Top Banner
Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007
44

Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Mar 07, 2015

Download

Documents

Casilda Paramo
Welcome message from author
This document is posted to help you gain knowledge. Please leave a comment to let me know what you think about it! Share it to your friends and learn new things together.
Transcript
Page 1: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Trabajo Infantil en Uruguay

Marco Jurídico

Dra. Diana González Perrett 2007

Page 2: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Definición

Cualquier trabajo –remunerado o no- que: Es física, mental, social o moralmente

perjudicial o dañino para el niño Interfiere en su escolarización:

Privándole de la oportunidad e ir a la escuela Obligándole a abandonar prematuramente las

aulas. Exigiendo que intente combinar la asistencia a

la escuela con largas jornadas de trabajo.

Page 3: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Diversas respuestas a un mismo problema

- La vulneración de los derechos humanos es explicada desde distintas miradas según el origen y experiencia de los grupos que lideran el proceso de reconocimiento de estos derechos: como tema laboral, delictivo, de mercado, moral, etc.

Page 4: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Enfoque de derechos

Page 5: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

ENFOQUE DE DERECHOS

Mirada desde los protagonistas de una situación dada, concibiéndolas como titulares de derechos propios.

Busca superar las miradas tutelares, moralistas, del riesgo/defensa social, legalistas-patologizadoras

Page 6: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

ENFOQUE DE DERECHOS

Estos derechos, en tanto derechos humanos obligan al Estado.

Las prácticas institucionales del Estado han de ajustarse a su fin esencial: garantizar la realización de los Derechos Humanos.

Ninguna práctica institucional puede vulnerar derechos humanos so pretexto de cumplir una norma.

Page 7: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

ENFOQUE DE DERECHOS

Desde este enfoque se considera que el primer paso para otorgar poder a los sectores excluidos es reconocer que ellos son titulares de derechos que obligan al Estado. Apunta a transformar las prácticas institucionales del Estado para que se ajusten a su fin esencial de garantizar la realización de los Derechos Humanos.

Page 8: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

PERSPECTIVA GENERACIONAL

- Reconocer a la edad como un factor que -en la cultura patriarcal- genera relaciones de inequidad (adultocentrismo).

- Reconocer derechos de niños, niñas y adolescente requiere:- Superar los conceptos de incapacidad-

inmadurez como obstáculo para el ejercicio de los derechos.

- Reconocer formas diferentes – e igualmente valiosas- de ejercicios de derechos según la edad.

Page 9: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Superando la categoría “incapacidad”

- TODOS LAS PERSONAS SON TITULARES PLENOS DE TODOS LOS DERECHOS EN TODAS LAS ETAPAS DE SU VIDA.

- Los niños, niñas y adolescentes los ejercen de forma diferente de los adultos, según la etapa de crecimiento que transcurren, sus características propias y con mayor o menor dependencia de sus referentes adultos de confianza

(principio de autonomía progresiva)

Page 10: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Además de los derechos humanos de todas las personas los niños, niñas y adolescentes tienen un PLUS DE DERECHOS:

LOS DERECHOS DE PROTECCIÓN ESPECIAL POR SU CONDICIÓN DE

EDAD.

Page 11: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

PERSPECTIVA DE GÉNERO

Analiza cómo se van determinando los roles y mandatos culturales para mujeres y varones según el modelo de socialización existente.

En el orden socialmente construido se determina una jerarquía y poder distintos para ambos sexos.

Según este orden las mujeres se encuentran en una posición subordinada frente a los hombres, quienes ejercen poder sobre ellas de distintas maneras, siendo la violencia una manifestación de ese poder (cultura patriarcal)

Page 12: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

LA NORMATIVA INTERNACIONAL

Nos permite contar con un marco común de referencia.

Define y regula el problema desde la perspectiva de los derechos humanos.

Privilegia el lugar, las opiniones, y las necesidades de las víctimas.

Page 13: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Sigue

El sistema internacional de derechos humanos es valorado como un marco conceptual que es aceptado por la comunidad internacional y que puede ofrecer un sistema coherente de principios y reglas para la implementación de políticas sociales y revisión de las prácticas

Page 14: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

DECLARACION OIT- 1998

Son Principios y Derechos fundamentales- que todo miembro de OIT debe respetar aunque no haya ratificado los convenios

respectivos-:1- libertad sindical2- eliminación trabajo forzoso3- abolición trabajo infantil4- eliminación discriminación laboral.

Page 15: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Convención de Derechos del Niño - 1989

Niño/a, adolescente sujetos de derechos

Derechos civiles Derechos políticos Derechos sociales Derechos económicos Derechos de participación

RECONOCER SU CONDICIÓN DE SUJETOS DE DERECHOS SUPONE RECONOCER SUS ESPECIFICIDADES EN EL EJERCICIO DE ESTOS DERECHOS

Page 16: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Principios básicos de la CDN

Principio de autonomía progresiva

Principio de no discriminaciónPrincipio del interés superior del

niñoPrincipio de efectividad

Page 17: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Reconocer a los niños/as y adolescentes como sujetos de derecho exige:

Ceder poder adultos niños/as y adolescentes.

Reconocer sus diferencias y especificidades

Proteger sin incapacitar (sin desempoderar)

Asumir la responsabilidad de garantizar los derechos de los más jóvenes.

Page 18: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

El trabajo infantil en la CDN (art.32)

Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda resultar nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental espiritual, moral o social.

Los Estados deberán: Fijar edad mínima para trabajar Reglamentar horarios y condiciones de trabajo Estipular penalidades y sanciones.

Page 19: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Art. 24- Derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud.

Art. 26- derecho a beneficiarse de la seguridad social

Art. 28- derecho a la educación

Art. 31- Derecho al descanso, el esparcimiento, el juego, la recreación

Page 20: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Protección especial

Derecho a ser protegido contra:

Su utilización en el tráfico ilícito de estupefacientes

La explotación y abuso sexual La venta y trata de personas Toda otra forma de explotación.

Page 21: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Convenio 182-Las peores formas de Trabajo infantil- 1999

Deber de los Estados de adoptar medidas inmediatas y eficaces pra conseguir la prohibición y la eliminación de las peores formas de trabajo infantil con carácter de urgencia.

Page 22: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Las peores formas de trabajo infantil-1

OIT- 182- ESCLAVITUD Y FORMAS

ANALOGAS

- SERVIDUMBRE POR DEUDAS

- TRABAJO FORZOSO U OBLIGATORIO

- RECLUTAMIENTO FORZOSO U OBLIGATORIO EN CONFLICTOS ARMADOS

Otros instrumentos internacionales

Convenciones Internacionales sobre abolición esclavitud y formas análogas

Abolición del Trabajo Forzoso

Protocolo de la CDN sobre utilización de niños/as en conflictos armados.

Page 23: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Las peores formas de trabajo infantil-2

Convenio OIT 182

VENTA Y TRÁFICO DE NIÑOS

RECLUTAMIENTO, UTILIZACIÓN U OFERTA PARA PROSTITUCION, PRODUCCIÓN DE PORNOGRAFICA Y ACTUACIONES PORNOGRAFICAS.

Protocolo de la CDN sobre venta, utilización de niños en pornografía y prostitución infantil.

Protocolo de Palermo sobre Trata de Personas, especialmente mujeres y niñas.

Page 24: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Protocolo Facultativo CDN. 2000

Relacionado a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización

de niños en la pornografía Los considera ilícitos, haciendo

responsable a todos los actores e intermediarios.

Hace responsables civil, penal o administrativamente a las personas jurídicas.

Page 25: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Protocolo Facultativo (cont.)

Jurisdicción extraterritorial, habilitando la extradición (con algunas limitaciones)

Prevé medidas para asegurar derechos fundamentales de la víctima durante el procedimiento: ser escuchada, protección de su intimidad, derecho a estar informada, protección de su seguridad, asistencia especial, etc. extradición (con algunas limitaciones)

Page 26: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Convención Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional

PROTOCOLO para PREVENIR, REPRIMIR Y SANCIONAR

LA TRATA DE PERSONAS, ESPECIALMENTE MUJERES Y NIÑOS

(Protocolo de Palermo)

Definición de trata de personas (excluye la posibilidad de consentimiento válido de niños/as y adolescentes). Tipos penales Protección a las víctimasRepatriación de las víctimasMedidas de prevención, cooperación, capacitación, información y controles fronterizos.

Page 27: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

TRATA DE PERSONAS

12 “...captación, transporte, traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación”. 12 Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional - ONU

Page 28: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Las peores formas de trabajo infantil-3

La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños/as para la realización de actividades ilícitas, en particular, la producción y el tráfico de estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales pertinentes.

Page 29: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Las peores formas de trabajo infantil-4

El trabajo que por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.

Determinado por la legislación nacional o la autoridad competente

Previa consulta con org. De emp y trab.

Considerando normas internacionales en la materia.

Recomendación 190

Que se incluyan: 1-exp.al nño/a a abusos físicos,

psicologicos o sexualesSe realizan bajo tierra, agua,

en altura peligrosa o espacios cerrados.

Se realizan en medio insalubre (agentes o procesos peligrosos, temperaturas o niveles de ruido o de vibraciones nocivos para la salud.

Se realizan en condiciones esp.dificiles

Horarios prologngados o nocturnos, retienen injustificadamente al niño en los locales del empleador.

Page 30: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

GRUPOS ESPECIALMENTE VULNERABLES (r.190)

LOS NIÑOS/AS PEQUEÑOS

LAS NIÑAS- ENFOQUE DE GÉNERO

LOS/LAS QUE TRABAJAN EN FORMA OCULTA (por ej. trab.del hogar)

NIÑOS/AS Y ADOLESCENTES CON NECESIDADES ESPECÍFICAS.

Page 31: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

ACCIONES

PREVENCIÓN

RESCATE

RESTITUCIÓN DE DERECHOS (es un proceso- imp.de no penalización)

Page 32: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Mecanismos nacionales

Los programas sociales: universales y focalizados.

Los sindicatos La supervisión La sanción administrativa El proceso de restitución de derechos

vulnerados. La sanción penal-

Page 33: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Legislación penal respecto a las peores formas de trabajo infantil

Ley 17.815 sobre explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.

Código Penal.

Proyectos: sobre trata, sobre participación en conflictos armados.

Page 34: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Leyes que propenden a la erradicación del trabajo infantil

El Código de la Niñez y la Adolescencia

Las que tienden a la universalización de las asignaciones familiares.

La legislación laboral-

Page 35: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

La edad mínima: 1-principio general

Convenio OIT 138

La edad mínima no deberá ser inferior a la edad en que cesa la obligación escolar, o en todo caso, a quince años.

Recomendación OIT 146-

Propender a elevar esta edad a los 16 años

C.N.A.

Edad mínima 15 años. Excepciones INAU-

interés superior Legit.rep.legal

Page 36: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

La edad mínima: 2- trabajo peligroso

Convenio OIT 138La edad mínima

para los trabajos que puedan afectar la salud, seguridad o moralidad de niños, niñas y adolescentes: dieciocho años.

Ver. CONV.182.

Recomendación OIT 146 sustancias nocivas cargas pesadas subterráneos

C.N.A.Determinación a cargo

de INAU-Intervención MTSS

Page 37: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Edad mínima- 3. trabajos ligeros

entre los 13 y 15 as. si No perjudican su salud o

desarrollo y No perjudican educación

La AUTORIDAD COMP. DETERMINA:

cuáles son número de horas condiciones

Recomendación OIT 146:-Condiciones de Trabajo-Inspectores de trabajo

C.N.A. A cargo INAU Revisa INAU

autorizac. dadas entre 13 y 15 años.

Page 38: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Edad mínima: 4. Trabajo artístico y similares de personas de menos de quince años de edad.

Convenio OIT 138 Permisos

individuales

Previa consulta con las organizaciones de empleadores y trabajadores interesadas.

C.N.A.-Vacío

Propuesta CETI PARA actividades deportivas de riesgo, artísticas, modelaje: Autorización INAU Protección

der.educación, salud y moralidad

Gestión por rep.legales

Plazo autor: 180 días renovables.

Page 39: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Edad Mínima: 5- formación profesional-

Convenio OIT 138 en instituciones de

enseñanza (s/edad) en empresas (14 as)

condiciones prescritas por la autoridad competente

consulta org.emp y trab. Forme parte de un curso

/programa aprobado de enseñanza o formación/orientación vocacional

Recomendación OIT 146-Vigilar condiciones de la capacitación

Conv. OIT – Formación profesional y trabajo decente

CNAProgramas de educación

en el trabajo- exigencias pedagógicas prevalecen sobre las productivas.

Page 40: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Condiciones de Trabajo: 1- horarios

Recomendación 146

Limitación horaria:

prohib.extras, tiempo para activ.ed, recreo, trabj esc.dom.

12 horas descanso nocturno

Días habituales descanso

C.N.A. 6horas diarias-36 hs.semanales-1 día

descanso semanal-pref.domingo. Excep- 16 o más.8 horas diarias- 2 días descanso semanal,

uno dgo. Evaluación c/caso Descanso intermedio- media hora- No jornada discontinuo ni horario

rotativo en ciclo lectivo. 12 hs. descanso entre jornadas

laborales. Excepciones horarios especiales: INAU

por períodos zafrales de hasta tres meses no peligrosas ni ciclo lectivo.

Prohibición nocturnidad: 22 a 6 horas. Excepciones:INAU

Page 41: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Condiciones de Trabajo-

Recom. OIT 146 Remuneración

equitativa Seguridad social Seguridad e

higiene Vigilancia e

Instrucción adecuadas.

C.N.A. Remuneración:

leyes/laudos/convenios. Administración

peculio/pago directo. Documentos Examen médico Seguridad Social/ Acc.Trabajo Fiscalización INAU

Page 42: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

La fiscalización y sanción

Contralor INAU y MTSS .(art.173)

Contralor INAU “actividades de riesgo”(art.188)

Multas INAU-

Riesgo (art.188): en Montevideo Juzg.con competencia en materia de familia y en el interior juzgados con competencia en materia penal

Responsabilidad penal de las familias (art.176).

Page 43: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

Mecanismos en organismos internacionales

Comité de los Derechos del Niño Comité de los Derechos de la Mujer La Conferencia Internacional del

Trabajo

Page 44: Trabajo Infantil en Uruguay Marco Jurídico Dra. Diana González Perrett 2007.

La centralidad del niño/a o adolescente

El derecho a ser oído y a que se tenga en cuenta su opinión

El derecho a que se respeten sus vínculos afectivos.

El derecho a ser cuidado por su familia. El derecho a la recreación, la protección de su

salud y la educación. El derecho a ser protegido frente a la explotación.

Ver Protocolo CDN sobre procesos amigables para niños, niñas y adolescentes