Elaborar unanlisissobre los aspectos generales de
lasociedadmercantil.CONCEPTO
Lasociedad mercantilocomerciales unasociedadque tiene como
objetivo la realizacin deactos de comercioo, en general, una
actividad sujeta alderecho mercantil. Se diferencia de una sociedad
civil en el hecho de que esta ltima no contempla en su objeto
social actos mercantiles. Como toda sociedad, son entes a los que
la ley reconocepersonalidad jurdicapropia y distinta de sus
miembros, y que contando tambin conpatrimoniopropio, canalizan sus
esfuerzos a la realizacin de una finalidad lucrativa que es comn.El
cdigo civil la define como un contrato en que dos o ms personas
estipulan poner algo en comn con la mira de repartir entre s los
beneficios que de ello provengan
Sociedad mercantil es aqulla que se somete al ordenamiento
mercantil, susceptible de considerarse "comerciante colectivo"
oempresariosocial, se entiende porcontratode sociedad aqul mediante
el cual dos o ms personas se obligan a poner en
comnbienesoservicioscon el nimo de repartirse las ganancias que se
obtengan.Sern mercantiles lassociedadesque hayan adoptado alguna de
las formas previstas en elCdigo de Comercioo en lasleyesespeciales
sobre lamateria, lo cual conlleva la necesidad de inscribir la
sociedad as constituida en el correspondienteregistro, a pesar de
lo cual tambin se juzgan mercantiles las sociedades que, no
habindose inscrito en el Registro Mercantil, desarrollen una
actividad empresarial.La sociedad mercantil es una asociacin de
personas, de acuerdo con nuestro derecho la Sociedad Mercantil nace
o surge a la vida jurdica como consecuencia de un contrato. Es un
contrato sui generis en virtud del cual dos personas o ms combinan
susrecursosy sus esfuerzos para la realizacin de un fin comn
preponderantemente econmico y de especulacin mercantil.La sociedad
mercantil es unapersonajurdica, creada por mnimo dos personas
denominadas "socios", los cuales se obligan a combinar sus recursos
o esfuerzos para la realizacin de un fin comn, lcito y persiguiendo
el lucro, de acuerdo con lasnormasestablecidas en sucontrato
socialy las que por ministerio deleyle correspondan.
ACTIVIDAD 2
IntroduccinPara la elaboracin del presentetrabajose visito y
analizo el portal electrnico delRegistroMercantil deGuatemala,
teniendo como herramienta principal elInternety el material de
apoyo (librodetexto), por lo que se da cumplimiento de esta manera
a la gua de estudios, impuesta por laUniversidadGalileo, con el afn
de avanzar en eldesarrollodel curso deDerecho
EmpresarialII.Investigue en el portal electrnico del registro
mercantil de GuatemalaINVESTIGUE EN EL PORTAL ELECTRONICO DEL
REGISTRO MERCANTIL DE GUATEMALA, LOS REQUISITOS NECESARIOS PARA LA
INSCRIPCION DE UNASOCIEDADMERCANTILSOCIEDAD MERCANTILEs
uncontratopor el que dos o ms personas convienen en poner en
comnbienesyserviciospara ejercer una actividad econmica y dividirse
las ganancias. (Artculo 1728 delCdigo Civilde Guatemala).Inscripcin
de una Sociedad Mercantil* Comprar un formulario de solicitud de
inscripcin de Sociedad Mercantil. Tiene uncostode Q 2.00.*
Solicitar una orden de pago y cancelarla en elbanco.o Q 275.00 para
inscripcin de sociedad mercantil.o Por cada Q 1,000.00
delcapitalautorizado, deber pagar Q 6.00. El monto mximo a pagar
por dicho arancel es de Q 25,000.00.o Q 15.00 por edicto para
publicacin.* Con la orden de pago ya cancelada, presentar
expediente en las ventanillas receptoras dedocumentosen un flder
tamao oficio con pestaa. El expediente debe contener:o formulario
correspondiente autenticadoo fotocopia simple del testimonio de
laescrituradeconstitucinde la sociedad.* El expediente es
calificado por el departamento de Asesora Jurdica. Si todo est
correcto y conforme laley, se ordena la inscripcin provisional y la
emisin del edicto para su publicacin.* Dicho edicto debe ser
publicado una vez en el Diario Oficial.* Se debe inscribir el
nombramiento del representante legal de la sociedad. el cual se
realiza siguiendo los pasos respectivos para la inscripcin de
auxiliares decomercio.* Ocho das hbiles despus de la publicacin del
edicto, se debe presentar en el Registro Mercantil.o Un memorial
solicitando la inscripcin definitiva de la sociedado La pgina
completa donde aparece la publicacin de la inscripcin provisionalo
El testimonio original de la escriturao Fotocopia del nombramiento
del Representante Legal previamente inscrito en el Registro
Mercantil.* Luego de realizados todos los tramites, puede pasar a
recoger su expediente a la ventanilla de entrega de documentos.
Cuando pase a recoger su expedienteo Revise cuidadosamente su
patenteo Verificar razn en el testimonio original* Adherir Q 200.00
de timbres fiscales en la patente de comercio de Sociedad.* Cuando
la sociedad est inscrita definitivamente, debe hacerse el trmite
para inscribirla empresa,propiedadde la sociedad. Para ello deben
seguirse los pasos indicados para inscribiruna empresa.* Dentro de
un ao mximo, despus de inscrita definitivamente la sociedad, debe
hacerse el trmite para inscribir el Aviso de Emisin deAcciones(solo
parasociedadesaccionadas), el cual se realiza siguiendo los pasos
respectivos para el aviso de emisin de acciones.Requisitos
necesarios para la inscripcin de una sociedad mercantilDE ACUERDO A
LOS REQUISITOS EJEMPLIFIQUE CONDATOSFICTICIOS LA CONSTITUCION DE
UNA SOCIEDAD MERCANTIL.PROCEDIMIENTO:Procedimiento de constitucin e
inscripcin de una sociedad constituida en Guatemalaa) Autorizacin
de la Escritura Pblica por el Notario.b) La autorizacin debe
presentarse el testimonio al Registro Mercantil, solicitando su
inscripcin. Si se trata de sociedades que necesiten autorizaciones
previas estas deben ser acompaadas.c) Si la escritura cumple con
los requisitos legales, el registrador mercantil hace una
inscripcin provisional y ordena se publiquen los edictos como lo
indica la ley;d) Si no hubo objecin de terceros se ordena la
inscripcin definitiva, acto registral que tiene efecto retroactivo
a la fecha de la inscripcin provisional.e) Inscrita definitivamente
la sociedad, es razonado el testimonio y se extiende la patente de
comercio por parte del registrador.INTRODUCCIONPara que una
sociedad pueda constituirse como tal, es necesario que esta
tengapersonalidadjurdica, por lo tanto esto significa que la
sociedad es una entidad de derecho, es un ser ficticio que puede
adquirirderechosyobligaciones, al igual que unapersonanatural, es
susceptible de ser representada y de actuar por si en la vida de
losnegocios.Por ser la sociedad una persona jurdica, tiene
unpatrimoniopropio, los bienes que aportan los socios pasan de la
propiedad de estos a la propiedad de este nuevo ser de derecho que
nace con el solo hecho de celebrarse una sociedad.Otro elemento
dela personalidadjurdica de la sociedad, la constituye la
circunstancia de que ella tiene un domicilio propio, distinto del
que pudiera tener cada uno de los socios, ya que queda estipulado
en la escritura social, por la misma razn la sociedad posee un
nombre propio, segn sea el tipo de sociedad.Constitucin ficticia de
una sociedad mercantilSociedadesDos o ms personas pueden unir sus
capitales y esfuerzos para formar unaempresa, constituyendo as una
sociedad.Por lo tanto las Sociedad o Compaa es un contrato en que
dos o ms personas estipulan poner algo en comn, con la mira de
repartir entre S los beneficios que de ello provengan".Las
Sociedades son un ser ficticio creado por la ley, son agrupaciones
de personas naturales o jurdicas.Persona natural es todoindividuo,
capaz de contraer obligaciones.Para que una sociedad pueda
constituirse como tal debe contar con la autorizacin
delgobiernoparapoderactuar, esta autorizacin recibe el nombre de
persona jurdica.Este nuevo ente social con patrimonio totalmente
independiente del patrimonio de cada uno de los componentes, tiene
adems domicilio propio, no le est permitido valerse del de uno de
sus socios y tiene un nombre o "RAZON SOCIAL", que permite
identificarla.La sociedad designa RERESENTANTES LEGALES para
trmites judiciales o extrajudiciales, las facultades que tienen los
representantes legales estn especficamente sealadas en la Escritura
de Constitucin y en los Estatutos Sociales.Las sociedades tienen
una vida limitada, nacen y mueren en una fecha determinada. En
lasSociedades Annimases importante destacar estas fechas.Las
Sociedades pueden clasificarse en: Sociedades Civiles. Sociedades
de Capitales.Estas se subdividen en:Sociedades Civiles: Sociedades
Colectivas. Sociedades deResponsabilidadLimitada. Sociedad
Comandita SimpleSOCIEDADES DE CAPITAL: Sociedades Annimas
Sociedades Comandita por Acciones.A continuacin analizaremos las
definiciones, caractersticas yleyesen particular a cada una de
ellas.SOCIEDADES CIVILES:A) Sociedades Colectivas:Se forma por la
reunin de personas naturales que aportan bienes, derechos u
obligaciones con el objeto de formar un capital social.Los socios
administran por si mismos o a travs de unadministradorelegido de
comn acuerdo, son responsables ilimitada y solidariamente, no
pueden ceder libremente sus derechos, a menos que cuenten con el
consentimiento unnime de los dems socios.CONSTITUCION:Por escritura
pblica, cuyo extracto debe ser inscrito en el Registro
Mercantil.NOMBRE O RAZON SOCIAL:Se forma con el nombre de todos los
socios o alguno de ellos y se agrega la palabra "y
compaa".ADMINISTRACION:Le corresponde a los socios o a un
mandatario elegido en comn acuerdo.RESPONSABILIDAD:Si la sociedad
es civil la responsabilidad es en proporcin a los aportes a cada
socio, mientras que si es mercantil responden de manera ilimitada y
solidaria.La disolucin de la sociedad que se efectuare antes de
vencer l termino estipulado, la prorroga de este, elcambio, retiro
omuertede un socio, la alteracin de la razn social y en general
toda reforma, ampliacin o modificacin del contrato ser reducida a
escritura pblica con las solemnidades indicadas.SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADATiene caractersticas similares a la
colectiva, su nica diferencia radica en la responsabilidad de los
socios, en donde responden solo hasta el monto de sus aportes lo
que han entregado a la sociedad o lo que expresamente pacten en la
escritura de constitucin. La ley otorga a estas
sociedadeslibertadde estipulacin en cuanto a la forma de
administrarla sociedad. La facultad para ceder sus derechos es
limitada al acuerdo de los socios.CONSTITUCION:Por escritura
pblica, cuyo extracto debe ser inscrito en el Registro Mercantil
correspondiente al domicilio de la sociedad y publicado en el
Diario Oficial.NOMBRE O RAZON SOCIAL:Nombre de uno o ms de los
socios, o una referencia al objeto de la sociedad, terminado con la
palabra limitada.ADMINISTRACION:Corresponde a todos los socios, por
si mismos o mediante un mandatario que ellos
eligen.Responsabilidad:Responden solo hasta el monto de sus aportes
o el monte que se indique en su escritura social.MODIFICACION DE
UNASOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:La modificacin de este tipo
de sociedad pasa por el acuerdo unnime de todos los socios, el cual
se materializa en una escritura publica que deja constancia de los
elementos que modifican el pacto social.Los socios pueden modificar
cualquiera de los elementos: individualizacin de los socios,
capital, objeto, razn social,administracin, duracin, reparticin de
utilidades, obligaciones de los socios, etc.Un extracto autorizado
por el notario ante quien se otorg la escritura de modificacin, con
las menciones exigidas por la ley, debe inscribirse en el Registro
Mercantil y anotarse al margen de la inscripcin de la
constitucin.Un extracto autorizado por el notario ante quien se
otorgo la escritura de modificacin, con las menciones exigidas por
la ley, debe publicarse en el Diario Oficial.Conclusiones Por lo
tanto las sociedades pueden tenercarctercomercial o civil, es
decir, dependiendo para que fin uobjetivosse constituyeron sern
comerciales o sern civiles. Son comerciales aquellas formas para
negocios que la ley los califica como actos de comercio, y civiles
son aquellas que no entra en esta definicin, es decir, las que se
forman para no contraer actividades de comercio. Para que una
sociedad se constituya como tal debe contar con una personalidad
jurdica independiente autorizada por la ley. Finalmente se pudo
concluir que hay tres aspectos fundamental en las distintas clases
de sociedades mencionadas:
actividad 3ESTATUTOARTCULO 1.- DENOMINACION - DURACION -
DOMICILIO:La sociedad se denomina "MI CAFECITO FELIZ",nminaabierta"
Y tambin pudiendo utilizar la abreviatura CAFEFE.Tiene una duracin
indeterminada; inicia susoperacionesen la fecha de este pacto
social y adquierepersonalidadjurdica desde su inscripcin en el
registro de personas jurdicas de empresa.ARTICULO 2.- OBJETO
SOCIAL.- LA SOCIEDAD TIENE POR OBJETO DEDICARSE A: Laproduccin,
compra yventadeproductostal como es elCAF, se entiende incluidos en
el objeto social los actos relacionados con el mismo, que coadyuven
a la realizacin de sus fines para cumplir dicho objeto podr
realizar todos aquellos actos ycontratosque sean lcitos, sin
restriccin alguna.ARTCULO 3 .- DOMICILIO DE LA SOCIEDAD. El
domicilio dela empresa(sociedad) es 5ta calle y segunda avenida
esquina, barrio el Centro de Gualn, Zacapa; pudiendo establecer
sucursales u oficinas en cualquier lugar del pas o en el
extranjeroARTICULO 4. LOS SOCIOS DE LA EMPRESA. Los socios de la
empresa son JUAN PEDRO ALARCON, MELVIN GAMALIEL ORELLANA MARTINEZ,
CARLOS TORRES LOPEZ Y CESAR AGUIRRE LANDEO Y VILMA DELGADO
GUTIERREZ.ARTCULO 5.- CAPITAL SOCIAL: El monto del capital social
es de Q.10,000.00 diez mil quetzales) representado por 10,000.00
acciones nominativas de un valor nominal Q1.00 (un quetzal) cada
una, el capital social se encuentra totalmente suscrito y
pagado.ARTICULO 6.- ACCIONES: La creacin, emisin,
representacin,propiedad, matricula, clases de acciones, transmisin,
adquisicin,derechosy gravmenes sobre acciones, se sujeta a lo
dispuesto por los artculos expresos en la "ley".
ACTIVIDAD 4
Actividad 5
Los contratos mercantiles se rigen por el Cdigo de Comercio y
las leyes especiales de comercio, y, en todo lo que stas no
previeren, por las reglas generales de las obligaciones y contratos
del Libro IV del Cdigo Civil.
Contrato de Compra-venta
Requisitos tcnicos Consiste en que un profesional de la
ingeniera, previamente a que el Notario formule el instrumento
pblico, en el cual se haga constar una desmembracin de primera
inscripcin de dominio de un inmueble independiente del contrato;
estos son: Medida ubicacin del inmueble a desmembrarse que ser
objeto de la rectificacin de primera inscripcin de dominio,
yPresentacin del plano que recoger la informacin de una medida y
ubicacin. Copia de este plano a su vez debe agregarse el testimonio
respectivo y presentarse al Registro General de la Propiedad.
Atendiendo al artculo 1,131 del Cdigo Civil, Decreto Ley 106.
Requisitos legales Por requisitos legales, se comprender la
enumeracin de todas aquellas normas establecidas por la legislacin
para que los instrumentos pblicos tengan la firmeza necesaria que
el titular del derecho necesita para su seguridad, una desmembracin
de la primera inscripcin de un inmueble.Debemos de tomar en cuantas
ciertas prescripciones legales al tiempo de la celebracin del acto
jurdico, siguiendo los lineamientos que a continuacin se detallan:
El acto jurdico, por afectar bienes inmuebles susceptibles de
registro, debe celebrarse mediante escritura pblica, de acuerdo a
lo que establece el Cdigo Civil en su artculo 1576. El acto se
celebrar ante un Notario que tiene fe pblica para hacer constar y
autorizar actos y contratos en que intervenga. De acuerdo a la
norma establecida en el Cdigo Civil en su artculo 1125 tal ttulos
debe ser inscrito en el Registro General de la Propiedad. Toda
escritura pblica debe contener los requisitos establecidos en el
artculo 29 del Cdigo de Notariado, Decreto nmero 314 de El Congreso
de la Repblica. Descritos los requisitos legales de las escrituras
pblicas en general, en donde se har constar una desmembracin,
tomando en cuenta que en estas pueden surgir algunos de los
requisitos. Entre estos casos tendremos: a. Desmembracin a favor de
s mismo.b. Desmembracin a favor de otroc. Desmembracin atendiendo
al nmero de propietarios, los que pueden ser individual o
colectivod. Desmembracin atendiendo a la naturaleza d las personas,
natural o jurdica Requisitos del contrato de compraventa de
Inmueble Como todo contrato debe reunir las condiciones generales
de validez:CapacidadConsentimientoObjeto licito Requisitos previos
a la escritura de compraventa de Inmuebles - Cdulas de vecindad de
los otorgantes - El titulo con que se acredita la propiedad del
bien objeto de la venta El ltimo pago del Impuesto Unico Sobre
Inmuebles (IUSI) - Plano de desmembracin elaborado por un
profesional de la ingeniera, en el que se indique el rea o
superficie, medidas y colindancias - Autorizacin municipal para
desmembrar Requisitos de una escritura pblica de compraventa de un
bien Inmueble - Nmero de orden - Lugar, da, mes y ao del
otorgamiento - Comparecencia de los otorgantes: vendedor-comprador;
donante y donatario, segn sea el caso y naturaleza del contrato,
consignando los nombres, apellidos, edad, estado civil,
nacionalidad, profesin, ocupacin u oficio, domicilio y residencia.
- Fe de conocimiento de las personas que intervienen en el
instrumento; y su identificacin por medio de la cdula de vecindad;
pasaporte o por dos testigos conocidos del Notario, que conozcan a
los comparecientes. - Fe de que los comparecientes aseguran
hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles.-
Intervencin de un intrprete cuando alguno de los comparecientes
ignore el idioma espaol - Descripcin del bien inmueble que sufrir
la desmembracin con los nmeros de finca, folio y libro con que se
encuentra inscrito en el Registro General de la Propiedad. - Hacer
indicacin de que se trata de una finca rstica o urbana, si la finca
es rstica no hay necesidad de presentar autorizacin de la
Municipalidad, de lo contrario si tiene que presentarse dicha
autorizacin, para su inscripcin en el Registro General de la
Propiedad, de acuerdo a lo que establece el artculo veintitrs de la
Ley de Parcelamientos Urbanos: deber indicarse el departamento o
municipio de su ubicacin, as como el rea o extensin en metros
cuadrados.Declarar los gravmenes que soporta el inmueble y declarar
la obligacin del vendedor o parte obligada al saneamiento, o la
indicacin de que no queda obligado a el. - Describir la parte que
se desmembra indicando el rea en metros cuadrados, rumbos, sus
medidas lineales y el nombre de los propietarios de las fincas
colindantes, su nombre y direccin. - Determinar el precio de la
venta de la fraccin estipulando el da, lugar y forma en que se
llevar a cabo el o los pagos, si fuere compraventa; y estimando el
valor de las donaciones, si fuera contrato de Donacin. Expresar la
aceptacin que hace el comprador o el donatario, de la fraccin que
se le vende o se le dona, segn sea el caso, indicando que lo recibe
de conformidad y hacer la solicitud al Registrador General de la
Propiedad para que opere la desmembracin. - Fe de haber tenido a la
vista el Ttulo de Propiedad, los comprobantes correspondientes as
como el plano de desmembracin - Fe de haber ledo el instrumento a
los interesados y si ratificacin y aceptacin. - Advertencia a los
otorgantes de los efectos legales del acto o contrato y que deben
presentar el testimonio a los registros respectivos. - Las firmas
de los otorgantes y las dems personas que intervienen y la del
Notario precedida de las palabras Ante M. Si el otorgante no
supiera firmar pondr la impresin de su dedo pulgar derecho y en su
defecto otro que especificar el Notario, firmando por l, un
testigo. Actividad 06
Impuestos Vigentes En Guatemala
Impuesto al Valor Agregado (IVA) Caractersticas bsicas
Definicin:Impuesto al Valor Agregado.
Monto:12% del valor del bien o servicio. En Guatemala este
porcentaje ya est incluido en el precio de venta.
Base Legal:Decreto 27-92 del CONGRESO DE LA REPUBLICA DE
GUATEMALA.En qu se utiliza:
Del 12% que se recauda 3.5% es destinado para el financiamiento
de proyectos para la paz y el desarrollo, 1.5% es destinado para
financiar gastos sociales en programas y proyectos y el 7% restante
es destinado para financiar el presupuesto de la
nacin.Descripcin
El Impuesto al Valor Agregado es el impuesto que se paga siempre
al efectuar cualquier compra en cualquier establecimiento que venda
un producto o servicio.
El procedimiento que se realiza es que en el momento de efectuar
una compra el cliente o contribuyente proporciona el nmero de NIT
(Nmero de Identificacin Tributaria, el cual se entrega por parte de
la municipalidad al momento en que se obtiene la cdula de vecindad)
el cual es ingresado en la factura que el vendedor proporciona.
Es muy importante pedir siempre la factura ya que comprueba que
el monto de IVA pagado ser destinado a lo que corresponde.Segn la
SAT (Super Intendencia de Administracin Tributaria) existen algunos
productos o actividades que no pagan IVA y que estn decretados por
ley pero con la condicin que no excedan la cantidad de Q100.00
Algunos de estos son la venta al consumidor final, al menudeo,
de carnes, pescado, mariscos, frutas y verduras frescas, cereales,
legumbres y granos bsicos en mercados cantonales y municipales,
matrculas de inscripcin, colegiaturas y derechos de examen en los
centros educativos, sean stos pblicos o privados.
Impuesto Sobre la Renta (ISR)
Caractersticas bsicasDefinicin:Impuesto Sobre la Renta.
Monto:31% sobre la utilidad 5% sobre las ventas.Base Legal:
Decreto 26-92 del CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALAEn qu se
utilizaPara mantener al gobierno+
DescripcinEl ISR lo paga cualquier persona que preste un
servicio profesional, as como tambin los propietarios de negocios,
empresas o sociedades y los empleados que ganen ms de Q36,000.00 al
ao.
Regmenes del ISR En Guatemala, un contribuyente normal tiene dos
opciones para pagar su ISR; la primera es el 5% sobre utilidad
bruta y la otra el el 31% de utilidad neta, para entender mejor
esto se presentan los ejemplos.Con un poco de matemtica se puede
llegar a la conclusin de que si las utilidades antes de los
impuestos son menores del 16% de la utilidad bruta se utiliza el
31%, en caso contrario se utiliza el 5%.Ejemplo:Este es un estado
de resultado de una empresa personal. Lo que falta es decidir cul
rgimen de ISR es el ms apropiado (con cul pagamos menos).Los dos
regmenes son de 5% sobre utilidad bruta o 31% sobre utilidades
antes de los impuestos.
Respuesta:
5% de utilidad bruta => 5% x Q22,000.00 = Q 1,100.0031% de
utilidades antes de impuestos => 31% x Q18,677.00 =
Q5,787.00
Por el otro mtodo:16% * Q22,000.00 > Q18,677.00 ? NO por lo
que lo ideal es el 5%
Impuesto Extraordinario y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de
Paz (IETAAP) Caractersticas BsicasDefinicin:Impuesto Extraordinario
y Temporal de Apoyo a los Acuerdos de Paz.
Monto:El impuesto se determina multiplicando el tipo impositivo
por la base imponible.Base imponible:La mayor entre: La cuarta
parte del activo neto
La cuarta parte de los ingresos brutos
Tipo Impositivo:
Del 1 de julio al 1 de diciembre de 2004, la tasa es 2.5%.
Del 1 de enero de 2005 al 30 de junio de 2006, la tasa es
1.25%.
Del 1 de julio de 2006 al 1 de diciembre de 2007, la tasa es
1%.
Base Legal:
Decreto 19-04 del CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.En qu se
utiliza:Acuerdos de paz+
DescripcinPara explicar este impuesto citaremos algunos artculos
del Decreto 19-04 del CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA:
Artculo 1. Materia del Impuesto. Se establece un impuesto
extraordinario y temporal de apoyo a los Acuerdos de Paz, a cargo
de las personas individuales o jurdicas que a travs de sus empresas
mercantiles o agropecuarias, as como de los fideicomisos, los
contratos de participacin, las sociedades irregulares, las
sociedades de hecho, el encargo de confianza, las sucursales,
agencias o establecimientos permanentes o temporales de personas
extranjeras que operan en el pas , las copropiedades, las
comunidades de bienes, los patrimonios hereditarios indivisos y
otras formas de organizacin empresarial, que dispongan de
patrimonio propio, realicen actividades mercantiles o agropecuarias
en el territorio nacional y que obtengan un margen bruto superior
al cuatro por ciento (4%) de sus ingresos brutos. Artculo 3. Hecho
generador. El impuesto se genera por la realizacin de actividades
mercantiles o agropecuarias en el territorio nacional por las
personas, entes o patrimonios a que se refiere el artculo 1 de esta
ley. Impuesto nico Sobre Inmuebles(IUSI)
Caractersticas bsicas
Definicin:Impuesto nico Sobre Inmuebles.Monto:ESCALATASA
Hasta Q2,000.00Exento
De Q2,000.01 a Q20,000.002 por millar
De Q20,000.01 a Q70,000.006 por millar
De Q70,000.01 en adelante9 por millar
Base Legal:Decreto 15-98 del CONGRESO DE LA REPUBLICA DE
GUATEMALA.En qu se utiliza:En las municipalidades+
DescripcinEl IUSI es el impuesto que paga cualquier persona duea
de algn inmueble.
El impuesto recae sobre los inmuebles rsticos o rurales y
urbanos, incluyendo el terreno, las estructuras, construcciones e
instalaciones del inmueble y sus mejoras.
Boleto de Ornato
El Boleto de Ornato Es un arbitrio que todos los vecinos debemos
pagar anualmente, con la finalidad de contribuir al ornato de
nuestra ciudad. La cancelacin del mismo debe efectuarse durante
enero y febrero, salvo que los concejos municipales concedan
prrrogas, y stas no pueden excederse ms all del ltimo da de
marzo.
Si el pago no fuere cancelado dentro del perodo sealado o segn
fecha de la prrroga, el vecino se ver sujeto a una multa
equivalente al 100% de su valor. Ley de arbitrio de ornato
municipalDecreto numero 121-96El Congreso de la Repblica
ConsiderandoQue de conformidad con la Constitucin poltica de la
Repblica, los municipios de la repblica de Guatemala, son
instituciones autnomas encargadas de atender los servicios pblicos
locales para lo cual pueden obtener y disponer de sus recursos Por
tantoEn ejercicio de las atribuciones que le confiere la literal a)
del articulo 171 y el artculo 239 de la Constitucin Poltica de la
Repblica de Guatemala, Decreta: Ley de Arbitrio de Ornato Municipal
Asimismo, en la mencionada ley se establece que estn obligados al
pago de este impuesto todas las personas guatemaltecas o
extranjeras domiciliadas que residan en cada jurisdiccin municipal,
comprendidas entre los 18 y 65 aos, y los menores de 18 que de
conformidad con el Cdigo de Trabajo tengan autorizacin para
trabajar (artculos 1 y 2).ACTIVIDAD 7
BancaSat
Es el sistema de presentacin y pago de tributos en forma
electrnica, que opera a travs de los bancos autorizados por
SAT.
E-Servicios
Es una aplicacin de auto-consulta de informacin, mediante la
cual los contribuyentes pueden verificar sus datos y
actualizaciones ante el Registro Tributario Unificado, ver sus
declaraciones de impuestos presentados y pagadas, verificar la
informacin de vehculos, consultas del rea de aduanas y omisos
(declaraciones no presentadas).
Asistelight
Es una herramienta sencilla que permite elllenado rpido y
sencillo de formularios electrnicos, realizando clculos
automticos.Cada uno de los formularios consiste en un programa
ejecutable, sin necesidad de instalarlo en su PC.
Autoliquidacin
Permite al contribuyente calcular sanciones y recargas por
presentacin y pago extemporneo o rectificacin de declaraciones, sin
necesidad de acudir a la Administracin Tributaria. Ventajas: Puede
efectuar clculos actuales y proyectados. Puede utilizar las 24
horas del da, los 365 das del ao.
Verificador de documentos
Este servicio permite corroborar si la SAT ha extendido una
autorizacin de impresin de facturas, notas de crdito, notas de
dbito.
Verificacin de declaraciones
El verificador de declaraciones le permite que la presentacin y
pago de declaraciones estn registrados correctamente.
Buzn SAT
Consiste en una direccin de correo electrnico asignada a cada
contribuyente, por medio de la cual, la SAT, le enviar
notificaciones de pago de impuestos y otros avisos de inters y a la
vez usted podr hacer consultas.
Actividad 8
Inscripcion de pequeo contrubuyente Comerciante Individual
Para la Inscripcin de Comerciante Individual, el trmite
establece que el interesado deber presentarse al edificio de la
Superintendencia de Administracin Tributaria SAT-, en una de las
ventanillas del Departamento de Registro Tributario Unificado (RTU)
y solicitar inicialmente el Formulario de Inscripcin y actualizacin
de informacin de Contribuyentes en el Registro Tributario Unificado
(SAT- No. 0014) valor Q.1.00.Requisitos para llenar el formulario
SAT- No. 0014:Para llenar este formulario deber de usar mquina de
escribir o letra de molde.No se aceptar la presentacin del
formulario con tachaduras, enmiendas o similares.Si se trata de
inscripcin, se utilizar la casilla No.2 y en el caso de ser una
actualizacin utilizar la casilla No.3, anotando en ambos casos una
X.Escriba los datos solicitados en Datos de identificacin para
persona individual en las casillas de la No.05 a la 16 y en Datos
generales en la casilla de la No.27 a la 43, en el caso de que
proceda. De lo contrario escriba una lnea para anular el espacio NO
utilizado del formulario SAT- No. 0014.El Comerciante Individual
tipificado como pequeo contribuyente debe tomar la decisin de cual
ser el Rgimen de pago del Impuesto Sobre la Renta. Los regmenes
establecidos por la Ley y vigentes son los siguientes:Rgimen de
Cuota fija 5%, pagos trimestrales del 5% sobre servicios tcnicos y
arrendamientos con o sin oficina.Rgimen de Cuota fija 5%, pagos
trimestrales 5%, sobre actividades mercantiles.Rgimen de Declaracin
anual, pagos trimestrales sobre servicios tcnicos o profesionales y
arrendamientos, con o sin oficina.Rgimen de Declaracin anual, pagos
trimestrales sobre actividades mercantiles.Contribuyente Normal
sobre servicios tcnicos o profesionales y arrendamientos, con o sin
oficina.Contribuyente Normal sobre actividades mercantiles.Los
requisitos de Inscripcin para los contribuyentes tipificados dentro
de estos regmenes son:Formulario de Inscripcin SAT-14Original o
fotocopia legalizada y fotocopia simple de la cdula de vecindad o
pasaporte si fuera extranjero.Certificacin de calidad de residente
en el pas, extendida por la direccin General de Migracin, en caso
de ser extranjero.Constancia de colegiado activo (profesionales
liberales) queda en poder de la Oficina o Agencia Tributaria.El
Formulario SAT-0014 deber acompaarse de los formularios
siguientes:Solicitud de Habilitacin de Libros, formulario
SAT-0052Solicitud para autorizacin de Impresin y Uso de Documentos
y Formularios, formulario SAT-0042
ACTIVIDAD 91. Usted presta servicios profesionales a una empresa
y extiende una factura por sus honorarios, el monto es de Q.
2,000.00
Qu impuesto debe pagar por dicha factura? Determine el clculo y
presntelos en formulas? El impuesto al Valor agregado y el Impuesto
sobre la renta
Saldo 2000(-) IVA 240(=)Sub total 176031%(-) ISR 545.60(=) total
214.40