UNIVERSIDAD DE PANAMÁ FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y POST-GRADO POSTGRADO EN DOCENCIA SUPERIOR ASIGNATURA: REALIDAD EDUCATIVA A NIVEL SUPERIOR. TEMAS: ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR LA FORMACIÓN DEL DOCENTE A NIVEL SUPERIOR. ELABORADO POR: BURGOS ANA RAQUEL GONZÁLEZ KADIR MARTÍNEZ ORLANDO PÉREZ JAIR FACILITADOR: DR. EDUARDO BARSALLO 2014
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UNIVERSIDAD DE PANAMÁ
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN
VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y POST-GRADO
POSTGRADO EN DOCENCIA SUPERIOR
ASIGNATURA:
REALIDAD EDUCATIVA A NIVEL SUPERIOR.
TEMAS:
ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR
LA FORMACIÓN DEL DOCENTE A NIVEL SUPERIOR.
ELABORADO POR:
BURGOS ANA RAQUEL
GONZÁLEZ KADIR
MARTÍNEZ ORLANDO
PÉREZ JAIR
FACILITADOR:
DR. EDUARDO BARSALLO
2014
UNIVERSIDAD DE PANAMÁ
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN
VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y POST-GRADO
INFORME FINAL DEL POSTGRADO EN DOCENCIA SUPERIOR
Índice
Agradecimiento
Abstract
Introducción
CONTENIDO
Capítulo I. ACREDITACIÓN DEL DOCENTE A NIVEL SUPERIOR
A. Definición
B. Marco o Base Legal
C. Función del CONEAUPA
D. Requisitos para aplicar a la Acreditación
E. Beneficios de la Acreditación
F. Fases o Etapas de la Acreditación
Capítulo II. FORMACIÓN DEL DOCENTE A NIVEL SUPERIOR
A. Definición B. Marco o Base Legal C. Componentes (Éticos, Pedagógicos, Científicos, Humanísticos y Tecnológicos) D. Programas de la Formación del Docente a Nivel Superior E. Dificultades de la Formación del Docente F. Perspectivas futuras
Conclusiones
Bibliografía
Anexo
ABSTRACT
El siguiente contenido desarrolla el enfoque de la Acreditación en la Educación Superior en
Panamá, su Marco Legal, la función del CONEAUPA como centro regente de Acreditación
en Panamá, los Requisitos para aplicar a la Acreditación, sus Beneficios, Fases o Etapas,
entre otros.
Además, se presenta una síntesis sobre la Formación del Docente en la Educación
Superior, su Definición, Marco Legal, Componentes Éticos, Pedagógicos, Científicos,
Humanísticos y Tecnológicos; los cuales son la base para la creación de los programas que
existen actualmente en la universidades encargadas de la Formación del docente a Nivel
Superior.
INTRODUCCIÓN
El Sistema de Educación Superior en Panamá, está constituido por las universidades
públicas, particulares (privadas), y por instituciones de Educación Superior que ofrecen
carreras universitarias. El nivel superior incluye estudios a Nivel Técnico (Postmedia),
Licenciatura y estudios de Postgrado, que se clasifican en Especialización, Maestrías y
Doctorados.
Según la Ley 30 del 20 de Julio de 2006, Acreditación es la Certificación emitida por el
Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá, previo análisis de
los procesos de autoevaluación de programas, de la autoevaluación institucional y de la
evaluación por pares externos, para dar fe pública de la calidad de sus programas y de la
institución universitaria en general.
El siguiente contenido desarrolla con mayor énfasis el enfoque de la Acreditación en la
Educación Superior en Panamá, su Marco Legal, la función del CONEAUPA como centro
regente de Acreditación en Panamá, los Requisitos para aplicar a la Acreditación, sus
Beneficios, Fases o Etapas, entre otros.
De igual forma, se presenta una síntesis sobre la Formación del Docente en la Educación
Superior, su Definición, Marco Legal, Componentes Éticos, Pedagógicos, Científicos,
Humanísticos y Tecnológicos; los cuales son la base para la creación de los programas que
existen actualmente en la universidades encargadas de la Formación del docente a Nivel
Superior.
Esperamos que el siguiente informe sirva de base y referencia para los futuros docentes de
Educación Superior, para los que ya ejercen y para la sociedad en general.
CAPITULO I
ACREDITACIÓN DE LA EDUCACIÓN A NIVEL SUPERIOR
A. DEFINICIÓN:
Proceso voluntario al que se someten las instituciones de Educación Superior autónomos,
así como las carreras de pregrado, programas de postgrado y especialidades del área de la
salud que ellas imparten, para contar con una certificación de calidad de sus procesos
internos y resultados.
De acuerdo con Kells, 1989, citado por Zeller (1991, p. 136) la acreditación es un proceso
voluntario (obligatorio en algunos países)ejecutado por pares por medio de agencias, a
menudo no gubernamentales, con la finalidad de llevar a cabo al menos dos tareas.
Contabilizar, sobre una base periódica, los logros alcanzados en términos de las
metas de la institución o de la carrera.
Determinar el grado en que la institución o la carrera han satisfecho los estándares o
patrones establecidos.
En nuestro país la Acreditación se desarrolla en tres sentidos; la Acreditación Institucional,
la Acreditación de Carreras y la Acreditación Organizacional.
El propósito principal del proceso consiste en fomentar mejoramientos e identificar las
instituciones y las carreras que aparecen alcanzando los objetivos establecidos y realizan
sus actividades en concordancia con los patrones vigentes.
B. MARCO O BASE LEGAL.
La Acreditación de la Educación Superior fue aprobada a través de la Ley N°30 del 20 de
julio de 2006, por medio de la cual se crea el Sistema Nacional de Evaluación y
Acreditación para el mejoramiento de la calidad de la Educación Superior Universitaria en
Panamá y la cual establece que toda universidad que funciona en la República de Panamá
debe estar autorizada por el estado.
C. FUNCIÓN DEL CONEAUPA
(CONSEJO NACIONAL DE LA EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN UNIVERSITARIA
DE PANAMÁ).
Como ente rector del sistema nacional de evaluación y acreditación para el mejoramiento
de la calidad de la Educación Superior es responsable de dar fe, ante la sociedad
panameña de la calidad de las universidades. Para este fin, el consejo otorga certificados
de acreditación a todas aquellas instituciones que cumplan con los indicadores y
estándares establecidos en el modelo de evaluación y acreditación institucional
universitaria de panamá.
D. REQUISITOS DE LA ACREDITACIÓN
La institución a nivel superior que desee aplicar a la acreditación, debe cumplir con una
serie de requisitos, dependiendo del tipo de acreditación a la que aplica donde se
mencionan los siguientes:
Copia de la Ley de Creación de la Universidad oficial o del Decreto Ejecutivo de
permiso provisional o indefinido de operación en el caso de universidades
particulares.
Datos generales de la Universidad, nombre, dirección del Campus Central, número
de centros regionales o extensiones y ubicación de cada una, nombre del Rector o