uniiiveniiiiDnD Da TIIUf RESOLUCIÓN NÚMERO 003 9. DE 2011 20 ENE 2011 Por la cual se vinculan docentes catedráticos, para el semestre A de 2011 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DEL TOLIMA En uso de sus facultades legales y CONSIDERANDO 1. Que el Acuerdo 0008 de Febrero 17 de 1997 emanado del Consejo Superior de la Universidad del Tolima, autoriza al Rector para nombrar mediante Resolución al personal que desempeñe funciones docentes por un término no superior al respectivo período académico. 2. Que el articulo 73 de la Ley 30/92 consagra dentro de la clasificación profesora¡ a los profesores de cátedra, sin que detenten la calidad de empleados públicos ni trabajadores oficiales. No obstante mediante sentencia C-0006/96, tienen derecho al pago de prestaciones fijado para los servidores del Estado, inclusive lo establecido por la Ley 0995 de 2005. 3. Que el Secretario Académico de la Facultad de Ciencias de la Salud, Dr. Hugo Ernesto Ovalle Rodríguez, mediante oficio 12-408 remitió los formatos de solicitud de vinculación de los profesores catedráticos adscritos a los departamentos de Ciencias Clínicas y Salud Pública para el semestre A de 2011. 4. Que el valor de la hora cátedra para los docentes catedráticos vinculados a través de la presente resolución, se cancela de acuerdo al valor del punto señalado en el Decreto N°1370 de abril 26 de 2010. lo 5. Que la carga académica fue aprobada por el Consejo de la Facultad de Ciencias de la Salud mediante Acuerdo N° 237 del 14 de diciembre de 2010 y debidamente revisada por las Oficinas de Asesoría Jurídica, y la Vicerrectoria Académica, cumpliendo con los requisitos exigidos. RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Vincular para el semestre académico A de 2011, en el período comprendidio entre el 1° de febrero y hasta el 3 de junio de 2011, según cada caso, como docentes catedráticos para la Facultad de Ciencias de la Salud, a los siguientes profesionales, de acuerdo con las condiciones, categorías, horas y valores que a continuación se relacionan: N° ¡ NOMBRE 1 CC o CE 1 Categoría ¡Horas/Semi Periodo J Vr. hora 1 Vr TOTAL FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD DPTO. SALUD PÚBLICA 1 AGUIAR CASTILLA HECTOR RAUL 14.222.679 Asistente 118,8 01-02-28-05111 18.626 2.212.769 2 ARBOLEDA MARiA IRLEYDA 28.535.945 Asistente 183,7 01-02-28-05/11 18.626 3.421.596 3 ARZUZA NELLY BELEN 45.439.124 Asistente 165,0 01-02-28-05111 18.626 3.073.290 4 BECERRA MORA AMARUC 93.294.043 Asistente 248,6 01-02-28-05/11 18.626 4.630.424 5 BOTERO MARTÍN 93.367.665 Asistente 81,4 01-02-28-05111 18.626 1.516.156 6 BUENO MENESES CLAUDIA PATRICIA 65.766.322 Asistente 110,0 14-02-28-05111 18.626 2.048.860 7 CALDERÓN CALDERON RAQUEL 40.315.302 Asistente 132.0 11-04-28-05111 18.626 2.458.632 8 CARDEÑO JOSÉ OMAR 2.773.683 Asistente 132,0 01-02-28-05111 18.626 2.458.632 9 ICARDOZO LOZANO WILLIAM 93.374138 Asistente 82,5 01-02-28-05111 18.626 1.536.645 10 CARVAJAL MARTÍNEZ MARIA ROSARIO 65.729.800 Asistente 149,6 01-02-03-06111 18.626 2.786.450 11 CASTAÑO GONZALEZ CLAUDIA SUSANA 38.238.296 Asistente 82,5 01-02-28-05/11 18.626 1.536.645 12 CASTILLO RENGIFO BERTHA 24.471.419 Asociado 170,5 14-02-28-05111 20.954 3.572.657 13 CASTRO ELIANA 39.545.832 Asistente 165.0 01-02-28-05111 18.626 3.073.290 14 CASTELBLANCO CORTÉS BERTHA 41.557.590 Asistente 170,5 14-02-28-05111 18.626 3.175.733 15 CASTIBLANCO AMAYA MIRIAM ANGELICA 52.045.272 Asistente 49,5 14-02-28-05111 18.626 921.987 16 CENDALES RUBIELA 41.646.135 Asistente 154,0 14-02-28-05111 18.626 2.868.404 17 CRISTO GUERRERO VICTOR NAYIB 79.690.673 Asistente 77,0 01-02-28-05/11 18.626 1.434.202 18 CHARRY GUARNIZO HAIDY CATERINE 65630.566 Auxiliar 132,0 11-04-28-05/11 11.641 1.536.612 19 DÍAZ LOZANO MARTHA BEATRIZ 38.225.029 Asistente 277,2 01-02-28-05/11 18.626 1 5.163.127 20 DE LOS RÍOS BERMÜDEZ YASMITH 65.765.120 Asistente 82.5 11-04-28-05111 18.626 1 1.536.645 .
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RESOLUCIÓN NÚMERO 003 9. DE 2011
20 ENE 2011 Por la cual se vinculan docentes catedráticos, para el semestre A de 2011
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DEL TOLIMA En uso de sus facultades legales y
CONSIDERANDO 1. Que el Acuerdo 0008 de Febrero 17 de 1997 emanado del Consejo Superior de la Universidad del Tolima, autoriza al Rector para nombrar mediante Resolución al personal que desempeñe funciones docentes por un término no superior al respectivo período académico.
2. Que el articulo 73 de la Ley 30/92 consagra dentro de la clasificación profesora¡ a los profesores de cátedra, sin que detenten la calidad de empleados públicos ni trabajadores oficiales. No obstante mediante sentencia C-0006/96, tienen
derecho al pago de prestaciones fijado para los servidores del Estado, inclusive lo establecido por la Ley 0995 de 2005.
3. Que el Secretario Académico de la Facultad de Ciencias de la Salud, Dr. Hugo Ernesto Ovalle Rodríguez, mediante oficio
12-408 remitió los formatos de solicitud de vinculación de los profesores catedráticos adscritos a los departamentos de Ciencias Clínicas y Salud Pública para el semestre A de 2011.
4. Que el valor de la hora cátedra para los docentes catedráticos vinculados a través de la presente resolución, se cancela de acuerdo al valor del punto señalado en el Decreto N°1370 de abril 26 de 2010.
lo 5. Que la carga académica fue aprobada por el Consejo de la Facultad de Ciencias de la Salud mediante Acuerdo N° 237 del 14 de diciembre de 2010 y debidamente revisada por las Oficinas de Asesoría Jurídica, y la Vicerrectoria Académica, cumpliendo con los requisitos exigidos.
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: Vincular para el semestre académico A de 2011, en el período comprendidio entre el 1° de febrero y hasta el 3 de junio de 2011, según cada caso, como docentes catedráticos para la Facultad de Ciencias de la Salud, a los
siguientes profesionales, de acuerdo con las condiciones, categorías, horas y valores que a continuación se relacionan:
N° ¡
NOMBRE 1 CC o CE 1 Categoría ¡Horas/Semi Periodo J Vr. hora 1 Vr TOTAL
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD DPTO. SALUD PÚBLICA
TOTAL CÁTEDRAS 329.256.707 PRIMA DE NAVIDAD 25.538.680
VACACIONES 18.292.046
INDEMNIZACIÓN DE VACACIONES 13.719.038
CESANTIAS 28.583.066
INTERESES DE CESANTIAS 1.070.063
TOTAL PRESTACIONES 87.202.893
TOTAL PARAFISCALES 97.614.736
GRAN TOTAL 514.074.336
ARTÍCULO SEGUNDO. Los docente están obligados al cumplimiento de los siguientes términos: (a) Orientar la totalidad de
las horas establecidas, de acuerdo con el horario establecido por la Universidad; (b) Responder por los bienes que se le
entreguen por inventario. Por tanto, en caso de pérdida o deterioro no imputable al uso natural, deberá pagar su valor,
pudiendo la Universidad deducirlo de las sumas que adeude al profesor(a); (c) Registrar diariamente en la Facultad
respectiva, las clases dictadas y presentar las calificaciones correspondientes de las materias asignadas, de acuerdo con el
calendario académico que rija la Universidad; (d) Cumplir con los deberes como docente, establecidas en el Estatuto
Profesora¡ y demás normas concordantes; (e) Estar afiliado al régimen de seguridad social vigente.
PARÁGRAFO: Los profesores catedráticos deberán acreditar los requisitos exigidos en el artículo 70 de la Ley 30 de 1992.
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ARTÍCULO TERCERO. La duración de la presente resolución será por el período comprendido entre el 1° de Febrero y el 3
de junio de 2011 de acuerdo a cada uno de los casos. La resolución cesará sus efectos en la fecha de vencimiento,
quedando los profesores desvinculados automáticamente de sus obligaciones, sin que esta vinculación conlleve
permanencia o estabilidad que le corresponde a los profesores escalafonados.
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UT un iiivci~=no iiiDnin9 D D SE R TOIII RESOLUCIÓN N 003 a 20 ENE 2011 Hoja
PARÁGRAFO. En caso de presentarse cese de actividades académicas, fuerza mayor o caso fortuito y por este motivo no pueda prestarse el servicio, el término pactado de vigencia contractual, se suspenderá automáticamente hasta cuando se reanude la normalidad institucional.
ARTICULO CUARTO. La Universidad cancelará al docente catedrático el valor de sus servicios por mensualidades, previa
entrega de las calificaciones y certificación sobre el cumplimiento de las horas acordadas, para lo cual requiere constancia sobre la prestación del servicio expedida por la Facultad.
ARTÍCULO QUINTO. Los catedráticos relacionados en la presente resolución declaran no estar in cursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad.
ARTÍCULO SEXTO. Los gastos de la presente Resolución serán imputados a los rubros establecidos para estos casos, en el Presupuesto Vigente de la Universidad del Tolima