AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL
ATLIXCO, PUE.
2014-2018
SECRETARIA GENERAL
ACTA DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DEL DÍA
VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS MIL CATORCE,DEL AYUNTAMIENTO
MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE ATLIXCO, PUEBLA, 2014-2018.
ESTANDO REUNIDOS LOS CIUDADANOS REGIDORES Y EL SÍNDICO MUNICIPAL
EN EL SALÓN DE CABILDOS DEL PALACIO MUNICIPAL, EL CIUDADANO
INGENIERO JOSÉ LUIS GALEAZZI BERRA, PRESIDENTE MUNICIPAL
CONSTITUCIONAL, MANIFIESTA:
PUNTO UNO
Buenas tardes señoras, señores Regidores y Ciudadano Síndico
Municipal, nos hemos reunido en este recinto oficial, con el objeto
de celebrar la primera sesión ordinaria del Cabildo Municipal.
Siendo las diecisiete horas del día veinticinco de febrero del
año dos mil catorce, declaro la apertura de la primera sesión
ordinaria de Cabildo.
Para el desarrollo de esta sesión solicito a la Secretaria
General del Ayuntamiento, proceda a realizar el pase de la lista de
asistencia.
PUNTO DOS
La Secretaria General manifiesta: Gracias señor Presidente,
Honorable Cabildo, buenas tardes a todos, procedo al pase de
lista:
Presidente Municipal Constitucional
C. ING. JOSÉ LUIS GALEAZZI BERRA
Regidores:
C. JORGE EDUARDO MOYA HERNÁNDEZ
C. GRACIELA CANTORÁN NÁJERA
C. JORGE MARIO BLANCARTE MONTAÑO
C. MARÍA AUXILIO MORALES HEREDIA
C. JUAN MANUEL AYESTARÁN NAVA
C. JESICA RAMÍREZ ROSAS
C. ERICH AMIGÓN VELÁZQUEZ
C. HAYDEE MUCIÑO DELGADO
C. RODOLFO CHÁVEZ ESCUDERO
C. ESPERANZA SÁNCHEZ PÉREZ
C. FÉLIX CASTILLO SÁNCHEZ; Y
Síndico Municipal:
C. JORGE GUTIÉRREZ RAMOS
Señor Presidente Municipal me permito informarle que se cuenta
con la asistencia de once Regidores y el Síndico Municipal.
PUNTO TRES.
El Presidente Municipal manifiesta: En tal virtud existe quórum
legal para el desarrollo de esta sesión ordinaria, por lo tanto
queda legalmente constituida.
Le solicito ala Secretaria General del Ayuntamiento, proceda a
dar lectura al proyecto del orden del día.
PUNTO CUATRO.
La Secretaria General del Ayuntamiento menciona: Honorable
Cabildo, para el desarrollo de esta sesión ordinaria procedo a dar
lectura al proyecto del:
ORDEN DEL DÍA:
1.- Apertura de la Sesión.
2.- Pase de lista de asistencia.
3.- Declaración del quórum legal.
4.-Lectura, discusión y en su caso aprobación del orden del
día.
5.- Dictamen que presenta la Regidora Presidenta de la Comisión
de Patrimonio y Hacienda Municipal, Graciela Cantorán Nájera, para
la autorización del organigrama de la estructura administrativa de
este Ayuntamiento, así como la aprobación del tabulador de sueldos
y salarios, lo anterior con fundamento en los artículos78
fracciones IV, XXIII, LVII, y 119 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Puebla.
6.- Dictamen que presenta la Regidora Presidenta de la Comisión
de Patrimonio y Hacienda Municipal, Graciela Cantorán Nájera, para
que se a pruebe la creación, integración e instalación del Comité
de Adjudicaciones del Municipio de Atlixco.
7.- Dictamen que presenta la Regidora Presidenta de la Comisión
de Patrimonio y Hacienda Municipal, Graciela Cantorán Nájera, para
que se apruebe la conformación del Comité de Obra Pública del
Municipio de Atlixco.
8.- Dictamen que presenta el Ing. José Luis Galeazzi Berra,
Presidente Municipal, para la designación del Director del
Instituto Municipal de la Juventud Atlixquense.
9.- Dictamen que presenta el Ing. José Luis Galeazzi Berra,
Presidente Municipal, para la designación de la Directora del
Instituto Municipal de la Mujer.
10.- Dictamen que presenta el Regidor Presidente de la Comisión
de Seguridad Pública y Gobernanza, Jorge Eduardo Moya Hernández,
para autorizar la conformación de la Comisión Municipal de
Plebiscitos (COMUPLE) y expedición de nombramientos.
11.- Dictamen que presenta el Regidor Presidente de la Comisión
de Ecología y Medio Ambiente Sustentable, Rodolfo Chávez Escudero,
para que se elabore el Reglamento Interior del Cabildo del
Municipio de Atlixco, Puebla.
12.-Asuntos Generales.
13.- Cierre de la Sesión
En uso de la palabra la Secretaria General menciona: Informo a
los integrantes de este Honorable Cabildo, que hasta el día de hoy
tengo listados cinco asuntos generales que son:
(AG.1).- Asunto General que lista el Regidor Presidente de la
Comisión de Turismo, Cultura y Tradiciones, Erich Amigón Velázquez,
para firma de convenio de colaboración con la Universidad
Tecnológica de Izúcar de Matamoros.
(AG.2).- Asunto General que presenta el Regidor Presidente de la
Comisión de Educación, Juventud y Deporte, Félix Castillo Sánchez,
para aprobar el pago de 170 becas cada una por la cantidad de
$150.00 (ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.) mensualmente, para los
meses de febrero a julio del 2014.
(AG.3).- Asunto General que presenta el Regidor Presidente de la
Comisión de Educación, Juventud y Deporte, Félix Castillo Sánchez
para aprobar el pago de 30 becas cada una por la cantidad de
$150.00 (ciento cincuenta pesos 00/100 M.N.) mensualmente, para los
meses de febrero a julio del 2014, para los hijos de los
trabajadores del H. Ayuntamiento Municipal.
(AG.4).- Asunto General que presenta la Regidora Presidenta de
la Comisión de Salud y Alimentación, Jesica Ramírez Rosas, para
aprobar el Proyecto del Sector Salud denominado “Adolescentes en
Movimiento” para evitar la obesidad en el Municipio de Atlixco.
(AG.5).- Asunto General que presenta la Regidora Presidenta de
la Comisión de Salud y Alimentación, Jesica Ramírez Rosas, para
aprobar el Proyecto del Sector Salud denominado “Prevención de
accidentes en infantes”, en el Municipio de Atlixco.
El Presidente Municipal menciona: Honorables miembros del
Cabildo, si no existe ningún otro asunto general que enlistar, les
comento que se han desahogado los puntos uno, dos y tres, del orden
del día por lo que solicito a la Secretaria General del
Ayuntamiento proceda a tomar la votación correspondiente al orden
del día.
La Secretaria General manifiesta: Honorable Cabildo, quienes
estén por la afirmativa de aprobar el proyecto del orden del día,
sírvanse manifestarlo levantando la mano.
Se aprueba por unanimidad de votos.
PUNTO CINCO.
El Presidente Municipal menciona: Honorable Cabildo el punto
cinco del orden del día se refiere al dictamen que presenta la
Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda
Municipal, Graciela Cantorán Nájera, para la autorización del
organigrama de la estructura administrativa de este Ayuntamiento,
así como la aprobación del tabulador de sueldos y salarios, lo
anterior con fundamento en los artículos78 fracciones IV, XXIII,
LVII y 119 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla.
Por lo tanto, le solicito a la Regidora Graciela Cantorán Nájera
proceda a dar lectura al dictamen.
La Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda
manifiesta:
HONORABLE CABILDO
La que suscribe Lic. Graciela Cantorán Nájera, titular de la
Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, con fundamento en los
artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 105 y 107 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Puebla, 78 fracciones III y LVIII; 118, 119 y 120 de la
Ley Orgánica Municipal, y con las facultades conferidas por los
ordenamientos antes mencionados, someto a su consideración y
aprobación el presente dictamen basándome para tal efecto en los
siguientes:
CONSIDERANDOS
I.- Que de acuerdo al artículo 115 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, los municipios estarán investidos
de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la
ley, asimismo tendrán facultades para aprobar disposiciones
administrativas de observancia general dentro de sus respectivas
jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal,
regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios
públicos de su competencia.
II.- Que el artículo 105 de la Constitución del Estado Libre y
Soberano de Puebla, establece las bases para estructurar
orgánicamente la administración municipal para satisfacer las
necesidades de sus habitantes en quienes ejercen su ámbito de
competencia constitucional, partiendo del criterio de que la
administración debe ser centralizada y paramunicipal.
Es decir, el municipio debe contar con una estructura de
gobierno caracterizada por las relaciones de subordinación de los
órganos centralizados.
III.-De esta manera la competencia constitucional que es
otorgada a las autoridades del municipio, debe ser encausada con
fines de la planeación y ejercida por las dependencias y entidades
de la administración pública municipal.
IV.- Que el artículo 78 fracción III de la Ley Orgánica
Municipal establece que es facultad de los ayuntamientos aprobar su
organización y división administrativa, de acuerdo a las
necesidades del municipio, mientras que la fracción LVIII,
determina proveer lo conducente para la organización administrativa
del gobierno municipal; ejerciendo las atribuciones que en el
ámbito de la competencia de cada dirección les sean delegadas, con
la finalidad de preparar y ejecutar los actos administrativos y de
autoridad que son propios de sus áreas.
V.-Que el artículo 91 fracción LVI, de la Ley Orgánica Municipal
determina que son facultades y obligaciones de los presidentes
municipales:
“Fracción LVI, nombrar y remover libremente a los directores,
jefes de departamentos y servidores públicos del ayuntamiento que
no tengan la calidad de empleados de base”.
VI.- Que el artículo 119 de la Ley Orgánica Municipal, establece
que el Ayuntamiento podrá crear dependencias y entidades que le
estén subordinadas directamente así como fusionar, modificar o
suprimir las ya existentes atendiendo sus necesidades y capacidad
financiera.
VII.- Que el artículo 120 de la Ley Orgánica Municipal, dispone
que las dependencias y entidades de la administración pública
municipal, ejercerán funciones que se les asigne la propia ley, el
reglamento respectivo o en su caso el acuerdo del Ayuntamiento con
que se haya regulado su creación, estructura y funcionamiento.
VIII.- Que la organización administrativa tiene por objeto
regular el funcionamiento interno del personal con carácter de
confianza, directores, subdirectores, administradores, jefes de
área y operativos, estableciendo disposiciones que sustenten la
base para la organización interna, regulando el funcionamiento y
atribuciones de la administración pública municipal cuyo objetivo
primordial es la solución de los problemas emanados en el
municipio.
En consecuencia, se propone que la estructura orgánica general
del H. Ayuntamiento esté conformada por las direcciones generales,
direcciones de área, subdirección, jefaturas de departamento,
auxiliares, con las modificaciones en las designaciones de personal
que constan en los organigramas que se presentan:
ORGANIGRAMA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 2014-2018.
ORGANIGRAMA DEL CABILDO MUNICIPAL.
ORGANIGRAMA DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO.
ORGANIGRAMA DE LA SINDICATURA MUNICIPAL.
ORGANIGRAMA DE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL.
ORGANIGRAMA DE LA TESORERÍA MUNICIPAL.
ORGANIGRAMA DE LA PRESIDENCIA DEL DIF.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y
PADRONES.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y
GOBERNANZA.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO HUMANO Y
ECONÓMICO CON INCLUSIÓN SOCIAL.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO Y ORDENAMIENTO
COMERCIAL E INDUSTRIAL.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO SOCIAL Y
COMUNITARIO.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN Y ARTICULACIÓN
TURÍSTICA.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE ACTIVACIÓN FÍSICA Y
RECREATIVA.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE CULTURA.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE SALUD COMUNITARIA.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO AGROPECUARIO.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO, OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS DE CALIDAD.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS DE CALIDAD.
ORGANIGRAMA DE LA DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS DE
CALIDAD.
Así mismo, exhibo el tabulador salarial, para cubrir los
honorarios del personal del Honorable Ayuntamiento, en los
siguientes términos:
PUESTO
SUELDO BRUTO QUINCENAL
PRESIDENTE MUNICIPAL
$42,500.00
SECRETARIO PARTICULAR
$10,000.00
PRESIDENTA DIF
$14,933.36
SINDICO MUNICIPAL
$20,500.00
REGIDORES
$18,500.00*
CARGO
SALARIO QUINCENAL DE
SALARIO QUINCENAL AL
DIRECTOR GRAL.
$ 20,000.00
$ 22,500.00
ASESOR "A"
$ 20,000.00
$ 22,500.00
ASESOR "B"
$ 10,000.00
$ 15,000.00
ASESOR "C"
$ 7,500.00
$ 10,000.00
DIRECTOR DE AREA "A"
$ 10,000.00
$ 15,000.00
DIRECTOR DE AREA "B"
$ 7,500.00
$ 10,000.00
DIRECTOR DE AREA "C"
$ 5,000.00
$ 7,500.00
JEFE DE DEPTO. "A"
$ 7,500.00
$ 10,000.00
JEFE DE DEPTO. "B"
$ 5,000.00
$ 7,500.00
JEFE DE DEPTO. "C"
$ 4,000.00
$ 5,000.00
AUXILIAR A
$ 2,858.52
$ 4,000.00
AUXILIAR B
$ 2,351.36
$ 2,808.14
AUXILIAR C
$ 1,800.00
$ 2,333.65
AUXILIAR D
$ 1,361.76
$ 1,788.16
Por lo anteriormente expuesto y con apego a los ordenamientos
legales invocados, someto a consideración de este Honorable Cuerpo
Edilicio el siguiente:
DICTAMEN
PRIMERO.- Se autorice el organigrama de la estructura
administrativa de este Ayuntamiento, para el periodo comprendido
del quince de febrero de dos mil catorce al catorce de octubre de
dos mil dieciocho misma que se muestra al pleno del cabildo y que
forma parte integrante del presente dictamen.
SEGUNDO.- Que se autorice la aprobación del tabulador de sueldos
y salarios, para el ejercicio fiscal 2014mismo que forma parte
integrante del presente dictamen.
TERCERO.- Que se instruya a la Secretaria General del
Ayuntamiento, para la elaboración y expedición de los nombramientos
respectivos.
CUARTO.-Que se instruya la Tesorera Municipal, para que realice
los trámites contables y administrativos correspondientes.
Es cuanto señor presidente.
El Presidente Municipal menciona: Está a consideración de este
Cuerpo Colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien
desea hacer uso de la palabra?
Solicito a la Secretaria General del Ayuntamiento, proceda a
recabar la votación.
Honorable Cabildo, quienes estén por la afirmativa de aprobar el
dictamen a que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando
la mano.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO SEIS
El Presidente Municipal menciona: Honorable Cabildo el punto
seis del orden del día se refiere al dictamen que presenta la
Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda
Municipal, Graciela Cantorán Nájera, para que se apruebe
la creación, integración e instalación del Comité de
Adjudicaciones del Municipio de Atlixco.
Por lo tanto, le solicito a la Regidora Graciela Cantorán Nájera
proceda a dar lectura a su dictamen.
La Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda
menciona:
HONORABLE CABILDO
La que suscribe Lic. Graciela Cantorán Nájera, titular de la
Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal, con fundamento en los
artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, 102 y 103 fracción IV de la Constitución
del Estado Libre y Soberano de Puebla, 140, 141 fracción VI,
artículo 150 y 171 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de
Puebla, presento a consideración de este Honorable Cabildo el
presente dictamen por lo que:
CONSIDERANDO
Que en cada municipio los ayuntamientos contarán con un Comité
de Adjudicaciones en materia de adquisiciones, el cual estará
integrado conforme a la ley de la materia y siendo éste el
responsable de las adquisiciones de acuerdo a lo que establece el
artículo 171 de la Ley Orgánica Municipal vigente y 43 de la Ley de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Estatal y Municipal.
Que para efectos de garantizar la eficacia y la transparencia en
la adjudicación de las adquisiciones y prestaciones de servicios a
cargo de las dependencias y entidades de la administración pública
municipal, se crea el comité municipal de adjudicaciones, el cual
tendrá su domicilio en esta cabecera municipal y se integrará
por:
I.- Presidente: Ing. José Luis Galeazzi Berra, Presidente
Municipal Constitucional;
II.- Secretario Ejecutivo: C.P. Leticia Areli García Páez;
III.- Secretario Técnico: Ángela Pérez Flores;
IV.-Vocales:
Vocal 1.- Lic. Graciela Cantorán Nájera;
Vocal 2. - Ing. Raúl López Zintle;
Vocal 3. - C.P. Sandra Camacho Ortega;
Vocal 4.- Mtra. Laura Flores Suñer;
Vocal 5.- María Del Carmen Pérez Muñoz;
Vocal 6.- Ignacio Lozano Torres;
V.-Comisario: Mtra. María Brenda Lorenzini Merlo, (acudirá a las
sesiones con voz, pero sin voto, y ejercerá funciones de
evaluación, control y vigilancia).
Que una vez conformado el comité de adquisiciones que se
propone, éste tendrá las facultades que le confiere la propia Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público,
Estatal y Municipal.
Por lo anteriormente expuesto a este cuerpo edilicio atentamente
solicito:
DICTAMEN
Primero: Que se apruebe la instalación del comité de
adjudicaciones en materia de adquisiciones en los términos
solicitados.
Segundo.- Se instruya a la Secretaria del Ayuntamiento para que
notifique a las dependencias que conforman esta administración
municipal y realice los trámites legales correspondientes.
Es cuanto señor Presidente.
El Presidente Municipal menciona: Está a consideración de este
Cuerpo Colegiado, el dictamen a que se ha dado lectura, ¿alguien
desea hacer uso de la palabra?
En uso de la voz el Regidor Presidente de la Comisión de
Ecología y Medio Ambiente Sustentable, Rodolfo Chávez Escudero
manifiesta: Que aunque no creo que la opción que se nos ha dado sea
mala, me hubiera gustado que nos dieran los nombres con
anterioridad.
El Presidente Municipal manifiesta: Si no existe ningún otro
comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a
recabar la votación.
La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Honorable Cabildo,
quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha
dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.
Se aprueba la propuesta por unanimidad de votos.
PUNTO SIETE
El Presidente Municipal manifiesta: Honorable Cabildo, el punto
siete del orden del día se refiere al dictamen que presenta la
Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda, para
que se apruebe la creación del Comité de Obra Pública del Municipio
de Atlixco, por lo tanto, le solicito a la Regidora Graciela
Cantorán Nájera, proceda a dar lectura a su dictamen.
La Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio y Hacienda
Municipal manifiesta:
HONORABLE CABILDO
La que suscribe Graciela Cantorán Nájera, titular de la Comisión
de Patrimonio y Hacienda Municipal, con fundamento en los artículos
115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 102 y 103 fracción IV de la Constitución del Estado
Libre y Soberano de Puebla, 70, 73, 92 fracciones I, II, V, VI y
VII, 94, 96 fracción II, 140, 141 fracción VI, artículo 150 y 171
de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Puebla, presento a
consideración de este Honorable Cabildo el presente dictamen, por
lo que:
CONSIDERANDO
Que en cada municipio los ayuntamientos contarán con un Comité
de Obra Pública, el cual estará integrado conforme a la ley de la
materia y siendo éste el responsable de la contratación de la obra
pública en el municipio.
Alcance: que para efectos de garantizar la eficacia y la
transparencia en la adjudicación de las obras públicas y servicios
relacionados con las mismas, a cargo de las dependencias y
entidades de la administración pública municipal, se crea el Comité
Municipal de Obra Pública, el cual tendrá su domicilio en la
cabecera municipal y se integrará por los miembros que designe
el ciudadano Presidente Municipal.
Que los cargos de los integrantes del comité serán honoríficos y
por cada propietario se nombrará un suplente.
Que el Comité Municipal de Obra Pública se constituirá como un
organismo desconcentrado del Ayuntamiento con fundamento en lo
dispuesto por el artículo 171 de la Ley Orgánica Municipal y 6 de
la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma para
el Estado de Puebla, el cual tendrá las siguientes facultades:
I.-Establecer y promover las políticas, acciones y lineamientos
que normarán las actividades en materia de adjudicación de obras
públicas y servicios relacionados con las mismas;
II.-Disponer las acciones que sean necesarias para la
celebración de procedimientos de adjudicación y de licitación de
obras públicas y servicios relacionados con la misma, de acuerdo
con las necesidades de las dependencias y entidades de la
administración pública municipal;
III.-Emitir las convocatorias públicas para las licitaciones de
obras públicas y servicios relacionados, a cargo de las
dependencias y entidades de la administración pública municipal,
estableciendo los requisitos a que deban sujetarse quienes se
interesen en participar en dicho procedimiento;
IV.-Desahogar cada fase de los procedimientos de las
licitaciones de obras públicas y servicios relacionados con las
mismas, cuya celebración le sean requeridos por las dependencias y
entidades de la administración pública municipal;
V.-Verificar que quienes participen en los procedimientos de
licitaciones, cumplan en tiempo y forma legal con los requisitos
establecidos en las convocatorias respectivas, quedando facultados
para negar la inscripción de aquellas personas físicas y jurídicas,
que no cumplan con dichos requisitos
VI.-Adjudicar mediante los procedimientos legales establecidos,
los contratos de obras públicas y servicios relacionados con las
mismas, a cargo de las dependencias y entidades administración
pública municipal;
VII.-Integrar y operar el archivo de las obras públicas y los
servicios relacionados con las mismas, a cargo de las dependencias
y entidades de la administración
pública municipal, que incluya el catálogo y archivo de los
estudios y proyectos de obra pública que se ejecute;
VIII.-Establecer la coordinación que se requiera con las
dependencias y entidades de la administración pública municipal que
deban celebrar los contratos de obras públicas y servicios
relacionados con las mismas, para efecto de su debida
formalización;
IX.-Remitir el fallo correspondiente de cada procedimiento
debidamente fundado y motivado, junto con la documentación técnica,
económica y jurídica de la propuesta ganadora a la dependencia o
entidad ejecutora a fin de formalizar la contratación
correspondiente;
X.-Llevar y mantener actualizado un inventario de la maquinaria
y equipo de construcción propiedad o al cuidado de las dependencias
y entidades de la administración pública del municipio;
XI.-Implementar, instrumentar y verificar los procedimientos de
licitación de las obras públicas y los servicios que con ella se
relacionen, a cargo de las dependencias y entidades de la
administración pública municipal, independientemente de la
procedencia de los recursos con que éstas deban ejecutarse, pero
debiendo sujetarse a la legislación que corresponda;
XII.-Llevar el listado de contratistas calificados y
laboratorios de pruebas de calidad; y
XIII.-Las demás que le asigne la Ley de Obra Pública y Servicios
Relacionados con la Misma para el Estado de Puebla y su reglamento
o las demás disposiciones legales aplicables.
XIV.-Que para los efectos pretendidos se propone la conformación
del comité de obra pública de la siguiente manera:
I.- Presidente: Ing. José Luis Galeazzi Berra, Presidente
Municipal Constitucional;
II.- Secretario Ejecutivo: C.P. Leticia Areli García Páez;
III.- Secretario Técnico: Ángela Pérez Flores;
IV.- Vocales:
Vocal 1.-Lic. Graciela Cantorán Nájera, Presidenta de la
Comisión de Patrimonio y Hacienda Municipal;
Vocal 2.-Arq. Edgar Vélez Tirado;
Vocal 3.-Arq. Diana Canseco Mena;
V.- Comisario: Mtra. María Brenda Lorenzini Merlo, (acudirá a
las sesiones con voz, pero sin voto, y ejercerá funciones de
evaluación, control y vigilancia).
Por lo anteriormente expuesto a este Cuerpo Edilicio atentamente
solicito la consideración del presente:
DICTAMEN
Primero.-Que se apruebe la conformación del Comité de Obras
Públicas, en los términos solicitados.
Segundo.- Que se instruya a la Secretaria del Ayuntamiento para
que notifique a las dependencias que conforman esta administración
municipal y realice los trámites legales correspondientes.
Es cuanto señor Presidente.
El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este
cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien
desea hacer uso de la palabra?
En uso de la voz el Regidor Presidente de la Comisión de
Ecología y Medio Ambiente Sustentable, Rodolfo Chávez Escudero
manifiesta: Conforme a la ley creo que el perfil de nuestra
Regidora de Hacienda no cumple el rango de obra, creo que es mucho
mejor propuesta el Regidor de Obra Publica.
El Presidente Municipal expresa: Si de hecho originalmente lo
habíamos hecho así.
La Secretaria del Ayuntamiento expresa: ¿Entonces ponemos a
consideración la substitución?
El Presidente Municipal menciona: Sí, queda el Regidor de
Obra.
Si no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del
Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.
La Secretaria del Ayuntamiento expresa: En el entendido de que
se substituye a la Regidora Presidenta de la Comisión de Patrimonio
y Hacienda Municipal por el Regidor de Obras Públicas y Servicios
de Calidad,quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a
que se ha dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la
mano.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO OCHO
El Presidente Municipal manifiesta: Honorable Cabildo el punto
ocho del orden del día se refiere al dictamen que presento para la
designación del Director del Instituto Municipal de la Juventud
Atlixquense.
Haciendo uso de la voz el Presidente Municipal solicita al
Cabildo para dar mayor agilidad a la sesión, se autorice la omisión
de la lectura de los cintillos de los dictámenes y se proceda a dar
lectura a partir de los antecedentes o considerandos.
La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Los que estén de acuerdo
con la moción de orden sometida a consideración por el Presidente
Municipal sírvanse levantar la mano.
Se aprueba por unanimidad.
El Presidente Municipal manifiesta: Solicito la Secretaria del
Ayuntamiento proceda a darle lectura al dictamen de mérito.
La Secretaria del Ayuntamiento manifiesta:
HONORABLE CABILDO
José Luis Galeazzi Berra, en mi calidad de Presidente Municipal
Constitucional de Atlixco, Puebla, con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, en concordancia con la Ley del Instituto Mexicano
de la Juventud en sus artículos 2, 3 fracción IV, 4 fracciones I,
IV y VII y en la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla, 105 y
107 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Puebla, 2, 3, 78
fracciones I, XVIII, L y 91 de Ley Orgánica Municipal, someto a
su consideración el presente dictamen basándome para tal efecto en
los siguientes antecedentes y considerandos:
ANTECEDENTES
Que en sesión ordinaria de Cabildo de fecha cinco de mayo del
dos mil once, la administración municipal, aprobó por mayoría de
votos, la creación del Instituto Municipal de la Juventud
Atlixquense, nombrando un titular al frente de dicho Instituto,
mismo que cubrió el perfil idóneo para llevar tan significativa
labor social con los jóvenes, teniendo como objetivo principal que
fuera un medio que les proporcionara apoyo moral, organizara
actividades y respaldara proyectos en temas del sector juvenil
aplicando los siguientes lineamientos:
1. Procurar que los servicios del Instituto lleguen a todos los
jóvenes del municipio.
2. Crear el padrón juvenil de Atlixco, incluyendo escuelas,
Juntas Auxiliares, grupos organizados, deportivos, artísticos,
recreativos, formativos, religiosos, asociaciones civiles,
partidistas, empresas juveniles y en general a todos los jóvenes
para tener una visión más real de la dimensión de su problemática y
sus posibles soluciones.
3. Promover los valores de la paz, tolerancia y convivencia
pacífica en sociedad, dentro del marco de respeto de diferencias
culturales, religiosas, políticas o de cualquier índole.
4. Formular, recibir y canalizar propuestas, sugerencias e
inquietudes, diseños e iniciativas de la juventud, tendientes a
elevar la calidad de vida de la población joven residente en el
municipio.
5. Reforzar la identidad atlixquense, poblana y mexicana.
6. Realizar, promover y difundir estudios e investigaciones de
la problemática y características juveniles, consecuencias y
posibles soluciones.
7. Auxiliar y asesorar cuando se le requiera a las demás
dependencias municipales, e instancias en lo relacionado con los
servicios y beneficios que brinde a la juventud.
8. Proponer programas de capacitación y formación en materia de
desarrollo integral de la juventud.
9. Coordinar con los Institutos Poblano y Mexicano de la
Juventud los programas que involucren a los jóvenes del
municipio.
10. Vincular con otras instituciones gubernamentales, empresas,
escuelas y universidades, asociaciones civiles, fundaciones y demás
organizaciones para obtener beneficios para los jóvenes de
Atlixco;
Por lo que:
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que resulta necesario que se nombre un nuevo titular al
frente del Instituto Municipal de la Juventud Atlixquense, y que
quien ocupe ese cargo sea un joven preparado académicamente, con
liderazgo, que comparta la visión y valores del Instituto, además
de que sea un vínculo con los jóvenes del municipio para generar
proyectos que sean de notorio beneficio social para ese sector.
SEGUNDO: En ese sentido propongo para ocupar el cargo de titular
del Instituto Municipal de la Juventud Atlixquense, a Samuel Eliud
Gómez López.
Por lo anteriormente expuesto solicito a este Honorable cuerpo
edilicio la aprobación del siguiente:
DICTAMEN
PRIMERO.- Que se ratifique el funcionamiento del Instituto
Municipal de la Juventud Atlixquense.
SEGUNDO.- Se apruebe el nombramiento de Samuel Eliud Gómez
López, como Director del Instituto Municipal de la Juventud
Atlixquense, quien por su trayectoria curricular cuenta con el
perfil idóneo para cubrir esa Dirección, a la vez que este
cuerpo edilicio le autorice la facultad de celebrar convenios
relacionados con el Instituto.
TERCERO.- Que se instruya a la Secretaria del Ayuntamiento, para
que elabore el nombramiento correspondiente.
CUARTO.- Que se instruya a la Tesorera Municipal para que en uso
de sus facultades realice los trámites contables y administrativos
correspondientes.
Es cuanto señor Presidente.
El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este
cuerpo colegiado, el dictamen a que se ha dado lectura, ¿alguien
desea hacer uso de la palabra?
Si no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del
Ayuntamiento proceda a recabar la votación.
La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Honorable Cabildo,
quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha
dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.
Se aprueba por unanimidad de votos.
PUNTO NUEVE
El Presidente Municipal menciona: Honorable Cabildo el punto
nueve del orden del día se refiere al dictamen que presento para la
designación de la Directora del Instituto Municipal de la
Mujer.
Solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a dar lectura
al dictamen de mérito.
La Secretaria del Ayuntamiento manifiesta:
HONORABLE CABILDO:
José Luis Galeazzi Berra, en mi calidad de Presidente Municipal
Constitucional de Atlixco, Puebla, con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 105 y 107 de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, 2,
3, 78 fracciones I, XVIII, L, y 91 de Ley Orgánica Municipal,
someto a su consideración el siguiente dictamen, basándome para tal
efecto en los siguientes antecedentes y considerandos:
ANTECEDENTES
Que en sesión extraordinaria de Cabildo de fecha catorce de
marzo del dos mil ocho, la administración municipal 2008-2011,
aprobó la creación del Instituto Municipal de la Mujer, en base al
acuerdo nacional para la igualdad entre hombres y mujeres, que
encabezó el Presidente de la República, Lic. Felipe Calderón
Hinojosa, el municipio de Atlixco, firmó el convenio de
coordinación con el gobierno del Estado de Puebla, teniendo como
objeto principal prevenir, atender, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres y el Instituto Municipal de la Mujer
se comprometió a lo siguiente:
a) Brindar asesoría orientación y capacitación en desarrollo de
proyectos al personal del municipio y funcionarios que sean parte
integrante del Instituto Municipal.
b) Servir de apoyo con las diferentes instancias gubernamentales
tales como el Sistema Municipal D.I.F y la Procuraduría del
Ciudadano, entre otros.
c) De acuerdo a sus posibilidades financieras y materiales
proporcionar material electrónico o documental.
d) Promover a través de los medios de difusión con que cuente el
municipio, lo relacionado con la no discriminación entre mujeres y
hombres en el ámbito: familiar, social, laboral etc.
e) Brindarles oportunidades en materia laboral, de salud,
educación entre otros.
f) Atender las necesidades de las mujeres atlixquenses, que
sufren o hayan sufrido violencia intrafamiliar.
g) Llevar a cabo programas de información a la población sobre
la violencia contra las mujeres.
h) En coordinación con el Instituto Poblano de la Mujer,
promover cursos de capacitación para las personas que atienden a
mujeres que han sufrido violencia; e,
i) Impulsar programas educativos sobre la igualdad y equidad
entre géneros.
El Instituto Municipal de la Mujer, requiere de una titular que
cubra el perfil curricular idóneo para llevar tan importante labor
hacia la ciudadanía, por lo que se somete a este cuerpo edilicio la
propuesta para su designación, por lo que:
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que desde la creación del Instituto Municipal de la
Mujer, ha tenido al frente como titular a una mujer que cubre el
perfil idóneo que ha generado acciones que han redundado en
múltiples beneficios para la mujer atlixquense, como lo son
pláticas y talleres de superación personal, convenios para el
descuento en bienes y servicios en diversos establecimientos del
municipio, convenios para la impartición de diversos cursos y
actividades que tuvieron un buen impacto entre las mujeres.
SEGUNDO: Que resulta necesario que esta nueva administración
municipal 2014-2018, se designe una nueva titular para el Instituto
Municipal de la Mujer y que quien ocupe ese cargo sea una mujer
preparada académicamente y que comparta la visión de equidad de
género y empoderamiento de la mujer, además de que continúe
generando proyectos y actividades que tengan como finalidad la
dignificación del rol femenino en todas las actividades del entorno
social.
TERCERO: En ese sentido propongo a este Cuerpo Edilicio, que el
nombramiento de la nueva titular del Instituto Municipal de la
Mujer, corresponda a la Licenciada en Educación María Virginia
Álvarez Alonso, quien cuenta con el perfil idóneo para ocupar dicho
cargo.
Por lo anteriormente expuesto solicito a este cuerpo colegiado
la consideración del siguiente:
DICTAMEN
PRIMERO.- Que se ratifique el funcionamiento del Instituto
Municipal de la Mujer.
SEGUNDO.- Que se apruebe el nombramiento de la Licenciada María
Virginia Álvarez Alonso, a la vez que este Cuerpo Edilicio la
faculte para celebrar convenios relacionados con el Instituto.
TERCERO.- Que se instruya a la Secretaria del Ayuntamiento, para
que elabore el nombramiento correspondiente y gire los oficios
necesarios.
CUARTO.- Que se instruya a la Tesorera Municipal para que en uso
de sus facultades realice los trámites contables y administrativos
correspondientes.
Es cuanto señor Presidente.
El Presidente Municipal expresa: Está a consideración de este
cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien
desea hacer uso de la palabra?
Si no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del
Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.
La Secretaria del Ayuntamiento manifiesta: Honorable Cabildo,
quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha
dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.
Se aprueba por unanimidad de votos.
PUNTO DIEZ.
El Presidente Municipal menciona: Honorable Cabildo el punto
diez del orden del día se refiere al dictamen que presenta el
Regidor Presidente de la Comisión de Seguridad Pública y
Gobernanza, Jorge Eduardo Moya Hernández, para que se autorice la
conformación de la Comisión Municipal de Plebiscitos (COMUPLE) y la
expedición de sus nombramientos.
Le solicito al Regidor Presidente de la Comisión de Seguridad
Pública y Gobernanza, Jorge Eduardo Moya Hernández proceda a dar
lectura a su dictamen.
El Regidor Presidente de la Comisión de Seguridad Pública y
Gobernanza expresa:
HONORABLE CABILDO
El que suscribe C. Jorge Eduardo Moya Hernández, titular de la
Comisión de Seguridad Pública y Gobernanza, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 92, 224, 225, 226, 228, de la Ley
Orgánica Municipal, someto a consideración de este Honorable Cuerpo
Edilicio el presente dictamen basándome para tal efecto en los
siguientes:
ANTECEDENTES
PRIMERO: El Municipio de Atlixco se compone por once Juntas
Auxiliares, siendo las siguientes: San Diego Acapulco, Santo
Domingo Atoyatempan, San Jerónimo Caleras, San Jerónimo Coyula, San
Juan Ocotepec, Santa Lucia Cosamaloapan, La Magdalena Axocopan, San
Miguel Ayala, San Pedro Benito Juárez, La Trinidad Tepango y
Metepec, las cuales por mandamiento de ley se renovarán cada tres
años.
SEGUNDO: El organismo encargado de la preparación, organización
y conducción de los procesos electorales en las Juntas Auxiliares
del Municipio de Atlixco es la Comisión Municipal de Plebiscitos
(COMUPLE), que debe estar integrada por un Presidente, un
Secretario Técnico y tres Vocales, quienes serán los encargados de
la elaboración y publicación de la convocatoria y reglamento del
proceso de elección de las 11 Juntas Auxiliares, y fungirán como el
cuerpo técnico operativo del proceso de elección previamente
citado.
CONSIDERANDOS
PRIMERO: Con fecha 14 de mayo del presente año, conforme a lo
dispuesto por el artículo 226 de la Ley Orgánica Municipal concluye
el periodo de gobierno 2011– 2014 de las Juntas Auxiliares que
integran el municipio de Atlixco, Puebla.
SEGUNDO: Conforme lo dispone el artículo 225 de la Ley Orgánica
Municipal el Honorable Ayuntamiento, en sesión de Cabildo acordará
las bases que establezcan la convocatoria a las cuales darán
cumplimiento los aspirantes a integrar las planillas para contender
en la elección de las 11 Juntas Auxiliares.
TERCERO: Que la Ley Orgánica Municipal, en su artículo 225
señala:
“ARTÍCULO 225.- las Juntas Auxiliares serán electas en
plebiscito, que se efectuara de acuerdo a las bases que establezca
la convocatoria que se expida y publicite por el Honorable
Ayuntamiento, con la intervención del Presidente
Municipal o su representante, así como del Agente Subalterno del
Ministerio Público. El Congreso del Estado podrá enviar o nombrar
un representante que presencie la elección”.
CUARTO.- Conforme a lo establecido por el artículo 226 de la Ley
Orgánica Municipal la elección de las Juntas Auxiliares deberá
llevarse a cabo el último domingo del mes de abril del año en
curso.
QUINTO.- La Comisión Municipal de Plebiscitos, (COMUPLE),
funcionará como parte técnica operativa, en el citado proceso de
elecciones de los plebiscitos de las once Juntas Auxiliares que
conforman el municipio de Atlixco, Puebla, así también fungirá como
supervisora para que se lleven a cabo en armonía y tranquilidad
dichas elecciones.
Por lo antes expuesto solicito a este cuerpo colegiado someto a
su consideración el siguiente:
DICTAMEN
PRIMERO.-Que se apruebe la conformación de la Comisión de
Plebiscitos (COMUPLE), integrándose de la siguiente manera:
PRESIDENTE:
C. JORGE EDUARDO MOYA HERNÁNDEZ
SECRETARIO TÉCNICO OPERATIVO
ING. JAVIER MACHUCA VARGAS
VOCALES:
C. ESPERANZA SANCHEZ PAREZ.
LIC. GRACIELA CANTORAN NAJERA
LIC. JORGE GUTIERREZ RAMOS
SEGUNDO: Que la COMUPLE, inicie sus labores con miras a las
elecciones de las once Juntas Auxiliares, dentro de marco de la
legalidad y transparencia, que garantice a la ciudadanía una
jornada electoral tranquila.
TERCERO.- Que en su momento, realicen los trámites, gestiones y
convenios necesarios, para el buen desempeño de su encargo.
Es cuanto señor Presidente.
El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este
Cuerpo Colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura,¿alguien
desea hacer uso de la palabra?
En uso de la voz la Regidora Presidenta de la Comisión de Salud
y Alimentación expresa: Este Ayuntamiento es por un periodo de
cuatro años ocho meses, quiero saber como va aplicar para el caso
de juntas auxiliares.
El Regidor Presidente de la Comisión de Seguridad Pública y
Gobernanza manifiesta: Por única ocasión habrá una homologación y
la duración de las juntas auxiliares será de cuatro años cinco
meses y las posteriores serán de tres años.
Si no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del
Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.
La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Honorable Cabildo,
quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen al que se ha
dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO ONCE
El Presidente Municipal manifiesta: Honorable Cabildo el punto
once del orden del día consiste en el dictamen que presenta el
Regidor Presidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente
Sustentable, Rodolfo Chávez Escudero, para que se expida el
Reglamento de sesiones del Honorable Ayuntamiento del Municipio de
Atlixco.
El Presidente Municipal menciona: Le solicito al Regidor
Presidente de la Comisión Ecología y Medio Ambiente Sustentable,
Rodolfo Chávez Escudero proceda a dar lectura a su dictamen.
El Regidor Presidente de la Comisión de la Comisión de Ecología
y Medio Ambiente
Sustentable manifiesta:
HONORABLE AYUNTAMIENTO
DEL MUNICIPIO DE ATLIXCO
P R E S E N T E.
El que suscribe, Rodolfo Chávez Escudero, Regidor de Ecología y
Medio Ambiente Sustentable, del Honorable Ayuntamiento del
Municipio de Atlixco, Puebla, con las facultades que conceden los
artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, 105 fracción III de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 70, 78 fracción IV,
79y 80 fracción I de la Ley Orgánica Municipal y;
C O N S I D E R A N D O
I.- Que resulta indispensable contar con un conjunto normativo
que regule el actuar de los ciudadanos en el desempeño de sus
actividades cotidianas, para garantizar el funcionamiento de la
sociedad y que éste se desarrolle en un ambiente de equidad,
seguridad y tranquilidad.
II.- Que las actividades gubernamentales no están exentas de
efectuarse con apego a las normas emitidas para tal fin, ya que
como es bien sabido, las facultades que gozan las autoridades,
deben fundarse y motivarse para que puedan surtir efectos frente a
los demás, dicha garantía se encuentra consagrada en el artículo
catorce de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
III.- El principio de legalidad mencionado en el considerando
anterior, forma parte de las prerrogativas mínimas que los
ciudadanos deben recibir por parte de sus autoridades,
disposiciones que nos obligan como cuerpo colegiado a observar
todas y cada una de las disposiciones aplicables a nuestra
función.
IV.- Que las reglas para el funcionamiento de este Honorable
Cabildo, se pueden adoptar mediante acuerdo de sus integrantes, sin
embargo, nosotros contamos con la facultad de normar correctamente
el funcionamiento de esta municipalidad, a través de un conjunto
sistematizado de reglas, contenidas en un cuerpo normativo de
carácter público y al alcance de todos.
V.- Que este Ayuntamiento representa a uno de los Municipios más
importantes de la Entidad, por ser uno de los más grandes y con
mayores oportunidades de crecimiento, motivos que deben hacernos
reflexionar para tomar decisiones adecuadas e implementar las
reglas que den continuidad a los trabajos iniciados por nuestros
predecesores, pero sin duda para asegurarle a nuestros
representados que en esta administración todo se realizará apegado
a derecho respetando la normatividad vigente y garantizando que la
reglamentación será la adecuada para satisfacer las necesidades
reinantes en la actualidad.
VI.- Que en este sentido, este cabildo carece de dicha
reglamentación para normar las sesiones que se realizarán a lo
largo de esta administración, conocer los derechos, las
obligaciones, los plazos y los términos con que contamos para
someter las propuestas al interior de este honorable Cabildo,
creará certeza en cada uno de los integrantes, al momento de
impulsar algún proyecto, también, delimitará las tareas que nos
corresponden y dotará de orden las Sesiones que se efectúen, por
ello expedir el Reglamento para el Honorable Ayuntamiento del
Municipio de Atlixco, será el primer paso de esta administración
hacia la legalidad y el respeto del Estado de Derecho que nos
rige.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este
honorable cuerpo colegiado el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO.- Se expide el Reglamento de Sesiones del Honorable
Ayuntamiento del Municipio de Atlixco.
SEGUNDO.- Se instituye la comisión especial redactora para la
elaboración del Reglamento de Sesiones del Honorable Ayuntamiento
del Municipio de Atlixco, coordinada por el Presidente Municipal e
integrada por el Síndico Municipal, la Secretaría General y el
número de Regidores necesarios para su elaboración.
Es cuanto señor Presidente.
El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este
cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien
desea hacer uso de la palabra?
En uso de la voz el Presidente Municipal manifiesta: Yo tengo
una pregunta, ¿pide que se expida el reglamento interior de
cabildo?
El Regidor Rodolfo Chávez Escudero responde: Primero se elabora
y luego se expide, para que todos se enteren que existe este
reglamento.
El Presidente Municipal manifiesta: Si no existe ningún otro
comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a
recabar la votación.
La Secretaria del Ayuntamiento menciona: Honorable Cabildo,
quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha
dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.
Se aprueba por unanimidad de votos.
PUNTO DOCE
El Presidente Municipal expresa: Honorable Cabildo el punto doce
del orden del día se refiere a los asuntos generales que se
listaron, por lo que solicito a la
Secretaria del Ayuntamiento pueda ponerlos a consideración y
procederemos a desahogarlos con una breve exposición de quien los
presenta.
El asunto General uno lo listó el Regidor Presidente de la
Comisión de Turismo, Cultura y Tradiciones, Erich Amigón Velázquez,
para firma de un convenio de colaboración con la Universidad
Tecnológica de Izúcar de Matamoros y el H. Ayuntamiento de Atlixco,
Puebla, para trasferencia de tecnologías, la realización de
trabajos de investigación, estadías profesionales y resultados
tangibles directos en la mejora de la problemática común con
metodología científica.
Se le concede el uso de la palabra al Regidor Presidente de la
Comisión de Turismo, Cultura y Tradiciones, Erich Amigón Velázquez,
para que proceda a darle lectura a su dictamen.
El Presidente de la Comisión de Turismo, Cultura y Tradiciones,
Erich Amigón Velázquez manifiesta:
HONORABLE CABILDO DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO
DE ATLIXCO.
El que suscribe Mtro. Erich Amigón Velázquez titular de la
Comisión de Turismo, Cultura y Tradiciones, con fundamento en el
artículo 92 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal, la cual
establece que son facultades de los regidores formular al
Ayuntamiento las propuestas de ordenamientos en asuntos municipales
y promover todo lo que crean conveniente al buen servicio público y
con fundamento en los artículos: 115 fracción II de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 103 fracción I de la
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla,
artículos 2, 79, 80, 81, 82, 92 fracciones I, V, VII, 94, 96, 189,
190, y 191 de la Ley Orgánica Municipal del Estado Libre y Soberano
de Puebla.
DERECHO
Como lo reza el artículo 3 de la Ley Orgánica Municipal el
municipio se encuentra investido de personalidad jurídica y de
patrimonio propio, su Ayuntamiento administrará libremente su
hacienda y no tendrá superior jerárquico.
Que siendo facultades del honorable Ayuntamiento de Atlixco con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la
de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, 103 fracción I de la Constitución
Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, artículo 78
fracción IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado Libre y
Soberano de Puebla, aprobar las disposiciones administrativas de
observancia general en sus respectivas jurisdicciones.
Que se cuenta con las facultades necesarias para la suscripción
de convenios, de conformidad con lo establecido en los artículos
102 y 103 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Puebla.
Que conforme al artículo 78 fracción XVII de la Ley Orgánica
Municipal del Estado Libre y Soberano de Puebla, que establece la
atribución del Ayuntamiento para promover cuanto estime conveniente
para el progreso económico, social y cultural del municipio.
Que en términos de lo establecido por el artículo 138 fracción
IV de la Ley Orgánica Municipal del Estado Libre y Soberano de
Puebla, el Secretario del Ayuntamiento validará con su firma
acuerdos y demás documentos oficiales emanados del Ayuntamiento de
acuerdo al artículo 84° fracciones I , II, III, IV, V, VI, y VII de
la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla, los Ayuntamientos,
para aprobar Bandos de Policía y Gobierno, reglamentos y
disposiciones administrativas de observancia general, que organicen
la Administración Pública Municipal y dentro de sus respectivas
jurisdicciones, que regulen las materias, procedimientos, funciones
y servicios públicos de su competencia, asegurando la participación
ciudadana y vecinal; llevarán a cabo el proceso reglamentario, que
comprenderá las etapas de propuesta, análisis, discusión,
aprobación y publicación.
Para la elaboración discusión aprobación y promulgación del
dictamen así como de la adición o reforma a cualquier ordenamiento
vigente, habrá de presentarse al cabildo, se aplicarán las reglas y
disposiciones de los artículos 85, 86, 87, 88 y 89 la Ley Orgánica
Municipal del Estado Libre y Soberano de Puebla.
ANTECEDENTES
La vinculación entre las instituciones de educación superior y
los gobiernos en sus distintos órdenes, destaca el beneficio social
aportando la experiencia generada en las universidades y la
necesidad de contar con estudiantes capacitados que puedan
contribuir al beneficio de la administración pública.
Es por ello que se propone celebrar un convenio general de
colaboración entre la Universidad Tecnológica de Izúcar de
Matamoros y el H. Ayuntamiento de Atlixco, para lo cual anexo
copias simples del modelo de contrato general que se propone.
INTRODUCCIÓN
Para el H. Ayuntamiento de Atlixco y para la Universidad
Tecnológica de Izúcar, de matamoros es muy importante el
fortalecer las relaciones interinstitucionales a nivel
nacional e internacional y establecer vínculos con los diferentes
sectores de la sociedad dentro de un marco normativo.
Es por eso que la propuesta de vinculación a través de este
instrumento jurídico se encargará de fortalecer las relaciones
académicas, de trasferencia de tecnologías, la realización de
trabajos de investigación, estadías profesionales y resultados
tangibles directos en la mejora de la problemática común con
metodología científica.
JUSTIFICACIÓN
Es importante establecer procesos fluidos de integración entre
los diversos actores sociales, como pueden ser los organismos del
Estado, las organizaciones profesionales, otras universidades e
institutos de investigación. Esta integración debe responder
fundamentalmente al desarrollo estratégico local, provincial,
regional o nacional.
No es suficiente que el conocimiento sea transferible, sino que
es preciso generar proyectos asociativos que respondan a temáticas
con pertinencia regional y nacional y que posean alta capacidad de
transferencia y mejora social palpable.
Para ello y por lo anteriormente expuesto someto a su
consideración Honorable Cabildo lo siguiente:
UNICO: La firma del convenio de colaboración general entre la
Universidad Tecnológica de Izúcar de Matamoros y el Honorable
Ayuntamiento de Atlixco, Puebla.
Es cuanto señor Presidente.
El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este
cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien
desea hacer uso de la palabra?
El Síndico Municipal expresa: Hemos analizado el convenio y
comentaba que tiene algunos detalles de redacción y hay un punto en
específico que es el término del convenio pues menciona que debe
darse por terminado cuando así lo determinen las partes, pero debe
tenerse como límite la duración de esta administración.
En uso de la voz el Regidor Jorge Eduardo Moya Hernández
manifiesta: Que una vez que ya tenga las condiciones adecuadas si
les pueden hacer llegar una copia para conocerlo bien y saber en
cuáles de sus áreas puede incidir.
El Presidente Municipal expresa: Si ya no existe ningún
comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a
recabar la votación.
Secretaria del Ayuntamiento manifiesta: Honorable Cabildo,
quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha
dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.
Se aprueba por unanimidad.
El Presidente Municipal manifiesta: El Asunto General Dos lo
presenta el Regidor Presidente de la Comisión de Educación,
Juventud y Deporte, Félix Castillo Sánchez para aprobar el pago de
170 becas cada una por la cantidad de $150.00 (ciento cincuenta
pesos 00/100 M.N.) mensualmente, para los meses de febrero a julio
del 2014.
Se le concede el uso de la palabra al Regidor Presidente de la
Comisión de Educación, Juventud y Deporte, Félix Castillo Sánchez,
para que proceda a dar lectura a su dictamen.
El Presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte
expresa:
HONORABLE CABILDO
El C. Prof. Félix Castillo Sánchez titular de la Comisión de
Educación Juventud y Deporte los CC. Lic. María Auxilio Morales
Heredia, Mtro. Erich Amigón Velázquez, integrantes de la misma, en
base a lo que establecen los artículos 3, fracción II, inciso a y
fracción III,115 de la Constitución General de la República, 102,
103 y 105 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Puebla, artículo 2, 78 fracción XV, 92 de la Ley Orgánica
Municipal, someto a consideración de éste cuerpo edilicio el
siguiente dictamen basándonos para tal efecto en los siguientes
antecedentes y considerandos.
ANTECEDENTES
I. Que conforme a lo establecido el párrafo primero fracción II
del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y 103 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Puebla, los municipios estarán investidos de
personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la
ley.
II. Que conforme a lo establecido en la fracción XVII del
artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla, es
atribución del Ayuntamiento, promover cuanto estime conveniente
para el progreso económico, social y cultural del municipio.
III. Que en artículo 92 de la Ley Orgánica Municipal indica que;
son facultades y obligaciones de los regidores: fracción I: ejercer
la debida inspección y vigilancia en los ramos a su cargo;
IV. Que son facultades y obligaciones de los regidores formular
al Ayuntamiento las propuestas de ordenamiento en asuntos
municipales, y prever todo lo que crean conveniente al buen
servicio público, que el ayuntamiento para facilitar el despacho de
los asuntos que le competen, nombrará comisiones permanentes o
transitorias, siendo permanente la comisión de gobernación,
justicia y seguridad pública, en términos de lo establecido por los
artículos 94 y 96 fracción I de la Ley Orgánica Municipal.
V. Que el artículo 2 de la ley orgánica municipal refiere que el
municipio es una entidad de derecho público base de la división
territorial y de la organización políticas y administrativa del
Estado de Puebla, integrado por una comunidad establecida en un
territorio, con un gobierno de elección popular directa, el cual
tiene como propósito satisfacer en el ámbito de su competencia las
necesidades colectivas de la población que se encuentra asentada en
su circunscripción territorial: así como inducir y organizar la
participación de los ciudadanos en la promoción del desarrollo
integral de sus comunidades
VI. De acuerdo a la Ley General de Educación del capítulo I de
las isposiciones generales, artículo 2: todo individuo tiene
derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes
del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema
educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que
establecen las disposiciones generales aplicables.
VII. Que el artículo 32 de la Ley General de Educación
establece: las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a
establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho
a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así
como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y
permanencia en los servicios educativos. Dichas medidas estarán
dirigidas, de manera preferente, a los grupos y regiones con mayor
rezago educativo o que enfrentan condiciones económicas y sociales
de desventaja en términos de lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de
esta ley y en la fracción VIII que dice…desarrollarán programas con
perspectiva de género, para otorgar becas y demás apoyos económicos
preferentemente a los estudiantes que enfrenten condiciones
económicas y sociales que les impidan ejercer su derecho a la
educación;
CONSIDERANDOS
1. Que el problema de la deserción a la educación recae cuando
existe ésta misma a temprana edad, si bien existen muchos factores
que ocasionan la misma, el más sobresaliente es el costo de
oportunidad de estudiar en el tiempo, esto es, en el corto plazo
los alumnos deciden desertar presumiblemente porque tienen
problemas económicos, probablemente el mercado laboral les
compensará más que el seguir estudiando, la cuestión enfatiza
cuando no se tiene una idea clara de lo que pasará en el largo
plazo. En el largo plazo esos alumnos que abandonan sus estudios,
enfrentan problemas para integrarse al mercado y conseguir un
trabajo más remunerado, a su vez, son menos productivos y
finalmente generan un costo social que puede ser reflejado en bajo
crecimiento económico, trampas de pobreza o bien desigualdades de
los ingresos.
2. Con el objetivo de estimular a los niños y jóvenes con
rendimiento académico y escasos recursos para que tenga acceso a la
continuidad de su educación, considero se otorguen becas a los
alumnos que cursen 3er, 4to, 5to,
6to grado de primaria y cualquier grado de secundaria en
escuelas públicas y así los estudiantes tengan un incentivo
adicional para finalizar su educación básica, para que no abandonen
la escuela por razones económicas y que los que tienen un buen
desempeño académico lo mantengan.
Por lo anteriormente expuesto sometemos a su consideración el
siguiente
DICTAMEN:
PRIMERO: Que se apruebe el pago de 170 becas de $150.00 (ciento
cincuenta pesos 00/100 m.n) cada una mensualmente, para los meses
de febrero a julio del 2014, en que termina el próximo ciclo
escolar a estudiantes con rendimiento escolar y alumnos de escasos
recursos económicos en nivel básico, pertenecientes a este
municipio, las cuales serán normadas por el programa municipal de
becas contenido en la convocatoria respectiva.
SEGUNDO: Se instruya a la Tesorera Municipal C.P. Leticia Areli
García Páez, para que en ámbito de su competencia, realice los
trámites conducentes.
Es cuanto señor Presidente.
El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este
cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien
desea hacer uso de la palabra?
Si no existe ningún comentario, solicito a la Secretaria del
Ayuntamiento, proceda a recabar la votación.
La Secretaria del Ayuntamiento menciona: Honorable Cabildo,
quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha
dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.
Se aprueba por unanimidad de votos.
El Presidente Municipal menciona: El Asunto General Tres lo
presenta el Regidor Presidente de la Comisión de Educación,
Juventud y Deporte, Prof. Félix Castillo Sánchez para aprobar el
pago de 30 becas cada una por la cantidad de $150.00 (ciento
cincuenta pesos 00/100 M.N.) mensualmente, para los meses de
febrero a julio del 2014, para los hijos de los trabajadores del H.
Ayuntamiento Municipal.
Se le concede el uso de la palabra al Regidor Presidente de la
Comisión de Educación, Juventud y Deporte, Félix Castillo Sánchez,
para que proceda a darle lectura a su dictamen.
El Presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte,
Félix Castillo Sánchez expresa:
HONORABLE CABILDO
El C. Profr. Félix Castillo Sánchez titular de la Comisión de
Educación, Juventud y Deporte, los CC. Lic. María Auxilio Morales
Heredia, Mtro. Erich Amigón Velázquez, integrantes de la misma, en
base a lo que establecen los artículos 3fracción II, inciso a y
fracción III 115 de la Constitución General de la República, 102,
103, y 105 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Puebla, Artículo 2, 78 fracción XV, 92 de la Ley Orgánica
Municipal someto a consideración de este cuerpo edilicio el
siguiente dictamen basándonos para tal efecto en los siguientes
antecedentes y considerandos.
ANTECEDENTES
I. Que conforme a lo establecido el párrafo primero, fracción
II, del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y 103 de la Constitución Política del Estado Libre
y Soberano de Puebla, los municipios estarán investidos de
personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la
ley.
II. Que conforme a lo establecido en la fracción XVII del
artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla, es
atribución del Ayuntamiento, promover cuanto estime conveniente
para el progreso económico, social y cultural del municipio.
III. Que en artículo 92 de la Ley Orgánica Municipal indica que;
son facultades y obligaciones de los regidores: fracción I, ejercer
la debida inspección y vigilancia, en los ramos a su cargo;
IV. Que son facultades y obligaciones de los regidores, formular
al Ayuntamiento las propuestas de ordenamiento en asuntos
municipales, y prever todo lo que crean conveniente al buen
servicio público, que el Ayuntamiento, para facilitar el despacho
de los asuntos que le competen, nombrará comisiones permanentes o
transitorias, siendo permanente la comisión de gobernación,
justicia y seguridad pública, en términos de lo establecido por los
artículos 94 y 96 fracción I de la Ley Orgánica Municipal.
V. Que el artículo 2 de la Ley Orgánica Municipal refiere que el
municipio es una entidad de derecho público base de la división
territorial y de la organización políticas y administrativa del
Estado de Puebla, integrado por una comunidad establecida en un
territorio, con un gobierno de elección popular directa, el cual
tiene como propósito satisfacer en el ámbito de su competencia, las
necesidades colectivas de la población que se encuentra asentada en
su circunscripción territorial así como inducir y organizar la
participación de los ciudadanos en la promoción del desarrollo
integral de sus comunidades
VI. Que de acuerdo a la Ley General de Educación del capítulo I
de las disposiciones generales, artículo 2: todo individuo tiene
derecho a recibir educación y, por lo tanto, todos los habitantes
del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema
educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que
establecen las disipaciones generales aplicables”
VII. Que el artículo 32 de la Ley General de Educación
establece: las autoridades educativas tomarán medidas tendientes a
establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho
a la educación de cada individuo, una mayor equidad educativa, así
como el logro de la efectiva igualdad en oportunidades de acceso y
permanencia en los servicios educativos. Dichas medidas estarán
dirigidas, de manera preferente, a los grupos y regiones con mayor
rezago educativo o que enfrentan condiciones económicas y sociales
de desventaja en términos de lo dispuesto en los artículos 7o. y 8o
de esta ley y en la fracción VIII que dice…desarrollarán programas
con perspectiva de género, para otorgar becas y demás apoyos
económicos preferentemente a los estudiantes que enfrenten
condiciones económicas y sociales que les impidan ejercer su
derecho a la educación;
CONSIDERANDO
Considerando que uno de los objetivos primordiales de esta
administración es promover la educación en su municipio y como
estímulo a trabajadores del H. Ayuntamiento se propone la
asignación de 30 becas a hijos de trabajadores de alto rendimiento
escolar que cursen 3ro, 4to, 5to. grado de primaria y cualquier
grado de secundaria.
Por lo anteriormente expuesto sometemos a su consideración el
siguiente
DICTAMEN:
PRIMERO: Que se apruebe el pago de 30 becas de $150.00 (ciento
cincuenta pesos 00/100 m.n) cada una mensualmente, para los meses
de febrero a julio de 2014 a estudiantes con alto rendimiento
escolar, hijos de trabajadores en que cursen 3ro, 4to, 5to, grado
de primaria y cualquier grado de secundaria, pertenecientes a este
municipio, las cuales serán normadas por el prombetra contenido en
la convocatoria respectiva.
SEGUNDO: instrúyase a la tesorera municipal C.P. Leticia Areli
García Páez, para que en ámbito de su competencia, realice los
trámites conducentes.
Es cuanto señor Presidente.
El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este
cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien
desea hacer uso de la palabra?
El Regidor Erich Amigón Velázquez expresa: ¿qué considera de
alto rendimiento?
El Regidor Félix Castillo Sánchez responde: ocho punto
cinco.
El Regidor Erich Amigón Velázquez expresa: ¿Se considera hasta
los hijos de trabajadores que estén en bachillerato?
El Regidor Félix Castillo Sánchez responde: No, esta es una
convocatoria anterior, sería trabajo de una nueva convocatoria para
determinar las bases.
La Regidora Haydee Muciño Delgado expresa: Sería importante
incrementarlas para estimular a los hijos de los trabajadores.
El Presidente Municipal menciona: Si no existe ningún
comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a
recabar la votación.
La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Honorable Cabildo,
quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha
dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.
Se aprueba por unanimidad de votos.
El Presidente Municipal menciona: El Asunto General Cuatro, lo
presenta la Regidora Presidenta de la Comisión de Salud y
Alimentación, Jesica Ramírez Rosas, para aprobar el Proyecto del
Sector Salud denominado “Adolescentes en Movimiento” para evitar la
obesidad en el Municipio de Atlixco.
Se le concede el uso de la palabra a la Regidora Presidenta de
la Comisión de Salud y Alimentación, Jesica Ramírez Rosas, para que
proceda a dar lectura a su dictamen.
La Regidora Presidenta de la Comisión de Salud y Alimentación
Jesica Ramírez Rosas manifiesta:
HONORABLE CABILDO
Con fundamento en lo establecido por los artículos 4 párrafo
tercero y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 102, 103, y 105 de la Constitución del Estado Libre y
Soberano de Puebla, 110 y 111 fracciones I, II y III, 112 de la Ley
General de Salud, 92 fracciones I, IV, y V, y 94 de la Ley Orgánica
Municipal, someto a consideración el siguiente dictamen, basándome
para tal efecto en los siguientes:
ANTECEDENTES
1.- Que en tiempos recientes se ha incrementado el índice de
masa corporal (sobrepeso y obesidad) en adolescentes, donde un
porcentaje considerable presenta obesidad, la cual tiene orígenes
diversos como son: la predisposición genética, la falta de
información nutrimental, aumento en número de restaurantes de
comida rápida, el tiempo que los adolescentes están frente al
televisor, computadora o juegos de video, la falta de
implementación de un programa de ejercicios para este sector
juvenil, la dieta a base de alimentos con alto contenido calórico,
entre otros.
2.- Que toda persona goza del derecho inalienable a la
protección de la salud, siendo un derecho fundamental para el
desarrollo de las potencialidades de los individuos, por lo que
resulta necesario propiciar mejores condiciones de vida para la
ciudadanía y obtener el mejor aprovechamiento de sus capacidades,
implementando programas que sirvan para combatir estos efectos
negativos y que con ello sus expectativas de vida se vean
favorecidas, por lo que:
CONSIDERANDO
1.- Que el proyecto “adolescentes en movimiento”, para evitar la
obesidad en el municipio de Atlixco; tiene como objetivo efectuar
diversas acciones encaminadas a reducir el sobrepeso entre los
adolescentes, siendo importante resaltar que este proyecto se
encuentra bajo la modalidad peso a peso, en donde la Federación
aporta un peso por cada peso que aporte el municipio, toda vez que
el costo de este programa es de un millón de pesos, correspondería
al Ayuntamiento de Atlixco aportar la cantidad $500,000.00
(quinientos mil pesos) y la Federación otros $500,000.00
(quinientos mil pesos).
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este
Cuerpo Colegiado el siguiente:
DICTAMEN
PRIMERO.-Que se autorice al Ayuntamiento la aportación de la
cantidad de $500,000.00 (quinientos mil pesos) para el programa
“adolescentes en movimiento”, para evitar la obesidad en el
municipio de Atlixco.
SEGUNDO.-Que se instruya a la Regidora de Salud y Alimentación,
para que lleve a cabo el procedimiento a que haya lugar para
obtener el proyecto mencionado en el punto inmediato anterior.
TERCERO.- Que se instruya a la Tesorera Municipal para efectos
de que se disponga del recurso necesario para el cumplimiento de
las obligaciones a cargo del erario municipal.
Es cuanto señor Presidente.
El Presidente Municipal menciona: Está a consideración de este
cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien
desea hacer uso de la palabra?
En uso de la voz el Presidente Municipal manifiesta: ¿Hay que
presentarlo en alguna parte?
La Regidora Jesica Ramírez Rosas responde: Sí es un programa a
concurso y tenemos hasta el día 10 de marzo pero si hay que hacer
alguna corrección tendríamos cinco días para subsanar. Lo ejecuta
el ayuntamiento y un 20% de ese recurso es para evaluar el
programa.
El Regidor Erich Amigón Velázquez expresa: ¿Quién pone las
reglas de operación?
La Regidora Jesica Ramírez Rosas responde: La Secretaría de
Salud del Gobierno Federal.
El Presidente Municipal menciona:Si no existe ningún comentario,
solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a recabar la
votación.
La Secretaria del Ayuntamiento expresa: Honorable Cabildo,
quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen a que se ha
dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.
Se aprueba por unanimidad.
El Presidente Municipal manifiesta: El Asunto General cinco, lo
presenta la Regidora Presidenta de la Comisión de Salud y
Alimentación, Jesica Ramírez Rosas, para aprobar el Proyecto del
Sector Salud denominado “Prevención de Accidentes en Infantes”, en
el municipio de Atlixco.
Se le concede el uso de la palabra a la Regidora Presidenta de
la Comisión de Salud y Alimentación, Jesica Ramírez Rosas, para que
proceda a dar lectura a su dictamen.
La Regidora Presidenta de la Comisión de Salud y Alimentación
Jesica Ramírez Rosas, menciona:
Con fundamento en lo establecido por los artículos 4 párrafo
tercero y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 102, 103, y 105 de la Constitución del Estado Libre y
Soberano de Puebla, 110 y 111 fracciones I, II y III, 112 de la Ley
General de Salud, 92 fracciones I, IV y V, y 94 de la Ley Orgánica
Municipal, someto a consideración el siguiente dictamen, basándome
para tal efecto en los siguientes:
ANTECEDENTES
1.- Que toda persona goza del derecho inalienable a la
protección de la salud, siendo un derecho fundamental para el
desarrollo de las potencialidades de los individuos, por lo que
resulta necesario propiciar mejores condiciones de vida para la
ciudadanía y obtener el mejor aprovechamiento de sus capacidades,
implementando programas que sirvan para combatir accidentes que
pongan en peligro la vida de los infantes y que con ello sus
expectativas de vida se vean truncadas.
CONSIDERANDO
1.- Que el proyecto “Prevención de Accidentes en Infantes en el
Municipio de Atlixco”, tiene como uno de sus propósitos
fundamentales el identificar de manera oportuna las causas de los
accidentes en este sector de la sociedad, para así poder evitarlos,
siendo importante resaltar que este proyecto tiene un costo de un
millón de pesos pero se encuentra en la modalidad de peso a peso,
en donde la Federación aporta un peso por cada peso que aporte el
municipio. En ese sentido el Ayuntamiento de Atlixco, aportaría la
cantidad $500,000.00 (quinientos mil pesos), y la Federación los
otros $500,000.00 (quinientos mil pesos).
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este
Cuerpo Colegiado el siguiente:
DICTAMEN
PRIMERO.- Que se autorice que al Ayuntamiento para que aporte la
cantidad de $500,000.00 (quinientos mil pesos) para el programa de
“Prevención de Accidentes en Infantes”, en el municipio de
Atlixco.
SEGUNDO.-Que se instruya a la Regidora de Salud y Alimentación,
para que lleve a cabo el procedimiento a que haya lugar para
obtener el proyecto mencionado en el punto inmediato anterior.
TERCERO.- Que se instruya a la Tesorera Municipal para efectos
de que se disponga del recurso necesario para el cumplimiento de
las obligaciones a cargo del erario municipal.
Es cuanto señor Presidente.
El Presidente Municipal manifiesta: Está a consideración de este
cuerpo colegiado, el dictamen a que se le ha dado lectura, ¿alguien
desea hacer uso de la palabra?
En uso de la voz el Regidor Erich Amigón Velázquez pregunta:
¿cómo se determinó que el programa de prevención de accidentes era
el más adecuado?
La Regidora Jesica Ramírez Rosas responde: Salud a nivel estatal
lleva las estadísticas de cuales son las enfermedades que más
aquejan a los municipios.
El Presidente Municipal manifiesta: Si no existe ningún
comentario, solicito a la Secretaria del Ayuntamiento, proceda a
recabar la votación.
La Secretaria del Ayuntamiento menciona: Honorable Cabildo,
quienes estén por la afirmativa de aprobar el dictamen que se ha
dado lectura, sírvanse manifestarlo levantando la mano.
Se aprueba por unanimidad.
PUNTO TRECE
La Secretaria del Ayuntamiento manifiesta: Señor Presidente,
informo a usted y al pleno que se ha dado cumplimiento al orden del
día.
El Presidente Municipal expresa: Honorable Cabildo, se han
agotado los temas listados en el orden del día, por lo tanto
declaro el cierre de la presente sesión ordinaria de Cabildo,
siendo las dieciocho horas con treinta y cinco minutos del día
veinticinco de febrero de dos mil catorce, MUCHAS GRACIAS Y BUENAS
TARDES A TODOS.
----------------------------------------------------------------------------------
Ing. José Luis Galeazzi Berra
Presidente Municipal Constitucional
Lic. Esther González Rodríguez
Secretaria General del Ayuntamiento
C. Jorge Eduardo Moya Hernández
Presidente de la Comisión
De Seguridad Pública y Gobernanza
C. Graciela Cantorán Nájera
Presidenta de la Comisión
de Patrimonio y Hacienda Municipal
C. Juan Manuel Ayestarán Nava
Presidente de la Comisión
de Desarrollo Urbano, Obras y Servicios
Públicos de Calidad
C. María Auxilio Morales Heredia
Presidenta de la Comisión
de Desarrollo Humano, Social y Económico
C. Rodolfo Chávez Escudero
Presidente de la Comisión
de Ecología y Medio Ambiente Sustentable
C. Esperanza Sánchez Pérez
Presidente de la Comisión
de Industria y Comercio
C. Jesica Ramírez Rosas
Presidente de la Comisión
de Salud y Alimentación
C. Félix Castillo Sánchez
Presidente de la Comisión
de Educación, Juventud y Deporte
C. Haydee Muciño Delgado
Presidente de la Comisión
de Grupos Vulnerables y Equidad entre Géneros
C. Erich Amigón Velázquez
Presidente de la Comisión de Turismo, Cultura
y Tradiciones
C. Jorge Mario Blancarte Montaño
Presidente de la Comisión
de Agricultura y Ganadería
C. Jorge Gutiérrez Ramos
Síndico Municipal.
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