, ELIA I CABANNE REO. 1283 MAT. 2729 ESCRIBANA N 015283378 E Es o c.) z• o <-, Af • i g ir á 3. 0 DE BUEt4,9.• 4t • AMO ,- Folio 556.- PRIMERA COPIA.- PODER GENERAL JUDICIAL "ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A." a favor del Doctor Facundo Ezequiel , VALDEZ y otros.- ESCRITURA NUMERO: DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE.- En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los veintinueve días del mes de junio del año dos mil doce, ante mí, Escribana autorizante, COMPARECE: Fabiana Eugenia CASTIÑEIRA, argentina, nacida el 25 de octubre de 1970, casada, con Documento Nacional de Identidad número 21.920.107; domiciliada en Corrientes 299 de esta Ciudad; justificando su identidad en los términos del artículo 1.002 Inciso a) del Código Civil.- INTERVIENE: en su carácter de Presidente de "ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A." con domicilio legal en Corrientes 299 de esta Ciudad; cuya personería se acreditará al final de la presente escritura.- Y LA COMPARECIENTE por la representación invocada dice: Que viene por la presente a elevar a escritura pública, lo dispuesto en el Acta de Directorio número 1520 de fecha primero de junio de 2012, que me exhibe y devuelvo, la cual dice así: Acta de Directorio N° 1520 En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 1 días del mes de junio de dos mil doce, se reúnen los señores Directores de ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A., que firman al pie, bajo la presidencia de la Sra. Fabiana E. Castiñeira, con la asistencia del integrante de la Comisión Fiscalizadora que también firma al pie. Siendo las diez, comienza la sesión: OTORGAMIENTO DE PODER GENERAL JUDICIAL. Hace uso de la palabra la Sra. Fabiana E. Castiñeira quien manifiesta que resulta necesario otorgar poder general judicial Para representar a la compañía. Luego de un breve intercambio de opiniones sobre el particular, se decide por unanimidad i) otorgar PODER GENERAL JUDICIAL a favor de los Dres. Facundo Ezequiel VALDEZ (D.N.I. 25.569.581); Jorge Enrique VALDEZ (D.N.I. 8.708.230); Rubén Domingo BAILLIEAU (D.N.I. 8.701.048) y Laura Andrea .„ 9 11 ( ROBBIANI (D.N.I. 21.909.272); para que lo desempeñen en forma conjunta, separada, d .
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ELIA I CABANNE REO. 1283 MAT. 2729
ESCRIBANA N 015283378
E Es
o c.)
z• o
<-, Af• igirá
3.0 DE BUEt4,9.• 4t • AMO,-
Folio 556.- PRIMERA COPIA.- PODER GENERAL JUDICIAL "ALLIANZ
ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A." a favor del Doctor Facundo Ezequiel
, VALDEZ y otros.- ESCRITURA NUMERO: DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE.-
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los
veintinueve días del mes de junio del año dos mil doce, ante mí, Escribana autorizante,
COMPARECE: Fabiana Eugenia CASTIÑEIRA, argentina, nacida el 25 de octubre de
1970, casada, con Documento Nacional de Identidad número 21.920.107; domiciliada en
Corrientes 299 de esta Ciudad; justificando su identidad en los términos del artículo 1.002
Inciso a) del Código Civil.- INTERVIENE: en su carácter de Presidente de "ALLIANZ
ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A." con domicilio legal en Corrientes 299
de esta Ciudad; cuya personería se acreditará al final de la presente escritura.- Y LA
COMPARECIENTE por la representación invocada dice: Que viene por la presente a
elevar a escritura pública, lo dispuesto en el Acta de Directorio número 1520 de fecha
primero de junio de 2012, que me exhibe y devuelvo, la cual dice así: Acta de Directorio N°
1520 En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 1 días del mes de junio de dos mil doce,
se reúnen los señores Directores de ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS
S.A., que firman al pie, bajo la presidencia de la Sra. Fabiana E. Castiñeira, con la asistencia
del integrante de la Comisión Fiscalizadora que también firma al pie. Siendo las diez,
comienza la sesión: OTORGAMIENTO DE PODER GENERAL JUDICIAL. Hace uso de la
palabra la Sra. Fabiana E. Castiñeira quien manifiesta que resulta necesario otorgar poder
general judicial Para representar a la compañía. Luego de un breve intercambio de opiniones
sobre el particular, se decide por unanimidad i) otorgar PODER GENERAL JUDICIAL a
favor de los Dres. Facundo Ezequiel VALDEZ (D.N.I. 25.569.581); Jorge Enrique VALDEZ
(D.N.I. 8.708.230); Rubén Domingo BAILLIEAU (D.N.I. 8.701.048) y Laura Andrea
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( ROBBIANI (D.N.I. 21.909.272); para que lo desempeñen en forma conjunta, separada, d.
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alternativa o indistintamente uno cualquiera de ellos en nombre y representación de
ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A., con domicilio en Av.
Corrientes 299, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. A tal efecto I
it)
quedan facultados para presentarse ante los señores jueces, tribunales y demás autoridades
que corresponda, con poder para interponer y contestar demandas, reconvenir y contestar
reconocimientos periciales, interponer recursos y desistirlos, concurrir a audiencias, proponer
testigos, tacharlos, preguntar y repreguntar, pedir pericias, cotejos y compulsas, recusar con
o sin causa, concurrir a mediaciones públicas y privadas como parte requirente o requerida,
renunciar, allanarse, transar, cobrar, percibir, dar recibos, desistir de la acción y del derecho,
poner y absolver posiciones, indicar elementos de cotejo, reconocer e impugnar firmas y
i). documentos, pedir secuestro de mercaderías, embargos preventivos y definitivos, embargo e
r
interdicción de salida de buques, inhibiciones, anotaciones de litis y toda clase de medidas
precautorias y sus levantamientos, solicitar quiebras, promover incidentes, verificar créditos,
intervenir en las juntas de acreedores que se celebran, aceptar quitas o esperas y toda clase de
, moratorias, aprobar o rechazar adjudicaciones de bienes; proponer administradores,
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interventores, tasadores, peritos, martilleros, depositarios y demás que haya que nombrar
durante la secuela del juicio; pedir la subrogación de las acciones y derechos de sus deudores
e intervenir en esos juicios por la subrogación; consignar u oponerse a consignaciones; rendir,
tit
impugnar o aprobar cuentas prorrogar o declinar de jurisdicción; comprometer en árbitros,
arbitradores, amigables componedores; extender el compromiso respectivo; nombrar las
personas que intervendrán en dichos laudos arbitrales o amigables componedores o terceros i.111
para los tribunales superiores respectivos; prestar y exigir cauciones juratorias, reales o
personales; efectuar pagos y aceptarlos; oír autos y sentencias y observarlas; pedir, otorgar,
reconocer o negar preferencias, garantías o privilegios; producir o intervenir en informaciones
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sumarias; solicitar la nulidad o atacar por simulación cualquier acto jurídico; aceptar
cesiones de derechos, divisiones y liquidaciones; gestionar, ante el Estado Nacional,
Administración Pública centralizada o descentralizada, entidades autárquicas, empresas del
Estado, Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con participación estatal mayoritaria,
Administración General de Puertos, y demás organismos comprendidos en la leyes 23.982 y
25344, como ante cualquier otro ente a crearse en el futuro, para gestionar el trámite de
obtención de bonos de consolidación y cobro de las acreencias; con facultades de efectuar la
de consolidación y realizar cuantos actos y diligencias fueran necesarios a tal efecto, respecto
de los créditos comprendidos por el régimen de consolidación de deudas (ley 23.982 y 25344,
decretos y normas complementarias), firmar la documentación que se requiera, otorgar
12 recibos, percibir y cobrar el crédito, efectuar quitas transacciones, renuncias y en su caso, la
13 renuncia total o absoluta y expresa a toda acción judicial o extrajudicial que pudiera
14 corresponder en relación con la obligación que se conceda así corno practicar cuantos más
15 actos sean necesarios para el mejor desempeño de este mandato, con todas las facultades
16 insertas en este mandato que no podrán sustituir. La intervención de la sociedad mandante en
17 los asuntos y negocios que comprende no lo revocará ni limitará en forma alguna, pues
18 cuando esa fuere su intención lo hará constar por escritura pública. Se autoriza a la Sra.
19 Fabiana E. Castiiíeira, o al Señor Director que eventualmente la reemplace en el ejercicio de
20 la Presidencia a suscribir la pertinente escritura de otorgamiento de Poder por ante el
21 Escribano de la Sociedad. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión luego de
22 redactada, leída y aprobada la presente acta siendo las diez horas y veinte minutos.- Siguen
9) 1 ,1 23 las finnas".- Es copia fiel del acta de directorio relacionada, que tengo a la vista para este (A 0
24 acto, doy fe.- Y LA COMPARECIENTE continúa diciendo que en virtud del acta de (0 ( . ) ., 25 directorio precedentemente transcripta, su representada "ALLIANZ ARGENTINA 0
opción prevista por el artículo 10 de la ley 23.982; percibir y retirar los mencionados bonos
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113.1)
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COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A." confiere PODER GENERAL JUDICIAL a favor de 26
los Doctores: Facundo Ezequiel VALDEZ Documento Nacional de Identidad 25.569.581; 27
" Jorge Enrique VALDEZ Documento Nacional de Identidad 8.708.230; Rubén Domingo 28
BAILLIEAU Documento Nacional de Identidad 8.701.048 y Laura Andrea ROBBIANI 29
" Documento Nacional de Identidad 21.909.272; para que actuando en nombre- y 30
representación de ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. puedan 31
en forma conjunta, separada, alternativa y/o indistintamente, realizar los actos descriptos en 32
el Acta de Directorio anteriormente transcripta en la forma que la misma dispone.- Yo la 33
Escribana Autorizante hago constar que la Personería del compareciente y la existencia legal 34
de la sociedad surgen de los instrumentos que ha continuación se relacionan: 1) Escritura 35
número 865 de Reordenannento del Estatuto Social, pasada con fecha 14 de septiembre de 36
2001, al folio 3399, del Registro Notarial 310 a cargo del Escribano Carlos Enrique 37
Monckeberg, la que se inscribió en la Inspección General de Justicia bajo el número 8686 del 38
Libro 18 de Sociedades por Acciones el 13 de agosto de 2002.- De la referida escritura surge 39
que la constitución social se inscribió en el Registro Público de Comercio el 7 de enero de 40
1919, bajo el número 1, al folio 502, Libro 39, Toma A de estatutos nacionales; y que el 41
cambio de denominación por "AGF ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS 42
o GENERALES S.A" se inscribió en la Inspección General de Justicia el 27 de setiembre de 43
1999, bajo el número 14258 del libro 7 de Sociedades por Acciones.- 2) Escritura número 44
.) 995de acuerdo definitivo de fusión, entre AGF ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑÍA DE 45
SEGUROS GENERALES S.A, en su calidad de sociedad incorporante, y AGF ALLIANZ 46
(9) )
ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA S.A. en su calidad de sociedad 47 ;.,
.:, incorporada; aumento de capital y reforma parcial del estatuto social de la primera de las 48
nombradas; pasada con fecha 11 de diciembre de 2002, al folio 2974, del Registro 310 de 49
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6)‹i esta Ciudad por ante la escribana adscripta Verónica A. Kirchmann; la que se inscribió en la 50
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Inspección General de Justicia bajo. el número 11.614 del Libro 22 de Sociedades por
Acciones el 15 de agosto de 2003; 3) Reforma de estatuto por cambio de denominación a la
actual ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A, formalizada por
escritura 178, pasada con fecha 21 de junio de 2007, al folio 509 del registro notarial 61 de
esta Ciudad a cargo de la citada Escribana Verónica A. Kirschmann; la que se inscribió en la
Inspección General de Justicia bajo el número 14.349, del libro 36 de Sociedades por
Acciones, el 28 de agosto de 2007.- 4) Acta de Asamblea General Ordinaria del 15 de febrero
de 2012, que designa a los nuevos directores titulares y suplentes para un nuevo ejercicio,
perteneciente al Libro de Actas de Asamblea Número 3 de la sociedad rubricado por el
Registro Público de Comercio el 2 de octubre de 2008, bajo el número 83024-08, su
transferencia por ante la Inspección General de Justicia del 8 de marzo de 1995, bajo el
número 86, su rectificación del 22 de marzo de 1995, bajo el número 79, su transferencia del
24 de marzo del 2000 bajo el número 21661-00; y su última transferencia bajo el número
102706-07 a la denominación actual del 29 de noviembre de 2007; 5) Acta de Directorio
número 1479 de fecha 15 de febrero de 2012; que distribuye los cargos de los directores y
designa a la señora Fabiana Eugenia CASTIÑEIRA como presidente de la sociedad;
correspondiente al libro de Actas de Directorio número 17 de la Sociedad, rubricado en la
Inspección General de Justicia el 1 de agosto de 2011, bajo el número 52074-11.- 6) Reforma
de estatuto social formalizado por escritura 497, pasada con fecha 17 de diciembre de 2009
al folio 1479 del registro notarial 77 de esta Ciudad, a cargo del Escribano Pablo E. Homps;
cuya primera copia se inscribió en la Inspección General de Justicia bajo el número 2285 del
libro 48 de Sociedades por Acciones el 5 de febrero de 2010.- 7) Cambio de sede social por
Acta de Directorio número 1408 de fecha 19 de mayo de 2011 citado Libro de Actas de
Directorio número 16 ya relacionado, inscripta en la Inspección General de Justicia bajo el
número 12759 libro 55 de fecha primero de julio de 2011.- De lo relacionado en los
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1;p1
apartados 1); 2); 3); 6); y 7) obran agregadas a los folios 1059 del protocolo del año 2002; al
folio 789 del protocolo del año 2003; al folio 997 del protocolo del año 2007 •
'» respectivamente; todos de este registro de mi titularidad, y los apartados 4) y 5) obran
agregados al folio 210 del corriente protocolo.- Aseverándome la firmante la plena vigencia
de su representación y que la sociedad no ha realizado otras modificaciones a sus estatutos.-
N 015283380
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, "
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o, Y la compareciente solicita a la autorizante, expida Primera Copia de la presente para lbs 31
apoderados.- LEIDA que le fue y ratificada por la compareciente, quien ha sido advertida
. . de su derecho a leerla por sí, la otorga y firma, como acostumbra a hacerlo, ante mí, doy fe.-
Está la firma de: Fabiana Eugenia CASTIÑEIRA.- HAY UN SELLO, ante mi, CLELIA
I. CABANNE.- CONCUERDA con su escritura matriz que pasó ante mi al folio 556 del
Registro Notarial 1.283 de esta Ciudad a mi cargo.- Para LOS APODERADOS expido
f• I!'
PRIMERA COPIA en tres sellos de Actuación Notarial numerados correlativamente desde 37
, ,:',,•!.,,, NO15283378 al presente, los que sello y firmo el en lugar y fecha de su otorgamiento.-
1•:11:
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L 010878668
EL COLEGIO DE ESCRIBANOS de la Ciudad de Buenos Aires, Capital Federal de la República
Argentina, en virtud de las facultades que le confiere la ley orgánica vigente, LEGALIZA la firma
y sello del escribano URJA ITALIACABANNE
obr antes en el documento anexo, presentado en el día de la fecha bajo
el N" i2O7O33? .698IELi La presente legalización no juzga sobre