BASES ESTNDAR DE CONCURSO PBLICO PARA LA CONTRATACIN DE
SERVICIOS O PARA CONSULTORA EN GENERAL
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA PARA LA
CONTRATACIN DE EJECUCIN DE OBRAS
ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 007-2015-MDP/CEP-PRIMERA
CONVOCATORIACONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE LA OBRA: INSTALACION DEL
SISTEMA DEAGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL ANEXO DE CASA BLANCA,
CENTRO POBLADO DE HUALLAMAYO, DISTRITO DE PAUCARTAMBO-PROVINCIA Y
REGION PASCOSECCIN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN(ESTA SECCIN NO
DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE
NULIDAD)CAPTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN
1.1. BASE LEGAL
Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto.
Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado,
en adelante la Ley.
Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
Directivas del OSCE. Ley N 27444 Ley del Procedimiento
Administrativo General.
Cdigo Civil.
Ley N 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin
Pblica. Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la
Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de
la Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley
MYPE.
Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de
ser el caso.
Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad
de las normas previstas en las presentes Bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del
Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente
de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado
integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un
consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de
conformidad con el artculo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurdica que desee participar en el
proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el
Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la
convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en
el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el
Estado.
Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente
informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad
(DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona
jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio
legal; telfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de seleccin
convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que
los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro
Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener
mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin
electrnica: www.rnp.gob.pe.1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y
OBSERVACIONES A LAS BASESLas consultas y observaciones a las Bases
sern presentadas por un periodo mnimo de tres (3) das hbiles,
contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad
con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.
1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASESLa
decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y
observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se
notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en
los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el
cronograma del proceso de seleccin.
El plazo para la absolucin no podr exceder de tres (3) das
hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las
consultas y observaciones.De haberse presentado observaciones, el
Comit Especial debe incluir en el pliego absolutorio el
requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de
observaciones al OSCE.IMPORTANTE:
No se absolvern consultas ni observaciones a las Bases que se
presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se
han registrado como participantes.1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL
OSCE
El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el
pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados
desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a
travs del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevacin de las
observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes
supuestos:
1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no
fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;
2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el
participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario
a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra
disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras
normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso
de seleccin; y
3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una
observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo
dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de
la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas
complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de
seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado
como tal hasta el vencimiento del plazo para formular
observaciones.
El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la
totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del
OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los
participantes soliciten la elevacin de observaciones.La emisin y
publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro
de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente
completo por el OSCE
1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del
proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones,
precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la
absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas
por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el
marco de sus acciones de supervisin.
Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en
ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna,
bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no
afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del
proceso por deficiencias en las Bases.
El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en
consideracin los siguientes plazos:
1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente
de vencido el plazo para formularlas.
2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de
vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin
de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre
que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.
3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones,
dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el
pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar
las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los
artculos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit
Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de
las Bases, bajo responsabilidad.
1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACINTodos los
documentos que contengan informacin referida a los requisitos para
la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentan en
idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial
o sin valor oficial efectuada por traductor pblico juramentado o
traduccin certificada efectuada por traductor colegiado
certificado, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria
contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que
puede ser presentada en el idioma original. El postor es
responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las
propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales
el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta
econmica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por
medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente
empezando por el nmero uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total
o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser
llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos
supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del
postor o de su representante legal o mandatario designado para
dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso
bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus
nombres y apellidos completos.Cuando la presentacin de propuestas
se realice en acto pblico, las personas naturales podrn concurrir
personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante
el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las
personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal
acreditado con copia simple del documento registral vigente que
consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta
poder simple suscrita por el representante legal, a la que se
adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin
del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de
treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas.
(Formato N 1)
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por
el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado
por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los
integrantes del consorcio que se encuentre registrado como
participante, conforme a lo siguiente:
1. En el caso que el representante comn del consorcio presente
la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal
de consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante
comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta
poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y
copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los
integrantes del consorcio que se encuentre registrado como
participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en
el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.
IMPORTANTE:
Las Entidades someten a fiscalizacin posterior conforme a lo
previsto en el artculo 32 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, la documentacin, declaraciones y
traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.
1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS
En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PBLICO,
deber tenerse en consideracin lo siguiente:
La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la
fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso.
El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a
los participantes en el orden en que se registraron para participar
en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de
ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr
por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse
con la presentacin de la constancia de su registro como
participante.
Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas
individuales ni conformar ms de un consorcio.
IMPORTANTE: En caso de convocarse segn relacin de tems, los
integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas
individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo
que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando
otro consorcio en tems distintos.
En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del
apoderado, representante legal o representante comn, segn
corresponda en atencin al numeral 1.8, y este exprese su
disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario
(o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de
acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante
formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que
finalmente se resuelva al respecto.
Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a
abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor,
a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor
sean los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan
defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en
los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la
propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos
que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos
siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica
nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como
autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que
acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de
naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el
postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin
de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del
Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo
para subsanar la propuesta tcnica.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo
requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos
sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola
por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en
cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o
Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en
que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a
lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de abierto cada
sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz)
proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la
propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la
evaluacin de las propuestas se realice en fecha posterior, el
Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que
contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los
que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros
del Comit Especial y por los postores que as lo deseen,
conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto
pblico, comunique verbalmente la admisin de las propuestas
tcnicas.Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual
ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus
miembros, as como por los veedores y los postores que lo
deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento,
en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la
Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del
Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber
suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el
proceso.En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO
PRIVADO, deber tenerse en consideracin lo siguiente:Los
participantes presentarn sus propuestas, con cargo y en sobre
cerrado, en el lugar, el da y horario sealados en la seccin
especfica de las Bases, bajo responsabilidad del Comit
Especial.
Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas
individuales ni conformar ms de un consorcio.
IMPORTANTE: En caso de convocarse segn relacin de tems, los
integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas
individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo
que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando
otro consorcio en tems distintos.De conformidad con lo dispuesto en
el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de
propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la
presencia de un representante del Sistema Nacional de Control,
quien participar como veedor y deber suscribir el acta
correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.1.10.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA
La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente
lo siguiente:
La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos
todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y,
de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin
vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia
sobre el costo de la ejecucin de la obra a ser contratada; excepto
la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La
Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo
componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios
unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.
IMPORTANTE: Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando
los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus
propuestas econmicas en forma independiente.
1.11. ADMISION DE PROPUESTAS
En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO
PBLICO, para la admisin de propuestas se deber tener en
consideracin lo siguiente:
Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los
requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases.
Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern
admitidas.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la
subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si
se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el
plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial
tendr la propuesta por no admitida.
Slo aquellas propuestas admitidas pasarn a la evaluacin
econmica.
En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO
PRIVADO, para la admisin de propuestas se deber tener en
consideracin lo siguiente:
Se proceder a la apertura de las propuestas tcnicas presentadas
y se verificar que contengan los documentos de presentacin
obligatoria y cumplan con los requerimientos tcnicos mnimos
contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan
dichos requerimientos no sern admitidas.
En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan
defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en
los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la
propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos
que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos
siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica
nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como
autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que
acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de
naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el
postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin
de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del
Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo
para subsanar la propuesta tcnica.
IMPORTANTE: En tanto OSCE no comunique a travs de su portal
institucional la implementacin del mecanismo de notificacin
electrnica en el SEACE para la Entidad, el Comit Especial deber
notificar al postor el requerimiento de subsanacin de la propuesta
tcnica en forma personal, conforme a lo dispuesto por la Dcima
Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo
requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos
sealados en el prrafo anterior, se tendr por no admitida. El Comit
Especial incluir el motivo de esa decisin en el acta de los
resultados del proceso que se publicar en el SEACE, debiendo
devolver los sobres que contienen la propuesta tcnica y econmica,
una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la
subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si
se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el
plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial
tendr la propuesta por no admitida.
Slo aquellas propuestas admitidas pasarn a la evaluacin
econmica.
1.12. EVALUACIN ECONMICA DE PROPUESTAS
Conforme a lo establecido en el numeral 4) del artculo 71 del
Reglamento, la evaluacin se realizar sobre cien (100) puntos
atendiendo nicamente a la propuesta econmica.
Si la propuesta econmica es inferior al noventa por ciento (90%)
del valor referencial o excede el ciento diez por ciento (110%) del
valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr
por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la
Ley.
La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo
establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de
propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional,
segn la siguiente frmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i= Propuesta
Pi= Puntaje de la propuesta econmica i
Oi= Propuesta Econmica i
Om= Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo
PMPE= Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica
IMPORTANTE: En caso el proceso se convoque bajo el sistema de
precios unitarios, el Comit Especial deber verificar las
operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje
total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de
consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le
corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta
respectiva. Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto)
aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de
financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el
mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda
los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta
todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters,
comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad
si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el
artculo 70 del Reglamento.
1.13. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PROEn caso el otorgamiento de la
Buena Pro se realice en ACTO PBLICO, deber considerarse lo
siguiente:
En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se
pronunciar sobre la admisin de las propuestas. El Comit Especial
proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas
econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieren
sido admitidas.La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar
de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes
Bases.
La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el
artculo 71 del Reglamento.
IMPORTANTE: En el caso de contratacin de obras a ser ejecutadas
fuera de las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor,
se asignar una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%)
sobre el puntaje total obtenido por los postores con domicilio en
la provincia donde se ejecutar la obra objeto del proceso de
seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes
al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la
constancia de inscripcin ante el RNP.
El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta
ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a
travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de
prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando el
puntaje econmico y total obtenido por cada uno de ellos.En el
supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la
Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del
Reglamento.
Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser
suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del
Comit Especial, as como por los veedores y los postores que deseen
hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos
los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a
los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el
cuadro comparativo. Dicha presuncin no admite prueba en contrario.
Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE.IMPORTANTE:
De conformidad con el artculo 76 del Reglamento, para otorgar la
Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el
lmite del ciento diez por ciento (110%), deber contarse con la
asignacin suficiente de crditos presupuestarios y la aprobacin del
Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el
mejor puntaje total acepte reducir su oferta econmica a un monto
igual o menor al valor referencial.
En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO
PRIVADO, deber tenerse en consideracin lo siguiente:El Comit
Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las
propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas
hubieran sido admitidas. La evaluacin de las propuestas econmicas
se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las
presentes Bases.La determinacin del puntaje total se har de
conformidad con el artculo 71 del Reglamento. IMPORTANTE:
En el caso de contratacin de obras a ser ejecutadas fuera de las
provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una
bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje
total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde
se ejecutar la obra objeto del proceso de seleccin o en las
provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo
departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la
constancia de inscripcin ante el RNP.
El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta
ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el
que se consignar el orden de prelacin en que han quedado
calificados los postores, detallando el puntaje econmico y total
obtenido por cada uno de ellos.En el supuesto que dos (2) o ms
propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar
observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto se levantar un acta, la cual ser suscrita
por todos los miembros del Comit Especial, as como por los
veedores, de ser el caso.
El otorgamiento de la Buena Pro se publicar y se entender
notificado a travs del SEACE, el mismo da de su realizacin, bajo
responsabilidad del Comit Especial, debiendo incluir el acta del
otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro
comparativo.IMPORTANTE:
De conformidad con el artculo 76 del Reglamento, para otorgar la
Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el
lmite del ciento diez por ciento (110%), deber contarse con la
asignacin suficiente de crditos presupuestarios y la aprobacin del
Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el
mejor puntaje total acepte reducir su oferta econmica a un monto
igual o menor al valor referencial.
1.14. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PROCuando se hayan presentado
dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se
producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su
otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de
interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento
se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse
producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el
consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la
notificacin de su otorgamiento, y podr ser publicado en el SEACE
ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.
1.15. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL
ESTADO
De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da
hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de
haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el
artculo 115 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe
solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar
inhabilitado para contratar con el Estado.
CAPTULO IISOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE
SELECCIN
1.16. RECURSO DE APELACIN
A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados
durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la
convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del
contrato.
El recurso de apelacin se presenta ante la Entidad que convoc el
proceso de seleccin y es resuelto por el Titular de la Entidad o el
funcionario a quien este haya delegado dicha facultad.Los actos
emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de
oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de
Contrataciones del Estado.
1.17. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN
La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los
actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de
los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena
Pro.
La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el
prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das
hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se
desea impugnar.
CAPTULO IIIDEL CONTRATO
1.18. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al
consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado
administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del
referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de
la documentacin prevista en las Bases, b) La Entidad, de
corresponder, solicita la subsanacin de la documentacin presentada
y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la
Entidad.
En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin
y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos antes
indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artculo 148
del Reglamento, segn corresponda.El contrato ser suscrito por la
Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente
autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o
por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y
tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de
conformidad con lo establecido en el artculo 139 del
Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro
deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases,
los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con
el Estado.
Constancia de Capacidad Libre de Contratacin.
Garanta de fiel cumplimiento. Garanta de fiel cumplimiento por
prestaciones accesorias, en caso corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes,
de ser el caso.
Cdigo de cuenta interbancario (CCI).
Designacin del residente de obra, cuando este no haya formado
parte de su propuesta tcnica. Calendario de avance de obra
valorizado sustentado en el Programa de Ejecucin de Obra
(PERT-CPM), salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que
incluya la elaboracin del expediente tcnico. Calendario de
adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin de
obra, en concordancia con el calendario de avance de obra
valorizado, salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que
incluya la elaboracin del expediente tcnico. Desagregado por
partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de
contratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo la modalidad
llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.1.19.
DE LAS GARANTAS
1.19.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel
cumplimiento del contrato. Esta deber ser emitida por una suma
equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato
original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin
final.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan
una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del
contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena
Pro presente la garanta de fiel cumplimiento con una vigencia de un
(1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el
consentimiento de la liquidacin final.IMPORTANTE:
Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, las micro
y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel
cumplimiento, la Entidad les retenga el diez por ciento (10%) del
monto del contrato original, siempre que:
El plazo de ejecucin de la obra sea igual o mayor a sesenta (60)
das calendario.
El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2)
valorizaciones peridicas en funcin al avance de obra.La retencin se
efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a
realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la
finalizacin del mismo.1.19.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR
PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones
accesorias se otorgar una garanta adicional por este concepto, la
misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de
las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin
en ningn caso.
1.20. REQUISITOS DE LAS GARANTAS
Las garantas que se presenten debern ser incondicionales,
solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo
requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por
empresas que se encuentren bajo la supervisin de la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir
garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos
extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco
Central de Reserva del Per.
IMPORTANTE:
Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas
por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y
condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.1.21.
EJECUCIN DE GARANTIAS
Las garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones
contempladas en el artculo 164 del Reglamento.
1.22. INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIN DE OBRA
El plazo de ejecucin de obra se inicia a partir del da siguiente
de que se cumplan las siguientes condiciones:
1.Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, segn
corresponda.
2.Que la Entidad entregue el expediente tcnico de obra completo
al contratista.
3.Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutar
la obra al contratista.
4.Que la Entidad provea el calendario de entrega de los
materiales o insumos al contratista, cuando en la seccin especfica
de las Bases la Entidad haya asumido esta obligacin.5.Que la
Entidad entregue el adelanto directo o el primer desembolso de
dicho adelanto al contratista, en las condiciones y oportunidad
establecidas en la seccin especfica de las Bases, salvo que en
dicha seccin no se haya previsto la entrega de este adelanto.
6. Que el contratista presente el certificado de habilidad de
los profesionales sealados en su propuesta tcnica.
Estas condiciones debern ser cumplidas dentro de los quince (15)
das calendario siguientes a la suscripcin del contrato.
En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo,
el plazo se inicia con el cumplimiento de las dems condiciones.
Si cumplidas las condiciones antes indicadas la estacionalidad
climtica no permitiera el inicio de la ejecucin de la obra, la
Entidad podr acordar con el contratista la fecha para el inicio de
la ejecucin. Dicha decisin deber ser sustentada en un informe
tcnico que formar parte del expediente de contratacin de la
obra.
IMPORTANTE:
De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber designarse a
un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o
mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector
Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de
seleccin.
1.23. RESIDENTE DE OBRA
Profesional colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) aos
de experiencia en la especialidad, designado por el contratista,
previa conformidad de la Entidad. Por su sola designacin, el
residente representa al contratista para los efectos ordinarios de
la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al
contrato.
La sustitucin del residente slo proceder previa autorizacin por
escrito del funcionario de la Entidad que, segn sus normas de
organizacin interna, cuente con facultades suficientes para brindar
tal autorizacin, y siempre que el profesional reemplazante rena
calificaciones profesionales iguales o superiores a las del
profesional originalmente propuesto.
El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitucin del
residente de obra debe ser emitido y notificado al contratista
dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de presentada la
respectiva solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad
emita pronunciamiento alguno, se considerar aprobada la
sustitucin.
1.24. INSPECTOR O SUPERVISOR DE OBRA
Profesional colegiado y habilitado, con menos de dos (2) aos de
experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para
velar, de modo permanente y directo, por la correcta ejecucin de la
obra y el cumplimiento de las especificaciones tcnicas y del
contrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones
profesionales del residente.
En caso que el supervisor sea una persona jurdica, esta deber
designar a una persona natural como supervisor permanente de la
obra.
1.25. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIN DE OCURRENCIAS
El cuaderno de obra se abre en la fecha de entrega del terreno
al contratista, oportunidad en la que deber ser firmado en cada una
de sus pginas por el inspector o supervisor, segn corresponda, y
por el residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original
con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas
copias a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector
o supervisor.
El cuaderno de obra original debe permanecer en la obra, bajo
custodia del residente, el que no podr impedirle el acceso al mismo
al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle al contratista
una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorizacin
por cada da en que se impida el acceso.
Slo el inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer
anotaciones en el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarn los
hechos relevantes que ocurran durante la ejecucin de la obra,
firmando al pie de cada anotacin que efecten. Tambin se anotarn en
el cuaderno de obra las consultas al inspector o supervisor de
obra, as como la respuesta de este ltimo.
Las solicitudes que realice el contratista, o su representante
legal, como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno
de obra, se harn directamente a la Entidad, por medio de
comunicacin escrita.
El cuaderno de obra ser cerrado por el inspector o supervisor
cuando la obra haya sido recibida por la Entidad, procediendo a
entregar el original de dicho cuaderno a la Entidad.
IMPORTANTE: El inspector o supervisor, y/o el residente, deben
anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de
ejecucin de la obra, a efectos de evitar futuras controversias
sobre el particular.
1.26. ADELANTOS
La Entidad entregar adelantos directos y adelantos para
materiales o insumos, conforme a lo establecido en el artculo 186
del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin
especfica de las Bases.
En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo
previsto en la seccin especfica de las Bases, el contratista tendr
derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la obra
por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo
201 del Reglamento.
1.27. VALORIZACIONES
La valorizacin es la cuantificacin econmica del avance fsico en
la ejecucin de la obra en un periodo determinado, tendr el carcter
de pago a cuenta y deber ser realizada el ltimo da de cada periodo
de valorizacin previsto en la seccin especfica de las Bases, por el
inspector o supervisor, segn corresponda, y por el contratista. Si
el inspector o supervisor no se presenta para la valorizacin
conjunta con el contratista, este ltimo la realizar.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones
imputables a la Entidad, el contratista tendr derecho al pago de
intereses, de conformidad con el artculo 48 de la Ley y los
artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para tal efecto, se
formular una valorizacin de intereses y el pago se efectuar en las
valorizaciones siguientes.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el
pago de las valorizaciones se realizar a quien se indique en el
contrato de consorcio.
1.28. REAJUSTES
Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las
valorizaciones debern ser ajustadas multiplicndolas por el
respectivo coeficiente de reajuste K que se obtenga de aplicar en
la frmula o frmulas polinmicas previstas en el expediente tcnico de
obra que es parte de las Bases, los ndices Unificados de Precios de
la Construccin que publica el Instituto Nacional de Estadstica e
Informtica INEI.
Dado que los ndices Unificados de Precios de la Construccin son
publicados con un mes de atraso, los reajustes debern calcularse
teniendo en consideracin el coeficiente de reajuste K conocido a
ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los ndices que se
deben aplicar, se calcular el monto definitivo de los reajustes que
corresponden, los que se pagarn con la valorizacin ms cercana
posterior o en la liquidacin final sin reconocimiento de
intereses.
IMPORTANTE:
Tanto la elaboracin como la aplicacin de las frmulas polinmicas
se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC.
1.29. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La penalidad por retraso injustificado en la ejecucin de la obra
y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de
conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento,
respectivamente.
De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento,
en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas
a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando
sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la
convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por
ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del
tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma
independiente a la penalidad por mora.
1.30. LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRAEl procedimiento para la
liquidacin del contrato de obra que deber observarse, es el que se
encuentra descrito en el artculo 211 del Reglamento. No proceder la
liquidacin mientras existan controversias pendientes de
resolver.
Luego de haber quedado consentida la liquidacin y efectuado el
pago del saldo de la liquidacin, culmina el contrato y se cierra el
expediente respectivo.
Las controversias sobre pagos podrn ser sometidas a conciliacin
y/o arbitraje, dentro del plazo de quince (15) das hbiles
siguientes al vencimiento del plazo previsto en la seccin especfica
de las Bases para efectuar el pago del monto correspondiente al
saldo de la liquidacin.
1.31. VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento,
el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin
del documento que lo contiene, hasta que la liquidacin quede
consentida y se efecte el pago correspondiente.
1.32. DISPOSICIONES FINALES
Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en
las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as
como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIN ESPECFICACONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE
SELECCIN(EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACION
EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
CAPTULO IGENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre:MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO
RUC N:20191043546
Domicilio legal:PLAZA 28 DE JULIO S/N PAUCARTAMBO
Telfono/Fax::063-837100
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin
de la ejecucin de la obra INSTALACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO EN EL ANEXO DE CASA BLANCA CENTRO POBLADO DE
HUALLAMAYO DISTRITO DE PAUCARTAMBO-PROVINCIA Y REGION PASCO.1.3.
VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a S/. 402,248.32 (CUATROSCIENTOS
DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 32/100 NUEVOS SOLES),
incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida
en el costo total de la ejecucin de la obra. El valor referencial
ha sido calculado al mes de JUNIO DEL AO 2015.
Valor Referencial
(VR)Lmites
InferiorSuperior
S/. 402,248.32 (CUATROCIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO
CON 32/100 NUEVOS SOLES)S/. 362,023.49 (TRESCIENTOS SESENTA Y DOS
MIL VEINTITRES CON 49/100 NUEVOS SOLES)S/.442,473.15
(CUATROSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES CON
15/100 NUEVOS SOLES)
IMPORTANTE: Las propuestas econmicas no pueden exceder los
lmites del valor referencial de conformidad con el artculo 33 de la
Ley. 1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACION
El expediente de contratacin fue aprobado mediante RESOLUCION DE
ALCALDIA 299-2015-A/MDP el 19 DE JUNIO DEL 2015.
Asimismo, el expediente tcnico de obra fue aprobado mediante
RESOLUCION DE ALCALDIA 287-2015-A/MDP, el 11 DE JUNIO DEL 2015
.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
RECURSOS DETERMINADOSIMPORTANTE:
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas
previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del
Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de
seleccin.
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN
El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de
acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin
respectivo.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
La obra a ser ejecutada est definida en los Requerimientos
Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente seccin, en el
captulo III.1.8. PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA El plazo de ejecucin
de la obra materia de la presente convocatoria, es de 60 (SESENTA)
das calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico
mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de
contratacin y en el expediente tcnico de obra.
IMPORTANTE:
1.9. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES
S/. 300.00 (TRESCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES)1.10. BASE
LEGAL
Ley N 30281 Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao
Fiscal 2015 Ley N 30282 de Equilibrio Financiero del Presupuesto
del Sector Pblico del ao fiscal 2015
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por
Decreto Supremo N 184-2008-EF, en adelante el Reglamento.
Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley N 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin
Pblica.
Ley N 28015, Ley de Formalizacin y Promocin de la Pequea y
Microempresa.
Ley N 27143, Ley de Promocin Temporal del Desarrollo Productivo
Nacional.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de
ser el caso.
CAPTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIN
1.11. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN
EtapaFecha, hora y lugar
Convocatoria
:22-06-2015
Registro de participantes:Del: 23-06-2015Al: 02-07-2015
Formulacin de Consultas y Observaciones:Del: 23-06-2015Al:
26-06-2015
Absolucin de Consultas y Observaciones:30-06-2015
Integracin de las Bases:01-07-2015
Presentacin de Propuestas:07-07-2015
* En acto privado :
: 08:00 A 16:00 HORAS
Calificacin y Evaluacin de Propuestas:08-07-2015
Otorgamiento de la Buena Pro:08-07-2015
* En acto privado (a travs del SEACE) : 08-07-2015
IMPORTANTE: Debe tenerse presente que en una adjudicacin directa
selectiva, entre la convocatoria y la etapa de presentacin de
propuestas debe existir como mnimo diez (10) das hbiles y, entre la
integracin de Bases y la etapa de presentacin de propuestas debe
existir como mnimo tres (3) das hbiles.
1.12. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizar en
MESA DE PARTES sito en TERCER PISO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PAUCARTAMBO en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario
de 08:00 A 16:00 horas.
En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo
correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso,
el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el
da y hora de dicha recepcin.
IMPORTANTE: Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en
cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas.
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un
ejemplar de las Bases, las que incluyen el expediente tcnico de
obra, salvo en la modalidad llave en mano que incluya su
elaboracin, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin
de las mismas.1.13. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS
BASES
Las consultas y observaciones se presentarn por escrito,
debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de
la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces,
sito en TERCER PISO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO en
las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:00 a
16:00 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit
Especial del ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N
007-2015-MDP/CEP-PRIMERA CONVOCATORIA.IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que
el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas
1.14. PRESENTACION DE PROPUESTAS
En caso la presentacin de propuesta se realice en ACTO PRIVADO,
deber consignarse lo siguiente:
Los participantes presentarn sus propuestas en sobre cerrado, en
la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite
Documentario) o la que haga sus veces, sito en TERCER PISO DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO en la fecha y horario
sealados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comit
Especial.
En ambos casos, las propuestas se presentarn en dos (2) sobres
cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la ADJUDICACIN
DIRECTA SELECTIVA N 007-2015-MDP/CEP-PRIMERA CONVOCATORIA, conforme
al siguiente detalle: SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser
rotulado:
SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:
1.15. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
1.15.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA
Se presentar en un original y dos copias.
El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos, la
siguiente documentacin:
Documentacin de presentacin obligatoria:
a) Declaracin jurada de datos del postor.
Cuando se trate de Consorcio, esta declaracin jurada ser
presentada por cada uno de los consorciados (Anexo N 1).
b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos
Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin
(Anexo N 2).
c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del
Reglamento (Anexo N 3).
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta
declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante
comn del consorcio.
d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se
consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn
y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los
integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a
dichas obligaciones (Anexo N 4).
La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno
de sus integrantes.
Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra
facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos
los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin
del contrato, con amplias y suficientes facultades.e) Declaracin
jurada de plazo de ejecucin de la obra (Anexo N 5). f) Declaracin
jurada del personal propuesto para la ejecucin de la obra (Anexo N
9). IMPORTANTE: La omisin de alguno de los documentos enunciados
acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado
en el artculo 68 del Reglamento.
Documentacin de presentacin facultativa:
a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el registro de la
Micro y Pequea Empresa REMYPE, de ser el caso.b) En el caso de
microempresas y pequeas empresas integradas por personas con
discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su
totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado
con el cual acredite su inscripcin en el Registro de Empresas
Promocionales para Personas con Discapacidad.
IMPORTANTE: En el caso de la ejecucin de obras que se ejecuten
fuera de las provincias de Lima y Callao podr presentarse una
solicitud de bonificacin por obras ejecutadas en la provincia o
provincias colindantes, segn Anexo N 8.
1.15.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA
El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin
obligatoria:
Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y
el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido
establecido en las Bases (Anexo N 6).
El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo
componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios
unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.
IMPORTANTE:
La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores
depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos
en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento. 1.16.
REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes
documentos para suscribir el contrato:
a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar
con el Estado.
b) Constancia de capacidad libre de contratacin.
c) Garanta de fiel cumplimiento del contrato. CARTA FIANZA d)
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de
ser el caso.
e) Cdigo de cuenta interbancario (CCI).
f) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin
del contrato.g) Designacin del residente de obra, cuando no haya
formado parte de su propuesta tcnica.
h) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el
Programa de Ejecucin de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo la
modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente
tcnico.i) Calendario de adquisicin de materiales o insumos
necesarios para la ejecucin de obra, en concordancia con el
calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo la
modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente
tcnico.
j) Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta,
cuando el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras
bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del
expediente tcnico.
IMPORTANTE:
En caso que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y
la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del
contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por
la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N
15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de
las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en
su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una
de las personas naturales y/o jurdicas que integran el
consorcio.
Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas
por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y
condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin. Al
amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, las micro y
pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel
cumplimiento, la Entidad les retenga el diez por ciento (10%) del
monto del contrato original, siempre que:
El plazo de ejecucin de la obra sea igual o mayor a sesenta (60)
das calendario.
El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2)
valorizaciones peridicas en funcin al avance de obra.
La retencin se efectuar durante la primera mitad del nmero total
de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser
devuelto a la finalizacin del mismo.
Adicionalmente, deber presentar la siguiente documentacina)
Copia de DNI del Representante Legal.
b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la
empresa.
c) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias
debidamente actualizado.
d) Copia del RUC de la empresa.
IMPORTANTE:
La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a
la consignada en el presente numeral para la suscripcin del
contrato.
1.17. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO
Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al
consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado
administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo
dentro del cual el postor ganador y la Entidad debern realizar las
acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas
en el numeral 1 del artculo 148 del Reglamento.La citada
documentacin deber ser presentada en la SUB GERENCIA DE
ABASTECIMIENTO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO.1.18.
VALORIZACIONES
El periodo de valorizacin ser MENSUAL.
IMPORTANTE:
Cuando el periodo de valorizacin establecido por la Entidad sea
el mensual, el plazo del pago de la valorizacin se regir por lo
dispuesto en el sexto prrafo del artculo 197 del Reglamento. En
cambio, si la Entidad prev un periodo de valorizacin distinto al
mensual, deber establecer los plazos y procedimiento aplicables
para la valorizacin, teniendo en consideracin lo dispuesto en el
quinto prrafo del referido artculo, as como el plazo para el pago
de las valorizaciones.
De acuerdo con los prrafos quinto y sexto del artculo 197 del
Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad
deber contar con la valorizacin del periodo correspondiente,
debidamente aprobada por el inspector o supervisor, segn
corresponda; a la que deber adjuntarse el comprobante de pago
respectivo.1.19. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIN DEL
CONTRATO DE OBRALa Entidad o el contratista, segn corresponda,
deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la
liquidacin del contrato de obra, en el plazo de 15 das calendario,
computados desde el da siguiente del consentimiento de la
liquidacin. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe
presentar el comprobante de pago respectivo.CAPTULO
IIIREQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS
REQUERIMIENTOS TCNICOS MINIMOS
EJECUCIN DE OBRA:
AGUA DE CASA BLANCA DEL DISTRITO DE PAUCARTAMBO PASCO -
PASCO
1. ENTIDAD CONVOCANTE:
MUNICIPALIDAD DISTRITAL PAUCARTAMBO
2. DOMICILIO LEGAL
PLAZA 28 DE JULIO S/N
3. OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
Contratacin de una persona natural o persona jurdica para la
ejecucin de la obra: INSTALACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO EN EL ANEXO DE CASA BLANCA CENTRO POBLADO DE
HUALLAMAYO DISTRITO DE PAUICARTAMBO PROVINCIA Y REGION PASCO
4. VALOR ESTIMADO:
El valor estimado asciende a S/. 402,248.32 (Cuatrocientos dos
mil doscientos cuarenta y ocho con 32/100 nuevos soles), incluido
los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el
costo total de la ejecucin de la obra.
5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
RECURSOS DETERMINADOS
6. PLAZO DE EJECUCIN DE OBRA:
El plazo para la ejecucin de la obra asciende a 60 das
calendario.
7. SISTEMA DE CONTRATACIN:
Suma alzada
8. LOCALIZACIN DE LA OBRA:
La obra a ejecutarse se encuentra localizada en:
Distrito : PAUCARTAMBO
Provincia : PASCO
Regin : PASCO
9. DE LAS RESPONSABILIDADES 9.1 CUADERNO DE OBRA En la fecha de
entrega del terreno, se abrir el Cuaderno de Obra que ser
proporcionado por el Contratista, el mismo que ser firmado en todas
sus pginas por el Inspector/Supervisor y por el Residente. Dichos
profesionales son los nicos autorizados para hacer anotaciones en
el Cuaderno de Obra.
a. El Cuaderno de Obra deber tener una hoja original con tres
(3) copias desglosables, correspondiendo una de ellas a la Entidad,
otra al Contratista y la tercera al Inspector/Supervisor (el que se
haya designado). El original de dicho Cuaderno debe permanecer en
obra, bajo custodia del Residente, no pudiendo impedirse su acceso
al mismo. Concluida la ejecucin de la obra, el original quedar en
poder de la Entidad.
b. Ocurrencias.- Son hechos relevantes relacionados con la
ejecucin de la obra que deben ser anotados en el Cuaderno de Obra,
firmando al pie de cada anotacin el Inspector/Supervisor o el
Residente, segn quien sea el que efectu la notacin. Las solicitudes
que se realicen como consecuencia de las ocurrencias anotadas en
elCuaderno de Obra, se harn directamente a la Entidad por el
Contratista o su representante, por medio de documentacin
escrita.
9.2 DE LOS PLANOS Y ESPECIFICACIONES Los trabajos debern
ejecutarse conforme a las Especificaciones Tcnicas, Planos y otros
documentos entregados al Contratista, que conforman el Expediente
Tcnico, los que debidamente revisados y visados por la Supervisin y
aprobados por LA ENTIDAD, forman parte del Contrato.
Es obligacin inexcusable del Contratista actuar de conformidad
con estos documentos.
El Contratista deber evaluar la vigencia tecnolgica del
equipamiento a instalar antes de su adquisicin para la evaluacin de
la Supervisin y de la Entidad, para que se adopten las acciones
correspondientes para que el nuevo hospital cuente con un
equipamiento de tecnologa de ltima generacin, este procedimiento
podra derivar en deductivos o adicionales de obra, segn cada caso
especfico.
Cualquier discrepancia entre los planos y las Especificaciones
Tcnicas del EQUIPAMIENTO, o entre las cifras del EQUIPAMIENTO y
planos, deber ser puesta en conocimiento de la Supervisin por el
Contratista, en cuyo caso prevalecer el listado valorizado de
equipos del Expediente Tcnico.
Cualquier discrepancia entre los planos y las Especificaciones
Tcnicas y dentro de estos mismos, o entre las cifras y planos,
deber ser puesta en conocimiento de la Supervisin por el
Contratista
Cualquier interpretacin por el Contratista sin esta determinacin
por la Supervisin ser por cuenta y riesgo del Contratista.
En caso que el Contratista estuviera en desacuerdo con cualquier
plano o instruccin y que hubiera notificado a la Supervisin al
respecto, y que la Supervisin insistiera en la ejecucin de los
trabajos de acuerdo a dicho plano o instruccin, el Contratista ser
relevado ante LA ENTIDAD de sus responsabilidades que resultaran de
la adopcin de dicha solucin, ms no as de proceder correctamente de
acuerdo a esta.
Para cualquier detalle o informacin que no apareciera claramente
en los planos, Especificaciones Tcnicas del Estudio Definitivo o
documentos contractuales, el Contratista deber pedir con un tiempo
razonablemente anticipado y en todo caso antes de la ejecucin del
trabajo, las instrucciones por escrito de la Supervisin, dndose por
satisfecho con las mismas.
9.3 RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD La Entidad es responsable por
las modificaciones que ordene o apruebe respecto del Expediente
Tcnico, estudios, informes o similares, o por aquellas que se
generen debido a la necesidad de la ejecucin de los mismos, sin
perjuicio de las responsabilidades que corresponden a quienes
elaboraron el proyecto.
9.4 CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO Los Contratistas estn obligados a
cumplir cabalmente, con lo ofrecido en su propuesta y en cualquier
manifestacin formal documentada, que hayan aportado adicionalmente,
en el curso del proceso de seleccin, (Declaracin Jurada de emplear
en la mano de Obra no calificada a los pobladores del anexo
beneficiario) o en la formalizacin del contrato, as como a lo
dispuesto en los incisos 2) y 3) de los artculos 1774 del Cdigo
Civil
9.5 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Queda claramente establecido
que el hecho de haber recepcionado las Obras no exonera al
Contratista de sus responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto
en el Cdigo Civil y en el artculo 50 de la Ley, que establece,
entre otros , un periodo de garanta y responsabilidad del ejecutor
de las obras no menor de siete (07) aos.
Todos los dems aspectos relativos a los presentes trminos de
referencia que servir para el proceso de seleccin, contratacin,
construccin, ejecucin, recepcin de obra, liquidacin de obra, etc.,
no contemplados en esta seccin o en las Bases se regirn por la Ley
y su Reglamento vigentes.
Adems se hace de conocimiento que, la ausencia del Residente en
el lugar de la ejecucin de la Obra POR PRIMERA VEZ, se har acreedor
de una multa del importe de una unidad impositiva tributaria (UIT),
previo informe del Supervisor de Obra que adjuntar la copia de tal
ocurrencia del Cuaderno de Obra o al momento del monitoreo por
parte de los funcionarios acreditados de la Entidad y si eso
ocurriera por segunda vez, ser causal imputable al contratista para
la resolucin del contrato.9.6 VISITAS A LA ZONA DE EJECUCIN Los
postores podrn realizar las vistas que estimen pertinentes al lugar
en el cual se ejecutara la obra del presente proceso, bajo su
cuenta y responsabilidad, el postor deber verificar los Metrados,
los precios unitarios de la zona y otros detalles. Para acreditar
su visita, recabar la constancia de la Subgerencia de Obras y/o del
funcionario designado para tal fin.
9.7 DE LAS VALORIZACIONES Es de responsabilidad del Contratista
presentar oportunamente al Inspector/Supervisor los Metrados
respectivos para su revisin antes de que las valorizaciones sean
presentadas a la Entidad, documento que debe contar con la visacin
de dicha Supervisin y/o Inspeccin. La presentacin oportuna de la
Valorizacin a la Entidad es de exclusiva responsabilidad del
Contratista.
10 DEFINICIONES COMPLEMENTARIAS 10.1 Ingeniero Residente Persona
natural designada por el Contratista y en concordancia con su
propuesta tcnica, el cual ser un Ingeniero Civil colegiado que lo
acredite como hbil en el ejercicio de la profesin.
El Ingeniero Residente, por su sola designacin representa al
Contratista, para los efectos ordinarios de la obra, no estando
facultado a pactar modificaciones al contrato.
La sustitucin del Residente solo proceder previa autorizacin
escrita de la Entidad y el reemplazante deber reunir calificaciones
profesionales similares o superiores a las del profesional
reemplazado.
10.2 Valorizaciones y MetradosLas valorizaciones tienen carcter
de pagos a cuenta y sern elaboradas el ltimo da de cada mes
conjuntamente entre el Inspector/Supervisor y el Contratista, de
conformidad con el artculo 197 del Reglamento.
10.3 OBRAS SIMILARES: Se considera como obras similares a:
Construccin, mejoramiento, rehabilitacin agua desague
REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS 4.0 DEL POSTOR: Persona Natural o
Persona Jurdica con inscripcin vigente en el Registro Nacional de
Proveedores del Estado Captulo de Ejecutor de Obra y que demuestre
capacidad de libre contratacin.
EXPERIENCIA MNIMA DEL POSTOR
Estar inscrito en el RNP como ejecutor de obras.
El postor deber acreditar la experiencia mnima en ejecucin de
dos 02 obras similares en los ltimos siete (07) aos, se considera
como similares las obras de Construccin, mejoramiento,
rehabilitacin y/o instalacion agua desage alcantarillado,
sustentadas con copia simple del contrato de ejecucin, conformidad
y/o acta de recepcin de obra y/o resolucin de liquidacin de obra.
4.2. PROFESIONALES PARA LA EJECUCIN DE LA OBRA: El contratista
deber ofertar para la ejecucin de la obra como mnimo la
participacin de los profesionales que a continuacin se indica.
RELACIN DE PROFESIONALES I.- RESIDENTE DE OBRA
Ingeniero Civil Titulado y colegiado
Experiencia mnima de tres (03) aos en servicios de residencia
y/o supervisin de obras en general, adems deber contar como mnimo
veinticuatro (24) meses en obras iguales o similares al objeto de
la convocatoria, adems deber acreditar constancia de estudios,
curso en supervisin de obras, liquidacin de obras. Adicionalmente
se adicionara copia simple del documento nacional de identidad
carta de compromiso de participar al 100% en la ejecucin de la obra
de ser favorecido con la buena pro del postor. sellada, firmada y
huella digital del profesional propuestoII.- ASISTENTE DE RESIDENTE
DE OBRA.
Ingeniero Civil Titulado colegiado
La acreditacin se har con copias simples del ttulo profesional y
colegiatura
Debe haber desempeado como asistente de residente y/o supervisor
de obra como mnimo veinticuatro (24) meses efectivos en obras en
general, 18 meses en obras iguales o similares al objeto de la
convocatoria lo que deber acreditarse con copias simples de
contratos con su respectiva conformidad y/o constancia y/o
certificado del servicio y/o acta de recepcin de obra.
Adicionalmente se adicionara copia simple del documento nacional de
identidad carta de compromiso de participar al 100% en la ejecucin
de la obra de ser favorecido con la buena pro del postor. Sellada,
firmada y huella digital del profesional propuesto
Adicionalmente se adicionara copia simple del documento nacional
de identidad carta de compromiso de participar al 100% en la
ejecucin de la obra de ser favorecido con la buena pro del postor.
Sellada, firmada y huella digital del profesional propuesto
ESPECIALISTA EN SEGURIDAD
El perfil del profesional se requiere:
El Ingeniero Propuesto como especialista supervisor de
seguridad, que sern objeto de evaluacin y puntuacin, debern
acreditar ser Ingeniero Civil y/o ambiental y/o qumico, titulado y
colegiado
con 02 aos de colegiatura, y contar con estudios de maestra en
gestin de riegos ambientales y de seguridad en las empresas, con
diplomado en administracin de riesgos y prevencin de perdidas,Con
certificacin:
Enoshacfr 1926 entrenamiento certificado seguridad y salud en la
industria de la construccin
Tcnicos en materiales peligrosos segn US 29 CFR 190.120 (6) (A)
Y NEPA 472
Experiencia: por lo menos con (12) meses de experiencia,
adjuntando las respectivas constancias y/o certificados, exigidos
como requerimiento tcnico mnimo.IV.- MAESTRO DE OBRA Tcnico en
construccin civil, (deber de presentar copia simple del ttulo
tcnico) con 8 aos de experiencia, lo cual debe presentar copia
simple de contrato y/o constancia y/o certificado.
Haberse desempeado como Maestro de Obras con experiencia no
menor a 24 meses en obras en general. Contar con 12 meses de
experiencia en obras similares o iguales a la convocatoria. Adems
deber acreditar certificado de estudios, autocad civil 3D y lectura
de planos y procedimientos constructivosAdicionalmente se
adicionara copia simple del documento nacional de identidad
legalizada, carta de compromiso de participar al 100% en la
ejecucin de la obra de ser favorecido con la buena pro del postor
firmada y huella digital del tcnico propuesto
4.3. MAQUINARIA y EQUIPOS: Los postores debern acreditar en su
propuesta los siguientes equipos mnimos.
1Camin Volquete de 15 M3 01
2Mezcladora de concreto 9 - 11HP 02
3Nivel Topogrfico 01
4plancha compactadora 9.0 hp 01
5Vibrador de Concreto de 4hp. 02
6Compactador01
7Retro excavadora01
La maquinaria y equipos se acreditaran mediante copias simples
de facturas y/o boletas de venta (en caso sea propietario), y/o
compromiso de alquiler (adjuntar copia de factura y/o boleta de
venta del propietario) Declaracin Jurada de contar con
disponibilidad de los equipos y maquinarias.
CAPTULO IVPROFORMA DEL CONTRATO
IMPORTANTE: Dependiendo del objeto del contrato, de resultar
indispensable, podr efectuarse la inclusin de clusulas adicionales
o la adecuacin de las propuestas en el presente documento, las que
en ningn caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la
normativa vigente ni a lo sealado en este captulo.
Conste por el presente documento, la contratacin de la ejecucin
de la obra INSTALACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
EN EL ANEXO DE CASA BLANCA CENTRO POBLADO DE HUALLAMAYO DISTRITO DE
PAUCARTAMBO-PROVINCIA Y REGION PASCO, que celebra de una parte LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARTAMBO, en adelante LA ENTIDAD, con
RUC N 20191043546, con domicilio legal en PLAZA 28 DE JULIO S/N,
representada por [..], identificado con DNI N [], y de otra parte
[.....................], con RUC N [................], con
domicilio legal en [.....................], inscrita en la Ficha N
[.........] Asiento N [.......] del Registro de Personas Jurdicas
de la ciudad de [], debidamente representado por su Representante
Legal, [.....................], con DNI N [..], segn poder inscrito
en la Ficha N [..], Asiento N [] del Registro de Personas Jurdicas
de la ciudad de [], a quien en adelante se le denominar EL
CONTRATISTA en los trminos y condiciones siguientes:
CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [..], el Comit Especial adjudic la Buena Pro de la
ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 006-2015-MDP/CEP-PRIMERA
CONVOCATORIA] para la contratacin de la ejecucin de la obra
INSTALACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL
ANEXO DE CASA BLANCA CENTRO POBLADO DE HUALLAMAYO DISTRITO DE
PAUCARTAMBO-PROVINCIA Y REGION PASCO, a [CONSIGNAR NOMBRE DEL
GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los
documentos integrantes del presente contrato.
CLUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto ejecucin de la obra
INSTALACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL
ANEXO DE CASA BLANCA CENTRO POBLADO DE HUALLAMAYO DISTRITO DE
PAUCARTAMBO-PROVINCIA Y REGION PASCO, conforme a los Requerimientos
Tcnicos Mnimos.CLUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR
MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.Este monto
comprende el costo de la ejecucin de la obra, seguros e impuestos,
as como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecucin de
la prestacin materia del presente contrato.
CLUSULA CUARTA: DEL PAGO
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestacin a EL CONTRATISTA
en [INDICAR MONEDA], en periodos de valorizacin MENSUALES, conforme
a lo previsto en la seccin especfica de las Bases. Asimismo, LA
ENTIDAD o EL CONTRATISTA, segn corresponda, se obligan a pagar el
monto correspondiente al saldo de la liquidacin del contrato de
obra, en el plazo de 15 das calendario, computados desde el da
siguiente del consentimiento de la liquidacin.En caso de retraso en
el pago de las valorizaciones, por razones imputables a LA ENTIDAD,
EL CONTRATISTA tendr derecho al pago de intereses, de conformidad
con el artculo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado y los
artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para tal efecto, se
formular una valorizacin de intereses y el pago se efectuar en las
valorizaciones siguientes.
CLUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCION DE LA OBRAEl plazo de
ejecucin del presente contrato es de sesenta (60) das calendario,
el mismo que se computa desde el da siguiente de cumplidas las
condiciones previstas en el numeral 3.5 de la seccin general de las
Bases.
CLUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato est conformado por las Bases integradas, la
oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de seleccin
que establezcan obligaciones para las partes.
CLUSULA STIMA: GARANTAS
EL CONTRATISTA entreg a la suscripcin del contrato la respectiva
garanta solidaria, irrevocable, incondicional y de realizacin
automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los
conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a
travs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO,
EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por
ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deber
mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidacin
final.IMPORTANTE:
Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley de
Contrataciones del Estado, las micro y pequeas empresas pueden
optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad les
retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original,
siempre que:
El plazo de ejecucin de la obra sea igual o mayor a sesenta (60)
das calendario.
El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2)
valorizaciones peridicas en funcin al avance de obra.
La retencin se efectuar durante la primera mitad del nmero total
de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser
devuelto a la finalizacin del mismo.En el caso que corresponda,
consignar lo siguiente:
Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias: S/.
[CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y
NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deber
mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones
garantizadas.
CLUSULA OCTAVA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACIN
LA ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas cuando EL
CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto
por el artculo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado.CLUSULA UNDCIMA: CONFORMIDAD DE LA OBRALa conformidad de la
obra ser dada con la suscripcin del Acta de Recepcin de Obra.
CLUSULA DUODCIMA: DECLARACIN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a
cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo
sancin de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso
de incumplimiento.
CLUSULA DCIMO TERCERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
Ni la suscripcin del Acta de Recepcin de Obra, ni el
consentimiento de la liquidacin del contrato de obra, enervan el
derecho de LA ENTIDAD a reclamar, posteriormente, por defectos o
vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artculo 50 de la Ley
de Contrataciones del Estado.
El plazo mximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de SIETE
(7) AOS.CLUSULA DCIMO CUARTA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre
en retraso injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto
del contrato, LA ENTIDAD le aplicar una penalidad por cada da de
atraso, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento
(10%) del monto del contrato vigente o del monto del tem vigente
que debi ejecutarse, en concordancia con el artculo 165 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los
casos, la penalidad se aplicar automticamente y se calcular de
acuerdo a la siguiente frmula:
Penalidad Diaria =0.10 x Monto
F x Plazo en das
Donde:
F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) das o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) das.
Cuando se llegue a cubrir el monto mximo de la penalidad, LA
ENTIDAD podr resolver el contrato por incumplimiento.
Esta penalidad ser deducida en la liquidacin final; o si fuese
necesario se cobrar del monto resultante de la ejecucin de la
garanta de fiel cumplimiento.
La justificacin por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la
Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Cdigo Civil y
dems normas aplicables, segn corresponda.
IMPORTANTE: De preverse en los Requerimientos Tcnicos Mnimos
penalidades distintas a la penalidad por mora, se deber consignar
en esta clusula el listado detallado de las situaciones,
condiciones, etc., que sern objeto de penalidad; los montos o
porcentajes que se aplicarn por cada tipo de incumplimiento; y la
forma o procedimiento mediante el que se verificar su
ocurrencia.
CLUSULA DCIMO QUINTA: RESOLUCIN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podr resolver el contrato, de
conformidad con los artculos 40, inciso c), y 44 de la Ley de
Contrataciones del Estado, y los artculos 167 y 168 de su
Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD proceder de acuerdo a lo
establecido en los artculos 169 y 209 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
CLUSULA DCIMO SEXTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las
obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daos y
perjuicios ocasionados, a travs de la indemnizacin correspondiente.
Ello no obsta la aplicacin de las sanciones administrativas,
penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el
caso que stas correspondan.
Lo sealado precedentemente no exime a ninguna de las partes del
cumplimiento de las dems obligaciones previstas en el presente
contrato.
CLUSULA DCIMO STIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO
Slo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de
Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que
emita el OSCE y dems normativa especial que resulte aplicable, sern
de aplicacin supletoria las disposiciones pertinentes del Cdigo
Civil vigente, cuando corresponda, y dems normas de derecho
privado.
CLUSULA DCIMO OCTAVA: SOLUCIN DE CONTROVERSIAS
Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje
administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten
durante la etapa de ejecucin contractual dentro del plazo de
caducidad previsto en los artculos 184, 199, 201, 209, 210 y 212
del Reglamento de la Ley de Contrataciones del estado o, en su
defecto, en el artculo 52 de la Ley de Contrataciones del
Estado.
Facultativamente, cualquiera de las partes podr someter a
conciliacin la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al
arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, segn lo
sealado en el artculo 214 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
El laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el
valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia.
CLUSULA DCIMO NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PBLICA
Cualquiera de las partes podr elevar el presente contrato a
Escritura Pblica corriendo con todos los gastos que demande esta
formalidad.
CLUSULA VIGSIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIN
CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las
notificaciones que se realicen durante la ejecucin del presente
contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [CONSIGNAR]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEALADO POR
EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA
LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO]
La variacin del domicilio aqu declarado de alguna de las partes
debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con
una anticipacin no menor de quince (15) das calendario.
De acuerdo con las Bases, las propuestas tcnico y econmica y las
disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por
duplicado en seal de conformidad en la ciudad de [................]
al [CONSIGNAR FECHA].
LA ENTIDAD EL CONTRATISTA
FORMATOS Y ANEXOS
FORMATO N 1
MODELO DE CARTA DE ACREDITACIN
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
Seores
COMIT ESPECIAL
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N 007-2015-MDP/CEP-PRIMERA
CONVOCATORIAPresente.-
[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURDICA
Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA NATURAL] y N RUC N [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA
JURIDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA
DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA O DEL
REPRESENTANTE COMUN EN CASO DE CONSORCIOS, ASI COMO SU NOMBRE
COMPLETO], identificado con DNI N [], tenemos el agrado de
dirigirnos a ustedes, en relacin con la ADJUDICACION DIRECTA
SELECTIVA N 007-2015-MDP/CEP-PRIMERA CONVOCATORIA, a fin de
acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO]
identificado con DNI N [], quien se encuentra en virtud a este
documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos
vinculados al proceso de seleccin.
Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral
vigente del suscrito.
.....
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o comn, segn corresponda
ANEXO N 1
DECLARACIN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Seores
COMIT ESPECIALADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N
007-2015-MDP/CEP-PRIMERA CONVOCATORIAPresente.-
Estimados Seores:
El que se suscribe, [..], postor y/o Representante Legal de
[CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA], identificado con
[CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N [CONSIGNAR NMERO DE
DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de
[CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA] en la Ficha N
[CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA] Asiento N [CONSIGNAR EN
CASO DE SER PERSONA JURIDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la
siguiente informacin se sujeta a la verdad:
Nombre o Razn Social :
Domicilio Legal :
RUC :Telfono :Fax :
[CONSIGNAR CIUDAD Y
FECHA]...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, segn corresponda
IMPORTANTE: Cuando se trate de consorcios, esta declaracin
jurada ser presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO N 2
DECLARACIN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TCNICOS
MNIMOS Seores
COMIT ESPECIAL
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N 007-2015-MDP/CEP-PRIMERA
CONVOCATORIAPresente.-
De nuestra consideracin:
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que
luego de haber examinado las Bases y dems documentos del proceso de
la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el
postor ofrece LA EJECUCIN DE LA OBRA INSTALACION DEL SISTEMA DE
AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN EL ANEXO DE CASA BLANCA CENTRO
POBLADO DE HUALLAMAYO DISTRITO DE PAUCARTAMBO-PROVINCIA Y REGION
PASCO de conformidad con el respectivo Expediente Tcnico, las dems
condiciones que se indican en el Captulo III de la seccin especfica
de las Bases y los documentos del proceso.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]....
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o comn, segn corresponda
IMPORTANTE: Adicionalmente, puede requerirse la presentacin de
otros documentos para acreditar el cumplimiento de los
Requerimientos Tcnicos Mnimos, conforme a lo sealado en el
contenido del sobre tcnico.
ANEXO N 3
DECLARACIN JURADA
(ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL
ESTADO)
Seores
COMIT ESPECIAL
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N 007-2015-MDP/CEP-PRIMERA
CONVOCATORIAPresente.-
De nuestra consideracin:
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal
de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURIDICA], declaro bajo
juramento:
1.-No tener impedimento para participar en el proceso de
seleccin ni para contratar con el Estado, conforme al artculo 10 de
la Ley de Contrataciones del Estado.
2.-Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y
procedimientos del proceso de seleccin.
3.-Ser responsable de la veracidad de los documentos e
informacin que presento a efectos del presente proceso de
seleccin.
4.-Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el
proceso de seleccin y a suscribir el contrato, en caso de resultar
favorecido con la Buena Pro.
5.-Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones
del Estado y su Reglamento, as como en la Ley N 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]...
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, segn corresponda
IMPORTANTE: Cuando se trate de consorcios, esta declaracin
jurada ser presentada por cada uno de los consorciados.
ANEXO N 4
PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(Slo para el caso en que un consorcio se presente como
postor)
Seores
COMIT ESPECIAL
ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA N 007-2015-MDP/CEP-PRIMERA
CONVOCATORIAPresente.-
De nuestra consideracin,
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en
forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de
seleccin, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACION
DIRECTA SELECTIVA N 007-2015-MDP/CEP-PRIMERA CONVOCATORIA,
responsabilizndonos solidariamente por todas las acciones y
omisiones que provengan del citado proceso.
Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a
formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aqu
establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada
consorciado), de conformidad con lo establecido por el artculo 141
del Regla