Sociologia Juridica
La sociologa general, es el resultado de aplicar los
procedimientos propios del mtodo cientfico al estudio de los
fenmenos sociales; los socilogos aplican un conjunto de teoras y
tcnicas de investigacin para estudiar, explicar e intentar predecir
las relaciones sociales y los procesos de interaccin que tienen
lugar en el mbito de las estructuras sociales.
Sociologa Jurdica o Sociologa del derecho; Es una rama de la
sociologa general, cuyo objeto es el estudio de los fenmenos
sociales que se refieren al derecho.
Lasociologaeslamsjovendelascienciassociales.LapalabraSociologafueacuadaen1838porelfrancsAugusto
Comte, en su obra de filosofa positiva. A Comte se le considera el
padredelasociologa, quien sostenaquelaciencia
sociolgicadebaapegarseenlaobservacinyclasificacinsistemticadeloshechos.Elobjetodeestudiodestadisciplinaeselindividuoy
su relacin con los dems individuos. Como precursores de la
sociologa se pueden citar a Saint Simn, quien consideraba
restablecer el antiguo orden bajo las nuevascondiciones de
produccin capitalistas, consider a la sociedad como si fuera un
organismo. Comte,
con su ley de los tres estadios deca
quelassociedadesylosindividuosatraviesanportresetapas:a)Teolgica:lasexplicaciones
serealizanapelandoaprincipiossobrenaturales; b)Metafsica:
especulativa. Transitoria; c)Positiva: se procura establecer las
leyesque rigen los fenmenos; d)Estadstica social orden; Dinmica
social conflicto. Kuhn con
elconceptodeParadigmaestableciendoqueeste,es"modelodeanlisis",unamatrizquedisciplinaaloscientficosparaquetrabajendedeterminadamanera.Spencer,parastetericoelmundosocialformapartedelanaturaleza,yseregaporsuspropiasleyes.Spencereselpuntodepartidadelacorrientedenominada"DarwinismoSocial".Durkheim,tomocomomodeloalascienciasnaturales;estableciendoquelasociologaeslacienciaqueestudiaelorigenydesarrollodelasinstitucionesylasrelacionesquestasmantienenconlosindividuos.Weber,argumentoqueelcomportamientodelserhumanotieneunsentidoquenopuedeserabordadodelamismamaneraquecomolohacela
ciencia natural; as es que la Sociologa es la ciencia que estudia
la accin social,
procurandocomprenderlaeinterpretarlaensusmotivacionesysignificados,paraluegoexplicarla.Mills,"Nilavidadelindividuonila
historiadelasociedadpuedenentendersesinentenderambascosas".Lasaccionesylospensamientosdelosindividuosestnlimitadosporelmundocotidianoenqueviven.Durkheim,establecequelosfenmenossocialesdebenserestudiadoscomocosas.Lafinalidaddela
sociedades crear miembros a su imagen. "El individuo es unproducto
de la sociedad".
Weber,parasteterico,lasociedadnopuedeexistirsinlaaccindelosindividuos.Elpuntodepartidadelos
hechos sociales son las acciones de los individuos. Berger y
Luckman, las realidades socialesvaran a travs del tiempo y el
espacio, pero es necesario dualizar un hecho comn de todas
lasrealidades.Realidad:todofenmenoqueesindependientedelavoluntaddelindividuo.De
lo anterior se desprende que la importancia de la sociologa como
ciencia general, esfundamental para la poder entender y analizar
las situaciones de carcter social que
tienenincidenciaentodaslascienciassocialesyensuaplicacinenbeneficiodelasociedadconlacienciasduras.
Ms an en la formacin de los estudiantes de la licenciatura en
derecho, la
sociologajurdicasevuelveuninstrumentoesencialparaentenderlasnormasdesdeunaplataformasocial,ascomolaregulacindelamismasociedadylosefectosenelcampojurdico.http://www.significados.com/sociologia/Significado
de SociologaQu es la Sociologa:Sociologa es una ciencia social que
estudia la estructura y funcionamiento de las sociedades humanas.
La Sociologa se centra en el anlisis y estudio de fenmenos de
carcter social como la organizacin, las relaciones y los
comportamientos que se dan en una sociedad.Esta palabra es un
trmino creado en el siglo XX formado con el trmino latino socus
(socio) y el griego (logos, 'tratado', 'estudio').Sociologa
jurdicaLa Sociologa jurdica o Sociologa del Derecho es el estudio
sociolgico de los elementos propios del Derecho y su relacin con
una sociedad. El objeto de estudio de la sociologa jurdica es los
fenmenos y la realidad social que influyen en el Derecho o que estn
determinados por l.
Observatorio judicial dominicano. Justicia y Sociedad: el juez
ms all del despachoEn un Estado social y democrtico de derecho
mejorar la percepcin de laadministracin de justicia requiere el
involucramiento de todos los actores del sistema judicial,
especialmente los jueces.Santo Domingo, 15 de septiembre de
2014Ramn
Jorge*http://ojd.org.do/index.php/2013-07-09-17-38-49/149-sistema-judicial-dominicano/3963.
El rol del juez en el Estado social y democrtico de derechoSegn
establece la Constitucin en su artculo 7,() Repblica Dominicana es
un Estado social y democrtico de derecho, organizado en forma de
repblica unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana, los
derechos fundamentales, el trabajo, la soberana popular y la
separacin e independencia de los poderes pblicos.La funcin esencial
del Estado8 segn establece la norma fundamental es proteger de
manera efectiva los derechos de la persona, el respeto de su
dignidad y la obtencin de los medios que le permitan perfeccionarse
de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco
de libertad individual y de justicia social, compatibles con el
orden pblico, el bienestar general y los derechos de todos y
todas.Al Poder Judicial dentro del Estado social y democrtico de
derecho le corresponde administrar justicia. Ejerce la funcin
judicial, la cual consiste en dirimir los conflictos en todo tipo
de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, e implica la
sujecin de este poder al Derecho; ya que los tribunales no pueden
ejercer ms funciones que las que las atribuidas por el ordenamiento
jurdico.Ahora bien, resulta que tanto la Suprema Corte de Justicia
como los dems tribunales que conforman el sistema judicial
dominicano son integrados por jueces. De ah se puede colegir el
papel clave que juega este funcionario en el sistema de justicia,
en palabras del jurista Francesco Carnelutti: El juez es la figura
central del Derecho. Un ordenamiento jurdico se puede pensar sin
leyes, pero no sin jueces.4. Percepcin de la administracin de
justicia en Amrica LatinaTal como se seal al principio, este
proyecto busca mejorar la percepcin social de la administracin de
justicia. Entre los indicadores utilizados para este fin, el Centro
de Estudio de Justicia de las Amricas (CEJA) mide la confianza en
los organismos jurisdiccionales. La Tabla nm. 1 muestra la evolucin
del porcentaje de confianza en el sistema judicial latinoamericano
en el periodo 2007-2011.El Barmetro Iberoamericano de
Gobernabilidad elaborado por el Consorcio Iberoamericano de
Investigaciones de Mercados y Asesoramiento (CIMA), para
interpretar esta escala utiliza la convencin internacional del
semforo, identificando con tres colores los rangos de porcentajes:
con verde, cuando ms del 50% de los ciudadanos tienen una buena
percepcin; amarillo, cuando solo entre 30%-50% de los ciudadanos
tienen una percepcin positiva; y rojo, cuando solamente el 30% de
los ciudadanos tienen una percepcin aceptable.Desde el ao 2007
hasta el 2009 se puede apreciar una tendencia al aumento en el
porcentaje de confianza en la justicia dominicana. Sin embargo, en
el ao 2010 se produce un descenso drstico de 38 a 17 %, percepcin
que no mejor al ao siguiente, cuando descendi a 16%.En los aos 2010
y 2012 el Proyecto de Opinin Pblica en Amrica Latina (LAPOP) tambin
realiz una medicin de la confianza en la justicia en Repblica
Dominicana: muestra un descenso en el nivel de confianza, que baj
de 46.7 a 45.1 %. Este estudio agreg9:En la comparacin regional de
la escala de confianza en la justicia, Repblica Dominicana se
coloca entre los pases con menor confianza. Esto sugiere que a
pesar de las reformas realizadas al sistema de justicia dominicano
desde 1997, la confianza en el sistema se mantiene dbil en el
contexto comparativo de la regin y a travs del tiempo en el
pas.Respecto de las reformas en el sector justicia dominicano se
destacan dos momentos: La reforma constitucional de 1994 y la
reforma constitucional de 2010. Con la promulgacin de la
Constitucin de 2010 se produjeron cambios en el sistema de
justicia, dentro de los cuales cabe mencionar la creacin del
Consejo del Poder Judicial, la creacin del Tribunal Constitucional
y la designacin de sus jueces, el cambio de administracin de la
Suprema Corte de Justicia y la creacin del Tribunal Superior
Electoral, entre otros.Cuando se producen cambios o reformas en un
poder del Estado, como en el caso del judicial, en ocasiones la
poblacin puede percibirlos como influenciados por el poder poltico,
lo que repercute negativamente en el nivel de confianza de los
ciudadanos sobre la administracin de justicia. Respecto a la
influencia del poder poltico en la justicia, el magistrado Mariano
Germn manifest en la 63ava Asamblea de la Federacin Latinoamericana
de Magistrados (FLAM)10 que:Como expresa Sergio Salar Villalobos,
trabajemos por una justicia democrtica donde jueces y juezas no
hacen poltica proselitista, pero establecen polticas
institucionales de Estado en el componente justicia, valorando
sobre todo: el acceso a la justicia, una nueva gestin del despacho
judicial, la creacin de una cultura organizacional con roles y
compromisos bien claros y dispuestos a ser desempeados con calidad,
compromiso, independencia y autonoma.Dos aos despus de la reforma
constitucional, en 2012, el Consejo del Poder Judicial,
conjuntamente con el Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo (PNUD) a travs de la consultora CID Latinoamericana,
realiz un Estudio nacional de medicin del nivel de conocimiento y
la percepcin de la poblacin sobre el Poder Judicial y la
administracin de la justicia. Este estudio revel que los ciudadanos
dominicanos otorgaron una confiabilidad baja al Poder Judicial
dominicano: 4.68 % en una escala del 1 al 10.Otro punto de
observacin es: De dnde procede lo que los ciudadanos piensan del
Poder Judicial? El referido estudio seal que la opinin de las
personas procede en ms de 50 % de los medios de comunicacin:
televisin, radio, peridicos e Internet. De estos medios, la
televisin es el ms usado por los dominicanos. Los otros medios
(radio, peridicos e Internet) alcanzan alrededor del 40 % de la
poblacin diariamente.Se reconoce el desligamiento existente entre
la ciudadana y el Poder Judicial, visualizndose la necesidad de una
mayor difusin de informacin acerca del funcionamiento y forma de
accionar de la institucin. Existe desconocimiento acerca de rganos
adscritos al Poder Judicial. Esta percepcin es conveniente que se
mejore, puesto que en su credibilidad se fundamenta en parte el
valor de la transparencia en la labor judicial.Es importante
destacar que de 221 personas que asistieron a los tribunales en la
investigacin antes sealada, el 63 % manifest que el funcionario
judicial con quien tuvieron ms contacto fue el juez.6. Percepcin
actual del sistema de justiciaHa transcurrido ms de un ao desde el
inicio de la ejecucin de Justicia y Sociedad, si se realizara un
sondeo de las opiniones emitidas por los principales medios de
comunicacin12 sobre lo que piensan los actores del sistema acerca
de la justicia dominicana, podra tenerse una idea de la percepcin
de la administracin de justicia en el pas. A continuacin se
presentan algunas impresiones de actores relevantes que han sido
recogidas en distintos medios de comunicacin.En 2013, el presidente
Constitucional de la Repblica, Lic. Danilo Medina Snchez, en ocasin
del homicidio de la segundo teniente del Ejrcito de Repblica
Dominicana, Suleica Ponciano Solano, manifest que: la justicia debe
ser ms enrgica()13.En 2014, el pastor Ezequiel Molina Snchez en una
congregacin cristiana donde asistieron alrededor de 60,000
creyentes, manifest que el poder del narcotrfico es tal en la
Repblica Dominicana, que ha dejado a la justicia "ciega sorda, muda
y minusvlida14.El 7 de enero de 2014, El presidente del Consejo del
Poder Judicial y de la Suprema Corte de Justicia, Dr. Mariano Germn
Meja, en el discurso del da del Poder Judicial expres que:Es de
honradez reconocer que, pese a que tratamos de dar respuesta a las
demandas de la sociedad, para una justicia ms pronta y de ms
calidad, la cantidad de expedientes que entran a los tribunales
sobrepasan la capacidad de los mismos. Esto tiene un nombre: mora
judicial. Este flagelo que azota al Poder Judicial ha sido
combatido por distintos medios, pero la realidad es que, en las
condiciones actuales no hay manera de evitarla15.El procurador
general de la Repblica, Lic. Francisco Domnguez Brito, en ocasin
del fallo dictado por el Segundo Tribunal Colegiado de la Cmara
Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional sobre
el caso de la Ing. Francina Hungra, expres que esta decisin lacera
y hace perder la fe de la poblacin en el sistema de justicia16.A
raz de la querella por ultraje, interpuesta por la magistrada
Margarita Cristo Cristo contra la procuradora fiscal del Distrito
Nacional, Yeni Berenice Reynoso; el Dr. Mariano Germn Meja expres:
Esta Suprema Corte de Justicia se permite hacer al Ministerio
Pblico un llamado para que sus relaciones con los jueces y juezas
se desarrollen en un marco de respeto, equilibrio y claridad de
roles; en el entendido de que, slo as podremos generar la debida
confianza en la ciudadana17.Por su parte el Presidente del Tribunal
Constitucional, Dr. Milton Ray Guevara, pronunci estar preocupado
porque: La percepcin generalizada es que las disposiciones del
Cdigo Procesal Penal incentivan la comisin de actos delictivos,
independientemente de sus aspectos positivos y en la prctica,
muchos hogares y familias estn hoy laceradas por un doble dolor; la
prdida fsica o el deterioro de las facultades de un ser querido, y
la falta de sancin adecuada, e incluso, por una especie de
impunidad que incentiva la reincidencia18.Estas opiniones de
actores acerca de la administracin de justicia, sumadas a las
actuaciones que suscitan entre estos algunas asperezas en el
ejercicio de sus funciones, al ser difundidas por los medios de
comunicacin sirven para alimentar la percepcin de la sociedad
dominicana en cuanto al Poder Judicial.7. Reflexiones finalesLa
forma en que los jueces administran la justicia incide de manera
directa en la ciudadana, en virtud del manejo que los medios de
comunicacin hacen de los resultados de la aplicacin de la ley por
los tribunales, esto puede repercutir en el grado de confianza que
posee el ciudadano respecto a los organismos jurisdiccionales.En
ese mismo orden de ideas, los medios de comunicacin juegan un papel
preponderante como generadores de la percepcin social del sistema
de justicia, en virtud de que las personas pueden fundamentar sus
opiniones en las publicaciones que estos hacen. Ahora bien, cuando
los medios divulgan las actividades e informaciones del Poder
Judicial, dado su posicionamiento, estn contribuyendo con aumentar
los niveles de transparencia, credibilidad y confianza dando a
conocer iniciativas como Saber y Justicia y sus positivos
resultados.Este acercamiento entre los actores jurisdiccionales y
la ciudadana, propiciado por el Poder Judicial a travs de la
Escuela Nacional de la Judicatura, ha sido reproducido por el
Tribunal Constitucional con el fin de disminuir la brecha entre
estos jueces y la sociedad. Asimismo, en la regin existen
iniciativas similares, tales como el programa Justicia en tu
Comunidad realizado en Per, denotando la importancia que reviste
acercar los jueces a las comunidades.Mejorar la percepcin de la
administracin de justicia requiere, en un Estado social y
democrtico de derecho, involucrar a todos los actores del sistema
judicial, especialmente los jueces. Aunque la legitimidad de la
funcin judicial emana de la Constitucin y las leyes, una buena
percepcin de la justicia es coherente con la idea de que en las
democracias no existe mayor legitimador social que el ciudadano,
detentador del poder en su naturaleza popular.Bibliografalvarez C.,
Virgen F. (2013). Ponencia Conversatorio sobre el aumento de la
pena en las personas adolescentes en conflicto con la ley
penal.Califica como lacerantes los descargos en el caso Francina.
(2014, 7 de febrero). Diario Libre. Recuperado desde
http://www.diariolibre.com.doCid Latinoamericana (2012). Estudio
nacional de medicin del nivel de conocimiento y la percepcin de la
poblacin sobre el Poder Judicial y la administracin de la justicia.
Santo Domingo.Constitucin de la Repblica Dominicana del 26 de enero
de 2010. G.O. No. 10561.El Judicial (enero de 2013). Departamentos
judiciales en Rep. Dom. Santo DomingoEscuela Nacional de la
Judicatura (2013). Rendicin de cuentas. Santo Domingo.Espinal, R.
& Morgan, J. (2013). Cultura poltica de la democracia en la
Repblica Dominicana 2012: Hacia la igualdad de oportunidades.
USAID.Mateo, R. (2014, 2 de enero). Pastor: La justicia est ciega,
sorda, muda y minusvlida. Diario Libre. Recuperado desde
http://www.diariolibre.com.doMirte, A. (2012). Informe de
investigacin sobre la independencia y la transparencia del Poder
Judicial.Tena, F. (2010). Estudio de percepcin del funcionamiento
del Poder Judicial. Santo Domingo.
El periodo de los Jueces: Comprendi desde la muerte de Josu
hasta la monarqua, tiempo durante el cual el pueblo de Israel vivi
en Canan. Transcurri entre la llegada de las tribus hebreas a Canan
y la instauracin de la monarqua, es decir, entre los aos 1200 y
1020 a. C. Durante este tiempo ningn juez lleg a ser jefe supremo
porque su funcin no era lograr la unidad de las tribus sino
solventar problemas puntuales. El pueblo hebreo estuvo amenazado
por grupos cananeos e invasores, especialmente los filisteos, mucho
mejor organizados y armados que Israel, y que luchaban por aduearse
de los mismos territorios. Las tribus israelitas se encontraban
aisladas unas de otras, sin un gobierno central que pudiera
asegurar una firme cohesin interna. Los Jueces de Israel fueron
caudillos, que se constituyeron en defensores de la justicia. Su
autoridad no fue estable, sino transitoria y excepcional. Una vez
concluida la accin, volvan a su vida ordinaria. La instalacin de
las tribus israelitas en Canan fue lenta, las tribus actuaron casi
siempre separadamente y los triunfos se alternaron con las
derrotas. Los gobiernos de los Jueces se desarrollaron en las
siguientes etapas: Las personas del pueblo de Israel eran atradas
por la forma de vida de los pueblos vecinos paganos, vencidas y
esclavizadas por sus enemigos. La opresin los llevaba al
levantamiento, guiados por algn lder que los liberaba, y se repeta
el ciclo. La fe del Pueblo de Israel se resenta al entrar en
contacto con los pueblos paganos cananeos. Muchos israelitas
comenzaban a rendir culto a los dioses de los pueblos vecinos. Esta
confusin religiosa pona en peligro la unidad nacional y haca a
Israel vulnerable a los ataques de sus enemigos. Los Jueces
vivieron en una poca de costumbres rudas e incluso brbaras. La
traicin de Ejud, el asesinato de Ssara, la masacre de Abimlec, el
sacrificio de la hija de Jeft y las aventuras amorosas de Sansn
reflejan su moral. El cargo de juez era idntico con el de
gobernador o rey, pues en todo el Antiguo Testamento juzgar fue
sinnimo de reinar. Los jueces fueron en realidad los caudillos del
pueblo de Israel en aquel periodo. Segn los redactores de los
libros del Antiguo Testamento, Jehov sola llamarlos directamente en
tiempos de suma necesidad, para que liberasen a su pueblo de sus
opresores. Una vez vencidos los enemigos, los jueces seguan
desempeando, las funciones de gobernantes, en su tribu o en todo el
pueblo.
Leer ms:
http://www.monografias.com/trabajos91/primeros-jueces/primeros-jueces.shtml#ixzz3QeaVuyQX
Crisis de la justiciaJaime Lopera
Gutirrez*Raznpublica.comSometida la justicia colombiana a tantas
crticas procedentes de todas las vertientes, parece oportuno
ofrecer una luz diferente sobre la actuacin de los jueces y su
seleccin.Comencemos por una verdad esencial: la justicia es
administrada por personas que tienen ideas, emociones,
sentimientos, creencias y valores. A partir de esta premisa
axiomtica es casi imposible garantizar un comportamiento neutral de
los funcionarios judiciales y sus decisiones.Y en Colombia, el
sistema judicial es distinto por varias razones. El sistema penal
acusatorio lo importamos de Estados Unidos como un modelo de
trabajo que se pensaba til para mejorar la eficiencia de los
procesos judiciales en Colombia, y fue una buena tentativa.Si bien
el modelo fue introducido con ajustes no se trasplant el gran
jurado, ni se le dieron facultades a la Fiscala para dar prioridad
a determinados tipos de delitos, entre otras cosas. Pero, dado el
grado de conflictividad de la sociedad colombiana, la congestin de
expedientes lleg a tal punto que colapsaron los juzgados y, de
remate, surgi la fcil solucin de que la gente se hiciera justicia
por su propia mano.
El modelo sajnLa escuela del common law, de donde procede el
sistema que adoptamos con algunas aadiduras espaolas y cierto
garantismo que todava vive, fue concebido con la derivacin de que
los jueces tienen (como todos los seres humanos) creencias,
valores, opiniones y actitudes (filias, fobias, simpatas y
antipatas) que definen su percepcin del mundo.Por eso cuando se
trata de nombrar magistrados de las altas cortes, los presidentes
norteamericanos eligen con cuidado para que ellos encarnen las
ideas y principios de su administracin, costumbre que ha persistido
en ese pas dentro de la divisin de poderes que exige la
democracia.La confirmacin de las nominaciones por el Senado de
Estados Unidos es justamente un proceso de lenta digestin
republicana y suele estar precedido por un amplio debate ante la
opinin pblica donde los candidatos a la magistratura se someten a
un escrutinio de sus opiniones e ideas de tal manera que casi puede
conocerse de antemano el tipo de sesgos posibles, doctrinarios o
morales, con respecto a los problemas que debern enfrentar.La parte
ms interesante de la divisin de poderes en todas partes consiste en
la independencia del poder judicial, unas de cuyas calves son el
modo de nombramientos, la inamovilidad del cargo y la remuneracin.
De esta manera el gobierno no puede seleccionar jueces confiables
para encargarlos de casos delicados, lo cual ha llevado a que, para
estas situaciones, en algunos pases se haya usado la prctica de
asignar jueces al azar.El modelo latinoLa otra escuela para la
eleccin de los jueces suele ser llamada de la tradicin romana, o de
derecho civil, muy europea, donde la ideologa del juez cuenta menos
que el sistema judicial, que est constituido "a prueba de
personas".Como es irrelevante la persona, lo importante es que ella
sepa interpretar bien la legislacin vigente casi al pie de la
letra. El funcionamiento del sistema en el viejo continente (con
todo el cmulo de sabidura que se ha producido por milenios) es una
labor respetable y formalista en tanto que sea sobresaliente la
persona encargada de la funcin judicial.El juez aplica la ley pero
no la cuestiona dado que su principal opinin se hace al travs del
fallo, como debe ser. Gracias a este precepto de sujecin a la ley,
es mayor la propensin de los jueces a permanecer en su empleo, y la
continuidad queda asegurada no obstante los cambios polticos que se
sucedan.
El hbrido colombianoDigamos que en Colombia vivimos bajo un
sistema mixto: un sustrato jurdico muy alto por la abundancia de
leyes y jurisprudencias, dada nuestra costumbre de convertir cada
problema en una norma legal, y una seleccin de personal paritaria y
politizada (sin mucha apreciacin por los mritos) que no garantiza
un comportamiento neutral y asptico de los jueces por su afiliacin
partidista y por el juego de intereses extrajudiciales que suelen
alimentar a los medios de comunicacin.Tras muchos aos de
individualismo salvaje, no hemos podido tener todava un espacio
colaborativo como se puede observar en las recientes pugnas por la
Contralora.Parecera obvio que el historial de creencias de un juez
(o de un alto funcionario como el contralor, el fiscal o el
procurador) debera ser investigado por el Congreso de tal modo que
se consigan aclarar sus posiciones ideolgicas y hasta adivinarse
las conclusiones de sus fallos.Si la inteligencia colectiva de un
Congreso pudiera zafarse de las presiones partidistas y optar por
los mritos, los fallos de las cortes tendran otro matiz, no importa
que alguno de los jueces quiera lucirse como el hroe de una
sentencia o como el protector paternalista de un caso.Con todo, las
opciones que hagan ms efectiva la administracin de justicia,
legalistas o humanistas, dependen de los valores que una sociedad
dada declare en el marco de unas instituciones polticas donde ella
tenga, como la educacin, un lugar sobresaliente en la sociedad.Las
cortes: escenarios del consensoEn lnea con la eleccin de los jueces
por sus mritos, otra cosa son la clase de decisiones que las cortes
deben tomar peridicamente.En una ctedra de desarrollo
organizacional se me pregunt por qu los grupos colegiados se
complican en la toma de las decisiones, dada la presuncin de que
ellas son ms limpias y ms eficaces cuando responden al consenso.En
ese caso se hablaba especficamente del problema que tienen las
cortes cuando hacen votaciones interminables, gastando tiempo en
organizar la llamada cacofona de los egos que entorpecen el trabajo
colectivo, en especial cuando se trata de ejercer su funcin como
nominadoras de otros funcionarios o magistrados.En esa discusin, no
entendan los alumnos mi defensa del consenso y del trabajo en
grupo. La lucha por el poder era una primera explicacin para sealar
la causa de las fricciones que se suceden en los comits o grupos de
trabajo del gobierno o de las cortes, pero era una explicacin
insuficiente.La justicia es administrada por personas que tienen
ideas, emociones, sentimientos, creencias y valores.Desde tiempos
inmemoriales se ha convenido que la justicia es tan delicada porque
toca fibras muy delicadas de los individuos, por lo que se hace
necesario un rgano superior para intermediar en las posibles
arbitrariedades que se derivan del juicio individual.Este hecho
supone la mxima imparcialidad posible desde que la historia avanz
en buscarla: desde el jefe tribal con el garrote que impone
justicia hasta los mandamientos, las normas legales y el arbitraje
han sido instituciones ideadas para evitar las arbitrariedades. La
justicia por mano propia en las cavernas fue demolida por las
civilizaciones mediante las leyes con el objeto de ponerle orden a
las injusticias.El hecho de que las decisiones grupales tengan
mayor deliberacin, racionalidad y compromiso es consecuencia de la
lenta digestin que ellas tienen y la manera como se ventilan y
respetan las opiniones diferentes hasta alcanzar un
consentimiento.Como las decisiones de las cortes son de largo
alcance (las de corto plazo las toman los administradores de la
Rama), deben poseer una alta calidad, y ser casi invulnerables a
las malas interpretaciones.Al final, la gente se las explica por el
hecho de que son tomadas por hombres maduros, calificados por su
experiencia y en una edad donde las emociones estn mitigadas.Las
cortes: escenario de disensosA pesar de todo, es innegable que los
matices polticos influyen sobre las decisiones. La diferencia de
criterios entre los administradores y los tcnicos dieron al traste
con las decisiones japonesas en Pearl Harbour (1941), los
norteamericanos en Baha Cochinos (1961) y en el famoso desastre del
Challenger (1986), que fue una lucha soterrada entre los militares
y los cientficos.Aunque el contexto es bien diferente de los
juicios de las cortes, en estos tres casos fue evidente que las
decisiones grupales se fueron al suelo en favor de las pasiones
polticas.Dentro de la estructura institucional de Colombia es
evidente que el presidencialismo (por contraste con el sistema
parlamentario) se ha venido reforzando durante aos - por regla
general en desmedro del Congreso y de las cortes.El sistema
colegiado de las cortes no fue hecho para estimular esa lucha por
el poder, sino para alcanzar los consensos que requieren sus
decisiones delicadas para toda la nacin. En tanto que los
congresistas suelen aparecer notoriamente subordinados al Palacio
de Nario, las cortes tienden a adoptar posiciones diversas e
incluso opuestas segn que el Ejecutivo tenga ms o menos influencias
en el proceso de nominar o elegir los respectivos magistrados. Hay
evidencias de la lucha por el poder cuando una rama del Estado
pretende subordinar a la otra e imponerle sus condiciones y la otra
no se deja; cuando ocurre lo contrario, la obediencia es la palabra
correcta para definir dicha conducta.Sin embargo, la paradoja es
que el sistema colegiado de las cortes no fue hecho para estimular
esa lucha por el poder, sino para alcanzar los consensos que
requieren sus decisiones delicadas para toda la nacin. Los seres
humanos nos enredamos con las fogosidades disfrazadas de razones.
Eso nos lleva a concluir que todas las precauciones que se puedan
dar con respecto a la influencia de las valoraciones humanas en las
situaciones judiciales sern un blsamo necesario al intento de
organizar la justicia colombiana en torno a la ecuanimidad.
*Escritor, ensayista y periodista. Fue jefe del Servicio Civil,
hoy Funcin Pblica, y director de la ESAP. Presidente actual de la
Academia de Historia del Quindo.
Problemas en la imparticin de
justiciahttp://www.pensamientos.com.mx/el_dilema_de_imparticion_de_justicia.htmEl
dilema de imparticion de justiciaEn Mxico, como en muchos otros
pases, hay muchas injusticias en la imparticin de la justicia, no
sabemos realmente si la razn estriba en que muchas de las leyes
mexicanas ya estn obsoletas, o que la manera en que se aplican no
es la adecuada, o la corrupcin, o un poco de todo. La verdad es que
vemos cada cosa que nos hace menear la cabeza mientras cerramos los
ojos y decimos "no es posible", grandes fraudes en el sistema
bancario, en Petrleos Mexicanos, en la Cruz Roja, en el IMSS etc.
Magnicidios sin resolver a los que se pretenden dar "carpetazo",
mientras los responsables caminan libres por las calles, gracias a
la proteccin de algunos funcionarios pblicos, o a los famosos
recursos de amparo y otros instrumentos que utilizan los abogados
que defienden a estas personas que cobran sumas millonarias de
dinero por sus servicios y que les son pagadas con el dinero que
robaron sus clientes. Nunca ingresaremos al primer mundo mientras
sigan pasando estas cosas en nuestro pas, mientras los casos se
sigan resolviendo en base al poder, el dinero y la habilidad de los
abogados, mientras siga ganando el ms hbil, el mas rico y no el que
tenga la razn.Djenme soar un poco y pensar que se recibirn en el
congreso, en un futuro prximo, proyectos de reforma de las leyes
obsoletas y que sin ningn contratiempo sern aprobadas por la cmara
de diputados.Djenme soar un poco y pensar que los encargados de
impartir justicia se basen mas en el sentido comn que en el
librito, siempre apegados a derecho, pero con ms habilidad para
resolver un caso donde es evidente quien tiene la razn.Djenme soar
un poco y pensar que existe alguien que se atreva a enfrentar a los
Poderosos Culpables an sabiendo que est en riesgo su propia
familia.Djenme soar un poco y pensar que los mexicanos no se
compran con dinero, que los mexicanos sabemos que si anteponemos un
inters personal a uno colectivo la vida nos lo cobrar al doble, ya
sea a nosotros o a nuestros propios hijos.
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por proyectotjc el 01-11-2009 en General. Comentarios PROCURACINE
IMPARTICIN DE JUSTICIATeoira jurdica
comtemporaneahttp://proyectotjc.blogspot.es/1257106380/procuraci-n-e-impartici-n-de-justicia/
Uno de los mayores problemas y retos para una sociedad es la
procuracin e imparticin de justicia. A todo esto se ha visto
trastocado en su integridad el Poder Judicial; es decir, ya no es
visto con respeto ni ayudante de la sociedad, sino todo lo
contrario, un poder lleno de funcionarios corruptos, vivales,
rateros snicos, etctera.Aunado a esto se encuentra el problema de
la ineptitud de los jueces. Al pobre ciudadano no le queda ms que
rezar o llorar literalmente, ya que detrs de estos problemas se
encuentran tambin los de los medios de defensa de sus derechos, los
cuales son incongruentes en muchos casos con la realidad, hay poco
acceso a la justicia y para terminar de rematar a la esperanza del
humilde ciudadano es ineficaz.Se supone que los que deben procurar
e impartir justicia son los jueces, pero qu tipo de juez esperamos?
Obviamente uno que sea honesto y cuente con los conocimientos
suficientes, o como lo seala Cristina Begn Guerra, al entrevistar
diversos jueces y juristas, que el juez ideal debera de:- Contar
con un gran conocimiento sobre el comportamiento humano,- Tener la
capacidad de escuchar y tener la sensibilidad de percibir de qu
lado de las partes est en realidad la justicia, - Tener un carcter
fuerte para poder resistir presiones y no dejarse intimidar, -
Tener una cultura amplia, - Tener la obligacin de conocer el medio
poltico y social que los rodea, - Conocer de temas relevantes en
materia econmica y,- Tener un criterio amplio y ser creativos".En
este aspecto,sealan Hctor Fix-Fierro y Sergio Lpez Aylln que la
mentalidad formalista predomina entre los jueces, debido a la falta
de preparacin, sobre todo en cuestiones nuevas y tcnicamente
complejas, y por las anticuadas leyes procesales. No parecen estar
dispuestos a asumir responsabilidad por sus propias decisiones, y
la jurisprudencia los auxilia en esta evasin de su responsabilidad.
Perciben su funcin en relacin con la justicia y la sociedaden
trminos paternalistas. Piensan que tienen que proteger al dbil e
impedirla injusticia, aun a costa de la letra de a ley o del
espritu de la ley".
PRINCIPALES PROBLEMAS DE LA PROCURACIN E IMPARTICIN DE
JUSTICIA
Algunos de los principales problemas de la procuracin e
imparticin de justicia son sealados por Cristina Begn Guerra, en
los cuales algunos comparto mi criterio. Dicha autora seala los
siguientes:La dilacin del proceso, ya que los juicios son sumamente
tardados y complicados por la gran cantidad de etapas que deben
cumplir.La gran cantidad de leyes procesales sumamente antiguas que
continan vigentes y que en la actualidad ya no deberan de
existir.Las deficiencias en que constantemente incurre el
Ministerio Pblico en la adecuada direccin de asuntos.Combatir la
corrupcin en los Ministerios Pblicos para llevar a cabo su funcin
en los trminos que la sociedad espera.La desconfianza en los jueces
locales y el desmedido centralismo que el propio amparo provoca que
se genere en la justicia federal.Imparticin de justicia lenta, ya
que en gran medida en la complejidad de las leyes y la legislacin
sobre el proceso judicial es muy anticuadaEl doctor Jos Ovalle
Favela seal algunos problemas, tales como la dificultad que genera
la multiplicidad de cdigos que existen, lo cual genera que los
jueces tengan que estar consultando distintos cdigos y esto resulta
ser muy negativo. Otro aspecto es la complejidad de las leyes
procesales. Adems del excesivo espritu de litigiosidad que impera
entre la mayora de los abogados mexicanos.Otros, opinan algo
similar, tales como la doctora Ana Laura Magaloni que sealaba la
enorme cantidad de trmites de tipo burocrtico que se tienen que
hacer al interior dela administracin de justicia, dificulta
enormemente la posibilidad de hacer eficiente el sistema de
justicia, asimismo considera que haba crecido mucho la judicatura
federal, la cual no ayudaba a la eficiencia de la justicia.Sin la
adecuada atencin para erradicar estos y otros problemas en el Poder
Judicial ser prcticamente imposible y nulos todos los intentos que
se hagan para evitar el detrimento de ste rgano.