-
ISSN: 0213-2079
LAS TRES ILUSTRES ORDENES Y RELIGIOSAS CAVA-LLERIAS! INSTITUIDAS
POR LOS REYES DE CASTILLA Y LEN: SANTIAGO, CALATRAVA Y ALCNTARA
The Three Illustrious Orders and Religious Chivalries Instituted
by the Kings of Castile and Leon: Santiago, Calatrava and Alcantara
Elena POSTIGO CASTELLANOS Profesora Titular Historia Moderna.
Universidad Autnoma de Madrid
RESUMEN: Se examinan de manera resumida tres tipos de cuestiones
referidas todas ellas a las rdenes castellanas de Santiago,
Calatrava y Alcn-tara, en las pocas medieval y moderna (siglos
XIl-XVIl). Se ocupa en primer lugar de dos momentos claves en la
vida de estas instituciones: la fundacin y principios y la
incorporacin de sus maestrazgos a la Corona de Castilla. Analiza
igualmente la estructura institucional y la caracterizacin de estos
corpora, as como la forma de gobierno a la que estuvieron sujetos.
Final-mente, y tambin de manera esquemtica, se revisa su misin
fundacional y el papel que, de acuerdo a ella, se les asign tanto
en la poca medieval como en la moderna.
Palabras clave: orden de Santiago, orden de Calatrava, orden de
Alcntara, rdenes militares, Nobleza catlica, confesionalizacin,
siglos XI-XVII, Castilla, Edad Moderna.
ABSTRACT: This article refers, briefly, to three types of
questions concerning Castilian Military Orders: Santiago, Calatrava
and Alcntara during Medieval and Early Modern periods (XII-XVII
centuries). In first
1. Rades y Andrada, Fray Francisco de: Chronica de las tres
Ordenes y cavalleras de Sanctiago, Calatrava y Alcantara...,
Toledo, 1572. En el Prlogo del autor a los lectores, s/p.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
56 ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y
RELIGIOSAS CAVALLERAS
instance it deals with two basic moments in the life of these
institutions: the foundation and the beginnings and the
Incorporacin de los Maestrazgos to the Castilian Crown. At the same
time it analyses the institutional structure and the
characterization of these corpora as well as the form of government
they were submitted to. Finally, and also in a schematic way, its
foundational mission is examined and the role they played according
to this mission during the Medieval and Early Modern periods.
Key words: Order of Santiago, Order of Calatrava, Order of
Alcan-tara. Military Orders, Catholic nobility,
Confessionalization, XI-XVIIth centuries, Castile, Early Modern
History.
Congregse un Convento y Exercito de los del pueblo de Israel y
ordenaron que todos fuesen apercebidos de armas, y apunto de
guerra,
usando de los medios humanos para su defensa y que juntamente
con este apercibimiento, se aprovechasen de otras armas
spirituales
haciendo oracin a Dios, y pidindole misericordia y perdn de sus
pecados^
Macabeos, Libro I, 3
El tercer cuarto del siglo XII sera testigo de la institucin en
los reinos de Castilla y Len bajo el auspicium de la monarqua y del
papado3 de tres grandes rdenes militares de caballera: Sanctiago
del Espada, Calatrava y San Iulian
2. En opinin de Rades, estas palabras de la Biblia que dicen lo
que hizo el pueblo de Israel, hallndose en peligro y por consejo de
su capitn, inspiraron a los fundadores de estas religiones. En
Crnica... op. cit. Prlogo del autor a los lectores, s/p.
3. Los reyes fueron los principales patronos de las rdenes a lo
largo de sus siete siglos de existencia, y adems esta condicin no
fue nunca una mera formalidad. Hasta el siglo XIII, aunque se
mantuvieron al margen de sus asuntos internos, las acogieron, las
dotaron generosamente y las protegieron. A partir de la baja Edad
Media nada impidi que la proteccin abriera la puerta a un papel ms
destacado. Se registraron con cierta frecuencia situaciones en las
que los monarcas, cambiaron sus constituciones, ejercieron cierto
control sobre la eleccin del maestre, enajenaron propiedades, etc.
Finalmente, la Incorporacin perpetua de los maestrazgos a la Corona
de Castilla a comienzos del siglo XVI (en la que entraremos en
pginas posteriores), no hizo sino reforzar el marcado papel que
venan ejerciendo los monarcas en las rdenes. Pero adems de con el
favor real, las rdenes gozaron desde su institucin con el auxilio
del papado. Desde la fundacin, los pont-fices las reputaron por
'hijas predilectas' de la Iglesia romana y a lo largo de toda su
historia mantu-vieron con ellas relaciones muy estrechas. Pero si
la sede apostlica siempre las ampar fue, con toda probabilidad,
porque las consider instrumento tilsimo de su poltica. Estas
cuestiones estn anali-zadas para la orden de Santiago en el perodo
medieval en LOMAX, Derek W.: La Orden de Santiago (1170-1275).
Madrid 1965, pp. 17-23 y 29-33.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y RELIGIOSAS
CAVALLERAS 57
de Pereyro enseguida llamada Alcntara4. En general, siguieron el
modelo de la milicia del Temple fundada slo unas dcadas atrs. Sin
embargo, la orden de Santiago particip tambin al menos en origen y
desde luego ms modesta-mente del elemento asistencial que
caracteriz a la orden de San Juan de Jerusaln5.
Segn parece, la primera fundacin de las tres fue la de la orden
de Calatrava (Sancho el Deseado, 1158); la sigui la de la orden de
Santiago (Fernando II de Len, 1170); y slo algunos aos ms tarde la
de Alcntara (Fernando II de Len 1176)6. Muy poco despus de su
institucin como cuerpos militares, seran apro-badas y confirmadas
por la Iglesia como verdaderas religiones. Por tal razn, en el
momento de la aprobacin pontificia cada una de las milicias debi
adoptar la Regla de una de las grandes rdenes monsticas7. Calatrava
y Alcntara siguieron la Regla de S. Benito, pero con las
constituciones del Cster mode-radas para hacer posible su profesin
militar. La orden de Santiago observ la de S. Agustn, tambin
limitada y mitigada como convena a la caballera. Cumplida esta
formalidad, el mismo romano pontfice el papa Alejandro III otorgara
en 1164, 1177, 1175, las respectivas bulas confirmatorias.
Como efecto de este doble acto fundacional institucin real y
aprobacin pontificia las rdenes quedaran constituidas, como una
'militia Christi', con vocacin tanto religiosa como militar, cuya
misin era el 'servicio de Dios', el 'ensalzamiento y defensa de la
Christiana religion, y Fee catholica' y la 'defensa de la Repblica
Christiana'. En este mismo propsito permaneceran hasta su supresin
a finales del Antiguo Rgimen, casi siete siglos despus. Bien es
verdad que esa misin se concretara de manera diferente a lo largo
de los siglos, en funcin de las necesidades de cada momento
histrico. El cometido que se les asign en cada etapa dependi de lo
que entonces se entendiera que eran las nece-sidades de la religin
cristiana, de la fe catlica y de la Repblica Cristiana.
4. Una magnfica sntesis de estas rdenes en la Edad Media en
AYALA MARTNEZ, C. de: Las Ordenes Militares hispnicas en la Edad
Media (siglos XII-XIV). Madrid, 2003.
5. Un encuadramiento general de las rdenes del Temple y de San
Juan de Jerusaln en GARCA GUIJARRO RAMOS, Luis: Papado, Cruzadas y
Ordenes Militares, siglos XI-XIII. Barcelona, 1995.
6. Dada la polmica que existe acerca de cronologa fundacional de
las milicias castellanas sobre todo entre Santiago y Calatrava, las
fechas de fundacin que se ofrecen deben de tomarse con cierta
cautela. Sobre la polmica moderna pueden verse, entre otros RADES Y
ANDRADA, Fray Francisco de: Crnica... op. cit. PORTILLA Y DUQUE,
Francisco de la: Regalas de la Orden y Cava-lleria de Santiago,
Tratado de su antigedad, Amberes, 1598. MASCAREAS, Jernimo: Apologa
histrica por la ilustrsima Religin de Calatrava: su antigedad, su
extensin, sus grandezas entre las militares de Espaa, Madrid, 1651.
Una revisin actual en, MARTN, Jos Luis: Orgenes de la Orden Militar
de Santiago 1170-1195, Barcelona, 1974.
7. Las tres nicas Reglas aprobadas por entonces eran la de San
Basilio, la de San Benito y la de San Agustn.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
58 ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y
RELIGIOSAS CAVALLERAS
Este doble carcter religioso y guerrero con que fueron
instituidas, las converta en cuerpos verdaderamente peculiares. De
hecho, hasta la institucin de la orden del Temple en las primeras
dcadas del siglo XII, no se conocan ni en la Pennsula Ibrica, ni en
el occidente cristiano instituciones semejantes8.
A simple vista, y desde la ptica ms tradicional, las rdenes
militares eran cuerpos que podran parecer un tanto paradjicos, pues
los monjes guerreros estaban expresamente condenados por el derecho
cannico. Pero la paradoja tena su explicacin: si la ley prohiba a
los clrigos derramar sangre, nada impeda a los guerreros vivir
santamente o formar hermandades religiosas9. Y en efecto, as es
como se formaron las rdenes militares hispanas: en los tres casos
fueron grupos de nobles quienes 'tocados por la gracia del Espiritu
Santo' como sealan los cronistas se propusieron no luchar ms contra
cristianos y combatir por Dios. Es muy explcita en este sentido la
Regla de Calatrava: 'Mucho apro-bamos vuestro loable propsito, con
el cual convertidos de la Cavalleria, milicia del mundo a la de
Christo determinasteis combatir los enemigos de la Fee'10. Por esta
razn, todas las rdenes adoptaron por insignia de sus pendones y
estan-dartes y por hbito la seal de la cruz. La cruz de Santiago
era colorada y tena forma de espada; la de Calatrava negra en
origen y colorada en poca moderna, tena cuatro brazos iguales
rematados en los extremos por flores de lis; la de Alcntara era de
la misma forma que la de Calatrava pero de color verde.
Desde la fundacin, la relacin entre las tres rdenes fue muy
estrecha, lo cual no obsta para que se produjeran entre ellas
enfrentamientos ocasionales11. En el momento de la aprobacin
pontificia, las rdenes de Calatrava y Alcntara se incorporaron a la
orden del Cster y como milicias cistercienses permanecieron hasta
su supresin a finales del Antiguo Rgimen12. Hijas de la misma madre
Cster, Calatrava era la hermana mayor y Alcntara, lo mismo que
otras
8. Existe una antigua polmica sobre el origen de las rdenes
militares y su vinculacin a la institucin musulmana del ribat. De
ella da cuenta GARCA GUIJARRO RAMOS, Luis: en Papado, Cruzada...
op. cit., p. 70 y ss.
9. Esto lo explica muy bien LOMAX, Derek W.: La Orden de
Santiago... op. cit., p. 4 y ss. 10. Este mismo fin se aprueba en
la bula de confirmacin de la Orden, en RADES Y ANDRADA,
Fray Francisco de: Catalogo de las obligaciones que los
comendadores, cavalleros, y cavalleria de Calatrava tienen en razn
de su avito, y Profesin, con declaracin de como obligan en el fuero
de la conciencia algunas de ellas: y la forma de rezar, que han de
guardar los Legos, Toledo, 1571.
11. Una cumplida informacin de conflictos, especialmente entre
Calatrava y Santiago en, LOMAX, Derek W.: La Orden de Santiago, op.
cit., pp. 41-43.
12. Para la vinculacin de estas rdenes con el Cster vase
ZAPATER, Ramn: Cister Militante en la Campaa de la Iglesia contra
la sarracena furia. Historia General de las Ilustrissimas, I ditas
y Nobilsimas Cavallerias del Templo de Salomon, Calatrava,
Alcantara, Avis, Montesa y Christo, Zaragoza, 1662.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y RELIGIOSAS
CAVALLERAS 59
rdenes ibricas Montesa y Avis las hermanas pequeas. Tras unos
primeros aos de existencia independiente, en 1213 la orden
portuguesa de Avis, en 1256 la orden castellana de Alcntara y en
1317 la orden aragonesa de Montesa, quedaron sujetas a Calatrava.
Esto quiere decir que sus maestres y caballeros fueron obligados a
guardar sus estatutos y leyes y a admitir las visitas y
reformaciones del maestre calatravo13. Aunque la orden de Santiago
perteneca a una familia distinta can-nigos reglares no por ello las
relaciones con Calatrava y Alcntara fueron distantes. En 1259, en
tiempos del maestre santiaguista Martn Pelez y del calatravo
Gonzalo Ioanes se hizo hermandad entre ambas milicias por la cual
se juraban socorro y ayuda mutua en momentos difciles, 'favor en
todas las cosas' y 'ayuda a buena fe'. Algunos aos despus, el
maestre de Santiago, Gonzalo Rodrguez, y el de Alcntara, Benito
Surez, firmaban otra carta de hermandad en trminos muy
semejantes14. En la misma lnea hay que sealar otro elemento que
puede consi-derarse indicio de la buena y estrecha relacin que
exista entre las milicias castellanas: en algunos momentos del
siglo XIII (1274 Concilio de Lyon y 1291 Nicols V), se pens que,
dado que las rdenes se parecan tanto en fines y mtodos, podra ser
til unificarlas. Aunque la idea fue rechazada por los monarcas
hispanos bsica-mente por razones polticas volvera a resurgir, que
nosotros sepamos, al menos en los siglos XIV15 y XVI, aunque desde
luego en escenarios muy diferentes.
En cuanto a la composicin de estas milicias, se puede decir que
en general, y sobre todo despus de que llevaron algunos aos
instituidas, cada orden cons-taba de un conjunto de individuos con
diferente estatus. Sin embargo, todos ellos fueron llamados
freyles, para as distinguirlos de los frayles, miembros de otras
rdenes religiosas no militares. Unos freyles eran religiosos
milites, consagrados al ejercicio de la guerra en defensa de la
Cristiandad. Otros eran Religiosos clrigos, dedicados al culto
divino para pelear con armas espirituales: la oracin, el ayuno, la
abstinencia y otras obras de religin. En ambos casos, a la profesin
y a los tres votos religiosos de pobreza, castidad y obediencia
mitigados por la Iglesia a los militares16 se una el voto de
preservar la fe de Cristo. Tanto los
13. Para un planteamiento general del problema, MUOZ GALLARDO,
J. A.: Fue la Orden de Alcntara filial de la de Calatrava?, en
Revista de Estudios Extremeos, XXI (1965), pp. 247-302. Sobre las
relaciones entre Calatrava y Montesa, ver en este mismo informe,
ANDRS ROBRES, Fernando: Dos siglos de historiografa sobre la orden
de Montesa....
14. El texto completo de ambas hermandades en RADES Y AORADA,
Fray Francisco de: Chro-nica de las... op. cit., pp. 16 y 16v.
'Chronica de Santiago' y p. 4 de 'Chronica de Alcantara'.
15. LOMAX, Derek W.: La Orden... op. cit. 16. Segn puede leerse
en dos bulas de 1414 y 1540, se autoriz a los caballeros de
Santiago
primero y a los de Calatrava y Alcntara despus a contraer
matrimonio. En la ltima fecha tambin se les permiti testar. La
importancia de estas exenciones es que en la prctica eximan a los
caba-lleros de los votos de castidad y pobreza.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
6 Q ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y
RELIGIOSAS CAVALLERAS
milites como los clrigos eran reputados por verdaderos
religiosos. Por eso, adems de las obligaciones monsticas gozaban
tambin de los privilegios de los monjes: exencin de la jurisdiccin
real, exencin de la jurisdiccin del clero secular y sometimiento
directo a la Santa Sede.
Aunque de orden diferente, entre los milites existan tambin
diferencias: se llamaban comendadores los que gozaban de una
encomienda17 y caballeros los que no la tenan. Entre los clrigos
las haba igualmente. Los que disponan de beneficio formado se
llamaban priores, y los que reciban beneficio curado curas o
rectores18, y los que no tenan beneficio ninguno, conventuales.
En origen existieron tambin seglares vinculados a las Ordenes.
Eran los llamados familiares19, individuos cuyo estatuto dentro de
la milicia no estaba
17. Lo que se entiende por encomienda y por comendador vara
mucho a lo largo del tiempo. En origen exista en las rdenes la
costumbre de que el maestre confiara, a ttulo de compen-sacin, un
territorio de la orden, a un caballero de hbito, el comendador. Era
una concesin que se haca in commendan, es decir, temporalmente de
donde deriva el nombre de encomienda. Lo que se conceda al
comendador con la encomienda era la jurisdiccin civil y criminal
sobre ciertos territorios, villas y castillos de la orden, y la
percepcin de determinadas rentas que garantizaban su sustento. A
cambio, el comendador deba de atender al gobierno del territorio de
la encomienda, a su defensa militar y al sustento de las iglesias
situadas en l. De ah que el papel del comendador fuera tanto
militar, como de gobierno y de proteccin de la Iglesia. A finales
del perodo medieval el estado de las encomiendas haba variado
sensiblemente. Ninguna de ellas tena ya por entonces obligaciones
defensivas y en sustitucin del antiguo servicio militar, el
comendador deba pagar un tributo denominado las lanzas. En pocas de
extrema necesidad financiera de la monarqua siglo XVII, se creara
un nuevo impuesto sobre las encomiendas llamado las medias lanzas.
Por otro lado, slo quedaban unas pocas encomiendas que incluan
jurisdiccin, y de hecho la gran mayora haban quedado reducidas
simplemente a la percepcin de unas rentas. Sobre las enco-miendas
en la poca moderna ver el trabajo de RuiZ RODRGUEZ, Jos Ignacio:
Organizacin poltica y econmica de la Orden de Santiago en el siglo
XVII. (Los hombres, la economa y las insti-tuciones). Ciudad Real,
1993.
18. Entre los siglos XII y XIII se produjo en las rdenes un
proceso de relajacin de la residencia conventual. Esto quiere decir
que los comendadores, los caballeros y la mayor parte de los
clrigos dejaron la Casa Mayor de su orden donde habitualmente
residan, para vivir en otros lugares. Unos fijaron su residencia en
las casas de su encomienda, otros en la casa familiar y finalmente
los clrigos en los distintos conventos que se fundaron en el
territorio de las rdenes. Por este motivo se instituyeron los
prioratos, para que a sus iglesias acudiesen a recibir gua
espiritual, confesin y comunin las que anualmente se exigan en la
Regla los caballeros y comendadores. Cada uno en la provincia o
partido donde tuvieran establecida su residencia. Quien desempeaba
el minis-terio eclesistico en los prioratos era el prior freyle
clrigo, y por ello se haca acreedor de una renta o racin denominada
beneficio formado. La misma justificacin desempeo del ministerio
eclesistico tenan los llamados beneficios curados. En este caso el
beneficiado era el prroco o rector que tena encomendada la cura de
almas de los habitantes que residan en el territorio de las rdenes.
En ambos casos la renta beneficial tena la misin de mantener al
clrigo beneficiado.
19. Por lo que nosotros sabemos esta figura del familiar no lleg
a la poca moderna. No obstante, desconocemos el momento de su
desaparicin.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y RELIGIOSAS
CAVALLERAS
61
muy bien definido. Parece que se comprometan sin profesar como
freyles y sin vivir en los conventos a tomar el hbito de la orden,
si es que en algn momento de su vida se decidan a entrar en
religin. Prometan tambin dar limosna a la orden normalmente
propiedades inmuebles, hacerse enterrar en sus cementerios y
servirla, amarla y ayudarla durante toda su vida. A cambio el
familiar esperaba recibir de la orden parte de los beneficios
temporales y espiri-tuales que sta estaba en disposicin de
dispensar. Se trataba, en general de 'ricos-hombres y ttulos' e
incluso de hijos de reyes. En 1218, por ejemplo, el infante D.
Manuel se afili a la orden de Santiago como familiar, con su mujer
Doa Constanza. Prometi cuidar los intereses de aquella milicia y
deshacer sus agra-vios; enterrarse l y enterrar a su mujer y a sus
hijos en el Convento de Ucls y pagar a la orden 25.000
maraveds20.
Por lo que se refiere al gobierno de estos institutos, la Regla
y las bulas confirmatorias permiten conocer bien su entramado
bsico. Salvo diferencias puntuales, estaba organizado en las tres
milicias de la misma manera. Cada una de ellas posea una Casa
Mayor, que constitua junto a la sede maestral en el caso de que no
fuera esta Casa el centro visible de la orden. En ella resida el
Prior, una de las figuras ms emblemticas de las milicias
castellanas. Residan tambin en ella, al menos hasta ser
encomendados y beneficiados, todos los freyes milites y clrigos.
Pero la Casa Mayor adems de ser residencia del prior y de los frey
les, cumpla otras funciones que le conferan una dimensin
verda-deramente relevante. All tena lugar, por ejemplo, la eleccin
del maestre y una serie de rituales, de fuerte valor simblico, que
se le asociaban. Sealemos a modo de ejemplo las ceremonias de la
profesin y de asiento del elegido en la Silla del Maestrazgo.
Tampoco hay que olvidar que la Casa Mayor era crcel de caba-lleros
y clrigos; lugar de depsito del archivo de la orden; centro de
custodia de numerosas reliquias y por tanto foco de peregrinacin;
espacio de entierro de maestres, frey les y familiares, etc. Pero
al margen de la reputacin que todas esta funciones pudieran
depararle, la Casa Mayor era sobre todo el centro espi-ritual de la
orden. Era all donde los freyles reciban el hbito, donde se
formaban durante un largo perodo de tiempo para recibir la
aprobacin y donde efec-tuaban la profesin. Era en definitiva el
lugar donde se dictaban y desde donde se difundan las normas de
espiritualidad que regan las milicias castellanas. La Casa Mayor de
Santiago era el Convento de Ucls21, la de Calatrava el sacro
20. En, LOMAX, Derek W.: La Orden de Santiago... op. cit., p.
39. 21. Existi una acalorada polmica sobre si el Convento cabeza de
la Orden fue Ucls o
San Marcos de Len o si lo eran los dos. De ella da buena cuenta
RADES, Fray Francisco de: Chronica de las Tres Ordenes... op. cit.,
'Chronica de Sanctiago' pp. 9-lOv.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
62 ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y
RELIGIOSAS CAVALLERAS
Convento y castillo del mismo nombre y la de San Iulin de
Pereiro el Convento de la villa de Alcntara.
A la cabeza de cada orden, como superior general en lo temporal
y en lo espi-ritual se hallaba el Maestre22. Si bien es verdad que,
al menos en los aos siguientes a la fundacin, las rdenes de
Calatrava y Alcntara en lugar de al maestre, debieron obedecer a un
abad de la orden del Cster el abad de Mori-mond y slo a partir de
1180 en la primera y 1183 en la segunda, elegiran maestre. La de
maestre era una dignidad vitalicia de la que se poda renunciar y a
cuyo titular se poda destituir en caso de incumplimiento grave de
deberes. En la orden de Santiago, el maestre era elegido por el
llamado Consejo de los Trece23 y en las de Calatrava y Alcntara por
el Captulo General24. Segn la Regla, y la bula de aprobacin de la
orden de Santiago, el Consejo de los Trece y el Captulo General
deban de asistir al maestre en el gobierno de la orden: con su
'parecer y consejo el maestre haga todas las cosas importantes' se
lee en la bula citada. Tambin los maestres de Calatrava y Alcntara
estaban obli-gados por la constitucin de su orden a contar, para
resolver 'los negocios graves y de inters comn', con la cooperacin
y asentimiento del Captulo General25. Es decir, la organizacin de
estas milicias era jerrquica y su cabeza estaba cons-tituida por el
Maestre y el Captulo General.
22. La mayor parte de las rdenes de caballera llamaron a sus
superiores magister que ces nombre de superioridad, exemplo y
doctrina'. Era ste un ttulo tomado de los romanos, que a los que
gobernaban los ejrcitos les llamaban Maestros de caballeros. Nos
parece oportuno sealar tambin que hay autores que se refieren al
superior de las rdenes castellanas con la denominacin de Gran
Maestre. Sin embargo este tratamiento no es correcto. El error
procede de una confu-sin con el nombre que recibe el superior en
algunas rdenes internacionales. Es el caso, por ejemplo, de la
orden del Temple. Aqu existan dos tipos de maestres. Un maestre
general de la orden y varios maestres para cada una de las
provincias europeas. El maestre general reciba el nombre de Gran
Maestre y los provinciales el de Maestre simplemente. Vase,
GARCA-GUIJARRO RAMOS, Luis: Papado, Cruzadas... op. cit., p. 106 y
ss.
23. Trece freyles escogidos a su vez por aquel. 24. Asamblea que
congregaba a todas las dignidades de la orden, a los priores, a los
comenda-
dores y a los freyles. De acuerdo a la Regla deba juntarse, en
principio anualmente y a partir del siglo XII cada tres aos. Bien
es verdad que desde los reinados de Carlos V y Felipe II se reuni
sola-mente en ocasiones contadas. El ltimo captulo general reunido
en las rdenes fue el de mediados del siglo XVII 1652, 1653 segn la
orden. El captulo era convocado por el maestre.
25. El Captulo General se ocupaba de todos los asuntos de la
orden. Por un lado de la obser-vancia y de la disciplina. De los
acuerdos que tomaba en este sentido, se redactaban leyes que
quedaban recopiladas en los Establecimientos en Santiago, y las
Definiciones en Calatrava y Alcntara. Pero los captulos tambin
dedicaron mucho tiempo a la administracin de las rdenes y de su
territorio. En este sentido dieron origen, a lo que, al menos en
Santiago, se denominaron Leyes Capitulares. Esta leyes fueron
definidas como 'leyes temporales, tocantes a la justicia, buena
governacion de los pueblos de la provincia desta Orden de sus
distritos y vasallos'. Es decir, el cap-tulo era el instrumento
bsico de comunicacin poltica entre el maestre y las rdenes.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y RELIGIOSAS
CAVALLERAS 63
Pero adems de por el captulo, los maestres se ayudaban en el
gobierno por un grupo de Dignidades26. Cabe destacar algunas de las
ms significativas. En primer lugar, el Comendador Mayor una especie
de lugarteniente general del maestre, a quien sustitua en ausencia,
enfermedad o muerte, tanto en la paz como en la guerra27. La
segunda dignidad en jerarqua era el Prior Mayor. Cura general de
todas las personas de la orden y de las almas de las iglesias de su
terri-torio. Resida, como dijimos ms arriba, en la Casa Mayor y por
concesin apostlica usaba mitra, bculo y otras insignias obispales.
De hecho, al menos en la orden de Santiago, se le denominara
obispo-prior. En las bulas confirmato-rias se expresaba la exencin
de las dicesis que presidan estos priores en rela-cin al obispo
ordinario. Lo cual quiere decir que formaban una propie et ver
nullius dicesis y, por tanto, estaban sometidas exclusivamente al
pontfice, ni siquiera al nuncio de Su Santidad28. La tercera
dignidad en grado la constitua el Sacristn Mayor, encargado de las
reliquias y ornamentos, que no eran pocos29. Vena despus el Obrero
Mayor, a cuyo cargo estaba la construccin y repa-racin de los
templos, fortalezas y en general de cualquier edificio de la orden.
Estas dignidades mayores y algunas otras que no citamos por ser
particulares de cada milicia junto a los priores y comendadores30 y
otros oficios menores, conformaban el organigrama de las rdenes
hasta la incorporacin de los maes-trazgos a la corona.
Es de sobra conocida la misin medieval de estas milicias ligada
a la lucha contra el Islam en la pennsula. Por este motivo los
fundadores las emplazaron en la 'raya de tierra de Moros como muro
y valuarte, amparo y defensa del pueblo Christiano'. Santiago fue
situada en Extremadura oriental; Calatrava entre Andaluca y Toledo
(en lo que despus se llamara el Campo de Calatrava) y Alcntara en
lo que por entonces se denominaba la Beira Alta (Extremadura
occi-dental). No se van a recordar aqu los episodios blicos de las
rdenes en el
26. Con el ttulo de dignidades se enunciaban los cargos en el
estado eclesistico y particular-mente los de las rdenes
militares.
27. En origen, el Comendador Mayor era una dignidad elegida por
el captulo general. Sin embargo Felipe II consigui por bula papal
que tanto l como sus sucesores pudieran nombrarlo directamente, sin
convocar al captulo.
28. Tal y como establece la normativa, el Prior del Sacro
Convento de Calatrava deba ser nombrado por la orden del Cster,
concretamente por el abad del monasterio de Morimond. N o obstante,
y segn explica FERNNDEZ IZQUIERDO, Francisco: La Orden de
Calatrava... op. cit., p. 58 los reyes acabaran consiguiendo que
los papas les concedieran el derecho de nombramiento.
29. De hecho, las reliquias eran consideradas como parte del
tesoro de las rdenes. Calatrava se senta muy orgullosa de las ms de
100 reliquias que custodiaba el Sacro Convento. Entre ellas
destacaba: Cuatro cabezas enteras de las Once mil Vrgenes, una
pieza de la mesa en la que Cristo cen con sus discpulos, una
costilla de S. Guillermo, un brazo de San Feliciano, etc.
30. Sobre estas dignidades ver notas n. 14 y 15.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
64 ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y
RELIGIOSAS CAVALLERAS
perodo medieval. Baste con certificar sus numerosos xitos
militares que se tradu-jeron en un rpido avance cristiano. Sin
embargo, s conviene sealar un elemento de gran transcendencia. Por
la propia dinmica de la actividad militar en recom-pensa a sus
xitos militares recibieron de los reyes numerosos dominios y por la
mentalidad devocional de la poca inclinada a la limosna privada y a
las dona-ciones, las rdenes acabaron acumulando a lo largo del
perodo medieval un importante patrimonio. Un patrimonio ubicado
principalmente en territorio de la Corona de Castilla, aunque algo
tenan tambin en el de la de Corona de Aragn.
Por otro lado, las condiciones generales del perodo hicieron
que, simult-neamente a ese engrandecimiento patrimonial, las rdenes
fueran fortaleciendo su posicin en l como seores de tierras y
hombres, y perfilando a travs de inmunidades, poderosos seoros31.
El grueso del territorio estaba localizado al sur del Sistema
Central, en una amplia banda que desde la frontera con Portugal
hasta la costa mediterrnea divida a la pennsula en dos. Esta gran
banda se frag-mentaba a su vez en tres bloques muy compactos: el
del centro de dominio cala-travo, el del oeste ocupado por la orden
de Alcntara y por una amplia presencia santiaguista, y el del este
con claro predominio de la orden de Santiago. Al norte y al sur de
este ncleo central existan numerosos enclaves sueltos, en general
de tamao reducido. El menor situado en la provincia de Valladolid
no alcanzaba las tres mil quinientas hectreas; el mayor emplazado
en Crdoba superaba las veinte y cuatro mil. Era un territorio que
en conjunto, y a finales del siglo XV, se cifraba en unos 6
millones de hectreas cerca del 8% del actual territorio estatal,
distribuido entre veinte y cuatro de las actuales provincias
espaolas, y que inclua dos ciudades, doscientas villas y ms de cien
aldeas32.
Mientras el maestre y los caballeros hicieron vida en comn, el
patrimonio de las rdenes se mantuvo indiviso. Sin embargo, a
finales del siglo XIII, y como consecuencia de la relajacin de la
vida conventual33 siguiendo el modelo de
31. Sobre la magnitud de los seoros de las rdenes es muy
expresivo JOVELLANOS, G. M. de, en un memorial que dirigi al
monarca con motivo de un conflicto de competencias entre la
juris-diccin privativa de las rdenes y la jurisdiccin real: 'Cuando
aquellos generosos monarcas abran las manos para agraciar a los
compaeros de sus conquistas, pareca que no hallaban trmino a su
generosidad, sus donaciones no slo eran grandes por la extensin de
los terrenos que compren-dan, sino tambin por las gracias de que se
acompaaban. Concedan el dominio solariego de la tierra, el seoro de
los vasallos, la jurisdiccin, las alzadas, las penas de cmara, y en
fin cuanto podan dar y conocer...' A. H. N., OO.MM., libro
1.335.
32. Una aproximacin cartogrfica al territorio de las rdenes
castellanas en LPEZ GONZLEZ, Clemente; POSTIGO CASTELLANOS, Elena:
y RuiZ RODRGUEZ, Jos Ignacio: Las rdenes Mili-tares Castellanas en
la poca Moderna: una aproximacin cartogrfica, en Las rdenes
Militares en el Mediterrneo Occidental. Siglos XIII-XV1II. Madrid,
1989, pp. 291-340.
33. Ver nota 15.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y RELIGIOSAS
CAVALLERAS 65
las Mesas Eclesisticas del clero secular se dividi por la mitad.
Una parte se destin al sustento del maestre y pas a denominarse
Mesa Maestral34. De la otra mitad nacieron las encomiendas que se
entregaban una a cada caballero. Cuando el nmero de caballeros
super al de encomiendas, stas se otorgaron solamente a los ms
honorables y meritorios. El resto de los milites deba confor-marse
con percibir del maestre, a modo de sustento, una cantidad en
metlico procedente de las rentas de la Mesa Maestral35. El que con
el paso del tiempo, acabara por llamar pan y agua de
caballeros.
Existen indicios sobrados como para afirmar que a finales del
perodo medieval las rdenes militares castellanas se haban
convertido en un fuerte poder en manos de la nobleza. Estaba en
primer lugar el poder que les conferan sus seoros. No debemos
olvidar ni su tamao; ni su estratgica situacin geogr-fica
dividiendo a la pennsula en dos; ni su configuracin polticojurdica,
con amplsimas prerrogativas de carcter administrativo, tributario y
judicial. Vena despus pero no por ello era de menor importancia su
fuerza militar. No es difcil entender que el control sobre un
poderoso ejrcito les confiriera un papel pujante en el juego
poltico de los reinos. Y tampoco que, en ocasiones, se las
considerara como una amenaza para la paz y para la estabilidad. De
hecho, los cronistas recogen las numerosas ocasiones en las que las
rdenes se mezclaron en disputas nobiliarias e incluso en conflictos
con la propia monarqua36. De no menor importancia para los reinos
fueron las mltiples presiones que se creaban dentro y fuera de
estas milicias por la obtencin de dignidades de las rdenes,
especialmente por los maestrazgos37. Este conjunto de factores, ya
de por s
34. La Mesa Maestral qued configurada, por tanto, por el
conjunto de bienes de las rdenes asignados al maestre. Los derechos
y obligaciones del maestre en relacin a la Mesa Maestral eran
bastante similares a los del comendador en relacin a la encomienda
ver nota 17, si bien es verdad que aqu las cargas eran mayores.
Incluan el sustento de los caballeros a los que no se haba podido
dotar con una encomienda, el gasto de la llamada Casa del Maestre,
tras la incorporacin de los maestrazgos y la creacin del Consejo de
las Ordenes, las nminas de consejeros y subal-ternos del Consejo,
etc., etc.
35. Esta cantidad no fue actualizada desde la incorporacin de
los maestrazgos a la corona y con el paso del tiempo qued reducida
a tan poco que reciba el nombre de 'pan y agua de caballeros'.
36. En relacin a los conflictos con la monarqua debemos de
recordar, por ejemplo, que en la guerra civil que abri el reinado
de los Reyes Catlicos, los partidarios de Juana la Beltraneja
reci-bieron el apoyo de la orden de Calatrava. Situaciones de
conflicto del mismo tipo se recogen en JAVIERRE MUR, urea:
'Fernando el Catlico y las rdenes militares espaolas en V Congreso
de Historia de la Corona de Aragn, Zaragoza, 1955.
37. Un ejemplo del problema en CALDERN ORTEGA, Jos Manuel:
'Pugnas nobiliarias para el control de las dignidades de las rdenes
militares en la Castilla bajomedieval: el caso de la Enco-mienda de
Azuaga (1465-1478) en Espacio, Tiempo y Forma, serie III. Historia
Medieval n. 1, Home-naje al profesor Eloy Benito Ruano, 1988, pp.
97-135. Tambin RADES Y ANDRADA, Frey Francisco de: Chronica de las
Tres Ordenes, op. cit. recoge enfrentamientos entre la nobleza
castellana y la Corona por la obtencin de los maestrazgos.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
66 ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y
RELIGIOSAS CAVALLERAS
peligroso, adquiere mayor gravedad situado en la perspectiva del
contexto pol-tico de un perodo que, como ste, se hallaba empeado en
la afirmacin de los poderes monrquicos. Tales circunstancias
explican muy bien el sentido de la actuacin de la monarqua respecto
a las rdenes. Una actuacin que desde antiguo estaba orientada a
someterlas al poder real, a travs del control de la dignidad
maestral38.
Pero someter a estos poderosos cuerpos, no era una tarea fcil.
Supona limitar la secular independencia que haban gozado hasta
entonces. Por eso, el proceso no fue ni sencillo ni pacfico.
Tampoco se produjo de una sola vez, sino en el trans-curso de un
largo perodo de forcejeos corona-rdenes que habra de durar ms de un
siglo39. Tambin fueron necesarias largas negociaciones
corona-papado, marcadas por la tnica general de buenas relaciones,
concesiones y servicios mutuos que haban caracterizado la
correspondencia entre la Santa Sede y los monarcas hispanos. Fueron
negociaciones basadas en un pasado y en un compromiso futuro en
defensa de la fe, que qued claramente expresado en la bula de
Incorporacin perpetua de los Maestrazgos a la Corona de Castilla,
{Dum intra, 1523):
Tenemos bien presente las cosas que nuestro carsimo en Cristo
hijo Carlos, Rey Catlico de Castilla y Len, Emperador electo
siguiendo las pisadas de sus abuelos Fernando e Isabel (...) y las
de sus ascendientes han hecho por la Iglesia Universal (...) y
tenemos confianza, que cada da, con el favor de Dios, obrar ms
atendiendo a lo que desde su tierna edad le enseamos, y a lo devoto
que es a la Fe, y a la Sede Apostlica y a toda la Repblica
Cristiana40.
38. Sobre esta cuestin conviene saber que la incorporacin
perpetua y por tanto definitiva de los maestrazgos de las tres
rdenes a la Corona de Castilla se produjo en 1523, por la bula Dum
intra, concedida por el papa Adriano VI. (La citada bula puede
leerse en cualquier de los Bullarium de las rdenes). Sin embargo,
la administracin real de los maestrazgos no era una solucin nueva y
en la orden de Alcntara y sobre todo en la de Santiago, existieron
numerosos precedentes en pocas anteriores. La ms conocida de todas
es la administracin de los Reyes Catlicos. Entre 1488 y 1498 los
monarcas lograron reunir en administracin y por el tiempo de sus
vidas, los maestrazgos de Santiago, Calatrava y Alcntara. Sin
embargo existen experiencias anteriores e igualmente impor-tantes.
Por lo que sabemos hasta ahora, las primeras datan de finales del
siglo XIV.
39. Como hemos sealado, las primeras incorporaciones temporales
de los maestrazgos se produjeron en el siglo XIV. FERNNDEZ
IZQUIERDO, Francisco: La Orden Militar de Calatrava en el siglo
XVI, Madrid, 1992, pp. 48-56, explica algunos de los conflictos que
se produjeron en el proceso de incorporacin de la Orden de
Calatrava, Del problema en general trata JAVIERRE MUR, urea:
Fernando el Catlico y las Ordenes Militares espaolas, op. cit.
40. 'Bula de la unin de los maestrazgos de Santiago, Calatrava y
Alcntara, perpetuamente a la Corona Real de Castilla, concedida por
el Sumo Pontfice Adriano VI, a instancia del invicto Emperador
Carlos V . (Traduccin castellana en GuiLLAMAS, M.: Resea histrica
del origen y funda-cin de las Ordenes Militares y Bula de
incorporacin Corona Real de Espaa, con datos estadsticos relativos
a los Maestrazgos, encomiendas y alcaldas, con sus productos, el
nmero de iglesias y monas-terios de religiosas con otras varias
noticias muy curiosas, Madrid, 1850.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y RELIGIOSAS
CAVALLERAS 67
Como cabe suponer, con la incorporacin de los maestrazgos se
produjeron importantes transformaciones en las rdenes. Quizs una de
las ms significativas tuvo que ver con la forma de gobierno. Las
bulas pontificias que permitieron la unin no confirieron a los
monarcas la misma posicin constitucional que venan ocupando los
maestres desde la fundacin. Los papas les otorgaron un ttulo de
atribuciones ms reducidas, el de 'Administrador por voluntad
pontificia'41. Con l se les dispensaban importantes prerrogativas
en el mbito temporal casi tantas como anteriormente haban ejercido
los maestres pero sin embargo se les incapacitaba para dirigir la
vida espiritual de estas milicias. Concedan esta facultad a las
propias rdenes, si bien es verdad que daban autoridad a los reyes
para que nombraran las personas de ellas que iban a encargarse de
ejercerla. En esta lnea hay que situar la fundacin del Consejo de
las Ordenes (entre 1495-1498). Una institucin formada por
caballeros de hbito, nombrados por el rey, en la que convergan la
jurisdiccin temporal confiada a los monarcas y la espiritual
concedida a las rdenes. De esta forma, este organismo se convertira
desde la fundacin en una de las piezas clave del gobierno de las
milicias caste-llanas42. Esta afirmacin cobra an ms sentido si
tenemos en cuenta que desde finales del siglo XVI se iniciaron
nuevas formas de institucionalizar la comunica-cin entre el rey
como administrador y las rdenes. Quizs pudiramos hablar incluso de
un nuevo modelo constitucional, en el que el Consejo asume el
protagonismo. Si durante los siglos XIII-XVI el canal ms importante
de comu-nicacin entre el maestre y las rdenes haba sido el captulo
general. A partir de finales del quinientos se establece una nueva
forma de comunicacin poltica, propulsada por la corona, pero en
general bien aceptada por las rdenes. Hay otro organismo que, adems
del captulo, puede asegurar la representacin de las milicias
castellanas, y ese organismo es el Consejo de las Ordenes. A partir
del reinado de Felipe III, todas las peticiones del rey a las
rdenes subsidios, contri-buciones militares43 etc., as como las de
las rdenes al rey proteccin de derechos, reparacin de daos, etc. se
canalizaron a travs de este organismo44.
41. Se dio a los reyes el maestrazgo en administracin y no en
ttulo por varias razones: la primera porque los reyes no eran
religiosos profesos de las rdenes, como lo haban de ser para
titu-larse maestres; la segunda porque se les concedan los tres
maestrazgos al tiempo y la tercera porque exista la posibilidad de
que el maestrazgo recayera en una mujer.
42. Sobre el Consejo de las Ordenes POSTIGO CASTELLANOS, Elena:
Honor y privilegio en la Corona de Castilla. El Consejo de Us
Ordenes y los caballeros de hbito en el siglo XVII. Valladolid,
1988.
43. Sobre la peticin de contribucin militar ver nuestro Notas
para un fracaso. La Convo-catoria de las Ordenes Militares en 1640
en Las Ordenes Militares en el Mediterrneo Occidental, siglos
XIII-XVIII. Madrid, pp. 397-414.
44. Numerosos ejemplos en este sentido pueden leerse en A.H.N.;
OO.MM., legs. 6.340, 6.347, 6.399.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
68 ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y
RELIGIOSAS CAVALLERAS
Los cambios en el gobierno no fueron los nicos que se
experimentaron en las rdenes a raz de la incorporacin. Pocos aos
haban transcurrido desde 1523 cuando Carlos V inici, con potestad
pontificia, una poltica de enajenacin patri-monial encaminada a
costear su proyecto imperial45. De las tres rdenes la ms afectada
por las ventas fue la orden de Calatrava, con una prdida que
superaba el 24% de su patrimonio. En menor proporcin fueron
enajenados los territo-rios de Santiago y Alcntara, 12% y 6,6%
respectivamente46. En reinados posteriores, esta poltica fue
abandonada y con excepcin hecha de un pequeo lote de tierras que se
vendi en tiempos de Felipe II, el patrimonio de las rdenes no sufri
ninguna alteracin ms hasta el proceso desamortizador del siglo
XIX47.
Con la incorporacin pasaron a la corona las rentas y frutos de
la mesa maes-tral^, aunque el patrimonio constitutivo de tales
rentas sigui en manos de las rdenes. Su valor conjunto era enorme.
Una estimacin hecha en el ltimo tercio del siglo XVI situaba los
productos anuales de los tres maestrazgos sin descontar las
cargas49 en una cifra exorbitante que estaba prxima a los 300.000
ducados.
45. La bula de Clemente VII que autoriza la enajenacin
patrimonial est fechada en 1529. Permita la venta de hasta 40.000
ducados de renta, la mitad procedente de mesas maestrales y la
mitad de encomiendas. Adems estipulaba que se deba compensar a las
rdenes con una cantidad equivalente. Los reyes situaron la
compensacin en juros de la Hacienda Real, concretamente en los de
la seda de Granada.
46. Sobre las enajenaciones ver: LPEZ GONZLEZ, Clemente; POSTIGO
CASTELLANOS, Elena y RUIZ RODRGUEZ, Jos Ignacio: Las Ordenes
Militares castellanas en la poca moderna: una apro-ximacin
cartogrfica en Ordenes Militares en el Mediterrneo Occidental
(siglos XII-XVIIl), Madrid, Casa de Velzquez, Instituto de Estudios
Manchegos, 1989, pp. 292-334. MOX, Salvador de: Las
desamortizaciones eclesisticas del siglo XVI Anuario de Historia
del Derecho Espaol, XXXI (1961-1964), pp. 327-361.
47. Por lo que sabemos, hubo nuevos intentos de enajenacin
patrimonial en el siglo XVIII, que todava estn sin estudiar. Segn
nos consta fue una pretensin fracasada de los Borbones y
enca-minada a conseguir recursos para costear la poltica reformista
que se haba pensado para las rdenes.
48. La administracin de las mesas maestrales, despus de la
incorporacin, se comparti entre dos instituciones: los consejos de
Ordenes y Hacienda. Es de sobra conocido que a partir de 1519
cuando los Reyes Catlicos ejercan la administracin temporal por
necesidades de la Hacienda Real, se realizaron los primeros
contratos globales de arrendamiento de los tres maestrazgos. A
partir de entonces quien se ocup de los arrendamientos fue el
Consejo de Hacienda. Todos los dems asuntos corrieron por el
Consejo de las Ordenes. La Mesa Maestral de Calatrava est
estu-diada por FERNNDEZ IZQUIERDO, Francisco: La Orden Militar de
Calatrava... op. cit., pp. 172-184. La de Santiago ha sido
estudiada parcialmente por Ruiz RODRGUEZ, Jos Ignacio: en
Organizacin poltica y econmica... op. cit.,pp. 95-101. Sobre la
hacienda de las rdenes ver LPEZ GONZLEZ, Clemente: La Hacienda de
las Ordenes Militares Castellanas durante el reinado de Felipe IV.
Tesis doctoral indita leda en la U.A.M. 1989.
49. Puede ofrecernos una idea de lo que montaban estas cargas el
clculo hecho por FERNNDEZ IZQUIERDO, Francisco: para la Mesa
Maestral de la orden de Calatrava en el ao 1573. Las sita entre un
8% y un 10% de los ingresos.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y RELIGIOSAS
CAVALLERAS 69
No en vano Martn de Azpilcueta argumentaba que mediante los
maestrazgos de las tres rdenes el rey de Espaa era el mayor prelado
del mundo, despus del papa, en lo referente a ingresos
eclesisticos50.
Como efecto de la incorporacin, pasaron tambin a manos reales y,
lo que es igualmente importante, se insertaron en los mecanismos de
remuneracin de servicios de la monarqua, diversas honras y rentas
de las rdenes. Entre ellas las encomiendas y los hbitos
constituyeron la parcela ms substanciosa. Las enco-miendas fueron
especialmente codiciadas. Lo que las haca tan atractivas era tanto
el prestigio que proporcionaba el ttulo de comendador, como la
renta que disfru-taba su titular, es decir, el estatus y el
rendimiento51. Las rentas de algunas enco-miendas, descontadas las
cargas con las que estaban gravadas52, quedaban en una cantidad
reducida53. Pero por el contrario las de otras reportaban
beneficios consi-derables. En cualquiera caso se trataba de
cantidades que, por entonces, se perci-ban sin apenas
contrapartida, pues en esas fechas ya casi ninguna encomienda
comprenda obligaciones jurisdiccionales. Del nmero y del valor de
las enco-miendas nos da idea una estimacin de inicios del siglo
XVII: la orden de Santiago posea 94 encomiendas que valan 308.889
ducados; Calatrava 51 que para el mismo perodo estaban valoradas en
135.000 ducados y finalmente Alcntara 38, evaluadas en 118.248
ducados54.
Especial importancia en la remuneracin de servicios tuvieron los
hbitos de las rdenes55. Se puede decir sin exageracin que
constituyeron una de las parcelas
50. El dato est recogido en WRIGHT, L. P.: Las Ordenes Militares
en la Sociedad Espaola de los siglos XVI y XVII. La Encarnacin
Institucional de una Tradicin Histrica en ELLIOT, J. H. (d.): Poder
y sociedad en la Espaa de los Austrias, Barcelona, Crtica, 1982,
pp. 18-19
51. La expresin procede de MONTEIRO, Nuno: Ordens Militares e
Sociedade (Portugal sc. XVII-XIX). Comunicacin presentada al 77
Encontr sobre Ordens Militares, Plmela 1990, ejemplar
mecanografiado, p. 17.
52. Sobre esto ver nota 17. 53. Se debe tener en cuenta tambin
que la forma de administrar el patrimonio de las rdenes
a partir del final del perodo medieval, acabara llevando a una
disminucin de la renta que perci-ban los titulares de encomiendas y
de las mesas maestrales. En el caso de las encomiendas, la
sepa-racin entre el titular de los derechos comendadores y el
titular de la jurisdiccin en la poca moderna gobernadores sera uno
de los elementos que conducira a que se apropiaran de la parte del
len de las rentas los intermediarios: desde las grandes familias de
banqueros a las oligarquas locales. Este tema ha sido estudiado por
RuiZ RODRGUEZ, Jos Ignacio: en Organizacin poltica y econmica...
op. cit., pp. 53-94.
54. Para estas fechas, tanto el nmero de encomiendas como el
valor de sus rentas y las de la mesa maestral haban sufrido ya las
consecuencia de las enajenaciones de Carlos V y Felipe II.
55. Aunque, en principio, la distribucin de distinciones de las
rdenes estaba reservada a los militares acabara por premiar casi a
cualquier servidor. Ya fuera un capitn, un asentista, un miembro de
la Casa Real, etc.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
70 ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y
RELIGIOSAS CAVALLERAS
bsicas de las honras que distribua la monarqua. El conde-duque
de Olivares revela muy bien su valor a Felipe IV:
.. .Si V.M. quiere honrar no tiene con que si no ennoblece con
un habito porque nadie quiere otro premio sino honra, ni nadie es
considerado mientras no tiene un habito y a V.M. no le engrandece
tanto muchos millones como poder repartir gran cantidad de su
honra.
En efecto, los hbitos de las rdenes militares, repartidos
durante los siglos XVI y XVII entre todas las elites, acabaran
constituyendo la principal forma de reconocimiento de nobleza, de
ah la estima que alcanzaron. Pero bien es verdad que si el ttulo
intent ser la insignia distintiva de un grupo muy restrictivo56 y
homogneo de vieja nobleza, acabara po r reconocer, sin proponrse lo
, otro mucho ms amplio y heterogneo. Estaba compuesto por la vieja
sangre Alcntara, la riqueza nueva Santiago y las carreras polticas
Cala-trava57: los ricos, los nobles y los galantes o al menos as se
les reconoca por entonces.
Independientemente de los cambios sealados, la incorporacin de
los maes-trazgos signific tambin transformaciones de otra ndole.
Los acuerdos sellados con este motivo entre la Santa Sede y los
monarcas hispanos se encargan de confir-marlo58. El punto de
arranque de este acuerdo, lo constitua la renovacin de la cruzada
en defensa de la fe que siglos atrs haban formulado y confirmado
sus predecesores. Pero sta que proponemos llamar la. Nueva Cruzada
de las rdenes, no puede ser considerada una mera repeticin de la
anterior (siglo XII). Inclua novedades y, desde luego, no de
carcter menor. Supona en primer lugar, un compromiso concreto y
claramente formulado, que vinculaba a los monarcas hispanos en la
defensa de la fe. Un compromiso que estaba ausente en la cruzada
anterior, pero que no parece sorprendente si lo contemplamos en la
dinmica del momento y sobre todo si tenemos en cuenta que al mismo
tiempo se estaba nombrando a Carlos I y a sus sucesores en la
corona castellana, cabeza de una militia Christi.
56. Como es bien sabido las rdenes definieron la nobleza de una
forma mucho ms restric-tiva que la hidalgua simplemente adems estas
milicias la exigieron de sangre y no de privilegio. Por otro lado,
se requera tambin limpieza de sangre y oficios y legitimidad.
Finalmente, en algunos momentos se incorporaron otras categoras,
como por ejemplo la de una catolicidad fuertemente ortodoxa en el
perodo confesional.
57. La condesa D'AULNOY, en su Viaje por Espaa, Madrid s/a, p.
37, recoge esta opinin que identifica Santiago con los ricos,
Alcntara con los nobles y Calatrava con los galantes. Sobre los
hbitos ver nuestro Honor y priviegio... op. cit.
58. 'Bula de la unin... ' op. cit.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y RELIGIOSAS
CAVALLERAS ?!
Pero esto no era todo. Tan importantes consideraba el pontfice
los peligros que por entonces amenazaban a la Cristiandad, que le
pareci oportuno que en la nueva cruzada se formulara la defensa de
la 'Christiana religion', de la 'Fee catholica' y de la 'Repblica
Christiana', en los mismos trminos que la enun-ciaran sus
antecesores en el s. XII. La ocasin permita y mereca aadir nuevos
dbitos que reorientaran la lucha de acuerdo a las nuevas
circunstancias de la Cristiandad. Por eso, si hasta 1492 las rdenes
se haban comprometido a combatir contra los infieles, el acuerdo
sellado en la incorporacin mantena esta obliga-cin, pero aada una
nueva: utilizarlas como 'escudo y defensa' contra los herejes. De
esta manera el
'Rey Carlos' y 'sus sucesores' deberan emprender 'justsima
guerra (...) contra los prfidos turcos', y defender 'la cristiandad
de tan grandes peligros como la amenazan'. Entre estos peligros en
opinin del papado tena un lugar destacado 'Martin Lutero, hereje
declarado por la Silla Apostlica'.
En este sentido, la incorporacin de los maestrazgos a la corona
castellana, es el punto de partida de un compromiso tajante de las
rdenes con la confesio-nalidad catlica, que redefina su identidad
orientndola de acuerdo con las preo-cupaciones del momento. Este
compromiso no debe resultar sorprendente si lo contemplamos a la
luz de una combinacin doble de factores que result deci-siva. Por
un lado hay que tener en cuenta que formalmente, y de acuerdo a la
ms estricta concepcin fundacional, estos cuerpos no dejaron nunca
de ostentar la condicin de brazo armado del papado. Como puede
pensarse, no parece lgico que los pontfices pudieran permanecer
indiferentes al combate por la cato-licidad que se vena librando, y
de cuyo resultado se confesionalizaran las rdenes. Por otro lado,
tampoco resulta ajeno a esta estrategia de catolicidad que los
titulares de estas milicias llevaran, como es sabido, el ttulo de
'Rey Catlico' que reflejaba su condicin de cabeza de la Crist
iandad que permaneci fiel a Roma59.
Nuevas circunstancias y nuevos enemigos exigan mtodos nuevos
tambin. De esta manera, en la pretensin de adoptar una decidida
lnea confesional, las rdenes modificaran sensiblemente su
estrategia. A partir de las primeras dcadas del siglo XVI, dejaran
las armas y reorientaran su accin hacia el mbito del espritu. Desde
entonces, y al menos durante el perodo confesional, se
mantuvieron
59. Ver al respecto, FERNNDEZ ALBALADEJO, Pablo: Rey Catlico:
Gestacin y metamor-fosis de un ttulo en El tratado de Tordesillas y
su poca. Congreso Internacional de Historia, pp. 209-216.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72
-
7 2 ELENA POSTIGO CASTELLANOS LAS TRES ILUSTRES RDENES Y
RELIGIOSAS CAVALLERAS
como una 'cavalleria espiritual'60. En esta lnea hay que situar
la definicin de un modelo de Nobleza Catlica, encarnado en el
caballero de hbito, cuyo smbolo sera un triple compromiso con Dios,
con el rey, y con la Iglesia. En l se pusieron grandes esperanzas:
se buscaba por un lado, conseguir dirigir la lealtad de la nobleza
hacia la monarqua y por otro, preservar al grupo del contagio con
'hereges, scismaticos, gentiles y mahomentanos' haciendo voto de
vivir catlica-mente en la obediencia de la Santa Iglesia Apostlica
Romana61.
El estado actual de la investigacin no nos permite llegar ms all
del perodo confesional. El siglo XVIII nos es todava, en lo que se
refiere a las rdenes, bastante desconocido. No obstante, por lo
poco que hasta ahora sabemos, nos aguarda todava una nueva
metamorfosis. Como seala Wright en cada etapa la sociedad espaola
influy a la institucin de las rdenes militares y a su vez fue
influida por ella62.
60. Para justificar esta transformacin se apoyaron en
argumentacin fundacional, centrada en la idea de que las rdenes se
instituyeron para ser 'cavalleria amparadora y defensora de la
sancta fe catlica asi en lo espiritual como en lo temporal'. En
CABRANES, Diego de: Abito y Armadura espiritual, s.l. MDXLIIII,
Introduccin s/p.
61. Una anlisis detenido de estas cuestiones en nuestro
Caballeros del Rey Catlico. Diseo de una nobleza confesional en
Hispnia. Revista Espaola de Historia, vol. LV/189 (1995),
pp.169-204.
62. WRIGHT, L. P. Las rdenes Militares..., op. cit., p. 56.
Ediciones Universidad de Salamanca Stud, his., H.a mod., 24,
2002, pp. 55-72