, Peter
Tomka.Tras la decisin de la CIJ, el 'statu quo' en la zona cambia.
La Corte le otorg al Per una zona martima a la cual antes no tena
acceso.Por 15 votos contra 1, el tribunal no se pronunci sobre el
tringulo externo, porque ya est incluido en la zona martima
fijada.El presidente chilenoSebastin Piera dijoque"Chile discrepa
profundamente de esta decisin de la corte", puesto que todos los
acuerdos, declaraciones y alegatos de los dos pases "durante los
ltimos 60 aos se refirieron nica y exclusivamente a las 200
millas", dijo Piera.Por su parte,Ollanta Humaladijo que"Per se
siente complacido". Los expresidentes Alejandro Toledo y Alan Garca
coincidieron en que su pas gan gran parte de la controversia y
saludaron el haber solucionado el diferendo de manera pacfica.Per
argumentaba que los documentos firmados en los aos 50 son acuerdos
de pesca y que Chile los ha considerado como tratados de lmites
martimos. Desde 1986, Chile ha ignorado las peticiones peruanas de
negociar la frontera martima entre ambos.Desde que el pas inca
interpuso la demanda, Chile ha reforzado el control sobre la zona
en disputa. Actualmente, las autoridades chilenas tienen retenidas
a 13 embarcaciones peruanas por haber ingresado a esta zona
martima, segn lderes pesqueros de Per.Durante la lectura del fallo
las reacciones se empezaron a sentir en las redes sociales. As se
vivi el clima en la Cancillera de Per:La zona en disputa es rica en
anchoveta, una especie utilizada en la preparacin de la harina de
pescado, con la que los acuicultores chilenos alimentan a su ms
importante especie marina, el salmn.Con informacin deFelipe Gulery
Mara Elena Belaunde.Todo lo que se debe saber sobre el litigio
entre Per y Chile en La HayaJueves 29 de noviembre del 2012 |
11:03A puertas de la fase oral de la demanda, que comienza este
lunes, presentamos las cuestiones claves para entender
eltrascendental proceso.
(Internet) Compartir compartir por mailA puertas de la fase oral
en el litigio martimo entre Per y Chile en laCorte de La Hayaque
comienza este lunes con los argumentos de ambas partes, son muchas
las interrogantes sobre este complejo, iniciado hace varias dcadas
y que, de seguro, tendr implicancias a futuro.1. Por qu acudimos a
la Corte Internacional de Justicia?El Per busc establecer el lmite
martimo con Chile de forma negociada pero Chile se neg a ello. Por
un lado, no respondi positivamente a las gestiones del Embajador
Bkula en 1986 y, posteriormente, se neg expresamente al nuevo
pedido peruano del ao 2004.2. Existe entonces una controversia?S.
El Per y Chile tienen una controversia jurdica: una diferencia de
apreciacin al sostener dos posiciones distintas sobre la existencia
del lmite martimo. Para el Per no existe un lmite martimo mientras
Chile considera que el lmite existe desde que se acord, segn
afirma, en 1952. Por otro lado, Chile acept que la controversia
existe en un Comunicado Conjunto de los Ministros de Relaciones
Exteriores de los dos Estados de 2004.3. Qu se hace ante una
controversia jurdica entre dos Estados?El derecho internacional
establece que los Estados estn obligados a solucionar sus
controversias por medios pacficos. Uno de dichos medios es la
negociacin directa de las partes, a la cual Chile se neg, por lo
que el Per ha recurrido a otro medio de solucin pacfica que le
permite el derecho internacional: el recurso a la Corte
Internacional de Justicia. Ello ha sido posible, adicionalmente,
porque el Per y Chile son partes del Pacto de Bogot de 1948, por el
cual se obligaron a aceptar la competencia contenciosa de la Corte
respecto a cualquier controversia de carcter jurdico que surja
entre los dos.4. Es correcto referirse a la Corte Internacional de
Justicia como Corte de La Haya?Es mejor ser preciso y utilizar el
nombre completo de Corte Internacional de Justicia. En La Haya
funcionan varios tribunales internacionales de diferente
naturaleza.5. Puede una de las partes apelar la sentencia?No. El
fallo de la Corte es definitivo e inapelable.6. La sentencia tiene
efectos para otros pases?En principio la sentencia solo es
obligatoria para las partes en el caso concreto. Sin embargo, esta
sentencia establecer un lmite internacional, el cual por su propia
naturaleza debe ser respetado por todos los Estados.7. Qu le
pedimos a la Corte?El Per ha solicitado concretamente a la Corte
que:-Determine el curso del lmite martimo entre los dos Estados en
la zona en la que se superponen los espacios martimos de los dos
Estados, de conformidad con el Derecho Internacional. Este lmite
debe iniciarse necesariamente en el punto Concordia, que es el
punto donde se inicia el lmite terrestre.-Declare que el Per posee
derechos soberanos exclusivos en un rea martima situada dentro del
lmite de 200 millas marinas de su costa y ms all de las 200 millas
de las costas de Chile.8. Cules son los elementos principales de
nuestra argumentacin?Nuestra argumentacin contiene 3 elementos
fundamentales:a. El establecimiento del lmite martimo:Se ha
solicitado a la Corte que, ante la ausencia de un acuerdo de
delimitacin martima entre los dos Estados, la Corte determine el
lmite martimo conforme a los principios y normas del derecho
internacional aplicables (la costumbre internacional), que la
propia Corte ha aplicado repetidas veces en su jurisprudencia.
Ello, el Per plantea, mediante el trazado de una lnea equidistante
en la zona en la que la proyeccin martima de los dos Estados se
superpone.b. Punto Concordia:Que el trazado de la lnea equidistante
tome el Punto Concordia como el punto de inicio, en estricto
cumplimiento del Tratado de 1929 y el proceso demarcatorio de
1930.c. Tringulo externo (28500 km2, aprox.):Que se reconozca los
derechos soberanos exclusivos del Per sobre la parte del mar
peruano que se extiende hasta las 200 millas y que se encuentra ms
all de las 200 millas de mar chileno (es decir, ms all del rea de
superposicin). Esta zona es considerada como altamar por Chile y
parte de su mar presencial, figura no reconocida por el Derecho
Internacional.9. Si no exista un Acuerdo de lmites por qu no se
negoci con Chile un acuerdo explcito sobre esta materia?En 1986 el
Per hizo una propuesta oficial a travs de una gestin del Embajador
Juan Miguel Bkula. La respuesta de Chile fue que necesitaba hacer
estudios sobre el tema.En 2004 el Per curs una Nota Diplomtica por
escrito en la que plante la negociacin de un acuerdo, lo que no fue
aceptado por Chile. Aquel mismo ao se emiti un Comunicado Conjunto
en el que Chile admiti la controversia jurdica.10. Por qu el Per,
si no es parte de laCONVEMAR, se refiere a este tratado al
solicitar la delimitacin?El Per no le ha pedido a la Corte que
aplique laCONVEMARcomo tal, sino que aplique las normas de la
costumbre internacional reflejadas en laCONVEMAR. La Corte, en
virtud a su Estatuto, se encuentra en la obligacin de aplicar la
costumbre internacional y hace ello regularmente.11. Por otro lado,
existen instrumentos internacionales entre el Per y Chile?S, pero
ninguno es un Acuerdo de Lmites.12. Qu es la Declaracin de Santiago
de 1952?La Declaracin sobre Zona Martima de 1952 (Declaracin de
Santiago) es un instrumento internacional que busc establecer una
poltica internacional martima comn para Chile, Ecuador y el Per,
pero no estableci lmites martimos. Fue hecha con la intencin de
consagrar el principio de las 200 millas y con la intencin de
enfrentar una situacin especfica en aquella poca, que era la
depredacin de las ballenas y los recursos vivos en las costas del
Pacfico Sur. En el punto IV de la Declaracin se establece un
criterio para un caso particular, que es el de la presencia de
islas, solo aplicable al caso de Per y Ecuador:IV) En el caso de
territorio insular, la zona de 200 millas marinas se aplicar en
todo el contorno de la isla o grupo de islas. Si una isla o grupo
de islas pertenecientes a uno de los pases declarantes estuviere a
menos de 200 millas marinas de la zona martima general que
corresponde a otro de ellos, la zona martima de esta isla o grupo
de islas quedar limitada por el paralelo del punto en que llega al
mar la frontera terrestre de los Estados respectivos [nfasis
aadido].13. Qu es el Convenio de 1954?El Convenio sobre Zona
Especial Fronteriza Martima de 1954 es un acuerdo que estableci una
zona de tolerancia para la no imposicin de sanciones a
embarcaciones con ciertas caractersticas que pescan en aguas no
lejanas a las costas. Conforme a su prembulo, se dio para el caso
especfico de pescadores en embarcaciones artesanales de poco porte
con escasos conocimientos de nutica o que no cuentan con los
instrumentos para detectar su posicin en el mar. Dicho instrumento
no estableci ningn lmite martimo.14. Qu son los documentos de 1968
y 1969?Los documentos de 1968 y 1969 son aquellos mediante los
cuales el Per y Chile acordaron instalar faros que ayuden a la
ubicacin de los pescadores artesanales en zonas cercanas a las
costas de ambos pases.15. Y qu es una lnea equidistante?Es la mejor
forma de obtener un resultado equitativo. La Corte Internacional de
Justicia ha establecido en una serie de casos a lo largo de los aos
un mtodo para delimitar los espacios martimos entre los Estados que
se lo han solicitado. As, salvo que existan circunstancias
especiales (como ciertos accidentes geogrficos, no presentes en el
caso Per-Chile), la Corte ha establecido en varios casos los lmites
martimos a travs del trazado de una lnea equidistante entre las
costas de los Estados. Esto es, justamente, lo que el Per le ha
pedido a la Corte que haga en este caso.16. Qu relevancia tiene en
nuestro caso el punto Concordia?El punto Concordia es el punto de
inicio del lmite terrestre entre el Per y Chile, conforme al
Tratado de Lima de 1929 y al proceso de demarcacin de 1929-1930.
Resulta evidente que el lmite martimo entre dos Estados con costas
adyacentes solo puede iniciarse en el punto en el que su lmite
terrestre llega al mar. Sin embargo, Chile considera que el lmite
martimo que afirma existe es el paralelo de latitud que pasa por el
hito nmero uno de la frontera terrestre entre los dos Estados.
Dicho hito no es el punto Concordia y se encuentra, en cambio,
tierra adentro.Ante esta situacin, el Per ha planteado a la Corte
que el lmite martimo que establezca parta, como es natural, del
punto Concordia.17. Qu es el tringulo externo?El Per ha solicitado
a la Corte reconocer sus derechos soberanos exclusivos en el rea
martima situada dentro de las 200 millas marinas de su costa y ms
all de las 200 millas de las costas de Chile. Con propsitos
meramente referenciales dicha rea ha sido denominada el tringulo
externo.De acuerdo al Derecho Internacional dicha rea solo
corresponde al Per, no pudiendo formar parte de las zonas martimas
de Chile al encontrarse ms all de 200 millas marinas de sus costas.
Sin embargo, Chile niega que esa zona corresponda al Per y la
considera parte de alta mar. Debido a ello, el Per ha incluido este
tema en su petitorio ante la Corte para asegurar que sus derechos
en la misma sean debidamente reconocidos.
18. Por qu es relevante el Acuerdo por intercambio de Notas
entre Per y Ecuador de 2 de mayo de 2011?Porque es un tratado
internacional en el que el Per y Ecuador establecieron los lmites
de todos sus espacios martimos. En el Acuerdo se aprecia claramente
la voluntad de las partes para establecer los lmites martimos y
dejaron constancia expresa de su voluntad para delimitar sus zonas
martimas. Ecuador tambin suscribi la Declaracin de Santiago y el
Acuerdo de 1954. Si estos instrumentos hubiesen establecido lmites
martimos no tendra sentido que dcadas despus, de manera clara,
formal y expresa, Per y Ecuador celebren un tratado internacional
para establecer sus lmites.CONFLICTO HISTRICO ENTRE PER Y
CHILEPublicado el 25 may, 2013 |1 comentarioEscribe: Ing. Csar
Caldern VelaReg. CIP. N32486Este artculo no contiene un mensaje
xenofbico con el pas del sur, lo que se trata es de recordar
nuestra historia para considerarle que Chile siempre nos sac
ventaja con argucias de soberbia al desconocer sus tratados,
considerndose que es un pas que nunca pierde, es as como el
presidente chileno Sebastin Piera advirti que un fallo adverso a
Chile en el Tribunal Internacional de La Haya, a consecuencia de la
demanda impuesta por Per para establecer un lmite martimo,
perjudicara a Bolivia. En su entrevista al diario La Tercera, Piera
record que Chile le ha ofrecido a Bolivia otorgarle autonoma en un
enclave territorial en la zona fronteriza (chileno-peruana), donde
ellos puedan desarrollar un puerto, un balneario, pero sin ceder
soberana. Pero si Chile llega a tener un resultado adverso en La
Haya eso se hace prcticamente imposible, asever el presidente
chileno.El equipo jurdico chileno expuso ante la corte
Internacional de Justicia de la Haya que los lmites martimos con
Per fueron establecidos en tratados firmados entre 1952 y 1969 y
presentaron como pruebas lminas y textos escolares de la dcada de
1980, cuyos mapas definen al paralelo del hito N 01 como punto
fronterizo, precis que los mapas incluidos en este material de
exposicin contaron con la aprobacin del Ministerio de Relaciones
Exteriores Peruanas y tienen un alto valor probatorio, los mapas
adems confirman la posicin de Chile y contradicen rotundamente el
argumento que Per presenta ante la Corte.La causa del Per en esta
Corte estriba en que el lmite martimo no ha sido delimitado y que
en ausencia de tal delimitacin esa frontera tiene que ser
determinada por la Corte del Tribunal de la Haya, por lo tanto
Chile no ha logrado demostrar ni dnde ni cundo qued establecido el
lmite martimo que esa parte alega.En 1952, tanto Per, como Chile y
Ecuador firmaron la Declaracin de Santiago, los tres estados
proclamaron su jurisdiccin hasta una distancia mnima de 200 millas
de sus costas. La Declaracin de Santiago nada tena que ver con las
fronteras laterales. A partir de entonces los tres pases
encabezaron una intensa campaa internacional para que el resto de
pases del mundo aceptaran dicha tesis como norma de derecho
internacional.La controversia entre el Per y Chile est referida a
la delimitacin del lmite entre las zonas martimas de los dos
Estados en el Ocano Pacfico, que comienza en un punto en la costa
denominado Concordia conforme al Tratado del 3 de Junio de 1929.
Las zonas martimas entre el Per y Chile nunca han sido delimitadas
ni por acuerdo ni de alguna otra forma. El Per, consiguientemente,
sostiene que la delimitacin deber ser determinada por la Corte
conforme al derecho internacional.Sin embargo, Chile sostiene que
ambos Estados han acordado una delimitacin martima que comienza en
la costa y contina a lo largo de un paralelo de latitud.Desde los
aos ochenta, el Per ha intentado consistentemente negociar las
diversas cuestiones incluidas en esta controversia, pero ha
encontrado la constante negativa chilena al entrar en
negociaciones.Tratado de Lima 1929 conocido tambin como Tratado
Rada y Gamio Figueroa Larran, es un acuerdo dado el 3 de Junio de
1929 en la ciudad de Lima entre Chile y Per, que puso fin a la
controversia de la soberana de las provincias de Tacna y Arica.
Segn el tratado, la Provincia de Tacna se reincorporaba al Per, en
tanto que la de Arica quedaba en poder de Chile, comprometindose
este ltimo a pagar al Per una indemnizacin de seis millones de
dlares estadounidenses. Fija adems la lnea de la Concordia como el
lmite fronterizo terrestre entre ambos pases y las servidumbres a
favor del Per en Arica como el Muelle peruano de Arica y el
ferrocarril Tacna-Arica.Lnea de la Concordiaes el nombre dado a la
frontera entre Chile y Per, fijada por medio del Tratado de Lima de
1929, que estableci el retorno de parte de la Provincia e Tacna al
Per y la permanencia de la Provincia de Arica en Chile.En su punto
inicial, Chile y Per manifiestan diferencias. Para Chile, se inicia
a 323,54 m de la costa, en el Hito 1. Para el Per, se inicia en el
Punto Concordia, a 264,50 m del Hito 1. Esta diferencia sobre
lmites terrestres se ha detallado en la controversia de delimitacin
martima entre Chile y el Per.Demostrando una vez ms lo peligroso
que es suscribir acuerdos con Chile, este pas desconoci en la Corte
Internacional de Justicia de La Haya el Tratado de 1929 al sealar
que el Punto Concordia no es el inicio de la frontera terrestre
entre ambos pases. Lo grave es que, desconoci el Punto Concordia
como inicio de la frontera y minti a la corte argumentando que ese
punto, situado en la orilla del mar, no es el punto donde comienza
la frontera terrestre. Ya en toda su argumentacin anterior Chile
evit decir a la corte dnde est el punto Concordia e incurri en una
prctica fraudulenta grave al borrar ese punto del mapa que define
la frontera terrestre entre el Per y Chile.El 05 de abril del
presente ao se cumplirn 134 aos de la declaratoria de la guerra con
Chile, las causas de esta conflagracin debemos escudriarlas antes
de esta vil accin. Examinarlas a la luz de la historia y desde un
enfoque objetivo, sin el olvido ni la indiferencia, este fallo de
la Haya puede provocar nuevamente errores nacionales, ya que
arrastra las fibras ms sensibles de nuestra heredad nacional.Jorge
Basadre en su obra Historia de la Repblica del Per, hace referencia
de este pas Chile tras el acto fallido de Espaa por recuperar sus
colonias, tom la decisin de adquirir dos buques de guerra el
Cochrane y Blanco Encalada para as asegurar sus puertos, tener una
hegemona martima en Amrica del Sur y en mbito social su poblacin
tenan una nocin de nacin ms desarrollada que del Per. Esta
disparidad hizo evidente el resultado final que fue una derrota que
nos llev a la bancarrota extrema, nuestras industrias paralizadas,
nuestro territorio cercenado y mutilado, con ello la prdida del
salitre, sin posibilidad de hacer relaciones comerciales con el
exterior por el temor del embargo a raz del incumplimiento a los
emprstitos y con una crisis social profunda, adicionalmente su
poblacin sin el amor a nuestra patria y con un sentimiento de
inferioridad, de pesimismo y de desconfianza entre nuestros propios
compatriotas, por la clase poltica de ese entonces.Mariano I. Prado
asumi al gobierno el 2 de Agosto de 1876 en la ms pacfica y
democrtica de las transmisiones efectuadas despus de las elecciones
convocadas por Manuel Pardo, quien fuera vilmente asesinado el 16
de Noviembre de l878, cuando ejerca la presidencia del Senado. La
interrupcin de su periodo presidencial por la conspiracin de Nicols
de Pirola tuvo la gravedad de haber sido perpetrada en plena guerra
con Chile, despus de fabricar la infamia y engaar que Mariano I.
Prado viaj a Europa a vivir con el dinero de todos los peruanos,
esto despus qued desacreditada a la luz de los histricos
acontecimientos, cuando despus se supo que lograron mandar a
construir dos cruceros: Digenes y Scrates, en los astilleros de
Kiel, Alemania. Los mandaron a construir bajo bandera griega para
despistar a los agentes chilenos que recorran Europa. De Kiel deba
enrumbar a Inglaterra y de ah rumbo al Pacfico. Desafortunadamente,
estos buques no pudieron llegar durante la guerra, ya que al ser
conducidos a Inglaterra para que se les montara la artillera, el
gobierno de ese pas no permiti su zarpe, aduciendo neutralidad en
el conflicto. Finalmente, solo el Scrates, con el nombre de Lima
lleg al Callao el 31 de agosto de 1889. El Digenes fue embargado
por el gobierno ingls como pago por los gastos derivados de la
estada en puerto de ambas unidades.Es pues de justicia reivindicar
la memoria de Mariano I. Prado vilmente mancillada por un
cuestionado personaje como Nicols de Pirola, ambicioso e intrigante
y comprobadamente incurso en corrupcin, fue adems el que ocasion la
debacle de Miraflores de la que despus de licenciar al ejrcito
peruano se fug por Canto Grande favoreciendo a los intereses de
Chile en la guerra de 1879 en sociedad con Miguel Iglesias, el
autor y propiciador de la rendicin incondicional ante los chilenos
y firmante del descabellado Tratado de Ancn con el que entreg Arica
y Tarapac.Todos los peruanos tenemos que ser partcipes activos de
esta demanda y brindarle el sentido histrico y de justicia que la
amerita, del mismo modo sealar que el fallo deber hacerse pblico
este mes de julio del 2013.totales: 2170 Descripcin Difundir Aadir
a Favoritos DelimitacinmartimaentrePeryChileLa controversia de
delimitacin martima entre Chile y el Per (formalmente el Caso
concerniente a la delimitacin martima entre la Repblica del Per y
la Repblica de Chile) es un diferendo planteado por la Repblica del
Per a la Repblica de Chile sobre la soberana de una zona martima de
aproximadamente 37.900 km en el ocano Pacfico, a partir de la tesis
peruana que la delimitacin del lmite martimo entre ambos pases
estara an sin determinar;1 por su parte, la tesis chilena sostiene
que no hay temas limtrofes pendientes con el Per, asumiendo que
existen tratados internacionales vigentes sobre la materia.El
diferendo se refiere al rea martima comprendida entre el paralelo
que cruza el punto donde termina la frontera terrestre entre Chile
y el Per (segn Chile el Hito n. 1 y segn el Per el Punto Concordia
en la lnea de la Concordia tal como lo establece el Tratado de
Lima), y la lnea bisectriz a las perpendiculares a las costas
chilenas y peruanas, formada por la superposicin de las lneas de
base de ambos pases que forma un trapecio de 67 139,4 km, de los
cuales unos 38 000 km son considerados como soberanos por Chile y
respecto de los cuales el Per pide una divisin equitativa (ver
grfico); en forma secundaria se incluye el estatus de un tringulo
marino a la izquierda del trapecio antes mencionado de 28 471,86 km
(ver grfico), que Chile considera alta mar y el Per como parte de
su dominio martimo por la proyeccin de sus lneas de base. Se suma a
lo anterior, el tema relativo al punto de fin de la frontera
terrestre e inicio de los lmites martimos entre ambos pases, de
acuerdo al Tratado de Lima de 1929, que segn el Per se encuentra en
la costa, en la orilla del mar (Punto Concordia), y que Chile
considera que se encuentra 182,3 metros tierra adentro (Hito n. 1 y
Orilla del mar segn el Acta de Lima del 5 de agosto 1930).- See
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historia de la disputa martima entre Per y ChileJueves 19 de marzo
del 2009 | 08:29Durante la Tercera Conferencia de las Naciones
Unidas sobre el Derecho del Mar, en 1980, fue la primera vez que
nuestro pas trat oficialmente sobre el problema con el vecino del
sur.Compartir La primera vez que el Per trat oficialmente sobre el
problema de la falta de delimitacin martima con Chile fue en 1980,
durante la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el
Derecho del Mar, donde plante que, ante la ausencia de un tratado
especfico de lmites martimos, deba aplicarse la lnea
equidistante.Ms tarde, el 23 de mayo de 1986, el entonces ministro
de Relaciones Exteriores, Allan Wagner actual agente del Per ante
La Haya le propuso a su homlogo chileno que, si bien la lnea del
paralelo geogrfico haba servido para evitar incidentes entre
pescadores con escasos conocimientos de navegacin, este no
satisfaca las exigencias de seguridad ni de mejor administracin de
los recursos marinos y, sobre todo, generaba una situacin de
inequidad en perjuicio de los intereses del Per.En octubre del ao
2000 se produjo un intercambio de notas diplomticas sobre este
asunto y, el 19 de julio de 2004, el entonces canciller Manuel
Rodrguez Cuadros le propuso formalmente a su par chilena, Soledad
Alvear, iniciar negociaciones bilaterales para resolver la
controversia, a lo cual la ministra respondi que no cabe plantear
discusin alguna ni tampoco abrir nego