1. ADICIÓN DE 3 FORMATOS DE CONTRATOS ACTUALIZADOS DE TRABAJO En el Boletín Legal para Organizaciones y Empresas Año 14, No. 143 se incluyeron varios formatos actualizados de contratos de trabajo: Contrato indefinido de trabajo Contrato a plazo fijo Contrato a Realización de Obra o Servicio Contrato a Realización de Actividades Específicas dentro de una Obra o Servicio Contrato de Aprendizaje
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1. ADICIÓN DE 3 FORMATOS DE
CONTRATOS ACTUALIZADOS DE TRABAJO
En el Boletín Legal para Organizaciones y Empresas Año 14, No. 143 se incluyeron varios formatos actualizados de contratos de trabajo:
Contrato indefinido de trabajo
Contrato a plazo fijo Contrato a Realización de
Obra o Servicio Contrato a Realización de
Actividades Específicas dentro de una Obra o Servicio
CONTRATO INDEFINIDO DE TRABAJO PARA PERSONAL DE INTIMA
CONFIANZA (PERSONAL DIRECTIVO DE CONFIANZA)
CONTRATO DE FORMALIZACION DE RELACION LABORAL
CONTRATO DE ACTUALIZACION DE RELACION LABORAL
Al respecto:
CONTRATO USO NOTAS
Contrato laboral para personal de íntima confianza (personal gerencial perteneciente a la alta dirección)
La vinculación de personal para desempeño de funciones pertenecientes a la alta dirección por parte del personal de íntima confianza
Este contrato sólo puede ser aplicado a dicha clase de personal (y no a todo personal de confianza, aspecto tratado en el Boletín Legal para Organizaciones y Empresas No. 133 página 4 reportando el Auto Supremo 251-2014). El personal de alta dirección (personal de íntima confianza) no goza de estabilidad laboral, incrementos salariales* y doble aguinaldo. *Según regulaciones en vigencia, aspecto que puede cambiar en el futuro.
Su objeto es formalizar una relación indefinida laboral antigua que: a) no contaba con un contrato escrito visado o b) empezó de manera oral.
Si bien a partir del Instructivo 104-2014 ya no hay plazo para refrendar/visar contratos laborales nacionales, el intento resultará parcialmente inútil si los datos contenidos en el documento no representan a la realidad a momento del visado.
Contrato de Actualización de Relación Laboral
Su objeto es actualizar información contractual que ha quedado obsoleta con el tiempo (por ejemplo, cargo, funciones remuneración, lugar de trabajo, lugar en el organigrama, etc.).
Es posible que el Ministerio de Trabajo quiera ver el visado del contrato antiguo. Si ocurriera será bueno intentar primero visar dicho contrato o apelar a que Si bien a partir del Instructivo 104-2014 ya no hay plazo para refrendar/visar contratos laborales
2. RESOLUCIONES NORMATIVAS DE
DIRECTORIO – RND RND Nº 10-0024-16 NUEVO
VIGENCIA DEL SOFTWARE RC-IVA (DA VINCI) AGENTES DE RETENCIÓN 2016/08/30
agosto del siguiente año contable. Para poner un ejemplo, el
Total Ganado Promediado para pago de primas 2015 de una
industria tomará como referencia de los meses enero 2016,
febrero 2016 y marzo 2016, sin incremento salarial 2016 (que
consta en planillas salariales separadas de pago de
retroactivos), porque: a) el incremento salarial corresponde a
la gestión 2016 y las Primas de Utilidades a ser pagadas
corresponden a la gestión 2015 y b) el Total Ganado de dichos
meses ya consideran el incremento salarial 2015 (que están
consolidados al haber básico).
R.: DENTRO DE UNA CLÍNICA, DEBERÍA SER CONSIDERADA UNA RELACION LABORAL AQUELLA PRESTADA POR UN MÉDICO TRAUMATOLÓGO EXTERNO QUIEN SE APERSONA A LLAMADA (ON-CALL) CUANDO HAY PACIENTES, SIN HORARIO, SIN SUPERVISIÓN DIRECTA, SIN SALARIO (SINO PAGO DE HONORARIOS POR PACIENTE ATENDIDO)? R.: A pesar que la atención de pacientes es la actividad habitual en una clínica (y por tanto superficialmente daría la impresión que hay obligación de mantener un contrato laboral de plazo indefinido), el caso específico de la pregunta no configura una relación laboral por carecer de al menos 1 característica de la relación laboral: Subordinación.
Este médico atiende pacientes según un contrato civil cuando hay necesidades, sin sujetarse a subordinación. A ello deben también añadirse la carencia de horarios. Así también concluye
el Auto Supremo 015-2014 considerando para el caso
concreto la inexistencia de salario (sino honorarios profesionales) cuya cuantía además depende de la cantidad de pacientes atendidos y la existencia de un contrato de comodato (préstamo) gratuito de los bienes que se requieran para el efecto (muebles varios de la clínica). El caso bajo análisis requiere comportamiento integral que deriven en un entendimiento de inexistencia de relación laboral debido a que la legislación prevee casos de relación de trabajo externalizada (es decir, carente de horario continuo en el domicilio del empleador) de profesionales: