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Informe expediente modificación del contrato A/SER-001749/2017
“Mantenimiento de firmes en la Red de Carreteras de la Comunidad de
Madrid. Años 2018-2020. Lote 8”
ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Por orden de 19 de marzo de 2018
se adjudicó el contrato de servicios denominado “Mantenimiento de
firmes en la Red de Carreteras de la Comunidad de Madrid. Años
2018-2020. Lote 8” a la empresa Aceinsa Movilidad S.A. SEGUNDO.-
Con fecha 7 de mayo de 2018 se formalizó el contrato por un importe
de 4.598.000,00 € y un plazo de ejecución de 36 meses, iniciándose
su ejecución el 8 de mayo de 2018. TERCERO.- En fecha 14 de junio
de 2018 el órgano de contratación efectuó corrección de errores
materiales en el pliego de prescripciones técnicas particulares
relativa a los precios PR013, PR041, Pn013 y Pn041. CUARTO.- El 8
de noviembre de 2018 la Dirección General de Carreteras e
Infraestructuras propone la modificación no prevista nº 1 del
contrato con fundamento en el apartado c) del artículo 205.2 de la
Ley 39/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
QUINTO.- Mediante orden de fecha 19 de noviembre de 2018 se acuerda
el inicio y tramitación del expediente de modificación. SEXTO.- Se
notifica al contratista, con acuse de recibo de fecha 21 de
noviembre de 2018, la orden de inicio y la apertura del trámite de
audiencia por un plazo de 5 días hábiles. SÉPTIMO.- Con fecha 26 de
noviembre de 2018 el contratista ha manifestado su conformidad a la
modificación del contrato. OCTAVO.- En fecha 27 de diciembre de
2018 se dictó orden de suspensión de la tramitación del
procedimiento de modificación en virtud del artículo 22.1.d) de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas hasta la recepción del preceptivo
informe de Abogacía, notificándose al contratista. NOVENO.- En
fecha 27 de diciembre de 2018 la Abogacía General de la Comunidad
de Madrid emitío informe favorable a la propuesta de modificación
indicando asimismo la conveniencia de una mayor concreción y
especificidad en la justificación de la propuesta de modificado.
DÉCIMO.-En fecha 9 de enero de 2019 se dictó orden de levantamiento
de la suspensión de la tramitación del procedimiento de
modificación, una vez recibido el informe de la Abogacía
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General de la Comunidad de Madrid, en fecha 27 de diciembre de
2018, notificándose al contratista. DÉCIMO PRIMERO.- En fecha 22 de
enero de 2019 la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras
emite informe ampliando la justificación de la propuesta de
modificado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
A) Régimen Jurídico del contrato PRIMERO.- La cláusula 2 del
pliego de cláusulas administrativas particulares señala que “El
presente contrato tiene carácter administrativo. Las partes quedan
sometidas expresamente a lo establecido en este pliego y en su
correspondiente de prescripciones técnicas particulares. Par lo no
previsto en los pliegos, el contrato se regirá por la legislación
básica del Estado en materia de contratos públicos: Ley de
Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real
Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP), salvo
aquellas disposiciones que resulten contrarias al derecho
comunitario directamente aplicable (efecto directo de la Directiva
2014/24/UE, de 26 de febrero, sobre contratación pública y por la
que se deroga la Directiva 2004/18/CE, según la jurisprudencia del
Tribunal de Justicia de la Unión Europea). Y, en cuanto no se
oponga a lo establecido en el TRLCSP, rige el Real Decreto
817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la
Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por
el Reglamento General de la Ley de Contratos de las
Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de
12 de octubre (RGLCAP), por el Pliego de Cláusulas Administrativas
Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos,
aprobado por Orden de 8 de marzo de 1972, por las Leyes aprobadas
por las Asamblea de Madrid y por el Reglamento General de
Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por
Decreto 49/2003, de 3 de abril (RGCPCM) y sus normas
complementarias. Supletoriamente, se aplicarán las normas estatales
sobre contratos públicos que no tengan carácter básico, las
restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las de
derecho privado.”
B) Régimen jurídico de la modificación:
SEGUNDO.- La disposición transitoria primera, apartado 2º de la
Ley de Contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre, en
adelante LCSP, señala que “..los contratos administrativos
adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente
Ley se regirán, en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción,
incluida su modificación, duración y régimen de prórrogas, por la
normativa anterior..”,. Así estándose ante un contrato
administrativo adjudicado en virtud de orden de fecha 19 de marzo
de 2018 se entiende habrá
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de estarse a lo señalado en la LCSP, dado que dicha Ley entró en
vigor el 9 de marzo de 2018. SEGUNDO.- El artículo 203 de la LCSP
dispone que “los contratos administrativos sólo podrán ser
modificados por razones de interés público en los casos y en la
forma previstos en esta Subsección…” TERCERO.- El artículo 205.1 de
la LCSP señala que las modificaciones no previstas en el Pliego de
Cláusulas Administrativas Particulares sólo podrán realizarse
cuando la modificación en cuestión cumpla los siguientes
requisitos: a-Que encuentre su justificación en alguno de los
supuestos que se relacionan en el apartado segundo de este
artículo. b-Que se limite a introducir las variaciones
estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que
la haga necesaria. CUARTO.- El artículo 205.2 de la LCSP relaciona
los supuestos que eventualmente podrían justificar una modificación
no prevista, siempre y cuando cumplan todos los requisitos
recogidos en el apartado primero. El apartado c) del citado
artículo contempla el supuesto de las modificaciones que no sean
sustanciales, teniendo en este caso que justificarse especialmente
la necesidad de las mismas, indicando las razones por las que esas
prestaciones no se incluyeron en el contrato inicial. Añade este
apartado c) que “Una modificación de un contrato se considera
sustancial cuando tenga como resultado un contrato de naturaleza
materialmente diferente al celebrado en un principio. En cualquier
caso, una modificación se considerará sustancial cuando se cumpla
una o varias de las condiciones siguientes: 1º Que la modificación
introduzca condiciones que, de haber figurado en el procedimiento
de contratación inicial, habrían permitido la selección de
candidatos distintos de los seleccionados inicialmente o la
aceptación de una oferta distinta a al aceptada inicialmente o
habrían atraído a más participantes en el procedimiento de
contratación. En todo caso se considerará que se da el supuesto
previsto en el párrafo anterior cuando la obra o el servicio
resultantes del proyecto original o del pliego, respectivamente,
más la modificación que se pretenda, requieran de una clasificación
del contratista diferente a la que, en su caso, se exigió en el
procedimiento de licitación. 2º Que la modificación altere el
equilibrio económico del contrato en beneficio del contratista de
una manera que no estaba prevista en el contrato inicial. En todo
caso se considerará que se da el supuesto previsto en el párrafo
anterior cuando, como consecuencia de la modificación que se
pretenda realizar, se introducirían unidades de obra nuevas cuyo
importe representaría más del 50% del presupuesto inicial del
contrato. 3º Que la modificación amplíe de forma importante el
ámbito del contrato. En todo caso se considerará que se da el
supuesto previsto en el párrafo anterior cuando:
(i) El valor de la modificación suponga una alteración en la
cuantía del contrato que exceda, aislada o conjuntamente, del 15
por ciento del precio inicial del mismo, IVA excluido, si se trata
del contrato de obras o de un 10 por ciento, IVA excluido, cuando
se refiera a los
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demás contratos, o bien que supere el umbral que en función del
tipo de contrato resulte de aplicación de entre los señalados en el
artículo 20 a 23.
(ii) Las obras, servicios, o suministros objeto de modificación
se hallen dentro del ámbito de otro contrato, actual o futuro,
siempre que se haya iniciado la tramitación del expediente de
contratación.”
QUINTO.-El artículo 206 de la LCSP, establece que “En los
supuestos de modificación del contrato recogidas en el artículo
205, las modificaciones acordadas por el órgano de contratación
serán obligatorias para los contratistas cuando impliquen, aislada
o conjuntamente, una alteración en su cuantía que non exceda del 20
por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido.”
C) Justificación y objeto de la modificación:
1º-Interés público que justifica la modificación, artículo 203
de la LCSP en relación con la causa objetiva que hace necesaria la
modificación del contrato, 205 1 b): La propuesta de la Dirección
General de Carreteras e Infraestructuras de 8 de noviembre de 2018,
ampliada por el informe de fecha 22 de enero de 2019 manifiesta al
respecto, lo siguiente: “El interés público de la modificación
propuesta consiste en posibilitar la ejecución del contrato
licitado y adjudicado, dado que, al revisar las programaciones
propuestas por los contratistas de diversos lotes de este contrato,
se detectó la falta de 26 precios (en su doble consideración de
diurnos y nocturnos) que resultan necesarios para el adecuado
desarrollo de los trabajos objeto del contrato. Resulta
imprescindible para la correcta ejecución de los trabajos, de
acuerdo con los requerimientos técnicos propios de una buena praxis
profesional, la incorporación de los precios objeto del presente
modificado al contrato, ya que resultan necesarios para atender
adecuadamente a determinados defectos estructurales y superficiales
del firme, al objeto de garantizar la seguridad en la circulación
de vehículos en las carreteras competencia de la Comunidad de
Madrid. Por ello, resulta imprescindible su incorporación al
contrato para que éste pueda ejecutarse y satisfacer las
necesidades que dieron lugar a su licitación, posibilitando así el
adecuado cumplimiento del objeto del contrato. Conviene recordar
algunas de las peculiaridades del presente contrato, que se
configura como un contrato de servicios con cuadro de precios, con
una concepción global de mantenimiento de los firmes, para permitir
realizar el mantenimiento apropiado de acuerdo a la normativa
vigente en el momento real de la reparación, mediante una
programación anual de las actuaciones en función de las necesidades
priorizadas y que viene a sustituir a los contratos de
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obra individualizados para cada necesidad, previa redacción de
los correspondientes proyectos individuales de construcción, para
cada actuación de mejora del firme, y posterior licitación para la
ejecución de cada uno de ellos como contrato de obra. El contrato
contempla un amplio abanico de operaciones, como son: - Reparación
de blandones en firmes flexibles. - Reconstrucción localizadade
pavimento. - Reparación, reconstrucción y mejora de arcenes. -
Regeneración de capacidad drenante tanto superficial como profunda
de los pavimentos. - Fresado de firmes flexibles y acopio de los
materiales fresados. - Tratamiento para la recuperación de la
regularización superficial (fresado/microfresado superficial,
cepillado, granallado). - Sellado de fisuras y grietas. -
Tratamientos superficiales. - Refuerzos de firmes con mezclas
bituminosas tipo convencionales o recicladas, en caliente,
semicalientes o templadas. - Recalce de losas de base o subbases
constituidas por capas tratadas con cemento. - Renovación del
relleno de sellado de juntas en firmes rígidos. - Reparación de
desconchados en firmes rígidos. - Tratamientos localizados con
resinas en firmes rígidos. - Reparación de fisurasen firmes rígidos
(fresado longitudinal, demolición parcial). - Recalce de losas de
hormigón. - Renovación de losas defectuosas. - Reparaciones de
pasadores de continuidad y otros elementos de los pavimentos
rígidos. - Extendido y compactación de microaglomerado en frío, en
tratamiento bicapa o monocapa. - Extendido y compactación de
aglomerado en regularización de superficie. - Extendido y
compactación de mezclas bituminosas discontinuas. - El levantado y
recolocación de las defensas dispuestas en las calzadas a
conservar, cuando sea necesario. - La ejecución de la reposición de
las marcas viales de la calzada en los tramos tratados. -
Recrecidos de sumideros, pozos y arquetas. - Afecciones a otros
elementos de drenaje y auxiliares de la vía. - Reposición de juntas
de dilatación de estructuras. - Reposición de canalizaciones
afectadas. - Reposición de elementos de espiras de aforadores de
tráfico. - La preparación de las fórmulas de trabajo de los
diferentes materiales, los acopios (ya sean provisionales o
definitivos), los transportes, los tratamientos de vertidos en
centros autorizados, la seguridad y salud del personal, los medios
necesarios para la disposición y retirada de los desvíos
provisionales y regulación del tráfico que sean necesario.
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Los precios cuya omisión se ha detectado se estima que
resultarán imprescindibles para acometer algunas de las operaciones
que conforman el objeto del contrato, y que tienen una clara
repercusión en la seguridad vial de las carreteras, por lo que, si
no se incorporasen al contrato éste no podría ejecutarse
correctamente y satisfacer las necesidades que dieron lugar a su
licitación.” 2º-Supuesto que fundamenta la modificación, artículo
205.1 de la LCSP: La citada propuesta manifiesta que el supuesto
que concurre para la tramitación del modificado no previsto del
contrato, es la modificación no sustancial señalada en apartado c)
del artículo 205.2 de la LCSP. 3º-Objeto de la modificación: El
objeto de la modificación según la propuesta de la Dirección
General de Carreteras e Infraestructuras es introducir 52 nuevos
precios en el Pliego de Prescripciones Técnicas, que se desglosan
en 26 precios para horario diurno y 26 precios para horario
nocturno. La citada propuesta señala que para establecer los
precios nuevos, a incluir en el cuadro de precios del contrato se
ha recurrido, fundamentalmente, a los precios unitarios recogidos
en el cuadro de precios de los Proyectos de Urbanización y de
Edificación del Ayuntamiento de Madrid, que se encuentra en la
Resolución de 7 de julio de 2016 de la Secretaría General Técnica
del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible por la que se
hace público el decreto de 1 de julio de 2016 del delegado del Área
de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible pro el que se aprueba
el cuadro de precios 2016 aplicable a los presupuestos de los
proyectos de urbanización del Ayuntamiento de Madrid. Asimismo la
referida propuesta indica que para aquellos precios nuevos que no
se encuentran en el mencionado cuadro de precios del Ayuntamiento
de Madrid se ha recurrido a las siguientes fuentes: cuadro de
precios del Gestor de Infraestructuras Andaluzas, S.A. (GIASA) para
el precio PN001, al expediente de la Comunidad de Madrid
06-EG-33.1/2014 para los precios PN022 y PN026 y al expediente de
la Comunidad de Madrid 06-A-OBR-006973 para el precio PN023. La
relación de precios nuevos a incorporar en el cuadro de precios del
pliego de prescripciones técnicas particulares de acuerdo con la
propuesta de la Dirección General de Carreteras e Infraestructuras
sería la siguiente:
1.-PRECIOS NUEVOS A INCORPORAR EN HORARIO DIURNO
HORARIO DIURNO
Descripción Ud Precio
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PN001 Filler de aportación compuesto por carbonato cálcico T
65,41 Filler de aportación compuesto por carbonato cálcico PN002
LIMPIEZA Y BARRIDO DEL FIRME m2 0,77
Limpieza y barrido de firme para la extensión de mezclas
bituminosas en fresados y reposición de firmes.
PN003 PAVIMENTO LOSAS HORMIGÓN m3 91,68
Pavimento de losas de hormigón en masa tipo HP-35 (fct,k=35
kp/cm2), con cemento CEM-II , con árido procedente de cantera, de
tamaño máximo 40 mm y adición de superplastificante, ejecutado a
mano con encofrados fijos, incluso p.p. de encofrado, vibrado,
acabado con textura superficial ranurada mediante cepillado o
arrastre de arpillera y pulverización de producto filmógeno de
curado sobre su superficie terminada, sin incluir juntas.
PN004 EJECUCIÓN JUNTA CONTRACCIÓN m 1,95
Ejecución de junta de contracción de pavimento de losas de
hormigón en masa tipo HP-35 , mediante serrado mecánico del
hormigón endurecido, incluso limpieza y sellado de junta con
masilla bituminosa de aplicación en caliente o en frio.
PN005 MALLA ELECTROSOL. Ø6mm Ó Ø7mm kg 1,03
Suministro y colocación de malla electrosoldada con alambre
corrugado de acero EHE-B 500 T y ø 6 mm ó ø 7mm, según peso
teórico.
PN006 MARCA DISC.10cm SPRAY-PLASTIC m 1,15 Marca vial
longitudinal discontínua de 10 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN007 MARCA CONT.10cm SPRAY-PLASTIC m 1,13 Marca vial
longitudinal continua de 10 cm de ancho, realmente pintada
con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de larga
duración, incluso premarcaje.
PN008 MARCA DISC.15cm SPRAY-PLASTIC m 1,51 Marca vial
longitudinal discontínua de 15 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN009 MARCA CONT.15cm SPRAY-PLASTIC m 1,48
Marca vial longitudinal continua de 15 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN010 MARCA DISC.20cm SPRAY-PLASTIC m 1,91
Marca vial longitudinal discontínua de 20 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN011 MARCA CONT.20cm SPRAY-PLASTIC m 1,88
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PN016 SÍMBOLOS TERMOPLÁSTICO FRÍO m2 20,24
Estarcido en símbolos, flechas, palabras, pasos de peatones,
pasos de cebra, marcas transversales de detención, etc., realmente
pintado con termoplástico en frío de dos componentes y de larga
duración, incluso premarcaje.
PN017 CEBREADO PINTURA CONVENCIONAL m2 8,33
Estarcido en pavimento diferenciado (cebreado de isletas),
realmente pintado con pintura convencional, incluso premarcaje.
PN018 SÍMBOLOS PINTURA CONVENCIONAL m2 10,70
Estarcido en símbolos, flechas, palabras, pasos de peatones,
pasos de cebra, marcas transversales de detención, etc., realmente
pintado con pintura convencional, incluso premarcaje.
PN019 TRATAMIENTO SUPERF. MONOCAPA m2 1,81
Suministro y puesta en obra de simple tratamiento superficial.
(Tratamiento monocapa).
PN020 TRATAMIENTO SUPERF. BICAPA m2 3,13
Suministro y puesta en obra de doble tratamiento
superficial.
Marca vial longitudinal continua de 20 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN012 MARCA DISC.30cm SPRAY-PLASTIC m 2,64
Marca vial longitudinal discontínua de 30 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN013 MARCA CONT.30cm SPRAY-PLASTIC m 2,60
Marca vial longitudinal continua de 30 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN014 MARCA CONT.40cm SPRAY-PLASTIC m 3,28
Marca vial longitudinal continua de 40 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN015 CEBREADO TERMOPLÁSTICO FRÍO m2 16,38
Estarcido en pavimento diferenciado (cebreado de isletas),
realmente pintado con termoplástico en frío de dos componentes y de
larga duración, incluso premarcaje.
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(Tratamiento bicapa).
PN021 ELIMINACIÓN DE MARCAS VIALES MEDIANTE FRESADO MECÁNICO m2
1,74
PN022 REPOSICION BANDA SONORA (Banda transversal de alerta) m2
66,07
Reposición de bandas sonoras de 25 a 50 cm de anchura y espesor
entre 1 y 2 cm con ligante epoxi y árido silíceo
PN023 GEOTEXTIL (GTX)O GEOMALLA (GGR) ANTIRREMONTE DE FISURAS
(TIPO R)
m2 7,08
Geotextil (GTX) o geomalla (GGR) antirremonte de fisuras (tipo
R) no tejido y termofijable, compuesto a base de fibra de vidrio,
poliéster, polipropileno o una mezcla de estos, con gramaje
superior a 260 g/m2, resistencia mínima a tracción de 19,60 kN/m,
deformación a la rotura 60-65%, la resistencia a la perforación no
será inferior a 3,31 KN (DIN 54307). Extendido y colocado.
PN024 MASA HM-20/P/40 CEM II, SOLERAS m3 85,67
Suministro y puesta en obra de hormigón en masa, vibrado, en
soleras pozos y/o zanjas de cimentación, colocado a cualquier
profundidad, con HM-20/P/40 (CEM-II) con árido procedente de
cantera de tamaño máximo 40 mm y consistencia plástica.
PN025 ARMAR HA-25/P/20 CEM II, SOLERAS m3 89,09
Suministro y puesta en obra de hormigón para armar, vibrado, en
soleras, pozos, zanjas y/o zapatas de cimentación, colocado a
cualquier profundidad, con HA-25/P/20 (CEM-II), con árido
procedente de cantera de tamaño máximo 20 mm y consistencia
plástica.
PN026 MASA HM-30/P/40 CEM II, SOLERAS m3 87,08
Suministro y puesta en obra de hormigón en masa, vibrado, en
soleras pozos y/o zanjas de cimentación, colocado a cualquier
profundidad, con HM-30/P/40 (CEM-II) con árido procedente de
cantera de tamaño máximo 40 mm y consistencia plástica.
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2.-PRECIOS NUEVOS A INCORPORAR EN HORARIO NOCTURNO
HORARIO NOCTURNO
Descripción Ud Precio
PNn001 Filler de aportación compuesto por carbonato cálcico, en
horario nocturno
T 65,41
Filler de aportación compuesto por carbonato cálcico, en horario
nocturno
PNn002 LIMPIEZA Y BARRIDO DEL FIRME m2 0,90
Limpieza y barrido de firme para la extensión de mezclas
bituminosas en fresados y reposición de firmes.
PNn003 PAVIMENTO LOSAS HORMIGÓN m3 101,74
Pavimento de losas de hormigón en masa tipo HP-35 (fct,k=35
kp/cm2), con cemento CEM-II , con árido procedente de cantera, de
tamaño máximo 40 mm y adición de superplastificante, ejecutado a
mano con encofrados fijos, incluso p.p. de encofrado, vibrado,
acabado con textura superficial ranurada mediante cepillado o
arrastre de arpillera y pulverización de producto filmógeno de
curado sobre su superficie terminada, sin incluir juntas.
PNn004 EJECUCIÓN JUNTA CONTRACCIÓN m 2,16
Ejecución de junta de contracción de pavimento de losas de
hormigón en masa tipo HP-35 , mediante serrado mecánico del
hormigón endurecido, incluso limpieza y sellado de junta con
masilla bituminosa de aplicación en caliente o en frio.
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PNn005 MALLA ELECTROSOL. Ø6mm Ó Ø7mm kg 1,14
Suministro y colocación de malla electrosoldada con alambre
corrugado de acero EHE-B 500 T y ø 6 mm ó ø 7mm, según peso
teórico.
PNn006 MARCA DISC.10cm SPRAY-PLASTIC m 1,26
Marca vial longitudinal discontínua de 10 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn007 MARCA CONT.10cm SPRAY-PLASTIC m 1,23
Marca vial longitudinal continua de 10 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn008 MARCA DISC.15cm SPRAY-PLASTIC m 1,65
Marca vial longitudinal discontínua de 15 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn009 MARCA CONT.15cm SPRAY-PLASTIC m 1,62
Marca vial longitudinal continua de 15 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn010 MARCA DISC.20cm SPRAY-PLASTIC m 2,09
Marca vial longitudinal discontínua de 20 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn011 MARCA CONT.20cm SPRAY-PLASTIC m 2,05
Marca vial longitudinal continua de 20 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn012 MARCA DISC.30cm SPRAY-PLASTIC m 2,88
Marca vial longitudinal discontínua de 30 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga
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duración, incluso premarcaje.
PNn013 MARCA CONT.30cm SPRAY-PLASTIC m 2,84
Marca vial longitudinal continua de 30 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn014 MARCA CONT.40cm SPRAY-PLASTIC m 3,58
Marca vial longitudinal continua de 40 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn015 CEBREADO TERMOPLÁSTICO FRÍO m2 17,90
Estarcido en pavimento diferenciado (cebreado de isletas),
realmente pintado con termoplástico en frío de dos componentes y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn016 SÍMBOLOS TERMOPLÁSTICO FRÍO m2 22,11
Estarcido en símbolos, flechas, palabras, pasos de peatones,
pasos de cebra, marcas transversales de detención, etc., realmente
pintado con termoplástico en frío de dos componentes y de larga
duración, incluso premarcaje.
PNn017 CEBREADO PINTURA CONVENCIONAL m2 9,10
Estarcido en pavimento diferenciado (cebreado de isletas),
realmente pintado con pintura convencional, incluso premarcaje.
PNn018 SÍMBOLOS PINTURA CONVENCIONAL m2 11,69
Estarcido en símbolos, flechas, palabras, pasos de peatones,
pasos de cebra, marcas transversales de detención, etc., realmente
pintado con pintura convencional, incluso premarcaje.
PNn019 TRATAMIENTO SUPERF. MONOCAPA m2 1,85
Suministro y puesta en obra de simple tratamiento superficial.
(Tratamiento monocapa).
PNn020 TRATAMIENTO SUPERF. BICAPA m2 3,20
Suministro y puesta en obra de doble tratamiento
superficial.
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(Tratamiento bicapa).
PNn021 ELIMINACIÓN DE MARCAS VIALES MEDIANTE FRESADO MECÁNICO m2
1,90
PNn022 REPOSICION BANDA SONORA (Banda transversal de alerta) m2
72,18
Reposición de bandas sonoras de 25 a 50 cm de anchura y espesor
entre 1 y 2 cm con ligante epoxi y árido silíceo
PNn023 Geotextil (GTX)o geomalla (GGR) antirremonte de fisuras
(tipo R) m2 7,24
Geotextil (GTX) o geomalla (GGR) antirremonte de fisuras (tipo
R) no tejido y termofijable, compuesto a base de fibra de vidrio,
poliéster, polipropileno o una mezcla de estos, con gramaje
superior a 260 g/m2, resistencia mínima a tracción de 19,60 kN/m,
deformación a la rotura 60-65%, la resistencia a la perforación no
será inferior a 3,31 KN (DIN 54307). Extendido y colocado.
PNn024 MASA HM-20/P/40 CEM II, SOLERAS m3 95,07
Suministro y puesta en obra de hormigón en masa, vibrado, en
soleras pozos y/o zanjas de cimentación, colocado a cualquier
profundidad, con HM-20/P/40 (CEM-II) con árido procedente de
cantera de tamaño máximo 40 mm y consistencia plástica.
PNn025 ARMAR HA-25/P/20 CEM II, SOLERAS m3 98,86
Suministro y puesta en obra de hormigón para armar, vibrado, en
soleras, pozos, zanjas y/o zapatas de cimentación, colocado a
cualquier profundidad, con HA-25/P/20 (CEM-II), con árido
procedente de cantera de tamaño máximo 20 mm y consistencia
plástica.
PNn026 MASA HM-30/P/40 CEM II, SOLERAS m3 96,63
Suministro y puesta en obra de hormigón en masa, vibrado, en
soleras pozos y/o zanjas de cimentación, colocado a cualquier
profundidad, con HM-30/P/40 (CEM-II) con árido procedente de
cantera de tamaño máximo 40 mm y consistencia plástica.
Asimismo indica la Dirección General de Carreteras e
Infraestructuras que la incorporación de los precios nuevos al
cuadro de precios no supone un incremento del presupuesto del
contrato, ya que se trata de un contrato de servicios en el que no
existen mediciones incluidas, puesto que la baja se aplica al
cuadro de precios y el contrato ha sido adjudicado por el precio de
licitación.
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14
4º-Concurrencia de los requisitos para la modificación, artículo
205.2.c): La propuesta de la Dirección General de Carreteras e
Infraestructuras de fecha 8 de noviembre de 2018 indica que de
conformidad con el artículo 205.1 de la LCSP la modificación
contiene únicamente las variaciones estrictamente indispensables
para responder a la causa objetiva que la hace necesaria. La LCSP
dispone en su artículo 205 2 c) que “una modificación de un
contrato se considerará sustancial cuando tenga como resultado un
contrato de naturaleza materialmente diferente al celebrado en un
principio.” Es evidente que la introducción de los nuevos precios
no cambia materialmente la naturaleza del presente contrato. En la
presente modificación no se requiere una clasificación del
contratista diferente a la que, en su caso, se exigió en el
procedimiento de licitación original. La propuesta de la Dirección
General de Carreteras e Infraestructuras de fecha 8 de noviembre de
2018 ampliada por el informe de fecha 22 de enero de la 2019 de la
misma Dirección General, en relación a las razones concretas por
las que los precios a que se refiere la modificación no fueron
inicialmente contemplados en el cuadro de precios, señala lo
siguiente: “En el anejo 2 del Pliego de Prescripciones Técnicas
Particulares del Contrato de Servicios Mantenimiento de Firmes en
la Red de Carreteras de la Comunidad de Madrid. Años 2018- 2020
(Expediente A-SER-001749/2017) se recoge el presupuesto y el cuadro
de precios. Dicho cuadro de precios contiene 386 precios. Se ha
detectado la falta de diversos precios (un total de 52 precios
nuevos, que se desglosan en 26 precios para horario diurno y 26
precios para horario nocturno) que, por error, no se incluyeron en
el cuadro de precios inicial. Las omisiones involuntarias padecidas
en la redacción del cuadro de precios se explican por el amplio
abanico de operaciones objeto del contrato, con el consiguiente
elevado número de precios del mismo; por la amplia variedad de
materiales similares pero con peculiaridades diversas, que hacen
más adecuado el empleo de un material u otro para distintas
operaciones; por los distintos estados de conservación en cada uno
de los tramos de la red de carreteras de la Comunidad de Madrid y
por los diversos materiales empleados en su día en la construcción
y conservación de dichos tramos. A modo de ejemplo, el cuadro de
precios del PPTP recoge los precios PR101 y Pn101 relativo a marcas
viales en símbolos y cebrados; no obstante es necesario incluir los
precios nuevos con TERMOPLÁSTICO EN FRÍO o CONVECIONAL ya que hay
carreteras que es necesario emplear para la pintura del cebrado y
la simbología pintura tipo TERMOPLÁSTICO EN FRÍO o pintura
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15
CONVENCIONAL, en vez de la termoplástica en caliente que es la
recogida en el PPTP, y que por omisión no se incluyeron.”
Manifiesta asimismo la citada propuesta ampliada en fecha 22 de
enero de 2019 que las modificaciones no son sustanciales dado
que:
“1-El modificado no introduce condiciones que, de haber figurado
en el procedimiento de contratación inicial, habrían permitido la
selección de candidatos distintos de los seleccionados inicialmente
o la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente,
o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de
contratación.
Efectivamente, la introducción de nuevos precios supone una
mejora técnica al contrato corrigiendo las omisiones detectadas que
impiden la correcta ejecución del mismo para determinadas
operaciones, y que no va tener una repercusión económica
significativa, ni positiva ni negativa, para la ejecución del
contrato. En definitiva, se trata de emplear los materiales más
idóneos para cada actuación y de ejecutar todas las operaciones
precisas en función del estado de conservación de cada tramo, en
función de los requerimientos técnicos propios de una buena praxis
profesional.
Por ello, se concluye que la modificación propuesta no introduce
condiciones que, de haber figurado en el procedimiento de
contratación inicial, habrían permitido la selección de candidatos
distintos de los seleccionados inicialmente, ni la aceptación de
una oferta distinta a la aceptada inicialmente, y tampoco habría
atraído a más participantes en el procedimiento de
contratación.
2-La modificación no altera el equilibrio económico del contrato
en beneficio del contratista.
La incorporación de los precios nuevos al cuadro de precios no
supone un incremento del presupuesto del contrato, ya que se trata
de un contrato de servicios en el que no existen mediciones
incluidas, puesto que la baja se aplica al cuadro de precios y el
contrato ha sido adjudicado por el precio de licitación.
Por otra parte, como ya se ha señalado, la introducción de
nuevos precios supone una mejora técnica al contrato corrigiendo
las omisiones detectadas que impiden la correcta ejecución del
mismo para determinadas operaciones, y que no va tener una
repercusión económica significativa, ni positiva ni negativa, para
la ejecución del contrato.
3-La modificación no amplía el ámbito del contrato.
La modificación no añade ninguna nueva prestación al contrato,
ni aumenta el número de las operaciones previstas en el mismo por
lo que no se amplía el ámbito del contrato.”
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La propuesta justifica la necesidad de introducir los nuevos
precios manifestando lo siguiente:
“-Filler de aportación compuesto por carbonato cálcico (PN001 y
PNn001) Estas unidades son necesarias para poder ejecutar cualquier
unidad de los capítulos REFUERZOS.RODADURA, REFUERZOS. INTERMEDIA Y
BASE, REPOSICIONES. RODADURA, REPOSICIONES INTERMEDIA Y BASE,
RECICLADO EN REFUERZOS. INTERMEDIA Y BASE, RECICLADO EN
REPOSICIONES, INTERMEDIA Y BASE, MEZCLAS SMA, REFUERZOS.
INTERMEDIAS Y BASE SEMICALIENTES, RECICLADOS EN REFUERZO.
INTERMEDIA Y BASE SEMICALIENTES, RECICLADOS EN REPOSICIONES.
INTERMEDIA Y BASE SEMICALIENTES, MEZCLASE SMA SEMICALIENTES,
REFUERZOS, INTERMEDIA Y BASE SEMICALIENTES, REPOSICIONES.
INTERMEDIA Y BASE TEMPLADAS. RECICLADO EN REFUERZOS. INTERMEDIA Y
BASE TEMPLADAS, RECICLADO EN REPOSICIONES. INTERMEDIA Y BASE
TEMPLADAS y MEZCLAS SMA TEMPLADAS tanto en horario diurno como
nocturno, ya que para la producción de estas unidades es necesaria
la incorporación de un filler de aportación compuesto por carbonato
cálcico, tal y como se establece en el Pliego de Prescripciones
Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes, PG-3,
artículos 542 y 543. Se define en su artículo 542.1 como mezcla
bituminosa tipo hormigón bituminoso: la combinación de un betún
asfáltico, áridos con granulometría continua, polvo mineral y,
eventualmente, aditivos, de manera que todas las partículas del
árido queden recubiertas por una película homogénea de ligante,
cuyo proceso de fabricación y puesta en obra deben realizarse a una
temperatura muy superior a la del ambiente. Dentro del Artículo
542.2.3.4 Polvo mineral y específicamente en el artículo
542.2.3.4.1 se define como polvo mineral: el árido cuya mayor parte
pasa por el tamiz 0,063 mm (norma UNE-EN 933-2) y en el artículo
542.2.3.4.2 Procedencia el polvo mineral podrá ser un producto
comercial o especialmente preparado, en cuyo caso se denomina de
aportación. Dentro del PG-3 el Artículo 543 MEZCLAS BITUMINOSAS
PARA CAPAS DE RODADURA. MEZCLAS DRENANTES Y DISCONTINUAS Se define
en su artículo 543.1 como mezclas bituminosas para capa de rodadura
aquellas resultantes de la combinación de un betún asfáltico,
áridos —en granulometría continua con bajas proporciones de árido
fino o con discontinuidad granulométrica en algunos tamices—, polvo
mineral y, eventualmente, aditivos, de manera que todas las
partículas del árido queden recubiertas por una película homogénea
de ligante, cuyo proceso de fabricación y puesta en obra debe
realizarse a una temperatura muy superior a la del ambiente. Dentro
del Artículo 543.2.3.4 Polvo mineral y específicamente en el
artículo 543.2.3.4.1 se
define como polvo mineral el árido cuya mayor parte pasa por el
tamiz 0,063 mm (norma UNE-
EN 933-2) y en el artículo 543.2.3.4.2 Procedencia el polvo
mineral podrá ser un producto
comercial o especialmente preparado, en cuyo caso se denomina de
aportación. Según se
establece el artículo 5 del PPTP del Contrato de Servicios
Mantenimiento de Firmes en la Red
de Carreteras de la Comunidad de Madrid. Años 2018-2020. Lote 8
(Expediente A-SER-
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001749/2017) el Adjudicatario deberá presentar un análisis de
soluciones y selección del tipo
más adecuado, la sección estructural de firme adoptada; así como
las características de los
materiales, unidades de obra y forma de ejecución, y control de
calidad de las mismas.
En este sentido, para el Lote 8, se han estudiado, a la fecha
actual, las siguientes actuaciones:
o Actuación F8_18_01 Carretera M-521. Tramo del pk 20+000 al pk
23+200
o Actuación F8_18_04 Carretera M-535. Tramo del pk 0+000 al pk
10+800
En estas actuaciones se han empleado los siguientes tipos de
mezclas:
Mezcla: AC-16 SURF 50/70 S
Para cada una de ellas la empresa adjudicataria remite la
fórmula de trabajo. En ellas se
especifica el tipo de filler de aportación de la mezcla y se
aporta la ficha de especificaciones
técnicas del mismo, donde queda acreditada la composición
química del producto, así como el
cumplimiento del marcado CE del producto suministrado.
En ambas mezclas se especifica como filler de aportación
TRIMICEX 400 (carbonato de calcio
natural micronizado).
Por parte de esta Dirección General, y en cumplimiento del
Pliego de Prescripciones Técnicas
Generales para Obras de Carreteras y Puentes, PG-3, se considera
imprescindible que la citada
formula de trabajo incluya este tipo de filler.
-Limpieza y barrido del firme (PN002 y PNn002)
Estas unidades son necesarias ya que es técnicamente necesaria
la realización de la limpieza y barrido del firme en cualquier
operación previa a la aplicación del riego de adherencia, es decir,
con carácter previo a aquellas unidades de los capítulos
REFUERZOS.RODADURA, REFUERZOS. INTERMEDIA Y BASE, REPOSICIONES.
RODADURA, REPOSICIONES INTERMEDIA Y BASE, RECICLADO EN REFUERZOS.
INTERMEDIA Y BASE, RECICLADO EN REPOSICIONES, INTERMEDIA Y BASE,
MEZCLAS SMA, REFUERZOS. INTERMEDIAS Y BASE SEMICALIENTES,
RECICLADOS EN REFUERZO. INTERMEDIA Y BASE SEMICALIENTES, RECICLADOS
EN REPOSICIONES. INTERMEDIA Y BASE SEMICALIENTES, MEZCLASE SMA
SEMICALIENTES, REFUERZOS, INTERMEDIA Y BASE SEMICALIENTES,
REPOSICIONES. INTERMEDIA Y BASE TEMPLADAS. RECICLADO EN REFUERZOS.
INTERMEDIA Y BASE TEMPLADAS, RECICLADO EN REPOSICIONES. INTERMEDIA
Y BASE TEMPLADAS y MEZCLAS SMA TEMPLADAS tanto en horario diurno
como nocturno, así como a las operaciones de microaglomerado
(PR032, PR034, PR038, Pn032, Pn034 y PN038), tal y como se
establece en el Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para
Obras de Carreteras y Puentes, PG-3, artículos 531.5. Se define en
su Artículo 531.1 DEFINICIÓN como riego de adherencia la aplicación
de una emulsión bituminosa sobre una capa tratada con ligantes
hidrocarbonados o conglomerantes hidráulicos, previa a la
colocación sobre ésta de una capa bituminosa. En su Artículo
531.5
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EJECUCIÓN DE LAS OBRAS dentro del Artículo 530.5.1 Preparación
de la superficie existente, Inmediatamente antes de proceder a la
aplicación de la emulsión bituminosa, la superficie a tratar se
limpiará de materiales sueltos o perjudiciales. Para ello se
utilizarán barredoras mecánicas o máquinas de aire a presión, u
otro método aprobado por el Director de las Obras, para eliminar el
árido de cobertura (riegos de curado o de imprimación), en su caso,
y posible suciedad o materiales sueltos o débilmente adheridos. Si
la superficie fuera un pavimento bituminoso en servicio, se
eliminarán, mediante fresado, los excesos de ligante que hubiese, y
se repararán los deterioros que pudieran impedir una correcta
adherencia.
-Precios nuevos relativos a la ejecución de travesías con
pavimento de hormigón (PN003, PN004, PN005 y PNn003, PNn004,
PNn005)
La inmensa mayoría de las carreteras y travesías de las que es
titular la Comunidad de Madrid son carreteras de mezclas
bituminosas; no obstante existen algunas travesías dispersas por el
territorio autonómico cuyo pavimento es de hormigón. Es necesario,
para la rehabilitación de las travesías de pavimento de hormigón la
inclusión de estos precios, ya que se omitieron en el cuadro de
precios original, para poder realizar la rehabilitación estructural
de este tipo de firme. En el objeto del contrato están incluidas
todas las travesías, por lo que se precisa este precio para poder
actuar en las travesías que actualmente tienen el pavimento de
hormigón.
-Precios nuevos relativos a marcas viales en SPRAY-PLASTIC
(PN006, PN007, PN008, PN009, PN010, PN011, PN012, PN013, PN014 y
PNn006, PNn007, PNn008, PNn009, PNn010, PNn011, PNn012, PNn013,
PNn014)
El cuadro de precios del PPTP recoge varios precios de marcas
viales, en concreto los precios PR096, PR097, PR098, PR099, PR100 y
Pn096, Pn097, Pn098, Pn099, Pn100; no obstante es necesario incluir
los precios nuevos mencionados en SPRAY-PASTIC ya que hay
carreteras que es necesario emplear pintura tipo SPRAY-PLASTIC en
vez de la acrílica que es la recogida en el PPTP, y que por omisión
no se incluyeron, tal y como se establece en el artículo 700.3.4.
Criterios de selección de marcas viales del Pliego de
Prescripciones Técnicas Generales para Obras de Carreteras y
Puentes, se señala que la selección del material más idóneo para
cada aplicación se llevará a cabo determinando la clase de
durabilidad, en función del factor de desgaste, y la naturaleza del
material de base en función de su compatibilidad con el
soporte.
… definirá los materiales más idóneos para la aplicación del
sistema de señalización vial horizontal en cada uno de los tramos
en los que pueda diferenciarse la obra. En su Artículo 700.3.4.1
SELECCIÓN DE LA CLASE DE DURABILIDAD y en el Artículo 700.3.4.2
SELECCIÓN DE LA NATURALEZ DEL MATERIAL BASE, se especifican como se
seleccionará el tipo de pintura a emplear, estableciéndolo en las
tablas que la selección de la clase de durabilidad se realizará en
función del factor de desgaste:
TABLA 700.7 VALORES INDIVIDUALES DE CADA CARACTERÍSTICA DE LA
CARRETERA A UTILIZAR EN EL CÁLCULO DEL FACTOR DE DESGASTE
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TABLA 700.9 COMPATIBILIDAD ENTRE PRODUCTOS DE SEÑALIZACIÓN
HORIZONTAL CON LA MARCA VIAL EXISTENTE
TABLA 700.10 CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE LA NATURALEZA DEL
MATERIAL Y LA FORMA DE APLICACIÓN SEGÚN LAS CARACTERÍSTICAS Y TIPO
DE PAVIMENTO
-Precios nuevos relativos a celebrados y símbolos (PN015, PN016,
PN017, PN018 y PNn015, PNn016, PNn017, PNn018) El cuadro de precios
del PPTP recoge los precios PR101 y Pn101 relativo a marcas viales
en símbolos y cebrados; no obstante es necesario incluir los
precios nuevos mencionados con TERMOPLÁSTICO EN FRÍO o CONVECIONAL
ya que hay carreteras que es necesario emplear para la pintura del
cebrado y la simbología pintura tipo TERMOPLÁSTICO EN FRÍO o
pintura CONVENCIONAL, en vez de la termoplástica en caliente que es
la recogida en el PPTP, y que por omisión no se incluyeron, tal y
como se establece en el artículo 700.3.4. Criterios de selección de
marcas viales del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para
Obras de Carreteras y Puentes, se señala que la selección del
material más idóneo para cada aplicación se llevará a cabo
determinando la clase de durabilidad, en función del factor de
desgaste, y la naturaleza del material de base en función de su
compatibilidad con el soporte. … definirá los materiales más
idóneos para la aplicación del sistema de señalización vial
horizontal en cada uno de los tramos en los que pueda diferenciarse
la obra. En su artículo 700.3.4.1 SELECCIÓN DE LA CLASE DE
DURABILIDAD y en el Artículo 700.3.4.2 SELECCIÓN DE LA NATURALEZ
DEL MATERIAL BASE, se especifican como se seleccionará el tipo de
pintura a emplear, estableciéndolo en las tablas que la selección
de la clase de durabilidad se realizará en función del factor de
desgaste:
- TABLA 700.7 VALORES INDIVIDUALES DE CADA CARACTERÍSTICA DE LA
CARRETERA A UTILIZAR EN EL CÁLCULO DEL FACTOR DE DESGASTE
- TABLA 700.9 COMPATIBILIDAD ENTRE PRODUCTOS DE SEÑALIZACIÓN
HORIZONTAL CON LA MARCA VIAL EXISTENTE
- TABLA 700.10 CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE LA NATURALEZA DEL
MATERIAL Y LA FORMA DE APLICACIÓN SEGÚN LAS CARACTERÍSTICAS Y TIPO
DE PAVIMENTO
-Precios nuevos relativos a tratamientos superficiales monocapa
y bicapa (PN019, PN020 y PNn019, PNn020)
Se propone la inclusión de los precios relativos a los
tratamientos superficiales mediante riegos con gravilla, que por
omisión no se incorporaron en el cuadro de precios original del
PPTP. Estas soluciones para la rehabilitación superficial del firme
están recogidas en el artículo 533. TRATAMIENTOS SUPERFICIALES
MEDIANTE RIEGOS CON GRAVILLA del Pliego de Prescripciones Técnicas
Generales para Obras de Carreteras y Puentes, PG-3, donde define
como tratamiento
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superficial mediante riegos con gravilla la aplicación de una
(1) o varias manos de un ligante hidrocarbonado sobre una
superficie, complementada(s) por una (1) o varias extensiones de
árido:
Riego con gravilla monocapa, formado por una (1) mano de ligante
y una (1) extensión de árido.
Riego con gravilla monocapa doble engravillado, formado por una
(1) mano de ligante y dos (2) extensiones de árido.
Riego con gravilla bicapa, formado por dos (2) aplicaciones
sucesivas de ligante y árido.
Estas soluciones de actuación son las adecuadas técnicamente
cuando el firme no está agotado estructuralmente y la carretera
tiene una IMD inferior a 300 vehículos/día. En los artículos 533.1
a 533.9 del Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para Obras
de Carreteras y Puentes, PG-3, se especifican los materiales y
características de la mezcla en función del tipo de tráfico pesado
de la carretera donde se vaya a actuar.
-Precios nuevos relativos a la eliminación de marcas viales
mediante fresado mecánico (PN021 y PNn021) Se propone la inclusión
de los precios relativos a la eliminación de marcas viales mediante
fresado mecánico, que por omisión no se incorporaron en el cuadro
de precios original del PPTP, y que por omisión no se incluyeron,
tal y como se establece en el artículo 700.3.4. Criterios de
selección de marcas viales del Pliego de Prescripciones Técnicas
Generales para Obras de Carreteras y Puentes, en particular en el
Artículo 700.3.4.2 SELECCIÓN DE LA NATURALEZA DEL MATERIAL BASE, se
especifica que con anterioridad a la aplicación de las nuevas
marcas viales es necesario eliminar las existentes:… fijará la
necesidad de eliminar las marcas viales existentes previamente a la
aplicación del nuevo sistema de señalización horizontal. Dicha
eliminación podrá resultar necesaria con el fin de asegurar la
compatibilidad con nuevas marcas viales Tipo II, sobre todo cuando
se trate de marcas viales sonoras.
-Precios nuevos relativos a la reposición de banda sonora (PN022
y PNn022) Se propone la inclusión de los precios relativos a la
reposición de la banda transversal sonora de alerta, que por
omisión no se incorporaron en el cuadro de precios original del
PPTP. Este sistema se emplea en las marcas viales exteriores en las
carreteras como aviso a los usuarios de una posible salida de vía,
y en la marca vial de separación de carriles en carreteras
convencionales como aviso a una invasión del carril de sentido
contrario de circulación. Es preciso la inclusión de este precio,
dado que actualmente existen bandas de este tipo en la red de
carreteras, y por tanto al realizar una actuación de reposición de
firme es necesario volver a reponer de nuevo.
-Precios nuevos relativos a geotextil o geomalla antiremonte de
fisuras (PN023 y PNn023)
-
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21
Se propone la inclusión de los precios relativos al geotextil o
geomalla debido a que es un material que es necesario incorporarlo
en algunas actuaciones por distintos motivos (Filtración (F),
retener las partículas de suelo pero permitiendo el paso de fluidos
a través de ellos; Separación (S), impedir la mezcla de suelos o
materiales de relleno, de características diferentes; Refuerzo (R),
mejorar las propiedades mecánicas de un suelo u otro material de
construcción por medio de sus características
tenso-deformacionales; Drenaje (D), captar y conducir el agua u
otros fluidos a través de ellos y en su plano; Protección (P),
prevenir o limitar los daños a un elemento o material determinado o
Relajación de tensiones (STR), permitir pequeños movimientos
diferenciales entre capas de firmes y retardar o interrumpir la
propagación de fisuras hacia las capas superiores) y que por
omisión no se incorporaron en el cuadro de precios original del
PPTP. La inclusión de estos materiales en las actuaciones de firmes
están recogidas en el artículo 290 del Pliego de Prescripciones
Técnicas Generales para Obras de Carreteras y Puentes, PG-3.
-Precios nuevos relativos a hormigón para soleras (PN024, PN025,
PN026 y PNn024, PNn025, PNn026)
El cuadro de precios del PPTP recoge varios precios relativos al
recrecido de sumideros, pozos y arquetas, en concreto los precios
PR106 y Pn106; no obstante es necesario incluir los precios nuevos
mencionados para la ejecución de nuevos sumideros, pozos y arquetas
que debido a las obras de rehabilitación de firmes hay que ejecutar
debido a un incremento de la rasante del firme de la carretera como
consecuencia de la rehabilitación del firme, pudiendo provocar una
alteración del drenaje de la carretera y de las zonas aledañas, lo
que provocaría acumulación de agua en calzada afectando a la
seguridad vial de la carretera debido al efecto del aquaplaning o a
inundaciones en las parcelas o bienes aledaños,
respectivamente.”
La propuesta de la Dirección General de Carreteras e
Infraestructuras indica que la razón por la cual estos precios no
se incluyeron inicialmente fue debido a un error de omisión en la
redacción del pliego de prescripciones técnicas particulares.
D) Procedimiento:
SEXTO.- El artículo 203.1 de la LCSP establece que los contratos
administrativos sólo podrán ser modificados de acuerdo con el
procedimiento regulado en el artículo 191, con las particularidades
previstas en el artículo 207. SÉPTIMO.- El artículo 190 de la LCSP
dispone que “Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos
y efectos señalados en la presente Ley, el órgano de contratación
ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos
administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento,
modificarlos por razones de interés público, declarar la
responsabilidad imputable al contratista a raíz de la ejecución del
contrato, suspender la ejecución del mismo,
-
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22
acordar su resolución y determinar los efectos de esta.”
OCTAVO.- El artículo 191 de la LCSP regula el procedimiento del
ejercicio de las prerrogativas de la Administración estableciéndose
lo siguiente: 1º En los procedimientos que se instruyan para la
adopción de acuerdos relativos a las prerrogativas establecidas en
el artículo anterior, deberá darse audiencia al contratista. 2º En
la Administración General del Estado, sus Organismos Autónomos,
Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social y
demás Administraciones Públicas integrantes del sector público
estatal, los acuerdos a que se refiere el apartado anterior deberán
ser adoptados previo informe del Servicio Jurídico correspondiente,
salvo en los casos previstos en los artículos 109 y 195. 3º No
obstante lo anterior, será preceptivo el dictamen del Consejo de
Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma
respectiva en los casos y respecto de los contratos que se indican
a continuación: b) Las modificaciones de los contratos cuando no
estuvieran previstas en el pliego de cláusulas administrativas
particulares y su cuantía, aislada o conjuntamente, sea superior a
un 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido, y
su precio sea igual o superior a 6.000.000 de euros. NOVENO.- El
artículo 207 de la LCSP contiene las siguientes especialidades
procedimentales: 1. “En el caso previsto en el artículo 204, las
modificaciones contractuales se acordarán en la forma que se
hubiese especificado en los pliegos de cláusulas administrativas
particulares. 2. Antes de proceder a la modificación del contrato
con arreglo a lo dispuesto en el artículo 205, deberá darse
audiencia al redactor del proyecto o de las especificaciones
técnicas, si éstos se hubieran preparado por un tercero ajeno al
órgano de contratación en virtud de un contrato de servicios, para
que, en un plazo no inferior a tres días, formule las
consideraciones que tenga por conveniente. 3. Los órganos de
contratación que hubieran modificado un contrato que esté sujeto a
regulación armonizada, a excepción de los contratos de servicios y
de concesión de servicios enumerados en el Anexo IV, en los casos
previstos en las letras a) y b) del apartado 2 del artículo 205
deberán publicar en el “Diario Oficial de la Unión Europea” el
correspondiente anuncio de modificación conforme a lo establecido
en esta Ley. Asimismo, los órganos de contratación que hubieren
modificado un contrato durante su vigencia, con independencia de si
éste está o no sujeto a regulación armonizada y de la causa que
justifique la modificación, deberán publicar en todo caso un
anuncio de modificación en el perfil de contratante del órgano de
contratación en el plazo de cinco días desde la aprobación de la
misma, que deberá ir acompañado de las alegaciones del contratista
y de todos los informes que, en su caso, se hubieran recabado con
carácter previo a su aprobación, incluidos aquéllos aportados por
el adjudicatario o los emitidos por el propio órgano de
contratación 4. Lo dispuesto en este artículo se entiende sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 191”.
-
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23
De acuerdo con la propuesta de la Dirección General de
Carreteras e Infraestructuras, al haberse redactado los pliegos por
personal técnico de la dicha Dirección General, no concurre la
circunstancia prevista en el artículo 2 del artículo 207 de la
LCSP.
DÉCIMO.- El artículo 97 del Reglamento General de la Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas añade que “con carácter
general, salvo lo establecido en la legislación de contratos de las
Administraciones Públicas para casos específicos, cuantas
incidencias surjan entre la Administración y el contratista en la
ejecución de un contrato por diferencias en la interpretación de lo
convenido o por la necesidad de modificar las condiciones
contractuales, se tramitarán mediante expediente contradictorio,
que comprenderá preceptivamente las actuaciones siguientes: 1.
Propuesta de la Administración o petición del contratista. 2.
Audiencia del contratista e informe del servicio competente a
evacuar en ambos casos en un plazo de cinco días hábiles. 3.
Informe, en su caso, de la Asesoría Jurídica y de la Intervención,
a evacuar en el mismo plazo anterior. 4. Resolución motivada del
órgano que haya celebrado el contrato y subsiguiente notificación
al contratista”.
E) Competencia:
La competencia en materia de contratación le viene atribuida a
esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41
de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración
de la Comunidad de Madrid, en el Decreto 58/2018, de 21 de mayo,
del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece
el número y denominación de las Consejerías, en el Decreto 79/2018,
de 24 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la
estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y
en el Decreto 199/2015, de 4 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Transportes, Vivienda e
Infraestructuras.
El órgano de contratación de la Consejería es la Consejera de
Transportes, Vivienda e Infraestructuras que mediante orden de 20
de julio de 2015, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid en fecha 29 de julio de 2015, delegó el ejercicio de la
competencia de modificación de los contratos administrativos en el
Secretario General Técnico de Transportes, Vivienda e
Infraestructuras.
Por todo lo expuesto, informado favorablemente por la Abogacía
General y por la Intervención Delegada, procedería:
Aprobar la modificación nº1 del contrato de servicios:
“Mantenimiento de firmes en la Red de Carreteras de la Comunidad de
Madrid. Años 2018-2020. Lote 8”, que supondría incorporar los
siguientes precios nuevos en el pliego de prescripciones técnicas
particulares sin que suponga una variación sobre el precio ni sobre
el plazo del contrato primitivo:
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HORARIO DIURNO
Descripción Ud Precio
PN001 Filler de aportación compuesto por carbonato cálcico T
65,41 Filler de aportación compuesto por carbonato cálcico PN002
LIMPIEZA Y BARRIDO DEL FIRME m2 0,77
Limpieza y barrido de firme para la extensión de mezclas
bituminosas en fresados y reposición de firmes.
PN003 PAVIMENTO LOSAS HORMIGÓN m3 91,68
Pavimento de losas de hormigón en masa tipo HP-35 (fct,k=35
kp/cm2), con cemento CEM-II , con árido procedente de cantera, de
tamaño máximo 40 mm y adición de superplastificante, ejecutado a
mano con encofrados fijos, incluso p.p. de encofrado, vibrado,
acabado con textura superficial ranurada mediante cepillado o
arrastre de arpillera y pulverización de producto filmógeno de
curado sobre su superficie terminada, sin incluir juntas.
PN004 EJECUCIÓN JUNTA CONTRACCIÓN m 1,95
Ejecución de junta de contracción de pavimento de losas de
hormigón en masa tipo HP-35 , mediante serrado mecánico del
hormigón endurecido, incluso limpieza y sellado de junta con
masilla bituminosa de aplicación en caliente o en frio.
PN005 MALLA ELECTROSOL. Ø6mm Ó Ø7mm kg 1,03
Suministro y colocación de malla electrosoldada con alambre
corrugado de acero EHE-B 500 T y ø 6 mm ó ø 7mm, según peso
teórico.
PN006 MARCA DISC.10cm SPRAY-PLASTIC m 1,15 Marca vial
longitudinal discontínua de 10 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN007 MARCA CONT.10cm SPRAY-PLASTIC m 1,13 Marca vial
longitudinal continua de 10 cm de ancho, realmente pintada
con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de larga
duración, incluso premarcaje.
PN008 MARCA DISC.15cm SPRAY-PLASTIC m 1,51 Marca vial
longitudinal discontínua de 15 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN009 MARCA CONT.15cm SPRAY-PLASTIC m 1,48
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25
Marca vial longitudinal continua de 15 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN010 MARCA DISC.20cm SPRAY-PLASTIC m 1,91
Marca vial longitudinal discontínua de 20 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN011 MARCA CONT.20cm SPRAY-PLASTIC m 1,88
Marca vial longitudinal continua de 20 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN012 MARCA DISC.30cm SPRAY-PLASTIC m 2,64
Marca vial longitudinal discontínua de 30 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN013 MARCA CONT.30cm SPRAY-PLASTIC m 2,60
Marca vial longitudinal continua de 30 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN014 MARCA CONT.40cm SPRAY-PLASTIC m 3,28
Marca vial longitudinal continua de 40 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN015 CEBREADO TERMOPLÁSTICO FRÍO m2 16,38
Estarcido en pavimento diferenciado (cebreado de isletas),
realmente pintado con termoplástico en frío de dos componentes y de
larga duración, incluso premarcaje.
PN016 SÍMBOLOS TERMOPLÁSTICO FRÍO m2 20,24
Estarcido en símbolos, flechas, palabras, pasos de peatones,
pasos de cebra, marcas transversales de detención, etc., realmente
pintado con termoplástico en frío de dos componentes y de larga
duración, incluso premarcaje.
PN017 CEBREADO PINTURA CONVENCIONAL m2 8,33
Estarcido en pavimento diferenciado (cebreado de isletas),
realmente pintado con pintura convencional, incluso premarcaje.
PN018 SÍMBOLOS PINTURA CONVENCIONAL m2 10,70
Estarcido en símbolos, flechas, palabras, pasos de peatones,
pasos de cebra, marcas transversales de detención, etc., realmente
pintado con pintura convencional, incluso premarcaje.
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HORARIO NOCTURNO
Descripción Ud Precio
PN019 TRATAMIENTO SUPERF. MONOCAPA m2 1,81
Suministro y puesta en obra de simple tratamiento superficial.
(Tratamiento monocapa).
PN020 TRATAMIENTO SUPERF. BICAPA m2 3,13
Suministro y puesta en obra de doble tratamiento superficial.
(Tratamiento bicapa).
PN021 ELIMINACIÓN DE MARCAS VIALES MEDIANTE FRESADO MECÁNICO m2
1,74
PN022 REPOSICION BANDA SONORA (Banda transversal de alerta) m2
66,07
Reposición de bandas sonoras de 25 a 50 cm de anchura y espesor
entre 1 y 2 cm con ligante epoxi y árido silíceo
PN023 GEOTEXTIL (GTX)O GEOMALLA (GGR) ANTIRREMONTE DE FISURAS
(TIPO R)
m2 7,08
Geotextil (GTX) o geomalla (GGR) antirremonte de fisuras (tipo
R) no tejido y termofijable, compuesto a base de fibra de vidrio,
poliéster, polipropileno o una mezcla de estos, con gramaje
superior a 260 g/m2, resistencia mínima a tracción de 19,60 kN/m,
deformación a la rotura 60-65%, la resistencia a la perforación no
será inferior a 3,31 KN (DIN 54307). Extendido y colocado.
PN024 MASA HM-20/P/40 CEM II, SOLERAS m3 85,67
Suministro y puesta en obra de hormigón en masa, vibrado, en
soleras pozos y/o zanjas de cimentación, colocado a cualquier
profundidad, con HM-20/P/40 (CEM-II) con árido procedente de
cantera de tamaño máximo 40 mm y consistencia plástica.
PN025 ARMAR HA-25/P/20 CEM II, SOLERAS m3 89,09
Suministro y puesta en obra de hormigón para armar, vibrado, en
soleras, pozos, zanjas y/o zapatas de cimentación, colocado a
cualquier profundidad, con HA-25/P/20 (CEM-II), con árido
procedente de cantera de tamaño máximo 20 mm y consistencia
plástica.
PN026 MASA HM-30/P/40 CEM II, SOLERAS m3 87,08
Suministro y puesta en obra de hormigón en masa, vibrado, en
soleras pozos y/o zanjas de cimentación, colocado a cualquier
profundidad, con HM-30/P/40 (CEM-II) con árido procedente de
cantera de tamaño máximo 40 mm y consistencia plástica.
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PNn001 Filler de aportación compuesto por carbonato cálcico, en
horario nocturno
T 65,41
Filler de aportación compuesto por carbonato cálcico, en horario
nocturno
PNn002 LIMPIEZA Y BARRIDO DEL FIRME m2 0,90
Limpieza y barrido de firme para la extensión de mezclas
bituminosas en fresados y reposición de firmes.
PNn003 PAVIMENTO LOSAS HORMIGÓN m3 101,74
Pavimento de losas de hormigón en masa tipo HP-35 (fct,k=35
kp/cm2), con cemento CEM-II , con árido procedente de cantera, de
tamaño máximo 40 mm y adición de superplastificante, ejecutado a
mano con encofrados fijos, incluso p.p. de encofrado, vibrado,
acabado con textura superficial ranurada mediante cepillado o
arrastre de arpillera y pulverización de producto filmógeno de
curado sobre su superficie terminada, sin incluir juntas.
PNn004 EJECUCIÓN JUNTA CONTRACCIÓN m 2,16
Ejecución de junta de contracción de pavimento de losas de
hormigón en masa tipo HP-35 , mediante serrado mecánico del
hormigón endurecido, incluso limpieza y sellado de junta con
masilla bituminosa de aplicación en caliente o en frio.
PNn005 MALLA ELECTROSOL. Ø6mm Ó Ø7mm kg 1,14
Suministro y colocación de malla electrosoldada con alambre
corrugado de acero EHE-B 500 T y ø 6 mm ó ø 7mm, según peso
teórico.
PNn006 MARCA DISC.10cm SPRAY-PLASTIC m 1,26
Marca vial longitudinal discontínua de 10 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn007 MARCA CONT.10cm SPRAY-PLASTIC m 1,23
Marca vial longitudinal continua de 10 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn008 MARCA DISC.15cm SPRAY-PLASTIC m 1,65
Marca vial longitudinal discontínua de 15 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn009 MARCA CONT.15cm SPRAY-PLASTIC m 1,62 Marca vial
longitudinal continua de 15 cm de ancho, realmente pintada
con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de larga
duración, incluso premarcaje.
PNn010 MARCA DISC.20cm SPRAY-PLASTIC m 2,09
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28
Marca vial longitudinal discontínua de 20 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn011 MARCA CONT.20cm SPRAY-PLASTIC m 2,05
Marca vial longitudinal continua de 20 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn012 MARCA DISC.30cm SPRAY-PLASTIC m 2,88
Marca vial longitudinal discontínua de 30 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn013 MARCA CONT.30cm SPRAY-PLASTIC m 2,84 Marca vial
longitudinal continua de 30 cm de ancho, realmente pintada
con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de larga
duración, incluso premarcaje.
PNn014 MARCA CONT.40cm SPRAY-PLASTIC m 3,58
Marca vial longitudinal continua de 40 cm de ancho, realmente
pintada con spray-plastic en caliente de secado instantáneo y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn015 CEBREADO TERMOPLÁSTICO FRÍO m2 17,90
Estarcido en pavimento diferenciado (cebreado de isletas),
realmente pintado con termoplástico en frío de dos componentes y de
larga duración, incluso premarcaje.
PNn016 SÍMBOLOS TERMOPLÁSTICO FRÍO m2 22,11
Estarcido en símbolos, flechas, palabras, pasos de peatones,
pasos de cebra, marcas transversales de detención, etc., realmente
pintado con termoplástico en frío de dos componentes y de larga
duración, incluso premarcaje.
PNn017 CEBREADO PINTURA CONVENCIONAL m2 9,10
Estarcido en pavimento diferenciado (cebreado de isletas),
realmente pintado con pintura convencional, incluso premarcaje.
PNn018 SÍMBOLOS PINTURA CONVENCIONAL m2 11,69
Estarcido en símbolos, flechas, palabras, pasos de peatones,
pasos de cebra, marcas transversales de detención, etc., realmente
pintado con pintura convencional, incluso premarcaje.
PNn019 TRATAMIENTO SUPERF. MONOCAPA m2 1,85
Suministro y puesta en obra de simple tratamiento superficial.
(Tratamiento monocapa).
PNn020 TRATAMIENTO SUPERF. BICAPA m2 3,20
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29
Suministro y puesta en obra de doble tratamiento superficial.
(Tratamiento bicapa).
PNn021 ELIMINACIÓN DE MARCAS VIALES MEDIANTE FRESADO MECÁNICO m2
1,90
PNn022 REPOSICION BANDA SONORA (Banda transversal de alerta) m2
72,18
Reposición de bandas sonoras de 25 a 50 cm de anchura y espesor
entre 1 y 2 cm con ligante epoxi y árido silíceo
PNn023 Geotextil (GTX)o geomalla (GGR) antirremonte de fisuras
(tipo R) m2 7,24
Geotextil (GTX) o geomalla (GGR) antirremonte de fisuras (tipo
R) no tejido y termofijable, compuesto a base de fibra de vidrio,
poliéster, polipropileno o una mezcla de estos, con gramaje
superior a 260 g/m2, resistencia mínima a tracción de 19,60 kN/m,
deformación a la rotura 60-65%, la resistencia a la perforación no
será inferior a 3,31 KN (DIN 54307). Extendido y colocado.
PNn024 MASA HM-20/P/40 CEM II, SOLERAS m3 95,07
Suministro y puesta en obra de hormigón en masa, vibrado, en
soleras pozos y/o zanjas de cimentación, colocado a cualquier
profundidad, con HM-20/P/40 (CEM-II) con árido procedente de
cantera de tamaño máximo 40 mm y consistencia plástica.
PNn025 ARMAR HA-25/P/20 CEM II, SOLERAS m3 98,86
Suministro y puesta en obra de hormigón para armar, vibrado, en
soleras, pozos, zanjas y/o zapatas de cimentación, colocado a
cualquier profundidad, con HA-25/P/20 (CEM-II), con árido
procedente de cantera de tamaño máximo 20 mm y consistencia
plástica.
PNn026 MASA HM-30/P/40 CEM II, SOLERAS m3 96,63
Suministro y puesta en obra de hormigón en masa, vibrado, en
soleras pozos y/o zanjas de cimentación, colocado a cualquier
profundidad, con HM-30/P/40 (CEM-II) con árido procedente de
cantera de tamaño máximo 40 mm y consistencia plástica.
Se acompaña como Anexo a este informe cuadro de precios completo
del contrato de servicios
“Servicio de Mantenimiento de Firmes en la Red de Carreteras de
la Comunidad de Madrid.
Años 2018-2020”, tras la aprobación del modificado
propuesto.
La Técnico de Apoyo del Área de Contratación Administrativa
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30
ANEXO
Cuadro de precios completo del contrato de servicios “Servicio
de Mantenimiento de Firmes
en la Red de Carreteras de la Comunidad de Madrid. Años
2018-2020”,
tras la aprobación del modificado propuesto.
CUADRO DE PRECIOS EN HORARIO DIURNO
Descripción Ud Precio
PR001 Fresado de Capas de Firme m2xcm 0,28
Fresado de Firme con Fresadora de hasta 3,0 metros de
ancho, por tongadas o en pasadas sucesivas, según las
indicaciones de la Dirección de Obra, de hasta 3,0 metros
de ancho, incluso parte proporcional solapes de calles de
fresado, traslados a obra y traslados intermedios, carga en
camión del material fresado y retirada a zona de acopio o
vertedero autorizado.
PR002 Demolición de Firme por medios mecánicos m3 21,00
Demolición de Firme por medios mecánicos, incluso
retirada de residuos a vertedero o lugar de empleo
PR003 Retirada y reposición de señal vertical Ud 8,15
Retirada y reposición de señal vertical para permitir la
ejecución de trabajos de mantenimiento de pavimento,
para cualquier tipo de cimentación de la señal, incluso
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31
retirada de materiales sobrantes a vertedero, hormigón y
mortero de asiento en la reposición
PR004 Retirada y reposición de Barrera metálica en borde de
Calzada
m 3,85
Retirada y reposición de barrera metálica en borde de
calzada, para permitir la ejecución de trabajos de
mantenimiento de pavimento, incluso retirada de
materiales sobrantes a vertedero, hormigón y mortero de
asiento en la reposición
PR005 Betún Asfáltico 15/25 Tn 432,48
Betún Asfáltico 15/25
PR006 Betún Asfáltico 35/50 Tn 453,68
Betún Asfáltico 35/50
PR007 Betún Asfáltico 50/70 Tn 455,80
Betún Asfáltico 50/70
PR008 Betún Asfáltico 70/100 Tn 496,08
Betún Asfáltico 70/100
PR009 Betún Asfáltico 160/220 Tn 623,28
Betún Asfáltico 160/220
PR010 Betún Asfáltico MG 35/50-59/69 Tn 570,28
Betún Asfáltico MG 35/50-59/69
-
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32
PR011 Betún Asfáltico MG 50/70-54/64 Tn 501,38
Betún Asfáltico MG 50/70-54/64
PR012 Betún Modificado PMB 10/40-70 con polímeros y/o
caucho
Tn 527,88
Betún Modificado PMB 10/40-70 con polímeros y/o caucho
PR013 Betún Modificado PMB 45/80-60 con polímeros y/o betún
BC35/50 mejorado con caucho
Tn 549,08
Betún Modificado PMB 45/80-60 con polímeros y/o betún
BC35/50 mejorado con caucho
PR014 Betún Modificado PMB 45/80-65 con polímeros y/o
caucho
Tn 591,48
Betún Modificado PMB 45/80-65 con polímeros y/o caucho
PR015 Betún Modificado PMB 45/80-75 con polímeros y/o
caucho
Tn 612,68
Betún Modificado PMB 45/80-75 con polímeros y/o caucho
PR016 Betún Modificado PMB 75/130-60 con polímeros y/o
caucho
Tn 633,88
Betún Modificado PMB 75/130-60 con polímeros y/o
caucho
PR017 Riego de Adherencia con emulsión C60B3 ADH m2 0,23
Riego de Adherencia con emulsión C60B3 ADH
PR018 Riego de Adherencia con emulsión C60B2 ADH m2 0,24
Riego de Adherencia con emulsión C60B2 ADH
PR019 Riego de Adherencia con emulsión C60B3 TER m2 0,29
-
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33
Riego de Adherencia con emulsión C60B3 TER
PR020 Riego de Adherencia con emulsión C60B2 TER m2 0,30
Riego de Adherencia con emulsión C60B2 TER
PR021 Riego de Imprimación con emulsión C60BF4 IMP m2 0,77
Riego de Imprimación con emulsión C60BF4 IMP
PR022 Riego de Imprimación con emulsión C50BF4 IMP m2 0,78
Riego de Imprimación con emulsión C50BF4 IMP
PR023 Riego de Curado con emulsión C60B3 CUR m2 0,44
Riego de Curado con emulsión C60B3 CUR
PR024 Riego de Curado con emulsión C60B2 CUR m2 0,43
Riego de Curado con emulsión C60B2 CUR
PR025 Riego de Adherencia con emulsión C60BP3 ADH m2 0,26
Riego de Adherencia con emulsión C60BP3 ADH
PR026 Riego de Adherencia con emulsión C60BP2 ADH m2 0,27
Riego de Adherencia con emulsión C60BP2 ADH
PR027 Riego de Adherencia con emulsión C60BP3 TER m2 0,30
Riego de Adherencia con emulsión C60BP3 TER
PR028 Riego de Adherencia con emulsión C60BP2 TER m2 0,31
Riego de Adherencia con emulsión C60BP2 TER
PR029 Zahorra artificial en capas de Base o Subbase. m3
22,63
Zahorra artificial en capas de Base o Subbase, para
cualquier categoría de tráfico, incluso canon, transporte a
lugar de empleo, extendido, humectación y compactado,
con retirada de materiales sobrantes a vertedero
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34
PR030 Suelo Seleccionado procedente de Préstamos m3 12,67
Suelo Seleccionado procedente de préstamos, en rellenos
localizados, incluso canon, transporte a lugar de empleo,
extendido, humectación y compactado, con retirada de
materiales sobrantes a vertedero.
PR031 Excavación en desmonte o localizada en cualquier tipo
de
suelo
m3 8,55
Excavación en desmonte o localizada en cualquier tipo de
suelo, incluso traslado de materiales a vertedero, acopio o
lugar de empleo.
PR032 Microaglomerado en Frío, en tratamiento monocapa o
capa superior. MICROF 11 Sup C60BP4
m2 1,54
Microaglomerado en Frío, en tratamiento monocapa o capa
superior, con árido no calcáreo, y resto de especificaciones
según PG-3; Con Emulsión C60BP4 MIC. MICROF 11 Sup
C60BP4. Características del árido según tráfico y normativa
PR034 Microaglomerado en Frío, en tratamiento monocapa o
capa superior. MICROF 8 Sup C60BP4
m2 1,35
Microaglomerado en Frío, en tratamiento monocapa o
capa superior, con árido no calcáreo y resto de
especificaciones según PG-3. Con Emulsión C60BP4 MIC.
MICROF 8 Sup C60BP4. Características del árido según
tráfico y normativa
PR038 Microaglomerado en Frío, en capa inferior tratamiento
bicapa. MICROF 5 Inf C60BP4
m2 1,20
-
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35
Microaglomerado en Frío, en capa inferior tratamiento
bicapa, especificaciones según PG-3. Con Emulsión C60BP4
MIC. MICROF 5 inf C60BP4. Características del árido según
tráfico y normativa.
PR040 Reciclado in situ con cemento de hasta 35 cm de
espesor,
por vía húmeda
m2 3,46
Reciclado in situ con cemento de hasta 35 cm de espesor,
por vía húmeda, con una dotación de cemento del hasta el
5% en peso sobre material reciclado, sin incluir cemento
PR041 Cemento para reciclado in situ o filler de aportación Tn
72,93
Cemento para reciclado in situ con cemento, de acuerdo
con lo dispuesto en PG-4 y RC2007
PR042 Ejecución de Reciclado in situ con emulsión de
espesores
entre 6 y 12 cm.
m2 2,01
ejecución de Reciclado in situ con emulsión tipo RE1 o RE2
del firme bituminoso existente entre 6 y 12 cm de espesor
medio, con aportación del emulsión C60B5 REC como
ligante, incluso dosificación de ligante, compactación,
acabado, totalmente terminado y medido en planos. Sin
incluir Emulsión ni cemento. Incluso parte proporcional de
ensayos previos, toma de muestras, dosificación, y ensayos
de seguimiento hasta curado y cubrición, etc.
PR043 Emulsión para reciclado in situ, en frío. Emulsión
C60B5
REC
Kg 0,40
Emulsión para reciclado in situ, en frío. Emulsión C60B5 REC
PR044 Aditivo rejuvenecedor de Betún para reciclado, en frío
o
en Caliente
Kg 0,90
Aditivo rejuvenecedor de Betún para reciclado, en frío o en
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Caliente
PR045 Sellado de Fisuras m 1,18
Sellado de fisuras en Pavimento bituminoso por punteado
con mastic betún-caucho en caliente, incluso limpieza de la
misma con chorro de aire caliente a presión.
REFUERZOS. RODADURA
PR046 Mezcla Bituminosa discontinua, del tipo BBTM 11 A, de
3
cm de espesor
m2 2,60
Mezcla Bituminosa discontinua, del tipo BBTM 11 A.
Fabricación, transporte, extendido y compactado, incluso
retirada de sobrantes a vertedero, excepto filler y betún.
De 3 cm de espesor. Características del árido según tráfico
y normativa
PR050 Mezcla Bituminosa discontinua, del tipo BBTM 11 B, de
3
cm de espesor
m2 2,56
Mezcla Bituminosa discontinua, del tipo BBTM 11 B.
Fabricación, transporte, extendido y compactado, incluso
retirada de sobrantes a vertedero, excepto filler y betún.
De 3 cm de espesor. Características del árido según tráfico
y normativa
PR054 Mezcla Bituminosa discontinua, del tipo Drenante PA16,
de 4 cm de espesor
m2 3,50
Mezcla Bituminosa discontinua, del tipo Drenante PA16.
Fabricación, transporte, extendido y compactado, incluso
retirada de sobrantes a vertedero, excepto filler y betún.
De 4 cm de espesor. Características del árido según tráfico
y normativa
PR058 Mezcla Bituminosa discontinua, del tipo BBTM 8 A, de 2
cm de espesor
m2 2,39
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37
Mezcla Bituminosa discontinua, del tipo BBTM 8 A.
Fabricación, transporte, extendido y compactado, incluso
retirada de sobrantes a vertedero, excepto filler y betún.
De 2 cm de espesor. Características del árido según tráfico
y normativa
PR062 Mezcla Bituminosa discontinua, del tipo BBTM 8 B, de 2
cm de espesor
m2 2,23
Mezcla Bituminosa discontinua, del tipo BBTM 8 B.
Fabricación, transporte, extendido y compactado, incluso
retirada de sobrantes a vertedero, excepto filler y betún.
De 3 cm de espesor. Características del árido según tráfico
y normativa
PR066 Mezcla Bituminosa discontinua, del tipo Drenante PA11,
de 3 cm de espesor
m2 3,05
Mezcla Bituminosa discontinua, del tipo Drenante PA11.
Fabricación, transporte, extendido y compactado, incluso
retirada de sobrantes a vertedero, excepto filler y betún.
De 3 cm de espesor. Características del árido según tráfico
y normativa
PR070 Mezcla Bituminosa tipo hormigón Bituminoso AC22 surf
D, en capas de rodadura, extendida en refuerzos
Tn 30,58
Mezcla Bitumi