COMPRAS PBLICAS DE MXICOLOGSTICA INTERNACIONAL
NDICECOMPRAS PBLICAS MXICO21.MARCO NORMATIVO3a.Constitucin
Poltica de los Estados Unidos Mexicanos3b.Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Pblico (LAASSP)4c.Ley de
Obras Pblicas y Servicios Relacionados con las Mismas
(LOPSRM).5d.Ley Federal de Competencia Econmica (LFCE)5e.Ley
Federal Anticorrupcin en Contrataciones Pblicas62.ORGANISMOS
REGULADORES6a.La Secretara de la Funcin Pblica6b.Unidad de Poltica
de Contrataciones Pblicas (UPCP)7c.rgano Interno Control
(OIC)73.TIPOS DE CONTRATACIN83.1.Invitacin a cuando menos tres
personas83.2.Adjudicacin Directa83.3.Licitacin Pblica:84.ETAPAS DE
UN PROCESO DE COMPRA95.LICITACIN95.1.Modalidades de licitacin
pblica105.2.Tipos de licitacin155.3.Procedimiento de una
Licitacin166.SISTEMAS ELECTRNICOS306.1.Uso de CompraNet32
COMPRAS PBLICAS MXICO
Las Compras del Sector Pblico, se procesan de un modo diferente
a las adquisiciones del Sector Privado, porque estn sujetas al
marco de laLeyde Adquisiciones, Arrendamientos yServiciodel Sector
Pblico, y es necesario conocer a profundidad la normatividad que
las rige, el Funcionario Pblico que incumple con dicha normatividad
se le sanciona de diferentes maneras, con penalizaciones que van
desde la amonestacin pblica hasta el encarcelamiento, por lo que
adems de tener conocimiento de la misma y su normatividad debe
conocer cabalmente la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Pblicos, en donde se sealan
losprincipiosque rigen la funcin pblica, y seala las
responsabilidades en las que pueden caer, hay que tener presente
que el desconocimiento de la misma, no nos exime de su
cumplimiento.
Las Unidades compradoras a nivel federal son las Unidades
Administrativas de la Presidencia de la Repblica, las Secretaras de
Estado, Departamentos Administrativos y la Consejera Jurdica del
Ejecutivo Federal, la Procuradura General de la Repblica, los
Organismos Descentralizados, las Empresas de Participacin Estatal
Mayoritaria, y los Fideicomisos en los que el Fideicomitente sea el
Gobierno Federal o una Entidad Paraestatal, las Entidades
Federativas, con cargo total o parcial a fondos federales, conforme
a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal, con la
participacin que en su caso, corresponda a los municipios
interesados.En resumen, para cumplir con todas y cada una de sus
actividades, los distintos niveles de Gobierno en Mxico (Federal,
Estatal y Municipal) requieren desde la adquisicin de importantes
volmenes de materias primas, refacciones, productos terminados,
contratacin de servicios, hasta la ejecucin de grandes proyectos de
infraestructura.Distribuyndose el gasto de la siguiente forma
(fuente: Secretara de la Funcin Pblica): 49% Materiales y
Suministros 30% Servicios Generales 17% Obra Pblica 4% Bienes
Muebles e Inmuebles
1. MARCO NORMATIVO
Para llevar a cabo cualquier procedimiento de adquisicin es
primordial saber, en principio, cul es el origen de los recursos
con los que se comprar el bien o se contratar un servicio, pues de
ello depende la normatividad a utilizar. A nivel local, cada
gobierno estatal se rige por sus propias leyes de adquisiciones,
sin embargo, es importante que los funcionarios estatales tambin
conozcan otros ordenamientos, principalmente la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Pblico
(LAASSP), la Ley Federal de Competencia Econmica (LFC), as como las
respectivas leyes estatales de Procedimiento Administrativo y de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Pblicos.
a. Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos
Artculo 134. Los recursos econmicos de que dispongan la
Federacin, los Estados, los Municipios y el Distrito Federal, se
administran con eficiencia, eficacia, economa, transparencia y
honradez para satisfacer los objetivos a los que estn
destinados.Los servidores pblicos de la Federacin, los Estados y
los Municipios, as como del Distrito Federal y sus delegaciones,
tienen en todo tiempo la obligacin de aplicar con imparcialidad los
recursos pblicos que estn bajo su responsabilidad, sin influir en
la equidad de la competencia entre los partidos polticos. Las
instituciones de la administracin pblica, las entidades federativas
y municipios cuando utilicen el dinero federal, deben de apegarse y
obligarse conforme a estas leyes. Las leyes especficas que regulan
lo establecido en el Artculo 134 de la Constitucin Poltica de los
Estados Unidos Mexicanos son las siguientes: Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Pblico. Ley Orgnica de
laAdministracin PblicaFederal. Ley de
Presupuesto,ContabilidadyGasto PblicoFederal. Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Pblicos. Ley
Federal deInstitucionesde Fianzas. Ley Federal
deProcedimientoAdministrativo. Ley Federal de Competencia Econmica.
Ley para eldesarrollode lacompetitividadde la micro, pequea y
mediana empresa. Ley Federal de Transparencia y acceso a la
Informacin Gubernamental. Ley Federal sobreMetrologayNormalizacin.
Ley de Tesorera de la Federacin. Cdigo Civil Federal. Cdigo Civil
para el Distrito Federal enMateriaComn. Cdigo Federal en
Procedimientos Civiles en Materia Federal. Decreto de Presupuesto
de Egresos de la Federacin. Decreto por el que se expide la Ley
Federal Anticorrupcin en Contrataciones Pblicas Reglas para la
celebracin de licitaciones pblicas internacionales bajo la
cobertura detratadosdelibre comerciosuscritos por los Estados
Unidos Mexicanos. Manual de Aplicacin General en Materia de
Recursos Materiales y Servicios Generales. Manual de Aplicacin
General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del
Sector Pblico.
A continuacin se detallara las ms importantes leyes b. Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Pblico
(LAASSP)
Artculo 1. La presente Ley es de orden pblico y tiene por objeto
reglamentar la aplicacin del artculo 134 de la Constitucin Poltica
de los Estados Unidos Mexicanos en materia de las adquisiciones,
arrendamientos de bienes muebles y prestacin de servicios de
cualquier naturaleza.
Artculo 3.- Las polticas, bases y lineamientos en materia de
adquisiciones, arrendamientos y prestacin de servicios a que se
refiere el penltimo prrafo del artculo 1 de la Ley, slo debern
prever lo siguiente:I. Las reas de la dependencia o entidad que
aplicarn las disposiciones previstas en la Ley y el presente
Reglamento; II. Los niveles jerrquicos de los servidores pblicos
que atendern y se responsabilizarn de los diversos actos
relacionados con los procedimientos de contratacin a que hacen
referencia la Ley y este Reglamento; III. La forma en que las
dependencias y entidades debern cumplir con los trminos o plazos a
que hacen referencia la Ley y este Reglamento, y IV. Los aspectos
que se determinen en los lineamientos generales que emita la
Secretara de la Funcin Pblica.
c. Ley de Obras Pblicas y Servicios Relacionados con las Mismas
(LOPSRM).
Artculo 1. La presente Ley es de orden pblico y tiene por objeto
reglamentar la aplicacin del artculo 134 de la Constitucin Poltica
de los Estados Unidos Mexicanos en materia de contrataciones de
obras pblicas, as como de los servicios relacionados con las
mismas.
Artculo 3.- Para los efectos de esta Ley, se consideran obras
pblicas los trabajos que tengan por objeto construir, instalar,
ampliar, adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener,
modificar y demoler bienes inmuebles.
La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Pblico se refiere a bienes muebles, mientras que la Ley de Obras
Pblicas y Servicios Relacionados con las mismas va en atencin a los
bienes inmuebles.
d. Ley Federal de Competencia Econmica (LFCE)
Artculo 1. La presente Ley es reglamentaria del artculo 28 de la
Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos en materia de
libre concurrencia, competencia econmica, monopolios, prcticas
monoplicas y concentraciones, es de orden pblico e inters social,
aplicable a todas las reas de la actividad econmica y de
observancia general en toda la Repblica.
Artculo 2. Esta Ley tiene por objeto promover, proteger y
garantizar la libre concurrencia y la competencia econmica, as como
prevenir, investigar, combatir, perseguir con eficacia, castigar
severamente y eliminar los monopolios, las prcticas monoplicas, las
concentraciones ilcitas, las barreras a la libre concurrencia y la
competencia econmica, y dems restricciones al funcionamiento
eficiente de los mercados.
e. Ley Federal Anticorrupcin en Contrataciones Pblicas
Artculo 1.La presente Ley es de orden pblico y de inters general
y tiene por objeto:I.Establecer las responsabilidades y sanciones
que deban imponerse a las personas fsicas y morales, denacionalidad
mexicana y extranjeras, por las infracciones en que incurran con
motivo de su participacin enlas contrataciones pblicas de carcter
federal previstas en esta Ley, as como aqullas que deban imponersea
las personas fsicas y morales de nacionalidad mexicana, por las
infracciones en que incurran en lastransacciones comerciales
internacionales previstas en esta Ley, yII.Regular el procedimiento
para determinar las responsabilidades y aplicar sanciones,
yIII.Establecer las autoridades federales competentes para
interpretar y aplicar esta Ley. 2. ORGANISMOS REGULADORESa. La
Secretara de la Funcin Pblica (SFP): Dependencia del Poder
Ejecutivo Federal, vigila que los servidores pblicos federales se
apeguen a la legalidad durante el ejercicio de sus funciones,
sanciona a los que no lo hacen as; promueve el cumplimiento de los
procesos de control y fiscalizacin del gobierno federal, de
disposiciones legales en diversas materias, dirige y determina la
poltica de compras pblicas de la Federacin, coordina y realiza
auditoras sobre el gasto de recursos federales, coordina procesos
de desarrollo administrativo, gobierno digital, opera y encabeza el
Servicio Profesional de Carrera, coordina la labor de los rganos
internos de control en cada dependencia del gobierno federal y
evala la gestin de las entidades, tambin a nivel federal. La
Secretara de la Funcin Pblica tiene a su cargo el desempeo de las
atribuciones y facultades que le encomiendan la Ley Orgnica de la
Administracin Pblica Federal; la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Pblicos y dems ordenamientos
legales aplicables en la materia: la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Pblico; la Ley de Obras
Pblicas y Servicios Relacionados con las Mismas; la Ley General de
Bienes Nacionales; la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administracin Pblica Federal; la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.b. Unidad de Poltica de Contrataciones
Pblicas (UPCP) Implanta y evala una poltica de contrataciones
pblicas orientada a asegurar las mejores condiciones para el
Estado, fundada en la promocin de los principios de eficiencia,
eficacia, economa, transparencia, imparcialidad y honradez, as como
desarrollar un sistema de contratacin pblica dinmico, simplificado
y moderno que promueva estrategias que incorporen las mejores
prcticas nacionales e internacionales en la materia, as como la
utilizacin de tecnologas de la informacin y comunicacin.c. rgano
Interno Control (OIC)se encargan de ejecutar el sistema de control
y evaluacin gubernamental, es decir, controlar que los procesos y
procedimientos que realizan los servidores pblicos en las
dependencias y entidades federales estn apegados a la legalidad y
que coadyuven a los objetivos sustantivos de estas instituciones y,
en caso de no ser as, son quienes poseen la autoridad para atender,
tramitar y resolver las quejas o denuncias presentadas por la
ciudadana contra presuntas irregularidades administrativas
cometidas por los servidores pblicos, imponiendo las sanciones
establecidas en la Ley.3. TIPOS DE CONTRATACIN
Para la compra de bienes y contratacin de servicios, el mtodo de
adquisicin que fomenta primordialmente la transparencia y la
competencia es la licitacin pblica, pero para aquellas
circunstancias excepcionales en las que la licitacin no resulte
adecuada o viable, por ejemplo si hay una necesidad urgente, si se
requiere la confidencialidad porque se involucra la defensa o
seguridad del Estado o si slo hay un posible vendedor, existen al
menos dos mtodos alternativos de contratacin pblica: la licitacin
(o invitacin) restringida a un nmero especfico de proveedores y la
adjudicacin directa.3.1. Invitacin a cuando menos tres personas
Los procesos de Invitacin a cuando menos tres personas son
llevados a cabo de forma parecida a una licitacin, ya que la
invitacin es difundida a travs de Internet (COMPRANET) y en la
pgina web de la dependencia o entidad, los actos de presentacin y
apertura podrn ser sin la presencia del licitante, pero siempre se
invitar al rgano Interno de Control. Para que se realicen la
adjudicacin se debe contar con un mnimo de tres propuestas
solventes. Los plazos se fijan atendiendo el tipo de bienes o
servicios requeridos.3.2. Adjudicacin Directa
Es el procedimiento que tiene por finalidad realizar
adquisiciones de manera directa, para cubrir las necesidades del
insumo, el comit de adquisiciones debe de tener en cuenta criterios
como montos y urgencias para poder realizar este tipo de
adquisiciones.3.3. Licitacin pblica: Ms adelante se explicara este
tipo de contrato.
4. ETAPAS DE UN PROCESO DE COMPRA
a. Pre-licitacin: Corresponde a los procedimientos que deben
seguirse antes de que se realice la compra. Se inicia con la
evaluacin de necesidades y requerimientos, la planeacin y la
designacin del presupuesto. Tambin incluye la definicin de las
condiciones tcnicas y econmicas de lo que se va comprar, la
seleccin del procedimiento de compra y nicamente en caso de
licitacin pblica e invitacin restringida la publicacin y difusin de
la convocatoria.
b. Licitacin: Etapa del proceso de compra que consiste en el
registro de participantes cuando se trata de una licitacin pblica o
una invitacin restringida, presentacin y recepcin de propuestas
tcnicas y econmicas, apertura, anlisis y evaluacin de las mismas,
dictaminacin, fallo y asignacin del contrato.
c. Post-licitacin: Se refiere a la fase del proceso una vez
adjudicado y formalizado el contrato de compra. Incluye la gestin
del contrato y de las rdenes de pago, as como la supervisin de su
cumplimiento. En esta etapa, generalmente, se realizan auditoras
internas (del gobierno) y externas (de otros rdenes de gobierno y
de escrutinio pblico).
5. LICITACIN
Este procedimiento consiste en una invitacin abierta dirigida a
todos aquellos con un posible inters en presentar ofertas en sobre
cerrado o de manera electrnica. La licitacin fomenta la competencia
porque varios proveedores del bien o servicio tienen la posibilidad
de concurrir y ofrecer lo que consideran la mejor combinacin
precio/calidad para ganar el contrato.
5.1. Modalidades de licitacin pblica (Opciones para comprar
mejor)
5.1.1. Licitaciones pblicas presenciales, electrnicas o
mixtas
EL artculo 26 seala que existen tres posibles mtodos para llevar
a cabo licitaciones pblicas de acuerdo con los medios utilizados
para realizarlas:
a. Presencial, en la cual los licitantes exclusivamente podrn
presentar sus proposiciones en forma documental y por escrito, en
sobre cerrado, durante el acto de presentacin y apertura de
proposiciones, o bien, si as se prev en la Convocatoria a la
licitacin, mediante el uso del servicio postal o de mensajera. La o
las juntas de aclaraciones, el acto de presentacin y apertura de
proposiciones y el acto de fallo, se realizarn de manera
presencial, a los cuales podrn asistir los licitantes, sin
perjuicio de que el fallo pueda notificarse por escrito.
b. Electrnica, en la cual exclusivamente se permite la
participacin de los licitantes a travs de CompraNet. La o las
juntas de aclaraciones, el acto de presentacin y apertura de
proposiciones y el acto de fallo, slo se realizarn a travs de
CompraNet y sin la presencia de los licitantes en dichos actos.
c. Mixta, en la cual los licitantes, a su eleccin, podrn
participar en forma presencial o electrnica en la(s) junta(s) de
aclaraciones, el acto de presentacin y apertura de proposiciones y
el acto de fallo.
5.1.2. Ofertas subsecuentes de descuento (subastas en
reversa)
Las ofertas subsecuentes de descuento (OSD) son una modalidad
que puede ser utilizada en licitaciones pblicas, en la que los
licitantes despus de que su propuesta tcnica haya cubierto los
requisitos cualitativos tienen la posibilidad de realizar ofertas
subsecuentes de descuento que mejoren el precio ofertado
inicialmente, sin que ello signifique la posibilidad de variar las
especificaciones o caractersticas originalmente contenidas en su
propuesta tcnica. El principal beneficio de esta modalidad es que
fomenta la competencia activa y transparente entre los
participantes, de tal manera que los precios tienden a ser ms bajos
en comparacin con una licitacin tradicional, con lo que se logran
ahorros significativos para el gobierno. En Mxico, la primera
licitacin bajo la modalidad de OSD se llev a cabo en 2008 para la
compra de carbn para la Comisin Federal de Electricidad (CFE) y se
estima que se consigui un ahorro de 82 millones de dlares.
Para la compra de bienes y servicios con recurso federal, de
acuerdo con el artculo 28 de la LAASSP, esta modalidad se podr
emplear en las licitaciones pblicas para la adquisicin de bienes
muebles o servicios cuya descripcin y caractersticas tcnicas puedan
ser objetivamente definidas y la evaluacin legal y tcnica de las
proposiciones de los licitantes se pueda realizar en forma
inmediata, al concluir la celebracin del acto de presentacin y
apertura de proposiciones, siempre que el rea convocante justifique
debidamente el uso de dicha modalidad y que constate que existe
competitividad suficiente de conformidad con la investigacin de
mercado correspondiente.
Adicionalmente, en 2010 la Secretara de la Funcin Pblica emiti
unos lineamientos referentes a esta modalidad donde los trminos
usados en el artculo 28 de la LAASSP se definen de forma ms
precisa. Por ejemplo, se considera que existe competitividad
suficiente si se verifica que hay al menos cinco licitantes
potenciales nacionales o extranjeros que cumplen con la capacidad y
experiencia requeridas para la contratacin, de acuerdo a la
naturaleza de la licitacin. En la prctica, a nivel federal, existen
tres tipos de OSD disponibles:
a) Inglesa descendente (o de primer precio). En este tipo de
subasta, la unidad convocante establece un precio de apertura de la
subasta. A partir de esto, las empresas pujan a la baja con
decrementos mayores a un mnimo establecido. En principio, la
subasta se programa para durar 30 minutos, y slo en caso de que en
los dos ltimos minutos se presente una oferta, el perodo se aumenta
en 5 minutos para dar oportunidad a otros postores a ofrecer un
precio ms bajo. La subasta termina cuando pasan los primeros 30
minutos sin ampliacin de plazo, o cuando, alguno de los plazos
ampliados se cumple.
b) Holandesa ascendente o de segundo precio. En la subasta
ascendente, la unidad convocante fija un precio mnimo, y lo ofrece
a las empresas. Si en un perodo de dos minutos ninguna empresa
acepta la propuesta, la convocante incrementa su oferta, y se
repite el procedimiento hasta que alguna de las empresas lo tome, o
se llegue al precio mnimo de las ofertas presentadas por los
licitantes. Cuando un licitante toma la oferta, se acaba la
subasta.
c) TEDO. La caracterstica principal de este tipo de subastas es
que incorpora el mtodo de puntos y porcentajes para tomar en cuenta
la calidad del bien. Una vez que se evalan las propuestas tcnicas y
cada oferta obtiene una calificacin se procede a iniciar la OSD, ya
sea inglesa u holandesa. En este caso no necesariamente gana la
oferta con el precio ms bajo sino aquella que obtenga el mayor
puntaje de la combinacin entre la evaluacin tcnica por puntos y
porcentajes y la postura en la OSD.
5.1.3. Compras consolidadas
La consolidacin de las compras consiste en la agrupacin de los
requerimientos de las distintas dependencias, entidades y rganos
desconcentrados de la administracin pblica para la compra conjunta
de bienes de uso generalizado. Este tipo de contratos permite
optimizar las compras del gobierno porque lo convierte en un actor
con un importante poder de compra lo que fomenta la obtencin de
menores precios. Adicionalmente, se reducen los costos
administrativos porque en lugar de realizar diversas compras por
separado se hace una sola. Adems de las ventajas financieras, esta
modalidad favorece la rendicin de cuentas porque hace ms fcil la
fiscalizacin, ya que es ms factible vigilar y controlar a una sola
entidad compradora que a varias.
La normatividad indica que la SFP determinar los bienes,
arrendamientos o servicios de uso generalizado que, en forma
consolidada, podrn adquirir, arrendar o contratar las dependencias
y entidades con objeto de obtener las mejores condiciones.
Asimismo, la LAASSP seala que el papel de la SFP no limita que las
dependencias y entidades puedan agruparse para adquirir en forma
consolidada sus bienes, arrendamientos o servicios. En el mbito
federal, las compras consolidadas se han utilizado principalmente
para la adquisicin de vacunas, seguros de bienes patrimoniales, de
responsabilidad profesional, de vida y gastos mdicos mayores,
combustible, transporte areo, vales de despensa, impresin y
fotocopiado y transportacin terrestre.
A nivel estatal, 30 de las 32 legislaciones de adquisiciones
contemplan esta modalidad, por lo tanto, en la gran mayora de las
entidades federativas es posible que los funcionarios, al momento
de decidir la compra de un bien estandarizado, consideren la
posibilidad de formar parte de una compra consolidada o crear una
iniciativa para que esto se logre.
Para implementar un mecanismo de compra de este tipo, lo primero
que se debe hacer es analizar cules son los bienes de uso
generalizado de la administracin pblica estatal o municipal, cules
son las dependencias que requieren estos bienes y servicios en
tiempos de entrega similares, cules los distintos precios se han
pagado por el mismo producto y la lista de los proveedores
contratados. Una vez agregados los requerimientos, se puede
proceder a invitar a stos y otros proveedores a concursar por un
contrato nico.5.1.4. Convenios marco
Los convenios marco se utilizan principalmente cuando se trata
de compras recurrentes, en particular, cuando las unidades de
compra no tienen certeza sobre la cantidad y momento en que
necesitar el bien o servicio. El uso de los convenios marco tiene
varias ventajas. La primera de ellas es que las dependencias
pblicas participantes evitan incurrir en costos administrativos
derivados de la compra cada vez que requieren el mismo bien o
servicio. La segunda es que brinda flexibilidad a las unidades de
compra para adquirir bienes y servicios en el momento que deseen y
la cantidad que requieran bajo condiciones previamente
establecidas. De esta forma, el convenio permite comprar de manera
planificada y al mismo tiempo, tener la disponibilidad de contar
con los insumos necesarios de forma expedita.Una vez definidas las
condiciones del convenio marco, en una segunda etapa, cada una de
las dependencias de gobierno participantes formalizan la compra por
medio de un contrato especfico con alguno de los proveedores que
forman parte del convenio. En el caso de que haya ms de un
proveedor, en este segundo proceso existen dos mtodos para
adjudicar el contrato. El primero consiste en que la unidad de
compras seleccione directamente al proveedor que considera ms
conveniente, siempre y cuando justifique la preferencia por ste; en
el segundo la unidad de compras vuelve a abrir la competencia al
solicitar a los proveedores del convenio que presenten propuestas
claramente definidas sobre el precio y calidad de los bienes para
esa dependencia en especfico. Actualmente, la SFP reporta que los
siguientes contratos marco estn en vigor: medicamentos de patente o
fuente nica, servicio de reservacin, expedicin y entrega de pasajes
areos, ropa de trabajo, calzado de seguridad y artculos de
proteccin personal, organizacin integral de eventos, mantenimiento
preventivo y correctivo del parque vehicular, poda de rboles y
brecha, y call center.
Finalmente, es recomendable que la unidad de compras encargada
de su coordinacin, revise con cierta frecuencia los precios del
mercado de los bienes o servicios contemplados en el Convenio y en
caso de detectar un sobreprecio, negociar con los proveedores para
reducirlo o abrir el Convenio a nuevos proveedores.
5.1.5. Abastecimiento simultneo
El abastecimiento simultneo consiste en otorgar el contrato de
un mismo bien o servicio a varios proveedores. Esta modalidad
permite a micro, pequeas y medianas empresas ser seleccionadas para
realizar una parte de los contratos, ya que de otra forma, si el
contrato fuese muy grande, no seran capaces de llevar a cabo la
totalidad del aprovisionamiento, y por lo tanto competir. Otra de
las posibles ventajas de esta modalidad es que en caso de
incumplimiento, la unidad compradora cuenta con otra fuente de
abasto (o secundaria) como respaldo.
A pesar de estos beneficios potenciales, el abastecimiento
simultneo puede fomentar la colusin. Por ejemplo, dado que se
permite un diferencial de precio entre los proveedores que ganan el
contrato, los participantes podran ponerse de acuerdo para que uno
de ellos presente una propuesta con un precio ms alto justo
equivalente al margen permitido en la convocatoria, que ningn caso
podr ser mayor del 10% que seala la LAASSP y aun as llevarse una
parte del contrato. De acuerdo con la teora econmica, cuando hay un
solo ganador, las propuestas de los participantes tienden a ser ms
competitivas, es decir, ofertan precios bajos con tal de obtener el
contrato. En cambio, con la modalidad de abastecimiento simultneo,
los participantes reducen el nivel de competencia porque tienen la
posibilidad de ponerse de acuerdo para dividir el contrato.
Uno de los aspectos ms importantes al momento de evaluar la
conveniencia de utilizar la modalidad del abastecimiento simultneo
es el tamao del contrato.
5.2. Tipos de licitacin
Las licitaciones se pueden clasificar en tres, dependiendo del
tipo de licitantes que participan, bienes que se van a adquirir y
los tratados comerciales internacionales en los que Mxico es
socio.5.2.1. Licitaciones Nacionales Son los procesos de adquisicin
en los que slo pueden participar personas y empresas de
nacionalidad mexicana y que los bienes a adquirir sean producidos
en Mxico y cuenten con por lo menos un 50% de contenido nacional,
mismo que se determina tomando en cuenta la mano de obra, insumos y
dems aspectos determinados por la Secretara de Economa. La
Secretara de Economa establece reglas de carcter general en donde
se describen los casos de excepcin al contenido nacional de los
bienes, adems del procedimiento expedito para determinar dicho
porcentaje.5.2.2. Licitaciones internacionales bajo la cobertura de
tratados
En los que slo puedan participar tanto personas
denacionalidadmexicana y extranjeros de pases con los que nuestro
pas tenga celebrado untratado de libre comerciocon captulo de
compras gubernamentales.
Para que estas licitaciones se efecten, es obligatorio que los
tratados contengan disposiciones en materia de compras con el
sector pblico y bajo cobertura expresa se haya convocado la
licitacin, de acuerdo a las reglas de origen que prevean los
tratados y las reglas de carcter general que, para bienes
nacionales, emita la Secretara de Economa. O en su defecto, se haya
realizado una licitacin de carcter nacional que se declar desierta,
porque no se present propuesta solvente o los precios no fueron
aceptables.5.2.3. Licitaciones internacionales abiertas
Son aquellas en las que pueden participar licitantes mexicanos y
extranjeros, sin importar el origen de los bienes a adquirir,
arrendar o servicios a contratar. Para llevar a cabo este tipo de
procedimiento es necesario que haya sido convocada una licitacin de
carcter internacional bajo la cobertura de tratados y que la misma
haya sido declarada desierta, porque no se presentaron propuestas o
las presentadas no hayan sido solventes o en su caso los precios no
fueron aceptados y por ltimo, que haya sido especificado para las
contrataciones financiadas con crditos externos otorgados al
gobierno federal o con su aval.
5.3. Procedimiento de una Licitacin
Esta seccin es relevante para cualquier funcionario pblico
involucrado en los procedimientos de adquisicin.
a. Convocatoria.
Eselavisopblicoquerealizanlasdependenciasyentidadesanunciandoeliniciode
undeterminadoprocedimientodecontratacinen el que especifican los
datos ms esenciales para permitir la libre participacin de los
interesados, as como, el plazo o la fecha para adquirir las bases e
inscribirse en el concurso. La publicacin de las convocatorias es
indispensable para que las licitaciones pblicas sean competidas; en
este sentido, el primer paso para que un proveedor participe en una
licitacin es que est al tanto del concurso. Conforme a las mejores
prcticas internacionales, todas las convocatorias debern difundirse
tanto en medios oficiales como en diarios de amplia circulacin a
nivel local o nacional segn corresponda. Por un lado, la publicacin
de la convocatoria en medios oficiales (Diario Oficial o Peridicos
Oficiales estatales y el sistema electrnico de compras
gubernamentales CompraNet) es importante porque le da legalidad al
proceso, ya que en caso de alguna impugnacin, permite a los
participantes contar con una prueba slida de la licitacin en
cuestin. Por el otro, la publicacin en medios de amplia difusin
favorece la participacin de la mayor cantidad de proveedores
posible.
Bases Es el documento que contiene los requisitos detallados de
participacin a una licitacin. Son las instrucciones a seguir en un
concurso.Se estructura de la siguiente forma:1. Datos de la unidad
convocante: quien convoca y su fundamento legal.2. Calendario del
procedimiento sealando los das, horas y lugares para que se efecte
cada etapa de la licitacin.3. Objeto de la licitacin: descripcin
del producto a comprar, servicio u obra a contratar (los detalles
de los bienes y servicios u obras vienen en los anexos y cada base
contiene un anexo tcnico).4. Especificaciones tcnicas.5. Formas de
entrega de productos y prestacin de servicios.6. Garantas7.
Requisitos legales, administrativos y contables, tales como: o
Permisos, licencias y registros. o Cartas de apoyo o Certificados
de calidad o Contratos y cartas de experiencia o Documentacin
fiscal y contable (estados financieros, declaraciones de impuestos,
etc.)8. Propuestas: forma de integrar y presentar propuestas,
contenido de sobres.9. Sistemas o formas para la calificacin de
propuestas10. Procedimiento para el fallo definitivo11. Causas de
descalificacin de proponentes12. Tipo de contrato o formato de
contrato13. Reglas en caso de controversias, por incumplimiento e
interpretacin del contrato.14. Suspensin y cancelacin de
concurso15. Por contrato16. Inconformidades17. Anexos: tcnicos,
econmicos, formatos de acreditacin y personalidad, de integridad,
pago de contribuciones y prcticas anticompetitivas.
b. Visita de instalaciones
Por la naturaleza de algunos bienes o servicios en ocasiones
resulta necesario que personal del gobierno realice recorridos para
verificar las instalaciones de operacin del proveedor. Estas
visitas debern realizarse de acuerdo a lo establecido en la
convocatoria a la licitacin pblica, y se deber efectuar el registro
de asistencia al iniciar la visita, en la cual se har constar
quines participaron.
Regularmente, tal como lo seala el marco normativo federal, los
responsables de esta fase del procedimiento es personal del rea
contratante, con el apoyo del rea requirente y, en su caso, del rea
tcnica. Sin contravenir a las leyes estatales es recomendable que
de registrarse visitas a las instalaciones de operacin del
proveedor se lleve un registro o un acta de lo sucedido en dicho
evento.
c. Junta de aclaraciones
Una vez divulgada la convocatoria, el siguiente paso es que los
participantes tengan la posibilidad de solicitar aclaraciones
respecto de las bases de participacin, antes de la presentacin de
ofertas. Estos espacios entre los oferentes y los convocantes
debern ser pblicos. Adicionalmente, la informacin sobre preguntas y
respuestas debe ser difundida a todos los licitantes para asegurar
condiciones equitativas de participacin. Este paso es clave porque
permite ajustar algunas deficiencias u omisiones que se hayan
establecido en el cuerpo de la convocatoria o bases, y adems, puede
ser un filtro para evitar considerablemente las inconformidades.
Dichas juntas sern presididas por personal del rea contratante y se
contar invariablemente con un representante del rea requirente y
del rea tcnica para aclarar las dudas correspondientes.
Segn las mejores prcticas internacionales, lo ms recomendable es
realizar las juntas de aclaraciones a travs del sistema electrnico
de contrataciones. Los participantes pueden mandar sus dudas de
manera electrnica, los funcionarios contestan las aclaraciones por
medio del sitio web y las publican para que todos los participantes
tengan la misma informacin.
Es obligatorio para la convocante realizar cuando menos una
junta de aclaraciones. Se debe sealar al cierre de la primer junta,
la fecha y hora para la celebracin de una segunda o ulteriores
reuniones. La asistencia para los licitantes es optativa. Las
solicitudes de aclaracin debern plantearse de manera concisa y
estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la
convocatoria a la licitacin pblica, indicando el numeral o punto
especfico con el cual se relaciona. Las solicitudes que no cumplan
con los requisitos sealados podrn ser desechadas por la convocante.
Entre la ltima junta de aclaracin y el acto de presentacin y
apertura de propuestas debe existir un plazo de al menos seis das
naturales. Las actas que se levanten deben ser firmadas por los
asistentes, y a stos se debe entregar una copia de dichas
actas.
d. Presentacin y apertura de propuestas
En esta etapa del proceso de compra, los participantes presentan
sus propuestas tcnicas y econmicas ante el rea convocante. El
procedimiento de presentacin y apertura de propuestas puede variar
segn el recurso con el que se convoque la licitacin o invitacin
restringida. La diferencia radica en que cuando los recursos son
federales, en un mismo evento se presentan y se abren las
propuestas tcnicas y econmicas. En contraste, cuando los recursos
son estatales, en algunos casos, el procedimiento se realiza en dos
fases, es decir, primero se realiza la presentacin y apertura de
las propuestas tcnicas y nicamente aquellas que cumplan con los
requisitos solicitados en la convocatoria pasan a la segunda fase
de presentacin y apertura de propuestas econmicas, en algunos casos
estos eventos se hacen incluso en diferentes das.
A nivel federal la LAASSP (art. 35) establece que el acto de
presentacin y de apertura de propuestas se llevar a cabo en el da,
lugar y horas previstos en la convocatoria. Adicionalmente, el
Reglamento de la LAASSP (art. 47) establece una serie de
especificaciones sobre cmo llevar a cabo el acto de presentacin y
apertura de propuestas. En cuanto al procedimiento de presentacin,
en principio se reciben todas las propuestas y posteriormente se
analiza la informacin: El servidor pblico que presida el acto,
deber recibir las proposiciones para su posterior evaluacin, por lo
que no podr desechar ninguna de ellas durante dicho acto.
La recepcin de la proposicin se entender realizada una vez que
sta se analice durante su evaluacin, debindose indicar en el fallo
si la proposicin fue desechada por incumplir lo dispuesto en el
art. 50 de la LAASSP, es decir si son proveedores con los cuales
las dependencias y entidades se deben abstener de adjudicar algn
contrato, sea porque tienen intereses personales con algn servidor
pblico, porque han sido inhabilitados, aquellas que por causas
imputables a ellos mismos se les haya rescindido un contrato, se
encuentren en retraso de entrega de bienes o prestacin de
servicios. Sobre las autoridades participantes en este
procedimiento, a nivel federal la LAASSP indica que el acto de
presentacin y apertura de proposiciones de las licitaciones pblicas
presenciales y mixtas, ser presidido por el titular del rea
contratante de la convocante o por el servidor pblico que ste
designe, quien ser el nico facultado para tomar todas las
decisiones durante la realizacin del acto, en los trminos de la Ley
y Reglamento.
Algunas recomendaciones que hace la SFP para cumplir con la
normatividad federal son: El acto de presentacin y apertura de
proposiciones se llevar a cabo en el da, lugar y fecha determinada
en la convocatoria a la licitacin pblica o en el acta de la ltima
junta de aclaraciones, y ser presidido por el titular del rea
contratante o por el servidor pblico que ste designe, quien deber
contar con experiencia y capacidad tcnica en materia de
contrataciones pblicas. Cuando el servidor pblico que preside el
acto tenga conocimiento de denuncias o presuma falsedad sobre
alguna proposicin, lo comunicar al rgano Interno de Control (OIC)
en trminos de lo dispuesto por el penltimo prrafo del artculo 60 de
la LAASSP. Se debern recibir todas las proposiciones y verificar
que la documentacin presentada sea la sealada en la convocatoria a
la licitacin pblica, sin que ello implique la evaluacin de su
contenido. En las licitaciones presenciales y mixtas, se deber
rubricar de forma conjunta con el licitante que haya sido designado
por los dems participantes, aquellas partes de las propuestas que
se hayan determinado en la convocatoria a la licitacin pblica. Se
deber elaborar el acta en la cual se har constar la celebracin del
acto de presentacin y apertura de las propuestas, la cual deber ser
publicada en CompraNet el da que se lleve a cabo el evento.
Finalmente, las mejores prcticas recomiendan que los
participantes tengan la posibilidad de enviar sus propuestas por
medios electrnicos, reduciendo as el tiempo y el costo de
participar en una licitacin. Igualmente, el envo de propuestas de
manera electrnica permite mantener un registro del trmite y
estandarizar los materiales y formatos utilizados por todas las
dependencias para cubrir este proceso de manera ms eficiente. Para
ello, los funcionarios estatales debern acercarse a la SFP y pedir
asesora sobre la realizacin de licitaciones completamente
electrnicas va CompraNet.
e. Evaluacin de las propuestas
Esta etapa contempla una revisin tcnica de los requisitos
(calidad, durabilidad, materiales, entre otros), as como la
valoracin de las propuestas econmicas. Generalmente, esta etapa
consiste en dos momentos: en primer lugar se evalan las propuestas
tcnicas y posteriormente se valoran las ofertas econmicas de
aquellas propuestas que hayan sido aprobadas en la revisin tcnica.
En ambos casos, las buenas prcticas internacionales sealan que en
cualquier licitacin pblica se deben dar a conocer previamente, en
la convocatoria, los criterios con los que se evaluarn las
propuestas y que, consecuentemente, sern la base para la
adjudicacin del contrato.
La Ley federal considera tres criterios de evaluacin segn la
naturaleza del bien o servicio a contratar: puntos y porcentajes,
costo beneficio y evaluacin binaria:
I. Mtodo de evaluacin de puntos y porcentajes: sistema que
utiliza criterios ponderados para determinar qu oferta presenta la
mejor combinacin de calidad y precio, que garantice el mayor valor
por el dinero. Para definir los criterios que se deben evaluar, la
unidad requirente debe determinar cules son los elementos y
caractersticas cruciales del bien o del servicio a contratar,
siendo una de stas el precio. Una vez definidos los criterios, el
servidor pblico debe asignarles un peso proporcional a su
importancia relativa y establecer una regla para evaluarlas.
II. Mtodo de evaluacin binario: sistema mediante el cual se
evala si las ofertas cumplen o no con los requisitos solicitados
por el rea convocante y posteriormente, se adjudica un pedido o
contrato a quien cumpliendo dichos requisitos, oferte el precio ms
bajo.
III. Mtodo de evaluacin de costo-beneficio: sistema de valoracin
en trminos monetarios de los costos y beneficios asociados directa
e indirectamente a la compra, ejecucin y operacin del bien o
servicio involucrado. La LAASSP establece que ste deber ser medible
y comprobable, considerando los conceptos que sern objeto de
evaluacin, tales como mantenimiento, operacin, consumibles,
rendimiento u otros elementos vinculados con el factor de
temporalidad o volumen de consumo, as como las instrucciones que
deber tomar en cuenta el licitante para elaborar su proposicin.
Independientemente del mtodo de evaluacin utilizado para la
contratacin de bienes o servicios, existen dos tipos de criterios
de evaluacin: los de participacin y los de adjudicacin. Los
primeros se refieren a aspectos mnimos que cualquier oferta debera
cumplir para siquiera ser considerada. Al analizar el cumplimiento
de estos criterios, las ofertas no compiten entre s, sino que se
considera que todas aquellas que cumplan con los requisitos estn en
capacidad de ser evaluados en trminos de los criterios de
adjudicacin, que son lo que realmente definen a la oferta ganadora.
Este segundo tipo de criterios (adjudicacin) se centran en evaluar
cul es la mejor oferta en trminos relativos.
Una de las principales diferencias entre los criterios de
participacin y los de adjudicacin es que los primeros estn
enfocados a las capacidades de los participantes, por ejemplo, su
experiencia o capacidad econmica y financiera, mientras que los
segundos se centran exclusivamente en las caractersticas del bien o
servicio a adquirir. En el caso del mtodo de evaluacin binario, el
nico criterio de adjudicacin es el precio, el resto se consideran
criterios de participacin. En cambio, cuando se utiliza el mtodo de
puntos y porcentajes, existe ms de un criterio de adjudicacin
porque adems del precio, se toma en cuenta la calidad relativa de
las ofertas.
f. Fallo y adjudicacin
Con base en las evaluaciones tcnica y econmica se deber
determinar si existen propuestas solventes, a precios convenientes
y aceptables, para adjudicar el contrato a aquella propuesta que
asegure las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad,
financiamiento, oportunidad, y dems circunstancias pertinentes para
el Estado. En el marco federal se describe que el rea convocante
emitir el fallo de adjudicacin. Este documento contiene
principalmente la relacin de licitantes cuyas proposiciones se
desecharon, expresando todas las razones legales, tcnicas o
econmicas que sustentan tal determinacin e indicando los puntos de
la convocatoria que en cada caso se incumpla; la relacin de
licitantes cuyas proposiciones resultaron solventes, y el nombre
del o los licitantes a quien se adjudica el contrato, indicando las
razones que motivaron la adjudicacin, de acuerdo a los criterios
previstos en la convocatoria, as como la indicacin de la o las
partidas, los conceptos y montos asignados a cada licitante.En caso
de que exista empate, las buenas prcticas sugieren que lo mejor es
decidir la adjudicacin del contrato a travs del mtodo del azar; no
obstante, la LAASSP y algunas legislaciones estatales dan
preferencia a ciertos sectores o grupos antes de adjudicar por
insaculacin. La LAASSP establece que si existe empate entre las
propuestas recibidas y se encuentren MiPyMEs participando, el
criterio para adjudicar es en primer trmino a la microempresa; a
continuacin se considerar a la pequea empresa y en caso de no
contarse con alguna de las anteriores, se adjudicar a la que tenga
el carcter de mediana empresa considerando la estratificacin que
para este efecto haya emitido la Secretara de Economa. Por otra
parte, si entre los licitantes participantes en el empate no se
encuentran empresas con este carcter, se deber realizar un sorteo
de desempate, de acuerdo con lo que establezca la convocatoria a la
licitacin. Para que los funcionarios estatales cumplan
adecuadamente con la normatividad federal, debern considerar los
siguientes aspectos: Se deber emitir el fallo de la licitacin
pblica y difundirlo en CompraNet el mismo da de su emisin. Cuando
el fallo sea de una licitacin pblica internacional bajo la
cobertura de Tratados, deber publicarse en el DOF (ElDiario
Oficialde la Federacin), dentro de los 72 das naturales siguientes
a su emisin. Cuando los bienes o la prestacin de servicios se
requieran antes de que se formalice el contrato, y as se haya
previsto en la convocatoria a la licitacin pblica o invitacin
restringida, la solicitud correspondiente se realizar al proveedor.
Slo se solicitar al proveedor la entrega de bienes o la prestacin
de servicios al da siguiente en que se notifique el fallo, cuando
as se haya establecido en la convocatoria a la licitacin pblica.
Cuando se realicen correcciones derivadas de errores mecanogrficos
o de clculo en el acta de fallo, se subir el nuevo documento que
aclare o corrija el error en el sistema CompraNet.
Sin importar el tipo de recurso que se utilice para el
procedimiento de contratacin, es recomendable que los funcionarios
estatales se apeguen a las siguientes prcticas:
Dar a conocer a todos los participantes el acta de fallo de
adjudicacin. De preferencia se deber publicar en la pgina web del
gobierno estatal, o en la pgina electrnica de transparencia, y en
caso de que regularmente se utilice el CompraNet. El fallo debe
contener claramente las razones por las cuales se eligi al
proveedor (o proveedores), cuya propuesta representa las mejores
condiciones para el Estado. Es recomendable que en el dictamen se
incluyan las propuestas rechazadas as como las razones para ello.
Estas razones debern estar vinculadas tanto a los requisitos
planteados en la convocatoria como al fundamento legal que las
respalde, segn el tipo de recurso involucrado. Se debern indicar
claramente fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la
presentacin de garantas y, en su caso, la entrega de anticipos. El
fallo debe contener tambin el nombre, cargo y firma del servidor
pblico que lo emite, sealando sus facultades de acuerdo con los
ordenamientos jurdicos que rijan a la convocante. Igualmente, se
deben sealar el nombre y cargo de los responsables de la evaluacin
de las propuestas. En el evento pblico de fallo se sugiere la
presencia del rea convocante, el rea requirente y un representante
del rgano de control (Contralora).
g. Declaracin de licitacin desierta
En ocasiones, ya avanzado el procedimiento de licitacin pblica,
no es posible seguir con la contratacin por esta va, por lo que las
leyes de adquisiciones normalmente prevn qu hacer en caso de que no
haya suficiente participacin o sta no sea adecuada para el tipo de
contratacin. En la legislacin federal, las dependencias y entidades
procedern a declarar desierta una licitacin cuando la totalidad de
las propuestas presentadas no renan los requisitos solicitados o
los precios de todos los bienes, arrendamientos o servicios
ofertados no resulten aceptables.
En esos casos, si persiste la necesidad de contratar con el
mismo carcter, la dependencia o entidad puede emitir una segunda
convocatoria; en cambio, si los requisitos o el carcter se
modifican con respecto a la primera convocatoria se debe convocar a
un nuevo procedimiento. Antes de seleccionar el procedimiento de
contratacin, ser necesario analizar las condiciones establecidas en
la convocatoria a la licitacin pblica, a fin de determinar las
posibles causas que motivaron que no existieran ofertas solventes.
El resultado de dicho anlisis permitir determinar si es factible
una segunda convocatoria a la licitacin pblica o una adjudicacin
directa, al mantenerse los requisitos y el carcter de la primera
convocatoria a la licitacin pblica; o bien, si procede hacer
modificaciones a los requisitos iniciales y realizar una nueva
convocatoria a licitacin pblica. Para los concursos que involucren
recursos estatales, los funcionarios debern apegarse a la
normatividad estatal vigente que les corresponda.
h. Firma del contrato
Para la formalizacin del contrato, los servidores pblicos
facultados para ello (representante legal, administrador(es),
rea(s) requirente(s), etc.) y el proveedor (aqul en que se
notifique el fallo o se comunique la adjudicacin derivada del
procedimiento de contratacin) debern firmarlo en la fecha
establecida en el fallo o en la convocatoria a la licitacin pblica,
invitacin o solicitud de cotizacin, o bien, en los concursos con
recurso federal a ms tardar dentro de los quince das naturales
posteriores a la adjudicacin. Normalmente, en las bases de
licitacin pblica o de invitacin restringida, tanto a nivel federal
como a nivel estatal, se incluye un modelo de contrato como anexo,
posterior a los anexos de documentos que deben presentar los
participantes. Por lo tanto, es importante que el contrato se
formule de conformidad con los trminos y condiciones establecidos
en la convocatoria a la licitacin pblica y que sea el mismo que se
public en la convocatoria y en las bases del concurso en cuestin, e
incorpore los trminos y condiciones de la proposicin ganadora.
Una vez que el contrato ha sido revisado por las partes y
validado desde el punto de vista tcnico y, en su caso, jurdico, por
las reas competentes, se proceder a recabar las firmas
correspondientes. Segn la legislacin federal, para llevar a cabo la
formalizacin de los contratos, se deber entregar la siguiente
informacin al rea respectiva: Convocatoria a la licitacin pblica,
invitacin o solicitud de cotizacin y, en su caso, modificaciones;
Propuesta del(los) licitante(s) adjudicado(s) o cotizacin de
adjudicacin directa. Acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones,
cuando corresponda. Fallo. Modelo de contrato acorde al
procedimiento de contratacin de que se trate. Documentacin legal
del proveedor. Dictamen de procedencia de excepcin, cuando
corresponda. Suficiencia presupuestaria (otorgada con la validacin
correspondiente por el rea competente).
Otras recomendaciones para que los funcionarios estatales
cumplan adecuadamente con la normatividad federal son:Los contratos
y los modelos de contrato debern ser congruentes con las
disposiciones de la LAASSP y el Reglamento, o legislacin estatal en
su caso, as como contener las estipulaciones necesarias para
salvaguardar los intereses de las dependencias y entidades. Los
contratos especficos que se celebren al amparo de un contrato
marco, debern ser acordes con los trminos y condiciones
establecidos. El rea contratante deber incorporar a CompraNet los
datos relevantes de los contratos. Tratndose de adjudicaciones
directas, los datos relevantes de los contratos debern incorporarse
a CompraNet, desde el momento en que se adjudiquen dichos
contratos. Se deber integrar un original del contrato en el
expediente respectivo, as como entregar un tanto al proveedor y
remitir otro al rea que lo administrar, as como al rea receptora,
en el caso de adquisicin de bienes, otro al rea requirente, y uno
ms al rea de finanzas, para efectos de la liberacin de los pagos
correspondientes.
Cuando se trate de contratos que involucran recurso estatal, el
funcionario debe restringirse a la ley estatal de adquisiciones de
su entidad y a lo que se estipul en la convocatoria
correspondiente. Sin embargo, sin importar si los recursos con los
que se compra son federales o estatales, los funcionarios debern
apegarse, adems de la normatividad que rija el concurso, a la Ley
de Transparencia de su entidad federativa, ya que en la gran mayora
es un mandato de las dependencias gubernamentales la publicidad de
informacin relevante de los contratos de adquisicin y de obra
pblica, por ejemplo: datos del proveedor (o proveedores), importe
del contrato, caractersticas generales del bien o servicio y plazo
del cumplimiento de los contratos.
i. Establecimiento de garantas
Las garantas en los procesos de compras gubernamentales son
requerimientos de fondos que permiten asegurar la solvencia de los
participantes. En el caso del incumplimiento de la oferta estos
fondos tambin son utilizados para cubrir las multas. Sin embargo,
si el monto de las garantas es alto, se convierte ms bien en una
barrera a la entrada de proveedores. En general existen al menos
cuatro tipos de garantas:
Garanta de seriedad de la oferta: La garanta de la seriedad o
formalidad de la oferta se utiliza para asegurar que los
proveedores que participen tengan la capacidad de sostener la
propuesta que presenten.
Garanta de buen cumplimiento del contrato: El objetivo de
garantizar la solvencia del proveedor se puede lograr con una
garanta de cumplimiento de contrato que aplica exclusivamente al
licitante ganador.
Garanta por anticipo: Esta garanta se utiliza en el caso de que
las bases permitan la entrega de anticipos al proveedor. De ser as,
la entidad licitante deber exigir una garanta de anticipo por 100%
de los recursos otorgados.
Garanta por vicios ocultos: Esta garanta se utiliza en contra de
posibles defectos, vicios ocultos y la falta de calidad en los
bienes y servicios adquiridos.
6. SISTEMAS ELECTRNICOS
Las tecnologas de la informacin son una herramienta fundamental
para los sistemas de compras pblicas. Existe una tendencia a que
las herramientas electrnicas no slo sean usados como un mecanismo
para difundir informacin de las contrataciones, sino que tambin
sean plataformas transaccionales, esto es que los proveedores
pueden realizar trmites y participar en los procesos de compra de
manera remota. En Mxico, CompraNet es el sistema de compras pblicas
ms avanzado y una de sus principales ventajas es que permite la
realizacin de licitaciones pblicas cien por ciento electrnicas.
En enero de 2012, el Poder Ejecutivo Federal public la Ley de la
Firma Electrnica Avanzada con el objetivo de dar legalidad y
validez oficial a los actos que se realizan por internet y se
firman de forma digital. La Firma Electrnica funciona de la misma
manera que una firma autgrafa, es decir, su funcin es la de
autentificacin, la nica diferencia es que se realiza por medios
digitales. Esta herramienta tambin permite verificar que el mensaje
no haya sido modificado, garantizando la seguridad de la informacin
y la proteccin de datos personales en todas las transacciones
realizadas. En el caso de las contrataciones pblicas, con la firma
electrnica avanzada se puede enviar documentacin oficial para
licitaciones pblicas que convocan las dependencias de gobierno.
El uso de tecnologas de informacin y comunicacin (TIC) en las
compras pblicas permite que cualquier persona o empresa, ya sea
nacional o extranjera, acceda y participe en circunstancias
simtricas en las licitaciones pblicas, adems ayuda a estandarizar y
automatizar los trmites y a reducir los costos administrativos,
beneficiando conjuntamente a los participantes y al gobierno.
Inicialmente, los sistemas electrnicos se utilizaban principalmente
para publicitar las convocatorias; sin embargo, actualmente se
busca cada vez ms que sean transaccionales. Igualmente, existe una
tendencia a nivel mundial a incluir un mayor nmero de funciones (o
aplicaciones) ms sofisticando para facilitar la interaccin entre el
gobierno y los participantes; por ejemplo, la inclusin de pagos
electrnicos, la identificacin a travs de firmas electrnicas, la
posibilidad de descargar documentos y de exportar bases de datos,
entre otras.
Funciones bsica que debe contener cualquier sistema electrnico
de compras gubernamentales: Descarga de todos los documentos
relacionados con el proceso de compra: El sistema debe tener todos
los documentos y formatos necesarios en lnea, ya sea para que los
participantes los llenen y/o revisen electrnicamente o los
impriman.
Quejas y denuncias: El sitio web debe de disponer de formularios
en lnea para que los usuarios puedan realizar sugerencias o
reclamos. Esta herramienta debe permitir guardar la
confidencialidad de las personas que denuncian.
Mtodos de pago y recibos electrnicos: Pases como Chile, Francia,
Israel, Brasil y Corea ofrecen la posibilidad de realizar los pagos
y entregar el recibo correspondiente de manera electrnica, lo cual
tambin disminuye el tiempo del trmite.
Idioma: Para poder atraer a los participantes extranjeros, la
pgina web del sistema de compras debe contar con una versin en
ingls, para evitar que el idioma pueda ser una barrera de entrada
para participantes extranjeros. Orientacin en el uso del sistema:
En el caso de que existan manuales de uso para el sitio web o
alguna herramienta para facilitar el uso del sistema electrnico,
stos deben estar disponibles en la pgina.
6.1. Uso de CompraNet
sta es la encargada de administrar el sitio web. La razn para
esta medida radica en el papel de esta unidad como coordinadora de
todas las dependencias, ya sea para contratos marco o unificacin de
trmites. En el caso mexicano, a nivel federal, el sistema
electrnico de compras gubernamentales, CompraNet
(www.compranet.gob.mx), est a cargo de la Secretara de la Funcin
Pblica, a travs de la Unidad de Poltica de Contrataciones Pblicas.
De acuerdo con la LAASSP, esta Unidad debe establecer los controles
necesarios para la conservacin de la informacin que contenga.
De acuerdo con las mejores prcticas internacionales, en la
medida de lo posible, lo ms conveniente es llevar a cabo las
licitaciones a travs de medios electrnicos, salvo que sea necesaria
la presencia del proveedor para poder discutir y aclarar cuestiones
tcnicas. Esto se debe a tres principales razones.
La primera es que los costos administrativos disminuyen: se
requiere menos tiempo para llevar a cabo el proceso y los trmites
tienden a estandarizarse y simplificarse, adems tambin se reducen
los costos de participar, con lo que se promueve que ms personas o
empresas presenten propuestas. La segunda razn es que se evita el
contacto entre los participantes lo que reduce el riesgo de
colusin, es decir, se hace menos probable que los participantes
generen un acuerdo para incrementar y/o distribuir las ganancias
derivadas de un contrato. En el mismo sentido, se elimina la
interaccin directa entre el personal de compras y los
participantes, lo que contribuye a disminuir la posibilidad de
actos de corrupcin. El tercer motivo por el que es recomendable
realizar licitaciones electrnicas es que ello permite crear un
registro confiable de todos los documentos generados durante el
procedimiento, lo que facilita la revisin posterior por parte de
los auditores.
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