Teorías criminológicas Unidad 2. Crimen y criminalidad División de Ciencias Sociales y Administrativas | Licenciatura/ TSU en Seguridad Pública. 1 Licenciatura/ TSU en Seguridad Pública 6° cuatrimestre Teorías criminológicas Unidad 2. Crimen y criminalidad Clave: LIC 010920624 / TSU 020920624 Universidad Abierta y a Distancia de México
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Teorías criminológicas Unidad 2. Crimen y criminalidad
División de Ciencias Sociales y Administrativas | Licenciatura/ TSU en Seguridad Pública.
1
Licenciatura/ TSU en Seguridad Pública
6° cuatrimestre
Teorías criminológicas
Unidad 2. Crimen y criminalidad
Clave: LIC 010920624 / TSU 020920624
Universidad Abierta y a Distancia de México
Teorías criminológicas Unidad 2. Crimen y criminalidad
División de Ciencias Sociales y Administrativas | Licenciatura/ TSU en Seguridad Pública.
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índice
Unidad 2. Crimen y criminalidad ............................................................................................ 3
Presentación de la unidad ...................................................................................................... 3
Teorías criminológicas Unidad 2. Crimen y criminalidad
División de Ciencias Sociales y Administrativas | Licenciatura/ TSU en Seguridad Pública.
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Unidad 2. Crimen y criminalidad
Presentación de la unidad
La criminología estudia cierto tipo de conductas dentro del contexto único y especial en el
que se dan. Sin embargo, no puede valerse únicamente de su marco teórico para realizar
sus análisis pues, al ser un estudio interdisciplinario, echa mano de los conocimientos y
los datos generados por otras disciplinas.
Es así como surge la necesidad de la delimitación conceptual de lo que es el crimen y lo
que es la criminalidad. En un sentido estricto, el delito es una categoría jurídico normativa
que no abarca la totalidad del foco de interés de la criminología, y esto es, la conducta
desviada y su expresión dentro de una sociedad.
Si se hablara únicamente de delito, no se podrían incluir actitudes que se consideran
desviadas por contravenir normatividades informales, anulando así la posibilidad del
estudio de las interacciones normativas y anti normativas que se formulen en un plano
más social y menos inmerso en la oficialidad normativa de las instituciones.
Distinguir qué es la criminalidad es de igual importancia ya que, como se mencionará, la
criminalidad es el principal interés para la criminología, pues se refiere a la expresión de la
conducta desviada o de la conducta criminal. Si un crimen es la calificación de un hecho,
la criminalidad es la expresión en su conjunto, lo cual proporciona los elementos
necesarios para poder hacer análisis más completos de las condiciones contextuales
sociales en las que se manifiestan diferentes actos delictivos, permitiendo establecer
correlaciones entre hechos sociales, económicos, políticos y culturales, entre otros.
El estudiar estos dos conceptos provee de dos diferentes niveles de análisis: el primero
permite ver de manera cercana e individualizar cada hecho, conociendo a sus actores y al
trasfondo específico que lo impulsó. Ver al crimen, desde otro punto de vista, permite que,
jurídicamente, se tomen las medidas necesarias de acuerdo a la situación. Por el otro
lado, estudiar la criminalidad no permite prestar atención a las especificidades de cada
hecho, sino atender a las características generales que permiten confinar a cierto tipo de
hechos dentro de una categoría de análisis.
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Propósitos
En esta unidad:
Comprenderás a qué se refiere la criminalidad.
Distinguirás diferentes tipos de criminalidad.
Competencia específica
Distinguir los distintos tipos de crimen y criminalidad para ubicar los diversos
puntos donde pueda generar un impacto a lo interno de una sociedad mediante el
estudio de casos específicos.
2.1. Crimen
La Real Academia de la Lengua Española, en su vigésima edición, define al crimen como
un delito grave, como una acción indebida o reprensible, o como la acción voluntaria de
matar o herir gravemente a alguien. Esta es una definición común y al mismo restrictiva e
imprecisa, y si se hace referencia a la misma es porque condensa lo que comúnmente se
conoce como crimen.
Sin embargo, para los interesados en el estudio de la conducta humana en la expresión
particular de la criminalidad, la creencia común difundida resultará de poca utilidad ya que
no contempla todas las variaciones que pueden existir en torno a una idea determinada,
siendo esta la que define qué es lo que hace que una acción sea “indebida o reprensible”,
en qué momento o para quién o quiénes lo sea, y qué es lo que hace que se lleve a cabo.
Igualmente, interesará saber, en este sentido, cómo es dictaminada la gravedad, y qué es
lo que la separa de la “acción voluntaria de matar o herir gravemente a alguien”.
Aunque no se trate de una definición de trabajo utilizada con interés criminológico, sirve
para los fines que aquí se persiguen como un ejemplo claro de la dificultad de clarificar un
objeto de estudio, buscando una perspectiva propia de una disciplina interesada en su
estudio, tomando en cuenta todas las variables que se pueden introducir al intentar
comprender algún problema en su totalidad, involucrando diferentes aristas que la
modifican, la influyen o la alimentan.
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2.1.1. La definición del crimen
Buscar una delimitación de lo que es un crimen es una labor importante para el fin que se
persigue en esta materia. Aunque debido a la naturaleza del concepto pudieran
encontrarse definiciones más aproximadas al campo jurídico, es necesario entenderlas
desde un punto de vista relacionado con las ciencias sociales, apreciando sus
repercusiones en la vida de cualquier comunidad.
Se puede entender que un crimen es aquella conducta castigada por el sistema
encargado de procurar justicia en un lugar determinado. Sin embargo, si se cuenta
únicamente con una definición de este tipo, y al ser el crimen una parte importante en el
campo de estudio de la criminología, tenemos que esta disciplina trabajaría no con un
objeto propio, sino con un objeto creado para ajustar a las definiciones de otra disciplina
tal como el derecho.
Las definiciones clásicas de crimen atienden a los intereses de quienes ayudaron a
forjarlas, y son generalmente grupos de personas que ostentan algún tipo de poder
institucional, lo cual quiere decir que no pueden ser adoptadas fielmente para poder
estudiar no solo el delito, sino también la conducta desviada.
La diferencia principal radica en que si únicamente atiende al delito de manera formal, se
estaría teniendo en cuenta toda actividad calificada como delictiva por un órgano oficial,
mientras que si se incluye también la conducta desviada, se contemplan las conductas o
actitudes que se alejan del bien común dictado tanto por los medios de control social
formal como por los medios de control social informal. Esto quiere decir que adoptando
una perspectiva que retome el segundo supuesto (es decir, el que tenga en cuenta la
conducta desviada y no únicamente el delito), no se intentaría estudiar únicamente las
acciones o actitudes que jurídicamente pudieran ser estudiadas, sino que también se
tomarían en cuenta las actitudes que socialmente suponen desviación, aunque estas no
lesionen algún bien jurídico.
La importancia de encontrar una definición de crimen que se ajuste debidamente a las
necesidades de los estudios propios de la criminología y de las ciencias sociales en
general desde una perspectiva que integre múltiples dimensiones de estudio, radica en
que debe amoldarse a los constantes cambios sociales y culturales de las comunidades
que intenta regular. Siendo así, no se puede pensar en una definición puramente
normativa, sino que debe mostrar capacidad de adaptación, comprendiendo que una
persona que comete un delito no debe ser vista como únicamente la persona que comete
el delito, sino como una pieza dentro de una estructura social compleja.
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En este sentido, según el sociólogo Emile Durkheim (2006. p. 72), el crimen es un
fenómeno normal, y además, necesario dentro de las sociedades, añade que la falta o los
bajos índices criminales son muestra de una anomalía social:
el crimen, por su parte, no puede ser visto como un mal que no puede ser
suficientemente suprimido. No se debe de felicitar a una sociedad cuyas tasas
de criminalidad se sitúan notoriamente debajo de los índices corrientes,
podemos tener por seguro que este progreso aparente puede estar asociado
con algún desorden social.
Este autor dice que el crimen es necesario ya que ayuda a las sociedades a cambiar y a
ajustarse a esos cambios. Ten en cuenta que el crimen evoluciona junto con la sociedad,
al mismo tiempo que la sociedad evoluciona con el crimen; para ejemplificar, observa la
siguiente nota:
En esta nota periodística se hace mención del ciberbullying, que son acciones encaminadas a amenazar, amedrentar o intimidar a una o varias personas a través de medios digitales o redes sociales. Aquí se puede incluir el compartir imágenes o textos que afecten a la persona, o incluso la mera amenaza de hacerlo.
Los delitos informáticos ya serán penados en México
Posted In Hackers, Noticias - By Eduardo Rivero on Jueves, abril
5th, 2012 With
En México, el pasado 28 de marzo, la Cámara de Diputados aprobó
modificaciones legales para identificar los tipos de delitos
informáticos, con lo que se pretende condenar a aquellos que hagan
mal uso de la tecnología.
Los posibles delitos que podrían entrar pronto en vigor, van desde el
cyberbullying, hasta el hacking y cracking, ya que si un individuo
accede a un sistema ajeno, aunque no haga daños ni
modificaciones, sino que sea una simple práctica educativa, será
considerado como delito en la reforma al artículo 211 (Rivero, 2012).
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El cracking y el hacking, por su parte, consisten en el acceso a equipos informáticos con el fin de modificar o eliminar información en el primer caso, y el acceso a un equipo informático sin protección, a fin de conocer o copiar su contenido, en el segundo.
Estas tres actividades, convertidas en delito, significan un ajuste social y jurídico a
conductas que aparecen como consecuencia del desarrollo social, y, por ende, la sociedad
debe ajustarse a ellas para prevenirlas y evitarlas.
Para no ir muy lejos, hay que pensar que hace algunos años, todavía a finales del siglo XX,
no se hubiera pensado que fuera necesario establecer tipos criminales para prevenir y
penar las conductas que se llevaran a cabo en medios electrónicos con la ayuda del
internet, simplemente porque este medio de comunicación no estaba ampliamente
reconocido y utilizado como un medio principal de comunicación, y, yendo unos cuantos
años más atrás, este medio ni siquiera existía. Por lo tanto, para seguir con la idea de
Durkheim de que el delito es socialmente necesario, analicemos lo siguiente:
La sociedad sigue un curso de desarrollo: la sociedad empieza a desarrollar y
utilizar un nuevo espacio para desenvolverse y comunicarse. Este es un espacio
lúdico y funcional en el que se maneja una gran cantidad de información relevante
tanto pública como privada. Este espacio se refiere a la red.
Aparece una conducta contraria al bien común en ese contexto: se empiezan a
lesionar bienes mediante actividades que únicamente son posibles gracias a los
cambios y al progreso social.
La aparición de la conducta contraria al bien común obliga a realizar cambios
en la organización social: jurídicamente se busca castigar estas actitudes,
creando nuevos tipos para catalogarlas. Por otra parte, socialmente también se
realizan ajustes ya que la gente empieza a estar alerta ante este tipo de actitudes,
propiciando cambios en la estructura social tales como medidas precautorias o
desarrollos tecnológicos y utilitarios que le permitan protegerse de ellas.
Así se crea una dinámica de impulso y cambio social que se repite a medida que el
desarrollo va avanzando en ambos sentidos: la sociedad cambia para protegerse y el delito
cambia para adecuarse a la protección, propiciando cambios sociales, etc.
El crimen entendido como conducta desviada es entonces una parte ineludible de la vida
en sociedad. Por otra parte, el crimen es un problema contextual. Esto quiere decir que su
definición depende de las definiciones provistas por la ley, pues una actitud no es criminal
o desviada si no existe algún parámetro formal o informal que dicte su desapego
normativo: no se puede hablar de desviación si no hay un ejemplo de “normalidad” o
normatividad a la cual se pueda contraponer.
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Esto quiere decir que, si bien es por lo general conocido y aceptado como una verdad, por
ejemplo el tomar algún objeto de una tienda sin haberlo pagado sería un hecho
injustificado e indeseable tanto jurídica como social e incluso moralmente, esto se tiene
como referencia ya que se sabe que el no robar es una actitud deseable y aceptada en un
sentido amplio y en una generalidad de situaciones.
En consecuencia, se entiende que para cada actitud indeseable hay una actitud deseable
con la que es posible compararla, y viceversa: si llevar a cabo una actitud se considera
como un hecho indeseable, entonces el no llevar a cabo esa misma actitud, por lo general,
se considerará como un hecho deseable o al menos permitido.
En un contexto cotidiano podemos encontrarnos con el siguiente caso:
Un hombre se encuentra entre el público que se dio cita en un teatro para
presenciar un concierto ofrecido por la orquesta más importante de la ciudad. De
pronto, su teléfono móvil empieza a sonar y, después de algunos toques, la
persona lo contesta y comienza a platicar con su interlocutor sin importar que la
orquesta esté tocando. La gente que lo rodea está molesta y le pide que guarde
silencio, a lo que el hombre hace caso omiso y continúa con su plática.
Aproximadamente cinco minutos después toda la gente del teatro empieza a pedir
que ese hombre se retire, haciendo tanto ruido que la orquesta tiene que parar.
Por tal razón, elementos de seguridad del teatro tienen que pasar y pedirle al
hombre que se retire, escoltándolo a la puerta.
Aquí no se está hablando de un delito pues no se rompió alguna norma jurídica, sin
embargo se trata de una actitud desviada pues se rompió una convención normativa social
(y, reiterando, a esta materia le interesa el delito o el crimen entendido como desviación
social, por lo que no se concentra únicamente en faltas jurídicamente entendidas, sino en
las fallas al orden socialmente establecido), pues lo deseable en una situación como la del
ejemplo es que cualquier persona que se presente en un evento similar apague sus
aparatos de comunicación, y, en caso de que esta primera convención se rompa, si llegara
a sonar un teléfono celular, se esperaría que el dueño lo apagara de inmediato, se deduce
que lo contrario es, por ende, lo que es aceptado como una conducta apropiada. Sin
embargo si esta persona continuara hablando una vez que ha sido escoltada fuera del
teatro, la gente que pasara por ahí, sin saber lo ocurrido, tal vez no consideraría que su
actitud estuviera transgrediendo alguna norma, y esto se debe a que el contexto es
diferente, aunque la persona y la acción sean las mismas. Esto es porque:
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El contexto en que alguien ve la acción social y sus situaciones
conforma la idea de si esas situaciones son consideradas criminales.
Mientras que de manera abstracta y superficial el comportamiento
criminal es especificado por la ley, la realidad de una situación, quién
está involucrado y cómo se interpreten las acciones, da forma a lo que
se entiende como crimen (Henry, 2001:10).
Siguiendo con esta idea, se puede entender entonces que lo que es aceptado recibe este
calificativo porque funciona en interés de algún grupo. El hacer fila para entrar a un lugar
tiene una utilidad en función del orden y el respeto a las demás personas que se
encuentran esperando también para entrar, por lo cual una actitud desviada sería el que
una persona tomara un lugar que no le pertenece dentro de una fila; así como el prohibir la
“piratería” trabaja en función de los intereses económicos de las disqueras, los artistas y en
general de la industria musical, por lo que el promover ese tipo de productos sería una
actitud desviada y, al estar regulada jurídicamente, sería también una manifestación
criminal.
La definición de crimen, o en su caso de la desviación, la da quien dispone cuál es el
interés común en una situación determinada. Esto significa que una actitud no es desviada
o criminal en sí misma, sino que se vuelve desviada o criminal cuando alguien (siendo este
alguien una autoridad, una instancia oficial, un grupo social, etc.) la califica como tal.
2.2. Criminalidad
El concepto de criminalidad está compuesto por el crimen: el segundo puede ser definido
de manera individual, sin tener en cuenta al primero, pero el primero no puede ser
elaborado sin el segundo, y es por eso que, una vez habiendo trabajado el crimen de
manera teórica, es necesario sacarlo de su plano individual y llevarlo a un plano que lo
englobe.
La criminalidad es un fenómeno mundial que encuentra distintas maneras de aparecer y
permanecer según el lugar en el que se presente: no hay lugar exento de criminalidad,
aunque pueden llegar a encontrarse lugares exentos de alguna de sus expresiones.
Para entender la criminalidad no es suficiente con tener las cifras que la muestran, sino
que hay que conocer, estudiar y comprender los factores sociales que la promueven, y los
tipos específicos en los que puede ser dividida.
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2.1.1. La definición de la criminalidad
La criminalidad, como el crimen, es un concepto de gran importancia para la criminología
tanto en su significado como en sus diferencias. Si bien un crimen es una actitud que se
aleja de una norma, y es una “conducta antisocial propiamente dicha, es un episodio que
tiene en principio, un desarrollo y un fin” (Rodríguez, 1981, p. 25), la criminalidad es la
expresión del crimen, es decir, mientras el crimen es la definición que se da en general
para entender el fenómeno en general, sin distinguir entre sus diferentes formas, la
criminalidad es la expresión de estas actitudes en su conjunto en un lugar y tiempo
determinados, y estudiados mediante una perspectiva que englobe sus variables, es
“aquél fenómeno de masas constituido por el conjunto de las infracciones que se cometen
en un tiempo y lugar dados” (Rico, 1977, p. 35).
Para estudiar la criminalidad es necesario valerse de información estadística que presente
cifras totales sobre un fenómeno determinado para poder arrojar conclusiones sobre el
fenómeno en general, es decir, si se está elaborando un análisis de la criminalidad, no se
debe estudiar un solo suceso (por ejemplo, un homicidio cometido en el estado de
Oaxaca en el año 2012), sino el total de sucesos de esa naturaleza contemplados en un
marco de referencia (por ejemplo, los homicidios cometidos en el estado de Oaxaca en el
año 2012).
El estudio de la criminalidad facilita realizar un análisis no solo del fenómeno sino del
entorno en el que se está dando. Si se estudia un crimen, es posible encontrar
explicaciones que relacionen al criminal, a la víctima y al contexto específico en el que se
dio, pero si se estudia al conjunto de crímenes, es posible encontrar concordancias que
permitan establecer explicaciones que liguen y engloben el contexto social, económico,
político, etc., pudiendo así encontrar soluciones o enfoques incluyentes e integrales.
Rodríguez M. (1981) realiza una distinción metodológica entre criminal, crimen y
criminalidad, explicando la necesidad de esta división mediante el siguiente esquema:
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Cada uno de los conceptos tiene un lugar propio y a partir de cada uno de ellos se puede
obtener diferente información (útil dependiendo de cuál sea el tipo de análisis que se
desee realizar). En este diagrama, el crimen es la interpretación conductual y adquiere
relevancia si se analiza el proceso; el criminal representa un nivel personal de
interpretación, que adquiere relevancia al momento de sancionar, y la criminalidad es el
nivel general de interpretación, que es importante al momento de legislar.
Para la mejor comprensión de la diferencia entre conceptos, observa el siguiente ejemplo
hipotético:
Rita es una mujer de 29 años, madre soltera y responsable de su familia,
compuesta por sus padres, sus dos hermanas menores y su hija. Ella es originaria
de una pequeña comunidad rural en donde no pudo estudiar más allá del tercer
grado de primaria, pues la única escuela cercana está a medio día de camino. Por
falta de oportunidades, Rita decidió migrar a la capital para buscar un trabajo que
le permitiera mandar dinero a su familia. Al enfrentarse a muchas y diversas
dificultades para encontrar un empleo formal, y tras seis meses de intentarlo sin
éxito, tuvo que recurrir al único contacto que tenía en la capital: una mujer que era
vecina suya, que migró dos años antes y que trabajaba pasando pequeñas
cantidades de droga por la frontera entre México y Estados Unidos. Así, Rita se
unió a esa organización; pero en uno de sus viajes fue detenida y consignada a
las autoridades, y actualmente se encuentra esperando condena. Una
Organización no Gubernamental que se encarga de ayudar a mujeres internas en
alguna institución de readaptación social ha ayudado a varias mujeres como Rita,
y se ha encontrado, en los últimos tres años, con 212 casos, lo cual representa un
incremento del 20% con respecto al trienio anterior; la mayoría de las personas
que transportan droga en pequeñas cantidades entre los dos países son mujeres,
y de estas, tres cuartas partes lo hacen para poder mantener a su familia, el 67%
pertenece a comunidades rurales o de bajo nivel económico, y el 82% tiene una
escolaridad por debajo del nivel obligatorio.
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En el ejemplo anterior apreciamos que:
El criminal (nivel personal de análisis) es Rita. Tener en cuenta este nivel
supondría considerar las características propias de Rita que pudieran influir en la
sanción que se le dé.
El crimen (nivel conductual de análisis) es el haber intentado transportar droga.
Este nivel es útil cuando se necesita enmarcar su actitud para poder tener un
marco de referencia que permita (especialmente a alguna autoridad) catalogarla
para, por ejemplo, saber qué tipo de sanción se le puede imponer.
La criminalidad (nivel general de análisis) está representada en las estadísticas
obtenidas por la Organización no Gubernamental. Aquí se toma en cuenta no cada
uno de los casos que se encuentren en este supuesto, sino todos los casos en su
generalidad, es decir, no se analiza el caso de Rita, junto con el caso de Alicia,
junto con el caso de Patricia, etc., sino las características que permiten reunir a
todos esos casos dentro de un grupo determinado.
Este nivel de análisis, como dice Rodríguez Manzanera, es de gran utilidad al momento
de legislar ya que atiende a toda una situación, localizada social, espacial y
temporalmente, dando así la oportunidad de observar, por ejemplo: las dinámicas y los
cambios que han ocurrido que pudieran haber propiciado la aparición de la conducta
observada y su delimitación como criminal, qué factores incluyen en que se lleve a cabo,
qué personas están involucradas, qué tipo de medidas es necesario llevar a cabo para
sancionar, prevenir o evitarla, a qué grupos hay que atender, quiénes pueden ser posibles
víctimas de ese crimen, quiénes pueden ser posibles criminales, etc.
Siguiendo con este mismo ejemplo, al tener como punto de partida un análisis de la
criminalidad, criminológicamente sería posible encontrar factores y condiciones que
propicien que surja una actitud desviada como un delito en sí, y que al mismo tiempo
pueden establecer acciones que ayuden a solventar algunos elementos de la situación
entendida en su contexto y que puedan estar encaminados a la prevención en general, a
nivel micro y a nivel macro:
Si el número de mujeres que caen en esta situación ha aumentado
significativamente durante los últimos tres años, es necesario ver qué tipo de
cambios o movimientos sociales, económicos, geográficos, etc., han ocurrido.
Si se nota una coincidencia importante en el nivel educativo de las mujeres en esta
situación, entonces se puede pensar en hacer modificaciones al modelo educativo
de sus lugares de procedencia.
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Si el número de mujeres que transportan droga en la frontera se ha incrementado,
es porque hay un mercado que exige más producto, por lo tanto puede observarse
desde el punto de vista internacional.
Estos son solo algunos ejemplos de cómo puede realizarse en casos reales y prácticos un
análisis profundo de la criminalidad.
La criminalidad, también, debe entenderse como un gran conjunto de sub grupos, cada
uno de estos conformado por aquellos crímenes que comparten características, por
ejemplo, por su naturaleza o por el tipo de afectación que provocan. A la criminología le
interesa estudiar la criminalidad ya que:
La criminalidad, y no el delincuente y la víctima, ambos parte de ella,
constituye el objeto de estudio de la criminología. Lo que se ha entendido
como criminalidad ha sido, y es frecuentemente aún, oscurecido, aunque
no suplantado, por otros conceptos que, a más de reducir
considerablemente el campo del conocimiento de la criminología, han
contribuido marcadamente a su presente decadencia. Si la misma ha de
sobrevivir como disciplina, es a condición de basarse en la criminalidad
como fenómeno sociopolítico y no como agregado de delitos en un tiempo
y país dados (López, 1978, p. 1).
En un sentido estadístico, o bajo la idea de establecer diferencias para poder elaborar
subconjuntos con fines de estudio, apreciamos, por ejemplo, que un homicidio no afecta
de la misma manera que la delincuencia organizada o que una extorsión telefónica; por
tanto, si se intenta hacer un análisis no únicamente estadístico o para fines de datos
numéricos sino de análisis sociopolítico de las causas, las consecuencias, los actores, los
factores que propicien o cualquier otro tipo de finalidad criminológica, es muy importante
poder disponer de un hilo conductor que permita encontrar concordancias.
En este orden de ideas, un homicidio puede ser llevado a cabo por una sola persona, por
lo tanto no puede ser comparado con la delincuencia organizada, que requiere que sea
realizada por un conjunto de personas. Tampoco se puede comparar, pensando en la
afectación de bienes, una extorsión telefónica con un homicidio, puesto que el bien que se
lesiona en el primer caso es el patrimonio, mientras que en el segundo es la vida.
Por esta razón, surge la necesidad de establecer diferentes tipos de criminalidades
analizados de manera individual, aunque se puedan relacionar para conseguir un
panorama general.
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Actividad 1. La criminalidad en mi comunidad
Propósito: en esta actividad intercambiarás puntos de vista acerca de cómo afecta la
criminalidad a tu comunidad. De igual manera, podrás conocer diferentes opiniones,
respondiendo a diferentes contextos que se viven en las diversas comunidades.
1. Entra al foro y debate con tus compañeros los siguientes cuestionamientos:
¿Qué tipo de criminalidad afecta más a tu comunidad?
¿Qué tipo de criminalidad te afecta más personalmente?
¿Cómo designarías o qué nombre pondrías a los tipos de criminalidad expuestos
por el grupo?
Posteriormente, mientras avances en esta unidad, conocerás las definiciones de algunos
tipos de criminalidad. Observa si las definiciones que lograron son correctas.
No olvides argumentar y fundamentar tus opiniones, respetando las opiniones de los
demás.
*Consulta la rúbrica de evaluación para conocer los criterios que serán tomados en
cuenta al momento de calificar tu trabajo.
2.2.2. La criminalidad real
La criminalidad real comprende todos los fenómenos criminales ocurridos en un lugar y
tiempo delimitados. Aquí se contemplan tanto aquellos que son debidamente
comunicados y procesados ante una instancia oficial, como los que no son hechos del
conocimiento de alguna autoridad.
De este indicador no es posible tener cifras exactas y constatables pues no hay un marco
de referencia o elemento alguno que permita corroborar su veracidad, su catalogación, su
cotidianeidad ni su impacto.
Para la criminología este concepto es el que más importa, debido a que habla de toda la
expresión de la criminalidad en un sentido más global, y es esta la que afecta la vida
diaria, las relaciones y las interacciones cotidianas de las personas, ya que el que un dato
no sea contemplado dentro del universo formal, no quiere decir que informalmente
tampoco exista.
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El que existan diferencias entre la criminalidad real y las estimaciones oficiales supone
que existan limitaciones en la planeación de su prevención y en el análisis del impacto de
cada uno de los diferentes índices de criminalidad. En este sentido, observa el siguiente
ejemplo:
Según el ejemplo anterior, el robo a casa habitación registró la cifra oficial más alta en lo
que a incidencia delictiva se refiere, sin embargo, los puntos de narcomenudeo
representan un peligro mayor pues atienden a un mercado de manera continua,
generando potencialmente más personas afectadas en un momento dado; pero, al no
tener las autoridades conocimiento del hecho (al menos de manera formal), no cuentan
con las estimaciones necesarias para lanzar un plan eficiente de prevención.
2.2.3. La criminalidad aparente
Este tipo de criminalidad está compuesta por los delitos registrados de manera oficial en
las estadísticas que miden la incidencia delictiva en un lugar determinado. Esto se puede
saber gracias a las denuncias presentadas ante alguna autoridad, aun cuando no se haya
encontrado a un responsable o no se haya iniciado el proceso correspondiente.
En una comunidad, las nuevas autoridades municipales destinarán una
parte importante del presupuesto anual dirigido a la seguridad pública a
combatir el problema de mayor incidencia delictiva. Tras realizar las
investigaciones correspondientes, con ayuda de la policía municipal,
encontraron que el año anterior se recibieron 635 denuncias por robo a
casa habitación, por lo que se decide lanzar un plan de vigilancia por
colonias, coordinando a vecinos y autoridades. Sin embargo, en esa misma
comunidad, los vecinos tienen ubicados al menos 130 puntos de
narcomenudeo, muchos de ellos cerca de alguna de las 5 escuelas
primarias y 3 escuelas secundarias de la comunidad; sin embargo, no han
formulado las denuncias correspondientes ya que, al ser miembros de una
comunidad pequeña, temen que las personas implicadas tengan
conocimiento de quién o quiénes formularon la denuncia y que, en
consecuencia, sufran alguna represalia.
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Las cifras oficiales, conformadas en estadísticas de incidencia delictiva, nos dan una idea
de cómo está conformada la criminalidad aparente:
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Fuentes cibergráficas
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