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INTEGRADAS
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BASES INTEGRADAS
BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA PARA LA CONTRATACIN
DE LA EJECUCIN DE OBRAS1
ADJUDICACIN DIRECTA PBLICA N 002-2014-GRL-GSRAA/18.CEP
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE LA OBRA: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
DE EDUCACION INICIAL
EN LA I.E.I.P. N 62395 - SAN JUAN DE ARMANAYACU- DISTRITO DE
BALSAPUERTO Y LA I.E.I.P. N 211- AA.HH.
BUENA VISTA DISTRITO DE YURIMAGUAS, PROVINCIA DE ALTO AMAZONAS
DEPARTAMENTO DE LORETO. Cdigo
SNIP: 250441
YURIMAGUAS SETIEMBRE DEL 2014
1 Estas Bases se utilizarn para la contratacin de la ejecucin de
obras. Para tal efecto, se deber tener en cuenta la
siguiente definicin:
Obra: Construccin, reconstruccin, remodelacin, demolicin,
renovacin y habilitacin de bienes inmuebles, tales como
edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones,
carreteras, puentes, entre otros, que requieren direccin tcnica,
expediente tcnico, mano de obra, materiales y/o equipos.
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ADMINISTRATIVAS
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SECCIN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN
(ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO
SANCIN DE NULIDAD)
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CAPTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN
1.1. BASE LEGAL
- Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto. - Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones
del Estado, en adelante la Ley. - Decreto Supremo N 184-2008-EF -
Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, en adelante el Reglamento. - Directivas del OSCE. - Ley
N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General. - Cdigo
Civil. - Ley N 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la
Informacin Pblica. Las referidas normas incluyen sus respectivas
modificaciones, de ser el caso. Para la aplicacin del derecho deber
considerarse la especialidad de las normas previstas en las
presentes Bases.
1.2. CONVOCATORIA Se efectuar de conformidad con lo sealado en
el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el
cronograma.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se
efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da
hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de
propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno
(1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del
Reglamento. La persona natural o persona jurdica que desee
participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin
vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al
objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la
inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para
contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deber
sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento
Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn
social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de
Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de seleccin
convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que
los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro
Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener
mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin
electrnica: www.rnp.gob.pe.
1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las
consultas y observaciones a las Bases sern presentadas por un
periodo mnimo de tres (3) das hbiles, contados desde el da
siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en
los artculos 55 y 57 del Reglamento.
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1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La
decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas y
observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se
notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en
los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el
cronograma del proceso de seleccin. El plazo para la absolucin no
podr exceder de tres (3) das hbiles contados desde el vencimiento
del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse
presentado observaciones, el Comit Especial debe incluir en el
pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto
de elevacin de observaciones al OSCE. IMPORTANTE:
No se absolvern consultas y observaciones a las Bases que se
presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se
han registrado como participantes.
1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar
la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de
tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la
notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE. Los
participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones
para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos: 1.
Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron
acogidas o
fueron acogidas parcialmente;
2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el
participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario
a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra
disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras
normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso
de seleccin; y
3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una
observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo
dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de
la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas
complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de
seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado
como tal hasta el vencimiento del plazo para formular
observaciones.
El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la
totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del
OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los
participantes soliciten la elevacin de observaciones. La emisin y
publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro
de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente
completo por el OSCE
1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen
las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern
contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones
producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de
las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como
las requeridas por el OSCE en el marco de sus
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acciones de supervisin. Una vez integradas, las Bases no podrn
ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad
administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la
Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para
declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El
Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en
consideracin los siguientes plazos: 1. Cuando no se hayan
presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo
para formularlas.
2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de
vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin
de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre
que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.
3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones,
dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el
pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar
las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los
artculos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artculo 31
del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones
de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.
1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIN Todos los
documentos que contengan informacin referida a los requisitos para
la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en
idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial
o certificada efectuada por traductor pblico juramentado o
traductor colegiado certificado, segn corresponda, salvo el caso de
la informacin tcnica complementaria contenida en folletos,
instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el
idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y
veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarn en dos
(2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta
tcnica y el segundo la propuesta econmica. Si las propuestas se
presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o
electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero
uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas
total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn
ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos
supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del
postor o de su representante legal o mandatario designado para
dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso
bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus
nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrn
concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente
acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple
(Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su
representante legal acreditado con copia simple del documento
registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su
apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el
representante legal, a la que se adjuntar el documento registral
vigente que consigne la designacin del representante legal,
expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario
a la presentacin de propuestas. (Formato N 1)
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En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por
el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado
por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los
integrantes del consorcio que se encuentre registrado como
participante, conforme a lo siguiente: 1. En el caso que el
representante comn del consorcio presente la propuesta, ste
debe presentar copia simple de la promesa formal de
consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante
comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta
poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y
copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los
integrantes del consorcio que se encuentre registrado como
participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en
el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.
IMPORTANTE:
Las Entidades someten a fiscalizacin posterior conforme a lo
previsto en el artculo 32 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, la documentacin, declaraciones y
traducciones presentadas por el ganador de la Buena Pro.
1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS La presentacin de propuestas se
realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el
cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comit Especial
empieza a llamar a los participantes en el orden en que se
registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus
propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se
encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante
es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de
su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no
podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un
consorcio. IMPORTANTE:
En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de
un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni
conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que
puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en
tems distintos.
En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del
apoderado, representante legal o representante comn, segn
corresponda en atencin al numeral 1.8, y este exprese su
disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario
(o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de
acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante
formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que
finalmente se resuelva al respecto. Despus de recibidas las
propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que
contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar
que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados
en las Bases. En el caso que de la revisin de la propuesta se
adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones
subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el
alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o
ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos
tcnicos mnimos siempre que se
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trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un
privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones,
permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar
inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para
lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a
la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar
conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el
nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la
propuesta tcnica. En el caso de advertirse que la propuesta no
cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de
los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la
propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese
su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el
acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder
hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula
apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el
Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los
documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han
previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas
se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder
a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas
econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente
sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y
por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en
que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los
postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas. Al
terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita
por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por
los veedores y los postores que lo deseen. De conformidad con lo
dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de
presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr
contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de
Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta
correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.
1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA La propuesta econmica
(Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta
econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los
tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el
caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as
como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el
costo de la ejecucin de la obra a ser contratada; excepto la de
aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no
reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo
componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios
unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.
IMPORTANTE:
Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los
postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus
propuestas econmicas en forma independiente.2
2 Luego de efectuada la evaluacin tcnica, cabe la posibilidad
que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para
acceder a la evaluacin econmica nicamente en algunos de los tems
a los que se present, por lo que, de acuerdo con el artculo 71 del
Reglamento, correspondera devolver las propuestas econmicas sin
abrir, lo que no resultara posible si la totalidad de las
propuestas econmicas del postor se incluyen en un solo sobre.
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1.11. EVALUACIN DE PROPUESTAS
La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La
evaluacin tcnica y la evaluacin econmica. Los mximos puntajes
asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Tcnica :
100 puntos Propuesta Econmica : 100 puntos 1.11.1. EVALUACIN
TCNICA
Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los
requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases.
Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern
admitidas. Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que
el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la
evaluacin tcnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado
plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber
determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego
de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el
Comit Especial tendr la propuesta por no admitida. Una vez cumplida
la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para
dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas
tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes,
conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para
cada factor. Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje
mnimo de sesenta (60) puntos, sern descalificadas en esta etapa y
no accedern a la evaluacin econmica.
1.11.2. EVALUACIN ECONMICA Si la propuesta econmica es inferior
al noventa por ciento (90%) del valor referencial o excede el
ciento diez por ciento (110%) del valor referencial, ser devuelta
por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo
establece el artculo 33 de la Ley. La evaluacin econmica consistir
en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de
menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje
inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:
Pi = Om x PMPE Oi Donde:
i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta econmica i Oi =
Propuesta Econmica i Om = Propuesta Econmica de monto o precio ms
bajo PMPE = Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica IMPORTANTE:
En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios
unitarios, el Comit Especial deber verificar las operaciones
aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de
existir alguna incorreccin, deber corregirla
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a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le
corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta
respectiva.
Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar
propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la
propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor
presente neto del flujo financiero que comprenda los costos
financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los
costos del financiamiento, tales como la tasa de inters,
comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad
si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el
artculo 70 del Reglamento.
1.12. ACTO PBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y
hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la
admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los
resultados de esta ltima. La evaluacin de las propuestas econmicas
se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las
presentes Bases. La determinacin del puntaje total se har de
conformidad con el artculo 71 del Reglamento. El Comit Especial
proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a
conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro
comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han
quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico,
econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto
que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena
Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del
Reglamento. Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual
ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros
del Comit Especial y por los postores que deseen hacerlo. El
otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los
postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los
postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro
comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin.
Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se
publicar el mismo da en el SEACE. IMPORTANTE:
De conformidad con el artculo 76 del Reglamento, para otorgar la
Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el
lmite del ciento diez por ciento (110%), deber contarse con la
asignacin suficiente de crditos presupuestarios y la aprobacin del
Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el
mejor puntaje total acepte reducir su oferta econmica a un monto
igual o menor al valor referencial.
1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado
dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se
producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su
otorgamiento en acto pblico, sin que los postores hayan ejercido el
derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el
consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de
haberse producido.
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En el caso que se haya presentado una sola oferta, el
consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la
notificacin de su otorgamiento en acto pblico, y podr ser publicado
en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.
1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL
ESTADO De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del
da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de
haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el
artculo 122 del Reglamento, el postor ganador de la Buena Pro debe
solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar
inhabilitado para contratar con el Estado.
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CAPTULO II SOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE
SELECCIN
2.1. RECURSO DE APELACIN
A travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados
durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la
convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del
contrato. El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto por
el Tribunal de Contrataciones del Estado. Los actos emitidos por el
Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen
el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del
Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN La apelacin
contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados
con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5)
das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelacin
contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior
debe interponerse dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de
haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.
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CAPTULO III DEL CONTRATO
3.1. DEL PERFECCIONAMIENTO
Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al
consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado
administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del
referido plazo: a) El postor ganador debe presentar la totalidad de
la documentacin prevista en las Bases, b) La Entidad, de
corresponder, solicita la subsanacin de la documentacin presentada
y c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la
Entidad. En el supuesto que el postor ganador no presente la
documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, en los plazos
antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el
artculo 148 del Reglamento, segn corresponda. El contrato ser
suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o
debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea
directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona
natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su
representante legal, de conformidad con lo establecido en el
artculo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor
ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos
previstos en las Bases, los siguientes:
Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con
el Estado.
Constancia de capacidad libre de contratacin.
Garanta de fiel cumplimiento.
Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en
caso corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes,
de ser el caso.
Cdigo de cuenta interbancario (CCI).
Designacin del residente de obra, cuando este no haya formado
parte de su propuesta tcnica.
Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el
Programa de Ejecucin de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo la
modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente
tcnico.
Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para
la ejecucin de obra3, en concordancia con el calendario de avance
de obra valorizado, salvo en obras bajo la modalidad llave en mano
que incluya la elaboracin del expediente tcnico.
Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando
el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo la
modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente
tcnico.
3.2. DE LAS GARANTAS
3.2.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO El postor ganador debe
entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento del contrato.
Esta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento
(10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el
consentimiento de la liquidacin final.
3 De acuerdo con el artculo 183 del Reglamento, este calendario
se actualizar con cada ampliacin de plazo otorgada, en
concordancia con el calendario de avance de obra valorizado
vigente.
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De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan
una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del
contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena
Pro presente la garanta de fiel cumplimiento con una vigencia de un
(1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el
consentimiento de la liquidacin final. IMPORTANTE:
Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, las micro
y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel
cumplimiento, la Entidad les retenga el diez por ciento (10%) del
monto del contrato original, siempre que:
- El plazo de ejecucin de la obra sea igual o mayor a sesenta
(60) das
calendario. - El pago a favor del contratista considere, al
menos, dos (2) valorizaciones
peridicas en funcin al avance de obra.
La retencin se efectuar durante la primera mitad del nmero total
de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser
devuelto a la finalizacin del mismo.
3.2.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones
accesorias, se otorgar una garanta adicional por este concepto, la
misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de
las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin
en ningn caso.
3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTAS Las garantas que se presenten
debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de
realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad.
Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la
supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar
autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista
actualizada de bancos extranjeros de primera categora que
peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.
IMPORTANTE:
Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas
por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y
condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.
3.4. EJECUCIN DE GARANTAS Las garantas se harn efectivas
conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del
Reglamento.
3.5. INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIN DE OBRA4 El plazo de ejecucin
de obra se inicia a partir del da siguiente de que se cumplan las
siguientes condiciones:
4 En las obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la
elaboracin del expediente tcnico, estos requisitos debern
ser considerados para el inicio de la ejecucin de la obra.
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14
1. Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, segn
corresponda. 2. Que la Entidad entregue el expediente tcnico de
obra completo al contratista. 3. Que la Entidad entregue el terreno
o lugar donde se ejecutar la obra al contratista. 4. Que la Entidad
provea el calendario de entrega de los materiales o insumos al
contratista, cuando en la seccin especfica de las Bases la
Entidad haya asumido esta obligacin.
5. Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer
desembolso de dicho adelanto al contratista, en las condiciones y
oportunidad establecidas en la seccin especfica de las Bases, salvo
que en dicha seccin no se haya previsto la entrega de este
adelanto.
6. Que el contratista presente el certificado de habilidad de
los profesionales5 sealados en su propuesta tcnica.
Estas condiciones debern ser cumplidas dentro de los quince (15)
das calendario siguientes a la suscripcin del contrato. En caso no
se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se
inicia con el cumplimiento de las dems condiciones. Si cumplidas
las condiciones antes indicadas la estacionalidad climtica no
permitiera el inicio de la ejecucin de la obra, la Entidad podr
acordar con el contratista la fecha para el inicio de la ejecucin.
Dicha decisin deber ser sustentada en un informe tcnico que formar
parte del expediente de contratacin de la obra. IMPORTANTE:
De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber designarse a
un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o
mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector
Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de
seleccin.
3.6. RESIDENTE DE OBRA6 Profesional7 colegiado y habilitado, con
no menos de dos (2) aos de experiencia en la especialidad8,
designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad. Por
su sola designacin, el residente representa al contratista para los
efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar
modificaciones al contrato. La sustitucin del residente slo
proceder previa autorizacin por escrito del funcionario de la
Entidad que, segn sus normas de organizacin interna, cuente con
facultades suficientes para brindar tal autorizacin, y siempre que
el profesional reemplazante rena calificaciones profesionales
iguales o superiores a las del profesional originalmente propuesto.
El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitucin del residente
de obra debe ser emitido y notificado al contratista dentro de los
ocho (8) das hbiles siguientes de presentada la respectiva
solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita
pronunciamiento alguno, se considerar aprobada la sustitucin.
5 Ingenieros o arquitectos. 6 De acuerdo con el artculo 185 del
Reglamento, en toda obra debe contarse, de modo permanente y
directo, con un
residente de obra. 7 Ingeniero o arquitecto, segn lo requerido
en el expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, conforme
a la
naturaleza de la obra a ser ejecutada. 8 En el expediente tcnico
que es parte de las Bases, la Entidad puede establecer
calificaciones y/o experiencia adicionales
para el profesional propuesto como residente de obra, segn la
naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ser
ejecutada.
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15
3.7. INSPECTOR O SUPERVISOR9 DE OBRA Profesional colegiado y
habilitado, con menos de dos (2) aos de experiencia en la
especialidad, designado por la Entidad para velar, de modo
permanente y directo, por la correcta ejecucin de la obra y el
cumplimiento de las especificaciones tcnicas y del contrato. Debe
cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones profesionales
del residente. En caso que el supervisor sea una persona jurdica,
esta deber designar a una persona natural como supervisor
permanente de la obra.
3.8. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIN DE OCURRENCIAS El cuaderno de
obra se abre en la fecha de entrega del terreno al contratista,
oportunidad en la que deber ser firmado en cada una de sus pginas
por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el
residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original con
tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas copias a
la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o
supervisor. El cuaderno de obra original debe permanecer en la
obra, bajo custodia del residente, el que no podr impedirle el
acceso al mismo al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle
al contratista una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la
valorizacin por cada da en que se impida el acceso. Slo el
inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer anotaciones en
el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarn los hechos
relevantes que ocurran durante la ejecucin de la obra, firmando al
pie de cada anotacin que efecten. Tambin se anotarn en el cuaderno
de obra las consultas al inspector o supervisor de obra, as como la
respuesta de este ltimo. Las solicitudes que realice el
contratista, o su representante legal, como consecuencia de las
ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harn directamente a
la Entidad, por medio de comunicacin escrita. El cuaderno de obra
ser cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido
recibida por la Entidad, procediendo a entregar el original de
dicho cuaderno a la Entidad. IMPORTANTE:
El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el
cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecucin de la
obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el
particular.
3.9. ADELANTOS La Entidad entregar adelantos directos y
adelantos para materiales o insumos, conforme a lo establecido en
el artculo 186 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto
en la seccin especfica de las Bases10. En el supuesto que no se
entreguen los adelantos en el plazo previsto en la seccin especfica
de las Bases, el contratista tendr derecho a solicitar la ampliacin
del plazo
9 De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber contarse
con supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea
igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del
Sector Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de
seleccin.
10 En el caso de obras bajo la modalidad llave en mano que
incluya la elaboracin del expediente tcnico, si la Entidad prev
la entrega del adelanto directo para la elaboracin del
expediente tcnico, el monto de este adelanto no podr ser superior
al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a
esta prestacin. Asimismo, si la Entidad prev la entrega del
adelanto directo para la ejecucin de la obra, el monto de este
adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) del monto
original correspondiente a esta prestacin.
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de ejecucin de la obra por el nmero de das equivalente a la
demora, conforme al artculo 201 del Reglamento.
3.10. VALORIZACIONES La valorizacin es la cuantificacin econmica
del avance fsico en la ejecucin de la obra en un periodo
determinado, tendr el carcter de pago a cuenta y deber ser
realizada el ltimo da de cada periodo de valorizacin previsto en la
seccin especfica de las Bases, por el inspector o supervisor, segn
corresponda, y por el contratista. Si el inspector o supervisor no
se presenta para la valorizacin conjunta con el contratista, este
ltimo la realizar. En caso de retraso en el pago de las
valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista
tendr derecho al pago de intereses, de conformidad con el artculo
48 de la Ley y los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para
tal efecto, se formular una valorizacin de intereses y el pago se
efectuar en las valorizaciones siguientes. En el caso que se haya
suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones
se realizar a quien se indique en el contrato de consorcio.
3.11. REAJUSTES Si el valor referencial es establecido en moneda
nacional, las valorizaciones debern ser ajustadas multiplicndolas
por el respectivo coeficiente de reajuste K que se obtenga de
aplicar en la frmula o frmulas polinmicas previstas en el
expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, los ndices
Unificados de Precios de la Construccin que publica el Instituto
Nacional de Estadstica e Informtica INEI. Dado que los ndices
Unificados de Precios de la Construccin son publicados con un mes
de atraso, los reajustes debern calcularse teniendo en consideracin
el coeficiente de reajuste K conocido a ese momento;
posteriormente, cuando se conozcan los ndices que se deben aplicar,
se calcular el monto definitivo de los reajustes que corresponden,
los que se pagarn con la valorizacin ms cercana posterior o en la
liquidacin final sin reconocimiento de intereses. IMPORTANTE:
Tanto la elaboracin como la aplicacin de las frmulas polinmicas
se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC.
3.12. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La
penalidad por retraso injustificado en la ejecucin de la obra y las
causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de
conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento,
respectivamente. De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del
Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse
penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del
Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y
congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto
mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato
vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas
penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por
mora.
3.13. LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRA El procedimiento para la
liquidacin del contrato de obra que deber observarse, es el que se
encuentra descrito en el artculo 211 del Reglamento. No proceder la
liquidacin mientras existan controversias pendientes de
resolver.
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Luego de haber quedado consentida la liquidacin y efectuado el
pago del saldo de la liquidacin, culmina el contrato y se cierra el
expediente respectivo. Las controversias sobre pagos podrn ser
sometidas a conciliacin y/o arbitraje, dentro del plazo de quince
(15) das hbiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en la
seccin especfica de las Bases para efectuar el pago del monto
correspondiente al saldo de la liquidacin.
3.14. VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicacin de lo dispuesto en el
artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da
siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene, hasta que
la liquidacin quede consentida y se efecte el pago
correspondiente.
3.15. DISPOSICIONES FINALES Todos los dems aspectos del presente
proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por
la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales
vigentes.
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SECCIN ESPECFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN
(EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACION
EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : GERENCIA SUB REGIONAL DE ALTO AMAZONAS
RUC N : 20408560137
Domicilio legal : Sgto. Lores N 106-A - Yurimaguas
Telfono y fax: : 065-352504
Correo electrnico: : [email protected]
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de seleccin
tiene por objeto la contratacin de la ejecucin de la obra
CONTRATACIN DE LA EJECUCIN DE LA OBRA: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
EDUCACION INICIAL EN LA I.E.I.P. N 62395 - SAN JUAN DE ARMANAYACU-
DISTRITO DE BALSAPUERTO Y LA I.E.I.P. N 211- AA.HH. BUENA VISTA
DISTRITO DE YURIMAGUAS, PROVINCIA DE ALTO AMAZONAS DEPARTAMENTO DE
LORETO. Cdigo SNIP: 250441.
1.3. VALOR REFERENCIAL11 El valor referencial asciende a S/.
915,718.83 (NOVECIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS DIECIOCHO Y 83/100
NUEVOS SOLES), incluido los impuestos de Ley y cualquier otro
concepto que incida en el costo total de la ejecucin de la obra. El
valor referencial ha sido calculado al mes de noviembre de
2013.
Valor Referencial (VR)
Lmites
Inferior Superior
S/. 1,303,733.23 S/. 1,173,359.91 S/. 1,434,106.55
IMPORTANTE:
De conformidad con el artculo 13 del Reglamento, cuando se trate
de una contratacin por relacin de tems, tambin debern incluirse los
valores referenciales en nmeros y letras de cada tem.
Las propuestas econmicas no pueden exceder los lmites del valor
referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley.
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades
advierten que es posible la participacin de proveedores que gozan
del beneficio de la exoneracin del IGV prevista en la Ley N 27037,
Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona, deber tomarse en
cuenta la regulacin de la Cuarta Disposicin Complementaria Final
del Reglamento.
11 El monto del valor referencial indicado en esta seccin de las
Bases no debe diferir del monto del valor referencial
consignado en la ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de
existir contradiccin entre estos montos, primar el monto del valor
referencial indicado en las Bases aprobadas.
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De conformidad con lo sealado en el numeral 2 de la citada
Disposicin Complementaria Final, en las Bases del respectivo
proceso de seleccin deber establecerse adems del valor referencial,
los lmites de ste, con y sin IGV, tal como se indica a
continuacin:
Valor Referencial (VR)
Lmite Inferior Lmite Superior
Con IGV Sin IGV Con IGV Sin IGV
S/. 1,303,733.23 S/. 1,173,359.91 S/. 994,372.80 S/.
1,434,106.55 S/. 1,215,344.53
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACION El expediente de contratacin fue
aprobado mediante Memorando N 536-2014-GRL-GSRAA/18, el 22/09/2014.
Asimismo, el expediente tcnico de obra fue aprobado mediante
Resolucin N 117-2014-GRL-GSRAA/18, el 16/09/201412.
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Ordinrios
IMPORTANTE:
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas
previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del
Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de
seleccin.
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN
El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA 13 ,
de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin
respectivo
1.7. MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUAL NO CORRESPONDE.
1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
La obra a ser ejecutada est definida en los Requerimientos
Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente seccin, en el
captulo III.
1.9. PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA El plazo de ejecucin de la
obra materia de la presente convocatoria, es de 120 DIAS
CALENDARIOS. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo
que debe coincidir con lo establecido en el expediente de
contratacin y en el expediente tcnico de obra.
IMPORTANTE:
Cuando en el expediente de contratacin se establezca que la obra
debe ejecutarse bajo la modalidad llave en mano, en lugar del
prrafo anterior, deber considerarse lo
12 No considerar este prrafo en obras bajo la modalidad llave en
mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico de
obra. 13 De acuerdo al artculo 40 del Reglamento, la Entidad
tambin puede establecer como sistema de contratacin, el esquema
mixto.
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21
siguiente, segn corresponda: El plazo de ejecucin de la obra
materia de la presente convocatoria y el montaje del equipamiento
hasta su puesta en funcionamiento, es de [CONSIGNAR EL PLAZO DE
EJECUCIN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DAS
CALENDARIO] das calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento
tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente
de contratacin y en el expediente tcnico de obra. 14 El plazo de
ejecucin de la obra materia de la presente convocatoria, es de
[CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL DE EJECUCIN DE LA OBRA, EL CUAL DEBE
ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das calendario, el que comprende
la elaboracin del expediente tcnico en el plazo de [CONSIGNAR EL
PLAZO DE EJECUCIN DE LA PRESTACIN CONSISTENTE EN LA ELABORACIN DEL
EXPEDIENTE TCNICO, EL CUAL DEBER ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO]
das calendario, as como la ejecucin de la obra en s misma y el
montaje del equipamiento hasta su puesta en funcionamiento en el
plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIN DE LA PRESTACIN
CONSISTENTE EN LA EJECUCIN DE LA OBRA Y MONTAJE DEL EQUIPAMIENTO,
EL CUAL DEBER ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das calendario.
Dichos plazos constituyen requerimientos tcnicos mnimos que deben
coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin.
15
1.10. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES El costo de reproduccin
de las bases es de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles).
1.11. BASE LEGAL
Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto.
Ley N 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el ao
fiscal 2014
Decreto Legislativo N 1017 - Aprueba la Ley de Contrataciones
del Estado, en adelante la Ley.
Decreto Supremo N 184-2008-EF - Aprueba el Reglamento de la Ley
de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento, y sus
modificatorias.
Ley N 29873 Ley de Contrataciones del Estado N. 29873 y su
Reglamento DS.138-2012-EF
Directivas de OSCE
Cdigo Civil
Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.
Decreto Supremo N 007-2008-TR, Texto nico Ordenado de la Ley de
Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la
Micro y Pequea y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.
Decreto Supremo N 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
Ley 27806 - Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin
Pblica, aprobado por D.S. N 043-2003-PCM.
Ley N 27037 Ley de Promocin de la Inversin en la Amazona
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de
ser el caso.
14 Este prrafo debe ser incluido en el caso de obras que se
ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya la
elaboracin del expediente tcnico. 15 Este prrafo debe ser
incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad
llave en mano que incluya la
elaboracin del expediente tcnico.
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CAPTULO II DEL PROCESO DE SELECCIN
2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN 16
Etapa Fecha, hora y lugar
Convocatoria : 23/09/2014
Registro de participantes : Del: 24/09/2014 Al: 01/10/2014
Formulacin de Consultas y Observaciones a las Bases
: Del: 24/09/2014 Al: 26/09/2014
Absolucin de Consultas y Observaciones a las Bases
: 29/09/2014
Integracin de las Bases : 30/09/2014
Presentacin de Propuestas : 07/10/2014
* En acto publico : Auditorio de la GSRAA a 09:00 horas Calle
Sargento Lores N 106 A Yurimaguas
Calificacin y Evaluacin de Propuestas : 07/10/2014
Otorgamiento de la Buena Pro : 07/10/2014
* En acto publico : 07/10/2014 Auditorio de la GSRAA a 09:00
horas Calle Sargento Lores N 106 A Yurimaguas.
IMPORTANTE:
Debe tenerse presente que en una adjudicacin directa pblica,
entre la convocatoria y la etapa de presentacin de propuestas debe
existir como mnimo diez (10) das hbiles, y entre la integracin de
Bases y la etapa de presentacin de propuestas, debe existir como
mnimo tres (3) das hbiles.
2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizar en
Unidad de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la GSRAA, sito
en la calle Sargento Lores N 106 A Yurimaguas, en las fechas
sealadas en el cronograma, en el horario de 07:00 horas a 15:00
horas. En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo
correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso,
el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el
da y hora de dicha recepcin.
IMPORTANTE:
16 La informacin del cronograma indicado en las Bases no debe
diferir de la informacin consignada en el cronograma de la
ficha del proceso en el SEACE. No obstante, de existir
contradiccin en esta informacin, primar el cronograma indicado en
la ficha del proceso en el SEACE.
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Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que
el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas.
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un
ejemplar de las Bases, las que incluyen el expediente tcnico de
obra, salvo en la modalidad de llave en mano que incluya su
elaboracin, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin
de las mismas.
2.3. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarn por escrito,
debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de
la Entidad (Unidad de Trmite Documentario) o la que haga sus veces,
sito en Calle Sargento Lores N 106 A - Yurimaguas, en las fechas
sealadas en el cronograma, en el horario de 07:00 horas a 15:00
horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del COMIT ESPECIAL
PERMANENTE de la ADJUDICACIN DIRECTA PUBLICA N
002-2014-GRL-GSRAA/18.CEP, pudiendo ser remitidas adicionalmente al
siguiente correo electrnico: [email protected].
IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que
el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas
2.4. PRESENTACION DE PROPUESTAS17 Las propuestas se presentarn
en acto pblico, en el Auditorio de la Gerencias Sub Regional de
Alto Amazonas, sito en la Calle Sargento Lores N 106-A - Yurimaguas
en la fecha y hora sealada en el cronograma. El acto pblico se
realizar con la participacin de Notario Pblico.
Se podr contar con la presencia de un representante del Sistema
Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir
el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el
proceso.
Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn
dirigidas al COMIT ESPECIAL PERMANENTE de la ADJUDICACIN DIRECTA
PBLICA N 002-2014-GRL-GSRAA/18.CEP, conforme al siguiente
detalle
SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:
17 De acuerdo con lo establecido en el artculo 64 del
Reglamento, el acto de presentacin de propuestas en una
Adjudicacin Directa Selectiva puede ser pblico o privado, lo que
debe determinarse en la presente seccin.
Seores
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Calle: Sargento Lores N 106 Att.: Comit Especial Permanente
ADJUDICACIN DIRECTA PUBLICA N 002-2014-GRL-GRSAA/18.CEP
Denominacin de la convocatoria: [ .]
SOBRE N 1: PROPUESTA TCNICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL
POSTOR]
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SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:
2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA
TCNICA
Se presentar en un original y dos (2) copias. El sobre N 1
contendr, adems de un ndice de documentos18 , la siguiente
documentacin: Documentacin de presentacin obligatoria:
a) Declaracin jurada de datos del postor. Cuando se trate de
Consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por
cada uno de los consorciados (Anexo N 1). b) Declaracin jurada
de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos
contenidos en el Captulo III de la presente seccin19 (Anexo N
2).
c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del
Reglamento (Anexo N 3).
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta
declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante
comn del consorcio.
d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se
consigne los
integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las
obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes
del consorcio as como el porcentaje equivalente a dichas
obligaciones (Anexo N 4).
La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno
de sus
integrantes. Se presume que el representante comn del consorcio
se encuentra facultado
para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los
actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del
contrato, con amplias y suficientes facultades.
e) Declaracin jurada de plazo de ejecucin de la obra (Anexo N
5).
f) Declaracin jurada del personal propuesto para la ejecucin de
la obra (Anexo
18 La omisin del ndice no descalifica la propuesta, ya que su
presentacin no tiene incidencia en el objeto de la
convocatoria. 19 El Comit Especial debe determinar al elaborar
las Bases si solo bastar la presentacin de una declaracin jurada
para
acreditar el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos
o, de lo contrario, si ser necesario que lo declarado se encuentre
respaldado con la presentacin de algn otro documento, en cuyo caso,
deber precisar dicha informacin en el listado de documentacin de
presentacin obligatoria del numeral 2.5.1 de la seccin especfica de
las Bases.
Seores
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Calle: Sargento Lores N 106 Att.: Comit Especial Permanente
ADJUDICACIN DIRECTA PUBLICA N 002-2014-GRL-GRSAA/18.CEP
Denominacin de la convocatoria: [ .]
SOBRE N 2: PROPUESTA ECONMICA [NOMBRE / RAZN SOCIAL DEL
POSTOR]
-
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N 9).
IMPORTANTE:
La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no
admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo
68 del Reglamento.
Documentacin de presentacin facultativa: a) Certificado de
inscripcin o reinscripcin en el registro de la Micro y Pequea
Empresa REMYPE, de ser el caso.20
b) En el caso de microempresas y pequeas empresas integradas por
personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados
en su totalidad por stas, deber presentarse una constancia o
certificado con el cual acredite su inscripcin en el Registro de
Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad.21
c) Factor experiencia en obras en general: Copia simple de
contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad;
contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos
y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda
fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total.
Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio,
deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o
el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los
postores deben presentar el Anexo N 6, referido a la experiencia en
obras en general del postor.
d) Factor experiencia en obras similares: Copia simple de
contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad;
contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos
y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda
fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total.
Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio,
deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o
el contrato de consorcio. Sin perjuicio de lo anterior, los
postores deben presentar el Anexo N 7, referido a la experiencia en
obras similares del postor.
e) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional
propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal
profesional propuesto, se presentar copia simple de: contratos de
trabajo, constancias o certificados. Para acreditar el factor
calificaciones del personal profesional propuesto se presentar
copia simple de: TTULOS, CONSTANCIAS, CERTIFICADOS, U OTROS
DOCUMENTOS, SEGN CORRESPONDA.
f) Factor cumplimiento de ejecucin de obras: Copia simple de un
mximo de diez (10) constancias de prestacin. IMPORTANTE:
De conformidad con el artculo 47 del Reglamento, en los casos de
la
20 Dicho documento se tendr en consideracin en caso de empate,
conforme a lo previsto en el artculo 73 del Reglamento. 21 Dicho
documento se tendr en consideracin en caso de empate, conforme a lo
previsto en el artculo 73 del Reglamento.
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26
contratacin de la ejecucin de obras bajo la modalidad llave en
mano, las Bases tambin debern incluir factores que permitan evaluar
la calidad de las soluciones tcnicas de diseo, de equipamiento o
similares ofertadas por el postor.
Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV
previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la
Amazona, deben presentar la Declaracin Jurada de cumplimiento de
condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N
8).
En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en
la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones
exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV,
debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada
antes sealada.
IMPORTANTE:
En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la
propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.
2.5.1. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA22
El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria:
Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y el
detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido
establecido en las Bases (Anexo N 9). El monto total de la
propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser
expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser
expresados con ms de dos decimales. IMPORTANTE:
La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores
depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos
en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento. La
propuesta econmica de los postores que presenten la Declaracin
Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin de la
exoneracin del IGV (Anexo N 8), debe encontrase dentro de los
lmites del valor referencial sin IGV.
En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera
de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta
econmica ser descalificada.
2.6. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL
Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a
determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las
propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones,
obtenido de la siguiente frmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
22 De acuerdo con el artculo 63 del Reglamento la propuesta
econmica solo se presentar en original.
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27
Donde: PTPi = Puntaje total del postor i PTi = Puntaje por
evaluacin tcnica del postor i PEi = Puntaje por evaluacin econmica
del postor i Se aplicarn las siguientes ponderaciones: c1 =
Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica.
= [0.70] c2 = Coeficiente de ponderacin para la evaluacin
econmica.
= [ 0.30] Donde: c1 + c2 = 1.00
2.7. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO El postor
ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos
para suscribir el contrato: a) Constancia vigente de no estar
inhabilitado para contratar con el Estado. b) Constancia de
capacidad libre de contratacin. c) CARTA FIANZA O SOLICITUD DE
RETENCIN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) DEL
MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL COMO Garanta de fiel cumplimiento
del contrato.
d) Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de
ser el caso. e) Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los
integrantes, de ser el caso. f) Cdigo de cuenta interbancario
(CCI). g) Traduccin oficial efectuada por traductor pblico
juramentado de todos los
documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que
fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.
h) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin
del contrato. i) Designacin del residente de obra, cuando no haya
formado parte de su propuesta
tcnica. j) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en
el Programa de Ejecucin de
Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo la modalidad llave en mano
que incluya la elaboracin del expediente tcnico.
k) Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios
para la ejecucin de obra23, en concordancia con el calendario de
avance de obra valorizado, salvo en obras bajo la modalidad llave
en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.
l) Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta,
cuando el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras
bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del
expediente tcnico.
IMPORTANTE:
En caso que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y
la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del
contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por
la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N
15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de
las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en
su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una
de las personas naturales y/o jurdicas que integran el
consorcio.
23 De acuerdo con el artculo 183 del Reglamento, este calendario
se actualizar con cada ampliacin de plazo otorgada, en
concordancia con el calendario de avance de obra valorizado
vigente.
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Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas
por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y
condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.
Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, las micro
y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel
cumplimiento, la Entidad les retenga el diez por ciento (10%) del
monto del contrato original, siempre que:
- El plazo de ejecucin de la obra sea igual o mayor a sesenta
(60) das calendario. - El pago a favor del contratista considere,
al menos, dos (2) valorizaciones
peridicas en funcin al avance de obra.
La retencin se efectuar durante la primera mitad del nmero total
de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser
devuelto a la finalizacin del mismo.
Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentacin a
ser presentada, tales como:
a) Copia de DNI del Representante Legal. b) Copia de la vigencia
del poder del representante legal de la empresa. c) Copia de la
constitucin de la empresa y sus modificatorias debidamente
actualizado. d) Copia del RUC de la empresa.
IMPORTANTE:
La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a
la consignada en el presente numeral para la suscripcin del
contrato.
2.8. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO
Dentro del plazo de doce (12) das hbiles siguientes al
consentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado
administrativamente firme, debe suscribirse el contrato, plazo
dentro del cual el postor ganador y la Entidad debern realizar las
acciones correspondientes para cumplir las disposiciones contenidas
en el numeral 1 del artculo 148 del Reglamento.
La citada documentacin deber ser presentada en la Unidad de
Abastecimiento y Servicios auxiliares de la GRSAA.
IMPORTANTE:
Las siguientes disposiciones slo debern ser incluidas en el caso
que la Entidad considere la entrega del adelanto directo y para
materiales o insumos:
2.9. ADELANTOS24 2.9.1. ADELANTO DIRECTO
La Entidad otorgar un adelanto nico directo por el 20% DEL MONTO
DEL CONTRATO ORIGINAL25.
24 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos deber
consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva
garanta, precisando el plazo en el cual el contratista solicitar
los adelantos. Asimismo, deber consignar la oportunidad y plazo en
el cual se entregarn dichos adelantos, conforme a lo previsto por
los artculos 187 y 188 del Reglamento.
25 En el caso de obras bajo la modalidad llave en mano que
incluya la elaboracin del expediente tcnico, si la Entidad prev
la entrega del adelanto directo para la elaboracin del
expediente tcnico, el monto de este adelanto no podr ser superior
al veinte por ciento (20%) del monto original correspondiente a
esta prestacin. Asimismo, si la Entidad prev la entrega del
adelanto directo para la ejecucin de la obra, el monto de este
adelanto no podr ser superior al veinte por ciento (20%) del monto
original correspondiente a esta prestacin.
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29
El contratista debe solicitar formalmente el adelanto nico
directo dentro de los ocho
(8) das calendario siguientes adjuntando a su solicitud la
garanta por adelantos26 mediante CARTA FIANZA O PLIZA DE CAUCIN] y
el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el
monto solicitado dentro de los siete (7) das siguientes a la
presentacin de la solicitud del contratista. Vencido el plazo para
solicitar el adelanto no proceder la solicitud. En el supuesto que
no se entregue el ADELANTO NICO DIRECTO en la oportunidad prevista,
el contratista tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de
ejecucin de la obra por el nmero de das equivalente a la demora,
conforme al artculo 201 del Reglamento. 2.9.2. ADELANTO PARA
MATERIALES O INSUMOS
La Entidad otorgar adelantos para materiales o insumos por el
40% del monto del CONTRATO ORIGINAL27 , conforme al calendario de
adquisicin de materiales o insumos.
Para dicho efecto, el contratista deber entregar la garanta por
adelantos 28 mediante [CARTA FIANZA O PLIZA DE CAUCIN] y el
comprobante de pago correspondiente.
2.10. VALORIZACIONES
El periodo de valorizacin ser MENSUAL. IMPORTANTE:
Cuando el periodo de valorizacin establecido por la Entidad sea
el mensual, el plazo del pago de la valorizacin se regir por lo
dispuesto en el sexto prrafo del artculo 197 del Reglamento. En
cambio, si la Entidad prev un periodo de valorizacin distinto al
mensual, deber establecer los plazos y procedimiento aplicables
para la valorizacin, teniendo en consideracin lo dispuesto en el
quinto prrafo del referido artculo, as como el plazo para el pago
de las valorizaciones.
De acuerdo con los prrafos quinto y sexto del artculo 197 del
Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad
deber contar con la valorizacin del periodo correspondiente,
debidamente aprobada por el inspector o supervisor, segn
corresponda; a la que deber adjuntarse el comprobante de pago
respectivo.
2.11. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIN DEL CONTRATO
DE OBRA
La Entidad o el contratista, segn corresponda, deben efectuar el
pago del monto correspondiente al saldo de la liquidacin del
contrato de obra, en el plazo de DIEZ (10) das calendario,
computados desde el da siguiente del consentimiento de la
liquidacin. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe
presentar el comprobante de pago respectivo.
26 De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta
garanta deber ser emitida por idntico monto y un plazo mnimo
de vigencia de tres (3) meses, renovable trimestralmente por el
monto pendiente de amortizar, hasta la amortizacin total del
adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecucin de la obra sea menor
a tres (3) meses, la garanta podr ser emitida con una vigencia
menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortizacin
total del adelanto otorgado.
27 En el caso de obras que no se ejecuten bajo modalidad o que
se ejecuten bajo la modalidad llave en mano que no incluya
la elaboracin del expediente tcnico, deber consignarse que el
monto del adelanto para materiales o insumos se calcula en funcin
del monto del contrato original. En el caso de obras que se
ejecuten bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin
del expediente tcnico, deber consignarse que el monto del adelanto
para materiales o insumos se calcula en funcin del monto original
de la prestacin consistente en la ejecucin de la obra.
28 De conformidad con el artculo 162 del Reglamento, esta
garanta deber ser emitida por idntico monto y mantenerse vigente
hasta la utilizacin de los materiales o insumos a satisfaccin de la
Entidad, pudiendo reducirse de manera proporcional de acuerdo con
el desarrollo respectivo.
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30
CAPTULO III REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS
EJECUCION PARA LA OBRA: PROYECTO: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
EDUCACION INICIAL EN LA
I.E.I.P. N 62395 - SAN JUAN DE ARMANAYACU- DISTRITO DE
BALSAPUERTO Y LA I.E.I.P. N 211- AA.HH. BUENA VISTA DISTRITO DE
YURIMAGUAS, PROVINCIA DE ALTO AMAZONAS DEPARTAMENTO DE LORETO.
Cdigo SNIP: 250441.
El presente proyecto ha sido programado por el Gobierno Regional
de Loreto a travs de la Gerencia Sub Regional de Alto Amazonas, en
la cual se vienen priorizando proyectos de salud y educacin con la
finalidad de brindar ambientes adecuados para la atencin a la
poblacin y la buena formacin a los nios en su primera etapa de
aprendizaje, el proyecto comprende la creacin de una I.E.I.P y de
esta manera poder atender las necesidades de los nios de la
Institucin Educativa Inicial Publica N 62395 de la comunidad de San
Juan del Armanayacu del distrito de Balsapuerto, Institucin
Educativa Inicial Publica N 211 del AA.HH. Buena Vista del Distrito
de Yurimaguas. La Creacin de la infraestructura educativa, permitir
la utilizacin de un rea adecuada para la realizacin de actividades
referentes a la formacin de la comunidad educanda en su conjunto,
los nios del lugar podrn recibir la enseanza en mejores condiciones
de ambientes y servicios educativos. En ese sentido la Gerencia Sub
Regional de Loreto ha contemplado, Fortalecer la Educacin de su
jurisdiccin, para ello realizar la construccin e implementacin de
centros educativos existentes de acuerdo a la necesidad requerida
dotando de infraestructura que garanticen el normal
desenvolvimiento de enseanza y aprendizaje, acorde a la realidad de
cada pueblo del distrito. En este caso se estar trasladando a un
lugar destinado para la construccin de la moderna infraestructura,
ya que ahora vienen laborando en un lugar que no presenta
condiciones favorables para la prctica del eficiente aprendizaje.
La Institucin Educativa Inicial Publica N 62395 se encuentra
ubicado en la comunidad de San Juan del Armanayacu, en el distrito
de Balsapuerto, provincia de Alto Amazonas, departamento y regin de
Loreto, est conformado por el nivel educativo inicial. La
Institucin Educativa Publica Inicial N 211 se encuentra ubicado en
el AA.HH. Buena Vista, en el distrito de Yurimaguas, provincia de
Alto Amazonas, departamento y regin de Loreto, est conformada por
el nivel educativo inicial. META Institucin Educativa Inicial
Pblica N 62395 La meta del presente proyecto consta en la
construccin 02 aulas pedaggicas incluye Servicios Higinicos, as
como la construccin de un mdulo administrativo, comedor cerco
perimtrico, tanque elevado, tratamiento de aguas residuales, patio,
reas verdes y equipamiento.
Mdulo de Aulas.- conformado por 02 Aulas en forma, distribuido
por aula y Servicios Higinicos, cuyas caractersticas son: cimiento
corrido de concreto f`c=140 Kg/cm2, zapatas, viga de cimentacin,
columnas, columnetas, vigas, viguetas y cobertura con planchas
onduladas galvanizadas, muros de ladrillo de arcilla, pisos de
cemento pulido y cermicos antideslizantes de 45x45 cm. en los
servicios higinicos, vereda perimtrica de concreto simple, puertas
de madera, rejas de proteccin en ventanas, pizarra acrlica en
aulas, pintura en general, instalaciones elctricas y
sanitarias.
Mdulo de Administracin.- Distribuido de la siguiente manera:
ingreso principal, direccin, sala de profesores con 3/4 SS.HH.,
Servicios Higinicos, cocina, lavado, depsito y comedor, cuyas
caractersticas son: cimiento corrido de concreto f`c=140 Kg/cm2,
zapatas, columnas, columnetas, vigas fc=210 Kg/cm2, muros de
ladrillo de arcilla, tijerales y correajes de madera, cobertura de
calamina zinc, pisos de cemento pulido y cermicos antideslizantes
de 45x45 cm. en los servicios higinicos y cocina, veredas de
concreto simple, puertas de madera, ventanas de vidrio semidoble,
rejas de proteccin en ventanas, pintura en general, instalaciones
elctricas y sanitarias.
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31
Tanque Elevado.- Distribuido de la siguiente manera: 01 tanque
elevado de eternit de 2500 lts., cuyas caractersticas son: platea
de cimentacin, columnas, vigas y muros fc=210 Kg/cm2, pintura en
general, instalaciones elctricas y sanitarias.
Obras Exteriores.- Distribuido de la siguiente manera: 01 Patio,
redes principales de agua, desage y elctrica, juegos mecnicos como
columpios, subebaja y tobogn, tubera PVC-SAP, en agua, PVC-SAL en
desage y PVC-SEL en elctrica.
Institucin Educativa Pblica Inicial N 211 La meta del presente
proyecto consta en la construccin 03 aulas pedaggicas incluye
Servicios Higinicos, as como la construccin de un mdulo
administrativo, comedor cerco perimtrico, tanque elevado,
tratamiento de aguas residuales, patios, reas verdes y
equipamiento.
Mdulo de Aulas.- conformado por 03 Aulas en forma, distribuido
por aula y Servicios Higinicos, cuyas caractersticas son: cimiento
corrido de concreto f`c=140 Kg/cm2, zapatas, viga de cimentacin,
columnas, columnetas, vigas, viguetas y cobertura con planchas
onduladas galvanizadas, muros de ladrillo de arcilla, pisos de
cemento pulido y cermicos antideslizantes de 45x45 cm. en los
servicios higinicos, vereda perimtrica de concreto simple, puertas
de madera, rejas de proteccin en ventanas, pizarra acrlica en
aulas, pintura en general, instalaciones elctricas y
sanitarias.
Mdulo de Administracin.- Distribuido de la siguiente manera:
ingreso principal, direccin, sala de profesores con 3/4 SS.HH.,
Servicios Higinicos, cocina, lavado, depsito y comedor, cuyas
caractersticas son: cimiento corrido de concreto f`c=140 Kg/cm2,
zapatas, columnas, columnetas, vigas fc=210 Kg/cm2, muros de
ladrillo de arcilla, tijerales y correajes de madera, cobertura de
calamina zinc, pisos de cemento pulido y cermicos antideslizantes
de 45x45 cm. en los servicios higinicos y cocina, veredas de
concreto simple, puertas de madera, ventanas de vidrio semidoble,
rejas de proteccin en ventanas, pintura en general, instalaciones
elctricas y sanitarias.
Tanque Elevado.- Distribuido de la siguiente manera: 01 tanque
elevado de eternit de 2500 lts., cuyas caractersticas son: platea
de cimentacin, columnas, vigas y muros fc=210 Kg/cm2, pintura en
general, instalaciones elctricas y sanitarias.
Obras Exteriores.- Distribuido de la siguiente manera: 01
Patios, cunetas de evacuacin de aguas pluviales, redes principales
de agua, desage y elctrica, concreto de mortero simple en cunetas
con rejas de proteccin, juegos mecnicos como columpios, subebaja y
tobogn, tubera PVC-SAP, en agua, PVC-SAL en desage y PVC-SEL en
elctrica.
1.0 EL POSTOR:
El postor deber cumplir y acreditar los siguientes requisitos:
Deber acreditar tener en el Registro Nacional de Proveedores en el
rubro de Ejecutor de Obras.
PERFIL PROFESIONAL: El personal mnimo que debe proponer el
postor para la ejecucin de la obra materia de la presente
convocatoria, que se detallar de acuerdo al Anexo N 10 conforme a
la exigencia de la entidad es el siguiente:
Cantidad Relacin de Personal Profesional / Tcnico
01 Ingeniero Residente
(A tiempo completo durante la ejecucin de la obra)
02 Ingeniero Asistente
(A tiempo completo durante la ejecucin de la obra)
RESIDENTE DE OBRA:
1. Ingeniero Civil.:
- Con curso de como Residente de obras.
- Con capacitacin en Supervisin de Obras Publicas y
Privadas.
- Con capacitacin en Diseos de Estructuras.
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32
- Con capacitacin en Liquidacin de obras pblicas
- Acreditar capacitacin a nivel de Diplomado en Gerencia de
Proyectos, con una duracin mnima de 160 horas lectivas.
- Acreditar capacitacin en la Ley de Contrataciones con el
Estado y su Reglamento.
- Con experiencia mnima de cuatro (04) aos acumulados como
Residente, Supervisor e Inspector de obras similares, en los ltimos
08 aos.
ACREDITACIN DE DOCUMENTOS:
- Copia simple del Ttulo Profesional,
- Copia simple de los certificados o diplomas del estudio de
capacitacin realizado.
Para la acreditacin del factor Experiencia del personal
propuesto deber requerirse cuales quiera de los siguientes: (i)
Copia simple de contratos y su respectiva conformidad, (ii)
Constancias, (iii) Certificados o (iv) cualquier otro documento
que, de manera fehaciente, demuestre el tiempo el tiempo de
experiencia del profesional propuesto.
2. Ingeniero Asistente: Ser Ingeniero Civil. Acreditar 02 aos de
experiencia como Ingeniero residente y/o supervisor y/o
inspector y/o asistente de residente y/o asistente de supervisor
y/o asistente de inspector en obras similares, adjuntando los
respectivos Contratos con su respectiva conformidad, constancias,
certificados, o con cualquier otra documentacin de la cual se
desprenda, de manera fehaciente, el tiempo de experiencia del
profesional propuesto.
Capacitacin especializada en Valorizaciones y Liquidaciones de
Obras, acreditado con certificados o constancias.
Capacitacin especializada en Residencia o Supervisin de Obras,
acreditado con certificados o constancias.
Acreditar capacitacin a nivel de Diplomado en Gerencia de la
Construccin con una duracin mnima de 180 horas lectivas.
Acreditar capacitacin en Gestin de Proyectos.
El postor deber presentar la documentacin que sustente la
experiencia de los profesionales propuestos, la cual deber llevar
obligatoriamente el sello y la firma del profesional propuesto;
copia de su D.N.I., en el que se comprometa a asumir el cargo de
modo permanente y directo en la obra; as como el Compromiso de
Participacin y Confidencialidad del Postor y el Personal
Profesional Propuesto de acuerdo al Anexo N 10. REQUERIMIENTOS
MNIMOS DE MAQUINARIA Y EQUIPO.
La disponibilidad de los equipos podr acreditarse con la
presentacin de documentos que sustenten la propiedad, la posesin,
el compromiso de compra venta o alquiler, o declaraciones juradas,
sin perjuicio que se verifique, antes de la suscripcin del
contrato, dicha disponibilidad, solicitando la documentacin
pertinente o verificando directamente tal situacin en coordinacin
con el ganador de la buena pro, el detalle de las maquinarias y
equipos es la siguiente: oruga
CANTIDAD RELACION DEL EQUIPO
04 unidades Mezcladora de Concreto Tambor 11 P3 18 Hp
02 unidad Compactador Vibratorio Tipo Plancha 7 Hp
02 unidad Motosoldadora De 250 A
02 unidad Camion Cisterna 4 X 2 (Agua) 122 Hp 1,500 Gl
02 unidad Camion Volquete 4 X 2 140-210 Hp 6 M3
02 unidad Motobomba 4" 12 Hp Petroleo
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02 unidad Equipo De Oxicorte
02 unidad Compresora Neumatica - 93 Hp -335/375 PCM
02 unidad Electrobomba 1/2 Hp
02 unidad Teodolito
Todos estos equipos, maquinarias, herramientas e instrumentos
sern puestos a disposicin de la obra en ptimas condiciones de
operacin. La lista arriba indicada, no es limitativa,
comprometindose por la presente a incrementarla y/o optimizarla, en
caso de que el avance de la obra as lo requiera, sin que ello
represente pago adicional alguno.
FORMA DE PAGO:
Valorizaciones mensuales.
AUTORIZACION DE PAGO:
Las autorizaciones de pago sern efectuadas a la conformidad del
Supervisor de Obra y tramitadas por la Direccin de la Oficina Sub
Regional de Infraestructura de la Gerencia Sub Regional de Alto
Amazonas.
ADELANTOS: Sern atendidos de conformidad a lo descrito en los
Art.187 y 188 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado. Adelanto Directo, hasta el 20 % del monto del contrato
vigente a solicitud del contratista previo presentacin de carta
fianza (en el plazo establecido). Adelanto Materiales, hasta el 40
% del monto del contrato vigente a solicitud del contratista previo
presentacin de carta fianza (de acuerdo al cronograma de adquisicin
de materiales presentada para la firma del contrato).
TIPO DE PROCESO:
Adjudicacin Directa Pblica.
PLAZO MXIMO DE RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por
los vicios ocultos por un plazo de siete (7) aos, contado a partir
de la conformidad de la recepcin total o parcial de la obra, segn
corresponda.
OTRAS PENALIDADES Y MULTAS
En caso de retraso injustificado en la ejecucin del proyecto
objeto del contrato, la Entidad aplicar al
Contratista una penalidad por cada da de atraso, hasta por un
monto mximo equivalente al diez por
ciento (10%) del monto de Contrato vigente o, de ser el caso,
del tem que debi ejecutarse. Esta
penalidad ser deducida de los pagos a cuenta, del pago final o
en la liquidacin final; o si fuese
necesario se cobrar del monto resultante de la ejecucin de las
garantas de fiel cumplimiento.
COORDINACION, SUPERVISION E INFORMES
La supervisin y control de la ejecucin de la obra, estar a cargo
del SUPERVISOR EXTERNO
contratado para tal efecto, quien har el seguimiento, control,
coordinacin y revisin de los Avances
del estudio y ejecucin de la obra.
La Contratista estar sujeta a la verificacin de la participacin
del personal profesional y tcnico
antes y durante el desarrollo del Proyecto.
Las ampliaciones e incumplimiento de los plazos establecidos
sern evaluados de acuerdos al
contrato firmado por la Contratista.
RESPONSABILIDADES
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