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Página 1 de 16 Versión 1.1.0 Guía para Determinar el Alcance Conforme al Estándar de Pesca de Captura Noviembre de 2018 Guía para Determinar el Alcance Conforme al Estándar de Pesca de Captura Fair Trade USA Versión 1.1.0 A. Introducción El Estándar de Pesca de Captura (CFS) de Fair Trade USA contempla un conjunto general de requisitos que cubren diversos grupos de pescadores e Instalaciones de Procesamiento. El alcance de un Certificado puede cubrir un grupo de embarcaciones/pescadores (es decir, Asociación/Cooperativa de Pescadores 1 ), diversos grupos y/o una Instalación de Procesamiento que compra de uno o más grupos de embarcaciones. Puesto que el CFS se puede aplicar a distintas entidades, el alcance de un Certificado en particular puede variar considerablemente. Verificar que se sigan los requisitos del alcance es importante para velar por que el alcance propuesto cumpla los requisitos de la certificación y se evalúe el cumplimiento de todos los requisitos correspondientes en cada entidad durante la auditoría. B. Objetivo Este documento guía ofrece asistencia paso a paso para determinar el alcance de un Certificado conforme al CFS. Los requisitos completos respecto de qué sitios deben y se pueden incluir en el alcance se describen en una política separada, “Requisitos del Alcance del Certificado Conforme al Estándar de Pesca de Captura, que se puede descargar del sitio web de Fair Trade USA. Este documento guía explica dicha política con más detalle y aporta ejemplos, y su objetivo es ayudar a los usuarios a comprender qué entidades y sitios de una cadena de suministro deben o pueden ser incluidos en el Certificado y cuáles requisitos son aplicables a cada uno de los actores de la cadena de suministro. El alcance se determina antes de llevar a cabo una auditoría, usando información de la postulación, para velar por que el alcance propuesto cumpla los criterios de la certificación y se evalúe el cumplimiento de todos los requisitos aplicables durante la auditoría. 1 Tome en cuenta que conforme al programa de Productos Marinos de Comercio Justo, los Pescadores Registrados deben estar organizados en Asociaciones de Pescadores (FA) o cooperativas. Para obtener más información acerca de quién debe formar parte de una Asociación de Pescadores, lea la sección de Definiciones en la Introducción del Estándar de Pesca de Captura, disponible en el sitio web de Fair Trade USA.
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Guía para Determinar el Alcance Conforme al Estándar de Pesca de Captura Fair Trade USA

Versión 1.1.0

A. Introducción

El Estándar de Pesca de Captura (CFS) de Fair Trade USA contempla un conjunto general de requisitos

que cubren diversos grupos de pescadores e Instalaciones de Procesamiento. El alcance de un

Certificado puede cubrir un grupo de embarcaciones/pescadores (es decir, Asociación/Cooperativa de

Pescadores1), diversos grupos y/o una Instalación de Procesamiento que compra de uno o más grupos de

embarcaciones.

Puesto que el CFS se puede aplicar a distintas entidades, el alcance de un Certificado en particular puede

variar considerablemente. Verificar que se sigan los requisitos del alcance es importante para velar por

que el alcance propuesto cumpla los requisitos de la certificación y se evalúe el cumplimiento de todos los

requisitos correspondientes en cada entidad durante la auditoría.

B. Objetivo

Este documento guía ofrece asistencia paso a paso para determinar el alcance de un Certificado

conforme al CFS. Los requisitos completos respecto de qué sitios deben y se pueden incluir en el alcance

se describen en una política separada, “Requisitos del Alcance del Certificado Conforme al Estándar de

Pesca de Captura”, que se puede descargar del sitio web de Fair Trade USA. Este documento guía

explica dicha política con más detalle y aporta ejemplos, y su objetivo es ayudar a los usuarios a

comprender qué entidades y sitios de una cadena de suministro deben o pueden ser incluidos en el

Certificado y cuáles requisitos son aplicables a cada uno de los actores de la cadena de suministro.

El alcance se determina antes de llevar a cabo una auditoría, usando información de la postulación, para

velar por que el alcance propuesto cumpla los criterios de la certificación y se evalúe el cumplimiento de

todos los requisitos aplicables durante la auditoría.

1 Tome en cuenta que conforme al programa de Productos Marinos de Comercio Justo, los Pescadores Registrados deben estar organizados en Asociaciones de Pescadores (FA) o cooperativas. Para obtener más información acerca de quién debe formar parte de una Asociación de Pescadores, lea la sección de Definiciones en la Introducción del Estándar de Pesca de Captura, disponible en el sitio web de Fair Trade USA.

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C. Alcance y Aplicabilidad

Este documento se aplica a todas las entidades certificadas conforme al Estándar de Pesca de Captura

de Fair Trade USA.

D. Documentos Relacionados

• Estándar de Pesca de Captura, versión 1.1.0

• Requisitos del Alcance del Certificado Conforme al Estándar de Pesca de Captura

1. Roles y Responsabilidades del Titular del Certificado

1.1. Identificación del Titular del Certificado

El Titular del Certificado es quien mantiene el Certificado CFS a nombre de una o más entidades de su

cadena de suministro. El modelo más simple se muestra en la Figura 1, con una Asociación de

Pescadores o cooperativa (FA/Cooperativa) única que mantiene el Certificado y captura y procesa sus

propios productos que serán vendidos como productos marinos Comercio Justo (CJ). Considere que

conforme al CFS, una Asociación de Pescadores o cooperativa estará compuesta por Pescadores

Registrados2 y, cuando corresponda, por otros miembros (vea una definición completa en el Estándar de

Pesca de Captura).

Figura 1

Una estructura de cadena de suministro más común es donde una Instalación de Procesamiento mantiene

el Certificado y compra de una más FA/Cooperativas que forman parte del programa Comercio Justo. En

la Figura 2, la Instalación de Procesamiento A es el Titular del Certificado, y compra y procesa los

productos marinos capturados por FA/Cooperativas, A, B y C. En este caso, tanto las FA/Cooperativas A,

B y C, y la Instalación de Procesamiento A están dentro del alcance del Certificado.

2 Los Pescadores Registrados son los pescadores del Programa Comercio Justo que se han incorporado a una o a varias Asociaciones de Pescadores Comercio Justo (FA). Todos los capitanes y patrones de embarcaciones que pescan productos marinos Comercio Justo deben ser Pescadores Registrados. Vea más información acerca de quién puede ser considerado un Pescador Registrado en la sección

Definiciones de la Introducción del Estándar de Pesca de Captura.

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Figura 2

La Instalación de Procesamiento A también puede vender productos marinos Comercio Justo a otro Titular

del Certificado. En el ejemplo de la Figura 3, las Instalaciones de Procesamiento A y B venden productos

marinos Comercio Justo a la Instalación de Procesamiento C, que también compra productos marinos

certificados directamente de pescadores. En este caso, existen tres Certificados, cada uno en poder de

una Instalación de Procesamiento diferente. Los pescadores de la FA/Cooperativa A o B está cubiertos

por el alcance del Certificado que está en poder de la Instalación de procesamiento A. Los pescadores de

las FA/Cooperativas C y D están cubiertos por el Certificado que está en poder de la Instalación de

Procesamiento B. Por último, la FA/Cooperativa E estará cubierto por el Certificado de la Instalación de

Procesamiento C (Figura 3).

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Figura 3

En aquellos casos en los que un Titular del Certificado compra productos marinos Comercio Justo de

otros Titulares del Certificado, puede haber una combinación de Instalaciones de Procesamiento y

Pescadores Registrados en diferentes etapas del programa Comercio Justo. Es decir, en el ejemplo que

se muestra en la Figura 3, puede ser posible que la Instalación de Procesamiento A esté en el Año 1,

mientras que las otras dos Instalaciones de Procesamiento estén en el Año 4. Mientras todos cumplan su

respectivo año de certificación, pueden comprar y vender productos marinos Comercio Justo el uno del

otro.

También es posible que un Titular del Certificado incluya solo a alguno de sus proveedores en el alcance

de su Certificado CFS. Por ejemplo, la Figura 4 muestra un caso en que la Instalación de Procesamiento

A (el Titular del Certificado), compra y procesa productos marinos de tres FA/Cooperativas. En este

ejemplo, el Titular del Certificado optó por excluir a la FA/Cooperativa C del Certificado CFS o la

FA/Cooperativa C no quiso formar parte del programa Comercio Justo. La FA/Cooperativa C estaría fuera

del alcance del Certificado CFS, por lo tanto, los productos marinos que ofrecen no están certificados y no

pueden venderse en condiciones Comercio Justo. Este caso solo es posible si existe un sistema

adecuado de trazabilidad que garantice que solo los productos abastecidos por las FA/Cooperativas A y B

serán vendidos como Comercio Justo. La Instalación de Procesamiento A debe demostrar que cuenta con

líneas de procesamiento separadas para los productos marinos que provienen de pescadores certificados

y no certificados, así como transparencia y trazabilidad de los productos marinos obtenidos y vendidos

como certificados y no certificados.

La Instalación de Procesamiento A puede optar por vender todos los productos marinos como no

certificados si así lo desea. Sin embargo, si decide vender todos los productos marinos como certificados,

tendría que ampliar el alcance del Certificado e incluir a la FA/Cooperativa C. Si este fuera el caso, tendría

que ingresar al programa en la misma etapa en la que están las demás FA/Cooperativas que ya están

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bajo el alcance del Certificado CFS (es decir, si las FA/Cooperativas A y B están en el Año 3, la

FA/Cooperativa C debería empezar el programa en el Año 3 y cumplir todos los requisitos).

Figura 4

Una Instalación de Procesamiento puede vender productos marinos no certificados y certificados por

Comercio Justo. Esta también es una posibilidad para las FA/Cooperativas. La Figura 5 muestra el

ejemplo de un TC que vende productos marinos Comercio Justo a otro TC. Sin embargo, la

FA/Cooperativa A, que está dentro del alcance del Certificado en poder de la Instalación de

procesamiento A, también está vendiendo productos marinos en condiciones no de Comercio Justo a una

segunda planta, la Instalación de Procesamiento B. Vale la pena destacar que aun cuando la

FA/Cooperativa A está bajo el alcance del Certificado CFS, no está certificada de manera individual (no es

un Titular del Certificado del CFS), de manera tal que cualquier producto que venda a otros compradores

(por ejemplo, la Instalación de Procesamiento B en la Figura 5) no estará certificado por Comercio Justo.

En este escenario, la Instalación de Procesamiento A solo compra productos marinos de las

FA/Cooperativas que están dentro del alcance de su Certificado, por lo tanto, puede vender todos sus

productos marinos conforme a condiciones Comercio Justo. Por su parte, la Instalación de Procesamiento

B no está certificada y por lo tanto, no puede comprar ni vender productos marinos en condiciones

Comercio Justo.

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Figura 5

1.2. Restricciones y Responsabilidades del Titular del Certificado

En general, el Titular del Certificado es un actor en la cadena de suministro que compra y vende

productos marinos Comercio Justo y que se ubica en el mismo país donde se desembarca el producto.

Puede ser una FA/Cooperativa, una Instalación de Procesamiento que compra productos crudos o

parcialmente procesados de una o más FA/Cooperativas, o un exportador o importador que compra

productos marinos parcialmente o totalmente procesados de Instalaciones de Procesamiento y/o

FA/Cooperativas. En algunas circunstancias, el Titular del Certificado puede ser una entidad que no está

directamente involucrada en la cadena de suministro, como por ejemplo una organización no

gubernamental (ONG), pero esto no es recomendable y requiere un análisis más de fondo con Fair Trade

USA.

El Titular del Certificado debe o bien: a) estar en el mismo país en el cual se desembarcan los productos

marinos Comercio Justo; b) tener una filial de propiedad local mayoritaria que se haga responsable del

Sistema de Gestión Interna (SGI); o c) tener suficiente personal con presencia local o haber subcontratado

a una organización de apoyo local como socio en la implementación para gestionar todo o parte del SGI.

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2. Identificación de Productos Elegibles para la Certificación

2.1. Productos Cubiertos por el Alcance del Certificado

2.1.1. Cualquier especie o subespecie marina y diadroma3 de peces óseos están dentro del alcance del Certificado y puede ser objeto de certificación conforme al Estándar de Pesca de Captura.

2.1.2. Las pesquerías mejoradas4 pueden ser certificadas siempre y cuando:

• La pesquería esté sustentada en el ambiente silvestre: Por lo menos un punto de la producción

depende de la captura de la especie marina en su estado silvestre. Esto puede ser en cualquier

etapa del ciclo vital (ovas, larvas, juveniles o adultos) y se refiere solo a ecosistemas marinos.

• Las especies son nativas: Las especies provienen de la región geográfica donde se está

mejorando la pesquería.

• La recuperación de la población no depende de stocks artificiales: La población continuaría

recuperándose aún a falta de repoblamiento artificial. Esto significa que sin interferencia humana,

la población no ha alcanzado un punto de no retorno.

• La producción de pescado no depende de suministros adicionales de alimentos en etapas tardías

de la vida: El sistema de producción no necesita el aumento del suministro de alimentos para nutrir

y mantener a los animales adultos. No se permiten las reservas de crianza de animales marinos

(sea-ranching).

• No se suministran medicamentos de manera regular: Durante la fase de producción en cautiverio,

no existen mecanismos rutinarios de prevención de enfermedades que impliquen productos

químicos o compuestos con propiedades profilácticas medicinales.

• Las modificaciones del hábitat son reversibles: Cualquier cambio en el hábitat natural es reversible

y no provoca daños a la estructura y la función del ecosistema.

2.2. Productos No Cubiertos por el Alcance del Certificado

2.2.1. Las siguientes pesquerías y especies no están cubiertos por el alcance del Certificado:

• Plantas, mamíferos, aves marinas, anfibios, reptiles o productos acuícolas en peligro de extinción,

amenazados o protegidos (ETP).

• Especies de agua dulce.

3 Una especie diadroma se refiere a especies de peces que migran entre aguas saladas y aguas dulces con fines reproductivos (desove). 4 Las características para definir las pesquerías mejoradas se tomaron del documento “MSC Fisheries Certification Requirements and

Guidance”, versión 2.0, octubre de 2014. pág. 25.

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3. Identificación de Sitios y Actividades Cubiertos por el Alcance del

Certificado

Un Certificado CFS Comercio Justo es propiedad de una empresa, FA/Cooperativa. Sin embargo, no

todos los sitios del Titular del Certificado, ni todos sus proveedores, deben estar cubiertos por el alcance

del Certificado. Esta sección explica cuáles sitios y actividades deben incluirse en el alcance del

Certificado y deben cumplir el CFS a cabalidad para que se otorgue la certificación.

Los sitios que no están dentro del alcance del Certificado CFS deben seguir las “Consideraciones para

Sitios No Cubiertos en el Alcance del Certificado” que se describen en la Sección 5 de este documento.

3.1. Definición de Sitio

Por sitio se entiende cualquier agrupación natural de embarcaciones, áreas de desembarque o edificios

de Instalaciones de Procesamiento con una fuerza laboral en común que puede cruzarse durante el día

aun cuando no trabaje junta. Incluye, por ejemplo, un complejo de edificio con entrada común, incluso si

algunas zonas no manipulan ni procesan productos marinos Comercio Justo. Esto significa que todas las

áreas de desembarque, instalaciones de procesamiento, etc. de un mismo sitio deben cumplir a cabalidad

con el CFS, incluso si no procesan productos marinos Comercio Justo. El objetivo acá es que los

trabajadores que comparten lugares de trabajo, viviendas, comedores o zonas de descanso tienen

condiciones laborales similares, incluso si no todos manipulan productos marinos Comercio Justo.

Todos los sitios incluidos en el alcance del Certificado deben cumplir con la totalidad de los requisitos del

CFS en todo momento, incluso cuando no están cosechando ni procesando productos marinos Comercio

Justo. Por ejemplo, una planta de procesamiento certificada por CFS, que procesa productos marinos con

y sin certificación Comercio Justo, debe seguir la totalidad del CFS en todo momento, incluso cuando no

está procesando productos marinos Comercio Justo.

Las viviendas provistas a la tripulación o a los trabajadores por parte de la administración del sitio son

consideradas parte del sitio, incluso si se ubican en otro lugar, y deben formar parte del alcance del

Certificado y de la auditoría.

3.2. Determinar Cuáles Sitios y Actividades Deben Incluirse en el Certificado

3.2.1. Pesca

Todas las embarcaciones que pescan productos marinos Comercio Justo siempre deben incluirse en el

alcance del Certificado y de la auditoría, incluso si toda la tripulación corresponde a fuerza laboral

subcontratada. Por lo tanto, si el Titular del Certificado es una Instalación de Procesamiento, la compra de

productos de una FA/Cooperativa, todos los Pescadores Registrados que forman parte de la

FA/Cooperativa, así como cualquier tripulante o trabajador que trabaja para ellas, debe estar cubierto por

el alcance del Certificado.

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3.2.2. Procesamiento, Envasado, Clasificación de Calidad y Transformación de

Productos

La primera Instalación de Procesamiento antes de la exportación donde se procesan productos marinos

Comercio Justo siempre debe estar incluida en el alcance del Certificado. Si el procesamiento, el

envasado, la clasificación de calidad o la transformación del producto se realizan en un sitio administrado

por el Titular del Certificado, incluso si esto se lleva a cabo por medio de una entidad subcontratada en el

sitio, deben ser incluidos en el alcance del Certificado. Del mismo modo, si estas actividades ocurren en el

sitio de un intermediario que compra productos de una FA/Cooperativa y luego los vende al Titular del

Certificado, estos sitios y actividades deben ser incluidos en el alcance del Certificado.

Si la FA/Cooperativa es el Titular del Certificado y no es la propietaria ni administra el sitio donde se lleva

a cabo el primer procesamiento, entonces este no se incluye en el alcance del Certificado. En este caso,

la primera Instalación de Procesamiento debe cumplir con el Estándar de Comercio de Fair Trade USA.

En casos en los que el procesamiento, el envasado, la clasificación de calidad o la transformación del

producto se subcontratan en el sitio de un tercero, pero el Titular del Certificado u otra entidad que está

incluida en el alcance del Certificado mantiene la propiedad del producto, la actividad no tiene que estar

incluida en el alcance del Certificado pero sí debe seguir las “Consideraciones para Sitios No Cubiertos en

el Alcance del Certificado” que se describen en la Sección 5 de este documento.

En el caso de una instalación de procesamiento que procesa productos marinos con y sin certificación

Comercio Justo, todos los trabajadores y actividades de la instalación se incluyen en el alcance del

Certificado. Por ejemplo, una instalación de procesamiento puede tener dos líneas de producción, una

para envasar productos marinos Comercio Justo para exportación y otra para envasar productos marinos

que no son Comercio Justo para ventas nacionales. Las condiciones laborales de los trabajadores de

ambas líneas deben cumplir con el CFS en todo momento. En otro ejemplo, una instalación cubierta por el

alcance que procesa productos marinos con y sin certificación Comercio Justo debe seguir la totalidad del

CFS en todo momento, incluso cuando no está procesando productos marinos Comercio Justo.

EJEMPLO

El siguiente ejemplo ilustra un caso en el cual una FA/Cooperativa captura, desembarca y procesa

productos marinos, y los vende a una Instalación de Procesamiento de propiedad de una entidad

separada, la Instalación de procesamiento A. Hay dos alternativas para establecer este Certificado, como

se muestra en las Figuras 6 y 7.

Opción 1: La FA/Cooperativa es el Titular del Certificado (Figura 6). Todos los Pescadores Registrados

que forman parte de la FA/Cooperativa, así como cualquier tripulante o trabajador contratado por ellos,

siempre deben estar incluidos en el alcance del Certificado. Esto deberá respetarse mientras realicen

trabajos en sitios de desembarque y en embarcaciones incluidas en el alcance del Certificado, incluso si

manipulan productos marinos que no son Comercio Justo.

En este caso, la FA/Cooperativa vende productos marinos Comercio Justo a la Instalación de

Procesamiento A independiente. Por lo tanto, la Instalación de Procesamiento A, así como todos sus

trabajadores, no serán incluidos en el alcance del Certificado, pero deben cumplir el Estándar de

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Comercio de Fair Trade USA. En este ejemplo, la FA/Cooperativa es responsable de asegurar que todos

los que estén cubiertos cumplan con la totalidad del CFS. Si así lo desea, el Titular del Certificado puede

incluir la Instalación de procesamiento A en el alcance del Certificado. Sin embargo, tienen que hacerse

cargo de garantizar que la Instalación de Procesamiento A cumpla el CFS a cabalidad y en todo momento.

Figura 6

Opción 2: La Instalación de Procesamiento A es el Titular del Certificado (Figura 7). En este escenario, el

alcance sería más amplio. La FA/Cooperativa que vende productos marinos Comercio Justo a la

Instalación de Procesamiento A, así como la propia instalación en su conjunto y todos sus trabajadores,

quedarían bajo el alcance del Certificado. Aquí, la Instalación de Procesamiento A, en su calidad de Titular

del Certificado, es responsable de asegurar que todos los que están cubiertos cumplan con el CFS a

cabalidad y en todo momento.

Los sitios en los que se llevan a cabo actividades de procesamiento y envasado con posterioridad a la

Instalación de Procesamiento A no necesitan cumplir con los requisitos del CFS a menos que el Titular del

Certificado decida incluirlos. Sin embargo, cualquier entidad que compra o venda productos marinos

Comercio Justo después del Titular del Certificado debe cumplir con el Estándar de Comercio de Fair

Trade USA.

Figura 7

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3.2.3. Almacenamiento y Transporte del Producto

Otros sitios terrestres donde solo se almacenan o transportan productos marinos Comercio Justo no

necesitan ser incluidos en el alcance del Certificado, aunque el Titular del Certificado puede decidir

incluirlos. Si no están incluidos, estos sitios deben seguir las “Consideraciones para Sitios No Cubiertos en

el Alcance del Certificado” que se describen en la Sección 5 de este documento.

4. Determinar Actividades e Individuos dentro del Alcance en Sitios

Cubiertos

Para cualquier embarcación y sitio dentro el alcance del Certificado, todo el trabajo regular a bordo y en el

sitio, los Pescadores Registrados, los tripulantes y los trabajadores de la cadena de producción están

incluidos en el alcance del Certificado. Esto se aplica asimismo a los individuos temporales y

permanentes, individuos empleados directamente por los Pescadores Registrados y aquellos empleados a

través de un contratista laboral.

Por trabajo regular se entiende cualquier servicio relacionado con la pesca y el procesamiento, incluso si

no es para un producto Comercio Justo. Esto incluye, pero sin limitaciones, toda la pesca y el

mantenimiento/limpieza regular de aparejos de pesca, embarcaciones, equipos, sitios de desembarque o

Instalaciones de Procesamiento. Los proyectos de corto plazo que no son productivos, como una

construcción especial, no se consideran trabajo regular.

Considere que cualquier miembro de la familia que lleve a cabo labores para y con los Pescadores

Registrados, incluso sin remuneración, queda incluido en el alcance del Certificado y sus condiciones

laborales deben cumplir con los requisitos del CFS.

Es importante destacar que no todos los trabajadores cubiertos por el alcance del Certificado tendrán

necesariamente que ser parte del grupo de Participantes de la Prima Comercio Justo, quienes son

responsables de elegir el Comité Comercio Justo y decidir sobre cómo usar la Prima Comercio Justo. Vea

la sección sobre “Cómo usar el Estándar de Pesca de Captura” en la Introducción del Estándar respectivo

para saber más sobre la definición de los Participantes de la Prima Comercio Justo.

4.1. Subcontratistas y Contratistas Laborales

Un subcontratista es un individuo o empresa totalmente separada del Titular del Certificado, y de cualquier

otra FA/Cooperativa, o individuo incluido en el alcance del Certificado, que presta servicios fuera del sitio

para procesar, envasar o transformar productos marinos Comercio Justo sin tener la propiedad legal de

los mismos. El trabajo subcontratado siempre tiene lugar fuera del sitio y el subcontratista no necesita

estar cubierto por el Certificado CFS; sin embargo, sí debe seguir los requisitos de la Sección 5 de este

documento.

Un contratista laboral es una entidad contratada para prestar servicios en una embarcación y/o en un sitio

incluido en el alcance del Certificado, o para ofrecer mano de obra o fuerza laboral (es decir, tripulantes o

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trabajadores). Por ejemplo, si una FA/Cooperativa contrata a una empresa para que provea tripulantes o

trabajadores, la mano de obra contratada queda cubierta por el alcance. Como se indicó más arriba,

cualquier trabajo regular en una embarcación o sitio cubierto por el alcance del Certificado se incluye en el

alcance de los requisitos del CFS, incluso si es realizado por un contratista. Cualquier contratista laboral

cubierto por el alcance del Certificado tendrá que poner su contabilidad a disposición del auditor para que

este revise el cumplimiento con el CFS.

5. Consideraciones para Sitios No Cubiertos en el Alcance del

Certificado

En los sitios no cubiertos por el alcance del Certificado donde se almacena, transporta, envasa, procesa,

clasifica la calidad o se manipulan de otro modo productos Comercio Justo, el Titular del Certificado debe

tener un contrato con las entidades. El contrato se asegura de que se sigan los requisitos de trazabilidad,

la entidad cumpla con los Convenios Fundamentales de la OIT y Fair Trade USA y/o un Organismo de

Evaluación de Conformidad aprobado pueda ingresar al sitio para auditar los requisitos del contrato en

cualquier momento dado. Estos requisitos se explican en CFS STR – TC 1.1 y en la Sección 5 del

documento de políticas sobre “Requisitos del Alcance del Certificado Conforme el Estándar de Pesca de

Captura”.

6. Ejemplos de Distintas Alternativas de Certificados en una Cadena

de Suministro

Esta sección se refiere a una cadena de suministro de pesca con distintos niveles de procesamiento para

ilustrar las diferentes alternativas para establecer un Certificado CFS (Figuras 8 – 11). En este ejemplo,

las FA/Cooperativas transportan y venden productos marinos a Instalaciones de Procesamiento A y B

independientes, quienes luego venden los productos procesados a la Instalación de Procesamiento C, que

continúa el proceso de transformación. La Instalación de Procesamiento C subcontrata a entidades

independientes para transportar el producto marino procesado de las Instalaciones A y B a su propia

instalación. Las FA/Cooperativas, así como las Instalaciones de procesamiento A y B están en el mismo

país, mientras que la Instalación de procesamiento C está en otro país. El siguiente diagrama ilustra la

disposición de la cadena de suministro.

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Figura 8

Existen varias alternativas al momento de determinar el Titular del Certificado. Tome en cuenta que en

todas las alternativas descritas a continuación, la Instalación C subcontrata entidades separadas para

transportar los productos marinos. Estos transportes subcontratados no tienen la propiedad legal del

producto, por lo tanto, no están cubiertos por el alcance del Certificado. Sin embargo, sí deben cumplir

con las reglas para las entidades no cubiertas por el alcance del Certificado, descritas en la Sección 5 de

este documento.

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Guía para Determinar el Alcance Conforme al Estándar de Pesca de Captura

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Alternativa 1: La FA/Cooperativa como Titular del Certificado (Figura 9). Como se muestra en la siguiente

figura, las FA/Cooperativas trabajan en conjunto y una de ellas (FA/Cooperativa A) mantiene el Certificado

que cubre a todas. Cada FA/Cooperativa estará cubierta por el alcance del Certificado, así como toda la

tripulación y los trabajadores contratados por los Pescadores Registrados que llevan a cabo la pesca, el

desembarque o el trabajo de procesamiento. Si las Instalaciones de procesamiento A y B no son de

propiedad ni son administradas por las FA/Cooperativas que mantienen el Certificado, entonces ambas

instalaciones quedarían fuera del alcance del Certificado. En este escenario, las Instalaciones de

procesamiento, A, B y C serían consideradas comerciantes que compran de un Titular del Certificado

CFS; por lo tanto, deben cumplir con el Estándar de Comercio de Fair Trade USA.

Figura 9

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Alternativa 2: La primera Instalación de Procesamiento como Titular del Certificado (Figura 10). Las

Instalaciones A y B podrían certificarse de manera individual y cada una ser un Titular del Certificado,

especialmente si compran de distintos grupos de pescadores. En este caso, las Instalaciones A y B no

quedarían cubiertas por el alcance de cada Certificado CFS. Cada FA/Cooperativa, los tripulantes y los

trabajadores contratados por los Pescadores Registrados, así como los trabajadores de las Instalaciones

de Procesamiento A y B, quedarían cubiertos por el alcance del Certificado respectivo. En este ejemplo, la

Instalación de Procesamiento C tendrían que cumplir el Estándar de Comercio de Fair Trade USA.

Tome en cuenta que en este escenario, las FA/Cooperativas incluidas en cada Certificado solo podrían

vender productos marinos en condiciones Comercio Justo a la Instalación de Procesamiento del

Certificado en el que están incluidas.

Figura 10

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Alternativa 3: Segunda Instalación de Procesamiento como Titular del Certificado (Figura 11). La

Instalación de Procesamiento C podría ser el Titular del Certificado, y todas las FA/Cooperativas, sus

tripulantes y trabajadores contratados por los Pescadores Registrados, así como las Instalaciones de

Procesamiento A, B y C con todos sus trabajadores, quedarían cubiertos por el alcance del Certificado

CFS. Tome en cuenta que en este escenario, las FA/Cooperativas, y las Instalaciones A y B solo pueden

vender productos marinos en condiciones Comercio Justo a la Instalación C, que es su Titular del

Certificado. La Instalación de Procesamiento C debe verificar que todos los sitios e individuos cubiertos

por el alcance del Certificado cumplan con el CFS en todo momento.

Como se mencionó anteriormente, la Instalación de Procesamiento C está en un país distinto al de las

demás Instalaciones de Procesamiento y las FA/Cooperativas. Esto es posible siempre y cuando el Titular

del Certificado cuente con suficiente apoyo y empleados para implementar el programa Comercio Justo en

el país donde se desembarcan y se procesan por primera vez los productos marinos.

Figura 11