GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
DIRECCIN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESADS N
16-2015-GRA-DRTCA--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
DIRECCIN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES AYACUCHO
ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 016-2015-GRA-DRTCA (PRIMERA
CONVOCATORIA)
CONTRATACIN DEL SERVICIOS DE MANTENIMIENTO RUTINARIO MANUAL POR
RESULTADOS DE LA CARRETERA:
SOLISCUCHO - PUNQUI - HUARCCA - CHUNGUI
TRAMO II (Km 26+000 - Km 51+808)
LONGITUD = 25.808 Km
PROVINCIA: LA MAR
VALOR REFERENCIAL:
S/. 88,807.01AYACUCHO, MARZO DEL 2015
SECCIN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN
CAPTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN
1.1. BASE LEGAL
Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto.
Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, y
su modificatoria Ley N 29873, en adelante la Ley. Decreto Supremo N
184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y
su modificatoria DS N 138-2012-EF, en adelante el Reglamento.
Directivas del OSCE. Ley N 27444 Ley del Procedimiento
Administrativo General.
Cdigo Civil.
Ley 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin
Pblica. Decreto Supremo N 007-2008-TR - Texto nico Ordenado de la
Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de
la Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley
MYPE.
Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de
ser el caso.
Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad
de las normas previstas en las presentes Bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del
Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente
de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado
integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un
consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de
conformidad con el artculo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurdica que desee participar en el
proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el
Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la
convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en
el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el
Estado.
Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente
informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad
(DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona
jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio
legal; telfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de seleccin
convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que
los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro
Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener
mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin
electrnica: www.rnp.gob.pe1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y
OBSERVACIONES A LAS BASESLas consultas y observaciones a las Bases
sern presentadas por un periodo mnimo de tres (3) das hbiles,
contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad
con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.
1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
La decisin que tome el Comit Especial con relacin a las
consultas y observaciones presentadas constar en el pliego
absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con
lo establecido en los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha
sealada en el cronograma del proceso de seleccin.
El plazo para la absolucin no podr exceder de tres (3) das
hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las
consultas y observaciones.
De haberse presentado observaciones, el Comit Especial debe
incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la
tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE.
IMPORTANTE:
No se absolvern consultas ni observaciones a las Bases que se
presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se
han registrado como participantes.
1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE
El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el
pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados
desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a
travs del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevacin de las
observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes
supuestos:
1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no
fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;
2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el
participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario
a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra
disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras
normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso
de seleccin; y
3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una
observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo
dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de
la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas
complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de
seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado
como tal hasta el vencimiento del plazo para formular
observaciones.
El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la
totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del
OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los
participantes soliciten la elevacin de observaciones.
La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe
efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de
recibido el expediente completo por el OSCE.1.7. INTEGRACIN DE LAS
BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del
proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones,
precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la
absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas
por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el
marco de sus acciones de supervisin.
Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en
ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna,
bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no
afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del
proceso por deficiencias en las Bases.
El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en
consideracin los siguientes plazos:
1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente
de vencido el plazo para formularlas.
2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de
vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin
de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre
que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.
3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones,
dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el
pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar
las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los
artculos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit
Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de
las Bases, bajo responsabilidad.1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE
PROPUESTAS Y ACREDITACIN
Todos los documentos que contengan informacin referida a los
requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se
presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de
traduccin oficial o certificada efectuada por traductor pblico
juramentado o traductor colegiado certificado, segn corresponda,
salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en
folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser
presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la
exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los
cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la
propuesta econmica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por
medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente
empezando por el nmero uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total
o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser
llenados por cualquier medio, incluyendo el manual.
En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la
rbrica del postor o de su representante legal o mandatario
designado para dicho fin, salvo que el postor sea que el postor sea
persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado,
indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos.
Cuando la presentacin de propuestas se realice en acto pblico,
las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de
su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial,
mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo
harn por medio de su representante legal acreditado con copia
simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a
travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita
por el representante legal, a la que se adjuntar el documento
registral vigente que consigne la designacin del representante
legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das
calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1)
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por
el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado
por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los
integrantes del consorcio que se encuentre registrado como
participante, conforme a lo siguiente:
1. En el caso que el representante comn del consorcio presente
la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal
de consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante
comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta
poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y
copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los
integrantes del consorcio que se encuentre registrado como
participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en
el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda. 1.9.
PRESENTACIN DE PROPUESTAS
En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO
PRIPBLICO, deber tenerse en consideracin lo siguiente:
La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la
fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso.
El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a
los participantes en el orden en que se registraron para participar
en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de
ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr
por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse
con la presentacin de la constancia de su registro como
participante.
Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas
individuales ni conformar ms de un consorcio.
IMPORTANTE:
En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de
un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni
conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que
puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en
tems distintos.
En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del
apoderado, representante legal o representante comn, segn
corresponda en atencin al numeral 1.8, y este exprese su
disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario
(o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de
acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante
formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que
finalmente se resuelva al respecto.
Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a
abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor,
a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor
sean los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan
defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en
los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la
propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos
que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos
siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica
nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como
autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que
acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de
naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el
postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin
de propuestas,, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68
del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse
plazo para subsanar la propuesta tcnica.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo
requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos
sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola
por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en
cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o
Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en
que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a
lo que finalmente se resuelva al respecto.
Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica,
el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de
los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han
previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas
se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder
a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas
econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente
sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y
por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en
que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los
postores el resultado de la evaluacin de las propuestas
tcnicas.
Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser
suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as
como por los veedores y los postores que lo deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento,
en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la
Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del
Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber
suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el
proceso.
En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PRIVADO,
deber tenerse en consideracin lo siguiente:
Los participantes presentarn sus propuestas, con cargo y en
sobre cerrado, en el lugar, el da y horario sealados en la seccin
especfica de las Bases, bajo responsabilidad del Comit
Especial.
Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas
individuales ni conformar ms de un consorcio.
IMPORTANTE:
En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de
un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni
conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que
puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en
tems distintos .
De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento,
en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la
Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del
Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber
suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el
proceso.1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA
La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente
lo siguiente:
La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos
todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y,
de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin
vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia
sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos
postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no
reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo
componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios
unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.
IMPORTANTE:
Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los
postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus
propuestas econmicas en forma independiente.
1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS
La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La
evaluacin tcnica y la evaluacin econmica.
Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los
siguientes:
Propuesta Tcnica: 100 puntos
Propuesta Econmica: 100 puntos
1.11.1. EVALUACIN TCNICA
En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO
PBLICO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo
siguiente:Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los
requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases.
Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern
admitidas.
Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit
Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la
evaluacin tcnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la
subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si
se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el
plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial
tendr la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el
plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de
las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes
correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje
establecida para cada factor.
Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de
ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no
accedern a la evaluacin econmica.
En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO
PRIVADO, en la evaluacin se deber tener en consideracin lo
siguiente:
Se proceder a la apertura de las propuestas tcnicas presentadas
y se verificar que contengan los documentos de presentacin
obligatoria y cumplan con los requerimientos tcnicos mnimos
contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan
dichos requerimientos no sern admitidas.En el caso que de la
revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como
errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que
no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de
presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de
los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de
documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en
ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos,
ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o
integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual
deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la
fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar
conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el
nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la
propuesta tcnica.
IMPORTANTE:
En tanto OSCE no comunique a travs de su portal institucional la
implementacin del mecanismo de notificacin electrnica en el SEACE
para la Entidad, el Comit Especial deber notificar al postor el
requerimiento de subsanacin de la propuesta tcnica en forma
personal, conforme a lo dispuesto por la Dcima Disposicin
Complementaria Transitoria del Reglamento.En el caso de advertirse
que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se
encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior,
se tendr por no admitida. El Comit Especial incluir el motivo de
esa decisin en el acta de los resultados del proceso que se
publicar en el SEACE, debiendo devolver los sobres que contienen la
propuesta tcnica y econmica, una vez consentido el otorgamiento de
la Buena Pro.
Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit
Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la
evaluacin tcnica.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la
subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si
se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el
plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial
tendr la propuesta por no admitida.
Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el
plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de
las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes
correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje
establecida para cada factor.
Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de
ochenta (80) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no
accedern a la evaluacin econmica.
En caso de la descalificacin de la propuesta, el Comit Especial
incluir el motivo de esa decisin en el acta de los resultados del
proceso que publicar en el SEACE.
1.11.2. EVALUACIN ECONMICA
Si la propuesta econmica excede el valor referencial, ser
devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada,
conforme lo establece el artculo 33 de la Ley.
La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo
establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de
propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional,
segn la siguiente frmula:
Pi = Om x PMPEOiDonde:
i
= Propuesta
Pi
= Puntaje de la propuesta econmica i
Oi
= Propuesta Econmica i
Om
= Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo
PMPE
= Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica
IMPORTANTE: En caso el proceso se convoque bajo el sistema de
precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comit Especial deber
verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el
mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber
corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el
lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente
en el acta respectiva.
Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar
propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la
propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor
presente neto del flujo financiero que comprenda los costos
financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los
costos del financiamiento, tales como la tasa de inters,
comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad
si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el
artculo 70 del Reglamento.1.12. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO
PBLICO, se deber tener en consideracin lo siguiente:
En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se
pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las
propuestas, comunicando los resultados de esta ltima.El Comit
Especial proceder a la apertura de los sobres que contienen las
propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas
hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo requerido en las
Bases.
La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de
conformidad con el procedimiento establecido en las presentes
Bases.
La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el
artculo 71 del Reglamento.
IMPORTANTE:
En el caso de contratacin de servicios a ser prestados fuera de
las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar
una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la
sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con
domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del
proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no
pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el
consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP.
El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta
ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a
travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de
prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando
los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de
ellos.
En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el
otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en
el artculo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser
suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del
Comit Especial, as como por los veedores y los postores que deseen
hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos
los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a
los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el
cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de
evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta
informacin se publicar el mismo da en el SEACE.En caso que el
otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO PRIVADO, se deber
tener en consideracin lo siguiente:
El Comit Especial proceder a la apertura de los sobres que
contienen las propuestas econmicas de aquellos postores cuyas
propuestas tcnicas hubieran alcanzado el puntaje tcnico mnimo
requerido en las Bases.La evaluacin de las propuestas econmicas se
realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las
presentes Bases.
La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el
artculo 71 del Reglamento.
IMPORTANTE:
En el caso de contratacin de servicios a ser prestados fuera de
las provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar
una bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre la
sumatoria de las propuestas tcnica y econmica de los postores con
domicilio en la provincia donde se prestar el servicio objeto del
proceso de seleccin o en las provincias colindantes, sean o no
pertenecientes al mismo departamento o regin. El domicilio ser el
consignado en la constancia de inscripcin ante el RNP .El Comit
Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora,
elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el que se
consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los
postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total
obtenidos por cada uno de ellos.
En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el
otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en
el artculo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto se levantar un acta, la cual ser suscrita
por todos los miembros del Comit Especial, as como por los
veedores, de ser el caso.El otorgamiento de la Buena Pro se
publicar y se entender notificado a travs del SEACE, el mismo da de
su realizacin, bajo responsabilidad del Comit Especial, debiendo
incluir el acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro
comparativo.
1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el
consentimiento de la Buena Pro se producir a los cinco (5) das
hbiles de la notificacin de su otorgamiento, sin que los postores
hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En
este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil
siguiente de haberse producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el
consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la
notificacin de su otorgamiento, y podr ser publicado en el SEACE
ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.
1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL
ESTADO
De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da
hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de
haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el
artculo 115 del Reglamento, hasta el dcimo quinto da hbil de
producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe
solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar
inhabilitado para contratar con el Estado.
El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo
establecido.CAPTULO IISOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO
DE SELECCIN
1.15. RECURSO DE APELACINA travs del recurso de apelacin se
impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de
seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la
celebracin del contrato.
El recurso de apelacin se presenta ante la Entidad que convoc el
proceso de seleccin y es resuelto por el Titular de la Entidad o el
funcionario a quien este haya delegado dicha facultad.
Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la
nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el
Tribunal de Contrataciones del Estado.1.16. PLAZOS DE INTERPOSICIN
DEL RECURSO DE APELACIN
La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los
actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de
los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena
Pro.
La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el
prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das
hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se
desea impugnar.CAPTULO IIIDEL CONTRATO
1.17. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Una vez que quede
consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena
Pro, dentro de los doce (12) das hbiles siguientes, sin mediar
citacin alguna, el postor ganador deber presentar a la Entidad la
documentacin para la suscripcin del contrato prevista en las Bases.
Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la
presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad
para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no
presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato,
segn corresponda, en los plazos antes indicados, se proceder de
acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artculo 148 del
Reglamento.
El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario
competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena
Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de
persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su
representante legal, de conformidad con lo establecido en el
artculo 139 del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro
deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases,
los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para
contratar con el Estado.
Garanta por el monto diferencial de propuesta, en caso
corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes,
de ser el caso.
Cdigo de cuenta interbancario (CCI).1.18. VIGENCIA DEL
CONTRATO
En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento,
el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin
del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el
funcionario competente d la conformidad de la recepcin de la
prestacin a cargo del contratista y se efecte el pago
correspondiente. 1.19. DE LAS GARANTAS
1.19.1. GARANTA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA
Cuando la propuesta econmica fuese inferior al valor referencial
en ms del diez por ciento (10%) de ste, para la suscripcin del
contrato, el postor ganador deber presentar una garanta adicional
por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la
diferencia entre el valor referencial y la propuesta econmica.
Dicha garanta deber tener vigencia hasta la conformidad de la
recepcin de la prestacin a cargo del contratista.1.20. REQUISITOS
DE LAS GARANTAS
Las garantas que se presenten debern ser incondicionales,
solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo
requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por
empresas que se encuentren bajo la supervisin de la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir
garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos
extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco
Central de Reserva del Per.
IMPORTANTE:
Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas
por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y
condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.
1.21. EJECUCIN DE GARANTASLas garantas se harn efectivas
conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del
Reglamento.
1.22. ADELANTOS
La Entidad entregar adelantos directos, conforme a lo previsto
en el artculo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido
previsto en la seccin especfica de las Bases.
En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo
previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliacin del
plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das equivalente a
la demora, conforme al artculo 172 del Reglamento.
1.23. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las penalidades por retraso injustificado en la ejecucin del
servicio y las causales para la resolucin del contrato, sern
aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento,
respectivamente.
De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento,
en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas
a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando
sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la
convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por
ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del
tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma
independiente a la penalidad por mora.
1.24. PAGOSLa Entidad deber realizar todos los pagos a favor del
contratista por concepto de los servicios objeto del contrato.
Dichos pagos se efectuarn despus de ejecutada la respectiva
prestacin; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio
sea condicin para la realizacin del servicio.La Entidad deber pagar
las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma
y oportunidad (pago nico o pagos parciales) establecida en las
Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite
presentando la documentacin que justifique el pago y acredite la
ejecucin de la prestacin de los servicios, conforme a la seccin
especfica de las Bases.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la
prestacin de los servicios, deber hacerlo en un plazo que no
exceder de los diez (10) das calendario de ser stos prestados, a
fin que la Entidad cumpla con la obligacin de efectuar el pago
dentro de los quince (15) das calendario siguientes, siempre que se
verifiquen las condiciones establecidas en el contrato.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el
pago se realizar de acuerdo a lo que se indique en el contrato de
consorcio.
En caso de retraso en el pago, el contratista tendr derecho al
pago de intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la
Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debi
efectuarse.1.25. DISPOSICIONES FINALES
Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en
las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as
como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIN ESPECFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN
CAPTULO IGENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre:Direccin Regional de Transportes y Comunicaciones
Ayacucho
RUC N:N: 20365228109
Domicilio legal:Jr. Manuel Gonzles Prada N 325 Jess Nazareno
Departamento de Ayacucho
Telfono/Fax:066-312523
Email:[email protected]
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin
del servicios para el Mantenimiento Rutinario Manual por
Resultados, de la Carretera: Soliscucho - Punqui - Huarcca -
Chungui, Tramo II (Km 26+000 al Km 51+808), Longitud = 25.808 Km,
ubicado en el Distrito de: Anco, Provincia de La Mar y Departamento
de Ayacucho,1.3. VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a Ochenta y ocho mil ochocientos
siete con 01/100 Nuevos Soles (S/. 88,807.01), incluido los
impuestos de Ley y cualquier ro concepto que incida en el costo
total del servicio. El valor referencial ha sido calculado al mes
de Febrero 2015.IMPORTANTE: Las propuestas econmicas no pueden
exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de
conformidad con el artculo 33 de la Ley. No existe un lmite mnimo
como tope para efectuar dichas propuestas.
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN
El expediente de contratacin fue aprobado con el Memorando N
0167 -2015-GRA-GG-GRI-DRTCA del 13 de Febrero 2015.1.5. FUENTE DE
FINANCIAMIENTO
Recursos Ordinarios IMPORTANTE: La fuente de financiamiento debe
corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio
Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal en el
cual se convoca el proceso de seleccin.
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN
El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de
acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin
respectivo.
1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El servicio a contratar est definido en los Requerimientos
Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente Seccin en el Captulo
III.
1.8. PLAZO DE PRESTACIN DEL SERVICIO
Los servicios materia de la presente convocatoria se prestarn en
el plazo de 300 das calendario. Dicho plazo constituye un
requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en
el expediente de contratacin.1.9. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS
BASES
S/. 10.00 nuevos soles 1.10. BASE LEGAL
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de
ser el caso.
Ley N 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao
Fiscal 2015. Decreto Legislativo N 1017-Ley de Contrataciones del
Estado, en adelante la Ley y modificatorias. Decreto supremo N
184-2008-EF-Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en
Adelante Reglamento y Modificatoria. Manual Tcnico de Mantenimiento
Rutinario para la Red Vial Departamental No Pavimentada, aprobado
por Resolucin Directoral N 015-2006-MTC. Convenio Marco de Adhesin
del Programa de Caminos Departamentales, aprobado con Resolucin
Ejecutiva Regional N 329-06-GRA/PRESLas referidas normas incluyen
sus respectivas modificaciones, de ser el caso.CAPTULO IIDEL
PROCESO DE SELECCIN
1.11. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN
ETAPAFECHALUGAR Y HORA
Convocatoria21/05/2015A travs del SEACE
Registro de Participantes22/05/2015 al 03/06/2015Oficina de
Abastecimiento, en horario de oficina, De 8:00 a 16:00 horas - Jr.
Mariano Melgar N 454 - Jess Nazareno
Formulacin de consultas y observaciones a las bases 22/05/2015
al 27/05/2015Ante la Ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad Jr.
Mariano Melgar N 454, Jess Nazareno, De 8:00 a 16:00 horas
Absolucin de consultas y observaciones a las bases01/06/2015A
travs del SEACE
Integracin de Bases02/06/2015A travs del SEACE
Presentacin de Propuestas05/06/2015Ventanilla de Mesa de Partes
de la DRTCA, Jr. Mariano Melgar N 454 Jess Nazareno, De 8:00 a
16:00 horas
Calificacin Evaluacin de Propuestas08/06/201509/06/2015Unidad de
Caminos
Otorgamiento de la Buena Pro10/06/2015A travs del SEACE
1.12. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizar en
Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la DRTCA, sito
en Jr. Mariano Melgar N 454, Distrito Jess Nazareno Prov. Huamanga
Dpto. Ayacucho (2do piso), en las fechas sealadas en el cronograma,
en el horario de 8:00 a 16:00 horas.En el momento del registro, se
emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar:
nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que
efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.
1.13. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarn por escrito,
debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de
la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces,
sito en Jr. Manuel Gonzlez Prada N 454, Distrito Jess Nazareno
Provincia Huamanga Departamento Ayacucho, en las fechas sealadas en
el cronograma, en el horario de 8:00 a 16:00 horas. Debiendo estar
dirigidos al Presidente del Comit Especial de la ADJUDICACIN
DIRECTA SELECTIVA N 016-2015-GRA-DRTCA, pudiendo ser remitidas
adicionalmente al siguiente correo electrnico:
[email protected]. PRESENTACIN DE PROPUESTAS
Los participantes presentarn sus propuestas en sobre cerrado, en
la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trmite
Documentario) o la que haga sus veces, sito en Jr. Mariano Melgar N
454, Dist. Jess Nazareno Prov. Huamanga Dpto. Ayacucho, en la fecha
y horario sealados en el cronograma, bajo responsabilidad del Comit
Especial.
Las propuestas (Tcnica y Econmica) se presentarn en dos (2)
sobres debidamente cerrados y/o lacrados y estarn dirigidas al
Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N
016-2015-GRA-DRTCA, conforme al siguiente detalle:
SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:
SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:
1.15. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
1.15.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA
Se presentar en un (01) original y una (01) copia.El sobre N 1
contendr, adems de un ndice de documentos, la siguiente
documentacin:
Documentacin de presentacin obligatoria:
a) Declaracin jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser
presentada por cada uno de los consorciados (Anexo N 1).
b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos
Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin
(Anexo N 2).
c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del
Reglamento (Anexo N 3). En el caso de consorcios, cada integrante
debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por
el representante comn del consorcio.
d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se
consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn
y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los
integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a
dichas obligaciones. (Anexo N 4)
La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno
de sus integrantes.
Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra
facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos
los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin
del contrato, con amplias y suficientes facultades.e) Declaracin
jurada de plazo de prestacin del servicio (Anexo N 5).f) Relacin
del personal que efectuar el servicio de mantenimiento rutinario
vial materia de la convocatoria, adjuntando copia simple de DNI
Vigente, debiendo ser segn Sistema de Gestin de Mantenimiento Vial
- GEMA, un mnimo de 07 personas. Anexo N 12a g) Declaracin Jurada,
en que el postor declara contar con herramientas en buen estado y
en cantidad suficiente, segn el Manual Tcnico de Mantenimiento
Rutinario para la Red Vial Departamental no Pavimentada, que la
empresa pondr a disposicin para ejecutar las actividades de
mantenimiento rutinario vial. Adjuntar la relacin y cantidad
detallada de herramientas con las que cuenta. Anexo N 13h)
Declaracin Jurada, en que la empresa se compromete a pagar al
personal encargado de ejecutar las actividades de mantenimiento
rutinario vial, el monto mnimo diario de S/. 25.00 (Veinticinco con
00/100 Nuevos Soles), de lunes a viernes. Anexo N 14, as mismo el
importe a pagar del Responsable Tcnico en forma mensual.IMPORTANTE:
La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no
admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo
68 del Reglamento.Documentacin de presentacin facultativa:
a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el registro de la
Micro y Pequea Empresa REMYPE, de ser el caso.b) En el caso de
microempresas y pequeas empresas integradas por personas con
discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su
totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado
con el cual acredite su inscripcin en el Registro de Empresas
Promocionales para Personas con Discapacidad.c) El postor deber
presentar la descripcin del servicio ofertado, en funcin al
inventario vial fsico indicando las principales actividades a
efectuar durante la vigencia del contrato la que debe ser
concordante con las condiciones, caractersticas y las
especificaciones tcnicas del servicio indicadas en el captulo IV,
Anexo 06, Anexo 07, Anexo 08, de las bases, debidamente calculadas,
y como consecuencia con su cronograma de actividades mensualizado
(diagrama de barra con metrado correspondiente de cada actividad
por mes: Formato Libre), de acuerdo al Manual Tcnico de
Mantenimiento Rutinario para la Red Vial Departamental No
Pavimentada, la que debe ser consistente y concordante con la
descripcin del Servicio Ofertado. As mismo elaborar un croquis de
fuentes de agua y cantera. d) Solicitud de bonificacin del diez por
ciento (10%) por servicios prestados fuera de lima y callao, segn
formato. Anexo N 11.e) RESPONSABLE TECNICO DE MANTENIMIENTO
RUTINARIO VIALEl postor participante deber presentar un Responsable
Tcnico de Mantenimiento Rutinario Vial, con una experiencia mnima
de un (01) ao, en mantenimiento vial, los cuales sern sustentados
con el Anexo N 15 y 16 de la presente base administrativa.
El Responsable tcnico de Mantenimiento Rutinario Vial, deber
contar un perfil mnimo el Titulo de nivel No Universitario
(Construccin Civil), Estudiante del ltimo ao acadmico en Ingeniera
y/o carreras afines superiores a las anteriores, de los cuales
deber adjuntar el curriculum vitae documentado en copia simple
especficamente de la actividad vial, teniendo en cuenta el Criterio
de Evaluacin Tcnica del Captulo IV Numeral 1), as mismo dicho
Responsable Tcnico deber tener capacidad de programacin y valorizar
de actividades del servicio de mantenimiento rutinario vial de
carreteras.
RESPONSABILIDADES: El Responsable tcnico de Mantenimiento
Rutinario Vial, deber brindar los siguientes servicios a favor de
la microempresa o asociacin de mantenimiento rutinario vial:
Dirigir la ejecucin de las actividades de mantenimiento
rutinario vial, segn el Manual Tcnico de Mantenimiento Rutinario
para la Red Vial Departamental No Pavimentada.
Capacitar al personal de la microempresa o asociacin en la
correcta ejecucin de las actividades de mantenimiento rutinario
vial.
Permanencia en actividad 04 (Cuatro) das como mnimo de
asistencia tcnica por tramo mensual (01 da por semana). Coordinar
constantemente con el Supervisor, Inspector o Monitor Vial de la
Entidad.
Elaborar los informes mensuales.
Elaborar las valorizaciones mensuales.
Elaborar las programaciones mensuales.
Elaborar los inventarios viales.
Elaborar las liquidaciones.
Otras inherentes al mantenimiento rutinario vial.
NOTA: El Responsable Tcnico Propuesto por la empresa y
adjudicado en dicho proceso de seleccin bajo ningn motivo podr ser
reemplazado salvo fuerza mayor.
Por cada inasistencia del responsable tcnico se sancionara a la
empresa con el 25% del haber mensual del responsable tcnico
IMPORTANTE: Los postores que soliciten el beneficio de la
exoneracin del IGV previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de
la Inversin en la Amazona, deben presentar la declaracin jurada de
cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la exoneracin del
IGV (Anexo N 10).
En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en
la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones
exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV,
debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada
antes sealada.
En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la
propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.
1.15.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA
El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin
obligatoria:
Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y
el detalle de los precios cuando este sistema haya sido establecido
en las Bases (Anexo N 09)El monto total de la propuesta econmica
deber ser expresado con dos decimales.IMPORTANTE:
La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores
depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos
en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento.
En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera
de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta
econmica ser descalificada.1.16. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a
determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de
ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i
PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i
Se Aplicarn Las Siguientes Ponderaciones:c1 =Coeficiente de
ponderacin para la evaluacin tcnica. = 0.70c2
=Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica. =
0.30Donde: c1 + c2 = 1.00
IMPORTANTE:
En caso se hubiese presentado dentro de la propuesta tcnica la
solicitud de bonificacin por servicios ejecutados en la provincia o
provincias colindantes (Anexo N 11), se asignar una bonificacin
equivalente al diez por ciento (10%) sobre la sumatoria de las
propuestas tcnica y econmica de los postores con domicilio en la
provincia donde se prestar el servicio objeto del proceso de
seleccin o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes
al mismo departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la
constancia de inscripcin ante el RNP.
1.17. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes
documentos para suscribir el contrato:
a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar
con el Estado.
b) Garanta por el monto diferencial de la propuesta, de ser el
caso. Presentar Carta Fianzac) Contrato de consorcio con firmas
legalizadas de los integrantes, de ser el caso.d) Domicilio para
efectos de la notificacin durante la ejecucin del contrato.
e) Correo electrnico para notificar la orden de servicio, en el
caso que habiendo sido convocado el proceso por relacin de tems, el
valor referencial del tem adjudicado corresponda al proceso de
Adjudicacin de Menor Cuanta, de ser el caso.f) Copia de DNI vigente
del Representante Legalg) Copia de la vigencia del poder del
representante legal de la empresa.h) Copia de la constitucin de la
empresa y sus modificatorias debidamente actualizadoi) Copia del
RUC de la empresaj) Carta de Autorizacin para el pago con abonos en
la cuenta bancaria del proveedor(C.C.I.) conforme lo establece la
Directiva de Tesorera N.001-2007-EF/77.15.ANEXO 17 Y
18IMPORTANTE:
En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un
consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la
suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a
lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N
5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas
en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que
stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de
todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que
integran el consorcio .
La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a
la consignada en el presente numeral para la suscripcin del
contrato.
1.18. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citacin alguna por
parte de la Entidad, deber presentar toda la documentacin prevista
para la suscripcin del contrato dentro del plazo de Doce (12) das
hbiles, contados a partir del da siguiente de consentida la Buena
Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la
presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad
para suscribir el contrato.La citada documentacin deber ser
presentada en Unidad de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de
la DRTCA, Jr. Mariano Melgar N 454, Dist. Jess Nazareno Prov.
Huamanga Dpto. Ayacucho (2do. piso). . 1.19. FORMA DE PAGO
La Entidad deber realizar el pago de la contraprestacin pactada
a favor del contratista en pagos parciales en forma mensual que
corresponde al 10% del monto del contrato original.De acuerdo con
el artculo 176 del Reglamento, para efectos del pago de las
contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deber
contar con la siguiente documentacin:
Recepcin y conformidad del PCD (Programa de Caminos
Departamentales) y la Subdireccin de Estudios, Supervisin y
Liquidacin de Obras. Informe del funcionario responsable del rea
usuaria emitiendo su conformidad de la prestacin efectuada.
Factura. Informe mensual de la microempresa, conteniendo la
informacin requerida por el rea usuaria.1.20. PLAZO PARA EL
PAGO
La Entidad debe efectuar el pago dentro de los diez (10) das
calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva,
siempre que se verifiquen las dems condiciones establecidas en el
contrato.CAPTULO IIITRMINOS DE REFERENCIA Y REQUERIMIENTOS TCNICOS
MNIMOS
REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS
TRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIN DEL SERVICIO DE
MANTENIMIENTO RUTINARIO MANUAL POR RESULTADOS DE LA CARRETERA DEL
PROGRAMA DE CAMINOS DEPARTAMENTALES DE AYACUCHO.
1. ESPECIFICACIONES TECNICAS DE SERVICIO
1.1OBJETO DE LA CONTRATACIN:
El presente proceso tiene la finalidad de seleccionar a la
persona natural o jurdica debidamente constituida para que preste
los servicios para el Mantenimiento Rutinario Manual por
Resultados, de la Carretera: Soliscucho - Punqui - Huarcca -
Chungui, Tramo II (Km 26+000 al Km 51+808), Longitud = 25.808 Km,
ubicado en el Distrito de: Anco, Provincia de La Mar y Departamento
de Ayacucho, para lo cual deber hacer uso intensivo de mano de obra
que no requiere alto grado de calificacin y empleando a los
pobladores que radican en las zonas adyacentes al tramo o en los
centros poblados que el camino interconecte.
Los servicios prestados debern garantizar la adecuada
transitabilidad y accesibilidad del camino, y stos debern estar de
acuerdo a los trminos de referencia establecidos en el presente
captulo. Las actividades programadas se adjuntan en el siguiente
cuadro; sin embargo cabe indicar que los metrados consignados son
una propuesta del rea usuaria y el postor puede mejorar el servicio
ofertado:
1.2PLAZO DE EJECUCION DEL SERVICIO
El servicio ser ejecutado en (300) das calendarios, el cual ser
valorizado en forma mensual.1.3FORMA DE EJECUCION DEL SERVICIO
La forma de ejecucin del servicio ser la siguiente:
sta se iniciar inmediatamente despus de firmado el contrato,
cumpliendo las actividades de mantenimiento rutinario en las formas
y respetando lo establecido en el Manual Tcnico de Mantenimiento
Rutinario para la red vial no pavimentada que se entregar una vez
firmado el contrato y efectuada la entrega del terreno.
De ser necesario, el servicio ser suspendido una vez que se
inicien las actividades de mantenimiento peridico de las
Carreteras, valorizndose el trabajo realizado hasta el momento de
la suspensin de las actividades. Una vez culminadas las actividades
de mantenimiento peridico de carreteras se retomarn las actividades
de mantenimiento rutinario debiendo las microempresas cumplir con
las actividades en las formas y respetando lo establecido en el
Manual Tcnico de mantenimiento rutinario para la red vial no
pavimentada.
Cualquier omisin o incumplimiento de las actividades
establecidas en las presentes bases y anexos adjuntos sern causales
de aplicacin de sanciones o resolucin de contrato, as mismo se
aplicar lo indicado en el Anexo N 1A Normas de Evaluacin de
Mantenimiento rutinario adjunto a las presentes bases.1.4 ALCANCE
DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS:
a) Es responsabilidad de la EMPRESA ganadora, suministrar los
servicios de mantenimiento rutinario vial de Caminos
Departamentales.b) Es responsabilidad de la EMPRESA ganadora
presentar mensualmente un plan de trabajo previo al inicio del mes
siguiente, el cual deber ser aprobado por la supervisin, caso
contrario no podr continuar con las labores encargadas.c) Las
actividades a realizar por parte de la empresa al prestar el
servicio de mantenimiento rutinario de carreteras para la red vial
departamental no pavimentada consistirn en:CODIGOELEMENTOS, ENTORNO
Y OPERACIN DEL CAMINOACTIVIDADES
1.0MOVILIZACION Y DESMOVILIZACION1.1 Movilizacin y transporte de
personal obrero y herramientas
1.2 Seales preventivas durante el proceso de ejecucin
1.3 Mantenimiento de seales de trnsito y seguridad vial
2.0DERECHO DE VIA2.1 Remocin de pequeos derrumbes
3.0PLATAFORMA DE LA VIA3.1 Limpieza de la plataforma
3.2 Preparacin y transporte de material en cantera para
bacheo
3.3 Bacheo manual de plataforma
4.0OBRAS DE DRENAJE Y SUBDRENAJE4.1 Limpieza manual de cunetas
sin revestir
4.2 Reconformacin manual de cunetas sin revestir
5.0ALCANTARILLAS Y TAJEAS5.1 Limpieza de alcantarillas
5.2 Reparaciones menores de alcantarillas
5.3 Limpieza y reparacin menor de tajeas
6.0CUIDADO Y VIGILANCIA DE LA VIA6.1 Control de trnsito e
IMD
7.0OBRAS DE ARTE7.1 Limpieza de puentes y Pontones
7.2 Limpieza de Badenes
7.3 Limpieza de Cauces de ros
8.0SEALIZACION Y ELEMENTOS DE SEGURIDAD VIAL8.1 Pintado de
sardinel de puente
8.2 Refaccin, Limpieza y Pintado de muro letrero del
Proyecto
8.3 Limpieza de Hitos kilomtricos o postes de referencia
NOTA: Adicionalmente en Obras de Arte se considerar la
actividad: MR 24-I Reparacin de Muro Seco.
d) Garantizar la intervencin del 100% del tramo contratado y
asegurar su transitabilidad, para lo cual la microempresa deber
realizar las actividades establecidas en el literal c) citado
anteriormente y se evaluar en el orden de prioridad establecido en
el Anexo N 1A Normas de Evaluacin considerando las siguientes
prioridades:
a) Primera prioridad: Seguridad de viaje
b) Segunda prioridad: Mantenimiento de obras de drenaje
c) Tercera prioridad: Otras actividades complementarias con
prioridad media bajaCdigoActividadpoca de lluvia
(Dic./Ene./Feb./Mar)Despus de lluvias (Abr./May.)poca seca
(Jun./Jul.Ago./Sept.)Antes de lluvias (Oct./Nov.)
MR1Limpieza de plataforma1ra Prioridad1ra Prioridad1ra
Prioridad1ra Prioridad
MR2Bacheo en afirmado2da Prioridad1ra Prioridad1ra Prioridad1ra
Prioridad
MR18Desquinche manual de taludes3ra Prioridad
MR19Remocin de pequeos derrumbes1ra Prioridad
MR3Limpieza de cunetas1ra Prioridad1ra Prioridad2da Prioridad3ra
Prioridad
MR8Limpieza de alcantarillas2da Prioridad1ra Prioridad
MR23Limpieza de badenes1ra Prioridad
MR6Limpieza de zanjas de coronacin1ra Prioridad
MR21Limpieza de puentes y pontones1ra Prioridad
MR22Limpieza de cauces3ra Prioridad2da Prioridad
MR16Roce de la franja de derecho de va2da Prioridad2da
Prioridad2da Prioridad2da Prioridad
MR25Mantenimiento de las seales verticales3ra Prioridad3ra
Prioridad
MR29Siembra de vegetacin nativa3ra Prioridad
MR33Cuidado y vigilancia de la va3ra Prioridad3ra Prioridad3ra
Prioridad3ra Prioridad
MR24-IReparacin de muros secos1ra Prioridad
e) Garantizar la presencia del personal estipulado en la
Propuesta Tcnica, siendo el nmero mnimo de trabajadores segn lo
indicado por la Subdireccin de Estudios, Supervisin y Liquidacin de
Obras-PCD (Segn tipologizacin del programa GEMA: 07 personas), y la
asesora constante del Jefe de Mantenimiento distribuidos de acuerdo
al plan de trabajo previamente aprobado por el Supervisor.f)
Garantizar que el personal propuesto para desarrollar las
actividades de mantenimiento rutinario, sea el mismo que labore
durante el plazo contractual.
g) Deber designar a un Responsable de la ejecucin de las
actividades de mantenimiento rutinario: que se encargar del manejo
y control del rendimiento del personal en todas las actividades de
mantenimiento rutinario vial.h) Cumplir las pautas, indicaciones,
procedimientos y dems normas de ejecucin establecidas en el Manual
Tcnico de Mantenimiento rutinario para la Red Vial no pavimentada
que se entregar al ganador de la Buena Pro.i) Utilizar en forma
obligatoria el uniforme determinado por Direccin Regional, durante
la jornada de trabajo.j) Ejecutar directamente las labores objeto
de este contrato. No se aceptar la subcontratacin o cesin del
contrato.k) Comunicar a la brevedad posible la ocurrencia de
emergencias o daos en el camino que por su naturaleza excedan el
marco del presente contrato y requieran la pronta intervencin de
las entidades competentes. En dicho caso, la EMPRESA DE
MANTENIMIENTO deber disponer el personal necesario para apoyar las
acciones que se ejecuten para recuperar la transitabilidad de la
va.l) Absolver oportunamente cualquier observacin escrita remitida
por la Direccin Regional en relacin con la ejecucin del contrato.m)
Cumplir cualquier disposicin escrita remitida por la Subdireccin de
Estudios, Supervisin y Liquidacin de Obras - PCD (Programa de
Caminos Departamentales), para mejorar los resultados de las
actividades de mantenimiento rutinario.n) Presentar los informes
mensuales del servicio ejecutado que incluir el conteo de trfico de
acuerdo a los formatos que sern proporcionados en la Direccin de
Caminos. ste deber acompaar a la valorizacin mensual para el pago
correspondiente. As mismo deber presentar la planilla de pago
debidamente firmados y con los montos pagados a cada trabajador.o)
Garantizar el monto mnimo diario a pagar a c/trabajador de S/.
25.00, de lunes a viernes.
1.5. ASOCIACIONES O EMPRESAS
Las asociaciones, empresas, microempresas, persona natural y/o
jurdica en la condicin de contratista, debern cumplir con los
trabajos encomendados bajo responsabilidad, de ser sancionados ser
informado al OSCE para su inhabilitacin correspondiente.
1.6.PERSONAL OBRERO
El personal obrero que se requiera para la prestacin del
servicio objeto de la convocatoria, deber ser poblador del lugar
y/o de otras comunidades.1.7.RESPONSABILIDAD LABORAL
Por la naturaleza del servicio a ejecutar se firmar un contrato
el cual no generar vnculo laboral alguno entre el personal de la
Microempresa de Mantenimiento y la Direccin Regional de
Transportes.1.8. ACTIVIDADES ADICIONALES A LA PRESTACIN a)
REFORESTACIN: La EMPRESA DE MANTENIMIENTO, deber comprometer su
participacin mediante un plan de trabajo, realizar nueva instalacin
y cuidado de los plantones en el tramo adjudicado.
b) SUPERVISIN: La Direccin Regional, supervisar el cumplimiento
de las obligaciones a cargo de LAS EMPRESAS DE MANTENIMIENTO, a
travs de la Direccin de Caminos de Ayacucho, con domicilio en Jr.
Moquegua N 201 Santa Elena, Provincia de Huamanga Departamento de
Ayacucho.
La Supervisin incluye la vigilancia y control de las actividades
previstas en las presentes bases, la revisin de los cuadernos de
mantenimiento, la evaluacin de los resultados y la coordinacin con
los Alcaldes para recoger sus observaciones.
Las principales funciones del Supervisor sern:
a) Apoyar a la EMPRESA DE MANTENIMIENTO en la organizacin y
programacin mensual de las actividades del mantenimiento
rutinario.
b) Inspeccionar y controlar el cumplimiento de las actividades
del mantenimiento rutinario de acuerdo a lo programado, cumpliendo
los procedimientos tcnicos del Manual Tcnico de Mantenimiento.
c) Verificar la informacin consignada en el cuaderno de
obra/servicio de mantenimiento y las cargas de trabajo ejecutadas
por la EMPRESA DE MANTENIMIENTO.
d) Controlar las medidas de prevencin y mitigacin que deber
considerar la EMPRESA DE MANTENIMIENTO para preservar el medio
ambiente; aplicando las recomendaciones contenidas en el Manual
Tcnico de Mantenimiento.
e) Supervisar la elaboracin de los conteos de trnsito, en el
tramo adjudicado.
f) Asesorar permanentemente a los microempresarios a su cargo,
en los temas relacionados con el mantenimiento rutinario de caminos
y aspectos administrativos y tcnicas modernas.
g) Evaluar los indicadores de mantenimiento vial y certificar su
cumplimiento, para lo cual deber emitir las notificaciones. Para
ello aprobar los informes mensuales y las valorizaciones para su
pago, verificando que cumplan con los requisitos y condiciones del
contrato.
h) Exigir la concurrencia a campo del Responsable Tcnico de
Mantenimiento Rutinario Vial, para realizar la direccin tcnica para
una adecuada ejecucin de las actividades de mantenimiento
rutinario.
i) Elaborar el informe final de supervisin del servicio de
mantenimiento, en el cual se analice el comportamiento general de
la EMPRESA DE MANTENIMIENTO, el grado de cumplimiento de las
labores asignadas, la calidad de los trabajos, los rendimientos y
costos, los problemas de solucin pendiente, con su prioridad de
atencin y se proponga un programa de trabajo anual para el
siguiente ao. Adicionalmente, el informe deber contener todas las
recomendaciones que se consideren pertinentes para mejorar la
gestin del mantenimiento de los caminos.
j) Es deber de la EMPRESA DE MANTENIMIENTO sujetarse a las
pautas que establezca el Supervisor respecto a la prestacin del
servicio, sin perjuicio de las disposiciones que establezca la
Direccin de Caminos de la Direccin Regional de Transportes y
Comunicaciones.
1.9. SANCIONES
1.9.1 POR RETRASO INJUSTIFICADO EN LA EJECUCIN DE LAS
PRESTACIONES OBJETO DEL CONTRATO Y POR INASISTENCIA DEL PERSONAL
OBRERO:
En caso de retraso injustificado en la ejecucin de las
prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicar al
contratista una penalidad por cada da de atraso, hasta por un monto
mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato
vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Esta
penalidad ser deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en
la liquidacin final; o si fuese necesario se cobrar del monto
resultante de la ejecucin de las garantas otorgadas por el
contratista.En todos los casos, la penalidad se aplicar
automticamente y se calcular de acuerdo con la siguiente frmula:En
todos los casos, la penalidad se aplicar automticamente y se
calcular de acuerdo con la siguiente frmula:Penalidad Diaria = 0.10
x Monto
F x Plazo en das
Donde:
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta das.Tanto el
monto como el plazo se refieren a la prestacin parcial que fuera
materia de retraso. Para efectos del clculo de la penalidad diaria
se considerar el monto del contrato vigente.
1.9.2 POR INASISTENCIA DEL PERSONAL: Se aplicar la penalidad de
S/. 50.00 por cada trabajador que falte una jornada laboral, el
cual se descontar del monto mensual, as mismo por cada inasistencia
del responsable tcnico se sancionara a la empresa con descuento del
25% del haber mensual del responsable tcnico.
Cuando se llegue a cubrir el monto mximo de la penalidad, la
Entidad podr resolver el contrato por incumplimiento.
La justificacin por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el
Cdigo Civil y dems normas concordantes.
1.9.3 POR INDICADORES DE SERVICIO: stas se establecern conforme
lo indica el Anexo N 1A Normas de evaluacin adjuntas a las
presentes bases.
1RA NOTIFICACIN: (DOCUMENTO DE ADVERTENCIA - AMONESTACIN)2DA
NOTIFICACIN: (DESCUENTO DEL 5% DEL VALOR MENSUAL DEL CONTRATO -
VALORIZACION)3RA NOTIFICACIN: (DESCUENTO DEL 10% DEL VALOR MENSUAL
DEL CONTRATO - VALORIZACION)4TA NOTIFICACIN: (DESCUENTO DEL 15% DEL
VALOR MENSUAL DEL CONTRATO - VALORIZACION)5TA NOTIFICACIN:
RESOLUCION DEL CONTRATO
Son causales de la aplicacin de multas las establecidas en el
Anexo N 1A Normas de Evaluacin: Primera, Segunda y Tercera
prioridad, adjuntas a las presentes bases.
1.10. RESOLUCIN DE CONTRATO
La Direccin Regional de Transportes y Comunicaciones de Ayacucho
se reserva el derecho de resolver el Contrato, cuando LA EMPRESA DE
MANTENIMIENTO incumpla reiteradamente sus obligaciones; en dicho
caso se ordenar la liquidacin del contrato en el estado en que se
encuentre.
De igual manera, se resolver automticamente el contrato cuando
se verifique que la empresa no ha cumplido con abonar oportunamente
los pagos por las jornadas laboradas al personal a su cargo, o
cuando se verifique que la empresa no ha cumplido con abonar el
jornal bsico diario de: S/. 25.00 (Veinticinco con 00/100 Nuevos
Soles) al personal a su cargo.
ANEXO N 1A
INDICADORES DE MANTENIMIENTO RUTINARIO MANUAL Y TOLERANCIAS DE
CUMPLIMIENTO
CdigoActividad de MantenimientoResponsabilidad de la
empresaIndicador de Mantenimiento y Tolerancia de cumplimiento
Penalidades
1era.2da.3era4ta5ta
MR1Limpieza de la plataforma
Remover desechos materiales, derrames de productos lubricantes,
basuras o cualquier obstculo en forma inmediata. Transportar y
botar los desechos en un lugar adecuado.
La plataforma debe permanecer siempre libre de obstculos que
afecten la seguridad vial. No puede haber ningn obstculo o material
extrao por ms de 48 horas en la plataforma.
Amonestacin5%10%15%Resolucin de contrato
MR2
Bacheo en afirmado
Se obligar a disponer de la mano de obra para tapar los huecos
aislados de forma inmediata con material con el material adecuado.
Se obligar a informar al Supervisor de la existencia de huecos.
Disponer de la mano de obra y las herramientas necesarias para el
bacheo.
No se permitir que haya baches en la superficie de rodadura. Los
baches puntuales sern reparados antes de 48 horas despus de
identificados.
5%10%15%MR3
Limpieza de cunetas.
Limpiar las cunetas con el personal y las herramientas manuales
adecuadas.
Las cunetas deben permanecer siempre limpias. No se aceptarn
acumulaciones de material en ellas por ms de 48 horas.
5%
10%
15%
MR4
Reconformacin de cunetas no revestidas
Realizar la actividad con el personal y las herramientas
manuales adecuadas.
Las cunetas no revestidas deben estar reconformadas antes y
durante el perodo de lluvias. En perodos secos la tolerancia lo
define el Supervisor.
5%
10%
15%
MR5
Reparacin menor de cunetas revestidas.
Reparar las cunetas revestidas con el personal y las
herramientas manuales adecuadas utilizando los materiales aprobados
por el Supervisor.
La reparacin de roturas de las cunetas revestidas debe hacerse
dentro de los 7 das despus de identificados los daos.
5%
10%
15%
MR6
Limpieza de zanjas de coronacin.
Limpiar las zanjas de coronacin con el personal y las
herramientas manuales adecuadas.
Las zanjas de coronacin deben permanecer siempre limpias. No se
aceptarn acumulaciones de material u otros desechos por ms de 72
horas.
5%
10%
15%
MR7
Reparacin menor de zanjas de coronacin.
Reparar las zanjas de coronacin con el personal y las
herramientas manuales adecuadas utilizando los materiales aprobados
por el Supervisor.
La reparacin de roturas de las zanjas debe hacerse dentro de los
7 das despus de identificados los daos.
5%
10%
15%
MR8
Limpieza de Alcantarillas.
Inspeccionar y limpiar las alcantarillas y las obras
complementarias de entrada y salida.
El conducto y las estructuras de entrada y salida para el flujo
del agua, deben estar siempre limpias. No se permitir ninguna
obstruccin por ms de 72 horas.
5%
10%
15%
MR9
Reparacin menor de alcantarillas.
Reparar las alcantarillas con el personal y las herramientas
manuales adecuadas utilizando los materiales aprobados por el
Supervisor.
La reparacin de roturas menores de cabezales y/o cajas de
entrada y aliviaderos de salida, debe hacerse dentro de los 7 das,
despus de identificados los daos.
5%
10%
15%
MR10
Limpieza de canales y aliviaderos.
Inspeccionar y limpiar los canales y aliviaderos.
Los canales y los aliviaderos deben estar siempre limpios. No se
permite ninguna obstruccin por ms de 72 horas.
5%
10%
15%
MR11
Reparacin menor de canales y aliviaderos.
Reparar los canales y aliviaderos con el personal y las
herramientas manuales adecuadas utilizando los materiales aprobados
por el Supervisor.
La reparacin de roturas menores, debe hacerse dentro de los 7
das, despus de identificados los daos.
5%
10%
15%
MR12
Limpieza de disipadores de energa.
Inspeccionar y limpiar los disipadores de energa.
Los disipadores de energa deben estar siempre limpios. No se
permite ninguna obstruccin por ms de 72 horas.
5%
10%
15%
MR13
Reparacin menor de disipadores de energa.
Reparar los disipadores de energa con el personal y las
herramientas manuales adecuadas utilizando los materiales aprobados
por el Supervisor.
La reparacin de roturas menores debe hacerse dentro de los 7 das
despus de identificados los daos.
5%
10%
15%
MR14
Mantenimiento de subdrenajes
Inspeccionar y limpiar la salida de los subdrenajes.
Las salidas de subdrenajes deben estar siempre limpias. No se
permitir subdrenes obstruidos por ms de 7 das.
5%
10%
15%
OTROS INDICADORES DE MANTENIMIENTO RUTINARIO MANUAL Y
TOLERANCIAS DE CUMPLIMIENTO
Cdigo
Descripcin
Responsabilidad de la Microempresa
Indicador de Mantenimiento y Tolerancia de cumplimiento
Penalidades
1era.
2da.
3era
4ta
5ta
1
Indumentaria y equipo de seguridad
El personal de la microempresa, debe realizar las actividades de
mantenimiento rutinario, con indumentaria de seguridad necesaria
como: Chalecos, cascos, etc y tambin debe emplear accesorios de
seguridad como: conos y tranqueras
Todo el personal de la microempresa, debe usar indumentaria de
seguridad necesaria como: Chalecos, cascos, etc y tambin debe
emplear accesorios de seguridad como: conos y tranqueras. En caso
no contaran con ellos, o no los tuvieran completos, tendr a ms un
mes de plazo para adquirirlos.
Amonestacin
5%
10%
15%
Resolucin de contrato
2
Herramientas
La empresa est en la obligacin de dotar todas las herramientas
necesarias, en buen estado y en cantidad suficiente, a todo su
personal.
Todo el personal debe usar: herramientas necesarias, en buen
estado y en cantidad suficiente, para realizar adecuadamente las
actividades de mantenimiento rutinario; acorde a lo consignado en
el Manual Tcnico de Mantenimiento Rutinario para la Red Vial
Departamental no Pavimentada.
5%
10%
15%
3
Transporte de material de cantera y agua
Para realizar la actividad de bacheo en afirmado: la empresa
deber realizar el transporte de material de cantera y agua, acorde
a lo consignado en el Manual Tcnico de Mantenimiento Rutinario para
la Red Vial Departamental no Pavimentada.
El supervisor ser el encargado de verificar en campo, si la
microempresa ha cumplido con el transporte de material de cantera y
agua; y segn los datos recabados valorizar la actividad: bacheo en
afirmado. En caso la microempresa no haya ejecutado el 100.00% de
lo programado en el mes, en la actividad: bacheo en afirmado, el
Supervisor valorizar la diferencia y ser aplicada como
penalidad.
Lo que haya calculado el supervisor
Lo que haya calculado el supervisor
Lo que haya calculado el supervisor
CAPTULO IVCRITERIOS DE EVALUACIN TCNICA
De acuerdo con el artculo 45 del Reglamento, las Bases deben
consignar el siguiente factor de evaluacin: FACTORES DE EVALUACIN
OBLIGATORIOSPUNTAJE / METODOLOGA PARA SU ASIGNACIN
A.EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDADM = Monto facturado acumulado
por el postor por la prestacin de servicios correspondientes a
la actividad objeto del proceso
M > 02 veces el valor referencial: 30 puntos
M = 01 veces el valor referencial: 20 puntosM < 01 vez el
valor referencial:>= 0.5 veces el valor referencial
10 puntos
Criterio:Se evaluar considerando el monto facturado acumulado
por el postor correspondiente a la actividad objeto del proceso,
durante un periodo de no mayor a cinco (05) aos a la fecha de la
presentacin de propuestas, los cuales deberan ser demostrados
conforme a los parametros detallados para el presente factor por un
monto mximo acumulado equivalente a dos (02) veces el valor
referencial del presente proceso.
Acreditacin:La experiencia se acreditar mediante copia simple
de: contratos u rdenes de servicio, y su respectiva conformidad por
la prestacin efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelacin se
acredite documental y fehacientemente, con voucher de depsito,
reporte de estado de cuenta, correspondientes a un mximo de diez
(10) servicios. En caso los postores presenten varios comprobantes
de pago para acreditar la prestacin de un solo servicio, se deber
acreditar que corresponden a dicho servicio; de lo contrario, se
asumir que los comprobantes acreditan servicios independientes, en
cuyo caso solo se considerar, para la evaluacin y calificacin, los
diez (10) primeros servicios indicados en el Anexo N 6 referido a
la Experiencia del Postor.En el caso de servicios de ejecucin
peridica, slo se considerar como experiencia la parte del contrato
que haya sido ejecutada a la fecha de presentacin de propuestas,
debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a
tal parte o los respectivos comprobantes de pago.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio,
deber presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de
consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de
las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo
contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho
contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de
seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender que el
porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de
participacin de la promesa formal o del contrato de consorcio. En
caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de
participacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron en
partes iguales.
Cuando en los contratos, rdenes de servicios o comprobantes de
pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda
extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha
de suscripcin del contrato, de emisin de la orden de servicio o de
cancelacin del comprobante de pago, segn corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y
presentar el Anexo N 6 referido a la Experiencia del Postor.
B.CUMPLIMIENTO DEL SERVICIOSe debe utilizar la siguiente frmula
de evaluacin:
PCP= PF x CBC
NC
Donde:
PCP = Puntaje a otorgarse al postor.
PF = Puntaje mximo al postor.
NC = Nmero de contrataciones presentadas para acreditar la
experiencia del postor.
CBC = Nmero de constancias de prestacin vlidas.
20 puntos
Criterio:Se evaluar el nivel de cumplimiento del postor,
respecto de los servicios presentados para acreditar la experiencia
del postor, en funcin al nmero de constancias de prestacin
presentadas, conforme al art 178. Constancia de prestacion, del
Reglamento de la Ley de ContratacionesAcreditacin:Mediante la
presentacin de un mximo de diez (10) constancias de prestacin o
cualquier otro documento que, independientemente de su denominacin,
indique, como mnimo, lo siguiente:
1. La identificacin del contrato u orden de servicio, indicando
como mnimo su objeto.
2. El monto correspondiente; esto es, el importe total al que
asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por
adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se hubieran aplicado
durante la ejecucin contractual.
3. Las penalidades en que hubiera incurrido el contratista
durante la ejecucin de dicho contrato.
C.PERSONAL PROPUESTO PARA LA PRESTACIN DEL SERVICIOMs de 02 aos:
15 puntos
Desde 01 hasta 02 aos:
10 puntos
Criterio:Se evaluar en funcin al tiempo de experiencia en la
especialidad del personal propuesto como RESPONSABLE TECNICO del
mantenimiento vial. Se considerarn como trabajos o prestaciones
similares a los siguientes: Supervisin o residencia en obras o
proyectos viales.
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape),
para el cmputo del tiempo de dicha experiencia slo se considerar
una vez el periodo traslapado.Acreditacin:Mediante la presentacin
de copia simple de contratos de trabajo, constancias o
certificados. En el supuesto que el postor fuera una persona
natural, la experiencia que acredite como tal, tambin podr
utilizarla para acreditar su experiencia como personal propuesto
para la prestacin del servicio, de ser el caso.
D.MEJORAS A LAS CONDICIONES PREVISTASMejora 1 : 15 puntos
Criterio:1.- Superior a las bases en todas las actividades
(cargas de Trabajo)Acreditacin :
Se acreditara mediante la revisin del Anexo N 08.
E.OTROS FACTORES REFERIDOS AL SERVICIO OFERTADOa. 05 Puntosb. 05
Puntos
c. 05 puntos
d. 05 puntos 20 Puntos
a. Presenta Inventario Vial (incluye fuentes de agua y
cantera).b. Programacin mediante diagrama de barras (deber
consignar el Metrado a ejecutarse por cada actividad y por mes)c.
Presenta programa peridico de reforestacin del tramo asignado.
d. Presenta programa de capacitaciones, a cargo del Responsable
Tcnico de Mantenimiento Vial.
NOTA: Las que no cumplan con ninguna de las anteriores ser
calificada con 0 puntos
PUNTAJE TOTAL 100 puntos
PARA ACCEDER A LA ETAPA DE EVALUACIN ECONMICA, EL POSTOR DEBER
OBTENER UN PUNTAJE TCNICO MNIMO DE OCHENTA (80) PUNTOS.CAPTULO
VPROFORMA DEL CONTRATO
IMPORTANTE:
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable,
podr efectuarse la inclusin de clusulas adicionales o la adecuacin
de las propuestas en el presente documento, las que en ningn caso
pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente
ni a lo sealado en este captulo.
Conste por el presente documento, la contratacin del servicio
Mantenimiento Rutinario Manual por Resultados, de la Carretera:
Soliscucho - Punqui - Huarcca - Chungui, Tramo II (Km 26+000 al Km
51+808), Longitud = 25.808 Km que celebra de una parte Direccin
Regional de Transportes y Comunicaciones Ayacucho en adelante LA
ENTIDAD, con RUC N 20365228109, con domicilio legal en Jr. Manuel
Gonzlez Prada N 325, Distrito. Jess Nazareno Prov. Huamanga Dpto.
Ayacucho (2do piso) representada por [..], identificado con DNI N
[], y de otra parte [.....................], con RUC N
[................], con domicilio legal en [.....................],
inscrita en la Ficha N [.........] Asiento N [.......] del Registro
de Personas Jurdicas de la ciudad de [], debidamente representado
por su Representante Legal, [.....................], con DNI N
[..], segn poder inscrito en la Ficha N [..], Asiento N [] del
Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [], a quien en
adelante se le denominar EL CONTRATISTA en los trminos y
condiciones siguientes:
CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [..], el Comit Especial adjudic la Buena Pro de la
ADJUDICACIN DIRECTA SELECTIVA N 016-2015-GRA-GRI-DRTCA para la
contratacin del servicio Mantenimiento Rutinario Manual por
Resultados, de la Carretera: Soliscucho - Punqui - Huarcca -
Chungui, Tramo II (Km 26+000 al Km 51+808), Longitud = 25.808 Km A
[INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e
importe constan en los documentos integrantes del presente
contrato.CLUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto la contratacin del
Servicio de Mantenimiento Rutinario Manual por Resultados, de la
Carretera: Soliscucho - Punqui - Huarcca - Chungui, Tramo II (Km
26+000 al Km 51+808), Longitud = 25.808 Km, conforme a los Trminos
de Referencia.CLUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR
MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.
Este monto comprende el costo del servicio, seguros e impuestos,
as como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecucin de
la prestacin materia del presente contrato.
CLUSULA CUARTA: DEL PAGO
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestacin a EL CONTRATISTA
en [INDICAR MONEDA], en se realiza pagos mensuales, luego de la
recepcin formal y completa de la documentacin correspondiente, segn
lo establecido en el artculo 181 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la
prestacin deber hacerlo en un plazo que no exceder de los diez (10)
das calendario de ser estos recibidos.LA ENTIDAD debe efectuar el
pago dentro de los diez (10) das calendario siguiente al
otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se
verifiquen las dems condiciones establecidas en el contrato.En caso
de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendr derecho al pago de
intereses conforme a lo establecido en el artculo 48 de la Ley de
Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que
el pago debi efectuarse.
CLUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIN DE LA PRESTACINEl plazo
de ejecucin del presente contrato es de [..] das calendario, el
mismo que se computa desde el da siguiente de suscrito en
contrato.IMPORTANTE:
De preverse en los Trminos de Referencia la ejecucin de
actividades de instalacin, implementacin u otros que deban
realizarse de manera previa al inicio del plazo de ejecucin, se
debe consignar lo siguiente:
El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN
LOS TRMINOS DE REFERENCIA] es de [...] das calendario, el mismo que
se computa desde [INDICAR CONDICIN CON LA QUE DICHAS ACTIVIDADES SE
INICIAN].
CLUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato est conformado por las Bases integradas, la
oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de seleccin
que establezcan obligaciones para las partes.
CLUSULA STIMA: GARANTAS
EL CONTRATISTA entreg a la suscripcin del contrato la respectiva
garanta solidaria, irrevocable, incondicional y de realizacin
automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los
conceptos, importes y vigencias siguientes:En el caso que
corresponda, consignar lo siguiente: Garanta por el monto
diferencial de la propuesta: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a travs de
la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE
LA EMITE], la misma que deber mantenerse vigente hasta la
conformidad de la recepcin de la prestacin.CLUSULA OCTAVA: EJECUCIN
DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACIN
LA ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas cuando EL
CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto
por el artculo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado.
CLUSULA DCIMA: CONFORMIDAD DEL SERVICIO
La conformidad del servicio se regula por lo dispuesto en el
artculo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y
ser otorgada por Direccin Regional de Transportes y Comunicaciones
Ayacuc