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ES UNA INICIATIVA CONJUNTA DE @pulso_tw facebook.com/pulsochile @pulso_tw facebook.com/pulsochile 21 www.pulso.cl Miércoles 29 de marzo de 2017 ESPECIAL 20 Miércoles 29 de marzo de 2017 www.pulso.cl ESPECIAL DFL2. Son viviendas denominadas “eco- nómicas”, con una superficie edificada que no supere los 140 m2. Escaso avance de nueva norma de Accesibilidad Universal a un año de su entrada en vigencia Según una investigación de BAU Accesibilidad en 10 comunas de la RM, a un año de la nueva ordenanza, sólo el 11% de los permisos de edificación que requieren de un Expediente de Accesibilidad, incluyó este documento en las solicitudes de anteproyectos a las direcciones de obras municipales. Expertos y autoridades explican cómo todos los actores están adaptándose a esta nueva exigencia. Un reportaje de DANIEL FAJARDO CABELLO A UN poco más de un año de la publicación (4 de marzo de 2016) del nuevo Decreto Supremo N° 50 de Accesibilidad Universal, que regula los estánda- res de diseño y construcción en Chile, los avances han sido escasos. Según un análisis realizado por la consultora BAU Accesibilidad en diez comunas de la Región Me- tropolitana, desde la entrada en vi- gencia del decreto hasta el 31 de enero de 2017, los municipios es- tudiados (Lo Barnechea, Vitacura, Providencia, Las Condes, La Rei- na, San Miguel, Santiago, Ñuñoa, Independencia y Macul) han apro- bado 260 solicitudes de antepro- yectos que requieren de Expedien- te de Accesibilidad y se han otor- gado 593 permisos de edificación en los que es condición esencial el requerimiento de accesibilidad (ver tabla). Sólo en 65 de esos 593 permisos presentados (11%) figura el Expe- diente de Accesibilidad como docu- mento añadido. Es decir, los titula- res de los proyectos tampoco son conscientes del cumplimiento de la normativa. El informe agrega además que, durante el periodo analizado, las municipalidades sólo exigieron el Expediente de Accesibilidad a 39 de las solicitudes ingresadas (15% de los 260 anteproyectos). Este docu- mento debe ser visado por un arqui- tecto y es un requisito fundamen- tal para la posterior obtención del permiso de edificación. El reglamento rige para los nue- vos espacios públicos y aquellos existentes que se remodelen y todo edificio de uso público, así como también las edificaciones colecti- vas. También están comprendidas las viviendas de los programas ha- bitacionales del Ministerio de Vi- vienda y Urbanismo (Minvu). Las edificaciones nuevas que tra- miten su permiso de edificación deberán acogerse a los nuevos re- querimientos e incluir en el expe- diente, un plano y memoria de accesibilidad suscrita por un ar- quitecto. Para las obras construidas entre el año 1994 y 2016, existe una dis- posición transitoria que entrega un plazo de 3 años para regularizar la situación, en especial los edifi- cios existentes de uso público o que presten un servicio a la comu- nidad. Es decir, tienen plazo has- ta el 4 de marzo del 2019. Las edi- ficaciones construidas entre el 2010 y la entrada en vigencia de este decreto, tendrán 3 años para adecuarse y tienen un plazo de 30 meses para ingresar el expediente con las adecuaciones. Según Andrea Boudeguer, direc- tora Ejecutiva de BAU Accesibili- dad, esta exigua cifra evidencia que los municipios aún no ejercen la po- testad de exigir el cumplimiento de la normativa. “Tanto las direccio- nes de obras (DOM) de las munici- palidades como las inmobiliarias, no han sido conscientes de la im- portancia que tiene diseñar y cons- truir de manera accesible y del ries- go que están sujetos, en el caso de lo que sean, como demandas, que los cataloguen como edificios don- de se discrimina e incluso, la clau- sura del inmueble por no cumplir la norma”, indica Boudeguer. El año pasado, la justicia ordenó a Mall Plaza La Serena instalar un ascensor en la pasarela del sector Huanhualí, luego demanda pre- sentada por joven en silla de ruedas, quien acusó que el acceso para per- sonas con algún grado de discapa- cidad estaba bloqueado. Por su parte, la Contraloría tam- bién ha recibido denuncias y ha fallado a favor de las personas con discapacidad, exigiendo a las DOM fiscalización en terreno y empo- deramiento en el tema. “Las DOM son conscientes del problema, pero no tienen las herramientas técnicas suficientes ni la capacidad para abordar la fiscalización”, agrega Andrea Boudeguer. Las diferencias Según la legislación, la fiscaliza- ción recae en el Director de Obras de la municipalidad correspon- diente, quien podrá en cualquier momento fiscalizar en terreno y denunciar los incumplimientos al Juzgado de Policía Local. Y las mul- tas asociadas van de 10 a 120 UTM. Agustín Pérez, director de Obras de La Florida y presidente de la Asocia- ción de Directores de Obras indica que están conscientes de la norma y la aplican, pero los edificios de ser- vicios públicos sobre 100 personas b ¿Qué ha pasado? Un estudio que analizó los permisos de edi- ficación y presentaciones de an- teproyectos a las municipalida- des de diez comunas de la RM durante el último año, reveló que ha costado aplicar en la práctica la norma de Accesibili- dad Universal. b ¿Por qué ha pasado? Hay va- rios factores que influyen en su pobre aplicación, pero los prin- cipales elementos son la capaci- dad de las direcciones de obras para fiscalizar y falta de preocu- pación en ciertos segmentos del sector privado. b ¿Cómo me puede afectar? A un poco más de un año de su en- trada en vigencia, tanto las in- mobiliarias, como las construc- toras, arquitectos y municipali- dades deberían comenzar a aplicar la normativa o se reque- rirá modificaciones de la misma. P están fuera de su ámbito de acción. “Nosotros vemos normas urbanísti- cas. Son los revisores independien- tes inscritas en el registro del Minvu quienes aprueban la accesibilidad universal en esos casos”, dice Pérez Pero Pérez comenta que hay un tema que a este sector le causa preo- cupación, relacionado con los cam- bios de suelo en los sectores con vi- viendas DFL2. “En marzo de este año, las municipalidades recibi- mos un instructivo por parte de la División de desarrollo Urbano del Minvu, donde se especificaba que el 50% de estas viviendas se puede utilizar para uso comercial, como por ejemplo, almacenes, mimimar- ket o incluso una cafetería. El ins- tructivo dice que, en esos casos, no se requiere de permiso de accesibi- lidad universal. O sea, no habrá fis- calización de parte de revisores in- dependientes ni de las DOM”, seña- la Pérez, quien agrega que están elaborando una presentación al Minvu para que se requieran di- chos permisos y su fiscalización. PULSO contactó al Ministerio de Vivienda y Urbanismo para consul- tar sobre la aplicación de la norma, pero no se pudo obtener respuesta. Cecilia Leiva, presidenta del Comi- té de Arquitectura Deportiva del Co- legio de Arquitectos y delegada para Chile en el tema de accesibilidad universal ante la Unión Internacio- nal de Arquitectos (UIA), explica que en la nueva reglamentación hay un tema clave: “la ruta accesible”. “Es un factor muy significativo, por- que lo que importa es la secuencia del camino que hace un individuo con menor capacidad. Creo que en este último año ha habido un gran interés del sector privado y diversas instituciones por cumplir la norma, pero en términos municipales, no sé si lo tengan muy claro o hasta qué punto están aplicando dicha norma de la misma forma en todas partes”, comenta Leiva. Según el Segundo Estudio Nacio- nal de Discapacidad (ENDISC II), en Chile hay un 20% de mayores de 18 años con discapacidad de 18 años o más. El segmento etario donde hay un porcentaje mayor, es el de personas de más de 60 años (38,3%). Mientras que en términos socioeconómicos, la mayor canti- dad (25,5%) se da en el primer quin- til de la población.P 15% de los 260 anteproyectos presen- tados en el último año en las 10 comunas analizadas se les exigió el Expediente de Accesibilidad. 2.606.914 7,4% es el número de adultos que se en- cuentra en situación de discapa- cidad en nuestro país, según el ENDISC II. de las personas adultas en situa- ción de discapacidad no tiene edu- cación formal y el 23,4% tienen es- colaridad básica incompleta. DATOS DEL SECTOR Expediente. Tiene como objetivo la presentación for- mal a la DOM, de las exi- gencias y medidas de acce- sibilidad implementadas en un proyecto. Exigencias. Según a norma, las personas deben poder llegar al lugar, acce- der, usar, salir e informarse dentro del edificio o espa- cio público, independiente de su discapacidad. PERMISOS DESDE 4 MARZO DE 2016 A 31 DE ENERO 2017 Aprobación de anteproyectos totales 296 Aprobación de anteproyectos con Accesibilidad 260 88% Aprobación de anteproyectos con Accesibilidad solicitados 39 15% Permisos de Edifciación Totales 1969 Permisos de Edificación con Accesibilidad 593 30% Permisos de Edifciación con Accesibilidad presentado 65 11% * Comunas: Lo Barnechea, Vitacura, Providencia, Las Condes, La Reina, San Miguel, Santiago, Ñuñoa, Independencia y Macul. BAU Accesibilidad
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Escaso avance de nueva norma de Accesibilidad Universal a ... · 20 ESPECIAL @pulso_tw facebook.com/pulsochile Miércoles 29 de marzo de 2017 • • Miércoles 29 de marzo ... legio

Jan 10, 2019

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ES UNA INICIATIVA CONJUNTA DE

@pulso_tw facebook.com/pulsochile@pulso_tw facebook.com/pulsochile 21www.pulso.cl • Miércoles 29 de marzo de 2017 ESPECIAL20 Miércoles 29 de marzo de 2017 • www.pulso.clESPECIAL

DFL2. Son viviendas denominadas “eco-nómicas”, con una superficie edificada que no supere los 140 m2.

Escaso avance de nueva norma de Accesibilidad Universal a un año de su entrada en vigencia

Según una investigación de BAU Accesibilidad en 10 comunas de la RM, a un año de la nueva ordenanza, sólo el 11% de los permisos de edificación que requieren de un Expediente de Accesibilidad, incluyó este documento en las solicitudes de anteproyectos a las direcciones de obras municipales. Expertos y autoridades explican cómo todos los actores están adaptándose a esta nueva exigencia.

Un reportaje de DANIEL FAJARDO CABELLO

A UN poco más de un año de la publicación (4 de marzo de 2016) del nuevo Decreto

Supremo N° 50 de Accesibilidad Universal, que regula los estánda-res de diseño y construcción en Chile, los avances han sido escasos.

Según un análisis realizado por la consultora BAU Accesibilidad en diez comunas de la Región Me-tropolitana, desde la entrada en vi-gencia del decreto hasta el 31 de enero de 2017, los municipios es-tudiados (Lo Barnechea, Vitacura, Providencia, Las Condes, La Rei-na, San Miguel, Santiago, Ñuñoa, Independencia y Macul) han apro-bado 260 solicitudes de antepro-yectos que requieren de Expedien-te de Accesibilidad y se han otor-gado 593 permisos de edificación en los que es condición esencial el requerimiento de accesibilidad (ver tabla).

Sólo en 65 de esos 593 permisos presentados (11%) figura el Expe-diente de Accesibilidad como docu-mento añadido. Es decir, los titula-res de los proyectos tampoco son conscientes del cumplimiento de la normativa.

El informe agrega además que, durante el periodo analizado, las municipalidades sólo exigieron el Expediente de Accesibilidad a 39 de las solicitudes ingresadas (15% de los 260 anteproyectos). Este docu-mento debe ser visado por un arqui-tecto y es un requisito fundamen-tal para la posterior obtención del permiso de edificación.

El reglamento rige para los nue-vos espacios públicos y aquellos existentes que se remodelen y todo edificio de uso público, así como también las edificaciones colecti-vas. También están comprendidas las viviendas de los programas ha-bitacionales del Ministerio de Vi-vienda y Urbanismo (Minvu).

Las edificaciones nuevas que tra-miten su permiso de edificación deberán acogerse a los nuevos re-querimientos e incluir en el expe-diente, un plano y memoria de accesibilidad suscrita por un ar-quitecto.

Para las obras construidas entre el año 1994 y 2016, existe una dis-posición transitoria que entrega un plazo de 3 años para regularizar la situación, en especial los edifi-cios existentes de uso público o que presten un servicio a la comu-nidad. Es decir, tienen plazo has-ta el 4 de marzo del 2019. Las edi-ficaciones construidas entre el 2010 y la entrada en vigencia de este decreto, tendrán 3 años para adecuarse y tienen un plazo de 30 meses para ingresar el expediente con las adecuaciones.

Según Andrea Boudeguer, direc-tora Ejecutiva de BAU Accesibili-dad, esta exigua cifra evidencia que los municipios aún no ejercen la po-testad de exigir el cumplimiento de la normativa. “Tanto las direccio-nes de obras (DOM) de las munici-palidades como las inmobiliarias, no han sido conscientes de la im-portancia que tiene diseñar y cons-truir de manera accesible y del ries-go que están sujetos, en el caso de lo que sean, como demandas, que los cataloguen como edificios don-

de se discrimina e incluso, la clau-sura del inmueble por no cumplir la norma”, indica Boudeguer.

El año pasado, la justicia ordenó a Mall Plaza La Serena instalar un ascensor en la pasarela del sector Huanhualí, luego demanda pre-sentada por joven en silla de ruedas, quien acusó que el acceso para per-sonas con algún grado de discapa-cidad estaba bloqueado.

Por su parte, la Contraloría tam-bién ha recibido denuncias y ha fallado a favor de las personas con discapacidad, exigiendo a las DOM fiscalización en terreno y empo-deramiento en el tema. “Las DOM son conscientes del problema, pero no tienen las herramientas técnicas suficientes ni la capacidad para abordar la fiscalización”, agrega Andrea Boudeguer.

Las diferencias Según la legislación, la fiscaliza-ción recae en el Director de Obras de la municipalidad correspon-diente, quien podrá en cualquier momento fiscalizar en terreno y denunciar los incumplimientos al Juzgado de Policía Local. Y las mul-tas asociadas van de 10 a 120 UTM.

Agustín Pérez, director de Obras de La Florida y presidente de la Asocia-ción de Directores de Obras indica que están conscientes de la norma y la aplican, pero los edificios de ser-vicios públicos sobre 100 personas

b ¿Qué ha pasado? Un estudio que analizó los permisos de edi-ficación y presentaciones de an-teproyectos a las municipalida-des de diez comunas de la RM durante el último año, reveló que ha costado aplicar en la práctica la norma de Accesibili-dad Universal.

b ¿Por qué ha pasado? Hay va-rios factores que influyen en su pobre aplicación, pero los prin-cipales elementos son la capaci-dad de las direcciones de obras para fiscalizar y falta de preocu-pación en ciertos segmentos del sector privado.

b ¿Cómo me puede afectar? A un poco más de un año de su en-trada en vigencia, tanto las in-mobiliarias, como las construc-toras, arquitectos y municipali-dades deberían comenzar a aplicar la normativa o se reque-rirá modificaciones de la misma.

P

están fuera de su ámbito de acción. “Nosotros vemos normas urbanísti-cas. Son los revisores independien-tes inscritas en el registro del Minvu quienes aprueban la accesibilidad universal en esos casos”, dice Pérez

Pero Pérez comenta que hay un tema que a este sector le causa preo-cupación, relacionado con los cam-bios de suelo en los sectores con vi-viendas DFL2. “En marzo de este año, las municipalidades recibi-mos un instructivo por parte de la División de desarrollo Urbano del Minvu, donde se especificaba que el 50% de estas viviendas se puede utilizar para uso comercial, como por ejemplo, almacenes, mimimar-ket o incluso una cafetería. El ins-tructivo dice que, en esos casos, no se requiere de permiso de accesibi-lidad universal. O sea, no habrá fis-calización de parte de revisores in-dependientes ni de las DOM”, seña-la Pérez, quien agrega que están

elaborando una presentación al Minvu para que se requieran di-chos permisos y su fiscalización.

PULSO contactó al Ministerio de Vivienda y Urbanismo para consul-tar sobre la aplicación de la norma, pero no se pudo obtener respuesta.

Cecilia Leiva, presidenta del Comi-té de Arquitectura Deportiva del Co-legio de Arquitectos y delegada para Chile en el tema de accesibilidad universal ante la Unión Internacio-nal de Arquitectos (UIA), explica que en la nueva reglamentación hay un tema clave: “la ruta accesible”. “Es un factor muy significativo, por-que lo que importa es la secuencia del camino que hace un individuo con menor capacidad. Creo que en este último año ha habido un gran interés del sector privado y diversas instituciones por cumplir la norma, pero en términos municipales, no sé si lo tengan muy claro o hasta qué punto están aplicando dicha norma de la misma forma en todas partes”, comenta Leiva.

Según el Segundo Estudio Nacio-nal de Discapacidad (ENDISC II), en Chile hay un 20% de mayores de 18 años con discapacidad de 18 años o más. El segmento etario donde hay un porcentaje mayor, es el de personas de más de 60 años (38,3%). Mientras que en términos socioeconómicos, la mayor canti-dad (25,5%) se da en el primer quin-til de la población.P

15%de los 260 anteproyectos presen-tados en el último año en las 10 comunas analizadas se les exigió el Expediente de Accesibilidad.

2.606.914

7,4%

es el número de adultos que se en-cuentra en situación de discapa-cidad en nuestro país, según el ENDISC II.

de las personas adultas en situa-ción de discapacidad no tiene edu-cación formal y el 23,4% tienen es-colaridad básica incompleta.

DATOS DEL SECTOR

Expediente. Tiene como objetivo la presentación for-mal a la DOM, de las exi-gencias y medidas de acce-sibilidad implementadas en un proyecto.

Exigencias. Según a norma, las personas deben poder llegar al lugar, acce-der, usar, salir e informarse dentro del edificio o espa-cio público, independiente de su discapacidad.

PERMISOS DESDE 4 MARZO DE 2016 A 31 DE ENERO 2017

Aprobación de anteproyectos totales 296 Aprobación de anteproyectos con Accesibilidad 260 88% Aprobación de anteproyectos con Accesibilidad solicitados 39 15% Permisos de Edifciación Totales 1969 Permisos de Edificación con Accesibilidad 593 30% Permisos de Edifciación con Accesibilidad presentado 65 11% * Comunas: Lo Barnechea, Vitacura, Providencia, Las Condes, La Reina, San Miguel, Santiago, Ñuñoa, Independencia y Macul. BAU Accesibilidad