ejecucion de obra
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
SIMBOLOGA UTILIZADA:
NSmboloDescripcin
1[ABC] / [.]La informacin solicitada dentro de los corchetes
sombreados debe ser completada por la Entidad durante la elaboracin
de las Bases.
2[ABC] / [.]Es una indicacin, o informacin que deber ser
completada por la Entidad con posterioridad al otorgamiento de la
Buena Pro para el caso especfico de la elaboracin de la PROFORMA
DEL CONTRATO; o por los proveedores, en el caso de los ANEXOS y en
la rotulacin de los sobres de la Propuesta Tcnica y Econmica.
3IMPORTANTE:
AbcSe refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta
por el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones,
segn corresponda, o por los proveedores. Se debe registrar en color
azul.
CARACTERSTICAS DEL DOCUMENTO:
Las Bases Estndar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben
tener las siguientes caractersticas:
NCaractersticasParmetros
1MrgenesSuperior: 2.5 cm Inferior: 2.5 cm
Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
2FuenteArial
3Estilo de FuenteNormal: Para el contenido en general
Cursiva: Para el encabezado y pie de pgina
Para las Consideraciones importantes (tem 3 del cuadro
anterior)
4Color de FuenteAutomtico: Para el contenido en general
Azul : Para las Consideraciones importantes (tem 3 del cuadro
anterior)
5Tamao de Letra16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones
General y Especfica
11 : Para el nombre de los Captulos.
10 : Para el cuerpo del documento en general
9 : Para el encabezado y pie de pgina
Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, segn la
necesidad
8 : Para las Notas al pie
6AlineacinJustificada: Para el contenido en general y notas al
pie.
Centrada : Para la primera pgina, los ttulos de las Secciones y
nombres
de los Captulos.
7InterlineadoSencillo
8EspaciadoAnterior : 0
Posterior : 0
9SubrayadoPara los nombres de las Secciones y para resaltar o
hacer hincapi en algn concepto
INSTRUCCIONES DE USO:
1. Una vez registrada la informacin solicitada dentro de los
corchetes sombreados en gris, el texto deber quedar en letra tamao
10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.2. La
nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Seccin
General. En el caso de la Seccin Especfica debe seguirse la
instruccin que se indica en dicha nota.
Elaborado en setiembre 2012
BASES ESTNDAR DE ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA PARA LA CONTRATACIN
DE LA EJECUCIN DE OBRAS
ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N 005-2013-CEP/MDA.PRIMERA
CONVOCATORIACONSTRUCCION DE LOCAL COMUNAL DEL ANEXO DE HUANTARO,
DISTRITO DE ACOSTAMBO, PROVINCIA DE TAYACAJA, REGION
HUANCAVELICA
SECCIN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN(ESTA SECCIN NO
DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE
NULIDAD)CAPTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN
1.1. BASE LEGAL
Ley N 28411 Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto.
Decreto Legislativo N 1017 Ley de Contrataciones del Estado, en
adelante la Ley.
Decreto Supremo N 184-2008-EF Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.
Directivas del OSCE. Ley N 27444 Ley del Procedimiento
Administrativo General.
Cdigo Civil.
Ley N 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin
Pblica. Decreto Supremo N 007-2008-TR Texto nico Ordenado de la Ley
de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la
Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley
MYPE.
Decreto Supremo N 008-2008-TR Reglamento de la Ley MYPE.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de
ser el caso.
Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad
de las normas previstas en las presentes Bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del
Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente
de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado
integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un
consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de
conformidad con el artculo 53 del Reglamento.
La persona natural o persona jurdica que desee participar en el
proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el
Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la
convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en
el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el
Estado.
Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente
informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad
(DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona
jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio
legal; telfono y fax.
IMPORTANTE:
Para registrarse como participante en un proceso de seleccin
convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que
los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro
Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener
mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin
electrnica: www.rnp.gob.pe.1.4. FORMULACIN DE CONSULTAS Y
OBSERVACIONES A LAS BASESLas consultas y observaciones a las Bases
sern presentadas por un periodo mnimo de dos (2) das hbiles,
contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad
con lo establecido en los artculos 55 y 57 del Reglamento.
1.5. ABSOLUCIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASESLa
decisin que tome el Comit Especial o el rgano encargado de las
contrataciones, segn corresponda, con relacin a las consultas y
observaciones presentadas constar en el pliego absolutorio que se
notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en
los artculos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el
cronograma del proceso de seleccin.
El plazo para la absolucin no podr exceder de dos (2) das hbiles
contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas
y observaciones.De haberse presentado observaciones, el Comit
Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn
corresponda, debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento
de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al
OSCE.IMPORTANTE:
No se absolvern consultas ni observaciones a las Bases que se
presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se
han registrado como participantes.1.6. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL
OSCE
El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el
pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados
desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a
travs del SEACE.
Los participantes pueden solicitar la elevacin de las
observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes
supuestos:
1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no
fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;
2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el
participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario
a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra
disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras
normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso
de seleccin; y
3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una
observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo
dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de
la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas
complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de
seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado
como tal hasta el vencimiento del plazo para formular
observaciones.
El Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones,
segn corresponda, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad
de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a
ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los
participantes soliciten la elevacin de observaciones.La emisin y
publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro
de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente
completo por el OSCE
1.7. INTEGRACIN DE LAS BASES
Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del
proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones,
precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la
absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas
por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el
marco de sus acciones de supervisin.
Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en
ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna,
bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no
afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del
proceso por deficiencias en las Bases.
El Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones,
segn corresponda, integrar y publicar las Bases teniendo en
consideracin los siguientes plazos:
1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente
de vencido el plazo para formularlas.
2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de
vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin
de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre
que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.
3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones,
dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el
pronunciamiento respectivo en el SEACE.
Corresponde al Comit Especial o al rgano encargado de las
contrataciones, segn corresponda, bajo responsabilidad, integrar
las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los
artculos 59 y 60 del Reglamento.
De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit
Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn
corresponda, no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido
de las Bases, bajo responsabilidad.
1.8. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACINTodos los
documentos que contengan informacin referida a los requisitos para
la admisin de propuestas se presentarn en idioma castellano o, en
su defecto, acompaados de traduccin oficial o certificada efectuada
por traductor pblico juramentado o traductor colegiado certificado,
segn corresponda, salvo el caso de la informacin tcnica
complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o
similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor
ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los
cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la
propuesta econmica.
Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por
medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente
empezando por el nmero uno.
Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total
o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser
llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos
supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del
postor o de su representante legal o mandatario designado para
dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso
bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus
nombres y apellidos completos.Cuando la presentacin de propuestas
se realice en acto pblico, las personas naturales podrn concurrir
personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante
el Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn
corresponda, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las
personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal
acreditado con copia simple del documento registral vigente que
consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta
poder simple suscrita por el representante legal, a la que se
adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin
del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de
treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas.
(Formato N 1)
En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por
el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado
por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los
integrantes del consorcio que se encuentre registrado como
participante, conforme a lo siguiente:
1. En el caso que el representante comn del consorcio presente
la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal
de consorcio.
2. En el caso que el apoderado designado por el representante
comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta
poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y
copia simple de la promesa formal de consorcio.
3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los
integrantes del consorcio que se encuentre registrado como
participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en
el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.
1.9. PRESENTACIN DE PROPUESTAS
En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO PBLICO,
deber tenerse en consideracin lo siguiente:
La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la
fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso.
El acto se inicia cuando el Comit Especial o el rgano encargado
de las contrataciones, segn corresponda, empieza a llamar a los
participantes en el orden en que se registraron para participar en
el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser
llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por
desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la
presentacin de la constancia de su registro como participante.
Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas
individuales ni conformar ms de un consorcio.
IMPORTANTE:
En caso el proceso se convoque segn relacin de tems, los
integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas
individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo
que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando
otro consorcio en tems distintos .
En el caso que el Comit Especial o el rgano encargado de las
contrataciones, segn corresponda, rechace la acreditacin del
apoderado, representante legal o representante comn, segn
corresponda en atencin al numeral 1.8, y este exprese su
disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario
(o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de
acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante
formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que
finalmente se resuelva al respecto.
Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial o el rgano
encargado de las contrataciones, segn corresponda, proceder a abrir
los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin
de verificar que los documentos presentados por cada postor sean
los solicitados en las Bases.
En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan
defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en
los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la
propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos
que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos
siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica
nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como
autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que
acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de
naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el
postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin
de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del
Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo
para subsanar la propuesta tcnica.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo
requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos
sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola
por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en
cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o
Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en
que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a
lo que finalmente se resuelva al respecto. Despus de abierto cada
sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz)
proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la
propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la
evaluacin de las propuestas se realice en fecha posterior, el
Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que
contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los
que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros
del Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn
corresponda, y por los postores que as lo deseen, conservndolos
hasta la fecha en que el Comit Especial o el rgano encargado de las
contrataciones, segn corresponda, en acto pblico, comunique
verbalmente la admisin de las propuestas tcnicas.Al terminar el
acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el
Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los
veedores y los postores que lo deseen.
De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento,
en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la
Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del
Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber
suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el
proceso.En caso la presentacin de propuestas se realice en ACTO
PRIVADO, deber tenerse en consideracin lo siguiente:Los
participantes presentarn sus propuestas, con cargo y en sobre
cerrado, en el lugar, el da y horario sealados en la seccin
especfica de las Bases, bajo responsabilidad del Comit Especial o
del rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda.
Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas
individuales ni conformar ms de un consorcio.
IMPORTANTE:
En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de
un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni
conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que
puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en
tems distintos.
De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento,
en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la
Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del
Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber
suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el
proceso.1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA
La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente
lo siguiente:
La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos
todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y,
de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin
vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia
sobre el costo de la ejecucin de la obra a ser contratada; excepto
la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La
Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.
El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo
componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios
unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.
IMPORTANTE:
Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los
postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus
propuestas econmicas en forma independiente.
1.11. ADMISIN DE PROPUESTAS
En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO
PBLICO, para la admisin de propuestas se deber tener en
consideracin lo siguiente:
Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los
requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases.
Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern
admitidas.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la
subsanacin de la propuesta, el Comit Especial o el rgano encargado
de las contrataciones, segn corresponda, deber determinar si se
cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el
plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial o
el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, tendr
la propuesta por no admitida.
Slo aquellas propuestas admitidas pasarn a la evaluacin
econmica.
En caso se hubiese previsto la presentacin de propuestas en ACTO
PRIVADO, para la admisin de propuestas se deber tener en
consideracin lo siguiente:
Se proceder a la apertura de las propuestas tcnicas presentadas
y se verificar que contengan los documentos de presentacin
obligatoria y cumplan con los requerimientos tcnicos mnimos
contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan
dichos requerimientos no sern admitidas.
En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan
defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en
los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la
propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos
que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos
siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica
nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como
autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que
acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de
naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el
postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin
de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del
Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo
para subsanar la propuesta tcnica.
IMPORTANTE:
En tanto OSCE no comunique a travs de su portal institucional la
implementacin del mecanismo de notificacin electrnica en el SEACE
para la Entidad, el Comit Especial o el rgano encargado de las
contrataciones, segn corresponda, deber notificar al postor el
requerimiento de subsanacin de la propuesta tcnica en forma
personal, conforme a lo dispuesto por la Dcima Disposicin
Complementaria Transitoria del Reglamento.
En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo
requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos
sealados en el prrafo anterior, se tendr por no admitida. El Comit
Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn
corresponda, incluir el motivo de esa decisin en el acta de los
resultados del proceso que se publicar en el SEACE, debiendo
devolver los sobres que contienen la propuesta tcnica y econmica,
una vez consentido el otorgamiento de la Buena Pro.
En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la
subsanacin de la propuesta, el Comit Especial o el rgano encargado
de las contrataciones, segn corresponda, deber determinar si se
cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el
plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial o
el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, tendr
la propuesta por no admitida.
Slo aquellas propuestas admitidas pasarn a la evaluacin
econmica.
1.12. EVALUACIN ECONMICA DE PROPUESTAS
Conforme a lo establecido en el numeral 4) del artculo 71 del
Reglamento, la evaluacin se realizar sobre cien (100) puntos
atendiendo nicamente a la propuesta econmica.
Si la propuesta econmica es inferior al noventa por ciento (90%)
del valor referencial o excede el ciento diez por ciento (110%) del
valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial o el rgano
encargado de las contrataciones, segn corresponda, y se tendr por
no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley.
La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo
establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de
propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional,
segn la siguiente frmula:
Pi = Om x PMPE
Oi
Donde:
i= Propuesta
Pi= Puntaje de la propuesta econmica i
Oi= Propuesta Econmica i
Om= Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo
PMPE= Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica
IMPORTANTE:
En caso de convocarse bajo el sistema de precios unitarios, el
Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn
corresponda, deber verificar las operaciones aritmticas de la
propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna
incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto
y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe
figurar expresamente en el acta respectiva. Slo cuando se haya
previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que
incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se
evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo
financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la
deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento,
tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como
la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las
disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.
1.13. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PROEn caso el otorgamiento de la
Buena Pro se realice en ACTO PBLICO, deber considerarse lo
siguiente:
En la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial o el
rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda, se
pronunciar sobre la admisin de las propuestas. El Comit Especial o
el rgano encargado de las contrataciones, segn corresponda,
proceder a la apertura de los sobres que contienen las propuestas
econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas hubieren
sido admitidas.La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar
de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes
Bases.
La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el
artculo 71 del Reglamento.
IMPORTANTE:
En el caso de contratacin de obras a ser ejecutadas fuera de las
provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una
bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje
total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde
se ejecutar la obra objeto del proceso de seleccin o en las
provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo
departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la
constancia de inscripcin ante el RNP.
El Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones,
segn corresponda, proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta
ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a
travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de
prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando el
puntaje econmico y total obtenido por cada uno de ellos.En el
supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la
Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del
Reglamento.
Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser
suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del
Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn
corresponda, as como por los veedores y los postores que deseen
hacerlo.
El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos
los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a
los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el
cuadro comparativo. Dicha presuncin no admite prueba en contrario.
Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE.
IMPORTANTE:
De conformidad con el artculo 76 del Reglamento, para otorgar la
Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el
lmite del ciento diez por ciento (110%), deber contarse con la
asignacin suficiente de crditos presupuestarios y la aprobacin del
Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el
mejor puntaje total acepte reducir su oferta econmica a un monto
igual o menor al valor referencial.
En caso el otorgamiento de la Buena Pro se realice en ACTO
PRIVADO, deber tenerse en consideracin lo siguiente:El Comit
Especial o el rgano encargado de las contrataciones, segn
corresponda, proceder a la apertura de los sobres que contienen las
propuestas econmicas de aquellos postores cuyas propuestas tcnicas
hubieran sido admitidas. La evaluacin de las propuestas econmicas
se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las
presentes Bases.La determinacin del puntaje total se har de
conformidad con el artculo 71 del Reglamento. IMPORTANTE:
En el caso de contratacin de obras a ser ejecutadas fuera de las
provincias de Lima y Callao, a solicitud del postor, se asignar una
bonificacin equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje
total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde
se ejecutar la obra objeto del proceso de seleccin o en las
provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo
departamento o regin. El domicilio ser el consignado en la
constancia de inscripcin ante el RNP.
El Comit Especial o el rgano encargado de las contrataciones,
segn corresponda, proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta
ganadora, elaborando en forma previa un cuadro comparativo en el
que se consignar el orden de prelacin en que han quedado
calificados los postores, detallando el puntaje econmico y total
obtenido por cada uno de ellos.En el supuesto que dos (2) o ms
propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar
observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento.
Al terminar el acto se levantar un acta, la cual ser suscrita
por todos los miembros del Comit Especial o el rgano encargado de
las contrataciones, segn corresponda, as como por los veedores, de
ser el caso.
El otorgamiento de la Buena Pro se publicar y se entender
notificado a travs del SEACE, el mismo da de su realizacin, bajo
responsabilidad del Comit Especial o del rgano encargado de las
contrataciones, segn corresponda, debiendo incluir el acta de
otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro
comparativo.IMPORTANTE:
De conformidad con el artculo 76 del Reglamento, para otorgar la
Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el
lmite del ciento diez por ciento (110%), deber contarse con la
asignacin suficiente de crditos presupuestarios y la aprobacin del
Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el
mejor puntaje total acepte reducir su oferta econmica a un monto
igual o menor al valor referencial.
1.14. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PROCuando se hayan presentado
dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se
producir a los cinco (5) das hbiles de la notificacin de su
otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de
interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento
se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse
producido.
En el caso que se haya presentado una sola oferta, el
consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la
notificacin de su otorgamiento, y podr ser publicado en el SEACE
ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.CAPTULO IISOLUCIN DE
CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN
1.15. RECURSO DE APELACINA travs del recurso de apelacin se
impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de
seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la
celebracin del contrato.
El recurso de apelacin se presenta ante la Entidad que convoc el
proceso de seleccin y es resuelto por el Titular de la Entidad o el
funcionario a quien este haya delegado dicha facultad.Los actos
emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de
oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de
Contrataciones del Estado.
1.16. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN
La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los
actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de
los cinco (5) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena
Pro.
La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el
prrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) das
hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se
desea impugnar.
CAPTULO IIIDEL CONTRATO
1.17. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Una vez que quede consentido o administrativamente firme el
otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) das hbiles
siguientes, sin mediar citacin alguna, el postor ganador deber
presentar a la Entidad la documentacin para la suscripcin del
contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3)
das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber
concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el
supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no
concurra a suscribir el contrato, segn corresponda, en los plazos
antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el
numeral 3 del artculo 148 del Reglamento.
El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario
competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena
Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de
persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su
representante legal, de conformidad con lo establecido en el
artculo 139 del Reglamento.
Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro
deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases,
los siguientes:
Constancia de Capacidad Libre de Contratacin.
Garanta de fiel cumplimiento. Garanta de fiel cumplimiento por
prestaciones accesorias, en caso corresponda.
Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes,
de ser el caso.
Cdigo de cuenta interbancario (CCI).
Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de
todos los documentos de la propuesta presentados en idioma
extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser
el caso. Designacin del residente de obra, cuando este no haya
formado parte de su propuesta tcnica. Calendario de avance de obra
valorizado sustentado en el Programa de Ejecucin de Obra
(PERT-CPM), salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que
incluya la elaboracin del expediente tcnico. Calendario de
adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin de
obra, en concordancia con el calendario de avance de obra
valorizado, salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que
incluya la elaboracin del expediente tcnico. Desagregado por
partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de
contratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo la modalidad
llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.1.18.
DE LAS GARANTAS
1.18.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO
El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel
cumplimiento del contrato. Esta deber ser emitida por una suma
equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato
original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin
final.
De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan
una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del
contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena
Pro presente la garanta de fiel cumplimiento con una vigencia de un
(1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el
consentimiento de la liquidacin final.IMPORTANTE:
Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, las micro
y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel
cumplimiento, la Entidad les retenga el diez por ciento (10%) del
monto del contrato original, siempre que:
El plazo de ejecucin de la obra sea igual o mayor a sesenta (60)
das calendario.
El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2)
valorizaciones peridicas en funcin al avance de obra.La retencin se
efectuar durante la primera mitad del nmero total de pagos a
realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la
finalizacin del mismo.1.18.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR
PRESTACIONES ACCESORIAS
En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones
accesorias se otorgar una garanta adicional por este concepto, la
misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de
las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin
en ningn caso.
1.19. REQUISITOS DE LAS GARANTAS
Las garantas que se presenten debern ser incondicionales,
solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo
requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por
empresas que se encuentren bajo la supervisin de la
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir
garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos
extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco
Central de Reserva del Per.
IMPORTANTE:
Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas
por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y
condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.1.20.
EJECUCIN DE GARANTASLas garantas se harn efectivas conforme a las
estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.
1.21. INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIN DE OBRA
El plazo de ejecucin de obra se inicia a partir del da siguiente
de que se cumplan las siguientes condiciones:
1.Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, segn
corresponda.
2.Que la Entidad entregue el expediente tcnico de obra completo
al contratista.
3.Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutar
la obra al contratista.
4.Que la Entidad provea el calendario de entrega de los
materiales o insumos al contratista, cuando en la seccin especfica
de las Bases la Entidad haya asumido esta obligacin.
5.Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer
desembolso de dicho adelanto al contratista, en las condiciones y
oportunidad establecidas en la seccin especfica de las Bases, salvo
que en dicha seccin no se haya previsto la entrega de este
adelanto.
6. Que el contratista presente el certificado de habilidad de
los profesionales sealados en su propuesta tcnica.
Estas condiciones debern ser cumplidas dentro de los quince (15)
das calendarios siguientes a la suscripcin del contrato.
En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo,
el plazo se inicia con el cumplimiento de las dems condiciones.
Si cumplidas las condiciones antes indicadas la estacionalidad
climtica no permitiera el inicio de la ejecucin de la obra, la
Entidad podr acordar con el contratista la fecha para el inicio de
la ejecucin. Dicha decisin deber ser sustentada en un informe
tcnico que formar parte del expediente de contratacin de la
obra.
IMPORTANTE:
De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber designarse a
un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o
mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector
Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de
seleccin.
1.22. RESIDENTE DE OBRA
Profesional colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) aos
de experiencia en la especialidad, designado por el contratista,
previa conformidad de la Entidad. Por su sola designacin, el
residente representa al contratista para los efectos ordinarios de
la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al
contrato.
La sustitucin del residente slo proceder previa autorizacin por
escrito del funcionario de la Entidad que, segn sus normas de
organizacin interna, cuente con facultades suficientes para brindar
tal autorizacin, y siempre que el profesional reemplazante rena
calificaciones profesionales iguales o superiores a las del
profesional originalmente propuesto.
El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitucin del
residente de obra debe ser emitido y notificado al contratista
dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de presentada la
respectiva solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad
emita pronunciamiento alguno, se considerar aprobada la
sustitucin.
1.23. INSPECTOR O SUPERVISOR DE OBRA
Profesional colegiado y habilitado, con menos de dos (2) aos de
experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para
velar, de modo permanente y directo, por la correcta ejecucin de la
obra y el cumplimiento de las especificaciones tcnicas y del
contrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones
profesionales del residente.
En caso que el supervisor sea una persona jurdica, esta deber
designar a una persona natural como supervisor permanente de la
obra.
1.24. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIN DE OCURRENCIAS
El cuaderno de obra se abre en la fecha de entrega del terreno
al contratista, oportunidad en la que deber ser firmado en cada una
de sus pginas por el inspector o supervisor, segn corresponda, y
por el residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original
con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas
copias a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector
o supervisor.
El cuaderno de obra original debe permanecer en la obra, bajo
custodia del residente, el que no podr impedirle el acceso al mismo
al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle al contratista
una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorizacin
por cada da en que se impida el acceso.
Slo el inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer
anotaciones en el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarn los
hechos relevantes que ocurran durante la ejecucin de la obra,
firmando al pie de cada anotacin que efecten. Tambin se anotarn en
el cuaderno de obra las consultas al inspector o supervisor de
obra, as como la respuesta de este ltimo.
Las solicitudes que realice el contratista, o su representante
legal, como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno
de obra, se harn directamente a la Entidad, por medio de
comunicacin escrita.
El cuaderno de obra ser cerrado por el inspector o supervisor
cuando la obra haya sido recibida por la Entidad, procediendo a
entregar el original de dicho cuaderno a la Entidad.
IMPORTANTE: El inspector o supervisor, y/o el residente, deben
anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de
ejecucin de la obra, a efectos de evitar futuras controversias
sobre el particular.
1.25. ADELANTOS
La Entidad entregar adelantos directos y adelantos para
materiales o insumos, conforme a lo establecido en el artculo 186
del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin
especfica de las Bases.
En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo
previsto en la seccin especfica de las Bases, el contratista tendr
derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la obra
por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo
201 del Reglamento.
1.26. VALORIZACIONES
La valorizacin es la cuantificacin econmica del avance fsico en
la ejecucin de la obra en un periodo determinado, tendr el carcter
de pago a cuenta y deber ser realizada el ltimo da de cada periodo
de valorizacin previsto en la seccin especfica de las Bases, por el
inspector o supervisor, segn corresponda, y por el contratista. Si
el inspector o supervisor no se presenta para la valorizacin
conjunta con el contratista, este ltimo la realizar.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones
imputables a la Entidad, el contratista tendr derecho al pago de
intereses, de conformidad con el artculo 48 de la Ley y los
artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para tal efecto, se
formular una valorizacin de intereses y el pago se efectuar en las
valorizaciones siguientes.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el
pago de las valorizaciones se realizar a quien se indique en el
contrato de consorcio.
1.27. REAJUSTES
Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las
valorizaciones debern ser ajustadas multiplicndolas por el
respectivo coeficiente de reajuste K que se obtenga de aplicar en
la frmula o frmulas polinmicas previstas en el expediente tcnico de
obra que es parte de las Bases, los ndices Unificados de Precios de
la Construccin que publica el Instituto Nacional de Estadstica e
Informtica INEI.
Dado que los ndices Unificados de Precios de la Construccin son
publicados con un mes de atraso, los reajustes debern calcularse
teniendo en consideracin el coeficiente de reajuste K conocido a
ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los ndices que se
deben aplicar, se calcular el monto definitivo de los reajustes que
corresponden, los que se pagarn con la valorizacin ms cercana
posterior o en la liquidacin final sin reconocimiento de
intereses.
IMPORTANTE:
Tanto la elaboracin como la aplicacin de las frmulas polinmicas
se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC.
1.28. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
La penalidad por retraso injustificado en la ejecucin de la obra
y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de
conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento,
respectivamente.
De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento,
en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas
a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando
sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la
convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por
ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del
tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma
independiente a la penalidad por mora.
1.29. LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRAEl procedimiento para la
liquidacin del contrato de obra que deber observarse, es el que se
encuentra descrito en el artculo 211 del Reglamento. No proceder la
liquidacin mientras existan controversias pendientes de
resolver.
Luego de haber quedado consentida la liquidacin y efectuado el
pago del saldo de la liquidacin, culmina el contrato y se cierra el
expediente respectivo.
Las controversias sobre pagos podrn ser sometidas a conciliacin
y/o arbitraje, dentro del plazo de quince (15) das hbiles
siguientes al vencimiento del plazo previsto en la seccin especfica
de las Bases para efectuar el pago del monto correspondiente al
saldo de la liquidacin.
1.30. VIGENCIA DEL CONTRATO
En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento,
el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin
del documento que lo contiene, hasta que la liquidacin quede
consentida y se efecte el pago correspondiente.
1.31. DISPOSICIONES FINALES
Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en
las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as
como por las disposiciones legales vigentes.
SECCIN ESPECFICACONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE
SELECCIN(EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN
EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
CAPTULO IGENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre:MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOSTAMBO
RUC N:20287881691
Domicilio legal:PLAZA PRINCIPAL S/N
Telfono/Fax::064630335
Correo electrnico::[email protected]
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin
de la ejecucin de la obra CONSTRUCCION DE LOCAL COMUNAL DEL ANEXO
DE HUANTARO, DISTRITO DE ACOSTAMBO, PROVINCIA DE TAYACAJA, REGION
HUANCAVELICA
1.3. VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a S/. 67, 358.21 (SESENTA Y SIETE
MIL TRECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 21/100 NUEVOS SOLES), incluido
los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el
costo total de la ejecucin de la obra. El valor referencial ha sido
calculado al mes de Abril del 2013.
Valor Referencial
(VR)Lmites
InferiorSuperior
67, 358.21 (SESENTA Y SIETE MIL TRECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON
21/100 NUEVOS SOLES),SESENTA MIL SEISCIENTOS VEINTE Y DOS CON
39/100 NUEVOS SOLES (S/.60,622.39)SETENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y
CUATRO CON 03/100 NUEVOS SOLES (S/.74,094.03).
IMPORTANTE: De conformidad con el artculo 13 del Reglamento,
cuando se trate de una contratacin por relacin de tems, tambin
debern incluirse los valores referenciales en nmeros y letras de
cada tem.
Las propuestas econmicas no pueden exceder los lmites del valor
referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley. Si durante
la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es
posible la participacin de proveedores que gozan del beneficio de
la exoneracin del IGV prevista en la Ley N 27037, Ley de Promocin
de la Inversin en la Amazona, deber tomarse en cuenta la regulacin
de la Cuarta Disposicin Complementaria Final del Reglamento.
De conformidad con lo sealado en el numeral 2 de la citada
Disposicin Complementaria Final, en las Bases del respectivo
proceso de seleccin deber establecerse adems del valor referencial,
los lmites de ste, con y sin IGV, tal como se indica a
continuacin:
Valor Referencial
(VR)Lmite InferiorLmite Superior
Con IGVSin IGVCon IGVSin IGV
[CONSIGNAR VALOR REFERENCIAL TOTAL NICO, INCLUYE IGV][CONSIGNAR
LMITE, 90% DEL VALOR REFERENCIAL CON IGV][CONSIGNAR LMITE, 90% DEL
VALOR REFERENCIAL SIN IGV][CONSIGNAR LMITE, 110% DEL VALOR
REFERENCIAL CON IGV][CONSIGNAR LMITE, 110% DEL VALOR REFERENCIAL
SIN IGV]
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACINEl expediente de contratacin fue
aprobado mediante RESOLUCION DE ALCALDIA N 0082-2013-A/MDA, el 23
de mayo del 2013.Asimismo, el expediente tcnico de obra fue
aprobado mediante RESOLUCION DE ALCALDIA N 075-2013-A/MDA, el 13 de
mayo del 2013.1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
Recursos Determinados.IMPORTANTE:
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas
previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del
Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de
seleccin.
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN
El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de
acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin
respectivo.
1.7. MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUAL
EJECUCION DE OBRA POR CONTRATA.1.8. ALCANCES DEL
REQUERIMIENTO
La obra a ser ejecutada est definida en los Requerimientos
Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente seccin, en el
captulo III.1.9. PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRAEl plazo de ejecucin
de la obra materia de la presente convocatoria, es de TREINTA das
calendario. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo
que debe coincidir con lo establecido en el expediente de
contratacin y en el expediente tcnico de obra.
IMPORTANTE:
Cuando en el expediente de contratacin se establezca que la obra
debe ejecutarse bajo la modalidad llave en mano, en lugar del
prrafo anterior, deber considerarse lo siguiente, segn
corresponda:El plazo de ejecucin de la obra materia de la presente
convocatoria y el montaje del equipamiento hasta su puesta en
funcionamiento, es de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA,
EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das calendario.
Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe
coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin y en
el expediente tcnico de obra.
El plazo de ejecucin de la obra materia de la presente
convocatoria, es de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL DE EJECUCIN DE LA
OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das
calendario, el que comprende la elaboracin del expediente tcnico en
el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIN DE LA PRESTACIN
CONSISTENTE EN LA ELABORACIN DEL EXPEDIENTE TCNICO, EL CUAL DEBER
ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das calendario, as como la
ejecucin de la obra en s misma y el montaje del equipamiento hasta
su puesta en funcionamiento en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE
EJECUCIN DE LA PRESTACIN CONSISTENTE EN LA EJECUCIN DE LA OBRA Y
MONTAJE DEL EQUIPAMIENTO, EL CUAL DEBER ESTAR EXPRESADO EN DAS
CALENDARIO] das calendario. Dichos plazos constituyen
requerimientos tcnicos mnimos que deben coincidir con lo
establecido en el expediente de contratacin.
1.10. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES
El costo de Reproduccin de Bases es de s/.30.00, las cuales se
pagan en la Unidad de Caja de la Municipalidad Distrital de
Acostambo. 1.11. BASE LEGAL
Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto.
Ley N 29951, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao
Fiscal 2013.
Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto
Legislativo N 1017, y sus modificatorias.
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por
Decreto Supremo N 184-2008-EF, y sus modificatorias.
Ley N 29873, Ley que modifica el Decreto Legislativo 1017 que
aprueba la Ley de Contrataciones del Estado.
Decreto Supremo N 138-2012-EF, modifica el Decreto Supremo N
184-2008-EF que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones
del Estado.
Directiva N 015-2012-OSCE/CD.
Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley N 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin
Pblica.
Ley N 27633, Ley de Promocin Temporal del Desarrollo Productivo
Nacional.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de
ser el caso.
CAPTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIN
1.12. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN
IMPORTANTE: Debe tenerse presente que en una adjudicacin de
menor cuanta para la ejecucin de obras, entre la convocatoria y la
etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo seis (6)
das hbiles.1.13. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de los participantes es gratuito y se realizar en la
Unidad de Abastecimientos de la Municipalidad Distrital de
Abastecimiento, sito en la Plaza principal, en las fechas sealadas
en el cronograma, en el horario de 08:30 a 16:30.
En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo
correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso,
el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el
da y hora de dicha recepcin.
IMPORTANTE: Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en
cuenta que el horario de atencin no podr ser menor a ocho
horas.
Los participantes registrados tienen el derecho de solicitar un
ejemplar de las Bases, las que incluyen el expediente tcnico de
obra, salvo en la modalidad llave en mano que incluya su
elaboracin, para cuyo efecto deben cancelar el costo de reproduccin
de las mismas.
1.14. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES
Las consultas y observaciones se presentarn por escrito,
debidamente fundamentadas, ante la Unidad de Abastecimientos de la
Municipalidad Distrital de Acostambo, sito en la Plaza Principal
S/N, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de
08:30 a 16:30, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit
Especial o al rgano encargado de las contrataciones, segn
corresponda, de la ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N 005-2013-CEP/MDA,
pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo
electrnico [email protected] IMPORTANTE:
Al consignar el horario de atencin, debe tenerse en cuenta que
el horario de atencin no podr ser menor a ocho horas
1.15. PRESENTACIN DE PROPUESTAS
En caso la presentacin de propuesta se realice en ACTO PBLICO,
deber consignarse lo siguiente:
Las propuestas se presentarn en acto pblico, en [CONSIGNAR
DIRECCIN DE LA OFICINA O SEDE DONDE SE LLEVAR A CABO LA PRESENTACIN
DE PROPUESTAS], en la fecha y hora sealadas en el cronograma. El
acto pblico se realizar con la participacin de [CONSIGNAR NOTARIO O
JUEZ DE PAZ, SEGN CORRESPONDA].
Se podr contar con la presencia de un representante del Sistema
Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir
el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el
proceso.
En caso la presentacin de propuesta se realice en ACTO PRIVADO,
deber consignarse lo siguiente:
Los participantes presentarn sus propuestas en sobre cerrado, en
la direccin, en la fecha y hora sealadas en las Bases, bajo
responsabilidad del Comit Especial o del rgano encargado de las
contrataciones, segn corresponda, conforme a lo indicado en la
seccin general de las presentes Bases.
En ambos casos, las propuestas se presentarn en dos (2) sobres
cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial o al rgano encargado
de las contrataciones, segn corresponda, de la ADJUDICACIN DE MENOR
CUANTA N [.], conforme al siguiente detalle:SOBRE N 1: Propuesta
Tcnica. El sobre ser rotulado:
SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:
1.16. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
1.16.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA
Se presentar en un original y 01 copias.
El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos, la
siguiente documentacin:
Documentacin de presentacin obligatoria:
a) Declaracin jurada de datos del postor.
Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser
presentada por cada uno de los consorciados (Anexo N 1).
b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos
Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin
(Anexo N 2).
c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del
Reglamento (Anexo N 3).
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta
declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante
comn del consorcio.
d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se
consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn
y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los
integrantes del consorcio as como el porcentaje equivalente a
dichas obligaciones (Anexo N 4).
La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno
de sus integrantes.
Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra
facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos
los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin
del contrato, con amplias y suficientes facultades.e) Declaracin
jurada de plazo de ejecucin de la obra (Anexo N 5).
f) Declaracin jurada del personal propuesto para la ejecucin de
la obra (Anexo N 9). IMPORTANTE: La omisin de alguno de los
documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin
perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.
Documentacin de presentacin facultativa:
a) Certificado de inscripcin o reinscripcin en el registro de la
Micro y Pequea Empresa REMYPE, de ser el caso.b) En el caso de
microempresas y pequeas empresas integradas por personas con
discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su
totalidad por stas, deber presentarse una constancia o certificado
con el cual acredite su inscripcin en el Registro de Empresas
Promocionales para Personas con Discapacidad.
IMPORTANTE: En el caso de la ejecucin de obras que se ejecuten
fuera de las provincias de Lima y Callao podr presentarse una
solicitud de bonificacin por obras ejecutadas en la provincia o
provincias colindantes, segn Anexo N 8.
Los postores que soliciten el beneficio de la exoneracin del IGV
previsto en la Ley N 27037, Ley de Promocin de la Inversin en la
Amazona, deben presentar la Declaracin Jurada de cumplimiento de
condiciones para la aplicacin de la exoneracin del IGV (Anexo N
7).
En el caso de consorcios, todos los integrantes que figuran en
la promesa formal de consorcio deben reunir las condiciones
exigidas para acceder al beneficio de la exoneracin del IGV,
debiendo presentar de manera independiente la declaracin jurada
antes sealada.
IMPORTANTE: En caso exista contradiccin entre la informacin
presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser
descalificada.
1.16.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA
El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin
obligatoria:
Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial y
el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido
establecido en las Bases (Anexo N 6).
El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo
componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios
unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.
IMPORTANTE:
La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores
depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos
en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento.
La propuesta econmica de los postores que presenten la
Declaracin Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicacin
de la exoneracin del IGV (Anexo N 7), debe encontrarse dentro de
los lmites del valor referencial sin IGV.
En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera
de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta
econmica ser descalificada.
1.17. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes
documentos para suscribir el contrato:
a) Constancia de capacidad libre de contratacin.
b) Garanta de fiel cumplimiento del contrato. [CARTA FIANZA]c)
Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, de ser el
caso. [CARTA FIANZA]d) Contrato de consorcio con firmas legalizadas
de los integrantes, de ser el caso.
e) Cdigo de cuenta interbancario (CCI).
f) Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado
de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma
extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser
el caso.
g) Domicilio para efectos de la notificacin durante la ejecucin
del contrato.
h) Designacin del residente de obra, cuando no haya formado
parte de su propuesta tcnica.
i) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el
Programa de Ejecucin de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo la
modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente
tcnico.j) Calendario de adquisicin de materiales o insumos
necesarios para la ejecucin de obra, en concordancia con el
calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo la
modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente
tcnico.
k) Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta,
cuando el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras
bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del
expediente tcnico.
IMPORTANTE:
En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un
consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la
suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a
lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N
5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas
en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que
stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de
todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que
integran el consorcio.
Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas
por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y
condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.
Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley, las micro
y pequeas empresas pueden optar que, como garanta de fiel
cumplimiento, la Entidad les retenga el diez por ciento (10%) del
monto del contrato original, siempre que:
El plazo de ejecucin de la obra sea igual o mayor a sesenta (60)
das calendario.
El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2)
valorizaciones peridicas en funcin al avance de obra.
La retencin se efectuar durante la primera mitad del nmero total
de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser
devuelto a la finalizacin del mismo.
Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentacin a
ser presentada, tales como:a) Copia de DNI del Representante
Legal.
b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la
empresa.
c) Copia de la constitucin de la empresa y sus modificatorias
debidamente actualizado.
d) Copia del RUC de la empresa.
IMPORTANTE:
La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a
la consignada en el presente numeral para la suscripcin del
contrato.
1.18. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO
El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citacin alguna por
parte de la Entidad, deber presentar toda la documentacin prevista
para la suscripcin del contrato dentro del plazo de siete (7) das
hbiles, contados a partir del da siguiente de consentida la Buena
Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la
presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad
para suscribir el contrato.
La citada documentacin deber ser presentada en la Unidad de
Abastecimientos de la Municipalidad Distrital de Acostambo, Cito en
la Plaza Principal S/N de Acostambo.IMPORTANTE:
Las siguientes disposiciones slo debern ser incluidas en el caso
que la Entidad considere la entrega del adelanto directo y para
materiales o insumos:
1.19. ADELANTOS
1.19.1. ADELANTO DIRECTOLa Entidad otorgar [CONSIGNAR NMERO DE
ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos directos por el [CONSIGNAR
PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 20% DEL MONTO DEL CONTRATO
ORIGINAL] del monto del contrato original.El contratista debe
solicitar formalmente el [CONSIGNAR ADELANTO O PRIMER DESEMBOLSO
DEL ADELANTO DIRECTO] dentro de los ocho (8) das calendario
siguientes [CONSIGNAR, SEGN CORRESPONDA, A LA SUSCRIPCIN DEL
CONTRATO O AL INICIO DE LA EJECUCIN DE LA OBRA], adjuntando a su
solicitud la garanta por adelantos mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA
O PLIZA DE CAUCIN] y el comprobante de pago correspondiente. La
Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7)
das siguientes a la presentacin de la solicitud del
contratista.
Asimismo, el contratista debe solicitar la entrega de los dems
adelantos directos en [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA
SOLICITUD]. La entrega del o los adelantos se realizar en
[CONSIGNAR PLAZO Y OPORTUNIDAD].Vencido el plazo para solicitar el
adelanto no proceder la solicitud.
En el supuesto que no se entregue [CONSIGNAR EL O LOS ADELANTOS]
en la oportunidad prevista, el contratista tendr derecho a
solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la obra por el
nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del
Reglamento.
1.19.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOSLa Entidad otorgar
adelantos para materiales o insumos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE
QUE NO DEBE EXCEDER DEL 40%] del monto del [CONSIGNAR, SEGN
CORRESPONDA, DEL CONTRATO ORIGINAL O DE LA PRESTACIN CONSISTENTE EN
LA EJECUCIN DE LA OBRA], conforme al calendario de adquisicin de
materiales o insumos.Para dicho efecto, el contratista deber
entregar la garanta por adelantos mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA
O PLIZA DE CAUCIN] y el comprobante de pago correspondiente.1.20.
VALORIZACIONESEl periodo de valorizacin ser
Quincenal.IMPORTANTE:
Cuando el periodo de valorizacin establecido por la Entidad sea
el mensual, el plazo del pago de la valorizacin se regir por lo
dispuesto en el sexto prrafo del artculo 197 del Reglamento. En
cambio, si la Entidad prev un periodo de valorizacin distinto al
mensual, deber establecer los plazos y procedimiento aplicables
para la valorizacin, teniendo en consideracin lo dispuesto en el
quinto prrafo del referido artculo, as como el plazo para el pago
de las valorizaciones.
De acuerdo con los prrafos quinto y sexto del artculo 197 del
Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad
deber contar con la valorizacin del periodo correspondiente,
debidamente aprobada por el inspector o supervisor, segn
corresponda; a la que deber adjuntarse el comprobante de pago
respectivo.1.21. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIN DEL
CONTRATO DE OBRA
La Entidad o el contratista, segn corresponda, deben efectuar el
pago del monto correspondiente al saldo de la liquidacin del
contrato de obra, en el plazo de QUINCE das calendario, computados
desde el da siguiente del consentimiento de la liquidacin. Para tal
efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante
de pago respectivo.CAPTULO IIIREQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS
TRMINOS DE REFERENCIA
EJECUCIN DE OBRA:
CONSTRUCCION DE LOCAL COMUNAL DEL ANEXO DE HUANTARO, DISTRITO DE
ACOSTAMBO, PROVINCIA DE TAYACAJA, REGION HUANCAVELICA
3.1. OBJETIVO:
Contratacin de una persona natural y/o Jurdica con experiencia,
conocimiento y dominio en ejecucin de obras.
3.2. LOCALIZACIN DE LA OBRA:
La obra se encuentra localizada en: Anexo
:HUANTARODistrito
:ACOSTAMBOProvincia:TAYACAJADepartamento:HUANCAVELICA
Regin
:HUANCAVELICA
3.3. PLAZO DE EJECUCIN:
Treinta (30) das calendario.
3.4. COSTO DE OBRA:
La Municipalidad Distrital de Acostambo efectuar el pago por la
ejecucin de la Obra hasta por el monto de S/. S/. 67,358.21
(SESENTA Y SIETE MIL TRECIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 21/100 NUEVOS
SOLES).3.5. DE LOS POSTORES
Los postores podrn ser personas naturales o jurdicas.
Debern estar inscritos en condicin VIGENTE dentro del captulo de
EJECUTOR DE OBRAS del registro nacional de proveedores (RNP).
No estar comprendido en ninguno de los impedimentos sealados en
el artculo 10 de la Ley.
Declaracin Jurada del postor asumiendo gastos por cuenta propia
de todos los daos y perjuicios que pudiera ocasionar al estado y/o
terceros durante la ejecucin de la obra. Formato Libre.
No pueden ser postores los contratistas que tengan
intervenciones econmicas de obras en las entidades pblicas de la
Regin Huancavelica, lo cual ser verificado por la entidad otorgada
la buena pro.
3.6. REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS
Los Requerimientos Tcnicos Mnimos se solicitan en funcin a las
caractersticas de la obra y las condiciones tcnicas descritas en el
Expediente tcnico aprobado por la Entidad.
ARQUITECTO O INGENIERO CIVIL, COLEGIADO CON UN MINIMO DE 10 AOS
DE EXPERIENCIA PROFESIONAL CONTADOS A PARTIR DE SU COLEGIATURA,
siendo l quien ser el responsable de la elaboracin del cronograma
de ejecucin de obra, el cronograma de desembolso y el plan de
ejecucin de obra.
Haber participado Como residente de obras en obras de
infraestructura, como mnimo siete (07) contratos acumulados en
periodos distintos sin repetirse. Se acreditar con la presentacin
de copias simples de contratos, las actas de recepcin y constancias
de conformidad.
Declaracin Jurada de Compromiso de Participacin y disponibilidad
inmediata de la permanencia mientras dure la ejecucin de la
obra.
Curriculum Vitae Documentado:
Copia del Certificado de la habilidad profesional vigente del
colegio Profesional.
Copia del Ttulo Profesional.
Carta de Compromiso con sello y firma.
Acreditar obligatoriamente:
Capacitacin en Cursos de Residencia y/o Supervisin.
Capacitacin en la nueva Ley de Contrataciones.
Capacitacin en Formulacin y Evaluacin de Proyectos de Inversin
Pblica.
ASISTENTE DE RESIDENTE DE OBRAS
INGENIERO CIVIL O ARQUITECTO COLEGIADO COMO MINIMO 02 AOS DE
EXPERIENCIA PROFESIONAL CONTADOS A PARTIR DE SU COLEGIATURA.
Haber participado como residente, o asistente de obras en obras
de infraestructura, como mnimo en cinco (05) obras de
infraestructura en los ltimos 05 aos. Se acreditar con las
constancias respectivas o cualquier documento que acredite su
efectiva participacin en la obra. Copia del Certificado de la
habilidad profesional vigente del colegio Profesional.
Copia del Ttulo Profesional.
Carta de Compromiso con sello y firma
MAESTRO DE OBRA
Carta de compromiso del Maestro de obra que tendr a su cargo la
responsabilidad de apoyo tcnico en la ejecucin de la obra,
adjuntando el Certificado Ocupacional de Maestro de Obra, otorgado
por SENCICO u otra entidad a nombre de la Nacin, con 05 aos de
certificacin y estar Inscrito en el Registro Nacional de
Proveedores, acreditando con la constancia de inscripcin.
As mismo, haber participado como Maestro de Obra o servicios
similares de mano de obra en la ejecucin de ocho (05) obras de
INFRAESTRUCTURA PUBLICA; la acreditacin deber ser con la
presentacin de los Contratos, certificados y/o constancias de
conformidad del servicio.
PERSONAL MANO DE OBRA CALIFICADA
Acabador (Tarrajeo) con ms de 24 meses de experiencia.
Enchape de Cermica y Maylicas con ms de 24 meses de
experiencia.
Tcnico en Construccin (Albail) con ms de 24 meses de
experiencia.
Pintor con ms de 24 meses de experiencia.
Tcnico Electricista con ms de 24 meses de experiencia.
Nota:
Se verificar el domicilio legal de la Empresa (en caso de
falsedad y no contar con una residencia mayores a seis meses,
automticamente perder todos los derechos del proceso).
Los Documentos de presentacin son de calidad Obligatoria. El
postor que no adjunte alguno de estos documentos se tendr como
Propuesta No Presentada.
La propuesta Tcnica del postor deber ser presentada con el plazo
de ejecucin sealado en el expediente tcnico. En caso de verificarse
que el plazo presentado por el postor es distinto al sealado en el
expediente tcnico se considerar la propuesta como No
Presentada.
Las empresas que tienen liquidaciones de obras pendientes o con
atraso de multas sern observadas por el comit especial.
Constancia de Visita a Campo adjuntando panel fotografas de la
visita.LOS EQUIPOS Y MAQUINARIA MNIMOS
El Contratista deber contar con el equipo y maquinaria
necesarios y suficientes para la ejecucin de la obra, teniendo que
acreditar la disponibilidad de por lo menos un 50% de equipamiento
propio, de la relacin siguiente:
EQUIPOS Y MAQUINARIA MNIMOS
TIPO Y CARACTERISTICAS DELEQUIPO
CARACTERISTICAS
CANT
ANTIGEDAD
MAXIMO DE
AOS
CAMIONETA PICK UP 4x4Doble traccin0102
COMPACTADOR VIB.TIPO PLANCHA 4 HP0202
MEZCLADORA CONCRETO9 A 11 P3- 20 HP0102
VIBRADOR DE CONCRETO4 HP. 2.4"0102
AMOLADORASAO 20060102
CIZALLA DE CORTEREDONDO0102
MARTILLO ELECTRICO1500 WATTS0102
NIVEL TOPOGRFICO Y/O EQUIPO DE ESTACION TOTALTOP-COM O
SIMILAR0103
El equipo propuesto puede ser propio, arrendado o con compromiso
del arrendamiento.
El equipo Propio se acreditar mediante copia de las Facturas
correspondientes.
Para el equipo arrendado o con Compromiso de Arrendamiento, se
acreditara mediante Declaracin Jurada por parte de los
arrendatarios.
El equipo mnimo exigible requerido en las presentes bases y
propuesto por el postor ganador de la buena pro, ser verificado por
el rea encargada de suscribir el contrato, con el motivo de
comprobar las caractersticas tcnicas, operatividad del mismo. De no
encontrarse conforme se le descalificar y se comunicara tal hecho
al OSCE para que tome las medidas pertinentes, y se le adjudicar la
Buena Pro al postor que quedo en segundo lugar en el orden de
prelacin.
El Comit se reserva el derecho de verificar la autenticidad de
los documentos en el momento que lo vea por conveniente.
Nota:Propuesta Tcnica que no cumpla con presentar las
solicitudes tcnicas, no sern admitidas.
-EL EXPEDIENTE TCNICO SERA ENTREGADO A LOS POSTORES AL MOMENTO
DE ADQUIRIR LAS BASES.
CAPTULO IVPROFORMA DEL CONTRATO
IMPORTANTE: Dependiendo del objeto del contrato, de resultar
indispensable, podr efectuarse la inclusin de clusulas adicionales
o la adecuacin de las propuestas en el presente documento, las que
en ningn caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la
normativa vigente ni a lo sealado en este captulo.Conste por el
presente documento, la contratacin de la ejecucin de la obra
[CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una
parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD,
con RUC N [], con domicilio legal en [], representada por [..],
identificado con DNI N [], y de otra parte [.....................],
con RUC N [................], con domicilio legal en
[.....................], inscrita en la Ficha N [.........] Asiento
N [.......] del Registro de Personas Jurdicas de la ciudad de [],
debidamente representado por su Representante Legal,
[.....................], con DNI N [..], segn poder inscrito en la
Ficha N [..], Asiento N [] del Registro de Personas Jurdicas de la
ciudad de [], a quien en adelante se le denominar EL CONTRATISTA en
los trminos y condiciones siguientes:
CLUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [..], el Comit Especial o el rgano encargado de las
contrataciones, segn corresponda, adjudic la Buena Pro de la
ADJUDICACIN DE MENOR CUANTA N [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO
DE SELECCIN] para la contratacin de la ejecucin de la obra
[CONSIGNAR LA DENOMINACIN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE
DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en
los documentos integrantes del presente contrato.
CLUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR INFORMACIN
RELACIONADA A LA CONTRATACIN], conforme a los Requerimientos
Tcnicos Mnimos.
CLUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR
MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.Este monto
comprende el costo de la ejecucin de la obra, seguros e impuestos,
as como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecucin de
la prestacin materia del presente contrato.
CLUSULA CUARTA: DEL PAGO
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestacin a EL CONTRATISTA
en [INDICAR MONEDA], en periodos de valorizacin [CONSIGNAR
MENSUALES U OTRO TIPO DE PERIODO], conforme a lo previsto en la
seccin especfica de las Bases. Asimismo, LA ENTIDAD o EL
CONTRATISTA, segn corresponda, se obligan a pagar el monto
correspondiente al saldo de la liquidacin del contrato de obra, en
el plazo de [CONSIGNAR PLAZO EN DAS] das calendario, computados
desde el da siguiente del consentimiento de la liquidacin.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones
imputables a LA ENTIDAD, EL CONTRATISTA tendr derecho al pago de
intereses, de conformidad con el artculo 48 de la Ley de
Contrataciones del Estado y los artculos 1244, 1245 y 1246 del
Cdigo Civil. Para tal efecto, se formular una valorizacin de
intereses y el pago se efectuar en las valorizaciones
siguientes.
CLUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIN DE LA OBRAEl plazo de
ejecucin del presente contrato es de [..] das calendario, el mismo
que se computa desde el da siguiente de cumplidas las condiciones
previstas en el numeral 3.5 de la seccin general de las Bases.
IMPORTANTE: Cuando en el expediente de contratacin se establezca
que la obra debe ejecutarse bajo la modalidad llave en mano, en
lugar del prrafo anterior, deber considerarse lo siguiente, segn
corresponda:El plazo de ejecucin de la obra materia de la presente
convocatoria y el montaje del equipamiento hasta su puesta en
funcionamiento, es de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA,
EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das calendario, el
mismo que se computa desde el da siguiente de cumplidas las
condiciones previstas en el numeral 3.5 de la seccin general de las
Bases.
El plazo de ejecucin de la obra materia de la presente
convocatoria, es de [CONSIGNAR EL PLAZO TOTAL DE EJECUCIN DE LA
OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das
calendario, el que comprende la elaboracin del expediente tcnico en
el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE EJECUCIN DE LA PRESTACIN
CONSISTENTE EN LA ELABORACIN DEL EXPEDIENTE TCNICO, EL CUAL DEBER
ESTAR EXPRESADO EN DAS CALENDARIO] das calendario, as como la
ejecucin de la obra en s misma y el montaje del equipamiento hasta
su puesta en funcionamiento en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO DE
EJECUCIN DE LA PRESTACIN CONSISTENTE EN LA EJECUCIN DE LA OBRA Y
MONTAJE DEL EQUIPAMIENTO, EL CUAL DEBER ESTAR EXPRESADO EN DAS
CALENDARIO] das calendario.
CLUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato est conformado por las Bases integradas, la
oferta ganadora y los documentos derivados del proceso de seleccin
que establezcan obligaciones para las partes.
CLUSULA STIMA: GARANTAS
EL CONTRATISTA entreg a la suscripcin del contrato la respectiva
garanta solidaria, irrevocable, incondicional y de realizacin
automtica a slo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los
conceptos, importes y vigencias siguientes:
De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a
travs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y NUMERO DEL DOCUMENTO,
EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por
ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deber
mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidacin
final.
IMPORTANTE:
Al amparo de lo dispuesto en el artculo 39 de la Ley de
Contrataciones del Estado, las micro y pequeas empresas pueden
optar que, como garanta de fiel cumplimiento, la Entidad les
retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato original,
siempre que:
El plazo de ejecucin de la obra sea igual o mayor a sesenta (60)
das calendario.
El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2)
valorizaciones peridicas en funcin al avance de obra.
La retencin se efectuar durante la primera mitad del nmero total
de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser
devuelto a la finalizacin del mismo.En el caso que corresponda,
consignar lo siguiente:
Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias: S/.
[CONSIGNAR EL MONTO], a travs de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTA Y
NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deber
mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones
garantizadas.
CLUSULA OCTAVA: EJECUCIN DE GARANTAS POR FALTA DE RENOVACIN
LA ENTIDAD est facultada para ejecutar las garantas cuando EL
CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto
por el artculo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado.
IMPORTANTE:
Si LA ENTIDAD considera necesario entregar adelanto directo,
deber consignar la siguiente clusula:
CLUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO
LA ENTIDAD otorgar [CONSIGNAR NMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE]
adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER
DEL 20% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato
original.EL CONTRATISTA debe solicitar formalmente el [CONSIGNAR
ADELANTO O PRIMER DESEMBOLSO DEL ADELANTO DIRECTO] dentro de los
ocho (8) das calendario siguientes [CONSIGNAR, SEGN CORRESPONDA, A
LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO O AL INICIO DE LA EJECUCIN DE LA OBRA],
adjuntando a su solicitud la garanta por adelantos mediante
[CONSIGNAR CARTA FIANZA O PLIZA DE CAUCIN] y el comprobante de pago
correspondiente. LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado
dentro de los siete (7) das siguientes a la presentacin de la
solicitud de EL CONTRATISTA.
Asimismo, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega de los dems
adelantos directos en [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA
SOLICITUD] . La entrega del o los adelantos se realizar en
[CONSIGNAR PLAZO Y OPORTUNIDAD].
Vencido el plazo para solicitar el adelanto no proceder la
solicitud.
En el supuesto que no se entregue [CONSIGNAR EL O LOS ADELANTOS]
en la oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendr derecho a
solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la obra por el
nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Si LA ENTIDAD considera necesario entregar adelantos para
materiales o insumos a EL CONTRATISTA, deber consignar la siguiente
clusula:
CLUSULA DCIMA: ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS
LA ENTIDAD otorgar adelantos para materiales o insumos por el
[CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 40%] del monto del
[CONSIGNAR, SEGN CORRESPONDA, DEL CONTRATO ORIGINAL O DE LA
PRESTACIN CONSISTENTE EN LA EJECUCIN DE LA OBRA].La entrega de los
adelantos se realizar en un plazo de [CONSIGNAR PLAZO] das
calendario previos a la fecha prevista en el calendario de
adquisicin de materiales o insumos para cada adquisicin, con la
finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o
insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de
obra valorizado. Para tal efecto, EL CONTRATISTA deber solicitar la
entrega del adelanto en un plazo de [CONSIGNAR PLAZO] das
calendario anteriores al inicio del plazo antes mencionado,
adjuntando a su solicitud la garanta por adelantos mediante
[CONSIGNAR CARTA FIANZA O PLIZA DE CAUCIN] y el comprobante de pago
respectivo.
La primera solicitud de El CONTRATISTA solo proceder una vez
iniciada la ejecucin de la obra. No proceder la entrega de los
adelantos cuando las solicitudes sean realizadas con posterioridad
a la fecha prevista para cada adquisicin en el calendario de
adquisicin de materiales o insumos.
En el supuesto que no se entreguen los adelantos en la
oportunidad prevista, EL CONTRATISTA tendr derecho a solicitar la
ampliacin del plazo de ejecucin de la prestacin por el nmero de das
equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del Reglamento de
la Ley de Contrataciones del Estado.
CLUSULA UNDCIMA: CONFORMIDAD DE LA OBRALa conformidad de la obra
ser dada con la suscripcin del Acta de Recepcin de Obra.
CLUSULA DUODCIMA: DECLARACIN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a
cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo
sancin de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso
de incumplimiento.
CLUSULA DCIMO TERCERA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS
Ni la suscripcin del Acta de Recepcin de Obra, ni el
consentimiento de la liquidacin del contrato de obra, enervan el
derecho de LA ENTIDAD a reclamar, posteriormente, por defectos o
vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artculo 50 de la Ley
de Contrataciones del Estado.
El plazo mximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de
[CONSIGNAR TIEMPO EN AOS NO MENOR DE SIETE (7) AOS] aos.CLUSULA
DCIMO CUARTA: PENALIDADESSi EL CONTRATISTA incurre en retraso
injustificado en la ejecucin de las prestaciones objeto del
contrato, LA ENTIDAD le aplicar una penalidad por cada da de
atraso, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento
(10%) del monto del contrato vigente o del monto del tem vigente
que debi ejecutarse, en concordancia con el artculo 165 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los
casos, la penalidad se aplicar automticamente y se calcular de
acuerdo a la siguiente frmula:Penalidad Diaria =0.10 x Monto
F x Plazo en das
Donde:
F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) das o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) das.
Cuando se llegue a cubrir el monto mximo de la penalidad, LA
ENTIDAD podr resolver el contrato por incumplimiento.
Esta penalidad ser deducida en la liquidacin final; o si fuese
necesario se cobrar del monto resultante de la ejecucin de la
garanta de fiel cumplimiento.
La justificacin por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la
Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Cdigo Civil y
dems normas aplicables, segn corresponda.
IMPORTANTE: De preverse en los Requerimientos Tcnicos Mnimos
penalidades distintas a la penalidad por mora, se deber consignar
en esta clusula el listado detallado de las situaciones,
condiciones, etc., que sern objeto de penalidad; los montos o
porcentajes que se aplicarn por cada tipo de incumplimiento; y la
forma o procedimiento mediante el que se verificar su
ocurrencia.
CLUSULA DCIMO QUINTA: RESOLUCIN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes podr resolver el contrato, de
conformidad con los artculos 40, inciso c), y 44 de la Ley de
Contrataciones del Estado, y los artculos 167 y 168 de su
Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD proceder de acuerdo a lo
establecido en los artculos 169 y 209 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
CLUSULA DCIMO SEXTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las
obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daos y
perjuicios ocasionados, a travs de la indemnizacin correspondiente.
Ello no obsta la apl