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INSTITUTO TECNOLOGICO DE TAPACHULA
INSTALACIONES ELECTRICAS
EMF-1015
Presenta:
ARREOLA ABARCA ERNESTO
LEON LOPEZ ROBERTO DE JESUS
REYES FERNANDEZ ABIMAEL ELIOENAI
Catedratico:
ING ADRIAN GONZALEZ MARTINEZ
Semestre:
6to SEMESTRE GRUPO B
Carrera:
ING. ELECTROMECANICA
Lugar y fecha:
TAPACHULA CHIAPAS; A 04 DE MARZO DEL 2015
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INDICE
INTRODUCCION1
ASPECTO LEGALES Y NORMAS VIGENTES2
NORMA OFICIAL MEXICANA RELATIVA
A LAS INSTALACIONES ELCTRICAS..3
CONCEPTOS Y CLASIFICACIN SOBRE
INSTALACIONES ELCTRICAS..5
INTERPRETACIN DE LA NORMA
OFICIAL MEXICANA..9
LEYES VIGENTES APLICABLES12
LEY DEL SERVICIO PBLICO
DE ENERGA Y SU REGLAMENTO14
LEY FEDERAL SOBRE METROLOGA Y
NORMALIZACIN..18
ACUERDO QUE ESTABLECE QUE
LOS REQUISITOS QUE DEBEN
CUMPLIR CON SUS PROYECTOS
DE INSTALACIONES PARA EL USO
DE LA ENERGA ELCTRICA.24
LA FIGURA DE LA U.V.I.E28
UNIDADES DE MEDIDA A UTILIZAR POR LEY..29
SIMBOLOGA ELCTRICA NORMALIZADA.31
AMERICANA38
EUROPEA44
COSTO DE LA ENERGA ELCTRICA..55
TARIFAS VIGENTES.58
CONCLUSION..63
MAPA CONCEPTUAL.64
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TARIFAS..65
BLOQUE DE PREGUNTAS..68
EVALUACIONES.79
BIBLIOGRAFIA.82
GLOSARIO83
ANEXOS.86
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 1
INTRODUCCION
En cualquier instalacin elctrica, llmese de cualquier tipo,
residencial, comercial
y/o industrial requiere de una fuente de suministro, en este
caso la empresa
suministradora es la Comisin Federal de Electricidad, y el cual
lleva a cabo
mediciones de potencia consumida por la instalacin y adems de
esto aplica un
costo de consumo de energa elctrica, esto a partir de tarifas
aprobadas,
obviamente dependiendo de la zona en que se encuentre la
instalacin estos
varan.
En el presente trabajo se muestra la gran importancia de las
instalaciones
elctricas, pues es de gran ayuda en la actualidad conocer cmo es
que se lleva a
cabo una instalacin y conocer cada uno de sus elementos, como el
relevador,
elemento sumamente importante el cual cierra o abre
independientemente los
circuitos y de igual manera el principio de funcionamiento de
cada uno de los
elementos que componen una instalacin elctrica, de igual forma
es interesante
tener muy en cuenta cuales son los tipos que existen en la
actualidad de las
instalaciones, as como el riesgo que tenga cada una.
Las instalaciones elctricas por muy sencillas o complejas que
parezcan, es el
medio mediante el cual los hogares y las industrias se abastecen
de energa
elctrica para el funcionamiento de los aparatos domsticos o
industriales
requeridos.
Es importante tener en cuenta la aplicacin de los reglamentos
para garantizar un
buen y duradero funcionamiento, adems en caso de diversas
circunstancias
sepamos actuar adecuadamente y cuidar nuestra integridad fsica
mediante el uso
de protecciones.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 2
UNIDAD I
ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 3
1.1 NORMA OFICIAL MEXICANA RELATIVA A LAS
INSTALACIONES ELCTRICAS
La norma encargada de hablar sobre las instalaciones elctricas
es la NOM-001-
SEDE-2012 y el objetivo de esta NOM es establecer las
especificaciones y
lineamientos de carcter tcnico que deben satisfacer las
instalaciones destinadas
a la utilizacin de la energa elctrica, a fin de que ofrezcan
condiciones
adecuadas de seguridad para las personas y sus propiedades, en
lo referente a la
proteccin contra:
- Las descargas elctricas,
- Los efectos trmicos,
- Las sobrecorrientes,
- Las corrientes de falla y
- Las sobretensiones.
El cumplimiento de las disposiciones indicadas en esta NOM
promueve el uso de
la energa elctrica en forma segura; asimismo esta NOM no intenta
ser una gua
de diseo, ni un manual de instrucciones para personas no
calificadas.
CAMPO DE APLICACIN
Esta NOM cubre a las instalaciones destinadas para la utilizacin
de la energa
elctrica en:
a) Propiedades industriales, comerciales, de vivienda,
cualquiera que sea su uso,
pblicas y privadas, y en cualquiera de los niveles de tensin de
operacin,
incluyendo las utilizadas para el equipo elctrico conectado por
los usuarios.
Instalaciones en edificios utilizados por las empresas
suministradoras, tales como
edificios de oficinas, almacenes, estacionamientos, talleres
mecnicos y edificios
para fines de recreacin.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 4
e) Las ampliaciones o modificaciones a las instalaciones, as
como a las partes de
instalaciones existentes afectadas por estas ampliaciones o
modificaciones.
Los equipos elctricos slo estn considerados respecto a su
seleccin y
aplicacin para la instalacin correspondiente.
Las Caractersticas de las especificaciones de la norma oficial
mexicana
Las especificaciones de esta NOM se dividen como se indica en el
Ttulo 5. Los
Captulos 1, 2, 3 y 4, son de aplicacin general; los Captulos 5,
6 y 7, se refieren a
ambientes especiales, equipos especiales u otras condiciones
especiales. Estos
ltimos Captulos complementan o modifican las reglas generales.
Los Captulos 1
a 4 se aplican a todo, excepto en lo modificado por los Captulos
5, 6 y 7 para las
condiciones particulares o especiales.
El Captulo 10, consiste de Tablas de datos de conductores y de
sus aislamientos,
as como del tubo conduit y de los factores de ocupacin por los
conductores. Se
incluye el apndice D, que es de carcter normativo y los apndices
A, B, C y E,
de carcter informativo.
Cada Captulo, est dividido en Artculos seguido de un nmero
asignado. Cada
Artculo trata un tema especfico, por ejemplo: alimentadores,
puesta a tierra,
circuitos derivados, circuitos de motores, etctera.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 5
1.1.1 CONCEPTOS Y CLASIFICACIN SOBRE INSTALACIONES
ELCTRICAS
INSTALACIONES ELCTRICAS
Descripcin:
Conjunto de elementos (tableros, interruptores, cables,
transformadores, etc.) que
permiten transportar y distribuir la energa elctrica hacia los
centros de consumo.
Objetivo:
* Distribuir la energa elctrica a los equipos de manera segura y
eficiente.
* Debe ser econmica flexible y de fcil acceso.
Seguridad:
Una instalacin segura es aquella que no presenta riesgos para
los usuarios y
para los equipos.
Eficiencia:
Disear cuidadosamente la instalacin para evitar consumos
innecesarios.
* Perdidas en los elementos.
* Imposibilidad para desconectar equipos.
* Aparatos que estn encendidos y que no se estn usando
Economa:
Frente a cualquier proyecto se debe pensar en su realizacin con
la menor
inversin posible.
Flexibilidad:
Es aquella instalacin que puede adaptarse a pequeos cambios, es
decir, una
instalacin aparente es ms flexible que una instalacin
ahogada.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 6
Accesibilidad:
* Se deben tener las previsiones necesarias para permitir el
acceso a todas las
partes que pueden requerir mantenimiento.
* Contar con los elementos que permitan entender el diseo de la
instalacin
(planos y diagramas)
Vida til:
Para saber el tiempo de vida de una instalacin elctrica se deben
considerar
diversos factores:
* Proyecto
* Ejecucin
* Condiciones de uso
* Mantenimiento
* Medio ambiente Proyecto y construccin:
* Contemplar previsiones adecuadas.
* Sistema confiable de protecciones.
* Cualquier modificacin debe estar asentada en los planos para
mantenerlos
vigentes.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 7
TIPOS DE INSTALACIONES ELCTRICAS
TOTALMENTE VISIBLES:
En este caso, todas las partes componentes de la instalacin
elctrica se
encuentran a la vista y sin ningn elemento que le sirva como
proteccin contra
esfuerzos mecnicos, ni como proteccin en contra del medio
ambiente, este tipo
de instalacin puede generar riesgos (accidentes).
VISIBLES ENTUBADAS:
Las instalaciones elctricas son as realizadas, ya que las
estructuras de la
construccin y el material de los muros impiden el ahogar las
canalizaciones, en
este caso si existe proteccin mecnica y contra los factores
ambientales.
TEMPORALES:
En este tipo de instalaciones todas las partes componentes de la
instalacin
elctrica se encuentran a la vista y sin ningn elemento que le
sirva como
proteccin contra esfuerzos mecnicos, adems estn expuestos a la
abrasin, se
construyen para abastecer de energa elctrica por periodos de
tiempo cortos,
como en el caso de ferias, carnavales, exposiciones, juegos
mecnicos, servicios
en obras en proceso, etc.
DE EMERGENCIA:
Cuando se requiere contar con suministro continuo de energa
elctrica, se coloca
una planta de emergencia que generalmente se pone en
operacin
automticamente al faltar la energa que proporciona la compaa
suministradora.
Es muy usual encontrar este tipo de instalaciones en grandes
centros comerciales,
hospitales, teatros, cines y en industrias que cuentan con un
proceso de
fabricacin continuo
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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PARCIALMENTE OCULTAS:
Se localiza este tipo de instalacin en naves industriales donde
parte de la
canalizacin va por pisos y muros y la restante por armaduras; en
edificios de
bancos, oficinas y centros comerciales que para darle una buena
esttica se
cubren con un falso plafn.
TOTALMENTE OCULTAS:
En este caso la instalacin elctrica presenta un muy buen
acabado, ya que
quedan visibles solamente las tapas de los tomacorrientes, de
los interruptores y
de los centros de carga o tableros. Poseen el grado ms alto de
esttica cuando
los accesorios son de buena calidad y presentacin.
A PRUEBA DE EXPLOSIN:
Las instalaciones elctricas a prueba de explosin se construyen
en los locales y
ambientes en donde existen gases y polvos explosivos, as como
partculas en
suspensin factibles de incendiarse, las canalizaciones debern
cerrar
hermticamente para que en caso de corto circuito la chispa o
flama no salga al
exterior y cause daos externos, por ejemplo se desarrollan en
molinos de trigo,
minas de tiro, gaseras, plantas petroqumicas, etc.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 9
1.1.2 INTERPRETACIN DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA
Las normas se identifican por un ttulo que indica su aplicacin
general y un
nmero de identificacin, formado por:
Tres letras. El tipo especfico de norma, NOM para las Normas
Oficiales
Mexicanas y NMX para las Normas Mexicanas. Cuando le antecede a
estas
letras una P (pe) o PROY el texto es slo un proyecto de norma y
como tal
no se puede usar, ya que podra modificarse, en caso de haber
observaciones que se renan en el comit tcnico que la elabora. La
sigla
EM indica un estado de emergencia y previene sobre los objetos
o
situaciones.
Tres dgitos. Es un cdigo numrico especfico de la norma, indicado
por
tres dgitos del 001 al 999, que es un nmero que siempre conserva
la
norma en sus diferentes versiones o refrendos. En ocasiones, una
misma
norma se emite en varias, ya que resulta ms fcil actualizarla y
revisarla;
para indicarlo, se coloca una diagonal y un par de dgitos entre
01 y 99.
Tres o cuatro letras. Siglas de la secretara de estado o
dependencia
involucrad@/s en el estudio, en la emisin y en la realizacin de
los
procedimientos de verificacin, el cual se compone por tres o
cuatro letras,
segn la secretara en cuestin. Estas pueden variar entre
revisiones, ya
que la secretara de estado o dependencia puede crearse,
modificar
nombre u objetivos o desaparecer. Adems, lleva un nmero al final
de las
letras, que indica el comit que las revisa, en algunas ocasiones
lleva 1, 2 o
3, segn el comit consultivo que las revisa.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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Cuatro dgitos, que indican el ao que se public en el Diario
Oficial de la
Federacin. Esto suele confundirse con la entrada en vigor, pero
por el
tiempo de transicin la entrada en vigor puede ser hasta el ao
siguiente de
su publicacin.
Organizacin: En las normas NMX, es usual colocar las siglas
del
organismo privado responsable de la norma, como puede ser la
ANCE. O
entre el identificar de tipo NMX y el nmero de la norma se
coloca una letra
que indica el rea tcnica que realiz la norma.
LA ESTRUCTURA BSICA DE UNA NORMA NMX O NOM ES EL SIGUIENTE:
Presentacin: se indica el nmero de identificacin y el ttulo, la
secretara o
dependencia que la emite y las bases legales.
Considerando: se indica el espritu o necesidad que llev a
crearla.
Prefacio: se presenta la norma y los organismos involucrados en
su
creacin.
ndice del contenido por ttulos: se indican las partes que la
forman,
generalmente las siguientes:
Objetivo y campo de aplicacin: indica los lmites que tiene la
aplicacin de
la norma en especfico, se indican las materias cubiertas y no
cubiertas por
la norma, por ejemplo:
Referencias: se indican los textos tcnicos arbitrados que
sirvieron para su
elaboracin.
Especificaciones: tablas o datos especficos.
Lineamientos: uso e interpretacin adecuados de la norma.
Cumplimiento: procedimiento por parte del usuario de la norma
para
verificar el cumplimiento, lo que no involucra necesariamente al
verificador.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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Vigilancia: indica la autoridad encargada de la vigilancia de la
aplicacin y
cumplimiento y por ende responsable de los verificadores de la
conformidad
de la misma.
Concordancia con normas internacionales: indica si la norma
tiene las
caractersticas adecuadas para considerarse concordante con otra
norma
de origen extranjero o nacional, ya sea totalmente (caso comn
cuando se
adopta un estndar o norma extranjera) o solo en una parte;
tambin se
indica si es o no concordante con alguna que de principio lo
parezca.
Bibliografa: indica los libros arbitrados o que se tomaron en
cuenta en su
elaboracin.
Transitorios: dado que se publica en el Diario Oficial de la
Federacin, debe
llevar por lo menos tres puntos:
El tiempo entre su publicacin y su entrada en vigencia
La materia que afecta y las condiciones en que la afecta, como
que
nicamente aplica a los productos realizados luego de la fecha de
entrada
en vigor.
La cancelacin o sustitucin de una norma o ley vigente a la fecha
de
publicacin, la cual seguir vigente hasta la fecha de entrada en
vigor de la
norma.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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1.2 LEYES VIGENTES APLICABLES
Artculo 2: A los efectos de garantizar la regulacin y control de
las caractersticas
tcnicas y medidas de seguridad de las instalaciones internas a
los domicilios, se
adoptar como modelo de referencia, el implementado en la
jurisdiccin nacional,
para el suministro de gas natural. En particular para la
determinacin de actores
intervinientes, competencias y responsabilidades, en materia de
verificacin y
control de la seguridad de las instalaciones interiores en los
inmuebles de los
usuarios del servicio.-
Artculo 3: Cualquier aspecto que la Autoridad de Aplicacin y/o
el Organismo de
Control especifico considere deba ser reglamentado en materia de
requisitos
exigibles a las distribuidoras de energa elctrica para habilitar
el suministro
elctrico a los usuarios del servicio, podr involucrar a los
Municipios, siempre que
exista el consentimiento de estos, y que los mismos acrediten
contar con las
dependencias, equipos y recursos humanos capacitados para asumir
dicha tarea.-
Artculo 4: En aquellos casos en los que los Municipios accedan a
colaborar o
participar de la tarea de control de las instalaciones, dicha
participacin deber
instrumentarse mediante convenio rubricado por el Intendente y
la Autoridad
Provincial competente, convalidado por Ordenanza del respectivo
Honorable
Concejo Deliberante.-
Artculo 5: El Poder Ejecutivo reglamentar la presente, en todos
aquellos
aspectos que contribuyan a determinar los procedimientos y
condiciones a las que
debern ajustarse tanto los Municipios, por una parte, como la
Autoridad de
Aplicacin y el Organismo de Control, Elctrico en la Provincia de
Buenos Aires, a
los efectos garantizar el pleno cumplimiento de la presente.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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Artculo 6: Derguese toda legislacin que se oponga a la presente
a la
presente.-
Artculo 7: Comunquese al Poder Ejecutivo.-
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1.2.1 LEY DEL SERVICIO PBLICO DE ENERGA Y SU
REGLAMENTO
Artculo l.- El presente ordenamiento tiene por objeto
reglamentar la Ley del
Servicio Pblico de Energa Elctrica en lo que se refiere a la
prestacin de dicho
servicio y a las actividades previstas en la propia Ley que no
constituyen servicio
pblico.
Artculo 2.- Para efectos de este Reglamento, se entender
por:
I. Comisin: La Comisin Federal de Electricidad;
II. Distribucin: La conduccin de energa elctrica desde los
puntos de entrega de
la transmisin hasta los puntos de suministro a los usuarios;
III. Generacin: La produccin de energa elctrica a partir de
fuentes primarias de
energa, utilizando los sistemas y equipos correspondientes;
IV. Ley: La Ley del Servicio Pblico de Energa Elctrica;
V. Mantenimiento: El conjunto de actividades para conservar las
obras e
instalaciones en adecuado estado de funcionamiento para la
prestacin del
servicio pblico;
VI. Operacin: El conjunto de actividades a cargo del
suministrador para generar,
transmitir, transformar y distribuir energa elctrica, as como
las de controlar y
proteger el sistema elctrico nacional;
VII. Secretara: La Secretara de Energa, Minas e Industria
Paraestatal;
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VIII. Sistema elctrico nacional: El conjunto de instalaciones
destinadas a la
generacin, transmisin, transformacin, subtransmisin, distribucin
y venta de
energa elctrica de servicio pblico en toda la Repblica, estn o
no
interconectadas;
IX. Suministrador: La Comisin Federal de Electricidad, y en lo
conducente las
entidades mencionadas en el artculo cuarto transitorio de la
Ley;
X. Suministro: El conjunto de actos y trabajos necesarios para
proporcionar
energa elctrica a cada usuario;
XI. Transformacin: La modificacin de las caractersticas de la
tensin y de la
corriente elctrica, para adecuarlas a las necesidades de
transmisin y distribucin
de la energa elctrica;
XII. Transmisin: La conduccin de energa elctrica desde las
plantas de
generacin hasta los puntos de entrega para su distribucin; y
XIII. Usuario: Persona fsica o moral que hace uso de la energa
elctrica
proporcionada por el suministrador, previo contrato celebrado
por las partes.
Artculo 3o.- La Secretara, con la participacin del suministrador
y de la Comisin
Nacional para el Ahorro de Energa, tomar las medidas conducentes
para
propiciar la utilizacin racional de la energa elctrica y
desarrollar campaas
para ese propsito, en los trminos de los programas para el
ahorro de energa.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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Artculo 4o.- Salvo disposicin en contrario, los plazos y trminos
fijados en este
Reglamento se contarn en das naturales, y empezarn a correr al
da siguiente
de aqul en que ocurran los hechos y circunstancias previstos en
el mismo.
Artculo 5o.- El suministrador y todas las personas mencionadas
en este
Reglamento proporcionarn a la Secretara y a las dependencias
competentes de
la administracin pblica federal la informacin prevista en la Ley
y este
Reglamento.
Artculo 6o.- Slo con autorizacin de la Secretara, podr el
suministrador llevar a
cabo las obras para la prestacin del servicio pblico. Cualquier
modificacin a los
programas relativos ser sometida a la autorizacin de la
misma.
En el caso de las obras consistentes en la construccin de nuevas
instalaciones
de generacin, dicha autorizacin deber otorgarse de conformidad
con lo
dispuesto en el artculo 125, fraccin III. No requerirn
autorizacin previa de la
Secretara, las obras especficas de ampliacin y modificacin
solicitadas por los
usuarios, mencionadas en la fraccin VII del artculo 13 de la
Ley.
Las obras de electrificacin para comunidades rurales y reas
suburbanas que se
realicen con la colaboracin de los gobiernos de las entidades
federativas, se
sujetarn a las disposiciones que consignen los acuerdos de
coordinacin que
celebren aqullos con el Ejecutivo Federal.
Artculo 7o.- El suministrador gestionar las autorizaciones que
se requieran por
parte de las dependencias competentes, para importar, exportar o
intercambiar
energa elctrica, dentro de las actividades relativas al servicio
pblico.
La Secretara autorizar dichas gestiones en los siguientes
supuestos:
I. Importacin de energa elctrica:
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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a) Cuando por razones tcnicas o econmicas sea conveniente;
b) Cuando el costo de la importacin sea menor al que el
suministrador tenga que
efectuar para su obtencin;
II. Exportacin de energa elctrica:
a) Cuando no se afecte el consumo nacional y tcnico y
econmicamente sea
conveniente;
b) Cuando se realice el aprovechamiento de recursos naturales
comunes a Mxico
y a un pas fronterizo, en cuyo caso se celebrarn los convenios
que procedan,
con sujecin a las leyes mexicanas y a los tratados
internacionales;
III.- Intercambio de energa elctrica con prestadores del
servicio de energa
elctrica de otros pases, mediante la celebracin de los
convenios
correspondientes.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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1.2.2 LEY FEDERAL SOBRE METROLOGA Y NORMALIZACIN
ARTCULO 1o.- La presente Ley regir en toda la Repblica y sus
disposiciones
son de orden pblico e inters social. Su aplicacin y vigilancia
corresponde al
Ejecutivo Federal, por conducto de las dependencias de la
administracin pblica
federal que tengan competencia en las materias reguladas en este
ordenamiento.
Siempre que en esta Ley se haga mencin a la Secretara, se
entender hecha a
la Secretara de Economa.
ARTCULO 2o.- Esta Ley tiene por objeto:
En materia de Metrologa:
a) Establecer el Sistema General de Unidades de Medida;
b) Precisar los conceptos fundamentales sobre metrologa;
c) Establecer los requisitos para la fabricacin, importacin,
reparacin, venta,
verificacin y uso de los instrumentos para medir y los patrones
de medida;
d) Establecer la obligatoriedad de la medicin en transacciones
comerciales y de
indicar el contenido neto en los productos envasados;
e) Instituir el Sistema Nacional de Calibracin;
f) Crear el Centro Nacional de Metrologa, como organismo de alto
nivel tcnico en
la materia; y
g) Regular, en lo general, las dems materias relativas a la
metrologa.
II. En materia de normalizacin, certificacin, acreditamiento y
verificacin:
a) Fomentar la transparencia y eficiencia en la elaboracin y
observancia de
normas oficiales mexicanas y normas mexicanas;
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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b) Instituir la Comisin Nacional de Normalizacin para que
coadyuve en las
actividades que sobre normalizacin corresponde realizar a las
distintas
dependencias de la administracin pblica federal;
c) Establecer un procedimiento uniforme para la elaboracin de
normas oficiales
mexicanas por las dependencias de la administracin pblica
federal;
d) Promover la concurrencia de los sectores pblico, privado,
cientfico y de
consumidores en la elaboracin y observancia de normas oficiales
mexicanas y
normas mexicanas;
e) Coordinar las actividades de normalizacin, certificacin,
verificacin y
laboratorios de prueba de las dependencias de administracin
pblica federal;
f) Establecer el sistema nacional de acreditamiento de
organismos de
normalizacin y de certificacin, unidades de verificacin y de
laboratorios de
prueba y de calibracin; y
g) En general, divulgar las acciones de normalizacin y dems
actividades
relacionadas con la materia.
ARTCULO 3o.- Para los efectos de esta Ley, se entender por:
I. Acreditacin: el acto por el cual una entidad de acreditacin
reconoce la
competencia tcnica y confiabilidad de los organismos de
certificacin, de los
laboratorios de prueba, de los laboratorios de calibracin y de
las unidades de
verificacin para la evaluacin de la conformidad;
II. Calibracin: el conjunto de operaciones que tiene por
finalidad determinar los
errores de un instrumento para medir y, de ser necesario, otras
caractersticas
metrolgicas;
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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III. Certificacin: procedimiento por el cual se asegura que un
producto, proceso,
sistema o servicio se ajusta a las normas o lineamientos o
recomendaciones de
organismos dedicados a las normalizaciones nacionales o
internacionales;
IV. Dependencias: las dependencias de la administracin pblica
federal;
IV-A. Evaluacin de la conformidad: la determinacin del grado de
cumplimiento
con las normas oficiales mexicanas o la conformidad con las
normas mexicanas,
las normas internacionales u otras especificaciones,
prescripciones o
caractersticas. Comprende, entre otros, los procedimientos de
muestreo, prueba,
calibracin, certificacin y verificacin;
V. Instrumentos para medir: los medios tcnicos con los cuales se
efectan las
mediciones y que comprenden las medidas materializadas y los
aparatos
medidores;
VI. Medir: el acto de determinar el valor de una magnitud;
VII. Medida materializada: el dispositivo destinado a reproducir
de una manera
permanente durante su uso, uno o varios valores conocidos de una
magnitud
dada;
VIII. Manifestacin: la declaracin que hace una persona fsica o
moral a la
Secretara de los instrumentos para medir que se fabriquen,
importen, o se utilicen
o pretendan utilizarse en el pas;
IX. Mtodo: la forma de realizar una operacin del proceso, as
como su
verificacin;
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X. Norma mexicana: la que elabore un organismo nacional de
normalizacin, o la
Secretara, en los trminos de esta Ley, que prev para un uso comn
y repetido
reglas, especificaciones, atributos, mtodos de prueba,
directrices, caractersticas
o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalacin,
sistema, actividad,
servicio o mtodo de produccin u operacin, as como aquellas
relativas a
terminologa, simbologa, embalaje, marcado o etiquetado;
X-A. Norma o lineamiento internacional: la norma, lineamiento o
documento
normativo que emite un organismo internacional de normalizacin u
otro
organismo internacional relacionado con la materia, reconocido
por el gobierno
mexicano en los trminos del derecho internacional;
XI. Norma oficial mexicana: la regulacin tcnica de observancia
obligatoria
expedida por las dependencias competentes, conforme a las
finalidades
establecidas en el artculo 40, que establece reglas,
especificaciones, atributos,
directrices, caractersticas o prescripciones aplicables a un
producto, proceso,
instalacin, sistema, actividad, servicio o mtodo de produccin u
operacin, as
como aquellas relativas a terminologa, simbologa, embalaje,
marcado o
etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o
aplicacin;
XII. Organismos de certificacin: las personas morales que tengan
por objeto
realizar funciones de certificacin;
XIII. Organismos nacionales de normalizacin: las personas
morales que tengan
por objeto elaborar normas mexicanas;
XIV. Patrn: medida materializada, aparato de medicin o sistema
de medicin
destinado a definir, realizar, conservar o reproducir una unidad
o uno o varios
valores conocidos de una magnitud para transmitirlos por
comparacin a otros
instrumentos de medicin;
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XV. Patrn nacional: el patrn autorizado para obtener, fijar o
contrastar el valor de
otros patrones de la misma magnitud, que sirve de base para la
fijacin de los
valores de todos los patrones de la magnitud dada;
XV-A. Personas acreditadas: los organismos de certificacin,
laboratorios de
prueba, laboratorios de calibracin y unidades de verificacin
reconocidos por una
entidad de acreditacin para la evaluacin de la conformidad;
XVI. Proceso: el conjunto de actividades relativas a la
produccin, obtencin,
elaboracin, fabricacin, preparacin, conservacin, mezclado,
acondicionamiento, envasado, manipulacin, ensamblado,
transporte, distribucin,
almacenamiento y expendio o suministro al pblico de productos y
servicios;
XVII. Unidad de verificacin: la persona fsica o moral que
realiza actos de
verificacin; y
XVIII. Verificacin: la constatacin ocular o comprobacin mediante
muestreo,
medicin, pruebas de laboratorio, o examen de documentos que se
realizan para
evaluar la conformidad en un momento determinado.
XIX. deroga)
ARTCULO 4o.- La Secretara, en coordinacin con la Secretara de
Relaciones
Exteriores y en los trminos de la Ley Orgnica de la
Administracin Pblica
Federal, representar al pas en todos los eventos o asuntos
relacionados con la
metrologa y normalizacin a nivel internacional, sin perjuicio de
que en dicha
representacin y conforme a sus atribuciones participen otras
dependencias
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INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 23
interesadas en razn de su competencia, en coordinacin con la
propia Secretara.
Tambin podrn participar, previa invitacin de la Secretara,
representantes de
organismos pblicos y privados.
ARTCULO 5o.- En los Estados Unidos Mexicanos el Sistema General
de
Unidades de Medida es el nico legal y de uso obligatorio. El
Sistema General de
Unidades de Medida se integra, entre otras, con las unidades
bsicas del Sistema
Internacional de Unidades: de longitud, el metro; de masa, el
kilogramo; de tiempo,
el segundo; de temperatura termodinmica, el kelvin; de
intensidad de corriente
elctrica, el ampere; de intensidad luminosa, la candela; y de
cantidad de
sustancia, el mol, as como con las suplementarias, las derivadas
de las unidades
base y los mltiplos y submltiplos de todas ellas, que apruebe la
Conferencia
General de Pesas y Medidas y se prevean en norma oficiales
mexicanas. Tambin
se integra con las no comprendidas en el sistema internacional
que acepte el
mencionado organismo y se incluyan en dichos ordenamientos.
ARTCULO 6o.- Excepcionalmente la Secretara podr autorizar el
empleo de
unidades de medida de otros sistemas por estar relacionados con
pases
extranjeros que no hayan adoptado el mismo sistema. En tales
casos debern
expresarse, conjuntamente con las unidades de otros sistemas, su
equivalencia
con las del Sistema General de Unidades de Medida, salvo que la
propia
Secretara exima de esta obligacin.
ARTCULO 7o.- Las Unidades base, suplementarias y derivadas del
Sistema
General de Unidades de Medida as como su simbologa se consignarn
en las
normas oficiales mexicanas.
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INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 24
1.2.3 ACUERDO QUE ESTABLECE QUE LOS REQUISITOS QUE
DEBEN CUMPLIR CON SUS PROYECTOS DE
INSTALACIONES PARA EL USO DE LA ENERGA ELCTRICA
REQUISITOS INSTALACIONES ELCTRICAS RESIDENCIALES
Requisitos de Cumplimiento
1. Llenar la solicitud respectiva y presentar la cdula de
identidad de la persona a
nombre de quien se suscribir el servicio en caso de persona
fsica; en el caso de
persona jurdica, presentacin de una copia de la certificacin de
personera
jurdica con no ms de tres meses de emitida, fotocopia de la
cdula jurdica,
fotocopia de la cdula de identidad del representante de la
empresa y carta
firmada por ese representante solicitando el servicio.
2. Copia del permiso municipal de construccin. Firma y copia del
carn del
ingeniero responsable de la instalacin elctrica.
3. Cuando contrate el servicio elctrico, indique claramente la
direccin de la casa
indicando puntos cardinales apropiados, as como el distrito para
poder localizarla
con facilidad.
4. En la medida de lo posible, aporte un nmero telefnico de
referencia donde
poder comunicarnos y un nmero de medidor cercano.
5. Cuando se trate de un servicio para una carga mayor de 25
kilovatios, ser
necesario realizar una medicin de la capacidad del transformador
de distribucin,
para determinar si se requiere un estudio de ingeniera.
6. Si la carga requerida o el tipo de conexin no est disponible
en el sistema, ser
necesario que el cliente solicite un estudio de ingeniera
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INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 25
Condiciones Generales
1. Coloque la copia de la solicitud de servicio en la ventana,
en un lugar visible y
de frente a la calle.
2. Para efectuar la conexin del servicio elctrico es necesaria
la presencia en la
vivienda de una persona adulta.
3. Para asegurarse la buena calidad de la instalacin elctrica de
su inmueble,
contrate un ingeniero o a un tcnico calificado para que la
realice.
Requisitos para la acometida de servicio
1. Conduleta botaguas y tubera hasta el medidor, con dimetro
mnimo de 32
milmetros.
2. La altura mnima de la conduleta botaguas al suelo debe de ser
de 3,0 metros.
La altura de los cables de la acometida area sobre la va pblica,
sujeta a trfico
vehicular, debe ser de 5,50 metros mnima.
3. Los conductores de entrada deben de ser de cobre forrado y de
un calibre no
menor que el No.6AWG, 3 conductores, los cuales tendrn
aislamiento aprobado
para su uso (Por ejemplo; TW THW o THHN).
4. La base enchufable para el medidor debe ser instalado y
alambrado por parte
del cliente. La base puede empotrarse en concreto, o fijarse en
tapias, verjas, etc.
Debidamente protegido.
5. El medidor debe instalarse de frente a la calle pblica, en el
lmite de la
propiedad, en un lugar de fcil acceso para la toma de lectura,
inspeccin y
mantenimiento.
6. La varilla para el sistema de puesta a tierra debe tener una
longitud de 1,5
metros mnimo y 16 mm de dimetro e instalarse lo ms cerca posible
al lugar en
que se ubique el medidor. Si la resistencia a tierra del
electrodo no es de 25
ohmios o menos podrn usarse otras varillas adicionales
conectadas entre s.
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INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 26
REQUISITOS PARA LA INSTALACIN ELCTRICA DE LA RESIDENCIA
1. La casa debe de tener un tablero o caja de disyuntores
termomagnticos para
6 circuitos mnimo, el cual debe ser ubicado en un lugar de fcil
acceso y
debidamente puesto a tierra. No debe instalarse en el bao o en
los cuartos.
2. Se recomienda utilizar el siguiente cdigo de colores en la
instalacin:
3. Los disyuntores termomagnnicos y cables deben de distribuirse
de la
siguiente manera:
4. Deben de usarse tomacorrientes polarizados y aterrizados para
la puesta a
tierra de proteccin.
5. La instalacin elctrica interna de la residencia debe hacerse
en tubos conduit
PVC.
6. En el interior de las paredes los conductores elctricos deben
instalarse dentro
de las tuberas conduit y cajas metlicas o de PVC rectangulares
para
tomacorrientes y apagadores. No se permiten empalmes dentro de
la tubera.
7. La Tubera de PVC expuesta debe de estar a ms de 2,20 metros
sobre el nivel
del suelo o piso, a menor altura la tubera debe ser metlica.
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INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 27
Importante:
a) La calidad y el estado de la instalacin elctrica del inmueble
es
responsabilidad del propietario, revsela peridicamente.
b) Asegure la integridad fsica de los equipos electrnicos
sensibles, instale la
proteccin adecuada para minimizar los efectos de perturbaciones
provocadas por
disturbios atmosfricos, as como las que provengan de la red
elctrica.
c) Mantenga los artefactos elctricos en buen estado, as evitar
las fugas de
electricidad.
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INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 28
1.3 LA FIGURA DE LA U.V.I.E.
QUINES SON LAS Unidad de Verificacin de Instalaciones Elctricas?
A la
persona fsica o moral que realiza actos de verificacin para
evaluar la
conformidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999
Instalaciones
Elctricas (utilizacin), que han sido acreditadas por una Entidad
de Acreditacin
y Aprobadas por la Secretara de Energa, conforme a lo
establecido en la Ley
Federal sobre Metrologa y Normalizacin.
QU ES LA Verificacin? La constatacin ocular o comprobacin
mediante
muestreo, medicin, pruebas de laboratorio, o examen de
documentos que se
realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado
con la Norma
Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999 Instalaciones Elctricas
(utilizacin).
QU ES LA Evaluacin de la conformidad? La determinacin del grado
de
cumplimiento con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999
Instalaciones
Elctricas (utilizacin). Comprende entre otros los procedimientos
de muestreo,
calibracin, prueba, certificacin y verificacin.
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INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 29
1.4 UNIDADES DE MEDIDA A UTILIZAR POR LEY
Artculo 1-Se adopta para uso obligatorio en la Repblica, con
exclusin de
cualquier otro sistema el Sistema Internacional de Unidades,
denominado
internacionalmente bajo las siglas SI, basado en el Sistema
Mtrico Decimal, en
sus unidades bsicas, derivadas y suplementarias de medicin.
Artculo 2-Para todo acto legal en que se haga referencia a
mediciones de
cualquier tipo, ser obligatorio y exclusivo el uso de las
unidades de dicho
sistema. Los tribunales de justicia o cualquier otra dependencia
estatal, no
aceptarn los documentos que se les presente si no se ajustan de
cualquier modo
a esta disposicin.
Artculo 3-Los actos administrativos de las dependencias pblicas
que no se
ajusten a lo dispuesto en esta ley, sern anulables y los
funcionarios que los
originen, incurrirn en falta grave a las obligaciones que les
impone su contrato de
trabajo. El Diario Oficial no publicar ningn documento que no se
ajuste a los
dispuestos en esta ley.
Artculo 4-En toda actividad agrcola, comercial o industrial, slo
podrn utilizarse
las unidades de medicin autorizadas por la presente ley.
Artculo 5- Los empaques, envases y etiquetas, deben expresar la
capacidad,
longitud, superficie, volumen, peso o cualquier otra
caracterstica del producto que
constituya la base principal sobre la cual se expende. La medida
deber
expresarse en unidades del sistema a que se refiere esta ley,
pero podr utilizarse
conjuntamente cualquier otro sistema de medias. Se exceptan
aquellos casos en
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INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 30
que para el expendio o el consumo o para ambos, no sea
determinante ni de
inters la fijacin de medida.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Transitorio I.-El Poder Ejecutivo decretar los plazos para que
en las diferentes
actividades del pas se implante el uso del Sistema Internacional
de Unidades.
Tales plazos no podrn en ningn caso exceder de diez aos, a
partir de la
publicacin de la presente ley.
Transitorio II.-Una vez decretados los plazos respectivos, slo
se podr conceder
prrroga en aquellos casos en que:
a) Cuando para implantar el Sistema Internacional de Unidades en
una
determinada actividad, se requiera la importancia de algn tipo
de equipo y las
reservas de divisas existentes en el Banco Central de Costa Rica
no lo permitan;
y
b) Cuando los interesados demuestre que las dificultades tcnicas
para realizar tal
implantacin, no permiten ejecutarla en el plazo previsto.
Transitorio III.- La concesin de prrrogas ser hecha por la
Oficina Nacional de
Normas y Unidades de Medida, previo estudio de cada caso. Las
decisiones de la
Oficina no sern apelables.
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1.5 SIMBOLOGA ELCTRICA NORMALIZADA
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1.5.1 AMERICANA
SIMBOLOGIA ESTANDART AMERICANA PARA DIAGRAMAS ELECTRICOS
TIPO AMERICANO
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SIMBOLOGIA UTILIZADA PARA LOS DOS TIPOS DE
TEMPORIZADORES
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MOTOR TRIFASICO REVERSIBLE:
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1.5.2 EUROPEA
SIMBOLOGIA ELECTRICA EUROPEA
Smbolo Descripcin
Objeto(contorno de un Objeto) Por ejemplo: - Equipo -
Dispositivo - Unidad funcional - Componente - Funcin
Deben incorporarse al smbolo o situarse en su proximidad otros
smbolos o descripciones apropiadas para precisar el tipo de objeto.
Si la representacin lo exige se puede utilizar un contorno de otra
forma
Pantalla , Blindaje Por ejemplo, para reducir la penetracin de
campos elctricos o electromagnticos. El smbolo debe dibujarse con
la forma que convenga.
Conductor
Conductor Se pueden dar informaciones complementarias. Ejemplo:
circuito de corriente trifsica, 380 V, 50 Hz, tres conductores de
120 mm2, con hilo neutro de 70 mm2
Conductores(unifilar) Las dos representaciones son correctas
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 45
Ejemplo: 3 conductores
Conexin flexible
Conductor apantallado
Cable coaxial
Conexin trenzada
Se muestran 3 conexiones
Unin
Punto de conexin
Terminal
Regleta de terminales
Se pueden aadir marcas de terminales
Conexin en T
Unin doble de conductores
La forma 2 se debe utilizar solamente si es necesario por
razones de representacin.
Caja de empalme, se muestra con tres conductores con T
conexiones.
Representacin multilineal.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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Caja de empalme, se muestra con tres conductores con T
conexiones.
Representacin unifiliar.
Corriente continua
Corriente alterna
Corriente rectificada con componente alterna.
(Si es necesario distinguirla de una corriente rectificada y
filtrada)
Polaridad positiva
Polaridad negativa
Neutro
Tierra
Se puede dar informacin adicional sobre el estado de la tierra
si su finalidad no es evidente.
Masa, Chasis
Se puede omitir completa o parcialmente las rayas si no existe
ambigedad. Si se omiten, la lnea de masa debe ser ms gruesa.
Equipotencialidad
Contacto hembra (de una base o de una clavija).Base de
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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enchufe.
En una representacin unifilar, el smbolo indica la parte hembra
de un conector multicontacto.
Contacto macho (de una base o de una clavija).Clavija de
enchufe.
En una representacin unifilar, el smbolo indica la parte macho
de un conector multicontacto.
Base y Clavija
Base y Clavija multipolares
El smbolo se muestra en una representacin multifilar con 3
contactos hembra y 3 contactos macho.
Base y Clavija multipolares
El smbolo se muestra en una representacin unifilar con 3
contactos hembra y 3 contactos macho.
Conector a presin
Clavija y conector tipo jack
Clavija y conector tipo jack con contactos de ruptura
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 48
Base con contacto para conductor de proteccin
Toma de corriente mltiple
El smbolo representa 3 contactos hembra con conductor de
proteccin
Base de enchufe con interruptor unipolar
Base de enchufe (telecomunicaciones). Smbolo general.
Las designaciones se pueden utilizar para distinguir diferentes
tipos de tomas:
TP = telfono FX = telefax M = micrfono FM = modulacin de
frecuencia TV = televisin TX = telex
= altavoz
Punto de salida para aparato de iluminacin
Smbolo representado con cableado.
Lmpara, smbolo general.
Luminaria, smbolo general.
Lmpara fluorescente, smbolo general.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
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Luminaria con tres tubos fluorescentes (multifilar)
Luminaria con cinco tubos fluorescentes (unifilar)
Cebador, Tubo de descarga de gas con Starter trmico para lmpara
fluorescente.
Resistencia, smbolo general.
Fotorresistencia
Resistencia variable
Resistencia variable de valor preajustado
Potencimetro con contacto mvil
Resistencia dependiente de la tensin
Elemento calefactor
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 50
Condensador, smbolo general.
Condensador polarizado, condensador electroltico.
Condensador variable
Condensador con ajuste predeterminado
Bobina, smbolo general, inductancia, arrollamiento o
reactancia
Bobina con ncleomagntico
Bobina con tomas fijas, se muestra una toma intermedia.
Interruptor normalmente abierto (NA).
Cualquiera de los dos smbolos es vlido.
Interruptor normalmente cerrado (NC).
Interruptor automtico. Smbolo general.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 51
Interruptor. Unifilar.
Interruptor con luz piloto. Unifilar.
Interruptor unipolar con tiempo de conexin limitado.
Unifilar.
Interruptor graduador. Unifilar.
Regulador de intensidad luminosa.
Interruptor bipolar. Unifilar.
Conmutador
Conmutador unipolar. Unifilar.
Por ejemplo, para los diferentes niveles de iluminacin.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 52
Interruptor unipolar de dos posiciones. Conmutador de vaivn.
Unifilar.
Conmutador con posicionamiento intermedio de corte.
Conmutador intermedio.Conmutador de cruce. Unifilar.
Diagrama equivalente de circuitos.
Pulsador normalmente cerrado
Pulsador normalmente abierto
Pulsador. Unifilar.
Pulsador con lmpara indicadora. Unifilar.
Calentador de agua. Smbolo representado con cableado.
Ventilador. Smbolo representado con cableado.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 53
Cerradura elctrica
Interfono.
Por ejemplo: intercomunicador.
Fusible
Fusible-Interruptor
Pararrayos
Interruptor automtico diferencial.
Representado por dos polos.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 54
Interruptor automtico magnetotrmico o guardamotor.
Representado por tres polos.
Interruptor automtico de mxima intensidad. Interruptor automtico
magntico.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 55
1.6 COSTO DE LA ENERGA ELCTRICA
La energa elctrica tiene que generarse tanto como se demanda en
el momento,
por lo tanto fijar una tarifa puede ser complicado, incluyendo
todos los factores
necesarios para suministrarla y definir su costo, como los
combustibles fsiles, la
tecnologa utilizada, el personal capacitado, la regin en donde
te encuentras, la
temperatura, la poca entre otros. Cabe mencionar que Mxico es
uno de los
pases con mayor precio en energa elctrica.
La CFE maneja diferentes tipos de tarifas para uso domstico,
industrial, general y
ms, estas tarifas van cambiando de precio cada mes a parte que
en las tarifas de
uso domstico se divide tu consumo de kwh en "bsico e intermedio"
que tienen
diferentes precios y si te excedes te pueden aplicar la tarifa
DAC que significa un
precio mucho ms alto de energa elctrica, para tarifas de uso
general se divide
en1er. Escaln o rango y 2do. Escaln que tambin tienen diferentes
precios de
kwh y el excedente se cobra con otro precio, ms el cargo fijo de
la tarifa. Todos
estos datos los puedes encontrar en la seccin de "Facturacin" de
tu recibo de
luz.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 56
ESTAS SON LAS SECCIONES DE UN RECIBO DE LUZ
1. Datos personales.
2. Nmero de servicio.
3. Nmero del medidor instalado en
tu domicilio.
4. Ultimas dos lecturas realizadas.
5. Nmero por el que se multiplica la
resta de tus dos ultimas lecturas.
(Generalmente es 1.)
6. Consumo y resultado de la
multiplicacin.
7. Numero de usuario ante la CFE.
8. Total a pagar con impuestos.
9. Tipo de uso y tarifa
10. Hilos o fases de corriente
elctrica contratados.
11. Periodo de tu ultimo consumo.
12. Promedio diario de kW.
13. kWh consumidos de tipo bsico e
intermedio.
14. Precio y total en pesos de los
kWh consumidos, sin impuestos.
15. Consumos de los ltimos dos
aos.
16. Costo real de tu consumo de
electricidad.
17. Apoyo gubernamental.
18. Avisos.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 57
Tarifa DAC (Domstica de Alto Consumo)
Cmo salir de la tarifa DAC?
La tarifa DAC es un impuesto aplicado cuando el promedio del
consumo bimestral
del ltimo ao, sobre pasa la tarifa de tu contrato. A continuacin
la tabla de tarifas
de uso domstico. Recuerda que el precio de kWh cambia
mensualmente.
Tarifa Temperatura media mnima Lmite de kWh para aplicar
DAC
1 Menos a 25 C 500 kWh/Bimestre
1A 25 C 600 kWh/Bimestre
1B 28 C 800 kWh/Bimestre
1C 30 C 1700 kWh/Bimestre
1D 31 C 2000 kWh/Bimestre
1E 32 C 4000 kWh/Bimestre
1F 33 C 5000 kWh/Bimestre
Esta tarifa es completamente legal y puede llegar a generar un
alto costo en sus
recibos ya que el apoyo gubernamental no es aplicado y no cambia
el tipo de tarifa
a pesar de consumir menos energa.
La mejor manera de salir de este tipo de tarifa es finiquitar
esa cuenta de CFE y
abrir una nueva con otro nombre pero existe la posibilidad de
que sea aplicado el
impuesto si se sobrepasa de nuevo.
El sistema de energa fotovoltaica puede evitar estos problemas
al no depender ya
de CFE al reducir su consumo con un sistema de interconexin.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 58
1.6.1 TARIFAS VIGENTES
Generalmente son tres los conceptos que se consideran para
formular las facturas
de consumo de energa elctrica: la demanda mxima, la energa
consumida y el
factor de potencia.
Los cargos por concepto de la demanda se basan en los costos de
generacin de
la energa elctrica, de la transmisin y de la distribucin de la
misma, tomando en
cuenta los medios disponibles para tal efecto. Se incluyen aqu
los cargos
redituables de la inversin, incluyendo intereses, impuestos,
amortizaciones, etc.
En el caso de los cargos por concepto de energa, se comprenden
los gastos de
combustible, mantenimiento y otros gastos relacionados con la
operacin.
CARGOS POR DEMANDA MAXIMA
Entre mayor sea la demanda de energa en un momento dado por un
perodo de
15 minutos, ms alto ser tambien el cargo por demanda. Entre
ms
uniformemente se pueda repartir el consumo de energa elctrica en
una planta.
ms bajo ser el cargo por demanda.
CARGOS POR ENERGIA CONSUMIDA
Los costos de operacin de la parte de la factura de consumo de
energa elctrica
se basan en el nmero de kWh registrados en el trmino de cierto
perodo. Para
establecer comparaciones, tmese en consideracin este perodo de
facturacin.
El nmero de das de trabajo y el nmero de das cubiertos tendrn
diferencias.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 59
CARGOS POR BAJO FACTOR DE POTENCIA
Debido a que la compaa suministradora tendr que transmitir una
corriente
mayor a un sistema con bajo factor de potencia, que si hacia
otro cuyo factor de
potencia sea ms alto, se ha introducido una clusula al respecto
para llevar a
cabo la facturacin. Esta clusula ofrece una reduccin en las
cuotas de consumo
para cargas con factor de potencia alto, o impone una multa si
el factor de
potencia es bajo.
ESTRUCTURA DE LAS TARIFAS
La estructura de las tarifas por consumo de energa elctrica se
basa en los costos
de suministro a los usuarios, por lo cual se han tomado en
cuenta las diferencias
regionales, estaciones del ao, horarios de consumo, nivel de la
tensin de
suministro y la demanda.
En cuanto a la regin se refiere, a Baja California Sur se le
asigna un 105 %
respecto a las cuotas base.
Niveles de tensin:
Baja tensin < 1 kV
1 kV < Media tensin < 35 kV
35 kV < Alta tensin, subtransmisin < 220 Kv
Alta tensin > 220 kV
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 60
EJEMPLOS DE DETERMINACION DE LA DEMANDA POR CONTRATAR.
PARAMETROS A CONTROLAR EN LA ENERGIA ELECTRICA
a) Factor de potencia
En un sistema elctrico, uno de los factores a controlar es el
factor de potencia.
Este factor resulta de la comparacin de la potencia aparente
(KVA) con la
potencia real (KW).
El sensado se lleva a cabo por medio de un medidor de
desfasamiento entre
voltaje y corriente. El actuador consiste en un sistema de
conmutacin que
conecta y desconecta bancos de capacitores. El sistema de
control que puede ser
analgico o digital interpreta los datos del sensor, calcula la
manera como deben
conectarse estos bancos de capacitores y tambin cuenta con un
sistema de
temporizadores que evita la oscilacin y el mal
funcionamiento.
b) Demanda (KW)
Otro parmetro importantea controlar es el pico de demanda mxima
de potencia.
Esta medicin se hace continuamente por parte de la compaa
suministradora y
se registra el valor ms alto de la demanda de todo el mes. En
base a este valor
mximo se calcula la facturacin.
El sensado se lleva a cabo con un transductor de potencia que
calcula la potencia
instntaneamente, o en instalaciones con tarifa horaria por medio
de conteo de
pulsos del medidor instalado por la compaa suministradora.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 61
c) Energa (KWh)
El mtodo de control de energa ms usado consiste en encender y
apagar cargas
por medio de un temporizador. La complejidad y flexibilidad del
temporizador
depender de su precio. Este "controlador"tendr la tarea de
eliminar el
encendido y apagado manual de cargas, asegurando la
repetibilidad y precisin.
Distintos metodos de medicin de la energa elctrica.
a) Energa:
Los KWh se miden por integracin de la demanda a lo largo del
tiempo. Los
medidores mecnicos llevan a cabo esta integracin por medio de un
sistema de
relojera que va desplazando unso engranes con indicadores
durante el periodo de
consumo.
Los medidores electrnicos hacen el equivalente por medio de
manejo de
informacin. En este caso tambin es posible medir el consumo en
diferentes
periodos del da. En el caso de tarifas horarias, es importante
acumular los pulsos
de cada horario por separado. Este tipo de medidores son
obligatorios en el caso
de tarifa horaria.
b) Factor de potencia:
El f.p. es el resultado de dividir energa activa (KWh) y la
energa aparente (la
resultante de la potencia activa y la reactiva) acumulada
durante todo el periodo
de consumo (tpicamente un mes)
.
-
ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 62
KWh2
f.p. = -----------------------------
KWh2 + KVARh2
El medidor de potencia reactiva es idntico al de energa activa,
slo que est
instalado para medir los KVARh.
c) Demanda La medicin de la demanda es la ms sofisticada.
Existen dos tipos
de medidores:
De aguja. Este es un medidor que obtiene el valor de la demanda
mxima
por medio de dos agujas en una cartula: la aguja de "arrastre",
que
requiere ser inicializada a cero manualmente y que es empujada
por la
aguja de medicin. La aguja de medicin es medida por medio de
un
elemento que cuenta con cierta inercia sobre el cual operan
la
multiplicacin instantnea de voltaje y corriente. Este medidor
est hecho
para tener un tiempo de respuesta aproximado de 10 a 15 minutos.
Es
comn este tipo de medidor en instalaciones de menos de 1 MVA que
no
estn sujetas a tarifa horaria.
De pulsos. Este es el mtodo ms preciso y se utiliza tanto en
medidores
mecnicos, como electrnicos. A estos medidores se les conecta
un
registrador que permite indicar la hora a la que ocurrio el
consumo. Este
medidor es obligatorio para tarifas horarias.
-
ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 63
CONCLUSION
Las instalaciones elctricas forman parte esencial en nuestras
vidas, pues
constantemente estamos observando y colaborando en su
funcionamiento. La
instalacin elctrica es el conjunto de elementos que permiten
trasportar y
distribuir la energa elctrica desde el punto de suministro hasta
los equipos los
cuales la utilizan, los elementos constituyentes de una
instalacin elctrica son; la
acometida, el equipo de medicin, interruptores, derivndose el
interruptor
general, interruptor derivado, interruptor termo magntico, el
arrancador, el
transformador, tableros, tablero general, centro de control de
motores, tableros de
distribucin o derivados, motores y equipos accionados por
motores, estaciones o
puntos de control, salidas para alumbrado y contactos, plantas
de emergencias,
tierra o neutro en una instalacin elctrica, interconexin.
El buen funcionamiento de una instalacin elctrica depende del
cumplimiento de
las normas y reglamentos que incluyen los conductores e
aisladores los cuales
integran las canalizaciones elctricas para tener una ptima
proteccin y no
permitir un mal funcionamiento. Los circuitos derivados son
igual de importantes
para la distribucin de energa despus de las canalizaciones, as
como su
aplicacin en los motores.
-
ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 64
MAPA CONCEPTUAL
INSTALACIONES ELECTRICAS
NOM-001-SEDE-2012
SEGURIDA EFICIENCIA CONCEPTOS
TIPOS DE INSTALACIONES
NORMAS CONDICIONES
LEYES APLICADAS CONDICIONES
REGLAMENTOS
NORMALIZACION
ASPECTOS LEGALES
UNIDADES DE
MEDIDA
ACUERDOS PARA
EL USO DE LA
ELECTRICIDAD
TARIFAS SIMBOLOGIA Y
DIGRAMAS
CONSUMIDOR
COSTOS
CARGOS
IMPACTO
SOCIOECONOMICO
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 65
TARIFAS
Domicilio ubicado en Ramos Arizpe, Coahuila.
Pago con Tarifa 1
Periodo: OCT 10 a DIC 10 (Bimestral):
Consumo total: 654 kWh (mismo consumo que el ejemplo anterior)
Rango de
consumo (recordemos que el rango y precio de consumo vara segn
la tarifa, por
esa razn estos rangos son diferentes a la Tarifa 1C. el precio
no cambia porque
es el mismo periodo de facturacin):
Bsico: 0 a 75 kWh por mes, precio por kWh = $0.707 MXN ms
IVA
Intermedio: 76 a 125 kWh por mes, precio por kWh = $1.177 MXN ms
IVA
Excedente: mayor a 125 kWh por mes, precio por kWh = $2.489 MXN
ms IVA
El pago total que tendra que realizar este domicilio con esta
tarifa sera de
$1,229.31 MXN, de los cuales $106.05 por los primeros 150 kWh de
consumo (75
del primer mes y 75 del segundo mes) que entraron en el Bsico,
$117.70 por los
siguientes 100 kWh de consumo (50 del primer mes y 50 del
segundo mes) que
entraron en el Intermedio y $1,005.56 por los 404 kWh restantes
que entraron en
los Excedentes.
Domicilio ubicado en Monterrey, Nuevo Len
Tipo de Tarifa: 1C
Periodo de Consumo: 25 OCT 10 A 22 DIC 10 (Bimestral)
Consumo total: 654 kWh
Rangos de consumo y precio:
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 66
Bsico: 0 a 75 kWh por mes, precio por kWh = $0.707 MXN ms
IVA
Intermedio: 76 a 150 kWh por mes, precio por kWh = $1.177 MXN ms
IVA
Excedente: mayor a 150 kWh por mes, precio por kWh = $2.489 MXN
ms IVA
En este caso, se pag un total de $1,349.90 ya con IVA, de los
cuales, $123.02
MXN fueron de los primeros 150 kWh de consumo (75 del primer mes
y 75 del
segundo) que entraron en el Bsico, $204.80 MXN de los siguientes
150 kWh de
consumo (75 del primer mes y 75 del segundo) entraron en el
Intermedio y
$1,022.08 MXN por los 354 kWh de consumo restantes entraron en
los
Excedentes.
Afortunadamente este domicilio no sobrepasa el lmite medio
superior definido
para su tarifa inicial de 1700 kWh/Bimestre, por lo que se
mantiene fuera de la
tarifa DAC, pero si este mismo consumo lo tiene un domicilio que
se encuentra en
la Tarifa 1A, y suponiendo que se ha mantenido este mismo
consumo en los
ltimos 6 bimestres, estara excediendo el limite medio superior
definido para su
tarifa de 600 kWh/Bimestre. Lo que significa que debera pagar el
precio de la
Tarifa DAC.
Pago con Tarifa DAC
Consumo total: 654 kWh (mismo del domicilio en Monterrey)
Precio por kWh = 3.176 ms IVA
Como en la Tarifa DAC no hay escalones este domicilio tendra que
pagar en
total$2,409.44 MXN.
Haciendo la comparacin del pago total de las dos tarifas (1A =
$1,229.31, DAC =
$2,409.44), podemos concluir que si te encuentras en la tarifa
DAC estaras
-
ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 67
pagando casi el doble (195.99% ms).Tan solo sobrepasando el
limite medio
superior por 54 kWh.
En este ejemplo podemos observar claramente lo complejo del pago
del servicio
de energa elctrica en nuestro pas. Entre ms consumas ms pagas,
estar en la
Tarifa DAC significa pagar montos excesivos y cada regin de
nuestro pas paga
diferente.
La tarifa Domstica de Alto Consumo (DAC) es la tarifa que tiene
el costo ms
elevado por kilowatt-hora consumido. Cualquier cliente que se
encuentre en la
tarifa DAC va a salir altamente beneficiado por la instalacin de
paneles solares ya
que adems del ahorro energtico se puede realizar el cambio de
tarifa, pasando
de DAC a las tarifas de bajo consumo. Esto implica un ahorro
energtico en la
cantidad de kilowatts-hora consumidos y un ahorro econmico en el
costo de cada
kilowatt-hora consumido.
Domstica de Alto Consumo: $3.398 por cada kW consumido en el
bimestre.
El objetivo principal con un cliente que se encuentra en DAC es
el de instalar la
cantidad mnima necesaria para asegurar que su tarifa pase a ser
1 en los
siguientes meses.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 68
BLOQUE DE PREGUNTAS
1: De la norma oficial mexicana relativa a las instalaciones
elctricas(NOM-SEDE-
2012) Cules son los aspectos ms importantes a considerar?
El objetivo de esta NOM es establecer las especificaciones y
lineamientos de
carcter tcnico que deben satisfacer las instalaciones destinadas
a la utilizacin
de la energa elctrica, a fin de que ofrezcan condiciones
adecuadas de
seguridad para las personas y sus propiedades, en lo referente a
la proteccin
contra:
- Las descargas elctricas,
- Los efectos trmicos,
- Las sobrecorrientes,
- Las corrientes de falla y
- Las sobretensiones.
El cumplimiento de las disposiciones indicadas en esta NOM
promueve el uso
de la energa elctrica en forma segura; asimismo esta NOM no
intenta ser una
gua de diseo, ni un manual de instrucciones para personas no
calificadas.
2. Cmo stan constituidas las instalaciones elctricas
-Esta constituidas por uno o variaos circuitos elctricos
destinados a un uso
especfico que cuenta con los equipos de proteccin necesarios
para asegurar su
correcto funcionamiento de manera general incluyendo
dispositivos principales
tales como tableros, interruptores, transformadores,
dispositivos tensores,
dispositivos de control, cables conductores, canalizaciones,
soportes y en algunos
casos bancos de capacitores
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 69
3. Cmo se clasifican las instalaciones elctricas?
1-Por nivel de voltaje teniendo predominantemente los sig.
Usos
a)-instalaciones elctricas residenciales
b)-instalaciones industriales
c)-instalaciones comerciales
d)-instalaciones en edificios
e)-hospitalarias
f)-instalaciones especiales (lugares flamables y alta
concurrencia de personas)
2-por el lugar propio de la instalacin que se divide en
NORMALES: Pudiendo estar en interior o exterior siempre que se
consideren
elementos protectores de la intemperie; como cubiertas empaques;
o sellos con la
finalidad de evitar la penetracin de agua
ESPECIALES: Se consideran especiales porque son las que se
encuentran en
ambientes peligrosos ya sea por excesiva humedad o por grandes
cantidades de
polvo no combustible o grasa combustibles
3_otra forma de clasificar por el tipo de lugar donde operan
a)-lugares secos(no estn sujetos a derrame de lquidos
b)-lugares hmedos (parcialmente protegidos pueden estar techados
pero
abiertos)
c)- lugar mojado(se tienen condiciones extremas de humedad )
d)-lugar corrosivo( se encuentran sustancias qumicas
degradantes
e)-lugares peligrosos (sujetos a la condicin de incendio o
explosin debido a
gases o vapores inflamables)
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 70
4. Cules son las leyes vigentes para la realizacin de
instalaciones elctricas?
La leyes vigentes aplicables se encuentran en los siguientes
artculos
Artculo 2: A los efectos de garantizar la regulacin y control de
las caractersticas
tcnicas y medidas de seguridad de las instalaciones internas a
los domicilios, se
adoptar como modelo de referencia, el implementado en la
jurisdiccin nacional,
para el suministro de gas natural. En particular para la
determinacin de actores
intervinientes, competencias y responsabilidades, en materia de
verificacin y
control de la seguridad de las instalaciones interiores en los
inmuebles de los
usuarios del servicio.-
Artculo 3: Cualquier aspecto que la Autoridad de Aplicacin y/o
el Organismo de
Control especifico considere deba ser reglamentado en materia de
requisitos
exigibles a las distribuidoras de energa elctrica para habilitar
el suministro
elctrico a los usuarios del servicio, podr involucrar a los
Municipios, siempre que
exista el consentimiento de estos, y que los mismos acrediten
contar con las
dependencias, equipos y recursos humanos capacitados para asumir
dicha tarea.-
Artculo 4: En aquellos casos en los que los Municipios accedan a
colaborar o
participar de la tarea de control de las instalaciones, dicha
participacin deber
instrumentarse mediante convenio rubricado por el Intendente y
la Autoridad
Provincial competente, convalidado por Ordenanza del respectivo
Honorable
Concejo Deliberante.-
Artculo 5: El Poder Ejecutivo reglamentar la presente, en todos
aquellos
aspectos que contribuyan a determinar los procedimientos y
condiciones a las que
debern ajustarse tanto los Municipios, por una parte, como la
Autoridad de
Aplicacin y el Organismo de Control, Elctrico en la Provincia de
Buenos Aires, a
los efectos garantizar el pleno cumplimiento de la presente.
Artculo 6: Derguese toda legislacin que se oponga a la presente
a la
presente.-
Artculo 7: Comunquese al Poder Ejecutivo.-
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 71
5: De qu trata la ley de sobre metrologa y normalizacin en
instalaciones
elctricas?
En los Estados Unidos Mexicanos el Sistema General de Unidades
de Medida es
el nico legal y de uso obligatorio. El Sistema General de
Unidades de Medida se
integra, entre otras, con las unidades bsicas del Sistema
Internacional de
Unidades: de longitud, el metro; de masa, el kilogramo; de
tiempo, el segundo; de
temperatura termodinmica, el kelvin; de intensidad de corriente
elctrica, el
ampere; de intensidad luminosa, la candela; y de cantidad de
sustancia, el mol, as
como con las suplementarias, las derivadas de las unidades base
y los mltiplos y
submltiplos de todas ellas, que apruebe la Conferencia General
de Pesas y
Medidas y se prevean en norma oficiales mexicanas. Tambin se
integra con las
no comprendidas en el sistema internacional que acepte el
mencionado organismo
y se incluyan en dichos ordenamientos.
ARTCULO 6o.- Excepcionalmente la Secretara podr autorizar el
empleo de
unidades de medida de otros sistemas por estar relacionados con
pases
extranjeros que no hayan adoptado el mismo sistema. En tales
casos debern
expresarse, conjuntamente con las unidades de otros sistemas, su
equivalencia
con las del Sistema General de Unidades de Medida, salvo que la
propia
Secretara exima de esta obligacin.
ARTCULO 7o.- Las Unidades base, suplementarias y derivadas del
Sistema
General de Unidades de Medida as como su simbologa se consignarn
en las
normas oficiales mexicanas.
6: Qu significa la U.V.I.E y cul es su funcin?
QUINES SON LAS Unidad de Verificacin de Instalaciones Elctricas?
A la
persona fsica o moral que realiza actos de verificacin para
evaluar la
conformidad con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999
Instalaciones
Elctricas (utilizacin), que han sido acreditadas por una Entidad
de Acreditacin
y Aprobadas por la Secretara de Energa, conforme a lo
establecido en la Ley
Federal sobre Metrologa y Normalizacin.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 72
QU ES LA Verificacin? La constatacin ocular o comprobacin
mediante
muestreo, medicin, pruebas de laboratorio, o examen de
documentos que se
realizan para evaluar la conformidad en un momento determinado
con la Norma
Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999 Instalaciones Elctricas
(utilizacin).
QU ES LA Evaluacin de la conformidad? La determinacin del grado
de
cumplimiento con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1999
Instalaciones
Elctricas (utilizacin). Comprende entre otros los procedimientos
de muestreo,
calibracin, prueba, certificacin y verificacin.
7: en instalaciones elctricas Cules son las unidades de medida a
utilizar por
ley?
Las unidades estn basadas en los siguientes artculos
Artculo 1-Se adopta para uso obligatorio en la Repblica, con
exclusin de
cualquier otro sistema el Sistema Internacional de Unidades,
denominado
internacionalmente bajo las siglas SI, basado en el Sistema
Mtrico Decimal, en
sus unidades bsicas, derivadas y suplementarias de medicin.
Artculo 2-Para todo acto legal en que se haga referencia a
mediciones de
cualquier tipo, ser obligatorio y exclusivo el uso de las
unidades de dicho
sistema. Los tribunales de justicia o cualquier otra dependencia
estatal, no
aceptarn los documentos que se les presente si no se ajustan de
cualquier modo
a esta disposicin.
Artculo 3-Los actos administrativos de las dependencias pblicas
que no se
ajusten a lo dispuesto en esta ley, sern anulables y los
funcionarios que los
originen, incurrirn en falta grave a las obligaciones que les
impone su contrato de
trabajo. El Diario Oficial no publicar ningn documento que no se
ajuste a los
dispuestos en esta ley.
Artculo 4-En toda actividad agrcola, comercial o industrial, slo
podrn utilizarse
las unidades de medicin autorizadas por la presente ley.
-
ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 73
Artculo 5- Los empaques, envases y etiquetas, deben expresar la
capacidad,
longitud, superficie, volumen, peso o cualquier otra
caracterstica del producto que
constituya la base principal sobre la cual se expende. La medida
deber
expresarse en unidades del sistema a que se refiere esta ley,
pero podr utilizarse
conjuntamente cualquier otro sistema de medias. Se exceptan
aquellos casos en
que para el expendio o el consumo o para ambos, no sea
determinante ni de
inters la fijacin de medida.
8: cules son los elementos bsicos que constituyen una
instalacin?
Primero es la acometida de CFE como siguiente el equipo de
medicin,
alimentador principal interruptor de navaja o interruptor
termomagnetico de ai
conductores contactos apagadores soques
9- cules son los valores estandarizados en kw de CFE para uso
domstico?
1.2 kw 1.6kw 2.0kw 2.5kw en monofsico y en bisafico
10 para seguridad delas instalaciones de casa habitacin que tipo
de interruptor
conviene mas usar? y porque
El interruptor de navaja porque cuando hay un corto la corriente
de falla siempre
va al punto de suministro
11De qu depende el costo de la energa elctrica?
Dependen de las tarifas por consumo de energa elctrica se basa
en los costos
de suministro a los usuarios, por lo cual se han tomado en
cuenta las diferencias
regionales, estaciones del ao, horarios de consumo, nivel de la
tensin de
suministro y la demanda
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 74
Niveles de tensin:
Baja tensin < 1 kV
1 kV < Media tensin < 35 kV
35 kV < Alta tensin, subtransmisin < 220 Kv
Alta tensin > 220 kV
12: cuales son las tarifas vigentes y como es la demanda de
costo
Generalmente son tres los conceptos que se consideran para
formular las facturas
de consumo de energa elctrica: la demanda mxima, la energa
consumida y el
factor de potencia. Los cargos por concepto de la demanda se
basan en los costos
de generacin de la energa elctrica, de la transmisin y de la
distribucin de la
misma, tomando en cuenta los medios disponibles para tal efecto.
Se incluyen
aqu los cargos redituables de la inversin, incluyendo intereses,
impuestos,
amortizaciones, etc.
En el caso de los cargos por concepto de energa, se comprenden
los gastos de
combustible, mantenimiento y otros gastos relacionados con la
operacin.
13: Cul es el objetivo principal de las instalaciones
elctricas?
Es distribuir la energa a todos y cada uno de los equipos
conectados; con la
condicin de que debe de ser eficiente y segura ; adems de estas
caractersticas
es conveniente que cumplan con los sig. Condiciones
a)- confiables
b)- eficientes
c)- econmicas
d)- flexibles
e)- sencillas o simples
-
ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 75
f)- seguras (seguridad personal)
g)- agradables a la vista
14 Qu requisitos deben cumplir los proyectos de instalaciones
elctricas?
Artculo 110 de la NOM-SEDE-2012 en general todo el artculo
consta de los
requisitos que se deben cumplir LAS INSTALACIONES ELECTRICAS
15 Aspectos fundamentales que menciona el acuerdo establece los
requisitos
que deben cumplir los proyectos de instalaciones elctricas?
Requisitos de Cumplimiento
1. Llenar la solicitud respectiva y presentar la cdula de
identidad de la persona a
nombre de quien se suscribir el servicio en caso de persona
fsica; en el caso de
persona jurdica, presentacin de una copia de la certificacin de
personera
jurdica con no ms de tres meses de emitida, fotocopia de la
cdula jurdica,
fotocopia de la cdula de identidad del representante de la
empresa y carta
firmada por ese representante solicitando el servicio.
2. Copia del permiso municipal de construccin. Firma y copia del
carn del
ingeniero responsable de la instalacin elctrica.
3. Cuando contrate el servicio elctrico, indique claramente la
direccin de la casa
indicando puntos cardinales apropiados, as como el distrito para
poder localizarla
con facilidad.
4. En la medida de lo posible, aporte un nmero telefnico de
referencia donde
poder comunicarnos y un nmero de medidor cercano.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 76
5. Cuando se trate de un servicio para una carga mayor de 25
kilovatios, ser
necesario realizar una medicin de la capacidad del transformador
de distribucin,
para determinar si se requiere un estudio de ingeniera.
6. Si la carga requerida o el tipo de conexin no est disponible
en el sistema, ser
necesario que el cliente solicite un estudio de ingeniera
16: segn las normas Cules son las medidas de seguridad en
instalaciones
elctricas?
Los requisitos establecidos en este captulo tienen el propsito
de garantizar
la seguridad de las personas, animales y los bienes contra los
riesgos que
puedan resultar de la utilizacin de las instalaciones
elctricas
Proteccin contra las descargas elctricas
Proteccin contra los contactos directos
Proteccin contra contactos indirectos
Proteccin contra los efectos trmicos
Proteccin contra sobre corriente
Proteccin contra corriente de falla
Proteccin contra sobretensiones
Tambin deben considerarse los valores de tolerancia
17 como se protegen las instalaciones elctricas por
seguridad?
Los requisitos establecidos en este captulo tienen el propsito
de garantizar la
seguridad de las personas, animales y los bienes contra los
riesgos que puedan
resultar de la utilizacin de las instalaciones elctricas.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 77
1 Proteccin contra las descargas elctricas
.2 Proteccin contra los contactos directos
Las personas y los animales deben protegerse contra los riesgos
que puedan
resultar por el contacto con las partes vivas de la
instalacin.
Esta proteccin puede obtenerse por uno de los mtodos
siguientes:
- Previniendo que una corriente pueda pasar a travs del cuerpo
de una persona
o de un animal.
- Limitando la corriente que pueda pasar a travs del cuerpo a un
valor inferior al
de la corriente de choque. Previniendo con el mtodo de
aislamiento de las
instalaciones en canalizacin o en tubos
18Cmo est constituida la ley de servicio pblico de energa?
CFE la aplica y se constituye de 45 artculos que se dividen en 5
captulos que
tratan de los aspectos legales del estado poltico de CFE
19En que se basa la demanda de costo de energa?
Generalmente son tres los conceptos que se consideran para
formular las facturas
de consumo de energa elctrica: la demanda mxima, la energa
consumida y el
factor de potencia.
Los cargos por concepto de la demanda se basan en los costos de
generacin de
la energa elctrica, de la transmisin y de la distribucin de la
misma, tomando en
cuenta los medios disponibles para tal efecto. Se incluyen aqu
los cargos
redituables de la inversin, incluyendo intereses, impuestos,
amortizaciones,
En el caso de los cargos por concepto de energa, se comprenden
los gastos de
combustible, mantenimiento y otros gastos relacionados con la
operacin.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 78
CARGOS POR DEMANDA MAXIMA
CARGOS POR ENERGIA CONSUMIDA (kwh)
CARGOS POR BAJO FACTOR DE POTENCIA
Tambin se considera si el consumos es de casa habitacin o es uso
comercial en
este punto el cliente ase la demanda de consumo para que sea
suministrada por
CFE
20 Cmo se interpreta la norma oficial mexicana relacionada con
instalaciones
elctricas
La estructura de esta Norma Oficial Mexicana (en adelante NOM),
responde
a las necesidades tcnicas que requiere la utilizacin de la
energa elctrica
en las instalaciones elctricas en el mbito
nacional; se cuida el uso de vocablos y se respetan los trminos
habituales,
para evitar confusiones en los conceptos. Asimismo, se han
ordenado los
textos procurando claridad de expresin y unidad de estilo para
una mejor
comprensin. Lo que har ms fcil entender sus disposiciones.
El Ttulo 3 "Lineamientos para la aplicacin de las
especificaciones de la
NOM", se establece la metodologa para la apropiada aplicacin de
las
disposiciones establecidas y una gua general para su
interpretacin
correcta.
El Ttulo 4 de esta NOM establece los principios fundamentales,
los cuales
no estn sujetos a modificaciones en funcin de desarrollos
tecnolgicos.
El Ttulo 5 "Especificaciones", contiene los requisitos tcnicos
cuya
observancia tienen por objeto asegurar la conformidad de las
instalaciones
elctricas a los principios fundamentales del Ttulo 4 de esta
NOM.
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ASPECTOS LEGALES Y NORMAS VIGENTES
INSTALACIONES ELECTRICAS Pgina 79
EVALUACIONES
1. Qu tipo de instalaciones consisten en recibir energa elctrica
y la
transforman en energa elctrica con caractersticas
diferentes?
1. Instalaciones de baja tensin
2. Instalaciones transformadoras
3. Instalaciones de alta tensin
2. Una instalacin elctrica es el conjunto de equipos y
materiales que permiten
distribuir la energa elctrica?
1. Verdadero
2. Falso
3. Tipo de instalaciones en las que la diferencia de potencial
mxima entre dos
conductores es inferior a 24 Voltios?
1. Instalaciones receptoras
2. Instalaciones generadoras
3. Instalaciones de muy baja tensin
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4. La funcin de las instalaciones elctricas es la transformacin
de la energa
elctrica en otros tipos de energa?
1. Verdadero
2. Falso
5. Es parte de una instalacin elctrica que permite distribuir la
energa elctrica
desde el tablero general de distribucin a cada uno de los
usuarios?
1. Alimentador principal
2