UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD IZTAPALAPA TESIS: IMSS LA PROBLEMÁTICA ACTUAL DE LAS PENSIONES TRABAJO RECEPCIONAL QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADO EN ECONOMÍA. PRESENTAN. ROSALES ZEPEDA TANYA VALDERRAMA ELIZALDE DALILA ASESOR. GUILLERMO MARTINEZ ATILANO México, Distrito Federal Diciembre de 2004 UNIVERSIDAD AUTONOMA METROPOLITANA UAM
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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA
UNIDAD IZTAPALAPA
TESIS: IMSS LA PROBLEMÁTICA ACTUAL
DE LAS PENSIONES
TRABAJO RECEPCIONAL QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE LICENCIADO EN
REFORMAS AL SISTEMA DE PENSIONES. .......................................................... 8 CAPITULO II................................................................................................................. 11 FUNCIONAMIENTO DEL NUEVO SISTEMA DE PENSIONES. ............................ 11
CARACTERISTICAS GENERALES AL NUEVO SISTEMA DE PENSIONES ... 11 AFILIACIÓN ......................................................................................................... 11 CONTRIBUCIONES ............................................................................................. 13 BENEFICIOS ......................................................................................................... 15
VARIABLES QUE AFECTAN EL DESARROLLO DEL NUEVO SISTEMA DE PENSIONES DEL IMSS. .......................................................................................... 17
AFILIACION VOLUNTARIA. ............................................................................. 17 FALTA DE PORTABILIDAD .............................................................................. 19 RENTABILIDAD DE LOS APORTES................................................................. 19 RECAUDACION INSUFICIENTE....................................................................... 20 TASA DE REEMPLAZO ...................................................................................... 20
FUNCIONES DE LAS AFORES ...................................................................... 23 SIEFORES.............................................................................................................. 26 FUNCIONAMIENTO ACTUAL DE LAS AFORES ........................................... 28
NÚMERO DE TRABAJADORES .................................................................... 28 MONTO AHORRADO...................................................................................... 29 COMISIONES COBRADAS............................................................................. 30 CUENTAS ACTIVAS E INACTIVAS ............................................................. 31 DESTINO DE LAS INVERSIONES................................................................. 32
RENTABILIDAD DE LAS SIEFORES ................................................................ 33 RESERVAS TECNICAS ....................................................................................... 34
TENDENCIAS DEMOGRAFICAS EN LAS PENSIONES ..................................... 38 PROYECCIONES DE POBLACIÓN.................................................................... 42
MERCADO LABORAL ............................................................................................ 44 EL DETERIORO DE LOS SALARIOS REALES. ............................................... 60 LA EVOLUCIÓN DE LOS SALARIOS REALES EN LA DÉCADA DE LOS NOVENTA............................................................................................................. 61 LOS SALARIOS EN EL PROCESO DE AJUSTE. .............................................. 62 LA MASA SALARIAL DEL SECTOR FORMAL.............................................. 62 COSTOS LABORALES NO SALARIALES. ....................................................... 62 LA DISTRIBUCION DEL INGRESO EN MEXICO. .......................................... 63
CAPITULO III. .............................................................................................................. 64 REGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES (RJP) DEL IMSS........................... 64
DIFERENCIA ENTRE JUBILADOS Y PENSIONADOS. ...................................... 65 COMPARACION ENTRE TRABAJADORES Y AFILIADOS POR EL IMSS...... 66 FINANCIAMIENTO DEL RJP ................................................................................. 67 RESERVAS DEL REGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES...................... 69
CAPITULO IV ............................................................................................................... 71 EL IMSS Y EL SINDICATO......................................................................................... 71
PROBLEMA DEL IMSS CON RESPECTO AL RJP: .............................................. 75 LA PROPUESTA DE REFORMA AL RJP HECHA POR EL INSTITUTO Y EL SINDICATO PARA SUPERAR LA CRISIS. ........................................................... 78
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PROPUESTA ORIGINAL PARA DISCUTIR PENSIONES(17 JUNIO 2004). ...... 80 APORTACIONES ADICIONALES DE LOS ACTIVOS............................................. 81
PROPONEN QUE EL IMSS SE FINANCIE CON FONDOS DE RETIRO ............ 85 CONCLUSIONES.......................................................................................................... 88 BIBLIOGRAFÍA............................................................................................................ 90 INTRODUCCION GENERAL.
En esta tesis tras la presentación de las diferentes reformas del sistema de
jubilaciones y pensiones en México, se tratara de dar seguimiento a lo que ha sucedido a
partir de la última reforma aprobada en 1997.
Como hipótesis general se analizaran los cambios, problemas y retos que afectan
la situación económico-social del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dentro
del Régimen de Jubilaciones y Pensiones (RJP).
Así como también se mostrara cual ha sido el papel del sindicato Nacional de
Trabajadores del seguro social y como ha influido en dichos cambios.
La tesina se estructura en cuatro capítulos. En los dos primeros se desarrollan los
antecedentes y el panorama del sistema de pensiones de forma general desde el
surgimiento de la seguridad social, hasta nuestros días. En los últimos dos capítulos
damos a conocer las características entre los jubilados y pensionados del IMSS, en lo
que respecta al tercer capitulo, lo primero que se intenta hacer es dejar clara la
definición entre jubilados y pensionados, consideramos que es muy importante dejarlo
claro por que estos dos conceptos van de la mano pero en definición y estructura son
diferentes, después se dará el número de trabajadores pertenecientes al IMSS y el de los
que se afiliaron a este pero que ya han sido jubilados, (estas cifras corresponden al
2003).
Finalmente hablaremos de cómo se financia el IMSS, es decir, quienes son los
que contribuyen para que el Instituto tenga dinero para cubrir sus gastos en el régimen
de “Jubilaciones y Pensiones”.
En el cuarto capitulo como indica el título hablaremos de la función del
Sindicato de Trabajadores del Seguro Social, daremos algunos antecedentes para poder
seguir la secuencia de cómo este último va evolucionando teniendo un gran número de
personas integradas a él, y como logra tener un papel sobresaliente. También se hablara
del problema por el que el IMSS esta atravesando con respecto al Régimen de
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Jubilaciones y Pensiones (RJP) y las diferentes propuestas que dá el Sindicato y el
Instituto para lograr superar el problema.
CAPITULO 1 ANTECEDENTES
Los orígenes de la seguridad social se remontan a mediados del siglo XIX,
cuando había solo unos cuantos esquemas aislados de protección social, los cuales
contaban generalmente con un alcance limitado, eran promovidos por la iniciativa
privada y tenían un sello paternalista. Había grandes diferencias entre unos y otros,
algunos no estipulaban claramente sobre que bases habían de determinarse los
beneficios, mientras que otros estaban ligeramente mejor estructurados.
A finales del siglo XIX y principios del XX surgieron los primeros regímenes
generales de seguridad social abasteciendo cobertura obligatoria para todos o al menos
a la mayoría de los asalariados. La función fundamental de la seguridad social es
proveer a los trabajadores y/o a sus dependientes económicos de los recursos requeridos
para satisfacer las necesidades que pudieran surgir debido a alguna interrupción en la
percepción de ingresos u otras causas que pueden presentarse en las economías
industriales. Por lo que los fondos de pensiones son generalmente solo un componente
de la seguridad social, esto último comprende una gama más amplia de prestaciones y
servicios para los trabajadores.
En nuestro país los únicos antecedentes verdaderos de la legislación moderna sobre
aseguramiento de los trabajadores y de sus familiares, se encuentran a principios de este
siglo, en los últimos años de la época porfiriana: en dos disposiciones de rango estatal:
la Ley de Accidentes de Trabajo del Estado de México, expedida el 30 de abril de 1904,
y la Ley sobre Accidentes de Trabajo, del Estado de Nuevo León, expedida en
Monterrey el 9 de abril de 1906. En estos dos ordenamientos legales se reconocía, por
primera vez en el país, la obligación para los empresarios de atender a sus empleados en
caso de enfermedad, accidente o muerte, derivados del cumplimiento de sus labores.
Para 1915 se formuló un proyecto de Ley de Accidentes que establecía las pensiones e
indemnizaciones a cargo del empleador, en el caso de incapacidad o muerte del
trabajador por causa de un riesgo profesional.
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La base constitucional del seguro social en México se encuentra en el artículo 123
de la Carta Magna promulgada el 5 de febrero de 1917. Ahí se declara "de utilidad
social el establecimiento de cajas de seguros populares como los de invalidez, de vida,
de cesación involuntaria en el trabajo, de accidentes y de otros con fines similares".
El más antiguo sistema de pensiones de México fue el del Instituto de Seguridad
Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), creado en 1926 basándose en la
primera ley de Retiros y Pensiones del Ejército y la Armada.
En 1929 el Congreso de la Unión modificó la fracción XXIX del artículo 123
constitucional para establecer que "se considera de utilidad pública la expedición de la
Ley del Seguro Social “.
A mediados de 1935 el presidente Lázaro Cárdenas envió a los legisladores un
proyecto, en el cual se encomendaba la prestación del servicio a un Instituto de Seguro
Social, con contribuciones y administración tripartitas(es decir aportaciones por parte
del gobierno, patrón y trabajador), que incorporaría a todos los asalariados, tanto
industriales como agrícolas. Sin embargo, se consideró que el proyecto requería aún de
estudios posteriores, Por mando del Presidente Cárdenas, se elaboró un nuevo proyecto
que resumía la experiencia de los anteriores. Su principal autor fue el titular de la
Secretaría de Gobernación, licenciado Ignacio García Téllez, gobernador interino de
Guanajuato, Rector de la Universidad Nacional Autónoma y, durante el régimen
cardenista, Secretario de Educación, presidente del PNR, secretario particular del Jefe
del Ejecutivo y para esa fecha, Secretario de Gobernación. Colaboraron varios
especialistas en derecho, medicina y economía, basados en la legislación expedida en
otros países hispanoamericanos.
El proyecto de García Téllez se refería a la creación de un Instituto de Seguro
Social, de aportación tripartita, que incluía al Estado, a los trabajadores asegurados y a
sus patrones y que "cubriría o prevendría los siguientes riesgos sociales: enfermedades
profesionales y accidentes de trabajo, enfermedades no profesionales y maternidad,
vejez e invalidez y desocupación involuntaria.
Aprobado el proyecto por un consejo de ministros, fue enviado a la Cámara de
Diputados en diciembre de 1938. Pero tampoco esta vez pudo llegar más adelante pues
a los legisladores les pareció conveniente que se elaborara un documento más completo
fundamentado en estudios actuariales. Por otra parte, la situación del momento, de
fuerte crisis provocada por la expropiación petrolera, exigía promover antes que nada la
unidad nacional.
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Por lo anterior, hacia 1942 confluían todas las circunstancias favorables para que
finalmente pudiera implantarse en México el Seguro Social. El interés del Presidente
Ávila Camacho por las cuestiones laborales ya se había manifestado desde el mismo día
en que asumió la presidencia, cuando anunció la creación de la Secretaría de Trabajo y
Previsión Social y la encomendó a quien fuera Secretario de Gobernación del régimen
anterior, el licenciado Ignacio García Téllez. Atendiendo a la tónica del momento, la
función inicial de la naciente dependencia fue limar asperezas y procurar la conciliación
obrero-patronal.
En diciembre del mismo año se envió a las Cámaras la iniciativa de Ley,
proponiendo como suprema justificación, que se cumpliría así uno de los más caros
ideales de la Revolución Mexicana. Se trataba de "proteger a los trabajadores y asegurar
su existencia, su salario, su capacidad productiva y la tranquilidad de la familia;
contribuir al cumplimiento de un deber legal, de compromisos exteriores y de promesas
gubernamentales". El Congreso aprobó la Iniciativa y el 19 de enero de 1943 se publicó
en el Diario Oficial la Ley del Seguro Social.
Ahí se determina, desde los artículos iniciales, que la finalidad de la seguridad social
es garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los
medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y
colectivo. Como instrumento básico de la seguridad social se establece el Seguro Social
y para administrarlo y organizarlo, se decreta la creación de un organismo público
descentralizado, con personalidad y patrimonio propios, denominado Instituto
Mexicano del Seguro Social.
Al iniciarse las actividades del nuevo organismo, su primer director, Vicente Santos
Guajardo y una planta de empleados mínima, se dedicaron, entre otras cosas, a realizar
los proyectos e investigaciones que implicaba la instrumentación de las diversas ramas
de aseguramiento; a estudiar las experiencias de otros países en el campo de la
seguridad social para aprovecharlas en México; a divulgar el sentido y las posibilidades
de la seguridad social y a realizar una intensa labor de convencimiento, tanto entre los
trabajadores como entre los empresarios, acerca de los alcances de la ley y de las
ventajas que reportaría a unos y a otros su aplicación. Se determinó que el Seguro
Social empezaría a funcionar en el Distrito Federal a partir de enero del año siguiente;
mientras tanto se procedió a la inscripción de los patrones.
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El 6 de enero de 1944, se pone en marcha formalmente el otorgamiento de servicios
médicos en todas las modalidades prescritas, en este mismo año el Instituto Mexicano
del Seguro Social IMSS operó el plan de pensiones público para los empleados del
sector privado, que consistía en un reparto de beneficios definidos (donde el trabajador
aportaba la misma contribución, conociendo la cantidad del monto final que recibiría).
En el período 1946-1952, se fue consolidando en el Instituto un notable equipo
sociomédico, al tiempo que se ampliaban los servicios y el régimen se extendía a otras
entidades federativas. Se inauguró el primer hospital de zona, La Raza y también el
edificio principal ubicado en el Paseo de la Reforma, de la ciudad de México.
Durante la administración 1952-1958 se buscó asegurar el equilibrio financiero de la
institución mediante la reorganización administrativa. Se diseñó un plan de inversiones
que incluía la construcción de grandes unidades hospitalarias y se inició en el Distrito
Federal el sistema de Medicina Familiar. A finales del período estaban cubiertos los
principales centros industriales y agrícolas del país.
En 1959 se creó el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores
del Estado (ISSSTE), para servir a los empleados del gobierno federal. Volviendo al
primer sistema de pensiones del IMSS, que agrupa al mayor número de la población
económicamente activa del país, éste era conocido como el seguro de invalidez, vejez,
cesantía en edad avanzada y muerte (IVCM), el cual se creó como un fondo colectivo
que se puede caracterizar como un plan de beneficios definidos, parcialmente financiado
por el gobierno. El superávit del programa era utilizado con fines de inversión, o para
cubrir los gastos de otras ramas de seguro social.
El ISSSTE e ISSFAM, son instituciones de seguridad social; la primera atiende a
los empleados del gobierno federal, mientras que el ISSFAM atiende al personal de las
fuerzas armadas. El pago de las cotizaciones se efectúa sobre el sueldo básico, donde el
trabajador aporta una cuota del 8% del sueldo base de cotización, en tanto las
dependencias y entidades públicas cubren el 17.75%; del total. El 3.5% de ambos
aportes se utiliza para el pago de jubilaciones, pensiones e indemnizaciones globales, así
como para integrar reservas. El resto se emplea en medicina preventiva, enfermedades,
maternidad, servicios turísticos, funerarios y otros. En ambas instituciones, para
disfrutar de la jubilación se requiere tener 30 años de servicio paral los hombres y 28
para las mujeres, cualquiera sea la edad del retiro.
En los años siguientes continuó creciendo no sólo el número de asegurados y
beneficiarios sino también la cantidad de prestaciones a otorgar. Por las reformas a la
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Ley del Trabajo de 1962 quedó a cargo del Instituto proporcionar los servicios de
guardería infantil para los hijos de trabajadoras.
El Centro Médico Nacional entró en funcionamiento pleno y se ampliaron los
servicios de prestaciones sociales por medio de teatros, actividades deportivas y talleres.
Para 1964 ya se encontraban protegidos por el Seguro Social poco más de 6 millones de
mexicanos, cifra que se incrementaría en 50% en el período comprendido entre 1964 y
1970.
A partir de 1970 hay un giro importante en la manera de entender la realidad
nacional; Se percibe la necesidad de hacer extensivos a toda la población los frutos del
desarrollo económico logrado por el país. El Seguro Social se entiende como una de las
instituciones más eficaces para construir la justicia social entre los mexicanos y se busca
favorecer su expansión y consolidar su funcionamiento. Durante 1972 se iniciaron
estudios para realizar múltiples e importantes adiciones a la Ley del Seguro Social;
fueron aprobadas por el Congreso de la Unión y publicadas en marzo de 1973. La nueva
Ley ampliaba los beneficios del régimen obligatorio, extendía la seguridad social a
ejidatarios, comuneros y pequeños propietarios organizados e implantaba el ramo de
guarderías en toda la república.
El rasgo más trascendente de esta Ley fue la clara intención de que el Seguro Social
no se quedara en una mera instancia de justicia laboral sino que, en la medida de las
posibilidades, tendiera a construir una "seguridad social integral".
En estos términos se entiende la facultad otorgada al IMSS, de extender su acción a
poblaciones marginadas, sin capacidad de pagar cuota alguna. Así comenzó a operar el
Programa Nacional de Solidaridad Social por Cooperación Comunitaria, financiado por
la Institución y por el Estado. Se convirtió, en 1979, en el Programa IMSS-Coplamar
por Cooperación Comunitaria y, al desaparecer el organismo Coplamar, tomo el nombre
que lleva hasta la fecha: Programa IMSS-Solidaridad.
El sistema del IMSS fue reformado en diciembre de 1995 mediante cambios a la
Ley del Seguro Social, los cuales entraron en vigor en julio de 1997. Hasta entonces,
este sistema estuvo integrado por las tres instituciones; IMSS, ISSSTE e ISSFAM;
desvinculándose al IMSS.
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REFORMAS AL SISTEMA DE PENSIONES.
Durante los años de trabajo de un empleado asalariado, (inscrito en el IMSS) él y su
patrón aportaban a esta institución las cuotas correspondientes de acuerdo al sueldo del
empleado y éste recibía su dinero como una pensión en el momento de jubilarse, a los
60 o 65 años, o cuando por alguna incapacidad (accidente personal, accidente de trabajo
o enfermedad) ya que no pudiera seguir prestando sus servicios. Además de estas
aportaciones, el Gobierno también contribuía proporcionalmente con una cantidad de
dinero que se sumaba y se integraba a lo que posteriormente sería la pensión del
derechohabiente.
Si una persona cotizó durante muchos años en el IMSS, pero por algún motivo no
pudo hacerlo hasta los 60 o 65 años como marcaba la ley, perdía su derecho a una
pensión y todas las aportaciones efectuadas.
Los trabajadores que aportaron al IMSS durante toda su vida laboral, tenían
derecho a una pensión casi idéntica a la que recibían las personas que sólo hubieran
cotizado durante 10 años, es decir, no existía una proporción entre lo que se aportaba al
Instituto y lo que se percibía como jubilación. Esta situación beneficiaba sólo a algunos
trabajadores.
Para calcular la pensión de un empleado sólo se tomaban en cuenta los salarios
de los últimos 5 años; para los trabajadores que habían incrementado sus ingresos
durante los últimos 5 años de su vida laboral, esta situación era favorable, no siendo así
para quienes pudieran estar en la situación contraía.
El trabajador no tenía la posibilidad de realizar aportaciones adicionales a su
fondo de retiro, lo que no le permitía obtener una pensión mayor a la que le
correspondía por ley.
Por estas razones fue necesaria la renovación del IMSS y algunas de las
reformas que se hicieron, dieron origen al Sistema de Ahorro para el Retiro.
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La primera reforma del sistema de pensiones surge en febrero de 1992 como un
Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) buscando una solución a problemas provocados
por la inseguridad económica que afectaban directamente la corriente presente y futura
del ingreso de los trabajadores. El SAR fue establecido como un esquema obligatorio
complementario a los programas ya existentes para los trabajadores afiliados al IMSS o
al ISSSTE, que sirviera para complementar al sistema público de reparto. Este es un
sistema de aportaciones predefinidas, capitalizable y basado en cuentas individuales.
Era, en parte, una alternativa para México como respuesta a las investigaciones que se
habían hecho en algunos países que recientemente habían tenido modificaciones a sus
sistemas de pensiones y que mostraron incrementos en el ahorro interno a largo plazo,
en la inversión y por lo tanto, en el crecimiento de la economía.
Sin embargo el SAR no cumplió sus expectativas, al principio se concibió como
una nueva prestación para los trabajadores y una ayuda para la inversión productiva del
país y terminó siendo una fuente de conflictos, además existieron algunos problemas
administrativos y de operación que impidieron que prosperara.
Después de varios años de su puesta en marcha, algunos trabajadores aún tienen
algunas dudas para conocer el monto de sus cuentas y desconocen cuál es la cantidad de
dinero que tienen para su retiro.
Debido a que el número de la cuenta del SAR es exactamente el mismo número
que el Registro Federal de Contribuyentes, se duplicaron varias cuentas, además, la
estructura inicial del sistema no daba la opción a los trabajadores para elegir el banco
que manejaría su dinero, ya que les asignaban el administrador de sus intereses.
Los problemas de los empleados, algunas críticas por parte de grandes centrales
obreras y las constantes modificaciones al sistema obligaron al Gobierno a lograr una
transformación en el Sistema de Pensiones, dando lugar a una nueva reforma.
La nueva reforma al sistema de pensiones surgió en 1995 y consiste en una
profunda reestructuración en donde se pasa de un sistema de beneficios definidos a uno
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de contribuciones definidas y en donde se pasa de un sistema de reparto a uno de
capitalización individual.
Los principales beneficios de este sistema de pensiones se relacionan con los
siguientes argumentos:
1.- El fomento al ahorro interno (se podría promover este ahorro principalmente
porque reemplaza al actual mecanismo de redistribución intergeneracional por uno de
capitalización individual).
2.- La profundización de los mercados financieros (mayor eficiencia que se
deriva de la creación y utilización de instrumentos de cobertura de riesgo de largo
plazo).
3.- La flexibilización y formalización de los mercados laborales (será
consecuencia de una mayor transparencia financiera siempre y cuando los trabajadores
perciban las aportaciones al sistema más como ahorro forzoso y menos como
impuestos).
La Ley del Seguro Social se desvinculó del SAR para que lo administraran
entidades privadas, denominadas Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES),
que pertenecen a grupos financieros ya constituidos, esquema que entró en vigor recién
en 1997. A partir de este año el sistema de seguridad social sufre una gran
transformación que impone un nuevo reto. Se publicaron Las nuevas leyes del SAR y
del IMSS, que reestructuraban el sistema de pensiones en México y aparecen las
AFORES como parte de la respuesta a este cambio.
La principal necesidad de reformar obedeció en un principio a la inconsistencia
financiera del sistema que eventualmente conduce a una crisis presupuestal. El sistema
arrancó prometiendo cuantiosas pensiones a un número reducido de pensionados a
cambio de una pequeña aportación por parte de la base contribuyente. La promesa
inicial es inconsistente temporalmente y los problemas se vuelven evidentes conforme
se revierte la pirámide poblacional. La reforma de pensiones en México se basa en un
modelo donde se mantiene y fortalece la participación solidaria del Estado como
regulador del sistema y como garante de la pensión mínima garantizada (equivalente a
un salario mínimo del D.F. de 1997 e indizada en INPC).
La reforma pasó a conceptualizarse como el componente central dentro de los
esfuerzos de política económica orientados a promover el ahorro interno y reducir la
dependencia del país en el capital extranjero.
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La estructura del sistema de pensiones busca alcanzar 5 objetivos básicos:
1.- Garantizar a los trabajadores una jubilación a través de un sistema más justo,
equitativo y libre de problemas financieros.
2.- Respetar los derechos que ya habían adquirido los trabajadores.
3.- Promover la participación activa de los trabajadores, siendo ellos los dueños
de sus ahorros y pudiéndolos controlar ellos mismos, permitiéndoles la libre lección de
la AFORE que administrará el dinero de su cuenta individual.
4.- Contar con una mayor participación del Gobierno, a través de la aportación
de una cuota diaria a la cuenta individual de cada trabajador, que garantizara una
pensión mínima de un salario mínimo general para el Distrito Federal a los trabajadores
que no alcanzaran este monto como mínimo en el momento de su retiro.
5.- Promover la mejor administración del dinero de los trabajadores, utilizándolo
en actividades productivas e inversiones en beneficio de la comunidad, como vivienda
e infraestructura, que a su vez, generan empleos.
CAPITULO II FUNCIONAMIENTO DEL NUEVO SISTEMA DE PENSIONES.
CARACTERISTICAS GENERALES AL NUEVO SISTEMA DE PENSIONES
Actualmente, el nuevo sistema de pensiones trabaja bajo un esquema de
capitalización de contribuciones definidas a través de cuentas individuales donde el
Estado garantiza una pensión mínima. Este esquema sustituye al IVCM, y su aplicación
es parcial ya que únicamente incorpora a los trabajadores afiliados al IMSS y estas son
sus principales características.
AFILIACIÓN Tienen derecho al aseguramiento en el régimen obligatorio del IMSS las
personas físicas bajo dos esquemas:
a) Sujetos de aseguramiento obligatorio: definidos como las personas que se
encuentren vinculadas a otras, de manera permanente o eventual, por una relación de
trabajo; los miembros de sociedades cooperativas de producción, y las personas que
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determine el Ejecutivo Federal a través del Decreto respectivo, bajo los términos y
condiciones que señala esta Ley.1
b) Sujetos de aseguramiento voluntario al régimen obligatorio: pudiendo optar
por dicha incorporación los trabajadores en industrias familiares y los independientes,
como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no
asalariados; los trabajadores domésticos; los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños
propietarios; los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio, y
los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades
federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o
decretos como sujetos de seguridad social.2
Este tipo de aseguramiento es muy importante en México ya que presenta la
potencialidad de incorporar al sector informal de la economía al esquema de seguridad
social que incluye tanto servicios de salud como pensiones. Sin embargo, aún cuando la
ley estipula la existencia de dicha prestación, la falta de información acerca de su
existencia y de los requisitos a cubrir para dicha incorporación, provoca que en la
práctica sea un porcentaje poco relevante de la población el que haga uso de ésta.
A este respecto, se llevó a cabo una investigación de campo para evaluar la
facilidad de incorporación voluntaria al régimen obligatorio del IMSS. En los módulos
de información se observó una carencia de conocimiento acerca de la existencia de esta
modalidad de afiliación.
Finalmente, se obtuvo una lista de requisitos necesarios para poder afiliarse,
entre los que destaca el último comprobante de pago de impuestos al gobierno federal
en calidad de profesionista independiente. Con esto se pudo observar que la
incorporación voluntaria es un recurso disponible mas no promocionado para
profesionistas independientes y no para trabajadores informales.
Adicionalmente, la ley considera beneficiarios al sistema de seguridad social del
IMSS a los cónyuges de los trabajadores afiliados, a los hijos menores de 16 años o a
aquellos entre 16 y 25 años que estudien en una institución de educación nacional. En
caso de no existir los anteriores, se puede incorporar a los padres del trabajador siempre
que estos dependan económicamente del afiliado.
1 Nueva ley del seguro social – Articulo 12.
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AÑOPOBLACION
DERECHOHABIENTE ASEGURADOSFAMILIARES DE ASEGURADOS
POBLACION DERECHOHABIENTE PENSIONADOS Y FAMILIARES
Según la grafica II.1.1, se puede observar que solo menos del 10% aproximado
del total de personas derechohabientes al IMSS son personas pensionadas y sus
familiares.
CONTRIBUCIONES
De acuerdo a la nueva legislación, las aportaciones se mantienen en forma
tripartita y obligatoria. El IMSS continúa proveyendo el seguro de invalidez y muerte,
así como los servicios de salud para los jubilados, mediante una aportación obligatoria
del 4 por ciento del Salario Base de Cotización (SBC) de cada trabajador; mientras que
2 Nueva ley del seguro social – Articulo 13.
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una aportación adicional equivalente al 4.5 por ciento del SBC se destina al nuevo
sistema.
La cuenta individual del afiliado, recibe a su vez, las aportaciones obligatorias
correspondientes a vivienda y retiro por parte del SAR (5 y 2 por ciento del SBC,
respectivamente), así como una cuota social por parte del gobierno que corresponde a
una cantidad fija, equivalente al 5.5 por ciento del salario mínimo en julio de 1997, e
indizada al índice nacional de precios al consumidor. Además de las aportaciones
obligatorias, el marco legal permite la realización de aportaciones voluntarias, por parte
del trabajador.
Bajo el nuevo esquema de capitalización, el monto de la pensión al momento del
retiro del trabajador, queda en función de los fondos acumulados y de los intereses
devengados en cada cuenta individual. De acuerdo a la ley, estos fondos incluirán los
acumulados en la subcuenta de vivienda, siempre y cuando el trabajador no haya
recibido crédito alguno para la compra de su vivienda por parte del INFONAVIT.
PORCENTAJE DE APORTACIÓN Nuevo Sistema (4.5% SBC) IMSS Muerte e invalidez 2.5% SBC (4% SBC) Servicios de salud para jubilados 1.5% SBC Aportaciones bajo el nuevo esquema SAR Vivienda 5% SBC (7%) Retiro 2% SBC Cuota Social (Gobierno) 5.5% SM Voluntarias Nota: SM: salario mínimo en julio 1997 indizado al índice nacional de precios al consumidor. SBC: salario base de cotización del trabajador.
Al momento de la jubilación, el afiliado tiene la opción de escoger dos esquemas
de pago de pensiones si durante su vida laboral contribuyó al menos con 1250 semanas
al sistema. Bajo el primer esquema, el trabajador recibe una renta vitalicia - para él y sus
sobrevivientes -, a través del pago de una pensión mensual fija.
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Para ello, el trabajador, celebrará un contrato con una compañía privada de
seguros encargada de administrar la renta vitalicia. Bajo el segundo esquema, el
trabajador puede optar por recibir el monto de su cuenta individual a través de retiros
programados por parte de la administradora del fondo. Si la renta vitalicia es menor a la
pensión mínima garantizada por el Estado, se aplica el segundo esquema y el trabajador
recibe el monto acumulado en la cuenta individual. Una vez agotado este monto, el
Estado garantiza una pensión mínima para el afiliado o sus futuros beneficiarios. Si por
el contrario, el trabajador ha contribuido con menos de 1250 semanas, el derecho a la
pensión mínima garantizada es derogado, y el trabajador tiene el derecho a retirar el
total de los fondos de su cuenta individual, en una sola exhibición.
Cesantía y vejez Retiro Cuota Social Vivienda
Cuota patronal 3.150 2.000 5
Cuota obrera 1.125
Cuota estatal 0.225 5.5*
Total pensión 6.500Nota: La cuota social estará integrada por el 5.5% del SMGDF por cada día de salario cotizado; está aportación se actualizará semestralmente de acuerdo al INPC
APORTACIONES AL IMSS
(Porcentajes SBC)
BENEFICIOS Los esquemas de seguridad social mexicanos se han concebido como sistemas
integrales en que el asegurado y sus beneficiarios gozan de un conjunto de prestaciones
que comprenden pensión, asistencia médica, asignaciones familiares, y ayuda
asistencial. De esta manera se busca ofrecer sistemas de seguridad social que resulten
atractivos para los trabajadores. Para los trabajadores afiliados al IMSS los diferentes
tipos de pensiones a las que tienen derecho son:
a) El seguro de Riesgos de Trabajo protege al trabajador contra los accidentes y
enfermedades a los que está expuesto en ejercicio o con motivo del trabajo, brindándole
tanto la atención médica necesaria, como protección mediante el pago de una pensión
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mientras éste se encuentre inhabilitado para el trabajo, o a sus beneficiarios en caso de
fallecimiento del asegurado. No requiere semanas de cotización.
b) El seguro de Invalidez y Vida del IMSS protege, mediante el otorgamiento de
una pensión para los beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado o de una
pensión de invalidez, cuando dicha invalidez no sea originada por un riesgo de trabajo.
Al momento de declararse una incapacidad total permanente para el trabajo, el
asegurado recibe una pensión durante todo el tiempo que dure la incapacidad. Si la
imposibilidad fuese sólo parcial, permanente o temporal, el cálculo de la pensión se
realiza de acuerdo con la tabla de valuación de incapacidades que se encuentra en la Ley
Federal del Trabajo.
En el caso de muerte del asegurado, los beneficios se extienden a sus familiares
concediendo como pensión a la viuda el 90% de lo que disfrutaba el asegurado o de lo
que le hubiese correspondido por invalidez. A los huérfanos también se concede un
porcentaje de la misma pensión hasta cumplir los 16 años de edad.
c) El seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez establecido en la
Nueva Ley del Seguro Social es el seguro mediante el cual el trabajador cotizante
reserva un fondo para la vejez, con aportaciones de él, su patrón y el Gobierno. Existe
Cesantía en Edad Avanzada cuando el asegurado queda privado de trabajos
remunerados después de los sesenta años de edad3 y antes de cumplir los 65 años (en
que tendría derecho al seguro de vejez). Para poder recibir todos los beneficios de esta
pensión, el trabajador debe haber cotizado al IMSS cuando menos 1,250 semanas.
Para tener derecho al goce de las prestaciones del seguro de Vejez, la Nueva Ley
del Seguro Social exige que el asegurado haya cumplido por lo menos 65 años de edad
y tenga reconocidas por el IMSS un mínimo de 1,250 cotizaciones semanales. 4En caso
que el asegurado tenga sesenta y cinco años o más y no reúna las 1,250 semanas de
cotización señaladas, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola
exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su
pensión. Este precepto representa una innovación importante en la ley ya que
anteriormente si no cumplía con el mínimo de semanas cotizadas el trabajador perdía las
aportaciones hechas para su pensión.
3 Nueva ley del seguro social – Articulo 154
17
Independientemente del sistema al que se esté incorporado, la cuenta del Sistema
de Ahorro para el Retiro (SAR) se constituye con aportaciones equivalentes al 2% del
sueldo básico de cotización, que deben hacer las dependencias y entidades a favor de los
trabajadores. Estas aportaciones se hacen a una cuenta individual que se divide en dos
subcuentas: la del ahorro para el retiro y la del fondo de vivienda. La cuenta individual
del SAR funciona de acuerdo al modelo de contribuciones definidas, en el cual cuando
el trabajador se retire, podrá disponer del total del saldo acumulado a la fecha de la
suspensión laboral. Además el trabajador tiene el derecho de cambiarse de sociedad de
inversión (SIEFORE), así como de realizar aportaciones voluntarias y retirar hasta el
10% del saldo de la subcuenta de ahorro por una sola vez.
Los montos de las pensiones que recibirá el trabajador o sus beneficiarios
dependerán del sistema al cual se haya afiliado.
El sistema de capitalización individual 5establecido por el IMSS establece que la
pensión a que tenga derecho el asegurado estará en función del monto que haya logrado
ahorrar en su cuenta individual a través de los años, así como del rendimiento que sus
ahorros le hayan generado.
Cabe mencionar que uno de los cambios más importantes incorporados en la
Nueva Ley del IMSS para trabajadores de bajos ingresos es la previsión de una pensión
mínima garantizada. De esta manera el Estado asegura una pensión cuyo límite inferior
corresponda a un salario mínimo general vigente en el momento de la reforma (1997)
que se ajusta anualmente de acuerdo con el INPC.
VARIABLES QUE AFECTAN EL DESARROLLO DEL NUEVO SISTEMA DE PENSIONES DEL IMSS. AFILIACION VOLUNTARIA.
El sistema pensionario del IMSS es el único que prevé la facultad de la
incorporación voluntaria a trabajadores independientes e informales. Dado que deben
escoger entre la afiliación voluntaria o la no contribución, sólo participarán aquellos
trabajadores que perciban que los beneficios futuros al afiliarse serían mucho mayores
al costo presente de sus contribuciones.
Uno de estos grupos, y uno de los más significativos, es el que conforman los
trabajadores independientes. Al afiliarse, el trabajador debe contribuir al sistema con
base en el salario mínimo general del Distrito Federal, además de que en este caso, le
4 Nueva ley del seguro social – Articulo 162
18
corresponde pagar las contribuciones que para el caso de trabajadores formales cubren
el patrón, y el trabajador.
En el ámbito rural, la Nueva Ley del IMSS contempla a ciertos grupos (como a
los cañeros) sujetos de incorporación al sistema pensionario. Bajo estos esquemas, los
miembros de dichas comunidades deben aportar a la seguridad social y también gozan
de los beneficios correspondientes. Estos casos se presentan como excepciones en
cuanto a la cobertura de trabajadores agrícolas. A pesar de que los trabajadores rurales
pueden optar por la afiliación voluntaria al sistema, en general se carece de la
información y medios para tal efecto, quedando en su mayoría excluidos de los
programas de seguridad social al no formar parte de la población objetivo.
INCENTIVOS INADECUADOS A AFILIARSE
Los sistemas de seguridad social presentan incentivos diversos para fomentar la
afiliación de los trabajadores. Es necesario que el trabajador perciba una
correspondencia entre sus aportaciones y los beneficios a recibir para lograr una
cobertura amplia del sistema. Mientras el trabajador considere que el costo de aportar al
sistema es mayor al beneficio tendrá pocos incentivos de participar. Asimismo, cuando
se cree que los beneficios superan el costo a nivel familiar, el resultado es una baja
cobertura.
Así, en ocasiones los incentivos funcionan de manera encontrada y como
resultado la cobertura es baja. En primer lugar, la facultad de incorporar a familiares de
los trabajadores como beneficiarios de la seguridad social representa un incentivo para
la afiliación de cuando menos un miembro de la familia. Con la contribución del
trabajador, que generalmente es el padre de familia, tanto la esposa como los hijos
menores de edad tienen derecho a gozar de los servicios de salud, así como a recibir la
pensión en caso de muerte del titular (pensión pensiones de viudez, concubinato,
orfandad o ascendencia).
Sin embargo, los beneficios marginales de que otro miembro de la familia se
incorpore son menores a los costos de la contribución marginal, sobre todo si se
considera como principal beneficio los servicios de salud. Esto es, en el corto plazo
existe un incentivo de cotización en el nivel personal, pero un desincentivo en el nivel
familiar. El que sólo uno o varios miembros de la familia contribuyan al sistema
5 La nueva ley del seguro social se publico en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1955 y entro en vigor el primero de Julio de 1977.
19
produce el mismo beneficio. Es hasta el largo plazo que se presenta la diferencia
traducida en la disponibilidad de una o varias pensiones.
Lo anterior no tan sólo perjudica la estabilidad financiera del sistema al contar
con un número de contribuyentes menor al de los beneficiarios. Asimismo, la cobertura
se ve limitada sobretodo en la medida que el mayor incentivo familiar para la
incorporación sea el gozar de los servicios de salud y no tanto el poder contar con una
pensión adicional. A su vez, lo anterior fomenta la informalidad ya que los beneficiarios
en edad productiva no se ven obligados a incorporarse al sector formal de la economía.
FALTA DE PORTABILIDAD
La falta de portabilidad de los beneficios es otro de los factores que actúa en
contra de una mayor cobertura de los sistemas de seguridad social nacional. Para tener
derecho al cobro de una pensión, el trabajador debe cumplir con un mínimo periodo de
cotización. En la actualidad, un trabajador que ha cotizado para un sistema de seguridad
social no puede transferir ese tiempo contabilizado para acceder a su pensión bajo otro
esquema. Esto implica que si al cambiar de empleo también implica un cambio en el
sistema de seguridad social al cual debe afiliarse, el trabajador deberá iniciar una vez
más su periodo de cotización. Por ejemplo, un empleado que inicialmente trabaja en el
sector público y cotiza en el ISSSTE, pasa al sector privado, y cotiza en el IMSS (o
viceversa), pierde las semanas de cotización acumuladas en el primer sistema. Esta
situación se presenta cada vez que el trabajador al cambiar de trabajo también cambia de
sistema pensionario, sea cual sea éste (IMSS, ISSSTE, CFE, PEMEX, o sistemas
estatales).
Esta desventaja es muy importante para quienes gozan de muy bajos ingresos, ya
que por lo general se trata de individuos con poca capacitación y que normalmente están
cambiando de empleo, lo cual no les permite acumular años de cotización y gozar de
una pensión. Esto a su vez, hace que estas personas, al no tener esperanza de alcanzar el
tiempo mínimo de cotización, prefieran irse a trabajos del sector informal, en donde no
están obligados a contribuir al sistema de seguridad social.
RENTABILIDAD DE LOS APORTES.
Con las reformas al sistema pensionario del IMSS los recursos acumulados de
todas las cuentas individuales que son administrados por una AFORE, son invertidos en
instrumentos gubernamentales.
20
Al ser invertidos en conjunto, se accede a tasas de interés preferencial que rinden
beneficios más atractivos a los que tendrían derecho si invirtieran en forma individual.
Este cambio incentiva a los trabajadores no tan sólo a pagar sus contribuciones, sino
adicionalmente a incluir como aportaciones voluntarias sus ahorros. Cabe mencionarse
que un desincentivo a estas aportaciones voluntarias se encuentra en la poca
disponibilidad de estos fondos al poder realizar retiros únicamente dos veces al año.
RECAUDACION INSUFICIENTE. El sistema de seguridad social del IMSS cuenta con un departamento
fiscalizador que se encarga de verificar la declaración y el cumplimiento de las
aportaciones correspondientes a los trabajadores afiliados. Se busca por un lado, que
todos los trabajadores formales se encuentren afiliados al sistema. Por otra parte, se
busca que las aportaciones y los beneficios correspondan al nivel de ingresos de los
trabajadores.
Tanto el patrón como el trabajador tienen incentivos para pagar las cuotas. Para
los primeros, el pago de las cuotas del seguro social es contablemente deducible en el
pago de impuestos y para los trabajadores proporciona el acceso al esquema completo
de seguridad social. Sin embargo, en el corto plazo ambos tienen incentivos a realizar
aportaciones menores a las que corresponden. En el largo plazo esto implica un costo
tanto para la viabilidad financiera del sistema como para el trabajador en el momento de
su retiro. El resultado no es una baja cobertura, sino una insuficiencia en las
aportaciones y en el monto de las pensiones. Es en este sentido que el mayor reto se
presenta en evitar la subdeclaración.
TASA DE REEMPLAZO La tasa de reemplazo puede actuar como un desincentivo a la afiliación a los
esquemas pensionarios. Los trabajadores afiliados al IMSS observan una disminución
de la tasa de reemplazo conforme aumentan los salarios base de cotización. La tasa de
reemplazo puede llegar a ser del 100%, o incluso mayor, para trabajadores que han
cotizado con un salario mínimo. Dado que la pensión mínima garantizada se paga en
base al salario mínimo de 1997, en el caso que los salarios mínimos sigan perdiendo
valor real, la pensión llegaría a ser mayor al último salario recibido por el trabajador.
21
Por otra parte, se estima una tasa de reemplazo de alrededor del 30% para
trabajadores que han cotizado con tres salarios mínimos.6 Esta cifra es relevante cuando
se considera que aproximadamente el 70% de los trabajadores que cotizan en el IMSS
reciben un salario entre uno y tres salarios mínimos. De esta manera, los trabajadores
que han percibido un salario bajo durante su vida laboral mantienen (o mejoran) su nivel
de vida al ser pensionados, mientras que aquellos trabajadores que han percibido
mejores salarios ven disminuido considerablemente su poder adquisitivo.
CUENTAS INDIVIDUALES.
Una Cuenta Individual como su nombre lo indica, es la cuenta personal y
única de cada trabajador administrada por la Afore. En ésta se depositan las
aportaciones que se hacen a las subcuentas que integran esta cuenta individual la
que es identificada con el número de afiliación al IMSS para facilitar el manejo y
control del dinero.
La cuenta individual es la que se abre para cada trabajador afiliado al IMSS.
Ésta será manejada por la Afore elegida y ahí se depositarán las cuotas obrero-
patronales y estatales por concepto del seguro del retiro, cesantía en edad avanzada
y vejez, así como las aportaciones voluntarias.
Se llama “subcuenta” a cada rubro que integra la cuenta individual de los
trabajadores, y en ésta se depositan las aportaciones encaminadas a satisfacer
diferentes tipos de necesidades. La existencia de tres subcuentas garantiza una
mejor administración de los recursos.
Dichas subcuentas son:
1. Subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Es en la que se depositan
y acumulan los recursos para el retiro de los trabajadores por las siguientes
cuotas y aportaciones:
• Retiro. Aportan los patrones
• Cesantía en Edad Avanzada y Vejez: Aportan el trabajador, los patrones y el
gobierno.
• Cuota Social: Aporta el gobierno.
6 CONSAR, 1999. Se supone una tasa de rendimiento de los fondos del INFONAVIT.
22
2. Subcuenta de vivienda. Son las aportaciones realizadas por los patrones a
nombre de los trabajadores al INFONAVIT, son registradas en esta subcuenta,
aún cuando los recursos los administra directamente dicho Instituto.
3. Subcuenta de aportaciones voluntarias. En ella se depositan los recursos que el
patrón y/o trabajador ahorran voluntariamente, para aumentar los ahorros de este
último.
Las aportaciones se integran en los siguientes rubros:
OBLIGADOCONCEPTO DE LA
CUOTAPORCENTAJE DE LA CUOTA
BASE SOBRE LA QUE SE APLICA EL PORCENTAJE
DE LA CUOTAPATRON Seguro de retiro 2.00% S.B.C.
PATRONCesantía en edad avanzada y vejez 3.15% S.B.C.
PATRON Vivienda 5.00% S.B.C.
TRABAJADORCesantía en Edad Avanzada y Vejez 1.13% S.B.C.
GOBIERNO Cuota 0.23%Esto corresponde al 7.143%
del 3.150% patronal
GOBIERNO Cuota Social 5.50%
De un salario mínimo general del D. F. por cada día
cotizado
PATRON Y/O TRABAJADOR
Aportaciones Voluntarias Opcional Opcional
Fuente: IMMS
AFORES. Su nombre oficial de las afores es Administradoras de Fondos para el
Retiro, esto es, empresas que se dedican a administrar el dinero de la cuenta
individual de los que pagan cuotas al IMSS. Las Afores operan bajo el nuevo
esquema de pensiones y tienen el objetivo de ofrecer una mejor pensión en el
momento de retiro.
Según el artículo 18 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, la
definición de Afores es la siguiente:
“Son entidades financieras, constituidas como sociedades mercantiles que se
dedican de manera exclusiva, habitual y profesional a administrar las cuentas
individuales y canalizar los recursos de las subcuentas que las integran en
términos de las leyes de seguridad social, así como administrar sociedades de
inversión”.
23
Anteriormente, el IMSS se encargaba de recibir y administrar el dinero que
se convertiría en una pensión en el momento de la jubilación y, debido a la reciente
reestructuración del Instituto se hicieron cambios también al sistema de pensiones.
Es así que surgen las Afores para ofrecer mayores ventajas y beneficios a los
trabajadores.
En el nuevo sistema de pensiones, los trabajadores pueden administrar el
dinero destinado a su pensión, ya que eligen la Afore que más les conviene y
pueden hacer sus aportaciones voluntarias. Asimismo, podrán retirar dinero de esta
subcuenta de manera programada cada seis meses. Son los trabajadores quienes
deciden si utilizan los recursos de su cuenta individual para hacer sus propios
ahorros y obtener mayores rendimientos, o para aumentar su pensión, o los
aprovechan para obtener ayuda para gastos de matrimonio, ayuda en caso de
desempleo, de invalidez o fallecimiento, ahorro voluntario, seguro de cesantía y
vejez o adquisición de vivienda.
Las (Afores) están facultadas para realizar operaciones de administración de
fondos conforme lo que señalan los artículos 18 fracción I y 74 de la Ley de los
Sistemas de Ahorro para el Retiro, 29, 30 y 33 del Reglamento de la Ley de los
Sistemas de Ahorro de Ahorro para el Retiro.
FUNCIONES DE LAS AFORES
Entre las funciones mas importantes se encuentran:
• Abrir, administrar y operar las cuentas individuales de los trabajadores.
• Personalizar dentro de una cuenta individual los recursos de cada
trabajador ya sean sus cuotas, sus aportaciones o las utilidades
derivadas del manejo de estos recursos.
• Anteriormente las aportaciones que los trabajadores hacían al IMSS se
manejaban en un fondo común; ahora, con el nuevo esquema, cada
trabajador tiene una cuenta única que se maneja de manera
independiente de las cuentas de los otros trabajadores.
• En el nuevo sistema de pensiones y gracias a las Afores, los
trabajadores invierten el dinero que aportan a su cuenta individual, por
ello obtienen mayores utilidades o beneficios que los que les ofrece un
banco.
24
• Cada Afore invierte el dinero de la cuenta individual de sus clientes
(cuenta habientes), de diferentes formas, en instrumentos autorizados,
lo que les ofrece un mayor rendimiento y hace crecer su dinero. Estas
inversiones se realizan a través de las Siefores, que manejan el dinero
de los trabajadores invirtiéndolo en el mercado bursátil, como si se
tratara de acciones de empresas privadas. Además de esto, cada
trabajador y su patrón, tienen la opción de aportar voluntariamente más
dinero a su cuenta individual, es para esto que se creó la subcuenta de
aportaciones voluntarias.
• Las Afores deben enviar al domicilio de sus Usuarios, los estados de
cuenta y demás información sobre el manejo de su cuenta individual y
la forma en que se van haciendo sus inversiones, por lo menos una vez
al año.
• Las Afores deben establecer servicios de información y atención al
público.
• Operar y pagar, bajo las modalidades que la ley autoriza, los retiros
programados que los trabajadores quieran hacer de su cuenta
individual. Los trabajadores pueden disponer del dinero de las
aportaciones voluntarias de su cuenta individual en el momento que lo
requieran una vez cada seis meses y tienen la opción de retirar su
dinero en partes o en su totalidad.
Debido a que las Administradoras de Fondos para el Retiro son empresas
privadas que no dependen del gobierno, cobran una comisión por el trabajo que
realizan para administrar las cuentas. El monto de las comisiones varía de una
Afore otra.
De acuerdo con la ley vigente, las Afores sólo podrán cargar a la cuenta
comisiones fijas por:
• Administrar las cuentas.
• Expedir estados de cuenta adicionales a los que se establecen en el contrato.
• Realizar consultas adicionales a las que se especifican en el contrato.
• Solicitar reposición de documentos relacionados con la cuenta individual.
• Hacer depósitos o retiros de la subcuenta de Ahorro Voluntario.
25
Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), son empresas
financieras que se dedican de manera exclusiva, habitual y profesional a
administrar las cuotas individuales del trabajador y canalizar los recursos de las
subcuentas que la integran en los términos de las leyes de seguridad social, así
como administrar las sociedades de inversión (SIEFORES).
Las Afores realizan diversos servicios entre los que se encuentran:
• Abrir, administrar y Operar las cuentas individuales.
• Recibir las cuotas y aportaciones correspondientes a los trabajadores
que tengan registrados.
• Identificar las cuotas y aportaciones de cada trabajador y depositarlas
junto con los rendimientos que gane su ahorro para el retiro invirtiendo
en las SIEFORES.
• Administrar a las Sociedades de Inversión (SIEFORES).
• Enviar los estados de cuenta, al menos una vez al año, al domicilio del
trabajador.
• Operar y pagar las pensiones de los trabajadores que opten por la
modalidad de retiros programados, o entregar los ahorros acumulados
en su cuenta individual a la compañía de seguros para la contratación
de rentas vitalicias.
• Pagar los retiros parciales de las cuentas individuales de los
trabajadores, que la ley del Seguro Social autorice.
• Entregar el saldo de la Cuenta Individual a la compañía de seguros que
el trabajador o sus beneficiarios hayan elegido para la contratación del
Seguro de Sobre vivencia.
26
SIEFORES Las SIEFORES son entidades financieras, constituidas como sociedades
mercantiles especializadas en la inversión de fondos de ahorro para el retiro, que
tienen por objeto exclusivo invertir los recursos provenientes de las cuentas
individuales que reciban en los términos de las leyes de seguridad social, así como
la reserva especial y el excedente del capital de las Afores.
La palabra Siefore representa las siglas de Sociedades de Inversión
Especializadas en Fondos para el Retiro que tienen por objeto invertir los recursos
del Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez y, dado el caso, las
aportaciones voluntarias que se depositen en las cuentas individuales que los
trabajadores tienen.
Las Siefores se constituyen como sociedades anónimas, con patrimonio
propio, son totalmente independientes de la Afore y el 100 por ciento de su activo
está representado por valores y en efectivo debido a que al ser administradas por las
Afores, no requieren de instalaciones físicas ni de contratación de personal. Para
una mejor explicación de cómo opera una SIEFORE, es necesario describir, en
términos generales, en qué consiste una sociedad de inversión.
Una sociedad de inversión, se define como un gran número de pequeños
ahorradores que se asocian con el fin de poder efectuar inversiones en el mercado
bursátil y obtener mayores rendimientos que los que ofrecen otros instrumentos
financieros tradicionales como son: las cuentas de ahorro, los pagarés con
rendimiento liquidable al vencimiento, los depósitos a plazo fijo, etc. Es por ello
que las sociedades de inversión representan, para los pequeños y medianos
ahorradores, el medio ideal para acceder al mercado bursátil sin requerir grandes
sumas de dinero.
En el mercado, existen tres tipos de sociedades de inversión: las comunes,
en instrumentos de deuda y las de capitales.
Esta clasificación, obedece a los valores en los que cada una de ellas
invierte, esto es, las sociedades de inversión común invierten tanto en acciones,
como en títulos de deuda.
27
a) Los recursos que invierten provienen del Seguro de retiro, cesantía en edad
avanzada y vejez.
b) Tienen un régimen específico de inversión. Esto significa que las
proporciones mínimas y máximas en que pueden adquirir los diferentes títulos
de deuda, así como los plazos de vencimiento están previamente determinados.
La cartera de valores en los que invierten estas sociedades, está integrada
por títulos de deuda emitidos por el Gobierno Federal, por el Banco de México o
por Instituciones Financieras privadas, cuya característica es preservar el valor del
dinero a través del tiempo. Es decir, cuyo rendimiento es superior, o al menos
igual, a la inflación. Asimismo, el realizar la inversión en títulos emitidos por
diferentes entidades y en determinadas proporciones tiene por objeto alcanzar
mejores rendimientos minimizando el riesgo.
Los trabajadores afiliados al Seguro Social que han elegido una Afore, son
quienes participan como socios con los recursos de la aportación bimestral que
efectúan tanto ellos, como el patrón y el Gobierno Federal, al seguro de retiro,
cesantía en edad avanzada y vejez, de las cuentas individuales. La Afore, con las
aportaciones depositadas en las cuentas individuales compra acciones de la Siefore
a cuenta de los trabajadores, motivo por el cual adquieren calidad de socios.
Es importante mencionar que los títulos de la cartera de valores de la
Siefore, generan rendimiento día a día, como en cualquier sociedad de deuda, por
lo que es necesario efectuar una valuación de dicha cartera para reflejar, en el
precio de la acción de la sociedad, la apreciación de dicho rendimiento.
Las Siefores son parte fundamental del nuevo Sistema de Ahorro para el
Retiro, ya que los trabajadores podrán obtener mejores rendimientos para sus
ahorros y con muy poco riesgo. Todos los títulos que adquieren las Siefores, con
excepción de los emitidos o avalados por el Gobierno Federal y por el Banco de
México, deben ser calificados cuando menos por dos instituciones calificadoras,
debiendo alcanzar una nota mínima que implique un bajo grado de riesgo. En caso
de que las calificaciones de una y otra difieran, se considera la más baja, la de
mayor riesgo, y si no se encuentra dentro del rango aceptable se procede a la venta
de dichos valores.
28
FUNCIONAMIENTO ACTUAL DE LAS AFORES
NÚMERO DE TRABAJADORES
A esa misma fecha se tienen 31.4 millones de afiliados en las 12 Afores, sin
embargo de esas cuentas 11.3 millones son cuentas inactivas, es decir, en las que
durante el último año (2003) no se realizaron aportaciones o bien, son registros en los
que se incluyen cambios de cuentas o movimientos generados por trabajadores que
abrieron una cuenta y que posteriormente perdieron su trabajo.
La reforma no presentó cambios para los trabajadores que se pensionaron antes
del 1º. de julio de 1997 y con el propósito de respetar los derechos adquiridos de los
trabajadores que cotizaban al Sistema hasta esa fecha, denominados trabajadores en
transición entre Sistemas, se les permitió optar al momento del retiro entre los
beneficios del Sistema anterior y los de la nueva Ley lo que les resultara más
conveniente.
Todos los trabajadores afiliados al IMSS deben de contar con una cuenta
constituida por tres subcuentas: Retiro por Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV);
Vivienda; y Aportaciones Voluntarias.
29
Es obligación de los patrones afiliar a sus trabajadores al IMSS, para lo cual
deben de acudir a alguna delegación del IMSS y proporcionar información general del
trabajador y de su familia. El IMSS otorga a cada trabajador un número de seguridad
social mediante el cual el patrón realiza los pagos y el trabajador y sus beneficiarios
pueden solicitar los beneficios de los diferentes seguros que ofrece el IMSS.
La afiliación a una Afore se realiza a través de agentes promotores registrados en
la Consar. Una vez que un trabajador elige una Afore, la información sobre el registro
debe de ser enviada a Procesar con el propósito de que ésta verifique que el trabajador
esté afiliado al IMSS y que no se encuentre afiliado en otra Administradora, así como
que la Afore elegida no rebase la cuota del mercado establecida.
En la grafica III.3.3.1 se muestra en que proporción ha ido en aumento el
numero de afiliados al sistema de pensiones de (1997 al 2003)
FUENTE: CEFP, H. Cámara de Diputados
MONTO AHORRADO
Al término del 2002 los recursos administrados por las Afore ascendieron a 317.2 mil
millones de pesos corrientes y representaron el 5.2 por ciento del Producto Interno
Bruto (PIB) a pesos corrientes de ese año, para 2015 se estima que el Sistema de
Pensiones de México administrará aproximadamente 247.9 mil millones de dólares, lo
que significará un incremento de 15.6 por ciento anual respecto a los 28.2 mil millones
de dólares que manejaba en 2000.
30
Por su parte la CONSAR estima que para 2015 los fondos para el retiro
administrados por las Afore representarán alrededor de 19 por ciento del PIB estimado
para ese año. En diciembre de 2003 el fondo ahorrado acumulado en la Subcuenta de
Retiro por Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RVC), incluyendo las Aportaciones
Voluntarias, ascendió a 395.1 mil millones de pesos, monto 24.6 por ciento superior al
de diciembre de 2002, mientras que el monto ahorrado acumulado en la Subcuenta del
Fondo de Vivienda ascendió a 210.1 mil millones de pesos, saldo 22.0 por ciento
superior al de diciembre de 2002.
COMISIONES COBRADAS
Las Afores están autorizadas a cobrar comisiones a los trabajadores por los
servicios que prestan. Estas comisiones pueden establecerse sobre las cuotas obrero-
patronales a la subsecuente de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez sobre el valor
de los activos administrados o una combinación de ambos. Sólo se permiten cobros de
comisiones como cuota fija por los servicios que se establecen en el Reglamento de la
Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro (LSAR), por ejemplo, por expedición de
estados de cuentas adicionales.
Sólo tres Afores cobran comisiones exclusivamente sobre el flujo de
aportaciones, las nueve restantes cobran tanto sobre el flujo como por el saldo.
31
Debido a la dificultad que representa para un trabajador establecer con base a la
administradora es la que menos cobra, la CONSAR publica un cuadro de comisiones
equivalentes, ya sea en términos de comisiones sobre flujo o sobre saldo. El cálculo de
las comisiones equivalentes supone la misma rentabilidad de la Siefores para
determinados horizontes de tiempo, por lo que se presentan escenarios de 1 a 25 años.
Las comisiones que se cobran a los trabajadores sobre el saldo a 25 años son en
promedio de 0.80 por ciento, la tasa más baja corresponde a la Afore Azteca, con 0.57
por ciento, mientras que la tasa más alta corresponde a Profuturo GNP con 1.36 por
cientro.
La reducción en el tiempo se debe a que todas las Afores excepto Inbursa cobra
comisiones sobre flujo, y en plazos cortos de tiempo los rendimientos no compensan la
reducción inicial de las aportaciones a la cuenta individual. Sin embargo, conforme pasa
el tiempo, la rentabilidad de los depósitos compensa la disminución inicial en el flujo de
aportaciones y crecen los saldos por lo que el cobro de comisiones por saldo es cada vez
mayor.
CUENTAS ACTIVAS E INACTIVAS
En el 2003 se tenían 31.4 millones de trabajadores afiliados a alguna Afore, es
decir cuentas registradas, de los cuales 11.3 millones son inactivos.
32
Además se consideran 11.3 millones de cuentas intermitentes ya que hay 4.5
millones de puestos de trabajo ocupados temporalmente por personas que entran y salen
del mercado laboral, debido, entre otras razones, a que emigran, trabajan en el campo
por temporadas o se incorporan a la economía informal.
Del total de trabajadores registrados 6.7 millones tienen aportaciones en todos
los bimestres y 1.1 millones de nuevos activos que llevan entre diez y once meses
aportando al Sistema, es decir, que actualmente hay 7.8 millones de cuentas activas.
De las 11.3 millones de cuentas que en los últimos doce meses no reportan
alguna aportación, en términos de saldo del Sistema, representan el 10 por ciento de los
395.1 mil millones de pesos que administran las Afores, mientras que con respecto al
número de cuentas representan casi el 36 por ciento.
DESTINO DE LAS INVERSIONES
Desde que se estableció el actual Sistema de Pensiones, se ha buscado ofrecer
una pensión adecuada a los trabajadores, ello depende de que sus recursos se inviertan
en proyectos seguros y rentables, incluyendo la posibilidad de invertir parte de los
recursos acumulados en actividades productivas para generar empleos, garantizar una
pensión digna a los trabajadores o sanear las finanzas del IMSS, sin embargo se estima
que solamente 63 mil millones de pesos de los casi 396 mil millones de pesos del
Sistema están financiando actividades productivas en empresas del sector privado,
paraestatales, estados y municipios, es decir que solamente el 15.7 por ciento de los
fondos administrados por las SIEFORES se ha invertido en actividades productivas
mientras que el 84 por ciento de los recursos generados desde julio de 1997 están
invertidos en el Mercado Bursátil y en instrumentos de deuda del gobierno.
Al terminar 2003 el 48 por ciento de las carteras de las SIEFORES está
invertido en Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal (Bondes); el 16 por ciento en
Bonos diversos; 17 por ciento en otros instrumentos financieros; 3 por ciento en Cetes y
33
solamente 15.7 por ciento en papel privado.
FUENTE: cefp. H. Cámara de Diputados
RENTABILIDAD DE LAS SIEFORES En términos reales (por encima de la inflación), las Siefores otorgaron una tasa
de rendimiento del 10.41 por ciento en promedio durante 2003, por encima de las tasas
pagadas por otros instrumentos bancarios.
Las mejores Afores en términos de tasa real (rendimiento de gestión), durante
2003, fueron: Banorte con 7.21 por ciento, Profuturo GNP con 7.20 por ciento y Afore
Banamex con 7.10 por ciento.
Los trabajadores tendrán que analizar diversos aspectos de las Afores para elegir
la más conveniente para ellos y no considerar únicamente el rendimiento que ofrecen,
por ejemplo, deberán considerar las comisiones que cada Afore cobra, ya que una puede
ofrecer un mayor rendimiento pero cobrar elevadas comisiones. Históricamente el
rendimiento real acumulado de las Siefores del 1º. de julio de 1997 al 31 de diciembre
de 2003 es de 8.15 por ciento después del cobro de comisiones, destacando los
rendimientos de Banamex, 8.80 por ciento; ING, 8.75 por ciento; y Bancomer, 8.60 por
ciento, mientras que el menor porcentaje correspondió a Inbursa con 5.24 por ciento.
34
RESERVAS TECNICAS Como resultado de las garantías implícitas a los asegurados por parte del Estado
en caso de que una aseguradora presente problemas de solvencia, y de la
responsabilidad limitada de los accionistas por los riesgos que asumen, se debe analizar
la posible existencia de problemas de riesgo moral que pueden traer como consecuencia
pasivos contingentes al Gobierno Federal y por lo tanto a los contribuyentes.
El actual sistema de pensiones constituye un flujo significativo de recursos hacia
los mercados financieros nacionales. Las Afores y las aseguradoras especializadas en
rentas vitalicias son los intermediarios financieros que mayor crecimiento han
observado en los últimos años, además de ser los principales inversionistas
institucionales. Debido a que las rentas vitalicias son contratos de seguros con
horizontes de duración de largo plazo, las aseguradoras son por naturaleza oferentes de
recursos (demandantes de papeles) para inversiones de largo plazo.
En el siguiente cuadro, se presenta la participación de las Afores y las
aseguradoras en los diferentes instrumentos que ofrece el Gobierno Federal. Estos
intermediarios representan actualmente el 28.3 por ciento de la deuda pública interna
total. Las Afores invierten a un plazo promedio de 961 días y las aseguradoras de 2 mil
919 días.
Los elementos básicos del nuevo sistema de pensiones, que además guardan
estrecha relación entre sí, son los siguientes:
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- La cuenta individual; como su nombre lo indica, es una cuenta personal que cada
trabajador tiene a su nombre, donde se depositan las aportaciones por diferentes
conceptos, como se indica a continuación.
En las aportaciones a esta cuenta participan el trabajador, su patrón y el
gobierno, aunque en el nuevo sistema de pensiones se ha generado una variante:
a la cuenta individual del trabajador se agregan el SAR, el saldo del
INFONAVIT y una aportación del Gobierno. La cuenta individual está integrada
por tres subcuentas:
a) Subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, en esta subcuenta se
depositan:
Las aportaciones que hace el trabajador a su cuenta y que por nómina se le
descuentan, las aportaciones de su patrón y las del gobierno (aportación
tripartita= tres partes).
La aportación del SAR que deposita su patrón.
La cuota social del Gobierno.
b) Subcuenta de vivienda.
Se depositan las aportaciones que hacen los patrones a sus empleados para
la construcción o compra de vivienda, mejor conocidas como cuotas del
INFONAVIT.
c) Subcuenta de aportaciones voluntarias, esta subcuenta se compone de:
Los depósitos o aportaciones hechas por el trabajador de manera voluntaria.
Por las que el patrón llegara a hacer, según las prestaciones de cada empresa.
- Administradoras de Fondos pare el Retiro; las AFORES son sociedades
mercantiles que se dedican de manera profesional, a la administración de fondos
de pensión o “cuenta individual” de los trabajadores de manera individualizada.
El IMSS también ofrece el servicio de AFORE (AFORE XXI).
Las AFORES deben, a través de las Sociedades de Inversión Especializadas en
Fondos de Ahorro para el Retiro, llamadas SIEFORES, invertir el dinero de cada
trabajador y al mismo tiempo, deben ser administradoras de estas SIEFORES.
Tienen la obligación de establecer servicios de información al público, manejar
y pagar los retiros programados de las cuentas de los trabajadores que lo
soliciten, enviar estados de cuenta e información al domicilio de los
trabajadores.
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Las AFORES son elegidas libremente por cada trabajador según la evaluación
que de ellas hayan hechos, tomando en cuenta criterios como servicio, intereses
cobrados, comisiones por manejo de cuenta, etc. Es importante mencionar que
las AFORES cobrarán a los trabajadores una comisión por el manejo de su
cuenta, ya que no son empresas Gubernamentales.
- SIEFORES; si las AFORES son empresas estrictamente administrativas, y si el
nuevo sistema de pensiones tiene la ventaja de hacer crecer la pensión de los
trabajadores, la pregunta es: ¿cómo crece el dinero?. Crece a través de las
SIEFORES.
Estas son Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos de Ahorro para el
Retiro que tienen la misión de invertir los fondos de ñlos trabajadores en
diferentes herramientas financieras que harán crecer el dinero “de manera
proporcional” de la misma manera en que lo hacen las grandes empresas que
cotizan en la bolsa, o que invierten en el mercado bursátil. Esto permite que el
dinero ofrezca a los trabajadores mayores rendimientos que si se invirtiera en
una pequeña cuenta en el banco. Además, el dinero que se invierte a través de
las SIEFORES se destina a actividades productivas, tales como la construcción,
el transporte, la fabricación de alimentos, y la generación de empleos.
Las reformas que se han hecho a los esquemas de pensiones en México, ofrecen
una serie de beneficios a los trabajadores.
La principal reforma que afecta al sistema de pensiones del IMSS se refiere a la
reordenación de las prestaciones sociales que ha venido ofreciendo el Instituto. Surge el
ramo de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez como entidad autónoma y ofrece los
siguientes beneficios:
1.- Impiden que se destinen los fondos de este ramo para cubrir gastos de otros
de sus servicios. En pocas palabras, se creó un mecanismo de control que evita que los
recursos del ramo de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez san destinados a otros
rubros del Instituto, como la atención médica o la creación de hospitales.
2.- La reforma abrió la posibilidad de que los fondos de pensión sean
administrados por instituciones distintas al IMSS, es decir, las AFORES y se permite la
participación de los trabajadores en el manejo de su propia pensión.
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El autor Carlos Noriega Curtis, considera que hay varios factores que tienden a
apoyar el argumento de que la reforma promoverá el ahorro y el crecimiento en el
contexto de la economía mexicana. El objetivo a alcanzar será entrar al círculo virtuoso
de más y mejor ahorro, mayor inversión, mayor crecimiento y mayores niveles de
ahorro interno.
Los fondos en las cuentas individuales (excepto el 5% que corresponde a la
vivienda) son administrados por las Afores, de las que en 2003 existían 12 empresas. La
nueva ley contempla la posibilidad de aportaciones voluntarias a las cuentas
individuales por parte de los patrones y los trabajadores.
Cada Afore tiene permitido operar varios fondos de inversión para sus afiliados,
denominados Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro
(SIEFORES), existiendo 15 de ellas en el año 2003. La Comisión Nacional del Sistema
de Ahorro para el Retiro (CONSAR) es la entidad que regula, supervisa y coordina a los
participantes del SAR. El IMSS sigue siendo el responsable de la recaudación de todas
las aportaciones.
En general para tener derecho a una pensión de retiro se requiere que el
trabajador tenga por lo menos 65 años de edad. En el caso de cesantía en edad avanzada
la edad requerida se reduce a 60 años. Los beneficios dependen de las aportaciones
acumuladas durante la vida laboral del afiliado, además del rendimiento menos las
comisiones pagadas. El trabajador puede elegir dos opciones:
1. Adquirir una renta vitalicia de una compañía de seguros privada que garantice
una pensión mensual fija para el asegurado y sus sobrevivientes.
2. Recibir retiros programados de la Afore, que se calculan al dividir el saldo de
la cuenta individual del asegurado entre el número de años que se espera que viva.
El gobierno garantiza una pensión mínima igual al salario mínimo general
vigente en el momento de la reforma y en el caso de desempleo el trabajador tiene
permitido retirar un máximo de 10% del saldo acumulado en su cuenta de retiro.
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En el siguiente cuadro se resume el Sistema de Pensiones que rige en México:
Sistema de Pensiones en México
TENDENCIAS DEMOGRAFICAS EN LAS PENSIONES Los sistemas de pensiones son especialmente sensibles a la transición
demográfica así como a la situación laboral de su población protegida. La primera
cambia su estructura de edades afectando la razón entre potenciales contribuyentes y
beneficiarios, la segunda define cuántos de los potenciales contribuyentes están
productivamente ocupados en actividades formales.
La crisis de las pensiones se da en el marco de una caída económica y del
envejecimiento de la población. Se trata de un asunto delicado y preocupante no sólo
para las finanzas públicas del gobierno sino para la Población Económicamente Activa
joven.
México se encamina a tener una población mayoritaria de la tercera edad, pero sin
recursos suficientes para vivir con dignidad. Ese futuro está asegurado si no se realizan
reformas al sistema de pensiones que eviten una gran brecha en los fondos y fortalezca
los mecanismos de retiro.
Dentro de estos cambios se prevén una mayor individualización de las cuentas
de pensiones para eliminar poco a poco el sistema de reparto, sobre todo para que la
población cuente con un mecanismo transparente que le permita controlar su ahorro.
Seguridad Social Pública
Administración Privada
Sistema Público
Sistemas Privados
Autónomos
SAR Fondos de Empleadores
Administradores y Empleadores no Autónomos
Empleador Público
Empleador Privado
Banca de Desarrollo
PEMEX Sector Electricidad
Entidades financieras
ISSSTE ISSFAM
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Los cambios generados en la población a través del tiempo han provocado
importantes presiones en los sistemas de pensiones, estos han generado una evolución
hacia una mayor participación de población en edad avanzada.
En la grafica se observa que la población en edad avanzada ha tenido un notable
aumento desde 1990 hasta el 2003. Esto se ha dado gracias a los niveles de esperanza de
vida que se han procurado al transcurrir el tiempo.