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Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía Sector vitivinícola. Orden de 31 de octubre de 2013 por la que se modifica el plazo de pre- sentación de proyectos de planes de reestructuración y reconversión del viñedo a realizar en la campaña 2013/2014 establecido en la Orden de 10 de octubre de 2013 sobre convocato- ria de presentación del plan de reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura para la campaña 2013/2014, en aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español en desarrollo de la OCM del sector vitivinícola .......................... 25574 Consejería de Educación y Cultura Educación. Decreto 206/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo del ci- clo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Automati- zación y Robótica Industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura ................ 25576 Educación. Decreto 207/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo del ci- clo formativo de grado superior de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura .................................... 25634 Educación. Decreto 208/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo de ci- clo formativo de grado medio de Técnico en Mantenimiento Electromecánico en la Comunidad Autónoma de Extremadura ................................................................................ 25696 MARTES, 5 de noviembre de 2013 NÚMERO 213 DISPOSICIONES GENERALES I
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DISPOSICIONES GENERALES I

Jan 30, 2017

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Page 1: DISPOSICIONES GENERALES I

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía

Sector vitivinícola. Orden de 31 de octubre de 2013 por la que se modifica el plazo de pre-sentación de proyectos de planes de reestructuración y reconversión del viñedo a realizar enla campaña 2013/2014 establecido en la Orden de 10 de octubre de 2013 sobre convocato-ria de presentación del plan de reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadurapara la campaña 2013/2014, en aplicación de las medidas del programa de apoyo al sectorvitivinícola español en desarrollo de la OCM del sector vitivinícola .......................... 25574

Consejería de Educación y Cultura

Educación. Decreto 206/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo del ci-clo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Automati -zación y Robótica Industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura................ 25576

Educación. Decreto 207/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo del ci-clo formativo de grado superior de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones eInformáticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura .................................... 25634

Educación. Decreto 208/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo de ci-clo formativo de grado medio de Técnico en Mantenimiento Electromecánico en la ComunidadAutónoma de Extremadura................................................................................ 25696

MARTES, 5de noviembre de 2013

NÚMERO 213

DISPOSICIONES GENERALESI

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Educación. Decreto 209/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículo del ci-clo formativo de grado superior de Técnico Superior en Mecatrónica Industrial en la ComunidadAutónoma de Extremadura................................................................................ 25739

2.— OPOSICIONES Y CONCURSOS

Servicio Extremeño de Salud

Pruebas selectivas. Resolución de 23 de octubre de 2013, de la Dirección Gerencia, por laque se modifica la composición del Tribunal del proceso selectivo, convocado por Resoluciónde 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazasde Licenciados, en la Categoría del Grupo Técnico de Función Administrativa, en las Institu -ciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud .............................................. 25776

Pruebas selectivas. Resolución de 25 de octubre de 2013, de la Dirección Gerencia, por laque se modifica la composición del Tribunal del proceso selectivo, convocado por Resoluciónde 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazasde Diplomados, en la Categoría del Grupo de Gestión de Función Administrativa, en lasInstituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud ...................................... 25777

Pruebas selectivas. Resolución de 25 de octubre de 2013, de la Dirección Gerencia, por laque se modifica la composición del Tribunal del proceso selectivo, convocado por Resoluciónde 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazasde Técnicos Superiores, en la Categoría de Radioterapia, en las Instituciones Sanitarias delServicio Extremeño de Salud ............................................................................ 25778

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía

Autorización ambiental. Resolución de 9 de octubre de 2013, de la Dirección General deMedio Ambiente, por la que se otorga autorización ambiental unificada para la actividad degestión de residuos no peligrosos de Rograsa, SCL, en Mérida .............................. 25779

Energía eléctrica. Resolución de 10 de octubre de 2013, de la Dirección General de Industriay Energía, sobre autorización administrativa de las infraestructuras de evacuación asociadasa varias instalaciones de producción de energía eléctrica, en el término municipal de Albur -quer que. Expte.: GE-M/172/11 .......................................................................... 25793

Consejería de Educación y Cultura

Programas de Cualificación Profesional Inicial. Ayudas. Resolución de 18 de octubre de2013, de la Consejera, por la que se hace pública la composición de la Comisión de Valoración

AUTORIDADES Y PERSONALII

OTRAS RESOLUCIONESIII

25570NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

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de la convocatoria de ayudas para el desarrollo de módulos obligatorios de programas de cua-lificación profesional inicial en la modalidad de talleres profesionales durante el curso2013/2014 y de talleres específicos durante los cursos 2013/2014 y 2014/2015, en laComunidad Autónoma de Extremadura .............................................................. 25797

Consejería de Empleo, Empresa e Innovación

Notificaciones. Anuncio de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de acuerdo de iniciacióny pliego de cargos en expedientes sancionadores en materia de comercio .............. 25798

Notificaciones. Anuncio de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de resolución en expe-dientes sancionadores en materia de comercio .................................................... 25800

Notificaciones. Anuncio de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de resolución del proce-dimiento de reintegro de subvención en expedientes relativos a ayudas para el fomento y apo-yo de la actividad comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura .............. 25802

Notificaciones. Anuncio de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de resolución de la Unidadde Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajoz en el expediente n.º 06/0140/13 .... 25804

Consejería de Administración Pública

Notificaciones. Anuncio de 14 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientes san-cionadores en materia de espectáculos públicos y taurinos .................................... 25805

Notificaciones. Anuncio de 16 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientes sancio-nadores en materia de espectáculos públicos ...................................................... 25817

Consejería de Economía y Hacienda

Formalización. Resolución de 15 de octubre de 2013, de la Secretaría General, por la quese hace pública la formalización del contrato de servicio de “Cobertura de seguros personalespara la Junta de Extremadura”. Expte.: 13S0141CA018 ........................................ 25834

Información pública. Resolución de 28 de octubre de 2013, de la Secretaría General, porla que se acuerda la apertura del período de información pública mediante trámite abreviadoen relación con el proyecto de Orden por la que se aprueban los precios medios en el merca-do para estimar el valor real de coste de la obra nueva de determinados bienes inmuebles,radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la liquidación delImpuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para los hechosimponibles que se devenguen en el año 2014, se establecen las reglas para su aplicación yse publica la metodología para su obtención ........................................................ 25835

ANUNCIOSV

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Notificaciones. Citación. Anuncio de 31 de octubre de 2013 sobre notificación por compa-recencia en procedimiento de recaudación de multas............................................ 25836

Notificaciones. Citación. Anuncio de 31 de octubre de 2013 sobre citación a los obligadostributarios que se relacionan para ser notificados por comparecencia...................... 25840

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía

Información pública. Anuncio de 20 de septiembre de 2013 por el que se somete a infor-mación pública la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental unificadade la fábrica de mantecas, oleicos, chicharrones y planta de congelación, cuyo titular esIberyder, SL, en Almendralejo .......................................................................... 25849

Información pública. Anuncio de 27 de septiembre de 2013 por el que se somete a infor-mación pública la solicitud de autorización ambiental unificada de un proyecto de planta demecanizado de piezas de acero, titularidad de Industrias Mecánicas de Extremadura, SA (IME-DEXSA), en el término municipal de Santiago del Campo ...................................... 25851

Información pública. Anuncio de 3 de octubre de 2013 por el que se somete a informaciónpública la solicitud de autorización ambiental unificada de un proyecto de balsa de evapora-ción de aguas oleosas procedentes de una almazara, promovido por Aceites Obreo CB, enFuente del Maestre .......................................................................................... 25853

Notificaciones. Anuncio de 10 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientes san-cionadores en materia de conservación de la naturaleza y espacios naturales de Extre -madura .......................................................................................................... 25854

Notificaciones. Anuncio de 11 de octubre de 2013 sobre notificación de resoluciones relati-vas a las subvenciones para la mejora de la financiación de las explotaciones agrarias deExtremadura .................................................................................................. 25855

Notificaciones. Anuncio de 15 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientes san-cionadores incoados en el Servicio de Sanidad Animal .......................................... 25870

Aceite de oliva. Anuncio de 16 de octubre de 2013 sobre la XV convocatoria de Cata-Concurso de Aceites de Oliva Virgen Extra “Extrema Selección 2014” .................... 25877

Contratación. Corrección de errores del Anuncio de 23 de octubre de 2013 por el que se ha-ce pública la convocatoria, por procedimiento abierto, para la contratación del servicio de"Producción de contenidos audiovisuales para la promoción y divulgación de la Red de ÁreasProtegidas de Extremadura". Expte.: 1351SE1FR914 ............................................ 25881

Consejería de Salud y Política Social

Notificaciones. Citación. Anuncio de 22 de octubre de 2013 sobre notificación por compa-recencia de liquidación de tasas a los obligados tributarios que se relacionan .......... 25881

25572NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

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Contratación. Anuncio de 30 de octubre de 2013 por el que se hace pública la convocatoria,por procedimiento abierto, para la contratación de “Servicio de punto de encuentro familiarde la Comunidad Autónoma de Extremadura”. Expte.: SV-14.001 .......................... 25885

Ayuntamiento de Torre de Santa María

Normas subsidiarias. Anuncio de 14 de octubre de 2013 sobre aprobación inicial de la mo-dificación puntual n.º 5 de las Normas Subsidiarias .............................................. 25888

Ayuntamiento de Valencia de Alcántara

Pruebas selectivas. Anuncio de 16 de octubre de 2013 sobre convocatoria para proveer unaplaza de vigilante de arbitrios ............................................................................ 25888

Mancomunidad Integral de Municipios del “Valle del Alagón”

Mancomunidades. Estatutos. Anuncio de 21 de octubre de 2013 por el que se hace públi-co el texto íntegro de los Estatutos de la Mancomunidad ...................................... 25889

25573NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

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DISPOSICIONES GENERALESI

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIOAMBIENTE Y ENERGÍA

ORDEN de 31 de octubre de 2013 por la que se modifica el plazo depresentación de proyectos de planes de reestructuración y reconversión delviñedo a realizar en la campaña 2013/2014 establecido en la Orden de 10 deoctubre de 2013 sobre convocatoria de presentación del plan dereestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura para la campaña2013/2014, en aplicación de las medidas del programa de apoyo al sectorvitivinícola español en desarrollo de la OCM del sector vitivinícola. (2013050251)

La Orden de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, de 10de octubre de 2013 (DOE n.º 200, de 16 de octubre), establece la convocatoria para la pre-sentación de los planes de reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura parala campaña 2013/2014, en aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivi-nícola español en desarrollo de la OCM del sector vitivinícola.

El apartado 1 del artículo 5 de la citada orden establece un plazo de veinte días naturales, acontar desde la publicación de la orden, para la presentación de los proyectos de planes dereestructuración.

Como quiera que ha aumentado considerablemente el número de integrantes de los planescolectivos respecto a campañas anteriores, siendo mayor asimismo el número de parcelas queconforman la solicitud de cada viticultor, y atendiendo a la complejidad normal del contenidode los proyectos, se ha advertido la conveniencia de modificar el plazo, ampliándolo, al obje-to de facilitar el proceso. En su virtud,

D I S P O N G O :

Modificar el plazo de presentación de los planes de reestructuración y reconversión del viñe-do en Extremadura para la campaña 2013/2014, establecido en el artículo 5.1 de la Orden de10 de octubre de 2013, ampliándolo hasta el día 12 de noviembre, inclusive.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestati-vamente recurso de reposición ante el Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, MedioAmbiente y Energía en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en quetenga lugar su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artí-culos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. O bien podrá tambiéninterponerse, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su publicaciónen el Diario Oficial de Extremadura, el correspondiente recurso contencioso-administrativo an-

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te el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura. Todo ello sin perjuicio de que el interesa-do pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Mérida, a 31 de octubre de 2013.

El Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía,

JOSÉ ANTONIO ECHÁVARRI LOMO

25575NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

DECRETO 206/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículodel ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de TécnicoSuperior en Automatización y Robótica Industrial en la ComunidadAutónoma de Extremadura. (2013040232)

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de28 de enero, en su artículo 10.1.4. atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de de-sarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y gra-dos, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de loscentros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las activi-dades complementarias y de las becas con fondos propios.

Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan a la Comunidad Autó -noma de Extremadura funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria.

El artículo 6.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación define el currículo co-mo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y cri-terios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la citada Ley. Por otra par-te, en su 6.2 asigna al Gobierno la competencia para fijar los aspectos básicos del currículoque constituyen las enseñanzas mínimas, mientras corresponde a las administraciones edu-cativas competentes establecer el currículo del que formarán parte dichos aspectos básicos.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional,establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lodispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al ConsejoGeneral de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesiona-lidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional deCualificaciones Profesionales.

La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece en su artículo 70.2que el currículo será determinado por la Administración educativa, en el marco de la norma-tiva básica estatal.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, define en el artículo 9 la estructura de los títulosde formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profe -sionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.

Asimismo, el artículo 7 del citado real decreto establece que el perfil profesional de los títu-los incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, lascualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualifica -ciones Profesionales incluidas en el título.

Por su parte, el Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre, establece el título de TécnicoSuperior en Automatización y Robótica Industrial y fija sus enseñanzas mínimas.

25576NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

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En virtud de todo lo cual, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura y del Consejode Formación Profesional de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura,previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de octubre de 2013,

D I S P O N G O :

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

El presente decreto tiene como objeto establecer el currículo correspondiente al Título de TécnicoSuperior en Automatización y Robótica Industrial en la Comunidad Autónoma de Extre madura.

Artículo 2. Marco general de la formación.

Los aspectos relativos a la identificación del título, el perfil y entorno profesional, las compe-tencias, prospectiva del título en el sector, los objetivos generales, accesos y vinculación conotros estudios, la correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competen-cia incluidas en el título y las titulaciones equivalentes a efectos académicos, profesionales yde docencia, son los que se definen en el Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre, porel que se establece el título de Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial y sefijan sus enseñanzas mínimas.

Artículo 3. Módulos profesionales.

Los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo son los siguientes:

1. Los incluidos en el Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre, es decir:

0959 Sistemas eléctricos, neumáticos e hidráulicos.

0960 Sistemas secuenciales programables.

0961 Sistemas de medida y regulación.

0962 Sistemas de potencia.

0963 Documentación técnica.

0964 Informática industrial.

0965 Sistemas programables avanzados.

0966 Robótica industrial.

0967 Comunicaciones industriales.

0968 Integración de sistemas de automatización industrial.

0969 Proyecto de automatización y robótica industrial.

0970 Formación y orientación laboral.

0971 Empresa e iniciativa emprendedora.

0972 Formación en centros de trabajo.

2. Los que son propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura:

0973-Ex Inglés I

0974-Ex Inglés II

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Artículo 4. Aspectos del currículo.

1. La contribución a la competencia general y a las competencias profesionales, personalesy sociales, los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los crite-rios de evaluación y las orientaciones pedagógicas del currículo del ciclo formativo paralos módulos profesionales relacionados en el artículo 3.1 de este decreto son los definidosen el Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre.

2. Los contenidos de estos módulos profesionales relacionados en el citado artículo 3.1, seincluyen en el Anexo I de este decreto.

3. Los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los criterios de eva-luación, los contenidos y las orientaciones pedagógicas de los módulos profesionales re-lacionados en el artículo 3.2, son los que se especifican en el Anexo II de este Decreto.

Artículo 5. Organización modular y distribución horaria.

La duración de este ciclo formativo es de 2.000 horas, distribuidas en dos cursos académicos.

La organización de cada uno de los cursos, así como la duración y asignación horaria sema-nal de cada uno de los módulos profesionales que conforman estas enseñanzas se concretanen el Anexo III de este decreto.

Artículo 6. Desarrollo curricular.

1. Los centros educativos, en virtud de su autonomía pedagógica, concretarán y desarrolla-rán las enseñanzas correspondientes al título de formación profesional de Técnico Superioren Automatización y Robótica Industrial mediante la elaboración de un proyecto curricu-lar del ciclo formativo que responda a las necesidades del alumnado y a las característi-cas concretas del entorno socioeconómico, cultural y profesional, dentro del marco del pro-yecto educativo del centro.

2. El equipo docente responsable del desarrollo del ciclo formativo elaborará las programa-ciones para los distintos módulos profesionales. Estas programaciones didácticas deberáncontener, al menos, la adecuación de las competencias profesionales, personales y socia-les al contexto socioeconómico y cultural dentro del centro educativo y a las característi-cas del alumnado, la distribución y el desarrollo de los contenidos, la metodología de ca-rácter general y los criterios sobre el proceso de evaluación, así como los materialesdidácticos.

Artículo 7. Evaluación.

1. El profesorado evaluará los aprendizajes del alumnado, los procesos de enseñanza y supropia práctica docente.

2. La evaluación del alumnado se realizará atendiendo a los resultados de aprendizaje y suscriterios de evaluación establecidos para los diferentes módulos profesionales, así comolos objetivos generales del ciclo formativo.

3. Dada la estructura modular del ciclo formativo la evaluación de los aprendizajes del alum-nado se realizará por módulos profesionales.

25578NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

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4. El alumnado que obtenga una evaluación positiva en todos los módulos profesionales co-rrespondientes al ciclo formativo obtendrá el título de formación profesional de TécnicoSuperior en Automatización y Robótica Industrial.

5. Por otra parte, para la evaluación, promoción y acreditación de la formación establecidaen este decreto se atendrá a las normas dictadas al efecto por la Consejería competenteen materia de educación.

Artículo 8. Convalidaciones, exenciones y correspondencias.

1. Las convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de formación profesional es-tablecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Generaldel Sistema Educativo, con los módulos profesionales de los títulos establecidos al ampa-ro de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, son las establecidas en elAnexo IV del Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre.

2. En los términos del artículo 38.1.a) del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, quienestengan acreditada oficialmente alguna unidad de competencia que forme parte delCatálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales tendrán convalidados los módulos pro-fesionales correspondientes según se establezca en la norma que regule cada título o cur-sos de especialización.

Además de lo anterior, y de acuerdo con el artículo 38.1.c) del Real Decreto 1147/2011,de 29 de julio, el módulo profesional de Formación y Orientación Laboral establecido alamparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, podrá ser objeto deconvalidación siempre que se acredite haber superado el módulo profesional deFormación y Orientación Laboral al amparo de la Ley 1/1990, de 3 de octubre, deOrdenación General del Sistema Educativo, y se acredite la formación establecida parael desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida deacuerdo la normativa vigente.

3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39.1 del Real Decreto 1147/2011, de 29 dejulio, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formaciónen Centros de Trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que seacredite una experiencia correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año, rela-cionada con los estudios profesionales respectivos.

4. La correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profe-sionales que conforman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Automatizacióny Robótica Industrial para su convalidación o exención queda determinada en el Anexo VA) del Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre.

5. La correspondencia de los módulos profesionales que conforman las enseñanzas de estetítulo con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en elAnexo V B) del Real Decreto 1581/2011, de 4 de noviembre.

Artículo 9. Metodología didáctica.

1. La metodología didáctica debe adaptarse a las peculiaridades colectivas del grupo, así co-mo a las peculiaridades individuales.

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2. La tutoría, orientación profesional y formación para la inserción laboral forman parte dela función docente, y serán desarrolladas de modo que al finalizar el ciclo formativo elalumnado alcance la madurez académica y profesional. Corresponde a los equipos edu-cativos la programación de actividades encaminadas a conseguir la optimización de losprocesos de formación del alumnado.

3. La función docente incorporará la formación en prevención de riesgos laborales dentro decada módulo profesional y será considerada como área prioritaria.

Artículo 10. Especialidades del profesorado.

1. Las especialidades del profesorado de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secun -daria, de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de FormaciónProfesional, según proceda, con atribución docente en los módulos profesionales relacio-nados en el artículo 3.1 son las establecidas en el Anexo III A) del Real Decreto 1581/2011,de 4 de noviembre.

Las titulaciones requeridas al profesorado de los centros de titularidad privada o de titu-laridad pública de otras administraciones distintas de las educativas para impartir dichosmódulos, son las que se concretan en el Anexo III C) del referido Real Decreto. En todocaso, se estará a lo dispuesto en el artículo 12.3 de dicha norma.

2. Las especialidades y, en su caso, las titulaciones del profesorado con atribución docenteen los módulos profesionales incluidos en el artículo 3.2 son las que se determinan en elAnexo IV del presente decreto.

Artículo 11. Espacios y equipamientos recomendados.

1. Los espacios y equipamientos recomendados para el desarrollo de las enseñanzas de es-te ciclo formativo son los establecidos en el Anexo V de este decreto.

2. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos de alum-nos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.

3. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente me-diante cerramientos.

Disposición adicional primera. Calendario de implantación.

El currículo establecido por este decreto se implantará en el curso escolar 2013/2014 para losmódulos profesionales de primer curso y en el curso 2014/2015 para el resto de módulos.

Disposición adicional segunda. Oferta a distancia.

Los módulos profesionales que conforman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofer-tarse a distancia, siempre que se garantice que el alumno puede conseguir los resultados deaprendizaje de los mismos.

El Anexo VI del presente decreto refleja aquellos módulos profesionales susceptibles de serimpartidos en régimen a distancia, así como su modalidad.

25580NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

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Disposición adicional tercera. Unidades formativas.

1. Con el fin de promover la formación a lo largo de la vida, la Consejería con competenciasen educación podrá configurar mediante orden los módulos profesionales incluidos en es-te título en unidades formativas de menor duración, de conformidad con lo dispuesto enel artículo 6.2 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.

2. Las unidades formativas que conformen cada módulo profesional deben incluir la totali-dad de los contenidos de los mismos. Cada módulo no podrá dividirse en más de cuatrounidades formativas ni éstas tener una duración inferior a 30 horas.

3. Las unidades formativas superadas podrán ser certificadas con validez en el ámbito de laComunidad Autónoma de Extremadura. La superación de todas las unidades formativasque componen un módulo profesional dará derecho a la certificación de éste con validezen todo el territorio nacional.

Disposición adicional cuarta. Otras organizaciones y distribuciones de los módulosprofesionales.

El titular de la Consejería competente en materia de educación podrá reordenar, si fuera pre-ciso, la distribución de los módulos profesionales establecidos en la normativa que determinalos currículos de los ciclos formativos de la familia profesional de Electricidad y Electrónica, ode otras familias, con el fin de poner en práctica iniciativas o proyectos experimentales pro-piciados por centros autorizados por dicha Administración educativa, manteniendo los conte-nidos y las horas anuales atribuidas a cada módulo profesional en los currículos vigentes delos ciclos formativos objeto de la experiencia.

Disposición adicional quinta. Referencia de género

Todos los términos contenidos en este decreto, en el que se utilice la forma del masculino ge-nérico, se entenderán aplicables a personas de ambos sexos.

Disposición transitoria única. Convocatoria extraordinaria.

1. El alumnado que durante el curso 2012/2013 haya estado matriculado en módulos profe-sionales correspondientes al primer curso del anterior título y no promocione, se podrá in-corporar al primer curso de las enseñanzas reguladas por el presente decreto sin perjui-cio de las convalidaciones o reconocimientos de módulos a los que pudiera tener derecho,según lo previsto en el artículo 8.1 de este decreto.

2. Durante los cursos 2013/2014 y 2014/2015 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias anuales de módulos profesionales de primer curso, a las que podrá concurrir, conlos límites establecidos en las normas de evaluación, aquel alumnado que pueda promo-cionar a segundo curso pero tenga pendiente módulos profesionales de primer curso.

3. Durante los cursos 2014/2015 y 2015/2016 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias de módulos profesionales de segundo curso, a las que podrá concurrir, con los lí-mites establecidos en las normas de evaluación, el alumnado con estos módulos profe-sionales pendientes.

25581NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 14: DISPOSICIONES GENERALES I

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficialde Extremadura.

Mérida, a 29 de octubre de 2013.

El Presidente de la Junta de Extremadura,JOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA

La Consejera de Educación y Cultura,TRINIDAD NOGALES BASARRATE

25582NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 15: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO I

Relación de contenidos y duración de los Módulos Profesionales correspondientes al artículo 3.1

MÓDULO PROFESIONAL: SISTEMAS ELÉCTRICOS, NEUMÁTICOS E HIDRÁULICOS.

Equivalencia en créditos ECTS: 10

Código: 0959

Duración: 130 horas

Contenidos:

1. Reconocimiento de dispositivos electromecánicos, neumáticos e hidráulicos.

Principios básicos de Electromecánica, neumática e hidráulica.

Identificación de dispositivos eléctricos, neumáticos e hidráulicos en aplicaciones

reales.

Selección y dimensionado de dispositivos eléctricos, neumáticos e hidráulicos.

Aplicaciones automáticas con sistemas secuenciales eléctricos cableados, neumáticos

e hidráulicos.

Distribución eléctrica. Circuitos de potencia. Circuitos de control. Protecciones.

Distribución neumática e hidráulica. Elementos de conducción y distribución de aire.

Elementos para la conducción y distribución del aceite.

Técnicas de conexión eléctrica, neumática e hidráulica. Bornes, conectores, racores,

derivadores, tubería neumática, latiguillos, mangueras hidráulicas, entre otros.

Dispositivos de los sistemas automáticos de control eléctrico cableado. El contactor,

relés, temporizadores, sensores electromecánicos y relés de protección, entre otros.

Dispositivos de los sistemas automáticos de control neumáticos. Sensores, válvulas

de accionamiento manual, electroválvulas, válvulas reguladoras, válvulas antirretorno,

válvulas proporcionales, conversores neumático-eléctrico, vacuostatos células lógicas

y de memoria, cilindros, motores, entre otros.

Dispositivos de los sistemas automáticos de control hidráulicos. Sensores, válvulas de

accionamiento manual, electroválvulas, válvulas reguladoras, cilindros, motores, entre

otros.

Selección y dimensionado de los dispositivos eléctricos, neumáticos e hidráulicos.

2. Dibujo de croquis y esquemas de sistemas de control eléctrico cableados, neumáticos e

hidráulicos.

Simbología normalizada: eléctrica, neumática e hidráulica.

Identificación de las especificaciones técnicas del sistema automático a diseñar.

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Page 16: DISPOSICIONES GENERALES I

Sistemas de alimentación eléctrica para los circuitos de control secuencial cableados.

Selección de los componentes adecuados según las especificaciones técnicas.

Realización de esquemas de distribución eléctrica. En corriente alterna (Sistemas

trifásicos, monofásicos y bifásicos) y continua.

Realización de esquemas de distribución neumática e hidráulica empleados en la

alimentación de los circuitos de control.

Realización de esquemas de potencia y mando de automatismos eléctricos.

Realización de esquemas de potencia y pilotaje de automatismos neumáticos e

hidráulicos.

Representación de secuencias y diagramas funcionales: GRAFCET (SFC), diagramas

de tiempo, diagramas espacio-fase, entre otros.

Diseño de circuitos de automatismo de control secuencial por métodos sistemáticos.

3. Montaje de circuitos de automatismos eléctricos cableados, neumáticos e hidráulicos.

Interpretación de esquemas de automatismos.

Selección de dispositivos de captación, y actuación: electromecánicos, neumáticos o

hidráulicos.

Dispositivos de protección eléctrica. Selección, dimensionamiento y montaje.

Técnicas de montaje y puesta en cuadro de circuitos de automatismo eléctricos

cableados, neumáticos, electro-neumáticos, hidráulicos y electrohidráulicos.

Montaje de circuitos secuenciales eléctricos cableados para la puesta en marcha y

control de máquinas eléctricas.

Montaje de circuitos secuenciales neumáticos y electroneumáticos.

Montaje de circuitos hidráulicos de control manual y electrohidráulicos de control

secuencial.

Manejo de software de simulación y verificación de circuitos secuenciales.

Captadores de señales en circuitos de control eléctricos cableados, neumáticos e

hidráulicos. Sensores electro-mecánicos, presostatos, detectores de proximidad,

inductivos, capacitivos, fotoeléctricos, de ultrasonidos, magnéticos, entre otros.

Técnicas de aplicación de los dispositivos de actuación en circuitos de control

eléctrico, neumáticos e hidráulicos. (Movimiento giratorio, lineal y angular, mediante

motores, cilindros y actuadores de movimiento limitado entre otros.)

Técnicas de aplicación circuitos secuenciales cableados de control eléctrico para la

puesta en marcha y control de máquinas eléctricas de corriente alterna y continua:

arranque directo, inversión del sentido de giro, circuitos para disminuir la corriente

en el momento del arranque, entre otros.

Circuitos secuenciales de control neumático y electro-neumático.

Circuitos hidráulicos de accionamiento manual.

Circuitos secuenciales de control electro-hidráulico.

25584NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 17: DISPOSICIONES GENERALES I

Técnicas de simulación y verificación.

Circuitos de seguridad técnica. Dispositivos y módulos de seguridad: setas de

emergencia, pedales, relés de seguridad, mando a dos manos, entre otros.

Niveles de seguridad técnica.

Reglamentación y normativa vigente.

4. Integración de circuitos eléctricos cableados, neumáticos e hidráulicos.

Interpretación de los esquemas que requieren la integración de circuitos eléctricos

cableados, neumáticos e hidráulicos.

Aplicaciones automáticas que precisen el uso de técnicas eléctricas cableadas,

neumáticas e hidráulicas.

Válvulas para conversión de señales de circuito de diferentes tecnologías.

Circuitos secuenciales de control electroneumático.

Circuitos secuenciales de control electrohidráulico.

Circuitos secuenciales hidráulicos de pilotaje neumático.

Pilotaje neumático y electroneumático de dispositivos de vacío.

Montaje de circuitos secuenciales integrando circuitos eléctricos cableados,

neumáticos e hidráulicos.

Aplicación de la reglamentación y normativa vigente.

5. Verificación del funcionamiento de los sistemas secuenciales eléctricos cableados,

neumáticos e hidráulicos.

Verificación de la secuencia de control.

Verificación del funcionamiento de los dispositivos de protección.

Técnicas de verificación de los dispositivos de protección. Pulsadores de test,

mandos manuales, visores e indicadores de funcionamiento, entre otros.

Verificación de la secuencia de control del sistemas.

Técnicas de ajuste. Ajuste de sensores de posición y proximidad. Ajuste de relés de

tiempo y de protección. Niveles de fluidos, ajuste de presostatos y válvulas

reguladoras, entre otros.

Técnicas básicas de medida y comprobación en sistemas neumáticos e hidráulicos.

Plan de actuación para puesta en servicio.

Protocolo de puesta en marcha para la secuencia de funcionamiento.

Normativa y reglamentación vigente. REBT, entre otros.

6. Reparación de averías en los sistemas secuenciales eléctricos cableados.

Identificación de los puntos críticos susceptibles de avería.

25585NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 18: DISPOSICIONES GENERALES I

Diagnóstico, localización y reparación de averías

Protocolo de actuación ante disfunciones del sistema.

Prevención de averías. Redacción de plan de mantenimiento preventivo.

Informe de incidencias. Registro de averías.

Reglamentación vigente y normas de seguridad.

7. Prevención de riesgos, seguridad y protección medioambiental.

Normativa de prevención de riesgos laborales relativa a los sistemas eléctricos neumáticos e hidráulicos.

Prevención de riesgos laborales en los procesos de montaje y mantenimiento de sistemas automáticos.

Equipos de protección individual (características y criterios de utilización). Protección colectiva. Medios y equipos de protección.

Normativa en prevención de riesgos laborales.

Normativa reguladora en gestión de residuos.

MÓDULO PROFESIONAL: SISTEMAS SECUENCIALES PROGRAMABLES

Equivalencia en créditos ECTS: 10

Código: 0960

Duración: 165 horas

Contenidos:

1. Reconocimiento de dispositivos programables.

Sistemas programables y sistemas cableados.

Aplicaciones automáticas con sistemas secuenciales programables.

Funcionalidad de los dispositivos de un sistema secuencial programable.

Componentes internos de un dispositivo programables. Dispositivos de entrada. Memoria. Procesador. Salidas.

Funcionamiento de dispositivos programables. Principio de funcionamiento. Memorias de entrada. Ejecución del programa. Memorias de salida.

Clasificación de los dispositivos programables. Criterios de clasificación. Micro PLC, PLC compacto y PLC modular. PC embebidos.

Componentes de los dispositivos programables. CPU, módulos de entradas y salidas (analógicos y digitales), módulos especiales (servos, motor paso a paso,

25586NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 19: DISPOSICIONES GENERALES I

comunicaciones etc.). Configuración. Fuentes de alimentación. Tipo de comunicación

(RS232, RS485, Usb, Ethernet, Profinet).

Características técnicas de los dispositivos programables. Alimentación: entradas

(PNP, NPN). Salidas (Relé o transistor). Entradas y salidas analógicas (0-10 v y 4-

20mA). Lenguaje de programación. Puertos de comunicación. Ciclo de Scan.

Memorias.

Características técnicas en catálogos de distintos fabricantes.

2. Configuración de sistemas secuenciales programables.

Identificación de las especificaciones técnicas de la instalación.

Estudio y selección de los dispositivos programados adaptándolos a las exigencias

eléctricas y funcionales.

Criterios de selección y dimensionado de los dispositivos programables.

Criterios de selección y dimensionado de los componentes. Características técnicas.

Condiciones ambientales. Especificaciones de seguridad.

Normas generales de croquizado.

Esquemas de conexionado. CAD de diseño. Simbología normalizada. Esquemas de

fuerza. Esquema de conexiones del PLC. Esquemas de bornes.

Técnicas de montaje y conexionado.

Reglamentación vigente. Normas de seguridad.

3. Reconocimiento de las secuencias de control.

Determinación de los requerimientos del sistema.

Secuencia de control y diagrama de flujo. GRAFCET, SFC o S7 GRAPH.

Fases de la programación. Análisis del sistema. Identificación de entradas y salidas.

Secuencias del programa. División por etapas. Elaboración del programa.

Introducción a los diferentes entornos de programación, según fabricante.

Técnicas de localización de puntos críticos.

Planificación para la programación. Direccionamiento de señales. Variables locales.

Memorias del PLC.

4. Programación de sistemas secuenciales.

Funciones lógicas aplicadas a la programación de autómatas. Álgebra de Boole.

Operaciones lógicas (AND, OR, NOT). Funciones (NAND, NOR, XOR).

Sistemas de numeración. Binario (BIT, BYTE, WORD, DOUBLE WORD)

hexadecimal, decimal, real. Conversión entre sistemas. Visualización en la memoria

del PLC.

Sistemas de codificación. Decimal, hexadecimal, octal, binario, real y ASCII.

25587NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 20: DISPOSICIONES GENERALES I

Programación del PLC. Entradas y salidas binarias. Funciones de retención

(biestables), Flanco positivo y negativo. Temporizadores. Contadores.

Comparadores. Movimiento de datos (Bit, byte, palabra y doble palabra). Registro de

desplazamiento. Operaciones aritméticas. Señales analógicas.

Lenguajes de programación del PLC. Lenguajes gráficos: diagrama de contactos LD,

bloques de funciones FDB. Diagrama secuencial SFC (basado en GRAFCET).

Lenguajes textuales: lista de instrucciones IL, texto estructurado ST. Estandarización

de lenguajes de programación norma IEC_1131.

Bloques o unidades de organización del programa. División en bloques del programa

y bloques de función.

Programación de interfaces de comunicación (Paneles táctiles o Scadas).

Control del programa. Remota. Terminal HMI o Scada.

Documentación técnica y comercial de fabricantes. Software y hardware.

Creación del programa. Compilación de programas. Archivo. Transferencia.

Reglamentación vigente.

5. Verificación del funcionamiento del sistema secuencial.

Técnicas de verificación. Conexiones y funcionamiento.

Monitorización de programas. Visualización y estado de variables desde la unidad de

programación.

Comprobación ONLINE, ajustes de variables y ciclo de Scan.

Respuestas de los interfaces de comunicación (HMI, SCADAS).

Medición de parámetros. Aparatos e instrumentos de medida. Técnicas de medida.

Reglamentación vigente.

6. Reparación de averías.

Diagnóstico y localización de averías.

Protocolo y técnicas de actuación.

Compatibilidad de equipos sustituidos. Registros de averías.

Previsión de elementos en almacén eléctrico.

Manual de uso. Documentación técnica.

Restablecimiento del sistema.

Informe del plan de mantenimiento.

Reglamentación vigente sobre normas de seguridad.

7. Prevención de riesgos, seguridad y protección medioambiental.

Normativa de prevención de riesgos laborales relativa a los sistemas automáticos.

25588NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 21: DISPOSICIONES GENERALES I

Prevención de riesgos laborales en los procesos de montaje y mantenimiento.

Equipos de protección individual, características y criterios de utilización. Protección

colectiva. Medios y equipos de protección.

Normativa reguladora en gestión de residuos.

MÓDULO PROFESIONAL: SISTEMAS DE MEDIDA Y REGULACIÓN

Equivalencia en créditos ECTS: 10

Código: 0961

Duración: 130 horas

Contenidos:

1. Introducción a la regulación y control automáticos.

Fundamentos básicos. Conceptos de medida y regulación.

Clasificación de los sistemas de regulación y control automáticos.

2. Reconocimiento de dispositivos de medida y regulación.

Elementos que intervienen en los procesos de regulación y control automáticos.

Relación de aplicaciones industriales con sistemas de medida y regulación.

Elementos de un bucle de control. Bucle abierto y bucle cerrado.

Transductores, sensores, controladores y reguladores. Clasificación atendiendo al

parámetro físico medido y al principio de funcionamiento.

Regulación todo o nada, PID y lógica difusa.

Algoritmos de control.

Especificaciones de los sistemas de control. Primer orden, segundo orden y orden

superior,

Los sistemas de medida y regulación en las aplicaciones industriales.

3. Desarrollo y montaje de los sistemas de medida y regulación.

Estrategias básicas de control: realimentación.

Tratamiento y acondicionamiento de señales.

Manejo de elementos de neumática e hidráulica proporcional.

Selección y dimensionado de los componentes de un sistema de medida y regulación.

Determinación de la estabilidad de un sistema de control.

Selección y determinación de controladores.

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Page 22: DISPOSICIONES GENERALES I

Diseño en el espacio de estados.

Estrategias de control ante las perturbaciones.

Técnicas de montaje y puesta en marcha de sistemas de medida y regulación.

Conexión de los sistemas de medida y regulación.

Técnicas de calibración de sensores, transductores y reguladores.

Sintonización de controladores.

Parámetros y programación de elementos de control analógico y digital.

Técnicas de regulación ante el envejecimiento del sistema.

4. Verificación del funcionamiento de los sistemas de medida y regulación.

Técnicas de verificación y ajuste.

Técnicas de medida y comprobación eléctrica.

Plan de actuación durante la puesta en servicio.

Protocolo de puesta en marcha particularizado para la secuencia de funcionamiento.

Aplicación de la normativa de seguridad.

Reglamentación vigente, REBT, entre otros.

5. Mantenimiento y diagnóstico de averías en los sistemas de medida y regulación.

Técnicas de mantenimiento.

Diagnóstico y localización de averías. Métodos de diagnóstico.

Protocolos de pruebas. Plan de actuación ante las disfunciones del sistema.

Averías típicas en los sistemas de medida y regulación. Causas.

Equipos y aparatos de medida. Tipos, aplicaciones y manejo.

Informe de incidencias. Presupuesto de reparación.

Repuestos y su gestión.

Mantenimiento correctivo, preventivo, predictivo y condicional.

6. Prevención de riesgos, seguridad y protección medioambiental.

Normativa de prevención de riesgos laborales relativa a los sistemas automáticos.

Prevención de riesgos laborales en los procesos de montaje y mantenimiento.

Equipos de protección individual: características, criterios de selección y utilización.

Protección colectiva. Medios y equipos de protección.

La gestión de residuos. Normativa.

25590NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 23: DISPOSICIONES GENERALES I

MÓDULO PROFESIONAL: SISTEMAS DE POTENCIA

Equivalencia en créditos ECTS: 12

Código: 0962

Duración: 165 horas

Contenidos:

1. Fundamentos y características de los sistemas eléctricos.

Circuitos de corriente continua (c.c.). Parámetros y características :

- Magnitudes eléctricas.

- Simbología

Circuitos de asociación de resistencias: serie, paralelo, mixto, estrella y triángulo.

Cálculo de intensidades, tensiones, potencias y energías.

Resolución de circuitos de c.c. (Kirchhoff y mallas).

Circuitos de Corriente Alterna (c.a.). Componentes y parámetros.

Magnitudes eléctricas en corriente alterna. Frecuencia, periodo, fase, tensión,

corriente, potencia, cos fi, etc.

Tipos de corrientes alternas (monofásicas y polifásicas).

Generación de corrientes alternas.

Sistemas de distribución monofásicos y trifásicos.

Simbología eléctrica.

Comportamiento de los receptores en corriente alterna.

Distribución corriente alterna tres y cuatro hilos.

Conexión de receptores trifásicos.

Medidas en circuitos de corriente alterna.

Armónicos: causas, características y efectos.

Cálculo de secciones. Cálculo por caída de tensión, por calentamiento y por

cortocircuito.

Protecciones eléctricas.

2. Fundamentos, características y funcionamiento de las máquinas eléctricas.

Clasificación de las máquinas eléctricas. (Máquinas estáticas y máquinas dinámicas).

Elementos mecánicos y eléctricos de las máquinas.

Magnitudes eléctricas y mecánicas de las máquinas eléctricas. (Potencia, rendimiento,

par motor, etc).

25591NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 24: DISPOSICIONES GENERALES I

Alternador eléctrico.

Máquinas eléctricas estáticas.

- Transformador eléctrico. Principio de funcionamiento.

- Constitución y tipos (potencia, media y protección)

- Características eléctricas y mecánicas. Placa de características de

transformadores.

- Autotransformadores.

Máquinas eléctricas dinámicas:

- Generadores:

- cc (dinamos).

- ca (alternador).

- Motores eléctricos:

- cc (tipos según excitación).

- ca (trifásico (asíncrono, síncrono) monofásico).

- otros motores (servomotores, de reluctancia, paso a paso y brushless)

Criterios de selección de máquinas eléctricas.

Esquemas de conexionado de máquinas.

Sistemas de arranque de motores.

Variación de velocidad de los motores eléctricos.

3. Electrónica de potencia.

Componentes electrónicos de control de potencia (características, tipos, encapsula-

dos y cálculos).

- Resistencias no lineales (NTC, PTC, LDR, VDR ,etc.).

- Diodos de Potencia.

- Transistores de Potencia (Unión bipolar, FET, pastillas, programables).

- Osciladores de relajación y otros.

- Tiristor (Unidireccional, bidireccional, asimétrico, bloqueado por puerta, etc.).

- Interruptores estáticos (cc y ca).

- Rectificadores (No controlados y controlados).

- Protección, asociación y refrigeración de semiconductores.

Amplificadores operacionales. (OpAmp ideal en las configuraciones inversora, no-

inversora, sumadora, integradora, diferenciadora y de instrumentación).

Aparatos de medida. Técnicas de medida.

Accionamientos eléctricos. Principio de funcionamiento, aplicaciones y características

técnicas.

25592NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 25: DISPOSICIONES GENERALES I

Accionamientos electrónicos. Arrancador electrónico y variador de frecuencia.

- Variadores de CC (por tensión, por intensidad).

- Variadores de CA (rectificación, conversión, ondulador).

4. Técnica y procesos de instalación y conexionado de motores eléctricos.

Especificaciones técnicas de la instalación. Requerimientos de funcionamiento,

compatibilidad con otros sistemas.

Criterios de selección de componentes. Funcionamiento requerido, características

técnicas.

Esquemas de conexionado. Esquemas de potencia, esquemas de maniobra y esquema

de borneo, entre otros.

Simbología normalizada.

Técnicas de montaje y conexionado. Replanteo de los elementos, marcado de

conductores y colocación de terminales, entre otros.

Parámetros de ajuste de los accionamientos electrónicos. Tiempo de aceleración y

desaceleración, curvas de funcionamiento, sistemas de frenado y entradas digitales y

analógicas, entre otros.

Arranque de motores eléctricos.

Aparatos de medida. Técnicas de medida.

Compatibilidad electromagnética.

Reglamentación vigente.

5. Verificación y puesta en marcha del sistema de potencia.

Técnicas de verificación.

Instrumentos de medida.

Diagnóstico y localización de averías.

Técnicas de actuación.

Registros de averías.

Reglamentación vigente.

6. Mantenimiento de máquinas eléctricas.

Mantenimiento preventivo, correctivo y predictivo.

Operaciones de mantenimiento en las máquinas eléctricas.

Diagnóstico y localización averías: técnicas de actuación.

Documentación de gestión de mantenimiento y reparación. (Manuales de operación,

partes e informes).

25593NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 26: DISPOSICIONES GENERALES I

Plan de mantenimiento de máquinas eléctricas.

Procedimientos de actuación en el mantenimiento de máquinas eléctricas.

Ajuste de elementos y sistemas.

Gestión de almacén y logística de material de reparación y mantenimiento.

7. Prevención de riesgos, seguridad y protección medioambiental.

Normativa de prevención de riesgos laborales relativa a los sistemas automáticos.

Prevención de riesgos laborales en los procesos de montaje y mantenimiento.

Equipos de protección individual: características y criterios de utilización.

Protección colectiva. Medios y equipos de protección.

Normativa reguladora en gestión de residuos.

MÓDULO PROFESIONAL: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

Equivalencia en créditos ECTS: 5

Código: 0963

Duración: 90 horas

Contenidos:

1. Identificación de la documentación técnico-administrativa de los sistemas e instalaciones

industriales.

Anteproyecto o proyecto básico. Elementos que lo componen.

Tipos de proyectos. Clasificación y características.

Documentos básicos de un proyecto.

Certificados de instalación y verificación.

Certificado de fin de obra.

Modelos oficiales de certificación.

Normativa. Tramitación y legalización.

Manual de instrucciones y mantenimiento.

2. Representación de instalaciones eléctricas automatizadas.

Normas generales de croquizado.

Técnicas y proceso de croquizado.

Simbología.

Escalas y acotación.

Pulcritud y limpieza.

25594NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 27: DISPOSICIONES GENERALES I

3. Elaboración de la documentación gráfica de proyectos de instalaciones automatizadas.

Documentación gráfica. Normas generales de representación.

Planos. Alzado. Planta. Cortes, secciones y detalles.

Distribución de elementos.

Representación de esquemas y circuitos.

Manejo de programas de diseño asistido por ordenador. CAD.

Tipos de documentos. Formatos.

Impresión de documentos.

4. Gestión de la documentación gráfica de proyectos de instalaciones automatizadas.

Impresión de planos. Doblado de planos.

Archivado de la documentación en formato papel e informático.

Normas de codificación.

Programas informáticos de gestión de proyectos.

5. Confección de presupuestos de instalaciones y sistemas automáticos.

Unidades de obra. Mediciones.

Recursos por cada unidad de obra. Costes.

Cuadros de precios.

Costes de mano de obra.

Presupuestos. Elaboración. Análisis de costes. Costes de mantenimiento. Uso de

programas informáticos para la realización de presupuestos.

6. Elaboración de documentos del proyecto.

Interpretación de la documentación.

Formatos para la elaboración de documentos.

Documento memoria.

Anexo de cálculos. Estructura. Características.

Estudio básico de seguridad y salud.

Sistemas de gestión de calidad aplicados a proyectos.

Software para la redacción de proyectos.

7. Elaboración de planes, manuales y documentos anejos a los proyectos de instalaciones.

Normativa de aplicación.

25595NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 28: DISPOSICIONES GENERALES I

Plan de prevención de riesgos laborales. Equipos de protección individual.

Plan de emergencia.

Estudios básicos de seguridad y salud.

Herramientas informáticas.

Calidad en la ejecución de instalaciones o sistemas.

Plan de gestión medioambiental. Estudios de impacto ambiental.

Normativa de gestión medioambiental.

Condiciones de puesta en marcha y servicio. Protocolo de pruebas.

Manual de servicio.

Manual de mantenimiento. Listado de tareas de mantenimiento.

Cronograma.

MÓDULO PROFESIONAL: INFORMÁTICA INDUSTRIAL

Equivalencia en créditos ECTS: 5

Código: 0964

Duración: 130 horas

Contenidos:

1. Montaje y configuración de un sistema informático.

Arquitectura física de un sistema informático.

Componentes que integran un sistema informático.

Estructura, topología, configuraciones y características.

Unidad central de proceso o procesador.

Periféricos básicos.

Puertos de comunicaciones, serie y paralelo.

Perturbaciones que pueden afectar a un sistema informático en el ámbito industrial. Sistemas de Alimentación Ininterrumpida.

2. Instalación y configuración del software del sistema informático.

Estudio y características de los sistemas operativos actuales: monousuario y multiusuario. Sistemas propietarios y de software libre.

Instalación y configuración de sistemas operativos.

Configuración del equipo informático.

25596NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 29: DISPOSICIONES GENERALES I

Operaciones específicas con dispositivos de almacenamiento pasivo.

Componentes que integran un sistema operativo.

Operaciones con directorios, archivos y discos en distintos sistemas operativos.

Utilidades: Simuladores. Virtualización. Copias de seguridad. Clonación.

Situaciones de emergencia que puedan presentarse en un equipo o sistema

informático.

3. Instalación y configuración de redes locales de ordenadores.

Instalación de salas informáticas. Condiciones eléctricas y medioambientales.

Equipos que intervienen en una red de área local de ordenadores.

Características de las topologías de redes.

Tipos de soporte de transmisión.

Estándar Ethernet.

Montaje, conexión y configuración de los equipos de la red local de ordenadores.

4. Programación de equipos y sistemas industriales.

Programación estructurada. Algoritmos. Estructuras de control.

Representación gráfica de los algoritmos.

Pseudocódigo.

Lenguajes de programación. Tipología y características.

Lenguajes de alto nivel.

Entidades que manejan los lenguajes de alto nivel. Variables y estructuras de datos.

Juego de instrucciones del lenguaje.

Librerías y funciones básicas del entorno de desarrollo.

Declaración y desarrollo de funciones de usuario.

Herramientas de desarrollo. Compiladores, intérpretes, librerías

5. Configuración de páginas web industriales.

Comandos básicos del lenguaje específico para páginas web.

Lenguajes y preprocesadores encargados de la presentación, diseño y

comportamiento de los elementos de una página web.

Utilización de las herramientas que ofrece un software de diseño de páginas web.

Estructura de los archivos que componen una página web.

Programas clientes FTP para publicar la página en un servidor web.

Frameworks de programación para el navegador web.

25597NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 30: DISPOSICIONES GENERALES I

Frameworks de programación para el servidor web.

6. Diagnóstico de averías en sistemas y programas informáticos.

Técnicas de verificación.

Herramientas tipo hardware o software. Software de inventario.

Diagnóstico y localización de averías.

Técnicas de actuación.

Registros de averías. Software de gestión de inventario e incidencias.

MÓDULO PROFESIONAL: SISTEMAS PROGRAMABLES AVANZADOS

Equivalencia en créditos ECTS: 5

Código: 0965

Duración: 100 horas

Contenidos:

1. Reconocimiento de los dispositivos programables que intervienen en el control de

sistemas dinámicos.

Aplicaciones automáticas para sistemas de control dinámicos.

Estructura de los sistemas de control dinámicos.

Criterios de selección, dimensionamiento e integración de los dispositivos

programables para su uso en los sistemas de control dinámicos.

Relación entre dispositivos programables y aplicaciones.

Redes de comunicación (elementos, medios de transmisión, programas, etc.)

empleados en los sistemas automáticos.

2. Montaje de sistemas de regulación de magnitudes en lazo cerrado.

Funcionamiento de los dispositivos programables con señales analógicas.

Montaje de estructuras de regulación de variables de proceso.

Estrategias de control avanzadas de los sistemas de control dinámicos. Control todo

o nada, control PID, fuzzy y otros controles.

Aplicación de sistemas embebidos.

Sistemas de mejora de la eficiencia energética.

Herramientas y dispositivos de visión artificial.

Dispositivos para el control de la trazabilidad y la producción.

25598NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 31: DISPOSICIONES GENERALES I

3. Programación avanzada de controladores lógicos.

Tipos de datos en los autómatas programables. Convertidor analógico/digital

digital/analógico.

Bloques y unidades de programación de los autómatas programables.

Tratamiento de avisos y alarmas mediante bloques o rutinas de interrupción.

Entradas y salidas analógicas en autómatas programables.

Configuración y programación de tarjetas especiales.

Unidades de E/S analógicas y de control de temperatura.

Unidades para el control de posición.

Unidades de comunicaciones.

Programación avanzada del PLC: instrucciones de transferencia de datos, conversión

de datos y matemáticas.

Simulación de programas.

Control de la trazabilidad.

Programación atendiendo a técnicas de ahorro y eficiencia energética.

Sistemas de protección.

4. Verificación del funcionamiento de los sistemas de control analógico programado.

Monitorización de programas. Estado de las variables.

Fallos habituales.

Técnicas de verificación. Respuesta del sistema ante anomalías.

Instrumentos de medida.

5. Mantenimiento, diagnóstico y reparación de averías en sistemas de control analógico

programado.

Diagnóstico y localización de averías: averías típicas. Métodos de diagnóstico.

Plan de actuación ante disfunciones del sistema. Planificación y ejecución.

Informe de incidencias.

Reparación de salidas (relés, triac, transistor) en los autómatas programables.

Técnicas de actuación.

Registros de averías.

Memoria técnica. Documentación de los fabricantes.

Valoración económica.

Gestión de repuestos.

25599NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 32: DISPOSICIONES GENERALES I

Mantenimiento correctivo, preventivo, predictivo y condicional.

Manual de uso y de mantenimiento.

MÓDULO PROFESIONAL: ROBÓTICA INDUSTRIAL

Equivalencia en créditos ECTS: 5

Código: 0966

Duración: 100 horas

Contenidos:

1. Introducción a la Robótica Industrial. Reconocimiento de diferentes tipos de robots y/o

sistemas de control de movimiento.

Origen y desarrollo de la robótica y los sistemas de control de movimiento.

Definición de Robot y leyes de la robótica.

Clasificación y tipología de los robots (Generaciones, Área de Aplicación, tipo de

actuadores, número de ejes, configuración, tipo de control, etc.).

Robots Industriales (Manipuladores, PLC, Computerizados de control numérico,

inteligentes- sensoriales).

Características: Grados de libertad, espacios de trabajo, precisión de movimientos,

capacidad de carga, velocidad, programabilidad, etc.).

Sistemas mecánicos: elementos mecánicos. Sistemas de transmisión. Transformación

del movimiento.

Unidades Funcionales de los sistemas robóticos.

Morfología, estructura mecánica de un robot, elementos constitutivos del

robot y grados de libertad. (Cartesiana, cilíndrica, esférica, brazo articulado,

SCARA, etc.).

Útiles y herramientas del robot.

Sistemas de transmisión. Transmisiones y reductores.

Sistemas de accionamiento. Actuadores y micro-actuadores (Neumáticos,

hidráulicos, eléctricos).

Sistema sensorial sensores internos y externos (Posición, velocidad y

presencia, temperatura, etc.).

Elementos de sujeción y herramientas terminales.

Sistemas de alimentación.

Sistemas de control de movimiento (Unidades de control y programación).

- Técnicas de control de lazo cerrado.

- Técnicas de control de lazo abierto.

25600NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 33: DISPOSICIONES GENERALES I

- Tipos de control de trayectorias (punto a punto, lineales, cartesia-

nas...).

- Control dinámico (Monoarticular, Multiarticular PID, Adaptativo).

- Interfaces de comunicación y periféricos.

Sistemas teleoperados para el control de manipuladores y/o robots.

Elementos y características de los sistemas teleoperados.

Arquitecturas y Clasificación de los sistemas teleoperados.

Sistemas de guiado.

Sistemas de navegación en aplicaciones móviles.

Aplicaciones de los sistemas robóticos industriales.

Sistemas de Fabricación Flexible.

Análisis de los sistemas de seguridad en los entornos robóticos.

2. Configuración de instalaciones de robots y/o sistemas de control de movimiento en su

entorno.

Simbología normalizada.

Representación de esquemas en aplicaciones robotizadas. Esquemas neumáticos e

hidráulicos aplicados al control de movimiento.

Conexión de sensores para la captación de señales digitales y/o analógicas en

entornos robotizados y de control de movimiento.

Conexión de actuadores utilizados en robótica y/o sistemas de control de

movimiento: neumáticos, hidráulicos y eléctricos.

Conexión de drivers en sistemas de control de movimiento.

Conexión de dispositivos y módulos de seguridad en entornos robotizados.

Aspectos prácticos de la implantación del Regulador PID.

Representación de secuencias y diagramas de flujo.

Reglamentación vigente. REBT.

3. Programación de robots y sistemas de control de movimiento.

Posicionamiento de robots. Operaciones lógicas aplicadas a la programación de

robots.

Métodos y lenguajes de programación de robots. Clasificación

Programación por guiado o aprendizaje

Programación textual secuencial.

Requerimientos de un sistema de programación de robots

Entorno de desarrollo

25601NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 34: DISPOSICIONES GENERALES I

Modelado del entorno

Tipos de datos

Manejo de entradas salidas

Comunicaciones y protocolos.

Control del movimiento del robot.

Control del flujo de ejecución del programa.

Estandarización

Ejercicios de programación de robots industriales en entornos simulados. (ABB-

RobotStudio, RobUAlab).

Ejercicios de programación de sistemas robóticos industriales. (Manipuladores, PLC,

CNC, Inteligentes).

Ejercicios de importación de datos CAD, CAM, CIM a programas de procesos

industrial.

Actuales sistemas de programación y de control remoto (programación WEB,

VRML, JAVA, etc.).

4. Verificación del funcionamiento de robots y/o sistemas de control de movimiento.

Ejecución de programas de aplicaciones industriales.

Técnicas de verificación.

Control vía SCADA. Integración total de la actividad.

Monitorización de programas.

Instrumentos de medida.

Reglamentación vigente.

5. Mantenimiento y reparación de averías en entornos industriales robotizados y/o de

control de movimiento.

Documentación de gestión de mantenimiento y reparación. (Manuales de operación,

partes e informes).

Mantenimiento preventivo, correctivo y predictivo.

Diagnóstico y localización averías: técnicas de actuación.

Gestión de almacén y logística de material de reparación y mantenimiento.

Técnicas de monitorización y ejecución de programas.

Registros de averías.

Reglamentación vigente.

25602NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 35: DISPOSICIONES GENERALES I

MÓDULO PROFESIONAL: COMUNICACIONES INDUSTRIALES

Equivalencia en créditos ECTS: 11

Código: 0967

Duración: 160 horas

Contenidos:

1. Reconocimiento de los sistemas de comunicaciones industriales.

El proceso de comunicación. Terminología.

Pirámide CIM.

Normalización de las comunicaciones. Modelos de capas y niveles. OSI y TCP/IP

Estructura de una red de comunicación industrial.

Arquitectura.

Señales analógicas: Características en los dominios temporal y de frecuencia.

Señales digitales: codificación, velocidad de modulación, tasa de error

Modalidades de transmisión.

Organización de mensajes de datos de serie.

Modulación de señales analógicas y digitales.

Nivel físico de la capa OSI: medios de transmisión, interfaces USB, RJ-45, RS-

232/422/485

Técnicas de control de flujo.

Técnicas y características de topología de redes.

Técnicas de control de errores.

Métodos de acceso al medio.

Normativa de aplicación en las redes de comunicación industrial.

2. Elaboración de programas básicos de comunicación.

Protocolos de comunicaciones.

Dispositivos de conversión de norma física y protocolo.

Estudio de un protocolo industrial.

Comunicación serie entre dos ordenadores usando un emulador de terminal y

mediante un programa en lenguaje de alto nivel.

Elaboración y de un programa en lenguaje de alto nivel para la comunicación entre un

ordenador y un equipo industrial.

3. Instalación y configuración de redes locales de ordenadores.

25603NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 36: DISPOSICIONES GENERALES I

Instalación de salas informáticas.

Condiciones eléctricas y medioambientales.

Equipos que intervienen en una red de área local de ordenadores.

Tipos de soporte de transmisión.

El estándar ethernet.

Montaje, conexión y configuración de los equipos de la red local de ordenadores.

Configuración del sistema operativo de la red. Máquinas virtuales.

Configuración de recursos de red.

Arquitectura cliente/servidor. Servicios básicos (Web, ficheros, etc.).

4. Programación y configuración de los diferentes buses de comunicación de una planta

industrial.

Estudio y clasificación de los buses industriales actuales según el ámbito de aplicación.

Interconexión de redes.

Buses de campo a nivel sensor-actuador. Componentes, arquitectura y configuración

de estos buses de campo.

Red de comunicación entre un controlador y periferia descentralizada.

Características y configuración.

Red de comunicación para el intercambio de datos entre controladores. Maestros y

esclavos: descripción, configuración, programación y diagnóstico.

Red de comunicación industrial (autómatas programables) con integración de red de

oficinas (ordenadores).

Sistemas para el acceso a redes industriales desde el exterior. VPN y dispositivos de

telefonía móvil.

Configuración de redes industriales con la utilización de la tecnología wi-fi.

Control de procesos por ordenador.

Elaboración de planos y esquemas de una red de comunicación en sistemas de

automatización industrial.

Elaboración de manuales de instrucciones de servicio y mantenimiento de redes de

comunicación.

5. Configuración de los diferentes equipos de control y supervisión.

Definición y clasificación de los sistemas de supervisión y control que intervienen en

un sistema de comunicación industrial. Sistemas basados en ordenador (SCADA).

Principales características de los sistemas de supervisión y control.

Diseño de diferentes pantallas y la interacción entre ellas.

Visualización y escritura de datos.

25604NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 37: DISPOSICIONES GENERALES I

Incorporación de diferentes equipos de control en un mismo sistema de supervisión,

con intercambio de datos entre todos ellos.

Generación de pequeños programas o scripts de aplicación en los sistemas de

supervisión.

Representación gráfica de señales dinámicas.

Registro de valores.

Enlace entre aplicaciones.

Acceso externo desde otras aplicaciones y/o equipos a los datos para su gestión y

utilización en técnicas de mantenimiento.

6. Verificación del funcionamiento del sistema de comunicación industrial.

Técnicas de verificación.

Monitorización de programas. Visualización y modificación remota de etiquetas del

programa.

Instrumentos de medida.

Reglamentación vigente.

7. Reparación de disfunciones en sistemas de comunicación industrial.

Diagnóstico y localización de averías. Utilización de recursos de la red para

operaciones de diagnóstico, localización y reparación de averías.

Técnicas de actuación.

Registros de averías.

Memoria técnica.

Valoración económica.

Manual de uso. Manual de mantenimiento. Recomendaciones de seguridad y

medioambientales.

Reglamentación vigente.

25605NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 38: DISPOSICIONES GENERALES I

MÓDULO PROFESIONAL: INTEGRACIÓN DE SISTEMAS DE AUTOMATIZACIÓN INDUSTRIAL

Equivalencia en créditos ECTS: 11

Código: 0968

Duración: 140 horas

Contenidos:

1. Planificación de la instalación del sistema automático.

Necesidad de la planificación de la instalación de sistemas automáticos.

Técnicas de planificación en una instalación automática.

Fases de la instalación automática. Selección de herramientas y equipos.

Aprovisionamiento, almacenaje y control de materiales. Comprobación de materiales.

Identificación de puntos críticos en una instalación automática. Técnicas de

localización de puntos críticos.

Estudio del trabajo. Contenidos básicos de un plan de aprovisionamiento y montaje

de la instalación automática. Herramientas informáticas para la elaboración de un plan

de montaje.

2. Gestión del montaje de una instalación automática.

Gestión de recursos materiales y humanos.

El proceso de montaje. Indicadores de montaje. Valores mínimos de aceptación.

La puesta en marcha. Técnicas de puesta en marcha. Requerimientos de puesta en

marcha.

Ensayos de elementos de protección. Aislamiento, rigidez dieléctrica, resistencia de

tierra y corrientes de fuga, entre otros.

Equipos de medida para la seguridad eléctrica. Análisis de la red de suministro.

Armónicos y perturbaciones.

Equipos de protección individual y colectiva utilizados en el montaje de las

instalaciones automatizadas.

Reglamentación vigente.

3. Integración de elementos del sistema automático.

Características de los cuadros eléctricos y armarios de control. Elementos y

conexiones.

Compatibilidad entre sistemas y equipos.

Técnicas de instalación y montaje en sistemas eléctricos y con fluidos (sistemas

electroneumáticos y electrohidráulicos).

25606NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 39: DISPOSICIONES GENERALES I

Herramientas de montaje.

Técnicas de conexionado entre sistemas eléctricos y con fluidos.

Técnicas de montaje de robots y sistemas de control de movimiento.

Técnicas de conexionado de dispositivos de medida y regulación.

Conexionado de elementos de supervisión y adquisición de datos.

4. Ejecución de operaciones de ajuste, parametrización y programación.

Tipos de señales en un sistema automático: analógicas y digitales.

Sistemas continuos. Calibración de los dispositivos de medida y regulación.

Parámetros de ajuste. Sistemas de adquisición de datos, control y supervisión

(SCADA).

Elaboración de programas de control utilizando lenguajes de alto nivel.

Sistemas secuenciales. Secuencias de control para soluciones robotizadas y de

control de movimiento. Elaboración de programas de control.

Integración de los programas de los sistemas con diferentes dispositivos de control

lógico en un sistema automático.

Establecimiento de parámetros para los dispositivos de regulación y control

integrados en un sistema automático.

Establecimiento de parámetros y ajuste de la red de comunicación industrial en un

sistema automático integrado.

5. Verificación del funcionamiento del sistema automático.

Verificación del funcionamiento del cuadro de distribución eléctrico. Alimentación,

desconexión y seccionamientos. Enclavamientos de protección. Arranque

intempestivo. Paros de emergencia. Accesibilidad a partes en tensión. Protección

contra contactos directos e indirectos. Ensayos dieléctricos. Resistencia de

aislamiento.

Verificación del funcionamiento de todos los dispositivos del sistema automático.

Verificación del funcionamiento de los programas de adquisición, control y

supervisión.

Verificación y optimización en el establecimiento de parámetros en dispositivos de

control.

Procedimientos de puesta en marcha, verificación y ajuste de un sistema automático

completo.

Documentación técnica. Informe técnico de actividades y resultados.

6. Localización de averías en el sistema automático.

Solicitud de intervención y orden de trabajo. Plantillas. Software de gestión de las

órdenes de trabajo.

25607NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 40: DISPOSICIONES GENERALES I

Procedimientos para la identificación y reparación de averías en el sistema

automático. Averías tipo, manual de mantenimiento del fabricante.

Informes técnicos de averías y hojas de reparación. Plantillas. Software de gestión.

7. Planificación del mantenimiento de instalaciones automáticas.

Puntos susceptibles de mantenimiento en una instalación automática.

Aprovisionamiento de materiales y gestión de stocks para el mantenimiento.

Recepción de materiales para el mantenimiento.

Mantenimiento preventivo y correctivo. Técnicas de planificación de mantenimiento.

Parámetros de ajuste de equipos y elementos para la mejora del mantenimiento.

Contenidos de un plan de mantenimiento. Datos generales. Necesidades. Calendario

de revisiones y recambios.

Aplicaciones informáticas para la planificación del mantenimiento.

8. Gestión del mantenimiento de una instalación automática.

Contenidos básicos de un plan de mantenimiento. Datos generales, necesidades,

calendario de revisiones y recambios, calendario de actuación, entre otros.

Técnicas de gestión de recursos humanos y materiales.

Procedimientos e indicadores de gestión para el mantenimiento.

Montaje de instalaciones automáticas, resolviendo problemas potenciales de montaje

y realizando el replanteo necesario, todo ello en conformidad con la documentación

técnica.

Realización de operaciones de mantenimiento según el plan establecido.

Realización de la puesta en marcha y de las verificaciones oportunas de los equipos y

dispositivos del sistema de automatización industrial.

Elaboración de la documentación técnica y administrativa, utilizando herramientas

informáticas adecuadas.

Reglamentación vigente.

25608NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 41: DISPOSICIONES GENERALES I

MÓDULO PROFESIONAL: FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL

Equivalencia en créditos ECTS: 5

Código: 0970

Duración: 90 horas

Contenidos básicos:

1. Búsqueda activa de empleo:

Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y

profesional del Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial.

Análisis de los intereses, aptitudes y motivaciones personales para la carrera

profesional.

Identificación de itinerarios formativos relacionados con el Técnico Superior en

Automatización y Robótica Industrial: acceso, convalidaciones y exenciones.

Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y

profesional. Adaptación a la evolución de las exigencias del mercado de trabajo.

Definición y análisis del sector profesional del título de Técnico Superior en

Automatización y Robótica Industrial.

Proceso de búsqueda de empleo en pequeñas, medianas y grandes empresas del

sector.

Oportunidades de aprendizaje y empleo en Europa.

Técnicas e instrumentos de búsqueda de empleo. Preparación para la entrevista de

trabajo.

Nuevos yacimientos de empleo.

El proceso de toma de decisiones: definición y fases.

2. Gestión del conflicto y equipos de trabajo:

La comunicación eficaz como instrumento fundamental en la relación con los

miembros del equipo. Barreras en la comunicación. Comunicación asertiva.

Comunicación no verbal. Escucha activa e interactiva.

Valoración de las ventajas e inconvenientes del trabajo de equipo para la eficacia de la

organización.

La inteligencia emocional.

Equipos en la industria del sector profesional en el que se ubica el título según las

funciones que desempeñan.

La participación en el equipo de trabajo. Diversidad de roles. Tipología de los

miembros de un equipo. Técnicas para dinamizar la participación en el equipo.

Herramientas para trabajar en equipo.

25609NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 42: DISPOSICIONES GENERALES I

Conflicto: características, fuentes y etapas.

Métodos para la resolución o supresión del conflicto: conciliación, mediación,

negociación y arbitraje.

Negociación: concepto, elementos, proceso y cualidades del negociador.

3. Contrato de trabajo y relaciones laborales:

El derecho del trabajo. Concepto, fuentes, jerarquía normativa.

Análisis de la relación laboral individual.

Modalidades de contrato de trabajo y medidas de fomento de la contratación.

Medidas establecidas para la conciliación de la vida laboral y familiar. Normativa

autonómica. El fraude de ley en la contratación laboral.

Derechos y deberes derivados de la relación laboral.

El tiempo de trabajo y su retribución:

Jornada laboral. Análisis de la jornada determinada en convenios colectivos

del sector profesional de la automatización y robótica industrial.

El período de prueba y el tiempo de trabajo.

El salario: elementos que lo integran.

Nómina: análisis de nóminas de acuerdo con las percepciones salariales

determinadas en convenio colectivos que les sean de aplicación.

Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Consecuencias

económicas derivadas: el finiquito y la indemnización.

Representación de los trabajadores. Participación de los trabajadores en la empresa:

Unitaria y Sindical

Negociación colectiva como medio para la conciliación de los intereses de

trabajadores y empresarios.

Análisis de un convenio colectivo aplicable al ámbito profesional del Técnico Superior

en Automatización y Robótica Industrial.

Beneficios para los trabajadores en las nuevas organizaciones: flexibilidad, beneficios

sociales entre otros.

4. Seguridad Social, empleo y desempleo:

Estructura del sistema de la Seguridad Social. Acción protectora y regímenes. El

Servicio Extremeño de Salud.

Determinación de las principales obligaciones de empresarios y trabajadores en

materia de Seguridad Social: afiliación, altas, bajas y cotización.

La cotización a la Seguridad Social: bases de cotización y cuotas, empresarial y del

trabajador, resultantes según el tipo de contrato.

Acción protectora de la Seguridad Social: Introducción sobre contingencias,

prestaciones económicas y servicios.

25610NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 43: DISPOSICIONES GENERALES I

Situaciones protegibles por desempleo: situación legal de desempleo, prestación y subsidio por desempleo.

5. Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo y Evaluación de riesgos

profesionales:

Valoración de la relación entre trabajo y salud. Importancia de la cultura preventiva en todas las fases de la actividad. Sensibilización de la necesidad de hábitos y actuaciones seguras a través de las estadísticas de siniestralidad laboral nacional y extremeña.

Marco normativo básico de la prevención: derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales.

Responsabilidades y sanciones.

Condiciones de trabajo y salud. Riesgos y daños sobre la salud: accidente laboral y enfermedad profesional.

Análisis de factores de riesgo y sus efectos.

La evaluación de riesgos en la empresa como elemento básico de la actividad preventiva. Riesgos específicos en el sector profesional en el que se ubica el título: técnicas de evaluación de riesgos y aplicación en el entorno de trabajo.

Análisis de riesgos ligados a condiciones de: seguridad, ambientales, ergonómicas.

Análisis de riesgos ligados a la organización del trabajo: carga de trabajo y factores psico-sociales.

Determinación de los posibles daños a la salud del trabajador que pueden derivarse de las situaciones de riesgo detectadas.

6. Planificación de la prevención de riesgos en la empresa:

Determinación de las medidas de prevención y protección individual y colectiva para los diferentes tipos de riesgos. Señalización de seguridad.

Derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales.

Gestión de la prevención en la empresa, documentación. Planificación de la prevención en la empresa.

Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.

Planes de emergencia y de evacuación en entornos de trabajo.

Elaboración de un plan de emergencia en una pyme relacionada con el sector de la automatización y robótica industrial.

7. Aplicación de medidas de prevención y protección en la empresa:

Aplicación de las medidas de prevención.

Medidas de protección colectiva: la señalización de seguridad.

Medidas de protección individual. Los equipos de protección individual.

25611NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 44: DISPOSICIONES GENERALES I

Especial protección a colectivos específicos: maternidad, lactancia, trabajadores de una empresa de trabajo temporal, trabajadores temporales.

8. Planificación de la prevención de riesgos en la empresa:

Organización y planificación de la prevención en la empresa:

El control de la salud de los trabajadores. Representación de los trabajadores en materia preventiva

La gestión de la prevención en la empresa: definición conceptual. Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.

Vigilancia de la salud de los trabajadores El Plan de autoprotección: Plan de emergencias y de evacuación en entornos

de trabajo. Elaboración de un plan de emergencias en una pyme.

Protocolo de actuación ante una situación de emergencia. Clasificación de emergencias y diferentes situaciones que las pueden provocar. Equipos de emergencia.

9. Primeros auxilios:

Primeros auxilios: aplicación de técnicas de primeros auxiliares. Composición y uso del botiquín. Clasificación de heridos según su gravedad.

Aplicación de las técnicas de primeros auxilios según el tipo de lesión del accidentado.

MÓDULO PROFESIONAL: EMPRESA E INICIATIVA EMPRENDEDORA

Equivalencia en créditos ECTS: 4

Código: 0971

Duración: 60 horas

Contenidos básicos:

1. Iniciativa emprendedora:

Innovación y desarrollo económico. Principales características de la innovación en el sector profesional de la automatización y robótica industrial (materiales, tecnología, organización de la producción, etc.). Procesos de innovación sectorial en marcha en Extremadura.

Factores claves de los emprendedores: iniciativa, creatividad, formación y colaboración.

Desarrollo del espíritu emprendedor a través del fomento de las actitudes de creatividad, iniciativa, autonomía y responsabilidad.

La actuación de los emprendedores como empleados en una Pyme del sector de la automatización y robótica industrial. Concepto de intraemprendedor.

25612NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 45: DISPOSICIONES GENERALES I

La actuación de los emprendedores como empresarios en una Pyme del sector de la

automatización y robótica industrial.

El riesgo como elemento inevitable de toda actividad emprendedora.

La empresa como fuente de creación de empleo y bienestar social.

El empresario. Requisitos y actitudes para el ejercicio de la actividad empresarial.

La estrategia empresarial como medio para conseguir los objetivos de la empresa.

Búsqueda de ideas de negocio. Análisis y viabilidad de las oportunidades de negocio

en el sector profesional de la automatización y robótica industrial.

Plan de empresa: la idea de negocio en el ámbito de la automatización y robótica

industrial.

Definición de una determinada idea de negocio.

2. La empresa y su entorno:

La Empresa. Concepto

Funciones básicas de la empresa.

La empresa como sistema. La estructura organizativa de la empresa.

Análisis del entorno general de una pyme de automatización y robótica industrial.

Entorno económico, social, demográfico y cultural.

Análisis del entorno específico de una pyme de automatización y robótica industrial:

los clientes, los proveedores y la competencia. Variables del marketing mix: precio,

producto, comunicación y distribución.

Relaciones de una pyme de automatización y robótica industrial con su entorno y con

el conjunto de la sociedad.

Responsabilidad social de la empresa. Elaboración del balance social de la empresa:

descripción de los principales costes y beneficios sociales que produce. Viabilidad

medioambiental.

La cultura empresarial y la imagen corporativa como instrumentos para alcanzar los

objetivos empresariales.

La ética empresarial. Identificación de prácticas que incorporan valores éticos y

sociales. Aplicación a empresas de automatización y robótica industrial en

Extremadura.

Estudio y análisis de la viabilidad económica y financiera de una “pyme” de

automatización y robótica industrial.

3. Creación y puesta en marcha de una empresa:

Tipos de empresa. Empresario individual y empresario social. La franquicia.

Ventajas e inconvenientes de los distintos tipos de empresa. La responsabilidad de los

propietarios de la empresa en función de la forma jurídica.

25613NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 46: DISPOSICIONES GENERALES I

La fiscalidad en las empresas. Impuesto de Sociedades e Impuesto sobre la Renta de

las Personas Físicas.

Elección de la forma jurídica.

Trámites administrativos para la constitución de una empresa. Oficinas virtuales:

Seguridad Social, Servicio Público de Empleo, etc.

Asesoramiento y gestión administrativa externos. La ventanilla única.

Viabilidad económica y viabilidad financiera de una pyme del sector profesional de

automatización y robótica industrial.

Plan de empresa: elección de la forma jurídica, estudio de viabilidad económica y

financiera, trámites administrativos y gestión de ayudas y subvenciones.

4. Función Económica, administrativa y comercial:

Concepto de contabilidad y nociones básicas. El registro de la información contable.

Los libros contables.

Análisis de la información contable. Cálculo e interpretación de las ratios de

solvencia, liquidez y rentabilidad. Umbral de rentabilidad.

Obligaciones fiscales de las empresas. Tipos de impuestos. Calendario fiscal.

Principales instrumentos de financiación bancaria.

Gestión administrativa de una empresa de automatización y robótica industrial:

cumplimentación de la documentación básica de carácter comercial y contable

(facturas, albaranes, notas de pedido, letras de cambio, cheques y otros). Descripción

de los circuitos que dicha documentación recorre en la empresa.

Plan de empresa: documentación básica de las operaciones realizadas.

Concepto de Mercado. Oferta. Demanda.

Análisis del Mercado de la automatización y robótica industrial.

Marketing mix: precio, producto, promoción y distribución.

5. Proyecto de simulación empresarial en el aula.

Constitución y puesta en marcha de una empresa u organización simulada.

Desarrollo del plan de producción de la empresa u organización simulada.

Definición de la política comercial de la empresa u organización simulada.

Organización, planificación y reparto de funciones y tareas en el ámbito de la

empresa u organización simulada.

25614NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 47: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO II

Módulos profesionales propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura

MÓDULO PROFESIONAL: INGLÉS I

Equivalencia en créditos ECTS: 4

Código: 0973-Ex

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Reconoce información profesional y cotidiana contenida en todo tipo de discursos orales emitidos por cualquier medio de comunicación en lengua estándar, interpretando con precisión el contenido del mensaje.

Criterios de evaluación:

a) Se ha situado el mensaje en su contexto.

b) Se ha identificado la idea principal del mensaje.

c) Se ha reconocido la finalidad del mensaje, ya sea directo, telefónico o por cualquier otro medio auditivo.

d) Se ha extraído información específica en mensajes relacionados con la vida cotidiana y profesional.

e) Se han secuenciado los elementos constituyentes del mensaje.

f) Se ha identificado la idea principal y las ideas secundarias de discursos y mensajes sobre temas concretos, académicos y profesionales articulados con claridad.

g) Se han reconocido las instrucciones orales y se han seguido las indicaciones.

h) Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un mensaje sin entender todos y cada uno de los elementos del mismo.

2. Interpreta información profesional y cotidiana contenida en textos escritos sencillos,

analizando de forma comprensiva su contenido.

Criterios de evaluación:

a) Se han leído con un alto grado de independencia distintos tipos de textos, adaptando el estilo y la velocidad de la lectura a cada uno de ellos.

b) Se ha interpretado el contenido global del mensaje.

c) Se ha relacionado el texto con el ámbito del sector al que se refiere.

d) Se ha identificado la terminología utilizada.

e) Se ha identificado con cierta rapidez el contenido de artículos e informes sobre temas profesionales.

25615NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 48: DISPOSICIONES GENERALES I

f) Se han interpretado mensajes recibidos a través de soportes telemáticos: correo electrónico, fax, etc.

g) Se han realizado traducciones de textos relacionados con temas profesionales utilizando materiales de apoyo en caso necesario.

h) Se han interpretado instrucciones sobre procesos propios de su especialidad.

3. Emite mensajes orales claros y bien estructurados, analizando el contenido de la

situación y adaptándose al registro lingüístico del interlocutor.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los registros utilizados para la emisión del mensaje.

b) Se ha expresado con fluidez sobre temas generales y profesionales marcando la relación entre las ideas.

c) Se ha comunicado espontáneamente utilizando fórmulas, nexos de unión y estrategias de interacción.

d) Se han utilizado normas de protocolo en presentaciones formales e informales.

e) Se han expresado y defendido puntos de vista con claridad, proporcionando argumentos y explicaciones adecuadas.

f) Se ha argumentado con todo detalle la elección de una determinada opción o procedimiento de trabajo elegido.

g) Se ha utilizado correctamente la terminología de la automatización y robótica industrial.

h) Se ha solicitado la reformulación del discurso o parte del mismo cuando se ha considerado necesario.

4. Elabora textos sencillos relacionados con la vida cotidiana y documentos e informes

propios del sector, relacionando los recursos lingüísticos con el propósito de los mismos.

Criterios de evaluación:

a) Se han redactado textos breves y claros sobre aspectos de la vida cotidiana y temas relacionados con su especialidad.

b) Se ha organizado la información con corrección, precisión, coherencia y cohesión.

c) Se han realizado resúmenes de textos relacionados con aspectos cotidianos, artículos, manuales de instrucciones y otros documentos escritos, utilizando un vocabulario amplio para evitar la repetición frecuente.

d) Se ha cumplimentado documentación específica de su campo profesional, dentro de los sistemas automáticos industriales.

e) Se han aplicado las fórmulas establecidas y el vocabulario específico en la cumplimentación de documentos.

f) Se han utilizado las fórmulas de cortesía propias del documento elaborado.

25616NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 49: DISPOSICIONES GENERALES I

5. Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación,

describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.

Criterios de evaluación:

a) Se han definido los rasgos más significativos de las costumbres y usos de la

comunidad donde se habla la lengua extranjera.

b) Se han descrito los protocolos y normas de relación social propios del país.

c) Se han identificado los valores y creencias propios de la comunidad donde se habla la

lengua extranjera.

d) Se han identificado los aspectos socioprofesionales propios del sector en cualquier

tipo de texto.

e) Se han aplicado los protocolos y normas de relación social propios del país de la

lengua extranjera.

f) Se han reconocido los marcadores lingüísticos de la procedencia regional.

Duración: 60 horas

Contenidos básicos:

1. Análisis de mensajes orales:

Reconocimiento y comprensión de mensajes cotidianos y profesionales relacionados

con el sector profesional de la automatización y robótica industrial.

Recursos lingüísticos habituales y palabras clave utilizadas en la comunicación

general y específica.

Fórmulas de cortesía y formalidad adecuadas al contexto y al interlocutor.

Fórmulas de saludo, acogida y despedida.

Fórmulas de petición de clarificación, repetición y confirmación para la

comprensión de un mensaje.

Fórmulas habituales para atender, mantener y finalizar conversaciones en

diferentes entornos (llamadas telefónicas, presentaciones, reuniones,

entrevistas laborales, etc.)

Idea principal e ideas secundarias en presentaciones y debates.

Resolución de los problemas de comprensión en las presentaciones orales

mediante la deducción por el contexto.

Terminología específica del sector de la automatización y robótica industrial.

Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios, preposiciones, expresión

de la condición y duda, oraciones de relativo, uso de la voz pasiva, estilo

indirecto y verbos modales.

Otros recursos lingüísticos: gustos y preferencias, argumentaciones,

sugerencias, acuerdos y desacuerdos, opiniones y consejos, obligación,

persuasión, advertencia y reclamaciones.

25617NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 50: DISPOSICIONES GENERALES I

Instrucciones sobre operaciones y tareas propias del puesto de trabajo y del

entorno profesional.

Discursos y mensajes generales y/o profesionales del sector de la

automatización y robótica industrial.

Diferentes acentos de la lengua oral.

2. Interpretación de mensajes escritos:

Comprensión de mensajes, textos y/o artículos básicos cotidianos y profesionales.

Organización de la información en textos técnicos: índices, títulos,

encabezamientos, tablas, etc.

Características de los tipos de documentos propios del sector profesional de

la automatización y robótica industrial: libros de instrucciones, información

técnica para determinar elementos de sistemas automáticos, diferentes tipos

de proyectos y memorias técnicas, especificaciones y prescripciones

reglamentarias, normas de seguridad, etc.

Técnicas de localización y selección de la información relevante: lectura

rápida para identificar el tema principal y lectura orientada a encontrar una

información específica.

Fórmulas de cortesía y formalidad.

Comprensión de recursos lingüísticos habituales y palabras clave utilizadas en

la comunicación general y específica.

Interpretación de la terminología específica del sector de la automatización y

robótica industrial.

Comprensión detallada de correspondencia, mensajería electrónica, fax,

burofax, etc.

Comprensión de la información y el léxico propio de los requisitos técnicos

del montaje y mantenimiento de equipos, programas de control, programas

informáticos y normativa entre otros.

Comprensión detallada de instrucciones y explicaciones contenidas en

manuales (de instrucciones, de funcionamiento, tutoriales, especificaciones

del fabricante, etc.) para evaluar el rendimiento de los dispositivos e

identificar posibilidades de mejora.

Comprensión global y detallada de mensajes, textos, artículos profesionales

del sector y cotidianos.

Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios y preposiciones, verbos

seguidos de infinitivo o formas en “-ing”, oraciones condicionales, uso de la

voz pasiva, oraciones de relativo, estilo indirecto, verbos modales.

Relaciones lógicas: oposición, concesión, causa, finalidad, resultado, condición,

comparación.

Relaciones temporales: anterioridad, posterioridad, simultaneidad.

25618NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 51: DISPOSICIONES GENERALES I

3. Producción de mensajes orales:

Mensajes orales:

Normas de convivencia y protocolo.

Fórmulas de cortesía y formalidad adecuadas al contexto y al interlocutor.

Fórmulas habituales para iniciar, mantener y finalizar conversaciones en

diferentes entornos (llamadas telefónicas, presentaciones, reuniones,

entrevistas laborales, etc.)

Estrategias de clarificación.

Recursos lingüísticos habituales y palabras clave utilizadas en la comunicación

general y específica.

Producción de mensajes que impliquen la solicitud de información para la

resolución de problemas, tales como el diagnóstico de averías y disfunciones

o el uso de herramientas de diagnóstico y comprobación adecuadas para

supervisar y/o mantener instalaciones y equipos asociados.

Comunicación de instrucciones de trabajo, planes, intenciones y opiniones.

Tratamiento de quejas y reclamaciones.

Elaboración de mensajes directos, telefónicos y grabados con el registro

apropiado y la terminología específica del sector profesional de la

automatización y robótica industrial.

Instrucciones sobre operaciones y tareas propias del puesto de trabajo y del

entorno profesional de la automatización y robótica industrial.

Fonética. Sonidos y fonemas vocálicos y consonánticos. Combinaciones y

agrupaciones.

Marcadores lingüísticos de relaciones sociales, normas de cortesía y diferen-

cias de registro.

Mantenimiento y seguimiento del discurso oral:

Intercambio de información de interés personal. Opiniones personales.

Conversaciones informales improvisadas sobre temas cotidianos y profesio-

nales.

Elementos paratextuales, resumir, preguntar o repetir con otras palabras

para confirmar la comprensión mutua.

Toma, mantenimiento y cesión del turno de palabra.

Apoyo, demostración de entendimiento, petición de aclaración, etc.

Entonación como recurso de cohesión del texto oral.

4. Emisión de textos escritos:

Elaboración de textos sencillos cotidianos y profesionales del sector.

Redacción de textos breves relacionados con aspectos cotidianos y

profesionales.

25619NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 52: DISPOSICIONES GENERALES I

Organización de la información de forma coherente y cohesionada.

Técnicas para la elaboración de resúmenes de textos y esquemas

relacionados con su entorno profesional.

Fórmulas establecidas y vocabulario específico en la cumplimentación de

documentos cotidianos y profesionales del sector.

Redacción de escritos relacionados con el proceso de inserción laboral:

currículum vitae, carta de presentación, respuesta a una oferta de trabajo y

soportes telemáticos: fax, email, burofax.

Terminología específica del sector de la automatización y robótica industrial.

Producción de mensajes que impliquen la solicitud de información para la

resolución de problemas, tales como el diagnóstico de averías y disfunciones

o el uso de herramientas de diagnóstico y comprobación adecuadas para

supervisar y/o mantener instalaciones y equipos asociados.

Comunicación de instrucciones de trabajo, planes, intenciones y opiniones.

Tratamiento de quejas y reclamaciones.

Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios y preposiciones,

oraciones condicionales, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo

indirecto, verbos modales. Nexos: “although”, “in spite of”, etc.

Relaciones lógicas: oposición, concesión, causa, finalidad, resultado, condición,

comparación.

Relaciones temporales: anterioridad, posterioridad, simultaneidad.

Coherencia textual.

Adecuación del texto al contexto comunicativo.

Tipo y formato de texto.

Variedad de lengua. Registro.

Selección léxica de estructuras sintácticas y de contenido relevante.

Inicio del discurso e introducción del tema, desarrollo y expansión,

ejemplificación y conclusión.

Uso de los signos de puntuación.

Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación,

describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.

Identificación e interpretación de los elementos culturales más significativos

de los países de lengua inglesa.

Valoración de las normas socioculturales y protocolarias en las relaciones

internacionales.

Uso de los recursos formales y funcionales en situaciones que requieren un

comportamiento socioprofesional con el fin de proyectar una buena imagen

de la empresa.

25620NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 53: DISPOSICIONES GENERALES I

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo contiene la formación necesaria para el desempeño de actividades relacionadas con las actividades de la automatización y robótica industrial.

La gestión en el sector de la automatización y robótica industrial incluye el desarrollo de los procesos relacionados y el cumplimiento de procesos y protocolos de calidad en lengua inglesa.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales del ciclo formativo y las competencias generales del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo, versarán sobre:

La descripción, análisis y aplicación de los procesos de comunicación utilizando el inglés.

La caracterización de los procesos del sector en inglés.

Los procesos de calidad en la empresa, su evaluación y la identificación y formalización de documentos asociados a la gestión en el sector profesional en inglés.

La identificación, análisis y procedimientos de actuación ante situaciones imprevistas en inglés.

MÓDULO PROFESIONAL: INGLÉS II

Equivalencia en créditos ECTS: 3

Código: 0974-Ex

Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.

1. Reconoce información profesional y cotidiana contenida en todo tipo de discursos orales emitidos por cualquier medio de comunicación en lengua estándar, interpretando con precisión el contenido del mensaje.

Criterios de evaluación:

a) Se ha situado el mensaje en su contexto.

b) Se ha identificado la idea principal del mensaje.

c) Se ha reconocido la finalidad del mensaje, ya sea directo, telefónico o por cualquier otro medio auditivo.

d) Se ha extraído información específica en mensajes relacionados con la vida cotidiana y profesional.

e) Se han secuenciado los elementos constituyentes del mensaje.

f) Se han identificado las ideas principales de discursos y mensajes sobre temas concretos, emitidos en lengua estándar y articulados con claridad.

g) Se han extraído las ideas principales de discursos sobre temas académicos y profesionales.

25621NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 54: DISPOSICIONES GENERALES I

h) Se han reconocido las instrucciones orales y se han seguido las indicaciones.

i) Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un mensaje sin entender todos y cada uno de los elementos del mismo.

2. Produce mensajes orales bien estructurados en situaciones habituales del ámbito social y

profesional de la empresa, reconociendo y aplicando las normas propias de la lengua inglesa.

Criterios de evaluación:

a) Se han identificado mensajes de saludos, presentación y despedida con el protocolo y las pautas de cortesía asociadas.

b) Se han utilizado con fluidez mensajes propuestos en la gestión de citas.

c) Se han transmitido mensajes relativos a justificación de retrasos, ausencias o cualquier otra eventualidad.

d) Se han empleado con fluidez las expresiones habituales para el requerimiento de la identificación de los interlocutores.

e) Se ha expresado con fluidez sobre temas generales, profesionales o de ocio, marcando con claridad la relación entre las ideas.

f) Se ha comunicado espontáneamente utilizando correctamente nexos de unión, estrategias de interacción y adoptando un nivel de formalidad adecuado a las circunstancias.

3. Mantiene conversaciones en lengua inglesa del ámbito del sector de la automatización y la robótica industrial interpretando la información de partida.

Criterios de evaluación:

a) Se ha utilizado un vocabulario técnico adecuado al contexto de la situación.

b) Se han utilizado los mensajes adecuados de saludos, presentación, identificación y otros con las pautas de cortesía asociadas dentro del contexto de la conversación.

c) Se han atendido consultas telefónicas con supuestos fabricantes y proveedores.

d) Se ha identificado la información facilitada y requerimientos realizados por el interlocutor.

e) Se han formulado las preguntas necesarias para favorecer y confirmar la percepción correcta del mensaje.

f) Se han proporcionado las respuestas correctas a los requerimientos e instrucciones recibidas.

g) Se han realizado las anotaciones oportunas en inglés en caso de ser necesario.

h) Se han utilizado las fórmulas comunicativas más usuales utilizadas en el sector.

i) Se han comprendido sin dificultad los puntos principales de la información.

j) Se ha utilizado un acento adecuado en las conversaciones en inglés.

25622NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 55: DISPOSICIONES GENERALES I

4. Interpreta información profesional contenida en textos escritos recibidos por cualquier vía y relacionados con la cultura general de negocio y empresa, utilizando las herramientas de apoyo más adecuadas.

Criterios de evaluación:

a) Se han leído con un alto grado de independencia distintos tipos de textos, adaptando el estilo y la velocidad de la lectura a cada uno de ellos.

b) Se han identificado las herramientas de apoyo más adecuadas para la interpretación y traducción en inglés.

c) Se ha interpretado la información sobre la empresa, el producto y el servicio.

d) Se ha identificado con cierta rapidez el contenido de artículos, noticias e informes sobre temas profesionales.

e) Se han interpretado mensajes recibidos a través de soportes telemáticos: correo electrónico, fax, etc.

f) Se han interpretado estadísticas y gráficos en inglés sobre el ámbito profesional.

g) Se ha valorado la dimensión de la lengua inglesa como medio de comunicación base en la relación empresarial.

5. Elabora y cumplimenta documentos de carácter técnico o laboral reconociendo y aplicando las normas propias de la lengua inglesa.

Criterios de evaluación:

a) Se han redactado textos complejos sobre aspectos de la vida cotidiana y temas relacionados con su especialidad.

b) Se ha organizado la información con corrección, precisión, coherencia y cohesión.

c) Se han resumido artículos, manuales de instrucciones y otros documentos escritos, utilizando un vocabulario amplio para evitar la repetición frecuente.

d) Se ha identificado un vocabulario de uso general en la documentación propia del ámbito laboral de la automatización y robótica industrial.

e) Se ha cumplimentado documentación específica de su campo profesional dentro del sector de la automatización y robótica industrial.

f) Se han aplicado las fórmulas establecidas y el vocabulario específico en la cumplimentación de documentos.

g) Se han utilizado las fórmulas de cortesía propias del documento elaborado.

Duración: 40 horas

Contenidos básicos:

1. Comprensión y producción oral precisa:

Mensajes cotidianos y profesionales relacionados con el sector profesional de la automatización y robótica industrial.

25623NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 56: DISPOSICIONES GENERALES I

Normas de convivencia y protocolo. Pautas de cortesía y adecuación al lenguaje no

verbal.

Terminología específica del sector de la automatización y robótica industrial.

Recursos, estructuras lingüísticas, léxico y aspectos fonológicos sobre: presentación

de personas, saludos y despedidas, tratamientos de cortesía y formalidad,

identificación de los interlocutores, justificación de retrasos o ausencias,

alojamientos, medios de transportes, horarios, actos culturales y análogos.

Recepción y transmisión de mensajes de forma presencial, telefónica o telemática.

Solicitudes y peticiones de información.

Estilos comunicativos formales y no formales: la recepción y relación con el cliente.

Recursos, estructuras lingüísticas, léxico y aspectos fonológicos relacionados con la

contratación, la atención al cliente, quejas y reclamaciones. Formulación de disculpas

en situaciones delicadas, etc.

Planificación de agendas: concierto, aplazamiento y anulación de citas.

Presentación de productos/servicios y valores añadidos, condiciones de pago, etc.

Producción de mensajes que impliquen la solicitud de información para la resolución

de problemas, tales como el diagnóstico de averías y disfunciones o el uso de

herramientas de diagnóstico y comprobación adecuadas para supervisar y/o mantener

instalaciones y equipos asociados.

Realización de consultas, dirigiéndose a la persona adecuada.

Aplicación de estrategias y técnicas de comunicación, adaptándose a los contenidos

que se van a transmitir, a la finalidad y las características de los receptores para

asegurar la eficacia en los procesos de comunicación.

Desarrollo de técnicas de liderazgo, motivación, supervisión y comunicación en

contextos de trabajo en grupo para facilitar la organización y coordinación de

equipos de trabajo.

Comunicación de instrucciones de trabajo, planes, intenciones y opiniones.

Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios, preposiciones, expresión de la

condición y duda, oraciones de relativo, uso de la voz pasiva, estilo indirecto y verbos

modales.

Otros recursos lingüísticos: gustos y preferencias, argumentaciones, sugerencias,

acuerdos y desacuerdos, opiniones y consejos, obligación, persuasión y advertencia.

Instrucciones sobre operaciones y tareas propias del puesto de trabajo y del entorno

profesional.

Diferentes acentos de la lengua oral.

2. Mantenimientos y seguimiento del discurso oral:

Intercambio de información de interés personal. Opiniones personales.

Conversaciones informales improvisadas sobre temas cotidianos y profesionales.

25624NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 57: DISPOSICIONES GENERALES I

Elementos paratextuales, resumir, preguntar o repetir con otras palabras para

confirmar la comprensión mutua.

Toma, mantenimiento y cesión del turno de palabra.

Apoyo, demostración de entendimiento, petición de aclaración, etc.

Entonación como recurso de cohesión del texto oral.

3. Interpretación de textos con herramientas de apoyo:

Comprensión de mensajes y textos complejos relacionados con temas cotidianos y

profesionales.

Organización de la información en los textos técnicos: índices, títulos,

encabezamientos, tablas, esquemas y gráficos.

Características de los tipos de documentos propios del sector profesional de

la automatización y robótica industrial: libros de instrucciones, información

técnica para determinar elementos de sistemas automáticos, diferentes tipos

de proyectos y memorias técnicas, especificaciones y prescripciones

reglamentarias, normas de seguridad, etc.

Comprensión detallada de correspondencia, correo electrónico, fax,

burofax, etc.

Interpretación de la terminología específica del sector profesional de la

automatización y robótica industrial.

Fórmulas de cortesía y formalidad.

Comprensión de recursos lingüísticos habituales y palabras clave utilizadas en

la comunicación general y específica.

Comprensión detallada de la información contenida en informes, formularios,

folletos y prensa especializada del sector para mantener el espíritu de

innovación y actualización así como para adaptarse a los cambios

tecnológicos y organizativos de su entorno profesional.

Análisis y utilización de recursos lingüísticos y palabras clave relacionados con

la evolución científica, tecnológica y organizativa del sector y las tecnologías

de la información y la comunicación.

Comprensión de la información y el léxico propio de los requisitos técnicos

del montaje y mantenimiento de equipos, programas de control, programas

informáticos, de diseño de última generación y normativa entre otros.

Comprensión detallada de instrucciones y explicaciones contenidas en

manuales (de instrucciones, de funcionamiento, tutoriales, especificaciones

del fabricante, etc.) para evaluar el rendimiento de los dispositivos e

identificar posibilidades de mejora.

Idea principal e ideas secundarias.

Uso de diccionarios temáticos, correctores ortográficos, programas de traducción

automáticos aplicados a textos relacionados con :

La cultura de la empresa y sus objetivos.

25625NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 58: DISPOSICIONES GENERALES I

Descripción y comparación de gráficos y estadística. Comprensión de los

indicadores económicos más habituales.

Agenda. Documentación para la organización de citas y reuniones.

Organización de las tareas diarias.

Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios y preposiciones, oraciones

condicionales, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo indirecto, verbos

modales.

Relaciones lógicas: oposición, concesión, causa, finalidad, resultado, condición,

comparación.

Relaciones temporales: anterioridad, posterioridad, simultaneidad.

4. Emisión de textos escritos y cumplimentación de documentación administrativa, técnica

y comercial en inglés:

Elaboración de textos relacionados con aspectos cotidianos y profesionales.

Organización de la información de forma coherente y cohesionada.

Realización de resúmenes de textos relacionados con su entorno profesional.

Terminología específica del sector de la automatización y robótica industrial.

Idea principal e ideas secundarias.

Uso de los registros adecuados según el contexto de la comunicación, el interlocutor

y la intención de los interlocutores.

Se han recibido y remitido correos electrónicos, fax, etc., en inglés con las

expresiones correctas de saludo y despedida entre otras.

Cumplimentación de documentación comercial básica.

Cumplimentación de documentación técnica y administrativa de acuerdo con la

legislación vigente y con los requerimientos del cliente.

Recursos, estructuras lingüísticas y léxico básico relacionado con los

objetivos de la empresa, normas de calidad y normativa sobre

procedimientos de prevención de riesgos laborales y ambientales.

Cumplimentación de documentación comercial básica: propuestas de pedido,

albaranes, facturas proforma, facturas, documentos de pago u otros.

Recursos, estructuras lingüísticas y léxico básico relacionados con la gestión de

pedidos, contratación, preferencias de compra, devoluciones y descuentos.

Selección y contratación del personal: contratos de trabajo y cartas de citación.

Admisión y rechazo en procesos de selección.

Organización de la empresa: puestos de trabajo y funciones.

Recursos, estructuras lingüísticas y léxico básico relacionados con el ámbito laboral:

currículum vitae, redacción de cartas de presentación e identificación de ofertas y

bolsas de empleo.

25626NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 59: DISPOSICIONES GENERALES I

Descripción de habilidades personales más adecuadas a la solicitud de una oferta de

empleo.

Análisis del contenido y finalidad de distintos documentos tipo de otros países en

inglés.

Redacción de cartas de agradecimiento a proveedores.

Cumplimentación de documentos de incidencias y reclamaciones.

Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios y preposiciones, oraciones

condicionales, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo indirecto, verbos

modales.

Relaciones lógicas: oposición, concesión, causa, finalidad, resultado, condición,

comparación.

Relaciones temporales: anterioridad, posterioridad, simultaneidad.

Coherencia textual.

Adecuación del texto al contexto comunicativo.

Tipo y formato de texto.

Variedad de lengua. Registro.

Selección léxica de estructuras sintácticas y de contenido relevante.

Inicio del discurso e introducción del tema, desarrollo y expansión,

ejemplificación y conclusión.

Uso de los signos de puntuación.

5. Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación,

describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.

Valoración de las normas socioculturales y protocolarias en las relaciones

internacionales.

Uso de los recursos formales y funcionales en situaciones que requieren un

comportamiento socioprofesional con el fin de proyectar una buena imagen de la

empresa.

Reconocimiento de la lengua extranjera para profundizar en conocimientos que

resulten de interés a lo largo de la vida personal y profesional.

Orientaciones pedagógicas:

Este módulo contiene la formación necesaria para el desempeño de actividades relacionadas

con el sector de la automatización y robótica industrial. La gestión en el sector incluye el

desarrollo de los procesos relacionados y el cumplimiento de procesos y protocolos de

calidad, todo ello en lengua inglesa.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales del ciclo formativo y

las competencias generales del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los

objetivos del módulo, versarán sobre:

25627NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 60: DISPOSICIONES GENERALES I

La descripción, análisis y aplicación de los procesos de comunicación utilizando el inglés.

La caracterización de los procesos del sector en inglés.

Los procesos de calidad en la empresa, su evaluación y la identificación y formalización de documentos asociados a la gestión de alojamiento en inglés.

La identificación, análisis y procedimientos de actuación ante situaciones imprevistas (quejas, reclamaciones…) en inglés.

25628NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 61: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO III

Organización modular y distribución horaria por curso escolar del ciclo formativo de grado superior Automatización y Robótica Industrial

Nº Módulo Profesional Primer curso Segundo curso

Horas totales

Horas semanales

Horas totales

Horas semanales

1 0959. Sistemas eléctricos, neumáticos

e hidráulicos 130 4

2 0960. Sistemas secuenciales

programables 165 5

3 0961. Sistemas de medida y

regulación 130 4

4 0962. Sistemas de potencia 165 5

5 0963. Documentación Técnica 90 3

6 0964. Informática industrial 130 4

7 0970. Formación y Orientación laboral 90 3

8 0973-Ex. Inglés I 60 2

9 0965. Sistemas programables

avanzados 100 5

10 0966. Robótica industrial 100 5

11 0967.Comunicaciones industriales 160 8

12 0968. Integración de sistemas de

automatización industrial 140 7

13 0971. Empresa e iniciativa

emprendedora 60 3

14 0974-Ex. Inglés II 40 2

15 0969. Proyecto de automatización y

robótica industrial 40

16 0972. Formación en centros de

trabajo 400

Total horas por curso. 960 30 1040 30

25629NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 62: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO IV

Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Módulo Profesional Especialidad del

Profesorado Cuerpo

0973-Ex. Inglés I

Inglés

• Catedráticos de Enseñanza

Secundaria

• Profesores de Enseñanza

Secundaria 0974-Ex. Inglés II

ANEXO V

Espacios y equipamientos recomendados

Espacios:

Espacio formativo* Superficie m

30 alumnos Superficie m

20 alumnos

Aula polivalente 60 40

Aula de informática 120 80

Laboratorio de sistemas automáticos 120 100

Taller de sistemas automáticos 180 120

* Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse, necesariamente

25630NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 63: DISPOSICIONES GENERALES I

Equipamientos:

Espacios formativos Equipamiento

Aula polivalente

• Sistema de proyección. • Ordenadores en red y con acceso a Internet. • Dispositivos de almacenamiento en red. • Escáner. • Impresoras.

• Equipos audiovisuales.

Aula de informática

• Sistema de proyección. • Ordenadores en red y con acceso a Internet. • Escáner, Plóter, Impresoras. • Programas de gestión de proyectos. • Equipo audiovisuales • Software de diseño y simulación de sistemas mecatrónicos. • Software de programación de PLCs. • Software de desarrollo de SCADA. • Software de desarrollo de CAD eléctrico. • Software de programación y visualización de páginas web.

25631NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 64: DISPOSICIONES GENERALES I

Espacios formativos Equipamiento

Laboratorio de sistemas

automáticos

Taller de sistemas

automáticos

• Sistema de proyección.

• Ordenadores en red y con acceso a Internet.

• Impresoras.

• Software de aplicación.

• Generador de funciones

• Componentes neumáticos, hidráulicos, electro-hidráulicos y electro-

neumáticos: válvulas, actuaciones, indicadores, otros.

• Elementos de mando y maniobra.

• Bomba, motores y cilindros hidráulicos.

• Acumuladores hidráulicos.

• Elementos de protección.

• Contadores de energía activa y reactiva, monofásicos y trifásicos.

• Luxómetro.

• Transformadores.

• Frecuencímetros y polímetros.

• Fuentes de alimentación.

• Entrenadores de neumática, hidráulica, electroneumática y electrohidráulica.

• Entrenadores de electrónica de potencia.

• Autómatas programables.

• Osciloscopio.

• Inyector de señales.

• Herramientas y máquinas portátiles de mecanizado para electricidad.

• Bancos de ensayo, control, regulación y acoplamiento de máquinas eléctricas

estáticas y rotativas.

• Pinzas amperimétricas.

• Tacómetros.

• Diversos tipos de motores.

• Fuentes de alimentación.

• Transformadores monofásicos. Transformadores trifásicos.

• Arrancadores progresivos.

• Variadores de frecuencia (mando digital, analógico y mediante bus de campo).

• Entrenadores para electrotecnia.

• Equipos para construcción de cuadros eléctricos.

• Paneles para las instalaciones de circuitos de electricidad- electrónica.

• Elementos y entrenadores de comunicaciones Industriales: Periferia

descentralizada, Switchs, Pantallas táctiles, Pasarelas, Tarjetas para sistemas de

comunicaciones inalámbricos, Tarjetas de comunicaciones para diferentes tipos

de buses, Tarjetas de comunicaciones para telegestión y telemantenimiento.

• Equipamientos y elementos de medición y control de procesos que incluyan:

sensores y transductores; tarjetas de entradas analógicas; tarjetas de salida

analógicas; reguladores PID; tarjetas de regulación para PLC.

• Equipamientos y elementos de medición y control de posición que incluyan:

servomotores, tarjetas de contaje, tarjetas de posicionamiento.

• Equipamiento para la realización de ensayos.

25632NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 65: DISPOSICIONES GENERALES I

• • •

ANEXO VI

Módulos profesionales susceptibles de ser impartidos en régimen a distancia

Módulos que pueden ser impartidos en modalidad teleformación on line

• 0961. Sistemas de medida y regulación. • 0963. Documentación técnica. • 0964. Informática industrial. • 0969. Proyecto de automatización y robótica industrial. • 0970. Formación y orientación laboral. • 0971. Empresa e iniciativa emprendedora. • 0973-Ex. Inglés I. • 0974-Ex. Inglés II.

Módulos que pueden ser impartidos en modalidad semipresencial

• 0962. Sistemas de potencia. • 0966. Robótica industrial. • 0967. Comunicaciones industriales. • 0968. Integración de sistemas de automatización industrial.

25633NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 66: DISPOSICIONES GENERALES I

DECRETO 207/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículodel ciclo formativo de grado superior de Técnico Superior en Sistemas deTelecomunicaciones e Informáticos en la Comunidad Autónoma deExtremadura. (2013040233)

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de28 de enero, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de de-sarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y gra-dos, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de loscentros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las activi-dades complementarias y de las becas con fondos propios.

Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan a la Comunidad Autó -noma de Extremadura funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria.

El artículo 6.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, define el currículo co-mo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y crite-rios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la citada ley. Por otra parte,su artículo 6.2 asigna al Gobierno la competencia para fijar los aspectos básicos del currículoque constituyen las enseñanzas mínimas, mientras corresponde a las administraciones educa-tivas competentes establecer el currículo del que formarán parte dichos aspectos básicos.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional,establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad a lodispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución, y previa consulta al ConsejoGeneral de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesiona-lidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional deCualificaciones Profesionales.

La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece en su artículo 70.2que el currículo será determinado por la Administración educativa, en el marco de la norma-tiva básica estatal.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, define en el artículo 9 la estructura de los títulosde la formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de CualificacionesProfesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.

Asimismo, el artículo 7 del citado real decreto establece que el perfil profesional de los títu-los incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, lascualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional deCualificaciones Profesionales incluidas en el título.

El Real Decreto 883/2011, de 24 de junio, establece el título de Técnico Superior en Sistemasde Telecomunicaciones e Informáticos y se fijan sus enseñanzas mínimas.

En virtud de todo lo cual, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura y del Consejode Formación Profesional de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura,previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de octubre de 2013,

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Page 67: DISPOSICIONES GENERALES I

D I S P O N G O :

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

El presente decreto tiene por objeto establecer el currículo correspondiente al título de TécnicoSuperior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos en la Comunidad Autónoma deExtremadura.

Artículo 2. Marco general de la formación.

Los aspectos relativos a la identificación del título, el perfil y el entorno profesionales, las com-petencias, la prospectiva del título en el sector, los objetivos generales, los accesos y vincu-lación con otros estudios, la correspondencia de módulos profesionales con las unidades decompetencia incluidas en el título y las titulaciones equivalentes a efectos académicos, profe-sionales y de docencia, son los que se definen en el Real Decreto 883/2011, de 24 de junio,por el que se establece el título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones eInformáticos y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Artículo 3. Módulos profesionales.

Los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo son los siguientes:

1. Los incluidos en el Real Decreto 883/2011, de 24 de junio, es decir:

0525 Configuración de infraestructuras de sistemas de telecomunicaciones.

0551 Elementos de sistemas de telecomunicaciones.

0552 Sistemas informáticos y redes locales.

0553 Técnicas y procesos en infraestructuras de telecomunicaciones.

0554 Sistemas de producción audiovisual.

0555 Redes telemáticas.

0556 Sistemas de radiocomunicaciones.

0557 Sistemas integrados y hogar digital.

0601 Gestión de proyectos de instalaciones de telecomunicaciones.

0713 Sistemas de telefonía fija y móvil.

0558 Proyecto de sistemas de telecomunicaciones e informáticos.

0559 Formación y orientación laboral.

0560 Empresa e iniciativa emprendedora.

0561 Formación en centros de trabajo.

2. Los que son propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura:

0562-Ex Inglés I.

0563-Ex Inglés II.

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Page 68: DISPOSICIONES GENERALES I

Artículo 4. Aspectos del currículo.

1. La contribución a la competencia general y a las competencias profesionales, personalesy sociales, los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los crite-rios de evaluación, y las orientaciones pedagógicas del currículo del ciclo formativo paralos módulos profesionales relacionados en el artículo 3.1 de este decreto son los definidosen el Real Decreto 883/2011, de 24 de junio.

2. Los contenidos de los módulos relacionados en el artículo 3.1 de este decreto se incluyenen el Anexo I del mismo.

3. Los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los criterios de eva-luación, los contenidos y las orientaciones pedagógicas de los módulos profesionales re-lacionados en el artículo 3.2, son los relacionados en el Anexo II de este decreto.

Artículo 5. Organización modular y distribución horaria.

La duración de este ciclo formativo es de 2.000 horas, distribuidas en dos cursos académicos.

La distribución de cada uno de los cursos, la duración y asignación horaria semanal de cadauno de los módulos profesionales que conforman estas enseñanzas se concretan en el AnexoIII de este decreto.

Artículo 6. Desarrollo curricular.

1. Los centros educativos, en virtud de su autonomía pedagógica, concretarán y desarrolla-rán las enseñanzas correspondientes al título de formación profesional de Técnico Superioren Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos mediante la elaboración de un pro-yecto curricular del ciclo formativo que responda a las necesidades del alumnado y a lascaracterísticas concretas del entorno socioeconómico, cultural y profesional, en el marcodel proyecto educativo del centro.

2. El equipo docente responsable del desarrollo del ciclo formativo elaborará las programa-ciones para los distintos módulos profesionales. Estas programaciones didácticas deberáncontener, al menos, la adecuación de las competencias profesionales, personales y socia-les al contexto socioeconómico y cultural dentro del centro educativo y a las característi-cas del alumnado, la distribución y el desarrollo de los contenidos, la metodología de ca-rácter general y los criterios sobre el proceso de evaluación, así como los materialesdidácticos.

Artículo 7. Evaluación.

1. El profesorado evaluará los aprendizajes del alumnado, los procesos de enseñanza y supropia práctica docente.

2. La evaluación del alumnado se realizará atendiendo a los resultados de aprendizaje y suscriterios de evaluación establecidos para los diferentes módulos profesionales, así comolos objetivos generales del ciclo formativo.

3. Dada la estructura modular de los ciclos formativos la evaluación de los aprendizajes delalumnado se realizará por módulos profesionales.

25636NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 69: DISPOSICIONES GENERALES I

4. El alumnado que obtenga una evaluación positiva en todos los módulos profesionales co-rrespondientes al ciclo formativo obtendrá e1 título de formación profesional de TécnicoSuperior en Sistemas de Telecomunicación e Informáticos.

5. Por otra parte, para la evaluación, promoción y acreditación de la formación establecidaen este decreto se atendrá a las normas dictadas al efecto por la Consejería competenteen materia de Educación.

Artículo 8. Convalidaciones, exenciones y correspondencias.

1. Las convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de formación profesional es-tablecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Generaldel Sistema Educativo, con los módulos profesionales de los títulos establecidos al ampa-ro de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establecen en el Anexo IVdel Real Decreto 883/2011, de 24 de junio.

2. En los términos del artículo 38.1 a) del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, quienestengan acreditada oficialmente alguna unidad de competencia que forme parte delCatálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales tendrán convalidados los módulos pro-fesionales correspondientes, según se establezca en la norma que regule cada título o cur-so de especialización. No obstante lo anterior, y de acuerdo con el artículo 38.1 c) del RealDecreto 1147/2011, de 29 de julio, el módulo profesional de Formación y OrientaciónLaboral de cualquier título de formación profesional establecido al amparo de la LeyOrgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, podrá ser objeto de convalidación siem-pre que se acredite haber superado el módulo profesional de Formación y OrientaciónLaboral establecido al amparo de la Ley 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Generaldel Sistema Educativo, y se acredite la formación establecida para el desempeño de lasfunciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispues-to en la normativa vigente.

3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39.1 del Real Decreto 1147/2011, de 29 dejulio, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de formaciónen centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que seacredite una experiencia correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año, rela-cionada con los estudios profesionales respectivos.

4. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales queforman las enseñanzas del Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones eInformáticos para su convalidación o exención queda determinada en el Anexo IV A) delReal Decreto 883/2011, de 24 de junio.

5. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título deTécnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos con las unidades decompetencia para su acreditación, queda determinada en el Anexo IV B) del Real Decreto883/2011, de 24 de junio.

Artículo 9. Metodología didáctica.

1. La metodología didáctica debe adaptarse a las peculiaridades colectivas del grupo, así co-mo a las peculiaridades individuales.

25637NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 70: DISPOSICIONES GENERALES I

2. La tutoría, la orientación profesional y la formación para la inserción laboral, forman par-te de la función docente y serán desarrolladas de modo que al finalizar el ciclo formativoel alumnado alcance la madurez académica y profesional. Corresponde a los equipos edu-cativos la programación de actividades encaminadas a conseguir la optimización de losprocesos de formación del alumnado.

3. La función docente incorporará la formación en prevención de riesgos laborales dentro decada módulo profesional y será considerada como área prioritaria.

Artículo 10. Especialidades del profesorado.

1. Las especialidades del profesorado de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secun -daria, de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de FormaciónProfesional, según proceda, con atribución docente en los módulos profesionales relacio-nados en el artículo 3.1 son las establecidas en el Anexo III. A) del Real Decreto883/2011, de 24 de junio. Las titulaciones requeridas al profesorado de los centros detitularidad privada o de titularidad pública de otras Administraciones distintas de las edu-cativas para impartir dichos módulos son las que se concretan en el Anexo III.C) del re-ferido real decreto.

2. Las especialidades y, en su caso, las titulaciones del profesorado con atribución docenteen los módulos profesionales incluidos en el artículo 3.2 de este decreto son las que sedeterminan en el Anexo IV.

Artículo 11. Espacios y equipamientos.

1. Los espacios y equipamientos recomendados para el desarrollo de las enseñanzas de es-te ciclo formativo son los establecidos en el Anexo V de este decreto.

2. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos de alum-nos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.

3. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente me-diante cerramientos.

Disposición adicional primera. Calendario de implantación.

El currículo establecido por este decreto se implantará en el curso escolar 2013/2014 para losmódulos profesionales de primer curso y en el curso 2014/2015 para el resto de los módulos.

Disposición adicional segunda. Oferta en régimen a distancia.

Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofer-tarse a distancia, siempre que se garantice que el alumno puede conseguir los resultados deaprendizaje de los mismos.

En el Anexo VI se recogen los módulos susceptibles de ser impartidos en régimen a distan-cia, así como su modalidad.

Disposición adicional tercera. Unidades formativas.

1. Con el fin de promover la formación a lo largo de la vida, la Consejería con competenciasen educación podrá configurar los módulos profesionales incluidos en este título en uni-

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Page 71: DISPOSICIONES GENERALES I

dades formativas de menor duración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.

2. Las unidades formativas que conformen cada módulo profesional deben incluir la totali-dad de los contenidos de dichos módulos. Cada módulo no podrá dividirse en más de cua-tro unidades formativas ni éstas tener una duración inferior a 30 horas.

3. Las unidades formativas superadas podrán ser certificadas con validez en el ámbito de laComunidad Autónoma de Extremadura. La superación de todas las unidades formativasque componen un módulo profesional dará derecho a la certificación del correspondientemódulo profesional con validez en todo el territorio nacional.

Disposición adicional cuarta. Otras organizaciones y distribuciones de los módulosprofesionales.

Se autoriza al titular de la Consejería competente en materia de educación para reordenar ladistribución de los módulos profesionales establecida en la normativa que determina los cu-rrículos de los ciclos formativos de la familia profesional de Electricidad y Electrónica, o deotras familias, con el fin de poner en práctica iniciativas o proyectos experimentales propi-ciados por centros autorizados por dicha Administración educativa, manteniendo los conteni-dos y las horas anuales atribuidas a cada módulo profesional en los currículos vigentes de losciclos formativos objeto de la experiencia.

Disposición adicional quinta. Referencia de género.

Todos los términos contenidos en este decreto, en el que se utiliza la forma del masculino ge-nérico, se entenderán aplicables a personas de ambos sexos.

Disposición transitoria única. Convocatoria extraordinaria.

1. El alumnado que durante el curso 2012/2013 haya estado matriculado en módulos profe-sionales correspondientes al primer curso del anterior título y no promocione, se podrá in-corporar al primer curso de las enseñanzas reguladas por el presente decreto sin perjui-cio de las convalidaciones o reconocimientos de módulos a los que se pudiera tenerderecho, según lo previsto en el Anexo VI.

2. Durante los cursos 2013/2014 y 2014/2015 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias anuales de módulos profesionales de primer curso, a las que podrá concurrir, conlos límites establecidos en las normas de evaluación, aquel alumnado que pueda promo-cionar a segundo curso pero tenga pendiente módulos profesionales de primer curso.

3. Durante los cursos 2014/2015 y 2015/2016 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias de módulos profesionales de segundo curso, a las que podrá concurrir, con los lí-mites establecidos en las normas de evaluación, el alumnado con estos módulos profe-sionales pendientes.

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.

Se autoriza al titular de la Consejería competente en materia de educación para el desarrolloy ejecución del presente decreto.

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Page 72: DISPOSICIONES GENERALES I

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficialde Extremadura.

Mérida, a 29 de octubre de 2013.

El Presidente de la Junta de ExtremaduraJOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA

La Consejera de Educación y Cultura,TRINIDAD NOGALES BASARRATE

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Page 73: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO I

MÓDULOS PROFESIONALES

MÓDULO PROFESIONAL: CONFIGURACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES.

Equivalencia en créditos ECTS: 8

Código: 0525.

Duración: 130 horas.

Contenidos:

1.- Caracterización de las instalaciones de infraestructuras comunes de telecomunicaciones

para señales de radiodifusión sonora y televisión:

- Normativa de aplicación, instalación y mantenimiento de las ICT.

- Norma técnica para RTV. Bandas de trabajo. Canales de RTV que hay que distribuir.

- Recintos y registros de ICT. RITI. RITS.RITU.RITM.

- Elementos de captación. Antenas. Tipos. Accesorios.

- Elementos y equipos de cabecera. Características. Soportes y accesorios mecánicos.

- Relación de los equipos de cabecera con los conjuntos de captación. Equipamiento

eléctrico: protecciones y toma de tierra. Amplificadores monocanal, programables y de

banda ancha. Amplificadores de FI. Moduladores. Otros.

- Identificación sobre planos de los distintos tipos de redes. Simbología de los ele-

mentos.

- Distribución de señales. Red de distribución. Red de dispersión y Red interior de

usuario.

- Sistemas de distribución. Canalizaciones e infraestructura de distribución. Distribución

por repartidores. Distribución por derivadores. Distribución por cajas de paso. Distri-

bución mixta.

- Tipos de Instalaciones de ICT. Instalaciones de recepción y distribución de televisión y

radio.

- Tipos de instalaciones de telefonía interior e intercomunicación.

2.- Elaboración Configuración de infraestructuras de telecomunicaciones para señales de

radiodifusión sonora y televisión:

- Características del edificio o complejo urbano de instalación.

- Elementos de captación: ubicación sobre planos. Distancias mínimas a obstáculos y

líneas eléctricas.

- Cálculo de los parámetros de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones.

Ganancia necesaria en las antenas. Niveles de señal en las tomas de usuario.

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Page 74: DISPOSICIONES GENERALES I

- Elección de los elementos de captación según normativa de aplicación. Ganancia

necesaria en las antenas. Elección del sistema captador.

- Elección de los elementos y equipos de cabecera según características técnicas.

Configuración de la cabecera de amplificación.

- Elección del sistema de distribución. Atenuación de la red de distribución y dispersión.

Elección del equipamiento de la red. Amplificación necesaria. Elección de amplificadores.

- Configuración del cableado. Bus pasivo corto. Bus pasivo ampliado. Punto a punto.

- Esquemas de principio. Esquemas eléctricos: generales y de conexionado. Software de

aplicación de diseño asistido para el dibujo de planos.

- Normativa de ICT y REBT. Aplicación a la configuración de las instalaciones.

3.- Caracterización de la infraestructura común de telecomunicaciones para el acceso al

servicio básico de telefonía y redes digitales:

- Proyecto técnico. Documentación relacionada.

- Red interior. Identificación de tramos que la integran. Características. Elementos y

equipos que componen la red interior.

- Identificación y características del método de enlace al inmueble. Arqueta de entrada.

- Registros de entrada. Ubicación sobre planos. Símbología. Interpretación de planos.

- Elementos de conexión. Puntos de interconexión. Punto de distribución. Punto de

acceso al usuario. Punto de acceso terminal.

- Elementos y características de la Red digital de servicios integrados.

- Elección de elementos de interfonía. Sistemas de videoportería. Elementos y equipos.

- Interpretación de planos. Ubicación de los elementos de la red.

4.- Configuración de infraestructuras de telecomunicaciones para el acceso al servicio de

telefonía disponible al público:

- Topologías según tipo de inmueble. Usos. Locales comerciales. Oficinas. Bloques de

pisos. Viviendas unifamiliares.

- Análisis de las necesidades telefónicas de los usuarios.

- Servicios de los operadores.

- Determinación de líneas y usos. Identificación de los tipos de accesos.

- Cableado para redes digitales. Dimensionado de las redes. Bus pasivo corto. Bus pasivo

ampliado.

- Dimensionado de la red de distribución. Estimaciones de ampliación.

- Determinación de las redes de dispersión e interior de usuario. Dimensionado.

- Terminadores de red. Ubicación física.

- Elementos para el acceso al servicio de telefonía disponible al público. Regletas.

Accesorios. Equipos para accesos básicos. Equipos para accesos primarios.

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Page 75: DISPOSICIONES GENERALES I

- Elaboración de esquemas. Software de aplicación. Bases de datos de elementos de

infraestructuras de telefonía.

5.- Caracterización de la infraestructura común de telecomunicaciones para el acceso al

servicio de telecomunicaciones de banda ancha:

- Redes de banda ancha para el acceso al servicio de telecomunicaciones. Topología.

Definición. Características.

- Tipo de enlace de la red de banda ancha. Medios guiados y no guiados. Cableado. Fibra

óptica. Operadores de redes de telecomunicaciones. Identificación e interpretación de

planos y esquemas de los registros y recintos de la red de distribución de banda ancha.

- Métodos y técnicas de determinación de los elementos de conexión en los puntos de

distribución final. Características. Tipos.

- Métodos y técnicas de determinación de los elementos de conexión en los puntos de

terminación de red. Características. Tipos.

- Reglamentación y especificaciones mínimas de telecomunicaciones en las edificaciones.

6.- Configuración de infraestructuras de redes de voz y datos con cableado estructurado:

- Evaluación de las necesidades de los servicios. Sistemas de información. Previsión de

ampliaciones futuras. Dimensionado.

- Interferencias sobre redes de datos. Fuentes generadoras de interferencias

- Separaciones y distancias mínimas con otras instalaciones. Normativa de aplicación.

- Selección de equipos y elementos de la red. Canalizaciones. Cableados. Fibra óptica.

Distribuidores. Otros.

- Elementos y equipos de los recintos de telecomunicaciones. Características.

- Esquemas de distribución de equipamiento en «racks». Accesorios.

- Condiciones de seguridad en los recintos de telecomunicaciones. Acometida eléctrica

diferenciada. Apantallamiento frente a interferencias. Sistemas de alimentación

ininterrumpida. Ventilación. Tipos. Alumbrado. Características.

- Elaboración de esquemas. Software de aplicación. Bases de datos de elementos de

infraestructuras de redes de voz y datos.

7.- Determinación de las características de las instalaciones eléctricas para sistemas de

telecomunicaciones:

- Elementos y mecanismos en las instalaciones eléctricas. Aplicación en recintos de ICT.

Conductores eléctricos. Canalizaciones. Tipos de mecanismos.

- Dimensionado de los mecanismos y elementos de la instalación. Dispositivos de mando

y protección. Función. Magnetotérmico. Diferencial. Otros. Características. Tipos.

- Instalaciones comunes en viviendas y edificios. Red de servicios generales.

- Cuadros de mando y protección. Distribución de elementos. Mecanizado de cuadros.

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Page 76: DISPOSICIONES GENERALES I

- Planos y esquemas eléctricos normalizados. Representación de la ubicación de los

mecanismos y tomas de corriente en los recintos de telecomunicaciones.

- Simbología normalizada en las instalaciones eléctricas. Normalización.

- Aparatos de medida: voltímetro, amperímetro y vatímetro. Técnicas de medida.

- Reglamento electrotécnico de baja tensión aplicado a las instalaciones de interior.

MÓDULO PROFESIONAL: ELEMENTOS DE SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES.

Equivalencia en créditos ECTS: 8

Código: 0551

Duración: 130 horas.

Contenidos:

1.- Caracterización de los sistemas de telecomunicaciones:

- Dispositivos básicos de telecomunicaciones. Amplificadores. Osciladores. Considera-

ciones de diseño. Clasificación. Control automático de ganancia. Control electrónico de

la frecuencia: Osciladores controlados por tensión y Osciladores integrados. PLLs:

configuraciones básicas y aplicaciones. Análisis en pequeña señal de PLL. Bloques de

circuito. Sintetizadores de frecuencia. Síntesis digital directa. Moduladores.

Demoduladores. Filtros y adaptadores de impedancia. Multiplexores. Detectores y

correctores de errores. Otros.

- Sistemas de alimentación. Fuentes de alimentación lineales y conmutadas.

- Sistemas autónomos. SAI, fotovoltaicos. Otros.

- Modulación electrónica. Modulaciones analógicas y digitales.- Tipos, características y

aplicaciones.

- Fuentes de ruido en circuitos electrónicos. Distorsión en circuitos para comunicacio-

nes. Armónicos. Compresión de la ganancia. Crosmodulación e intermodulación.

Interferencias.

- Elementos que intervienen en un sistema de comunicaciones.

- Canales de comunicaciones. Características.

- Convertidores A/D y D/A para comunicaciones. Características.

- Transmisores y receptores de radiofrecuencia. Tipos. Características.

- Equipos y técnicas de medida de señales de radiofrecuencia.

- Visualización y análisis de señales de entrada y salida. Interpretación de resultados.

Manejo del osciloscopio digital.

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Page 77: DISPOSICIONES GENERALES I

2.- Determinación de las características de antenas de transmisión/recepción:

- Ondas electromagnéticas. Propagación de ondas electromagnéticas. Modos de

propagación terrestre y vía satélite.

- El espectro electromagnético. Asignación de bandas y servicios. Cuadros de asignación

de frecuencias.

- Parámetros de las antenas. Definición y cálculo. Densidad de potencia radiada.

Diagrama de radiación. Directividad. Ganancia. Polarización. Impedancia. Adaptación.

Área y longitud efectiva.

- Tipos de antenas. Aplicaciones. Características.

- Elementos de las antenas. Función. Accesorios. Conectores y cableado.

- Diagramas de radiación:

- Antenas de transmisión. Características.

- Antenas de recepción. Características.

3.- Evaluación de las prestaciones de los medios guiados de transmisión:

- Transmisión de señales eléctricas. Par de cobre. Características y prestaciones. Cables

de pares, UTP, STP, FTP sus clases y categorías. Conocer la diafonía y la paradiafonía,

soluciones.

- Transmisión de señales electromagnéticas: cable coaxial, guía de ondas. Aplicaciones y

tipos de líneas. Distribución de campos en la línea. Modos de transmisión.

Características. Atenuación. Bandas de trabajo. Potencia máxima. Otras.

- Transmisión de señales ópticas: fibra óptica. Aplicaciones. Transmisión óptica. Tipos de

transmisión. Física de la luz. Apertura numérica. Ángulo de aceptación.

- Modo de propagación de la luz en la fibra. Composición de la fibra. Monomodo y

multimodo. Composición del cable.

- Conectores y empalmes de líneas. Engastadoras. Herramientas de corte, pulido y

montaje de conectores de fibra óptica. Fusionadora de fibra óptica. Tipos, características

y aplicaciones. Herramientas de montaje de conectores y empalme de líneas.

Conectores. Técnicas de montaje, soldadura y engastado de conectores. Técnicas de

empalme en fibra óptica. Fusión de líneas de fibra óptica.

- Atenuaciones y pérdidas.

4.- Determinación de la calidad de las señales en líneas de transmisión de telecomunicacio-

nes:

- Sistemas de medida de señales eléctricas. Voltímetro. Amperímetro. Óhmetro. Otros.

- Sistemas de medida de señales de baja frecuencia. Osciloscopio. Frecuencímetro.

Generador de BF. Analizador de espectros de audio. Sonómetro. Otros.

- Sistemas de medida de señales de radiofrecuencia. Analizador de espectros. Generador

de RF. Analizador de comunicaciones. Vatímetro direccional.

- Equipos de medida de señales ópticas. Generador de señales luminosas. Reflectómetro

óptico. Otros.

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Page 78: DISPOSICIONES GENERALES I

- Comprobador de cables.

- Parámetros de comprobación de calidad en sistemas de telecomunicaciones.

- Técnicas de medida: conexión y configuración de equipos.

- Interpretación de resultados. Valoración cualitativa y cuantitativa.

- Precauciones y normas de seguridad en el manejo de equipos de medida.

5.- Evaluación de la calidad de las señales de audio y vídeo:

- Principios básicos del sonido, características acústicas. Fenómenos acústicos y electro-

acústicos.

- Magnitudes fundamentales de una señal de audio. Frecuencia. Longitud de onda.

Intensidad. Potencia. Presión sonora. Espectro sonoro.

- Unidades de medida: el decibelio. (fonio, dBspl, dBuV, dBv, dBm, dBfs).

- Respuesta en frecuencia.

- Digitalización y codificación de señales.

- Parámetros de señales digitales. Frecuencia de muestreo. Longitud de palabra. Error de

cuantificación. Codificación.

- Perturbaciones de un sistema de sonido, precauciones y requisitos de funcionamiento.

- Equipos y técnicas de medida de señales de sonido analógicas y digitales.

- Descomposición de la imagen, exploración progresiva y entrelazada. Luminosidad y

color.

- Características más relevantes de la señal de vídeo. Cuadros. Campos. Líneas. Niveles,

sincronismos y otros.

- Digitalización de imágenes. Tipos de muestreo y codificación.

- Formación de la trama digital. Transmisión en serie y paralelo.

- El monitor de forma de onda y el vectorscopio en el control de la señal de vídeo,

parámetros.

- Perturbaciones que pueden afectar a un sistema de vídeo. Precauciones y requisitos

para un funcionamiento fiable.

- Equipos y técnicas de medidas que se utilizan en un sistema de vídeo.

MÓDULO PROFESIONAL: SISTEMAS INFORMÁTICOS Y REDES LOCALES.

Equivalencia en créditos ECTS: 11

Código: 0552

Duración: 180 horas.

Contenidos:

1.- Selección de equipos informáticos de telecomunicaciones:

- Introducción a la Electrónica digital.

25646NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 79: DISPOSICIONES GENERALES I

- Características y análisis de las necesidades informáticas de los sistemas de teleco-

municación según su entorno.

- Arquitectura hardware de un sistema informático.

- Subsistemas de E/S. Controladores, sistemas de bus.

- Elementos hardware de un sistema informático. Características y tipología.

- Dispositivos de almacenamiento. Tipología, instalación y configuración. Fuentes de

alimentación.

- Software en un sistema informático.

- Sistemas operativos: concepto. Aplicaciones informáticas.

- Periféricos: características y tipología.

- Equipamientos y tecnologías aplicadas a sistemas informáticos de telecomunicaciones.

2.- Configuración de equipos informáticos de telecomunicaciones:

- Documentación técnica de los componentes.

- Fases de montaje de sistemas informáticos.

- Montaje y ensamblado de elementos internos y periféricos. Herramientas de montaje.

- Instalación de sistemas operativos.

- Instalación de controladores de elementos del sistema informático.

3.- Configuración de equipo informático.

- Verificación del equipo. Comprobación de las conexiones.

- Control del proceso de instalación y montaje de elementos de un equipo informático.

- Configuración de sistemas informáticos para servicios y funciones específicas:

- Configuración de sistemas informáticos aplicados a telecomunicaciones. Arquitectura

cliente-servidor. Planificación de servicios y funciones. Administración y configuración de

los sistemas operativos. Administración de servicios. Instalación de programas.

- Gestión de usuarios y administración de permisos. Automatización de tareas. Scripts.

Procesamiento por lotes (Batch).

- Herramientas del sistema operativo. Herramientas de virtualización y simulación de

sistemas.

- Procedimientos de supervisión e implantación de software. Ciclo de implantación

instalación, configuración, verificación y ajuste. Técnicas de verificación de sistemas

informáticos de telecomunicaciones.

4.- Integración de redes de datos:

- Redes de datos. Elementos de la red. Topologías y estructura. Tipos de redes de datos.

Ethernet. LAN, WAN, WLAN, otras.

- Conceptos de transmisión de datos. Descripción y tramas.

25647NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 80: DISPOSICIONES GENERALES I

- Protocolos de comunicación y uso de modelos en capas. Modelos TCP/IP y OSI.

- Capa de red.

- Planificación de redes. Cableado estructurado. Fibra óptica. Direccionamiento. Sub-

redes.

- Electrónica de red y elementos auxiliares. Routers, hubs y switches entre otros.

- Configuración y supervisión de la red. Configuración de dispositivos de red. Monito-

rización. Definición de presupuestos. Tipos.

5.- Integración de redes inalámbricas (WLAN):

- Redes WLAN. Estándares 802.11 a, b, g, n, entre otras.

- Componentes de la LAN inalámbrica.

- Diseño de una WLAN. Software de dispositivos y clientes, firmware.

- Topologías. Ad-Hoc. Infraestructuras. Planificación de WLAN. Asociación de WLAN.

- Configuración de dispositivos.

- Seguridad y protección de redes inalámbricas. Configuración. Denegación de servicios

(DOS). Ataques. Sistemas de encriptado.

- Procedimientos de verificación de redes inalámbricas.

6.- Puesta en servicio de sistemas informáticos:

- Técnicas de verificación y ajuste de sistemas. Identificación de puntos de control.

- Planes de puesta en servicio de sistemas informáticos.

- Técnicas de medición de parámetros del sistema.

- Integración de sistemas. Verificación de la conectividad lógica de los elementos del

sistema. Monitorización.

- Rendimiento de los sistemas y cargas de trabajo (benchmark).

- Planes de puesta en servicio de redes locales.

- Técnicas de verificación de redes LAN y WLAN.

- Documentación. Hojas de trabajo.

7.- Mantenimiento de sistemas informáticos y redes:

- Tipologías de las averías.

- Planes de mantenimiento de sistemas informáticos de telecomunicaciones y redes

locales de datos. Conceptos básicos de seguridad en redes de datos. Tipología de los

problemas de seguridad y privacidad.

- Métodos de análisis de sistema. Herramientas virtuales, de simulación y optimización.

- Diagnóstico y localización de averías. Herramientas hardware, software específico y

utilidades del sistema. Técnicas de sustitución de equipos y elementos.

25648NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 81: DISPOSICIONES GENERALES I

- Reinstalación de software. Métodos de creación e instalación de imágenes.

- Copias de seguridad. Planificación. Automatización. Restauración.

Documentación de averías.

MÓDULO PROFESIONAL: TÉCNICAS Y PROCESOS EN INFRAESTRUCTURAS DE TELECOMUNICACIONES.

Equivalencia en créditos ECTS: 8

Código: 0553

Duración: 130 horas.

Contenidos:

1.- Replanteo de infraestructuras de sistemas de telecomunicaciones:

- Verificación de datos. Proyecto técnico. Memoria. Comprobación de las especifica-

ciones. Interpretación de planos y esquemas. Otros.

- Descripción de la edificación. Recintos. Características de los recintos por dominio de

ubicación. Arqueta de entrada. Punto de entrada. Recinto inferior. Recinto superior.

Otros.

- Cumplimiento de las especificaciones en viviendas, bloques de pisos y conjunto de

viviendas unifamiliares. Topologías según tipo de inmueble. Verificación.

- Verificación de los trazados de otras instalaciones. Interferencia entre instalaciones.

Cumplimiento de las especificaciones.

- Colocación y ubicación de elementos comunes. Relación con las normas de edificación

aplicadas a instalaciones comunes.

- Identificación de contingencias. Planeamiento de soluciones.

- Marcado y trazado sobre planos y obra de la instalación. Replanteo de la instalación.

Condiciones de obra.

- Norma específica de las instalaciones comunes en edificios. Instrucciones técnicas del

REBT referente a instalaciones comunes de telecomunicaciones.

2.- Montaje de conjuntos captadores de señales de radiodifusión sonora y de televisión para

emisiones terrestres y de satélite:

- Proyecto técnico. Memoria. Pliego de condiciones. Comprobación de las especifica-

ciones.

- Materiales y herramientas para el montaje de elementos accesorios de antenas.

Mástiles. Torretas.

- Técnicas de montaje de soportes, accesorios y elementos de fijación de antenas.

- Técnicas de montaje de antenas terrestres para radio y televisión. Apuntamiento y

orientación de antenas. Proceso. Técnicas de verificación de resultados. Técnicas de

montaje de antenas para televisión vía satélite. Tipos y características técnicas

Apuntamiento y orientación de antenas.

25649NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 82: DISPOSICIONES GENERALES I

- Técnicas de montaje de los elementos activos y pasivos en los sistemas captadores de

señales de radio y televisión.

- Conexionado eléctrico. Tomas de tierra. Características. Precauciones.

- Normas de seguridad y prevención de riesgos.

3.- Montaje del equipamiento de cabecera:

- Técnicas de montaje de instalaciones de equipamiento de cabecera para señales de

radio y televisión. Elementos que hay que instalar. Descripción del funcionamiento.

- Tipos de cabecera. Selección de elementos. Descripción del funcionamiento.

- Elementos de cabecera. Técnicas de montaje de elementos. Conversores, Separadores.

Amplificadores de FI. Moduladores. Transmoduladores. Otros. Descripción del funcio-

namiento.

- Conexionado de equipos. Técnicas de conexión. Características.

- Equipamiento eléctrico: protecciones y toma de tierra.

- Verificación de las características de la instalación. Nivel máximo. Impedancia.

- Configuración de los elementos de cabecera. Configuración local.

- Configuración remota. Características y procesos.

4.- Instalación de los elementos de la red de distribución para señales de radio y televisión:

- Proyecto técnico. Memoria. Pliego de condiciones. Comprobación de las especifica-

ciones.

- Comprobación de canalizaciones. Canalización externa. Canalización de enlace.

Principal. Secundaria. Interior de usuario. Registros. Puntos de interconexión.

- Líneas de transmisión: fibra óptica, cable coaxial, par trenzado, entre otros.

Normalización. Tipos de conductores. Características especiales de los conductores

empleados en ICT atendiendo al tipo de local.

- Montaje de canalizaciones y registros. Normativa aplicable.

- Distribución por repartidores. Distribución por derivadores. Distribución por cajas de

paso. Distribución mixta.

- Técnicas de montaje de tomas de usuario, bases y puntos de acceso.

- Técnicas de conexionado de cableado. Montaje de líneas coaxiales y de fibra óptica.

Conectores.

- Técnicas de verificación de las características de la instalación.

- Normas de seguridad personal y de los equipos.

5.- Instalación de la infraestructura común de telecomunicaciones para el acceso al servicio

de telefonía disponible al público:

- Proyecto técnico. Memoria. Pliego de condiciones. Comprobación de las especifica-

ciones.

25650NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 83: DISPOSICIONES GENERALES I

- Características del método de enlace de los operadores de telecomunicaciones.

Descripción.

- Elementos para el acceso al servicio de telefonía disponible al público. Regletas de

entrada y salida.

6.- Instalación de líneas de transmisión para telefonía. Identificación de pares de cobre o fibra

óptica. Tendido de líneas. Conectores.

- Equipos para accesos básicos. Equipos para accesos primarios. Características de los

accesos. Básico. RDSI o acceso primario.

- Características de los elementos de telefonía y redes de voz. Regletas de corte y

pruebas. Convertidores.

- Técnicas de individualización de cables para TR1 p.

- Técnicas de montaje de los registros de terminación de red para telefonía básica y

RDSI. Descripción de elementos.

- Puntos de distribución. Técnicas de montaje.

- Configuración del cableado. Bus pasivo corto. Bus pasivo ampliado. Punto a punto.

- Técnicas de montaje de instalaciones de intercomunicación y accesos. Instalación de

Porteros automáticos. Armarios. Accesorios. Características de los elementos de

interfonía y videopotería. Placas de calle. Porteros GSM. Videoporteros.

- Instalación de infraestructuras de redes de banda ancha:

- Proyecto técnico. Memoria. Planos. Descripción de la edificación. Descripción de los

servicios. Previsión de demanda. Otros.

- Medios guiados. Acceso al servicio de telecomunicaciones de banda ancha. Cableado

estructurado. Conexionado y conectores específicos.

- Técnicas de cableado en subsistemas de campus y edificios. Cableado troncal, vertical y

horizontal.

- Características de los elementos de telefonía en redes de datos. Regletas. Electrónica

de red. Convertidores. Distribuidores. Conmutadores.

- Técnicas de montaje de equipos en recintos de telecomunicaciones. Instalación de

equipos en «rack».

- Medidas específicas de certificación. Equipos y técnicas de medida. Interpretación de

resultados.

- Elaboración de esquemas. Software de aplicación.

7.- Verificación del funcionamiento de las infraestructuras de sistemas de telecomunica-

ciones:

- Plan de puesta en servicio. Protocolo de medidas.

- Parámetros de funcionamiento en las instalaciones de ICT.

25651NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 84: DISPOSICIONES GENERALES I

- Instrumentos y procedimientos de medida en instalaciones de ICT. Medidor de campo.

Medidor de aislamiento. Simulador de FI. Medidor de tierra. Certificador de redes.

Herramientas Informáticas. Otros

- Ajustes y puesta a punto.

- Señal según orientación de los elementos de captación de señales. Medidas.

- Verificación de las características de la instalación.

- Técnicas de ajuste en local y de forma remota. Verificación de comunicación.

- Parámetros significativos en el ajuste de instalaciones de ICT. Nivel de señal. BER.

VBER. MER. Respuesta en frecuencia. Otros.

- Medidas y ensayos de funcionamiento en infraestructuras de radio y TV, telefonía y

redes de voz y datos. Parámetros. Nivel de señal. Respuesta amplitud-/frecuencia en

canal. Otros.

- Interpretación de resultados. Cotejo de valores según documentación técnica.

- Verificaciones reglamentarias. Documentación.

8.- Mantenimiento de instalaciones de infraestructuras de sistemas de telecomunicaciones:

- Detección de averías en infraestructuras de sistemas de telecomunicaciones.

- Procedimientos de medidas. Pruebas. Tipología de las instalaciones que hay que

mantener.

- Técnicas de diagnóstico y localización de averías. Sustitución y configuración de

elementos defectuosos.

- Comprobación y restitución del servicio en las infraestructuras de telecomunicaciones

en edificios. Técnicas de control y verificación. Técnicas de monitorización de redes y

sistemas.

- Planes de mantenimiento en sistemas de infraestructuras de telecomunicaciones.

Operaciones de mantenimiento en sistemas de captación y distribución de señales de

radio y TV, telefonía disponible al público y redes.

- Documentación de las intervenciones realizadas. Históricos de averías.

9.- Prevención de riesgos, seguridad y protección medioambiental:

- Normativa de prevención de riesgos laborales relativa a los sistemas de telefonía.

- Prevención de riesgos laborales en los procesos de montaje y mantenimiento de

instalaciones de telecomunicaciones.

- Equipos de protección individual. Características y criterios de utilización. Protección

colectiva. Medios y equipos de protección.

- Normativa reguladora en gestión de residuos.

25652NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 85: DISPOSICIONES GENERALES I

MÓDULO PROFESIONAL: SISTEMAS DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL.

Equivalencia en créditos ECTS: 10

Código: 0554

Duración: 160 horas.

Contenidos:

1.- Caracterización de equipos técnicos de sonido:

- Micrófonos. Tipos y características técnicas. Micrófonos dinámicos. Micrófonos de

condensador. Micrófonos electret.

- Alimentación phantom. Directividad. Micrófonos inalámbricos. Características técnicas:

directividad, sensibilidad, impedancia y relación señal ruido. Aplicaciones.

- Procesadores de sonido. Preamplificadores. Amplificadores. Ecualizadores. Filtros

crossover. Generadores de efectos. Mezcladores. Puertas de ruido. Compresores y

expansores. Adaptadores y codificadores telefónicos. Procesadores de surround.

Características técnicas y parámetros de calidad de sonido. Aplicaciones.

- Grabadores y reproductores de audio. Grabación magnética y óptica. Compresión

digital de audio (MP3, MP4, WAV, MIDI, DAT y otros codecs) Grabación sobre

memorias de estado sólido. Características técnicas y parámetros de calidad del sonido.

Aplicaciones.

- Altavoces y difusores acústicos. Altavoces dinámicos, electrostáticos y piezoeléctricos.

Bocinas de sonorización. Cajas acústicas. Tipos y características técnicas. Aplicaciones.

- Interconexión de equipos de audio. Interfaces. Líneas balanceadas y no balanceadas.

Conectores de instalaciones de sonido (RCA, DIN, JACK, XLR, Speak-on y otros).

Características y aplicaciones.

2.- Configuración de instalaciones de sonido:

- Sistemas de sonorización centralizada. Equipamiento de cabecera. Distribución en

impedancia constante y tensión constante. Líneas de 100V. Aplicaciones. Megafonía de

seguridad y emergencia. Instalaciones en edificios públicos. Normativa.

- Sistemas de sonorización distribuida. Central de sonorización. Etapas de potencia.

Mandos de control. Sistemas de distribución. Aplicaciones.

- Instalaciones de audio para conferencias y salas de reuniones. Distribución en anillo y

estrella. Amplificadores automáticos y con prioridad. Puestos de conferenciante y

presidente.

- Instalaciones de sonido para espectáculos. Megafonía móvil. Selección de equipamiento.

Autorradios y equipos de música en el automóvil.

- Configuración de mesas de mezcla. Agrupamientos y envíos auxiliares. Mesas de

monitores. Monitorización y sonorización para el público (PA). Sonorización mono-

amplificada y multi-amplificada. Clusters de voces. Arrays lineales. Software de mezclas

de audio.

25653NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 86: DISPOSICIONES GENERALES I

- Instalaciones de sonido para estudios de grabación. Acondicionamiento y aislamiento

acústico. Cámaras anecoicas. Equipamiento técnico. Sistemas de grabación multipista.

- Consolas de control digital. Preamplificadores. Monitorización. Software de aplicación.

Configuración del sistema.

- Estudios de radio. Estructura básica. Locutorio. Control de producción. Sala de

edición. Control central. Acondicionamiento acústico ambiental.

- Equipamiento y configuración. Mesas de mezclas para radiodifusión. Matrices y

selectores.

- Enrutamiento e interconexión de estudios. Paneles de interconexión. Servidores de

audio. Distribución del servicio mediante redes de datos. Servidores y codificadores de

streaming. Conexión con el centro emisor.

- Acústica de recintos. Condicionantes. Reverberación. Eco. Reflexiones. Absorción.

Difraccción. Sonorización en recintos cerrados y al aire libre.

- Equipos y técnicas de medida de parámetros acústicos. Sonómetro. Analizador de

tiempo real (RTA). Medidor de reverberación.

- Diseño de instalaciones acústicas.

- Elección de la tecnología y estructura del sistema. Croquis.

- Cálculo de instalaciones acústicas. Coeficientes de reverberación en salas. RT60.

- Asociación de altavoces. Potencia de amplificación.

- Documentación técnica de sistemas de sonido.

3.- Caracterización de equipos técnicos de vídeo:

- Tecnologías de vídeo analógico y digital.

- Formatos e interfaces de conexión de equipos de vídeo analógico. Video compuesto.

Y/C. video por componentes. RGB.

- Formatos e interfaces de conexión de equipos de vídeo digital. SDI. HD-SDI. SDTI.

- Compresión digital de imágenes. Sistemas MPEG y Wavelet. Firewire. Firewire 800.

Firewire S1600 y S3200. Firewire S800T. Otros.

- Cámaras de televisión. Tipos y características técnicas. Diagrama de bloques. Unidad

de control de cámara (CCU). Ajustes y configuraciones. Conectividad. Aplicaciones.

- Monitores de vídeo. Diagrama de bloques. Sistemas de monitorización múltiple.

Conectividad. Aplicaciones.

- Grabadores y reproductores de vídeo. Grabación magnética y óptica. Sistemas de

grabación analógicos y digitales. Magnetoscopios.

- DVD. Sistemas de Video de Alta Definición (HD) y Blue-Ray. Almacenamiento sobre

soporte informático. Servidores de vídeo. Funcionamiento y características técnicas.

- Generadores de sincronismos, logotipos y señales de prueba. Distribuidores de vídeo.

Matrices y selectores. Secuenciadores. Sincronizadores de cuadro. Conversores A/D.

Tituladoras y generadores de efectos. Mezcladores de vídeo. Controladores de edición.

- Líneas y conectores de instalaciones de imagen. Características y aplicaciones.

25654NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 87: DISPOSICIONES GENERALES I

4.- Configuración de instalaciones de imagen:

- Sistemas de circuito cerrado de televisión. Sistemas de vídeo analógico y con

tecnología IP. Estructura. Criterios de diseño de sistemas CCTV (Circuito Cerrado de

Televisión).

- Equipamiento específico de sistemas de circuito cerrado de televisión: Cámaras

cableadas e inalámbricas. Cámaras día-noche. Posicionadores. Domos. Controladores

PTZ (Controladores de Cámara Panorámica-Inclinada-Zoom).

- Configuración de sistemas de circuito cerrado de televisión. Configuración de cámaras

para CCTV. Asignación de direcciones e integración en la red. Configuración de

grabadores. Modos de grabación continua, temporizada, por evento o por detección de

movimientos. Zonas de detección y de exclusión.

- Estudios de televisión. Estructura básica. Configuración.

- Platós de televisión. Tipos. Función y estructura básica. Equipamiento técnico.

Configuración de cámaras para plató. Robotización de cámaras. Monitorización.

Teleprompters. Tipos. Funcionamiento y características técnicas. Escenarios virtuales.

- Control de producción. Estructura básica. Control técnico de cámaras y sonido.

Control de realización. Equipamiento y configuración.

- Postproducción. Edición. Tipos. Sistemas de edición lineal y no lineal. Redes de edición.

Sistemas de almacenamiento compartido. Salas de cambio de formato. Funcionamiento,

estructura y equipamiento.

- Control central técnico. Control de continuidad. Sistemas de continuidad automática.

Funcionamiento, estructura y equipamiento.

- Sistemas de televisión informatizados. Flujos de trabajo. Funcionamiento, estructura y

equipamiento.

- Unidades móviles de televisión. Unidades ENG (Captación Electrónica de Noticias) y

DSNG (Seguimiento de Noticias Digitales por Satélite). Unidades de producción ligera

EFP (Producción Electrónica de Exteriores) y PEL. Grandes unidades móviles. Aspectos

de diseño. Estructura y equipamiento.

5.- Instalaciones auxiliares en sistemas de imagen. Sistemas de iluminación para televisión y

espectáculos. Lámparas. Proyectores. Sistemas de suspensión. Sistemas de regulación y

control. Control analógico y DMX. Consolas de control de iluminación. Splitters DMX.

Dimmers. Características técnicas y parámetros de calidad.

- Proyectores de video.

- Sistemas de sonido e intercomunicación. Sistemas a dos y cuatro hilos. Integración con

los sistemas de imagen. Estructura y equipamiento.

- Diseño de instalaciones de imagen. Análisis de necesidades y condicionantes.

Parámetros de decisión. Ubicación de equipos y líneas. Elección de la tecnología y

estructura del sistema. Croquis.

- Selección de equipamiento en sistemas de imagen. Análisis de prestaciones y necesida-

des. Compatibilidad entre equipos.

25655NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 88: DISPOSICIONES GENERALES I

- Documentación técnica de sistemas de imagen. Memoria. Planos de ubicación de

equipos y líneas. Diagramas de bloques. Esquemas eléctricos. Simbología específica.

Listas de materiales y conexiones. Plan de montaje de la instalación y reparación.

6.- Montaje de sistemas de imagen y sonido:

- Técnicas específicas de montaje. Interpretación de esquemas y planos. Identificación de

los diferentes sistemas a instalar. Identificación del equipamiento. Herramientas y útiles

para el montaje. Herramientas específicas (comprobadores de cableado, pelacables para

cable coaxial y engastadoras, entre otras).

- Ubicación de equipos y líneas. Replanteo de la instalación. Cumplimentación de

documentación. Emplazamiento de altavoces y micrófonos. Montajes en rack. Montaje

sobre parrilla y trust. Accesorios de fijación.

- Conexionado físico. Paneles de parcheo. Distribuidores. Conectores, cables y

etiquetado. Soldadura y crimpado. Ordenación y maceado de cables. Supervisión de

programas de montaje en sistemas de imagen y sonido. Precauciones en el montaje de

líneas de audio y vídeo. Fiabilidad en el trazado y conexión. Prevención de interferencias

por campos eléctricos y magnéticos. Radio mínimo de curvatura del cableado.

7.- Puesta en servicio de sistemas de imagen y sonido:

- Equipos de medida de sistemas de sonido. Sonómetro. Analizador de tiempo real

(RTA). Medidor de reverberación. Analizador de espectros de audio. Medidor de

distorsión. Voltímetro RMS. Vúmetro. Picómetro. Osciloscopio. Multimetro. Generador

de baja frecuencia.

- Medidas en sistemas de sonido. Potencia. Distorsión. Niveles de señal. Medidas en

Decibelios (dB, dBSPL, dBw, dBV, dBm, dBu, dBfs). Respuesta en frecuencia. Relación

s/n. Ruido blanco, Ruido Rosa. Tiempo de reverberación en salas (TR60). Ecualización

de salas. Diafonía.

- Equipos de medida de sistemas de imagen. Monitor de forma de onda. Vectorscopio.

Analizador de espectros. Osciloscopio. Generador de cartas de ajuste.

- Medidas en sistemas de imagen. Niveles de señal. Fase de crominancia. Respuesta en

frecuencia. Distorsión. Relación Y/C. Diagrama de ojo. Relación señal/ruido (s/n). Jitter.

Gamut. Patrón de Ligthning.

- Planificación de la puesta en servicio. División funcional de la instalación.

- Definición de puntos de control. Acciones que hay que realizar en cada punto de

inspección. Seguimiento de señales patrón. Comprobación funcional.

- Configuración de sistemas de imagen y sonido. Análisis de documentación de

fabricantes. Instalación de elementos opcionales. Ajustes iniciales. Instalación de

programas de aplicación. Configuración de equipos y modos de trabajo. Integración de

sistemas de audio, video y auxiliares.

- Documentación de la puesta en servicio. Plan de puesta en servicio. Protocolo de

comprobación. Informe de puesta en marcha.

- Mantenimiento de sistemas de imagen y sonido:

25656NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 89: DISPOSICIONES GENERALES I

8.- Mantenimiento preventivo de sistemas de imagen y sonido. Comprobación de

parámetros de calidad de señales. Limpieza de mandos y controles. Ajustes de servicio

periódico. Limpieza de elementos mecánicos. Sustitución de piezas de desgaste.

- Elementos y puntos de control y verificación. Documentación de servicio de

fabricantes de equipos. Acciones de mantenimiento en cada punto de control. Valores

tolerables en las medidas. Medidas de protección personal y del sistema.

- Plan de mantenimiento preventivo. Inspecciones y revisiones periódicas. Técnicas de

ejecución.

- Averías típicas en sistemas de imagen y sonido. Averías electrónicas. Averías de origen

mecánico. Averías por fatiga de materiales. Desadaptaciones. Fallos de conexión. Lazos

de tierra. Interferencias eléctricas y magnéticas.

- Localización de averías en sistemas de sonido e imagen. Inspección visual.

Interpretación de síntomas. Análisis del funcionamiento de la instalación. Planteamiento

de hipótesis de posibles causas. Medidas de comprobación. Diagnóstico de causas.

Localización del elemento defectuoso. Verificación de la causa de la avería. Sustitución

de elementos defectuosos. Puesta en marcha del sistema. Comprobación del

funcionamiento. Documentación de la intervención. Históricos de averías.

9.- Prevención de riesgos, seguridad y protección medioambiental:

- Normativa de prevención de riesgos laborales relativa a las infraestructuras comunes

de imagen y sonido.

- Prevención de riesgos laborales en los procesos de montaje y mantenimiento.

- Equipos de protección individual. Características y criterios de utilización.

- Protección colectiva. Medios y equipos de protección.

- Normativa reguladora en gestión de residuos.

MÓDULO PROFESIONAL: REDES TELEMÁTICAS.

Equivalencia en créditos ECTS: 9

Código: 0555

Duración: 120 horas

Contenidos:

1.- Configuración de routers:

- Función de un router en una red de datos.

- Elementos hardware y software que componen un router.

- Medios de transmisión utilizados en las interfaces de un router.

- Protocolo de arranque del router. Modificación de la secuencia de arranque.

- Modos de acceso al router. Modo web. Acceso por consola. Otros accesos.

- Configuración básica de un router.

25657NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 90: DISPOSICIONES GENERALES I

- Servidor de nombres de dominio (DNS). Configuración del enrutamiento estático.

DHCP, funcionamiento y configuración. Rutas por defecto.

- Configuración avanzada. Protocolos de enrutamiento.

- Protocolos de enrutamiento por vector distancia (RIP, entre otros). RIP versión 1.RIP

versión 2

- Protocolos de enrutamiento por estado de enlace (OSPF, entre otros).

- Enrutamiento entre Dominios sin Clases (CIDR).

- Direccionamiento. Máscara de Subred de Longitud Variable (VSLM).

- Comandos de prueba y verificación de router (ping, traceroute, telnet, entre otros).

Comandos de depuración en el router.

2.- Implementación de redes de acceso local virtual:

- Redes de datos de acceso local virtual (VLAN). Definición y tipos. Segmentación de la

red.

- Equipamiento hardware. Switch. Elementos lógicos que componen un switch.

- Elementos visuales de información del switch. Leds en el switch.

- Configuración básica de un switch. Modos de funcionamiento del switch. Tipos de

conmutación. Modos de acceso al switch.

- Verificación de la configuración.

- Tabla de direcciones MAC. Administración de direcciones MAC.

- Interconexión de switches. Enlaces troncales VLAN.

- Interconexión de VLANs. Router de interconexión.

3.- Implementación de redes WAN:

- Capa física de WAN.

- Protocolos de enlace de datos. HDLC, ATM, PPP, Frame Relay. Enlaces dedicados: E1,

E3, RDSI, RTB.

- Conexión a Internet: DSL (DSLAM), WIMAX, LMDS, vía satélite, UMTS (3G).

- Protocolo punto a punto (PPP). Arquitectura de capas.

- Protocolos de autenticación en PPP. Configuración de PPP y resolución de problemas.

- Frame Relay, tecnología e historia. Circuitos virtuales: VC, DLCI.

- Topologías Frame Relay. Configuración FR: LMI, ARP inverso.

- Direccionamiento público y privado: NAT, PAT. Configuración de NAT. Redireccio-

namiento de puertos.

- Verificación de conexiones WAN. Control de velocidad de acceso.

- Documentación de las intervenciones.

25658NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 91: DISPOSICIONES GENERALES I

4.- Puesta en servicio de redes telemáticas:

- Instalaciones eléctricas asociadas. Circuitos eléctricos. Elementos de protección.

Sistemas de alimentación ininterrumpida.

- Arquitectura y modelos de redes jerárquicas.

- Red convergente. Características y tipología. Servicios. Dispositivos de voz, vídeo y

datos.

- Certificación de redes. Equipos. Procedimientos. Parámetros. Documentación.

- Integración de equipos informáticos y periféricos.

- Procedimientos de instalación y configuración de equipos y software en entornos de

redes WLANs y WANs. Resolución de conflictos.

- Administración de la red con SNMP.

- Técnicas de comprobación de conexión con redes exteriores, cableadas e

inalámbricas. Herramientas software de verificación. Parámetros: velocidad, tráfico y

niveles de señal.

- Puesta en servicio de redes telemáticas. Herramientas de configuración y pruebas de

funcionamiento. Secuenciación de las fases del montaje. Ubicación de equipos y

elementos.

- Puntos de inspección y parámetros que hay que controlar. Elaboración de la

documentación de puesta en servicio. Fichas y registros. Simbología normalizada para

instalaciones de redes de datos.

5.- Aplicación de técnicas de seguridad en la red:

- Normativa ISO/IEC 27002.

- Métodos de protección de redes. Identificación de vulnerabilidades.

- Amenazas a la seguridad. Tipos de ataques a redes: reconocimiento, acceso,

denegación de servicio (DoS), ataque distribuido de denegación de servicio (DdoS).

- Administración de la seguridad en los routers. Conexiones SSH. Encriptación.

- Anulación de servicios e interfaces.

- Listas de Control de Acceso ACL. Configuración de los distintos tipos de ACL.

- Verificación. Detección y resolución de problemas.

- Protocolo, IPsec. Características.

- Seguridad en redes VPN. Características. Dispositivos de autenticación. Configuración.

- Plan integral de protección perimetral de las redes. Equipos y características de los

sistemas de detección de intrusiones. Zonas desmilitarizadas (DMZ).

6.- Mantenimiento de redes telemáticas:

- Fallos en redes de datos. Tipos, direccionamientos, enrutamientos, ralentización del

tráfico de datos. Otros. Características.

25659NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 92: DISPOSICIONES GENERALES I

- Elementos y puntos de control y verificación. Acciones de mantenimiento en cada

punto de control.

- Herramientas de monitorización: características. Monitorización de servicios, host y

red. Aplicaciones de captura de tramas (Sniffers).

- Analizadores de red. Sistemas de monitorización basados en SW Libre. Administración

de la red con SNMP.

- Protocolos IPv4, IPv6, entre otros.

- Enrutamiento con IPv4, IPV6 y RIPng, entre otros.

- Detección de averías hardware y software. Procedimientos. Sustitución y configuración

de elementos defectuosos. Comprobación y puesta en servicio de la red telemática.

MÓDULO PROFESIONAL: SISTEMAS DE RADIOCOMUNICACIONES.

Equivalencia en créditos ECTS: 9

Código: 0556

Duración: 100 horas.

Contenidos:

1.- Caracterización de sistemas de transmisión para radio, televisión, telefonía y datos:

- Modos de transmisión. La onda electromagnética. Parámetros fundamentales. Espectro

electromagnético. Bandas de radiofrecuencia.

- Modulaciones analógicas.

- Modulaciones digitales.

- Transmisión con portadora múltiple COFDM.

- Bandas y servicios de radiodifusión.

- Sistemas de radio analógicos.

- Sistemas de radio digital.

- Sistemas de televisión.

- Sistemas de telefonía.

- Sistemas de datos.

- Redes de comunicación por radiofrecuencia. Red de difusión.

- Emisores, receptores, reemisores y radioenlaces analógicos y digitales.

- Líneas de transmisión para radiofrecuencia. Tipología de líneas de transmisión para los

distintos sistemas. Coaxiales, microcoaxiales, guías de onda, fibra óptica y cable de

pares.

- Multiplexores, combinadores y distribuidores de RF.

- Sistemas de conmutación automática.

- Interfaces de conexión y elementos auxiliares. Tipología de conectores específicos de

RF.

25660NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 93: DISPOSICIONES GENERALES I

- Antenas y sistemas radiantes. Tipología de antenas: Antenas direccionales, antenas de

difusión, cavidad resonante, antenas para sistemas de radio, antenas para sistemas de

televisión, antenas de radioenlaces. Parámetros de una antena.

- Parámetros en sistemas de radiofrecuencia.

- Reglamentación y estándares. Normativa de los sistemas de transmisión de radio y

televisión. Cuadro nacional de atribución de frecuencias.

2.- Configuración de instalaciones fijas y unidades móviles:

- Configuración de redes de radiofrecuencia. Determinación de zonas de cobertura.

Estructura de la red. Planificación de frecuencias y canales.

- Diseño de sistemas emisores de radio. Condicionantes legales y técnicos. Elección del

emplazamiento. Cálculos de la altura efectiva de la antena y potencia del transmisor.

- Diseño de sistemas emisores y reemisores de televisión. Condicionantes técnicos.

Elección del emplazamiento y estructura de las antenas. Cálculos: ganancia de antena

receptora en el reemisor y de potencia del transmisor.

- Diseño de sistemas de telefonía.

- Diseño de radioenlaces. Emulación de sistemas mediante software.

- Equipos de radioenlaces. Moduladores y transmoduladores. Procesadores de canal.

Amplificadores. Accesorios.

- Antenas. Configuración de sistemas radiantes. Parámetros de selección. Elección de

equipamiento.

- Estructura de un centro emisor de radiofrecuencia. Equipamiento técnico principal y

de reserva. Sistemas de telecontrol. Sistemas de alimentación.

- Protección electrostática. Acondicionamiento ambiental.

- Unidades móviles de radiocomunicaciones. Emisores, reemisores y radioenlaces

móviles. Radioenlaces vía satélite, UMTS e IP. Unidades DSNG.

- Instalación de sistemas de transmisión de señales de radio, televisión, telefonía y datos:

- Técnicas específicas de montaje.

- Instalación de los mástiles y fijación de las antenas. Alineación y orientación de antenas.

- Líneas de transmisión. Conectores. Conexionado físico. Soldadura y engastado.

- Montaje de soportes y elementos de sujeción.

- Instalaciones eléctricas, protecciones y circuitos asociados.

- Conexión de los equipos de emisión y transmisión. Red troncal.

- Programas de control y supervisión del montaje.

4.- Verificación del funcionamiento de sistemas de emisión y transmisión:

- Protocolos de puesta en servicio.

- Equipos de telecontrol.

- Protocolos de seguridad de los equipos.

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Page 94: DISPOSICIONES GENERALES I

- Equipos de medida de sistemas de transmisión por radiofrecuencia.

- Medidas y comprobaciones: procedimientos y técnicas de medida.

- Medidas y parámetros de calidad. Respuesta en frecuencia. Ancho de banda.

- Potencias directa y reflejada. Medidas del sistema de alimentación.

- Configuración de equipos de conmutación automática.

- Procedimiento de puesta en servicio de la instalación.

5.- Mantenimiento de sistemas de transmisión:

- Clasificación de las averías según el sistema. Herramientas e instrumentación aplicada

al mantenimiento. Medidas de parámetros.

- Averías típicas en los sistemas de radiocomunicaciones.

- Mantenimiento preventivo. Operaciones programadas. Criterios y puntos de revisión

(Potencia, ROE, entre otros)

- Inspección y evaluación del sistema.

- Mantenimiento correctivo. Técnicas de diagnóstico y localización de averías.

Sustitución de elementos de las instalaciones.

- Ajustes y puesta a punto.

- Parada y puesta en servicio de los equipos.

- Documentación en el mantenimiento de los sistemas de radiocomunicaciones.

- Históricos de averías.

6.- Prevención de riesgos laborales y protección medioambiental:

- Normativa de prevención de riesgos laborales relativa a los sistemas de

radiocomunicaciones.

- Factores y situaciones de riesgo.

- Medios y equipos de protección.

- Prevención y protección colectiva.

- Normativa reguladora en gestión de residuos.

- Clasificación y almacenamiento de residuos.

- Tratamiento y recogida de residuos.

25662NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 95: DISPOSICIONES GENERALES I

MÓDULO PROFESIONAL: SISTEMAS INTEGRADOS Y HOGAR DIGITAL.

Equivalencia en créditos ECTS: 7

Código: 0557

Duración: 120 horas

Contenidos:

1.- Caracterización de las infraestructuras del hogar digital (IHD):

- Niveles de aplicación digital en edificios inteligentes y hogar digital. Básico, intermedio

y superior. Escalabilidad y ampliaciones. Servicios asociados. Seguridad, control del

entorno, ocio y entretenimiento, comunicaciones y acceso interactivo. Componentes

del servicio. Modalidades y tecnologías que los soportan.

- Estructuras de las redes interiores. Red de área doméstica (HAN). Red de datos para

la gestión, control y seguridad (TGCS). Red de control de acceso (ACN). Otras.

Topologías y usos. Convergencia con los elementos de la ICT. Conexiones y

canalizaciones. Tomas de usuario. Unidad óptica de usuario.

- Características y funcionalidades de los servicios. Agregador de servicios, operadores

de telecomunicaciones y proveedores de servicio.

- Redes externas. Conexión de banda ancha. xDSL, FTTH, WiMax y UMTS. Otras.

- Buses de interconexión de datos. (USB, FireWire y otros). RS-485. Buses específicos.

Otros sistemas. Protocolos.

- Medios y equipos de acceso remoto. Características.

- Criterios de selección de interfaces y pasarelas residenciales. Tipos. Pasarela

multiservicio, pasarela de control y pasarela de entretenimiento. Servidores locales y

remotos.

- Normativa de aplicación a las áreas y sistemas de edificios inteligentes. Legislación

europea, nacional y autonómica. Ordenanzas municipales. Otras.

2.- Integración de sistemas multimedia y de comunicaciones de red:

- Características de los streaming de audio y de vídeo. Codecs. Protocolos de

transmisión UDP, RTP y RTSP. Streaming bajo demanda. Sistemas de pago por visión.

Configuración de servicios para un único programa (SPTS).

- Servicios de múltiples programas (servicio multidifusión MPTS). Estándar SDTV o de

alta definición HDTV. Almacenamiento y servidores de vídeo. VidCast.

- Audio por IP. Fuentes de stream. Protocolos de StreamNet. Convertidores de audio

analógico o digital a streams IP. Sintonizadores DAB - IP. Servidores de medios.

Interfaces para control centralizado o por zonas.

- Amplificadores/decodificadores audio IP. Servidores web embebidos. Sistemas de

alimentación. Bus de expansión EIM.

- Integración con servicios multimedia. Servidores multimedia. Distribuidores de música

y vídeo. Home cinema.

25663NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 96: DISPOSICIONES GENERALES I

- IPTV. Características. Anchos de banda. Pasarelas DVB a IP. Streamer DVB-T a IP y

streamer DVB-S a IP. Convertidores A/V a IP. Accesorios. Software de configuración.

- Configuración de módulos streamers para estaciones de cabecera: interfaz web para la

configuración del módulo. Configuración mediante TELNET. Network. Direcciona-

miento IP.

- Determinación de programas y servicios que hay que difundir. Inserción de protocolos

SAP y SDP.

- Instalación de IPTV. Cabeceras DVB-T a IP y DVB-S a IP. Módulos CAM (Módulos de

acceso condicional). Alimentación. Elementos de ventilación y protección. Troncales de

FO. Switches GB. Receptores IPTV. Set-Top Box (STB) para IPTV.

- Interfaces de visualización de IPTV. Decodificadores VoD (Video On Demand).

Dispositivos compatibles UPnP. Estándar compatible. DLNA. Otros. Gestión de

dispositivos.

- Software de reproducción de vídeo. Formatos.

- Accesos a contenidos audiovisuales. Pasarela multimedia. Características técnicas.

Configuración.

- Interfaces. Sistemas de televisión interactiva. Tipos de interacción. Estructura de la red.

Sistemas de TV para receptores móviles. Sistemas de señalización digital. Equipamiento

para digital signage.

- Configuración de dispositivos fijos y móviles de comunicaciones unificadas. Videocon-

ferencia. Telefonía. E-mail. Chat. Mensajes multimedia. Buzón de video. Otros.

3.- Instalación de sistemas de seguridad:

- Conexionado de equipos y elementos de seguridad, cableados e inalámbricos, y

centrales de alarma. Sensores y detectores. Tipos y características. Detectores de

humo, gas, agua y CO. Sirenas y destellantes. Buses de comunicación.

- Programación de centralitas de alarmas (intrusión y técnicas, entre otras). Software de

supervisión y control remoto. Configuración.

- Configuración de módulos de integración en redes LAN y WAN. Conceptos de

protocolos de seguridad encriptados. SSL (Secure Socket Layer). Otros.

- Instalación de programas de gestión de CRA (central receptora de alarmas).

Normativa de aplicación. Ley de Seguridad Privada. Ley Orgánica de Protección de

Datos (LOPD). Otras.

- Configuración de equipos de transmisión (vía satélite, GSM/GPRS, TCP/IP, entre

otros). Protocolos estándar de aplicaciones de seguridad, Contact ID y SIA, entre otros.

- Transmisión de señales de alarma vía satélite. Equipos. Constelaciones satelitales.

Recepción en estaciones terrenas. Reenvíos a servidores de seguridad. Redes y

protocolos. Monitorización en web de señales vía satélite. Reenvíos a la central

receptora de alarmas (CRA). Configuración de la red de transmisión y recepción.

Software de recepción y decodificación de señales. Configuración del servidor.

Direccionamientos. Decodificación e interpretación. Transmisión TCP/IP, RTC, vía radio

y GSM. Otros.

25664NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 97: DISPOSICIONES GENERALES I

- Integración de sistemas de posicionamiento y seguimiento. Centros de control.

Configuración de los medios de transmisión, GSM/GPRS, vía satélite y wifi, entre otros.

- Elaboración de documentación. Software de aplicación.

4.- Integración de sistemas de CCTV, control de accesos y vídeo inteligente:

- Técnicas de identificación de características de redes. Analizadores de tráfico.

Comprobadores de red. Verificación de topologías y tomas de usuario. Servicios

soportables.

- Sistemas de videovigilancia. Cámaras analógicas. Monitores. Cámaras IP. Configuración.

Ópticas y accesorios. Sistemas de telemetría. Controles de acceso. Sistemas de

identificación biométricos. Sistemas de credenciales. Accesorios.

- Software de control y gestión de CCTV, control de accesos y vídeo inteligente.

Integración en red. Configuraciones básicas y avanzadas. Configuración de sistemas

biométricos. Configuración de lectores a distancia.

- Configuración de sistemas de grabación digital, directa (DAS, DVR), almacenamiento

compartido en red (NAS) y áreas de almacenamiento en red (SAN), entre otros. Modos

de grabación: continua, por evento y tiempo. Otros.

- Configuración de equipos y servidores de comunicación. Integración en red.

Configuración de dispositivos inalámbricos.

- Configuración de dispositivos móviles de visualización y control. Integración con redes

inalámbricas: WiFi, WiMax, UMTS, entre otras. Instalación de sistemas operativos.

- Elaboración de documentación. Software de aplicación.

5.- Integración de dispositivos de automatización:

- Convergencia de servicios en edificios inteligentes. Automatización básica. Integración

con distintos sistemas.

- Sensores y actuadores. Transductores. Tipos. Principios básicos de funcionamiento.

Receptores. Conexionado de elementos y dispositivos IP y no IP. Características.

Configuración de redes de control y automatización. Buses domóticos (Konnex,

LonTalk, Zigbee, LCN, otros).

- Conexión de centralitas y módulos de gestión. Conexionado de sensores y actuadores.

Gestión de dispositivos eléctricos.

- Implementación de pasarelas de control. Software de aplicación y configuración.

Interfaces específicos. Pasarelas de software abierto (OSGI). Aplicación a los sistemas de

control y automatización. Función del servidor de aplicaciones.

- Configuración de servidores OPC (OLE for Process Control). Sistemas de acceso

remoto. Acceso fijo y móvil mediante redes públicas. Interfaces de control remoto y

telecontrol.

- Documentación técnica. Elaboración de esquemas y listas de conexionado. Software de

aplicación.

- Mantenimiento de sistemas integrados del hogar digital.

25665NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 98: DISPOSICIONES GENERALES I

- Detección de averías hardware y software. Procedimientos. Sustitución y configuración

de elementos defectuosos.

- Comprobación y restitución del servicio de los sistemas integrados en edificios

inteligentes. Técnicas de control y verificación.

- Técnicas de monitorización de redes y sistemas. Analizadores de red.

- Planes de mantenimiento en sistemas de edificios inteligentes. Operaciones de

mantenimiento en sistemas de CCTV, accesorios y sistemas de seguridad, entre otros.

- Documentación de las intervenciones realizadas. Históricos de averías.

6.- Prevención de riesgos laborales y de protección ambiental:

- Identificación de riesgos.

- Determinación de las medidas de prevención de riesgos laborales.

- Prevención de riesgos laborales en los procesos de montaje y mantenimiento.

- Equipos de protección individual. Características y criterios de utilización.

- Protección colectiva.

- Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

- Cumplimiento de la normativa de protección ambiental.

MÓDULO PROFESIONAL: GESTIÓN DE PROYECTOS DE INSTALACIONES DE TELECOMUNICACIONES.

Equivalencia en créditos ECTS: 6

Código: 0601

Duración: 60 horas.

Contenidos:

1.- Identificación de la documentación técnico-administrativa de las instalaciones:

- Anteproyecto o proyecto básico.

- Tipos de proyectos.

- Documentos básicos. Memoria. Planos. Otros. Pliego de condiciones. Presupuestos y

medidas. Esquemas eléctricos y de conexionado.

- Documentación de partida, cálculos, tablas, catálogos, entre otros.

- Normativa sobre infraestructuras comunes para servicios de telecomunicación en el

interior de edificios (ICT). Tramitación y legalización.

- Certificados de instalación y verificación.

- Certificados de fin de obra. Manuales de instrucciones.

- Elaboración de planos y esquemas de instalaciones de telecomunicaciones:

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Page 99: DISPOSICIONES GENERALES I

- Tipos de instalaciones. Espacios y recintos. Simbología de aplicación.

- Planos de proyecto de edificación. Plano topográfico. Plano de trazado.

- Esquemas eléctricos: generales y de conexionado.

- Escalas recomendables. Formatos.

- Planos de plantas. Planos de sección. Plano de situación.

- Croquizado y esquemas. Planos de detalle de elementos constructivos y de montaje.

- Diseño asistido por ordenador. Interfaz de usuario. Elección del proceso de trabajo.

- Normas generales de representación. Márgenes y cajetín en los planos.

- Conceptos básicos de vistas normalizadas.

- Simbología normalizada. Leyendas. Planos descriptivos de la instalación.

- Elaboración de presupuestos de instalaciones de telecomunicaciones:

- Documentación técnica. Interpretación de especificaciones técnicas.

- Determinación de unidades de obra.

- Mediciones. Técnicas.

- Operaciones de montaje de la instalación. Tiempos.

- Recursos propios y ajenos. Valoración.

- Cuadros de precios. Manejo de catálogos comerciales y bases de datos de fabricantes.

- Valoraciones por partidas. Costes de mano de obra, materiales y recursos. Gastos

administrativos.

- Programas informáticos para la elaboración de presupuestos.

- Planes de mantenimiento. Valoración. Estudio de costes. Materiales y recursos.

2.- Planificación del aprovisionamiento para el montaje y mantenimiento:

- Partes del proyecto aplicables al aprovisionamiento del montaje y mantenimiento.

- Aprovisionamiento de instalaciones de telecomunicaciones. Métodos. Procesos de

aprovisionamiento.

- Diagramas de flujo. Detección de necesidades en el aprovisionamiento de equipos y

elementos. Especificaciones de compras.

- Puntos críticos de aprovisionamiento. Previsiones. Control de existencias.

- Normas de codificación. Trazabilidad de los materiales. Condiciones de almacenaje y

transporte.

- Identificación de las fases del montaje y mantenimiento para el aprovisionamiento.

Interpretación de documentación técnica. Determinación de materiales para cada fase.

- Recursos y medios técnicos. Subcontratación de actividades.

- Características del plan de mantenimiento. Recursos y medios.

- Métodos de elaboración de planes de aprovisionamiento.

25667NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 100: DISPOSICIONES GENERALES I

3.- Planificación del montaje de instalaciones de telecomunicaciones:

- Proyectos de telecomunicaciones. El proyecto de obra.

- Características técnicas y normativa para el montaje.

- Identificación de las fases de la instalación para el montaje. Hitos. Diagrama de red del

proyecto. PDM y ADM. Otros. Secuenciación de los procesos de montaje.

- Identificación de las necesidades para cada fase del montaje. Relación de tareas.

Estimación de tiempos.

- Determinación de recursos y medios materiales y técnicos. Subcontratación de

actividades. Métodos de asignación. Herramientas, equipos y elementos en el montaje

de instalaciones.

- Identificación de actividades y caminos críticos. Puntos críticos. Técnicas de

planificación aplicadas al montaje de instalaciones.

- Asignación de tiempos y procesos. Diagramas. GANTT. Seguimientos de actividades.

Control de cargas de trabajo. Plazos de ejecución. Técnicas PERT.

- Normas de prevención. Detección de riesgos. Equipos de seguridad y protección.

Pautas de seguridad descritas en el proyecto.

- Resolución de contingencias.

- Métodos de elaboración de planes de montaje.

4.- Elaboración de manuales y documentos:

- Plan de prevención. Medidas en el montaje y mantenimiento. Normativa de aplicación.

- Plan de emergencia. Pautas de actuación. Equipos de seguridad y protección.

Señalización y alarmas. Estudios básicos de seguridad.

- Plan de calidad. Calidad en la ejecución de instalaciones o sistemas. Normativa de

gestión de la calidad. Interpretación y valoración de resultados.

- Plan de gestión medioambiental. Normativa de gestión medioambiental.

- Almacenamiento de residuos. Procedimientos de trazabilidad.

- Elaboración de manuales. Manual de servicio. Especificaciones técnicas de los elemen-

tos de las instalaciones.

- Manual de servicio y mantenimiento.

- Protocolos de pruebas. Protocolos de puesta en servicio.

- Documento memoria. Anexo de cálculos. Estructura. Características.

- Aplicaciones informáticas para elaboración de documentación.

5.- Planificación del mantenimiento de las instalaciones de telecomunicaciones:

- Puntos susceptibles de mantenimiento en instalaciones de telecomunicaciones. Tipos y

características en cada instalación.

- Planificación de aprovisionamiento. Recepción de materiales. Homologaciones.

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Page 101: DISPOSICIONES GENERALES I

- Tipos de mantenimiento: preventivo y correctivo. Otros.

- Técnicas de planificación de mantenimiento. Instrucciones de mantenimiento de

fabricantes.

- Parámetros de ajuste para la mejora del mantenimiento.

- Contenidos básicos de un plan de mantenimiento (datos generales, necesidades,

calendario de revisiones y recambios y calendario de actuación, entre otros).

- Normas de calidad aplicables a los planes de mantenimiento. Normas ISO9000.

- Técnicas de gestión de recursos humanos y materiales.

- Métodos de elaboración de planes de mantenimiento.

- Gestión de residuos. Plan de gestión de residuos.

- Procedimientos e indicadores de gestión.

6.- Aplicación de técnicas de gestión del montaje y mantenimiento:

- Interpretación de planes de montaje y mantenimiento. Ejecución de planes.

- Control de avance del montaje. Verificación: especificaciones, plazos y costes.

- Técnicas de gestión de personal aplicables al montaje y al mantenimiento.

- Gestión de materiales y elementos. Aprovisionamiento.

- Indicadores de control del montaje y mantenimiento. Técnicas y medios de control.

- Procedimientos de gestión del montaje y el mantenimiento.

- Normativa de aplicación relativa a procesos de montaje y mantenimiento.

MÓDULO PROFESIONAL: SISTEMAS DE TELEFONÍA FIJA Y MÓVIL

Equivalencia en créditos ECTS: 8

Código: 0713

Duración: 180 horas.

Contenidos:

1.- Configuración de sistemas de telefonía fija:

- Redes públicas de comunicaciones. Modelo de red. Capa de transporte: subcapas de

tránsito, acceso y de cliente. Capa de señalización y control. Capa de servicios.

- Conmutación, encaminamiento y señalización telefónica. QoS. Tráfico. Equipos de

conmutación. Terminales, líneas y enlaces.

- Transmisión en telefonía. Equipos. Características.

- Transmisión analógica y transmisión digital. Líneas y medios de transmisión. Topología

de redes. Características.

- Regulación y modalidades de acceso. Telefonía local, cable y banda ancha.

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Page 102: DISPOSICIONES GENERALES I

- Proveedores de servicios de telefonía.

- Tecnologías e interfaces de acceso. Cable. HFC (Híbrido de Fibra y Coaxial). Pares de

cobre. Líneas analógicas y digitales. Jerarquías (banda estrecha y ancha). xDSL. Fibra.

FTTx, ATM, SDH, PON. Radio, WLL (Bucle Local Inalámbrico), DECT. Medidas.

- Señalización. Medidas. Normativa.

- Terminadores de red de acceso. Acceso básico. Acceso primario.

- Medidas.

- Línea de usuario. Topología. Estructuras. Conectividad.

- Normativa. Red de usuario.

- Centralitas privadas de conmutación. Servicios adicionales. Equipos.

- Terminales. Fax. Funcionamiento y campos de aplicación.

- Centralitas inalámbricas. Tipos. DECT. Planificación de estaciones base. Enlaces GSM.

TRAC (Telefonía rural). Simuladores de líneas. Terminales.

- Representación gráfica de sistemas de telefonía. Simbología.

2.- Configuración de telefonía de voz sobre IP: - Aplicaciones informáticas para VoIP.

- Telefonía y redes IP. Características de la VoIP.

- Análisis de servicios de telecomunicaciones VoIP. Servicios de valor añadido.

Operadores y clientes.

- Protocolos abiertos para la señalización. Auditoría de red. Caracterización de la voz

humana. Algoritmos de codificación y decodificación (Codecs). Calidad de voz en VoIP.

Características.

- Protocolos de comunicación VoIP. H323. SIP. IAX. Otros. Configuración. Caracterís-

ticas.

- Transporte en tiempo real y redes IP. RTP y RCTP. RTP y NAT.

- PBX para telefonía IP. Software PBX.

- Proxys y enrutadores. Direccionamiento IP. Configuración. Router: configuración.

Priorización de VoIP en redes de datos.

- Garantía de calidad de un sistema VoIP. Análisis de seguridad en la red VoIP.

- Tarjetas, adaptadores y terminales. Teléfonos IP. Pasarelas (gateways) y adaptadores.

3.- Caracterización de sistemas de radiocomunicaciones para telefonía:

- Normativas y reglamentos específicos. Cuadros de distribución de frecuencias.

- Niveles de exposición y radiación de emisiones radioeléctricas. Sistemas de medidas.

- Sistemas de radiocomunicaciones. Protocolos. Características.

25670NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 103: DISPOSICIONES GENERALES I

- Redes móviles y fijas. Arquitectura de redes por capas. Tecnologías y servicios.

Estándares. TETRA, PMR/PAMR, LMDS/WIMAX, TMA GSM, TMA DCS 1800,

IMT20000/UMTS, otros.

- Seguridad en las comunicaciones. Sistemas de inhibición. Redes de acceso vía radio en

servicios fijos terrestres. Estaciones base telefónicas. Estaciones repetidoras y de

enrutamiento. Estaciones base transportables. Radioenlaces analógicos y digitales.

- Telefonía vía satélite. Constelaciones. Características. Infraestructuras satelitales.

Centrales terrenas y red de enlaces. Terminales. Operadores y servicios asociados.

- Instalaciones asociadas. Sistemas radiantes. Sistemas de alimentación en continua y

alterna. Sistemas de alimentación ininterrumpida. Grupos electrógenos y placas solares.

Convertidores. Baterías. Sistemas de refrigeración y ventilación.

- Interfaces físicos. Interfaz radio.

- Configuración de los equipos de radiocomunicaciones para telefonía. Software de

control.

- Redes fijas y móviles de radiocomunicaciones. Características. Integración de ambos

sistemas.

- Sistemas y equipos de acceso remoto. Telecontrol. Módems cableados e inalámbricos.

Configuración.

4.- Instalación de estaciones base:

- Herramientas y medios de montaje para instalaciones de estaciones base.

- Interpretación de planos para el replanteo. Ubicación de equipos. Especificaciones

técnicas de las estaciones.

- Montaje de equipos para telefonía móvil y celular. Estaciones base. Células y

microcélulas. GSM/GPRS/UMTS. Antenas. Transceptores de acceso remoto. Equipos de

radio TETRA. Modems.

- Cableado específico de estaciones base. Interconexión de equipos. Bastidores y racks.

Elementos auxiliares. Tipos de cable. Conectores. Accesorios.

- Conexionado físico de equipos de estaciones base. Interfaces. Duplexores.

Adaptadores. Sistemas de alimentación. Sistemas de seguridad en la alimentación.

- Conexionado de medios de transmisión de redes fijas y móviles. Conectores.

Herramientas y útiles específicos. - Configuración de equipos y redes de radiocomunicaciones (telefonía celular). Software

de control. Parámetros y herramientas de configuración en redes fijas y móviles.

- Técnicas de seguimiento y control del montaje. Aplicación de planes de calidad y

seguridad.

- Documentación de montaje. Actas de replanteo. Listado de materiales y equipos.

Hojas de servicios y tiempos de ejecución.

5.- Instalación de sistemas de telefonía:

- Herramientas y medios de montaje para instalaciones de telefonía.

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Page 104: DISPOSICIONES GENERALES I

- Interpretación de planos para el replanteo. Ubicación de equipos. Conexionado físico

de sistemas de telefonía. Interfaces y terminadores de red. Centralitas. Terminales fijos

e inalámbricos.

- Conexionado de medios de transmisión de redes fijas y móviles. Redes de usuario.

Electrónica de red. Accesorios. Herramientas y útiles específicos.

- Instalación de sistemas de telefonía. Técnicas de integración de sistemas de telefonía.

Proveedores de servicio. Servicios de valor añadido. Centro de llamadas (Call Center).

Conexiones.

- Centralitas celulares (DECT). Terminales. Antenas. Sistemas de alimentación.

- Configuración de servicios en centralitas y terminales. Direccionamiento. Software de

configuración. Integración de central telefónica con red de datos y ordenador.

Programas específicos de control telefónico. Seguridad en las comunicaciones

inalámbricas. Inhibidores.

- Software de VoIP. Clientes de VoIP. Teléfonos web (webphone). Teléfonos software

(softphone). Teléfonos móviles. Otros dispositivos móviles. Configuración.

- Instalación de sistemas de telefonía vía satélite Conexionado. Terminales. Antenas.

Características. Configuración y direccionamiento de terminales vía satélite.

- Convergencia de la telefonía vía satélite con la telefonía celular y ToIP.

- Operadores de telecomunicaciones. Servicios. Configuración de servicios.

6.- Puesta en servicio de instalaciones de telefonía:

- Instrumentación. Características. Medidores de ROE. Analizador de espectro en RF.

Analizador de radiocomunicaciones 2G, 2,5G, 3G, UMTS, WIMAX. Analizador de

tráfico y protocolos. Otros.

- Técnicas de verificación de sistemas de telefonía.

- Parámetros básicos de configuración de sistemas de telefonía fija y móvil. Software de

programación, configuración y control.

- Configuraciones local y remota. Equipos analizadores de red. Equipos certificadores de

redes. Equipos de análisis de protocolos y tráfico.

- Medidas en telefonía. Visualización y medidas de interfaces de telefonía y terminadores

de red. Monitorización del tráfico.

- Técnicas de verificación de la funcionalidad en telefonía fija y VoIP. Verificación de

protocolos.

- Medidas en estaciones base celulares. Transmisión. Conmutación. Equipos radio

GSM/GPRS/UMTS. Niveles de señal. Radiación. Zonas de cobertura. Zonas de

exposición radioeléctrica. Equipos TETRA. Terminales portátiles y móviles. Configu-

ración.

- Documentación de puesta en servicio de sistemas de telefonía. Hojas de pruebas y

aceptación.

25672NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 105: DISPOSICIONES GENERALES I

7.- Mantenimiento de instalaciones y sistemas telefónicos:

- Planes de mantenimiento. Técnicas de ejecución. Inspecciones y revisiones periódicas.

Medios y recursos. Control de calidad.

- Mantenimiento de sistemas de telefonía. Función, objetivos, tipos. Impacto en el

servicio. Organización. Empresas de mantenimiento.

- Averías tipo en las instalaciones de telefonía. Síntomas y efectos. Localización de

averías.

- Partes de averías. Organización de las intervenciones. Propuesta de mejoras.

- Técnicas de localización de averías en sistemas de telefonía. Visualización e

interpretación de alarmas. Accesos remotos y telecontrol.

- Diagnóstico y reparación de averías. Equipos de verificación y chequeo. Análisis de

protocolos. Análisis de tráfico de red.

- Medidas y ensayos. Niveles de señal. Cobertura. Muestreo de nivel. Interferencias y

perturbaciones. Tipos y características.

- Sustitución de equipos. Compatibilidades. Ajustes y calibración de equipos.

Instrumental de medida. Parámetros específicos de control.

- Restablecimiento de la funcionalidad. Procedimiento de puesta en marcha. Secuencia

de restablecimiento.

- Documentación de mantenimiento. Históricos de averías.

- Seguridad y calidad en el mantenimiento de sistemas de telefonía.

8.- Prevención de riesgos laborales y protección medioambiental:

- Normativa de prevención de riesgos laborales relativa a los sistemas de telefonía.

- Prevención de riesgos laborales en los procesos de montaje y mantenimiento.

Identificación de los riesgos laborales. Señalización de riesgos laborales.

- Equipos de protección individual. Características y criterios de utilización. Protección

colectiva. Medios y equipos de protección.

- Normativa reguladora en gestión de residuos.

MÓDULO PROFESIONAL: FORMACIÓN Y ORIENTACIÓN LABORAL

Equivalencia en créditos ECTS: 5

Código: 0559

Duración: 90 horas.

Contenidos:

1.- Búsqueda activa de empleo:

- Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y

profesional del Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.

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Page 106: DISPOSICIONES GENERALES I

- Análisis de los intereses, aptitudes y motivaciones personales para la carrera

profesional.

- Identificación de itinerarios formativos relacionados con el Técnico Superior en

Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos: acceso, convalidaciones y exenciones.

- Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y

profesional. Adaptación a la evolución de las exigencias del mercado de trabajo.

- Definición y análisis del sector profesional del título de Técnico Superior en Sistemas

de Telecomunicaciones e Informáticos.

- Proceso de búsqueda de empleo en pequeñas, medianas y grandes empresas del

sector.

- Oportunidades de aprendizaje y empleo en Europa.

- Técnicas e instrumentos de búsqueda de empleo. Preparación para la entrevista de

trabajo.

- Nuevos yacimientos de empleo.

- El proceso de toma de decisiones: definición y fases.

2.- Gestión del conflicto y equipos de trabajo:

- La comunicación eficaz como instrumento fundamental en la relación con los

miembros del equipo. Barreras en la comunicación. Comunicación asertiva. Comunica-

ción no verbal. Escucha activa e interactiva.

- Valoración de las ventajas e inconvenientes del trabajo de equipo para la eficacia de la

organización.

- La inteligencia emocional.

- Equipos en la industria del sector profesional en el que se ubica el título según las

funciones que desempeñan.

- La participación en el equipo de trabajo. Diversidad de roles. Tipología de los

miembros de un equipo. Técnicas para dinamizar la participación en el equipo.

Herramientas para trabajar en equipo.

- Conflicto: características, fuentes y etapas.

- Métodos para la resolución o supresión del conflicto: conciliación, mediación,

negociación y arbitraje.

- Negociación: concepto, elementos, proceso y cualidades del negociador.

3.- Contrato de trabajo y relaciones laborales:

- El derecho del trabajo. Concepto, fuentes, jerarquía normativa.

- Análisis de la relación laboral individual.

- Modalidades de contrato de trabajo y medidas de fomento de la contratación. Medidas

establecidas para la conciliación de la vida laboral y familiar. - Normativa autonómica. El

fraude de ley en la contratación laboral.

- Derechos y deberes derivados de la relación laboral.

25674NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 107: DISPOSICIONES GENERALES I

- El tiempo de trabajo y su retribución:

* Jornada laboral. Análisis de la jornada determinada en convenios colectivos del

sector profesional en el que se ubica el titulo.

* El período de prueba y el tiempo de trabajo

* El salario: elementos que lo integran.

* Nómina: análisis de nóminas de acuerdo con las percepciones salariales

determinadas en convenio colectivos que les sean de aplicación.

- Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Consecuencias

económicas derivadas: el finiquito y la indemnización.

- Representación de los trabajadores. Participación de los trabajadores en la empresa:

Unitaria y Sindical

- Negociación colectiva como medio para la conciliación de los intereses de

trabajadores y empresarios.

- Análisis de un convenio colectivo aplicable al ámbito profesional del Técnico Superior

en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.

- Beneficios para los trabajadores en las nuevas organizaciones: flexibilidad, beneficios

sociales entre otros.

4.- Seguridad Social, Empleo y Desempleo:

- Estructura del Sistema de la Seguridad Social. Acción protectora y regímenes. El

Servicio Extremeño de Salud.

- Determinación de las principales obligaciones de empresarios y trabajadores en

materia de Seguridad Social: afiliación, altas, bajas y cotización.

- La cotización a la Seguridad Social: bases de cotización y cuotas, empresarial y del

trabajador, resultantes según el tipo de contrato.

- Acción protectora de la Seguridad Social: Introducción sobre contintencias,

prestaciones económicas y servicios.

- Situaciones protegibles por desempleo: situación legal de desempleo, prestación y

subsidio por desempleo.

5.- Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo y Evaluación de riesgos

profesionales:

- Valoración de la relación entre trabajo y salud. Importancia de la cultura preventiva en

todas las fases de la actividad. Sensibilización de la necesidad de hábitos y actuaciones

seguras a través de las estadísticas de siniestralidad laboral nacional y extremeña.

- Marco normativo básico de la prevención: derechos y deberes en materia de

prevención de riesgos laborales.

- Responsabilidades y sanciones.

- Condiciones de trabajo y salud. Riesgos y daños sobre la salud: accidente laboral y

enfermedad profesional.

25675NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 108: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25676

- Análisis de factores de riesgo y sus efectos.

- La evaluación de riesgos en la empresa como elemento básico de la actividad preventiva. Riesgos específicos en el sector profesional en el que se ubica el título: técnicas de evaluación de riesgos y aplicación en el entorno de trabajo.

- Análisis de riesgos ligados a condiciones de: seguridad, ambientales, ergonómicas.

- Análisis de riesgos ligados a la organización del trabajo: carga de trabajo y factores psico-sociales.

- Determinación de los posibles daños a la salud del trabajador que pueden derivarse de las situaciones de riesgo detectadas.

6.- Planificación de la prevención de riesgos en la empresa:

- Determinación de las medidas de prevención y protección individual y colectiva para los diferentes tipos de riesgos. Señalización de seguridad.

- Derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales.

- Gestión de la prevención en la empresa, documentación. Planificación de la prevención en la empresa.

- Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.

- Planes de emergencia y de evacuación en entornos de trabajo.

- Elaboración de un plan de emergencia en una pyme relacionada con el sector en el que se ubica el título.

7.- Aplicación de medidas de prevención y protección en la empresa:

- Aplicación de las medidas de prevención.

- Medidas de protección colectiva: la señalización de seguridad.

- Medidas de protección individual. Los equipos de protección individual.

- Especial protección a colectivos específicos: maternidad, lactancia, trabajadores de una empresa de trabajo temporal, trabajadores temporales.

8.- Planificación de la prevención de riesgos en la empresa: - Organización y planificación de la prevención en la empresa:

a. El control de la salud de los trabajadores. Representación de los trabajadores en materia preventiva

b. La gestión de la prevención en la empresa: definición conceptual. Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.

c. Vigilancia de la salud de los trabajadores d. El Plan de autoprotección: Plan de emergencias y de evacuación en entornos

de trabajo e. Elaboración de un plan de emergencias en una pyme

- Protocolo de actuación ante una situación de emergencia. Clasificación de emergencias y diferentes situaciones que las pueden provocar. Equipos de emergencia.

6.- Planificación de la prevención de riesgos en la empresa:

Page 109: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25677

9.- Primeros auxilios:

- Primeros auxilios: aplicación de técnicas de primeros auxiliares. Composición y uso del botiquín. Clasificación de heridos según su gravedad.

- Aplicación de las técnicas de primeros auxilios según el tipo de lesión del accidentado

MÓDULO PROFESIONAL: EMPRESA E INICIATIVA EMPRENDEDORA

Equivalencia en créditos ECTS: 4

Código: 0560

Duración: 60 horas

Contenidos: 1.- Iniciativa emprendedora:

- Innovación y desarrollo económico. Principales características de la innovación en el sector profesional en el que se ubica el titulo (materiales, tecnología, organización de la producción, etc.). Procesos de innovación sectorial en marcha en Extremadura.

- Factores claves de los emprendedores: iniciativa, creatividad, formación y colabora-ción.

- Desarrollo del espíritu emprendedor a través del fomento de las actitudes de creatividad, iniciativa, autonomía y responsabilidad.

- La actuación de los emprendedores como empleados en una Pyme del sector profesional en el que se enmarca el título. Concepto de intraemprendedor.

- La actuación de los emprendedores como empresarios en una Pyme del sector en el que se ubica el titulo.

- El riesgo como elemento inevitable de toda actividad emprendedora.

- La empresa como fuente de creación de empleo y bienestar social.

- El empresario. Requisitos y actitudes para el ejercicio de la actividad empresarial.

- La estrategia empresarial como medio para conseguir los objetivos de la empresa.

- Búsqueda de ideas de negocio. Análisis y viabilidad de las oportunidades de negocio en el sector profesional en el que se enmarca el título

- Plan de empresa: la idea de negocio en el ámbito profesional en el que se enmarca el título.

- Definición de una determinada idea de negocio.

2.- La empresa y su entorno:

- La Empresa. Concepto

- Funciones básicas de la empresa.

- La empresa como sistema. La estructura organizativa de la empresa.

Page 110: DISPOSICIONES GENERALES I

- Análisis del entorno general de una pyme del sector profesional en el que se ubica el

título. Entorno económico, social, demográfico y cultural.

- Análisis del entorno específico de una pyme del sector profesional en el que se

enmarca el título: los clientes, los proveedores y la competencia. Variables del marketing

mix: precio, producto, comunicación y distribución.

- Relaciones de una pyme del sector profesional en el que se enmarca el título, con su

entorno y con el conjunto de la sociedad.

- Responsabilidad social de la empresa. Elaboración del balance social de la empresa:

descripción de los principales costes y beneficios sociales que produce. Viabilidad

medioambiental.

- La cultura empresarial y la imagen corporativa como instrumentos para alcanzar los

objetivos empresariales.

- La ética empresarial. Identificación de prácticas que incorporan valores éticos y

sociales. Aplicación a empresas del sector en el que se enmarca el título en Extre-

madura.

- Estudio y análisis de la viabilidad económica y financiera de una “Pyme” del sector

profesional en el que se ubica el título.

3.- Creación y puesta en marcha de una empresa:

- Tipos de empresa. Empresario individual y empresario social. La franquicia.

- Ventajas e inconvenientes de los distintos tipos de empresa. La responsabilidad de los

propietarios de la empresa en función de la forma jurídica.

- La fiscalidad en las empresas. Impuesto de Sociedades e Impuesto sobre la Renta de las

Personas Físicas.

- Elección de la forma jurídica.

- Trámites administrativos para la constitución de una empresa. Oficinas virtuales:

Seguridad Social, Servicio Público de Empleo, etc.

- Asesoramiento y gestión administrativa externos. La ventanilla única.

- Viabilidad económica y viabilidad financiera de una pyme del sector profesional en el

que se ubica el título

- Plan de empresa: elección de la forma jurídica, estudio de viabilidad económica y

financiera, trámites administrativos y gestión de ayudas y subvenciones.

4.- Función Económica, administrativa y comercial:

- Concepto de contabilidad y nociones básicas. El registro de la información contable.

Los libros contables.

- Análisis de la información contable. Cálculo e interpretación de las ratios de solvencia,

liquidez y rentabilidad. Umbral de rentabilidad.

- Obligaciones fiscales de las empresas. Tipos de impuestos. Calendario fiscal.

- Principales instrumentos de financiación bancaria.

25678NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 111: DISPOSICIONES GENERALES I

- Gestión administrativa de una empresa del sector profesional en el que se ubica el

título: cumplimentación de la documentación básica de carácter comercial y contable

(facturas, albaranes, notas de pedido, letras de cambio, cheques y otros). Descripción de

los circuitos que dicha documentación recorre en la empresa.

- Plan de empresa: documentación básica de las operaciones realizadas.

- Concepto de Mercado. Oferta. Demanda.

- Análisis del Mercado en el sector en que se enmarca el título.

- Marketing mix: precio, producto, promoción y distribución.

5.- Proyecto de simulación empresarial en el aula:

- Constitución y puesta en marcha de una empresa u organización simulada.

- Desarrollo del plan de producción de la empresa u organización simulada.

- Definición de la política comercial de la empresa u organización simulada.

- Organización, planificación y reparto de funciones y tareas en el ámbito de la empresa

u organización simulada.

ANEXO II

MÓDULOS PROFESIONALES PROPIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

MÓDULO PROFESIONAL: INGLES I

Equivalencia en créditos ECTS: 4

Código: 0562.Ex

Duración: 60 horas

RESULTADOS DE APRENDIZAJE Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

1.- Reconoce información profesional y cotidiana contenida en todo tipo de discursos orales

emitidos por cualquier medio de comunicación en lengua estándar, interpretando con

precisión el contenido del mensaje.

Criterios de evaluación:

a. Se ha situado el mensaje en su contexto.

b. Se ha identificado la idea principal del mensaje.

c. Se ha reconocido la finalidad del mensaje, ya sea directo, telefónico o por cual-

quier otro medio auditivo.

d. Se ha extraído información específica en mensajes relacionados con la vida

cotidiana y profesional.

e. Se han secuenciado los elementos constituyentes del mensaje.

25679NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 112: DISPOSICIONES GENERALES I

f. Se ha identificado la idea principal y las ideas secundarias de discursos y mensajes sobre temas concretos, académicos y profesionales articulados con claridad.

g. Se han reconocido las instrucciones orales y se han seguido las indicaciones.

h. Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un mensaje sin entender todos y cada uno de los elementos del mismo.

i.

2.- Interpreta información profesional y cotidiana contenida en textos escritos sencillos, analizando de forma comprensiva su contenido.

Criterios de evaluación:

a.- Se han leído con un alto grado de independencia distintos tipos de textos, adaptando el estilo y la velocidad de la lectura a cada uno de ellos.

b.- Se ha interpretado el contenido global del mensaje.

c.- Se ha relacionado el texto con el ámbito del sector al que se refiere.

d.- Se ha identificado la terminología utilizada.

e.- Se ha identificado con cierta rapidez el contenido de artículos e informes sobre temas profesionales.

f.- Se han interpretado mensajes recibidos a través de soportes telemáticos: correo electrónico, fax, etc.

g.- Se han realizado traducciones de textos relacionados con temas profesionales utilizando materiales de apoyo en caso necesario.

h.- Se han interpretado instrucciones sobre procesos propios de su especialidad.

3.- Emite mensajes orales claros y bien estructurados, analizando el contenido de la situación y adaptándose al registro lingüístico del interlocutor.

Criterios de evaluación:

a.- Se han identificado los registros utilizados para la emisión del mensaje.

b.- Se ha expresado con fluidez sobre temas generales y profesionales marcando la relación entre las ideas.

c.- Se ha comunicado espontáneamente utilizando fórmulas, nexos de unión y estrategias de interacción.

d.- Se han utilizado normas de protocolo en presentaciones formales e informales.

e.- Se han expresado y defendido puntos de vista con claridad, proporcionando argumentos y explicaciones adecuadas.

f.- Se ha argumentado con todo detalle la elección de una determinada opción o procedimiento de trabajo elegido.

g.- Se ha utilizado correctamente la terminología de la profesión.

h.- Se ha solicitado la reformulación del discurso o parte del mismo cuando se ha considerado necesario.

25680NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 113: DISPOSICIONES GENERALES I

4.- Elabora textos sencillos relacionados con la vida cotidiana y documentos e informes propios del sector, relacionando los recursos lingüísticos con el propósito de los mismos.

Criterios de evaluación:

a.- Se han redactado textos breves y claros sobre aspectos de la vida cotidiana y temas relacionados con su especialidad.

b.- Se ha organizado la información con corrección, precisión, coherencia y cohesión.

c.- Se han realizado resúmenes de textos relacionados con aspectos cotidianos, artículos, manuales de instrucciones y otros documentos escritos, utilizando un vocabulario amplio para evitar la repetición frecuente.

d.- Se ha cumplimentado documentación específica de su campo profesional.

e.- Se han aplicado las fórmulas establecidas y el vocabulario específico en la cumplimentación de documentos.

f.- Se han utilizado las fórmulas de cortesía propias del documento elaborado.

5.- Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación, describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.

Criterios de evaluación:

a.- Se han definido los rasgos más significativos de las costumbres y usos de la comunidad donde se habla la lengua extranjera.

b.- Se han descrito los protocolos y normas de relación social propios del país.

c.- Se han identificado los valores y creencias propios de la comunidad donde se habla la lengua extranjera.

d.- Se han identificado los aspectos socioprofesionales propios del sector, en cualquier tipo de texto.

e.- Se han aplicado los protocolos y normas de relación social propios del país de la lengua extranjera.

f.- Se han reconocido los marcadores lingüísticos de la procedencia regional.

Duración: 60 horas

Contenidos:

A.- Análisis de mensajes orales:

Reconocimiento y comprensión de mensajes cotidianos y profesionales relacionados con el sector profesional.

- Recursos lingüísticos habituales y palabras clave utilizadas en la comunicación general y específica.

- Fórmulas de cortesía y formalidad adecuadas al contexto y al interlocutor.

- Fórmulas de saludo, acogida y despedida.

- Fórmulas de petición de clarificación, repetición y confirmación para la comprensión de un mensaje.

25681NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 114: DISPOSICIONES GENERALES I

- Fórmulas habituales para atender, mantener y finalizar conversaciones en diferentes

entornos (llamadas telefónicas, presentaciones, reuniones, entrevistas laborales, etc.)

- Idea principal e ideas secundarias en presentaciones y debates.

- Resolución de los problemas de comprensión en las presentaciones orales mediante

la deducción por el contexto.

- Terminología específica del sector profesional.

- Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios, preposiciones, expresión de la

condición y duda, oraciones de relativo, uso de la voz pasiva, estilo indirecto y verbos

modales.

- Otros recursos lingüísticos: gustos y preferencias, argumentaciones, sugerencias,

acuerdos y desacuerdos, opiniones y consejos, obligación, persuasión, advertencia y

reclamaciones.

- Instrucciones sobre operaciones y tareas propias del puesto de trabajo y del

entorno profesional.

- Discursos y mensajes generales y/o profesionales del sector profesional.

- Diferentes acentos de la lengua oral.

B.- Interpretación de mensajes escritos:

Comprensión de mensajes, textos y/o artículos básicos cotidianos y profesionales.

- Organización de la información en textos técnicos: índices, títulos, encabeza-

mientos, tablas, etc.

- Características de los tipos de documentos propios del sector profesional:

manuales de instalación, configuración y mantenimiento, bases de datos, libros de

instrucciones, informes, planes estratégicos, normas de seguridad, etc.

- Técnicas de localización y selección de la información relevante: lectura rápida para

identificar el tema principal y lectura orientada a encontrar una información

específica.

- Fórmulas de cortesía y formalidad.

- Comprensión de recursos lingüísticos habituales y palabras clave utilizadas en la

comunicación general y específica.

- Interpretación de la terminología específica del sector profesional.

- Comprensión detallada de correspondencia, mensajería electrónica, fax, burofax,

etc.

- Comprensión de la información y el léxico propio de páginas web, transferencia de

archivos, aplicaciones, entre otros.

- Comprensión detallada de instrucciones y explicaciones contenidas en manuales (de

instrucciones, de funcionamiento, tutoriales, especificaciones del fabricante, etc.) para

evaluar el rendimiento de los dispositivos e identificar posibilidades de mejora.

- Comprensión global y detallada de mensajes, textos, artículos profesionales del

sector y cotidianos.

25682NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 115: DISPOSICIONES GENERALES I

- Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios y preposiciones, verbos

seguidos de infinitivo o formas en “-ing”, oraciones condicionales, uso de la voz

pasiva, oraciones de relativo, estilo indirecto, verbos modales.

- Relaciones lógicas: oposición, concesión, causa, finalidad, resultado, condición,

comparación.

- Relaciones temporales: anterioridad, posterioridad, simultaneidad.

C.- Producción de mensajes orales:

1.- Mensajes orales:

- Normas de convivencia y protocolo.

- Fórmulas de cortesía y formalidad adecuada al contexto y al interlocutor.

- Fórmulas habituales para iniciar, mantener y finalizar conversaciones en diferentes

entornos (llamadas telefónicas, presentaciones, reuniones, entrevistas laborales, etc.)

- Estrategias de clarificación.

- Recursos lingüísticos habituales y palabras clave utilizadas en la comunicación

general y específica.

- Producción de mensajes que impliquen la solicitud de información para la resolución

de problemas, tales como el análisis de las distintas opciones del mercado para

proteger y recuperar el sistema ante situaciones imprevistas o aplicaciones

informáticas.

- Comunicación de instrucciones de trabajo, planes, intenciones y opiniones.

Tratamiento de quejas y reclamaciones.

- Elaboración de mensajes directos, telefónicos y grabados con el registro apropiado

y la terminología específica del sector profesional.

- Instrucciones sobre operaciones y tareas propias del puesto de trabajo y del

entorno profesional.

- Fonética. Sonidos y fonemas vocálicos y consonánticos. Combinaciones y

agrupaciones.

- Marcadores lingüísticos de relaciones sociales, normas de cortesía y diferencias de

registro.

2.- Mantenimiento y seguimiento del discurso oral:

- Intercambio de información de interés personal. Opiniones personales.

- Conversaciones informales improvisadas sobre temas cotidianos y profesionales.

- Elementos paratextuales, resumir, preguntar o repetir con otras palabras para

confirmar la comprensión mutua.

- Toma, mantenimiento y cesión del turno de palabra.

- Apoyo, demostración de entendimiento, petición de aclaración, etc.

- Entonación como recurso de cohesión del texto oral.

25683NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 116: DISPOSICIONES GENERALES I

D.- Emisión de textos escritos:

Elaboración de textos sencillos cotidianos y profesionales del sector.

- Redacción de textos breves relacionados con aspectos cotidianos y profesionales.

- Organización de la información de forma coherente y cohesionada.

- Técnicas para la elaboración de resúmenes de textos y esquemas relacionados con

su entorno profesional.

* Fórmulas establecidas y vocabulario específico en la cumplimentación de

documentos cotidianos y profesionales del sector.

* Redacción de escritos relacionados con el proceso de inserción laboral:

currículum vitae, carta de presentación, respuesta a una oferta de trabajo y

soportes telemáticos: fax, email, burofax.

* Terminología específica del sector profesional.

* Producción de mensajes que impliquen la solicitud de información para la

resolución de problemas, tales como el análisis de las distintas opciones del

mercado para proteger y recuperar el sistema ante situaciones imprevistas o

aplicaciones informáticas.

* Comunicación de instrucciones de trabajo, planes, intenciones y opiniones.

Tratamiento de quejas y reclamaciones.

* Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios y preposiciones, oraciones

condicionales, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo indirecto, verbos

modales. Nexos: “although”, “in spite of”, etc.

* Relaciones lógicas: oposición, concesión, causa, finalidad, resultado, condición,

comparación.

* Relaciones temporales: anterioridad, posterioridad, simultaneidad.

- Coherencia textual.

* Adecuación del texto al contexto comunicativo.

* Tipo y formato de texto.

* Variedad de lengua. Registro.

* Selección léxica de estructuras sintácticas y de contenido relevante.

* Inicio del discurso e introducción del tema, desarrollo y expansión,

ejemplificación y conclusión.

* Uso de los signos de puntuación.

- Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación,

describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.

* Identificación e interpretación de los elementos culturales más significativos de

los países de lengua inglesa.

* Valoración de las normas socioculturales y protocolarias en las relaciones

internacionales.

25684NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 117: DISPOSICIONES GENERALES I

* Uso de los recursos formales y funcionales en situaciones que requieren un

comportamiento socioprofesional con el fin de proyectar una buena imagen de la

empresa.

Orientaciones pedagógicas.

Este módulo contiene la formación necesaria para el desempeño de actividades relacionadas

con las actividades del sector.

La gestión en el sector incluye el desarrollo de los procesos relacionados y el cumplimiento

de procesos y protocolos de calidad en lengua inglesa.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales del ciclo formativo y

las competencias generales del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los

objetivos del módulo, versarán sobre:

• La descripción, análisis y aplicación de los procesos de comunicación utilizando el

inglés.

• La caracterización de los procesos del sector en inglés.

• Los procesos de calidad en la empresa, su evaluación y la identificación y

formalización de documentos asociados a la gestión en el sector profesional en inglés.

• La identificación, análisis y procedimientos de actuación ante situaciones imprevistas

en inglés.

MÓDULO PROFESIONAL: INGLES II

Equivalencia en créditos ECTS: 3

Código: 0563.Ex

• Duración: 40 horas

RESULTADOS DE APRENDIZAJE Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

1.- Reconoce información profesional y cotidiana contenida en todo tipo de discursos orales

emitidos por cualquier medio de comunicación en lengua estándar, interpretando con

precisión el contenido del mensaje.

Criterios de evaluación:

a.- Se ha situado el mensaje en su contexto.

b.- Se ha identificado la idea principal del mensaje.

c.- Se ha reconocido la finalidad del mensaje, ya sea directo, telefónico o por

cualquier otro medio auditivo.

d.- Se ha extraído información específica en mensajes relacionados con la vida

cotidiana y profesional.

e.- Se han secuenciado los elementos constituyentes del mensaje.

f.- Se han identificado las ideas principales de discursos y mensajes sobre temas

concretos, emitidos en lengua estándar y articulados con claridad.

25685NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 118: DISPOSICIONES GENERALES I

g.- Se han extraído las ideas principales de discursos sobre temas académicos y profesionales.

h.- Se han reconocido las instrucciones orales y se han seguido las indicaciones.

i.- Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un mensaje sin entender todos y cada uno de los elementos del mismo.

2.- Produce mensajes orales bien estructurados en situaciones habituales del ámbito social y profesional de la empresa, reconociendo y aplicando las normas propias de la lengua inglesa.

Criterios de evaluación:

a.- Se han identificado mensajes de saludos, presentación y despedida con el protocolo y las pautas de cortesía asociadas.

b.- Se han utilizado con fluidez mensajes propuestos en la gestión de citas.

c.- Se han transmitido mensajes relativos a justificación de retrasos, ausencias o cualquier otra eventualidad.

d.- Se han empleado con fluidez las expresiones habituales para el requerimiento de la identificación de los interlocutores.

e.- Se ha expresado con fluidez sobre temas generales, profesionales o de ocio, marcando con claridad la relación entre las ideas.

f.- Se ha comunicado espontáneamente utilizando correctamente nexos de unión, estrategias de interacción y adoptando un nivel de formalidad adecuado a las circunstancias.

3.- Mantiene conversaciones en lengua inglesa del ámbito del sector interpretando la información de partida.

Criterios de evaluación:

a.- Se ha utilizado un vocabulario técnico adecuado al contexto de la situación.

b.- Se han utilizado los mensajes adecuados de saludos, presentación, identificación y otros. Pautas de cortesía asociadas dentro del contexto de la conversación.

c.- Se han atendido consultas telefónicas con supuestos fabricantes y proveedores.

d.- Se ha identificado la información facilitada y requerimientos realizados por el interlocutor.

e.- Se han formulado las preguntas necesarias para favorecer y confirmar la percepción correcta del mensaje.

f.- Se han proporcionado las respuestas correctas a los requerimientos e instrucciones recibidas.

g.- Se han realizado las anotaciones oportunas en inglés en caso de ser necesario.

h.- Se han utilizado las fórmulas comunicativas más usuales utilizadas en el sector.

i.- Se han comprendido sin dificultad los puntos principales de la información.

j.- Se ha utilizado un acento adecuado en las conversaciones en inglés.

25686NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 119: DISPOSICIONES GENERALES I

4.- Interpreta información profesional contenida en textos escritos recibidos por cualquier vía y relacionados con la cultura general de negocio y empresa, utilizando las herramientas de apoyo más adecuadas.

Criterios de evaluación:

a.- Se han leído con un alto grado de independencia distintos tipos de textos, adaptando el estilo y la velocidad de la lectura a cada uno de ellos.

b.- Se han identificado las herramientas de apoyo más adecuadas para la interpretación y traducción en inglés.

c.- Se ha interpretado la información sobre la empresa, el producto y el servicio.

d.- Se ha identificado con cierta rapidez el contenido de artículos, noticias e informes sobre temas profesionales.

e.- Se han interpretado mensajes recibidos a través de soportes telemáticos: correo electrónico, fax, etc.

f.- Se han interpretado estadísticas y gráficos en inglés sobre el ámbito profesional.

g.- Se ha valorado la dimensión de la lengua inglesa como medio de comunicación base en la relación empresarial.

5.- Elabora y cumplimenta documentos de carácter técnico o laboral reconociendo y aplicando las normas propias de la lengua inglesa.

Criterios de evaluación:

a.- Se han redactado textos complejos sobre aspectos de la vida cotidiana y temas relacionados con su especialidad.

b.- Se ha organizado la información con corrección, precisión, coherencia y cohesión.

c.- Se han realizado resúmenes de textos relacionados con aspectos profesionales.

d.- Se han resumido artículos, manuales de instrucciones y otros documentos escritos, utilizando un vocabulario amplio para evitar la repetición frecuente.

e.- Se ha identificado un vocabulario de uso general en la documentación propia del ámbito laboral.

f.- Se ha cumplimentado documentación específica de su campo profesional.

g.- Se han aplicado las fórmulas establecidas y el vocabulario específico en la cumplimentación de documentos.

h.- Se han utilizado las fórmulas de cortesía propias del documento elaborado.

Duración: 40 horas.

Contenidos:

1.- Comprensión y producción oral precisa:

• Mensajes cotidianos y profesionales relacionados con el sector profesional.

• Normas de convivencia y protocolo. Pautas de cortesía y adecuación al lenguaje no verbal.

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Page 120: DISPOSICIONES GENERALES I

• Terminología específica del sector.

• Recursos, estructuras lingüísticas, léxico y aspectos fonológicos sobre: presentación

de personas, saludos y despedidas, tratamientos de cortesía y formalidad,

identificación de los interlocutores, justificación de retrasos o ausencias,

alojamientos, medios de transportes, horarios, actos culturales y análogos.

• Recepción y transmisión de mensajes de forma presencial, telefónica o telemática.

• Solicitudes y peticiones de información.

• Estilos comunicativos formales y no formales: la recepción y relación con el cliente.

• Recursos, estructuras lingüísticas, léxico y aspectos fonológicos relacionados con la

contratación, la atención al cliente, quejas y reclamaciones, formulación de disculpas

en situaciones delicadas, etc.

• Planificación de agendas: concierto, aplazamiento y anulación de citas.

• Presentación de productos/servicios y valores añadidos, condiciones de pago, etc.

• Producción de mensajes que impliquen la solicitud de información para la resolución

de problemas, tales como el análisis de las distintas opciones del mercado para

proteger y recuperar el sistema ante situaciones imprevistas o aplicaciones

informáticas.

• Realización de consultas dirigiéndose a la persona adecuada.

• Comunicación de instrucciones de trabajo, planes, intenciones y opiniones.

• Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios, preposiciones, expresión de la

condición y duda, oraciones de relativo, uso de la voz pasiva, estilo indirecto y verbos

modales.

• Otros recursos lingüísticos: gustos y preferencias, argumentaciones, sugerencias,

acuerdos y desacuerdos, opiniones y consejos, obligación, persuasión y advertencia.

• Instrucciones sobre operaciones y tareas propias del puesto de trabajo y del entorno

profesional.

• Diferentes acentos de la lengua oral.

2.- Mantenimientos y seguimiento del discurso oral:

• Intercambio de información de interés personal. Opiniones personales.

• Conversaciones informales improvisadas sobre temas cotidianos y profesionales.

• Elementos paratextuales, resumir, preguntar o repetir con otras palabras para

confirmar la comprensión mutua.

• Toma, mantenimiento y cesión del turno de palabra.

• Apoyo, demostración de entendimiento, petición de aclaración, etc.

• Entonación como recurso de cohesión del texto oral.

• Interpretación de textos con herramientas de apoyo.

25688NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 121: DISPOSICIONES GENERALES I

3.- Comprensión de mensajes y textos complejos relacionados con temas cotidianos y

profesionales.

• Organización de la información en los textos técnicos: índices, títulos, encabe-

zamientos, tablas, esquemas y gráficos.

• Características de los tipos de documentos propios del sector profesional: manuales

de instalación, configuración y mantenimiento, bases de datos, libros de instrucciones,

informes, planes estratégicos, normas de seguridad, etc.

• Comprensión detallada de correspondencia, correo electrónico, fax, burofax, etc.

• Interpretación de la terminología específica del sector profesional.

• Fórmulas de cortesía y formalidad.

• Comprensión de recursos lingüísticos habituales y palabras clave utilizadas en la

comunicación general y específica.

• Comprensión detallada de la información contenida en informes, formularios, folletos

y prensa especializada del sector para mantener el espíritu de innovación y

actualización así como para adaptarse a los cambios tecnológicos y organizativos de

su entorno profesional.

• Comprensión de la información y el léxico propio de páginas web, transferencia de

archivos, aplicaciones, entre otros.

• Comprensión detallada de instrucciones y explicaciones contenidas en manuales (de

instrucciones, de funcionamiento, tutoriales, especificaciones del fabricante, etc.) para

evaluar el rendimiento de los dispositivos e identificar posibilidades de mejora.

o Idea principal e ideas secundarias.

• Uso de diccionarios temáticos, correctores ortográficos, programas de traducción

automáticos aplicados a textos relacionados con :

o La cultura de la empresa y sus objetivos.

o Descripción y comparación de gráficos y estadística. Comprensión de los

indicadores económicos más habituales.

o Agenda. Documentación para la organización de citas y reuniones. Organi-

zación de las tareas diarias.

• Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios y preposiciones, oraciones

condicionales, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo indirecto, verbos

modales.

• Relaciones lógicas: oposición, concesión, causa, finalidad, resultado, condición,

comparación.

• Relaciones temporales: anterioridad, posterioridad, simultaneidad.

Emisión de textos escritos y cumplimentación de documentación administrativa y

comercial en inglés.

• Elaboración de textos relacionados con aspectos cotidianos y profesionales.

• Organización de la información de forma coherente y cohesionada.

• Realización de resúmenes de textos relacionados con su entorno profesional.

• Terminología específica del sector.

25689NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 122: DISPOSICIONES GENERALES I

• Idea principal e ideas secundarias.

• Uso de los registros adecuados según el contexto de la comunicación, el interlocutor

y la intención de los interlocutores.

• Se han recibido y remitido correos electrónicos, fax, etc., en inglés con las

expresiones correctas de saludo y despedida entre otras.

• Cumplimentación de documentación comercial básica.

• Cumplimentación de documentación de evaluación básica: diagnóstico de los

dispositivos hardware, disfunciones del sistema, medidas correctivas y posibilidades

de mejora.

• Recursos, estructuras lingüísticas y léxico básico relacionados con el estudio de la

viabilidad de productos y la planificación y comercialización de los mismos.

• Selección y contratación del personal: contratos de trabajo y cartas de citación.

Admisión y rechazo en procesos de selección.

• Organización de la empresa: puestos de trabajo y funciones.

• Recursos, estructuras lingüísticas y léxico básico relacionados con el ámbito laboral:

currículum vitae, redacción de cartas de presentación e identificación de ofertas y

bolsas de empleo.

• Descripción de habilidades personales más adecuadas a la solicitud de una oferta de

empleo.

• Análisis del contenido y finalidad de distintos documentos tipo de otros países en

inglés.

• Redacción de cartas de agradecimiento a proveedores.

• Cumplimentación de documentos de incidencias y reclamaciones.

• Recursos gramaticales: tiempos verbales, adverbios y preposiciones, oraciones

condicionales, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo indirecto, verbos

modales.

• Relaciones lógicas: oposición, concesión, causa, finalidad, resultado, condición,

comparación.

• Relaciones temporales: anterioridad, posterioridad, simultaneidad.

• Coherencia textual.

o Adecuación del texto al contexto comunicativo.

o Tipo y formato de texto.

o Variedad de lengua. Registro.

o Selección léxica de estructuras sintácticas y de contenido relevante.

o Inicio del discurso e introducción del tema, desarrollo y expansión,

ejemplificación y conclusión.

o Uso de los signos de puntuación.

4.- Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación,

describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.

25690NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 123: DISPOSICIONES GENERALES I

• Valoración de las normas socioculturales y protocolarias en las relaciones internacionales.

• Uso de los recursos formales y funcionales en situaciones que requieren un comportamiento socioprofesional con el fin de proyectar una buena imagen de la empresa.

• Reconocimiento de la lengua extranjera para profundizar en conocimientos que resulten de interés a lo largo de la vida personal y profesional.

Orientaciones pedagógicas:

Este módulo contiene la formación necesaria para el desempeño de actividades relacionadas con el sector. La gestión en el sector incluye el desarrollo de los procesos relacionados y el cumplimiento de procesos y protocolos de calidad, todo ello en lengua inglesa.

La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales del ciclo formativo y las competencias generales del título

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo, versarán sobre:

• La descripción, análisis y aplicación de los procesos de comunicación utilizando el inglés.

• La caracterización de los procesos del sector en inglés.

• Los procesos de calidad en la empresa, su evaluación y la identificación y formalización de documentos asociados a la gestión de alojamiento en inglés.

• La identificación, análisis y procedimientos de actuación ante situaciones imprevistas (quejas, reclamaciones…) en inglés.

25691NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 124: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO III

RELACIÓN DE MÓDULOS DEL CICLO DE GRADO SUPERIOR EN SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES E INFORMÁTICOS

DURACIÓN Y DISTRIBUCIÓN POR CURSO ESCOLAR

Primer curso Segundo curso

MÓDULO PROFESIONAL Horas totales

Horas semanales

Horas totales

Horas semanales

0525. Configuración de infraestructuras de sistemas de telecomunicaciones.

130 4

0551. Elementos de sistemas de telecomunicaciones. 130 4

0552. Sistemas informáticos y redes locales. 180 6

0553. Técnicas y procesos en infraestructuras de telecomunicaciones.

130 4

0601. Gestión de proyectos de instalaciones de telecomunicaciones.

60 2

0713. Sistemas de telefonía fija y móvil. 180 5

0559. Formación y orientación laboral. 90 3

0562. Ex Ingles I 60 2

0554. Sistemas de producción audiovisual. 160 8

0555. Redes telemáticas. 120 6

0556. Sistemas de radiocomunicaciones. 100 5

0557. Sistemas integrados y hogar digital. 120 6

0560. Empresa e iniciativa emprendedora. 60 3

0563. Ex Ingles II 40 2

0558. Proyecto de sistemas de telecomunicaciones e informáticos.

40

0561. Formación en centros de trabajo 400

Total horas por curso 960 30 1040 30

25692NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 125: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO IV

Especialidades y titulaciones del profesorado con atribución docente en los módulos

profesionales incorporados al ciclo formativo por la Comunidad de Extremadura.

Módulo profesional

CUERPO DOCENTE Y ESPECIALIDAD (1) Titulaciones (3)

Cuerpo (2) Especialidad

Inglés I CS

PS Inglés

- Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el

título de grado correspondiente u

otros títulos equivalentes.

- Diplomado, Ingeniero Técnico o

Arquitecto Técnico o el título de grado

correspondiente u otros títulos

equivalentes.

Inglés II CS

PS Inglés

Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el

título de grado correspondiente u

otros títulos equivalentes.

- Diplomado, Ingeniero Técnico o

Arquitecto Técnico o el título de grado

correspondiente u otros títulos

equivalentes

(2) CS: Catedrático de Enseñanza Secundaria PS: Profesor de Enseñanza Secundaria

ANEXO V

ESPACIOS Y EQUIPAMIENTOS RECOMENDADOS

Espacios:

Espacio formativo * Superficie en m2

30 alumnos 20 alumnos

Aula polivalente 60 40

Aula técnica 120 80

Laboratorio de telecomunicaciones 120 100

Laboratorio de sistemas electrónicos 120 100

* Los diversos espacios identificativos no deben diferenciarse necesariamente mediante

equipamientos.

25693NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 126: DISPOSICIONES GENERALES I

Equipamientos:

Espacio formativo

Equipamiento

Aula polivalente - Mobiliario informático

- Equipamiento informático

- Conexión a internet

- Medio audiovisuales y dispositivos

multimedia.

- Software

Aula técnica - Mobiliario informático

- Equipamiento informático

- Conexión a internet

- Software

Laboratorio de

telecomunicaciones

- Mobiliario

- Equipamiento informático

- Software

- Herramientas manuales para trabajos

mecánicos y eléctrico – electrónicos.

- Equipos de radiocomunicaciones de redes

fijas y móviles.

- Equipos y elementos de protección y

seguridad personal.

Laboratorio de

sistemas electrónicos

- Mobiliario

- Equipamiento informático

- Software

- Equipos y distribuidores de vídeo para

transmisión por cable UTP de vídeo y

telemetría

- Equipos de alarmas técnicas y simuladores

de línea.

- Equipos de control remoto GSM/GPRS y

TCP/IP.

- Equipos de almacenamiento digital y de

reproducción de audio.

25694NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 127: DISPOSICIONES GENERALES I

• • •

ANEXO VI

Módulos susceptibles de ser impartidos en régimen a distancia

Módulos que pueden ser impartidos en modalidad teleformación on line

0525 – Configuración de infraestructuras de sistemas de telecomunicaciones.

0552 – Sistemas informáticos y redes locales.

0553 – Técnicas y procesos de infraestructuras de telecomunicaciones.

0601 – Gestión de Proyectos de Instalaciones de Telecomunicaciones.

0559 – Formación y Orientación Laboral.

0555 – Redes telemáticas.

0560 – Empresa e Iniciativa Emprendedora.

0562 Ex – Inglés I.

0563 Ex – Inglés II.

0557 – Proyecto de Sistemas de Telecomunicaciones.

Módulos que pueden ser impartidos en modalidad semipresencial

0551 - Elementos de Sistemas de Telecomunicaciones.

0713 – Sistemas de telefonía fija y móvil.

0554 – Sistemas de producción audiovisual.

0555 – Sistemas de Radiocomunicaciones.

0556 – Sistemas integrados y hogar digital.

25695NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 128: DISPOSICIONES GENERALES I

DECRETO 208/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículode ciclo formativo de grado medio de Técnico en MantenimientoElectromecánico en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2013040234)

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de28 de enero, en su artículo 10.1.4. atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de de-sarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y gra-dos, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de loscentros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las activi-dades complementarias y de las becas con fondos propios.

Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan a la Comunidad Autó -noma de Extremadura funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria.

El artículo 6.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, define el currículo co-mo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y crite-rios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la citada Ley. Por otra parte, ensu artículo 6.2 asigna al Gobierno la competencia para fijar los aspectos básicos del currículoque constituyen las enseñanzas mínimas, mientras corresponde a las administraciones educati-vas competentes establecer el currículo del que formarán parte dichos aspectos básicos.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional,establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lodispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al ConsejoGeneral de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesiona-lidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional deCualificaciones Profesionales.

La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece en su artículo 70.2que el currículo será determinado por la Administración educativa, en el marco de la norma-tiva básica estatal.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general dela formación profesional del sistema educativo, define en el artículo 9 la estructura de los tí-tulos de formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de CualificacionesProfesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.

Asimismo, el artículo 7 del citado real decreto establece que el perfil profesional de los títu-los incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, lascualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualifica -ciones Profesionales incluidas en el título.

El Real Decreto 1589/2011, de 4 de noviembre, establece el título de Técnico en Manteni -miento Electromecánico y se fijan sus enseñanzas mínimas.

En virtud de todo lo cual, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura y del Consejode Formación Profesional de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura,previa deliberación el Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de octubre de 2013.

25696NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 129: DISPOSICIONES GENERALES I

D I S P O N G O :

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

El presente decreto tiene como objeto establecer el currículo correspondiente al título deTécnico en Mantenimiento Electromecánico en la Comunidad Autónoma de Extremadura, den-tro de la Familia Profesional de Instalación y Mantenimiento.

Artículo 2. Marco general de la formación.

Los aspectos relativos a la identificación del título, el perfil y el entorno profesionales, las com-petencias, la prospectiva del título en el sector, los objetivos generales, los accesos y vincu-lación con otros estudios, la correspondencia de módulos profesionales con las unidades decompetencia incluidas en el título y las titulaciones equivalentes a efectos académicos, profe-sionales y de docencia, son los que se definen en el Real Decreto 1589/2011, de 4 de no-viembre, por el que se establece el título y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Artículo 3. Módulos profesionales.

Los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo son los incluidos en el RealDecreto 1589/2011, de 4 de noviembre, es decir:

0949 Técnicas de fabricación.

0950 Técnicas de unión y montaje.

0951 Electricidad y automatismos eléctricos.

0952 Automatismos neumáticos e hidráulicos.

0953 Montaje y mantenimiento mecánico.

0954 Montaje y mantenimiento eléctrico-electrónico.

0955 Montaje y mantenimiento de líneas automatizadas.

0956 Formación y orientación laboral.

0957 Empresa e iniciativa emprendedora.

0958 Formación en centros de trabajo.

Artículo 4. Aspectos del currículo.

1. La contribución a la competencia general y a las competencias profesionales, personalesy sociales, los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los crite-rios de evaluación y las orientaciones pedagógicas del currículo del ciclo formativo paralos módulos profesionales relacionados en el artículo 3 de este decreto son los definidosen el Real Decreto 1589/2011, de 4 de noviembre.

2. Los contenidos de éstos módulos relacionados en el citado artículo 3 se incluyen en elAnexo I del presente decreto.

Artículo 5. Organización modular y distribución horaria.

Los módulos profesionales de este ciclo formativo se organizarán en dos cursos académicos.La distribución en cada uno de los cursos, su duración y la asignación horaria semanal se con-cretan en el Anexo II de este decreto.

25697NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 130: DISPOSICIONES GENERALES I

Artículo 6. Desarrollo curricular.

1. Los centros educativos, en virtud de su autonomía pedagógica, concretarán y desarrolla-rán las enseñanzas correspondientes al título de formación profesional de Técnico enMantenimiento Electromecánico mediante la elaboración de un proyecto curricular del ci-clo formativo que responda a las necesidades del alumnado y a las características con-cretas del entorno socioeconómico, cultural y profesional, dentro del marco del proyectoeducativo del centro.

2. El equipo docente responsable del desarrollo del ciclo formativo elaborará las programa-ciones para los distintos módulos profesionales. Estas programaciones didácticas deberáncontener, al menos, la adecuación de las competencias profesionales, personales y socia-les al contexto socioeconómico y cultural dentro del centro educativo y a las característi-cas del alumnado, la distribución y el desarrollo de los contenidos, la metodología de ca-rácter general y los criterios sobre el proceso de evaluación, así como los materialesdidácticos.

Artículo 7. Evaluación.

El profesorado evaluará los aprendizajes del alumnado, los procesos de enseñanza y su pro-pia práctica docente.

La evaluación del alumnado se realizará atendiendo a los resultados de aprendizaje y sus cri-terios de evaluación establecidos para los diferentes módulos profesionales, así como los ob-jetivos generales del ciclo formativo.

Dada la estructura modular del ciclo formativo la evaluación de los aprendizajes del alumna-do se realizará por módulos profesionales.

El alumnado que obtenga una evaluación positiva en todos los módulos profesionales corres-pondientes al ciclo formativo obtendrá el título de formación profesional de Técnico enMantenimiento Electromecánico.

Por otra parte, para la evaluación, promoción y acreditación de la formación establecida eneste decreto se atendrá a las normas dictadas al efecto por la Consejería competente en ma-teria de educación.

Artículo 8. Convalidaciones, exenciones y correspondencias.

Las convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de formación profesional estable-cidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General delSistema Educativo, con los módulos profesionales de los títulos establecidos al amparo de laLey Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establecen en el Anexo IV del RealDecreto 1589/2011, de 4 de noviembre.

En los términos del artículo 38 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, quienes tenganacreditada oficialmente alguna unidad de competencia que forme parte del Catálogo Nacionalde Cualificaciones Profesionales tendrán convalidados los módulos profesionales correspon-dientes según se establezca en la norma que regule cada título o cursos de especialización.Además de lo anterior, quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y

25698NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 131: DISPOSICIONES GENERALES I

Orientación Laboral establecido al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, deEducación, podrá ser objeto de convalidación siempre que se acredite haber superado el mó-dulo profesional de Formación y Orientación Laboral al amparo de la Ley 1/1990, de 3 de oc-tubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y se acredite la formación establecidapara el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida deacuerdo la normativa vigente.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 39.1 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de ju-lio, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formación enCentros de Trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acre-dite una experiencia correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año, relacionada conlos estudios profesionales respectivos.

La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que for-man las enseñanzas del título de Técnico en Mantenimiento Electromecánico para su conva-lidación o exención queda determinada en el Anexo V A) del Real Decreto 1589/2011, de 4de noviembre.

La correspondencia de los módulos profesionales que conforman las enseñanzas de este títu-lo con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en el Anexo VB) del Real Decreto 1589/2011, de 4 de noviembre.

Artículo 9. Especialidades del profesorado.

Las especialidades del profesorado de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria,de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Formación Profesional,según proceda, con atribución docente en los módulos profesionales relacionados en el artí-culo 3 son las establecidas en el Anexo III A) del Real Decreto 1589/2011, de 4 de noviem-bre. Las titulaciones requeridas al profesorado de los centros de titularidad privada o de titu-laridad pública de otras administraciones distintas de las educativas para impartir dichosmódulos, son las que se concretan en el Anexo III C) del referido real decreto. En todo caso,se estará a lo dispuesto en el artículo 12.3 de dicha norma.

Artículo 10. Metodología didáctica.

1. La metodología didáctica debe adaptarse a las peculiaridades colectivas del grupo, así co-mo a las peculiaridades individuales.

2. La tutoría, orientación profesional y formación para la inserción laboral forman parte dela función docente, y serán desarrolladas de modo que al finalizar el ciclo formativo elalumnado alcance la madurez académica y profesional. Corresponde a los equipos edu-cativos la programación de actividades encaminadas a conseguir la optimización de losprocesos de formación del alumnado.

3. La función docente incorporará la formación en prevención de riesgos laborales dentro decada módulo profesional y será considerada como área prioritaria.

Artículo 11. Espacios y equipamientos.

1. Los espacios y equipamientos recomendados para el desarrollo de las enseñanzas de es-te ciclo formativo son los establecidos en el Anexo III de este decreto.

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Page 132: DISPOSICIONES GENERALES I

2. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos de alum-nos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.

3. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente me-diante cerramientos.

Disposición adicional primera. Calendario de implantación.

El currículo establecido en virtud del presente decreto se implantará en el curso escolar2013/2014 para los módulos profesionales de primer curso y en el curso 2014/2015 para elresto de módulos.

Disposición adicional segunda. Oferta a distancia.

En el Anexo IV se recogen los módulos susceptibles de ser impartidos en régimen a distan-cia, así como su modalidad.

Disposición adicional tercera. Unidades formativas.

1. Con el fin de promover la formación a lo largo de la vida, la Consejería con competenciasen educación podrá configurar mediante orden, los módulos profesionales incluidos en es-te título en unidades formativas de menor duración, de conformidad con lo dispuesto enel artículo 6.2 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.

2. Las unidades formativas que conformen cada módulo profesional deben incluir la totali-dad de los contenidos de dichos módulos. Cada módulo no podrá dividirse en más de cua-tro unidades formativas ni éstas tener una duración inferior a 30 horas.

3. Las unidades formativas superadas podrán ser certificadas con validez en el ámbito de laComunidad Autónoma de Extremadura. La superación de todas las unidades formativasque componen un módulo profesional dará derecho a la certificación del éste módulo pro-fesional con validez en todo el territorio nacional.

Disposición adicional cuarta. Otras organizaciones y distribuciones de los módulosprofesionales.

El titular de la Consejería competente en materia de educación podrá reordenar, si fuera pre-ciso, la distribución de los módulos profesionales establecidos en la normativa que determinalos currículos de los ciclos formativos de la familia profesional de Instalación y Mantenimiento,o de otras familias, con el fin de poner en práctica iniciativas o proyectos experimentales pro-piciados por centros autorizados por dicha Administración educativa, manteniendo los conte-nidos y las horas anuales atribuidas a cada módulo profesional en los currículos vigentes delos ciclos formativos objeto de la experiencia.

Disposición adicional quinta. Referencia de género

Todos los términos contenidos en este decreto, en el que se utiliza la forma del masculino ge-nérico, se entenderán aplicables a personas de ambos sexos.

25700NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 133: DISPOSICIONES GENERALES I

Disposición transitoria única. Convocatoria extraordinaria.

1. El alumnado que durante el curso 2012/2013 haya estado matriculado en módulos profe-sionales correspondientes al primer curso del anterior título y no promocione, se podrá in-corporar al primer curso de las enseñanzas reguladas por el presente decreto sin perjui-cio de las convalidaciones o reconocimientos de módulos a los que se pudiera tenerderecho, según lo previsto en el artículo 8.1 de este decreto.

2. Durante los cursos 2013/2014 y 2014/2015 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias anuales de módulos profesionales de primer curso, a las que podrá concurrir, conlos límites establecidos en las normas de evaluación, aquel alumnado que pueda promo-cionar a segundo curso pero tenga pendiente módulos profesionales de primer curso.

3. Durante los cursos 2014/2015 y 2015/2016 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias de módulos profesionales de segundo curso, a las que podrá concurrir, con los lí-mites establecidos en las normas de evaluación, el alumnado con estos módulos profe-sionales pendientes.

Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.

Se habilita al titular de la Consejería competente en materia de educación para el desarrolloy ejecución del presente decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficialde Extremadura.

Mérida, a 29 de octubre de 2013.

El Presidente de la Junta de ExtremaduraJOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA

La Consejera de Educación y Cultura,TRINIDAD NOGALES BASARRATE

25701NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 134: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO I

MÓDULOS PROFESIONALES

Módulo profesional: Técnicas de fabricación.

Código: 0949

Duración: 225 horas

Contenidos:

1.-Determinación de formas y dimensiones representadas en planos de fabricación:

- Interpretación de planos de fabricación.

- Normas de dibujo industrial. Formatos. Líneas normalizadas. Escalas. Convencionalismos

gráficos.

- Planos de conjunto y despiece.

- Sistemas de representación gráfica (Diédrico, Isométrico):

o Fundamento.

o Obtención de formas.

o Representación de elementos.

- Procedimiento para la obtención de vistas:

o Denominación, posición y representación de las vistas.

o Vistas auxiliares. Proyecciones.

- Procedimiento para la obtención de cortes y secciones:

o Procedimiento para la obtención de cortes y secciones.

o Técnicas para representar cortes y secciones.

2.-Identificación de tolerancias de dimensiones y formas:

- Normalización. Concepto y tipos.

- Interpretación de los símbolos utilizados en planos de fabricación.

- Acotación:

o Elementos de acotación.

o Normas de acotación.

o Proceso de acotación.

- Representación de tolerancias dimensionales, geométricas y superficiales.

- Representación de elementos de unión.

- Representación de materiales.

25702NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 135: DISPOSICIONES GENERALES I

- Representación de tratamientos térmicos, termoquímicos, electroquímicos.

- Representación de formas y elementos normalizados (chavetas, roscas, guías, soldadu-

ras y otros elementos normalizados).

3.-Realización de croquis de utillajes y herramientas:

- Técnicas de croquización:

o Definición de croquización a mano alzada.

o Proceso de croquización.

- Obtención de vistas a partir de modelos y maquetas.

- Croquización a mano alzada de soluciones constructivas y de herramientas y utillajes

para procesos de fabricación.

- Reglas de orden y limpieza en la realización del croquis.

4.-Selección de materiales de mecanizado:

- Identificación de materiales en bruto para mecanizar.

- Materiales: Metálicos, poliméricos y cerámicos.

- Aleaciones metálicas:

o Características y aplicaciones.

o Diagramas de fase.

- Tratamientos térmicos y termoquímicos. Fundamento. Proceso de ejecución.

- Propiedades mecánicas de los materiales.

- Ensayos de materiales.

- Normalización de materiales: Metálicos, poliméricos y cerámicos.

- Formas comerciales de los materiales.

- Características de los materiales.

- Materiales y sus condiciones de mecanizado. Riesgos en el mecanizado y manipulación

de ciertos materiales: Explosión, toxicidad y contaminación ambiental, entre otros.

- Influencia ambiental del tipo de material seleccionado.

- Cálculo y coste de los materiales.

- Norma de procesado de residuos.

5.-Verificación dimensional:

- Procesos de medición, comparación y verificación:

o Medición directa e indirecta.

o Sistema de tolerancia.

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Page 136: DISPOSICIONES GENERALES I

o Procedimientos de medición.

- Medición dimensional geométrica:

o Instrumentos y equipos de medición directa.

o Técnicas de medición de longitudes, ángulos, conos, roscas y engranajes.

o Cálculo de las medidas e interpretación de los resultados.

o Fichas de toma de datos.

- Medición dimensional superficial:

o Concepto de rugosidad.

o Principio de funcionamiento del rugosímetro.

o Técnicas de medición.

o Interpretación de los resultados.

o Fichas de toma de datos.

- Errores en medición, comparación y verificación.

6.-Aplicación de técnicas de mecanizado manual:

- Características y tipos de herramientas:

o Herramientas utilizadas en el mecanizado.

o Técnicas operativas.

o Normas de uso y conservación de las herramientas de mecanizado manual.

- Normas de utilización.

- Identificación de los útiles y herramientas más aplicados en el taller:

o Tipos de útiles más utilizados. Identificación, aplicaciones y características.

o Normas de uso y conservación.

o Tipos de herramientas utilizadas en el taller. Identificación, aplicaciones y

características. Normas de uso y conservación.

- Operaciones de mecanizado manual:

o Limado. Tipos de limas. Características, aplicaciones y utilización.

o Cincelado y burilado. Tipos. Características, aplicaciones y utilización.

o Taladrado: Tipos de taladradoras, taladros y brocas. Características,

aplicaciones y utilización.

o Escariado. Escariadores. Tipos. Características y aplicaciones.

o Roscado: Tipos de roscas. Características.

o Terrajas y machos. Características y aplicaciones. Técnicas operativas.

o Punzonado. Tipos. Características y aplicaciones.

o Chaflanado. Tipos de chaflán. Aplicaciones. Formas de realización.

Herramientas empleadas.

25704NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 137: DISPOSICIONES GENERALES I

7.-Mecanizado con máquinas herramientas:

- Relación entre las operaciones de mecanizado por arranque de viruta y las máquinas

empleadas.

- Estructura y órganos constituyentes de las máquinas-herramientas.

- Funcionamiento de las máquinas-herramientas por arranque de viruta.

- Movimientos de trabajo y operaciones típicas de las distintas máquinas-herramientas.

- Puesta a punto de las máquinas. Verificación y control. Realización de ajustes y reglajes.

- Riesgos en el manejo de máquinas y equipos para el mecanizado por arranque de viruta.

- Operaciones de mecanizado:

o El fenómeno de la formación de viruta en materiales metálicos.

o Defectos en la formación de la viruta. Interpretación de los mismos.

o Efectuar las correcciones necesarias en las herramientas y condiciones de

corte en función de los defectos observados.

- Técnicas operativas de arranque de viruta: Torneado, taladrado, aserrado, fresado y

rectificado.

o Control y verificación de las características de la pieza(dimensionales,

geométricas y superficiales).

o Empleo de útiles de verificación y control.

o Corrección de las desviaciones.

o Control del desgaste de las herramientas.

o Afilado de herramientas.

o Refrigeración y lubricación.

- Definir el proceso necesario para la fabricación en máquina-herramienta (fases, subfases,

operaciones).

- Actitud ordenada y metódica en la realización de tareas. 8.-Prevención de riesgos laborales y protección ambiental:

- Identificación de riesgos para la seguridad en los procedimientos de mecanizado.

- Determinación de las medidas de prevención de riesgos laborales.

- Factores propios del entorno de trabajo: Factores físicos y factores químicos.

- Prevención de riesgos laborales en las operaciones de mecanizado por arranque de

viruta.

- Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas empleadas para el mecanizado por

arranque de viruta.

- Equipos de protección individual.

- Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

25705NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 138: DISPOSICIONES GENERALES I

- Cumplimiento de la normativa de protección ambiental.

- Reglas de orden y limpieza durante las fases del proceso.

Módulo profesional: Técnicas de unión y montaje.

Código: 0950

Duración: 130 horas

Contenidos:

1.-Determinación de procesos en operaciones de montaje y unión:

- Materiales. Propiedades.

- Simbología.

- Vistas, cortes y secciones.

- Formas constructivas de componentes.

- Procedimientos de trazado: Fases y procesos.

- Maquinaria y herramientas de trabajo.

- Procesos de montaje y unión.

- Hojas de proceso. Estructura y organización de la información.

- Programas informáticos de aplicación.

2.-Identificación de materiales:

- Propiedades y clasificación de los materiales metálicos y aleaciones.

- Propiedades y clasificación de materiales plásticos.

- Instalaciones exteriores: Corrosión y oxidación.

- Identificación y tratamiento de técnicas de protección de los materiales.

- Tratamiento de los materiales:

o Térmicos.

o Termoquímicos.

- Normalización de materiales.

- Formas comerciales de los materiales.

25706NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 139: DISPOSICIONES GENERALES I

3.-Equipos y herramientas de conformado:

- Equipos de corte y conformado:

o Estructura y elementos constituyentes de máquinas.

o Movimientos y trabajos típicos de las máquinas-herramienta.

- Cálculo de tolerancias para doblado.

- Instrumentos de medición y comparación.

- Utillaje para marcado.

- Elaboración de plantillas.

- Herramientas de corte de chapa.

- Herramientas de curvado y doblado de chapas.

- Operaciones de trazado y conformado.

- Corte y doblado.

- Herramientas y equipos de corte, curvado de tubos.

- Útiles de verificación y medición.

- Prevención de riesgos laborales.

4.-Ejecución de uniones no soldadas:

- Uniones no soldadas y tipos de materiales.

- Tipos de operaciones: Remachado, pegado, atornillado y otras.

- Clasificar los tipos de operaciones en función de los materiales a unir y sus aplicaciones.

- Secuencia de operaciones.

- Elección y manejo de herramientas.

- Preparación de las zonas de unión.

- Aplicación de medidas de seguridad.

- Respeto a las normas de uso y calidad en el proceso.

- Orden y conservación de herramientas.

25707NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 140: DISPOSICIONES GENERALES I

5.-Preparación de la zona de unión:

- Clasificación de las uniones.

- Preparación de bordes.

- Proceso de limpieza de piezas.

- Aplicación de anticorrosivos.

- Marcado y montaje de refuerzos.

- Fijación de las piezas que se van a soldar.

- Control de holguras y verificación de la recuperación de formas dimensionales y

geométricas.

6.-Preparación de equipos de soldadura blanda, oxiacetilénica y eléctrica:

- Representación simbólica de los diferentes tipos de soldadura.

- Describir los componentes de los equipos de soldeo, así como el funcionamiento de los

mismos.

- Puesta a punto de los equipos para los procesos de soldeo: Sopletes, mangueras y

válvulas de seguridad. Otros equipos.

- Ajuste de parámetros de los equipos en función del material base y tipo de soldadura.

- Gases y materiales de aporte y proyección.

- Transformadores, rectificadores, generadores, otros equipos.

- Electrodos revestidos. Tipos y características.

- Cálculo de temperaturas de precalentamiento.

- Prevención de riesgos laborales en las operaciones de soldadura.

7.-Operaciones con equipos de soldadura blanda, oxiacetilénica y eléctrica:

- Materiales de aportación en función del material base

- Procesos y técnicas de soldeo con soldadura eléctrica con electrodo revestido.

- Procesos y técnicas de soldeo con soldadura MIG/MAG. (metal y gas inerte-metal y gas

activo).

- Procesos y técnicas de soldeo con soldadura TIG. (Tungsteno y gas inerte).

25708NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 141: DISPOSICIONES GENERALES I

- Procesos y técnicas de soldeo con soldadura oxiacetilénica.

- Características de las soldaduras.

- Defectos en los procesos de soldeo.

- Verificación de piezas.

- Útiles de verificación y control.

- Efectos del calor a soldar.

- Utilización de los equipos de protección individual.

- Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas de soldar.

8.-Prevención de riesgos laborales y protección ambiental:

- Prevención de riesgos laborales en las operaciones de soldadura y proyección.

- Factores físicos y químicos del entorno de trabajo.

- Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas de soldadura y proyección.

- Gases: Transporte almacenaje y usos.

- Riesgos eléctricos.

- Utilización de los equipos de protección individual.

- Normativa de protección ambiental.

- Valoración del orden y limpieza en la ejecución de las tareas.

Módulo profesional: Electricidad y automatismos eléctricos.

código: 0951

Duración: 260 horas

Contenidos:

1.-Realización de medidas básicas en circuitos eléctricos de corriente continua:

- Aislantes, conductores y semiconductores.

- Circuito eléctrico. Resistencia eléctrica. Características.

- Ley de Ohm en cc.

25709NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 142: DISPOSICIONES GENERALES I

- Asociación de resistencias serie-paralelo. Montajes mixtos.

- Potencia y energía.

- Medidas de tensión, intensidad, resistencia y potencia en cc:

- Aparatos de medida.

- Técnicas de medida.

- Condensadores.

2.-Realización de medidas en circuitos de corriente alterna monofásica:

- Corriente alterna monofásica.

- Valores característicos de la ca.

- Comportamiento de los receptores elementales (resistencias, bobina pura y condensa-

dor) en corriente alterna monofásica.

- Circuitos RLC serie en ca monofásica.

- Relación de fase entre tensiones y corrientes.

- Potencia y factor de potencia en ca monofásica.

- Medidas de tensión, intensidad y potencia en circuitos de ca monofásicos:

o Aparatos de medida.

o Técnicas de medida.

3.-Realización de medidas en circuitos eléctricos trifásicos:

- Circuito eléctrico trifásico.

- Conexión de generadores y de receptores trifásicos.

- Potencia en sistemas trifásicos.

- Medidas de tensiones, intensidades, potencias y energías en sistemas trifásicos:

o Aparatos de medida.

o Técnicas de medida.

4.-Identificación de elementos de protección:

- Seguridad en instalaciones electrotécnicas.

- Normativa sobre seguridad.

25710NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 143: DISPOSICIONES GENERALES I

- Cálculo de la sección de los conductores de una instalación teniendo en cuenta el calentamiento.

- Caída de tensión en líneas eléctricas. - Cálculo de la sección de los conductores de una instalación teniendo en cuenta la caída

de tensión. - Riesgo eléctrico. - Protecciones en instalaciones electrotécnicas y máquinas. - Accidentes tipo. Protecciones. 5.-Operaciones de mecanizado en cuadros eléctricos: - Organización del proceso de mecanización de cuadros eléctricos. - Mecanización de cuadros e instalaciones. - Simbología normalizada de representación de piezas aplicadas a la mecanización de

cuadros y canalizaciones. - Materiales característicos para mecanización de cuadros y canalizaciones. Operaciones

de mecanización de cuadros eléctricos: herramientas y técnicas de utilización. - Montaje de armarios, cuadros eléctricos y canalizaciones:

o Interpretación de esquemas. o Distribución de elementos. o Fijación de elementos.

- Normativa y reglamentación. 6.-Operaciones de montaje de cuadros eléctricos y sistemas asociados: - Interpretación de la documentación técnica. - Simbología normalizada y convencionalismos de representación en las instalaciones de

automatismos. - Interpretación y características de esquemas eléctricos de las instalaciones de automa-

tismos. - Sensores y actuadores. Características y aplicaciones. - Control de potencia: arranque y maniobra de motores. - Protecciones contra cortocircuitos y sobrecargas.

25711NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 144: DISPOSICIONES GENERALES I

- Montaje de las instalaciones de automatismos. Circuitos de fuerza. Circuitos de mando.

- Equipos y herramientas. Técnicas de montaje.

- Tipos de mantenimientos empleados en instalaciones de automatismos industriales.

- Diagnóstico, localización y reparación de averías:

o Equipos y técnicas empleadas.

o Históricos.

- Cuadros eléctricos, tipos y características.

- Montaje y conexionado de automatismos cableados. Técnicas y señalización.

- Pruebas funcionales (prueba visual, prueba de continuidad, prueba de funcionamiento de

las protecciones, entre otros).

Módulo profesional: Automatismos neumáticos e hidraúlicos.

Código: 0952

Duración: 260 horas

Contenidos:

1.-Identificación de equipos y materiales neumáticos y electroneumáticos:

- Aire comprimido: Principios. Leyes básicas y propiedades de los gases.

- Producción, almacenamiento, preparación y distribución del aire comprimido.

- Válvulas, actuadores e indicadores. Tipos, funcionamiento aplicación y mantenimiento.

- Elementos de control, mando y regulación. Descripción y funcionamiento.

- Dispositivos de mando y regulación: Sensores y reguladores. Tipos y características.

- Actuadores neumáticos: Características. Campo de aplicación y criterio de selección.

Simbología y representación gráfica.

- Análisis y realización de esquemas de circuitos neumáticos.

- Análisis de circuitos electroneumáticos: elementos de control: relés y contactores.

Elementos de protección. Elementos de medida. Interpretación de esquemas neumáti-

cos-electroneumáticos.

2.-Identificación de equipos y materiales hidráulicos y electro-hidraúlicos: - Identificación de equipos y materiales hidráulicos y electrohidráulicos.

25712NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 145: DISPOSICIONES GENERALES I

- Hidráulica: Principios. Leyes básicas y propiedades de los líquidos.

- Bombas, motores y cilindros hidráulicos: Características, aplicación y tipos.

- Acumuladores hidráulicos.

- Válvulas y servoválvulas. Tipos, funcionamiento, mantenimiento y aplicaciones.

- Dispositivos de mando y regulación: Sensores y reguladores. Tipos y características.

- Análisis y realización de circuitos hidráulicos: Elementos de control, mando y regulación

hidráulica.

- Análisis y realización de circuitos electrohidráulicos: Elementos de control. Relés y

contactores.

- Elementos de protección. Elementos de medida. Interpretación de esquemas hidráulicos-

electrohidráulicos.

3.-Identificación de elementos y características en planos y esquemas:

- Simbología gráfica normalizada en:

o Sistemas neumáticos/hidráulicos cableados y/o programados.

o Sistemas eléctricos.

o Vistas, cortes y secciones para la determinación de elementos del sistema.

- Planos de conjunto de los sistemas neumáticos/hidráulicos de máquinas. Lista de

despiece.

- Reglamentación y normativa electrotécnica aplicada. Representación de esquemas eléc-

tricos.

- Simbología y representación de esquemas eléctricos.

- Fundamento de la lógica binaria. Sistemas básicos. Funciones lógicas combinacionales.

- Lógica combinacional: Fundamentos de los sistemas combinacionales. Funciones básicas

combinacionales.

- Lógica secuencial: Fundamento de los sistemas secuenciales. Funciones básicas secuencia-

les.

- Representación de secuencias y diagramas funcionales. GRAFCET (Gráfica de Control de

Etapas de Transición), diagramas de tiempo y diagramas espacio-fase, entre otros.

- Diseño de circuitos de automatismo de control secuencial por métodos sistemáticos.

GRAFCET, relés por pasos, distribuidores o memorias en cascada, células memorias por

pasos y secuenciador neumático.

25713NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 146: DISPOSICIONES GENERALES I

4.-Montaje de circuitos neumáticos y electroneumáticos, hidráulicos y electrohidráulicos:

- Elaboración gráfica y croquis de posicionado de circuitos. Técnica operativa del cone-

xionado. Equipos y herramientas.

- Simulación del circuito utilizando “software” específico.

- Verificación de integración entre partes lógicas y físicas del sistema.

- Montaje sobre panel o maqueta de los circuitos elaborados.

- Normas de práctica profesional comúnmente aceptadas en el sector.

- Medidas en los sistemas automáticos. Instrumentos y procedimientos de medición de las

variables que hay que regular y controlar (tensiones, potencias, caudales, presiones y

temperaturas entre otros).

- Situaciones de emergencia que pueden presentarse en el proceso automático.

5.-Configuración física de automatismos sencillos:

- Replanteo: Distribución de elementos.

- Identificación de los dispositivos y componentes que configuran el sistema automático.

- Operaciones de montaje, conexionado y pruebas funcionales. Medios y procedimientos.

- Herramientas empleadas en el montaje de instalaciones eléctricas, neumáticas e

hidráulicas.

- Procesos a seguir en el montaje de cuadros eléctricos, neumáticos e hidráulicos.

- Conexionado de cuadros a elementos auxiliares y de control.

- Regulación y puesta en marcha del sistema.

- Normativa de seguridad. Pruebas de seguridad. 6.-Diagnóstico de elementos neumáticos e hidráulicos:

- Acumuladores. Averías. Naturaleza. Causas y clasificación en los elementos neumáticos e

hidráulicos.

- Diagnóstico de averías. Procedimientos. Medios. Históricos de averías.

- Diagnóstico de estado de elementos y piezas.

25714NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 147: DISPOSICIONES GENERALES I

7.-Programación de autómatas para el control de circuitos neumáticos e hidráulicos:

- Evolución de los sistemas cableados hacia los sistemas programados. Estructura y

características de los autómatas programables.

- Autómatas comerciales. Tipos y características.

- Entradas y salidas: Digitales, analógicas y especiales. Aplicaciones de cada uno de ellas.

- Conexionado de autómatas. Elementos empleados.

- Programación básica de autómatas: Lenguajes más utilizados y procedimientos.

Instrucciones típicas.

- Resolución, diseño, montaje, conexionado y puesta en marcha de automatismos sencillos

mediante la utilización de autómatas programables.

Módulo profesional: Montaje y mantenimiento mecánico.

Código: 0953

Duración: 210 horas

Contenidos:

1.-Interpretación de planos, esquemas y manuales de máquinas y equipos:

- Identificación de especificaciones técnicas de los componentes del equipo

electromecánico.

- Búsqueda de documentación técnica de maquinaria y equipos.

- Elaboración de despieces de conjuntos de órganos de máquinas. 2.-Determinación de bloques funcionales de máquinas y equipos:

- Cadenas cinemáticas. Definición. Eslabones. Concepto de par. Tipos.

- Transmisión de movimientos.

- Posición relativa entre elementos.

- Tipos y aplicaciones.

- Acopladores de ejes de transmisión.

- Superficies de deslizamiento: Guías, columnas, casquillos y carros, entre otros.

25715NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 148: DISPOSICIONES GENERALES I

- Tipos y aplicaciones.

- Análisis funcional de mecanismos.

- Reductores y multiplicadores.

- Transformadores de movimiento lineal a circular y viceversa.

- Embragues.

- Trenes de engranajes.

- Poleas.

- Cajas de cambio de velocidad.

- Transmisiones.

- Rodamientos.

3.-Realización de operaciones de montaje y desmontaje de elementos mecánicos y electromecánicos:

- Mecanismos:

o Reductores.

o Transformadores de movimiento lineal a circular y viceversa.

o Trenes de engranajes.

- Cadenas cinemáticas.

- Relaciones de transmisión, par y potencia.

- Momentos de rotación nominal de un motor.

- Potencia desarrollada.

- Potencia absorbida por el motor.

- Par de giro.

- Par motor.

- Procedimientos de cálculo.

- Transmisión de movimientos:

o Técnicas de montaje de los elementos de las transmisiones: Correas, poleas,

cadenas, ejes estriados, engranajes, ejes de transmisión y acoplamientos, entre

otros.

o Regulación de los elementos de transmisión.

25716NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 149: DISPOSICIONES GENERALES I

- Rodamientos:

o Tipos, características y aplicaciones.

o Selección de rodamientos en función de las especificaciones técnicas del

equipo o máquina.

o Montaje y desmontaje de rodamientos.

o Verificación de su funcionalidad.

- Superficies de deslizamiento: Guías, columnas, casquillos y carros, entre otros:

o Procedimientos de montaje, ajuste y regulación.

o Montaje de guías, columnas y carros de desplazamiento.

o Ajuste y reglaje de guías, carros y columnas.

o Verificación del deslizamiento y posicionamiento.

o Lubricación.

- Juntas y bridas:

o Tipos, aplicaciones.

o Procedimientos de preparación y montaje.

o Verificación de funcionalidad.

o Montaje de elementos con juntas y bridas.

o Realización de las pruebas de verificación de uniones con juntas.

- Establecer el plan de desmontaje/montaje y los procedimientos a aplicar.

4.-Realización de operaciones de reparación y modificación del estado funcional de maquinaria:

- Uniones atornilladas. Tipos, características y aplicaciones.

- Uniones remachadas. Tipos, materiales, características y aplicaciones.

- Soldadura. Tipos, parámetros de soldeo y técnicas.

- Realización de reparaciones de ejes, engranajes, rodamientos, levas, guías, etcétera.

- Sustitución de elementos o piezas de sistemas mecánicos, neumáticos e hidráulicos. 5.-Ejecución de la instalación de maquinaria:

- Cimentaciones y anclajes de máquinas y equipos.

- Montaje de máquinas y equipos.

- Ajuste, reglaje y nivelación de máquinas.

- Puesta en marcha de máquinas y equipos.

25717NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 150: DISPOSICIONES GENERALES I

- Comprobación y verificación de funcionalidad de máquinas y equipos. 6.-Diagnóstico de averías: - Equipos y aparatos de medida, control y verificación. - Verificación de funcionalidad de máquinas y equipos. - Procedimientos de diagnóstico y localización de averías en máquinas, equipos y líneas

automatizadas. 7.-Diagnóstico de estado de elementos: - Medición y verificación de magnitudes en los sistemas mecánicos. - Verificación de funcionalidad de máquinas y equipos. - Análisis de la desviación del valor esperado. - Procedimientos de diagnóstico y localización de averías en máquinas, equipos y líneas

automatizadas. - Útiles y herramientas para el diagnóstico y localización de averías en máquinas, equipos y

líneas automatizadas. 8.-Aplicación de técnicas de mantenimiento que implican la sustitución de elementos: - Mantenimiento correctivo:

o El almacén de mantenimiento. o El material de mantenimiento. o La calidad del mantenimiento. o Gestión del almacén de mantenimiento. o Gestión del material de mantenimiento. o Gestión del mantenimiento asistida por ordenador. o Elaboración de hipótesis. o Síntomas, causas y reparación de averías. o Reparación de averías y disfunciones de máquinas, equipos y sistemas. o Aplicación en líneas automatizadas.

- Realización de supuestos prácticos en situación real o simulada de servicio, interpretando la documentación disponible para la sustitución de elementos.

9.-Mantenimiento que no implica sustitución de elementos: - Mantenimiento preventivo y predictivo:

o Obtención de datos de las variables de los sistemas de las máquinas y de los equipos, aplicando los procedimientos de observación y medición adecuados y utilizando útiles y herramientas adecuados.

o Síntomas, causas y reparación de averías.

25718NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 151: DISPOSICIONES GENERALES I

o Reparación de averías y disfunciones de máquinas, equipos y sistemas.

o Aplicación en líneas automatizadas.

o Documentación: Fichas, gamas, normas del mantenimiento e informes de

mantenimiento. Interpretación, búsqueda y elaboración.

10.-Prevención de riesgos laborales y protección ambiental:

- Identificación de riesgos.

- Determinación de las medidas de prevención de riesgos laborales.

- Factores físicos del entorno de trabajo.

- Factores químicos del entorno de trabajo.

- Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas empleadas.

- Equipos de protección individual.

- Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

- Cumplimiento de la normativa de protección ambiental.

- Reglas de orden y limpieza durante las fases del proceso.

Módulo profesional: Montaje y mantenimiento eléctrico-electrónico.

Código: 0954

Duración: 190 horas

Contenidos:

1.-Reconocimiento del funcionamiento de las máquinas eléctricas:

- Clasificación de las máquinas eléctricas.

- Elementos mecánicos y eléctricos de las máquinas.

- Alternador eléctrico. Características constructivas y funcionales básicas.

- Transformador eléctrico.

- Motores eléctricos. Tipos. Características constructivas y funcionales básicas.

- Criterios de selección de máquinas eléctricas.

- Esquemas de conexionado de máquinas.

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Page 152: DISPOSICIONES GENERALES I

2.-Montaje y mantenimiento de máquinas eléctricas rotativas:

- Tipos de máquinas eléctricas rotativas (de corriente continua y corriente alterna).

- Simbología normalizada y convencionalismos de representación en reparación de

máquinas eléctricas rotativas.

- Planos y esquemas eléctricos normalizados.

- Características funcionales, constructivas y de montaje.

- Comprobación de los elementos de las máquinas.

- Bobinados.

- Principios de funcionamiento.

- Magnitudes eléctricas y mecánicas.

- Procesos de montaje y desmontaje de máquinas eléctricas.

- Diagnóstico y reparación de máquinas eléctricas rotativas.

- Elaboración de planes de mantenimiento y montaje de máquinas eléctricas rotativas.

3.-Identificación de las características de los transformadores:

- Generalidades, tipología y constitución de transformadores.

- Clasificación de los transformadores.

- Características funcionales, constructivas y de montaje.

- Valores característicos. Cálculo de los bobinados.

- Mantenimiento y reparación de transformadores.

- Autotransformadores.

- Herramientas y equipos.

- Diagnóstico y reparación de transformadores.

- Normas de seguridad utilizadas en el mantenimiento de transformadores.

4.-Montaje y mantenimiento de sistemas automáticos con control programable:

- Constitución, estructura y características de los autómatas programables. PLC.

- Clasificación de los dispositivos programables.

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Page 153: DISPOSICIONES GENERALES I

- Funcionamiento de los dispositivos programables:

o Unidad central (CPU).

o Entradas digitales.

o Salidas digitales.

o Salidas a relés.

o Entradas y salidas analógicas.

o Memorias: Uso y utilidades.

o Temporizados, contadores.

- Lenguajes de programación del autómata:

o Programación e interpretación de programas secuenciales.

o Programación básica de autómatas.

- Montaje y conexión de autómatas programables: Entradas, salidas, detectores,

actuadores.

- Diagnóstico y localización de averías.

5.-Ajuste de sistemas de arranque:

- Sistemas de arranque de motores eléctricos.

o Arranque de motores trifásicos de rotor en cortocircuito.

o Arranque estrella-triángulo.

o Arranque por resistencias estatóricas.

o Arranque por autotransformador.

- Motores de rotor bobinado.

- Motores trifásicos de varias velocidades.

- Motores monofásicos.

- Motores de rotor bobinado.

- Regulación y control de motores de corriente alterna.

- Arranque y control de motores de corriente continua.

- Variación de la velocidad de máquinas eléctricas de corriente continua y corriente

alterna.

- Regulación y control de generadores de corriente continua. Rotativos.

- Normas de seguridad utilizadas en instalaciones de máquinas eléctricas rotativas.

25721NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 154: DISPOSICIONES GENERALES I

6.-Montaje y mantenimiento de cuadros eléctricos: - Interpretación y representación de esquemas utilizados en automatismos y cuadros:

Ubicación de elementos en el cuadro. - Instalaciones básicas de automatismos industriales. - Características de las instalaciones de automatismos. - Aparatos que forman un sistema automático: Protecciones contra cortocircuitos y

sobrecargas, componentes de mando, señalización, interruptores de nivel, interruptores de posición, control de temperatura, de presión, temporizados.

- Detectores y sensores:

o Inductivos. o Capacitivos. o Fotoeléctricos. o De temperatura. o De presión. o De presencia. o Características y aplicaciones.

- Actuadores:

o Relés, tipos y características. o Contactores, tipos y características.

- Montaje de instalaciones electrotécnicas automatizadas. - Montaje de las instalaciones de automatismos. - Automatismos con relés: Puesta en marcha, enclavamientos eléctricos y mecánicos, relés

temporizados, interruptores de posición. - Arranque de motores trifásicos: Conexionado y puesta en marcha. Inversión del sentido

de giro. - Conexión de arrancadores y variadores de velocidad electrónicos. - Diagnosis de averías. - Protección contra cortocircuitos y sobrecargas. - Pruebas funcionales de seguridad. 7.-Diagnóstico de averías: - Diagnóstico y localización de averías. - Aparatos de medida analógicos, digitales:

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Page 155: DISPOSICIONES GENERALES I

o Medidores de aislamiento y continuidad.

o Medidores de temperatura.

o Polímetros.

o Medidor de rigidez dieléctrica.

o Medidores de velocidad de giro (tacómetros).

o Medidores de intensidad (amperímetros y pinza amperimétrica).

- Técnicas de actuación.

- Registros de averías.

- Memoria técnica.

- Valoración económica.

- Reglamentación vigente.

- Manual de uso.

Módulo profesional: Montaje y mantenimiento de líneas automatizadas.

Código: 0955

Duración: 190 horas

Contenidos:

1.-Elaboración de procedimientos de mantenimiento de maquinaria:

- Mantenimiento: Función, objetivos y tipos.

- Organización de la gestión del mantenimiento en la producción.

- Productividad del mantenimiento.

- Almacén y material de mantenimiento.

- Calidad del mantenimiento.

- Intervenciones en el mantenimiento. Tipos y temporalización, entre otros.

Documentación de las intervenciones. Fichas, gamas o normas.

- Elaboración y desarrollo de fichas o gamas de mantenimiento.

- Elaboración gráfica y croquis de posicionado de circuitos. Técnica operativa del

conexionado. Equipos y herramientas.

- Gestión del mantenimiento asistido por ordenador.

- Situaciones de emergencia que pueden presentarse en el proceso automático.

- Seguridad. Equipos de protección.

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Page 156: DISPOSICIONES GENERALES I

2.-Caracterización de los procesos auxiliares de producción/fabricación:

- Procesos de producción tipo.

- Diagramas de flujo de fabricación.

- Representación de secuencias y diagramas funcionales. GRAFCET (Gráfica de Control de

Etapas de Transición).

- Medios y equipos.

- Sistemas de manipulación: Tipología, características y aplicaciones.

- Manipuladores y robots. Tipos, características y aplicaciones.

- Sistema de almacenamiento: Tipología, características y aplicaciones. Sistemas de

transporte: Tipología, características y aplicaciones.

- Sistemas de transporte: Tipología, características y aplicaciones.

- Elaboración de documentación técnica: Dossier de máquina. Manual de funcionamiento.

Planos de conjunto y de detalle.

3.-Integración de autómatas programables:

- El autómata programable como elemento de control en los sistemas automáticos.

- Autómatas comerciales. Tipos y características.

- Estructura funcional de un autómata.

- Constitución. Funciones. Características técnicas.

- Unidad central de proceso y módulos de entradas y salidas: Digitales, analógicas y

especiales.

- Conexionado de autómatas. Elementos empleados.

- Programación de autómatas: Lenguaje literal, de contactos y GRAFCET (Gráfica de

Control de Etapas de Transición), entre otros.

- Mantenimiento.

- Resolución, diseño, montaje, conexionado y puesta en marcha de automatismos

mediante la utilización de autómatas programables.

- Funciones y variables. Parámetros. Diagramas de flujo. Mantenimiento.

- Fundamento de la lógica binaria. Sistemas básicos. Funciones lógicas combinacionales.

25724NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 157: DISPOSICIONES GENERALES I

- Lógica combinacional: Fundamentos de los sistemas combinacionales. Funciones básicas

combinacionales.

- Lógica secuencial: Fundamento de los sistemas secuenciales. Funciones básicas

secuenciales.

- Diseño de circuitos de automatismo de control secuencial por métodos sistemáticos.

- Operaciones de montaje, conexionado y pruebas funcionales. Medios y procedimientos.

- Medidas en los sistemas automáticos. Instrumentos y procedimientos de medición de las

variables que hay que regular y controlar (tensiones, potencias, caudales, presiones y

temperaturas entre otros).

- Desarrollo de soluciones constructivas de productos mecatrónicos.

4.-Sistemas SCADA (Control de Supervisión y Adquisición de Datos):

- Sistemas de visualización industrial.

- Arquitectura de un sistema SCADA. Módulos.

- Interfaz máquina-usuario: diferentes tipologías de interfaz HMI (Interfaz Hombre

Máquina).

- Alarmas del sistema.

5.-Integración de manipuladores y robots:

- Tipología y características.

- Campos de aplicación. Cinemática y dinámica de robots.

- Programación de robots: Lenguajes de programación de robots y control de

entradas/salidas.

- Reparación de averías en entornos industriales robotizados y/o de control de

movimiento.

- Protocolos de puesta en marcha de robots.

6.-Integración de las comunicaciones industriales:

- Comunicaciones industriales: Elementos de la comunicación, redes de comunicación,

comunicaciones industriales y normalización.

- El control integral de los procesos. Fundamentos CIM. Pirámide de automatización.

- Redes industriales y buses de campo más extendidos en el mercado europeo (AS-i,

Profibus, Ethenet Industrial, y Profinet, entre otros). Configuraciones físicas.

25725NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 158: DISPOSICIONES GENERALES I

7.-Diagnóstico de averías en sistemas mecatrónicos:

- Interpretación de esquemas mecánicos, eléctricos, neumáticos e hidráulicos, eléctricos y

electrónicos.

- Técnicas de diagnóstico: Pruebas, medidas y procedimientos. Gamas de mantenimiento.

Equipos de protección.

- Averías tipo en los sistemas mecatrónicos.

- Procesos de diagnóstico y localización de averías. Sistemas monitorizados.

- Procesos de reparación de averías y corrección de disfunciones. Equipos y medios

empleados.

- Averías más comunes en la utilización o aplicación de autómatas a procesos. Sistemas de

comprobación. Herramientas o equipos más comúnmente empleados.

- Protocolos de puesta en servicio de equipos de control y de visualización.

- Valoración de resultados. Histórico de averías.

Módulo Profesional: Formación y orientación laboral.

Código: 0956

Duración: 90 horas

Contenidos:

1.-Búsqueda activa de empleo: - Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y

profesional del Técnico en Mantenimiento Electromecánico.

- Análisis de los intereses, aptitudes y motivaciones personales para la carrera profesional.

- Identificación de itinerarios formativos relacionados con el Técnico en Mantenimiento

Electromecánico: acceso, convalidaciones y exenciones.

- Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y

profesional. Adaptación a la evolución de las exigencias del mercado de trabajo.

- Definición y análisis del sector profesional del título de Técnico en Mantenimiento

Electromecánico.

- Proceso de búsqueda de empleo en pequeñas, medianas y grandes empresas del sector.

25726NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 159: DISPOSICIONES GENERALES I

- Oportunidades de aprendizaje y empleo en Europa.

- Técnicas e instrumentos de búsqueda de empleo. Preparación para la entrevista de

trabajo.

- Nuevos yacimientos de empleo.

- El proceso de toma de decisiones: definición y fases.

2.-Gestión del conflicto y equipos de trabajo: - La comunicación eficaz como instrumento fundamental en la relación con los miembros

del equipo. Barreras en la comunicación. Comunicación asertiva. Comunicación no

verbal. Escucha activa e interactiva.

- Valoración de las ventajas e inconvenientes del trabajo de equipo para la eficacia de la

organización.

- La inteligencia emocional.

- Equipos en la industria del sector profesional en el que se ubica el título según las

funciones que desempeñan.

- La participación en el equipo de trabajo. Diversidad de roles. Tipología de los miembros

de un equipo. Técnicas para dinamizar la participación en el equipo. Herramientas para

trabajar en equipo.

- Conflicto: características, fuentes y etapas.

- Métodos para la resolución o supresión del conflicto: conciliación, mediación, negocia-

ción y arbitraje.

- Negociación: concepto, elementos, proceso y cualidades del negociador.

3.-Contrato de trabajo y relaciones laborales: - El derecho del trabajo. Concepto, fuentes, jerarquía normativa.

- Análisis de la relación laboral individual.

- Modalidades de contrato de trabajo y medidas de fomento de la contratación. Medidas

establecidas para la conciliación de la vida laboral y familiar. Normativa autonómica. El

fraude de ley en la contratación laboral.

- Derechos y deberes derivados de la relación laboral.

- El tiempo de trabajo y su retribución:

- Jornada laboral. Análisis de la jornada determinada en convenios colectivos del sector

profesional en el que se ubica el titulo.

25727NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 160: DISPOSICIONES GENERALES I

- El período de prueba y el tiempo de trabajo.

- El salario: elementos que lo integran.

- Nómina: análisis de nóminas de acuerdo con las percepciones salariales determinadas en

convenio colectivos que les sean de aplicación.

- Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Consecuencias económicas

derivadas: el finiquito y la indemnización.

- Representación de los trabajadores. Participación de los trabajadores en la empresa:

Unitaria y Sindical.

- Negociación colectiva como medio para la conciliación de los intereses de trabajadores y

empresarios.

- Análisis de un convenio colectivo aplicable al ámbito profesional del Técnico en

Mantenimiento Electromecánico.

- Beneficios para los trabajadores en las nuevas organizaciones: flexibilidad, beneficios

sociales entre otros.

4.-Seguridad Social, Empleo y Desempleo: - Estructura del Sistema de la Seguridad Social. Acción protectora y regímenes. El Servicio

Extremeño de Salud.

- Determinación de las principales obligaciones de empresarios y trabajadores en materia

de Seguridad Social: afiliación, altas, bajas y cotización.

- La cotización a la Seguridad Social: bases de cotización y cuotas, empresarial y del

trabajador, resultantes según el tipo de contrato.

- Acción protectora de la Seguridad Social: Introducción sobre contingencias, prestaciones

económicas y servicios.

- Situaciones protegibles por desempleo: situación legal de desempleo, prestación y

subsidio por desempleo.

5.-Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo y evaluación de riesgos profesionales: - Valoración de la relación entre trabajo y salud. Importancia de la cultura preventiva en

todas las fases de la actividad. Sensibilización de la necesidad de hábitos y actuaciones

seguras a través de las estadísticas de siniestralidad laboral nacional y extremeña.

- Marco normativo básico de la prevención: derechos y deberes en materia de prevención

de riesgos laborales.

25728NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 161: DISPOSICIONES GENERALES I

- Responsabilidades y sanciones. - Condiciones de trabajo y salud. Riesgos y daños sobre la salud: accidente laboral y

enfermedad profesional. - Análisis de factores de riesgo y sus efectos. - La evaluación de riesgos en la empresa como elemento básico de la actividad preventiva.

Riesgos específicos en el sector profesional en el que se ubica el título: técnicas de evaluación de riesgos y aplicación en el entorno de trabajo.

- Análisis de riesgos ligados a condiciones de: seguridad, ambientales, ergonómicas. - Análisis de riesgos ligados a la organización del trabajo: carga de trabajo y factores psico-

sociales. - Determinación de los posibles daños a la salud del trabajador que pueden derivarse de

las situaciones de riesgo detectadas. 6.-Planificación de la prevención de riesgos en la empresa: - Determinación de las medidas de prevención y protección individual y colectiva para los

diferentes tipos de riesgos. Señalización de seguridad. - Derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales. - Gestión de la prevención en la empresa, documentación. Planificación de la prevención

en la empresa. - Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales. - Planes de emergencia y de evacuación en entornos de trabajo. - Elaboración de un plan de emergencia en una pyme relacionada con el sector en el que

se ubica el título. 7.-Aplicación de medidas de prevención y protección en la empresa: - Aplicación de las medidas de prevención. - Medidas de protección colectiva: la señalización de seguridad. - Medidas de protección individual. Los equipos de protección individual. - Especial protección a colectivos específicos: maternidad, lactancia, trabajadores de una

empresa de trabajo temporal, trabajadores temporales. 8.-Planificación de la prevención de riesgos en la empresa: - Organización y planificación de la prevención en la empresa:

25729NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 162: DISPOSICIONES GENERALES I

o El control de la salud de los trabajadores. Representación de los trabajadores en materia preventiva

o La gestión de la prevención en la empresa: definición conceptual. Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales.

o Vigilancia de la salud de los trabajadores o El Plan de autoprotección: Plan de emergencias y de evacuación en entornos

de trabajo o Elaboración de un plan de emergencias en una pyme

- Protocolo de actuación ante una situación de emergencia. Clasificación de emergencias y diferentes situaciones que las pueden provocar. Equipos de emergencia.

9.-Primeros auxilios: - Primeros auxilios: aplicación de técnicas de primeros auxiliares. Composición y uso del

botiquín. Clasificación de heridos según su gravedad. - Aplicación de las técnicas de primeros auxilios según el tipo de lesión del accidentado

Módulo Profesional: Empresa e iniciativa emprendedora.

Código: 0957

Duración: 60 horas

Contenidos: 1.-Iniciativa emprendedora: - Innovación y desarrollo económico. Principales características de la innovación en el

sector profesional en el que se ubica el titulo (materiales, tecnología, organización de la producción, etc.). Procesos de innovación sectorial en marcha en Extremadura.

- Factores claves de los emprendedores: iniciativa, creatividad, formación y colaboración. - Desarrollo del espíritu emprendedor a través del fomento de las actitudes de creativi-

dad, iniciativa, autonomía y responsabilidad. - La actuación de los emprendedores como empleados en una Pyme del sector

profesional en el que se enmarca el título. Concepto de intraemprendedor. - La actuación de los emprendedores como empresarios en una Pyme del sector en el que

se ubica el titulo. - El riesgo como elemento inevitable de toda actividad emprendedora. - La empresa como fuente de creación de empleo y bienestar social. - El empresario. Requisitos y actitudes para el ejercicio de la actividad empresarial.

25730NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 163: DISPOSICIONES GENERALES I

- La estrategia empresarial como medio para conseguir los objetivos de la empresa.

- Búsqueda de ideas de negocio. Análisis y viabilidad de las oportunidades de negocio en el

sector profesional en el que se enmarca el título.

- Plan de empresa: la idea de negocio en el ámbito profesional en el que se enmarca el

título.

- Definición de una determinada idea de negocio.

2.-La empresa y su entorno: - La Empresa. Concepto.

- Funciones básicas de la empresa.

- La empresa como sistema. La estructura organizativa de la empresa.

- Análisis del entorno general de una pyme del sector profesional en el que se ubica el

título. Entorno económico, social, demográfico y cultural.

- Análisis del entorno específico de una pyme del sector profesional en el que se enmarca

el título : los clientes, los proveedores y la competencia. Variables del marketing mix:

precio, producto, comunicación y distribución.

- Relaciones de una pyme del sector profesional en el que se enmarca el título, con su

entorno y con el conjunto de la sociedad.

- Responsabilidad social de la empresa. Elaboración del balance social de la empresa:

descripción de los principales costes y beneficios sociales que produce. Viabilidad

medioambiental.

- La cultura empresarial y la imagen corporativa como instrumentos para alcanzar los

objetivos empresariales.

- La ética empresarial. Identificación de prácticas que incorporan valores éticos y sociales.

- Aplicación a empresas del sector en el que se enmarca el título en Extremadura.

- Estudio y análisis de la viabilidad económica y financiera de una “pyme” del sector

profesional en el que se ubica el título.

3.-Creación y puesta en marcha de una empresa: - Tipos de empresa. Empresario individual y empresario social. La franquicia.

- Ventajas e inconvenientes de los distintos tipos de empresa. La responsabilidad de los

propietarios de la empresa en función de la forma jurídica.

- La fiscalidad en las empresas. Impuesto de Sociedades e Impuesto sobre la Renta de las

Personas Físicas.

25731NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 164: DISPOSICIONES GENERALES I

- Elección de la forma jurídica.

- Trámites administrativos para la constitución de una empresa. Oficinas virtuales: Segu-

ridad Social, Servicio Público de Empleo, etc.

- Asesoramiento y gestión administrativa externos. La ventanilla única.

- Viabilidad económica y viabilidad financiera de una pyme del sector profesional en el que

se ubica el título.

- Plan de empresa: elección de la forma jurídica, estudio de viabilidad económica y

financiera, trámites administrativos y gestión de ayudas y subvenciones

4.-Función Económica, administrativa y comercial: - Concepto de contabilidad y nociones básicas. El registro de la información contable. Los

libros contables.

- Análisis de la información contable. Cálculo e interpretación de las ratios de solvencia,

liquidez y rentabilidad. Umbral de rentabilidad.

- Obligaciones fiscales de las empresas. Tipos de impuestos. Calendario fiscal.

- Principales instrumentos de financiación bancaria.

- Gestión administrativa de una empresa del sector profesional en el que se ubica el título:

cumplimentación de la documentación básica de carácter comercial y contable (facturas,

albaranes, notas de pedido, letras de cambio,cheques y otros). Descripción de los

circuitos que dicha documentación recorre en la empresa.

- Plan de empresa: documentación básica de las operaciones realizadas.

- Concepto de Mercado. Oferta. Demanda.

- Análisis del Mercado en el sector en que se enmarca el título.

- Marketing mix: precio, producto, promoción y distribución.

5.-Proyecto de simulación empresarial en el aula.

- Constitución y puesta en marcha de una empresa u organización simulada.

- Desarrollo del plan de producción de la empresa u organización simulada.

- Definición de la política comercial de la empresa u organización simulada.

- Organización, planificación y reparto de funciones y tareas en el ámbito de la empresa u

organización simulada

25732NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 165: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO II

Organización modular y distribución horaria por curso escolar.

Módulo Profesional

Primer curso Segundo curso

Horas totales

Horas semanales

Horas totales

Horas semanales

0949. Técnicas de fabricación 225 7

0950. Técnicas de unión y montaje 130 4

0951. Electricidad y automatismos eléctricos

260 8

0952. Automatismos neumáticos e hidráulicos

260 8

0953. Montaje y mantenimiento mecánico

195 9

0954. Montaje y mantenimiento eléctrico-electrónico

190 9

0955. Montaje y mantenimiento de líneas automatizadas

190 9

0956. Formación y orientación laboral 90 3

0957. Empresa e iniciativa emprendedora

60 3

0958. Formación en centros de trabajo 400

TOTALES 965 30 1035 30

25733NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 166: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO III

Espacios y Equipamientos

Espacios:

Supeficie m

Espacio formativo 30 alumnos 20 alumnos

Aula polivalente 60 40

Aula de mantenimiento 120 80

Laboratorio de sistemas automáticos 180 120

Aula técnica de sistemas automáticos 120 80

Aula técnica de instalaciones electrotécnicas 180 120

Equipamientos:

Equipamientos mínimos:

Espacio formativo Equipamiento

Aula polivalente Sistema de proyección.

Ordenadores en red y con acceso a internet.

Dispositivos de almacenamiento en red.

Escáner.

Impresoras.

Equipos audivisuales.

CAD de aplicación.

Aula de mantenimiento Instrumentos y equipos de medición.

Herramientas de mecanizado manual.

Taladradoras.

Escariadores.

Machos.

Terrajas.

25734NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 167: DISPOSICIONES GENERALES I

Punzones.

Maquinas-herramientas por arranque de viruta.

Maquinaria y herramientas de montaje y unión.

Equipos y herramientas de corte y conformado.

Utillaje para marcado.

Equipos de soldadura blanda, oxiacetilénica y

eléctrica.

Equipos soldadura MIG/MAG

Equipos y herramientas para montaje y desmontaje

de elementos mecánicos y electromécanicos.

Rodamientos.

Juntas y bridas.

Superficies de deslizamiento.

Equipos de medida y verificación de sistemas

mecánicos.

Elementos de sistemas de transmisión.

Laboratorio de sistemas automáticos Bombas, motores y cilindros hidraúlicos.

Acumuladores hidráulicos.

Sensores.

Luxómetro.

Polímetros.

Frecuencimetros.

Entrenadores de electrónica de potencia.

Autómatas programables.

Inyector de señales.

Tacómetros.

Generadores de CC rotativos.

Arranque y control de motores de CC.

25735NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 168: DISPOSICIONES GENERALES I

Arrancadores y variadores de velocidad

electrónicos. Sistemas de transporte

Manipuladores y robot.

Elementos de redes de comunicaciones industriales

Aula técnica de sistemas automáticos Sistema de proyección.

Ordenadores en red y con acceso a internet.

Impresoras.

Software de aplicación.

Herramientas para montaje y conexionado de equipos

y elementos.

Equipos y materiales neumáticos y electroneumáticos

Válvulas, actuadores e indicadores.

Elementos de control, mando y regulación.

Elementos de medida.

Válvulas y servoválvulas

Relés y contactores.

Elementos de protección.

Instrumentos de medición de distintas variables

(tensiones, potencias, caudales, presiones,

temperaturas etc.).

Autómatas programables.

Bancos de ensayos, control, regulación y

acoplamiento de máquinas eléctricas estáticas y

rotativas.

Bombas, motores y cilindros hidraúlicos.

Acumuladores hidráulicos.

Alternadores.

Transformadores.

25736NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 169: DISPOSICIONES GENERALES I

Arrancadores y variadores de velocidad electrónicos.

Generadores de CC rotativos.

Variadores de la velocidad de máquinas eléctricas de CC

Arrandores y variadores de velocidad electrónicos.

Sistemas de transporte.

Autómatas programables.

Manipuladores y robot.

Elementos de redes de comunicación.

Aula técnica de instalaciones electrotécnicas Sistemas de proyección.

Ordenadores en red y con acceso a internet.

Impresoras.

Software de aplicación.

Herramientas para trabajos eléctricos.

Herramientas y máquinas portálites de mecanizado

para electricidad.

Componentes eléctricos y electrónicos.

Fuentes de alimentación.

Polímetros.

Pinzas amperimétricas.

Vatímetros.

Medidores del factor de potencia.

Frecuencimetro.

Sensores.

Actuadores.

Automatismos.

Motores.

Osciloscopios.

Generador de funciones.

25737NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 170: DISPOSICIONES GENERALES I

• • •

Paneles de simulación.

Contadores de energía activa y reactiva monofásicos y

Trifásicos.

Luxómetro.

Transformadores.

Armarios para cuadros.

Canalizaciones.

Bancos de ensayos, control, regulación y acoplamiento

de máquinas eléctricas estáticas y rotativas

Alternadores.

Arrancadores y variadores de velocidad electrónicos.

ANEXO IV

Módulos susceptibles de ser impartidos en régimen a distancia

Módulos que pueden ser impartidos en modalidad de teleformación on line

0956. Formación y orientación laboral

0957. Empresa e iniciativa emprendedora

Módulos que pueden ser impartidos en modalidad semipresencial 0951. Electricidad y automatismos eléctricos

25738NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 171: DISPOSICIONES GENERALES I

DECRETO 209/2013, de 29 de octubre, por el que se establece el currículodel ciclo formativo de grado superior de Técnico Superior en MecatrónicaIndustrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2013040235)

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de28 de enero, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de de-sarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y gra-dos, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de loscentros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las activi-dades complementarias y de las becas con fondos propios.

Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasan a la Comunidad Autó -no ma de Extremadura funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria.

El artículo 6.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, define el currículo co-mo el conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y cri-terios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la citada ley. Por otra par-te, su artículo 6.2 asigna al Gobierno la competencia para fijar los aspectos básicos delcurrículo que constituyen las enseñanzas mínimas, mientras corresponde a las administracio-nes educativas competentes establecer el currículo del que formarán parte dichos aspectosbásicos.

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional,establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad a lodispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución, y previa consulta al ConsejoGeneral de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesiona-lidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional deCualificaciones Profesionales.

La Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura, establece en su artículo 70.2que el currículo será determinado por la Administración educativa, en el marco de la norma-tiva básica estatal.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, establece en el artículo 9 la estructura de los tí-tulos de la formación profesional, tomando como base el Catálogo Nacional de CualificacionesProfesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.

Asimismo, el artículo 7 del citado real decreto establece que el perfil profesional de los títu-los incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, lascualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional deCualificaciones Profesionales incluidas en el título.

El Real Decreto 1576/2011, de 4 de noviembre, establece el título de Técnico Superior enMecatrónica Industrial y fija sus enseñanzas mínimas.

En virtud de todo lo cual, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura y del Consejode Formación Profesional de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Cultura,previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 29 de octubre de 2013,

25739NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 172: DISPOSICIONES GENERALES I

D I S P O N G O :

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

El presente decreto tiene por objeto establecer el currículo correspondiente al título de TécnicoSuperior en Mecatrónica Industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 2. Marco general de la formación.

Los aspectos relativos a la identificación del título, el perfil y el entorno profesionales, las com-petencias, la prospectiva del título en el sector, los objetivos generales, los accesos y vincu-lación con otros estudios, la correspondencia de módulos profesionales con las unidades decompetencia incluidas en el título y las titulaciones equivalentes a efectos académicos, profe-sionales y de docencia, son los que se definen en el Real Decreto 1576/2011, de 4 de no-viembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Mecatrónica Industrial y sefijan sus enseñanzas mínimas.

Artículo 3. Módulos profesionales.

Los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo son los siguientes:

1. Los incluidos en el Real Decreto 1576/2011, de 4 de marzo, es decir:

0935. Sistemas mecánicos.

0936. Sistemas hidráulicos y neumáticos.

0937. Sistemas eléctricos y electrónicos.

0938. Elementos de máquinas.

0939. Procesos de fabricación.

0940. Representación gráfica de sistemas mecatrónicos.

0941. Configuración de sistemas mecatrónicos.

0942. Procesos y gestión de mantenimiento y calidad.

0943. Integración de sistemas.

0944. Simulación de sistemas mecatrónicos.

0945. Proyecto de mecatrónica industrial.

0946. Formación y orientación laboral.

0947. Empresa e iniciativa emprendedora.

0948. Formación en centros de trabajo.

2. Los que son propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura:

0949-Ex Inglés.

Artículo 4. Aspectos del currículo.

1. La contribución a la competencia general y a las competencias profesionales, personalesy sociales, los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los crite-

25740NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 173: DISPOSICIONES GENERALES I

rios de evaluación, y las orientaciones pedagógicas del currículo del ciclo formativo paralos módulos profesionales relacionados en el artículo 3.1 de este decreto son los definidosen el Real Decreto 1576/2011, de 4 de noviembre.

2. Los contenidos de los módulos relacionados en el artículo 3.1 de este decreto se incluyenen el Anexo I del mismo.

3. Los objetivos expresados en términos de resultados de aprendizaje, los criterios de eva-luación, los contenidos y las orientaciones pedagógicas de los módulos profesionales re-lacionados en el artículo 3.2, son los relacionados en el Anexo II de este decreto.

Artículo 5. Organización modular y distribución horaria.

La duración de este ciclo formativo es de 2.000 horas, distribuidas en dos cursos académicos.

La distribución de cada uno de los cursos, la duración y asignación horaria semanal de cadauno de los módulos profesionales que conforman estas enseñanzas se concretan en el AnexoIII de este Decreto.

Artículo 6. Desarrollo curricular.

1. Los centros educativos, en virtud de su autonomía pedagógica, concretarán y desarrolla-rán las enseñanzas correspondientes al título de formación profesional de Técnico Superioren Mecatrónica Industrial mediante la elaboración de un proyecto curricular del ciclo for-mativo que responda a las necesidades del alumnado y a las características concretas delentorno socioeconómico, cultural y profesional, en el marco del proyecto educativo delcentro.

2. El equipo docente responsable del desarrollo del ciclo formativo elaborará las programa-ciones para los distintos módulos profesionales. Estas programaciones didácticas deberáncontener, al menos, la adecuación de las competencias profesionales, personales y socia-les al contexto socioeconómico y cultural dentro del centro educativo y a las característi-cas del alumnado, la distribución y el desarrollo de los contenidos, la metodología de ca-rácter general y los criterios sobre el proceso de evaluación, así como los materialesdidácticos.

Artículo 7. Evaluación.

1. El profesorado evaluará los aprendizajes del alumnado, los procesos de enseñanza y supropia práctica docente.

2. La evaluación del alumnado se realizará atendiendo a los resultados de aprendizaje y suscriterios de evaluación establecidos para los diferentes módulos profesionales, así comolos objetivos generales del ciclo formativo.

3. Dada la estructura modular de los ciclos formativos la evaluación de los aprendizajes delalumnado se realizará por módulos profesionales.

4. El alumnado que obtenga una evaluación positiva en todos los módulos profesionales co-rrespondientes al ciclo formativo obtendrá e1 título de formación profesional de TécnicoSuperior en Mecatrónica Industrial.

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Page 174: DISPOSICIONES GENERALES I

5. Por otra parte, para la evaluación, promoción y acreditación de la formación establecidaen este decreto se atendrá a las normas dictadas al efecto por la Consejería competenteen materia de educación.

Artículo 8. Convalidaciones, exenciones y correspondencias.

1. Las convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de formación profesional es-tablecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Generaldel Sistema Educativo, con los módulos profesionales de los títulos establecidos al ampa-ro de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, son las establecidas en elAnexo IV del Real Decreto 1576/2011, de 4 de noviembre.

2. En los términos del artículo 38 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, quienes ten-gan acreditada oficialmente alguna unidad de competencia que forme parte del CatálogoNacional de Cualificaciones Profesionales tendrán convalidados los módulos profesionalescorrespondientes según se establezca en la norma que regule cada título o cursos de es-pecialización. Además de lo anterior, y de acuerdo con el artículo 38.1.c) del Real Decreto1147/2011, de 29 de julio, quienes hubieran superado el módulo profesional de Formacióny Orientación Laboral establecido al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, deEducación, podrá ser objeto de convalidación siempre que se acredite haber superado elmódulo profesional de Formación y Orientación Laboral al amparo de la Ley 1/1990, de 3de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y se acredite la formación es-tablecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva,expedida de acuerdo con la normativa vigente.

3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 39.1 del Real Decreto 1147/2011, de 29 dejulio, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de Formaciónen Centros de Trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que seacredite una experiencia correspondiente al trabajo a tiempo completo de un año, rela-cionada con los estudios profesionales respectivos.

4. La correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profe-sionales que conforman las enseñanzas del título de Técnico Superior en MecatrónicaIndustrial para su convalidación o exención queda determinada en el Anexo V A) del RealDecreto 1576/2011, de 4 de noviembre.

5. La correspondencia de los módulos profesionales que conforman las enseñanzas de estetítulo con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en elAnexo V B) del Real Decreto 1576/2011, de 4 de noviembre.

Artículo 9. Metodología didáctica.

1. La metodología didáctica debe adaptarse a las peculiaridades colectivas del grupo, así co-mo a las peculiaridades individuales.

2. La tutoría, la orientación profesional y la formación para la inserción laboral, forman par-te de la función docente y serán desarrolladas de modo que al finalizar el ciclo formativoel alumnado alcance la madurez académica y profesional. Corresponde a los equipos edu-cativos la programación de actividades encaminadas a conseguir la optimización de losprocesos de formación del alumnado.

25742NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 175: DISPOSICIONES GENERALES I

3. La función docente incorporará la formación en prevención de riesgos laborales dentro decada módulo profesional y será considerada como área prioritaria.

Artículo 10. Especialidades del profesorado.

1. Las especialidades del profesorado de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secun -daria, de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de FormaciónProfesional, según proceda, con atribución docente en los módulos profesionales relacio-nados en el artículo 3.1 son las establecidas en el Anexo III A) del Real Decreto 1576/2011,de 4 de noviembre. Las titulaciones requeridas al profesorado de los centros de titulari-dad privada o de titularidad pública de otras Administraciones distintas de las educativaspara impartir dichos módulos son las que se concretan en el Anexo III.C) del referido re-al decreto.

2. Las especialidades y, en su caso, las titulaciones del profesorado con atribución docenteen los módulos profesionales incluidos en el artículo 3.2 de este decreto son las que sedeterminan en el Anexo IV del mencionado decreto.

Artículo 11. Espacios y equipamientos.

1. Los espacios y equipamientos recomendados para el desarrollo de las enseñanzas de es-te ciclo formativo son los establecidos en el Anexo V de este decreto.

2. Los espacios formativos establecidos podrán ser ocupados por diferentes grupos de alum-nos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.

3. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente me-diante cerramientos.

Disposición adicional primera. Calendario de implantación.

El currículo establecido por este decreto se implantará en el curso escolar 2013/2014 paralos módulos profesionales de primer curso y en el curso 2014/2015 para el resto de los mó-dulos.

Disposición adicional segunda. Oferta en régimen a distancia.

Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofer-tarse a distancia, siempre que se garantice que el alumno puede conseguir los resultados deaprendizaje de los mismos.

En el Anexo VI se recogen los módulos susceptibles de ser impartidos en régimen a distan-cia, así como su modalidad.

Disposición adicional tercera. Unidades formativas.

1. Con el fin de promover la formación a lo largo de la vida, la Consejería con competenciasen materia de educación podrá configurar mediante orden los módulos profesionales in-cluidos en este título en unidades formativas de menor duración, de conformidad con lodispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio.

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Page 176: DISPOSICIONES GENERALES I

2. Las unidades formativas que conformen cada módulo profesional deben incluir la totali-dad de los contenidos de dichos módulos. Cada módulo no podrá dividirse en más de cua-tro unidades formativas ni estas tener una duración inferior a 30 horas.

3. Las unidades formativas superadas podrán ser certificadas con validez en el ámbito de laComunidad Autónoma de Extremadura. La superación de todas las unidades formativasque componen un módulo profesional dará derecho a la certificación del correspondientemódulo profesional con validez en todo el territorio nacional.

Disposición adicional cuarta. Otras organizaciones y distribuciones de los módulosprofesionales.

Se autoriza al titular de la Consejería competente en materia de educación para reordenar ladistribución de los módulos profesionales establecidos en la normativa que determina los cu-rrículos de los ciclos formativos de la familia profesional de Instalaciones y Mantenimiento, ode otras familias, con el fin de poner en práctica iniciativas o proyectos experimentales pro-piciados por centros autorizados por dicha Administración educativa, manteniendo los conte-nidos y las horas anuales atribuidas a cada módulo profesional en los currículos vigentes delos ciclos formativos objeto de la experiencia.

Disposición adicional quinta. Referencia de género.

Todos los términos contenidos en este decreto, en el que se utiliza la forma del masculino ge-nérico, se entenderán aplicables a personas de ambos sexos.

Disposición transitoria única. Convocatoria extraordinaria.

1. El alumnado que durante el curso 2012/2013 haya estado matriculado en módulos profe-sionales correspondientes al primer curso del anterior título y no promocione, se podrá in-corporar al primer curso de las enseñanzas reguladas por el presente decreto sin perjui-cio de las convalidaciones o reconocimientos de módulos a los que pudiera tener derecho,según lo previsto en el artículo 8 de este decreto.

2. Durante los cursos 2013/2014 y 2014/2015 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias anuales de módulos profesionales de primer curso, a las que podrá concurrir, conlos límites establecidos en las normas de evaluación, aquel alumnado que pueda promo-cionar a segundo curso pero tenga pendiente módulos profesionales de primer curso.

3. Durante los cursos 2014/2015 y 2015/2016 se organizarán dos convocatorias extraordi-narias de módulos profesionales de segundo curso, a las que podrá concurrir, con los lí-mites establecidos en las normas de evaluación, el alumnado con estos módulos profe-sionales pendientes.

Disposición final primera. Habilitación normativa.

Se faculta al titular de la Consejería competente en materia de educación para el desarrolloy ejecución del presente decreto.

25744NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 177: DISPOSICIONES GENERALES I

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficialde Extremadura.

Mérida, a 29 de octubre de 2013.

El Presidente de la Junta de Extremadura,JOSÉ ANTONIO MONAGO TERRAZA

La Consejera de Educación y Cultura,TRINIDAD NOGALES BASARRATE

25745NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 178: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO I

MÓDULOS PROFESIONALES

Módulo Profesional: Sistemas mecánicos

Equivalencia en créditos ECTS: 9

Código: 0935

Duración: 160 horas Contenidos: 1. Montaje y puesta a punto de sistemas mecánicos:

Análisis funcional de mecanismos: reductores, transformadores de movimiento lineal a

circular y viceversa, embragues, frenos, trenes de engranajes, poleas, cajas de cambio

de velocidad y diferenciales.

Acopladores de ejes de transmisión.

Medición y verificación de magnitudes en los sistemas mecánicos.

Ensamblado de piezas: selección del tipo de ensamblado.

Montaje de elementos mecánicos:

• Montaje y desmontaje de rodamientos: selección de rodamientos en función de las

especificaciones técnicas del equipo o máquina, verificación de funcionalidad de

rodamientos y útiles para el montaje y desmontaje de rodamientos.

• Transmisión de movimientos: técnicas de montaje y desmontaje de los elementos

de las transmisiones, verificación de los elementos de transmisión y útiles para el

montaje y desmontaje de los elementos de transmisión.

• Superficies de deslizamiento: procedimientos de montaje, ajuste y regulación,

herramientas para montar y desmontar, verificación del deslizamiento y

posicionamiento. Lubricación.

• Juntas: procedimientos de preparación, montaje, verificación y mantenimiento.

• Acoplamientos flexibles y rígidos: tipos, montajes, verificación y mantenimiento.

• Uniones atornilladas: Sistemas normalizados de roscas, aplicaciones y selección de

tornillos y elementos de seguridad en los tornillos.

• Otras uniones desmontables: Árboles estriados y nervados, chavetas, lengüetas,

pasadores, etc.

• Uniones fijas: remachado, a tope, soldadura, adhesivos. Tipología, características y

técnicas básicas.

Montaje de guías, columnas y carros de desplazamiento. Ajuste y reglaje.

Acoplamientos estancos con y sin presión. Equipos para verificación de estanqueidad.

Instalación y montaje en planta de maquinaria y equipos:

• Técnicas de movimiento de máquinas.

• Técnicas de instalación y ensamblado de máquinas y equipos.

• Cimentaciones y anclajes.

• Instalaciones de alimentación de máquinas y sistemas.

• Verificación de funcionalidad de máquinas y equipos.

2. Mantenimiento preventivo de sistemas mecánicos:

Interpretación del plan de mantenimiento y documentos de registro.

Mantenimiento de elementos de transmisión y apoyo:

• Mantenimiento de transmisiones rígidas: árboles y engranajes.

25746NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 179: DISPOSICIONES GENERALES I

• Mantenimiento de transmisiones flexibles: sistemas de poleas y de ruedas y cadenas.

• Mantenimiento de sistemas de apoyo: ejes, rodamientos y cojinetes.

• Mantenimiento de sistemas de uniones y acoplamientos.

Máquinas, equipos, útiles, herramientas y medios empleados en el mantenimiento.

Técnicas y procedimientos para la sustitución de elementos simples.

Equipos de medición y diagnóstico.

3. Diagnóstico de disfunciones en los sistemas mecánicos:

Interpretación de documentación técnica de la instalación.

Procedimientos de intervención.

Medición de parámetros característicos.

Técnicas para la localización de averías.

Método de diagnóstico basado en vibraciones:

• Normativa.

• Sensores.

• Selección de puntos de medida.

• Procedimientos de medida.

• Instrumentos empleados en la medición de las vibraciones: vibrómetros y analiza-

dores de vibraciones.

• Diagnóstico de las causas de vibración. Programas informáticos de interpretación de

ondas vibratorias.

• Sistemas integrados de monitorización de vibraciones a tiempo completo de plantas

industriales.

Método de diagnóstico basado en la temperatura superficial: termografía.

• Cámaras termográficas.

• Procedimientos de toma de imágenes termográficas.

• Programas informáticos para el tratamiento y análisis de imágenes termográficas.

Análisis de lubricantes.

Análisis por ultrasonido.

4. Mantenimiento correctivo de sistemas mecánicos:

Procedimientos de intervención.

Ajuste de parámetros.

Equipos y herramientas.

Sustitución de elementos.

Puesta a punto.

5. Diagnóstico de elementos con disfunciones:

Técnicas para la identificación de la parte dañada.

Defectos tipo en los sistemas mecánicos.

Tipos de fallo en cojinetes.

Tipos de fallo en rodamientos.

Tipos de fallo en árboles y ejes.

Tipos de fallo en transmisiones rígidas y flexibles.

Síntomas del fallo. Causas del fallo.

Relación entre sistemas y causas.

Análisis por vibraciones, por ultrasonidos, termográficos, de lubricantes y de superfi-

cies.

Tipos de desgastes y erosiones.

25747NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 180: DISPOSICIONES GENERALES I

6. Prevención de riesgos laborales y protección ambiental:

Identificación de riesgos.

Prevención de riesgos laborales en las operaciones de mecanizado por arranque de

viruta.

Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas empleadas para el mecanizado por

arranque de viruta.

Prevención de riesgos laborales en las operaciones de diagnosis de máquinas y equipos

en operación: bajo tensión eléctrica, con elementos o sistemas en movimiento, con

partes a elevada temperatura.

Equipos de protección individual.

Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

Cumplimiento de la normativa de protección ambiental.

Módulo Profesional: Sistemas hidráulicos y neumáticos

Equivalencia en créditos ECTS: 8

Código: 0936 Duración: 130 horas. Contenidos:

1. Identificación y características físicas y funcionales de los componentes neumáticos:

Principios y variables físicas que intervienen en la Neumática.

Producción, almacenamiento, preparación y distribución del aire comprimido.

Válvulas, actuadores e indicadores. Tipos, funcionamiento, aplicación y mantenimiento.

Elementos de control, mando y regulación.

Dispositivos de mando y regulación: sensores y reguladores.

Análisis de circuitos electroneumáticos: elementos de control. Relés y contactores.

Elementos de protección. Elementos de medida. Interpretación de esquemas neumáti-

cos-electroneumáticos.

Técnica del vacío.

2. Identificación y características físicas y funcionales de los componentes hidráulicos:

Principios y variables físicas que intervienen en la Hidráulica.

Características de los fluidos hidráulicos.

Normativa reguladora en gestión de residuos hidráulicos.

Bombas, motores y cilindros hidráulicos: características, aplicación y tipos.

Acumuladores hidráulicos.

Válvulas y servoválvulas. Tipos, funcionamiento, mantenimiento y aplicaciones.

Dispositivos de mando y regulación: sensores y reguladores.

Análisis de circuitos hidráulicos: elementos de control, mando y regulación hidráulica.

Análisis de circuitos electro-hidráulicos: elementos de control. Relés y contactores.

Elementos de protección. Elementos de medida. Interpretación de esquemas

hidráulicos-electrohidráulicos.

Hidráulica proporcional.

25748NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 181: DISPOSICIONES GENERALES I

3. Configuración de sistemas neumáticos/electro-neumáticos o hidráulicos/electro-hidráu-

licos:

Simbología gráfica normalizada de los sistemas neumáticos/hidráulicos cableados y/o

programados.

Configuración de sistemas. Diseño, cálculo y selección de elementos.

Aplicación de recursos informáticos al diseño, cálculo y realización de circuitos

neumáticos e hidráulicos.

Sistemas de puesta en marcha y paros de emergencia en las instalaciones.

Agregación de condicionantes a una instalación.

Interpretación y realización de planos, diagramas y esquemas de circuitos.

Planos de conjunto de los sistemas neumáticos/hidráulicos de máquinas. Lista de

despiece.

Reglamentación y normativa electrotécnica aplicada.

Simbología y representación de esquemas eléctricos.

4. Montaje del automatismo neumático/electro-neumático e hidráulico/electro-hidráulico:

Elaboración gráfica y croquis de posicionado de circuitos.

Técnica operativa del conexionado.

Normas de práctica profesional comúnmente aceptadas en el sector.

Configuración de circuitos de automatismos neumáticos/hidráulicos cableados.

Operaciones de montaje y pruebas funcionales. Medios y procedimientos.

Regulación y puesta en marcha del sistema.

Normas de seguridad en los trabajos de mantenimiento neumático e hidráulico.

5. Ajustes y reglajes mecánicos en los sistemas hidráulicos y neumáticos:

Útiles de verificación y las técnicas metrológicas.

Métodos de ajuste y reglaje de juegos, carreras, presiones y velocidades, entre otros.

Aparatos de medida de presión, caudal y temperatura, entre otros.

6. Diagnosis del estado de elementos neumáticos/electro-neumáticos e hidráulicos/electro-

hidráulicos:

Vistas, cortes y secciones para la determinación de elementos del sistema.

Ajustes y tolerancias de fabricación aplicables.

Desgastes normales y anormales en elementos neumáticos/hidráulicos.

Causas típicas que originan desgastes: rozamientos, desalineaciones, falta de lubrica-

ción, altas temperaturas y aceites sucios, entre otros.

7. Diagnosis y corrección de averías de los sistemas hidráulicos/electro-hidráulicos y

neumáticos/electro-neumáticos:

Averías. Naturaleza. Causas y clasificación en los elementos neumáticos e hidráulicos.

Diagnóstico de averías. Procedimientos. Medios.

Diagnóstico de estado de elementos y piezas.

25749NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 182: DISPOSICIONES GENERALES I

Módulo Profesional: Sistemas eléctricos y electrónicos Equivalencia en créditos ECTS: 9

Código: 0937 Duración: 160 horas. Contenidos: 1. Determinación de parámetros característicos de los sistemas eléctricos:

Corriente alterna. Magnitudes eléctricas en corriente alterna. Tipos de corrientes

alternas.

Generación de corrientes alternas. Distribución y transporte de la corriente alterna.

Comportamiento de los receptores en corriente alterna. Sistemas monofásicos y

trifásicos.

Parámetros de un circuito de corriente alterna. Tensión, corriente, potencia, frecuen-

cia y coso, entre otros.

Distribución a tres y cuatro hilos.

Conexión de receptores trifásicos.

Medidas en circuitos de corriente alterna.

Cálculo de secciones.

2. Identificación de circuitos y elementos de los sistemas de alimentación, protección y

arranque de máquinas eléctricas:

Elementos de aparellaje eléctrico.

Control de los circuitos de mando y señalización.

Actuadores de naturaleza eléctrica: Relés, temporizadores y contactores, entre otros

actuadores.

Sensores y transductores: Inductivos, capacitivos, fotoeléctricos, de temperatura, de

presión, de presencia, de posición; características y aplicaciones.

Sistemas eléctrico-electrónicos de protección y seguridad: Seccionamiento, interrup-

ción, protección contra cortocircuitos, protección contra sobrecargas, protección

contra sobretensiones, protección diferencial, puestas a tierra.

Elementos de protección.

Componentes y buses de comunicación industriales.

Características de los motores de corriente continua y alterna.

Dinamos, motores de corriente continua (serie, shunt, compound), motores

universales, motores de corriente alterna. (monofásicos y trifásicos), motores

síncronos, motores asíncronos.

Características de los transformadores.

Transformadores monofásicos y trifásicos, autotransformadores, transformadores de

medida.

Parámetros de los motores de corriente alterna y continua (monofásicos y trifásicos) y

transformadores. Funcionamiento en servicio y vacío.

Sistemas de arranque y frenado: Arranque de los motores de corriente continua,

universales, asíncronos monofásicos, asíncronos trifásicos. Frenado de los motores

asíncronos trifásicos y de los motores de corriente continua.

Sistemas de corrección del factor de potencia: Medida y cálculo del factor de potencia.

Compensaciones fijas del factor de potencia. Control automático del factor de

potencia.

Elaboración de croquis de los sistemas de control y regulación electrónica.

25750NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 183: DISPOSICIONES GENERALES I

Magnitudes que hay que controlar en los sistemas de regulación de velocidad.

Cálculo de parámetros de las instalaciones.

3. Configuración de automatismos y elementos de tecnología electrotécnica:

Cálculo y selección de elementos en sistemas eléctrico-electrónicos.

Características y parámetros de los componentes de los dispositivos electrónicos de

los equipos de mando y maniobra.

Componentes electrónicos de control de potencia. Principio de funcionamiento,

características técnicas y clasificación.

Amplificadores operacionales. Fundamentos de la amplificación. Generadores de señal.

Osciladores. Osciladores integrados.

Rectificación. Filtrado. Amplificación. Estabilización.

Elaboración de diagramas funcionales.

Elaboración de esquemas del sistema de mando, fuerza y arranque, entre otros.

Programas informáticos de aplicación.

Cálculo de valores de las magnitudes de los parámetros de la instalación.

Selección de elementos de los sistemas de mando y maniobra. Catálogos comerciales:

• Por tipo y características del circuito o receptor que se desea controlar.

• Por condiciones de explotación.

• Por condiciones del entorno.

• Por criterios económicos.

Simbología gráfica normalizada de sistemas eléctrico-electrónicos.

Interpretación y realización de planos, diagramas y esquemas de circuitos eléctrico-

electrónicos. Lista de despiece.

Envolventes, bastidores, chasis, perfiles, placas, canaletas, liras, etcétera.

Reglamentación y normativa electrotécnica aplicada.

4. Montaje de instalaciones de alimentación y automatismos electrotécnicos:

Procedimientos en el montaje y mantenimiento de las instalaciones.

Elaboración de planes de montaje.

Replanteo de instalaciones.

Selección de herramientas.

Técnicas de montaje.

Marcado de conductores.

Montaje y conexionado de equipos y elementos de las instalaciones:

• Automatismos con relés: Puesta en marcha, enclavamientos eléctricos y mecánicos,

relés temporizados, interruptores de posición.

• Circuitos de potencia.

• Circuitos de mando.

• Arranque y frenado de motores trifásicos de rotor en cortocircuito.

• Arranque por resistencias estatóricas.

• Arranque por autotransformador.

• Motores de rotor bobinado: Puesta en marcha, inversión.

• Motores trifásicos de varias velocidades: Bobinados separados, conexión

• Dahlander.

• Motores monofásicos: Tipos, arranque, inversión.

• Instalaciones con sensores, detectores, elementos de control y actuadores, entre

otros.

Realización de ajustes.

Operaciones de montaje y pruebas funcionales. Medios y procedimientos.

25751NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 184: DISPOSICIONES GENERALES I

Regulación y puesta en marcha del sistema. Simulación de averías.

5. Diagnóstico de averías y disfunciones:

Elaboración de planes de intervención para la diagnosis.

Síntomas típicos de la avería o disfunción.

Equipos e instrumentos de medida. Tipología. Aparatos de medida analógicos, digitales:

• Medidores de aislamiento y continuidad.

• Medidores de temperatura.

• Polímetros.

• Medidor de rigidez dieléctrica.

• Medidores de velocidad de giro (tacómetros).

• Medidores de intensidad (amperímetros y pinza amperimétrica).

Realización de medidas en los circuitos.

Técnicas de localización de averías y disfunciones.

Elementos compatibles.

Trabajo en equipo.

Gamas de control y medición.

6. Mantenimiento de instalaciones de alimentación y automatismos electrotécnicos:

Elaboración de planes de mantenimiento.

Elaboración de procedimientos de intervención.

Reconstrucción de parte de la instalación.

Técnicas de sustitución de elementos de las instalaciones.

Técnicas de mantenimiento preventivo.

Técnicas de mantenimiento correctivo.

Ajustes en las instalaciones.

Puesta a punto de las instalaciones.

Documentación del mantenimiento. Históricos.

7. Prevención de riesgos, seguridad y protección medioambiental:

Normativa de prevención de riesgos laborales.

Prevención de riesgos laborales en los procesos de montaje y mantenimiento.

Equipos de protección individual: características y criterios de utilización.

Protección colectiva. Medios y equipos de protección.

Módulo Profesional: Elementos de máquinas Equivalencia en créditos ECTS: 6

Código: 0938 Duración: 100 horas. Contenidos: 1. Determinación de la función de las partes y elementos de sistemas mecánicos:

Tipologías, características y funciones de los sistemas mecánicos.

Elementos de un sistema mecánico: elementos de unión, transmisión y transformación

de potencia y movimiento en los mecanismos.

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Page 185: DISPOSICIONES GENERALES I

Mecanismos (levas, tornillos y trenes de engranajes, entre otros).

Movimientos: deslizamiento, rodadura, pivotante, otros movimientos.

Lubricación y lubricantes:

• Necesidad y características de lubricación.

• Métodos de lubricación. Cálculo y selección.

• Tipos de lubricantes. Características y selección.

• Análisis de estado de lubricantes.

2. Relación de soluciones constructivas con las funciones que desempeñan:

Soluciones constructivas de elementos de máquinas.

Tolerancias dimensionales.

Tolerancias geométricas.

Ajustes.

Calidades superficiales.

Especificaciones técnicas.

Procesos de fabricación de los elementos mecánicos.

3. Obtención de datos de materiales:

Materiales normalizados y formas comerciales.

Clasificación de los materiales.

Propiedades físicas, químicas, mecánicas y tecnológicas de los materiales usados en los

elementos mecánicos.

Oxidación y corrosión. Principios. Sistemas y métodos de protección.

Tratamientos térmicos y termoquímicos.

Ensayos sobre materiales para verificar las propiedades físicas, químicas, mecánicas y

tecnológicas: destructivos y no destructivos.

Materiales metálicos, cerámicos, poliméricos y compuestos más utilizados en

elementos de máquinas:

• Clasificación.

• Características.

• Designación.

Criterios para la selección de materiales.

Empleo de catálogos comerciales.

4. Selección de componentes comerciales de elementos mecánicos:

Cálculo dimensional de elementos (roscas, rodamientos, chavetas, casquillos, pasado-

res, muelles, guías, husillos, poleas, ruedas dentadas y motores, entre otros).

Coeficiente de seguridad.

Resistencia de materiales.

Relación entre velocidad, par, potencia y rendimiento.

5. Cálculo de cadenas cinemáticas.

Identificación de cadenas cinemáticas.

Eslabones de una cadena cinemática.

Tipos de transmisiones mecánicas.

Cálculo de cadenas cinemáticas.

Rendimiento de cadenas cinemáticas.

Estudio cinemático y dinámico de las máquinas.

25753NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 186: DISPOSICIONES GENERALES I

Cálculo de vida útil.

Programas informáticos de cálculo.

Módulo Profesional: Procesos de fabricación Equivalencia en créditos ECTS: 10

Código: 0939 Duración: 190 horas. Contenidos:

1. Mecanizado con herramientas manuales:

Características y tipos de herramientas: herramientas utilizadas en el mecanizado y

técnicas operativas. Normas de uso y conservación de las herramientas de mecanizado

manual.

Materiales utilizados en la fabricación de herramientas: composición, propiedades y

características de corte.

Normas de utilización: cumplimiento y aplicación.

• Identificación de los útiles y herramientas más aplicados en el taller: tipos de útiles

más utilizados. Identificación, aplicaciones y características. Normas de uso y

conservación.

• Tipos de herramientas utilizadas en el taller. Identificación, aplicaciones y caracterís-

ticas.

Ángulos de una herramienta. Operaciones de afilado.

Operaciones de mecanizado manual.

• Limado. Características y aplicaciones.

• Cincelado. Características y aplicaciones.

• Taladrado.

• Escariado. Características y aplicaciones.

• Roscado.

• Remachado.

• Punzonado. Características y aplicaciones.

• Chaflanado. Formas de realización. Herramientas empleadas.

2. Control de dimensiones, geometrías y superficies de productos:

Procesos de medición, comparación y verificación:

• Medición directa e indirecta.

• Procedimientos de medición.

Instrumentos y procedimientos de trazado:

• Instrumentos, materiales y accesorios para el trazado.

• Trazado básico

• Trazado de precisión

Medición dimensional geométrica:

• Instrumentos y equipos de medición directa, técnicas de medición, medición de

longitudes, ángulos, conos, roscas y engranajes.

• Fichas de toma de datos e interpretación de los resultados.

Medición dimensional superficial: concepto de rugosidad, proceso de medición e

interpretación de los resultados.

25754NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 187: DISPOSICIONES GENERALES I

3. Reconocimiento de las prestaciones de las máquinas herramientas:

Las máquinas-herramientas como generadoras de superficies.

Tipología de las máquinas-herramientas:

• Máquinas-herramientas con movimiento de corte rectilíneo (sierra, cepilladora,

brochadora, mortajadora y talladoras, entre otros).

• Máquinas-herramientas con movimiento de corte rotativo (torno, taladradora,

fresadora, mandrinadora y rectificadora, entre otros).

Elementos constructivos de las máquinas-herramientas:

• Elementos de accionamiento.

• Elementos de transmisión.

Automatización de las máquinas-herramientas:

• Programación por control numérico.

• Elementos de manipulación, alimentación y transporte.

Sistemas de engrase.

Sistemas de refrigeración.

Portaherramientas y utillajes en los procesos de fabricación:

• Elementos y componentes.

• Condiciones de utilización.

Mantenimiento de primer nivel de las máquinas herramientas.

Reglaje y verificación de máquinas herramientas y utillajes.

4. Determinación de procesos de fabricación:

Tipos de procesos de mecanizado.

• Por arranque de viruta: torneado, fresado, taladrado, cepillado, limado y mandrina-

do.

• Por abrasión: rectificado.

Tipos de procesos de conformado. (Punzonado, plegado, cizallado, procesado de

chapa, curvado, forjado, extrusión, laminado y trefilado).

La formación de viruta.

Máquinas, herramientas y utillaje utilizados en los procesos de fabricación.

• Clasificación de las máquinas-herramienta y equipos para la fabricación.

• Herramientas para mecanizar. Herramientas de corte. Herramientas para el

conformado. Tipos, características y selección.

• Accesorios y utillaje para la fabricación.

Procedimientos de medición y verificación en los proceso de fabricación.

Planificación metódica de los procesos de fabricación.

• Selección del proceso y de los equipos (máquinas, herramientas y útiles).

• Determinación de fases y operaciones con previsión de las dificultades y el modo de

superarlas.

• Elaboración de hojas de proceso.

5.- Selección de materiales de mecanizado:

Identificación de materiales en bruto para mecanizar.

Materiales: metálicos, poliméricos y cerámicos.

Tratamientos térmicos y termoquímicos: fundamento. Proceso de ejecución.

Propiedades mecánicas de los materiales.

Formas comerciales de los materiales.

Características de los materiales.

25755NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 188: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25756

Materiales y sus condiciones de mecanizado.

Riesgos en el mecanizado y manipulación de ciertos materiales (explosión, toxicidad y

contaminación ambiental, entre otros).

Influencia ambiental del tipo de material seleccionado.

6. Mecanizado con máquinas-herramientas de arranque de viruta:

Relación entre las operaciones de mecanizado por arranque de viruta y las máquinas

empleadas.

Funcionamiento de las máquinas-herramienta por arranque de viruta.

Riesgos en el manejo de máquinas y equipos para el mecanizado por arranque de

viruta.

Operaciones de mecanizado:

• Fenómeno de formación de viruta en materiales metálicos.

• Técnicas operativas de arranque de viruta: torneado, taladrado, aserrado y fresado.

• Empleo de útiles de verificación y control.

• Corrección de las desviaciones.

Actitud ordenada y metódica en la realización de tareas.

7. Soldadura en atmósfera natural y proyección:

Tipos de soldadura y características.

Funcionamiento de las máquinas de soldadura y proyección.

Puesta a punto de los equipos para los procesos de soldeo (Sopletes, mangueras,

válvulas de seguridad, transformadores) en función del material base y tipo de

soldadura.

Parámetros de soldeo y proyección. Útiles de verificación y control.

Técnicas de soldeo y proyección.

Procedimientos operativos de las técnicas de soldeo y proyección:

• Soldadura por proyección.

• Soldadura por resistencia.

• Soldadura oxiacetilénica.

• Soldadura por electrodo revestido.

• Soldadura en atmósfera protegida.

• Soldadura por hilo continuo (MIG MAG-metal y gas inerte-metal y gas activo).

• Soldadura TIG (Tungsteno y gas inerte).

Posiciones relativas del útil de soldeo.

Ajuste de presiones.

Verificación de piezas: tipos de defectos. Métodos no destructivos de detección de

defectos.

Corrección de las desviaciones:

• Efectos del calor al soldar.

• Métodos de localización de tensiones residuales.

• Medidas para reducir tensiones residuales.

• Técnicas de enderezado de las deformaciones.

8. Prevención de riesgos laborales y protección ambiental:

Identificación de riesgos.

Prevención de riesgos laborales en las operaciones de mecanizado por arranque de

viruta.

Page 189: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25757

Sistemas de seguridad aplicados a las máquinas empleadas para el mecanizado por

arranque de viruta.

Equipos de protección individual.

Cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

Cumplimiento de la normativa de protección ambiental.

Módulo Profesional: R epresentación gráfica de sistemas mecatrónicos Equivalencia en créditos ECTS: 8

Código: 0940 Duración: 130 horas. Contenidos: 1. Representación de productos mecánicos:

Sistemas de representación.

Líneas normalizadas.

Técnicas de croquización.

Escalas.

Normas de dibujo industrial.

Planos de conjunto y despiece.

Sistemas de representación gráfica.

Vistas.

Cortes, secciones y roturas.

2. Especificación de las características de productos mecánicos:

Simbología en sistemas mecánicos.

Simbología de tratamientos.

Acotación.

Representación de tolerancias dimensionales, geométricas y superficiales.

Representación de materiales.

Representación de tratamientos térmicos, termoquímicos y electroquímicos.

Representación de formas y elementos normalizados (chavetas, roscas, guías,

soldaduras y otros).

Representación de instalaciones de fluidos.

Trazado de elementos de calderería.

3. Representación de sistemas de automatización:

Identificación de componentes en esquemas neumáticos e hidráulicos.

Identificación de componentes en esquemas eléctricos y programables.

Simbología de elementos neumáticos hidráulicos y eléctricos.

Simbología de elementos eléctricos, electrónicos y programables.

Simbología de conexiones entre componentes.

4. Elaboración de documentación gráfica:

Programas de CAD.

Configuración del software.

R

Page 190: DISPOSICIONES GENERALES I

Gestión de capas.

Órdenes de dibujo.

Órdenes de modificación.

Órdenes de acotación.

Opciones y órdenes de superficies.

Opciones y órdenes de sólidos.

Librerías de productos.

Asignación de materiales y propiedades.

Asignación de restricciones.

Impresión.

Módulo Profesional: Configuración de sistemas mecatrónicos Equivalencia en créditos ECTS: 9

Código: 0941

Duración: 140 horas. Contenidos: 1. Determinación de las características de sistemas mecatrónicos:

Replanteo y ubicación de equipos y líneas, entre otros.

Tipos de cimentaciones y bancadas de equipos.

Cuadros, instalaciones mecánicas, eléctricas, neumáticas e hidráulicas.

Requerimientos ergonómicos.

Interpretación de esquemas mecánicos, eléctricos, neumáticos e hidráulicos, eléctricos

y electrónicos, esquemas de principio y diagramas de bloque.

Condiciones de la puesta en marcha de sistemas mecatrónicos.

Cadenas cinemáticas.

Regímenes de funcionamiento.

Puntos de lubricación.

Especificaciones técnicas de sistemas automatizados.

Catálogos comerciales.

2. Configuración de sistemas:

Características de los procesos productivos.

Desarrollo de soluciones constructivas de productos mecatrónicos.

Dimensionado y selección de elementos.

Planos necesarios para la modificación del sistema.

Integración de sistemas de adquisición de datos.

Selección de los elementos de seguridad y control. Módulos de control relacionados

con la seguridad.

Integración de autómatas programables:

• Autómatas comerciales. Tipos y características.

• Resolución, diseño, montaje, conexionado y puesta en marcha de automatismos

mediante la utilización de autómatas programables.

• Medidas en los sistemas automáticos. Instrumentos y procedimientos de medición

de las variables que hay que regular y controlar (tensiones, potencias, caudales,

presiones y temperaturas entre otros).

25758NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 191: DISPOSICIONES GENERALES I

3. Elaboración de planos de conjunto y de detalle:

Diseño asistido por ordenador. CAD/CAM/CIM/CAE.

Los dibujos de conjunto: características. Cuadro de rotulación. Marcas y lista de

materiales.

Tolerancias dimensionales. Calidad y posición de la zona de tolerancia. Ajustes.

Sistemas ISO de ajuste. Elección de los ajustes. Determinación del ajuste normalizado.

Verificación. Tolerancias geométricas.

Esquemas de distribución. Planos generales.

Planos de detalle. Planos de montaje.

4. Elaboración de presupuestos:

Mediciones. Criterios de medición.

Presupuestos. Capítulos. Unidades de obra. Criterios para la valoración.

Aplicaciones informáticas. Uso de bases de datos de precios.

5. Elaboración de documentación técnica:

Elaboración de documentación técnica.

Interpretación de la documentación.

Dossier de máquina.

Plan de obra.

Manual de funcionamiento.

Manual de mantenimiento.

Módulo Profesional: Procesos y gestión del mantenimiento y de la calidad Equivalencia en créditos ECTS: 7

Código: 0942

Duración: 120 horas. Contenidos: 1. Establecimiento de procesos de montaje y mantenimiento:

Fases: diagramas, características y relación entre ellas.

Procesos de montaje y de mantenimiento.

Listas de materiales.

Especificaciones técnicas de equipos y materiales.

Planificación y programación del montaje y mantenimiento de instalaciones térmicas.

Equipos, utillajes y herramientas.

2. Elaboración de planes de montaje y de gamas de mantenimiento:

Tipos de mantenimiento: correctivo, preventivo, predictivo y otros.

Gestión y organización de los distintos tipos de mantenimiento.

Especificación y secuenciación de las operaciones.

Cargas de trabajo.

Recursos materiales y humanos necesarios para realizar la instalación.

Control del plan de montaje.

25759NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 192: DISPOSICIONES GENERALES I

Especificaciones técnicas del montaje.

Normas de utilización de los equipos, material e instalaciones.

Aplicación de la normativa de seguridad y reglamentación vigente.

Documentación técnica de referencia.

Sistemas informatizados de gestión.

3. Elaboración del catálogo de repuestos y el programa de gestión y aprovisionamiento:

Homologación de proveedores.

Especificaciones técnicas de las compras.

Plazos de entrega y calidad en el suministro.

Sistemas de organización del almacén de mantenimiento.

Control de existencias y de preparación de pedidos.

4. Elaboración del presupuesto de montaje y mantenimiento de instalaciones:

Unidades de obra. Mediciones.

Cálculos parciales y totales de las instalaciones.

Coste del mantenimiento integral.

Presupuestos generales.

Sistemas informatizados de elaboración de presupuestos.

5. Determinación de las acciones para la implantación y mantenimiento de sistemas de

aseguramiento de la calidad:

Definición de calidad. Normativa básica de calidad. Reconocimiento de calidad: homo-

logación y certificación.

Control dimensional y estadístico del proceso. Técnicas metrológicas. Control de

calibración de equipos y elementos de medición.

Ensayos destructivos.

Ensayos no destructivos.

Sistemas de aseguramiento de calidad.

Herramientas para el aseguramiento y gestión de la calidad.

Registro de datos en los documentos de calidad.

Procesos de mejora continua.

Plan de calidad del control de la producción.

Aseguramiento de la calidad.

Análisis de las principales normas de aseguramiento de la gestión de la calidad.

Manual de calidad y de procesos.

Serie de Normas UNE-EN-ISO 9001-2008 para procesos industriales y de servicios.

6. Aplicación de planes para el establecimiento y mantenimiento de los modelos de exce-

lencia empresarial:

Principios de la calidad total.

Conceptos fundamentales del sistema europeo EFQM.

Mapa de los criterios del modelo de EFQM.

Gestión de una empresa sobre un modelo de excelencia.

Modelos de excelencia empresarial.

Planes de mejora continúa de los procesos.

Identificación de las fases para el establecimiento de un sistema de gestión de la calidad.

25760NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 193: DISPOSICIONES GENERALES I

7. Preparación de registros de calidad:

Reconocimiento de los registros del sistema de gestión de la calidad.

Costes de calidad: estructura de costes, valoración y obtención de datos de costes.

Medición de la calidad del servicio.

Herramientas estadísticas de calidad para el control del proceso.

Planes de gestión de las no conformidades.

Control dimensional y estadístico del proceso. Técnicas de metrología. Control de

calibración de elementos y equipos de medición.

Sistemas y procesos de autoevaluación. Regla de evaluación por lógica REDER

(Resultados, Enfoque, Despliegue, Evaluación y Revisión).

Tratamiento de resultados (cuadros de mando, evaluación de proveedores, satisfacción

de clientes y diagnóstico externo).

Módulo Profesional: Integración de sistemas Equivalencia en créditos ECTS: 13

Código: 0943

Duración: 160 horas. Contenido: 1. Identificación y funciones de los elementos del lazo de regulación:

Componentes de un sistema de regulación y control.

Tipos de control (lazo abierto y cerrado).

Sistemas de regulación cableados y programados.

Tipos de procesos industriales.

Control de procesos de eventos discretos.

Control de procesos continuos.

Control de procesos discontinuos.

Función de transferencia. Estabilidad.

2. Integración de autómatas programables:

El autómata programable como elemento de control en los sistemas automáticos.

Estructura funcional de un autómata.

Constitución. Funciones. Características.

Entradas y salidas: digitales, analógicas y especiales.

Programación de autómatas: lenguaje literal, de contactos, GRAFCET y otros.

Resolución de automatismos mediante la utilización de autómatas programables y

automatismos discretos y continuos de distintas tecnologías.

Seguridad en instalaciones automatizadas.

3. Integración de manipuladores y robots:

Los dispositivos de actuación en los procesos secuenciales: manipuladores y robots.

Tipología y características. Campos de aplicación.

Elementos de máquinas. Transformaciones y características.

Transformaciones.

Cinemática y dinámica de robots.

25761NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 194: DISPOSICIONES GENERALES I

Sensores, actuadores neumáticos, hidráulicos, eléctricos y sistemas de control para

robots y manipuladores.

La comunicación del robot con su entorno. Características y procedimientos.

Inteligencia y visión artificial. Fundamentos y elementos que componen un sistema.

Lenguajes de programación de robots.

Aplicaciones e implantación de robots.

Seguridad en instalaciones robotizadas.

4. Integración de comunicaciones industriales:

Comunicaciones industriales y control distribuido: elementos de la comunicación,

redes de comunicación, comunicaciones industriales y normalización.

El control integral de los procesos. Fundamentos CIM. Pirámide de automatización.

Protocolos de comunicación: funciones y características, normalización y niveles.

Normas físicas (RS-232, RS-422, RS-485).

Topología de redes (bus, anillo, estrella).

Redes industriales y buses de campo más extendidos en el mercado europeo (AS-i,

Profibus, Ethernet Industrial y Profinet entre otros).

Configuraciones físicas.

Sistemas SCADA (Control de Supervisión y Adquisición de Datos):

• Sistemas de visualización industrial.

• Arquitectura de un sistema SCADA.

• Módulos.

• Interfaz máquina-usuario: diferentes tipologías de interfaz HMI (Interfaz Hombre-

Máquina).

• Alarmas del sistema.

5. Montaje, puesta en marcha y mantenimiento de sistemas mecatrónicos:

Diseño de sistemas de control automático: elaboración de especificaciones y

cuadernos de carga. Cálculos. Selección de tecnologías, equipos y dispositivos.

Montaje de líneas de producción automatizadas: técnica operativa.

Análisis funcional de sistemas automáticos cableados.

Análisis funcional de sistemas automáticos programados.

Medidas en los sistemas automáticos. Instrumentos y procedimientos.

Mantenimiento de líneas de producción automatizadas: aplicación de técnicas

preventivas y correctivas tipo.

6. Diagnosis de averías en sistemas mecatrónicos:

Averías tipo en los sistemas mecatrónicos.

Procesos de diagnóstico y localización de averías. Sistemas monitorizados.

Procesos de reparación de averías y corrección de disfunciones.

25762NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 195: DISPOSICIONES GENERALES I

Módulo Profesional: Simulación de sistemas mecatrónicos Equivalencia en créditos ECTS: 5

Código: 0944

Duración: 60 horas. Contenidos: 1. Diseño de prototipos mecatrónicos:

Diseño de elementos en 3D.

Diseño de superficies en 3D.

Importación/exportación de elementos.

Creación y manipulación de conjuntos.

Ensamblaje de sistemas.

Diseño explosionado.

Análisis de esfuerzos de los elementos diseñados.

Análisis de colisiones en los ensamblajes.

Movimientos (deslizamiento, rodadura y pivotante, entre otros).

Tolerancias dimensionales y geométricas.

Calidades superficiales.

2. Simulación del funcionamiento de una célula robotizada:

Importación de datos de sistemas CAD.

Generación de posiciones de un robot usando modelos CAD.

Generación de programas de robot.

Instrucciones de control de flujo y de entradas/salidas.

Sistemas de referencia de la base y de la posición final.

Sistemas de posicionado de robots.

Representación gráfica de una programación virtual/programación real.

Verificación de los estados de las entradas/salidas (E/S) de la célula de trabajo.

Detección de colisiones.

Ejes controlados.

Análisis de alcances.

Software.

3. Simulación y validación de sistemas mecatrónicos:

Aplicación de software para la simulación de los sistemas mecatrónicos diseñados.

Validación mediante la comprobación de trayectorias, colisiones y alcances entre

otros, de los sistemas mecatrónicos.

Comprobación de los sistemas y controles de seguridad adoptados, antes de la puesta

en marcha.

Puesta en marcha en una situación real de los sistemas mecatrónicos.

4. Integración de sistemas de adquisición de datos:

Proceso de adquisición de datos.

Esquema de bloques de un SAD (sistema de adquisición de datos).

Transductores y convertidores. Acondicionamiento de la señal.

25763NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 196: DISPOSICIONES GENERALES I

Visión artificial.

Elementos de los sistemas de visión artificial: lentes, cámaras y software.

Procesado y preprocesado de imágenes.

Segmentación de imágenes.

Reconocimiento de escenas.

Procesamiento morfológico de imágenes.

Interpretación de imágenes.

Aplicaciones de la visión artificial.

5. Simulación de procesos mecatrónicos complejos:

Características de los procesos que se van a simular.

Selección de subsistemas. Integración de subsistemas.

Desviaciones del funcionamiento.

Análisis y corrección de disfunciones.

Documentación de resultados.

Módulo Profesional: Formación y orientacion laboral Equivalencia en créditos ECTS: 5

Código: 0946

Duración: 90 horas. Contenidos: 1. Búsqueda activa de empleo:

Valoración de la importancia de la formación permanente para la trayectoria laboral y

profesional del técnico superior en Mecatrónica Industrial.

Análisis de los intereses, aptitudes y motivaciones personales para la carrera profe-

sional.

Identificación de itinerarios formativos relacionados con el técnico superior en Meca-

trónica industrial.

Definición y análisis del sector profesional del técnico superior en Mecatrónica

Industrial.

Proceso de búsqueda de empleo en empresas del sector.

Oportunidades de aprendizaje y empleo en Europa.

Técnicas e instrumentos de búsqueda de empleo.

El proceso de toma de decisiones.

2. Gestión del conflicto y equipos de trabajo:

Métodos para la resolución o supresión del conflicto. Valoración de las ventajas e

inconvenientes del trabajo de equipo para la eficacia de la organización.

Equipos en el sector de la mecatrónica industrial según las funciones que desempeñan.

La participación en el equipo de trabajo.

Conflicto: características, fuentes y etapas.

3. Contrato de trabajo:

El derecho del trabajo.

25764NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 197: DISPOSICIONES GENERALES I

Análisis de la relación laboral individual. Modalidades de contrato de trabajo y medidas de fomento de la contratación. Derechos y deberes derivados de la relación laboral. Modificación, suspensión y extinción del contrato de trabajo. Representación de los trabajadores. Análisis de un convenio colectivo aplicable al ámbito profesional del técnico superior

en Mecatrónica Industrial. Beneficios para los trabajadores en las nuevas organizaciones: flexibilidad, beneficios

sociales, entre otros. 4. Seguridad Social, empleo y desempleo:

Estructura del sistema de la Seguridad Social. Determinación de las principales obligaciones de empresarios y trabajadores en

materias de Seguridad Social, afiliación, altas, bajas y cotización. Situaciones contempladas en la protección por desempleo.

5. Evaluación de riesgos profesionales:

Valoración de la relación entre trabajo y salud. Análisis de factores de riesgo. La evaluación de riesgos en la empresa como elemento básico de la actividad pre-

ventiva. Análisis de riesgos ligados a las condiciones de seguridad. Análisis de riesgos ligados a las condiciones ambientales. Análisis de riesgos ligados a las condiciones ergonómicas y psico-sociales. Riesgos específicos en el sector de la Mecatrónica Industrial. Determinación de los posibles daños a la salud del trabajador que pueden derivarse de

las situaciones de riesgo detectadas.

6. Planificación de la prevención de riesgos en la empresa:

Derechos y deberes en materia de prevención de riesgos laborales. Gestión de la prevención en la empresa. Organismos públicos relacionados con la prevención de riesgos laborales. Planificación de la prevención en la empresa. Planes de emergencia y de evacuación en entornos de trabajo. Elaboración de un plan de emergencia en una empresa del sector.

7. Aplicación de medidas de prevención y protección en la empresa:

Determinación de las medidas de prevención y protección individual y colectiva. Protocolo de actuación ante una situación de emergencia. Primeros auxilios.

25765NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 198: DISPOSICIONES GENERALES I

Módulo Profesional: Empresa e inciativa emprendedora Equivalencia en créditos ECTS: 4

Código: 0947

Duración: 60 horas. Contenidos: 1. Iniciativa emprendedora:

Innovación y desarrollo económico. Principales características de la innovación en Mecatrónica Industrial (materiales, tecnología, y organización de la producción, entre otros). Procesos de innovación sectorial en marcha en Extremadura.

Factores claves de los emprendedores: iniciativa, creatividad y formación. Desarrollo del espíritu emprendedor a través del fomento de las actitudes de

creatividad, iniciativa, autonomía y responsabilidad La actuación de los emprendedores como empleados en una pyme del sector

profesional en el que se enmarca el título. Concepto de intraemprendedor l La actuación de los emprendedores como empresarios en una pyme del sector en el

que se ubica el título. El riesgo como elemento inevitable de toda actividad emprendedora. La empresa como fuente de creación de empleo y bienestar social. El empresario. Requisitos para el ejercicio de la actividad empresarial. La estrategia empresarial como medio para conseguir los objetivos de la empresa. Búsqueda de ideas de negocio. Análisis y viabilidad de las oportunidades de negocio en

el sector profesional en el que se enmarca el título Plan de empresa: la idea de negocio en el ámbito profesional en el que se enmarca el

título. Definición de una determinada idea de negocio. Plan de empresa: la idea de negocio en el ámbito de mecatrónica industrial.

2. La empresa y su entorno:

La Empresa. Concepto Funciones básicas de la empresa. La empresa como sistema. La estructura organizativa de la empresa. Análisis del entorno general de una pyme del sector profesional en el que se ubica el

título. Entorno económico, social, demográfico y cultural. Análisis del entorno específico de una pyme del sector profesional en el que se

enmarca el título: los clientes, los proveedores y la competencia. Variables del marketing mix: precio, producto, comunicación y distribución.

Relaciones de una pyme del sector profesional en el que se enmarca el título, con su entorno y con el conjunto de la sociedad.

Responsabilidad social de la empresa. Elaboración del balance social de la empresa: descripción de los principales costes y beneficios sociales que produce. Viabilidad medioambiental.

La cultura empresarial y la imagen corporativa como instrumentos para alcanzar los objetivos empresariales.

La ética empresarial. Identificación de prácticas que incorporan valores éticos y sociales. Aplicación a empresas del sector en el que se enmarca el título en Extre-madura.

25766NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 199: DISPOSICIONES GENERALES I

Estudio y análisis de la viabilidad económica y financiera de una “pyme” del sector

profesional en el que se ubica.

3. Creación y puesta en marcha de una empresa:

Tipos de empresa. Empresario individual y empresario social. La franquicia.

Ventajas e inconvenientes de los distintos tipos de empresa. La responsabilidad de los

propietarios de la empresa en función de la forma jurídica.

La fiscalidad en las empresas. Impuesto de Sociedades e Impuesto sobre la Renta de las

Personas Físicas.

Elección de la forma jurídica.

Trámites administrativos para la constitución de una empresa. Oficinas virtuales:

Seguridad Social, Servicio Público de Empleo, etc.

Asesoramiento y gestión administrativa externos. La ventanilla única.

Viabilidad económica y viabilidad financiera de una pyme del sector profesional en el

que se ubica el título.

Plan de empresa: elección de la forma jurídica, estudio de viabilidad económica y

financiera, trámites administrativos y gestión de ayudas y subvenciones.

4. Función económica, administrativa y comercial:

Concepto de contabilidad y nociones básicas. El registro de la información contable.

Los libros contables.

Análisis de la información contable. Cálculo e interpretación de las ratios de solvencia,

liquidez y rentabilidad. Umbral de rentabilidad.

Obligaciones fiscales de las empresas. Tipos de impuestos. Calendario fiscal.

Principales instrumentos de financiación bancaria.

Gestión administrativa de una empresa del sector profesional en el que se ubica el

título: cumplimentación de la documentación básica de carácter comercial y contable

(facturas, albaranes, notas de pedido, letras de cambio, cheques y otros). Descripción

de los circuitos que dicha documentación recorre en la empresa.

Plan de empresa: documentación básica de las operaciones realizadas.

Concepto de Mercado. Oferta. Demanda.

Análisis del Mercado en el sector en que se enmarca el título.

Marketing mix: precio, producto, promoción y distribución.

5. Proyecto de simulación empresarial en el aula.

Constitución y puesta en marcha de una empresa u organización simulada.

Desarrollo del plan de producción de la empresa u organización simulada.

Definición de la política comercial de la empresa u organización simulada.

Organización, planificación y reparto de funciones y tareas en el ámbito de la empresa

u organización simulada.

25767NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 200: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO II

MÓDULOS PROFESIONALES PROPIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

Módulo Profesional: Inglés

Equivalencia en créditos ECTS: 4 Código: 0949-Ex

Duración: 60 horas. Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación: 1. Interpreta información profesional escrita contenida en textos escritos complejos, analizando de forma comprensiva sus contenidos. Criterios de evaluación:

a) Se ha relacionado el texto con el ámbito del sector productivo del título.

b) Se ha realizado traducciones directas e inversas de textos específicos sencillos, utilizando materiales de consulta y diccionarios técnicos.

c) Se han leído de forma comprensiva textos específicos de su ámbito profesional.

d) Se ha interpretado el contenido global del mensaje.

e) Se ha extraído la información más relevante de un texto relativo a su profesión.

f) Se ha identificado la terminología utilizada.

g) Se ha interpretado el mensaje recibido a través de soportes telemáticos: e-mail, fax, entre otros.

h) Se han leído con cierto grado de independencia distintos tipos de textos, adaptando el estilo y la velocidad de lectura aunque pueda presentar alguna dificultad con modismos poco frecuentes.

2. Elabora textos sencillos en lengua estándar, relacionando reglas gramaticales con la finalidad de los mismos. Criterios de evaluación:

a) Se han redactado textos breves relacionados con aspectos cotidianos y/ o profesionales.

b) Se ha organizado la información de manera coherente y cohesionada.

c) Se han realizado resúmenes breves de textos sencillos, relacionados con su entorno profesional.

d) Se ha cumplimentado documentación específica de su campo profesional.

e) Se ha aplicado las fórmulas establecidas y el vocabulario específico en la cumplimentación de documentos.

f) Se han resumido las ideas principales de informaciones dadas, utilizando sus propios recursos lingüísticos.

g) Se han utilizado las fórmulas de cortesía propias del documento a elaborar.

h) Se ha elaborado una solicitud de empleo a partir de una oferta de trabajo dada.

i) Se ha redactado un breve currículo.

25768NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 201: DISPOSICIONES GENERALES I

3. Reconoce información cotidiana y profesional específica contenida en discursos orales claros y sencillos emitidos en lengua estándar, interpretando con precisión el contenido del mensaje. Criterios de evaluación:

a) Se ha situado el mensaje en su contexto profesional.

b) Se ha identificado la idea principal del mensaje.

c) Se han extraído las ideas principales de un mensaje emitido por un medio de comu-nicación.

d) Se ha extraído información específica en mensajes relacionados con aspectos cotidianos de la vida profesional y cotidiana.

e) Se han secuenciado los elementos constituyentes del mensaje.

f) Se han identificado las ideas principales de declaraciones y mensajes sobre temas concretos y abstractos, transmitidos por los medios de comunicación y emitidos en lengua estándar y articuladas con claridad.

g) Se han reconocido las instrucciones orales y se han seguido las indicaciones. h) Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un mensaje, sin

entender todos y cada uno de los elementos del mismo. 4. Emite mensajes orales claros y bien estructurados, participando como agente activo en conversaciones profesionales. Criterios de evaluación:

a) Se han identificado los registros utilizados para la emisión del mensaje.

b) Se ha expresado con fluidez, precisión y eficacia sobre una amplia serie de temas generales y profesionales, marcando con claridad la relación entre las ideas.

c) Se han descrito hechos breves e imprevistos relacionados con su profesión.

d) Se ha utilizado correctamente la terminología de la profesión.

e) Se ha descrito con relativa fluidez su entorno profesional más próximo.

f) Se ha descrito y secuenciado un proceso de trabajo de su competencia.

g) Se ha justificado la aceptación o no de propuestas realizadas.

h) Se han realizado, de manera clara, presentaciones breves y preparadas sobre un tema dentro de su especialidad.

i) Se ha solicitado la reformulación del discurso o parte del mismo cuando se ha considerado necesario.

j) Se han secuenciado las actividades propias de un proceso productivo de su sector profesional.

5. Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación, describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera. Criterios de evaluación:

25769NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 202: DISPOSICIONES GENERALES I

a) Se han definido los rasgos más significativos de las costumbres y usos de la comunidad

donde se habla la lengua extranjera.

b) Se han descrito los protocolos y normas de relación social propios del país.

c) Se han identificado los valores y creencias propios de la comunidad donde se habla la

lengua extranjera.

d) Se han identificado los aspectos socio-profesionales propios del sector, en cualquier tipo

de texto.

e) Se han aplicado los protocolos y normas de relación social propios del país de la lengua

extranjera.

Contenidos: 1. Interpretación de mensajes escritos:

Comprensión de mensajes, textos, artículos básicos profesionales y cotidianos.

Soportes telemáticos: fax, e-mail, burofax.

Terminología específica del sector productivo.

Idea principal e ideas secundarias.

Recursos gramaticales: Tiempos verbales, preposiciones, adverbios, locuciones

preposicionales y adverbiales, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo indi-

recto, y otros.

Relaciones lógicas: oposición, concesión, comparación, condición, causa, finalidad,

resultado.

Relaciones temporales: anterioridad, posterioridad, simultaneidad.

2. Emisión de textos escritos:

Elaboración de textos sencillos profesionales del sector y cotidianos.

Adecuación del texto al contexto comunicativo.

Registro.

Selección léxica, selección de estructuras sintácticas, selección de contenido relevante.

Uso de los signos de puntuación.

Coherencia en el desarrollo del texto.

Identificación e interpretación de los elementos culturales más significativos de los

países de lengua extranjera.

Valoración de las normas socioculturales y protocolarias en las relaciones internacio-

nales.

Uso de los recursos formales y funcionales en situaciones que requieren un

comportamiento socioprofesional con el fin de proyectar una buena imagen de la

empresa.

3. Comprensión de mensajes orales:

Reconocimiento de mensajes profesionales del sector y cotidianos.

Mensajes directos, telefónicos, grabados.

Terminología específica del sector productivo.

Idea principal e ideas secundarias.

Recursos gramaticales: Tiempos verbales, preposiciones, adverbios, locuciones

preposicionales y adverbiales, uso de la voz pasiva, oraciones de relativo, estilo

indirecto, y otros.

25770NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 203: DISPOSICIONES GENERALES I

Otros recursos lingüísticos: gustos y preferencias, sugerencias, argumentaciones,

instrucciones, expresión de la condición y duda y otros.

Diferentes acentos de lengua oral.

4. Producción de mensajes orales:

Registros utilizados en la emisión de mensajes orales.

Terminología específica del sector productivo.

Sonidos y fonemas vocálicos y consonánticos. Combinaciones y agrupaciones.

Marcadores lingüísticos de relaciones sociales, normas de cortesía y diferencias de

registro.

5. Mantenimiento y seguimiento del discurso oral:

Apoyo, demostración de entendimiento, petición de aclaración, y otros.

Entonación como recurso de cohesión del texto oral.

Orientaciones pedagógicas:

Este módulo profesional contiene la formación necesaria para el desempeño de actividades

relacionadas con el entorno profesional en el que el profesional va a ejercer su

profesionalidad.

Los contenidos del módulo contribuyen a alcanzar los objetivos generales del ciclo

formativo, y las competencias del título.

Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza aprendizaje que permiten alcanzar los

objetivos del módulo, versarán sobre:

La elaboración de mensajes escritos y orales, interpretando y transmitiendo la

información necesaria para realizar consultas técnicas.

La interpretación de la información escrita en el ámbito propio del sector productivo

del título.

La cumplimentación e interpretación de los documentos propios del sector profesional

solicitando y/o facilitando una información de tipo general o detallada.

La valoración de la importancia de poder comunicarse por escrito y oralmente en

lengua extranjera en el contexto de las empresas.

25771NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 204: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO III

Organización modular y distribución horaria por curso escolar

Módulo Profesional

Primer curso Segundo curso

Horas totales

Horas semanales

Horas totales

Horas semanales

0935. Sistemas mecánicos. 160 5

0936. Sistemas hidraúlicos y

neumáticos. 130 4

0937. Sistemas eléctricos y

electrónicos 160 5

0938. Elementos de máquinas. 100 3

0939. Procesos de fabricación. 190 6

0940. Representación gráfica de

sistemas mecatrónicos. 130 4

0941. Configuración de sistemas

mecatrónicos. 140 7

0942. Procesos y gestión de

mantenimiento y calidad. 120 6

0943. Integración de sistemas. 160 8

0944. Simulación de sistemas

mecatrónicos. 60 3

0946. Formación y orientación

laboral. 90 3

0947. Empresa e iniciativa

emprendedora. 60 3

0949 – Ex Inglés. 60 3

0945. Proyecto de Mecatrónica

Industrial 40

0948. Formación en centros de

trabajo 400

TOTALES 960 30 1040 30

25772NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 205: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO IV

Especialidades y titulaciones del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales incorporados al ciclo formativo por la

Comunidad de Extremadura.

Módulo Profesional

CUERPO DOCENTE Y ESPECIALIDAD

Titulaciones

Cuerpo Especialidad

Inglés

- Catedrático de

Enseñanza Secundaria.

- Profesor de

Enseñanza Secundaria

Inglés

- Licenciado, Ingeniero, Arquitecto

o el título de grado

correspondiente u otros títulos

equivalentes.

- Diplomado, Ingeniero Técnico o

Arquitecto Técnico o el título de

grado correspondiente u otros

títulos equivalentes.

ANEXO V

Espacios y equipamientos recomendados

Espacios:

Espacio formativo * Superficie en m2

30 alumnos 20 alumnos

Aula polivalente 60 40

Aula técnica 120 80

Laboratorio de sistemas automáticos 180 120

Aula técnica de sistemas automáticos 180 120

• Los diversos espacios identificativos no deben diferenciarse necesariamente

25773NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 206: DISPOSICIONES GENERALES I

Equipamientos:

Espacio formativo Equipamiento

Aula polivalente - Mobiliario informático.

- Equipamiento informático.

- Conexión a internet.

- Medio audiovisuales y dispositivos

multimedia.

- Software.

Aula técnica - Mobiliario informático.

- Equipamiento informático.

- Conexión a internet.

- Software.

Laboratorio de

telecomunicaciones

- Mobiliario.

- Equipamiento informático.

- Software.

- Herramientas manuales para trabajos

mecánicos y eléctrico – electrónicos.

- Equipos de radiocomunicaciones de

redes fijas y móviles.

- Equipos y elementos de protección y

seguridad personal.

Laboratorio de sistemas

electrónicos

- Mobiliario.

- Equipamiento informático.

- Software.

- Equipos y distribuidores de vídeo

para transmisión por cable UTP de

vídeo y telemetría.

- Equipos de alarmas técnicas y

simuladores de línea.

- Equipos de control remoto

GSM/GPRS y TCP/IP.

- Equipos de almacenamiento digital y

de reproducción de audio.

25774NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 207: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO VI

Módulos susceptibles de ser impartidos en régimen a distancia

Módulos que pueden ser impartidos en modalidad teleformación on line

0938 – Elementos de máquinas.

0940 – Representación gráfica de sistemas mecatrónicos.

0941 – Configuración de sistemas mecatrónicos.

0942 – Procesos y gestión de mantenimiento y calidad.

0944 – Simulación de sistemas mecatrónicos.

0946 – Formación y orientación laboral.

0947 – Empresa e Iniciativa Emprendedora.

0949 Ex – Inglés.

0945 –Proyecto de mecatrónica industrial.Módulos que pueden ser impartidos en modalidad semipresencial

0935 – Sistemas mecánicos.

0936 – Sistemas hidráulicos y neumáticos.

0937 – Sistemas eléctricos y electrónicos.

0943 – Integración de sistemas.

25775NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 208: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25776

AUTORIDADES Y PERSONALII

2.— OPOSICIONES Y CONCURSOS

SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD

RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2013, de la Dirección Gerencia, por la quese modifica la composición del Tribunal del proceso selectivo, convocado porResolución de 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personalestatutario fijo en plazas de Licenciados, en la Categoría del Grupo Técnicode Función Administrativa, en las Instituciones Sanitarias del ServicioExtremeño de Salud. (2013061841)

Por Resolución de 13 de junio de 2011 (DOE núm. 117, de 20 de junio), de la DirecciónGerencia, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutariofijo en plazas de Licenciados, en la Categoría del Grupo Técnico de Función Administrativa, yse nombró a los Tribunales de Selección encargados de su valoración.

Con posterioridad a la fecha indicada se han producido circunstancias en uno de los miem-bros del Tribunal que aconsejan modificar su composición en orden a garantizar la necesariaeficacia en su actuación.

En su virtud, esta Dirección Gerencia, en uso de sus atribuciones,

R E S U E L V E :

Único. Modificar la composición del Tribunal de Selección del Grupo Técnico de FunciónAdministrativa, en los términos que se expresan a continuación.

Nombrar a Doña María José Navas Bravo Vocal titular, en sustitución de Doña María Concep -ción Montero Gómez.

Mérida, a 23 de octubre de 2013.

El Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud,JOAQUÍN GARCÍA GUERRERO

• • •

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NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25777

RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2013, de la Dirección Gerencia, por la quese modifica la composición del Tribunal del proceso selectivo, convocado porResolución de 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personalestatutario fijo en plazas de Diplomados, en la Categoría del Grupo deGestión de Función Administrativa, en las Instituciones Sanitarias delServicio Extremeño de Salud. (2013061839)

Por Resolución de 13 de junio de 2011 (DOE núm. 117, de 20 de junio), de la DirecciónGerencia, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutariofijo en plazas de Diplomados, en la Categoría del Grupo de Gestión de Función Administrativa,y se nombró a los Tribunales de Selección encargados de su valoración.

Con posterioridad a la fecha indicada se han producido circunstancias en uno de los miem-bros del Tribunal que aconsejan modificar su composición en orden a garantizar la necesariaeficacia en su actuación.

En su virtud, esta Dirección Gerencia, en uso de sus atribuciones,

R E S U E L V E :

Único. Modificar la composición del Tribunal de Selección del Grupo de Gestión de FunciónAdministrativa, en los términos que se expresan a continuación.

Nombrar a Don Francisco Giraldo Giraldo Vocal titular, en sustitución de Doña María Concep -ción Montero Gómez.

Mérida, a 25 de octubre de 2013.

El Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud,JOAQUÍN GARCÍA GUERRERO

• • •

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RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2013, de la Dirección Gerencia, por la quese modifica la composición del Tribunal del proceso selectivo, convocado porResolución de 13 de junio de 2011, para el acceso a la condición de personalestatutario fijo en plazas de Técnicos Superiores, en la Categoría deRadioterapia, en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño deSalud. (2013061842)

Por Resolución de 13 de junio de 2011 (DOE núm. 117, de 20 de junio), de la DirecciónGerencia, se convocó proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutariofijo en plazas de Técnico Superior, en la Categoría de Radioterapia, y se nombró al Tribunalde selección encargado de su valoración.

Con posterioridad a la fecha indicada se han producido circunstancias en uno de los miem-bros del Tribunal que aconsejan modificar su composición en orden a garantizar la necesariaeficacia en su actuación.

En su virtud, esta Dirección Gerencia, en uso de sus atribuciones,

R E S U E L V E :

Único. Modificar su composición en los términos que se expresan a continuación.

Nombrar a Doña Raquel Rubio Alonso Secretario titular, en sustitución de Doña María BegoñaCabrera Gómez.

Mérida, a 25 de octubre de 2013.

El Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud,JOAQUÍN GARCÍA GUERRERO

25778NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

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OTRAS RESOLUCIONESIII

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIOAMBIENTE Y ENERGÍA

RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2013, de la Dirección General de MedioAmbiente, por la que se otorga autorización ambiental unificada para laactividad de gestión de residuos no peligrosos de Rograsa, SCL, enMérida. (2013061774)

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 26 de marzo de 2013 tiene entrada en el Registro Único de la Junta deExtremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) para la instalación des-tinada a la gestión de residuos no peligrosos en Mérida promovida por Rograsa, SCL, con CIFF06307532.

Segundo. Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 5/2010, de 23 dejunio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y delDecreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones ycomunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la ca-tegoría 9.1. del Anexo II del Decreto 81/2011, relativa a “Instalaciones para la valorización yeliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas enel Anexo I”.

La actividad se ubica en el Polígono Industrial “El Prado”, c/ Granada, parcela R-56, nave 2de Mérida (Badajoz).

La solicitud de AAU acompaña: Resolución de 26 de junio de 2000 de la Dirección General deMedio Ambiente para la gestión de aceites vegetales de Rograsa, SCL; Resolución de 9 de ju-lio de 2008, de la Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental por la que se renue-va la autorización a Rograsa SCL para las operaciones de recogida, transporte, almacena-miento y valorización de residuos; Resolución de 23 de marzo de 2011, del Ayuntamiento deMérida de Autorización de Vertido al sistema integral de saneamiento; Resolución de 19 denoviembre de 2002, del Ayuntamiento de Mérida por la que se concede licencia de aperturay funcionamiento a Rograsa SCL para la actividad de Planta de transferencia y reciclaje deaceites vegetales usados; Resolución de 4 de enero de 2008 de la Dirección General de Evalua -ción y Calidad Ambiental por la que se inscribe a Rograsa, SCL, en el Registro de Pe queñosProductores de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

Tercero. Con fechas de 9 de mayo y 19 de junio de 2013, la Dirección General de MedioAmbien te solicitó al Ayuntamiento de Mérida, de acuerdo con lo establecido en el apartado 4de la disposición transitoria primera del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprue-ba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma deExtremadura, informara, en un plazo de treinta días, sobre los aspectos recogidos en dichoapartado. Durante este tiempo el Ayuntamiento de Mérida no se ha pronunciado al respecto.

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NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25780

Cuarto. Para dar cumplimiento al apartado 6 de la disposición transitoria primera del Decreto81/2011 y al artículo 84 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General de Medio Ambientese dirigió mediante escritos de 11 de septiembre de 2013 a Rograsa SCL y al Ayuntamientode Mérida con objeto de proceder al trámite de audiencia a los interesados, sin que se hayanpronunciado al respecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía es el ór-gano competente para la resolución del presente expediente en virtud de lo dispuesto en elartículo 56 de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de laComunidad Autónoma de Extremadura, y según el artículo 6 del Decreto 209/2011, de 5 deagosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía.

Segundo. La actividad proyectada se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley5/2010, de 23 de junio, y del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba elReglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma deExtremadura, en particular en la categoría 9.1. del Anexo II del Decreto 81/2011, relativa a“Instalaciones para la valorización y eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de re-siduos de todo tipo, no incluidas en el Anexo I”.

Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 55 de la Ley 5/2010 y en el artículo 2 delDecreto 81/2011, se somete a autorización ambiental unificada la construcción, montaje, ex-plotación, traslado o modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle al-guna de las actividades que se incluyen en el Anexo II del citado decreto.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, y una vez fi-nalizados los trámites reglamentarios para el expediente de referencia, por la presente,

S E R E S U E L V E :

Otorgar la Autorización Ambiental Unificada a favor de Rograsa, SCL, de la instalación desti-nada a la gestión de residuos no peligrosos en Mérida promovida por Rograsa, SCL, referidaen el Anexo I de la presente resolución, a los efectos recogidos en la Ley 5/2010, de 23 de ju-nio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en elDecreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y co-municación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, señalando que en el ejer-cicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en ladocumentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autoriza-ción, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad dereferencia en cada momento. El n.º de expediente de la instalación es el AAU 13/079.

CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA

- a - Medidas relativas a los residuos gestionados por la actividad

1. A la vista de la documentación aportada, se autoriza el transporte, recepción, almacena-miento temporal y valorización de los siguientes residuos no peligrosos:

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NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25781

2. La valorización de aceites y grasas comestibles deberá realizarse mediante las operacio-nes de valorización R3 y R13, relativas a “Reciclado o recuperación de sustancias orgáni-cas que no se utilizan como disolventes (incluidos el compostaje y otros procesos de trans-formación biológica)” y “almacenamiento de residuos en espera de cualquiera de lasoperaciones numeradas de R1 a R12”, respectivamente, del Anexo II de la Ley 22/2011,de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.

La capacidad máxima de tratamiento de aceites vegetales es de 1943,97 t/año.

3. No se autorizan operaciones de gestión de los residuos distintas a las indicadas.

4. Deberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Esteprocedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurar que los residuos re-cogidos para su almacenamiento coinciden con los indicados en este apartado a) y llevarun registro de los residuos recogidos y almacenados.

5. El titular de la instalación deberá constituir una fianza por valor de 10.000 € (diez mil eu-ros). La cuantía de la fianza podrá actualizarse conforme al artículo 28.2 del Real Decreto833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

La fianza podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en el artículo 28 del RealDecreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento para la ejecuciónde la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. La fianza será devuelta, pre-via solicitud por el interesado, a la finalización de la actividad, siempre y cuando se ha-yan cumplido las condiciones de cese de actividad establecidas en la AAU y no se debaproceder a reparación de daños ambientales consecuencia de la actividad.

6. La fianza referida en el punto anterior, se establece sin perjuicio de la exigencia, en su mo-mento, de la garantía financiera precisa para dar cumplimiento a la Ley 26/2007, de 23 deoctubre, de Responsabilidad Medioambiental. En cuyo caso, la adaptación de las figurasexistentes, se realizará conforme a lo dispuesto en la disposición adicional tercera del RealDecreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarro-llo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.

7. Los almacenamientos de residuos a gestionar, así como el almacenamiento de los resi-duos valorizados, deberán ajustarse a los siguientes requisitos:

— Deberán mantenerse claramente identificables.

— Deberán ser almacenamientos cerrados.

RESIDUO ORIGEN LER(1)

Aceites y grasas comestibles Residuos domésticos, hostelería,

restaurantes, catering, etc 20 01 25

(1) LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero.

Page 214: DISPOSICIONES GENERALES I

RESIDUO ORIGEN CÓDIGO

LER(1)

Fuel oil y gasóleo

Gasolina Combustibles de vehículos fuera de uso (VFU)

13 07 01*

13 07 02*

Residuos de aceites hidráulicos

Líquidos de transmisión y otros aceites hidráulicos, aceites de motor, del diferencial y

de la caja de cambios

13 01

13 02

13 08 99* Residuos de aceites de motor, de transmisión mecánica y lubricantes

Envases de papel y cartón Depósitos utilizados para el almacenamiento

de aceites 15 01 01

Envases de vidrio Depósitos utilizados para el almacenamiento

de aceites 15 01 07

Materiales de filtración (incluidos los filtros de

aceite no especificados en otra categoría)

Filtros de combustible 15 02 02*

Filtros de aceite Filtros de aceite de Vehículos 16 01 07*

“Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de

los especificados en el código 19 11 05”

Lodos generados en la separación de hidrocarburos

19 11 06

(1) Lista Europea de Residuos

* Residuo Peligroso

— La ubicación destinada para el almacenamiento de residuos gestionados y productosfinales deberá disponer de una cubierta. A su vez, estos residuos y productos finalesdeberán almacenarse en depósitos herméticos.

— Deberán estar construidos con arreglo a unos planos que faciliten su limpieza y desin-fección; los suelos deberán ser impermeables y estar construidos de una manera quefacilite la evacuación de líquidos que pudieran verterse accidentalmente hasta zonasde recogida que faciliten su recogida y reposición en el almacenaje correspondiente.

— La duración del almacenamiento de los residuos gestionados por el complejo industrialserá inferior a dos años, dado que su destino es la valorización.

— El Titular de la AAU deberá llevar a cabo un control documental de las partidas de cadauno de los productos que sean expedidos con indicación expresa del uso y destino final,que en todo caso deberá cumplir la normativa específica para su correcta aplicación.

- b - Producción, tratamiento y gestión de residuos generados

1. Los residuos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son los si-guientes:

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Page 215: DISPOSICIONES GENERALES I

2. La generación de cualquier otro residuo no indicado, deberá ser comunicada a la DirecciónGeneral de Medio Ambiente.

- c - Condiciones comunes a la gestión y producción de residuos

1. Mientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estaráobligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En particular:

a) Las condiciones de los almacenamientos deberán evitar el arrastre de los residuos porel viento o cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo.

b) Se almacenarán sobre solera impermeable.

c) El almacenamiento temporal de residuos peligrosos se efectuará en zonas cubiertas ycon pavimento impermeable.

d) Para aquellos residuos peligrosos que, por su estado físico, líquido o pastoso, puedangenerar lixiviados o dar lugar a vertidos, se dispondrá de cubetos de retención o siste-ma equivalente, a fin de garantizar la contención de eventuales derrames. Dichos sis-temas serán independientes para aquellas tipologías de residuos cuya posible mezcla encaso de derrame suponga aumento de su peligrosidad o mayor dificultad de gestión.

e) Los residuos peligrosos generados en las instalaciones deberán envasarse, etiquetar-se y almacenarse conforme a lo establecido en los artículos 13, 14 y 15 del Real Decreto833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de laLey 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

2. No se mezclarán residuos peligrosos de distinta categoría, ni con otros residuos no peli-grosos, sustancias o materiales. La mezcla incluye la dilución de sustancias peligrosas.

3. Los residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años, sisu destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación. Mientrasque los residuos peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a seis meses.Ello de conformidad con lo dispuesto en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y sue-los contaminados, y en la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambientalde la Comunidad Autónoma de Extremadura.

- d - Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica

1. Las instalaciones cuyo funcionamiento dé lugar a emisiones contaminantes a la atmósfe-ra habrán de presentar un diseño, equipamiento, construcción y explotación que evitenuna contaminación atmosférica significativa a nivel del suelo. En particular, siempre quesea posible, los gases de escape serán liberados de modo controlado y de acuerdo con loestablecido en la AAU por medio de chimeneas que irán asociadas a cada uno de los fo-cos de emisión. La altura de las chimeneas, así como los orificios para la toma de mues-tras y plataformas de acceso cumplirán la Orden de 18 de octubre de 1976, sobre la pre-vención y corrección de la contaminación industrial de la atmósfera.

2. La instalación industrial consta de 1 foco de emisión significativo, que se detalla en la si-guiente tabla.

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Page 216: DISPOSICIONES GENERALES I

3. Las emisiones canalizadas del foco 1 se corresponden con los gases de combustión de ga-sóleo procedentes de la caldera de ACS (potencia térmica nominal 0,10 MWt) empleadapara el calentamiento de agua caliente para los serpentines de los tanques de tratamien-to y demás instalaciones asociadas a la valorización de los aceites vegetales.

Para este foco, en atención al proceso asociado, se establecen valores límite de emisión(VLE) para los siguientes contaminantes al aire:

4. Los valores límite de emisión establecidos serán valores medios, medidos siguiendo lasprescripciones establecidas en el capítulo -h- de la AAU. Además, están expresados enunidades de masa de contaminante emitidas por unidad de volumen total de gas resi-dual liberado expresado en metros cúbicos medidos en condiciones normales de pre-sión y temperatura (101,3 kPa y 273 K), previa corrección del contenido en vapor deagua y referencia a un contenido de oxígeno por volumen en el gas residual del trespor ciento.

- e - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas

1. La instalación industrial contará con las siguientes redes independientes de saneamiento:

a) Una de recogida de aguas residuales sanitarias procedente de aseos. Estas aguas sedirigirán a la red de saneamiento de Mérida, para lo cual el complejo industrial debe-rá contar con Autorización de Vertidos de este Ayuntamiento.

b) Una red de aguas residuales tras su paso por el separador de grasas. Estas aguas sedirigirán a la red de saneamiento de Mérida, para lo cual el complejo industrial debe-rá contar con Autorización de Vertidos de este Ayuntamiento.

2. Se deberá disponer de un manual de mantenimiento preventivo al objeto de garantizar elbuen estado de las instalaciones, en especial respecto a los medios disponibles para evi-tar la contaminación del medio en caso de derrames o escapes accidentales y a las me-didas de seguridad implantadas.

CLASIFICACIÓN DE FOCOS DE EMISIÓN SEGÚN REAL DECRETO 100/2011

N.º Denominación Tipo Grupo Código Proceso asociado 1 Emisión de gases de combustión

quemador de la caldera de ACS de gasóleo (0,10 MWt)

Confinado Continuo

C 03 01 03 03 Calentamiento de agua

CONTAMINANTE VLE

Partículas 30 mg/Nm3

Dióxido de azufre, SO2 700 mg/Nm3

Monóxido de carbono, CO 100 mg/Nm3

Óxidos de nitrógeno, NOX (expresados como dióxido de nitrógeno, NO2) 450 mg/Nm3

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Page 217: DISPOSICIONES GENERALES I

3. Al objeto de prevenir vertidos no autorizados a la red de saneamiento, todos los residuosque contengan fluidos se almacenarán sobre pavimento impermeable y se asegurará laretención y recogida de fugas de fluidos.

- f - Medidas de protección y control de la contaminación acústica

1. No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción ex-terno sobrepase los valores establecidos en el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de re-glamentación de ruidos y vibraciones.

2. A efectos de la justificación de los niveles de ruidos y vibraciones admisibles, el horariode funcionamiento de la instalación será diurno, por tanto serán de aplicación los límitescorrespondientes.

3. La actividad desarrollada no superará los objetivos de calidad acústica ni los niveles deruido establecidos como valores límite en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre,por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente azonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.

- g - Plan de ejecución

1. Las actuaciones que se requieran para adaptar la actividad industrial a la presente auto-rización, deberán finalizarse en un plazo máximo de 1 año, a partir del día siguiente a lafecha en la que se comunique la resolución por la que se otorgue la AAU. En caso de noacometerse tal adaptación, la Dirección General de Medio Ambiente, previa audiencia deltitular, acordará la caducidad de la AAU.

2. Dentro del plazo de un año indicado en el apartado anterior, el titular de la instalación de-berá remitir a la Dirección General de Medio Ambiente solicitud de conformidad con la ac-tividad. Junto con la citada solicitud deberá aportar la documentación que certifique quelas obras e instalaciones se adaptan a las condiciones de la AAU.

3. Tras la solicitud de conformidad con la actividad, la Dirección General de Medio Ambientegirará una visita de comprobación.

4. En particular y sin perjuicio de lo que se considere necesario, la solicitud de conformidadcon la actividad referida en el apartado g.2 deberá acompañarse de:

a) Acreditación de estar al día en la constitución de la fianza.

b) El certificado de cumplimiento de los requisitos de ruidos establecido en el artículo 26del Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de reglamentación de ruidos y vibraciones.

5. Una vez otorgada conformidad con la actividad, la Dirección General de Medio Ambienteprocederá a actualizar la inscripción del titular de la AAU en el Registro de pequeños pro-ductores de residuos peligrosos.

- h - Vigilancia y seguimiento

1. Siempre que no se especifique lo contrario, el muestreo y análisis de todos los contami-nantes y parámetros de proceso, así como los métodos de medición de referencia paracalibrar los sistemas automáticos de medición, se realizarán con arreglo a las normas CEN.

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Page 218: DISPOSICIONES GENERALES I

En ausencia de las normas CEN, se aplicarán las normas ISO, las normas nacionales, lasnormas internacionales u otros métodos alternativos que estén validados o acreditados,siempre que garanticen la obtención de datos de calidad científica equivalente.

2. Los equipos de medición y muestreo dispondrán, cuando sea posible, de un certificado ofi-cial de homologación para la medición de la concentración o el muestreo del contaminan-te en estudio. Dicho certificado deberá haber sido otorgado por alguno de los organismosoficialmente reconocidos en los Estados Miembros de la Unión Europea, por los países fir-mantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o, cuando haya reciprocidad,por terceros países.

3. Con independencia de los controles referidos en los apartados siguientes, la DGMA, en elejercicio de sus competencias, podrá efectuar y requerir cuantos análisis e inspeccionesestimen convenientes para comprobar el rendimiento y funcionamiento de las instalacio-nes autorizadas.

4. El titular de la instalación industrial deberá prestar al personal acreditado por laAdministración competente toda la asistencia necesaria para que ésta pueda llevar a ca-bo cualquier inspección de las instalaciones relacionadas con la AAU, así como tomar mues-tras y recoger toda la información necesaria para el desempeño de su función de controly seguimiento del cumplimiento del condicionado establecido.

Residuos gestionados (recepcionados y almacenados):

5. El titular de la instalación deberá mantener actualizado un archivo físico o telemático don-de se recojan, por orden cronológico, las operaciones de recogida, almacenamiento y va-lorización de aceites vegetales realizadas en el que figuren, al menos, los siguientes da-tos: cantidad, naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos

6. La documentación referida en el apartado h.1. estará a disposición de la Dirección Generalde Medio Ambiente y de cualquier Administración pública competente en la propia insta-lación. La documentación referida a cada año natural deberá mantenerse durante los cin-co años siguientes.

7. El titular de la instalación deberá contar con documentación que atestigüe cada salida deresiduos desde su instalación a un gestor autorizado.

8. De conformidad con el artículo 41 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y SuelosContaminados, el titular de la instalación deberá presentar, con una frecuencia anual yantes del 1 de marzo de cada año, una memoria resumen de la información contenida enlos archivos cronológicos de las actividades de gestión de residuos del año anterior, conel contenido que figura en el Anexo XII de la Ley 22/2011, de 28 de julio.

Residuos producidos:

9. El titular de la instalación industrial deberá llevar un registro de la gestión de todos los re-siduos generados:

a) Entre el contenido del registro de residuos no peligrosos deberá constar la cantidad,naturaleza, identificación del residuo, origen y destino de los mismos.

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Page 219: DISPOSICIONES GENERALES I

b) El contenido del registro, en lo referente a residuos peligrosos, deberá ajustarse a loestablecido en el artículo 17 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que seaprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicosy Peligrosos.

10. En su caso, antes de dar traslado de los residuos peligrosos a una instalación para su va-lorización o eliminación deberá solicitar la admisión de los residuos y contar con el docu-mento de aceptación de los mismos por parte del gestor destinatario de los residuos.

11. Asimismo, el titular de la instalación deberá registrar y conservar los documentos de acep-tación de los residuos peligrosos en las instalaciones de tratamiento, valorización o eli-minación y los ejemplares de los documentos de control y seguimiento de origen y des-tino de los residuos por un periodo de cinco años.

Contaminación atmosférica:

12. Se llevarán a cabo, por parte de organismos de control autorizado (OCA), controles ex-ternos de las emisiones de todos los contaminantes atmosféricos sujetos a control de laAAU. La frecuencia de estos controles externos será, de al menos 5 años.

Como primer control externo se tomará el referido en el apartado g.4.

13. El titular remitirá a la Dirección General de Medio Ambiente un informe anual, dentro delprimer mes de cada año, recogiendo los resultados de los controles externos y de los au-tocontroles; los datos que se consideren importantes, relativos a la explotación de las ins-talaciones asociadas a los focos de emisión; así como cualquier posible incidencia que enrelación con las mismas hubiera tenido lugar durante el año anterior. Asimismo, junto conel informe, se remitirán copias de los informes de los OCA que hubiesen realizado con-troles durante el año inmediatamente anterior y copias de las páginas correspondientes,ya rellenas, de libro de registro referido en el apartado h.17.

En el caso de que los autocontroles se realizaran con medioS propios del titular de la ins-talación, en el informe, se acreditará que los medios empleados son adecuados.

14. A pesar del orden de prioridad recomendado, las mediciones, muestreos y análisis reali-zados durante los controles o autocontroles se realizarán con arreglo a normas de refe-rencia que garanticen la obtención de datos de calidad científica equivalente a los de lasnormas CEN, pudiéndose optar indistintamente por normas CEN, ISO, UNE, etc.

En los controles externos o en los autocontroles de las emisiones contaminantes, los ni-veles de emisión serán el promedio de los valores emitidos durante una hora consecuti-va. En cada control o autocontrol, se realizarán, como mínimo, tres determinaciones delos niveles de emisión medidos a lo largo de ocho horas consecutivas, siempre que la ac-tividad lo permita en términos de tiempo continuado de emisiones y representatividad delas mediciones.

15. El titular de la instalación industrial deberá comunicar el día que se llevarán a cabo uncontrol externo o un autocontrol. Los medios y la antelación de cada medio son los si-guientes:

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— Mediante comunicación por fax, teléfono o e-mail a la Dirección General de Medio Am -biente, con una antelación mínima de una semana.

— Mediante comunicación por otros medios a la Dirección General de Medio Ambiente,con una antelación mínima de quince días.

16. En todas las mediciones realizadas deberán reflejarse concentraciones de contaminantes,caudales de emisión de gases residuales expresados en condiciones normales, presión ytemperatura de los gases de escape. Además, deberá indicarse también la concentraciónde oxígeno y el contenido de vapor de agua de los gases de escape. Los datos finales deemisión de los contaminantes regulados en la AAU deberán expresarse en mg/Nm3 y, ensu caso, referirse a base seca y al contenido en oxígeno de referencia establecido en lapresente resolución.

17. Los resultados de todos los controles externos y autocontroles deberán recogerse en unlibro de registro foliado, diligenciado por esta Dirección General de Medio Ambiente, enel que se harán constar de forma clara y concreta los resultados de las mediciones y aná-lisis de contaminantes, incluyendo la fecha y hora de la medición, la duración de ésta, elmétodo de medición y las normas de referencia seguidas en la medición. Asimismo, eneste libro deberán recogerse el mantenimiento periódico de las instalaciones relaciona-das con las emisiones, las paradas por averías, así como cualquier otra incidencia que hu-biera surgido en el funcionamiento de la instalación, incluyendo fecha y hora de cada ca-so. Esta documentación estará a disposición de cualquier agente de la autoridad en lapropia instalación, debiendo ser conservada por el titular de la planta durante al menoslos ocho años siguientes a la realización de cada control externo o autocontrol.

Ruidos:

18. Para asegurar que se siguen cumpliendo las prescripciones establecidas en esta resolu-ción, se realizarán nuevas mediciones de ruidos en las siguientes circunstancias:

— Justo antes de cada renovación de la AAU.

— Justo después del transcurso de un mes desde la finalización de cualquier modificaciónde la instalación que pueda afectar a los niveles de ruidos.

19. El titular de la instalación industrial debe comunicar, con una antelación de, al menos,quince días, el día que se llevarán a cabo las mediciones de ruidos referidas en el apar-tado anterior, cuyos resultados serán remitidos a la DGMA en el plazo de un mes desdela medición o junto con la solicitud de renovación de la AAU.

20. Las mediciones de ruidos se realizarán mediante los procedimientos y condiciones esta-blecidos en la normativa vigente en la materia.

- i - Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación que puedan afectar al medio ambiente

Fugas, fallos de funcionamiento:

1. En caso de incumplimiento de los requisitos establecidos en la AAU, el titular de la insta-lación industrial deberá:

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Page 221: DISPOSICIONES GENERALES I

a) Comunicarlo a la DGMA en el menor tiempo posible, mediante correo electrónico o fax,sin perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.

b) Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el plazomás breve posible y para evitar la repetición del incidente.

En particular, en caso de desaparición, pérdida o escape de residuos, el titular de la ins-talación industrial deberá, además, adoptar las medidas necesarias para la recuperacióny correcta gestión del residuo.

El titular de la instalación industrial dispondrá de un plan específico de actuaciones y me-didas para situaciones de emergencias por funcionamiento con posibles repercusiones enla calidad del medio ambiente.

Paradas temporales y cierre:

2. En el caso de paralización definitiva de la actividad o de paralización temporal por plazo su-perior a dos años, el titular de la AAU deberá entregar todos los residuos existentes en lainstalación industrial a un gestor autorizado conforme a la Ley 22/2011, de 28 de julio; ydejar la instalación industrial en condiciones adecuadas de higiene medio ambiental.

- j - Prescripciones finales

1. La AAU objeto de la presente resolución tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de loestablecido en los artículos 59 y 61 de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y ca-lidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y 30 y 31 del Reglamentode autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura,aprobado por el Decreto 81/2011, de 20 de mayo.

Al respecto de la necesidad de renovar la autorización de gestión de residuos que se in-cluye en esta AAU, se indica que esta autorización tendrá una vigencia de ocho años, pa-sada la cual se renovará por períodos sucesivos, de conformidad con el artículo 27 de laLey 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.

2. Se dispondrá de una copia de la presente resolución en el mismo centro a disposición delos agentes de la autoridad que lo requieran.

3. El incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que irá deleve a grave, según el artículo 153 de la Ley 5/2010, de prevención y calidad ambientalde la Comunidad Autónoma de Extremadura, sancionable con multas de hasta 200.000euros.

4. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer el intere-sado recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural,Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel enque se lleve a efecto su notificación, o ser impugnada directamente ante el orden juris-diccional contencioso-administrativo.

Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administra-tivo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.

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Page 222: DISPOSICIONES GENERALES I

No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expre-samente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición inter-puesto.

Mérida a 9 de octubre de 2013.

El Director General De Medio AmbientePD (Resolución de 8 de agosto de 2011 del Consejero,

DOE n.º 162 de 23 de agosto),ENRIQUE JULIÁN FUENTES

A N E X O I

RESUMEN DEL PROYECTO

Actividad: El proyecto describe la recogida, transporte, almacenamiento, tratamiento y valo-rización de los aceites y grasas de origen vegetal con código LER 20 01 25. La capacidad detratamiento es de 1943,97 t/año.

— Recogida y transporte: Desde los centros en donde se generan los residuos se procede ala evacuación y transporte del aceite vegetal usado hasta la planta de tratamiento en ve-hículos estancos y cubiertos.

— Tratamiento: Mediante procesos físicos de separación y calentamiento, se va separando lafase sólida del residuo para proceder a la limpieza y reciclaje del aceite. Dicha separaciónse hace en diferentes fases mediante procesos de filtrado, calentamiento y decantación.Una vez limpio el aceite se almacena en depósitos para su posterior venta a clientes.

— Limpieza y desinfección de bidones y contenedores. Los operarios de la planta procedena la limpieza y desinfección de los bidones y contenedores que llegan con el residuo re-cogido para dejarlos listos para su entrega. La limpieza y desinfección se realiza en la zo-na sucia con productos desengrasantes biodegradables y utilizando agua caliente sanita-ria para su desinfección. Dichos bidones y contenedores, una vez limpios e higienizados,son almacenados hasta su nuevo uso.

Ubicación: La actividad se ubica en el Polígono Industrial “El Prado”, c/ Granada, parcela R-56, nave 2 de Mérida (Badajoz).

Infraestructuras y equipos:

— Zona de oficinas donde se desempeñan los trabajos de administración de 51 m2.

— Zona de descarga de aceite vegetal usado desde los bidones y contenedores al aljibe de226,8 m2.

• Aljibe de 18 m3 de acero inoxidable estanco con serpentines para su calentamiento.

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Page 223: DISPOSICIONES GENERALES I

— Zona de trasiego desde aljibe a decantadores a tanque de almacenamiento de 35,10 m2.

• 2 decantadores cónicos con capacidad de 7,9 m3 de acero inoxidable con serpentín pa-ra su calentamiento.

• 1 decantador de reserva con capacidad de 7,9 m3 de acero inoxidable con serpentínpara su calentamiento.

— Zona limpia de almacenamiento de aceite vegetal reciclado de 45 m2.

• 2 tanques cónicos de 45.000 litros de acero inoxidable con serpentín para su calenta-miento instalados en un cubeto estando con una capacidad de 42,8 m3 cada uno.

— Zona de trasiego desde tanques de almacenamiento a carga de vehículos cisterna a tra-vés de red de tuberías aéreas.

— Zona de almacenamiento de combustible con cubetos estancos de 8,64 m2.

• Tanque de gasóleo de 2.000 litros.

— Zona de lavado de bidones y contenedores de 60 m2.

• Separador de grasas de 3 cuerpos conteniendo vasos comunicantes y donde se separanlas aguas jabonosos contenidas en el agua residual, así como las fracciones de residuossólidos, vertiéndose sólo a la red de saneamiento municipal las agua ya tratadas.

— Zona de limpieza de vehículos de 50 m2.

— Sala de calderas para ACS de 19,70 m2.

• Caldera de agua caliente de 90.000 Kcal/h.

— Laboratorio de 18,7 m2.

— Almacén de bidones de 35,85 m2.

— Almacén de contenedores de 14,6 m2.

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Page 224: DISPOSICIONES GENERALES I

• • •

A N E X O I I

PLANO DE LA INSTALACIÓN

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Page 225: DISPOSICIONES GENERALES I

RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2013, de la Dirección General de Industriay Energía, sobre autorización administrativa de las infraestructuras deevacuación asociadas a varias instalaciones de producción de energía eléctrica,en el término municipal de Alburquerque. Expte.: GE-M/172/11. (2013061798)

Visto el expediente instruido en esta Dirección General, en relación a la solicitud de autoriza-ción administrativa de las infraestructuras de evacuación asociadas a varias instalaciones deproducción de energía eléctrica, sitas en el término municipal de Alburquerque (Badajoz), ex-pediente GE-M/172/11, se exponen los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de registro de entrada en la Junta de Extremadura de 27 de septiembrede 2011, D. Juan Carlos Sirviente Rodrigo, en nombre y representación de Naturener Solar,SAU, solicitó autorización administrativa de la instalación de referencia.

Segundo. Con fecha 1 de septiembre de 2012 finalizó el tramite de información pública de lasolicitud de autorización administrativa y estudio de impacto ambiental de la instalación dereferencia, no habiéndose recibido alegaciones durante el periodo de exposición.

Tercero. Con fecha 28 de agosto de 2013 la Dirección General de Medio Ambiente emite re-solución por la que se formula declaración de impacto ambiental de la citada instalación, conresultado compatible y viable.

Cuarto. Con fecha de registro de entrada en la Junta de Extremadura de 16 de julio de 2013,D. Juan Carlos Sirviente Rodrigo, en nombre y representación de Naturener Solar, SAU, com-pletó la documentación necesaria para la obtención de la autorización administrativa de la ins-talación de referencia.

Quinto. De conformidad con lo establecido en el RD 1955/2000, de 1 de diciembre, se diotraslado de las separatas correspondientes, a las distintas administraciones, organismos o em-presas de servicio público o de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo,no habiendo manifestado oposición alguna a las consultas realizadas, siendo, asimismo, acep-tados por el promotor los informes y condicionados técnicos emitidos por los mismos.

A estos antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Primero. La Dirección General de Industria y Energía, es el órgano competente para la auto-rización administrativa de instalaciones eléctricas, de conformidad con lo establecido en la Ley54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de di-ciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y en virtuddel Decreto 184/2013, de 8 de octubre, por el que se modifica el Decreto 209/2011, de 5 deagosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía; vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,así como demás legislación aplicable.

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Page 226: DISPOSICIONES GENERALES I

Segundo. Una vez analizada la documentación presentada y cumplidos los trámites regla-mentarios establecidos en el Capítulo II, del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 dediciembre, así como lo dispuesto en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico,esta Dirección General,

R E S U E L V E :

Emitir la autorización administrativa, a favor de Naturener Solar, SAU, de la instalación cuyascaracterísticas principales son las que a continuación se indican:

Datos del proyecto:

Promotor: Naturener Solar, SAU, con sede social en c/ Nuñez de Balboa, 120, 7.ª planta, CP28006 de Madrid, y CIF: A-84959329.

Características: las infraestructuras de evacuación se componen de las siguientes instala-ciones:

— Subestación transformadora colectora 220/66/45 kV “ST Alburquerque”, ubicada en la par-cela 5 del polígono 89, del término municipal de Alburquerque (Badajoz), compuesta por:

• Sistema de 220 kV de conexión, en configuración doble barra con siete posiciones: cua-tro posiciones de línea, dos posiciones de transformador, y una posición de enlace debarras.

• Sistema de 220 kV de enlace a subestación de 66 kV, en configuración simple barracon cinco posiciones de transformador.

• Sistema de 220 kV de enlace a subestación de 45 kV, en configuración simple barracon cinco posiciones de transformador.

• Cinco transformadores de 150 MVA y relación nominal 220 (17 escalones) / 66 / 13,8kV, conexión YNyn0d11, con regulación en carga.

• Cinco transformadores de 100 MVA y relación nominal 220 (17 escalones) / 45 / 15,8kV, conexión YNyn0d11, con regulación en carga.

• Sistema de 66 kV de simple barra partida con diecisiete posiciones previstas para lossiguientes circuitos: diez posiciones de línea, cinco posiciones de transformador de po-tencia, dos posiciones de servicios auxiliares, quince transformadores de tensión in-ductivos en barras y cuatro seccionadores giratorios de partición de barras.

• Sistema de 45 kV compuesto de cinco conjuntos de celdas 45 kV con esquema de sim-ple barra, tipo interior, en celdas blindadas de aislamiento en SF6.

• Equipos de control y servicios auxiliares compuesto por un edificio de control de 220kV, un edificio de control de 66 kV y un edificio de control y celdas de 45 kV.

— Línea eléctrica de alta tensión y de simple circuito con dos conductores por fase (dúplex)de 220 kV, de 66 km de longitud aproximada, con origen en la subestación transforma-dora colectora 220/66/45 kV “ST Alburquerque”, sita en la parcela 5, del polígono 89, del

25794NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 227: DISPOSICIONES GENERALES I

término municipal de Alburquerque (Badajoz), y final en la subestación eléctrica de inter-conexión 400/220 kV “ST Carmonita Renovables” sita en la parcela 6 del polígono 10 deltérmino municipal de Mérida (Badajoz). La línea discurrirá por los términos municipalesde Cordobilla de Lácara (Badajoz), Mérida (Badajoz), La Nava de Santiago (Badajoz), LaRoca de la Sierra (Badajoz) y Badajoz (Badajoz), atravesando las parecelas y polígonosque se relacionan a continuación:

• Término municipal de Albulquerque: polígono 89, parcela 4, 5, 9004, polígono 92, par-cela 8, 12, 15, 16, 17, 21, 33, 34, 36, 37, 9001, 9002, polígono 93, parcela 49, 9002,polígono 96, parcela 9006, polígono 97, parcela 6, 7, 8, 9, 9006, 9007, polígono 101,parcela 4, 21, 22, 9001, 9002.

• Término municipal de Badajoz: polígono 502, parcela 4, 9001, 9002, polígono 503, par-cela 3, 6, 20, 9001, 9005, polígono 505, parcela 9001, 9002, polígono 509, parcela 4,5, 9002, 9004, polígono 510, parcela 9002, 9005, polígono 534, parcela 5, 9002, 9003,9004, polígono 535, parcela 2, 9003, polígono 661, parcela 9002, 9008, polígono 663,parcela 9002, 9004, 9005, polígono 665, parcela 5, 11, 9001, 9002, 9003, 9006, po-lígono 666, parcela 2, 5, 8, 9002, 9004, polígono 742, parcela 9002, 9005.

• Término municipal de Cordobilla de Lácara: polígono 6, parcela 923, 924, 925, 926,927, 928, 930, 931, 1124, 1125, 1127, 1128, 1129, 1130, 1163, 1164, 1165, 1217,1218, 1219, 1234, 1238, 1239, 1240, 1266, 1289, 1321, 1322, 1323, 1352, 1353,1354, 1362, 1365, 1367, 9001, 9005, 9008, 9010, 9015, 9017, 9019, 9020, polígono7, parcela 207, 208, 209, 210, 211, 259, 260, 262, 263, 264, 265, 266, 267, 268, 270,314, 323, 324, 336, 338, 396, 415, 416, 421, 426, 459, 477, 478, 9005, 9007, 9008,9010.

• Término municipal de La Nava de Santiago: polígono 2, parcela 528, 529, 531, 532,579, 827, 900, 910, 911, 912, 913, 915, 916, 917, 918, 920, 923, 926, 927, 928, 932,1013, 1014, 1015, 1016, 1017, 1022, 1067, 1086, 1097, 1098, 1099, 9003, 9008,9009, polígono 3, parcela 166, 167, 170, 171, 173, 384, 390, 510, 545, 546, 9001,9004, polígono 11, parcela 2, 21, 9001, 9003, 9004, polígono 12, parcela 32, 9507,polígono 14, parcela 156, 176, 183, 194, 261, 263, 264, 266, 267, 9001, polígono 15,parcela 2, 3, 4, 99, 100, 101, 102, 106, 109, 110, 113, 114, 115, 120, 122, 123, 127,130, 131, 134, 135, 138, 139, 142, 143, 148, 149, 154, 158, 162, 163, 167, 170, 171,174, 178, 180, 240, 338, 9006.

• Término municipal de La Roca de la Sierra: polígono 10, parcela 9001, 9013, polígono11, parcela 12, 9008, 9010, 9014, 9017, polígono 12, parcela 89, 91, 92, 97, 104, 105,106, 109, 297, 301, 9003, 9012, polígono 13, parcela 3, 4, 6, 7, 10, 11, 13, 208, 9001,9004, polígono 14, parcela 60, 71, 72, 74, 75, 83, 84, 85, 86, 87, 89, 116, 162, 210,224, 9013, polígono 20, parcela 12, 14, 21, 22, 24, 60, 65, 9004, 9005, 9011, polí-gono 998, parcela 44.

• Término municipal de Mérida: polígono 8, parcela, polígono 10, parcela 6, 12, 18, 9001,polígono 111, parcela 2.

— Subestación eléctrica de interconexión 400/220 kV, “ST Carmonita Renovables”, ubicadaen la parcela 6 del polígono 10, del término municipal de Mérida (Badajoz), compuesta por:

25795NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 228: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25796

• Sistema de 400 kV compuesto por una posición de línea.

• Sistema de 220 kV de conexión, en configuración doble barra con cuatro posiciones:dos posiciones de línea, una posición de transformador, y una posición de enlace debarras.

• Tres transformadores monofásicos de 210/210/40 MVA y relación nominal 400 (21 es-calones)/220/33 kV, conexión YNyn0d11, YNd11, YNd11 con regulación en carga.

• Transformador de servicios auxiliares de 250 kVA, relación 33 kV/0,420 - 0,242 kV.

• Edificio de equipos de control y servicios auxiliares.

Finalidad de la instalación: Evacuación de la energía eléctrica generada por varias instalacio-nes de producción.

Presupuesto: 33.155.050 €.

Esta instalación no podrá entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de lamisma con el Acta de Puesta en Servicio, previo cumplimiento de los trámites que se seña-lan en el artículo 132 del mencionado RD 1955/2000, de 1 de diciembre.

La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos par-ticulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia mu-nicipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las instalaciones.

En el plazo de seis meses, a partir del otorgamiento de la presente autorización, el peticio-nario o el titular de la misma, deberá solicitar la autorización del proyecto de ejecución, pro-duciéndose, en caso contrario, la caducidad del mismo, y todo ello de conformidad con el ar-tículo 128.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan lasactividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de au-torización de instalaciones de energía eléctrica.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interpo-nerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, MedioAmbiente y Energía de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mesa contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidadcon el artículo 115 de dicha norma legal.

Mérida, a 10 de octubre de 2013.

El Director General de Industria y Energía,JUAN JOSÉ CARDESA CABRERA

Page 229: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25797

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2013, de la Consejera, por la que se hacepública la composición de la Comisión de Valoración de la convocatoria deayudas para el desarrollo de módulos obligatorios de programas decualificación profesional inicial en la modalidad de talleres profesionales duranteel curso 2013/2014 y de talleres específicos durante los cursos 2013/2014 y2014/2015, en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2013061819)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden de 8 de octubre de 2013, dela Consejería de Educación y Cultura, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo demódulos obligatorios de programas de cualificación profesional inicial en las modalidades detalleres profesionales durante el curso 2013/2014 y talleres específicos durante los cursos2013/2014 y 2014/2015, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE n.º 197, de 11de octubre).

R E S U E L V O :

Nombrar miembros de la Comisión de Valoración de la convocatoria de ayudas para el desa-rrollo de módulos obligatorios de programas de cualificación profesional inicial en la modali-dad de talleres profesionales durante el curso 2013/2014 y talleres específicos durante loscursos 2013/2014 y 2014/2015, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a:

Presidente: Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Hierro Hierro, Director General de Formación Profe -sio nal y Universidad.

Vocales: D. Miguel Javier Arce Cordón, Asesor Técnico Docente de la Dirección General de For -mación Profesional y Universidad.

D.ª M.ª Ángeles Moreno de la Peña, Asesora Técnico Docente de la Dirección General de For -mación Profesional y Universidad.

D.ª Ana Isabel López Masa, Titular de la Sección de Educación de Personas Adultas y a Dis -tancia.

Secretaria: D.ª Josefina Rubio Merchán, Funcionaria de la Dirección General de FormaciónProfesional y Universidad.

Mérida, a 18 de octubre de 2013.

La Consejera de Educación y Cultura,TRINIDAD NOGALES BASARRATE

Page 230: DISPOSICIONES GENERALES I

ANUNCIOSV

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN

ANUNCIO de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de acuerdo deiniciación y pliego de cargos en expedientes sancionadores en materia decomercio. (2013083733)

No habiendo sido posible practicar en los domicilios de los destinatarios que se relacionan lanotificación del acuerdo de inicio y pliego de cargos de los expedientes sancionadores que acontinuación se especifican, se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura,de una somera indicación de su contenido, al apreciarse que la publicación íntegra de los mis-mos podría lesionar derechos o intereses legítimos, y ello de conformidad con lo dispuesto enlos artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Denunciado: D. Diego Vázquez Vargas.

Último domicilio conocido: C/ Hierbabuena n.º 11 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).

Expediente n.º: CI 97/13 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.

Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: artículo 14.3.

Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autó -noma de Extremadura: Artículo 48.o).

Sanción: Dos mil quinientos euros (2.500,00 €).

Órgano instructor: El Asesor Jurídico Francisco Javier Ordiales Bonilla.

Denunciado: Pan 41, SL.

Último domicilio conocido: C/ Badajoz n.º 10 n.º 11 de Castuera (Badajoz).

Expediente n.º: CI 107/13 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.

Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.

Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autó -noma de Extremadura: artículo 47.j).

Sanción: Doscientos euros (200,00 €).

Órgano instructor: El Asesor Jurídico Francisco Javier Ordiales Bonilla.

25798NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 231: DISPOSICIONES GENERALES I

Denunciado: Pan 41, SL.

Último domicilio conocido: C/ Badajoz n.º 10 n.º 11 de Castuera (Badajoz).

Expediente n.º: CI 108/13 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.

Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.

Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la ComunidadAutónoma de Extremadura: artículo 47.j)

Sanción: Doscientos euros (200,00 €).

Órgano instructor: El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.

Denunciado: Pan 41, SL.

Último domicilio conocido: C/ Badajoz n.º 10 n.º 11 de Castuera (Badajoz).

Expediente n.º: CI 109/13 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.

Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.

Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la ComunidadAutónoma de Extremadura: artículo 47.j).

Sanción: Doscientos euros (200 €).

Órgano instructor: El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.

Se pone en conocimiento de los interesados que pueden comparecer, en el plazo de diez díashábiles a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio, en las oficinas de laDirección General de Ordenación Industrial y Comercio, Servicio de Comercio, ubicadas en elPaseo de Roma s/n., Módulo A planta 3.ª de Mérida, a fin de notificarle el acuerdo de inicio ypliego de cargos de referencia.

Se advierte a los interesados, que transcurrido dicho plazo de diez días sin que hayan com-parecido para ser notificados de forma expresa, la notificación se entenderá producida, sur-tiendo sus efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado al efecto.

Notificado el acuerdo de inicio y pliego de cargos, de conformidad con lo dispuesto en el ar-tículo 10 del Decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre pro-cedimientos sancionadores seguidos por la Comunidad Autónoma de Extremadura, se les con-cede el plazo de 10 días para que presente alegaciones y aporte datos, documentos u otroselementos de juicio que considere pertinentes, así como para que propongan las pruebas queestimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Mérida, a 2 de octubre de 2013. La Jefa de Servicio de Comercio, ROCÍO ESTEBAN CORCHERO.

• • •

25799NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 232: DISPOSICIONES GENERALES I

ANUNCIO de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de resolución enexpedientes sancionadores en materia de comercio. (2013083734)

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de los destinatarios que se relacionan la no-tificación de la resolución de los expedientes sancionadores que a continuación se especifican,se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de una somera indicación desu contenido, al apreciarse que la publicación íntegra de los mismos podría lesionar derechoso intereses legítimos, y ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

Denunciado: D. Diego Vázquez Vargas.

Último domicilio conocido: C/ Hierbabuena n.º 11 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).

Expediente n.º: CI 59/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.

Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.

Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la ComunidadAutónoma de Extremadura: Artículo 48.o).

Sanción: Mil doscientos euros (1.200 €).

Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.

Denunciado: D. Diego Vázquez Vargas.

Último domicilio conocido: C/ Hierbabuena n.º 11 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).

Expediente n.º: CI 100/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.

Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.

Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la ComunidadAutónoma de Extremadura: Artículo 48.o).

Sanción: Dos mil quinientos euros (2.500 €).

Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.

Denunciado: D. Marcelino Pardo Montaño.

Último domicilio conocido: C/ Cortes de Cádiz n.º 1 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).

Expediente n.º: CI 105/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.

Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.

Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autó -noma de Extremadura: Artículo 47.j).

25800NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 233: DISPOSICIONES GENERALES I

Sanción: Doscientos euros (200 €).

Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.

Denunciado: D. Juan Carlos Parejo Márquez.

Último domicilio conocido: Ctra. de la corte n.º 18, bl. C 4.º I de Badajoz.

Expediente n.º: CI 110/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.

Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.

Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autó -no ma de Extremadura: artículo 47.j).

Sanción: Doscientos euros (200 €).

Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.

Denunciado: D. Juan Navarro Montaño.

Último domicilio conocido: C/ Hernán Cortés n.º 16 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).

Expediente n.º: CI 114/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.

Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.

Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autó -noma de Extremadura: artículo 47.j).

Sanción: Doscientos euros (200 €).

Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.

Denunciado: D. Clemente Vázquez Vargas.

Último domicilio conocido: C/ Hierbabuena n.º 11 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).

Expediente n.º: CI 137/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.

Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.

Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autó -no ma de Extremadura: Artículo 48.o).

Sanción: Mil doscientos euros (1.200 €).

Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.

Denunciado: D. Silverio Silva Vargas.

Último domicilio conocido: C/ Arlabán n.º 7 de Navalmoral de la Mata (Cáceres).

25801NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 234: DISPOSICIONES GENERALES I

Expediente n.º: CI 113/12 seguido por los siguientes hechos: Ejercer la venta ambulante sinautorización municipal.

Normativa infringida: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma deExtremadura: Artículo 14.3.

Tipificación de la infracción: Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la ComunidadAutónoma de Extremadura: artículo 47.j).

Sanción: Trescientos euros (300 €).

Órgano instructor. El Asesor Jurídico. Francisco Javier Ordiales Bonilla.

Se pone en conocimiento de los interesados que pueden comparecer, en el plazo de diezdías hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio, en las oficinasde la Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio, Servicio de Comercio, ubicadasen el Paseo de Roma, s/n., Módulo A planta 3.ª de Mérida, a fin de notificarle la resolución dereferencia.

Se advierte a los interesados, que transcurrido dicho plazo de diez días sin que hayan com-parecido para ser notificados de forma expresa, la notificación se entenderá producida, sur-tiendo sus efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado al efecto.

Notificada la resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer recurso de al-zada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante el órganosuperior jerárquico, a tenor de lo dispuesto en los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, así como en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 defebrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Mérida, a 2 de octubre de 2013. La Jefa de Servicio de Comercio, ROCÍO ESTEBAN CORCHERO.

• • •

ANUNCIO de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de resolución delprocedimiento de reintegro de subvención en expedientes relativos a ayudaspara el fomento y apoyo de la actividad comercial en la ComunidadAutónoma de Extremadura. (2013083735)

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de los destinatarios que se relacionan la no-tificación de la resolución del procedimiento de reintegro de subvención, que a continuaciónse específica, se procede a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de una some-ra indicación de su contenido, al apreciarse que la publicación íntegra de los mismos podríalesionar derechos o intereses legítimos, y ello de conformidad con lo dispuesto en los artícu-los 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi nis -traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

25802NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 235: DISPOSICIONES GENERALES I

Empresa: Delicáceres, SL.

Último domicilio conocido: C/ Amberes n.º 7, local bajo de Cáceres.

Expediente n.º: EC-10-10-0010-CE.

Asunto: Resolución del procedimiento de reintegro de subvención concedida al amparo delDecre to 38/2007, de 6 de marzo, de fomento y apoyo de la actividad comercial en la Comu -nidad Autónoma de Extremadura.

Empresa: Videoventas, SC.

Último domicilio conocido: C/ Enríquez Sánchez de León n.º 12, 1.º C de Badajoz.

Expediente n.º: EC-06-10-0012-CE.

Asunto: Resolución del procedimiento de reintegro de subvención concedida al amparo delDecreto 38/2007, de 6 de marzo, de fomento y apoyo de la actividad comercial en la Comu -ni dad Autónoma de Extremadura.

Se pone en conocimiento de los interesados que pueden comparecer, en el plazo de diez dí-as hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio, en las oficinas dela Dirección General de Ordenación Industrial y Comercio, Servicio de Comercio, ubicadas enel Paseo de Roma, s/n., Módulo A planta 3.ª de Mérida, a fin de notificarles la resolución delprocedimiento de reintegro de subvención de referencia.

Se advierte a los interesados, que transcurrido dicho plazo de diez días sin que hayan com-parecido para ser notificados de forma expresa, la notificación se entenderá producida, sur-tiendo sus efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado al efecto.

Notificada la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestati-vamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente a la recepción de la presente resolución, o ser impugnados di-rectamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo a tenor de lo establecidoen los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada porla Ley 4/1999, de 13 de enero, teniendo en cuenta que contra la resolución de un recurso dereposición no cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el recurso extraordinario de re-visión, en los supuestos y en los plazos que señala el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre y de la posibilidad de ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen proce-dente.

Mérida, a 2 de octubre de 2013. La Jefa de Servicio de Comercio, ROCÍO ESTEBAN CORCHERO.

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25803NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 236: DISPOSICIONES GENERALES I

ANUNCIO de 2 de octubre de 2013 sobre notificación de resolución de laUnidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajoz en el expedienten.º 06/0140/13. (2013083730)

Intentada sin efecto la notificación y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común, se inserta una somera indicación de su contenidomediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y asimismose remite al Ayuntamiento de Mérida para su exposición en el tablón de edictos.

Expte. n.º: 06/0140/13.

Acta n.º: I62013000040747(O).

Empresa: Macías Vázquez, José.

CIF: 09165479W.

Domicilio: C/ Santa Ramona-Bda. San Juan.

Localidad: Mérida.

Acto que se notifica: Resolución de la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajoz.

Sanción: 626 € (Seiscientos veintiséis euros).

Se pone en conocimiento del interesado que puede comparecer, en el plazo de diez días há-biles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente resolución, en la sede de es-ta dependencia administrativa de la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Badajozde la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, sita en la avda. de Huelva, núm. 6 deBadajoz, a fin de notificarle la resolución de referencia.

Se advierte al interesado, que transcurrido dicho plazo de diez días sin que haya compareci-do para ser notificado de forma expresa, la notificación se entenderá producida, surtiendo susefectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado al efecto.

Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General deTrabajo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de dicha re-solución, y en caso de no comparecer en el plazo establecido en esta publicación, desde el díasiguiente al vencimiento de dicho plazo, conforme a los arts. 107.1, 114.1 y 115.1 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que puede ejercitarse cualquier otro quese estime procedente.

Badajoz, a 2 de octubre de 2013. El Jefe de Servicio de Trabajo y Sanciones, PD (Resoluciónde 01-06-2012, DOE. Num. 111, de 11 de junio), El Jefe de Sección de la UMAC, JUAN JOSÉRICO LOMBARDO.

25804NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 237: DISPOSICIONES GENERALES I

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ANUNCIO de 14 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientessancionadores en materia de espectáculos públicos y taurinos. (2013083731)

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de sus destinatarios la notificación de la do-cumentación que se especifica en el Anexo, se procede a su publicación en el Diario Oficial deExtremadura, de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero dándole publicidad al mismo.

Badajoz, a 14 de octubre de 2013. La Jefa de Sección de Autorizaciones Administrativas,CONSOLACIÓN ALONSO PULIDO.

A N E X O

EXPEDIENTE: SEPB-00005/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Antonio Gómez Bonilla NIF 2.241.278-C.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Avda. Cánovas 62- 1.º E.

LOCALIDAD: 06400 Don Benito (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 300,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

25805NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 238: DISPOSICIONES GENERALES I

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00039/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Jesús Guillermo Martínez Carretero NIF: 80.078.452-L.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: c/ Constitución 12.

LOCALIDAD: 06170 La Albuera (Badajoz).

HECHOS: Omisión de datos o comunicaciones obligatorio dentro de los plazos establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.f) y 81.17 respectivamente.

SANCIÓN: 150,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ÓRGANO QUE RESUELVE: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de laJunta de Extremadura.

RECURSOS QUE PROCEDEN, ÓRGANO ANTE EL QUE HA DE INTERPONERSE Y PLAZO DEINTERPOSICIÓN DEL MISMO: Recurso de alzada ante el órgano competente para resolverlo(Ilma. Secretaria General de la Consejería de Administración Pública) o ante el órgano que hadictado acto objeto de impugnación (Director General de Administración Local, Justicia eInterior), en el plazo de 1 mes contado a partir del día siguiente de publicación de la presen-te Resolución en el Diario Oficial de Extremadura.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

25806NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 239: DISPOSICIONES GENERALES I

EXPEDIENTE: SEPB-00109/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Manuel Torres David NIF: 8.863.450-D.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Gonzalo Murillo García, 2 - 1.º B.

LOCALIDAD: 06011 Badajoz.

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve

ARTÍCULO: 26 e) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 300,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00110/13

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO José Diego Román Gutiérrez NIF: 8.854.172-T.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Castillo de Alconchel, 26-5 Bajo C.

LOCALIDAD: 06006 Badajoz.

HECHOS: Exceso en los límites de la autorización.

CALIFICACIÓN: Grave.

25807NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 240: DISPOSICIONES GENERALES I

ARTÍCULO: 23.e) y 81.2 respectivamente.

SANCIÓN: 400,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00119/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Sharton Eli Anticona Sánchez NIF: X1063288K.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Puerto de Tarancón 22 1.º A.

LOCALIDAD: 28038 Madrid.

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN Leve.

ARTÍCULO 26.e) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN 240,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR Consolación Alonso Pulido.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

25808NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 241: DISPOSICIONES GENERALES I

Común, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00124/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Juan Mellado Sánchez NIF: 76.214.980-H.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Abajo, 2.

LOCALIDAD: 06450 Quintana de la Serena (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 150,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ÓRGANO QUE RESUELVE: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de laJunta de Extremadura.

RECURSOS QUE PROCEDEN, ÓRGANO ANTE EL QUE HA DE INTERPONERSE Y PLAZO DEINTERPOSICIÓN DEL MISMO: Recurso de alzada ante el órgano competente para resolverlo(Ilma. Secretaria General de la Consejería de Administración Pública) o ante el órgano que hadictado acto objeto de impugnación (Director General de Administración Local, Justicia eInterior), en el plazo de 1 mes contado a partir del día siguiente de publicación de la presen-te Resolución en el Diario Oficial de Extremadura.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

25809NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 242: DISPOSICIONES GENERALES I

EXPEDIENTE: SEPB-00137/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Borja García-Cancho Sánchez NIF: 80.084.451-S.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Parque de las Cañadas, 93 portal 2 bajo A.

LOCALIDAD: 06010 Badajoz.

HECHOS: Exceso en los límites de la autorización.

CALIFICACIÓN: Grave.

ARTÍCULO: 23.e) y 81.2 respectivamente.

SANCIÓN: 320,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ÓRGANO QUE RESUELVE: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de laJunta de Extremadura.

RECURSOS QUE PROCEDEN, ÓRGANO ANTE EL QUE HA DE INTERPONERSE Y PLAZO DEINTERPOSICIÓN DEL MISMO: Recurso de alzada ante el órgano competente para resolverlo(Ilma. Secretaria General de la Consejería de Administración Pública) o ante el órgano que hadictado acto objeto de impugnación (Director General de Administración Local, Justicia eInterior), en el plazo de 1 mes contado a partir del día siguiente de publicación de la presen-te Resolución en el Diario Oficial de Extremadura.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00140/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Víctor Pérez Frade de Peralta NIF: 8.865.657-P.

25810NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 243: DISPOSICIONES GENERALES I

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Plaza de los Alféreces, 6 1.º D.

LOCALIDAD: 06004 Badajoz.

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 240,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ÓRGANO QUE RESUELVE: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de laJunta de Extremadura.

RECURSOS QUE PROCEDEN, ÓRGANO ANTE EL QUE HA DE INTERPONERSE Y PLAZO DEINTERPOSICIÓN DEL MISMO: Recurso de alzada ante el órgano competente para resolverlo(Ilma. Secretaria General de la Consejería de Administración Pública) o ante el órgano que hadictado acto objeto de impugnación (Director General de Administración Local, Justicia eInterior), en el plazo de 1 mes contado a partir del día siguiente de publicación de la presen-te Resolución en el Diario Oficial de Extremadura.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00146/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: ELEHACHE, SC. NIF: J06591218.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ San Blas, 14.

LOCALIDAD: 06002 Badajoz.

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 270,00 euros.

25811NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 244: DISPOSICIONES GENERALES I

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00147/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Ángel González Núñez NIF: 76.224.862-X.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Badajoz, 13 1.º.

LOCALIDAD: 06420 Castuera.

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente

SANCIÓN: 150,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-

25812NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 245: DISPOSICIONES GENERALES I

rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00154/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Alejandro Sánchez De Vicente NIF: 8.835.387-Y

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Ntra. Sra. De Guadalupe 27 P-2 D

LOCALIDAD: 06010 Badajoz.

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 270,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

25813NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 246: DISPOSICIONES GENERALES I

EXPEDIENTE: SEPB-00156/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Manuel Torres David. NIF: 8.863.450-D.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Gonzalo Murillo García, 2-1.º B.

LOCALIDAD: 06011 Badajoz.

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 270,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00158/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Salvador Molina Navarro. NIF: 23.241.550-G.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ General Mola, 24

LOCALIDAD: 06008 Badajoz

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

25814NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 247: DISPOSICIONES GENERALES I

ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 240,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00167/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Juan Muñoz Gordillo NIF: 8.818.643-Y.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mimbrero, 16 A.

LOCALIDAD: 06010 Badajoz.

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 210,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

25815NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 248: DISPOSICIONES GENERALES I

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00170/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Manuel Torres David NIF: 8.863.450-D.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Gonzalo Murillo García, 2-1.º B.

LOCALIDAD: 06011 Badajoz.

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 300,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

• • •

25816NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 249: DISPOSICIONES GENERALES I

ANUNCIO de 16 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientessancionadores en materia de espectáculos públicos. (2013083732)

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de sus destinatarios la notificación de la do-cumentación que se especifica en el Anexo, se procede a su publicación en el Diario Oficial deExtremadura, de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero dándole publicidad al mismo.

Badajoz, a 16 de octubre de 2013. La Jefa de Sección de Autorizaciones Administrativas,CONSOLACIÓN ALONSO PULIDO.

A N E X O

EXPEDIENTE: SEPB-00174/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Manuel Torres David NIF: 8.863.450-D.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Gonzalo Murillo García, 2 1.º B.

LOCALIDAD: 06011 Badajoz.

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 270,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

25817NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 250: DISPOSICIONES GENERALES I

EXPEDIENTE: SEPB-00175/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley 2/2003,de 13 de marzo de laConvivencia y Ocio de Extremadura.

DENUNCIADO: Felipe García Flores NIF: 44.787.418-R.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Alzada, 13.

LOCALIDAD: 06220 Villafranca de los Barros (Badajoz).

HECHOS: Admisión de menores.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 10.1 y 24.1.

SANCIÓN: 180,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00179/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Maria Dolores Rodríguez Márquez NIF: 79.265.612-E.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Avda. Guadalupe 8.

LOCALIDAD: 06692 Helechosa de los Montes (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

25818NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 251: DISPOSICIONES GENERALES I

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 180,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00182/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Manuel Malabe Ambrosio NIF: 8.869.742-E.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Avda. Ricardo Carapeto Burgos, 1 4.º B.

LOCALIDAD: 060008 Badajoz.

HECHOS: Comisión de tercera infracción leve en el plazo de un año.

CALIFICACIÓN: Grave.

ARTÍCULO: 23 o) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 600,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

25819NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 252: DISPOSICIONES GENERALES I

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00190/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: David Muñoz Cabezas NIF: 80.093.753-W.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mimbrero, 14.

LOCALIDAD: 06010 Badajoz.

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e) y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 210,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVER: Director General de Administración Local, Justicia eInterior de la Junta de Extremadura.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Alegaciones del interesado y puesta demanifiesto del expediente durante un período de quince días.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

25820NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 253: DISPOSICIONES GENERALES I

EXPEDIENTE: SEPB-00215/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Francisco Javier Blanca Sánchez NIF: 33.971.804-E

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Miraflores, 15.

LOCALIDAD: 06360 Fuente del Maestre (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 180,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Francisco José Carrasco González.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00217/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCÓN CIF.: B-06157192.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.

LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

25821NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 254: DISPOSICIONES GENERALES I

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 210,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO Plazo de díez días para contestar al plie-go de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otros ele-mentos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebas queestimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00221/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Cristian David González NIF: 80.051.394-D.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ La Soledad, 4 A.

LOCALIDAD: 06001 Badajoz.

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 150,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

25822NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 255: DISPOSICIONES GENERALES I

Común, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00225/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: M.ª Guadalupe García Hurtado NIF 53.573.818-X

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Príncipe, 27.

LOCALIDAD: 06410 Santa Amalia (Badajoz).

HECHOS: Falta de adopción de las medidas de seguridad.

CALIFICACIÓN: Grave.

ARTÍCULO: 23.ñ) y 81.12 respectivamente.

SANCIÓN: 301,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

25823NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 256: DISPOSICIONES GENERALES I

EXPEDIENTE: SEPB-00231/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: David Muñoz Cabezas NIF 80.093.753-W.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mimbrero 14.

LOCALIDAD: 06010 Badajoz.

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 180,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00233/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Antonio Gómez Bonilla NIF 2.241.278-C.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Avda. Cánovas, 62 1.º E.

LOCALIDAD: 06400 Don Benito (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

25824NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 257: DISPOSICIONES GENERALES I

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 300,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00234/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Antonio Gómez Bonilla NIF 2.241.278-C.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Avda. Cánovas, 62 1.º E.

LOCALIDAD: 06400 Don Benito (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 300,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

25825NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 258: DISPOSICIONES GENERALES I

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00235/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Antonio Pizarro Seco de Herrera NIF 79.262.982-Z.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ San Emilio, 4.

LOCALIDAD: 06600 Cabeza del Buey (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 150,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

25826NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 259: DISPOSICIONES GENERALES I

EXPEDIENTE: SEPB-00240/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: Manuel Blázquez Pozo NIF 76.236.534-K.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Avda. de la Carrera, 9 1.º A.

LOCALIDAD: 06430 Zalamea de la Serena (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 270,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00244/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCON CIF. B-06157192.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.

LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

25827NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 260: DISPOSICIONES GENERALES I

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 300,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00245/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCON CIF. B-06157192.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.

LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 180,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

25828NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 261: DISPOSICIONES GENERALES I

Común, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00246/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCON CIF. B-06157192.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.

LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 300,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

25829NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 262: DISPOSICIONES GENERALES I

EXPEDIENTE: SEPB-00247/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCON CIF. B-06157192.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.

LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 180,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00248/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCON CIF. B-06157192.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.

LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

25830NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 263: DISPOSICIONES GENERALES I

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 270,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00249/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: GALLEGO Y ALCON CIF B-06157192.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ Mateo Guillén, 10.

LOCALIDAD: 06800 Mérida (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 240,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

25831NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 264: DISPOSICIONES GENERALES I

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

EXPEDIENTE: SEPB-00250/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: José Luis Cuevas García NIF 34.770.526-T.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: C/ San José 28.

LOCALIDAD: 06400 Don Benito (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN 210,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

25832NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 265: DISPOSICIONES GENERALES I

EXPEDIENTE: SEPB-00255/13.

DOCUMENTO QUE SE NOTIFICA: INCOACIÓN Y PLIEGO DE CARGOS.

ASUNTO: Expediente sancionador por Infr. Admva. de la Ley Orgánica 1/92, de 21 de febre-ro, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana y el Rgto. Gral. de Policía de EspectáculosPúblicos y Actividades Recreativas aprobado por RD 2816/82, de 27 de agosto.

DENUNCIADO: José Luis Calurano Bazo NIF 8891.868-E.

ÚLTIMO DOMICILIO CONOCIDO: Parque Infantil 44.

LOCALIDAD: 06227 Llera (Badajoz).

HECHOS: Exceso en los horarios establecidos.

CALIFICACIÓN: Leve.

ARTÍCULO: 26.e y 81.35 respectivamente.

SANCIÓN: 300,00 euros.

ÓRGANO QUE INCOA: Director General de Administración Local, Justicia e Interior de la Juntade Extremadura.

INSTRUCTOR: Consolación Alonso Pulido.

ACTUACIONES QUE PROCEDEN POR EL INTERESADO: Plazo de diez días para contestar alpliego de cargos y para que aduzcan las alegaciones y aporten los datos, documentos u otroselementos de juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebasque estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Lo que de conformidad con los artículos 61 y 76.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica al apreciarse que la publicación íntegra de dicho acto podría lesionar de-rechos o intereses legítimos, pudiendo tomar conocimiento de su texto íntegro en las oficinasde las dependencias de la Unidad Territorial de la Junta de Extremadura en Badajoz, ubica-das en avda. de Huelva, n.º 2 -1.ª planta de Badajoz, en el plazo de 10 días contados a par-tir de la publicación del anuncio.

Se advierte al interesado que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se enten-derá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazoseñalado.

25833NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 266: DISPOSICIONES GENERALES I

• • •

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2013, de la Secretaría General, por la que sehace pública la formalización del contrato de servicio de “Cobertura de segurospersonales para la Junta de Extremadura”. Expte.: 13S0141CA018. (2013061782)

1. ENTIDAD ADJUDICATARIA:

a) Organismo: Consejería de Economía y Hacienda. Secretaría General. Servicio de Régi -men Jurídico y Contratación.

b) Número de expediente: 13S0141CA018.

c) Dirección del Perfil del contratante: https://contratacion.juntaextremadura.net.

2. OBJETO DEL CONTRATO:

a) Tipo de contrato: Administrativo de servicios.

b) Descripción del objeto: Servicio de cobertura de seguros personales para la Junta deExtremadura.

c) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: Diario Oficial deExtremadura n.º 114, de 14 de junio de 2013.

3. TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto con varios criterios de adjudicación.

4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.

Importe total: Doscientos cincuenta mil euros (250.000 €), IVA exento.

5. ADJUDICACIÓN:

a) Fecha: 28 de agosto de 2013.

b) Empresa adjudicataria: AXA Aurora Vida, SA, de Seguros y Reaseguros.

c) Importe de adjudicación: Ciento cuarenta y ocho mil trescientos veintinueve euros connoventa y dos céntimos. (148.329,92 €) IVA exento.

6. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:

Fecha de formalización del contrato: 20 de septiembre de 2013.

Mérida, a 15 de octubre de 2013. La Secretaria General, MARÍA GUARDIOLA MARTÍN

25834NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 267: DISPOSICIONES GENERALES I

RESOLUCIÓN de 28 de octubre de 2013, de la Secretaría General, por laque se acuerda la apertura del período de información pública mediantetrámite abreviado en relación con el proyecto de Orden por la que seaprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor real decoste de la obra nueva de determinados bienes inmuebles, radicados en laComunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la liquidación delImpuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos JurídicosDocumentados para los hechos imponibles que se devenguen en el año2014, se establecen las reglas para su aplicación y se publica lametodología para su obtención. (2013061836)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, delGobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, una vez elabo-rado el correspondiente Proyecto de Orden,

ACUERDO:

La apertura de un período de información pública por un plazo de 7 días hábiles, a contar des-de el siguiente al de la publicación de la presente Resolución, sometida a trámite abreviadoen razón a la necesidad de que la presente Orden entre en vigor el día 1 de enero de 2014,una vez cumplidos los trámites preceptivos para su aprobación. Así se abre este período deinformación pública con la finalidad de que cualquier persona física o jurídica pueda examinarel proyecto de Orden por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimarel valor real de coste de la obra nueva de determinados bienes inmuebles, radicados en laComunidad Autónoma de Extremadura, a efectos de la liquidación del Impuesto sobreTransmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para los hechos imponibles quese devenguen en el año 2014, se establecen las reglas para su aplicación y se publica la me-todología para su obtención, y formular en su caso, las alegaciones y sugerencias que estimeconvenientes.

El horario y lugar de exposición del Proyecto de Orden será de 10,00 horas a 14,00 horas,durante el cuál estará a disposición de los interesados en las dependencias de la SecretaríaGeneral de la Consejería de Economía y Hacienda, sita en Paseo de Roma, s/n., de Mérida,provincia de Badajoz.

Asimismo, el Proyecto de Orden estará a disposición de los interesados en la página web ins-titucional del Gobierno de Extremadura, a través de su dirección de Internet:http://ciudadano.gobex.es.

Mérida, a 28 de octubre de 2013. La Secretaria General, MARÍA GUARDIOLA MARTÍN.

• • •

25835NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 268: DISPOSICIONES GENERALES I

ANUNCIO de 31 de octubre de 2013 sobre notificación por comparecenciaen procedimiento de recaudación de multas. (2013083867)

En virtud de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, GeneralTributaria, no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a laAdministración y habiéndose realizado, al menos, los intentos de notificación exigidos por elcitado artículo, por el presente anuncio se cita a los interesados o representantes que se re-lacionan en el Anexo, para ser notificados por comparecencia de los actos administrativos de-rivados de los procedimientos que en el mismo se incluyen.

Los interesados o sus representantes deberán comparecer en el plazo máximo de 15 días na-turales, contados desde el día siguiente al de esta publicación, en horario de nueve a cator-ce horas, de lunes a viernes, en los lugares que en cada caso se señalan, al efecto de prac-ticarse las notificaciones pendientes en los procedimientos tramitados por los órganosrelacionados en el Anexo.

Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá pro-ducida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señala-do para comparecer.

Mérida, a 31 de octubre de 2013. La Directora General de Financiación Autonómica, BLANCAIRENE MONTERO GARCÍA.

25836NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 269: DISPOSICIONES GENERALES I

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Page 270: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25838

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Page 271: DISPOSICIONES GENERALES I

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Page 272: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25840

ANUNCIO de 31 de octubre de 2013 sobre citación a los obligados tributariosque se relacionan para ser notificados por comparecencia. (2013083868)

En virtud de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, GeneralTributaria, no siendo posible practicar la notificación por causas no imputables a la Admi nis -tración y habiéndose realizado, al menos, los intentos de notificación exigidos por el citadoartículo, por el presente anuncio se cita a los interesados o representantes que se relacionanen el Anexo, para ser notificados por comparecencia de los actos administrativos derivadosde los procedimientos que en el mismo se incluyen.

Los interesados o sus representantes deberán comparecer en el plazo máximo de 15 días na-turales, contados desde el día siguiente al de esta publicación, en horario de nueve a cator-ce horas, de lunes a viernes, en los lugares que en cada caso se señalan, al efecto de prac-ticarse las notificaciones pendientes en los procedimientos tramitados por los órganosrelacionados en el Anexo.

Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiera comparecido, la notificación se entenderá pro-ducida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señala-do para comparecer.

Mérida, a 31 de octubre de 2013. La Directora General de Financiación Autonómica, BLANCAIRENE MONTERO GARCÍA.

Page 273: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO I

NIF

NOMBRE

PROCEDIMIENTO

EXPEDIENTE

OFICINA GESTORA DIRECCIÓN MUNICIPIO

_____________________________________________________________________________________________________________________________________

08676636R RODRIGUEZ HURTADO, ROSA Mª Liq. Complemen. 2010 T 133 OL ALMENDRALEJO AVDA. SAN ANTONIO, 19 ALMENDRALEJO

25841NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 274: DISPOSICIONES GENERALES I

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Page 278: DISPOSICIONES GENERALES I

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25846NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 279: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25847

ANEXO IV

NIF

NOMBRE

PROCEDIMIENTO

EXPEDIENTE

OFICINA GESTORA DIRECCIÓN

MUNICIPIO

____________________________________________________________________________________________________________________________________________

B85751170 POLIGONO PUERTA EXTREMADURA Liquid. Complemen. 2010 T 598 NAVALMORAL MATA VERGARA 1, 1º NAVALMORAL MATA

B10366102 RUCEYSA RESIDENCIAL, S.L. Liquid. Complemen. 2012 T 327 NAVALMORAL MATA VERGARA 1, 1º NAVALMORAL MATA

76138087Z TIRADO MUÑOZ, IVAN Liquid. Complemen. 2011 T 1283 NAVALMORAL MATA VERGARA 1, 1º NAVALMORAL MATA

B85751170 POLIGONO PUERTA EXTREMADURA Liquid. Complemen. 2013 T 156 NAVALMORAL MATA VERGARA 1, 1º NAVALMORAL MATA

B10394732 VOUGUINHA, S.L. UNIPERSONAL Liquid. Complemen. 2012 T 1536 NAVALMORAL MATA VERGARA 1, 1º NAVALMORAL MATA

75980674J VEGA CURIEL, JULIO Liquid. Complemen. 2009 S 116 NAVALMORAL MATA VERGARA 1, 1º NAVALMORAL MATA

04152120E GONZALEZ MARTIN, Mª ANGELES Trámite Audiencia 2011 T 1563 NAVALMORAL MATA VERGARA 1, 1º NAVALMORAL MATA

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Page 280: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25848

ANEXO VI

NIF

NOMBRE

PROCEDIMIENTO

EXPEDIENTE OFICINA GESTORA DIRECCIÓN MUNICIPIO

_____________________________________________________________________________________________________________________________________________

76183458-Y SERRANO VIGARA, FLORENTINA Trámite Audiencia 2012 S 205 OL PUEBLA RUIZ DE LA SERNA , 1 PUEBLA DE ALCOCER

ANEXO VII

NIF

NOMBRE

PROCEDIMIENTO

EXPEDIENTE OFICINA GESTORA DIRECCIÓN

MUNICIPIO

____________________________________________________________________________________________________________________________________

07467066R GONZALEZ HDEZ, ANGEL Liquid. Complemen. 2012 S 312 OL HOYOS AVDA. ESPAÑA, 2 HOYOS

Page 281: DISPOSICIONES GENERALES I

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIOAMBIENTE Y ENERGÍA

ANUNCIO de 20 de septiembre de 2013 por el que se somete a informaciónpública la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambientalunificada de la fábrica de mantecas, oleicos, chicharrones y planta decongelación, cuyo titular es Iberyder, SL, en Almendralejo. (2013083498)

Para dar cumplimiento al artículo 23 del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que seaprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la ComunidadAutónoma de Extremadura, que desarrolla la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención ycalidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público engeneral que la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) del proyecto de fabrica-ción de mantecas, oleicos, chicharrones y planta de congelación, promovida por IberyderSL, en Almendralejo (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar des-de el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial deExtremadura, en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente (DGMA) dela Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, avenida de LuisRamallo, s/n., de Mérida.

Por otra parte, la solicitud de AAU ha sido remitida por esta DGMA al correspondienteAyuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los ciudadanos eneste procedimiento.

De acuerdo con lo dispuesto en el punto 31 del artículo 5 de la Ley 5/2010, de 23 de junio,de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órganocompetente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura.

Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento dela actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 54.3 de la Ley 5/2010, laAAU es anterior a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, en-tre otras, a la licencia urbanística.

Los datos generales del proyecto son:

— Categoría Decreto 81/2011.

Categoría 3.2.a) del Anexo II relativa a “instalaciones para tratamiento y transformacióndestinadas a la fabricación de productos alimenticios a partir de materia prima animal (queno sea leche) de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 75toneladas por día y superior a 1 tonelada por día”.

— Descripción del proyecto.

Modificación sustancial de la Autorización Ambiental Unificada de la Fábrica de mantecas,oleicos, chicharrones y planta de congelación de IBERYDER SL en Almendralejo con nú-

25849NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 282: DISPOSICIONES GENERALES I

mero de Expediente AAU11/034 otorgada por Resolución de 12 de septiembre de 2011 dela Dirección General de Medio Ambiente.

— Ubicación:

Las instalaciones de la industria objeto del presente proyecto se ubican en una parcela de3.503,3 m2 situada en el polígono industrial “Ciudad Deportiva”, calle Maratón, parcela 41,de Almendralejo (Badajoz).

— Modificación de la AAU:

Las principales modificaciones y/o ampliaciones objeto de la solicitud de modificación sus-tancial presentada consisten en:

• Incorpora un proceso de congelación de tocinos de lomos ibéricos para venderlos con-gelados, para ello, se realiza un obrador para el recorte y paletización de los tocinos,se instalan dos armarios de congelación acelerada mediante nitrógeno líquido y unacámara de -20ºC para mantener congelados los productos.

• El proceso productivo de fusión de grasa animal se mejora para incorporar como ma-teria prima productos de origen avícola.

• Se pretende instalar una caldera de biomasa para generar vapor.

• Para almacenar los chicharrones o harinas cárnicas secas, se instalarán dos tolvas de25 m2.

La fábrica de mantecas, oleicos, chicharrones y planta de congelación tendrá una capaci-dad para transformar 12.500 t de productos avícolas y 800 t de tocino de cerdos ibéricos.

La capacidad de producción máxima de la fábrica es de 29,9 t/día en los días donde seproduce manteca y derivados de productos avícolas más la congelación de tocinos de cer-do. En el periodo donde no existen los tocinos, se tiene una producción aproximada de22,85 t/día.

— Instalaciones:

• Nave 1 (cámaras frigoríficas y obrador 1) de 715 m2.

• Nave 2 (obrador 2) con una zona existente de 86 m2 y una zona de tolvas de 50 m2.

• Nave 3 (sala de calderas) con una zona para la caldera existente y otra para la calde-ra de biomasa de 70 m2 cada una respectivamente.

• Nave 4 (predepuradora) de 57 m2.

• Cobertizo (tolva de biomasa) de 33 m2.

— Equipos:

• Caldera de vapor de gasoil con capacidad de producir 3000 kg/h de vapor a 8 bares depresión.

• Caldera de vapor de biomasa con capacidad de producir 4000 kg/h de vapor a 10 ba-res de presión.

• Depósito de gasoil de 10000 litros.

25850NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 283: DISPOSICIONES GENERALES I

• Descalcificadora de agua y depósitos de agua de alimentación de caldera.

• Lavador de gases con depósito de agua y electrólisis para eliminación de olores.

• 4 Depósitos de almacenamiento de mantecas de acero inoxidable de 115000 litros.

• Depósito de agua de cola.

• Depuradora de aguas residuales.

Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones a la Consejeríade Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, durante el plazo indicado en elpárrafo primero de este anuncio, en el Registro Único de la Junta de Extremadura; o por cual-quiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.

Mérida, a 20 de septiembre de 2013. El Director General de Medio Ambiente (PD del Consejero,Resolución de 8 de agosto de 2011, DOE n.º 162 de 23 de agosto de 2011), ENRIQUE JULIÁNFUENTES.

• • •

ANUNCIO de 27 de septiembre de 2013 por el que se somete a informaciónpública la solicitud de autorización ambiental unificada de un proyecto deplanta de mecanizado de piezas de acero, titularidad de IndustriasMecánicas de Extremadura, SA (IMEDEXSA), en el término municipal deSantiago del Campo. (2013083496)

Para dar cumplimiento al artículo 23 del Reglamento de autorizaciones y comunicación am-biental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por el Decreto 81/2011, de 20de mayo, que desarrolla la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental dela Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que la solicitudde Autorización Ambiental Unificada (AAU) para una planta de mecanizado de piezas de acerotitularidad de Industrias Mecánicas de Extremadura, SA (IMEDEXSA) y ubicada en Santiago delCampo (Cáceres), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguienteal de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las depen-dencias de la Dirección General de Medio Ambiente (DGMA) de la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, avenida de Luis Ramallo, s/n., de Mérida.

Por otra parte, la solicitud de AAU ha sido remitida por esta DGMA al correspondienteAyuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los ciudadanos eneste procedimiento.

De acuerdo con lo dispuesto en el punto 31 del artículo 5 de la Ley 5/2010, de 23 de junio,de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órganocompetente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura.

25851NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 284: DISPOSICIONES GENERALES I

Esta instalación industrial tenía proyectada una actividad anexa dedicada a la galvanizaciónen caliente y, dado que no se ha procedido a la ejecución de la parte de galvanización en ca-liente, no corresponde que la instalación industrial cuente con Autorización AmbientalIntegrada (AAI), la cual se otorgó mediante Resolución de 9 de septiembre de 2008, de la an-tigua Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental (DGECA), publicada en el DOE n.º185, de 24 de septiembre de 2008 (expediente AAI07/2.3.c/2).

Los datos generales del proyecto son:

— Ley 5/2010, autorización ambiental: la actividad se encuentra dentro del ámbito de apli-cación de la Ley 5/2010, concretamente en la categoría 10.5, relativa a “Instalaciones in-dustriales y talleres siempre que la potencia eléctrica total instalada sea superior a 100kW o la superficie construida total sea superior a 2.000 metros cuadrados”.

— Ley 5/2010, evaluación de impacto ambiental: el proyecto ya cuenta con Declaración deImpacto Ambiental formulada mediante Resolución de 9 de septiembre de 2008, de la an-tigua Dirección General de Evaluación y Calidad Ambiental (DGECA), publicada en el DOEn.º 185, de 24 de septiembre de 2008.

— Actividad: Planta de mecanización de piezas de acero: corte, punzonado, taladrado, me-canizado, soldadura, etc.

— Ubicación: Parcela catastral 25 del polígono 3 del término municipal de Santiago del Campo(Cáceres). Coordenadas: X = 723.974, Y = 4.392.089, huso 29, ETRS89.

— Infraestructuras, instalaciones y equipos principales: Nave de 15.000 m2, puentes grúas,líneas de punzonado y corte térmico, líneas de mecanizado de angulares, equipos de sol-dadura por arco tipo MIG y flux.

Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones a la Consejeríade Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, durante el plazo indicado en elpárrafo primero de este anuncio, en el Registro Único de la Junta de Extremadura; o por cual-quiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.

Mérida, a 27 de septiembre de 2013. El Director General de Medio Ambiente (PD del Consejero,Resolución de 8 de agosto de 2011, DOE n.º 162 de 23 de agosto de 2011), ENRIQUE JULIÁNFUENTES.

• • •

25852NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 285: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25853

ANUNCIO de 3 de octubre de 2013 por el que se somete a informaciónpública la solicitud de autorización ambiental unificada de un proyecto debalsa de evaporación de aguas oleosas procedentes de una almazara,promovido por Aceites Obreo CB, en Fuente del Maestre. (2013083687)

Para dar cumplimiento al artículo 23 del Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el que seaprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la ComunidadAutónoma de Extremadura, que desarrolla la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención ycalidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público engeneral que la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU) del proyecto de balsa deevaporación de aguas oleosas procedentes de una almazara, promovida por Aceites Obreo,CB, en Fuente del Maestre (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a con-tar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial deExtremadura, en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente (DGMA) de laConsejería de Agri cultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, avenida de LuisRamallo, s/n., de Mérida.

Por otra parte, la solicitud de AAU ha sido remitida por esta DGMA al correspondiente Ayun -tamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los ciudadanos en esteprocedimiento.

De acuerdo con lo dispuesto en el punto 31 del artículo 5 de la Ley 5/2010, de 23 de junio,de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órganocompetente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería de Agricultura,Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura.

Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento dela actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 54.3 de la Ley 5/2010, laAAU es anterior a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, en-tre otras, a la licencia urbanística.

El proyecto está dentro del ámbito de aplicación de las siguientes disposiciones:

— Categoría Decreto 81/2011:

• 9.1. del Anexo II relativa a instalaciones para la valorización y eliminación, en lugaresdistintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el Anexo I.

— Actividad: Proyecto de una balsa de evaporación de aguas oleosas procedentes de una al-mazara.

Las dimensiones de la balsa son:

Superficie de fondo ..................................2.858 m2

Altura total ....................................................1,5

Taludes interiores ........................................3H/2V

Coronación ......................................................2m

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NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25854

La impermeabilización de la balsa se proyecta mediante hormigonado de fondo, taludes ycoronación.

La balsa estará vallada perimetralmente.

— Ubicación: La actividad se ubica en la parcela 95 del polígono 41 de Fuente del Maestre.

Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones a la Consejeríade Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, durante el plazo indicado en elpárrafo primero de este anuncio, en el Registro Único de la Junta de Extremadura; o por cual-quiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.

Mérida, a 3 de octubre de 2013. El Director General de Medio Ambiente (PD del Consejero,Resolución de 8 de agosto de 2011, DOE n.º 162 de 23 de agosto de 2011), ENRIQUE JULIÁNFUENTES.

• • •

ANUNCIO de 10 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientessancionadores en materia de conservación de la naturaleza y espaciosnaturales de Extremadura. (2013083723)

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de los interesados las notificaciones de ex-pedientes sancionadores en materia de conservación de la naturaleza y espacios naturales,mediante correo certificado, se procede a su publicación a través del Diario Oficial deExtremadura, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Mediante el presente anuncio se notifican los actos reseñados en el Anexo, y se pone en suconocimiento que podrán tener acceso al expediente en la sede oficial de la Dirección Generaldel Medio Ambiente, sita en avda. Luis Ramallo, s/n., 06800 Mérida (Badajoz).

Mérida, a 10 de octubre de 2013. El Director General de Medio Ambiente, ENRIQUE JULIÁNFUENTES.

A N E X O

• • •

EXPTE

SANCIONADOR NOMBRE ACTO LOCALIDAD

LEP 2012/108 M.ª Pía Sánchez Fernández Resolución Badajoz

LEP 2012/128 Lorenzo P. Ramos Álvarez Resolución Badajoz

LEP 2013/02 Iván Radkov Georgiov Trámite de Audiencia Navalvillar de Pela

LEP 2013/20 Arturo Moreno Moreno Pliego de Cargos Agudo

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NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25855

ANUNCIO de 11 de octubre de 2013 sobre notificación de resolucionesrelativas a las subvenciones para la mejora de la financiación de lasexplotaciones agrarias de Extremadura. (2013083720)

En base al párrafo cuarto del artículo 9 del Decreto 107/2012, de 15 de junio, por el que seestablecen las bases reguladoras y la convocatoria única de subvenciones para la mejora dela financiación de las explotaciones agrarias de Extremadura (DOE n.º 119 de 21 de junio),que determina que la resolución se publicará de conformidad con lo previsto en los artículos58 y 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica la resolución de las ayudas dedeterminados expedientes, cuyo contenido íntegro se transcribe como Anexo.

Mérida, a 11 de octubre de 2013. El Director General de Agricultura y Ganadería, JESÚSBARRIOS FERNÁNDEZ.

A N E X O

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AGRICULTURA Y GANADERÍA RELATIVA A LACONCESIÓN DE AYUDAS ESTABLECIDAS EN EL DECRETO 107/2012, DE 15 DE JUNIO, POREL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA ÚNICA DE SUB-VENCIONES PARA LA MEJORA DE LA FINANCIACIÓN DE LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS DEEXTREMADURA (DOE n.º 119, DE 21 DE JUNIO), MODIFICADO POR EL DECRETO 135/2012,DE 13 DE JULIO (DOE n.º 139, DE 19 DE JULIO).

El Decreto 107/2012 establece las bases reguladoras de subvenciones para paliar la situacióneconómica de los titulares de explotaciones agrarias de Extremadura con préstamos pen-dientes de amortización, subvencionados al amparo de los Decretos autonómicos 20/2008, de22 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria única de sub-vención para la financiación de préstamos a titulares de explotaciones ganaderas ubicadas enExtremadura, 253/2009, de 4 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladorasde la concesión de ayudas a préstamos, dirigidas a financiar los sectores productivos del oli-var y la viña de explotaciones ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, 85/2010,de 26 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria única desubvención para la mejora de la financiación de préstamos a titulares de explotaciones gana-deras ubicadas en Extremadura y 98/2010, de 9 de abril, por el que se establecen las basesreguladoras de la concesión de ayudas a préstamos, dirigidas a financiar el sector productivode los frutales de explotaciones ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y laconvocatoria única de las ayudas para el ejercicio 2010.

El régimen de las ayudas se establece de conformidad con lo establecido en el Reglamento(CE) n.º 1535/2007 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007, relativo a la aplicación delos artículos 87 y 88 del Tratado de la CE a las ayudas de mínimis en el sector de la produc-ción de productos agrícolas (DOUE L n.º 337 de 21 de diciembre).

El artículo 9 del citado Decreto 107/2012 establece que el procedimiento administrativo parala concesión de las subvenciones será ordenado e instruido por el Servicio de Producción Agra -ria de la Dirección General de Agricultura y Ganadería.

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NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25856

En virtud de lo establecido en el artículo 5 del citado decreto, tendrían la condición de Enti -da des Colaboradoras en la gestión de las ayudas aquellos intermediarios financieros privados,debidamente autorizados, que suscribieran con la Administración de la Comunidad Autónomade Extremadura el oportuno Convenio de Colaboración, y en los que concurrieran los requisi-tos de eficacia y solvencia, debidamente autorizados por la Administración para operar en elmercado financiero. En este sentido, se suscribieron 9 Convenios de Colaboración con sendasEntidades Financieras, responsabilizadas de la formalización de las pólizas de préstamos conlos interesados, de la verificación de los extremos relacionados en el mencionado artículo 5,así como de la entrega a los beneficiarios de los fondos reconocidos.

Obran en el procedimiento las solicitudes de las ayudas, que fueron incorporadas a la propiapóliza de préstamo, presentadas en su inmensa mayoría por las entidades colaboradoras, ne-cesarias para el cálculo de las ayudas correspondientes a la bonificación de intereses de lospréstamos, a cuyos beneficiarios deberá hacerse entrega de los importes que en esta resolu-ción se relacionan, por medio de la entidad colaboradora, contra las certificaciones de liqui-daciones de intereses presentadas por dichas entidades.

Contemplado el procedimiento de concesión y criterios de valoración de las solicitudes recibi-das, y no habiendo sido necesario establecer prelación alguna por haber crédito presupues-tario suficiente para atender a todas las solicitudes, en virtud de las atribuciones conferidaspor el artículo 7 del Decreto 107/2012.

Obviado, por consiguiente, el informe vinculante de la Comisión para la prelación de las soli-citudes, a tenor del artículo 9.2 del Decreto 107/2012.

Atendidos los criterios para la asignación de la cuantía de la subvención, por los que se pro-cede a aplicar una subsidiación de cinco puntos porcentuales de los intereses del primer añode carencia de los préstamos formalizados.

Toda vez comprobados los requisitos determinantes para la asignación de las ayudas, con-trastadas las cantidades globales correspondientes a las ayudas a satisfacer por la ComunidadAutónoma de Extremadura y verificada la suficiencia presupuestaria.

Recibidas las certificaciones de liquidaciones de intereses y pago por los beneficiarios de losintereses del primer año de carencia de los préstamos subvencionados al amparo del Decreto107/2012, emitidas por las entidades financieras colaboradoras, constituyentes de la justifi-cación de la realización de la actividad subvencionada, y previa propuesta del Jefe de Serviciode Producción Agraria,

RESUELVO:

Conceder subvenciones en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 107/2012, de 15 dejunio, por el que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria única de subvencio-nes para la mejora de la financiación de las explotaciones agrarias de Extremadura (DOE n.º119, de 21 de junio), modificado por el Decreto 135/2012 , de 13 de julio (DOE n.º 139, de19 de julio), por las cuantías especificadas en el listado adjunto a los interesados que en élse relacionan, en concepto de subsidiación de intereses de la primera anualidad de los prés-tamos, agrupados por entidad financiera colaboradora.

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NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25857

LISTADO DE BENEFICIARIOS CON INDICACIÓN DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS.

Entidad Financiera Cesionaria Apellidos y Nombre/Razón social Cedente NIF Cedente Volumen

préstamo ( ) Importe

Ayuda ( )

C. RURAL ALMENDRALEJO MORENO ARROYO, JOSE MARIA 076221459B 8.000,00 400,00

C. RURAL ALMENDRALEJO CARRASCO LOZANO, MARIA JOSE 008676035K 8.000,00 400,00

C. RURAL ALMENDRALEJO PAREDES CERRATO, NICASIO 008690801K 8.000,00 400,00

C. RURAL ALMENDRALEJO ROMERO RODRIGUEZ, FRANCISCO 076257998A 8.000,00 400,00

C. RURAL ALMENDRALEJO AMADO LAVADO, FABIAN 009193900H 2.333,33 116,67

C. RURAL ALMENDRALEJO GARCIA MAZA, MARIA PILAR 079259200G 8.000,00 400,00

C. RURAL ALMENDRALEJO PINILLA GALLARIN, MANUEL 009154665K 5.000,00 250,00

C. RURAL ALMENDRALEJO GAMERO JARAQUEMADA, CARMEN 008511021D 8.000,00 400,00

C. RURAL ALMENDRALEJO GONZALEZ SANCHEZ, FERNANDO MA 044788457M 6.000,00 300,00

C. RURAL ALMENDRALEJO RODRIGUEZ GOMEZ, ILDEFONSO 008801536B 6.250,00 312,50

C. RURAL ALMENDRALEJO RODRIGUEZ DIAZ, JUAN FRANCISCO 080039805N 10.000,00 500,00

C. RURAL ALMENDRALEJO BRAVO BENITEZ, ANTONIO 052359653S 8.000,00 400,00

C. RURAL ALMENDRALEJO MATITOS PECELLIN, FRANCISCO 080036777C 9.337,50 466,88

C. RURAL ALMENDRALEJO VAZQUEZ ZAPATA, JOSE 080029800N 2.482,50 124,13

C. RURAL ALMENDRALEJO MUÑOZ NUÑEZ, ISIDORO 080061172N 8.250,00 412,50

TOTAL CAJA RURAL DE ALMENDRALEJO ( ): 105.653,33 5.282,67

BANCO CAIXA GERAL LEON GARCIA, JUAN 050398286L 10.000,00 500,00

BANCO CAIXA GERAL HERNANDEZ MANZANO, MARIA DEL MAR 006993772R 3.960,00 198,00

BANCO CAIXA GERAL CALVO SANCHEZ, MARIA DE LA MONTAÑA 007001770H 2.276,00 113,80

BANCO CAIXA GERAL LUIS FLORO, JOSE MANUEL 006964066B 7.000,00 350,00

BANCO CAIXA GERAL REDONDO RIVERO, MIGUEL ÁNGEL 028937112F 6.250,00 312,50

BANCO CAIXA GERAL GIMENEZ DAVILA, FERNANDO 076236620S 6.250,00 312,50

BANCO CAIXA GERAL JIMENEZ MURILLO, FRANCISCO JOSE 053574007S 4.000,00 200,00

BANCO CAIXA GERAL ZAPATA MORALES, ANTONIO 028580621Q 10.000,00 500,00

BANCO CAIXA GERAL ROSA ROJAS, RICARDO DE LA 027889861S 10.000,00 500,00

BANCO CAIXA GERAL GORDITO LOPEZ, JOSE MANUEL 034778756L 6.250,00 312,50

BANCO CAIXA GERAL HIDALGO NARANJO, JOSE RESTITUTO 080011127S 6.250,00 312,50

BANCO CAIXA GERAL FELIPE Y ALFONSO CAMPOS CB E06069587 10.000,00 500,00

BANCO CAIXA GERAL REYES MORENO, JOSE MIGUEL 006979445A 2.385,00 119,25

BANCO CAIXA GERAL ESTEBAN TRENADO, JAVIER 007005744J 7.938,75 396,94

BANCO CAIXA GERAL CONDE CERRATO, FRANCISCO JAVIER 050300309E 10.000,00 500,00

BANCO CAIXA GERAL MONTERO HERNANDEZ, DAVID 033979786T 5.900,00 295,00

BANCO CAIXA GERAL NOGALES GARCIA, ANTONIO 076241325M 3.750,00 187,50

BANCO CAIXA GERAL CALZADILLA BARROSO, ANTONIO 000778739M 10.000,00 500,00

BANCO CAIXA GERAL GAMERO GONZALEZ PECELLIN, CONCEPCION 008742247Q 5.070,00 253,50

BANCO CAIXA GERAL MARQUEZ VAZQUEZ, PABLO MIGUEL 076012006L 2.535,00 126,75

BANCO CAIXA GERAL LEAL IZQUIERDO, ARTURO 076109103X 2.000,00 100,00

BANCO CAIXA GERAL BLANCO IZQUIERDO, OTILIA 011780741A 4.650,00 232,50

TOTAL BANCO CAIXA GERAL ( ): 136.464,75 6.823,24

C. RURAL EXTREMADURA GALLARDO MARTINEZ, DIEGO 008412849R 10.000,00 500,00

C. RURAL EXTREMADURA ALBARRAN GONZALEZ, CECILIO 008716298B 10.000,00 500,00

C. RURAL EXTREMADURA SANABRIA VALENCIA, MIGUEL 008784813D 10.000,00 500,00

C. RURAL EXTREMADURA RICO ESPINOSA, JOAQUIN 008791471C 3.037,50 151,88

C. RURAL EXTREMADURA HURTADO HURTADO, ANDRES 008798726F 3.375,00 168,75

C. RURAL EXTREMADURA MARGULLON FRACISCO, ANGEL 008825996E 3.941,25 197,06

C. RURAL EXTREMADURA GUISADO GARCIA, RAMON 008856855S 8.291,25 414,56

C. RURAL EXTREMADURA CORCHOS DUQUE, JOSE MARIA 009192101J 12.000,00 600,00

C. RURAL EXTREMADURA SARA NIETO, JOSE MANUEL 009291805N 10.000,00 500,00

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NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25858

Entidad Financiera Cesionaria Apellidos y Nombre/Razón social Cedente NIF Cedente Volumen préstamo ( )

Importe Ayuda ( )

C. RURAL EXTREMADURA RECIO MARQUEZ, CARLOS 009451652D 3.420,00 171,00

C. RURAL EXTREMADURA PLA ORIENT, MARIA DEL CARMEN 022541148K 3.491,25 174,56

C. RURAL EXTREMADURA CENDRERO ROMERO, FRANCISCO 033988036Q 10.000,00 500,00

C. RURAL EXTREMADURA CARRASCO SERRANO, ANGEL 033989924H 10.000,00 500,00

C. RURAL EXTREMADURA BRAVO CHAMERO, MARIA LUISA 034767917J 3.723,75 186,19

C. RURAL EXTREMADURA DOMINGUEZ NAHARRO, FRANCISCO JAVIER 034781856Z 4.935,00 246,75

C. RURAL EXTREMADURA LASO MIRA, ANTONIO 050417899J 6.250,00 312,50

C. RURAL EXTREMADURA ARROYO ARROYO, SEBASTIAN 052960849Z 10.000,00 500,00

C. RURAL EXTREMADURA SANZ CARDEÑOSA, VICENTE 053571211W 4.331,25 216,56

C. RURAL EXTREMADURA LUJAN HERRAIZ, ANGEL 076191417F 10.000,00 500,00

C. RURAL EXTREMADURA RAMIREZ RUBIO, VICTOR 076230817P 10.000,00 500,00

C. RURAL EXTREMADURA GALLEGO RAMOS, ENRIQUE 076237304D 4.837,50 241,88

C. RURAL EXTREMADURA CABELLO CARDEÑOSA, MIGUEL 076242035W 7.841,25 392,06

C. RURAL EXTREMADURA GALLARDO MUÑOZ TORRERO, VICENTE SEBASTIAN 076242095Q 2.283,75 114,19

C. RURAL EXTREMADURA PEREZ CUERPO, MARIANO PABLO 076242179P 4.635,00 231,75

C. RURAL EXTREMADURA BARRAGAN MORENO, FRANCISCO 076246956R 6.097,00 304,85

C. RURAL EXTREMADURA MARISCAL MERINO, ANTONIO 076252134G 3.937,50 196,88

C. RURAL EXTREMADURA GALLARDO CARMONA, JOSEFA 079305776M 6.153,75 307,69

C. RURAL EXTREMADURA ALVAREZ GALVAN, JULIAN 080020641F 2.366,25 118,31

C. RURAL EXTREMADURA ESTEBAN BARRAGAN, JUAN 080026103H 3.560,00 178,00

C. RURAL EXTREMADURA TELO MATADOR, CARMEN 080029360D 1.938,75 96,94

C. RURAL EXTREMADURA GUILLEN BESA, MANUEL 080030639T 2.295,00 114,75

C. RURAL EXTREMADURA GARCIA ESPINOSA, FRANCISCO 080030721J 10.000,00 500,00

C. RURAL EXTREMADURA GIRALDO BARROSO, MARIA GERTRUDIS 080046280R 6.791,25 339,56

C. RURAL EXTREMADURA VILLA ALVAREZ, ANTONIO JOSE 080046290B 10.000,00 500,00

C. RURAL EXTREMADURA PIMIENTA GIL, HILARIO 080048173P 10.000,00 500,00

C. RURAL EXTREMADURA LUJAN RODRIGUEZ, ANGEL 080062062M 7.222,50 361,13

C. RURAL EXTREMADURA CABELLO BRAVO, MIGUEL 080062139J 4.612,50 230,63

C. RURAL EXTREMADURA DELGADO GARCIA, EULALIA 080063602G 6.000,00 300,00

C. RURAL EXTREMADURA VAZQUEZ BARNETO, JOSE ANTONIO 080075254H 10.000,00 500,00

C. RURAL EXTREMADURA EXPLOTACIONES AGRICOLAS HNOS MURILLO SL B06224174 7.916,25 395,81

C. RURAL EXTREMADURA SERVAGRI S.L. B06449375 3.600,00 180,00

C. RURAL EXTREMADURA DOMINCHA SAT N 7244 F06055511 10.000,00 500,00

C. RURAL EXTREMADURA DEHESA VENDIDA S.A.T 9945 F82261355 9.427,50 471,38

TOTAL CAJA RURAL DE EXTREMADURA ( ): 288.312,00 14.415,60

BBVA CALDERON MORILLO, JUAN LUIS 079306374M 9.000,00 450,00

BBVA JIMENEZ VERA, NEMESIO 076247496N 7.098,00 354,90

BBVA GUERRERO GIMON HERMANOS SL B06126957 10.000,00 500,00

BBVA MURILLO MARTIN, ANTONIO M 008822101Z 10.000,00 500,00

BBVA MARTIN GOMEZ, ANGEL 075999857Z 10.000,00 500,00

BBVA LLANOS GARCIA, LORENZO 007439365S 3.123,75 156,19

BBVA MUÑOZ GUERRERO, ANTONIO LUIS 076252056H 4.687,00 234,35

BBVA MAESSO DELGADO, FRANCISCO 030194835K 10.000,00 500,00

BBVA GUERRERO CASTILLO, JUAN 008328843Z 5.805,00 290,25

BBVA GUERRERO MORENO, FRANCISCO 076247067C 6.941,00 347,05

BBVA VIZUETE CASTILLO, JOSEFA 034781241C 10.000,00 500,00

BBVA HNOS MAESSO SANCHEZ ARJONA CB E41184755 10.000,00 500,00

BBVA HIDALGO IGLESIAS, JOSE JOAQUIN 075360969C 10.000,00 500,00

BBVA MARTIN AVILA, FULGENCIO 007006325L 10.000,00 500,00

BBVA RODRÍGUEZ SANCHEZ, Mª. DEL CARMEN 036936816N 10.000,00 500,00

BBVA AGROPECUARIA ESCUDER SL B06265714 10.000,00 500,00

Page 291: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25859

Entidad Financiera Cesionaria Apellidos y Nombre/Razón social Cedente NIF Cedente Volumen préstamo ( )

Importe Ayuda ( )

BBVA SIERRA GONZALEZ, GABRIEL 007901584A 10.000,00 500,00

BBVA URBINA SERRANO, PEDRO 076007327D 5.921,25 296,06

BBVA EL RINCON Y SEGADOR SC J06182588 10.000,00 500,00

BBVA MOLINA YEGROS, MARIA 076190245P 7.023,75 351,19

BBVA MANSILLA PEREZ, CUSTODIO 076227907L 3.750,00 187,50

BBVA MORAN ARIAS, M JULIANA 011761649R 3.750,00 187,50

BBVA PEREZ RAMOS, SATURNINO 076010363D 2.250,00 112,50

BBVA PORCINA DE BERLANGA S.L. B06419022 10.000,00 500,00

BBVA DURAN DELGADO, LUIS 076246788V 9.577,00 478,85

TOTAL BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA ( ): 198.926,75 9.946,34

B. PUEYO MORENO LOPEZ, JOSE ANTONIO 080027019Z 3.048,75 152,44

B. PUEYO VIVAS BASCON, MANUEL 033974636W 6.000,00 300,00

TOTAL BANCA PUEYO ( ): 9.048,75 452,44

BANCO SANTANDER EXPLOTACION GANADERA ASTUDILLO SL B10151579 8.235,00 411,75

BANCO SANTANDER CORTES RUIZ, PEDRO PABLO 008695680R 7.995,00 399,75

BANCO SANTANDER AGROPECUARIA VERTICAL SL B06417760 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER FALCO ANCHORENA, MERCEDES 000314231M 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER EXAGA S.L. B78613528 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER LAS VERANAS S.L. B78601234 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER MONTE CARBAJO S.L. B78601259 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER AGROEXTREMEÑA SA A28438943 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER SANZ CUEVAS, JOSE IGNACIO 008776585S 9.770,00 488,50

BANCO SANTANDER SILVERO MARTIN, JOSE 008841864C 4.950,00 247,50

BANCO SANTANDER CARRETERO LABRADOR, ISABEL 080001471L 5.290,00 264,50

BANCO SANTANDER PACHECO BOSCH, NICOLAS JUAN 008758713Z 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER PACHECO FRANCO, NICOLÁS 080054283T 6.000,00 300,00

BANCO SANTANDER BOZAS ESCUDERO, FRANCISCO 008812755Y 7.758,00 387,90

BANCO SANTANDER BARRANTES SOLIS, ANTONIO 008792563P 6.825,00 341,25

BANCO SANTANDER CASADO RISCO, JOSE MIGUEL 008829554S 6.937,00 346,85

BANCO SANTANDER BLANCO BUENO, LEOCADIO 008764271Y 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER TEJADA CARVAJAL, JUAN JOSE 008885384R 2.936,00 146,80

BANCO SANTANDER RASTROJO MORENO, REMEDIOS 008805837B 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER MENDOZA CALURANO, FRANCISCO 008879042F 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER COTANO FERNANDEZ, VALENTIN 080010279H 6.806,00 340,30

BANCO SANTANDER COTANO MARINA, PEDRO NOLASCO 076245739A 8.000,00 400,00

BANCO SANTANDER NUÑEZ PALACIOS, RAFAEL 076245696Y 8.000,00 400,00

BANCO SANTANDER COTANO CORTES, VALENTIN 044780269M 8.000,00 400,00

BANCO SANTANDER NANZER SL B78575826 9.225,00 461,25

BANCO SANTANDER VILLA TERESA S.C. J06317184 6.630,00 331,50

BANCO SANTANDER PEREZ FONTAN MARTIN, JOSE MANUEL 006987889Y 4.800,00 240,00

BANCO SANTANDER GARRIDO POZO, JUAN JOSE 079263358E 3.847,00 192,35

BANCO SANTANDER SANTA ANA Y SANTA LEONOR SA A06117089 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER MONTE DEHESILLA SA A06117139 9.101,00 455,05

BANCO SANTANDER LAS AVICES SA A06117113 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER VALOR ALVAREZ, RAMONA 009159714X 5.000,00 250,00

BANCO SANTANDER HIDALGO HIDALGO, JOAQUINA 076206842E 4.000,00 200,00

BANCO SANTANDER GOMEZ MORILLO, MANUEL JOSE 076228841X 5.857,00 292,85

BANCO SANTANDER DAVILA NOGALES, MANUEL MARIA 012320201K 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER MURILLO PAJUELO, JOSE ANTONIO 034770297R 4.536,00 226,80

BANCO SANTANDER CABANILLAS AGUILAR, ANTONIO 005593133Q 7.402,00 370,10

BANCO SANTANDER FINCA LOS BARRANCOS CB E13179510 10.000,00 500,00

Page 292: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25860

Entidad Financiera Cesionaria Apellidos y Nombre/Razón social Cedente NIF Cedente Volumen préstamo ( )

Importe Ayuda ( )

BANCO SANTANDER CABANILLAS ARIAS, MANUELA 003076760G 9.450,00 472,50

BANCO SANTANDER BALCA SOCIEDAD CIVIL J06496681 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER EL HERRADERO DE COGOLLUDOS SC F06117246 7.526,00 376,30

BANCO SANTANDER MARQUEZ DE PRADO MARQUEZ DE PRADO, MERCEDES 001388008G 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER MARQUEZ DE PRADO MARQUEZ DE PRADO, JOSE ARTURO 051060004G 5.872,50 293,63

BANCO SANTANDER GARCIA RIVAS, ENRIQUE 051697363X 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER CASILLAS IÑIGUEZ, FRANCISCO 000574832Q 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER GARCIA CALLES, MARIA ISABEL 006812701D 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER JIMENEZ MUÑOZ, ANA 076009451V 5.655,00 282,75

BANCO SANTANDER IBERZUJAR S.L. B06505036 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER LEON HERNANDO, ENRIQUE 008848813T 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER RIO JIMENEZ, LUIS DEL 025139507R 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER RAJO GONZALEZ, INMACULADA 033977646E 2.500,00 125,00

BANCO SANTANDER GONZALEZ SANCHEZ, ANA MARIA 008362661E 3.375,00 168,75

BANCO SANTANDER VALDES CRUCES, INMACULADA 028905511P 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER GUERRERO HERROJO, EUSEBIO 028862447T 3.326,25 166,31

BANCO SANTANDER LEPE LARREY, FRANCISCO JAVIER 080013827R 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER VENEGAS DIAZ, FERNANDO 076252831B 4.500,00 225,00

BANCO SANTANDER MARIN GRACIA, LINO 080026907V 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER HERNANDEZ ORTIZ, JOSE LUIS 044779520S 4.500,00 225,00

BANCO SANTANDER TORRES LAGAR, JUAN ALFONSO 008772729T 5.220,00 261,00

BANCO SANTANDER LOZANO MORENO, FRANCISCO 032013153M 7.500,00 375,00

BANCO SANTANDER GONZALEZ MACIAS, MANUEL 080027023H 3.566,25 178,31

BANCO SANTANDER GRACIA FERNANDEZ, GERARDO 080037674C 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER MARTIN SILVA, JUAN 076247728Z 5.040,00 252,00

BANCO SANTANDER MERINO CARRIZOSA, JOSE 080022553X 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER PRIETO BLANCO, JOSE MANUEL 080006308A 8.527,00 426,35

BANCO SANTANDER MUÑOZ SALGUERO, MARIA DEL CARMEN 080037774M 1.132,00 56,60

BANCO SANTANDER VERA ZAPATA, GRACIA 080012108F 3.555,00 177,75

BANCO SANTANDER CASTILLO PULGARIN, TERESA 008293897M 5.250,00 262,50

BANCO SANTANDER HDROS EUGNIA CALLES MARTIN PEDRILLA CB E10183788 8.750,00 437,50

BANCO SANTANDER DIEZ CASQUETE, ANTONIO JOSE 080035842M 6.588,00 329,40

BANCO SANTANDER CAMPO GARRUCHA SL B06391908 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER GONZALEZ GATA, JOSE 080035874Z 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER ALVAREZ CHAMORRO, ANGEL 080020560H 3.611,00 180,55

BANCO SANTANDER GOMEZ MARRON S.L. B06321764 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER VAZQUEZ MARTINEZ, JOSEFA 080008878C 1.000,00 50,00

BANCO SANTANDER HERMANOS RUBIO SC J06116800 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER HORNEDO IÑIGO, FEDERICO 006944473Z 8.527,50 426,38

BANCO SANTANDER CEBRIAN DELGADO, MIGUEL 075972028S 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER HORNEDO IÑIGO, ANGEL 006967471N 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER CANTILLANA SA A28528503 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER ALVAREZ MELLADO, MARIA CONCEPCION 008214764S 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER ZALDIVAR SC J10322089 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER FERNANDEZ VIGIL QUIÑONES BLASCO, TITO A 006802518S 9.405,00 470,25

BANCO SANTANDER DELGADO SILOS, OLALLA 007390230P 9.472,00 473,60

BANCO SANTANDER SAN IGNACIO, S.L. B78513918 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER GARCIA DE TORICES, MARIA TERESA 002453342R 7.125,00 356,25

BANCO SANTANDER BARBERO GARCIA, Mª ANGELES 007444800E 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER MARCELO PEREZ, FELIX 006935177X 3.000,00 150,00

Page 293: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25861

Entidad Financiera Cesionaria Apellidos y Nombre/Razón social Cedente NIF Cedente Volumen préstamo ( )

Importe Ayuda ( )

BANCO SANTANDER BARRANTES PACHECO, FRANCISCO 076041354L 4.938,75 246,94

BANCO SANTANDER PEREZ SOLIS, HIGINIO 006970527D 825,00 41,25

BANCO SANTANDER REDONDO BERMEJO, JUANA 006984673X 2.220,00 111,00

BANCO SANTANDER CACERES ALVAREZ, CARLOS Mª 006968551B 6.125,00 306,25

BANCO SANTANDER GONZALEZ GALEANO, BENIGNA 076009225K 4.750,00 237,50

BANCO SANTANDER PEREZ MORGADO, SANTIAGO 076004239A 6.142,00 307,10

BANCO SANTANDER PEREZ FERNANDEZ, Mª MONSERRAT 028949400J 4.250,00 212,50

BANCO SANTANDER LEON MORENO, JUAN 076029721R 5.415,00 270,75

BANCO SANTANDER LEON BARROSO, JUAN 006930125H 5.610,00 280,50

BANCO SANTANDER OLMOS MORENO, ANTONIO 006986649P 3.750,00 187,50

BANCO SANTANDER MANGAS MACIAS, MARIA 008779973E 2.722,00 136,10

BANCO SANTANDER DIAZ FLORES, FELISA 080030884S 5.771,00 288,55

BANCO SANTANDER GARCIA MANGAS, ISIDORO 080020111Y 2.580,00 129,00

BANCO SANTANDER CUENDA CORRALES, REMEDIOS 008755624F 6.142,00 307,10

BANCO SANTANDER DOMINGUEZ FLORES, LORENZO 008769889N 3.000,00 150,00

BANCO SANTANDER SANJUAN GATO, JOSE 080020017G 3.757,00 187,85

BANCO SANTANDER FLORES OÑIVENIS, FRANCISCO 008810754Y 1.837,00 91,85

BANCO SANTANDER NOGALES SANGUINO, ANTONIO 080041543W 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER ZAMORA CAMACHO, ANTONIO 007811410N 5.310,00 265,50

BANCO SANTANDER ZAMORA CAMACHO, JOSE LUIS 004148527V 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER DIAZ MORENO, LUIS 010790801Y 6.603,00 330,15

BANCO SANTANDER MORGADO JARA, ANGEL 004168979E 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER SORIA MANZANO, ORENCIO 004144866J 1.518,00 75,90

BANCO SANTANDER ALVAREZ COMENDADOR, JESUS 006965302M 3.273,00 163,65

BANCO SANTANDER RIVERA MORENO, MAXIMO 076233840H 7.500,00 375,00

BANCO SANTANDER CLEMENTE CAMPOS, JESUS RAMON 007010253Z 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER FERNANDEZ MONTERO, JOSE 053011450S 2.025,00 101,25

BANCO SANTANDER FERNANDEZ MONTERO, MANUEL 053011451Q 3.450,00 172,50

BANCO SANTANDER GUARINO GUIJARRO, DOMINGO 075995313R 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER MOLANO MARTIN GAMERO, ANGEL 006880134Y 6.000,00 300,00

BANCO SANTANDER ANTON GAMAYO, ANGEL 011763764T 7.065,00 353,25

BANCO SANTANDER SANCHEZ SANCHEZ, M PUERTO 011772408L 9.855,00 492,75

BANCO SANTANDER GONZALEZ RODRIGUEZ, JOSE ANTONIO 007444986R 5.287,00 264,35

BANCO SANTANDER HERNANDEZ PANIAGUA, FELIPE 007777088Y 2.565,00 128,25

BANCO SANTANDER GONZALEZ RODRIGUEZ, JOSE ANTONIO 007444986R 8.000,00 400,00

BANCO SANTANDER HERNANDEZ PANIAGUA, FELIPE 007777088Y 8.000,00 400,00

BANCO SANTANDER BATUECAS GARCIA, CARLOS 011775533Q 8.000,00 400,00

BANCO SANTANDER BATUECAS GARCIA, CARLOS 011775533Q 3.926,00 196,30

BANCO SANTANDER PEREZ PEREZ, JUAN 076104666N 4.440,00 222,00

BANCO SANTANDER PUERTAS MARTIN, NORBERTO 076131142S 4.623,00 231,15

BANCO SANTANDER GARCIA CAMISON, JOSE MARIA 011765045Q 5.321,00 266,05

BANCO SANTANDER FERNANDEZ TREJO GALAN, JULIO ANTONIO 006964500P 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER NEVADO ROMAN, PEDRO GABRIEL 028957194X 7.098,00 354,90

BANCO SANTANDER GILETE BARANTES, FERNANDO 076026600P 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER GUTIERREZ CALDITO, MANUEL 007208619M 6.345,00 317,25

BANCO SANTANDER BARRANTES RICO, PURIFICACION 007041291W 4.335,00 216,75

BANCO SANTANDER MARIN MURGA, MARIA LUZ 008714216E 7.500,00 375,00

BANCO SANTANDER VALVERDE MATEO, JUAN DIEGO 076023791M 4.837,00 241,85

BANCO SANTANDER VALVERDE MERINO, SANTIAGO 006950399Y 7.200,00 360,00

BANCO SANTANDER ARIAS POLO CB E10062032 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER AREVALO POZO, MANUEL 074155869M 10.000,00 500,00

Page 294: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25862

Entidad Financiera Cesionaria Apellidos y Nombre/Razón social Cedente NIF Cedente Volumen préstamo ( )

Importe Ayuda ( )

BANCO SANTANDER BENITEZ PARTIDO, ROGELIO 076242632R 7.499,00 374,95

BANCO SANTANDER DE TENA CABALLERO, MANUEL 001808280C 8.298,00 414,90

BANCO SANTANDER COMINO CID, JOSE FERNANDO 008812349Z 6.397,00 319,85

BANCO SANTANDER LINARES LOPEZ, JUAN ANTONIO 080054901C 4.758,00 237,90

BANCO SANTANDER GONZALEZ SANTANA, JOSE MANUEL 080034009N 2.392,00 119,60

BANCO SANTANDER AGROGANADERA MATAMOROS S.L. B82276791 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER GASTON CID, MIGUEL ANGEL 080051670D 4.882,00 244,10

BANCO SANTANDER VAZQUEZ YEBENES, RAFAEL L 008741420V 5.565,00 278,25

BANCO SANTANDER QUINTANILLA QUINTANILLA, LOURDES DEL ROSARIO 008759094G 6.112,00 305,60

BANCO SANTANDER GONZALEZ MARIN, ENCARNACION 008329904V 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER LOS CODRIOS S.L. B06274054 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER FIGUEROA CASTRO, JAIME 000628888E 8.050,00 402,50

BANCO SANTANDER SOSA GALLEGO, MIGUEL 080030658L 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER GARRIDO LEDESMA, JULIA ISABEL 008806482N 8.783,00 439,15

BANCO SANTANDER HORNEDO IÑIGO, PEDRO 006916106Y 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER TRIGO CORBACHO, MARIA CARMEN 034773599Z 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER AGUDO ALBA, JOSE MARIA 080028589C 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER DUCHEL ORTEGA, CRESCENTE 028958582H 4.335,00 216,75

BANCO SANTANDER HIGUERO ZUÑIGA, MIGUEL JUAN 000418924W 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER GONZALEZ VALLARINO SANCHEZ, ANGELA 006884925J 9.060,00 453,00

BANCO SANTANDER GONZALEZ VALLARINO SANCHEZ, M CARMEN 006899454Y 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER GONZALEZ VALLARINO SANCHEZ, MARIA PAZ 006933463K 8.370,00 418,50

BANCO SANTANDER MOLANO CASTELLANO, ÁNGEL 028956650H 5.500,00 275,00

BANCO SANTANDER MOLANO CASTELLANO, DOMINGO 028965555E 3.945,00 197,25

BANCO SANTANDER PEREZ SANCHEZ, PEDRO 028952261E 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER PEREZ SANCHEZ, JUAN 028952260K 10.000,00 500,00

BANCO SANTANDER MANSILLA RODRIGUEZ, HONORIO 005626349C 4.702,00 235,10

BANCO SANTANDER DIEZ CIEZA, LUIS 076116124Q 2.598,00 129,90

BANCO SANTANDER MERCHAN MACIAS, RAMON MARIA 79258275E 8.000,00 400,00

TOTAL BANCO SANTANDER ( ): 1.201.030,25 60.051,51

GRUPO CAJA 3 AGROGANADERA MUÑOZ FERNANDEZ C.B. E06339022 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 RODRIGUEZ PORTILLO, JESUS 008803438G 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 GONZALEZ CUMPLIDO, JUAN ENRIQUE 008828836X 8.152,50 407,63

GRUPO CAJA 3 DIAZ RODRIGUEZ, MARCELINO MANUEL 008796869J 8.085,00 404,25

GRUPO CAJA 3 BLANCO MORENO, JUAN JOSE 079265158M 6.250,00 312,50

GRUPO CAJA 3 FOMENTO GANADERO EXTREMEÑO SA A41051384 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 OVANDO MURILLO, JUAN 009169234P 7.950,00 397,50

GRUPO CAJA 3 GIL MACIAS, MªNIEVES 006990384V 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 CHARTALAYA, SL B06454599 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 SANCHEZ MEDIAVILLA, MARIA DEL CARMEN 006763639Y 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 PABLOS AVILA, LUCIANO 006900230T 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 NIVELAGRO SA A28143964 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 CIASA A28243608 1.125,00 56,25

GRUPO CAJA 3 ROMAN DURAN, JOSEFA 008765956N 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 VERA MUSLERA, IGNACIO DE 008832012N 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 ROMO GONZALEZ, FRANCISCO 033972121V 6.000,00 300,00

GRUPO CAJA 3 FERRERA MUÑOZ, JOSE MARIA 008859806E 6.075,00 303,75

GRUPO CAJA 3 RIO DOMINGUEZ, ANTONIO LUIS DEL 008769643L 1.250,00 62,50

GRUPO CAJA 3 CASQUERO PEREZ, CONCEPCION 008854237L 3.750,00 187,50

GRUPO CAJA 3 BLANCO MERINO, FRANCISCO ANTONIO 076247932B 9.322,50 466,13

GRUPO CAJA 3 LUCAS RODRIGUEZ, RAFAEL 080016276N 6.577,50 328,88

Page 295: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25863

Entidad Financiera Cesionaria Apellidos y Nombre/Razón social Cedente NIF Cedente Volumen préstamo ( )

Importe Ayuda ( )

GRUPO CAJA 3 LOPEZ GONZALEZ, BRIGIDA 008801048Y 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 MOLINA BRAVO, PEDRO 009188916W 5.000,00 250,00

GRUPO CAJA 3 SUAREZ MORENO, ENRIQUE 008784168P 4.192,50 209,63

GRUPO CAJA 3 GOMEZ DURAN, JUAN MANUEL 006890309S 8.505,00 425,25

GRUPO CAJA 3 GRUESO LOPEZ, MIGUEL 080027044Q 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 FLORES FLORES, JUAN CARLOS 080045225G 1.080,00 54,00

GRUPO CAJA 3 MAESSO SANCHEZ ARJONA, DOLORES 028366772K 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 MERA GOMEZ-BRAVO, MARIO 050276947M 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 DOMINGUEZ GOMEZ, GERMAN JESUS 008820596G 2.925,00 146,25

GRUPO CAJA 3 CHACON LLORENTE, JOSE LUIS 076176854A 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 ANDRADE MARTINEZ, MARIA SOLEDAD 008735256V 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 LARA CABALLERO, JOSE DAVID 044785923R 7.668,75 383,44

GRUPO CAJA 3 AGROP CAÑAS Y LABRADOS S.L. B28452787 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 GUAREÑO DOMINGUEZ, ANGEL JESUS 034780259G 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 LLIMONA TORRES, FERNANDO 080055552G 9.648,75 482,44

GRUPO CAJA 3 AGUEDO MARTINEZ, LUIS 008812220T 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 AGUEDO MARTINEZ, FLORENCIO 008826967G 9.464,00 473,20

GRUPO CAJA 3 RODRIGUEZ MENAYO, JUAN MARIA 009152365K 8.000,00 400,00

GRUPO CAJA 3 BALAS PEDRERO, ENRIQUE JOSE 033971367E 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 MEDIERO BARRERO SL B06055776 8.000,00 400,00

GRUPO CAJA 3 LOPEZ MEDIERO, ANTONIO 028937791L 8.000,00 400,00

GRUPO CAJA 3 MEDIERO BARRERO, JULIA 008623028Y 8.000,00 400,00

GRUPO CAJA 3 LOPEZ MEDIERO, VICTOR 028937790H 8.000,00 400,00

GRUPO CAJA 3 CARVAJAL GONZALEZ, ANTONIO 008784341C 2.250,00 112,50

GRUPO CAJA 3 CALADO AGUILAR, FRANCISCO 080023426D 8.182,50 409,13

GRUPO CAJA 3 MORICHE GARCIA, FRANCISCO 080007741X 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 GOMEZ PEGUERO, JACINTA 034774489F 5.580,00 279,00

GRUPO CAJA 3 LINARES MARRON, JOSE LUIS 080009229A 1.807,50 90,38

GRUPO CAJA 3 GERARDO CERRATO BALAS S.C. J06218747 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 CENDRERO DIAZ, JULIAN 008589474D 2.081,25 104,06

GRUPO CAJA 3 GONZALEZ GARCIA, VICTOR MANUEL 008884835G 4.357,50 217,88

GRUPO CAJA 3 GONZALEZ GORDON, JESUS 076154662Y 5.070,00 253,50

GRUPO CAJA 3 LOZANO ALIA, GONZALO 006967868H 7.327,50 366,38

GRUPO CAJA 3 BALSERA MEJIAS, JOSE 008361838G 9.873,75 493,69

GRUPO CAJA 3 FLORENCIO GOMEZ, GABRIEL 008759435T 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 MATEOS JURADO, DIEGO JOSE 053265709D 3.712,50 185,63

GRUPO CAJA 3 RODRIGUEZ PEREZ, JUAN ANTONIO 007018591A 9.250,00 462,50

GRUPO CAJA 3 NOGALES BERMEJO, JUAN ANTONIO 080081544Y 9.000,00 450,00

GRUPO CAJA 3 VAZQUEZ CHAVEZ, CELESTINO 080030028X 5.325,00 266,25

GRUPO CAJA 3 CABALLERO RODRIGUEZ, RAIMUNDO 080012259C 4.000,00 200,00

GRUPO CAJA 3 ZAZO UTRERO, SEGUNDO 080058184Z 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 SANTISTEBAN RIOLA, JACINTO 009174732D 8.000,00 400,00

GRUPO CAJA 3 VELEZ GALAN, SEBASTIAN 076215591P 8.000,00 400,00

GRUPO CAJA 3 PARRA MARTIN, JESUS 079305399L 8.000,00 400,00

GRUPO CAJA 3 CHAVEZ ANTEQUERA, MANUEL 008804625H 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 GRANO DE ORO CAMACHO, AURELIO 053263482J 2.767,50 138,38

GRUPO CAJA 3 MIRANDA FERNANDEZ, MANUEL 033989799P 4.635,00 231,75

GRUPO CAJA 3 MARIN NAVARRETE, AQUILINO 008425105K 7.900,00 395,00

GRUPO CAJA 3 RAMIREZ LOZANO, JUAN JOSE 076238391S 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES GARCIA LOPEZ B06174429 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 PALACIOS NISA, LAUREANO 080023505L 4.147,50 207,38

Page 296: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25864

Entidad Financiera Cesionaria Apellidos y Nombre/Razón social Cedente NIF Cedente Volumen préstamo ( )

Importe Ayuda ( )

GRUPO CAJA 3 MANSILLA SANCHEZ, JUAN MANUEL 009155622N 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 DOMINGUEZ ARROYO, LEONOR 076246668N 3.836,25 191,81

GRUPO CAJA 3 VIZCANO GUERRERO, PEDRO 009192175H 3.937,50 196,88

GRUPO CAJA 3 BALSERA ARTERO, LUCIANO 076251781L 5.422,50 271,13

GRUPO CAJA 3 GORDILLO GONZALEZ, VICENTE 033972205D 6.666,67 333,33

GRUPO CAJA 3 MONGE CERRATO, DOMINGO 009177914V 7.500,00 375,00

GRUPO CAJA 3 GONZALEZ FERNANDEZ, GABINO NOLASCO 008786753V 8.000,00 400,00

GRUPO CAJA 3 LOPEZ LOPEZ, ISMAEL 079265587C 4.000,00 200,00

GRUPO CAJA 3 CABRERA FERNANDEZ, JOSE MARIA 033990655J 8.000,00 400,00

GRUPO CAJA 3 VELASCO ROMERO, JUAN CARLOS 053266222Q 2.441,25 122,06

GRUPO CAJA 3 PEREZ BERNAL, MARIA FRANCISCA 002091489F 8.358,75 417,94

GRUPO CAJA 3 CARANDE HERRERO SC J06463459 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 RODRIGUEZ GALLEGO, SARA MARIA 033984529M 3.960,00 198,00

GRUPO CAJA 3 RODRIGUEZ FERNANDEZ, ISIDRO 015914273K 5.441,25 272,06

GRUPO CAJA 3 MORENO CAMPILLEJO, JUAN 076209256K 5.377,33 268,87

GRUPO CAJA 3 GOMEZ ALCOBENDAS, DAVID 009181646T 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 DIEZ-MADROÑERO CENDRERO, ENRIQUE 053266730H 2.452,50 122,63

GRUPO CAJA 3 AGUDO GOMEZ, FELIX 052359302D 4.488,75 224,44

GRUPO CAJA 3 GRANO DE ORO CAMACHO, CLAUDIO 076183786N 6.250,00 312,50

GRUPO CAJA 3 GOMEZ ALCOBENDAS, ANGEL 079308861P 2.936,25 146,81

GRUPO CAJA 3 TELLO SANCHEZ, LAURA 052962652T 2.992,50 149,63

GRUPO CAJA 3 LOPEZ PARRALEJO, ISABEL 008594504W 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 LUNA GONZALEZ, ANTONIO 080026763B 8.000,00 400,00

GRUPO CAJA 3 BOLAÑOS ARROBAS, MAXIMO 009188084K 6.000,00 300,00

GRUPO CAJA 3 ALVAREZ RIVAS, MANUEL 007780261M 10.000,00 500,00

GRUPO CAJA 3 CEBALLOS VIVAS, Mª CONSUELO 006966690J 5.000,00 250,00

GRUPO CAJA 3 MCM EL RINCON SL B02275857 10.000,00 500,00

TOTAL BANCO GRUPO CAJA 3 ( ): 715.350,50 35.767,53

LIBERBANK SANTIAGO BLAZQUEZ, ANTONIO 044400822N 4.140,00 207,00

LIBERBANK MORALES LOPEZ, IGNACIO JESUS 076134489G 7.485,00 374,25

LIBERBANK VILLARES GONZALO, FELIX 006970412D 6.232,50 311,63

LIBERBANK VILLARES PODEROSO, FELIX 028972350D 6.232,50 311,63

LIBERBANK VILLARES GONZALO, FAUSTINO 006970341F 6.000,00 300,00

LIBERBANK JUAREZ SILVEIRA, EULALIA 022490768B 6.000,00 300,00

LIBERBANK JIMENEZ VAQUERO, JESUS 006952047K 8.516,25 425,81

LIBERBANK JIMENEZ LUIS, JESUS 076037904L 4.016,25 200,81

LIBERBANK HERNANDEZ MATEOS, SANTIAGO 076119092V 4.072,50 203,63

LIBERBANK HERNANDEZ MATEOS, IVAN 076119093H 6.052,50 302,63

LIBERBANK FERNANDEZ CANEDO BENITEZ DONOSO, PABLO 008766841T 10.000,00 500,00

LIBERBANK ARAGON CABALLERO SLU B06317804 10.000,00 500,00

LIBERBANK GONZALEZ SANCHEZ, JOSE LUIS 052968526D 8.812,50 440,63

LIBERBANK BASTIAS NOGALES, ANTONIO 008784970M 6.250,00 312,50

LIBERBANK MERA GOMEZ-BRAVO, MANUELA 008618859T 10.000,00 500,00

LIBERBANK ALMODOVAR RUIZ, RAFAELA 009166647C 5.445,00 272,25

LIBERBANK MARCOS PACHECO, GREGORIO 009163472L 8.981,25 449,06

LIBERBANK GARCIA HERMOSO, JUAN JOSE 080042208T 10.000,00 500,00

LIBERBANK CHAMORRO PARDO, ANGEL ANDRES 034780120A 10.000,00 500,00

LIBERBANK GIRALDO CARRASCAL, MANUEL 080028438F 8.650,00 432,50

LIBERBANK MORGADO JARA, JOSE ANTONIO 004168984G 10.000,00 500,00

LIBERBANK CAMACHO GARCIA, M LOURDES 040558235N 7.375,00 368,75

LIBERBANK CORREDOR PAJARO, EMILIANO 011778615Q 3.750,00 187,50

Page 297: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25865

Entidad Financiera Cesionaria Apellidos y Nombre/Razón social Cedente NIF Cedente Volumen préstamo ( )

Importe Ayuda ( )

LIBERBANK VAQUERO LEON, JOSE ESTEBAN 007019170F 10.000,00 500,00

LIBERBANK BARRERAS GARCIA, JOSE MANUEL 044405954S 7.297,75 364,89

LIBERBANK ORTIZ SANCHEZ, ANTONIO MANUEL 034777112P 9.720,00 486,00

LIBERBANK SANCHEZ HERNANDEZ, MANUEL 053269819W 2.846,25 142,31

LIBERBANK CEVALLOS ZUÑIGA NOGALES, MARIA ANTONIA 028711543E 10.000,00 500,00

LIBERBANK RODILLA NAVARRO, JOSE MANUEL 008692648M 10.000,00 500,00

LIBERBANK DURAN SALGUERO, MANUELA 080015504E 6.500,00 325,00

LIBERBANK ZAZO PRIETO, MARIA JOSEFA 076212471Q 5.107,50 255,38

LIBERBANK CAMACHO Y SANCHEZ PANIAGUA CB E06187538 10.000,00 500,00

LIBERBANK GIL GARCIA, CANDIDO 006959852Y 4.500,00 225,00

LIBERBANK MORENO SANZ, VENTURA 000356691F 10.000,00 500,00

LIBERBANK LIMA FERNANDEZ DE TEJADA, JESUS 008805783A 10.000,00 500,00

LIBERBANK RODRIGUEZ PLACERES, JOSE MARIA 080046959J 3.750,00 187,50

LIBERBANK DOMINGUEZ SANCHEZ, JESUS MARIA 007010229J 10.000,00 500,00

LIBERBANK DISTRIBUCIONES FRANCISCO ROJAS PASTOR B06228993 10.000,00 500,00

LIBERBANK NUÑEZ RAMOS, FRANCISCO JOSE 011770707C 10.000,00 500,00

LIBERBANK GONZALEZ CURIEL, FRANCISCO JAVIER 006987983P 10.000,00 500,00

LIBERBANK ALONSO DURAN, ISIDRO 006995309C 4.732,50 236,63

LIBERBANK IBAÑEZ TORRES, CARMEN 000406172S 2.750,00 137,50

LIBERBANK PEREZ ALVAREZ, GREGORIO 007010783S 8.951,25 447,56

LIBERBANK MARTINEZ PRADOS, JOSE ANTONIO 034767922H 4.908,75 245,44

LIBERBANK CARRIZOSA SANCHEZ, ANTONIO 030193537B 6.450,00 322,50

LIBERBANK HERNANDEZ BENEGAS, FRANCISCO 076246532Z 10.000,00 500,00

LIBERBANK PINA DOMINGUEZ, ANTONIO 080035825B 2.227,50 111,38

LIBERBANK DELGADO GARROTE, JOSE LUIS 008820686W 7.470,00 373,50

LIBERBANK DELGADO GARROTE, JUAN MANUEL 076246490H 4.083,75 204,19

LIBERBANK CABALLERO RODRIGUEZ, JOSE 080026323P 4.095,00 204,75

LIBERBANK BARRAGAN MEGIAS, JOSE 080037011R 3.648,75 182,44

LIBERBANK DIAZ CARRASCO, ENRIQUE 076246221W 9.551,25 477,56

LIBERBANK CUATERNOS SA A28389963 10.000,00 500,00

LIBERBANK LAS ALMINACAS S.L B06309629 10.000,00 500,00

LIBERBANK MAJADA DEL MATILO S.L B06309611 10.000,00 500,00

LIBERBANK CASTILLO DE ALMORCHON S.L B06309603 10.000,00 500,00

LIBERBANK TORRE DE ALIAS SA A78621547 10.000,00 500,00

LIBERBANK AGRICOLA VALDEJAZMIN SA A78621539 10.000,00 500,00

LIBERBANK GIRONZA FDEZ DE HENESTROSA, MARIA VICTORIA 030499561C 10.000,00 500,00

LIBERBANK CABANILLAS MERINO, JUAN ANTONIO 079306381N 2.246,25 112,31

LIBERBANK ALMENA MORA, FRANCISCO 053268485W 6.277,50 313,88

LIBERBANK ALMENA MORA, ANDRES 053268486A 6.963,75 348,19

LIBERBANK GALLEGO HOLGUIN, ANTONIO 009173588S 10.000,00 500,00

LIBERBANK MACARRILLA DURAN, JOSEFA 075989289A 8.775,75 438,79

LIBERBANK GONZALEZ DOMINGUEZ, JUAN EDUARDO 009187187K 10.000,00 500,00

LIBERBANK POLO PICAPIEDRA, BENITO 006942253W 3.750,00 187,50

LIBERBANK MONFORTE FERNANDEZ, JULIAN 006837396W 7.980,00 399,00

LIBERBANK VALIENTE MARTIN, JOSE MIGUEL 011782542X 5.940,00 297,00

LIBERBANK REYES FERNANDEZ, ANTONIO FELIPE 007043962M 5.000,00 250,00

LIBERBANK REYES PIRIS, JUAN ANGEL MANUEL 007039875N 5.210,00 260,50

LIBERBANK BOHORQUEZ CARPINTERO, AURORA 008958029N 2.115,00 105,75

LIBERBANK REYES HONRADO, CARLOS ALBERTO 076073157J 5.330,00 266,50

LIBERBANK BONILLA PAVON, ALFREDO 006943346Z 6.120,00 306,00

LIBERBANK DIAZ RUBIO, JOAQUIN 006972140N 8.883,75 444,19

Page 298: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25866

Entidad Financiera Cesionaria Apellidos y Nombre/Razón social Cedente NIF Cedente Volumen préstamo ( )

Importe Ayuda ( )

LIBERBANK QUIROS MARTIN, AGUSTIN 076005366A 4.395,00 219,75

LIBERBANK DURAN AMADO, CIPRIANO 076014568M 3.135,00 156,75

LIBERBANK DURAN AMADO, FRANCISCO JAVIER 028963438K 4.245,00 212,25

LIBERBANK DURAN ACEDO, JESUS 076009948P 4.485,00 224,25

LIBERBANK BALSALOBRE BURGOS, FERNANDO 050924955B 10.000,00 500,00

LIBERBANK RODRIGUEZ RODRIGUEZ, LEONARDO 007011027Y 10.000,00 500,00

LIBERBANK BOTE MORAN, MIGUEL ANGEL 006996360J 10.000,00 500,00

LIBERBANK MORGADO BERNALDEZ, Mª TERESA 028956035R 6.885,00 344,25

LIBERBANK MORGADO BERNALDEZ, PEDRO 028956347Z 7.128,75 356,44

LIBERBANK BERNALDEZ DOMINGUEZ, MARIA TERESA 007209825S 5.000,00 250,00

LIBERBANK CANALES DUARTE, ANTONIO 076026412G 3.500,00 175,00

LIBERBANK MARIN LORENZO, PEDRO 007003388A 4.334,00 216,70

LIBERBANK MARTÍN PERALES, ANGEL FRANCISCO 007866664C 2.500,00 125,00

LIBERBANK LENO MAGDALENO, DAMIAN 007017556A 5.950,00 297,50

LIBERBANK MARTIN ROSADO, ALVARO 076035082A 4.500,00 225,00

LIBERBANK GONZALEZ GONZALEZ, LUZ DIVINA 006966048S 6.000,00 300,00

LIBERBANK RONCERO PEREZ, JOSE FELIPE 006999228Y 9.000,00 450,00

LIBERBANK BERNALDEZ BERNALDEZ, MANUEL 007209747Y 4.530,00 226,50

LIBERBANK BERNALDEZ DOMINGUEZ, MARIA TERESA 007209825S 10.000,00 500,00

LIBERBANK ESCALANTE LOJO, SUSANA 007048449F 4.938,75 246,94

LIBERBANK DURAN SALGADO, TEODORA GREGORIA 075986268H 7.500,00 375,00

LIBERBANK GUTIERREZ GINES, RAFAEL 075983832C 4.923,75 246,19

LIBERBANK BERNALDEZ DOMINGUEZ, PEDRO 007209314X 10.000,00 500,00

LIBERBANK AGUNDEZ CLAVER, MIGUEL 028941092P 4.008,75 200,44

LIBERBANK QUIROS MARQUEZ, GREGORIO 028946105F 6.000,00 300,00

LIBERBANK LORENZO MARCOS, GONZALO 006979027E 10.000,00 500,00

LIBERBANK NUÑEZ PALLES, JUAN JOSE 075996324T 6.000,00 300,00

LIBERBANK NUÑEZ PALLES, JUAN JOSE 075996324T 6.000,00 300,00

LIBERBANK HERNÁNDEZ CASTELLANO, MARÍA DEL CARMEN 006979627R 3.750,00 187,50

LIBERBANK COLLADO BAUTISTA, INES MARIA 006983983X 6.795,00 339,75

LIBERBANK FLORES CADENAS, FRANCISCO JAVIER 006999481Y 6.000,00 300,00

LIBERBANK BARROSO PEREZ, PEDRO 006991051V 3.750,00 187,50

LIBERBANK LOPEZ GUTIERREZ, Mº SOLEDAD 007853819D 10.000,00 500,00

LIBERBANK VIVAS ORDIALES, JULIO NORBERTO 006964036G 6.000,00 300,00

LIBERBANK ORDIALES CHAPARRO SC J10358240 8.527,50 426,38

LIBERBANK DURAN LINDO, Mª ISABEL 028948363B 2.370,00 118,50

LIBERBANK BREÑA DIAZ, FERNANDO 006971501V 2.880,00 144,00

LIBERBANK DURAN LINDO, FLORENCIA 006989086F 3.982,20 199,11

LIBERBANK MACARRO BRAVO, CELESTINO 006961306B 5.000,00 250,00

LIBERBANK ANDRADA REY, Mª ASCENSIÓN 006989048S 5.900,00 295,00

LIBERBANK CARO CALDERA, JOSE MANUEL 006996051A 5.700,00 285,00

LIBERBANK BONETON RUBIO, FRANCISCO 007044358X 2.452,50 122,63

LIBERBANK GARCIA FRESNEDOSO, MANUEL 076073316B 3.543,75 177,19

LIBERBANK CARRASCO MAGRO, URBANO 007047190J 10.000,00 500,00

LIBERBANK HOLGUERA HIDALGO, PEDRO 028939810Z 4.556,25 227,81

LIBERBANK RIVERO MAGDALENO, ESTEBAN 006926200A 9.532,50 476,63

LIBERBANK CAÑAMERO ROSCO, HILARIO JOSE 006944770N 4.122,12 206,11

LIBERBANK GUTIERREZ CAÑAMERO, JUAN ANTONIO 007018793K 5.178,75 258,94

LIBERBANK GARCIA DEL BARCO, MANUELA 007000161L 6.000,00 300,00

LIBERBANK RODRIGUEZ IÑIGO, ANGEL 006956721A 3.000,00 150,00

LIBERBANK EXPOSITO VAZQUEZ, BLAS 006976295G 5.827,50 291,38

Page 299: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25867

Entidad Financiera Cesionaria Apellidos y Nombre/Razón social Cedente NIF Cedente Volumen préstamo ( )

Importe Ayuda ( )

LIBERBANK SÁNCHEZ GONZÁLEZ, NURIA 007013101X 10.000,00 500,00

LIBERBANK SOLIS TEJADA, ANTONIO 006981898H 7.500,00 375,00

LIBERBANK SANCHEZ OCAÑA MORALES, JULIO 007429277R 9.780,00 489,00

LIBERBANK LINDO ROSADO, ANDRES MARIA 076009842V 10.000,00 500,00

LIBERBANK CERRO CERRO, PEDRO JESUS 006995805X 4.500,00 225,00

LIBERBANK CERRO DE LA MONTAÑA, ISMAEL 028944523N 4.968,75 248,44

LIBERBANK CARO CALDERA, MARIA ANGELES 007018462N 5.900,00 295,00

LIBERBANK RODRIGUEZ VILLAR, MANUEL 006963930J 5.690,00 284,50

TOTAL LIBERBANK ( ): 899.359,32 44.967,97

B. C. ESPAÑA MURIEL MEDRANO, Mª ELENA 008737809V 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA OLEA REYNOLDS, SILVIA 008877374H 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA GARCIA TALAVAN, JESUS 011770805A 7.500,00 375,00

B. C. ESPAÑA CID DELGADO, JOSE MARIA 008102121A 6.375,00 318,75

B. C. ESPAÑA ALONSO SANCHEZ, MARIA LUISA 008103127C 5.602,50 280,13

B. C. ESPAÑA FERNANDEZ DE MESA DELGADO, ANTONIO 000748096K 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA GANADOS DOMINGUEZ SC J10135580 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA SEGOVIA PEREZ, FELIX 004103954H 3.465,00 173,25

B. C. ESPAÑA MAYORAL LEIVA, JUAN FELIPE 076011740Y 8.763,75 438,19

B. C. ESPAÑA DURAN VALENCIA, JOSE 028957723X 3.386,25 169,31

B. C. ESPAÑA OVEJERO GONZALEZ, JOSE JAVIER 076129144H 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA PESADO LANCHO, ANTONIO 006972273F 5.910,00 295,50

B. C. ESPAÑA COSTILLO PALACIOS, FRANCISCO J. 080040576R 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA DOMINGUEZ SANCHEZ, SANTIAGO ISMAEL 028958259V 5.400,00 270,00

B. C. ESPAÑA RUANO PANIAGUA SL B10323616 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA REYES FERNANDEZ, JOAQUIN 007045629Q 3.806,25 190,31

B. C. ESPAÑA MORENO MOGOLLON, LADISLAO 006944239X 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA AGRICOLA LAGARTERA COLLADILLO SL B79420329 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA LILLO PUENTE, MARIA LUISA 006962644S 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA SILOS GAMONAL, ISIDRO 007409738N 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA GONZALEZ RUIZ, M ISABEL 006753224X 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA CERRO SANCHEZ, JOSE LUIS 006972667X 9.408,00 470,40

B. C. ESPAÑA CERRO SANCHEZ, GUILLERMO 006945607K 3.907,00 195,35

B. C. ESPAÑA VIDARTE PAVON, Mª JOSE 076028469Z 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA CIEZA CEREZO, PAULINO 006980648X 4.000,00 200,00

B. C. ESPAÑA VAQUERO LEON, MARIA CRISTINA 028964599D 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA VEGA RUBIO, ENRIQUE 007826307M 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA REDONDO PABLOS, LUIS FERNANDO 076005585S 4.702,50 235,13

B. C. ESPAÑA JIMENEZ MARISCAL, MARTIN 006999198E 9.810,00 490,50

B. C. ESPAÑA SANCHEZ VEGA, MARTIN 006974650S 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA RETAMOSA MARISCAL, PURIFICACIÓN MARÍA 006999043M 3.757,50 187,88

B. C. ESPAÑA GARCIA GOMEZ, JOSE 038382970H 7.100,00 355,00

B. C. ESPAÑA DOMINGUEZ SANCHEZ, DOMICIANO 006994063Q 6.555,00 327,75

B. C. ESPAÑA HERMANOS CACERES MERINO, SL B10223873 4.000,00 200,00

B. C. ESPAÑA TIMON LUIS, MARIA 076101324M 3.300,00 165,00

B. C. ESPAÑA GARCIA HERNANDEZ, ANTONIO 022888113P 6.060,00 303,00

B. C. ESPAÑA GARCIA TIMON, JOSE ANTONIO 004202738V 5.820,00 291,00

B. C. ESPAÑA CARBALLO MORGADO, FRUCTUOSO 007049500T 8.677,00 433,85

B. C. ESPAÑA AGROGANADERA NAVARRO OLEA S.C. J06254338 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA GRAGERA GRAGERA, CARMEN 009185621L 2.220,00 111,00

B. C. ESPAÑA VALVERDE VAZQUEZ, ANTONIO 006914327K 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA PABLOS MATEOS, JULIAN GABRIEL 007010673C 10.000,00 500,00

Page 300: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25868

Entidad Financiera Cesionaria Apellidos y Nombre/Razón social Cedente NIF Cedente Volumen préstamo ( )

Importe Ayuda ( )

B. C. ESPAÑA SANCHEZ FERNANDEZ, JACINTO 011761362J 5.130,00 256,50

B. C. ESPAÑA ALCORNOCALEJO C.B. E06360952 5.000,00 250,00

B. C. ESPAÑA MONTARACIA DEL RUECAS C.B. E06176986 10.000,00 500,00

B. C. ESPAÑA VALPARAISO CB E10191393 3.000,00 150,00

B. C. ESPAÑA CASTILLO GRAGERA, FRANCISCO 008210838E 5.100,00 255,00

B. C. ESPAÑA PARRON BLANCO, LUIS 076025805H 4.560,00 228,00

B. C. ESPAÑA GARCIA HERRERO, MANUEL JESUS 007441630A 8.347,50 417,38

TOTAL BANCO CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA ( ): 360.663,25 18.033,16

TOTAL IMPORTE AYUDAS BONIFICACIÓN DE INTERESES ( ): 195.740,67

Apellidos y Nombre/Razón social Cedente

NIF Referencia Préstamo

Intereses pagados

primer año IBARRA MURILLO, JUAN FRANCISCO 076242592F 2925150054 0,00

ARANDA TENA, JUAN JOSE 076237103S 4425150035 0,00

SERENO OSORIO, LUIS 079262936Z 4825150065 0,00

LOPEZ GALLARDO, RAFAEL 076232125M 0030-5023-48-

0000261-133 0,00

PEREZ PEREZ, VICENTE 006953797T 0030-5041-11-0000491-133 0,00

DUARTE TALAVAN, DEMETRIO 006945177M 0030-5104-83-0000264-133 0,00

MARQUEZ CUESTA, JUAN 075986171J 0030-5041-16-0000499-133 0,00

MARRON BLANCO, PEDRO 008764964D 2291627954 0,00

PINILLA MORENO, JOSE 008817666H 2286304957 0,00

MUÑOZ MOLINA, ALFONSO 009152355B 2289912657 0,00

ROMERO GRANADERO, MARIA 028474665K 2289139350 14,26

CHAVES GORDILLO, JUAN MARIA 033973431Q 2287908459 0,00 VALENCIA HIDALGO, JOSE MANUEL 080012228N 2286689456 0,00

CHAVEZ LOPEZ, JOSE ANTONIO 080037094S 2289554756 0,00

GARCIA SANCHEZ, JOSE MARIA 080046847Q 2290843958 0,00

El importe total de las subsidiaciones asciende a ciento noventa y cinco mil setecientos cua-renta euros con sesenta y siete céntimos (195.740,67 €), con cargo a la aplicación presu-puestaria 2013.1202.312B.470.00, proyecto de gasto 2006.12002.0001.00 “Ayudas para pa-liar efectos de adversidades climáticas”.

Asimismo, recibidas las certificaciones de liquidaciones de intereses y pago por los beneficia-rios de los intereses del primer año de carencia de los préstamos subvencionados al amparodel Decreto 107/2012, emitidas por las entidades financieras colaboradoras, constituyentesde la justificación de la realización de la actividad subvencionada, toda vez contrastado quedeterminados titulares no han hecho frente a la totalidad de la liquidación de los interesesvencidos,

R E S U E L V O :

DENEGAR el derecho al cobro de las subvenciones del préstamo correspondiente a los titularesque se relacionan, en cumplimiento de lo prevenido en el Decreto 107/2012, de 15 de junio.

Page 301: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25869

Frente a esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso dereposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación ante elIlmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía en los térmi-nos recogidos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según laredacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Ad mi -nistrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses a con-tar desde el día siguiente al de la notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recur-so que estimen procedente los interesados.

Mérida, a 11 de octubre de 2013. El Director General de Agricultura y Ganadería, PD (Reso -lución de 26/07/2011, DOE n.º 147 de 1 de agosto), JESÚS BARRIOS FERNÁNDEZ.

• • •

Page 302: DISPOSICIONES GENERALES I

ANEXO

Expediente: LEY5-499

Documento que se notifica:

Acuerdo de Iniciación. Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa art: 32.3.r), 32.3.c) de la Ley 5/2002, de 23 de mayo (DOE n..º. 83 de 18 de julio de 2002) de Protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Guillermo Simón Alcoba Ultimo domicilio conocido: C/ Colón, n..º 16 Localidad: 10164-Valdesalor. Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: I-) Tenencia de cuatro animales de la especie equina sin identificar, II-) El uso de sistemas destinados a limitar o impedir la movilidad de cuatro animales de la especie equina injustificadamente. Articulo: 33.1.b), de la Ley 5/2002, de 23 de mayo (DOE n..º. 83 de 18 de julio de 2002) de Protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura . Sanción: de 301 a 1.500 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días contados a partir del día siguiente a esta publicación para que presente las alegaciones y aporten los datos, documentos u otros elementos del juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebas que estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Expediente: LSA-3112-A Documento que se notifica:: Pliego de cargos Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 84.15, de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal (BOE n..º. 99 de 25 de abril de 2003) Denunciado: José Antonio Díaz Díaz Último domicilio conocido: C/ Pozo Nuevo, n..º. 8 Localidad: Zahínos Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: No se realizan analíticas de agua para el control de salmonella. No existe un sistema adecuado para la eliminación de cadáveres Artículo: 88.1.b, de la Ley 8/2003, de 24 de abril Sanción: de 3.001 a 60.000 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.2 del decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la comunidad autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación para formular las alegaciones que tenga por conveniente. Durante dicho periodo se le pone de

manifiesto el expediente en las dependencias de esta instrucción, sitas en Avda. Luis Ramallo, s/n, en Mérida.

ANUNCIO de 15 de octubre de 2013 sobre notificación de expedientessancionadores incoados en el Servicio de Sanidad Animal. (2013083727)

No habiendo sido posible practicar en el domicilio de los destinatarios que se relacionan en elAnexo la notificación de la documentación que se especifica, se procede a su publicación enel Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (BOE n.º 285, de 27 de noviembre), modificada por Ley 4/1999, de 13de enero, dándose publicidad a los mismos.

Mérida, a 15 de octubre de 2013. La Jefa de Sección de Expedientes Sancionadores, CARMENASPA MARCO.

25870NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 303: DISPOSICIONES GENERALES I

Expediente: LSA-3187-A Documento que se notifica:: Acuerdo de iniciación y pliego de cargos Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 84.15, de la Ley 8/2003 de 24 de abril de Sanidad Animal (BOE n..º. 99 de 25 de abril de 2003) Denunciado: Miguel Angel Fuentes Gutiérrez Último domicilio conocido: Paseo de las Palmeras, n..º. 10 Localidad: Oliva de la Frontera Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: No se realizan analíticas de agua para el control de salmonella. Deficiente funcionamiento de los sistemas para la protección de las aves del contacto con vectores transmisores de enfermedades ( puertas de acceso abiertas). No existe sistema adecuado para la eliminación de cadáveres. Los operarios no han recibido cursos de formación ni existe protocolo de trabajo por escrito. No existe constancia documental de la realización de análisis para verificar la eficacia de las tareas de limpieza y desinfección durante el vacío sanitario. No se acredita documentalmente la realización de los controles a iniciativa del explotador (autocontroles) durante la fase de engorde, tal y como establece el programa nacional para la vigilancia y control de determinados serotipos de salmonella en pollos de carne. No acredita la tenencia del documento sanitario oficial de movimiento que ampara la entrada en la explotación de la primera camada del año 2012. Artículo: 88.1.b de la ley 8/2003, de 24 de abril Sanción: de 3.001 a 60.000 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.2 del decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la comunidad autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación para formular las alegaciones que tenga por conveniente. Durante dicho periodo se le pone de

manifiesto el expediente en las dependencias de esta instrucción, sitas en Avda. Luis Ramallo, s/n, en Mérida. Expediente: LEY5-476

Documento que se notifica:

Acuerdo de Iniciación y pliego de cargos Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa art: 32.3.e) de la Ley 5/2002, de 23 de mayo (DOE n..º. 83 de 18 de julio de 2002) de Protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Viorel Cocilnau Ultimo domicilio conocido: C/ Eugenio Hermoso, n..º 58, 1.º-B Localidad: 06200-Almendralejo Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Sacrificar a un animal sin control veterinario y en lugar no autorizado para tal fin, y sin las condiciones y requisitos establecidos por la Ley. Articulo: 33.1.b), de la Ley 5/2002, de 23 de mayo (DOE n..º. 83 de 18 de julio de 2002) de Protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura . Sanción: de 301 a 1.500 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días contados a partir del día siguiente a esta publicación para que presente las alegaciones y aporten los datos, documentos u otros elementos del juicio que consideren pertinentes, así como para que propongan las pruebas que estimen convenientes, con indicación de los medios de que pretendan valerse.

Expediente: LEY5-RABIA-2178 Documento que se notifica:: Propuesta Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Patricia Victoria Hernández Moreno Último domicilio conocido: C/ Antonio Hernández Gil, 21 Localidad: Cáceres Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 1 perro no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.2 del decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la comunidad autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación para formular las alegaciones que tenga por conveniente. Durante dicho periodo se le pone de

manifiesto el expediente en las dependencias de esta instrucción, sitas en Avda. Luis Ramallo, s/n, en Mérida.

25871NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 304: DISPOSICIONES GENERALES I

Expediente: LEY5-415 Documento que se notifica:: Propuesta de Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 32.2.c) de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Maria Manglano Pinto Último domicilio conocido: Ctra. de Olivenza, n..º 4 Localidad: Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: No comunicar el hallazgo de un perro correctamente identificado ni al RIACE ni a la persona propietaria del mismo. Artículo: 33.1.a) de la ley 5/2002, de 23 de mayo. Sanción: 60 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.2 del decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la comunidad autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación para formular las alegaciones que tenga por conveniente. Durante dicho periodo se le pone de

manifiesto el expediente en las dependencias de esta instrucción, sitas en Avda. Luis Ramallo, s/n, en Mérida. Expediente: LEY5-428 Documento que se notifica:: Propuesta de Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.d), 32.3.n) de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Miguel Ortíz Gómez Último domicilio conocido: C/ San Juan, n..º 12 Localidad: Don Benito Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco.

Hechos: I-) Mantener a animales (dos perros dentro del maletero de un coche) en instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico-sanitario, II-) Sin agua, III-) Sin acreditar los tratamientos preventivos y/o curativos obligatorios. Artículo: 33.1.b) de la la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Sanción: 500 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.2 del decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la comunidad autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación para formular las alegaciones que tenga por conveniente. Durante dicho periodo se le pone de

manifiesto el expediente en las dependencias de esta instrucción, sitas en Avda. Luis Ramallo, s/n, en Mérida. Expediente: LSAI-32-API. Documento que se notifica:: Propuesta de Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 84.1 de la Ley 8/2003 de 24 de abril de Sanidad Animal (BOE n..º. 99 de 25 de abril de 2003). Denunciado: Jose Manuel González Grano de Oro Último domicilio conocido: C/ Reyes Católicos, n..º 4. Bloq-2 Localidad: Fuenlabrada de los Montes. Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: No identificar cada colmena de forma legible e indeleble. Artículo: 88.1.b) de la ley 8/2003, de Sanidad Animal. Sanción: 3.001 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.2 del decreto 9/1994, de 8 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sobre procedimientos sancionadores seguidos en la comunidad autónoma de Extremadura, dispone de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a esta publicación para formular las alegaciones que tenga por conveniente. Durante dicho periodo se le pone de

manifiesto el expediente en las dependencias de esta instrucción, sitas en Avda. Luis Ramallo, s/n, en Mérida.

25872NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

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Expediente: LEY5-QH-289 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al Decreto 24/1988, sobre la lucha contra la hidatidosis; Ley 1/1986, de 2 de mayo, sobre la dehesa en Extremadura, en el artículo 7 del anexo 3 recoge la obligatoriedad de desparasitar de quiste hidatídico cada tres meses y artículo 2.1 de la Ley 5/2002, de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Isabel Torrado Masero Último domicilio conocido: C/ Guadalquivir, 1 Localidad: Valdehornillos-Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: no justificar la desparasitación de 1 perro contra quiste hidatídico según lo preceptuado por la legislación vigente - cada tres meses y partir de los tres meses de edad-. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-QH-292 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al Decreto 24/1988, sobre la lucha contra la hidatidosis; Ley 1/1986, de 2 de mayo, sobre la dehesa en Extremadura, en el artículo 7 del anexo 3 recoge la obligatoriedad de desparasitar de quiste hidatídico cada tres meses y artículo 2.1 de la Ley 5/2002, de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Alfonso Guillén Gallego Último domicilio conocido: C/ Pedro Romero Mendoza, 15-4.º B Localidad: Cáceres Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: no justificar la desparasitación de 1 perro contra quiste hidatídico según lo preceptuado por la legislación vigente - cada tres meses y partir de los tres meses de edad-. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-1949 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 32.3.n, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: José Antonio Martín Martín Último domicilio conocido: C/ La Estación, 42-5.º D Localidad: Salamanca Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 1 perro sin la vacunación antirrábica según lo preceptuado por la legislación vigente Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente.

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Expediente: LEY5-RABIA-1951 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Arturo Gallardo Uñac Último domicilio conocido: C/ San Juan, 68 Localidad: Santa Amalia-Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 2 perros no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-1961 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Juan Antonio Palacios Vila Último domicilio conocido: C/ Zújar, 36 Localidad: Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 7 perros no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses) de los cuales 5 están sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 500 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-2003 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Francisco Vega Martínez Último domicilio conocido: C/ Río Tiétar, 27 Localidad: Mérida Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 3 perros no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. . Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-2005 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Ricardo Piñero de los Santos Último domicilio conocido: C/ Hiedra, 6 Localidad: Navalmoral de la Mata Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 1 perro no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 600 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente.

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Expediente: LEY5-RABIA-2015 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Juan Antonio Palacios Vila Último domicilio conocido: C/ Zújar, 36 Localidad: Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 4 perros no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 400 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-2038 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Carlos Perea Vargas Último domicilio conocido: C/ Ronda del Canal, S/N Localidad: Rosalejo Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 5 perros no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 350 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-2039 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 32.3.n, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Ángel Luis Fernández González Último domicilio conocido: Paseo de Castelar, 13-5.ºB Localidad: Villanueva de la Serena-Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 2 perros sin la vacunación antirrábica según lo preceptuado por la legislación vigente Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-2050 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa al artículo 32.3.n, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: José Blas Melón Montero Último domicilio conocido: Avd. Virgen de Argeme, 7-1.ºD Localidad: Coria-Cáceres Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 1 perro no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses). Sanción: Archivo de actuaciones. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente.

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Expediente: LEY5-RABIA-2072 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Jesús Camisón Moreno Último domicilio conocido: C/ Río Jerte, 42 Localidad: Mérida-Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 1 perro no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente. Expediente: LEY5-RABIA-2077 Documento que se notifica:: Resolución Asunto: Sanidad Animal. Infracción administrativa a los artículos 32.3.n y 32.3.r, de la Ley 5/2002 de 23 de mayo (DOE 18 de julio de 2002) de protección de los animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Denunciado: Antonio Álvarez Rendón Último domicilio conocido: C/ Ronda del Pilar, 7-1.ºE Localidad: Badajoz Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Poseer 3 perros no acreditando los tratamientos preventivo-sanitarios preceptivos (rabia cada dos años e hidatidosis cada tres meses), y sin la identificación electrónica obligatoria según legislación vigente. Artículo: 33.1.b de la ley 5/2002, de 23 de mayo Sanción: 301 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural,

Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente.. Expediente: LSA-GOS-878 Documento que se notifica: Resolución Asunto: Sanidad Animal, infracción administrativa 83.24 de la Ley 8/2003, de 24 de abril (BOE 25 de abril de 2003). Denunciado: Amadeo Hornos Valiente Ultimo domicilio conocido: C/ Cervantes, 7-3.º Izq Localidad: Coria Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Traslado de un bovino sin la correspondiente guía de origen y sanidad pecuaria Sanción: Archivo de actuaciones Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente.

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ANUNCIO de 16 de octubre de 2013 sobre la XV convocatoria de Cata-Concursode Aceites de Oliva Virgen Extra “Extrema Selección 2014”. (2013083777)

El cultivo del olivar en la Comunidad Autónoma de Extremadura es considerado un pilar im-portante de desarrollo de las zonas rurales de nuestra región, tercera productora a nivel na-cional de aceite de oliva ocupando una gran extensión del territorio de la Comunidad Autónomade Extremadura.

Dando continuidad al fomento de la promoción, la comercialización y el consumo de los acei-tes de oliva vírgenes extra y reconocer el importante esfuerzo realizado por el sector en losúltimos años para aumentar la calidad del aceite producido en Extremadura, la DirecciónGeneral de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, MedioAmbiente y Energía convoca, como en años anteriores, la XV Cata-Concurso de Aceites deOliva Virgen Extra “Extrema Selección 2014”.

“Extrema Selección 2014” reconocerá las cualidades de los Aceites de Oliva Virgen Extra ela-borados con el máximo esmero en nuestra Comunidad Autónoma y seleccionará, con los cri-terios de calidad aplicables a los aceites de oliva virgen, los mejores aceites que destaquenpor unas características sensoriales como manifestación de sus elevados atributos.

Para ello, la Dirección General de Agricultura y Ganadería organiza la XV Cata-Concurso deAceites de Oliva Virgen Extra “Extrema Selección 2014”, que se celebrará el próximo mes defebrero en el Laboratorio Agroalimentario de Extremadura de Cáceres, con arreglo a las si-guientes:

B A S E S

1.ª Se establecen dos modalidades de participación:

Expediente: LSA-DDD-554 Documento que se notifica: Resolución Asunto: Sanidad Animal, infracción administrativa al artículo 169 del Reglamento de Epizootías, de 4 de febrero de 1955 (BOE 25 de marzo de 1955); al artículo 7 del Real Decreto 1559/2005, de 23 de diciembre, sobre condiciones básicas que deben cumplir los centros de limpieza y desinfección de los vehículos dedicados al transporte por carretera en el sector ganadero, al artículo 49 de la Ley 8/2003, de 24 de abril (BOE 25 de abril de 2003), de Sanidad Animal, al artículo 14.2.c de la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio (BOE n..º 268, 8 de noviembre de 2007) y al artículo 83.4 de la Ley 8/2003, de 24 de abril (BOE 25 de abril de 2003). Denunciado: Juan Carlos Ortega Gómez Ultimo domicilio conocido: C/ Tomas Fernández Tamayo, 3 Localidad: Valdebótoa Órgano que incoa: Dirección General de Agricultura y Ganadería. Instructora: Carmen Aspa Marco. Hechos: Transportar 2 equinos careciendo del certificado de desinfección, carecer de autorización del medio de transporte que acredite la inscripción del vehículo en el registro correspondiente de vehículos de animales vivos, carecer de autorización de transportista de animales vivos y no presentar el libro de registro de actividades del transporte debidamente cumplimentado. Artículo: 88.1.C de la ley 8/2003, de Sanidad Animal Sanción: 600 euros. Recursos que proceden: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del presente.

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Categoría A: Aceite de oliva virgen extra de aceituna procedente de producción con-vencional.

Categoría B: Aceite de oliva virgen extra de aceituna procedente de producción ecológica.

2.ª Podrán participar todos los elaboradores de aceite de oliva virgen extra, producidos, ela-borados y envasados en Extremadura.

3.ª La participación en la cata concurso es gratuita. Cada concursante deberá cumplimen-tar la solicitud de inscripción cuyo modelo se incluye en el Anexo.

4.ª No será admitido, a efectos del concurso convocado, aceite de oliva virgen extra pro-cedentes de almazaras sobre las que exista resolución firme de retirada de autoriza-ción por el órgano correspondiente. Asimismo, tampoco será admitido ningún partici-pante que, en los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, hayasido objeto de resolución sancionadora firme en expediente tramitado por cualquierade las Administraciones Públicas españolas, por infracción a la legislación agroali-mentaria.

5.ª Cada muestra de aceite presentada al concurso, deberá proceder de un lote homogé-neo de, al menos, 10.000 litros para la categoría A y 5.000 litros para la categoría B,obtenido de aceitunas recolectadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extre -madura, durante la campaña 2013/2014.

6.ª Las muestras se enviarán a cargo de la empresa en cuatro envases de aproximadamente1 litro de capacidad cada uno, etiquetados y sellados por la empresa.

7.ª Las solicitudes debidamente cumplimentadas, de conformidad con el modelo normaliza-do del Anexo, junto con las muestras se presentarán o se remitirán a la Dirección Generalde Agricultura y Ganadería, Laboratorio Agroalimentario de Extremadura, c/ Arroyo deValhondo, n.º 2, 10071 Cáceres, a partir del día siguiente al de la publicación de esteAnuncio en el Diario Oficial de Extremadura, acompañadas del boletín de inscripción(Anexo) debidamente cumplimentado.

El plazo de recepción de muestras en el Laboratorio finaliza a las 15:00 horas del día 17de enero de 2014.

8.ª Cada elaborador sólo podrá presentar una muestra por categoría.

9.ª Con la solicitud de inscripción las empresas que opten a la Categoría B, dan su consen-timiento para que el organizador compruebe su correcta inclusión en el Registro de ela-boradores y comercializadores de producción ecológica.

10.ª Las muestras se someterán al correspondiente análisis físico-químico en el LaboratorioAgroalimentario de Extremadura, eliminándose aquéllas en las que se detecte incumpli-miento de cualquier parámetro exigido por la legislación vigente.

El Laboratorio Agroalimentario no tendrá la obligación de remitir los boletines de resul-tados a los participantes, quedando los mismos en sus archivos.

11.ª El jurado estará compuesto por los miembros del Panel Oficial de catadores de la

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Comunidad Autónoma de Extremadura ubicado en el Laboratorio Agroalimentario deCáceres dirigido por el Jefe de Panel.

12.ª La Cata-Concurso se realizará por el sistema denominado “cata ciega”, empleándose unaficha oficial de cata, aplicando el Anexo XII del Reglamento (CE) n.º 2568/91, de laComisión, de 11 de julio de 1991, relativo a las características de los aceites de oliva yde los aceites de orujo de oliva y sobre sus métodos de análisis, modificado por elReglamento (CE) n.º 640/2008, de la Comisión, de 4 de julio de 2008.

El anonimato de las muestras y la fiel reserva de las mismas están garantizados por laOrganización.

13.ª Las decisiones del jurado de la cata serán inapelables.

14.ª En cada una de las categorías se otorgará un primer premio así como un reconocimien-to especial para todos los finalistas. Su orden se establecerá aplicando el Índice Globalde Calidad recomendado por el Consejo Oleícola Internacional, que además de la pun-tuación del panel, tiene en cuenta la acidez, el índice de peróxidos y la absorbancia a laluz ultravioleta, considerándose superior aquél que su índice sea mayor, así mismo sevalorará el equilibrio entre el amargo y el picante.

15.ª Se otorgará un diploma acreditativo al “Maestro de Almazara” de la industria que hayanobtenido el primer premio en cada una de las categorías, como reconocimiento a su la-bor en el proceso de elaboración de estos aceites de especial calidad y característicassensoriales.

16.ª El premio, si fuera procedente, puede declararse desierto.

17.ª Contraanálisis: Resuelto el concurso, en las empresas finalistas, se procederá a una to-ma de muestras en los depósitos declarados en el Anexo. En el caso de no concordan-cia del volumen declarado, del análisis organoléptico y del físico-químico, quedaría anu-lado su premio.

18.ª Una vez resuelto el Concurso, siguiendo la normativa vigente, las empresas cuyos acei-tes hayan resultado ganadores y finalistas y quieran hacerlo constar, podrán indicar enlas etiquetas, contraetiquetas o envases la denominación del concurso “ExtremaSelección 2014”.

19.ª El acto de entrega de premios de esta XV Cata-Concurso de Aceites de Oliva Virgen Extra“Extrema Selección 2014” se hará en un acto público que será convocado al efecto.

20.ª Las empresas finalistas aportarán, a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, MedioAmbiente y Energía al menos 10 litros del aceite seleccionado, convenientemente en-vasado y etiquetado, con el único fin de llevar a cabo una promoción directa de las mis-mas en el acto de entrega de premios.

21.ª El hecho de participar supone la plena aceptación de las bases y fallo del jurado.

Mérida, a 16 de octubre de 2013. El Director General de Agricultura y Ganadería, JESÚSBARRIOS FERNÁNDEZ.

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A N E X O I SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

XV CATA-CONCURSO DE ACEITE DE OLIVA VIRGEN EXTRA “EXTREMA SELECCIÓN 2014”

Nombre/ Razón Social Domicilio Código Postal

Localidad Provincia

CIF Teléfono Fax

Correo electrónico

Persona de contacto y cargo En su nombre y representación D. : Declara conocer las bases de la Cata-Concurso de referencia, solicitando participar en el mismo con el ACEITE VIRGEN EXTRA que se describe a continuación: Identificación del stock

Contenido del Depósito

Litros de aceite Variedad Aceituna

Categoría en la que participa: (márquese la que proceda)

Categoría A: Aceite de oliva virgen extra de aceituna procedente de producción convencional.

Categoría B: Aceite de oliva virgen extra de aceituna procedente de producción ecológica.

Fdo:

En , a de de 201

Fecha límite de entrada en el Laboratorio: 17 de enero de 2014. Dirección General de Agricultura y Ganadería, Laboratorio Agroalimentario de Extremadura. C/ Arroyo de Valhondo, n.º 2, 10071-Cáceres.

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CORRECCIÓN de errores del Anuncio de 23 de octubre de 2013 por el quese hace pública la convocatoria, por procedimiento abierto, para lacontratación del servicio de “Producción de contenidos audiovisuales para lapromoción y divulgación de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura”.Expte.: 1351SE1FR914. (2013083884)

Advertido error en el Anuncio de 23 de octubre de 2013 por el que se hace pública la convo-catoria, por procedimiento abierto, para la contratación del servicio de “Producción de conte-nidos audiovisuales para la promoción y divulgación de la Red de Áreas Protegidas de Extre -ma dura”. Expte.: 1351SE1FR914, publicado en el DOE n.º 212, de 4 de noviembre, se procedea su oportuna rectificación:

En la página 25548 en el Apartado 8.a)

Donde dice:

a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14:30 horas del día 4 de noviembre de 2013.

Debe decir:

a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14:30 horas del día 20 de noviembre de 2013.

Mérida, a 4 de noviembre de 2013. Secretario General PD R. 26/07/11, DOE n.º 147),ERNESTO DE MIGUEL GORDILLO.

CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL

ANUNCIO de 22 de octubre de 2013 sobre notificación por comparecencia deliquidación de tasas a los obligados tributarios que se relacionan. (2013083776)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,General Tributaria, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante pordos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración,se pone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuentra pendiente de notifi-car en fase voluntaria, los actos cuyos interesados, números de expediente y procedimientosse especifican a continuación en el Anexo.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados tributarios indicados an-teriormente, o sus representantes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazode quince días naturales, contados desde el siguiente al de esta publicación, de lunes a vier-nes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, al efecto de practicar la notificación, en la OficinaLiquidadora del Negociado de Gestión Económica y Presupuestaria del Servicio Territorial dela Consejería de Salud y Política Social, Ronda del Pilar n.º 10, 2.ª planta de Badajoz.

Así mismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notifi-cación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del venci-miento del plazo señalado para comparecer.

Badajoz, a 22 de octubre de 2013. El Jefe del Servicio Territorial de Badajoz, PEDRO ANTONIO NIETO PORRAS.

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Page 317: DISPOSICIONES GENERALES I

ANUNCIO de 30 de octubre de 2013 por el que se hace pública laconvocatoria, por procedimiento abierto, para la contratación de “Servicio depunto de encuentro familiar de la Comunidad Autónoma de Extremadura”.Expte.: SV-14.001. (2013083862)

1. ENTIDAD ADJUDICADORA:

a) Organismo: Consejería de Salud y Política Social del Gobierno de Extremadura.

b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General (Servicio de Gestión Eco -nó mica-Presupuestaria y Contratación Administrativa).

c) Número de expediente: SV-14.001.

2. OBJETO DEL CONTRATO:

a) Descripción del objeto del servicio “Servicio de Punto de Encuentro Familiar de la Co -mu nidad Autónoma de Extremadura” CPV: 85312300-2.

b) División por lotes y número: Lote 1: Punto de Encuentro Familiar ciudad de Badajoz,Lote 2: Punto de Encuentro Familiar ciudad de Mérida, Lote 3: Punto de Encuentro Fa -miliar ciudad de Cáceres y Lote 4: Punto de Encuentro Familiar ciudad de Plasencia.

c) Lugar de ejecución: Comunidad Autónoma de Extremadura.

d) Plazo de ejecución: Dos años a contar desde el día siguiente a la formalización del con-trato.

3. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN:

a) Tramitación: Ordinaria anticipada.

b) Procedimiento: Abierto.

4. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:

Importe sin IVA: 247.933,88 euros.

Importe total: 300.000,00 euros.

Valor estimado del contrato: 495.867,76 euros.

Anualidades: Año 2014: 150.000,00 €.

Año 2015: 150.000,00 €.

LOTE 1: PEF ciudad de Badajoz.

Importe neto: 76.033,06 €.

IVA 21 %: 15.966,94 €.

Importe base de licitación: 92.000,00 €.

LOTE 2: PEF ciudad de Mérida.

Importe neto: 61.157,02 €.

IVA 21 %: 12.842,98 €.

Importe base de licitación: 74.000,00 €.

25885NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 318: DISPOSICIONES GENERALES I

LOTE 3: PEF ciudad de Cáceres.

Importe neto: 61.157,02 €.

IVA 21 %: 12.842,98 €.

Importe base de licitación: 74.000,00 €.

LOTE 4: PEF ciudad de Plasencia

Importe neto: 49.586,78 €.

IVA 21 %: 10.413,22 €.

Importe base de licitación: 60.000,00 €.

5. GARANTÍA PROVISIONAL: No procede.

6. OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN:

a) Entidad: Gobierno de Extremadura, Consejería de Salud y Política Social, Servicio deGestión Económica-Presupuestaria y Contratación Administrativa.

b) Domicilio: Avda de las Américas n.º 2, 2.ª planta.

c) Localidad y código postal: Mérida, 06800.

d) Teléfono: 924 004189/4264.

e) Telefax: 924 004182.

f) Portal informático o página web donde figuran las informaciones relativas a la convo-catoria o donde pueden obtenerse los pliegos: http://contratacion.gobex.es.

g) Fecha límite de obtención de documentos e información: La fecha límite de presenta-ción de ofertas.

7. REQUISITOS ESPECÍFICOS DEL CONTRATISTA:

a) Clasificación, en su caso: (grupos, subgrupos y categoría): No se exige.

b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Ver Pliego de Cláu -sulas Administrativas Particulares.

8. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS O DE LAS SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:

a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14 horas del decimoquinto día natural desdeel siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. Enel caso de que el último día del plazo sea sábado o inhábil, se prorrogará hasta el pri-mer día hábil siguiente.

b) Documentación a presentar: la especificada en el punto 4 del Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares para Contratos de Servicio y en el Cuadro Resumen deCaracterísticas.

c) Lugar de presentación:

1.ª Entidad: Registro General de la Consejería de Salud y Política Social del Gobiernode Extremadura.

2.ª Domicilio: Avda. de las Américas n.º 2.

25886NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 319: DISPOSICIONES GENERALES I

3.ª Localidad y código postal: Mérida, 06800.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: 2 meses.

e) Admisión de variantes (concurso): No Procede.

f) En su caso, número previsto (o número máximo y mínimo) de empresas a las que sepretende invitar a presentar ofertas (procedimiento restringido): No Procede.

9. APERTURA DE LAS OFERTAS:

a) Entidad: Mesa de Contratación-Consejería de Salud y Política Social.

b) Domicilio: Avda. de las Américas n.º 2.

c) Localidad: Mérida.

d) Fecha: Apertura de la documentación del Sobre “1” (documentación administrativa):el decimoprimer día natural a contar desde el siguiente a la finalización del plazo depresentación de las ofertas. Si fuera sábado o inhábil se celebrará el primer día hábilsiguiente.

Apertura Sobre “2” (Criterios de adjudicación cuya valoración depende de un juicio devalor): El sexto día natural a partir del siguiente a la publicación en el perfil del con-tratante de la sesión de apertura del sobre 1. Si fuera sábado o inhábil se celebrará elprimer día hábil siguiente.

Apertura Sobre “3”: (Criterios de Valoración Automática y Propuesta de Adjudicación ,en su caso) Esta sesión será publicada en el perfil del contratante, y en su caso, co-municado a los licitadores admitidos, mediante fax o correo electrónico indicado por ellicitador en los sobres, señalándose en el mismo la fecha, hora y lugar de celebracióna los efectos establecidos en el art. 87 del RGLCAP.

e) Hora: Sobre “1” a las 9:00 horas. Sobre “2” y “3” a las 11:00 horas.

Cualquier variación en las fechas y horas indicadas para la celebración de las mesas secomunicará a través del Perfil de contratante en la siguiente dirección de internet:http://contratacion.gobex.es.

10. OTRAS INFORMACIONES: La notificación de los defectos y omisiones subsanables de ladocumentación administrativa se efectuará mediante publicación en el portal informático“Perfil del Contratante” (http://contratacion.gobex.es), el mismo día de la apertura del so-bre “1”. También se comunicará verbalmente a los interesados que se personen ante laMesa de Contratación el día de la apertura de la documentación administrativa. Se podránutilizar facultativamente otros procedimientos de notificación si se estima pertinente.

11. GASTOS DE ANUNCIO: Correrán a cargo de la empresa adjudicataria.

12. FECHA DE ENVÍO DEL ANUNCIO AL “DIARIO OFICIAL DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS”(en su caso): No procede.

13. EN SU CASO, PORTAL INFORMÁTICO O PÁGINA WEB DONDE FIGUREN LAS INFORMA-CIONES RELATIVAS A LA CONVOCATORIA O DONDE PUEDEN OBTENERSE LOS PLIEGOS:http://contratacion.gobex.es.

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Page 320: DISPOSICIONES GENERALES I

Mérida, a 30 de octubre de 2013. La Secretaria General, (PD Resolución 26/09/2012, DOE N.º197, de 10/10/2012), M.ª DOLORES CORCHERO MADRUGA.

AYUNTAMIENTO DE TORRE DE SANTA MARÍA

ANUNCIO de 14 de octubre de 2013 sobre aprobación inicial de lamodificación puntual n.º 5 de las Normas Subsidiarias. (2013083836)

Aprobada inicialmente la modificación puntual n.º 5 de las Normas Subsidiarias de Torre deSanta María, por acuerdo del Pleno de fecha 29 de agosto de 2013, de conformidad con lo es-tablecido en los artículos 77.2.2 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y OrdenaciónTerritorial de Extremadura y 121.2 del Reglamento de Planeamiento de Extremadura aproba-do por Decreto 7/2007, de 23 de enero, se somete a información pública por el plazo de cua-renta y cinco días a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en elDiario Oficial de Extremadura.

Toda la documentación, podrá ser examinada en las dependencias municipales por cualquierinteresado, a fin de que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Asimismo, se acuerda suspender el otorgamiento de las licencias en todas aquellas áreas cu-yas nuevas determinaciones supongan alteración del régimen vigente.

Torre de Santa María, a 14 de octubre de 2014. El Alcalde, FLORENTINO CARRASCO GARCÍA.

AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE ALCÁNTARA

ANUNCIO de 16 de octubre de 2013 sobre convocatoria para proveer unaplaza de vigilante de arbitrios. (2013083729)

En el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres número 200, de 16 de octubre de 2013, se hanpublicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:

Una plaza de vigilante de arbitrios, Categoría C 2, Nivel 15 incluida en la Oferta de Empleo Públicopara el año 2012 mediante el sistema de concurso-oposición, en turno de promoción interna.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, a contar desde el siguienteal de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con lasbases, se harán públicos en el BOP de la provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.

Valencia de Alcántara, a 16 de octubre de 2013. El Alcalde, PABLO CARRILHO REYES.

25888NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 321: DISPOSICIONES GENERALES I

MANCOMUNIDAD INTEGRAL DE MUNICIPIOS DEL “VALLE DELALAGÓN”

ANUNCIO de 21 de octubre de 2013 por el que se hace público el textoíntegro de los Estatutos de la Mancomunidad. (2013083804)

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES Y FINALIDAD

ARTÍCULO 1.º Los municipios de Aceituna, Aldehuela del Jerte, Alagón del Río, Calzadilla,Carca boso, Galisteo, Guijo de Coria, Guijo de Galisteo, Huelaga, Montehermoso, Morcillo, Po -zuelo de Zarzón, Valdeobispo y Villa del Campo, de la provincia de Cáceres, quedan consti-tuidos en Entidad de carácter supramunicipal, Mancomunidad Integral de Municipios, con per-sonalidad y capacidad jurídicas plenas para el ejercicio de las competencias y cumplimientode los fines fijados en el Capitulo III de los presentes Estatutos.

ARTÍCULO 2.º

1) La Mancomunidad se denominará “Mancomunidad integral de municipios del Valle delAlagón”, y su capitalidad será en el municipio de Pozuelo de Zarzón, sin perjuicio del cam-bio o alteración de la misma, cuando así lo acuerde mayoritariamente la Asamblea.

2) Será en la capitalidad de la Mancomunidad, donde preceptivamente, radicaran los Órga-nos de Gobierno y Administración, sin que ello impida la descentralización de servicios enotros municipios.

3) La sede social de la Mancomunidad, será la planta alta de la Casa Consistorial del muni-cipio de Pozuelo de Zarzón, sin perjuicio de que se pueda adquirir inmueble destinado aser sede de permanente en el futuro”.

CAPITULO II

ÁMBITO TERRITORIAL

ARTÍCULO 3.º El ámbito territorial dentro del cual la Mancomunidad desarrollará sus fines yejercerá su jurisdicción, queda constituido por la totalidad de los términos municipales de losmunicipios mancomunados.

CAPITULO III

OBJETO, FINES COMPETENCIA, POTESTADES, PRERROGATIVAS y SERVICIOS DE LA MANCOMUNIDAD

ARTÍCULO 4.º

1.º La Mancomunidad asume expresamente entre sus fines, la gestión mancomunada de eje-cución de obras y prestación de servicios comunes adecuados para los intereses supra-municipales de su territorio y el fomento de su desarrollo local. Para el cumplimiento desus fines, la Mancomunidad, de conformidad con las determinaciones contenidas en los

25889NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013

Page 322: DISPOSICIONES GENERALES I

NÚMERO 213Martes, 5 de noviembre de 2013 25890

presentes estatutos y con lo establecido en la legislación en materia de régimen local, po-drá asumir las siguientes potestades y prerrogativas, que se ejercitarán de acuerdo conla legislación aplicable en cada caso:

a. Las potestades reglamentaria y de autoorganización.

b. Las potestades tributaria y financiera.

c. La potestad de programación o planificación.

d. La potestad expropiatoria, con autorización previa por el Gobierno de Extremadura.

e. Las potestades de investigación, deslinde y recuperación de oficio de sus bienes, asícomo las de defensa de su patrimonio.

f. La presunción de legitimidad y la ejecutividad de sus actos.

g. Las potestades de ejecución forzosa y sancionadora.

h. La potestad de revisión de oficio de sus actos y acuerdos.

i. Las prelaciones y preferencias y demás prerrogativas reconocidas a la Hacienda Públicapara los créditos de la misma, sin perjuicio de las que correspondan a las Haciendasdel Estado y las Comunidades Autónomas; así como la inembargabilidad de sus bienesy derechos, en los términos previstos en las Leyes.

2.º La Mancomunidad prestará efectivamente servicios en las siguientes áreas:

a. Área de sostenibilidad medioambiental, gestión de los residuos sólidos urbanos y delciclo del agua.

b. Área de vigilancia, seguridad, guardería rural y policía.

c. Área de sanidad y bienestar social.

d. Área de cultura, educación y deportiva.

e. Área de desarrollo local.

f. Área de urbanismo, vivienda y ordenación del territorio.

g. Área de infraestructuras, dotaciones y equipamientos.

h. Área de participación ciudadana, igualdad, información y comunicación.

3.º La Mancomunidad ejercerá competencias en las siguientes materias, servicios y obras:

a) El establecimiento, financiación, mejora, conservación, gestión y explotación del servi-cio de abastecimiento conjunto de agua potable a las poblaciones de los municipiosmancomunados, así como el control analítico de potabilidad de las aguas.

b) Prestación y gestión de los Servicios Sociales de Base. Programas de atención a las fa-milias, prevención de drogodependencias, atención a discapacitados y personas de-pendientes. Servicio de ayuda a domicilio, gestión mancomunada de centros de día yresidencia de mayores de titularidad municipal; y demás servicios sociales.

Page 323: DISPOSICIONES GENERALES I

c) Prestación y gestión del servicio de Recogida Selectiva de Residuos Sólidos Urbanos.

d) Servicio de asesoramiento a los Ayuntamientos mancomunados en materia de trami-tación y gestión laboral y de personal.

e) Servicio de Registro de documentos “ventanilla única”.

f) Tratamiento, depuración y control de vertidos y aguas residuales.

g) Conservar y proteger el patrimonio histórico, arquitectónico y medio ambiental en es-pecial, evitando la contaminación de sus aguas fluviales, defendiendo y promoviendola riqueza cinegética y piscícola.

h) Protección Civil, servicio de atención de urgencias y emergencias, control de aglome-raciones humanas y la prevención de incendios forestales.

i) Guardería Rural.

j) Gestionar y mejorar las vías y medios de comunicación, carreteras, caminos vecinales,transportes públicos escolares. Participar en la ordenación y mejora comarcal del trans-porte público de viajeros.

k) Conservación y mejora de la red de caminos rurales. Gestión del servicio de parque demaquinaria.

l) Impulsar la construcción de instalaciones deportivas, estimulando el deporte y el ocio,promover la instalación hostelera, de servicios, incluyendo la mejora y adecuación deviviendas para alquiler con fines turísticos, fomentar y favorecer el turismo de divul-gación.

m)Impulsar actividades socioculturales y desarrollo comunitario.

n) Promoción de la mujer y de políticas por la igualdad.

o) Gestión, ejecución, asesoramiento y protección de la legalidad en materia de Vivienda,urbanismo, arquitectura y territorio.

p) Promoción y gestión de la Prevención de riegos laborales y salud laboral.

q) Investigación, promoción y asesoramiento empresarial y para el empleo y demás ac-ciones estratégicas útiles para el desarrollo rural.

r) Constitución, llegado el caso, de una oficina para la Planificación estratégica y deElaboración de Proyectos regionales, Nacionales, Europeos y Transnacionales.

s) Colaboración con el Grupo de Acción Local en materias de promoción del desarrollo ru-ral, turístico y empresarial de la comarca.

t) Promoción, gestión, dinamización e implantación de las Nuevas Tecnologías y la Socie -dad de la Información.

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u) Fomento de la formación e inserción profesional y el autoempleo, mediante el desa-rrollo de cursos, Escuelas Taller, Talleres de Empleo, Casas de Oficios y Centros Espe -cia les de Empleo.

v) Promoción, dinamización y gestión cultural, deportiva y juvenil.

w) Mantenimiento y gestión de instalaciones culturales y deportivas y de ocio. Gestiónmancomunada del tratamiento, desinfección y suministro de productos químicos paralas Piscinas Municipales.

x) Asesoramiento, formación, información y defensa de los consumidores y usuarios.

y) Participación en la planificación y mejora de la atención socio-sanitaria de la zona.

z) Compra de bienes y suministros, y contratación colectiva de pólizas de seguros.

aa) La prestación de cualquier otro servicio de competencia municipal, en los términos dela legislación vigente, que se pueda implantar o crear.

4. Para la realización de dichos fines, la Mancomunidad tendrá plena competencia y losacuerdos y resoluciones que adopten sus órganos de Gobierno obligarán tanto a losAyunta mientos mancomunados como a las personas físicas o jurídicas quienes puedanafectar.

5. La actuación para el desarrollo de estos fines se podrá llevar a efecto conforme cualquie-ra de las formas de gestión de servicios previstas en el ordenamiento jurídico vigente yen los términos que dicte la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas.

6. La prestación efectiva de los fines enumerados en el número uno de este artículo, supo-ne la subrogación por parte de esta Mancomunidad, en la gestión y administración inte-gral de los mismos.

7. En los casos en que la prestación de los servicios así lo requiera, la Asamblea procederáa la aprobación del correspondiente Reglamento u ordenanza reguladora, en que se re-gule sus condiciones y normativas especificas.

ARTÍCULO 5.º

1. La actividad de la Mancomunidad se desarrollará conforme al Plan general de acción in-termunicipal, y en el que se detallarán los objetivos a cumplir, en el orden de prioridad ylos medios disponibles para la financiación.

2. El Plan podrá ser ampliado si durante su vigencia se obtuvieran subvenciones u otras apor-taciones extraordinarias para obras o servicios determinados, no incluidos en la planifica-ción inicial.

3. La planificación y posible realización de obras y servicios comunitarios se hará buscandola potenciación equilibrada y armónica de todos y cada uno de los municipios mancomu-nados y se desarrollará mediante los correspondientes proyectos técnicos que se creannecesarios.

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CAPITULO IV

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DE LA MANCOMUNIDAD

ARTÍCULO 6.º

1. Los órganos de Gobierno de la Mancomunidad son:

a. La Asamblea.

b. El Presidente de la mancomunidad.

2. La Asamblea podrá crear Comisiones Informativas y de Trabajo que requieran la prepa-ración y desarrollo de los acuerdos y actividades objeto de la Mancomunidad, cuyo régi-men de funcionamiento será el establecido en la legislación básica estatal, en las normascontenidas en esta Ley y a los principios de eficacia, economía organizativa y participa-ción ciudadana.

ARTÍCULO 7.º

1. La Asamblea estará integrada por los Vocales, representantes de las Entidades Manco -munadas, elegidos por sus respectivos Ayuntamientos constituidos en Pleno, presididapor el Presidente de la Mancomunidad y asistida por el Secretario de la misma o quiénlegalmente le sustituya en virtud de los establecido al respecto en la Legislación Local.

2. Cada Ayuntamiento y Entidad Local Menor mancomunados designará de entre susmiembros a un representante que ostentara la condición de Vocal de la Asamblea. Dichorepresentante será elegido de entre los miembros de las respectivas Corpora ciones lo-cales mediante acuerdo plenario.

2.1 En todo caso, la pérdida de la condición de concejal en el municipio o de repre-sentante en la Junta Vecinal de la entidad local menor incorporados a la manco-munidad supone la pérdida de la condición de miembro en los órganos de la man-comunidad.

2.2. Cuando los representantes de los municipios y entidades locales menores manco-munados pierdan, por cualesquiera razones, tal condición permanecerán en fun-ciones para cuestiones de administración ordinaria de la mancomunidad hasta tan-to el municipio o entidad local menor nombren a su nuevo representante.

El mandato de los vocales coincide con el de sus respectivas Corporaciones.

3. Los Municipios y Entidades Locales menores, si existieran, nombrarán un vocal suplentede cada uno de los representantes en la Mancomunidad, con las mismas prerrogativasque el titular, que ejercerán sus funciones en los casos de vacantes del titular por au-sencia o enfermedad.

ARTÍCULO 8.º

1. Tras la celebración de Elecciones Locales y dentro del plazo previsto por la Ley para la de-signación de representantes en órganos colegiados, las Entidades Locales deberán nom-

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brar los vocales representantes en la Mancomunidad, debiéndose comunicar el resultadode la misma en el plazo previsto en la ley.

2. Hasta la fecha de constitución de la nueva Asamblea, actuara en funciones la anterior, asícomo su Presidente y vicepresidente.

3. Transcurrido el plazo para la designación de los vocales por los Ayuntamientos y Entidadeslocales menores y dentro de los diez días siguientes se procederá a la constitución de lanueva Asamblea y elección de su Presidente y Vicepresidente.

4. Durante el periodo a que se refiere el párrafo 2 sólo podrá llevarse a cabo la gestión or-dinaria de la Mancomunidad.

ARTÍCULO 9.º

1. Los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores podrán, libremente, y en cualquier mo-mento, mediante decisión del Pleno corporativo, revocar el nombramiento de su Vocal re-presentante, designando a quien haya de sustituirle. En cualquier caso el plazo de man-dato del nuevo o nuevos vocales será el que reste al inicialmente designado y que ha decoincidir con el mandato de la Corporación que lo designe.

2. Podrán ser candidatos a la Presidencia de la Mancomunidad todos y cada uno de los delos vocales que componen la Asamblea.

3. Si ningún candidato obtiene la mayoría absoluta en la primera votación se celebrara unasegunda en la misma sesión resultando elegido aquel que obtenga mayor número de vo-tos. En caso de empate resultará elegido el de mayor edad.

ARTÍCULO 10.º

Para la destitución del Presidente se seguirá el mismo procedimiento que el establecido en lalegislación vigente para la destitución del Alcalde.

CAPITULO V

COMPETENCIAS FUNCIONALES Y ATRIBUCIONES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO YADMINISTRACIÓN DE LA MANCOMUNIDAD

ARTÍCULO 11.º

1. En orden al gobierno y administración de la Mancomunidad, y dentro de su ámbito terri-torial, competencias y fines de la misma, la Asamblea ejercerá las atribuciones que la Ley7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local, otorga al Órgano Plenariode los Ayuntamientos y Artículo 29 y siguientes de la Ley 17/2010 de 22 de diciembre demancomunidades y entidades locales de Extremadura.

2. El Presidente de la mancomunidad será el Presidente de todos sus órganos colegiados yostentará todas las competencias que le atribuya la legislación del Estado o de laComunidad Autónoma de Extremadura que le sea de aplicación a las mancomunidades.Subsidiariamente el Presidente de la Mancomunidad, en orden al gobierno y administra-ción de la misma, ostentará las funciones y competencias que la Ley 7/1985, de 2 de abril

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otorgara a los Alcaldes-Presidentes de los Ayuntamientos. En particular, corresponderánal Presidente de la mancomunidad las siguientes atribuciones:

a. Representar a la mancomunidad.

b. Dirigir el gobierno y la administración mancomunada.

c. Convocar y presidir las sesiones de la Asamblea, de la Junta de Gobierno y de cuales-quiera órganos colegiados de la mancomunidad.

3. El Presidente podrá delegar el ejercicio de sus atribuciones, salvo las de convocar y pre-sidir las sesiones de la Asamblea y de la Junta de Gobierno, decidir los empates con el vo-to de calidad y todas aquellas expresamente previstas en la normativa que le sea de apli-cación.

ARTÍCULO 12.º Composición y competencias de la Asamblea.

1. La Asamblea de la mancomunidad estará integrada por todos los representantes designa-dos por los municipios y entidades locales menores mancomunados y presidida por elPresidente de la mancomunidad y ejercerá las siguientes competencias:

a) La constitución de la misma.

b) La elección del Presidente y Vicepresidente.

c) El control y la fiscalización de los órganos de gobierno.

d) La propuesta de modificación de los Estatutos, incorporación de otros municipios, se-paración de miembros.

e) La aprobación del Reglamento orgánico y de las ordenanzas.

f) La determinación de los recursos propios de carácter tributario; la aprobación y modi-ficación de los Presupuestos; la disposición de gastos en materia de su competencia yla aprobación de las cuentas; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en la Ley deHaciendas Locales.

g) La aprobación de las formas de gestión de los servicios.

h) La aceptación de la delegación de competencias hecha por otras Administraciones pú-blicas.

i) El planteamiento de conflictos de competencias a otras Entidades locales y demásAdministraciones públicas.

j) La aprobación de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo, la fi-jación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los fun-cionarios y el número y régimen del personal eventual.

k) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Mancomunidaden materias de competencia plenaria.

l) La declaración de lesividad de los actos de la Mancomunidad.

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m) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada, dentro de ca-da ejercicio económico, exceda del 10 por 100 de los recursos ordinarios delPresupuesto- salvo las de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumu-lado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por 100 de los ingresoscorrientes liquidados en el ejercicio anterior- todo ello de conformidad con lo dispues-to en la Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, RDL 2/2004,5 de marzo.

n) Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe supere el 10 por 100de los recursos ordinarios del Presupuesto y, en cualquier caso, los 6.000.000,00 eu-ros, así como los contratos y concesiones plurianuales cuando su duración sea supe-rior a cuatro años y los plurianuales de menor duración cuando el importe acumuladode todas sus anualidades supere el porcentaje indicado, referido a los recursos ordi-narios del Presupuesto del primer ejercicio y, en todo caso, cuando sea superior a lacuantía señalada en esta letra.

o) La aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para sucontratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los Presupuestos.

p) La adquisición de bienes y derechos cuando su valor supere el 10 por 100 de los re-cursos ordinarios del Presupuesto y, en todo caso, cuando sea superior a 3.000.000,00euros, así como las enajenaciones patrimoniales en los siguientes supuestos:

— Cuando se trate de bienes inmuebles o de bienes muebles que estén declarados devalor histórico o artístico, y no estén previstas en el Presupuesto. Cuando estandoprevistas en el Presupuesto, superen los mismos porcentajes y cuantías indicadospara las adquisiciones de bienes.

q) Aquéllas otras que deban corresponder a la Asamblea por exigir su aprobación una ma-yoría especial.

r) Todas cuantas la legislación atribuye al Pleno de los Ayuntamientos para el cumpli-miento de sus fines.

2. Corresponde igualmente a la Asamblea la votación sobre la moción de censura del Presi -den te de la mancomunidad y sobre la cuestión de confianza planteada por el mismo, queserán públicas y se realizarán mediante llamamiento nominal en todo caso, y se regiránpor lo dispuesto en la legislación electoral general.

3. La Asamblea podrá delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Presidente y en la Juntade Gobierno en los términos previstos en la legislación que sea de aplicación.

ARTÍCULO 13.º Corresponde al Presidente de la Mancomunidad:

a. Dirigir el gobierno y la administración mancomunal.

b. Representar a la Mancomunidad.

c. Convocar y presidir las sesiones de la Asamblea, salvo los supuestos previstos en la pre-sente Ley y en la legislación electoral general, de la Junta de Gobierno, y de cualesquie-ra otros órganos mancomunales, y decidir los empates con voto de calidad.

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d. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras mancomunales.

e. El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado, disponergastos dentro de los límites de su competencia, concertar operaciones de crédito, con ex-clusión de las contempladas el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, RDL 2/2004, 5 de marzo, siempre que aquéllas estén previstas en el Presupuestoy su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10 por 100 desus recursos ordinarios, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importeacumulado de las operaciones vivas en cada momento no supere el 15 por 100 de los in-gresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior, ordenar pagos y rendir cuentas; to-do ello de conformidad con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales, RDL 2/2004, 5 de marzo.

f. Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aproba-dos por la Asamblea, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y pa-ra los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones comple-mentarias que no sean fijas y periódicas.

g. Desempeñar la jefatura superior de todo el personal, y acordar su nombramiento y san-ciones, incluida la separación del servicio de los funcionarios de la Corporación y el des-pido del personal laboral, dando cuenta a la Asamblea, en estos dos últimos casos, en laprimera sesión que celebre. Esta atribución se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto enlos artículos 99.1 y 3 de esta Ley.

h. El ejercicio de las acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Mancomunidaden las materias de su competencia, incluso cuando las hubiere delegado en otro órgano,y, en caso de urgencia, en materias de la competencia de la Asamblea, en este supuestodando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación.

i. La iniciativa para proponer a la Asamblea la declaración de lesividad en materias de lacompetencia de la Presidencia.

j. Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10 por100 de los recursos ordinarios del Presupuesto ni, en cualquier caso, los 6.000.000,00 deeuros; incluidas las de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatroaños, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el por-centaje indicado, referido a los recursos ordinarios del Presupuesto del primer ejercicio,ni la cuantía señalada.

k. La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para sucontratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.

l. La adquisición de bienes y derechos cuando su valor no supere el 10 por 100 de los re-cursos ordinarios del Presupuesto ni los 3.000.000,00 de euros, así como la enajenacióndel patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes su-puestos:

La de bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el Presupuesto.

La de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenaciónno se encuentre prevista en el Presupuesto.

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Page 330: DISPOSICIONES GENERALES I

m. Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos de la Mancomunidad.

n. Todas aquellas que la normativa de Régimen Local atribuye al Alcalde en cuanto sean deaplicación al funcionamiento de la Mancomunidad.

CAPITULO VI

ÓRGANOS NECESARIOS DE LA MANCOMUNIDAD

ARTÍCULO 14.º Junta de Gobierno de la Mancomunidad y Comisión Especial de Cuentas.Composición y competencias.

La Junta de Gobierno:

1. La Junta de Gobierno de la mancomunidad será un órgano de asistencia a la Asamblea yal Presidente y de gestión de la mancomunidad, la cual estará integrada por el Presidente,el Vicepresidente y tres vocales de la Asamblea de la mancomunidad representantes delos municipios y entidades locales menores mancomunadas. El número total de miembrosde la Junta de Gobierno nunca podrá ser superior a un tercio del número de miembros dela Asamblea.

2. Los vocales la Junta de Gobierno serán propuestos y nombrados por el pleno de la Asam -blea mancomunal mediante el correspondiente acuerdo.

3. La Junta de Gobierno ejercerá exclusivamente las atribuciones siguientes:

a. Asistir al Presidente de la mancomunidad en sus atribuciones.

b. Ejercer las competencias que el Presidente u otro órgano de la mancomunidad le pu-dieran, en aplicación de la legislación vigente, haber delegado.

4. La Junta de Gobierno de la mancomunidad funcionará en régimen de sesiones ordinariasy extraordinarias, las cuales también podrán ser urgentes. Las sesiones de la Junta de Go -bierno serán convocadas, como reglamentariamente se establece, por el Sr. Presidente dela Mancomunidad.

5. Los acuerdos de la Junta de Gobierno de la Mancomunidad se adoptarán con el mismo sis-tema de votación que el establecido en los presentes Estatutos para la Asamblea de laMancomunidad.

La Comisión Especial de Cuentas:

1. Corresponde a la Comisión Especial de Cuentas el examen, estudio e informe de las cuen-tas, presupuestarias y extrapresupuestarias, que deba aprobar la Asamblea de la manco-munidad y, en especial, de la Cuenta General que han de rendir las mancomunidades.

2. La Comisión Especial de Cuentas de la Mancomunidad estará integrada por los vocales dela Asamblea representantes de todos los municipios y entidades locales menores manco-munados.

3. Para el ejercicio de sus funciones, la Comisión podrá requerir, a través del Presidente dela mancomunidad, la documentación complementaria necesaria y la presencia de los

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miembros de la mancomunidad y sus funcionarios relacionados con las cuentas que seanalicen.

4. La Comisión Especial de Cuentas se reunirá, como mínimo, una vez cada año para exa-minar e informar las cuentas generales de la mancomunidad integral.

5. Además de lo anterior, puede celebrar reuniones preparatorias si el Presidente lo decideo si lo solicita una cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de la Asambleade la mancomunidad.

ARTÍCULO 15.º Vicepresidente de la mancomunidad; funciones.

1. La mancomunidad tendrá un Vicepresidente.

2. El Vicepresidente de la mancomunidad será nombrado por la Asamblea, a propuesta de laPresidencia de la Mancomunidad de entre los miembros de dicha asamblea, aplicándosepara ello el mismo sistema de votación que el establecido para la elección del Sr.Presidente.

3. La condición de Vicepresidente se pierde por las causas determinadas en la ley, y en par-ticular, por renuncia expresa manifestada por escrito y por pérdida de la condición deconcejal del municipio o miembro de la Junta Vecinal de la entidad local menor manco-munados.

4. Serán funciones del Vicepresidente de la mancomunidad sustituir en la totalidad de susfunciones al Presidente en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que impo-sibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones delPresidente en los supuestos de vacante y todas aquellas que le sean atribuidas en virtudde los estatutos de la mancomunidad.

CAPITULO VI

FUNCIONAMIENTO Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LA MANCOMUNIDAD

ARTÍCULO 16.º Funcionamiento de la Asamblea.

Los requisitos de celebración de las sesiones referidos a quórum de asistencia e informes pre-vios sobre adecuación a la legalidad, así como los debates, votaciones y ruegos y preguntasen la Asamblea se regirán por lo previsto en las normas reguladoras del régimen local paralos Ayuntamientos.

Quórum de adopción de acuerdos.

1. Los acuerdos se adoptarán, como regla general, por mayoría simple de los miembros pre-sentes, que existirá cuando los votos afirmativos superen a los negativos. Los señores vo-cales, en representación de sus respectivos municipios y entidades locales menores, tienenasignado, tanto para las votaciones de la asamblea, como para todos y cada uno de los ór-ganos colegiados y de gobierno de la mancomunidad donde participen; un solo voto.

2. Cuando se produzcan votaciones con resultado de empate, se efectuará una nueva vota-ción y, si persistiese el empate, decidirá el voto de calidad del Presidente, sin perjuicio deldeber de abstención en los supuestos previstos en las Leyes.

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3. Se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de laAsamblea en los supuestos determinados por las Leyes. En todo caso se exigirá la mayo-ría absoluta para la adopción de los acuerdos siguientes:

a. Alteración y nombre de la capitalidad de la mancomunidad.

b. Adopción o modificación de los símbolos y enseñas de la mancomunidad.

c. Propuesta de modificación de los estatutos.

4. Salvo en lo dispuesto en los presentes Estatutos, el régimen de sesiones de los órganosde la Mancomunidad, la adopción de acuerdos, la tramitación de expedientes, la gestióneconómico financiera y la contabilidad de la misma se ajustará a lo que dispone en lasnormas reguladoras del régimen local para los Ayuntamientos.

5. Estarán legitimados para recurrir los actos y acuerdos emanados de la Mancomunidad, losórganos de Gobierno de la Mancomunidad, los destinatarios de los mismos, los Ayunta -mientos mancomunados, y los miembros de los órganos de la Mancomunidad que hubie-ran votado en contra de la adopción de dichos acuerdos y actos.

ARTÍCULO 17.º

1. La asamblea funcionará en Régimen de sesiones ordinarias, de periodicidad preestableci-das, y extraordinarias.

2. Sesiones ordinarias. La asamblea celebrará sesión ordinaria una vez cada trimestre natu-ral del año.

3. Sesiones Extraordinarias. Cuando así lo decida la Presidencia de la Mancomunidad o lo so-licite la cuarta parte al menos, del número legal de vocales de la asamblea. En este últi-mo caso, la celebración del mismo no podrá demorarse por más de quince días hábilesdesde que fue solicitada.

ARTÍCULO 18.º La convocatoria de sesiones, su desarrollo, adopción de acuerdos, quórum deconstitución, votaciones y actas se regulara por lo dispuesto en los presentes Estatutos y enlas Leyes y Reglamentos de Régimen Local, y supletoriamente por la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi -nis trativo Común.

ARTÍCULO 19.º

1. Son derechos y deberes de los municipios:

a) Participar en la gestión de la Mancomunidad de acuerdo con lo que disponen los pre-sentes Estatutos.

b) Recibir información directa de los asuntos que sean de su interés.

c) Presentar propuestas de actuación en el ámbito de las materias de competencias de lamancomunidad.

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d) Contribuir mediante las prestaciones económicas establecidas por los Estatutos y laAsam blea al ejercicio de las competencias de la Mancomunidad.

e) Intervenir en las sesiones de la Asamblea con voz y voto, a través de su representan-te legítimo y en los supuestos específicos que determinen los Estatutos.

2. Cada Vocal representante de los Ayuntamientos, tendrá voz y voto en la asamblea de lamancomunidad y en los distintos órganos colegiados y de gobierno donde participe y elPresidente dirimirá los empates con voto de calidad.

CAPITULO VIII

DE LOS FUNCIONARIOS DE LA MANCOMUNIDAD

ARTÍCULO 20.º De los funcionarios y personal laboral en general. Para la prestación de losservicios de su competencia, la Mancomunidad contará con una plantilla del personal, cuyaselección y régimen jurídico será el establecido en la Legislación de Régimen Local.

De modo expreso, para el logro de sus fines podrán prestar servicios en la mancomunidad losempleados públicos de las entidades locales que la integran y, en los términos y dentro de lasrelaciones de cooperación y colaboración que en cada caso se establezcan, el de otras Ad mi -nistraciones Públicas.

ARTÍCULO 21.º Funciones publicas de la Mancomunidad.

1. Son funciones públicas necesarias en la mancomunidad:

a. La de secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo.

b. El control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria,y la contabilidad, tesorería y recaudación.

2. No obstante lo anterior, la mancomunidad, llegado el caso, podrá solicitar previo acuerdode la asamblea, ser eximida por la Comunidad Autónoma de Extremadura de la obligaciónde mantener el puesto de trabajo de Secretaría cuando su volumen de servicios o recur-sos no sea suficiente para el mantenimiento de dichos puestos.

3. De forma expresa la mancomunidad podrá agruparse con otras entidades locales, de for-ma preferentemente con aquellas entidades locales que la integran, para el mantenimientoen común del puesto de funcionario con habilitación de carácter estatal, siempre con res-peto a los requisitos que normativamente se establezcan para tal agrupación.

A. Del Secretario.

1. El puesto de Secretaría será desempeñado por un funcionario de Habilitación Estatalde la subescala de Secretaría-Intervención, y se cubrirá por concurso entre funcio-narios que ostenten tal carácter, de conformidad con lo dispuesto en el Orde na -miento Jurídico vigente.

2. Hasta tanto se cree esta plaza, dichas funciones serán desempeñadas por uno delos funcionarios que ostenten tal carácter. Su designación, hasta la provisión del

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puesto de conformidad con las disposiciones legales vigentes; se hará mediantenombramiento del organismo competente de la Administración Autonómica y/oEstatal.

3. El funcionario asistirá a la Asamblea y a todos los órganos colegiados de la manco-munidad en los que sea necesaria la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo,con voz, pero sin voto y tendrá las funciones propias que estén atribuidas por la Leyde Régimen Local con respecto a las Corporaciones Locales.

4. En caso de ausencia o enfermedad o abstención legal o reglamentaria del Secretariopara concurrir a las sesiones de los órganos colegiados sus funciones serán ejerci-das de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones legales vigentes y en sudefecto por funcionario de Habilitación Estatal de la subescala correspondiente, ele-gido por la Presidencia de entre los que presten sus servicios en algún municipio dela Mancomunidad.

B. Del Interventor.

En principio las funciones interventoras de control y fiscalización interna de la gestióneconómico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación es-tarán atribuidas al Secretario-Interventor.

Si el desarrollo futuro de la Mancomunidad y su capacidad económica lo aconsejaren, laAsamblea podrá solicitar al organismo competente de la Administración Autonómica y/oEstatal que designe, hasta la provisión del puesto de conformidad con las disposicioneslegales vigentes, Interventor de la Mancomunidad a un funcionario de HabilitaciónEstatal de la subescala de Intervención-Tesorería. Las funciones de Intervención seránlas mismas que atribuye a estos funcionarios la Ley de Régimen Local.

ARTÍCULO 22.º Del Depositario. La asignación del Depositario se realizará con lo establecidoen la normativa de la Administración Local.

ARTÍCULO 23.º

1. Del resto de personal de la Mancomunidad será seleccionado mediante los sistemas deoposición, concurso y concurso-oposición, respetando, en todo caso, los principios cons-titucionales de publicidad, mérito y capacidad.

2. Hasta tanto se provean las plazas convocadas, estas podrán cubrirse interinamente o conpersonal laboral de carácter temporal o fijo según sus funciones, por las personas, querespetando los principios señalados en el párrafo anterior, sean oportunamente seleccio-nados.

3. Las plazas vacantes se cubrirán anualmente, mediante oferta de empleo publico, duranteel primer trimestre del año.

4. El nombramiento y régimen de personal eventual, en su caso, será idéntico al previsto pa-ra las Corporaciones Locales por la legislación vigente.

5. En su caso, la mancomunidad aprobará anualmente, junto con el presupuesto, la planti-lla y relación de puestos de trabajo existentes en su organización, que debe comprender

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Page 335: DISPOSICIONES GENERALES I

todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral fijo y personal la-boral eventual.

CAPITULO IX

HACIENDA Y RÉGIMEN ECONÓMICO

ARTÍCULO 24.º

1. La Hacienda de la Mancomunidad esta constituida por los siguientes recursos:

a) Ingresos de Derecho Privado.

b) Subvenciones y otros ingresos de Derecho Publico.

c) Tasas por la prestación de servicios o realización de actividades de su competencia.

d) Contribuciones especiales por la ejecución de obras o para el establecimiento, amplia-ción o mejora de servicios de competencia de la Mancomunidad.

e) Los Procedentes de operaciones de crédito.

f) Multas.

g) Las aportaciones de los municipios mancomunados.

h) Cualquier otro recurso que se establezca a favor de las Mancomunidades por disposi-ción legal o reglamentaria.

ARTÍCULO 25.º

1. El patrimonio de la Mancomunidad estará integrado por toda clase de bienes, derechos,acciones que legítimamente adquiera. A tal efecto, deberá formarse un inventario, de con-formidad con las disposiciones aplicables en general a las Entidades Locales.

2. La participación de cada municipio miembro de este patrimonio se fijará en función delnúmero de habitantes de cada municipio según el último padrón de habitantes.

ARTÍCULO 26.º

1. Para la imposición, exacción, liquidación y cobranza de los recursos enumerados en el ar-ticulo anterior, la Mancomunidad aprobará Ordenanzas Fiscales correspondientes a los dis-tintos servicios, teniendo dichas Ordenanzas fuerza obligatoria en todos los municipios in-tegrantes, una vez aprobadas.

2. Corresponderá a los Municipios facilitar a la Mancomunidad toda la información precisa pa-ra la formación de padrones, altas, bajas y demás modificaciones referidas a los contri-buyentes afectados por los distintos servicios que preste la Mancomunidad.

3. La Mancomunidad, podrá en todo momento, por sus propios medios, comprobar la vera-cidad y exactitud de los datos a que se refiere el número anterior.

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ARTÍCULO 27.º Las aportaciones municipales, cuya cuantía global se fijara con arreglo al pre-supuesto, aprobado por la Asamblea de la Mancomunidad se distribuirán de conformidad conlas siguientes cuotas:

a) Principal.

b) Complementaria.

c) Extraordinaria.

ARTÍCULO 28.º La cuota principal u obligatoria, se establecerá para atender a gastos gene-rales de funcionamiento, conservación, entretenimiento y administración, se utilicen o no losservicios y se fijara en proporción al número de habitantes de derecho de cada municipio, deacuerdo con el último padrón de habitantes. La acomodación, del porcentaje, de aportación alas variaciones del padrón se efectuara por la Asamblea de la Mancomunidad.

Todo ello, sin perjuicio de las específicas condiciones que presenten la prestación de los dife-rentes servicios u obras. En todo caso, las aportaciones municipales para la prestación de losdistintos programas y servicios mancomunados, se determinará de conformidad con lo quedispongan los reglamentos aprobados a tal fin.

ARTÍCULO 29.º La cuota complementaria se establecerá en función del uso que cada Entidadrealice de los servicios que se prestan mancomunadamente y no directamente al usuario.

ARTÍCULO 30.º Para atenciones extraordinarias y especiales, la Asamblea, con el voto favo-rable de la mayoría absoluta legal, podrá acordar la fijación de cuotas extraordinarias sobrela base poblacional mencionada.

ARTÍCULO 31.º

1. Los municipios y entidades locales menores mancomunadas consignarán en sus presu-puestos las cantidades precisas para atender los compromisos asumidos con la Manco mu -nidad.

2. Las aportaciones económicas de los municipios y entidades locales menores por la pres-tación de los distinto servicios y/o programas mancomunados se realizaran de forma:

A. TRIMESTRAL. La cantidad total por anualidad del servicio y/o programa dividida en cua-tro pagos trimestrales, que serán puestos al cobro en los meses de enero, abril, julioy octubre de cada año.

B. ANUAL. Un solo pago por el importe total de la anualidad del servicio y/o programa queserá puesto al cobro de forma puntual a lo largo del año).

El importe de las aportaciones económicas que corresponde a cada uno de los municipiosy entidades locales menores por la prestación de los distintos servicios y/o programasmancomunados, es decir, la cuota principal como cuotas complementarias; serán apro-badas anualmente por la Asamblea de la Mancomunidad en acuerdo adoptado por mayo-ría simple y reflejado en las bases de ejecución del presupuesto general que se apruebananualmente conjuntamente con el mismo. En cualquier caso, tales aportaciones tendrána todos los efectos la consideración de pagos obligatorios y de carácter preferente.

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A tal efecto, los municipios mancomunados se comprometen a consignar en sus respecti-vos presupuestos, las cantidades precisas para satisfacer las obligaciones y compromisoseconómicos contraídos.

Una vez transcurrido el plazo establecido para efectuar el abono sin que por el municipioo la entidad local menor se haya hecho efectivo, para la cobranza de estas aportacionesla mancomunidad podrá ostentar y ejercer las prerrogativas establecidas legalmente pa-ra la hacienda del Estado, y actuará, en su caso, conforme a los procedimientos adminis-trativos correspondientes.

3. Las aportaciones a la mancomunidad vencidas, líquidas y exigibles podrán ser objeto de re-tención, respecto de las que tengan pendientes de percibir de la Comunidad Autónoma deExtremadura o de las Diputaciones Provinciales; de acuerdo al siguiente procedimiento:

a. Requerimiento del pago.

Una vez transcurrido el periodo de pago voluntario previsto, La Mancomunidad solici-tará por escrito al Ayuntamiento o Entidad Local Mentor deudor el pago de las canti-dades requeridas, concediéndose un plazo de treinta días naturales contados a partirdel siguiente al de recepción de la notificación, para hacerlas efectivas.

b. Tramite de audiencia.

Recibida la solicitud de pago el Ayuntamiento o Entidad Local Menor deudora dispon-drá del plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de recepciónde la notificación para manifestar las alegaciones que estime oportunas.

c. Retención de créditos.

Transcurrido el plazo sin que se haya hecho efectivo el pago de las cantidades reque-ridas, cumplido el trámite de audiencia concedido al municipio y/o entidad local menorafectadas; el Presidente instará la retención de créditos dirigiéndose para ello a laAdministración Central, Autonómica o Provincial, solicitando que las cantidades adeu-dadas por cada municipio a la Mancomunidad sean retraídas de aquellas que, por cual-quier concepto fueran, liquidadas a favor del ayuntamiento deudor y su simultáneo in-greso directo en la Caja de la Mancomunidad, incluidas las que tengan pendientes depercibir de la Comunidad Autónoma de Extremadura o de las Diputaciones Provinciales.

4. Esta retención es autorizada expresamente por los Ayuntamientos mancomunados en elmomento de aprobación de los presentes Estatutos, siempre que se acompañe de la cer-tificación de descubierto en cada caso.

5. El mantenimiento reiterado en situación de deudor a la Mancomunidad por parte de unaEntidad Local será causa suficiente para proceder a su separación definitiva, pudiendo re-clamarse las cantidades debidas y los gastos derivados de conformidad con los apartados1 y 2 de este artículo.

ARTÍCULO 32.º

1. La Mancomunidad aprobará anualmente un presupuesto, en el que se incluirán todas lasprevisiones económicas para el ejercicio, tanto ordinarias como de inversión.

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2. Dicho presupuesto se ajustará en cuanto a su estructura, formación y gestión a las nor-mas aplicables con carácter general a las Entidades Locales.

Durante el periodo de información publica, los Ayuntamientos miembros de la Manco mu -nidad podrán presentar también reclamaciones y sugerencias.

ARTÍCULO 33.º En el caso de que el presupuesto de la Mancomunidad se liquidase con supe-rávit, podrá destinarse a la mejora de sus instalaciones y actividades.

ARTÍCULO 34.º La rendición de cuentas se ajustara a lo previsto en la Ley Reguladora de lasBases de Régimen Local y disposiciones complementarias.

CAPITULO X

INCORPORACIÓN Y SEPARACIÓN DE MIEMBROS DE LA MANCOMUNIDAD Y DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA MISMA

ARTÍCULO 35.º

1. Para la incorporación a la Mancomunidad de un nuevo municipio será necesario:

a. Solicitud del municipio o entidad local menor interesada, previo acuerdo adoptado porla mayoría absoluta del número legal de los miembros integrantes del pleno de la cor-poración municipal y/o Junta vecinal.

b. El acuerdo adoptado se someterá a información pública por plazo de un mes median-te la publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

c. Aprobación por la Asamblea de la mancomunidad por mayoría absoluta. En el acuerdode adhesión deberán establecerse las condiciones generales y particulares que se hu-bieran fijado para la adhesión, así como el abono de los gastos originados como con-secuencia de su inclusión en la mancomunidad o la determinación de la cuota de in-corporación.

d. Ratificación de la adhesión por acuerdo adoptado por mayoría absoluta por todos losPlenos y Juntas Vecinales de los municipios y entidades locales menores mancomuna-dos ratificación que deberá realizar también el municipio o la entidad local menor so-licitante y, en su caso, el municipio matriz al que ésta pertenezca.

2. El acuerdo de adhesión del nuevo municipio o entidad local menor será publicado por lamancomunidad en el Diario Oficial de Extremadura, en la página web de la Consejeríacompetente en materia de Administración Local, en la página web del municipio que va aincorporarse y en la página web de la mancomunidad, y deberá inscribirse en el Registrode Entidades Locales estatal y autonómico.

3. La aportación inicial de los municipios incorporados a la Mancomunidad con posterioridada su constitución, vendrá determinada por el porcentaje del patrimonio de la Manco mu -nidad, multiplicado por el número de habitantes de derecho del municipio que solicite lainclusión.

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4. De no existir patrimonio, aportará la cuota resultante de multiplicar la cuota complemen-taria que corresponda satisfacer al municipio que se integre multiplicada por un númerode años que no podrá exceder de cinco.

5. La cuota resultante de la valoración podrá ser exigida en el momento de la incorporacióno quedar diferida en pagos fraccionados.

6. No obstante, lo dispuesto en los párrafos anteriores, los municipios que se integren de-berán, en función del número de habitantes, contribuir proporcionalmente al reparto delcoste de las obras o servicios que haya tenido que soportar la Mancomunidad para la pues-ta en marcha de las obras o servicios.

ARTÍCULO 36.º La adhesión podrá realizarse para una, varias o todas las finalidades para lasque se encuentra constituida la Mancomunidad, siempre que las obras o servicios de la mismasean independientes entre sí, atendiendo a sus factores técnicos, económicos o funcionales.

ARTÍCULO 37.º

1. Los municipios y entidades locales menores podrán separarse voluntariamente en cual-quier momento de la mancomunidad, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a. Acuerdo del Pleno municipal o Junta Vecinal ratificado por el Pleno del municipio ma-triz, siempre adoptado con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembrosde cada órgano.

b. Hallarse al corriente en el pago de sus aportaciones a la mancomunidad.

c. Que haya transcurrido, en su caso, el periodo mínimo de pertenencia a la Manco mu -nidad. Dicho periodo queda establecido en un año natural contado a partir del día si-guiente de la publicación del acuerdo de adhesión en el Diario Oficial de Extremadura.

d. Abono de todos los gastos que se originen con motivo de la separación, así como laparte del pasivo contraído por la mancomunidad a su cargo.

e. Que se notifique el acuerdo de separación a la mancomunidad con al menos seis me-ses de antelación.

2. Cumplidos los requisitos anteriores, la mancomunidad aceptará la separación del munici-pio o entidad local menor interesado mediante acuerdo de su Asamblea, al que se darápublicidad a través del Diario Oficial de Extremadura y será objeto de inscripción en elRegistro de Entidades Locales estatal y autonómico

ARTÍCULO 38.º

1. La mancomunidad podrá acordar la separación obligatoria de los municipios y entidadeslocales menores que hayan incumplido grave y reiteradamente las obligaciones estableci-das en la normativa vigente o en los presentes estatutos para con ella.

2. El procedimiento de separación se iniciará de oficio por la mancomunidad mediante acuer-do por mayoría absoluta de la Asamblea.

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3. Acordada la iniciación del procedimiento de separación, se concederá al municipio o enti-dad local menor el plazo de audiencia por un mes.

4. Vistas las alegaciones presentadas por el municipio o entidad local menor, la Asamblea dela mancomunidad podrá acordar la separación obligatoria mediante acuerdo favorable dela mayoría absoluta de sus miembros legales.

5. La mancomunidad dará publicidad al acuerdo de separación obligatoria del municipio o en-tidad local menor mediante su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y procede-rá a su inscripción en el Registro de Entidades Locales estatal y autonómico.

ARTÍCULO 39.º

1. La Asamblea de la Mancomunidad, con el voto favorable de la mayoría absoluta del nú-mero legal de miembros, podrá acordar el inicio de oficio de la separación de cualquiermiembro, especialmente en el siguiente supuesto:

Cuando durante un periodo de tiempo superior a tres meses, incumpla sus obligacioneseconómicas y financieras para con la mancomunidad.

En estos casos el municipio separado hará efectivas a la Mancomunidad las cuotas pen-dientes y deudas contraídas así como los gastos derivados del retraso en el pago.

ARTÍCULO 40.º

1. La separación voluntaria o como sanción de uno o varios Municipios no obligara a practi-car la liquidación de los bienes y derechos de la Mancomunidad, que podrá quedar en sus-penso hasta el día de la disolución, fecha en la que aquellos entraran a participar en laparte alícuota que pudiera corresponderle.

2. La entidad o entidades que causen baja voluntaria o como sanción en la Mancomunidadno podrán alegar derecho de propiedad sobre los bienes y servicios de la Mancomunidad,aunque radiquen en su término municipal.

ARTÍCULO 41.º

1. La Mancomunidad se disolverá por alguna de las siguientes causas:

a) Por haberse cumplido el fin para el que fue creada.

b) Por imposibilidad para realizar todos sus fines.

c) Por transferirse la competencia para la prestación de los servicios objeto de la mismaal Estado, Comunidad Autónoma, Diputación Provincial u otra Entidad Local y/o sus or-ganismos autónomos o dependientes de ellas.

d) Por decisión voluntaria y así lo acuerde la Asamblea de la Mancomunidad y plenos delos Ayuntamientos mancomunados, con el voto favorable de la mayoría absoluta legalde sus miembros.

2. Cuando concurra alguna de las causas de disolución, deberá iniciarse de oficio el procedi-miento de disolución por la mancomunidad o a instancia de cualquiera de sus miembros.

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3. La disolución deberá acordarse por la Asamblea de la mancomunidad con el voto favora-ble de la mayoría absoluta de sus miembros cuando se trate de una disolución volunta-ria, bastando el acuerdo por mayoría simple en aquellos casos en que concurra alguna delas causas de disolución previstas en sus estatutos.

4. Adoptado el acuerdo por la Asamblea de la mancomunidad, éste será remitido debida-mente diligenciado a la Diputación Provincial o Diputaciones Provinciales afectadas y a laConsejería de la Junta de Extremadura competente en materia de Administración Localpara que emitan un informe sobre la procedencia de la disolución.

5. Emitidos los informes preceptivos o transcurrido un mes desde su solicitud sin su emisión,la disolución deberá ser ratificada por los Plenos y Juntas Vecinales de los municipios yentidades locales menores mancomunados y, en su caso, de los municipios matrices a losque estén estas últimas adscritas, adoptado en todos los casos por mayoría absoluta delnúmero legal de sus miembros, acuerdos que supondrán el inicio del procedimiento de li-quidación y distribución de su patrimonio.

6. Una vez acordada la disolución, la mancomunidad mantendrá su personalidad jurídica entanto no sean adoptados los acuerdos de liquidación y distribución de su patrimonio porlos órganos competentes.

7. Acordada la disolución por la Asamblea de la mancomunidad y ratificada por los munici-pios y entidades locales menores integrantes, el acuerdo de disolución se comunicará a laJunta de Extremadura y al Registro de Entidades Locales estatal y autonómico, y se pu-blicará en el Diario Oficial de Extremadura y en las páginas web de la mancomunidad yde cada uno de los municipios que la integraban.

ARTÍCULO 42.º

1. En el caso de que los Ayuntamientos mancomunados hayan decidido disolver la Manco -munidad y una vez adoptaran los correspondientes acuerdos previos por mayoría absolu-ta legal de sus respectivos Plenos se procederá a la liquidación y distribución de su patri-monio por los órganos competentes.

2. A la vista de los acuerdos municipales, la Asamblea, en el plazo de los treinta días si-guientes a la recepción de las comunicaciones de los mismos, nombraran una comisión li-quidadora compuesta por el Presidente y un Vocal por cada uno de los Ayuntamientosmiembros. En ella se integrarán para cumplir sus funciones como asesores, el Secretariode la Mancomunidad y el Interventor, si existiere. Podrá igualmente dicha Comisión, con-vocar a sus reuniones a expertos determinados, a los solos efectos de oír su opinión opreparar informes o dictámenes en temas concretos de su especialidad.

3. La Comisión liquidadora, en término no superior a tres meses, hará un inventario de losbienes, servicios y derechos de la Mancomunidad, cifrará sus recursos, cargas y débitos;y relacionará a su personal. Con respecto al personal la comisión liquidadora, atendiendoa la situación laboral de los trabajadores de la Mancomunidad en el momento de su diso-lución, propondrá a la Asamblea los siguientes supuestos:

a) Funcionarios y Personal Laboral Fijo:

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Page 342: DISPOSICIONES GENERALES I

a.1. El Personal funcionario y/o laboral fijo adscrito a un servicio, programa o funcio-nes que hayan resultado extinguidos con la disolución, la comisión liquidadora pro-pondrá a la Asamblea de la Mancomunidad la oportuna distribución e integraciónde los mismos entre los distintos Ayuntamientos mancomunados con arreglo a labase de población de derecho que resulte del último padrón de habitantes.

a.2. Personal funcionario y/o laboral fijo adscrito a un servicio, programa o funciones,cuya competencia haya sido transferida y/o asumida por el Estado, ComunidadAutónoma, Diputación Provincial, u otra Entidad Local y/o sus organismos autó-nomos o dependientes de ellas; así como a empresas publicas o privadas, la co-misión liquidadora propondrá a la Asamblea de la Mancomunidad su integración enestos organismos públicos y/o privados de acuerdo a lo establecido en legislaciónvigente al respecto.

b) Personal Laboral Eventual.

b.1. Personal Laboral Eventual adscrito a un servicio, programa o funciones que hayanresultado extinguidos con la disolución, la comisión liquidadora propondrá a laAsam blea de la Mancomunidad la recesión de los contratos y distribución de la po-sible indemnización que corresponda de acuerdo a Ley entre todos los Ayunta -mientos Mancomunados proporcional a la base de población de derecho que re-sulte del último padrón de habitantes.

b.2. Personal laboral eventual adscrito a un servicio, programa o funciones, cuya com-petencia ha sido transferida y/o asumida por el Estado, Comunidad Autónoma,Diputación Provincial, u otra Entidad Local y/o sus organismos autónomos o de-pendientes de ellas, así como a empresas publicas o privadas; la comisión liqui-dadora propondrá a la Asamblea de la Mancomunidad su integración en estos or-ganismos públicos y/o privados de acuerdo a lo establecido en legislación vigenteal respecto.

4. La propuesta definitiva de liquidación, para ser aprobada válidamente, requerirá el votofavorable de la mayoría absoluta legal de miembros de la Asamblea. Una vez aprobada,la propuesta será vinculante para todos los Ayuntamientos mancomunados.

5. Después de la disolución, todos los documentos relativos a la Mancomunidad serán archi-vados y custodiados en la sede oficial.

CAPITULO XI

VIGENCIA Y MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS.

ARTÍCULO 43.º La Mancomunidad se constituye por tiempo indefinido.

ARTÍCULO 44.º Los Estatutos de la Mancomunidad podrán ser objeto de modificación por laAsam blea mancomunal de conformidad con las previsiones contenidas en estos mismosEstatutos, así como con respeto a las reglas y procedimiento previstas para ello en la Ley17/2010, de 22 de diciembre de mancomunidades y entidades locales menores de Extrema -dura y demás normativa de Régimen Local que sea de paliación.

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Page 343: DISPOSICIONES GENERALES I

ARTÍCULO 45.º La modificación del presente Estatuto puede realizarse de oficio por la propiaMancomunidad o a instancia de cualquiera de sus miembros. En ambos supuestos para lle-varse a efectos será necesario el siguiente procedimiento:

a. Iniciación por acuerdo de la Asamblea de la mancomunidad, por sí o instancia de la ma-yoría absoluta de los municipios y entidades locales menores mancomunados.

b. Información pública por plazo de un mes, mediante publicación en el Diario Oficial deExtremadura y en las páginas web de la mancomunidad y de cada uno de los municipiosque la integran.

c. Durante el plazo referido, y antes de la aprobación definitiva, se solicitará por la manco-munidad informes a la Diputación Provincial o Diputaciones Provinciales interesadas y a laConsejería con competencias en materia de régimen local, junto a la certificación del trá-mite efectuado y el contenido de la modificación a introducir en los estatutos.

Ambos informes deberán emitirse en el plazo de un mes desde su requerimiento, trans-currido el cual podrán entenderse efectuados dichos trámites en sentido positivo.

d. Concluido el periodo de información pública e informe de la modificación, la Asamblea dela mancomunidad procederá a analizar las objeciones planteadas y decidirá definitiva-mente el contenido de la modificación que propone.

e. Aprobación por el Pleno de los Ayuntamientos de cada uno de los municipios con el votofavorable de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros.

Si alguno de los miembros de la mancomunidad fuera una entidad local menor, la apro-bación de la modificación exigirá, además del acuerdo de la mayoría absoluta de los miem-bros de la Junta Vecinal, la ratificación del Pleno del municipio matriz al que pertenezca,siempre por idéntica mayoría.

f. Publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en las páginas web de la mancomunidady de cada uno de los municipios que la integraban.

g. Inscripción en el Registro de Entidades Locales estatal y autonómico, así como en cualquierotro en que proceda por la naturaleza de las previsiones contenidas en los estatutos.

ARTÍCULO 46.º Cuando la modificación consista en la mera adhesión o separación de uno ovarios municipios o entidades locales menores o en la ampliación o reducción de sus fines,será suficiente, para llevar a cabo la modificación el siguiente procedimiento:

a. Acuerdo adoptado por mayoría absoluta de la Asamblea de la mancomunidad y la ulteriorratificación por los Plenos de los Ayuntamientos de las entidades locales mancomunadosque, de igual forma, deberán aprobarla por mayoría absoluta.

b. Publicación de la modificación en el Diario Oficial de Extremadura y Boletín Oficial de laProvincia.

c. Inscripción de la reforma en el Registro de Entidades Locales estatal y autonómico, así co-mo en cualquier otro en que proceda por la naturaleza de las previsiones contenidas enlos estatutos.

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DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera. Los registros de las diversas Entidades Locales mancomunadas, tendrán la conside-ración de Registros delegados del general de la Mancomunidad a los efectos de entrada y pre-sentación de documentos, en asuntos relacionados con la Mancomunidad.

Segunda. Los presentes Estatutos entraran en vigor, al día siguiente de su publicación en elBoletín Oficial de la Provincia y seguirán vigentes hasta su modificación o derogación expresa.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. En lo no previsto en los presentes Estatutos, resultará de aplicación lo establecido enla Ley 17/2010, de 22 de diciembre de mancomunidades y entidades locales menores deExtremadura Legislación para las Entidades Locales.

Pozuelo de Zarzón, a 21 de octubre de 2013. El Presidente, FRANCISCO JAVIER ANTÓNGARCÍA.

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