SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA ESCUELA NACIONAL DE BIBLIOTECONOMÍA Y ARCHIVONOMÍA ORGANIZACIÓN EN LOS ARCHIVOS DE TRÁMITE DEL INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO INFORME QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADO EN ARCHIVONOMÍA PRESENTA: ESTEBAN CISNEROS LIRA ASESOR: Juan Martín Ríos González MÉXICO, D. F. 2010
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BIBLIOTECONOMÍA Y ARCHIVONOMÍA ESCUELA NACIONAL DE · 2.7.3 Marco jurídico en materia de archivos ... Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, ... Capítulo 1 Instituto
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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
DIRECCIÓN GENERAL DE
EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA
ESCUELA NACIONAL DE
BIBLIOTECONOMÍA Y ARCHIVONOMÍA
ORGANIZACIÓN EN LOS ARCHIVOS DE TRÁMITE
DEL INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN
AL AHORRO BANCARIO
I N F O R M E
Q U E P A R A O B T E N E R E L T Í T U L O D E
L I C E N C I A D O E N A R C H I V O N O M Í A
P R E S E N T A :
ESTEBAN CISNEROS LIRA
ASESOR: Juan Martín Ríos González
MÉXICO, D. F. 2010
TABLA DE CONTENIDO
PREFACIO
INTRODUCCIÓN
Capítulo 1. Instituto para la Protección al Ahorro Bancario
1.1 Antecedentes generales del IPAB 1
1.2 Organización administrativa y organigrama 8
1.2.1 Misión y visión 9
1.2.2 Objetivo y funciones 10
Capítulo 2. Aplicación de prácticas y procedimientos en los archivos de trámite del IPAB
2.1 Ciclo vital del documento 13
2.2 Principio de procedencia y de orden original 15
2.3 Clasificación documental 17
2.3.1 Cuadro de clasificación 21
2.3.2 Procedimientos de clasificación 23
2.4 Ordenación documental 24
2.4.1 Métodos de ordenación 26
2.5 Descripción documental 30
2.6 Disposición documental 33
2.7 Entidad responsable y normatividad aplicable para la organización de los archivos 35
2.7.1 Archivo General de la Nación 37
2.7.2 Lineamientos generales para la organización y conservación de los archivos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y LFTAIPG 39
2.7.3 Marco jurídico en materia de archivos 42
Capítulo 3. Organización en los archivos de trámite del IPAB
3.1 Archivos de trámite del IPAB 46
3.2 Implementación de acciones encaminadas a la organización de documentos y archivos
en el IPAB 49
3.3 Instrumentos de Consulta y Control Archivístico del IPAB 51
3.3.1 Cuadro General de Clasificación Archivística 52
3.3.2 Catálogo de Disposición Documental 61
3.3.3 Guía de Archivos 65
CONCLUSIONES 69
BIBLIOGRAFÍA 71
GLOSARIO 73
ANEXOS 77
PREFACIO
Después de haber sido publicados los Lineamientos generales para la organización y
conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal, se modifico significativa y sustancialmente la visión para operar y administrar los
archivos en todo el Gobierno Federal. Particularmente me permitió la oportunidad de
poner en práctica los conocimientos y la experiencia adquirida hasta ese momento.
Como parte de lo anterior, mis actividades laborales realizadas en el Instituto para la
Protección al Ahorro Bancario, significaron un antes y un después en mi vida profesional,
ya que al adquirir nuevas percepciones y prácticas archivísticas, se obtienen mayores y
mejores oportunidades de desarrollo. Estoy convencido que actualmente, al igual que
desde hace mucho tiempo, es prioritario organizar y conservar los archivos para percibirlos
como parte fundamental en la administración privada y en las instituciones y organismos
públicos, sin embargo, derivado principalmente de la promulgación y puesta en marcha de
la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la cual
promueve primordialmente, el acceso a la información, la cultura de transparencia y la
rendición de cuentas. También, surge una nueva perspectiva que acomete directamente la
opacidad y reduce las exigencias de la ciudadanía para acceder al conocimiento y alcanzar
una mejor democracia, lo anterior mediante los archivos debidamente organizados.
Considero elemental para mi experiencia y formación complementaria, la capacitación
recibida durante el tiempo laborado en el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario,
ello ha propiciado conocer nuevos enfoques, herramientas intelectuales y prácticas que me
permiten incrementar la competitividad y eficiencia. Derivado de esto, me propuse y logré
participar en el “Premio Anual de Investigación sobre Corrupción en México 2005,” con el
trabajo titulado “Los archivos y el control documental: fomento para la transparencia,”
lo cual representa un interés particular por seguir participando en los diversos eventos y
foros que incluyan temas que se relacionan con la Archivonomía.
Agradezco a la Escuela Nacional de Biblioteconomía y Archivonomía, por ser el pilar de
mi formación como profesionista dentro de sus aulas. Un especial reconocimiento a la
parte directiva y a toda la plantilla docente quienes en varias ocasiones, su trato fue más de
amigos que de alumnos. Así como por su interés para fomentar la titulación, que es de un
valor tan grande como nuestro compromiso con la sociedad o la culminación de nuestras
metas personales.
Agradezco a mi asesor, el licenciado Juan Martín Ríos González, por las enseñanzas, los
consejos, la paciencia, el trato afable y sobre todo por las horas de asesoría para guiar mi
trabajo de titulación con acierto, llevándolo a buen término.
En especial, mi gratitud a las personas que me motivaron a continuar el camino dentro de
la Archivonomía, ya que encontré uno de los más importantes senderos de mi vida,
permitiéndome realizar logros académicos, laborales, así como personales con
perseverancia, entusiasmo y compromiso.
INTRODUCCIÓN
En las siguientes páginas, presento un panorama general de las actividades realizadas en el
Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, que en lo sucesivo citaré como IPAB, por
sus siglas o Instituto, así como la aplicación, el seguimiento, el cumplimiento y los logros
derivados de las obligaciones emanadas de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental, en lo sucesivo la Ley o bien LFTAIPG, por sus
iniciales, el Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental, los Lineamientos Generales para la organización y conservación
de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que
durante el desarrollo del presente informe, mencionaré como Lineamientos Generales
para la organización y conservación de los archivos, y demás disposiciones jurídicas
aplicables.
Particularmente, me refiero al alcance que estas disposiciones tienen en los archivos, y que
están vinculadas con mis quehaceres como profesional de la Archivonomía, involucrando
procesos administrativos para contrarrestar la problemática que representa la organización,
el buen funcionamiento, la aplicación de los recursos públicos y favorecer la situación que
prevalece en los archivos.
Asimismo, se abordan temas relacionados con los archivos administrativos o de trámite, su
organización y conservación, tal y como los disponen los Lineamientos Generales para la
organización y conservación de los archivos, los cuales fueron publicados el 20 de febrero
de 2004 en el Diario Oficial de la Federación. Ante esto, compiló y registró las actividades
más significativas desarrolladas por el área Coordinadora de Archivos durante el periodo
laboral que comprende desde mi ingreso, en 2005 hasta diciembre de 2007, que es la fecha
en la que por una reestructuración orgánica, me separo del IPAB.
En el capítulo uno, pongo especial énfasis en los antecedentes del IPAB, su misión, visión,
objetivo, funciones y estructura orgánica, en este orden de ideas me refiero a la Unidad
Administrativa donde ha estado adscrita el área Coordinadora de Archivos a partir de
2005, es decir la Dirección General Adjunta de Administración, señalando para ambas las
funciones y atribuciones respectivamente.
En el capítulo dos despliego el conjunto de prácticas y procedimientos archivísticos, así
como algunas de las bases teóricas necesarias en el desarrollo de las etapas o procesos
básicos contemplados en la organización de los archivos, es decir la identificación, la
clasificación, la ordenación y la descripción. También, hago mención de algunas acciones
y criterios empleados en materia de archivos, así como las actividades desarrolladas para
lograr la correcta aplicación de los instrumentos archivísticos necesarios, mediante la
teoría adecuada.
En el capítulo número tres me refiero a la situación que predominaba en los archivos de
trámite del IPAB, hasta antes de iniciar formalmente los trabajos y la implementación de
acciones encaminadas a la organización documental, se señalan los esfuerzos para
sensibilizar al personal, así como los trabajos de capacitación y asesoría, También las
actividades que se llevaron a cabo para la elaboración de los instrumentos de consulta y
control archivístico, ello para cumplir con los propósitos de la LFTAIPG, su reglamento y
más específicamente con los Lineamientos Generales para la organización y conservación
de los archivos, así como para dar soporte, resguardo seguro y accesibilidad a los
documentos contenidos en los archivos, que se conjugan e interrelacionan con las
prácticas, los procedimientos y los objetivos básicos derivados de la Archivonomía.
Si bien, las disposiciones jurídicas señaladas con anterioridad tienen como finalidad
proveer a los individuos y a la sociedad de mecanismos para un mayor y mejor acceso a la
información, el logro de los objetivos planteados hace necesario la aplicación de teorías
archivísticas tradicionales como la administración de documentos, el ciclo vital de la
documentación o el principio de procedencia y de orden original, entre otras, así como de
tecnologías fiables, actuales y sustentables que logren auxiliar el quehacer archivístico,
mejorando con ello la calidad, optimizando los recursos empleados y brindando
beneficios económicos a las dependencias y entidades.
Aunado a lo anterior, el profesional de los archivos, debe aplicar las distintas etapas del
proceso administrativo, es decir la planeación, la organización, la dirección y el control,
sin desfavorecer la custodia, la conservación, y la difusión de los archivos, toda vez que
han emergido, a raíz precisamente de la normatividad publicada en la materia, perspectivas
de diferente índole que muestran diferencias significativas a la hora de una aplicación
metodológica correcta y homogénea, así como la probada ausencia de personal con los
conocimientos en materia de archivos que propicien el óptimo desempeño de estos,
generando mayor desarrollo y promoviendo la aplicación de los instrumentos de consulta y
control archivístico, tan necesarios.
Por lo tanto, con el afán de proporcionar un panorama más claro sobre las diversas etapas
y los constantes trabajos desarrollados en el IPAB a lo largo del periodo laborado, he
plasmado en el presente informe, los sucesos de mayor trascendencia relacionados con
todas estas actividades.
1
Capítulo 1 Instituto para la Protección al Ahorro Bancario
Este primer capítulo, recoge algunos aspectos que considero importantes en materia de
protección al ahorro y del desarrollo de la banca que han sucedido en nuestro país, mismos
que dieron origen al IPAB, su actual normatividad, estructura administrativa y principales
objetivos, así como las atribuciones y funciones destinadas a procurar la organización y
conservación de los archivos administrativos, por parte del área encargada de conducir,
coordinar y vigilar su cumplimiento.
1.1 Antecedentes generales del IPAB
A lo largo de su historia, México registra acontecimientos un tanto dispersos en materia de
reglamentación bancaria y de protección al ahorro. Inicialmente, la labor de los bancos
estuvo regida por disposiciones jurídicas de carácter particular, emanadas de contratos con
el Gobierno Federal y también por convenios con autoridades locales, lo anterior no
significaba que dichos bancos estuvieran sujetos a una supervisión gubernamental. Así lo
pone de manifiesto uno de los profesores investigadores del Instituto de Investigaciones
Históricas de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), Sergio
García, (2002), quién en uno de sus artículos señala: “En otras palabras el nuevo sistema
financiero no tenía una organización propiamente dicha, y por lo tanto no existía una
legislación que regulara el funcionamiento de los bancos.” 1
Fue hasta el 20 de abril de 1884 cuando el Gobierno Federal decretó un Código de
Comercio con el cual se dieron los primeros pasos y preceptos orientados a reglamentar las
actividades de los bancos, aunque sólo estuvo vigente por 5 años, existe el reconocimiento
de que dicho Código fijó las bases para el Sistema Bancario Mexicano. Posteriormente, en
el año de 1889 se promulgó un nuevo Código de Comercio que excluyó privilegios al
dominio del Banco Nacional de México, que también ejercía funciones de banca central,
requiriendo la autorización de la entonces Secretaría de Hacienda y del Congreso de la
Unión para la creación de nuevos bancos. Lo anterior propició un caos hasta que en 1897 se
emitió la Ley General Bancaria. Cabe precisar que antes del inicio de la vigencia de esta
1 Economía y Sociedad. Origen, crisis y rescate bancario en México; una retrospectiva al Michoacán del régimen porfirista. [en línea]. (No. 11. Marzo - Agosto 2002. México: [citado 18 de Marzo de 2008]. Semestral. Disponible en Word Wide Web:
<http://www.economia.umich.mx>
2
ley, existían en el país nueve bancos privados, dos de ellos, el Banco Nacional de México
(Banamex) y el Banco de Londres y México, con casa matriz en la Ciudad de México, y los
siete restantes con sede en distintas plazas del país.
Estos nueve bancos, funcionaban con una concesión del Gobierno Federal, hasta que el 19
de marzo de 1897 con la Ley General Bancaria o también conocida como Ley de
Instituciones de Crédito, se establecían tres tipos de bancos con diferentes actividades:
bancos de emisión, bancos refaccionarios y bancos hipotecarios.
Asimismo, la banca se vio favorecida en otros aspectos, aunque uno de los más
sobresalientes que esta Ley brindó, y que actualmente es reconocido por la Asociación de
Bancos de México, A.C., al publicar que: “La nueva ley fijó bases generales y uniformes
para el establecimiento de bancos, los sujetó a la vigilancia permanente de la Secretaría de
Hacienda y controló el crédito a los propios directivos y consejeros de las instituciones.” 2
A pesar de las aportaciones dadas por dicha Ley, los resultados esperados se fueron
desvaneciendo, al no respetarse del todo. En este sentido, de nueva cuenta la Asociación de
Bancos de México, A.C., publicó algunos de los motivos principales para modificar la Ley
de Instituciones de Crédito.
Sin embargo, los vacíos legales y la crisis de liquidez por la situación mundial de
1907 motivaron la promulgación, en 1908, de reformas a la Ley General de
Instituciones de Crédito de 1897, que entre otros objetivos redujeron la multiplicidad
de instituciones emisoras, aumentaron el capital social mínimo a un millón de pesos,
limitaron y regularon más estrictamente el préstamo a consejeros y directores
bancarios, y pidieron más claridad en los balances. 3
Paralelamente, durante el año de 1908 se situó uno de los períodos más agudos de la crisis
económica y política del país, debido en gran medida a la inestabilidad que comenzó a
manifestarse en Estados Unidos a mediados de ese año, con la disminución del precio de
los metales seguido de una crisis monetaria. Además, México mantenía un carácter
exportador de su economía ya que su principal foco de demanda era el mercado
norteamericano. Aunado a lo anterior, fue el hecho de que varios bancos se descapitalizaron
2 Asociación de Bancos de México. La Banca en México: Historia 1830-1910 [en línea]. México: [citado 27 de marzo de 2008]. Legislación Bancaria. Disponible en World Wide Web: <http://www.abm.com.mx/banca_mexico/historia2.html> 3 Ibídem.
3
prácticamente ante la imposibilidad de recuperar los empréstitos concedidos. Por otro lado,
la situación de la crisis política fue creciendo y al no ser resuelta satisfactoriamente,
conduciría a la caída del régimen de Porfirio Díaz y al inicio de la Revolución Mexicana en
el año de 1910.
Para ello y con el fin de enfrentar esta situación, la Secretaría de Hacienda, de esa época,
diseñó diversas medidas económicas dando especial atención a restringir los créditos a
largo plazo otorgados por los bancos emisores y a fijar el monto de sus reservas.
Pese a las anteriores dificultades económicas, políticas y sociales, el Sistema Bancario
Mexicano pudo eludir la crisis de 1908, gracias a la intervención del Estado y a la
aplicación de 3 aspectos fundamentales, los cuales se encuentran publicados en uno de los
trabajos realizados sobre este tema. Entre los aspectos resultantes de este trabajo se observa
que:
En primer lugar, el Estado contribuyó al “salvataje” [sic] del sistema mediante las
acciones de organizar y autorizar la creación de un banco agrícola destinado a
absorber la cartera de préstamos a largo plazo de los bancos de provincia.
En segundo lugar, el Estado permitió la transformación de los bancos de emisión
existentes en las provincias en organizaciones financieras más fuertes, a través de
autorizar las fusiones bancarias.
En tercer lugar, y por último, el Estado promovió la salida de bancos al borde de
liquidación o poco prósperos del negocio de emisión. Para ello, creó una nueva
normativa que posibilitaba la conversión sin costo de bancos de emisión en bancos
refaccionarios; al mismo tiempo que la redención de los billetes en circulación
colocados por los ex –bancos de emisión (ahora refaccionarios) quedaba garantizada.
De este modo, la intervención oportuna del Estado ante la crisis de 1907/08
posibilitó el saneamiento del sistema, a través de… [los tres aspectos señalados]. El
saldo de la crisis fue: ningún banco quebró, dos bancos se fusionaron, dos se
convirtieron en refaccionarios y otros dos fueron absorbidos por un tercero, lo cual no
trajo aparejado pérdida alguna para los tenedores de billetes ni para los depositantes.
Además, el costo fiscal del “salvataje” fue nulo. (Gómez, 2005). 4
Pasaron muchos años sin que se presentaran problemas financieros de consideración para el
Sistema Bancario Mexicano, hasta que en el año de 1981 se anunció en la Ley General de
4 GÓMEZ, Mónica. El Sistema Bancario de Emisión Mexicano y la crisis de 1907/08 [en línea]. Córdoba, Argentina: [citado 27 de marzo
de 2008]. Conclusiones. Disponible en World Wide Web: <http://www.aaep.org.ar/home.php>
4
Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares, la constitución de una reserva
monetaria de protección de créditos a cargo de instituciones bancarias para enfrentar los
problemas individuales de bancos, pero no así para los riesgos del propio sistema, los
cuáles serían atendidos por el Banco Central.
En realidad, dicha reserva nunca se constituyó formalmente en virtud de la problemática
financiera de la época y la posterior Nacionalización de la Banca, llevada a cabo el primero
de septiembre de 1982 por el entonces presidente de México José López Portillo y Pacheco
(16 de junio de 1920 – 17 de febrero de 2004), con la cual en teoría, se terminaba la
concesión a los particulares para incorporar el servicio directamente a la Nación.
Inicialmente, la esencia de tal Nacionalización de la Banca se llevó a cabo con la consigna
de que iría acompañada de la justa compensación económica a los accionistas, conforme a
derecho, y procurando con particular esmero la situación y los intereses de los depositantes
y clientes de la banca mexicana, así como los del público en general.
Posteriormente, para 1986 y en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Reglamentaria del
Servicio Público de Banca y Crédito de 1984, el Gobierno Federal constituyó en el Banco
de México un fideicomiso denominado Fondo de Apoyo Preventivo a las Instituciones de
Banca Múltiple (FONAPRE), cuya finalidad era apoyar la estabilidad financiera de dichas
instituciones y evitar enfrentar los problemas que resultaran en perjuicio del pago oportuno
de los créditos a su cargo. Para ello, las instituciones bancarias aportaban al FONAPRE
recursos para su operación. Bajo este esquema se considera por vez primera que los bancos
aporten recursos para hacer frente a sus problemas financieros y no el Gobierno Federal,
quien en ese momento tenía propiedad de la banca, descartando la posibilidad de
liquidación de un banco.
Para 1990 se promulgó la Ley de Instituciones de Crédito que abrogó a la Ley
Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito de 1984. En el artículo 122 de este
ordenamiento, el cual se derogó el 19 de enero de 1999 con la entrada en vigor de la Ley de
Protección al Ahorro Bancario, quedó prevista la constitución del Fondo Bancario de
Protección al Ahorro, en adelante FOBAPROA. Cabe señalar que su patrimonio se
integraba con las aportaciones ordinarias y extraordinarias que las instituciones de banca
5
múltiple estaban obligadas a efectuar, los recursos provenientes de financiamientos
obtenidos por el propio FOBAPROA, así como los demás derechos y deberes que
adquiriera o contrajera por cualquier título legal.
En este contexto, para el IPAB y de acuerdo a lo publicado en su página de internet, la
finalidad del FOBAPROA es: “La realización de operaciones preventivas tendientes a
evitar problemas financieros que pudieran presentar las instituciones de banca múltiple, así
como procurar el cumplimiento de obligaciones a cargo de dichas instituciones, objeto de
protección expresa del Fondo.” 5
Al respecto, y tratando de comprenderlo en términos menos elaborados, el FOBAPROA se
creó básicamente para absorber las deudas ante los bancos, capitalizar el sistema financiero
y garantizar el dinero de los ahorradores.
En realidad, acerca del proceso del FOBAPROA existe todavía gran polémica y
controversia, el tema en sí no deja de generar revuelo en distintos ámbitos de la sociedad
mexicana, ante todo porque no se vislumbró un acuerdo en las bancadas políticas acerca de
sobre quién recaerían los costos económicos derivados de su formación, y quiénes serían
realmente los principales beneficiados. En este sentido, de nueva cuenta el IPAB se
pronuncia mediante uno de los argumentos a tomar en consideración sobre el objeto y la
creación del controversial FOBAPROA.
En caso de que fuese necesario, el FOBAPROA con cargo a sus recursos podría
otorgar apoyos financieros a las Instituciones de crédito, con la finalidad de mantener
la estabilidad del sistema bancario mexicano y sobre todo, proteger los ahorros del
público. Los bancos que recibieran estos apoyos preventivos garantizarían éstos con
bienes, valores gubernamentales e incluso, con sus propias acciones representativas
de su capital social. 6
Muchas son las causas que derivaron en una de las crisis económica más grave de la
historia contemporánea mexicana a finales de 1994 y principios de 1995, provocando que
las tasas de interés se dispararan causando el sobreendeudamiento de las empresas y de las
familias ante los bancos, así como el cese de pagos por parte de los deudores, provocando
5 Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Acerca del IPAB [en línea]. México, DF: [citado 29 de septiembre de 2008]. Antecedentes y creación del IPAB. Disponible en World Wide Web: <http://www.ipab.org.mx/01_acerca_ipab/origen.html> 6 Ibídem.
6
con ello una eventual quiebra de los bancos, la imposibilidad de viabilidad a créditos y a los
depósitos de los ahorradores, en fin colapsando la infraestructura productiva del país.
Ante esta difícil situación, en marzo de 1998 el Poder Ejecutivo Federal encabezado por el
entonces presidente de México Ernesto Zedillo Ponce de León, envió al Congreso de la
Unión varias iniciativas de ley que buscaban reducir el riesgo asumido por los bancos, ante
la probabilidad de una nueva crisis económica, así como para crear mecanismos más
eficientes de supervisión a las actividades crediticias y facilitar la capitalización de los
mismos. Así que con el objetivo de exigir mayor disciplina en la administración del
Sistema Bancario Mexicano, el Poder Ejecutivo Federal consideró cuatro iniciativas de ley.
1. Decreto que abroga la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior,
Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.
2. Decreto que reforma la Ley del Banco de México.
3. Decreto por el que se adiciona la Ley del Banco de México; se expide la Ley de la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y se reforman las leyes para Regular las
Agrupaciones Financieras, de Instituciones de Crédito, General de Organizaciones y
Actividades Auxiliares de Crédito, del Mercado de Valores, y de Sociedades de
Inversión.
4. Decreto por el que se expiden la Ley Federal del Fondo de Garantía de Depósitos
y la Ley de la Comisión de Recuperación de Bienes, y se reforman, adicionan y
derogan diversas disposiciones de las leyes del Banco de México, de Instituciones de
Crédito, del Mercado de Valores, para Regular las Agrupaciones Financieras y
General de Deuda Pública.
Para el mes de diciembre de 1998, el Congreso de la Unión aprobó la Ley de Protección al
Ahorro Bancario, la cual fue publicada por el Ejecutivo Federal en el Diario Oficial de la
Federación el 19 de enero de 1999, entrando en vigor al día siguiente, dando origen al
IPAB. Asimismo, la Ley de Protección al Ahorro Bancario representó diferencias
significativas en materia de protección al ahorro con respecto a la legislación anterior, en
las que se destaca la cobertura limitada y explícita del seguro.
7
De manera formal, el IPAB inició sus actividades el 21 de mayo de 1999, a raíz de que el 6
de mayo de ese mismo año, ante la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la
Unión, tomaron protesta los vocales y se llevó a cabo la primer sesión de la Junta de
Gobierno en la que se designó a su primer Secretario Ejecutivo. Por cierto que, el IPAB es
un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad
jurídica y patrimonio propio. Su creación y el inicio de sus funciones representaron la
consolidación de un esfuerzo plural de concertación política para atender uno de los temas
más significativos para el desarrollo económico de nuestro país, al dar certeza a la
operación del sistema financiero y mantener la trayectoria de crecimiento económico.
A poco más de diez años de distancia, el IPAB ha cumplido con algunos de los objetivos
para los que fue creado, principalmente en las actividades de recuperación de bienes, de
administración de pasivos y de protección al ahorro. De hecho, junto con la entrada en
vigor de la etapa permanente del Seguro de Depósito en enero de 2005 y la celebración del
Nuevo Programa, se inició la última etapa en el camino hacia la consolidación permanente,
lo que representa el cumplimiento del artículo Quinto Transitorio de la Ley de Protección al
Ahorro Bancario.
Sin duda, que los temas del origen, crisis y rescate bancario representan controversia y
confusión, sin embargo estoy de acuerdo con Sergio García, señalado anteriormente en su
artículo (El rescate bancario), quien al finalizar concluye:
En conclusión podemos afirmar que el fenómeno del rescate bancario no es un tema
exclusivo de la actualidad, sino que está presente en los orígenes mismos de los
bancos. Así también es interesante destacar la participación gubernamental en estos
momentos de crisis, a través de programas orientados a respaldar a los mismos
agentes que propiciaron los desajustes financieros. La experiencia ha demostrado que
el mal funcionamiento del sistema bancario afecta a la sociedad en su conjunto, pero
los programas emergentes del gobierno sólo benefician a un grupo muy reducido de
personas. 7
7 Economía y Sociedad., op.cit.
8
1.2 Organización administrativa y organigrama
Importante es destacar que la organización, entendida esta última específicamente con un
sentido laboral, es una estructura que permite distribuir la autoridad y la responsabilidad en
el trabajo dentro de una institución pública o privada, para que funcione adecuadamente,
utilizando administradores encaminados a elevar ese desempeño a un alto nivel de calidad
de producto o servicio.
Al respecto, la estructura organizacional del IPAB está conformada de la forma siguiente:
La Junta de Gobierno que está integrada por siete vocales (ver anexo 1).
La Secretaría Ejecutiva.
El Secretario Ejecutivo es la máxima autoridad administrativa y cuenta con las facultades
establecidas en el artículo 84 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario. El Secretario
Ejecutivo es designado por la Junta de Gobierno del IPAB.
Las 19 Unidades Administrativas que al efecto señala el Estatuto Orgánico del
IPAB vigente, (ver anexo 2).
Por otro lado y como parte de las obligaciones de transparencia que señala el artículo siete
de la LFTAIPG, encontramos en la página de internet del IPAB, el organigrama que
despliega y refleja la estructura orgánica operativa hasta el nivel de Departamento. Al
respecto, desplegué solo las plazas adscritas a la Dirección General Adjunta de
Administración, cuyas atribuciones se encuentran señaladas en el subcapítulo 1.2.2.
Cabe señalar que él área Coordinadora de Archivos no se contempla en dicho Organigrama,
con todo la coordinación y operación de sus funciones y actividades, es ejecutada por la
Dirección de Recursos Materiales / Subdirección de Administración de Documentos y
Libros Blancos / Departamento de Administración de Archivos (ver figura 1).
9
Figura 1
“Organigrama parcial de la Dirección General Adjunta de Administración”
1.2.1 Misión y visión
En las organizaciones públicas, sociales e incluso en la administración privada, resulta
necesario contar con lemas o enunciados que resalten y den vida a los principales
propósitos estratégicos de estas y que además sinteticen los valores esenciales que deberán
ser conocidos, comprendidos y compartidos por todo el personal que colabora en el
desarrollo de la misma, es decir la misión. En este sentido, el 5 de abril del año 2000 se
llevó a cabo la Sesión Ordinaria número IX, en la que la Junta de Gobierno, mediante el
Acuerdo IPAB/JG/00/9.24, que establece la Misión y Visión.
Así se define la Misión del IPAB. “Garantizar los depósitos bancarios de los pequeños y
medianos ahorradores, y resolver al menor costo posible bancos con problemas de
solvencia, contribuyendo a la estabilidad del sistema bancario y a la salvaguarda del
sistema nacional de pagos” 8
, es decir proteger el ahorro de los depositantes bancarios
mediante la definición de políticas y normatividad institucional, para dar certidumbre y
8 IPAB. [en línea]. México, DF: [citado 10 de noviembre de 2008]. Disponible en World Wide Web:
Asimismo, atender las solicitudes de consultas de información contenida en los
expedientes documentales o Libros Blancos”. 11
Por su parte desde la publicación de los Lineamientos Generales para la organización y
conservación de los archivos (2004), y con fundamento en el lineamiento Sexto de estos, el
IPAB creó un área Coordinadora de Archivos, cuyas funciones se describen a continuación:
I. Apoyar al Comité de Información en el establecimiento de criterios específicos en
materia de organización y conservación de archivos;
II. Elaborar y presentar al Comité de Información los procedimientos archivísticos
para facilitar el acceso a la información;
III. Elaborar, en coordinación con los archivos de trámite, de concentración e
histórico, el cuadro general de clasificación archivística, el catálogo de disposición
documental, así como el inventario general de la dependencia o entidad;
IV. Coordinar las acciones de los archivos de trámite;
V. Establecer y desarrollar un programa de capacitación y asesoría archivística para la
dependencia o entidad;
VI. Elaborar y actualizar el registro de los titulares de los archivos de la dependencia o
entidad;
VII. Coordinar los procedimientos de valoración y destino final de la documentación,
con base en la normatividad vigente y la normalización establecida por el Archivo
General de la Nación, y
VIII. Coordinar con el área de tecnologías de la información de la dependencia o
entidad, las actividades destinadas a la automatización de los archivos y a la
gestión de documentos electrónicos. 12
Lo anterior para estar en condiciones de favorecer uno de los principios fundamentales de
la LFTAIPG, el acceso a la información. Por supuesto que lo ideal es propiciar el
conocimiento mediante la información contenida en los documentos y expedientes que
registran el ejercicio de las actividades de las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal, por lo que los archivos constituyen el medio que permitirá
el acceso a la información pública gubernamental y auspiciará la rendición de cuentas. Por
supuesto, para que dicho ejercicio se dé, es indispensable que los documentos estén
organizados y conservados bajo criterios uniformes de tal manera que permitan su
localización expedita, disponibilidad e integridad.
11 México, Estatuto Orgánico del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario. Diario Oficial de la Federación. 25 de Julio de 2007.
p.19. 12 México, Lineamientos generales para la organización y conservación de archivos de las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal. Diario Oficial de la Federación. 20 de Febrero de 2002. p.4.
13
Capítulo 2 Aplicación de prácticas y procedimientos en los archivos de trámite del
IPAB
Este segundo capítulo ofrece un panorama referencial de nociones teóricas, realización de
actividades y funciones afines a la Archivonomía, porque recopila diversos conceptos
usados comúnmente para el tratamiento, la administración y conservación de los
documentos en los archivos de trámite primordialmente, de concentración e incluso
históricos, empleados para llevar a cabo las operaciones intelectuales y las prácticas
destinadas a la organización de los mismos. También, distingue las instancias facultadas y
responsables de proveer los fundamentos, los conocimientos y la asesoría necesaria que
garantice la operación, prácticas de utilidad y funcionalidad en los archivos de las
instituciones públicas.
2.1 Ciclo vital del documento
Una de las teorías que mayor representatividad tiene para los documentos es sin duda la del
ciclo vital de estos. Al respecto, tradicionalmente se conceptualiza el esquema de las tres
edades o etapas por las que avanzan los documentos.
Atendiendo el ciclo vital de los documentos, tenemos los tres tipos de archivo a saber, los
administrativos o de trámite, de concentración e histórico. Así al iniciar la vida útil del
documento, es decir desde la recepción, distribución, registro, control y seguimiento
administrativo de la gestión a la que da lugar un documento ingresado a las unidades
administrativas y sus áreas específicas, conocido también como control de gestión
documental, se genera un proceso continuo y secuencial del documento que se sucede a lo
largo de su vida útil dentro de cada unidad de archivo. A lo anterior quiero agregar las
referencias que tiene Araceli Alday, para cada fase de los documentos.
Fase activa o de vigencia administrativa. Durante esta edad los documentos tienen
valores primarios.
Valor administrativo: Condición de los documentos producidos o recibidos por
una institución para realizar sus funciones o actividades comunes.
Valor jurídico o legal: condición de los documentos que permiten certificar
derechos u obligaciones de la administración pública o de los ciudadanos.
14
Valor fiscal o contable: atributo de los documentos para comprobar el origen,
distribución y uso de los recursos financieros de una institución. Al respecto
agregaría y de las personas físicas.
Fase semiactiva. El documento conserva sus valores primarios (administrativo,
jurídico o fiscal).
Su uso es ocasional, por ello hay que conservarlo durante un plazo precaucional.
Su conservación debe ser en un archivo de concentración, no necesariamente cerca
del usuario.
Fase histórica. El documento ha perdido sus valores primarios para la institución,
pero conserva valores secundarios.
Valor evidencial: corresponde a la utilidad permanente de los documentos en
virtud de su relación con derechos imprescriptibles de las personas físicas y
morales.
Valor testimonial: significa la utilidad permanente de los documentos por reflejar
la evolución del, organismo administrativo que los creó.
Valor informativo: es la utilidad permanente de que los documentos aportan datos
únicos y sustanciales para la investigación y el estudio en cualquier campo del
saber.
Su uso ya no es institucional, sino social. Su conservación debe ser permanente en el
archivo histórico, donde recibirá un tratamiento especializado.13
Sin embargo, considero que es importante reflexionar sobre el uso e importancia que la
documentación puede tener. Asímismo, puede separarse por su uso e importancia en cada
tipo de archivo de acuerdo a la siguiente tabla.
USO TIPO DE ARCHIVO IMPORTANCIA
Activo Archivo de Trámite Alta
Semiactivo Archivo de Concentración Media
Permanente Archivo Histórico Trascendente
Cabe señalar que en el desarrollo del ciclo vital del documento, se entrelazan otras de las
actividades que dan sustento a cada una de las prácticas y procedimientos de archivo, tales
como la clasificación y la ordenación que más adelante se describirán.
13
ALDAY GARCÍA, Araceli. Introducción a la operación de archivos en dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal.
México, AGN, 2007. p.26.
15
2.2 Principio de procedencia y de orden original
El principio de procedencia es fundamental de la práctica archivística actual, ya que
sustenta las bases para una clasificación y una ordenación documental. Básicamente,
significa que “los archivos de quien creó los documentos no deben ser mezclados con los
creados por otros.” 14
Históricamente, para este principio se estableció un esquema lógico para agrupar los
documentos bajo principios que establecían que estos debían agruparse en fondos
documentales, así se mantiene controlado el orden original, cuyo resultado es la
consecuencia lógica de la organización, visto este último como proceso sustancial de la
Archivonomía. De esta manera, si no se tiene ese orden original en los archivos, ya sea
porque desde un inicio no se le dio un orden adecuado, entonces es necesario restablecerlo,
es decir recrear ese orden estudiando el origen de las instituciones públicas que han
producido y acumulado en ocasiones “desmedidamente” documentos de archivo.
Como sea, los archivos deben estar ordenados de acuerdo a los principios de procedencia y
orden original, representando el primero que la documentación se mantendrá de acuerdo al
sujeto productor y el segundo en el orden en que fue creada. Así se garantiza que los
documentos que fueron creados por diversos productores, no deben ser mezclados, aun
cuando el tema sea común. Por su parte, el principio del orden original estipula que la
ordenación interna de los archivos que estableció la oficina creadora, se debe mantener
como se generé en la medida de lo posible.
Para algunos autores, el principio como tal queda separado en dos diferentes a saber:
principio de procedencia y principio de orden original. Sobre lo anterior, el actual Director
del Archivo Histórico de la UNAM, Gustavo Villanueva (2007), recopila diversos autores
que se refieren a esta separación. Por ejemplo, señala que para Schellenberg, cuya obra
representa la síntesis de las corrientes teutona e inglesa y más concretamente para el caso
de los Estados Unidos de Norteamérica, dice que los documentos deben guardarse de
acuerdo con su fuente de nacimiento; esto refiriéndose al principio de procedencia, en
14 EVANS, et al., Basic Glossary. pp.427-428., Citado en FREDIC M. Miller. Ordenación y descripción de archivos y manuscritos.
[Traducción]. Washington, D.C: Organización de los Estados Americanos, 1994. p.32.
16
cuanto al segundo concepto dice que los documentos deben guardarse en el orden que
originalmente se les dio.
Por su parte, para el autor Elio Lodolini (Villanueva), quien prefiere expresarlo como
principio de respeto al orden original de los documentos y no como principio de
procedencia, pues le parece más clara esa primera expresión aunque acepta que son
utilizadas indistintamente como equivalentes.
Uno de los contrastes más importantes entre ambos principios es que mientras la
procedencia pone especial énfasis en los creadores de los documentos y en las funciones, el
orden original se relaciona principalmente con el mantenimiento de la documentación y los
sistemas de archivo. Es decir, “los archivistas tienden a retener casi todos los sistemas de
archivo que son coherentes, aunque parezca obvio aplicar otro distinto. Como la
reordenación consume mucho tiempo y es de naturaleza subjetiva, en general el orden
original es preservado a menos que sea decididamente perjudicial a los usos para los cuáles
esos documentos son conservados.” 15
Así que independientemente de ser tratadas como dos expresiones separadas, es decir
principio de procedencia y de respeto al orden original, ambas pueden ser adoptadas como
sinónimos o bien, como dos significados diferentes entre ellos.
Invariablemente y a pesar de que las definiciones han variado según las circunstancias en
algunos países, y de acuerdo con el reconocido autor Villanueva, quien consideró que la
terminología utilizada para referirse a este principio básico, “es una muestra más de la
diversidad de términos que se presentan a nivel internacional a causa, fundamentalmente,
de las variadas realidades que se viven a nivel local y a las costumbres y prácticas que se
han ido aplicando para satisfacer las demandas que de información documental se
requieren.” 16
En cuanto a las ventajas más significativas del principio de procedencia, encontramos la
relación existente entre los documentos de archivo y las organizaciones o personas físicas
15 FREDIC M. Miller Ordenación y descripción de archivos y manuscritos. [Traducción]. Washington, D.C: Organización de los Estados Americanos, 1994. p.36. 16 VILLANUEVA BAZÁN, Gustavo. La archivística: objeto e identidad. Puebla: BUAP, 2007. p.72.
17
que los han producido, acumulado, conservado y utilizado en el desarrollo de su propia
actividad, dando por resultado una ordenación natural que garantiza conservar intacto el
valor informativo de la documentación, ya sea como testimonio de las actividades
sustantivas o comunes que llevan a cabo los servidores públicos en las dependencias o
entidades, o bien cualquier otro acontecimiento que se encuentre registrado como tal en un
documento de archivo.
2.3 Clasificación documental
La organización sugiere en primera instancia abordar de inicio la separación física, es decir,
la clasificación y la ordenación, como dos procedimientos distintos que se conjugan y se
suceden, sin olvidar por supuesto la identificación previa, que resulta tan necesaria.
Invariablemente si se trata de una institución del sector público o privado, el primer
cometido que se debe emprender es la identidad del organismo productor, el análisis e
investigación sobre su historia para conocer orígenes, evolución y cambios a través de su
existencia, así como las atribuciones y las funciones para las que fue creada mediante una
estructura y distribución orgánica determinadas.
Esta identificación, también es conocida como “historia de la institución ó historia
institucional”, la cual forma parte de las etapas necesarias para la organización de un
archivo y es el resultado de la aplicación del principio de procedencia, así como el
conocimiento del desarrollo de la estructura orgánica, a través de la recopilación y cotejo de
leyes, estatutos, decretos de creación, reglamentos internos, memorias, organigramas,
etcétera, que den como resultado un estudio y posterior estructuración del organismo
productor o fondo documental.
Precisamente el resultado de lo anterior, propicia las decisiones para fragmentar dicho
fondo documental, creando grupos o series documentales, de tal forma que reflejen y
formen parte de la estructura de un todo, estableciendo una jerarquización entre los
mismos.
18
Cabe señalar que cada serie documental de la estructura deberá ser único, con sus propias
características, así como ser susceptible de subdividirse en otras, pero sin perder la
dependencia de la clase o serie de origen.
Ahora bien, la clasificación de documentos o documental puede conceptualizarse desde
muy diversos puntos de vista, ya que los criterios para establecer la agrupación por
semejanzas y separación por diferencias, dependen en primera instancia de un enfoque o
motivo particular por el cual se dan las divisiones.
Al respecto, para comprender lo anterior, en (2006), el especialista argentino en selección
de documentos de archivo y en teoría archivística, Manuel Vázquez Murillo publicó que:
“Los documentos de archivo o de gestión han de someterse, en primer lugar, a dos
clasificaciones fundamentales:
Clasificación por el tipo documental.
Clasificación por la tradición documental.” 17
En cuanto a la clasificación que se genera por el tipo documental, el autor también señala lo
siguiente:
No existen documentos de archivo, como tales, sino tipos documentales. Así como
no existen hombres sino varones y mujeres.
Tipo documental es el carácter o atributo (de un documento de archivo), que: se
origina en la función y actividad administrativa para la que nació el documento; se
manifiesta en una diagramación, formato y contenido distintivos; sirve para
ordenarlo, describirlo y, en general, procesarlo.
Existen infinitos tipos documentales, porque cada uno está hecho a la medida de
una actividad administrativa. Entonces, es normal que haya tantos tipos documentales
como tramitaciones o actividades existentes en la administración pública, privada o
personal. 18
Lo anterior da pauta para una controversia o pugna, por lo que me parece necesario lanzar
la siguiente pregunta, (por supuesto que solo se trata de dar motivo para reflexionar). ¿Es
posible homologar y legislar las actividades administrativas para disminuir y homogenizar
17 VÁZQUEZ MURILLO, Manuel. Administración de documentos y archivos. Planteos para el siglo XXI. 2ª ed. Buenos Aires: Alfaguara, 2006. pp.30-31. 18 Ibídem., p.31.
19
el número de tipos documentales en las oficinas de una dependencia o entidad, y ni que
decir de todo el Gobierno Federal? Desde mi particular perspectiva considero que no es
posible, ya que las características propias del documento y su información lo hacen único,
constituyendo la demostración, garantía y evidencia del acto administrativo que se está
llevando a cabo.
Por su parte, para la clasificación por la llamada tradición documental, Vázquez también
publicó que la “Tradición documental es el carácter o atributo de un documento de gestión
o archivo que se origina en el objetivo que cada uno de sus ejemplares persigue, y permite
clasificar tales ejemplares como: original, copia, y borrador o minuta.” 19
Dada la anterior clasificación solo nos interesan los documentos originales, que se conciben
como registros implicados en los procesos comunes y sustantivos de cada Unidad
Administrativa o área, generados, recibidos, transformados o usados y que cuenten con
firma autógrafa, sellos de recibido en original o bien sean copias que tengan ese carácter de
original. A su vez, estos pueden tener varios ejemplares de igual valor, como es el caso de
los contratos y que son conocidos como “originales múltiples”, o bien pueden ser
“originales únicos”. En este contexto, nos conciernen los documentos de archivo, que se
contemplan actualmente en el lenguaje archivístico, los cuales se definen como: “aquel que
registra un hecho, acto administrativo, jurídico, fiscal o contable, creado, recibido,
manejado y usado en el ejercicio de las facultades y actividades de las dependencias y
entidades.” 20
Adicionalmente, existen diversas particularidades y características de los documentos, tanto
internos como externos. Con todo, considero que se les puede distinguir y reconocer, ya
que como lo enfatiza la actual Directora del Sistema Nacional de Archivos, del AGN
Araceli Alday García (2007), los documentos de archivo tienen un carácter triple:
Carácter único: diferente de otros documentos múltiples, como los libros o las
información que sirve para identificar, gestionar, localizar y explicar los documentos de
archivo, así como su contexto y el sistema que los ha producido.” 35
2.5 Descripción documental.
Es fundamental que la descripción documental en la archivística sea el proceso de
comunicar la información a los usuarios. Por tratarse de un término general que comprende
un número de actividades afines, generalmente incluye la información generada o recogida
sobre los documentos y sus creadores, así como la organización material de los fondos, el
control administrativo y el acceso de esa información, en la que resulta vital preparar los
medios de localización, es decir los instrumentos de descripción necesarios, entre los cuáles
tenemos (guías, inventarios, catálogos, calendarios, índices, listados, registros de
localización, etcétera), sin importar si se trata de los publicados previamente para su
posterior perfeccionamiento, o bien, preparar los inéditos.
Los inventarios documentales son para mucho auxiliares de búsqueda, que reflejan
básicamente, descripciones de las series documentales identificadas en una sección o fondo
documental. Su uso común y presencia en los archivos se debe a que representan para el
profesional en Archivonomía, un modo efectivo de transmitir información de manera
consistente con los principios archivísticos básicos, al agrupar los documentos en series y
subseries. Además pueden mostrar, dependiendo del nivel de descripción, todo el contexto
en el que los documentos fueron concebidos y tramitados.
Para el caso de las guías, que son auxiliares descriptivos que permiten identificar el
contexto y el contenido de los documentos de archivo por medio de su descripción en
cualquiera de sus tres etapas, diseñados básicamente para el uso interno y externo de los
archivos, se deben incluir en su elaboración una introducción y semblanza sobre las
generalidades de los archivos, el alcance y el modo de consultar dichas guías.
Antes de los sistemas automatizados y el uso más frecuente del Internet, la forma
convencional para diseminar la información general sobre los fondos era a través de la
publicación de guías, cuya documentación era evidenciada por el simple nombre de la
35 ALDAY, op. cit., p.59.
31
institución. En ese sentido, esencialmente las guías son extractos de los inventarios, porque
la entrada para cada grupo documental debe incluir como mínimo información sobre la
historia, autoría, volumen, periodo que comprende, contenido, formatos físicos y la
ordenación de las series documentales o unidades documentales compuestas declaradas.
Las guías deben ser bien difundas con el fin de que potenciales usuarios conozcan su
existencia, aunque usualmente los más estudiosos por lo general están más interesados en
documentación de un tema específico que se localiza en los expedientes.
Ahora bien, las guías representan un método importante para acceder a los fondos de
muchos archivos, sin embargo la información esta renovada hasta el momento en el que la
guía esta completa, por lo que su difusión resulta innecesaria hasta antes de su
actualización.
Uno de los instrumentos archivísticos más completos e integrales, es el Catálogo de
Disposición Documental, cuyos criterios utilizados para establecer el valor de los
documentos se basan principalmente en un valor primario que se refiere a la capacidad que
tienen los documentos para informar, ordenar o testimoniar acciones que son fundamentales
para una eficiente marcha dentro de la administración o bien para efectos legales. A su vez,
el valor primario contempla tres tipos de valores que pueden tener un documento, valor
administrativo, valor fiscal o contable y el valor legal, por lo que las vigencias de las series
documentales encontradas en un fondo documental determinado, se establecen
considerando los valores antes citados.
De esta manera, en estos catálogos de disposición documental se considera también el valor
secundario o histórico de los documentos, siendo estos los de una trascendencia social,
cultural o científica significativa. Teniendo como referencia lo anterior, únicamente se
deben conservar los documentos realmente relevantes, capaces de servir de evidencia en la
realización de investigaciones.
Finalmente, una de las actividades sustantivas de los archivónomos es la descripción de
documentos de archivo, para ello, la Norma Internacional General de Descripción
Archivística ISAD(G), resulta básica, ya que permite la integración de la información
32
contextual en cualquier nivel dentro de la descripción archivística y es sin duda una de las
herramientas de gestión más valiosa para los archivos, ya que brinda especificaciones
elementales para la elaboración de descripciones archivísticas compatibles a nivel nacional
e internacional, las cuales pueden aplicarse con independencia del tipo documental o
soporte físico de los documentos de archivo. Asimismo, para la descripción de los
productores de los documentos de archivo se cuenta con la Norma Internacional sobre los
Registros de Autoridad de Archivos Relativos a Instituciones, Personas y Familias, ISAAR
(CPF), lo cual resulta una tarea complementaria en cuanto a documentación se refiere y una
continua actualización del contexto de procedencia, producción y uso de los documentos.
No menos importante es la Norma que se refiere a la descripción de las funciones que
plasman dichas actividades Para ello, la Norma Internacional para la Descripción de
Funciones (ISDF), resulta complementaria, ya que permite vincular la producción y
conservación de documentos con las descripciones de las funciones en las instituciones
permitiéndonos una base para la clasificación y valoración documental, así como una
herramienta para el análisis y recuperación de documentos de archivo.
Dicho conjunto de reglas generales, es parte de un proceso que busca facilitar la integración
de las descripciones de diferentes archivos en un sistema unificado de información. Su
intención es servir a la elaboración de una primera aproximación a los fondos
documentales, en una visión sintética de conjunto.
La aplicación de dicha Norma tiene preferentemente uso sobre conjuntos documentales
cerrados, organizados e inactivos, su utilidad para los archivos administrativos es
cuestionable, aunque no puede descartarse. Debemos pensar que es una Norma que
pretende ser un punto de partida para las consideraciones siguientes:
Identificar y explicar el contexto y contenido de los documentos de archivo.
Establecer un proceso que permita tener los controles intelectuales necesarios.
Contar con descripciones fiables, auténticas, significativas, accesibles y que se
mantengan a través del tiempo.
Claro es que mediante su estructura se determina la representación de la información
mediante 26 elementos que pueden ser combinados para constituir la descripción de una
33
entidad archivística. Estos elementos se hallan agrupados en siete áreas de información
descriptiva.
Para los niveles de descripción la variabilidad con respecto a estos se halla solventada
mediante la utilización de las denominadas reglas de descripción multinivel. La descripción
multinivel implica que si se va a describir el fondo como un todo debería representarse en
una sola descripción, usando los elementos adecuados. Si fuera necesario describir las
partes, éstas pueden describirse, también, separadamente usando solo los elementos
necesarios. La suma total de todas las descripciones así obtenidas, estructuradas
jerárquicamente, representa el fondo y a aquellas partes que fueron descritas.
2.6 Disposición documental
Dentro del Gobierno Federal, cotidianamente se entrelazan acciones encaminadas a la
correcta administración de documentos para abatir, o al menos intentar disminuir las
ineficiencias que se derivan de las prácticas habituales que se llevan a cabo en los archivos.
Para ello, es necesario entender y desarrollar el concepto de Disposición Documental, que
se entiende más cuando hablamos de volúmenes considerables de documentos, producidos
bajo una tradicional y muy diversas circunstancias en la mayoría de las oficinas. Su
propósito fundamental es controlar los documentos desde su nacimiento, así como regular
los procesos y acciones a los que son sujetos durante su gestión administrativa en los tres
tipos de archivo respectivamente, a fin de evitar una acumulación inoperante.
Para ello las vigencias documentales tienen como principal propósito:
Establecer los tiempos máximos de conservación de archivos para lograr un
manejo racional y óptimo de los mismos.
Facilitar el flujo de archivos a fin de evitar su acumulación innecesaria en oficinas.
Facilitar el proceso de valoración y disposición de archivos.
34
Por cierto para establecer un programa de Disposición Documental, considero que deben
tomarse en cuenta algunas de las siguientes características, señaladas en una de las más
importantes aportaciones para la Archivonomía del reconocido T. R.Schellenberg.36
La Disposición Documental no esta diseñada para llevar a cabo la destrucción
desinteresada e irracional de los documentos, si no más bien considera procesos
sistematizados, regulados para su análisis identificando valores y favoreciendo en
la integridad de los documentos en lo mayor posible.
La Disposición Documental considera a todos los documentos implícitos en el
desarrollo institucional y mediante su análisis exhaustivo determina su grado de
importancia.
La planeación de un programa de Disposición Documental atribuye múltiples
beneficios a los archivos, logrando un desarrollo paralelo tanto archivístico como
institucional.
La Disposición Documental especifica los procesos a los que serán sujetos los
documentos a lo largo de su ciclo de vida.
Los criterios de Disposición Documental deben ir en función de las características
y valores de cada documento, procurando que ante esas cualidades, que se procure
la unidad e integridad de los documentos como un todo.
Asimismo, existen dos partes primordiales en la Disposición Documental, como lo es el
contexto documental que incluye la identificación y la valoración. Por otro lado esta el
contexto informativo que incluye aspectos en cuanto al contenido informativo de los
documentos, a saber tres, la pública, la reservada y la confidencial. Al respecto, con el
objetivo de cumplir cabalmente con el ciclo vital del documento, dentro del Catálogo se
indican los años que deberán permanecer las series documentales en el Archivo de Trámite,
y cuando este plazo se cumpla, deberán transferirse al Archivo de Concentración, sin
olvidar indicar su destino final, es decir, la baja documental o su traslado al Archivo
Histórico.
Es importante mencionar que las series que han sido marcadas como destino final el
Archivo Histórico, serán objeto de una valoración secundaria minuciosa, llevándose a cabo
procesos de muestreo selectivo para conservar los expedientes que posean valores
testimoniales, evidénciales e informativos.
36 THEODORE R, Schellenberg. Archivos modernos: principios y técnicas. 2ª ed. La Habana: Archivo Nacional. 1957. p.52-53.
35
Por su parte el contexto documental es considerado como la aplicación de una metodología
preestablecida, con la cual se pretende conocer y analizar el documento desde su
concepción, desarrollo y destino final. En él “la identificación es por tanto la primera fase
de la metodología archivística; fase del tipo documental que consiste en la investigación del
sujeto productor y el tipo documental. Su objetivo será por tanto el conocimiento
exhaustivo de la institución que ha producido el documento, su evolución orgánica,
competencias administrativas y tipos documentales en los que se materializan,
procedimiento administrativo y demás disposiciones que afectan al trámite, elementos
imprescindibles para la delimitación de la serie documental”. 37
Por lo anterior, se hace imprescindible el uso de este instrumento de consulta y control
archivístico, que se basa en el diseño esquematizado de todas las prácticas y procedimientos
en los archivos administrativos. Por su parte, para proporcionar una alternativa en la
elaboración del CADIDO, el Archivo General de la Nación diseñó el instructivo respectivo,
con la finalidad de proporcionar una metodología de apoyo, basada en mecanismos de
trabajo en materia de disposición documental y en los valores de las series documentales
producidas por las áreas y Unidades Administrativas, lo anterior a partir de los resultados
del proceso de identificación y el análisis de los documentos para determinar su utilidad o
valor a lo largo de su ciclo vital del documento, es decir el proceso de valoración.
Considero importante complementar lo anterior, citando el objetivo general de dicho
instructivo. “Establecer una base metodológica que oriente la elaboración de instrumentos
específicos de disposición documental.” 38
También, este concepto se encuentra disponible
para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en la página de
Internet del AGN.
2.7 Entidad responsable y normatividad para la organización de los archivos
Actualmente en el ámbito de las políticas de transparencia y acceso a la información, es
menester de dos organismos públicos principalmente, homologar y garantizar el
37
TORRE MERINO, José Luis la. Metodología para la identificación y valoración de fondos documentales. Madrid: Ministerio de
Educación y Cultura. 2000. p.14. 38AGN, op. cit.,
36
funcionamiento de los archivos conforme los mejores principios teóricos y prácticos
aceptados en la materia. Por ello la LFTAIPG, señala en el artículo 29 fracción V que el
Comité de Información de cada dependencia y entidad, tendrá como función el establecer y
supervisar la aplicación de criterios específicos en materia de clasificación y conservación
de los documentos así como la organización de archivos de conformidad con los
Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos.
Asimismo, el artículo 32 confiere al AGN en coordinación con el IFAI, elaborar los
criterios para la catalogación, clasificación y conservación de los documentos
administrativos, así como la organización de los archivos. Lo anterior, tomando en cuenta
los estándares y prácticas internacionales archivísticas más avanzadas.
Para ello el Reglamento de la LFTAIPG, en su artículo 42 señala que el AGN, en
coordinación con el IFAI, expedirá los lineamientos que contengan los criterios para la
organización, conservación y adecuado funcionamiento de los archivos del Gobierno
Federal, es decir los publicados el 20 de Febrero de 2004.
A partir del 12 de junio del 2003, la LFTAIPG, obliga a todas las instituciones públicas, a
dar acceso a la información pública contenida en sus documentos, respecto, entre otras
cosas, a su forma de trabajo, al uso de los recursos públicos, sus resultados y desempeño.
Cualquier persona puede solicitarla y obtenerla en forma rápida y sencilla, con excepción
de la información reservada y/o confidencial, siempre y cuando siga el procedimiento de
acceso ante la dependencia o entidad.
La finalidad de la transparencia es hacer accesible la información pública, y el rol de la
Archivonomía es organizarla y sistematizarla para hacerla efectivamente visible. Además,
se debe enfatizar el rol de los archivos, en el tratamiento de los datos y en la generación de
conocimiento útil para la mejora del desempeño institucional, más allá de su función
primaria como mero mecanismo de recuperación documental.
Para ello, deben existir instituciones y organismos públicos que en el ejercicio de sus
facultades coadyuven a cumplir dichas contemplaciones.
37
2.7.1 Archivo General de la Nación
La credibilidad en nuestras instituciones u organismos públicos, es una de las columnas
vertebrales que dotó al Estado de una cultura de transparencia, y que ha contribuido
sustancialmente en la consolidación de la democracia en México. Debemos estar
convencidos de que el archivo es cómplice y pieza fundamental al tener substancial
significado, ya que, es el repositorio donde se conservan, custodian y consultan los
documentos, además, de que forma parte del proceso evolutivo de las dependencias y
entidades. Ahí es donde los niveles de la estructura se entrelazan y se desarrollan, uno más
que otros, dejando para la humanidad un testimonio fiel de su actividad en los soportes de
papel.
Si bien, aunque su fundación oficial se realizó hasta 1823, año en que quedó instituido con
el nombre de Archivo General y Público de la Nación, el origen de lo que actualmente es el
AGN tuvo como su auténtico promotor al virrey Juan Vicente de Güemes Pacheco y Padilla
(1682-1768) segundo conde de Revillagigedo, quien en 1790 comenzó a recomendar al rey
de España, Carlos IV, la creación de un Archivo General de la Nueva España que
custodiara y centralizara toda la documentación oficial generada por la colonia española en
América.
El también conocido como “Palacio negro de Lecumberri”, lugar histórico cuya
construcción comenzó aproximadamente en 1885, fue inaugurado por el presidente José de
la Cruz Porfirio Díaz Mori el 29 de septiembre de 1900, es decir a principios del Siglo XX
con lo más moderno de su época en cárceles. Ahí donde asesinaron al presidente Francisco
I. Madero y al vicepresidente Pino Suarez y que sirvió como penitenciaría de la Ciudad de
México de 1900 a 1976.
En el año de 1979, se iniciaron las labores de remodelación para convertirse en la nueva
sede del AGN, siendo el 27 de agosto de 1982 cuando se inauguró para ser hoy en día “el
órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, rector de la archivística nacional
38
que debe custodiar, ordenar, describir y conservar los documentos que conforman su
acervo, con el fin de facilitar y promover la consulta y aprovechamiento público.” 39
En otras palabras, el AGN esta encargado de recuperar, conservar y facilitar la consulta de
los documentos históricos que alberga, a los cuales brinda acceso para documentar nuestra
historia como nación, tanto a los mexicanos que vivimos hoy como a los que vivirán en las
próximas décadas, los cuales harán lo propio con lo que día a día documentamos como
presente, ordenamos y conservaremos en el futuro.
Además, para fortalecer las tareas destinadas a mejorar los procesos que se relacionan con
los servicios de consulta y registro de investigadores y público interesado, así como para
continuar con el cumplimiento de las exigencias en materia de transparencia y archivos, el
AGN publico en su sitio de Internet los esfuerzos para cumplir con su misión y con las
exigentes vertientes de desarrollo.
1. Proseguir con el rescate de los inmuebles del Palacio de Lecumberri, para
preservar los acervos en condiciones adecuadas y asegurar los espacios
convenientes para su desarrollo a mediano y largo plazo.
2. Fortalecer las bases jurídicas del órgano desconcentrado con la actualización del
reglamento vigente y el fundamento legal del Registro Nacional de Archivos.
3. Alentar la formación de cuadros para los archivos nacionales, mediante convenios
de colaboración enfocados al desarrollo de programas académicos de
archivonomía y proyectos de formación profesional.
4. Abatir el rezago en el ordenamiento y descripción de fondos documentales e
impulsar la homologación y aplicación de las normas internacionales,
considerando el incremento de los archivos digitales.
5. Desarrollar un programa editorial y de difusión para estimular el avance de la
archivística nacional y de las investigaciones sobre los acervos del organismo.
6. Diseñar e implantar un programa de archivos virtuales para estimular la consulta a
distancia de los acervos del AGN.
7. Cooperación internacional. 40
No esta de sobra señalar que el AGN alberga desde códices novohispanos e impresos
primitivos, galería de imágenes donde aparecen fotos, litografías e historia iconográfica con
antiguos mapas, así como documentos de los precursores del movimiento de nuestra
39 AGN. ¿Quiénes somos? [en línea]. México, DF: [citado 08 de mayo de 2008]. Qué es el AGN. Disponible en World Wide Web: <
http://agn.gob.mx/menuprincipal/quienesomos/que.html> 40 AGN. ¿Quiénes somos? [en línea]. México, DF: [citado 08 de mayo de 2008]. Vertientes de desarrollo. Disponible en World Wide
que fue designado para involucrarse de inicio en las tareas de elaboración y manufactura
del Cuadro General de Clasificación Archivística.
Hay que enfatizar que involuntariamente, durante la preparación de dicho instrumento
archivístico, se opto por contratar los servicios profesionales de un tercero especializado, el
cual opto por crear un sistema mixto, es decir un sistema orgánico – funcional, quizás por
ser flexible, ya que recoge tanto las funciones generales como las específicas. El
procedimiento para la recopilación de la información se llevo a cabo en la medida que se
fue conociendo y a la vez desarrollando la evolución de las distintas Unidades
Administrativas y áreas identificadas, así como del estudio de las funciones que en su
momento, estas tenían encomendadas. Sin embargo, desde mi particular punto de vista,
creo que no se tomaron en cuenta los problemas que pueden surgir ante los procesos y
movimientos de reestructuración orgánica, tal y como sucedió durante 2007, dado por las
modificaciones y cambios en el Estatuto Orgánico, documento que sabemos, da soporte a
las funciones y/o atribuciones.
En el caso específico del IPAB, se tienen atribuciones tradicionales que corresponden a
funciones normalmente comunes de las dependencias y entidades de la Administración
Pública Federal. Para esquematizar lo anterior, hago un comparativo entre algunas
atribuciones del IPAB y funciones comunes que se señalan en el instructivo disponible en
la página electrónica del AGN. (Ver figura 3).
55
Figura 3
FUNCIONES COMÚMES DEL AGN ESTATUTO ÓRGANICO DEL IPAB
CÓDIGO SECCIÓN SERIE ATRIBUCIÓN
ARTÍCULO
Y
FRACCIÓN
1C.2 Legislación
Programas y
proyectos sobre
legislación
Elaborar, en coordinación con las
unidades administrativas
competentes, los proyectos de
lineamientos, reglas, acuerdos y
demás disposiciones de carácter
general que corresponda expedir al
Instituto de conformidad con la ley
26, I
2C.11 Asuntos
jurídicos
Interposición de
recursos
administrativos
Formular los proyectos de
resolución de los recursos
administrativos que se interpongan
en términos de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo
25, IV
7C.16 Servicios
generales Protección Civil
Implementar las actividades
correspondientes en materia de
seguridad y protección civil
28, XIII
8C.10
Tecnologías y
servicios de la
información
Seguridad
informática
Establecer lineamientos e implantar
esquemas de seguridad para la
infraestructura de tecnología de
información y comunicaciones que
permitan garantizar conexiones
seguras, tanto al exterior como al
interior del Instituto
27, III
“Cuadro comparativo entre funciones comunes de la APF y atribuciones del IPAB”
Principalmente para los años 2006 y 2007, la Coordinación de Archivos del IPAB
instrumenta la actualización del Cuadro General de Clasificación Archivística, el cual fue
aprobado y validado por los Titulares de las Unidades Administrativas y los responsables
56
de los archivos de trámite. Lo anterior, está fundamentado en el acuerdo
IPAB/CI/E/06/79.2, de fecha 13 de marzo de 2006, tomado en la Septuagésima Novena
Sesión Extraordinaria del Comité de Información del IPAB y que a la letra dice:
Los miembros del Comité de Información tomaron conocimiento del Cuadro General
de Clasificación Archivística y del Catálogo de Disposición Documental del Instituto
para la Protección al Ahorro Bancario, el cual fue integrado y remitido por la
Coordinación de Archivos al Archivo General de la Nación exhortando a la
Coordinación de Archivos a cumplir lo dispuesto al capitulo [sic] IX. Organización
para la Administración Integral de Documentos y Archivos, en cuanto al punto IX.1.
Coordinación de Archivos, numeral 8, de los Criterios y procedimientos específicos
en materia de organización de archivos del Instituto para la Protección al Ahorro
Bancario. 45
Respecto a la jerarquización y estructuración de dicho instrumento de consulta y control,
este quedo conformado hasta el nivel de subserie, aclarando que solo se presenta el
esquema general y una distribución horizontal de los niveles de fondo, subfondo, sección y
subsección respectivamente.
I. FONDO
NIVEL No. CLAV
E NOMBRE
FONDO 1 IPAB Instituto para la Protección al Ahorro
Bancario
II. SUBFONDO
NIVEL No. CLAVE NOMBRE
SUBFONDO
1 JG Junta de Gobierno
2 SE Secretaría Ejecutiva
3 J Jurídica
4 PAB Protección al Ahorro Bancario
5 RA Recuperación de Activos
6 APS Administración, Presupuesto y Sistemas
Continúa en la página siguiente
45 IPAB. [en línea]. México, DF: [citado 01 de julio de 2008]. Disponible en World Wide Web: <http://portaltransparencia.gob.mx/pot/informacionRelevante/editOtraInformacion.do?method=editOtraInformacion&otraInformacionFo
rm.idOtra=1000097&_idDependencia=06747>
57
III. SECCIÓN
NIVEL No. CLAVE NOMBRE
SECCIÓN
SUBFONDO JG Junta de Gobierno
1 01 Secretariado de la Junta de Gobierno
SUBFONDO SE Secretaría Ejecutiva
2 01 Secretaría Ejecutiva
3 02 Comunicación Social
4 03 Relaciones Institucionales
SUBFONDO J Jurídica
5 01 Secretaría Adjunta
6 02 Jurídica de Protección al Ahorro
7 03 Jurídica de Recuperación
8 04 Jurídica de lo Contencioso
9 05 Jurídica de lo Consultivo
SUBFONDO PAB Protección al Ahorro Bancario
10 01 Secretaría Adjunta
11 02 Administración de Riesgos
12 03 Operaciones de Protección y
Resoluciones Bancarias
13 04 Planeación, Análisis e Investigación
Financiera
14 05 Finanzas
SUBFONDO Recuperación de Activos
15 01 Secretaría Adjunta
16 02 Control de activos
17 03 Bienes Corporativos
18 04 Recuperación de Bienes Muebles e
Inmuebles
19 05 Carteras Crediticias
20 06 Supervisión de Fideicomisos y
Administradoras
SUBFONDO APS Administración, Presupuesto y Sistemas
21 01 Secretaría Adjunta
22 02 Administración
23 03 Programación, Presupuesto y
Contabilidad
24 04 Información y Sistemas
Continúa en la página siguiente
58
IV. SUBSECCIÓN
NIVEL No. CLAVE NOMBRE
SUBSECCIÓN
SUBFONDO JG - Junta de Gobierno
SECCIÓN 01 Secretariado de la Junta de Gobierno
1 01 Oficina del Secretario
SUBFONDO SE - Secretaría Ejecutiva
SECCIÓN 01 Secretaría Ejecutiva
SECCIÓN 02 Comunicación Social
2 01 Estrategia de Medios de Comunicación
3 02 Análisis y Seguimiento Informativo
4 03 Información Pública y Transparencia
SECCIÓN 03 Relaciones Institucionales
5 01 Relaciones Institucionales
SUBFONDO J – Jurídica
SECCIÓN 01 Secretaría Adjunta
SECCIÓN 02 Jurídica de Protección al Ahorro
SECCIÓN 03 Jurídica de Recuperación
SECCIÓN 04 Jurídica de lo Contencioso
6 01 Oficina del Director General
7 02 Supervisión
8 03 Control y Enlace
SECCIÓN 05 Jurídica de lo Consultivo
SUBFONDO PAB - Protección al Ahorro Bancario
SECCIÓN 01 Secretaría Adjunta
SECCIÓN 02 Administración de Riesgos
9 01 Administración de Riesgos Financieros
10 02 Administración de Riesgos Operativos
11 03 Oficina del Director General
SECCIÓN 03 Operaciones de Protección y Resoluciones Bancarias
SECCIÓN 04 Planeación, Análisis e Investigación Financiera
12 01 Oficina del Director General
13 02 Diagnóstico y Supervisión del Sistema
Bancario y Relaciones con
Inversionistas
14 03 Investigación y Desarrollo
15 04 Seguro de Depósito
Continúa en la página siguiente
59
NIVEL No. CLAVE NOMBRE
SUBSECCIÓN
SECCIÓN 05 Carteras Crediticias
1
6
01 Oficina del Director General
1
7
02 Planeación Financiera
1
8
03 Tesorería
SUBFONDO RA - Recuperación de Activos
SECCIÓN 01 Secretaría Adjunta
SECCIÓN 02 Control de activos
SECCIÓN 03 Bienes Corporativos
19 01 Oficina del Director General
SECCIÓN 04 Recuperación de Bienes Muebles e Inmuebles
20 01 Oficina del Director General
21 02 Seguimiento y Control
22 03 Enajenación de Bienes
23 04 Comercialización de Inmuebles
24 05 Comercialización
SECCIÓN 05 Carteras Crediticias
25 01 Oficina del Director General
26 02 Enajenación de Carteras I
27 03 Enajenación de Carteras II
SECCIÓN 06 Supervisión de Fideicomisos y Administradoras
28 01 Oficina del Director General
29 02 Supervisión de Gestión
30 03 Supervisión de Gestión I
31 04 Supervisión de Gestión II
32 05 Supervisión de Gestión III
33 06 Supervisión Operativa
34 07 Auditorias de Gestión
35 08 Supervisión y Control Documental
SUBFONDO APS- Administración, Presupuesto y Sistemas
SECCIÓN 01 Secretaría Adjunta
SECCIÓN 02 Administración
36 01 Oficina del Director General
37 02 Recursos Humanos
Continúa en la página siguiente
60
NIVEL No. CLAVE NOMBRE
SUBSECCIÓN
38 03 Recursos Materiales
39 04 Organización Innovación y Calidad
40 05 Planeación y Evaluación Institucional
SECCIÓN 03 Programación, Presupuesto y Contabilidad
41 01 Programación y Presupuesto
42 02 Contabilidad Financiera
SECCIÓN 04 Información y Sistemas
43 01 Oficina del Director General
44 02 Sistemas
45 03 Infraestructura Tecnológica
V. SERIE. Se establecieron 227 series documentales, representadas por el conjunto
de expedientes de estructura y contenido homogéneo, y que son el resultado del
ejercicio de funciones o atribuciones generales y específicas.
VI. SUBSERIE. Se definieron 288 subseries, las cuáles se compilaron conforme las
propias necesidades de cada Unidad Administrativa o área, dividiendo el nivel de
la serie documental.
Respecto a la signatura o código de clasificación de los expedientes, que en realidad es
el número de inventario con el que se identifica, se debe considerar la relación existente
entre el orden y distribución de las categorías de agrupamiento previamente identificadas
y los elementos de la estructura del Cuadro General de Clasificación Archivística, así
como elementos de orden, tales como el número de expediente que es consecutivo
dentro de la serie documental, identificando a cada uno de ellos y el año de apertura, tal
y como se muestran en la siguiente tabla:
ELEMENTOS DE ESTRUCTURA SEGÚN EL
CUADRO GENERAL DE CLASIFICACIÓN
ARCHIVÍSTICA DEL IPAB
ELEMENTOS DE
ORDEN
Fondo
IPAB
Subfondo
J
Sección
01
Subsección
00
Serie
01
Subserie
00
Número de
expediente
01
Año de
apertura
2007
61
Una vez que la documentación se encuentra debidamente clasificada e integrada en sus
respectivos contenedores (folder, carpeta, o legajo), se le asigna un lugar físico en el
archivo. Cabe señalar que se puede instalar siguiendo una numeración continua, o bien
con una clave topográfica que corresponda a la ubicación física.
3.3.2 Catálogo de Disposición Documental
Resulta habitual saber, entre los estudiantes y profesionales de la Archivonomía, que la
edad de los documentos gestionados se puede medir por la cantidad de uso o por el
progresivo decrecimiento del valor de estos. También conocemos que la selección
documental basa el estudio de los valores de un documento de archivo en las tres fases o
etapas del ciclo vital, el cual favorece a los usuarios al acercar o alejar los documentos, de
acuerdo a su consulta y uso administrativo, para lo cual es necesario otro instrumento
primordial de control y consulta, es decir el Catálogo de Disposición Documental
(CADIDO) por sus siglas, que he referenciado con anterioridad y que se sustenta en el
concepto de ciclo vital de la documentación, mismo que marca una diferencia entre las tres
fases o etapas conocidas de un archivo, es decir la documentación activa (Archivo de
Trámite), documentación semiactiva (Archivo de Concentración) y documentación inactiva
(Archivo Histórico), basándose primordialmente en los siguientes puntos:
a) La existencia de un sistema integral de archivos, con los tres distintos tipos de
archivo, a través de los cuales debe pasar la documentación desde que se produce
en las oficinas, hasta que es eliminada o conservada definitivamente en un Archivo
Histórico.
b) La identificación y valoración de las series documentales producidas por la Unidad
Administrativa o área de una dependencia o entidad.
c) Las normas específicas por las que se establecen los periodos de permanencia en
los distintos tipos de archivo y los plazos de su conservación y accesibilidad de
cada serie documental.
d) La legislación y los procedimientos administrativos, que permiten el control de las
transferencias mediante los plazos de conservación, las eliminaciones o
62
permanencias, los plazos de reserva y el carácter de confidencialidad de la
información, así como los valores de esta última.
En este contexto, el paso de los documentos por los distintos archivos hace necesario un
control administrativo que integre los diversos elementos que confluyen en lo que se
denomina genéricamente como disposición documental, es decir su valoración. Los
propósitos de las vigencias documentales son:
I. Establecer los tiempos máximos de conservación de archivos para lograr un manejo racional
y óptimo de los mismos.
II. Facilitar el flujo de archivos a fin de evitar su acumulación innecesaria en oficinas.
III. Facilitar el proceso de valoración y disposición de archivos.
La valoración documental responde a la necesidad de establecer los plazos de conservación
y de eliminación de los documentos. Se divide generalmente en dos etapas: la primera etapa
se denomina valoración primaria y se realiza una vez concluido el plazo de vigencia activa,
es decir en el Archivo de Trámite. La segunda se denomina valoración secundaria y se
realiza una vez concluido el plazo de vigencia semiactiva, en el Archivo de Concentración,
donde posteriormente se disponen los valores documentales evidénciales, testimoniales e
informativos para determinar el proceso de dictamen, baja o transferencia documental al
Archivo Histórico, y efectuar los trámites para obtener las autorizaciones correspondientes.
La valoración primaria busca establecer la utilidad institucional de la documentación
pública. Existen al menos tres distintos elementos básicos de juicio: administrativo, fiscal o
contable y legal para determinar la necesidad de las Unidades Administrativas o áreas de
retener por cierto tiempo sus documentos de archivo.
El CADIDO, que se define en los Lineamientos Generales para la organización y
conservación de los archivos como el “registro general y sistemático que establece los
valores documentales, los plazos de conservación, la vigencia documental, la clasificación
de reserva o confidencialidad y el destino final,” 46
cuya primera elaboración desde 2004 y
posterior actualización en 2007, se realizo en conjunto con las Unidades Administrativas y
áreas, dada la información y los datos proporcionados por estas al área Coordinadora de