ADMINISTRACIÓN CENTRAL: TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. -NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIA DE SUBASTA 4 -NOTIFICACIÓN MODIFICACIÓN RECLAMACIÓN DE DEUDA 4 -DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES 4 -NOTIFICACIÓN ANULACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL CENSO Y BAJA DE OFICIO RETA 5 -SUBASTA DE BIENES INMUEBLES 5 -EMBARGO DE BIENES INMUEBLES 7 -RECLAMACIÓN DE DEUDA DE ALICANTE 8 -PROVIDENCIAS DE APREMIO DE ALICANTE 10 ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA: DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA. -INFORMACIÓN PÚBLICA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA. EXP: ATASCT 2007/363/03. 38 -INFORMACIÓN PÚBLICA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA. EXP: ATREGI 2010/100/03 Y OTRO. 39 ADMINISTRACIÓN LOCAL: AYUNTAMIENTO AGOST. -APROBACIÓN OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2010. 39 AYUNTAMIENTO ALCOY. -REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN DE ANIMAL 39 AYUNTAMIENTO L´ALFÀS DEL PI. -LISTA DEFINITIVA CONVOCATORIA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE ADMINISTRATIVO 39 AYUNTAMIENTO ALMORADÍ. -CESIÓN CAFETERÍA CENTRO SOCIAL SAN ANDRÉS 40 -APROBACIÓN PROVISIONAL ORDENANZA FISCAL REGULADORA TASA PRESTACIÓN SERVICIO TRANSPORTE PÚBLICO VIAJEROS MEDIANTE AUTOBÚS URBANO 40 -APROBACIÓN PROVISIONAL ORDENANZA FISCAL REGULADORA TASA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DOMINIO PÚBLICO LOCAL EMPRESAS EXPLOTADORAS 40 -APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN RETRIBUCIONES ALTOS CARGOS Y PERSONAL DE CONFIANZA 41 AYUNTAMIENTO BENFERRI. -EXPEDIENTE CORTE DE AGUA 41 AYUNTAMIENTO BENIDORM. -NOTIFICACIÓN POR DESCONOCIDOS 41 AYUNTAMIENTO BUSOT. -RECTIFICACIÓN DE ERROR EN LA PUBLICACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN DE PLANTILLA DE 2010. 42 AYUNTAMIENTO CALLOSA DE SEGURA. -CORRECCIÓN ERROR EN EL EDICTO DE LICITACIÓN DE LAS OBRAS DE ADECUACIÓN DEL MERCADO DE ABASTOS 42 -ADJUDICACIÓN OBRAS ZONA DEPORTIVA B. LOS DOLORES 42 AYUNTAMIENTO CALP. -LICITACIÓN CONTRATACIÓN SERVICIO ELABORACIÓN ENCUESTAS A LOS USUARIOS DE LAS PLAYAS DE CALP 43 AYUNTAMIENTO EL CAMPELLO. -NOTIFICACIÓN DE VEHÍCULOS ABANDONADOS EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL 43 AYUNTAMIENTO CASTALLA. -BASES REGULADORAS PARA LA CONCESION DE AYUDAS PARA LIBROS DEL CICLO INFANTIL, CURSO 2009/2010 43 AYUNTAMIENTO DÉNIA. -NOMBRAMIENTO PERSONAL EVENTUAL 44 -EMPLAZAMIENTO A INTERESADOS POR INTERPOSICIÓN DE RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SOBRE RECLAMACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. 44 AYUNTAMIENTO ELCHE. -NOTIFICACIÓN PARA LA RETIRADA DE VEHÍCULOS DEL DEPÓSITO MUNICIPAL 44 -NOTIFICACIÓN DE CARÁCTER COLECTIVO DE RESOLUCIONES RECAÍDAS EN EXPEDIENTES EN MATERIA DE TRAMITACIÓN DE LICENCIAS DE APERTURA 45 -CESIÓN DE LA CONDICIÓN DE URBANIZADOR 46 -LISTA PROVISIONAL Y MODIFICACIÓN DE BASES TRES OFICIALES POLICÍA LOCAL 46 AYUNTAMIENTO LOS MONTESINOS. -ADJUDICACIÓN DE CONTRATO DE OBRAS CONSTRUCCIÓN CENTRO SOCIO-CULTURAL 46 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ALICANTE BUTLLETÍ OFICIAL PROVÍNCIA D'ALACANT edita excma. diputación provincial - alicante edita excma. diputació provincial - alacant viernes, 14 de mayo de 2010 divendres, 14 de maig de 2010 90 Pág. Núm. Pág. Núm. Sumario
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ADMINISTRACIÓN CENTRAL:TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.-NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIADE SUBASTA 4-NOTIFICACIÓN MODIFICACIÓN RECLAMACIÓN DE DEUDA 4-DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES 4-NOTIFICACIÓN ANULACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL CENSO YBAJA DE OFICIO RETA 5-SUBASTA DE BIENES INMUEBLES 5-EMBARGO DE BIENES INMUEBLES 7-RECLAMACIÓN DE DEUDA DE ALICANTE 8-PROVIDENCIAS DE APREMIO DE ALICANTE 10
ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA:DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA.-INFORMACIÓN PÚBLICA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA. EXP:ATASCT 2007/363/03. 38-INFORMACIÓN PÚBLICA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA. EXP:ATREGI 2010/100/03 Y OTRO. 39
ADMINISTRACIÓN LOCAL:AYUNTAMIENTO AGOST.-APROBACIÓN OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2010. 39
AYUNTAMIENTO ALCOY.-REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN DE ANIMAL 39
AYUNTAMIENTO L´ALFÀS DEL PI.-LISTA DEFINITIVA CONVOCATORIA PROVISIÓN EN PROPIEDADDE DOS PLAZAS DE ADMINISTRATIVO 39
AYUNTAMIENTO ALMORADÍ.-CESIÓN CAFETERÍA CENTRO SOCIAL SAN ANDRÉS 40-APROBACIÓN PROVISIONAL ORDENANZA FISCAL REGULADORATASA PRESTACIÓN SERVICIO TRANSPORTE PÚBLICO VIAJEROSMEDIANTE AUTOBÚS URBANO 40-APROBACIÓN PROVISIONAL ORDENANZA FISCAL REGULADORATASA UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIALDOMINIO PÚBLICO LOCAL EMPRESAS EXPLOTADORAS 40-APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN RETRIBUCIONESALTOS CARGOS Y PERSONAL DE CONFIANZA 41
AYUNTAMIENTO BENFERRI.-EXPEDIENTE CORTE DE AGUA 41
AYUNTAMIENTO BENIDORM.-NOTIFICACIÓN POR DESCONOCIDOS 41
AYUNTAMIENTO BUSOT.-RECTIFICACIÓN DE ERROR EN LA PUBLICACIÓN INICIAL DELA MODIFICACIÓN DE PLANTILLA DE 2010. 42
AYUNTAMIENTO CALLOSA DE SEGURA.-CORRECCIÓN ERROR EN EL EDICTO DE LICITACIÓN DE LASOBRAS DE ADECUACIÓNDEL MERCADO DE ABASTOS 42-ADJUDICACIÓN OBRAS ZONA DEPORTIVA B. LOS DOLORES 42
AYUNTAMIENTO CALP.-LICITACIÓN CONTRATACIÓN SERVICIO ELABORACIÓNENCUESTAS A LOS USUARIOS DE LAS PLAYAS DE CALP 43
AYUNTAMIENTO EL CAMPELLO.-NOTIFICACIÓN DE VEHÍCULOS ABANDONADOS EN EL DEPÓSITOMUNICIPAL 43
AYUNTAMIENTO CASTALLA.-BASES REGULADORAS PARA LA CONCESION DE AYUDAS PARALIBROS DEL CICLO INFANTIL, CURSO 2009/2010 43
AYUNTAMIENTO DÉNIA.-NOMBRAMIENTO PERSONAL EVENTUAL 44-EMPLAZAMIENTO A INTERESADOS POR INTERPOSICIÓN DERECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SOBRE RECLAMACIÓNDE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL. 44
AYUNTAMIENTO ELCHE.-NOTIFICACIÓN PARA LA RETIRADA DE VEHÍCULOS DELDEPÓSITO MUNICIPAL 44-NOTIFICACIÓN DE CARÁCTER COLECTIVO DE RESOLUCIONESRECAÍDAS EN EXPEDIENTES EN MATERIA DE TRAMITACIÓN DELICENCIAS DE APERTURA 45-CESIÓN DE LA CONDICIÓN DE URBANIZADOR 46-LISTA PROVISIONAL Y MODIFICACIÓN DE BASES TRESOFICIALES POLICÍA LOCAL 46
AYUNTAMIENTO LOS MONTESINOS.-ADJUDICACIÓN DE CONTRATO DE OBRAS CONSTRUCCIÓN CENTROSOCIO-CULTURAL 46
BOLETÍN OFICIALDE LA PROVINCIA DE ALICANTEBUTLLETÍ OFICIAL PROVÍNCIA D'ALACANT
edita excma. diputación provincial - alicante edita excma. diputació provincial - alacantviernes, 14 de mayo de 2010 divendres, 14 de maig de 2010
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Sumario
AYUNTAMIENTO MUTXAMEL.-APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE 7/10 MODIFICACIÓN DECRÉDITOS DEL PRESUPUESTO GENERAL AÑO 2010 46-APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE 6/10 MODIFICACIÓN DECRÉDITOS DEL PRESUPUESTO GENERAL AÑO 2010 47
AYUNTAMIENTO ELS POBLETS.-APROBACIÓN INICIAL ORDENANZA MUNICIPAL DE TRÁFICO 47
AYUNTAMIENTO QUATRETONDETA.-APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS01-2010 47
AYUNTAMIENTO SAN VICENTE DEL RASPEIG.-NOTIFICACIÓN DE SOLICITUD DE LICENCIA DE APERTURA DELA ACTIVIDAD DE CAFETERÍA 47-NOTIFICACIÓN DE SOLICITUD DE LICENCIA DE APERTURA DELA ACTIVIDAD DE CAFÉ-HELADERÍA 47-APROBACIÓN INICIAL DEL REGLAMENTO DEL OBSERVATORIOMUNICIPAL DE VIOLENCIA SOCIAL 48
AYUNTAMIENTO SANT JOAN D´ALACANT.-CADUCIDAD DE INSCRIPCIONES PADRONALES DE EXTRANJEROSNO COMUNITARIOS SIN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIAPERMANENTE 48
AYUNTAMIENTO SANTA POLA.-LICITACIÓN EXPLOTACIÓN QUIOSCOS 48
AYUNTAMIENTO TORREVIEJA.-LISTA PROVISIONAL ADMITIDOS Y EXCLUIDOS-1 PLAZAMONITOR DE ATLETISMO-OEP 2006 49-LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS DE LACONVOCANTORIA PARA LA PROVISIÓN DE 3 PLAZAS DE MONITORDE NATACIÓN-OEP 2002 49
AYUNTAMIENTO VALL DE GALLINERA.-NOTIFICACIÓN EXPEDIENTE SANCIONADOR 49
DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE.-CONVENIO ESPECIFICO AUALIDAD 2010 BENIARRES 51-APROBACIÓN MODIFICACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DEINFRAESTRUCTURAS, ANUALIDAD 2009 51-APROBACIÓN INICIAL EXPEDIENTE MODIFICACIÓN DECRÉDITOS Nº 3 PRESUPUESTO GENERAL AÑO 2010 52-APROBACIÓN INICIAL EXPEDIENTE MODIFICACIÓN DECRÉDITOS Nº 6 DEL PRESUPUESTO GENERAL AÑO 2010. O.A.PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO 52
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO ALICANTE.-AUTOS 457/10 CITACIÓN 53-AUTOS 101/10 RESOLUCIÓN 53-AUTOS 462/10 CITACIÓN 53-AUTOS 454/10 CITACIÓN 53-AUTOS 167/10 CITACIÓN 53-AUTOS 577/09 RESOLUCIÓN 53-EJECUCIÓN 2/10 AUTO 54-EJECUCIÓN 18/10 AUTO 54-EJECUCIÓN 76/10 AUTO 54-EJECUCIÓN 78/10 AUTO 55-EJECUCIÓN 108/10 AUTO 55-EJECUCIÓN 110/10 AUTO 55-EJECUCIÓN 140/10 AUTO 55-EJECUCIÓN 142/10 AUTO 56-AUTOS 467/10 CITACIÓN 56-PROCEDIMIENTO 37/10 SENTENCIA 56-PROCEDIMIENTO 107/10 SENTENCIA 57-PROCEDIMIENTO 108/10 SENTENCIA 57-PROCEDIMIENTO 62/10 SENTENCIA 57-PROCEDIMIENTO 111/10 SENTENCIA 58-PROCEDIMIENTO 1041/09 SENTENCIA 58
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS ALICANTE.-AUTOS 1340/09 SENTENCIA 59-PROCEDIMIENTO 201/10 CITACIÓN 59-PROCEDIMIENTO 215/10 CITACIÓN 59-EJECUCIÓN 105/10 AUTO 59-EJECUCIÓN 337/09 AUTO 60-EJECUCIÓN 163/09 AUTO 61-PROCEDIMIENTO 163/10 CITACIÓN 61-PROCEDIMIENTO 91/10 CITACIÓN 61-EJECUCIÓN 310/09 AUTO 61-AUTOS 1101/09 RESOLUCIÓN 62-AUTOS 144/10 RESOLUCIÓN 62-AUTOS 93/10 RESOLUCIÓN 63-AUTOS 184/10 RESOLUCIÓN 63-PROCEDIMIENTO 1288/09 CITACIÓN 63-PROCEDIMIENTO 372/10 CITACIÓN 64-EJECUCIÓN 104/10 AUTO 64
-EJECUCIÓN 72/10 AUTO 64-EJECUCIÓN 109/10 AUTO 65-EJECUCIÓN 335-336/09 AUTO 65-EJECUCIÓN 315/09 AUTO 66-AUTOS 605/09 RESOLUCIÓN 67-PROCEDIMIENTO 123/10 CITACIÓN 67-AUTOS 237/10 CITACIÓN 67-PROCEDIMIENTO 275/10 CITACIÓN 68-PROCEDIMIENTO 449/10 CITACIÓN 68-PROCEDIMIENTO 137/10 CITACIÓN 68-PROCEDIMIENTO 464/10 CITACIÓN 68-PROCEDIMIENTO 23/10 CITACIÓN 68-PROCEDIMIENTO 19/10 CITACIÓN 68
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO ALICANTE.-EJECUCIÓN 39/10 AUTO 79-EJECUCIÓN 69/10 AUTO 79-EJECUCIÓN 120/10 AUTO 79-EJECUCIÓN 130/10 AUTO 80-EJECUCIÓN 132/10 AUTO 80-EJECUCIÓN 136/10 AUTO 80-EJECUCIÓN 124/10 AUTO 81-EJECUCIÓN 134/10 AUTO 81-EJECUCIÓN 126/10 AUTO 82-EJECUCIÓN 128/10 AUTO 82-EJECUCIÓN 122/10 AUTO 83-EJECUCIÓN 131/10 AUTO 83-EJECUCIÓN 137/10 AUTO 83-EJECUCIÓN 121/10 AUTO 84-EJECUCIÓN 139/10 AUTO 84-EJECUCIÓN 123/10 AUTO 85-EJECUCIÓN 135/10 AUTO 85-EJECUCIÓN 117/10 AUTO 85-EJECUCIÓN 127/10 AUTO 85-EJECUCIÓN 133/10 AUTO 86-EJECUCIÓN 119/10 AUTO 86-EJECUCIÓN 129/10 AUTO 86-AUTOS 373/10 CITACIÓN 87-AUTOS 418/10 CITACIÓN 87-AUTOS 438/10 CITACIÓN 87-AUTOS 442/10 CITACIÓN 87-AUTOS 420/10 CITACIÓN 87-AUTOS 107/10 AUTO ACLARACIÓN 87-AUTOS 424/10 CITACIÓN 88-AUTOS 1352/09 CITACIÓN 88-AUTOS 405/10 CITACIÓN 88-AUTOS 11/10 CITACIÓN 88-AUTOS 1/10 CITACIÓN 88-AUTOS 1441/09 CITACIÓN 88-AUTOS 397/10 CITACIÓN 89-AUTOS 1431/09 CITACIÓN 89-AUTOS 47/10 CITACIÓN 89-EJECUCIÓN 143/10 CITACIÓN 89
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Sumario
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SEIS ALICANTE.-AUTOS 534/09 SENTENCIA 90-AUTOS 757/09 SENTENCIA 90-AUTOS 756/09 SENTENCIA 90-AUTOS 539/09 SENTENCIA 91-AUTOS 482/09 SENTENCIA 91-AUTOS 368/09 SENTENCIA 92-AUTOS 395/10 CITACIÓN 92-AUTOS 382/10 CITACIÓN 92-AUTOS 384/10 CITACIÓN 92-AUTOS 150/10 CITACIÓN 92-AUTOS 388/10 CITACIÓN 93-AUTOS 148/10 CITACIÓN 93-AUTOS 367/10 CITACIÓN 93-AUTOS 397/10 CITACIÓN 93
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SIETE ALICANTE.-AUTOS 1020/09 SENTENCIA 93-AUTOS 361/10 CITACIÓN 94-EJECUCIÓN 162/10 AUTO 94-EJECUCIÓN 36/10 AUTO 94-AUTOS 973/09 CITACIÓN 95-AUTOS 1299/09 CITACIÓN 95-AUTOS 1223/09 CITACIÓN 95-EJECUCIÓN 152/10 AUTO 95-EJECUCIÓN 150/10 AUTO 96-EJECUCIÓN 223/09 SUBASTA 96-EJECUCIÓN 87/10 AUTO 97
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO BENIDORM.-SENTENCIA 1545/09 97-EJECUTORIA 48/10 EDICTO NOTIFICAR AUTO DESPACHOEJECUCIÓN 97
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO ELCHE.-CITACIÓN 419/10 98-CITACIÓN 420/10 98-CITACIÓN 1474/09 98-CITACIÓN 1563/09 98
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS ELCHE.-AUTOS 552/10, 553/10, 556/10, 557/10 CITACIONES 99
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES ELCHE.-EJECUCIÓN 74/10 AUTO 99-AUTOS 282/09 CITACIÓN 100-EJECUCIÓN 115/10 AUTO 100-EJECUCIÓN 113/10 AUTO 100
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SEIS MALAGA.-AUTOS 379/10 CITACIÓN 100
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO NUEVE ALICANTE.-JUICIO VERBAL 1/2010 SENTENCIA 101
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO ONCE ALICANTE.-JUICIO VERBAL 1770/07 SENTENCIA 101
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO TRES TORREVIEJA.-EXPEDIENTE DE DOMINIO 3070/09 REANUDACIÓN DELTRACTO 102
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDADVALENCIANA VALENCIA.-PROCEDIMIENTO 1021/09 SENTENCIA 102
OTRAS ENTIDADESY ANUNCIOS PARTICULARES:COMUNIDAD DE REGANTES «VIRGEN DE LA PAZ» DE AGOST.-CONVOCATORIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA 04/06/2010 102
COMUNIDAD DE REGANTES SAN MIGUEL SAN MIGUEL DE SALINAS.-CONVOCATORIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA 103
NOTARÍA DE D. JOSÉ BARRERA BLÁZQUEZ.-ACTA DE NOTORIEDAD PARA LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓNDE EXCESO DE CABIDA 103
Sumario
4boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
EDICTO
Notificación de providencia de subasta.En la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Tesorería
General de la Seguridad Social de Dénia, se tramita expe-diente administrativo de apremio número 03 07 06 001243 82contra Sivera Martí Juan Bautista con NIF 76080711T, unavez autorizada la providencia de subasta por el DirectorProvincial en fecha 19-04-2010, como quiera que ha sidoimposible la notificación de la misma de forma personal ydirecta al apremiado referenciado y al cotitular FernandoCapella Moscardó, mediante la presente se les notifica, queel día 08 de junio de 2010, en acto público, a celebrar a las10.00 horas en la calle Mayor, número 3 de Alicante, seprocederá a la enajenación de los bienes inmuebles traba-dos mediante diligencia de embargo de fecha 03-04-2007(finca número 35821 de Alzira inscrita en el Registro de laPropiedad de esa misma localidad), en cumplimiento de lodispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E.número 285 de 27 de noviembre), conforme a la redaccióndada al mismo por el artículo primero de la Ley 4/1999 demodificación de la citada Ley (B.O.E. del 14 de enero de 1999).
En virtud de lo anterior, dispongo que los sujetos pasi-vos indicados obligados con la Seguridad Social, o susrepresentantes debidamente acreditados, podrán compare-cer ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva 03/07 de laSeguridad Social sita en Paseo del Saladar, 41 de Dénia enhorario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, exceptofestivos en la localidad, en el plazo de 10 días, contadosdesde el siguiente al de la publicación del presente edicto enel Boletín Oficial de la Provincia, para conocimiento delcontenido íntegro del acto que se notifica y constancia delmismo. Asimismo se advierte a los interesados que, de nocomparecer en el citado plazo, la notificación se entenderáproducida a todos los efectos legales. El presente edicto seremitirá al Boletín Oficial de la Provincia, así como al Ayun-tamiento donde residiera y se expondrá en el tablón deanuncios de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administra-tiva, podrá formularse recurso de alzada ante la DirecciónProvincial de la Tesorería General de la Seguridad Social enel plazo de un mes, contado a partir de su recepción por elinteresado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la LeyGeneral de la Seguridad Social, aprobada por Real DecretoLegislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), segúnla redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 dediciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas fiscales, adminis-trativas y de orden social, significándose que el procedimien-to de apremio no se suspenderá sin la previa aportación degarantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo detres meses desde la interposición de dicho recurso de alzadasin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá enten-derse desestimado, según dispone el artículo 46.1) delReglamento General de Recaudación de la Seguridad So-cial, lo que se comunica a efectos de lo establecido en elartículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.
Dénia, 7 de mayo de 2010.El Recaudador Ejecutivo, Cándido Curiel Fombellida.
*1011856*
EDICTO
Notificación modificación reclamación de deuda.Miguel Ángel Garrido Falla, Jefe de la Unidad de
Impugnaciones de la Dirección Provincial de la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social de Alicante.
Hace saber: por esta Unidad e Impugnaciones se haremitido oficio a Damillos, S.L., con último domicilio conocidoen calle Foglietti, 15, C.P. 03007 de Alicante, a los efectos denotificación de modificación de reclamación de deuda.
Intentada sin efecto la notificación de la modificacióncitada en el domicilio que consta en esta Dirección Provin-cial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminis-trativo Común (B.O.E. 27/11/1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, (B.O.E. del 14) y a fin de que surtaefectos como notificación al interesado se publica el presente:
En cumplimiento de lo dispuesto en la resolución de laDirección Territorial de la Inspección de Trabajo y SeguridadSocial en la Comunidad Valenciana de fecha 26-02-10 recaí-da en el recurso de alzada presentado en relación con el actade liquidación número 3200900008154777 que reduce lacuantía de la sanción impuesta a 287,19 euros, le comunica-mos que ha sido modificada la reclamación de deuda emitidael 08-03-10 como consecuencia del acta de infracciónI32009000228463.
Asimismo podrán acreditar que han ingresado la deudareclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a lapresente notificación.
Alicante, 3 de mayo de 2010.El Jefe de la Unidad de Impugnaciones, Miguel Ángel
Garrido Falla.
*1011876*
EDICTO
Diligencia de embargo de bienes inmuebles.Número de expediente: 03 06 07 00069764.Nombre: Pérez Pérez Santiago.Domicilio: calle Hermanos Quintero, 13 - 3.Cod. postal: 03660.Localidad: Novelda.CIF.: 73994879SDiligencia: tramitándose en esta Unidad de Recauda-
ción Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo expedientede apremio contra el deudor de referencia, por deudas a laSeguridad Social que responden al siguiente detalle:
Importe de principal: 3.851,16 euros.Recargos de apremio: 1.017,95 euros.Intereses: 198.52 euros.Costas devengadas: 10,46 euros.Costas presupuestas: 600 euros.Total debitos: 5.678,09 euros.No habiendo satisfecho la mencionada deuda y confor-
me a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General deRecaudación de la Seguridad Social aprobado por R.D. 1415/2004 de 11 de junio, declaro embargados los inmuebles perte-necientes al deudor y que se describen en la relación adjunta,
Los citados bienes quedan afectos en virtud de esteembargo a las responsabilidades del deudor en el presenteexpediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidadtotal antes reseñada.
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 905
Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en sucaso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedo-res hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasadoscon referencia a los precios de mercado y de acuerdo con loscriterios habituales de valoración por esta Unidad de Recau-dación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que seindican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectosde la posible venta en pública subasta de los mismos en casode no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar eltipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremia-do. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada,podrá presentar valoración contradictoria de los bienes quele hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desdeel día siguiente al de la notificación de la valoración inicialefectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores.
Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, seaplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas,consideradas por la suma de los valores asignados a latotalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de lamenor, se estimará como valor de los bienes el de la tasaciónmás alta. En caso contrario, la Unidad de RecaudaciónEjecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesio-nales o mercantiles oportunos, la designación de otro peritotasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo nosuperior a quince días desde su designación. Dicha valora-ción, que será la definitivamente aplicable, habrá de estarcomprendida entre los límites de las efectuadas anterior-mente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo conlos artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.
Así mismo expídase el oportuno mandamiento al Regis-tro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúeanotación preventiva de embargo realizado, a favor de laTesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certifi-cación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense acabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su mo-mento, de este expediente a la Dirección Provincial paraautorización de la subasta.
Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en artículo 103.2y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para facilite lostítulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados,en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a lapublicación del presente edicto, advirtiéndole que de nohacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.
Al haber sido infructuoso el intento de notificación alapremiado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 delcitado Reglamento y de los artículo 58 y siguientes de la Ley30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común. Publíquese el presente edicto en el Diario Oficialde la Provincia y en los tablones de anuncios del Ayunta-miento del último domicilio conocido.
Contra el acto notificado, que no agota la vía administra-tiva, podrá formularse recurso de alzada ante la DirecciónProvincial de la Tesorería General de la Seguridad Social enel plazo de un mes, contado a partir de su recepción por elinteresado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 delTexto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social,aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 dejunio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimientode apremio no se suspenderá sin la previa aportación degarantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo detres meses desde la interposición de dicho recurso de alzadasin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá enten-derse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Regla-mento General de Recaudación de la Seguridad Social, loque se comunica a efectos de lo establecido en el artículo42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (B.O.E. del día27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común.
Descripción de las fincas embargadas.Finca número 1Datos registro.Registro de Novelda tomo 1617, libro 0605, folio 0055,
finca número 28663.Urbana vivienda en 3º planta alta, ósea, cuarta del
edificio segundo en Novelda, calle Hermanos Quintero, nu-
mero trece de policía, al centro de la parte posterior delcuerpo del edificio a que pertenece. Tiene su entrada porpuerta al centro de la parte posterior del vestíbulo de estaplanta donde esta señalada con el numero tres.
Superficie útil de 76,00 metros cuadrados.Superficie construida de 89,95 metros cuadrados.Linda: frente, vestíbulo y caja de escalera; izquierda,
vivienda numero 44; derecha vivienda numero 46; y fondo,calle sin nombre.
Ref. Catastral: 4905302XH9540S0021RU.Titularidad: Santiago Pérez Pérez, titular con carácter
privativo del pleno dominio de la totalidad de esta finca.Alicante, 10 de mayo de 2010.La Recaudadora Ejecutiva, Ana Cristina Sanz Ligorred.
*1011996*
EDICTO
Edicto de la Tesaren a General de la Seguridad Socialsobre notificación a Amir Arfat - y otros.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. de RégimenJurídico, de Las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común «Boletín Oficial del Estado»285, de 27 de noviembre de 1992 (Redacción Ley 4/1999, de13 de enero «B.O.E. del ¡4» y Ley 24/2001, de 27 dediciembre «B.O.E. del 3 t) y habiéndose intentado la notifica-ción al interesado o su representante, sin que haya sidoposible practicarla por causas no imputables a la TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, se pone de manifiesto,mediante el presente edicto, que se encentran pendientes denotificar los actos cuyo interesado, número de expediente yprocedimiento se especifican en relación adjunta.
En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasi-vos, obligados con la seguridad social indicados, o susrepresentantes debidamente acreditados, podrán compare-cer ante el órgano responsable de su tramitación en estaDirección Provincial, en el plazo de diez días, contadosdesde el siguiente al de la publicación de la presente resolu-ción en el «Boletín Oficial de la Provincia, para conocimientodel contenido Integro de los mencionados actos y constanciade tal conocimiento. En la sede de Administración 46/02, sitaen calle Jesús, 70-72 46007- de Valencia en horario denueve a catorce horas, de lunes a viernes excepto festivos enla localidad.
Asimismo se advierte a los interesados que, de nocomparecer en el citado plazo, la notificación se entenderáproducida a todos los efectos legales desde el día siguienteal vencimiento del plazo señalado para comparecer.
RELACIÓN QUE SE CITA:261009558083 AMIR ARFAT-CNIENA ED. CUMBRE LOIX, 6 03503 BENIDORM ANULACIÓN INSCRIP. CENSO460114352391 FDO. MOLINA MARUENDA PTDA. TOSALET, 5 03720 BENISSA BAJA OFICIO RETA
Valencia, 26 de abril de 2010.El Director de la Administración, Jesús Ballester Andrés.
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EDICTO
Anuncio de subasta de bienes inmuebles.El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la
Seguridad Social, número 18 / 02, con sede en Guadix.Hace saber: en los expedientes administrativos de apre-
mio que se instruyen en esta Unidad a mi cargo. Contra losdeudores que en relación adjunta se detallan, por débitos ala Seguridad Social, se ha dictado por la Directora Provincialde la Tesorería General de la Seguridad Social, la siguiente:
«Providencia.- Una vez autorizada la subasta de bie-nes, muebles e inmuebles, propiedad de los deudores dereferencia, que les fueron embargados en procedimiento
6boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
administrativo de apremio seguido frente a los mismos,procédase a la celebración de la citada subasta el día 21 dejunio de 2010, a las 10.00 horas, en avenida Cran Vía deColón, 23 bajo de Granada, y obsérvense en su trámite yrealización las prescripciones de los artículos 114 a 121 delReglamento General de Recaudación de la Seguridad So-cial, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio(B.O.E. del día 25).
Los bienes embargados sobre los cuales se decreta laventa, así como el tipo de subasta son los indicados enrelación adjunta.
Notifíquese esta Providencia al deudor, al depositariode los bienes embargados, a los terceros poseedores y, ensu caso, al cónyuge de dicho deudor, a los condueños, a losacreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares deanotaciones de embargo practicadas con anterioridad alderecho de la Seguridad Social, con expresa mención deque, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podránliberar los bienes embargados, pagando el importe total de ladeuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costasdel procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subastade los bienes».
En cumplimiento de dicha Providencia se publica elpresente anuncio y se advierte a las personas que deseenlicitar en dicha subasta lo siguiente:
1- Que los bienes embargados a enajenar, así como eltipo de subasta serán los detallados en relación adjunta.
2.- Que los licitadores habrán de conformarse con lostítulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, noteniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos losbienes en el Registro, la escritura de adjudicación es títulomediante el cual puede efectuarse la matriculación en lostérminos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipoteca-ria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán deproceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.
3.- Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsis-tentes, no destinándose el precio de remate a su extinción.
4.- Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado,conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Teso-rería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para lapresentación de las mismas desde el 20/05/2010 a 20/06/2010. Simultáneamente a la presentación de la oferta ellicitador deberá constituir depósito, acompañando a cadapostura cheque conformado extendido a nombre de la Teso-rería General de la Seguridad Social, por importe, en todocaso del 25 por ciento del tipo de subasta. Tanto las ofertascomo la constitución de los depósitos deberán realizarse enla sede de la Dirección Provincial de la T.G.S.S. de Granada.
5.- Se podrán presentar posturas verbales iguales osuperiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el actode celebración de la subasta, constituyendo en el acto undepósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a noser que se hubiera presentado previamente postura en sobrecerrado con su correspondiente depósito.
6- Las posturas verbales que se hayan formulado debe-rán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 porciento del tipo de subasta.
7.- El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso encuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Teso-rería General de la Seguridad Social, o transferencia banca-ria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importedel depósito constituido, dentro de los cinco días hábilessiguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito enotro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades enque pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre elimporte depositado origine la no efectividad de la adjudicación.
8.- La subasta se suspenderá en cualquier momentoanterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de ladeuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, pro-cediendo en su caso, a la devolución de los cheques que sehubieran formalizado para la constitución del depósito.
9.- Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero quemejore las posturas hechas en el acto de la su hasta,conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamen-to, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de lafecha de su celebración.
10.- La Tesorería General de la Seguridad Social podráejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisióndel certificado de adjudicación o de la escritura pública deventa y en el plazo máximo de 30 días; en éste caso, seadjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y aladjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubieraconstituido y, en su caso, el resto del precio satisfecho.
11.- En los casos en que la venta de bienes sean de losconsiderados de Protección Oficial (VPO, o suelo protegido),la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento o en su caso laEntidad Pública que estos designen, podrán ejercer el dere-cho de tanteo o retracto, según determina el artículo 12 de laLey 13/2005, del de noviembre (B.O.E. número 300, de 16 dediciembre). Los adjudicatarios al mismo tiempo y de confor-midad con lo dispuesto en el citado texto legal, deberánreunir los requisitos que para la adquisición de dichos bienesestablece la norma, siendo su responsabilidad el incumpli-miento de tales requisitos.
12.- Los gastos que origine la transmisión de la propie-dad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales,serán siempre a cargo del adjudicatario.
13.- Mediante el presente anuncio, se tendrá por notifi-cados, a todos los efectos legales, a los deudores condomicilio desconocido, así como aquellos a quienes hubie-ran de ser notificados y dicha notificación no se haya podidorealizar por causas ajenas a esta Unidad de Recaudación.
14.- Respecto al estado de las deudas con la comunidadde propietarios, que pudieran existir, de las viviendas olocales, el adjudicatario exonera expresamente a la T.G.S.S.,al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960 de 21 de junio, dePropiedad Horizontal, modificado por la Ley 8/1999 de 6 deabril, de la obligación de aportar certificación sobre el estadode las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo losgastos que quedan pendientes de pago.
15.- En lo no dispuesto expresamente en el presenteanuncio de subasta se estará a lo establecido en el Regla-mento General de Recaudación de la Seguridad Social.
Recursos: contra el acto notificado, que no agota la víaadministrativa, podrá formularse recurso de alzada ante laDirección Provincial de la Tesorería General de la SeguridadSocial en el plazo de un mes, contado a partir del díasiguiente al de su recepción por el interesado conforme a lodispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la LeyGeneral de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decre-to Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29),significándole que el procedimiento de apremio no se sus-penderá sin la previa aportación de garantías para el pago dela deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde lainterposición de dicho recurso de alzada sin que recaigaresolución expresa, el mismo podrá entenderse desestima-do, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento Generalde Recaudación de la Seguridad Social, en relación con elartículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (B.O.E.del día 27), de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo quese comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 dedicha Ley 30/1992
Advertencias: para cualquier información relativa a lasubasta, los interesados podrán consultar en la dirección deInternet: http://www.seg-social.es.
Relación de bienes inmuebles que se subastan.Expediente: 1802 94 00042732.Deudor: Martínez Germán Antonio.Lote número 1. Finca número 1.Titularidad: pleno dominio de la totalidad con carácter
ganancial.Datos de la finca. Urbana. Vivienda sita en planta 4& a
la izquierda del edificio situado en Jávea, entre las callesBuen Aire y Carlos Benimelli, actualmente en partida comoCalvario, número 10. Con superficie de 80,00 m2.
Inscrita en el Registro de la Propiedad de Jávea NúmeroDos, al tomo 1363, libro 406, folio 186, finca número 20527de Jávea.
Importe de la tasación: 97.172,80 €Cargas subsistentes:
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 907
Hipoteca a favor de «Bancaja», por importe informadode 26.888,12 €.
Embargo a favor de TGSS URE 18/02, por importe de8.936,37 €.
Tipo de subasta: 61.348,31 €.Expediente: 180204 00255117.Deudor: Macía Pérez Ana Belén.Lote número 1. Finca número 1.Titularidad: Pleno dominio de la totalidad con carácter
ganancial.Datos de la Finca: rústica. Tierra de regadío en Elche,
paraje Altabix, con superficie de terreno 21 áreas, 64 centiá-reas, Dentro de cuya cabida existe construida una viviendade planta baja con superficie de 145,00 m2.
Referencia catastral: 000700700YH4A0001UH.Inscrita en el Registro de la Propiedad de Elche Número
Cinco, al tomo 1817, libro 1273, folio 80, finca número 74235de Altabix -Elche.
Importe de la tasación: 235.001,63 €.Cargas subsistentes:Hipoteca a favor de «Caja de Ahorros de Murcia», por
importe informado de 255.194,41 €.Tipo de subasta: 15.058,50 €.Guadix, 3 de mayo de 2010.El Recaudador Ejecutivo, José Gabriel Burell López.
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EDICTO
Embargo de bienes inmuebles.Josefina Gimeno Fabra, Recaudadora Ejecutiva de la
Tesorería General de la Seguridad Social en la Unidad deRecaudación Ejecutiva Número Uno de Castellón.
Hago saber: que en el/los expediente/s administrativo/s de apremio que se instruye/n en esta Unidad de Recauda-ción Ejecutiva, contra el/los deudor/es a la Seguridad Socialque a continuación se expresa/n, se ha procedido a dictar la/s diligencia/s de embargo de bienes inmuebles que a conti-nuación se transcribe/n:
Diligencia: tramitándose en esta Unidad de Recauda-ción Ejecutiva de la Seguridad Social expediente/s adminis-trativo/s de apremio contra el/los deudor/es que al pié serelaciona/n, una vez notificada/s al/los mismo/s las providen-cias de apremio por los débitos perseguidos, no habiendosatisfecho la/s mencionada/s deuda/s y conforme a lo previs-to en el artículo 103 del Reglamento de Recaudación de laSeguridad Social aprobado por el Real Decreto 1.415/2004de 11 de junio, (B.O.E. del día 25), declaro embargado/s el/los inmueble/s pertenecientes al/los deudor/es que a conti-nuación se describe/n:
Número documento: 12 01 504 10 003210502 (Diligen-cia ampliación de embargo inmuebles).
Deudor/A: Promogrup Econsa, S.L. – Obras y ContratasEconsa, S.L.
N.I.F.: B-12604062Régimen: R. General.Periodos: 07/2008 A 05/2009 ambos incluidos.- Descripción finca: urbana,- vivienda sita en la calle
México, 7-1º en Pedreguer (Alicante), con una superficie útilde 107,48 metros cuadrados.
Datos registrales: Registro Propiedad Pedreguer, tomo1.552, libro 135, folio 96, finca 6.252/BIS.
Titularidad: totalidad del pleno dominio.- Descripción finca: urbana,- Vivienda sita en la avenida
Valencia, 11 ático, en Denia (Alicante), con una superficieconstruida de 85,40 metros cuadrados. Tiene una terraza de17,18 metros cuadrados y le corresponde como anejo el usoy disfrute de zona de trasteros de 77,39 metros cuadrados.
Datos registrales: Registro Propiedad Dénia NúmeroUno, tomo 172, libro 38, folio 93, finca 3.998.
Titularidad: totalidad del pleno dominio.
- Descripción finca: urbana,- Plaza de aparcamientonúmero 18, sita en avenida Valencia, sin número bajo, enDénia (Alicante), con una superficie útil de 14,19 metroscuadrados.
Datos registrales: Registro Propiedad Dénia NúmeroUno, tomo 165, libro 31 folio 202, finca 4.002/18.
Titularidad: totalidad del pleno dominio.- Descripción finca: urbana,- Plaza de aparcamiento
número 17, sita en avenida Valencia, sin número bajo, enDénia (Alicante), con una superficie útil de 13,90 metroscuadrados.
Datos registrales: Registro Propiedad Dénia NúmeroUno, tomo 165, libro 31 folio 198, finca 4.002/17.
Titularidad: totalidad del pleno dominio.- Descripción finca: urbana,- Plaza de aparcamiento
número 16, sita en avenida Valencia, sin número bajo, enDénia (Alicante), con una superficie útil de 13,90 metroscuadrados.
Datos registrales: Registro Propiedad Dénia NúmeroUno, tomo 165, libro 31 folio 194, finca 4.002/16.
Titularidad: totalidad del pleno dominio.Los citados bienes quedan afectos en virtud de sus
respectivos embargos a las responsabilidades de los deudo-res en cada uno de los expedientes tramitados.
Notifíquense esta/s diligencia/s de embargo/s al/losdeudor/es, en su caso cónyuge/s, a los terceros poseedoresy a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienesserán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva,por las personas o colaboradores que se indican en el citadoReglamento de Recaudación, a efectos de la posible ventaen pública subasta de los mismos en caso de no atender alpago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, deno mediar objeción por parte del apremiado.
Si no estuviese conforme el deudor con la tasaciónfijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bie-nes que le han sido trabados en el plazo de quince días, acontar desde el siguiente al de la notificación de la valoracióninicial efectuada por los órganos de recaudación o suscolaboradores.
Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, seaplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas,consideradas por la suma de los valores asignados a latotalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de lamenor, se estimará como valor de los bienes el de la tasaciónmás alta. En caso contrario, la Unidad de RecaudaciónEjecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesio-nales o mercantiles oportunos, la designación de otro peritotasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazono superior a quince días desde su designación. Dichavaloración, que será la definitivamente aplicable, habrá deestar comprendida entre los límites de las efectuadas ante-riormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdocon los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.
Asimismo, se expedirá el/los oportuno/s mandamiento/s al/los Registros de la Propiedad correspondientes, paraque se efectúe anotación preventiva del/los embargo/s rea-lizado/s, a favor de la Tesorería General de la SeguridadSocial. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobrecada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentesy la remisión, en su momento, de los expedientes a laDirección Provincial para autorización de la/s subasta/s.
Finalmente, y a tenor de los dispuesto en el artículo103.2 del repetido Reglamento, se le/s requiere/n para quefacilite/n los títulos de propiedad de los bienes inmueblesembargados, en el término de tres días en el supuesto deresidencia en la propia localidad donde tiene ubicadas lasoficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario.Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos talestítulos a su costa.
Al propio tiempo, se requiere al/los deudor/es para queen el plazo de diez días, comparezca/n, por sí o por medio derepresentante en el expediente de apremio que se le/s sigue/n, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a quehaya lugar, con la prevención de que en el caso de nopersonarse el interesado, se le tendrá por notificado de todaslas sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciacióndel procedimiento.
8boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
Contra el acto notificado, que no agota la vía administra-tiva, podrá formularse recurso de alzada ante la DirecciónProvincial de la Tesorería General de la Seguridad Social enel plazo de un mes, contado a partir de esta publicación,conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundidode la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por RealDecreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día29), significándose que el procedimiento de apremio no sesuspenderá sin la previa aportación de garantías para elpago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desdela interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga
resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestima-do, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento Generalde Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunicaa efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (B.O.E. del día 27), del RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.
Castellón, 27 de abril de 2010.La Recaudadora Ejecutiva, Josefina Gimeno Fabra.
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ANUNCIO
El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social de acuerdo con lo dispuesto en el artículo59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común (B.O.E. 27 de noviembre de 1992), a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en larelación de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que seencuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones pordescubiertos de cuotas a la Seguridad Social emitidos contra ellos, les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo30.3 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994 (B.O.E. 29 de junio de 1994), según la redacción dadaal mismo por el artículo 5. seis de la Ley 52/2003, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (B.O.E. 11 dediciembre de 2003), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante laAdministración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos), 9 (Reclamación acumulada de deuda) y 10 (Reclamaciónde deuda por derivación de responsabilidad):
a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior,en su caso.
b) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábilposterior, en su caso.
Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (actas de liquidación), 4 (reclamacionesde deuda por infracción), 6 (reclamaciones de otros recursos) y 8 (reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación delo establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 55.2, 66 y 74 del Reglamento General de Recaudaciónde la Seguridad Social (R.D. 1.415/2004 de 11 de junio, B.O.E. 25 de junio de 2004), los sujetos responsables podrán acreditarque han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación.
Se previene de que, caso de no obrar así, se iniciará el procedimiento de apremio mediante la emisión de la providenciade apremio, con aplicación de los recargos previstos en los artículos 27 de la mencionada ley y 10 de dicho Reglamento General.
Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerserecurso de alzada ante la Administración correspondiente; transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto,podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27 de noviembre de 1992), que nosuspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto enel artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. RECLAMACIÓN PERIODO IMPORTE
REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL0111 10 03013427612 SUMINISTROS CARNICOS RIO CL ARTESANOS 32 03181 TORREVIEJA 04 03 2009 000280195 1209 1209 60,000111 10 03013427612 SUMINISTROS CARNICOS RIO CL ARTESANOS 32 03181 TORREVIEJA 04 03 2009 000280502 1209 1209 60,000111 10 03015246461 RIVERA SANDOVAL ANGEL PG PARAJE LEDUA 15 03660 NOVELDA 03 03 2010 017093207 1009 1009 200,800111 10 03110559826 VIGIL BUENO ANTONIO MANU AV REI JAUME I 25 03500 BENIDORM 04 03 2009 000325665 1109 1109 626,000111 10 03112618347 AGULLO VALERO JOSEFA EST AV REINA VICTORIA 11 03201 ELCHE ELX 04 03 2009 000041537 0509 0509 6.251,000111 10 03116476523 CHOUDHARY-ISHTIAQ AL AV EUROPA, 13 13 03503 BENIDORM 02 03 2010 017142919 0110 0110 3.394,760111 10 03117227968 GONZALEZ BARBERO SANTIAG CL URB. DA VINCI (FA 03184 TORREVIEJA 03 03 2010 016992264 0906 1006 889,990111 10 03118631741 RUIZ TORRES RUBEN CL HONDON DE LAS NIE 03005 ALACANT AL 10 03 2010 020247020 0509 0509 808,030111 10 03118776635 CANABRA HOUSE, S.L. CL MAYOR 2 03550 SANT JOAN D 06 03 2010 023165912 0409 0409 1.469,930111 10 03118894045 SORIANO RODRIGUEZ JUAN M CL DOCTOR SIRVENT 31 03160 ALMORADI 02 03 2010 019553064 1209 1209 927,680111 10 03119054093 COPIADORA CD VENDING, S. PP DEL COMTAT 44 03820 COCENTAINA 03 03 2010 017081382 1009 1009 120,000111 10 03119653776 PRAKASH CHAUDRI PADMA AV MEDITERRANEO-COB 03501 BENIDORM 02 03 2010 020106469 0608 0608 887,640111 10 03120194047 ESTRUCTURAS Y ENCOFRADOS CL PARDO GIMENO 75 03007 ALACANT AL 04 03 2009 000140153 1107 0708 626,000111 10 03120246991 ACCELERATED TEACHING SOL PK CUCARRES 9 03710 CALPE CALP 02 03 2010 019589743 1209 1209 478,570111 10 03120735126 GARCIA GARCIA MIGUEL CL SAN JUAN 27 03690 SAN VICENTE 02 03 2010 017145343 0110 0110 241,660111 10 03121084427 BLANCO URETA MARIA TERES AV EUROPA 13 03503 BENIDORM 02 03 2010 019621469 1209 1209 223,760111 10 03121980665 IBORRA ALMANSA GEMA MARI CL CAPITAN SEGARRA 7 03570 VILA JOIOSA 02 03 2010 019656229 1209 1209 916,370111 10 03122264692 ORTS LIMPIEZAS INTEGRALE CL LOS EMILIOS 40 03183 TORREVIEJA 04 03 2009 000292121 1209 1209 626,000111 10 03122267221 OXLEY-MARILYN MARJOR CL LEPANTO, EDIF. VILA 03503 BENIDORM 02 03 2010 019667545 1209 1209 566,700111 10 03122643804 MANUKYAN S.L. AV MARINA BAIXA, EDF 03509 FINESTRAT 02 03 2010 019689167 1209 1209 120,900111 10 03123051709 HAYAT-MOHAMMAD ASLAM CL SAN PASCUAL 237 03182 TORREVIEJA 04 03 2009 000221591 1109 1109 7.258,050111 10 03123364735 POMARES NAVARRO MIGUEL PZ CONGRESO EUCARIST 03202 ELCHE ELX 10 03 2010 020247929 0408 0408 788,210111 10 03123381509 HODGES-KELLY SHAREEN AV MARINA BAIXA. EDF 03509 FINESTRAT 02 03 2010 019733324 1209 1209 241,300111 10 03123570354 NAUTILO PROPIEDADES, S.L. CL MASAMAGRELL 7 03202 ELCHE ELX 03 03 2010 017091486 1009 1009 296,640111 10 03123588744 BLANCO GARCIA EZEQUIEL CL PABLO NERUDA 54 03184 TORREVIEJA 02 03 2009 025357325 0109 0109 1.907,700111 10 03123588744 BLANCO GARCIA EZEQUIEL CL PABLO NERUDA 54 03184 TORREVIEJA 02 03 2009 028732319 0209 0209 1.813,860111 10 03123588744 BLANCO GARCIA EZEQUIEL CL PABLO NERUDA 54 03184 TORREVIEJA 02 03 2009 029645634 0309 0309 1.907,700111 10 03123588744 BLANCO GARCIA EZEQUIEL CL PABLO NERUDA 54 03184 TORREVIEJA 02 03 2009 030851262 0409 0409 1.876,420111 10 03123588744 BLANCO GARCIA EZEQUIEL CL PABLO NERUDA 54 03184 TORREVIEJA 02 03 2009 035368634 0509 0509 1.907,700111 10 03123588744 BLANCO GARCIA EZEQUIEL CL PABLO NERUDA 54 03184 TORREVIEJA 02 03 2009 038430093 0609 0609 1.876,420111 10 03123588744 BLANCO GARCIA EZEQUIEL CL PABLO NERUDA 54 03184 TORREVIEJA 02 03 2010 019747367 1209 1209 1.907,700111 10 03123626837 LA MORENA ROTULOS Y TOLD CL ANTONIO RUIZ COVE 03183 TORREVIEJA 03 03 2010 016447953 0109 0109 487,080111 10 03123843873 ALVIM SERGEANT JAIME CL ANTONIO RUIZ COVE 03181 TORREVIEJA 02 03 2010 019765757 1209 1209 200,860111 10 03124024537 HEHIR-VINCENT JAMES CL CUENCA, EDF. EL C 03503 BENIDORM 02 03 2010 019783743 1209 1209 241,300111 10 03124204288 PRADOS GABARI JESUS MARI AV RAMON ORTEGA 2 03700 DENIA 10 03 2010 020248333 0809 0809 293,65
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 909
REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. RECLAMACIÓN PERIODO IMPORTE
0111 10 03124334533 HALLIDAY-JORDAN CARL CL VICENTE ALEIXANDR 03182 TORREVIEJA 02 03 2010 019810318 1209 1209 566,700111 10 03124418294 CALLE GARCES LUIS RICARD CL NUEVA ALTA 25 03004 ALACANT AL 10 03 2010 020250858 0709 0709 27,230111 10 03124541869 HUERGA RODRIGUEZ FAUSTIN UR COBLANCA 30 03502 BENIDORM 10 03 2010 020249646 0609 0709 64,730111 10 03124542778 GARCIA INGLES JUAN AV LIBERTAD 1 03201 ELCHE ELX 10 03 2010 020249040 0509 0509 855,440111 10 03124549347 RAMOS AGUDO MANUEL RAMON CL HERMANOS PEREZ LL 03110 MUTXAMEL 10 03 2010 020250050 0609 0609 3.427,300111 10 03124549650 CARCELEN FERRE VICENTE CL SANTA ROSA 23 03802 ALCOI ALCO 10 03 2010 020250555 0409 0409 2.005,800111 10 03124554502 JELANI-MOHAMMAD ANSA CL ALONSO QUIJANO 49 03183 TORREVIEJA 02 03 2010 019833960 1209 1209 1.372,620111 10 03124612601 DIAZ NIEVES JOSE LUIS CL SAN ANTONIO 7 03420 CASTALLA 02 03 2010 019841236 1209 1209 51,520111 10 03124736778 DE SAEDELEER-WESLEY CL MES AVALL 14 03579 SELLA 10 03 2010 020249949 0809 0809 1.367,800111 10 03124801648 HERNANDEZ GONZALEZ JOSE CL GARBINET 82 03012 ALACANT AL 10 03 2010 020248535 1207 1207 104,770111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020197308 0309 0309 57,960111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020197409 0409 0409 57,960111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020197510 0509 0509 57,960111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020197611 0609 0609 51,520111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020197712 0709 0709 51,520111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020197813 0809 0809 51,520111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020302691 0208 0208 4.831,310111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020302792 1008 1008 1.854,760111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020302893 1108 1108 2.966,390111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020302994 1208 1208 2.644,820111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020303095 0109 0109 2.873,860111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020303196 0209 0209 2.860,960111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020303200 0309 0309 909,780111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020303301 0409 0409 2.664,380111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020303402 0509 0509 2.107,120111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020303503 0609 0609 1.657,080111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020303604 0509 0509 1.503,700111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020303705 0609 0609 532,090111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020303806 0709 0709 30,640111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020304008 0708 0708 2.614,060111 10 03125249363 PASTOR VILLALBA EVA MARI CL JOAQUIN GRAU GARC 03203 ELCHE ELX 10 03 2010 020304109 0908 0908 1.564,080111 10 03125250777 GARCIA GARCIA JOSE ISIDR CL ESCOTO 1 03009 ALACANT AL 10 03 2010 020165881 0408 0408 6.935,940111 10 03125252801 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON-BALCON L 03188 MATA LA 10 03 2010 020165376 1107 1207 386,110111 10 03125252801 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON-BALCON L 03188 MATA LA 10 03 2010 020165477 1207 1207 4.979,980111 10 03125252801 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON-BALCON L 03188 MATA LA 10 03 2010 020165578 0108 0108 5.529,840111 10 03125252801 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON-BALCON L 03188 MATA LA 10 03 2010 020165679 0108 0208 410,840111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020185281 0606 0606 4.023,600111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020185382 0706 0706 3.904,790111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020185483 0806 0806 3.789,910111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020185584 0906 0906 1.658,200111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020185685 1006 1006 873,840111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020189426 0606 0606 387,250111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020189527 0706 0706 509,760111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020189628 0806 0806 509,760111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020189729 0906 0906 509,760111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020189830 1006 1006 169,920111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020189931 0707 0707 559,090111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020190032 0807 0807 559,090111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020190133 0907 0907 559,090111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020190234 1007 1007 559,090111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020190335 1107 1107 559,090111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020190436 1207 1207 568,140111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020190537 0208 0208 16,500111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020190638 0308 0308 16,500111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020190739 0408 0408 566,290111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020190840 0508 0508 566,290111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020190941 0608 0608 566,290111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020191042 0708 0708 562,550111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020191143 0808 0808 562,550111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020191244 0908 0908 562,550111 10 03125253508 BERMUDEZ GONZALEZ FRANCI CT TORREJON, BALCON 03188 MATA LA 10 03 2010 020191345 1008 1008 187,500111 10 03125325751 TORRES RUSO PEDRO GUSTAV CL SAN VICENTE 24 03130 SANTA POLA 10 03 2010 020352912 0209 0209 573,820111 10 03125325751 TORRES RUSO PEDRO GUSTAV CL SAN VICENTE 24 03130 SANTA POLA 10 03 2010 020353013 0309 0309 578,930111 10 03125325751 TORRES RUSO PEDRO GUSTAV CL SAN VICENTE 24 03130 SANTA POLA 10 03 2010 020353114 0309 0309 28,070111 10 03125326559 DURAN TRUJILLO JUAN MANU AV FINESTRAT 35 03570 VILA JOIOSA 10 03 2010 020408785 0209 0209 98,120111 10 03125326559 DURAN TRUJILLO JUAN MANU AV FINESTRAT 35 03570 VILA JOIOSA 10 03 2010 020408886 0309 0309 69,050111 10 03125326559 DURAN TRUJILLO JUAN MANU AV FINESTRAT 35 03570 VILA JOIOSA 10 03 2010 020408987 0409 0409 303,100111 10 03125327872 MARCET FERRANDIZ GASPAR CM VIEJO VALENCIA 33 03570 VILA JOIOSA 10 03 2010 020409694 1108 1108 115,180111 10 03125327872 MARCET FERRANDIZ GASPAR CM VIEJO VALENCIA 33 03570 VILA JOIOSA 10 03 2010 020409795 1208 1208 191,860111 10 03125327872 MARCET FERRANDIZ GASPAR CM VIEJO VALENCIA 33 03570 VILA JOIOSA 10 03 2010 020409896 0109 0109 191,860111 10 03125327872 MARCET FERRANDIZ GASPAR CM VIEJO VALENCIA 33 03570 VILA JOIOSA 10 03 2010 020409900 0209 0209 191,860111 10 03125327872 MARCET FERRANDIZ GASPAR CM VIEJO VALENCIA 33 03570 VILA JOIOSA 10 03 2010 020410001 0309 0309 192,140111 10 03125327872 MARCET FERRANDIZ GASPAR CM VIEJO VALENCIA 33 03570 VILA JOIOSA 10 03 2010 020410102 0409 0409 127,910111 10 03125328074 MARTINEZ NIÑO JAVIER CL MARTE 4 03501 BENIDORM 10 03 2010 020410304 1108 1108 115,210111 10 03125328074 MARTINEZ NIÑO JAVIER CL MARTE 4 03501 BENIDORM 10 03 2010 020410506 1208 1208 191,900111 10 03125328074 MARTINEZ NIÑO JAVIER CL MARTE 4 03501 BENIDORM 10 03 2010 020410607 0109 0109 191,900111 10 03125328074 MARTINEZ NIÑO JAVIER CL MARTE 4 03501 BENIDORM 10 03 2010 020410809 0209 0209 191,900111 10 03125328074 MARTINEZ NIÑO JAVIER CL MARTE 4 03501 BENIDORM 10 03 2010 020410910 0309 0309 192,190111 10 03125328074 MARTINEZ NIÑO JAVIER CL MARTE 4 03501 BENIDORM 10 03 2010 020411112 0409 0409 127,940111 10 03125330704 PROSPERO-ANNA PK RACO BOSUNA 37 03509 FINESTRAT 10 03 2010 020529633 0406 0406 391,760111 10 03125330704 PROSPERO-ANNA PK RACO BOSUNA 37 03509 FINESTRAT 10 03 2010 020529734 1006 1006 193,660111 10 03125330704 PROSPERO-ANNA PK RACO BOSUNA 37 03509 FINESTRAT 10 03 2010 020529835 1106 1106 192,400111 10 03125330704 PROSPERO-ANNA PK RACO BOSUNA 37 03509 FINESTRAT 10 03 2010 020529936 0107 0107 198,670111 10 03125330704 PROSPERO-ANNA PK RACO BOSUNA 37 03509 FINESTRAT 10 03 2010 020530037 1206 1206 193,660111 10 03125330704 PROSPERO-ANNA PK RACO BOSUNA 37 03509 FINESTRAT 10 03 2010 020530138 1107 1107 250,130111 10 03125330704 PROSPERO-ANNA PK RACO BOSUNA 37 03509 FINESTRAT 10 03 2010 020530239 1007 1007 38,990112 10 03123139312 MARTMAN CORPORATION, S.L AV FILIPINAS 8 03503 BENIDORM 02 03 2010 016871521 0608 0608 152,18
REGIMEN 06 R. ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA0613 10 03100228114 BARBERIA CAMAÑA MARIA PI ZZ LA MOYA LA YOBERA 03700 DENIA 02 03 2009 038892865 0109 0109 290,890613 10 03100228114 BARBERIA CAMAÑA MARIA PI ZZ LA MOYA LA YOBERA 03700 DENIA 02 03 2009 043150862 0209 0209 265,690613 10 03100228114 BARBERIA CAMAÑA MARIA PI ZZ LA MOYA LA YOBERA 03700 DENIA 02 03 2009 043876847 0309 0309 265,69
Alicante, 12 de mayo de 2010.El Subdirector Provincial, Ignacio Cortés Gomis.
*1012236*
1 0boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
ANUNCIO
El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables quefiguran en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social cuya cuantía total asciende a la cantidad que asimismo se indicaen la citada relación, ha dictado la siguiente
Providencia de apremio: en uso de la facultad que me confiere el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social,aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. 29 de junio de 1994) y el artículo 85 del Reglamento Generalde Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio (B.O.E. 25 de junio de 2004),ordeno la ejecución contra el patrimonio del deudor.
Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procedepracticar la notificación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, mediante la publicación delpresente anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficialcorrespondiente.
La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de quincedías naturales ante la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en caso contrario seránexigibles los intereses de demora devengados desde la finalización del plazo reglamentario de ingreso hasta la fecha de pagode la deuda para el principal y desde el vencimiento del plazo de ingreso de esta providencia para el recargo, si el periodo deliquidación es posterior a mayo de 2004 y, en cualquier caso, una vez firme en vía administrativa sin ingreso, se procederá a laejecución de las garantías existentes y al embargo de los bienes del sujeto responsable (artículo 34.2 de la Ley General de laSeguridad Social aprobada por R.D.L. 1/1994, de 20 de junio, B.O.E. 29 de junio de 1994). Las costas y gastos que origine larecaudación en vía ejecutiva serán a cargo del sujeto responsable de pago (artículo 84 del citado Reglamento General deRecaudación).
Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Administracióncorrespondiente dentro del plazo de 1 mes a partir del día siguiente a su notificación, por alguna de las causas señaladas enel artículo 34.3 de la Ley General de la Seguridad Social y 86 del Reglamento General de Recaudación, debidamente justificadas,suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución del recurso.
Dichas causas son: pago; prescripción; error material o aritmético en la determinación de la deuda; condonación,aplazamiento de la deuda o suspensión del procedimiento; falta de notificación de la reclamación de la deuda, cuando estaproceda, del acta de liquidación o de las resoluciones que éstas o las autoliquidaciones de cuotas originen.
Transcurridos 3 meses desde la interposición del recurso de alzada sin que se haya resuelto, podrá entendersedesestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27 de noviembre de 1992).
REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. PROV. APREMIO PERIODO IMPORTE
REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL0111 10 03000054342 MADERAS LACANT, S.L. ZZ MUELLE DE PONIENT 03001 ALACANT AL 02 03 2009 030147408 0409 0409 2.787,600111 10 03000054342 MADERAS LACANT, S.L. ZZ MUELLE DE PONIENT 03001 ALACANT AL 02 03 2009 034715502 0509 0509 1.186,500111 10 03000054342 MADERAS LACANT, S.L. ZZ MUELLE DE PONIENT 03001 ALACANT AL 02 03 2009 037830010 0609 0609 807,270111 10 03000054342 MADERAS LACANT, S.L. ZZ MUELLE DE PONIENT 03001 ALACANT AL 02 03 2010 013596658 1109 1109 1.201,700111 10 03000586428 HIJOS DE MANUEL SIRVENT CL MAYOR 23 03002 ALACANT AL 03 03 2010 010282793 1009 1009 556,780111 10 03003898067 COMPAGNIE INTERNATIONALE AV SALAMANCA (ESTACI 03005 ALACANT AL 03 03 2009 044558372 1108 1208 158,810111 10 03003898067 COMPAGNIE INTERNATIONALE AV SALAMANCA (ESTACI 03005 ALACANT AL 03 03 2010 011080520 0809 0809 787,680111 10 03003898067 COMPAGNIE INTERNATIONALE AV SALAMANCA (ESTACI 03005 ALACANT AL 03 03 2010 016223035 0909 0909 1.415,800111 10 03005269710 ASOCIACION INDUSTRIALES AV CHAPI 13 03600 ELDA 03 03 2010 010294719 1009 1009 404,230111 10 03005320634 FRUISAN, S.L. CL FELIX RODRIGUEZ F 03203 ELCHE ELX 03 03 2010 010295325 1009 1109 2.234,360111 10 03006724508 COM. PROP. PRINCIPADO MEDI AV MEDITERRANEO 03503 BENIDORM 03 03 2009 044841086 0809 0809 20,270111 10 03007026925 COM. PROP. EL PALMERAL; AV ELCHE S/N 03008 ALACANT AL 03 03 2010 010298658 1009 1009 973,920111 10 03007238608 PARDINES SANZ VICENTE CL BONANZA 61 03300 ORIHUELA 21 03 2009 008643922 0408 0309 13.549,110111 10 03007238608 PARDINES SANZ VICENTE CL BONANZA 61 03300 ORIHUELA 21 03 2009 008644023 0408 0708 2.425,140111 10 03007238608 PARDINES SANZ VICENTE CL BONANZA 61 03300 ORIHUELA 21 03 2009 008647659 0408 0309 9.102,110111 10 03007239012 COM. PROP. P. FIESTA V; PART PK PARTIDA DE TOLLS 03502 BENIDORM 03 03 2010 010299365 1009 1009 634,570111 10 03007632062 COM. PROP. PLAYMON FIESTA ZZ PDA. ELS TOLLS 03502 BENIDORM 03 03 2010 010301284 1009 1009 64,060111 10 03007915988 VAN BEEK-ANDREAS MAR AV MEDITERRANEO EDF 03503 BENIDORM 03 03 2010 010302294 1009 1009 71,300111 10 03008161724 GARAGE GARCIA, S.L.U. ZZ PARTIDA TORRES, S 03570 VILA JOIOSA 03 03 2010 010303611 1009 1009 3.342,580111 10 03008210224 COM. PROP. EDIFICIO EDEN P CL LEPANTO EDF. EDEN 03503 BENIDORM 03 03 2009 044845736 0809 0809 170,920111 10 03008878918 HIERROS ALMORADI S.L. CL VEREDA DE MAZONES 03160 ALMORADI 21 03 2009 008174480 1008 0209 6.260,220111 10 03009415246 DECORFIL, S.L. PN GORMAIG 129 03800 ALCOI ALCO 03 03 2010 010309368 1009 1009 4.472,710111 10 03009415246 DECORFIL, S.L. PN GORMAIG 129 03800 ALCOI ALCO 02 03 2010 014264847 1209 1209 1.036,340111 10 03009500324 SEGOVIA TEXTIL, S.L. CT ALICANTE-MURCIA 4 03330 CREVILLENT 03 03 2010 010309873 1009 1009 763,810111 10 03009525380 ESOC, S.L. CL POETA VILA Y BLAN 03003 ALACANT AL 03 03 2010 016224247 0909 0909 71,810111 10 03009746662 COM PROP EDF LOS GEMELOS AV MADRID EDF. LOS GE 03503 BENIDORM 03 03 2009 049540536 0709 0709 170,390111 10 03009746662 COM PROP EDF LOS GEMELOS AV MADRID EDF. LOS GE 03503 BENIDORM 03 03 2010 011103960 0809 0809 261,010111 10 03009832750 KALPIELI, S.L. CL RONDA VALL D’UXO 03205 ELCHE ELX 21 03 2009 008131640 0205 0209 28.178,230111 10 03009982900 CERRAJERIA ALVADO SL CL TOMAS ORTUÑO 41 03501 BENIDORM 03 03 2010 010313311 1009 1009 849,170111 10 03010214989 SANCHEZ ROBLES JOSE CL EXPLANADA CERVANT 03700 DENIA 03 03 2010 010314523 1009 1009 530,590111 10 03010329066 COM. PROP. TROPICANA PAR; S CL SUERTES DEL MAR S 03700 DENIA 03 03 2010 016265471 0909 0909 229,560111 10 03010861556 COMUNIDAD DE PROPIETARIO CL APARTADO DE CORRE 03800 ALCOI ALCO 03 03 2010 010321593 1009 1009 503,120111 10 03010933601 RIUAES C.B. AV PAIS VALENCIA E.L 03570 VILA JOIOSA 03 03 2010 010322304 1009 1009 1.964,170111 10 03011219446 ESCALONA BLAS JESUS CL ARQUITECTO MORELL 03003 ALACANT AL 03 03 2010 010324223 1009 1009 273,920111 10 03011886928 F.E.A., S.L. UNIPERSONAL CL OSCAR ESPLA 28 03003 ALACANT AL 03 03 2010 010327657 1009 1009 506,630111 10 03012004136 LOPEZ RUIZ MANUEL CL MARQUES DE COMILL 03501 BENIDORM 03 03 2010 010328263 1009 1009 1.595,600111 10 03012012321 CREACIONES D’ANTONIO, S.L RD DEL PARQUE 9 03640 MONOVAR MONO 21 03 2009 008152555 1008 0109 3.034,180111 10 03012012321 CREACIONES D’ANTONIO, S.L RD DEL PARQUE 9 03640 MONOVAR MONO 21 03 2009 008152959 1007 0109 20.541,610111 10 03012012321 CREACIONES D’ANTONIO, S.L RD DEL PARQUE 9 03640 MONOVAR MONO 21 03 2009 008153161 1107 0109 5.488,280111 10 03012012321 CREACIONES D’ANTONIO, S.L RD DEL PARQUE 9 03640 MONOVAR MONO 21 03 2009 008156595 1007 0209 8.738,010111 10 03012012321 CREACIONES D’ANTONIO, S.L RD DEL PARQUE 9 03640 MONOVAR MONO 21 03 2009 008156696 0908 0209 13.066,560111 10 03012012321 CREACIONES D’ANTONIO, S.L RD DEL PARQUE 9 03640 MONOVAR MONO 21 03 2009 008156700 0305 0309 27.225,440111 10 03012012321 CREACIONES D’ANTONIO, S.L RD DEL PARQUE 9 03640 MONOVAR MONO 21 03 2009 008156801 0305 0209 49.180,080111 10 03012012321 CREACIONES D’ANTONIO, S.L RD DEL PARQUE 9 03640 MONOVAR MONO 21 03 2009 008156902 0107 0209 33.102,410111 10 03012012321 CREACIONES D’ANTONIO, S.L RD DEL PARQUE 9 03640 MONOVAR MONO 21 03 2009 008157609 1008 0109 4.524,230111 10 03012012321 CREACIONES D’ANTONIO, S.L RD DEL PARQUE 9 03640 MONOVAR MONO 21 03 2009 008157710 0506 0109 2.475,830111 10 03012012321 CREACIONES D’ANTONIO, S.L RD DEL PARQUE 9 03640 MONOVAR MONO 21 03 2009 008158518 1008 0309 3.354,140111 10 03012012321 CREACIONES D’ANTONIO, S.L RD DEL PARQUE 9 03640 MONOVAR MONO 21 03 2009 008158720 0305 0309 18.547,060111 10 03012012321 CREACIONES D’ANTONIO, S.L RD DEL PARQUE 9 03640 MONOVAR MONO 21 03 2009 008159528 1008 0209 4.086,500111 10 03012203186 FERRANDIZ Y CIA. FORNITUR CL PICO ANETO 3 03600 ELDA 21 03 2009 008532976 0305 0209 27.614,510111 10 03012203186 FERRANDIZ Y CIA. FORNITUR CL PICO ANETO 3 03600 ELDA 21 03 2009 008533279 0808 0209 5.520,190111 10 03012339087 MONTESINOS PLA ENRIQUE AV LA MARINA 19 03720 BENISSA 03 03 2010 010330687 1009 1009 679,980111 10 03012339087 MONTESINOS PLA ENRIQUE AV LA MARINA 19 03720 BENISSA 02 03 2010 013631418 1109 1109 1.020,01
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 901 1
REG. T./IDENTIF. RAZÓN SOCIAL/NOMBRE DIRECCIÓN C.P. POBLACIÓN TD NÚM. PROV. APREMIO PERIODO IMPORTE
REGIMEN 23 RECURSOS DIVERSOS2300 07 030112644619 VERA SANCHEZ ROBERTO AV UNIVERSIDAD DE EL 03202 ELCHE ELX 08 03 2009 025682980 1007 1107 153,892300 07 461061959272 VILLANUEVA VILLANUEVA SA CL COBLANCA 22 03500 BENIDORM 08 03 2009 025860715 0106 1206 285,43
REGIMEN 30 CONCIERTOS DE ASISTENCIA SANITARIA3040 07 030098119069 VUILLEUMIER-ALBERT M UR MONTEMAR 42 03169 ALGORFA 03 03 2010 013062249 1009 1009 104,813040 07 031050076175 BAYS-MICHEL UR VENUS ZONE R2 27 03189 ORIHUELA 03 03 2010 013062653 1009 1009 104,813040 07 031050984036 BAYS-ANNE MARIE CL VENUS ZONA R 2 27 03189 ORIHUELA 03 03 2010 013062754 1009 1009 104,813040 07 031063670121 WYSSLING-WALTRAUT UR ALTOS DEL LIMONAR 03184 TORREVIEJA 03 03 2009 047187880 0809 0809 104,813040 07 031063670121 WYSSLING-WALTRAUT UR ALTOS DEL LIMONAR 03184 TORREVIEJA 03 03 2009 050349575 0909 0909 104,81
Alicante, 12 de mayo de 2010.El Subdirector Provincial, Ignacio Cortés Gomis.
*1012237*
ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA
ANUNCIO
Información pública de la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública. Expediente: ATASCT/2007/363/03.A los efectos previstos en el Decreto 88/2005, de 29 de abril, por el que se establecen los procedimientos de autorización
de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competencia de la Generalitat Valenciana,y en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte,distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete ainformación pública la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública de la instalación eléctrica que se indica:
Peticionario: Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U.Emplazamiento de la instalación: parcelas 94 y parte de la 92 del polígono 25 del término de Dénia (Palmar-Sud).Documentos sometidos a información pública:- Proyecto/Anteproyecto. Denominación: subestación transformadora a 132/20 KV D. Dénia.- Características principales de la subestación:- Sistema de 132 kV: configuración doble barra, 9 posiciones.- Sistema de 20 kV: configuración simple barra, 26 posiciones.- Transformación: 3 transformadores 132/20 kV de 40 MVA de potencia cada uno.- Servicios auxiliares: 2 transformadores 20000/380-220 V de 250 kVA de potencia cada uno.- Relación de bienes y derechos afectados. - Presupuesto: 2.800.818,01 euros.Lo que se hace público para conocimiento general y para que todas aquellas personas físicas o jurídicas que se consideren
afectadas en sus derechos puedan examinar la documentación relacionada en el Servicio Territorial de Energía, sito en RamblaMéndez Núñez, 41 de Alicante, así como dirigir al citado Servicio Territorial las alegaciones (por duplicado) que se considerenoportunas en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio.
Transcurrido dicho plazo sin realizar alegaciones, se le tendrá por conforme, decayendo en el derecho al trámitecorrespondiente. Ello, sin perjuicio de la interposición de los recursos que procedan contra la resolución definitiva delprocedimiento, en los plazos legal y reglamentariamente establecidos.
Relación de bienes y derechos afectados ST Dénia.Término municipal de Dénia - Alicante.
CATASTRO AFECCIÓNFINCA S/PROYECTO POLÍGONO PARCELA REFERENCIA CATASTRAL TITULAR Y DOMICILIO PLENO DOMINIO M² SERVIDUMBRE DE PASO M² OCUPACIÓN TEMPORAL M² NATURALEZA
Alicante, 3 de marzo de 2010.El Jefe del Servicio Territorial de Energía, Miguel García Mengual.
*1009866*
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 903 9
ANUNCIO
Información pública para autorización administrativa deinstalación solar fotovoltaica. Expedientes: ATREGI/2010/100/03 - ATASCT/2010/166/03.
A los efectos previstos en el artículo 9 del Decreto 88/2005, de 29 de abril del Consell de la Generalitat (D.O.G.V.de 5-5-2005), por el que se establecen los procedimientos deautorización de instalaciones de producción, transporte ydistribución de energía eléctrica que son competencia de laGeneralitat Valenciana, en los artículos 28 y 40 de la Ley 54/1997, de 27 de diciembre, del Sector Eléctrico y en RealDecreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulanlas actividades de transporte, distribución, comercialización,suministro y procedimientos de autorización de instalacionesde energía eléctrica, se somete a información pública lainstalación eléctrica que se indica:
Peticionario: Cubierta Solar Almoradí, S.L. B-54467113.Emplazamiento instalación: partida Era Alta, número
213 del término municipal de Almoradí (Alicante).
Tipo y finalidad de la instalación: instalación solarfotovoltaica conectada a red para la generación de electricidad.
Características principales:- 1 Instalación fotovoltaica formada por 75 inversores de
6,65 kW. y 1500 módulos fotovoltaicos y con una potenciatotal de 498,75 kW.
- 1 Centro de transformación de abonado de 630+25kVA., prefabricado tipo PF-203.
Lo que se hace público para conocimiento general ypara que todas aquellas personas físicas o jurídicas que seconsideren afectadas en sus derechos, puedan examinar elproyecto en el Servicio Territorial de Energía, sito en avenidaRambla Méndez Núñez, nº 41-5ª planta de Alicante, así comopresentar en dicho Servicio Territorial las alegaciones (porduplicado) que se consideren oportunas en el plazo de veintedías contados a partir del siguiente al de la publicación deeste anuncio.
Alicante, 26 de abril de 2010.El Jefe del Servicio Territorial de Energía, Miguel García
Mengual.*1011530*
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE AGOST
ANUNCIO
Por Decreto de Alcaldía de esta Corporación de fecha 7de mayo de 2010, se aprobó la Oferta de Empleo Públicocorrespondiente a la/s plaza/s que a continuación se reseñanpara el año 2010, en cumplimiento del artículo 91 de la Ley7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases deRégimen Local y el artículo 18.4 de la Ley 30/1984, de 2 deagosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
FUNCIONARIOS DE CARRERAGRUPO CLASIFICACIÓN VACANTES DENOMINACIÓN SISTEMA PROVISIÓN
ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERALC-1 SUBESCALA ADMINISTRATIVA 1 ADMINISTRATIVO CONCURSO-OPOSICIÓN LIBREC-2 SUBESCALA AUXILIAR 2 AUXILIAR ADMINISTRATIVO CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIALA1 SUBESCALA TÉCNICA 1 ARQUITECTO SUPERIOR CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
CLASE TÉCNICO MEDIO 1 TRABAJADOR SOCIAL FUNCIONARIZACIONC1 SUBESCALA TÉCNICA 1 AUXILIAR DE BIBLIOTECA Y ARCHIVO CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
CLASE TÉCNICO AUXILIARC1 SUBESCALA SERVICIOS ESPECIALES 2 AGENTE DE POLICÍA LOCAL OPOSICIÓN LIBRE
CLASE POLICIA LOCALC2 SUBESCALA SERVICIOS ESPECIALES 3 OFICIAL DE OFICIOS CONCURSO-OPOSICIÓN – SE
CLASE PERSONAL DE OFICIOS RESERVAN 2 PLAZAS PARAPROMOCIÓN INTERNA Y UNATURNO LIBRE
PERSONAL LABORALGRUPO DENOMINACIÓN VACANTES SISTEMA PROVISIÓN
A2 PROFESORA E.P.A 1 CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE - SE RESERVA LA PLAZA A PERSONACON DISCAPACIDAD
TÉCNICO EN INFORMÁTICA 1 CONCURSO-OPOSICIÓN LIBREAGRUPACIONES OPERARIO DE LIMPIEZA 9 CONCURSO-OPOSICIÓN LIBREPROFESIONALES AUXILIAR DE HOGAR 1 CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE
AYUDANTE DE OFICIOS 3 CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRECONSERJE 5 CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE – SE RESERVA 1 PLAZA A PERSONA
CON DISCAPACIDAD
Lo que se publica para general conocimiento.Agost, 7 de mayo de 2010.El Alcalde, Antonio Pérez González.
*1012045*
AYUNTAMIENTO DE ALCOY
EDICTO
De conformidad con los artículos 59.4 i 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, se hace público el
requerimiento acordado por Decreto 627 de 12 de febrero de2010, de documentación relativa a un animal que ha causadouna agresión, y cuyo propietario es Miguel Martínez Cáceres,con DNI 21624814F. La documentación requerida es Licen-cia Administrativa para la tenencia de su animal, en el casode que le sea informado previamente por veterinario acredi-tado que su animal es considerado potencialmente peligro-so, o el resultado del cuestionario de socialización test desocialización) apto, mediante el cual su animal se considera-rá no tiene un comportamiento agresivo y por lo tanto podráser declarado no potencialmente peligroso por parte de esteAyuntamiento. Igualmente se hace constar que:
- Que se ha iniciado el expediente tras la agresión de unanimal de su propiedad, y se realizaron las actuacionesprevias oportunas.
- Que el incumplimiento de estas obligaciones es con-siderado como una infracción grave y muy grave según loexpuesto en la Ley 4/94, de 8 de julio, de protección deanimales de compañía; la Ordenanza Municipal de Tenenciade Animales; en el Decreto 145/2000, de 26 de septiembre,del Gobierno Valenciano, por el cual se regula en la Comu-nidad Valenciana, la tenencia de animales potencialmentepeligrosos, de la Ley 50/99, de 23 de diciembre, sobre elRégimen Jurídico de la tenencia de animales potencialmentepeligrosos y del RD 287/2002, de 22 de marzo, por el que sedesarrolla la Ley 50/99, sancionadas de acuerdo a lasOrdenanzas Municipales con multas de 300,51 a 2.404,05euros para las infracciones graves y de 2.404,05 a 15.025,30euros las infracciones muy graves.
- Que según el artículo 93 de las Ordenanzas, lasinfracciones tipificadas expresamente con relación a losperros o animales potencialmente peligrosos podrán com-portar sanciones accesorias, como la confiscación del ani-mal y la prohibición de adquirir otros animales en un plazo deentre uno y diez años. Se advierte a la persona interesadaque en caso de incumplimiento de lo anteriormente ordenadoen el plazo de quince días, a contar desde la publicación delpresente, se incoará expediente sancionador.
Lo que se hace público a los efectos legales oportunos.Alcoy, 5 de mayo de 2010.El Alcalde-Presidente, Jorge Sedano Delgado.
*1011850*
AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL PI
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en la base quinta delas que han de regir la convocatoria, bases publicadas en el
4 0boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 174 defecha 11 de septiembre de 2009, para la provisión en propie-dad de dos plazas de Administrativo, vacantes en la plantilladel Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, mediante concurso opo-sición para consolidación de empleo temporal, por la presen-te, resuelvo:
Primero. Elevar a definitiva la lista provisional de aspi-rantes admitidos y excluidos en la convocatoria para laprovisión en propiedad de dos plazas de Administrativo quea continuación se transcribe:
ASPIRANTES ADMITIDOS:
APELLIDOS Y NOMBRE D.N.I.
AGENJO MARTINEZ, BEATRIZ 48.328.977-CCAMPS NADAL, JORGE 52.786.267-WCRESPO CASTELLÓ, ELEUSIS 22.141.017-KGOMEZ CORTES, JOSEFA MARGARITA 48.300.817-NGONZALEZ PONCE, GASPAR 31.335.427-CGREGORI PEREZ, CARMEN 25.125.519-CHERNÁNDEZ MELIA, JUAN CARLOS 28.992.351-TMANZANARO NAVARRO, Mª CARMEN 48.328.686-MMORENO MUÑOZ, FERNANDO JOSE 53.095.212-BPEREZ PEREZ, JUAN 25.125.909-LRONDA CREO, MARIA BELEN 48.324.650-V
ASPIRANTES EXCLUIDOS:
APELLIDOS Y NOMBRE D.N.I. MOTIVO
CLIMENT NADAL, VICENTE 20.034.428-W 1 Y 2
1.- No justifica exención del pago de la tasa. y no aportaC.V.
Segundo.- El orden de actuación de los aspirantes serápor orden alfabético y comenzará en cada caso con losaspirantes cuyo primer apellido empiece por la letra «z»,según acta levantada al efecto y relativa al sorteo del ordende intervención de los aspirantes a pruebas selectivas que serealicen durante el año 2010.
Tercero.- El Tribunal Calificador de las pruebas, queda-rá integrado de la siguiente manera:
Presidente:Titular: don Cosme Gil Martínez Funcionario de carrera,
perteneciente al Subgrupo C1.Suplente: don Nazario Ferrándiz Boix, Funcionario de
carrera, perteneciente al Subgrupo A2.Vocales:Titular: don Gaspar Blanco Eslava. Miembro designado
por la Dirección General de Cohesión Territorial.Suplente: don Iván Pérez Jordán. Miembro designado
por la Dirección General de Cohesión Territorial.Titular: don Enrique Ramírez Monreal, Funcionario de
carrera, perteneciente al Subgrupo C1.Suplente: doña Inmaculada Frasés Giner, Funcionaria
de carrera, perteneciente al Subgrupo C1.Titular: don Francisco Infante Mayor, Funcionario de
carrera, perteneciente al Subgrupo C1.Suplente: doña Mª Pilar Fajardo Díaz, Funcionaria de
carrera, perteneciente al Subgrupo C1.Secretario:Titular: don J. Rafael Frías Giménez, Secretario Gene-
ral de la Corporación.Suplente: doña María José Pingarrón Martín, Funciona-
ria de carrera, perteneciente al Subgrupo A1.Contra la presente designación de los miembros del
Tribunal, se podrá promover la recusación prevista en elartículo 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
Cuarto.- Se convoca a los miembros del Tribunal Cali-ficador, a las 11.00 horas, el día 8 de junio de 2010, en laCasa de Cultura, sita en la plaza Juan Carlos I de l’Alfàs delPi. Y a los aspirantes para ese mismo día y lugar a las 12.00horas con motivo de la realización del primer ejercicio.
Quinto.- Publicar la presente resolución en el BoletínOficial de la Provincia de Alicante, tablón de anuncios de laCorporación, en el tablón de anuncios del Servicio de Recur-sos Humanos y en la página web municipal http://www.lalfas.com/rrhh.
Sexto.- Contra la presente resolución, y ante el órganoque la ha dictado, procede interponer, por escrito dirigido aeste Ayuntamiento, en el plazo de un mes y con carácterpotestativo, el recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo. Contra la desestimación expresa o presuntadel recurso de reposición, se puede interponer recursocontencioso-administrativo, ante el correspondiente Juzga-do de lo Contencioso-Administrativo de Alicante, en el plazode dos meses contados desde el día siguiente al de recep-ción de la notificación de la desestimación, cuando ésta seaformulada de forma expresa, o en el plazo de seis mesescontado desde el día siguiente a aquél en que el referidorecurso de reposición se haya de entender desestimado deforma presunta.
L’Alfàs del Pi, 7 de mayo de 2010.El Alcalde-Presidente, Vicente Arques Cortés.
*1011774*
AYUNTAMIENTO DE ALMORADÍ
EDICTO
Publicación cesión.Por resolución de la Alcaldía de fecha 29 de abril de
2010, ha sido aprobada la cesión del contrato de concesióndemanial para la «Cafetería ubicada en el Centro Social SanAndrés» (expediente 20/2008) por parte de la adjudicatariadoña Antonia Rodríguez Moreno, a favor de doña FranciscaMoreno Aguilera, con D.N.I. 21937968-Q, y domicilio enAlmoradí, calle Luis Buñuel, número 17, por mutuo acuerdode las partes, subrogándose esta última en los derechos yobligaciones derivados del contrato que corresponderían ala cedente, quedando el mismo en las mismas condicionesque las del contrato original.
Almoradí, 6 de mayo de 2010.El Alcalde-Presidente, Antonio Ángel Hurtado Roca.
*1011704*
EDICTO
Aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno,en sesión celebrada el día 7 de mayo de 2010, el acuerdosobre aprobación provisional de la Ordenanza fiscalreguladora de la tasa por la prestación del servicio detransporte público de viajeros mediante autobús urbano.
De conformidad con lo previsto en el artículo 17 delR.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, seexpone al público el acuerdo correspondiente durante elplazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de lapublicación del presente edicto en el Boletín Oficial de laProvincia, dentro del cual los interesados podrán examinar elexpediente y presentar las reclamaciones que estimen opor-tunas. En el supuesto de no presentarse reclamaciones, seentenderán definitivamente adoptados los acuerdos hastaentonces provisionales.
Almoradí, 10 de mayo de 2010.La Concejal-Delegada de Hacienda, María Gómez
García.
*1011868*
EDICTO
Aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno,en sesión celebrada el día 7 de mayo de 2010, el acuerdosobre aprobación provisional de la Ordenanza fiscalreguladora de la tasa por la utilización privativa o el aprove-chamiento especial del dominio público local a favor deempresas explotadoras o prestadoras del servicio de telefo-nía móvil.
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 904 1
De conformidad con lo previsto en el artículo 17 delR.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, seexpone al público el acuerdo correspondiente durante elplazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de lapublicación del presente edicto en el Boletín Oficial de laProvincia, dentro del cual los interesados podrán examinar elexpediente y presentar las reclamaciones que estimen opor-tunas. En el supuesto de no presentarse reclamaciones, seentenderán definitivamente adoptados los acuerdos hastaentonces provisionales.
Almoradí, 10 de mayo de 2010.La Concejal-Delegada de Hacienda, María Gómez
García.
*1011870*
ANUNCIO
Por acuerdo plenario de fecha 22 de marzo de 2010 seaprobó la modificación, mediante reducción, de las retribu-ciones de los altos cargos y del personal de confianza delAyuntamiento de Almoradí. Transcurrido el plazo de exposi-ción pública, se publica el acuerdo con carácter definitivo.
Dichas retribuciones son las siguientes:1. Desempeño del cargo de Alcalde-Presidente por don
Antonio Ángel Hurtado Roca con dedicación exclusiva, conuna retribución bruta mensual de 3.465,29 euros, con dosmensualidades extraordinarias y con la correspondienteafiliación al régimen general de la Seguridad Social.
2. Desempeño por doña María Quiles Bailén, por donÁlvaro Ferri Martínez, don Antonio Gómez Gutiérrez, doñaMª Trinidad Rodríguez Galindo, don Francisco García Miretey doña María Gómez García del cargo de concejal condedicación exclusiva. La retribución bruta mensual paracada uno de ellos será de 2.374.31 euros, con dos mensua-lidades extraordinarias y con la correspondiente afiliación alrégimen general de la Seguridad Social.
3. Desempeño del cargo de los concejales doña Azuce-na López Martínez, don Alfonso García Díaz y don MiguelGascón Benzal con dedicación parcial de 4 horas diarias,percibiendo la cantidad bruta mensual de 1.334,66 euros,con dos mensualidades extraordinarias y con la correspon-diente afiliación al régimen general de la Seguridad Social.
4. Desempeño del cargo de los concejales don ManuelVegara Llanes y doña Isabel María Martínez Ponce condedicación parcial de 2 horas diarias, percibiendo, en con-cepto de retribución, la cantidad bruta mensual de 760,63euros, con dos mensualidades extraordinarias y con la co-rrespondiente afiliación al régimen general de la SeguridadSocial.
5. Reducción de un 10 por 100 del importe de laindemnización de los miembros de la Corporación que care-cen de delegación alguna.
6. Reducción del 10 por 100 de las retribuciones delpersonal eventual que desempeñan puestos de confianza ode asesoramiento especial, quedando establecidas dichascantidades en:
- Personal de confianza 1: 1.187,15 euros.- Personal de confianza 2: 2.374,31 euros.- Personal de confianza 3: 1.339,58 euros.- Personal de confianza 4 (PSOE): 760,63 euros.- Personal de confianza 5 (IU): 760,63 euros7. Reducción aproximada del 10 por 100 en las cantida-
des que mensualmente perciben los grupos políticos muni-cipales, quedando una dotación económica mensual de1.460,70 euros.
Almoradí, 7 de mayo de 2010La Concejal de Hacienda, María Gómez García.
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AYUNTAMIENTO DE BENFERRI
ANUNCIO
Intentada la notificación conforme a lo establecido en elartículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, sobreRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Pro-cedimiento Administrativo Común, sin que esta se hayapodido practicar, se procede mediante el presente acto a lanotificación mediante anuncio del expediente de reclama-ción de deuda por impago de agua potable y resuelvo:
Primero. Incoar expediente a Reinder Antuma Barteld,por impago de la deuda de 332,42 euros, más recargo einterés de demora, correspondiente al Servicio de AguaPotable de los ejercicios 2007, 2008 y 2009.
Segundo. Notificar la apertura del mencionado expe-diente a Reinder Antuma Barteld.
Tercero. Conceder un plazo de quince días, a contardesde el recibo de la presente para presentar las oportunasalegaciones al mencionado expediente ante este Ayunta-miento y/o en su caso proceder a abonar la deuda pendiente.
Cuarto. Transcurrido el mencionado plazo, sin presen-tar alegaciones contra el impago de la deuda, se procederáa dictar la oportuna resolución de esta Alcaldía autorizandoel corte del suministro de agua potable, indicando día y horaen que se realizará el mismo.
Benferri, 10 de mayo de 2010.El Alcalde, Luis Vicente Mateo.
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AYUNTAMIENTO DE BENIDORM
EDICTO
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, se hace pública la notificación de caráctercolectivo de las resoluciones recaídas en los expedientessancionadores que se indican, dictados por el Ayuntamientoque se referencia en virtud de las facultades que le confiereel artículo 21.1.k) y n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, artículo 10 delR.D. 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba elReglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potes-tad Sancionadora, imponiendo a los interesados que a con-tinuación se relacionan, las sanciones que se expresan, yaque habiéndose intentado la notificación en el último domici-lio conocido, esta no se ha podido practicar por hallarse enparadero desconocido, haber cambiado de domicilio, o estarausente en el domicilio de la notificación.
Así mismo según prevé el artículo 13 del R.D. 1398/1993, se designa como Instructor y como Secretario a losFuncionarios Municipales José Terrones García y José LuisGaliano Rodríguez, que deberán abstenerse de intervenir enel procedimiento o podrán ser recusados por los interesados,por las causas, y en la forma que determinan los artículo 28y 29 de la Ley 30/1992.
El órgano competente para la resolución del expedientesancionador es el Sr. Alcalde o en su caso el ConcejalDelegado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1.k) y n)de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases delRégimen Local, artículo 10 del R.D. 1398/1993.
Con esta notificación se da conocimiento a los interesa-dos de la posibilidad que tienen de personarse en las oficinasdel Departamento de Sanciones del Ayuntamiento deBenidorm, para conocer el estado de tramitación del expe-diente administrativo y en su caso presentar el Recurso deReposición correspondiente.
Dichas sanciones, deberán hacerlas efectivas dentrode los plazos siguientes:
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a) Las notificadas por edicto publicado entre los días 1y 15 de cada mes, hasta el día 20 del mes posterior o, si ésteno fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente y,
b) Las notificadas por edicto publicado entre los días 16y último de cada mes, hasta el día 5 del segundo mesposterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábilsiguiente.
Vencido el plazo indicado sin que se hubiese satisfechosu importe, la exacción se llevara a cabo por el procedimientode apremio y, en su caso la liquidación de los interesescorrespondientes devengados.
Contra la presente resolución que es definitiva en la víaadministrativa, puede interponer recurso de reposición enlas oficinas del Departamento de Sanciones del Ayuntamien-to de Benidorm, dirigido al señor Alcalde Presidente delAyuntamiento, en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficialde la Provincia (artículo 108 de la Ley 7/1985). Contra ladesestimación expresa o presunta del recurso de reposición,podrá interponerse recurso contencioso administrativo antelos Juzgados Contenciosos Administrativos de la provinciade Alicante, en el plazo de dos meses a contar desde el díasiguiente al de la recepción de la notificación de la resolu-ción, cuando se formule de forma expresa, o en el plazo deseis meses a contar desde el día siguiente a aquél en que elreferido recurso se haya de entender desestimado de formapresunta.
Lugar y forma de pago: para realizar el ingreso, podráretirar los documentos de pago en las referidas oficinas delDepartamento de Sanciones del Ayuntamiento de Benidormy hacerlas efectivas en cualquiera de las Entidades Colabo-radoras que figuran en el documento que se facilitará a tal fin.
FECHA NIF/ SANCIÓNEXPTE. DENUNCIA DENUNCIADO/A NIE/PAS LOCALIDAD NORMATIVA (€)
2008/0303-CO 11/06/2008 FREE PUBLICITY 2007 S.L B54266432 ALFAZ DEL PI ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0304-CO 11/06/2008 TILASA BALEAR S.L B07723703 LA NUCIA ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 7.505,002008/0305-CO 10/06/2008 CONCEPT MARKETING XXI S.L B53541538 ALFAZ DEL PI ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0306-CO 15/06/2008 NATURAL HEALTH PRODUCTS S.L B03930195 BENIDORM ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0307-CO 16/06/2008 VIAJES MISTER CHARLY B53178356 ALFAZ DEL PI ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 9.006,002008/0308-CO 16/04/2008 CONFORT Y SALUD 05637939H ALFAZ DEL PI ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0312-CO 26/05/2008 JAIME BALDO FRASES 29019761V LA NUCIA ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0314-CO 26/05/2008 MARCELO ALEJANDRO IVANOF 34153513N BENIDORM ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0319-CO 21/05/2008 JOSEFA FERNANDEZ TALAVERA 46528138N BENIDORM ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0324-CO 20/05/2008 JOSEFA VENEGAS NAVARRO 28448209S BENIDORM ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0329-CO 15/05/2008 FRANCISCO REÑONES GOMEZ 18925936H BENIDORM ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0332-CO 06/05/2008 MARIA RODRÍGUEZ AMAT 221425216R BENIDORM ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0335-CO 12/05/2008 JOAQUIN MOYA SANCHEZ 36892317H BENIDORM ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0339-CO 14/05/2008 PILAR GRANJA GUDIÑA 21419592Z BENIDORM ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0342-CO 14/05/2008 PEDRO ROGERO BELINCHON 00410392ª BENIDORM ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0344-CO 18/07/2008 LIDIA DIMITRI X07634512F ALICANTE ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0349-CO 21/07/2008 SANDRA FELIX X08046999N ALICANTE ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0350-CO 21/07/2008 FANA SASHEVA HRISTOVA 198842056 BENIDORM ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0351-CO 21/07/2008 PENEVA MAGDA RADEVA 196115029 BENIDORM ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0353-CO 21/07/2008 BOLOR ANITA X5064047E PALMA DE MALLORCA ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0362-CO 18/07/2008 BLESSING ISELE 3043124 ALICANTE ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0363-CO 18/07/2008 HELLEN ALEX X08730897M PUENTE GENIL ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0364-CO 18/07/2008 DORIS COLE X07171080W MALAGA ART. 3.2 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0371-CO 10/05/2008 FRANCISCO FERNANDEZ TORRES 53235137G ALICANTE ART 50 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,002008/0393-CO 17/06/2008 NOOR SHAH KHALID KG089107 BENIDORM ART 50 OM Nº 2 DE BENIDORM DE USOS DE LAS ZONAS DE USO PÚBLICO 1.501,00
Benidorm, 27 de abril de 2010.El Concejal Delegado de Seguridad y Movilidad, José Francisco Bañuls Pérez.
*1010869*
AYUNTAMIENTO DE BUSOT
EDICTO
Advertido error en la publicación inicial de la modifica-ción de la plantilla de personal de 2010, insertada en elBoletín Oficial de la Provincia número 84 de fecha 6 de mayode 2010 se procede a la rectificación en los siguientestérminos:
En la página número 52 del citado Boletín donde dice«según lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/1988, de28 de diciembre». Debe decir «en virtud de lo dispuesto enel artículo 126.3 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de lasDisposiciones Vigentes en materia de régimen Local (TRRL),en relación con el artículo 169 del Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TRRL)».
Busot, 7 de mayo de 2010.El Alcalde-Presidente, Alejandro Morant Climent.
*1011789*
AYUNTAMIENTO DE CALLOSA DE SEGURA
EDICTO
Advertido error en el edicto de esta Alcaldía publicadoen el Boletín Oficial de la Provincia número 84 de fecha 6 de
mayo actual, de licitación de las obras de «Adecuación delMercado de Abastos en Callosa de Segura».
Por medio del presente se informa que la Clasificaciónexigida a las empresas que quieran optar a participar en lalicitación es la C-4-c, tal y como consta en el proyecto técnicoaprobado.
La publicación del presente edicto abre el plazo depresentación de proposiciones que será de 15 días naturalescontados a partir del siguiente al de su publicación en elBoletín Oficial de la Provincia.
Callosa de Segura, 7 de mayo de 2010.El Alcalde, Francisco Javier Pérez Trigueros.
*1012187*
ANUNCIO
Adjudicación definitiva del contratoDe conformidad con lo dispuesto en el artículo 138 de la
Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del SectorPúblico, se da publicidad a la adjudicación definitiva delcontrato siguiente:
1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Ayuntamiento de Callosa de Segura.b) Dependencia que tramita el expediente: Contratación.c) Número de expediente: 2/2010.2. Objeto del contrato.a) Tipo de contrato: obras.
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b) Descripción del objeto: «construcción de zona depor-tiva, parque infantil y adecuación de su entorno en la pedaníadel barrio de los Dolores de Callosa de Segura (Alicante)».
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.a) Tramitación: urgente.b) Procedimiento: negociado.4. Presupuesto base de licitación.Importe total: 138.488,09 euros.5. Adjudicación.a) Fecha: 3 de mayo de 2010.b) Contratista: Roquesan S.L.c) Nacionalidad: española.d) Importe de adjudicación: 138.488,09 euros.Callosa de Segura, 4 de mayo de 2010.El Alcalde. Rubricado.
*1012198*
AYUNTAMIENTO DE CALP
EDICTO
Resolución del Ayuntamiento de Calp por la que seanuncia licitación para la contratación del servicio de elabo-ración de encuestas a los usuarios de las playas de Calp.Expediente: SER 21/2010.
Servicio: elaboración encuestas a los usuarios de lasplayas de Calp.
Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:aprobado expediente de contratación por Decreto de laConcejalía de Hacienda número 201001033 de fecha 4 demayo de 2010, fijándose como forma de adjudicación la deprocedimiento negociado con publicidad.
Presupuesto base de licitación: 10.169,49 euros (IVAno incluido).
Garantía provisional: no.Obtención de documentación e información: pueden
descargarse de www.ajcalp.es (en perfil del contratante).Requisitos específicos del contratista: no.Presentación de ofertas: Secretaría Municipal, durante
los veinte días hábiles siguientes al de la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincial, salvo que elmismo coincida en sábado, en cuyo caso se prorrogará alprimer día hábil (consultar fecha en www.ajcalp.es).
Apertura de las ofertas: en la Casa Consistorial, a lasdoce horas del día indicado en el perfil del contratante, quese anunciará con cinco días de antelación.
Gastos de anuncios: a cargo del contratista.Calp, 6 de mayo de 2010.El Concejal Delegado de Contratación, Fernando Penella
Martínez.
*1011733*
AYUNTAMIENTO DEL CAMPELLO
EDICTO
El Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de El Campello.Hace saber: en el depósito municipal de este Ayunta-
miento, se encuentran depositados los vehículos que acontinuación se detallan y ante la imposibilidad de notifica-ción personal, por hallarse en paradero desconocido, habercambiado de domicilio, estar ausente del domicilio de notifi-cación, no saber o no querer firmar, a los titulares de losvehículos detallados y habiendo transcurrido el tiempo que,al efecto, marca el artículo segundo de la Ley 11/1999 de 21de abril, que modifica la Ley 7/1985, reguladora de las Basesdel Régimen Local en materia de tráfico, circulación devehículos a motor y seguridad vial sobre vehículos,presumiblemente abandonados, se requiere a sus titularespara que, en el plazo de quince días y previos los trámites
oportunos, procedan a la retirada de los mismos, significan-do que si no lo hicieran, será de aplicación lo dispuesto en lovigente Ley 10/2000 de 12 de diciembre sobre residuos de laComunidad Valenciana.
EXPTE. CLASE MARCA MODELO COLOR MATRÍCULA BASTIDOR
Lo que hace público, para general conocimiento yefectos oportunos.
El Campello, 29 de abril de 2010.El Alcalde. Rubricado.
*1011806*
AYUNTAMIENTO DE CASTALLA
EDICTO
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día26 de abril de 2010, acordó aprobar las Bases de las Ayudaspara libros del ciclo de infantil para el curso 2009/2010, quea continuación se transcriben:
La Concejalía de Educación del M.I. Ayuntamiento de laciudad de Castalla concede ayudas para libros del ciclo deinfantil para el curso 2009/2010, con arreglo a las siguientesbases.
I) Objeto de la subvención. Es objeto de la presenteconvocatoria pública la concesión de ayudas para libros delciclo de infantil para el curso 2009/2010.
II) Beneficiarios. Podrán ser beneficiarios de las ayudastodos los padres, tutores o quienes ostenten la guarda legalde los estudiantes del ciclo infantil empadronados en esteMunicipio. Las solicitudes se formularán en el modelo quefigura como Anexo de esta convocatoria. Se dirigirán al señorAlcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en elRegistro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de losmedios señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y de Procedimiento Administrativo Común, durantelos 20 días naturales siguientes a la publicación de estasbases en el Boletín Oficial de la Provincia. Deberánacompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
- Documentos que acrediten la personalidad del solici-tante (NIF, pasaporte), Libro de Familia y, en su caso, larepresentación de quien firme la solicitud.
- Declaración responsable de hallarse al corriente depago en Hacienda y la Seguridad Social.
- Certificado de no tener deudas contraídas con el M.I.Ayuntamiento de Castalla.
- Declaración jurada de no percibir subvenciones oayudas procedentes de otras administraciones o entidadespara la actividad o proyecto presentado para esta convoca-toria de subvenciones.
- Certificado de escolarización del Centro Educativo.- Última Declaración de la Renta de la unidad familiar
(incluido padres y hermanos). Si no realiza Declaración deRenta, fotocopia de las nóminas percibidas durante el ejer-cicio anterior a la presentación de la solicitud.
4 4boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
- Documento emitido por la entidad bancaria (códigocuenta cliente). El titular de dicha cuenta será quien ostentela patria potestad, tutela o guarda legal. A la solicitud se debeadjuntar el documento facilitado por la entidad bancaria,donde conste el código de cuenta cliente que contiene losdígitos que identifique el banco, la oficina, el dígito de controly el número de la cuenta en la que haya de ser abonado elimporte de la ayuda.
- Declaración responsable de que en el solicitante noconcurre ninguna de las circunstancias que impidan obtenerla condición de beneficiario de subvenciones públicas, esta-blecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- Facturas acreditativas de la compra de libros para elcurso escolar 2009/2010, mediante facturas originales expe-didas a nombre del beneficiario perceptor de la subvención,en las que deberá constar:
- Nombre o Razón Social del proveedor.- NIF o CIF del proveedor y firma o recibo de haber
percibido el pago.- Importe de la Factura e IVA, el IVA debe ir desglosado.- Identificación Completa de la entidad que abone el
importe.- Descripción suficiente del suministro o servicio.- Número y fecha de la factura.III) Cuantía y partida presupuestaria. La partida presu-
puestaria a la que se imputan las ayudas es la siguiente2010-323-480 «ayudas para libros de texto y comedor esco-lar» y la cuantía total máxima de las ayudas convocadas esde 8.000 euros.
IV) Jurado calificador. Para la aprobación de las peticio-nes que se presenten a esta convocatoria el Jurado Califica-dor realizará un estudio conjunto de todas las peticionespresentadas y elaborará una propuesta de subvención queelevará a la Junta de Gobierno Local para su aprobación. Elsolicitante facilitará cualquier dato que pueda ser requeridopor el Jurado Calificador que, en caso de no hacerlo, podráproponer la exclusión de dichas ayudas. El jurado calificadorpodrá proponer la denegación de cualquier solicitud cuandose deduzca, ya sea mediante la omisión de datos relevanteso la inclusión de datos falsos, una notoria discordancia entrelos datos, elementos y valoraciones consignados por losinteresados y la verdadera situación del solicitante.
El Jurado Calificador estará compuesto por:- El Alcalde-Presidente.- El Concejal de Hacienda.- El Concejal de Educación.- 1 Representante de cada una de las A.M.P.A. de los
centros educativos: Colegio María Asunta, Colegio PúblicoRico-Sapena, IES Castalla.
V) Criterios de valoración y distribución. Serán tomadasen consideración para la concesión de las ayudas, única-mente las solicitudes de las unidades familiares cuyos ingre-sos no sean superiores a la media aritmética de todas laspresentadas, siendo distribuido su importe de forma propor-cional entre todas las solicitudes que cumplan con dichorequisito.
VI) Aprobación, justificación y pago. La Junta de Gobier-no Local de este M. I. Ayuntamiento aprobará las propuestasde ayudas. La concesión de estas ayudas supone la justifi-cación del 100% del importe concedido.
Todas aquellas facturas que no contengan los aparta-dos anteriormente expuestos, no se incluirán en la justifica-ción de la ayuda y conllevará que sólo se subvencione laparte debidamente justificada. El Ayuntamiento podrá reca-bar en cualquier momento cuantos informes considere opor-tunos sobre la aplicación de la ayuda concedida, pudiendoanular total o parcialmente la subvención concedida cuandosu aplicación no se corresponda con el objeto de la subven-ción.
VII) Obligaciones de los beneficiarios. Los perceptoresde estas ayudas vendrán obligados a responder legalmentede la veracidad de los datos expuestos, de la aplicación dela ayuda concedida a su objeto o finalidad y a justificar laconcesión de la ayuda en los plazos establecidos en lascláusulas y a devolver, en su caso, el importe de la ayuda o
la parte proporcional de la misma, cuando no se realice laactividad para la que fue otorgada o no se justifique en plazoy forma.
VIII) Fin de la vía administrativa. El acto de resolución delas ayudas agota la vía administrativa. De acuerdo con lo quedispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, podrá interponerse recurso potestativo de reposiciónante la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en eltérmino de un mes a contar desde el día siguiente de larecepción de esta notificación, o bien directamente recursocontencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencio-so de Alicante.
IX) Publicidad de la resolución de las ayudas. La rela-ción de las ayudas concedidas se publicará en el tablón deanuncios del Ayuntamiento.
Castalla, 28 de abril de 2010.El Alcalde-Presidente, José Luis Prats Hernández.
*1011879*
AJUNTAMENT DE DÉNIA
ANUNCI
En compliment d’allò establert en l’article 104.3 de laLlei 7/1985, de 2 d’abril, Reguladora de les Bases del RègimLocal, i l’article 12.2 de la Llei 7/2007, de 12 d’abril de l’EstatutBàsic de l’Empleat Públic, es procedeix a la publicació delnomenament del personal eventual que tot seguit es relacio-na, efectuat mitjançant Decret de l’Alcaldia en data 29 demarç de 2010:
NOM I COGNOMS DNI LLOC RETRIBUCIONS ANUALS
JUAN ANTONIO PONS SÁNCHEZ 73988004V SECRETARI DE GRUP 23.596,02 €
Dénia, 15 d’abril de 2010.L’Alcaldessa Presidenta, Ana María Kringe Sánchez.
*1011889*
EDICTO
Ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, Nú-mero Dos de Alicante, se ha interpuesto el recurso conten-cioso administrativo 99/10, por Dominique Bobbelaere, so-bre reclamación de responsabilidad patrimonial, sobre ex-plotación local El Formiguer.
Y habiendo intentando el emplazamiento a los interesa-dos que a continuación se indican y que figuran en elexpediente administrativo aparte del recurrente:
Plus Consultores de Seguros, con domicilio en calleEmbajador Vich, 31-1, 46002 Valencia.
Willis Iberica, Correduría de Seguros y Reaseguros,S.A., calle D. Juan de Austria, 38-4º 6ª . 46002 Valencia
El Formiguer S.C.P., Café Bar calle Rap, 1. 03700Dénia.
Se procede mediante este edicto a emplazarlos paraque de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de laLRJCA, y en el plazo de nueve días, contados desde la fechade publicación en el Boletín Oficial de la Provincia se puedanpersonar, si a su derecho conviene en dicho procedimiento.
Dénia, 6 de mayo de 2010.La Alcaldesa. Rubricado.
*1012055*
AYUNTAMIENTO DE ELCHE
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1.adel Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 904 5
Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por RealDecreto Legislativo 339/1990 de 2 de marzo, y al habersecumplido los plazos establecidos desde que se llevó a caboel depósito de los vehículos cuya relación se adjunta, pormedio del presente, se requiere a los titulares de los respec-tivos vehículos para que en el plazo de 15 días procedan a laretirada de los mismos, advirtiéndoles que si no lo hicieran seprocederá a su tratamiento como residuo sólido urbano,siéndole de aplicación lo dispuesto en la vigente Ley 10/2000de Residuos de la Comunidad Valenciana.
Igualmente se les hace saber que si no fuera de suinterés la retirada de dichos vehículos del depósito munici-pal, sólo quedarán exentos de responsabilidad si los cedena un gestor de residuos autorizado o los entregan a esteAyuntamiento, debiendo, en este último caso, personarsedentro del plazo indicado, en las Dependencias de la PolicíaLocal para formalizar los trámites correspondientes de la Ley10/2000, de Residuos Sólidos de la Comunidad Valenciana.
Este edicto tiene carácter de notificación expresa oindividualizada a cada uno de los titulares de los vehículosrelacionados ya que por distintas razones que obran en losrespectivos expedientes han resultado ser desconocidos, seignora el lugar de notificación o la notificación no se hapodido practicar, significándose a los interesados que losexpedientes completos pueden ser comprobados en lasDependencias de la Policía Local de Elche.
Relación de vehículos:
LÍNEA MATRÍCULA Nº BASTIDOR CLASE MARCA Nº EXPTE.
1. AB2295S TURISMO FIAT-BRA 7.9102. AFG511 TURISMO AUDI 163.9083. A0227EJ TURISMO SUZUKI 114.5094. A0562DX TURISMO DAEWOO 6.4105. A0647BV TURISMO FORD SIE 104.3096. A0887BL TURISMO PEUGEOT 119.8087. A1014DK TURISMO FORD MON 3.1108. A1066DV TURISMO DAEWOO 106.1099. A1553CG TURISMO SEAT IBI 114.40910. A1756CY TURISMO HONDA 6.51011. A1969CL TURISMO HYUNDAI 109.30912. A2405BW TURISMO OPEL-VEC 3.01013. A2653EK TURISMO FORD FIE 3.91014. A2794BD TURISMO PEUGEOT 114.00915. A3123CP TURISMO RENAULT 6.61016. A3461DC TURISMO DAEWOO 107.60917. A3480CV TURISMO ROVER 113.90918. A3698BC TURISMO ALFA ROM 110.60919. A3827CC FURGONET CITROEN 107.70920. A4178BM TURISMO SEAT MAR 113.80921. A4220DC TURISMO MERCEDES 113.70922. A4426DF TURISMO B.M.W. 218.90023. A4979BT TURISMO CITROEN 118.80824. A5140DB TURISMO ROVER 7.41025. A5222CJ TURISMO VW PASAT 3.31026. A5539BW FURGONET RENAULT 5.01027. A5790CT TURISMO SEAT-COR 7.51028. A5800BZ TURISMO PEUGEOT 97.20929. A6070DW MOTO APRILIA 69.30930. A6142BT TURISMO OPEL VEC 7.61031. A6334CG TURISMO VW GOLF 107.10932. A6415BU TURISMO HONDA 97.40933. A6614DB FURGON NISSAN-V 4.11034. A6686BL TURISMO FORD-ESC 4.51035. A6726BZ TURISMO RENAULT 115.70936. A6800CN TURISMO FORD FIE 113.30937. A7382CV MOTO PIAGGIO 140.80638. A8317BB TURISMO OPEL-KAD 113.10939. A8337DV TURISMO SEAT IBI 98.30940. A8344DP TURISMO SEAT IBI 107.90941. A8719CV TURISMO FIAT-BRA 98.40942. A8960BJ TURISMO RENAULT 112.90943. A9016CH TURISMO SEAT IBI 98.60944. A9057CB TURISMO CITROEN 107.00945. A9246CV TURISMO VW GOLF 160.40846. A9292DC TURISMO BMW 123.40647. A9614CS TURISMO FORD ESC 112.80948. A9638DG TURISMO FORD FIE 108.00949. A9640DG TURISMO FORD FIE 108.10950. A9797BZ TURISMO RENAULT 3.71051. BICICLETA BICICLET METTA 157.79952. BICICLETA BICICLET ORBEA 75.00953. BICICLETA BICICLET - - - - 86.50954. BICICLETA BICICLET ROCBRIDE 101.60955. BICICLETA B I0921 BICICLET QUANTUN 103.60956. BICICLETA B I0023 BICICLET B.H. 105.90957. BL8255 TURISMO AUDI A3 189.80658. BMB1532 TURISMO SKODA 182.60459. B1966OM TURISMO CITROEN 98.70960. B8248PP FURGONET FPRD COU 100.40961. CA5884AY TURISMO FIAT-CIN 4.710
Lo que se publica para general conocimiento.Elche, 30 de abril de 2010.El Alcalde. Rubricado.
*1011883*
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y61 de la Ley 30/1992, se hace pública notificación de caráctercolectivo de las resoluciones recaídas en los expedientes enmateria de tramitación de licencias de apertura que seindican y habiéndose intentado la notificación al interesadoo su representante legal, sin que haya sido posible practicar-la, por causas no imputables a este Ayuntamiento, se ponende manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuen-tran pendientes de notificar las siguientes resoluciones:
INTERESADO DOMICILIO CIUDAD EXPTE
BAEZA FERRANDEZ TERESA C/ BISBE TORMO 11 0 3 0 ELCHE 35/2010BOIX PIÑOL JERONIMO C/ BISBE TORMO 11 0 6 0 ELCHE 35/2010CALZA-GARI SL C/ JUAN DE LA CIERVA 16 0 0 0 ELCHE 21/2010CASCALES MARTINEZ M.ESPERANZA P. ERES SANTA LLUCIA 4 0 5 0 ELCHE 134/2010CERDAN SANCHEZ RAFAEL C/ FATXO 6 0 6 0 ELCHE 134/2010DELGADO PEREIRA OSMAR ANTONIO C/ FATXO 6 0 3 0 ELCHE 134/2010DIEZ POMARES CARLOS C/ BISBE TORMO 9 0 6 0 ELCHE 35/2010FERRANDEZ CRUZ RAFAEL P. ERES SANTA LLUCIA 3 1 1 1 ELCHE 134/2010FINICUERO SL C/ NOBEL 10 0 0 0 PARQUE INDUS ELCHE 479/2009FLOREA SL C/ NOBEL 14 0 0 0 PARQUE INDUS ELCHE 479/2009GARCIA MIÑANA JOSE P. ERES SANTA LLUCIA 3 0 0 0 ELCHE 134/2010HABITAT VALPARAISO SL P. ERES SANTA LLUCIA 2 0 0 0 ELCHE 134/2010LOPEZ ROBLES JOSE ANTONIO P. ERES SANTA LLUCIA 2 0 4 0 ELCHE 134/2010MIGUEL QUILES M.ASUNCION P. ERES SANTA LLUCIA 3 0 8 0 ELCHE 134/2010SEMPERE GOMIS M. TERESA C/ PLUS ULTRA 11 0 1 0 TORRELL ELCHE 793/2007SERRANO SEMPERE H JNS P. ERES SANTA LLUCIA 3 1 6 1 ELCHE 134/2010SHOES RITA ATNAS SL C/ NOBEL 10 0 0 0 PARQUE INDUS ELCHE 479/2009TAYBA DECOR SL P. ERES SANTA LLUCIA 2 0 0 0 ELCHE 134/2010VILA AGULLO GLORIA P. ERES SANTA LLUCIA 3 0 5 0 ELCHE 134/2010WALKING-SHOES SL UNIPERSONAL E C/ LEONARDO DA VINCI 8 0 0 0 P ELCHE 21/2010
En virtud de lo anterior, dispongo que los interesadosrelacionados deberán comparecer en el plazo de diez díascontados desde el siguiente al de la publicación de lapresente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, delunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas, en el Negociado de
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Aperturas del Ajuntament d’Elx, sito en calle la Fira, 2, paraconocimiento íntegro del mencionado acto y constancia detal conocimiento.
Asimismo se advierte a los interesados que, de nocomparecer en el citado plazo, la notificación se entenderáproducida a todos los efectos legales desde el día siguienteal del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Elche, 5 de mayo de 2010.El Concejal de Fomento y Aperturas. Rubricado.
*1011886*
EDICTO
El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el29 de marzo de 2010, ha adoptado entre otros, el siguienteacuerdo:
Primero: estimar la solicitud presentada por don JoséManuel Berenguer Serrano en nombre y representación de lamercantil Cabera 97, S.L. y autorizar la cesión de la condiciónde urbanizador a favor de la Agrupación de Interés Urbanís-tico del Sector E-24 del Plan General.
Segundo: requerir a la mercantil solicitante para queremita a este Ayuntamiento, en el plazo de un mes desde sufirma, copia de la escritura pública en la que se materialice latransmisión de la condición de urbanizador.
Tercero: notificar el presente acuerdo a los interesadosy ordenar su publicación en la forma legalmente establecida.
Elche, 8 de abril de 2010.El Teniente Alcalde de Urbanismo, Alejandro Pérez
García.
*1011892*
EDICTO
A los efectos legales oportunos y para conocimiento delos interesados en el proceso de selección, mediante concur-so-oposición de promoción interna, de 3 plazas de Oficial dela Policía Local, se hace público:
Primero.- De conformidad con lo establecido en la BaseCuarta de la convocatoria y en cumplimiento de resoluciónde la Tenencia de Alcaldía de Organización y RecursosHumanos, de fecha 30 de abril de 2010, se conceden diezdías contados a partir de la publicación del presente edictoen el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesadospuedan subsanar los defectos que han dado lugar a suexclusión de la siguiente relación provisional de aspirantes oformular las aleaciones que estiman oportunas:
ADMITIDOS D.N.I.
1.- ANTON PASTOR JOSE IVAN 0483152502.- DOMENECH LAFUENTE JOSE RAMON 0215095853.- FERNANDEZ BONILLA RAUL 0742221894.- FERNANDEZ SECO DAVID 0482997285.- GOMEZ CAYUELAS M. LOURDES 0483711876.- JARA SANTOS AGUSTIN 0527648397.- LOPEZ GALAN DANIEL 0532306388.- LOPEZ ZUÑIGA PEDRO RAMON 0334768289.- MACIA MOLINA VICENTE 07423652010.- MARCOS GARCIA JOSE 02199974911.- MARTINEZ IBARRA PEDRO 02197323512.- MARTINEZ IBARRA RAUL 04836973513.- MATEO ANDUJAR ANGEL CARLOS 03348255914.- MIRA CAYUELAS ANTONIO 04837790415.- ORDAX BELDA CARLOS 03349998516.- ORTEGA ALCAZAR JORGE ANDRES 04837363917.- ORTS MARTINEZ JUAN ANTONIO 03349503418.- PACHECO LOZANO ANTONIO 02211329619.- PERAL BERNAD FRANCESC XAVIER 03349788720.- RECH GARCIA JOSE MANUEL 02900082621.- ROCAMORA BAS SERGIO 03349646022.- RUIZ SISTERNAS LUIS JAVIER 02149992523.- SANTISTEBAN MUÑOZ EMILIANO JESUS 03348521824.- SERRANO QUIJADA JESUS BENJAMIN 02200414925.- VEGARA SEGURA JOAQUIN 02198523426.- VICENTE VALERO M. ANGELES 03348852527.- ZUFERRI COSTA MARIO 052829579
EXCLUIDOS D.N.I. CAUSA
MARTINEZ TENLLADO JOSE ANGEL 021967880 12(12) INSTANCIA PRESENTADA FUERA DE PLAZO
Segundo.- Publicar, de conformidad con lo acordadopor la Junta de Gobierno Local el día 23 de abril de 2010, lamodificación de la Base 5.1 de la convocatoria del expresadoprocedimiento selectivo, que queda redactada como sigue:
5.1. Composición.Presidente: un funcionario de cualquiera de las admi-
nistraciones públicas, designado a título individual por elPresidente de la Corporación.
Vocales: siete funcionarios de carrera designados porla Corporación, todos ellos perteneciendo al órgano a tituloindividual.
Secretario: el de la Corporación o funcionario en quiendelegue»
Elche, 11 de mayo de 2010.El Teniente Alcalde de Organización y Recursos Huma-
nos, Emilio Martínez Marco.
*1012087*
AYUNTAMIENTO DE LOS MONTESINOS
ANUNCIO
Adjudicación de contrato de obras.1. Entidad adjudicadora:a. Organismo: Ayuntamiento de Los Montesinos.b. Dependencia que tramita el expediente: Secretaría-
Contratación.c. Número de expediente: 01/2010.d. Dirección de Internet del perfil de contratante:
www.losmontesinos.org.2. Objeto del contrato:a. Tipo: obras.b. Descripción: construcción Centro Socio-Cultural en
Los Montesinos.c. CPV: 45210000 y 45300000.d. Boletín y fecha de publicación del anuncio de licita-
ción: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 27 defecha 10 de febrero de 2010.
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a. Tramitación: urgente.b. Procedimiento: abierto con varios criterios de
adjudicación.4. Presupuesto base de licitación: 745.481,03 euros
más 119.276,97 euros en concepto de 16 % de IVA. Importetotal 864.758,00 euros.
5. Adjudicación definitiva:a. Fecha: 15 de abril de 2010.b. Contratista: Jardinería, Obras y Servicios Torrevieja,
S.L. (Jost, S.L.)c. Nacionalidad: española.d. Importe de adjudicación: 700.752,17 euros más
112.120,35 euros en concepto de 16 % de IVA. Importe total812.872,52 euros.
Los Montesinos, 5 de mayo de 2010.El Alcalde, José M. Butrón Sánchez.
*1012231*
AYUNTAMIENTO DE MUTXAMEL
EDICTO
Elevado a definitivo el acuerdo del Ayuntamiento-Plenoen sesión del 30 de marzo de 2010, por el que se aprobóinicialmente el expediente número 2010/007 de modificaciónde créditos al Presupuesto Municipal de 2010, a los efectosprevistos en el artículo 177 y concordantes del R.D.L. 2/2004,
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 904 7
de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica elsiguiente resumen:
Mutxamel, 11 de mayo de 2010.La Regidora de L’Area Economica-Financera, Loreto
Forner Marco.
*1012247*
EDICTO
Elevado a definitivo el acuerdo del Ayuntamiento-Plenoen sesión del 30 de marzo de 2010, por el que se aprobóinicialmente el expediente número 2010/006 de modificaciónde créditos al Presupuesto Municipal de 2010, a los efectosprevistos en el artículo 177 y concordantes del R.D.L. 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica elsiguiente resumen:
Mutxamel, 11 de mayo de 2010.La Regidora de L’Area Economica-Financera, Loreto
Forner Marco.
*1012248*
AJUNTAMENT DELS POBLETS
EDICTE
Pel Ple d’aquest Ajuntament, en sessió ordinària dedata 3 de maig de 2010, s’aprovat inicialment «l’OrdenançaMunicipal de Trànsit»; tot el qual s’exposa al públic durant untermini de trenta dies hàbils, a l’efecte que els interessatspuguen presentar les al·legacions o reclamacions que con-sideren escaients.
Tot això en compliment del disposat en l’article 49.b) dela Llei 7/85 de 2 d’abril, Llei Reguladora de les Bases deRègim Local.
Els Poblets, 7 de maig de 2010.L’Alcalde, Jaime Ivars Mut.
*1011855*
AYUNTAMIENTO DE QUATRETONDETA
EDICTO
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladorade las Haciendas Locales, al no haberse presentado alega-ciones durante el plazo de exposición al público, quedaautomáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenariofecha 12 de abril de 2010 sobre el expediente de modifica-ción de créditos número 1/2010 para la financiación degastos de inversión, en la modalidad de crédito extraordina-rio que se hace público resumido por capítulos:
PRESUPUESTO DE GASTOS
CAPÍTULO DESCRIPCIÓN CONSIGNACIÓN €
VI INVERSIONES REALES 209.898,70TOTAL 209.898,70
PRESUPUESTO DE INGRESOS
CAPÍTULO DESCRIPCIÓN CONSIGNACIÓN INICIAL
VII TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 193.408,77IX PASIVOS FINANCIEROS 16.489,93
TOTAL 209.898,70
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto enel artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, los interesados podrán interponer directamente re-curso contencioso-administrativo en la forma y plazos esta-blecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en elartículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá porsí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Quatretondeta, 11 de mayo de 2010.La Alcaldesa, Magdalena Chiquillo Pérez.
*1012205*
AYUNTAMIENTO DE SAN VICENTE DEL RASPEIG
EDICTO
Por Anfer del Sureste S.L. se ha solicitado licencia deapertura de la actividad de cafetería en calle Cervantes 13/15/17 L-dcha.
Lo que se hace público por término de quince días deacuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Decreto 52/2010,de 26 de marzo, del Consell, por el que se aprueba elReglamento de desarrollo de la Ley 4/2003, de 26 de febrero,de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, ActividadesRecreativas y Establecimientos Públicos, a fin de que losresidentes en un radio de 50 m. de dicho emplazamientoformulen las observaciones y alegaciones que considerenoportunas.
Lo que se publica para notificación por ser desconoci-dos en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 59.5 dela Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.
San Vicente del Raspeig, 27 de abril de 2010.El Concejal de Aperturas, Rafael J. Lillo Tormo.
*1011548*
EDICTO
Por Stepan Pronyuk se ha solicitado licencia de apertu-ra de la actividad de café-heladería en calle San Carlos 23 L-1 C/V carretera Agost.
Lo que se hace público por término de quince días deacuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Decreto 52/2010,de 26 de marzo, del Consell, por el que se aprueba elReglamento de desarrollo de la Ley 4/2003, de 26 de febrero,de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, ActividadesRecreativas y Establecimientos Públicos, a fin de que losresidentes en un radio de 50 m de dicho emplazamientoformulen las observaciones y alegaciones que considerenoportunas.
Lo que se publica para notificación por ser desconoci-dos en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 59.5 de la Ley30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy del Procedimiento Administrativo Común.
San Vicente del Raspeig, 27 de abril de 2010.El Concejal de Aperturas, Rafael J. Lillo Tormo.
*1011550*
4 8boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
EDICTO
En sesión de 28 de abril de 2010, el Pleno acordóaprobar inicialmente el reglamento del observatorio munici-pal de violencia social, según texto que figura en el expedien-te, así como abrir un período de información pública yaudiencia a los interesados por el plazo de treinta díashábiles contados desde el siguiente a la publicación delanuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia,para la presentación de reclamaciones y sugerencias res-pecto a la modificación del Reglamento inicialmente aproba-do, debiendo publicarse igualmente en el tablón de anunciosy en la web municipal.
En caso de no presentarse reclamación o sugerenciaalguna durante el plazo referido, se entenderá definitivamen-te adoptado el acuerdo hasta entonces provisional. Si sepresentaren, se habrá de acordar la resolución de las mis-mas y la aprobación definitiva de la modificación propuesta.
El expediente completo se encuentra a disposición delpúblico durante ese plazo, en las dependencias municipalessitas en plaza de España, 1 – Secretaría.
Lo que se hace público en cumplimiento del artículo 49de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases delRégimen Local.
San Vicente del Raspeig, 4 de mayo de 2010.La Alcaldesa, Luisa Pastor Lillo. El Secretario, José
Manuel Baeza Menchón.
*1012026*
AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN D´ALACANT
EDICTO
Decreto:En uso de las facultades que me confiere el artículo
21.1.s de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de lasBases del Régimen Local y a tenor de lo dispuesto en laResolución de 28 de abril de 2005 de la Presidenta delInstituto Nacional de Estadística y del Director General deCooperación Local por la que se dictan instrucciones técni-cas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordarla caducidad de las inscripciones padronales de los extran-jeros no comunitarios sin autorización de residencia perma-nente que no sean renovadas cada dos años y en la Reso-lución de 1 de abril, de la Presidencia del Instituto Nacionalde Estadística y del Director General de Cooperación Terri-torial, por la que se dictan instrucciones técnicas a losayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Muni-cipal. Habiendo sido practicada notificación infructuosa y/ono habiendo acudido los interesados a formalizar su Reno-vación en la Inscripción Padronal.
He resuelto:Declarar que las siguientes Inscripciones Padronales
han caducado el y por tanto se acuerda su baja en el PadrónMunicipal de Habitantes de este Municipio, cuya fecha deefectos será, a tenor de lo dispuesto en la Ley 30/1992 de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, la depublicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de laProvincia.
FECHA DE TARJETAAPELLIDOS Y NOMBRE NACIMIENTO PASAPORTE RESIDENCIA FECHA BAJA
BALON CORREA, TERESA 06/10/2007 00000000 06/10/2009BIANCHI, GIANLUCA 21/12/2000 43179176 00000000 11/10/2009CARDONA ARANA DE, ANA BLANCA DOLLY 18/03/1939 475347 00000000 10/10/2009CARDOZO FERREIRA, LUIS GUSTAVO 13/12/1999 4678443 00000000 15/10/2009RODRIGUEZ GUTIERREZ, YENNY ANDREA 01/03/1979 CC37726102 00000000 16/10/2009SAMULYAK, IVANNA VICTORIA 09/10/2007 00000000 09/10/2009SAVINSKA, TATIANA 20/04/1974 AE877031 00000000 03/10/2009VILLARROEL, GABRIEL ONOFRE 25/11/1985 X 04760141 S 18/10/2009
Sant Joan d’Alacant, 4 de mayo de 2010.El Alcalde. Rubricado.
EDICTO
Decreto:En uso de las facultades que me confiere el artículo
21.1.s de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de lasBases del Régimen Local y a tenor de lo dispuesto en laResolución de 28 de abril de 2005 de la Presidenta delInstituto Nacional de Estadística y del Director General deCooperación Local por la que se dictan instrucciones técni-cas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordarla caducidad de las inscripciones padronales de los extran-jeros no comunitarios sin autorización de residencia perma-nente que no sean renovadas cada dos años y en la Reso-lución de 1 de abril, de la Presidencia del Instituto Nacionalde Estadística y del Director General de Cooperación Terri-torial, por la que se dictan instrucciones técnicas a losayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Muni-cipal. Habiendo sido practicada notificación infructuosa y/ono habiendo acudido los interesados a formalizar su Reno-vación en la Inscripción Padronal.
He resuelto:Declarar que las siguientes Inscripciones Padronales han
caducado el y por tanto se acuerda su baja en el PadrónMunicipal de Habitantes de este Municipio, cuya fecha deefectos será, a tenor de lo dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, la de publica-ción del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia.
FECHA DE TARJETAAPELLIDOS Y NOMBRE NACIMIENTO PASAPORTE RESIDENCIA FECHA BAJA
AREVALO FEIJOO, ALEXANDER RICARDO 26/07/1999 X 09078271 X 31/10/2009BELHADI, MOSTAPHA 07/11/1983 R668664 00000000 13/11/2009BORYS, VIRA 13/07/1948 AK427629 00000000 13/11/2009FERREIRA ANDRUSKY DE, NIDIA 09/12/1948 X 06691498 Q 14/11/2009GARCIA, AMANDA MARINA 18/07/1942 209998030 00000000 07/11/2009GARCIA, HECTOR DARIO 25/10/1940 209998029 00000000 07/11/2009GONZALEZ, DANIEL OMAR 30/05/1980 28211517 00000000 07/11/2009LOPEZ RODRIGUEZ, JULIAN MATEO 01/06/2001 X 09581182 A 24/10/2009MERCADO PEREZ, DANIELA 30/09/1988 7631563 00000000 02/11/2009MOYANO, HORACIO ARTURO 27/02/1943 6049374M 00000000 13/11/2009REQUENA PEREZ, FRANCISCA ELOISA 21/08/1939 B129273 00000000 30/10/2009SAMULYAK, VOLODYMYR 21/10/1980 P0040797 00000000 15/11/2009SORIA LOPEZ, MARCO ANTONIO 03/01/1966 1104812 00000000 02/11/2009
Sant Joan d’Alacant, 4 de mayo de 2010.El Alcalde. Rubricado.
*1011905*
AYUNTAMIENTO DE SANTA POLA
ANUNCIO
Licitación «Explotación quioscos».La Junta de Gobierno Local, en sesión de 12/05/10,
entre otros, ha adoptado los siguientes acuerdos:1º. Anular y dejar sin efecto alguno, la licitación convo-
cada al amparo del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de21 de abril del año en curso, para la adjudicación de «Con-cesión Administrativa para la ocupación de Dominio Público,para la explotación de Quioscos», publicada en el BoletínOficial de la Provincia de Alicante número 82 de fecha 04/05/10.
2º. Aprobar el nuevo Pliego de Cláusulas Administrati-vas, que regirá en el procedimiento abierto, con varioscriterios, para la adjudicación de «Concesión Administrativapara la ocupación de Dominio Público, para la explotación deQuioscos».
3º. Establecer un nuevo plazo de presentación de ofer-tas, de 10 días naturales, contados desde el siguiente al dela inserción del presente anuncio, en el Boletín Oficial de laProvincia.
Lo que se hace público, para general conocimiento detodos los interesados.
Santa Pola, 12 de mayo de 2010.El Alcalde, Miguel Zaragoza Fernández. La Secretaria,
en funciones, Cristina Coves Jodar.*1012267*
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 904 9
AYUNTAMIENTO DE TORREVIEJA
EDICTO
Don Pedro Hernández Mateo, Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Torrevieja.
Hace saber: que la lista provisional de aspirantes admi-tidos y excluidos a las pruebas selectivas para la provisión deuna plaza de Monitor de Atletismo, vacante en la plantilla depersonal funcionario de este Ayuntamiento, e incluida en laOferta Pública de Empleo del año 2006, es la siguiente:
Aspirantes admitidos:– Andreu Xufré, Javier– Corchete Martínez, Luis Manuel– Danger Queralta, José René– Gasch Rubí, José Antonio– Gómez Vera, Miguel Antonio– González Espinosa, Alejandro– Johansen, Debora Edith– López Romero, Raúl– López Seva, Roberto– Martínez Cremades, Juan Antonio– Martínez Domínguez, Juan Carlos– Martínez Guedella, Juan Manuel– Martínez Rufete, Agustín– Pérez Sánchez, Ana María– Romano, Alejandro– Solla, Alberto JavierAspirantes excluidos:– Medina Candela, Daniel(No manifiesta en su instancia que reúne todas y cada
una de las condiciones exigidas en la base 2 de estaconvocatoria, y no solicita ser admitido a las pruebasselectivas).
– Montenegro Arigani, Mónica(Solicitud presentada fuera del plazo establecido).»Contra la anterior lista, cualquier interesado podrá re-
clamar ante esta Alcaldía en el plazo de quince días, desdeel siguiente a la publicación de este edicto en el BoletínOficial de la Provincia, de conformidad con lo dispuesto en elapartado 4.1. de las Bases de la presente convocatoria. Todoello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Torrevieja, 20 de abril de 2010.El Alcalde Presidente, Pedro Hernández Mateo.
*1011908*
EDICTO
Don Pedro Hernández Mateo, Alcalde-Presidente delAyuntamiento de Torrevieja.
Hace saber: que la lista provisional de aspirantes admi-tidos y excluidos a las pruebas selectivas para la provisión detres plazas de Monitor de Natación, vacantes en la plantillade personal funcionario de este Ayuntamiento, e incluidas enla Oferta Pública de Empleo del año 2002, es la siguiente:
– Campoy Martínez, Alfonso– Cánovas Ballester, José Manuel– Cendrán Segura, Josefina Isabel– Ciupiñska, Aleksandra– Costoya Florido, Lorena– Danger Queralta, José René– Díaz Arenas, Mª Esther– Escalada Runco, Yanina Soledad– Fabregat Maqueda, Juan Carlos– Ferrández Guirao, Darío– Ferrer Sánchez, Javier Antonio– Forde, Kim– Gallardo Guerrero, Mª Dolores– García Gago, Rosa María– Gasch Rubí, José Antonio– Gil Estrugo, Carlos– Gómez Vera, Miguel Antonio– González Espinosa, Alejandro– Guillén Hernández, Pascual– Gutiérrez Gómez, Laura– Hernández Navarro, Antonio– Hernández Villaescusa, Juan Carlos– Jiménez Campayo, Tatiana– Jiménez Valero, José Javier– Johansen Debora Edita– Jover Poveda, Laura– Lacal Mercader, David– Larrosa Chorro, José Luís– Lidón Pérez, Alejandro– López Romero, Raúl– López Seva, Roberto– Llopis Rosa, David– Marco Poveda, Juan Antonio– Martín Lara, Paula– Martínez Alcántara, Alberto– Martínez Gallego, Pablo Alberto– Martínez Guedella, Juan Manuel– Martínez Rufete, Agustín– Martínez Ruso, Altea– Mesa Suárez, Sergio– Moreno Flores, Alberto– Núñez Fernández, Yamila– Olías Girona, Estefanía– Orts Pina, Mª Teresa– Pacheco Mateo, Lidia– Pedrosa Fernández, Verónica– Pérez Beviá, Gema– Pérez Maciá, José María– Pérez Ortuño, Aitor Vicente– Pérez Pimentel, José Luis– Peruyero de León, Fernando Javier– Poveda Boj, Rubén– Rodríguez Belmonte, Jesús José– Rodríguez Inglada, Tamara– Rodríguez Martínez, Francisco– Rodríguez Martínez, Marta– Romano, Alejandro– Sánchez Hernández, José Cristobal– Sánchez Ruiz, Miguel Ángel– Sánchez Torregrosa, Marcos– Sempere Valdes, Adalmiro José– Sesma Rangel, Luís Carlos– Solla, Alberto Javier– Soriano Servera, Luis Miguel– Tovar Riera, Alicia– Valero Juárez, Olga– Vaquero Lorenzo, Margarita– Vera Botella, Mª del Mar– Vera Fornés, Francisco JoséAspirantes excluidos:– Cano Navio, Juan Francisco(No manifiesta en su instancia que se compromete a
prestar el juramento o promesa prevenido en el R.D. 707/1979)
– Contreras Fernández-Peinado, Isidro
5 0boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
(Solicitud presentada fuera del plazo establecido)– Farpón Martínez, Óscar(No manifiesta en su instancia que se compromete a
prestar el juramento o promesa prevenido en el R.D. 707/1979)
– Marchori Ortuño, Concepción(No manifiesta en su instancia que se compromete a
prestar el juramento o promesa prevenido en el R.D. 707/1979)
– Martínez de Rodrigo, Iván(Solicitud presentada fuera del plazo establecido)– Medina Candela, Daniel(No manifiesta en su instancia que reúne todas y cada
una de las condiciones exigidas en la base 2 de estaconvocatoria, y no solicita ser admitido a las pruebasselectivas)
– Montenegro Arigani, Mónica(Solicitud presentada fuera del plazo establecido)– Veiga Esteller, Mª Ángeles(Solicitud presentada fuera del plazo establecido).»Contra la anterior lista, cualquier interesado podrá re-
clamar ante esta Alcaldía en el plazo de quince días, desdeel siguiente a la publicación de este edicto en el BoletínOficial de la Provincia, de conformidad con lo dispuesto en elapartado 4.1. de las Bases de la presente convocatoria. Todoello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Torrevieja, 20 de abril de 2010.El Alcalde Presidente, Pedro Hernández Mateo.
*1011911*
AYUNTAMIENTO DE VALL DE GALLINERA
EDICTO
Intentada y no practicada la notificación al interesado enel expediente iniciado por este Ayuntamiento, número 5/09,relativo a sanción por infracción urbanística, conforme a lodispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, me-diante el presente edicto se notifica al interesado el decretode la alcaldía que a continuación se transcribe:
Decreto de la alcaldía 24/2010, de 5 de febrero, por elque se incoa expediente sancionador a don Emilio GarcíaRodríguez y Promocions Aromaran S.L.
Resultando los siguientes antecedentes de hecho:I.- Mediante Decreto de la Alcaldía 139/09, de 3 de julio,
se incoa procedimiento de restauración de la legalidad ur-banística a los herederos de don Vicente Ballester Alemany,por la comisión de una infracción urbanística consistente enreforma y/o ampliación de construcción en la parcela 333 delpolígono 3 de la Vall de Gallinera, clasificado como Suelo NoUrbanizable de Protección Agrícola X-2, propiedad de losherederos de don Vicente Ballester Alemany, sin habersolicitado ni obtenido la preceptiva licencia municipal deobras. En el citado Decreto se ordena la paralización de lasobras y se concede a los interesados un plazo de dos mesespara solicitar la legalización de la misma.
II.- Dentro del plazo legalmente establecido, don EmilioGarcía Rodríguez, en calidad de heredero de don VicenteBallester Alemany, solicita la legalización de la obra dereforma de tejado, en el inmueble sito en la parcela 333 delpolígono 3, firmando, en calidad de constructor, PromocionsAromaran S.L.
III.- Mediante Decreto de la Alcaldía 10/2010, de 22 deenero, se concede al interesado licencia de legalización dela citada obra.
IV.- Visto el informe emitido por el técnico municipal, enfecha 10 de diciembre de 2009, en el que se determina lacomisión de una infracción urbanística clasificada como
leve, al tratarse de obra legalizable por ser conforme con elordenamiento urbanístico vigente y cuya valoración ascien-de a 16.200,00 euros.
A los anteriores antecedentes le son de aplicación lossiguientes fundamentos de derecho:
Primero.- De conformidad con el artículo 253.1 de la Ley16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana, escompetencia propia del municipio el ejercicio de la potestadsancionadora regulada en la misma.
Segundo.- El artículo 538.2 a) del Decreto 67/2006, de12 de mayo, que aprueba el Reglamento de Ordenación yGestión Territorial y Urbanística, establece que cuando elrequerimiento de legalización termine con la autorización delacto de uso, edificación o transformación, se iniciará acontinuación el procedimiento sancionador por la eventualcomisión de la infracción urbanística leve del artículo 252.1de la LUV, sancionada con multa del 2 al 6% del valor de laobra ejecutada con un mínimo de 300,00 euros.
Tercero.- En el presente caso, la sanción deberá impo-nerse en su grado máximo ya que concurre la circunstanciaagravante de no haber procedido a la suspensión de lasobras tras su apercibimiento, tal y como consta en el expe-diente por la realización de una segunda notificación orde-nando la paralización por incumplimiento de la primera.
Cuarto.- Los sujetos responsables de la comisión de unainfracción urbanística son el promotor, el constructor y el directorde la obra, tal y como determina el artículo 237.2 de la LUV.
De conformidad con el informe emitido por la Secretaríade la Corporación, en fecha 27 de junio de 2008, en uso delas atribuciones que me confiere el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal, y en relación con lo dispuesto en los artículos 51 delReglamento de Disciplina Urbanística, aprobado por RealDecreto 2187/1976, de 23 de junio, y sin perjuicio de cuantasotras actuaciones resulten pertinentes, resuelvo:
Primero.- Incoar expediente sancionador designandocomo Instructor al Sr. Concejal de Urbanismo y Secretaria ala de la Corporación, haciendo saber a don Emilio GarcíaRodríguez y Promocions Aromaran S.L. que los hechosimputados quedan concretados en el cuerpo de esta resolu-ción, que constituye infracción LEVE prevista en el artículo252.1 de la Ley 16/2005, Urbanística Valenciana, con multadel 2 al 6% del valor de la obra ilegal ejecutada.
Segundo.- De la presunta infracción es responsabledon Emilio García Rodríguez como promotor y PromocionsAromaran S.L. como constructor de la obra.
Tercero.- El órgano competente para la resolución delexpediente es el Alcalde de conformidad con el artículo 10.2del RD 1398/1993 que regula el ejercicio de la potestadsancionadora.
Cuarto.- Los presuntos responsables podrán reconocervoluntariamente su responsabilidad, dando lugar a la termi-nación del procedimiento con la correspondiente resolucióne imposición de la sanción que proceda.
Quinto.- Advertir a los interesados que, de conformidadcon el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y elProcedimiento Administrativo Común, el plazo máximo parala resolución y notificación del presente procedimiento es deseis meses a contar desde la fecha de adopción de lapresente Resolución incoadora.
El vencimiento del referido plazo sin que se haya dicta-do y notificado resolución expresa del procedimiento, deconformidad con el artículo 44 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y el Procedimiento Administrativo Común, determi-nará la caducidad del procedimiento que, por sí sola, nodeterminará la prescripción de las acciones que correspon-den a la Administración.
Sexto.- Contra esta resolución, por tratarse de actos detrámite, no cabe recurso alguno, sin perjuicio de formular las
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 905 1
alegaciones que estimen oportunas en el correspondientetrámite de audiencia de 15 días a que hace mención elartículo 16 del Reglamento para el ejercicio de la PotestadSancionadora, RD 1398/1993, de 4 de agosto. En caso deque no se formulen alegaciones, la iniciación del procedimientopodrá ser considerada como propuesta de resolución.
Vall de Gallinera, 4 de mayo de 2010.El Alcalde, Francesc Miquel Cortell Camps.
*1011675*
DIPUTACIÓN PROVINCIALALICANTE
ANUNCIO
Aprobado por Decreto del Ilmo. señor Presidente núme-ro 585 de fecha veinte de abril de dos mil diez, el proyecto quemás abajo se detalla:
Convenio específico. Anualidad 2010:Beniarrés.
Número: 200. «Realización de un edificio de vestuarios».Importe total: 120.000,00 euros.Presupuesto Global de licitación: 103.448,28 euros.Impuesto sobre el valor añadido: 16.551,72 euros.Se expone al público para alegaciones y reclamacio-
nes, durante el plazo de veinte dias siguientes al de lapublicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformi-dad con lo establecido en el articulo 86, apartados 1 y 2, dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del procedimiento Adminis-trativo Común, en el Área de Oficina de Proyectos, Unidad dePlanes y Obras Municipales, sito en la calle Tucumán,número 8 (3ª planta), y todo ello al objeto de dar cumplimientoa lo dispuesto sobre información pública de los proyectosprovinciales en el artículo 93 del Texto Refundido de lasDisposiciones Legales vigentes en materia de RégimenLocal, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de18 de abril.
Alicante, 26 de abril de 2010.La Secretaria General, Amparo Koninckx Frasquet. El
Presidente, José Joaquín Ripoll Serrano.*1012077*
ANUNCIO
El Pleno Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de abril de 2010, adoptó, entre otros, el acuerdo cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:
«Examinado el expediente relativo a la modificación del Plan Especial de Infraestructuras Dotacionales,Anualidad 2009; de conformidad con el Dictamen de la Comisión de Infraestructuras y Obras Públicas, porunanimidad, se acuerda:
Primero.- Aprobar la modificación del Plan Especial de Infraestructuras, Anualidad 2009, consistente en:a) Sustituir la obra número 3 denominada «Centro Social Casa del Metge» por un presupuesto de 697.102,00 euros, por
la obra denominada «Edificio Municipal Polivalente», por un importe de 697.000,00 euros, ambas en el municipio de Confrides,por lo que el Plan queda de la siguiente manera:
Nº MUNICIPIO NOMBRE OBRA PRESUPUESTO SUBV. DIP APORT. MUN.
1 ALBATERA REFORMA O REURBANIZACIÓN DEL TRAMO CENTRAL DE LA AVDA. PAÍS VALENCIANO Y TRAMO DE LA AVDA. CALVARIO, 883.039,62 573.975,76 309.063,86COMPRENDIDA ENTRE ÉSTA Y LA C/FORTUNA
2 COCENTAINA PROYECTO DE EDIFICIO PARA BIBLIOTECA MUNICIPAL 2.544.558,45 1.653.962,99 890.595,463 CONFRIDES EDIFICIO MUNICIPAL POLIVALENTE 697.000,00 662.150,00 34.850,004 DAYA NUEVA CONSTRUCCIÓN ZONA DEPORTIVA 2.365.212,26 2.246.951,65 118.260,615 PETRER VIAL DE CONEXIÓN ENTRE LA CALLE LA HUERTA Y CAMINO CUATRO VIENTOS, BAJO EL VIADUCTO DE LA AUTOVÍA ALICANTE-MADRID 1.621.777,78 1.054.155,56 567.622,226 DAYA VIEJA ESTRUCTURA MIRADOR DE SUJECIÓN DE PALMERAS EN LA PLAZA DEL LEÓN 552.489,44 524.864,97 27.624,47
TOTALES 8.664.077,55 6.716.060,93 1.948.016,62
b) Modificar la distribución por anualidades de las obras número 3 y número 4 del Plan Especial de Infraestructuras,Anualidad 2009, y ello para una mejor aplicación de los recursos provinciales, minorando la consignación presupuestariade la Anualidad 2010 e incrementado en la misma cantidad la Anualidad 2011, al existir razones de interés público queaconsejan esta nueva distribución en aras a mejorar la aplicación de los recursos provinciales correspondientes a laAnualidad 2010, a la vista de lo establecido en el artículo 54 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, y todo ellos en los términosque a continuación se señalan:
FINANCIACION DE LASANUALIDADES ANUALIDAD 2009 ANUALIDAD 2010 ANUALIDAD 2011Nº MUNICIPIO NOMBRE OBRA SUBV DIP. APORT. MUN. SUBV DIP. APORT. MUN SUBV DIP. APORT. MUN
1 ALBATERA REFORMA O REURBANIZACIÓN DEL TRAMO CENTRAL DE LA AVDA. PAÍS VALENCIANO 57.397,58 124.797,79 516.578,18 184.266,07 0,00 0,00Y TRAMO DE LA AVDA. CALVARIO, COMPRENDIDA ENTRE ÉSTA Y LA C/FORTUNA
2 COCENTAINA PROYECTO DE EDIFICIO PARA BIBLIOTECA MUNICIPAL 165.396,30 359.616,11 1.488.566,69 530.979,35 0,00 0,003 CONFRIDES EDIFICIO MUNICIPAL POLIVALENTE 66.224,69 14.074,24 95.925,31 5.048,70 500.000,00 15.727,064 DAYA NUEVA CONSTRUCCIÓN ZONA DEPORTIVA 224.695,17 47.752,79 22.256,48 1.171,39 2.000.000,00 69.336,435 PETRER VIAL DE CONEXIÓN ENTRE LA CALLE LA HUERTA Y CAMINO CUATRO VIENTOS, 105.415,56 229.201,81 948.740,00 338.420,41 0,00 0,00
BAJO EL VIADUCTO DE LA AUTOVÍA ALICANTE-MADRID6 DAYA VIEJA ESTRUCTURA MIRADOR DE SUJECIÓN DE PALMERAS EN LA PLAZA DEL LEÓN 52.486,50 11.154,56 472.378,47 16.469,91 0,00 0,00
Segundo.- Como consecuencia de estas modificaciones el Plan Especial de Infraestructuras, Anualidad 2009 se minora enla cantidad de 102,00 euros, pasando de 8.664.179,55 euros a 8.664.077,55 euros, de los cuales 96,90 euros corresponden auna minoración de la subvención provincial y el resto por importe de 5,10 euros a la aportación municipal.
La nueva distribución del Plan de referencia por anualidades queda de la siguiente manera:
IMPORTE SUBVENCION APORTACIONNº OBRAS TOTAL PLAN DIPUTACION MUNICIPAL
Tercero.- Suprimir la medida de autorización de gasto que aprobó el Ilmo. señor Presidente mediante Decreto número 857,de fecha 29 de abril de 2009.
Cuarto.- Autorizar un gasto por importe total de 7.178.235,40 euros, de los que 4.593.171,86 euros se imputan a las partidasy por los importes que a continuación se detallan del Presupuesto del ejercicio 2010, comprometiendo la aplicación al ejercicio2011 de la cantidad restante por importe de 2.585.063,49 euros:
IMPORTE SUBVENCION APORTACION PRESUPUESTO 2010 TOTAL DIPUTACION MUNICIPAL
OBRAS DIP. PLANES DE OBRAS: COMPLEMENTARIO Y ESPECIAL, A EJECUTAR PARA AYUNTAMIENTOS PARTIDA 2010 / 24.16909.6500090 534.942,26 348.317,44 186.624,82PARTIDA 2010 / 24.169.65000 825.246,13 634.759,97 190.486,16
OBRAS AYTO. PLANES DE OBRAS: COMPLEMENTARIO Y ESPECIAL, SUBVENCIONES PARTIDA 2010 / 24.16909.7620090 323.298,36 323.298,36 599.972,48PARTIDA 2010 / 24.169.76200 2.909.685,16 2.909.685,16 885.869,67
4.593.171,91 4.216.060,93 377.110,98
IMPORTE SUBVENCION APORTACION PRESUPUESTO 2011 TOTAL DIPUTACION MUNICIPAL
DIP. PARTIDA 24.169.65000 PLANES DE OBRAS: COMPLEMENTARIO Y ESPECIAL, A EJECUTAR PARA AYUNTAMIENTOS 2.585.063,49 2.500.000,00 85.063,49AYUNT. PARTIDA 24.169.76200 PLANES DE OBRAS: COMPLEMENTARIO Y ESPECIAL, SUBVENCIONES 0,00 0,00 0,00
2.585.063,49 2.500.000,00 85.063,49
Quinto.- Someter la modificación del Plan Especial de Infraestructuras, Anualidad 2009, a información pública por plazo dediez días, conforme a lo establecido en el artículo 32.3 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se apruebael Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Sexto.- Considerar definitivamente aprobada la modificación del Plan Especial de Infraestructuras, Anualidad 2009, una veztranscurrido el periodo de información pública, sin que se haya producido reclamación a la misma.
Séptimo.- Comunicar la presente Resolución a los Ayuntamientos interesados.»Lo que se expone al público para reclamaciones y alegaciones, por plazo de diez días, en el Área de la Oficina de Proyectos,
Unidad de Planes y Obras Municipales, sito en la calle Tucumán número 8 (3ª planta) de Alicante, de conformidad con loestablecido en el artículo 32.3, del Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local,aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
Alicante, 19 de abril de 2010.El Presidente, José Joaquín Ripoll Serrano. La Secretaria General, Amparo Koninckx Frasquet.
*1012078*
ANUNCIO
Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporaciónen la sesión celebrada el día de hoy, el expediente deModificación de Créditos número 3/2010 del Presupuestovigente de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, y alobjeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo177.2, en relación con el 169.1, ambos del R.D.L. 2/2004, de5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, queda expuesto alpúblico en el Departamento de Intervención de la Excma.Diputación Provincial de Alicante, sito en la calle Tucumánnúmero 8 de esta ciudad de Alicante, el citado expediente porplazo de quince días hábiles, contados a partir del díasiguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provin-cia, durante los cuales, los interesados a que se refiere elapartado 1 del artículo 170 del citado texto legal y por losmotivos enumerados en el apartado 2 del referido artículo170, podrán examinarlo y presentar cuantas reclamacionesprocedan ante el Pleno. En el supuesto de no presentarsereclamaciones, el expediente se considerará definitivamenteaprobado.
Se tendrá en cuenta que, la presentación de cualquierescrito, deberá efectuarse en el Registro General de laExcma. Diputación Provincial en horario de oficina de lunesa viernes y si el último día del plazo fuese sábado o festivo,se trasladará al siguiente día hábil; todo ello sin perjuicio deque el interesado pueda utilizar cualquiera de los mediosseñalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que se publica para general conocimiento.Alicante, 13 de mayo de 2010.El Oficial Mayor, P.D., José Vicente Catalá Martí.
*1012360*
ANUNCIO
Aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporaciónen la sesión celebrada el día de hoy, el expediente deModificación de Créditos número 6/2010 del Presupuestovigente del Organismo Autónomo «Patronato Provincial deTurismo» dependiente de esta Excma. Diputación Provincialde Alicante, y al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto enel artículo 177.2, en relación con el 169.1, ambos del R.D.L.2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,queda expuesto al público en el Departamento de Interven-ción de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, sito enla calle Tucumán número 8 de esta ciudad de Alicante, elcitado expediente por plazo de quince días hábiles, contadosa partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficialde la Provincia, durante los cuales los interesados a que serefiere el apartado 1 del artículo 170 del citado texto legal ypor los motivos enumerados en el apartado 2 del referidoartículo 170, podrán examinarlo y presentar cuantas recla-maciones procedan ante el Pleno. En el supuesto de nopresentarse reclamaciones, el expediente se considerarádefinitivamente aprobado.
Se tendrá en cuenta que, la presentación de cualquierescrito, deberá efectuarse en el Registro General de laExcma. Diputación Provincial en horario de oficina de lunesa viernes y si el último día del plazo fuese sábado o festivo,se trasladará al siguiente día hábil; todo ello sin perjuicio deque el interesado pueda utilizar cualquiera de los mediosseñalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que se publica para general conocimiento.Alicante, 13 de mayo de 2010.El Oficial Mayor, P.D., José Vicente Catalá Martí.
*1012361*
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 905 3
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNOALICANTE
EDICTO
Yolanda Mencia Presa, Secretaria Judicial de refuerzodel Juzgado de lo Social Número Uno de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosdespidos 457/2010 a instancias de Ángeles Suárez Requenacontra Fogasa y Opera Shoes S.L. en el que, por medio delpresente se cita a Opera Shoes S.L., quien se halla enignorado paradero y cuyo último domicilio conocido es calleCura Abad, número 38 -03600 Elda- para que comparezcaante este Juzgado de lo Social, sito en calle Pardo Gimeno,43 2º al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso,juicio, el día 2 de julio de 2010 a las 10.20 horas, conadvertencia de que el juicio no se suspenderá por laincomparecencia injustificada de las partes.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Yolanda Mencia Presa, Secretaria de refuerzo del Juz-gado de lo Social Número Uno de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosnúmero 101/2010 a instancias de Rosario Payá Cantó contraMevatech Levante S.L. y Fogasa en la que el día 18-02-2010se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:
Parte dispositivaSe tiene al demandante por desistido de la demanda a
que se refiere el hecho primero de esta resolución; archíveselo actuado.
Notifíquese la presente resolución a las partes, con laadvertencia de que contra la misma cabe interponer anteeste mismo Juzgado recurso de Reposición en el plazo de 5días desde su notificación, debiendo consignar la cantidadde 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzga-do en cualquier sucursal de Banesto, con especificación enel mandamiento de ingreso (Cuenta Juzgado número 0111-Concepto: Recurso, Tipo: reposición/Social, código 30- nú-mero del expediente: 0101-10) o por transferencia Bancaria(indicándose después de los 16 dígitos el código y tipo derecurso) al tiempo de interponerlo, únicamente por quienesno tengan la condición de trabajador o beneficiario de laSeguridad Social, con la advertencia de que no se admitiráningún recurso cuyo depósito no esté constituido (LO 1/2009de 3 de noviembre).
Así lo acuerda, manda y firma doña Vicenta ZaragozaTeuler, Magistrada-Juez de refuerzo del Juzgado de lo SocialNúmero Uno de Alicante. Doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación a MevatechLevante S.L. que se encuentra en ignorado paradero, asícomo para su inserción en el tablón de anuncios y publica-ción en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria. Rubricado.
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EDICTO
Yolanda Mencia Presa, Secretaria Judicial de refuerzodel Juzgado de lo Social Número Uno de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosdespidos 462/2010 a instancias de Joaquín Blanco Muñozcontra Logisland S.A. y Fogasa en el que, por medio del
presente se cita a Logisland S.A., quien se halla en ignoradoparadero y cuyo último domicilio conocido es P.I. las Atala-yas avenida del Euro 9, 03114 Alicante para que comparezcaante este Juzgado de lo Social, sito en calle Pardo Gimeno,43 2º al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso,juicio, el día 2 de julio de 2010 a las 10.30 horas, conadvertencia de que el juicio no se suspenderá por laincomparecencia injustificada de las partes.
Alicante, 5 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Yolanda Mencia Presa, Secretaria Judicial de refuerzodel Juzgado de lo Social Número Uno de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosdespidos 454/2010 a instancias de Estela Pérez Lara contraFogasa y Panificadora Celepan S.L. en el que, por medio delpresente se cita a Panificadora Celepan S.L., quien se hallaen ignorado paradero y cuyo último domicilio conocido esavinguda d’Elc número 27, 03801 Alcoy para que comparez-ca ante este Juzgado de lo Social, sito en calle PardoGimeno, 43 2º al objeto de celebrar acto de conciliación y, ensu caso, juicio, el día 2 de julio de 2010 a las 10.10 horas, conadvertencia de que el juicio no se suspenderá por laincomparecencia injustificada de las partes.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
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EDICTO
José Agustín Rife Fernández Ramos, Secretario Judi-cial del Juzgado de lo Social Número Uno de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosprocedimiento social ordinario 167/2010 a instancias deAntonio Pajares Leiva contra Levantina de ConstrucciónSociedad Limitada y Fondo de Garantía Salarial en el que,por medio del presente se cita a Levantina de ConstrucciónSociedad Limitada, quien se halla en ignorado paradero ycuyo último domicilio conocido es avenida Cataluña, número16 edif. Baobab 7ª -03540 Playa de San Juan- para quecomparezca ante este Juzgado de lo Social, sito en callePardo Gimeno, 43 2º al objeto de celebrar acto de concilia-ción y, en su caso, juicio, el día 30 de marzo de 2011 a las11.10 horas, con advertencia de que el juicio no se suspen-derá por la incomparecencia injustificada de las partes.
Alicante, 30 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
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EDICTO
José Agustín Rife Fernández Ramos, Secretario delJuzgado de lo Social Número Uno de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosnúmero 577/2009 a instancias de la Fundación Laboral de laConstrucción contra Procomal Denia S.L. y Fogasa en la queel día 17-02-2010 se ha dictado resolución cuya partedispositiva dice:
Parte dispositivaSe tiene al demandante por desistido de la demanda a
que se refiere el hecho primero de esta resolución; archíveselo actuado.
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Notifíquese la presente resolución a las partes, con laadvertencia de que contra la misma cabe interponer anteeste mismo Juzgado recurso de Reposición en el plazo de 5días desde su notificación, debiendo consignar la cantidadde 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzga-do en cualquier sucursal de Banesto, con especificación enel mandamiento de ingreso (Cuenta Juzgado número 0111-Concepto: Recurso, Tipo: reposición /Social, código 30-número de expediente: 0577-09) o por transferencia Banca-ria (indicándose después de los 16 dígitos el código y tipo derecurso) al tiempo de interponerlo, únicamente por quienesno tengan la condición de trabajador o beneficiario de laSeguridad Social, con la advertencia de que no se admitiráningún recurso cuyo depósito no esté constituido (LO 1/2009de 3 de noviembre).
Así lo acuerda, manda y firma don Salvador Díaz Molinadel Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante. Doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación a ProcomalDenia S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así comopara su inserción en el tablón de anuncios y publicación enel Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente.
Alicante, 26 de abril de 2010.El Secretario. Rubricado.
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EDICTO
Don José Agustín Rife Fernández-Ramos, Secretariodel Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante.
Hace saber: que en la ejecución que se tramita ante esteJuzgado bajo el número 2/2010 por cantidades instado porMiguel Cortes Blasco, contra Fieltros de Lana S.L., se hadictado auto de fecha 28 de abril de 2010 cuya parte dispositivaes del siguiente tenor literal:
Parte dispositiva: Se declara insolvente provisional alejecutado Fieltros de Lana S.L. por un principal de 10558,74€ sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieranhacerse efectivas en sus bienes, las cantidades que porprincipal y costas está obligado a satisfacer.
Notifíquese la presente resolución a las partes, con laadvertencia de que contra la misma cabe interponer anteeste mismo Juzgado recurso de Reposición en el plazo de 5días desde su notificación, debiendo consignar la cantidadde 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzga-do en cualquier sucursal de Banesto, con especificación enel mandamiento de ingreso (Cuenta Juzgado número 0111-Concepto: Recurso, Tipo: reposición/Social, código 30- nú-mero de expediente: 2/2010) o por transferencia bancaria(indicándose después de los 16 dígitos el código y tipo derecurso) al tiempo de interponerlo, únicamente por quienesno tengan la condición de trabajador o beneficiario de laSeguridad Social, con la advertencia de que no se admitiráningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 de 3 de noviembre). Y una vez firme la misma, archívenselas actuaciones sin mas trámite.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo señor don Salva-dor Díaz Molina, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Uno de Alicante. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a Fieltros deLana S.L., cuyo paradero actual se desconoce y el últimoconocido fue en camino Camí del Talecons, 1, 03804 Alcoyexpido el presente.
Alicante, 28 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Don José Agustín Rife Fernández-Ramos, Secretariodel Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante.
Hace saber: que en la ejecución que se tramita ante esteJuzgado bajo el número 18/2010 por cantidades instado porJuan Carlos Bartual Méndez, contra Ibi Fútbol Sala, se hadictado auto de fecha 28 de abril de 2010 cuya parte dispositivaes del siguiente tenor literal:
Parte dispositiva: Se declara insolvente provisional alejecutado Ibi Fútbol Sala por un principal de 7260 € sinperjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerseefectivas en sus bienes, las cantidades que por principal ycostas está obligado a satisfacer.
Notifíquese la presente resolución a las partes, con laadvertencia de que contra la misma cabe interponer anteeste mismo Juzgado recurso de Reposición en el plazo de 5días desde su notificación, debiendo consignar la cantidadde 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzga-do en cualquier sucursal de Banesto, con especificación enel mandamiento de ingreso (Cuenta Juzgado número 0111-Concepto: Recurso, Tipo: reposición/Social, código 30- nú-mero de expediente: 18/2010) o por transferencia bancaria(indicándose después de los 16 dígitos el código y tipo derecurso) al tiempo de interponerlo, únicamente por quienesno tengan la condición de trabajador o beneficiario de laSeguridad Social, con la advertencia de que no se admitiráningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 de 3 de noviembre). Y una vez firme la misma, archívenselas actuaciones sin mas trámite.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo señor don Salva-dor Díaz Molina, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Uno de Alicante. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a Ibi FútbolSala, cuyo paradero actual se desconoce y el último conoci-do fue en calle Jaén sin número Polideportivo MunicipalDerramador, Ibi expido el presente.
Alicante, 28 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Don José Agustín Rife Fernández-Ramos, Secretariodel Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante.
Hace saber: que en la ejecución que se tramita ante esteJuzgado bajo el número 76/2010 por cantidades instado porRafael García Ruiz, contra Cronwell Investiment S.L., se hadictado auto de fecha 27 de abril de 2010 cuya parte dispositivaes del siguiente tenor literal:
Parte dispositiva: Se declara insolvente provisional alejecutado Cronwell Investiment S.L. por un principal de 1753€ sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieranhacerse efectivas en sus bienes, las cantidades que porprincipal y costas está obligado a satisfacer.
Notifíquese la presente resolución a las partes, con laadvertencia de que contra la misma cabe interponer anteeste mismo Juzgado recurso de Reposición en el plazo de 5días desde su notificación, debiendo consignar la cantidadde 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzga-do en cualquier sucursal de Banesto, con especificación enel mandamiento de ingreso (Cuenta Juzgado número 0111-Concepto: Recurso, Tipo: reposición/Social, código 30- nú-mero de expediente: 76/2010) o por transferencia bancaria(indicándose después de los 16 dígitos el código y tipo derecurso) al tiempo de interponerlo, únicamente por quienesno tengan la condición de trabajador o beneficiario de laSeguridad Social, con la advertencia de que no se admitiráningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 de 3 de noviembre). Y una vez firme la misma, archívenselas actuaciones sin mas trámite.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo señor don Salva-dor Díaz Molina, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Uno de Alicante. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a CronwellInvestiment S.L., cuyo paradero actual se desconoce y el
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último conocido fue en avenida Eucaliptos- UrbanizaciónHaygon 27- partida Valverde local,11-93, 03130 San Vicentedel Raspeig expido el presente.
Alicante, 27 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Don José Agustín Rife Fernández-Ramos, Secretariodel Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante.
Hace saber: que en la ejecución que se tramita ante esteJuzgado bajo el número 78/2010 por despidos instado porMaría Josefa Castaño Pérez, contra Fogasa y Rivas ShoesS.L., se ha dictado auto de fecha 27 de abril de 2010 cuyaparte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Parte dispositiva: Se declara insolvente provisional alejecutado Rivas Shoes S.L. por un principal de 16190,14 €sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieranhacerse efectivas en sus bienes, las cantidades que porprincipal y costas está obligado a satisfacer.
Notifíquese la presente resolución a las partes, con laadvertencia de que contra la misma cabe interponer anteeste mismo Juzgado recurso de Reposición en el plazo de 5días desde su notificación, debiendo consignar la cantidadde 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzga-do en cualquier sucursal de Banesto, con especificación enel mandamiento de ingreso (Cuenta Juzgado número 0111-Concepto: Recurso, Tipo: reposición/Social, código 30- nú-mero de expediente: 78/2010) o por transferencia bancaria(indicándose después de los 16 dígitos el código y tipo derecurso) al tiempo de interponerlo, únicamente por quienesno tengan la condición de trabajador o beneficiario de laSeguridad Social, con la advertencia de que no se admitiráningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 de 3 de noviembre). Y una vez firme la misma, archívenselas actuaciones sin mas trámite.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo señor don Salva-dor Díaz Molina, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Uno de Alicante. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a Rivas ShoesS.L., cuyo paradero actual se desconoce y el último conocidofue en calle Maestro Albéniz, 14, 03610 Petrer expido elpresente.
Alicante, 27 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Don José Agustín Rife Fernández-Ramos, Secretariodel Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante.
Hace saber: que en la ejecución que se tramita ante esteJuzgado bajo el número 108/2010 por cantidades instado porMarta Rebora, contra Arte Restauración y Conservación2000 S.L. y Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado auto defecha 22-4-10 cuya parte dispositiva es del siguiente tenorliteral:
Parte dispositiva: procédase a la ejecución y se decreta,sin previo requerimiento, el embargo de bienes de la parteejecutada Arte Restauración y Conservación 2000 S.L. sufi-cientes para cubrir la cantidad de 4228,55 € en concepto deprincipal, más la de 676,56 € que sin perjuicio, se fijanprovisionalmente en concepto de intereses por demora ycostas con inclusión, si procediera de minuta de honorarios.Sirviendo la presente resolución de mandamiento en formapara la comisión judicial que haya de practicar el embargo,así como para solicitar el auxilio de la Fuerza Pública, sipreciso fuere, guardándose en la traba el orden y limitacio-nes establecidos en la L.E.C. Sin perjuicio de todo ello,remítase oficios al Registro de la Propiedad y Ayuntamiento
del domicilio apremiado, a fin de que faciliten la relación debienes o derechos del mismo de que tengan constancia.Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndoles quecontra la misma no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. don Salvador DíazMolina Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social NúmeroUno de Alicante. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a Arte Restau-ración y Conservación 2000 S.L., cuyo paradero actual sedesconoce y el último conocido fue en Travesía Artes Gráfi-cas nave, 4, 03008 Alicante, expido el presente.
Alicante, 22 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Don José Agustín Rife Fernández-Ramos, Secretariodel Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante.
Hace saber: que en la ejecución que se tramita ante esteJuzgado bajo el número 110/2010 por despidos instado porJoaquín López Fernández, Pilar Puentes Quiles, Emilia RealPeña, Miguel Serrano Martínez y M José Soro Moreno, contraCreaciones Candor S.L. y Fogasa, se ha dictado auto defecha 22-4-10 cuya parte dispositiva es del siguiente tenorliteral:
Parte dispositiva: procédase a la ejecución y se decreta,sin previo requerimiento, el embargo de bienes de la parteejecutada Creaciones Candor S.L. suficientes para cubrir lacantidad de 48951,67 € en concepto de principal, más la de7832,26 € que sin perjuicio, se fijan provisionalmente enconcepto de intereses por demora y costas con inclusión, siprocediera de minuta de honorarios. Sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la comisión judi-cial que haya de practicar el embargo, así como para solicitarel auxilio de la Fuerza Pública, si preciso fuere, guardándoseen la traba el orden y limitaciones establecidos en la L.E.C.Sin perjuicio de todo ello, remítase oficios al Registro de laPropiedad y Ayuntamiento del domicilio apremiado, a fin deque faciliten la relación de bienes o derechos del mismo deque tengan constancia. Notifíquese esta resolución a laspartes advirtiéndoles que contra la misma no cabe recursoalguno.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. don Salvador DíazMolina Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social NúmeroUno de Alicante. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a CreacionesCandor S.L., cuyo paradero actual se desconoce y el últimoconocido fue en calle Carrasqueta, 20, 03610 Petrer, expidoel presente.
Alicante, 22 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Don José Agustín Rife Fernández-Ramos, Secretariodel Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante.
Hace saber: que en la ejecución que se tramita ante esteJuzgado bajo el número 140/2010 por despidos instado porJulio Luis Esteve Gadea, Rosa María Linares Vidal, JoséPalazón Sánchez, Rosario Pérez Campillo y Rosa MaríaPérez López, contra Zapatos Lorena S.L.U. y Fogasa, se hadictado auto de fecha 23-4-10 cuya parte dispositiva es delsiguiente tenor literal:
Parte dispositiva: procédase a la ejecución y se decreta,sin previo requerimiento, el embargo de bienes de la parteejecutada Zapatos Lorena S.L.U. suficientes para cubrir lacantidad de 24250,22 € en concepto de principal, más la de3880,04 € que sin perjuicio, se fijan provisionalmente enconcepto de intereses por demora y costas con inclusión, si
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procediera de minuta de honorarios. Sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la comisión judi-cial que haya de practicar el embargo, así como para solicitarel auxilio de la Fuerza Pública, si preciso fuere, guardándoseen la traba el orden y limitaciones establecidos en la L.E.C.Sin perjuicio de todo ello, remítase oficios al Registro de laPropiedad y Ayuntamiento del domicilio apremiado, a fin deque faciliten la relación de bienes o derechos del mismo deque tengan constancia. Notifíquese esta resolución a laspartes advirtiéndoles que contra la misma no cabe recursoalguno.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. don Salvador DíazMolina Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social NúmeroUno de Alicante. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a ZapatosLorena S.L.U., cuyo paradero actual se desconoce y el últimoconocido fue en calle Historiador Bernardo Herrero sin nú-mero, 03630 Sax, expido el presente.
Alicante, 23 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Don José Agustín Rife Fernández-Ramos, Secretariodel Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante.
Hace saber: que en la ejecución que se tramita ante esteJuzgado bajo el número 142/2010 por cantidades instado porInmaculada del Toro Tormo, contra Ali Oil S.A. y Fogasa, seha dictado auto de fecha 23-4-10 cuya parte dispositiva esdel siguiente tenor literal:
Parte dispositiva: procédase a la ejecución y se decreta,sin previo requerimiento, el embargo de bienes de la parteejecutada Ali Oil S.A. suficientes para cubrir la cantidad de4135,66 € en concepto de principal, más la de 661,7 € quesin perjuicio, se fijan provisionalmente en concepto de inte-reses por demora y costas con inclusión, si procediera deminuta de honorarios. Sirviendo la presente resolución demandamiento en forma para la comisión judicial que haya depracticar el embargo, así como para solicitar el auxilio de laFuerza Pública, si preciso fuere, guardándose en la traba elorden y limitaciones establecidos en la L.E.C. Sin perjuicio detodo ello, remítase oficios al Registro de la Propiedad yAyuntamiento del domicilio apremiado, a fin de que facilitenla relación de bienes o derechos del mismo de que tenganconstancia. Notifíquese esta resolución a las partes advir-tiéndoles que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. don Salvador DíazMolina Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social NúmeroUno de Alicante. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a Ali Oil S.A.,cuyo paradero actual se desconoce y el último conocido fueen carretera de Madrid Km 407, aptdo. 3017, Alicante, expidoel presente.
Alicante, 23 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Yolanda Mencia Presa, Secretaria Judicial de refuerzodel Juzgado de lo Social Número Uno de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosdespidos 467/2010 a instancias de Boubker Tachbouti con-tra Luxender S.L., Urbanización Serelles S.L., DesarrollosEmpresariales Alnofrey S.L., Olivares de Vilaplana S.L.,Ibersur Desarrollo Urbanístico S.L., Aquabrellum S.L.,Urbanova Estudio S.L., Abraham Garcia Gascon, Jose LuisRamos Fortea, Desiderio Soler Lucas y Fogasa en el que, pormedio del presente se cita a Luxender S.L., UrbanizaciónSerelles S.L., Desarrollos Empresariales Alnofrey S.L.,
Olivares de Vilaplana S.L., Ibersur Desarrollo UrbanísticoS.L. y Aquabrellum S.L., quien se halla en ignorado paraderoy cuyo último domicilio conocido es calle Gonzalo Barrachina,número 5 -03801 Alcoy-, avenida Juan Gil Albert, número 1,edificio Alcoy Plaza -03804 Alcoy y calle Alcoy, número 22 -03820 Cocentaina- respectivamente para que comparezcaante este Juzgado de lo Social, sito en calle Pardo Gimeno,43 2º al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso,juicio, el día 2 de julio de 2010 a las 10.40 horas, conadvertencia de que el juicio no se suspenderá por laincomparecencia injustificada de las partes.
Alicante, 6 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Procedimiento número 37/2010.José Agustín Rife Fernández Ramos, Secretario del
Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante.Por medio del presente edicto hace saber:Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado
de lo Social con el número 37/2010 por despidos instado porLuz Divina Santamaría Navarro y Francisca Gallardo Orientefrente a Irone Shoes S.L.U. y Fondo de Garantía Salarial seha dictado sentencia de fecha 16/04/10, cuya parte dispositivaes del tenor literal siguiente: «Fallo: que, estimando comoestimo la demanda origen de las presentes actuacionespromovida por doña Luz Divina Santamaría Navarro, y doñaFrancisca Gallardo Oriente contra la empresa Irone Shoes,S.L.U., y el Fondo de Garantía Salarial, en materia dedespido, debo declarar y declaro nulo el despido de cada unade las nombradas actoras, con fecha de 27 de noviembre de2009, y, asimismo, declaro extinguida la relación de cadademandante con la empresa demandada en la fecha del díade hoy, condenando, por ende, a la referida empresa a estary pasar por esta declaración, y a que abone:
- A doña Luz Divina Santamaría Navarro: indemniza-ción: 4.453,32 euros, así como los salarios de tramitacióndevengados desde la fecha del despido (27 de noviembre de2.009) hasta la notificación de esta sentencia, a razón delsalario diario probado (43,66 euros/día), sin perjuicio de quesi en fase de ejecución de sentencia se acreditase una nuevaprestación de servicios y/o el percibo de una prestación cuyolucro sea incompatible con el percibo de tales salarios detramitación la cifra a abonar en concepto de dichos salariosde tramitación fuese la menor resultante atendiendo a talnueva prestación de servicios y/o percibo de la referidaprestación.
-Y a doña Francisca Gallardo Oriente: indemnización:4.104,04 euros, así como los salarios de tramitacióndevengados desde la fecha del despido (27 de noviembre de2.009) hasta la notificación de esta sentencia, a razón delsalario diario probado (43,66 euros/día), sin perjuicio de quesi en fase de ejecución de sentencia se acreditase una nuevaprestación de servicios y/o el percibo de una prestación cuyolucro sea incompatible con el percibo de tales salarios detramitación la cifra a abonar en concepto de dichos salariosde tramitación fuese la menor resultante atendiendo a talnueva prestación de servicios y/o percibo de la referidaprestación.
Finalmente, absuelvo al Fondo de Garantía Salarial,sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que puedaalcanzarle.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndolesque el Recurso procedente contra la misma es el desuplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de Valencia, anunciándolo en este Juzgado de loSocial, en el término de cinco días hábiles a partir delsiguiente de notificación de la resolución, debiendo acreditarel recurrente, excepto el trabajador o el que goce de beneficiode justicia gratuita, haber ingresado la cantidad objeto decondena en la cuenta corriente número 0111 clave 65 (pu-
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diendo sustituirse la consignación en metálico por el asegu-ramiento mediante aval bancario), con indicación del númerode procedimiento, la cantidad objeto de condena, y haberconsignado, como depósito en efectivo la suma de 150.25euros (25.000 pts.). En la cuenta corriente número 0111clave 67, ambas en el Banco Banesto sucursal sita en la calleFoglieti 24 de Alicante. Así por esta mi sentencia lo pronun-cio, mando y firmo el Ilma. señora doña Yolanda MenciaPresa, Magistrada-Juez de refuerzo del Juzgado de lo SocialNúmero Uno de Alicante. Firmado y Rubricado. Es copia. LaSecretaria.
Y para que sirva de notificación a la empresa IroneShoes S.L.U. cuyo paradero actual se desconoce y el últimoconocido lo fue en calle Colombia número 6 Petrer expido elpresente.
Alicante, 28 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Procedimiento número 107/2010.José Agustín Rife Fernández Ramos, Secretario del
Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante.Por medio del presente edicto hace saber:Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado
de lo Social con el número 107/2010 por despidos instado porRafael Rondan Iglesias y Antonio Martínez Sánchez frente aFogasa y Aldebarán Shoes S.L. se ha dictado sentencia defecha 28/04/10, cuya parte dispositiva es del tenor literalsiguiente: «Fallo: que, estimando como estimo la demandaorigen de las presentes actuaciones promovida por donRafael Rondan Iglesias, y don Antonio Martínez Sánchezcontra la mercantil Aldebarán Shoes, S.L., en materia dedespido, debo declarar y declaro nulo el despido de losnombrados demandantes, ambos con fecha de 18 de diciem-bre de 2009, y, asimismo, declaro extinguida la relación decada demandante con la empresa demandada en la fechadel día de hoy, condenando, por ende, a la referida empresaa estar y pasar por esta declaración, y a que abone:
A don Rafael Rondan Iglesias: 834,9 euros, en conceptode indemnización por despido, así como el importe de6.185,85 euros, en concepto de los salarios de tramitación.
Y a don Antonio Martínez Sánchez: 1.138,5 euros, enconcepto de indemnización por despido, así como el importe de6.185,85 euros, en concepto de los salarios de tramitación.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndolesque el Recurso procedente contra la misma es el desuplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de Valencia, anunciándolo en este Juzgado de loSocial, en el término de cinco días hábiles a partir delsiguiente de notificación de la resolución, debiendo acreditarel recurrente, excepto el trabajador o el que goce de beneficiode justicia gratuita, haber ingresado la cantidad objeto decondena en la cuenta corriente número 0111 clave 65 (pu-diendo sustituirse la consignación en metálico por el asegu-ramiento mediante aval bancario), con indicación del númerode procedimiento, la cantidad objeto de condena, y haberconsignado, como depósito en efectivo la suma de 150.25euros (25.000 pts.). En la cuenta corriente número 0111clave 67, ambas en el Banco Banesto sucursal sita en la calleFoglieti 24 de Alicante. Así por esta mi sentencia lo pronun-cio, mando y firmo la Ilma. señora doña Vicenta ZaragozaTeuler, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social NúmeroUno de Alicante. Firmado y Rubricado. Es copia. La Secre-taria.
Y para que sirva de notificación a la empresa AldebaranShoes S.L cuyo paradero actual se desconoce y el últimoconocido lo fue en calle Maximiliano García Soriano número31 CP 03600 Elda expido el presente.
Alicante, 3 de mayo de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011923*
EDICTO
Procedimiento número 108/2010.José Agustín Rife Fernández Ramos, Secretario del
Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante.Por medio del presente edicto hace saber:Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado
de lo Social con el número 108/2010 por despidos instado porAntonio Megias Ruano frente a Fogasa y Aldebarán ShoesS.L. se ha dictado sentencia de fecha 28/04/10, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente: «Fallo: que, estiman-do como estimo la demanda origen de las presentes actua-ciones promovida por don Antonio Megías Ruano contra lamercantil Aldebarán Shoes, S.L., en materia de despido,debo declarar y declaro nulo el despido del nombrado de-mandante, con fecha de 18 de diciembre de 2009, y, asimis-mo, declaro extinguida la relación del demandante con laempresa demandada en la fecha del día de hoy, condenan-do, por ende, a la referida empresa a estar y pasar por estadeclaración, y a que abone al citado demandante 919,1euros, en concepto de indemnización por despido, así comoel importe de 1.873,55 euros, en concepto de los salarios detramitación devengados desde la fecha del despido (18 dediciembre de 2.009) hasta la nueva prestación de servicios,es decir, hasta el 8 de febrero de 2010, inclusive.
Finalmente, absuelvo al Fondo de Garantía Salarial,sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que puedaalcanzarle.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndolesque el Recurso procedente contra la misma es el desuplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de Valencia, anunciándolo en este Juzgado de loSocial, en el término de cinco días hábiles a partir delsiguiente de notificación de la resolución, debiendo acreditarel recurrente, excepto el trabajador o el que goce de beneficiode justicia gratuita, haber ingresado la cantidad objeto decondena en la cuenta corriente número 0111 clave 65 (pu-diendo sustituirse la consignación en metálico por el asegu-ramiento mediante aval bancario), con indicación del númerode procedimiento, la cantidad objeto de condena, y haberconsignado, como depósito en efectivo la suma de 150.25euros (25.000 pts.). En la cuenta corriente número 0111clave 67, ambas en el Banco Banesto sucursal sita en la calleFoglieti 24 de Alicante. Así por esta mi sentencia lo pronun-cio, mando y firmo la Ilma. señora doña Vicenta ZaragozaTeuler, Jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social Núme-ro Uno de Alicante. Firmado y Rubricado. Es copia. LaSecretaria.
Y para que sirva de notificación a la empresa AldebaránShoes S.L. cuyo paradero actual se desconoce y el últimoconocido lo fue en calle Maximiliano García Soriano número31 CP 03600 Elda, expido el presente.
Alicante, 3 de mayo de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011925*
EDICTO
Procedimiento número 62/2010.Doña Yolanda Mencia Presa, Secretaria de refuerzo del
Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante.Por medio del presente edicto hace saber:Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado
de lo Social con el número 62/2010 por despidos instado porAntonio Fernando Contreras Mínguez frente a Yerla ShoesS.L.U. y Fondo de Garantía Salarial se ha dictado sentenciade fecha 30/04/10, cuya parte dispositiva es del tenor literalsiguiente: «Fallo: que, estimando como estimo la demandaorigen de las presentes actuaciones promovida por donAntonio Fernando Contreras Mínguez contra la mercantilYerla Shoes, S.L., en materia de despido, debo declarar ydeclaro nulo el despido del nombrado demandante, confecha de 11 de diciembre de 2009, y, asimismo, declaro
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extinguida la relación del demandante con la empresa de-mandada en la fecha del día de hoy, condenando, por ende,a la referida empresa a estar y pasar por esta declaración, ya que abone a tal actor 1.260,7 euros, en concepto deindemnización por despido, así como el importe de 7.167,98.euros, en concepto de los salarios de tramitación.
Finalmente, absuelvo al Fondo de Garantía Salarial,sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que puedaalcanzarle.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndolesque el Recurso procedente contra la misma es el desuplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de Valencia, anunciándolo en este Juzgado de loSocial, en el término de cinco días hábiles a partir delsiguiente de notificación de la resolución, debiendo acreditarel recurrente, excepto el trabajador o el que goce de beneficiode justicia gratuita, haber ingresado la cantidad objeto decondena en la cuenta corriente número 0111 clave 65 (pu-diendo sustituirse la consignación en metálico por el asegu-ramiento mediante aval bancario), con indicación del númerode procedimiento, la cantidad objeto de condena, y haberconsignado, como depósito en efectivo la suma de 150.25euros (25.000 pts.). En la cuenta corriente número 0111clave 67, ambas en el Banco Banesto sucursal sita en la calleFoglieti 24 de Alicante. Así por esta mi sentencia lo pronun-cio, mando y firmo la Ilma. señora doña Vicenta ZaragozaTeuler, Jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social NúmeroUno de Alicante. Firmado y Rubricado. Es copia. La Secre-taria.
Y para que sirva de notificación a la empresa YerlaShoes S.L.U. cuyo paradero actual se desconoce y el últimoconocido lo fue en calle Colombia número 6 bajo C.P. 03610Petrer expido el presente.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011927*
EDICTO
Procedimiento número 111/2010.Yolanda Mencia Presa, Secretaria del Juzgado de lo
Social Número Uno de Alicante.Por medio del presente edicto hace saber:Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado
de lo Social con el número 111/2010 por despidos instado porMaría Aurora Matarredona Carbonell frente a Fogasa yAlpama Shoes S.L. se ha dictado sentencia de fecha 30/04/10, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:«Fallo: que, estimando como estimo la demanda origen delas presentes actuaciones promovida por doña María AuroraMatarredona Carbonell contra la empresa Alpama Shoes,S.L.U., y el Fondo de Garantía Salarial, en materia dedespido, debo declarar y declaro nulo el despido de lanombrada actora, con fecha de 31 de diciembre de 2.009, y,asimismo, declaro extinguida la relación de la demandantecon la empresa demandada en la fecha del día de hoy,condenando, por ende, a la referida empresa a estar y pasarpor esta declaración, y a que abone a la demandante 4.754,88euros, en concepto de indemnización por despido, así como8.275,32 euros en concepto de salarios de tramitación.
Finalmente, absuelvo al Fondo de Garantía Salarial,sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que puedaalcanzarle.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndolesque el Recurso procedente contra la misma es el desuplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de Valencia, anunciándolo en este Juzgado de loSocial, en el término de cinco días hábiles a partir delsiguiente de notificación de la resolución, debiendo acreditarel recurrente, excepto el trabajador o el que goce de beneficiode justicia gratuita, haber ingresado la cantidad objeto decondena en la cuenta corriente número 0111 clave 65 (pu-diendo sustituirse la consignación en metálico por el asegu-
ramiento mediante aval bancario), con indicación del númerode procedimiento, la cantidad objeto de condena, y haberconsignado, como depósito en efectivo la suma de 150.25euros (25.000 pts.). En la cuenta corriente número 0111clave 67, ambas en el Banco Banesto sucursal sita en la calleFoglieti 24 de Alicante. Así por esta mi sentencia lo pronun-cio, mando y firmo la Ilma. señora doña Vicenta ZaragozaTeuler, Jueza de refuerzo, del Juzgado de lo Social Núme-ro Uno de Alicante. Firmado y Rubricado. Es copia. LaSecretaria.
Y para que sirva de notificación a la empresa AlgamaShoes S.L cuyo paradero actual se desconoce y el últimoconocido lo fue en calle Alemania número 115-3 PI CampoAlto C.P. 03600 Elda y a su administrador Antonio BeltranAmat expido el presente.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011930*
EDICTO
Procedimiento número 1041/2009.José Agustín Rife Fernández Ramos, Secretario del
Juzgado de lo Social Número Uno de Alicante.Por medio del presente edicto hace saber:Que en el procedimiento que se sigue en este Juzgado
de lo Social con el número 1041/2009 por despidos instadopor Sergio Máñez Martínez y Josefa Prieto Angosto frente aCalzados Criselda S.L. y Fogasa se ha dictado sentencia defecha 28/04/10, cuya parte dispositiva es del tenor literalsiguiente: «Fallo: que estimando la demanda formulada porSergio Máñez Martínez y Josefa Prieto Angosto frente a laempresa Calzados Criselda S. L., y Fondo de GarantíaSalarial, debo declarar y declaro nulo el despido de la parteactora con extinción de la relación laboral que unía a laspartes a fecha de esta resolución y debo condenar y condenoa la parte demandada empresarial al abono a los trabajado-res de la indemnización y salarios de trámite que se indicana continuación:
Debiendo durante todo el periodo de los salarios detrámite establecidos, la empresa demandada mantener dealta y cotización en la Seguridad Social a los trabajadoresdemandantes y en cuanto a la responsabilidad interesadadel codemandado Fondo de Garantía Salarial, por ahora, nocorresponde establecer condena alguna sin perjuicio de queen su momento opere la responsabilidad subsidiaria perti-nente conforme a lo establecido en el artículo 33 del Estatutode los Trabajadores.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndolesque el Recurso procedente contra la misma es el desuplicación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de Valencia, anunciándolo en este Juzgado de loSocial, en el término de cinco días hábiles a partir delsiguiente de notificación de la resolución, debiendo acreditarel recurrente, excepto el trabajador o el que goce de beneficiode justicia gratuita, haber ingresado la cantidad objeto decondena en la cuenta corriente número 0111 clave 65 (pu-diendo sustituirse la consignación en metálico por el asegu-ramiento mediante aval bancario), con indicación del númerode procedimiento, la cantidad objeto de condena, y haberconsignado, como depósito en efectivo la suma de 150.25euros (25.000 pts.). En la cuenta corriente número 0111clave 67, ambas en el Banco Banesto sucursal sita en la calleFoglieti 24 de Alicante. Así por esta mi sentencia lo pronun-cio, mando y firmo el Ilmo. señor don Salvador Díaz Molina,Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Uno deAlicante. Firmado y Rubricado. Es copia. El Secretario.
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 905 9
Y para que sirva de notificación a la empresa CalzadosCriselda S.L. cuyo paradero actual se desconoce y el últimoconocido lo fue en calle Pedrito Rico número 42 CP 03600Elda expido el presente.
Alicante, 3 de mayo de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011933*
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOSALICANTE
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosnúmero 1340/2009 a instancias de José del Rey Marín contraInmovista Selan S.L. y Fondo de Garantía Salarial en la queel día 8-3-2010 se ha dictado sentencia cuya parte dispositivadice: Fallo.- Que estimando las demandas planteadas pordon José del Rey Marín debo declarar y declaro extinguida surelación laboral con Inmovista Selan, S.L. en esta fecha.Igualmente, debo declarar y declaro nulo el despido de quefue objeto el 4-12-09, condenando a la empresa demandadaa estar y pasar por ello y a abonarle una indemnización porimporte de 12.736,46 €, así como los salarios dejados depercibir hasta esta fecha, cuantificados definitivamente en4.322,12 €, declarando extinguida en esta fecha la relaciónlaboral entre las partes, sin perjuicio de las responsabilida-des legales del FGS.- Notifíquese la presente resolución alas partes, advirtiéndoles que contra la presente podráninterponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Socialdel Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia-na, anunciando tal propósito mediante comparecencia o porescrito ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contardel siguiente a la notificación de esta Sentencia, y que lacondenada para hacerlo deberá ingresar en el Banesto(Entidad 0030 Oficina 3230 Urbana Benalúa calle Fogliettinúmero 24), en la cuenta corriente número 0112 que a talesefectos tiene abierta este Juzgado con el nombre de depósi-tos y consignaciones, la cantidad líquida importe de lacondena con la clave 65 o presentar Aval Bancario por dichacantidad sin cuyo requisito no podrá tenerse por anunciadoel recurso.- Asimismo, deberá constituir en la misma cuentacorriente de la entidad arriba mencionada, la cantidad de150,25 €, con la clave 67, presentando el resguardo de esteúltimo en Secretaría al tiempo de interponer el recurso,haciéndose constar además un domicilio en la sede de dichoTribunal Superior a efectos de notificaciones. Debe reiterar-se en relación con los datos Bancarios, por ser de especialinterés lo siguiente: importe de la condena bajo la clave 65;depósito (150,25 €) bajo la clave 67.- Así por esta misentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación a InmovistaSelan S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así comopara su inserción en el tablón de anuncios y publicación enel Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente.
Alicante, 28 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011943*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado y con el númeroprocedimiento social ordinario - 201/2010 se sigue procedi-miento en reclamación de cantidades a instancia VerónicaDiez Sala contra Boutique Sensual S.L., Fondo de GarantíaSalarial y Construcciones y Promociones Condemar S.L. en
cuyas actuaciones se ha señalado para que tenga lugar elacto de juicio, el 22 de noviembre de 2010 a las 10.00 horase ignorándose el actual paradero de la empresa BoutiqueSensual S.L., Fondo de Garantía Salarial y Construccionesy Promociones Condemar S.L. cuyo último domicilio conoci-do fue en Alicante avenida de las Naciones 24 local 10, porel presente se le cita para dicho día y hora, advirtiéndole quedeberá comparecer al mismo con los medios de prueba deque intente valerse, con la prevención de que si nocompareciere, le pararán los perjuicios a que hubiera lugaren derecho, pudiéndosele tener por confeso en la sentenciay con advertencia de que las siguientes comunicaciones seharán en estrados, salvo las que deban revestir forma deauto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Alicante, 4 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011947*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado y con el númeroprocedimiento social ordinario - 215/2010 se sigue procedi-miento en reclamación de cantidades a instancia Ana VanesaJusticia Milla, Francisco Pérez Hornero, David García Poma-res, Lidia María Cruz Ortin Martínez, Lucero HernándezPeláez, Juan Carlos Borrel Segura, Alberto Sánchez Asensiy Francisco Luis Crespo Puche contra Cocimed SLU,Arrocerías Alicante S.L. y Fondo de Garantía Salarial encuyas actuaciones se ha señalado para que tenga lugar elacto de juicio, el 9 de noviembre de 2010 a las 10.20 horase ignorándose el actual paradero de la empresa CocimedSLU, Arrocerías Alicante S.L. cuyo último domicilio conocidofue en Alicante avenida San Luis de Cuba esquina calle LaChaira B-4, B-7 Elda, por el presente se le cita para dicho díay hora, advirtiéndole que deberá comparecer al mismo conlos medios de prueba de que intente valerse, con la preven-ción de que si no compareciere, le pararán los perjuicios aque hubiera lugar en derecho, pudiéndosele tener por confe-so en la sentencia y con advertencia de que las siguientescomunicaciones se harán en estrados, salvo las que debanrevestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplaza-miento.
Alicante, 29 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011950*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria del Juzga-do de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 105/2010 a instancias de SusanaIsabel Martín López contra Limpia Express MultiserviciosS.L. en la que el día 28 de abril de 2010 se ha dictado autode ejecución cuya parte dispositiva dice:
Se acuerda la ejecución de la sentencia de fecha 1-12-09 dictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de2.818,80 euros de principal adeudadas por Limpia ExpressMultiservicios, S.L. más 338 euros presupuestadas provisio-nalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquida-ción y tasación definitivas.
Para su efectividad, practíquense las siguientes diligencias:Primero.- Requiérase al deudor para que efectúe mani-
festación acerca de los bienes o derechos de que sea titular,con la precisión necesaria. Deberá, en su caso, indicar laspersonas que ostentan derechos sobre sus bienes y si éstosestán sujetos a otro proceso, concretar los extremos de ésteque puedan interesar a la ejecución. En el caso de que losbienes estén gravados con cargas reales, deberá asimismo
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manifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso,la parte pendiente de pago. Si se trata de bienes inmuebles,deberá expresar si están ocupados, por qué personas y conqué título.
Adviértase al deudor que, de no atender al requerimien-to, podrá imponérsele un apremio pecuniario por cada día deatraso, en las condiciones establecidas en el artículo 239 dela Ley de Procedimiento Laboral.
Segundo.- Practíquese diligencia de embargo sobrebienes o derechos del deudor en cuantía suficiente paracubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el ordenestablecido en el artículo 592.2 de la LEC y depositándoselos bienes embargados conforme a Derecho, sirviendo lapresente resolución de mandamiento en forma para la Comi-sión Judicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
Tercero.- Sin perjuicio de todo ello, procédase a laaveriguación de bienes del apremiado de conformidad con elartículo 248 del Texto Refundido de la Ley de ProcedimientoLaboral, mediante el acceso a las aplicaciones informáticasdisponibles, así como remisión vía fax de oficio al Colegio deRegistradores de la Propiedad de Madrid.
Se declaran embargadas las cantidades que en con-cepto de devolución del IVA o de IRPF le pudiera correspon-der, a tal fin remítase oficio a la Agencia Tributaria para queprocedan, en su caso a la retención y puesta a disposición deeste Juzgado mediante ingreso en la cuenta de Consignacio-nes de este Juzgado, en cuantía suficiente a cubrir el princi-pal pendiente de abono más los intereses inicialmente pre-supuestados, requiriéndole asimismo para que en caso deno ser suficiente el importe a devolver en la actualidad,procedan a la retención y puesta a disposición de esteJuzgado de las cantidades que con posterioridad a estafecha tenga que devolver al citado ejecutado por los concep-tos antes citados.
Se da audiencia al Fondo de Garantía Salarial así comoa la parte actora, por el plazo máximo de quince días, paraque designen bienes o insten lo que a su derecho convenga,procediéndose, en su caso, a declarar al apremiado ensituación de insolvencia provisional de ser negativas lasaveriguaciones.
Una vez firme la presente resolución acumúlese laspresentes actuaciones a la ejecución que se sigue en esteJuzgado contra la misma empresa Limpia ExpressMultiservicios, S.L. registrada con el número 104/2010.
Notifíquese la presente a las partes, con la advertenciade que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición,que con arreglo a los artículos 556 a 558 de la L.E.C. sepuedan alegar (artículo 551.2 L.E.C.).
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doñaEncarnación Lourdes Lorenzo Hernández, Magistrada-Juezdel Juzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Y para que conste y sirva de notificación a LimpiaExpress Multiservicios S.L. que se encuentra en ignoradoparadero, así como para su inserción en el tablón de anun-cios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expidoel presente.
Alicante, 28 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011953*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria del Juzga-do de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 337/2009 a instancias de AntonioMiguel Valero Díaz, Jorge Álvarez Cambra, Jaime ManuelAznar Pascual, Javier Cerrada López, Adolfo Jordá Mico,Oscar Merino Cedrón, Enrique Miro Peñas, Ángel MorciloMolina, Isaac Ponsoda Hidalgo y Miguel Tomas Tapia Martínez
contra Tacoba S.A. en la que el día 28 de abril de 2010 se hadictado Auto de Incompetencia y el 4 de diciembre de 2009se dictó Auto de Ejecución, cuya parte dispositiva, respecti-vamente, dice:
Auto de incompetencia 28 de abril de 2010:Dispongo: que debo declarar y declaro la incompeten-
cia de este Juzgado para conocer de la ejecución de senten-cia solicitada por los trabajadores Antonio Miguel ValeroDíaz, Jorge Álvarez Cambra, Jaime Manuel Aznar Pascual,Javier Cerrada López, Adolfo Jordá Mico, Oscar MerinoCedrón, Enrique Miro Peñas, Ángel Morcilo Molina, IsaacPonsoda Hidalgo y Miguel Tomas Tapia Martínez contra laempresa Tacoba S.A., declarada en situación de concursopor el Juzgado de lo Mercantil número 1 en el ProcedimientoConcursal Abreviado número 1179/09, sin perjuicio del dere-cho que asiste a los mismos para acudir a dicha Jurisdiccióna fin de hacer valer su derecho; procediendo, en consecuen-cia, el archivo del presente expediente, previa anotación enlos Libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución haciéndose constarque contra la misma cabe Recurso de Reposición en el plazode cinco días ante este Juzgado, siendo necesario para sutramitación la constitución de un depósito en cuantía de 25euros en la cuenta de Consignaciones de este Juzgadonúmero 0112 0000 30 0337-09, excepto para los trabajado-res y beneficiarios de la Seguridad Social, o personas yentidades que gocen del beneficio de justicia gratuita, deconformidad con la disposición adicional 15ª de la LOPJ.
Así lo acordó y firma la Ilma. señora Magistrada de loSocial Número Dos de esta ciudad. Doña EncarnaciónLourdes Lorenzo Hernández. Doy fé.
Auto de ejecución 4 de diciembre de 2009:Se acuerda la ejecución del acuerdo alcanzado en
conciliación judicial de fecha 15-07-09 por cuantía total de7.862,50 euros de principal adeudados por Tacoba S.A., más943 euros presupuestados provisionalmente para interesesy costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas.
Para su efectividad, practíquense las siguientesdiligencias:
Primero.- Requiérase al deudor para que efectúe mani-festación acerca de los bienes o derechos de que sea titular,con la precisión necesaria. Deberá, en su caso, indicar laspersonas que ostentan derechos sobre sus bienes y si éstosestán sujetos a otro proceso, concretar los extremos de ésteque puedan interesar a la ejecución. En el caso de que losbienes estén gravados con cargas reales, deberá asimismomanifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso,la parte pendiente de pago. En el caso de que los bienesestén gravados con cargas reales, deberá asimismo mani-festar el importe del crédito garantizado y, en su caso, laparte pendiente de pago. Si se trata de bienes inmuebles,deberá expresar si están ocupados, por qué personas y conqué título.
Adviértase al deudor que, de no atender al requerimien-to, podrá imponérsele un apremio pecuniario por cada día deatraso, en las condiciones establecidas en el artículo 239 dela Ley de Procedimiento Laboral.
Segundo.- Practíquese diligencia de embargo sobrebienes o derechos del deudor en cuantía suficiente paracubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el ordenestablecido en el artículo 592.2 de la LEC y depositándoselos bienes embargados conforme a Derecho, sirviendo lapresente resolución de mandamiento en forma para la Comi-sión Judicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
Tercero.- Sin perjuicio de todo ello, procédase a laaveriguación de bienes del apremiado de conformidad con elartículo 248 del Texto Refundido de la Ley de ProcedimientoLaboral, mediante el acceso a las aplicaciones informáticasdisponibles.
Se declaran embargadas las cantidades que en con-cepto de devolución del IVA o de IRPF le pudiera correspon-der, a tal fin remítase oficio a la Agencia Tributaria para que
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 906 1
procedan, en su caso a la retención y puesta a disposición deeste Juzgado mediante ingreso en la cuenta de Consignacio-nes de este Juzgado, en cuantía suficiente a cubrir el princi-pal pendiente de abono más los intereses inicialmente pre-supuestados, requiriéndole asimismo para que en caso deno ser suficiente el importe a devolver en la actualidad,procedan a la retención y puesta a disposición de esteJuzgado de las cantidades que con posterioridad a estafecha tenga que devolver al citado ejecutado por los concep-tos antes citados.
Se da audiencia al Fondo de Garantía Salarial así comoa la parte actora, por el plazo máximo de quince días, paraque designen bienes o insten lo que a su derecho convenga,procediéndose, en su caso, a declarar al apremiado ensituación de insolvencia provisional de ser negativas lasaveriguaciones.
Notifíquese la presente a las partes, con la advertenciade que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición,que con arreglo a los artículos 556 a 558 de la L.E.C. sepuedan alegar (artículo 551.2 L.E.C.).
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doñaEncarnación Lourdes Lorenzo Hernández, Magistrado/a-Juez del Juzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Y para que conste y sirva de notificación a Tacoba S.A.que se encuentra en ignorado paradero, así como para suinserción en el tablón de anuncios y publicación en el BoletínOficial de la Provincia, expido el presente.
Alicante, 28 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011956*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria del Juzga-do de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber:Que en este Juzgado se siguen autos con número de
ejecución 163/2009 a instancias de Antonio Sarmiento Gilcontra Construcciones Alcaraz Puig S.L. en la que el día 28de abril de 2010 se ha dictado auto de incompetencia cuyaparte dispositiva dice:
Dispongo: que debo declarar y declaro la incompeten-cia de este Juzgado para conocer de la ejecución de senten-cia solicitada por el trabajador Antonio Sarmiento Gil contrala empresa Construcciones Alcaraz Puig S.L., declarada ensituación de concurso por Auto del Juzgado de lo Mercantilnúmero 1 de fecha 30-01-2009 dictado en el ProcedimientoConcursal Ordinario número 102/2009-J, sin perjuicio delderecho que asiste al mismo para acudir a dicha Jurisdiccióna fin de hacer valer su derecho; procediendo, en consecuen-cia, el archivo del presente expediente, previa anotación enlos Libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución haciéndose constarque contra la misma cabe Recurso de Reposición en el plazode cinco días ante este Juzgado, siendo necesario para sutramitación la constitución de un depósito en cuantía de 25euros en la cuenta de Consignaciones de este Juzgadonúmero 0112 0000 30 0163-09, excepto para los trabajado-res y beneficiarios de la Seguridad Social, o personas yentidades que gocen del beneficio de justicia gratuita, deconformidad con la disposición adicional 15ª de la LOPJ.
Así lo acordó y firma la Ilma. señora Magistrada de loSocial Número Dos de esta ciudad. Doña EncarnaciónLourdes Lorenzo Hernández. Doy fé.
Y para que conste y sirva de notificación a Construccio-nes Alcaraz Puig S.L. que se encuentra en ignorado parade-ro, así como para su inserción en el tablón de anuncios ypublicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido elpresente.
Alicante, 28 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011961*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado y con el númeroprocedimiento social ordinario - 163/2010 se sigue procedi-miento en reclamación de cantidades a instancia Juan Ma-nuel Díaz Fernández contra Montesol Obras SLU en cuyasactuaciones se ha señalado para que tenga lugar el acto dejuicio, el 25 de octubre de 2010 a las 10.40 horas e ignorándoseel actual paradero de la empresa Montesol Obras SLU cuyoúltimo domicilio conocido fue en Alicante calle Padre Manjónnúmero 27 bajos. Elda, por el presente se le cita para dichodía y hora, advirtiéndole que deberá comparecer al mismocon los medios de prueba de que intente valerse, con laprevención de que si no compareciere, le pararán los perjui-cios a que hubiera lugar en derecho, pudiéndosele tener porconfeso en la sentencia y con advertencia de que las siguien-tes comunicaciones se harán en estrados, salvo las quedeban revestir forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.
Alicante, 29 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011963*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado y con el númeroprocedimiento social ordinario - 91/2010 se sigue procedi-miento en reclamación de cantidades a instancia ÁngelLudeña Castaño y Ceferino Muñoz Argumanez contra DecorValverde S.L., Edificaciones Calpe S.A., Pinturas y Decora-ción Corchito S.A. y Fondo de Garantía Salarial en cuyasactuaciones se ha señalado para que tenga lugar el acto dejuicio, el 4 de octubre de 2010 a las 9.40 horas e ignorándoseel actual paradero de la empresa Decor Valverde S.L., cuyoúltimo domicilio conocido fue en Alicante Travesía de LaFragua número 16 San Vicente, por el presente se le cita paradicho día y hora, advirtiéndole que deberá comparecer almismo con los medios de prueba de que intente valerse, conla prevención de que si no compareciere, le pararán losperjuicios a que hubiera lugar en derecho, pudiéndoseletener por confeso en la sentencia y con advertencia de quelas siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvolas que deban revestir forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.
Alicante, 29 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011965*
EDICTO
Doña Inmaculada Martínez Ordóñez, Secretaria delJuzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 310/2009 a instancias de Pedro CrisolZamora contra Estructuras Callosa S.L. en la que el día 12-11-09 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:
«Se acuerda la ejecución de la sentencia de fecha 8-9-08 dictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de33.050,23 euros de principal adeudados por EstructurasCallosa, S.L., más 3.966 euros presupuestados provisional-mente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidacióny tasación definitivas.
Para su efectividad, practíquense las siguientes diligencias:Primero.- Requiérase al deudor para que efectúe mani-
festación acerca de los bienes o derechos de que sea titular,con la precisión necesaria. Deberá, en su caso, indicar las
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personas que ostentan derechos sobre sus bienes y si éstosestán sujetos a otro proceso, concretar los extremos de ésteque puedan interesar a la ejecución. En el caso de que losbienes estén gravados con cargas reales, deberá asimismomanifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso,la parte pendiente de pago. Si se trata de bienes inmuebles,deberá expresar si están ocupados, por qué personas y conqué título.
Adviértase al deudor que, de no atender al requerimien-to, podrá imponérsele un apremio pecuniario por cada día deatraso, en las condiciones establecidas en el artículo 239 dela Ley de Procedimiento Laboral.
Segundo.- Practíquese diligencia de embargo sobrebienes o derechos del deudor en cuantía suficiente paracubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el ordenestablecido en el artículo 592.2 de la LEC y depositándoselos bienes embargados conforme a Derecho, sirviendo lapresente resolución de mandamiento en forma para la Comi-sión Judicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
Tercero.- Sin perjuicio de todo ello, procédase a laaveriguación de bienes del apremiado de conformidad con elartículo 248 del Texto Refundido de la Ley de ProcedimientoLaboral, mediante el acceso a las aplicaciones informáticasdisponibles.
Se declaran embargadas las cantidades que en con-cepto de devolución del IVA o de IRPF le pudiera correspon-der, a tal fin remítase oficio a la Agencia Tributaria para queprocedan, en su caso a la retención y puesta a disposición deeste Juzgado mediante ingreso en la cuenta de Consignacio-nes de este Juzgado, en cuantía suficiente a cubrir el princi-pal pendiente de abono más los intereses inicialmente pre-supuestados, requiriéndole asimismo para que en caso deno ser suficiente el importe a devolver en la actualidad,procedan a la retención y puesta a disposición de esteJuzgado de las cantidades que con posterioridad a estafecha tenga que devolver al citado ejecutado por los concep-tos antes citados.
Se da audiencia al Fondo de Garantía Salarial así comoa la parte actora, por el plazo máximo de quince días, paraque designen bienes o insten lo que a su derecho convenga,procediéndose, en su caso, a declarar al apremiado ensituación de insolvencia provisional de ser negativas lasaveriguaciones.
Notifíquese la presente a las partes, con la advertenciade que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición,que con arreglo a los artículos 556 a 558 de la L.E.C. sepuedan alegar (artículo 551.2 L.E.C.).
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doñaIsabel Mingot Santapau, Juez sustituta del Juzgado de loSocial Número Dos de los de Alicante.»
Y para que conste y sirva de notificación a EstructurasCallosa S.L. que se encuentra en ignorado paradero, asícomo para su inserción en el tablón de anuncios y publica-ción en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente.
Alicante, 5 de febrero de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011975*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosnúmero 1101/2009 a instancias de Isabel Poveda Bonalcontra INEM y Creaciones Nancy S.L. en la que el día 29/03/2010 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:
Que estimando la demanda planteada por doña IsabelPoveda Bonal, debo declarar y declaro su derecho a percibirla prestación por desempleo con una duración de 720 días,condenando al SPEE, y a Creaciones Nancy, S.L., a estar y
pasar por ello y a la referida empresa, como responsablesdirectas, al pago de la prestación en la parte no cubierta porsus cotizaciones, sin perjuicio del deber de anticipo por partedel SPEE y de su derecho al reintegro de lo satisfecho, sobrela base reguladora de 39,71 € y con efectos del 20-2-09.
Notifíquese la presente resolución a las partes, advir-tiéndoles que contra la presente podrán interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superiorde Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciando talpropósito mediante comparecencia o por escrito ante esteJuzgado, en el plazo de cinco días a contar del siguiente a lanotificación de esta Sentencia, y que la condenada parahacerlo deberá ingresar en el Banesto (Entidad 0030 Oficina3230 Urbana Benalúa calle Foglietti número 24), en la cuentacorriente número 0112 que a tales efectos tiene abierta esteJuzgado con el nombre de depósitos y consignaciones, lacantidad líquida importe de la condena con la clave 65 opresentar Aval Bancario por dicha cantidad sin cuyo requisitono podrá tenerse por anunciado el recurso.
Asimismo, deberá constituir en la misma cuenta corrien-te de la entidad arriba mencionada, la cantidad de 150,25 €,con la clave 67, presentando el resguardo de este último enSecretaría al tiempo de interponer el recurso, haciéndoseconstar además un domicilio en la sede de dicho TribunalSuperior a efectos de notificaciones. Debe reiterarse enrelación con los datos Bancarios, por ser de especial interéslo siguiente: importe de la condena bajo la clave 65; depósito(150,25 €) bajo la clave 67.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que conste y sirva de notificación a Creaciones
Nancy S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así comopara su inserción en el tablón de anuncios y publicación enel Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente.
Alicante, 4 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011976*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosnúmero 144/2010 a instancias de Vicente Alfonso Samper,José Vicente Navarro Fuerte, Sergio Allepuz Deltell, IgnacioLópez Amat y Luis Manuel Iñiguez Martínez contra AlpamaShoes S.L.U. y Fogasa en la que el día 12/04/2010 se hadictado resolución cuya parte dispositiva dice:
Que estimando parcialmente la demanda planteada porlos actores debo declarar y declaro nulo el despido de quefueron objeto el 31-12-09, condenando a la empresa AlpamaShoes, S.L.U. a estar y pasar por ello y a abonarles lassiguientes cantidades:
- A don Vicente Alfonso Samper, una indemnización porimporte de 12.514,76 €, así como los salarios dejados depercibir hasta esta fecha, cuantificados definitivamente en871,93 €.
- A don José Vicente Navarro Fuerte, una indemniza-ción por importe de 14.643,18 €, así como los salariosdejados de percibir hasta esta fecha, cuantificados definitiva-mente en 5.700,78 €.
- A don Sergio Allepuz Deltell, una indemnización porimporte de 8.376,60 €, así como los salarios dejados depercibir hasta esta fecha, cuantificados definitivamente en364,20 €.
- A don Ignacio López Amat, una indemnización porimporte de 10.181,40 €, así como los salarios dejados depercibir hasta esta fecha, cuantificados definitivamente en478 €.
- A don Luis Manuel Iñiguez Martínez, una indemniza-ción por importe de 2.943,54 €.
Declarando extinguida la relación laboral en esta fechay sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corres-ponder al FGS.
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Notifíquese la presente resolución a las partes, advir-tiéndoles que contra la presente podrán interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superiorde Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciando talpropósito mediante comparecencia o por escrito ante esteJuzgado, en el plazo de cinco días a contar del siguiente a lanotificación de esta Sentencia, y que la condenada parahacerlo deberá ingresar en el Banesto (Entidad 0030 Oficina3230 Urbana Benalúa calle Foglietti número 24), en la cuentacorriente número 0112 que a tales efectos tiene abierta esteJuzgado con el nombre de depósitos y consignaciones, lacantidad líquida importe de la condena con la clave 65 opresentar Aval Bancario por dicha cantidad sin cuyo requisitono podrá tenerse por anunciado el recurso.
Asimismo, deberá constituir en la misma cuenta corrien-te de la entidad arriba mencionada, la cantidad de 150,25 €,con la clave 67, presentando el resguardo de este último enSecretaría al tiempo de interponer el recurso, haciéndoseconstar además un domicilio en la sede de dicho TribunalSuperior a efectos de notificaciones. Debe reiterarse enrelación con los datos Bancarios, por ser de especial interéslo siguiente: importe de la condena bajo la clave 65; depósito(150,25 €) bajo la clave 67.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que conste y sirva de notificación a Alpama
Shoes, S.L. que se encuentra en ignorado paradero, asícomo para su inserción en el tablón de anuncios y publica-ción en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente.
Alicante, 4 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011988*
EDICTO
Doña Yolanda Mencia Presa, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber:Que en este Juzgado, se siguen autos número 93/2010
a instancias de María del Consuelo Ortega Tebar contraDalveno S.L. en la que el día 16/04/2010 se ha dictadoresolución cuya parte dispositiva dice:
Que, estimando como estimo la demanda origen de laspresentes actuaciones promovida por doña María del Con-suelo Ortega Tebar contra la empresa Dalveno, S.L., enmateria de despido, debo declarar y declaro nulo el despidode la nombrada demandante, con fecha de 7 de diciembre de2.009, y, asimismo, declaro extinguida la relación de lademandante con la empresa demandada en la fecha del díade hoy, condenando, por ende, a la referida empresa a estary pasar por esta declaración, y a que abone a la nombradademandante la cantidad de 5.433,33 euros, en concepto deindemnización por despido, así como el importe de 1.499,85euros en concepto de los salarios de tramitación devengadosdesde la fecha del despido (7 de diciembre de 2009) hasta el21 de enero de 2.010, inclusive.
Notifíquese la presente resolución a las partes en laforma prevenida por la Ley haciéndoles saber que contra lamisma pueden interponer recurso de suplicación, ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valen-cia, en el plazo de cinco días contados a partir del siguienteal de la notificación de esta sentencia y por conducto de esteJuzgado.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y para que conste y sirva de notificación a Dalveno S.L.
que se encuentra en ignorado paradero, así como para suinserción en el tablón de anuncios y publicación en el BoletínOficial de la Provincia, expido el presente.
Alicante, 28 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011992*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosnúmero 184/2010 a instancias de Humildad Verdú Rico,Raquel Pérez Rico, Isabel Giménez Juan, Lourdes NavarroGarcía, María José Navarro García y Agueda Melero Gómezcontra Línea Sintra S.L. y Fondo de Garantía Salarial en laque el día 12/04/2010 se ha dictado resolución cuya partedispositiva dice:
Que estimando la demanda planteada por las actorasdebo declarar y declaro nulo el despido de que fueron objetoel 30-12-09, condenando a la empresa Línea Sintra, S.L. aestar y pasar por ello y a abonarles las siguientes cantidades:
- A doña Humildad Verdú Rico, una indemnización porimporte de 5.313 €, así como los salarios dejados de percibirhasta esta fecha, cuantificados definitivamente en 3.908,85 €.
- A doña Raquel Pérez Rico, una indemnización porimporte de 1.745,70 €, así como los salarios dejados depercibir hasta esta fecha, cuantificados definitivamente en3.908,85 €.
- A doña Isabel Giménez Juan, una indemnización porimporte de 5.313 €, así como los salarios dejados de percibirhasta esta fecha, cuantificados definitivamente en 3.908,85 €.
- A doña Lourdes Navarro García, una indemnizaciónpor importe de 1.745,70 €, así como los salarios dejados depercibir hasta esta fecha, cuantificados definitivamente en3.908,85 €.
- A doña María José Navarro García, una indemnizaciónpor importe de 3.567,30 €, así como los salarios dejados depercibir hasta esta fecha, cuantificados definitivamente en3.908,85 €.
- Doña Águeda Melero Gómez, una indemnización porimporte de 5.313 €, así como los salarios dejados de percibirhasta esta fecha, cuantificados definitivamente en 3.908,85 €.
Declarando extinguida la relación laboral en esta fechay sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corres-ponder al FGS.
Notifíquese la presente resolución a las partes, advir-tiéndoles que contra la presente podrán interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superiorde Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciando talpropósito mediante comparecencia o por escrito ante esteJuzgado, en el plazo de cinco días a contar del siguiente a lanotificación de esta Sentencia, y que la condenada parahacerlo deberá ingresar en el Banesto (Entidad 0030 Oficina3230 Urbana Benalúa calle Foglietti número 24), en la cuentacorriente número 0112 que a tales efectos tiene abierta esteJuzgado con el nombre de depósitos y consignaciones, lacantidad líquida importe de la condena con la clave 65 opresentar Aval Bancario por dicha cantidad sin cuyo requisitono podrá tenerse por anunciado el recurso.
Asimismo, deberá constituir en la misma cuenta corrien-te de la entidad arriba mencionada, la cantidad de 150,25 €,con la clave 67, presentando el resguardo de este último enSecretaría al tiempo de interponer el recurso, haciéndoseconstar además un domicilio en la sede de dicho TribunalSuperior a efectos de notificaciones. Debe reiterarse enrelación con los datos Bancarios, por ser de especial interéslo siguiente: importe de la condena bajo la clave 65; depósito(150,25 €) bajo la clave 67.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que conste y sirva de notificación a Línea Sintra
S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como parasu inserción en el tablón de anuncios y publicación en elBoletín Oficial de la Provincia, expido el presente.
Alicante, 4 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011993*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria del Juzga-do de lo Social Número Dos de Alicante.
6 4boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
Hago saber: que en este Juzgado y con el númeroprocedimiento social ordinario - 1288/2009 se sigue procedi-miento en reclamación de cantidades a instancia AlbertoDaniel Domínguez contra Mavi Cerrajeros Alicante S.L. yFondo de Garantía Salarial en cuyas actuaciones se haseñalado para que tenga lugar el acto de juicio, el 5 de juliode 2010 a las 10.20 horas e ignorándose el actual paraderode la empresa Mavi Cerrajeros Alicante S.L. cuyo últimodomicilio conocido fue en Alicante camino de Borja número29 y ptda. de La Alcoraya pol. A número 105, por el presentese le cita para dicho día y hora, advirtiéndole que deberácomparecer al mismo con los medios de prueba de queintente valerse, con la prevención de que si no compareciere,le pararán los perjuicios a que hubiera lugar en derecho,pudiéndosele tener por confeso en la sentencia y con adver-tencia de que las siguientes comunicaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.
Alicante, 26 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011994*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado y con el númerodespidos - 372/2010 se sigue procedimiento en reclamaciónde despidos a instancia Orlando José Do Amaral contraSebastian López González y Fondo de Garantía Salarial encuyas actuaciones se ha señalado para que tenga lugar elacto de juicio, el 8 de junio de 2010 a las 10.50 horas eignorándose el actual paradero de la empresa SebastianLópez González cuyo último domicilio conocido fue en Ali-cante calle America número 10, por el presente se le cita paradicho día y hora, advirtiéndole que deberá comparecer almismo con los medios de prueba de que intente valerse, conla prevención de que si no compareciere, le pararán losperjuicios a que hubiera lugar en derecho, pudiéndoseletener por confeso en la sentencia y con advertencia de quelas siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvolas que deban revestir forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.
Alicante, 30 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011995*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria del Juzga-do de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 104/2010 a instancias de María GloriaLeal Grueso contra Limpia Express Multiservicios S.L. en laque el día 28 de abril de 2010 se ha dictado auto de ejecucióncuya parte dispositiva dice:
Se acuerda la ejecución de la sentencia de fecha 9-11-09 dictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de3.925’16 euros de principal adeudados por Limpia ExpressMultiservicios S.L. más 471 euros presupuestados provisio-nalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquida-ción y tasación definitivas.
Para su efectividad, practíquense las siguientes diligen-cias:
Primero.- Requiérase al deudor para que efectúe mani-festación acerca de los bienes o derechos de que sea titular,con la precisión necesaria. Deberá, en su caso, indicar laspersonas que ostentan derechos sobre sus bienes y si éstosestán sujetos a otro proceso, concretar los extremos de ésteque puedan interesar a la ejecución. En el caso de que losbienes estén gravados con cargas reales, deberá asimismo
manifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso,la parte pendiente de pago. Si se trata de bienes inmuebles,deberá expresar si están ocupados, por qué personas y conqué título.
Adviértase al deudor que, de no atender al requerimien-to, podrá imponérsele un apremio pecuniario por cada día deatraso, en las condiciones establecidas en el artículo 239 dela Ley de Procedimiento Laboral.
Segundo.- Practíquese diligencia de embargo sobrebienes o derechos del deudor en cuantía suficiente paracubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el ordenestablecido en el artículo 592.2 de la LEC y depositándoselos bienes embargados conforme a Derecho, sirviendo lapresente resolución de mandamiento en forma para la Comi-sión Judicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
Tercero.- Sin perjuicio de todo ello, procédase a laaveriguación de bienes del apremiado de conformidad con elartículo 248 del Texto Refundido de la Ley de ProcedimientoLaboral, mediante el acceso a las aplicaciones informáticasdisponibles así como remisión vía fax de oficio al Colegio deRegistradores de la Propiedad de Madrid.
Se declaran embargadas las cantidades que en con-cepto de devolución del IVA o cualquier otro concepto que lepudiera corresponder, a tal fin remítase oficio a la AgenciaTributaria para que procedan, en su caso a la retención ypuesta a disposición de este Juzgado mediante ingreso en lacuenta de Consignaciones de este Juzgado, en cuantíasuficiente a cubrir el principal pendiente de abono más losintereses inicialmente presupuestados, requiriéndole asi-mismo para que en caso de no ser suficiente el importe adevolver en la actualidad, procedan a la retención y puestaa disposición de este Juzgado de las cantidades que conposterioridad a esta fecha tenga que devolver al citadoejecutado por los conceptos antes citados.
Se da audiencia al Fondo de Garantía Salarial así comoa la parte actora, por el plazo máximo de quince días, paraque designen bienes o insten lo que a su derecho convenga,procediéndose, en su caso, a declarar al apremiado ensituación de insolvencia provisional de ser negativas lasaveriguaciones.
Notifíquese la presente a las partes, con la advertenciade que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición,que con arreglo a los artículos 556 a 558 de la L.E.C. sepuedan alegar (artículo 551.2 L.E.C.).
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doñaEncarnación Lourdes Lorenzo Hernández, Magistrada-Juezdel Juzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Y para que conste y sirva de notificación a LimpiaExpress Multiservicios S.L. que se encuentra en ignoradoparadero, así como para su inserción en el tablón de anun-cios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expidoel presente.
Alicante, 28 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011997*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria del Juzga-do de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 72/2010 a instancias de FranciscoVázquez Lorenzo contra Zapatos Rosmarino S.L. en la queel día 3/5/10 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:
«S.Sª. Iltma. Por ante mí dijo: a los efectos de laspresentes actuaciones, se declara insolvente provisional alejecutado Zapatos Rosmarino S.L. sin perjuicio de quellegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en susbienes las cantidades que está obligado a satisfacer cuyoprincipal asciende a 397’03 €, más 47 € calculados provisio-nalmente para intereses y costas.
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 906 5
Notifíquese la presente resolución haciéndose constarque contra la misma cabe Recurso de Reposición en el plazode cinco días ante este Juzgado, siendo necesario para sutramitación la constitución de un depósito en cuantía de 25euros en la cuenta de Consignaciones de este Juzgadoabierta en el Banesto (0030), calle Foglietti número 24 deAlicante (3230), número 0112 0000 64 0072/10 excepto paralos trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social, opersonas y entidades que gocen del beneficio de justiciagratuita, de conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, debien-do indicar en el campo concepto del resguardo de ingresoque se trata de un «recurso», seguido del código 30 y tipoconcreto de recurso Social-Reposición. Si el ingreso se hacemediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto derecurso debe indicarse después de especificar los 16 dígitosde la cuenta expediente (separado por un espacio).
Una vez evacuado el trámite, procédase al archivo de lapresente ejecución, sin perjuicio de proseguir las actuacio-nes si el ahora insolvente provisional llegara a mejor fortunao se le conocieran nuevos bienes.
Así lo acordó y firma S.Sª. la Iltma. señora doña Encar-nación Lorenzo Hernández, Magistrada del Juzgado de loSocial Número Dos de esta ciudad.
Y para que conste y sirva de notificación a ZapatosRosmarino S.L. que se encuentra en ignorado paradero, asícomo para su inserción en el tablón de anuncios y publica-ción en el Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011999*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria del Juzga-do de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 109/2010 a instancias de Raúl BenitoCuenca Ojeda y Anastasio Cuenca Ojeda contra Construc-ciones y Contratas Hermanos Velasco S.L. en la que el día3 de mayo de 2010 se ha dictado auto de ejecución cuyaparte dispositiva dice:
Se acuerda la ejecución de la sentencia de fecha 8-07-09 dictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de3.106,40 euros de principal adeudados por Construccionesy Contratas Hermanos Velasco S.L. más 372 euros presu-puestados provisionalmente para intereses y costas, sinperjuicio de su liquidación y tasación definitivas.
Para su efectividad, practíquense las siguientes diligencias:Primero.- Requiérase al deudor para que efectúe mani-
festación acerca de los bienes o derechos de que sea titular,con la precisión necesaria. Deberá, en su caso, indicar laspersonas que ostentan derechos sobre sus bienes y si éstosestán sujetos a otro proceso, concretar los extremos de ésteque puedan interesar a la ejecución. En el caso de que losbienes estén gravados con cargas reales, deberá asimismomanifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso,la parte pendiente de pago. Si se trata de bienes inmuebles,deberá expresar si están ocupados, por qué personas y conqué título.
Adviértase al deudor que, de no atender al requerimien-to, podrá imponérsele un apremio pecuniario por cada día deatraso, en las condiciones establecidas en el artículo 239 dela Ley de Procedimiento Laboral.
Segundo.- Practíquese diligencia de embargo sobrebienes o derechos del deudor en cuantía suficiente paracubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el ordenestablecido en el artículo 592.2 de la LEC y depositándoselos bienes embargados conforme a Derecho, sirviendo lapresente resolución de mandamiento en forma para la Comi-sión Judicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
Tercero.- Sin perjuicio de todo ello, procédase a laaveriguación de bienes del apremiado de conformidad con elartículo 248 del Texto Refundido de la Ley de ProcedimientoLaboral, mediante el acceso a las aplicaciones informáticasdisponibles, así como remisión vía fax de oficio al Colegio deRegistradores de la Propiedad de Madrid.
Se declaran embargadas las cantidades que en con-cepto de devolución del IVA o cualquier otro concepto que lepudiera corresponder, a tal fin remítase oficio a la AgenciaTributaria para que procedan, en su caso a la retención ypuesta a disposición de este Juzgado mediante ingreso en lacuenta de Consignaciones de este Juzgado, en cuantíasuficiente a cubrir el principal pendiente de abono más losintereses inicialmente presupuestados, requiriéndole asi-mismo para que en caso de no ser suficiente el importe adevolver en la actualidad, procedan a la retención y puestaa disposición de este Juzgado de las cantidades que conposterioridad a esta fecha tenga que devolver al citadoejecutado por los conceptos antes citados.
Se da audiencia al Fondo de Garantía Salarial así comoa la parte actora, por el plazo máximo de quince días, paraque designen bienes o insten lo que a su derecho convenga,procediéndose, en su caso, a declarar al apremiado ensituación de insolvencia provisional de ser negativas lasaveriguaciones.
Notifíquese la presente a las partes, con la advertenciade que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición,que con arreglo a los artículos 556 a 558 de la L.E.C. sepuedan alegar (artículo 551.2 L.E.C.).
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doñaEncarnación Lourdes Lorenzo Hernández, Magistrada-Juezdel Juzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Y para que conste y sirva de notificación a Construccio-nes y Contratas Hermanos Velasco S.L. que se encuentra enignorado paradero, así como para su inserción en el tablónde anuncios y publicación en el Boletín Oficial de la Provin-cia, expido el presente.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012001*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria del Juzga-do de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 335-336/2009 acumuladas a instan-cias de José Sánchez Riquelme, José Luis Díaz Maestre,Pedro Luzón Bleda, José Antonio Rico Paya y Gines MarcoAroca contra Disgesbol S.L.U. en la que el día 3 de diciembrede 2010 se ha dictado auto de ejecución en las presentesejecuciones acumuladas, cuya parte dispositiva dice:
Ejecución 335/09.Se acuerda la ejecución de la sentencia de fecha 4-09-
09 dictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de21.314,18 euros de principal adeudados por Disgesbol S.L.U.más 2.557 euros presupuestados provisionalmente paraintereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasacióndefinitivas.
Para su efectividad, practíquense las siguientes diligencias:Primero.- Requiérase al deudor para que efectúe mani-
festación acerca de los bienes o derechos de que sea titular,con la precisión necesaria. Deberá, en su caso, indicar laspersonas que ostentan derechos sobre sus bienes y si éstosestán sujetos a otro proceso, concretar los extremos de ésteque puedan interesar a la ejecución. En el caso de que losbienes estén gravados con cargas reales, deberá asimismomanifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso,la parte pendiente de pago. Si se trata de bienes inmuebles,deberá expresar si están ocupados, por qué personas y conqué título.
Adviértase al deudor que, de no atender al requerimien-to, podrá imponérsele un apremio pecuniario por cada día de
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atraso, en las condiciones establecidas en el artículo 239 dela Ley de Procedimiento Laboral.
Segundo.- Practíquese diligencia de embargo sobrebienes o derechos del deudor en cuantía suficiente paracubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el ordenestablecido en el artículo 592.2 de la LEC y depositándoselos bienes embargados conforme a Derecho, sirviendo lapresente resolución de mandamiento en forma para la Comi-sión Judicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
Tercero.- Sin perjuicio de todo ello, procédase a laaveriguación de bienes del apremiado de conformidad con elartículo 248 del Texto Refundido de la Ley de ProcedimientoLaboral, mediante el acceso a las aplicaciones informáticasdisponibles.
Se declaran embargadas las cantidades que en con-cepto de devolución del IVA o de IRPF le pudiera correspon-der, a tal fin remítase oficio a la Agencia Tributaria para queprocedan, en su caso a la retención y puesta a disposición deeste Juzgado mediante ingreso en la cuenta de Consignacio-nes de este Juzgado, en cuantía suficiente a cubrir el princi-pal pendiente de abono más los intereses inicialmente pre-supuestados, requiriéndole asimismo para que en caso deno ser suficiente el importe a devolver en la actualidad,procedan a la retención y puesta a disposición de esteJuzgado de las cantidades que con posterioridad a estafecha tenga que devolver al citado ejecutado por los concep-tos antes citados.
Se da audiencia al Fondo de Garantía Salarial así comoa la parte actora, por el plazo máximo de quince días, paraque designen bienes o insten lo que a su derecho convenga,procediéndose, en su caso, a declarar al apremiado ensituación de insolvencia provisional de ser negativas lasaveriguaciones.
Notifíquese la presente a las partes, con la advertenciade que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición,que con arreglo a los artículos 556 a 558 de la L.E.C. sepuedan alegar (artículo 551.2 L.E.C.).
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doñaEncarnación Lourdes Lorenzo Hernández, Magistrada-Juezdel Juzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Ejecución 336/09.Se acuerda la ejecución de la sentencia de fecha 4-9-09
dictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de 17.469,43euros de principal adeudados por Disgesbol, S.L.U., más2.096 euros presupuestados provisionalmente para intere-ses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasacióndefinitivas.
Para su efectividad, practíquense las siguientes diligencias:Primero.- Requiérase al deudor para que efectúe mani-
festación acerca de los bienes o derechos de que sea titular,con la precisión necesaria. Deberá, en su caso, indicar laspersonas que ostentan derechos sobre sus bienes y si éstosestán sujetos a otro proceso, concretar los extremos de ésteque puedan interesar a la ejecución. En el caso de que losbienes estén gravados con cargas reales, deberá asimismomanifestar el importe del crédito garantizado y, en su caso,la parte pendiente de pago. Si se trata de bienes inmuebles,deberá expresar si están ocupados, por qué personas y conqué título.
Adviértase al deudor que, de no atender al requerimien-to, podrá imponérsele un apremio pecuniario por cada día deatraso, en las condiciones establecidas en el artículo 239 dela Ley de Procedimiento Laboral.
Segundo.- Practíquese diligencia de embargo sobrebienes o derechos del deudor en cuantía suficiente paracubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el ordenestablecido en el artículo 592.2 de la LEC y depositándoselos bienes embargados conforme a Derecho, sirviendo lapresente resolución de mandamiento en forma para la Comi-sión Judicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
Tercero.- Sin perjuicio de todo ello, procédase a laaveriguación de bienes del apremiado de conformidad con elartículo 248 del Texto Refundido de la Ley de ProcedimientoLaboral, mediante el acceso a las aplicaciones informáticasdisponibles.
Se declaran embargadas las cantidades que en con-cepto de devolución del IVA o de IRPF le pudiera correspon-der, a tal fin remítase oficio a la Agencia Tributaria para queprocedan, en su caso a la retención y puesta a disposición deeste Juzgado mediante ingreso en la cuenta de Consignacio-nes de este Juzgado, en cuantía suficiente a cubrir el princi-pal pendiente de abono más los intereses inicialmente pre-supuestados, requiriéndole asimismo para que en caso deno ser suficiente el importe a devolver en la actualidad,procedan a la retención y puesta a disposición de esteJuzgado de las cantidades que con posterioridad a estafecha tenga que devolver al citado ejecutado por los concep-tos antes citados.
Se da audiencia al Fondo de Garantía Salarial así comoa la parte actora, por el plazo máximo de quince días, paraque designen bienes o insten lo que a su derecho convenga,procediéndose, en su caso, a declarar al apremiado ensituación de insolvencia provisional de ser negativas lasaveriguaciones.
Una vez firme la presente resolución acumúlese laspresentes actuaciones a la ejecución que se sigue en esteJuzgado contra la misma empresa, registrada con el número335/09.
Notifíquese la presente a las partes, con la advertenciade que no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición,que con arreglo a los artículos 556 a 558 de la L.E.C. sepuedan alegar (artículo 551.2 L.E.C.).
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doñaEncarnación Lourdes Lorenzo Hernández, Magistrada delJuzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Y para que conste y sirva de notificación a DisgesbolS.L.U. que se encuentra en ignorado paradero, así comopara su inserción en el tablón de anuncios y publicación enel Boletín Oficial de la Provincia, expido el presente.
Alicante, 29 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012004*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria del Juzga-do de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 315/2009 a instancias de Manuel RipollEsteve, Mercedes Barceló Sánchez, Josefa Castaño Pérez,Vanesa Richarte Giménez y Margarita Vidal Rodríguez con-tra Rohemar Calzado S.L., Trudy Calzados S.L., PasquínStudio S.L. y Zapatos Lorena S.A. en la que el día 3 de mayode 2010 se ha dictado auto de insolvencia cuya partedispositiva dice:
S.Sª. Iltma. Por ante mi dijo: a los efectos de laspresentes actuaciones, se declara insolvente provisional alas empresas ejecutadas Rohemar Calzado S.L., TrudyCalzados S.L., Pasquín Studio S.L. y Zapatos Lorena S.A. sinperjuicio de que llegaran a mejor fortuna y pudieran hacerseefectivas en sus bienes las cantidades que están obligadasa satisfacer, cuyo principal asciende a 77.189,40 €, más 9.262€ calculados provisionalmente para intereses y costas.
Notifíquese la presente resolución haciéndose constarque contra la misma cabe Recurso de Reposición en el plazode cinco días ante este Juzgado, siendo necesario para sutramitación la constitución de un depósito en cuantía de 25euros en la cuenta de Consignaciones de este Juzgadoabierta en el Banesto (0030), calle Foglietti número 24 deAlicante (3230), número 0112 0000 64 0315-09 excepto paralos trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social, opersonas y entidades que gocen del beneficio de justiciagratuita, de conformidad con la D.A. 15ª de la LOPJ, debien-
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do indicar en el campo concepto del resguardo de ingresoque se trata de un «recurso», seguido del código 30 y tipoconcreto de recurso Social-Reposición. Si el ingreso se hacemediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto derecurso debe indicarse después de especificar los 16 dígitosde la cuenta expediente (separado por un espacio).
Una vez evacuado el trámite, procédase al archivo de lapresente ejecución, sin perjuicio de proseguir las actuacio-nes si el ahora insolvente provisional llegara a mejor fortunao se le conocieran nuevos bienes.
Así lo acordó y firma S.Sª. la Iltma. señora doña Encar-nación Lorenzo Hernández, Magistrada del Juzgado de loSocial Número Dos de esta ciudad.
Y para que conste y sirva de notificación a RohemarCalzado S.L., Trudy Calzados S.L., Pasquín Studio S.L. yZapatos Lorena S.A. que se encuentra en ignorado parade-ro, así como para su inserción en el tablón de anuncios ypublicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expido elpresente.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012006*
EDICTO
Doña Inmaculada Martínez Ordóñez, Secretaria delJuzgado de lo Social Número Dos de los de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosnúmero 605/2009 a instancias de José Vicente NogueraFont, Abel Manuel Bernabeu García, Javier Morcillo Marin,Arturo José Pérez Verdú, José Servet Font, Carlos GustavoAragonés Martínez, Jorge Juan Macia Vicente, Marco Anto-nio Garrido García, Carlos Asensio Martínez, Iñaki PeñaFernández, Tomas Motos Plazuelo y Luis Miguel CarvajalDura contra M2 GRP Desing Technology S.L., New IntelligenceOpen Concept S.A., Javier Segura Pérez y Eduardo MartínRomo Ruiz en la que el día 04/03/2010 se ha dictadoresolución cuya parte dispositiva dice:
Que estimando parcialmente la demanda planteada porlos actores debo condenar y condeno a New IntelligenceOpen Concept, S.A. solidariamente con don Eduardo Martín-Romo Ruíz a que les abone las siguientes cantidades netas;
- Don José Vicente Noguera Font la cantidad de 4.926,07 €- Don Abel Manuel Bernabeu García la cantidad de
4.764,87 €- Don Javier Morcillo Marín la cantidad de 4.199,83 €- Don Arturo José Pérez Verdú la cantidad de 4.764,87 €- Don José Servet Font la cantidad de 4.400 €- Don Carlos Gustavo Aragonés Martínez la cantidad de
6.526 €- Don Jorge Juan Maciá Vicente la cantidad de 3.369,90 €- Don Marco Antonio Garrido García la cantidad de
3.464,85 €- Don Carlos Asensio Martínez la cantidad de 4.764,87 €- Don Iñaki Peña Fernández la cantidad de 1.805,66 €- Don Tomás Motos Plazuelo la cantidad de 3.861,87 €Igualmente debo condenar y condeno a M2 GRP Desing
Technology, S.L. a que abone a don Luis Miguel CarvajalDurá la cantidad de 1.768,54 €. Sin perjuicio de las respon-sabilidades legales del FGS. Igualmente, debo absolver yabsuelvo de la demanda a don Javier Segura Pérez.
Notifíquese la presente resolución a las partes, advir-tiéndoles que contra la presente podrán interponer Recursode Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superiorde Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciando talpropósito mediante comparecencia o por escrito ante esteJuzgado, en el plazo de cinco días a contar del siguiente a lanotificación de esta Sentencia, y que la condenada parahacerlo deberá ingresar en el Banesto (Entidad 0030 Oficina3230 Urbana Benalúa calle Foglietti número 24), en la cuentacorriente número 0112 que a tales efectos tiene abierta esteJuzgado con el nombre de depósitos y consignaciones, la
cantidad líquida importe de la condena con la clave 65 opresentar Aval Bancario por dicha cantidad sin cuyo requisitono podrá tenerse por anunciado el recurso.
Asimismo, deberá constituir en la misma cuenta corrien-te de la entidad arriba mencionada, la cantidad de 150,25 €,con la clave 67, presentando el resguardo de este último enSecretaría al tiempo de interponer el recurso, haciéndoseconstar además un domicilio en la sede de dicho TribunalSuperior a efectos de notificaciones. Debe reiterarse enrelación con los datos Bancarios, por ser de especial interéslo siguiente: importe de la condena bajo la clave 65; depósito(150,25 €) bajo la clave 67.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que conste y sirva de notificación a M2 GRP
Desing Technology S.L. y a don Javier Segura Pérez que seencuentra en ignorado paradero, así como para su inserciónen el tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficial dela Provincia, expido el presente.
Alicante, 28 de abril de 2010.La Secretaria. Rubricado.
*1012008*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado y con el númeroprocedimiento social ordinario - 123/2010 se sigue procedi-miento en reclamación de cantidades a instancia Juan Sal-vador Díaz contra Construcciones Moclem S.L. en cuyasactuaciones se ha señalado para que tenga lugar el acto dejuicio, el 5 de octubre de 2010 a las 11.00 horas e ignorándoseel actual paradero de la empresa Construcciones MoclemS.L. cuyo último domicilio conocido fue en Alicante avenidade Novelda número 53 Agost, por el presente se le cita paradicho día y hora, advirtiéndole que deberá comparecer almismo con los medios de prueba de que intente valerse, conla prevención de que si no compareciere, le pararán losperjuicios a que hubiera lugar en derecho, pudiéndoseletener por confeso en la sentencia y con advertencia de quelas siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvolas que deban revestir forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.
Alicante, 5 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012010*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado y con el númeroSeguridad Social. Accidentes de Trabajo - 237/2010 se sigueprocedimiento en reclamación de Seguridad Social a instan-cia Juan Antonio Ramón Peinado contra INSS, TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, Mutua Universal Mugenat yAlicante de Menaje Plástico S.L. en cuyas actuaciones se haseñalado para que tenga lugar el acto de juicio, el 16 denoviembre de 2010 a las 10.30 horas e ignorándose el actualparadero de la empresa Alicante de Menaje Plástico S.L.cuyo último domicilio conocido fue en Alicante calle Turrónnúmero 13, polígono Canastell, San Vicente, por el presentese le cita para dicho día y hora, advirtiéndole que deberácomparecer al mismo con los medios de prueba de queintente valerse, con la prevención de que si no compareciere,le pararán los perjuicios a que hubiera lugar en derecho,pudiéndosele tener por confeso en la sentencia y con adver-tencia de que las siguientes comunicaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.
Alicante, 29 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012014*
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EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado y con el númeroprocedimiento social ordinario - 275/2010 se sigue procedi-miento en reclamación de cantidades a instancia FranciscoJavier Pérez Ferrer contra Edimym Obras S.L., UTE GrupoCivica y BM3 y Fogasa en cuyas actuaciones se ha señaladopara que tenga lugar el acto de juicio, el 15 de noviembre de2010 a las 10.30 horas e ignorándose el actual paradero dela empresa Edimym Obras S.L. cuyo último domicilio cono-cido fue en Alicante calle Manuel Antón número 13, Alicante,por el presente se le cita para dicho día y hora, advirtiéndoleque deberá comparecer al mismo con los medios de pruebade que intente valerse, con la prevención de que si nocompareciere, le pararán los perjuicios a que hubiera lugaren derecho, pudiéndosele tener por confeso en la sentenciay con advertencia de que las siguientes comunicaciones seharán en estrados, salvo las que deban revestir forma deauto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Alicante, 28 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012017*
EDICTO
Doña Yolanda Mencia Presa Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Numero Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado y con el númerodespidos - 449/2010 se sigue procedimiento en reclamaciónde despidos a instancia Carlos López Gómez contra AndrésClavel Cascales en cuyas actuaciones se ha señalado paraque tenga lugar el acto de juicio, el 30 de junio de 2010 a las11.10 horas e ignorándose el actual paradero de la empresaAndrés Clavel Cascales cuyo último domicilio conocido fueen Alicante calle fabrica de la moneda 21-13 Aspe, por elpresente se le cita para dicho día y hora, advirtiéndole quedeberá comparecer al mismo con los medios de prueba deque intente valerse, con la prevención de que si nocompareciere, le pararán los perjuicios a que hubiera lugaren derecho, pudiéndosele tener por confeso en la sentenciay con advertencia de que las siguientes comunicaciones seharán en estrados, salvo las que deban revestir forma deauto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Alicante, 30 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012018*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado y con el númeroprocedimiento social ordinario - 137/2010 se sigue procedi-miento en reclamación de cantidades a instancia GeorgeMachedon contra Corporación Alicantina Serv. AuxiliaresS.L., Corporación Alicantina Serv. Auxiliares S.L., Residen-cia Ulyses Five S.L. y Asociación Perjudicados Grupo Riveraen cuyas actuaciones se ha señalado para que tenga lugarel acto de juicio, el 2 de noviembre de 2010 a las 10:30 horase ignorándose el actual paradero de la empresa CorporaciónAlicantina Serv. Auxiliares S.L., cuyo último domicilio cono-cido fue en avenida Marina Baixa número 22, 2 puerta 7. Calade Finestrat, por el presente se le cita para dicho día y hora,advirtiéndole que deberá comparecer al mismo con losmedios de prueba de que intente valerse, con la prevenciónde que si no compareciere, le pararán los perjuicios a quehubiera lugar en derecho, pudiéndosele tener por confeso enla sentencia y con advertencia de que las siguientes comu-
nicaciones se harán en estrados, salvo las que deban reves-tir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012021*
EDICTO
Doña Yolanda Mencia Presa, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado y con el númerodespidos - 464/2010 se sigue procedimiento en reclamaciónde despidos a instancia Isidora García Martínez contra Cal-zados Delfos S.L.U. y Fogasa en cuyas actuaciones se haseñalado para que tenga lugar el acto de juicio, el 30 de juniode 2010 a las 11.40 horas e ignorándose el actual paraderode la empresa Calzados Delfos S.L.U. y Fogasa cuyo últimodomicilio conocido fue en Alicante calle Roncesvalles núme-ro 5 y P.I. Les Pedreres calle 1º de Mayo número 11 Petrer,por el presente se le cita para dicho día y hora, advirtiéndoleque deberá comparecer al mismo con los medios de pruebade que intente valerse, con la prevención de que si nocompareciere, le pararán los perjuicios a que hubiera lugaren derecho, pudiéndosele tener por confeso en la sentenciay con advertencia de que las siguientes comunicaciones seharán en estrados, salvo las que deban revestir forma deauto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Alicante, 30 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012023*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado y con el númeroprocedimiento social ordinario - 23/2010 se sigue procedi-miento en reclamación de cantidades a instancia JoséCabanes Hernández, José Ramón Beneito Soriano, JuanFerriz Pérez, Juan Navarro López y María del Carmen MilánUgeda contra Kauai Pharma S.L. en cuyas actuaciones se haseñalado para que tenga lugar el acto de juicio, el 19 de juliode 2010 a las 9.50 horas e ignorándose el actual paradero dela empresa Kauai Pharma S.L. cuyo último domicilio conoci-do fue en Alicante polígono industrial el Rubial Parcela 85,calle 6, Villena 03400, por el presente se le cita para dicho díay hora, advirtiéndole que deberá comparecer al mismo conlos medios de prueba de que intente valerse, con la preven-ción de que si no compareciere, le pararán los perjuicios aque hubiera lugar en derecho, pudiéndosele tener por confe-so en la sentencia y con advertencia de que las siguientescomunicaciones se harán en estrados, salvo las que de-ban revestir forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012028*
EDICTO
Doña Elena Martínez Hernández, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Dos de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado y con el númeroprocedimiento social ordinario - 19/2010 se sigue procedi-miento en reclamación de cantidades a instancia DanielNavarro Barceló, Javier Navarro Barceló, Lidia NavarroBarceló y María Victoria Ballester Torro contra Kauai PharmaS.L. en cuyas actuaciones se ha señalado para que tenga
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 906 9
lugar el acto de juicio, el 19 de julio de 2010 a las 10.10 horase ignorándose el actual paradero de la empresa KauaiPharma S.L. cuyo último domicilio conocido fue en AlicanteEl Rubial. Parcela 85, calle 6 de Villena, por el presente se lecita para dicho día y hora, advirtiéndole que deberá compa-recer al mismo con los medios de prueba de que intentevalerse, con la prevención de que si no compareciere, lepararán los perjuicios a que hubiera lugar en derecho,pudiéndosele tener por confeso en la sentencia y con adver-tencia de que las siguientes comunicaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012031*
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRESALICANTE
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria delJuzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento número 41/2009seguido ante este Juzgado en reclamación de prestacionesa instancia de Activa Mutua 2008 Mutua de Accidente deTrabajo y Enfermedades Profesionales de la SeguridadSocial contra INSS, TGSS, Conselleria de Sanidad, JoséManuel Soler Fabra y Elevadores y Accesorios Visan S.L. seha dictado sentencia con fecha 20/04/2010, cuya partedispositiva es del tenor literal siguiente:
Fallo: que desestimando la demanda rectora de autospromovida por Activa Mutua 2008, frente a Instituto Nacionalde la Seguridad Social, Tesorería General de la SeguridadSocial, Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana,José Manuel Soler Fabra y Elevadores y Accesorios Visan S.L.,en materia de prestaciones. Acc. de trabajo, debo absolver yabsuelvo libremente a la parte demandada de cuantas preten-siones se deducen en su contra en la referida demanda.
Notifíquese la presente resolución a las partes en laforma prevenida por la Ley haciéndoles saber que contra lamisma pueden interponer recurso de suplicación, ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valen-cia, en el plazo de cinco días contados a partir del siguienteal de la notificación de esta sentencia y por conducto de esteJuzgado, y a la que pretenda recurrir no siendo trabajador obeneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, ono gozando del beneficio de justicia gratuita, que no se leadmitirá sin el previo ingreso de la cantidad objeto de lacondena, en la cuenta corriente de este Juzgado en el BancoEspañol de Crédito, oficina número 3230 de Urbana Benalúa,calle Foglietti número 24 de esta ciudad, cuenta número0113, clave 65, indicando el número de los presentes autosy concepto: consignación recurso suplicación, pudiendosustituirse la consignación en metálico por el aseguramientomediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar laresponsabilidad solidaria del avalista., así como la de cientocincuenta euros con veinticinco céntimos (150,25 €) en lacuenta corriente de este Juzgado en el Banco Español deCrédito, oficina número 3230 de Urbana Benalúa, calleFoglietti número 24 de esta ciudad, cuenta número 0113,Clave 67 indicando el número de los presentes autos yconcepto: depósito recurso suplicación con presentación delos correspondientes resguardos.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación a la demandada
Elevadores y Accesorios Visan S.L., cuyo domicilio actual sedesconoce y el último conocido lo fue en Albatera (Alicante),se expide el presente, advirtiéndose que las siguientescomunicaciones con dicha parte, se harán en estrados, salvolas que deben revestir forma de auto, sentencia o se trate deemplazamiento.
Alicante, 30 de abril de 2010.Rubricado.
*1011931*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria delJuzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento número 367/2009seguido ante este Juzgado en reclamación de cantidad ainstancia de Kelvin Eduardo Jiménez Jiménez, Pierre JavierMartínez Ortiz, Francisco Antonio Barbero Tora, AntonioGomis Zamora y Ilie Adrián Mircea contra ConstruccionesAlcaraz Puig S.L., Obralia Construcciones S.L. y Jesús LuisGil Ferrer (Admi. Conc. Constr. Alcaraz Puig) se ha dictadosentencia con fecha 23/04/2010, cuya parte dispositiva esdel tenor literal siguiente:
Fallo: que estimando la demanda interpuesta por KelvinEduardo Jiménez Jiménez, Pierre Javier Martínez Ortiz,Francisco Antonio Barbera Tora, Antonio Gomis Zamora yIlie Adrián Mircea contra la mercantil Construcciones AlcarazPuig S.L., debo condenar y condeno a la citada empresa aabonar a Kelvin Eduardo Jiménez Jiménez la cantidad de1.206,06 euros, a Pierre Javier Martínez Ortiz la cantidad de2.970,73 euros, a Francisco Antonio Barbera Tora la canti-dad de 973,80 euros, a Antonio Gómis Zamora la cantidad de1.502,70 euros y a Ilie Adrián Mircea la cantidad de 1.157,62euros, condenando al administrador concursal de la mercan-til Construcciones Alcaraz Puig S.L., don Jesús Luis GílFerrer a estar y pasar por esta declaración y absolviendo a lamercantil Obralia Sureste S.L. y a sus administradoresconcursales de la pretensión en su contra formulada.
Notifíquese la presente resolución a las partes en laforma prevenida por la Ley haciéndoles saber que contra lamisma pueden interponer recurso de suplicación, ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valen-cia, en el plazo de cinco días contados a partir del siguienteal de la notificación de esta sentencia y por conducto de esteJuzgado, y a la que pretenda recurrir no siendo trabajador obeneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, ono gozando del beneficio de justicia gratuita, que no se leadmitirá sin el previo ingreso de la cantidad objeto de lacondena, en la cuenta corriente de este Juzgado en el BancoEspañol de Crédito, oficina número 3230 de Urbana Benalúa,calle Foglietti número 24 de esta ciudad, cuenta número0113, Clave 65, indicando el número de los presentes autosy concepto: consignación recurso suplicación, pudiendosustituirse la consignación en metálico por el aseguramientomediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar laresponsabilidad solidaria del avalista., así como la de cientocincuenta euros con veinticinco céntimos (150,25 €) en lacuenta corriente de este Juzgado en el Banco Español deCrédito, oficina número 3230 de Urbana Benalúa, calleFoglietti número 24 de esta ciudad, cuenta número 0113,Clave 67 indicando el número de los presentes autos yconcepto: depósito recurso suplicación con presentación delos correspondientes resguardos.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación a la demandada Cons-
trucciones Alcaraz Puig S.L., cuyo domicilio actual se desco-noce y el último conocido lo fue en Rafal (Alicante), se expideel presente, advirtiéndose que las siguientes comunicacio-nes con dicha parte, se harán en estrados, salvo las quedeben revestir forma de auto, sentencia o se trate deemplazamiento.
Alicante, 3 de mayo de 2010.Rubricado.
*1011934*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria delJuzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento número 107/2010seguido ante este Juzgado en reclamación de despido ainstancia de Eva María Pérez Navarro contra Fogasa yAlpama Shoes S.L. se ha dictado sentencia con fecha 24/04/2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
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Fallo: que estimando la demanda interpuesta por EvaMaría Pérez Navarro, contra la empresa Alpama Shoes S.L.,debo declarar y declaro la nulidad de decisión extintiva, yante la imposibilidad de readmisión, declaro extinguida larelación laboral, condenando a la parte demandada a quepor vía de indemnización abone a la parte actora la cantidadde 3.512,81 euros, más los salarios de tramitación desde lafecha de la decisión extintiva hasta la fecha de esta sentencia.
Notifíquese la presente resolución a las partes en laforma prevenida por la Ley haciéndoles saber que contra lamisma pueden interponer recurso de suplicación, ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valen-cia, en el plazo de cinco días contados a partir del siguienteal de la notificación de esta sentencia y por conducto de esteJuzgado, y a la que pretenda recurrir no siendo trabajador obeneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, ono gozando del beneficio de justicia gratuita, que no se leadmitirá sin el previo ingreso de la cantidad objeto de lacondena, en la cuenta corriente de este Juzgado en el BancoEspañol de Crédito, oficina número 3230 de Urbana Benalúa,calle Foglietti número 24 de esta ciudad, cuenta número0113, Clave 65, indicando el número de los presentes autosy concepto: consignación recurso suplicación, pudiendosustituirse la consignación en metálico por el aseguramientomediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar laresponsabilidad solidaria del avalista, así como la de cientocincuenta euros con veinticinco céntimos (150,25 €) en lacuenta corriente de este Juzgado en el Banco Español deCrédito, oficina número 3230 de Urbana Benalúa, calleFoglietti número 24 de esta ciudad, cuenta número 0113,Clave 67 indicando el número de los presentes autos yconcepto: depósito recurso suplicación con presentación delos correspondientes resguardos.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación a la demandada Alpama
Shoes S.L., cuyo domicilio actual se desconoce y el últimoconocido lo fue en Elda, se expide el presente, advirtiéndoseque las siguientes comunicaciones con dicha parte, se haránen estrados, salvo las que deben revestir forma de auto,sentencia o se trate de emplazamiento.
Alicante, 29 de abril de 2010.Rubricado.
*1011937*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria delJuzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento número 392/2009seguido ante este Juzgado en reclamación de cantidad ainstancia de Antonio Manzano Ramón, Antonio ManzanoCabrerizo, José Miguel Manzano Ramón y Miguel ÁngelSoriano Martínez contra F & M Mateados de Cristal S.L. yFrancisco Guardiola Algarra se ha dictado sentencia confecha 22/04/2010, cuya parte dispositiva es del tenor literalsiguiente:
Fallo: que estimando la demanda interpuesta por Anto-nio Manzano Ramón, Antonio Manzano Cabrerizo, JoséMiguel Manzano Ramón y Miguel Ángel Soriano Martínez,contra la empresa F&M Mateados de Cristal S.L., debodeclarar que a la parte actora se le adeudan, por diferenciassalariales devengadas y no percibidas, a Antonio ManzanoRamón: 3.242,01 euros, a Antonio Manzano Cabrerizo:3.242,01 euros, a Miguel Ángel Soriano Martínez: 3.242,47euros y a José Miguel Manzano Ramón: 2.951,47 euros, másel 10% anual en concepto de interés por mora, a cuyo pagose condena a la parte demandada.
Notifíquese la presente resolución a las partes en laforma prevenida por la Ley haciéndoles saber que contra lamisma pueden interponer recurso de suplicación, ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valen-cia, en el plazo de cinco días contados a partir del siguienteal de la notificación de esta sentencia y por conducto de este
Juzgado, y a la que pretenda recurrir no siendo trabajador obeneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, ono gozando del beneficio de justicia gratuita, que no se leadmitirá sin el previo ingreso de la cantidad objeto de lacondena, en la cuenta corriente de este Juzgado en el BancoEspañol de Crédito, oficina número 3230 de Urbana Benalúa,calle Foglietti número 24 de esta ciudad, cuenta número0113, Clave 65, indicando el número de los presentes autosy concepto: consignación recurso suplicación, pudiendosustituirse la consignación en metálico por el aseguramientomediante aval bancario, en el que deberá hacerse constar laresponsabilidad solidaria del avalista., así como la de cientocincuenta euros con veinticinco céntimos (150,25 €) en lacuenta corriente de este Juzgado en el Banco Español deCrédito, oficina número 3230 de Urbana Benalúa, calleFoglietti número 24 de esta ciudad, cuenta número 0113,Clave 67 indicando el número de los presentes autos yconcepto: depósito recurso suplicación con presentación delos correspondientes resguardos.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación a la demandada F & M
Mateados de Cristal S.L., cuyo domicilio actual se desconocey el último conocido lo fue en Alicante, se expide el presente,advirtiéndose que las siguientes comunicaciones con dichaparte, se harán en estrados, salvo las que deben revestirforma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.
Alicante, 29 de abril de 2010.Rubricado.
*1011940*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento de este Juzgadonúmero 11/2009 en trámites de ejecución número 248/2009,en reclamación de despido, a instancias de José AntonioRuiz González, contra Mavi Cerrajeros Alicante S.L. se hadictado decreto con fecha 5 de mayo de 2010, cuya partedispositiva dice:
«Declarar al/a los ejecutado/s Mavi Cerrajeros AlicanteS.L. en situación de insolvencia por importe de 13.993,32euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectoscomo provisional, sin perjuicio de que llegara a mejor fortunay pudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidadesque por principal y costas está obligado a satisfacer.»
Y para que sirva de notificación al demandado MaviCerrajeros Alicante S.L., del que se ignora su actual parade-ro y el último conocido lo fue en Alicante, se expide lapresente con la advertencia de que las siguientes comunica-ciones con la parte a la que va dirigida la presente, se harápor estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.
Alicante, 5 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011942*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento de este Juzgadonúmero 894/2008 en trámites de ejecución número 340/2009, en reclamación de cantidad, a instancias deAbdourahmane Ka, contra Pedro Pérez Gómez se ha dictadodecreto con fecha 5 de mayo de 2010, cuya parte dispositivadice:
«Declarar al/a los ejecutado/s Pedro Pérez Gómez ensituación de insolvencia por importe de 1.632,31 euros,insolvencia que se entenderá a todos los efectos comoprovisional, sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna y
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pudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidades quepor principal y costas está obligado a satisfacer.»
Y para que sirva de notificación al demandado PedroPérez Gómez, del que se ignora su actual paradero y elúltimo conocido lo fue en Alicante, se expide la presente conla advertencia de que las siguientes comunicaciones con laparte a la que va dirigida la presente, se hará por estrados,salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia, ose trate de emplazamiento.
Alicante, 5 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011945*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento de este Juzgadonúmero 675/2008 en trámites de ejecución número 184/2009, en reclamación de despido, a instancias de PaulinoMotilla Fernández, contra Urdidos Canto S.L. se ha dictado decretocon fecha 5 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva dice:
«Declarar al/a los ejecutado/s Urdidos Canto S.L. ensituación de insolvencia por importe de 12.392,98 euros,insolvencia que se entenderá a todos los efectos comoprovisional, sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna ypudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidades quepor principal y costas está obligado a satisfacer.
Y para que sirva de notificación al demandado UrdidosCanto S.L., del que se ignora su actual paradero y el últimoconocido lo fue en Concentaina (Alicante), se expide lapresente con la advertencia de que las siguientes comunica-ciones con la parte a la que va dirigida la presente, se harápor estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.
Alicante, 5 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011948*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento de este Juzgadonúmero 564/2009, en reclamación de despido, a instanciasde David Mirón Miñarro, contra Transportes Joaquín GisbertS.L. se ha dictado auto con fecha 23 de abril de 2010, cuyaparte dispositiva dice:
«Debo declarar y declaro extinguida, con esta fecha, larelación laboral existente entre don David Mirón Miñarro y lademandada Transportes Joaquín Gisbert S.L., condenandoa esta última a abonar al citado actor la cantidad de 14.968,8euros, en concepto de indemnización, más los salariosdejados de percibir desde la fecha de notificación de lasentencia hasta la de la presente resolución, ascendiendo latotalidad de los salarios de tramitación a 18.234,72 euros.»
Y para que sirva de notificación al demandado Trans-portes Joaquín Gisbert S.L., del que se ignora su actualparadero y el último conocido lo fue en Alcoy (Alicante), seexpide la presente con la advertencia de que las siguientescomunicaciones con la parte a la que va dirigida la presente,se hará por estrados, salvo las que deban revestir la forma deauto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Alicante, 23 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011957*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento de este Juzgadonúmero 434/2009, en reclamación de despido, a instanciasde Ramón Molina Beltrán, contra Oepa Inversiones y ObrasS.L., Grupo Día 3000 S.L., Fogasa y Pavimentos y Riegos,S.L. se ha dictado auto con fecha 23 de abril de 2010, cuyaparte dispositiva dice:
«Debo declarar y declaro extinguida, con esta fecha, larelación laboral existente entre don Ramón Molina Beltrán ylas demandadas Oepa Inversiones y Obras S.L. y Pavimen-tos y Riegos S.L., condenando a estas a abonar al citadoactor la cantidad de 4.725,63 euros, en concepto de indem-nización, más los salarios dejados de percibir desde la fechade notificación de la sentencia hasta la de la presenteresolución, ascendiendo la totalidad de los salarios de trami-tación a 29.029,30 euros.»
Y para que sirva de notificación al demandado Fogasay Pavimientos y Riegos, S.L., del que se ignora su actualparadero y el último conocido lo fue en Redován (Alicante),se expide la presente con la advertencia de que las siguien-tes comunicaciones con la parte a la que va dirigida lapresente, se hará por estrados, salvo las que deban revestirla forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Alicante, 23 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011959*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento de este Juzgadonúmero 434/2009, en reclamación de despido, a instanciasde Ramón Molina Beltrán, contra Oepa Inversiones y ObrasS.L., Grupo Día 3000 S.L., Fogasa y Pavimientos y Riegos,S.L. se ha dictado auto con fecha 23 de abril de 2010, cuyaparte dispositiva dice:
«Debo declarar y declaro extinguida, con esta fecha, larelación laboral existente entre don Ramón Molina Beltrán ylas demandadas Oepa Inversiones y Obras S.L. y Pavimen-tos y Riegos S.L., condenando a estas a abonar al citadoactor la cantidad de 4.725,63 euros, en concepto de indem-nización, más los salarios dejados de percibir desde la fechade notificación de la sentencia hasta la de la presenteresolución, ascendiendo la totalidad de los salarios de trami-tación a 29.029,30 euros.»
Y para que sirva de notificación al demandado OepaInversiones y Obras S.L., del que se ignora su actual parade-ro y el último conocido lo fue en Alicante, se expide lapresente con la advertencia de que las siguientes comunica-ciones con la parte a la que va dirigida la presente, se harápor estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.
Alicante, 23 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011967*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento de este Juzgadonúmero 762/2008, en reclamación de despido, a instanciasde Manuel Alguacil Cornejo, contra Tecons Const Obras yRep S.L., CRB S.L. y Instituto Valenciano de la Vivienda S.A.se ha dictado auto con fecha auto de fecha 22 de abril de2009, cuya parte dispositiva dice:
«Debo declarar y declaro extinguida, con esta fecha, larelación laboral existente entre Manuel Alguacil Cornejo y lademandada Tecons Construcciones, Obras y ReparacionesS.L.,condenando a esta última a abonar al actor ManuelAlguacil Cornejo la cantidad de 3.179,68 euros, en concepto
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de indemnización más los salarios dejados de percibir desdela fecha de notificación de la sentencia hasta la de lapresente resolución, ascendiendo la totalidad de los salariosde tramitación a 12.484,92 euros.»
Y para que sirva de notificación al demandado TeconsConst Obras y Rep S.L., CRB S.L. y Instituto Valenciano dela Vivienda S.A., del que se ignora su actual paradero y elúltimo conocido lo fue en Alicante, se expide la presente conla advertencia de que las siguientes comunicaciones con laparte a la que va dirigida la presente, se hará por estrados,salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia, ose trate de emplazamiento.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011970*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento de este Juzgadonúmero 513/2008 en trámites de ejecución número 304/2009, en reclamación de cantidad, a instancias de Eva MaríaValiente Ortiz, contra Crema Stone S.L. se ha dictado autocon fecha 3 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva dice:
«A los efectos de las presentes actuaciones, se declarainsolvente provisional al ejecutado Crema Stone S.L. sinperjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerseefectivas en sus bienes las cantidades que por principal ycostas está obligado a satisfacer. Ascendiendo el principalreclamado a 1.542,15 euros.
De conformidad con lo establecido en el adicionadonúmero 5 del artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboralpor la Ley Orgánica 8/03, procédase a publicar la declaraciónde insolvencia decretada en el Boletín Oficial del RegistroMercantil.»
Y para que sirva de notificación al demandado CremaStone S.L., del que se ignora su actual paradero y el últimoconocido lo fue en Novelda (Alicante), se expide la presentecon la advertencia de que las siguientes comunicaciones conla parte a la que va dirigida la presente, se hará por estrados,salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia, ose trate de emplazamiento.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011981*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento de este Juzgadonúmero 486/2008 en trámites de ejecución número 316/2009, en reclamación de cantidad, a instancias de FundaciónLaboral de la Construcción, contra Kamel Abdalla FahmyBotros Obras y Construcciones, C.B. se ha dictado auto confecha 3 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva dice:
«A los efectos de las presentes actuaciones, se declarainsolvente provisional al ejecutado Kamel Abdalla FahmyBotros Obras y Construcciones, C.B. sin perjuicio de quellegara a mejor fortuna y pudieran hacerse efectivas en susbienes las cantidades que por principal y costas está obliga-do a satisfacer. Ascendiendo el principal reclamado a 51,07euros.
De conformidad con lo establecido en el adicionadonúmero 5 del artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboralpor la Ley Orgánica 8/03, procédase a publicar la declaraciónde insolvencia decretada en el Boletín Oficial del RegistroMercantil.»
Y para que sirva de notificación al demandado KamelAbdalla Fahmy Botros Obras y Construcciones, C.B., del que
se ignora su actual paradero y el último conocido lo fue enVillena (Alicante), se expide la presente con la advertenciade que las siguientes comunicaciones con la parte a la queva dirigida la presente, se hará por estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto o sentencia, o se trate deemplazamiento.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011983*
EDICTO
Doña Yolanda Mencia Presa, Secretaria de Refuerzodel Juzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber:Que en este Juzgado de lo Social y con el número 364/
2010 se sigue procedimiento en reclamación por despido, ainstancia de Enrique Cano Cascales contra Fogasa yFenadelfri SLU, en cuyas actuaciones se ha señalado paraque tenga lugar el acto de juicio el día 4 de junio de 2010, alas 12.00 horas: e ignorándose el actual paradero del deman-dado Fenadelfri SLU cuyo último domicilio conocido fue encalle Treballadors, 10 polígono industrial Les Pedreres dePetrer o calle Pablo Iglesias, 24 B de Elda, por el presente sele cita para dicho día y hora, con la prevención de que si nocompareciere, le parará los perjuicios a que hubiere lugar enderecho.
Se advierte que las siguientes comunicaciones con laparte a la que va dirigida la presente, se harán por Estrados,salvo que deban revestir forma de auto, sentencia o se tratede emplazamiento.
Alicante, 30 de abril de 2010.Rubricado.
*1011986*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria delJuzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber:Que en este Juzgado de lo Social y con el número 92/
2010 se sigue procedimiento en reclamación por prestacio-nes, a instancia de María Francisca Garvi López contra INEMy José Rico Juan, en cuyas actuaciones se ha señalado paraque tenga lugar el acto de juicio el día 3 de octubre de 2011,a las 9.50 horas: e ignorándose el actual paradero deldemandado José Rico Juan cuyo último domicilio conocidofue en Novelda, calle Maestro Mandos, 6, por el presente sele cita para dicho día y hora, con la prevención de que si nocompareciere, le parará los perjuicios a que hubiere lugar enderecho.
Se advierte que las siguientes comunicaciones con laparte a la que va dirigida la presente, se harán por Estrados,salvo que deban revestir forma de auto, sentencia o se tratede emplazamiento.
Alicante, 29 de abril de 2010.Rubricado.
*1011987*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria delJuzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber:Que en este Juzgado de lo Social y con el número 50/
2010 se sigue procedimiento en reclamación por prestacio-nes, a instancia de Lucia Mira Calatayud contra INEM y José
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 907 3
Rico Juan, en cuyas actuaciones se ha señalado para quetenga lugar el acto de juicio el día 11 de julio de 2011, a las10.10 horas: e ignorándose el actual paradero del demanda-do José Rico Juan cuyo último domicilio conocido fue enNovelda, calle Maestro Mandos, 6, por el presente se le citapara dicho día y hora, con la prevención de que si nocompareciere, le parará los perjuicios a que hubiere lugar enderecho.
Se advierte que las siguientes comunicaciones con laparte a la que va dirigida la presente, se harán por Estrados,salvo que deban revestir forma de auto, sentencia o se tratede emplazamiento.
Alicante, 28 de abril de 2010.Rubricado.
*1011998*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria delJuzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado de lo Social y con elnúmero 1354/2009 se sigue procedimiento en reclamaciónpor cantidad, a instancia de Christian Granero García, RubénRuiz Ortuño, Juan José Lara Olivares y Santiago BravoCordero contra Club Ibi Futbol Sala y Fogasa, en cuyasactuaciones se ha señalado para que tenga lugar el acto dejuicio el día 9 de mayo de 2011 a las 10:00 horas: eignorándose el actual paradero del demandado Club IbiFutbol Sala cuyo último domicilio conocido fue en Ibi, calleJaén, sin número, por el presente se le cita para dicho día yhora, con la prevención de que si no compareciere, le pararálos perjuicios a que hubiere lugar en derecho.
Se advierte que las siguientes comunicaciones con laparte a la que va dirigida la presente, se harán por Estrados,salvo que deban revestir forma de auto, sentencia o se tratede emplazamiento.
Alicante, 28 de abril de 2010.Rubricado.
*1012000*
EDICTO
Doña Ana Isabel Soriano Rodríguez, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social Número Tres de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento de este Juzgadonúmero 262/2009 en trámites de ejecución número 39/2010,en reclamación de despido, a instancias de María TeresaSegura Quinto, Vanesa Mateu Muñoz, Raquel Moran Giménezy Ana Isabel Muñoz Martínez, contra Manufacturas RocíoS.L. se ha dictado auto con fecha 22.04.10, cuya partedispositiva dice:
«Dijo: a los efectos de las presentes actuaciones, sedeclara insolvente provisional al ejecutado ManufacturasRocío S.L. sin perjuicio de que llegara a mejor fortuna ypudieran hacerse efectivas en sus bienes las cantidades quepor principal y costas está obligado a satisfacer. Ascendien-do el principal reclamado a 34.058,84 euros.
De conformidad con lo establecido en el adicionadonúmero 5 del artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboralpor la Ley Orgánica 8/03, procédase a publicar la declaraciónde insolvencia decretada en el Boletín Oficial del RegistroMercantil.»
Y para que sirva de notificación al demandado Manufac-turas Rocío S.L., del que se ignora su actual paradero y elúltimo conocido lo fue en Elda, se expide la presente con laadvertencia de que las siguientes comunicaciones con laparte a la que va dirigida la presente, se hará por estrados,salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia, ose trate de emplazamiento.
Alicante, 22 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012002*
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATROALICANTE
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, licenciada en Derecho y Secre-taria de la Administración de Justicia, con cargo y ejercicio enel Juzgado de lo Social Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento seguido en esteJuzgado bajo el número 87/2010, sobre extinción relaciónlaboral, promovido por Gael Francoise Marie Therese Hurtrel,contra Amani Restauración y Copas S.L. y Fogasa, en cuyasactuaciones se ha señalado para la celebración del acto dejuicio el día 20 de mayo de 2010 a las 11.10 horas, en la Salade Audiencia de este Juzgado e ignorándose el actualparadero de la mercantil demandada Amani Restauración yCopas S.L., cuyo último domicilio conocido fue en plaza deLos Luceros número 12, entlo. de Alicante y calle Castañosnúmero 3 «Café Pub Musa, en Alicante y a su Administradorúnico Parjam Amani, cuyo último domicilio conocido fue encalle Torrevejenses Ausentes número 1. 2º B de Torrevieja,por el presente se les cita para dicho acto, con la prevenciónque de no comparecer le pararán los perjuicios a que hubierelugar en derecho y de que las siguientes comunicaciones alas partes a las que va dirigida la presente se harán enestrados, salvo las que deban revestir forma de auto, senten-cia o se trate de emplazamiento.»
Y para que sirva de citación en legal forma al represen-tante legal de Amani Restauración y Copas S.L. y a suadministrador único Parjam Amani; expido y firmo el presente.
Alicante, 6 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012012*
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, licenciada en Derecho y Secre-taria de la Administración de Justicia, con cargo y ejercicio enel Juzgado de lo Social Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento seguido en esteJuzgado bajo el número 415/2010, sobre despido, promovi-do por Gabriel Anyelo Gómez Ortega, contra Mozzi PizzaS.L.U. y Fogasa, en cuyas actuaciones se ha señalado parala celebración del acto de juicio el día 22 de julio de 2010 alas 10.50 horas, en la Sala de Audiencia de este Juzgado eignorándose el actual paradero del Mozzi Pizza S.L.U., cuyoúltimo domicilio conocido fue en plaza Mayor, Local 7- Bajo,de Elda, y calle Comparsa tercio de Flandes número 7 dePetrer y su Administrador Eusebio Martínez García, cuyoúltimo domicilio se desconoce, por el presente se les citapara dicho acto, con la prevención que de no comparecer lespararán los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y deque las siguientes comunicaciones a las partes a las que vadirigida la presente se harán en estrados, salvo las quedeban revestir forma de auto, sentencia o se trate de empla-zamiento.»
Y para que sirva de citación en legal forma al represen-tante legal de Mozzi Pizza S.L.U. y su administrador únicoEusebio Martínez García; expido y firmo el presente.
Alicante, 28 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012015*
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, Secretaria de la Administra-ción de Justicia con cargo y ejercicio en el Juzgado de loSocial Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se sigue ejecuciónnúmero 154/2010, a instancias de Francisco Javier del Rey
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Salto contra Fomento de Yesos Laminados S.L., en la que eldía 20/04/10 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:
Se acuerda la Ejecución solicitada por Francisco Javierdel Rey Salto, frente a Fomento de Yesos Laminados S.L., dela Sentencia de fecha 05/02/10, dictada por este Juzgado delo Social; por cuantía de 14.653,80 €, en concepto deprincipal, más la cantidad de 1.465,00 € y 1.465,00 €,presupuestados provisionalmente para intereses y costas,respectivamente, sin perjuicio de su liquidación y tasacióndefinitivas.
- Que siguiéndose en este Juzgado, Ejecución número144/10 contra Fomento de Yesos Laminados S.L., quede lapresente a resultas de la misma.
Esta resolución es firme y contra la misma no caberecurso alguno (artículo 551.2 de la L.E.C.), sin perjuicio deque el deudor pueda oponerse a la ejecución despachadadentro de los diez días siguientes a la notificación de esteauto (artículos 556 a 558 L.E.C.)
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña PazFernández Muñoz, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro de los de Alicante; de todo lo que, doña MartaMartín Ruiz, Secretaria Judicial del mencionado Juzgado;Doy fe.
La Magistrada-Juez. La Secretaria Judicial.Firmado y rubricado.-Y para que conste y sirva de notificación a Fomento de
Yesos Laminados S.L. que se encuentra en ignorado para-dero, así como para su inserción en el tablón de anuncios ypublicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndolesaber al mismo que las restantes notificaciones que hayande efectuársele se le harán en estrados, en la forma legal-mente establecida, expido el presente.
Alicante, 20 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012025*
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, Secretaria de la Administra-ción de Justicia con cargo y ejercicio en el Juzgado de loSocial Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se sigue ejecuciónnúmero 152/2010, a instancias de María Dolores AlvillarVerdú, Amelia Braco Castelló, Ana Ferri Ortega, PedroJiménez López, Cristina Juan Bernabeu, Raquel JuanBernabeu, Jesús Villa Silvestre y Alicia Zornoza Moratallacontra Calzados Santer S.L., en la que el día 20/04/10 se hadictado auto cuya parte dispositiva dice:
Se acuerda la Ejecución solicitada por María DoloresAlvillar Verdú, Amelia Bravo Castelló, Ana Ferri Ortega,Pedro Jiménez López, Cristina Juan Bernabeu, Raquel JuanBernabeu, Jesús Villa Silvestre y Alicia Zornoza Moratalla,frente a Calzados Santer S.L., de la sentencia de fecha 30/11/09, dictada por este Juzgado de lo Social; por cuantía de107.665,48 €, en concepto de principal (Jesús Villa Silvestre:11.581,40 €; Cristina Juan Bernabeu: 13.890,08 €; Ana FerriOrtega: 13.450,00 €; María Dolores Alvillar Verdú: 13.890,08€; Alicia Zornoza Moratalla: 10.371,95 €; Pedro JiménezLópez: 21.000,45 €; Amelia Bravo Castelló: 11.496,42 €;Raquel Juan Bernabeu: 11.984,55 €), más la cantidad de10.766,00 € y 10.766,00 €, presupuestados provisionalmen-te para intereses y costas, respectivamente, sin perjuicio desu liquidación y tasación definitivas.
- Que siguiéndose en este Juzgado, ejecución número32/10 contra Calzados Santer S.L., quede la presente aresultas de la misma.
Esta resolución es firme y contra la misma no caberecurso alguno (artículo 551.2 de la L.E.C.), sin perjuicio deque el deudor pueda oponerse a la ejecución despachadadentro de los diez días siguientes a la notificación de esteauto. (artículos 556 a 558 L.E.C.)
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña PazFernández Muñoz, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social
Número Cuatro de los de Alicante; de todo lo que, doña MartaMartín Ruiz, Secretario Judicial del mencionado Juzgado;Doy fe.
La Magistrada-Juez. La Secretaria Judicial.Firmado y rubricado.-Y para que conste y sirva de notificación a Calzados
Santer S.L. que se encuentra en ignorado paradero, asícomo para su inserción en el tablón de anuncios y publica-ción en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber almismo que las restantes notificaciones que hayan deefectuársele se le harán en estrados, en la forma legalmenteestablecida, expido el presente.
Alicante, 20 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012027*
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, licenciada en Derecho y Secre-taria de la Administración de Justicia, con cargo y ejercicio enel Juzgado de lo Social Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento seguido en esteJuzgado bajo el número 1124/2009, sobre cantidad, promo-vido por Gines Patricio Rojo Sánchez, contra Donhabitat S.L.y Fondo de Garantía Salarial, en cuyas actuaciones se haseñalado para la celebración del acto de juicio el día 29 dejunio de 2010 a las 10.30 horas, en la Sala de Audiencia deeste Juzgado e ignorándose el actual paradero del DonhabitatS.L., cuyo último domicilio conocido fue en calle Venezuelanúmero 1 de Alicante y avenida Isla Formentera número 7,bajo 1, edificio Nauti de Calpe y su administradora PatriciaÁngela Alonso Mauri cuyo domicilio se desconoce, por elpresente se le cita para dicho acto, con la prevención que deno comparecer le pararán los perjuicios a que hubiere lugaren derecho y de que las siguientes comunicaciones a la partea la que va dirigida la presente se harán en estrados, salvolas que deban revestir forma de auto, sentencia o se trate deemplazamiento.»
Y para que sirva de citación en legal forma a la empresademandada Donhabitat S.L. y a su administradora únicaPatricia Ángela Alonso Mauri; expido y firmo el presente.
Alicante, 4 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012030*
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, Secretaria de la Administra-ción de Justicia con cargo y ejercicio en el Juzgado de loSocial Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se sigue ejecuciónnúmero 151/2010, a instancias de Guillermo Amaya Lópezcontra Catering y Servicios Herrera Romero S.L., en la queel día 19.04.10 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:
Se acuerda la Ejecución solicitada por Guillermo AmayaLópez, frente a Catering y Servicios Herrera Romero S.L., dela Sentencia de fecha 15.02.10, dictada por este Juzgado delo Social; por cuantía de 6.555, 61 €, en concepto deprincipal, más la cantidad de 655, 00 € y 655, 00 €, presu-puestados provisionalmente para intereses y costas, respec-tivamente, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas.
Para su efectividad, practíquense las siguientes diligencias:Primero.- Requiérase al deudor, para que efectúe ma-
nifestación acerca de los bienes o derechos de que seatitular, con la precisión necesaria. Deberá, en su caso, indicarlas personas que ostentan derechos sobre sus bienes y siéstos están sujetos a otro proceso, concretar los extremos deéste que puedan interesar a la ejecución. En el caso de quelos bienes estén gravados con cargas reales, deberá asimis-mo manifestar el importe del crédito garantizado y, en su
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caso, la parte pendiente de pago. Si se trata de bienesinmuebles, deberá expresar si están ocupados, por quépersonas y con qué título.
Adviértase al deudor que, de no atender al requerimien-to, podrá imponérsele un apremio pecuniario por cada día deatraso, en las condiciones establecidas en el artículo 239 dela Ley de Procedimiento Laboral.
Segundo.- Practíquese diligencia de embargo sobrebienes o derechos del deudor en cuantía suficiente paracubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el ordenestablecido en el artículo 592.2 de la LEC y depositándoselos bienes embargados conforme a Derecho, sirviendo lapresente resolución de mandamiento en forma para la Comi-sión Judicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
Tercero.- Sin perjuicio de todo ello, procédase a laaveriguación de bienes del apremiado de conformidad con elartículo 248 del Texto Refundido de la Ley de ProcedimientoLaboral. A tal fin, consúltense los registros informáticos de laAEAT, uniéndose a las actuaciones los informes obtenidospara su debida constancia. Y líbrese oficio al Organismoindicado, a fin de recabar información en relación a laexistencia de posibles devoluciones tributarias a favor delejecutado.
Esta resolución es firme y contra la misma no caberecurso alguno (artículo 551.2 de la L.E.C.), sin perjuicio deque el deudor pueda oponerse a la ejecución despachadadentro de los diez días siguientes a la notificación de esteauto. (artículos 556 a 558 L.E.C.)
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña PazFernández Muñoz, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro de los de Alicante; de todo lo que, doña MartaMartín Ruiz, Secretaria Judicial del mencionado Juzgado;doy fe.
La Magistrada-Juez. La Secretaria Judicial.Firmado y rubricado.-Y para que conste y sirva de notificación a Catering y
Servicios Herrera Romero S.L. que se encuentra en ignoradoparadero, así como para su inserción en el tablón de anun-cios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,haciéndole saber al mismo que las restantes notificacionesque hayan de efectuársele se le harán en estrados, en laforma legalmente establecida, expido el presente.
Alicante, 19 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012035*
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, licenciada en Derecho y Secre-taria de la Administración de Justicia, con cargo y ejercicio enel Juzgado de lo Social Número Cuatro de Alicante.
Hago saber:Que en el procedimiento seguido en este Juzgado bajo
el número 1042/2009, sobre cantidad, promovido por RaúlMartínez Asensio, contra Cristales y Aluminios Norte S.L., encuyas actuaciones se ha señalado para la celebración delacto de juicio el día 3 de junio de 2010 a las 10.20 horas, enla Sala de Audiencia de este Juzgado e ignorándose el actualparadero del Cristales y Aluminios Norte S.L., cuyo últimodomicilio conocido fue en Joanot Martorell número 8 deAlcoy, y a su Administrador único Rafael Valentín SempereMiralles cuyo último domicilio es en calle General Prietonúmero 1, 5º, puerta 3 de Alcoy por el presente se le cita paradicho acto, con la prevención que de no comparecer lepararán los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y deque las siguientes comunicaciones a la parte a la que vadirigida la presente se harán en estrados, salvo las quedeban revestir forma de auto, sentencia o se trate deemplazamiento.»
Y para que sirva de citación en legal forma a la empresademandada De Cristales y Aluminios Norte S.L. y a suadministrador único don Rafael Valentín Sempere Miralles;expido y firmo el presente.
Alicante, 4 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012039*
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, licenciada en Derecho y Secre-taria de la Administración de Justicia, con cargo y ejercicio enel Juzgado de lo Social Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento seguido en esteJuzgado bajo el número 1167/2009, sobre cantidad, promo-vido por María Dolores Candela Amaya, contra MaymaVerde, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, en cuyas actuacio-nes se ha señalado para la celebración del acto de juicio eldía 13 de julio de 2010 a las 10.30 horas, en la Sala deAudiencia de este Juzgado e ignorándose el actual paraderodel Mayma Verde S.L., cuyo último domicilio conocido fue enPolígono Industrial Campo Alto, calle Gran Bretaña, 113 C,C.P. 03600 Elda, y a su Administrador único Manuel SánchezRequena, cuyo último domicilio se desconoce, por el presen-te se les cita para dicho acto, con la prevención que de nocomparecer le pararán los perjuicios a que hubiere lugar enderecho y de que las siguientes comunicaciones a las partesa las que va dirigida la presente se harán en estrados, salvolas que deban revestir forma de auto, sentencia o se trate deemplazamiento.»
Y para que sirva de citación en legal forma al represen-tante legal de Mayma Verde S.L. y a su administrador únicoManuel Sánchez Requena; expido y firmo el presente.
Alicante, 4 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012041*
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, licenciada en Derecho y Secre-taria de la Administración de Justicia, con cargo y ejercicio enel Juzgado de lo Social Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento número 1075/2008, seguido en este Juzgado a instancia de BienvenidosGarcía Navarro frente Zapatos de Alta Calidad S.L. y Fondode Garantía Salarial en materia de cantidad, con fecha 17/02/2010, se ha dictado sentencia número 87/2010, cuya partedispositiva es del siguiente tenor literal:
Fallo: que estimando la demanda interpuesta por donBienvenido García Navarro frente a Zapatos de Alta CalidadS.L. debo condenar y condeno a la empresa demandada aabonar al actor la cantidad de 3.516,90 euros, junto con elinterés por mora.
Notifíquese la presente resolución a las partes en laforma prevenida por la Ley haciéndoles saber que contra lamisma no cabe recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.-Doña Paz Fernández Muñoz.- Y para que sirva de notifica-ción de la anterior resolución a Zapatos de Alta Calidad S.L.,cuyo último domicilio conocido fue en calle Pico Anetonúmero 22, C.P. 03600 Elda o a su administrador único donJosé Miguel Esteve Juan, cuyo último domicilio conocido fueen calle Donoso Cortés número 103 de Elda, y actualmenteen ignorado paradero/cerrado, se inserta el presente edictoen el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, advirtiéndo-les que las siguientes comunicaciones a las partes a las queva dirigida la presente se harán en estrado, salvo las quedeban revestir forma de auto, sentencia o se trate de empla-zamiento.
Alicante, 4 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012046*
7 6boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, Secretaria de la Administra-ción de Justicia con cargo y ejercicio en el Juzgado de loSocial Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se sigue ejecuciónnúmero 149/2010, a instancias de Julio Miguel GonzálezGuillemón contra Gestión Asena S.L., en la que el día19.04.10 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:
Vistos los preceptos legales citados y los de general ypertinente aplicación.
S. Sª Ilma. por ante mí, dijo: procédase a la ejecución yse decreta, sin previo requerimiento, el embargo de bienesde la parte ejecutada Gestión Asena S.L. suficientes paracubrir la cantidad de 11.175, 50 € en concepto de principal(incluido interés mora), más la de 1.117, 00 € que se fijanprovisionalmente en concepto de intereses y costas, coninclusión, si procediera, de minuta de honorarios.
Habiendo sido declarada la insolvencia provisional de laejecutada Gestión Asena S.L. por Auto de fecha 1.117, 00 delJuzgado de lo Social Número Tres de Alicante, en trámite deEjecución número 129.07, dese traslado al Fogasa y a laparte actora a fin de que en el plazo de quince días puedandesignar bienes o instar la práctica de las diligencias que asu derecho convenga.
Esta resolución es firme y contra la misma no caberecurso alguno (artículo 551.2 de la L.E.C.), sin perjuicio deque el deudor pueda oponerse a la ejecución despachadadentro de los diez días siguientes a la notificación de esteauto. (artículos 556 a 558 L.E.C.)
Así lo acordó y firma. la Ilma. señora doña Paz FernándezMuñoz, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social NúmeroCuatro de Alicante; de todo lo que, doña Marta Martín Ruiz,Secretaria Judicial del mencionado Juzgado; doy fe.
La Magistrada-Juez. La Secretaria Judicial.Firmado y rubricado.-Y para que conste y sirva de notificación a Gestión
Asena S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así comopara su inserción en el tablón de anuncios y publicación enel Boletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismoque las restantes notificaciones que hayan de efectuárselese le harán en estrados, en la forma legalmente establecida,expido el presente.
Alicante, 19 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012049*
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, Secretaria de la Administra-ción de Justicia con cargo y ejercicio en el Juzgado de loSocial Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se sigue ejecuciónnúmero 150/2010, a instancias de Rocío Alcolea Cuevascontra Rodmarges S.L., en la que el día 19/04/10 se hadictado auto cuya parte dispositiva dice:
S. Sª Ilma. por ante mí, dijo: procédase a la ejecución yse decreta, sin previo requerimiento, el embargo de bienesde la parte ejecutada Rodmarges S.L. suficientes para cubrirla cantidad de 1.976,47 € en concepto de principal (incluidointerés mora), más la de 394,00 € que se fijan provisional-mente en concepto de intereses y costas, con inclusión, siprocediera, de minuta de honorarios.
Habiendo sido declarada la insolvencia provisional de laejecutada Rodmarges S.L. por Auto de fecha 26/06/09 delJuzgado de lo Social Número Uno de Alicante, en trámite deEjecución número 147/02, dese traslado al Fogasa y a laparte actora a fin de que en el plazo de quince días puedandesignar bienes o instar la práctica de las diligencias que asu derecho convenga.
Esta resolución es firme y contra la misma no caberecurso alguno (artículo 551.2 de la L.E.C.), sin perjuicio de
que el deudor pueda oponerse a la ejecución despachadadentro de los diez días siguientes a la notificación de esteauto. (artículos 556 a 558 L.E.C.)
Así lo acordó y firma. la Ilma. señora doña Paz FernándezMuñoz, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social NúmeroCuatro de Alicante; de todo lo que, doña Marta Martín Ruiz,Secretaria Judicial del mencionado Juzgado; doy fe.
La Magistrada-Juez. La Secretaria Judicial.Firmado y rubricado.-Y para que conste y sirva de notificación a Rodmarges
S.L. que se encuentra en ignorado paradero, así como parasu inserción en el tablón de anuncios y publicación en elBoletín Oficial de la Provincia, haciéndole saber al mismoque las restantes notificaciones que hayan de efectuárselese le harán en estrados, en la forma legalmente establecida,expido el presente.
Alicante, 19 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012051*
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, licenciada en Derecho y Secre-taria de la Administración de Justicia, con cargo y ejercicio enel Juzgado de lo Social Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento seguido en esteJuzgado bajo el número 1177/2009, sobre cantidad, promo-vido por Matilde Espinosa Botella, contra Drustong LosÁngeles, S.L. y Fogasa, en cuyas actuaciones se ha señala-do para la celebración del acto de juicio el día 15 de julio de2010 a las 10.55 horas, en la Sala de Audiencia de esteJuzgado e ignorándose el actual paradero de la mercantilDrustong Los Angeles, S.L., cuyo último domicilio conocidofue en Residencial Los Ángeles, calle Virgen del Puiag,número 19 de Alicante, y a su administrador único José MaríaCarrillo Espinosa, cuyo último domicilio se desconoce, por elpresente se les cita para dicho acto, con la prevención que deno comparecer les pararán los perjuicios a que hubiere lugaren derecho y de que las siguientes comunicaciones a laspartes a las que va dirigida la presente se harán en estrados,salvo las que deban revestir forma de auto, sentencia o setrate de emplazamiento.»
Y para que sirva de citación en legal forma al represen-tante legal de Drustong Los Ángeles S.L. y a su Administra-dor único José María Carrillo Espinosa; expido y firmo elpresente.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012054*
EDICTO
Doña Yolanda Mencia Presa, Secretaria Judicial susti-tuta actuando de refuerzo en el Juzgado de lo Social NúmeroCuatro de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento seguido en esteJuzgado bajo el número 333/2010, sobre despido, promovi-do por Carmen López Herrero, María Teresa Bernabé Mataix,Antonio Martínez Megías, Jerónima Toral Abenza, JoséRomero González y María Soledad Martínez Valero, contraParalelo Shoes S.L., Wallys Diseño S.L. y Fondo de GarantíaSalarial en cuyas actuaciones se ha señalado para la cele-bración del acto de juicio el día horas, en la Sala de Audienciade este Juzgado e ignorándose el actual paradero de lamercantil Paralelo Shoes S.L., cuyos últimos domicilios co-nocidos son en calle Alicante, 30 de Sax y calle Artal deAlagon, 14 de Sax, y a su Administrador único Carlos EstevanCifuentes, cuyo último domicilio conocido es en Plaza Miguelde Cervantes, 12, 2º Dcha. de Sax, y la mercantil Wally’sDiseño S.L., cuyos últimos domicilios conocidos son en calleAlicante, 30 de Sax y a su Administrador único David Pérez
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 907 7
Herrero, cuyo último domicilio se desconoce, por el presentese les cita para dicho acto, con la prevención que de nocomparecer le pararán los perjuicios a que hubiere lugar enderecho y de que las siguientes comunicaciones a la parte ala que va dirigida la presente se harán en estrados, salvo lasque deban revestir forma de auto, sentencia o se trate deemplazamiento.»
Y para que sirva de citación en legal forma a losrepresentantes legales de las mercantiles Paralelo ShoesS.L. y WAlly’s Diseño S.L. y a sus administradores CarlosEstevan Cifuentes y David Pérez Herrero expido y firmo lapresente.
Alicante, 30 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012068*
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, licenciada en Derecho y Secre-taria de la Administración de Justicia, con cargo y ejercicio enel Juzgado de lo Social Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento número 678/2009,seguido en este Juzgado a instancia de Antonio Flor Poncefrente Karipe Complementos S.L. en materia de cantidad,con fecha 29/03/2010, se ha dictado sentencia número 173/2010, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por donAntonio Flor Ponce frente a Karipe Complementos S.L. debocondenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actorla cantidad de 6.215,41 euros, junto con el interés por mora.
Notifíquese la presente resolución a las partes en laforma prevenida por la Ley haciéndoles saber que contra lamisma pueden interponer recurso de suplicación, ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valen-cia, en el plazo de cinco días contados a partir del siguienteal de la notificación de esta sentencia y por conducto de esteJuzgado, y a la que pretenda recurrir no siendo trabajador obeneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, ono gozando del beneficio de justicia gratuita, que no se leadmitirá sin el previo ingreso de la cantidad objeto de lacondena, en la cuenta corriente de este Juzgado en el BancoEspañol de Crédito 0030, Oficina 3230 de Urbana Benalúa,calle Foglietti número 24 de esta ciudad, Cuenta número0114-0000-69-678-09, indicando el número de los presentesAutos y Concepto: Consignación Recurso Suplicación, pu-diendo sustituirse la consignación en metálico por el asegu-ramiento mediante aval bancario, en el que deberá hacerseconstar la responsabilidad solidaria del avalista., así como lade ciento cincuenta euros con veinticinco céntimos (150,25€) en la cuenta corriente de este Juzgado en el BancoEspañol de Crédito, Oficina número 3230 de Urbana Benalúa,calle Foglietti número 24 de esta ciudad, Cuenta número0114-0000-65-678-09 indicando el número de los presentesautos y concepto: Depósito Recurso Suplicación con presen-tación de los correspondientes resguardos.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Publicación.- Dicha sentencia fue leída y publicada por
la Ilma. señora Magistrada- Juez que suscribe en AudienciaPública, en el día de la fecha. Doy fe.
Y para que sirva de notificación de la anterior resolucióna Karipe Complementos S.L., cuyo último domicilio conocidofue en calle Unamuno número 3, bajo de Petrer, y de suAdministradora doña Carmen Rizo Pérez, cuyo último domi-cilio conocido fue en calle Unamuno número 8, planta 3ª,puerta 3 de Petrer, y actualmente en ignorado paradero/cerrado, se inserta el presente edicto en el Boletín Oficial dela Provincia de Alicante, advirtiéndole que las siguientescomunicaciones a la parte a la que va dirigida la presente seharán en estrado, salvo las que deban revestir forma de auto,sentencia o se trate de emplazamiento.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012069*
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, licenciada en Derecho y Secre-taria de la Administración de Justicia, con cargo y ejercicio enel Juzgado de lo Social Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento número 986/2009,seguido en este Juzgado a instancia de Ángel GalianaGaliana frente Argelsalpa S.L.U. en materia de despido, confecha 19/02/2010, se ha dictado sentencia número 97/2010,cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Fallo: que estimando la demanda interpuesta por donÁngel Galiana Galiana frente a Argelsalpa S.L. debo declarary declaro la nulidad de la decisión extintiva, y ante la imposi-bilidad de readmisión, declaro extinguida la relación laboral,condenando a la empresa demandada al abono al actor dela indemnización de 4.574,35 euros, así como los salarios detramitación desde la fecha del despido hasta la presenteresolución que ascienden a 8.558,2 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes en laforma prevenida por la Ley haciéndoles saber que contra lamisma pueden interponer recurso de suplicación, ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valen-cia, en el plazo de cinco días contados a partir del siguienteal de la notificación de esta sentencia y por conducto de esteJuzgado, y a la que pretenda recurrir no siendo trabajador obeneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, ono gozando del beneficio de justicia gratuita, que no se leadmitirá sin el previo ingreso de la cantidad objeto de lacondena, en la cuenta corriente de este Juzgado en el BancoEspañol de Crédito, Oficina número 3230 de Urbana Benalúa,calle Foglietti número 24 de esta ciudad, Cuenta número0114-0000-69-0986-09, indicando el número de los presen-tes Autos y Concepto: Consignación Recurso Suplicación,pudiendo sustituirse la consignación en metálico por elaseguramiento mediante aval bancario, en el que deberáhacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista., asícomo la de ciento cincuenta euros con veinticinco céntimos(150,25 €) en la cuenta corriente de este Juzgado en elBanco Español de Crédito, Oficina número 3230 de UrbanaBenalúa, calle Foglietti número 24 de esta ciudad, Cuentanúmero 0114-0000-65-0986-09 indicando el número de lospresentes autos y Concepto: Depósito Recurso Suplicacióncon presentación de los correspondientes resguardos.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmoPublicación.- Dicha sentencia fue leída y publicada por
la Ilma. señora Magistrada- Juez que suscribe en AudienciaPública, en el día de la fecha. Doy fe.
Y para que sirva de notificación de la anterior resolucióna Argelsalpa S.L.U., cuyo último domicilio conocido fue enpolígono industrial Bajo Sombra, parcela final, 03688 deHondón de las Nieves, y de su administrador único donHermelando Alarcón Madera, cuyo último domicilio conocidofue en avenida Tamarit número 47, bloque 2, 4º, puerta 6 deSanta Pola, y actualmente en ignorado paradero/cerrado, seinserta el presente edicto en el Boletín Oficial de la Provinciade Alicante, advirtiéndole que las siguientes comunicacio-nes a la parte a la que va dirigida la presente se harán enestrado, salvo las que deban revestir forma de auto, senten-cia o se trate de emplazamiento.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, licenciada en Derecho y Secre-taria de la Administración de Justicia, con cargo y ejercicio enel Juzgado de lo Social Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento seguido en esteJuzgado bajo el número 421/2010, sobre despido, promovi-do por Luis Antonio Ferrer Mateo, contra Casinos del Medi-terráneo S.A., en cuyas actuaciones se ha señalado para lacelebración del acto de juicio el día veintidós de julio de dos
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mil diez a las 11.10 horas, en la Sala de Audiencia de esteJuzgado e ignorándose el actual paradero de la mercantilCasinos del Mediterráneo S.A., cuyo último domicilio conoci-do fue en Carretera de Valencia, Km. 432, Alicante, por elpresente se le cita para dicho acto, con la prevención que deno comparecer le pararán los perjuicios a que hubiere lugaren derecho y de que las siguientes comunicaciones a la partea la que va dirigida la presente se harán en estrados, salvolas que deban revestir forma de auto, sentencia o se trate deemplazamiento.»
Y para que sirva de citación en legal forma al represen-tante legal de la mercantil Casinos del Mediterráneo S.A.;expido y firmo el presente.
Alicante, 28 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012072*
EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, Secretaria de la Administra-ción de Justicia con cargo y ejercicio en el Juzgado de loSocial Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado, se sigue ejecuciónnúmero 144/2010, a instancias de Ignacio Candela Lizarancontra Fomento de Yesos Laminados S.L., en la que el día09/04/10/ se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:
Se acuerda la Ejecución solicitada por Ignacio CandelaLizaran, frente a Fomento de Yesos Laminados S.L., de laSentencia de fecha 05/02/10, dictada por este Juzgado de loSocial; por cuantía de 25.618,80 €, en concepto de principal,más la cantidad de 2.561,00 € y 2.561,00 €, presupuestadosprovisionalmente para intereses y costas, respectivamente,sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas.
Para su efectividad, practíquense las siguientes diligencias:Primero.- Requiérase al deudor, para que efectúe ma-
nifestación acerca de los bienes o derechos de que seatitular, con la precisión necesaria. Deberá, en su caso, indicarlas personas que ostentan derechos sobre sus bienes y siéstos están sujetos a otro proceso, concretar los extremos deéste que puedan interesar a la ejecución. En el caso de quelos bienes estén gravados con cargas reales, deberá asimis-mo manifestar el importe del crédito garantizado y, en sucaso, la parte pendiente de pago. Si se trata de bienesinmuebles, deberá expresar si están ocupados, por quépersonas y con qué título.
Adviértase al deudor que, de no atender al requerimien-to, podrá imponérsele un apremio pecuniario por cada día deatraso, en las condiciones establecidas en el artículo 239 dela Ley de Procedimiento Laboral.
Segundo.- Practíquese diligencia de embargo sobrebienes o derechos del deudor en cuantía suficiente paracubrir el importe de lo adeudado, siguiéndose el ordenestablecido en el artículo 592.2 de la LEC y depositándoselos bienes embargados conforme a Derecho, sirviendo lapresente resolución de mandamiento en forma para la Comi-sión Judicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
Tercero.- Sin perjuicio de todo ello, procédase a laaveriguación de bienes del apremiado de conformidad con elartículo 248 del Texto Refundido de la Ley de ProcedimientoLaboral. A tal fin, consúltense los registros informáticos de laAEAT, uniéndose a las actuaciones los informes obtenidospara su debida constancia. Y líbrese oficio al Organismoindicado, a fin de recabar información en relación a laexistencia de posibles devoluciones tributarias a favor delejecutado.
Esta resolución es firme y contra la misma no caberecurso alguno (artículo 551.2 de la L.E.C.), sin perjuicio deque el deudor pueda oponerse a la ejecución despachadadentro de los diez días siguientes a la notificación de esteauto. (artículos 556 a 558 L.E.C.)
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña PazFernández Muñoz, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro de los de Alicante; de todo lo que, doña MartaMartín Ruiz, Secretaria Judicial del mencionado Juzgado;doy fe.
La Magistrada-Juez. La Secretaria Judicial.Firmado y rubricado.Y para que conste y sirva de notificación a Fomento de
Yesos Laminados S.L. que se encuentra en ignorado para-dero, así como para su inserción en el tablón de anuncios ypublicación en el Boletín Oficial de la Provincia, haciéndolesaber al mismo que las restantes notificaciones que hayande efectuársele se le harán en estrados, en la forma legal-mente establecida, expido el presente.
Alicante, 9 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
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EDICTO
Doña Marta Martín Ruiz, licenciada en Derecho y Secre-taria de la Administración de Justicia, con cargo y ejercicio enel Juzgado de lo Social Número Cuatro de Alicante.
Hago saber: que en el procedimiento número 679/2009,seguido en este Juzgado a instancia de Margarita BrotonsSanz y Ramón Tendero Brotons frente Poal Shoas S.L. enmateria de despido, con fecha 26/04/2010, se ha dictadosentencia número 246/2010, cuya parte dispositiva es delsiguiente tenor literal:
Fallo: que debo desestimar y desestimo la demandainterpuesta por doña Margarita Brotons Sanz y don RamónTendero Brotons frente a Calzados Kirna S.L., CalzadosParell S.L. y Poal Shoes S.L., absolviendo a los demandadosde las pretensiones formuladas en su contra.
Firme que sea la presente resolución, se pondrá enconocimiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad So-cial, a los efectos de efectuar las regularizaciones oportunas.
Notifíquese la presente resolución a las partes en laforma prevenida por la Ley haciéndoles saber que contra lamisma pueden interponer recurso de suplicación, ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valen-cia, en el plazo de cinco días contados a partir del siguienteal de la notificación de esta sentencia y por conducto de esteJuzgado, y a la que pretenda recurrir no siendo trabajador obeneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, ono gozando del beneficio de justicia gratuita, que no se leadmitirá sin el previo ingreso de la cantidad objeto de lacondena, en la cuenta corriente de este Juzgado en el BancoEspañol de Crédito 0030, Oficina 3230 de Urbana Benalúa,calle Foglietti número 24 de esta ciudad, Cuenta número0114-0000-69-0679-09, indicando el número de los presen-tes Autos y Concepto: Consignación Recurso Suplicación,pudiendo sustituirse la consignación en metálico por elaseguramiento mediante aval bancario, en el que deberáhacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista., asícomo la de ciento cincuenta euros con veinticinco céntimos(150,25 €) en la cuenta corriente de este Juzgado en elBanco Español de Crédito, Oficina número 3230 de UrbanaBenalúa, calle Foglietti número 24 de esta ciudad, Cuentanúmero 0114-0000-65-0679-09 indicando el número de lospresentes autos y Concepto: Depósito Recurso Suplicacióncon presentación de los correspondientes resguardos.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.-Doña Paz Fernández Muñoz.- Y para que sirva de notifica-ción de la anterior resolución a Calzados Kirna, S.L., cuyosúltimos domicilios conocidos fueron en calle Envelope, Par-cela 16- Pog. Ind. Finc. de Elda, y calle Italia número 16, Pg.Ind. Campo Alto, C.P. 03600 de Elda, y a Calzados Parrell,cuyo último domicilio conocido fue en calle Italia número 16,Pg. Ind. Campo Alto, C.P. 03600 de Elda, y actualmente enignorado paradero/cerrado, se inserta el presente edicto enel Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, advirtiéndole
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que las siguientes comunicaciones a las partes a las que vadirigida la presente se harán en estrado, salvo las que debanrevestir forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.
Alicante, 29 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
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JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCOALICANTE
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 39/2010, a instancias de Sergio Matías Swiczarcontra Abutzua 1 S.L. y Fondo de Garantía Salarial, en cuyasactuaciones se ha dictado auto de ejecución de fecha cuatro demayo de dos mil diez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado Abutzua 1S.L. y Fondo de Garantía Salarial, por cuantía de 13190,65€ de principal adeudado, más 2770,04 € presupuestadosprovisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de suliquidación y tasación definitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto ledeba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaAbutzua 1 S.L. y Fondo de Garantía Salarial, y con laadvertencia de que en el futuro se le notificarán cuantasresoluciones se dicten en autos en los estrados del juzgado,con las excepciones previstas en la Ley, expido el presente.
Alicante, 3 de mayo de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011878*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 69/2010, a instancias de Mateo Ortega García contraNuepro 2, Nuepro 4, S.L., Nuepro Construcciones S.L. yOtramen S.L., en cuyas actuaciones se ha dictado resoluciónen fecha 3/5/10 cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Dispongo: se rectifican los errores materiales sufridostanto en la parte dispositiva del auto despachando ejecuciónde fecha 9/3/10 como en la del auto de insolvencia de 13/4/10 en el sentido que a continuación se indica:
1º) Donde dice: «Se acuerda la ejecución de la senten-cia dictada en los presentes autos contra Nuepro 2, Nuepro4, S.L. y Nuepro Construcciones S.L. por cuantía de 35.351,44€ de principal adeudado, más 7.423,8 € presupuestadosprovisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de suliquidación y tasación definitivas», debe decir: Se acuerda laejecución de la sentencia dictada en los presentes autoscontra Nuepro 2, S.L., Nuepro 4, S.L., Nuepro EmpresaConstructora, S.L. y Otramen, S.L. por cuantía de 35.351,44€ de principal adeudado, más 7.423,8 € presupuestadosprovisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de suliquidación y tasación definitivas.
2º) Donde dice: «Se declara insolvente provisional, porahora al ejecutado Nuepro 2, Nuepro 4, S.L. y NueproConstrucciones S.L. sin perjuicio de que llegara a mejorfortuna y pudieran hacerse efectivas en sus bienes lascantidades que por principal, intereses y costas está obliga-do a satisfacer.» debe decir: se declara insolvente provisio-nal, por ahora al ejecutado Nuepro 2, S.L., Nuepro 4, S.L.,Nuepro Empresa Constructora, S.L. y Otramen, S.L. sinperjuicio de que llegara a mejor fortuna y pudieran hacerseefectivas en sus bienes las cantidades que por principal,intereses y costas está obligado a satisfacer.
Dejando subsistentes los demás extremos de las cita-das resoluciones.
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes..../...
Así lo acordó y firma la Ilma. señora Magistrada-Juez delo Social Número Cinco de esta ciudad. Doña Eva MartinezPerez.».
Y para que sirva de notificación a Nuepro 2, S.L., Nuepro4, S.L., Nuepro Empresa Constructora, S.L. y Otramen, S.L.expido el presente.
Alicante, 3 de mayo de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011880*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 120/2010, a instancias de Mercedes Díaz Fita contraWialan Shoes S.L., en cuyas actuaciones se ha dictado autode ejecución de fecha veintinueve de abril de dos mil diezcuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado WialanShoes S.L., por cuantía de 18882,74 € de principal adeuda-do, más 3965,37 € presupuestados provisionalmente paraintereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasacióndefinitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto ledeba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido en
8 0boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
el artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaWialan Shoes S.L., y con la advertencia de que en el futurose le notificarán cuantas resoluciones se dicten en autos enlos estrados del juzgado, con las excepciones previstas en laLey, expido el presente.
Alicante, 29 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
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EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 130/2010, a instancias de Natalia Gisbert Casarejoscontra Fly Car Model S.L., en cuyas actuaciones se hadictado auto de ejecución de fecha veintiocho de abril de dosmil diez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado Fly CarModel S.L., por cuantía de 43802,13 € de principal adeuda-do, más 9198,45 € presupuestados provisionalmente paraintereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasacióndefinitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto ledeba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presente reso-lución de mandamiento en forma para la Comisión Judicial quehaya de practicar el embargo, la cual queda facultada paraentrar en el local de negocios o vivienda particular y pararequerir, en su caso, el auxilio de la Fuerza Pública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaFly Car Model S.L., y con la advertencia de que en el futurose le notificarán cuantas resoluciones se dicten en autos enlos estrados del juzgado, con las excepciones previstas en laLey, expido el presente.
Alicante, 28 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
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EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 132/2010, a instancias de Vicente Villaoslada Linarescontra Maquiofi S.L., en cuyas actuaciones se ha dictadoauto de ejecución de fecha veintinueve de abril de dos mildiez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado MaquiofiS.L., por cuantía de 8364,08 € de principal adeudado, más1756,47 € presupuestados provisionalmente para interesesy costas, sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas,a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto ledeba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o vivienda particu-lar y para requerir, en su caso, el auxilio de la Fuerza Pública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaMaquiofi S.L., y con la advertencia de que en el futuro se lenotificarán cuantas resoluciones se dicten en autos en losestrados del juzgado, con las excepciones previstas en laLey, expido el presente.
Alicante, 29 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011884*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 136/2010, a instancias de Rocío Muñoz Navarro
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 908 1
contra Calzados Seda S.L., en cuyas actuaciones se hadictado auto de ejecución de fecha veintinueve de abril dedos mil diez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado CalzadosSeda S.L., por cuantía de 10975,35 € de principal adeudado,más 2304,82 € presupuestados provisionalmente para inte-reses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasacióndefinitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto ledeba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaCalzados Seda S.L., y con la advertencia de que en el futurose le notificarán cuantas resoluciones se dicten en autos enlos estrados del juzgado, con las excepciones previstas en laLey, expido el presente.
Alicante, 29 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011885*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber:QUe en este Juzgado se sigue ejecución número 124/
2010, a instancias de Pedro Juan López Molina contra JoséJuan Diseña S.L., en cuyas actuaciones se ha dictado autode ejecución de fecha treinta de abril de dos mil diez cuyaparte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado José JuanDiseña S.L., por cuantía de 26489,1 € de principal adeuda-do, más 5562,71 € presupuestados provisionalmente paraintereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasacióndefinitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto le
deba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaJosé Juan Diseña S.L., y con la advertencia de que en elfuturo se le notificarán cuantas resoluciones se dicten enautos en los estrados del juzgado, con las excepcionesprevistas en la Ley, expido el presente.
Alicante, 30 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011887*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 134/2010, a instancias de Benayad Abdelkader,Pryputniewicz Andrzej, José María Casáñez Ibáñez, LuisMira Jiménez, Andrés Francisco Moreno Iñesta, Carlos PérezManresa y Francisco Javier Requena Feliu contra TimberstoneMármoles y Granito S.L.U., en cuyas actuaciones se hadictado auto de ejecución de fecha treinta de abril de dos mildiez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado TimberstoneMármoles y Granito S.L.U., por cuantía de 174651,14 € deprincipal adeudado, más 36676,74 € presupuestados provi-sionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de suliquidación y tasación definitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto ledeba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
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c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaTimberstone Mármoles y Granito S.L.U., y con la advertenciade que en el futuro se le notificarán cuantas resoluciones sedicten en autos en los estrados del juzgado, con las excep-ciones previstas en la Ley, expido el presente.
Alicante, 30 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011891*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 126/2010, a instancias de María Jesús Díaz Reig,Roberto Escandell Carbonell, José Antonio Herrero Soriano,Josefa Lucas Albert, Luisa Maquillon Esteve, Soledad TarragaSánchez, José Fernando Mico López, Rafael Mataix Bernal,Víctor Manuel Martínez López, Miguel Tenza Esteve, Gonza-lo Selles Albert, Rafael Navarro Díaz, José Luis Ruiz López,José Ramón Albert Monzó, Jesús Máximo Mataix Palao yJosé Manuel Pérez Rico contra Fepy Shoes S.L., en cuyasactuaciones se ha dictado auto de ejecución de fecha treintade abril de dos mil diez cuya parte dispositiva dice literalmente:
Se acuerda la acumulación de las ejecuciones registra-das con los números 144/10 a la presente registrada con elnúmero 000126/2010, dejando constancia en aquellas me-diante testimonio de la presente resolución y procédase aejecutar el título ejecutivo indicado en los antecedentes dehecho contra Fepy Shoes S.L. por un principal total para losprocesos acumulados ascendente a la cantidad de 208367,8€ más otros 43757,24 € presupuestados provisionalmentepara intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación ytasación definitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrelos saldos, depósitos, fondos de inversión y/u otros activosfinancieros de los que sea titular, así como sobre las cantida-des que por cualquier concepto le deba reintegrar la Hacien-da Pública, librándose para su efectividad los mandamientosnecesarios y dejando en autos copia de los mismos para suconstancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe
interponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaFepy Shoes S.L., y con la advertencia de que en el futuro sele notificarán cuantas resoluciones se dicten en autos en losestrados del juzgado, con las excepciones previstas en laLey, expido el presente.
Alicante, 30 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011894*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 128/2010, a instancias de José Gil Payá contraPedro Ríos Esteve, Promerres 2000 S.L. y Rehabilitación yReformas Vinalopó S.L., en cuyas actuaciones se ha dictadoauto de ejecución de fecha treinta de abril de dos mil diezcuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado Pedro RíosEsteve, Promerres 2000 S.L. y Rehabilitación y ReformasVinalopó S.L., por cuantía de 35827,46 € de principal adeuda-do, más 7523,76 € presupuestados provisionalmente paraintereses y costas, sin perjuicio de su liquidación y tasacióndefinitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto ledeba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o vivienda particu-lar y para requerir, en su caso, el auxilio de la Fuerza Pública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaPedro Ríos Esteve, Promerres 2000 S.L. y Rehabilitación yReformas Vinalopó S.L., y con la advertencia de que en elfuturo se le notificarán cuantas resoluciones se dicten enautos en los estrados del juzgado, con las excepcionesprevistas en la Ley, expido el presente.
Alicante, 30 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011895*
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 908 3
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 122/2010, a instancias de Isabel Palacios Galáncontra García Asociados Consultores S.L., en cuyas actua-ciones se ha dictado auto de ejecución de fecha veintinuevede abril de dos mil diez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado GarcíaAsociados Consultores S.L., por cuantía de 9869 € deprincipal adeudado, más 2072,49 € presupuestados provi-sionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de suliquidación y tasación definitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto ledeba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaGarcía Asociados Consultores S.L., y con la advertencia deque en el futuro se le notificarán cuantas resoluciones sedicten en autos en los estrados del juzgado, con las excep-ciones previstas en la Ley, expido el presente.
Alicante, 29 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011897*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 131/2010, a instancias de Rafael Sánchez Sánchezcontra Estudigest Arquitectura S.L., en cuyas actuaciones seha dictado auto de ejecución de fecha veintitrés de abril dedos mil diez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado EstudigestArquitectura S.L., por cuantía de 51442 € de principal adeu-dado, más 10802,82 € presupuestados provisionalmentepara intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación ytasación definitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto ledeba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaEstudigest Arquitectura S.L., y con la advertencia de que enel futuro se le notificarán cuantas resoluciones se dicten enautos en los estrados del juzgado, con las excepcionesprevistas en la Ley, expido el presente.
Alicante, 23 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011899*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 137/2010, a instancias de Mikolay Kupriyenko, OlenaKupriyenko y Marc Possemiers contra Granschuba BuceoArenales S.L., en cuyas actuaciones se ha dictado auto deejecución de fecha veintiseis de abril de dos mil diez cuyaparte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado GranschubaBuceo Arenales S.L., por cuantía de 57253,11 € de principaladeudado, más 12023,15 € presupuestados provisional-mente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidacióny tasación definitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto ledeba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la Comisión
8 4boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
Judicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaGranschuba Buceo Arenales S.L., y con la advertencia deque en el futuro se le notificarán cuantas resoluciones sedicten en autos en los estrados del juzgado, con las excep-ciones previstas en la Ley, expido el presente.
Alicante, 26 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011909*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 121/2010, a instancias de María José Guillo Ortegay Elena Corbi Blanes contra Calzados Santer S.L., en cuyasactuaciones se ha dictado auto de ejecución de fecha vein-titrés de abril de dos mil diez cuya parte dispositiva diceliteralmente:
Se acuerda la acumulación de las ejecuciones registra-das con los números 125/10 a la presente registrada con elnúmero 000121/2010, dejando constancia en aquellas me-diante testimonio de la presente resolución y procédase aejecutar el título ejecutivo indicado en los antecedentes dehecho contra Calzados Santer S.L. por un principal total paralos procesos acumulados ascendente a la cantidad de40066,93 € más otros 8414,05 € presupuestados provisio-nalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquida-ción y tasación definitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrelos saldos, depósitos, fondos de inversión y/u otros activosfinancieros de los que sea titular, así como sobre las cantida-des que por cualquier concepto le deba reintegrar la Hacien-da Pública, librándose para su efectividad los mandamientosnecesarios y dejando en autos copia de los mismos para suconstancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ella
por escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaCalzados Santer S.L., y con la advertencia de que en el futurose le notificarán cuantas resoluciones se dicten en autos enlos estrados del juzgado, con las excepciones previstas en laLey, expido el presente.
Alicante, 23 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011913*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 139/2010, a instancias de Juan Urbina Zarza contraProhalding Services S.L. y Prosant Multiservicios S.L., encuyas actuaciones se ha dictado auto de ejecución de fechaveintiseis de abril de dos mil diez cuya parte dispositiva diceliteralmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado ProhaldingServices S.L. y Prosant Multiservicios S.L., por cuantía de2114,87 € de principal adeudado, más 655,6 € presupues-tados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuiciode su liquidación y tasación definitivas, a cuyo fin:
a) Y, sin perjuicio del traslado que se da a la parte actorapara que manifieste lo que a su derecho convenga enrelación al fraccionamiento de pago propuesto por ProhaldingServices S.L., procédase a la averiguación de bienes delapremiado y al embargo de los que fueren hallados, enconcreto sobre de cualquier saldo, depósito, fondos deinversión/pensión, ingresos que se produzcan en cualquiercuenta, incluso las de pasivo o préstamo, de las que seatitular el ejecutado, así como sobre las cantidades que porcualquier concepto le deba reintegrar la Hacienda Pública,librándose para su efectividad los mandamientos necesariosy dejando en autos copia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o vivienda particu-lar y para requerir, en su caso, el auxilio de la Fuerza Pública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaProhalding Services S.L. y Prosant Multiservicios S.L., y conla advertencia de que en el futuro se le notificarán cuantasresoluciones se dicten en autos en los estrados del juzgado,con las excepciones previstas en la Ley, expido el presente.
Alicante, 26 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011915*
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 908 5
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 123/2010, a instancias de Lorena Verdú Pérezcontra Zapatos Lorena S.L.U., en cuyas actuaciones se hadictado auto de ejecución de fecha veintidós de abril de dosmil diez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se acuerda la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra Zapatos Lorena S.L.U. por cuantía de5772,52 € de principal adeudado, más 1212,23 € presu-puestados provisionalmente para intereses y costas, sinperjuicio de su liquidación y tasación definitivas.
Desconociéndose bienes libres de cargas de la propie-dad de la ejecutada requiérase al Fondo de Garantía Salarialy a la parte actora, por término de quince días, para queconforme a los artículos 33.6 del Estatuto de los trabajadoresy 274.3 de la LPL puedan señalar la existencia de nuevosbienes de la ejecutada, con la advertencia de que transcurri-do dicho plazo sin manifestación alguna se entenderá quepersiste la insolvencia de la citada empresa.
Se advierte a las partes que contra esta resolución no sepodrá interponer recurso alguno, sin perjuicio de la oposiciónque, con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil, puedaformular el ejecutado.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaZapatos Lorena S.L.U., y con la advertencia de que en elfuturo se le notificarán cuantas resoluciones se dicten enautos en los estrados del juzgado, con las excepcionesprevistas en la Ley, expido el presente.
Alicante, 22 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011916*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 135/2010, a instancias de Concepción GalludMelgarejo contra Coeslab Cell S.L., en cuyas actuaciones seha dictado auto de ejecución de fecha veintidós de abril dedos mil diez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se acuerda la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra Coeslab Cell S.L. por cuantía de11448,57 € de principal adeudado, más 5404,2 € presu-puestados provisionalmente para intereses y costas, sinperjuicio de su liquidación y tasación definitivas.
Desconociéndose bienes libres de cargas de la propie-dad de la ejecutada requiérase al Fondo de Garantía Salarialy a la parte actora, por término de quince días, para queconforme a los artículos 33.6 del Estatuto de los trabajadoresy 274.3 de la LPL puedan señalar la existencia de nuevosbienes de la ejecutada, con la advertencia de que transcurri-do dicho plazo sin manifestación alguna se entenderá quepersiste la insolvencia de la citada empresa.
Se advierte a las partes que contra esta resolución no sepodrá interponer recurso alguno, sin perjuicio de la oposiciónque, con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil, puedaformular el ejecutado.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaCoeslab Cell S.L., y con la advertencia de que en el futuro sele notificarán cuantas resoluciones se dicten en autos en losestrados del juzgado, con las excepciones previstas en laLey, expido el presente.
Alicante, 22 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011917*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 117/2010, a instancias de Juan José Aparisi Ortegacontra Jorge Peidro Hernández, en cuyas actuaciones se hadictado auto de ejecución de fecha veintitrés de abril de dosmil diez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado JorgePeidro Hernández, por cuantía de 1482,05 € de principaladeudado, más 459,43 € presupuestados provisionalmentepara intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación ytasación definitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto ledeba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaJorge Peidro Hernández, y con la advertencia de que en elfuturo se le notificarán cuantas resoluciones se dicten enautos en los estrados del juzgado, con las excepcionesprevistas en la Ley, expido el presente.
Alicante, 23 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011919*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 127/2010, a instancias de Ramón Mañez Pujolcontra Karipe Complementos S.L., en cuyas actuaciones seha dictado auto de ejecución de fecha veintitrés de abril dedos mil diez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado KaripeComplementos S.L., por cuantía de 15107,47 € de principaladeudado, más 3172,57 € presupuestados provisionalmen-te para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación ytasación definitivas, a cuyo fin:
8 6boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto ledeba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaKaripe Complementos S.L., y con la advertencia de que en elfuturo se le notificarán cuantas resoluciones se dicten enautos en los estrados del juzgado, con las excepcionesprevistas en la Ley, expido el presente.
Alicante, 23 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011920*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 133/2010, a instancias de Gloria Berna Sáez contraOepa Inversiones y Obras S.L., en cuyas actuaciones se hadictado auto de ejecución de fecha veintidós de abril de dosmil diez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se acuerda la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra Oepa Inversiones y Obras S.L. porcuantía de 19499,37 € de principal adeudado, más 4094,87€ presupuestados provisionalmente para intereses y costas,sin perjuicio de su liquidación y tasación definitivas.
Desconociéndose bienes libres de cargas de la propie-dad de la ejecutada requiérase al Fondo de Garantía Salarialy a la parte actora, por término de quince días, para queconforme a los artículos 33.6 del Estatuto de los trabajadoresy 274.3 de la LPL puedan señalar la existencia de nuevosbienes de la ejecutada, con la advertencia de que transcurri-do dicho plazo sin manifestación alguna se entenderá quepersiste la insolvencia de la citada empresa.
Se advierte a las partes que contra esta resolución no sepodrá interponer recurso alguno, sin perjuicio de la oposiciónque, con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil, puedaformular el ejecutado.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaOepa Inversiones y Obras S.L., y con la advertencia de que
en el futuro se le notificarán cuantas resoluciones se dictenen autos en los estrados del juzgado, con las excepcionesprevistas en la Ley, expido el presente.
Alicante, 22 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011922*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 119/2010, a instancias de María Antonia Brotons Placontra Aparados Clobal S.L., en cuyas actuaciones se hadictado auto de ejecución de fecha veintidós de abril de dosmil diez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se acuerda la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra Aparados Clobal S.L. por cuantía de4886,64 € de principal adeudado, más 1026,19 € presu-puestados provisionalmente para intereses y costas, sinperjuicio de su liquidación y tasación definitivas.
Desconociéndose bienes libres de cargas de la propie-dad de la ejecutada requiérase al Fondo de Garantía Salarialy a la parte actora, por término de quince días, para queconforme a los artículos 33.6 del Estatuto de los trabajadoresy 274.3 de la LPL puedan señalar la existencia de nuevosbienes de la ejecutada, con la advertencia de que transcurri-do dicho plazo sin manifestación alguna se entenderá quepersiste la insolvencia de la citada empresa.
Se advierte a las partes que contra esta resolución no sepodrá interponer recurso alguno, sin perjuicio de la oposiciónque, con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Civil, puedaformular el ejecutado.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaAparados Clobal S.L., y con la advertencia de que en el futurose le notificarán cuantas resoluciones se dicten en autos enlos estrados del juzgado, con las excepciones previstas en laLey, expido el presente.
Alicante, 22 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011924*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue ejecuciónnúmero 129/2010, a instancias de Gaspar Marcet Escortellcontra Nivelaciones La Marina S.L., en cuyas actuaciones seha dictado auto de ejecución de fecha veintitrés de abril dedos mil diez cuya parte dispositiva dice literalmente:
«Se decreta la ejecución de la sentencia dictada en lospresentes autos contra los bienes del condenado Nivelacio-nes La Marina S.L., por cuantía de 15321,89 € de principaladeudado, más 3217,6 € presupuestados provisionalmentepara intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación ytasación definitivas, a cuyo fin:
a) Procédase a la averiguación de bienes del apremiadoy al embargo de los que fueren hallados, en concreto sobrede cualquier saldo, depósito, fondos de inversión/pensión,ingresos que se produzcan en cualquier cuenta, incluso lasde pasivo o préstamo, de las que sea titular el ejecutado, asícomo sobre las cantidades que por cualquier concepto ledeba reintegrar la Hacienda Pública, librándose para suefectividad los mandamientos necesarios y dejando en autoscopia de los mismos para su constancia.
b) Practíquese diligencia de embargo sobre bienes oderechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir el
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importe de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o vivienda particu-lar y para requerir, en su caso, el auxilio de la Fuerza Pública.
c) Se advierte y requiere al ejecutado/s en los términosexpuestos en el razonamiento jurídico «tercero».
d) Dese traslado del escrito presentado y de la presenteresolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresa-dos en el razonamiento jurídico «cuarto».
Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma no cabeinterponer recurso alguno, sin perjuicio de oponerse a ellapor escrito en el plazo de diez días, con arreglo al artículo 556y siguientes de la L.E.C., el incumplimiento de cualquiera delos requisitos expresados conllevará su inadmisión.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma doña EvaMartínez Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cinco de los de Alicante.»
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaNivelaciones La Marina S.L., y con la advertencia de que enel futuro se le notificarán cuantas resoluciones se dicten enautos en los estrados del juzgado, con las excepcionesprevistas en la Ley, expido el presente.
Alicante, 23 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011926*
EDICTO
Autos: 373/2010.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Manuel Jacinto González contra Banco Vita-licio de Estaña, en cuyas actuaciones se ha señalado paraque tenga lugar comparecencia, el día 11/06/2010 a las12.10, e, ignorándose el actual paradero de la parte deman-dada, por el presente se le cita para dicho día y hora, con laprevención de que si no compareciese, le parará los perjui-cios a que hubiere lugar en derecho y con la advertencia deque las siguientes comunicaciones se harán en estrados,salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento según el artículo 59 de la L.P.L.
Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.
Alicante, 30 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011928*
EDICTO
Autos: 418/2010.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Francisca Perea Pérez, Joaquina HernándezGómez, Lourdes Muñoz Ros y Pedro Pardo Morales contraFogasa y Calzados Delfos S.L.U., en cuyas actuaciones seha señalado para que tenga lugar comparecencia, el día 13/07/2010 a las 10.20, e, ignorándose el actual paradero de laparte demandada, por el presente se le cita para dicho día yhora, con la prevención de que si no compareciese, le pararálos perjuicios a que hubiere lugar en derecho y con laadvertencia de que las siguientes comunicaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L.
Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.
Alicante, 4 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011929*
EDICTO
Autos: 438/2010.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Sebastián Luis Carrasco Tanzi contra Fondode Garantía Salarial, Álvarez y Terres S.L. y Arte Restaura-ción y Conservación 2000 S.L., en cuyas actuaciones se haseñalado para que tenga lugar comparecencia, el día 13/07/2010 a las 10.40, e, ignorándose el actual paradero de laparte demandada, por el presente se le cita para dicho día yhora, con la prevención de que si no compareciese, le pararálos perjuicios a que hubiere lugar en derecho y con laadvertencia de que las siguientes comunicaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L.
Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.
Alicante, 4 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011932*
EDICTO
Autos: 442/2010.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de José María Moreno Pastor contra MulticolorServicios y Obras S.L. y Fogasa, en cuyas actuaciones se haseñalado para que tenga lugar comparecencia, el día 13/07/2010 a las 10.50, e, ignorándose el actual paradero de laparte demandada, por el presente se le cita para dicho día yhora, con la prevención de que si no compareciese, le pararálos perjuicios a que hubiere lugar en derecho y con laadvertencia de que las siguientes comunicaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L.
Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.
Alicante, 4 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011935*
EDICTO
Autos: 420/2010.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Noelia Mondéjar Bernabé contra Jardín BelloS.A. y Fogasa, en cuyas actuaciones se ha señalado paraque tenga lugar comparecencia, el día 13/07/2010 a las10.30, e, ignorándose el actual paradero de la parte deman-dada, por el presente se le cita para dicho día y hora, con laprevención de que si no compareciese, le parará los perjui-cios a que hubiere lugar en derecho y con la advertencia deque las siguientes comunicaciones se harán en estrados,salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento según el artículo 59 de la L.P.L.
Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.
Alicante, 4 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011938*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
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Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos 107/2010, a instancias de Juliana Escribano Pineda contra AmerGalán Fruits S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecu-ción de título judicial en despidos (no readmisión) en cuyasactuaciones se ha dictado auto aclaratorio en fecha 30/04/2010 cuya parte dispositiva dice literalmente:
III.-Parte dispositivaDispongo: se rectifica el error material sufrido en la
redacción del auto de fecha 25/03/10, en el sentido de quedonde dice Julia Escribano Pineda debe decir Juliana Escri-bano Pineda, dejando subsistentes los demás extremos dedicha resolución.
Notifíquese la presente resolución, en forma legal, a laspartes.
Así lo acordó y firma el Ilmo. señor Magistrado-Juez delo Social Número Cinco de esta ciudad doña Eva MartínezPérez . Doy fe.
Y para que sirva de notificación a Amer Galán Fruits S.L.expido el presente.
Alicante, 3 de mayo de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011939*
EDICTO
Autos: 424/2010.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Juana Bañuls López y María Nieves CaleroQuiros contra Fogasa y Fenadelfri S.L., en cuyas actuacio-nes se ha señalado para que tenga lugar comparecencia, eldía 06/07/2010 a las 11.00, e, ignorándose el actual paraderode la parte demandada, por el presente se le cita para dichodía y hora, con la prevención de que si no compareciese, leparará los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y con laadvertencia de que las siguientes comunicaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L.
Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.
Alicante, 30 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011941*
EDICTO
Autos: 1352/2009.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Engel Balentín Estévez Biel contra Fondo deGarantía Salarial, Eventotorre S.L. y Debarbu RestauraciónS.L., en cuyas actuaciones se ha señalado para que tengalugar comparecencia, el día 08/06/2010 a las 11.10, e,ignorándose el actual paradero de la parte demandada, porel presente se le cita para dicho día y hora, con la prevenciónde que si no compareciese, le parará los perjuicios a quehubiere lugar en derecho y con la advertencia de que lassiguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo lasque deban revestir forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento según el artículo 59 de la L.P.L. Y para quesirva de notificación a las partes expido el presente.
Alicante, 28 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011944*
EDICTO
Autos: 405/2010.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,
a instancia de Gabriel López Gómez contra Andrés ClavelCascales y Fondo de Garantía Salarial, en cuyas actuacio-nes se ha señalado para que tenga lugar comparecencia, eldía 06/07/2010 a las 10.50, e, ignorándose el actual paraderode la parte demandada, por el presente se le cita para dichodía y hora, con la prevención de que si no compareciese, leparará los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y con laadvertencia de que las siguientes comunicaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L.
Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.
Alicante, 28 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011946*
EDICTO
Autos: 11/2010.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por cantidad,a instancia de Juan Antonio Bermúdez Robles contra DatosaEstructura y Construcción S.L. y Fondo de Garantía Salarial,en cuyas actuaciones se ha señalado para que tenga lugarcomparecencia, el día 25/01/2011 a las 10.00, e, ignorándoseel actual paradero de la parte demandada, por el presente sele cita para dicho día y hora, con la prevención de que si nocompareciese, le parará los perjuicios a que hubiere lugar enderecho y con la advertencia de que las siguientes comuni-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestirforma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento segúnel artículo 59 de la L.P.L.
Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.
Alicante, 26 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011949*
EDICTO
Autos: 1/2010.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por SeguridadSocial, a instancia de Inmaculada Ortega Ortega contraServicio Público de Empleo Estatal y Tevinze Aparados S.L.,en cuyas actuaciones se ha señalado para que tenga lugarcomparecencia, el día 17/01/2011 a las 10.10, e, ignorándoseel actual paradero de la parte demandada, por el presente sele cita para dicho día y hora, con la prevención de que si nocompareciese, le parará los perjuicios a que hubiere lugar enderecho y con la advertencia de que las siguientes comuni-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestirforma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento segúnel artículo 59 de la L.P.L.
Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.
Alicante, 26 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011951*
EDICTO
Autos: 1441/2009.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por cantidad,a instancia de Marco Tulio Garces Torres contra FernandoSanz e Hijos S.L. y Fondo de Garantía Salarial, en cuyas
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 908 9
actuaciones se ha señalado para que tenga lugar compare-cencia, el día 18/01/2011 a las 10.00, e, ignorándose elactual paradero de la parte demandada, por el presente se lecita para dicho día y hora, con la prevención de que si nocompareciese, le parará los perjuicios a que hubiere lugar enderecho y con la advertencia de que las siguientes comuni-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestirforma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento segúnel artículo 59 de la L.P.L.
Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.
Alicante, 26 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011952*
EDICTO
Autos: 397/2010.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por despido,a instancia de Felicidad Rosario Botella Gómez y NereaAmaya Corbacho contra Calzados Delfos S.L. y Fondo deGarantía Salarial, en cuyas actuaciones se ha señalado paraque tenga lugar comparecencia, el día 05/07/2010 a las11.00, e, ignorándose el actual paradero de la parte deman-dada, por el presente se le cita para dicho día y hora, con laprevención de que si no compareciese, le parará los perjui-cios a que hubiere lugar en derecho y con la advertencia deque las siguientes comunicaciones se harán en estrados,salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o setrate de emplazamiento según el artículo 59 de la L.P.L.
Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.
Alicante, 23 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011955*
EDICTO
Autos: 1431/2009.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por cantidad,a instancia de Eduardo Fitor Boronat contra Anurdifil S.L. yFondo de Garantía Salarial, en cuyas actuaciones se haseñalado para que tenga lugar comparecencia, el día 11/01/2011 a las 10.30, e, ignorándose el actual paradero de laparte demandada, por el presente se le cita para dicho día yhora, con la prevención de que si no compareciese, le pararálos perjuicios a que hubiere lugar en derecho y con laadvertencia de que las siguientes comunicaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L.
Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.
Alicante, 22 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011958*
EDICTO
Autos: 47/2010.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por cantidad,a instancia de la Fundación Laboral de la Construccióncontra Everywhere S.L., en cuyas actuaciones se ha señala-do para que tenga lugar comparecencia, el día 08/02/2011 alas 9.50, e, ignorándose el actual paradero de la parte
demandada, por el presente se le cita para dicho día y hora,con la prevención de que si no compareciese, le parará losperjuicios a que hubiere lugar en derecho y con la adverten-cia de que las siguientes comunicaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L.
Y para que sirva de notificación a las partes expido elpresente.
Alicante, 28 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011960*
EDICTO
El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social NúmeroCinco de Alicante.
Hago saber:Que en este Juzgado se sigue ejecución número 143/
2010, a instancias de Giovanny Torres Rivera contraSplendor Solaris S.L.U., en cuyas actuaciones se hadictado acordado:
Providencia Jueza de refuerzo señora doña VicentaZaragoza Teuler.
En Alicante a 30 de abril de 2010.Dada cuenta de la anterior diligencia, de la solicitud de
ejecución formulada por la parte actora y la firmeza de lasentencia dictada en los presentes autos, se acuerda laejecución solicitada; y conforme a lo dispuesto en los artícu-los 278 y 279 del Texto Refundido de la L.P.L., por la presentese cita de comparecencia a las partes ante este Juzgado(Sala de Vistas número 3, ubicada en la planta baja deledificio de los Juzgados de Alicante, sito en calle PardoGimeno, 43-45) para que puedan alegar y probar cuanto a surespectivo derecho convenga acerca de la no readmisión oreadmisión irregular alegada, haciéndoles saber que debe-rán comparecer con cuantos medios de prueba intentenvalerse. Se señala al efecto la audiencia del próximo día 11de junio de 2010 a las 12.45 horas, advirtiendo a la parteactora que, de no comparecer, se le tendrá por desistido desu solicitud, archivándose sin más trámite las actuaciones, ya la demandada que, de no hacerlo, se celebrará el acto sinsu presencia.
Notifíquese la presente resolución en legal forma a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interpo-ner recurso de reposición, en el plazo de cinco días, ante esteJuzgado y con los requisitos establecidos en el artículo 452de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Depósito del recurso: tal como dispone la D.A. 15 de laLey Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, quienes no tenganla condición de trabajador o beneficiario del régimen públicode la Seguridad Social, o tengan reconocido el derecho deasistencia jurídica gratuita, deberán efectuar la consignaciónde 30 € en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esteJuzgado, no admitiéndose a trámite el recurso cuyo depósitono esté constituido. El recurrente deberá ingresar dichacantidad, personándose en cualquiera de las oficinas de laentidad Banesto, Cuenta Expediente número: 0115/0000/64/0143/10 mediante el correspondiente Resguardo de In-greso, especificando en el campo concepto del documento:Recurso-30 Social - Reposición); o bien mediante transfe-rencia bancaria, en tal caso la cuenta será la 0030/3230/0000/10/0000/00 (Banesto) y en el campo concepto seespecificará: 0115/0000/64/0143/10 (espacio) Recurso-30Social - Reposición. El incumplimiento de cualquiera de losrequisitos expresados conllevará la inadmisión del recurso.Lo manda y firma SSª. Doy fe.
Y para que sirva de notificación y citación a SplendorSolaris S.L.U. expido el presente.
Alicante, 30 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011962*
9 0boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SEISALICANTE
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
Marta Rodríguez Arellano, Secretaria en funciones desustitución del Juzgado de lo Social Número Seis de Alicante.
Hago saber: que en los autos número 534/09 que sesiguen en este Juzgado entre las partes que se dirán, se hadictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicen literal-mente:
Sentencia número 202.En la ciudad de Alicante, a ocho de abril de dos mil diez.Vistos por el Ilmo. señor Magistrado del Juzgado de lo
Social Número Seis de Alicante y su provincia, don AntonioHeras Toledo, los precedentes autos número 534/09 segui-dos a instancia de Gheorghe Agrigoroei frente a las empre-sas Construalacant Estructuras de Hormigón, S.L.; Promo-ciones Punta Arena Alicante, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial sobre cantidad.
Fallo.Estimando parcialmente la demanda origen de las pre-
sentes actuaciones, promovida por Gheorghe Agrigoroeifrente a las empresas Construalacant Estructuras de Hormi-gón, S.L.; Promociones Punta Arena Alicante, S.L. y Fondode Garantía Salarial sobre reclamación de cantidad, debocondenar y condeno a la empresa demandada ConstrualacantEstructuras de Hormigón, S.L., a que abone a la parte actorala cantidad de 692,15 euros, más otros 140 euros de interéspor mora; absolviendo a la codemandada Promociones Pun-ta Arena Alicante, S.L. de las pretensiones deducidas en sucontra; y al Fogasa, en su condición de responsable legalsubsidiario, a estar y pasar por dicha declaración.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y con el fin de que el presente sirva de notificación a la
parte demandada y con la advertencia de que las siguientescomunicaciones se harán en el tablón de anuncios de esteJuzgado, salvo aquellas que revistan la forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sellopara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia deAlicante y su fijación en el tablón de anuncios de esteJuzgado.
Alicante, 8 de abril de 2010.La Secretaria. Rubricado.
*1011964*
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
Marta Rodríguez Arellano, Secretaria en funciones desustitución del Juzgado de lo Social Número Seis de Alicante.
Hago saber:Que en los autos número 757/09 que se siguen en este
Juzgado entre las partes que se dirán, se ha dictado senten-cia cuyo encabezamiento y fallo dicen literalmente:
Sentencia número 221.En la ciudad de Alicante, a veintiuno de abril de dos mil
diez.Vistos por el Ilmo. señor Magistrado del Juzgado de lo
Social Número Seis de Alicante y su provincia, don AntonioHeras Toledo, los precedentes autos número 757/09 segui-dos a instancia de María Eugenia García Alonso frente a laempresa Aula de Formación de Empleo Público y Profesio-nal, S.L. y Fondo de Garantía Salarial sobre despido.
Fallo.Estimando la demanda origen de las presentes actua-
ciones, promovida por María Eugenia García Alonso frente ala empresa Aula de Formación de Empleo Público y Profesio-nal, S.L. y Fondo de Garantía Salarial por despido, debodeclarar y declaro la nulidad del mismo y debo de condenary condeno a la empresa a que ante la imposibilidad de
readmisión abone a la parte actora, en concepto de indem-nización por la extinción de la relación laboral, que se declararesuelta, la cantidad de 6.720 euros, así como los salariosdejados de percibir desde la fecha del despido y hasta lanotificación de esta sentencia, a razón del salario declaradoprobado en el hecho primero; y al Fogasa, en su condición deresponsable legal subsidiario, a estar y pasar por dichadeclaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer recurso desuplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de la Comunidad Valenciana, anunciándolo anteeste Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo delos cinco días hábiles siguientes a la notificación del presentefallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 yss del TRLPL; siendo indispensable que, la parte que noostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio dejusticia gratuita, acredite haber consignado el importe ínte-gro de la condena en el Banco Español de Crédito, S.A.urbana Benalúa, calle Foglietti, número 24 de Alicante, en lacuenta corriente, cuyos dígitos son: 0116 0000 65 0757 09 deeste Juzgado, o presentar aval solidario de Entidad Financie-ra por el mismo importe. Así mismo, deberá constituir otrodepósito por importe de 150,25 euros en la cuenta anterior-mente referida del mismo Banco, presentando el resguardocorrespondiente a éste último depósito en la Secretaría delJuzgado al tiempo de interponer el recurso y, el del primerdepósito, al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos nopodrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y con el fin de que el presente sirva de notificación a la
parte demandada y con la advertencia de que las siguientescomunicaciones se harán en el tablón de anuncios de esteJuzgado, salvo aquellas que revistan la forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sellopara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia deAlicante y su fijación en el tablón de anuncios de esteJuzgado.
Alicante, 21 de abril de 2010.La Secretaria. Rubricado.
*1011966*
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
Marta Rodríguez Arellano, Secretaria en funciones desustitución del Juzgado de lo Social Número Seis de Alicante.
Hago saber: que en los autos número 756/09 que sesiguen en este Juzgado entre las partes que se dirán, se hadictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicen literalmente:
Sentencia número 220.En la ciudad de Alicante, a veintiuno de abril de dos mil
diez.Vistos por el Ilmo. señor Magistrado del Juzgado de lo
Social Número Seis de Alicante y su provincia, don AntonioHeras Toledo, los precedentes autos número 756/09 segui-dos a instancia de Ramón Álvarez Carrera frente a la empre-sa Aula de Formación de Empleo Público y Profesional, S.L.y Fondo de Garantía Salarial sobre despido.
Fallo.Estimando la demanda origen de las presentes actua-
ciones, promovida por Ramón Álvarez Carrera frente a laempresa Aula de Formación de Empleo Público y Profesio-nal, S.L. y Fondo de Garantía Salarial por despido, debodeclarar y declaro la nulidad del mismo y debo de condenary condeno a la empresa a que ante la imposibilidad dereadmisión abone a la parte actora, en concepto de indem-nización por la extinción de la relación laboral, que se declararesuelta, la cantidad de 5.460 euros, así como los salariosdejados de percibir desde la fecha del despido y hasta lanotificación de esta sentencia, a razón del salario declaradoprobado en el hecho primero; y al Fogasa, en su condición deresponsable legal subsidiario, a estar y pasar por dichadeclaración.
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 909 1
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer recurso desuplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de la Comunidad Valenciana, anunciándolo anteeste Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo delos cinco días hábiles siguientes a la notificación del presentefallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 yss del TRLPL; siendo indispensable que, la parte que noostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio dejusticia gratuita, acredite haber consignado el importe ínte-gro de la condena en el Banco Español de Crédito, S.A.urbana Benalúa, calle Foglietti, número 24 de Alicante, en lacuenta corriente, cuyos dígitos son: 0116 0000 65 0756 09 deeste Juzgado, o presentar aval solidario de Entidad Financie-ra por el mismo importe. Así mismo, deberá constituir otrodepósito por importe de 150,25 euros en la cuenta anterior-mente referida del mismo Banco, presentando el resguardocorrespondiente a éste último depósito en la Secretaría delJuzgado al tiempo de interponer el recurso y, el del primerdepósito, al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos nopodrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y con el fin de que el presente sirva de notificación a la
parte demandada y con la advertencia de que las siguientescomunicaciones se harán en el tablón de anuncios de esteJuzgado, salvo aquellas que revistan la forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sellopara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia deAlicante y su fijación en el tablón de anuncios de esteJuzgado.
Alicante, 21 de abril de 2010.La Secretaria. Rubricado.
*1011968*
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
Marta Rodríguez Arellano, Secretaria en funciones desustitución del Juzgado de lo Social Número Seis de Alicante.
Hago saber: que en los autos número 539/09 que sesiguen en este Juzgado entre las partes que se dirán, seha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicenliteralmente:
Sentencia número 219En la ciudad de Alicante, a veintiuno de abril de dos mil
diez.Vistos por el Ilmo. señor Magistrado del Juzgado de lo
Social Número Seis de Alicante y su provincia, don AntonioHeras Toledo, los precedentes autos número 539/09, segui-dos a instancia de Martín Navarro Rebollo frente a Promocio-nes Melungoro, S.L. y Fondo de Garantía Salarial sobrecantidad.
Fallo.Estimando la demanda origen de las presentes actua-
ciones, promovida por Martín Navarro Rebollo frente a laempresa Promociones Melungoro, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial, sobre reclamación de cantidad, debo condenar ycondeno a la empresa demandada a que abone a la parteactora la cantidad de 3.688,27 euros, más otros 442 euros,en concepto de interés por mora; y al Fogasa, en su condi-ción de responsable legal subsidiario, a estar y pasar pordicha declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer recurso desuplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de la Comunidad Valenciana, anunciándolo anteeste Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo delos cinco días hábiles siguientes a la notificación del presentefallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 yss del TRLPL; siendo indispensable que, la parte que noostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio dejusticia gratuita, acredite haber consignado el importe ínte-gro de la condena en el Banco Español de Crédito, S.A.urbana Benalúa, calle Foglietti, número 24 de Alicante, en la
cuenta corriente, cuyos dígitos son: 0116 0000 65 0539 09 deeste Juzgado, o presentar aval solidario de Entidad Financie-ra por el mismo importe. Así mismo, deberá constituir otrodepósito por importe de 150,25 euros en la cuenta anterior-mente referida del mismo Banco, presentando el resguardocorrespondiente a éste último depósito en la Secretaría delJuzgado al tiempo de interponer el recurso y, el del primerdepósito, al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos nopodrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y con el fin de que el presente sirva de notificación a la
parte demandada y con la advertencia de que las siguientescomunicaciones se harán en el tablón de anuncios de esteJuzgado, salvo aquellas que revistan la forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sellopara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia deAlicante y su fijación en el tablón de anuncios de esteJuzgado.
Alicante, 21 de abril de 2010.La Secretaria. Rubricado.
*1011969*
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
Marta Rodríguez Arellano, Secretaria en funciones desustitución del Juzgado de lo Social Número Seis de Alicante.
Hago saber: que en los autos número 482/09 que sesiguen en este Juzgado entre las partes que se dirán, se hadictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicen literalmente:
Sentencia número 218.En la ciudad de Alicante, a veintiuno de abril de dos mil
diez.Vistos por el Ilmo. señor Magistrado del Juzgado de lo
Social Número Seis de Alicante y su provincia, don AntonioHeras Toledo, los precedentes autos número 482/09, segui-dos a instancia de Francisco José Peidró Pascual frente aAutomatismos Levante, S.L. y Fondo de Garantía Salarialsobre cantidad.
Fallo.Estimando la Demanda origen de las presentes actua-
ciones, promovida por Francisco José Peidró Pascual frentea Automatismos Levante, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno ala empresa demandada a que abone a la parte actora lacantidad de 3.339,46 euros, más otros 534 euros, en concep-to de interés por mora; y al Fogasa, en su condición deresponsable legal subsidiario, a estar y pasar por dichadeclaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer recurso desuplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior deJusticia de la Comunidad Valenciana, anunciándolo anteeste Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo delos cinco días hábiles siguientes a la notificación del presentefallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 yss del TRLPL; siendo indispensable que, la parte que noostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio dejusticia gratuita, acredite haber consignado el importe ínte-gro de la condena en el Banco Español de Crédito, S.A.urbana Benalúa, calle Foglietti, número 24 de Alicante, en lacuenta corriente, cuyos dígitos son: 0116 0000 65 0482 09 deeste Juzgado, o presentar aval solidario de Entidad Financie-ra por el mismo importe. Así mismo, deberá constituir otrodepósito por importe de 150,25 euros en la cuenta anterior-mente referida del mismo Banco, presentando el resguardocorrespondiente a éste último depósito en la Secretaría delJuzgado al tiempo de interponer el recurso y, el del primerdepósito, al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos nopodrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y con el fin de que el presente sirva de notificación a la
parte demandada y con la advertencia de que las siguientescomunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este
9 2boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
Juzgado, salvo aquellas que revistan la forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sellopara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia deAlicante y su fijación en el tablón de anuncios de esteJuzgado.
Alicante, 21 de abril de 2010.La Secretaria. Rubricado.
*1011971*
EDICTO DE NOTIFICACIÓN
Marta Rodríguez Arellano, Secretaria en funciones desustitución del Juzgado de lo Social Número Seis de Alicante.
Hago saber: que en los autos número 386/09 que sesiguen en este Juzgado entre las partes que se dirán, se hadictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicen literalmente:
Sentencia número 217.En la ciudad de Alicante, a veintiuno de abril de dos mil diez.Vistos por el Ilmo. señor Magistrado del Juzgado de lo
Social Número Seis de Alicante y su provincia, don AntonioHeras Toledo, los precedentes autos número 386/09, segui-dos a instancia de Francisca Vargas Suárez frente a Limpie-za Digital, S.L. y Fondo de Garantía Salarial sobre cantidad.
Fallo.Estimando la demanda origen de las presentes actua-
ciones, promovida por Francisca Vargas Suárez frente aLimpieza Digital, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, sobrereclamación de cantidad, debo condenar y condeno a laempresa demandada a que abone a la parte actora lacantidad de 208 euros, más otros 24 euros, en concepto deinterés por mora; y al Fogasa, en su condición de responsa-ble legal subsidiario, a estar y pasar por dicha declaración.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Y con el fin de que el presente sirva de notificación a la
parte demandada y con la advertencia de que las siguientescomunicaciones se harán en el tablón de anuncios de esteJuzgado, salvo aquellas que revistan la forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento, expido, firmo y sellopara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia deAlicante y su fijación en el tablón de anuncios de esteJuzgado.
Alicante, 21 de abril de 2010.La Secretaria. Rubricado.
*1011973*
EDICTO
Cédula de citación:El Iltmo. señor Magistrado Juez de lo Social Número
Seis de Alicante. en resolución de esta fecha dictada en losautos sobre despido número 395/2010, instados por JuanPascual Aliaga Navarro, Francisco José García del Rey yAsunción Alfonso Gómez se ha acordado citar a la partedemandada Fogasa y Calzados Delfos, S.L. a fin de que elpróximo día 1 de julio de 2010 a las 10.10 horas comparezcaen la Sala Audiencia de este Juzgado para la celebración delos actos de conciliación y juicio, haciéndole saber que en laSecretaría se encuentran a su disposición las copias de lademanda y documentos presentados, advirtiéndole que alacto del juicio deberá concurrir con todos los medios deprueba de que intente valerse, apercibiéndole que de nocomparecer se celebrará el juicio sin su presencia, quecontinuara sin necesidad de declarar su rebeldía.
Y para su publicación, a fin de que sirva de citación enforma a la demandada Calzados Delfos, S.L., expido y firmoel presente edicto.
Alicante, 3 de mayo de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1011974*
EDICTO
Cédula de citación:El Iltmo. señor Magistrado Juez de Refuerzo de lo Social
Número Seis de Alicante. en resolución de esta fecha dictadaen los autos sobre despido número 382/2010, instados porMaría Amparo Navarro Fuster, Patricia Fuente Lopez e IreneNavarro Fuster se ha acordado citar a la parte demandadaTamco Distribuidor de Tabacos, S.L., Credoo Patrimonial,S.L. y Fogasa a fin de que el próximo día 17 de junio de 2010a las 9.50 horas comparezca en la Sala Audiencia de esteJuzgado para la celebración de los actos de conciliación yjuicio, haciéndole saber que en la Secretaría se encuentrana su disposición las copias de la demanda y documentospresentados, advirtiéndole que al acto del juicio deberáconcurrir con todos los medios de prueba de que intentevalerse, apercibiéndole que de no comparecer se celebraráel juicio sin su presencia, que continuara sin necesidad dedeclarar su rebeldía.
Y para su publicación, a fin de que sirva de citación enforma a la demandada Tamco Distribuidor de Tabacos, S.L.,Credoo Patrimonial, S.L. y Fogasa, expido y firmo el presenteedicto.
Alicante, 23 de abril de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1011977*
EDICTO
Cédula de citación:El Iltmo. señor Magistrado Juez de Refuerzo de lo Social
Número Seis de Alicante. en resolución de esta fecha dictadaen los autos sobre despido número 384/2010, instados porFrancisco Martínez Rico se ha acordado citar a la partedemandada Transportes Asensi, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial a fin de que el próximo día 17 de junio de 2010 a las10.00 horas comparezca en la Sala Audiencia de este Juzga-do para la celebración de los actos de conciliación y juicio,haciéndole saber que en la Secretaría se encuentran a sudisposición las copias de la demanda y documentos presen-tados, advirtiéndole que al acto del juicio deberá concurrircon todos los medios de prueba de que intente valerse,apercibiéndole que de no comparecer se celebrará el juiciosin su presencia, que continuara sin necesidad de declararsu rebeldía.
Y para su publicación, a fin de que sirva de citación enforma a la demandada Transportes Asensi, S.L. y Fondo deGarantía Salarial, expido y firmo el presente edicto.
Alicante, 26 de abril de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1011978*
EDICTO
Cédula de citación:El Iltmo. señor Magistrado Juez de Refuerzo de lo Social
Número Seis de Alicante. en resolución de esta fecha dictadaen los autos sobre despido número 150/2010, instados porJavier Busquier Rodríguez, Jesús Saorín Turpín, MartínGarcía Casanova, María Joaquina Lozano Esteve, MaríaLuisa Martínez González y María Hortensia Amat Piquerasse ha acordado citar a la parte demandada Zapamar Shoes,S.L. y Fondo de Garantía Salarial a fin de que el próximo día17 de junio de 2010 a las 9.20 horas comparezca en la SalaAudiencia de este Juzgado para la celebración de los actosde conciliación y juicio, haciéndole saber que en la Secreta-ría se encuentran a su disposición las copias de la demanday documentos presentados, advirtiéndole que al acto deljuicio deberá concurrir con todos los medios de prueba deque intente valerse, apercibiéndole que de no comparecer se
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 909 3
celebrará el juicio sin su presencia, que continuara sinnecesidad de declarar su rebeldía.
Y para su publicación, a fin de que sirva de citación enforma a la demandada Zapamar Shoes, S.L. y Fondo deGarantía Salarial, expido y firmo el presente edicto.
Alicante, 26 de abril de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1011979*
EDICTO
Cédula de citación:El Iltmo. señor Magistrado Juez de Refuerzo de lo Social
Número Seis de Alicante. en resolución de esta fecha dictadaen los autos sobre despido número 388/2010, instados porSalvador Ángel Lozano Pérez, Antonia Romero González,Enrique Lozano Valero, Isabel Alfaro Jiménez, DoloresAmorós Gómez, Mª Francisca Arias Lamo, Mª Isabel GranellGarcía, Ana Gutiérrez Escudero, Josefa FernándezFernández, Mónica Megías Moreno y Encarnación VallejoNavarro se ha acordado citar a la parte demandadaD’Blackvert, S.L.U. y Fondo de Garantía Salarial a fin de queel próximo día 14 de julio de 2010 a las 9.15 horas comparez-ca en la Sala Audiencia de este Juzgado para la celebraciónde los actos de conciliación y juicio, haciéndole saber que enla Secretaría se encuentran a su disposición las copias de lademanda y documentos presentados, advirtiéndole que alacto del juicio deberá concurrir con todos los medios deprueba de que intente valerse, apercibiéndole que de nocomparecer se celebrará el juicio sin su presencia, quecontinuara sin necesidad de declarar su rebeldía.
Y para su publicación, a fin de que sirva de citación enforma a la demandada D’Blackvert, S.L.U y Fondo de Garan-tía Salarial, expido y firmo el presente edicto.
Alicante, 3 de mayo de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1011980*
EDICTO
Cédula de citación:El Iltmo. señor Magistrado Juez de lo Social Número
Seis de Alicante. en resolución de esta fecha dictada en losautos sobre despido número 148/2010, instados por AntonioTejero Jordán, Francisco Miguel Cerda Bas, MarianoTorregrosa Muñoz, David Valencoso Villar del Saz, Francis-co Vicente Centeno Tarancón, Joaquín Valencoso Villare delSaz, José Acevedo Marín, Sergio Ochoa González, DavidJesús Lillo Sanchis, Francisco Sevilla Criado, FranciscoRodríguez Cantó y Sergio Vlázquez Lucha, se ha acordadocitar a la parte demandada Pulidos López, S.L., administra-dor concursal don Ginés Buitrago Juan y Fondo GarantíaSalarial, a fin de que el próximo día 26 de mayo de 2010 a las9.55 horas comparezca en la Sala Audiencia de este Juzga-do para la celebración de los actos de conciliación y juicio,haciéndole saber que en la Secretaría se encuentran a sudisposición las copias de la demanda y documentos presen-tados, advirtiéndole que al acto del juicio deberá concurrircon todos los medios de prueba de que intente valerse,apercibiéndole que de no comparecer se celebrará el juiciosin su presencia, que continuara sin necesidad de declararsu rebeldía.
Y para su publicación, a fin de que sirva de citación enforma a la demandada Pulidos López, S.L., administradorconcursal don Ginés Buitrago Juan y Fondo Garantía Sala-rial, expido y firmo el presente edicto.
Alicante, 3 de mayo de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1011982*
EDICTO
Cédula de citación:El Iltmo. señor Magistrado Juez de lo Social Número
Seis de Alicante. en resolución de esta fecha dictada en losautos sobre despido número 367/2010, instados por AntonioNolasco Pizarro, Gabriel Lucas Martínez, Juan NolascoPizarro, Juana Ferri Muñoz, Pascuala Bernabé Ochoa ySantiago Rey González se ha acordado citar a la partedemandada Paralelo Shoes, S.L., Wally’s Diseño, S.L. yFondo de Garantía Salarial a fin de que el próximo día 1 dejulio de 2010 a las 10.20 horas comparezca en la SalaAudiencia de este Juzgado para la celebración de los actosde conciliación y juicio, haciéndole saber que en la Secreta-ría se encuentran a su disposición las copias de la demanday documentos presentados, advirtiéndole que al acto deljuicio deberá concurrir con todos los medios de prueba deque intente valerse, apercibiéndole que de no comparecer secelebrará el juicio sin su presencia, que continuara sinnecesidad de declarar su rebeldía.
Y para su publicación, a fin de que sirva de citación enforma a la demandada Paralelo Shoes, S.L. y Wally’s Diseño,S.L., expido y firmo el presente edicto.
Alicante, 3 de mayo de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1011984*
EDICTO
Cédula de citación:El Iltmo. señor Magistrado Juez de lo Social Número
Seis de Alicante. en resolución de esta fecha dictada en losautos sobre modificación sustancial de las condiciones detrabajo número 397/2010, instados por Rocío Díaz Morenose ha acordado citar a la parte demandada Avenida Uno, S.L.a fin de que el próximo día 16 de junio de 2010 a las 10.20horas comparezca en la Sala Audiencia de este Juzgadopara la celebración de los actos de conciliación y juicio,haciéndole saber que en la Secretaría se encuentran a sudisposición las copias de la demanda y documentos presen-tados, advirtiéndole que al acto del juicio deberá concurrircon todos los medios de prueba de que intente valerse,apercibiéndole que de no comparecer se celebrará el juiciosin su presencia, que continuara sin necesidad de declararsu rebeldía.
Y para su publicación, a fin de que sirva de citación enforma a la demandada Avenida Uno, S.L., expido y firmo elpresente edicto.
Alicante, 30 de abril de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1011985*
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SIETEALICANTE
EDICTO
Doña Vanesa Sirvent Asensi, Secretaria del Juzgado delo Social Número Siete de Alicante, notifica:
En los autos número 1020/2009 seguido en este Juzga-do, a instancias de Josefa Baldo Mingot frente a NivelacionesLa Marina S.L., Levantina de Morteros S.L. y Datosa Estruc-turas y Construcciones S.L. se ha dictado resolución cuyoencabezamiento y parte dispositiva dice así:
En nombre de S.M. el Rey, la Ilma. señora doña AuroraGutiérrez Gutiérrez, Magistrada Juez del Juzgado de loSocial Número Siete de Alicante, ha dictado la siguiente
Sentencia número 234En Alicante, a 6 de mayo de 2010.Vistos los autos seguidos a instancia de doña Josefa
Baldo Mingot, asistida del graduado don Onofre Gomáriz
9 4boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
Martínez, contra Nivelaciones La Marina S.L., Levantina deMorteros S.L., Datosa Estructuras y Construcciones S.L. yFogasa, sobre reclamación de cantidad bajo el número 1020/09.
FalloQue estimando la demanda sobre reclamación de can-
tidad interpuesta doña Josefa Baldo Mingot contra Nivelacio-nes La Marina S.L., Levantina de Morteros S.L., DatosaEstructuras y Construcciones S.L. y Fogasa, debo condenary condeno solidariamente a las empresas demandadas aque abonen a la parte actora 6.588,69 euros, más losintereses de mora del 10% anual en la forma establecida enesta resolución.
Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal sub-sidiaria del Fogasa, en caso de insolvencia.
Incorpórese la presente sentencia al libro correspon-diente y líbrese testimonio de la misma para su constancia enautos y notifíquese la presente sentencia a las partes intere-sadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe Recurso deSuplicación ante la Sala de lo Social de Valencia del TribunalSuperior de Justicia de la Comunidad Valenciana, anuncián-dolo ante este Juzgado de lo Social en los cinco díassiguientes a la notificación de esta Sentencia. Se advierte alrecurrente que no fuese trabajador o causahabiente suyo, obeneficiario del Régimen Público de Seguridad Social nigozase del beneficio de Justicia Gratuita en los términos dela Ley de Asistencia Jurídica Gratuita que deberá acreditaren el momento de interponerlo el ingreso de 150,25 euros enla cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado,abierta en Banesto con el número 0122-0000-65, aportandoel resguardo acreditativo, así como acreditar la consignaciónen la cuenta 0122-0000-69 de la mencionada entidad banca-ria, de la cantidad objeto de la condena, o presentar avalbancario por la misma cantidad en la que se haga constar laresponsabilidad solidaria del avalista.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación en forma a la empresa
demandada Nivelaciones La Marina S.L., Levantina de Mor-teros S.L. y Datosa Estructuras y Construcciones S.L., ac-tualmente en ignorado paradero, y para su publicación en elBoletín Oficial de esta Provincia, expido y firmo el presente.
Alicante, 6 de mayo de 2010.La Secretaria. Rubricado.
*1011989*
EDICTO
Autos: 361/2010.Doña Yolanda Mencía Presa, en funciones de Secreta-
ria Judicial de refuerzo, en el Juzgado de lo Social NúmeroSiete de Alicante. Se hace saber: que en este Juzgado y conel número de referencia arriba indicado se sigue expedientepor despido, a instancia de José Luis Oliva Alarcón, JuanFrancisco Pastor García y José Pascual García Martínez,contra Ayuntamiento de Elda, Hijos de Maxi Grúas y Taller,S.L. y Continental Parking S.L., en cuyas actuaciones se haseñalado para que tenga lugar comparecencia, el día 18 dejunio de 2010 a las 9.40 horas, e, ignorándose el actualparadero de la parte demandada, Hijos de Maxi Grúas yTaller, S.L., por el presente se le cita para dicho día y hora,con la prevención de que si no compareciese, le parará losperjuicios a que hubiere lugar en derecho y con la adverten-cia de que las siguientes comunicaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L. Lo que hace público por medio del Boletín Oficialde la Provincia, a los efectos pertinentes.
Alicante, 4 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011990*
EDICTO
Doña Vanesa Sirvent Asensi, Secretaria del Juzgado delo Social Número Siete de Alicante, notifica:
En la ejecución número 162/2010 autos número 1061/2009 seguido en este Juzgado, a instancias de CarmeloCarrillo Blasco y Abilio Cremades Deltell frente a Fomento deYesos Laminados S.L. se ha dictado resolución que, en lonecesario, dice así:
«Auto. En Alicante a veintinueve de abril de dos mil diez(...) Dispongo: se acuerda la ejecución de la sentenciadictada contra Fomento de Yesos Laminados S.L. en lospresentes autos por cuantía de 32160,26 euros de principaladeudado, más 5145 euros presupuestados provisional-mente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidacióny tasación definitivas.-Para su efectividad, practíquense lassiguientes diligencias: 1) Requiérase al deudor para queefectúe manifestación acerca de los bienes o derechos deque sea titular, con la precisión necesaria. Deberá, en sucaso, indicar las personas que ostentan derechos sobre susbienes y si éstos están sujetos a otro proceso, concretar losextremos de éste que puedan interesar a la ejecución. En elcaso de que los bienes estén gravados con cargas reales,deberá asimismo manifestar el importe del crédito garantiza-do y, en su caso, la parte pendiente de pago. Si se trata debienes inmuebles, deberá expresar si están ocupados, porqué personas y con qué título. Adviértase al deudor que, deno atender al requerimiento, podrá imponérsele un apremiopecuniario por cada día de atraso, en las condiciones esta-blecidas en el artículo 239 de la Ley de ProcedimientoLaboral.- 2) Practíquese diligencia de embargo sobre bieneso derechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la ComisiónJudicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.- 3) Sin perjuicio de todo ello, procédase a la averi-guación de bienes del apremiado de conformidad con elartículo 248 del Texto Refundido de la Ley de ProcedimientoLaboral, incluidos los que se puedan obtener a través delPunto Neutro Judicial. 4) Procédase al embargo de lascantidades que el demandado tenga que percibir de laAgencia Tributaria por devoluciones de I.V.A. I.R.P.F. o porcualquier otro concepto, librando a tal fin el pertinente ofi-cio.5) De conformidad con lo prevenido en el artículo 274 dela LPL, dese traslado al Fondo de Garantía Salarial, portérmino de quince días, para que puedan instar la práctica delas diligencias que a su derecho convenga, designando losbienes del ejecutado que le consten, a fin de dictarse por esteJuzgado Auto de Insolvencia..- Se advierte a las partes quecontra esta resolución no se podrá interponer recurso algu-no, sin perjuicio de la oposición que, con arreglo a la Ley deEnjuiciamiento Civil, pueda formular el ejecutado (artículo552 de la L.E.C.).- Así por este auto, lo pronuncia, manda yfirma doña Aurora Gutiérrez Gutiérrez, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social Número Siete de los de Alicante.- E/.-Ante mí.- Siguen firmas.-»
Y para que sirva de notificación en forma a la empresademandada Fomento de Yesos Laminados S.L., actualmen-te en ignorado paradero, y para su publicación en el BoletínOficial de esta Provincia, expido y firmo el presente.
Alicante, 29 de abril de 2010.La Secretaria. Rubricado.
*1011991*
EDICTO
Doña Vanesa Sirvent Asensi, Secretaria del Juzgado delo Social Número Siete de Alicante, notifica:
En la ejecución número 36/2010, autos número 813/2009 seguidos en este Juzgado, a instancias de María JesúsGarcía Ballesta, Bartolomé Laosa Puche, María AsunciónReig Pla, Pilar Costa Villaescusa, María Salud RomeroEstarli, Ana María Gracia González y Ángeles González
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González frente a Calzados Seda S.L. se ha dictado autocuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguientetenor literal:
«Auto. En Alicante a veintinueve de abril de dos mildiez.- Parte dispositiva.- Se acuerda la acumulación a lapresente ejecución de la/s número 158-10 dejando constan-cia mediante testimonio de la presente resolución.- Procédasea ejecutar el título ejecutivo indicado en el «Hecho Primero»y continúen, por tanto, las actuaciones por un principal totalpara los procesos acumulados ascendente a la cantidad de69.726.10 euros más otros 11.156,00 euros que se fijanprovisionalmente para intereses y costas sin perjuicio de unaulterior liquidación, con inclusión si procediera de la minutade honorarios.- Notifíquese el presente a las partes con laadvertencia de que no cabe recurso alguno, sin perjuicio dela oposición que, con arreglo a los artículos 556 a 558 de laL.E.C., se pueda alegar (artículo 551.2 L.E.C.).- Por este suAuto, lo dispone, manda y firma la Iltma. señora doña AuroraGutiérrez Gutiérrez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo So-cial Número Siete de Alicante. Doy fe.- E/.- Ante mí.- Siguenfirmas.-»
Y para que sirva de notificación en forma a la empresademandada Calzados Seda S.L., actualmente en ignoradoparadero, y para su publicación en el Boletín Oficial de estaProvincia, expido y firmo el presente.
Alicante, 29 de abril de 2010.La Secretaria. Rubricado.
*1012005*
EDICTO
Doña Vanesa Sirvent Asensi, en funciones de Secreta-ria Judicial, en el Juzgado de lo Social Número Siete deAlicante.
Autos: 973/2009.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por cantidad,a instancia de José Antonio Jover Díaz contra Chm ArimedS.L., en cuyas actuaciones se ha señalado para que tengalugar comparecencia, el día 6 de octubre de 2010 a las 10.00horas, e, ignorándose el actual paradero de la parte deman-dada, Chm Arimed S.L. por el presente se le cita para dichodía y hora, con la prevención de que si no compareciese, leparará los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y con laadvertencia de que las siguientes comunicaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L.
Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de laProvincia, a los efectos pertinentes.
Alicante, 3 de mayo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012007*
EDICTO
Doña Vanesa Sirvent Asensi, en funciones de Secreta-ria Judicial, en el Juzgado de lo Social Número Siete deAlicante.
Autos: 1299/2009.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por cantidad,a instancia de Lorenzo Serra Berasaluce, Fidel BeneytoSegura y Antonio Gómez Cazorla contra Crevisa S.L., NewWork S.L. ETT y Fondo de Garantía Salarial, en cuyasactuaciones se ha señalado para que tenga lugar compare-cencia, el día 22 de septiembre 2010 a las 9.40 horas, e,ignorándose el actual paradero de la parte demandada, NewWork S.L. ETT, por el presente se le cita para dicho día yhora, con la prevención de que si no compareciese, le pararálos perjuicios a que hubiere lugar en derecho y con la
advertencia de que las siguientes comunicaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L.
Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de laProvincia, a los efectos pertinentes.
Alicante, 30 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012009*
EDICTO
Doña Vanesa Sirvent Asensi, en funciones de Secreta-ria Judicial, en el Juzgado de lo Social Número Siete deAlicante.
Autos: 1223/2009.Se hace saber: que en este Juzgado y con el número de
referencia arriba indicado se sigue expediente por cantidad,a instancia de Jacinto Navarro Martínez contra Dolma Servi-cios Axilares del Transporte, en cuyas actuaciones se haseñalado para que tenga lugar comparecencia, el día 20 deoctubre de 2010 a las 10.30 horas, e, ignorándose el actualparadero de la parte demandada, Dolma Servicios Axilaresdel Transporte, S.L. por el presente se le cita para dicho díay hora, con la prevención de que si no compareciese, leparará los perjuicios a que hubiere lugar en derecho y con laadvertencia de que las siguientes comunicaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia o se trate de emplazamiento según el artículo 59de la L.P.L.
Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de laProvincia, a los efectos pertinentes.
Alicante, 30 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1012013*
EDICTO
Doña Vanesa Sirvent Asensi, Secretaria del Juzgado delo Social Número Siete de Alicante, notifica:
En la ejecución número 152/2010 autos número 1073/2009 seguido en este Juzgado, a instancias de Luz DaniceGallardo Sarriá frente a Limpia Express Multiservicios S.L. seha dictado resolución que, en lo necesario, dice así:
«Auto. En Alicante a veintisiete de abril de dos mil diez(...) Dispongo: se acuerda la ejecución de la sentenciadictada contra Limpia Express Multiservicios S.L. en lospresentes autos por cuantía de 12531,96 euros de principaladeudado, más 2500 euros presupuestados provisional-mente para intereses y costas, sin perjuicio de su liquidacióny tasación definitivas.-Para su efectividad, practíquense lassiguientes diligencias: 1) Requiérase al deudor para queefectúe manifestación acerca de los bienes o derechos deque sea titular, con la precisión necesaria. Deberá, en sucaso, indicar las personas que ostentan derechos sobre susbienes y si éstos están sujetos a otro proceso, concretar losextremos de éste que puedan interesar a la ejecución. En elcaso de que los bienes estén gravados con cargas reales,deberá asimismo manifestar el importe del crédito garantiza-do y, en su caso, la parte pendiente de pago. Si se trata debienes inmuebles, deberá expresar si están ocupados, porqué personas y con qué título. Adviértase al deudor que, deno atender al requerimiento, podrá imponérsele un apremiopecuniario por cada día de atraso, en las condiciones esta-blecidas en el artículo 239 de la Ley de ProcedimientoLaboral.- 2) Practíquese diligencia de embargo sobre bieneso derechos del deudor en cuantía suficiente para cubrir elimporte de lo adeudado, siguiéndose el orden establecido enel artículo 592.2 de la LEC y depositándose los bienesembargados conforme a Derecho, sirviendo la presenteresolución de mandamiento en forma para la Comisión
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Judicial que haya de practicar el embargo, la cual quedafacultada para entrar en el local de negocios o viviendaparticular y para requerir, en su caso, el auxilio de la FuerzaPública.- 3) Sin perjuicio de todo ello, procédase a la averi-guación de bienes del apremiado de conformidad con elartículo 248 del Texto Refundido de la Ley de ProcedimientoLaboral, incluidos los que se puedan obtener a través delPunto Neutro Judicial. 4) Procédase al embargo de lascantidades que el demandado tenga que percibir de laAgencia Tributaria por devoluciones de I.V.A. I.R.P.F. o porcualquier otro concepto, librando a tal fin el pertinente ofi-cio.5) De conformidad con lo prevenido en el artículo 274 dela LPL, dese traslado al Fondo de Garantía Salarial, portérmino de quince días, para que puedan instar la práctica delas diligencias que a su derecho convenga, designando losbienes del ejecutado que le consten, a fin de dictarse por esteJuzgado Auto de Insolvencia.- Se advierte a las partes quecontra esta resolución no se podrá interponer recurso algu-no, sin perjuicio de la oposición que, con arreglo a la Ley deEnjuiciamiento Civil, pueda formular el ejecutado (artículo552 de la L.E.C.).- Así por este auto, lo pronuncia, manda yfirma doña Aurora Gutiérrez Gutiérrez, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social Número Siete de los de Alicante.- E/.-Ante mí.- Siguen firmas.-»
Y para que sirva de notificación en forma a la empresademandada Limpia Express Multiservicios S.L., actualmenteen ignorado paradero, y para su publicación en el BoletínOficial de esta Provincia, expido y firmo el presente.
Alicante, 27 de abril de 2010.La Secretaria. Rubricado.
*1012016*
EDICTO
Doña Vanesa Sirvent Asensi, Secretaria del Juzgado delo Social Número Siete de Alicante.
Notifica:En la ejecución número 150/2010 autos número 721/
2009 seguido en este Juzgado, a instancias de Víctor ManuelRico Ribera frente a Manufacturas Rocío S.L. se ha dictadoAuto cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del si-guiente tenor literal:
«Auto.- En Alicante a veintisiete de abril de dos mil diez.-Parte dispositiva.- Vistos los artículos citados y demás depertinente y general aplicación, S.Sª. Iltma. por ante mí, elSecretario, dijo: procédase a la ejecución de sentenciadictada/o en el presente procedimiento contra ManufacturasRocío S.L., cuyo principal es de 1749,14 euros, más 280euros que sin perjuicio de posterior tasación se calculanprovisionalmente para intereses y costas.- Dese traslado alFondo de Garantía Salarial para que en el plazo de quincedías inste las diligencias que a su derecho convenga, ydesignar los bienes del deudor que le consten al objeto dedictarse, por este Juzgado, Auto de insolvencia en el plazo detreinta días, toda vez que la empresa demandada Manufac-turas Rocío S.L. fue declarada insolvente por el JuzgadoNúmero Siete de Alicante con fecha 5-3-10 en la ejecuciónnúmero 392-09.- Notifíquese el presente a las partes, con laadvertencia de que no cabe recurso alguno, sin perjuicio dela oposición, que con arreglo a los artículos 556 a 558 de laL.E.C. se puedan alegar (artículo 551.2 L.E.C.). - Por este suauto, lo dispone, manda y firma doña Aurora GutiérrezGutiérrez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social NúmeroSiete de Alicante, por ante mí el Secretario. Doy fe.- E/.- Antemí.- Siguen firmas.
Y para que sirva de notificación en forma a la empresademandada Manufacturas Rocío S.L., actualmente en igno-rado paradero, y para su publicación en el Boletín Oficial deesta Provincia, expido y firmo el presente.
Alicante, 27 de abril de 2010.La Secretaria. Rubricado.
*1012019*
EDICTO
Doña Vanesa Sirvent Asensi, Secretaria del Juzgado delo Social Número Siete de Alicante.
Hago saber: que en este Juzgado de lo Social y con elnúmero de procedimiento 185, 180, 181 y 183/2009, se sigueejecución número 223 y 225/2009 y 11 y 13/2.010 acumula-das a instancias de Mario Vergara Ramos, Diana JanethFranco Muñoz, Remedios Andújar Romero y José ManuelAlpañes Amat contra García y Riquelme S.L., Piper ShoesS.L. y Vía Los Vientos S.L., en reclamación de 32.663,70 €de principal más 5.940,00 € para intereses legales y paracostas provisionalmente calculadas, en cuyas actuacionesse ha acordado sacar a la venta en pública subasta losbienes embargados como propiedad de la parte ejecutadaque, con sus respectivas valoraciones, se describirán al finaly, al efecto, se publica para conocimiento de los posibleslicitadores, haciendo constar que se ha señalado para lacelebración de dicha subasta el día 17 de junio de 2.010 a las10.30 horas:
Primero.- Antes de aprobarse el remate podrá el deudorlibrar los bienes consignando el principal, intereses y costas;después de aprobado quedará la venta irrevocable.
Segundo.- Los licitadores deberán haber depositado enla Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgadoo haber prestado aval bancario por el 20 por 100 del valor detasación de los bienes.
Tercero.- El ejecutante podrá tomar parte en las subas-tas, si existen otros licitadores, y mejorar las posturas que sehicieren sin necesidad de consignar depósito.
Cuarto.- La subasta se celebrará por el sistema de pujasa la llana; podrán hacerse posturas por escrito en sobrecerrado, desde el anuncio hasta la celebración de la misma,con las condiciones reflejadas en los apartados anteriores.Los sobres se conservarán cerrados por el Secretario y seránabiertos en el inicio del acto de la subasta, surtiendo losmismos efectos que las posturas que se realicen en dichoacto.
Quinto.- La subasta tendrá como tipo el valor de latasación de los bienes.
Sexto.- Si la mejor postura es igual o superior al 50 por100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejorpostor en la forma prevenida en el artículo 650 de la L.E.C.
Séptimo.- Si la mejor postura es inferior al 50 por 100 delavalúo, se estará a lo establecido en el artículo 650. 4 de laL.E.C.
Octavo.- De resultar desierta la subasta, tendrán losejecutantes o en su defecto los responsables legales solida-rios o subsidiarios el derecho a adjudicarse los bienes, por el30 por l00 del avalúo, dándoles a tal fin el plazo común dediez días, con la prevención de que no hacer uso de estederecho se alzará el embargo a instancias del ejecutante.
Noveno.- Si la adquisición en subasta o la adjudicaciónen pago se realiza a favor de parte de los ejecutantes y elprecio de adjudicación no es suficiente para cubrir todos loscréditos de los restantes acreedores, los créditos de losadjudicatarios sólo se extinguirán hasta la concurrencia de lasuma que sobre el precio de adjudicación debería serlesatribuida en el reparto proporcional y de ser inferior al preciodeberán los acreedores adjudicatarios abonar el exceso enmetálico.
Décimo.- Que sólo la adquisición o adjudicación practi-cada a favor de los ejecutantes o de los responsables legalessolidarios o subsidiarios podrá efectuarse en calidad deceder a un tercero.
Undécimo.- El establecimiento destinado al efecto es laCuenta de Consignaciones de este Juzgado de lo Social,abierta en el Banesto oficina de Benalúa, con el número 0l22,debiendo hacer el depósito bajo la clave número0122000064223-09.
Duodécimo.- El precio del remate deberá completarsedentro de los diez días siguientes a la aprobación del mismo.
Los bienes objeto de subasta son los siguientes:Lote único: un vehículo matrícula A-9187-EF, marca
Peugeot 206 5P XT HDI 2, valorado en dos mil quinientoseuros (2.500 euros).
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Dicho vehículo se halla depositado en el DepósitoMunicipal de Vehículos de Elda, sito en avenida de Ronda.
Y para que sirva de notificación en forma a la empresademandada García y Riquelme S.L., Piper Shoes S.L. y VíaLos Vientos S.L., y para su publicación en el Boletín Oficialde esta Provincia, expido y firmo el presente.
Alicante, 30 de abril de 2010.Rubricado.
*1012022*
EDICTO
Doña Vanesa Sirvent Asensi, Secretaria del Juzgado delo Social Número Siete de Alicante, notifica:
En la ejecución número 87/2010 autos número 1000/2009 seguido en este Juzgado, a instancias de SalvadorÁlvarez Asensi frente a L.D. Mianco S.L. se ha dictadoresolución que, en lo necesario, dice así:
Providencia Magistrada Juez.- Iltma. señora doña Auro-ra Gutiérrez Gutiérrez.- Alicante a veintinueve de abril de dosmil diez.- Dada cuenta, habiéndose proveído, por error, elescrito por el que la parte actora solicita la ejecución de lasentencia, con señalamiento de incidente de no readmisiónpara la extinción de la relación laboral y habiéndose declara-do ya extinguida la misma en la referida sentencia, déjese sinefecto el señalamiento acordado para el día 18 de mayo de2010 a las 9.25 horas y continúese el procedimiento por eltrámite de ejecución de las cantidades fijadas en sentencia.-Notifíquese la presente resolución en legal forma a laspartes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interpo-ner recurso de reposición, en el plazo de cinco días, ante esteJuzgado, y con los requisitos establecidos en el artículo 452de la Ley de Enjuiciamiento Civil con la modificación estable-cida por la D.A. 15ª de la L.O. 1/09 de 3 de noviembre,debiendo efectuar, quienes no tengan la condición de traba-jador o beneficiario del régimen público de la SeguridadSocial, la previa consignación de 25 € en la cuenta dedepósitos y consignaciones en Banesto número 0122-0000-64-0087-10, especificando en el campo concepto: «recurso– 30 - social reposición», no admitiéndose a trámite elrecurso cuyo depósito no se encuentre constituido.- Lomanda y firma su S.Sª Ilma. Doy fe.- E/.- Ante mí.- Siguenfirmas.
Y para que sirva de notificación en forma a la empresademandada L.D. Mianco S.L., actualmente en ignorado para-dero, y para su publicación en el Boletín Oficial de estaProvincia, expido y firmo el presente.
Alicante, 29 de abril de 2010.Rubricado.
*1012024*
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNOBENIDORM
EDICTO
Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzga-do de lo Social Número Uno de los de Benidorm.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosnúmero 1545/2009 a instancias de Jurgen Kachele contraRunshine Investment Service, S.A. en la que el día 06/05/2010 se ha dictado sentencia número 209/2010 cuya partedispositiva dice:
Fallo: que estimando la demanda origen de las presen-tes actuaciones, promovida por Jurgen Kachele, frente a laempresa Runshine Investment Service S.A., y debo declarary declaro el la extinción de la relación laboral en la fecha deesta resolución del demandante con la empresa demanda-da, condenando a la empresa demandada a estar y pasar poresta declaración y condenándola a que indemnice a la parteactora con la cantidad de 668,95 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes, advir-tiéndoles que contra la presente podrán interponer recursode suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superiorde Justicia de la Comunidad Valenciana, anunciando talpropósito mediante comparecencia o por escrito ante esteJuzgado, en el plazo de cinco días a contar del siguiente a lanotificación de esta Sentencia, y que la condenada parahacerlo deberá ingresar en el Banesto (Entidad 0030 Oficina3074 Urbana sita en calle Alameda número 11 de estaciudad), en la c.c. que a tales efectos tiene abierta esteJuzgado con el nombre de Depósitos y Consignaciones, C.C.número 0308 la cantidad líquida importe de la condena opresentar Aval Bancario por dicha cantidad sin cuyo requisitono podrá tenerse por anunciado el recurso.
Asimismo, deberá constituir en la misma c.c. de laentidad arriba mencionada, la cantidad de 150.25 €, presen-tando el resguardo de este último en Secretaría al tiempo deinterponer el recurso, haciéndose constar además un domi-cilio en la sede de dicho Tribunal Superior a efectos denotificaciones.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación.- Dada, leída y publicada fue la anterior
Sentencia por la señora Juez sustituta que suscribe, encon-trándose S.Sª celebrando Audiencia Pública de lo que doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación a RunshineInvestment Service, S.A. que se encuentra en ignoradoparadero, así como para su inserción en el tablón de anun-cios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, expidoel presente.
Benidorm, 6 de mayo de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1011851*
EDICTO
Don Juan Antonio García Laínez, Secretario del Juzga-do de lo Social Número Uno de Benidorm (Alicante), por elpresente hace saber:
Que en este Juzgado se tramita ejecutoria con el núme-ro 48/2010, dimanante de los autos de despidos número1486/2008, a instancia de Ángel David García, contra laempresa Tacipla S.L., en reclamación de 15.664,77 € deprincipal, más 2.300,00 € para intereses y 2.300,00 € paracostas, en cuyo procedimiento se ha dictado auto con fecha10 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva, literalmentecopiada, es del siguiente tenor:
Parte dispositivaSe decreta la ejecución dineraria de la sentencia y auto
de extinción de la relación laboral dictados en este procedi-miento, solicitada por Ángel David García, y despacho ejecu-ción contra la empresa deudora Tacipla S.L., con N.I.F. B-25461369, en los términos de la condena, por la cantidad de15.664,77 € (quince mil seiscientos sesenta y cuatro euroscon setenta y siete céntimos) de principal más 2.300,00 €(dos mil trescientos euros) que se fijan provisionalmentepara intereses, más 2.300,00 € (dos mil trescientos euros)calculados para costas, con carácter provisional, con inclu-sión de la minuta de honorarios de ejecución del Letrado delactor.
Requiérase a la empresa deudora Tacipla S.L. para queen plazo de tres días manifieste relacionadamente bienes yderechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución,con expresión, en su caso, de cargas y gravámenes, asícomo, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por quépersonas y con qué título, con apercibimiento de las sancio-nes que pueden imponérsele, cuando menos por desobe-diencia grave, en caso de que no presente la relación de susbienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluyabienes propios susceptibles de embargo o no desvele lascargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, pudiéndoseleimponer multas coercitivas periódicas por no responderdebidamente al requerimiento.
9 8boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
Requiérase a la parte ejecutante para que ponga enconocimiento de este Juzgado, si le consta, cualquier clasede bienes propiedad de la empresa ejecutada Tacipla S.L.sobre los que efectuar embargo.
Reclámese informe de bienes propiedad de la empresaejecutada Tacipla S.L. al Servicio Central de Índices de losRegistros de la Propiedad, a fin de que facilite la relación debienes inmuebles o derechos de titularidad del deudor deque tenga constancia, librándose al efecto el correspondien-te despacho.
Que por el funcionario autorizado de este Juzgado serealice la correspondiente consulta de averiguación patrimo-nial a través de la página del Consejo General del PoderJudicial, Punto Neutro Judicial, sobre bienes y derechos detitularidad del deudor Tacipla S.L. que aparezcan en laAgencia Estatal de Administración Tributaria, SeguridadSocial, Inem, Catastro y Dirección General de Tráfico, trascuyo resultado se acordará lo procedente.
Notifíquese la presente a las partes y al Fondo deGarantía Salarial, haciendo al apremiado las advertenciascontenidas en los razonamientos jurídicos.
Este auto no es susceptible de recurso alguno, sinperjuicio de la oposición que, con arreglo a la Ley de Enjui-ciamiento Civil, pueda formular el ejecutado.
Así lo acuerdo, mando y firmo doña Vicenta NoguerolesLlinares, Juez Sustituta del Juzgado de lo Social NúmeroUno de Benidorm (Alicante). Sigue firma.
Y para que sirva de notificación a la empresa ejecutadaTacipla S.L., cuyo actual paradero se desconoce, para supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante,expido el presente.
Benidorm, 10 de mayo de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1012038*
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNOELCHE
EDICTO
Don Ángel Canelas Álvarez, Secretario del Juzgado delo Social Número Uno de Elche.
Hace saber: que en este Juzgado, se sigue el procedi-miento número 419/2010 en reclamación de despidos, ainstancia de Francisco Jesús Escalante Mora contra CarlaPadova S.L. y Fogasa, citándose a la mencionada mercantil,de ignorado paradero para que comparezcan ante la Sala deAudiencia de este Juzgado, sito en esta ciudad, avenida PaísValenciano, número 31, el próximo día 21 de mayo de 2010a las 10.40 horas de la mañana, para celebrar el oportunoacto de conciliación, significándole que en caso de no existiravenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria, secelebrará a continuación, al que concurrirá con los medios deprueba de que intente valerse; advirtiéndole que no sesuspenderá el juicio por falta de asistencia de la demandadadebidamente citada, así como que las siguientes comunicacio-nes podrán hacerse en estrados salvo las que deban revestirforma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos.
Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de laProvincia a los efectos pertinentes.
Elche, 27 de abril de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1011857*
EDICTO
Don Ángel Canelas Álvarez, Secretario del Juzgado delo Social Número Uno de Elche.
Hace saber:Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento número
420/2010 en reclamación de despidos, a instancia de Imad
Touarsa y José Manuel Botella Máez contra Carla PadovaS.L. y Fogasa, citándose a la mencionada mercantil, deignorado paradero para que comparezcan ante la Sala deAudiencia de este Juzgado, sito en esta ciudad, Avenida PaísValenciano, número 31, el próximo día 21 de mayo de 2010a las 10.45 horas de la mañana, para celebrar el oportunoActo de Conciliación, significándole que en caso de no existiravenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria, secelebrará a continuación, al que concurrirá con los medios deprueba de que intente valerse; advirtiéndole que no sesuspenderá el juicio por falta de asistencia de la demandadadebidamente citada, así como que las siguientes comunica-ciones podrán hacerse en estrados salvo las que debanrevestir forma de Auto o Sentencia o se trate de emplaza-mientos.
Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de laProvincia a los efectos pertinentes.
Elche, 27 de abril de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1011873*
EDICTO
Don Ángel Canelas Álvarez, Secretario del Juzgado delo Social Número Uno de Elche.
Hace saber:Que en este Juzgado, se sigue el Procedimiento núme-
ro 1474/2009 en reclamación de procedimiento social ordi-nario, a instancia de Adrian Mihai Mandari contra ObysArquitectura S.L. y Fogasa, citándose a la mencionadamercantil, de ignorado paradero para que comparezcan antela Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en esta ciudad,Ciudad de la Justicia calle Ametler, número 1, el próximo día1 de julio de 2010 a las 10.00 horas de la mañana, paracelebrar el oportuno Acto de Conciliación, significándole queen caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en únicaconvocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirácon los medios de prueba de que intente valerse; advirtién-dole que no se suspenderá el Juicio por falta de asistencia dela demandada debidamente citada, así como que las si-guientes comunicaciones podrán hacerse en estrados salvolas que deban revestir forma de auto o sentencia o se tratede emplazamientos.
Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de laProvincia a los efectos pertinentes.
Elche, 30 de abril de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1011874*
EDICTO
Don Ángel Canelas Álvarez, Secretario del Juzgado delo Social Número Uno de Elche.
Hace saber:Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento número
1563/2009 en reclamación de Seguridad Social. Accidentesde trabajo, a instancia de María Teresa Llorens Sánchezcontra INSS, TGSS, Ibermutuamur y Danielx Confort, S.L.,citándose a la mencionada mercantil, de ignorado paraderopara que comparezcan ante la Sala de Audiencia de esteJuzgado, sito en esta ciudad, Ciudad de la Justicia calleAmetler, número 1, el próximo día 9 de septiembre de 2010a las 10.10 horas de la mañana, para celebrar el oportunoActo de Conciliación, significándole que en caso de no existiravenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria, secelebrará a continuación, al que concurrirá con los medios deprueba de que intente valerse; advirtiéndole que no sesuspenderá el Juicio por falta de asistencia de la demandadadebidamente citada, así como que las siguientes comunicacio-nes podrán hacerse en estrados salvo las que deban revestirforma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos.
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 909 9
Lo que hace público por medio del Boletín Oficial de laProvincia a los efectos pertinentes.
Elche, 6 de mayo de 2010.El Secretario. Rubricado.
*1011875*
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOSELCHE
EDICTO
Don José Carlos Tomé Tamame, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Dos de Elche.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue procedimien-to con el número 552/2010 en reclamación de despido ainstancias de José Luis Marin Jacobe contra Elquivir Marro-quinería, S.L. se cita al mencionado demandado, de ignora-do paradero, para que comparezca ante la sala de Audien-cias de este Juzgado, sito en esta ciudad, barrio de losPalmerales calle Ametler número 1, el próximo día 6 de juliode 2010, a las 10.10 horas de su mañana para celebrar eloportuno acto de conciliación, significándole que en caso deno existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocato-ria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con losmedios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole queno se suspenderá el juicio por la falta de asistencia de lademandada, debidamente citada, y advirtiéndole de que lassiguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo lasque deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.
Lo que se hace público por medio del Boletín Oficial dela Provincia a los efectos pertinentes.
Elche, 7 de mayo de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
EDICTO
Don José Carlos Tomé Tamame, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Dos de Elche.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue procedimien-to con el número 553/2010 en reclamación de despido ainstancias de Ricardo Peidro Prats contra Pecam Courrier,S.L. se cita al mencionado demandado, de ignorado parade-ro, para que comparezca ante la sala de Audiencias de esteJuzgado, sito en esta ciudad, barrio de los Palmerales calleAmetler número 1, el próximo día 6 de julio de 2010, a las10.20 horas de su mañana para celebrar el oportuno acto deconciliación, significándole que en caso de no existir avenen-cia en tal acto, el juicio en única convocatoria, se celebraráa continuación, al que concurrirá con los medios de pruebade que intente valerse; advirtiéndole que no se suspenderáel juicio por la falta de asistencia de la demandada, debida-mente citada, y advirtiéndole de que las siguientes comuni-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestirla forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Lo que se hace público por medio del Boletín Oficial dela Provincia a los efectos pertinentes.
Elche, 7 de mayo de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
EDICTO
Don José Carlos Tomé Tamame, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Dos de Elche.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue procedimien-to con el número 556/2010 en reclamación de despido ainstancias de Verónica Sempere Martínez contra Explotacio-nes Turísticas Santa Pola S.L. se cita al mencionado deman-dado, de ignorado paradero, para que comparezca ante lasala de Audiencias de este Juzgado, sito en esta ciudad,barrio de los Palmerales calle Ametler número 1, el próximodía 6 de julio de 2010, a las 10.40 horas de su mañana para
celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole queen caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en únicaconvocatoria, se celebrará a continuación, al que concurrirácon los medios de prueba de que intente valerse; advirtién-dole que no se suspenderá el juicio por la falta de asistenciade la demandada, debidamente citada, y advirtiéndole deque las siguientes comunicaciones se harán en estrados,salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia ose trate de emplazamiento.
Lo que se hace público por medio del Boletín Oficial dela Provincia a los efectos pertinentes.
Elche, 7 de mayo de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
EDICTO
Don José Carlos Tomé Tamame, Secretario Judicial delJuzgado de lo Social Número Dos de Elche.
Hago saber: que en este Juzgado se sigue procedimien-to con el número 557/2010 en reclamación de despido ainstancias de Jacobo Andreu Martí contra ExplotacionesTurísticas Santa Pola S.L se cita al mencionado demandado,de ignorado paradero, para que comparezca ante la sala deAudiencias de este Juzgado, sito en esta ciudad, barrio delos Palmerales calle Ametler número 1, el próximo día 6 dejulio de 2010, a las 10.50 horas de su mañana para celebrarel oportuno acto de conciliación, significándole que en casode no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convo-catoria, se celebrará a continuación, al que concurrirá con losmedios de prueba de que intente valerse; advirtiéndole queno se suspenderá el juicio por la falta de asistencia de lademandada, debidamente citada, y advirtiéndole de que lassiguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo lasque deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate deemplazamiento.
Lo que se hace público por medio del Boletín Oficial dela Provincia a los efectos pertinentes.
Elche, 6 de mayo de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011860*
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRESELCHE
EDICTO
Don José Tomás Pastor Pozo, Secretario Judicial delJuzgado Social Número Tres Elche.
Hago saber: que en este Juzgado de lo Social se tramitaprocedimientos sobre, registrado con el número de ejecu-ción 74/2010 a instancia de Isaac Sánchez García contraVertice Digital, S.A. en cuyas actuaciones se ha dictado laresolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva.En atención a todo lo expuesto, se acuerda:Despachar la ejecución solicitada por el ejecutante
frente a Vertice Digital, S.A. por importe de 10.785,78 euros,más 2.157 euros para costas e intereses, que se fijanprovisionalmente.
Desconociéndose bienes concretos de la ejecutada,proceder a la averiguación de los mismos, y a tal fin, expídanselos correspondientes oficios y mandamientos al señor JefeProvincial de Tráfico, Ilmo. Alcalde, e Ilmos. señores Regis-tradores de la Propiedad, para que faciliten relación de todoslos bienes o derechos del deudor de los que tengan constan-cia, y al señor Director de la Agencia Tributaria, a fin quecomunique a este Juzgado si, por parte de la HaciendaPública, se adeuda alguna cantidad al ejecutado en concep-to de devolución del Impuesto sobre la renta de PersonasFísicas, Impuesto sobre el Valor Añadido o cualquier otroconcepto.
Dese audiencia a la ejecutante y al Fondo de GarantíaSalarial, por un plazo de quince días, para que designen
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bienes e insten lo que a su derecho convenga, procediéndose,en su caso, a dictar la insolvencia provisional, de ser nega-tivas las averiguaciones.
Apareciendo en las actuaciones que la empresa ejecu-tada se encuentra en paradero ignorado, no procede practi-car diligencia alguna de embargo en el domicilio que consta.Notifíquese la presente resolución en el Boletín Oficial de laProvincia.
Se advierte al ejecutado en los términos expuestos enlos fundamentos 4 y 5 de esta resolución.
Notifíquese la presente resolución a las partes yadviértase que frente a la presente resolución no se podráinterponer recurso alguno, pero podrá formularse oposicióna ella alegando pago o cumplimiento de la obligación, me-diante escrito presentado en este Juzgado en el plazomáximo de diez días a contar desde el día siguiente a lanotificación de este auto y para lo cual habrá de aportarjustificación documental; también podrá oponer prescripciónde la acción ejecutiva (artículo 556 LECiv. 1/2000, de 7 deenero) o la existencia de defectos procesales (artículo 559LECiv. 1/2000, de 7 de enero).
Así lo acuerdo, mando y firmo.Y para que sirva de notificación legal a la demandada
que se cita en paradero ignorado expido el presente.Elche, 23 de marzo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011326*
EDICTO
Doña Ana Iborra Lacal, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social Número Tres de los de Elche.
Hago saber: que en este Juzgado, se siguen autosprocedimiento social ordinario - 282/2009 a instancias deHassane Nakhil contra Eldozur, S.L. y Fondo Garantía Sala-rial en el que, por medio del presente se cita a Eldozur, S.L.,quien se halla en ignorado paradero para que comparezcaante este Juzgado de lo Social, sito en avenida País Valen-ciano, 31 1 al objeto de celebrar acto de conciliación y, en sucaso, juicio, el día 28 de julio de 2010 a las 11.50 horas, conadvertencia de que el juicio no se suspenderá por laincomparecencia injustificada de las partes.
Elche, 30 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011799*
EDICTO
Don José Tomas Pastor Pozo, Secretario Judicial delJuzgado Social Número Tres Elche.
Hago saber: que en este Juzgado, se sigue ejecuciónnúmero 115/2010 a instancias de Darius Bulatovas contraConstrucciones Reaz, S.L. y Fogasa en la que el día 28/04/10 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:
«Dispongo: se acuerda la ejecución de la resolucióndictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de 4.437,27euros de principal adeudas por 710 euros presupuestadosprovisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de suliquidación y tasación definitivas.
Se declara al ejecutado Construcciones Reaz insolven-te en sentido legal con carácter provisional.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo deGarantía Salarial, a quienes se hará saber que contra lamisma podrán interponer recurso de reposición en el plazode cinco días, y archívense las actuaciones sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienesdel ejecutado.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma don JoséAntonio Buendía Jiménez, Magistrado-Juez de lo SocialNúmero Tres de Elche.
Firmado y rubricado.
Y para que conste y sirva de notificación a Construccio-nes Reaz, S.L. y Fogasa que se encuentra en ignoradoparadero, así como para su inserción en el Tablón de anun-cios y publicación en el Boletín Oficial de la Provincia,haciéndole saber al mismo que las restantes notificacionesque hayan de efectuársele se le harán en estrados, en laforma legalmente establecida, expido el presente.
Elche, 28 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1012034*
EDICTO
Don José Tomas Pastor Pozo, Secretario Judicial delJuzgado Social Número Tres Elche.
Hago saber:Que en este Juzgado, se sigue ejecución número 113/
2010 a instancias de Francisco Javier Sánchez Paniaguacontra Construcciones Joanmengo, S.L. y Fondo GarantíaSalarial en la que el día 28/04/10 se ha dictado auto cuyaparte dispositiva dice:
«Dispongo: se acuerda la ejecución de la resolucióndictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de 1.586,48euros de principal adeudas por 300 euros presupuestadosprovisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de suliquidación y tasación definitivas.
Se declara al ejecutado Construcciones Joanmengo,S.L. insolvente en sentido legal con carácter provisional.
Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo deGarantía Salarial, a quienes se hará saber que contra lamisma podrán interponer recurso de reposición en el plazode cinco días, y archívense las actuaciones sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen bienesdel ejecutado.
Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma don JoséAntonio Buendía Jiménez, Magistrado-Juez de lo SocialNúmero Tres de Elche
Firmado y rubricado.Y para que conste y sirva de notificación a Construccio-
nes Joanmengo, S.L. y Fondo Garantía Salarial que seencuentra en ignorado paradero, así como para su inserciónen el Tablón de anuncios y publicación en el Boletín Oficialde la Provincia, haciéndole saber al mismo que las restantesnotificaciones que hayan de efectuársele se le harán enestrados, en la forma legalmente establecida, expido elpresente.
Elche, 28 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1012036*
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SEISMÁLAGA
EDICTO
Doña Rosario Jiménez Lechuga (en régimen de Secre-taria de refuerzo) del Juzgado de lo Social Número Seis deMálaga.
Hace saber:Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los
autos número 379/2010, seguidos en este Juzgado a instan-cias de Daniela Kristin Kohlstedt se ha acordado citar a CostaNachrichten Media S.L. como parte demandada por tenerignorado paradero para que comparezcan el próximo día 7de junio de 2010 a las 13.15 horas para asistir a los actos deconciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en esteJuzgado de lo Social, sito en calle Fiscal Luis Portero García,(Ciudad de la Justicia de Málaga) planta 3ª, debiendo compa-
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recer personalmente o por persona legalmente apoderada ycon los medios de prueba de que intente valerse, con laadvertencia de que es única convocatoria y que no sesuspenderán por falta injustificada de asistencia.
Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora,la referida parte realice prueba de confesión judicial, con laadvertencia que de no comparecer podrá ser tenido porconfeso.
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a sudisposición en la Secretaría de este juzgado de lo Socialcopia de la demanda presentada.
Y para que sirva de citación a Costa Nachrichten Media S.L.Se expide la presente cédula de citación para su publi-
cación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su coloca-ción en el tablón de anuncios.
Málaga, 20 de abril de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011802*
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO NUEVEALICANTE
EDICTO
Este Juzgado está tramitando el procedimiento juicioverbal – 1/2010 y por resolución de fecha 12/042010 haacordado notificar sentencia de fecha 9/04/2010, cuyo enca-bezamiento y parte dispositiva es la siguiente:
Sentencia número 120/2010.Juez que la dicta: María Fernanda Lorite Chicharro.Lugar: Alicante.Fecha. Nueve de abril de dos mil diez.Parte demandante: Consorcio de Compensación de
Seguros.Abogado del Estado sustituto: Girón Giménez, José
María.Parte demandada: Justo Luis Funez González.Objeto del juicio: reclamación de cantidad.Fallo:Que estimando la demanda interpuesta por el Consor-
cio de Compensación de Seguros contra Justo Luis FunezGonzález debo:
1.- Condenar y condeno a justo Luis Funez González aque abone a la parte actora la cantidad de mil setenta y seiseuros con cuarenta y dos céntimos de euro (1.076,42 €).
2.- Mas los intereses legales del articulo 576 de la LEC.3.- Todo ello, con expresa imposición de costas a la
parte demandadaModo de impugnación: mediante recurso de apelación
ante la Audiencia Provincial de Alicante (articulo 455 LECn).El recurso se preparará por medio de escrito presenta-
do en este Juzgado en el plazo de cinco días hábilescontados desde el día siguiente de la notificación, limitado acitar la resolución apelada, manifestando la voluntad derecurrir, con expresión de los pronunciamientos que impug-na (articulo 457.2 LECn).
De conformidad con lo dispuesto en el punto 3º de laDisposición Adicional 15ª de la LOPJ, introducida por la LO1/2009 de 3 de noviembre, será necesario acreditar haberefectuado la consignación del deposito de 50 euros en laEntidad de Crédito o en la Cuenta de Depósitos y Consigna-ción del Juzgado, indicando el código 02.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación en forma a Justo Luis
Funez González en rebeldía e ignorado paradero, y para supublicación en Boletín Oficial de la Provincia, extiendo lapresente.
Alicante, 12 de abril de 2010.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1011810*
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO ONCEALICANTE
EDICTO
Juzgado de Primera Instancia Número Once deAlicante.
Franco Naiton Marco y Consorcio de Compensación deSeguros.
Sobre reclamación de cantidad.En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia de
fecha 15-07-09 cuyo encabezamiento y fallo es del tenorliteral siguiente:
En Alicante a 15 de julio del año dos mil nueve.El señor don Francisco Javier Martínez Medina, Juez
del Juzgado de Primera Instancia Número Dos de los de estepartido, ha visto los presentes autos de juicio declarativoverbal, seguidos en este juzgado con el número 1770/07, ainstancia de Línea Directa Aseguradora representada por elprocurador de los tribunales señora Pastor Berenguer yasistida del letrado don Francisco Daniel Ruiz González,contra Consorcio de Compensación de Seguros asistido porla señora Letrada sustituta del Abogado del Estado doñaMaría Dolores Cárdenas Pérez contra Divaldir Josdias Truberdeclarado en situación procesal de rebeldía contra GasparFranco Naiton Marco declarado en situación procesal derebeldía, sobre reclamación de cantidad y con base en lossiguientes:
Fallo:Que estimando totalmente la demanda interpuesta
por Línea Directa Aseguradora representada por el procu-rador de los tribunales señora Pastor Berenguer y asistidadel letrado don Francisco Daniel Ruiz González, contraConsorcio de Compensación de Seguros asistido por laseñora Letrada sustituta del Abogado del Estado doñaMaría Dolores Cárdenas Pérez contra Divaldir JosdiasTruber declarado en situación procesal de rebeldía contraGaspar Franco Naiton Marco declarado en situación proce-sal de rebeldía, debo condenar y condeno con caráctersolidario al Consorcio de Compensación de Seguros aDivaldir Josdias Truber y Gaspar Franco Naiton Marco apagar a Línea Directa Aseguradora la cantidad de 1.452,84€ con los intereses legales que se liquidaran de conformi-dad con el fundamento jurídico décimo de esta resoluciónjudicial.
En materia de costas estése al fundamento jurídicoundécimo de esta resolución judicial.
Esta resolución no es firme y contra ella cabe interponerrecurso de apelación ante la Illma. Audiencia Provincial deAlicante, en el plazo de cinco días siguientes al de sunotificación.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.En atención al desconocimiento del actual domicilio o
residencia de la parte demandada, por providencia dictadaen el día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en losartículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de EnjuiciamientoCivil, ha acordado la publicación del presente edicto en eltablón de anuncios del Juzgado y el Boletín Oficial de laProvincia de Alicante, para llevar a efecto la diligencia denotificación sentencia a los demandados.
Diligencia.-En Alicante, a diez de noviembre de dos mil nueve.La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer
constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día dehoy en el tablón de anuncios. Doy fe.
Alicante, 10 de noviembre de 2009.El Secretario Judicial. Rubricado.
*1012043*
102boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO TRESTORREVIEJA
EDICTO
Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria delJuzgado de Primera Instancia Número Tres de Torrevieja.
Hago saber:Que en este Juzgado y Secretaría de mi cargo y bajo el
número 3070/2009 se tramita expediente de dominio sobrereanudación de tracto sucesivo interrumpido a instancia dedon Antonio Franco Núñez, representado por el Procura-dor don Vicente Gimenez Viudes, sobre la fincas urbanassiguientes:
1) «Urbana treinta y dos.- En el edificio denominadoAlanis, en Guardamar del Segura, partido Lomas del Polo.Apartamento B de la cuarta planta alta sobre la baja. En dichaplanta es el cuarto o penúltimo hacia el sur-oeste o hacía laderecha, saliendo de los ascensores. Ocupa la superficieaproximada de ochenta y dos metros ochenta decímetroscuadrados; y consta de vestíbulo, salón-comedor, cocinacon galería, distribuidor, baño, dos dormitorios y dos terra-zas. Entrando a él linda: sur-oeste o a la derecha y nor-esteo a la izquierda, respectivamente, apartamentos A y C de sumisma planta, números correlativos anterior y siguiente; sur-este o a su fondo, vuelo sobre la parte descubierta de loslocales de la planta baja; y nor-oeste a su frente, pasillo deacceso a él y los demás apartamentos de su planta. Cuota:1,371%. Inscrita al tomo 1420, libro 204, folio 160, fincanúmero 18.242 del Registro de la Propiedad de Guardamardel Segura.
Referencia catastral: 6120302YH0162S0050ZM.2) «Urbana treinta y tres.- En el edificio denominado
Alanis, en Guardamar del Segura, partido Lomas del Polo.Apartamento C de la cuarta planta alta sobre la baja.
En dicha planta es el tercero hacia el sur-oeste o hacíala derecha, saliendo de los ascensores. Ocupa la superficieaproximada de cincuenta y cuatro metros noventa decíme-tros cuadrados; y consta de vestíbulo, salón-comedor, coci-na con galería, distribuidor, baño, un dormitorio y terraza.Entrando a él linda: sur-oeste o a la derecha y nor-este o a laizquierda, respectivamente, apartamentos B y D de su mis-ma planta, números correlativos anterior y siguiente; sur-este o a su fondo, vuelo sobre la parte descubierta de loslocales de la planta baja; y nor-oeste a su frente, pasillo deacceso a él y los demás apartamentos de su planta. Cuota:0,909 %.
Inscrita al tomo 1420, libro 204, folio 162, finca número18.244 del Registro de la Propiedad de Guardamar delSegura.
Referencia catastral: 6120302YH0162S0051XQ.Y, en cumplimiento de lo acordado en resolución de esta
fecha, por medio del presente se cita por edictos a losherederos desconocidos de Hans Heinen, de quien procedela finca objeto del expediente y se convoca a la mercantilPromotora Alanis SA, titular registral cuyo paradero es des-conocido y que fue declarada disuelta y a cuantas personasignoradas pueda perjudicar la inscripción solicitada, paraque puedan comparecer ante este Juzgado en el plazo de
diez días a alegar lo que a su derecho convenga, con laprevención de que de no verificarlo así, les parará el perjuicioa que hubiere lugar en derecho.
Torrevieja, 30 de marzo de 2010.La Secretaria Judicial. Rubricado.
*1011824*
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIADE LA COMUNIDAD VALENCIANA
VALENCIA
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Vicente Calatayud Segarra, Secretario de la Salade lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comuni-dad Valenciana.
Certifico: que en el recurso contra sentencia, seguidoante esta Sala bajo el número 1021/09, se ha dictadosentencia 454/10 cuyo encabezamiento y parte dispositivason del tenor literal siguiente:
Valencia a doce de febrero de dos mil diez. La Sala delo Social del Tribunal Superior de Justicia de la ComunidadValenciana, compuesta por los Ilmos. señores Magistrados,y, han dictado la siguiente sentencia número 454/10. En elrecurso de suplicación número 1021/09, interpuesto contrala sentencia de fecha 27 de noviembre de 2008, dictada porel Juzgado de lo Social Número Tres de Alicante, en los autosnúmero 349/08, seguidos sobre cantidad, a instancia deTeresa Rosique López, asistido por el letrado Javier SánchezBardera, contra Fondo de Garantía Salarial, Grupo Serviclean3000 S.L. y Eurolimp S.A., y en los que es recurrente la partedemandada (Eurolimp S.A.), habiendo actuado como Po-nente el/a.
Fallo: que debemos desestimar y desestimamos elrecurso de suplicación interpuesto en nombre de EurolimpS.A. contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo SocialNúmero Tres de Alicante de fecha 27 de noviembre de 2008en virtud de demanda formulada a instancia de TeresaRosique López, y en su consecuencia, debemos confirmar yconfirmamos la sentencia recurrida. Se acuerda la pérdidade las consignaciones, así como la necesidad de que semantengan los aseguramientos prestados hasta que secumpla la sentencia o se resuelva, en su caso, la realizaciónde los mismos, así como la pérdida de la cantidad objeto deldepósito constituido para recurrir. Se condena a la empresarecurrente a que abone al Letrado impugnante la cantidad de300 euros. La presente sentencia que se notificará a laspartes y al Ministerio Fiscal, no es firme; póngase certifica-ción literal de la misma en el rollo que se archivará en esteTribunal y también en los autos, que se devolverán al Juzga-do de procedencia tan pronto adquiera firmeza para suejecución. Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos,mandamos y firmamos.»
Y para que sirva de notificación en forma a GrupoServiclean 3000 S.L., con las advertencias contenidas en losartículos 216 y siguientes y 227 del vigente texto articuladode la Ley de Procedimiento Laboral y su publicación en elBoletín Oficial de esta Provincia, expido y firmo la presente.
Valencia, 4 de mayo de 2010.Rubricado.
*1012047*
OTRAS ENTIDADES Y ANUNCIOS PARTICULARES
COMUNIDAD DE REGANTES VIRGEN DE LA PAZAGOST
EDICTO
Junta General Extraordinaria.En cumplimiento del acuerdo adoptado por la Junta de
Gobierno de la Comunidad de Regantes «Virgen de la Paz»
de Agost, en sesión celebrada el día 28 de abril último, seconvoca mediante el presente anuncio a todos sus comune-ros a la Junta General Extraordinaria que se celebrará en laCasa Municipal de Cultura de esta población el próximo día4 de junio a las veinte horas en primera convocatoria, y elmismo día a las veintiuna horas en segunda convocatoria,constituyendo el orden del día de tal junta, los siguientesasuntos:
boletín oficial de la provincia - alicante, 14 mayo 2010 - n.º 90 butlletí oficial de la província - alacant, 14 maig 2010 - n.º 90103
1. Lectura del Acta de la Junta General anterior.2. Dar cuenta de los proyectos de instalaciones solares
fotovoltaicas en las balsas y naves de filtrado propiedad dela Comunidad elaborados por Sun Invest Iberia Sesenta, S.L.y aprobar si procede, la concesión a dicha mercantil delderecho de superficie sobre las mencionadas balsas ynaves para que ejecute dichos proyectos, facultando alPresidente a suscribir los contratos y documentos necesa-rios para tal fin.
Agost, 5 de mayo de 2010.El Presidente, Sebastián Beltrán Castelló.
*1012048*
COMUNIDAD DE REGANTES SAN MIGUELSAN MIGUEL DE SALINAS
ANUNCIO
ConvocatoriaAsamblea General Extraordinaria.Por la presente se convoca a los señores miembros de
esta Comunidad de Regantes «San Miguel» de San Miguelde Salinas a la Asamblea General Extraordinaria, que secelebrará el martes 25 de mayo de 2010 en el Salón dereuniones de nuestra Comunidad calle Santa Teresa, 13 deSan Miguel de Salinas.
En primera convocatoria a las 10.30 horas y en segundaa las 11.00 horas, para tratar el siguiente
Orden del día:1º.- Solicitar las aguas residuales de la EDAR de San
Miguel de Salinas.2º.- Nombramiento de un representante para las 3
comunidades solicitantes.San Miguel de Salinas, 4 de mayo de 2010.El Presidente, Miguel Huertas Sánchez.
*1012050*
NOTARÍA DE DON JOSÉ BARRERA BLÁZQUEZ
EDICTO
Don José Barrera Blázquez, Notario del Ilustre Colegiode Valencia, con residencia en Teulada.
Hago constar: que en esta Notaría se tramita acta denotoriedad para la solicitud de inscripción de exceso decabida, con el fin de acreditar la mayor cabida de la siguientefinca:
Rustica hoy urbana.- En término de Teulada, partidaEstret o Fanadix, una parcela de tierra secano, de mil veintemetros cuadrados (ochocientos cincuenta metros cuadra-dos, según registro) (parcela 55 de la parcelación Pinar delAbogat), hoy en calle Manzano número 11. En su interior
existe un edificio compuesto de lavadero y un dormitorio yaseo, una planta semisótano y una vivienda en planta baja.El edificio posee tres accesos desde su propia parcela: unacceso independiente para el lavadero, en la plantasemisótano del edificio, otro acceso independiente para eldormitorio y el aseo también en planta semisótano y otroacceso independiente para la vivienda en planta baja.
La planta semisótano se compone de un lavadero conuna superficie construida de 5,17 m2 y de un dormitorio yaseo con una superficie construida de 17,49 m2.
La planta baja se compone de una vivienda con unasuperficie construida de 71,66 m2.
La vivienda en planta baja está compuesta de salón-comedor, cocina, una habitación, una habitación tipo suitecon baño y un aseo.
Un anexo aislado destinado a trastero con una superfi-cie construida de 12,66 m2.
Un anexo aislado destinado a trastero con una superfi-cie construida de 18,22 m2.
Y una piscina con una superficie de 32 m2.Linda todo: norte, este y oeste, resto de finca matriz; sur,
resto de finca destinado a camino de acceso, hoy calleManzano 11.
Inscripción.- En el Registro de la Propiedad de JaveaNúmero Uno al tomo 1570, libro 270, folio 67, finca 8982.
Titulo.- Por compra a don Serguei Logatchev y doñaIrina Logatcheva en virtud de escritura autorizada por laNotario de Gata de Gorgos, doña Susana Moreno Antón, eldía 15 de octubre de 2004, número 879 de protocolo.
Declarada ampliación de obra nueva en virtud de escri-tura autorizada por la Notario de Gata de Gorgos, doñaSusana Moreno Antón, el día 26 de agosto de 2009, número535 de protocolo.
Referencia catastral.- 9671707BC4897S0001BSDurante el plazo de veinte días desde la publicación de
este edicto podrán los interesados comparecer en mi Notaríasita en Teulada, avenida del Mediterráneo, número 132, 2º,en horas de despacho, para oponerse a la tramitación de lamisma o alegar lo que estimen oportuno en defensa de susderechos.
Sirva el presente para la notificación a cuantos puedanostentar algún derecho sobre dicha finca y además para lanotificación nominativa a las siguientes personas:
1.- Don Roger John Pittman titular catastral del inmue-ble señalado como, camino del Estret 105.
2.- Don Nicolas John Spencer titular catastral del inmue-ble señalado como, camino del Estret 103.
3.- Don Nicolaas Dirk de Ruiter titular catastral delinmueble señalado como, calle Manzano 9.
4.- Doña Gerda Maria Heithier titular catastral del in-mueble señalado como, calle Manzano 13.
5.- Al Ayuntamiento de Teulada, como titular del vial conque linda la finca, calle Manzano.
Teulada, 19 de abril de 2010.El Notario. Rubricado.
IMPRENTA DIPUTACIÓN PROVINCIALDep. Legal: A - 1 - 1958
Internet:http://www.ladipu.com/
ADVERTENCIAS
- La publicación a petición de parte interesada se efectuarámediante autoliquidación en las entidades bancarias que se citan enel impreso de solicitud de inserción-autoliquidación.
EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIALALICANTE
Unidad Administrativa del Boletín Oficial de la Provincia: