Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía Sector vitivinícola. Orden de 31 de octubre de 2013 por la que se modifica el plazo de pre- sentación de proyectos de planes de reestructuración y reconversión del viñedo a realizar en la campaña 2013/2014 establecido en la Orden de 10 de octubre de 2013 sobre convocato- ria de presentación del plan de reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura para la campaña 2013/2014, en aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español en desarrollo de la OCM del sector vitivinícola .......................... 25574 Consejería de Educación y Cultura Educación. Decreto 206/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo del ci- clo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Automati- zación y Robótica Industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura ................ 25576 Educación. Decreto 207/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo del ci- clo formativo de grado superior de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura .................................... 25634 Educación. Decreto 208/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo de ci- clo formativo de grado medio de Técnico en Mantenimiento Electromecánico en la Comunidad Autónoma de Extremadura ................................................................................ 25696 MARTES, 5 de noviembre de 2013 NÚMERO 213 DISPOSICIONES GENERALES I
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Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía
Sector vitivinícola. Orden de 31 de octubre de 2013 por la que se modifica el plazo de pre-sentación de proyectos de planes de reestructuración y reconversión del viñedo a realizar enla campaña 2013/2014 establecido en la Orden de 10 de octubre de 2013 sobre convocato-ria de presentación del plan de reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadurapara la campaña 2013/2014, en aplicación de las medidas del programa de apoyo al sectorvitivinícola español en desarrollo de la OCM del sector vitivinícola .......................... 25574
Consejería de Educación y Cultura
Educación. Decreto 206/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo del ci-clo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Automati -zación y Robótica Industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura................ 25576
Educación. Decreto 207/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo del ci-clo formativo de grado superior de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones eInformáticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura .................................... 25634
Educación. Decreto 208/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo de ci-clo formativo de grado medio de Técnico en Mantenimiento Electromecánico en la ComunidadAutónoma de Extremadura................................................................................ 25696
MARTES, 5de noviembre de 2013
NÚMERO 213
DISPOSICIONES GENERALESI
Educación. Decreto 209/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo del ci-clo formativo de grado superior de Técnico Superior en Mecatrónica Industrial en la ComunidadAutónoma de Extremadura................................................................................ 25739
2.— OPOSICIONES Y CONCURSOS
Servicio Extremeño de Salud
Pruebas selectivas. Resolución de 23 de octubre de 2013, de la Dirección Gerencia, por laque se modifica la composición del Tribunal del proceso selectivo, convocado por Resoluciónde 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazasde Licenciados, en la Categoría del Grupo Técnico de Función Administrativa, en las Institu -ciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud .............................................. 25776
Pruebas selectivas. Resolución de 25 de octubre de 2013, de la Dirección Gerencia, por laque se modifica la composición del Tribunal del proceso selectivo, convocado por Resoluciónde 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazasde Diplomados, en la Categoría del Grupo de Gestión de Función Administrativa, en lasInstituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud ...................................... 25777
Pruebas selectivas. Resolución de 25 de octubre de 2013, de la Dirección Gerencia, por laque se modifica la composición del Tribunal del proceso selectivo, convocado por Resoluciónde 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazasde Técnicos Superiores, en la Categoría de Radioterapia, en las Instituciones Sanitarias delServicio Extremeño de Salud ............................................................................ 25778
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía
Autorización ambiental. Resolución de 9 de octubre de 2013, de la Dirección General deMedio Ambiente, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la actividad degestión de residuos no peligrosos de Rograsa, SCL, en Mérida .............................. 25779
Energía eléctrica. Resolución de 10 de octubre de 2013, de la Dirección General de Industriay Energía, sobre autorización administrativa de las infraestructuras de evacuación asociadasa varias instalaciones de producción de energía eléctrica, en el término municipal de Albur -quer que. Expte.: GE-M/172/11 .......................................................................... 25793
Consejería de Educación y Cultura
Programas de Cualificación Profesional Inicial. Ayudas. Resolución de 18 de octubre de2013, de la Consejera, por la que se hace pública la composición de la Comisión de Valoración
AUTORIDADES Y PERSONALII
OTRAS RESOLUCIONESIII
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de la convocatoria de ayudas para el desarrollo de módulos obligatorios de programas de cua-lificación profesional inicial en la modalidad de talleres profesionales durante el curso2013/2014 y de talleres específicos durante los cursos 2013/2014 y 2014/2015, en laComunidad Autónoma de Extremadura .............................................................. 25797
Consejería de Empleo, Empresa e Innovación
Notificaciones. Anuncio de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de acuerdo de iniciacióny pliego de cargos en expedientes sancionadores en materia de comercio .............. 25798
Notificaciones. Anuncio de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de resolución en expe-dientes sancionadores en materia de comercio .................................................... 25800
Notificaciones. Anuncio de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de resolución del proce-dimiento de reintegro de subvención en expedientes relativos a ayudas para el fomento y apo-yo de la actividad comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura .............. 25802
Notificaciones. Anuncio de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de resolución de la Unidadde Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajoz en el expediente n.º 06/0140/13 .... 25804
Consejería de Administración Pública
Notificaciones. Anuncio de 14 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientes san-cionadores en materia de espectáculos públicos y taurinos .................................... 25805
Notificaciones. Anuncio de 16 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientes sancio-nadores en materia de espectáculos públicos ...................................................... 25817
Consejería de Economía y Hacienda
Formalización. Resolución de 15 de octubre de 2013, de la Secretaría General, por la quese hace pública la formalización del contrato de servicio de “Cobertura de seguros personalespara la Junta de Extremadura”. Expte.: 13S0141CA018 ........................................ 25834
Información pública. Resolución de 28 de octubre de 2013, de la Secretaría General, porla que se acuerda la apertura del período de información pública mediante trámite abreviadoen relación con el proyecto de Orden por la que se aprueban los precios medios en el merca-do para estimar el valor real de coste de la obra nueva de determinados bienes inmuebles,radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la liquidación delImpuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para los hechosimponibles que se devenguen en el año 2014, se establecen las reglas para su aplicación yse publica la metodología para su obtención ........................................................ 25835
ANUNCIOSV
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Notificaciones. Citación. Anuncio de 31 de octubre de 2013 sobre notificación por compa-recencia en procedimiento de recaudación de multas............................................ 25836
Notificaciones. Citación. Anuncio de 31 de octubre de 2013 sobre citación a los obligadostributarios que se relacionan para ser notificados por comparecencia...................... 25840
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía
Información pública. Anuncio de 20 de septiembre de 2013 por el que se somete a infor-mación pública la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental unificadade la fábrica de mantecas, oleicos, chicharrones y planta de congelación, cuyo titular esIberyder, SL, en Almendralejo .......................................................................... 25849
Información pública. Anuncio de 27 de septiembre de 2013 por el que se somete a infor-mación pública la solicitud de autorización ambiental unificada de un proyecto de planta demecanizado de piezas de acero, titularidad de Industrias Mecánicas de Extremadura, SA (IME-DEXSA), en el término municipal de Santiago del Campo ...................................... 25851
Información pública. Anuncio de 3 de octubre de 2013 por el que se somete a informaciónpública la solicitud de autorización ambiental unificada de un proyecto de balsa de evapora-ción de aguas oleosas procedentes de una almazara, promovido por Aceites Obreo CB, enFuente del Maestre .......................................................................................... 25853
Notificaciones. Anuncio de 10 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientes san-cionadores en materia de conservación de la naturaleza y espacios naturales de Extre -madura .......................................................................................................... 25854
Notificaciones. Anuncio de 11 de octubre de 2013 sobre notificación de resoluciones relati-vas a las subvenciones para la mejora de la financiación de las explotaciones agrarias deExtremadura .................................................................................................. 25855
Notificaciones. Anuncio de 15 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientes san-cionadores incoados en el Servicio de Sanidad Animal .......................................... 25870
Aceite de oliva. Anuncio de 16 de octubre de 2013 sobre la XV convocatoria de Cata-Concurso de Aceites de Oliva Virgen Extra “Extrema Selección 2014” .................... 25877
Contratación. Corrección de errores del Anuncio de 23 de octubre de 2013 por el que se ha-ce pública la convocatoria, por procedimiento abierto, para la contratación del servicio de"Producción de contenidos audiovisuales para la promoción y divulgación de la Red de ÁreasProtegidas de Extremadura". Expte.: 1351SE1FR914 ............................................ 25881
Consejería de Salud y Política Social
Notificaciones. Citación. Anuncio de 22 de octubre de 2013 sobre notificación por compa-recencia de liquidación de tasas a los obligados tributarios que se relacionan .......... 25881
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Contratación. Anuncio de 30 de octubre de 2013 por el que se hace pública la convocatoria,por procedimiento abierto, para la contratación de “Servicio de punto de encuentro familiarde la Comunidad Autónoma de Extremadura”. Expte.: SV-14.001 .......................... 25885
Ayuntamiento de Torre de Santa María
Normas subsidiarias. Anuncio de 14 de octubre de 2013 sobre aprobación inicial de la mo-dificación puntual n.º 5 de las Normas Subsidiarias .............................................. 25888
Ayuntamiento de Valencia de Alcántara
Pruebas selectivas. Anuncio de 16 de octubre de 2013 sobre convocatoria para proveer unaplaza de vigilante de arbitrios ............................................................................ 25888
Mancomunidad Integral de Municipios del “Valle del Alagón”
Mancomunidades. Estatutos. Anuncio de 21 de octubre de 2013 por el que se hace públi-co el texto íntegro de los Estatutos de la Mancomunidad ...................................... 25889
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DISPOSICIONES GENERALESI
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIOAMBIENTE Y ENERGÍA
ORDEN de 31 de octubre de 2013 por la que se modifica el plazo depresentación de proyectos de planes de reestructuración y reconversión delviñedo a realizar en la campaña 2013/2014 establecido en la Orden de 10 deoctubre de 2013 sobre convocatoria de presentación del plan dereestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura para la campaña2013/2014, en aplicación de las medidas del programa de apoyo al sectorvitivinícola español en desarrollo de la OCM del sector vitivinícola. (2013050251)
La Orden de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de 10de octubre de 2013 (DOE n.º 200, de 16 de octubre), establece la convocatoria para la pre-sentación de los planes de reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura parala campaña 2013/2014, en aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivi-nícola español en desarrollo de la OCM del sector vitivinícola.
El apartado 1 del artículo 5 de la citada orden establece un plazo de veinte días naturales, acontar desde la publicación de la orden, para la presentación de los proyectos de planes dereestructuración.
Como quiera que ha aumentado considerablemente el número de integrantes de los planescolectivos respecto a campañas anteriores, siendo mayor asimismo el número de parcelas queconforman la solicitud de cada viticultor, y atendiendo a la complejidad normal del contenidode los proyectos, se ha advertido la conveniencia de modificar el plazo, ampliándolo, al obje-to de facilitar el proceso. En su virtud,
D I S P O N G O :
Modificar el plazo de presentación de los planes de reestructuración y reconversión del viñe-do en Extremadura para la campaña 2013/2014, establecido en el artículo 5.1 de la Orden de10 de octubre de 2013, ampliándolo hasta el día 12 de noviembre, inclusive.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestati-vamente recurso de reposición ante el Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, MedioAmbiente y Energía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en quetenga lugar su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artí-culos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. O bien podrá tambiéninterponerse, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su publicaciónen el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo an-
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te el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello sin perjuicio de que el interesa-do pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, a 31 de octubre de 2013.
El Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía,
JOSÉ ANTONIO ECHÁVARRI LOMO
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
DECRETO 206/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículodel ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de TécnicoSuperior en Automatización y Robótica Industrial en la ComunidadAutónoma de Extremadura. (2013040232)
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de28 de enero, en su artículo 10.1.4. atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de de-sarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y gra-dos, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de loscentros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las activi-dades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan a la Comunidad Autó -noma de Extremadura funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria.
El artículo 6.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación define el currículo co-mo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y cri-terios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la citada Ley. Por otra par-te, en su 6.2 asigna al Gobierno la competencia para fijar los aspectos básicos del currículoque constituyen las enseñanzas mínimas, mientras corresponde a las administraciones edu-cativas competentes establecer el currículo del que formarán parte dichos aspectos básicos.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional,establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lodispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al ConsejoGeneral de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesiona-lidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional deCualificaciones Profesionales.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece en su artículo 70.2que el currículo será determinado por la Administración educativa, en el marco de la norma-tiva básica estatal.
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, define en el artículo 9 la estructura de los títulosde formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profe -sionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.
Asimismo, el artículo 7 del citado real decreto establece que el perfil profesional de los títu-los incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, lascualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualifica -ciones Profesionales incluidas en el título.
Por su parte, el Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre, establece el título de TécnicoSuperior en Automatización y Robótica Industrial y fija sus enseñanzas mínimas.
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En virtud de todo lo cual, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura y del Consejode Formación Profesional de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura,previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de octubre de 2013,
D I S P O N G O :
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
El presente decreto tiene como objeto establecer el currículo correspondiente al Título de TécnicoSuperior en Automatización y Robótica Industrial en la Comunidad Autónoma de Extre madura.
Artículo 2. Marco general de la formación.
Los aspectos relativos a la identificación del título, el perfil y entorno profesional, las compe-tencias, prospectiva del título en el sector, los objetivos generales, accesos y vinculación conotros estudios, la correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competen-cia incluidas en el título y las titulaciones equivalentes a efectos académicos, profesionales yde docencia, son los que se definen en el Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre, porel que se establece el título de Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial y sefijan sus enseñanzas mínimas.
Artículo 3. Módulos profesionales.
Los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo son los siguientes:
1. Los incluidos en el Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre, es decir:
0959 Sistemas eléctricos, neumáticos e hidráulicos.
0960 Sistemas secuenciales programables.
0961 Sistemas de medida y regulación.
0962 Sistemas de potencia.
0963 Documentación técnica.
0964 Informática industrial.
0965 Sistemas programables avanzados.
0966 Robótica industrial.
0967 Comunicaciones industriales.
0968 Integración de sistemas de automatización industrial.
0969 Proyecto de automatización y robótica industrial.
0970 Formación y orientación laboral.
0971 Empresa e iniciativa emprendedora.
0972 Formación en centros de trabajo.
2. Los que son propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
0973-Ex Inglés I
0974-Ex Inglés II
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Artículo 4. Aspectos del currículo.
1. La contribución a la competencia general y a las competencias profesionales, personalesy sociales, los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los crite-rios de evaluación y las orientaciones pedagógicas del currículo del ciclo formativo paralos módulos profesionales relacionados en el artículo 3.1 de este decreto son los definidosen el Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre.
2. Los contenidos de estos módulos profesionales relacionados en el citado artículo 3.1, seincluyen en el Anexo I de este decreto.
3. Los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los criterios de eva-luación, los contenidos y las orientaciones pedagógicas de los módulos profesionales re-lacionados en el artículo 3.2, son los que se especifican en el Anexo II de este Decreto.
Artículo 5. Organización modular y distribución horaria.
La duración de este ciclo formativo es de 2.000 horas, distribuidas en dos cursos académicos.
La organización de cada uno de los cursos, así como la duración y asignación horaria sema-nal de cada uno de los módulos profesionales que conforman estas enseñanzas se concretanen el Anexo III de este decreto.
Artículo 6. Desarrollo curricular.
1. Los centros educativos, en virtud de su autonomía pedagógica, concretarán y desarrolla-rán las enseñanzas correspondientes al título de formación profesional de Técnico Superioren Automatización y Robótica Industrial mediante la elaboración de un proyecto curricu-lar del ciclo formativo que responda a las necesidades del alumnado y a las característi-cas concretas del entorno socioeconómico, cultural y profesional, dentro del marco del pro-yecto educativo del centro.
2. El equipo docente responsable del desarrollo del ciclo formativo elaborará las programa-ciones para los distintos módulos profesionales. Estas programaciones didácticas deberáncontener, al menos, la adecuación de las competencias profesionales, personales y socia-les al contexto socioeconómico y cultural dentro del centro educativo y a las característi-cas del alumnado, la distribución y el desarrollo de los contenidos, la metodología de ca-rácter general y los criterios sobre el proceso de evaluación, así como los materialesdidácticos.
Artículo 7. Evaluación.
1. El profesorado evaluará los aprendizajes del alumnado, los procesos de enseñanza y supropia práctica docente.
2. La evaluación del alumnado se realizará atendiendo a los resultados de aprendizaje y suscriterios de evaluación establecidos para los diferentes módulos profesionales, así comolos objetivos generales del ciclo formativo.
3. Dada la estructura modular del ciclo formativo la evaluación de los aprendizajes del alum-nado se realizará por módulos profesionales.
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4. El alumnado que obtenga una evaluación positiva en todos los módulos profesionales co-rrespondientes al ciclo formativo obtendrá el título de formación profesional de TécnicoSuperior en Automatización y Robótica Industrial.
5. Por otra parte, para la evaluación, promoción y acreditación de la formación establecidaen este decreto se atendrá a las normas dictadas al efecto por la Consejería competenteen materia de educación.
Artículo 8. Convalidaciones, exenciones y correspondencias.
1. Las convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de formación profesional es-tablecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Generaldel Sistema Educativo, con los módulos profesionales de los títulos establecidos al ampa-ro de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, son las establecidas en elAnexo IV del Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre.
2. En los términos del artículo 38.1.a) del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, quienestengan acreditada oficialmente alguna unidad de competencia que forme parte delCatálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales tendrán convalidados los módulos pro-fesionales correspondientes según se establezca en la norma que regule cada título o cur-sos de especialización.
Además de lo anterior, y de acuerdo con el artículo 38.1.c) del Real Decreto 1147/2011,de 29 de julio, el módulo profesional de Formación y Orientación Laboral establecido alamparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, podrá ser objeto deconvalidación siempre que se acredite haber superado el módulo profesional deFormación y Orientación Laboral al amparo de la Ley 1/1990, de 3 de octubre, deOrdenación General del Sistema Educativo, y se acredite la formación establecida parael desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida deacuerdo la normativa vigente.
3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39.1 del Real Decreto 1147/2011, de 29 dejulio, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formaciónen Centros de Trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que seacredite una experiencia correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año, rela-cionada con los estudios profesionales respectivos.
4. La correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profe-sionales que conforman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Automatizacióny Robótica Industrial para su convalidación o exención queda determinada en el Anexo VA) del Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre.
5. La correspondencia de los módulos profesionales que conforman las enseñanzas de estetítulo con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en elAnexo V B) del Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre.
Artículo 9. Metodología didáctica.
1. La metodología didáctica debe adaptarse a las peculiaridades colectivas del grupo, así co-mo a las peculiaridades individuales.
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2. La tutoría, orientación profesional y formación para la inserción laboral forman parte dela función docente, y serán desarrolladas de modo que al finalizar el ciclo formativo elalumnado alcance la madurez académica y profesional. Corresponde a los equipos edu-cativos la programación de actividades encaminadas a conseguir la optimización de losprocesos de formación del alumnado.
3. La función docente incorporará la formación en prevención de riesgos laborales dentro decada módulo profesional y será considerada como área prioritaria.
Artículo 10. Especialidades del profesorado.
1. Las especialidades del profesorado de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secun -daria, de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de FormaciónProfesional, según proceda, con atribución docente en los módulos profesionales relacio-nados en el artículo 3.1 son las establecidas en el Anexo III A) del Real Decreto 1581/2011,de 4 de noviembre.
Las titulaciones requeridas al profesorado de los centros de titularidad privada o de titu-laridad pública de otras administraciones distintas de las educativas para impartir dichosmódulos, son las que se concretan en el Anexo III C) del referido Real Decreto. En todocaso, se estará a lo dispuesto en el artículo 12.3 de dicha norma.
2. Las especialidades y, en su caso, las titulaciones del profesorado con atribución docenteen los módulos profesionales incluidos en el artículo 3.2 son las que se determinan en elAnexo IV del presente decreto.
Artículo 11. Espacios y equipamientos recomendados.
1. Los espacios y equipamientos recomendados para el desarrollo de las enseñanzas de es-te ciclo formativo son los establecidos en el Anexo V de este decreto.
2. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos de alum-nos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.
3. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente me-diante cerramientos.
Disposición adicional primera. Calendario de implantación.
El currículo establecido por este decreto se implantará en el curso escolar 2013/2014 para losmódulos profesionales de primer curso y en el curso 2014/2015 para el resto de módulos.
Disposición adicional segunda. Oferta a distancia.
Los módulos profesionales que conforman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofer-tarse a distancia, siempre que se garantice que el alumno puede conseguir los resultados deaprendizaje de los mismos.
El Anexo VI del presente decreto refleja aquellos módulos profesionales susceptibles de serimpartidos en régimen a distancia, así como su modalidad.
1. Con el fin de promover la formación a lo largo de la vida, la Consejería con competenciasen educación podrá configurar mediante orden los módulos profesionales incluidos en es-te título en unidades formativas de menor duración, de conformidad con lo dispuesto enel artículo 6.2 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
2. Las unidades formativas que conformen cada módulo profesional deben incluir la totali-dad de los contenidos de los mismos. Cada módulo no podrá dividirse en más de cuatrounidades formativas ni éstas tener una duración inferior a 30 horas.
3. Las unidades formativas superadas podrán ser certificadas con validez en el ámbito de laComunidad Autónoma de Extremadura. La superación de todas las unidades formativasque componen un módulo profesional dará derecho a la certificación de éste con validezen todo el territorio nacional.
Disposición adicional cuarta. Otras organizaciones y distribuciones de los módulosprofesionales.
El titular de la Consejería competente en materia de educación podrá reordenar, si fuera pre-ciso, la distribución de los módulos profesionales establecidos en la normativa que determinalos currículos de los ciclos formativos de la familia profesional de Electricidad y Electrónica, ode otras familias, con el fin de poner en práctica iniciativas o proyectos experimentales pro-piciados por centros autorizados por dicha Administración educativa, manteniendo los conte-nidos y las horas anuales atribuidas a cada módulo profesional en los currículos vigentes delos ciclos formativos objeto de la experiencia.
Disposición adicional quinta. Referencia de género
Todos los términos contenidos en este decreto, en el que se utilice la forma del masculino ge-nérico, se entenderán aplicables a personas de ambos sexos.
1. El alumnado que durante el curso 2012/2013 haya estado matriculado en módulos profe-sionales correspondientes al primer curso del anterior título y no promocione, se podrá in-corporar al primer curso de las enseñanzas reguladas por el presente decreto sin perjui-cio de las convalidaciones o reconocimientos de módulos a los que pudiera tener derecho,según lo previsto en el artículo 8.1 de este decreto.
2. Durante los cursos 2013/2014 y 2014/2015 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias anuales de módulos profesionales de primer curso, a las que podrá concurrir, conlos límites establecidos en las normas de evaluación, aquel alumnado que pueda promo-cionar a segundo curso pero tenga pendiente módulos profesionales de primer curso.
3. Durante los cursos 2014/2015 y 2015/2016 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias de módulos profesionales de segundo curso, a las que podrá concurrir, con los lí-mites establecidos en las normas de evaluación, el alumnado con estos módulos profe-sionales pendientes.
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Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficialde Extremadura.
Mérida, a 29 de octubre de 2013.
El Presidente de la Junta de Extremadura,JOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA
La Consejera de Educación y Cultura,TRINIDAD NOGALES BASARRATE
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ANEXO I
Relación de contenidos y duración de los Módulos Profesionales correspondientes al artículo 3.1
MÓDULO PROFESIONAL: SISTEMAS ELÉCTRICOS, NEUMÁTICOS E HIDRÁULICOS.
Equivalencia en créditos ECTS: 10
Código: 0959
Duración: 130 horas
Contenidos:
1. Reconocimiento de dispositivos electromecánicos, neumáticos e hidráulicos.
Principios básicos de Electromecánica, neumática e hidráulica.
Identificación de dispositivos eléctricos, neumáticos e hidráulicos en aplicaciones
reales.
Selección y dimensionado de dispositivos eléctricos, neumáticos e hidráulicos.
Aplicaciones automáticas con sistemas secuenciales eléctricos cableados, neumáticos
e hidráulicos.
Distribución eléctrica. Circuitos de potencia. Circuitos de control. Protecciones.
Distribución neumática e hidráulica. Elementos de conducción y distribución de aire.
Elementos para la conducción y distribución del aceite.
Técnicas de conexión eléctrica, neumática e hidráulica. Bornes, conectores, racores,
derivadores, tubería neumática, latiguillos, mangueras hidráulicas, entre otros.
Dispositivos de los sistemas automáticos de control eléctrico cableado. El contactor,
relés, temporizadores, sensores electromecánicos y relés de protección, entre otros.
Dispositivos de los sistemas automáticos de control neumáticos. Sensores, válvulas
de accionamiento manual, electroválvulas, válvulas reguladoras, válvulas antirretorno,
Aplicaciones automáticas con sistemas secuenciales programables.
Funcionalidad de los dispositivos de un sistema secuencial programable.
Componentes internos de un dispositivo programables. Dispositivos de entrada. Memoria. Procesador. Salidas.
Funcionamiento de dispositivos programables. Principio de funcionamiento. Memorias de entrada. Ejecución del programa. Memorias de salida.
Clasificación de los dispositivos programables. Criterios de clasificación. Micro PLC, PLC compacto y PLC modular. PC embebidos.
Componentes de los dispositivos programables. CPU, módulos de entradas y salidas (analógicos y digitales), módulos especiales (servos, motor paso a paso,
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comunicaciones etc.). Configuración. Fuentes de alimentación. Tipo de comunicación
(RS232, RS485, Usb, Ethernet, Profinet).
Características técnicas de los dispositivos programables. Alimentación: entradas
(PNP, NPN). Salidas (Relé o transistor). Entradas y salidas analógicas (0-10 v y 4-
20mA). Lenguaje de programación. Puertos de comunicación. Ciclo de Scan.
Memorias.
Características técnicas en catálogos de distintos fabricantes.
2. Configuración de sistemas secuenciales programables.
Identificación de las especificaciones técnicas de la instalación.
Estudio y selección de los dispositivos programados adaptándolos a las exigencias
eléctricas y funcionales.
Criterios de selección y dimensionado de los dispositivos programables.
Criterios de selección y dimensionado de los componentes. Características técnicas.
Condiciones ambientales. Especificaciones de seguridad.
Normas generales de croquizado.
Esquemas de conexionado. CAD de diseño. Simbología normalizada. Esquemas de
fuerza. Esquema de conexiones del PLC. Esquemas de bornes.
Técnicas de montaje y conexionado.
Reglamentación vigente. Normas de seguridad.
3. Reconocimiento de las secuencias de control.
Determinación de los requerimientos del sistema.
Secuencia de control y diagrama de flujo. GRAFCET, SFC o S7 GRAPH.
Fases de la programación. Análisis del sistema. Identificación de entradas y salidas.
Secuencias del programa. División por etapas. Elaboración del programa.
Introducción a los diferentes entornos de programación, según fabricante.
Técnicas de localización de puntos críticos.
Planificación para la programación. Direccionamiento de señales. Variables locales.
Memorias del PLC.
4. Programación de sistemas secuenciales.
Funciones lógicas aplicadas a la programación de autómatas. Álgebra de Boole.
4. Programación y configuración de los diferentes buses de comunicación de una planta
industrial.
Estudio y clasificación de los buses industriales actuales según el ámbito de aplicación.
Interconexión de redes.
Buses de campo a nivel sensor-actuador. Componentes, arquitectura y configuración
de estos buses de campo.
Red de comunicación entre un controlador y periferia descentralizada.
Características y configuración.
Red de comunicación para el intercambio de datos entre controladores. Maestros y
esclavos: descripción, configuración, programación y diagnóstico.
Red de comunicación industrial (autómatas programables) con integración de red de
oficinas (ordenadores).
Sistemas para el acceso a redes industriales desde el exterior. VPN y dispositivos de
telefonía móvil.
Configuración de redes industriales con la utilización de la tecnología wi-fi.
Control de procesos por ordenador.
Elaboración de planos y esquemas de una red de comunicación en sistemas de
automatización industrial.
Elaboración de manuales de instrucciones de servicio y mantenimiento de redes de
comunicación.
5. Configuración de los diferentes equipos de control y supervisión.
Definición y clasificación de los sistemas de supervisión y control que intervienen en
un sistema de comunicación industrial. Sistemas basados en ordenador (SCADA).
Principales características de los sistemas de supervisión y control.
Diseño de diferentes pantallas y la interacción entre ellas.
Visualización y escritura de datos.
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Incorporación de diferentes equipos de control en un mismo sistema de supervisión,
con intercambio de datos entre todos ellos.
Generación de pequeños programas o scripts de aplicación en los sistemas de
supervisión.
Representación gráfica de señales dinámicas.
Registro de valores.
Enlace entre aplicaciones.
Acceso externo desde otras aplicaciones y/o equipos a los datos para su gestión y
utilización en técnicas de mantenimiento.
6. Verificación del funcionamiento del sistema de comunicación industrial.
Técnicas de verificación.
Monitorización de programas. Visualización y modificación remota de etiquetas del
programa.
Instrumentos de medida.
Reglamentación vigente.
7. Reparación de disfunciones en sistemas de comunicación industrial.
Diagnóstico y localización de averías. Utilización de recursos de la red para
operaciones de diagnóstico, localización y reparación de averías.
Técnicas de actuación.
Registros de averías.
Memoria técnica.
Valoración económica.
Manual de uso. Manual de mantenimiento. Recomendaciones de seguridad y
medioambientales.
Reglamentación vigente.
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MÓDULO PROFESIONAL: INTEGRACIÓN DE SISTEMAS DE AUTOMATIZACIÓN INDUSTRIAL
Equivalencia en créditos ECTS: 11
Código: 0968
Duración: 140 horas
Contenidos:
1. Planificación de la instalación del sistema automático.
Necesidad de la planificación de la instalación de sistemas automáticos.
Técnicas de planificación en una instalación automática.
Fases de la instalación automática. Selección de herramientas y equipos.
Aprovisionamiento, almacenaje y control de materiales. Comprobación de materiales.
Identificación de puntos críticos en una instalación automática. Técnicas de
localización de puntos críticos.
Estudio del trabajo. Contenidos básicos de un plan de aprovisionamiento y montaje
de la instalación automática. Herramientas informáticas para la elaboración de un plan
de montaje.
2. Gestión del montaje de una instalación automática.
Gestión de recursos materiales y humanos.
El proceso de montaje. Indicadores de montaje. Valores mínimos de aceptación.
La puesta en marcha. Técnicas de puesta en marcha. Requerimientos de puesta en
marcha.
Ensayos de elementos de protección. Aislamiento, rigidez dieléctrica, resistencia de
tierra y corrientes de fuga, entre otros.
Equipos de medida para la seguridad eléctrica. Análisis de la red de suministro.
Armónicos y perturbaciones.
Equipos de protección individual y colectiva utilizados en el montaje de las
instalaciones automatizadas.
Reglamentación vigente.
3. Integración de elementos del sistema automático.
Características de los cuadros eléctricos y armarios de control. Elementos y
conexiones.
Compatibilidad entre sistemas y equipos.
Técnicas de instalación y montaje en sistemas eléctricos y con fluidos (sistemas
electroneumáticos y electrohidráulicos).
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Herramientas de montaje.
Técnicas de conexionado entre sistemas eléctricos y con fluidos.
Técnicas de montaje de robots y sistemas de control de movimiento.
Técnicas de conexionado de dispositivos de medida y regulación.
Conexionado de elementos de supervisión y adquisición de datos.
4. Ejecución de operaciones de ajuste, parametrización y programación.
Tipos de señales en un sistema automático: analógicas y digitales.
Sistemas continuos. Calibración de los dispositivos de medida y regulación.
Parámetros de ajuste. Sistemas de adquisición de datos, control y supervisión
(SCADA).
Elaboración de programas de control utilizando lenguajes de alto nivel.
Sistemas secuenciales. Secuencias de control para soluciones robotizadas y de
control de movimiento. Elaboración de programas de control.
Integración de los programas de los sistemas con diferentes dispositivos de control
lógico en un sistema automático.
Establecimiento de parámetros para los dispositivos de regulación y control
integrados en un sistema automático.
Establecimiento de parámetros y ajuste de la red de comunicación industrial en un
sistema automático integrado.
5. Verificación del funcionamiento del sistema automático.
Verificación del funcionamiento del cuadro de distribución eléctrico. Alimentación,
desconexión y seccionamientos. Enclavamientos de protección. Arranque
intempestivo. Paros de emergencia. Accesibilidad a partes en tensión. Protección
contra contactos directos e indirectos. Ensayos dieléctricos. Resistencia de
aislamiento.
Verificación del funcionamiento de todos los dispositivos del sistema automático.
Verificación del funcionamiento de los programas de adquisición, control y
supervisión.
Verificación y optimización en el establecimiento de parámetros en dispositivos de
control.
Procedimientos de puesta en marcha, verificación y ajuste de un sistema automático
completo.
Documentación técnica. Informe técnico de actividades y resultados.
6. Localización de averías en el sistema automático.
Solicitud de intervención y orden de trabajo. Plantillas. Software de gestión de las
órdenes de trabajo.
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Procedimientos para la identificación y reparación de averías en el sistema
automático. Averías tipo, manual de mantenimiento del fabricante.
Informes técnicos de averías y hojas de reparación. Plantillas. Software de gestión.
7. Planificación del mantenimiento de instalaciones automáticas.
Puntos susceptibles de mantenimiento en una instalación automática.
Aprovisionamiento de materiales y gestión de stocks para el mantenimiento.
Recepción de materiales para el mantenimiento.
Mantenimiento preventivo y correctivo. Técnicas de planificación de mantenimiento.
Parámetros de ajuste de equipos y elementos para la mejora del mantenimiento.
Contenidos de un plan de mantenimiento. Datos generales. Necesidades. Calendario
de revisiones y recambios.
Aplicaciones informáticas para la planificación del mantenimiento.
8. Gestión del mantenimiento de una instalación automática.
Contenidos básicos de un plan de mantenimiento. Datos generales, necesidades,
calendario de revisiones y recambios, calendario de actuación, entre otros.
Técnicas de gestión de recursos humanos y materiales.
Procedimientos e indicadores de gestión para el mantenimiento.
Montaje de instalaciones automáticas, resolviendo problemas potenciales de montaje
y realizando el replanteo necesario, todo ello en conformidad con la documentación
técnica.
Realización de operaciones de mantenimiento según el plan establecido.
Realización de la puesta en marcha y de las verificaciones oportunas de los equipos y
dispositivos del sistema de automatización industrial.
Elaboración de la documentación técnica y administrativa, utilizando herramientas
informáticas adecuadas.
Reglamentación vigente.
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MÓDULO PROFESIONAL: FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL
Equivalencia en créditos ECTS: 5
Código: 0970
Duración: 90 horas
Contenidos básicos:
1. Búsqueda activa de empleo:
Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y
profesional del Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial.
Análisis de los intereses, aptitudes y motivaciones personales para la carrera
profesional.
Identificación de itinerarios formativos relacionados con el Técnico Superior en
Automatización y Robótica Industrial: acceso, convalidaciones y exenciones.
Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y
profesional. Adaptación a la evolución de las exigencias del mercado de trabajo.
Definición y análisis del sector profesional del título de Técnico Superior en
Automatización y Robótica Industrial.
Proceso de búsqueda de empleo en pequeñas, medianas y grandes empresas del
sector.
Oportunidades de aprendizaje y empleo en Europa.
Técnicas e instrumentos de búsqueda de empleo. Preparación para la entrevista de
trabajo.
Nuevos yacimientos de empleo.
El proceso de toma de decisiones: definición y fases.
2. Gestión del conflicto y equipos de trabajo:
La comunicación eficaz como instrumento fundamental en la relación con los
miembros del equipo. Barreras en la comunicación. Comunicación asertiva.
Comunicación no verbal. Escucha activa e interactiva.
Valoración de las ventajas e inconvenientes del trabajo de equipo para la eficacia de la
organización.
La inteligencia emocional.
Equipos en la industria del sector profesional en el que se ubica el título según las
funciones que desempeñan.
La participación en el equipo de trabajo. Diversidad de roles. Tipología de los
miembros de un equipo. Técnicas para dinamizar la participación en el equipo.
Herramientas para trabajar en equipo.
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Conflicto: características, fuentes y etapas.
Métodos para la resolución o supresión del conflicto: conciliación, mediación,
negociación y arbitraje.
Negociación: concepto, elementos, proceso y cualidades del negociador.
3. Contrato de trabajo y relaciones laborales:
El derecho del trabajo. Concepto, fuentes, jerarquía normativa.
Análisis de la relación laboral individual.
Modalidades de contrato de trabajo y medidas de fomento de la contratación.
Medidas establecidas para la conciliación de la vida laboral y familiar. Normativa
autonómica. El fraude de ley en la contratación laboral.
Derechos y deberes derivados de la relación laboral.
El tiempo de trabajo y su retribución:
Jornada laboral. Análisis de la jornada determinada en convenios colectivos
del sector profesional de la automatización y robótica industrial.
El período de prueba y el tiempo de trabajo.
El salario: elementos que lo integran.
Nómina: análisis de nóminas de acuerdo con las percepciones salariales
determinadas en convenio colectivos que les sean de aplicación.
Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Consecuencias
económicas derivadas: el finiquito y la indemnización.
Representación de los trabajadores. Participación de los trabajadores en la empresa:
Unitaria y Sindical
Negociación colectiva como medio para la conciliación de los intereses de
trabajadores y empresarios.
Análisis de un convenio colectivo aplicable al ámbito profesional del Técnico Superior
en Automatización y Robótica Industrial.
Beneficios para los trabajadores en las nuevas organizaciones: flexibilidad, beneficios
sociales entre otros.
4. Seguridad Social, empleo y desempleo:
Estructura del sistema de la Seguridad Social. Acción protectora y regímenes. El
Servicio Extremeño de Salud.
Determinación de las principales obligaciones de empresarios y trabajadores en
materia de Seguridad Social: afiliación, altas, bajas y cotización.
La cotización a la Seguridad Social: bases de cotización y cuotas, empresarial y del
trabajador, resultantes según el tipo de contrato.
Acción protectora de la Seguridad Social: Introducción sobre contingencias,
prestaciones económicas y servicios.
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Situaciones protegibles por desempleo: situación legal de desempleo, prestación y subsidio por desempleo.
5. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo y Evaluación de riesgos
profesionales:
Valoración de la relación entre trabajo y salud. Importancia de la cultura preventiva en todas las fases de la actividad. Sensibilización de la necesidad de hábitos y actuaciones seguras a través de las estadísticas de siniestralidad laboral nacional y extremeña.
Marco normativo básico de la prevención: derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales.
Responsabilidades y sanciones.
Condiciones de trabajo y salud. Riesgos y daños sobre la salud: accidente laboral y enfermedad profesional.
Análisis de factores de riesgo y sus efectos.
La evaluación de riesgos en la empresa como elemento básico de la actividad preventiva. Riesgos específicos en el sector profesional en el que se ubica el título: técnicas de evaluación de riesgos y aplicación en el entorno de trabajo.
Análisis de riesgos ligados a condiciones de: seguridad, ambientales, ergonómicas.
Análisis de riesgos ligados a la organización del trabajo: carga de trabajo y factores psico-sociales.
Determinación de los posibles daños a la salud del trabajador que pueden derivarse de las situaciones de riesgo detectadas.
6. Planificación de la prevención de riesgos en la empresa:
Determinación de las medidas de prevención y protección individual y colectiva para los diferentes tipos de riesgos. Señalización de seguridad.
Derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales.
Gestión de la prevención en la empresa, documentación. Planificación de la prevención en la empresa.
Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.
Planes de emergencia y de evacuación en entornos de trabajo.
Elaboración de un plan de emergencia en una pyme relacionada con el sector de la automatización y robótica industrial.
7. Aplicación de medidas de prevención y protección en la empresa:
Aplicación de las medidas de prevención.
Medidas de protección colectiva: la señalización de seguridad.
Medidas de protección individual. Los equipos de protección individual.
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Especial protección a colectivos específicos: maternidad, lactancia, trabajadores de una empresa de trabajo temporal, trabajadores temporales.
8. Planificación de la prevención de riesgos en la empresa:
Organización y planificación de la prevención en la empresa:
El control de la salud de los trabajadores. Representación de los trabajadores en materia preventiva
La gestión de la prevención en la empresa: definición conceptual. Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.
Vigilancia de la salud de los trabajadores El Plan de autoprotección: Plan de emergencias y de evacuación en entornos
de trabajo. Elaboración de un plan de emergencias en una pyme.
Protocolo de actuación ante una situación de emergencia. Clasificación de emergencias y diferentes situaciones que las pueden provocar. Equipos de emergencia.
9. Primeros auxilios:
Primeros auxilios: aplicación de técnicas de primeros auxiliares. Composición y uso del botiquín. Clasificación de heridos según su gravedad.
Aplicación de las técnicas de primeros auxilios según el tipo de lesión del accidentado.
MÓDULO PROFESIONAL: EMPRESA E INICIATIVA EMPRENDEDORA
Equivalencia en créditos ECTS: 4
Código: 0971
Duración: 60 horas
Contenidos básicos:
1. Iniciativa emprendedora:
Innovación y desarrollo económico. Principales características de la innovación en el sector profesional de la automatización y robótica industrial (materiales, tecnología, organización de la producción, etc.). Procesos de innovación sectorial en marcha en Extremadura.
Factores claves de los emprendedores: iniciativa, creatividad, formación y colaboración.
Desarrollo del espíritu emprendedor a través del fomento de las actitudes de creatividad, iniciativa, autonomía y responsabilidad.
La actuación de los emprendedores como empleados en una Pyme del sector de la automatización y robótica industrial. Concepto de intraemprendedor.
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La actuación de los emprendedores como empresarios en una Pyme del sector de la
automatización y robótica industrial.
El riesgo como elemento inevitable de toda actividad emprendedora.
La empresa como fuente de creación de empleo y bienestar social.
El empresario. Requisitos y actitudes para el ejercicio de la actividad empresarial.
La estrategia empresarial como medio para conseguir los objetivos de la empresa.
Búsqueda de ideas de negocio. Análisis y viabilidad de las oportunidades de negocio
en el sector profesional de la automatización y robótica industrial.
Plan de empresa: la idea de negocio en el ámbito de la automatización y robótica
industrial.
Definición de una determinada idea de negocio.
2. La empresa y su entorno:
La Empresa. Concepto
Funciones básicas de la empresa.
La empresa como sistema. La estructura organizativa de la empresa.
Análisis del entorno general de una pyme de automatización y robótica industrial.
Entorno económico, social, demográfico y cultural.
Análisis del entorno específico de una pyme de automatización y robótica industrial:
los clientes, los proveedores y la competencia. Variables del marketing mix: precio,
producto, comunicación y distribución.
Relaciones de una pyme de automatización y robótica industrial con su entorno y con
el conjunto de la sociedad.
Responsabilidad social de la empresa. Elaboración del balance social de la empresa:
descripción de los principales costes y beneficios sociales que produce. Viabilidad
medioambiental.
La cultura empresarial y la imagen corporativa como instrumentos para alcanzar los
objetivos empresariales.
La ética empresarial. Identificación de prácticas que incorporan valores éticos y
sociales. Aplicación a empresas de automatización y robótica industrial en
Extremadura.
Estudio y análisis de la viabilidad económica y financiera de una “pyme” de
automatización y robótica industrial.
3. Creación y puesta en marcha de una empresa:
Tipos de empresa. Empresario individual y empresario social. La franquicia.
Ventajas e inconvenientes de los distintos tipos de empresa. La responsabilidad de los
propietarios de la empresa en función de la forma jurídica.
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La fiscalidad en las empresas. Impuesto de Sociedades e Impuesto sobre la Renta de
las Personas Físicas.
Elección de la forma jurídica.
Trámites administrativos para la constitución de una empresa. Oficinas virtuales:
Seguridad Social, Servicio Público de Empleo, etc.
Asesoramiento y gestión administrativa externos. La ventanilla única.
Viabilidad económica y viabilidad financiera de una pyme del sector profesional de
automatización y robótica industrial.
Plan de empresa: elección de la forma jurídica, estudio de viabilidad económica y
financiera, trámites administrativos y gestión de ayudas y subvenciones.
4. Función Económica, administrativa y comercial:
Concepto de contabilidad y nociones básicas. El registro de la información contable.
Los libros contables.
Análisis de la información contable. Cálculo e interpretación de las ratios de
solvencia, liquidez y rentabilidad. Umbral de rentabilidad.
Obligaciones fiscales de las empresas. Tipos de impuestos. Calendario fiscal.
Principales instrumentos de financiación bancaria.
Gestión administrativa de una empresa de automatización y robótica industrial:
cumplimentación de la documentación básica de carácter comercial y contable
(facturas, albaranes, notas de pedido, letras de cambio, cheques y otros). Descripción
de los circuitos que dicha documentación recorre en la empresa.
Plan de empresa: documentación básica de las operaciones realizadas.
Concepto de Mercado. Oferta. Demanda.
Análisis del Mercado de la automatización y robótica industrial.
Marketing mix: precio, producto, promoción y distribución.
5. Proyecto de simulación empresarial en el aula.
Constitución y puesta en marcha de una empresa u organización simulada.
Desarrollo del plan de producción de la empresa u organización simulada.
Definición de la política comercial de la empresa u organización simulada.
Organización, planificación y reparto de funciones y tareas en el ámbito de la
empresa u organización simulada.
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ANEXO II
Módulos profesionales propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura
MÓDULO PROFESIONAL: INGLÉS I
Equivalencia en créditos ECTS: 4
Código: 0973-Ex
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Reconoce información profesional y cotidiana contenida en todo tipo de discursos orales emitidos por cualquier medio de comunicación en lengua estándar, interpretando con precisión el contenido del mensaje.
Criterios de evaluación:
a) Se ha situado el mensaje en su contexto.
b) Se ha identificado la idea principal del mensaje.
c) Se ha reconocido la finalidad del mensaje, ya sea directo, telefónico o por cualquier otro medio auditivo.
d) Se ha extraído información específica en mensajes relacionados con la vida cotidiana y profesional.
e) Se han secuenciado los elementos constituyentes del mensaje.
f) Se ha identificado la idea principal y las ideas secundarias de discursos y mensajes sobre temas concretos, académicos y profesionales articulados con claridad.
g) Se han reconocido las instrucciones orales y se han seguido las indicaciones.
h) Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un mensaje sin entender todos y cada uno de los elementos del mismo.
2. Interpreta información profesional y cotidiana contenida en textos escritos sencillos,
analizando de forma comprensiva su contenido.
Criterios de evaluación:
a) Se han leído con un alto grado de independencia distintos tipos de textos, adaptando el estilo y la velocidad de la lectura a cada uno de ellos.
b) Se ha interpretado el contenido global del mensaje.
c) Se ha relacionado el texto con el ámbito del sector al que se refiere.
d) Se ha identificado la terminología utilizada.
e) Se ha identificado con cierta rapidez el contenido de artículos e informes sobre temas profesionales.
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f) Se han interpretado mensajes recibidos a través de soportes telemáticos: correo electrónico, fax, etc.
g) Se han realizado traducciones de textos relacionados con temas profesionales utilizando materiales de apoyo en caso necesario.
h) Se han interpretado instrucciones sobre procesos propios de su especialidad.
3. Emite mensajes orales claros y bien estructurados, analizando el contenido de la
situación y adaptándose al registro lingüístico del interlocutor.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los registros utilizados para la emisión del mensaje.
b) Se ha expresado con fluidez sobre temas generales y profesionales marcando la relación entre las ideas.
c) Se ha comunicado espontáneamente utilizando fórmulas, nexos de unión y estrategias de interacción.
d) Se han utilizado normas de protocolo en presentaciones formales e informales.
e) Se han expresado y defendido puntos de vista con claridad, proporcionando argumentos y explicaciones adecuadas.
f) Se ha argumentado con todo detalle la elección de una determinada opción o procedimiento de trabajo elegido.
g) Se ha utilizado correctamente la terminología de la automatización y robótica industrial.
h) Se ha solicitado la reformulación del discurso o parte del mismo cuando se ha considerado necesario.
4. Elabora textos sencillos relacionados con la vida cotidiana y documentos e informes
propios del sector, relacionando los recursos lingüísticos con el propósito de los mismos.
Criterios de evaluación:
a) Se han redactado textos breves y claros sobre aspectos de la vida cotidiana y temas relacionados con su especialidad.
b) Se ha organizado la información con corrección, precisión, coherencia y cohesión.
c) Se han realizado resúmenes de textos relacionados con aspectos cotidianos, artículos, manuales de instrucciones y otros documentos escritos, utilizando un vocabulario amplio para evitar la repetición frecuente.
d) Se ha cumplimentado documentación específica de su campo profesional, dentro de los sistemas automáticos industriales.
e) Se han aplicado las fórmulas establecidas y el vocabulario específico en la cumplimentación de documentos.
f) Se han utilizado las fórmulas de cortesía propias del documento elaborado.
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5. Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación,
describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.
Criterios de evaluación:
a) Se han definido los rasgos más significativos de las costumbres y usos de la
comunidad donde se habla la lengua extranjera.
b) Se han descrito los protocolos y normas de relación social propios del país.
c) Se han identificado los valores y creencias propios de la comunidad donde se habla la
lengua extranjera.
d) Se han identificado los aspectos socioprofesionales propios del sector en cualquier
tipo de texto.
e) Se han aplicado los protocolos y normas de relación social propios del país de la
lengua extranjera.
f) Se han reconocido los marcadores lingüísticos de la procedencia regional.
Duración: 60 horas
Contenidos básicos:
1. Análisis de mensajes orales:
Reconocimiento y comprensión de mensajes cotidianos y profesionales relacionados
con el sector profesional de la automatización y robótica industrial.
Recursos lingüísticos habituales y palabras clave utilizadas en la comunicación
general y específica.
Fórmulas de cortesía y formalidad adecuadas al contexto y al interlocutor.
Fórmulas de saludo, acogida y despedida.
Fórmulas de petición de clarificación, repetición y confirmación para la
comprensión de un mensaje.
Fórmulas habituales para atender, mantener y finalizar conversaciones en
diferentes entornos (llamadas telefónicas, presentaciones, reuniones,
entrevistas laborales, etc.)
Idea principal e ideas secundarias en presentaciones y debates.
Resolución de los problemas de comprensión en las presentaciones orales
mediante la deducción por el contexto.
Terminología específica del sector de la automatización y robótica industrial.
Selección léxica de estructuras sintácticas y de contenido relevante.
Inicio del discurso e introducción del tema, desarrollo y expansión,
ejemplificación y conclusión.
Uso de los signos de puntuación.
Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación,
describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.
Identificación e interpretación de los elementos culturales más significativos
de los países de lengua inglesa.
Valoración de las normas socioculturales y protocolarias en las relaciones
internacionales.
Uso de los recursos formales y funcionales en situaciones que requieren un
comportamiento socioprofesional con el fin de proyectar una buena imagen
de la empresa.
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Orientaciones pedagógicas.
Este módulo contiene la formación necesaria para el desempeño de actividades relacionadas con las actividades de la automatización y robótica industrial.
La gestión en el sector de la automatización y robótica industrial incluye el desarrollo de los procesos relacionados y el cumplimiento de procesos y protocolos de calidad en lengua inglesa.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales del ciclo formativo y las competencias generales del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo, versarán sobre:
La descripción, análisis y aplicación de los procesos de comunicación utilizando el inglés.
La caracterización de los procesos del sector en inglés.
Los procesos de calidad en la empresa, su evaluación y la identificación y formalización de documentos asociados a la gestión en el sector profesional en inglés.
La identificación, análisis y procedimientos de actuación ante situaciones imprevistas en inglés.
MÓDULO PROFESIONAL: INGLÉS II
Equivalencia en créditos ECTS: 3
Código: 0974-Ex
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Reconoce información profesional y cotidiana contenida en todo tipo de discursos orales emitidos por cualquier medio de comunicación en lengua estándar, interpretando con precisión el contenido del mensaje.
Criterios de evaluación:
a) Se ha situado el mensaje en su contexto.
b) Se ha identificado la idea principal del mensaje.
c) Se ha reconocido la finalidad del mensaje, ya sea directo, telefónico o por cualquier otro medio auditivo.
d) Se ha extraído información específica en mensajes relacionados con la vida cotidiana y profesional.
e) Se han secuenciado los elementos constituyentes del mensaje.
f) Se han identificado las ideas principales de discursos y mensajes sobre temas concretos, emitidos en lengua estándar y articulados con claridad.
g) Se han extraído las ideas principales de discursos sobre temas académicos y profesionales.
25621NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
h) Se han reconocido las instrucciones orales y se han seguido las indicaciones.
i) Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un mensaje sin entender todos y cada uno de los elementos del mismo.
2. Produce mensajes orales bien estructurados en situaciones habituales del ámbito social y
profesional de la empresa, reconociendo y aplicando las normas propias de la lengua inglesa.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado mensajes de saludos, presentación y despedida con el protocolo y las pautas de cortesía asociadas.
b) Se han utilizado con fluidez mensajes propuestos en la gestión de citas.
c) Se han transmitido mensajes relativos a justificación de retrasos, ausencias o cualquier otra eventualidad.
d) Se han empleado con fluidez las expresiones habituales para el requerimiento de la identificación de los interlocutores.
e) Se ha expresado con fluidez sobre temas generales, profesionales o de ocio, marcando con claridad la relación entre las ideas.
f) Se ha comunicado espontáneamente utilizando correctamente nexos de unión, estrategias de interacción y adoptando un nivel de formalidad adecuado a las circunstancias.
3. Mantiene conversaciones en lengua inglesa del ámbito del sector de la automatización y la robótica industrial interpretando la información de partida.
Criterios de evaluación:
a) Se ha utilizado un vocabulario técnico adecuado al contexto de la situación.
b) Se han utilizado los mensajes adecuados de saludos, presentación, identificación y otros con las pautas de cortesía asociadas dentro del contexto de la conversación.
c) Se han atendido consultas telefónicas con supuestos fabricantes y proveedores.
d) Se ha identificado la información facilitada y requerimientos realizados por el interlocutor.
e) Se han formulado las preguntas necesarias para favorecer y confirmar la percepción correcta del mensaje.
f) Se han proporcionado las respuestas correctas a los requerimientos e instrucciones recibidas.
g) Se han realizado las anotaciones oportunas en inglés en caso de ser necesario.
h) Se han utilizado las fórmulas comunicativas más usuales utilizadas en el sector.
i) Se han comprendido sin dificultad los puntos principales de la información.
j) Se ha utilizado un acento adecuado en las conversaciones en inglés.
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4. Interpreta información profesional contenida en textos escritos recibidos por cualquier vía y relacionados con la cultura general de negocio y empresa, utilizando las herramientas de apoyo más adecuadas.
Criterios de evaluación:
a) Se han leído con un alto grado de independencia distintos tipos de textos, adaptando el estilo y la velocidad de la lectura a cada uno de ellos.
b) Se han identificado las herramientas de apoyo más adecuadas para la interpretación y traducción en inglés.
c) Se ha interpretado la información sobre la empresa, el producto y el servicio.
d) Se ha identificado con cierta rapidez el contenido de artículos, noticias e informes sobre temas profesionales.
e) Se han interpretado mensajes recibidos a través de soportes telemáticos: correo electrónico, fax, etc.
f) Se han interpretado estadísticas y gráficos en inglés sobre el ámbito profesional.
g) Se ha valorado la dimensión de la lengua inglesa como medio de comunicación base en la relación empresarial.
5. Elabora y cumplimenta documentos de carácter técnico o laboral reconociendo y aplicando las normas propias de la lengua inglesa.
Criterios de evaluación:
a) Se han redactado textos complejos sobre aspectos de la vida cotidiana y temas relacionados con su especialidad.
b) Se ha organizado la información con corrección, precisión, coherencia y cohesión.
c) Se han resumido artículos, manuales de instrucciones y otros documentos escritos, utilizando un vocabulario amplio para evitar la repetición frecuente.
d) Se ha identificado un vocabulario de uso general en la documentación propia del ámbito laboral de la automatización y robótica industrial.
e) Se ha cumplimentado documentación específica de su campo profesional dentro del sector de la automatización y robótica industrial.
f) Se han aplicado las fórmulas establecidas y el vocabulario específico en la cumplimentación de documentos.
g) Se han utilizado las fórmulas de cortesía propias del documento elaborado.
Duración: 40 horas
Contenidos básicos:
1. Comprensión y producción oral precisa:
Mensajes cotidianos y profesionales relacionados con el sector profesional de la automatización y robótica industrial.
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Normas de convivencia y protocolo. Pautas de cortesía y adecuación al lenguaje no
verbal.
Terminología específica del sector de la automatización y robótica industrial.
Recursos, estructuras lingüísticas, léxico y aspectos fonológicos sobre: presentación
de personas, saludos y despedidas, tratamientos de cortesía y formalidad,
identificación de los interlocutores, justificación de retrasos o ausencias,
alojamientos, medios de transportes, horarios, actos culturales y análogos.
Recepción y transmisión de mensajes de forma presencial, telefónica o telemática.
Solicitudes y peticiones de información.
Estilos comunicativos formales y no formales: la recepción y relación con el cliente.
Recursos, estructuras lingüísticas, léxico y aspectos fonológicos relacionados con la
contratación, la atención al cliente, quejas y reclamaciones. Formulación de disculpas
en situaciones delicadas, etc.
Planificación de agendas: concierto, aplazamiento y anulación de citas.
Presentación de productos/servicios y valores añadidos, condiciones de pago, etc.
Producción de mensajes que impliquen la solicitud de información para la resolución
de problemas, tales como el diagnóstico de averías y disfunciones o el uso de
herramientas de diagnóstico y comprobación adecuadas para supervisar y/o mantener
instalaciones y equipos asociados.
Realización de consultas, dirigiéndose a la persona adecuada.
Aplicación de estrategias y técnicas de comunicación, adaptándose a los contenidos
que se van a transmitir, a la finalidad y las características de los receptores para
asegurar la eficacia en los procesos de comunicación.
Desarrollo de técnicas de liderazgo, motivación, supervisión y comunicación en
contextos de trabajo en grupo para facilitar la organización y coordinación de
equipos de trabajo.
Comunicación de instrucciones de trabajo, planes, intenciones y opiniones.
Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios, preposiciones, expresión de la
condición y duda, oraciones de relativo, uso de la voz pasiva, estilo indirecto y verbos
modales.
Otros recursos lingüísticos: gustos y preferencias, argumentaciones, sugerencias,
acuerdos y desacuerdos, opiniones y consejos, obligación, persuasión y advertencia.
Instrucciones sobre operaciones y tareas propias del puesto de trabajo y del entorno
profesional.
Diferentes acentos de la lengua oral.
2. Mantenimientos y seguimiento del discurso oral:
Intercambio de información de interés personal. Opiniones personales.
Conversaciones informales improvisadas sobre temas cotidianos y profesionales.
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Elementos paratextuales, resumir, preguntar o repetir con otras palabras para
confirmar la comprensión mutua.
Toma, mantenimiento y cesión del turno de palabra.
Apoyo, demostración de entendimiento, petición de aclaración, etc.
Entonación como recurso de cohesión del texto oral.
3. Interpretación de textos con herramientas de apoyo:
Comprensión de mensajes y textos complejos relacionados con temas cotidianos y
profesionales.
Organización de la información en los textos técnicos: índices, títulos,
encabezamientos, tablas, esquemas y gráficos.
Características de los tipos de documentos propios del sector profesional de
la automatización y robótica industrial: libros de instrucciones, información
técnica para determinar elementos de sistemas automáticos, diferentes tipos
de proyectos y memorias técnicas, especificaciones y prescripciones
reglamentarias, normas de seguridad, etc.
Comprensión detallada de correspondencia, correo electrónico, fax,
burofax, etc.
Interpretación de la terminología específica del sector profesional de la
automatización y robótica industrial.
Fórmulas de cortesía y formalidad.
Comprensión de recursos lingüísticos habituales y palabras clave utilizadas en
la comunicación general y específica.
Comprensión detallada de la información contenida en informes, formularios,
folletos y prensa especializada del sector para mantener el espíritu de
innovación y actualización así como para adaptarse a los cambios
tecnológicos y organizativos de su entorno profesional.
Análisis y utilización de recursos lingüísticos y palabras clave relacionados con
la evolución científica, tecnológica y organizativa del sector y las tecnologías
de la información y la comunicación.
Comprensión de la información y el léxico propio de los requisitos técnicos
del montaje y mantenimiento de equipos, programas de control, programas
informáticos, de diseño de última generación y normativa entre otros.
Comprensión detallada de instrucciones y explicaciones contenidas en
manuales (de instrucciones, de funcionamiento, tutoriales, especificaciones
del fabricante, etc.) para evaluar el rendimiento de los dispositivos e
identificar posibilidades de mejora.
Idea principal e ideas secundarias.
Uso de diccionarios temáticos, correctores ortográficos, programas de traducción
automáticos aplicados a textos relacionados con :
La cultura de la empresa y sus objetivos.
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Descripción y comparación de gráficos y estadística. Comprensión de los
indicadores económicos más habituales.
Agenda. Documentación para la organización de citas y reuniones.
Organización de las tareas diarias.
Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios y preposiciones, oraciones
condicionales, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo indirecto, verbos
modales.
Relaciones lógicas: oposición, concesión, causa, finalidad, resultado, condición,
Selección léxica de estructuras sintácticas y de contenido relevante.
Inicio del discurso e introducción del tema, desarrollo y expansión,
ejemplificación y conclusión.
Uso de los signos de puntuación.
5. Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación,
describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.
Valoración de las normas socioculturales y protocolarias en las relaciones
internacionales.
Uso de los recursos formales y funcionales en situaciones que requieren un
comportamiento socioprofesional con el fin de proyectar una buena imagen de la
empresa.
Reconocimiento de la lengua extranjera para profundizar en conocimientos que
resulten de interés a lo largo de la vida personal y profesional.
Orientaciones pedagógicas:
Este módulo contiene la formación necesaria para el desempeño de actividades relacionadas
con el sector de la automatización y robótica industrial. La gestión en el sector incluye el
desarrollo de los procesos relacionados y el cumplimiento de procesos y protocolos de
calidad, todo ello en lengua inglesa.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales del ciclo formativo y
las competencias generales del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los
objetivos del módulo, versarán sobre:
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La descripción, análisis y aplicación de los procesos de comunicación utilizando el inglés.
La caracterización de los procesos del sector en inglés.
Los procesos de calidad en la empresa, su evaluación y la identificación y formalización de documentos asociados a la gestión de alojamiento en inglés.
La identificación, análisis y procedimientos de actuación ante situaciones imprevistas (quejas, reclamaciones…) en inglés.
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ANEXO III
Organización modular y distribución horaria por curso escolar del ciclo formativo de grado superior Automatización y Robótica Industrial
Nº Módulo Profesional Primer curso Segundo curso
Horas totales
Horas semanales
Horas totales
Horas semanales
1 0959. Sistemas eléctricos, neumáticos
e hidráulicos 130 4
2 0960. Sistemas secuenciales
programables 165 5
3 0961. Sistemas de medida y
regulación 130 4
4 0962. Sistemas de potencia 165 5
5 0963. Documentación Técnica 90 3
6 0964. Informática industrial 130 4
7 0970. Formación y Orientación laboral 90 3
8 0973-Ex. Inglés I 60 2
9 0965. Sistemas programables
avanzados 100 5
10 0966. Robótica industrial 100 5
11 0967.Comunicaciones industriales 160 8
12 0968. Integración de sistemas de
automatización industrial 140 7
13 0971. Empresa e iniciativa
emprendedora 60 3
14 0974-Ex. Inglés II 40 2
15 0969. Proyecto de automatización y
robótica industrial 40
16 0972. Formación en centros de
trabajo 400
Total horas por curso. 960 30 1040 30
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ANEXO IV
Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Módulo Profesional Especialidad del
Profesorado Cuerpo
0973-Ex. Inglés I
Inglés
• Catedráticos de Enseñanza
Secundaria
• Profesores de Enseñanza
Secundaria 0974-Ex. Inglés II
ANEXO V
Espacios y equipamientos recomendados
Espacios:
Espacio formativo* Superficie m
30 alumnos Superficie m
20 alumnos
Aula polivalente 60 40
Aula de informática 120 80
Laboratorio de sistemas automáticos 120 100
Taller de sistemas automáticos 180 120
* Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse, necesariamente
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Equipamientos:
Espacios formativos Equipamiento
Aula polivalente
• Sistema de proyección. • Ordenadores en red y con acceso a Internet. • Dispositivos de almacenamiento en red. • Escáner. • Impresoras.
• Equipos audiovisuales.
Aula de informática
• Sistema de proyección. • Ordenadores en red y con acceso a Internet. • Escáner, Plóter, Impresoras. • Programas de gestión de proyectos. • Equipo audiovisuales • Software de diseño y simulación de sistemas mecatrónicos. • Software de programación de PLCs. • Software de desarrollo de SCADA. • Software de desarrollo de CAD eléctrico. • Software de programación y visualización de páginas web.
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Espacios formativos Equipamiento
Laboratorio de sistemas
automáticos
Taller de sistemas
automáticos
• Sistema de proyección.
• Ordenadores en red y con acceso a Internet.
• Impresoras.
• Software de aplicación.
• Generador de funciones
• Componentes neumáticos, hidráulicos, electro-hidráulicos y electro-
• Variadores de frecuencia (mando digital, analógico y mediante bus de campo).
• Entrenadores para electrotecnia.
• Equipos para construcción de cuadros eléctricos.
• Paneles para las instalaciones de circuitos de electricidad- electrónica.
• Elementos y entrenadores de comunicaciones Industriales: Periferia
descentralizada, Switchs, Pantallas táctiles, Pasarelas, Tarjetas para sistemas de
comunicaciones inalámbricos, Tarjetas de comunicaciones para diferentes tipos
de buses, Tarjetas de comunicaciones para telegestión y telemantenimiento.
• Equipamientos y elementos de medición y control de procesos que incluyan:
sensores y transductores; tarjetas de entradas analógicas; tarjetas de salida
analógicas; reguladores PID; tarjetas de regulación para PLC.
• Equipamientos y elementos de medición y control de posición que incluyan:
servomotores, tarjetas de contaje, tarjetas de posicionamiento.
• Equipamiento para la realización de ensayos.
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• • •
ANEXO VI
Módulos profesionales susceptibles de ser impartidos en régimen a distancia
Módulos que pueden ser impartidos en modalidad teleformación on line
• 0961. Sistemas de medida y regulación. • 0963. Documentación técnica. • 0964. Informática industrial. • 0969. Proyecto de automatización y robótica industrial. • 0970. Formación y orientación laboral. • 0971. Empresa e iniciativa emprendedora. • 0973-Ex. Inglés I. • 0974-Ex. Inglés II.
Módulos que pueden ser impartidos en modalidad semipresencial
• 0962. Sistemas de potencia. • 0966. Robótica industrial. • 0967. Comunicaciones industriales. • 0968. Integración de sistemas de automatización industrial.
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DECRETO 207/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículodel ciclo formativo de grado superior de Técnico Superior en Sistemas deTelecomunicaciones e Informáticos en la Comunidad Autónoma deExtremadura. (2013040233)
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de28 de enero, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de de-sarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y gra-dos, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de loscentros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las activi-dades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan a la Comunidad Autó -noma de Extremadura funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria.
El artículo 6.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, define el currículo co-mo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y crite-rios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la citada ley. Por otra parte,su artículo 6.2 asigna al Gobierno la competencia para fijar los aspectos básicos del currículoque constituyen las enseñanzas mínimas, mientras corresponde a las administraciones educa-tivas competentes establecer el currículo del que formarán parte dichos aspectos básicos.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional,establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad a lodispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución, y previa consulta al ConsejoGeneral de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesiona-lidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional deCualificaciones Profesionales.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece en su artículo 70.2que el currículo será determinado por la Administración educativa, en el marco de la norma-tiva básica estatal.
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, define en el artículo 9 la estructura de los títulosde la formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de CualificacionesProfesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.
Asimismo, el artículo 7 del citado real decreto establece que el perfil profesional de los títu-los incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, lascualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional deCualificaciones Profesionales incluidas en el título.
El Real Decreto 883/2011, de 24 de junio, establece el título de Técnico Superior en Sistemasde Telecomunicaciones e Informáticos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
En virtud de todo lo cual, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura y del Consejode Formación Profesional de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura,previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de octubre de 2013,
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D I S P O N G O :
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
El presente decreto tiene por objeto establecer el currículo correspondiente al título de TécnicoSuperior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos en la Comunidad Autónoma deExtremadura.
Artículo 2. Marco general de la formación.
Los aspectos relativos a la identificación del título, el perfil y el entorno profesionales, las com-petencias, la prospectiva del título en el sector, los objetivos generales, los accesos y vincu-lación con otros estudios, la correspondencia de módulos profesionales con las unidades decompetencia incluidas en el título y las titulaciones equivalentes a efectos académicos, profe-sionales y de docencia, son los que se definen en el Real Decreto 883/2011, de 24 de junio,por el que se establece el título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones eInformáticos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Artículo 3. Módulos profesionales.
Los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo son los siguientes:
1. Los incluidos en el Real Decreto 883/2011, de 24 de junio, es decir:
0525 Configuración de infraestructuras de sistemas de telecomunicaciones.
0551 Elementos de sistemas de telecomunicaciones.
0552 Sistemas informáticos y redes locales.
0553 Técnicas y procesos en infraestructuras de telecomunicaciones.
0554 Sistemas de producción audiovisual.
0555 Redes telemáticas.
0556 Sistemas de radiocomunicaciones.
0557 Sistemas integrados y hogar digital.
0601 Gestión de proyectos de instalaciones de telecomunicaciones.
0713 Sistemas de telefonía fija y móvil.
0558 Proyecto de sistemas de telecomunicaciones e informáticos.
0559 Formación y orientación laboral.
0560 Empresa e iniciativa emprendedora.
0561 Formación en centros de trabajo.
2. Los que son propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
0562-Ex Inglés I.
0563-Ex Inglés II.
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Artículo 4. Aspectos del currículo.
1. La contribución a la competencia general y a las competencias profesionales, personalesy sociales, los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los crite-rios de evaluación, y las orientaciones pedagógicas del currículo del ciclo formativo paralos módulos profesionales relacionados en el artículo 3.1 de este decreto son los definidosen el Real Decreto 883/2011, de 24 de junio.
2. Los contenidos de los módulos relacionados en el artículo 3.1 de este decreto se incluyenen el Anexo I del mismo.
3. Los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los criterios de eva-luación, los contenidos y las orientaciones pedagógicas de los módulos profesionales re-lacionados en el artículo 3.2, son los relacionados en el Anexo II de este decreto.
Artículo 5. Organización modular y distribución horaria.
La duración de este ciclo formativo es de 2.000 horas, distribuidas en dos cursos académicos.
La distribución de cada uno de los cursos, la duración y asignación horaria semanal de cadauno de los módulos profesionales que conforman estas enseñanzas se concretan en el AnexoIII de este decreto.
Artículo 6. Desarrollo curricular.
1. Los centros educativos, en virtud de su autonomía pedagógica, concretarán y desarrolla-rán las enseñanzas correspondientes al título de formación profesional de Técnico Superioren Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos mediante la elaboración de un pro-yecto curricular del ciclo formativo que responda a las necesidades del alumnado y a lascaracterísticas concretas del entorno socioeconómico, cultural y profesional, en el marcodel proyecto educativo del centro.
2. El equipo docente responsable del desarrollo del ciclo formativo elaborará las programa-ciones para los distintos módulos profesionales. Estas programaciones didácticas deberáncontener, al menos, la adecuación de las competencias profesionales, personales y socia-les al contexto socioeconómico y cultural dentro del centro educativo y a las característi-cas del alumnado, la distribución y el desarrollo de los contenidos, la metodología de ca-rácter general y los criterios sobre el proceso de evaluación, así como los materialesdidácticos.
Artículo 7. Evaluación.
1. El profesorado evaluará los aprendizajes del alumnado, los procesos de enseñanza y supropia práctica docente.
2. La evaluación del alumnado se realizará atendiendo a los resultados de aprendizaje y suscriterios de evaluación establecidos para los diferentes módulos profesionales, así comolos objetivos generales del ciclo formativo.
3. Dada la estructura modular de los ciclos formativos la evaluación de los aprendizajes delalumnado se realizará por módulos profesionales.
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4. El alumnado que obtenga una evaluación positiva en todos los módulos profesionales co-rrespondientes al ciclo formativo obtendrá e1 título de formación profesional de TécnicoSuperior en Sistemas de Telecomunicación e Informáticos.
5. Por otra parte, para la evaluación, promoción y acreditación de la formación establecidaen este decreto se atendrá a las normas dictadas al efecto por la Consejería competenteen materia de Educación.
Artículo 8. Convalidaciones, exenciones y correspondencias.
1. Las convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de formación profesional es-tablecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Generaldel Sistema Educativo, con los módulos profesionales de los títulos establecidos al ampa-ro de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establecen en el Anexo IVdel Real Decreto 883/2011, de 24 de junio.
2. En los términos del artículo 38.1 a) del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, quienestengan acreditada oficialmente alguna unidad de competencia que forme parte delCatálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales tendrán convalidados los módulos pro-fesionales correspondientes, según se establezca en la norma que regule cada título o cur-so de especialización. No obstante lo anterior, y de acuerdo con el artículo 38.1 c) del RealDecreto 1147/2011, de 29 de julio, el módulo profesional de Formación y OrientaciónLaboral de cualquier título de formación profesional establecido al amparo de la LeyOrgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, podrá ser objeto de convalidación siem-pre que se acredite haber superado el módulo profesional de Formación y OrientaciónLaboral establecido al amparo de la Ley 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Generaldel Sistema Educativo, y se acredite la formación establecida para el desempeño de lasfunciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispues-to en la normativa vigente.
3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39.1 del Real Decreto 1147/2011, de 29 dejulio, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de formaciónen centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que seacredite una experiencia correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año, rela-cionada con los estudios profesionales respectivos.
4. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales queforman las enseñanzas del Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones eInformáticos para su convalidación o exención queda determinada en el Anexo IV A) delReal Decreto 883/2011, de 24 de junio.
5. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título deTécnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos con las unidades decompetencia para su acreditación, queda determinada en el Anexo IV B) del Real Decreto883/2011, de 24 de junio.
Artículo 9. Metodología didáctica.
1. La metodología didáctica debe adaptarse a las peculiaridades colectivas del grupo, así co-mo a las peculiaridades individuales.
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2. La tutoría, la orientación profesional y la formación para la inserción laboral, forman par-te de la función docente y serán desarrolladas de modo que al finalizar el ciclo formativoel alumnado alcance la madurez académica y profesional. Corresponde a los equipos edu-cativos la programación de actividades encaminadas a conseguir la optimización de losprocesos de formación del alumnado.
3. La función docente incorporará la formación en prevención de riesgos laborales dentro decada módulo profesional y será considerada como área prioritaria.
Artículo 10. Especialidades del profesorado.
1. Las especialidades del profesorado de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secun -daria, de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de FormaciónProfesional, según proceda, con atribución docente en los módulos profesionales relacio-nados en el artículo 3.1 son las establecidas en el Anexo III. A) del Real Decreto883/2011, de 24 de junio. Las titulaciones requeridas al profesorado de los centros detitularidad privada o de titularidad pública de otras Administraciones distintas de las edu-cativas para impartir dichos módulos son las que se concretan en el Anexo III.C) del re-ferido real decreto.
2. Las especialidades y, en su caso, las titulaciones del profesorado con atribución docenteen los módulos profesionales incluidos en el artículo 3.2 de este decreto son las que sedeterminan en el Anexo IV.
Artículo 11. Espacios y equipamientos.
1. Los espacios y equipamientos recomendados para el desarrollo de las enseñanzas de es-te ciclo formativo son los establecidos en el Anexo V de este decreto.
2. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos de alum-nos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.
3. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente me-diante cerramientos.
Disposición adicional primera. Calendario de implantación.
El currículo establecido por este decreto se implantará en el curso escolar 2013/2014 para losmódulos profesionales de primer curso y en el curso 2014/2015 para el resto de los módulos.
Disposición adicional segunda. Oferta en régimen a distancia.
Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofer-tarse a distancia, siempre que se garantice que el alumno puede conseguir los resultados deaprendizaje de los mismos.
En el Anexo VI se recogen los módulos susceptibles de ser impartidos en régimen a distan-cia, así como su modalidad.
1. Con el fin de promover la formación a lo largo de la vida, la Consejería con competenciasen educación podrá configurar los módulos profesionales incluidos en este título en uni-
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dades formativas de menor duración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
2. Las unidades formativas que conformen cada módulo profesional deben incluir la totali-dad de los contenidos de dichos módulos. Cada módulo no podrá dividirse en más de cua-tro unidades formativas ni éstas tener una duración inferior a 30 horas.
3. Las unidades formativas superadas podrán ser certificadas con validez en el ámbito de laComunidad Autónoma de Extremadura. La superación de todas las unidades formativasque componen un módulo profesional dará derecho a la certificación del correspondientemódulo profesional con validez en todo el territorio nacional.
Disposición adicional cuarta. Otras organizaciones y distribuciones de los módulosprofesionales.
Se autoriza al titular de la Consejería competente en materia de educación para reordenar ladistribución de los módulos profesionales establecida en la normativa que determina los cu-rrículos de los ciclos formativos de la familia profesional de Electricidad y Electrónica, o deotras familias, con el fin de poner en práctica iniciativas o proyectos experimentales propi-ciados por centros autorizados por dicha Administración educativa, manteniendo los conteni-dos y las horas anuales atribuidas a cada módulo profesional en los currículos vigentes de losciclos formativos objeto de la experiencia.
Disposición adicional quinta. Referencia de género.
Todos los términos contenidos en este decreto, en el que se utiliza la forma del masculino ge-nérico, se entenderán aplicables a personas de ambos sexos.
1. El alumnado que durante el curso 2012/2013 haya estado matriculado en módulos profe-sionales correspondientes al primer curso del anterior título y no promocione, se podrá in-corporar al primer curso de las enseñanzas reguladas por el presente decreto sin perjui-cio de las convalidaciones o reconocimientos de módulos a los que se pudiera tenerderecho, según lo previsto en el Anexo VI.
2. Durante los cursos 2013/2014 y 2014/2015 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias anuales de módulos profesionales de primer curso, a las que podrá concurrir, conlos límites establecidos en las normas de evaluación, aquel alumnado que pueda promo-cionar a segundo curso pero tenga pendiente módulos profesionales de primer curso.
3. Durante los cursos 2014/2015 y 2015/2016 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias de módulos profesionales de segundo curso, a las que podrá concurrir, con los lí-mites establecidos en las normas de evaluación, el alumnado con estos módulos profe-sionales pendientes.
Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Se autoriza al titular de la Consejería competente en materia de educación para el desarrolloy ejecución del presente decreto.
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Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficialde Extremadura.
Mérida, a 29 de octubre de 2013.
El Presidente de la Junta de ExtremaduraJOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA
La Consejera de Educación y Cultura,TRINIDAD NOGALES BASARRATE
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ANEXO I
MÓDULOS PROFESIONALES
MÓDULO PROFESIONAL: CONFIGURACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES.
Equivalencia en créditos ECTS: 8
Código: 0525.
Duración: 130 horas.
Contenidos:
1.- Caracterización de las instalaciones de infraestructuras comunes de telecomunicaciones
para señales de radiodifusión sonora y televisión:
- Normativa de aplicación, instalación y mantenimiento de las ICT.
- Norma técnica para RTV. Bandas de trabajo. Canales de RTV que hay que distribuir.
- Recintos y registros de ICT. RITI. RITS.RITU.RITM.
- Elementos de captación. Antenas. Tipos. Accesorios.
- Elementos y equipos de cabecera. Características. Soportes y accesorios mecánicos.
- Relación de los equipos de cabecera con los conjuntos de captación. Equipamiento
eléctrico: protecciones y toma de tierra. Amplificadores monocanal, programables y de
banda ancha. Amplificadores de FI. Moduladores. Otros.
- Identificación sobre planos de los distintos tipos de redes. Simbología de los ele-
mentos.
- Distribución de señales. Red de distribución. Red de dispersión y Red interior de
usuario.
- Sistemas de distribución. Canalizaciones e infraestructura de distribución. Distribución
por repartidores. Distribución por derivadores. Distribución por cajas de paso. Distri-
bución mixta.
- Tipos de Instalaciones de ICT. Instalaciones de recepción y distribución de televisión y
radio.
- Tipos de instalaciones de telefonía interior e intercomunicación.
2.- Elaboración Configuración de infraestructuras de telecomunicaciones para señales de
radiodifusión sonora y televisión:
- Características del edificio o complejo urbano de instalación.
- Elementos de captación: ubicación sobre planos. Distancias mínimas a obstáculos y
líneas eléctricas.
- Cálculo de los parámetros de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones.
Ganancia necesaria en las antenas. Niveles de señal en las tomas de usuario.
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- Elección de los elementos de captación según normativa de aplicación. Ganancia
necesaria en las antenas. Elección del sistema captador.
- Elección de los elementos y equipos de cabecera según características técnicas.
Configuración de la cabecera de amplificación.
- Elección del sistema de distribución. Atenuación de la red de distribución y dispersión.
Elección del equipamiento de la red. Amplificación necesaria. Elección de amplificadores.
- Configuración del cableado. Bus pasivo corto. Bus pasivo ampliado. Punto a punto.
- Esquemas de principio. Esquemas eléctricos: generales y de conexionado. Software de
aplicación de diseño asistido para el dibujo de planos.
- Normativa de ICT y REBT. Aplicación a la configuración de las instalaciones.
3.- Caracterización de la infraestructura común de telecomunicaciones para el acceso al
servicio básico de telefonía y redes digitales:
- Proyecto técnico. Documentación relacionada.
- Red interior. Identificación de tramos que la integran. Características. Elementos y
equipos que componen la red interior.
- Identificación y características del método de enlace al inmueble. Arqueta de entrada.
- Registros de entrada. Ubicación sobre planos. Símbología. Interpretación de planos.
- Elementos de conexión. Puntos de interconexión. Punto de distribución. Punto de
acceso al usuario. Punto de acceso terminal.
- Elementos y características de la Red digital de servicios integrados.
- Elección de elementos de interfonía. Sistemas de videoportería. Elementos y equipos.
- Interpretación de planos. Ubicación de los elementos de la red.
4.- Configuración de infraestructuras de telecomunicaciones para el acceso al servicio de
telefonía disponible al público:
- Topologías según tipo de inmueble. Usos. Locales comerciales. Oficinas. Bloques de
pisos. Viviendas unifamiliares.
- Análisis de las necesidades telefónicas de los usuarios.
- Servicios de los operadores.
- Determinación de líneas y usos. Identificación de los tipos de accesos.
- Cableado para redes digitales. Dimensionado de las redes. Bus pasivo corto. Bus pasivo
ampliado.
- Dimensionado de la red de distribución. Estimaciones de ampliación.
- Determinación de las redes de dispersión e interior de usuario. Dimensionado.
- Terminadores de red. Ubicación física.
- Elementos para el acceso al servicio de telefonía disponible al público. Regletas.
Accesorios. Equipos para accesos básicos. Equipos para accesos primarios.
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- Elaboración de esquemas. Software de aplicación. Bases de datos de elementos de
infraestructuras de telefonía.
5.- Caracterización de la infraestructura común de telecomunicaciones para el acceso al
servicio de telecomunicaciones de banda ancha:
- Redes de banda ancha para el acceso al servicio de telecomunicaciones. Topología.
Definición. Características.
- Tipo de enlace de la red de banda ancha. Medios guiados y no guiados. Cableado. Fibra
óptica. Operadores de redes de telecomunicaciones. Identificación e interpretación de
planos y esquemas de los registros y recintos de la red de distribución de banda ancha.
- Métodos y técnicas de determinación de los elementos de conexión en los puntos de
distribución final. Características. Tipos.
- Métodos y técnicas de determinación de los elementos de conexión en los puntos de
terminación de red. Características. Tipos.
- Reglamentación y especificaciones mínimas de telecomunicaciones en las edificaciones.
6.- Configuración de infraestructuras de redes de voz y datos con cableado estructurado:
- Evaluación de las necesidades de los servicios. Sistemas de información. Previsión de
ampliaciones futuras. Dimensionado.
- Interferencias sobre redes de datos. Fuentes generadoras de interferencias
- Separaciones y distancias mínimas con otras instalaciones. Normativa de aplicación.
- Selección de equipos y elementos de la red. Canalizaciones. Cableados. Fibra óptica.
Distribuidores. Otros.
- Elementos y equipos de los recintos de telecomunicaciones. Características.
- Esquemas de distribución de equipamiento en «racks». Accesorios.
- Condiciones de seguridad en los recintos de telecomunicaciones. Acometida eléctrica
diferenciada. Apantallamiento frente a interferencias. Sistemas de alimentación
Centrales terrenas y red de enlaces. Terminales. Operadores y servicios asociados.
- Instalaciones asociadas. Sistemas radiantes. Sistemas de alimentación en continua y
alterna. Sistemas de alimentación ininterrumpida. Grupos electrógenos y placas solares.
Convertidores. Baterías. Sistemas de refrigeración y ventilación.
- Interfaces físicos. Interfaz radio.
- Configuración de los equipos de radiocomunicaciones para telefonía. Software de
control.
- Redes fijas y móviles de radiocomunicaciones. Características. Integración de ambos
sistemas.
- Sistemas y equipos de acceso remoto. Telecontrol. Módems cableados e inalámbricos.
Configuración.
4.- Instalación de estaciones base:
- Herramientas y medios de montaje para instalaciones de estaciones base.
- Interpretación de planos para el replanteo. Ubicación de equipos. Especificaciones
técnicas de las estaciones.
- Montaje de equipos para telefonía móvil y celular. Estaciones base. Células y
microcélulas. GSM/GPRS/UMTS. Antenas. Transceptores de acceso remoto. Equipos de
radio TETRA. Modems.
- Cableado específico de estaciones base. Interconexión de equipos. Bastidores y racks.
Elementos auxiliares. Tipos de cable. Conectores. Accesorios.
- Conexionado físico de equipos de estaciones base. Interfaces. Duplexores.
Adaptadores. Sistemas de alimentación. Sistemas de seguridad en la alimentación.
- Conexionado de medios de transmisión de redes fijas y móviles. Conectores.
Herramientas y útiles específicos. - Configuración de equipos y redes de radiocomunicaciones (telefonía celular). Software
de control. Parámetros y herramientas de configuración en redes fijas y móviles.
- Técnicas de seguimiento y control del montaje. Aplicación de planes de calidad y
seguridad.
- Documentación de montaje. Actas de replanteo. Listado de materiales y equipos.
Hojas de servicios y tiempos de ejecución.
5.- Instalación de sistemas de telefonía:
- Herramientas y medios de montaje para instalaciones de telefonía.
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- Interpretación de planos para el replanteo. Ubicación de equipos. Conexionado físico
de sistemas de telefonía. Interfaces y terminadores de red. Centralitas. Terminales fijos
e inalámbricos.
- Conexionado de medios de transmisión de redes fijas y móviles. Redes de usuario.
Electrónica de red. Accesorios. Herramientas y útiles específicos.
- Instalación de sistemas de telefonía. Técnicas de integración de sistemas de telefonía.
Proveedores de servicio. Servicios de valor añadido. Centro de llamadas (Call Center).
Conexiones.
- Centralitas celulares (DECT). Terminales. Antenas. Sistemas de alimentación.
- Configuración de servicios en centralitas y terminales. Direccionamiento. Software de
configuración. Integración de central telefónica con red de datos y ordenador.
Programas específicos de control telefónico. Seguridad en las comunicaciones
inalámbricas. Inhibidores.
- Software de VoIP. Clientes de VoIP. Teléfonos web (webphone). Teléfonos software
(softphone). Teléfonos móviles. Otros dispositivos móviles. Configuración.
- Instalación de sistemas de telefonía vía satélite Conexionado. Terminales. Antenas.
Características. Configuración y direccionamiento de terminales vía satélite.
- Convergencia de la telefonía vía satélite con la telefonía celular y ToIP.
- Operadores de telecomunicaciones. Servicios. Configuración de servicios.
6.- Puesta en servicio de instalaciones de telefonía:
- Instrumentación. Características. Medidores de ROE. Analizador de espectro en RF.
Analizador de radiocomunicaciones 2G, 2,5G, 3G, UMTS, WIMAX. Analizador de
tráfico y protocolos. Otros.
- Técnicas de verificación de sistemas de telefonía.
- Parámetros básicos de configuración de sistemas de telefonía fija y móvil. Software de
programación, configuración y control.
- Configuraciones local y remota. Equipos analizadores de red. Equipos certificadores de
redes. Equipos de análisis de protocolos y tráfico.
- Medidas en telefonía. Visualización y medidas de interfaces de telefonía y terminadores
de red. Monitorización del tráfico.
- Técnicas de verificación de la funcionalidad en telefonía fija y VoIP. Verificación de
protocolos.
- Medidas en estaciones base celulares. Transmisión. Conmutación. Equipos radio
GSM/GPRS/UMTS. Niveles de señal. Radiación. Zonas de cobertura. Zonas de
exposición radioeléctrica. Equipos TETRA. Terminales portátiles y móviles. Configu-
ración.
- Documentación de puesta en servicio de sistemas de telefonía. Hojas de pruebas y
aceptación.
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7.- Mantenimiento de instalaciones y sistemas telefónicos:
- Planes de mantenimiento. Técnicas de ejecución. Inspecciones y revisiones periódicas.
Medios y recursos. Control de calidad.
- Mantenimiento de sistemas de telefonía. Función, objetivos, tipos. Impacto en el
servicio. Organización. Empresas de mantenimiento.
- Averías tipo en las instalaciones de telefonía. Síntomas y efectos. Localización de
averías.
- Partes de averías. Organización de las intervenciones. Propuesta de mejoras.
- Técnicas de localización de averías en sistemas de telefonía. Visualización e
interpretación de alarmas. Accesos remotos y telecontrol.
- Diagnóstico y reparación de averías. Equipos de verificación y chequeo. Análisis de
protocolos. Análisis de tráfico de red.
- Medidas y ensayos. Niveles de señal. Cobertura. Muestreo de nivel. Interferencias y
perturbaciones. Tipos y características.
- Sustitución de equipos. Compatibilidades. Ajustes y calibración de equipos.
Instrumental de medida. Parámetros específicos de control.
- Restablecimiento de la funcionalidad. Procedimiento de puesta en marcha. Secuencia
de restablecimiento.
- Documentación de mantenimiento. Históricos de averías.
- Seguridad y calidad en el mantenimiento de sistemas de telefonía.
8.- Prevención de riesgos laborales y protección medioambiental:
- Normativa de prevención de riesgos laborales relativa a los sistemas de telefonía.
- Prevención de riesgos laborales en los procesos de montaje y mantenimiento.
Identificación de los riesgos laborales. Señalización de riesgos laborales.
- Equipos de protección individual. Características y criterios de utilización. Protección
colectiva. Medios y equipos de protección.
- Normativa reguladora en gestión de residuos.
MÓDULO PROFESIONAL: FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL
Equivalencia en créditos ECTS: 5
Código: 0559
Duración: 90 horas.
Contenidos:
1.- Búsqueda activa de empleo:
- Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y
profesional del Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
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- Análisis de los intereses, aptitudes y motivaciones personales para la carrera
profesional.
- Identificación de itinerarios formativos relacionados con el Técnico Superior en
Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos: acceso, convalidaciones y exenciones.
- Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y
profesional. Adaptación a la evolución de las exigencias del mercado de trabajo.
- Definición y análisis del sector profesional del título de Técnico Superior en Sistemas
de Telecomunicaciones e Informáticos.
- Proceso de búsqueda de empleo en pequeñas, medianas y grandes empresas del
sector.
- Oportunidades de aprendizaje y empleo en Europa.
- Técnicas e instrumentos de búsqueda de empleo. Preparación para la entrevista de
trabajo.
- Nuevos yacimientos de empleo.
- El proceso de toma de decisiones: definición y fases.
2.- Gestión del conflicto y equipos de trabajo:
- La comunicación eficaz como instrumento fundamental en la relación con los
miembros del equipo. Barreras en la comunicación. Comunicación asertiva. Comunica-
ción no verbal. Escucha activa e interactiva.
- Valoración de las ventajas e inconvenientes del trabajo de equipo para la eficacia de la
organización.
- La inteligencia emocional.
- Equipos en la industria del sector profesional en el que se ubica el título según las
funciones que desempeñan.
- La participación en el equipo de trabajo. Diversidad de roles. Tipología de los
miembros de un equipo. Técnicas para dinamizar la participación en el equipo.
Herramientas para trabajar en equipo.
- Conflicto: características, fuentes y etapas.
- Métodos para la resolución o supresión del conflicto: conciliación, mediación,
negociación y arbitraje.
- Negociación: concepto, elementos, proceso y cualidades del negociador.
3.- Contrato de trabajo y relaciones laborales:
- El derecho del trabajo. Concepto, fuentes, jerarquía normativa.
- Análisis de la relación laboral individual.
- Modalidades de contrato de trabajo y medidas de fomento de la contratación. Medidas
establecidas para la conciliación de la vida laboral y familiar. - Normativa autonómica. El
fraude de ley en la contratación laboral.
- Derechos y deberes derivados de la relación laboral.
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- El tiempo de trabajo y su retribución:
* Jornada laboral. Análisis de la jornada determinada en convenios colectivos del
sector profesional en el que se ubica el titulo.
* El período de prueba y el tiempo de trabajo
* El salario: elementos que lo integran.
* Nómina: análisis de nóminas de acuerdo con las percepciones salariales
determinadas en convenio colectivos que les sean de aplicación.
- Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Consecuencias
económicas derivadas: el finiquito y la indemnización.
- Representación de los trabajadores. Participación de los trabajadores en la empresa:
Unitaria y Sindical
- Negociación colectiva como medio para la conciliación de los intereses de
trabajadores y empresarios.
- Análisis de un convenio colectivo aplicable al ámbito profesional del Técnico Superior
en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
- Beneficios para los trabajadores en las nuevas organizaciones: flexibilidad, beneficios
sociales entre otros.
4.- Seguridad Social, Empleo y Desempleo:
- Estructura del Sistema de la Seguridad Social. Acción protectora y regímenes. El
Servicio Extremeño de Salud.
- Determinación de las principales obligaciones de empresarios y trabajadores en
materia de Seguridad Social: afiliación, altas, bajas y cotización.
- La cotización a la Seguridad Social: bases de cotización y cuotas, empresarial y del
trabajador, resultantes según el tipo de contrato.
- Acción protectora de la Seguridad Social: Introducción sobre contintencias,
prestaciones económicas y servicios.
- Situaciones protegibles por desempleo: situación legal de desempleo, prestación y
subsidio por desempleo.
5.- Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo y Evaluación de riesgos
profesionales:
- Valoración de la relación entre trabajo y salud. Importancia de la cultura preventiva en
todas las fases de la actividad. Sensibilización de la necesidad de hábitos y actuaciones
seguras a través de las estadísticas de siniestralidad laboral nacional y extremeña.
- Marco normativo básico de la prevención: derechos y deberes en materia de
prevención de riesgos laborales.
- Responsabilidades y sanciones.
- Condiciones de trabajo y salud. Riesgos y daños sobre la salud: accidente laboral y
enfermedad profesional.
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- Análisis de factores de riesgo y sus efectos.
- La evaluación de riesgos en la empresa como elemento básico de la actividad preventiva. Riesgos específicos en el sector profesional en el que se ubica el título: técnicas de evaluación de riesgos y aplicación en el entorno de trabajo.
- Análisis de riesgos ligados a condiciones de: seguridad, ambientales, ergonómicas.
- Análisis de riesgos ligados a la organización del trabajo: carga de trabajo y factores psico-sociales.
- Determinación de los posibles daños a la salud del trabajador que pueden derivarse de las situaciones de riesgo detectadas.
6.- Planificación de la prevención de riesgos en la empresa:
- Determinación de las medidas de prevención y protección individual y colectiva para los diferentes tipos de riesgos. Señalización de seguridad.
- Derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales.
- Gestión de la prevención en la empresa, documentación. Planificación de la prevención en la empresa.
- Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.
- Planes de emergencia y de evacuación en entornos de trabajo.
- Elaboración de un plan de emergencia en una pyme relacionada con el sector en el que se ubica el título.
7.- Aplicación de medidas de prevención y protección en la empresa:
- Aplicación de las medidas de prevención.
- Medidas de protección colectiva: la señalización de seguridad.
- Medidas de protección individual. Los equipos de protección individual.
- Especial protección a colectivos específicos: maternidad, lactancia, trabajadores de una empresa de trabajo temporal, trabajadores temporales.
8.- Planificación de la prevención de riesgos en la empresa: - Organización y planificación de la prevención en la empresa:
a. El control de la salud de los trabajadores. Representación de los trabajadores en materia preventiva
b. La gestión de la prevención en la empresa: definición conceptual. Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.
c. Vigilancia de la salud de los trabajadores d. El Plan de autoprotección: Plan de emergencias y de evacuación en entornos
de trabajo e. Elaboración de un plan de emergencias en una pyme
- Protocolo de actuación ante una situación de emergencia. Clasificación de emergencias y diferentes situaciones que las pueden provocar. Equipos de emergencia.
6.- Planificación de la prevención de riesgos en la empresa:
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9.- Primeros auxilios:
- Primeros auxilios: aplicación de técnicas de primeros auxiliares. Composición y uso del botiquín. Clasificación de heridos según su gravedad.
- Aplicación de las técnicas de primeros auxilios según el tipo de lesión del accidentado
MÓDULO PROFESIONAL: EMPRESA E INICIATIVA EMPRENDEDORA
Equivalencia en créditos ECTS: 4
Código: 0560
Duración: 60 horas
Contenidos: 1.- Iniciativa emprendedora:
- Innovación y desarrollo económico. Principales características de la innovación en el sector profesional en el que se ubica el titulo (materiales, tecnología, organización de la producción, etc.). Procesos de innovación sectorial en marcha en Extremadura.
- Factores claves de los emprendedores: iniciativa, creatividad, formación y colabora-ción.
- Desarrollo del espíritu emprendedor a través del fomento de las actitudes de creatividad, iniciativa, autonomía y responsabilidad.
- La actuación de los emprendedores como empleados en una Pyme del sector profesional en el que se enmarca el título. Concepto de intraemprendedor.
- La actuación de los emprendedores como empresarios en una Pyme del sector en el que se ubica el titulo.
- El riesgo como elemento inevitable de toda actividad emprendedora.
- La empresa como fuente de creación de empleo y bienestar social.
- El empresario. Requisitos y actitudes para el ejercicio de la actividad empresarial.
- La estrategia empresarial como medio para conseguir los objetivos de la empresa.
- Búsqueda de ideas de negocio. Análisis y viabilidad de las oportunidades de negocio en el sector profesional en el que se enmarca el título
- Plan de empresa: la idea de negocio en el ámbito profesional en el que se enmarca el título.
- Definición de una determinada idea de negocio.
2.- La empresa y su entorno:
- La Empresa. Concepto
- Funciones básicas de la empresa.
- La empresa como sistema. La estructura organizativa de la empresa.
- Análisis del entorno general de una pyme del sector profesional en el que se ubica el
título. Entorno económico, social, demográfico y cultural.
- Análisis del entorno específico de una pyme del sector profesional en el que se
enmarca el título: los clientes, los proveedores y la competencia. Variables del marketing
mix: precio, producto, comunicación y distribución.
- Relaciones de una pyme del sector profesional en el que se enmarca el título, con su
entorno y con el conjunto de la sociedad.
- Responsabilidad social de la empresa. Elaboración del balance social de la empresa:
descripción de los principales costes y beneficios sociales que produce. Viabilidad
medioambiental.
- La cultura empresarial y la imagen corporativa como instrumentos para alcanzar los
objetivos empresariales.
- La ética empresarial. Identificación de prácticas que incorporan valores éticos y
sociales. Aplicación a empresas del sector en el que se enmarca el título en Extre-
madura.
- Estudio y análisis de la viabilidad económica y financiera de una “Pyme” del sector
profesional en el que se ubica el título.
3.- Creación y puesta en marcha de una empresa:
- Tipos de empresa. Empresario individual y empresario social. La franquicia.
- Ventajas e inconvenientes de los distintos tipos de empresa. La responsabilidad de los
propietarios de la empresa en función de la forma jurídica.
- La fiscalidad en las empresas. Impuesto de Sociedades e Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas.
- Elección de la forma jurídica.
- Trámites administrativos para la constitución de una empresa. Oficinas virtuales:
Seguridad Social, Servicio Público de Empleo, etc.
- Asesoramiento y gestión administrativa externos. La ventanilla única.
- Viabilidad económica y viabilidad financiera de una pyme del sector profesional en el
que se ubica el título
- Plan de empresa: elección de la forma jurídica, estudio de viabilidad económica y
financiera, trámites administrativos y gestión de ayudas y subvenciones.
4.- Función Económica, administrativa y comercial:
- Concepto de contabilidad y nociones básicas. El registro de la información contable.
Los libros contables.
- Análisis de la información contable. Cálculo e interpretación de las ratios de solvencia,
liquidez y rentabilidad. Umbral de rentabilidad.
- Obligaciones fiscales de las empresas. Tipos de impuestos. Calendario fiscal.
- Principales instrumentos de financiación bancaria.
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- Gestión administrativa de una empresa del sector profesional en el que se ubica el
título: cumplimentación de la documentación básica de carácter comercial y contable
(facturas, albaranes, notas de pedido, letras de cambio, cheques y otros). Descripción de
los circuitos que dicha documentación recorre en la empresa.
- Plan de empresa: documentación básica de las operaciones realizadas.
- Concepto de Mercado. Oferta. Demanda.
- Análisis del Mercado en el sector en que se enmarca el título.
- Marketing mix: precio, producto, promoción y distribución.
5.- Proyecto de simulación empresarial en el aula:
- Constitución y puesta en marcha de una empresa u organización simulada.
- Desarrollo del plan de producción de la empresa u organización simulada.
- Definición de la política comercial de la empresa u organización simulada.
- Organización, planificación y reparto de funciones y tareas en el ámbito de la empresa
u organización simulada.
ANEXO II
MÓDULOS PROFESIONALES PROPIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
MÓDULO PROFESIONAL: INGLES I
Equivalencia en créditos ECTS: 4
Código: 0562.Ex
Duración: 60 horas
RESULTADOS DE APRENDIZAJE Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
1.- Reconoce información profesional y cotidiana contenida en todo tipo de discursos orales
emitidos por cualquier medio de comunicación en lengua estándar, interpretando con
precisión el contenido del mensaje.
Criterios de evaluación:
a. Se ha situado el mensaje en su contexto.
b. Se ha identificado la idea principal del mensaje.
c. Se ha reconocido la finalidad del mensaje, ya sea directo, telefónico o por cual-
quier otro medio auditivo.
d. Se ha extraído información específica en mensajes relacionados con la vida
cotidiana y profesional.
e. Se han secuenciado los elementos constituyentes del mensaje.
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f. Se ha identificado la idea principal y las ideas secundarias de discursos y mensajes sobre temas concretos, académicos y profesionales articulados con claridad.
g. Se han reconocido las instrucciones orales y se han seguido las indicaciones.
h. Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un mensaje sin entender todos y cada uno de los elementos del mismo.
i.
2.- Interpreta información profesional y cotidiana contenida en textos escritos sencillos, analizando de forma comprensiva su contenido.
Criterios de evaluación:
a.- Se han leído con un alto grado de independencia distintos tipos de textos, adaptando el estilo y la velocidad de la lectura a cada uno de ellos.
b.- Se ha interpretado el contenido global del mensaje.
c.- Se ha relacionado el texto con el ámbito del sector al que se refiere.
d.- Se ha identificado la terminología utilizada.
e.- Se ha identificado con cierta rapidez el contenido de artículos e informes sobre temas profesionales.
f.- Se han interpretado mensajes recibidos a través de soportes telemáticos: correo electrónico, fax, etc.
g.- Se han realizado traducciones de textos relacionados con temas profesionales utilizando materiales de apoyo en caso necesario.
h.- Se han interpretado instrucciones sobre procesos propios de su especialidad.
3.- Emite mensajes orales claros y bien estructurados, analizando el contenido de la situación y adaptándose al registro lingüístico del interlocutor.
Criterios de evaluación:
a.- Se han identificado los registros utilizados para la emisión del mensaje.
b.- Se ha expresado con fluidez sobre temas generales y profesionales marcando la relación entre las ideas.
c.- Se ha comunicado espontáneamente utilizando fórmulas, nexos de unión y estrategias de interacción.
d.- Se han utilizado normas de protocolo en presentaciones formales e informales.
e.- Se han expresado y defendido puntos de vista con claridad, proporcionando argumentos y explicaciones adecuadas.
f.- Se ha argumentado con todo detalle la elección de una determinada opción o procedimiento de trabajo elegido.
g.- Se ha utilizado correctamente la terminología de la profesión.
h.- Se ha solicitado la reformulación del discurso o parte del mismo cuando se ha considerado necesario.
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4.- Elabora textos sencillos relacionados con la vida cotidiana y documentos e informes propios del sector, relacionando los recursos lingüísticos con el propósito de los mismos.
Criterios de evaluación:
a.- Se han redactado textos breves y claros sobre aspectos de la vida cotidiana y temas relacionados con su especialidad.
b.- Se ha organizado la información con corrección, precisión, coherencia y cohesión.
c.- Se han realizado resúmenes de textos relacionados con aspectos cotidianos, artículos, manuales de instrucciones y otros documentos escritos, utilizando un vocabulario amplio para evitar la repetición frecuente.
d.- Se ha cumplimentado documentación específica de su campo profesional.
e.- Se han aplicado las fórmulas establecidas y el vocabulario específico en la cumplimentación de documentos.
f.- Se han utilizado las fórmulas de cortesía propias del documento elaborado.
5.- Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación, describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.
Criterios de evaluación:
a.- Se han definido los rasgos más significativos de las costumbres y usos de la comunidad donde se habla la lengua extranjera.
b.- Se han descrito los protocolos y normas de relación social propios del país.
c.- Se han identificado los valores y creencias propios de la comunidad donde se habla la lengua extranjera.
d.- Se han identificado los aspectos socioprofesionales propios del sector, en cualquier tipo de texto.
e.- Se han aplicado los protocolos y normas de relación social propios del país de la lengua extranjera.
f.- Se han reconocido los marcadores lingüísticos de la procedencia regional.
Duración: 60 horas
Contenidos:
A.- Análisis de mensajes orales:
Reconocimiento y comprensión de mensajes cotidianos y profesionales relacionados con el sector profesional.
- Recursos lingüísticos habituales y palabras clave utilizadas en la comunicación general y específica.
- Fórmulas de cortesía y formalidad adecuadas al contexto y al interlocutor.
- Fórmulas de saludo, acogida y despedida.
- Fórmulas de petición de clarificación, repetición y confirmación para la comprensión de un mensaje.
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- Fórmulas habituales para atender, mantener y finalizar conversaciones en diferentes
* Selección léxica de estructuras sintácticas y de contenido relevante.
* Inicio del discurso e introducción del tema, desarrollo y expansión,
ejemplificación y conclusión.
* Uso de los signos de puntuación.
- Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación,
describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.
* Identificación e interpretación de los elementos culturales más significativos de
los países de lengua inglesa.
* Valoración de las normas socioculturales y protocolarias en las relaciones
internacionales.
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* Uso de los recursos formales y funcionales en situaciones que requieren un
comportamiento socioprofesional con el fin de proyectar una buena imagen de la
empresa.
Orientaciones pedagógicas.
Este módulo contiene la formación necesaria para el desempeño de actividades relacionadas
con las actividades del sector.
La gestión en el sector incluye el desarrollo de los procesos relacionados y el cumplimiento
de procesos y protocolos de calidad en lengua inglesa.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales del ciclo formativo y
las competencias generales del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los
objetivos del módulo, versarán sobre:
• La descripción, análisis y aplicación de los procesos de comunicación utilizando el
inglés.
• La caracterización de los procesos del sector en inglés.
• Los procesos de calidad en la empresa, su evaluación y la identificación y
formalización de documentos asociados a la gestión en el sector profesional en inglés.
• La identificación, análisis y procedimientos de actuación ante situaciones imprevistas
en inglés.
MÓDULO PROFESIONAL: INGLES II
Equivalencia en créditos ECTS: 3
Código: 0563.Ex
• Duración: 40 horas
RESULTADOS DE APRENDIZAJE Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
1.- Reconoce información profesional y cotidiana contenida en todo tipo de discursos orales
emitidos por cualquier medio de comunicación en lengua estándar, interpretando con
precisión el contenido del mensaje.
Criterios de evaluación:
a.- Se ha situado el mensaje en su contexto.
b.- Se ha identificado la idea principal del mensaje.
c.- Se ha reconocido la finalidad del mensaje, ya sea directo, telefónico o por
cualquier otro medio auditivo.
d.- Se ha extraído información específica en mensajes relacionados con la vida
cotidiana y profesional.
e.- Se han secuenciado los elementos constituyentes del mensaje.
f.- Se han identificado las ideas principales de discursos y mensajes sobre temas
concretos, emitidos en lengua estándar y articulados con claridad.
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g.- Se han extraído las ideas principales de discursos sobre temas académicos y profesionales.
h.- Se han reconocido las instrucciones orales y se han seguido las indicaciones.
i.- Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un mensaje sin entender todos y cada uno de los elementos del mismo.
2.- Produce mensajes orales bien estructurados en situaciones habituales del ámbito social y profesional de la empresa, reconociendo y aplicando las normas propias de la lengua inglesa.
Criterios de evaluación:
a.- Se han identificado mensajes de saludos, presentación y despedida con el protocolo y las pautas de cortesía asociadas.
b.- Se han utilizado con fluidez mensajes propuestos en la gestión de citas.
c.- Se han transmitido mensajes relativos a justificación de retrasos, ausencias o cualquier otra eventualidad.
d.- Se han empleado con fluidez las expresiones habituales para el requerimiento de la identificación de los interlocutores.
e.- Se ha expresado con fluidez sobre temas generales, profesionales o de ocio, marcando con claridad la relación entre las ideas.
f.- Se ha comunicado espontáneamente utilizando correctamente nexos de unión, estrategias de interacción y adoptando un nivel de formalidad adecuado a las circunstancias.
3.- Mantiene conversaciones en lengua inglesa del ámbito del sector interpretando la información de partida.
Criterios de evaluación:
a.- Se ha utilizado un vocabulario técnico adecuado al contexto de la situación.
b.- Se han utilizado los mensajes adecuados de saludos, presentación, identificación y otros. Pautas de cortesía asociadas dentro del contexto de la conversación.
c.- Se han atendido consultas telefónicas con supuestos fabricantes y proveedores.
d.- Se ha identificado la información facilitada y requerimientos realizados por el interlocutor.
e.- Se han formulado las preguntas necesarias para favorecer y confirmar la percepción correcta del mensaje.
f.- Se han proporcionado las respuestas correctas a los requerimientos e instrucciones recibidas.
g.- Se han realizado las anotaciones oportunas en inglés en caso de ser necesario.
h.- Se han utilizado las fórmulas comunicativas más usuales utilizadas en el sector.
i.- Se han comprendido sin dificultad los puntos principales de la información.
j.- Se ha utilizado un acento adecuado en las conversaciones en inglés.
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4.- Interpreta información profesional contenida en textos escritos recibidos por cualquier vía y relacionados con la cultura general de negocio y empresa, utilizando las herramientas de apoyo más adecuadas.
Criterios de evaluación:
a.- Se han leído con un alto grado de independencia distintos tipos de textos, adaptando el estilo y la velocidad de la lectura a cada uno de ellos.
b.- Se han identificado las herramientas de apoyo más adecuadas para la interpretación y traducción en inglés.
c.- Se ha interpretado la información sobre la empresa, el producto y el servicio.
d.- Se ha identificado con cierta rapidez el contenido de artículos, noticias e informes sobre temas profesionales.
e.- Se han interpretado mensajes recibidos a través de soportes telemáticos: correo electrónico, fax, etc.
f.- Se han interpretado estadísticas y gráficos en inglés sobre el ámbito profesional.
g.- Se ha valorado la dimensión de la lengua inglesa como medio de comunicación base en la relación empresarial.
5.- Elabora y cumplimenta documentos de carácter técnico o laboral reconociendo y aplicando las normas propias de la lengua inglesa.
Criterios de evaluación:
a.- Se han redactado textos complejos sobre aspectos de la vida cotidiana y temas relacionados con su especialidad.
b.- Se ha organizado la información con corrección, precisión, coherencia y cohesión.
c.- Se han realizado resúmenes de textos relacionados con aspectos profesionales.
d.- Se han resumido artículos, manuales de instrucciones y otros documentos escritos, utilizando un vocabulario amplio para evitar la repetición frecuente.
e.- Se ha identificado un vocabulario de uso general en la documentación propia del ámbito laboral.
f.- Se ha cumplimentado documentación específica de su campo profesional.
g.- Se han aplicado las fórmulas establecidas y el vocabulario específico en la cumplimentación de documentos.
h.- Se han utilizado las fórmulas de cortesía propias del documento elaborado.
Duración: 40 horas.
Contenidos:
1.- Comprensión y producción oral precisa:
• Mensajes cotidianos y profesionales relacionados con el sector profesional.
• Normas de convivencia y protocolo. Pautas de cortesía y adecuación al lenguaje no verbal.
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• Terminología específica del sector.
• Recursos, estructuras lingüísticas, léxico y aspectos fonológicos sobre: presentación
de personas, saludos y despedidas, tratamientos de cortesía y formalidad,
identificación de los interlocutores, justificación de retrasos o ausencias,
alojamientos, medios de transportes, horarios, actos culturales y análogos.
• Recepción y transmisión de mensajes de forma presencial, telefónica o telemática.
• Solicitudes y peticiones de información.
• Estilos comunicativos formales y no formales: la recepción y relación con el cliente.
• Recursos, estructuras lingüísticas, léxico y aspectos fonológicos relacionados con la
contratación, la atención al cliente, quejas y reclamaciones, formulación de disculpas
en situaciones delicadas, etc.
• Planificación de agendas: concierto, aplazamiento y anulación de citas.
• Presentación de productos/servicios y valores añadidos, condiciones de pago, etc.
• Producción de mensajes que impliquen la solicitud de información para la resolución
de problemas, tales como el análisis de las distintas opciones del mercado para
proteger y recuperar el sistema ante situaciones imprevistas o aplicaciones
informáticas.
• Realización de consultas dirigiéndose a la persona adecuada.
• Comunicación de instrucciones de trabajo, planes, intenciones y opiniones.
• Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios, preposiciones, expresión de la
condición y duda, oraciones de relativo, uso de la voz pasiva, estilo indirecto y verbos
modales.
• Otros recursos lingüísticos: gustos y preferencias, argumentaciones, sugerencias,
acuerdos y desacuerdos, opiniones y consejos, obligación, persuasión y advertencia.
• Instrucciones sobre operaciones y tareas propias del puesto de trabajo y del entorno
profesional.
• Diferentes acentos de la lengua oral.
2.- Mantenimientos y seguimiento del discurso oral:
• Intercambio de información de interés personal. Opiniones personales.
• Conversaciones informales improvisadas sobre temas cotidianos y profesionales.
• Elementos paratextuales, resumir, preguntar o repetir con otras palabras para
confirmar la comprensión mutua.
• Toma, mantenimiento y cesión del turno de palabra.
• Apoyo, demostración de entendimiento, petición de aclaración, etc.
• Entonación como recurso de cohesión del texto oral.
• Interpretación de textos con herramientas de apoyo.
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3.- Comprensión de mensajes y textos complejos relacionados con temas cotidianos y
profesionales.
• Organización de la información en los textos técnicos: índices, títulos, encabe-
zamientos, tablas, esquemas y gráficos.
• Características de los tipos de documentos propios del sector profesional: manuales
de instalación, configuración y mantenimiento, bases de datos, libros de instrucciones,
informes, planes estratégicos, normas de seguridad, etc.
• Comprensión detallada de correspondencia, correo electrónico, fax, burofax, etc.
• Interpretación de la terminología específica del sector profesional.
• Fórmulas de cortesía y formalidad.
• Comprensión de recursos lingüísticos habituales y palabras clave utilizadas en la
comunicación general y específica.
• Comprensión detallada de la información contenida en informes, formularios, folletos
y prensa especializada del sector para mantener el espíritu de innovación y
actualización así como para adaptarse a los cambios tecnológicos y organizativos de
su entorno profesional.
• Comprensión de la información y el léxico propio de páginas web, transferencia de
archivos, aplicaciones, entre otros.
• Comprensión detallada de instrucciones y explicaciones contenidas en manuales (de
instrucciones, de funcionamiento, tutoriales, especificaciones del fabricante, etc.) para
evaluar el rendimiento de los dispositivos e identificar posibilidades de mejora.
o Idea principal e ideas secundarias.
• Uso de diccionarios temáticos, correctores ortográficos, programas de traducción
automáticos aplicados a textos relacionados con :
o La cultura de la empresa y sus objetivos.
o Descripción y comparación de gráficos y estadística. Comprensión de los
indicadores económicos más habituales.
o Agenda. Documentación para la organización de citas y reuniones. Organi-
zación de las tareas diarias.
• Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios y preposiciones, oraciones
condicionales, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo indirecto, verbos
modales.
• Relaciones lógicas: oposición, concesión, causa, finalidad, resultado, condición,
o Selección léxica de estructuras sintácticas y de contenido relevante.
o Inicio del discurso e introducción del tema, desarrollo y expansión,
ejemplificación y conclusión.
o Uso de los signos de puntuación.
4.- Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación,
describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.
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• Valoración de las normas socioculturales y protocolarias en las relaciones internacionales.
• Uso de los recursos formales y funcionales en situaciones que requieren un comportamiento socioprofesional con el fin de proyectar una buena imagen de la empresa.
• Reconocimiento de la lengua extranjera para profundizar en conocimientos que resulten de interés a lo largo de la vida personal y profesional.
Orientaciones pedagógicas:
Este módulo contiene la formación necesaria para el desempeño de actividades relacionadas con el sector. La gestión en el sector incluye el desarrollo de los procesos relacionados y el cumplimiento de procesos y protocolos de calidad, todo ello en lengua inglesa.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales del ciclo formativo y las competencias generales del título
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo, versarán sobre:
• La descripción, análisis y aplicación de los procesos de comunicación utilizando el inglés.
• La caracterización de los procesos del sector en inglés.
• Los procesos de calidad en la empresa, su evaluación y la identificación y formalización de documentos asociados a la gestión de alojamiento en inglés.
• La identificación, análisis y procedimientos de actuación ante situaciones imprevistas (quejas, reclamaciones…) en inglés.
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ANEXO III
RELACIÓN DE MÓDULOS DEL CICLO DE GRADO SUPERIOR EN SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES E INFORMÁTICOS
DURACIÓN Y DISTRIBUCIÓN POR CURSO ESCOLAR
Primer curso Segundo curso
MÓDULO PROFESIONAL Horas totales
Horas semanales
Horas totales
Horas semanales
0525. Configuración de infraestructuras de sistemas de telecomunicaciones.
130 4
0551. Elementos de sistemas de telecomunicaciones. 130 4
0552. Sistemas informáticos y redes locales. 180 6
0553. Técnicas y procesos en infraestructuras de telecomunicaciones.
130 4
0601. Gestión de proyectos de instalaciones de telecomunicaciones.
60 2
0713. Sistemas de telefonía fija y móvil. 180 5
0559. Formación y orientación laboral. 90 3
0562. Ex Ingles I 60 2
0554. Sistemas de producción audiovisual. 160 8
0555. Redes telemáticas. 120 6
0556. Sistemas de radiocomunicaciones. 100 5
0557. Sistemas integrados y hogar digital. 120 6
0560. Empresa e iniciativa emprendedora. 60 3
0563. Ex Ingles II 40 2
0558. Proyecto de sistemas de telecomunicaciones e informáticos.
40
0561. Formación en centros de trabajo 400
Total horas por curso 960 30 1040 30
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ANEXO IV
Especialidades y titulaciones del profesorado con atribución docente en los módulos
profesionales incorporados al ciclo formativo por la Comunidad de Extremadura.
Módulo profesional
CUERPO DOCENTE Y ESPECIALIDAD (1) Titulaciones (3)
Cuerpo (2) Especialidad
Inglés I CS
PS Inglés
- Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el
título de grado correspondiente u
otros títulos equivalentes.
- Diplomado, Ingeniero Técnico o
Arquitecto Técnico o el título de grado
correspondiente u otros títulos
equivalentes.
Inglés II CS
PS Inglés
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el
título de grado correspondiente u
otros títulos equivalentes.
- Diplomado, Ingeniero Técnico o
Arquitecto Técnico o el título de grado
correspondiente u otros títulos
equivalentes
(2) CS: Catedrático de Enseñanza Secundaria PS: Profesor de Enseñanza Secundaria
ANEXO V
ESPACIOS Y EQUIPAMIENTOS RECOMENDADOS
Espacios:
Espacio formativo * Superficie en m2
30 alumnos 20 alumnos
Aula polivalente 60 40
Aula técnica 120 80
Laboratorio de telecomunicaciones 120 100
Laboratorio de sistemas electrónicos 120 100
* Los diversos espacios identificativos no deben diferenciarse necesariamente mediante
equipamientos.
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Equipamientos:
Espacio formativo
Equipamiento
Aula polivalente - Mobiliario informático
- Equipamiento informático
- Conexión a internet
- Medio audiovisuales y dispositivos
multimedia.
- Software
Aula técnica - Mobiliario informático
- Equipamiento informático
- Conexión a internet
- Software
Laboratorio de
telecomunicaciones
- Mobiliario
- Equipamiento informático
- Software
- Herramientas manuales para trabajos
mecánicos y eléctrico – electrónicos.
- Equipos de radiocomunicaciones de redes
fijas y móviles.
- Equipos y elementos de protección y
seguridad personal.
Laboratorio de
sistemas electrónicos
- Mobiliario
- Equipamiento informático
- Software
- Equipos y distribuidores de vídeo para
transmisión por cable UTP de vídeo y
telemetría
- Equipos de alarmas técnicas y simuladores
de línea.
- Equipos de control remoto GSM/GPRS y
TCP/IP.
- Equipos de almacenamiento digital y de
reproducción de audio.
25694NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
• • •
ANEXO VI
Módulos susceptibles de ser impartidos en régimen a distancia
Módulos que pueden ser impartidos en modalidad teleformación on line
0525 – Configuración de infraestructuras de sistemas de telecomunicaciones.
0552 – Sistemas informáticos y redes locales.
0553 – Técnicas y procesos de infraestructuras de telecomunicaciones.
0601 – Gestión de Proyectos de Instalaciones de Telecomunicaciones.
0559 – Formación y Orientación Laboral.
0555 – Redes telemáticas.
0560 – Empresa e Iniciativa Emprendedora.
0562 Ex – Inglés I.
0563 Ex – Inglés II.
0557 – Proyecto de Sistemas de Telecomunicaciones.
Módulos que pueden ser impartidos en modalidad semipresencial
0551 - Elementos de Sistemas de Telecomunicaciones.
0713 – Sistemas de telefonía fija y móvil.
0554 – Sistemas de producción audiovisual.
0555 – Sistemas de Radiocomunicaciones.
0556 – Sistemas integrados y hogar digital.
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DECRETO 208/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículode ciclo formativo de grado medio de Técnico en MantenimientoElectromecánico en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2013040234)
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de28 de enero, en su artículo 10.1.4. atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de de-sarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y gra-dos, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de loscentros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las activi-dades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan a la Comunidad Autó -noma de Extremadura funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria.
El artículo 6.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, define el currículo co-mo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y crite-rios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la citada Ley. Por otra parte, ensu artículo 6.2 asigna al Gobierno la competencia para fijar los aspectos básicos del currículoque constituyen las enseñanzas mínimas, mientras corresponde a las administraciones educati-vas competentes establecer el currículo del que formarán parte dichos aspectos básicos.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional,establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lodispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al ConsejoGeneral de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesiona-lidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional deCualificaciones Profesionales.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece en su artículo 70.2que el currículo será determinado por la Administración educativa, en el marco de la norma-tiva básica estatal.
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general dela formación profesional del sistema educativo, define en el artículo 9 la estructura de los tí-tulos de formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de CualificacionesProfesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.
Asimismo, el artículo 7 del citado real decreto establece que el perfil profesional de los títu-los incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, lascualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualifica -ciones Profesionales incluidas en el título.
El Real Decreto 1589/2011, de 4 de noviembre, establece el título de Técnico en Manteni -miento Electromecánico y se fijan sus enseñanzas mínimas.
En virtud de todo lo cual, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura y del Consejode Formación Profesional de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura,previa deliberación el Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de octubre de 2013.
25696NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
D I S P O N G O :
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
El presente decreto tiene como objeto establecer el currículo correspondiente al título deTécnico en Mantenimiento Electromecánico en la Comunidad Autónoma de Extremadura, den-tro de la Familia Profesional de Instalación y Mantenimiento.
Artículo 2. Marco general de la formación.
Los aspectos relativos a la identificación del título, el perfil y el entorno profesionales, las com-petencias, la prospectiva del título en el sector, los objetivos generales, los accesos y vincu-lación con otros estudios, la correspondencia de módulos profesionales con las unidades decompetencia incluidas en el título y las titulaciones equivalentes a efectos académicos, profe-sionales y de docencia, son los que se definen en el Real Decreto 1589/2011, de 4 de no-viembre, por el que se establece el título y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Artículo 3. Módulos profesionales.
Los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo son los incluidos en el RealDecreto 1589/2011, de 4 de noviembre, es decir:
0949 Técnicas de fabricación.
0950 Técnicas de unión y montaje.
0951 Electricidad y automatismos eléctricos.
0952 Automatismos neumáticos e hidráulicos.
0953 Montaje y mantenimiento mecánico.
0954 Montaje y mantenimiento eléctrico-electrónico.
0955 Montaje y mantenimiento de líneas automatizadas.
0956 Formación y orientación laboral.
0957 Empresa e iniciativa emprendedora.
0958 Formación en centros de trabajo.
Artículo 4. Aspectos del currículo.
1. La contribución a la competencia general y a las competencias profesionales, personalesy sociales, los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los crite-rios de evaluación y las orientaciones pedagógicas del currículo del ciclo formativo paralos módulos profesionales relacionados en el artículo 3 de este decreto son los definidosen el Real Decreto 1589/2011, de 4 de noviembre.
2. Los contenidos de éstos módulos relacionados en el citado artículo 3 se incluyen en elAnexo I del presente decreto.
Artículo 5. Organización modular y distribución horaria.
Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizarán en dos cursos académicos.La distribución en cada uno de los cursos, su duración y la asignación horaria semanal se con-cretan en el Anexo II de este decreto.
25697NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Artículo 6. Desarrollo curricular.
1. Los centros educativos, en virtud de su autonomía pedagógica, concretarán y desarrolla-rán las enseñanzas correspondientes al título de formación profesional de Técnico enMantenimiento Electromecánico mediante la elaboración de un proyecto curricular del ci-clo formativo que responda a las necesidades del alumnado y a las características con-cretas del entorno socioeconómico, cultural y profesional, dentro del marco del proyectoeducativo del centro.
2. El equipo docente responsable del desarrollo del ciclo formativo elaborará las programa-ciones para los distintos módulos profesionales. Estas programaciones didácticas deberáncontener, al menos, la adecuación de las competencias profesionales, personales y socia-les al contexto socioeconómico y cultural dentro del centro educativo y a las característi-cas del alumnado, la distribución y el desarrollo de los contenidos, la metodología de ca-rácter general y los criterios sobre el proceso de evaluación, así como los materialesdidácticos.
Artículo 7. Evaluación.
El profesorado evaluará los aprendizajes del alumnado, los procesos de enseñanza y su pro-pia práctica docente.
La evaluación del alumnado se realizará atendiendo a los resultados de aprendizaje y sus cri-terios de evaluación establecidos para los diferentes módulos profesionales, así como los ob-jetivos generales del ciclo formativo.
Dada la estructura modular del ciclo formativo la evaluación de los aprendizajes del alumna-do se realizará por módulos profesionales.
El alumnado que obtenga una evaluación positiva en todos los módulos profesionales corres-pondientes al ciclo formativo obtendrá el título de formación profesional de Técnico enMantenimiento Electromecánico.
Por otra parte, para la evaluación, promoción y acreditación de la formación establecida eneste decreto se atendrá a las normas dictadas al efecto por la Consejería competente en ma-teria de educación.
Artículo 8. Convalidaciones, exenciones y correspondencias.
Las convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de formación profesional estable-cidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General delSistema Educativo, con los módulos profesionales de los títulos establecidos al amparo de laLey Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establecen en el Anexo IV del RealDecreto 1589/2011, de 4 de noviembre.
En los términos del artículo 38 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, quienes tenganacreditada oficialmente alguna unidad de competencia que forme parte del Catálogo Nacionalde Cualificaciones Profesionales tendrán convalidados los módulos profesionales correspon-dientes según se establezca en la norma que regule cada título o cursos de especialización.Además de lo anterior, quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y
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Orientación Laboral establecido al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, deEducación, podrá ser objeto de convalidación siempre que se acredite haber superado el mó-dulo profesional de Formación y Orientación Laboral al amparo de la Ley 1/1990, de 3 de oc-tubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y se acredite la formación establecidapara el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida deacuerdo la normativa vigente.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 39.1 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de ju-lio, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación enCentros de Trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acre-dite una experiencia correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año, relacionada conlos estudios profesionales respectivos.
La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que for-man las enseñanzas del título de Técnico en Mantenimiento Electromecánico para su conva-lidación o exención queda determinada en el Anexo V A) del Real Decreto 1589/2011, de 4de noviembre.
La correspondencia de los módulos profesionales que conforman las enseñanzas de este títu-lo con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en el Anexo VB) del Real Decreto 1589/2011, de 4 de noviembre.
Artículo 9. Especialidades del profesorado.
Las especialidades del profesorado de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria,de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Formación Profesional,según proceda, con atribución docente en los módulos profesionales relacionados en el artí-culo 3 son las establecidas en el Anexo III A) del Real Decreto 1589/2011, de 4 de noviem-bre. Las titulaciones requeridas al profesorado de los centros de titularidad privada o de titu-laridad pública de otras administraciones distintas de las educativas para impartir dichosmódulos, son las que se concretan en el Anexo III C) del referido real decreto. En todo caso,se estará a lo dispuesto en el artículo 12.3 de dicha norma.
Artículo 10. Metodología didáctica.
1. La metodología didáctica debe adaptarse a las peculiaridades colectivas del grupo, así co-mo a las peculiaridades individuales.
2. La tutoría, orientación profesional y formación para la inserción laboral forman parte dela función docente, y serán desarrolladas de modo que al finalizar el ciclo formativo elalumnado alcance la madurez académica y profesional. Corresponde a los equipos edu-cativos la programación de actividades encaminadas a conseguir la optimización de losprocesos de formación del alumnado.
3. La función docente incorporará la formación en prevención de riesgos laborales dentro decada módulo profesional y será considerada como área prioritaria.
Artículo 11. Espacios y equipamientos.
1. Los espacios y equipamientos recomendados para el desarrollo de las enseñanzas de es-te ciclo formativo son los establecidos en el Anexo III de este decreto.
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2. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos de alum-nos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.
3. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente me-diante cerramientos.
Disposición adicional primera. Calendario de implantación.
El currículo establecido en virtud del presente decreto se implantará en el curso escolar2013/2014 para los módulos profesionales de primer curso y en el curso 2014/2015 para elresto de módulos.
Disposición adicional segunda. Oferta a distancia.
En el Anexo IV se recogen los módulos susceptibles de ser impartidos en régimen a distan-cia, así como su modalidad.
1. Con el fin de promover la formación a lo largo de la vida, la Consejería con competenciasen educación podrá configurar mediante orden, los módulos profesionales incluidos en es-te título en unidades formativas de menor duración, de conformidad con lo dispuesto enel artículo 6.2 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
2. Las unidades formativas que conformen cada módulo profesional deben incluir la totali-dad de los contenidos de dichos módulos. Cada módulo no podrá dividirse en más de cua-tro unidades formativas ni éstas tener una duración inferior a 30 horas.
3. Las unidades formativas superadas podrán ser certificadas con validez en el ámbito de laComunidad Autónoma de Extremadura. La superación de todas las unidades formativasque componen un módulo profesional dará derecho a la certificación del éste módulo pro-fesional con validez en todo el territorio nacional.
Disposición adicional cuarta. Otras organizaciones y distribuciones de los módulosprofesionales.
El titular de la Consejería competente en materia de educación podrá reordenar, si fuera pre-ciso, la distribución de los módulos profesionales establecidos en la normativa que determinalos currículos de los ciclos formativos de la familia profesional de Instalación y Mantenimiento,o de otras familias, con el fin de poner en práctica iniciativas o proyectos experimentales pro-piciados por centros autorizados por dicha Administración educativa, manteniendo los conte-nidos y las horas anuales atribuidas a cada módulo profesional en los currículos vigentes delos ciclos formativos objeto de la experiencia.
Disposición adicional quinta. Referencia de género
Todos los términos contenidos en este decreto, en el que se utiliza la forma del masculino ge-nérico, se entenderán aplicables a personas de ambos sexos.
1. El alumnado que durante el curso 2012/2013 haya estado matriculado en módulos profe-sionales correspondientes al primer curso del anterior título y no promocione, se podrá in-corporar al primer curso de las enseñanzas reguladas por el presente decreto sin perjui-cio de las convalidaciones o reconocimientos de módulos a los que se pudiera tenerderecho, según lo previsto en el artículo 8.1 de este decreto.
2. Durante los cursos 2013/2014 y 2014/2015 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias anuales de módulos profesionales de primer curso, a las que podrá concurrir, conlos límites establecidos en las normas de evaluación, aquel alumnado que pueda promo-cionar a segundo curso pero tenga pendiente módulos profesionales de primer curso.
3. Durante los cursos 2014/2015 y 2015/2016 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias de módulos profesionales de segundo curso, a las que podrá concurrir, con los lí-mites establecidos en las normas de evaluación, el alumnado con estos módulos profe-sionales pendientes.
Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Se habilita al titular de la Consejería competente en materia de educación para el desarrolloy ejecución del presente decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficialde Extremadura.
Mérida, a 29 de octubre de 2013.
El Presidente de la Junta de ExtremaduraJOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA
La Consejera de Educación y Cultura,TRINIDAD NOGALES BASARRATE
25701NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ANEXO I
MÓDULOS PROFESIONALES
Módulo profesional: Técnicas de fabricación.
Código: 0949
Duración: 225 horas
Contenidos:
1.-Determinación de formas y dimensiones representadas en planos de fabricación:
- Interpretación de planos de fabricación.
- Normas de dibujo industrial. Formatos. Líneas normalizadas. Escalas. Convencionalismos
gráficos.
- Planos de conjunto y despiece.
- Sistemas de representación gráfica (Diédrico, Isométrico):
o Fundamento.
o Obtención de formas.
o Representación de elementos.
- Procedimiento para la obtención de vistas:
o Denominación, posición y representación de las vistas.
o Vistas auxiliares. Proyecciones.
- Procedimiento para la obtención de cortes y secciones:
o Procedimiento para la obtención de cortes y secciones.
o Técnicas para representar cortes y secciones.
2.-Identificación de tolerancias de dimensiones y formas:
- Normalización. Concepto y tipos.
- Interpretación de los símbolos utilizados en planos de fabricación.
- Acotación:
o Elementos de acotación.
o Normas de acotación.
o Proceso de acotación.
- Representación de tolerancias dimensionales, geométricas y superficiales.
- Representación de elementos de unión.
- Representación de materiales.
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- Representación de tratamientos térmicos, termoquímicos, electroquímicos.
- Representación de formas y elementos normalizados (chavetas, roscas, guías, soldadu-
ras y otros elementos normalizados).
3.-Realización de croquis de utillajes y herramientas:
- Técnicas de croquización:
o Definición de croquización a mano alzada.
o Proceso de croquización.
- Obtención de vistas a partir de modelos y maquetas.
- Croquización a mano alzada de soluciones constructivas y de herramientas y utillajes
para procesos de fabricación.
- Reglas de orden y limpieza en la realización del croquis.
4.-Selección de materiales de mecanizado:
- Identificación de materiales en bruto para mecanizar.
- Materiales: Metálicos, poliméricos y cerámicos.
- Aleaciones metálicas:
o Características y aplicaciones.
o Diagramas de fase.
- Tratamientos térmicos y termoquímicos. Fundamento. Proceso de ejecución.
- Propiedades mecánicas de los materiales.
- Ensayos de materiales.
- Normalización de materiales: Metálicos, poliméricos y cerámicos.
- Formas comerciales de los materiales.
- Características de los materiales.
- Materiales y sus condiciones de mecanizado. Riesgos en el mecanizado y manipulación
de ciertos materiales: Explosión, toxicidad y contaminación ambiental, entre otros.
- Influencia ambiental del tipo de material seleccionado.
- Cálculo y coste de los materiales.
- Norma de procesado de residuos.
5.-Verificación dimensional:
- Procesos de medición, comparación y verificación:
o Medición directa e indirecta.
o Sistema de tolerancia.
25703NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
o Procedimientos de medición.
- Medición dimensional geométrica:
o Instrumentos y equipos de medición directa.
o Técnicas de medición de longitudes, ángulos, conos, roscas y engranajes.
o Cálculo de las medidas e interpretación de los resultados.
o Fichas de toma de datos.
- Medición dimensional superficial:
o Concepto de rugosidad.
o Principio de funcionamiento del rugosímetro.
o Técnicas de medición.
o Interpretación de los resultados.
o Fichas de toma de datos.
- Errores en medición, comparación y verificación.
6.-Aplicación de técnicas de mecanizado manual:
- Características y tipos de herramientas:
o Herramientas utilizadas en el mecanizado.
o Técnicas operativas.
o Normas de uso y conservación de las herramientas de mecanizado manual.
- Normas de utilización.
- Identificación de los útiles y herramientas más aplicados en el taller:
o Tipos de útiles más utilizados. Identificación, aplicaciones y características.
o Normas de uso y conservación.
o Tipos de herramientas utilizadas en el taller. Identificación, aplicaciones y
características. Normas de uso y conservación.
- Operaciones de mecanizado manual:
o Limado. Tipos de limas. Características, aplicaciones y utilización.
o Cincelado y burilado. Tipos. Características, aplicaciones y utilización.
o Taladrado: Tipos de taladradoras, taladros y brocas. Características,
aplicaciones y utilización.
o Escariado. Escariadores. Tipos. Características y aplicaciones.
o Roscado: Tipos de roscas. Características.
o Terrajas y machos. Características y aplicaciones. Técnicas operativas.
o Punzonado. Tipos. Características y aplicaciones.
o Chaflanado. Tipos de chaflán. Aplicaciones. Formas de realización.
Herramientas empleadas.
25704NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
7.-Mecanizado con máquinas herramientas:
- Relación entre las operaciones de mecanizado por arranque de viruta y las máquinas
empleadas.
- Estructura y órganos constituyentes de las máquinas-herramientas.
- Funcionamiento de las máquinas-herramientas por arranque de viruta.
- Movimientos de trabajo y operaciones típicas de las distintas máquinas-herramientas.
- Puesta a punto de las máquinas. Verificación y control. Realización de ajustes y reglajes.
- Riesgos en el manejo de máquinas y equipos para el mecanizado por arranque de viruta.
- Operaciones de mecanizado:
o El fenómeno de la formación de viruta en materiales metálicos.
o Defectos en la formación de la viruta. Interpretación de los mismos.
o Efectuar las correcciones necesarias en las herramientas y condiciones de
corte en función de los defectos observados.
- Técnicas operativas de arranque de viruta: Torneado, taladrado, aserrado, fresado y
rectificado.
o Control y verificación de las características de la pieza(dimensionales,
geométricas y superficiales).
o Empleo de útiles de verificación y control.
o Corrección de las desviaciones.
o Control del desgaste de las herramientas.
o Afilado de herramientas.
o Refrigeración y lubricación.
- Definir el proceso necesario para la fabricación en máquina-herramienta (fases, subfases,
operaciones).
- Actitud ordenada y metódica en la realización de tareas. 8.-Prevención de riesgos laborales y protección ambiental:
- Identificación de riesgos para la seguridad en los procedimientos de mecanizado.
- Determinación de las medidas de prevención de riesgos laborales.
- Factores propios del entorno de trabajo: Factores físicos y factores químicos.
- Prevención de riesgos laborales en las operaciones de mecanizado por arranque de
viruta.
- Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas empleadas para el mecanizado por
arranque de viruta.
- Equipos de protección individual.
- Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
25705NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
- Cumplimiento de la normativa de protección ambiental.
- Reglas de orden y limpieza durante las fases del proceso.
Módulo profesional: Técnicas de unión y montaje.
Código: 0950
Duración: 130 horas
Contenidos:
1.-Determinación de procesos en operaciones de montaje y unión:
- Materiales. Propiedades.
- Simbología.
- Vistas, cortes y secciones.
- Formas constructivas de componentes.
- Procedimientos de trazado: Fases y procesos.
- Maquinaria y herramientas de trabajo.
- Procesos de montaje y unión.
- Hojas de proceso. Estructura y organización de la información.
- Programas informáticos de aplicación.
2.-Identificación de materiales:
- Propiedades y clasificación de los materiales metálicos y aleaciones.
- Propiedades y clasificación de materiales plásticos.
- Instalaciones exteriores: Corrosión y oxidación.
- Identificación y tratamiento de técnicas de protección de los materiales.
- Tratamiento de los materiales:
o Térmicos.
o Termoquímicos.
- Normalización de materiales.
- Formas comerciales de los materiales.
25706NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
3.-Equipos y herramientas de conformado:
- Equipos de corte y conformado:
o Estructura y elementos constituyentes de máquinas.
o Movimientos y trabajos típicos de las máquinas-herramienta.
- Cálculo de tolerancias para doblado.
- Instrumentos de medición y comparación.
- Utillaje para marcado.
- Elaboración de plantillas.
- Herramientas de corte de chapa.
- Herramientas de curvado y doblado de chapas.
- Operaciones de trazado y conformado.
- Corte y doblado.
- Herramientas y equipos de corte, curvado de tubos.
- Útiles de verificación y medición.
- Prevención de riesgos laborales.
4.-Ejecución de uniones no soldadas:
- Uniones no soldadas y tipos de materiales.
- Tipos de operaciones: Remachado, pegado, atornillado y otras.
- Clasificar los tipos de operaciones en función de los materiales a unir y sus aplicaciones.
- Secuencia de operaciones.
- Elección y manejo de herramientas.
- Preparación de las zonas de unión.
- Aplicación de medidas de seguridad.
- Respeto a las normas de uso y calidad en el proceso.
- Orden y conservación de herramientas.
25707NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
5.-Preparación de la zona de unión:
- Clasificación de las uniones.
- Preparación de bordes.
- Proceso de limpieza de piezas.
- Aplicación de anticorrosivos.
- Marcado y montaje de refuerzos.
- Fijación de las piezas que se van a soldar.
- Control de holguras y verificación de la recuperación de formas dimensionales y
geométricas.
6.-Preparación de equipos de soldadura blanda, oxiacetilénica y eléctrica:
- Representación simbólica de los diferentes tipos de soldadura.
- Describir los componentes de los equipos de soldeo, así como el funcionamiento de los
mismos.
- Puesta a punto de los equipos para los procesos de soldeo: Sopletes, mangueras y
válvulas de seguridad. Otros equipos.
- Ajuste de parámetros de los equipos en función del material base y tipo de soldadura.
- Gases y materiales de aporte y proyección.
- Transformadores, rectificadores, generadores, otros equipos.
- Electrodos revestidos. Tipos y características.
- Cálculo de temperaturas de precalentamiento.
- Prevención de riesgos laborales en las operaciones de soldadura.
7.-Operaciones con equipos de soldadura blanda, oxiacetilénica y eléctrica:
- Materiales de aportación en función del material base
- Procesos y técnicas de soldeo con soldadura eléctrica con electrodo revestido.
- Procesos y técnicas de soldeo con soldadura MIG/MAG. (metal y gas inerte-metal y gas
activo).
- Procesos y técnicas de soldeo con soldadura TIG. (Tungsteno y gas inerte).
25708NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
- Procesos y técnicas de soldeo con soldadura oxiacetilénica.
- Características de las soldaduras.
- Defectos en los procesos de soldeo.
- Verificación de piezas.
- Útiles de verificación y control.
- Efectos del calor a soldar.
- Utilización de los equipos de protección individual.
- Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas de soldar.
8.-Prevención de riesgos laborales y protección ambiental:
- Prevención de riesgos laborales en las operaciones de soldadura y proyección.
- Factores físicos y químicos del entorno de trabajo.
- Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas de soldadura y proyección.
- Gases: Transporte almacenaje y usos.
- Riesgos eléctricos.
- Utilización de los equipos de protección individual.
- Normativa de protección ambiental.
- Valoración del orden y limpieza en la ejecución de las tareas.
Módulo profesional: Electricidad y automatismos eléctricos.
código: 0951
Duración: 260 horas
Contenidos:
1.-Realización de medidas básicas en circuitos eléctricos de corriente continua:
- Asociación de resistencias serie-paralelo. Montajes mixtos.
- Potencia y energía.
- Medidas de tensión, intensidad, resistencia y potencia en cc:
- Aparatos de medida.
- Técnicas de medida.
- Condensadores.
2.-Realización de medidas en circuitos de corriente alterna monofásica:
- Corriente alterna monofásica.
- Valores característicos de la ca.
- Comportamiento de los receptores elementales (resistencias, bobina pura y condensa-
dor) en corriente alterna monofásica.
- Circuitos RLC serie en ca monofásica.
- Relación de fase entre tensiones y corrientes.
- Potencia y factor de potencia en ca monofásica.
- Medidas de tensión, intensidad y potencia en circuitos de ca monofásicos:
o Aparatos de medida.
o Técnicas de medida.
3.-Realización de medidas en circuitos eléctricos trifásicos:
- Circuito eléctrico trifásico.
- Conexión de generadores y de receptores trifásicos.
- Potencia en sistemas trifásicos.
- Medidas de tensiones, intensidades, potencias y energías en sistemas trifásicos:
o Aparatos de medida.
o Técnicas de medida.
4.-Identificación de elementos de protección:
- Seguridad en instalaciones electrotécnicas.
- Normativa sobre seguridad.
25710NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
- Cálculo de la sección de los conductores de una instalación teniendo en cuenta el calentamiento.
- Caída de tensión en líneas eléctricas. - Cálculo de la sección de los conductores de una instalación teniendo en cuenta la caída
de tensión. - Riesgo eléctrico. - Protecciones en instalaciones electrotécnicas y máquinas. - Accidentes tipo. Protecciones. 5.-Operaciones de mecanizado en cuadros eléctricos: - Organización del proceso de mecanización de cuadros eléctricos. - Mecanización de cuadros e instalaciones. - Simbología normalizada de representación de piezas aplicadas a la mecanización de
cuadros y canalizaciones. - Materiales característicos para mecanización de cuadros y canalizaciones. Operaciones
de mecanización de cuadros eléctricos: herramientas y técnicas de utilización. - Montaje de armarios, cuadros eléctricos y canalizaciones:
o Interpretación de esquemas. o Distribución de elementos. o Fijación de elementos.
- Normativa y reglamentación. 6.-Operaciones de montaje de cuadros eléctricos y sistemas asociados: - Interpretación de la documentación técnica. - Simbología normalizada y convencionalismos de representación en las instalaciones de
automatismos. - Interpretación y características de esquemas eléctricos de las instalaciones de automa-
tismos. - Sensores y actuadores. Características y aplicaciones. - Control de potencia: arranque y maniobra de motores. - Protecciones contra cortocircuitos y sobrecargas.
25711NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
- Montaje de las instalaciones de automatismos. Circuitos de fuerza. Circuitos de mando.
- Equipos y herramientas. Técnicas de montaje.
- Tipos de mantenimientos empleados en instalaciones de automatismos industriales.
- Diagnóstico, localización y reparación de averías:
o Equipos y técnicas empleadas.
o Históricos.
- Cuadros eléctricos, tipos y características.
- Montaje y conexionado de automatismos cableados. Técnicas y señalización.
- Pruebas funcionales (prueba visual, prueba de continuidad, prueba de funcionamiento de
las protecciones, entre otros).
Módulo profesional: Automatismos neumáticos e hidraúlicos.
Código: 0952
Duración: 260 horas
Contenidos:
1.-Identificación de equipos y materiales neumáticos y electroneumáticos:
- Aire comprimido: Principios. Leyes básicas y propiedades de los gases.
- Producción, almacenamiento, preparación y distribución del aire comprimido.
- Válvulas, actuadores e indicadores. Tipos, funcionamiento aplicación y mantenimiento.
- Elementos de control, mando y regulación. Descripción y funcionamiento.
- Dispositivos de mando y regulación: Sensores y reguladores. Tipos y características.
- Actuadores neumáticos: Características. Campo de aplicación y criterio de selección.
Simbología y representación gráfica.
- Análisis y realización de esquemas de circuitos neumáticos.
- Análisis de circuitos electroneumáticos: elementos de control: relés y contactores.
Elementos de protección. Elementos de medida. Interpretación de esquemas neumáti-
cos-electroneumáticos.
2.-Identificación de equipos y materiales hidráulicos y electro-hidraúlicos: - Identificación de equipos y materiales hidráulicos y electrohidráulicos.
25712NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
- Hidráulica: Principios. Leyes básicas y propiedades de los líquidos.
- Bombas, motores y cilindros hidráulicos: Características, aplicación y tipos.
- Acumuladores hidráulicos.
- Válvulas y servoválvulas. Tipos, funcionamiento, mantenimiento y aplicaciones.
- Dispositivos de mando y regulación: Sensores y reguladores. Tipos y características.
- Análisis y realización de circuitos hidráulicos: Elementos de control, mando y regulación
hidráulica.
- Análisis y realización de circuitos electrohidráulicos: Elementos de control. Relés y
contactores.
- Elementos de protección. Elementos de medida. Interpretación de esquemas hidráulicos-
electrohidráulicos.
3.-Identificación de elementos y características en planos y esquemas:
- Simbología gráfica normalizada en:
o Sistemas neumáticos/hidráulicos cableados y/o programados.
o Sistemas eléctricos.
o Vistas, cortes y secciones para la determinación de elementos del sistema.
- Planos de conjunto de los sistemas neumáticos/hidráulicos de máquinas. Lista de
despiece.
- Reglamentación y normativa electrotécnica aplicada. Representación de esquemas eléc-
tricos.
- Simbología y representación de esquemas eléctricos.
- Fundamento de la lógica binaria. Sistemas básicos. Funciones lógicas combinacionales.
- Lógica combinacional: Fundamentos de los sistemas combinacionales. Funciones básicas
combinacionales.
- Lógica secuencial: Fundamento de los sistemas secuenciales. Funciones básicas secuencia-
les.
- Representación de secuencias y diagramas funcionales. GRAFCET (Gráfica de Control de
Etapas de Transición), diagramas de tiempo y diagramas espacio-fase, entre otros.
- Diseño de circuitos de automatismo de control secuencial por métodos sistemáticos.
GRAFCET, relés por pasos, distribuidores o memorias en cascada, células memorias por
pasos y secuenciador neumático.
25713NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
4.-Montaje de circuitos neumáticos y electroneumáticos, hidráulicos y electrohidráulicos:
- Elaboración gráfica y croquis de posicionado de circuitos. Técnica operativa del cone-
xionado. Equipos y herramientas.
- Simulación del circuito utilizando “software” específico.
- Verificación de integración entre partes lógicas y físicas del sistema.
- Montaje sobre panel o maqueta de los circuitos elaborados.
- Normas de práctica profesional comúnmente aceptadas en el sector.
- Medidas en los sistemas automáticos. Instrumentos y procedimientos de medición de las
variables que hay que regular y controlar (tensiones, potencias, caudales, presiones y
temperaturas entre otros).
- Situaciones de emergencia que pueden presentarse en el proceso automático.
5.-Configuración física de automatismos sencillos:
- Replanteo: Distribución de elementos.
- Identificación de los dispositivos y componentes que configuran el sistema automático.
- Operaciones de montaje, conexionado y pruebas funcionales. Medios y procedimientos.
- Herramientas empleadas en el montaje de instalaciones eléctricas, neumáticas e
hidráulicas.
- Procesos a seguir en el montaje de cuadros eléctricos, neumáticos e hidráulicos.
- Conexionado de cuadros a elementos auxiliares y de control.
- Regulación y puesta en marcha del sistema.
- Normativa de seguridad. Pruebas de seguridad. 6.-Diagnóstico de elementos neumáticos e hidráulicos:
- Acumuladores. Averías. Naturaleza. Causas y clasificación en los elementos neumáticos e
hidráulicos.
- Diagnóstico de averías. Procedimientos. Medios. Históricos de averías.
- Diagnóstico de estado de elementos y piezas.
25714NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
7.-Programación de autómatas para el control de circuitos neumáticos e hidráulicos:
- Evolución de los sistemas cableados hacia los sistemas programados. Estructura y
características de los autómatas programables.
- Autómatas comerciales. Tipos y características.
- Entradas y salidas: Digitales, analógicas y especiales. Aplicaciones de cada uno de ellas.
- Conexionado de autómatas. Elementos empleados.
- Programación básica de autómatas: Lenguajes más utilizados y procedimientos.
Instrucciones típicas.
- Resolución, diseño, montaje, conexionado y puesta en marcha de automatismos sencillos
mediante la utilización de autómatas programables.
Módulo profesional: Montaje y mantenimiento mecánico.
Código: 0953
Duración: 210 horas
Contenidos:
1.-Interpretación de planos, esquemas y manuales de máquinas y equipos:
- Identificación de especificaciones técnicas de los componentes del equipo
electromecánico.
- Búsqueda de documentación técnica de maquinaria y equipos.
- Elaboración de despieces de conjuntos de órganos de máquinas. 2.-Determinación de bloques funcionales de máquinas y equipos:
- Cadenas cinemáticas. Definición. Eslabones. Concepto de par. Tipos.
- Transmisión de movimientos.
- Posición relativa entre elementos.
- Tipos y aplicaciones.
- Acopladores de ejes de transmisión.
- Superficies de deslizamiento: Guías, columnas, casquillos y carros, entre otros.
25715NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
- Tipos y aplicaciones.
- Análisis funcional de mecanismos.
- Reductores y multiplicadores.
- Transformadores de movimiento lineal a circular y viceversa.
- Embragues.
- Trenes de engranajes.
- Poleas.
- Cajas de cambio de velocidad.
- Transmisiones.
- Rodamientos.
3.-Realización de operaciones de montaje y desmontaje de elementos mecánicos y electromecánicos:
- Mecanismos:
o Reductores.
o Transformadores de movimiento lineal a circular y viceversa.
o Trenes de engranajes.
- Cadenas cinemáticas.
- Relaciones de transmisión, par y potencia.
- Momentos de rotación nominal de un motor.
- Potencia desarrollada.
- Potencia absorbida por el motor.
- Par de giro.
- Par motor.
- Procedimientos de cálculo.
- Transmisión de movimientos:
o Técnicas de montaje de los elementos de las transmisiones: Correas, poleas,
cadenas, ejes estriados, engranajes, ejes de transmisión y acoplamientos, entre
otros.
o Regulación de los elementos de transmisión.
25716NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
- Rodamientos:
o Tipos, características y aplicaciones.
o Selección de rodamientos en función de las especificaciones técnicas del
equipo o máquina.
o Montaje y desmontaje de rodamientos.
o Verificación de su funcionalidad.
- Superficies de deslizamiento: Guías, columnas, casquillos y carros, entre otros:
o Procedimientos de montaje, ajuste y regulación.
o Montaje de guías, columnas y carros de desplazamiento.
o Ajuste y reglaje de guías, carros y columnas.
o Verificación del deslizamiento y posicionamiento.
o Lubricación.
- Juntas y bridas:
o Tipos, aplicaciones.
o Procedimientos de preparación y montaje.
o Verificación de funcionalidad.
o Montaje de elementos con juntas y bridas.
o Realización de las pruebas de verificación de uniones con juntas.
- Establecer el plan de desmontaje/montaje y los procedimientos a aplicar.
4.-Realización de operaciones de reparación y modificación del estado funcional de maquinaria:
- Uniones atornilladas. Tipos, características y aplicaciones.
- Uniones remachadas. Tipos, materiales, características y aplicaciones.
- Soldadura. Tipos, parámetros de soldeo y técnicas.
- Realización de reparaciones de ejes, engranajes, rodamientos, levas, guías, etcétera.
- Sustitución de elementos o piezas de sistemas mecánicos, neumáticos e hidráulicos. 5.-Ejecución de la instalación de maquinaria:
- Cimentaciones y anclajes de máquinas y equipos.
- Montaje de máquinas y equipos.
- Ajuste, reglaje y nivelación de máquinas.
- Puesta en marcha de máquinas y equipos.
25717NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
- Comprobación y verificación de funcionalidad de máquinas y equipos. 6.-Diagnóstico de averías: - Equipos y aparatos de medida, control y verificación. - Verificación de funcionalidad de máquinas y equipos. - Procedimientos de diagnóstico y localización de averías en máquinas, equipos y líneas
automatizadas. 7.-Diagnóstico de estado de elementos: - Medición y verificación de magnitudes en los sistemas mecánicos. - Verificación de funcionalidad de máquinas y equipos. - Análisis de la desviación del valor esperado. - Procedimientos de diagnóstico y localización de averías en máquinas, equipos y líneas
automatizadas. - Útiles y herramientas para el diagnóstico y localización de averías en máquinas, equipos y
líneas automatizadas. 8.-Aplicación de técnicas de mantenimiento que implican la sustitución de elementos: - Mantenimiento correctivo:
o El almacén de mantenimiento. o El material de mantenimiento. o La calidad del mantenimiento. o Gestión del almacén de mantenimiento. o Gestión del material de mantenimiento. o Gestión del mantenimiento asistida por ordenador. o Elaboración de hipótesis. o Síntomas, causas y reparación de averías. o Reparación de averías y disfunciones de máquinas, equipos y sistemas. o Aplicación en líneas automatizadas.
- Realización de supuestos prácticos en situación real o simulada de servicio, interpretando la documentación disponible para la sustitución de elementos.
9.-Mantenimiento que no implica sustitución de elementos: - Mantenimiento preventivo y predictivo:
o Obtención de datos de las variables de los sistemas de las máquinas y de los equipos, aplicando los procedimientos de observación y medición adecuados y utilizando útiles y herramientas adecuados.
o Síntomas, causas y reparación de averías.
25718NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
o Reparación de averías y disfunciones de máquinas, equipos y sistemas.
o Aplicación en líneas automatizadas.
o Documentación: Fichas, gamas, normas del mantenimiento e informes de
mantenimiento. Interpretación, búsqueda y elaboración.
10.-Prevención de riesgos laborales y protección ambiental:
- Identificación de riesgos.
- Determinación de las medidas de prevención de riesgos laborales.
- Factores físicos del entorno de trabajo.
- Factores químicos del entorno de trabajo.
- Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas empleadas.
- Equipos de protección individual.
- Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
- Cumplimiento de la normativa de protección ambiental.
- Reglas de orden y limpieza durante las fases del proceso.
Módulo profesional: Montaje y mantenimiento eléctrico-electrónico.
Código: 0954
Duración: 190 horas
Contenidos:
1.-Reconocimiento del funcionamiento de las máquinas eléctricas:
- Clasificación de las máquinas eléctricas.
- Elementos mecánicos y eléctricos de las máquinas.
- Alternador eléctrico. Características constructivas y funcionales básicas.
- Transformador eléctrico.
- Motores eléctricos. Tipos. Características constructivas y funcionales básicas.
- Criterios de selección de máquinas eléctricas.
- Esquemas de conexionado de máquinas.
25719NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
2.-Montaje y mantenimiento de máquinas eléctricas rotativas:
- Tipos de máquinas eléctricas rotativas (de corriente continua y corriente alterna).
- Simbología normalizada y convencionalismos de representación en reparación de
máquinas eléctricas rotativas.
- Planos y esquemas eléctricos normalizados.
- Características funcionales, constructivas y de montaje.
- Comprobación de los elementos de las máquinas.
- Bobinados.
- Principios de funcionamiento.
- Magnitudes eléctricas y mecánicas.
- Procesos de montaje y desmontaje de máquinas eléctricas.
- Diagnóstico y reparación de máquinas eléctricas rotativas.
- Elaboración de planes de mantenimiento y montaje de máquinas eléctricas rotativas.
3.-Identificación de las características de los transformadores:
- Generalidades, tipología y constitución de transformadores.
- Clasificación de los transformadores.
- Características funcionales, constructivas y de montaje.
- Valores característicos. Cálculo de los bobinados.
- Mantenimiento y reparación de transformadores.
- Autotransformadores.
- Herramientas y equipos.
- Diagnóstico y reparación de transformadores.
- Normas de seguridad utilizadas en el mantenimiento de transformadores.
4.-Montaje y mantenimiento de sistemas automáticos con control programable:
- Constitución, estructura y características de los autómatas programables. PLC.
- Clasificación de los dispositivos programables.
25720NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
- Funcionamiento de los dispositivos programables:
o Unidad central (CPU).
o Entradas digitales.
o Salidas digitales.
o Salidas a relés.
o Entradas y salidas analógicas.
o Memorias: Uso y utilidades.
o Temporizados, contadores.
- Lenguajes de programación del autómata:
o Programación e interpretación de programas secuenciales.
o Programación básica de autómatas.
- Montaje y conexión de autómatas programables: Entradas, salidas, detectores,
actuadores.
- Diagnóstico y localización de averías.
5.-Ajuste de sistemas de arranque:
- Sistemas de arranque de motores eléctricos.
o Arranque de motores trifásicos de rotor en cortocircuito.
o Arranque estrella-triángulo.
o Arranque por resistencias estatóricas.
o Arranque por autotransformador.
- Motores de rotor bobinado.
- Motores trifásicos de varias velocidades.
- Motores monofásicos.
- Motores de rotor bobinado.
- Regulación y control de motores de corriente alterna.
- Arranque y control de motores de corriente continua.
- Variación de la velocidad de máquinas eléctricas de corriente continua y corriente
alterna.
- Regulación y control de generadores de corriente continua. Rotativos.
- Normas de seguridad utilizadas en instalaciones de máquinas eléctricas rotativas.
25721NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
6.-Montaje y mantenimiento de cuadros eléctricos: - Interpretación y representación de esquemas utilizados en automatismos y cuadros:
Ubicación de elementos en el cuadro. - Instalaciones básicas de automatismos industriales. - Características de las instalaciones de automatismos. - Aparatos que forman un sistema automático: Protecciones contra cortocircuitos y
sobrecargas, componentes de mando, señalización, interruptores de nivel, interruptores de posición, control de temperatura, de presión, temporizados.
- Detectores y sensores:
o Inductivos. o Capacitivos. o Fotoeléctricos. o De temperatura. o De presión. o De presencia. o Características y aplicaciones.
- Actuadores:
o Relés, tipos y características. o Contactores, tipos y características.
- Montaje de instalaciones electrotécnicas automatizadas. - Montaje de las instalaciones de automatismos. - Automatismos con relés: Puesta en marcha, enclavamientos eléctricos y mecánicos, relés
temporizados, interruptores de posición. - Arranque de motores trifásicos: Conexionado y puesta en marcha. Inversión del sentido
de giro. - Conexión de arrancadores y variadores de velocidad electrónicos. - Diagnosis de averías. - Protección contra cortocircuitos y sobrecargas. - Pruebas funcionales de seguridad. 7.-Diagnóstico de averías: - Diagnóstico y localización de averías. - Aparatos de medida analógicos, digitales:
25722NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
o Medidores de aislamiento y continuidad.
o Medidores de temperatura.
o Polímetros.
o Medidor de rigidez dieléctrica.
o Medidores de velocidad de giro (tacómetros).
o Medidores de intensidad (amperímetros y pinza amperimétrica).
- Técnicas de actuación.
- Registros de averías.
- Memoria técnica.
- Valoración económica.
- Reglamentación vigente.
- Manual de uso.
Módulo profesional: Montaje y mantenimiento de líneas automatizadas.
Código: 0955
Duración: 190 horas
Contenidos:
1.-Elaboración de procedimientos de mantenimiento de maquinaria:
- Mantenimiento: Función, objetivos y tipos.
- Organización de la gestión del mantenimiento en la producción.
- Productividad del mantenimiento.
- Almacén y material de mantenimiento.
- Calidad del mantenimiento.
- Intervenciones en el mantenimiento. Tipos y temporalización, entre otros.
Documentación de las intervenciones. Fichas, gamas o normas.
- Elaboración y desarrollo de fichas o gamas de mantenimiento.
- Elaboración gráfica y croquis de posicionado de circuitos. Técnica operativa del
conexionado. Equipos y herramientas.
- Gestión del mantenimiento asistido por ordenador.
- Situaciones de emergencia que pueden presentarse en el proceso automático.
- Seguridad. Equipos de protección.
25723NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
2.-Caracterización de los procesos auxiliares de producción/fabricación:
- Procesos de producción tipo.
- Diagramas de flujo de fabricación.
- Representación de secuencias y diagramas funcionales. GRAFCET (Gráfica de Control de
Etapas de Transición).
- Medios y equipos.
- Sistemas de manipulación: Tipología, características y aplicaciones.
- Manipuladores y robots. Tipos, características y aplicaciones.
- Sistema de almacenamiento: Tipología, características y aplicaciones. Sistemas de
transporte: Tipología, características y aplicaciones.
- Sistemas de transporte: Tipología, características y aplicaciones.
- Elaboración de documentación técnica: Dossier de máquina. Manual de funcionamiento.
Planos de conjunto y de detalle.
3.-Integración de autómatas programables:
- El autómata programable como elemento de control en los sistemas automáticos.
- Unidad central de proceso y módulos de entradas y salidas: Digitales, analógicas y
especiales.
- Conexionado de autómatas. Elementos empleados.
- Programación de autómatas: Lenguaje literal, de contactos y GRAFCET (Gráfica de
Control de Etapas de Transición), entre otros.
- Mantenimiento.
- Resolución, diseño, montaje, conexionado y puesta en marcha de automatismos
mediante la utilización de autómatas programables.
- Funciones y variables. Parámetros. Diagramas de flujo. Mantenimiento.
- Fundamento de la lógica binaria. Sistemas básicos. Funciones lógicas combinacionales.
25724NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
- Lógica combinacional: Fundamentos de los sistemas combinacionales. Funciones básicas
combinacionales.
- Lógica secuencial: Fundamento de los sistemas secuenciales. Funciones básicas
secuenciales.
- Diseño de circuitos de automatismo de control secuencial por métodos sistemáticos.
- Operaciones de montaje, conexionado y pruebas funcionales. Medios y procedimientos.
- Medidas en los sistemas automáticos. Instrumentos y procedimientos de medición de las
variables que hay que regular y controlar (tensiones, potencias, caudales, presiones y
temperaturas entre otros).
- Desarrollo de soluciones constructivas de productos mecatrónicos.
4.-Sistemas SCADA (Control de Supervisión y Adquisición de Datos):
- Sistemas de visualización industrial.
- Arquitectura de un sistema SCADA. Módulos.
- Interfaz máquina-usuario: diferentes tipologías de interfaz HMI (Interfaz Hombre
Máquina).
- Alarmas del sistema.
5.-Integración de manipuladores y robots:
- Tipología y características.
- Campos de aplicación. Cinemática y dinámica de robots.
- Programación de robots: Lenguajes de programación de robots y control de
entradas/salidas.
- Reparación de averías en entornos industriales robotizados y/o de control de
movimiento.
- Protocolos de puesta en marcha de robots.
6.-Integración de las comunicaciones industriales:
- Comunicaciones industriales: Elementos de la comunicación, redes de comunicación,
comunicaciones industriales y normalización.
- El control integral de los procesos. Fundamentos CIM. Pirámide de automatización.
- Redes industriales y buses de campo más extendidos en el mercado europeo (AS-i,
Profibus, Ethenet Industrial, y Profinet, entre otros). Configuraciones físicas.
25725NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
7.-Diagnóstico de averías en sistemas mecatrónicos:
- Interpretación de esquemas mecánicos, eléctricos, neumáticos e hidráulicos, eléctricos y
electrónicos.
- Técnicas de diagnóstico: Pruebas, medidas y procedimientos. Gamas de mantenimiento.
Equipos de protección.
- Averías tipo en los sistemas mecatrónicos.
- Procesos de diagnóstico y localización de averías. Sistemas monitorizados.
- Procesos de reparación de averías y corrección de disfunciones. Equipos y medios
empleados.
- Averías más comunes en la utilización o aplicación de autómatas a procesos. Sistemas de
comprobación. Herramientas o equipos más comúnmente empleados.
- Protocolos de puesta en servicio de equipos de control y de visualización.
- Valoración de resultados. Histórico de averías.
Módulo Profesional: Formación y orientación laboral.
Código: 0956
Duración: 90 horas
Contenidos:
1.-Búsqueda activa de empleo: - Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y
profesional del Técnico en Mantenimiento Electromecánico.
- Análisis de los intereses, aptitudes y motivaciones personales para la carrera profesional.
- Identificación de itinerarios formativos relacionados con el Técnico en Mantenimiento
Electromecánico: acceso, convalidaciones y exenciones.
- Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y
profesional. Adaptación a la evolución de las exigencias del mercado de trabajo.
- Definición y análisis del sector profesional del título de Técnico en Mantenimiento
Electromecánico.
- Proceso de búsqueda de empleo en pequeñas, medianas y grandes empresas del sector.
25726NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
- Oportunidades de aprendizaje y empleo en Europa.
- Técnicas e instrumentos de búsqueda de empleo. Preparación para la entrevista de
trabajo.
- Nuevos yacimientos de empleo.
- El proceso de toma de decisiones: definición y fases.
2.-Gestión del conflicto y equipos de trabajo: - La comunicación eficaz como instrumento fundamental en la relación con los miembros
del equipo. Barreras en la comunicación. Comunicación asertiva. Comunicación no
verbal. Escucha activa e interactiva.
- Valoración de las ventajas e inconvenientes del trabajo de equipo para la eficacia de la
organización.
- La inteligencia emocional.
- Equipos en la industria del sector profesional en el que se ubica el título según las
funciones que desempeñan.
- La participación en el equipo de trabajo. Diversidad de roles. Tipología de los miembros
de un equipo. Técnicas para dinamizar la participación en el equipo. Herramientas para
trabajar en equipo.
- Conflicto: características, fuentes y etapas.
- Métodos para la resolución o supresión del conflicto: conciliación, mediación, negocia-
ción y arbitraje.
- Negociación: concepto, elementos, proceso y cualidades del negociador.
3.-Contrato de trabajo y relaciones laborales: - El derecho del trabajo. Concepto, fuentes, jerarquía normativa.
- Análisis de la relación laboral individual.
- Modalidades de contrato de trabajo y medidas de fomento de la contratación. Medidas
establecidas para la conciliación de la vida laboral y familiar. Normativa autonómica. El
fraude de ley en la contratación laboral.
- Derechos y deberes derivados de la relación laboral.
- El tiempo de trabajo y su retribución:
- Jornada laboral. Análisis de la jornada determinada en convenios colectivos del sector
profesional en el que se ubica el titulo.
25727NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
- El período de prueba y el tiempo de trabajo.
- El salario: elementos que lo integran.
- Nómina: análisis de nóminas de acuerdo con las percepciones salariales determinadas en
convenio colectivos que les sean de aplicación.
- Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Consecuencias económicas
derivadas: el finiquito y la indemnización.
- Representación de los trabajadores. Participación de los trabajadores en la empresa:
Unitaria y Sindical.
- Negociación colectiva como medio para la conciliación de los intereses de trabajadores y
empresarios.
- Análisis de un convenio colectivo aplicable al ámbito profesional del Técnico en
Mantenimiento Electromecánico.
- Beneficios para los trabajadores en las nuevas organizaciones: flexibilidad, beneficios
sociales entre otros.
4.-Seguridad Social, Empleo y Desempleo: - Estructura del Sistema de la Seguridad Social. Acción protectora y regímenes. El Servicio
Extremeño de Salud.
- Determinación de las principales obligaciones de empresarios y trabajadores en materia
de Seguridad Social: afiliación, altas, bajas y cotización.
- La cotización a la Seguridad Social: bases de cotización y cuotas, empresarial y del
trabajador, resultantes según el tipo de contrato.
- Acción protectora de la Seguridad Social: Introducción sobre contingencias, prestaciones
económicas y servicios.
- Situaciones protegibles por desempleo: situación legal de desempleo, prestación y
subsidio por desempleo.
5.-Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo y evaluación de riesgos profesionales: - Valoración de la relación entre trabajo y salud. Importancia de la cultura preventiva en
todas las fases de la actividad. Sensibilización de la necesidad de hábitos y actuaciones
seguras a través de las estadísticas de siniestralidad laboral nacional y extremeña.
- Marco normativo básico de la prevención: derechos y deberes en materia de prevención
de riesgos laborales.
25728NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
- Responsabilidades y sanciones. - Condiciones de trabajo y salud. Riesgos y daños sobre la salud: accidente laboral y
enfermedad profesional. - Análisis de factores de riesgo y sus efectos. - La evaluación de riesgos en la empresa como elemento básico de la actividad preventiva.
Riesgos específicos en el sector profesional en el que se ubica el título: técnicas de evaluación de riesgos y aplicación en el entorno de trabajo.
- Análisis de riesgos ligados a condiciones de: seguridad, ambientales, ergonómicas. - Análisis de riesgos ligados a la organización del trabajo: carga de trabajo y factores psico-
sociales. - Determinación de los posibles daños a la salud del trabajador que pueden derivarse de
las situaciones de riesgo detectadas. 6.-Planificación de la prevención de riesgos en la empresa: - Determinación de las medidas de prevención y protección individual y colectiva para los
diferentes tipos de riesgos. Señalización de seguridad. - Derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales. - Gestión de la prevención en la empresa, documentación. Planificación de la prevención
en la empresa. - Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales. - Planes de emergencia y de evacuación en entornos de trabajo. - Elaboración de un plan de emergencia en una pyme relacionada con el sector en el que
se ubica el título. 7.-Aplicación de medidas de prevención y protección en la empresa: - Aplicación de las medidas de prevención. - Medidas de protección colectiva: la señalización de seguridad. - Medidas de protección individual. Los equipos de protección individual. - Especial protección a colectivos específicos: maternidad, lactancia, trabajadores de una
empresa de trabajo temporal, trabajadores temporales. 8.-Planificación de la prevención de riesgos en la empresa: - Organización y planificación de la prevención en la empresa:
25729NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
o El control de la salud de los trabajadores. Representación de los trabajadores en materia preventiva
o La gestión de la prevención en la empresa: definición conceptual. Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.
o Vigilancia de la salud de los trabajadores o El Plan de autoprotección: Plan de emergencias y de evacuación en entornos
de trabajo o Elaboración de un plan de emergencias en una pyme
- Protocolo de actuación ante una situación de emergencia. Clasificación de emergencias y diferentes situaciones que las pueden provocar. Equipos de emergencia.
9.-Primeros auxilios: - Primeros auxilios: aplicación de técnicas de primeros auxiliares. Composición y uso del
botiquín. Clasificación de heridos según su gravedad. - Aplicación de las técnicas de primeros auxilios según el tipo de lesión del accidentado
Módulo Profesional: Empresa e iniciativa emprendedora.
Código: 0957
Duración: 60 horas
Contenidos: 1.-Iniciativa emprendedora: - Innovación y desarrollo económico. Principales características de la innovación en el
sector profesional en el que se ubica el titulo (materiales, tecnología, organización de la producción, etc.). Procesos de innovación sectorial en marcha en Extremadura.
- Factores claves de los emprendedores: iniciativa, creatividad, formación y colaboración. - Desarrollo del espíritu emprendedor a través del fomento de las actitudes de creativi-
dad, iniciativa, autonomía y responsabilidad. - La actuación de los emprendedores como empleados en una Pyme del sector
profesional en el que se enmarca el título. Concepto de intraemprendedor. - La actuación de los emprendedores como empresarios en una Pyme del sector en el que
se ubica el titulo. - El riesgo como elemento inevitable de toda actividad emprendedora. - La empresa como fuente de creación de empleo y bienestar social. - El empresario. Requisitos y actitudes para el ejercicio de la actividad empresarial.
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- La estrategia empresarial como medio para conseguir los objetivos de la empresa.
- Búsqueda de ideas de negocio. Análisis y viabilidad de las oportunidades de negocio en el
sector profesional en el que se enmarca el título.
- Plan de empresa: la idea de negocio en el ámbito profesional en el que se enmarca el
título.
- Definición de una determinada idea de negocio.
2.-La empresa y su entorno: - La Empresa. Concepto.
- Funciones básicas de la empresa.
- La empresa como sistema. La estructura organizativa de la empresa.
- Análisis del entorno general de una pyme del sector profesional en el que se ubica el
título. Entorno económico, social, demográfico y cultural.
- Análisis del entorno específico de una pyme del sector profesional en el que se enmarca
el título : los clientes, los proveedores y la competencia. Variables del marketing mix:
precio, producto, comunicación y distribución.
- Relaciones de una pyme del sector profesional en el que se enmarca el título, con su
entorno y con el conjunto de la sociedad.
- Responsabilidad social de la empresa. Elaboración del balance social de la empresa:
descripción de los principales costes y beneficios sociales que produce. Viabilidad
medioambiental.
- La cultura empresarial y la imagen corporativa como instrumentos para alcanzar los
objetivos empresariales.
- La ética empresarial. Identificación de prácticas que incorporan valores éticos y sociales.
- Aplicación a empresas del sector en el que se enmarca el título en Extremadura.
- Estudio y análisis de la viabilidad económica y financiera de una “pyme” del sector
profesional en el que se ubica el título.
3.-Creación y puesta en marcha de una empresa: - Tipos de empresa. Empresario individual y empresario social. La franquicia.
- Ventajas e inconvenientes de los distintos tipos de empresa. La responsabilidad de los
propietarios de la empresa en función de la forma jurídica.
- La fiscalidad en las empresas. Impuesto de Sociedades e Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas.
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- Elección de la forma jurídica.
- Trámites administrativos para la constitución de una empresa. Oficinas virtuales: Segu-
ridad Social, Servicio Público de Empleo, etc.
- Asesoramiento y gestión administrativa externos. La ventanilla única.
- Viabilidad económica y viabilidad financiera de una pyme del sector profesional en el que
se ubica el título.
- Plan de empresa: elección de la forma jurídica, estudio de viabilidad económica y
financiera, trámites administrativos y gestión de ayudas y subvenciones
4.-Función Económica, administrativa y comercial: - Concepto de contabilidad y nociones básicas. El registro de la información contable. Los
libros contables.
- Análisis de la información contable. Cálculo e interpretación de las ratios de solvencia,
liquidez y rentabilidad. Umbral de rentabilidad.
- Obligaciones fiscales de las empresas. Tipos de impuestos. Calendario fiscal.
- Principales instrumentos de financiación bancaria.
- Gestión administrativa de una empresa del sector profesional en el que se ubica el título:
cumplimentación de la documentación básica de carácter comercial y contable (facturas,
albaranes, notas de pedido, letras de cambio,cheques y otros). Descripción de los
circuitos que dicha documentación recorre en la empresa.
- Plan de empresa: documentación básica de las operaciones realizadas.
- Concepto de Mercado. Oferta. Demanda.
- Análisis del Mercado en el sector en que se enmarca el título.
- Marketing mix: precio, producto, promoción y distribución.
5.-Proyecto de simulación empresarial en el aula.
- Constitución y puesta en marcha de una empresa u organización simulada.
- Desarrollo del plan de producción de la empresa u organización simulada.
- Definición de la política comercial de la empresa u organización simulada.
- Organización, planificación y reparto de funciones y tareas en el ámbito de la empresa u
organización simulada
25732NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ANEXO II
Organización modular y distribución horaria por curso escolar.
Módulo Profesional
Primer curso Segundo curso
Horas totales
Horas semanales
Horas totales
Horas semanales
0949. Técnicas de fabricación 225 7
0950. Técnicas de unión y montaje 130 4
0951. Electricidad y automatismos eléctricos
260 8
0952. Automatismos neumáticos e hidráulicos
260 8
0953. Montaje y mantenimiento mecánico
195 9
0954. Montaje y mantenimiento eléctrico-electrónico
190 9
0955. Montaje y mantenimiento de líneas automatizadas
190 9
0956. Formación y orientación laboral 90 3
0957. Empresa e iniciativa emprendedora
60 3
0958. Formación en centros de trabajo 400
TOTALES 965 30 1035 30
25733NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ANEXO III
Espacios y Equipamientos
Espacios:
Supeficie m
Espacio formativo 30 alumnos 20 alumnos
Aula polivalente 60 40
Aula de mantenimiento 120 80
Laboratorio de sistemas automáticos 180 120
Aula técnica de sistemas automáticos 120 80
Aula técnica de instalaciones electrotécnicas 180 120
Equipamientos:
Equipamientos mínimos:
Espacio formativo Equipamiento
Aula polivalente Sistema de proyección.
Ordenadores en red y con acceso a internet.
Dispositivos de almacenamiento en red.
Escáner.
Impresoras.
Equipos audivisuales.
CAD de aplicación.
Aula de mantenimiento Instrumentos y equipos de medición.
Herramientas de mecanizado manual.
Taladradoras.
Escariadores.
Machos.
Terrajas.
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Punzones.
Maquinas-herramientas por arranque de viruta.
Maquinaria y herramientas de montaje y unión.
Equipos y herramientas de corte y conformado.
Utillaje para marcado.
Equipos de soldadura blanda, oxiacetilénica y
eléctrica.
Equipos soldadura MIG/MAG
Equipos y herramientas para montaje y desmontaje
de elementos mecánicos y electromécanicos.
Rodamientos.
Juntas y bridas.
Superficies de deslizamiento.
Equipos de medida y verificación de sistemas
mecánicos.
Elementos de sistemas de transmisión.
Laboratorio de sistemas automáticos Bombas, motores y cilindros hidraúlicos.
Acumuladores hidráulicos.
Sensores.
Luxómetro.
Polímetros.
Frecuencimetros.
Entrenadores de electrónica de potencia.
Autómatas programables.
Inyector de señales.
Tacómetros.
Generadores de CC rotativos.
Arranque y control de motores de CC.
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Arrancadores y variadores de velocidad
electrónicos. Sistemas de transporte
Manipuladores y robot.
Elementos de redes de comunicaciones industriales
Aula técnica de sistemas automáticos Sistema de proyección.
Ordenadores en red y con acceso a internet.
Impresoras.
Software de aplicación.
Herramientas para montaje y conexionado de equipos
y elementos.
Equipos y materiales neumáticos y electroneumáticos
Válvulas, actuadores e indicadores.
Elementos de control, mando y regulación.
Elementos de medida.
Válvulas y servoválvulas
Relés y contactores.
Elementos de protección.
Instrumentos de medición de distintas variables
(tensiones, potencias, caudales, presiones,
temperaturas etc.).
Autómatas programables.
Bancos de ensayos, control, regulación y
acoplamiento de máquinas eléctricas estáticas y
rotativas.
Bombas, motores y cilindros hidraúlicos.
Acumuladores hidráulicos.
Alternadores.
Transformadores.
25736NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Arrancadores y variadores de velocidad electrónicos.
Generadores de CC rotativos.
Variadores de la velocidad de máquinas eléctricas de CC
Arrandores y variadores de velocidad electrónicos.
Sistemas de transporte.
Autómatas programables.
Manipuladores y robot.
Elementos de redes de comunicación.
Aula técnica de instalaciones electrotécnicas Sistemas de proyección.
Ordenadores en red y con acceso a internet.
Impresoras.
Software de aplicación.
Herramientas para trabajos eléctricos.
Herramientas y máquinas portálites de mecanizado
para electricidad.
Componentes eléctricos y electrónicos.
Fuentes de alimentación.
Polímetros.
Pinzas amperimétricas.
Vatímetros.
Medidores del factor de potencia.
Frecuencimetro.
Sensores.
Actuadores.
Automatismos.
Motores.
Osciloscopios.
Generador de funciones.
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• • •
Paneles de simulación.
Contadores de energía activa y reactiva monofásicos y
Trifásicos.
Luxómetro.
Transformadores.
Armarios para cuadros.
Canalizaciones.
Bancos de ensayos, control, regulación y acoplamiento
de máquinas eléctricas estáticas y rotativas
Alternadores.
Arrancadores y variadores de velocidad electrónicos.
ANEXO IV
Módulos susceptibles de ser impartidos en régimen a distancia
Módulos que pueden ser impartidos en modalidad de teleformación on line
0956. Formación y orientación laboral
0957. Empresa e iniciativa emprendedora
Módulos que pueden ser impartidos en modalidad semipresencial 0951. Electricidad y automatismos eléctricos
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DECRETO 209/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículodel ciclo formativo de grado superior de Técnico Superior en MecatrónicaIndustrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2013040235)
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de28 de enero, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de de-sarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y gra-dos, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de loscentros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las activi-dades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan a la Comunidad Autó -no ma de Extremadura funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria.
El artículo 6.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, define el currículo co-mo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y cri-terios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la citada ley. Por otra par-te, su artículo 6.2 asigna al Gobierno la competencia para fijar los aspectos básicos delcurrículo que constituyen las enseñanzas mínimas, mientras corresponde a las administracio-nes educativas competentes establecer el currículo del que formarán parte dichos aspectosbásicos.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional,establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad a lodispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución, y previa consulta al ConsejoGeneral de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesiona-lidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional deCualificaciones Profesionales.
La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece en su artículo 70.2que el currículo será determinado por la Administración educativa, en el marco de la norma-tiva básica estatal.
El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece en el artículo 9 la estructura de los tí-tulos de la formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de CualificacionesProfesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.
Asimismo, el artículo 7 del citado real decreto establece que el perfil profesional de los títu-los incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, lascualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional deCualificaciones Profesionales incluidas en el título.
El Real Decreto 1576/2011, de 4 de noviembre, establece el título de Técnico Superior enMecatrónica Industrial y fija sus enseñanzas mínimas.
En virtud de todo lo cual, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura y del Consejode Formación Profesional de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura,previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de octubre de 2013,
25739NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
D I S P O N G O :
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
El presente decreto tiene por objeto establecer el currículo correspondiente al título de TécnicoSuperior en Mecatrónica Industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 2. Marco general de la formación.
Los aspectos relativos a la identificación del título, el perfil y el entorno profesionales, las com-petencias, la prospectiva del título en el sector, los objetivos generales, los accesos y vincu-lación con otros estudios, la correspondencia de módulos profesionales con las unidades decompetencia incluidas en el título y las titulaciones equivalentes a efectos académicos, profe-sionales y de docencia, son los que se definen en el Real Decreto 1576/2011, de 4 de no-viembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Mecatrónica Industrial y sefijan sus enseñanzas mínimas.
Artículo 3. Módulos profesionales.
Los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo son los siguientes:
1. Los incluidos en el Real Decreto 1576/2011, de 4 de marzo, es decir:
0935. Sistemas mecánicos.
0936. Sistemas hidráulicos y neumáticos.
0937. Sistemas eléctricos y electrónicos.
0938. Elementos de máquinas.
0939. Procesos de fabricación.
0940. Representación gráfica de sistemas mecatrónicos.
0941. Configuración de sistemas mecatrónicos.
0942. Procesos y gestión de mantenimiento y calidad.
0943. Integración de sistemas.
0944. Simulación de sistemas mecatrónicos.
0945. Proyecto de mecatrónica industrial.
0946. Formación y orientación laboral.
0947. Empresa e iniciativa emprendedora.
0948. Formación en centros de trabajo.
2. Los que son propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
0949-Ex Inglés.
Artículo 4. Aspectos del currículo.
1. La contribución a la competencia general y a las competencias profesionales, personalesy sociales, los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los crite-
25740NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
rios de evaluación, y las orientaciones pedagógicas del currículo del ciclo formativo paralos módulos profesionales relacionados en el artículo 3.1 de este decreto son los definidosen el Real Decreto 1576/2011, de 4 de noviembre.
2. Los contenidos de los módulos relacionados en el artículo 3.1 de este decreto se incluyenen el Anexo I del mismo.
3. Los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los criterios de eva-luación, los contenidos y las orientaciones pedagógicas de los módulos profesionales re-lacionados en el artículo 3.2, son los relacionados en el Anexo II de este decreto.
Artículo 5. Organización modular y distribución horaria.
La duración de este ciclo formativo es de 2.000 horas, distribuidas en dos cursos académicos.
La distribución de cada uno de los cursos, la duración y asignación horaria semanal de cadauno de los módulos profesionales que conforman estas enseñanzas se concretan en el AnexoIII de este Decreto.
Artículo 6. Desarrollo curricular.
1. Los centros educativos, en virtud de su autonomía pedagógica, concretarán y desarrolla-rán las enseñanzas correspondientes al título de formación profesional de Técnico Superioren Mecatrónica Industrial mediante la elaboración de un proyecto curricular del ciclo for-mativo que responda a las necesidades del alumnado y a las características concretas delentorno socioeconómico, cultural y profesional, en el marco del proyecto educativo delcentro.
2. El equipo docente responsable del desarrollo del ciclo formativo elaborará las programa-ciones para los distintos módulos profesionales. Estas programaciones didácticas deberáncontener, al menos, la adecuación de las competencias profesionales, personales y socia-les al contexto socioeconómico y cultural dentro del centro educativo y a las característi-cas del alumnado, la distribución y el desarrollo de los contenidos, la metodología de ca-rácter general y los criterios sobre el proceso de evaluación, así como los materialesdidácticos.
Artículo 7. Evaluación.
1. El profesorado evaluará los aprendizajes del alumnado, los procesos de enseñanza y supropia práctica docente.
2. La evaluación del alumnado se realizará atendiendo a los resultados de aprendizaje y suscriterios de evaluación establecidos para los diferentes módulos profesionales, así comolos objetivos generales del ciclo formativo.
3. Dada la estructura modular de los ciclos formativos la evaluación de los aprendizajes delalumnado se realizará por módulos profesionales.
4. El alumnado que obtenga una evaluación positiva en todos los módulos profesionales co-rrespondientes al ciclo formativo obtendrá e1 título de formación profesional de TécnicoSuperior en Mecatrónica Industrial.
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5. Por otra parte, para la evaluación, promoción y acreditación de la formación establecidaen este decreto se atendrá a las normas dictadas al efecto por la Consejería competenteen materia de educación.
Artículo 8. Convalidaciones, exenciones y correspondencias.
1. Las convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de formación profesional es-tablecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Generaldel Sistema Educativo, con los módulos profesionales de los títulos establecidos al ampa-ro de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, son las establecidas en elAnexo IV del Real Decreto 1576/2011, de 4 de noviembre.
2. En los términos del artículo 38 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, quienes ten-gan acreditada oficialmente alguna unidad de competencia que forme parte del CatálogoNacional de Cualificaciones Profesionales tendrán convalidados los módulos profesionalescorrespondientes según se establezca en la norma que regule cada título o cursos de es-pecialización. Además de lo anterior, y de acuerdo con el artículo 38.1.c) del Real Decreto1147/2011, de 29 de julio, quienes hubieran superado el módulo profesional de Formacióny Orientación Laboral establecido al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, deEducación, podrá ser objeto de convalidación siempre que se acredite haber superado elmódulo profesional de Formación y Orientación Laboral al amparo de la Ley 1/1990, de 3de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y se acredite la formación es-tablecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva,expedida de acuerdo con la normativa vigente.
3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39.1 del Real Decreto 1147/2011, de 29 dejulio, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formaciónen Centros de Trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que seacredite una experiencia correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año, rela-cionada con los estudios profesionales respectivos.
4. La correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profe-sionales que conforman las enseñanzas del título de Técnico Superior en MecatrónicaIndustrial para su convalidación o exención queda determinada en el Anexo V A) del RealDecreto 1576/2011, de 4 de noviembre.
5. La correspondencia de los módulos profesionales que conforman las enseñanzas de estetítulo con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en elAnexo V B) del Real Decreto 1576/2011, de 4 de noviembre.
Artículo 9. Metodología didáctica.
1. La metodología didáctica debe adaptarse a las peculiaridades colectivas del grupo, así co-mo a las peculiaridades individuales.
2. La tutoría, la orientación profesional y la formación para la inserción laboral, forman par-te de la función docente y serán desarrolladas de modo que al finalizar el ciclo formativoel alumnado alcance la madurez académica y profesional. Corresponde a los equipos edu-cativos la programación de actividades encaminadas a conseguir la optimización de losprocesos de formación del alumnado.
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3. La función docente incorporará la formación en prevención de riesgos laborales dentro decada módulo profesional y será considerada como área prioritaria.
Artículo 10. Especialidades del profesorado.
1. Las especialidades del profesorado de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secun -daria, de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de FormaciónProfesional, según proceda, con atribución docente en los módulos profesionales relacio-nados en el artículo 3.1 son las establecidas en el Anexo III A) del Real Decreto 1576/2011,de 4 de noviembre. Las titulaciones requeridas al profesorado de los centros de titulari-dad privada o de titularidad pública de otras Administraciones distintas de las educativaspara impartir dichos módulos son las que se concretan en el Anexo III.C) del referido re-al decreto.
2. Las especialidades y, en su caso, las titulaciones del profesorado con atribución docenteen los módulos profesionales incluidos en el artículo 3.2 de este decreto son las que sedeterminan en el Anexo IV del mencionado decreto.
Artículo 11. Espacios y equipamientos.
1. Los espacios y equipamientos recomendados para el desarrollo de las enseñanzas de es-te ciclo formativo son los establecidos en el Anexo V de este decreto.
2. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos de alum-nos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.
3. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente me-diante cerramientos.
Disposición adicional primera. Calendario de implantación.
El currículo establecido por este decreto se implantará en el curso escolar 2013/2014 paralos módulos profesionales de primer curso y en el curso 2014/2015 para el resto de los mó-dulos.
Disposición adicional segunda. Oferta en régimen a distancia.
Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofer-tarse a distancia, siempre que se garantice que el alumno puede conseguir los resultados deaprendizaje de los mismos.
En el Anexo VI se recogen los módulos susceptibles de ser impartidos en régimen a distan-cia, así como su modalidad.
1. Con el fin de promover la formación a lo largo de la vida, la Consejería con competenciasen materia de educación podrá configurar mediante orden los módulos profesionales in-cluidos en este título en unidades formativas de menor duración, de conformidad con lodispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.
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2. Las unidades formativas que conformen cada módulo profesional deben incluir la totali-dad de los contenidos de dichos módulos. Cada módulo no podrá dividirse en más de cua-tro unidades formativas ni estas tener una duración inferior a 30 horas.
3. Las unidades formativas superadas podrán ser certificadas con validez en el ámbito de laComunidad Autónoma de Extremadura. La superación de todas las unidades formativasque componen un módulo profesional dará derecho a la certificación del correspondientemódulo profesional con validez en todo el territorio nacional.
Disposición adicional cuarta. Otras organizaciones y distribuciones de los módulosprofesionales.
Se autoriza al titular de la Consejería competente en materia de educación para reordenar ladistribución de los módulos profesionales establecidos en la normativa que determina los cu-rrículos de los ciclos formativos de la familia profesional de Instalaciones y Mantenimiento, ode otras familias, con el fin de poner en práctica iniciativas o proyectos experimentales pro-piciados por centros autorizados por dicha Administración educativa, manteniendo los conte-nidos y las horas anuales atribuidas a cada módulo profesional en los currículos vigentes delos ciclos formativos objeto de la experiencia.
Disposición adicional quinta. Referencia de género.
Todos los términos contenidos en este decreto, en el que se utiliza la forma del masculino ge-nérico, se entenderán aplicables a personas de ambos sexos.
1. El alumnado que durante el curso 2012/2013 haya estado matriculado en módulos profe-sionales correspondientes al primer curso del anterior título y no promocione, se podrá in-corporar al primer curso de las enseñanzas reguladas por el presente decreto sin perjui-cio de las convalidaciones o reconocimientos de módulos a los que pudiera tener derecho,según lo previsto en el artículo 8 de este decreto.
2. Durante los cursos 2013/2014 y 2014/2015 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias anuales de módulos profesionales de primer curso, a las que podrá concurrir, conlos límites establecidos en las normas de evaluación, aquel alumnado que pueda promo-cionar a segundo curso pero tenga pendiente módulos profesionales de primer curso.
3. Durante los cursos 2014/2015 y 2015/2016 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias de módulos profesionales de segundo curso, a las que podrá concurrir, con los lí-mites establecidos en las normas de evaluación, el alumnado con estos módulos profe-sionales pendientes.
Disposición final primera. Habilitación normativa.
Se faculta al titular de la Consejería competente en materia de educación para el desarrolloy ejecución del presente decreto.
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Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficialde Extremadura.
Mérida, a 29 de octubre de 2013.
El Presidente de la Junta de Extremadura,JOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA
La Consejera de Educación y Cultura,TRINIDAD NOGALES BASARRATE
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ANEXO I
MÓDULOS PROFESIONALES
Módulo Profesional: Sistemas mecánicos
Equivalencia en créditos ECTS: 9
Código: 0935
Duración: 160 horas Contenidos: 1. Montaje y puesta a punto de sistemas mecánicos:
Análisis funcional de mecanismos: reductores, transformadores de movimiento lineal a
circular y viceversa, embragues, frenos, trenes de engranajes, poleas, cajas de cambio
de velocidad y diferenciales.
Acopladores de ejes de transmisión.
Medición y verificación de magnitudes en los sistemas mecánicos.
Ensamblado de piezas: selección del tipo de ensamblado.
Montaje de elementos mecánicos:
• Montaje y desmontaje de rodamientos: selección de rodamientos en función de las
especificaciones técnicas del equipo o máquina, verificación de funcionalidad de
rodamientos y útiles para el montaje y desmontaje de rodamientos.
• Transmisión de movimientos: técnicas de montaje y desmontaje de los elementos
de las transmisiones, verificación de los elementos de transmisión y útiles para el
montaje y desmontaje de los elementos de transmisión.
• Superficies de deslizamiento: procedimientos de montaje, ajuste y regulación,
herramientas para montar y desmontar, verificación del deslizamiento y
posicionamiento. Lubricación.
• Juntas: procedimientos de preparación, montaje, verificación y mantenimiento.
• Acoplamientos flexibles y rígidos: tipos, montajes, verificación y mantenimiento.
• Uniones atornilladas: Sistemas normalizados de roscas, aplicaciones y selección de
tornillos y elementos de seguridad en los tornillos.
• Otras uniones desmontables: Árboles estriados y nervados, chavetas, lengüetas,
pasadores, etc.
• Uniones fijas: remachado, a tope, soldadura, adhesivos. Tipología, características y
técnicas básicas.
Montaje de guías, columnas y carros de desplazamiento. Ajuste y reglaje.
Acoplamientos estancos con y sin presión. Equipos para verificación de estanqueidad.
Instalación y montaje en planta de maquinaria y equipos:
• Técnicas de movimiento de máquinas.
• Técnicas de instalación y ensamblado de máquinas y equipos.
• Cimentaciones y anclajes.
• Instalaciones de alimentación de máquinas y sistemas.
• Verificación de funcionalidad de máquinas y equipos.
2. Mantenimiento preventivo de sistemas mecánicos:
Interpretación del plan de mantenimiento y documentos de registro.
Mantenimiento de elementos de transmisión y apoyo:
• Mantenimiento de transmisiones rígidas: árboles y engranajes.
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• Mantenimiento de transmisiones flexibles: sistemas de poleas y de ruedas y cadenas.
• Mantenimiento de sistemas de apoyo: ejes, rodamientos y cojinetes.
• Mantenimiento de sistemas de uniones y acoplamientos.
Máquinas, equipos, útiles, herramientas y medios empleados en el mantenimiento.
Técnicas y procedimientos para la sustitución de elementos simples.
Equipos de medición y diagnóstico.
3. Diagnóstico de disfunciones en los sistemas mecánicos:
Interpretación de documentación técnica de la instalación.
Procedimientos de intervención.
Medición de parámetros característicos.
Técnicas para la localización de averías.
Método de diagnóstico basado en vibraciones:
• Normativa.
• Sensores.
• Selección de puntos de medida.
• Procedimientos de medida.
• Instrumentos empleados en la medición de las vibraciones: vibrómetros y analiza-
dores de vibraciones.
• Diagnóstico de las causas de vibración. Programas informáticos de interpretación de
ondas vibratorias.
• Sistemas integrados de monitorización de vibraciones a tiempo completo de plantas
industriales.
Método de diagnóstico basado en la temperatura superficial: termografía.
• Cámaras termográficas.
• Procedimientos de toma de imágenes termográficas.
• Programas informáticos para el tratamiento y análisis de imágenes termográficas.
Análisis de lubricantes.
Análisis por ultrasonido.
4. Mantenimiento correctivo de sistemas mecánicos:
Procedimientos de intervención.
Ajuste de parámetros.
Equipos y herramientas.
Sustitución de elementos.
Puesta a punto.
5. Diagnóstico de elementos con disfunciones:
Técnicas para la identificación de la parte dañada.
Defectos tipo en los sistemas mecánicos.
Tipos de fallo en cojinetes.
Tipos de fallo en rodamientos.
Tipos de fallo en árboles y ejes.
Tipos de fallo en transmisiones rígidas y flexibles.
Síntomas del fallo. Causas del fallo.
Relación entre sistemas y causas.
Análisis por vibraciones, por ultrasonidos, termográficos, de lubricantes y de superfi-
cies.
Tipos de desgastes y erosiones.
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6. Prevención de riesgos laborales y protección ambiental:
Identificación de riesgos.
Prevención de riesgos laborales en las operaciones de mecanizado por arranque de
viruta.
Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas empleadas para el mecanizado por
arranque de viruta.
Prevención de riesgos laborales en las operaciones de diagnosis de máquinas y equipos
en operación: bajo tensión eléctrica, con elementos o sistemas en movimiento, con
partes a elevada temperatura.
Equipos de protección individual.
Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
Cumplimiento de la normativa de protección ambiental.
Módulo Profesional: Sistemas hidráulicos y neumáticos
Equivalencia en créditos ECTS: 8
Código: 0936 Duración: 130 horas. Contenidos:
1. Identificación y características físicas y funcionales de los componentes neumáticos:
Principios y variables físicas que intervienen en la Neumática.
Producción, almacenamiento, preparación y distribución del aire comprimido.
Válvulas, actuadores e indicadores. Tipos, funcionamiento, aplicación y mantenimiento.
Elementos de control, mando y regulación.
Dispositivos de mando y regulación: sensores y reguladores.
Análisis de circuitos electroneumáticos: elementos de control. Relés y contactores.
Elementos de protección. Elementos de medida. Interpretación de esquemas neumáti-
cos-electroneumáticos.
Técnica del vacío.
2. Identificación y características físicas y funcionales de los componentes hidráulicos:
Principios y variables físicas que intervienen en la Hidráulica.
Características de los fluidos hidráulicos.
Normativa reguladora en gestión de residuos hidráulicos.
Bombas, motores y cilindros hidráulicos: características, aplicación y tipos.
Acumuladores hidráulicos.
Válvulas y servoválvulas. Tipos, funcionamiento, mantenimiento y aplicaciones.
Dispositivos de mando y regulación: sensores y reguladores.
Análisis de circuitos hidráulicos: elementos de control, mando y regulación hidráulica.
Análisis de circuitos electro-hidráulicos: elementos de control. Relés y contactores.
Elementos de protección. Elementos de medida. Interpretación de esquemas
hidráulicos-electrohidráulicos.
Hidráulica proporcional.
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3. Configuración de sistemas neumáticos/electro-neumáticos o hidráulicos/electro-hidráu-
licos:
Simbología gráfica normalizada de los sistemas neumáticos/hidráulicos cableados y/o
programados.
Configuración de sistemas. Diseño, cálculo y selección de elementos.
Aplicación de recursos informáticos al diseño, cálculo y realización de circuitos
neumáticos e hidráulicos.
Sistemas de puesta en marcha y paros de emergencia en las instalaciones.
Agregación de condicionantes a una instalación.
Interpretación y realización de planos, diagramas y esquemas de circuitos.
Planos de conjunto de los sistemas neumáticos/hidráulicos de máquinas. Lista de
despiece.
Reglamentación y normativa electrotécnica aplicada.
Simbología y representación de esquemas eléctricos.
4. Montaje del automatismo neumático/electro-neumático e hidráulico/electro-hidráulico:
Elaboración gráfica y croquis de posicionado de circuitos.
Técnica operativa del conexionado.
Normas de práctica profesional comúnmente aceptadas en el sector.
Configuración de circuitos de automatismos neumáticos/hidráulicos cableados.
Operaciones de montaje y pruebas funcionales. Medios y procedimientos.
Regulación y puesta en marcha del sistema.
Normas de seguridad en los trabajos de mantenimiento neumático e hidráulico.
5. Ajustes y reglajes mecánicos en los sistemas hidráulicos y neumáticos:
Útiles de verificación y las técnicas metrológicas.
Métodos de ajuste y reglaje de juegos, carreras, presiones y velocidades, entre otros.
Aparatos de medida de presión, caudal y temperatura, entre otros.
6. Diagnosis del estado de elementos neumáticos/electro-neumáticos e hidráulicos/electro-
hidráulicos:
Vistas, cortes y secciones para la determinación de elementos del sistema.
Ajustes y tolerancias de fabricación aplicables.
Desgastes normales y anormales en elementos neumáticos/hidráulicos.
Causas típicas que originan desgastes: rozamientos, desalineaciones, falta de lubrica-
ción, altas temperaturas y aceites sucios, entre otros.
7. Diagnosis y corrección de averías de los sistemas hidráulicos/electro-hidráulicos y
neumáticos/electro-neumáticos:
Averías. Naturaleza. Causas y clasificación en los elementos neumáticos e hidráulicos.
Diagnóstico de averías. Procedimientos. Medios.
Diagnóstico de estado de elementos y piezas.
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Módulo Profesional: Sistemas eléctricos y electrónicos Equivalencia en créditos ECTS: 9
Código: 0937 Duración: 160 horas. Contenidos: 1. Determinación de parámetros característicos de los sistemas eléctricos:
Corriente alterna. Magnitudes eléctricas en corriente alterna. Tipos de corrientes
alternas.
Generación de corrientes alternas. Distribución y transporte de la corriente alterna.
Comportamiento de los receptores en corriente alterna. Sistemas monofásicos y
trifásicos.
Parámetros de un circuito de corriente alterna. Tensión, corriente, potencia, frecuen-
cia y coso, entre otros.
Distribución a tres y cuatro hilos.
Conexión de receptores trifásicos.
Medidas en circuitos de corriente alterna.
Cálculo de secciones.
2. Identificación de circuitos y elementos de los sistemas de alimentación, protección y
arranque de máquinas eléctricas:
Elementos de aparellaje eléctrico.
Control de los circuitos de mando y señalización.
Actuadores de naturaleza eléctrica: Relés, temporizadores y contactores, entre otros
actuadores.
Sensores y transductores: Inductivos, capacitivos, fotoeléctricos, de temperatura, de
presión, de presencia, de posición; características y aplicaciones.
Sistemas eléctrico-electrónicos de protección y seguridad: Seccionamiento, interrup-
ción, protección contra cortocircuitos, protección contra sobrecargas, protección
contra sobretensiones, protección diferencial, puestas a tierra.
Elementos de protección.
Componentes y buses de comunicación industriales.
Características de los motores de corriente continua y alterna.
Dinamos, motores de corriente continua (serie, shunt, compound), motores
universales, motores de corriente alterna. (monofásicos y trifásicos), motores
síncronos, motores asíncronos.
Características de los transformadores.
Transformadores monofásicos y trifásicos, autotransformadores, transformadores de
medida.
Parámetros de los motores de corriente alterna y continua (monofásicos y trifásicos) y
transformadores. Funcionamiento en servicio y vacío.
Sistemas de arranque y frenado: Arranque de los motores de corriente continua,
universales, asíncronos monofásicos, asíncronos trifásicos. Frenado de los motores
asíncronos trifásicos y de los motores de corriente continua.
Sistemas de corrección del factor de potencia: Medida y cálculo del factor de potencia.
Compensaciones fijas del factor de potencia. Control automático del factor de
potencia.
Elaboración de croquis de los sistemas de control y regulación electrónica.
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Magnitudes que hay que controlar en los sistemas de regulación de velocidad.
Cálculo de parámetros de las instalaciones.
3. Configuración de automatismos y elementos de tecnología electrotécnica:
Cálculo y selección de elementos en sistemas eléctrico-electrónicos.
Características y parámetros de los componentes de los dispositivos electrónicos de
los equipos de mando y maniobra.
Componentes electrónicos de control de potencia. Principio de funcionamiento,
características técnicas y clasificación.
Amplificadores operacionales. Fundamentos de la amplificación. Generadores de señal.
2. Especificación de las características de productos mecánicos:
Simbología en sistemas mecánicos.
Simbología de tratamientos.
Acotación.
Representación de tolerancias dimensionales, geométricas y superficiales.
Representación de materiales.
Representación de tratamientos térmicos, termoquímicos y electroquímicos.
Representación de formas y elementos normalizados (chavetas, roscas, guías,
soldaduras y otros).
Representación de instalaciones de fluidos.
Trazado de elementos de calderería.
3. Representación de sistemas de automatización:
Identificación de componentes en esquemas neumáticos e hidráulicos.
Identificación de componentes en esquemas eléctricos y programables.
Simbología de elementos neumáticos hidráulicos y eléctricos.
Simbología de elementos eléctricos, electrónicos y programables.
Simbología de conexiones entre componentes.
4. Elaboración de documentación gráfica:
Programas de CAD.
Configuración del software.
R
Gestión de capas.
Órdenes de dibujo.
Órdenes de modificación.
Órdenes de acotación.
Opciones y órdenes de superficies.
Opciones y órdenes de sólidos.
Librerías de productos.
Asignación de materiales y propiedades.
Asignación de restricciones.
Impresión.
Módulo Profesional: Configuración de sistemas mecatrónicos Equivalencia en créditos ECTS: 9
Código: 0941
Duración: 140 horas. Contenidos: 1. Determinación de las características de sistemas mecatrónicos:
Replanteo y ubicación de equipos y líneas, entre otros.
Tipos de cimentaciones y bancadas de equipos.
Cuadros, instalaciones mecánicas, eléctricas, neumáticas e hidráulicas.
Requerimientos ergonómicos.
Interpretación de esquemas mecánicos, eléctricos, neumáticos e hidráulicos, eléctricos
y electrónicos, esquemas de principio y diagramas de bloque.
Condiciones de la puesta en marcha de sistemas mecatrónicos.
Cadenas cinemáticas.
Regímenes de funcionamiento.
Puntos de lubricación.
Especificaciones técnicas de sistemas automatizados.
Catálogos comerciales.
2. Configuración de sistemas:
Características de los procesos productivos.
Desarrollo de soluciones constructivas de productos mecatrónicos.
Dimensionado y selección de elementos.
Planos necesarios para la modificación del sistema.
Integración de sistemas de adquisición de datos.
Selección de los elementos de seguridad y control. Módulos de control relacionados
con la seguridad.
Integración de autómatas programables:
• Autómatas comerciales. Tipos y características.
• Resolución, diseño, montaje, conexionado y puesta en marcha de automatismos
mediante la utilización de autómatas programables.
• Medidas en los sistemas automáticos. Instrumentos y procedimientos de medición
de las variables que hay que regular y controlar (tensiones, potencias, caudales,
presiones y temperaturas entre otros).
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3. Elaboración de planos de conjunto y de detalle:
Diseño asistido por ordenador. CAD/CAM/CIM/CAE.
Los dibujos de conjunto: características. Cuadro de rotulación. Marcas y lista de
materiales.
Tolerancias dimensionales. Calidad y posición de la zona de tolerancia. Ajustes.
Sistemas ISO de ajuste. Elección de los ajustes. Determinación del ajuste normalizado.
Verificación. Tolerancias geométricas.
Esquemas de distribución. Planos generales.
Planos de detalle. Planos de montaje.
4. Elaboración de presupuestos:
Mediciones. Criterios de medición.
Presupuestos. Capítulos. Unidades de obra. Criterios para la valoración.
Aplicaciones informáticas. Uso de bases de datos de precios.
5. Elaboración de documentación técnica:
Elaboración de documentación técnica.
Interpretación de la documentación.
Dossier de máquina.
Plan de obra.
Manual de funcionamiento.
Manual de mantenimiento.
Módulo Profesional: Procesos y gestión del mantenimiento y de la calidad Equivalencia en créditos ECTS: 7
Código: 0942
Duración: 120 horas. Contenidos: 1. Establecimiento de procesos de montaje y mantenimiento:
Fases: diagramas, características y relación entre ellas.
Procesos de montaje y de mantenimiento.
Listas de materiales.
Especificaciones técnicas de equipos y materiales.
Planificación y programación del montaje y mantenimiento de instalaciones térmicas.
Equipos, utillajes y herramientas.
2. Elaboración de planes de montaje y de gamas de mantenimiento:
Tipos de mantenimiento: correctivo, preventivo, predictivo y otros.
Gestión y organización de los distintos tipos de mantenimiento.
Especificación y secuenciación de las operaciones.
Cargas de trabajo.
Recursos materiales y humanos necesarios para realizar la instalación.
Control del plan de montaje.
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Especificaciones técnicas del montaje.
Normas de utilización de los equipos, material e instalaciones.
Aplicación de la normativa de seguridad y reglamentación vigente.
Documentación técnica de referencia.
Sistemas informatizados de gestión.
3. Elaboración del catálogo de repuestos y el programa de gestión y aprovisionamiento:
Homologación de proveedores.
Especificaciones técnicas de las compras.
Plazos de entrega y calidad en el suministro.
Sistemas de organización del almacén de mantenimiento.
Control de existencias y de preparación de pedidos.
4. Elaboración del presupuesto de montaje y mantenimiento de instalaciones:
Unidades de obra. Mediciones.
Cálculos parciales y totales de las instalaciones.
Coste del mantenimiento integral.
Presupuestos generales.
Sistemas informatizados de elaboración de presupuestos.
5. Determinación de las acciones para la implantación y mantenimiento de sistemas de
aseguramiento de la calidad:
Definición de calidad. Normativa básica de calidad. Reconocimiento de calidad: homo-
logación y certificación.
Control dimensional y estadístico del proceso. Técnicas metrológicas. Control de
calibración de equipos y elementos de medición.
Ensayos destructivos.
Ensayos no destructivos.
Sistemas de aseguramiento de calidad.
Herramientas para el aseguramiento y gestión de la calidad.
Registro de datos en los documentos de calidad.
Procesos de mejora continua.
Plan de calidad del control de la producción.
Aseguramiento de la calidad.
Análisis de las principales normas de aseguramiento de la gestión de la calidad.
Manual de calidad y de procesos.
Serie de Normas UNE-EN-ISO 9001-2008 para procesos industriales y de servicios.
6. Aplicación de planes para el establecimiento y mantenimiento de los modelos de exce-
lencia empresarial:
Principios de la calidad total.
Conceptos fundamentales del sistema europeo EFQM.
Mapa de los criterios del modelo de EFQM.
Gestión de una empresa sobre un modelo de excelencia.
Modelos de excelencia empresarial.
Planes de mejora continúa de los procesos.
Identificación de las fases para el establecimiento de un sistema de gestión de la calidad.
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7. Preparación de registros de calidad:
Reconocimiento de los registros del sistema de gestión de la calidad.
Costes de calidad: estructura de costes, valoración y obtención de datos de costes.
Medición de la calidad del servicio.
Herramientas estadísticas de calidad para el control del proceso.
Planes de gestión de las no conformidades.
Control dimensional y estadístico del proceso. Técnicas de metrología. Control de
calibración de elementos y equipos de medición.
Sistemas y procesos de autoevaluación. Regla de evaluación por lógica REDER
(Resultados, Enfoque, Despliegue, Evaluación y Revisión).
Tratamiento de resultados (cuadros de mando, evaluación de proveedores, satisfacción
de clientes y diagnóstico externo).
Módulo Profesional: Integración de sistemas Equivalencia en créditos ECTS: 13
Código: 0943
Duración: 160 horas. Contenido: 1. Identificación y funciones de los elementos del lazo de regulación:
Componentes de un sistema de regulación y control.
Tipos de control (lazo abierto y cerrado).
Sistemas de regulación cableados y programados.
Tipos de procesos industriales.
Control de procesos de eventos discretos.
Control de procesos continuos.
Control de procesos discontinuos.
Función de transferencia. Estabilidad.
2. Integración de autómatas programables:
El autómata programable como elemento de control en los sistemas automáticos.
Estructura funcional de un autómata.
Constitución. Funciones. Características.
Entradas y salidas: digitales, analógicas y especiales.
Programación de autómatas: lenguaje literal, de contactos, GRAFCET y otros.
Resolución de automatismos mediante la utilización de autómatas programables y
automatismos discretos y continuos de distintas tecnologías.
Seguridad en instalaciones automatizadas.
3. Integración de manipuladores y robots:
Los dispositivos de actuación en los procesos secuenciales: manipuladores y robots.
Tipología y características. Campos de aplicación.
Elementos de máquinas. Transformaciones y características.
Transformaciones.
Cinemática y dinámica de robots.
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Sensores, actuadores neumáticos, hidráulicos, eléctricos y sistemas de control para
robots y manipuladores.
La comunicación del robot con su entorno. Características y procedimientos.
Inteligencia y visión artificial. Fundamentos y elementos que componen un sistema.
Lenguajes de programación de robots.
Aplicaciones e implantación de robots.
Seguridad en instalaciones robotizadas.
4. Integración de comunicaciones industriales:
Comunicaciones industriales y control distribuido: elementos de la comunicación,
redes de comunicación, comunicaciones industriales y normalización.
El control integral de los procesos. Fundamentos CIM. Pirámide de automatización.
Protocolos de comunicación: funciones y características, normalización y niveles.
Normas físicas (RS-232, RS-422, RS-485).
Topología de redes (bus, anillo, estrella).
Redes industriales y buses de campo más extendidos en el mercado europeo (AS-i,
Profibus, Ethernet Industrial y Profinet entre otros).
Configuraciones físicas.
Sistemas SCADA (Control de Supervisión y Adquisición de Datos):
• Sistemas de visualización industrial.
• Arquitectura de un sistema SCADA.
• Módulos.
• Interfaz máquina-usuario: diferentes tipologías de interfaz HMI (Interfaz Hombre-
Máquina).
• Alarmas del sistema.
5. Montaje, puesta en marcha y mantenimiento de sistemas mecatrónicos:
Diseño de sistemas de control automático: elaboración de especificaciones y
cuadernos de carga. Cálculos. Selección de tecnologías, equipos y dispositivos.
Montaje de líneas de producción automatizadas: técnica operativa.
Análisis funcional de sistemas automáticos cableados.
Análisis funcional de sistemas automáticos programados.
Medidas en los sistemas automáticos. Instrumentos y procedimientos.
Mantenimiento de líneas de producción automatizadas: aplicación de técnicas
preventivas y correctivas tipo.
6. Diagnosis de averías en sistemas mecatrónicos:
Averías tipo en los sistemas mecatrónicos.
Procesos de diagnóstico y localización de averías. Sistemas monitorizados.
Procesos de reparación de averías y corrección de disfunciones.
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Módulo Profesional: Simulación de sistemas mecatrónicos Equivalencia en créditos ECTS: 5
Código: 0944
Duración: 60 horas. Contenidos: 1. Diseño de prototipos mecatrónicos:
Diseño de elementos en 3D.
Diseño de superficies en 3D.
Importación/exportación de elementos.
Creación y manipulación de conjuntos.
Ensamblaje de sistemas.
Diseño explosionado.
Análisis de esfuerzos de los elementos diseñados.
Análisis de colisiones en los ensamblajes.
Movimientos (deslizamiento, rodadura y pivotante, entre otros).
Tolerancias dimensionales y geométricas.
Calidades superficiales.
2. Simulación del funcionamiento de una célula robotizada:
Importación de datos de sistemas CAD.
Generación de posiciones de un robot usando modelos CAD.
Generación de programas de robot.
Instrucciones de control de flujo y de entradas/salidas.
Sistemas de referencia de la base y de la posición final.
Sistemas de posicionado de robots.
Representación gráfica de una programación virtual/programación real.
Verificación de los estados de las entradas/salidas (E/S) de la célula de trabajo.
Detección de colisiones.
Ejes controlados.
Análisis de alcances.
Software.
3. Simulación y validación de sistemas mecatrónicos:
Aplicación de software para la simulación de los sistemas mecatrónicos diseñados.
Validación mediante la comprobación de trayectorias, colisiones y alcances entre
otros, de los sistemas mecatrónicos.
Comprobación de los sistemas y controles de seguridad adoptados, antes de la puesta
en marcha.
Puesta en marcha en una situación real de los sistemas mecatrónicos.
4. Integración de sistemas de adquisición de datos:
Proceso de adquisición de datos.
Esquema de bloques de un SAD (sistema de adquisición de datos).
Transductores y convertidores. Acondicionamiento de la señal.
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Visión artificial.
Elementos de los sistemas de visión artificial: lentes, cámaras y software.
Procesado y preprocesado de imágenes.
Segmentación de imágenes.
Reconocimiento de escenas.
Procesamiento morfológico de imágenes.
Interpretación de imágenes.
Aplicaciones de la visión artificial.
5. Simulación de procesos mecatrónicos complejos:
Características de los procesos que se van a simular.
Selección de subsistemas. Integración de subsistemas.
Desviaciones del funcionamiento.
Análisis y corrección de disfunciones.
Documentación de resultados.
Módulo Profesional: Formación y orientacion laboral Equivalencia en créditos ECTS: 5
Código: 0946
Duración: 90 horas. Contenidos: 1. Búsqueda activa de empleo:
Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y
profesional del técnico superior en Mecatrónica Industrial.
Análisis de los intereses, aptitudes y motivaciones personales para la carrera profe-
sional.
Identificación de itinerarios formativos relacionados con el técnico superior en Meca-
trónica industrial.
Definición y análisis del sector profesional del técnico superior en Mecatrónica
Industrial.
Proceso de búsqueda de empleo en empresas del sector.
Oportunidades de aprendizaje y empleo en Europa.
Técnicas e instrumentos de búsqueda de empleo.
El proceso de toma de decisiones.
2. Gestión del conflicto y equipos de trabajo:
Métodos para la resolución o supresión del conflicto. Valoración de las ventajas e
inconvenientes del trabajo de equipo para la eficacia de la organización.
Equipos en el sector de la mecatrónica industrial según las funciones que desempeñan.
La participación en el equipo de trabajo.
Conflicto: características, fuentes y etapas.
3. Contrato de trabajo:
El derecho del trabajo.
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Análisis de la relación laboral individual. Modalidades de contrato de trabajo y medidas de fomento de la contratación. Derechos y deberes derivados de la relación laboral. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Representación de los trabajadores. Análisis de un convenio colectivo aplicable al ámbito profesional del técnico superior
en Mecatrónica Industrial. Beneficios para los trabajadores en las nuevas organizaciones: flexibilidad, beneficios
sociales, entre otros. 4. Seguridad Social, empleo y desempleo:
Estructura del sistema de la Seguridad Social. Determinación de las principales obligaciones de empresarios y trabajadores en
materias de Seguridad Social, afiliación, altas, bajas y cotización. Situaciones contempladas en la protección por desempleo.
5. Evaluación de riesgos profesionales:
Valoración de la relación entre trabajo y salud. Análisis de factores de riesgo. La evaluación de riesgos en la empresa como elemento básico de la actividad pre-
ventiva. Análisis de riesgos ligados a las condiciones de seguridad. Análisis de riesgos ligados a las condiciones ambientales. Análisis de riesgos ligados a las condiciones ergonómicas y psico-sociales. Riesgos específicos en el sector de la Mecatrónica Industrial. Determinación de los posibles daños a la salud del trabajador que pueden derivarse de
las situaciones de riesgo detectadas.
6. Planificación de la prevención de riesgos en la empresa:
Derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales. Gestión de la prevención en la empresa. Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales. Planificación de la prevención en la empresa. Planes de emergencia y de evacuación en entornos de trabajo. Elaboración de un plan de emergencia en una empresa del sector.
7. Aplicación de medidas de prevención y protección en la empresa:
Determinación de las medidas de prevención y protección individual y colectiva. Protocolo de actuación ante una situación de emergencia. Primeros auxilios.
25765NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Módulo Profesional: Empresa e inciativa emprendedora Equivalencia en créditos ECTS: 4
Innovación y desarrollo económico. Principales características de la innovación en Mecatrónica Industrial (materiales, tecnología, y organización de la producción, entre otros). Procesos de innovación sectorial en marcha en Extremadura.
Factores claves de los emprendedores: iniciativa, creatividad y formación. Desarrollo del espíritu emprendedor a través del fomento de las actitudes de
creatividad, iniciativa, autonomía y responsabilidad La actuación de los emprendedores como empleados en una pyme del sector
profesional en el que se enmarca el título. Concepto de intraemprendedor l La actuación de los emprendedores como empresarios en una pyme del sector en el
que se ubica el título. El riesgo como elemento inevitable de toda actividad emprendedora. La empresa como fuente de creación de empleo y bienestar social. El empresario. Requisitos para el ejercicio de la actividad empresarial. La estrategia empresarial como medio para conseguir los objetivos de la empresa. Búsqueda de ideas de negocio. Análisis y viabilidad de las oportunidades de negocio en
el sector profesional en el que se enmarca el título Plan de empresa: la idea de negocio en el ámbito profesional en el que se enmarca el
título. Definición de una determinada idea de negocio. Plan de empresa: la idea de negocio en el ámbito de mecatrónica industrial.
2. La empresa y su entorno:
La Empresa. Concepto Funciones básicas de la empresa. La empresa como sistema. La estructura organizativa de la empresa. Análisis del entorno general de una pyme del sector profesional en el que se ubica el
título. Entorno económico, social, demográfico y cultural. Análisis del entorno específico de una pyme del sector profesional en el que se
enmarca el título: los clientes, los proveedores y la competencia. Variables del marketing mix: precio, producto, comunicación y distribución.
Relaciones de una pyme del sector profesional en el que se enmarca el título, con su entorno y con el conjunto de la sociedad.
Responsabilidad social de la empresa. Elaboración del balance social de la empresa: descripción de los principales costes y beneficios sociales que produce. Viabilidad medioambiental.
La cultura empresarial y la imagen corporativa como instrumentos para alcanzar los objetivos empresariales.
La ética empresarial. Identificación de prácticas que incorporan valores éticos y sociales. Aplicación a empresas del sector en el que se enmarca el título en Extre-madura.
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Estudio y análisis de la viabilidad económica y financiera de una “pyme” del sector
profesional en el que se ubica.
3. Creación y puesta en marcha de una empresa:
Tipos de empresa. Empresario individual y empresario social. La franquicia.
Ventajas e inconvenientes de los distintos tipos de empresa. La responsabilidad de los
propietarios de la empresa en función de la forma jurídica.
La fiscalidad en las empresas. Impuesto de Sociedades e Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas.
Elección de la forma jurídica.
Trámites administrativos para la constitución de una empresa. Oficinas virtuales:
Seguridad Social, Servicio Público de Empleo, etc.
Asesoramiento y gestión administrativa externos. La ventanilla única.
Viabilidad económica y viabilidad financiera de una pyme del sector profesional en el
que se ubica el título.
Plan de empresa: elección de la forma jurídica, estudio de viabilidad económica y
financiera, trámites administrativos y gestión de ayudas y subvenciones.
4. Función económica, administrativa y comercial:
Concepto de contabilidad y nociones básicas. El registro de la información contable.
Los libros contables.
Análisis de la información contable. Cálculo e interpretación de las ratios de solvencia,
liquidez y rentabilidad. Umbral de rentabilidad.
Obligaciones fiscales de las empresas. Tipos de impuestos. Calendario fiscal.
Principales instrumentos de financiación bancaria.
Gestión administrativa de una empresa del sector profesional en el que se ubica el
título: cumplimentación de la documentación básica de carácter comercial y contable
(facturas, albaranes, notas de pedido, letras de cambio, cheques y otros). Descripción
de los circuitos que dicha documentación recorre en la empresa.
Plan de empresa: documentación básica de las operaciones realizadas.
Concepto de Mercado. Oferta. Demanda.
Análisis del Mercado en el sector en que se enmarca el título.
Marketing mix: precio, producto, promoción y distribución.
5. Proyecto de simulación empresarial en el aula.
Constitución y puesta en marcha de una empresa u organización simulada.
Desarrollo del plan de producción de la empresa u organización simulada.
Definición de la política comercial de la empresa u organización simulada.
Organización, planificación y reparto de funciones y tareas en el ámbito de la empresa
u organización simulada.
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ANEXO II
MÓDULOS PROFESIONALES PROPIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
Módulo Profesional: Inglés
Equivalencia en créditos ECTS: 4 Código: 0949-Ex
Duración: 60 horas. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación: 1. Interpreta información profesional escrita contenida en textos escritos complejos, analizando de forma comprensiva sus contenidos. Criterios de evaluación:
a) Se ha relacionado el texto con el ámbito del sector productivo del título.
b) Se ha realizado traducciones directas e inversas de textos específicos sencillos, utilizando materiales de consulta y diccionarios técnicos.
c) Se han leído de forma comprensiva textos específicos de su ámbito profesional.
d) Se ha interpretado el contenido global del mensaje.
e) Se ha extraído la información más relevante de un texto relativo a su profesión.
f) Se ha identificado la terminología utilizada.
g) Se ha interpretado el mensaje recibido a través de soportes telemáticos: e-mail, fax, entre otros.
h) Se han leído con cierto grado de independencia distintos tipos de textos, adaptando el estilo y la velocidad de lectura aunque pueda presentar alguna dificultad con modismos poco frecuentes.
2. Elabora textos sencillos en lengua estándar, relacionando reglas gramaticales con la finalidad de los mismos. Criterios de evaluación:
a) Se han redactado textos breves relacionados con aspectos cotidianos y/ o profesionales.
b) Se ha organizado la información de manera coherente y cohesionada.
c) Se han realizado resúmenes breves de textos sencillos, relacionados con su entorno profesional.
d) Se ha cumplimentado documentación específica de su campo profesional.
e) Se ha aplicado las fórmulas establecidas y el vocabulario específico en la cumplimentación de documentos.
f) Se han resumido las ideas principales de informaciones dadas, utilizando sus propios recursos lingüísticos.
g) Se han utilizado las fórmulas de cortesía propias del documento a elaborar.
h) Se ha elaborado una solicitud de empleo a partir de una oferta de trabajo dada.
i) Se ha redactado un breve currículo.
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3. Reconoce información cotidiana y profesional específica contenida en discursos orales claros y sencillos emitidos en lengua estándar, interpretando con precisión el contenido del mensaje. Criterios de evaluación:
a) Se ha situado el mensaje en su contexto profesional.
b) Se ha identificado la idea principal del mensaje.
c) Se han extraído las ideas principales de un mensaje emitido por un medio de comu-nicación.
d) Se ha extraído información específica en mensajes relacionados con aspectos cotidianos de la vida profesional y cotidiana.
e) Se han secuenciado los elementos constituyentes del mensaje.
f) Se han identificado las ideas principales de declaraciones y mensajes sobre temas concretos y abstractos, transmitidos por los medios de comunicación y emitidos en lengua estándar y articuladas con claridad.
g) Se han reconocido las instrucciones orales y se han seguido las indicaciones. h) Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un mensaje, sin
entender todos y cada uno de los elementos del mismo. 4. Emite mensajes orales claros y bien estructurados, participando como agente activo en conversaciones profesionales. Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los registros utilizados para la emisión del mensaje.
b) Se ha expresado con fluidez, precisión y eficacia sobre una amplia serie de temas generales y profesionales, marcando con claridad la relación entre las ideas.
c) Se han descrito hechos breves e imprevistos relacionados con su profesión.
d) Se ha utilizado correctamente la terminología de la profesión.
e) Se ha descrito con relativa fluidez su entorno profesional más próximo.
f) Se ha descrito y secuenciado un proceso de trabajo de su competencia.
g) Se ha justificado la aceptación o no de propuestas realizadas.
h) Se han realizado, de manera clara, presentaciones breves y preparadas sobre un tema dentro de su especialidad.
i) Se ha solicitado la reformulación del discurso o parte del mismo cuando se ha considerado necesario.
j) Se han secuenciado las actividades propias de un proceso productivo de su sector profesional.
5. Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación, describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera. Criterios de evaluación:
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a) Se han definido los rasgos más significativos de las costumbres y usos de la comunidad
donde se habla la lengua extranjera.
b) Se han descrito los protocolos y normas de relación social propios del país.
c) Se han identificado los valores y creencias propios de la comunidad donde se habla la
lengua extranjera.
d) Se han identificado los aspectos socio-profesionales propios del sector, en cualquier tipo
de texto.
e) Se han aplicado los protocolos y normas de relación social propios del país de la lengua
extranjera.
Contenidos: 1. Interpretación de mensajes escritos:
Comprensión de mensajes, textos, artículos básicos profesionales y cotidianos.
preposicionales y adverbiales, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo
indirecto, y otros.
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Otros recursos lingüísticos: gustos y preferencias, sugerencias, argumentaciones,
instrucciones, expresión de la condición y duda y otros.
Diferentes acentos de lengua oral.
4. Producción de mensajes orales:
Registros utilizados en la emisión de mensajes orales.
Terminología específica del sector productivo.
Sonidos y fonemas vocálicos y consonánticos. Combinaciones y agrupaciones.
Marcadores lingüísticos de relaciones sociales, normas de cortesía y diferencias de
registro.
5. Mantenimiento y seguimiento del discurso oral:
Apoyo, demostración de entendimiento, petición de aclaración, y otros.
Entonación como recurso de cohesión del texto oral.
Orientaciones pedagógicas:
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para el desempeño de actividades
relacionadas con el entorno profesional en el que el profesional va a ejercer su
profesionalidad.
Los contenidos del módulo contribuyen a alcanzar los objetivos generales del ciclo
formativo, y las competencias del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza aprendizaje que permiten alcanzar los
objetivos del módulo, versarán sobre:
La elaboración de mensajes escritos y orales, interpretando y transmitiendo la
información necesaria para realizar consultas técnicas.
La interpretación de la información escrita en el ámbito propio del sector productivo
del título.
La cumplimentación e interpretación de los documentos propios del sector profesional
solicitando y/o facilitando una información de tipo general o detallada.
La valoración de la importancia de poder comunicarse por escrito y oralmente en
lengua extranjera en el contexto de las empresas.
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ANEXO III
Organización modular y distribución horaria por curso escolar
Módulo Profesional
Primer curso Segundo curso
Horas totales
Horas semanales
Horas totales
Horas semanales
0935. Sistemas mecánicos. 160 5
0936. Sistemas hidraúlicos y
neumáticos. 130 4
0937. Sistemas eléctricos y
electrónicos 160 5
0938. Elementos de máquinas. 100 3
0939. Procesos de fabricación. 190 6
0940. Representación gráfica de
sistemas mecatrónicos. 130 4
0941. Configuración de sistemas
mecatrónicos. 140 7
0942. Procesos y gestión de
mantenimiento y calidad. 120 6
0943. Integración de sistemas. 160 8
0944. Simulación de sistemas
mecatrónicos. 60 3
0946. Formación y orientación
laboral. 90 3
0947. Empresa e iniciativa
emprendedora. 60 3
0949 – Ex Inglés. 60 3
0945. Proyecto de Mecatrónica
Industrial 40
0948. Formación en centros de
trabajo 400
TOTALES 960 30 1040 30
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ANEXO IV
Especialidades y titulaciones del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales incorporados al ciclo formativo por la
Comunidad de Extremadura.
Módulo Profesional
CUERPO DOCENTE Y ESPECIALIDAD
Titulaciones
Cuerpo Especialidad
Inglés
- Catedrático de
Enseñanza Secundaria.
- Profesor de
Enseñanza Secundaria
Inglés
- Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
o el título de grado
correspondiente u otros títulos
equivalentes.
- Diplomado, Ingeniero Técnico o
Arquitecto Técnico o el título de
grado correspondiente u otros
títulos equivalentes.
ANEXO V
Espacios y equipamientos recomendados
Espacios:
Espacio formativo * Superficie en m2
30 alumnos 20 alumnos
Aula polivalente 60 40
Aula técnica 120 80
Laboratorio de sistemas automáticos 180 120
Aula técnica de sistemas automáticos 180 120
• Los diversos espacios identificativos no deben diferenciarse necesariamente
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Equipamientos:
Espacio formativo Equipamiento
Aula polivalente - Mobiliario informático.
- Equipamiento informático.
- Conexión a internet.
- Medio audiovisuales y dispositivos
multimedia.
- Software.
Aula técnica - Mobiliario informático.
- Equipamiento informático.
- Conexión a internet.
- Software.
Laboratorio de
telecomunicaciones
- Mobiliario.
- Equipamiento informático.
- Software.
- Herramientas manuales para trabajos
mecánicos y eléctrico – electrónicos.
- Equipos de radiocomunicaciones de
redes fijas y móviles.
- Equipos y elementos de protección y
seguridad personal.
Laboratorio de sistemas
electrónicos
- Mobiliario.
- Equipamiento informático.
- Software.
- Equipos y distribuidores de vídeo
para transmisión por cable UTP de
vídeo y telemetría.
- Equipos de alarmas técnicas y
simuladores de línea.
- Equipos de control remoto
GSM/GPRS y TCP/IP.
- Equipos de almacenamiento digital y
de reproducción de audio.
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ANEXO VI
Módulos susceptibles de ser impartidos en régimen a distancia
Módulos que pueden ser impartidos en modalidad teleformación on line
0938 – Elementos de máquinas.
0940 – Representación gráfica de sistemas mecatrónicos.
0941 – Configuración de sistemas mecatrónicos.
0942 – Procesos y gestión de mantenimiento y calidad.
0944 – Simulación de sistemas mecatrónicos.
0946 – Formación y orientación laboral.
0947 – Empresa e Iniciativa Emprendedora.
0949 Ex – Inglés.
0945 –Proyecto de mecatrónica industrial.Módulos que pueden ser impartidos en modalidad semipresencial
0935 – Sistemas mecánicos.
0936 – Sistemas hidráulicos y neumáticos.
0937 – Sistemas eléctricos y electrónicos.
0943 – Integración de sistemas.
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NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25776
AUTORIDADES Y PERSONALII
2.— OPOSICIONES Y CONCURSOS
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2013, de la Dirección Gerencia, por la quese modifica la composición del Tribunal del proceso selectivo, convocado porResolución de 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personalestatutario fijo en plazas de Licenciados, en la Categoría del Grupo Técnicode Función Administrativa, en las Instituciones Sanitarias del ServicioExtremeño de Salud. (2013061841)
Por Resolución de 13 de junio de 2011 (DOE núm. 117, de 20 de junio), de la DirecciónGerencia, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutariofijo en plazas de Licenciados, en la Categoría del Grupo Técnico de Función Administrativa, yse nombró a los Tribunales de Selección encargados de su valoración.
Con posterioridad a la fecha indicada se han producido circunstancias en uno de los miem-bros del Tribunal que aconsejan modificar su composición en orden a garantizar la necesariaeficacia en su actuación.
En su virtud, esta Dirección Gerencia, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E :
Único. Modificar la composición del Tribunal de Selección del Grupo Técnico de FunciónAdministrativa, en los términos que se expresan a continuación.
Nombrar a Doña María José Navas Bravo Vocal titular, en sustitución de Doña María Concep -ción Montero Gómez.
Mérida, a 23 de octubre de 2013.
El Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud,JOAQUÍN GARCÍA GUERRERO
• • •
NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25777
RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2013, de la Dirección Gerencia, por la quese modifica la composición del Tribunal del proceso selectivo, convocado porResolución de 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personalestatutario fijo en plazas de Diplomados, en la Categoría del Grupo deGestión de Función Administrativa, en las Instituciones Sanitarias delServicio Extremeño de Salud. (2013061839)
Por Resolución de 13 de junio de 2011 (DOE núm. 117, de 20 de junio), de la DirecciónGerencia, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutariofijo en plazas de Diplomados, en la Categoría del Grupo de Gestión de Función Administrativa,y se nombró a los Tribunales de Selección encargados de su valoración.
Con posterioridad a la fecha indicada se han producido circunstancias en uno de los miem-bros del Tribunal que aconsejan modificar su composición en orden a garantizar la necesariaeficacia en su actuación.
En su virtud, esta Dirección Gerencia, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E :
Único. Modificar la composición del Tribunal de Selección del Grupo de Gestión de FunciónAdministrativa, en los términos que se expresan a continuación.
Nombrar a Don Francisco Giraldo Giraldo Vocal titular, en sustitución de Doña María Concep -ción Montero Gómez.
Mérida, a 25 de octubre de 2013.
El Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud,JOAQUÍN GARCÍA GUERRERO
• • •
RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2013, de la Dirección Gerencia, por la quese modifica la composición del Tribunal del proceso selectivo, convocado porResolución de 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personalestatutario fijo en plazas de Técnicos Superiores, en la Categoría deRadioterapia, en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño deSalud. (2013061842)
Por Resolución de 13 de junio de 2011 (DOE núm. 117, de 20 de junio), de la DirecciónGerencia, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutariofijo en plazas de Técnico Superior, en la Categoría de Radioterapia, y se nombró al Tribunalde selección encargado de su valoración.
Con posterioridad a la fecha indicada se han producido circunstancias en uno de los miem-bros del Tribunal que aconsejan modificar su composición en orden a garantizar la necesariaeficacia en su actuación.
En su virtud, esta Dirección Gerencia, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E :
Único. Modificar su composición en los términos que se expresan a continuación.
Nombrar a Doña Raquel Rubio Alonso Secretario titular, en sustitución de Doña María BegoñaCabrera Gómez.
Mérida, a 25 de octubre de 2013.
El Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud,JOAQUÍN GARCÍA GUERRERO
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OTRAS RESOLUCIONESIII
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIOAMBIENTE Y ENERGÍA
RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2013, de la Dirección General de MedioAmbiente, por la que se otorga autorización ambiental unificada para laactividad de gestión de residuos no peligrosos de Rograsa, SCL, enMérida. (2013061774)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 26 de marzo de 2013 tiene entrada en el Registro Único de la Junta deExtremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la instalación des-tinada a la gestión de residuos no peligrosos en Mérida promovida por Rograsa, SCL, con CIFF06307532.
Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 5/2010, de 23 dejunio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y delDecreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones ycomunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la ca-tegoría 9.1. del Anexo II del Decreto 81/2011, relativa a “Instalaciones para la valorización yeliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas enel Anexo I”.
La actividad se ubica en el Polígono Industrial “El Prado”, c/ Granada, parcela R-56, nave 2de Mérida (Badajoz).
La solicitud de AAU acompaña: Resolución de 26 de junio de 2000 de la Dirección General deMedio Ambiente para la gestión de aceites vegetales de Rograsa, SCL; Resolución de 9 de ju-lio de 2008, de la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental por la que se renue-va la autorización a Rograsa SCL para las operaciones de recogida, transporte, almacena-miento y valorización de residuos; Resolución de 23 de marzo de 2011, del Ayuntamiento deMérida de Autorización de Vertido al sistema integral de saneamiento; Resolución de 19 denoviembre de 2002, del Ayuntamiento de Mérida por la que se concede licencia de aperturay funcionamiento a Rograsa SCL para la actividad de Planta de transferencia y reciclaje deaceites vegetales usados; Resolución de 4 de enero de 2008 de la Dirección General de Evalua -ción y Calidad Ambiental por la que se inscribe a Rograsa, SCL, en el Registro de Pe queñosProductores de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
Tercero. Con fechas de 9 de mayo y 19 de junio de 2013, la Dirección General de MedioAmbien te solicitó al Ayuntamiento de Mérida, de acuerdo con lo establecido en el apartado 4de la disposición transitoria primera del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprue-ba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma deExtremadura, informara, en un plazo de treinta días, sobre los aspectos recogidos en dichoapartado. Durante este tiempo el Ayuntamiento de Mérida no se ha pronunciado al respecto.
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NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25780
Cuarto. Para dar cumplimiento al apartado 6 de la disposición transitoria primera del Decreto81/2011 y al artículo 84 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General de Medio Ambientese dirigió mediante escritos de 11 de septiembre de 2013 a Rograsa SCL y al Ayuntamientode Mérida con objeto de proceder al trámite de audiencia a los interesados, sin que se hayanpronunciado al respecto.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía es el ór-gano competente para la resolución del presente expediente en virtud de lo dispuesto en elartículo 56 de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de laComunidad Autónoma de Extremadura, y según el artículo 6 del Decreto 209/2011, de 5 deagosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía.
Segundo. La actividad proyectada se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley5/2010, de 23 de junio, y del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba elReglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma deExtremadura, en particular en la categoría 9.1. del Anexo II del Decreto 81/2011, relativa a“Instalaciones para la valorización y eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de re-siduos de todo tipo, no incluidas en el Anexo I”.
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 55 de la Ley 5/2010 y en el artículo 2 delDecreto 81/2011, se somete a autorización ambiental unificada la construcción, montaje, ex-plotación, traslado o modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle al-guna de las actividades que se incluyen en el Anexo II del citado decreto.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, y una vez fi-nalizados los trámites reglamentarios para el expediente de referencia, por la presente,
S E R E S U E L V E :
Otorgar la Autorización Ambiental Unificada a favor de Rograsa, SCL, de la instalación desti-nada a la gestión de residuos no peligrosos en Mérida promovida por Rograsa, SCL, referidaen el Anexo I de la presente resolución, a los efectos recogidos en la Ley 5/2010, de 23 de ju-nio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en elDecreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y co-municación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, señalando que en el ejer-cicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en ladocumentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autoriza-ción, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad dereferencia en cada momento. El n.º de expediente de la instalación es el AAU 13/079.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Medidas relativas a los residuos gestionados por la actividad
1. A la vista de la documentación aportada, se autoriza el transporte, recepción, almacena-miento temporal y valorización de los siguientes residuos no peligrosos:
NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25781
2. La valorización de aceites y grasas comestibles deberá realizarse mediante las operacio-nes de valorización R3 y R13, relativas a “Reciclado o recuperación de sustancias orgáni-cas que no se utilizan como disolventes (incluidos el compostaje y otros procesos de trans-formación biológica)” y “almacenamiento de residuos en espera de cualquiera de lasoperaciones numeradas de R1 a R12”, respectivamente, del Anexo II de la Ley 22/2011,de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
La capacidad máxima de tratamiento de aceites vegetales es de 1943,97 t/año.
3. No se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas.
4. Deberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Esteprocedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurar que los residuos re-cogidos para su almacenamiento coinciden con los indicados en este apartado a) y llevarun registro de los residuos recogidos y almacenados.
5. El titular de la instalación deberá constituir una fianza por valor de 10.000 € (diez mil eu-ros). La cuantía de la fianza podrá actualizarse conforme al artículo 28.2 del Real Decreto833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
La fianza podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el artículo 28 del RealDecreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento para la ejecuciónde la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. La fianza será devuelta, pre-via solicitud por el interesado, a la finalización de la actividad, siempre y cuando se ha-yan cumplido las condiciones de cese de actividad establecidas en la AAU y no se debaproceder a reparación de daños ambientales consecuencia de la actividad.
6. La fianza referida en el punto anterior, se establece sin perjuicio de la exigencia, en su mo-mento, de la garantía financiera precisa para dar cumplimiento a la Ley 26/2007, de 23 deoctubre, de Responsabilidad Medioambiental. En cuyo caso, la adaptación de las figurasexistentes, se realizará conforme a lo dispuesto en la disposición adicional tercera del RealDecreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarro-llo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
7. Los almacenamientos de residuos a gestionar, así como el almacenamiento de los resi-duos valorizados, deberán ajustarse a los siguientes requisitos:
— Deberán mantenerse claramente identificables.
— Deberán ser almacenamientos cerrados.
RESIDUO ORIGEN LER(1)
Aceites y grasas comestibles Residuos domésticos, hostelería,
restaurantes, catering, etc 20 01 25
(1) LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero.
RESIDUO ORIGEN CÓDIGO
LER(1)
Fuel oil y gasóleo
Gasolina Combustibles de vehículos fuera de uso (VFU)
13 07 01*
13 07 02*
Residuos de aceites hidráulicos
Líquidos de transmisión y otros aceites hidráulicos, aceites de motor, del diferencial y
de la caja de cambios
13 01
13 02
13 08 99* Residuos de aceites de motor, de transmisión mecánica y lubricantes
Envases de papel y cartón Depósitos utilizados para el almacenamiento
de aceites 15 01 01
Envases de vidrio Depósitos utilizados para el almacenamiento
de aceites 15 01 07
Materiales de filtración (incluidos los filtros de
aceite no especificados en otra categoría)
Filtros de combustible 15 02 02*
Filtros de aceite Filtros de aceite de Vehículos 16 01 07*
“Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de
los especificados en el código 19 11 05”
Lodos generados en la separación de hidrocarburos
19 11 06
(1) Lista Europea de Residuos
* Residuo Peligroso
— La ubicación destinada para el almacenamiento de residuos gestionados y productosfinales deberá disponer de una cubierta. A su vez, estos residuos y productos finalesdeberán almacenarse en depósitos herméticos.
— Deberán estar construidos con arreglo a unos planos que faciliten su limpieza y desin-fección; los suelos deberán ser impermeables y estar construidos de una manera quefacilite la evacuación de líquidos que pudieran verterse accidentalmente hasta zonasde recogida que faciliten su recogida y reposición en el almacenaje correspondiente.
— La duración del almacenamiento de los residuos gestionados por el complejo industrialserá inferior a dos años, dado que su destino es la valorización.
— El Titular de la AAU deberá llevar a cabo un control documental de las partidas de cadauno de los productos que sean expedidos con indicación expresa del uso y destino final,que en todo caso deberá cumplir la normativa específica para su correcta aplicación.
- b - Producción, tratamiento y gestión de residuos generados
1. Los residuos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son los si-guientes:
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2. La generación de cualquier otro residuo no indicado, deberá ser comunicada a la DirecciónGeneral de Medio Ambiente.
- c - Condiciones comunes a la gestión y producción de residuos
1. Mientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estaráobligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En particular:
a) Las condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos porel viento o cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo.
b) Se almacenarán sobre solera impermeable.
c) El almacenamiento temporal de residuos peligrosos se efectuará en zonas cubiertas ycon pavimento impermeable.
d) Para aquellos residuos peligrosos que, por su estado físico, líquido o pastoso, puedangenerar lixiviados o dar lugar a vertidos, se dispondrá de cubetos de retención o siste-ma equivalente, a fin de garantizar la contención de eventuales derrames. Dichos sis-temas serán independientes para aquellas tipologías de residuos cuya posible mezcla encaso de derrame suponga aumento de su peligrosidad o mayor dificultad de gestión.
e) Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetar-se y almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 13, 14 y 15 del Real Decreto833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de laLey 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
2. No se mezclarán residuos peligrosos de distinta categoría, ni con otros residuos no peli-grosos, sustancias o materiales. La mezcla incluye la dilución de sustancias peligrosas.
3. Los residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años, sisu destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación. Mientrasque los residuos peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a seis meses.Ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y sue-los contaminados, y en la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambientalde la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- d - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica
1. Las instalaciones cuyo funcionamiento dé lugar a emisiones contaminantes a la atmósfe-ra habrán de presentar un diseño, equipamiento, construcción y explotación que evitenuna contaminación atmosférica significativa a nivel del suelo. En particular, siempre quesea posible, los gases de escape serán liberados de modo controlado y de acuerdo con loestablecido en la AAU por medio de chimeneas que irán asociadas a cada uno de los fo-cos de emisión. La altura de las chimeneas, así como los orificios para la toma de mues-tras y plataformas de acceso cumplirán la Orden de 18 de octubre de 1976, sobre la pre-vención y corrección de la contaminación industrial de la atmósfera.
2. La instalación industrial consta de 1 foco de emisión significativo, que se detalla en la si-guiente tabla.
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3. Las emisiones canalizadas del foco 1 se corresponden con los gases de combustión de ga-sóleo procedentes de la caldera de ACS (potencia térmica nominal 0,10 MWt) empleadapara el calentamiento de agua caliente para los serpentines de los tanques de tratamien-to y demás instalaciones asociadas a la valorización de los aceites vegetales.
Para este foco, en atención al proceso asociado, se establecen valores límite de emisión(VLE) para los siguientes contaminantes al aire:
4. Los valores límite de emisión establecidos serán valores medios, medidos siguiendo lasprescripciones establecidas en el capítulo -h- de la AAU. Además, están expresados enunidades de masa de contaminante emitidas por unidad de volumen total de gas resi-dual liberado expresado en metros cúbicos medidos en condiciones normales de pre-sión y temperatura (101,3 kPa y 273 K), previa corrección del contenido en vapor deagua y referencia a un contenido de oxígeno por volumen en el gas residual del trespor ciento.
- e - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
1. La instalación industrial contará con las siguientes redes independientes de saneamiento:
a) Una de recogida de aguas residuales sanitarias procedente de aseos. Estas aguas sedirigirán a la red de saneamiento de Mérida, para lo cual el complejo industrial debe-rá contar con Autorización de Vertidos de este Ayuntamiento.
b) Una red de aguas residuales tras su paso por el separador de grasas. Estas aguas sedirigirán a la red de saneamiento de Mérida, para lo cual el complejo industrial debe-rá contar con Autorización de Vertidos de este Ayuntamiento.
2. Se deberá disponer de un manual de mantenimiento preventivo al objeto de garantizar elbuen estado de las instalaciones, en especial respecto a los medios disponibles para evi-tar la contaminación del medio en caso de derrames o escapes accidentales y a las me-didas de seguridad implantadas.
CLASIFICACIÓN DE FOCOS DE EMISIÓN SEGÚN REAL DECRETO 100/2011
N.º Denominación Tipo Grupo Código Proceso asociado 1 Emisión de gases de combustión
quemador de la caldera de ACS de gasóleo (0,10 MWt)
Confinado Continuo
C 03 01 03 03 Calentamiento de agua
CONTAMINANTE VLE
Partículas 30 mg/Nm3
Dióxido de azufre, SO2 700 mg/Nm3
Monóxido de carbono, CO 100 mg/Nm3
Óxidos de nitrógeno, NOX (expresados como dióxido de nitrógeno, NO2) 450 mg/Nm3
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3. Al objeto de prevenir vertidos no autorizados a la red de saneamiento, todos los residuosque contengan fluidos se almacenarán sobre pavimento impermeable y se asegurará laretención y recogida de fugas de fluidos.
- f - Medidas de protección y control de la contaminación acústica
1. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción ex-terno sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de re-glamentación de ruidos y vibraciones.
2. A efectos de la justificación de los niveles de ruidos y vibraciones admisibles, el horariode funcionamiento de la instalación será diurno, por tanto serán de aplicación los límitescorrespondientes.
3. La actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles deruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente azonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
- g - Plan de ejecución
1. Las actuaciones que se requieran para adaptar la actividad industrial a la presente auto-rización, deberán finalizarse en un plazo máximo de 1 año, a partir del día siguiente a lafecha en la que se comunique la resolución por la que se otorgue la AAU. En caso de noacometerse tal adaptación, la Dirección General de Medio Ambiente, previa audiencia deltitular, acordará la caducidad de la AAU.
2. Dentro del plazo de un año indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación de-berá remitir a la Dirección General de Medio Ambiente solicitud de conformidad con la ac-tividad. Junto con la citada solicitud deberá aportar la documentación que certifique quelas obras e instalaciones se adaptan a las condiciones de la AAU.
3. Tras la solicitud de conformidad con la actividad, la Dirección General de Medio Ambientegirará una visita de comprobación.
4. En particular y sin perjuicio de lo que se considere necesario, la solicitud de conformidadcon la actividad referida en el apartado g.2 deberá acompañarse de:
a) Acreditación de estar al día en la constitución de la fianza.
b) El certificado de cumplimiento de los requisitos de ruidos establecido en el artículo 26del Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de reglamentación de ruidos y vibraciones.
5. Una vez otorgada conformidad con la actividad, la Dirección General de Medio Ambienteprocederá a actualizar la inscripción del titular de la AAU en el Registro de pequeños pro-ductores de residuos peligrosos.
- h - Vigilancia y seguimiento
1. Siempre que no se especifique lo contrario, el muestreo y análisis de todos los contami-nantes y parámetros de proceso, así como los métodos de medición de referencia paracalibrar los sistemas automáticos de medición, se realizarán con arreglo a las normas CEN.
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En ausencia de las normas CEN, se aplicarán las normas ISO, las normas nacionales, lasnormas internacionales u otros métodos alternativos que estén validados o acreditados,siempre que garanticen la obtención de datos de calidad científica equivalente.
2. Los equipos de medición y muestreo dispondrán, cuando sea posible, de un certificado ofi-cial de homologación para la medición de la concentración o el muestreo del contaminan-te en estudio. Dicho certificado deberá haber sido otorgado por alguno de los organismosoficialmente reconocidos en los Estados Miembros de la Unión Europea, por los países fir-mantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o, cuando haya reciprocidad,por terceros países.
3. Con independencia de los controles referidos en los apartados siguientes, la DGMA, en elejercicio de sus competencias, podrá efectuar y requerir cuantos análisis e inspeccionesestimen convenientes para comprobar el rendimiento y funcionamiento de las instalacio-nes autorizadas.
4. El titular de la instalación industrial deberá prestar al personal acreditado por laAdministración competente toda la asistencia necesaria para que ésta pueda llevar a ca-bo cualquier inspección de las instalaciones relacionadas con la AAU, así como tomar mues-tras y recoger toda la información necesaria para el desempeño de su función de controly seguimiento del cumplimiento del condicionado establecido.
Residuos gestionados (recepcionados y almacenados):
5. El titular de la instalación deberá mantener actualizado un archivo físico o telemático don-de se recojan, por orden cronológico, las operaciones de recogida, almacenamiento y va-lorización de aceites vegetales realizadas en el que figuren, al menos, los siguientes da-tos: cantidad, naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos
6. La documentación referida en el apartado h.1. estará a disposición de la Dirección Generalde Medio Ambiente y de cualquier Administración pública competente en la propia insta-lación. La documentación referida a cada año natural deberá mantenerse durante los cin-co años siguientes.
7. El titular de la instalación deberá contar con documentación que atestigüe cada salida deresiduos desde su instalación a un gestor autorizado.
8. De conformidad con el artículo 41 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y SuelosContaminados, el titular de la instalación deberá presentar, con una frecuencia anual yantes del 1 de marzo de cada año, una memoria resumen de la información contenida enlos archivos cronológicos de las actividades de gestión de residuos del año anterior, conel contenido que figura en el Anexo XII de la Ley 22/2011, de 28 de julio.
Residuos producidos:
9. El titular de la instalación industrial deberá llevar un registro de la gestión de todos los re-siduos generados:
a) Entre el contenido del registro de residuos no peligrosos deberá constar la cantidad,naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos.
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b) El contenido del registro, en lo referente a residuos peligrosos, deberá ajustarse a loestablecido en el artículo 17 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que seaprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicosy Peligrosos.
10. En su caso, antes de dar traslado de los residuos peligrosos a una instalación para su va-lorización o eliminación deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el docu-mento de aceptación de los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.
11. Asimismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de acep-tación de los residuos peligrosos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eli-minación y los ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y des-tino de los residuos por un periodo de cinco años.
Contaminación atmosférica:
12. Se llevarán a cabo, por parte de organismos de control autorizado (OCA), controles ex-ternos de las emisiones de todos los contaminantes atmosféricos sujetos a control de laAAU. La frecuencia de estos controles externos será, de al menos 5 años.
Como primer control externo se tomará el referido en el apartado g.4.
13. El titular remitirá a la Dirección General de Medio Ambiente un informe anual, dentro delprimer mes de cada año, recogiendo los resultados de los controles externos y de los au-tocontroles; los datos que se consideren importantes, relativos a la explotación de las ins-talaciones asociadas a los focos de emisión; así como cualquier posible incidencia que enrelación con las mismas hubiera tenido lugar durante el año anterior. Asimismo, junto conel informe, se remitirán copias de los informes de los OCA que hubiesen realizado con-troles durante el año inmediatamente anterior y copias de las páginas correspondientes,ya rellenas, de libro de registro referido en el apartado h.17.
En el caso de que los autocontroles se realizaran con medioS propios del titular de la ins-talación, en el informe, se acreditará que los medios empleados son adecuados.
14. A pesar del orden de prioridad recomendado, las mediciones, muestreos y análisis reali-zados durante los controles o autocontroles se realizarán con arreglo a normas de refe-rencia que garanticen la obtención de datos de calidad científica equivalente a los de lasnormas CEN, pudiéndose optar indistintamente por normas CEN, ISO, UNE, etc.
En los controles externos o en los autocontroles de las emisiones contaminantes, los ni-veles de emisión serán el promedio de los valores emitidos durante una hora consecuti-va. En cada control o autocontrol, se realizarán, como mínimo, tres determinaciones delos niveles de emisión medidos a lo largo de ocho horas consecutivas, siempre que la ac-tividad lo permita en términos de tiempo continuado de emisiones y representatividad delas mediciones.
15. El titular de la instalación industrial deberá comunicar el día que se llevarán a cabo uncontrol externo o un autocontrol. Los medios y la antelación de cada medio son los si-guientes:
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— Mediante comunicación por fax, teléfono o e-mail a la Dirección General de Medio Am -biente, con una antelación mínima de una semana.
— Mediante comunicación por otros medios a la Dirección General de Medio Ambiente,con una antelación mínima de quince días.
16. En todas las mediciones realizadas deberán reflejarse concentraciones de contaminantes,caudales de emisión de gases residuales expresados en condiciones normales, presión ytemperatura de los gases de escape. Además, deberá indicarse también la concentraciónde oxígeno y el contenido de vapor de agua de los gases de escape. Los datos finales deemisión de los contaminantes regulados en la AAU deberán expresarse en mg/Nm3 y, ensu caso, referirse a base seca y al contenido en oxígeno de referencia establecido en lapresente resolución.
17. Los resultados de todos los controles externos y autocontroles deberán recogerse en unlibro de registro foliado, diligenciado por esta Dirección General de Medio Ambiente, enel que se harán constar de forma clara y concreta los resultados de las mediciones y aná-lisis de contaminantes, incluyendo la fecha y hora de la medición, la duración de ésta, elmétodo de medición y las normas de referencia seguidas en la medición. Asimismo, eneste libro deberán recogerse el mantenimiento periódico de las instalaciones relaciona-das con las emisiones, las paradas por averías, así como cualquier otra incidencia que hu-biera surgido en el funcionamiento de la instalación, incluyendo fecha y hora de cada ca-so. Esta documentación estará a disposición de cualquier agente de la autoridad en lapropia instalación, debiendo ser conservada por el titular de la planta durante al menoslos ocho años siguientes a la realización de cada control externo o autocontrol.
Ruidos:
18. Para asegurar que se siguen cumpliendo las prescripciones establecidas en esta resolu-ción, se realizarán nuevas mediciones de ruidos en las siguientes circunstancias:
— Justo antes de cada renovación de la AAU.
— Justo después del transcurso de un mes desde la finalización de cualquier modificaciónde la instalación que pueda afectar a los niveles de ruidos.
19. El titular de la instalación industrial debe comunicar, con una antelación de, al menos,quince días, el día que se llevarán a cabo las mediciones de ruidos referidas en el apar-tado anterior, cuyos resultados serán remitidos a la DGMA en el plazo de un mes desdela medición o junto con la solicitud de renovación de la AAU.
20. Las mediciones de ruidos se realizarán mediante los procedimientos y condiciones esta-blecidos en la normativa vigente en la materia.
- i - Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación que puedan afectar al medio ambiente
Fugas, fallos de funcionamiento:
1. En caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU, el titular de la insta-lación industrial deberá:
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a) Comunicarlo a la DGMA en el menor tiempo posible, mediante correo electrónico o fax,sin perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.
b) Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el plazomás breve posible y para evitar la repetición del incidente.
En particular, en caso de desaparición, pérdida o escape de residuos, el titular de la ins-talación industrial deberá, además, adoptar las medidas necesarias para la recuperacióny correcta gestión del residuo.
El titular de la instalación industrial dispondrá de un plan específico de actuaciones y me-didas para situaciones de emergencias por funcionamiento con posibles repercusiones enla calidad del medio ambiente.
Paradas temporales y cierre:
2. En el caso de paralización definitiva de la actividad o de paralización temporal por plazo su-perior a dos años, el titular de la AAU deberá entregar todos los residuos existentes en lainstalación industrial a un gestor autorizado conforme a la Ley 22/2011, de 28 de julio; ydejar la instalación industrial en condiciones adecuadas de higiene medio ambiental.
- j - Prescripciones finales
1. La AAU objeto de la presente resolución tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de loestablecido en los artículos 59 y 61 de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y ca-lidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y 30 y 31 del Reglamentode autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,aprobado por el Decreto 81/2011, de 20 de mayo.
Al respecto de la necesidad de renovar la autorización de gestión de residuos que se in-cluye en esta AAU, se indica que esta autorización tendrá una vigencia de ocho años, pa-sada la cual se renovará por períodos sucesivos, de conformidad con el artículo 27 de laLey 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
2. Se dispondrá de una copia de la presente resolución en el mismo centro a disposición delos agentes de la autoridad que lo requieran.
3. El incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que irá deleve a grave, según el artículo 153 de la Ley 5/2010, de prevención y calidad ambientalde la Comunidad Autónoma de Extremadura, sancionable con multas de hasta 200.000euros.
4. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer el intere-sado recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural,Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel enque se lleve a efecto su notificación, o ser impugnada directamente ante el orden juris-diccional contencioso-administrativo.
Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administra-tivo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.
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No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expre-samente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición inter-puesto.
Mérida a 9 de octubre de 2013.
El Director General De Medio AmbientePD (Resolución de 8 de agosto de 2011 del Consejero,
DOE n.º 162 de 23 de agosto),ENRIQUE JULIÁN FUENTES
A N E X O I
RESUMEN DEL PROYECTO
Actividad: El proyecto describe la recogida, transporte, almacenamiento, tratamiento y valo-rización de los aceites y grasas de origen vegetal con código LER 20 01 25. La capacidad detratamiento es de 1943,97 t/año.
— Recogida y transporte: Desde los centros en donde se generan los residuos se procede ala evacuación y transporte del aceite vegetal usado hasta la planta de tratamiento en ve-hículos estancos y cubiertos.
— Tratamiento: Mediante procesos físicos de separación y calentamiento, se va separando lafase sólida del residuo para proceder a la limpieza y reciclaje del aceite. Dicha separaciónse hace en diferentes fases mediante procesos de filtrado, calentamiento y decantación.Una vez limpio el aceite se almacena en depósitos para su posterior venta a clientes.
— Limpieza y desinfección de bidones y contenedores. Los operarios de la planta procedena la limpieza y desinfección de los bidones y contenedores que llegan con el residuo re-cogido para dejarlos listos para su entrega. La limpieza y desinfección se realiza en la zo-na sucia con productos desengrasantes biodegradables y utilizando agua caliente sanita-ria para su desinfección. Dichos bidones y contenedores, una vez limpios e higienizados,son almacenados hasta su nuevo uso.
Ubicación: La actividad se ubica en el Polígono Industrial “El Prado”, c/ Granada, parcela R-56, nave 2 de Mérida (Badajoz).
Infraestructuras y equipos:
— Zona de oficinas donde se desempeñan los trabajos de administración de 51 m2.
— Zona de descarga de aceite vegetal usado desde los bidones y contenedores al aljibe de226,8 m2.
• Aljibe de 18 m3 de acero inoxidable estanco con serpentines para su calentamiento.
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— Zona de trasiego desde aljibe a decantadores a tanque de almacenamiento de 35,10 m2.
• 2 decantadores cónicos con capacidad de 7,9 m3 de acero inoxidable con serpentín pa-ra su calentamiento.
• 1 decantador de reserva con capacidad de 7,9 m3 de acero inoxidable con serpentínpara su calentamiento.
— Zona limpia de almacenamiento de aceite vegetal reciclado de 45 m2.
• 2 tanques cónicos de 45.000 litros de acero inoxidable con serpentín para su calenta-miento instalados en un cubeto estando con una capacidad de 42,8 m3 cada uno.
— Zona de trasiego desde tanques de almacenamiento a carga de vehículos cisterna a tra-vés de red de tuberías aéreas.
— Zona de almacenamiento de combustible con cubetos estancos de 8,64 m2.
• Tanque de gasóleo de 2.000 litros.
— Zona de lavado de bidones y contenedores de 60 m2.
• Separador de grasas de 3 cuerpos conteniendo vasos comunicantes y donde se separanlas aguas jabonosos contenidas en el agua residual, así como las fracciones de residuossólidos, vertiéndose sólo a la red de saneamiento municipal las agua ya tratadas.
— Zona de limpieza de vehículos de 50 m2.
— Sala de calderas para ACS de 19,70 m2.
• Caldera de agua caliente de 90.000 Kcal/h.
— Laboratorio de 18,7 m2.
— Almacén de bidones de 35,85 m2.
— Almacén de contenedores de 14,6 m2.
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• • •
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PLANO DE LA INSTALACIÓN
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RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2013, de la Dirección General de Industriay Energía, sobre autorización administrativa de las infraestructuras deevacuación asociadas a varias instalaciones de producción de energía eléctrica,en el término municipal de Alburquerque. Expte.: GE-M/172/11. (2013061798)
Visto el expediente instruido en esta Dirección General, en relación a la solicitud de autoriza-ción administrativa de las infraestructuras de evacuación asociadas a varias instalaciones deproducción de energía eléctrica, sitas en el término municipal de Alburquerque (Badajoz), ex-pediente GE-M/172/11, se exponen los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha de registro de entrada en la Junta de Extremadura de 27 de septiembrede 2011, D. Juan Carlos Sirviente Rodrigo, en nombre y representación de Naturener Solar,SAU, solicitó autorización administrativa de la instalación de referencia.
Segundo. Con fecha 1 de septiembre de 2012 finalizó el tramite de información pública de lasolicitud de autorización administrativa y estudio de impacto ambiental de la instalación dereferencia, no habiéndose recibido alegaciones durante el periodo de exposición.
Tercero. Con fecha 28 de agosto de 2013 la Dirección General de Medio Ambiente emite re-solución por la que se formula declaración de impacto ambiental de la citada instalación, conresultado compatible y viable.
Cuarto. Con fecha de registro de entrada en la Junta de Extremadura de 16 de julio de 2013,D. Juan Carlos Sirviente Rodrigo, en nombre y representación de Naturener Solar, SAU, com-pletó la documentación necesaria para la obtención de la autorización administrativa de la ins-talación de referencia.
Quinto. De conformidad con lo establecido en el RD 1955/2000, de 1 de diciembre, se diotraslado de las separatas correspondientes, a las distintas administraciones, organismos o em-presas de servicio público o de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo,no habiendo manifestado oposición alguna a las consultas realizadas, siendo, asimismo, acep-tados por el promotor los informes y condicionados técnicos emitidos por los mismos.
A estos antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La Dirección General de Industria y Energía, es el órgano competente para la auto-rización administrativa de instalaciones eléctricas, de conformidad con lo establecido en la Ley54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de di-ciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y en virtuddel Decreto 184/2013, de 8 de octubre, por el que se modifica el Decreto 209/2011, de 5 deagosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía; vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,así como demás legislación aplicable.
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Segundo. Una vez analizada la documentación presentada y cumplidos los trámites regla-mentarios establecidos en el Capítulo II, del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 dediciembre, así como lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico,esta Dirección General,
R E S U E L V E :
Emitir la autorización administrativa, a favor de Naturener Solar, SAU, de la instalación cuyascaracterísticas principales son las que a continuación se indican:
Datos del proyecto:
Promotor: Naturener Solar, SAU, con sede social en c/ Nuñez de Balboa, 120, 7.ª planta, CP28006 de Madrid, y CIF: A-84959329.
Características: las infraestructuras de evacuación se componen de las siguientes instala-ciones:
— Subestación transformadora colectora 220/66/45 kV “ST Alburquerque”, ubicada en la par-cela 5 del polígono 89, del término municipal de Alburquerque (Badajoz), compuesta por:
• Sistema de 220 kV de conexión, en configuración doble barra con siete posiciones: cua-tro posiciones de línea, dos posiciones de transformador, y una posición de enlace debarras.
• Sistema de 220 kV de enlace a subestación de 66 kV, en configuración simple barracon cinco posiciones de transformador.
• Sistema de 220 kV de enlace a subestación de 45 kV, en configuración simple barracon cinco posiciones de transformador.
• Cinco transformadores de 150 MVA y relación nominal 220 (17 escalones) / 66 / 13,8kV, conexión YNyn0d11, con regulación en carga.
• Cinco transformadores de 100 MVA y relación nominal 220 (17 escalones) / 45 / 15,8kV, conexión YNyn0d11, con regulación en carga.
• Sistema de 66 kV de simple barra partida con diecisiete posiciones previstas para lossiguientes circuitos: diez posiciones de línea, cinco posiciones de transformador de po-tencia, dos posiciones de servicios auxiliares, quince transformadores de tensión in-ductivos en barras y cuatro seccionadores giratorios de partición de barras.
• Sistema de 45 kV compuesto de cinco conjuntos de celdas 45 kV con esquema de sim-ple barra, tipo interior, en celdas blindadas de aislamiento en SF6.
• Equipos de control y servicios auxiliares compuesto por un edificio de control de 220kV, un edificio de control de 66 kV y un edificio de control y celdas de 45 kV.
— Línea eléctrica de alta tensión y de simple circuito con dos conductores por fase (dúplex)de 220 kV, de 66 km de longitud aproximada, con origen en la subestación transforma-dora colectora 220/66/45 kV “ST Alburquerque”, sita en la parcela 5, del polígono 89, del
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término municipal de Alburquerque (Badajoz), y final en la subestación eléctrica de inter-conexión 400/220 kV “ST Carmonita Renovables” sita en la parcela 6 del polígono 10 deltérmino municipal de Mérida (Badajoz). La línea discurrirá por los términos municipalesde Cordobilla de Lácara (Badajoz), Mérida (Badajoz), La Nava de Santiago (Badajoz), LaRoca de la Sierra (Badajoz) y Badajoz (Badajoz), atravesando las parecelas y polígonosque se relacionan a continuación:
• Término municipal de Mérida: polígono 8, parcela, polígono 10, parcela 6, 12, 18, 9001,polígono 111, parcela 2.
— Subestación eléctrica de interconexión 400/220 kV, “ST Carmonita Renovables”, ubicadaen la parcela 6 del polígono 10, del término municipal de Mérida (Badajoz), compuesta por:
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• Sistema de 400 kV compuesto por una posición de línea.
• Sistema de 220 kV de conexión, en configuración doble barra con cuatro posiciones:dos posiciones de línea, una posición de transformador, y una posición de enlace debarras.
• Tres transformadores monofásicos de 210/210/40 MVA y relación nominal 400 (21 es-calones)/220/33 kV, conexión YNyn0d11, YNd11, YNd11 con regulación en carga.
• Transformador de servicios auxiliares de 250 kVA, relación 33 kV/0,420 - 0,242 kV.
• Edificio de equipos de control y servicios auxiliares.
Finalidad de la instalación: Evacuación de la energía eléctrica generada por varias instalacio-nes de producción.
Presupuesto: 33.155.050 €.
Esta instalación no podrá entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de lamisma con el Acta de Puesta en Servicio, previo cumplimiento de los trámites que se seña-lan en el artículo 132 del mencionado RD 1955/2000, de 1 de diciembre.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos par-ticulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia mu-nicipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.
En el plazo de seis meses, a partir del otorgamiento de la presente autorización, el peticio-nario o el titular de la misma, deberá solicitar la autorización del proyecto de ejecución, pro-duciéndose, en caso contrario, la caducidad del mismo, y todo ello de conformidad con el ar-tículo 128.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan lasactividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de au-torización de instalaciones de energía eléctrica.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interpo-nerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, MedioAmbiente y Energía de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mesa contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidadcon el artículo 115 de dicha norma legal.
Mérida, a 10 de octubre de 2013.
El Director General de Industria y Energía,JUAN JOSÉ CARDESA CABRERA
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2013, de la Consejera, por la que se hacepública la composición de la Comisión de Valoración de la convocatoria deayudas para el desarrollo de módulos obligatorios de programas decualificación profesional inicial en la modalidad de talleres profesionales duranteel curso 2013/2014 y de talleres específicos durante los cursos 2013/2014 y2014/2015, en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2013061819)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden de 8 de octubre de 2013, dela Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo demódulos obligatorios de programas de cualificación profesional inicial en las modalidades detalleres profesionales durante el curso 2013/2014 y talleres específicos durante los cursos2013/2014 y 2014/2015, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE n.º 197, de 11de octubre).
R E S U E L V O :
Nombrar miembros de la Comisión de Valoración de la convocatoria de ayudas para el desa-rrollo de módulos obligatorios de programas de cualificación profesional inicial en la modali-dad de talleres profesionales durante el curso 2013/2014 y talleres específicos durante loscursos 2013/2014 y 2014/2015, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a:
Presidente: Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Hierro Hierro, Director General de Formación Profe -sio nal y Universidad.
Vocales: D. Miguel Javier Arce Cordón, Asesor Técnico Docente de la Dirección General de For -mación Profesional y Universidad.
D.ª M.ª Ángeles Moreno de la Peña, Asesora Técnico Docente de la Dirección General de For -mación Profesional y Universidad.
D.ª Ana Isabel López Masa, Titular de la Sección de Educación de Personas Adultas y a Dis -tancia.
Secretaria: D.ª Josefina Rubio Merchán, Funcionaria de la Dirección General de FormaciónProfesional y Universidad.
Mérida, a 18 de octubre de 2013.
La Consejera de Educación y Cultura,TRINIDAD NOGALES BASARRATE
ANUNCIOSV
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN
ANUNCIO de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de acuerdo deiniciación y pliego de cargos en expedientes sancionadores en materia decomercio. (2013083733)
No habiendo sido posible practicar en los domicilios de los destinatarios que se relacionan lanotificación del acuerdo de inicio y pliego de cargos de los expedientes sancionadores que acontinuación se especifican, se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura,de una somera indicación de su contenido, al apreciarse que la publicación íntegra de los mis-mos podría lesionar derechos o intereses legítimos, y ello de conformidad con lo dispuesto enlos artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Denunciado: D. Diego Vázquez Vargas.
Último domicilio conocido: C/ Hierbabuena n.º 11 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
Expediente n.º: CI 97/13 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.
Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: artículo 14.3.
Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autó -noma de Extremadura: Artículo 48.o).
Sanción: Dos mil quinientos euros (2.500,00 €).
Órgano instructor: El Asesor Jurídico Francisco Javier Ordiales Bonilla.
Denunciado: Pan 41, SL.
Último domicilio conocido: C/ Badajoz n.º 10 n.º 11 de Castuera (Badajoz).
Expediente n.º: CI 107/13 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.
Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.
Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autó -noma de Extremadura: artículo 47.j).
Sanción: Doscientos euros (200,00 €).
Órgano instructor: El Asesor Jurídico Francisco Javier Ordiales Bonilla.
25798NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Denunciado: Pan 41, SL.
Último domicilio conocido: C/ Badajoz n.º 10 n.º 11 de Castuera (Badajoz).
Expediente n.º: CI 108/13 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.
Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.
Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la ComunidadAutónoma de Extremadura: artículo 47.j)
Sanción: Doscientos euros (200,00 €).
Órgano instructor: El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.
Denunciado: Pan 41, SL.
Último domicilio conocido: C/ Badajoz n.º 10 n.º 11 de Castuera (Badajoz).
Expediente n.º: CI 109/13 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.
Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.
Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la ComunidadAutónoma de Extremadura: artículo 47.j).
Sanción: Doscientos euros (200 €).
Órgano instructor: El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.
Se pone en conocimiento de los interesados que pueden comparecer, en el plazo de diez díashábiles a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio, en las oficinas de laDirección General de Ordenación Industrial y Comercio, Servicio de Comercio, ubicadas en elPaseo de Roma s/n., Módulo A planta 3.ª de Mérida, a fin de notificarle el acuerdo de inicio ypliego de cargos de referencia.
Se advierte a los interesados, que transcurrido dicho plazo de diez días sin que hayan com-parecido para ser notificados de forma expresa, la notificación se entenderá producida, sur-tiendo sus efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado al efecto.
Notificado el acuerdo de inicio y pliego de cargos, de conformidad con lo dispuesto en el ar-tículo 10 del Decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre pro-cedimientos sancionadores seguidos por la Comunidad Autónoma de Extremadura, se les con-cede el plazo de 10 días para que presente alegaciones y aporte datos, documentos u otroselementos de juicio que considere pertinentes, así como para que propongan las pruebas queestimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Mérida, a 2 de octubre de 2013. La Jefa de Servicio de Comercio, ROCÍO ESTEBAN CORCHERO.
• • •
25799NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ANUNCIO de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de resolución enexpedientes sancionadores en materia de comercio. (2013083734)
No habiendo sido posible practicar en el domicilio de los destinatarios que se relacionan la no-tificación de la resolución de los expedientes sancionadores que a continuación se especifican,se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de una somera indicación desu contenido, al apreciarse que la publicación íntegra de los mismos podría lesionar derechoso intereses legítimos, y ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.
Denunciado: D. Diego Vázquez Vargas.
Último domicilio conocido: C/ Hierbabuena n.º 11 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
Expediente n.º: CI 59/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.
Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.
Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la ComunidadAutónoma de Extremadura: Artículo 48.o).
Sanción: Mil doscientos euros (1.200 €).
Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.
Denunciado: D. Diego Vázquez Vargas.
Último domicilio conocido: C/ Hierbabuena n.º 11 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
Expediente n.º: CI 100/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.
Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.
Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la ComunidadAutónoma de Extremadura: Artículo 48.o).
Sanción: Dos mil quinientos euros (2.500 €).
Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.
Denunciado: D. Marcelino Pardo Montaño.
Último domicilio conocido: C/ Cortes de Cádiz n.º 1 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
Expediente n.º: CI 105/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.
Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.
Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autó -noma de Extremadura: Artículo 47.j).
25800NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Sanción: Doscientos euros (200 €).
Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.
Denunciado: D. Juan Carlos Parejo Márquez.
Último domicilio conocido: Ctra. de la corte n.º 18, bl. C 4.º I de Badajoz.
Expediente n.º: CI 110/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.
Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.
Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autó -no ma de Extremadura: artículo 47.j).
Sanción: Doscientos euros (200 €).
Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.
Denunciado: D. Juan Navarro Montaño.
Último domicilio conocido: C/ Hernán Cortés n.º 16 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
Expediente n.º: CI 114/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.
Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.
Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autó -noma de Extremadura: artículo 47.j).
Sanción: Doscientos euros (200 €).
Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.
Denunciado: D. Clemente Vázquez Vargas.
Último domicilio conocido: C/ Hierbabuena n.º 11 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
Expediente n.º: CI 137/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.
Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.
Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autó -no ma de Extremadura: Artículo 48.o).
Sanción: Mil doscientos euros (1.200 €).
Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.
Denunciado: D. Silverio Silva Vargas.
Último domicilio conocido: C/ Arlabán n.º 7 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
25801NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Expediente n.º: CI 113/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.
Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.
Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la ComunidadAutónoma de Extremadura: artículo 47.j).
Sanción: Trescientos euros (300 €).
Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.
Se pone en conocimiento de los interesados que pueden comparecer, en el plazo de diezdías hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio, en las oficinasde la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio, Servicio de Comercio, ubicadasen el Paseo de Roma, s/n., Módulo A planta 3.ª de Mérida, a fin de notificarle la resolución dereferencia.
Se advierte a los interesados, que transcurrido dicho plazo de diez días sin que hayan com-parecido para ser notificados de forma expresa, la notificación se entenderá producida, sur-tiendo sus efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado al efecto.
Notificada la resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer recurso de al-zada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante el órganosuperior jerárquico, a tenor de lo dispuesto en los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, así como en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 defebrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, a 2 de octubre de 2013. La Jefa de Servicio de Comercio, ROCÍO ESTEBAN CORCHERO.
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ANUNCIO de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de resolución delprocedimiento de reintegro de subvención en expedientes relativos a ayudaspara el fomento y apoyo de la actividad comercial en la ComunidadAutónoma de Extremadura. (2013083735)
No habiendo sido posible practicar en el domicilio de los destinatarios que se relacionan la no-tificación de la resolución del procedimiento de reintegro de subvención, que a continuaciónse específica, se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de una some-ra indicación de su contenido, al apreciarse que la publicación íntegra de los mismos podríalesionar derechos o intereses legítimos, y ello de conformidad con lo dispuesto en los artícu-los 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi nis -traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
25802NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Empresa: Delicáceres, SL.
Último domicilio conocido: C/ Amberes n.º 7, local bajo de Cáceres.
Expediente n.º: EC-10-10-0010-CE.
Asunto: Resolución del procedimiento de reintegro de subvención concedida al amparo delDecre to 38/2007, de 6 de marzo, de fomento y apoyo de la actividad comercial en la Comu -nidad Autónoma de Extremadura.
Empresa: Videoventas, SC.
Último domicilio conocido: C/ Enríquez Sánchez de León n.º 12, 1.º C de Badajoz.
Expediente n.º: EC-06-10-0012-CE.
Asunto: Resolución del procedimiento de reintegro de subvención concedida al amparo delDecreto 38/2007, de 6 de marzo, de fomento y apoyo de la actividad comercial en la Comu -ni dad Autónoma de Extremadura.
Se pone en conocimiento de los interesados que pueden comparecer, en el plazo de diez dí-as hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio, en las oficinas dela Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio, Servicio de Comercio, ubicadas enel Paseo de Roma, s/n., Módulo A planta 3.ª de Mérida, a fin de notificarles la resolución delprocedimiento de reintegro de subvención de referencia.
Se advierte a los interesados, que transcurrido dicho plazo de diez días sin que hayan com-parecido para ser notificados de forma expresa, la notificación se entenderá producida, sur-tiendo sus efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado al efecto.
Notificada la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestati-vamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente a la recepción de la presente resolución, o ser impugnados di-rectamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo a tenor de lo establecidoen los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada porla Ley 4/1999, de 13 de enero, teniendo en cuenta que contra la resolución de un recurso dereposición no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario de re-visión, en los supuestos y en los plazos que señala el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre y de la posibilidad de ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen proce-dente.
Mérida, a 2 de octubre de 2013. La Jefa de Servicio de Comercio, ROCÍO ESTEBAN CORCHERO.
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25803NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ANUNCIO de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de resolución de laUnidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajoz en el expedienten.º 06/0140/13. (2013083730)
Intentada sin efecto la notificación y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, se inserta una somera indicación de su contenidomediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y asimismose remite al Ayuntamiento de Mérida para su exposición en el tablón de edictos.
Expte. n.º: 06/0140/13.
Acta n.º: I62013000040747(O).
Empresa: Macías Vázquez, José.
CIF: 09165479W.
Domicilio: C/ Santa Ramona-Bda. San Juan.
Localidad: Mérida.
Acto que se notifica: Resolución de la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajoz.
Sanción: 626 € (Seiscientos veintiséis euros).
Se pone en conocimiento del interesado que puede comparecer, en el plazo de diez días há-biles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente resolución, en la sede de es-ta dependencia administrativa de la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajozde la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, sita en la avda. de Huelva, núm. 6 deBadajoz, a fin de notificarle la resolución de referencia.
Se advierte al interesado, que transcurrido dicho plazo de diez días sin que haya compareci-do para ser notificado de forma expresa, la notificación se entenderá producida, surtiendo susefectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado al efecto.
Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General deTrabajo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de dicha re-solución, y en caso de no comparecer en el plazo establecido en esta publicación, desde el díasiguiente al vencimiento de dicho plazo, conforme a los arts. 107.1, 114.1 y 115.1 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que puede ejercitarse cualquier otro quese estime procedente.
Badajoz, a 2 de octubre de 2013. El Jefe de Servicio de Trabajo y Sanciones, PD (Resoluciónde 01-06-2012, DOE. Num. 111, de 11 de junio), El Jefe de Sección de la UMAC, JUAN JOSÉRICO LOMBARDO.
25804NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ANUNCIO de 14 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientessancionadores en materia de espectáculos públicos y taurinos. (2013083731)
No habiendo sido posible practicar en el domicilio de sus destinatarios la notificación de la do-cumentación que se especifica en el Anexo, se procede a su publicación en el Diario Oficial deExtremadura, de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero dándole publicidad al mismo.
Badajoz, a 14 de octubre de 2013. La Jefa de Sección de Autorizaciones Administrativas,CONSOLACIÓN ALONSO PULIDO.
A N E X O
EXPEDIENTE: SEPB-00005/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Antonio Gómez Bonilla NIF 2.241.278-C.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Avda. Cánovas 62- 1.º E.
LOCALIDAD: 06400 Don Benito (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 300,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
25805NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00039/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
HECHOS: Omisión de datos o comunicaciones obligatorio dentro de los plazos establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.f) y 81.17 respectivamente.
SANCIÓN: 150,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ÓRGANO QUE RESUELVE: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de laJunta de Extremadura.
RECURSOS QUE PROCEDEN, ÓRGANO ANTE EL QUE HA DE INTERPONERSE Y PLAZO DEINTERPOSICIÓN DEL MISMO: Recurso de alzada ante el órgano competente para resolverlo(Ilma. Secretaria General de la Consejería de Administración Pública) o ante el órgano que hadictado acto objeto de impugnación (Director General de Administración Local, Justicia eInterior), en el plazo de 1 mes contado a partir del día siguiente de publicación de la presen-te Resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
25806NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
EXPEDIENTE: SEPB-00109/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Manuel Torres David NIF: 8.863.450-D.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Gonzalo Murillo García, 2 - 1.º B.
LOCALIDAD: 06011 Badajoz.
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve
ARTÍCULO: 26 e) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 300,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00110/13
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO José Diego Román Gutiérrez NIF: 8.854.172-T.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Castillo de Alconchel, 26-5 Bajo C.
LOCALIDAD: 06006 Badajoz.
HECHOS: Exceso en los límites de la autorización.
CALIFICACIÓN: Grave.
25807NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ARTÍCULO: 23.e) y 81.2 respectivamente.
SANCIÓN: 400,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00119/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Sharton Eli Anticona Sánchez NIF: X1063288K.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Puerto de Tarancón 22 1.º A.
LOCALIDAD: 28038 Madrid.
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN Leve.
ARTÍCULO 26.e) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN 240,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR Consolación Alonso Pulido.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
25808NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Común, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00124/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Juan Mellado Sánchez NIF: 76.214.980-H.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Abajo, 2.
LOCALIDAD: 06450 Quintana de la Serena (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 150,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ÓRGANO QUE RESUELVE: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de laJunta de Extremadura.
RECURSOS QUE PROCEDEN, ÓRGANO ANTE EL QUE HA DE INTERPONERSE Y PLAZO DEINTERPOSICIÓN DEL MISMO: Recurso de alzada ante el órgano competente para resolverlo(Ilma. Secretaria General de la Consejería de Administración Pública) o ante el órgano que hadictado acto objeto de impugnación (Director General de Administración Local, Justicia eInterior), en el plazo de 1 mes contado a partir del día siguiente de publicación de la presen-te Resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
25809NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
EXPEDIENTE: SEPB-00137/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Parque de las Cañadas, 93 portal 2 bajo A.
LOCALIDAD: 06010 Badajoz.
HECHOS: Exceso en los límites de la autorización.
CALIFICACIÓN: Grave.
ARTÍCULO: 23.e) y 81.2 respectivamente.
SANCIÓN: 320,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ÓRGANO QUE RESUELVE: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de laJunta de Extremadura.
RECURSOS QUE PROCEDEN, ÓRGANO ANTE EL QUE HA DE INTERPONERSE Y PLAZO DEINTERPOSICIÓN DEL MISMO: Recurso de alzada ante el órgano competente para resolverlo(Ilma. Secretaria General de la Consejería de Administración Pública) o ante el órgano que hadictado acto objeto de impugnación (Director General de Administración Local, Justicia eInterior), en el plazo de 1 mes contado a partir del día siguiente de publicación de la presen-te Resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00140/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Víctor Pérez Frade de Peralta NIF: 8.865.657-P.
25810NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Plaza de los Alféreces, 6 1.º D.
LOCALIDAD: 06004 Badajoz.
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 240,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ÓRGANO QUE RESUELVE: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de laJunta de Extremadura.
RECURSOS QUE PROCEDEN, ÓRGANO ANTE EL QUE HA DE INTERPONERSE Y PLAZO DEINTERPOSICIÓN DEL MISMO: Recurso de alzada ante el órgano competente para resolverlo(Ilma. Secretaria General de la Consejería de Administración Pública) o ante el órgano que hadictado acto objeto de impugnación (Director General de Administración Local, Justicia eInterior), en el plazo de 1 mes contado a partir del día siguiente de publicación de la presen-te Resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00146/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: ELEHACHE, SC. NIF: J06591218.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ San Blas, 14.
LOCALIDAD: 06002 Badajoz.
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 270,00 euros.
25811NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00147/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-
25812NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00154/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Alejandro Sánchez De Vicente NIF: 8.835.387-Y
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Ntra. Sra. De Guadalupe 27 P-2 D
LOCALIDAD: 06010 Badajoz.
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 270,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
25813NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
EXPEDIENTE: SEPB-00156/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Manuel Torres David. NIF: 8.863.450-D.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Gonzalo Murillo García, 2-1.º B.
LOCALIDAD: 06011 Badajoz.
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 270,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00158/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Salvador Molina Navarro. NIF: 23.241.550-G.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ General Mola, 24
LOCALIDAD: 06008 Badajoz
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
25814NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 240,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00167/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Juan Muñoz Gordillo NIF: 8.818.643-Y.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mimbrero, 16 A.
LOCALIDAD: 06010 Badajoz.
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 210,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
25815NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00170/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Manuel Torres David NIF: 8.863.450-D.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Gonzalo Murillo García, 2-1.º B.
LOCALIDAD: 06011 Badajoz.
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 300,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
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25816NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ANUNCIO de 16 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientessancionadores en materia de espectáculos públicos. (2013083732)
No habiendo sido posible practicar en el domicilio de sus destinatarios la notificación de la do-cumentación que se especifica en el Anexo, se procede a su publicación en el Diario Oficial deExtremadura, de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero dándole publicidad al mismo.
Badajoz, a 16 de octubre de 2013. La Jefa de Sección de Autorizaciones Administrativas,CONSOLACIÓN ALONSO PULIDO.
A N E X O
EXPEDIENTE: SEPB-00174/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Manuel Torres David NIF: 8.863.450-D.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Gonzalo Murillo García, 2 1.º B.
LOCALIDAD: 06011 Badajoz.
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 270,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
25817NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
EXPEDIENTE: SEPB-00175/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley 2/2003,de 13 de marzo de laConvivencia y Ocio de Extremadura.
DENUNCIADO: Felipe García Flores NIF: 44.787.418-R.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Alzada, 13.
LOCALIDAD: 06220 Villafranca de los Barros (Badajoz).
HECHOS: Admisión de menores.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 10.1 y 24.1.
SANCIÓN: 180,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00179/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Maria Dolores Rodríguez Márquez NIF: 79.265.612-E.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Avda. Guadalupe 8.
LOCALIDAD: 06692 Helechosa de los Montes (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
25818NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 180,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00182/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Manuel Malabe Ambrosio NIF: 8.869.742-E.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Avda. Ricardo Carapeto Burgos, 1 4.º B.
LOCALIDAD: 060008 Badajoz.
HECHOS: Comisión de tercera infracción leve en el plazo de un año.
CALIFICACIÓN: Grave.
ARTÍCULO: 23 o) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 600,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
25819NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00190/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: David Muñoz Cabezas NIF: 80.093.753-W.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mimbrero, 14.
LOCALIDAD: 06010 Badajoz.
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 210,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
25820NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
EXPEDIENTE: SEPB-00215/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Francisco Javier Blanca Sánchez NIF: 33.971.804-E
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Miraflores, 15.
LOCALIDAD: 06360 Fuente del Maestre (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 180,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00217/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCÓN CIF.: B-06157192.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.
LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
25821NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 210,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO Plazo de díez días para contestar al plie-go de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otros ele-mentos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebas queestimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00221/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Cristian David González NIF: 80.051.394-D.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ La Soledad, 4 A.
LOCALIDAD: 06001 Badajoz.
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 150,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
25822NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Común, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00225/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: M.ª Guadalupe García Hurtado NIF 53.573.818-X
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Príncipe, 27.
LOCALIDAD: 06410 Santa Amalia (Badajoz).
HECHOS: Falta de adopción de las medidas de seguridad.
CALIFICACIÓN: Grave.
ARTÍCULO: 23.ñ) y 81.12 respectivamente.
SANCIÓN: 301,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
25823NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
EXPEDIENTE: SEPB-00231/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: David Muñoz Cabezas NIF 80.093.753-W.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mimbrero 14.
LOCALIDAD: 06010 Badajoz.
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 180,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00233/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Antonio Gómez Bonilla NIF 2.241.278-C.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Avda. Cánovas, 62 1.º E.
LOCALIDAD: 06400 Don Benito (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
25824NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 300,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00234/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Antonio Gómez Bonilla NIF 2.241.278-C.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Avda. Cánovas, 62 1.º E.
LOCALIDAD: 06400 Don Benito (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 300,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
25825NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00235/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Antonio Pizarro Seco de Herrera NIF 79.262.982-Z.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ San Emilio, 4.
LOCALIDAD: 06600 Cabeza del Buey (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 150,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
25826NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
EXPEDIENTE: SEPB-00240/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: Manuel Blázquez Pozo NIF 76.236.534-K.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Avda. de la Carrera, 9 1.º A.
LOCALIDAD: 06430 Zalamea de la Serena (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 270,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00244/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCON CIF. B-06157192.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.
LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
25827NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 300,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00245/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCON CIF. B-06157192.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.
LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 180,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
25828NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Común, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00246/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCON CIF. B-06157192.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.
LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 300,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
25829NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
EXPEDIENTE: SEPB-00247/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCON CIF. B-06157192.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.
LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 180,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00248/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCON CIF. B-06157192.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.
LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
25830NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 270,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00249/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCON CIF B-06157192.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.
LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 240,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
25831NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
EXPEDIENTE: SEPB-00250/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: José Luis Cuevas García NIF 34.770.526-T.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ San José 28.
LOCALIDAD: 06400 Don Benito (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN 210,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
25832NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
EXPEDIENTE: SEPB-00255/13.
DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.
ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.
DENUNCIADO: José Luis Calurano Bazo NIF 8891.868-E.
ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Parque Infantil 44.
LOCALIDAD: 06227 Llera (Badajoz).
HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.
CALIFICACIÓN: Leve.
ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.
SANCIÓN: 300,00 euros.
ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.
INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.
ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.
Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.
25833NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
• • •
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2013, de la Secretaría General, por la que sehace pública la formalización del contrato de servicio de “Cobertura de segurospersonales para la Junta de Extremadura”. Expte.: 13S0141CA018. (2013061782)
1. ENTIDAD ADJUDICATARIA:
a) Organismo: Consejería de Economía y Hacienda. Secretaría General. Servicio de Régi -men Jurídico y Contratación.
b) Número de expediente: 13S0141CA018.
c) Dirección del Perfil del contratante: https://contratacion.juntaextremadura.net.
2. OBJETO DEL CONTRATO:
a) Tipo de contrato: Administrativo de servicios.
b) Descripción del objeto: Servicio de cobertura de seguros personales para la Junta deExtremadura.
c) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: Diario Oficial deExtremadura n.º 114, de 14 de junio de 2013.
3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto con varios criterios de adjudicación.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
Importe total: Doscientos cincuenta mil euros (250.000 €), IVA exento.
5. ADJUDICACIÓN:
a) Fecha: 28 de agosto de 2013.
b) Empresa adjudicataria: AXA Aurora Vida, SA, de Seguros y Reaseguros.
c) Importe de adjudicación: Ciento cuarenta y ocho mil trescientos veintinueve euros connoventa y dos céntimos. (148.329,92 €) IVA exento.
6. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
Fecha de formalización del contrato: 20 de septiembre de 2013.
Mérida, a 15 de octubre de 2013. La Secretaria General, MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
25834NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2013, de la Secretaría General, por laque se acuerda la apertura del período de información pública mediantetrámite abreviado en relación con el proyecto de Orden por la que seaprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor real decoste de la obra nueva de determinados bienes inmuebles, radicados en laComunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la liquidación delImpuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos JurídicosDocumentados para los hechos imponibles que se devenguen en el año2014, se establecen las reglas para su aplicación y se publica lametodología para su obtención. (2013061836)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, delGobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, una vez elabo-rado el correspondiente Proyecto de Orden,
ACUERDO:
La apertura de un período de información pública por un plazo de 7 días hábiles, a contar des-de el siguiente al de la publicación de la presente Resolución, sometida a trámite abreviadoen razón a la necesidad de que la presente Orden entre en vigor el día 1 de enero de 2014,una vez cumplidos los trámites preceptivos para su aprobación. Así se abre este período deinformación pública con la finalidad de que cualquier persona física o jurídica pueda examinarel proyecto de Orden por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimarel valor real de coste de la obra nueva de determinados bienes inmuebles, radicados en laComunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la liquidación del Impuesto sobreTransmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para los hechos imponibles quese devenguen en el año 2014, se establecen las reglas para su aplicación y se publica la me-todología para su obtención, y formular en su caso, las alegaciones y sugerencias que estimeconvenientes.
El horario y lugar de exposición del Proyecto de Orden será de 10,00 horas a 14,00 horas,durante el cuál estará a disposición de los interesados en las dependencias de la SecretaríaGeneral de la Consejería de Economía y Hacienda, sita en Paseo de Roma, s/n., de Mérida,provincia de Badajoz.
Asimismo, el Proyecto de Orden estará a disposición de los interesados en la página web ins-titucional del Gobierno de Extremadura, a través de su dirección de Internet:http://ciudadano.gobex.es.
Mérida, a 28 de octubre de 2013. La Secretaria General, MARÍA GUARDIOLA MARTÍN.
• • •
25835NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
ANUNCIO de 31 de octubre de 2013 sobre notificación por comparecenciaen procedimiento de recaudación de multas. (2013083867)
En virtud de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, GeneralTributaria, no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a laAdministración y habiéndose realizado, al menos, los intentos de notificación exigidos por elcitado artículo, por el presente anuncio se cita a los interesados o representantes que se re-lacionan en el Anexo, para ser notificados por comparecencia de los actos administrativos de-rivados de los procedimientos que en el mismo se incluyen.
Los interesados o sus representantes deberán comparecer en el plazo máximo de 15 días na-turales, contados desde el día siguiente al de esta publicación, en horario de nueve a cator-ce horas, de lunes a viernes, en los lugares que en cada caso se señalan, al efecto de prac-ticarse las notificaciones pendientes en los procedimientos tramitados por los órganosrelacionados en el Anexo.
Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá pro-ducida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señala-do para comparecer.
Mérida, a 31 de octubre de 2013. La Directora General de Financiación Autonómica, BLANCAIRENE MONTERO GARCÍA.
25836NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25837
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NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25840
ANUNCIO de 31 de octubre de 2013 sobre citación a los obligados tributariosque se relacionan para ser notificados por comparecencia. (2013083868)
En virtud de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, GeneralTributaria, no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a la Admi nis -tración y habiéndose realizado, al menos, los intentos de notificación exigidos por el citadoartículo, por el presente anuncio se cita a los interesados o representantes que se relacionanen el Anexo, para ser notificados por comparecencia de los actos administrativos derivadosde los procedimientos que en el mismo se incluyen.
Los interesados o sus representantes deberán comparecer en el plazo máximo de 15 días na-turales, contados desde el día siguiente al de esta publicación, en horario de nueve a cator-ce horas, de lunes a viernes, en los lugares que en cada caso se señalan, al efecto de prac-ticarse las notificaciones pendientes en los procedimientos tramitados por los órganosrelacionados en el Anexo.
Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá pro-ducida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señala-do para comparecer.
Mérida, a 31 de octubre de 2013. La Directora General de Financiación Autonómica, BLANCAIRENE MONTERO GARCÍA.
07467066R GONZALEZ HDEZ, ANGEL Liquid. Complemen. 2012 S 312 OL HOYOS AVDA. ESPAÑA, 2 HOYOS
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIOAMBIENTE Y ENERGÍA
ANUNCIO de 20 de septiembre de 2013 por el que se somete a informaciónpública la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambientalunificada de la fábrica de mantecas, oleicos, chicharrones y planta decongelación, cuyo titular es Iberyder, SL, en Almendralejo. (2013083498)
Para dar cumplimiento al artículo 23 del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que seaprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la ComunidadAutónoma de Extremadura, que desarrolla la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención ycalidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público engeneral que la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) del proyecto de fabrica-ción de mantecas, oleicos, chicharrones y planta de congelación, promovida por IberyderSL, en Almendralejo (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar des-de el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial deExtremadura, en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente (DGMA) dela Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, avenida de LuisRamallo, s/n., de Mérida.
Por otra parte, la solicitud de AAU ha sido remitida por esta DGMA al correspondienteAyuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los ciudadanos eneste procedimiento.
De acuerdo con lo dispuesto en el punto 31 del artículo 5 de la Ley 5/2010, de 23 de junio,de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órganocompetente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento dela actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 54.3 de la Ley 5/2010, laAAU es anterior a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, en-tre otras, a la licencia urbanística.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Decreto 81/2011.
Categoría 3.2.a) del Anexo II relativa a “instalaciones para tratamiento y transformacióndestinadas a la fabricación de productos alimenticios a partir de materia prima animal (queno sea leche) de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 75toneladas por día y superior a 1 tonelada por día”.
— Descripción del proyecto.
Modificación sustancial de la Autorización Ambiental Unificada de la Fábrica de mantecas,oleicos, chicharrones y planta de congelación de IBERYDER SL en Almendralejo con nú-
25849NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
mero de Expediente AAU11/034 otorgada por Resolución de 12 de septiembre de 2011 dela Dirección General de Medio Ambiente.
— Ubicación:
Las instalaciones de la industria objeto del presente proyecto se ubican en una parcela de3.503,3 m2 situada en el polígono industrial “Ciudad Deportiva”, calle Maratón, parcela 41,de Almendralejo (Badajoz).
— Modificación de la AAU:
Las principales modificaciones y/o ampliaciones objeto de la solicitud de modificación sus-tancial presentada consisten en:
• Incorpora un proceso de congelación de tocinos de lomos ibéricos para venderlos con-gelados, para ello, se realiza un obrador para el recorte y paletización de los tocinos,se instalan dos armarios de congelación acelerada mediante nitrógeno líquido y unacámara de -20ºC para mantener congelados los productos.
• El proceso productivo de fusión de grasa animal se mejora para incorporar como ma-teria prima productos de origen avícola.
• Se pretende instalar una caldera de biomasa para generar vapor.
• Para almacenar los chicharrones o harinas cárnicas secas, se instalarán dos tolvas de25 m2.
La fábrica de mantecas, oleicos, chicharrones y planta de congelación tendrá una capaci-dad para transformar 12.500 t de productos avícolas y 800 t de tocino de cerdos ibéricos.
La capacidad de producción máxima de la fábrica es de 29,9 t/día en los días donde seproduce manteca y derivados de productos avícolas más la congelación de tocinos de cer-do. En el periodo donde no existen los tocinos, se tiene una producción aproximada de22,85 t/día.
— Instalaciones:
• Nave 1 (cámaras frigoríficas y obrador 1) de 715 m2.
• Nave 2 (obrador 2) con una zona existente de 86 m2 y una zona de tolvas de 50 m2.
• Nave 3 (sala de calderas) con una zona para la caldera existente y otra para la calde-ra de biomasa de 70 m2 cada una respectivamente.
• Nave 4 (predepuradora) de 57 m2.
• Cobertizo (tolva de biomasa) de 33 m2.
— Equipos:
• Caldera de vapor de gasoil con capacidad de producir 3000 kg/h de vapor a 8 bares depresión.
• Caldera de vapor de biomasa con capacidad de producir 4000 kg/h de vapor a 10 ba-res de presión.
• Depósito de gasoil de 10000 litros.
25850NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
• Descalcificadora de agua y depósitos de agua de alimentación de caldera.
• Lavador de gases con depósito de agua y electrólisis para eliminación de olores.
• 4 Depósitos de almacenamiento de mantecas de acero inoxidable de 115000 litros.
• Depósito de agua de cola.
• Depuradora de aguas residuales.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones a la Consejeríade Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, durante el plazo indicado en elpárrafo primero de este anuncio, en el Registro Único de la Junta de Extremadura; o por cual-quiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, a 20 de septiembre de 2013. El Director General de Medio Ambiente (PD del Consejero,Resolución de 8 de agosto de 2011, DOE n.º 162 de 23 de agosto de 2011), ENRIQUE JULIÁNFUENTES.
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ANUNCIO de 27 de septiembre de 2013 por el que se somete a informaciónpública la solicitud de autorización ambiental unificada de un proyecto deplanta de mecanizado de piezas de acero, titularidad de IndustriasMecánicas de Extremadura, SA (IMEDEXSA), en el término municipal deSantiago del Campo. (2013083496)
Para dar cumplimiento al artículo 23 del Reglamento de autorizaciones y comunicación am-biental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por el Decreto 81/2011, de 20de mayo, que desarrolla la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental dela Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que la solicitudde Autorización Ambiental Unificada (AAU) para una planta de mecanizado de piezas de acerotitularidad de Industrias Mecánicas de Extremadura, SA (IMEDEXSA) y ubicada en Santiago delCampo (Cáceres), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguienteal de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las depen-dencias de la Dirección General de Medio Ambiente (DGMA) de la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, avenida de Luis Ramallo, s/n., de Mérida.
Por otra parte, la solicitud de AAU ha sido remitida por esta DGMA al correspondienteAyuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los ciudadanos eneste procedimiento.
De acuerdo con lo dispuesto en el punto 31 del artículo 5 de la Ley 5/2010, de 23 de junio,de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órganocompetente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura.
25851NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Esta instalación industrial tenía proyectada una actividad anexa dedicada a la galvanizaciónen caliente y, dado que no se ha procedido a la ejecución de la parte de galvanización en ca-liente, no corresponde que la instalación industrial cuente con Autorización AmbientalIntegrada (AAI), la cual se otorgó mediante Resolución de 9 de septiembre de 2008, de la an-tigua Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental (DGECA), publicada en el DOE n.º185, de 24 de septiembre de 2008 (expediente AAI07/2.3.c/2).
Los datos generales del proyecto son:
— Ley 5/2010, autorización ambiental: la actividad se encuentra dentro del ámbito de apli-cación de la Ley 5/2010, concretamente en la categoría 10.5, relativa a “Instalaciones in-dustriales y talleres siempre que la potencia eléctrica total instalada sea superior a 100kW o la superficie construida total sea superior a 2.000 metros cuadrados”.
— Ley 5/2010, evaluación de impacto ambiental: el proyecto ya cuenta con Declaración deImpacto Ambiental formulada mediante Resolución de 9 de septiembre de 2008, de la an-tigua Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental (DGECA), publicada en el DOEn.º 185, de 24 de septiembre de 2008.
— Actividad: Planta de mecanización de piezas de acero: corte, punzonado, taladrado, me-canizado, soldadura, etc.
— Ubicación: Parcela catastral 25 del polígono 3 del término municipal de Santiago del Campo(Cáceres). Coordenadas: X = 723.974, Y = 4.392.089, huso 29, ETRS89.
— Infraestructuras, instalaciones y equipos principales: Nave de 15.000 m2, puentes grúas,líneas de punzonado y corte térmico, líneas de mecanizado de angulares, equipos de sol-dadura por arco tipo MIG y flux.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones a la Consejeríade Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, durante el plazo indicado en elpárrafo primero de este anuncio, en el Registro Único de la Junta de Extremadura; o por cual-quiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, a 27 de septiembre de 2013. El Director General de Medio Ambiente (PD del Consejero,Resolución de 8 de agosto de 2011, DOE n.º 162 de 23 de agosto de 2011), ENRIQUE JULIÁNFUENTES.
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25852NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25853
ANUNCIO de 3 de octubre de 2013 por el que se somete a informaciónpública la solicitud de autorización ambiental unificada de un proyecto debalsa de evaporación de aguas oleosas procedentes de una almazara,promovido por Aceites Obreo CB, en Fuente del Maestre. (2013083687)
Para dar cumplimiento al artículo 23 del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que seaprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la ComunidadAutónoma de Extremadura, que desarrolla la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención ycalidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público engeneral que la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) del proyecto de balsa deevaporación de aguas oleosas procedentes de una almazara, promovida por Aceites Obreo,CB, en Fuente del Maestre (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a con-tar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial deExtremadura, en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente (DGMA) de laConsejería de Agri cultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, avenida de LuisRamallo, s/n., de Mérida.
Por otra parte, la solicitud de AAU ha sido remitida por esta DGMA al correspondiente Ayun -tamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los ciudadanos en esteprocedimiento.
De acuerdo con lo dispuesto en el punto 31 del artículo 5 de la Ley 5/2010, de 23 de junio,de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órganocompetente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento dela actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 54.3 de la Ley 5/2010, laAAU es anterior a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, en-tre otras, a la licencia urbanística.
El proyecto está dentro del ámbito de aplicación de las siguientes disposiciones:
— Categoría Decreto 81/2011:
• 9.1. del Anexo II relativa a instalaciones para la valorización y eliminación, en lugaresdistintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el Anexo I.
— Actividad: Proyecto de una balsa de evaporación de aguas oleosas procedentes de una al-mazara.
Las dimensiones de la balsa son:
Superficie de fondo ..................................2.858 m2
Altura total ....................................................1,5
La impermeabilización de la balsa se proyecta mediante hormigonado de fondo, taludes ycoronación.
La balsa estará vallada perimetralmente.
— Ubicación: La actividad se ubica en la parcela 95 del polígono 41 de Fuente del Maestre.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones a la Consejeríade Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, durante el plazo indicado en elpárrafo primero de este anuncio, en el Registro Único de la Junta de Extremadura; o por cual-quiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, a 3 de octubre de 2013. El Director General de Medio Ambiente (PD del Consejero,Resolución de 8 de agosto de 2011, DOE n.º 162 de 23 de agosto de 2011), ENRIQUE JULIÁNFUENTES.
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ANUNCIO de 10 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientessancionadores en materia de conservación de la naturaleza y espaciosnaturales de Extremadura. (2013083723)
No habiendo sido posible practicar en el domicilio de los interesados las notificaciones de ex-pedientes sancionadores en materia de conservación de la naturaleza y espacios naturales,mediante correo certificado, se procede a su publicación a través del Diario Oficial deExtremadura, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Mediante el presente anuncio se notifican los actos reseñados en el Anexo, y se pone en suconocimiento que podrán tener acceso al expediente en la sede oficial de la Dirección Generaldel Medio Ambiente, sita en avda. Luis Ramallo, s/n., 06800 Mérida (Badajoz).
Mérida, a 10 de octubre de 2013. El Director General de Medio Ambiente, ENRIQUE JULIÁNFUENTES.
LEP 2012/128 Lorenzo P. Ramos Álvarez Resolución Badajoz
LEP 2013/02 Iván Radkov Georgiov Trámite de Audiencia Navalvillar de Pela
LEP 2013/20 Arturo Moreno Moreno Pliego de Cargos Agudo
NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25855
ANUNCIO de 11 de octubre de 2013 sobre notificación de resolucionesrelativas a las subvenciones para la mejora de la financiación de lasexplotaciones agrarias de Extremadura. (2013083720)
En base al párrafo cuarto del artículo 9 del Decreto 107/2012, de 15 de junio, por el que seestablecen las bases reguladoras y la convocatoria única de subvenciones para la mejora dela financiación de las explotaciones agrarias de Extremadura (DOE n.º 119 de 21 de junio),que determina que la resolución se publicará de conformidad con lo previsto en los artículos58 y 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica la resolución de las ayudas dedeterminados expedientes, cuyo contenido íntegro se transcribe como Anexo.
Mérida, a 11 de octubre de 2013. El Director General de Agricultura y Ganadería, JESÚSBARRIOS FERNÁNDEZ.
A N E X O
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA RELATIVA A LACONCESIÓN DE AYUDAS ESTABLECIDAS EN EL DECRETO 107/2012, DE 15 DE JUNIO, POREL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA ÚNICA DE SUB-VENCIONES PARA LA MEJORA DE LA FINANCIACIÓN DE LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS DEEXTREMADURA (DOE n.º 119, DE 21 DE JUNIO), MODIFICADO POR EL DECRETO 135/2012,DE 13 DE JULIO (DOE n.º 139, DE 19 DE JULIO).
El Decreto 107/2012 establece las bases reguladoras de subvenciones para paliar la situacióneconómica de los titulares de explotaciones agrarias de Extremadura con préstamos pen-dientes de amortización, subvencionados al amparo de los Decretos autonómicos 20/2008, de22 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria única de sub-vención para la financiación de préstamos a titulares de explotaciones ganaderas ubicadas enExtremadura, 253/2009, de 4 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladorasde la concesión de ayudas a préstamos, dirigidas a financiar los sectores productivos del oli-var y la viña de explotaciones ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, 85/2010,de 26 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria única desubvención para la mejora de la financiación de préstamos a titulares de explotaciones gana-deras ubicadas en Extremadura y 98/2010, de 9 de abril, por el que se establecen las basesreguladoras de la concesión de ayudas a préstamos, dirigidas a financiar el sector productivode los frutales de explotaciones ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y laconvocatoria única de las ayudas para el ejercicio 2010.
El régimen de las ayudas se establece de conformidad con lo establecido en el Reglamento(CE) n.º 1535/2007 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007, relativo a la aplicación delos artículos 87 y 88 del Tratado de la CE a las ayudas de mínimis en el sector de la produc-ción de productos agrícolas (DOUE L n.º 337 de 21 de diciembre).
El artículo 9 del citado Decreto 107/2012 establece que el procedimiento administrativo parala concesión de las subvenciones será ordenado e instruido por el Servicio de Producción Agra -ria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería.
NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25856
En virtud de lo establecido en el artículo 5 del citado decreto, tendrían la condición de Enti -da des Colaboradoras en la gestión de las ayudas aquellos intermediarios financieros privados,debidamente autorizados, que suscribieran con la Administración de la Comunidad Autónomade Extremadura el oportuno Convenio de Colaboración, y en los que concurrieran los requisi-tos de eficacia y solvencia, debidamente autorizados por la Administración para operar en elmercado financiero. En este sentido, se suscribieron 9 Convenios de Colaboración con sendasEntidades Financieras, responsabilizadas de la formalización de las pólizas de préstamos conlos interesados, de la verificación de los extremos relacionados en el mencionado artículo 5,así como de la entrega a los beneficiarios de los fondos reconocidos.
Obran en el procedimiento las solicitudes de las ayudas, que fueron incorporadas a la propiapóliza de préstamo, presentadas en su inmensa mayoría por las entidades colaboradoras, ne-cesarias para el cálculo de las ayudas correspondientes a la bonificación de intereses de lospréstamos, a cuyos beneficiarios deberá hacerse entrega de los importes que en esta resolu-ción se relacionan, por medio de la entidad colaboradora, contra las certificaciones de liqui-daciones de intereses presentadas por dichas entidades.
Contemplado el procedimiento de concesión y criterios de valoración de las solicitudes recibi-das, y no habiendo sido necesario establecer prelación alguna por haber crédito presupues-tario suficiente para atender a todas las solicitudes, en virtud de las atribuciones conferidaspor el artículo 7 del Decreto 107/2012.
Obviado, por consiguiente, el informe vinculante de la Comisión para la prelación de las soli-citudes, a tenor del artículo 9.2 del Decreto 107/2012.
Atendidos los criterios para la asignación de la cuantía de la subvención, por los que se pro-cede a aplicar una subsidiación de cinco puntos porcentuales de los intereses del primer añode carencia de los préstamos formalizados.
Toda vez comprobados los requisitos determinantes para la asignación de las ayudas, con-trastadas las cantidades globales correspondientes a las ayudas a satisfacer por la ComunidadAutónoma de Extremadura y verificada la suficiencia presupuestaria.
Recibidas las certificaciones de liquidaciones de intereses y pago por los beneficiarios de losintereses del primer año de carencia de los préstamos subvencionados al amparo del Decreto107/2012, emitidas por las entidades financieras colaboradoras, constituyentes de la justifi-cación de la realización de la actividad subvencionada, y previa propuesta del Jefe de Serviciode Producción Agraria,
RESUELVO:
Conceder subvenciones en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 107/2012, de 15 dejunio, por el que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria única de subvencio-nes para la mejora de la financiación de las explotaciones agrarias de Extremadura (DOE n.º119, de 21 de junio), modificado por el Decreto 135/2012 , de 13 de julio (DOE n.º 139, de19 de julio), por las cuantías especificadas en el listado adjunto a los interesados que en élse relacionan, en concepto de subsidiación de intereses de la primera anualidad de los prés-tamos, agrupados por entidad financiera colaboradora.
NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25857
LISTADO DE BENEFICIARIOS CON INDICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS.
Entidad Financiera Cesionaria Apellidos y Nombre/Razón social Cedente NIF Cedente Volumen
préstamo ( ) Importe
Ayuda ( )
C. RURAL ALMENDRALEJO MORENO ARROYO, JOSE MARIA 076221459B 8.000,00 400,00
C. RURAL ALMENDRALEJO CARRASCO LOZANO, MARIA JOSE 008676035K 8.000,00 400,00
C. RURAL ALMENDRALEJO PAREDES CERRATO, NICASIO 008690801K 8.000,00 400,00
C. RURAL ALMENDRALEJO ROMERO RODRIGUEZ, FRANCISCO 076257998A 8.000,00 400,00
C. RURAL ALMENDRALEJO AMADO LAVADO, FABIAN 009193900H 2.333,33 116,67
C. RURAL ALMENDRALEJO GARCIA MAZA, MARIA PILAR 079259200G 8.000,00 400,00
C. RURAL ALMENDRALEJO PINILLA GALLARIN, MANUEL 009154665K 5.000,00 250,00
C. RURAL ALMENDRALEJO GAMERO JARAQUEMADA, CARMEN 008511021D 8.000,00 400,00
C. RURAL ALMENDRALEJO GONZALEZ SANCHEZ, FERNANDO MA 044788457M 6.000,00 300,00
C. RURAL ALMENDRALEJO RODRIGUEZ GOMEZ, ILDEFONSO 008801536B 6.250,00 312,50
C. RURAL ALMENDRALEJO RODRIGUEZ DIAZ, JUAN FRANCISCO 080039805N 10.000,00 500,00
C. RURAL ALMENDRALEJO BRAVO BENITEZ, ANTONIO 052359653S 8.000,00 400,00
C. RURAL ALMENDRALEJO MATITOS PECELLIN, FRANCISCO 080036777C 9.337,50 466,88
C. RURAL ALMENDRALEJO VAZQUEZ ZAPATA, JOSE 080029800N 2.482,50 124,13
C. RURAL ALMENDRALEJO MUÑOZ NUÑEZ, ISIDORO 080061172N 8.250,00 412,50
TOTAL CAJA RURAL DE ALMENDRALEJO ( ): 105.653,33 5.282,67
BANCO CAIXA GERAL LEON GARCIA, JUAN 050398286L 10.000,00 500,00
BANCO CAIXA GERAL HERNANDEZ MANZANO, MARIA DEL MAR 006993772R 3.960,00 198,00
BANCO CAIXA GERAL CALVO SANCHEZ, MARIA DE LA MONTAÑA 007001770H 2.276,00 113,80
BANCO CAIXA GERAL LUIS FLORO, JOSE MANUEL 006964066B 7.000,00 350,00
BANCO CAIXA GERAL REDONDO RIVERO, MIGUEL ÁNGEL 028937112F 6.250,00 312,50
BANCO CAIXA GERAL GIMENEZ DAVILA, FERNANDO 076236620S 6.250,00 312,50
BANCO CAIXA GERAL JIMENEZ MURILLO, FRANCISCO JOSE 053574007S 4.000,00 200,00
BANCO CAIXA GERAL ZAPATA MORALES, ANTONIO 028580621Q 10.000,00 500,00
BANCO CAIXA GERAL ROSA ROJAS, RICARDO DE LA 027889861S 10.000,00 500,00
BANCO CAIXA GERAL GORDITO LOPEZ, JOSE MANUEL 034778756L 6.250,00 312,50
BANCO CAIXA GERAL HIDALGO NARANJO, JOSE RESTITUTO 080011127S 6.250,00 312,50
BANCO CAIXA GERAL FELIPE Y ALFONSO CAMPOS CB E06069587 10.000,00 500,00
BANCO CAIXA GERAL REYES MORENO, JOSE MIGUEL 006979445A 2.385,00 119,25
BANCO CAIXA GERAL ESTEBAN TRENADO, JAVIER 007005744J 7.938,75 396,94
BANCO CAIXA GERAL CONDE CERRATO, FRANCISCO JAVIER 050300309E 10.000,00 500,00
BANCO CAIXA GERAL MONTERO HERNANDEZ, DAVID 033979786T 5.900,00 295,00
BANCO CAIXA GERAL NOGALES GARCIA, ANTONIO 076241325M 3.750,00 187,50
BANCO CAIXA GERAL CALZADILLA BARROSO, ANTONIO 000778739M 10.000,00 500,00
MARQUEZ CUESTA, JUAN 075986171J 0030-5041-16-0000499-133 0,00
MARRON BLANCO, PEDRO 008764964D 2291627954 0,00
PINILLA MORENO, JOSE 008817666H 2286304957 0,00
MUÑOZ MOLINA, ALFONSO 009152355B 2289912657 0,00
ROMERO GRANADERO, MARIA 028474665K 2289139350 14,26
CHAVES GORDILLO, JUAN MARIA 033973431Q 2287908459 0,00 VALENCIA HIDALGO, JOSE MANUEL 080012228N 2286689456 0,00
CHAVEZ LOPEZ, JOSE ANTONIO 080037094S 2289554756 0,00
GARCIA SANCHEZ, JOSE MARIA 080046847Q 2290843958 0,00
El importe total de las subsidiaciones asciende a ciento noventa y cinco mil setecientos cua-renta euros con sesenta y siete céntimos (195.740,67 €), con cargo a la aplicación presu-puestaria 2013.1202.312B.470.00, proyecto de gasto 2006.12002.0001.00 “Ayudas para pa-liar efectos de adversidades climáticas”.
Asimismo, recibidas las certificaciones de liquidaciones de intereses y pago por los beneficia-rios de los intereses del primer año de carencia de los préstamos subvencionados al amparodel Decreto 107/2012, emitidas por las entidades financieras colaboradoras, constituyentesde la justificación de la realización de la actividad subvencionada, toda vez contrastado quedeterminados titulares no han hecho frente a la totalidad de la liquidación de los interesesvencidos,
R E S U E L V O :
DENEGAR el derecho al cobro de las subvenciones del préstamo correspondiente a los titularesque se relacionan, en cumplimiento de lo prevenido en el Decreto 107/2012, de 15 de junio.
NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25869
Frente a esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso dereposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación ante elIlmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía en los térmi-nos recogidos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según laredacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Ad mi -nistrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a con-tar desde el día siguiente al de la notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recur-so que estimen procedente los interesados.
Mérida, a 11 de octubre de 2013. El Director General de Agricultura y Ganadería, PD (Reso -lución de 26/07/2011, DOE n.º 147 de 1 de agosto), JESÚS BARRIOS FERNÁNDEZ.
• • •
ANEXO
Expediente: LEY5-499
Documento que se notifica:
Acuerdo de Iniciación. Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa art: 32.3.r), 32.3.c) de la Ley 5/2002, de 23 de mayo (DOE n..º. 83 de 18 de julio de 2002) de Protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Guillermo Simón Alcoba Ultimo domicilio conocido: C/ Colón, n..º 16 Localidad: 10164-Valdesalor. Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: I-) Tenencia de cuatro animales de la especie equina sin identificar, II-) El uso de sistemas destinados a limitar o impedir la movilidad de cuatro animales de la especie equina injustificadamente. Articulo: 33.1.b), de la Ley 5/2002, de 23 de mayo (DOE n..º. 83 de 18 de julio de 2002) de Protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura . Sanción: de 301 a 1.500 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días contados a partir del día siguiente a esta publicación para que presente las alegaciones y aporten los datos, documentos u otros elementos del juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebas que estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Expediente: LSA-3112-A Documento que se notifica:: Pliego de cargos Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 84.15, de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal (BOE n..º. 99 de 25 de abril de 2003) Denunciado: José Antonio Díaz Díaz Último domicilio conocido: C/ Pozo Nuevo, n..º. 8 Localidad: Zahínos Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: No se realizan analíticas de agua para el control de salmonella. No existe un sistema adecuado para la eliminación de cadáveres Artículo: 88.1.b, de la Ley 8/2003, de 24 de abril Sanción: de 3.001 a 60.000 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.2 del decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la comunidad autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación para formular las alegaciones que tenga por conveniente. Durante dicho periodo se le pone de
manifiesto el expediente en las dependencias de esta instrucción, sitas en Avda. Luis Ramallo, s/n, en Mérida.
ANUNCIO de 15 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientessancionadores incoados en el Servicio de Sanidad Animal. (2013083727)
No habiendo sido posible practicar en el domicilio de los destinatarios que se relacionan en elAnexo la notificación de la documentación que se especifica, se procede a su publicación enel Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999, de 13de enero, dándose publicidad a los mismos.
Mérida, a 15 de octubre de 2013. La Jefa de Sección de Expedientes Sancionadores, CARMENASPA MARCO.
25870NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Expediente: LSA-3187-A Documento que se notifica:: Acuerdo de iniciación y pliego de cargos Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 84.15, de la Ley 8/2003 de 24 de abril de Sanidad Animal (BOE n..º. 99 de 25 de abril de 2003) Denunciado: Miguel Angel Fuentes Gutiérrez Último domicilio conocido: Paseo de las Palmeras, n..º. 10 Localidad: Oliva de la Frontera Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: No se realizan analíticas de agua para el control de salmonella. Deficiente funcionamiento de los sistemas para la protección de las aves del contacto con vectores transmisores de enfermedades ( puertas de acceso abiertas). No existe sistema adecuado para la eliminación de cadáveres. Los operarios no han recibido cursos de formación ni existe protocolo de trabajo por escrito. No existe constancia documental de la realización de análisis para verificar la eficacia de las tareas de limpieza y desinfección durante el vacío sanitario. No se acredita documentalmente la realización de los controles a iniciativa del explotador (autocontroles) durante la fase de engorde, tal y como establece el programa nacional para la vigilancia y control de determinados serotipos de salmonella en pollos de carne. No acredita la tenencia del documento sanitario oficial de movimiento que ampara la entrada en la explotación de la primera camada del año 2012. Artículo: 88.1.b de la ley 8/2003, de 24 de abril Sanción: de 3.001 a 60.000 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.2 del decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la comunidad autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación para formular las alegaciones que tenga por conveniente. Durante dicho periodo se le pone de
manifiesto el expediente en las dependencias de esta instrucción, sitas en Avda. Luis Ramallo, s/n, en Mérida. Expediente: LEY5-476
Documento que se notifica:
Acuerdo de Iniciación y pliego de cargos Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa art: 32.3.e) de la Ley 5/2002, de 23 de mayo (DOE n..º. 83 de 18 de julio de 2002) de Protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Viorel Cocilnau Ultimo domicilio conocido: C/ Eugenio Hermoso, n..º 58, 1.º-B Localidad: 06200-Almendralejo Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Sacrificar a un animal sin control veterinario y en lugar no autorizado para tal fin, y sin las condiciones y requisitos establecidos por la Ley. Articulo: 33.1.b), de la Ley 5/2002, de 23 de mayo (DOE n..º. 83 de 18 de julio de 2002) de Protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura . Sanción: de 301 a 1.500 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días contados a partir del día siguiente a esta publicación para que presente las alegaciones y aporten los datos, documentos u otros elementos del juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebas que estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.
Expediente: LEY5-RABIA-2178 Documento que se notifica:: Propuesta Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Patricia Victoria Hernández Moreno Último domicilio conocido: C/ Antonio Hernández Gil, 21 Localidad: Cáceres Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 1 perro no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.2 del decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la comunidad autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación para formular las alegaciones que tenga por conveniente. Durante dicho periodo se le pone de
manifiesto el expediente en las dependencias de esta instrucción, sitas en Avda. Luis Ramallo, s/n, en Mérida.
25871NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Expediente: LEY5-415 Documento que se notifica:: Propuesta de Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 32.2.c) de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Maria Manglano Pinto Último domicilio conocido: Ctra. de Olivenza, n..º 4 Localidad: Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: No comunicar el hallazgo de un perro correctamente identificado ni al RIACE ni a la persona propietaria del mismo. Artículo: 33.1.a) de la ley 5/2002, de 23 de mayo. Sanción: 60 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.2 del decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la comunidad autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación para formular las alegaciones que tenga por conveniente. Durante dicho periodo se le pone de
manifiesto el expediente en las dependencias de esta instrucción, sitas en Avda. Luis Ramallo, s/n, en Mérida. Expediente: LEY5-428 Documento que se notifica:: Propuesta de Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.d), 32.3.n) de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Miguel Ortíz Gómez Último domicilio conocido: C/ San Juan, n..º 12 Localidad: Don Benito Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco.
Hechos: I-) Mantener a animales (dos perros dentro del maletero de un coche) en instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico-sanitario, II-) Sin agua, III-) Sin acreditar los tratamientos preventivos y/o curativos obligatorios. Artículo: 33.1.b) de la la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Sanción: 500 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.2 del decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la comunidad autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación para formular las alegaciones que tenga por conveniente. Durante dicho periodo se le pone de
manifiesto el expediente en las dependencias de esta instrucción, sitas en Avda. Luis Ramallo, s/n, en Mérida. Expediente: LSAI-32-API. Documento que se notifica:: Propuesta de Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 84.1 de la Ley 8/2003 de 24 de abril de Sanidad Animal (BOE n..º. 99 de 25 de abril de 2003). Denunciado: Jose Manuel González Grano de Oro Último domicilio conocido: C/ Reyes Católicos, n..º 4. Bloq-2 Localidad: Fuenlabrada de los Montes. Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: No identificar cada colmena de forma legible e indeleble. Artículo: 88.1.b) de la ley 8/2003, de Sanidad Animal. Sanción: 3.001 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.2 del decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la comunidad autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación para formular las alegaciones que tenga por conveniente. Durante dicho periodo se le pone de
manifiesto el expediente en las dependencias de esta instrucción, sitas en Avda. Luis Ramallo, s/n, en Mérida.
25872NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Expediente: LEY5-QH-289 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al Decreto 24/1988, sobre la lucha contra la hidatidosis; Ley 1/1986, de 2 de mayo, sobre la dehesa en Extremadura, en el artículo 7 del anexo 3 recoge la obligatoriedad de desparasitar de quiste hidatídico cada tres meses y artículo 2.1 de la Ley 5/2002, de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Isabel Torrado Masero Último domicilio conocido: C/ Guadalquivir, 1 Localidad: Valdehornillos-Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: no justificar la desparasitación de 1 perro contra quiste hidatídico según lo preceptuado por la legislación vigente - cada tres meses y partir de los tres meses de edad-. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-QH-292 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al Decreto 24/1988, sobre la lucha contra la hidatidosis; Ley 1/1986, de 2 de mayo, sobre la dehesa en Extremadura, en el artículo 7 del anexo 3 recoge la obligatoriedad de desparasitar de quiste hidatídico cada tres meses y artículo 2.1 de la Ley 5/2002, de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Alfonso Guillén Gallego Último domicilio conocido: C/ Pedro Romero Mendoza, 15-4.º B Localidad: Cáceres Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: no justificar la desparasitación de 1 perro contra quiste hidatídico según lo preceptuado por la legislación vigente - cada tres meses y partir de los tres meses de edad-. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-1949 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 32.3.n, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: José Antonio Martín Martín Último domicilio conocido: C/ La Estación, 42-5.º D Localidad: Salamanca Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 1 perro sin la vacunación antirrábica según lo preceptuado por la legislación vigente Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente.
25873NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Expediente: LEY5-RABIA-1951 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Arturo Gallardo Uñac Último domicilio conocido: C/ San Juan, 68 Localidad: Santa Amalia-Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 2 perros no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-1961 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Juan Antonio Palacios Vila Último domicilio conocido: C/ Zújar, 36 Localidad: Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 7 perros no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses) de los cuales 5 están sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 500 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-2003 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Francisco Vega Martínez Último domicilio conocido: C/ Río Tiétar, 27 Localidad: Mérida Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 3 perros no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. . Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-2005 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Ricardo Piñero de los Santos Último domicilio conocido: C/ Hiedra, 6 Localidad: Navalmoral de la Mata Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 1 perro no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 600 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente.
25874NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Expediente: LEY5-RABIA-2015 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Juan Antonio Palacios Vila Último domicilio conocido: C/ Zújar, 36 Localidad: Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 4 perros no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 400 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-2038 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Carlos Perea Vargas Último domicilio conocido: C/ Ronda del Canal, S/N Localidad: Rosalejo Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 5 perros no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 350 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-2039 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 32.3.n, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Ángel Luis Fernández González Último domicilio conocido: Paseo de Castelar, 13-5.ºB Localidad: Villanueva de la Serena-Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 2 perros sin la vacunación antirrábica según lo preceptuado por la legislación vigente Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-2050 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 32.3.n, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: José Blas Melón Montero Último domicilio conocido: Avd. Virgen de Argeme, 7-1.ºD Localidad: Coria-Cáceres Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 1 perro no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses). Sanción: Archivo de actuaciones. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente.
25875NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25876
Expediente: LEY5-RABIA-2072 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Jesús Camisón Moreno Último domicilio conocido: C/ Río Jerte, 42 Localidad: Mérida-Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 1 perro no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-2077 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Antonio Álvarez Rendón Último domicilio conocido: C/ Ronda del Pilar, 7-1.ºE Localidad: Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 3 perros no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural,
Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente.. Expediente: LSA-GOS-878 Documento que se notifica: Resolución Asunto: Sanidad Animal, infracción administrativa 83.24 de la Ley 8/2003, de 24 de abril (BOE 25 de abril de 2003). Denunciado: Amadeo Hornos Valiente Ultimo domicilio conocido: C/ Cervantes, 7-3.º Izq Localidad: Coria Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Traslado de un bovino sin la correspondiente guía de origen y sanidad pecuaria Sanción: Archivo de actuaciones Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente.
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ANUNCIO de 16 de octubre de 2013 sobre la XV convocatoria de Cata-Concursode Aceites de Oliva Virgen Extra “Extrema Selección 2014”. (2013083777)
El cultivo del olivar en la Comunidad Autónoma de Extremadura es considerado un pilar im-portante de desarrollo de las zonas rurales de nuestra región, tercera productora a nivel na-cional de aceite de oliva ocupando una gran extensión del territorio de la Comunidad Autónomade Extremadura.
Dando continuidad al fomento de la promoción, la comercialización y el consumo de los acei-tes de oliva vírgenes extra y reconocer el importante esfuerzo realizado por el sector en losúltimos años para aumentar la calidad del aceite producido en Extremadura, la DirecciónGeneral de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, MedioAmbiente y Energía convoca, como en años anteriores, la XV Cata-Concurso de Aceites deOliva Virgen Extra “Extrema Selección 2014”.
“Extrema Selección 2014” reconocerá las cualidades de los Aceites de Oliva Virgen Extra ela-borados con el máximo esmero en nuestra Comunidad Autónoma y seleccionará, con los cri-terios de calidad aplicables a los aceites de oliva virgen, los mejores aceites que destaquenpor unas características sensoriales como manifestación de sus elevados atributos.
Para ello, la Dirección General de Agricultura y Ganadería organiza la XV Cata-Concurso deAceites de Oliva Virgen Extra “Extrema Selección 2014”, que se celebrará el próximo mes defebrero en el Laboratorio Agroalimentario de Extremadura de Cáceres, con arreglo a las si-guientes:
B A S E S
1.ª Se establecen dos modalidades de participación:
Expediente: LSA-DDD-554 Documento que se notifica: Resolución Asunto: Sanidad Animal, infracción administrativa al artículo 169 del Reglamento de Epizootías, de 4 de febrero de 1955 (BOE 25 de marzo de 1955); al artículo 7 del Real Decreto 1559/2005, de 23 de diciembre, sobre condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera en el sector ganadero, al artículo 49 de la Ley 8/2003, de 24 de abril (BOE 25 de abril de 2003), de Sanidad Animal, al artículo 14.2.c de la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio (BOE n..º 268, 8 de noviembre de 2007) y al artículo 83.4 de la Ley 8/2003, de 24 de abril (BOE 25 de abril de 2003). Denunciado: Juan Carlos Ortega Gómez Ultimo domicilio conocido: C/ Tomas Fernández Tamayo, 3 Localidad: Valdebótoa Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Transportar 2 equinos careciendo del certificado de desinfección, carecer de autorización del medio de transporte que acredite la inscripción del vehículo en el registro correspondiente de vehículos de animales vivos, carecer de autorización de transportista de animales vivos y no presentar el libro de registro de actividades del transporte debidamente cumplimentado. Artículo: 88.1.C de la ley 8/2003, de Sanidad Animal Sanción: 600 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente.
25877NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013
Categoría A: Aceite de oliva virgen extra de aceituna procedente de producción con-vencional.
Categoría B: Aceite de oliva virgen extra de aceituna procedente de producción ecológica.
2.ª Podrán participar todos los elaboradores de aceite de oliva virgen extra, producidos, ela-borados y envasados en Extremadura.
3.ª La participación en la cata concurso es gratuita. Cada concursante deberá cumplimen-tar la solicitud de inscripción cuyo modelo se incluye en el Anexo.
4.ª No será admitido, a efectos del concurso convocado, aceite de oliva virgen extra pro-cedentes de almazaras sobre las que exista resolución firme de retirada de autoriza-ción por el órgano correspondiente. Asimismo, tampoco será admitido ningún partici-pante que, en los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, hayasido objeto de resolución sancionadora firme en expediente tramitado por cualquierade las Administraciones Públicas españolas, por infracción a la legislación agroali-mentaria.
5.ª Cada muestra de aceite presentada al concurso, deberá proceder de un lote homogé-neo de, al menos, 10.000 litros para la categoría A y 5.000 litros para la categoría B,obtenido de aceitunas recolectadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extre -madura, durante la campaña 2013/2014.
6.ª Las muestras se enviarán a cargo de la empresa en cuatro envases de aproximadamente1 litro de capacidad cada uno, etiquetados y sellados por la empresa.
7.ª Las solicitudes debidamente cumplimentadas, de conformidad con el modelo normaliza-do del Anexo, junto con las muestras se presentarán o se remitirán a la Dirección Generalde Agricultura y Ganadería, Laboratorio Agroalimentario de Extremadura, c/ Arroyo deValhondo, n.º 2, 10071 Cáceres, a partir del día siguiente al de la publicación de esteAnuncio en el Diario Oficial de Extremadura, acompañadas del boletín de inscripción(Anexo) debidamente cumplimentado.
El plazo de recepción de muestras en el Laboratorio finaliza a las 15:00 horas del día 17de enero de 2014.
8.ª Cada elaborador sólo podrá presentar una muestra por categoría.
9.ª Con la solicitud de inscripción las empresas que opten a la Categoría B, dan su consen-timiento para que el organizador compruebe su correcta inclusión en el Registro de ela-boradores y comercializadores de producción ecológica.
10.ª Las muestras se someterán al correspondiente análisis físico-químico en el LaboratorioAgroalimentario de Extremadura, eliminándose aquéllas en las que se detecte incumpli-miento de cualquier parámetro exigido por la legislación vigente.
El Laboratorio Agroalimentario no tendrá la obligación de remitir los boletines de resul-tados a los participantes, quedando los mismos en sus archivos.
11.ª El jurado estará compuesto por los miembros del Panel Oficial de catadores de la
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Comunidad Autónoma de Extremadura ubicado en el Laboratorio Agroalimentario deCáceres dirigido por el Jefe de Panel.
12.ª La Cata-Concurso se realizará por el sistema denominado “cata ciega”, empleándose unaficha oficial de cata, aplicando el Anexo XII del Reglamento (CE) n.º 2568/91, de laComisión, de 11 de julio de 1991, relativo a las características de los aceites de oliva yde los aceites de orujo de oliva y sobre sus métodos de análisis, modificado por elReglamento (CE) n.º 640/2008, de la Comisión, de 4 de julio de 2008.
El anonimato de las muestras y la fiel reserva de las mismas están garantizados por laOrganización.
13.ª Las decisiones del jurado de la cata serán inapelables.
14.ª En cada una de las categorías se otorgará un primer premio así como un reconocimien-to especial para todos los finalistas. Su orden se establecerá aplicando el Índice Globalde Calidad recomendado por el Consejo Oleícola Internacional, que además de la pun-tuación del panel, tiene en cuenta la acidez, el índice de peróxidos y la absorbancia a laluz ultravioleta, considerándose superior aquél que su índice sea mayor, así mismo sevalorará el equilibrio entre el amargo y el picante.
15.ª Se otorgará un diploma acreditativo al “Maestro de Almazara” de la industria que hayanobtenido el primer premio en cada una de las categorías, como reconocimiento a su la-bor en el proceso de elaboración de estos aceites de especial calidad y característicassensoriales.
16.ª El premio, si fuera procedente, puede declararse desierto.
17.ª Contraanálisis: Resuelto el concurso, en las empresas finalistas, se procederá a una to-ma de muestras en los depósitos declarados en el Anexo. En el caso de no concordan-cia del volumen declarado, del análisis organoléptico y del físico-químico, quedaría anu-lado su premio.
18.ª Una vez resuelto el Concurso, siguiendo la normativa vigente, las empresas cuyos acei-tes hayan resultado ganadores y finalistas y quieran hacerlo constar, podrán indicar enlas etiquetas, contraetiquetas o envases la denominación del concurso “ExtremaSelección 2014”.
19.ª El acto de entrega de premios de esta XV Cata-Concurso de Aceites de Oliva Virgen Extra“Extrema Selección 2014” se hará en un acto público que será convocado al efecto.
20.ª Las empresas finalistas aportarán, a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, MedioAmbiente y Energía al menos 10 litros del aceite seleccionado, convenientemente en-vasado y etiquetado, con el único fin de llevar a cabo una promoción directa de las mis-mas en el acto de entrega de premios.
21.ª El hecho de participar supone la plena aceptación de las bases y fallo del jurado.
Mérida, a 16 de octubre de 2013. El Director General de Agricultura y Ganadería, JESÚSBARRIOS FERNÁNDEZ.
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A N E X O I SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
XV CATA-CONCURSO DE ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA “EXTREMA SELECCIÓN 2014”
Nombre/ Razón Social Domicilio Código Postal
Localidad Provincia
CIF Teléfono Fax
Correo electrónico
Persona de contacto y cargo En su nombre y representación D. : Declara conocer las bases de la Cata-Concurso de referencia, solicitando participar en el mismo con el ACEITE VIRGEN EXTRA que se describe a continuación: Identificación del stock
Contenido del Depósito
Litros de aceite Variedad Aceituna
Categoría en la que participa: (márquese la que proceda)
Categoría A: Aceite de oliva virgen extra de aceituna procedente de producción convencional.
Categoría B: Aceite de oliva virgen extra de aceituna procedente de producción ecológica.
Fdo:
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Fecha límite de entrada en el Laboratorio: 17 de enero de 2014. Dirección General de Agricultura y Ganadería, Laboratorio Agroalimentario de Extremadura. C/ Arroyo de Valhondo, n.º 2, 10071-Cáceres.
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CORRECCIÓN de errores del Anuncio de 23 de octubre de 2013 por el quese hace pública la convocatoria, por procedimiento abierto, para lacontratación del servicio de “Producción de contenidos audiovisuales para lapromoción y divulgación de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura”.Expte.: 1351SE1FR914. (2013083884)
Advertido error en el Anuncio de 23 de octubre de 2013 por el que se hace pública la convo-catoria, por procedimiento abierto, para la contratación del servicio de “Producción de conte-nidos audiovisuales para la promoción y divulgación de la Red de Áreas Protegidas de Extre -ma dura”. Expte.: 1351SE1FR914, publicado en el DOE n.º 212, de 4 de noviembre, se procedea su oportuna rectificación:
En la página 25548 en el Apartado 8.a)
Donde dice:
a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14:30 horas del día 4 de noviembre de 2013.
Debe decir:
a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14:30 horas del día 20 de noviembre de 2013.
Mérida, a 4 de noviembre de 2013. Secretario General PD R. 26/07/11, DOE n.º 147),ERNESTO DE MIGUEL GORDILLO.
CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL
ANUNCIO de 22 de octubre de 2013 sobre notificación por comparecencia deliquidación de tasas a los obligados tributarios que se relacionan. (2013083776)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,General Tributaria, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante pordos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración,se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentra pendiente de notifi-car en fase voluntaria, los actos cuyos interesados, números de expediente y procedimientosse especifican a continuación en el Anexo.
En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados an-teriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazode quince días naturales, contados desde el siguiente al de esta publicación, de lunes a vier-nes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, al efecto de practicar la notificación, en la OficinaLiquidadora del Negociado de Gestión Económica y Presupuestaria del Servicio Territorial dela Consejería de Salud y Política Social, Ronda del Pilar n.º 10, 2.ª planta de Badajoz.
Así mismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notifi-cación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del venci-miento del plazo señalado para comparecer.
Badajoz, a 22 de octubre de 2013. El Jefe del Servicio Territorial de Badajoz, PEDRO ANTONIO NIETO PORRAS.
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ANUNCIO de 30 de octubre de 2013 por el que se hace pública laconvocatoria, por procedimiento abierto, para la contratación de “Servicio depunto de encuentro familiar de la Comunidad Autónoma de Extremadura”.Expte.: SV-14.001. (2013083862)
1. ENTIDAD ADJUDICADORA:
a) Organismo: Consejería de Salud y Política Social del Gobierno de Extremadura.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General (Servicio de Gestión Eco -nó mica-Presupuestaria y Contratación Administrativa).
c) Número de expediente: SV-14.001.
2. OBJETO DEL CONTRATO:
a) Descripción del objeto del servicio “Servicio de Punto de Encuentro Familiar de la Co -mu nidad Autónoma de Extremadura” CPV: 85312300-2.
b) División por lotes y número: Lote 1: Punto de Encuentro Familiar ciudad de Badajoz,Lote 2: Punto de Encuentro Familiar ciudad de Mérida, Lote 3: Punto de Encuentro Fa -miliar ciudad de Cáceres y Lote 4: Punto de Encuentro Familiar ciudad de Plasencia.
c) Lugar de ejecución: Comunidad Autónoma de Extremadura.
d) Plazo de ejecución: Dos años a contar desde el día siguiente a la formalización del con-trato.
3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN:
a) Tramitación: Ordinaria anticipada.
b) Procedimiento: Abierto.
4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
Importe sin IVA: 247.933,88 euros.
Importe total: 300.000,00 euros.
Valor estimado del contrato: 495.867,76 euros.
Anualidades: Año 2014: 150.000,00 €.
Año 2015: 150.000,00 €.
LOTE 1: PEF ciudad de Badajoz.
Importe neto: 76.033,06 €.
IVA 21 %: 15.966,94 €.
Importe base de licitación: 92.000,00 €.
LOTE 2: PEF ciudad de Mérida.
Importe neto: 61.157,02 €.
IVA 21 %: 12.842,98 €.
Importe base de licitación: 74.000,00 €.
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LOTE 3: PEF ciudad de Cáceres.
Importe neto: 61.157,02 €.
IVA 21 %: 12.842,98 €.
Importe base de licitación: 74.000,00 €.
LOTE 4: PEF ciudad de Plasencia
Importe neto: 49.586,78 €.
IVA 21 %: 10.413,22 €.
Importe base de licitación: 60.000,00 €.
5. GARANTÍA PROVISIONAL: No procede.
6. OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN:
a) Entidad: Gobierno de Extremadura, Consejería de Salud y Política Social, Servicio deGestión Económica-Presupuestaria y Contratación Administrativa.
b) Domicilio: Avda de las Américas n.º 2, 2.ª planta.
c) Localidad y código postal: Mérida, 06800.
d) Teléfono: 924 004189/4264.
e) Telefax: 924 004182.
f) Portal informático o página web donde figuran las informaciones relativas a la convo-catoria o donde pueden obtenerse los pliegos: http://contratacion.gobex.es.
g) Fecha límite de obtención de documentos e información: La fecha límite de presenta-ción de ofertas.
7. REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA:
a) Clasificación, en su caso: (grupos, subgrupos y categoría): No se exige.
b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Ver Pliego de Cláu -sulas Administrativas Particulares.
8. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS O DE LAS SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14 horas del decimoquinto día natural desdeel siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. Enel caso de que el último día del plazo sea sábado o inhábil, se prorrogará hasta el pri-mer día hábil siguiente.
b) Documentación a presentar: la especificada en el punto 4 del Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares para Contratos de Servicio y en el Cuadro Resumen deCaracterísticas.
c) Lugar de presentación:
1.ª Entidad: Registro General de la Consejería de Salud y Política Social del Gobiernode Extremadura.
2.ª Domicilio: Avda. de las Américas n.º 2.
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3.ª Localidad y código postal: Mérida, 06800.
d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: 2 meses.
e) Admisión de variantes (concurso): No Procede.
f) En su caso, número previsto (o número máximo y mínimo) de empresas a las que sepretende invitar a presentar ofertas (procedimiento restringido): No Procede.
9. APERTURA DE LAS OFERTAS:
a) Entidad: Mesa de Contratación-Consejería de Salud y Política Social.
b) Domicilio: Avda. de las Américas n.º 2.
c) Localidad: Mérida.
d) Fecha: Apertura de la documentación del Sobre “1” (documentación administrativa):el decimoprimer día natural a contar desde el siguiente a la finalización del plazo depresentación de las ofertas. Si fuera sábado o inhábil se celebrará el primer día hábilsiguiente.
Apertura Sobre “2” (Criterios de adjudicación cuya valoración depende de un juicio devalor): El sexto día natural a partir del siguiente a la publicación en el perfil del con-tratante de la sesión de apertura del sobre 1. Si fuera sábado o inhábil se celebrará elprimer día hábil siguiente.
Apertura Sobre “3”: (Criterios de Valoración Automática y Propuesta de Adjudicación ,en su caso) Esta sesión será publicada en el perfil del contratante, y en su caso, co-municado a los licitadores admitidos, mediante fax o correo electrónico indicado por ellicitador en los sobres, señalándose en el mismo la fecha, hora y lugar de celebracióna los efectos establecidos en el art. 87 del RGLCAP.
e) Hora: Sobre “1” a las 9:00 horas. Sobre “2” y “3” a las 11:00 horas.
Cualquier variación en las fechas y horas indicadas para la celebración de las mesas secomunicará a través del Perfil de contratante en la siguiente dirección de internet:http://contratacion.gobex.es.
10. OTRAS INFORMACIONES: La notificación de los defectos y omisiones subsanables de ladocumentación administrativa se efectuará mediante publicación en el portal informático“Perfil del Contratante” (http://contratacion.gobex.es), el mismo día de la apertura del so-bre “1”. También se comunicará verbalmente a los interesados que se personen ante laMesa de Contratación el día de la apertura de la documentación administrativa. Se podránutilizar facultativamente otros procedimientos de notificación si se estima pertinente.
11. GASTOS DE ANUNCIO: Correrán a cargo de la empresa adjudicataria.
12. FECHA DE ENVÍO DEL ANUNCIO AL “DIARIO OFICIAL DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS”(en su caso): No procede.
13. EN SU CASO, PORTAL INFORMÁTICO O PÁGINA WEB DONDE FIGUREN LAS INFORMA-CIONES RELATIVAS A LA CONVOCATORIA O DONDE PUEDEN OBTENERSE LOS PLIEGOS:http://contratacion.gobex.es.
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Mérida, a 30 de octubre de 2013. La Secretaria General, (PD Resolución 26/09/2012, DOE N.º197, de 10/10/2012), M.ª DOLORES CORCHERO MADRUGA.
AYUNTAMIENTO DE TORRE DE SANTA MARÍA
ANUNCIO de 14 de octubre de 2013 sobre aprobación inicial de lamodificación puntual n.º 5 de las Normas Subsidiarias. (2013083836)
Aprobada inicialmente la modificación puntual n.º 5 de las Normas Subsidiarias de Torre deSanta María, por acuerdo del Pleno de fecha 29 de agosto de 2013, de conformidad con lo es-tablecido en los artículos 77.2.2 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y OrdenaciónTerritorial de Extremadura y 121.2 del Reglamento de Planeamiento de Extremadura aproba-do por Decreto 7/2007, de 23 de enero, se somete a información pública por el plazo de cua-renta y cinco días a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en elDiario Oficial de Extremadura.
Toda la documentación, podrá ser examinada en las dependencias municipales por cualquierinteresado, a fin de que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, se acuerda suspender el otorgamiento de las licencias en todas aquellas áreas cu-yas nuevas determinaciones supongan alteración del régimen vigente.
Torre de Santa María, a 14 de octubre de 2014. El Alcalde, FLORENTINO CARRASCO GARCÍA.
AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCÁNTARA
ANUNCIO de 16 de octubre de 2013 sobre convocatoria para proveer unaplaza de vigilante de arbitrios. (2013083729)
En el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres número 200, de 16 de octubre de 2013, se hanpublicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de vigilante de arbitrios, Categoría C 2, Nivel 15 incluida en la Oferta de Empleo Públicopara el año 2012 mediante el sistema de concurso-oposición, en turno de promoción interna.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, a contar desde el siguienteal de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con lasbases, se harán públicos en el BOP de la provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.
Valencia de Alcántara, a 16 de octubre de 2013. El Alcalde, PABLO CARRILHO REYES.
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MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS DEL “VALLE DELALAGÓN”
ANUNCIO de 21 de octubre de 2013 por el que se hace público el textoíntegro de los Estatutos de la Mancomunidad. (2013083804)
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y FINALIDAD
ARTÍCULO 1.º Los municipios de Aceituna, Aldehuela del Jerte, Alagón del Río, Calzadilla,Carca boso, Galisteo, Guijo de Coria, Guijo de Galisteo, Huelaga, Montehermoso, Morcillo, Po -zuelo de Zarzón, Valdeobispo y Villa del Campo, de la provincia de Cáceres, quedan consti-tuidos en Entidad de carácter supramunicipal, Mancomunidad Integral de Municipios, con per-sonalidad y capacidad jurídicas plenas para el ejercicio de las competencias y cumplimientode los fines fijados en el Capitulo III de los presentes Estatutos.
ARTÍCULO 2.º
1) La Mancomunidad se denominará “Mancomunidad integral de municipios del Valle delAlagón”, y su capitalidad será en el municipio de Pozuelo de Zarzón, sin perjuicio del cam-bio o alteración de la misma, cuando así lo acuerde mayoritariamente la Asamblea.
2) Será en la capitalidad de la Mancomunidad, donde preceptivamente, radicaran los Órga-nos de Gobierno y Administración, sin que ello impida la descentralización de servicios enotros municipios.
3) La sede social de la Mancomunidad, será la planta alta de la Casa Consistorial del muni-cipio de Pozuelo de Zarzón, sin perjuicio de que se pueda adquirir inmueble destinado aser sede de permanente en el futuro”.
CAPITULO II
ÁMBITO TERRITORIAL
ARTÍCULO 3.º El ámbito territorial dentro del cual la Mancomunidad desarrollará sus fines yejercerá su jurisdicción, queda constituido por la totalidad de los términos municipales de losmunicipios mancomunados.
CAPITULO III
OBJETO, FINES COMPETENCIA, POTESTADES, PRERROGATIVAS y SERVICIOS DE LA MANCOMUNIDAD
ARTÍCULO 4.º
1.º La Mancomunidad asume expresamente entre sus fines, la gestión mancomunada de eje-cución de obras y prestación de servicios comunes adecuados para los intereses supra-municipales de su territorio y el fomento de su desarrollo local. Para el cumplimiento desus fines, la Mancomunidad, de conformidad con las determinaciones contenidas en los
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presentes estatutos y con lo establecido en la legislación en materia de régimen local, po-drá asumir las siguientes potestades y prerrogativas, que se ejercitarán de acuerdo conla legislación aplicable en cada caso:
a. Las potestades reglamentaria y de autoorganización.
b. Las potestades tributaria y financiera.
c. La potestad de programación o planificación.
d. La potestad expropiatoria, con autorización previa por el Gobierno de Extremadura.
e. Las potestades de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes, asícomo las de defensa de su patrimonio.
f. La presunción de legitimidad y la ejecutividad de sus actos.
g. Las potestades de ejecución forzosa y sancionadora.
h. La potestad de revisión de oficio de sus actos y acuerdos.
i. Las prelaciones y preferencias y demás prerrogativas reconocidas a la Hacienda Públicapara los créditos de la misma, sin perjuicio de las que correspondan a las Haciendasdel Estado y las Comunidades Autónomas; así como la inembargabilidad de sus bienesy derechos, en los términos previstos en las Leyes.
2.º La Mancomunidad prestará efectivamente servicios en las siguientes áreas:
a. Área de sostenibilidad medioambiental, gestión de los residuos sólidos urbanos y delciclo del agua.
b. Área de vigilancia, seguridad, guardería rural y policía.
c. Área de sanidad y bienestar social.
d. Área de cultura, educación y deportiva.
e. Área de desarrollo local.
f. Área de urbanismo, vivienda y ordenación del territorio.
g. Área de infraestructuras, dotaciones y equipamientos.
h. Área de participación ciudadana, igualdad, información y comunicación.
3.º La Mancomunidad ejercerá competencias en las siguientes materias, servicios y obras:
a) El establecimiento, financiación, mejora, conservación, gestión y explotación del servi-cio de abastecimiento conjunto de agua potable a las poblaciones de los municipiosmancomunados, así como el control analítico de potabilidad de las aguas.
b) Prestación y gestión de los Servicios Sociales de Base. Programas de atención a las fa-milias, prevención de drogodependencias, atención a discapacitados y personas de-pendientes. Servicio de ayuda a domicilio, gestión mancomunada de centros de día yresidencia de mayores de titularidad municipal; y demás servicios sociales.
c) Prestación y gestión del servicio de Recogida Selectiva de Residuos Sólidos Urbanos.
d) Servicio de asesoramiento a los Ayuntamientos mancomunados en materia de trami-tación y gestión laboral y de personal.
e) Servicio de Registro de documentos “ventanilla única”.
f) Tratamiento, depuración y control de vertidos y aguas residuales.
g) Conservar y proteger el patrimonio histórico, arquitectónico y medio ambiental en es-pecial, evitando la contaminación de sus aguas fluviales, defendiendo y promoviendola riqueza cinegética y piscícola.
h) Protección Civil, servicio de atención de urgencias y emergencias, control de aglome-raciones humanas y la prevención de incendios forestales.
i) Guardería Rural.
j) Gestionar y mejorar las vías y medios de comunicación, carreteras, caminos vecinales,transportes públicos escolares. Participar en la ordenación y mejora comarcal del trans-porte público de viajeros.
k) Conservación y mejora de la red de caminos rurales. Gestión del servicio de parque demaquinaria.
l) Impulsar la construcción de instalaciones deportivas, estimulando el deporte y el ocio,promover la instalación hostelera, de servicios, incluyendo la mejora y adecuación deviviendas para alquiler con fines turísticos, fomentar y favorecer el turismo de divul-gación.
m)Impulsar actividades socioculturales y desarrollo comunitario.
n) Promoción de la mujer y de políticas por la igualdad.
o) Gestión, ejecución, asesoramiento y protección de la legalidad en materia de Vivienda,urbanismo, arquitectura y territorio.
p) Promoción y gestión de la Prevención de riegos laborales y salud laboral.
q) Investigación, promoción y asesoramiento empresarial y para el empleo y demás ac-ciones estratégicas útiles para el desarrollo rural.
r) Constitución, llegado el caso, de una oficina para la Planificación estratégica y deElaboración de Proyectos regionales, Nacionales, Europeos y Transnacionales.
s) Colaboración con el Grupo de Acción Local en materias de promoción del desarrollo ru-ral, turístico y empresarial de la comarca.
t) Promoción, gestión, dinamización e implantación de las Nuevas Tecnologías y la Socie -dad de la Información.
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u) Fomento de la formación e inserción profesional y el autoempleo, mediante el desa-rrollo de cursos, Escuelas Taller, Talleres de Empleo, Casas de Oficios y Centros Espe -cia les de Empleo.
v) Promoción, dinamización y gestión cultural, deportiva y juvenil.
w) Mantenimiento y gestión de instalaciones culturales y deportivas y de ocio. Gestiónmancomunada del tratamiento, desinfección y suministro de productos químicos paralas Piscinas Municipales.
x) Asesoramiento, formación, información y defensa de los consumidores y usuarios.
y) Participación en la planificación y mejora de la atención socio-sanitaria de la zona.
z) Compra de bienes y suministros, y contratación colectiva de pólizas de seguros.
aa) La prestación de cualquier otro servicio de competencia municipal, en los términos dela legislación vigente, que se pueda implantar o crear.
4. Para la realización de dichos fines, la Mancomunidad tendrá plena competencia y losacuerdos y resoluciones que adopten sus órganos de Gobierno obligarán tanto a losAyunta mientos mancomunados como a las personas físicas o jurídicas quienes puedanafectar.
5. La actuación para el desarrollo de estos fines se podrá llevar a efecto conforme cualquie-ra de las formas de gestión de servicios previstas en el ordenamiento jurídico vigente yen los términos que dicte la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas.
6. La prestación efectiva de los fines enumerados en el número uno de este artículo, supo-ne la subrogación por parte de esta Mancomunidad, en la gestión y administración inte-gral de los mismos.
7. En los casos en que la prestación de los servicios así lo requiera, la Asamblea procederáa la aprobación del correspondiente Reglamento u ordenanza reguladora, en que se re-gule sus condiciones y normativas especificas.
ARTÍCULO 5.º
1. La actividad de la Mancomunidad se desarrollará conforme al Plan general de acción in-termunicipal, y en el que se detallarán los objetivos a cumplir, en el orden de prioridad ylos medios disponibles para la financiación.
2. El Plan podrá ser ampliado si durante su vigencia se obtuvieran subvenciones u otras apor-taciones extraordinarias para obras o servicios determinados, no incluidos en la planifica-ción inicial.
3. La planificación y posible realización de obras y servicios comunitarios se hará buscandola potenciación equilibrada y armónica de todos y cada uno de los municipios mancomu-nados y se desarrollará mediante los correspondientes proyectos técnicos que se creannecesarios.
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CAPITULO IV
ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DE LA MANCOMUNIDAD
ARTÍCULO 6.º
1. Los órganos de Gobierno de la Mancomunidad son:
a. La Asamblea.
b. El Presidente de la mancomunidad.
2. La Asamblea podrá crear Comisiones Informativas y de Trabajo que requieran la prepa-ración y desarrollo de los acuerdos y actividades objeto de la Mancomunidad, cuyo régi-men de funcionamiento será el establecido en la legislación básica estatal, en las normascontenidas en esta Ley y a los principios de eficacia, economía organizativa y participa-ción ciudadana.
ARTÍCULO 7.º
1. La Asamblea estará integrada por los Vocales, representantes de las Entidades Manco -munadas, elegidos por sus respectivos Ayuntamientos constituidos en Pleno, presididapor el Presidente de la Mancomunidad y asistida por el Secretario de la misma o quiénlegalmente le sustituya en virtud de los establecido al respecto en la Legislación Local.
2. Cada Ayuntamiento y Entidad Local Menor mancomunados designará de entre susmiembros a un representante que ostentara la condición de Vocal de la Asamblea. Dichorepresentante será elegido de entre los miembros de las respectivas Corpora ciones lo-cales mediante acuerdo plenario.
2.1 En todo caso, la pérdida de la condición de concejal en el municipio o de repre-sentante en la Junta Vecinal de la entidad local menor incorporados a la manco-munidad supone la pérdida de la condición de miembro en los órganos de la man-comunidad.
2.2. Cuando los representantes de los municipios y entidades locales menores manco-munados pierdan, por cualesquiera razones, tal condición permanecerán en fun-ciones para cuestiones de administración ordinaria de la mancomunidad hasta tan-to el municipio o entidad local menor nombren a su nuevo representante.
El mandato de los vocales coincide con el de sus respectivas Corporaciones.
3. Los Municipios y Entidades Locales menores, si existieran, nombrarán un vocal suplentede cada uno de los representantes en la Mancomunidad, con las mismas prerrogativasque el titular, que ejercerán sus funciones en los casos de vacantes del titular por au-sencia o enfermedad.
ARTÍCULO 8.º
1. Tras la celebración de Elecciones Locales y dentro del plazo previsto por la Ley para la de-signación de representantes en órganos colegiados, las Entidades Locales deberán nom-
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brar los vocales representantes en la Mancomunidad, debiéndose comunicar el resultadode la misma en el plazo previsto en la ley.
2. Hasta la fecha de constitución de la nueva Asamblea, actuara en funciones la anterior, asícomo su Presidente y vicepresidente.
3. Transcurrido el plazo para la designación de los vocales por los Ayuntamientos y Entidadeslocales menores y dentro de los diez días siguientes se procederá a la constitución de lanueva Asamblea y elección de su Presidente y Vicepresidente.
4. Durante el periodo a que se refiere el párrafo 2 sólo podrá llevarse a cabo la gestión or-dinaria de la Mancomunidad.
ARTÍCULO 9.º
1. Los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores podrán, libremente, y en cualquier mo-mento, mediante decisión del Pleno corporativo, revocar el nombramiento de su Vocal re-presentante, designando a quien haya de sustituirle. En cualquier caso el plazo de man-dato del nuevo o nuevos vocales será el que reste al inicialmente designado y que ha decoincidir con el mandato de la Corporación que lo designe.
2. Podrán ser candidatos a la Presidencia de la Mancomunidad todos y cada uno de los delos vocales que componen la Asamblea.
3. Si ningún candidato obtiene la mayoría absoluta en la primera votación se celebrara unasegunda en la misma sesión resultando elegido aquel que obtenga mayor número de vo-tos. En caso de empate resultará elegido el de mayor edad.
ARTÍCULO 10.º
Para la destitución del Presidente se seguirá el mismo procedimiento que el establecido en lalegislación vigente para la destitución del Alcalde.
CAPITULO V
COMPETENCIAS FUNCIONALES Y ATRIBUCIONES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO YADMINISTRACIÓN DE LA MANCOMUNIDAD
ARTÍCULO 11.º
1. En orden al gobierno y administración de la Mancomunidad, y dentro de su ámbito terri-torial, competencias y fines de la misma, la Asamblea ejercerá las atribuciones que la Ley7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local, otorga al Órgano Plenariode los Ayuntamientos y Artículo 29 y siguientes de la Ley 17/2010 de 22 de diciembre demancomunidades y entidades locales de Extremadura.
2. El Presidente de la mancomunidad será el Presidente de todos sus órganos colegiados yostentará todas las competencias que le atribuya la legislación del Estado o de laComunidad Autónoma de Extremadura que le sea de aplicación a las mancomunidades.Subsidiariamente el Presidente de la Mancomunidad, en orden al gobierno y administra-ción de la misma, ostentará las funciones y competencias que la Ley 7/1985, de 2 de abril
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otorgara a los Alcaldes-Presidentes de los Ayuntamientos. En particular, corresponderánal Presidente de la mancomunidad las siguientes atribuciones:
a. Representar a la mancomunidad.
b. Dirigir el gobierno y la administración mancomunada.
c. Convocar y presidir las sesiones de la Asamblea, de la Junta de Gobierno y de cuales-quiera órganos colegiados de la mancomunidad.
3. El Presidente podrá delegar el ejercicio de sus atribuciones, salvo las de convocar y pre-sidir las sesiones de la Asamblea y de la Junta de Gobierno, decidir los empates con el vo-to de calidad y todas aquellas expresamente previstas en la normativa que le sea de apli-cación.
ARTÍCULO 12.º Composición y competencias de la Asamblea.
1. La Asamblea de la mancomunidad estará integrada por todos los representantes designa-dos por los municipios y entidades locales menores mancomunados y presidida por elPresidente de la mancomunidad y ejercerá las siguientes competencias:
a) La constitución de la misma.
b) La elección del Presidente y Vicepresidente.
c) El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
d) La propuesta de modificación de los Estatutos, incorporación de otros municipios, se-paración de miembros.
e) La aprobación del Reglamento orgánico y de las ordenanzas.
f) La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y modi-ficación de los Presupuestos; la disposición de gastos en materia de su competencia yla aprobación de las cuentas; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en la Ley deHaciendas Locales.
g) La aprobación de las formas de gestión de los servicios.
h) La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones pú-blicas.
i) El planteamiento de conflictos de competencias a otras Entidades locales y demásAdministraciones públicas.
j) La aprobación de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo, la fi-jación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los fun-cionarios y el número y régimen del personal eventual.
k) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Mancomunidaden materias de competencia plenaria.
l) La declaración de lesividad de los actos de la Mancomunidad.
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m) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de ca-da ejercicio económico, exceda del 10 por 100 de los recursos ordinarios delPresupuesto- salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumu-lado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresoscorrientes liquidados en el ejercicio anterior- todo ello de conformidad con lo dispues-to en la Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, RDL 2/2004,5 de marzo.
n) Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe supere el 10 por 100de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en cualquier caso, los 6.000.000,00 eu-ros, así como los contratos y concesiones plurianuales cuando su duración sea supe-rior a cuatro años y los plurianuales de menor duración cuando el importe acumuladode todas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordi-narios del Presupuesto del primer ejercicio y, en todo caso, cuando sea superior a lacuantía señalada en esta letra.
o) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para sucontratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los Presupuestos.
p) La adquisición de bienes y derechos cuando su valor supere el 10 por 100 de los re-cursos ordinarios del Presupuesto y, en todo caso, cuando sea superior a 3.000.000,00euros, así como las enajenaciones patrimoniales en los siguientes supuestos:
— Cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes muebles que estén declarados devalor histórico o artístico, y no estén previstas en el Presupuesto. Cuando estandoprevistas en el Presupuesto, superen los mismos porcentajes y cuantías indicadospara las adquisiciones de bienes.
q) Aquéllas otras que deban corresponder a la Asamblea por exigir su aprobación una ma-yoría especial.
r) Todas cuantas la legislación atribuye al Pleno de los Ayuntamientos para el cumpli-miento de sus fines.
2. Corresponde igualmente a la Asamblea la votación sobre la moción de censura del Presi -den te de la mancomunidad y sobre la cuestión de confianza planteada por el mismo, queserán públicas y se realizarán mediante llamamiento nominal en todo caso, y se regiránpor lo dispuesto en la legislación electoral general.
3. La Asamblea podrá delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Presidente y en la Juntade Gobierno en los términos previstos en la legislación que sea de aplicación.
ARTÍCULO 13.º Corresponde al Presidente de la Mancomunidad:
a. Dirigir el gobierno y la administración mancomunal.
b. Representar a la Mancomunidad.
c. Convocar y presidir las sesiones de la Asamblea, salvo los supuestos previstos en la pre-sente Ley y en la legislación electoral general, de la Junta de Gobierno, y de cualesquie-ra otros órganos mancomunales, y decidir los empates con voto de calidad.
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d. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras mancomunales.
e. El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponergastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito, con ex-clusión de las contempladas el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, RDL 2/2004, 5 de marzo, siempre que aquéllas estén previstas en el Presupuestoy su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10 por 100 desus recursos ordinarios, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importeacumulado de las operaciones vivas en cada momento no supere el 15 por 100 de los in-gresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, ordenar pagos y rendir cuentas; to-do ello de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales, RDL 2/2004, 5 de marzo.
f. Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aproba-dos por la Asamblea, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y pa-ra los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones comple-mentarias que no sean fijas y periódicas.
g. Desempeñar la jefatura superior de todo el personal, y acordar su nombramiento y san-ciones, incluida la separación del servicio de los funcionarios de la Corporación y el des-pido del personal laboral, dando cuenta a la Asamblea, en estos dos últimos casos, en laprimera sesión que celebre. Esta atribución se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto enlos artículos 99.1 y 3 de esta Ley.
h. El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Mancomunidaden las materias de su competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano,y, en caso de urgencia, en materias de la competencia de la Asamblea, en este supuestodando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación.
i. La iniciativa para proponer a la Asamblea la declaración de lesividad en materias de lacompetencia de la Presidencia.
j. Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10 por100 de los recursos ordinarios del Presupuesto ni, en cualquier caso, los 6.000.000,00 deeuros; incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatroaños, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el por-centaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio,ni la cuantía señalada.
k. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para sucontratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.
l. La adquisición de bienes y derechos cuando su valor no supere el 10 por 100 de los re-cursos ordinarios del Presupuesto ni los 3.000.000,00 de euros, así como la enajenacióndel patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes su-puestos:
La de bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el Presupuesto.
La de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenaciónno se encuentre prevista en el Presupuesto.
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m. Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos de la Mancomunidad.
n. Todas aquellas que la normativa de Régimen Local atribuye al Alcalde en cuanto sean deaplicación al funcionamiento de la Mancomunidad.
CAPITULO VI
ÓRGANOS NECESARIOS DE LA MANCOMUNIDAD
ARTÍCULO 14.º Junta de Gobierno de la Mancomunidad y Comisión Especial de Cuentas.Composición y competencias.
La Junta de Gobierno:
1. La Junta de Gobierno de la mancomunidad será un órgano de asistencia a la Asamblea yal Presidente y de gestión de la mancomunidad, la cual estará integrada por el Presidente,el Vicepresidente y tres vocales de la Asamblea de la mancomunidad representantes delos municipios y entidades locales menores mancomunadas. El número total de miembrosde la Junta de Gobierno nunca podrá ser superior a un tercio del número de miembros dela Asamblea.
2. Los vocales la Junta de Gobierno serán propuestos y nombrados por el pleno de la Asam -blea mancomunal mediante el correspondiente acuerdo.
3. La Junta de Gobierno ejercerá exclusivamente las atribuciones siguientes:
a. Asistir al Presidente de la mancomunidad en sus atribuciones.
b. Ejercer las competencias que el Presidente u otro órgano de la mancomunidad le pu-dieran, en aplicación de la legislación vigente, haber delegado.
4. La Junta de Gobierno de la mancomunidad funcionará en régimen de sesiones ordinariasy extraordinarias, las cuales también podrán ser urgentes. Las sesiones de la Junta de Go -bierno serán convocadas, como reglamentariamente se establece, por el Sr. Presidente dela Mancomunidad.
5. Los acuerdos de la Junta de Gobierno de la Mancomunidad se adoptarán con el mismo sis-tema de votación que el establecido en los presentes Estatutos para la Asamblea de laMancomunidad.
La Comisión Especial de Cuentas:
1. Corresponde a la Comisión Especial de Cuentas el examen, estudio e informe de las cuen-tas, presupuestarias y extrapresupuestarias, que deba aprobar la Asamblea de la manco-munidad y, en especial, de la Cuenta General que han de rendir las mancomunidades.
2. La Comisión Especial de Cuentas de la Mancomunidad estará integrada por los vocales dela Asamblea representantes de todos los municipios y entidades locales menores manco-munados.
3. Para el ejercicio de sus funciones, la Comisión podrá requerir, a través del Presidente dela mancomunidad, la documentación complementaria necesaria y la presencia de los
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miembros de la mancomunidad y sus funcionarios relacionados con las cuentas que seanalicen.
4. La Comisión Especial de Cuentas se reunirá, como mínimo, una vez cada año para exa-minar e informar las cuentas generales de la mancomunidad integral.
5. Además de lo anterior, puede celebrar reuniones preparatorias si el Presidente lo decideo si lo solicita una cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de la Asambleade la mancomunidad.
ARTÍCULO 15.º Vicepresidente de la mancomunidad; funciones.
1. La mancomunidad tendrá un Vicepresidente.
2. El Vicepresidente de la mancomunidad será nombrado por la Asamblea, a propuesta de laPresidencia de la Mancomunidad de entre los miembros de dicha asamblea, aplicándosepara ello el mismo sistema de votación que el establecido para la elección del Sr.Presidente.
3. La condición de Vicepresidente se pierde por las causas determinadas en la ley, y en par-ticular, por renuncia expresa manifestada por escrito y por pérdida de la condición deconcejal del municipio o miembro de la Junta Vecinal de la entidad local menor manco-munados.
4. Serán funciones del Vicepresidente de la mancomunidad sustituir en la totalidad de susfunciones al Presidente en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que impo-sibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones delPresidente en los supuestos de vacante y todas aquellas que le sean atribuidas en virtudde los estatutos de la mancomunidad.
CAPITULO VI
FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LA MANCOMUNIDAD
ARTÍCULO 16.º Funcionamiento de la Asamblea.
Los requisitos de celebración de las sesiones referidos a quórum de asistencia e informes pre-vios sobre adecuación a la legalidad, así como los debates, votaciones y ruegos y preguntasen la Asamblea se regirán por lo previsto en las normas reguladoras del régimen local paralos Ayuntamientos.
Quórum de adopción de acuerdos.
1. Los acuerdos se adoptarán, como regla general, por mayoría simple de los miembros pre-sentes, que existirá cuando los votos afirmativos superen a los negativos. Los señores vo-cales, en representación de sus respectivos municipios y entidades locales menores, tienenasignado, tanto para las votaciones de la asamblea, como para todos y cada uno de los ór-ganos colegiados y de gobierno de la mancomunidad donde participen; un solo voto.
2. Cuando se produzcan votaciones con resultado de empate, se efectuará una nueva vota-ción y, si persistiese el empate, decidirá el voto de calidad del Presidente, sin perjuicio deldeber de abstención en los supuestos previstos en las Leyes.
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3. Se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de laAsamblea en los supuestos determinados por las Leyes. En todo caso se exigirá la mayo-ría absoluta para la adopción de los acuerdos siguientes:
a. Alteración y nombre de la capitalidad de la mancomunidad.
b. Adopción o modificación de los símbolos y enseñas de la mancomunidad.
c. Propuesta de modificación de los estatutos.
4. Salvo en lo dispuesto en los presentes Estatutos, el régimen de sesiones de los órganosde la Mancomunidad, la adopción de acuerdos, la tramitación de expedientes, la gestióneconómico financiera y la contabilidad de la misma se ajustará a lo que dispone en lasnormas reguladoras del régimen local para los Ayuntamientos.
5. Estarán legitimados para recurrir los actos y acuerdos emanados de la Mancomunidad, losórganos de Gobierno de la Mancomunidad, los destinatarios de los mismos, los Ayunta -mientos mancomunados, y los miembros de los órganos de la Mancomunidad que hubie-ran votado en contra de la adopción de dichos acuerdos y actos.
ARTÍCULO 17.º
1. La asamblea funcionará en Régimen de sesiones ordinarias, de periodicidad preestableci-das, y extraordinarias.
2. Sesiones ordinarias. La asamblea celebrará sesión ordinaria una vez cada trimestre natu-ral del año.
3. Sesiones Extraordinarias. Cuando así lo decida la Presidencia de la Mancomunidad o lo so-licite la cuarta parte al menos, del número legal de vocales de la asamblea. En este últi-mo caso, la celebración del mismo no podrá demorarse por más de quince días hábilesdesde que fue solicitada.
ARTÍCULO 18.º La convocatoria de sesiones, su desarrollo, adopción de acuerdos, quórum deconstitución, votaciones y actas se regulara por lo dispuesto en los presentes Estatutos y enlas Leyes y Reglamentos de Régimen Local, y supletoriamente por la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi -nis trativo Común.
ARTÍCULO 19.º
1. Son derechos y deberes de los municipios:
a) Participar en la gestión de la Mancomunidad de acuerdo con lo que disponen los pre-sentes Estatutos.
b) Recibir información directa de los asuntos que sean de su interés.
c) Presentar propuestas de actuación en el ámbito de las materias de competencias de lamancomunidad.
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d) Contribuir mediante las prestaciones económicas establecidas por los Estatutos y laAsam blea al ejercicio de las competencias de la Mancomunidad.
e) Intervenir en las sesiones de la Asamblea con voz y voto, a través de su representan-te legítimo y en los supuestos específicos que determinen los Estatutos.
2. Cada Vocal representante de los Ayuntamientos, tendrá voz y voto en la asamblea de lamancomunidad y en los distintos órganos colegiados y de gobierno donde participe y elPresidente dirimirá los empates con voto de calidad.
CAPITULO VIII
DE LOS FUNCIONARIOS DE LA MANCOMUNIDAD
ARTÍCULO 20.º De los funcionarios y personal laboral en general. Para la prestación de losservicios de su competencia, la Mancomunidad contará con una plantilla del personal, cuyaselección y régimen jurídico será el establecido en la Legislación de Régimen Local.
De modo expreso, para el logro de sus fines podrán prestar servicios en la mancomunidad losempleados públicos de las entidades locales que la integran y, en los términos y dentro de lasrelaciones de cooperación y colaboración que en cada caso se establezcan, el de otras Ad mi -nistraciones Públicas.
ARTÍCULO 21.º Funciones publicas de la Mancomunidad.
1. Son funciones públicas necesarias en la mancomunidad:
a. La de secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo.
b. El control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria,y la contabilidad, tesorería y recaudación.
2. No obstante lo anterior, la mancomunidad, llegado el caso, podrá solicitar previo acuerdode la asamblea, ser eximida por la Comunidad Autónoma de Extremadura de la obligaciónde mantener el puesto de trabajo de Secretaría cuando su volumen de servicios o recur-sos no sea suficiente para el mantenimiento de dichos puestos.
3. De forma expresa la mancomunidad podrá agruparse con otras entidades locales, de for-ma preferentemente con aquellas entidades locales que la integran, para el mantenimientoen común del puesto de funcionario con habilitación de carácter estatal, siempre con res-peto a los requisitos que normativamente se establezcan para tal agrupación.
A. Del Secretario.
1. El puesto de Secretaría será desempeñado por un funcionario de Habilitación Estatalde la subescala de Secretaría-Intervención, y se cubrirá por concurso entre funcio-narios que ostenten tal carácter, de conformidad con lo dispuesto en el Orde na -miento Jurídico vigente.
2. Hasta tanto se cree esta plaza, dichas funciones serán desempeñadas por uno delos funcionarios que ostenten tal carácter. Su designación, hasta la provisión del
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puesto de conformidad con las disposiciones legales vigentes; se hará mediantenombramiento del organismo competente de la Administración Autonómica y/oEstatal.
3. El funcionario asistirá a la Asamblea y a todos los órganos colegiados de la manco-munidad en los que sea necesaria la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo,con voz, pero sin voto y tendrá las funciones propias que estén atribuidas por la Leyde Régimen Local con respecto a las Corporaciones Locales.
4. En caso de ausencia o enfermedad o abstención legal o reglamentaria del Secretariopara concurrir a las sesiones de los órganos colegiados sus funciones serán ejerci-das de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones legales vigentes y en sudefecto por funcionario de Habilitación Estatal de la subescala correspondiente, ele-gido por la Presidencia de entre los que presten sus servicios en algún municipio dela Mancomunidad.
B. Del Interventor.
En principio las funciones interventoras de control y fiscalización interna de la gestióneconómico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación es-tarán atribuidas al Secretario-Interventor.
Si el desarrollo futuro de la Mancomunidad y su capacidad económica lo aconsejaren, laAsamblea podrá solicitar al organismo competente de la Administración Autonómica y/oEstatal que designe, hasta la provisión del puesto de conformidad con las disposicioneslegales vigentes, Interventor de la Mancomunidad a un funcionario de HabilitaciónEstatal de la subescala de Intervención-Tesorería. Las funciones de Intervención seránlas mismas que atribuye a estos funcionarios la Ley de Régimen Local.
ARTÍCULO 22.º Del Depositario. La asignación del Depositario se realizará con lo establecidoen la normativa de la Administración Local.
ARTÍCULO 23.º
1. Del resto de personal de la Mancomunidad será seleccionado mediante los sistemas deoposición, concurso y concurso-oposición, respetando, en todo caso, los principios cons-titucionales de publicidad, mérito y capacidad.
2. Hasta tanto se provean las plazas convocadas, estas podrán cubrirse interinamente o conpersonal laboral de carácter temporal o fijo según sus funciones, por las personas, querespetando los principios señalados en el párrafo anterior, sean oportunamente seleccio-nados.
3. Las plazas vacantes se cubrirán anualmente, mediante oferta de empleo publico, duranteel primer trimestre del año.
4. El nombramiento y régimen de personal eventual, en su caso, será idéntico al previsto pa-ra las Corporaciones Locales por la legislación vigente.
5. En su caso, la mancomunidad aprobará anualmente, junto con el presupuesto, la planti-lla y relación de puestos de trabajo existentes en su organización, que debe comprender
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todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral fijo y personal la-boral eventual.
CAPITULO IX
HACIENDA Y RÉGIMEN ECONÓMICO
ARTÍCULO 24.º
1. La Hacienda de la Mancomunidad esta constituida por los siguientes recursos:
a) Ingresos de Derecho Privado.
b) Subvenciones y otros ingresos de Derecho Publico.
c) Tasas por la prestación de servicios o realización de actividades de su competencia.
d) Contribuciones especiales por la ejecución de obras o para el establecimiento, amplia-ción o mejora de servicios de competencia de la Mancomunidad.
e) Los Procedentes de operaciones de crédito.
f) Multas.
g) Las aportaciones de los municipios mancomunados.
h) Cualquier otro recurso que se establezca a favor de las Mancomunidades por disposi-ción legal o reglamentaria.
ARTÍCULO 25.º
1. El patrimonio de la Mancomunidad estará integrado por toda clase de bienes, derechos,acciones que legítimamente adquiera. A tal efecto, deberá formarse un inventario, de con-formidad con las disposiciones aplicables en general a las Entidades Locales.
2. La participación de cada municipio miembro de este patrimonio se fijará en función delnúmero de habitantes de cada municipio según el último padrón de habitantes.
ARTÍCULO 26.º
1. Para la imposición, exacción, liquidación y cobranza de los recursos enumerados en el ar-ticulo anterior, la Mancomunidad aprobará Ordenanzas Fiscales correspondientes a los dis-tintos servicios, teniendo dichas Ordenanzas fuerza obligatoria en todos los municipios in-tegrantes, una vez aprobadas.
2. Corresponderá a los Municipios facilitar a la Mancomunidad toda la información precisa pa-ra la formación de padrones, altas, bajas y demás modificaciones referidas a los contri-buyentes afectados por los distintos servicios que preste la Mancomunidad.
3. La Mancomunidad, podrá en todo momento, por sus propios medios, comprobar la vera-cidad y exactitud de los datos a que se refiere el número anterior.
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ARTÍCULO 27.º Las aportaciones municipales, cuya cuantía global se fijara con arreglo al pre-supuesto, aprobado por la Asamblea de la Mancomunidad se distribuirán de conformidad conlas siguientes cuotas:
a) Principal.
b) Complementaria.
c) Extraordinaria.
ARTÍCULO 28.º La cuota principal u obligatoria, se establecerá para atender a gastos gene-rales de funcionamiento, conservación, entretenimiento y administración, se utilicen o no losservicios y se fijara en proporción al número de habitantes de derecho de cada municipio, deacuerdo con el último padrón de habitantes. La acomodación, del porcentaje, de aportación alas variaciones del padrón se efectuara por la Asamblea de la Mancomunidad.
Todo ello, sin perjuicio de las específicas condiciones que presenten la prestación de los dife-rentes servicios u obras. En todo caso, las aportaciones municipales para la prestación de losdistintos programas y servicios mancomunados, se determinará de conformidad con lo quedispongan los reglamentos aprobados a tal fin.
ARTÍCULO 29.º La cuota complementaria se establecerá en función del uso que cada Entidadrealice de los servicios que se prestan mancomunadamente y no directamente al usuario.
ARTÍCULO 30.º Para atenciones extraordinarias y especiales, la Asamblea, con el voto favo-rable de la mayoría absoluta legal, podrá acordar la fijación de cuotas extraordinarias sobrela base poblacional mencionada.
ARTÍCULO 31.º
1. Los municipios y entidades locales menores mancomunadas consignarán en sus presu-puestos las cantidades precisas para atender los compromisos asumidos con la Manco mu -nidad.
2. Las aportaciones económicas de los municipios y entidades locales menores por la pres-tación de los distinto servicios y/o programas mancomunados se realizaran de forma:
A. TRIMESTRAL. La cantidad total por anualidad del servicio y/o programa dividida en cua-tro pagos trimestrales, que serán puestos al cobro en los meses de enero, abril, julioy octubre de cada año.
B. ANUAL. Un solo pago por el importe total de la anualidad del servicio y/o programa queserá puesto al cobro de forma puntual a lo largo del año).
El importe de las aportaciones económicas que corresponde a cada uno de los municipiosy entidades locales menores por la prestación de los distintos servicios y/o programasmancomunados, es decir, la cuota principal como cuotas complementarias; serán apro-badas anualmente por la Asamblea de la Mancomunidad en acuerdo adoptado por mayo-ría simple y reflejado en las bases de ejecución del presupuesto general que se apruebananualmente conjuntamente con el mismo. En cualquier caso, tales aportaciones tendrána todos los efectos la consideración de pagos obligatorios y de carácter preferente.
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A tal efecto, los municipios mancomunados se comprometen a consignar en sus respecti-vos presupuestos, las cantidades precisas para satisfacer las obligaciones y compromisoseconómicos contraídos.
Una vez transcurrido el plazo establecido para efectuar el abono sin que por el municipioo la entidad local menor se haya hecho efectivo, para la cobranza de estas aportacionesla mancomunidad podrá ostentar y ejercer las prerrogativas establecidas legalmente pa-ra la hacienda del Estado, y actuará, en su caso, conforme a los procedimientos adminis-trativos correspondientes.
3. Las aportaciones a la mancomunidad vencidas, líquidas y exigibles podrán ser objeto de re-tención, respecto de las que tengan pendientes de percibir de la Comunidad Autónoma deExtremadura o de las Diputaciones Provinciales; de acuerdo al siguiente procedimiento:
a. Requerimiento del pago.
Una vez transcurrido el periodo de pago voluntario previsto, La Mancomunidad solici-tará por escrito al Ayuntamiento o Entidad Local Mentor deudor el pago de las canti-dades requeridas, concediéndose un plazo de treinta días naturales contados a partirdel siguiente al de recepción de la notificación, para hacerlas efectivas.
b. Tramite de audiencia.
Recibida la solicitud de pago el Ayuntamiento o Entidad Local Menor deudora dispon-drá del plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de recepciónde la notificación para manifestar las alegaciones que estime oportunas.
c. Retención de créditos.
Transcurrido el plazo sin que se haya hecho efectivo el pago de las cantidades reque-ridas, cumplido el trámite de audiencia concedido al municipio y/o entidad local menorafectadas; el Presidente instará la retención de créditos dirigiéndose para ello a laAdministración Central, Autonómica o Provincial, solicitando que las cantidades adeu-dadas por cada municipio a la Mancomunidad sean retraídas de aquellas que, por cual-quier concepto fueran, liquidadas a favor del ayuntamiento deudor y su simultáneo in-greso directo en la Caja de la Mancomunidad, incluidas las que tengan pendientes depercibir de la Comunidad Autónoma de Extremadura o de las Diputaciones Provinciales.
4. Esta retención es autorizada expresamente por los Ayuntamientos mancomunados en elmomento de aprobación de los presentes Estatutos, siempre que se acompañe de la cer-tificación de descubierto en cada caso.
5. El mantenimiento reiterado en situación de deudor a la Mancomunidad por parte de unaEntidad Local será causa suficiente para proceder a su separación definitiva, pudiendo re-clamarse las cantidades debidas y los gastos derivados de conformidad con los apartados1 y 2 de este artículo.
ARTÍCULO 32.º
1. La Mancomunidad aprobará anualmente un presupuesto, en el que se incluirán todas lasprevisiones económicas para el ejercicio, tanto ordinarias como de inversión.
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2. Dicho presupuesto se ajustará en cuanto a su estructura, formación y gestión a las nor-mas aplicables con carácter general a las Entidades Locales.
Durante el periodo de información publica, los Ayuntamientos miembros de la Manco mu -nidad podrán presentar también reclamaciones y sugerencias.
ARTÍCULO 33.º En el caso de que el presupuesto de la Mancomunidad se liquidase con supe-rávit, podrá destinarse a la mejora de sus instalaciones y actividades.
ARTÍCULO 34.º La rendición de cuentas se ajustara a lo previsto en la Ley Reguladora de lasBases de Régimen Local y disposiciones complementarias.
CAPITULO X
INCORPORACIÓN Y SEPARACIÓN DE MIEMBROS DE LA MANCOMUNIDAD Y DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA MISMA
ARTÍCULO 35.º
1. Para la incorporación a la Mancomunidad de un nuevo municipio será necesario:
a. Solicitud del municipio o entidad local menor interesada, previo acuerdo adoptado porla mayoría absoluta del número legal de los miembros integrantes del pleno de la cor-poración municipal y/o Junta vecinal.
b. El acuerdo adoptado se someterá a información pública por plazo de un mes median-te la publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
c. Aprobación por la Asamblea de la mancomunidad por mayoría absoluta. En el acuerdode adhesión deberán establecerse las condiciones generales y particulares que se hu-bieran fijado para la adhesión, así como el abono de los gastos originados como con-secuencia de su inclusión en la mancomunidad o la determinación de la cuota de in-corporación.
d. Ratificación de la adhesión por acuerdo adoptado por mayoría absoluta por todos losPlenos y Juntas Vecinales de los municipios y entidades locales menores mancomuna-dos ratificación que deberá realizar también el municipio o la entidad local menor so-licitante y, en su caso, el municipio matriz al que ésta pertenezca.
2. El acuerdo de adhesión del nuevo municipio o entidad local menor será publicado por lamancomunidad en el Diario Oficial de Extremadura, en la página web de la Consejeríacompetente en materia de Administración Local, en la página web del municipio que va aincorporarse y en la página web de la mancomunidad, y deberá inscribirse en el Registrode Entidades Locales estatal y autonómico.
3. La aportación inicial de los municipios incorporados a la Mancomunidad con posterioridada su constitución, vendrá determinada por el porcentaje del patrimonio de la Manco mu -nidad, multiplicado por el número de habitantes de derecho del municipio que solicite lainclusión.
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4. De no existir patrimonio, aportará la cuota resultante de multiplicar la cuota complemen-taria que corresponda satisfacer al municipio que se integre multiplicada por un númerode años que no podrá exceder de cinco.
5. La cuota resultante de la valoración podrá ser exigida en el momento de la incorporacióno quedar diferida en pagos fraccionados.
6. No obstante, lo dispuesto en los párrafos anteriores, los municipios que se integren de-berán, en función del número de habitantes, contribuir proporcionalmente al reparto delcoste de las obras o servicios que haya tenido que soportar la Mancomunidad para la pues-ta en marcha de las obras o servicios.
ARTÍCULO 36.º La adhesión podrá realizarse para una, varias o todas las finalidades para lasque se encuentra constituida la Mancomunidad, siempre que las obras o servicios de la mismasean independientes entre sí, atendiendo a sus factores técnicos, económicos o funcionales.
ARTÍCULO 37.º
1. Los municipios y entidades locales menores podrán separarse voluntariamente en cual-quier momento de la mancomunidad, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a. Acuerdo del Pleno municipal o Junta Vecinal ratificado por el Pleno del municipio ma-triz, siempre adoptado con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembrosde cada órgano.
b. Hallarse al corriente en el pago de sus aportaciones a la mancomunidad.
c. Que haya transcurrido, en su caso, el periodo mínimo de pertenencia a la Manco mu -nidad. Dicho periodo queda establecido en un año natural contado a partir del día si-guiente de la publicación del acuerdo de adhesión en el Diario Oficial de Extremadura.
d. Abono de todos los gastos que se originen con motivo de la separación, así como laparte del pasivo contraído por la mancomunidad a su cargo.
e. Que se notifique el acuerdo de separación a la mancomunidad con al menos seis me-ses de antelación.
2. Cumplidos los requisitos anteriores, la mancomunidad aceptará la separación del munici-pio o entidad local menor interesado mediante acuerdo de su Asamblea, al que se darápublicidad a través del Diario Oficial de Extremadura y será objeto de inscripción en elRegistro de Entidades Locales estatal y autonómico
ARTÍCULO 38.º
1. La mancomunidad podrá acordar la separación obligatoria de los municipios y entidadeslocales menores que hayan incumplido grave y reiteradamente las obligaciones estableci-das en la normativa vigente o en los presentes estatutos para con ella.
2. El procedimiento de separación se iniciará de oficio por la mancomunidad mediante acuer-do por mayoría absoluta de la Asamblea.
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3. Acordada la iniciación del procedimiento de separación, se concederá al municipio o enti-dad local menor el plazo de audiencia por un mes.
4. Vistas las alegaciones presentadas por el municipio o entidad local menor, la Asamblea dela mancomunidad podrá acordar la separación obligatoria mediante acuerdo favorable dela mayoría absoluta de sus miembros legales.
5. La mancomunidad dará publicidad al acuerdo de separación obligatoria del municipio o en-tidad local menor mediante su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y procede-rá a su inscripción en el Registro de Entidades Locales estatal y autonómico.
ARTÍCULO 39.º
1. La Asamblea de la Mancomunidad, con el voto favorable de la mayoría absoluta del nú-mero legal de miembros, podrá acordar el inicio de oficio de la separación de cualquiermiembro, especialmente en el siguiente supuesto:
Cuando durante un periodo de tiempo superior a tres meses, incumpla sus obligacioneseconómicas y financieras para con la mancomunidad.
En estos casos el municipio separado hará efectivas a la Mancomunidad las cuotas pen-dientes y deudas contraídas así como los gastos derivados del retraso en el pago.
ARTÍCULO 40.º
1. La separación voluntaria o como sanción de uno o varios Municipios no obligara a practi-car la liquidación de los bienes y derechos de la Mancomunidad, que podrá quedar en sus-penso hasta el día de la disolución, fecha en la que aquellos entraran a participar en laparte alícuota que pudiera corresponderle.
2. La entidad o entidades que causen baja voluntaria o como sanción en la Mancomunidadno podrán alegar derecho de propiedad sobre los bienes y servicios de la Mancomunidad,aunque radiquen en su término municipal.
ARTÍCULO 41.º
1. La Mancomunidad se disolverá por alguna de las siguientes causas:
a) Por haberse cumplido el fin para el que fue creada.
b) Por imposibilidad para realizar todos sus fines.
c) Por transferirse la competencia para la prestación de los servicios objeto de la mismaal Estado, Comunidad Autónoma, Diputación Provincial u otra Entidad Local y/o sus or-ganismos autónomos o dependientes de ellas.
d) Por decisión voluntaria y así lo acuerde la Asamblea de la Mancomunidad y plenos delos Ayuntamientos mancomunados, con el voto favorable de la mayoría absoluta legalde sus miembros.
2. Cuando concurra alguna de las causas de disolución, deberá iniciarse de oficio el procedi-miento de disolución por la mancomunidad o a instancia de cualquiera de sus miembros.
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3. La disolución deberá acordarse por la Asamblea de la mancomunidad con el voto favora-ble de la mayoría absoluta de sus miembros cuando se trate de una disolución volunta-ria, bastando el acuerdo por mayoría simple en aquellos casos en que concurra alguna delas causas de disolución previstas en sus estatutos.
4. Adoptado el acuerdo por la Asamblea de la mancomunidad, éste será remitido debida-mente diligenciado a la Diputación Provincial o Diputaciones Provinciales afectadas y a laConsejería de la Junta de Extremadura competente en materia de Administración Localpara que emitan un informe sobre la procedencia de la disolución.
5. Emitidos los informes preceptivos o transcurrido un mes desde su solicitud sin su emisión,la disolución deberá ser ratificada por los Plenos y Juntas Vecinales de los municipios yentidades locales menores mancomunados y, en su caso, de los municipios matrices a losque estén estas últimas adscritas, adoptado en todos los casos por mayoría absoluta delnúmero legal de sus miembros, acuerdos que supondrán el inicio del procedimiento de li-quidación y distribución de su patrimonio.
6. Una vez acordada la disolución, la mancomunidad mantendrá su personalidad jurídica entanto no sean adoptados los acuerdos de liquidación y distribución de su patrimonio porlos órganos competentes.
7. Acordada la disolución por la Asamblea de la mancomunidad y ratificada por los munici-pios y entidades locales menores integrantes, el acuerdo de disolución se comunicará a laJunta de Extremadura y al Registro de Entidades Locales estatal y autonómico, y se pu-blicará en el Diario Oficial de Extremadura y en las páginas web de la mancomunidad yde cada uno de los municipios que la integraban.
ARTÍCULO 42.º
1. En el caso de que los Ayuntamientos mancomunados hayan decidido disolver la Manco -munidad y una vez adoptaran los correspondientes acuerdos previos por mayoría absolu-ta legal de sus respectivos Plenos se procederá a la liquidación y distribución de su patri-monio por los órganos competentes.
2. A la vista de los acuerdos municipales, la Asamblea, en el plazo de los treinta días si-guientes a la recepción de las comunicaciones de los mismos, nombraran una comisión li-quidadora compuesta por el Presidente y un Vocal por cada uno de los Ayuntamientosmiembros. En ella se integrarán para cumplir sus funciones como asesores, el Secretariode la Mancomunidad y el Interventor, si existiere. Podrá igualmente dicha Comisión, con-vocar a sus reuniones a expertos determinados, a los solos efectos de oír su opinión opreparar informes o dictámenes en temas concretos de su especialidad.
3. La Comisión liquidadora, en término no superior a tres meses, hará un inventario de losbienes, servicios y derechos de la Mancomunidad, cifrará sus recursos, cargas y débitos;y relacionará a su personal. Con respecto al personal la comisión liquidadora, atendiendoa la situación laboral de los trabajadores de la Mancomunidad en el momento de su diso-lución, propondrá a la Asamblea los siguientes supuestos:
a) Funcionarios y Personal Laboral Fijo:
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a.1. El Personal funcionario y/o laboral fijo adscrito a un servicio, programa o funcio-nes que hayan resultado extinguidos con la disolución, la comisión liquidadora pro-pondrá a la Asamblea de la Mancomunidad la oportuna distribución e integraciónde los mismos entre los distintos Ayuntamientos mancomunados con arreglo a labase de población de derecho que resulte del último padrón de habitantes.
a.2. Personal funcionario y/o laboral fijo adscrito a un servicio, programa o funciones,cuya competencia haya sido transferida y/o asumida por el Estado, ComunidadAutónoma, Diputación Provincial, u otra Entidad Local y/o sus organismos autó-nomos o dependientes de ellas; así como a empresas publicas o privadas, la co-misión liquidadora propondrá a la Asamblea de la Mancomunidad su integración enestos organismos públicos y/o privados de acuerdo a lo establecido en legislaciónvigente al respecto.
b) Personal Laboral Eventual.
b.1. Personal Laboral Eventual adscrito a un servicio, programa o funciones que hayanresultado extinguidos con la disolución, la comisión liquidadora propondrá a laAsam blea de la Mancomunidad la recesión de los contratos y distribución de la po-sible indemnización que corresponda de acuerdo a Ley entre todos los Ayunta -mientos Mancomunados proporcional a la base de población de derecho que re-sulte del último padrón de habitantes.
b.2. Personal laboral eventual adscrito a un servicio, programa o funciones, cuya com-petencia ha sido transferida y/o asumida por el Estado, Comunidad Autónoma,Diputación Provincial, u otra Entidad Local y/o sus organismos autónomos o de-pendientes de ellas, así como a empresas publicas o privadas; la comisión liqui-dadora propondrá a la Asamblea de la Mancomunidad su integración en estos or-ganismos públicos y/o privados de acuerdo a lo establecido en legislación vigenteal respecto.
4. La propuesta definitiva de liquidación, para ser aprobada válidamente, requerirá el votofavorable de la mayoría absoluta legal de miembros de la Asamblea. Una vez aprobada,la propuesta será vinculante para todos los Ayuntamientos mancomunados.
5. Después de la disolución, todos los documentos relativos a la Mancomunidad serán archi-vados y custodiados en la sede oficial.
CAPITULO XI
VIGENCIA Y MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS.
ARTÍCULO 43.º La Mancomunidad se constituye por tiempo indefinido.
ARTÍCULO 44.º Los Estatutos de la Mancomunidad podrán ser objeto de modificación por laAsam blea mancomunal de conformidad con las previsiones contenidas en estos mismosEstatutos, así como con respeto a las reglas y procedimiento previstas para ello en la Ley17/2010, de 22 de diciembre de mancomunidades y entidades locales menores de Extrema -dura y demás normativa de Régimen Local que sea de paliación.
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ARTÍCULO 45.º La modificación del presente Estatuto puede realizarse de oficio por la propiaMancomunidad o a instancia de cualquiera de sus miembros. En ambos supuestos para lle-varse a efectos será necesario el siguiente procedimiento:
a. Iniciación por acuerdo de la Asamblea de la mancomunidad, por sí o instancia de la ma-yoría absoluta de los municipios y entidades locales menores mancomunados.
b. Información pública por plazo de un mes, mediante publicación en el Diario Oficial deExtremadura y en las páginas web de la mancomunidad y de cada uno de los municipiosque la integran.
c. Durante el plazo referido, y antes de la aprobación definitiva, se solicitará por la manco-munidad informes a la Diputación Provincial o Diputaciones Provinciales interesadas y a laConsejería con competencias en materia de régimen local, junto a la certificación del trá-mite efectuado y el contenido de la modificación a introducir en los estatutos.
Ambos informes deberán emitirse en el plazo de un mes desde su requerimiento, trans-currido el cual podrán entenderse efectuados dichos trámites en sentido positivo.
d. Concluido el periodo de información pública e informe de la modificación, la Asamblea dela mancomunidad procederá a analizar las objeciones planteadas y decidirá definitiva-mente el contenido de la modificación que propone.
e. Aprobación por el Pleno de los Ayuntamientos de cada uno de los municipios con el votofavorable de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros.
Si alguno de los miembros de la mancomunidad fuera una entidad local menor, la apro-bación de la modificación exigirá, además del acuerdo de la mayoría absoluta de los miem-bros de la Junta Vecinal, la ratificación del Pleno del municipio matriz al que pertenezca,siempre por idéntica mayoría.
f. Publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en las páginas web de la mancomunidady de cada uno de los municipios que la integraban.
g. Inscripción en el Registro de Entidades Locales estatal y autonómico, así como en cualquierotro en que proceda por la naturaleza de las previsiones contenidas en los estatutos.
ARTÍCULO 46.º Cuando la modificación consista en la mera adhesión o separación de uno ovarios municipios o entidades locales menores o en la ampliación o reducción de sus fines,será suficiente, para llevar a cabo la modificación el siguiente procedimiento:
a. Acuerdo adoptado por mayoría absoluta de la Asamblea de la mancomunidad y la ulteriorratificación por los Plenos de los Ayuntamientos de las entidades locales mancomunadosque, de igual forma, deberán aprobarla por mayoría absoluta.
b. Publicación de la modificación en el Diario Oficial de Extremadura y Boletín Oficial de laProvincia.
c. Inscripción de la reforma en el Registro de Entidades Locales estatal y autonómico, así co-mo en cualquier otro en que proceda por la naturaleza de las previsiones contenidas enlos estatutos.
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DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera. Los registros de las diversas Entidades Locales mancomunadas, tendrán la conside-ración de Registros delegados del general de la Mancomunidad a los efectos de entrada y pre-sentación de documentos, en asuntos relacionados con la Mancomunidad.
Segunda. Los presentes Estatutos entraran en vigor, al día siguiente de su publicación en elBoletín Oficial de la Provincia y seguirán vigentes hasta su modificación o derogación expresa.
DISPOSICIÓN FINAL
Única. En lo no previsto en los presentes Estatutos, resultará de aplicación lo establecido enla Ley 17/2010, de 22 de diciembre de mancomunidades y entidades locales menores deExtremadura Legislación para las Entidades Locales.
Pozuelo de Zarzón, a 21 de octubre de 2013. El Presidente, FRANCISCO JAVIER ANTÓNGARCÍA.