Boletín Oficial Boletín Oficial Boletín Oficial S U M A R I O TARIFAS DE INSCRIPCIÓN Precio Suscripción anual ..................................................... 92,50 euros Suscripción semestral ............................................... 46,25 euros Suscripción trimestral ................................................ 23,12 euros Suscripción mensual ................................................ 7,70 euros VENTA DE EJEMPLARES SUELTOS: Número del año actual ............................................ 0,61 euros Número de años anteriores ...................................... 1,28 euros INSERCIONES DE CARÁCTER GENERAL: Por cada palabra: 0,164 euros Por gráficos o similares (mínimo 1/8 de página): 30,90 euros por 1/8 de página. Edita: DIPUTACIÓN PROVINCIAL Plaza de Colón, número 15 Teléfonos 957 212 894 - 957 212 895 Fax 957 212 896 Distrito Postal 14001-Córdoba e-mail [email protected]Núm. 229 • Viernes, 19 de diciembre de 2008 FRANQUEO CONCERTADO 14/2 Depósito Legal: CO-1-1958 de la Provincia de Córdoba Diputación de Córdoba SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO Córdoba.— ...................................................................... ANUNCIOS OFICIALES Jefatura Provincial de Tráfico. Córdoba.— .................. Junta de Andalucía. Consejería de Obras Públicas y Transportes. Delegación Provincial. Córdoba.— ............ —Consejería de Empleo. Delegación Provincial. Sec- ción Relaciones Colectivas. Córdoba— ............................ —Consejería de Medio Ambiente. Delegación Provin- cial. Córdoba.— ................................................................. 8.902 8.943 8.946 8.949 8.955 —Consejería de Medio Ambiente. Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales. Sevilla.— —Consejería de Agricultura y Pesca. Delegación Provin- cial. Córdoba.— ................................................................. AYUNTAMIENTOS Cabra, Montilla, La Rambla, Santa Eufemia, Carcabuey y Castro del Río ................................................................................ ANUNCIOS DE SUBASTA Ayuntamientos—Montemayor y Lucena............................ 8.968 8.969 8.970 8.972
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Viernes, 19 de Diciembre de 2008 Viernes, 19 de diciembre de 2008 B. O. P. núm. 229 SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO CÓRDOBA Núm. 12.254 NOTIFICACIONES De conformidad con lo dispuesto
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Número del año actual ............................................ 0,61 eurosNúmero de años anteriores ...................................... 1,28 euros
INSERCIONES DE CARÁCTER GENERAL: Por cada palabra: 0,164 eurosPor gráficos o similares (mínimo 1/8 de página): 30,90 euros por 1/8 de página.
Edita: DIPUTACIÓN PROVINCIALPlaza de Colón, número 15
—Consejería de Medio Ambiente. Dirección General deSostenibilidad en la Red de Espacios Naturales. Sevilla.——Consejería de Agricultura y Pesca. Delegación Provin-
AYUNTAMIENTOSCabra, Montilla, La Rambla, Santa Eufemia, Carcabuey y Castro
del Río ................................................................................
ANUNCIOS DE SUBASTAAyuntamientos—Montemayor y Lucena............................
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8.972
8902 Viernes, 19 de diciembre de 2008 B. O. P. núm. 229
SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO
CÓRDOBA
Núm. 12.254NOTIFICACIONES
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 dela ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace públicanotificación de la iniciación de los expedientes sancionadores quese indican, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a laspersonas o entidades denunciadas que a continuación se rela-cionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el últimodomicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de San-ciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asiste
el derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimenconveniente, con aportación o proposición de las pruebas queconsideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles,contados desde el siguiente al de la publicación del presente en elBOLETÍN OFICIAL de la Provincia.
Si en la columna «Requerimiento» aparece el número (1), serequiere del denunciado que se cita, titular del vehículo objeto dela denuncia, para que identifique al conductor del mismo en lafecha indicada, haciéndole saber que si incumple la obligaciónlegal de identificación del conductor del vehículo, se iniciará expe-diente sancionador por infracción al artículo 72.3 de la Ley sobreTráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial apro-bado por Real Decreto Legislativo 339/1990 (BOE 63, de 14 demarzo), según redacción dada por la Ley 17/2005 de 19 de julio(BOE 172, de 20 de julio).
Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derechopara formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, sedictarán las oportunas Resoluciones.
Art.º = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; SUSP = Meses de suspensión; REQ = Requerimiento;PTOS = Puntos
Córdoba, 28 de noviembre de 2008.—El Jefe Provincial de Trá-fico, Fdo.: Ramiro Marcello Marin.
———Núm. 12.255
NOTIFICACIONESDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de
la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace públicanotificación de la iniciación de los expedientes sancionadores quese indican, instruidos por la Jefatura Provincial de Tráfico, a laspersonas o entidades denunciadas que a continuación se rela-cionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el últimodomicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de San-ciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asisteel derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimen
conveniente, con aportación o proposición de las pruebas queconsideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles,contados desde el siguiente al de la publicación del presente en elBOLETÍN OFICIAL de la Provincia.
Si en la columna «Requerimiento» aparece el número (1), serequiere del denunciado que se cita, titular del vehículo objeto dela denuncia, para que identifique al conductor del mismo en lafecha indicada, haciéndole saber que si incumple la obligaciónlegal de identificación del conductor del vehículo, se iniciará expe-diente sancionador por infracción al artículo 72.3 de la Ley sobreTráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial apro-bado por Real Decreto Legislativo 339/1990 (BOE 63, de 14 demarzo), según redacción dada por la Ley 17/2005 de 19 de julio(BOE 172, de 20 de julio).
Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derechopara formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, sedictarán las oportunas Resoluciones.
Art.º = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; SUSP = Meses de suspensión; REQ = Requerimiento;PTOS = Puntos
8914 Viernes, 19 de diciembre de 2008 B. O. P. núm. 229
|140450736823|PEREZ PEREZ, VICTOR MANUEL |74691809 |GRANADA |01.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450730730|SALINAS RUEDA, LUIS ANTONIO|X4984843F |ILLORA |27.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450736173|RUIZ SOTO, MARIA PAZ |24142110 |LABORCILLAS |30.09.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450738900|MATA VALLS, ANA MARIA |46565681 |VILLANUEVA DE TORRE |01.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450735065|RAMOS MORENO, JULIO ALBERTO|75100588 |BOLLULLOS PAR CDO |29.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450757784|NIPONUBA S A |A21049960 |HUELVA |11.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450720724|SULUCAS S L |B21187398 |HUELVA |21.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450479160|BUENO LUNA, EVARISTO MARTIN|44217031 |HUELVA |18.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450740152|CAPITAL LEPTIS SL |B21367552 |LEPE |02.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450730160|CHIRCULESCU , MARIUS NICOLA|X6977780V |LEPE |27.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450726052|DUQUE GALEY, JONATAN |48934947 |PUNTA UMBRIA |24.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140048670758|CONDE NAVARRO, JOSE |52397156 |FRAGA |11.09.2008| 150,00 | |RD 1428/03|054.2 | | ||140402468745|MU¥OZ SANCHEZ, JOSE MANUEL |41082709 |LA SEU D URGELL |12.08.2008| 100,00 | |RD 1428/03|048. | | ||149450556270|NART LINARES, HUGO ERNESTO |41095925 |VIELHA E MIJARAN |03.10.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140402499717|LIMERES ALVAREZ, TOMAS |71549238 |LA BA¥EZA |12.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140402490076|OBARRIO OBARRIO, ROGELIO |01775949 |LEON |16.06.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 | ||140450757255|CORREDOR MENSAJEROS SL |B83813139 |ALCALA DE HENARES |10.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450750881|TUDOR , MARIA |X5323206V |ALCALA DE HENARES |08.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||149450543652|ZAPATA PALACIO, ISRAEL |09030596 |ALCALA DE HENARES |22.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450740528|JIMENEZ DEL CAMPO, MARTA |09040439 |ALCALA DE HENARES |02.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450509387|FERNANDEZ RUIZ, PEDRO |08623390 |ALCOBENDAS |09.07.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450749908|GLASCRAFT IBERICA SL |B83013862 |ALCORCON |07.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450723040|CALZADO ALES, JOSE DAMIAN |07525961 |ALCORCON |22.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450755970|FERNANDEZ BLANCO, ALICIA |46861279 |ARANJUEZ |10.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450548605|JUSTO BORINA, EMILIANO |70417521 |COLLADO VILLALBA |23.07.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140402520251|ONTIVERO FRUTOS, MIGUEL ANG|49006570 |FUENLABRADA |20.07.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 | ||140450757863|TIMOJIN TURENKOV, ANTON |50746664 |FUENLABRADA |12.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||149450616278|MARTINEZ CAMINO, LUIS MIGUE|70039959 |FUENLABRADA |22.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450765136|MARDEBEL MADRID SL |B83305227 |LAS ROZAS DE MADRID |15.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450387439|CHILLON PEREZ, MARIA CRISTI|07496188 |LAS ROZAS DE MADRID |01.05.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450715080|DERIVADOS FITOTERAPEUTICOS |A81166258 |MADRID |19.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450749192|COEM INGENIERIA Y PROYECTO |B84033877 |MADRID |07.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450763735|MALAOMER , ONAL |X6461188M |MADRID |14.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450764843|AGUDELO BERRIO, DEIBIS ANDR|X7251218P |MADRID |15.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450718006|ZULUAGA VELASQUEZ, CARLOS A|X8686064E |MADRID |18.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140402518943|MONTERO MOYA, CARLOS |02493957 |MADRID |23.08.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450743839|FAILALI EL MRABET, SAMIA |02745322 |MADRID |04.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450725473|LOPEZ PASALODOS, JOSE MARIA|05222672 |MADRID |23.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140402526241|CARRETERO PINDADO, CESAR |05392679 |MADRID |30.08.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450758971|AYALA MINAYA, CARLOS ALBERT|05444996 |MADRID |11.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450732507|SALVADOR MOLINA, MANUEL |11795823 |MADRID |26.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140048735261|VEGA CUEVAS, ESTEBAN |12695509 |MADRID |26.06.2008| | |RD 1428/03|090.1 | |(1)||140450755260|GONZALEZ VALVERDE CARCIA DE|28801583 |MADRID |10.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450601619|SAN JOSE ERASO, ALFONSO |44619081 |MADRID |09.08.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450720864|BARTOMEU ROMAN, LUIS |46789839 |MADRID |21.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450718651|MENESES VALENCIA, LORENZO |50150944 |MADRID |08.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450715017|NIETO CALDUCH, JAVIER |50311344 |MADRID |19.09.2008| 200,00 | |RD 1428/03|052. | 3 | ||149402472173|HERTZ DE ESPA¥A SL |B28121549 |LAS ROZAS |07.10.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450621527|MARTINEZ DORADO, OSCAR |50211443 |MAJADAHONDA |10.08.2008| 300,00 | 1 |RD 1428/03|052. | 4 | ||149048311766|GRUPO BARBU INVERSIONES SL |B84586551 |MORATA DE TAJU¥A |30.09.2008| 900,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149048311754|GRUPO BARBU INVERSIONES SL |B84586551 |MORATA DE TAJU¥A |30.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450728425|MOLINA CARRION, JOSE |27858051 |PARLA |26.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140402469660|PIZARRO RINCON, SERGIO |53135312 |PARLA |25.07.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||149450552951|OLMEDILLA GUISERIS, DAVID |52125447 |SAN SEBASTIAN REYES |25.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450736604|JIMENEZ ALCON, BELEN |53004264 |SAN SEBASTIAN REYES |30.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450610220|LEBETIOU , SAMIR |X4100421G |TORREJON DE ARDOZ |11.08.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450608997|GARRIDO MAILLO, DANIEL |01820722 |TORREJON DE ARDOZ |10.08.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450731989|IGLESIAS DEL HOYO, ELISA I.|53019474 |TORREJON DE ARDOZ |27.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140048543177|NAVARRO SANCHEZ, JOSE RAUL |33397159 |ALHAURIN DE LA TORRE |09.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | | ||149450542891|SOLA TORRES, MIGUEL ANGEL |74910851 |ANTEQUERA |18.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450421390|EL FEZZAZI , ABDESLAM |X1151342P |ARROYO DE LA MIEL |16.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450715923|BALERON CALLEJAS, PABLO F. |X4957024H |ARROYO DE LA MIEL |20.09.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450726532|MARTINEZ , MIGUEL ANGEL |X3517559P |ESTEPONA |25.09.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||149450385098|COWELL , ANTONY HOUGHTON |X6059814G |ESTEPONA |10.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450349720|GUERRA GARCIA, JOSE CARLOS |08916885 |ESTEPONA |10.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149402419237|ESPACELAND S A |A29268166 |MALAGA |11.09.2008| 400,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450401500|ESPACELAND S A |A29268166 |MALAGA |10.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450411000|MAQUINARIAS Y F MAYFOR SL |B29602489 |MALAGA |16.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450454234|APESOL SL |B29688520 |MALAGA |25.06.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||149450420931|RESIDENCIA GERIATRICA BRIS |B29832235 |MALAGA |16.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450420396|RESIDENCIA GERIATRICA BRIS |B29832235 |MALAGA |16.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450723476|ERDAHOGAR ANDALUCIA SL |B92665827 |MALAGA |23.09.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||149450398263|ERDAHOGAR ANDALUCIA SL |B92665827 |MALAGA |10.09.2008| 600,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450747444|BOUGRINE , NOUREDDINE |X4010975M |MALAGA |05.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450609631|ATENCIO , MIGUEL ANGEL |X6537140B |MALAGA |09.08.2008| 300,00 | 1 |RD 1428/03|048. | 4 | ||140450719424|BUITRAGO MARTIN, ANGEL |05853117 |MALAGA |19.09.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450725667|GARCIA LUIS, JAVIER |12362856 |MALAGA |23.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450407793|RODRIGUEZ BARCIELA, GUILLER|24729486 |MALAGA |11.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450401560|ARANDA ESTEVEZ, FRANCISCO |24794834 |MALAGA |11.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140402451654|VALENCIA VERDUGO, SANTIAGO |25663799 |MALAGA |07.05.2008| 300,00 | 1 |RD 1428/03|048. | 4 | ||140450732647|ARCOS DEL PINO, SONIA |25669134 |MALAGA |27.09.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||149450329680|SANTIAGO JIMENEZ, JUAN MANU|25685854 |MALAGA |09.06.2008| 400,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450389262|BERNABE CARO, JOSE ANTONIO |25700829 |MALAGA |11.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450418602|GOMEZ LANDERO LOPEZ, MARIA |26808322 |MALAGA |16.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450723294|JEREZ VALERO, MIGUEL ANGEL |28676702 |MALAGA |23.09.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450662888|BATALHA RAMIREZ, JOAO F. |30230041 |MALAGA |24.08.2008| 100,00 | |RD 1428/03|048. | | ||140450412987|BELLIDO SALCEDO, JUAN ANTON|31847352 |MALAGA |25.05.2008| 100,00 | |RD 1428/03|048. | | ||140450500682|MONTIEL DURAN, MARIA JOSE |33380273 |MALAGA |08.06.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140048547262|GIL ARCE, RAFAEL |75669663 |MALAGA |15.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | | ||140402441788|GARCIA LEBRON, FRANCISCO J.|24886343 |EL ATABAL |24.04.2008| 140,00 | |RD 1428/03|048. | 2 | ||140450711139|BICHARA , MOHAMED |X6217025X |MARBELLA |18.09.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450742070|ESTEVEZ GIL, PEDRO |38427725 |SAN PEDRO DE ALCAN |04.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450554551|LATRACH MOUSSAID, MINA |79034793 |MIJAS |26.07.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||149450367291|FLORES FLORES, GABRIEL |25323409 |MIJAS COSTA |10.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450696102|JIMENEZ MORENO, MANUEL |26020175 |MIJAS COSTA |04.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450694476|JIMENEZ MORENO, MANUEL |26020175 |MIJAS COSTA |04.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|048. | | ||149450381378|MORENA DUQUE, MIGUEL A. |05903004 |RINCON DE VICTORIA |11.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450715881|SERV ELECTRICOS Y TELECOMU |B29750619 |LA CALA DEL MORAL |20.09.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450732830|DUBRA VIGO, GUZMAN |X4341342T |TORREMOLINOS |27.09.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450662475|GORDILLO GONZALEZ, LUIS |30196016 |TORREMOLINOS |24.08.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | |
B. O. P. núm. 229 Viernes, 19 de diciembre de 2008 8915
|140450704299|HOSTELERIA PASEO DE TORROX |B29894011 |TORROX |14.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450745228|BERRAL JIMENEZ, ALFONSO |30502797 |LORCA |05.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||149450378537|MENENDEZ CAMPA, LAURA |09422550 |OVIEDO |10.09.2008| 600,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450325090|ORTIZ BALDOMERO, ANA ISABEL|30951264 |EIVISSA |02.07.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450757590|SARMIENTO LOPEZ, MARIA LUZ |47252724 |SANTA EULALIA RIO |12.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||149450349150|TORRES LARA, JOSE M |26035067 |SANTA MARIA DEL CAMI |10.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450504853|MORQUECHO REY, GONZALO |44086343 |PONTEVEDRA |17.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140048532283|BOUZA MARTINEZ, NIEVES |34874552 |FORNELOS SALVATERR |07.04.2008| 150,00 | |RD 1428/03|072.4 | | ||140402522715|FERNANDEZ ORU¥A ITURBE, M. |13700385 |SANTANDER |19.08.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450679426|RICO DE LA ROSA, PEDRO JOSE|25693279 |SANTANDER |28.08.2008| 100,00 | |RD 1428/03|048. | | ||140450682760|RICO DE LA ROSA, PEDRO JOSE|25693279 |SANTANDER |29.08.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 | ||140450741570|CONSTRUCCIONES Y PROMOCION |B91440578 |ALCALA DE GUADAIRA |30.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450741569|AMAYA REYES, RAFAEL |29799196 |BORMUJOS |30.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450755507|GALLEGO ORIHUELA, JERONIMO |79202032 |CARMONA |10.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450475780|CORREA GONZALEZ, DAVID |14329025 |U LOS FRUTALES DEL |29.06.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450763700|EXPLOTACIONES PORCINAS NAV |B41932534 |DOS HERMANAS |14.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450730742|MARTIN RUEDA, IRIA |48956365 |DOS HERMANAS |26.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140402469579|TORRESOL S COOP AND |F41741851 |ECIJA |18.07.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450760151|GRANDE LOZANO, CECILIA |28674007 |LA RINCONADA |13.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450738352|TOLEDO SADABA, JOSE PABLO |72768897 |S JOSE RINCONADA |30.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450744108|DISE¥O Y ARTES PLASTICAS J |B91673442 |SAN JOSE RINCONADA |04.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450608377|BENITEZ FLORES, EDUARDO |28617296 |MAIRENA DEL ALCOR |10.08.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140402417312|TOMASELLI , GIOVANI |NO CONSTA |MAIRENA DEL ALJARAFE |18.03.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450710287|MAYA AMADOR, SANTIAGO MANUE|52695937 |MAIRENA DEL ALJARAFE |05.09.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 | ||140450734036|PRADA RODRIGUEZ, MARIA JOSE|52699134 |MAIRENA DEL ALJARAFE |29.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140048780035|FERNANDEZ MAYA, JOSE GONZAL|53352163 |MAIRENA DEL ALJARAFE |05.09.2008| 150,00 | |RD 1428/03|019.1 | | ||140450439361|ARPRI G C A S L |B41627480 |SANLUCAR LA MAYOR |22.05.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450566123|TABLEROS SEVILLA S L |B41071598 |SEVILLA |02.10.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450753286|PUNT NOU SL |B41520446 |SEVILLA |09.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450765057|REVESTIMIENTOS POLYGROUP E |B41582776 |SEVILLA |16.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140048787728|REDINSA PROYECTOS E INSTAL |B41862772 |SEVILLA |15.09.2008| 150,00 | |RD 2822/98|012.4 | | ||140450761600|ESTUDIOS TECNICOS DE ARQUI |B41988668 |SEVILLA |13.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450740401|PF MARKETING SEVILLA SL |B91507723 |SEVILLA |02.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450744303|ORDO¥EZ RAYO, YANNY |X4345111C |SEVILLA |04.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450744339|SYLLA , MAMADOU MOUSTAPHA |X6910656F |SEVILLA |05.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450751850|FERREIRA LEITAO, PEDRO MIGU|X7466752D |SEVILLA |08.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450762287|LOPEZ EXPOSITO, RAFAEL |27844694 |SEVILLA |12.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450726520|CABEZAS MASERO, LUIS |28389391 |SEVILLA |25.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450758715|GARCIA VALDIVIESO, JOSEFA |28504600 |SEVILLA |11.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450754758|GARCIA VALDIVIESO, JOSEFA |28504600 |SEVILLA |10.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450763504|MORENO GUTIERREZ, ANTONIO J|28599316 |SEVILLA |14.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450670939|MARTINEZ MESA, RAFAEL |28649841 |SEVILLA |26.08.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 | ||149450533579|LOPEZ VEGA, JOSE MANUEL |28777922 |SEVILLA |16.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450723762|ROMERO MORALES, FRANCISCO J|28782624 |SEVILLA |23.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450725140|ROMERO MORALES, FRANCISCO J|28782624 |SEVILLA |24.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||149450517318|RODRIGUEZ BERLANGA, JUAN JO|28815675 |SEVILLA |18.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450738406|PEREZ RODRIGUEZ, JUAN |29786898 |SEVILLA |02.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450667023|MURILLO GARCIA, DIEGO |30212389 |SEVILLA |24.08.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450752348|LLORENTE VARON, FRANCISCO E|30439538 |SEVILLA |09.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149402397540|PALOMAR NAVAS, JOSE VICENTE|30470234 |SEVILLA |30.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450748795|DOMINGUEZ LOPEZ, DOLORES |30479224 |SEVILLA |06.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450725412|PEREZ GARCIA, EDUARDO BELTR|30829545 |SEVILLA |24.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450532988|MONTILLA MARTOS, MARIA JOSE|34002671 |SEVILLA |23.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450765793|LOPEZ MARTINEZ, ALFREDO |45656693 |SEVILLA |16.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450606678|CLEMENTE CRUZ, FRANCISCO D.|48806068 |SEVILLA |10.08.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 | ||140450526506|VAZQUEZ REINA, MANUEL JESUS|52258288 |SEVILLA |15.07.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450751368|CASTRILLO MORAN, ARMANDO |53275915 |SEVILLA |12.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450552578|ZAMORA CORCHERO, PANTALEON |80032289 |SEVILLA |25.07.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450761143|ROJAS VAZQUEZ, ANA MARIA |27289687 |TOMARES |13.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450501420|CABADAS FELIU, MARTA |00399872 |UTRERA |08.06.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450466613|HIDALGO DELGADO, FERNANDO M|28776945 |VALENCINA CONCEPCION |20.06.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140402519145|BARROSO DE LOS LLANOS, JOSE|03841178 |OCA¥A |10.09.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450747080|MITRIC , VALENTIN |X6812380X |TALAVERA DE LA REINA |05.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450738261|CHULIO FUSTER, DAVINIA |73577197 |CULLERA |30.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450741211|HIGUERA CALONGE, MARIA PILA|73944204 |L ALCUDIA |03.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149402450487|TAPIA PRIEGO, JUANA |19877753 |SAN ANTONIO DE BENAGEBER|16.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450696291|BARRIGA RECUENCO, DEBORA |04596900 |VALENCIA |04.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450551835|PARICIO RUBIO, HECTOR MIGUE|18425095 |VALENCIA |24.07.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450747468|BERMELL ALBERT, JOSE LUIS |24323918 |VALENCIA |06.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450505262|ESCOBAR RODRIGUEZ, CARLOS A|26750317 |VALENCIA |11.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450344278|TEJERO RUIZ, ROSARIO |30073244 |VALENCIA |10.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450476321|CASADEI , LORIS |NO CONSTA |PORSCHE ITALIA SPA |29.06.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450727780|COMPA¥IA DE VINOS MIGUEL M |B47349089 |VALLADOLID |25.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450716800|LASERRADA MARTINEZ, VANESA |72975658 |ALAGON |08.09.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 | ||149450364113|RUIZ CASTILLO SEZNEC, PABLO|05399088 |ZARAGOZA |16.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450427607|FERNANDEZ MIRANDA INCHAUSTI|17727038 |ZARAGOZA |10.06.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450483246|GARCIA MOZAS, DIEGO DANIEL |29119507 |ZARAGOZA |21.06.2008| 200,00 | |RD 1428/03|052. | 3 | ||140450743116|GOMEZ CLARO, FERNANDO |34054252 |ZARAGOZA |04.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140402476456|ESPADA CARBO, LUIS |73249468 |ZARAGOZA |23.05.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140048506454|TRANSPORTES MESEMAR S L |B50405950 |BARRIO VILLAMAYOR |29.08.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | | |
Córdoba, 14 de noviembre de 2008.—El Jefe Provincial deTráfico, Fdo.: Ramiro Marcello Marin.
———Núm. 12.256
NOTIFICACIONESDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de
la ley treinta de mil novecientos noventa y dos, de veintiséis denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la inicia-ción de los expedientes sancionadores que se indican, instruidospor la Jefatura Provincial de Tráfico, a las personas o entidadesdenunciadas que a continuación se relacionan, ya que habiéndo-se intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta nose ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en la Unidad de San-ciones de la Jefatura Provincial de Tráfico, ante la cual les asisteel derecho de alegar por escrito lo que en su defensa estimenconveniente, con aportación o proposición de las pruebas queconsideren oportunas, dentro del plazo de quince días hábiles,contados desde el siguiente al de la publicación del presente en elBOLETÍN OFICIAL de la Provincia.
Si en la columna «Requerimiento» aparece el número (1), serequiere del denunciado que se cita, titular del vehículo objeto dela denuncia, para que identifique al conductor del mismo en lafecha indicada, haciéndole saber que si incumple la obligaciónlegal de identificación del conductor del vehículo, se iniciaráexpediente sancionador por infracción al artículo 72.3 de la Leysobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y SeguridadVial aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990 (BOE 63,
8916 Viernes, 19 de diciembre de 2008 B. O. P. núm. 229
de 14 de marzo), según redacción dada por la Ley 17/2005 de19 de julio (BOE 172, de 20 de julio).
Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso del derechopara formular alegaciones y/o aportar o proponer pruebas, sedictarán las oportunas Resoluciones.
Art.º = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; SUSP = Meses de suspensión; REQ = Requerimiento;PTOS = Puntos
EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHA CUANTIA SUSP. PRECEPTO ART* PTOS REQ.|140450734450|PEREZ GARCIA, ENRIQUE |21473680 |ALICANTE |29.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450760680|CAMBRONERO MONTERO, FELICIA|51601520 |BENIDORM |13.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450764995|D ESPARTA SHOES SL |B53831350 |ELCHE |15.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450706375|MU¥OZ HERRERA, FRANCISCO |48345454 |MUTXAMEL |12.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|048. | | ||140450761921|REECUPERACIONES CHICHOS AN |B02257798 |ALBACETE |13.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450521077|CAPEL GUERRERO, MARIA DEL M|76149756 |ARBOLEAS |12.07.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 | ||140046741890|SORIANO CASTRO, MIGUEL |39385234 |LIJAR |09.08.2008| 10,00 | |RD 772/97 |001.4 | | ||140450740930|MARTIN GIL, PELAYO |06555593 |FONTIVEROS |03.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450752579|FUSTES AMADOR SL |B61164984 |ARGENTONA |09.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450737657|URBANO HIDALGO, ANA |30519338 |BADALONA |01.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450348260|CARMONA MORENO, JUAN ALFONS|46719123 |BADALONA |10.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450577915|SANCHEZ DIAZ, IVAN |46720739 |BADALONA |01.08.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450726611|RODRIGUEZ LOPEZ, CARLOS |00676863 |BARCELONA |25.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450465189|GARCIA CARMONA, FRANCISCO J|NO CONSTA |CALDES DE MONTBUI |17.06.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450748710|ORTEGA IBA¥EZ, ANTONIO JESU|31646434 |CASTELLDEFELS |06.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140402520410|REMEDIOS TOVIAS, JUAN |46519133 |S COLOMA GRAMENET |25.07.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450731801|TORRAS CABA¥AS, ALBERT |46558666 |S FELIU DE LLOB |27.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450733056|RUZ HOLGUIN, PABLO |46677085 |S FELIU DE LLOB |28.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450747663|RUZ HOLGUIN, PABLO |46677085 |S FELIU DE LLOB |05.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450745897|RUZ HOLGUIN, PABLO |46677085 |S FELIU DE LLOB |05.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450766440|EL HARRAK , RACHID |X4106725Y |TERRASSA |17.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450760102|RUIZ ROMERO, CRISTINA |30832066 |VIC |12.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140048688120|CABELLO BENJUMEA, JOAQUIN |46594526 |VILANOVA I LA GELTRU |04.08.2008| | |RD 1428/03|154. | |(1)||140048665416|GODOY GARCIA, SERGIO |30649243 |BILBAO |30.08.2008| 150,00 | |RD 2822/98|011.2 | | ||140450744145|FIGUEROA TORRADO, ANGELA |32429799 |A CORU¥A |04.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450718780|CONCERT SOUND S L |B11797073 |ALGECIRAS |31.08.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450376784|SERVICIOS EUROAFRICANOS DE |B72063332 |ALGECIRAS |11.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450354089|QUEVEDO BUENO, CESAR |13785673 |ALGECIRAS |11.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450753341|BELLES ESCRIG, JUAN VICENTE|18897870 |ALGECIRAS |09.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450736781|JUNQUERA SANCHEZ, JOSE MARI|28704847 |ALGECIRAS |01.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450458156|VAZQUEZ GUERRA, MIGUEL ANGE|31709993 |ARCOS DE LA FTRA |22.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450757012|MORILLO BUENDIA, DAVID |44044672 |BENALUP CASAS VIEJAS |11.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450458586|ZAMORANO GONZALEZ, LUIS M. |75777507 |CADIZ |14.06.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 | ||140450725448|INGENIERIA Y PROYECTOS ARA |B72010309 |CHICLANA DE LA FTRA |24.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450481950|DIAZ GIL, JUAN JOSE |02710709 |CHICLANA DE LA FTRA |28.06.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149402440548|ANDICOBERRY DE LOS REYES, S|30804428 |CHICLANA DE LA FTRA |11.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450716952|OLALDE GONZALEZ, JOSE MARIA|45059526 |CHICLANA DE LA FTRA |08.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450726805|GONZALEZ SANCHEZ, JOSE JAVI|48971660 |CHICLANA DE LA FTRA |25.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450375998|SOLSONA NAVARRO, MARCELO |52306910 |CHICLANA DE LA FTRA |16.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450709560|FERRERAS COLCHON, JOSE MARI|72530973 |CHICLANA DE LA FTRA |16.09.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 | ||140450699784|BERNAL TRIVI¥O, SALVADOR |75819058 |CHICLANA DE LA FTRA |07.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450759835|PALACIOS GARCIA, JOSE |52330830 |CHIPIONA |12.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450735697|SMITH , JOHN BURTON |X0938270P |EL PUERTO STA MARIA |29.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450527786|CORONA , CARLOS J |X2804949F |EL PUERTO STA MARIA |15.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450699875|MORENO LOPEZ, SERGIO |05426037 |EL PUERTO STA MARIA |07.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | | ||140450731928|RUIZ DE LA ROSA, MARIA TERE|28705128 |EL PUERTO STA MARIA |26.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140048689846|FERNANDEZ GARCIA, RAFAEL |30812125 |EL PUERTO STA MARIA |22.08.2008| 60,00 | |RD 1428/03|098.2 | | ||140450737839|MARTINEZ NORIEGA, JOSE RAMO|34007933 |EL PUERTO STA MARIA |30.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450535631|LANDETA RUIZ MATEOS, JOSE M|44967891 |EL PUERTO STA MARIA |22.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450554261|PRADO GONZALEZ, ANGEL PASCU|75788279 |EL PUERTO STA MARIA |03.10.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140048509091|HERPASUR SA |A11627437 |JEREZ DE LA FTRA |10.09.2008| | |RD 2822/98|014.2 | |(1)||140450750996|MICROLIMP S L |B11671880 |JEREZ DE LA FTRA |08.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450754734|FEBARY Y ASOCIADOS S L |B11676954 |JEREZ DE LA FTRA |21.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450733822|PERULA PEREZ, OSCAR ANTONIO|30825020 |JEREZ DE LA FTRA |28.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450580960|GARCIA DE QUEVEDO RUIZ, B. |31655455 |JEREZ DE LA FTRA |07.10.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450382826|PE¥A ROMAN, LUIS DAVID |31668049 |JEREZ DE LA FTRA |10.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450755842|RICO GARRIDO, JAVIER |31675926 |JEREZ DE LA FTRA |10.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450746610|FLORES GIRON, LUIS |31681765 |JEREZ DE LA FTRA |06.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450759513|VEGA CASTILLO, JOSE JOAQUIN|31689457 |JEREZ DE LA FTRA |12.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450519716|MORENO GUTIERREZ, OSCAR |31696473 |JEREZ DE LA FTRA |12.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450500926|MORENO GUTIERREZ, OSCAR |31696473 |JEREZ DE LA FTRA |12.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||149450495827|MORENO GUTIERREZ, OSCAR |31696473 |JEREZ DE LA FTRA |12.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450722514|FERNANDEZ ALCOCER, ABRAHAN |31709335 |JEREZ DE LA FTRA |22.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450359470|FRANCO PAZOS, LUIS |52339493 |JEREZ DE LA FTRA |23.04.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 | ||140450745125|FERNANDEZ DE ALAVA, JOSE A.|03099793 |JIMENA DE LA FTRA |05.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450753687|MEDINA HIDALGO, ISABEL D. |32016945 |LA LINEA CONCEPCION |10.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149450374386|PEREZ LORENZO, MANUEL ANTON|45478651 |LA LINEA CONCEPCION |11.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450760047|MORA PARDO, JOSE LUIS |25063165 |LOS BARRIOS |13.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450749945|ECOGADES S L |B11552510 |PUERTO REAL |07.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450748035|ECOGADES S L |B11552510 |PUERTO REAL |06.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450746658|ANACLETO PINHEIRO, JOSE A. |X1659211Z |PUERTO REAL |30.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450748254|DOMINGO GOMEZ ISIDRO SLNE |B11595550 |ROTA |06.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450753456|DORES AGUILERA, MANUEL |31302966 |ROTA |09.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450742513|MARIN MARCHENA, ROSARIO |80111186 |ROTA |03.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450734980|CERRUDO GAVILAN, CELIA |52929149 |SAN FERNANDO |29.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450738455|DOMINGUEZ VAZQUEZ, ALBERTO |75818346 |SAN FERNANDO |30.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450740978|MORALES PEINADO, MARIA R. |31863561 |TARIFA |03.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450752816|VEJERLOR S L |B11377330 |VEJER DE LA FTRA |09.10.2008| | |RD 1428/03|048. | |(1)||140450730110|ARENAS ORDO¥EZ, MARIA E. |80149275 |CEUTA |27.09.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||140450462358|MORSLI , SALAH |X6481351C |ADAMUZ |04.07.2008| 100,00 | |RD 1428/03|048. | | ||140402508263|LA MEZQUITA 2005 SL |B14710933 |AGUILAR DE LA FRONTERA |13.08.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)||149048625438|MENDOZA PEREZ, JOSE ANTONIO|75602001 |AGUILAR DE LA FRONTERA |30.09.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | | ||140450708177|ROMERO GARCIA, CARMEN |75676780 |AGUILAR DE LA FRONTERA |14.09.2008| 200,00 | |RD 1428/03|048. | 3 | ||140048681446|PEREZ BONILLA, ANTONIO |79222149 |AGUILAR DE LA FRONTERA |11.09.2008| 90,00 | |RD 2822/98|025.1 | | ||140047876780|NAVARRO BARRANCO, FRANCISCO|80130403 |AGUILAR DE LA FRONTERA |07.08.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | | ||140048687680|DE LA ROSA GONZALEZ, IVAN |30528921 |ALMODOVAR DEL RIO |21.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 | ||140048784521|MADUE¥O JAEN, FRANCISCO |30791325 |ALMODOVAR DEL RIO |10.09.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 | ||140048684356|CORTES CAMPOS, EUSEBIO |38143530 |ALMODOVAR DEL RIO |22.08.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | | ||140048699062|GONZALEZ COLORADO, CARLOS S|11445665 |BAENA |10.09.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | | ||140046865608|ARIZA MORALES, MANUEL |26970144 |BAENA |20.08.2008| | |RD 1428/03|143.1 | |(1)||140048666780|FERNANDEZ CAMPOS, ANTONIO |30396248 |BAENA |27.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|118.3 | | ||140450766104|RECIO CANO, FRANCISCO JAVIE|30791213 |BAENA |16.10.2008| | |RD 1428/03|052. | |(1)|
B. O. P. núm. 229 Viernes, 19 de diciembre de 2008 8917
Córdoba, 21 de noviembre de 2008.—El Jefe Provincial de Trá-fico Acctal., Fdo.: José Antonio Ríos Rosas.
———Núm. 12.257
RESOLUCIONESDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de
la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace públicanotificación de las resoluciones recaídas en los expedientes san-cionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente(1), según lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 68 delTexto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehícu-los a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legisla-tivo 339/1990 (BOE 63 de 14 de marzo), y 3.2 del texto Refundidode la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro, aprobado por elReal Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, a las perso-
nas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habién-dose intentado la notificación en el último domicilio conocido, éstano se ha podido practicar.
Contra estas resoluciones que no son firmes en vía adminis-trativa podrá interponerse Recurso de Alzada, dentro del plazode UN MES, contado a partir del día siguiente al de la publicacióndel presente en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente,ante el Director General de Tráfico, de conformidad con lo dis-puesto en el apartado 1 del artículo 80 de la citada Ley.
Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso de este dere-cho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abo-nadas en periodo voluntario dentro de los 15 días siguientes a lafirmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederáa su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del20% de su importe por apremio.
Los expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatu-ra Provincial de Tráfico correspondiente.
(1) OBS = (a) Jefe Provincial de Tráfico, (b) Director del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas, (c) El Delegadodel Gobierno; ART* = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; SUSP = Meses de suspensión; PTOS = Puntos EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHA CUANTIA SUSP. PRECEPTO ART* PTOS OBS.|149450408141|BRILDOR S L |B03308681 |MURO DE ALCOY |14.07.2008| 400,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(b)||140048029007|FERNANDEZ CAMPOS, JUAN |48326008 |VILLAJOYOSA |27.04.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | |(a)||149048325984|ILIE , ANISOARA |X6897857L |ALBACETE |23.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149048192364|PARRA RODRIGUEZ, JUAN D. |05100823 |ALBACETE |02.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140402449118|MONTOYA MARTINEZ, VICENTA |05198603 |ALBACETE |30.03.2008| 140,00 | |RD 1428/03|048. | 2 |(a)||149450339969|BARCELO LANDETE, VANESA |47076682 |EL SALOBRAL |09.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149402334098|MARTINEZ ROS, ANTONIO EMILI|27194948 |ALMERIA |26.05.2008| 400,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140450418692|MU¥OZ RIZOS, ANDRES |30490156 |CARBONERAS |10.05.2008| 140,00 | |RD 1428/03|048. | 2 |(b)||140450531241|LLAMAS RODRIGUEZ, CARMELO |80126841 |GARRUCHA |15.07.2008| 100,00 | |RD 1428/03|048. | |(b)||140402350771|RIVAS JURADO, ANDRES JESUS |74652263 |AGUADULCE |26.10.2007| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 |(a)||149402286468|DUX SANTOY ROLDAN, DAVID |46694615 |BADALONA |09.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048670643|BARQUERO CUESTA, DAVID |53073667 |BADALONA |29.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|085.1 | |(a)|
8928 Viernes, 19 de diciembre de 2008 B. O. P. núm. 229
|149402279956|TADEO OJEDA, LUIS JESUS |34761039 |BARCELONA |02.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140450348707|VILANOVA FERNANDEZ, ANTONI |40991298 |BARCELONA |21.03.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 |(b)||140048138167|FALCO FERNANDEZ, AUGUSTO |43530965 |BARCELONA |08.11.2007| 150,00 | |RD 772/97 |016.4 | |(a)||149402320853|PEREZ GARCIA, PEDRO |40941756 |EL MASNOU |02.06.2008| 400,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048039920|CONSTANTIN , IOAN |X3930389B |EL PRAT DE LLOBREGAT |22.04.2008| 1.500,00 | |RDL 8/2004|003.A | |(c)||140048029767|FULQUET PASCUAL, PEDRO |33967966 |GAVA |13.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||140048156790|FULQUET PASCUAL, PEDRO |33967966 |GAVA |13.05.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048485001|TRANS MANRESA S L |B59328039 |MANRESA |05.04.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||149402411524|MARQUEZ MORALES, SALVADOR |28652834 |MATARO |23.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149450339489|MARQUEZ MORALES, SALVADOR |28652834 |MATARO |23.06.2008| 400,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140402470405|AVALOS GONZALEZ, ALEJO |38784501 |MATARO |16.05.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(a)||149402377152|GIBELLO MU¥OZ, ANTONIA |41497099 |MATARO |23.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048363450|PI¥A ESPEJO, ISRAEL |31722550 |S CLIMENT DE LLOB |01.03.2008| 150,00 | |RD 1428/03|018.3 | |(a)||149450432003|CARMONA MARTOS, JOSE |47635656 |VILANOVA I LA GELTRU |12.08.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(b)||149450424961|CARMONA MARTOS, JOSE |47635656 |VILANOVA I LA GELTRU |12.08.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(b)||140450476825|DANTAS CRISPIM, MICHAEL |NO CONSTA |BADAJOZ |29.06.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | |(b)||140402498348|ROMERO TOSINA, NEMESIO |08886181 |CASTUERA |04.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(a)||140048687837|HAIDAB , BOMBA |X7819935G |OLIVENZA |29.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140048304729|ALMANSA SIMON, YOLANDA |53260053 |VILLANUEVA DE SERENA |21.05.2008| 150,00 | |RD 1428/03|151.2 | 4 |(a)||140048534073|FERNANDEZ ABAD, JESUS MARIA|14701490 |BALMASEDA |11.04.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.2 | |(a)||140402437530|CERME¥O VEGA, OSCAR |14605350 |BILBAO |11.03.2008| 100,00 | |RD 1428/03|048. | |(a)||149450331296|GIL CUEVAS, JULIO |15363422 |ERMUA |20.05.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149450351910|SANTOS FERREIRA, JUAN JOSE |X4504994F |BURGOS |01.07.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(b)||149450320596|MAURELL , GERMAN RAUL |X3804466J |CARCEDO DE BURGOS |02.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149450341320|MEJIAS LOPEZ, ANA |32691360 |FERROL |09.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140450463132|JURADO DIAZ, RAFAEL |31829784 |ALGECIRAS |08.07.2008| 100,00 | |RD 1428/03|048. | |(b)||149402411639|MAS FRAGA MANAGERS SL |B11448149 |CADIZ |18.06.2008| 400,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140402517926|GONZALEZ FERNANDEZ, ALFREDO|31264673 |CADIZ |10.09.2008| 300,00 | 1 |RD 1428/03|048. | 4 |(a)||149048218183|DISTRI SEVILLA S L |B11339470 |CHICLANA DE LA FTRA |30.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048502000|DISTRI SEVILLA S L |B11339470 |CHICLANA DE LA FTRA |14.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||149450340194|ARAGON GUERRA, FRANCISCO J.|52921615 |CHICLANA DE LA FTRA |02.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149450331922|BALLESTERO BENJUMEDA, MARIA|31320691 |EL PUERTO STA MARIA |02.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149450335368|CABEZA LARGO, ROSARIO |31622913 |JEREZ DE LA FTRA |02.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140450370105|MORENO SANCHEZ, JOAQUIN |31680356 |JEREZ DE LA FTRA |01.05.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(b)||140048546099|STAN , DUMITRI |X8313474D |SAN FERNANDO |27.05.2008| 1.500,00 | |RDL 8/2004|003.A | |(c)||149450313762|CABRERA GARCIA, RAFAEL |31372039 |SAN FERNANDO |26.05.2008| 600,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149450331958|LOPEZ TAPIA PEREZ, MAMERTO |07227815 |SANLUCAR BARRAMEDA |02.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140450502630|BONILLA CAPUTTO, ROBERTO |48886891 |SANLUCAR BARRAMEDA |06.06.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 |(b)||140048156716|DE LA HOYA SERRANO, JESUS E|13064409 |ZORITA |05.05.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048156145|DE LA HOYA SERRANO, JESUS E|13064409 |ZORITA |10.05.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140048156066|DE LA HOYA SERRANO, JESUS E|13064409 |ZORITA |10.05.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048248362|DE LA HOYA SERRANO, JESUS E|13064409 |ZORITA |17.05.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048248374|DE LA HOYA SERRANO, JESUS E|13064409 |ZORITA |17.05.2008| 90,00 | |RD 2822/98|049.1 | |(a)||140048382091|OUCKEIKH , AHMED |X4315846B |AGUILAR DE LA FRONTERA |24.04.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140048382108|OUCHEIKH , AHMED |X4315846B |AGUILAR DE LA FRONTERA |24.04.2008| 150,00 | |RD 1428/03|143.1 | 4 |(a)||140048546427|ION , IVANUSI FANGEL |X9776521A |AGUILAR DE LA FRONTERA |16.05.2008| 600,00 | 1 |RD 1428/03|020.1 | 4 |(a)||140450421344|PRIETO SALES, FRANCISCO |30051050 |AGUILAR DE LA FRONTERA |04.06.2008| 100,00 | |RD 1428/03|048. | |(b)||140402525303|MOLERO MORENO, OSCAR |48874269 |AGUILAR DE LA FRONTERA |05.09.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 |(a)||140402449283|HERMOSO HINOJOSA, FRANCISCO|30529617 |ALMODOVAR DEL RIO |31.03.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 |(a)||140048254891|HIERRO PINEDA, RAFAEL F. |30797717 |ALMODOVAR DEL RIO |24.05.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048782380|VARGAS JURADO, RAFAEL |30819487 |ALMODOVAR DEL RIO |10.09.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140048784181|VARGAS JURADO, RAFAEL |30819487 |ALMODOVAR DEL RIO |11.09.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140402525704|PAEZ GUTIERREZ, JOSE RAUL |30820380 |ALMODOVAR DEL RIO |12.09.2008| 300,00 | 1 |RD 1428/03|052. | 4 |(a)||140048618335|TORRES HEREDIA, JOSE |30822828 |ALMODOVAR DEL RIO |29.05.2008| 450,00 | 1 |RD 1428/03|020.1 | 4 |(a)||140048696334|TEJERO GUZMAN, ANA MARIA |30948872 |ALMODOVAR DEL RIO |29.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|146.1 | 4 |(a)||140048559884|SANCHEZ LOPEZ, JOSE ANTONIO|30984700 |ALMODOVAR DEL RIO |30.04.2008| 10,00 | |RD 2822/98|026.1 | |(a)||140048587132|JIMENEZ NAVARRO, ANTONIO |30990504 |ALMODOVAR DEL RIO |19.05.2008| 450,00 | 1 |RD 1428/03|003.1 | 6 |(a)||140048614032|JIMENEZ NAVARRO, ANTONIO |30990504 |ALMODOVAR DEL RIO |19.05.2008| 150,00 | |RD 1428/03|118.1 | 3 |(a)||140048614044|JIMENEZ NAVARRO, ANTONIO |30990504 |ALMODOVAR DEL RIO |19.05.2008| 150,00 | |RD 1428/03|118.1 | |(a)||140048611547|JIMENEZ NAVARRO, ANTONIO |30990504 |ALMODOVAR DEL RIO |14.05.2008| 150,00 | |RD 1428/03|018.3 | 2 |(a)||140048553699|MALDONADO MAYA, CLAUDIA |45745289 |ALMODOVAR DEL RIO |08.05.2008| 70,00 | |RD 1428/03|090.1 | |(a)||140048319332|SANCHEZ LOPEZ, RAFAEL MANUE|45888094 |ALMODOVAR DEL RIO |05.09.2008| 150,00 | |RD 1428/03|118.1 | 3 |(a)||140048553213|RENTAUTO LOS LLANOS SL |B14688436 |BAENA |27.05.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048784831|MUEV , PAMELA |X7408226H |BAENA |08.09.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | |(a)||140048782627|IONUT , MUTU |X8008313N |BAENA |08.09.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140048682530|VILLA JIMENEZ, JESUS |15453117 |BAENA |28.07.2008| 150,00 | |RD 1428/03|019.1 | |(a)||140048176958|CARRILLO AGUILERA, MARCO A.|26967112 |BAENA |04.05.2008| 90,00 | |RD 2822/98|025.1 | |(a)||140048176843|CARRILLO AGUILERA, MARCO A.|26967112 |BAENA |04.05.2008| 10,00 | |RD 772/97 |001.4 | |(a)||140048315466|FERNANDEZ PAVON, JOSE |26970807 |BAENA |17.05.2008| 10,00 | |RD 2822/98|026.1 | |(a)||140047576850|VILLA JIMENEZ, JOSE DAVID |26971180 |BAENA |06.04.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||140048597897|FERNANDEZ CAMPOS, MANUEL |30429358 |BAENA |30.05.2008| 600,00 | 1 |RD 1428/03|020.1 | 4 |(a)||140048147600|MERIDA AREVALO, ARTURO A. |30837769 |BAENA |20.05.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048630682|DE MEDINA SUAREZ, MATEO |75688407 |BELALCAZAR |05.09.2008| 60,00 | |RD 1428/03|017. | |(a)||140048036012|VALLEJO GOMEZ, MANUEL |30829340 |BUJALANCE |18.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||149402383656|ROJAS BORREGO, ISABEL A. |80132832 |CA¥ETE DE LAS TORRES |18.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048543438|ZANAHORIAS LEONARDO S L |B14309918 |CABRA |22.05.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048548175|URBAEGABRENSE SL |B14667158 |CABRA |23.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||140402521681|GALLARDO CAMPILLOS, JESUS |26975358 |CABRA |11.09.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 |(a)||140402509450|ORTIZ LOPEZ, MARIA D. |34027475 |CARCABUEY |10.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(a)||140048607581|STANCIU , AUREL AVRAM |X7966844N |CASTRO DEL RIO |10.09.2008| 150,00 | |RD 1428/03|018.2 | 3 |(a)||140048178785|MESA RAMIREZ, PEDRO LUIS |34029394 |CASTRO DEL RIO LLA |26.05.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048546518|TRANSBER CORDOBA S L |B14280366 |CORDOBA |12.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|019.1 | |(a)||140048598415|CORDOBESA DE COPIADORAS Y |B14341911 |CORDOBA |17.06.2008| 150,00 | |RD 2822/98|012.4 | |(a)||140048597022|CLIMATIZACION SANTOS LOZAN |B14440879 |CORDOBA |12.06.2008| 150,00 | |RD 2822/98|019.1 | |(a)||140048471841|GRUPO GASTRONOMICO DEL SUR |B14541759 |CORDOBA |26.06.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||149048110359|FERRETERIA E INSTALACIONES |B14729404 |CORDOBA |23.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048572098|APARICIO RODRIGUEZ, JOSE |NO CONSTA |CORDOBA |18.03.2008| 150,00 | |RD 772/97 |016.4 | |(a)||140048588203|AGUERO , ANTONIO CLAUDIO |X1435324D |CORDOBA |17.06.2008| 90,00 | |RD 1428/03|154. | |(a)||140048064524|MENDIENTA LOPEZ, JONNY R. |X4853080B |CORDOBA |07.02.2008| 1.010,00 | |RDL 8/2004|003.A | |(c)||140048781568|BEN IECHRAK, HASSAN |X6268052T |CORDOBA |09.09.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140048737129|MENDOZA GANCHOZO, ERNESTO S|X6339448G |CORDOBA |28.08.2008| 10,00 | |RD 2822/98|026.1 | |(a)||140048737014|MENDOZA GANCHOZO, ERNESTO S|X6339448G |CORDOBA |28.08.2008| 10,00 | |RD 2822/98|026.1 | |(a)||140048114114|RAZIK , AZEDDINE |X6448359X |CORDOBA |12.06.2008| 150,00 | |RD 2822/98|021.1 | |(a)||140048598920|PILA , VALENTIN |X9847426E |CORDOBA |02.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140048637913|PILA , VALENTIN |X9847426E |CORDOBA |02.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|003.1 | |(a)||140402521711|BUJALANCE RABADAN, ANTONIO |00323801 |CORDOBA |14.09.2008| 100,00 | |RD 1428/03|050. | |(a)||140048139500|SERRANO TERUEL, MA LOURDES |05875899 |CORDOBA |11.04.2008| 10,00 | |RD 2822/98|026.1 | |(a)||140048139512|SERRANO TERUEL, MA LOURDES |05875899 |CORDOBA |11.04.2008| 10,00 | |RD 2822/98|026.1 | |(a)||140402506576|BENZAL ARRIBAS, ALVARO |29208563 |CORDOBA |19.07.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 |(a)||140048642519|MORALES RUANO, JOSEFA |29979059 |CORDOBA |20.06.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)|
B. O. P. núm. 229 Viernes, 19 de diciembre de 2008 8929
Córdoba, 28 de noviembre de 2008.—El Jefe Provincial deTráfico, Fdo.: Ramiro Marcello Marin.
———Núm. 12.258
RESOLUCIONESDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de
la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace públicanotificación de las resoluciones recaídas en los expedientes san-cionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente(1), según lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 68 delTexto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehícu-los a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legisla-tivo 339/1990 (BOE 63 de 14 de marzo), y 3.2 del texto Refundidode la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro, aprobado por elReal Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, a las perso-
nas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habién-dose intentado la notificación en el último domicilio conocido, éstano se ha podido practicar.
Contra estas resoluciones que no son firmes en vía adminis-trativa podrá interponerse Recurso de Alzada, dentro del plazode UN MES, contado a partir del día siguiente al de la publicacióndel presente en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente,ante el Director General de Tráfico, de conformidad con lo dis-puesto en el apartado 1 del artículo 80 de la citada Ley.
Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso de este dere-cho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abo-nadas en periodo voluntario dentro de los 15 días siguientes a lafirmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederáa su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del20% de su importe por apremio.
Los expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatu-ra Provincial de Tráfico correspondiente.
(1) OBS = (a) Jefe Provincial de Tráfico, (b) Director del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas, (c) El Delegadodel Gobierno; ART* = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; SUSP = Meses de suspensión; PTOS = Puntos EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHA CUANTIA SUSP. PRECEPTO ART* PTOS OBS.|149450303010|GUNITADOS TECNICOSPAVISPOR |B53955563 |ELCHE |22.01.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140402502390|STOLPE , LARS AKE BIRGER |X1351545L |TORREVIEJA |27.08.2008| 200,00 | |RD 1428/03|052. | 3 |(a)|
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8934 Viernes, 19 de diciembre de 2008 B. O. P. núm. 229
|140048612953|LAMA LANA, FERNANDO |34055033 |CORIA DEL RIO |27.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|012. | |(a)||140048610816|STRAINU , FLORIN |X8518075W |ECIJA |12.05.2008| 60,00 | |RD 1428/03|010.2 | |(a)||140048586061|CACERES MARTIN, JESUS VICEN|52246037 |ECIJA |08.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|019.1 | |(a)||140048349270|CARDOSO NAVARRO, MANUEL |34031480 |EL VISO DEL ALCOR |12.01.2008| 90,00 | |RD 1428/03|154. | |(a)||140048501584|SANCHEZ MORENO, JACINTO |28764303 |SAN JOSE RINCONADA |17.04.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048501572|SANCHEZ MORENO, JACINTO |28764303 |SAN JOSE RINCONADA |17.04.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||149450339611|ESPINOSA AMATE, MANUEL |47506811 |PALACIOS VILLAFRANCA |09.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048558790|OVANDO , NELSON |X8570113Z |SEVILLA |17.06.2008| 450,00 | |RD 772/97 |001.2 | |(a)||149402324172|MARTINEZ DARVE CARACUEL, JO|08820878 |SEVILLA |26.05.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149450438224|ROSADO GARCIA, MANUEL |28428328 |SEVILLA |18.07.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(b)||140450436669|LOUVIERT ALONSO, OLIVER JUA|28631091 |SEVILLA |11.06.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(b)||149450341885|CACHERO VINUESA, JESUS MANU|28789205 |SEVILLA |28.04.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048374719|GONZALEZ SALINAS, JAVIER |48961205 |SEVILLA |06.04.2008| 90,00 | |RD 1428/03|167. | |(a)||140048554680|ORIOL MU¥OZ, ALFONSO CARLOS|16239258 |QUINTO |20.05.2008| 150,00 | |RD 1428/03|018.2 | 3 |(a)||149450332197|CABELLO DE ALBA HERNANDEZ, |80118189 |TOMARES |26.05.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140450426494|ELVIRA DELGADO, PEDRO ENRIQ|23267875 |VILLABONA |10.06.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(b)||140048467758|LAABIAD HAMMIDA, AHL |X2947629H |LOS REALEJOS |29.04.2008| 90,00 | |RD 2822/98|030.2 | |(a)||140048467953|LAABIAD HAMMIDA, AHL |X2947629H |LOS REALEJOS |29.04.2008| 150,00 | |RD 2822/98|012.5 | |(a)||149402449163|BARRIO DIAZ, PURIFICACION |02198349 |EL VISO DE SAN JUAN |23.07.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048372176|ESPADAS GONZALEZ, CARLOS |04175126 |TALAVERA DE LA REINA |14.03.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||149450331650|RIZO MARCO, FEDERICO |52635714 |TORRENT |02.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048507574|GARCIA HERRADA, TOMAS |53209283 |TORRENT |13.08.2008| 10,00 | |RD 2822/98|026.1 | |(a)||140048507562|GARCIA HERRADA, TOMAS |53209283 |TORRENT |13.08.2008| 10,00 | |RD 2822/98|026.1 | |(a)||149402377231|COBO DESCALZO, JULIAN |22640297 |VALENCIA |09.06.2008| 400,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149402375763|GRUPO DE VIAJES TODO CARIB |A47498175 |MEDINA DEL CAMPO |02.06.2008| 400,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140450380767|NAVARRO BENITO, SANTIAGO |25141809 |ZARAGOZA |06.05.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(b)||140048506399|TARODO VALENCIA, DAVID |25168149 |ZARAGOZA |25.08.2008| 120,00 | 1 |RD 1428/03|048.1 | 4 |(a)||140048559422|CA¥AL FERNANDEZ, DAVID |25436122 |ZARAGOZA |24.04.2008| 150,00 | |RD 1428/03|075.1 | |(a)||140048231570|LEGIDO RODRIGUEZ, ELADIO |06552120 |ZAMORA |02.04.2008| 10,00 | |RD 2822/98|026.1 | |(a)|
Córdoba, 14 de noviembre de 2008.—El Jefe Provincial de Trá-fico, Fdo.: Ramiro Marcello Marin.
———Núm. 12.259
RESOLUCIONESDe conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de
la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Co-mún (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace públicanotificación de las resoluciones recaídas en los expedientes san-cionadores que se indican, dictadas por la Autoridad competente(1), según lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 68 delTexto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehícu-los a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legisla-tivo 339/1990 (BOE 63 de 14 de marzo), y 3.2 del texto Refundidode la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro, aprobado por elReal Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, a las perso-
nas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habién-dose intentado la notificación en el último domicilio conocido, éstano se ha podido practicar.
Contra estas resoluciones que no son firmes en vía adminis-trativa podrá interponerse Recurso de Alzada, dentro del plazode UN MES, contado a partir del día siguiente al de la publicacióndel presente en el Boletín Oficial o Diario Oficial correspondiente,ante el Director General de Tráfico, de conformidad con lo dis-puesto en el apartado 1 del artículo 80 de la citada Ley.
Transcurrido dicho plazo sin que haya hecho uso de este dere-cho, las resoluciones serán firmes y las multas podrán ser abo-nadas en periodo voluntario dentro de los 15 días siguientes a lafirmeza, con la advertencia de que, de no hacerlo, se procederáa su exacción por vía ejecutiva, incrementado con el recargo del20% de su importe por apremio.
Los expedientes obran en la Unidad de Sanciones de la Jefatu-ra Provincial de Tráfico correspondiente.
(1) OBS = (a) Jefe Provincial de Tráfico, (b) Director del Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas, (c) El Delegadodel Gobierno; ART* = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = Real Decreto; SUSP = Meses de suspensión; PTOS = PuntosEXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHA CUANTIA SUSP. PRECEPTO ART* PTOS OBS.|149450317202|SEGURIDAD THRON S L |B03279890 |ALICANTE |18.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149048239356|SELEC AUTOMOVILES M C SL |B53469144 |ALICANTE |30.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149048239368|SELEC AUTOMOVILES M C SL |B53469144 |ALICANTE |30.06.2008| 900,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048550571|GORRICHO SUAREZ, VICENTE |10850322 |ALICANTE |23.05.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.2 | 3 |(a)||140048553961|HULBAR , BOGDAN |X6296518S |LA RODA |07.05.2008| 60,00 | |RD 1428/03|014.2 | |(a)||140048257909|MEMET , LUCICA |X5310412B |ALMERIA |08.05.2008| 1.500,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048257910|MEMET , LUCICA |X5310412B |ALMERIA |08.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||140048515224|CHAKIR , HASSAN |X4523971D |LUCAINENA DE TORRES |25.04.2008| 450,00 | |RD 772/97 |001.2 | |(a)||140402343109|MARIN DIAZ, MARCOS |75237623 |ROQUETAS DE MAR |26.12.2007| 200,00 | |RD 1428/03|052. | 3 |(a)||140048193725|GARCIA TINAHONES, JOSE |53072643 |BADALONA |04.12.2007| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140048193737|GARCIA TINAHONES, JOSE |53072643 |BADALONA |04.12.2007| 150,00 | |RD 1428/03|143.1 | 4 |(a)||149450330589|INVERSIONES Y TRANSACCIONE |B62992151 |BARBERA DEL VALLES |26.05.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140450428521|CHAMPETIER DE RIBES , EMMA |NO CONSTA |BARCELONA |12.06.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(b)||140450359493|RIUS DUCE, JORGE |NO CONSTA |BARCELONA |23.04.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(b)||140048465130|MOUTAOUKIL , ADIL |X3070767Z |BARCELONA |16.06.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||140048109362|MOUTAOUKIL , ADIL |X3070767Z |BARCELONA |16.06.2008| 800,00 | |RDL 8/2004|002.1 | |(c)||149450436240|MOLINA GOMEZ, ELISENDA |38120100 |BARCELONA |11.08.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(b)||140402472657|MORENO CORTES, EVA MARIA |75016162 |BARCELONA |18.05.2008| 300,00 | 1 |RD 1428/03|048. | 4 |(a)||140048638127|VILLAR DUE¥AS, CARLOS |47616276 |CORNELLA DE LLOB |01.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|018.2 | 3 |(a)||149450327736|FERNANDEZ RUIZ, ENRIQUE |38099068 |L HOSPITALET DE LLOB |26.05.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149450343535|EL OUAHABI , HICHAM |X2989683M |S COLOMA GRAMENET |23.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149450320432|TORRES BERMUDO, JOSE MANUEL|30943259 |TERRASSA |02.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048543670|MOYANO GARCIA, JOSE ANTONIO|77116741 |VILAFRANCA PENEDES |15.05.2008| 150,00 | |RD 1428/03|151.2 | 4 |(a)||140048697594|FLORIH ALIH, VERDES |X7932075L |ALMENDRALEJO |25.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|003.1 | |(a)||140048647451|BARQUERO FERNANDEZ, CARLOS |76188041 |BADAJOZ |16.08.2008| 90,00 | |RD 1428/03|167. | |(a)||140048696292|GARCIA ROMERO, JUAN RAFAEL |79259374 |VILLAFRANCA BARROS |22.08.2008| 70,00 | |RD 1428/03|090.1 | |(a)||140402458429|MIGUELES MESA, FRANCISCO |25574259 |ALCALA DEL VALLE |30.04.2008| 140,00 | |RD 1428/03|048. | 2 |(a)||140048063945|ONTIVEROS GONZALEZ, MERCEDE|31700187 |ARCOS DE LA FTRA |27.03.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||140048535703|MANCERA RICHARTE, JUAN |79250896 |ARCOS DE LA FTRA |30.05.2008| 520,00 | 1 |RD 1428/03|020.1 | 4 |(a)||149450330190|GONZALEZ GISTA, MIGUEL ANGE|46857460 |CA¥OS DE MECA |02.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149450431382|CAMPODARBE PE¥A, JOAQUIN |31190616 |CADIZ |11.08.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(b)||149450322969|SANCHEZ AGUILILLA UBEDA, P.|44030301 |CADIZ |26.05.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149450321734|VAZQUEZ RODRIGUEZ, FRANCISC|52315684 |CADIZ |26.05.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149450331478|SOTO NOCHE, GERMAN |76083779 |CADIZ |26.05.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140450400997|LABELLA ARNANZ, JOSE IGNACI|33520787 |LOS BARRIOS |10.05.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 |(b)||149450315163|LLORENTE AZA¥EDO, MARIA N. |02903599 |CHICLANA DE LA FTRA |26.05.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140450366369|GALAN LEAL, ALVARO JESUS |75794360 |EL PUERTO STA MARIA |20.04.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 |(b)||149450314766|FINAHOUSE GESTION INMOBILI |B38742763 |JEREZ DE LA FTRA |02.06.2008| 400,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048527214|CARRILLO MOLINA, FRANCISCO |30961298 |JEREZ DE LA FTRA |11.04.2008| 90,00 | |RD 1428/03|094.2 | |(a)||149450334005|ROMERO REPETO, ALVARO |31622861 |JEREZ DE LA FTRA |20.05.2008| 400,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140450595050|MOHATAR ARREDONDO, ANGELA B|05883737 |LA LINEA CONCEPCION |08.08.2008| PAGADO | |RD 1428/03|048. | 2 |(b)||140450405041|JIMENEZ BAENA, MANUEL |31222127 |PUERTO REAL |05.05.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(b)||140450347223|TORREGROSA PEREZ, JUAN ISID|30469395 |SAN FERNANDO |20.03.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(b)||140048100875|GONZALEZ RODRIGUEZ, JAIME |34048744 |SAN FERNANDO |13.02.2008| 800,00 | |RDL 8/2004|002.1 | |(c)|
B. O. P. núm. 229 Viernes, 19 de diciembre de 2008 8935
|149450322234|ACOSTA RODRIGUEZ, NOELIA M.|34049421 |SAN FERNANDO |02.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149450318759|FRANCO CANO, JOSE MANUEL |48901660 |SAN FERNANDO |26.05.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140402447535|IZQUIERDO CHAPA, SANTIAGO |76023999 |CACERES |11.04.2008| 100,00 | |RD 1428/03|048. | |(a)||149450343407|SANCHEZ DE NOGUES GIMENEZ, |45081985 |CEUTA |18.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140402424870|EL HOUSSIN , EDDAHBI |X1016567J |AGUILAR DE LA FRONTERA |20.04.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(a)||140048149220|DRAGOMIR , COSTEL |X4263932P |AGUILAR DE LA FRONTERA |23.02.2008| 1.500,00 | |RDL 8/2004|003.A | |(c)||140402428231|LOPEZ VALLE, FRANCISCO JAVI|50604158 |AGUILAR DE LA FRONTERA |07.05.2008| 520,00 | 1 |RD 1428/03|052. | 6 |(a)||149402382901|PRIETO SALES, JOSE MARIA |75676853 |AGUILAR DE LA FRONTERA |18.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048015434|NAVARRO BARRANCO, FRANCISCO|80130403 |AGUILAR DE LA FRONTERA |22.04.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||140048015446|NAVARRO BARRANCO, FRANCISCO|80130403 |AGUILAR DE LA FRONTERA |22.04.2008| 1.500,00 | |RDL 8/2004|003.A | |(c)||140402250302|MORENO JIMENEZ, JULIAN |80148186 |AGUILAR DE LA FRONTERA |05.03.2008| 100,00 | |RD 1428/03|048. | |(a)||140048541340|CIUGULEA , CONSTANTIN |X9733373A |CORDOBA |29.04.2008| 450,00 | |RD 772/97 |001.2 | |(a)||140048020272|GUTIERREZ RAMIREZ, JOSE |26978064 |ALMEDINILLA |18.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140048613015|MAYA CAMPOS, RAMON |25286743 |ALMODOVAR DEL RIO |16.05.2008| 10,00 | |RD 2822/98|026.1 | |(a)||140048584246|MAYA CAMPOS, RAMON |25286743 |ALMODOVAR DEL RIO |16.05.2008| 10,00 | |RD 2822/98|026.1 | |(a)||140048585056|SAGRE LUNA, JOSE MANUEL |30068964 |ALMODOVAR DEL RIO |30.04.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140048250708|PINEDA CASTILLA, FRANCISCO |30413290 |ALMODOVAR DEL RIO |27.05.2008| 1.010,00 | |RDL 8/2004|003.A | |(c)||140048554436|VARGAS JURADO, RAFAEL |30819487 |ALMODOVAR DEL RIO |16.05.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140402450900|JIMENEZ MARTINEZ, FRANCISCO|30820022 |ALMODOVAR DEL RIO |02.05.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(a)||140048492698|MAYA FERNANDEZ, RAFAEL |30827599 |ALMODOVAR DEL RIO |29.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||140048697296|CORTES CAMPOS, EUSEBIO |38143530 |ALMODOVAR DEL RIO |22.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140048341325|JIMENEZ HEREDIA, RAFAEL |44363108 |ALMODOVAR DEL RIO |27.12.2007| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||149402401210|MAGON DELGADO, ANTONIO JOSE|44364878 |ALMODOVAR DEL RIO |30.07.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048315910|PINEDA BOZA, JOSE FELICIANO|44367781 |ALMODOVAR DEL RIO |24.05.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.2 | 3 |(a)||140048619881|TORRES HEREDIA, CECILIO |45738871 |ALMODOVAR DEL RIO |07.07.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140048613027|MAYA FERNANDDEZ, SARA |45745475 |ALMODOVAR DEL RIO |16.05.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | |(a)||140048312313|GIL SANCHEZ, ANTONIO |45887052 |ALMODOVAR DEL RIO |01.09.2008| 150,00 | |RD 1428/03|118.1 | 3 |(a)||140048583758|COMERCIAL ALPY CRUZ Y HNOS |B14512271 |BAENA |12.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|012.4 | |(a)||149402390661|ROSDI CONSULTORES SL |B14724439 |BAENA |30.06.2008| 400,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048543323|RAFAEL RUBIO MORENO SL |B14744809 |BAENA |06.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||140048142020|BALTEANU , NICUSOR |X8413234H |BAENA |12.06.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.2 | 3 |(a)||140048306714|ARENAS MU¥OZ, ROMAN |15453176 |BAENA |08.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|118.1 | |(a)||140402469490|FERNANDEZ PAVON, JUAN |26970806 |BAENA |17.08.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 |(a)||140048645569|VILLA JIMENEZ, JOSE DAVID |26971180 |BAENA |26.06.2008| 10,00 | |RD 2822/98|026.1 | |(a)||140048305035|ESCAVIA MARQUEZ, FERNANDO M|26975370 |BAENA |10.06.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048552191|PIMENTEL CUBILLO, DANIEL |26975842 |BAENA |08.05.2008| 150,00 | |RD 1428/03|052.2 | |(a)||140048175966|CHIAPPARELLI GARCIA, ANTONI|26977442 |BAENA |08.03.2008| 150,00 | |RD 1428/03|143.1 | 4 |(a)||140048315454|PAVON HEREDIA, MA DOLORES |30398257 |BAENA |17.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||140402463863|ORDO¥EZ POZO, JOSE ANTONIO |30421839 |BAENA |19.06.2008| 520,00 | 1 |RD 1428/03|052. | 6 |(a)||140048307767|JIMENEZ VALLEJO, ROSARIO |30492583 |BAENA |19.07.2008| 610,00 | |RDL 8/2004|002.1 | |(c)||140048176405|DIAZ ORTIZ, JOSE ANTONIO |30960021 |BAENA |22.04.2008| 400,00 | |RD 772/97 |001.2 | 4 |(a)||140402507775|LASTRES RAMIREZ, JUAN MIGUE|34000183 |BAENA |23.08.2008| 100,00 | |RD 1428/03|052. | |(a)||140048610993|MU¥OZ ALCOBA, FRANCISCO |34002500 |BAENA |04.06.2008| 10,00 | |RD 772/97 |001.4 | |(a)||140048525606|BAENA HORCAS, FRANCISCA |80119465 |BAENA |10.04.2008| 2.600,00 | |RDL 8/2004|003.A | |(c)||140048039888|BAENA HORCAS, FRANCISCA |80119465 |BAENA |10.04.2008| 1.500,00 | |RDL 8/2004|003.A | |(c)||140048600859|DONCEL LUCENA, ANTONIO CARL|34016193 |BENAMEJI |03.06.2008| 150,00 | |RD 1428/03|041.1 | |(a)||140048603526|VEGA GIRON, JUAN JOSE |30067487 |BUJALANCE |03.09.2008| 150,00 | |RD 1428/03|151.2 | 4 |(a)||140048146395|NU¥EZ VACAS, JUAN |30428148 |BUJALANCE |02.06.2008| 150,00 | |RD 2822/98|011.2 | |(a)||140048616326|DEL RIO PENALBA, MANUEL |30825039 |BUJALANCE |29.05.2008| 600,00 | 1 |RD 1428/03|020.1 | 4 |(a)||140048603265|CAMACHO MADRERO, ANTONIO |30828901 |BUJALANCE |07.06.2008| 520,00 | 1 |RD 1428/03|020.1 | 4 |(a)||140048617069|CANTARERO MOLINA, FRANCISCA|30967446 |BUJALANCE |02.06.2008| 1.500,00 | |RDL 8/2004|003.A | |(c)||140048146346|CANTARERO MOLINA, FRANCISCA|30967446 |BUJALANCE |03.05.2008| 1.500,00 | |RDL 8/2004|003.A | |(c)||140048035720|CANTARERO MOLINA, FRANCISCA|30967446 |BUJALANCE |09.05.2008| 1.500,00 | |RDL 8/2004|003.A | |(c)||140402499183|PEREZ RUIZ, PEDRO |30970796 |BUJALANCE |09.09.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 |(a)||140048789038|RAMIREZ RODRIGUEZ, ANTONIO |30988989 |BUJALANCE |10.09.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140048315570|NAVARRO MOYANO, LAUREANO |30998543 |BUJALANCE |01.06.2008| 150,00 | |RD 1428/03|118.1 | 3 |(a)||140048036504|MOYANO AVILA, LAUREANO |31002877 |BUJALANCE |19.05.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||149402389191|OLAYA GARRIDO, ANTONIO |44364265 |BUJALANCE |18.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140402497540|OLAYA GARCIA, ELVIS |44369596 |BUJALANCE |27.08.2008| 450,00 | 1 |RD 1428/03|050. | 6 |(a)||140048043016|EGARRRENSE DE ESMALTACIONE |B14370068 |CABRA |22.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||140048328620|MULTISUR DE CABRA S L |B14448476 |CABRA |08.01.2008| 150,00 | |RD 2822/98|012. | |(a)||140048309533|PETRICA URSU, MARIUS |NO CONSTA |CABRA |30.08.2008| 10,00 | |RD 2822/98|026.1 | |(a)||140048370740|CARMET , DANUT |X7967850Y |CABRA |05.03.2008| 450,00 | |RD 772/97 |001.2 | |(a)||140048023390|TAMBOI , IONITA |X8383072D |CABRA |16.06.2008| 90,00 | |RD 2822/98|030.2 | |(a)||140048547511|SALI , MARIAN |X8977472C |CABRA |19.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|018.1 | |(a)||140048338715|RASCON JURADO, FRANCISCO |30422197 |CABRA |04.03.2008| 1.500,00 | |RDL 8/2004|003.A | |(c)||140402426799|SANTIAGO CASTRO, JOSE |30825961 |CABRA |27.04.2008| 140,00 | |RD 1428/03|052. | 2 |(a)||140048382364|MONTILLA PINTOR, EMILIO JOS|75266908 |CABRA |22.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|118.1 | 3 |(a)||140402329010|JIMENEZ ALGUACIL, JUAN A. |80128806 |CABRA |15.10.2007| 380,00 | 1 |RD 1428/03|050. | 6 |(a)||140048140708|ET TAYAA , MUSTAPHA |X2592574Z |CASTRO DEL RIO |15.08.2008| 150,00 | |RD 1428/03|117.1 | 3 |(a)||140402458170|BUZATU , MARIUS GINEL |X8979724H |CASTRO DEL RIO |05.05.2008| 520,00 | 1 |RD 1428/03|050. | 6 |(a)||140402429752|GOMEZ CRIADO, FRANCISCO |30794720 |CASTRO DEL RIO |21.05.2008| 200,00 | |RD 1428/03|052. | 3 |(a)||149402286274|URBANO DOMINGUEZ, MANUEL |30400725 |LLANO DEL ESPINAR |02.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149402334062|VILLEGAS VILLEGAS, JOSE |30488436 |LLANOS DEL ESPINAR |04.08.2008| 760,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140047887650|GRANOSA S A |A14058051 |CORDOBA |12.03.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||149402409426|GRANOSA S A |A14058051 |CORDOBA |23.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149402412826|SANEAMIENTOS DE CORDOBA S |A14087126 |CORDOBA |30.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048538741|AUTO TRANSPORTES LOPEZ S L |B14021620 |CORDOBA |07.05.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048500798|AUTO TRANSPORTES LOPEZ S L |B14021620 |CORDOBA |20.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|012.9 | |(a)||149402387352|INGENIERIA Y ESTUDIOS DE A |B14103519 |CORDOBA |30.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048026808|TRANSBER CORDOBA S L |B14280366 |CORDOBA |23.04.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||140048591640|TRANSPORTES ESPIGO S L |B14357495 |CORDOBA |14.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|019.1 | |(a)||140048591330|CORELECTRIC SL |B14372684 |CORDOBA |14.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|012.4 | |(a)||140048578222|AUTOTRANSPORTES BLASCO E H |B14413462 |CORDOBA |11.06.2008| 1.500,00 | |RDL 8/2004|002.1 | |(c)||140048578258|AUTOTRANSPORTES BLASCO E H |B14413462 |CORDOBA |11.06.2008| 1.500,00 | |RDL 8/2004|002.1 | |(c)||149402412530|OPTIMA O W A DOS SL |B14539720 |CORDOBA |30.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149402412978|ACAR DOS MIL SL |B14546881 |CORDOBA |30.06.2008| 600,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||149402410660|DESPACHO PROFESIONAL AFIMA |B14573919 |CORDOBA |30.06.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(a)||140048047836|ARCADIA DE CORDOBA SL |B14633986 |CORDOBA |18.02.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048552749|HORMITRANS CORDOBA SL |B14657951 |CORDOBA |28.04.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||149450439691|EDIAL PROMOCIONES URBANIST |B14681779 |CORDOBA |06.08.2008| 310,00 | |RDL 339/90|072.3 | |(b)||140048612138|PISCINAS AGUASUR 2001 SL |B14698344 |CORDOBA |04.06.2008| 60,00 | |RDL 8/2004|003.B | |(c)||140048612620|AUTOMOVILES HERMANOS ABAD |NO CONSTA |CORDOBA |20.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|010.1 | |(a)||140048612874|AUTOMOVILES HERMANOS ABAD |NO CONSTA |CORDOBA |20.05.2008| 310,00 | |RD 2822/98|032.3 | |(a)||140048579068|GARCIA ALMAGRO, LIDIA |NO CONSTA |CORDOBA |17.06.2008| 310,00 | |RD 772/97 |001.2 | |(a)||140048573947|MORENO RUIZ, JUAN |NO CONSTA |CORDOBA |25.04.2008| 450,00 | |RD 772/97 |001.2 | |(a)||140048469275|SURAJ , ILIE |NO CONSTA |CORDOBA |15.05.2008| 450,00 | |RD 772/97 |001.2 | |(a)||140047888756|DAQI , TOUFIK |X1293892G |CORDOBA |28.01.2008| 610,00 | |RDL 8/2004|002.1 | |(c)||140048610970|AGUERO , ANTONIO CLAUDIO |X1435324D |CORDOBA |30.05.2008| 150,00 | |RD 2822/98|012. | |(a)||140048570508|ROQUE TORRES, ALEXANDER |X2010729T |CORDOBA |28.04.2008| 1.500,00 | |RDL 8/2004|003.A | |(c)|
8936 Viernes, 19 de diciembre de 2008 B. O. P. núm. 229
Córdoba, 21 de noviembre de 2008.—El Jefe Provincial de Trá-fico Acctal., Fdo.: José Antonio Ríos Rosas.
ANUNCIOS OFICIALES
Ministerio del Interior
JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO
CÓRDOBA
Núm. 12.260De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace públicanotificación de las resoluciones de RECURSO recaídas en losexpedientes sancionadores que se indican, dictadas por el Ilmo.Director General de Tráfico en uso de las facultades delegadasen esta Dirección General por Orden de 28 de Mayo de 1997(BOE núm. 129), a las personas o entidades sancionadas que acontinuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notifi-cación en el último domicilio conocido, no se ha podido practicar.
Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía administra-tiva, podrá interponerse RECURSO CONTENCIOSO-ADMINIS-TRATIVO, en el caso de que se haya confirmado el acto que serecurrió, ante el Juzgado de lo Constencioso-Administrativo, y enlos casos en que se haya modificado, revocado o anulado ante laSala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior deJusticia, en cuya circunscripción tenga su domicilio el interesado,o se halle la sede del órgano autor del acto originario impugnado,a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artícu-los 8, nº 3 y 10, nº 1, ambos en relación con el artículo 14, nº 1Segunda, todos ellos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dosmeses, a contar desde el día siguiente al de la publicación delpresente en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.
La multas podrán ser abonadas en período voluntario dentrode los 15 días siguientes contados a partir del día de la publica-ción del presente en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con laadvertencia de que, de no hacerlo, se procederá a la exacciónpor vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de suimporte por apremio.
Córdoba, 28 de noviembre de 2008.—El Jefe Provincial deTráfico, Fdo.: Ramiro Marcello Marín
ARTº = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = RealDecreto; SUSP. = Meses de Suspensión; PTOS. = PuntosEXPEDIENTE.—DENUNCIADO/A.—IDENTIF.—Localidad.—
FECHA.—CUANTIA.—SUSP.—PRECEPTO.—ARTº.—PTOS.
140047291624; R C Ruiz; 30959819; Córdoba; 13/07/200;450,00 €; 01; RD 1428/03; 003-1; 06
Núm. 12.261De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), sehace pública notificación de las resoluciones de RECURSOrecaídas en los expedientes sancionadores que se indican,dictadas por el Ilmo. Director General de Tráfico en uso de lasfacultades delegadas en esta Dirección General por Ordende 28 de Mayo de 1997 (BOE núm. 129), a las personas oentidades sancionadas que a continuación se relacionan, yaque habiéndose intentado la notificación en el último domicilioconocido, no se ha podido practicar.
Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía adminis-trativa, podrá interponerse RECURSO CONTENCIOSO-AD-MINISTRATIVO, en el caso de que se haya confirmado elacto que se recurrió, ante el Juzgado de lo Constencioso-Administrativo, y en los casos en que se haya modificado,revocado o anulado ante la Sala de lo Contencioso-Adminis-trativo del Tribunal Superior de Justicia, en cuya circunscrip-ción tenga su domicilio el interesado, o se halle la sede delórgano autor del acto originario impugnado, a elección delrecurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8, nº 3y 10, nº 1, ambos en relación con el artículo 14, nº 1 Segunda,todos ellos de la Ley veintinueve de mil novecientos noventa yocho, de trece de julio, reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar des-de el día siguiente al de la publicación del presente en el BO-LETÍN OFICIAL de la Provincia.
La multas podrán ser abonadas en período voluntario dentrode los 15 días siguientes contados a partir del día de la publica-ción del presente en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con laadvertencia de que, de no hacerlo, se procederá a la exacciónpor vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de suimporte por apremio.
Córdoba, 14 de noviembre de 2008.—El Jefe Provincial deTráfico, Fdo.: Ramiro Marcello Marín
ARTº = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = RealDecreto; SUSP. = Meses de Suspensión; PTOS. = PuntosEXPEDIENTE.—DENUNCIADO/A.—IDENTIF.—Localidad.—
Núm. 12.262De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), sehace pública notificación de las resoluciones de RECURSOrecaídas en los expedientes sancionadores que se indican,dictadas por el Ilmo. Director General de Tráfico en uso de lasfacultades delegadas en esta Dirección General por Ordende 28 de Mayo de 1997 (BOE núm. 129), a las personas oentidades sancionadas que a continuación se relacionan, yaque habiéndose intentado la notificación en el último domicilioconocido, no se ha podido practicar.
Contra estas Resoluciones, que son firmes en vía adminis-trativa, podrá interponerse RECURSO CONTENCIOSO-AD-MINISTRATIVO, en el caso de que se haya confirmado elacto que se recurrió, ante el Juzgado de lo Constencioso-Administrativo, y en los casos en que se haya modificado,revocado o anulado ante la Sala de lo Contencioso-Adminis-trativo del Tribunal Superior de Justicia, en cuya circunscrip-ción tenga su domicilio el interesado, o se halle la sede delórgano autor del acto originario impugnado, a elección delrecurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8, nº 3y 10, nº 1, ambos en relación con el artículo 14, nº 1 Segunda,todos ellos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dosmeses, a contar desde el día siguiente al de la publicación delpresente en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia.
La multas podrán ser abonadas en período voluntario dentrode los 15 días siguientes contados a partir del día de la publica-ción del presente en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, con laadvertencia de que, de no hacerlo, se procederá a la exacciónpor vía ejecutiva, incrementado con el recargo del 20% de suimporte por apremio.
Córdoba, 21 de noviembre de 2008.—El Jefe Provincial deTráfico, Fdo.: Ramiro Marcello Marín.
ARTº = Artículo; RDL = Real Decreto Legislativo; RD = RealDecreto; SUSP. = Meses de Suspensión; PTOS. = PuntosEXPEDIENTE.—DENUNCIADO/A.—IDENTIF.—Localidad.—
FECHA.—CUANTIA.—SUSP.—PRECEPTO.—ARTº.—PTOS.
140047204983; F Navarro; 80130403; Aguilar de la Ftra; 18/10/2007; 150,00 €; -; RD 2822/98; 010-1; -.
Núm. 12.296Ignorándose el actual domicilio de las personas y entidades
que se relacionan, contra los que se tramita expediente sancio-nador por infracción a la normativa de transportes terrestres, osiendo desconocidos en las direcciones que figuran en los archi-vos de esta Delegación, se notifica por el presente anuncio losiguiente
ECOFERTILIZANTES EM SL Domicilio: AYALA 53 Co Postal:28001 Municipio: MADRID Provincia: Madrid Fecha de denuncia:13 de Noviembre de 2007 Vía: A4 Punto Kilométrico: 420 Hora:09:41 Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDO CEBADA DECUENCA A SEVILLA CON UN PESO BRUTO DE 42850 KG.ESTANDO AUTORIZADO PARA 40000 KG. EXCESO 2850 KG.(7,13%). COMPROBADO POR BASCULA DE LA JUNTA DEANDALUCIA. SE ADJUNTA TICKET. Normas Infringidas: 141.4LOTT 198.4 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.556,00.
Expediente: CO-01568/2008 Matrícula: CO-006533-AM Titu-lar: VIDA CORPAS PABLO Domicilio: AVENIDA OLLERIAS 46Co Postal: 14005 Municipio: CORDOBA Provincia: Cordoba Fe-cha de denuncia: 28 de Enero de 2008 Vía: A-304 Punto Kilomé-trico: 17 Hora: 17:30 Hechos: CIRCULAR TRANPORTANDOUN CARGAMENTO DE PAQUETERÍA DESDE CÓRDOBA APUENTE GENIL, CARECIENDO EL VEHÍCULO DE LA TARJE-TA DE TRANSPORTES. Normas Infringidas: 141.31 LOTT 198.31ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.501,00.
Expediente: CO-01572/2008 Matrícula: CO-006533-AM Titu-lar: VIDA CORPAS PABLO Domicilio: AVENIDA OLLERIAS, 46Co Postal: 14005 Municipio: CORDOBA Provincia: Cordoba Fe-cha de denuncia: 28 de Enero de 2008 Vía: A-304 Punto Kilomé-trico: 17 Hora: 17:30 Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDOUN CARGAMENTO DE PAQUETERÍA DESDE CÓRDOBA APUENTE GENIL, REALIZANSO UN TRANSPORTE PÚBLICODE MERCANCÍAS, CON UN VEHÍCULO CONDUCIDO PORCONDUCTOR DE UN PAÍS TERCERO (ECUADOR), CARE-CIENDO DEL CORRESPONDIENTE CERTIFICADO DE CON-DUCTOR. Normas Infringidas: 141.19 LOTT 198.19 ROTT Plie-go de descargo: No Sanción: 1.001,00.
Expediente: CO-01621/2008 Matrícula: 42-30DDT- Titular: NI-VEL ARTE SAL Domicilio: POLG. SAN ROQUE, C/ SEGOVIANAVE:8 Co Postal: 28500 Municipio: ARGANDA DEL REY Pro-vincia: Madrid Fecha de denuncia: 5 de Febrero de 2008 Vía: A-4 Punto Kilométrico: 420 Hora: 12:35 Hechos: CIRCULAR TRANS-PORTANDO MUEBLES DE MADRID A SEVILLA CON UN PESOEN BRUTO: 4.250 KGRS., ESTANDO AUTORIZADO PARA 3.500KGRS. EXCESO: 750 (21’43 %).COMPROBADO EN BÁSCULAOFICIAL JUNTA DE ANDALUCÍA. SE ADJUNTA TICKET.NormasInfringidas: 141.4 LOTT 198 ROTT Pliego de descargo: No San-ción: 1.801,00.
Expediente: CO-01632/2008 Matrícula: CA-004878-AK Titular:APIFEMA SL Domicilio: CONDESA AGRAMONTE 4 Co Postal:23740 Municipio: ANDUJAR Provincia: Jaen Fecha de denuncia:8 de Febrero de 2008 Vía: A4 Punto Kilométrico: 403 Hora: 00:20Hechos: EXCESO EN LOS TIEMPOS DE CONDUCCIÓN DIA-RIOS SOBRE 10H. EXAMINADO DISCO ADJUNTO DE FECHA06/02/2008, SE OBSERVA UNA JORNADA DE CONDUCCIÓNDE 11 HORAS. Normas Infringidas: 142.3 LOTT 199.3 ROTTPliego de descargo: No Sanción: 301,00.
Expediente: CO-01684/2008 Matrícula: 08-29CYP- Titular: NA-VARRO MOYA ANTONIO Domicilio: EVARISTO ESPINO 33 CoPostal: 14009 Municipio: CORDOBA Provincia: Cordoba Fechade denuncia: 14 de Febrero de 2008 Vía: A-4 Punto Kilométrico:403 Hora: 16:00 Hechos: REALIZAR UN TRANSPORTE PÚBLI-CO DE MERCANCÍAS DE CÓRDOBA A CÓRDOBA, DE FO-LLETOS PUBLICITARIOS DE LA EMPRESA «ELECTRODO-MÉSTICOS MILLAR», CARECIENDO DE AUTORIZACIÓN DETRANSPORTE. Normas Infringidas: 141.31 LOTT 198.31 ROTTPliego de descargo: No Sanción: 1.501,00.
B. O. P. núm. 229 Viernes, 19 de diciembre de 2008 8947
SA 1 Co Postal: 14005 Municipio: CORDOBA Provincia: CordobaFecha de denuncia: 22 de Febrero de 2008 Vía: A-318 PuntoKilométrico: 12 Hora: 17:20 Hechos: AMINORAR EL CONDUC-TOR EL DESCANSO DIARIO OBLIGATORIO, A REALIZAR ENUN PERIODO CONSECUTIVO DE 24 HORAS, A SIETE HO-RAS Y QUINCE MINUTOS, SEGUN DISCOS DIAGRAMAS FE-CHADOS 18 Y 19/02/2008, LOS CUALES SE ADJUNTAN ALPRESENTE BOLETIN DE DENUNCIA, PARA SU REMISION AINSPECCION DE TTES DE LA JUNTA DE ANDALUCIA. Nor-mas Infringidas: 142.3 LOTT 199.3 ROTT Pliego de descargo:No Sanción: 400,00.
Expediente: CO-01780/2008 Matrícula: 41-65DKL- Titular: DO-BLARE VILCHES MARIA DEL PILAR Domicilio: NTRA. SRA. DELA MERCED, 1 BAJO IZQUIERDA Co Postal: 14014 Municipio:CORDOBA Provincia: Cordoba Fecha de denuncia: 21 de Febre-ro de 2008 Vía: A45 Punto Kilométrico: 5 Hora: 09:25 Hechos:CARECER DE TARJETA DE TRANSPORTES.TRANSPORTAPALET DE MADERA DE CÓRDOBA HASTA AGUILAR. NormasInfringidas: 142.25 LOTT 199.25 ROTT Pliego de descargo: NoSanción: 400,00.
Expediente: CO-01793/2008 Matrícula: 14-65CXG- Titular:TRANS GONZASOL SL Domicilio: ANDALUCÍA 3 FASE BQ 1 1DCo Postal: 41020 Municipio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fecha dedenuncia: 5 de Marzo de 2008 Vía: A-4 Punto Kilométrico: 420Hora: 20:30 Hechos: AMINORAR EL CONDUCTOR EL DES-CANSO DIARIO OBLIGATORIO A REALIZAR EN UN PERIO-DO CONSECUTIVO DE 24 HORAS, A OCHO HORAS Y VEIN-TICINCO MINUTOS, SEGUN DISCOS DIAGRAMAS FECHA-DOS 27 Y 28/02/2008. LOS CUALES LE SON RETIRADOS YADJUNTADOS AL PRESENTE BOLETIN DE DENUNCIA. Nor-mas Infringidas: 142.3 LOTT 199.3 ROTT Pliego de descargo:No Sanción: 400,00.
Expediente: CO-01802/2008 Matrícula: 41-65DKL- Titular: DO-BLARE VILCHES MARIA DEL PILAR Domicilio: NTRA. SRA. DELA MERCED, 1 BAJO IZQUIERDA Co Postal: 14014 Municipio:CORDOBA Provincia: Cordoba Fecha de denuncia: 21 de Febre-ro de 2008 Vía: A45 Punto Kilométrico: 5 Hora: 09:25 Hechos:ARROJAR EN BÁSCULA OFICIAL JUNTA DE ANDLAUCIA UNPESO BURTO DE 7700KG, SIENDO SU MMA 3500KG. EXCE-SO DE PESO 1200KG. 18,46%. SE ADJUNTA TICKET. TRANS-PORTA PALET DE MADERA DE CORDOBA HASTA AGUILAR.Normas Infringidas: 141.4 LOTT 198 ROTT Pliego de descargo:No Sanción: 1.651,00.
Expediente: CO-01834/2008 Matrícula: CR-006706-N Titular:JOSE BARROSO JAIME Domicilio: TURQUILLA, 9 Co Postal:41630 Municipio: RODA DE ANDALUCIA (LA) Provincia: SevillaFecha de denuncia: 5 de Marzo de 2008 Vía: A379 Punto Kilomé-trico: 12,600 Hora: 16:30 Hechos: REALIZAR TRANSPORTEPÚBLICO EN VEHÍCULO PESADO CARECIENDO DE AUTO-RIZACION POR NO HABER REALIZADO SU VISADO REGLA-MENTARIO. TRANSPORTA DIEZ TUBOS DE HORMIGONDESDE LA RODA DE ANDALUCIA (SE), HASTA CABRA (CO).CON TARJETA CON VALIDEZ HASTA 31/01/2007- NO SEPUDO COMPROBAR SI CARECÍA. Normas Infringidas: 140.1.2LOTT 197.1.2 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 4.601,00.
Expediente: CO-01875/2008 Matrícula: V -000521-EM Titular:GANADOS ESPINOSA SL Domicilio: ARZOBISPO OLACHE, 12Co Postal: 46017 Municipio: VALENCIA Provincia: Valencia Fe-cha de denuncia: 12 de Marzo de 2008 Vía: A-4 Punto Kilométri-co: 403 Hora: 18:40 Hechos: CARECER DE TARJETA DETRANSPORTES. REALIZA SERVICIO PUBLICO DE MERCAN-CIAS. TRANSPORTANDO 70 CABEZAS DE GANADO VACU-NO (TERNEROS), ENTRE CORDOBA Y VALENCIA. NO GUAR-DA REACION ALGUNA EL TITULAR CON EL CONDUCTOR NICON LA MERCANCIA. Normas Infringidas: 140.1.9 LOTT 197.1.9ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 4.601,00.
Expediente: CO-01904/2008 Matrícula: 07-65CDL- Titular:RODRIGUEZ ZINOS CARLOS Domicilio: ALERCE, 23 Co Pos-tal: 28041 Municipio: MADRID Provincia: Madrid Fecha de denun-cia: 29 de Febrero de 2008 Vía: A-4 Punto Kilométrico: 430 Hora:12:00 Hechos: CARECER EL CONDUCTOR DE UNO DE LOSDISCOS O DOCUMENTO ANÁLOGO OBLIGADO A LLEVAREN EL VEHÍCULO. ENTRE LOS PRESENTADOS DE FECHAS28/02/2008 Y 29/02/2008, FALTA UN DISCO O DOCUMENTOJUSTIFICATIVO DE SU ACTIVIDAD REALIZADA ENTRE LAS
LOCALIDADES DE GUADALAJARA, DONDE FINALIZA EL PRI-MERO A LAS 23:00 H. DÍA 28 Y SEVILLA, DONDE INICIA EL 20A LAS 10:30 H. DÍA 29.MANIFIESTA QUE DICHO TRAYECTOLO HA REALIZADO EN OTRO VEHÍCULO DE LA EMPRESA,PERO QUE NO PUSO SU DISCO, POR HABER VIAJADO DUR-MIENDO. Normas Infringidas: 140.24 LOTT 197.24 ROTT Pliegode descargo: No Sanción: 2.001,00.
Expediente: CO-01957/2008 Matrícula: 12-26FSV- Titular:TRANSPORTES M. LOPEZ E HIJOS S.L. Domicilio: P.I. LA CAN-CELA, NV. 18 Co Postal: 41007 Municipio: SEVILLA Provincia:Sevilla Fecha de denuncia: 11 de Marzo de 2008 Vía: A-423Punto Kilométrico: 52 Hora: 09:44 Hechos: REALIZAR TRANS-PORTE PUBLICO EN VEHICULO LIGERO: CUATRO SOFAS,BUTACAS Y OTROS, CON DESTINO CORDOBA, CON LAAUTORIZACION ADMINISTRATIVA VALIDA HASTA EL 29/02/2008 Y EL VISADO A REALIZAR EN ENERO-2008,. PRESENTASOLICITUD VISADO COPIA REALIZADA EL 24/01/2008 EN LALOCALIDAD DE SEVILLA. Normas Infringidas: 141.31 LOTT198.31 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.501,00.
Expediente: CO-01966/2008 Matrícula: CO-003432-S Titular:SEVITYRE SL Domicilio: AVDA DE LIBIA 82 Co Postal: 14014Municipio: CORDOBA Provincia: Cordoba Fecha de denuncia:17 de Marzo de 2008 Vía: N-432 Punto Kilométrico: 208 Hora:13:00 Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDO NEUMATICOS,DESDE CORDOBA HACIA PEÑARROYA-PUEBLONUEVO,CON UNA TARJETA DE TRANSPORTES DE LA CLASE M.PC.,VALIDA HASTA 28/02/2007, PROXIMO VISADO ENERO 2007.Normas Infringidas: 141.13 LOTT 198.13 ROTT Pliego de des-cargo: No Sanción: 1.001,00.
Expediente: CO-01977/2008 Matrícula: 86-48BZM- Titular:COMBYCAR, S.L Domicilio: CTRA- VALMOJADO KM 11 Co Pos-tal: 45215 Municipio: VISO DE SAN JUAN (EL) Provincia: ToledoFecha de denuncia: 20 de Marzo de 2008 Vía: A4 Punto Kilomé-trico: 411 Hora: 13:20 Hechos: NO PRESENTAR EL CONDUC-TOR A INSPECCIÓN LA TOTALIDAD DE LOS DISCOSDIAGRAMA QUE TENGA OBLIGACIÓN DE LLEVAR A BORDODEL VEHÍCULO, FALTANDO LOS ANTERIORES AL DE FE-CHA 18/03/2008.NO PRESENTA CERTIFICADO DE ACTIVIDA-DES JUSTIFICATIVO A TAL CARENCIA DE DISCOS. NormasInfringidas: 140.24 LOTT 197.24 ROTT Pliego de descargo: NoSanción: 2.001,00.
Expediente: CO-01991/2008 Matrícula: 18-84CYP- Titular:TAFISUR SL Domicilio: CTRA. CÓRDOBA-MÁLAGA, KM 74-70Co Postal: 14900 Municipio: LUCENA Provincia: Cordoba Fechade denuncia: 27 de Marzo de 2008 Vía: N331 Punto Kilométrico:71 Hora: 11:35 Hechos: CIRCULAR UN VEHICULO PESADODE MERCANCIAS TRANSPORTANDO TABLEROS DE MADE-RA CON UN PESO BRUTO DE 11000KG, ESTANDO AUTORI-ZADO PARA 9000KG. EXCESO 2000KG (22,22%). NormasInfringidas: 141.4 LOTT 198 ROTT Pliego de descargo: No San-ción: 1.851,00.
Expediente: CO-01995/2008 Matrícula: 19-64DSG- Titular:ZALDIVAR VILLAVERDE M REYES Domicilio: CURTIDURIAS, 12º B Co Postal: 41002 Municipio: SEVILLA Provincia: Sevilla Fe-cha de denuncia: 26 de Marzo de 2008 Vía: A-4 Punto Kilométri-co: 414 Hora: 20:45 Hechos: REALIZAR UN TRANSPORTE DIS-CRECIONAL DE MERCANCÍAS CON PAQUETERÍA EN UN VE-HÍCULO DE ALQUILER SIN CONDUCTOR DESDE SEVILLAHASTA MADRID CARECIENDO DE TARJETA DE TRANSPOR-TES. Normas Infringidas: 141.31 LOTT 198.31 ROTT Pliego dedescargo: No Sanción: 1.501,00.
Expediente: CO-02002/2008 Matrícula: CO-004036-T Titular:TTES JIMENEZ DORADO SA Domicilio: PAREJO CA/ERO, S/N Co Postal: 14500 Municipio: PUENTE GENIL Provincia: CordobaFecha de denuncia: 18 de Marzo de 2008 Vía: A304 Punto Kilo-métrico: 9 Hora: 08:40 Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDOUN CARGAMENTO DE CHATARRA DESDE PUENTE GENIL AAGUILAR DE LA FRONTERA, CARECIENDO EL VEHÍCULODE LA TARJETA DE TRANSPORTES. Normas Infringidas:140.1.9 LOTT 197.1.9 ROTT Pliego de descargo: No Sanción:4.601,00.
Expediente: CO-02028/2008 Matrícula: 31-84FFV- Titular: AU-TOSERVICIO CASHGENIL SL Domicilio: CL DOS DE MAYO, 48Co Postal: 14500 Municipio: PUENTE GENIL Provincia: CordobaFecha de denuncia: 16 de Abril de 2008 Vía: A-379 Punto Kilomé-
8948 Viernes, 19 de diciembre de 2008 B. O. P. núm. 229
trico: 12,900 Hora: 17:20 Hechos: LA REALIZACION DE TRANS-PORTE AL AMPARO DE AUTORIZACIONES DE TRANSPOR-TE PRIVADO COMPLEMENTARIO DE MERCANCIAS, PARAVEHICULOS PESADOS, DE SERVICIOS QUE NO CUMPLENALGUNA DE LAS CONDICIONES DEL ART 102.2 LOTT. ELCONDUCTOR NO ACREDITA SU RELACION LABORAL CONLA EMPRESA Y LAS MERCANCIAS TRANSPORTADAS NI ELCARGADOR NI EL DESTINATARIO, SON LOS TITULARES DELA AUTORIZACION. TRANSPORTA BEBIDAS DESDE PUEN-TE GENIL HASTA MALAGA. Normas Infringidas: 140.1.6 LOTT197.1.6 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 4.601,00.
Expediente: CO-02030/2008 Matrícula: 26-05BWL- Titular:SETEFILLA MOLINA NIETO Domicilio: MANZANO, 11 Co Pos-tal: 41440 Municipio: LORA DEL RIO Provincia: Sevilla Fecha dedenuncia: 22 de Abril de 2008 Vía: A379 Punto Kilométrico: 41,300Hora: 09:25 Hechos: REALIZAR UN TRANSPORTE PÚBLICODE MERCANCIAS, UN VEHÍCULO PESADO CARECIENDO DEAUTORIZACIÓN. ENTRE PUENTE GENIL Y FUENTE DE AN-DALUCIA. PRESENTA UNA SOLICITUD DE FECHA 08/02/2008.Normas Infringidas: 140.1.9 LOTT 197.1.9 ROTT Pliego dedescargo: No Sanción: 4.601,00.
Expediente: CO-02033/2008 Matrícula: T-003860-S Titular:JUAN ANTONIO MARTINEZ MANRESA Domicilio: GOMEZFERRER, 31 Co Postal: 46910 Municipio: BENETUSSER Provin-cia: Valencia Fecha de denuncia: 22 de Abril de 2008 Vía: A4Punto Kilométrico: 417 Hora: 10:00 Hechos: CIRCULAR EL VE-HÍCULO RESEÑADO DESDE VALENCIA AL PUERTO DE SAN-TA MARÍA, TRANSPORTANDO ENSERES Y MAQUINARIA DEFERIA, CARECIENDO DE TARJETA DE TRANSPORTES ENVIGOR.PRESENTA TARJETA QUE COSNTA MÁS ABAJO CA-DUCADA DE FECHA 30/09/2005. Normas Infringidas: 142.9 LOTT199.9 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 201,00.
Expediente: CO-02034/2008 Matrícula: 48-04FPR- Titular:CASTRO VILLEGAS JUAN A. Domicilio: PLATERO RAFAELMUÑOZ HORNERO 1-3-2 Co Postal: 14010 Municipio: CORDO-BA Provincia: Cordoba Fecha de denuncia: 11 de Abril de 2008Vía: A-4 Punto Kilométrico: 403,3 Hora: 12:10 Hechos: CIRCU-LAR DE CORDOBA A CORDOBA TRANSPORTANDO PAQUE-TERIA EN REGIMEN DE SERVICIO PUBLICO, CARECIENDODE AUTORIZACION DE TRANSPORTE. MERCANCIA PRO-PIEDAD DEL CORTE INGLES. DESTINATARIO Mª TERESAVELASCO RUIZ. Normas Infringidas: 141.31 LOTT 198.31 ROTTPliego de descargo: No Sanción: 1.501,00.
Expediente: CO-02045/2008 Matrícula: 91-23FVR- Titular: MO-RENO TUDELA Y M GONZALEZ SL. Domicilio: BLAS DE LEZO 2Co Postal: 29011 Municipio: MALAGA Provincia: Malaga Fecha dedenuncia: 21 de Abril de 2008 Vía: A4 Punto Kilométrico: 399 Hora:11:45 Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDO PAPEL PARARECICLAJE DE CERRO MURIANO A CAÑETE DE LAS TORRES,EXCEDIENDO LA MMA UN VEHÍCULO RÍGIDO APTO PARAUNA MMA DE 3500KG CON 2 EJES. ARROJA EN BÁSCULA UNTOTAL DE MASA EN CARGA DE 4550 KG. EXCESO DE 1050KGPORCENTUADO EN UN 30%. SE ADJUNTA TICKET DE PESAJEY SE ENTREGA COPIA AL CONDUCTOR. Normas Infringidas:140.19 LOTT 197 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 3.951,00.
Expediente: CO-02059/2008 Matrícula: 18-08FZF- Titular:BLANCO TRAVEL LOG HUELVA SL Domicilio:FUENTEHERIDOS, 2- 2ºB Co Postal: 21440 Municipio: LEPEProvincia: Huelva Fecha de denuncia: 5 de Abril de 2008 Vía: A4Punto Kilométrico: 420 Hora: 11:30 Hechos: NO LLEVAR INSER-TADO EN EL TACÓGRAFO LA TARJETA DE CONDUCTORDURANTE LA PRESTACION DEL SERVICIO: 19/03/2008 (2H31 MIN), 20/03/2008 (58 MIN), 21/03/2008 (1H 30 MIN). COM-PROBADO MEDIANTE PDA 082. SE ADJUNTAN TICKET JOR-NADA. Normas Infringidas: 140.22 LOTT 197.22 ROTT Pliegode descargo: No Sanción: 3.301,00.
Expediente: CO-02082/2008 Matrícula: 12-07BND- Titular:ILITURGITANOS SEC MAIZ,S.A Domicilio: CTRA. MADRID-CADIZ, KM. 324 Co Postal: 23740 Municipio: ANDUJAR Provin-cia: Jaen Fecha de denuncia: 22 de Abril de 2008 Vía: N331 PuntoKilométrico: 50 Hora: 10:30 Hechos: CIRCULAR EL VEHÍCULORESEÑADO DEDICADO AL SERVICIO PRIVADO COMPLEMEN-TARIO DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS CONDUCIDOPOR PERSONA PERTENECIENTE A UN PAÍSEXTRACOMUNITARIO (COLOMBIA), CARECIENDO DE
CERTIFIADO DE CONDUCTOR. Normas Infringidas: 141.19LOTT 198.19 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.001,00.
Expediente: CO-02105/2008 Matrícula: CO-005432-S Titular:SEVITYRE SL Domicilio: AVDA DE LIBIA 82 Co Postal: 14007Municipio: CORDOBA Provincia: Cordoba Fecha de denuncia:15 de Abril de 2008 Vía: A422 Punto Kilométrico: 31 Hora: 13:15Hechos: CIRCULAR TRANSPORTANDO CARGA UTIL DESDEBELALCAZAR HASTA CÓRDOBA CARECIENDO DE LA TAR-JETA VISADO DE TRANSPORTES. Normas Infringidas: 140.1.9LOTT 197.1.9 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 4.601,00.
Expediente: CO-02123/2008 Matrícula: 30-93FBH- Titular:MARTINEZ NAJERA F Domicilio: DON JUAN, 9 Co Postal: 23400Municipio: UBEDA Provincia: Jaen Fecha de denuncia: 30 deAbril de 2008 Vía: A4 Punto Kilométrico: 399 Hora: 10:52 Hechos:CIRCULAR EL VEHÍCULO RESEÑADO CON UN PESO TOTALO BRUTO DE 11800KG, TENIENDO UNA MMA DE 7490KM.EXCESO DE PESO 4310KM (57,54%).TRANSPORTA PLAN-TAS DE OLIVO DESDE CÓRDOBA A UBEDA.SE INMOVILIZAHASTA CORREGIR EXCESO.SE ADJUNTA Y ENTREGA ALCONDUCTOR TICKET PESAJE. Normas Infringidas: 140.19LOTT 197.19 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 4.600,00.
Expediente: CO-02144/2008 Matrícula: 18-08FZF- Titular:BLANCO TRAVEL LOG HUELVA SL Domicilio:FUENTEHERIDOS, 2- 2ºB Co Postal: 21440 Municipio: LEPEProvincia: Huelva Fecha de denuncia: 11 de Abril de 2008 Vía: A4Punto Kilométrico: 396 Hora: 19:14 Hechos: EXCESO DE CON-DUCCIÓN SEMANAL. EN LA SEMANA COMPRENDIDA EN-TRE EL 7 Y 14 DE ABRIL DE 2008, EL CONDUCTOR REALIZAUNA CONDUCCIÓN SEMANAL DE 60 HORAS Y 42 MINUTOS.COMPROBADO PDA 082, SE ADJUNTA DOCUMENTOS IM-PRESOS. Normas Infringidas: 142.3 LOTT 199.3 ROTT Pliegode descargo: No Sanción: 330,00.
Expediente: CO-02164/2008 Matrícula: 17-78CYD- Titular:TTES TEODORO PEREZ SL Domicilio: ALMENSILLA, 21 CoPostal: 41110 Municipio: BOLLULLOS DE LA MITACION Provin-cia: Sevilla Fecha de denuncia: 15 de Abril de 2008 Vía: A-4 PuntoKilométrico: 399 Hora: 16:25 Hechos: CIRCULAR TRANSPOR-TANDO OLIVOS DESDE PEDRERA (SEVILLA) A TARRAGONA,EN RÉGIMEN DE DOMINIO PÚBLICO DE MERCANCÍAS CON-DUCIDO POR CONDUCTOR DE UN PAÍS TERCERO (NOMIEMBRO DE LA UE), CARECIENDO DEL CORRESPONDIEN-TE CERTIFICADO. Normas Infringidas: 141.19 LOTT 198.19ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 1.001,00.
Expediente: CO-02165/2008 Matrícula: 68-67CGB- Titular:LOPEZ MARTINEZ JOSE ANTONIO Domicilio: SIERRA MAGINA12 Co Postal: 23740 Municipio: ANDUJAR Provincia: Jaen Fechade denuncia: 18 de Abril de 2008 Vía: A-4 Punto Kilométrico: 420Hora: 11:55 Hechos: NO PRESENTAR EL CONDUCTOR A INS-PECCION LA TOTALIDAD DE LOS DISCOS DIAGRAMAS QUETENGA OBLIGACION DE LLEVAR A BORDO DEL VEHICULOO CERTIFICADO DE ACTIVIDADES JUSTIFICATIVO DE TALCARENCIA. UNICAMNETE PRESENTA EL INSERTADO ENTACOGRAFO DE FECHA 18/04/2008. Normas Infringidas: 140.24LOTT 197.24 ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 2.001,00.
Expediente: CO-02179/2008 Matrícula: SE-002590-DN Titular:SONDEOS CHEPE SL Domicilio: ALDEA DE LAS NAVAS, SN CoPostal: 14800 Municipio: PRIEGO DE CORDOBA Provincia:Cordoba Fecha de denuncia: 25 de Abril de 2008 Vía: A-318Punto Kilométrico: 12 Hora: 09:35 Hechos: CIRCULAR TRANS-PORTANDO UN COMPRESOR, EFECTUANDO SERVICIOPRIVADO COMPLEMENTARIO DE TRANSPORTES DE MER-CANCÍAS, CARECIENDO DE TARJETA DE TRANSPORTES.Normas Infringidas: 141.13 LOTT 198.13 ROTT Pliego de des-cargo: No Sanción: 1.001,00.
Expediente: CO-02180/2008 Matrícula: CO-001457-AJ Titular:TTES JIMENEZ DORADO SA Domicilio: PAREJO Y CAÑERO,29 Co Postal: 14500 Municipio: PUENTE GENIL Provincia:Cordoba Fecha de denuncia: 25 de Abril de 2008 Vía: A-304Punto Kilométrico: 9’300 Hora: 10:40 Hechos: CIRCULAR TRANS-PORTANDO UN CARGAMENTO DE TUBOS DE ACERO,ARROJANDO UN PESO TOTAL O BRUTO DE 13.750 KGRS.TENIENDO UNA M.M.A.: 11.000 KGRS. EXCESO DE PESO:2.750 KGRS. (25 %).SE ADJUNTA Y ENTREGA AL CONDUC-TOR TICKET PESAJE. Normas Infringidas: 140.19 LOTT 197.19ROTT Pliego de descargo: No Sanción: 3.726,00.
B. O. P. núm. 229 Viernes, 19 de diciembre de 2008 8949
Lo que se notifica a efectos de que, si lo estima oportuno, cadainteresado alegue por escrito a esta Delegación, sita en C/ TO-MÁS DE AQUINO, 1 14071 CORDOBA, lo que a su derechoconvenga, con aportación o proposición de pruebas en el plazode 15 días hábiles siguientes al de la publicación del presenteanuncio. Igualmente se le notifica que, conforme establece elartículo 146.3 de la Ley de Ordenación de los Transportes Te-rrestres, el importe de la sanción inicialmente propuesta se redu-cirá en un 25% si realiza su ingreso antes de que transcurran los15 días siguientes a la publicación de la presente notificación.
Córdoba, 26 de noviembre de 2008.— El Instructor, Juan JoséRabadán Navas.
————————JUNTA DE ANDALUCÍA
Consejería de Empleo
Delegación Provincial
Sección de Relaciones Colectivas
CÓRDOBA
Núm. 12.310Convenio Colectivo 14-0231-5
Visto el Texto del Convenio Colectivo suscrito con fecha 8 deoctubre de 2008, por la Comisión Negociadora del Convenio Co-lectivo del «SECTOR DE CLÍNICAS PRIVADAS» de Córdoba,con vigencia desde el día 1 de enero de 2008 hasta el día 31 dediciembre de 2010, y de conformidad a lo establecido en el artícu-lo 90 del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo sobre Registro y Depósito de ConveniosColectivos de Trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base delas competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de laAdministración del Estado a la Junta de Andalucía en materia detrabajo, el Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004 de 24 de abril, de reestructuración de Consejerías y elDecreto 203/2004, de 11 de mayo, por el que se establece laestructura orgánica de la Consejería de Empleo y del ServicioAndaluz de Empleo.
A C U E R D A
Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro correspon-diente y su remisión para su depósito al Centro de Mediación,Arbitraje y Conciliación, con comunicación de ambos extremos ala Comisión Negociadora.
Segundo.- Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL dela Provincia.
Córdoba, 27 de noviembre de 2008.—El Delegado Provincialde Empleo, Fdo.: Antonio Fernández Ramírez.
ACTA DE FINALIZACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO
PROVINCIAL DE CLÍNICAS PRIVADAS DE CORDOBA.
ASISTENTES:
POR ASEMPUR:D. Ginés Delgado Cerrillo.D. Julián Garrido Jiménez.D. Manuel Valencia Díaz.
ASESOR:D. Antonio Arroyo Díaz.
POR CCOO:D. José Manuel Poyato Poyato.
POR UGT:D. Isaías Ortega Romero.Dª. Dolores Hidalgo Gutiérrez.En Córdoba, siendo las dieciocho horas del día 8 de octubre de
dos mil ocho, se reúnen los señores relacionados al margenmiembros de la Comisión Negociadora del Convenio ColectivoProvincial de Clínicas Privadas de Córdoba, en la sede de laConfederación de Empresarios de Córdoba (CECO).
Abierta la sesión se alcanzan los siguientes acuerdos:PRIMERO: Aprobar la redacción del texto del Convenio Colec-
tivo del sector para los años 2008-2010, la cual se adjunta a esteacta como anexo, conforme a los términos contenidos en el actade preacuerdo de 7 de octubre de 2008.
SEGUNDO: Delegar cada una de las partes firmantes en unode sus representantes para la firma de las copias del texto delconvenio.
- POR ASEMPUR: D. Ginés Delgado Cerrillo.- POR CCOO: D. José Manuel Poyato Poyato.- POR UGT: D. Isaías Ortega Romero.
TERCERO: Facultar a D. Juan Luís Luque Barona para quepresente toda la documentación oportuna ante la Delegación Pro-vincial de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía.
CUARTO: Remitir la presenta acta y sus anexos, así como ladocumentación que proceda a la Autoridad laboral, a los efectoslegales pertinentes y solicitar de la misma realice los trámitesoportunos para la publicación del convenio que se acompaña, enel BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba
Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por concluida lareunión, siendo las diecinueve horas del día arriba indicado
POR ASEMPUR.—POR CCOO.—POR UGT.: firmas ilegibles.CONVENIO COLECTIVO DE CLINICAS PRIVADAS
DE CÓRDOBA
CAPITULO IÁmbitos, Vigencia, y Normas Generales.
Artículo 1.º Ámbito funcional.
El presente Convenio Colectivo será de aplicación a todas lasempresas dedicadas a la actividad de hospitalización, asistencia,consulta, consultas particulares, sanitarios, clínicas privadas,tanto de medicina general, como de cualquier otra especialidad,clínicas dentales; laboratorios de análisis clínicos, establecimien-tos de apoyo diagnóstico y establecimientos de rehabilitación.
Artículo 2.º Ámbito territorial.
El presente convenio será de aplicación en la provincia deCórdoba .
Artículo 3.º Ámbito personal.
Queda comprendido, en el ámbito del Convenio, el personalque presta sus servicios en los centros o las empresas afecta-das por el mismo. Queda expresamente excluido el personal quepreste sus servicios en centros o empresas cuya titularidad ygestión corresponda a la Administración Pública.
Artículo 4.º Vigencia y duración.
El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de supublicación en el BOLETÍN OFICIAL de la provincia de Córdoba.No obstante los efectos económicos del mismo, tendrán carácterretroactivo desde el día 1 de Enero de 2008 y finalizará la vigenciadel mismo el 31 de diciembre de 2010.
Artículo 5.º Condiciones más beneficiosas.
Las condiciones que se establecen en el presente convenio seconsideran mínimas, y en consecuencia aquella empresa o enti-dad que tenga concedidos a su personal, por pacto o costumbre,alguna situación más beneficiosa que la que se consigne en esteconvenio, contemplada en cómputo anual tendrá la obligación derespetarla a través de un complemento «ad personam»; no sien-do el mismo compensable, absorbible ni revalorizable.
Artículo 6.º Denuncia y prórroga.
Cualquiera de las partes firmantes podrá denunciar el presenteconvenio con una antelación mínima de 30 días antes del venci-miento del mismo.
Denunciado el convenio, en tanto no se llega a un acuerdosobre el nuevo se entenderá que continuarán en vigor sus cláu-sulas normativas y obligacionales, hasta tanto no se llegue a unacuerdo expreso.
El presente Convenio se entenderá prorrogado tácitamentepor años naturales de no mediar denuncia expresa por algunasde las partes firmantes con con una antelación mínima de 30 díasantes del vencimiento del mismo.
Artículo 7.º Vinculación a la totalidad.
Las condiciones pactadas forman un todo orgánico e indivisi-ble, y a efectos de su aplicación práctica serán consideradosglobalmente.
En el caso de que por la jurisdicción Laboral, a instancia de laAutoridad Laboral o cualquiera de los afectados, se procediera ala anulación de algunos de los pactos del presente convenio co-lectivo, quedará sin efectos la totalidad, debiendo las partes afec-tadas constituir una nueva mesa negociadora en el plazo de dosmeses a partir de la firmeza de la sentencia, al objeto de procedera la renegociación de su contenido.
Artículo 8.º Comisión Negociadora.
La Comisión negociadora quedará constituida en el plazo máxi-mo de un mes, a partir de la denuncia del convenio, con igualrepresentatividad numérica entre ambas partes, actuando dePresidente/a y Secretario/a de dicha mesa negociadora las per-sonas que los miembros de la mesa, por mayoría de cada una delas representaciones acuerden.
8950 Viernes, 19 de diciembre de 2008 B. O. P. núm. 229
Artículo 9.º Comisión Paritaria.
Se crea una Comisión Paritaria del Convenio como ór-gano de interpretación, arbitraje, conciliación y vigilanciade su cumplimiento.
Ambas partes convienen someter a la Comisión Paritaria cuan-tos problemas, discrepancias o conflictos puedan surgir de laaplicación o interpretación del convenio, con carácter previo alplanteamiento de los distintos supuestos ante la Autoridad o Ju-risdicción Laboral competente, que deberán resolver en el plazomáximo de un mes desde la presentación de la situación.
Dicha comisión estará integrada por ocho miembros, cuatropor la representación empresarial, designados por ASEMPUR yotros cuatro de la representación social, dos designados porUGT y dos designados por CCOO. Podrán designarse suplentespor cada parte , así como ser asistidos por un asesor, con vozpero sin voto.
La Comisión Paritaria se reunirá siempre que lo solicite cualquie-ra de las representaciones, con indicación del tema o temas atratar, dándose publicidad de lo acordado en todas las empresas.
Para poder adoptar acuerdos deberán asistir a la reunión de laComisión al menos la mitad de sus componentes por cada una delas dos partes representadas.
Las funciones que a dicha Comisión se le asigna son lassiguientes:
A) Interpretación de la aplicación de la totalidad de las cláusulasde este Convenio.
B) Arbitraje de la totalidad de los problemas o cuestiones quese deriven de la aplicación del Convenio, o de los supuestosprevistos concretamente en su texto.
C) Vigilancia del cumplimiento de lo pactado, tomando a esteobjeto las medidas que sean necesarias y convenientes.
D) Vigilancia y estudio de los asuntos referentes a la SaludLaboral y Prevención de Riesgos en el Sector.
E) Interpretación y aplicación de la cláusula de descuelgue.F)Ambas partes convienen en dar conocimiento a la Comisión
Paritaria del Convenio de cuantas dudas, discrepancias y conflic-tos pudieran producirse, como consecuencia de la interpretacióny aplicación del Convenio, para que dicha Comisión emita dicta-men a las partes discrepantes.
G) Cuantas otras funciones de mayor eficacia práctica delpresente convenio se deriven de lo estipulado en su texto y anexosque forman parte del mismo.
Las partes firmantes facilitarán a la Comisión la información ydocumentación que se les solicite, relativa a aquellos asuntossometidos a la consideración de ésta.
Los acuerdos de la Comisión Paritaria se adoptarán en todocaso por mayoría, y aquellos que interpreten el Convenio, tendránla misma eficacia que la norma que haya sido interpretada.A efectos de notificaciones el domicilio de la Comisión Paritaria es:
• ASEMPUR: Avda. Gran Capitán, 12 – 2ª planta.• CC.OO.: Avda. Gran Capitán 12 – 1ª planta.• Federación de Servicios Públicos de U.G.T.: C/ Marbella s/n.Artículo 10º. Solución extrajudicial de conflictos laborales.
Las partes firmantes del convenio colectivo acuerdan adherir-se al Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laboralesde Andalucía (SERCLA) para la resolución de conflictos labora-les, que afecten a los trabajadores y empresas incluidas en elámbito de aplicación del presente Convenio.
Agotadas sin acuerdo las actuaciones establecidas, en su caso,en el seno de la Comisión Paritaria, se instarán los procedimien-tos previstos en el sistema de resolución extrajudicial de conflic-tos colectivos laborales de Andalucía (SERCLA) de conformidadcon lo dispuesto en el Acuerdo Interprofesional para su constitu-ción de 3 de abril de 1996 y Reglamento de desarrollo.
Se someterán a las actuaciones del SERCLA los conflictoscolectivos de interpretación y aplicación del Convenio Colectivo ode otra índole que afecta a los trabajadores/ as/trabajadoras yempresario/ as/empresarias incluidos en el ámbito de aplicacióndel presente Convenio.
En relación a los conflictos individuales que se susciten enmateria de: clasificación profesional, movilidad funcional, trabajosde superior o inferior categoría; modificaciones sustanciales decondiciones de trabajo; traslados y desplazamientos; período dedisfrute de vacaciones; licencias, permisos y reducciones dejornada, se someterán igualmente a los procedimientos contem-
plados en el SERCLA para los conflictos individuales, previstosen el Acuerdo Interprofesional de 4 de marzo de 2005, a partir delmomento en que dichos procedimientos entren en vigor en susrespectivos marcos territoriales. Si el ámbito de actuación refe-rente a los conflictos individuales fuese modificado u ampliado, seentenderá incluido en lo dispuesto en este artículo.
CAPITULO IIOrganización del trabajo.
Artículo 11º. Organización del trabajo.
La Organización del trabajo es facultad y responsabilidad de laDirección de la Empresa, con sujeción a este Convenio Colectivoy a la Legislación vigente que éstas asignan a la representaciónunitaria o sindical del personal.
La representación del personal tendrá, en todo caso, en lo rela-cionado con la organización y racionalización del trabajo, las fun-ciones que le asignan el Estatuto de los Trabajadores, la Ley dePrevención de Riesgos Laborales y demás legislación vigente.
CAPITULO IIIClasificación Profesional, empleo y formación.
Artículo 12º. Clasificación profesional.
Se establecen los siguientes grupos profesionales, según elnivel de titulación, conocimiento o experiencia exigidas para suingreso.
• Grupo A: Director Médico, Director Administrativo, SubdirectorMédico y Administrativo, Médico Jefe de Servicio, Departamentoo Sección. Médico, Farmacéutico, Odontólogo, Asesor Jurídico ydemás titulados Superiores.
• Grupo B: Supervisor de Enfermería, ATS, Matrona,Fisioterapeuta, Terapeuta ocupacional, Maestro de Logofonía,Titulado Mercantil, Graduado Social y demás titulados medios.
• Grupo C: Técnicos especialistas (TER, TEL, TAP,etc.)Monitores de Logofonía, Educación Física; Oficial Adminis-trativo, Jefe de Cocina, Jefe de Almacén, Jefe Calefactor y de-más personal técnico y mandos intermedios.
• Grupo D: Auxiliar Sanitario, Cuidadores, Puericultora, Auxiliarde Enfermería, Cocinero y demás personal auxiliar; Portero, Or-denanza, Vigilante, Electricista, Pinche y demás personal subal-terno y no cualificado no englobado en otro grupo.
• Limpiador/ a y Personal de Mantenimiento.La Comisión Paritaria, durante la vigencia del presente Conve-
nio procederá a diseñar la definición y descripción de funcionesde cada una de las categorías profesionales encuadradas en losgrupos profesionales existentes en el Convenio Colectivo parauna futura inclusión en el texto del convenio.
Artículo 13º. Funciones del personal.
Las categorías profesionales desarrollarán las funciones es-pecíficas que corresponden de acuerdo con el puesto de trabajoasignado, y en función de la titularidad que ostenten cada uno.
Artículo 14º. Empleo estable y modalidades de contratación.
Las partes firmantes del presente Convenio procurarán, en lamedida de sus posibilidades, conseguir los mayores niveles decontratación indefinida, intentando reducir el porcentaje de con-tratación temporal existente en el sector y en el ámbito de aplica-ción de este Convenio.
En tal sentido, en las empresas que tengan más de 4 trabaja-dores, al menos el 55% deberá ostentar la condición de fijo oplantilla en el plazo de un año desde la publicación del convenio;del 65% para el 31 de diciembre de 2009 y del 75% para el 31 dediciembre de 2010. Estos porcentajes de trabajadores fijos o deplantilla no se aplicarán en aquellas empresas de nueva creacióndurante los tres primeros años de su funcionamiento.
El sector se dotará de un modelo de relaciones laborales esta-ble, que beneficie tanto a las empresas como al personal, quecontribuya a la competitividad de las empresas, a la mejora delempleo y a la reducción de la temporalidad y rotación del mismo,y con el fin de conseguir que la atención a los usuarios sea de lamáxima calidad y lo más cualificada posible; para ello se determi-nan los siguientes criterios sobre modalidades de contratación.
• Contrato indefinido. Es el que se concierta sin establecerlímites de tiempo en la prestación de servicios.
• Contratos eventuales, que se concierten para atender las circuns-tancias del mercado: acumulación de tareas, excesos de pedidos, deacuerdo con la legislación vigente. Podrán tener una duración máximade doce meses, dentro de un período de dieciocho meses, contados apartir del momento en que se produzcan dichas causas.
B. O. P. núm. 229 Viernes, 19 de diciembre de 2008 8951
• Contratos en prácticas. No serán inferiores a seis meses,prorrogables en períodos de seis meses hasta el máximo dellímite legal. La retribución será durante el primer año de vigenciadel 70% y a partir de ese momento del 80%.
• Contratos para la formación. En cuanto a esta materia seconsidera de aplicación la legislación vigente.
• Contrato de obra o servicio determinado. Las contratacionescelebradas al amparo de este contrato deben suponer un servi-cio concreto y determinado que abarque el objeto y la causa de larelación laboral, es decir, servicios específicos y que fácilmentese pueda concretar en el tiempo o en el espacio, cuya ejecuciónagote tanto la prestación, como la obra o servicio de que se trate.
Periodo de prueba:El periodo de prueba será de seis meses para los técnicos
titulados y de dos meses para los demás trabajadores.Artículo 15º. Jubilación a los 64 años.
Como medida de fomento de empleo, se conviene que el personalcon 64 años de edad que deseen acogerse a la jubilación anticipadacon el 100 por 100 de la prestación, siempre que reúnan los requisitosde carencia y cotización correspondientes, podrán hacerlo, estandoen este caso la empresa obligada a sustituirlo en la forma y condicionesque vienen reguladas por el Real Decreto 1194/1985 , de 17 de julio, ensus artículos 1.º y 2.º, y demás normativa vigente.
Artículo 16º. Jubilación parcial.
La aplicación de la jubilación parcial y medidas de fomento delempleo conexas a la misma se efectuarán conforme a lo dispues-to en el Estatuto de los Trabajadores y la Ley 40/2007.
Artículo 17º. Formación profesional. Principios generales.
De conformidad con lo que previene el artículo 23 del Estatutode los Trabajadores y para facilitar su formación y promociónprofesional, el personal afectado por el presente convenio tendráderecho a ver facilitada la realización de estudios para la obten-ción de títulos académicos o profesionales reconocidos oficial-mente, la realización de cursos de perfeccionamiento profesionalorganizados por la propia empresa u otros organismos.
Artículo 18º .Objetivos de la formación.
La Formación profesional en la empresa se orientará hacia lossiguientes objetivos:
a) Adaptación del titular al puesto de trabajo y a las modificacio-nes del mismo.
b) Actualización y puesta al día de los conocimientos profesio-nales exigibles en la categoría y puesto de trabajo.
c) Especialización, en sus diversos grados, en algún sector omateria del propio trabajo.
d) Facilitar y promover la adquisición por el personal de títulosacadémicos y profesionales.
e) Reconversión profesional.f) Conocimientos de idiomas nacionales y extranjeros.g) Ampliación de los conocimientos de los trabajadores y las
trabajadoras que les permitan prosperar y aspirar a promocionesprofesionales y adquisición de los conocimientos correspondien-tes a otros puestos de trabajo.
h) Formar teórica y prácticamente, de manera suficiente y ade-cuada, en materia preventiva, así como cuando se produzcancambios en las funciones que se desempeñan o se introduzcannuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo y en lascondiciones que se establece en el artículo 19 de la LPRL.
Artículo 19º . Desarrollo de la formación.
1. La formación del personal se efectuará a través de la propiaempresa o mediante concierto con centros, organismos o aso-ciaciones reconocidas para impartir formación de calidad.
2. La formación del personal se impartirá, según los casos,dentro o fuera de la jornada laboral. La asistencia del personalserá obligatoria para aquéllas acciones formativas que se deri-ven de la obligación de promoción por parte de la empresa, comopueda ser en materia de riesgos laborales, siendo estas horasconsideradas horas efectivas de trabajo.
3. El personal de la empresa, y especialmente el que desempe-ñe puestos de trabajo de mando orgánico, está obligado a prestarsu apoyo pleno al plan de formación, cuando le sea requerido, enactividades del mismo y en el área de su competencia.
4. Cualquier trabajador o trabajadora de la empresa podrá pre-sentar a la representación del personal o directamente a la direc-ción, sugerencias relativas a mejorar aspectos y actividades con-cretas del plan de formación.
Será preferente para la asistencia a cursos, el personal quehaya participado en menos ocasiones y que esté desempeñandoun puesto de trabajo relacionado con la materia objeto del curso.
Se crea una Comisión de Formación y promoción profesional,constituida paritariamente por representantes de los sindicatosfirmantes y de la patronal, para la elaboración de un plan deformación profesional que será elaborado periódicamente aten-diendo a los objetivos señalados anteriormente, y de cuyo cum-plimiento y resultado se informará con la periodicidad y modo queel propio plan determine.
Artículo 20º. Financiación de la Formación
La formación será financiada a través la fundación tripartitapara la formación y el empleo, a través de las acciones de forma-ción continua en las empresas y de los contratos programas parala formación de trabajadores.
En la confección del plan de formación profesional, las empre-sas utilizarán óptimamente los recursos presupuestados y detoda índole que tenga asignados.
CAPITULO IVJornada, Vacaciones y Licencias.
Artículo 21º. Jornada de trabajo.
Se establece una jornada de 1.800 horas de trabajo efectivoen cómputo anual. Los trabajadores encuadrados en el GrupoA, podrán realizar en concepto de atención continuada, 26 ho-ras de trabajo efectivo anual, sobre el total de la jornada anual;siendo el coste de estas horas, el mismo que el de una horanormal de trabajo.
Se entenderá como Tiempo de trabajo efectivo aquel en el queel trabajador se encuentre a disposición del empresario y en elejercicio de su actividad, realizando las funciones propias de supuesto de trabajo.
Se considerará Tiempo de presencia localizada aquél tiempoque el trabajador se encuentre a disposición del empresario, sinprestar trabajo efectivo, por razones de expectativas, serviciosde guardia u otras similares. Podrá realizarse hasta un máximode 100 horas de presencia localizada.
Las horas de presencia localizadas serán compensadas al tra-bajador por la cantidad que se acuerda en el presente convenio,que se fija en la cantidad de 4,5 €/ hora de presencia localizada. Eltiempo en el que se preste un servicio médico en los supuestos depresencia localizada se considerará como tiempo de trabajo efec-tivo computando como tal para el cálculo de la jornada anual.
Anualmente, y en el primer mes de cada año, se elaborará porla empresa, previa consulta con los representantes de los traba-jadores (si no existen estos últimos, la consulta se realizará di-rectamente con el personal), un calendario en el que se establez-can los turnos y horarios, entregando una copia, con una semanade antelación, a los representantes del personal, en su caso,para su exposición en el tablón de anuncios.
El número de horas ordinarias de trabajo efectivo no podrá sersuperior a nueve diarias, debiendo mediar entre el final de unajornada y el comienzo de la siguiente como mínimo 12 horas.
Siempre que la jornada laboral diaria exceda de 6 horas, seestablecerá un período de descanso durante la misma de unmínimo de 15 minutos. Este período de descanso se considerarátiempo efectivo de trabajo
El personal tendrá derecho a un descanso semanal de cómomínimo 36 horas ininterrumpidas, que habrá de coincidir con sá-bado y domingo al menos una vez al mes.
El trabajador tendrá derecho a adaptar la duración y distribu-ción de la jornada de trabajo para hacer efectivo su derecho a laconciliación de la vida personal, familiar y laboral en los términosque se establezcan en la negociación colectiva o en el acuerdo aque llegue con el empresario respetando, en su caso, lo previstoen aquélla.
El trabajador tendrá derecho a la adaptación de la jornada ordi-naria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profe-sional o a la concesión del permiso oportuno de formación operfeccionamiento profesional con reserva de puesto de trabajo.
Artículo 22º. Vacaciones.
El período de vacaciones anuales será retribuido; la dura-ción será de treinta días naturales. En aquellos casos que nose haya completado el año de trabajo efectivo, tendrán dere-cho a la parte proporcional, es decir, 2´5 días de vacacionespor mes de contrato.
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El periodo vacacional se distribuirá por acuerdo entre empresay trabajadores. En ningún caso las vacaciones se podrán dividiren más de dos períodos. A estos efectos el personal concretaráen el mes de marzo su petición individual de vacaciones para quesea conocido el calendario con suficiente antelación.
Las vacaciones se disfrutarán preferentemente en los mesesde junio, julio, agosto y septiembre. En el supuesto de que lasmismas, por razones no imputables a los trabajadores/as no sepuedan disfrutar en este período preferente, se podrá negociaruna compensación entre la empresa y el trabajador/a afectado.Los períodos preferentes tendrán carácter rotatorio.
Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de laempresa coincida con una incapacidad temporal del trabajador/a,se acordara con el empresario el período en el que se puedadisfrutar, conciliando los intereses de ambas partes.Si el período de vacaciones fijado en el calendario de vacacionesde la empresa coincida en el tiempo con una incapacidad tempo-ral derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con elperíodo de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artí-culo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores, se tendrá derecho adisfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidadtemporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dichoprecepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión,aunque haya terminado el año natural a que correspondan.
En el caso de que dos personas de la misma empresa esténvinculadas matrimonialmente o como pareja de hecho, se procu-rará que puedan disfrutar las vacaciones conjuntamente, de con-formidad con las necesidades de servicio y respetando los dere-chos en materia de vacaciones del resto del personal.
Artículo 23º. Licencias.
El personal, previo aviso y justificación, podrá ausentarse deltrabajo con derecho a remuneración, por alguno de los motivos ypor el tiempo siguiente:
a) 15 días naturales en caso de matrimonio o convivencia dehecho debidamente registrada en el registro correspondiente.
b) 2 días naturales en los casos de nacimiento o adopciónde hijo/a o por el fallecimiento, accidente o enfermedad grave,hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalizaciónque precise de reposo domiciliario de parientes hasta el se-gundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con talmotivo, el trabajador necesite hace un desplazamiento al efecto,el plazo será de 4 días.
c) 1 día por traslado del domicilio habitual.d) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un de-
ber inexcusable de carácter público o personal.e) Por el tiempo necesario para realizar funciones sindicales o
de representación del personal.f) Por el tiempo indispensable para la realización de los exáme-
nes prenatales y técnicas de preparación al parto, al igual que elpermiso correspondiente a la lactancia, de acuerdo con la legisla-ción vigente.
g) Por el tiempo necesario, para acudir a visita médica de formapersonal o acompañando a hijos menores de 11 años de edad opersonas dependientes hasta el primer grado de consanguini-dad, siempre que justifique ser la única persona que puede acom-pañarlo y la cita se produzca en horario laboral.
h) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir aexámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo,si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse conregularidad estudios para la obtención de un título académico oprofesional.
En los casos de nacimiento de hijos prematuros o que, porcualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continua-ción del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarsedel trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a redu-cir su jornada de trabajo hasta un máximo de 2 horas, con ladisminución proporcional del salario.
Quienes por guarda legal tenga a su cuidado directo algúnmenor de 11 años o una persona con discapacidad física, psíqui-ca o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, ten-drá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con ladisminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo yun máximo de la mitad de la duración de aquélla.
Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cui-dado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consan-
guinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfer-medad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñeactividad retribuida.
La trabajadora víctima de la violencia de género tendrá dere-cho, para hacer efectiva su protección o su derecho a la asisten-cia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo condisminución proporcional del salario o a la reordenación del tiem-po de trabajo, a través de la adaptación del horario, de la aplica-ción del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiem-po de trabajo que se utilicen en la empresa.
La concreción horaria y la determinación del período de disfru-te del permiso de lactancia y de la reducción de jornada, previstosen los cuatro párrafos anteriores, corresponderá al trabajadordentro de su jornada ordinaria. El trabajador deberá preavisar alempresario con quince días de antelación a la fecha en que sereincorporará a su jornada ordinaria.
A partir del 1 de enero de 2009, los trabajadores/as podrándisponer de 1 día de asuntos propios, que deberá solicitarse con72 horas de antelación y ser acordado de común acuerdo con laempresa. Este día no podrá coincidir con el inicio o finalización delperíodo vacacional del trabajador/a, ni podrá solicitarse cuando eldía anterior y posterior al disfrute del mismo sean no laborables(ya sea por ser festivo, o no laborable)
A partir del 1 de enero de 2010, los trabajadores/as podrándisponer de 2 días de asuntos propios, que deberá solicitarsecon 72 horas de antelación y ser acordado de común acuerdocon la empresa. Este día no podrá coincidir con el inicio o finaliza-ción del período vacacional del trabajador/a, ni podrá solicitarsecuando el día anterior y posterior al disfrute del mismo sean nolaborables (ya sea por ser festivo, o no laborable)
Artículo 24º. Excedencias
Se entiende por éstas las situaciones de suspensión del contra-to de trabajo a solicitud del trabajador. Puede ser las siguientes:
• Forzosa
Su concesión es obligatoria por la empresa y comporta la con-servación del puesto de trabajo y su período se tiene como traba-jado a efectos de cómputo de antigüedad. El reingreso debe sersolicitado dentro del mes siguiente al cese de la causa que loprodujo.
o Causas:• Designación o elección para un cargo público.• Realización de funciones sindicales de ámbito provincial o
superior.• Voluntaria
o Se requiere antigüedad de un año mínimo en la empresa.o No se reconoce derecho a reserva del puesto de trabajo,
sino derecho preferente de ingreso cuando haya vacante.o Su duración será entre cuatro meses y cinco años. Este dere-
cho sólo podrá ser ejercido otra vez por el mismo trabajador si hantranscurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia.
• Excedencia por cuidado de familiares:
Esta excedencia tendrá una duración máxima de tres años, parael cuidado de cada hijo, tanto lo sea por naturaleza como por adop-ción o acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunqueestos sean provisionales, a contar desde la fecha del nacimiento o,en su caso, de la resolución judicial o administrativa.
También se tendrá derecho a una excedencia de duración nosuperior a dos años, salvo que se establezca una duración mayorpor acuerdo entre los representantes de los trabajadores (o éstosen defecto de aquéllos) y la empresa, para el cuidado de un fami-liar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, quienpor razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad nopueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad retribuida.
Estas excedencias, cuyo período de duración podrá disfrutarsede forma fraccionada, son un derecho individual de hombre o mu-jer, pero si en la misma empresa se generase derecho por el mismosujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo porrazones justificadas de funcionamiento de la empresa.
El inicio de un nuevo período de excedencia dará fin al que ensu caso se viniere disfrutando.
El período en que el trabajador permanezca en situación deexcedencia será computable a efectos de antigüedad y el traba-jador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profe-sional a cuya participación deberá ser convocado por su empre-sario, especialmente con ocasión de su reincorporación.
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Durante el primer año tendrá derecho a reserva de puesto.Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un pues-to de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.No obstante, cuando el trabajador forme parte de una familia quetenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa,la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximode 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de catego-ría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de cate-goría especial.
Artículo 25º Incapacidad Temporal.
En las situaciones de incapacidad temporal por accidente detrabajo o enfermedad profesional el trabajador verá complemen-tada la prestación de la Seguridad Social, cuando ésta le corres-ponda, hasta el 100% de su salario. Este complemento tendrávigencia hasta el alta del proceso de incapacidad temporal.
En las situaciones de incapacidad temporal por enfermedadcomún, el trabajador verá complementada la prestación de laSeguridad Social, cuando ésta le corresponda, hasta el 75% desu salario hasta el vigésimo día; a partir del vigésimo primer díase verá complementada hasta el 85% de su salario. Será nece-saria la justificación documental de la misma.
CAPITULO VSalario.
Artículo 26º. Estructura retributiva.
A) Salario base:Es la parte de la retribución del personal fijada por unidad de
tiempo y en función de su grupo y categoría profesional. Para elaño 2.005 serán las fijadas en la tabla salarial anexa.
B) Gratificaciones extraordinarias:Se abonarán dos pagas extraordinarias con devengo semestral,
equivalentes a una mensualidad de salario base, la primera con deven-go del 1 de diciembre al 31 de mayo y abono el día 15 de junio, y lasegunda con devengo de 1 de junio al 30 de noviembre y abono el día15 de diciembre. Por acuerdo entre empresa y trabajadores dichasgratificaciones se podrán abonar prorrateadas mensualmente.
C) Horas extraordinarias:Debido a las características del sector , las horas que deban
realizarse en función de la cobertura de las posibles ausenciaspor causas urgentes e imprevistas, tendrán de por sí la conside-ración de horas extraordinarias, si consideradas en su conjuntoanual exceden la jornada pactada en el presente Convenio.
La realización de dichas horas extraordinarias será para situa-ciones excepcionales y se comunicará a los representantes delpersonal. Se compensarán en tiempo de trabajo o se abonaránen metálico al 150% en ambos casos, dentro de los 4 mesessiguientes a su realización.
D) Complemento de nocturnidad.Las horas trabajadas en el periodo comprendido entre las 22:00
horas y las 6:00 horas se retribuirán con el complemento denomi-nado de nocturnidad, cuya cuantía se fija en un incremento del 25% del Salario Base que corresponda según las tablas salarialesdel presente Convenio.
Se exceptúa de lo establecido en los párrafos anteriores y, porconsiguiente, no habrá lugar a compensación económica en elsupuesto de personal que trabaje a turnos cuando la coincidenciaentre la jornada de trabajo y el período nocturno sea igual o infe-rior a una hora.
E) Complemento trabajo en festivos.Las horas trabajadas en días festivos se retribuirán con el
complemento denominado de trabajo en festivos, cuya cuantíase fija en un incremento del 15% del Salario Base para 12 festivosdel año (excluidos 1 de Enero y 25 de Diciembre) y del 25 % delSalario Base para las noches del 24 y 31 de Diciembre y de losdías 25 de Diciembre y 1 de Enero; con lo que el salario / día paraestos días quedaría fijado en las cantidades reflejadas en la si-guiente tabla:Incremento 15% Incremento 25% Salario/ día festivo:
Salario/ día festivo Noches 24 y 31 Diciembre
Días 25 Diciembre y 1 Enero
Grupo A. 54,20 58,92Grupo B 42,27 45,94Grupos C y D 33,96 36,91Limpiador/ a y Personalde mantenimiento 31,82 34,59
• Presencia localizada.Por presencia localizada se entenderá aquel tiempo que el tra-
bajador se encuentre a disposición del empresario, sin prestar
trabajo efectivo, por razones de expectativas, servicios de guar-dia u otras similares, y que podrá ser de hasta un máximo de 100horas anuales. El tiempo en el que se preste un servicio médicoen los supuestos de presencia localizada se considerará comotiempo de trabajo efectivo computando como tal para el cálculo dela jornada anual. La hora de presencia localizada tendrá un valorde 4,5 €/ hora.
Complemento de responsabilidad:Aquellos trabajadores que asuman, dentro de una categoría
profesional, determinadas funciones de responsabilidad con res-pecto al resto de trabajadores contratados dentro de esa catego-ría y el sistema de clasificación por categorías profesionales,recibirán un complemento a acordar entre empresa y trabajador.
F) Plus de Jornada Partida.Los trabajadores que realicen jornada partida de lunes a vier-
nes percibirán la cantidad de 1,50 € por día efectivo de trabajo.En cualquier otro supuesto no se devengará plus de jornada
partida.Artículo 27º. Incrementos salariales.
Para el año 2009, se incrementarán todos los conceptos eco-nómicos del presente convenio, con el IPC real del año 2008 +0,75 %.
Para el año 2010, se incrementarán todos los conceptos eco-nómicos del presente convenio con el IPC real del año 2009 +0,75 %.
Artículo 28º. Cláusula de descuelgue.
Las empresas que acrediten que el cumplimiento de las condi-ciones económicas establecidas en el presente convenio, lesllevaría inevitablemente al cierre definitivo de la empresa, podránquedar exentas del cumplimiento de las mismas, si bien queda-rían obligadas a incrementar las retribuciones de su personal almenos en el mismo porcentaje que se determina por el INE parael IPC real del Estado.
Al efecto de poder acogerse a la exención establecida en elpunto anterior, será necesario que las empresas lo soliciten yacrediten ante la Comisión Paritaria, de forma fehaciente, en elplazo de tres meses desde la publicación del convenio, que laaplicación de las condiciones económicas establecidas, les abo-carían al cierre definitivo de su actividad, y solo en el caso de quela Comisión Paritaria estimara que el cumplimiento de dichas con-diciones económicas fuere la causa directa del cierre de la em-presa, podrán éstas dejar de aplicarlas.
Al efecto de constatar la imposibilidad de aplicar las condicio-nes económicas establecidas en el presente convenio, las em-presas deberán aportar a la Comisión Paritaria, cuanta documen-tación fuere requerida por ésta para conocer la situación econó-mica real de las mismas. En el caso de no aportar la documenta-ción que se requiriese, la Comisión Paritaria no autorizaría a lasempresas solicitantes a quedar exentas del cumplimiento de lascondiciones económicas pactadas en el presente convenio.
La Comisión Paritaria tomará sus acuerdos, en lo referente a loregulado en la presente disposición por unanimidad y tendrá lafacultad, de estimarlo necesario, de recabar informes pericialesal efecto de tomar la decisión que proceda.
A partir de la solicitud por parte de las empresas afectadas seestablece un período máximo de tres meses para la resolución.
Los miembros de la Comisión Paritaria recabarán informacióndurante el período de vigencia del presente Convenio.
CAPITULO VIPrevención de Riesgos Laborales.
Artículo 29º. Seguridad y Salud laboral.
1. Principios generales.De conformidad con lo dispuesto en la Ley 31/1995 , de Pre-
vención de Riesgos Laborales, el personal tiene derecho a unaprotección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Elcitado derecho supone la existencia de un correlativo deber de laEmpresa en la protección del personal a su servicio frente a losriesgos laborales.
En cumplimiento del deber de protección, la Empresa deberágarantizar la seguridad y la salud del personal a su servicio entodos los aspectos relacionados con el trabajo. Igualmente, laEmpresa está obligada a garantizar una formación teórica y prác-tica suficiente y adecuada en materia preventiva, al igual quecuando se produzcan cambios de actividades, tareas o se intro-duzcan nuevas tecnologías o cambios de puesto de trabajo, al
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personal. Esta formación se impartirá en horario de trabajo, si esfuera de éste se descontará de la jornada legal a realizar.
Corresponde a cada trabajador velar en el cumplimiento de lasmedidas de prevención que en cada caso sean adoptadas.
2. Participación del personal.a) Delegados/as de prevención.Los/as Delegados/as de prevención son, de un lado, la base
sobre la que se estructura la participación del personal en todo lorelacionado con la Salud Laboral, en el ámbito de la empresa, y deotro, la figura especializada de representación en materia de Pre-vención de Riesgos Laborales.
El nombramiento, las competencias y facultades de los/as De-legados/ as de Prevención serán las definidas en los artículos 35y 36 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como lasque emanen de las decisiones del Comité de Seguridad y Salud,en su caso, y las que se acuerden en el Reglamento del propioComité. Sus competencias y facultades son las recogidas en elartículo 36 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Artículo 30º. Vigilancia de la salud.
1. El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio lavigilancia periódica de su estado de salud en función de los ries-gos inherentes al trabajo.
Esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el personalpreste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo seexceptuarán, previo informe de los representantes del personal,los supuestos en los que la realización de los reconocimientossea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones detrabajo sobre la salud del personal o para verificar si el estado desalud del personal puede constituir un peligro para el mismo, paralos demás trabajadores o para otras personas relacionadas conla empresa o cuando así esté establecido en una disposiciónlegal en relación con la protección de riesgos específicos y acti-vidades de especial peligrosidad.
En todo caso se deberá optar por la realización de aquellosreconocimientos o pruebas que causen las menores molestias alpersonal y que sean proporcionales al riesgo.
Las revisiones se realizarán en la jornada laboral o serán com-putadas como tiempo efectivo de trabajo.
2. Las medidas de vigilancia y control de la salud del personalse llevarán a cabo respetando siempre el derecho a la intimidad ya la dignidad de la persona y la confidencialidad de toda la infor-mación relacionada con su estado de salud.
3. El personal será informado de manera conveniente y confi-dencialmente de los resultados de los exámenes de salud a losque haya sido sometido.
4. El personal que en el desarrollo de su actividad se encuentresometido a un riesgo específico tendrán derecho a una revisiónanual, sobre ese riesgo, a cargo de la empresa.
Artículo 31º. Protección a la maternidad
1. La evaluación de los riesgos para la seguridad y la salud delos trabajadores deberá comprender la determinación de la natu-raleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadorasen situación de embarazo o parto reciente a agentes, procedi-mientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamen-te en la salud de las trabajadoras o del feto, en cualquier actividadsusceptible de presentar un riesgo específico. Si los resultadosde la evaluación revelasen un riesgo para la seguridad y la saludo una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de lascitadas trabajadoras, el empresario adoptará las medidas nece-sarias para evitar la exposición a dicho riesgo, a través de unaadaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo de la traba-jadora afectada. Dichas medidas incluirán, cuando resulte nece-sario, la no realización de trabajo nocturno o de trabajo a turnos.
2. Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo detrabajo no resultase posible o, a pesar de tal adaptación, lascondiciones de un puesto de trabajo pudieran influir negativamen-te en la salud de la trabajadora embarazada o del feto, y así locertifiquen los Servicios Médicos del Instituto Nacional de la Se-guridad Social o de las Mutuas, con el informe del médico delServicio Nacional de la Salud que asista facultativamente a latrabajadora, ésta deberá desempeñar un puesto de trabajo ofunción diferente y compatible con su estado. El empresario de-berá determinar, previa consulta con los representantes de lostrabajadores, la relación de los puestos de trabajo exentos deriesgos a estos efectos.
3. El cambio de puesto o función se llevará a cabo de conformi-dad con las reglas y criterios que se apliquen en los supuestos demovilidad funcional y tendrá efectos hasta el momento en que elestado de salud de la trabajadora permita su reincorporación alanterior puesto.
4. En el supuesto de que, aun aplicando las reglas señaladas enel párrafo anterior, no existiese puesto de trabajo o función compa-tible, la trabajadora podrá ser destinada a un puesto no correspon-diente a su grupo o categoría equivalente, si bien conservará elderecho al conjunto de retribuciones de su puesto de origen.
5. Si dicho cambio de puesto no resultara técnica u objetiva-mente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivosjustificados, podrá declararse el paso de la trabajadora afectadaa la situación de suspensión del contrato por riesgo durante elembarazo, contemplada en el Artículo 45.1.d) del Estatuto de losTrabajadores, durante el período necesario para la protección desu seguridad o de su salud y mientras persista la imposibilidad dereincorporarse a su puesto anterior o a otro puesto compatiblecon su estado.
6. Lo dispuesto en los números 1 y 2 de este Artículo será tambiénde aplicación durante el período de lactancia, si las condiciones detrabajo pudieran influir negativamente en la salud de la mujer o del hijo yasí lo certificase el médico que, en el régimen de Seguridad Socialaplicable, asista facultativamente a la trabajadora.
Artículo 32º. Ropa de trabajo.
Las empresas están obligadas a facilitar al menos dos unifor-mes, y dos pares de calzado al año, homologados según la legis-lación vigente, así como medios de protección personal de ca-rácter preceptivo adecuados al personal, para el ejercicio de susfunciones. El personal estará obligado a usar, durante la realiza-ción de su trabajo, la ropa facilitada por la empresa, así como delcuidado de la misma.
CAPITULO VIIDerechos sindicales.
Artículo 33º. Derechos Sindicales.
Los Comités de Empresa y Delegados/as de Personal tendrán,entre otros, los siguientes derechos y funciones, además de losreseñados en el artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores:
A) Ser informados, previamente, de todas las sanciones im-puestas en su empresa por faltas leves, graves y muy graves.
B) Conocer, trimestralmente al menos, las estadísticas sobreel índice de absentismo y sus causas, los accidentes de trabajoy las enfermedades profesionales y sus consecuencias, los índi-ces de siniestros, los estudios periódicos o especiales del medioambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan.
C) De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes enmateria laboral, de seguridad social y ocupación y también elresto de los pactos, condiciones y usos del empresario en vigor.
D) De vigilancia y control de las condiciones de seguridad ysalud en el ejercicio del trabajo en la empresa con las particulari-dades que prevé en este sentido el artículo 19 del Estatuto de losTrabajadores.
CAPITULO VIIIRégimen Disciplinario.
Artículo 34º. Régimen disciplinario.
El personal podrá ser sancionado por la empresa, en virtud deincumplimientos laborales, de acuerdo con la graduación de fal-tas y sanciones siguientes:
A) Faltas leves.1. El retraso y negligencia en el cumplimiento de sus funciones,
así como la indebida utilización de los locales, materiales o docu-mentos de la empresa, salvo que por su manifiesta gravedad,pueda ser considerada como falta grave.
2. La no comunicación con la debida antelación de la falta deasistencia al trabajo por causa justificada, salvo que se pruebe laimposibilidad de hacerlo.
3. Las faltas repetidas de puntualidad sin causa justificada detres a cinco al mes.
4. La negativa rotunda a pasar la revisión médica anual, con-templada en el artículo 24 del presente Convenio.
B) Faltas graves.1. La falta de disciplina en el trabajo.2. La falta de asistencia al puesto de trabajo sin causa justificada.3. Las faltas repetidas de puntualidad sin causa justificada du-
rante más de cinco días y menos de diez al mes.
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4. El abandono del puesto de trabajo sin causa justificada.5. La reincidencia en la comisión de una falta leve aunque sea
de diferente naturaleza dentro de un mismo trimestre, siempreque se produzca sanción por ese motivo.
C) Faltas muy graves.1. Dar a conocer el proceso patológico e intimidad del paciente.2. El fraude, la deslealtad y el abuso de confianza en las gestio-
nes encomendadas y cualquier conducta constitutiva de delitodoloso.
3. La falta de asistencia al trabajo no justificada durante más detres días al mes.
4. Las faltas reiteradas de puntualidad no justificadas durantemás de 10 días al mes o durante más de 30 días en el trimestre.
5. Los malos tratos de palabra, obra, psíquicos o morales in-fringidos a los residentes, compañeros de trabajo de cualquiercategoría, así como a los familiares de cualquiera de ellos, y lasde abuso de autoridad.
6. La obtención de beneficios económicos o en especie de losusuarios del centro.
7. Apropiarse de objetos, documentos, material, etcétera, delos usuarios del centro o del personal.
8. La negligencia en la administración de la medicación.9. La competencia desleal, en el sentido de promover, inducir
o sugerir a familiares el cambio de residencia, así como la deri-vación de residentes al propio domicilio del personal o de parti-culares e igualmente hacer públicos los datos personales y/oteléfonos de los residentes o familiares a personas ajenas a laresidencia.
10. Los actos, conductas, verbales o físicas de naturalezasexual ofensivas dirigidas a cualquier persona de la empresa,siendo de máxima gravedad aquellas que sean ejercidas desdeposiciones de mando o jerarquía, las realizadas hacia personascon contrato no indefinido, o las de represalias contra las perso-nas que hayan denunciado.Sanciones:
Las sanciones que podrán imponerse en función de la califica-ción de las faltas serán las siguientes:
• Por faltas leves:- Amonestación por escrito.- Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días.- Descuento proporcional de las retribuciones correspondien-
tes al tiempo real dejado de trabajar por faltas de asistencia opuntualidad no justificadas.
• Por faltas graves:- Suspensión de empleo y sueldo de tres días a un mes.- Descuento proporcional de las retribuciones correspondien-
tes al tiempo real dejado de trabajar por faltas de asistencia opuntualidad no justificadas.
• Por faltas muy graves:- Suspensión de empleo y sueldo de uno a tres meses.- Despido.Artículo 35º. Tramitación y prescripción.
Las sanciones se comunicarán motivadamente y por escrito alinteresado para su conocimiento y efectos, dándose notificaciónal Comité de Empresa o Delegados/as de Personal.
Para la imposición de sanciones por falta muy grave será pre-ceptiva la instrucción de expediente sumario. Este expediente seincoará previo conocimiento de la infracción, remitiendo al perso-nal afectado pliego de cargos con exposición sucinta de los he-chos supuestamente constitutivos de falta. De este expedientese dará traslado al Comité de Empresa o Delegados/as de Perso-nal, en caso de existir, para que, por ambas partes y en el plazode cinco días, puedan manifestar a la Dirección lo que considerenconveniente en aras al esclarecimiento de los hechos. Transcu-rrido dicho plazo y aunque el Comité, el personal afectado, oambos no hayan hecho uso del derecho que se le concede aformular alegaciones, se procederá a imponer al personal la san-ción que crea oportuna de acuerdo con la gravedad de la falta y loestipulado por el presente Convenio.
Es absolutamente indispensable la tramitación de expedientecontradictorio para la imposición de las sanciones, cualquieraque fuera su gravedad, cuando se trate de miembros del Comitéde Empresa, Delegados/as de Personal, tanto si se hallan enactivo de sus cargos sindicales como si aún se hallan en períodoreglamentario de garantías.
Las faltas leves prescribirán a los 10 días, las graves a los30 y las muy graves a los 60, a partir de la fecha en la cual setiene conocimiento, y en todo caso, a los 6 meses de habersecometido.
Disposición Adicional Primera.- No discriminación en las
relaciones laborales
Ambas partes consideran fundamental el principio de no discri-minación establecido en el artículo 17 del Estatuto de los Trabaja-dores, en tal sentido se entenderán nulos y sin efecto los pactosindividuales o colectivos y las decisiones unilaterales que conten-gan discriminaciones directas o indirectas desfavorables por ra-zón de edad o discapacidad o favorables o adversas en el em-pleo, así como en materia de retribuciones, jornada y demáscondiciones de trabajo por circunstancias de sexo, origen, inclui-do el racial o étnico, estado civil, condición social, religión o con-vicciones, ideas políticas, orientación sexual, adhesión o no asindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con otrostrabajadores en la empresa y lengua dentro del Estado español.Tampoco podrá haber discriminación por razón de disminucio-nes psíquicas, físicas o sensoriales, siempre que se estuviera encondiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo deque se trate. El empresario estará obligado a pagar por la presta-ción de igual salario a trabajo de igual valor, tanto por salario base,como por los complementos salariales, sin discriminación algunapor razón de sexo. Este principio de no discriminación se aplicaráa todos los procedimientos de promoción interna que se realicen,así como al acceso a las actividades formativas. (esto es dejarlocomo en el anterior convenio).
Disposición Adicional Segunda.- Medidas de fomento de
empleo, en cumplimiento de los compromisos adquiridos
en el VI Acuerdo de Concertación de Andalucía.
Los contratos temporales o de duración determinada que setransformen en indefinidos, tanto a tiempo completo como a tiem-po parcial, podrán acogerse a las ayudas previstas en el CapítuloIII de la Orden 21 de julio de 2005 (BOJA nº 146, de 28 de julio)que desarrolla lo establecido en el Capítulo IV del Decreto 149/2005 de 14 de junio (BOJA nº 122, de 24 de junio).
ANEXO I
TABLAS SALARIALES
SALARIOS CORRESPONDIENTE A 2008
Grupo Salario anual/ (14 Pagas)
Euros
A 17.203,58B 13.415,33C 10.777,09D 10.438,85
Limpiador/ a y Personal de Mantenimiento 10.100,62————————
JUNTA DE ANDALUCÍA
Consejería de Medio Ambiente
Delegación Provincial
CÓRDOBA
Núm. 10.964RESOLUCIÓN DE 20 DE OCTUBRE DE 2008, DE LA DELE-
GACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA DE LA CONSEJERÍA
DE MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, POR
LA QUE SE HACE PÚBLICA LA DECLARACIÓN DE IM-
PACTO AMBIENTAL SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LA
LÍNEA A 66 KV D/C DESDE LA SUBESTACIÓN EL CARPIO
HASTA SUBESTACIÓN LOS CANSINOS EN LOS TÉRMI-
NOS MUNICIPALES DE EL CARPIO, VILLAFRANCA DE
CÓRDOBA Y CÓRDOBA.
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 19 de la Ley 7/94 dela Junta de Andalucía, de Protección Ambiental, y en los artículos9, 25 y 27 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental dela Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado mediante el De-creto 292/95, de 12 de diciembre, se realiza la presente Declara-ción de Impacto Ambiental del Expediente Número EIA 06-065,sobre el Anteproyecto de Línea 66 kV, D/C desde la SubestaciónEl Carpio hasta la Subestación Los Cansinos, en los términosmunicipales de El Carpio, Villafranca de Córdoba y Córdoba, pro-movido por Endesa Distribución Eléctrica S.L.U.
1.- OBJETO DE LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
El Anteproyecto ha sido tramitado de acuerdo con el procedi-miento establecido en la Ley 7/1994 de Protección Ambiental y
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Decreto 292/1995 por el que se aprueba el Reglamento de Eva-luación de Impacto Ambiental.
La Ley 7/94, de 18 de mayo, de Protección Ambiental de laJunta de Andalucía, establece en su artículo 11 la necesidad desometer al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental lasactuaciones públicas o privadas, que se lleven a cabo en el ám-bito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se hallen com-prendidas en el Anexo Primero de dicha Ley.
El Anteproyecto presentado contempla el diseño de la líneaeléctrica de alta tensión a 66 kV de 10.000 m, entre la SubestaciónEl Carpio y la subestación de Los Cansinos, en los términosmunicipales de El Carpio, Villafranca de Córdoba y Córdoba.
Dado que el Anteproyecto presentado, denominado Línea 66kV, D/C desde la Subestación El Carpio hasta la Subestación LosCansinos, en los términos municipales de El Carpio, Villafrancade Córdoba y Córdoba, se encuentra incluido en el punto 28 delAnexo primero de la Ley 7/94 y anexo del Decreto 292/95, de 12de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluaciónde Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía,en el que se incluye la actuación de «Transporte aéreo de ener-gía eléctrica de alta tensión igual o superior a 66 KW «, se someteal procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental para laDeclaración de Impacto Ambiental, de acuerdo con lo establecidoen el artículo 25 del Reglamento anteriormente citado.
En el Anexo I de la presente Propuesta de Declaración deImpacto Ambiental se describen las características básicas delanteproyecto de la línea eléctrica que nos ocupa.
2.- TRAMITACIÓN
Según el artículo 9 del Decreto 292/1995 por el que se apruebael Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, la competen-cia para tramitar y resolver el procedimiento de Evaluación deImpacto Ambiental recae en el Delegado Provincial de laConsejería de Medio Ambiente.
El procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental se iniciócon la presentación por parte del promotor ante la Consejería deInnovación, Ciencia y Empresa, órgano con competenciasustantiva, del Anteproyecto y Estudio de Impacto Ambiental. Enfecha 29 de noviembre de 2006, con número de registro 27.993,tiene entrada dicha documentación en la Delegación Provincial deMedio Ambiente de Córdoba.
Ambos documentos se sometieron al trámite de informaciónpública por aquel Organismo, mediante publicación en el BOLE-TÍN OFICIAL de la Provincia de Córdoba nº 191 de 23 de octubrede 2.006, no habiéndose presentado alegaciones en el plazo re-glamentario.
Con fecha 8 de agosto de 2007, se envió al titular escrito desubsanación. Con fecha 18 de octubre de 2007, se recibió enesta Delegación un anexo para la subsanación de las deficien-cias detectadas, quedando sin embargo parte de la documenta-ción por subsanar. Con fecha 14 de enero de 2008 se le envió altitular un nuevo escrito de subsanación. Posteriormente, habien-do transcurrido el plazo de 30 días para la subsanación de docu-mentación, se le envió escrito al titular de fecha 17 de junio de2008, concediéndole un nuevo plazo de 10 días para subsanardicha información, en virtud de lo establecido en el artículo 1.19.de la Ley 4/1.999, de modificación de la Ley 30/1.992. Finalmente,con fecha 22 de julio de 2008, se recibió en esta Delegación unanexo con el que el titular aporta la información solicitada.
En el Anexo II del presente documento se recogen las princi-pales incidencias ambientales y medidas correctoras más desta-cadas propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental. En elAnexo. En el Anexo III se relaciona la documentación que inte-gra el expediente.
Analizado el expediente generado en el procedimiento de Eva-luación de Impacto Ambiental para la actuación proyectada, estaDelegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente, en elejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1994, de 18de mayo, de Protección Ambiental y los artículos 9.1 y 25 delDecreto 292/1995 de 12 de diciembre, por el que se aprueba elReglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comuni-dad Autónoma de Andalucía formula, a los solos efectos ambien-tales, la siguiente Declaración de Impacto Ambiental sobre el An-teproyecto de Línea 66 kV, D/C desde la Subestación El Carpiohasta la Subestación Los Cansinos, en los términos municipalesde El Carpio, Villafranca de Córdoba y Córdoba.
La entrada en vigor de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de GestiónIntegrada de la Calidad Ambiental, así como la Ley 34/2007, de 15de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera,determinando la necesidad de su incorporación al CondicionadoAmbiental de la Declaración de Impacto Ambiental
3.- CONDICIONADO DE LA DECLARACIÓN DE IMPACTO
AMBIENTAL
Además de los condicionantes ambientales considerados ymedidas protectoras y correctoras incluidas en el Anteproyecto yen el Estudio de Impacto Ambiental, y siempre que no se opongana lo establecido en la presente Declaración de Impacto Ambiental,el Promotor habrá de adoptar las siguientes medidas:
3.1.- Atmósfera
Con objeto de minimizar la emisión de partículas a la atmósfera,procedentes del movimiento de maquinaria y circulación de vehí-culos que pudieran afectar negativamente a la calidad del aire delos alrededores, se aplicarán, tal como se establece en las medi-das correctoras propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental,riegos en los terrenos afectados por los movimientos de tierra opor la circulación de vehículos. Dichos riegos se efectuarán conuna frecuencia que dependerá de la sequedad del substrato y dela existencia de vientos, de tal forma que no se produzcanencharcamientos.
No podrán realizarse obras auxiliares tales como caminos opistas de acceso, al no estar incluidas en el anteproyecto.
Tal y como se indica en el Estudio de Impacto, se utilizarán loscaminos existentes como vías de paso. Se usarán siempre lasmismas vías de entrada y salida a los apoyos intentando que elrecorrido del apoyo al camino sea lo más corto posible. Asimis-mo, se recomienda para el trazado aprovechar zonas de servi-dumbre de infraestructuras presentes, como por ejemplo, otraslíneas eléctricas próximas.
Se procederá a la adecuada conservación de los caminos em-pleados y a la limpieza periódica de los mismos.
Los niveles de emisión e inmisión de contaminantes atmosféri-cos no superarán los contemplados en la Ley 34/2007, de 15 denoviembre de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, elDecreto 833/1975, de 6 de Febrero, en aquellos aspectos en queno ha sido derogado; así como el resto de la normativa en vigor,aplicándose las medidas correctoras oportunas para limitar laemisión de contaminantes a la atmósfera a los niveles exigibles.
Se realizará un adecuado mantenimiento preventivo de la ma-quinaria empleada para garantizar el cumplimiento de las pres-cripciones sobre emisiones a la atmósfera, así como sobre rui-dos y vibraciones establecidas en el Decreto 326/2003, de 25 denoviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Protecciónde la Contaminación Acústica en Andalucía. Asimismo, la maqui-naria de obra y vehículos de transporte de materiales cumplirán ymantendrán las inspecciones técnicas de obligado cumplimiento.
3.2.- Sistema hidrológico e hidrogeológico
Con objeto de garantizar la protección integral de los recursoshídricos continentales, superficiales y subterráneos, serán deestricta aplicación las siguientes medidas:
- Los trabajos de construcción de la línea no deben modificar elsistema de drenaje natural.
- Quedan prohibidos todos los cambios de aceite de la maqui-naria dentro de la zona de actuación, debiendo realizarse entalleres autorizados al efecto.
- En caso de derrame accidental de aceites o cualquier otroresiduo peligroso, se procederá a su inmediata recogida y depó-sito en contenedores impermeables, para su entrega a Gestorautorizado.
- Se evitará la acumulación de materiales de obra o proceden-tes de los movimientos de tierra en aquellas áreas en las quepuedan afectar cursos de agua existentes a lo largo del trazadode las obras.
Según lo indicado en el Estudio de Impacto Ambiental y losAnexos presentados, la actuación no afectará a la zona de policíade los cauces públicos que atraviesa la línea electrica. De cual-quier modo el vuelo y las obras que se prevean en la zona depolicía de los cauces públicos, precisarán de autorización admi-nistrativa previa del organismo de cuenca correspondiente.
3.3.- Suelo e infraestructuras
La capa de tierra vegetal procedente de los movimientos detierras que se realicen durante el acondicionamiento del terreno,
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deberá ser retirada y acopiada adecuadamente, para su poste-rior reutilización en la restauración de los terrenos afectados porlas obras o en los terrenos adyacentes a los apoyos, tal y comose indica en el apartado 8.1.4º.- Medidas preventivas del Estudiode Impacto Ambiental presentado.
La restauración contemplará la reposición a su estado originalde los viales y accesos preexistentes empleados.
Las tierras sobrantes, en caso de que se produzcan, seránextendidas en otras zonas de la obra que lo requieran o emplea-das en las mejoras de los caminos existentes. Por otra parte, seprocederá a la retirada de materiales sobrantes de las obras y ala limpieza de las zonas afectadas, conduciendo dichos materia-les a vertedero autorizado de escombros y restos de obras,dejando el área de actuación en perfecto estado de limpieza.
No se podrá realizar, al no estar incluidas en el anteproyecto,obras auxiliares tales como caminos o pistas de acceso. En cuantoal acondicionamiento del terreno para permitir el acceso de vehí-culos y el tendido de conductores y cables de tierra, en ningúncaso se eliminará ni se desbrozará la vegetación de setos, linde-ros, etc. En el caso de ser necesaria la realización de alguna deestas actuaciones, se solicitará autorización expresa de la Dele-gación Provincial de Medio Ambiente.
3.4.- Hábitats, flora y fauna silvestres
Según se indica en el Estudio de Impacto Ambiental presenta-do, la gran mayoría del ámbito afectado son cultivos herbáceostanto de secano como de regadio, así como olivares de secano yregadío, afectando una mínima parte a la vegetación ripícola delos ríos y arroyos que atraviesa.
Se seguirán las prescripciones establecidas en el artículo 23del Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se apruebael Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Fo-restales. Sin embargo, las distancias de seguridad entre los con-ductores y el arbolado localizado en setos, linderos o vegetaciónripícola deberá conseguirse sin cortar la vegetación indicada, esdecir mediante podas o la colocación de apoyos de mayor altura.
En todo caso, se deberán respetar las madrigueras o zonas dereproducción que se encuentren.
Respecto a las medidas a adoptar para la protección de laavifauna que habite en la zona donde se prevé implantar lalínea eléctrica, se deberán cumplir las prescripciones esta-blecidas en el Decreto 178/2006, de 10 de octubre, por el quese establecen normas de protección de la avifauna para ins-talaciones eléctricas de alta tensión (BOJA 209, 27/10/06). Seadoptarán las medidas antielectrocución y anticolisión (espi-rales salvapájaros) establecidas en el Estudio de ImpactoAmbiental y en la documentación Anexa, y en particular seestablecerán las siguientes:
• Se ampliarán en 1 kilómetro las medidas antielectrocuciónpropuestas en el inicio de la línea eléctrica
• Se colocarán medidas antielectrocución 250 metros a cadalado del cruce sobre el arroyo Guadatín, en un total de 500 me-tros en este tramo.
• Se establecerán las medidas propuestas en 1 kilómetro en elcruce de la línea eléctrica sobre la Carretera N-IV, en dirección ala subestación de los Cansinos.
• Los salvapájaros a instalar consistirán en espirales, dispues-tos cada 5 metros cuando el cable de tierra sea único, oalternadamente cada 10 metros cuando sean dos los cables detierra paralelos, o en su caso en los conductores.
Si de las operaciones de mantenimiento de la línea eléctrica sedetectase la muerte de aves por colisión o electrocución provo-cada por la misma, se instalarán dispositivos adicionales adecua-dos para minimizar o eliminar los citados efectos.
Todas las incidencias relativas a electrocuciones o colisionesde aves ocurridas durante la fase de explotación, deberán sercomunicadas a la Delegación Provincial de Medio Ambiente.
3.5.- Vías Pecuarias
En base a la documentación aportada, se observa que el traza-do de la línea eléctrica cruza las siguientes vías pecuarias:
Término Municipal Vía Pecuaria Anchura Legal (m.)
El Carpio Vereda de la Barca 20,89Villafranca de Córdoba Cordel de Alcolea 37,61
Vereda de la Higueruela 20,89Vereda de Montilla 20,89
Córdoba Cordel de Alcolea 37,61
En este sentido, previamente a la aprobación del Proyecto deEjecución, se deberá presentar en esta Delegación Provincial deMedio Ambiente, separata del mismo donde se incluyan los co-rrespondientes planos de detalle en los que se indique la ubica-ción de los apoyos; significando que los mismos no podrán re-caer sobre el dominio público pecuario.
Del mismo modo, previamente a la aprobación del Proyecto deEjecución, se deberá obtener Resolución de Autorización deOcupación por cruce aéreo de las vías pecuarias anteriormentecitadas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 46 y si-guientes del Reglamento de Vías Pecuarias de la ComunidadAutónoma de Andalucía, aprobado por Decreto 155/1998, de 21de julio.
Con carácter general, está prohibida la ocupación o el aprove-chamiento de las vías pecuarias del término municipal para usoso fines distintos a los que establece el Reglamento de Vías Pe-cuarias, actuándose en los casos de procedimientos especialesconforme a lo establecido en el citado Reglamento.
La propuesta de ejecución de la línea eléctrica aérea objeto dela presente Evaluación de Impacto Ambiental, deberá respetar elDominio Público de Vías Pecuarias, y en cualquier caso, se esta-rá a lo dispuesto en la Ley 3/1995 de Vías Pecuarias y en elReglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma deAndalucía, aprobado mediante Decreto 155/1998 de 21 de julio.
3.6.- Patrimonio Arqueológico
Según el Informe de la Delegación Provincial de la Consejeríade Cultura, recibido por esta Delegación en fecha 15 de enero de2007, en la base de datos Sipha (Sistema de Información dePatrimonio Histórico Andaluz) no se observa ningún registro ar-queológico en la zona afectada.
No obstante, cualquier hallazgo casual de tipo arqueológicoque pudiera producirse durante la realización de los trabajos de-berá ser comunicado inmediatamente a la Delegación de Cultura,de acuerdo con lo establecido en el art. 50 de la Ley 14/2007, delPatrimonio Histórico de Andalucía, dando cuenta asimismo a laDelegación de Medio Ambiente.
3.7.- Otras medidas correctoras
Cualquier incidencia ambiental de importancia que pudiera pro-ducirse en el desarrollo de los trabajos deberá ser comunicada aesta Delegación Provincial, junto con las medidas correctoras adop-tadas para minimizar sus efectos y las medidas preventivas quese hayan establecido para evitar incidencias similares en el futuro.
Se deberá comunicar a la Delegación Provincial de Medio Am-biente la fecha de inicio de los trabajos de instalación y puesta enobra de la línea eléctrica.
3.8.- Medidas adicionales
Con anterioridad a la entrada en servicio de la actuación debe-rá presentarse certificación suscrita por técnico competente enla que se acredite la adecuación a los términos de la presentePropuesta de Declaración de Impacto Ambiental, y se detallen lasmediciones y comprobaciones técnicas, especialmente en lo con-cerniente al cumplimiento del Decreto 178/2006 de protección dela avifauna.y las autorizaciones de ocupación de vías pecuariaspara cruce aéreo
En consonancia con lo establecido en el artículo 160 de la Ley 7/2007, de 9 de agosto de 2007, de Gestión Integrada de la CalidadAmbiental, que deroga a la Ley 7/1994, serán responsables de lasinfracciones previstas en dicha Ley, los sujetos indicados en elartículo 160 de la misma, en los términos que ésta establece.
4.- PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL
Se llevarán a cabo todas las actuaciones descritas en el Plande Vigilancia Ambiental establecido en el Estudio de Impacto Am-biental, al objeto de asegurar el cumplimiento de las medidascorrectoras y protectoras propuestas.
El Programa de Vigilancia Ambiental para el seguimiento y con-trol de los impactos y de la eficacia de las medidas correctorasestablecidas en el Estudio de Impacto Ambiental deberá comple-tarse, por parte del Promotor o Titular de la actuación, con el quese refleja a continuación:
- Durante el inicio y ejecución de la obra, se prestará especialatención y cuidado en la realización de los trabajos, y se vigilará laadecuación a las previsiones del proyecto, poniendo especial én-fasis en el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras.
- Se realizará el control de los residuos generados, de formaque sean tratados y/o eliminados adecuadamente. Con respecto
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a los residuos urbanos, asimilables a urbanos y peligrosos quepudieran generarse en la actividad, se deberá cumplir con losrequisitos documentales de gestión que recoge su normativaespecífica.
- En caso de que durante las revisiones periódicas de la líneaeléctrica se detectasen colisiones o electrocuciones de laavifauna, la empresa promotora lo pondrá en conocimiento de laDelegación Provincial de Medio Ambiente de Córdoba, realizandoun estudio analítico de las causas y aplicando las correspondien-tes medidas correctoras al uso para la protección de la avifauna.
5.- CONSIDERACIONES GENERALES
- De acuerdo con el artículo 17 la Ley 7/2007, de 9 de agosto de2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, la obtenciónde las autorizaciones, así como la aplicación de los otros instru-mentos regulados por dicha Ley, no eximirá a los titulares o pro-motores de cuantas otras autorizaciones, concesiones, licenciaso informes resulten exigibles según lo dispuesto en la normativaaplicable, para la ejecución de la actuación.
- Las medidas de control y condicionados contempladas en elProyecto y en la presente Declaración de Impacto Ambiental,deberán adaptarse a las innovaciones requeridas por el progresocientífico y técnico aplicables a la actuación autorizada, salvo quepor su incidencia en el medio ambiente resulte necesaria unanueva Evaluación de Impacto Ambiental.
- Los condicionados ambientales podrán ser revisados cuandola seguridad de funcionamiento del proceso o actividad haga ne-cesario emplear otras técnicas o así lo exijan disposiciones de lalegislación de la Unión Europea, Estatal o Autonómica.
- El incumplimiento de las condiciones de la presente Declara-ción dará lugar a la aplicación de las medidas disciplinarias pre-vistas en la Ley 7/2007, de 9 de agosto de 2007, de GestiónIntegrada de la Calidad Ambiental.
- Cualquier modificación sobre el Anteproyecto evaluado, debe-rá ser comunicada a esta Delegación Provincial a fin de determinarlas implicaciones ambientales derivadas de la misma y, en su caso,adopción de las medidas correctoras oportunas. El titular de laactuación sometida a autorización ambiental unificada que preten-da llevar a cabo una modificación, en los supuestos establecidosen el artículo 27 de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Cali-dad Ambiental, deberá comunicarlo a esta Delegación.
- Se deben incluir las correspondientes partidas presupuesta-rias destinadas al conjunto total de medidas ambientales pro-puestas, medidas protectoras, medidas correctoras, de caráctergeneral y de carácter específico, etc., así como para el programade vigilancia ambiental propuesto (durante la fase de ejecución,de explotación y tras la clausura de la actividad).
- Todas las medidas protectoras y correctoras comprendidasen el Estudio de Impacto Ambiental, Proyecto y los condicionadosde la presente Declaración de Impacto Ambiental que suponganunidades de obra, figurarán en la memoria y anejos, planos, plie-go de prescripciones técnicas y presupuesto del Proyecto.
- Aquellas medidas que supongan algún tipo de obligación orestricción durante la ejecución del Proyecto, pero no impliquenun gasto concreto, deberán figurar al menos en la memoria ypliego de prescripciones técnicas. También se valorarán y pro-veerán los gastos derivados del Plan de Vigilancia Ambiental.
- Si del Programa de Vigilancia Ambiental se concluyese lainsuficiencia de las medidas ambientales aquí impuestas, podránampliarse las mismas.
Por lo anteriormente expuesto, consecuencia del análisis, es-tudio y valoración de la documentación aportada por el Promotory la generada en el expediente:
SE PROPONE
Declarar VIABLE, a los efectos ambientales, el anteproyectoLínea 66 kV, D/C desde la Subestación El Carpio hasta laSubestación Los Cansinos, en los términos municipales de ElCarpio, Villafranca de Córdoba y Córdoba, promovido por EndesaDistribución Eléctrica S.L.U., siempre y cuando se cumplan lasespecificaciones indicadas en el Anteproyecto, en el Estudio deImpacto Ambiental y en el condicionado de la Declaración deImpacto Ambiental.
ANEXO I
CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL ANTEPROYECTO
Redactor: Florencio Jiménez Rivas. Ing. Técnico Industrial
El proyecto de Línea 66 kV, D/C desde la Subestación El Carpio
hasta la Subestación Los Cansinos, en los términos municipalesde El Carpio, Villafranca de Córdoba y Córdoba, promovido porEndesa Distribución Eléctrica S.L.U., presentado contempla el dise-ño de la línea eléctrica de alta tensión a 66 kV, entre la Subestación ElCarpio y la subestación de Los Cansinos, por los términos municipalesde El Carpio, Villafranca de Córdoba y Córdoba.
El Anteproyecto contempla las actuaciones de instalación de10 kilómetros de línea aérea de doble circuito a 66 kv, con con-ductores LA 280, cadenas de aisladores del tipo U 70 BS, torresmetálicas galvanizadas y cable de tierra.
Las principales características de la línea objeto del presenteexpediente, son las siguientes:
- Longitud: 9.900 metros- Tipo: aérea D/C- Tensión de Servicio: 66 kV- Conductor: LA-280- Cable de tierra: AC-50, acero galvanizado- Aisladores: Vidrio templado- Apoyos: 38. Metálicos, galvanizados de celosía
ANEXO II
Síntesis del Estudio de Impacto Ambiental
Redactor: D. A J. J R, Licenciado en CC. Biológicas, S R
del V, Licenciada en CC. Ambientales y S P O, Licenciado
en CC. Ambientales.
El Estudio de Impacto Ambiental recoge básicamente los epí-grafes estipulados legislativamente y se ajusta a lo establecido enel artículo 11 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambientalde la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado mediante elDecreto 292/95 de 12 de diciembre, entendiéndose que es com-pleto y está bien documentado.
Tras describirse la actividad, se realiza un inventario ambien-tal, habiéndose analizado los siguientes factores del medio: clima,geomorfología y fisiografía, geología y litología, edafología,hidrología superficial y subterránea, vegetación, fauna, paisaje,usos del suelo y protección del medio físico y espacios naturalesprotegidos.
A continuación se incluye el apartado identificación y valora-ción de impactos, realizando un análisis cualitativo de los efectosque la realización del proyecto en su fase de construcción yfuncionamiento puede tener sobre los diferentes elementos delmedio, así como una matriz de caracterización – valoración deimpactos que permite tener una visión concisa del análisis.
• En la fase de ejecución, los vectores de impacto son lossiguientes:
- Acondicionamiento de pistas ya existentes- Cimentaciones- Montaje de los apoyos- Tendido de los cables• En la fase de funcionamiento, los vectores de impacto son los
siguientes:- Presencia de apoyos- Presencia de conductores y línea de tierra- Paso de corrienteSe concluye, según el Estudio de Impacto Ambiental presentado
que la actuación recogida en el Anteproyecto es viable a efectosambientales, siendo asumibles los costes ambientales de la actuación.
Posteriormente se procede a relacionar una serie de medidasprotectoras y correctoras tendentes a minimizar los impactosnegativos identificados, y concluye el estudio con la inclusión deun Plan de Vigilancia Ambiental, cuyos objetivos principales soncomprobar la severidad y distribución de los impactos negativosprevistos así como de los no previstos para asegurar el desarro-llo de nuevas medidas correctoras o compensaciones cuandosean precisas.
ANEXO III
Documentación que integra el expediente.
En el expediente constan los documentos que se relacionan acontinuación, los cuales han sido tomados en consideración en lapresente Declaración de Impacto Ambiental:
- Anteproyecto de Línea 66 kV, D/C desde la Subestación ElCarpio hasta la Subestación Los Cansinos, en los términos muni-cipales de El Carpio, Villafranca de Córdoba y Córdoba, promovi-do por Endesa Distribución Eléctrica S.L.U., redactado por D.Florencio Jiménez Rivas, Ingeniero Industrial, remitido a estaDelegación en fecha 29 de noviembre de 2006.
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- Estudio de Impacto Ambiental para el Anteproyecto referido,redactado por D. J. Joya R, Licenciado en CC. Biológicas, S R delV, Licenciada en CC. Ambientales y S P O, Licenciado en CC.Ambientales, remitido a esta Delegación en fecha 29 de noviem-bre de 2.006.
- Informe de la Delegación Provincial de Córdoba de laConsejería de Cultura de fecha 8 de enro de 2.007, con fecha deregistro de entrada en esta Delegación de 15 de enero de 2.007.
- Anexo al Anteproyecto de Línea 66 kV, D/C desde laSubestación El Carpio hasta la Subestación Los Cansinos, en lostérminos municipales de El Carpio, Villafranca de Córdoba y Cór-doba, promovido por Endesa Distribución Eléctrica S.L.U, confecha de entrada en esta Delegación de 14 de junio de 2.007, enrelación a las aclaraciones y subsanaciones solicitadas, referen-tes a ubicación de apoyos, croquis acotados de apoyos y medi-das antielectrocución.
- Anexo al Anteproyecto de Línea 66 kV, D/C desde laSubestación El Carpio hasta la Subestación Los Cansinos, en lostérminos municipales de El Carpio, Villafranca de Córdoba y Cór-doba, promovido por Endesa Distribución Eléctrica S.L.U, confecha de entrada en esta Delegación de 18 de octubre de 2.007,en relación a las subsanaciones solicitadas, referente a croquisacotados de apoyos y a la afección de la línea con el dominiopúblico pecuario.
- Anexo al Anteproyecto de Línea 66 kV, D/C desde laSubestación El Carpio hasta la Subestación Los Cansinos, en lostérminos municipales de El Carpio, Villafranca de Córdoba y Cór-doba, promovido por Endesa Distribución Eléctrica S.L.U, confecha de entrada en esta Delegación de 22 de julio de 2.008, enrelación a las subsanaciones solicitadas, referente a las autoriza-ciones previas de ocupación de vías pecuarias afectadas por loscruces de la linea eléctrica sobre las mismas.
Córdoba, a 20 de octubre de 2008.— El Delegado Provincial,Fdo.: Luis Rey Yébenes.
JUNTA DE ANDALUCÍA
Consejería de Medio Ambiente
Delegación Provincial
CÓRDOBA
Núm. 12.028Nº EXPTE.: EIA-06/068
RESOLUCIÓN DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2008, DE LA DELE-
GACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA DE LA CONSEJERÍA
DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA
LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL
PROYECTO DE PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN UR-
BANÍSTICA DE LA VICTORIA (ADAPTACIÓN DEL
PLANEAMIENTO VIGENTE A LA LOUA).
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo diecinueve de laLey 7/94 de Protección Ambiental, y en el artículo 27 del Decreto292/1995 por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación deImpacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, serealiza y se hace pública para general conocimiento la Declara-ción de Impacto Ambiental del expediente 06/068 sobre el pro-yecto de Plan General de Ordenación Urbanística de La Victoria(Adaptación del Planeamiento vigente a la LOUA) en La Victoria(Córdoba).
DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PRO-
YECTO DE PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTI-
CA DE LA VICTORIA (ADAPTACIÓN DEL PLANEAMIENTO
VIGENTE A LA LOUA), EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE LA
VICTORIA.
1.- OBJETO DE LA DECLARACION.
La Ley 7/1994 de 18 de mayo, de Protección Ambiental de laJunta de Andalucía, establece en su artículo 11 la necesidad desometer al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental lasactuaciones públicas o privadas que se lleven a cabo en el ámbitode la Comunidad Autónoma de Andalucía y que se hallen com-prendidas en el Anexo primero de la misma.
El Proyecto presentado, denominado Plan General de Ordena-ción Urbanística de La Victoria (Adaptación del Planeamiento vi-gente a la LOUA), se encuentra incluido en el punto 20 del Anexoprimero de la citada Ley (Planes Generales de Ordenación Urba-na, Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento,así como sus revisiones y modificaciones) y Anexo del Decreto
292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Regla-mento de Evaluación de Impacto Ambiental de Andalucía, por loque se formula la presente Declaración de Impacto Ambientalconforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley 7/1994 yartículo 40 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental.
Este Reglamento establece el procedimiento de Evaluación deImpacto Ambiental aplicable a los planes urbanísticos y sus mo-dificaciones, desarrollando a nivel reglamentario lo establecido enla Sección 2ª del Título II de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, deProtección Ambiental. La Declaración de Impacto Ambiental men-cionada se realiza con posterioridad a la aprobación provisionalde la figura de planeamiento urbanístico y en ella se determina, alos solos efectos medioambientales, la conveniencia o no delplaneamiento propuesto, los condicionantes ambientales que de-berán considerarse en su posterior ejecución y las condiciones ysingularidades que han de observarse respecto a los procedi-mientos de prevención ambiental de las actuaciones posterioresintegradas en el planeamiento que se encuentren incluidas en losAnexos de la Ley 7/1994 de Protección Ambiental.
En el Anexo I de la presente Declaración se describen lascaracterísticas básicas del Plan General y se indican las tipologíasde suelos establecidas.
2.- TRAMITACION.
El Proyecto ha sido tramitado de acuerdo con el procedimientoestablecido en la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Am-biental y Decreto 292/1995 por el que se aprueba el Reglamentode Evaluación de Impacto Ambiental. No obstante, con fecha 20de enero de 2008 ha entrado en vigor la Ley 7/2007, de 9 de julio,de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, siéndole de aplica-ción al presente expediente la Disposición Transitoria Segundade dicha Ley, al respecto de la tramitación del mismo por la Ley 7/94 anteriormente mencionada.
Según el artículo 9 del Decreto 292/1995 por el que se apruebael Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, la competen-cia para tramitar y resolver el procedimiento de Evaluación deImpacto Ambiental recae en el Delegado Provincial de laConsejería de Medio Ambiente.
El procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental se iniciaen la Delegación Provincial de Medio Ambiente con la presenta-ción en fecha 26 de octubre de 2006 de un expediente que incluyeel certificado de Aprobación Inicial del proyecto, en Pleno delAyuntamiento de fecha 11 de agosto de 2006; así como el docu-mento de planeamiento y el Estudio de Impacto Ambiental de laactuación.
Con la misma fecha el Ayuntamiento remitió el certificado deinformación pública, que se efectuó en el tablón de edictos delpropio Ayuntamiento, en el B.O.P. nº 163 de 7 de septiembre de2006, y en el diario Córdoba de 14 de septiembre de 2006, conte-niendo dicho anuncio mención expresa al Estudio de ImpactoAmbiental tal y como especifica el artículo 33 del Reglamento deEvaluación de Impacto Ambiental. Durante dicho período se pre-sentó únicamente una alegación que no incluye consideracionesde carácter ambiental.
En el Anexo II se recogen las principales incidencias ambien-tales y medidas correctoras más destacadas propuestas en elEstudio de Impacto Ambiental. El Anexo III recoge asimismo ladocumentación completa que constituye el expediente del pro-yecto sometido a Evaluación de Impacto Ambiental.
Posteriormente, con fecha 21 de febrero de 2007, la DelegaciónProvincial de Medio Ambiente emitió la Declaración Previa de Im-pacto Ambiental, que fue remitida al Ayuntamiento de La Victoria,con un condicionado ambiental en el que se incluían las medidaspreventivas y correctoras que se consideraban necesarias paraconsiderar la actuación ambientalmente viable. Entre estas medi-das se destacaba la necesidad de aportar documentación comple-mentaria relativa a las vías pecuarias del término municipal, quedebía ser presentada junto con la Aprobación Provisional.
En virtud de esta Declaración Previa, en Pleno celebrado el día28 de noviembre de 2007, dicho Ayuntamiento aprobó provisio-nalmente el proyecto de la actuación arriba señalada, recibiendoesta Delegación, con fecha 29 de mayo de 2008, el documento deplaneamiento objeto de Aprobación Provisional. En dicho docu-mento no se habían tenido en cuenta las consideraciones relati-vas a las vías pecuarias puestas de manifiesto en la DeclaraciónPrevia, por lo que fue objeto de una nueva solicitud de
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subsanación. La documentación complementaria que subsana lainformación de las vías pecuarias municipales fue aprobada pro-visionalmente en pleno de fecha 25 de septiembre de 2008 yaportada a esta Delegación el 26 de septiembre del mismo año.
Esta documentación complementaria, unida a la reciente entra-da en vigor de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada dela Calidad Ambiental, así como la Ley 34/2007, de 15 de noviem-bre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera, han deter-minado la necesidad de modificar y actualizar el CondicionadoAmbiental incluido en la Declaración Previa de Impacto Ambiental.
En consecuencia, la Delegación Provincial de Medio Ambiente,en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/94 de 18de mayo, de Protección Ambiental y el Decreto 292/95 de 12 dediciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación deImpacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, for-mula, a los solos efectos ambientales, la siguiente Declaración deImpacto Ambiental sobre el Proyecto de Plan General de Ordena-ción Urbanística de La Victoria (Adaptación del Planeamiento vi-gente a la LOUA).
3.- DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL
Por lo anteriormente expuesto, consecuencia del análisis, es-tudio y valoración de la documentación generada en el expedien-te, la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Córdoba,
ACUERDA
Declarar VIABLE, a los solos efectos ambientales, el Proyectode Plan General de Ordenación Urbanística de La Victoria (Adap-tación a la LOUA), aprobado provisionalmente por el Ayuntamien-to, resultando lo siguiente.
Las condiciones indicadas en el proyecto, y el cuerpo de lapresente Declaración, se considera que cumplen la normativaespecífica de aplicación, salvaguardando los ecosistemas de lazona y su capacidad de recuperación.
Por lo tanto, se considera que la actuación puede serambientalmente viable siempre y cuando se cumplan las especi-ficaciones indicadas en el Proyecto, en el Estudio de ImpactoAmbiental, en la documentación complementaria aportada, asícomo el condicionado de la Declaración de Impacto Ambientalque se relaciona a continuación.
CONDICIONADO DE LA DECLARACIÓN
DE IMPACTO AMBIENTAL.Las determinaciones que se establecen en los apartados del
presente Condicionado se integrarán en el documento de Apro-bación Definitiva en los siguientes términos:
- La documentación relativa a vías pecuarias que ha sido apro-bada provisionalmente el 25 de septiembre de 2008, que es la queelimina la afección al Dominio Público Pecuario actual, deberáincorporarse al documento de Plan General de Ordenación Urba-nística de La Victoria que sea aprobado definitivamente.
- Se incluirá un artículo concreto en las Normas Urbanísticas delinstrumento de planeamiento o bien en la Ficha Urbanística, relati-vo al cumplimiento de la normativa ambiental recogida en el condi-cionado de la Declaración de Impacto Ambiental, que se deberátener en cuenta en los posteriores instrumentos de desarrollo.
- En la Memoria Justificativa se detallará en que parte de losDocumentos del instrumento de planeamiento han sido incluidaslas consideraciones específicas y el artículo referente al cumpli-miento de la normativa ambiental recogida en el condicionado dela Declaración de Impacto Ambiental
El autor o autores que hayan suscrito el Estudio de ImpactoAmbiental, serán responsables de la información aportada con laque se ha elaborado la Declaración de Impacto Ambiental.
Además de los condicionantes ambientales incluidos en el Pro-yecto, en el Estudio de Impacto Ambiental y en la documentacióncomplementaria aportada, que no se opongan a lo establecido enla Declaración de Impacto Ambiental, el promotor habrá de adop-tar las siguientes medidas:
CONSIDERACIONES GENERALES.-
El cumplimiento del procedimiento de Evaluación de ImpactoAmbiental no eximirá de la obtención de las demás autorizaciones,concesiones, licencias, informes u otros requisitos exigibles conarreglo a lo dispuesto en la normativa de aplicación.
Las empresas o actividades que pretendan implantarse en elmunicipio y que se encuentren dentro del ámbito de aplicación dela Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (LeyGICA), se someterán a los correspondientes instrumentos de
prevención y control ambiental regulados en la misma. No podránser objeto de licencia municipal de funcionamiento de la actividad,autorización sustantiva o ejecución, aquellas actividades que seencuentren incluidas en el Anexo I de la mencionada Ley 7/2007sin que se hayan resuelto favorablemente los preceptivos proce-dimientos de los correspondientes instrumentos de prevención ycontrol ambiental.
Aquellas actividades que se encuentren incluidas en el anexo 1del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de ImpactoAmbiental de Proyecto, y que sean competencia de la Administra-ción General del Estado, deberán obtener la preceptiva Declara-ción de Impacto Ambiental conforme a lo establecido en el artículo2 de la citada normativa, la cual, en aplicación del artículo 16.2 dela Ley GICA será incorporada en la autorización ambiental inte-grada o unificada que en su caso se otorgue.
Los materiales de préstamo que se utilicen en las obras deurbanización y re relleno deberán proceder de explotaciones de-bidamente autorizadas por el Organismo competente.
El Ayuntamiento de La Victoria velará para conseguir en elsuelo urbano las condiciones adecuadas de habitabilidad urbanay de tranquilidad pública en materia de ruido, olores, vibraciones,emisiones luminosas y eliminación de residuos.
* Criterios de sostenibilidad.
El Ayuntamiento promoverá que para las actividades que se implan-ten en el municipio se adopten en lo posible medidas tales como:
- Uso de combustibles de bajo poder contaminante (Gas, ga-solina libre de plomo, etc),
- Aprovechamiento de energías alternativas,- Utilización de sistemas de regulación de temperaturas y ais-
lamiento térmico en los edificios,- Uso de tecnología poco contaminante,- Optimizar el rendimiento energético de las instalaciones de
combustión industriales,- Procurar el buen estado de los motores en general y especial-
mente el de los vehículos de transporte, dado que ayudará areducir los niveles de emisión de gases y de ruido.
* Protección del ambiente atmosférico.-
En todo el municipio se analizarán y se marcarán las medidas aadoptar para cumplir con lo establecido en el Capítulo II del Título IVde la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, elDecreto 74/1.996, de 20 de febrero, de la Junta de Andalucía, porel que se aprueba el Reglamento de la Calidad del Aire (en lo que serefiere a materia), el Decreto 326/2003, de 15 de noviembre, por elque se aprueba el Reglamento de Protección contra la Contamina-ción Acústica en Andalucía (en lo que se refiere a energía), asícomo en la Ley 34/2007 de Calidad del Aire y Protección de laAtmósfera, Decreto 833/75 en aquellos aspectos no derogadospor la Ley 34/2007, Orden de 18-10-76, posteriores modificacio-nes y demás normativa que le sea de aplicación.
Acorde a lo establecido respecto a la contaminación lumínicaen la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental(Sección 3ª del Capítulo II del Título IV), el Ayuntamiento estable-cerá las áreas lumínicas que corresponda en el ámbito de suscompetencias, en atención al uso predominante del suelo.
* Calidad del Medio Hídrico.-
Se fomentará la conservación y recuperación de los márgenesde los cauces municipales, a través de planes de regeneraciónencaminados a restablecer la vegetación riparia característica.
Las actuaciones que afecten a cauces fluviales deberán con-tar con la autorización del Órgano de Cuenca.
Las aguas residuales que se generen en los suelos urbanos seconectarán a la red de saneamiento municipal, no admitiéndose eluso de pozos negros, fosas sépticas o el vertido directo. Todaslas edificaciones deberán estar conectadas a dichas redes, deforma que no exista ningún efluente incontrolado.
En el caso de que los efluentes industriales, por sus caracte-rísticas físico-químicas no puedan verterse directamente a la redde saneamiento, será de aplicación el artículo 8 del Real Decreto509/1996, de 15 de marzo, que especifica que los vertidos de lasaguas industriales en los sistemas de alcantarillado, sistemascolectores o en las instalaciones de depuración de aguasresiduales urbanas serán objeto de tratamiento previo.
Se tendrán en cuenta, para los posibles vertidos que puedangenerarse, las indicaciones establecidas en la Sección 2ª del
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Capítulo III del Título IV de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada dela Calidad Ambiental.
Se deberá establecer para cada uso a implantar en el Suelo NoUrbanizable el sistema de depuración o tratamiento de aguasresiduales más adecuado. En todo caso, deberán cumplirse lasdeterminaciones del Real Decreto Legislativo Ley 1/2001, de 20de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley deAguas y demás legislación vigente.
* Residuos.-
En aplicación del artículo 98.2 de la Ley 7/2007 de GestiónIntegrada de la Calidad Ambiental, el Ayuntamiento será compe-tente para la gestión de los residuos urbanos municipales, deacuerdo con lo dispuesto en la mencionada Ley, así como en lanormativa aplicable en la materia.
La gestión de los residuos de origen domiciliario, residuos peli-grosos, o residuos de construcción y demolición que se produz-can en el municipio, se llevará a cabo conforme a lo establecidoen el Capítulo V (Residuos) del Título IV (Calidad Ambiental) de laLey 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
En cualquier caso, se observarán las prescripciones estable-cidas en la Ley 10/1998 básica de Residuos y el Real Decreto833/1988 por el que se aprueba el Reglamento para la ejecuciónde la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, asícomo en sus posteriores adiciones o modificaciones totales oparciales.
Igualmente, se observarán las prescripciones de la Ley 11/1997 de Envases y Residuos de envases y el Reglamento que ladesarrolla, aprobado por Real Decreto 782/1998 de 30 de abril,cuyo objetivo es la prevención y reducción del impacto sobre elmedio ambiente de los envases y la gestión de los residuos deenvases.
* Protección de suelos.-
En consonancia con lo establecido en el artículo 91 de la Ley deGestión Integrada de Calidad Ambiental, en el caso de que seprevea en el municipio la instalación de una actividad potencial-mente contaminante del suelo, los titulares de la misma deberánremitir a la Consejería de Medio Ambiente, a lo largo del desarrollode su actividad, informes de situación en los que figuren los datosrelativos a los criterios establecidos para la declaración de sueloscontaminados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 93.2 de lacitada Ley. Estos informes tendrán el contenido mínimo y la perio-dicidad que se determinen reglamentariamente.
Asimismo, el propietario de un suelo en el que se haya desarro-llado una actividad potencialmente contaminante del mismo queproponga un cambio de uso o iniciar en él una nueva actividad,deberá presentar, ante esta Consejería, un informe de situacióndel mencionado suelo. Dicha propuesta, con carácter previo a suejecución, deberá contar con el pronunciamiento favorable de laConsejería de Medio Ambiente. En este caso, si la nueva activi-dad estuviera sujeta a Autorización Ambiental Unificada o Inte-grada, o el cambio de uso a evaluación ambiental, el mencionadoinforme de situación se incluirá en la documentación que debepresentarse para el inicio de los respectivos procedimientos, y elpronunciamiento de la Consejería de Medio Ambiente sobre elsuelo afectado se integrará en la correspondiente autorización,de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 21.c) y 28 de la Leyde Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Se deberá garantizar la protección del suelo frente a vertidosde aceites, grasas y combustibles procedentes de máquinas ymotores, tanto en las obras de urbanización y edificación, comoen otras actuaciones que necesiten licencia de obras, debiéndo-se realizar estas operaciones en talleres autorizados o en zonasacondicionadas a tal efecto. A este respecto, los proyectos deurbanización incluirán la obligación para el constructor de mante-ner la maquinaria a emplear en perfecto estado e indicar el lugarseleccionado para el cambio de aceite de dicha maquinaria.
Se impedirán los desmontes y la desaparición de la vegetaciónen la realización de construcciones en los suelos muy erosionados.A tal efecto, en aquellas obras que conlleven movimientos detierras, deberá aportarse, conjuntamente con la licencia munici-pal, estudio que garantice la ausencia de impacto negativo sobrela estabilidad o erosionabilidad del suelo.
* Riesgos naturales.-
En aquellas localizaciones en las que sean previsibles proble-mas debido a inundabilidad, movimientos de ladera, expansividad,
hundimientos, subsidencias o colapsos, y siempre que no existaalternativa de localización, la viabilidad de la actuación quedarácondicionada al resultado del correspondiente estudio geotécnico.
Se deben adoptar precauciones durante las obras para evitarfomentar o inducir procesos erosivos.
* Vegetación y Paisaje
En la creación de zonas verdes y áreas ajardinadas, no serecomienda la creación de espacios con césped debido a su exi-gente cuidado y la gran cantidad de agua necesaria para su man-tenimiento, se deberá optar por la implantación de especies herbá-ceas tapizantes adaptadas al régimen climático mediterráneo yresistentes a condiciones de sequía, utilizando a ser posible, espe-cies autóctonas. Asimismo, en la creación de estas zonas se utili-zarán especies arbóreas y arbustivas de origen autóctono.
Se fomentará la protección de aquellos elementos arbóreos oarbustivos en Suelo Urbano, que por su edad, tamaño, forma, inte-rés cultural o rareza revistan especial interés, dotándolos de medidaspara su conservación y puesta en valor de su singularidad.
Las formas constructivas en medio rural se adaptarán al mis-mo y las estructuras se proyectarán de forma que provoquen elmínimo corte visual y se integren adecuadamente en el entorno.No se utilizarán construcciones cuyas cubiertas puedan reflejarel sol, produzcan brillo metálico o cuyo color o textura suponganuna ruptura de los tonos dominantes en el resto de las edificacio-nes. Igualmente, se velará porque se concluyan adecuadamentelas fachadas y medianerías.
Se mantendrán las lindes naturales del terreno, o las lindesartificiales de carácter rural (piedra), frente a las lindes con vallametálica sin pantalla vegetal.
* Condiciones Específicas para el Suelo No Urbanizable.
Con carácter general en todo el suelo No Urbanizable se hande establecer:
- Condiciones para la defensa y recuperación de los valoresnaturales y los usos tradicionales del suelo rústico y del manteni-miento del carácter excepcional de las implantaciones, construc-ciones o instalaciones en dicho medio.
- Condiciones a que deben sujetarse las infraestructuras, cons-trucciones e instalaciones, para garantizar su adaptación al am-biente rural y al paisaje en que se sitúen, y medidas que debanadoptarse para proteger y, en su caso, restaurar los valoressingulares de las diferentes categorías de suelo rústico, con es-pecial atención a los espacios naturales protegidos, áreas desensibilidad ecológica y zonas con suelos agrícolas productivos.
- Condiciones para evitar que se produzcan nuevosasentamientos fuera de ordenación, con especial vigilancia sobrela apertura de nuevos caminos, y la segregación y/o parcelacióncon cualquier finalidad urbanística del suelo no urbanizable. Aeste respecto, el Ayuntamiento deberá garantizar que las autori-zaciones y licencias a actividades que se pretendan implantar ensuelo adscrito a la categoría de No Urbanizable, y cuya implanta-ción esté autorizado para este tipo de suelo, se ajusten a lo dis-puesto en la normativa urbanística y en el documento deplaneamiento, siempre bajo la premisa de necesidad real de ocu-pación de ese suelo y el consumo responsable de los recursos.
Todas las líneas eléctricas de alta tensión que pretendan implan-tarse en el municipio deberán tener en cuenta lo establecido en elDecreto 178/2006, por el que se establecen Normas de Protecciónde la Avifauna para las Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión.
Siempre que se prevea la implantación de una industria que porsus características deba situarse en Suelo No Urbanizable, setendrán en cuenta las edificaciones e instalaciones preexistentes(viviendas rurales, zonas recreativas, elementos singulares na-turales o culturales, etc.) que se puedan ver afectadas por lamisma, debiendo asegurarse en todo momento la compatibilidadde la industria a implantar con dichas preexistencias, de formaque se garantice el cumplimiento de la normativa ambiental deaplicación en materia de ruidos, residuos, emisiones, vertidos,etc. Este aspecto se recogerá específicamente en la normativaurbanística del Documento de Planeamiento.
Terrenos forestales
El PGOU de La Victoria contempla dos zonas de Suelo NoUrbanizable que se pueden considerar como terreno forestal se-gún el artículo 1 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, forestal de Anda-lucía y su Reglamento, debido a que acogen vegetación contem-plada en la misma, siendo estas categorías las siguientes:
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- SNU de Especial Protección Hidrológico: Cauces Riberas yMárgenes. El arroyo de la Torre cruza el municipio de este a oeste.
- SNU de Especial Protección Ecológico-Paisajístico. Dehesa.Se corresponde con una superficie aproximada de 243 ha dedehesa de encinas.
Estas zonas forestales están sometidas a la Ley Forestal deAndalucía, y toda actuación sobre la vegetación forestal estásometida a la autorización de la Administración Forestal.
El objetivo principal para la vegetación forestal existente enestas zonas será su mantenimiento, conservación y mejora quelleven a su perpetuación en el tiempo y espacio.
Según lo previsto en el Art. 50 de la Ley 5/99, de prevención ylucha contra los incendios forestales, la pérdida total o parcial decubierta vegetal como consecuencia de un incendio forestal noalterará la clasificación del suelo.
A este respecto y según dicha ley, durante todo el año de formageneral y en especial en la época estival, y desde el momento enque se activen dispositivos contra incendios de la Consejería deMedio Ambiente, a fin de prevenir la iniciación o propagación deincendios forestales, se deberán seguir las pautas marcadas porla ley 5/1999, de 29 de junio, de Prevención y Lucha contra losIncendios Forestales y el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre,por el que se aprueba el Reglamento de Prevención y Lucha contralos Incendios forestales. Por ello, en las actuaciones en SueloUrbano, Urbanizable o No Urbanizable que supongan un riesgopotencial en la creación y/o propagación de incendios forestales,se deberá contar con un Plan de Autoprotección, con arreglo a lodispuesto en la legislación anteriormente mencionada.
* Protección del Patrimonio Histórico-Artístico:
Según el informe de la Delegación Provincial de Cultura, en eltérmino municipal de La Victoria sólo consta como inmueble pro-tegido por la normativa de patrimonio histórico el Torreón de DonLucas. Por otra parte, señala una relación de otros bienes deinterés patrimonial incluidos en el SIPHA, así como fichas relati-vas a otros yacimientos arqueológicos situados en el términomunicipal producto de una actualización y revisión posterior delInventario de Bienes e Interés Patrimonial de dicha Delegación.Estos yacimientos arqueológicos se sitúan sobre suelo calificadocomo No urbanizable, no viéndose afectados en el planeamientourbanístico.
En prevención de posibles afecciones al Patrimonio Arqueoló-gico la Delegación de Cultura recomienda, antes de que se pro-duzca ningún movimiento de tierras y según lo establecido en elReglamento de Actividades Arqueológicas (Decreto 168/2003,de 17 de junio), que se promueva la realización de una Prospec-ción Arqueológica Superficial de la zona objeto de esta solicitud,con el fin de establecer las cautelas de protección que fuesennecesarias.
Cualquier hallazgo casual de tipo arqueológico que pudiera pro-ducirse durante la realización de los trabajos en los distintos sec-tores afectados deberá ser comunicado inmediatamente a laDelegación de Cultura, de acuerdo con lo establecido en el art. 50de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Históricode Andalucía, dando cuenta asimismo a la Delegación de MedioAmbiente.
• Vías Pecuarias:
La documentación adicional aprobada provisionalmente el 25de septiembre de 2008, que ha sido aportada a esta Delegación el30 de septiembre de 2008, subsana las deficiencias puestas demanifiesto en la Declaración Previa, eliminando la afección alDominio Público Pecuario actual. Por tanto, como se recoge endicha documentación adicional, esta información deberá incorpo-rarse al documento del Plan General de Ordenación Urbana deLa Victoria que sea aprobado definitivamente, en sustitución de lainformación errónea o incompleta.
PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL
El programa de vigilancia ambiental propuesto en el Estudio deImpacto Ambiental deberá completarse con las siguientes condi-ciones ambientales:
• El Ayuntamiento de La Victoria velará por el cumplimiento delas medidas correctoras estipuladas en párrafos anteriores.
• Asimismo, extremará las labores de policía y disciplina urba-nística para impedir que surjan implantaciones incontroladas enel municipio que, por su naturaleza, debieran ubicarse en el sueloindustrial o clasificado.
• El Ayuntamiento comunicará a esta Delegación Provincial to-das aquellas actividades que han obtenido licencia municipal trassometerse al procedimiento de Calificación Ambiental (tal y comofigura en el Art. 17 del Reglamento de Calificación Ambiental).
• En consonancia con lo indicado en el artículo 17 de la Ley deGestión Integrada de la Calidad Ambiental, el Ayuntamiento nootorgará licencias municipales, concesiones o autorizaciones, aaquellas actividades sometidas a los instrumentos de prevencióny control ambiental regulados en dicha Ley sin la previa resolu-ción favorable del correspondiente procedimiento.
• Se efectuará un control del destino de los residuos genera-dos, en consonancia con lo establecido en el cuerpo de la pre-sente resolución. En relación con lo anterior, se deberán adoptarlas medidas necesarias para asegurar que no se mezclan resi-duos de distinta naturaleza entre sí.
• Se verificará el cumplimiento de la legislación vigente relativaa los vertidos de efluentes, así como el resto de las medidasprotectoras y correctoras establecidas en el Estudio de ImpactoAmbiental y en el presente condicionado relativas a las aguassuperficiales y subterráneas.
• Con respecto a las medidas a adoptar relativas a garantizar elcumplimiento de lo establecido en el Decreto 74/1.996, de 20 defebrero, de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Regla-mento de la Calidad del Aire, así como en la Ley 34/2007 deCalidad del Aire y Protección de la Atmósfera, Decreto 833/75que la desarrolla y Orden de 18-10-76, y posteriores modificacio-nes, se realizará un control dirigido a poner de manifiesto que seestán llevando a efecto y son eficaces.
• El contenido del párrafo anterior se hará extensivo a efectosdel Decreto 326/2003 por el que se aprueba el Reglamento deProtección contra la Contaminación Acústica de Andalucía.
Si a través del Programa de Vigilancia y Control Ambiental sedetectara una desviación de los objetivos ambientales diseña-dos, el Ayuntamiento lo comunicará a esta Delegación Provincial,a fin de establecer nuevos mecanismos correctores que asegu-ren la consecución final de dichos objetivos. En última instancia,se podrá instar al Ayuntamiento a que modifique o revise suplaneamiento para que, desde el punto de vista ambiental, no secausen perjuicios permanentes o irreversibles.
4.- OTRAS CONDICIONES
Cualquier acontecimiento de un suceso imprevisto, que impli-que una alteración de alguna de las condiciones expresadas en laDeclaración de Impacto Ambiental, se deberá poner inmediata-mente en conocimiento de esta Delegación Provincial, para losefectos oportunos.
Asimismo, podría ser necesario modificar dicho condicionadoal tomar en consideración los resultados del Programa de Vigilan-cia Ambiental, o en función del grado de cumplimiento de losobjetivos marcados en la Declaración de Impacto Ambiental y delas exigencias establecidas en la normativa ambiental aplicable.
El incumplimiento de las condiciones de la Declaración de Im-pacto Ambiental, dará lugar a la aplicación de las medidas discipli-narias previstas en la Ley 7/2007, de 9 de agosto, de GestiónIntegrada de la Calidad Ambiental, así como el resto de la norma-tiva que le sea de aplicación.
ANEXO I
CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL PROYECTO.
Redactor: I.M.A. Arquitecta, C.N.M. Arquitecta y E.D.C.
Ldo. en Ciencias Ambientales.
Como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley de Orde-nación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA), de 17 deDiciembre, se procede a realizar la adaptación a la misma de lasNormas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de La Victoria.Por tanto, se señala que no es un PGOU ex-novo, sino que setrata de un documento que recoge fielmente el contenido del do-cumento vigente de planeamiento y sus modificaciones, así comosu grado de ejecución, trasladándolo a un nuevo documento re-dactado dentro del marco normativo de la LOUA.
Suelo Urbano Consolidado y No Consolidado.
Las Normas Subsidiarias vigentes prevén doce Unidades deEjecución, repartidas entre los núcleos urbanos de La Victoria yAldea Quintana, de las que prácticamente no se ha desarrolladoninguna. La Adaptación a la LOUA recoge como Suelo UrbanoConsolidado el definido como tal por el planeamiento vigente, asícomo aquellas Unidades de Ejecución ya consolidadas, que se
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restringen a parte de la minúscula UE-6 (otra parte ha pasado alSector RS-1) del núcleo urbano de La Victoria y parte de la UE-10 delnúcleo urbano de Aldea Quintana. El resto de unidades de ejecución nodesarrolladas han sido clasificadas como Suelo Urbano No Consolida-do y pasan a ser Areas de Reforma Interior (ARI).
Por otro lado, se excluye del Suelo Urbano Consolidado el áreadefinida en la Adaptación como ARI-13, que pasa a ser no conso-lidado, por conveniencia de resolver problemas existentes yreordenar ámbitos. También pasa a ser suelo urbano no conso-lidado unos terrenos de Aldea Quintana que tenían asignado usoindustrial en las NN.SS. vigentes y sobre los que ahora se delimi-ta la ARI-14, que se propone residencial, con el objeto de darcontinuidad al limítrofe ARI-19.
Suelo Urbanizable.
Las Normas Subsidiarias de La Victoria clasificaban seis sec-tores de suelo urbanizable, cinco residenciales y uno industrial,que con la adaptación han de adscribirse a alguna de las trescategorías previstas en la LOUA. En la práctica, todos estossectores se han adscrito a la categoría de Suelo UrbanizableSectorizado, ya que no se ha delimitado ningún sector de SueloUrbanizable No Sectorizado, y los que podrían estar encuadra-dos en la categoría de Suelo Urbanizable Ordenado por contarcon el Plan Parcial, no se han incluido por falta de disponibilidad dela ordenación detallada en el momento de la redacción.
Suelo No Urbanizable.
Suelo No Urbanizable de Especial Protección por LegislaciónEspecífica. Se identifican los siguientes tipos:
- SNUEP hidrológico. Cauces, Riberas y Márgenes.- SNUEP Vías Pecuarias.- SNUEP Histórico-Cultural- SNUEP Infraestructuras Territoriales.Suelo No Urbanizable de Especial Protección por la Planifica-
ción Territorial o Urbanística. Se distinguen los siguientes tipo:- SNUEP Ecológico-Paisajístico. Dehesa.-- SNUEP Recursos Culturales.Suelo No Urbanizable de Carácter Natural o Rural. Dentro de
esta categoría sólo se ha delimitado un tipo, aunque es el demayor extensión dentro del municipio.
- SNU de Caráter Rural. Campiña.Sistemas Generales.
El criterio seguido por la Adaptación ha sido el de reconocercomo Sistemas Generales aquellos equipamientos, espacios li-bres o infraestructuras de relevancia municipal o consideradosgenerales en aplicación del articulo 10.1.A.c de la LOUA. Resulta-do de la aplicación de dicho criterio, se mantienen los SistemasGenerales que identificaban las NN.SS. y se añaden, en suelourbano aquellos edificios, instalaciones o construcciones que seconsideran deben incluirse también en la red de Sistemas Gene-rales del Municipio.
ANEXO II
Consideraciones más destacadas sobre el Estudio de
Impacto Ambiental.
Redactor: J.D.S.J. (SAU, Diputación de Córdoba)
El Estudio de Impacto Ambiental presenta un contenido simpli-ficado, ya que se trata de una adaptación del planeamiento vigen-te a la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía,consistente básicamente en una «traducción» del instrumento deplaneamiento general vigente a la nueva terminología, exigenciasy requisitos establecidos por la citada Ley y la normativa que ladesarrolla, no adoptando decisiones sobre la clasificación de nue-vos sectores y no reconociendo más sistemas generales que losya existentes.
Se indica que, puesto que no se clasifica nuevo suelo urbano ourbanizable y no se establecen nuevos sistemas generales (re-conoce los ya existentes), no se definen actuaciones suscepti-bles de prescripciones de corrección, control y desarrollo am-biental del planeamiento. El perímetro del suelo urbano yurbanizable es prácticamente idéntico al de las Normas Subsidia-rias vigentes, salvo en dos puntos concretos en los que ha sufri-do un ligero reajuste, en un caso para adaptarlo a la realidad físicaconstruida (Suelo Urbano Consolidado en el núcleo de AldeaQuintana) y en otro para hacerlo coincidir con la realidad parcelaria,subsanando así un pequeño defecto que no se detectó al aprobarlas NN.SS. y que dificulta la correcta ordenación y gestión delsector de suelo urbanizable residencial (SR-1).
En cuanto al Suelo No Urbanizable, se establecen las siguien-tes categorías y tipos de Suelo No Urbanizable:
- Suelo No Urbanizable de Especial Protección por LegislaciónEspecífica. Se identifican los siguientes tipos:
- SNUEP hidrológico. Cauces, Riberas y Márgenes.- SNUEP Vías Pecuarias.- SNUEP Histórico-Cultural- SNUEP Infraestructuras Territoriales.- Suelo No Urbanizable de Especial Protección por la Planifica-
ción Territorial o Urbanística. Se distinguen los siguientes tipo:- SNUEP Ecológico-Paisajístico. Dehesa.-- SNUEP Recursos Culturales.- Suelo No Urbanizable de Carácter Natural o Rural. Dentro de
esta categoría sólo se ha delimitado un tipo, aunque es el demayor extensión dentro del municipio.
- SNU de Caráter Rural. Campiña.La adaptación no ha delimitado ningún perímetro perteneciente a
la categoría de suelo no urbanizable de hábitat rural diseminado.Se mantienen los Sistemas Generales en Suelo No Urbanizable
que identificaban las Normas Subsidiarias y se añaden, en suelourbano, aquellos edificios, instalaciones o construcciones que seconsidera deben incluirse también en la red de Sistemas Genera-les del Municipio.
Por todo lo especificado, concluye la documentación ambientalconsiderando que la adaptación del planeamiento urbanístico delmunicipio de La Victoria (Córdoba), emana una clasificación, califi-cación y regulación de usos en las distintas clases de suelo queresulta en general ambientalmente más satisfactoria que la vigentehasta ahora. La única cuestión susceptible de repercusión ambientalnegativa ha sido la reducidísima afección sobre terrenos que anterior-mente ostentaban la clasificación de suelo no urbanizable y que pasana incorporarse al proceso urbanizador, circunstancia esta que produ-cirá un impacto de importancia muy baja.
ANEXO III
DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL EXPEDIENTE
La documentación completa que constituye el Expediente dePrevención Ambiental consta de los documentos que a continua-ción se señalan, los cuales han sido tenidos en cuenta para laelaboración de esta Declaración de Impacto Ambiental:
• Plan General de Ordenación Urbanística de La Victoria yEstudio de Impacto Ambiental con fecha de entrada en la Delega-ción el 26 de octubre de 2006.
• Informe de la Delegación Provincial de Cultura de fecha 19 deenero de 2007.
• Informes de los Departamentos Internos de la DPCMA deCórdoba.
• Declaración Previa de Impacto Ambiental emitida el 21 defebrero de 2007.
• Documento aprobado provisionalmente, presentado el 29 demayo de 2008.
• Documentación complementaria relativa a la afección a lasvías pecuarias municipales, aportada el 17 de junio de 2008.
• Nueva documentación relativa a vías pecuarias, con diligen-cia de Aprobación Provisional realizada en pleno de 25 de sep-tiembre de 2008.
Córdoba, 11 de noviembre de 2008.— El Delegado Provincial,Fdo.: Luis Rey Yébenes.
JUNTA DE ANDALUCÍA
Consejería de Medio Ambiente
Delegación Provincial
CÓRDOBA
Núm. 12.029Nº EXPTE.: EIA-06/069
RESOLUCIÓN DE 10 DE NOVIEMBRE DE 2008, DE LA DELE-
GACIÓN PROVINCIAL DE CÓRDOBA DE LA CONSEJERÍA
DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA
LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL
PROYECTO DE PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN UR-
BANÍSTICA DE ALCARACEJOS (ADAPTACIÓN DEL
PLANEAMIENTO VIGENTE A LA LOUA).
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo diecinueve de laLey 7/94 de Protección Ambiental, y en el artículo 27 del Decreto292/1995 por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación deImpacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se
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realiza y se hace pública para general conocimiento la Declara-ción de Impacto Ambiental del expediente EIA-06/069 sobre elproyecto de Plan General de Ordenación Urbanística deAlcaracejos (Adaptación del Planeamiento vigente a la LOUA).
DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL SOBRE EL PRO-
YECTO DE PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTI-
CA DE ALCARACEJOS (ADAPTACIÓN DEL PLANEAMIENTO
VIGENTE A LA LOUA), EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE
ALCARACEJOS.
1.- OBJETO DE LA DECLARACION.
La Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental de laJunta de Andalucía, establece en su artículo 11 la necesidad desometer al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental lasactuaciones públicas o privadas que se lleven a cabo en el ámbitode la Comunidad Autónoma de Andalucía y que se hallen com-prendidas en el Anexo primero de la misma.
El Proyecto presentado, denominado Plan General de Ordena-ción Urbanística de Alcaracejos (Adaptación del Planeamiento vi-gente a la LOUA), se encuentra incluido en el punto 20 del Anexoprimero de la citada Ley (Planes Generales de Ordenación Urba-na, Normas Complementarias y Subsidiarias de Planeamiento, asícomo sus revisiones y modificaciones) y Anexo del Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento deEvaluación de Impacto Ambiental de Andalucía, por lo que se for-mula la presente Declaración de Impacto Ambiental conforme a loestablecido en el artículo 19 de la Ley 7/1994 y artículo 40 delReglamento de Evaluación de Impacto Ambiental.
Este Reglamento establece el procedimiento de Evaluación deImpacto Ambiental aplicable a los planes urbanísticos y sus mo-dificaciones, desarrollando a nivel reglamentario lo establecido enla Sección 2ª del Título II de la Ley 7/1994, de 18 de mayo, deProtección Ambiental. La Declaración de Impacto Ambiental men-cionada se realiza con posterioridad a la aprobación provisionalde la figura de planeamiento urbanístico y en ella se determina, alos solos efectos medioambientales, la conveniencia o no delplaneamiento propuesto, los condicionantes ambientales que de-berán considerarse en su posterior ejecución y las condiciones ysingularidades que han de observarse respecto a los procedi-mientos de prevención ambiental de las actuaciones posterioresintegradas en el planeamiento que se encuentren incluidas en losAnexos de la Ley 7/1994 de Protección Ambiental.
En el Anexo I de la presente Declaración se describen lascaracterísticas básicas del Plan General y se indican las tipologíasde suelos establecidas.
2.- TRAMITACION.
El Proyecto ha sido tramitado de acuerdo con el procedimientoestablecido en la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Am-biental y Decreto 292/1995 por el que se aprueba el Reglamentode Evaluación de Impacto Ambiental. Con fecha 20 de enero de2008 ha entrado en vigor la Ley 7/2007, de 9 de julio, de GestiónIntegrada de la Calidad Ambiental, siéndole de aplicación al pre-sente expediente la Disposición Transitoria Segunda de dichaLey, al respecto de la tramitación del mismo por la Ley 7/94 ante-riormente mencionada.
Según el artículo 9 del Decreto 292/1995 por el que se apruebael Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, la competen-cia para tramitar y resolver el procedimiento de Evaluación deImpacto Ambiental recae en el Delegado Provincial de laConsejería de Medio Ambiente.
El procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental se iniciaen la Delegación Provincial de Medio Ambiente con la presenta-ción, en fecha 11 de diciembre de 2006, de un expediente queincluye el certificado de Aprobación Inicial del proyecto, realizadaen Pleno del Ayuntamiento de fecha 2 de octubre de 2006; asícomo el documento de planeamiento y el Estudio de ImpactoAmbiental de la actuación.
Con fecha el 9 de marzo de 2007 el Ayuntamiento remitió elcertificado de información pública, que se efectuó en el B.O.P. nº203 de 13 de noviembre de 2006, y en el diario Córdoba de 2 denoviembre de 2006, conteniendo dicho anuncio mención expresaal Estudio de Impacto Ambiental, tal y como especifica el artículo 33del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental. Durante di-cho periodo no se presentaron alegaciones al proyecto.
En el Anexo II se recogen las principales incidencias ambien-tales y medidas correctoras más destacadas propuestas en el
Estudio de Impacto Ambiental. El Anexo III recoge asimismo ladocumentación completa que constituye el expediente del pro-yecto sometido a Evaluación de Impacto Ambiental.
Posteriormente, con fecha 23 de marzo de 2007, la DelegaciónProvincial de Medio Ambiente emitió la Declaración Previa de Im-pacto Ambiental, que fue remitida al Ayuntamiento de Alcaracejos,con un condicionado ambiental en el que se incluían las medidaspreventivas y correctoras que se consideraban necesarias paraconsiderar la actuación ambientalmente viable. Entre estas medi-das se destacaba la necesidad de aportar documentación comple-mentaria relativa a las vías pecuarias del término municipal, quedebía ser presentada junto con la Aprobación Provisional.
En virtud de esta Declaración Previa, en Pleno celebrado el día28 de diciembre de 2007, dicho Ayuntamiento aprobó provisional-mente el proyecto de la actuación arriba señalada, recibiendoesta Delegación con fecha 22 de abril de 2008 el certificado dedicha aprobación provisional.
El documento aprobado provisionalmente fue presentado poste-riormente a esta Delegación, en fecha 16 de septiembre de 2008.En dicho documento no se habían tenido en cuenta la totalidad delas consideraciones relativas a las vías pecuarias puestas demanifiesto en la Declaración Previa, por lo que fue objeto de unanueva solicitud de subsanación. La documentación complementa-ria que subsana la información de las vías pecuarias municipalesfue aportada a esta Delegación el 6 de octubre de 2008.
Esta documentación complementaria, unida a la reciente entra-da en vigor de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada dela Calidad Ambiental y la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, deCalidad del Aire y Protección de la Atmósfera, entre otras, han determi-nado la necesidad de modificar y actualizar el Condicionado Ambientalincluido en la Declaración Previa de Impacto Ambiental.
En consecuencia, la Delegación Provincial de Medio Ambiente,en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/94 de 18de mayo, de Protección Ambiental y el Decreto 292/95 de 12 dediciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación deImpacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, for-mula, a los solos efectos ambientales, la siguiente Declaración deImpacto Ambiental sobre el Proyecto de Plan General de Ordena-ción Urbanística de Alcaracejos (Adaptación del Planeamientovigente a la LOUA).
3.- DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL
Por lo anteriormente expuesto, consecuencia del análisis, es-tudio y valoración de la documentación generada en el expedien-te, la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Córdoba,
ACUERDA
Declarar VIABLE, a los solos efectos ambientales, el Proyectode Plan General de Ordenación Urbanística de Alcaracejos (Adap-tación del Planeamiento vigente a la LOUA) aprobado provisional-mente por el Ayuntamiento, resultando lo siguiente.
Las condiciones indicadas en el proyecto, y el cuerpo de lapresente Declaración, se considera que cumplen la normativaespecífica de aplicación, salvaguardando los ecosistemas de lazona y su capacidad de recuperación.
Por lo tanto, se considera que la actuación puede serambientalmente viable siempre y cuando se cumplan las especi-ficaciones indicadas en el Proyecto, en el Estudio de ImpactoAmbiental, en la documentación complementaria aportada, asícomo el condicionado de la Declaración de Impacto Ambientalque se relaciona a continuación, y siempre que el documento deAprobación Definitiva contemple los siguientes aspectos:
- En el apartado de la Memoria del documento de planeamientodenominado «SNU ESPECIAL PROTECCIÓN. VÍAS PECUA-RIAS», así como en el artículo 165 de la normativa del TextoRefundido de la Adaptación y en los planos que corresponda, serealizarán las incorporaciones y modificaciones especificadas enel apartado de Vías Pecuarias del Condicionado de la presenteDeclaración.
- Se incluirá un artículo concreto en las Normas Urbanísticasdel instrumento de planeamiento, o bien en la Ficha Urbanística,relativo al cumplimiento de la normativa ambiental recogida en elcondicionado de esta Declaración, que se deberá tener en cuen-ta en los posteriores instrumentos de desarrollo.
- En la Memoria Justificativa se detallará en que parte de losDocumentos del instrumento de planeamiento han sido incluidaslas modificaciones relativas a las vías pecuarias municipales pues-
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tas de manifiesto en esta Declaración, así como el artículo de lasNormas Urbanísticas referente al cumplimiento de la normativaambiental recogida en el condicionado de la Declaración de Im-pacto Ambiental.
CONDICIONADO DE LA DECLARACIÓN
DE IMPACTO AMBIENTAL
El autor o autores que hayan suscrito el Estudio de ImpactoAmbiental, serán responsables de la información aportada con laque se ha elaborado esta Declaración de Impacto Ambiental.
Además de los condicionantes ambientales incluidos en el Pro-yecto, en el Estudio de Impacto Ambiental y en la documentacióncomplementaria aportada, que no se opongan a lo establecido enla presente Declaración de Impacto Ambiental, el promotor habráde adoptar las siguientes medidas:
* GENERALES.-
El cumplimiento del procedimiento de Evaluación de ImpactoAmbiental no eximirá de la obtención de las demás autorizaciones,concesiones, licencias, informes u otros requisitos exigibles conarreglo a lo dispuesto en la normativa aplicable para la ejecuciónde la actuación.
Las empresas o actividades que pretendan implantarse en elnúcleo urbano o en los polígonos industriales, y que se encuen-tren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 7/2007 de GestiónIntegrada de la Calidad Ambiental (Ley GICA), se someterán a loscorrespondientes instrumentos de prevención y control ambien-tal regulados en la misma. No podrán ser objeto de licencia muni-cipal de funcionamiento de la actividad, autorización sustantiva oejecución, aquellas actividades que se encuentren incluidas en elAnexo I de la mencionada Ley 7/2007 sin que se hayan resueltofavorablemente los preceptivos procedimientos de los corres-pondientes instrumentos de prevención y control ambiental.
Aquellas actividades que se encuentren incluidas en el anexo 1del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley de Evaluación de ImpactoAmbiental de Proyecto, y que sean competencia de la Administra-ción General del Estado, deberán obtener la preceptiva Declara-ción de Impacto Ambiental conforme a lo establecido en el artículo2 de la citada normativa, la cual, en aplicación del artículo 16.2 dela Ley GICA será incorporada en la autorización ambiental inte-grada o unificada que en su caso se otorgue.
Los materiales de préstamo que se utilicen en las obras deurbanización y re relleno deberán proceder de explotaciones de-bidamente autorizadas por el Organismo competente.
El Ayuntamiento velará para conseguir en el suelo urbano lascondiciones adecuadas de habitabilidad urbana y de tranquilidadpública en materia de ruido, olores, vibraciones, emisiones lumi-nosas y eliminación de residuos.
* Criterios de sostenibilidad.
El Ayuntamiento promoverá que para las actividades que seimplanten en el municipio se adopten en lo posible medidas talescomo:
- Uso de combustibles de bajo poder contaminante (Gas, ga-solina libre de plomo, etc),
- Aprovechamiento de energías alternativas,- Utilización de sistemas de regulación de temperaturas y ais-
lamiento térmico en los edificios,- Uso de tecnología poco contaminante,- Optimizar el rendimiento energético de las instalaciones de
combustión industriales,- Procurar el buen estado de los motores en general y especial-
mente el de los vehículos de transporte, dado que ayudará areducir los niveles de emisión de gases y de ruido.
* PROTECCIÓN DEL AMBIENTE ATMOSFÉRICO.-
En todo el municipio se analizarán y se marcarán las medidasa adoptar para cumplir con lo establecido en el Capítulo II delTítulo IV de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la CalidadAmbiental, el Decreto 74/1.996, de 20 de febrero, de la Junta deAndalucía, por el que se aprueba el Reglamento de la Calidad delAire (en lo que se refiere a materia), el Decreto 326/2003, de 15de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Proteccióncontra la Contaminación Acústica en Andalucía (en lo que serefiere a energía), así como en la Ley 34/2007 de Calidad del Airey Protección de la Atmósfera, Decreto 833/75 en aquellos aspectosno derogados por la Ley 34/2007, Orden de 18-10-76, posterioresmodificaciones y demás normativa que le sea de aplicación.
Acorde a lo establecido respecto a la contaminación lumínicaen la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental(Sección 3ª del Capítulo II del Título IV), el Ayuntamiento estable-cerá las áreas lumínicas que corresponda en el ámbito de suscompetencias, en atención al uso predominante del suelo.
* CALIDAD DEL MEDIO HÍDRICO.-
Se fomentará la conservación y recuperación de los márgenesde los cauces municipales, a través de planes de regeneración
encaminados a restablecer la vegetación riparia característica.Las actuaciones que afecten a cauces fluviales deberán con-
tar con la autorización del Órgano de Cuenca.Las aguas residuales que se generen en los suelos urbanos se
conectarán a la red de saneamiento municipal, no admitiéndose eluso de pozos negros, fosas sépticas o el vertido directo. Todaslas edificaciones deberán estar conectadas a dichas redes, deforma que no exista ningún efluente incontrolado.
En el caso de que los efluentes industriales, por sus caracte-rísticas físico-químicas no puedan verterse directamente a la redde saneamiento, será de aplicación el artículo 8 del Real Decreto509/1996, de 15 de marzo, que especifica que los vertidos de lasaguas industriales en los sistemas de alcantarillado, sistemascolectores o en las instalaciones de depuración de aguasresiduales urbanas serán objeto de tratamiento previo.
Se tendrán en cuenta, para los posibles vertidos que puedangenerarse, las indicaciones establecidas en la Sección 2ª delCapítulo III del Título IV de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada dela Calidad Ambiental.
Se deberá establecer para cada uso a implantar en el Suelo NoUrbanizable el sistema de depuración o tratamiento de aguasresiduales más adecuado. En todo caso, deberán cumplirse lasdeterminaciones del Real Decreto Legislativo Ley 1/2001, de 20de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley deAguas y demás legislación vigente.
* RESIDUOS.-
En aplicación del artículo 98.2 de la Ley 7/2007 de GestiónIntegrada de la Calidad Ambiental, el Ayuntamiento serácompetente para la gestión de los residuos urbanos municipales,de acuerdo con lo dispuesto en la mencionada Ley, así como enla normativa aplicable en la materia.
La gestión de los residuos de origen domiciliario, residuos peli-grosos, o residuos de construcción y demolición que se produz-can en el municipio, se llevará a cabo conforme a lo establecidoen el Capítulo V (Residuos) del Título IV (Calidad Ambiental) de laLey 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
En cualquier caso, se observarán las prescripciones estable-cidas en la Ley 10/1998 básica de Residuos y el Real Decreto833/1988 por el que se aprueba el Reglamento para la ejecuciónde la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, asícomo en sus posteriores adiciones o modificaciones totales oparciales.
Igualmente, se observarán las prescripciones de la Ley 11/1997 de Envases y Residuos de envases y el Reglamento que ladesarrolla, aprobado por Real Decreto 782/1998 de 30 de abril,cuyo objetivo es la prevención y reducción del impacto sobre elmedio ambiente de los envases y la gestión de los residuos deenvases.
* PROTECCIÓN DE SUELOS.-
En consonancia con lo establecido en el artículo 91 de la Ley deGestión Integrada de Calidad Ambiental, en el caso de que seprevea en el municipio la instalación de una actividad
potencialmente contaminante del suelo, los titulares de lamisma deberán remitir a la Consejería de Medio Ambiente, a lolargo del desarrollo de su actividad, informes de situación enlos que figuren los datos relativos a los criterios establecidos parala declaración de suelos contaminados, de acuerdo con lo previstoen el artículo 93.2 de la citada Ley. Estos informes tendrán elcontenido mínimo y la periodicidad que se determinenreglamentariamente.
Asimismo, el propietario de un suelo en el que se haya desarro-llado una actividad potencialmente contaminante del mismo queproponga un cambio de uso o iniciar en él una nueva actividad,deberá presentar, ante esta Consejería, un informe de situacióndel mencionado suelo. Dicha propuesta, con carácter previo a suejecución, deberá contar con el pronunciamiento favorable de laConsejería de Medio Ambiente. En este caso, si la nueva activi-
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dad estuviera sujeta a Autorización Ambiental Unificada o Inte-grada, o el cambio de uso a evaluación ambiental, el mencionadoinforme de situación se incluirá en la documentación que debepresentarse para el inicio de los respectivos procedimientos, y elpronunciamiento de la Consejería de Medio Ambiente sobre elsuelo afectado se integrará en la correspondiente autorización,de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 21.c) y 28 de la Leyde Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
Se impedirán los desmontes y la desaparición de la vegetaciónen la realización de construcciones en los suelos muy erosionados.A tal efecto, en aquellas obras que conlleven movimientos detierras, deberá aportarse, conjuntamente con la licencia munici-pal, estudio que garantice la ausencia de impacto negativo sobrela estabilidad o erosionabilidad del suelo.
* RIESGOS NATURALES.-
En aquellas localizaciones en las que sean previsibles problemasdebido a inundaciones, movimientos de ladera, expansividad,hundimientos, subsidencias o colapsos, y siempre que no existaalternativa de localización, la viabilidad de la actuación quedarácondicionada al resultado del correspondiente estudio geotécnico.
Se deben adoptar precauciones durante las obras para evitarfomentar o inducir procesos erosivos.
* VEGETACIÓN Y PAISAJE
Como recoge el artículo 95 de las Normas Urbanísticas, relativoa las Condiciones Generales de Urbanización de las Areas Libres,se tendrán en cuenta las siguientes medidas:
- En aquellas obras de construcción o urbanización, y para lasque esté prevista la plantación de vegetación como mecanismo deadecuación ambiental, se deberá establecer en el correspondienteproyecto la época, especies y cuidados necesarios para que dichaplantación pueda realizarse con la antelación suficiente, de maneraque cuando la obra esté ejecutada y entre en funcionamiento seencuentre definitivamente establecida dicha plantación.
- No se recomienda la creación de espacios con césped debi-do a su exigente cuidado y la gran cantidad de agua necesariapara su mantenimiento. En el caso de diseñar zonas ajardinadas,se deberá optar por la implantación de especies herbáceastapizantes adaptadas al régimen climático mediterráneo y resis-tentes a condiciones de sequía, utilizando a ser posible, especiesautóctonas.
- En la creación de zonas verdes, se utilizarán preferentemen-te especies arbóreas y arbustivas de origen autóctono.
- Las especies arbóreas y arbustivas autóctonas que se loca-licen dentro de los terrenos afectados por las actuaciones previs-tas en el planeamiento se intentarán conservar como parte inte-grante del paisaje.
- Se fomentará la protección de aquellos elementos arbóreos oarbustivos en Suelo Urbano, que por su edad, tamaño, forma, interéscultural o rareza revistan especial interés, dotándolos de medidas parasu conservación y puesta en valor de su singularidad.
- En los sectores de Suelo Urbanizable se deberá examinar lavegetación natural existente, antes de proceder al diseño porme-norizado de los mismos, poniendo especial atención en la integra-ción de la vegetación que revista alguna entidad a la hora deproyectar las áreas de reparto, la ubicación de dotaciones,infraestructuras, zonas ajardinadas/áreas verdes así como ace-rado y glorietas y demás equipamientos, para el sector en cues-tión y de forma previa a la transformación del suelo. Ello favorece-rá de forma directa la calidad visual y el ulterior bienestar social enlas áreas de crecimiento y en el conjunto del casco urbano.
Se fomentará la integración, conservación y mejora de los cau-ces urbanos, adaptándolos como zonas de interés recreativo yeducativo, mediante la recuperación de su vegetación de ribera yla creación de itinerarios y zonas de descanso.
Las formas constructivas en medio rural se adaptarán al mis-mo y las estructuras se proyectarán de forma que provoquen elmínimo corte visual y se integren adecuadamente en el entorno.No se utilizarán construcciones cuyas cubiertas puedan reflejarel sol, produzcan brillo metálico o cuyo color o textura suponganuna ruptura de los tonos dominantes en el resto de las edificacio-nes. Igualmente, se velará porque se concluyan adecuadamentelas fachadas y medianerías.
Se mantendrán las lindes naturales del terreno, o las lindesartificiales de carácter rural (piedra), frente a las lindes con vallametálica sin pantalla vegetal.
* CONDICIONES ESPECÍFICAS PARA EL SUELO NO
URBANIZABLE.
Con carácter general en todo el suelo No Urbanizable se hande establecer:
- Condiciones para la defensa y recuperación de los valoresnaturales y los usos tradicionales del suelo rústico y del manteni-miento del carácter excepcional de las implantaciones, construc-ciones o instalaciones en dicho medio.
- Condiciones a que deben sujetarse las infraestructuras, cons-trucciones e instalaciones, para garantizar su adaptación al am-biente rural y al paisaje en que se sitúen, y medidas que debanadoptarse para proteger y, en su caso, restaurar los valoressingulares de las diferentes categorías de suelo rústico, con es-pecial atención a los espacios naturales protegidos, áreas desensibilidad ecológica y zonas con suelos agrícolas productivos.
- Condiciones para evitar que se produzcan nuevosasentamientos fuera de ordenación, con especial vigilancia sobrela apertura de nuevos caminos, y la segregación y/o parcelacióncon cualquier finalidad urbanística del suelo no urbanizable. Aeste respecto, el Ayuntamiento deberá garantizar que las autori-zaciones y licencias a actividades que se pretendan implantar ensuelo adscrito a la categoría de No Urbanizable, y cuya implanta-ción esté autorizado para este tipo de suelo, se ajusten a lo dis-puesto en la normativa urbanística y en el documento deplaneamiento, siempre bajo la premisa de necesidad real de ocu-pación de ese suelo y el consumo responsable de los recursos.
Todas las líneas eléctricas de alta tensión que pretendan im-plantarse en el municipio deberán tener en cuenta lo establecidoen el Decreto 178/2006, por el que se establecen Normas deProtección de la Avifauna para las Instalaciones Eléctricas deAlta Tensión.
Siempre que se prevea la implantación de una industria que porsus características deba situarse en Suelo No Urbanizable, setendrán en cuenta las edificaciones e instalaciones preexistentes(viviendas rurales, zonas recreativas, etc.) que se puedan verafectadas por la misma, debiendo asegurarse en todo momentola compatibilidad de la industria a implantar con dichaspreexistencias, de forma que se garantice el cumplimiento de lanormativa ambiental de aplicación en materia de ruidos, residuos,emisiones, vertidos, etc. Este aspecto se recogerá específica-mente en la normativa urbanística del Documento de Planeamiento.
En Suelo No Urbanizable será de especial atención lo referentea aquellos espacios naturales protegidos por la legislación secto-rial, como las riberas de río y arroyos, así como las zonas fores-tales del municipio, de acuerdo con la Ley 2/92, de 15 de junio,forestal de Andalucía. Por ello, cualquier actuación que se quierarealizar, incluida la extracción de áridos, deben contarpreceptivamente con autorización de la Administración Forestalde la Consejería de Medio Ambiente.
Según lo previsto en el Art. 50 de la Ley 5/99, de prevención ylucha contra los incendios forestales, la pérdida total o parcial decubierta vegetal como consecuencia de un incendio forestal noalterará la clasificación del suelo. A este respecto y según dichaLey, durante todo el año de forma general y en especial en la épocaestival, y desde el momento en que se activen dispositivos contraincendios de la Consejería de Medio Ambiente, a fin de prevenir lainiciación o propagación de incendios forestales, se deberán se-guir las pautas marcadas por la ley 5/1999, de 29 de junio, dePrevención y Lucha contra los Incendios Forestales y el Decreto247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamen-to de Prevención y Lucha contra los Incendios forestales.
*- PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO-ARTÍSTICO:
Según el informe de la Delegación Provincial de Cultura, noexiste ningún bien protegido según la normativa de PatrimonioHistórico, si bien, se citan determinados bienes de interéspatrimonial, con posibilidad de incoación de su expediente decatalogación. Este informe adjunta asimismo ficha identificativade los yacimientos arqueológicos y otros elementos incluidos enel SIPHA (Sistema de Información del Patrimonio HistóricoAndaluz), que deben dotarse de un nivel adecuado de protecciónen el documento de planeamiento urbanístico.
Cualquier hallazgo casual de tipo arqueológico que pudiera pro-ducirse durante la realización de los trabajos en los distintos sec-tores afectados deberá ser comunicado inmediatamente a laDelegación de Cultura, de acuerdo con lo establecido en el art. 50
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de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de Patrimonio Históricode Andalucía, dando cuenta asimismo a la Delegación de MedioAmbiente.
*- VÍAS PECUARIAS:
Los lugares asociados a las vías pecuarias denominados:Abrevadero de Pozo Nuevo, Pozo de la Raya o de los Tres Palosy Abrevadero de Olivar Quemado, serán incorporadostextualmente en el apartado de la memoria «SNU ESPECIALPROTECCIÓN. VÍAS PECUARIAS», así como en el actual artículo165 de la normativa del Documento del Texto Refundido de laAdaptación.
La superficie del Descansadero del Pozo de la Benita, quesegún el Proyecto de Clasificación de Vías Pecuarias deAlcaracejos es 0,5 Has, será referida textualmente en el apartadode la memoria «SNU ESPECIAL PROTECCIÓN. VÍAS PECUA-RIAS», así como en el actual artículo 165 de la normativa delDocumento del Texto Refundido de la Adaptación.
El Dominio Público Pecuario del Descansadero del Pozo de laBenita será recogido como «SNU ESPECIAL PROTECCIÓN. VÍASPECUARIAS», y su superficie será grafiada en los correspon-dientes planos de ordenación del Suelo No Urbanizable, y recogi-do en la correspondiente leyenda, del Documento del Texto Re-fundido de la Adaptación.
PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL
• El Ayuntamiento de Alcaracejos velará por el cumplimiento delas medidas correctoras estipuladas en párrafos anteriores.
• Asimismo, extremará las labores de policía y disciplina urba-nística para impedir que surjan implantaciones incontroladas enel municipio que, por su naturaleza, debieran ubicarse en el sueloindustrial o clasificado.
• El Ayuntamiento comunicará a esta Delegación Provincial to-das aquellas actividades que han obtenido licencia municipal trassometerse al procedimiento de Calificación Ambiental (tal y comofigura en el Art. 17 del Reglamento de Calificación Ambiental).
• En consonancia con lo indicado en el artículo 17 de la Ley deGestión Integrada de la Calidad Ambiental, el Ayuntamiento nootorgará licencias municipales, concesiones o autorizaciones, aaquellas actividades sometidas a los instrumentos de prevencióny control ambiental regulados en dicha Ley, sin la previa resolu-ción favorable del correspondiente procedimiento.
• Se efectuará un control del destino de los residuos genera-dos, en consonancia con lo establecido en el cuerpo de la pre-sente resolución. En relación con lo anterior, se deberán adoptarlas medidas necesarias para asegurar que no se mezclan resi-duos de distinta naturaleza entre sí.
• Se verificará el cumplimiento de la legislación vigente relativaa los vertidos de efluentes, así como el resto de las medidasprotectoras y correctoras establecidas en el Estudio de ImpactoAmbiental y en el presente condicionado relativas a las aguassuperficiales y subterráneas.
• Con respecto a las medidas a adoptar relativas a garantizar elcumplimiento de lo establecido en el Decreto 74/1.996, de 20 defebrero, de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el Regla-mento de la Calidad del Aire, así como en la Ley 34/2007 deCalidad del Aire y Protección de la Atmósfera, Decreto 833/75que la desarrolla y Orden de 18-10-76, y posteriores modificacio-nes, se realizará un control dirigido a poner de manifiesto que seestán llevando a efecto y son eficaces.
• El contenido del párrafo anterior se hará extensivo a efectosdel Decreto 326/2003 por el que se aprueba el Reglamento deProtección contra la Contaminación Acústica de Andalucía.
Si a través del Programa de Vigilancia y Control Ambiental sedetectara una desviación de los objetivos ambientales diseña-dos, el Ayuntamiento lo comunicará a esta Delegación Provincial,a fin de establecer nuevos mecanismos correctores que asegu-ren la consecución final de dichos objetivos. En última instancia,se podrá instar al Ayuntamiento a que modifique o revise suplaneamiento para que, desde el punto de vista ambiental, no secausen perjuicios permanentes o irreversibles.
4.- OTRAS CONDICIONES
Cualquier acontecimiento de un suceso imprevisto, que impli-que una alteración de alguna de las condiciones expresadas en laDeclaración de Impacto Ambiental, se deberá poner inmediata-mente en conocimiento de esta Delegación Provincial, para losefectos oportunos.
Asimismo, podría ser necesario modificar dicho condicionadoal tomar en consideración los resultados del Programa de Vigilan-cia Ambiental, o en función del grado de cumplimiento de losobjetivos marcados en la Declaración de Impacto Ambiental y delas exigencias establecidas en la normativa ambiental aplicable.
El incumplimiento de las condiciones de la presente Declara-ción, dará lugar a la aplicación de las medidas disciplinarias pre-vistas en la Ley 7/2007, de 9 de agosto, de Gestión Integrada dela Calidad Ambiental, así como el resto de la normativa que le seade aplicación.
ANEXO I
Características básicas del proyecto.
Equipo Redactor: G.A.R., R.A.P., M.C.M., J.R.C.C.,
M.M.C. y P.V.N.
No se clasifica ningún nuevo sector de Suelo Urbano, aunquese realizan dos pequeñas alteraciones por inclusión de una par-cela en la que se ha ejecutado la ampliación del colegio, así comoun ligero reajuste de «fondo» en la zona occidental de la carreterade Alcaracejos, a la altura del cruce con el camino de Villaralto.Aparte de estos reajustes, la adaptación reconoce como suelourbano, además de los terrenos que ya contaban con esta clasi-ficación en el planeamiento vigente, la superficie correspondientea un sector de suelo urbanizable industrial (PP.1 Industrial) queya se ha ejecutado.
En la tabla siguiente se recoge la traducción de las Unidades deEjecución y Actuaciones Aisladas del planeamiento vigente en laAdaptación, que está en función de su estado de desarrollo.
UE-3 La parte desarrollada para a SUC y la no desarrollada se delimita como SUNc/ARI/2/02
UE-4 SUC AA-1 Sistema General de Equipamientos en SNU AA-2 AA-2 SUNc AA-4 Desaparece e integra el SUC AA-5 AA-5 SUNc
Respecto al Suelo Urbanizable, la Adaptación recoge el clasifi-cado como tal por el planeamiento vigente que no se ha desarro-llado completamente, incluyéndolo en la correspondiente catego-ría según establece la LOUA. Es decir, de los dos sectores desuelo urbanizable industriales recogidos en el planeamiento vi-gente, el PP-1 se incluye como suelo urbano consolidado y semantiene el PP-2 como suelo urbanizable, que se adscribe a lacategoría de Suelo Urbanizable Sectorizado (SUZs).
En cuanto al Suelo No Urbanizable, la Adaptación establece lassiguientes categorías:
Suelo No Urbanizable de Especial Protección por Legisla-
ción Específica.
- SNUEP Hidrológico. Cauces, Riberas y Márgenes.- SNUEP Vías Pecuarias.- SNUEP Infraestructuras territoriales.Suelo No Urbanizable de Especial Protección por la Plani-
ficación Territorial o Urbanística.
- SNUEP Complejos Serranos: 1 Cerro Gordo, 2 La Natera yTinarejos y 3 Chimorra.
- SNUEP Ecológico-Paisajística. La Sierra.- SNUEP Recursos Culturales.Suelo No Urbanizable de Carácter Natural o Rural.
- SNU de Carácter Natural. Dehesa.- SNU de Carácter Natural. Olivar serrano.- SNU de Carácter Natural. Llanuras cerealistas.En cuanto a los Sistemas Generales, se indica que el criterio
seguido por la Adaptación ha sido el de reconocer como Siste-mas Generales aquellos equipamientos, espacios libres oinfraestructuras de relevancia municipal o considerados genera-les en aplicación de la LOUA, a resultas de lo cual se han identi-ficado los siguientes:
Sistema General de Equipamientos (SGEQ)
- Cementerio (Suelo Urbano)- Ayuntamiento (Suelo Urbano)- Ampliación del cementerio (ya previsto en el planeamiento
vigente, Suelo no Urbanizable)- Polideportivo (Suelo Urbano)- Campo de fútbol (Suelo Urbano)- Plaza de Toros (Suelo Urbano)
8968 Viernes, 19 de diciembre de 2008 B. O. P. núm. 229
Sistema General de Espacios Libres (SGEL)
- Plaza del Ayuntamiento (Suelo Urbano)Sistema General de Infraestructuras, Comunicaciones y
Transporte (SGTR)
- Depósitos de agua (Suelo no Urbanizable)ANEXO II
Consideraciones más destacadas sobre el Estudio
de Impacto Ambiental.
Redactor: J.D.S.J. (SAU, Diputación de Córdoba)
El Estudio de Impacto Ambiental presenta un contenido simpli-ficado, ya que se trata de una adaptación del planeamiento vigen-te a la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, porlo que aunque sigue el esquema estructural establecido en elartículo 12 del Decreto 292/1995, carece de buena parte de loscontenidos establecidos en el mismo. El proyecto consiste bási-camente en una «traducción» del instrumento de planeamientogeneral vigente a la nueva terminología, exigencias y requisitosestablecidos por la citada Ley y la normativa que la desarrolla, noadoptando decisiones sobre la clasificación de nuevos sectoresy no reconociendo más sistemas generales que los ya existen-tes. En el término de Alcaracejos además, se da la circunstanciade que cuenta con un planeamiento sometido a Evaluación deImpacto Ambiental relativamente reciente.
La identificación y valoración de impactos se circunscribe aaquellos inducidos por las determinaciones de la Adaptación, quecomo se ha indicado son mínimos. El perímetro del suelo urbanoy urbanizable es prácticamente idéntico al de las Normas Subsi-diarias vigentes, con dos excepciones: inclusión dentro del suelourbano de los terrenos sobre los que se ha efectuado la amplia-ción del equipamiento escolar (ya ejecutada) y reajuste de fondode la línea de suelo urbano paralela a la carretera de Alcaracejosen su confluencia con el camino de Villaralto. Así pues, no seintroducen alteraciones relevantes a efectos ambientales.
En cuanto al Suelo no Urbanizable, el aspecto más destacadocon posible incidencia ambiental es el cambio en la categoría deSuelo no urbanizable que se otorga a la dehesa, que pasa de seren el planeamiento vigente Suelo no Urbanizable de Especial Pro-tección a Suelo no Urbanizable de Carácter Natural en la Adapta-ción. No obstante, se señala que el régimen de usos es muysimilar al que tenía.
La delimitación de sistemas generales en el documento de adap-tación, que ha consistido en seleccionar aquellos equipamientos,dotaciones, espacios libres, etc. de los incluidos en el planeamientovigente merecedores de tal distintivo, no producirá ningún efectoambiental novedoso ya que no se establece ningún sistema nue-vo a obtener sobre cualesquiera clases de suelo. El impactoambiental será ,pues, nulo.
Se recoge en conclusión que, puesto que no se clasifica nuevosuelo urbano o urbanizable y no se establecen nuevos sistemasgenerales (reconoce los ya existentes), no se definen actuacio-nes susceptibles de prescripciones de corrección, control y de-sarrollo ambiental del planeamiento.
ANEXO III
DOCUMENTOS QUE INTEGRAN EL EXPEDIENTE
La documentación completa que constituye el Expediente dePrevención Ambiental consta de los documentos que a continua-ción se señalan, los cuales han sido tenidos en cuenta para laelaboración de esta Declaración de Impacto Ambiental:
• Plan General de Ordenación Urbanística de Alcaracejos (Adap-tación del Planeamiento Vigente a la LOUA) y Estudio de ImpactoAmbiental recibidos el 11 de diciembre de 2006.
• Certificado de Aprobación Inicial de la Actuación aportado el 2de enero de 2007.
• Informe de la Delegación Provincial de Cultura de fecha 25 deenero de 2007.
• Certificado del resultado de información pública de la actua-ción remitido por el Ayuntamiento el 9 de marzo de 2007.
• Informes de los Departamentos internos de la DPCMA deCórdoba.
• Declaración Previa de Impacto Ambiental, emitida con fecha23 de marzo de 2007.
• Certificado de Aprobación Provisional del planeamiento apor-tado el 29 de abril de 2008.
• Documento de Planeamiento aprobado provisionalmente apor-tado el 16 de septiembre de 2008.
• Documentación complementaria relativa a las vías pecuariasmunicipales, con entrada el 6 de octubre de 2008.
• Nuevos informes de los Departamentos internos de estaDelegación.
Córdoba, 10 de noviembre de 2008.— El Delegado Provincial,Fdo.: Luis Rey Yébenes.
JUNTA DE ANDALUCÍA
Consejería de Medio Ambiente
Dirección General de Sostenibilidad en la Red
de Espacios Naturales
SEVILLA
Núm. 12.231RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA GENERAL DE
SOSTENIBILIDAD EN LA RED DE ESPACIOS NATURALES
DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE DE FECHA 28
DE NOVIEMBRE DE 2008, POR LA QUE SE ACUERDA LA
INTERRUPCIÓN DEL PLAZO ESTABLECIDO PARA INS-
TRUIR Y RESOLVER EL PROCEDIMIENTO DE DESLINDE
DE LA VÍA PECUARIA DENOMINADA VEREDA DE CÓR-
DOBA, EN EL TRAMO COMPLETO COMPLETA EN TODO
SU RECORRIDO, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE
VILLAVICIOSA DE CÓRDOBA (CÓRDOBA) INCLUIDOS
LOS LUGARES: ‘DESCANSADERO DE LA VIUDA’, ‘DES-
CANSADERO DE LAS CAÑADILLAS’, ‘DESCANSADERO
DE NAVALCORDÓN’ Y ‘DESCANSADERO DE VALDE-
SÉNICO’. (V.P. VP/02555/2006).
CONSIDERANDO, el carácter preceptivo y determinante delInforme del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, previo ala Resolución que pone fin al procedimiento de deslinde de unavía pecuaria, al plantearse por parte de los alegantes cuestionesrelativas al derecho de propiedad y tener que pronunciarse elGabinete sobre las mismas conforme a lo establecido en el artí-culo 20.3º del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que seaprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autó-noma de Andalucía, y que el mismo, se ha solicitado por estaDirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Natu-rales en el día de hoy.
VISTO, el artículo 83.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y Procedimiento AdministrativoComún:
ACUERDO
La interrupción del plazo legalmente establecido para instruir yresolver el procedimiento de deslinde de la vía pecuaria denomi-nada VEREDA DE CÓRDOBA, en el tramo completo completa entodo su recorrido, en el término municipal de Villaviciosa de Cór-doba (Córdoba) incluidos los lugares: ‘DESCANSADERO DE LAVIUDA’, ‘DESCANSADERO DE LAS CAÑADILLAS’, ‘DESCAN-SADERO DE NAVALCORDÓN’ y ‘DESCANSADERO DE VALDE-SÉNICO’, que se reanudará en la fecha en que conste a estaSecretaría la recepción del informe de referencia.
Contra la presente Resolución, y conforme a lo establecido enla Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de no-viembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas yProcedimiento Administrativo Común, no cabe Recurso alguno.
LISTADO INTERESADOS / AFECTADOS RESOLUCION IN-
TERRUPCIÓN DEL PLAZO VIA PECUARIA VEREDA DE CÓR-
DOBA, EN EL TRAMO COMPLETO COMPLETA TODO SU
RECORRIDO, TM. DE VILLAVICIOSA DE CÓRDOBA (CÓR-
DOBA) INCLUIDOS LOS LUGARES: ‘DESCANSADERO DE
LA VIUDA’, ‘DESCANSADERO DE LAS CAÑADILLAS’, ‘DES-
CANSADERO DE NAVALCORDÓN’ Y ‘DESCANSADERO DE
VALDESÉNICO’. EXP.: 2555/06.
Nombre Pol. Par.
Alcalde Polonio, Ángela 3 101Alcalde Polonio, José 3 102Alcalde Polonio, Teresa 3 108Areales Delgado, María Isabel 24 112Areales Nevado, María Isabel 21 4Ariza Luque, Francisco 19 5Arribas Galán, Sebastián 4 49Arribas Nevado, Martín Pablo 7 93Arribas Romero, María Jesús 5 100Arribas Vargas, Antonia 5 67Arribas Vargas, Francisco 5 67
B. O. P. núm. 229 Viernes, 19 de diciembre de 2008 8969
Blas Muñoz, Francisco de 14 3Brito Esqueta, Antonio 7 89Calvo Morales, Gabriel 5 101Calvo Morales, Manuel 24 118Cano de la Fuente, Agustín 3 109Carrillo Lozano, Carlos 5 118Carrillo Lozano, Francisco Rafael 5 118Castro Moyano, José 15 17Contreras Arribas, Antonio 20 21Contreras Pulido, Ángela 7 86Contreras Pulido, Antonio 7 86Contreras Pulido, Manuel 20 12Contreras Pulido, Mateo 7 86Custodio Carrillo, Francisco 5 95De Miguel Merlo, José Ángel 7 88Delgado Llergo, José 21 6Delgado Llergo, Rafaela 7 90Diaz Caparros, Isabel 23 19Diputación de Córdoba 21 9Dueñas Pulido, Avelina 21 7Escobar de la Torre, Carlos 15 18Escobar del Rey, Josefina 19 31Escobar Nevado, Otilia 5 116Escobar Vargas, José Luis 15 14Escobar Vargas, Manuel 24 103Fernández Gamez, Fabian 7 87Fernández Salguero Carretero, José Marcelino 5 121Fernández Santiago, Ángel 24 114Ferrezuelo Serrano, Enrique 22 112Franco Moreno, Miguel 5 110García Cabello, Visitación 5 104García Cardador, Antonia 5 115García Cobos, Venancio 15 27Gil Ruiz, Francisco 15 25Gómez Gómez, Ángel Marcelino 7 67Gómez Hernández, Francisco 15 24González Ortiz, Antonio 20 1Gutiérrez Murillo, Ana 15 7Gutiérrez Murillo, Manuel 15 10Gutiérrez Murillo, María Purificación 15 4Infante Nevado, María 24 133Jiménez López, Ángel 3 104Jiménez López, Azucena 3 104Jurado Brieva, Miguel 20 13Jurado Torres, Elena 22 5Lavin Alberti, Carmen 4 52López Calero, Patricio 3 110López Giménez, Carmen 5 121Lozano Fernández, Presentación 7 88Lozano Pulido, Ana 7 81Lozano Pulido, Miguel 7 79Machuca Nevado, María Jesús 23 13Marín Rojas, Francisco 15 21Mariscal Molina, Antonio José 20 2Mariscal Nevado, Antonio 20 6Moreno Reche, Manuel 20 18Moreno Reches, Juan 20 17Muñoz Ariza, Antonio Ángel 7 56Muñoz Cano, Antonio 24 115Muñoz Machuca, Villaviciosa 21 8Muñoz Rojas, José 3 120Navarrete de la Fuente, José 5 110Nevado Rodríguez, José 3 119Nevado Vargas, Anastasia 19 4Nevado Vargas, Inés 22 60Nevado Vargas, Pilar 20 9Nevado Vargas, Rafaela 21 1Nieto Calvo, Rafael 4 55Nieto Herraez, Manuel 5 97Nieto Nevado, Juan 7 54Olegario Martínez, Francisco 24 116Perea Rojo, Pedro 23 16Pérez Arana, Herminio 3 126Pérez Arana, José 3 97Prospein, S.L 22 62
Pulido Caballero, Ángela 19 3Pulido Caballero, José 19 1Ramos Simón, Dolores 20 5Rey Pulido, Anastasia del 24 109Rey Pulido, José del 24 109Rios García, Clotilde Silvestra 4 51Rivas Navarrete, José 5 105Rodríguez Girona, Juan 14 7Romero Martínez, Carmen 7 96Romero Martínez, Francisco 7 106Romero Martínez, Sabina 7 107Ruiz de la Rosa, José Antonio 5 111Siles Ponferrada, Ildefonso 20 7Soria Machuca, Antonia S/RSoto Cabello, José Manuel 24 108Tena Risquez, José 24 113Torre Escobar, Carlos de la 15 8Torre Escobar, Josefina de la 14 11Torre Soto, Antonio de la 20 19Varas Enríquez, Francisco 14 8Vargas Arribas, Ramón 21 2Vargas Escobar, Amelia 19 13Vargas Escobar, Carlos 19 11Vargas Escobar, Domingo 19 14Vargas Escobar, Inés 19 9Vargas Escobar, José 19 10Vargas Escobar, Rafael 19 8Vargas Escobar, Tomás 19 7Vargas Infante, María Eugenia 21 61Vargas Martínez, Miguel 5 109Vargas Nieto, Rafael 21 61Ventosa Barrena, Blas 14 10Vioque Ruiz, Valentín 7 64Yllescas Ortiz, José Joaquín 7 55A.N.A.A.S. S/RA.S.A.J.A S/RCC.OO S/RClub Senderista llega como puedas S/RCompañía Sevillana de Electricidad S/RConf. Hidrográfica del Guadalquivir S/RD.P. Consejería de Agricultura y Pesca S/RD.P. Consejería de Obras Públicas S/REcologistas en Acción S/RENAGAS S/RFederación Andaluza de Montañismo S/RGas Natural S/RGuardia Civil ( SEPRONA ) S/RMinisterio de Fomento (Unidad de Carreteras) S/RSr. Alcalde Presidente deExcmo. Ayto. de Villaviciosa de Córdoba S/RTelefónica S/RU.A.G.A. S/RU.G.T. S/RU.P.A. S/RUd del CN Policía adscrita a la Junta de Andalucía S/RSevilla, 2 de diciembre de 2008.— La Jefa de la Oficina para el
Plan de VV.PP., Fdo.: Inmaculada Ortiz Borrego.————————
JUNTA DE ANDALUCÍA
Consejería de Agricultura y Pesca
Delegación Provincial
CÓRDOBA
Núm. 12.291Anuncio de la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca de
Córdoba, por el que se notifica «Resolución campaña 2006»,expediente 3330780, correspondiente a Dª. CUSTODIA ZA-FRA MIRANDA.En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/
1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y unavez intentada, sin efecto, la notificación, por el presente anuncio senotifica al interesado que a continuación de relaciona, que en laDelegación Provincial de Agricultura y Pesca de Córdoba, sita en lacalle Tomás de Aquino, s/n, 4ª Planta, en el Departamento deMedidas de Acompañamiento del Servicio de Ayudas, se encuen-
8970 Viernes, 19 de diciembre de 2008 B. O. P. núm. 229
tra a su disposición la documentación que seguidamente se seña-la, significándole que se le concede un plazo de un mes para lapresentación de Recurso de Alzada, el cual comienza a contar apartir del día siguiente de la fecha de esta publicación.
Interesado: Dª. CUSTODIA ZAFRA MIRANDA.N.I.F./C.I.F.: 30.897.832- T.Último domicilio: C/ Majadilla, 10. C.P.14810-Carcabuey (Córdoba).Procedimiento: Solicitud de ayudas a Medidas Agroambientales.Acto administrativo: Resolución campaña 2006 de la línea Cul-
tivos Leñosos en Pendientes o Terrazas: Olivar. Medida 4.Número de expediente: 3330780.Córdoba, 24 de noviembre de 2008.— El Delegado Provincial,
Francisco José Zurera Aragón.
JUNTA DE ANDALUCÍA
Consejería de Agricultura y Pesca
Delegación Provincial
CÓRDOBA
Núm. 12.292Anuncio de la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca de
Córdoba, por el que se notifica «Resolución campaña 2006»,expediente 3320197, correspondiente a Dª. MARÍA SOLEDADDE PRADO ZURERA.En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/
1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y unavez intentada, sin efecto, la notificación, por el presente anuncio senotifica al interesado que a continuación de relaciona, que en laDelegación Provincial de Agricultura y Pesca de Córdoba, sita en lacalle Tomás de Aquino, s/n, 4ª Planta, en el Departamento deMedidas de Acompañamiento del Servicio de Ayudas, se encuen-tra a su disposición la documentación que seguidamente se seña-la, significándole que se le concede un plazo de un mes para lapresentación de Recurso de Alzada, el cual comienza a contar apartir del día siguiente de la fecha de esta publicación.
Interesado: Dª. MARIA SOLEDAD DE PRADO ZURERA.N.I.F./C.I.F.: 30.835.966- G.Último domicilio: Avda. Conde de Vallellano, 17-5ºA. C.P.14004-
Córdoba.Procedimiento: Solicitud de ayudas a Medidas Agroambientales.Acto administrativo: Resolución campaña 2006 de la línea Cul-
tivos Leñosos en Pendientes o Terrazas: Olivar. Medida 4.Número de expediente: 3320197.Córdoba, 24 de noviembre de 2008.— El Delegado Provincial,
Francisco José Zurera Aragón.
A Y U N T A M I E N T O S
CABRA
Núm. 12.238La Aalcaldesa de esta ciudad, hace saber:
Que en el Centro Municipal de Servicios Sociales sito en callePriego nº 28, se han instalado cámaras de video vigilancia, por loque se inicia los trámites oportunos para dar cumplimento a la LeyOrgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, con el objeto de procedera la inscripción del fichero de datos en el Registro General de laAgencia Española de Protección de Datos, cuyo texto es el quefigura en el Anexo.
Lo que se hace público para general conocimiento.Cabra, 17 de noviembre de 2008.— La Alcaldesa, Mª Dolores
Villatoro Carnerero.— Por mandato de S.Sª.: El Secretario, JuanMolero López.
ANEXODATOS DE LA NOTIFICACION DE CREACION DE FICHE-
ROS
FINALIDAD DEL FICHERO Y USOS PREVISTOS PARA EL
MISMO: EL CONTROL DE ACCESO DE LOS USUARIOS ALCENTRO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES.
PERSONAS Y COLECTIVOS SOBRE LOS QUE SE PRE-
TENDAN OBTENER DATOS O QUE RESULTEN OBLIGADOS
A APORTALOS: USURIOS DEL CENTRO MUNICIPAL DE SER-VICIOS SOCIALES.
PROCEDIMIENTO A SEGUIR DE RECOGIDA DE DATOS:
CAMARAS DE VIDEOVIGILANCIA.
ESTRUCTURA BASICA DEL FICHERO Y DESCRIPCION
DEL TIPO DE DATOS INCLUIDOS EN EL MISMO: GRABA-CION DE IMÁGENES EN FORMATO JPG ARCHIVADAS ENDISCO DURO.
CESIONES DE DATOS PREVISTAS: A INSTANCIAS JUDI-CIALES Y FUERZAS DE ORDEN Y SEGURIDAD, EN CASO DEREQUERIMIENTO OFICIAL.
TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES DE DATOS PRE-
VISTAS: NO SE TIENEN.ORGANOS DE LAS ADMINISTRACIONES RESPONSABLES
DEL FICHERO: PATRONATO MUNICIPAL DE BIENESTAR SO-CIAL DE CABRA.
SERVICIOS O UNIDADES ANTE LOS CUALES SE PODRAN
EJERCITAR LOS DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACION,
CANCELACION Y OPOSICION: PATRONATO MUNICIPAL DEBIENESTAR SOCIAL DE CABRA.
C/ Priego, 28 - 14940 CABRA (Córdoba).MEDIDAS DE SEGURIDAD A APLICAR: NIVEL BAJO DE
SEGURIDAD.Cabra, 17 de noviembre de 2008.— La Alcaldesa, Mª Dolores
Villatoro Carnerero.
MONTILLA
Núm. 12.252Intentada la notificación en el último domicilio conocido, de la
Resolución de la Alcaldía de fecha 03 de Noviembre de 2008, sinque haya sido posible practicarla, se procede a realizarla a travésdel presente anuncio, de conformidad con lo establecido en elartículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común:
«De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1, 2º párrafo,de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régi-men Local (en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2003, de 20de noviembre), «la inscripción en el Padrón Municipal de los ex-tranjeros no comunitarios sin autorización de residencia perma-nente deberá ser objeto de renovación periódica cada dos años…»
Teniendo en cuenta que la inscripción padronal de los ciudada-nos que a continuación se relacionan caducaba en las fechasque se indican, circunstancia que este Ayuntamiento previamen-te les ha notificado:
Nombre y Apellidos Nº Identificación Fecha Caducidad
María Brisa Ribera Pereira X3749305Y 20-10-2008Luz Adriana Arce Restrepo X3849593Z 10-10-2008Considerando que no han renovado su inscripción en el Pa-
drón Municipal, transcurridos dos años desde su fecha de alta.En virtud de las atribuciones que me están conferidas, de con-
formidad con lo establecido en la citada Ley y la Resolución de 28de abril de 2005 de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadís-tica y del Director General de Cooperación Local (BOE número128, de 30 de mayo de 2005), HE RESUELTO:
Primero.- Declarar la caducidad de las inscripciones y en con-secuencia acordar la Baja en el Padrón Municipal de Habitantesde los ciudadanos extranjeros arriba relacionados.
Segundo.- Notificar la presente resolución a los interesados,de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de R.J.A.P. y Procedimiento Administra-tivo Común».
Montilla, 1 de Diciembre de 2008.— El Alcalde, P.D., Fdo. Anto-nio Millán Morales.
———Núm. 12.770
A N U N C I OA los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real De-
creto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite elartículo 177.2 de la misma Ley y artículo 20.3 en relación con el38.2 del Real Decreto 500/1990 de 20 de Abril.
Se hace público, para general conocimiento que esta Corpora-ción en sesión plenaria celebrada el día 26/11/2008, adoptó acuer-do inicial que ha resultado definitivo, al no haberse presentadoreclamaciones contra el mismo, de aprobar el expte. nº 48/2008,de suplemento de créditos, que afecta al vigente presupuesto de2008 de esta Corporación, financiado con nuevos ingresos, deconformidad con el siguiente detalle a nivel de capítulos:
B. O. P. núm. 229 Viernes, 19 de diciembre de 2008 8971
Estado de Ingresos:
Capítulo Denominación Importe
6 Otras enajenaciones de terrenos 622.590,16Total….. 622.590,16Estado de Gastos:
Capítulo Denominación Importe
9 Amortización de préstamos 622.590,16Total….. 622.590,16Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de lasBases del Régimen Local, los interesados podrán interponer di-rectamente recurso contencioso-administrativo en la forma y pla-zos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no sus-penderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Montilla, 19 diciembre de 2008.—La Alcaldesa, P.D. (BOP 12/7/2007), Fdo. Antonio Millán Morales.
LA RAMBLA
Núm. 12.726Manuel Fernández Campos, Alcalde Presidente del Excmo. Ayun-
tamiento de la Ciudad de La Rambla (Córdoba), hace saber:Que aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en Se-
sión extraordinaria, celebrada el día 20 de noviembre de 2008, elExpediente de Modificación de Créditos, Crédito Extraordinario(3) 06/2008 (BOLETÍN OFICIAL de la Provincia nº 214, de 27 denoviembre de 2008), seguidamente trascrito, y habiendo perma-necido expuesto durante quince días hábiles, sin que se hayapresentado alegación o reclamación alguna, de conformidad conlo preceptuado en el art. 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se considera definitiva-mente aprobado el mismo.
EXPTE. MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚM. 06/2008(3)
GASTOS:
I.- CRÉDITOS EN AUMENTO
A) CRÉDITO EXTRAORDINARIOa) Financiado con Bajas de créditoPARTIDA CONCEPTO IMPORTE
9113.467.02 Transferencia a Consorcio IMPRA 19.405,24 €SUMAN 19.405,24 €
INGRESOS:
II.- PROCEDENCIA DE LOS FONDOS
PARTIDA CONCEPTO IMPORTE
1213.224.01 Primas Seguros a Vehículos 2.000,00 €2231.226.10 Protección Civil. Diversos Generales 2.000,00 €3222.226.09 Aportación Municipal Taller de
Empleo Piscina Municipal. 1.706,50 €4323.213.00 Material Alumbrado Público 6.298,74 €4324.213.00 Mantenimiento Ascensor Casa
Consistorial 1.800,00 €4442.213.00 Desarrollo Catálogo Ambiental 500,00 €4442.226.02 Medio Ambiente-Campaña
Difusión Acciones Agenda 21 800,00 €4442.226.11 Plan Educación Ambiental (Guía) 1.000,00 €4511.226.00 Cultura-Derechos de Autor 600,00 €4514.131.00 Personal Laboral Festejos 500,00 €4521.212.00 Mantenimiento y Conservación de
Contra dicha aprobación definitiva, podrá interponerse recurso Con-tencioso-Administrativo, a partir de la publicación del presente anuncioen el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, en la forma y plazos queestablecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción.
La Rambla a 18 de diciembre de 2008.—El Alcalde, Fdo: Ma-nuel Fernández Campos.
SANTA EUFEMIA
Núm. 12.749A N U N C I O
Don Elías Romero Cejudo, Alcalde-Presidente del Ayuntamientode Santa Eufemia (Córdoba), hago saber:
Que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día3 de diciembre de 2008, aprobó inicialmente la Ordenanza fiscalreguladora de la tasa por la prestación del servicio público provin-cial de Ayuda a Domicilio en los municipios menores de 20.000habitantes.
Lo que se pone de manifiesto para que los interesados pue-dan examinar el expediente en el plazo de 30 días, a contardesde el siguiente a la publicación de este anuncio en el BO-LETÍN OFICIAL de la Provincia y plantear las objeciones queestimen pertinentes.
En el caso de que no se presenten reclamaciones al expedien-te en el plazo indicado, se entenderá definitivamente adoptado elacuerdo, hasta entonces provisional.
Santa Eufemia, a 15 de diciembre de 2008.—El Alcalde, firmailegible.
CARCABUEY
Núm. 12.385A N U N C I O
D. Rafael Sicilia Luque, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento deCarcabuey, mediante el presente hace saber:Que el día 5 de Diciembre y mediante la adopción del corres-
pondiente acuerdo plenario y de conformidad con el régimen pre-visto en la Ley 25/1.998 de 13 de Julio, se procedió a la modifica-ción de las Ordenanzas siguientes:
- Ordenanza fiscal Impuesto sobre Bienes Inmuebles.- Ordenanza fiscal Impuesto sobre Vehículos de Tracción
Mecánica.- Ordenanza fiscal Impuesto sobre Construcciones, Instala-
ciones y Obras.- Ordenanza fiscal Impuesto sobre Incremento Valor de los
Terrenos.- Ordenanza fiscal sobre Impuesto Actividades Económicas.- Ordenanza fiscal Ocupación Terrenos Uso Público con mer-
cancías, materiales de construcción y otras.- Ordenanza Tasa Ocupación Terrenos Uso Público con me-
sas, sillas, etc.- Ordenanza fiscal por Entrada de Vehículos a través de las
aceras y reservas de vía pública.- Ordenanza fiscal por documentos que se expidan.- Ordenanza fiscal por Cementerios Locales.- Ordenanza fiscal por Distribución de Agua.- Ordenanza fiscal Servicio de Piscina.- Ordenanza fiscal Servicio de Mercado.- Ordenanza de Circulación.- Ordenanza Tasa Otorgamiento Licencias Apertura Es-
tablecimientos.- Ordenanza Tasa Instalación de Puestos, Barracas, etc.- Ordenanza Tasa Prestación Servicio Ayuda a Domicilio.De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la
Ley 39/1.988 de 28 de Diciembre, con la redacción dada por laLey 50/1.998, y en concordancia con lo fijado en los artículos15 y siguientes del R.D.L. 2/2.004, de 5 de Marzo, por el quese aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, dicho expediente y el texto íntegro de lasOrdenanza, se exponen al público por espacio de 30 días,encontrándose en la Secretaría del Ayuntamiento a disposi-ción pública, a los efectos de que los interesados puedanexaminarlo y presentar las reclamaciones que estimen opor-tunas. En el supuesto de que no se formulen reclamaciones,se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta en-tonces provisional.
Lo que se hace público para general conocimiento.Carcabuey, 9 de Diciembre del 2008.—El Alcalde, Fdo: Ra-
fael Sicilia Luque.
CASTRO DEL RÍO
Núm. 12.771Elevado a definitivo el acuerdo del Ayuntamiento Pleno, adop-
tado en sesión extraordinaria, celebrada el día 20 de Noviem-bre de 2008, sobre aprobación inicial del expediente de modi-ficación de créditos núm. 3/2008, dentro del PresupuestoMunicipal Ordinaria, al no haberse presentado reclamaciónalguna, el mismo, se expone al público, detallándose a conti-nuación los capítulos afectados, de conformidad con el artí-
8972 Viernes, 19 de diciembre de 2008 B. O. P. núm. 229
culo 169.3 y 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladorade las Haciendas Locales:
ALTAS EN CAPITULOS DE GASTOS:
Capítulo I.- Gastos de Personal..........................42.484,74 EurosCapítulo II.- Gastos en bienes corrientes y
Concepto 870.00.- Aplicación para financiaciónde créditos extraordinarios.................................49.650,58 Euros
Concepto 870.01.- Aplicación para financiación de suplemen-tos de créditos.....................................................64.737,38 Euros
TOTAL FINANCIACION...................................114.387,96 EurosCastro del Río, 18 de diciembre de 2008.—El Alcalde, Fdo.:
José Antonio García Recio.
ANUNCIOS DE SUBASTA
A Y U N T A M I E N T O S
MONTEMAYOR
Núm. 12.193A N U N C I O
Por Resolución de Alcaldía de fecha 3 de febrero de 2008, seaprobó la adjudicación provisional del contrato del servicio deElaboración de Plan estratégico y Plan especial de Moderniza-ción de la Gestión Municipal en el Ayuntamiento de Montemayorlo que se publica a los efectos del artículo 135.3 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.1.- Entidad Adjudicadora
a) Organismo.- Ayuntamiento de Montemayor.b) Dependencia que tramita el expediente.- Secretaría de
Ayuntamiento.2.- Objeto del contrato
a) Contrato de Elaboración de Plan estratégico y Plan especialde Modernización de la Gestión Municipal en el Ayuntamiento deMontemayor.3.-Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación
Negociado sin publicidad.4.- Presupuesto base de licitación
Importe total 20.210,73 € y 3.233,72 € de IVA.5.- Adjudicación Provisional
a) Fecha 3 de diciembre de 2008.b) Contratista.- INGENOVA CONSULTING SLU.c) Nacionalidad.- Española.d) Importe de adjudicación.- 20.210,73 € y 3.233,72 € de IVA.En Montemayor a 4 de diciembre de 2008.— El Alcalde, José
Díaz Díaz.
LUCENA
Núm. 12.517ANUNCIO DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATA-
CIÓN, POR TRAMITACION ORDINARIA Y PROCEDI-
MIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE
ANIMALES DOMÉSTICOS.
1.- Entidad adjudicadora:a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Lucena (Córdoba).b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de
Contratación.c) Número de expediente: SE-23/08.
2.- Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Servicio de recogida, transporte,
albergue y tratamiento de animales domésticos, vagabundos,abandonados o perdidos.
b) División por lotes y número: No.c) Lugar de ejecución: Lucena (Córdoba).d) Plazo de ejecución: Tres años.
3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.
4.- Presupuesto base de licitación. 205.950,00 euros, exclui-do IVA, mejorable a la baja.5.- Garantía Provisional: No.
Este Boletín ha sido impreso en PAPEL RECICLADO.Con ello esta Diputación contribuye a laCONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA
6.- Obtención de documentación e información:a) Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Lucena (Córdoba). Ne-
gociado de Contratación.b) Domicilio: Edificio Gerencia Municipal de Urbanismo, Pa-
saje Cristo del Amor, 1-1ºc) Localidad y código postal: Lucena (Córdoba), 14900.d) Teléfono: 957-500490e) Fax: 957-509033f) Fecha límite de obtención de documentos e información:
De lunes a viernes, de 9,00 a 14,00 horas, durante el plazo depresentación de proposiciones.7.- Requisitos específicos del contratista.
a) Clasificación: Nob) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y
profesional: El licitador deberá disponer de las instalacionesapropiadas, inscritas como núcleo zoológico según la legisla-ción vigente.8.- Presentación de las ofertas:
a) Fecha límite de presentación: En días hábiles, de lunes aviernes y de 9´00 a 14´00 horas y en el plazo de 15 díasnaturales a contar desde el siguiente al que aparezca publica-do el anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de laProvincia de Córdoba. Si el último día del plazo fuese sábado,domingo o festivo se entenderá prorrogado al primer día hábilsiguiente.
b) Documentación a presentar: La determinada en el Pliegode Cláusulas Administrativas Particulares.
c) Lugar de presentación:1ª.- Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Lucena (Córdoba).
Negociado de Contratación.2ª.- Domicilio: Edificio Gerencia Municipal de Urbanismo,
Pasaje Cristo del Amor, 1-1º3ª.- Localidad y código postal: Lucena (Córdoba), 14900.d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mante-
ner su oferta: Dos meses9.- Apertura de proposiciones:
a) Entidad: Mesa de Contratación constituida conforme al anexoVIII del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
b) Domicilio: Edificio Gerencia Municipal de Urbanismo, Pa-saje Cristo del Amor, 1-1º
c) Localidad: Lucena (Córdoba).d) Fecha: El primer día hábil siguiente al tercero natural,
después del último de presentación de proposiciones, la Mesade Contratación calificará los documentos presentados entiempo y forma; efectuándose el acto público de apertura delas proposiciones económicas a continuación del acto de ca-lificación, en el mismo día, si todas las proposiciones presen-tadas resultasen calificadas favorablemente, o el primer díahábil siguiente al sexto natural desde la previa calificación, sise observaran defectos materiales en la documentación pre-sentada por algún licitador. Si los indicados días fuesen sába-do, los actos se demorarán hasta el primer día hábil siguiente,a la misma hora.
e) Hora: A las 9’00 horas.10.- Gastos de anuncios: Serán a cargo del adjudicatario, porimporte máximo de 200,00 euros.11.- Perf i l del contratante: http:/ /www.aytolucena.es/contratacion/
Lucena, 12 de diciembre de 2008.—El Alcalde, Fdo.: JoséLuis Bergillos López.