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ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 001-2015-CE-MDEA
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE LA OBRA: INSTALACION DEL SISTEMA
DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO DEL CERCADO Y ZONAS DE EXPANSION DEL DISTRITO DEL
ALGARROBAL, PROVINCIA DE ILO, REGION
MOQUEGUA
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SECCIN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN
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CAPTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto. - Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones
del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N 184-2008-EF -
Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley
N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. - Cdigo
Civil. - Ley N 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la
Informacin Pblica. Las referidas normas incluyen sus respectivas
modificaciones, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber
considerarse la especialidad de las normas previstas en las
presentes Bases.
1.2. CONVOCATORIA Se efectuar de conformidad con lo sealado en
el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el
cronograma.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se
efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da
hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de
propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno
(1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del
Reglamento. La persona natural o persona jurdica que desee
participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin
vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al
objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la
inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para
contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deber
sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento
Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn
social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de
Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de seleccin
convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que
los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro
Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener
mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin
electrnica: www.rnp.gob.pe.
1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las
consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un
periodo mnimo de tres (3) das hbiles, contados desde el da
siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en
los artculos 55 y 57 del Reglamento.
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1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La
decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y
observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se
notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en
los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el
cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no
podr exceder de tres (3) das hbiles contados desde el vencimiento
del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse
presentado observaciones, el Comit Especial debe incluir en el
pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto
de elevacin de observaciones al OSCE. IMPORTANTE:
No se absolvern consultas y observaciones a las Bases que se
presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se
han registrado como participantes.
1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar
la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de
tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la
notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE. Los
participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones
para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos: 1.
Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron
acogidas o
fueron acogidas parcialmente;
2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el
participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario
a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra
disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras
normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso
de seleccin; y
3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una
observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo
dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de
la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas
complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de
seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado
como tal hasta el vencimiento del plazo para formular
observaciones.
El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la
totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del
OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los
participantes soliciten la elevacin de observaciones. La emisin y
publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro
de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente
completo por el OSCE
1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen
las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern
contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones
producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de
las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como
las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de
supervisin.
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Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en
ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna,
bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no
afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del
proceso por deficiencias en las Bases. El Comit Especial integrar y
publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos:
1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de
vencido el plazo
para formularlas.
2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de
vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin
de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre
que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.
3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones,
dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el
pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar
las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los
artculos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artculo 31
del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones
de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN Todos los
documentos que contengan informacin referida a los requisitos para
la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentan en
idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial
o sin valor oficial efectuada por traductor pblico juramentado o
traduccin certificada efectuada por traductor colegiado
certificado, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria
contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que
puede ser presentada en el idioma original. El postor es
responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las
propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales
el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta
econmica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se
redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas
correlativamente empezando por el nmero uno. Asimismo, cuando las
propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante
formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier
medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas
deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante
legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor
sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado,
indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos. Las
personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su
apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante
carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por
medio de su representante legal acreditado con copia simple del
documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de
su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el
representante legal, a la que se adjuntar el documento registral
vigente que consigne la designacin del representante legal,
expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario
a la presentacin de propuestas. (Formato N 1) En el caso de
consorcios, la propuesta puede ser presentada por el
representante
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comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por
el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del
consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a
lo siguiente: 1. En el caso que el representante comn del consorcio
presente la propuesta, ste
debe presentar copia simple de la promesa formal de
consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante
comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta
poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y
copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los
integrantes del consorcio que se encuentre registrado como
participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en
el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.
IMPORTANTE:
Las Entidades someten a fiscalizacin posterior conforme a lo
previsto en el artculo 32 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, la documentacin, declaraciones y
traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.
1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS La presentacin de propuestas se
realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el
cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comit Especial
empieza a llamar a los participantes en el orden en que se
registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus
propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se
encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante
es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de
su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no
podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un
consorcio. IMPORTANTE:
En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de
un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni
conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que
puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en
tems distintos.
En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del
apoderado, representante legal o representante comn, segn
corresponda en atencin al numeral 1.8, y este exprese su
disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario
(o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de
acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante
formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que
finalmente se resuelva al respecto. Despus de recibidas las
propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que
contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar
que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados
en las Bases. En el caso que de la revisin de la propuesta se
adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones
subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el
alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o
ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos
tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por
autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin
pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias
y/o certificados
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que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de
naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el
postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin
de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del
Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo
para subsanar la propuesta tcnica. En el caso de advertirse que la
propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se
encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior,
se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el
postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal
circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la
propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule
apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se
resuelva al respecto. Despus de abierto cada sobre que contiene la
propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y
firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su
vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de
las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o
Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen
las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern
debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit
Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta
la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique
verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las
propuestas tcnicas. Al terminar el acto pblico, se levantar un
acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por
todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo
deseen. De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del
Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y
otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un
representante del Sistema Nacional de Control, quien participar
como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su
inasistencia no viciar el proceso.
1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica
(Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta
econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los
tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el
caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as
como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el
costo de la ejecucin de la obra a ser contratada; excepto la de
aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no
reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo
componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios
unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.
IMPORTANTE:
Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los
postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus
propuestas econmicas en forma independiente.
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Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad que
dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la
evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems a los que se
present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del Reglamento,
correspondera devolver las propuestas econmicas sin abrir, lo que
no resultara posible si la totalidad de las propuestas econmicas
del postor se incluyen en un solo sobre.
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1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS La evaluacin de propuestas se
realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin
econmica. Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los
siguientes: Propuesta Tcnica : 100 puntos Propuesta Econmica : 100
puntos 1.11.1. EVALUACIN TCNICA
Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los
requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases.
Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern
admitidas. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que
el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la
evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado
plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber
determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego
de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el
Comit Especial tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida
la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para
dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas
tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes,
conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para
cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje
mnimo de sesenta (60) puntos, sern descalificadas en esta etapa y
no accedern a la evaluacin econmica.
1.11.2. EVALUACIN ECONMICA Si la propuesta econmica es inferior
al noventa por ciento (90%) del valor referencial o excede el
ciento diez por ciento (110%) del valor referencial, ser devuelta
por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo
establece el artculo 33 de la Ley. La evaluacin econmica consistir
en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de
menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje
inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:
Pi = Om x PMPE Oi Donde:
i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta econmica i Oi =
Propuesta Econmica i Om = Propuesta Econmica de monto o precio ms
bajo PMPE = Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica IMPORTANTE:
En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios
unitarios, el Comit Especial deber verificar las operaciones
aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de
existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el
monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda.
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Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta
respectiva.
Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar
propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la
propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor
presente neto del flujo financiero que comprenda los costos
financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los
costos del financiamiento, tales como la tasa de inters,
comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad
si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el
artculo 70 del Reglamento.
1.12. ACTO PBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y
hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la
admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los
resultados de esta ltima. La evaluacin de las propuestas econmicas
se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las
presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de
conformidad con el artculo 71 del Reglamento. El Comit Especial
proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a
conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro
comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han
quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico,
econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto
que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena
Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del
Reglamento. Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual
ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros
del Comit Especial y por los postores que deseen hacerlo. El
otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los
postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los
postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro
comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin.
Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se
publicar el mismo da en el SEACE. IMPORTANTE:
De conformidad con el artculo 76 del Reglamento, para otorgar la
Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el
lmite del ciento diez por ciento (110%), deber contarse con la
asignacin suficiente de crditos presupuestarios y la aprobacin del
Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el
mejor puntaje total acepte reducir su oferta econmica a un monto
igual o menor al valor referencial.
1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado
dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se
producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su
otorgamiento en acto pblico, sin que los postores hayan ejercido el
derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el
consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de
haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola
oferta, el consentimiento de la Buena Pro se
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producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento en
acto pblico, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta
el da hbil siguiente.
1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL
ESTADO De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del
da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de
haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el
artculo 122 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe
solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar
inhabilitado para contratar con el Estado.
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CAPTULO II SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE
SELECCIN
2.1. RECURSO DE APELACIN
A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados
durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la
convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del
contrato. El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto por
el Tribunal de Contrataciones del Estado. Los actos emitidos por el
Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen
el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del
Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN La apelacin
contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados
con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5)
das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelacin
contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior
debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de
haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPTULO III DEL CONTRATO
3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO
Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al
consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado
administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del
referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de
la documentacin prevista en las Bases, b) La Entidad, de
corresponder, solicita la subsanacin de la documentacin presentada
y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la
Entidad. En el supuesto que el postor ganador no presente la
documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos
antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el
artculo 148 del Reglamento, segn corresponda. El contrato ser
suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o
debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea
directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona
natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su
representante legal, de conformidad con lo establecido en el
artculo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor
ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos
previstos en las Bases, los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con
el Estado.
Constancia de capacidad libre de contratacin.
Garanta de fiel cumplimiento.
Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en
caso corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes,
de ser el caso.
Cdigo de cuenta interbancario (CCI).
Designacin del residente de obra, cuando este no haya formado
parte de su propuesta tcnica.
Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el
Programa de Ejecucin de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo la
modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente
tcnico.
Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para
la ejecucin de obra
2, en concordancia con el calendario de avance de obra
valorizado, salvo en obras
bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del
expediente tcnico.
Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando
el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo la
modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente
tcnico.
3.2. DE LAS GARANTAS
3.2.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO El postor ganador debe
entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento del contrato.
Esta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento
(10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el
consentimiento de la liquidacin final. De manera excepcional,
respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia
2 De acuerdo con el artculo 183 del Reglamento, este calendario
se actualizar con cada ampliacin de plazo otorgada, en
concordancia con el calendario de avance de obra valorizado
vigente.
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superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del contrato,
las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente
la garanta de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) ao, con
el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la
liquidacin final. IMPORTANTE:
Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, las micro
y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel
cumplimiento, la Entidad les retenga el diez por ciento (10%) del
monto del contrato original, siempre que:
- El plazo de ejecucin de la obra sea igual o mayor a sesenta
(60) das
calendario. - El pago a favor del contratista considere, al
menos, dos (2) valorizaciones
peridicas en funcin al avance de obra.
La retencin se efectuar durante la primera mitad del nmero total
de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser
devuelto a la finalizacin del mismo.
3.2.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones
accesorias, se otorgar una garanta adicional por este concepto, la
misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de
las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin
en ningn caso.
3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTAS Las garantas que se presenten
debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de
realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad.
Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la
supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar
autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista
actualizada de bancos extranjeros de primera categora que
peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.
IMPORTANTE:
Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas
por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y
condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.
3.4. EJECUCIN DE GARANTAS Las garantas se harn efectivas
conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del
Reglamento.
3.5. INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIN DE OBRA3
El plazo de ejecucin de obra se inicia a partir del da siguiente
de que se cumplan las siguientes condiciones: 1. Que la Entidad
designe al inspector o al supervisor, segn corresponda.
3 En las obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la
elaboracin del expediente tcnico, estos requisitos debern
ser considerados para el inicio de la ejecucin de la obra.
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2. Que la Entidad entregue el expediente tcnico de obra completo
al contratista. 3. Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde
se ejecutar la obra al contratista. 4. Que la Entidad provea el
calendario de entrega de los materiales o insumos al
contratista, cuando en la seccin especfica de las Bases la
Entidad haya asumido esta obligacin.
5. Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer
desembolso de dicho adelanto al contratista, en las condiciones y
oportunidad establecidas en la seccin especfica de las Bases, salvo
que en dicha seccin no se haya previsto la entrega de este
adelanto.
6. Que el contratista presente el certificado de habilidad de
los profesionales4 sealados
en su propuesta tcnica. Estas condiciones debern ser cumplidas
dentro de los quince (15) das calendario siguientes a la suscripcin
del contrato. En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto
directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las dems
condiciones. Si cumplidas las condiciones antes indicadas la
estacionalidad climtica no permitiera el inicio de la ejecucin de
la obra, la Entidad podr acordar con el contratista la fecha para
el inicio de la ejecucin. Dicha decisin deber ser sustentada en un
informe tcnico que formar parte del expediente de contratacin de la
obra. IMPORTANTE:
De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber designarse a
un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o
mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector
Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de
seleccin.
3.6. RESIDENTE DE OBRA5
Profesional
6 colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) aos de
experiencia en la
especialidad7, designado por el contratista, previa conformidad
de la Entidad. Por su sola
designacin, el residente representa al contratista para los
efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar
modificaciones al contrato. La sustitucin del residente slo
proceder previa autorizacin por escrito del funcionario de la
Entidad que, segn sus normas de organizacin interna, cuente con
facultades suficientes para brindar tal autorizacin, y siempre que
el profesional reemplazante rena calificaciones profesionales
iguales o superiores a las del profesional originalmente propuesto.
El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitucin del residente
de obra debe ser emitido y notificado al contratista dentro de los
ocho (8) das hbiles siguientes de presentada la respectiva
solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita
pronunciamiento alguno, se considerar aprobada la sustitucin.
4 Ingenieros o arquitectos.
5 De acuerdo con el artculo 185 del Reglamento, en toda obra
debe contarse, de modo permanente y directo, con un
residente de obra. 6 Ingeniero o arquitecto, segn lo requerido
en el expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, conforme
a la
naturaleza de la obra a ser ejecutada. 7 En el expediente tcnico
que es parte de las Bases, la Entidad puede establecer
calificaciones y/o experiencia adicionales
para el profesional propuesto como residente de obra, segn la
naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ser
ejecutada.
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3.7. INSPECTOR O SUPERVISOR8 DE OBRA
Profesional colegiado y habilitado, con menos de dos (2) aos de
experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para
velar, de modo permanente y directo, por la correcta ejecucin de la
obra y el cumplimiento de las especificaciones tcnicas y del
contrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones
profesionales del residente. En caso que el supervisor sea una
persona jurdica, esta deber designar a una persona natural como
supervisor permanente de la obra.
3.8. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIN DE OCURRENCIAS El cuaderno de
obra se abre en la fecha de entrega del terreno al contratista,
oportunidad en la que deber ser firmado en cada una de sus pginas
por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el
residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original con
tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas copias a
la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o
supervisor. El cuaderno de obra original debe permanecer en la
obra, bajo custodia del residente, el que no podr impedirle el
acceso al mismo al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle
al contratista una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la
valorizacin por cada da en que se impida el acceso. Slo el
inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer anotaciones en
el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarn los hechos
relevantes que ocurran durante la ejecucin de la obra, firmando al
pie de cada anotacin que efecten. Tambin se anotarn en el cuaderno
de obra las consultas al inspector o supervisor de obra, as como la
respuesta de este ltimo. Las solicitudes que realice el
contratista, o su representante legal, como consecuencia de las
ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harn directamente a
la Entidad, por medio de comunicacin escrita. El cuaderno de obra
ser cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido
recibida por la Entidad, procediendo a entregar el original de
dicho cuaderno a la Entidad. IMPORTANTE:
El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el
cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecucin de la
obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el
particular.
3.9. ADELANTOS La Entidad entregar adelantos directos y
adelantos para materiales o insumos, conforme a lo establecido en
el artculo 186 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto
en la seccin especfica de las Bases
9.
En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo
previsto en la seccin especfica de las Bases, el contratista tendr
derecho a solicitar la ampliacin del plazo
8 De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber contarse
con supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea
igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del
Sector Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de
seleccin.
9 En el caso de obras bajo la modalidad llave en mano que
incluya la elaboracin del expediente tcnico, si la Entidad prev
la entrega del adelanto directo para la elaboracin del
expediente tcnico, el monto de este adelanto no podr ser superior
al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a
esta prestacin. Asimismo, si la Entidad prev la entrega del
adelanto directo para la ejecucin de la obra, el monto de este
adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) del monto
original correspondiente a esta prestacin.
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de ejecucin de la obra por el nmero de das equivalente a la
demora, conforme al artculo 201 del Reglamento.
3.10. VALORIZACIONES La valorizacin es la cuantificacin econmica
del avance fsico en la ejecucin de la obra en un periodo
determinado, tendr el carcter de pago a cuenta y deber ser
realizada el ltimo da de cada periodo de valorizacin previsto en la
seccin especfica de las Bases, por el inspector o supervisor, segn
corresponda, y por el contratista. Si el inspector o supervisor no
se presenta para la valorizacin conjunta con el contratista, este
ltimo la realizar. En caso de retraso en el pago de las
valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista
tendr derecho al pago de intereses, de conformidad con el artculo
48 de la Ley y los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para
tal efecto, se formular una valorizacin de intereses y el pago se
efectuar en las valorizaciones siguientes. En el caso que se haya
suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones
se realizar a quien se indique en el contrato de consorcio.
3.11. REAJUSTES Si el valor referencial es establecido en moneda
nacional, las valorizaciones debern ser ajustadas multiplicndolas
por el respectivo coeficiente de reajuste K que se obtenga de
aplicar en la frmula o frmulas polinmicas previstas en el
expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, los ndices
Unificados de Precios de la Construccin que publica el Instituto
Nacional de Estadstica e Informtica INEI. Dado que los ndices
Unificados de Precios de la Construccin son publicados con un mes
de atraso, los reajustes debern calcularse teniendo en consideracin
el coeficiente de reajuste K conocido a ese momento;
posteriormente, cuando se conozcan los ndices que se deben aplicar,
se calcular el monto definitivo de los reajustes que corresponden,
los que se pagarn con la valorizacin ms cercana posterior o en la
liquidacin final sin reconocimiento de intereses. IMPORTANTE:
Tanto la elaboracin como la aplicacin de las frmulas polinmicas
se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC.
3.12. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La
penalidad por retraso injustificado en la ejecucin de la obra y las
causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de
conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento,
respectivamente. De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del
Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse
penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del
Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y
congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto
mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato
vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas
penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por
mora.
3.13. LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRA El procedimiento para la
liquidacin del contrato de obra que deber observarse, es el que se
encuentra descrito en el artculo 211 del Reglamento. No proceder la
liquidacin mientras existan controversias pendientes de
resolver.
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Luego de haber quedado consentida la liquidacin y efectuado el
pago del saldo de la liquidacin, culmina el contrato y se cierra el
expediente respectivo. Las controversias sobre pagos podrn ser
sometidas a conciliacin y/o arbitraje, dentro del plazo de quince
(15) das hbiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en la
seccin especfica de las Bases para efectuar el pago del monto
correspondiente al saldo de la liquidacin.
3.14. VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicacin de lo dispuesto en el
artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da
siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene, hasta que
la liquidacin quede consentida y se efecte el pago
correspondiente.
3.15. DISPOSICIONES FINALES Todos los dems aspectos del presente
proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por
la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales
vigentes.
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SECCIN ESPECFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN
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CAPTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : Municipalidad Distrital de El Algarrobal
RUC N : 20154491288
Domicilio legal : Av. Principal s/n km 1.5 El Algarrobal
distrito El Algarrobal, provincia de ilo, regin Moquegua.
Telfono y fax: : 053-837101
Correo electrnico: :
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin
de la ejecucin de la obra INSTALACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y
ALCANTARILLADO DEL CERCADO Y ZONAS DE EXPANSION DEL DISTRITO EL
ALGARROBAL, PROVINCIA DE ILO, REGIN MOQUEGUA.
1.3. VALOR REFERENCIAL10
El valor referencial asciende a S/. 1639,939.48 (UN MILLON
SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON
48/100 NUEVOS SOLES), incluidos los impuestos de Ley y cualquier
otro concepto que incida en el costo total de la ejecucin de la
obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de JUNIO DEL
2015
Valor Referencial (VR)
Lmites
Inferior Superior
S/. 1639,939.48 (Un millon seiscientos
treinta y nueve mil novecientos treinta y
nueve con 48/100 nuevos soles)
S/. 1475,945.54 (Un milln cuatrocientos
setenta y cinco mil novecientos cuarenta y
cinco con 54/100 nuevos soles )
1803,933.42 (Un milln ochocientos
tres mil novecientos treinta y tres con
42/100 nuevos soles)
IMPORTANTE:
Las propuestas econmicas no pueden exceder los lmites del valor
referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley.
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN
El expediente de contratacin fue aprobado mediante RESOLUCION DE
ALCALDIA N125-2015-MDEA, el 26 de junio del 2015. Asimismo, el
expediente tcnico de obra fue aprobado mediante RESOLUCION DE
ALCALDIA N106-2015-MDEA, el 12 de junio del 2015.
10
El monto del valor referencial indicado en esta seccin de las
Bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado en
la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir
contradiccin entre estos montos, primar el monto del valor
referencial indicado en las Bases aprobadas.
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1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Donaciones y transferencias
Recursos determinados
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN El presente proceso se rige por el
sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el
expediente de contratacin respectivo.
1.7. MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUAL NO CORRESPONDE
1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO La obra a ser ejecutada est
definida en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de
la presente seccin, en el captulo III.
1.9. PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA El plazo de ejecucin de la
obra materia de la presente convocatoria, es de 150 (Ciento
cincuenta) das calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento
tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente
de contratacin y en el expediente tcnico de obra.
1.10. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES El costo de reproduccin
de las bases ser de S/. 25.00 (veinticinco con 00/100 soles) y ser
pagado en caja de la entidad.
1.11. BASE LEGAL - Ley N 30281 Ley de Presupuesto del Sector
Pblico para el Ao Fiscal 2015 - Ley N 30282 Ley de Equilibrio
Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao
fiscal 2015. - Decreto Supremo N 011-79-VC.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de
ser el caso.
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CAPTULO II DEL PROCESO DE SELECCIN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN
11
Etapa Fecha, hora y lugar
Convocatoria : 30-06-2015
Registro de participantes : Del: 01-07-2015 Al: 09-07-2015
Formulacin de Consultas y Observaciones
: Del: 01-07-2015 Al: 03-07-2015
Absolucin de Consultas y Observaciones a las Bases
: 07-07-2015
Integracin de las Bases : 08-07-2015
Presentacin de Propuestas : 14-07-2015
* El acto pblico se realizar en : RESTAURANT DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL EL ALGARROBAL SITO EN AV. PRINCIPAL S/N KM 15, DISTRITO
EL ALGARROBAL, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA A LAS
12:00 HORAS
Calificacin y Evaluacin de Propuestas
: 15-07-2015
Otorgamiento de la Buena Pro12
: 15-07-2015
* El acto pblico se realizar en : RESTAURANT DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL EL ALGARROBAL SITO EN AV. PRINCIPAL S/N KM 15, DISTRITO
EL ALGARROBAL, PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA A LAS
12:00 HORAS
IMPORTANTE:
Debe tenerse presente que en una adjudicacin directa pblica,
entre la convocatoria y la etapa de presentacin de propuestas debe
existir como mnimo diez (10) das hbiles, y entre la integracin de
Bases y la etapa de presentacin de propuestas, debe existir como
mnimo tres (3) das hbiles.
2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de los participantes
es gratuito y se realizar en el AREA DE LOGISTICA, sito en Av.
Principal s/n km 15, El Algarrobal, distrito El Algarrobal, en las
fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 07:30 a
15:30horas. En el momento del registro, se emitir la constancia o
cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del
proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as
como el da y hora de dicha recepcin.
11
La informacin del cronograma indicado en las Bases no debe
diferir de la informacin consignada en el cronograma de la ficha
del proceso en el SEACE. No obstante, de existir contradiccin en
esta informacin, primar el cronograma indicado en la ficha del
proceso en el SEACE.
12
De acuerdo con el artculo 76 del Reglamento, el plazo para
otorgar la Buena Pro no exceder de diez (10) das hbiles contados
desde la fecha prevista en el cronograma del proceso de seleccin
para el otorgamiento de la Buena Pro, bajo responsabilidad del
Titular de la Entidad.
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IMPORTANTE:
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un
ejemplar de las Bases, las que incluyen el expediente tcnico de
obra, salvo en la modalidad de llave en mano que incluya su
elaboracin, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin
de las mismas.
2.3. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las
consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente
fundamentadas, ante el rea de logstica sito en Av. Principal s/n km
15, El Algarrobal, distrito El Algarrobal, en las fechas sealadas
en el cronograma, en el horario de 07:30 a 15:30 horas, debiendo
estar dirigidos al Presidente del Comit Especial de la ADJUDICACIN
DIRECTA PBLICA N 001-2015-CE-MDEA.
2.4. ACTO PBLICO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Las propuestas se
presentarn en acto pblico, en el Restaurant Turstico de la
Municipalidad Distrital de El Algarrobal, sito en Av. Principal s/n
km 15, El Algarrobal, distrito El Algarrobal, provincia de Ilo, en
la fecha y hora sealada en el cronograma. El acto pblico se
realizar con la participacin de Notario Pblico. Se podr contar con
la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control,
quien participar como veedor y deber suscribir el acta
correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.
Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn
dirigidas al Comit Especial de la ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N
001-2015-CE-MDEA, conforme al siguiente detalle: SOBRE N 1:
Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:
SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:
Seores
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR DIRECCIN] Att.: Comit Especial
ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N [..]
Denominacin de la convocatoria: [..]
SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL
POSTOR]
Seores
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR DIRECCIN] Att.: Comit Especial
ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N [..]
Denominacin de la convocatoria: [..]
SOBRE N 2: PROPUESTA ECONMICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL
POSTOR]
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2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA
TCNICA
Se presentar en un original y una (01) copia
13.
El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos
14, la siguiente
documentacin: Documentacin de presentacin obligatoria:
a) Copia del registro nacional de proveedores captulo ejecutor
de obras
b) Declaracin jurada de datos del postor. Cuando se trate de
consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por
cada uno de los consorciados (Anexo N 1). c) Declaracin jurada
de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos
contenidos en el Captulo III de la presente seccin15
(Anexo N 2). d) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo
42 del Reglamento (Anexo N
3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar
esta declaracin
jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del
consorcio. e) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la
que se consigne los
integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las
obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes
del consorcio, as como el porcentaje equivalente a dichas
obligaciones (Anexo N 4).
La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno
de sus
integrantes. Se presume que el representante comn del consorcio
se encuentra facultado
para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los
actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del
contrato, con amplias y suficientes facultades.
f) Declaracin jurada de plazo de ejecucin de la obra (Anexo N
5).
g) Declaracin jurada del personal propuesto para la ejecucin de
la obra (Anexo
N 09).
h) En relacin al personal propuesto deber presentar la
documentacin sustentatoria que acredite el cumplimiento de los
requerimientos Tcnicos mnimos establecidos en el captulo III de las
presentes bases.
i) Declaracin jurada de maquinarias y equipos ofertadas mnimos,
debiendo
13
De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento, la propuesta tcnica
se presentar en original y en el nmero de copias requerido en las
Bases, el que no podr exceder de la cantidad de miembros que
conforman el Comit Especial.
14
La omisin del ndice no descalifica la propuesta, ya que su
presentacin no tiene incidencia en el objeto de la
convocatoria.
15
El Comit Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo
bastar la presentacin de una declaracin jurada para acreditar el
cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos o, de lo
contrario, si ser necesario que lo declarado se encuentre
respaldado con la presentacin de algn otro documento, en cuyo caso,
deber precisar dicha informacin en el listado de documentacin de
presentacin obligatoria del numeral 2.5.1 de la seccin especfica de
las Bases.
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adjuntar la documentacin sustentatoria que acredite las
caractersticas requeridas en los requerimientos Tcnicos mnimos
establecidos en el captulo III de las presentes bases. ANEXO 10
j) Declaracin jurada de autorizacin de notificacin. Anexo 11
IMPORTANTE:
La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no
admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo
68 del Reglamento.
Documentacin de presentacin facultativa: a) Certificado de
inscripcin o reinscripcin en el registro de la Micro y Pequea
Empresa REMYPE, de ser el caso.16
b) En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por
personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados
en su totalidad por stas, deber presentarse una constancia o
certificado con el cual acredite su inscripcin en el Registro de
Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.
17
c) Factor experiencia en obras en general: Copia simple de
contratos y sus
respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus
respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier
otra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la
obra fue concluida, as como su monto total. Adicionalmente, para
acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse
copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de
consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben
presentar el Anexo N 6, referido a la experiencia en obras en
general del postor.
d) Factor experiencia en obras similares: Copia simple de
contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad;
contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos
y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda
fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total.
Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio,
deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o
el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los
postores deben presentar el Anexo N 7, referido a la experiencia en
obras similares del postor.
e) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional
propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal
profesional propuesto, se presentar copia simple de: contratos de
trabajo, constancias o certificados. Para acreditar el factor
calificaciones del personal profesional propuesto se presentar
copia simple de: TTULOS, CONSTANCIAS, CERTIFICADOS, U OTROS
DOCUMENTOS, SEGN CORRESPONDA].
f) Factor cumplimiento de ejecucin de obras: Copia simple de un
mximo de diez (10) constancias de prestacin.
16
Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate,
conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento. 17
Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate,
conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento.
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IMPORTANTE:
En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la
propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.
2.5.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA
18
El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria:
Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y el
detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido
establecido en las Bases (Anexo N 8). El monto total de la
propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser
expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser
expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE:
La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores
depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos
en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento.
En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera
de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta
econmica ser descalificada.
2.6. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez evaluadas las
propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje
total de las mismas. El puntaje total de las propuestas ser el
promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente
frmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i PEi = Puntaje por
evaluacin econmica del postor i Se aplicarn las siguientes
ponderaciones: c1 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin
tcnica.
= 0.70 c2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin
econmica.
= 0.30 Donde: c1 + c2 = 1.00
18
De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento la propuesta
econmica solo se presentar en original.
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2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes
documentos para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no
estar inhabilitado para contratar con el Estado. b) Constancia de
capacidad libre de contratacin. c) Carta fianza como Garanta de
fiel cumplimiento del contrato. d) Carta fianza como Garanta de
fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el
caso. e) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los
integrantes, de ser el caso. f) Cdigo de cuenta interbancario
(CCI). g) Domicilio para efectos de la notificacin durante la
ejecucin del contrato. h) Designacin del residente de obra, cuando
este no haya formado parte de su
propuesta tcnica. i) Calendario de avance de obra valorizado
sustentado en el Programa de Ejecucin de
Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo la modalidad llave en mano
que incluya la elaboracin del expediente tcnico.
j) Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios
para la ejecucin de obra
19, en concordancia con el calendario de avance de obra
valorizado, salvo en
obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin
del expediente tcnico.
k) Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta,
cuando el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras
bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del
expediente tcnico.
l) Copia de DNI del Representante Legal. m) Copia de la vigencia
del poder del representante legal de la empresa. n) Copia de la
constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente
actualizado. o) Copia del RUC de la empresa.
.
IMPORTANTE:
La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a
la consignada en el presente numeral para la suscripcin del
contrato.
2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO
Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al
consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado
administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo
dentro del cual el postor ganador y la Entidad debern realizar las
acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas
en el numeral 1 del artculo 148 del Reglamento. La citada
documentacin deber ser presentada en el rea de logstica sito en Av.
Principal s/n km 15, El Algarrobal, distrito El Algarrobal,
provincia de Ilo, Moquegua., en el horario de 07:30 a 15:30
horas
IMPORTANTE:
Las siguientes disposiciones slo debern ser incluidas en el caso
que la Entidad considere la entrega del adelanto directo y para
materiales o insumos:
2.9. ADELANTOS
2.9.1. ADELANTO DIRECTO
19
De acuerdo con el artculo 183 del Reglamento, este calendario se
actualizar con cada ampliacin de plazo otorgada, en concordancia
con el calendario de avance de obra valorizado vigente.
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La Entidad otorgar un adelanto directo por el 20% del monto del
contrato original.
El contratista debe solicitar formalmente el adelanto dentro de
los ocho (8) das calendario siguientes a la suscripcin del
contrato, adjuntando a su solicitud la garanta por adelantos
20 mediante CARTA FIANZA y el comprobante de pago
correspondiente.
La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete
(7) das siguientes a la presentacin de la solicitud del
contratista. Vencido el plazo para solicitar el adelanto no
proceder la solicitud. En el supuesto que no se entregue EL
ADELANTO en la oportunidad prevista, el contratista tendr derecho a
solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la obra por el
nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del
Reglamento.
2.9.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS La Entidad otorgar
adelantos para materiales o insumos por el 40% del monto del
CONTRATO ORIGINAL
21, conforme al calendario de adquisicin de materiales o
insumos. Para dicho efecto, el contratista deber entregar la
garanta por adelantos
22 mediante
CARTA FIANZA y el comprobante de pago correspondiente.
2.10. VALORIZACIONES El periodo de valorizacin ser MENSUAL.
De acuerdo con los prrafos quinto y sexto del artculo 197 del
Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad
deber contar con la valorizacin del periodo correspondiente,
debidamente aprobada por el inspector o supervisor, segn
corresponda; a la que deber adjuntarse el comprobante de pago
respectivo.
2.11. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIN DEL CONTRATO
DE OBRA La Entidad o el contratista, segn corresponda, deben
efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la
liquidacin del contrato de obra, en el plazo de quince (15) das
calendario, computados desde el da siguiente del consentimiento de
la liquidacin. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe
presentar el comprobante de pago respectivo.
20
De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta garanta
deber ser emitida por idntico monto y un plazo mnimo de vigencia de
tres (3) meses, renovable trimestralmente por el monto pendiente de
amortizar, hasta la amortizacin total del adelanto otorgado. Cuando
el plazo de ejecucin de la obra sea menor a tres (3) meses, la
garanta podr ser emitida con una vigencia menor, siempre que cubra
la fecha prevista para la amortizacin total del adelanto
otorgado.
21
En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que se
ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la
elaboracin del expediente tcnico, deber consignarse que el monto
del adelanto para materiales o insumos se calcula en funcin del
monto del contrato original. En el caso de obras que se ejecuten
bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del
expediente tcnico, deber consignarse que el monto del adelanto para
materiales o insumos se calcula en funcin del monto original de la
prestacin consistente en la ejecucin de la obra.
22 De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta
garanta deber ser emitida por idntico monto y mantenerse
vigente hasta la utilizacin de los materiales o insumos a
satisfaccin de la Entidad, pudiendo reducirse de manera
proporcional de acuerdo con el desarrollo respectivo.
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CAPTULO III REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS
OBRA: INSTALACION DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
DEL CERCADO Y ZONAS DE EXPANSION DEL DISTRITO EL ALGARROBAL,
PROVINCIA DE ILO, REGION MOQUEGUA
Las especificaciones tcnicas son las que estn contenidas en el
expediente tcnico de la obra la misma que forma parte de las
presentes bases, estas especificaciones tcnicas detallan la
naturaleza de los materiales a utilizar, procedimientos
constructivos, aprobaciones, controles de calidad, entre otras; que
servirn para cumplir con la correcta ejecucin de la obra.
REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS DEL PERSONAL PROPUESTO: a) Por
ningn motivo, un profesional propuesto podr ocupar doble cargo ya
que cada profesional propuesto tiene sus propias funciones y
responsabilidades. b) Para todo profesional propuesto, la
experiencia en trabajos efectivos en obras similares a considerar,
son los siguientes: Instalacin o mejoramiento o construccin o
ampliacin o rehabilitacin de: agua potable y alcantarillado o red
colectora y conexiones domiciliarias o sistema de impulsin de agua
potable o drenajes o alcantarillado o reservorios o saneamiento o
sistemas de alcantarillado o Plantas de Tratamiento de Agua u Obras
Hidrulicas.
A) RESIDENTE DE OBRA: El profesional ser INGENIERO CIVIL
Colegiado Y habilitado (adjuntar certificado de habilidad
profesional). Deber acreditar: La declaracin jurada de libre
disponibilidad de asumir las funciones de residente de obra deber
llevar la firma, sello y huella digital del profesional y adjuntar
copia de su DNI legalizada.
As mismo deber de acreditar un tiempo efectivo de 1,000 mil das
como Residente y/o supervisor y/o inspector en obras similares.
Deber de haber sido Residente de Obra en una Obra de Planta de
Tratamiento de Aguas Servidas, adems deber acreditar un tiempo
efectivo de 1,000 mil das como Residente y/o supervisor y/o
inspector en obras en General. Acreditacin: La experiencia se
acreditara con (i) contratos con su respectiva conformidad o (ii)
constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otro documento
que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional
propuesto.
Capacitacin: El Profesional deber de acreditar los Siguientes
Cursos:
Saneamiento Predial Urbano.
Ley de Contrataciones y sus Modificatorias aplicadas a la
Ejecucin de Obras.
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Capacitacin en Manejo de Explosivos de Uso Civil.
Control de Obras Pblicas y Presupuesto Municipal.
Tecnologa del Concreto.
Estructuracin y Diseo de Edificaciones de Concreto Armado. Nota:
La acreditacin de las capacitaciones de los profesionales ser con
constancia, certificados o cualquier otro documento que de manera
fehaciente demuestre que dichos profesionales han recibido la
capacitacin requerida los documentos de acreditacin debern estar
legalizados notarialmente.
B) ASISTENTE DE OBRA: El profesional ser INGENIERO CIVIL
Colegiado Y habilitado (adjuntar certificado de habilidad
profesional). Deber acreditar: La declaracin jurada de libre
disponibilidad de asumir las funciones de asistente de obra deber
llevar la firma, sello y huella digital del profesional y adjuntar
copia de su DNI legalizada.
Deber como mnimo acreditar una experiencia de 500 quinientos das
efectivos acumulados como Residente y/o supervisor de obras iguales
y/o similares, adems deber acreditar un tiempo efectivo de 500 das
como Residente y/o supervisor y/o inspector en obras en General. Se
acreditar con copia simple de: (i) contratos y su respectiva
conformidad; o, (ii) constancias; o, (iii) certificados; o, (iv)
cualquier otra documentacin que, de manera fehaciente demuestre la
experiencia del personal propuesto. Capacitacin: El Profesional
deber de acreditar la Siguiente Capacitacin:
Deber tener estudios concluidos de Maestra en Planeamiento y
Gestin Urbano Ambiental.
Estudios Concluidos de Segunda Especialidad en: Gerencia de La
Construccin. Nota: La acreditacin de las capacitaciones de los
profesionales ser con constancia, certificados o cualquier otro
documento que de manera fehaciente demuestre que dichos
profesionales han recibido la capacitacin requerida, debern estar
legalizados notarialmente.
MAQUINARIA Y EQUIPO. El Equipo Mnimo requerido y el cual no debe
tener una antigedad mayor a cinco (5) aos es el siguiente:
01 CAMION BARANDA 3 TON.
01 CAMION VOLQUETE 6x4 330 HP 15 M3.
01 COMPRESORA NEUMATICA 250-330 PCM, 87 HP C/2 MARTILLOS
01 MINICARGADOR MULTIPROPOSITO S/LLANTAS DE 76HP
01 RETROEXCAVADOR S/LLANTAS 120 HP
02 APISONADOR COMPACTADOR 4.0 HP
02 MEZCLADORA DE 11P3
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Acreditacin: El postor podr acreditar con distintos documentos
que sustenten la propiedad de los equipos y/o vehculos, la posesin,
compromisos de compra venta o alquiler de los mismos, o
declaraciones juradas que evidencien la disponibilidad de estos;
sin perjuicio de la potestad de la Entidad de requerir para la
suscripcin del contrato los documentos que sustenten su
disponibilidad. La presentacin del equipo mnimo, inferior a relacin
antes citada, acarrear la perdida de la condicin de Postor en
merito a lo estipulado en el Art. 61 del Reglamento. Sin perjuicio
que se verifique dicha disponibilidad con ocasin de la suscripcin
del contrato. IMPORTANTE Cabe resaltar los postores debern de
acreditar el compromiso de participacin de los profesionales y
tcnico propuestos mediante declaracin jurada con firma y huella
digital, mediante una carta de compromiso y una carta de
disponibilidad para participar en la ejecucin de la obra el caso de
obtener la buena pro. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA El
Contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los
vicios ocultos de la obra materia de la presente convocatoria, por
el plazo de Siete (07) aos, contados a partir de la conformidad de
la recepcin total o parcial de la obra. MUY IMPORTANTE: El Comit
Especial verificara la autenticidad de toda la documentacin
presentada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos
tcnicos mininos, de encontrarse alguna irregularidad por parte de
los postores la propuesta ser descalificada y se proceder comunicar
a OSCE solicitando apertura de procedimiento sancionador.
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CAPTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIN TCNICA
EVALUACIN TCNICA (Puntaje Mximo: 100 Puntos) Es de exclusiva
responsabilidad del Comit Especial que los factores permitan la
seleccin de la mejor oferta en relacin con la necesidad que se
requiere satisfacer. I. FACTORES DE EVALUACIN PARA LA CONTRATACIN
DE LA EJECUCIN DE
OBRAS De acuerdo con el artculo 47 del Reglamento, las Bases
deben consignar los siguientes factores de evaluacin,
necesariamente:
FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA
PARA SU ASIGNACIN23
A. EXPERIENCIA EN OBRAS EN GENERAL 15 puntos
Criterio: Se evaluar considerando el monto facturado acumulado
por el postor correspondiente a la ejecucin de obras en general,
durante un periodo de (05) aos a la fecha de presentacin de
propuestas, hasta por un monto mximo acumulado equivalente a TRES
(03) veces el valor referencial. Acreditacin: La experiencia se
acreditar mediante copia simple de: contratos y sus respectivas
actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas
resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra
documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la obra
fue concluida, as como su monto total. En los casos que se acredite
experiencia con contratos en los que se particip en consorcio,
deber presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de
consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de
las obligaciones que se asumi en el contrato presentado; de lo
contrario, no se computar la experiencia proveniente de dicho
contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de
procesos de seleccin convocados antes del 20.09.2012, se entender
que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de
participacin de la promesa formal o del contrato de consorcio. En
caso en dichos documentos no se consigne el porcentaje de
participacin se presumir que las obligaciones se ejecutaron en
partes iguales. Cuando los contratos presentados se encuentren
expresados en moneda extranjera, deber indicarse el tipo
M = Monto facturado acumulado por el postor por la ejecucin de
obras en general M >= a TRES (03) veces el valor
referencial:
15 puntos M >= a (02) veces el valor referencial y < (03)
veces el valor referencial:
8 puntos M >= a (01) veces el valor referencial y < 02
veces el valor referencial:
4 puntos
23
De acuerdo con el artculo 47 del Reglamento, para la
determinacin de los puntajes de cada factor de evaluacin, deber
considerarse los mrgenes aqu establecidos. En ningn caso, podr
establecerse puntajes que excedan dichos mrgenes.
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FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA
PARA SU ASIGNACIN23
de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca,
Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripcin. Sin
perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el
Anexo N 6 referido a la experiencia en obras en general del postor.
La obra presentada para acreditar la experiencia en obras similares
servir para acreditar la experiencia en obras en general.
B. EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES 30 puntos
Criterio: Se evaluar considerando el monto facturado acumulado
por el postor correspondiente a la ejecucin de obras similares
(obras de saneamiento), durante un periodo de (05) aos a la fecha
de presentacin de propuestas, hasta por un monto mximo acumulado
equivalente a UNA (01) vez el valor referencial. Se considerar obra
similar: Instalacin o mejoramiento o construccin o ampliacin o
rehabilitacin de: agua potable y alcantarillado o red colectora y
conexiones domiciliarias o sistema de impulsin de agua potable o
drenajes o alcantarillado o reservorios o saneamiento o sistemas de
alcantarillado o Plantas de Tratamiento de Agua u Obras Hidrulicas;
cuyo valor mnimo sea equivalente al quince por ciento (15%) del
valor referencial.
Acreditacin: La experiencia se acreditar mediante copia simple
de: contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad;
contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos
y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda
fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total.
En los casos que se acredite experiencia con contratos en los que
se particip en consorcio, deber presentarse la promesa formal de
consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda
fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumi en
el contrato presentado; de lo contrario, no se computar la
experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se
presenten contratos derivados de procesos de seleccin convocados
antes del 20.09.2012, se entender que el porcentaje de las
obligaciones equivale al porcentaje de participacin de la promesa
formal o del contrato de consorcio. En caso en dichos documentos no
se consigne el porcentaje de participacin se presumir que las
obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando los contratos
presentados se encuentren
M = Monto facturado acumulado por el postor por la ejecucin de
obras similares M >= a 01 vez el valor referencial:
30 puntos M >= a 0.5 vez del valor referencial y < a 01
vez el valor referencial:
15 puntos M >= a 0.25 del valor referencial y < a 0.5 vez
del valor referencial:
8 puntos M >= a 0 y < a 0.25 del valor referencial:
5 puntos24
24
El Comit Especial define los rangos de evaluacin e indica cules
son los parmetros en cada rango. Asimismo, podr cambiar la
metodologa para la asignacin de puntaje.
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FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA
PARA SU ASIGNACIN23
expresados en moneda extranjera, deber indicarse el tipo de
cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y
AFP correspondiente a la fecha de suscripcin. Los montos podrn ser
actualizados desde la fecha de trmino de la obra hasta la fecha del
valor referencial, para lo cual usarn el ndice de Precios al
Consumidor (IPC hasta 3 decimales). En el caso de moneda extranjera
se har la conversin a moneda nacional, considerando el tipo de
cambio venta promedio del mes de trmino de la obra y luego se
actualizar a la fecha solicitada. Sin perjuicio de lo anterior, los
postores deben llenar y presentar el Anexo N 7, referido a la
Experiencia del Postor en obras similares.
C. EXPERIENCIA Y CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROFESIONAL
PROPUESTO
40 puntos
C.1 EXPERIENCIA DEL PERSONAL PROFESIONAL
PROPUESTO PARA LA DIRECCION TECNICA Criterio: Se evaluar en
funcin al tiempo de experiencia en la especialidad del personal
propuesto para la ejecucin de la obra segn los cargos establecidos
en el captulo III de las presentes Bases. La experiencia en la
especialidad (en obras similares) del personal propuesto a
calificar es de la misma naturaleza pero adicional a la experiencia
establecida como requerimiento tcnico mnimo. De presentarse
experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cmputo del
tiempo de dicha experiencia slo se considerar una vez el periodo
traslapado. Acreditacin La experiencia se acreditara con copias
simples de (i) contratos con su respectiva conformidad o (ii)
constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otro documento
que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional
propuesto.
C.2 CALIFICACIONES DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO
C.2.1 FORMACION ACADEMICA C.2.1.1 Residente de Obra
Criterio: Se evaluar en funcin al nivel de formacin acadmica del
personal propuesto como Ingeniero Residente de Obra, considerndose
los siguientes niveles:
35 puntos RESIDENTE DE OBRA (01) E = Experiencia acumulada por
el personal profesional. E > de 1,000 DIAS..........20 Ptos E
> de 500 y < 1,000 DIAS..15 Ptos E < = de 500 DIAS..00
Ptos ASIST. DE RESIDENTE (01) E = Experiencia acumulada por el
personal profesional. E > de 500 DIAS.............15 Ptos E >
de 250 y < 500 DIAS. 10 Ptos E < = de 250 DIAS. 0 Ptos
05 PUNTOS Nivel 1 2.5 puntos
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FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA
PARA SU ASIGNACIN23
NIVEL 1: Tres cursos de Especializacin: 1 en Saneamiento Predial
Urbano, 1 en Ley De Contrataciones Y Sus Modificatorias Aplicado A
La Ejecucin De Obras, 1 en Estructuracin y diseo de Edificaciones
de Concreto Armado. NIVEL 2: No acredita formacin acadmica.
Acreditacion: La acreditacin de las capacitaciones de los
profesionales ser con constancia, certificados o cualquier otro
documento que de manera fehaciente demuestre que dichos
profesionales han recibido la capacitacin requerida los documentos
de acreditacin debern estar legalizados notarialmente.
C.2.1.3 Asistente de Residente de Obra
Criterio: Se evaluar en funcin al nivel de formacin acadmica del
personal propuesto como Asistente de Residente de Obra,
considerndose los siguientes niveles: NIVEL 1: Estudios Culminados
de Maestra en
Planeamiento y Gestin Urbano Ambiental. Estudios Culminados de
Segunda Especialidad en Gerencia en la Construccin. NIVEL 2: No
acredita formacin acadmica. Acreditacin: La acreditacin de las
capacitaciones de los profesionales ser con constancia,
certificados o cualquier otro documento que de manera fehaciente
demuestre que dichos profesionales han recibido la capacitacin
requerida, debern estar legalizados notarialmente.
Nivel 2 0.0 puntos Nivel 1 2.5 puntos Nivel 2 0.0 puntos
D. CUMPLIMIENTO DE EJECUCIN DE OBRAS 15 puntos
Criterio: Se evaluar el nivel de cumplimiento del postor,
respecto de las obras en general o similares presentadas para
acreditar la experiencia del postor, en funcin al nmero de
constancias de prestacin presentadas. Acreditacin: Mediante la
presentacin de copia simple de un mximo de diez (10) constancias de
prestacin o cualquier otro documento que, independientemente de su
denominacin, indique, como mnimo, lo siguiente: 1. La identificacin
del contrato, indicando como mnimo su
objeto. 2. El monto correspondiente; esto es, el importe total
al que
asciende el contrato, comprendiendo las variaciones por
adicionales, reducciones, reajustes, etc., que se
Se debe utilizar la siguiente frmula de evaluacin
25:
PCP= PF x CBC
NC Donde: PCP = Puntaje a otorgarse al postor. PF = Puntaje
mximo al postor = 15 puntos. NC = Nmero de contrataciones
presentadas para acreditar la experiencia del postor. CBC = Nmero
de constancias de prestacin vlidas.
25 Para mayor detalle, se recomienda revisar el Pronunciamiento
N 087-2010/DTN enwww.osce.gob.pe
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FACTORES DE EVALUACIN - OBLIGATORIOS PUNTAJE / METODOLOGA
PARA SU ASIGNACIN23
hubieran aplicado durante la ejecucin contractual. 3. Las
penalidades en que hubiera incurrido el contratista
durante la ejecucin de dicho contrato.
PUNTAJE TOTAL 100 puntos26
Para acceder a la etapa de evaluacin econmica, el postor deber
obtener un puntaje tcnico mnimo de sesenta (60) puntos.
26 Es la suma de los puntajes de todos los factores de
evaluacin.
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CAPTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
Conste por el presente documento, la contratacin de la ejecucin
de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA], que
celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en
adelante LA ENTIDAD, con RUC N [], con domicilio legal en [],
representada por [..], identificado con DNI N [], y de otra parte
[.....................], con RUC N [................], con
domicilio legal en [.....................], inscrita en la Ficha N
[.........] Asiento N [.......] del Registro de Personas Jurdicas
de la ciudad de [], debidamente representado por su Representante
Legal, [.....................], con DNI N [..], segn poder inscrito
en la Ficha N [..], Asiento N [] del Registro de Personas Jurdicas
de la ciudad de [], a quien en adelante se le denominar EL
CONTRATISTA en los trminos y condiciones siguientes:
CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [..], el Comit Especial
adjudic la Buena Pro de la ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N [CONSIGNAR
NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIN] para la contratacin de la
ejecucin de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA],
a [CONSIGNAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e
importe constan en los documentos integrantes del presente
contrato. CLUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por
objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIN], conforme a los
Requerimientos Tcnicos Mnimos. CLUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y
MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.
27
Este monto comprende el costo de la ejecucin de la obra, seguros
e impuestos, as como todo aquello que sea necesario para la
correcta ejecucin de la prestacin materia del presente contrato.
CLUSULA CUARTA: DEL PAGO
28
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestacin a EL CONTRATISTA
en [INDICAR MONEDA], en periodos de valorizacin [CONSIGNAR
MENSUALES U OTRO TIPO DE PERIODO], conforme a lo previsto en la
seccin especfica de las Bases. Asimismo, LA ENTIDAD o EL
CONTRATISTA, segn corresponda, se obligan a pagar el monto
correspondiente al saldo de la liquidacin del contrato de obra, en
el plazo de [CONSIGNAR PLAZO EN DAS] das calendario, computados
desde el da siguiente del consentimiento de la liquidacin. En caso
de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables
a LA ENTIDAD, EL CONTRATISTA tendr derecho al pago de intereses, de
conformidad con el artculo 48 de la Ley de Contrataciones del
Estado y los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para tal
efecto, se formular una valorizacin de intereses y el pago se
efectuar en las valorizaciones siguientes.
27
Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la
Buena Pro haya presentado la Declaracin jurada de cumplimiento de
condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N 8)
en su propuesta tcnica.
28
En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del
contrato, podr adicionarse la informacin que resulte pertinente a
efectos de generar el pago.
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CLUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA El plazo de
ejecucin del presente contrato es de [..] das calendario, el mismo
que se computa desde el da siguiente de cumplidas las condiciones
previstas en el numeral 3.5 de la seccin general de las Bases.
CLUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente
contrato est conformado por las Bases integradas, la oferta
ganadora29 y los
documentos derivados del proceso de seleccin que establezcan
obligaciones para las partes. CLUSULA STIMA: GARANTAS EL
CONTRATISTA entreg a la suscripcin del contrato la respectiva
garanta solidaria, irrevocable, incondicional y de realizacin
automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los
conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato30
: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la [INDICAR EL TIPO DE
GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que
es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato
original, la misma que deber mantenerse vigente hasta el
consentimiento de la liquidacin final.
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias31
: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la [INDICAR EL TIPO DE
GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que
deber mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las
obligaciones garantizada